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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS MODALIDAD A DISTANCIA SEMESTRE 2017-2017 UNIDAD DIDÁCTICA ADMINSITRACIÓN DE BIENES Y SEGUROS Nivel: 5to. Número de créditos: 6 TUTOR: Ing. Pablo Heredia L. M.B.A. Quito - Ecuador

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS

MODALIDAD A DISTANCIA

SEMESTRE 2017-2017

UNIDAD DIDÁCTICA

ADMINSITRACIÓN DE BIENES Y SEGUROS

Nivel: 5to.

Número de créditos: 6

TUTOR:

Ing. Pablo Heredia L. M.B.A.

Quito - Ecuador

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INDICE

INTRODUCCIÓN .............................................................................................................................. 7

CARACTERIZACIÓN DE LA ASIGNATURA ............................................................................... 7

IMPORTANCIA DE LA ASIGNATURA ......................................................................................... 8

PROGRAMACIÓN GENERAL DE LA ASIGNATURA ............................................................... 10

PROGRAMACIÓN DE UNIDADES ............................................................................................... 11

BIBLIOGRAFÍA Y NETGRAFÍA ................................................................................................... 15

UNIDAD Nº 1 ................................................................................................................................... 16

GENERALIDADES ......................................................................................................................... 16

1.1 Los poderes del Estado citados en la Constitución Ecuatoriana. ................................................ 17

1.2 Las Entidades Públicas en el Ecuador. ........................................................................................ 18

Casa De La Cultura Ecuatoriana ....................................................................................... 19

Correos del Ecuador .......................................................................................................... 19

Direcciones Provinciales de Salud .................................................................................... 19

Juntas Parroquiales ............................................................................................................ 19

Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS ............................................................... 19

Ministerios Coordinadores ................................................................................................ 19

Ministerios ........................................................................................................................ 19

Secretaría como la Secretaría de los pueblos .................................................................... 19

Empresas públicas como la empresa Eléctrica Quito S.A................................................. 19

Instituto Nacional De Investigaciones Agropecuarias INIAP ........................................... 19

Hospitales públicos ........................................................................................................... 19

Dirección Nacional De Cooperativas ................................................................................ 19

Municipios ........................................................................................................................ 19

Consejos Provinciales ....................................................................................................... 19

Escuelas, Colegios y Universidades públicas ................................................................... 19

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Dirección Nacional De Servicios Educativos Dinse ......................................................... 19

Dirección Nacional de Transito ........................................................................................ 19

Instituto Nacional Del Niño Y La Familia ........................................................................ 19

Comisarías ......................................................................................................................... 19

Tribunales Provinciales Electorales .................................................................................. 19

Registro De La Propiedad ................................................................................................. 20

Dirección Agropecuaria De Pichincha .............................................................................. 20

Dirección General De Registro Civil ................................................................................ 20

Gobernaciones ................................................................................................................... 20

Cruz Roja .......................................................................................................................... 20

Cuerpo de Bomberos ......................................................................................................... 20

Policía Nacional del Ecuador ............................................................................................ 20

Ejército Nacional del Ecuador .......................................................................................... 20

Banco del IESS BIESS...................................................................................................... 20

Banco Ecuatoriano de la Vivienda .................................................................................... 20

Empresa Nacional De Ferrocarriles Del Estado ................................................................ 20

Registro Civil, Identificación Y Cedulación ..................................................................... 20

Comisión Nacional De Transporte Terrestre Tránsito Y Seguridad Vial ......................... 20

Comandancia General Policía Nacional ............................................................................ 20

Consejo Nacional De La Judicatura .................................................................................. 20

Asilo de Ancianos Sagrado Corazón De Jesús .................................................................. 20

Patronatos .......................................................................................................................... 20

Superintendencia de Bancos ............................................................................................. 20

Superintendencia de Compañías ....................................................................................... 20

Instituto Nacional de Higiene Leopoldo Izquieta Pérez .................................................... 20

1.3 Los Sectores Estratégicos en el Ecuador. .................................................................................... 20

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El 3 de Enero de 2008, se crea el Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos,

mediante decreto Ejecutivo No. 849, entidad que tiene a su cargo la coordinación y supervisión

de las actividades de los Ministerios de Minas y Petróleos, Electricidad, Transporte, Fondo de

Solidaridad, Petroecuador y Cenace. ............................................................................................ 21

Las funciones, que hasta esta fecha eran ejecutadas por la Secretaria de Coordinación

Institucional, y que desde este periodo se transfieren al Ministerio de Coordinación de los

Sectores Estratégicos. Dicho ministerio tendrá a su cargo la coordinación y articulación de las

políticas y acciones que asuman los distintos organismos que integren sus áreas de actividad y

proponer, coordinar y aplicar las políticas de los sectores estratégicos, desarrollar vínculos entre

las necesidades Ministeriales y las decisiones Presidenciales, y ejecutar los temas de gestión que

están asignados por el Ejecutivo; Por lo expuesto este ministerio será la máxima autoridad de esta

dependencia de Estado y ejecutará su grafía legal, tendrá la responsabilidad de emitir acuerdos y

resoluciones para la reglamentación y estructura orgánica funcional, desarrollo de actividades,

nombrar y remover a su personal de conformidad a las disposiciones previstas en la Ley. ......... 21

Ecuador invierte USD 19,740 millones en tres sectores estratégicos: hidroeléctricos,

hidrocarburíferos e hídricos. En la inversión hidroeléctrica, nuestro representante de gobierno

sostuvo la idea de que nuestro país tendrá una gran producción de generar energía eléctrica, esto

indica dejar la importación de los países vecinos y convertirnos en exportador de esta materia

para beneficio de nuestra economía. ............................................................................................. 21

1.4 Los Organismos de Control en el Ecuador.................................................................................. 23

a) Según la Constitución de la República del Ecuador ................................................................. 23

b) Según las Leyes y Reglamentos Ecuatorianos. ......................................................................... 26

UNIDAD Nº 2 ................................................................................................................................... 29

BIENES Y SEGUROS ...................................................................................................................... 29

2.1 La Administración de Bienes y Seguros. .................................................................................... 29

2.1.1 Concepto .............................................................................................................................. 29

2.1.2 Relaciones de dependencia entre los Bienes y los Seguros.................................................. 29

2.2 La Adquisición y Administración de Bienes, Servicios, Obras, Consultorías y Servicios

contratados por el Estado Ecuatoriano. ............................................................................................. 30

2.2.1 Servicios ............................................................................................................................... 32

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2.2.2 Obras .................................................................................................................................... 33

2.2.3 Consultoría ........................................................................................................................... 35

2.3. Base legal del sistema nacional de contratación pública. ........................................................... 36

2.4. Inventarios en las instituciones públicas. ................................................................................... 38

2.4.1. Valoración de los bienes de las instituciones públicas. ........................................................... 40

UNIDAD Nº 3 ................................................................................................................................... 40

LOS SEGUROS ................................................................................................................................ 40

3.1. Concepto de Seguro. .................................................................................................................. 40

3.1.1 Generalidades. .......................................................................................................................... 40

3.1.2 Tipos de Seguros ...................................................................................................................... 41

3.2. Historia de los seguros ............................................................................................................... 44

3.2.1 A nivel Mundial ................................................................................................................... 44

3.2.2 Los Seguros en el Ecuador ................................................................................................... 53

3.3. Los Seguros de propiedad planta y equipo................................................................................. 55

3.3.1. Tasas de los seguros de alto riesgo. .................................................................................... 56

3.3.2. Los seguros de Bienes muebles e inmuebles ...................................................................... 56

a) Bienes Muebles ................................................................................................................. 57

b) Bienes Inmuebles .............................................................................................................. 61

3.3.3. De la Seguridad Social ........................................................................................................ 62

a) Servicios de Salud ............................................................................................................. 63

b) Maternidad ........................................................................................................................ 64

c) Programa del adulto mayor ............................................................................................... 66

d) Seguro Campesino ............................................................................................................ 66

e) Seguro de Riesgos del Trabajo (SGRT) ............................................................................... 68

f) Prevención ............................................................................................................................. 70

g) Pensiones de viudez y orfandad ............................................................................................ 73

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3.3.4. De los seguros como: .......................................................................................................... 73

a) El SOAT ............................................................................................................................ 73

b) De Vehículos ........................................................................................................................ 76

c) Ambulatorios o de salud ....................................................................................................... 77

d) De vida. ................................................................................................................................. 79

e) De Transporte de Valores ..................................................................................................... 82

f) De desgravamen .................................................................................................................... 83

g) Los INCOTERMS ................................................................................................................ 83

3.3.5 De los seguros que establece la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Compras Públicas.87

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INTRODUCCIÓN

CARACTERIZACIÓN DE LA ASIGNATURA

Administración de Bienes y Seguros, es una asignatura que se ofrece en la carrera de

Administración Pública, como parte de la formación integral que el estudiante debe ostentar

al finalizar el periodo de estudios.

Esta materia le brinda al estudiante, los conocimientos justos y necesarios para el buen

manejo de los bienes en el sector público incluyendo el presupuesto del Estado y las

condiciones de aseguramiento de los mismos.

El conocimiento acerca de la Administración de los Bienes del sector Público en general, le

permite al estudiante tener mejores alternativas de eficiencia en el sector al que pertenece,

pero sobre todo le brinda claves para un mejor desempeño en los diferentes procesos de la

Administración pública en lo que se relaciona con sus bienes.

Respecto a los seguros y el aseguramiento de los bienes del sector público, así como del

privado, permite conocer la reglamentación vigente para realizar este proceso, considerando

las Leyes y Reglamentos establecidos en los sectores para realizar este proceso y su

adecuación al mismo.

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IMPORTANCIA DE LA ASIGNATURA

La presente asignatura, contribuye con el estudiante en su formación y desenvolvimiento

profesional, ya que los servidores y administradores públicos en especial deben conocer

exactamente lo que es la administración y el aseguramiento de los bienes, a través de

herramientas tales como Leyes y Reglamentos vigentes en el sector público que constituyen

las directrices a seguir y que deben ser consideradas como requisitos pre establecidos que

no pueden ser eliminados al hacer este tipo de administración.

La importancia de la asignatura se resume en que el estudiante:

- Adquiera los conocimientos básicos de los aspectos importantes de la Función

Pública en lo que tiene que ver con ejercicio de funciones, responsabilidades y

designaciones.

- Conozca las normas que establecen las responsabilidades en las diferentes

entidades del sector público.

- Conozca conceptos básicos sobre la administración financiera y el control, la

Auditoría interna y externa.

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- Conozca y ampliar los conceptos relativos a los remates, la permuta y el comodato,

inmersos estos procesos dentro del sector público.

- Amplíe los conocimientos relacionados con el riesgo, la probabilidad, la

expectativa, el seguro, el mercado de seguros, los contratos de seguros y las técnicas

para la distribución del riesgo.

- Refuerce temas tales como: la clasificación del riesgo, las ramas diversas de los

seguros y el sistema privado de seguros.

- Conozca las funciones del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y sus

principales características.

- Defina que es un contrato de seguros, sus principios básicos, la formalización del

contrato y las cláusulas generales y particulares.

- Defina el coaseguro y el reaseguro, las razones para establecerlos y los tipos de

reaseguros que existen.

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PROGRAMACIÓN GENERAL DE LA ASIGNATURA

Asignatura: ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y SEGUROS UNIDADES

Competencia:

Identifica, custodia, precautela y resguarda los bienes

del estado, así como identifica los diferentes

aseguramientos que existe para la ejecución

presupuestaria y adquisición de bienes o servicios en el

sector público.

Los Bienes

Nº UNIDADES DE COMPETENCIA

1 Generalidades

2 La Administración de Bienes

3 Los Seguros

4 Propiedad Planta y Equipo

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PROGRAMACIÓN DE UNIDADES

Unidad No.1: Generalidades

COMPETENCIAS CONTENIDOS

ESTRATEGIAS

DIDACTICAS

RECURSOS DE

APRENDIZAJE

EVALUACION

Establece cuales

son los poderes

del Estado,

Entidades

Públicas,

Sectores

Estratégicos y

Organismos de

Control del

Estado

Ecuatoriano

1.1 Los poderes del

Estado citados en la

Constitución

Ecuatoriana.

1.2. Las Entidades

Públicas en el Ecuador.

1.3 Los Sectores

Estratégicos.

1.4 Los Organismos de

Control.

Estudio individual

Búsqueda y

análisis de

información

Tutorías grupales,

individuales y

virtuales.

Familiarización

de las páginas

web de las

instituciones.

Plataforma

tecnológica

Guía Didáctica

Libro guía

Páginas web

institucionales.

Constitución del

Estado.

Leyes.

Reglamentos.

Desarrollo de

actividades

de

aprendizaje.

Examen

presencial.

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Unidad No.2: La Administración de Bienes

COMPETENCIAS CONTENIDOS

ESTRATEGIAS

DIDACTICAS

RECURSOS DE

APRENDIZAJE

EVALUACION

Identifica la base

legal que rige la

Administración de

Bienes y Seguros

2.1. La Administración de

Bienes y Seguros;

Concepto; Relaciones de

dependencia.

2.2. La Adquisición y

Administración de Bienes,

Servicios, Obras, y

Consultorías contratados

por el Estado Ecuatoriano.

2.3. Base legal del Sistema

Nacional de contratación

Pública.

2.4. Inventarios en las

Instituciones Públicas.

2.2.1. Valoración de los

bienes de las instituciones

públicas.

