RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL 115 -2018-GR CUSCO/ORAD · 2019-12-05 · f~~AO~A oÍJ~ GOBIERNO...

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.$~~~~ GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO ~ fJ/ieút4 ~~ ú?l~ RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL 115 -2018-GR CUSCO/ORAD Cusco, 3 O NOV. 2018 LA DIRECTORA REGIONAL DE LA OFICINA REGIONAL DE ADMINISTRACiÓN DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO. VISTO: El Informe 339-2018-GR. CUSCO-GDRE/DREM/D de la Dirección Regional de Energía y Minas, Informe N° 45-2018-GR CUSCO/ORAD-OGPlramm, Informe N° 467-2018-GR CUSCO/ORAD-OGP de la Oficina de Gestión Patrimonial e Informe Técnico N° 006-2018-GR CUSCO-ORAD-OGP-AFPM del Responsable del Área Funcional de Patrimonio Mobiliario de la Oficina de Gestión Patrimonial del Gobierno Regional del Cusco, Memorándum 1572-2018-GR CUSCO/ORAD de la Oficina Regional de Administración y Memorándum N° 1781-2018-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobiemo Regional del Cusco; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 11 ° de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales: Las entidades públicas que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales, realizan los actos de adquisición, administración, disposición, registro y supervisión de los bienes estatales, de acuerdo con lo dispuesto por la presente Ley y su Reglamento, concordante con lo establecido por el artículo 11 ° del Reglamento de la Ley antes referida, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008- VIVIENDA, establece que: "La planificación, coordinación y ejecución de las acciones referidas al registro, administración, supervisión y disposición de los bienes de propiedad de la entidad y de los que se encuentran bajo su administración, son de responsabílídad de la Unidad Orgánica existente para tal fin", siendo en el caso del Gobierno Regional del Cusco, la Oficina de Gestión Patrimonial de la Oficina Regional de Administración; Que, con Carta s/n de fecha 24 de enero del 2018, el ex servidor Kelvins Gamarra Cárdenas, identificado con DNI N° 47779747 que estando a cargo de almacén del Proyecto "Mejoramiento de la Capacidad Extractiva y Comercializadora de los Minerales No Metálicos de las provincias de Anta y Quispicanchi" de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional del Cusco, informó sobre la pérdida de 01 unidad de Eclímetro con código patrimonial 602234440062 de propiedad del Gobierno Regional del Cusco, hecho que ocurrido en el traslado del local institucional de A v. Los Incas al local de Confraternidad, situación tal que amerita aprobar la baja por causal de pérdida; Que, mediante Informe N° 339-2018-GR.CUSCO-GRDE/DREM/D de fecha 11 de abril del 2018, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico remite a la Oficina Regional de Administración el Informe N° 016-2018-GRC-GRDE-DREM-AL solicitando la baja del equipo perdido e incorporar el equipo repuesto, así mismo se adjunta el Informe N° 015- 2018-GR CUSCO/GRDE-DREM-RBPP de fecha 30 de enero del 2018, la encargada de control patrimonial de Proyectos de Inversión de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional del Cusco, informó sobre la adquisición de 01 unidad de Eclímetro, marca CST, escala de medición de a 90°, longitud de 5 pulgadas, monio hasta 10 minutos, con nivel de burbuja, con estuche de tela, fabricación japonesa, estado nuevo, a cargo del ex servidor Kelvins Gamarra Cárdenas, en calidad de reposición del eclímetro de código patrimonial N° 602234440062, marca ABNEY LEVEL, sin serie y sin marca, objeto de pérdida, acreditando dicha compra con la factura N° 009555 emitida por el proveedor COSOLA GROUP S.A.C de fecha 10 de enero del 2018, por un valor comercial de S/ 277.00, estado nuevo, así mismo adjunta el Acta de Entrega y Recepción de fecha 26 de diciembre del 2017; de un Eclímetro objeto de reposición, la encargada de control patrimonial de Proyectos de Inversión de la DREM, anexa al documento antes señalado el , Informe N° 003-2018-GRC-GRDE-DREM-CUSCO-A TE/JR, suscrito por el Ing. Julio Reyes Arbieto, Profesional de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional del Cusco, sobre evaluación técnica de las características del Eclímetro repuesto marca

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONALN° 115 -2018-GR CUSCO/ORAD

Cusco, 3 O NOV. 2018LA DIRECTORA REGIONAL DE LA OFICINA REGIONAL DE ADMINISTRACiÓN

DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO.

