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PROTOCOLO DE ACOSO IES MIGUEL DELIBES 2016/17 REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR CURSO 2017-18

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PROTOCOLO DE ACOSO IES MIGUEL DELIBES 2016/17

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR

CURSO 2017-18

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INSTITUTO DE ENSEÑANZA

SECUNDARIA

MIGUEL DELIBES

Mejorada del Campo

Modificado junio 2017

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ÍNDICE

0. INTRODUCCIÓN ................................................................................................................... 5

1 . NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO ......................................................... 6

1.1. INTRODUCCÓN ............................................................................................................. 6

1.2. NORMAS DE CARÁCTER GENERAL ........................................................................ 6

1.3. USO DE ESPACIOS, INSTALACIONES Y MATERERIAL ...................................... 7

1.3.1. POR MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA ........................................ 7

1.3.2. POR PERSONAS AJENAS A LA COMUNIDAD EDUCATIVA ...................... 13

1.4. NORMAS DE AULA ..................................................................................................... 13

1.5. FALTAS DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD ........................................................... 17

A. FALTAS DE ASISTENCIA: JUSTIFICACIÓN Y SANCIÓN. ................................... 17

B. FALTAS DE PUNTUALIDAD: NORMAS YSANCIONES ...................................... 20

1.6. ENTRADAS Y SALIDAS DEL AULA ......................................................................... 21

1.7. EXPULSIÓN DE CLASE DE UN ALUMNO .............................................................. 22

1.8. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES O COMPLEMENTARIAS .......................... 23

Obligaciones por parte de los alumnos participantes ................................................. 23

Sanciones durante la realización de actividades extraescolares o complementarias

............................................................................................................................................. 24

Prohibición de participar en actividades extraescolares o complementarias ........ 24

Obligaciones por parte de los profesores que organizan una actividad extraescolar

o complementaria ............................................................................................................. 26

1.9. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO EN EL PERIODO DE RECREO .................. 27

1.10. ACTUACIÓN ANTE PROBLEMAS DE SALUD ..................................................... 30

A. ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS ............................................................. 30

B. URGENCIAS MÉDICAS ............................................................................................. 30

1.11. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA EL PROFESORADO ....................... 31

A. PROFESOR DE GUARDIA ...................................................................................... 31

B. PROFESOR DE GUARDIAS DE RECREO Y BIBLIOTECA ................................ 32

C. FALTAS DE ASISTENCIA DEL PROFESORADO ................................................ 32

2.- PLAN DE CONVIVENCIA ................................................................................................. 33

2.1. INTRODUCCIÓN .......................................................................................................... 33

2.2.-DEBERES DE LOS DISTINTOS COMPONENTES DE LA COMUNIDAD

EDUCATIVA .......................................................................................................................... 34

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2.3. TIPO DE FALTAS Y SU CORRECCIÓN DISCIPLINARIA .................................... 35

2.3.1. FALTAS LEVES ..................................................................................................... 35

2.3.1. FALTAS GRAVES ................................................................................................. 38

2.3.2. FALTAS MUY GRAVES ....................................................................................... 40

2.3.3. EXPEDIENTE DISCIPLINARIO: PROCEDIMIENTO ESPECIAL .................. 43

2.3.4.PRINCIPIOS Y VALORACIÓN DE LAS CORRECCIONES ............................ 44

2.4. PROTOCOLOS ............................................................................................................. 45

2.4.1. PROTOCOLO DE ABSENTISMO. ..................................................................... 45

ANEXO I ............................................................................................................................. 47

ANEXO II ........................................................................................................................... 48

ANEXO V ........................................................................................................................... 48