Estudio individual

Búsqueda y

análisis de

información

Tutorías grupales,

individuales y

virtuales.

Familiarización

de las páginas

web de las

instituciones.

Plataforma

tecnológica

Guía Didáctica

Libro guía

Páginas web

institucionales.

Constitución del

Estado.

Leyes.

Reglamentos.

Desarrollo de

actividades de

aprendizaje.

Examen

presencial.

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Unidad No.3: Los Seguros

COMPETENCIAS CONTENIDOS

ESTRATEGIAS

DIDACTICAS

RECURSOS DE

APRENDIZAJE

EVALUACION

dentifica todos los

tipos de seguros

existentes.

Interpreta que es el

riesgo y prevenirlo

de manera oportuna.

Toma decisiones de

manera oportuna con

el fin de precautelar

los bienes del Estado.

3.1. SEGUROS.-

Generalidades.-

3.2.- Historia de los seguros

a nivel mundial y local

3.3. Los Seguros de

propiedad planta y equipo

3.3.1. Tasas de los seguros

de alto riesgo.-

3.3.2. .-Los seguros de

Bienes e inmuebles

3.3.3. De la Seguridad

Social-

3.3.4. De los seguros como

el SOAT, DE VEHICULOS,

AMBULATORIOS, DE

VIDA.

3.3.5 De los seguros que

establece la Ley Orgánica

del Sistema Nacional de

Compras Públicas.

Estudio individual

Búsqueda y análisis

de información

Tutorías grupales,

individuales y

virtuales.

Familiarización de las

páginas web de las

instituciones.

Plataforma

tecnológica

Guía Didáctica

Libro guía

Páginas web

institucionales.

Constitución del

Estado.

Leyes.

Reglamentos.

Desarrollo de

actividades de

aprendizaje.

Examen presencial.

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Unidad No.4: Propiedad Planta y Equipo

COMPETENCIAS CONTENIDOS

ESTRATEGIAS

DIDACTICAS

RECURSOS DE

APRENDIZAJE

EVALUACION

Identifica que

es Propiedad

Planta y

Equipo

4.1.- Características del

sistema de Propiedad

Planta y Equipo; Pasos a

seguir para su aplicación.

4.2.- Documentos

básicos del sistema.

“Formularios”

4.2.1.- Información que

debe tener el Inventario

de PP y E y su

codificación.

Estudio individual

Búsqueda y

análisis de

información

Tutorías grupales,

individuales y

virtuales.

Familiarización

de las páginas

web de las

instituciones.

Plataform

a

tecnológic

a

Guía Didáctica

Libro guía

Páginas web

institucionales.

Constitución del

Estado.

Leyes.

Reglamentos.

Desarrollo de

actividades

de

aprendizaje.

Examen

presencial.

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BIBLIOGRAFÍA Y NETGRAFÍA

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

- Constitución Política del Estado.

- Ley Orgánica de Servicio de Contratación Pública y su Reglamento.

- Reglamento General para administración de Bienes.

- Manual de Derecho de Seguros. Eduardo Peña Triviño.

- Ley Orgánica de Seguros y su Reglamento

BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA

- Ley Orgánica de administración financiera y control y su reglamento

- Ley General del Sistema de Seguridad Social

- Compilación de seguros. ing. rene bueno a. edición 2004

- Código de Comercio.

NETGRAFÍA

www.sri.gob.ec

www.iess.gob.ec

www.compraspublicas.gob.ec

www.senplades.gob.ec

www.cge.gob.ec

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UNIDAD Nº 1

GENERALIDADES

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Adquirir los conocimientos básicos sobre las Instituciones del Estado y la Función

Pública, sus objetivos, las autoridades y sus responsabilidades.

2. Proporcionar una perspectiva general sobre la Administración Financiera, el

Sistema de Presupuestos.

3. Determinar las formas de recaudación de los recursos financieros dentro del sector

público.

4. Entender sobre el sistema de tesorería, contable e información financiera, así como

el sistema de control.

5. Facilitar conocimientos acerca del Órgano Superior de Control, determinar sus

responsabilidades, la caducidad y las cauciones.

6. Proveer conocimientos acerca de la Ley de Contratación Pública, sus generalidades,

procedimientos precontractuales, el Comité de contrataciones.

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1.1 Los poderes del Estado citados en la Constitución Ecuatoriana.

Son los encargados de dirigir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los tratados y los

convenios internacionales y demás normas jurídicas, estos poderes son:

a) Función legislativa.- Se encarga de la creación de leyes y fiscalización, incluyendo

la posibilidad de plantear juicio político en contra del Presidente de la República, el

Vicepresidente y a los Ministros de Estado, en Ecuador se denomina Asamblea

Nacional, con sede inicial en Montecristi en donde se elaboró la constitución de la

República del Ecuador en el año 2008, actualmente la sede es en Quito.

b) Ejecutiva.- Esta función es ejercida por el Presidente de la República, quien es Jefe

de Estado y del Gobierno, responsable de la administración pública, está integrada

por la Presidencia y Vicepresidencia de la República, los Ministerios de Estado y

los demás organismos e instituciones necesarios para cumplir, las atribuciones de

rector, planificación, ejecución y evaluación de las políticas públicas nacionales,

según el artículo 141 de la Constitución vigente de la República del Ecuador.

c) Judicial.- Es el poder que administra la justicia, a través de los mandatarios

establecidos en la Ley Orgánica de la Función Judicial y la Constitución de la

República del Ecuador, esto es: Corte Suprema, Cortes Superiores, Cortes

Distritales, Juzgados, funcionarios y demás Tribunales de Justicia, escogidos del

Cuerpo de Abogados.

d) Transparencia y Control Social.- Creada por la Constitución de la República del

Ecuador en el año 2008, se conceptúa como un ente o entidad autónoma, facilitador

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de procesos de participación, control social y lucha contra la corrupción, entre el

Estado y la Sociedad Civil.

e) Función Electoral.- Sus principales funciones son organizar, controlar las

elecciones y castigar el partimiento de las normas electorales. Su principal

organismo es el Consejo Nacional Electoral, que tiene su sede en la ciudad de

Quito.

1.2 Las Entidades Públicas en el Ecuador.

Son instituciones gubernamentales con personería jurídica propia, con financiamiento

tomado en cuenta en el presupuesto del Estado que fueron creadas para mejorar la vida de

la ciudadanía, tal como lo expresa la Constitución de la República y el Plan nacional del

buen vivir . Estas entidades son uno de los principales medios utilizados por el Gobiernos

para intervenir en el desarrollo y vida de un pueblo, tienen una relevancia económica muy

destacada, no sólo en términos cuantitativos, ni por su volumen de negocios, su

participación en el producto interior bruto (PIB), número de empleados, etc., sino también

debido a que se sitúan en sectores productivos estratégicos.

En la toma de decisiones de las instituciones públicas apartan de aquellas que pertenecen al

sector privado, en cuanto el poder de decisión parte del Estado, que lo ejerce estableciendo

sus objetivos y controlando su actividad; el poder de gestión y tareas pertenece a las propias

instituciones, que lo llevan a cabo a través de sus propios órganos no obstante, a menudo o

frecuentemente, los directivos y administradores son nombrados por el Gobierno. Es

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frecuente también que los trabajadores y los usuarios, mediante las asociaciones de

consumidores, estén representados en los órganos decidores de quienes ejercen dicha

responsabilidad; a continuación algunas de las entidades públicas en del Ecuador:

Casa De La Cultura Ecuatoriana

Correos del Ecuador

Direcciones Provinciales de Salud

Juntas Parroquiales

Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS

Ministerios Coordinadores

Ministerios

Secretaría como la Secretaría de los pueblos

Empresas públicas como la empresa Eléctrica Quito S.A.

Instituto Nacional De Investigaciones Agropecuarias INIAP

Hospitales públicos

Dirección Nacional De Cooperativas

Municipios

Consejos Provinciales

Escuelas, Colegios y Universidades públicas

Dirección Nacional De Servicios Educativos Dinse

Dirección Nacional de Transito

Instituto Nacional Del Niño Y La Familia

Comisarías

Tribunales Provinciales Electorales

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Registro De La Propiedad

Dirección Agropecuaria De Pichincha

Dirección General De Registro Civil

Gobernaciones

Cruz Roja

Cuerpo de Bomberos

Policía Nacional del Ecuador

Ejército Nacional del Ecuador

Banco del IESS BIESS

Banco Ecuatoriano de la Vivienda

Empresa Nacional De Ferrocarriles Del Estado

Registro Civil, Identificación Y Cedulación

Comisión Nacional De Transporte Terrestre Tránsito Y Seguridad Vial

Comandancia General Policía Nacional

Consejo Nacional De La Judicatura

Asilo de Ancianos Sagrado Corazón De Jesús

Patronatos

Superintendencia de Bancos

Superintendencia de Compañías

Instituto Nacional de Higiene Leopoldo Izquieta Pérez

1.3 Los Sectores Estratégicos en el Ecuador.

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El 3 de Enero de 2008, se crea el Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos,

mediante decreto Ejecutivo No. 849, entidad que tiene a su cargo la coordinación y

supervisión de las actividades de los Ministerios de Minas y Petróleos, Electricidad,

Transporte, Fondo de Solidaridad, Petroecuador y Cenace.

Las funciones, que hasta esta fecha eran ejecutadas por la Secretaria de Coordinación

Institucional, y que desde este periodo se transfieren al Ministerio de Coordinación de los

Sectores Estratégicos. Dicho ministerio tendrá a su cargo la coordinación y articulación de

las políticas y acciones que asuman los distintos organismos que integren sus áreas de

actividad y proponer, coordinar y aplicar las políticas de los sectores estratégicos,

desarrollar vínculos entre las necesidades Ministeriales y las decisiones Presidenciales, y

ejecutar los temas de gestión que están asignados por el Ejecutivo; Por lo expuesto este

ministerio será la máxima autoridad de esta dependencia de Estado y ejecutará su grafía

legal, tendrá la responsabilidad de emitir acuerdos y resoluciones para la reglamentación y

estructura orgánica funcional, desarrollo de actividades, nombrar y remover a su personal

de conformidad a las disposiciones previstas en la Ley.

Ecuador invierte USD 19,740 millones en tres sectores estratégicos: hidroeléctricos,

hidrocarburíferos e hídricos. En la inversión hidroeléctrica, nuestro representante de

gobierno sostuvo la idea de que nuestro país tendrá una gran producción de generar energía

eléctrica, esto indica dejar la importación de los países vecinos y convertirnos en

exportador de esta materia para beneficio de nuestra economía.

Para el sector hidrocarburíferos se creó un proyecto para generas una mejor rentabilidad en

la producción compuestos orgánicos más simples y pueden ser considerados como las

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sustancias principales de que se derivan todos los demás compuestos orgánicos. En su

estudio científico se ha obtenido dos nombre de grandes grupos principales, de cadena

abierta y cíclica. En los compuestos de cadena abierta que contienen más de un átomo de

carbono y los cíclicos, los átomos de carbono forman uno o más anillos cerrados, estos

derivados descubierto nos generan riquezas que puede tener una o más ramificaciones.

Cuyo proyecto se determinó en la necesidad de hacer una gran rehabilitación de la

Refinería de Esmeraldas con un costo promedio por 855 millones. Demás designio es la

sustitución de diesel por gas, con una inversión de 275 millones. Dicho objetivo es

aumentar el linaje o extracción de gas para evitar la exportación de diesel, con este proceso

obtenemos un ahorro de 300 millones al año, estrategias puesta y analizada por el

Presidente Rafael Correa, actual jefe de Estado.

En este mismo sector está previsto un proyecto de almacenamiento de gas en tierra con un

poliducto y la construcción del sistema de transporte y distribución, con una inversión de

400 millones, se mencionó la creación de la Refinería del Pacífico, que costará 12.000

millones de dólares, mientras que en el sector hídrico se invertirán alrededor 1227 millones.

En realidad estas estrategias nos ayudaran a que haya crecido nuestro PIB. En la tabla No. 1

se pueden identificar los sectores estratégicos ecuatorianos.

Energía en todas sus formas

Telecomunicaciones

Recursos naturales no renovables

Transporte y la refinación de hidrocarburos

Biodiversidad y el patrimonio genético

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Espectro radioeléctrico

Recursos Hídricos

Tabla No. 1 Sectores estratégicos en el Ecuador

1.4 Los Organismos de Control en el Ecuador

a) Según la Constitución de la República del Ecuador

1. Contraloría General del Estado.- La Contraloría General del Estado es el organismo

técnico superior de control, con autonomía administrativa, presupuestaria y financiera,

dirigido y representado por el Contralor General del Estado, Tendrá atribuciones para

controlar ingresos, gastos, inversión, utilización de recursos, administración y custodia

de bienes públicos. Realizará auditorías de gestión a las entidades y organismos del

sector público y sus servidores, y se pronunciará sobre la legalidad, transparencia y

eficiencia de los resultados institucionales, dictará regulaciones de carácter general para

el cumplimiento de sus funciones y asesorara a las entidades que soliciten de la materia.

La Contraloría General del Estado tendrá señorío exclusiva para determinar

responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal,

y hará el seguimiento permanente y oportuno para asegurar el cumplimiento de sus

disposiciones y controles.