VISTO: El Informe N° 339-2018-GR. CUSCO-GDRE/DREM/D de la DirecciónRegional de Energía y Minas, Informe N° 45-2018-GR CUSCO/ORAD-OGPlramm, InformeN° 467-2018-GR CUSCO/ORAD-OGP de la Oficina de Gestión Patrimonial e InformeTécnico N° 006-2018-GR CUSCO-ORAD-OGP-AFPM del Responsable del Área Funcionalde Patrimonio Mobiliario de la Oficina de Gestión Patrimonial del Gobierno Regional delCusco, Memorándum N° 1572-2018-GR CUSCO/ORAD de la Oficina Regional deAdministración y Memorándum N° 1781-2018-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional deAsesoría Jurídica del Gobiemo Regional del Cusco;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 11 ° de la Ley N° 29151, LeyGeneral del Sistema Nacional de Bienes Estatales: Las entidades públicas que conformanel Sistema Nacional de Bienes Estatales, realizan los actos de adquisición, administración,disposición, registro y supervisión de los bienes estatales, de acuerdo con lo dispuesto porla presente Ley y su Reglamento, concordante con lo establecido por el artículo 11 ° delReglamento de la Ley antes referida, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, establece que: "La planificación, coordinación y ejecución de las accionesreferidas al registro, administración, supervisión y disposición de los bienes de propiedadde la entidad y de los que se encuentran bajo su administración, son de responsabílídad dela Unidad Orgánica existente para tal fin", siendo en el caso del Gobierno Regional delCusco, la Oficina de Gestión Patrimonial de la Oficina Regional de Administración;

Que, con Carta s/n de fecha 24 de enero del 2018, el ex servidor Kelvins GamarraCárdenas, identificado con DNI N° 47779747 que estando a cargo de almacén delProyecto "Mejoramiento de la Capacidad Extractiva y Comercializadora de los MineralesNo Metálicos de las provincias de Anta y Quispicanchi" de la Dirección Regional deEnergía y Minas del Gobierno Regional del Cusco, informó sobre la pérdida de 01 unidadde Eclímetro con código patrimonial N° 602234440062 de propiedad del GobiernoRegional del Cusco, hecho que ocurrido en el traslado del local institucional de Av. LosIncas al local de Confraternidad, situación tal que amerita aprobar la baja por causal depérdida;

Que, mediante Informe N° 339-2018-GR.CUSCO-GRDE/DREM/D de fecha 11 deabril del 2018, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico remite a la Oficina Regionalde Administración el Informe N° 016-2018-GRC-GRDE-DREM-AL solicitando la baja delequipo perdido e incorporar el equipo repuesto, así mismo se adjunta el Informe N° 015-2018-GR CUSCO/GRDE-DREM-RBPP de fecha 30 de enero del 2018, la encargada decontrol patrimonial de Proyectos de Inversión de la Dirección Regional de Energía y Minasdel Gobierno Regional del Cusco, informó sobre la adquisición de 01 unidad de Eclímetro,marca CST, escala de medición de 0° a 90°, longitud de 5 pulgadas, monio hasta 10minutos, con nivel de burbuja, con estuche de tela, fabricación japonesa, estado nuevo, acargo del ex servidor Kelvins Gamarra Cárdenas, en calidad de reposición del eclímetro decódigo patrimonial N° 602234440062, marca ABNEY LEVEL, sin serie y sin marca, objetode pérdida, acreditando dicha compra con la factura N° 009555 emitida por el proveedorCOSOLA GROUP S.A.C de fecha 10 de enero del 2018, por un valor comercial de S/277.00, estado nuevo, así mismo adjunta el Acta de Entrega y Recepción de fecha 26 dediciembre del 2017; de un Eclímetro objeto de reposición, la encargada de controlpatrimonial de Proyectos de Inversión de la DREM, anexa al documento antes señalado el

, Informe N° 003-2018-GRC-GRDE-DREM-CUSCO-A TE/JR, suscrito por el Ing. Julio ReyesArbieto, Profesional de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regionaldel Cusco, sobre evaluación técnica de las características del Eclímetro repuesto marca

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C.~~E~;os

CST, sin serie, sin modelo de similares características del bien patrimonial objeto depérdida, de código patrimonial N° 602234440062, situación que sustenta el alta por el actode reposición de bienes;

Que, a través de Informe N° 45-2018-GR CUSCO-ORAD-OGP-ramm de fecha 08 denoviembre del 2018, el Responsable del Software de Control Patrimonial de la Oficina deGestión Patrimonial, remite información debidamente conciliado y valorizado, delEclímetro, marca ABNEY LEVEL, sin serie, sin modelo, valor en libros SI 830.00,depreciación SI 539.41, valor neto SI 290.59, incluye estuche longitud total de 5" arcoestacionario, código patrimonial N° 602234440062;

