REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

61
Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013 1 REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO CRA FLORIDA DEL DUERO CASTRONUÑO- POLLOS- SAN ROMÁN- SIETEIGLESIAS- VILLAFRANCA

description

REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Transcript of REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Page 1: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

1

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

CRA FLORIDA DEL DUERO

CASTRONUÑO- POLLOS- SAN ROMÁN- SIETEIGLESIAS- VILLAFRANCA

Page 2: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

2

INDICE

1. INTRODUCCIÓN Y FUNDAMENTACIÓN LEGAL

2. DE LOS RECURSOS HUMANOS

2.1. PROFESORADO

2.2. ALUMNADO

2.3. PADRES Y MADRES

2.4. CONSEJO ESCOLAR

3. DE LOS RECURSOS MATERIALES E INSTALACIONES

3.1. CRITERIOS GENERALES RESPECTO DE LOS MATERIALES

3.2. SOBRE EL INVENTARIO DEL CENTRO

3.3. SOBRE LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL

3.4. SOBRE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO

3.5. SOBRE LA SEGURIDAD Y EL PLAN DE AVACUACIÓN

4. DE LOS RECURSOS FUNCIONALES

4.1. ACTIVIDADES ACADÉMICAS

4.2. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES

4.3. COMEDOR ESCOLAR

4.4. TRANSPORTE ESCOLAR

4.5. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES DERIVADAS DE LA

JORNADA CONTINUA

5. DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

5.1. PRINCIPIOS GENERALES DE DISCIPLINA Y NORMAS DE

CONVIVENCIA

5.2. NORMAS DE CONVIVENCIA GENERALES

5.3. COMISIÓN DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA

5.4. PROCEDIMIENTO

5.5. MEDIDAS DE CORRECCIÓN

Page 3: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

3

1. INTRODUCCIÓN Y FUNDAMENTACIÓN LEGAL

El Reglamento de Régimen Interno (RRI) es un documento del Centro que

recoge todas aquellas apartado normas, reglas y procedimientos para la

consecución de los principios y objetivos marcados en el Proyecto Educativo del

CRA y que regulan la interrelación de todos los miembros de la Comunidad

Educativa.

Este documento tiene como principal referente la legislación en materia de

educación en nuestra Comunidad Autónoma:

1. L.O.E. Ley orgánica 2/2006,de 3 de mayo de Educación.

2. Decreto 40/2007 del 3 de mayo por el que se establece el currículo de la

Educación Primaria en Castilla y León.

3. Orden EDU/ 1045/2007 de 12 de junio sobre implantación y desarrollo de la

Educación Primaria en la Comunidad de Castilla y León.

4. Decreto 122/2007, de 27 de diciembre, por el que se establece el currículo

del segundo ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad de Castilla y León.

5. Orden EDU/721/2008, de 5 de mayo, por la que se regula la implantación,

el desarrollo y la evaluación del segundo ciclo de la educación infantil en la

Comunidad de Castilla y León.

6. Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el

Reglamento Orgánico de las Escuelas de E. I. E.P.

7. Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y

deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias

en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y

disciplina en los Centros Educativos de Castilla y León.

8. Orden EDU 1921/2007, de 27 de noviembre, por la que se establecen

medidas y actuaciones para la promoción y mejora de la convivencia en los

Centros Educativos de Castilla y León.

9. Resolución 28 de septiembre de 2005 de prevención y control del

absentismo.

10. Orden 926/2004, de 9 de junio, de servicio de transporte escolar en Castilla

y León.

Page 4: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

4

11. Orden 551/2005 de 26 de abril, por la que se regula el servicio de comedor

en los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de

Educación.

12. ORDEN EDU/152/2011, de 22 de febrero, por la que se regula la

elaboración y ejecución de los planes para el fomento de la lectura y el

desarrollo de la comprensión lectora de los centros docentes de la Comunidad

de Castilla y León.

El ámbito de aplicación de este RRI es el CRA Florida del Duero

(Castronuño).

Lo dispuesto en el presente RRI será de aplicación a todos los sectores de la

Comunidad Educativa, desde su aprobación en el Consejo Escolar del Centro.

El Equipo Directivo velará por el cumplimiento de este RRI.

Un ejemplar del mismo será entregado a todos los componentes de la

Comunidad Educativa.

Cualquier modificación del presente Reglamento podrá hacerse a propuesta

de cualquiera de los miembros de esta Comunidad Educativa y deberá ser aprobada

en Consejo Escolar.

Page 5: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

5

2. DE LOS RECURSOS HUMANOS

2.1. PROFESORADO

I. Adscripción del profesorado a ciclos, niveles y grupos de alumnos.

Teniendo en cuenta lo establecido en el RD 82 de 26 de enero de 1996, por el

que se aprueba el reglamento orgánico de las escuelas de Educación Infantil y de

los colegios de Educación Primaria, desarrollamos el siguiente apartado.

La adscripción del profesorado a Ciclos, niveles y grupos será designada por

la Directora a propuesta de la Jefatura de Estudios.

De entrada, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

1. Se asignarán tutorías y grupos a todos los profesores en el primer Claustro

del curso escolar. Se tendrá en cuenta a aquellas personas que en dicho momento

estén de baja por enfermedad o baja maternal. No forman parte del Claustro

aquellos profesores que estén en comisión de servicio o excedencia.

2. La asignación de las tutorías y grupos se realizará atendiendo a la mayor

antigüedad en el Claustro entre los siguientes grupos de profesores:

- Definitivos

- Provisionales

- Interinos

3. De acuerdo con el orden anterior, se primará la continuidad con el grupo de

alumnos dentro de una misma localidad.

4. Existe la posibilidad de alterar la continuidad con un grupo y de una

localidad cuando un profesor, definitivo en el CRA, quiera cambiar y exista una

vacante producida por una comisión de servicios, concurso de traslados, jubilaciones

o ceses.

5. Los profesores itinerantes tendrán los mismos criterios a la hora de cambiar

de grupos o itinerario.

6. Sin prejuicio de estos criterios, la Directora del Centro podrá asignar

tutorías o grupos de alumnos en base a las necesidades organizativas del Centro.

7. En el caso de, por necesidades del Centro, tener que adjudicar una tutoría

a un profesor especialista, se procurará que ésta recaiga sobre el que más horas

tenga en ese grupo de alumnos. Se completará horarios con áreas distintas a las de

su especialidad.

Page 6: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

6

8. De la misma forma, y por necesidades del Centro y a petición de la

Directora, cualquier profesor generalista podrá impartir docencia relacionada con

aquellas especialidades para las que está habilitado.

9. Los tutores y los especialistas se adscribirán al ciclo en el que impartan

docencia, teniendo en cuenta que los equipos de ciclo estén lo máximo equiparados

en número de componentes.

10. La elección de las tardes se realizará de

acuerdo a los mismos criterios que se eligen las tutorías. Consejo Escolar del 24 de

Febrero de 2012.

II. Claustro de profesores.

Órgano colegiado compuesto por la totalidad de los profesores que prestan

servicio docente en el Centro, tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y

decidir sobre aspectos docentes del mismo.

Sus competencias está especificadas en el artículo 129 de la LOE y en el

PEC.

El horario de las reuniones de Claustro será el día y la hora que determine la

PGA de cada curso académico.

Las reuniones del Claustro, al igual que las del Consejo Escolar, deben tener

en cuenta los siguientes criterios:

- Estos órganos colegiados son convocados y presididos por el Director del Centro,

y, en ausencia de éste, por el que reglamentariamente le sustituya.

- En cada uno de estos órganos el que preside la reunión tendrá como función

propia la de asegurar el cumplimiento de las leyes y la regularidad de las

deliberaciones, las cuales podrán ser suspendidas en cualquier momento por causa

justificada.

- La convocatoria de las reuniones corresponderá al Director, el cual también

convocará cuando lo solicite al menos un tercio de los componentes del órgano

colegiado.

- Las reuniones con carácter ordinario serán convocadas con 48 horas de

antelación, excepto en casos urgentes por escrito y con expresión del orden del día

a tratar, siendo firmada por el Director, el cuál tendrá en cuenta, si se diese el caso,

las peticione de los otros componentes formuladas con una antelación de 24 horas a

la convocatoria de reunión del órgano colegiado.

Page 7: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

7

- Quedará válidamente constituido un órgano colegiado, aunque no se hubiesen

cumplido los requisitos de convocatoria, cuando estuviesen reunidos todos sus

componentes y lo acordasen por unanimidad.

- El quórum necesario para que tenga validez una votación será el de la mayoría

absoluta de sus componentes, es decir, la mitad más uno de las personas que lo

integran y forman parte del órgano colegiado en cuestión; si no existiese quórum, el

órgano colegiado se constituirá en segunda convocatoria 24 horas después de la

señalada para la primera, siendo en este caso suficiente con la asistencia de la

tercera parte de sus componentes.

- Solamente se tratarán los temas o asuntos que determine el orden del día

establecido, excepto que estando presentes todos los componentes del órgano

colegiado, sea declarada la urgencia del asunto con el voto favorable de la mayoría.

- De cada sesión el Secretario levantará acta, la cual contendrá la indicación de las

personas ausentes, si las hubiera, las que han intervenido, las circunstancias del

lugar y tiempo de reunión, los principales puntos de las deliberaciones, la forma y

resultado de las votaciones y el contenido de los acuerdos.

- Los componentes de un órgano colegiado podrán hacer constar en acta su voto

en contra de un acuerdo adoptado y los motivos que lo justifican.

- Los acuerdos tomados serán controlados en su ejecución, dentro del ámbito de su

competencia, por el Director del Centro.

- El moderador de estas reuniones será el Director del Centro o, en su usencia, el

Jefe de Estudios.

- Quien haga la presentación de propuestas será breve y conciso en la exposición

de las mismas, bien sean las del orden del día o las presentadas al órgano y

aprobadas por la mayoría.

- Una vez expuesta la propuesta se procederá a dar un turno de palabras, pudiendo

intervenir todo el que lo desee; el Secretario tomará nota de las personas que

quieran intervenir haciéndolo por orden de petición de palabra. Esta intervención

también breve y concisa, no podrá salirse del tema que se está tratando, para que

pueda intervenir el mayor número de personas posibles.

- El exponente dará sus razones sobre su propuesta y, si no convence a la

mayoría, podrá establecerse un turno de contrarréplica, que será el último, pasando

posteriormente a la votación.

Page 8: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

8

- La votación podrá ser a mano alzada o secreta. Será a mano alzada cuando no

implique ningún compromiso de tipo personal para los componentes del órgano

colegiado; en caso contario, siempre será secreta.

- Los acuerdos que se tomen serán por mayoría, y serán vinculantes para todos.

III. Equipo Directivo.

Estará compuesto por el Director, jefe de Estudios y Secretario y trabajará de

forma coordinada en el desempeño de sus funciones.

El Equipo Directivo es responsable de la orientación del trabajo del Centro, de

la optimización de sus recursos y de la realización efectiva de sus actividades.

Las funciones del Equipo Directivo, así como las competencias de cada uno

de sus miembros, están especificadas en los artículos 131 y 132 de la LOE y en el

PEC.

IV. Equipos de Ciclo.

Los equipos de ciclo son cinco: Educación infantil, Primer ciclo de Primaria,

segundo ciclo de primaria, tercer ciclo de primaria y primer ciclo de ESO.

Los especialistas de educación física, música, educación artística, idioma y

educación especial se reúnen periódicamente para llevar a cabo una enseñanza

consensuada en las distintas localidades de su competencia.

Pertenecen a cada equipo de ciclo aquellos profesores que sean tutores de

ese ciclo. Si impartieran docencia en más de un ciclo, pueden optar por adscribirse

al equipo del ciclo que consideren más necesario, previa consulta al equipo directivo.

Dado que el centro es un Colegio Rural Agrupado y muchos maestros

imparten docencia a más de un ciclo, se potenciarán las reuniones interciclos.

Los miembros del Equipo Directivo podrán adscribirse o no a los ciclos y

acudirán a las reuniones siempre que lo consideren necesario.

En el ciclo habrá un coordinador que desempañará su cargo durante todo un

curso escolar.

El coordinador de ciclo será designado por el Director del Centro previa

consulta con el Equipo de ciclo. La designación recaerá preferentemente en

profesores con destino definitivo y horario completo en el Centro.