1. Procuraduría General del Estado.- La Procuraduría General del Estado es un

organismo autónomo, dirigido y representado por el Procurador General del Estado,

será el representante judicial del Estado y podrá delegar dicha representación, de

acuerdo con la Ley. Deberá reunir los requisitos exigidos para ser ministro de la Corte

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Suprema de Justicia, le corresponderá el patrocinio del Estado, el asesoramiento legal y

las demás funciones que determine la ley.

2. Ministerio Público.- Es un inherente e independiente en sus relaciones con las ramas

del poder público y lo integrarán los funcionarios que determine la Ley. El Ministro

Fiscal General del Estado ejercerá su representación legal. El Ministro Fiscal será

elegido por el Congreso Nacional por mayoría de sus integrantes, de una terna

presentada por el Consejo Nacional de la Judicatura. Deberá reunir los mismos

requisitos exigidos para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Desempeñará

sus funciones durante seis años y no podrá ser reelegido, esta entidad público de control

prevendrá en el conocimiento de las causas, dirigirá y promoverá la investigación

preprocesal y procesal penal. De hallar fundamento, acusará a los presuntos infractores

ante los jueces y tribunales competentes, e impulsará la acusación en la sustanciación

del juicio penal.

Para la obediencia de sus funciones, el Ministro Fiscal General organizará y dirigirá un

cuerpo policial especializado y un departamento médico legal, vigilará la maniobra y

aplicación del régimen penitenciario y la rehabilitación social del delincuente, velará por la

protección de las víctimas, testigos y otros participantes en el juicio penal, coordinará y

dirigirá la lucha contra la corrupción, con la colaboración de todas las entidades que, dentro

de sus competencias, tengan igual deber, cooperará en el patrocinio público para mantener

el imperio de la Constitución y de la ley.

3. Comisión de Control Cívico de la Corrupción.- Es una persona jurídica de derecho

público, con sede en la ciudad de Quito, con autonomía e independencia económica,

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política y administrativa. En representación de la ciudadanía sembrará la eliminación de

la corrupción; receptará denuncias sobre hechos presuntamente ilícitos cometidos en las

instituciones del Estado, para investigarlos y solicitar su juzgamiento y sanción. Podrá

promover su organización en provincias y cantones. Cuando la Comisión haya

finalizado sus investigaciones y encontrado indicios de responsabilidad, pondrá sus

conclusiones en conocimiento del Ministerio Público y de la Contraloría General del

Estado.

No interferirá en las atribuciones de la función judicial, pero ésta deberá tramitar sus

pedidos. Deberá requerir de cualquier organismo o funcionario de las instituciones del

Estado, la información que considere necesaria para llevar adelante sus investigaciones,

funcionarios que se nieguen a suministrarla, serán sancionados de conformidad con la ley.

Las personas que colaboren para esclarecer los hechos, gozarán de protección legal.

4. De las superintendencias.- Serán organismos técnicos con autonomía administrativa,

económica y financiera y personería jurídica de derecho público, encargados de

controlar instituciones públicas y privadas, a fin de que las actividades económicas y

los servicios que presten, se sujeten a la ley y atiendan al interés general, encabezado en

los arts. 222 y 223 que manda la ley.

Determinará las áreas de actividad que requieran de control y vigilancia, y el ámbito de

acción de cada superintendencia que serán dirigidas y representadas por superintendentes

elegidos por el Congreso Nacional con el voto de la mayoría de sus integrantes de ternas

enviadas por el Presidente de la República. Desempeñarán sus funciones durante cuatro

años y podrán ser reelegidos, para ser designado superintendente se necesitará tener al

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menos treinta y cinco años de edad, título universitario en profesiones relacionadas con la

función que desempeñarán y experiencia de por lo menos diez años en el ejercicio de su

profesión, avalada por notoria probidad.

b) Según las Leyes y Reglamentos Ecuatorianos.

Todas las Leyes Ecuatorianas que has sido emitidas tienen por lo menos un organismo tal y

como lo podemos ver en la tabla No. 2:

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NOMBRE DE LA LEY -

REGLAMENTO

ORGANISMO DE

CONTROL

SECTOR AL QUE

REGULA LA LEY Y EL

ORGANISMO

Ley de aguas Consejo Nacional de

Recursos Hídricos

Aprovechamiento de las

aguas marítimas,

superficiales, subterráneas y

Atmosféricas del territorio

nacional, en todos sus

estados físicos y formas.

Ley Forestal El Ministerio del Ambiente Explotación de recursos

forestales.

Ley de Compañías Superintendencia de

Compañías

Todas las empresas privadas

o mixtas.

Ley de la Propiedad

Intelectual

Instituto Ecuatoriano de la

Propiedad Intelectual

Regula y garantiza la

propiedad intelectual

adquirida de conformidad

con la ley, las Decisiones de

la Comisión de la

Comunidad Andina y los

convenios internacionales

vigentes en el Ecuador.

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Ley orgánica de la

educación

Ministerio Coordinador del

Conocimiento y Talento

Humano y Ministerio de

Educación

Educación Pública y Privada

Ley Nacional del Registro

Oficial de Datos Públicos

La Dirección Nacional de

Registro de Datos Públicos

Las instituciones del sector

público y privado y las

personas naturales que

actualmente o en el futuro

administren bases o

registros de datos públicos

Ley reformatoria a la ley del

Sistema Financiero

Superintendencia de

Compañías

Entidades Financieras

Tabla No. 2 Organismos de Control expuestos en las leyes nacionales

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UNIDAD Nº 2

BIENES Y SEGUROS

2.1 La Administración de Bienes y Seguros.

2.1.1 Concepto

La Administración de Bienes se refiere a que cada entidad u organismo llevará el registro

contable y físico de sus bienes de conformidad a las disposiciones sobre la materia

expedidas por el Ministerio de Finanzas y por la Contraloría General del Estado.

La Administración de Seguros es una herramienta que hoy en día en países industrializados

se muy utilizada, este sistema de administración de seguridad a diferencia de los demás

sistemas de seguridad implementa la manera de cómo transferir los riesgos a una empresa

especialista en este ramo, las compañías de seguros han tomado en las últimas décadas

gran importancia para el desarrollo industrial y de la comunidad, es por este motivo

importante y necesaria de conocer su manera de operar así como la manera de optimizar el

proceso de transferencia. para actividades particulares y/o extrañas al servicio público.

2.1.2 Relaciones de dependencia entre los Bienes y los Seguros.

Los bienes son un conjunto de cosas o derechos que forman parte de tu patrimonio y que se

describen dentro de una póliza de seguro como el objeto de cobertura contra ciertos riesgos

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que no podemos controlar, para que exista un seguro debe existir un bien al que se va

asegurar.

2.2 La Adquisición y Administración de Bienes, Servicios, Obras, Consultorías y

Servicios contratados por el Estado Ecuatoriano.

Los bienes son aquellos que están sujetos a control y que constituyen un bien activo fijo

institucional, es decir, los bienes muebles e inmuebles utilizados de manera temporal o

permanente en la gestión administrativa y reúne las siguientes características:

Una vida útil mayor a un año; y, costo de adquisición mayor a cien dólares de los Estados

Unidos de América y pueden ser bienes muebles de larga duración y bienes inmuebles. La

adquisición de bienes puede ser bajo el procedimiento de contratación pública, donación,

transferencia gratuita de dominio o por comodato y deberá observar la regla vigente para la

administración de los recursos públicos, en particular, los procedimientos precontractuales

y contractuales establecidos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación

Pública (LOSNCP) y su reglamento de aplicación, el Código Orgánico de Planificación y

Finanzas Públicas, las resoluciones que emita el Instituto Nacional de Compras Públicas,

así como la normativa pertinente que emita el Ministerio de Finanzas, la Contraloría

General del Estado y la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público para su

adquisición, para todas las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles en forma previa a

la convocatoria se deberá certificar la existencia de fondos suficientes a través de la

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correspondiente partida presupuestaria, deberá estar debidamente aprobada y priorizada por

SENPLADES y el Ministerio de Finanzas, con el fin de conseguir mejores condiciones de

contratación y aprovechar las economías de escala las adquisiciones de muebles y equipos

que deban ser entregados a las.

Para las programaciones de compra de los bienes se ajustarán a los montos y naturaleza de

contratación establecidos en la LOSNCP, su reglamento de aplicación y resoluciones

emitidas por el (INCOP) Instituto Nacional de Compras Públicas. Estos bienes muebles

puede ser realizada a través de los siguientes procedimientos: Compras por catálogo,

subasta inversa, licitación, cotización y menor cuantía en los términos establecidos en la

LOSNCP y su reglamento de aplicación, cuyo valor no supere en tres cotizaciones, de

acuerdo a lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento General y resolución del INCOP.

Todas las adquisiciones de bienes muebles deberán constar en el Plan Anual de Compras

(PAC) del año fiscal, en caso de no encontrarse la adquisición contemplada, deberá

realizarse la correspondiente modificación del PAC de acuerdo a lo dispuesto en el artículo

25 y 26 del Reglamento a la LOSNCP. Los PAC’S anuales elaborados por las UOD

deberán ser aprobados por el Director de Gestión Administrativa del Ministerio de Cultura.

Para la adquisición de los bienes inmuebles se estará a lo previsto en el artículo 58 de la

LOSNCP y deberá ser garantizada hasta su entrega total a conformidad con las garantías de

fiel cumplimiento del contrato,

Las afectaciones que pudieran ocasionar las demoras en la suscripción del acta entrega

recepción serán responsabilidad del administrador de cada contrato.

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2.2.1 Servicios

En la contratación Pública: Se refiere a todo procedimiento concerniente a la adquisición o

arrendamiento de bienes, ejecución de obras públicas o prestación de servicios incluidos los

de consultoría.

Dicho servicios se concebirá que cuando el contrato implique la fabricación, manufactura o

producción de bienes muebles, el procedimiento será de adquisición de bienes. Y a esto se

incluyen también la contratación de bienes a los de arrendamiento mercantil con opción de

compra, con la cual el Instituto Nacional de Contratación Pública selecciona a los

proveedores cuyos bienes y servicios serán ofertados en el catálogo electrónico a fin de ser

adquiridos o contratados de manera directa por las Entidades Contratantes en la forma,

plazo y demás condiciones establecidas en dicho Convenio, para efectos de esta Ley hay

empresas subsidiarias jurídicas creadas por las empresas estatales o públicas, sociedades

mercantiles de derecho privado en las que el Estado o sus instituciones tengan participación

accionaria o de capital superior al cincuenta (50%) por ciento es decir a Entidades

Contratantes a presentar sus demandas de bienes y servicios, que generan oportunidades a

través de la participación incluyente, de artesanos, micro y pequeños productores en

procedimientos ágiles y transparentes, para adquisición de bienes y servicios, de

conformidad con el Reglamento.

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2.2.2 Obras

El Instituto Nacional de Contratación Pública: Es el órgano técnico rector de la

Contratación Pública. Esta adquisición de obras son los trabajos relacionados con la

construcción, reconstrucción, demolición, reparación o renovación de edificios, vialidad,

transporte, estructuras o instalaciones, la preparación del terreno, la excavación, la

edificación, la provisión e instalación de equipo fijo, la decoración y el acabado, y los

servicios accesorios a esos trabajos, como la perforación, la labor topográfica, la fotografía

por satélite, los estudios sísmicos y otros servicios similares estipulados en el contrato, si el

valor de esos servicios no excede del de las propias obras.

Obra adicional o complementaria: Aquélla no considerada en los documentos de licitación

ni en el contrato, cuya realización resulta indispensable y lo necesaria para dar

cumplimiento a la meta prevista de la obra principal y que dé lugar a un presupuesto

adicional.

La Ley puede referirse a él simplemente Como "Instituto Nacional”. El contrato es un

convenio que crea obligaciones, las secciones esenciales tratan de las partes competentes,

considerando legalidades, convenio y obligaciones mutuas. En este convenio, debe

entenderse como contrato obra pública al acto jurídico una de las partes llamadas el

contratista, se le obliga a realizar una obra, inmueble, de acuerdo a la ley de Obras Publicas

y Servicios con la mismas para el Estado, se consideran de derecho público. Dentro de este

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parámetro el mejor Costo en Obras, o en Bienes o Servicios No Normalizados es

considerable obtener: Oferta que ofrezca a la entidad las mejores condiciones presentes y

futuras en los aspectos técnicos, financieros y legales, sin que el precio más bajo sea el

único parámetro de selección. En todo caso, los parámetros de evaluación deberán constar

obligatoriamente en los Pliegos. Obra de Origen Nacional.- Indica que y se refiere a las

obras, bienes y servicios que incorporen un componente nacional en los porcentajes que

sectorialmente se definan por parte del Ministerio de Industrias y Competitividad, de

conformidad a los parámetros y metodología establecidos en el Reglamento de la presente

Ley. A demas para un mejor uso de un contratación acudir al. Portal Compras públicas.-

(www.compraspublicas.gov.ec): Es el Sistema Informático Oficial de Contratación Pública

del Estado Ecuatoriano. RUP.- Es la Base de Datos de los proveedores de obras, bienes y

servicios, incluidos los de consultoría, habilitados para participar en los procedimientos

establecidos en esta Ley. Su administración está a cargo del Instituto Nacional de

Contratación Pública y se lo requiere para poder contratar con las Entidades Contratantes.

