union aduanera

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UNION ADUANERA . Una unión aduanera es un área de libre comercio que además establece una tarifa exterior común; es decir, que los estados miembros establecen una política comercial común hacia los estados que no son miembros. Sin embargo, en algunos casos, los estados tienen el derecho de aplicar un sistema de cuotas de importación único. Uno de los propósitos principales para la creación de las uniones aduaneras es incrementar la eficiencia económica y la unión entre los estados miembros. Si no existe una tarifa única, cada estado tendría una política exterior diferente, y para evitar que un producto de un estado no miembro entrara a la comunidad comercial por medio del estado con la tarifa más baja, y después fuera trasladado a un estado miembro que tuviera una tarifa superior hacia el país de origen, el área de libre comercio tendría que establecer reglas de origen específicas y revisiones en las fronteras. Por el contrario, en las uniones aduaneras con una tarifa común entre todos los estados miembros, se eliminan todas las revisiones fronterizas entre éstos, dado que un producto importado de un estado no miembro es sujeto a la misma tarifa sin importar el puerto de entrada. Algunas uniones aduaneras del mundo son la Unión Europea, la cual es de las mas importantes, y la Unión Aduanera de África Austral. En el Mercosur, aunque nominalmente es una, algunos estados miembros, como Uruguay, han firmado tratados de libre comercio con estados no miembros, y las revisiones fronterizas todavía son necesarias. UNIÓN ADUANERA Acuerdo entre dos o más países para eliminar los aranceles y demás restricciones al comercio entre los países miembros de la unión, manteniendo un arancel exteriorcomún frente a terceros países. Una unión aduanera se diferencia de una zona de libre comercio en que los países

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la union aduanera es un area libre de comercio

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UNION ADUANERA.

Una unión aduanera es un área de libre comercio que además establece una tarifa exterior común; es decir, que los estados miembros establecen una política comercial común hacia los estados que no son miembros. Sin embargo, en algunos casos, los estados tienen el derecho de aplicar un sistema de cuotas de importación único. Uno de los propósitos principales para la creación de las uniones aduaneras es incrementar la eficiencia económica y la unión entre los estados miembros.

Si no existe una tarifa única, cada estado tendría una política exterior diferente, y para evitar que un producto de un estado no miembro entrara a la comunidad comercial por medio del estado con la tarifa más baja, y después fuera trasladado a un estado miembro que tuviera una tarifa superior hacia el país de origen, el área de libre comercio tendría que establecer reglas de origen específicas y revisiones en las fronteras. Por el contrario, en las uniones aduaneras con una tarifa común entre todos los estados miembros, se eliminan todas las revisiones fronterizas entre éstos, dado que un producto importado de un estado no miembro es sujeto a la misma tarifa sin importar el puerto de entrada.

Algunas uniones aduaneras del mundo son la Unión Europea, la cual es de las mas importantes, y la Unión Aduanera de África Austral. En el Mercosur, aunque nominalmente es una, algunos estados miembros, como Uruguay, han firmado tratados de libre comercio con estados no miembros, y las revisiones fronterizas todavía son necesarias.

UNIÓN ADUANERAAcuerdo entre dos o más países para eliminar los aranceles y demás restricciones al comercio entre los países miembros de la unión, manteniendo un arancel exteriorcomún frente a terceros países. Una unión aduanera se diferencia de una zona de libre comercio en que los países miembros de esta última eliminan las barreras arancelarias y permiten el libre comercio entre ellos, pero pueden mantener aranceles nacionales diferentes frente a terceros países. La existencia de una unión aduanera requiere una cierta coordinación de las políticas económicas por parte de los países miembros. 

Unión de dos o más naciones que acuerdan eliminar las restricciones comerciales entre ellas y seguir una política arancelaria común frente a las demás naciones. Customs unión. 

(En inglés: customs union )

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Grado de integración económica en el cual un conjunto de países suprime los derechos de aduana existentes entre ellos (aranceles, contingentes, cuotas, etc.) y establece al mismo tiempo un arancel común para todos aquellos productos procedentes de terceros países. A diferencia de lo que ocurre en el mercado común, en la unión aduanera aún no existe libertad para la circulación de factores.

unión aduanera

Es el resultado de la agregación de un arancel externo común a la >zona de libre comercio, dentro del proceso de integración económica entre los países, para convertir a sus territorios en un espacio aduanero único. Representa la segunda etapa del proceso integrador y la base fundamental del ulterior mercado común, que es la tercera y culminante etapa de la integración económica.

