Seguridad Juridica y Fe Publica

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PROFESOR : JORGE ORTIZ PASCO FE PUBLICA REGISTRAL y……... ¿seguridad jurídica?

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PROFESOR : JORGE ORTIZ PASCO

FE PUBLICA REGISTRAL y……... ¿seguridad jurídica?

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PRESUPUESTOS PARA QUE EXISTA

FE PUBLICA REGISTRAL

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FE PÚBLICA REGISTRAL

Posibilidad de mantener la titularidad del derecho real inscrito

terceros de buena fe y a título oneroso

hubieren celebrado negocios jurídicos válidos

Confiados en el contenido del registro (a pesar de su inexactitud)

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FE PÚBLICA REGISTRAL

Presupuestosde Aplicación

Inexactitud Registral

Configuracióndel Tercero

NegocioJurídico

Buena Fe

Ausencia de Reflejo dela Inexactitud

Inscripción Registral

RealDerivativoValidoOneroso

La Inexactitud Registral y su Proyección Negocial. Vargas de Vallania y otros, De Palma Editores, 1985, Buenos Aires Argentina, página 61

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FE PUBLICA REGISTRAL

Hagamos un recorrido por nuestras normas legales

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“El tercero que de buena fe adquiere a titulo oneroso algún derecho de persona que en el registro aparece con facultades para otorgarlo, mantiene su adquisición una vez inscrito su derecho, aunque después se anule, rescinda o resuelva el del otorgante por virtud de causas que no consten en los Registros Públicos.

La buena fe del tercero se presume mientras no se pruebe que conocía la inexactitud del registro.”

Artículo 2014 del Código Civil.

Principio de Fe Pública Registral

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“La inexactitud de los Asientos Registrales por nulidad, anulación, resolución o rescisión del acto que los origina, no perjudicará al tercero registral que a título oneroso y de buena fe hubiere contratado sobre la base de aquellos, siempre que las causas de dicha inexactitud no consten en los Asientos Registrales.”

Título Preliminar numeral VIII del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de

los Registros Públicos N° 079-2005-SUNARP/SN

Principio de Fe Pública Registral

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Principio de Fe Pública Registral

“La inexactitud o invalidez de los asientos de inscripción del registro no perjudicará al tercero que de buena fe hubiere celebrado actos jurídicos sobre la base de los mismos, siempre que las causas de dicha inexactitud o invalidez no consten en los asientos registrales.”

Título Preliminar numeral IV del Reglamento del Registro de Propiedad de Embarcaciones Pesqueras, aprobado por Resolución 479-2002-SUNARP/SM.

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“La inexactitud de los asientos registrales por nulidad, anulación, resolución o rescisión del acto que los origina, no perjudicará el tercero registral que a título oneroso y de buena fe hubiere contratado sobre la base de aquellos, siempre que las causas de dicha inexactitud no consten en los asientos registrales.”

Título Preliminar numeral VIII del Reglamento del Registro Nacional del Derecho de Autor y Derechos Conexos, aprobado por Resolución Jefatural

276-2003/ODA-INDECOPI

Principio de Fe Pública Registral

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FE PUBLICA REGISTRAL

Y el Poder judicial que dice de ella, tan, tan, tan,……..

Me olvidaba, parece que cuando llevaron el curso de Registral solo les enseñaron la Fe Publica , los demás principios no existen

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FE PUBLICA REGISTRAL y los demás PRINCIPIOS REGSITRALES

Cuando existe una Inscripción se “activan” los siguientes principios registrales:

1) La Publicidad (2012)2) La Legitimación (2013)3) La Fe Pública (2014)

Ninguno de ellos puede caminar sólo, se ayudan uno al otro.

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FE PÚBLICA REGISTRAL

Casación 1303-2003 Lambayeque del 08/07/2004

Casación 2117-03 La Libertad del 08/04/2005

Artículo 24 Constitución

Artículo 2014 Código Civil

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FE PUBLICA REGISTRAL y PUBLICIDAD

Casación 2458-2005-Lima

“…debiendo entender que el citado principio de publicidad está referido no solamente a los asientos registrales sino también a los títulos archivados…”

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FE PUBLICA Y OPONIBILIDAD

Casación 4409-2006-Arequipa Derecho de Propiedad Escritura Pública

13/02/1989 versus Embargo inscrito en el 2002. Posteriormente 21/06/2004 se registra el Derecho de Propiedad

El Derecho de Propiedad es anterior al Embargo inscrito

Inaplicables el ¿2016? , 2013 y 2014 del Código Civil

¡Acaso el artículo aplicable no era el 2017?

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FE PUBLICA Y OPONIBILIDAD

Casación 2607-2006-ArequipaDerecho de Propiedad minuta 21/08/97 versus

Embargo se registra 10/10/2002No se puede oponer un acto no inscrito a uno

inscritoLo contrario significa: 1) Dejar sin efecto la

eficacia de asegurar las decisiones judiciales y, 2) Destruir la fe que confiere el registro

Por tanto, al no encontrarse registrada la minuta solamente es oponible entre las partes.

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Caso

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