El Instituto ejercerá la rectoría del Sistema Nacional de Contratación Pública conforme a

las siguientes atribuciones; Desarrollar y administrar el Sistema Oficial de Contratación

Pública del Ecuador, COMPRASPÚBLICAS, así como establecer las políticas y

condiciones de uso de la información y herramientas electrónicas del Sistema; Administrar

los procedimientos para la certificación de producción nacional en los procesos

precontractuales y de autorización de importaciones de bienes y servicios por parte del

Estado; Establecer y administrar catálogos de bienes y servicios normalizados; Expedir

modelos obligatorios de documentos precontractuales y contractuales, aplicables a las

diferentes modalidades y procedimientos de contratación pública, para lo cual podrá contar

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con la asesoría de la Procuraduría General del Estado y de la Contraloría General del

Estado.

2.2.3 Consultoría

Está representada por persona natural o jurídica, nacional o extranjera, facultada para

proveer servicios de consultoría, de conformidad con esta Ley. Esta entidad se refiere a la

prestación de servicios profesionales especializados no normalizados, que tengan por objeto

identificar, auditar, planificar, elaborar o evaluar estudios y proyectos de desarrollo, en sus

niveles de pre factibilidad, factibilidad, diseño u operación. Comprende además, la

supervisión, fiscalización, auditoría, antes y posterior del desarrollo de software o

programas informáticos así como los servicios de asesoría y asistencia técnica, consultoría

legal que no constituya parte del régimen especial indicado en el número 4 del artículo 2,

elaboración de estudios económicos, financieros, de organización, administración, auditoría

e investigación. Mejor Costo en criterio de "Calidad " con el que se adjudicarán los

contratos de consultoría, en razón de la ponderación que para el efecto se determine en los

Pliegos correspondientes, y sin que en ningún caso el costo tenga un porcentaje de

incidencia superior al veinte (20%) por ciento. Además brinda servicios de Apoyo aquellos

servicios auxiliares que no implican dictamen o juicio profesional especializado, tales como

los de contabilidad, topografía, cartografía, aerofotogrametría, la realización de ensayos y

perforaciones geotécnicas sin interpretación, la computación, el procesamiento de datos y el

uso auxiliar de equipos especiales.

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2.3. Base legal del sistema nacional de contratación pública.

La Asamblea Constituyente expidió la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación

Pública que fuera publicada en el suplemento del Registro Oficial No. 395 del 4 de agosto

del 2008; y, el Presidente de la República expidió el Reglamento General de la Ley

Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y que específicamente se

caracteriza por lo siguiente: - Implementar el Sistema Nacional de Contratación Pública, a

través de la creación del Instituto Nacional de Contratación Pública, quien regulará a todos

los organismos del Estado, incluidas las corporaciones, fundaciones o sociedades civiles,

que requieran contratar bienes y servicios.

El objetivo primordial del nuevo Sistema es generar un cambio en la contratación aplicando

los principios de transparencia, equidad, adquiriendo bienes y servicios de mejor calidad, a

menor precio y en el menor tiempo, fomentando la demanda interna de bienes y servicios

para diversificar la producción nacional, impulsando la economía local, la libre ciencia,

vigencia tecnológica, descentralización, desconcentración y simplificación administrativa. -

Para garantizar el fiel cumplimiento de los principios de transparencia y equidad se crea el

RUP, siglas que significan: Registro Único de Proveedores, organismo administrado por el

Instituto Nacional de Contratación Pública. Están sujetos a esta ley los del Estado y las

Entidades Contratantes.

Proveedor del Estado.- El numeral 28 del artículo 6 de la LOSNCP define proveedor de la

siguiente manera: "Es la persona natural o jurídica nacional o extranjera, que se encuentra

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inscrita en el RUP, de conformidad con esta Ley, habilitada para proveer bienes, ejecutar

obras y prestar servicios, incluidos los de consultoría, requeridos por las Entidades

Contratantes..

Entidades Contratantes.- En el numeral 12 del mencionado artículo define entidad

contratante de la siguiente manera: "Los organismos, las entidades o en general las

personas jurídicas previstas en el artículo 1 de esta Ley. En concordancia a este artículo

estipula que se entiende como entidades contratante a las siguientes dependencias:

a. Los Organismos y dependencias de las Funciones del Estado.

b. Los Organismos Electorales.

c. Los Organismos de Control y Regulación.

d. Las entidades que integran el Régimen Seccional Autónomo.

e. Los Organismos y entidades creados por la Constitución o la Ley para el ejercicio

de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar

actividades económicas asumidas por el Estado.

f. Las personas jurídicas creadas por acto legislativo seccional para la prestación de

servicios públicos.

g. Las corporaciones, fundaciones o sociedades civiles.

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2.4. Inventarios en las instituciones públicas.

La Gestión Administrativa debe llevarse a cabo bajo criterios de eficiencia institucional, lo

cual implica racionalización de toda clase de elementos para que se optimicen los recursos

y se genere efectividad a un mínimo costo.

Si se tiene en cuenta que los recursos físicos de carácter público son de utilidad común, es

menester adecuar o cuando menos modernizar métodos y procedimientos que permitan su

seguimiento, evaluación y control que integren la gestión contable y financiera con los

recursos físicos existentes..

Los procesos y procedimientos de orden administrativo para la clasificación, registro y

control de bienes, deben estar adecuados a las normas generales para este fin, tales como la

Ley 42 de 1993 y la Ley 87 de 1993 que son reglamentarias del Control en las Entidades

Públicas, y en este sentido se requiere de un sistema de control de bienes que posibilite una

permanente evaluación.

Finalmente, los funcionarios encargados de los procesos y control de Almacén e

Inventarios requieren de herramientas mínimas para el control de la Gestión de Bienes y en

este sentido se hace necesario el conocimiento básico de terminología, situaciones

especiales de los Bienes, lo que en últimas garantizará una gestión admirable para Gestión

Pública.

Objetivos:

a. Identificar mecanismos para ejercer control sobre los bienes de las Entidades Públicas.

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b. Identificar los elementos para codificar y clasificar los bienes e inventarios según los

conceptos que los originen o motiven, conforme a lo establecido por la Contaduría General

de la Nación a través del Plan General de Contabilidad Pública.

c. Identificar las responsabilidades de los Funcionarios Públicos que tienen bienes a su

cargo.

d. Conocer la normatividad básica para el manejo de bienes e inventarios.

Método a seguir:

En las entidades investigación para un inventario, se realiza un proceso de capacitación

ofreciendo la modalidad “taller de sensibilización” con un enfoque participativo, usando

técnicas de visualización y fomentando la creación de espacios de concertación entre los

participantes, usando juegos basados en el supuesto de que los participantes conocen la

realidad, pero son pocas las ocasiones que tienen para reflexionar sobre ellas.

Dirigido a:

Empresas que manejes departamentos como almacenistas, secretarias(os), auxiliares

administrativos, asistentes administrativos, jefes de almacén e inventarios, y en general

todos los interesados en los procesos y procedimientos para la administración de bienes

públicos.

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2.4.1. Valoración de los bienes de las instituciones públicas.

La valoración de estos bienes son instrumentos al servicio de la política mediante el cual se

pretende imputar valores económicos a los bienes y servicios, esta valoración económica

resulta necesaria para lograr los objetivos de los bienes adquiridos por las instituciones

públicas.

Las demandas de bienes y servicios tiende regularmente a sobre pasar las posibilidades de

la oferta, en consecuencia todas las organizaciones sociales deberán enfrentar el problema

básicos de alcanzar una asignatura eficiente de los recursos disponible.

UNIDAD Nº 3

LOS SEGUROS

3.1. Concepto de Seguro.

3.1.1 Generalidades.

Es una actividad económica financiera, que presta el servicio de transformación de los

riesgos de diversa naturaleza, a que están sometidos los patrimonios, en un gasto periódico

presupuestable, que puede ser soportado fácilmente por cada unidad patrimonial. Además

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es un contrato consensual, bilateral, oneroso por el cual una de las partes se compromete a

indemnizar a la otra de las consecuencias dañosas o perjudiciales que ciertos riesgos

procedentes de caso fortuito, a las que se hallan expuestas las personas y cosas.

3.1.2 Tipos de Seguros

De acuerdo al Sector:

Seguro Privado: el asegurado contrata voluntariamente para cubrirse de ciertos

riesgos mediante el pago de una prima. Estos se concretan con la emisión de una

póliza. Están regulados por la Ley General de Seguros.

Seguro Social (Público): tiene por objeto amparar a la clase trabajadora contra

ciertos riesgos, como la muerte, accidentes, invalidez, enfermedades, desocupación

o maternidad. Son obligatorios, sus primas están a cargo de los asegurados y

empleadores, y en algunos casos el Estado contribuye con su aporte para la

financiación de las indemnizaciones. Aquí no es necesaria una póliza. El sistema de

previsión de las cajas de jubilaciones no es técnicamente un segur, aunque por sus

finalidades resulta análogo. Permite gozar e una renta a los jubilados y cubre los

riesgos de desamparo en que puede quedar el cónyuge y los hijos menores de una

persona con derecho a la jubilación, ordinaria o extraordinaria a la fecha de

fallecimiento. Está regulado por la Ley de la Seguridad Social.

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De acuerdo a su Objeto:

Seguros Personales: el objeto del seguro es el ser humano y son los seguros que

contra accidentes(enfermedad, validez, paro), seguros de vida, en caso de muerte,

mixto, a favor de terceros.

Seguros Agrícolas: el objeto son las explotaciones agrarias, pecuarias forestales, se

encuentran comprendidos los seguros por helada, granizo, incendio de cosechas o

bosques.

Seguros Industriales: el objeto son las propiedades comerciales o industriales, esta

comprendido contra incendios, pérdida de beneficios, rotura o daño de maquinaria,

seguros de montaje e ingeniería.

Seguros Patrimoniales: el objeto es el patrimonio de una persona y comprende

todos los contratos por lo que una persona se previene contra algún daño fortuito a

que esta expuesto su patrimonio, comprende los seguros de vivienda, seguro de

automóvil, seguro de mobiliario, de robo entre otros.

De acuerdo a la Naturaleza de los Riesgos:

Seguro de Personas: se encuentran aquí los seguros cuyo riesgos dañen a las

personas, aquí están los seguros de vida, accidentes y enfermedad.

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Seguros de Daños: aquí estas los riesgos que provoquen daños al patrimonio de las

personas, está conformado por el seguro de transportes, seguro contra incendios,

contra robo, vehículos.

Seguro de Responsabilidad Civil: los seguros cuyos riesgos provoquen daños

contra terceras personas y está formado por los seguros de deudas futuras, sueguros

por costes y fianzas judiciales.

Seguro de Fianzas: están aquí los seguros por riesgo moral, fiel cumplimiento,

seguro de buen uso de anticipo, seriedad de oferta, garantías aduaneras.

Otra Clasificación del Seguro.

Seguro Individual: es tramitado y operado por una sola compañía aseguradora.

Seguro Colectivo: aquel que es negociado por dos o más compañías aseguradoras,

ya sea por el monto, la frecuencia o la intensidad del riesgo.

Por la duración.

Seguro Temporal: aquel que se duración es menor a un año.

Seguro Anual: cuya duración es de un año.

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Seguro a largo plazo: aquí el plazo contratado es mayor a un año.

Por la existencia de su contratación.

Seguro Obligatorio: el contrato con la aseguradora es obligatorio un ejemplo es el

seguro social.

Seguro Voluntario: es aquel donde el asegurado decide por su propia cuenta su

contratación.

3.2. Historia de los seguros

3.2.1 A nivel Mundial

La historia del seguro se remonta a las antiguas civilizaciones de donde se utilizaban

prácticas que constituyeron los inicios de nuestro actual Sistema de Seguros.

Probablemente las formas más antiguas de seguros fueron iniciadas por los babilonios y los

hindús.

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Estos primeros contratos eran conocidos bajo el nombre de Contratos a la Gruesa y se

efectuaban, esencialmente, entre los banqueros y los propietarios de los barcos.

Con frecuencia, el dueño de un barco tomaría prestados los fondos necesarios para comprar

carga y financiar un viaje. En caso de que el barco o la carga se perdiese durante el cargo el

préstamo se entendería como cancelado.

Los mercaderes babilónicos, entre los 4000 y 3000 A.C., asumían el riesgo de pérdidas de

las caravanas que cruzaban la antigua Babilonia, ya que continuamente eran víctimas de

asaltos, concediendo préstamos a elevado interés, que eran reembolsables a la finalización

del viaje.

En la India estaban obligados todos los familiares a sostener al que quedara incapacitado

por un accidente de viaje, bajo las normas de un interés al 10% si viajaba por la selva, y el

20% si el viaje lo hacía por mar.

En la edad media se mantenía bajo la forma de seguro marítimo, el cual fue consecuencia

del desarrollo del comercio marítimo en los países mediterráneos, especialmente España e

Italia, pero carecía de bases estadísticas serias y no constituía una institución organizada.

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46

Los vestigios del Seguro de vida se encuentran en antiguas civilizaciones, tal como Roma,

donde era acostumbrado por las asociaciones religiosas, colectar y distribuir fondos entre

sus miembros en caso de muerte de uno de ellos.

Las sociedades con objeto asegurador aparecieron alrededor del año 1.720, y en las etapas

iniciales los especuladores y promotores ocasionaron el fracaso financiero de la mayoría de

estas nuevas sociedades. Eventualmente las repercusiones fueron tan serias, que el

parlamento restringió las licencias de tal manera que solo hubo dos compañías autorizadas.

Estás aún son importantes compañías de Seguros en Inglaterra como Lloy´s de Londres.

Podemos diferenciar las siguientes etapas en la evolución del seguro.