INFORME INDIVIDUALIZADO DE ABSENTISMO ESCOLAR ................................................... 49

2.4.2. PROTOCOLO DE MEDIACIÓN .......................................................................... 52

2.4.3. PROTOCOLO DE ACOSO .................................................................................. 75

3. PROTECCIÓN DE DATOS ................................................... ¡Error! Marcador no definido.

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0. INTRODUCCIÓN

El Reglamento de Régimen Interior (RRI) es un documento que forma parte del

Proyecto Educativo de Cetro y en el cual quedan recogidos aquellos aspectos

relativos a la convivencia y disciplina del Centro

La convivencia está basada, en primer lugar, en el Decreto 15/2007, de 19 de abril,

por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros

docentes de la comunidad de Madrid. Asimismo, el Centro cuenta con una

experiencia acumulada digna de tener en cuenta. Aunque se ha de dejar

constancia que en los últimos años han aparecido nuevos temas, como son la

mediación escolar, la intervención en la prevención y tratamiento de los casos de

maltrato entre iguales o la nueva realidad que supone la incorporación de un

número creciente de alumnado extranjero, los cuales obligan a una puesta al día

continua.

En tercer lugar, las señas de identidad del centro que se plasman en este Proyecto

Educativo han de ser la brújula y el horizonte que orienten la tarea de conseguir un

clima de trabajo, cooperación y respeto que favorezca la educación integral del

alumnado. Para conseguir esos objetivos es necesario que todos los miembros de

la comunidad escolar (profesorado, personal no docente, alumnado y familias)

conozcan las normas, y las acepten y respeten.

En definitiva, la finalidad de este documento es:

Favorecer un clima de convivencia en las actividades escolares que se

realicen dentro o fuera del recinto del instituto, y en cualquier actividad

escolar en que participe el mismo con independencia de que ésta se realice

fuera o dentro del recinto escolar o dentro o fuera del horario lectivo, como

requisito indispensable para la mejora de la calidad de la educación y para

impulsar la mejor formación integral de los alumnos y su acceso a estudios

superiores y a la vida laboral.

Promover que las actuaciones en el Centro favorezcan el adecuado clima de

respeto, así como de responsabilidad y esfuerzo en el aprendizaje mediante

el ejercicio efectivo de derechos y el cumplimiento de deberes.

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Establecer las medidas necesarias para el cumplimiento de la normativa

vigente en materia de convivencia, especialmente aquellas que

corresponden a leyes superiores y a los deberes del Centro para con los

alumnos y sus familias.

Adoptar las medidas oportunas para que exista un ambiente de paz y

seguridad en el instituto y en su entorno.

Desde este punto de vista es necesario enfocar la convivencia no sólo desde un

punto de vista sancionador (donde el castigo es el único tratamiento) sino

también desde la perspectiva relacional (donde se busca la responsabilidad y la

reparación de faltas) Ello debe estar acompañado de un enfoque preventivo que

evite la aparición e instauración de situaciones que dificulten la convivencia.

Para ello, el Centro cuenta desde el curso 2014-15 con un Plan de Mediación y

Tratamiento de Conflictos, así como un Protocolo para la Prevención e

Intervención en el Maltrato entre iguales y un Protocolo de Absentismo.

1 . NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO

1.1. INTRODUCCÓN

Existen unas normas básicas que tienen un carácter funcional o práctico que no

se derivan de derechos ni deberes. Este tipo de normas son de obligado

cumplimiento y serán de aplicación en cualquier actividad escolar realizada

dentro de los límites del recinto escolar o durante las actividades

complementarias y extraescolares que puedan ser realizadas fuera del Centro, y

hasta finalizar estas.

1.2. NORMAS DE CARÁCTER GENERAL

1. Las Normas del Centro son de obligado cumplimiento para todos los

alumnos del Centro tanto dentro como fuera del aula, y con independencia

de que la actividad en que éstos participen se realice dentro o fuera del

horario lectivo.

2. Los profesores tienen la responsabilidad de que se mantenga, dentro del

aula, el necesario clima de trabajo para que los alumnos estudien, trabajen y

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aprendan. Ello supone que el control del aula es competencia directa del

profesor.

3. Todo profesor que sea testigo de una infracción de las Normas de Conducta,

con independencia del lugar y del momento en que ésta se produzca, está

obligado a intervenir para intentar resolver la situación planteada.