El  mercado común   surge  cuando  a  la  zona  de  libre  comercio  y  a  la  unión aduanera  se  les  añaden  la  armonización de las legislaciones nacionales —en el campo fiscal, monetario, cambiario, tributario y social— y la articulación de políticas macroeconómicas —comercio exterior, agricultura, industria, transportes, comunicaciones, migración y otras— entre los países integrados.

A diferencia de la zona de libre comercio, la unión aduanera no se limita a la libre circulación de mercancías de origen interno entre los países miembros de ella sino que supone además la adopción de un arancel aduanero único para gravar los productos de origen externo, es decir, los que provienen de “terceros países”.

La unión aduanera, por consiguiente, representa una etapa más avanzada que la zona de librecambio en el proceso de <integración económica.

En el ámbito de la Unión Europea (UE), a pesar de las protestas que se han formulado por el “proteccionismo” que ella entraña para los productos de países de fuera de la región, la unión aduanera funciona desde hace varios años. En el proceso de integración andina, después de haber aceptado el arancel externo común (AEC), los países miembros —con la exclusión de Perú y Bolivia— iniciaron su unión aduanera el 1 de febrero de 1995. El arancel único tiene tres niveles: 5% de gravamen para materias primas, entre el 10% y el 15% para productos semielaborados y el 20% para productos terminados. Sin embargo, el AEC adoptado por Venezuela, Colombia y Ecuador comprende solamente el 90% del universo arancelario. El 10% restante, contenido en el anexo de excepciones, se incorporará paulatinamente.

En cumplimiento del tratado de Asunción el 26 de marzo de 1991 y de los acuerdos celebrados el 17 de diciembre en Ouro Preto, Brasil, el 1 de enero de 1995 empezó a operar la zona de libre comercio y, parcialmente, la unión aduanera entre los cuatro países suscriptores del MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, al que se adhirió Venezuela el 31 de julio del 2012), bajo la vigencia de un arancel externo común que contempla gravámenes que van del 0 al 20% para 9.000 productos. 

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Después de la caída de la Unión Soviética y de los espectaculares cambios que ocurrieron en el orden político y económico internacional, con la “globalización” de la economía mundial se desencadenó un impetuoso proceso de formación de zonas de libre comercio y uniones aduaneras entre los Estados, a fin de fomentar su crecimiento económico y el crecimiento del comercio mundial.

Fueron celebrados varios convenios de integración económica.Entre ellos, el Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Estados Unidos, Canadá y

México, al que se incorporó Chile en diciembre de 1994.En la reunión celebrada en Yakarta, capital de Indonesia, el 14 y 15 de noviembre de

ese mismo año, se formó la mayor zona de libre comercio del mundo, integrada por Estados Unidos, Canadá, México, Chile, Perú, Japón, Corea del Sur, China, Taiwán, Tailandia, Malasia, Filipinas, Brunéi, Indonesia, Papúa-Nueva Guinea, Australia, Nueva Zelandia, China-Hong Kong, Vietnam, Rusia y Singapur. Fue la integración de los países de la cuenca del Pacífico en la región de intercambio libre más grande del planeta, que representó más de la mitad del comercio mundial, con enormes potencialidades de desarrollo: el Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (Asia Pacific Economic Cooperation, APEC), al que concurrió la mayoría de los países del área, representados por sus gobernantes. Allí se estableció el plazo de 25 años para alcanzar este objetivo. Plazo que tenía dos tramos: uno para la apertura de los mercados en los países industrializados en el año 2010 y otro para los demás, fijado en el 2020.

Se pretendió también constituir el Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA), que debió empezar a funcionar a partir del año 2005 para impulsar el intercambio entre los países de la región pero que no funcionó, entre otras razones, porque buscaba agrupar a países de una enorme disparidad en cuanto al tamaño de sus economías y a su grado de desarrollo. Y allí radicaba su debilidad. Se incumplieron los plazos y las previsiones. Los partidos de izquierda y los movimientos sociales latinoamericanos —e, incluso, algunos sectores empresariales privados— opusieron tenaz resistencia al establecimiento de la zona de libre comercio con los Estados Unidos, por lo cual el gobierno norteamericano optó por suscribir tratados bilaterales de apertura comercial con varios de los países de la región.