Page 9: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

9

Respetando lo expuesto anteriormente, para la designación se tendrá en

cuenta principalmente:

1. Si existen varios candidatos, de entre ellos se elegirá a uno pudiendo ser a

propuesta de los miembros que componen el ciclo.

2. Si no existiesen candidatos, el proceso de elección será de forma rotativa en

cada curso y entre los profesores del ciclo en los años que se produzca dicha

circunstancia, se seguirá los siguientes criterios de elección:

a) Los profesores que no lo han sido nunca o un menor número de veces:

- en un ciclo del centro

- en el ciclo.

b) Los profesores menos antiguos en el Centro.

c) Los profesores menos antiguos en el Cuerpo.

Los coordinadores tendrá derecho a una liberación de 1 hora para el

desempeño de su función

Las competencias del coordinador de ciclos serán:

a) Participar en la elaboración de las Programaciones de Ciclo y elevar a la

Comisión de Coordinación Pedagógica las propuestas formuladas a este respecto

por el equipo de ciclo.

b) Coordinar a los tutores en el desempeño de las funciones de tutoría de los

alumnos del ciclo.

c) Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo al Proyecto

Educativo y a la Programación de ciclo.

d) Formular propuestas a la Comisión de Coordinación Pedagógica relativas a la

elaboración de las Programaciones de Ciclo y otros aspectos relacionados con el

proceso educativo y los documentos del Centro PGA, PFL, PAD, Plan de

convivencia, Plan de acogida, Plan de Acción y Memoria).

e) Coordinar el trabajo a realizar en las reuniones de ciclo, transmitiendo

información de la CCP, recogiendo en trabajo de los compañeros y trasladándolo

de nuevo a la CCP o a la Jefatura de Estudios.

f) Redactar un acta de dicha reunión que refleje las decisiones y los acuerdos

alcanzados. Informar de dichos acuerdos a todos los profesores de ese ciclo.

g) Colaborar con las cuestiones derivadas de las actividades complementarias y

extraescolares aprobadas en la PGA (excursiones: notificación a la Jefatura de

Estudios y familias, contratación de autocares, etc).

Page 10: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

10

h) Recoger información del equipo de ciclo para la elección de libros de texto y

material didáctico y establecer los criterios para su selección.

Las reuniones de ciclos tendrán lugar quincenalmente las tardes de los

miércoles. Habrá reuniones interciclos siempre que lo considere necesario la

Jefatura de Estudios o la Comisión de coordinación Pedagógica.

A principio de curso se establecerá en la PGA el Plan de trabajo y el

calendario de reuniones.

Los equipos de ciclo integrarán, junto con el equipo directivo y los

especialistas implicados, las sesiones de evaluación correspondientes a su etapa.

Los profesores de ESO, se reunirán con los correspondientes departamentos

de los institutos de la localidad de Tordesillas a los que el centro está adscrito para

coordinar los distintos niveles de dicha etapa.

V. Comisión de Coordinación Pedagógica.

Está formada por el Director del Centro, el Jefe de Estudios, los

Coordinadores de cada ciclo y el Orientador del E.O.E.P.

Sus funciones son las siguientes:

a) establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los

proyectos curriculares de la etapa.

b) Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse

de la redacción de las Programaciones de Ciclo y su posible modificación, y

asegurar su coherencia con el Proyecto Educativo.

c) Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del Plan

de acción tutorial.

d) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las

adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades

educativas especiales, así como de los aspectos recogidos en el Plan de

Atención a la Diversidad del Centro.

e) Proponer al claustro las Programaciones de Ciclo para su aprobación.

f) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de las Programaciones de

Ciclo.

g) Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y

calificación, de acuerdo con la Jefatura de Estudios.

Page 11: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

11

h) Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar las Programaciones de

Ciclo, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general

anual, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza.

i) Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro,

colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos

de gobierno o de la Administración Educativa e impulsar planes de mejora en

caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

Será este órgano quién decida en última instancia sobre todas aquellas

propuestas de organización educativa.

Las reuniones de la CCP será un punto de acuerdos y puesta en común de

los temas trabajados en los ciclos y allí se organizará el trabajo para éstos.

Las fechas de reuniones, que serán mensuales, así como el plan de trabajo

anual, se recogerá en la PGA cada curso académico.

VI. Equipo de Orientación.

El Centro contará con un Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica

(EOEP) externo y del cual, a nivel de Centro, forman parte los profesores de

atención a la diversidad: Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje y Educación

Compensatoria.

Este equipo, por norma tiene su representación en la CCP por medio del

Orientador u Orientadora.

Serán sus funciones:

a) Establecer prioridades ante las demandas de valoraciones psicopedagógicas.

b) Proponer medidas para la unificación y coordinación en la elaboración de las

Adaptaciones Curriculares y respuestas a la diversidad.

c) Establecer orientaciones de trabajo para lo tutores y el resto del profesorado

(e incluso a las familias) para los alumnos con NEEs y con dificultades de

aprendizaje.

d) Facilitar materiales de trabajo a los profesores en referencia a la atención a la

diversidad y orientación educativa.

e) Colaborar con el Equipo Directivo en la elaboración de criterios de atención a

la diversidad, tutoría y orientación de los alumnos.

Page 12: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

12

Todos estos aspectos se recogen en el PEC y en el Plan de Atención a la

Diversidad, que será revisado por los ciclos en coordinación con el EOEP.

VII. Tutores y especialistas.

Cada grupo de alumnos tendrá un maestro tutor y velará por todas aquellas

cuestiones que afecten directamente a sus alumnos.

En los ciclos en los que exista un número de maestros superior al número de

grupos de alumnos, las tutorías recaerán en los profesores que impartan mayor

número de horas al grupo de alumnos.

Los profesores/as Tutores establecerán en sus horarios, una hora semanal

para entrevistarse con los padres o tutores de los alumnos/as la tarde de

permanencia en el Centro.

Para entrevistarse con especialistas, será necesaria una petición previa al

tutor/a, que la transmitirá al especialista, el cual también tiene establecido una hora

semanal de atención a padres.

Para entrevistarse con el Equipo Psicopedagógico será necesaria una

petición previa al tutor/a o a la Dirección del Centro, que la transmitirá al Equipo.

Al principio de curso se mantiene una reunión general del Equipo Directivo y

Profesorado, con los padres de cada una de las localidades, para presentarse y

darles información general sobre los distintos aspectos de la marcha del curso.

Se establecerá por ciclos, una reunión trimestral con los padres, ya sea de

forma grupal o individual. Además se realizarán todas las entrevistas que se

consideren oportunas, bien a petición de los padres o de los tutores.

Entre las funciones de profesor tutor, destacamos las siguientes:

a. Promover y desarrollar las normas de convivencia interna dentro de la tutoría.

b. Dar a conocer a los alumnos las normas de convivencia del colegio.

c. Facilitar la información que reciban del equipo directivo a todos los sectores de la

Comunidad educativa.

d. Recabar información de la Comunidad Educativa y transmitirla al equipo de

docencia.

e. Organizar la clase en colaboración con los otros profesores que imparten

docencia.

Page 13: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

13

f. Realizar el control de asistencia diaria de los alumnos y entregar el estadillo,

mensualmente, a la jefatura de estudios.

g. Facilitar a los padres el modelo de justificación de faltas de asistencia del

alumnado.

h. Realizar la vigilancia del recreo de su tutoría cuando la jefatura de estudios o el

representante de localidad lo establezcan, por causas meteorológicas que impidan el

desarrollo de turnos de recreo establecido.

i. Motivar a los alumnos para que participen en actividades extraescolares(culturales

y deportivas) y en la vida del colegio.

j. Debatir en equipo las cuestiones en las que no haya un mismo criterio

metodológico.

Los tutores tendrán dentro de su horario de obligada permanencia en el

centro, una hora de atención a padres y a madres, que se fijará al comenzar el curso

académico.

En las tutorías con el alumnado se tendrá en cuenta el trabajo en hábitos y

valores:

Hábitos de trabajo:

- ordenar el material utilizado.

- Habituarles al uso de una agenda o libreta que les ayude a controlar el trabajo

diario.

- Hacerles conscientes del valor que tiene el trabajo bien hecho, la importancia

de releer o repasar el trabajo realizado.

Valores sociales y cívicos:

- La normativa de convivencia en clase debe hablarse y razonarse en clase

para que el alumno comprenda que es necesaria y conveniente.

- Se trabajará el hábito de saber escuchar a compañeros y adultos

promoviendo situaciones en las que el niño aprenda a exponer y defender su

opinión sin imponerla.

Valores éticos:

El tutor fomentará en las clases con sus alumnos:

- tolerancia y diálogo.

- Autodominio.

- Reflexión crítica sobre la propia actuación.

- Interiorización reflexiva del comportamiento individual y social.

Page 14: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

14

- Autoexigencia y valoración del esfuerzo personal.

- El trabajo bien hecho y terminado.

- Sentido de la responsabilidad.

- Solidaridad y colaboración.

- Espíritu cívico en el sentido de formar parte de la colectividad.

- Respeto a uno mismo y a los demás, práctica de los derechos humanos.

VIII. Representantes de localidad.

Dada la dispersión de las aulas en distintas localidades, se hace necesario

contar con un representante del Equipo Directivo en cada una de las localidades que

componen el CRA. Este representante es maestro/a, elegido por el Equipo Directivo

al comienzo de cada curso académico.

Sus funciones son:

- Asumir por delegación del Equipo Directivo las relaciones institucionales de la

localidad.

- Coordinar el funcionamiento del Centro de cada localidad.

- Gestionar los recursos del centro del que es representante.

- Transmitir y facilitar a todos los sectores de la comunidad educativa la

información que el Equipo Directivo le requiera.

- Recoger y transmitir al Equipo Directivo la información que obtenga de todos

los sectores de la comunidad educativa de la localidad.

Los representantes de Localidad tendrán reuniones periódicas con el Equipo

Directivo, siempre que éste lo requiera.

Este cargo será rotativo cada curso escolar, de manera que se intente que no

recaiga sobre la misma persona años consecutivos.

Page 15: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

15

IX. Encargados de otras actividades.

- Coordinador del Plan de Fomento de la Lectura y desarrollo de la

comprensión lectora.

En el Centro se constituirá un Equipo de Coordinación del Plan para el

Fomento de la Lectura y el desarrollo de la comprensión lectora dirigido por un

Coordinador que será designado por el Director del Centro, a propuesta del Jefe de

Estudios, entre el profesorado que forme parte del Claustro.

El Equipo de coordinación del plan para el fomento de la lectura y el

desarrollo de la comprensión lectora estará formado por, como mínimo, el

coordinador el plan, el profesor responsable de la biblioteca escolar, el profesor

responsable de medios informáticos y audiovisuales, el profesor responsable de

formación del profesorado y el profesor responsable de las actividades

extraescolares.

Las funciones del equipo de coordinación del centro serán las siguientes:

a) Elaborar el plan para el fomento de la lectura y el desarrollo de la comprensión

lectora, en colaboración con los equipos de ciclo o departamentos.

b) Supervisar su correcto desarrollo.

c) Impulsar cuantas iniciativas y proyectos proponga el profesorado en relación con

el fomento de la lectura y la comprensión lectora, incidiendo en la lectura en distintos

formatos y la utilización de las TIC tanto para aprender como para enseñar.

d) Elaborar el informe de evaluación inicial del Centro.

e) Elaborar el informe de evaluación final de Centro.

- Coordinador de formación

Será nombrado cada curso entre el profesorado voluntario, en caso de no

existir voluntarios lo designará el Equipo Directivo. Será un cargo rotativo cada

curso.

Sus funciones serán:

Page 16: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

16

a) Recoger las propuestas de formación y dirigirlas a los órganos competentes.

b) Difundir entre el profesorado las distintas actividades de formación en el Centro.

c) Elaborar en coordinación con el CFIE y con el Equipo Directivo todo el protocolo

de formación del Centro.

d) Asumir la coordinación de los cursos, seminarios o grupos de trabajo o

coordinarse con el profesor encargado del mismo.

e) Formar parte del Equipo de Coordinación del Plan para el Fomento de la Lectura

y el desarrollo de la comprensión lectora.

Para el desempeño de sus funciones, siempre que sea posible, dispondrá de

una hora en su horario lectivo.