1. Edad Antigua

2. Edad media (hasta mediados del siglo XIV)

3. Desde mediados del siglo XIV a fines del XVII

4. Desde el siglo XVIII hasta mediados del siglo XIX

5. Desde mediados del siglo XIX hasta nuestros días

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1. Edad Antigua

En sus comienzos no puede decirse que existiera un seguro con sus bases técnicas y

jurídicas, pero si surgió como un sentimiento de solidaridad ante los infortunios.

Ejemplos de estos intentos de solidaridad los tenemos en el seguro de caravanas de

Babilonia, donde existía la costumbre de que los que tomaban parte en una caravanase

comprometían a saldar en común los daños causados a cada uno de ellos duranteel trayecto

por robo o asalto.

Durante la Supremacía Romana existieron asociaciones constituidas por artesanos que,

mediante una reducida cuota de entrada y una cotización periódica, otorgaban a sus

asociados una sepultura y funerales apropiados. En cualquier caso se puede afirmar que

durante esta época existieron instituciones muy similares al seguro.

2. Edad Media hasta el siglo XIV.

Durante este tiempo aparecen los primeros sistemas de ayuda mutua. En esta época

tenemos a diferentes civilizaciones que tuvieron aportaciones importantes. Entre éstas se

encuentran:

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a. Babilonia: Se menciona como primer antecedente el “Código de Hammurabi”, Rey

de Babilonia 1955-1912 A.C. Que ya preveía:

1. La indemnización por accidentes de trabajo a través de organizaciones de

sociedades mutuas;

2. La mutualidad para compartir las pérdidas causadas a las caravanas en el

desierto, transportando mercancías.

3. La contribución de todos en la construcción de un navío en sustitución del que

haya destruido una tempestad.

b. Egipto: Se manejaba la idea de ayuda mutua entre los socios de una institución, para

ayudar en los ritos funerarios del socio que falleciera.

c. Grecia: “La Ley de Rodas” para el comercio marítimo. Una pérdida se repartía entre

todos los propietarios de la mercancía transportada en el barco. Constituye la base

del Derecho Mercantil Marítimo. Los griegos tenían una asociación llamada

“ERANDI” por la que daban asistencia a necesitados a través de un fondo común

constituido por todos los agremiados.

d. Roma: Existía una asociación de militares que aportaban una cuota con la que

tenían derecho a una indemnización para gastos de viaje por cambio de guarnición

en caso de retiro o muerte.

Los artesanos formaban el “CollegiaTenuiorum, Collegia – Funeraticia” con la que los

participantes gozaban de gastos por muerte, seguridad constituida por un fondo formado

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por el Estado y por los beneficiarios y herencias dejadas por socios muertos. También

existía el “Préstamo a la Gruesa Ventura” por el que un propietario o armador de una nave

tomaba como préstamo una suma igual al valor de la mercancía transportada; en caso de

feliz arribo el prestatario reembolsaría el capital más un interés hasta el 15% del capital; en

caso contrario, el prestatario no debía nada.

e. Edad Media: Existían ayudas mutuas como:

Las GUILDAS fueron precursoras de las Compañías de Seguros. Eran éstas asociaciones o

hermandades para socorros mutuos, especialmente para en caso de muerte, aunque se

desarrollaron muchos casos por accidente o enfermedad y aún por incendio. Esto tuvo lugar

en muchos países en Europa, como Italia, Francia, Inglaterra.

• Monasterios – Daban socorro y caridad a huérfanos, viudas y desempleados, por

medio de limosnas.

• Juras – Daban protección por medio de rentas y pensiones que daban los reyes por

gracia o merced.

• Tontinas – De origen italiano. Consistían en sumas fijas de dinero cuyo total se

dividía entre el número de supervivientes a fecha dada.

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3. Del Siglo XIV al XVII.

Comprende el período que va desde el Siglo XIV hasta el Siglo XVII y es la del desarrollo

y formación del Seguro, aparecen las primeras Instituciones de Seguros en los Ramos de

Marítimo, Vida e Incendio.

Las primeras manifestaciones se dan con el florecimiento del comercio, ya que se hacen

más evidentes los peligros del transporte marítimo y terrestre. Se procura dar legislación

sobre tal fenómeno promoviendo la protección necesaria para comerciantes y transportistas.

Los primeros contratos de Seguro de Vida se dan en el Siglo XIV y eran para mujeres

embarazadas. El primer contrato de Seguro conocido, relativo al Seguro Marítimo, data de

1347, suscrito en Génova, ampara tanto los accidentes de transporte como la tardanza en la

llegada del buque a su destino.

Las primeras Pólizas de Seguro de Vida se extendieron en Londres en The Royal Exchange

por comisionistas que se reunían. Siendo emitida la primera Póliza de este ramo en 1583.

Las primeras manifestaciones del Seguro de Incendio se dan en 1667, en Inglaterra, a raíz

del famoso incendio de Londres, que destruyó 13,200 casas y 90 iglesias. Se crearon

entonces las oficinas de Seguros llamadas “Fire Office” y “FriendlySociety”.

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En 1677 en Hamburgo, se funda la primera caja General Pública de Incendio, formada por

varios propietarios que reunían cierta cantidad para socorrerse entre ellos en caso de

incendios; en 1686 surge Lloyd´s como la más poderosa empresa aseguradora; en cuanto a

la regulación Jurídica del Seguro, ésta se inicia con los estatutos de Florencia, en 1369;

Barcelona, 1435; Burgos, 1494; Sevilla, 1554; en este período, y como consecuencia del

desarrollo de la actividad marítima, aparecen los primeros antecedentes del contrato de

seguro marítimo.

Paralelamente surgieron las primeras regulaciones legales de la actividad aseguradora. El

asegurador empezó siendo una persona individual, pero pronto surgen la agrupación de

personas y las sociedades anónimas. En 1668 se fundó en París la primera compañía de

seguros por acciones, para el seguro marítimo. A esta época corresponde la creación del

Lloyd´s inglés que era una corporación de aseguradores individuales. Surgió a raíz de las

reuniones de aseguradores marítimos en el cafetín de Edward Lloyd. Esta institución se

funda formalmente en 1769.

Surgen en este período las empresas de seguros de incendios como consecuencias del

famoso incendio de Londres de 1666 que peso de manifiesto la necesidad del mismo en las

ciudades de la época, construidas sin la menor protección contra el fuego.

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4. Del Siglo XVII hasta XIX.

Comienza a finales del siglo XVII, en la que se afianzan los fundamentos técnicos y

jurídicos del Seguro. En 1634 Blas Pascal, famoso matemático de su tiempo, da lugar al

nacimiento del cálculo de probabilidades y a la teoría de los Grandes Números. En

Inglaterra, Edmund Halley elabora la primera tabla de mortalidad, técnicamente construida.

Aparecen las primeras Empresas de Seguros sobre bases más técnicas y se debió

principalmente al gran florecimiento de la industria en esa época, los grandes

descubrimientos y por la regulación jurídica a través del control administrativo.

5. Desde mediados del siglo XIX hasta nuestros días

Durante el siglo XIX, las modificaciones en las condiciones de vida influyen en el

desarrollo del seguro. En esta etapa surgen fenómenos sociales como la urbanización, la

industrialización y la debilitación de la solidaridad familiar, que favorecen en suma el

individualismo y por consiguiente el desarrollo de la institución aseguradora.

Esto empieza a darse en Inglaterra, ya que este país dominaba el mundo tecnológico,

financiero, económico y sobre todo el político. Alemania y estados Unidos le disputaban el

predominio industrial y Comercial.

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Surgen nuevos riesgos y se cubren otros que anteriormente no se cubrían. Hay un fuerte

intervencionismo estatal, debido principalmente al gran número de aseguradoras y el hecho

de que muchas de ellas se constituyen sin reunir las debidas garantías. En esta época la

institución aseguradora va adaptándose a las nuevas exigencias de la vida económica

favoreciendo el desarrollo industrial que cuenta con el seguro como garantía ante las

crecientes industrias.

Esto se da debido a las fatales consecuencias de las guerras mundiales en 1914 a 1918 y la

segunda guerra mundial de 1940 a 1944. Involucrados en estas la mayor parte de los países

del Continente Europeo, Rusia, Japón y los Estados Unidos.

Por todo lo expuesto anteriormente, el seguro se convirtió y hasta la fecha lo es, en una

“gran industria” que forma parte vital de la economía de todos los países, en todas las

naciones por más pequeñas que sean cuentan con un mercado de seguros extenso.

3.2.2 Los Seguros en el Ecuador

Los seguros son considerados como convenciones de amparo, pertenecen a la necesidad de

buscar protección contra los hechos imprevistos que nos causan daño. En el Ecuador las

normas sobre seguros eran las de la Colonia y las del Código de Comercio español de 1829

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hasta mayo de 1882 en que entró en vigencia nuestro primer Código de Comercio, que se

promulgó siendo el presidente el General Ignacio de Veintimilla. Copia del mismo sería el

Código de Alfaro de 1906 que mantuvo las disposiciones sobre seguros en el libro segundo,

Título XVI.

En las últimas codificaciones del Código de Comercio, hasta la elegante y útil que publicó

la Comisión Legislativa, como suplemento al Registro Oficial nº 1202 20 de agosto de

1960, las disposiciones sobre el seguro se encontraban en el título XVII del Segundo Libro

y las normas del seguro marítimo en el Título VII del Tercer Libro.

En el Registro oficial nº 1105 del 18 de noviembre de 1909 constan promulgadas las

primeras disposiciones para el control por el Estado de la actividad aseguradoras, emanadas

del Decreto Legislativo del 21 de Octubre de 1909.

En el año de 1911 se promulgó un decreto en el cuál se autorizaba el juicio verbal sumario

para reclamar a las compañías de seguros por daños y perjuicios. Se empezaron a contratar

seguros en el exterior por fuertes cantidades de dinero por perjuicio de Rentas del cuerpo de

bomberos por un incendio en la ciudad de Quito en 1917.

En 1933 se establece por primera vez la intervención de la Superintendencia de Bancos en

el Control de las operaciones de las compañías de seguros. En 1935 se designa por primera

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vez personal de la Superintendencia para la inspección y fiscalización de aseguradoras, y

se obliga a las aseguradoras a justificar mensual y detalladamente sus negocios ante la

Superintendencia de Bancos.

En 1960 se mantiene y perfecciona el control del Estado sobre las compañías de seguros,

ejercido por la Superintendencia de Bancos, y por primera vez se realizan los contratos

individuales de seguro como el de vida, transportes, incendio, agricultura y transporte; en

1965 se dicta una Ley general de Compañías de Seguros. En 1970 se reglamentó la

obligación de contratar los seguros contra importaciones de mercancías o bienes en

compañías de seguros, nacionales o extranjeras. Para finalizar, los principales aspectos de

la actividad de los seguros privados en el Ecuador, están regidos por los siguientes

instrumentos:

La acción de las compañías de seguros, por la Ley General de Seguros dictada por

el Plenario de las Comisiones Legislativas el 26 de marzo 1998.

El contrato de seguros, por el Decreto Supremo Nº 1147 del 29 de Noviembre de

1963, publicado el R.O. nº 123 del 7 de diciembre de 1963.

3.3. Los Seguros de propiedad planta y equipo

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3.3.1. Tasas de los seguros de alto riesgo.

Se la conoce también como seguro a todo riesgo y ampara para cubrir daños o pérdidas

imprevisibles y accidentales que experimenten los bienes asegurados empleados en la

ejecución de la obra, puede ser también en vehículos, construcciones, en el sitio de la

misma debido a cualquier riesgo que no se encuentra excluido.

Si la persona vive en un área considerada de alto riesgo (como una zona de inundación),

tiene mal crédito o un historial de hacer muchos reclamos

3.3.2. Los seguros de Bienes muebles e inmuebles

Los bienes sujetos a control son aquellos que constituyen parte del activo fijo institucional,

es decir, los bienes muebles e inmuebles utilizados de manera temporal o permanente en la

gestión administrativa y reúna las siguientes características:

Una vida útil mayor a un año; y, costo de adquisición mayor a cien dólares de los Estados

Unidos de América y pueden ser bienes muebles de larga duración y bienes inmuebles.

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SEGURIDADES FÍSICAS: Todos los activos fijos de la entidad deberán tener medidas

físicas de protección contra pérdidas e incendios como extintores, alarmas, controladores de

energía, controles de registro de visitas externas, seguridades electrónicas que faciliten la

detección inmediata la salida de los bienes muebles de los espacios institucionales, acceso

restringido a áreas sensibles y otras medidas que sean necesarias dadas las características de

los bienes.

CONTRATACIÓN DE SEGUROS CONTRA ROBOS Y SINIESTROS: Todos los

bienes muebles e inmuebles deberán contar con una póliza de seguros, para lo cual en

forma inmediata a su adquisición y registro en los inventarios institucionales, la Dirección

de Gestión Administrativa en coordinación con la Dirección de Gestión Financiera, se

encargará de incluir los bienes nuevos en la póliza de seguros institucional. Por efecto de

costo - beneficio y economías de escala, la contratación de los seguros institucionales a

nivel nacional, estará a cargo de la Dirección de Gestión Administrativa.

a) Bienes Muebles

MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD PARA LOS ACTIVOS FIJOS

El objeto es brindar información básica para la gestión de administración y contratación de

seguros para los activos fijos; incluye aspectos relacionados con las cauciones de los

funcionarios y empleados públicos encargados de la recepción, control, custodia e inversión

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de fondos públicos o del manejo de bienes públicos; como también, sobre los controles

internos aplicables a los bienes de uso común y fuera de horario de oficina. Tomando en

consideración que las medidas de protección y seguridad para los bienes públicos, están

dadas principalmente por: la contratación de seguros, la exigencia de cauciones suficientes,

la seguridad física de las instalaciones y la asignación de personal de seguridad.