Esos procesos, como es lógico, están impulsados por los países grandes que anhelan abrirse campo en los mercados del mundo. Dado su poder económico, bajo el lema de la “libertad de comercio” ellos están en situación de privilegio para promover sus intereses geopolíticos y geoeconómicos e impulsar y diversificar sus exportaciones.

El 6 de junio del 2012 surgió un nuevo mecanismo de integración económica y unión aduanera subregional: la Alianza del Pacífico, compuesta por México, Colombia, Perú y Chile, a la que se incorporó después Costa Rica. La nueva entidad integracionista representaba en ese momento una población de 215 millones de habitantes, más de un tercio del producto interno bruto de América Latina y más de la mitad de su volumen comercial. Sus fundadores subrayaron que el objetivo era la libre circulación de bienes, servicios, capitales, tecnologías y energía, la construcción de obras de infraestructura común en los países aliados y el libre tránsito de personas entre ellos. Pusieron énfasis en que la nueva entidad integracionista latinoamericana, a diferencia de las otras, no

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impulsaba ni defendía mecanismos proteccionistas y estaba abierta al amplio comercio internacional con arreglo a las conveniencias de sus países miembros.

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Documento de Unión Aduanera

INFORMACIÓNAVANCES DE LA UNIÓN ADUANERA CENTROAMERICANAAL MES DE JUNIO, 2003

ÍNDICE

1. ANTECEDENTES

2. BASE NORMATIVA Y LEGAL

3. CARACTERÍSTICAS DE LA UNIÓN ADUANERA

4. PLAN DE ACCIÓN PARA LA INTEGRACIÓN ECONÓMICA CENTROAMERICANA

5. PRINCIPALES AVANCES

6. ESTRATEGIAS

La base Jurídica de la Unión Aduanera Centroamericana se sustenta en el Tratado General de Integración Económica Centroamericana, con vigencia a partir de 1960, el que ha sido suscrito y ratificado por todos los países del área. Éste tiene como objetivos: impulsar la economía, mejorar las condiciones de vida de los habitantes, establecer un Mercado Común Centroamericano, perfeccionar la zona de libre comercio, constituir una Unión Aduanera, contar con un arancel externo común y una unión económica.

Tratado General de Integración Económica Centroamericana, de fecha 13 de diciembre de 1960.

Acuerdo de Libre Comercio e Integración Económica entre las repúblicas de Guatemala y El Salvador, donde los estados se comprometen a eliminar de

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inmediato toda medida que limite, restrinja o se oponga a cualquier forma de libre comercio entre ellos, de fecha 17-03-92.

Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, donde se establece un servicio aduanero común que aplique procedimientos, sistemas administrativos y pautas uniformes, de fecha 29 de octubre de 1993.

Las uniones aduaneras se establecen dentro del marco de la OMC (Organización Mundial del Comercio), en el Artículo XXIV del GATT de 1994, el cual permite la agrupación de países con tratamiento especial, en sus relaciones comerciales.

Resolución 27-96 (COMRIEDRE-IV) del consejo de Ministros responsables de la Integración Económica y Desarrollo Regional, donde se reitera el interés de los países centroamericanos para avanzar hacia la unión aduanera.

Convenio marco para el Establecimiento de una Unión Aduanera entre los territorios de la República de El Salvador y la República de Guatemala, de fecha 13-01-2000.

El Congreso de la República, por Decreto Número 99-2000, emitido el 19 de diciembre del 2000, aprobó EL CONVENIO MARCO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA UNIÓN ADUANERA ENTRE LOS TERRITORIOS DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y LA REPÚBLICA DE GUATEMALA.

Resolución 66-2000 (COMIECO) donde se aprueba la consolidación de Derechos Arancelarios a la importación (DAI) para El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.

Resolución 80-2001 (COMIECO) donde se manifiesta el marco del proceso de la Unión Aduanera entre El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.

El Presidente de la República de Guatemala, en publicación realizada en el Diario Oficial el día 04 de marzo de 2003, acordó ratificar el Instrumento a que se refiere el Decreto Número 99-2000.