- Responsable de biblioteca

Los responsables de la biblioteca serán nombrados cada curso entre el

profesorado voluntario, uno por localidad.

Sus funciones serán:

a) Actualizar el inventario de la biblioteca de cada una de las localidades y promover

la ampliación de su dotación.

b) Coordinar el servicio de préstamo de la misma.

c) Promover actividades para potenciar el uso de la biblioteca tanto por lo alumnos

individualmente como entre los distintos cursos.

d) Formar parte del Equipo de Coordinación del Plan para el Fomento de la Lectura

y el desarrollo de la comprensión lectora.

e) Participar en la elaboración del Plan de Fomento de la Lectura así como elevar

propuestas para su mejora.

Para el desempeño de sus funciones contará con una hora en su horario

lectivo.

- Coordinador de convivencia

Esta figura queda regulada por la Orden EDU/1921/2007 de 27 de noviembre

relativa al fomento de la convivencia en los Centros educativos.

El coordinador de convivencia será nombrado cada curso entre los

representantes del Claustro de la Comisión del Consejo Escolar. En caso de no

existir voluntarios, será designado por el Director del Centro entre dichos miembros.

Page 17: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

17

Concretamente en colaboración con el Jefe de Estudios, el coordinador de

convivencia escolar desempeñará, sin perjuicio de las competencias de la comisión

de convivencia del centro, las siguientes funciones:

a) Coordinar las distintas actividades del Plan de convivencia del Centro y participar

en su seguimiento y evaluación.

b) Participar en la elaboración y aplicación del Plan de Acción Tutorial en

coordinación con el EOEP, en lo referente al desarrollo de la competencia social del

alumnado y la prevención y resolución de conflictos entre iguales.

c) Participar en las actuaciones de mediación, como modelo para la resolución de

conflictos en el Centro escolar, en colaboración con el Jefe de Estudios y el Tutor, y

según lo que se especifique en el reglamento de régimen interior del centro.

d) Coordinar a los alumnos que pudieran desempeñar acciones de mediación entre

iguales.

e) Hacer el seguimiento de los datos relativos a la convivencia y, en coordinación

con el Jefe de Estudios, remitirlos a la administración educativa en los momentos

indicados por esta.

f) Difundir materiales o propuestas relativas a la convivencia.

g) Realizar la memoria de cada año relativa al Plan de Convivencia del Centro.

h) Para el desempeño de sus funciones, siempre que sea posible, dispondrá de

una hora en su horario lectivo.

- Responsable de las TICs

El responsable de TICs tendrá entre sus funciones:

a) Prever los trabajos del técnico en informática contratado por el Centro y

programarle las visitas rutinarias a cada una de las localidades.

b) Tener en funcionamiento, en la medida de sus posibilidades los equipos

informáticos del Centro o avisar al servicio técnico para proceder a la reparación en

caso de averías.

c) Ayudar al profesorado en la instalación de los programas educativos que se

deseen trabajar.

d) Formar parte del Equipo de Coordinación del Plan para el Fomento de la Lectura

y el desarrollo de la comprensión lectora.

Page 18: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

18

El responsable será elegido entre el Claustro de profesores cada curso

escolar, preferentemente entre aquellos que puedan, por su carácter itinerante tener

posibilidad de acudir al mayor número de localidades del CRA.

Para el desempeño de sus funciones, siempre que sea posible, dispondrá de

una hora de su horario lectivo.

Page 19: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

19

X. Profesores representantes en el Consejo Escolar.

Elegidos por el Claustro de profesores y renovados parcialmente cada dos

años, los profesores representantes en el Consejo Escolar con el fin de tener

informados a los profesores sobre los temas a tratar en cada Consejo ya l mismo

tiempo, recoger información del Claustro para aportar a los Consejos, deben fijar una

pautas de transmisión:

- Dar a conocer el orden del día de los Consejos Escolares antes de que se

celebren.

- Recoger información y sugerencias del profesorado.

- Informar al profesorado de los acuerdos adoptados en los Consejos.

XI. Derechos y deberes de los profesores.

Derechos:

1. Ser respetados por los alumnos, compañeros, padres de alumnos y demás

miembros de la Comunidad Educativa.

2. Ser informado de todo aquello que se organice y que le afecte directamente,

antes de su puesta en marcha por el órgano correspondiente.

3. A ejercer sus funciones de docencia e investigación haciendo uso de los métodos

que consideren más adecuados, dentro de las orientaciones pedagógicas del PEC y

de los planes y programas aprobados en el Centro.

4. A intervenir a todo aquello que afecte a la vida, actividad y disciplina del Centro a

través de los cauces reglamentarios.

5. A tener garantizada la libertad de cátedra, orientándose su ejercicio a la

realización de los fines educativos, de conformidad con los principios establecidos en

la LOE y teniendo en cuenta el PEC.

Deberes.

1. Cumplir las disposiciones sobre enseñanza, cooperando con las autoridades

educativas para conseguir la mayor eficacia de las enseñanzas, en interés de los

alumnos y de la sociedad.

2. Extremar el cumplimiento de las normas éticas que exigen su función educativa.

3. Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así

como la dignidad e integridad de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

Page 20: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

20

4. Asistir a las sesiones de Claustro y aquellas reuniones oficiales que hayan sido

convocadas reglamentariamente por el Director del Centro y en su caso por la

Jefatura de Estudios.

5. Están obligados a cumplir el horario de clases y el calendario de actividades

docentes establecido en la Programación General Anual.

6. Aceptar los cargos académicos docentes para los que han sido designados y el

régimen de dedicación que exigen.

7. Participar y asumir los acuerdos tomados por el Claustro y por el equipo de ciclo

de referencia.

8. Elaborar su programación de aula, de acuerdo a los criterios consensuados en su

ciclo de referencia y los establecidos en la Programación de ciclo, e informar a los

padres de la misma haciendo hincapié en los métodos, registros y criterios de

evaluación.

9. Llevar el registro de la asistencia de los alumnos e informar mensualmente a la

Jefatura de Estudios.

10. En el caso de sustituciones, asumir los acuerdos tomados en la programación de

ciclo y de aula, diseñadas a principio de curso.

2.2. ALUMNADO

Derechos:

1. Todos los alumnos tienen derecho a recibir una formación integral que contribuya

al pleno desarrollo de su personalidad.

2. Todos los alumnos tienen derecho a que se respete su identidad, integridad y

dignidad personales.

3. Todos los alumnos tienen derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento

sean valorados y reconocidos con objetividad.

4. Todos los alumnos tienen derecho a recibir orientación escolar y profesional para

conseguir el máximo desarrollo personal, social y profesional según sus

capacidades, aspiraciones o intereses.

5. Todos los alumnos tienen derecho a participar en la vida del centro y en su

funcionamiento en los términos previstos por la legislación vigente

6. Todos los alumnos tienen derecho a elegir a sus representantes en el Consejo

Escolar y delegados de clase.

Page 21: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

21

7. Todos los alumnos tienen derecho de manifestar de forma respetuosa sus

opiniones, individual y colectivamente, con libertad, sin perjuicio de los derechos de

todos los miembros de la comunidad educativa y el respeto que merecen las

personas y las instituciones.

8. Todos los alumnos tienen derecho a protección social, a ser dotados de recursos

que compensen las posibles carencias de tipo familiar, social, económico o cultural,

con especial atención a aquellos que presenten necesidades educativas especiales,

de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente y en el marco de las

disponibilidades presupuestarias.

Deberes:

1. Todos los alumnos tienen el deber de estudiar y esforzarse para conseguir el

máximo rendimiento académico, según sus capacidades y el pleno desarrollo de su

personalidad.

2. Todos los alumnos tienen el deber de asistir a clase respetando los horarios

establecidos y participar en las actividades académicas programadas.

3. Todos los alumnos tienen el deber de realizar las actividades encomendadas por

los profesores en el ejercicio de sus funciones docentes, así como seguir sus

orientaciones y directrices.

4. Todos los alumnos tienen el deber de respetar a los demás

5. Todos los alumnos tienen el deber de respetar la libertad de conciencia, las

convicciones religiosas y morales y la dignidad, integridad e intimidad de todos los

miembros de la comunidad educativa, y evitar cualquier discriminación por razón de

nacimiento, raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.

6. Todos los alumnos tienen el deber de participar en las actividades que configuran

la vida del centro.

7. Todos los alumnos tienen el deber de contribuir a mejorar la convivencia en el

centro, respetando las normas de organización, convivencia y disciplina del mismo,

establecidas en el reglamento de régimen interior.

8. Todos los alumnos tienen el deber de respetar, conservar y utilizar correctamente

las instalaciones del centro y los materiales didácticos.

9. Todos los alumnos tienen el derecho de conocer y respetar los valores

democráticos de nuestra sociedad, expresando sus opiniones respetuosamente.

Page 22: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

22

2.3. PADRES Y MADRES

A los padres o tutores legales, como primeros responsables de la educación

de sus hijos o pupilos, les corresponde adoptar las medidas necesarias, solicitar la

ayuda correspondiente y colaborar con el centro para que su proceso educativo se

lleve a cabo de forma adecuada, asistiendo a clase y a las actividades programadas.

Derechos:

1. Los padres tienen derecho a participar en el proceso de enseñanza y en el

aprendizaje de sus hijos y estar informados sobre su progreso e integración socio-

educativa, a través de la información y aclaraciones que puedan solicitar, de las

reclamaciones que puedan formular, así como del conocimiento o intervención en las

actuaciones de mediación o procesos de acuerdo reeducativo.

2. Los padres tienen derecho a ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la

orientación personal, académica y profesional de sus hijos y a solicitar, ante el

consejo escolar del centro, la revisión de las resoluciones adoptadas por su director

frente a conductas de sus hijos que perjudiquen gravemente la convivencia.

3. Los padres tienen derecho a participar en la organización, funcionamiento,

gobierno y evaluación del centro educativo, a través de su participación en el

consejo escolar y en la comisión de convivencia, y mediante los cauces asociativos

que tienen legalmente reconocidos.

Deberes:

1. Todos los padres tienen el deber de conocer la evolución del proceso educativo

de sus hijos, estimularles hacia el estudio e implicarse de manera activa en la mejora

de su rendimiento y, en su caso, de su conducta.

2. Todos los padres tienen el deber de adoptar las medidas, recursos y condiciones

que faciliten a sus hijos su asistencia regular a clase así como su progreso escolar.

3. Todos los padres tienen el deber de respetar y hacer respetar a sus hijos las

normas que rigen el centro escolar, las orientaciones educativas del profesorado y

colaborar en el fomento del respeto y el pleno ejercicio de los derechos de todos los

miembros de la comunidad educativa.

Page 23: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

23

2.4. CONSEJO ESCOLAR

De acuerdo con lo establecido en el PEC y la legislación vigente al respecto:

a) Composición y competencias.

a) el Director que será su Presidente

b) el Jefe de Estudios

c) un Concejal o representante del Ayuntamiento, lo será por períodos anuales.

Se nombrará consecutivamente y por orden alfabético de localidades.

d) Un número de profesores del Claustro no inferior a un tercio del total de los

componentes del consejo.

e) Un número de padres no inferior a un tercio del total de los componentes del

Consejo Escolar

f) El Secretario del Centro, como secretario del consejo, con voz pero sin voto.

Competencias:

a) Aprobar y evaluar el Proyecto Educativo del Centro, el proyecto de gestión y

las normas de organización y funcionamiento del centro.

b) Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de

las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y

organización docente.

c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección

presentados por los candidatos.

d) Participar en la selección del director del centro en los términos en que

establece la Ley. Ser informado del nombramiento y cese de los demás

miembros del equipo directivo.

e) Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en la LOE

y disposiciones que la desarrollan.

f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a

la normativa vigente. El consejo escolar podrá revisar la decisión tomada por

el director cuando las medidas disciplinarias adoptadas correspondan a

conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del

centro.

Page 24: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

24

g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la

igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en

todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar

y aprobar la obtención de recursos complementarios.

i) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con

las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del

rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas

en las que participe el centro.

k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la

Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de

la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados

con la calidad de la misma.

l) Cualesquier otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

Dentro del Consejo Escolar habrá como mínimo dos comisiones:

Comisión de convivencia:

Estará formada por:

- el Director del Centro

- el Jefe de Estudios

- dos representantes de los profesores

- cuatro representantes de los padres

- el coordinador de convivencia, que puede ser un profesor que no forme parte

del Consejo Escolar, en cuyo caso asistirá a las reuniones con voz, pero sin

voto. Sus funciones están determinadas en el apartado 2.1 de este

documento.