Pólizas de seguros.- De acuerdo al volumen y valor de los activos fijos, al grado de riesgo

de la ocurrencia de siniestros, a las posibilidades financieras y presupuestarias de cada

entidad y organismo, se contratarán seguros especialmente para cubrir riesgos de

accidentes, incendios, destrucción, robo, uso indebido y riesgos contra terceros,

relacionados con: instalaciones, edificios, vehículos, maquinaria y equipos, con compañías

aseguradoras solventes acreditadas en el país.

Estas pólizas serán contratadas en las condiciones más favorables para la entidad y en

sujeción a las leyes sobre la materia.

Los Directores Financiero, Administrativo y Jurídico, o quienes hagan sus veces, en sus

respectivos ámbitos, velarán por la correcta y oportuna suscripción, custodia, renovación y

ejecución de las pólizas de seguros, garantizando de esta manera las gestiones que le

competen realizar a la máxima autoridad.

Clases de pólizas y cobertura:

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a) Póliza de seguro contra todo riesgo.-

Contenidos posibles: 1) condiciones generales, 2) condiciones particulares, 3) cláusulas de

errores u omisión, 4) cláusula de adhesión, 5) cláusula de restitución automática del valor

asegurado, 6) cláusula de renovación tácita, 7) cláusula de pérdida compartida, 8) cláusula

de honorarios, mano de obra, materiales, 9) otros de acuerdo a la naturaleza de los bienes.

b) Póliza de seguro de rotura de máquinas.

c) Póliza de seguro de vehículos.

d) Póliza de seguro de transporte contra todo riesgo.

e) Póliza de responsabilidad civil.

f) Póliza de seguro de fidelidad colectiva.

g) Póliza de seguro de garantías aduaneras.

h) Póliza de seguro contra incendios.

i) Póliza de seguro combinada.

Personal de seguridad y seguridad de instalaciones.-

Vigilancia: Al personal asignado para la vigilancia y cuidado de los bienes en edificios,

locales, garajes, bodegas, etc; sean estos servidores de la propia entidad o contratados para

este servicio, se les asignará las funciones por escrito, entre las cuales constará la seguridad

de los bienes en general de uso común, así como de los bienes que se encuentren en las

dependencias en horas no laborables.

Consecuentemente de acuerdo a los turnos establecidos vigilarán las puertas de acceso y

efectuarán rondas periódicas, a fin de evitar que se produzcan robos o hurtos de bienes.

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Fuera de los horarios de trabajo sólo se permitirá el ingreso a instalaciones y dependencias

a personal de la entidad debidamente autorizado.

En cualquiera de los horarios, se prohíbe la salida de bienes de la entidad, con excepción de

los siguientes casos y previa la presentación de la autorización correspondiente:

a) Cuando se retire bienes para utilizarlos en otra dependencia (traspaso) de la misma

entidad, ubicada en otro edificio.

b) Cuando se retire para ser llevado a talleres especializados para el correspondiente

mantenimiento, reparación, cambio, etc.

c) Cuando se retire como consecuencia de la enajenación, tramitada conforme a las normas

vigentes.

d) En el caso de vehículos se requerirá la presentación de la orden de movilización,

llevándose además para estos casos el registro de salida y entrada de vehículos,

correspondiente.

Seguridad de bienes, equipos e instalaciones, etc.: En lo que se refiere a las seguridades de

las instalaciones en los edificios, locales, equipos, etc. la Dirección administrativa, a través

de la unidad de Servicios Generales, velará por que todos los bienes susceptibles de contar

con seguridades físicas adicionales como: candados, cerraduras, alarmas, claves,

reforzamiento de puertas y ventanas de acceso, muros, canes, etc. sean dotados en su debida

oportunidad.

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El custodio de los bienes y el personal de vigilancia de los mismos, está obligado a reportar

las novedades y requerir determinada mejora o sugerir el mecanismo más idóneo para

brindar protección a los bienes a su cargo.

Cauciones.- Según el artículo 372 de la Ley Orgánica de Administración Financiera y

Control, todos los funcionarios y empleados del sector público encargados de la recepción

y control de fondos públicos o del manejo de bienes públicos, están en la obligación de

prestar caución a favor del Fisco o de la entidad respectiva, para responder por el fiel

cumplimiento de las funciones que les asigne la Ley, de acuerdo a las normas que dicte el

Contralor General del Estado.

b) Bienes Inmuebles

El seguro de propiedad paga las pérdidas financieras relacionadas con la propiedad de los

asegurados. Por ejemplo, si usted compra una póliza de seguro de propiedad para proteger

su casa y un árbol cae en su casa, su compañía de seguros pagará los daños (si se asume

que su póliza cubre este tipo de daño).

Es un seguro que cubre los riesgos que puede sufrir una casa o edificio y/o sus contenidos

(muebles, electrodomésticos, ropa y cualquier objeto que se encuentre dentro de ella) de

riesgos tales como:

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- Incendio

- Explosión

- Daños de la naturaleza

- Robo de contenido.

- Daños por terremoto.

- Daños por inundaciones.

- Asistencia domiciliaria.

- Rotura de cristales.

- Explosión de artefactos de uso doméstico.

- Daños materiales, causados por fenómenos de la naturaleza.

- Daños por caída de aeronaves.

- Daños materiales a consecuencia de huelga o desorden popular o actos terroristas.

- Gastos de mudanza, hotel y remoción de escombros.

3.3.3. De la Seguridad Social

Seguridad Social: tiene por objeto amparar a la clase trabajadora contra ciertos riesgos,

como la muerte, accidentes, invalidez, enfermedades, desocupación o maternidad. Son

obligatorios, sus primas están a cargo de los asegurados y empleadores, y en algunos casos

el Estado contribuye con su aporte para la financiación de las indemnizaciones. Aquí no es

necesaria una póliza. El sistema de previsión de las cajas de jubilaciones no es

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técnicamente un segur, aunque por sus finalidades resulta análogo. Permite gozar e una

renta a los jubilados y cubre los riesgos de desamparo en que puede quedar el cónyuge y los

hijos menores de una persona con derecho a la jubilación, ordinaria o extraordinaria a la

fecha de fallecimiento. Está regulado por la Ley de la Seguridad Social.

Cobertura

Afiliado/afiliada activo y voluntario del Seguro General Obligatorio y sus

dependientes: cónyuge o conviviente con derecho (previa solicitud) e hijos menores

de 18 años;

Pensionistas de invalidez, vejez del Seguro General, y pensionista de incapacidad

permanente, total o absoluta de riesgos del trabajo, y sus dependientes: cónyuge o

conviviente con derecho (previa solicitud) e hijos menores de 18 años;

Beneficiarios de montepío por orfandad, hijos menores de 18 años.

Afiliado/afiliada al Seguro Social Campesino y su familia.

a) Servicios de Salud

Enfermedad

Protege a través de acciones integrales de fomento y promoción de la salud, prevención,

diagnóstico y tratamiento de enfermedades no profesionales, rehabilitación y recuperación

de la salud.

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El afiliado y afiliada tienen derecho a asistencia médica integral Exámenes de diagnósticos

Atención médica clínica Asistencia quirúrgica Rehabilitación Dotación de implementos

farmacéuticos. Subsidio monetario cuando la enfermedad produce incapacidad en el

trabajo

El jubilado y jubilada tienen derecho a asistencia médica general y quirúrgica, farmacéutica

y de rehabilitación; los beneficiarios que tienen derecho a la protección por enfermedad

son:

Hijos e hijas, menores de 18 años,

Beneficiarios de montepío por orfandad menores de 18 años de edad.

Cónyuges o convivientes con derecho (previa solicitud)

b) Maternidad

Es la atención médica especializada para la afiliada durante el embarazo, parto y posparto.

Las afiliadas tienen derecho a:

Asistencia médica y obstétrica en la etapa prenatal, el parto y posparto (que

comprende antes, durante y después del parto.)

Reposo de 2 semanas antes, y 10 semanas después del parto;

Al subsidio monetario durante el período de descanso por maternidad (para la mujer

trabajadora);

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Asistencia médica preventiva y curativa del hijo/hija, con inclusión de la prestación

farmacológica y quirúrgica, durante el primer año de edad, hasta los 18 años.

Las afiliadas de instituciones públicas tienen derecho a 2 horas de permiso por

lactancia durante 12 meses, contados a partir de que haya concluido su licencia por

maternidad. Las afiliadas de empresas privadas, tienen derecho a 2 horas de

lactancia hasta que el niño/niña cumpla los 9 meses de nacido/a.

Licencia de paternidad

El padre tiene derecho a licencia con remuneración por 10 días por el nacimiento de su

hijo/a por parto normal; en los casos de nacimientos múltiples o por cesárea se prolongará

la licencia por 5 días más.

Casos especiales:

Cuando el hijo/hija nace prematuro y necesita cuidado especial, la licencia por

paternidad se prolonga con remuneración por ocho días más.

Cuando el hijo/hija nace con una enfermedad degenerativa, terminal o irreversible,

o con un grado de discapacidad severa, el padre podrá tener una licencia con

remuneración por 25 días, hecho que deberá ser justificado con la presentación de

un certificado médico otorgado por un facultativo del IESS o por el médico privado.

Cuando fallece la madre durante el parto o mientras se encuentre con licencia por

maternidad, podrá hacer uso de la totalidad o parte del período restante de licencia

que le correspondería a la madre, si no hubiese fallecido.

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c) Programa del adulto mayor

El IESS, preocupado por la calidad de vida de los jubilados y jubiladas, a través del

Programa del Adulto Mayor, ofrece talleres de terapia ocupacional, socio-recreativas y de

integración, orientados a la promoción, prevención y cuidado integral de la salud de los

adultos mayores. El Programa del Adulto Mayor se encuentra realizando actividades en

todas las provincias del Ecuador destinadas a las jubiladas y los jubilados del IESS. Estas

actividades son coordinadas por las propias jubiladas y jubilados, en asociación o no, junto

a los funcionarios de las unidades médicas IESS; tienen derecho a este servicio:

Afiliado/afiliada activo y voluntario del Seguro General Obligatorio y sus

dependientes: cónyuge o conviviente con derecho (previa solicitud) e hijos menores

de 18 años;

Pensionistas de invalidez, vejez del Seguro General, y pensionista de incapacidad

permanente, total o absoluta de riesgos del trabajo, y sus dependientes: cónyuge o

conviviente con derecho (previa solicitud) e hijos menores de 18 años;

Beneficiarios de montepío por orfandad, hijos menores de 18 años.

d) Seguro Campesino

El Seguro Social Campesino, conforme a la Ley de Seguridad Social, protege

permanentemente a la población del sector rural y pescador artesanal del Ecuador, en

sus estados de necesidad vulnerables, mediante la ejecución de programas de salud

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integral, discapacidad, vejez e invalidez y muerte de la población campesina con el fin

de elevar el nivel y calidad de vida.

Misión

El Seguro Social Campesino, conforme a la Ley de Seguridad Social, protege

permanentemente a la población del sector rural y pescador artesanal del Ecuador, en

sus estados de necesidad vulnerables, mediante la ejecución de programas de salud

integral, discapacidad, vejez e invalidez y muerte de la población campesina con el fin

de elevar el nivel y calidad de vida.

Visión

El Seguro Social Campesino, régimen especial solidario del IESS, es el líder de la

protección a la población campesina y pescador artesanal del país y reconocido

promotor del desarrollo de comunidades y del mejoramiento permanente de la calidad

de vida de sus afiliados.

Cobertura

El Seguro Social Campesino protege a la población del sector rural y pescador artesanal

del Ecuador, con programas de salud integral, saneamiento ambiental y desarrollo

comunitario. Promueve la participación social para contribuir a elevar el nivel de vida y

proteger su historia, organización y cultura. Entrega jubilaciones de vejez e invalidez y

auxilio de funerales.

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La residencia del asegurado campesino y del pescador artesanal tiene que estar ubicada

en el área rural, que trabajen por cuenta propia o con relación de dependencia ocasional

y el pescador artesanal, que hace de la pesca su medio de subsistencia, en el mar.

e) Seguro de Riesgos del Trabajo (SGRT)

La misión del Seguro de Riesgos del Trabajo (SGRT) es garantizar a los afiliados y

empleadores, seguridad y salud laboral mediante acciones y programas de prevención y

auditorías; y, brindar protección oportuna a los afiliados y a sus familias en las

contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

OBJETIVOS

Generar una cultura socio-laboral en prevención de riesgos del trabajo,

intensificando el control.

Difundir la información sobre los derechos, obligaciones y responsabilidades de los

trabajadores y empleadores en prevención de riesgos laborales.

Impulsar la mejora de las condiciones laborales con mayor presencia institucional

Fomentar la gestión de seguridad y salud en el trabajo en las empresas.

Apoyar la reinserción laboral de pensionistas de riesgos del trabajo con

incapacidades.