El territorio centroamericano debe constituirse en una única frontera exterior y eliminar las fronteras interiores, con el fin de que cada Estado miembro, sea capaz de confiar en que las autoridades de los otros Estados miembros apliquen las normas correctamente.

Las disposiciones y procedimientos aduaneros deben de aplicarse en todos los países de la misma manera.

Adoptar un Arancel Aduanero Común.

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Libre tránsito de las mercancías entre los estados parte de la unión aduanera, sin importar el origen de las mismas.

Administración aduanera común.

Eliminar los controles y formalidades en fronteras internas.

Normas de origen comunes entre los países.

Aplicar la técnica del análisis de riesgo a fin de que los controles aduaneros sean dirigidos a operadores que representen mayor índice de riesgo, a la vez de disminuir los controles a operadores relativamente libres de riesgo.

Libre comercio de servicios, especialmente aquéllos asociados al comercio de bienes.

Mecanismos uniformes de recaudación, administración y distribución de los ingresos tributarios.

 

Normativa

o Solución de diferencias

o Comercio de servicios e inversiones

o Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA)

o Concluir adopción regional del RECAUCA

Armonización Arancelaria

Libre comercio de todos los productos

Negociaciones Comerciales

Facilitación de Comercio

Unión Aduanera

o Reconocimiento mutuo de los registros sanitarios de medicamentos

o Política agropecuaria

o Administración aduanera común

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o Libre movilidad de bienes sin excepción y servicios asociados al comercio de bienes

o Política comercial externa común

o Mecanismo de recaudación, administración y distribución de ingresos tributarios por comercio exterior

o Eliminación de puestos fronterizos intracentroamericanos

 

1. EN MATERIA DE LEGISLACIÓN ADUANERA:

o Vigencia del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA III) y su Reglamento, el cual hace referencia en su Artículo 1 de establecer la legislación aduanera básica para los países signatarios conforme los requisitos del Mercado Común Centroamericano y de los instrumentos regionales de la integración.

o El Grupo Técnico de Legislación Aduanera concluyó los trabajos de reglamentación del CAUCA III, y quedó aprobado el RECAUCA mediante la Resolución 101-2002 del Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano, publicado, en Guatemala, según Acuerdo 036-2003. Entró en vigencia a partir del 28 de enero de 2003.

o La Comisión Centroamericana sobre Valor Aduanero preparó un anteproyecto de reglamento o legislación centroamericana sobre el valor aduanero, que reglamentará de manera uniforme el Artículo VII del GATT.

o Ya fue finalizada la redacción del proyecto de Ley Centroamericana para Sancionar el Contrabando y la Defraudación Aduanera.

2. EN MATERIA ARANCELARIA:

o El Arancel Centroamericano actualmente tiene armonizado aproximadamente el 77% de los rubros contenidos en el universo

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arancelario, que integran la Parte I del Arancel. La Parte II está compuesta por 1393 rubros que significan el 23%.

o El Plan de Acción de la Integración Económica, firmado por los Presidentes de Centroamérica, el 24 de marzo de 2002, establece que la totalidad de rubros arancelarios debe estar armonizada para diciembre de 2003.

3. EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA

ADUANAS INTEGRADAS:

Servicios Aduaneros responsables de la aplicación de la legislación y procedimientos comunes de dos o más países que forman parte de un mismo territorio aduanero y que comparten una misma oficina administrativa de despacho de las mercancías.

Se han implementado las siguientes Aduanas Integradas:

o El Amatillo, El Salvador [El Salvador - Honduras - Guatemala] (29 de enero de 2001).

o El Poy, El Salvador [El Salvador - Honduras] (11 de junio de 2001).

o Valle Nuevo-Las Chinamas, [Guatemala - El Salvador] (15 de junio de 2001).

o El Guasaule, Honduras [El Salvador - Honduras] (30 de agosto de 2001).

ADUANAS YUXTAPUESTAS:

Servicios Aduaneros de dos países con fronteras comunes que operan en forma coordinada, mediante la prestación de servicios en sus oficinas localizadas en sus correspondientes territorios y que aplican procedimientos armonizados, mediante la utilización de mecanismos

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informáticos y de comunicación, preferentemente. Aplican, además, el principio de ventanilla binacional.