La Comisión de convivencia tendrá las siguientes funciones:

- Dar publicidad al Reglamento de Régimen Interno;

- Estudiar la resolución y mediación de conflictos que hayan alterado

gravemente la convivencia en el colegio.

- Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia señaladas en el RRI.

Page 25: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

25

- Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la Comunidad Educativa

para mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en el Centro.

- Elaborar, al finalizar el curso académico, un informe para el Consejo Escolar

sobre el funcionamiento del Centro, en el que se evaluarán los resultados de

la aplicación de las normas de convivencia, analizando los problemas

detectados y proponiendo la adopción de las medidas oportunas.

- Cualquiera otra encomendada por el Consejo Escolar, en el ámbito de sus

competencias.

Sus reuniones serán trimestrales.

Comisión económica:

Estará formada por el secretario del centro, un representante de los profesores y

un representante de los padres, elegidos por cada uno de los sectores del mismo.

Tendrá las siguientes competencias:

- Informar al Consejo Escolar sobre cuantas materias de índole económica éste

le encomiende.

- Elaborar el proyecto de presupuesto a propuesta del Equipo Directivo y

supervisará las cuentas generales del centro.

- Podrá proponer al Consejo Escolar la modificación del reparto general de los

recursos económicos contenido en este documento.

Sus reuniones serán trimestrales.

Además también se cuenta con un coordinador de Igualdad de género y

una comisión permanente.

b) Elección, dimisión, renovación y vacantes a cubrir.

La elección se desarrollará durante el primer curso académico.

Se renovará por mitades cada dos años de forma alternativa la representación

de padres y profesores, para lo que se seguirá el proceso legislado y coordinado por

la dirección del Centro y la administración Educativa.

Cuando un miembro del Consejo escolar, tanto de la representación del

profesorado como de los padres, desee presentar su dimisión, lo hará a través de un

escrito dirigido al Presidente del Consejo, e informará al colectivo al que representa

usando como foro el propio Consejo Escolar.

Page 26: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

26

Las vacantes que se produzcan de dichas dimisiones o de cese en la

Comunidad Educativa del Centro, serán cubiertas por los siguientes candidatos de

acuerdo al número de votos obtenidos. Se utilizará la lista de la última renovación

parcial.

Las vacantes que se produzcan a partir del mes de septiembre anterior a

cualquier renovación parcial se cubrirán en dicha renovación y no por sustitución.

3. DE LOS RECURSOS MATERIALES E INSTALACIONES

3.1. CRITERIOS GENERALES RESPECTO DE LOS MATERIALES (Uso y

custodia)

Los materiales serán controlados por los Coordinadores de localidad y

Especialistas.

Deberán permanecer en sus lugares asignados.

Si dichos materiales se utilizan fuera del centro, deberá ser informado

el/la coordinador/a y el E. Directivo quedando reflejado en el archivo del centro.

Los materiales permanecerán en el centro en los periodos de

vacaciones estudiándose en claustro algún caso particular.

Las averías o deterioros se deberán informar al coordinador/a y éste/a al

Equipo Directivo.

En las diversas reuniones organizativas del centro se informará por parte

de los/las coordinadores/as sobre los materiales y su funcionamiento.

El profesorado del centro podrá utilizar todos los materiales, teniendo en

cuenta las normas anteriores.

El alumnado podrá utilizar los materiales y espacios del centro, aunque

ciertos materiales no podrán utilizar sin la presencia de un/a profesor/a por su

riesgo o valor.

Page 27: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

27

3.2. SOBRE EL INVENTARIO DEL CENTRO (MOBILIARIO Y MATERIAL

PEDAGÓGICO)

Cada tutor o tutora será responsable de la revisión del material del aula

y de la actualización del inventario durante el mes de junio, siendo

posteriormente entregado al coordinador de localidad y éste al secretario del

centro.

Los especialistas de las diferentes áreas entregarán directamente los

inventarios al secretario del centro.

Los coordinadores de ciclo y de área se encargarán de poner a

disposición del profesorado a principio de curso el material pedagógico (textos,

guías, legislación…) con el fin de facilitar su uso por parte de todos los

miembros del equipo docente.

3.3. SOBRE LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL

La compra de material estará sujeta al presupuesto aprobado por el

Consejo Escolar y la normativa vigente.

Como criterio general, las compras de material fungible se realizarán a

poder ser en el primer trimestre del curso y atendiendo a las directrices que a

tal efecto expondrá cada curso el secretario del centro (asignación de cuantías

por localidades, aulas y áreas, prioridades del centro…).

Del mismo modo el material inventariable debe adquirirse previo

conocimiento del secretario y ajustándose a las circunstancias presupuestarias.

3.4. SOBRE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO

El uso de los espacios referidos a las actividades docentes queda

reflejado en el D.O.C. al comienzo de cada curso.

El uso de las instalaciones por parte de otras instituciones y organismos

(AMPA, Ayuntamiento…) para la realización de actividades extraescolares

dentro del horario general del centro, se aprobará en Consejo Escolar,

trasladando esta petición al Director del Centro.

Page 28: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

28

Para la realización en las instalaciones del Centro de actividades fuera

del horario general, será el Ayuntamiento el responsable de aprobarlas, previa

notificación al Centro.

Se garantizará por parte de estos organismos e instituciones la no

interferencia en el funcionamiento normal del Centro ya sea por problemas de

limpieza, desorden, etcétera.

El uso inadecuado de instalaciones o materiales del centro que

provoque su deterioro será causa para exigir su reparación o reposición, o

incluso la suspensión de dicha actividad.

3.5. SOBRE LA SEGURIDAD Y EL PLAN DE EVACUACIÓN

Se divulgará a principio de curso el Plan de Evacuación en las aulas por

parte de los tutores y tutoras.

Cada año se realizará un simulacro de emergencia durante el primer

trimestre del curso

Las normas de evacuación y las salidas de emergencia deberán estar

expuestas en distintos lugares del Centro.

4. DE LOS RECURSOS FUNCIONALES

4.1. ACTIVIDADES ACADÉMICAS.

4.1.1. Horario General del Centro.

El horario General del Centro será determinado cada año escolar en la P.G.A

Los profesores realizarán sus horas complementarias de permanencia en el

centro en sesiones de mañana o de tarde. Las horas complementarias que todo el

profesorado debe realizar excepto casos extraordinarios son de cuatro horas.

Este horario se mantendrá siempre que no sea necesario la concurrencia

conjunta de los miembros del profesorado en actividades que lo requieran para su

realización: reuniones de claustro, de ciclo, de nivel, etc.

Page 29: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

29

De este horario se reservará una hora para atención a padres y otra como

mínimo para reuniones de ciclo, nivel, etc. Será obligatorio notificar en la reunión de

principio de curso la hora de atención a padres.

El período horario es de 24 horas semanales lectivas del profesorado más las

cuatro horas complementarias a las que se hace referencia en los párrafos

anteriores. Para establecer esta hora de liberación se tendrán en cuenta las

necesidades del centro. Se podrá cambiar puntualmente o suprimir esta hora por

motivos organizativos del centro.

Para establecer las horas de compensación horaria de los profesores

itinerantes se tendrán en cuenta las necesidades del centro.

El horario de los profesores del centro podrá ser modificado debido a

circunstancias excepcionales que se realicen el centro: fiestas de final de trimestre,

excursiones, convivencia del CRA…

4.1.2. Entradas, salidas y permisos.

Tanto para los profesores como para los alumnos, por respeto a los demás,

por un mejor aprovechamiento del tiempo y por una mejor organización y

funcionamiento del centro deberán extremar la puntualidad en entradas y salidas

generales y en las sesiones de clase.

Las entradas y las salidas de los alumnos serán controladas por profesores

del centro.

Las entradas y las salidas de los alumnos fuera de las horas habituales y

siempre que sea posible se realizarán en las horas de recreo y acompañados por un

adulto.

Si un alumno falta al centro deberá presentar el justificante de su ausencia a

su tutor firmado por sus padres o sus representantes legales. A tal efecto el Centro

facilitará el modelo de justificante.

El control de faltas de los alumnos es responsabilidad del tutor.

Los profesores deberán comunicar sus faltas de asistencia al centro con

antelación, siempre que sea posible, al Jefe de Estudios. Rellenarán el parte de

Page 30: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

30

faltas por duplicado (uno para inspección y otra para el centro). Deberán dejar

trabajo para sus alumnos y su programación en lugar visible. La circular 2/ 2005,de

23 de Septiembre, de la Dirección General de Recursos Humanos regula los

permisos y licencias del personal docente que desempeña sus funciones en los

centros públicos no universitarios.

4.1.3 Vigilancia de los alumnos.

En todas las actividades académicas el profesor será el responsable de los

alumnos. No está permitido que en el horario lectivo haya alumnos por los pasillos

como forma de castigo y se vigilará para que los alumnos que tengan que salir del

aula (ir al servicio, ir a otra aula…) no pasen excesivo tiempo fuera o estén de modo

incontrolado…

Las salidas y las entradas de los grupos de alumnos deberán estar

controladas por los profesores y se realizarán en orden.

Los periodos de recreos serán vigilados por todos los profesores del centro,

excepto equipo directivo. Estos profesores serán los encargados de controlar las

salidas y las entradas y se asegurarán de que ningún alumno ande por los pasillos o

los servicios.

No podrán permanecer alumnos en las aulas si no es acompañado por un

profesor.

Aquellos alumnos que no puedan salir al recreo deberán traer el

correspondiente justificante.

Los días que llueva los alumnos no saldrán al patio y serán vigilados por los

profesores que se les corresponda recreo ese día.

4.1.4. Refuerzos educativos

Los apoyos educativos y refuerzos educativos, por parte del profesorado no

especialista de P.T. y A.L., se asignarán según los siguientes criterios:

Los apoyos comienzan a ser efectivos a partir del mes de Octubre.

La programación y evaluación de los refuerzos se realizarán según los

modelos establecidos en el centro.

Page 31: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

31

Se apoyará en todas las áreas, prioritariamente, Lengua y Matemáticas.

Los alumnos incluidos en este Plan serán los que, sin estar en el programa de

necesidades educativas especiales, han sido diagnosticados por el EOE como

alumnos de refuerzo educativo, aquel alumnado que a criterio del tutor/a

necesiten ese apoyo para avanzar en su aprendizaje, los alumnos repetidores y

con áreas pendientes que lo necesiten.

Concretados estos alumnos, estos apoyos o refuerzos se asignarán a los

profesores con restos horarios suficientes, quienes dejarán de realizarlos por

indicación del propio EOE o del tutor/a si considera que ya no se necesitan.

Los apoyos dejarán de realizarse en casos de sustituciones.

En los apoyos se indicará su realización dentro o fuera del aula, aunque se

realizarán siempre que sea posible dentro del aula. Cuando sean fuera se

solicitará la pertinente autorización de los padres.

Los tutores/as orientarán e indicarán al profesorado que realice el apoyo

sobre qué aspectos y contenidos deben trabajar con el alumnado de apoyo.

4.1.5 Información a los padres

Los padres tienen derecho a estar informados de las actividades académicas

que se realizan en el centro.

La información general de las mismas puede conseguirse a través de los

Representantes del Consejo Escolar, a través del AMPA y a través de las reuniones

colectivas e individuales que los tutores, profesores, o Equipo Directivo realicen a lo

largo del año. Está fijado que al menos en tres ocasiones reciban información con

carácter general.

En aspectos más puntuales y concretos pueden acudir en el día reservado

para ello, a entrevistarse con el tutor o profesor correspondiente.

En todo caso recibirán información trimestral de la evaluación de sus hijos o

representados.

Page 32: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

32

Se notificará siempre que sea necesario, las posibles repeticiones de

curso de los alumnos, así como la necesidad de llevar con ellos actividades de

apoyo o refuerzo educativo.

Se solicitará autorización para la realización de los apoyos y de los refuerzos,

así como para la realización de exploraciones por parte del Equipo Psicopedagógico.

4.2. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES.

4.2.1. Actividades complementarias.

Para poder realizarlas deberán contar con la aprobación del Consejo Escolar,

bien sea por estar incluidas en la PGA o, en caso contrario, por acuerdo tomado en

otra reunión dicho órgano.