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Cobertura

Protege al afiliado/a, desde el primer día de trabajo, de las consecuencias derivadas de los

accidentes laborales y de las enfermedades profesionales, mediante la entrega de asistencia

médica, farmacia, quirófano, hospitalización; provisión o renovación de aparatos prótesis,

órtesis, rehabilitación, reinserción laboral; y acciones de prevención y salud en el trabajo.

También con subsistencias y rentas económicas, cuando la enfermedad impide que el

afiliado/a continúe ejerciendo su actividad productiva, ya sea de forma temporal o

permanente.

1. ACCIDENTE DE TRABAJO

Es un suceso imprevisto y repentino que ocasiona al trabajador/a lesión corporal o

perturbación funcional, la muerte inmediata o posterior; con ocasión o consecuencia del

trabajo. También se considera accidente de trabajo, el que puede sufrir el trabajador al ir

desde su domicilio a su lugar de trabajo o viceversa.

2. ENFERMEDAD PROFESIONAL

Es la afección aguda o crónica causada de una manera directa por el ejercicio de la

profesión o trabajo, que realiza el trabajador(a) y que produce incapacidad.

Tienen derecho a esta prestación pasados los tres meses de afiliación.

El empleador, el propio afiliado(a) o un familiar, debe informar al IESS la ocurrencia del

siniestro mediante la presentación de un Aviso, (formulario del IESS) en un plazo máximo

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de diez 10 días laborables, contados desde la fecha del diagnóstico presuntivo de la

enfermedad profesional.

f) Prevención

Servicios de Prevención

Las empresas e instituciones (organizaciones) deben cumplir las normas dictadas en

materia de seguridad y salud en el trabajo y medidas de prevención de riesgos del trabajo

establecidas en la Constitución de la República, Convenios y Tratados Internacionales, Ley

de Seguridad Social, Código del Trabajo, Reglamentos y disposiciones de prevención y de

auditoría de riesgos del trabajo.

El Seguro de Riesgos del Trabajo ofrece:

Asesorías a empleadores y afiliados sobre prevención de riesgos laborales

Verificación y auditorías a empresas respecto al cumplimiento de la normativa

técnica ¿ legal de seguridad y salud en el trabajo.

Asistencia técnica con pruebas en gabinetes, Laboratorio Clínico y Laboratorio de

Higiene Industrial.

Capacitación a empleadores y trabajadores, acerca de la gestión de la seguridad y

salud en el trabajo y conformación de los Comités de Seguridad en las empresas.

Difusión sobre los derechos y obligaciones de empleadores y trabajadores en

materia de seguridad y salud laboral.

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Prestaciones

1. Prestaciones asistenciales

A través del Seguro de Salud Individual y Familiar del IESS se concede atención médica,

quirúrgica, farmacológica, hospitalaria y de rehabilitación. Se provee y renueva aparatos de

prótesis y órtesis.

2. Prestaciones económicas

Las prestaciones que concede este Seguro son subsidios, indemnizaciones o rentas

mensuales pagadas en forma de pensión o capital.

3. Subsidios

En los casos de incapacidad temporal, el asegurado recibirá el subsidio por el período que

determine el médico tratante, que no podrá ser mayor a un (1) año en los porcentajes fijados

sobre la remuneración base de aportación al IESS, conforme lo establece la normativa de

subsidios económicos.

Transcurrido el período subsidiado, mientras el trabajador no esté habilitado para el

desempeño de sus labores habituales y persista el tratamiento médico o de rehabilitación,

recibirá una pensión provisional equivalente al ochenta por ciento (80%) del promedio

mensual de la remuneración base de aportación al IESS, del último año inmediato anterior a

la fecha del accidente del trabajo o de la fecha de calificación de la enfermedad profesional

u ocupacional, dictaminado por la Comisión de Valuación de Incapacidades, durante el

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período de un (1) año, la misma que será evaluada cada seis (6) meses por el profesional

médico de Riesgos del Trabajo. La unidad provincial de Riesgos del

Trabajo notificará al empleador la obligación de mantener el puesto de trabajo.

Terminado el primer año de la pensión provisional y si luego de la valoración médica

continúa la incapacidad para el trabajo de acuerdo con el dictamen de la Comisión de

Valuación de Incapacidades, la pensión provisional se prolongará por un (1) año más con la

misma cuantía del primer año, para lo cual la unidad provincial del Seguro General de

Riesgos del Trabajo solicitará al empleador registre el aviso de salida definitivo del

trabajador y será evaluado cada seis (6) meses por el médico de dicha unidad.

Transcurridos los dos (2) años de la pensión provisional, el afiliado se someterá a una

nueva valoración médica. La Comisión de Valuación de Incapacidades dictaminará la

incapacidad Permanente Parcial, Total, Absoluta o la recuperación de su capacidad para el

trabajo.

El afiliado que recibe pensiones provisionales deberá someterse a los tratamientos médicos

prescritos y presentarse a las evaluaciones y seguimientos médicos realizados por el médico

de Riesgos del Trabajo cada seis (6) meses; de no hacerlo, se le suspenderá la prestación

económica; sin embargo, se reanudará la misma una vez que el trabajador cumpla con esta

disposición. El afiliado en goce de pensiones provisionales tiene la prohibición expresa de

laborar.

Cuando a consecuencia del siniestro laboral el trabajador fallece, éste genera rentas de

viudedad y orfandad; prestaciones que se concederán previo informe técnico médico que

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sustente que el fallecimiento se produjo a consecuencia del accidente de trabajo o de la

enfermedad profesional u ocupacional.

g) Pensiones de viudez y orfandad

Se concede a los deudos con derecho y se calcula sobre la renta de incapacidad

permanente total que le habría correspondido al causante a la fecha de su muerte, aún en el

caso que estuviere recibiendo renta permanente absoluta. Cubre desde el primer día de

labores en el caso de accidente de trabajo; y a los seis meses en el caso de enfermedad

profesional.

Cuando el trabajador(a) fallece a causa de un accidente de trabajo, es necesario presentar el

Aviso de Accidente de Trabajo por Fallecimiento, en un plazo máximo de 10 días

laborables, contados desde la fecha del accidente.

3.3.4. De los seguros como:

a) El SOAT

El SOAT es un seguro para víctimas de accidentes de tránsito, ayuda a disminuir ciertos

inconvenientes, especialmente económicos, que puede tener la población afectada por

lesiones causadas por el tránsito, facilitando de esta manera su atención médica y

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garantizando a los servicios de salud el pago de tales servicios. garantiza las siguientes

coberturas, con sus respectivos montos:

Gastos médicos, hasta USD 2.500 por víctima y por evento.

Gastos para traslado de heridos, entiéndase ambulancias, hasta USD 50 por

persona y por evento

Indemnización por Incapacidad total y permanente, hasta USD 3.000 por víctima

y por evento

Indemnización por muerte, USD 5.000 por víctima

Reembolso por gastos funerarios, hasta USD 400 por víctima

La tarifa de prestaciones médicas es regulada por el Ministerio de Salud Pública y

de obligatoria utilización por los servicios médicos públicos y privados.

El SOAT no cubre daños materiales al propio vehículo o bienes propios ni daños

materiales a bienes de terceras personas.

Es un mecanismo de apoyo para la aplicación de una Política de Estado en materia de Salud

Pública, que se instrumenta con un contrato de seguro privado con características muy

especiales, que garantiza una cobertura universal para todos los ecuatorianos y extranjeros

que se movilizan en el país, por las consecuencias de los accidentes de tránsito que ocurran

dentro del territorio nacional, con sujeción a las disposiciones reglamentarias, condiciones

generales del seguro, coberturas y límites determinados.

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El SOAT es un Sistema en el que participan distintos actores, públicos y privados, diseñado

para brindar una protección adecuada a las víctimas de accidentes de tránsito, procurando

que reciban una atención médica oportuna o una indemnización por muerte o invalidez.

Este sistema está conformado principalmente por: Ministerio de Salud Pública, Ministerio

de Transporte y Obras Públicas, Ministerio de Gobierno y Policía, Dirección Nacional de

Tránsito, Comisión de Tránsito del Guayas, Superintendencia de Bancos y Seguros, Sector

Asegurador Privado, Sector Salud Privado.

Los únicos requisitos para adquirir el SOAT son la presentación de la matrícula del

vehículo, y el pago del valor correspondiente del seguro. Opcionalmente puede presentarse

la cédula de identidad del contratando o de la persona cuyo nombre se desea que aparezca

en el certificado, o el RUC de la empresa o profesional que contrata el seguro, esto para

fines tributarios y contables.

El SOAT se podrá contratar en cualquiera de las oficinas, sucursales o agencias habilitadas

por las empresas de seguros para operar en el ramo, o en los puntos de distribución que

ellas han desarrollado, en el territorio nacional.

No es necesario llevar el vehículo para contratar el seguro ya que no requiere inspección

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del automotor. No se cubre al vehículo ni sus daños, sino las potenciales víctimas de los

accidentes de tránsito.

El que el nombre del propietario que aparece en la matrícula del vehículo difiera del

nombre que aparece en el certificado es irrelevante para el Sistema SOAT y no se

constituye en violación de ninguna naturaleza. Lo importante es que el vehículo descrito en

el certificado sea igual al de la matrícula.

b) De Vehículos

Cubre los daños realizados a consecuencia de accidentes producidos por la circulación de

vehículos.

Coberturas:

Choques y volcaduras: por daños reales y comprobados que sufra un vehículo asegurado a

consecuencia de un choque accidental producido independientemente de la voluntad del

asegurado o conductor de vehículo, o por culpa de terceros; o por volcadura, caída

accidental a precipicios y desde puentes, y por actos maliciosos.

Incendio, rayo o explosión: por los antes indicados, ya sea en el garaje designado o en

otro lugar, conforme a lo estipulado.

Robo Total: por riego de robo o hurto total del automotor.

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Daños a tercereas personas o propiedad ajena (Responsabilidad Civil): se refiere al

reembolso de indemnizaciones pecuniarias, incluyendo gastos y costos judiciales, que sea

obligado a pagar, por daños involuntarios causados a personas p la propiedad de terceros

como consecuencia de un accidente de circulación vehicular.

c) Ambulatorios o de salud

El Seguro Salud cubre los gastos médicos causados por enfermedades o accidentes

ocurridos durante la vigencia de la cobertura, luego de hacer uso de su sistema de salud

previsional, siempre que concurran los requisitos para ello.

El Seguro Salud no cubre gastos médicos asociados a enfermedades o diagnósticos

preexistentes, entendiéndose por enfermedades preexistentes aquellas conocidas o

diagnosticadas con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en la póliza.

El ramo de asistencia médica, tiene sus antecedentes desde la creación del seguro social, a

medida que este ha ido decayendo, el ramo de asistencia médica ha ido incrementando, ya

que la insuficiencia de atención en los lugares de salud pública, ha llevado a la mayoría de

habitantes a solicitar pólizas en las cuales garanticen un buen cuidado y atención, en

hospitales privados con los que las compañías tengan convenios, a cambio del pago de una

prima.

El Seguro Social, es una entidad que administra fondos y otorga diferentes servicios, estos

beneficios son pensión de jubilación, cuidados médicos, pensiones para viudas y huérfanos.

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El ramo de asistencia médica ha tenido gran auge, en los últimos años, ya que esta ha

entrado a competir y desplazar, al sistema tradicional como es el seguro social, pues esta es

ineficiente en la atención que da a sus cliente; las Compañías de seguros satisfacen de una

manera más eficaz y rápida a las necesidades de la comunidad, debido a los convenios que

mantienen con los hospitales privados.

Gastos Médicos Cubiertos

Son los gastos incurridos por el afiliado, ordenados por médicos como consecuencias de

accidentes o enfermedades determinadas mediante diagnóstico médico.

Gastos Médicos Necesarios, Razonables y Acostumbrados

Costos médicos, justos y razonables, hasta el límite cubierto, que no excedan el nivel de

otros cargos similares. Esto es de acuerdo a la tabla de honorarios de cada compañía de

seguros.

La tabla de honorarios es un método para la determinación de tarifas médicas, utilizado

internacionalmente. El arancel identifica cada procedimiento médico con un código único.

En este código están los procedimientos médicos calificados por el tipo de procedimiento y

su complejidad.

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d) De vida.

Garantiza un pago un pago de capital o renta al beneficiario, que generalmente es el propio

asegurado, siempre cuando viva a una fecha o edad determinada.

Puede pasar que el asegurado fallezca y en este caso pagará el capital o renta asegurada.

Existe también el seguro de vida universal y este es un sistema de ahorro en el que el

asegurado cobra por los gastos del proceso así como las primas de un seguro riesgo con un

capital que se desea asegurar para cada caso de muerte.

En la mayoría de Compañías no están obligadas a pagar cualquier suma que

correspondiese, de acuerdo con el contrato, en caso de fallecimiento del Asegurado por

suicidio voluntario o involuntario, ocurrido dentro de los dos (2) primeros años a contar

desde la fecha de emisión de esta póliza, o dentro de los dos (2) primeros años a contar

desde la fecha de cualquier rehabilitación de la misma. Sin embargo, en este último caso,

siempre que la póliza, antes de la rehabilitación, tuviere derecho a valores garantizados, la

responsabilidad de la Compañía queda limitada a dichos valores, restado cualquier saldo

insoluto adeudado por razón de préstamos (incluyendo capital e intereses) o cualquier otra

deducción a que tuviere derecho la Compañía de acuerdo con las condiciones de esta

póliza. Si el Asegurado se suicida dentro de los dos (2) años siguientes a la fecha de un

aumento del capital asegurado, la responsabilidad de la Compañía está limitada en lo que

respecta a ese aumento, únicamente a la devolución de la parte correspondiente al costo del

seguro de dicho aumento.