4. En cualquier lugar o dependencia del Centro y en cualquier actividad que

éste lleve a cabo, tanto dentro del recinto escolar como fuera del mismo, los

alumnos respetarán a los profesores y la autoridad de éstos (lo cual implica

seguir sus instrucciones) respetarán a cuantas personas trabajan o se

encuentran en el Centro o en sus proximidades o en el entorno en que se

realiza la actividad, se respetarán entre ellos mismos y respetarán el

mobiliario y las instalaciones del lugar en que se desarrolle la actividad

escolar.

5. Los alumnos tendrán siempre, y en todo momento, un trato correcto con los

compañeros, no estando permitido, en ningún caso, el ejercicio de violencia

física o verbal. Ello supone, en otras cosas: no arrojarse objetos; no insultar;

no quitar o esconder algo a un compañero/a; no pelearse; no reírse, burlarse

o hacer el vacío a algún o algunos compañeros/as; defender al compañero/a

del que se habla mal se molesta.

1.3. USO DE ESPACIOS, INSTALACIONES Y MATERIAL

1.3.1. POR MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Artículo 1. Acceso al Centro.

1. Los alumnos deberán incorporarse a todas las actividades lectivas con

puntualidad, respetando el horario del Centro.

Artículo 2. Permanencia en el recinto del Centro.

1. Los alumnos deben permanecer durante la jornada lectiva dentro del recinto

del Centro.

2. Una vez comenzado cualquier período lectivo, será necesario que los

alumnos acrediten el retraso mediante un documento oficial para acceder al

aula.

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3. Si, una vez en el Centro, un alumno menor de 18 años debe ausentarse del

mismo por un motivo justificado, los padres, tutores o responsables

autorizados, deberán venir a recogerlo y firmar el escrito que le proporcionarán

en Conserjería, para que quede constancia de este hecho en Jefatura de

Estudios.

4. Los alumnos mayores de 18 años quedan exentos del apartado anterior.

Artículo 3. Tiempo de recreo

1. Los alumnos no podrán permanecer ni en el aula ni en ningún otro espacio

de planta baja, incluyendo las aulas específicas y el vestíbulo, ni en la

primera y segunda plantas durante los recreos, excepto si están acompaña-

dos por un/a profesor/a.

El personal del centro colaborará en el cumplimiento de esta norma, según

sean sus competencias o responsabilidades.

2. en ningún momento los alumnos podrán estar sentados en las escaleras de

acceso a plantas superiores.

3. El patio y la cafetería son los lugares donde los alumnos pueden estar

durante el recreo; y en la biblioteca, con el profesor responsable.

4. La Biblioteca es un sitio de lectura, estudio y trabajo por lo que los

alumnos/as que estén en ella deberán comportarse de acuerdo con la

función de ésta y sus normas.

El Profesor de Guardia de Biblioteca será el encargado de hacer cumplir las

normas y responsable de los alumnos de la Biblioteca.

Artículo 4. Consumo de alimentos y bebidas.

1. A los alumnos solo les está permitido el consumo de alimentos o bebidas

durante el período de recreo, en el patio y/o en la cafetería.

2. Los alumnos podrán beber agua durante los períodos lectivos según el criterio

del profesor.

Artículo 5. Dirección, Jefatura de Estudios, Sala de profesores/as y

Departamento de Orientación.

1. Podrán acceder a estos espacios todos los miembros de la comunidad

educativa, que cuenten con la autorización expresa de los responsables de los

mismos.

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2. Con carácter general, durante los periodos lectivos, los alumnos solo podrán

acceder a estos espacios previa citación del responsable de los mismos.

Artículo 6. Departamentos Didácticos: espacios y materiales.

1. El espacio físico de los Departamentos está destinado al uso de los

profesores miembros de dicho Departamento.

2. Si, debido a las necesidades del centro hubiese que dar otro uso a los

espacios, la Dirección informará previamente al Departamento implicado.

3. El material inventariado por un Departamento será utilizado por los

miembros del mismo y, con permiso del Jefe del Departamento, por el resto

de la comunidad educativa.

Artículo 7. Aula de Grupo.

1. El grupo de alumnos es el responsable directo del material didáctico y

mobiliario de su aula durante el año académico.