Durante las fechas u horas que duren dichas actividades, los alumnos que no

hayan participado en ellas desarrollarán actividades alternativas a las que

normalmente realizan en clase. Dichas actividades serán programadas por el

profesor que realiza la actividad. En el caso que la actividad sea gratuita, los

alumnos que no participen en ella no acudirán al colegio.

Si un profesor tutor se abstiene de participar en una actividad

complementaria, los alumnos de los que sea tutor participarán en ella si algún

profesor del centro se compromete a hacerse cargo de dichos alumnos durante las

fechas u horas que dure dicha actividad.

El profesor que no haya participado en la actividad quedará a disposición de

las necesidades del centro.

Si la actividad complementaria supera el horario escolar los profesores

implicados tendrán una compensación horaria.

Las actividades se realizarán siempre que participen en las mimas al menos

un 50% de los alumnos para los que hayan sido programadas, sí éstas son

obligatorias.

Page 33: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

33

Cualquier actividad se podrá suprimir siempre que los profesores lo crean

oportuno.

Un profesor nunca podrá ir solo a ninguna actividad complementaria.

Se podrá recabar ayuda de los padres si los profesores que realicen la

actividad lo consideren oportuno.

4.2.2. Actividades extraescolares.

Como consecuencia de la implantación de la Jornada Continua, el centro

tiene la obligación cada año de ofertar un programa de actividades extraescolares.

Este programa se aprobará cada curso en el mes de Septiembre y será incluido en

la PGA.

Este programa debe reunir al menos las siguientes características:

1. Abarcar todos los días lectivos de la semana

2. De todas las actividades programadas un número mínimo deberá tener

carácter gratuito(estas serán las impartidas por el profesorado o personas que

se ofrezcan voluntarias)

3. Las actividades programadas no deberán solaparse, sustituir…, el currículo

de EI, EP o ESO.

4. Los materiales fungibles o personas para el desarrollo de las actividades será

aportado por los participantes en las actividades.

5. Todo el profesorado deberá implicarse en algún grado en las actividades, ya

sea en su ejecución, coordinación o seguimiento.

6. Caso que algún día falte un profesor o monitor de alguna de las

actividades previstas, estás por regla general no se llevarán a cabo y previamente

se notificará a las familias. En el caso de bajas prolongadas de alguno de los

responsables de la ejecución de una actividad se estudiará la posibilidad de

continuar con ella mediante un sustituto o cambiar la actividad.

Cuando una actividad de las previstas no tengan alumnos para su desarrollo o

a lo largo del curso estos se den de baja, se estudiará la posibilidad de ser

sustituida por otra actividad.

Page 34: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

34

En el centro pueden desarrollarse otras actividades extraescolares,

autorizadas por el Ayuntamiento, fuera del horario fijado para las actividades

anteriores. Al centro le cabe exigir que no dificulten el normal funcionamiento de la

actividad escolar.

4.3. COMEDOR ESCOLAR

El comedor escolar, está a cargo de la empresa contratada por la

Administración Educativa, quién tiene contratadas a una cocinera y una cuidadora,

que además asumirá la figura de responsable de comedor, según la nueva

legislación.

El precio del menú se establece por la Administración cada curso escolar y

tanto la inscripción al servicio, como la baja del mismo y el pago se realizará

llamando al teléfono 012 para aquellos alumnos que se queden al comedor de forma

ocasional o habitual. Estos últimos, además harán un escrito de solicitud que se les

facilitará en la Secretaría del Centro.

El horario de comedor se establecerá en la PGA del Centro, así como el

precio del menú.

Además a principio de curso, el Equipo Directivo informará a los padres sobre

el uso del comedor y las condiciones.

La monitora responsable de los alumnos será la responsable de los mismos

dentro del horario marcado a principio de curso en la PGA.

Los alumnos transportados, regresarán a casa una vez finalizado el horario de

comedora y la monitora del autobús se encargará de ir a buscarlos a la puerta del

colegio.

Los alumnos de comedor serán recogidos por sus padres cuando finalice el

horario. Los alumnos de 3º ciclo y la ESO (no transportados) podrán ir solos a casa

bajo autorización expresa y por escrito de los padres, entregada al Equipo Directivo.

El Equipo Directivo informará pertinentemente a todos los padre sobre las

ayudas al comedor escolar que se legislan cada curso escolar, elevará dichas

Page 35: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

35

propuestas al Consejo Escolar para su aprobación y tramitará todo el proceso,

informando públicamente sobre su resolución.

Normas del comedor escolar

1.- Los alumnos bajarán directamente y en orden al comedor escolar una vez

finalizadas las clases.

2.- Los cubiertos y demás utensilios de la mesa no se tocarán hasta que no se

empiece a comer. En ningún caso serán utilizados como juguetes.

3.- Durante la comida se guardará la debida compostura sin gritar, levantarse o

proferir palabras malsonantes.

4.- La comida de los platos y bandejas de ningún modo puede tocarse con las

manos ni usarse con más fines que el de comer.

5.- Al término de la comida los alumnos guardarán el debido silencio y orden,

respetando las instalaciones del colegio y obedeciendo siempre los dictados del

monitor/a a cargo.

6.- Los daños causados intencionadamente o por negligencia en las instalaciones

y/o utensilios del comedor o del colegio en los periodos de recreo de comedor, serán

reparados por los alumnos o en su caso por los padres o tutores legales que son los

responsables civiles de los alumnos en los términos previstos en las leyes.

7.- Las incidencias ocurridas en el comedor escolar serán puestas en

conocimiento de la Dirección del centro, quien tomará las medidas oportunas.

4.4. TRANSPORTE ESCOLAR

El transporte escolar es contratado por la Administración Educativa cada

curso escolar y en coordinación con el Equipo directivo, se analizan las necesidades

y se establece la ruta y el horario. Estas condiciones se recogen el la PGA a

principio de curso.

Page 36: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

36

Normas del transporte escolar

Según el Reglamento General de Circulación, el conductor del vehículo está

obligado a atender permanentemente a la conducción para garantizar su propia

seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de otros usuarios de la vía.

Por ello, para evitar que se realicen actos que puedan distraer al conductor

durante la marcha, y velar por la seguridad de los alumnos transportados, se

prohíbe a éstos según el citado Reglamento:

1.- Distraer al conductor durante la marcha del vehículo.

2.- Entrar o salir del vehículo por lugares distintos a los destinados

respectivamente a estos fines.

3.- Desatender las instrucciones que, sobre el servicio, dé el conductor y/o el

monitor/a responsable.

Se hace especial mención a que el conductor, como encargado de velar por la

seguridad de los viajeros, está facultado para ordenar la salida del vehículo de los

que incumplan los preceptos indicados.

También se recuerda:

1.- La necesidad de que los alumnos respeten los horarios establecidos para la

utilización de los autobuses.

2.- Los alumnos que, individual o colectivamente causen daños de forma

intencionada o por negligencia en los autobuses, quedan obligados a reparar el daño

causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación. En todo caso, los

padres o representantes legales de los alumnos, serán responsables civiles en los

términos previstos en las Leyes.

3.- Por las circunstancias de ubicación de nuestro Centro, el autobús no puede

parar en la puerta del colegio, por lo que los alumnos han de hacer un trayecto

andando hasta el lugar donde para el autobús. Se entiende que durante dicho

trayecto los alumnos se hayan bajo responsabilidad del colegio y han de cumplir las

normas de convivencia del presente Reglamento, entre las que se incluye la

prohibición de fumar. Si algún alumno incumple las normas en dicho período, será

Page 37: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

37

amonestado por el monitor/a responsable del transporte, comunicándolo al Director

del Centro, quien tomará las medidas oportunas.

4.- Existe un modelo de impreso que los padres de los alumnos deberán rellenar

en el caso de que por cualquier circunstancia no vayan a hacer uso del transporte

escolar y realicen el trayecto por otros medios. Una parte de dicho impreso se

entregará al monitor/a responsable del transporte y la otra al Director/a del centro. Si

algún alumno incumpliese esta norma, el colegio dará aviso a los padres y /o a las

Autoridades Competentes.

4.5. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES DERIVADAS DE LA JORNADA

CONTINUA

Como consecuencia de la implantación de la jornada continua, desde el

Centro se establecerá cada curso un programa de actividades extraescolares

contando con la participación de las AMPAs y de los Ayuntamientos.

El Programa de Actividades Extraescolares tendrá en cuenta los siguientes

aspectos:

a) El horario de tarde en el que se desarrollen las actividades complementarias

será de 16 horas a 18 horas. El centro, en este horario permanecerá abierto, al

menos en una de sus cinco localidades. El número de tardes que permanecerá

abierto el colegio de una localidad, será proporcional al número de unidades de esa

localidad. Cada tarde habrá en el CRA al menos un maestro que coordinará las

actividades extraescolares.

b) Se entiende que dadas las características especiales del Centro, no existe

ninguna posibilidad real de poder ofertar actividades extraescolares durante los cinco

días de la semana en todas las localidades del Centro, dado que los maestros se

excederían en su horario de obligada permanencia en el colegio. Cada tarde habrá

al menos un maestro/a responsable en el CRA que coordinará la actuación del

equipo docente en caso de incidencia.

c) Durante los meses de septiembre y de junio debido a la reducción de horario,

se suprimen las actividades extraescolares en todo el Centro.

d) De todas las actividades programadas habrá actividades gratuitas y dirigidas a

todos los alumnos del Centro (de todas las edades)

Page 38: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

38

e) Las actividades programadas no deberán solaparse con el currículum de

Infantil, Primaria o la ESO.

f) Habrá actividades organizadas por el profesorado y otras por las AMPAs y

Ayuntamientos, todas aprobadas en el Consejo Escolar.

g) Para las actividades organizadas por las AMPAs y Ayuntamientos, se tendrá

en cuenta:

- Los Ayuntamientos correrán a cargo de los gastos de mantenimiento de los

Centros: luz, agua, limpieza...

- Se presentará un programa a la Dirección del Centro donde se concrete los

contenidos, horarios, normas y cuotas de dichas actividad, para elevar la

propuesta al Consejo Escolar.

- Las actividades serán desarrolladas por monitores contratados o

subvencionados por las entidades organizativas.

- Algunas de ellas serán gratuitas y otras de pago de cuota trimestral. Las

familias aportarán pequeñas cuotas a través de las AMPAS.

- Las AMPAs serán las responsables de que se cumplan las normas y se

respeten las instalaciones del Centro

- Las normas para el desarrollo de estas actividades las establecerán las

entidades organizativas, teniendo en cuenta que cualquier alumno del CRA

puede participar en todas las actividades, independientemente de cual sea su

localidad de referencia.

- Los materiales fungibles o personales para el desarrollo de las actividades

será aportado por los participantes en las actividades.

h) En caso de que algún día puntual falte un profesor o un monitor

(enfermedad…) de alguna de las actividades previstas, estas por regla general

no se llevarán a cabo y previamente se notificará a las familias. En el caso de

bajas prolongadas de alguno de los responsables de la ejecución de la

actividad, se estudiará la posibilidad de continuar con ella mediante un sustituto

o cambiar la actividad.

i) Cuando una actividad prevista no tenga alumnos suficientes para su

desarrollo o a lo largo del curso estos se den de baja, se suspenderá.

Page 39: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

39

j) Algunas de las actividades extraescolares aprobadas, podrán desarrollarse en

instalaciones ajenas al Centro, aportadas por los Ayuntamientos de las

localidades.

k) En el Centro pueden llevarse a cabo otras actividades extraescolares,

autorizadas por el Ayuntamiento, fuera del horario de 16,00 a 18,00 horas.

Estas se sujetarán a las normas fijadas por el Ayuntamiento y se comunicarán

al Centro para su conocimiento. Al Centro le cabe exigir que no dificulten el

normal funcionamiento de la actividad escolar.

5. DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

5.1. PRINCIPIOS GENERALES DE DISCIPLINA Y NORMAS DE CONVIVENCIA.

Según las normas establecidas:

-DECRETO 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y

deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el

proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los

Centros Educativos de CyL

-RESOLUCION DEL 28 DE SEPTIEMBRE DE 2005 de prevención y control de

absentismo.