Se han implementado las siguientes Aduanas Yuxtapuestas:

o Pedro de Alvarado - Hachadura [Guatemala - El Salvador] (04 de abril de 2001).

o San Cristóbal, San Cristóbal [Guatemala - El Salvador] (30 de junio de 2001).

Se tiene contemplada la apertura de las siguientes:

o Agua Caliente-Agua Caliente [Guatemala-Honduras].

o el Guasaule, Guasaule [Honduras-Nicaragua].

o La Ermita-Anguiatú [Guatemala-El Salvador].

ADUANAS PERIFÉRICAS:

Servicios Aduaneros localizados en la periferia del territorio aduanero común, de un territorio que forma parte de una unión aduanera y que aplica legislación y procedimientos aduaneros uniformes, mediante la cual las mercancías quedan, una vez despachadas en la misma, en libre circulación en el territorio aduanero común de los países que conforman la unión aduanera.

Se han implementado las siguientes Aduanas Periféricas:

o Puerto Quetzal, Guatemala [Guatemala - El Salvador] (05 de mayo de 2001).

o Santo Tomás de Castilla, Guatemala [Guatemala-El Salvador (15 de mayo 2001).

o Puerto Barrios, Guatemala [Guatemala - El Salvador] (30 de mayo de 2001).

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o Tecún Umán, Guatemala [Guatemala-El Salvador-Honduras] (16 de julio de 2001).

o Puerto Cortés, Honduras [Honduras-El Salvador] (11 de junio de 2001).

Se tiene contemplada la apertura de las siguientes:

o Paso Canoas [Costa Rica]

o Puerto Cortés [Honduras]

o Acajutla [El Salvador]

o Peñas Blancas [Nicaragua]

4. EN SISTEMAS INFORMÁTICOS:

o Intercambio parcial de bases de datos de transportistas centroamericanos.

o Realización de interfases e intercambios de información vía informática sobre los tránsitos y operaciones de exportación e importación entre Guatemala y El Salvador.

o Transmisión electrónica de Declaraciones de Tránsito Internacional por parte de usuarios (transportistas, navieras, agentes aduaneros, etc.) y los servicios de aduanas.

o Transmisión electrónica del Formulario Aduanero Único Centroamericano por parte de la Ventanilla Única para Exportaciones de El Salvador y Guatemala al servicio de aduanas de ambos países.

5. OTROS AVANCES:

o Elaboración del Manual Único de Procedimientos Aduaneros por ser utilizado en los Servicios Aduaneros Regionales, el que está concluido y se aplicará en forma armonizada.

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o Los Grupos Técnicos Análisis de Riesgo y Fiscalización, trabajan en la conformación del plan de acción sobre la gestión de riesgo en el marco de la Unión Aduanera, con el fin de diseñar programas de fiscalización integrada con tributos internos para hacer más eficientes los controles en los diferentes regímenes aduaneros.

o A partir del 06 de junio del 2003, se inició con la transmisión de información entre los sistemas informáticos de los servicios aduaneros de Guatemala y El Salvador, específicamente, en lo referente a las mercancías que van en tránsito internacional por estos países al amparo de una Declaración de Tránsito Internacional (DTI).

o Registro de las empresas de transporte que se dedican al tránsito aduanero internacional de mercancías. En Guatemala, éstas ascienden a 798.

 

A CORTO PLAZO:

Continuar con la implementación de aduanas periféricas, yuxtapuestas e integradas, según el plan establecido.

Instruir al Grupo de Análisis de Riesgo y Fiscalización para que se realice un análisis comparativo de los criterios y porcentajes de selectividad y gestión de riesgo que aplican cada país del área, con el fin de homologar estos criterios.

Reorientar el enfoque de aduana tradicional que ha prevalecido a la fecha, en el marco de la unión aduanera, para evolucionar al esquema de una aduana virtual.

Fortalecimiento de las aduanas periféricas a fin de eliminar, para diciembre de 2003, los pasos fronterizos internos de los países.

Implementar mejoras continuas a los procedimientos y sistemas informáticos con el fin de agilizar las operaciones de Comercio Exterior en estas aduanas.

A MEDIANO PLAZO:

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Promover la utilización de una Declaración Única Centroamericana, la cual realizará las funciones de declaración de exportación, tránsito, importación, origen y declaración de valor.