Que, mediante Informe Técnico N° 006-2018-GR CUSCO-ORAD-OGP-AFPM defecha 09 de noviembre del 2018, el Responsable del Área Funcional de PatrimonioMobiliario de la Oficina de Gestión Patrimonial, señala en sus Conclusiones yRecomendaciones aprobar la baja, por causal de pérdida, del Eclímetro, marca ABNEYLEVEL, sin serie, sin modelo, valor en libros SI 830.00, depreciación acumulada SI 539.41,valor residual SI 290.59, longitud total 5", arco estacionario, código patrimonial N°602234440062, estado regular, y aprobar el alta por el acto de reposición de bienes, aleclímetro, marca CST IBerger, sin serie, sin modelo, valor comercial SI277.00, longitud 5",escala de 0° a 90°, de fabricación Japonesa, estado nuevo;

Que, el numeral 6.2.1 de la Directiva N° 001-20151SBN "Procedimientos de Gestiónde los Bienes Muebles Estatales" aprobado mediante Resolución N° 046-2015ISBN,establece que, la Baja es la cancelación de la anotación en el registro patrimonial de laentidad respecto de sus bienes, lo que conlleva, a su vez, la extracción contable de losmismos bienes, la que se efectuará conforme a la normatividad del Sistema Nacional deContabilidad, en concordancia con el literal f) del numeral 6.2.2 de la Directivamencionada, que prevé que la baja procede por causal de perdida, sustentado con ladenuncia policial o fiscal correspondiente y de conformidad al numeral 6.1.1 de la normaprecitada, el Alta es el procedimiento que consiste en la incorporación de un bien alregistro patrimonial de la entidad. Dicha incorporación también implica su correspondienteregistro contable, el cual se efectúa conforme a la normatividad del Sistema Nacional deContabilidad, señalándose en el inciso d) del numeral 6.1.2 que el alta se realizara al emitirla resolución administrativa de adquisición por el acto de reposición de bienes;

Que, el numeral 5.2 concordado con el sub numeral 6.2.3 del numeral 6.2 de laDirectiva N° 001-20151SBN "Procedimientos de Gestión de los Bienes Muebles Estatales"aprobado mediante Resolución N° 046-20151SBN señala que para sustentar los actos deadquisición, administración y disposición de los bienes, así como los procedimientos dealta y baja de los registros correspondientes, la Unidad de Control Patrimonial, elaborara ysuscribirá el Informe Técnico, conforme al formato contenido en su Anexo N° 3, el cualdeberá incluir los datos técnicos del bien y la base legal respectiva;

Estando a lo informado por la Oficina de Gestión Patrimonial y con la visación de laOficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusco; y

En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27783 Ley deBases de la Descentralización, Reglamento de la Ley N° 29151 Ley General del SistemaNacional de Bienes Estatales, aprobado mediante D. S. N° 007-2008-VIVIENDA,Resolución Ejecutiva Regional N° 126-2016-GR CUSCOIGR del 15 de febrero del 2016 yResolución Ejecutiva Regional N° 431-2017-GR CUSCOIGR de 03 de agosto del 2017.

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR LA BAJA por causal de pérdida, del eclímetro,marca ABNEY LEVEL, sin serie, sin modelo, valor en libros SI 830.00, depreciaciónacumulada SI 539.41, valor residual SI 290.59, longitud total 5", arco estacionario, códigopatrimonial N° 602234440062, estado regular, por los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución Directoral Regional.

ARTICULO SEGUNDO.- APROBAR EL ALTA por reposición de bienes, deleclímetro, marca CST IBerger, sin serie, sin modelo, valor comercial SI 277.00, longitud5", escala de 0° a 90°, fabricación Japonesa, estado nuevo, por los fundamentos

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f~oÍJ~ GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCOf~ ()~ 7<~úA~

expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral Regional.

ARTICULO TERCERO.- DISPONER que las Oficinas de Contabílídad y GestiónPatrimonial de la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional del Cusco,efectúen las acciones técnico administrativas que corresponda conforme a suscompetencias, para la cancelación de la anotación en el registro patrimonial de la entidadrespecto del bien dado de baja y la extreccion contable del mismo, así como laincorporación del bien patrimonial dado de alta en el registro patrimonial y contable de laentidad, conforme a la normatívidad del Sistema Nacional de Contabílídad.

ARTICULO CUARTO.- TRANSCRIBIR la presente Resolución Directoral Regionala las Instancias administrativas comprendidas de la Sede del Gobierno Regional delCusca, a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y demás órganos quecorresponda, para su cumplimiento y fines de Ley.

lA ZANABRIA QUILLCARECTORA REGIONAL

OFICIN EGIONAL DE ADMINISTRACIÓNIERNO REGIONAL DEL CUSCO.