Se procurará, en colaboración con todos los sectores de la Comunidad

Educativa, un marco de convivencia y autoresponsabilidad que prácticamente sea

incensaría la adopción de medidas disciplinarias. En todo caso, si estas resultasen

inevitables, las correcciones tendrán un carácter educativo y deberán contribuir al

proceso general de formación y recuperación del alumno.

Entendemos la educación no solo como una mera transmisión de

conocimientos sino como una formación de la persona, de los principios generales

que se reconocen el PEC de fomentar el respeto a sí mismo, a los demás, la

responsabilidad, igualdad y solidaridad, deberán estar presentes en todas aquellas

actuaciones que se desarrollen en el ámbito general de la convivencia del centro.

Un respeto que entendemos no estará basado en la imposición o sumisión a

normas establecidas, sino un respeto “razonado” basado en la reflexión en la que se

Page 40: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

40

haga ver la necesidad de someternos a una serie de normas como necesarias para

propiciar un clima de convivencia positivo para todos.

Una responsabilidad, que sea capaz de afrontar y asumir los deberes que se

debe cumplir para que se reconozcan los derechos que comportan el esfuerzo en el

cumplimiento de sus deberes

Para el trabajo constructivo, formador en torno a la Convivencia nos

guiaremos por lo fijado en el Plan de Convivencia de cada curso, en el que deberán

tomar parte activa las familias.

5.2. NORMAS DE CONVIVENCIA GENERALES

A. Para Padres:

Se exigirá máxima puntualidad. Solo se admitirán retrasos por causa justificada.

a) En caso de enfermedad, el alumno permanecerá en su domicilio.

b) Siempre que un alumno acuda a consultas médicas en período lectivo, deberá

recogerlo su padre/madre o tutor legal. Dichas salidas y/o entradas se harán a

las horas en punto(intercambio de profesores ) o en las horas del patio para

no interrumpir las clases.

c) Se acudirá al colegio cumpliendo las normas básicas de higiene, y con la ropa

adecuada a su edad y actividades que vayan a realizarse.

d) Se preocuparán del material que sus hijos deban traer al colegio.

e) Se respetarán las horas previstas en el horario para las entrevistas con los

tutores y/o equipo directivo, procurando concertar la cita con anterioridad.

B. Para Profesores.

a) Los profesores que hayan tomado la decisión de que un alumno permanezca

en clase a la hora del recreo, deberán controlarlo. Si el profesor es un

itinerante que se desplaza a la hora del recreo, contará con la colaboración

del tutor si ésta es posible.

b) Cuando los alumnos tengan que permanecer en las clases durante los

recreos, debido a las inclemencias meteorológicas, cada tutor permanecerá

Page 41: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

41

con su grupo de alumnos encargándose de su vigilancia. Para ello contará

con la colaboración de los profesores especialistas que se encuentren en ese

momento en el centro.

Estos dos puntos son las competencias de profesores que en materia de

convivencia escolar señala el Decreto 51/2007, que es el que debe regular este

reglamento. Los derechos y deberes de los profesores se hayan recogidos en el

Reglamento Orgánico de los Centros, según Real Decreto 82/1996, de 26 de enero.

C. Para los Alumnos.

a) Todos los alumnos entrarán puntualmente al colegio. Si un alumno se retrasa

más de 5 minutos, entrara en el colegio y permanecerá en la biblioteca bajo la

vigilancia de un profesor hasta el cambio de clase ,es decir, hasta la siguiente

hora

b) Al entrar en clase, lo harán ordenadamente cada uno a su aula, sin

permanecer en los pasillos y sin entrar a las aulas más cercanas.

c) No se puede buscar, ni coger nada de los cajones de la mesa del profesor, ni

de la cartera o mochila de los compañeros.

d) En las clases no se puede comer nada, incluido el chicle.

e) Los cambios de clase se harán con mucho orden y silencio para no molestar a

las otras clases. Ningún alumno podrá abandonar el grupo en estos cambios

sin permiso del profesor.

f) A la hora del recreo se saldrá al patio con orden, sin esperar en los servicios o

en los pasillos. Durante el recreo, si se ha de utilizar el baño se pedirá

permiso al encargado del patio, pero se utilizarán preferentemente, a la

entrada y/o a la salida del recreo.

g) Los servicios se utilizarán correctamente, para mantenerlos limpios y en buen

funcionamiento. Se respetarán al máximo los aseos de los profesores.

h) Se procurará tener los patios limpios, echando los papeles a las papeleras.

Quienes incumplan esta norma recogerán los papeles del patio.

Page 42: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

42

i) Aunque el parque infantil es para uso exclusivo de los alumnos de infantil y

primer ciclo de primaria, cuando el tiempo sea muy frío todos los alumnos de

Castronuño podrán compartir el patio delantero, aunque esto puede alterarse

si no se respeta la convivencia entre pequeños y mayores. En los recreos no

se jugará a juegos violentos o que puedan producir lesiones.

j) Se respetará a todos los alumnos del colegio, pero especialmente a los más

pequeños. Se evitará la resolución violenta de las discusiones y nunca se

agredirá físicamente a los otros. En caso de pelea, tratará de impedirse y se

avisará a los profesores.

k) Se considerarán especialmente graves los insultos proferidos a otros

alumnos referentes a su raza, religión, nacionalidad o creencias.

l) Se respetará a todo el profesorado, atendiendo siempre sus recomendaciones

o amonestaciones, escuchándoles con atención y respondiéndoles

respetuosamente. Las faltas de respeto a un profesor son faltas graves.

m) No se dirán palabras malsonantes, “tacos” u otras que puedan herir la

sensibilidad de los compañeros o los profesores.

n) Se respetarán los edificios e instalaciones así como el material de aula,

evitando especialmente escribir en paredes, puertas, mesas o sillas.

o) No se admitirán en el colegio ni en las actividades complementarias ni

extraescolares teléfonos móviles, consolas, aparatos de música, juegos u

objetos que distraigan la atención de los alumnos, así como dinero de uso

personal o revistas no recomendadas por los profesores. Los teléfonos

móviles y aparatos en general, se requisarán hasta el final de las clases. Si el

alumno es reincidente, será necesario que acudan los padres al colegio para

recoger el aparato.

p) En el recinto escolar no se puede fumar, ni siquiera en el patio. Al alumno

menor de 16 años que le fuere encontrado tabaco u otras sustancias, se le

requisarán, siendo necesario que acudan los padres a retirarlas.

q) Los desplazamientos por las aulas y pasillos se harán andando siempre.

r) Se respetará el derecho al estudio de los compañeros.

Page 43: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

43

s) Se traerá el material necesario a clase.

t) Las tareas escolares son de obligado cumplimiento.

u) Los alumnos que utilicen el transporte y el comedor escolar deberán respetar

las normas que se han entregado al respecto. Durante el trayecto del colegio

al autobús y viceversa está totalmente prohibido fumar.

v) La salida al patio en período de recreo es obligatoria para todos los alumnos

salvo que las condiciones meteorológicas sean especialmente adversas:

lluvia, nieve.

5.3. COMISIÓN DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA.

Está formada por el Director, Jefe de Estudios, tres maestros, uno de ellos es

nombrado coordinador de convivencia, y cuatro padres de alumnos, miembros del

Consejo Escolar (artículo 20) Se encargará de velar por el cumplimiento de las

normas de convivencia y de cuantas otras funciones sean de su competencia. Se

reunirá como mínimo dos veces al año, mandarán acta de su reunión a la Dirección

Provincial y cuando la situación presentada lo requiera. Se informará trimestralmente

al Consejo Escolar.

Concretamente en colaboración con el jefe de estudios, el coordinador de

convivencia escolar desempeñará, sin perjuicio de las competencias de la comisión

de convivencia del centro, las siguientes funciones:

a) Coordinar, en colaboración con el jefe de estudios, el desarrollo del plan de

convivencia del centro y participar en su seguimiento y evaluación.

b) Participar en la elaboración y aplicación del plan de acción tutorial en

coordinación con el equipo de orientación educativa y psicopedagógica o con

el departamento de orientación del centro, en lo referente al desarrollo de la

competencia social del alumnado y la prevención y resolución de conflictos

entre iguales.

c) Participar en las actuaciones de mediación, como modelo para la resolución

de conflictos en el centro escolar, en colaboración con el jefe de estudios y el

tutor, y según lo que se especifique en el reglamento de régimen interior del

centro.

Page 44: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

44

d) Participar en la comunicación y coordinación de las actuaciones de apoyo

individual o colectivo, según el procedimiento establecido en el centro, y

promover la cooperación educativa entre el profesorado y las familias, de

acuerdo con lo establecido en el plan de convivencia del centro.

e) Coordinar a los alumnos que pudieran desempeñar acciones de mediación

entre iguales.

f) Aquellas otras que aparezcan en el plan de convivencia del centro o que le

sean encomendadas por el equipo directivo del centro encaminadas a

favorecer la convivencia escolar.

5.4. DISCIPLINA ESCOLAR

5.4.1-CALIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS QUE PERTURBAN LA CONVIVENCIA

Y TIPOS DE CORRECCIÓN.

1. Las conductas de los alumnos perturbadoras de la convivencia en el centro

podrán ser calificadas como:

a) Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro. (punto 5.4.3)

b) Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, que

serán calificadas como faltas. (punto 5.4.3)

El tipo de corrección de las conductas arriba mencionadas podrá ser:

a) Actuaciones inmediatas: aplicables a todas las conductas que perturban la

convivencia en el centro, con el objetivo principal del cese de la conducta. (punto

5.4.2)

b) Medidas posteriores: una vez desarrolladas las actuaciones inmediatas, y en

función de las características de la conducta, se podrán adoptar además las

siguientes medidas:

1.º– Medidas de corrección en el caso de conductas contrarias a las normas de

convivencia del centro.

2.º– Mediación y procesos de acuerdo reeducativo, Punto……...

Page 45: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

45

3.º– Apertura de procedimientos sancionadores, en el caso de conductas

gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro.

Criterios para la aplicación de las actuaciones correctoras.

1. La comunidad educativa, y en especial el profesorado, ante las conductas de los

alumnos perturbadoras de la convivencia en el centro, aplicará las correcciones que,

en su caso, correspondan.

2. Los alumnos no pueden ser privados del ejercicio de su derecho a la educación y,

en el caso de la educación obligatoria, de su derecho a la escolaridad.

3. En ningún caso se llevarán a cabo correcciones que menoscaben la integridad

física o la dignidad personal del alumno.

4. Las correcciones que sea preciso aplicar tendrán carácter educativo y supondrán,

en primera instancia, la actuación inmediata y directa del profesor sobre la conducta

del alumno afectado, pudiendo ir seguidas de medidas posteriores.

5. Las correcciones deberán guardar la adecuada proporcionalidad con la naturaleza

de las conductas perturbadoras y deberán contribuir a mantener y mejorar el proceso

educativo del alumno.

6. En las correcciones deberá tenerse en cuenta el nivel académico y la edad del

alumno, así como las circunstancias personales, familiares o sociales que puedan

haber incidido en la aparición de la conducta perturbadora.

7. La calificación de la conducta perturbadora del alumno y el desarrollo de las

actuaciones inmediatas, determinará la adopción de medidas de corrección o la

apertura de procedimiento sancionador.

8. Las medidas de corrección que se lleven a cabo sobre las conductas contrarias a

la norma y que, dada su reiteración, pudieran ser consideradas como conductas

disruptivas en el ámbito escolar, deberán ir acompañadas por las actuaciones de

ajuste curricular y las estrategias de trabajo que se estimen necesarias por parte del

profesorado.

Page 46: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

46

9. El reglamento de régimen interior del centro establecerá los cauces oportunos

para favorecer y facilitar la implicación de los padres o tutores legales del alumno en

las actuaciones correctoras.

Ámbito de las conductas a corregir.

1. La facultad de llevar a cabo actuaciones correctoras sobre las conductas

perturbadoras de la convivencia se extenderá a las ocurridas dentro del recinto

escolar en horario lectivo, durante la realización de actividades complementarias o

extraescolares o en los servicios de comedor y transporte escolar.

2. También podrán llevarse a cabo actuaciones correctoras en relación con aquellas

conductas de los alumnos que, aunque se realicen fuera del recinto escolar, estén

directa o indirectamente relacionadas con la vida escolar y afecten a algún miembro

de la comunidad educativa. Todo ello sin perjuicio de la obligación de poner en

conocimiento de las autoridades competentes dichas conductas y de que pudieran

ser sancionadas por otros órganos o administraciones, en el ámbito de sus

respectivas competencias.