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El seguro de vida es uno de los tipos del Seguro de personas, que por cualquier causa

(fallecimiento del titular de la póliza), la compañía de seguros indemnizará a los

beneficiarios designados en las condiciones particulares de las mismas hasta la suma

asegurada contratada; siempre y cuando se encuentre vigente.

Uno de los primeros rastros lo podemos encontrar en la antigua Grecia, con sociedades

organizadas, las cuales servían a los militares y civiles en algún apuro mediante las

contribuciones de los miembros de la organización.

Tasa de riesgo.- La probabilidad de que un riesgo ocurra. Tiene una base estadística. Por

ejemplo, para el riesgo de fallecimiento se utilizan las tablas de mortalidad.

Rentabilidad de Inversiones.- Tipo de interés que las entidades dan a los asegurados la

posibilidad de mantener el seguro.

Clasificación de los Seguros de Vida

Vida en Grupo

El seguro de vida en grupo tiene por objeto amparar el riesgo de muerte por cualquier

causa, incluyendo el suicidio a partir del segundo año de vigencia ininterrumpida dela

póliza, a los miembros del grupo asegurado. La cobertura es las 24 horas del día, los 365

días del año.

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Por lo general este tipo de seguro es considerado por grandes empresas y se obtiene a través

del empleador, el cual proporciona de forma automática la cobertura de sus empleados.

Para las personas que trabajan de forma independiente, la posibilidad de adquirir un seguro

de vida en grupo es a través de un sindicato, asociaciones comerciales o agrupaciones; los

cuales pueden otorgar este beneficio.

Vida a Término

Es un contrato individual y se caracteriza porque el afiliado puede elegir la vigencia entre

uno o treinta años de cobertura, pagando la misma prima. Este tipo de seguro consiste en

contratar una póliza durante un periodo de tiempo determinado, el asegurado selecciona

determinadas coberturas y un tiempo por el cual va a mantener el seguro.

Vida Universal o Vida más ahorro

Es un contrato individual que se caracteriza porque un porcentaje de la prima que paga el

afiliado se abona al seguro de vida y la otra al ahorro, mediante este tipo de seguro, el

cliente puede determinar la cantidad de interés que será de acreditar a su cuenta.

Muerte y/o Desmembración Accidental

Si un titular asegurado, mientras esté amparado bajo el contrato, sufriere lesiones

corporales resultantes de un accidente (suceso imprevisto, fortuito, repentino y ajeno a la

voluntad del asegurado), y si dentro de noventa días de ocurridas dichas lesiones, falleciere

o sufriere la pérdida de los miembros detallados a continuación la Compañía pagará al

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propio asegurado, a los beneficiarios, según corresponda, previa la autorización de los

documentos requeridos.

e) De Transporte de Valores

La seguridad privada/las empresas de transporte de valores son empresas de manejo de

riesgo por definición. Estas compañías están bajo constante amenaza externa y interna

debido a la naturaleza de su trabajo.

Es imprescindible para estas empresas formar y controlar a su factor humano lo más que

sea posible. La mayor parte de las pérdidas y los robos suceden con ayuda o información

proporcionada desde el interior.

Una carencia en la disciplina de selección y en la supervisión del empleado podía dañar la

reputación y el negocio de la empresa.

Esta es la razón por la cual muchas de las compañías de seguridad utilizan examinaciones

poligráficas para eliminar y para detectar empleados con un historial e intenciones

criminales en la etapa de selección, con una entrevista poligráfica de pre-empleo y de esta

forma garantizar la honorabilidad de sus empleados.

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f) De desgravamen

Es un seguro que paga el valor de la deuda pendiente a la fecha de fallecimiento del deudor

principal y tiene por objeto dejar la vivienda en manos de los herederos, sin ninguna deuda

pendiente. Por otro, la aseguradora paga el préstamo al banco acreedor, de manera que éste

no sufre una pérdida. Está disponible únicamente para personas naturales cuando contratan

un crédito en una entidad financiera. El seguro paga la totalidad del saldo pendiente de la

deuda hipotecaria a la fecha del fallecimiento de la persona asegurada. Y la cobertura

funciona sea cual fuere la causa de la muerte, incluyendo el suicidio. Los préstamos suelen

aclarar si incluyen seguro de desgravamen ya sea en un préstamo empresarial, un

crédito hipotecario, un préstamo vehicular, siempre se abona un porcentaje por el

seguro de desgravamen y se convierte en es una póliza que cobra el banco para estar

prevenido en caso de que el solicitante del préstamo fallezca o quede físicamente impedido

de continuar realizando actividades económicas.

g) Los INCOTERMS

Son estándares de comercio utilizadas en los contratos internacionales de ventas,estos

fueron diseñados por la Cámara Internacional de Comercio (ICC). También selas denomina

cláusulas de precio.

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Los ICOTERMS determinan:

El alcance del precio

En qué momento y donde se produce la transferencia de riesgos sobre lamercancía

del vendedor hacia el comprador.

El lugar de entrega de la mercancía

Quien contrata y paga el transporte

Quien contrata y paga el seguro

Que documentos tramita cada parte y su costo

Los ICOTERMS se agrupan en cuatro categorías: E, F, C, D.

Grupo E

EXW.- Ex Works (lugar determinado):El vendedor entrega la mercadería en sus

instalaciones. El costo del flete corre por parte del comprador desde las

instalaciones del vendedor hasta su destino final.

Grupo F, Transporte Principal No pagado:

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FCA. Free Carrier (Lugar Determinado):El vendedor entrega la mercadería lista

para ser exportada, a la empresa que la transportará establecida por el comprador en

el lugar que previamente se acordó. Seaplica a todo tipo de transporte, estos pueden

aéreos, terrestres.

FAS. Free AlongsideShip (Puerto Determinado):El vendedor debe entregar la

mercancía junto al barco en el puerto acordado. El vendedor debe ocuparse de los

trámites para el transporte. Se aplica al transportemarítimo.

FOB. Free OnBoard (Puerto Determinado):El vendedor entrega la mercancía a

bordo del buque en el puerto del embarque, es decir que todos los gastos y riesgos

hasta este lugar están a cargo de él, se allí en adelante es el comprador quien tiene

que asumir el flete marítimo y también contratar elseguro de transporte.

Grupo C, Transporte Principal Pagado

CFR. Cost and Freight (Puerto Determinado):El vendedor se hace cargo del

costo de transporte para traer la mercancía al puerto de destino. El riesgo es

transferido al comprador en el momento que la mercancía pasa el rail del barco. El

vendedor debe ocuparse de los trámites de exportación. Solo se aplica para el

transporte marítimo.

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CIF. Cost, Insurance and Freight (Costo, seguro y Flete): El vendedor vende su

mercadería por seguro y flete. Además tiene que pagar el flete para el transporte

marítimo hasta el puerto del destino y debe contratar el seguro por su cuenta.

CPT. CarriagePaidTo (Destino Determinado): El vendedor paga por el

transporte al punto de destino acordado, pero el riesgo se pasa cuando las

mercancías se transfieren al primer transportista

CIP. Carrieg and InsurancePaidto (Destino Determinado): El vendedorpaga por

el transporte y el seguro hasta el punto de destino, y el riesgo sepasa cuando la

mercancía son transferidas al primer transportista.

Grupo D, Llegada

DAF. Delivered At Frontier (Lugar Determinado):Entrega en frontera o“A mitad

de puente”.

DES. Delivered Ex Ship (Puerto Determinado): Entrega sobre buque,indica el

puerto de destino convenido.

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DEQ. Delivered Ex Quay (Puerto Determinado):Entrega en muelle dedestino

con los derechos pagados.

DDU. DeliveredDutyUnpaid (destino determinado sin gastosportuarios):El

vendedor corre por los gastos de coste y flete hasta eldestino final, excluyendo

cargos portuarios en el lugar de destino. En algunasocasiones incluye gastos de

entrega final, como desde el puerto de destino alas instalaciones del comprador.

DDP. DeliveredDutyPaid (destino Determinado con Gastos

PortuariosPagados):El vendedor corre por los gastos de costo y flete hasta el

destinofinal, incluyendo cargos portuarios y de entrega en el lugar de destino.

3.3.5 De los seguros que establece la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Compras

Públicas.

CONTRATACIÓN DE SEGUROS

Art. 107.- Contratación de seguros: Para la contratación de seguros, las entidades

contratantes previstas en el artículo 1 de la Ley observarán cualquiera de los siguientes

procedimientos:

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1. El de régimen especial de contratación directa prevista en los artículos 98 y siguientes

del Reglamento a la Ley Orgánica de contratación pública, en el caso de que las

proveedoras sean empresas cuyo capital está integrado en el cincuenta por ciento o más con

recursos públicos;

2. El procedimiento de licitación, para los casos no incluidos en el número anterior.

El INCOP podrá regular los requisitos, términos y demás condiciones que se observarán en

estos procedimientos.

Es objetivo prioritario del Estado en materia de contratación pública agilitar, simplificar y

adecuar los procesos de adquisición a las distintas necesidades las políticas públicas y a su

ejecución oportuna.

La contratación del servicio de provisión de seguros, en cualquiera de sus ramas, se podrá

realizar a través del mecanismo de ínfima cuantía, siempre y cuando el presupuesto

referencial de la prima correspondiente sea igual o menor al valor que resulte de multiplicar

el coeficiente 0,0000002 por el Presupuesto Inicial del Estado vigente.

Para el efecto, se considerará la necesidad del servicio de seguro durante todo el ejercicio

económico, sin excepción.

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En el artículo 2 establece regímenes precontractuales especiales para ciertas

contrataciones, entre ellas, las que celebren el Estado con empresas cuyo capital suscrito

pertenezca por lo menos en 50% a entidades de derecho público o sus subsidiarias y los que

celebran las instituciones del sistema financiero y de seguros en las que el estado o sus

instituciones son accionistas únicos o mayoritarios; Que la Disposición Transitoria Sexta de

la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública faculta al Instituto Nacional

de Contratación Pública para que, durante el primer año de vigencia de la ley, establezca

exoneraciones o disposiciones especiales para la aplicación progresiva de sus normas.

COMPRAS PÚBLICAS; y, En uso de sus facultades legales, Resuelve:

Expedir las siguientes disposiciones especiales para la contratación de seguros.

Artículo Único.- Las entidades contratantes previstas en el Art. 1 de la Ley Orgánica del

Sistema Nacional de Contratación Pública podrán contratar de forma directa todos sus

programas de seguros cuyos vencimientos sean hasta el 28 de diciembre del año en curso,

con las Compañías de Seguros que se encuentren comprendidas en el numeral 9 del artículo

2 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, hasta el margen de

solvencia permitido en el Art. 22 de la Ley General de Seguros.

Artículo 73.- Formas de garantías.- En los contratos a que se refiere esta Ley, los

contratistas podrán rendir cualquiera de las siguientes garantías:

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1. Garantía incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, otorgada por un banco o

institución financiera establecidos en el país o por intermedio de ellos;

2. Fianza instrumentada en una póliza de seguros, incondicional e irrevocable, de cobro

inmediato, emitida por una compañía de seguros establecida en el país;

3. Primera hipoteca de bienes raíces, siempre que el monto de la garantía no exceda del

sesenta por ciento del valor del inmueble hipotecado, según el correspondiente avalúo

catastral correspondiente;

4. Depósitos de bonos del Estado, de las municipalidades y de otras instituciones del

Estado, certificaciones de la Tesorería General de la Nación, cédulas hipotecarias, bonos de

prenda, Notas de crédito otorgadas por el Servicio de Rentas Internas, o valores fiduciarios

que hayan sido calificados por el Directorio del Banco Central del Ecuador. Su valor se

computará de acuerdo con su cotización en las bolsas de valores del país, al momento de

constituir la garantía. Los intereses que produzcan pertenecerán al proveedor; y,

5. Certificados de depósito a plazo, emitidos por una institución financiera establecida en el

país, endosados por valor en garantía a la orden de la entidad contratante y cuyo plazo de

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vigencia sea mayor al estimado para la ejecución del contrato. El monto del anticipo lo

regulará la entidad contratante en consideración de la naturaleza de la contratación.

Artículo 76.- Garantía técnica para ciertos bienes.- En los contratos de adquisición,

provisión o instalación de equipos, maquinaria o vehículos, o de obras que contemplen

aquella provisión o instalación, para asegurar la calidad y buen funcionamiento de los

mismos, se exigirá, además, al momento de la suscripción del contrato y como parte

integrante del mismo, una garantía del fabricante, representante, distribuidor o vendedor

autorizado, la que se mantendrá vigente de acuerdo con las estipulaciones establecidas en el

contrato.

Estas garantías son independientes y subsistirán luego de cumplida la obligación principal.

De no presentarse esta garantía, el contratista entregará una de las previstas en esta ley por

igual valor del bien a suministrarse, de conformidad con lo establecido en los Pliegos y en

el contrato. Cualquiera de estas garantías entrará en vigencia a partir de la entrega

recepción del bien.

Artículo 77.- Devolución de las garantías.- En los contratos de ejecución de obras, la

garantía de fiel cumplimiento se devolverá al momento de la entrega recepción definitiva,

real o presunta. En los demás contratos, las garantías se devolverán a la firma del acta

recepción única o a lo estipulado en el contrato.

XCND 17 de marzo 2016