Fortalecimiento de las aduanas centrales para revisión de mercancías en el país importador, con el fin de eliminar las aduanas fronterizas internas de la región centroamericana.

Instruir al Grupo de Legislación Aduanera para identificar la normativa especial que regula los regímenes especiales, con la finalidad de homologarla y, de esa manera, estandarizar los procedimientos correspondientes.

Instruir al Grupo de Armonización Tributaria y Legislación para que, con la participación de funcionarios de fiscalización, se analice el proyecto de Acuerdo de Intercambio de Información y Cooperación Tributaria.

Instruir al Grupo de Legislación para que se cree el soporte jurídico para el intercambio de información tributaria aduanera, fiscalizaciones conjuntas, fiscalización en otro Estado Parte, que permita actuaciones intrarregionales.

Instruir a la Comisión Centroamericana de Valor para que:

a. Se agilice la aprobación del proyecto Legislación Aduanera de las Mercancías Importadas en la Unión Aduanera.

b. Se amplié el análisis tendiente a la elaboración y utilización de una base de datos regional, considerando aspectos técnicos de valor, de legalidad y de tecnología disponible en cada país.

ESTRATEGIAS PRINCIPALES AVANCES

PLAN DE ACCIÓN PARA LA INTEGRACIÓN ECONÓMICA CENTROAMERICANA

CARACTERÍSTICAS DE LA UNIÓN ADUANERA

BASE NORMATIVA Y LEGAL

Las Uniones AduanerasPor Niurka Beato. 9 de abril de 2012 - 10:34 am - 0 Comentarios

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Niurka Beato

Madre y maestra, estudiosa de la problemática del Comercio Internacional. Ciudadana.

En los procesos de Integración Económica del Comercio Internacional, las Uniones Aduaneras han sido definidas por algunos teóricos como: “acuerdo entre dos o más países para eliminar aranceles y demás restricciones al comercio entre las naciones Miembros de la Unión, manteniendo un arancel exterior común frente a terceros países”.

El economista canadiense, Jacobo Viner (1950), considerado “fundador del análisis económico de las uniones aduaneras”, mostró que la creación de una Unión Aduanera podía tener dos efectos: 1) la creación de comercio y 2) desviación de comercio, concluyendo que: “para que una unión aduanera sea beneficiosa la creación de comercio deber ser superior a la desviación[1] de

comercio”.

Asimismo, Richard G. Lipsey, reconoce el aporte de Viner e indica que las ganancias y/o pérdidas que pueden ser generadas por la unión aduanera proceda de la especialización en la producción, economía de escala, cambios en los términos de intercambio, cambio en la eficiencia debido a mayor competencia extranjera y cambios en la tasa de crecimiento económico.

James Meade, Premio Nobel de Economía en 1977, critica la posición de Viner. Meade refiere que: “la desviación/creación de comercio no es algo intrínseco, sino que depende del nivel de arancel inicial. Dependiendo de este, el comercio con un mismo país puede constituir, en un caso, una creación de comercio, y en otro, una desviación”. Meade presentó la posición de que una unión aduanera puede mejorar el nivel de vida en función de las siguientes condiciones: 1) cuanto más altos sean los aranceles iniciales de los países que forman la unión, 2) cuanto más bajos sean los aranceles del exterior, 3) cuanto más flexibles sea la relación de sustitución de los productos de los países que forman la unión, 4) cuanto más rígida sea la relación de sustitución entre los productos de los países que forman la unión y el resto del mundo.

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De la misma forma Murray C. Kemp y Henry Y. Wan (1976), muestran que “con un adecuado conjunto de aranceles es posible lograr que una unión aduanera, que se forma en un mundo plagado de aranceles y con costos de transporte no afecte negativamente ni a los miembros de la unión, ni al resto del mundo”.

En las Uniones Aduaneras (UA) se pueden destacar los siguientes objetivos: reducir y eliminar trabas, restricciones y obstáculos que se presentan en el intercambio de bienes y servicios; tener la libre circulación de mercancías, establecer normas de origen iguales para la aplicación del libre comercio entre los Estados Miembros, entre otros.