Gradación de las medidas correctoras y de las sanciones.

1. A efectos de la gradación de las medidas de corrección y de las sanciones, se

consideran circunstancias que atenúan la responsabilidad:

a) El reconocimiento espontáneo de la conducta, así como la petición de excusas y

la reparación espontánea del daño producido ya sea físico o moral.

b) La falta de intencionalidad.

c) El carácter ocasional de la conducta.

e) Otras circunstancias de carácter personal que puedan incidir en su conducta.

2. A los mismos efectos, se consideran circunstancias que agravan la

responsabilidad:

a) La premeditación.

b) La reiteración.

Page 47: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

47

c) La incitación o estímulo a la actuación individual o colectiva lesivo de los derechos

de los demás miembros de la comunidad educativa.

d) La alarma social causada por las conductas perturbadoras de la convivencia, con

especial atención a aquellos actos que presenten características de acoso o

intimidación a otro alumno.

e) La gravedad de los perjuicios causados al centro o a cualquiera de los integrantes

de la comunidad educativa.

f) La publicidad o jactancia de conductas perturbadoras de la convivencia a través de

aparatos electrónicos u otros medios.

3. En el caso de que concurran circunstancias atenuantes y agravantes ambas

podrán compensarse.

4. Cuando la reiteración se refiera a la conducta (la falta de puntualidad o de

asistencia a clase, cuando no esté debidamente justificada) las medidas a

llevar a cabo sobre dicha conducta deberán contemplar la existencia, en su

caso, de programas específicos de actuación sobre las mismas.

Responsabilidad por daños.

1. Los alumnos que individual o colectivamente causen daños de forma intencionada

o por negligencia a las instalaciones del centro o a su material, así como a los bienes

y pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa, quedan obligados

a reparar el daño causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación.

2. Los alumnos que sustrajeren bienes del centro o de cualquier miembro de la

comunidad escolar deberán restituir lo sustraído.

3. Los padres o tutores legales del alumno serán responsables civiles en los

términos previstos en las leyes.

Coordinación interinstitucional.

1. De acuerdo con la disposición adicional vigésimo tercera de la Ley Orgánica

2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para una mayor precisión y eficacia de

las actuaciones correctoras, los centros podrán recabar los informes que se

estimen necesarios acerca de las circunstancias personales, familiares o

Page 48: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

48

sociales del alumno a los padres o tutores legales o, en su caso, a las

instituciones públicas competentes.

2. En aquellos supuestos en los que, una vez llevada a cabo la corrección

oportuna, el alumno siga presentando reiteradamente conductas perturbadoras

para la convivencia en el centro, éste dará traslado, previa comunicación a los

padres o tutores legales en el caso de menores de edad, a las instituciones

públicas del ámbito sanitario, social o de otro tipo, de la necesidad de adoptar

medidas dirigidas a modificar aquellas circunstancias personales, familiares o

sociales del alumno que puedan ser determinantes de la aparición y

persistencia de dichas conductas.

3. En aquellas actuaciones y medidas de corrección en las que el centro

reclame la implicación directa de los padres o tutores legales del alumno y

éstos la rechacen de forma expresa, el centro pondrá en conocimiento de las

instituciones públicas competentes los hechos, con el fin de que adopten las

medidas oportunas para garantizar los derechos del alumno.

5.4.2 ACTUACIONES INMEDIATAS

Las actuaciones inmediatas tienen como objetivo el cese de la conducta

perturbadora de la convivencia, sin perjuicio de su calificación como conducta

contraria a las normas de convivencia o gravemente perjudicial para la convivencia

en el centro.

Con carácter inmediato a la conducta de un alumno que perturbe la convivencia en

el centro, el profesor llevará a cabo una o varias de las siguientes actuaciones:

a) Amonestación pública o privada.

b) Exigencia de petición pública o privada de disculpas.

c) Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se esté llevando a

cabo la actividad durante el tiempo que estime el profesor. La suspensión de

este derecho estará regulada en el reglamento de régimen interior del centro,

quedando garantizado, en todos los casos, el control del alumno y la

comunicación posterior, en caso de ser necesario, al jefe de estudios.

Page 49: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

49

d) Realización de trabajos específicos en períodos de recreo u horario no lectivo,

en este caso con permanencia o no en el centro.

Las actuaciones inmediatas serán llevadas a cabo por cualquier profesor del centro,

dado su carácter directo e inmediato a la conducta perturbadora.

El profesor comunicará las actuaciones inmediatas llevadas a cabo al tutor del

alumno, que será quién, de acuerdo con la dirección del centro, determinará la

oportunidad de informar a la familia del alumno. Asimismo, dará traslado al jefe de

estudios, en su caso, tanto de las actuaciones mencionadas anteriormente(a, b, c y

d) como de aquellas situaciones en las que las características de la conducta

perturbadora, su evolución, una vez llevada a cabo la actuación inmediata, y la

posible calificación posterior, lo hagan necesario. El procedimiento de comunicación

será precisado en el reglamento de régimen interior del centro.

5.4.3. CALIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS QUE PERTURBAN LA

CONVIVENCIA Y TIPOS DE CORRECCIÓN

Las conductas de los alumnos perturbadoras de la convivencia en el

centro podrán ser calificadas como:

1-CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL

CENTRO. (ART 37)

Se considerarán conductas contrarias a las normas de convivencia del centro

las siguientes:

a) Las manifestaciones expresas contrarias a los valores y derechos

democráticos legalmente establecidos.

b) Las acciones de desconsideración, imposición de criterio, amenaza, insulto y

falta de respeto, en general, a los miembros de la comunidad educativa.

c) La falta de puntualidad o de asistencia a clase, cuando no esté debidamente

justificada.

d) La incorrección en la presencia, motivada por la falta de aseo personal o en

la indumentaria, que pudiera provocar una alteración en la actividad del centro,

tomando en consideración, en todo caso, factores culturales o familiares.

e) El incumplimiento del deber de estudio durante el desarrollo de la clase,

dificultando la actuación del profesorado y del resto de alumnos.

Page 50: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

50

f) El deterioro leve de las dependencias del centro, de su material o de

pertenencias de otros alumnos, realizado de forma negligente o intencionada.

g) La utilización inadecuada de aparatos electrónicos. En el centro como

aparece en este Reglamento está prohibido el uso de aparatos electrónicos

h) Cualquier otra incorrección que altere el normal desarrollo de la actividad

escolar.

MEDIDAS DE CORRECCION PARA LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LA

NORMA Y SUS RESPONSABLES (ART 38-39-40)

Las medidas de corrección que se pueden adoptar en el caso de conductas

contrarias a las normas de convivencia del centro son las siguientes:

a) Amonestación escrita.

b) Modificación temporal del horario lectivo, tanto en lo referente a la entrada y

salida del centro como al periodo de permanencia en él, por un plazo máximo

de 15 días lectivos.

c) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las

actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las

instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de

la comunidad educativa por un máximo de 5 días lectivos.

d) Realización de tareas de apoyo a otros alumnos y profesores por un máximo

de 15 días lectivos.

e) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del

centro por un periodo máximo de 15 días.

f) Cambio de grupo del alumno por un máximo de 15 días lectivos.

g) Suspensión del derecho de asistir a determinadas clases por un periodo no

superior a 5 días lectivos. Durante dicho periodo quedará garantizada la

permanencia del alumno en el centro, llevando a cabo las tareas académicas

que se le encomienden.

Para la aplicación de estas medidas de corrección, salvo la amonestación por

escrito será preceptiva la audiencia al alumno y a sus padres o tutores legales

en caso de ser menor de edad. Así mismo se comunicara formalmente su

adopción.

La competencia para la aplicación de las medidas corresponde al director

pudiendo delegar en el jefe de estudios.

Las conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro prescribirán

Page 51: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

51

en el plazo de 30 días, contado a partir de la fecha de su comisión. Asimismo

las medidas correctoras impuestas por estas conductas, prescribirán en el

plazo de 30 días desde su imposición.

2- CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA

EN EL CENTRO, QUE SERÁN CALIFICADAS COMO FALTAS.

Se considerarán conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el

centro y, por ello, calificadas como faltas, las siguientes:

a) La falta de respeto, indisciplina, acoso, amenaza y agresión verbal o física,

directa o indirecta, al profesorado, a cualquier miembro de la comunidad

educativa y, en general, a todas aquellas personas que desarrollan su

prestación de servicios en el centro educativo.

b) Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad

educativa, particularmente aquéllas que tengan una implicación de género,

sexual, racial o xenófoba, o se realicen contra el alumnado más vulnerable por

sus características personales, sociales o educativas.

c) La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación

o sustracción de documentos y material académico.

d) El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del

centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás

miembros de la comunidad educativa.

e) Las actuaciones y las incitaciones a actuaciones perjudiciales para la salud y

la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro.

f) La reiteración en la comisión de conductas contrarias a las normas de

convivencia en el centro.

El tipo de corrección de las conductas recogidas en el apartado anterior

podrá ser:

a) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las

actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las

instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de

la comunidad educativa. Dichas tareas no podrán tener una duración inferior a

6 días lectivos ni superior a 15 días lectivos.

b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del

centro por un periodo superior a 15 días lectivos e inferior a 30 días lectivos.

Page 52: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

52

c) Cambio de grupo del alumno durante un periodo comprendido entre 16 días

lectivos y la finalización del curso escolar.

d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o a todas ellas,

por un periodo superior a 5 días lectivos e inferior a 30 días lectivos, sin que

eso comporte la pérdida del derecho a la evaluación continua y entregando al

alumno un programa de trabajo para dicho periodo, con los procedimientos de

seguimiento y control oportunos, con el fin de garantizar dicho derecho.

e) Cambio de centro.

EXPEDIENTE SANCIONADOR

Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro sólo

podrán ser sancionadas previa tramitación del correspondiente procedimiento.

El procedimiento se iniciará de oficio mediante acuerdo del director del centro,

a iniciativa propia o a propuesta de cualquier miembro de la comunidad

educativa, en un plazo no superior a dos días lectivos desde el conocimiento

de los hechos.

La incoación de los procedimientos sancionadores se formalizará con el

siguiente contenido:

a) Hechos que motivan el expediente, fecha en la que tuvieron lugar, conducta

gravemente perjudicial para la convivencia cometida y disposiciones

vulneradas.

b) Identificación del alumno o alumnos presuntamente responsables.

c) Nombramiento de un instructor y, en su caso, cuando la complejidad del

expediente así lo requiera, de un secretario. Tanto el nombramiento del

instructor como el del secretario recaerá en el personal docente del centro,

estando ambos sometidos al régimen de abstención y recusación establecido

en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El

acuerdo de incoación contendrá una expresa referencia al régimen de

recusación.

Page 53: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

53

d) En su caso, la posibilidad de acogerse a los procesos para la resolución de

conflictos.

4. La incoación del procedimiento se comunicará al instructor y, si lo hubiere, al

secretario, y simultáneamente se notificará al alumno y a sus padres o tutores

legales, cuando este sea menor de edad. Asimismo, se comunicará, en su

caso, a quién haya propuesto su incoación y al inspector de educación del

centro, a quién se mantendrá informado de su tramitación.

Medidas cautelares.

1. Por propia iniciativa o a propuesta del instructor, el director del centro podrá

adoptar motivadamente las medidas cautelares de carácter provisional que

sean necesarias para garantizar el normal desarrollo de la actividad del centro

y asegurar la eficacia de la resolución final que pudiera recaer. Las medidas

cautelares podrán consistir en el cambio temporal de grupo, o en la suspensión

temporal de la asistencia a determinadas clases, actividades complementarias

o extraescolares o al propio centro.

2. El periodo máximo de duración de estas medidas será de 5 días lectivos. El

tiempo que haya permanecido el alumno sujeto a la medida cautelar se

descontará, en su caso, de la sanción a cumplir.

3. Las medidas cautelares adoptadas serán notificadas al alumno, y, si éste es

menor de edad, a sus padres o tutores legales. El director podrá revocar, en

cualquier momento, estas medidas.

Instrucción.