Las características de la Unión Aduanera están enfocadas en: la libre movilización de bienes sin excepciones independiente del origen, el libre comercio de servicios asociado al comercio de bienes, un arancel externo común,  administración aduanera común, mecanismo de recaudación administrativa y distribución de los ingresos tributarios, contar con una política comercial externa común y la eliminación de puestos fronterizos.

Las Uniones Aduaneras ofrecen para los países partes: un Arancel Externo Común, protección ante las importaciones de terceros países y minimiza la desviación al comercio, promueve la competitividad justa reduciendo las disparidades en los costos de producción para los industriales en los distintos países con respecto a los impuestos sobre las materias primas importadas y bienes intermedios procedentes de terceros países, permite el intercambio de información y consultas entre los países Miembros, donde se tiene una legislación aduanal común basada en convenciones internacionales.

El Artículo XXIV del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT (General Agreement on Tariffs and Trade) de 1947), contempla la Aplicación Territorial, Tráfico fronterizo, Uniones Aduaneras y Zona de Libre Comercio.

Cada sector visualiza la Unión Aduanera dependiendo de su enfoque. Para los productores que producen para exportación, la UA le resulta beneficiosa

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porque obtienen un mercado más amplio. Para los productores que producen para el mercado interno puede que le perjudique, si no hay normativas legales que delimiten el comercio en los países partes de la Unión Aduanera.

Para los comerciantes, con la UA obtienen un abanico de productores mayor y obtienen costos más reducidos en los productos para ofertarlos a sus clientes.

Para los importadores, quienes se convierten en compradores, debido que en las Uniones  Aduaneras se reducen los procesos y procedimientos aduaneros, lo que simplifica y agiliza su labor reduciendo costos operativos y tiempo de despacho.

Los consumidores de los países Miembros de Uniones Aduaneras, tienen mayor variedad de bienes, se benefician de una mayor producción lo que conlleva a precios más económicos.

Las Uniones Aduaneras requieren establecer: 1) Arancel externo común y 2) integrar políticas fiscales y monetarias en los países Miembros, quienes forman un Mercado Común, donde las naciones partes eliminan los aranceles, adoptan una política comercial externa común para los países no miembros, eliminan barreras a los movimientos factoriales que se producen en esos países.

A nivel mundial diversos países han integrado las Uniones Aduaneras en sus economías. África Austral  ha  establecido  la  Unión Aduanera de África Austral (Southern African Customs Union, SACU por sus siglas en inglés), siendo la unión aduanera más antigua del mundo.

La Unión Europea (UE) ha establecido la Unión Aduanera que representa la ausencia de derechos de aduana en las fronteras entre los países miembros de la UE; derechos de aduanas comunes sobre las importaciones procedentes de países fuera de la UE; Normas de origen comunes para los productos importados desde fuera de la UE, y otros elementos entre los países Miembros de este Bloque.

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Centroamérica se encamina a formar una Unión Aduanera. Los países que la integran poseen las condiciones necesarias para establecerla. Además cuentan con Normativas, Tratados, Convenios que les permite converger hacia una administración aduanera común, con políticas unificadas.

En las Uniones Aduaneras  que tiene una Zona de Libre Comercio, el comercio intrarregional no tiene arancel o cuotas sobre los bienes que se producen dentro de la región.

Una Unión Aduanera promueve la inversión fronteriza y sirve para atraer la inversión, tanto la Inversión Extranjera Directa como la Inversión Interna. Además  se  pueden  identificar  ventajas  que los paises partes pueden obtener, entre las que  se pueden mencionar: a) mayor  fluidez del comercio, b) disminución de costos de transporte, c) disminución de costos de la Administración Pública, d) uso racional de la infraestructura y e) fortalecimiento de la posición negociadora frente a terceros.

República Dominicana y Haití mantienen relaciones comerciales de bienes y servicios. ¿Se podría lograr una Unión Aduanera entre estos dos países que realizan un intercambio comercial formal e informal?

Estos procesos de Uniones Aduaneras se presentan con buenas perspectivas para la Aduana Dominicana en el marco de una estrategia que conecte con los procesos de integración regionales.

[1] La creación del comercio se produce cuando la producción de un bien se

desplaza desde un miembro de la unión hacia el productor mundial más eficiente. La desviación de comercio se produce cuando la producción de un bien se desplaza desde el productor mundial más eficiente hacia el productor más eficiente de la unión aduanera