1. El instructor, desde el momento en que se le notifique su nombramiento,

llevará a cabo las actuaciones necesarias para el esclarecimiento de los

hechos y la determinación de las responsabilidades, formulando, en el plazo de

tres días lectivos, un pliego de cargos que contendrá los siguientes extremos:

a) Determinación de los hechos que se imputan al alumno de forma clara y

concreta.

b) Identificación del alumno o alumnos presuntamente responsables.

Page 54: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

54

c) Sanciones aplicables.

2. El pliego de cargos se notificará al alumno y a sus padres o representantes

legales si aquél fuere menor, concediéndole un plazo de dos días lectivos para

alegar cuanto estime oportuno y proponer la práctica de las pruebas que a la

defensa de sus derechos o intereses convenga. Si el instructor acordara la

apertura de periodo probatorio, éste tendrá una duración no superior a dos

días.

3. Concluida la instrucción del expediente el instructor redactará en el plazo de

dos días lectivos la propuesta de resolución bien proponiendo la declaración de

no existencia de infracción o responsabilidad sobre los hechos bien apreciando

su existencia, en cuyo caso, la propuesta de resolución contendrá los

siguientes extremos:

a) Hechos que se consideren probados y pruebas que lo han acreditado.

b) Calificación de la conducta o conductas perturbadoras en el marco de lo

establecido en el RRI.

c) Alumno o alumnos que se consideren presuntamente responsables.

d) Sanción aplicable de entre las previstas en el artículo 49 y valoración de la

responsabilidad del alumno, con especificación, si procede, de las

circunstancias la agraven o atenuen.

e) Especificación de la competencia del director para resolver.

4. El instructor, acompañado del profesor-tutor, dará audiencia al alumno, y si

es menor, también a sus padres o representantes legales, para comunicarles la

propuesta de resolución y ponerles de manifiesto el expediente,

concediéndoles un plazo de dos días lectivos para formular alegaciones y

presentar los documentos que estimen pertinentes.

5. Recibidas por el instructor las alegaciones y documentos o transcurrido el

plazo de audiencia, elevará todo el expediente al órgano competente para

adoptar su resolución final.

Resolución.

Page 55: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

55

1. Corresponde al director del centro, en el plazo máximo de dos días lectivos

desde la recepción del expediente, la resolución del procedimiento

sancionador.

2. La resolución debe contener los hechos imputados al alumno, la falta que

tales hechos constituyen y disposición que la tipifica, la sanción que se impone

y los recursos que cabe interponer contra ella.

3. La resolución se notificará al alumno y, en su caso, a sus padres o

representantes legales y al miembro de la comunidad educativa que instó la

iniciación del expediente, en un plazo máximo de veinte días lectivos desde la

fecha de inicio del procedimiento.

4. Esta resolución será comunicada al claustro y al consejo escolar del centro

quien, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y

proponer, en su caso, las medidas oportunas, en el plazo máximo de cinco días

lectivos. Si el instructor del expediente forma parte del consejo escolar del

centro deberá abstenerse de intervenir.

5. Contra la resolución se podrá presentar recurso de alzada ante la Dirección

Provincial de Educación

5.4.5. LA MEDIACIÓN Y LOS PROCESOS DE ACUERDO REEDUCATIVO.

Para la puesta en práctica de dichas medidas se tendrán en cuenta los

siguientes aspectos:

a) Cuando se lleven a cabo en conflictos motivados por conductas

perturbadoras calificadas como contrarias a las normas de convivencia podrán

tener carácter exclusivo o conjunto con otras medidas de corrección de forma

previa, simultánea o posterior a ellas.

b) Cuando se lleven a cabo en conflictos generados por conductas

perturbadoras calificadas como gravemente perjudiciales para la convivencia

en el centro y se haya iniciado la tramitación de un procedimiento sancionador,

éste quedará provisionalmente interrumpido cuando el centro tenga constancia

expresa, mediante un escrito dirigido al director, de que el alumno o alumnos

Page 56: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

56

implicados y los padres o tutores legales, en su caso, aceptan dichas medidas

así como su disposición a cumplir los acuerdos que se alcancen. Igualmente

se interrumpirán los plazos de prescripción y las medidas cautelares, si las

hubiere.

c) No se llevarán a cabo en el caso de conductas gravemente perjudiciales

para la convivencia en las que concurran alguna de las circunstancias

agravantes de la responsabilidad que se mencionan en el artículo 32.2 del

Decreto 51/2007.

d) Una vez aplicada una sanción, podrán llevarse a cabo actuaciones de

mediación y procesos de acuerdo reeducativo que, con carácter voluntario,

tendrán por objeto prevenir la aparición de nuevas conductas perturbadoras de

la convivencia escolar.

e) Así mismo, y dadas sus características, podrán desarrollarse, inclusive, con

conductas no calificadas como perturbadoras para la convivencia en el centro.

En este caso tendrán el carácter de estrategias preventivas para la resolución

de conflictos y podrán ponerse en práctica con todos los miembros de la

comunidad educativa.

a) La Mediación Escolar

1. La mediación es una forma de abordar los conflictos surgidos entre

dos o más personas, contando para ello con la ayuda de una tercera

persona denominada mediador.

2. El principal objetivo de la mediación es analizar las necesidades de

las partes en conflicto, regulando el proceso de comunicación en la

búsqueda de una solución satisfactoria para todas ellas.

- Aspectos básicos para su puesta en práctica Artículo 43.

Además de las disposiciones comunes establecidas en el artículo 41,

para el desarrollo de la mediación será preciso tener en cuenta lo

siguiente: a) La mediación tiene carácter voluntario, pudiendo ofrecerse y

acogerse a ella todos los alumnos del centro que lo deseen. b) La

mediación está basada en el diálogo y la imparcialidad, y su finalidad es la

Page 57: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

57

reconciliación entre las personas y la reparación, en su caso, del daño

causado. Asimismo, requiere de una estricta observancia de

confidencialidad por todas las partes implicadas. c) Podrá ser mediador

cualquier miembro de la comunidad educativa que lo desee, siempre y

cuando haya recibido la formación adecuada para su desempeño. d) El

mediador será designado por el centro, cuando sea éste quien haga la

propuesta de iniciar la mediación y por el alumno o alumnos, cuando ellos

sean los proponentes. En ambos casos, el mediador deberá contar con la

aceptación de las partes afectadas. e) La mediación podrá llevarse a

cabo con posterioridad a la ejecución de una sanción, con el objetivo de

restablecer la confianza entre las personas y proporcionar nuevos

elementos de respuesta en situaciones parecidas que se puedan producir.

– Finalización de la mediación.

1. Los acuerdos alcanzados en la mediación se recogerán por escrito,

explicitando los compromisos asumidos y el plazo para su ejecución. 2.

Si la mediación finalizase con acuerdo de las partes, en caso de haberse

iniciado un procedimiento sancionador y una vez llevados a cabo los

acuerdos alcanzados, la persona mediadora lo comunicará por escrito al

director del centro quien dará traslado al instructor para que proceda al

archivo del expediente sancionador.

3. En caso de que la mediación finalice sin acuerdo entre las partes, o se

incumplan los acuerdos alcanzados, el mediador comunicará el hecho al

director para que actúe en consecuencia, según se trate de una conducta

contraria a las normas de convivencia, aplicando las medidas de

corrección que estime oportunas, o gravemente perjudicial para la

convivencia en el centro, dando continuidad al procedimiento sancionador

abierto, reanudándose el computo de plazos y la posibilidad de adopción

de medidas cautelares previstas en el artículo 51 de este Decreto. 4.

Cuando no se pueda llegar a un acuerdo, o no pueda llevarse a cabo una

vez alcanzado, por causas ajenas al alumno infractor o por negativa

expresa del alumno perjudicado, esta circunstancia deberá ser tenida en

cuenta como atenuante de la responsabilidad.

Page 58: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

58

5. El proceso de mediación debe finalizar con el cumplimiento de los

acuerdos alcanzados, en su caso, en el plazo máximo de diez días

lectivos, contados desde su inicio. Los periodos de vacaciones escolares

interrumpen el plazo.

b) Los procesos de acuerdo reeducativo.

1. El proceso de acuerdo reeducativo es una medida dirigida a gestionar

y solucionar los conflictos surgidos por la conducta o conductas

perturbadoras de un alumno, llevada a cabo mediante un acuerdo formal

y escrito, entre el centro, el alumno y sus padres o tutores legales, en el

caso de alumnos menores de edad, por el que todos ellos adoptan

libremente unos compromisos de actuación y las consecuencias que se

derivarán de su desarrollo.

2. Estos procesos tienen como principal objetivo cambiar las conductas

del alumno que perturben la convivencia en el centro y, en especial,

aquellas que por su reiteración dificulten su proceso educativo o el de sus

compañeros.

– Aspectos básicos.

1. Los procesos de acuerdo reeducativo se llevarán a cabo por iniciativa

de los profesores y estarán dirigidos a los alumnos, siendo imprescindible

para su correcta realización la implicación de los padres o tutores legales,

si se trata de menores de edad.

2. Los procesos de acuerdo reeducativo tienen carácter voluntario. Los

alumnos y los padres o tutores legales, en su caso, ejercitarán la opción

de aceptar o no la propuesta realizada por el centro para iniciar el

proceso. De todo ello se dejará constancia escrita en el centro. 3. Se

iniciarán formalmente con la presencia del alumno, de la madre y el padre

o de los tutores legales y de un profesor que coordinará el proceso y será

designado por el director del centro.

4. En el caso de que se acepte el inicio de un proceso de acuerdo

reeducativo como consecuencia de una conducta gravemente perjudicial

para la convivencia del centro se estará a lo dispuesto en el artículo

41.2.b). Si no se aceptara se aplicarán las medidas posteriores que

Page 59: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

59

correspondan, sin perjuicio, en su caso, de proceder conforme al artículo

34.3 de este Decreto.

5. El documento en el que consten los acuerdos reeducativos debe

incluir, al menos: a) La conducta que se espera de cada una de los

implicados. b) Las consecuencias que se derivan del cumplimiento o no

de los acuerdos pactados.

– Desarrollo y seguimiento.

1. Para supervisar el cumplimiento de los acuerdos adoptados los

centros podrán establecer las actuaciones que estimen oportunas, de

acuerdo con lo establecido en Decreto 51/07.

2. Se constituirán comisiones de observancia para dar por concluido el

proceso de acuerdo reeducativo o para analizar determinadas situaciones

que lo requieran. Dichas comisiones estarán formadas, al menos, por la

madre y el padre del alumno o, en su caso, sus tutores legales, el

profesor coordinador del acuerdo reeducativo, el tutor del alumno, en caso

de ser distinto del anterior, y el director del centro o persona en quien

delegue.

3. Si la comisión de observancia constatase el cumplimiento de lo

estipulado en el acuerdo reeducativo, en caso de haberse iniciado un

procedimiento sancionador el director del centro dará traslado al instructor

para que proceda al archivo del expediente disciplinario.

4. En caso de que la comisión de observancia determinase el

incumplimiento de lo estipulado en el acuerdo reeducativo, el director

actuará en consecuencia, según se trate de una conducta contraria a las

normas de convivencia, aplicando las medidas de corrección que estime

oportunas, o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro,

dando continuidad al procedimiento sancionador abierto, reanudándose el

computo de plazos y la posibilidad de adopción de medidas cautelares

previstas en el artículo 51 del Decreto 51/2007. Así mismo, podrá actuar

conforme a lo dispuesto el artículo 34.3 de dicho Decreto.

Page 60: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

60

5. Los acuerdos reeducativos se llevarán a cabo por periodos de 25 días

lectivos. Este periodo comenzará a contabilizarse desde la fecha de la

primera reunión presencial de las partes intervinientes en el acuerdo.

DILIGENCIA DE APROBACIÓN

D. JAVIER CELA RANILLA, Secretario del Colegio Rural Agrupado “Florida

del Duero”, CERTIFICA, con el Visto Bueno de la Directora del Colegio, que este

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO ha sido aprobado por unanimidad por el

Consejo Escolar del Colegio el día ----------------.

Castronuño, a ____________________

Vº Bº LA DIRECTORA EL SECRETARIO

Page 61: REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR 2012-2013

Reglamento de Régimen Interno CRA Florida del Duero Mayo 2013

61

Fdo. Clara Mª Palencia Ercilla Fdo. Javier Cela Ranilla