2. De producirse desperfectos o la desaparición de algún material todo el

grupo se hará responsable de su reparación o reposición salvo que se

conozca al autor o autores directos de los mismos, en cuyo caso, se

harán cargo de los costes por los daños causados.

3. El delegado/a del grupo u otro alumno/a responsable, elegido a principio

del curso, informará al tutor de la desaparición del material didáctico en

general, desperfectos, etc.

4. El alumnado es responsable de mantener el aula limpia y en orden.

5. Cuando los alumnos abandonen el aula, ésta deberá quedar cerrada por

el profesor.

Artículo 8. Aulas de Música, Plástica, Tecnología y Laboratorios.

1. Los Departamentos de Música, Educación Plástica y Visual, Tecnología,

Biología y Geología y Física y Química se encargarán, respectivamente,

de regular el uso de estos espacios.

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2. De existir normas de uso específicas de estas instalaciones, estarán visibles

en ellas y serán de obligado cumplimiento para todos los miembros de la

Comunidad Educativa.

Artículo 9. Aulas de Audiovisuales y de Informática.

1. Los Departamentos realizarán peticiones a Jefatura de Estudios para

solicitar el uso continuo de esta aula a lo largo de todo el curso académico,

para alguna asignatura o grupo concretos. Jefatura de Estudios adjudicará

dicha aula siempre que esto sea posible.

2. Para usos puntuales existirá un procedimiento de reserva en la Sala de

Profesores. En caso de coincidencia, se consultará en Jefatura de Estudios.

3. De existir normas de uso específicas de estos espacios, estarán visibles en

ellos y serán de obligado cumplimiento para todos los miembros de la

Comunidad Educativa.

Artículo 12. Gimnasio.

Estará destinado a:

a) Las actividades del Departamento de Educación Física.

b) Cuantas actividades organice el Centro, si no están siendo utilizadas por el

Departamento de Educación Física, previa autorización de Dirección,

Jefatura de Estudios o del propio Departamento de Educación Física,

siempre en presencia de un profesor responsable.

Artículo 13. Biblioteca.

Estará disponible:

a) Durante los recreos, siempre en presencia de un profesor responsable.

b) En aquellos períodos lectivos en los que haya un profesor responsable de la

misma, para los alumnos imposibilitados para realizar las actividades

prácticas de la asignatura de Educación Física y que tengan que realizar un

trabajo teórico sustitutorio y los de segundo curso de Bachillerato con

matrícula parcial podrán permanecer en ella.

c) En el horario lectivo para todos los profesores que deseen realizar una

actividad en la misma, de la cual se harán responsables, con el

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consentimiento del profesor/a de guardia de Biblioteca o de Jefatura de

Estudios.

d) De existir normas de uso específicas de este espacio, estarán visibles en él

y serán de obligado cumplimiento para todos los miembros de la

Comunidad Educativa.

Artículo 14. Patios, Porches y Pistas Deportivas.

Se destinarán a:

a. Actividades del Departamento de Educación Física.

b. Recreos.

c. Cuantas actividades organice el Centro, si no están siendo utilizadas por el

Departamento de Educación Física, previa autorización de Dirección o

Jefatura de Estudios.

d. Guardias por ausencia del profesor de Educación Física, si el profesor de

guardia así lo determina.

e. Guardias en situaciones excepcionales, siempre y cuando no estén siendo

utilizadas por el Departamento de Educación Física, previa autorización de

Dirección o Jefatura de Estudios.

Artículo 15. Secretaría.

Está a disposición de:

a) El personal del Centro.

b) Los alumnos, en el recreo y fuera del horario lectivo.

c) El resto de usuarios, en el horario de atención al público.

Artículo 16. Conserjería.

Es el lugar de trabajo de los conserjes, de entrega y recogida de llaves, fotocopias

(se recomienda encargar con 24 horas de antelación), documentos y materiales

docentes.

Artículo 17. Despacho del AMPA.

1. Este espacio es de uso exclusivo de los miembros del AMPA.

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2. Su utilización está sujeta a lo establecido en el Proyecto Educativo de

Centro.

Artículo 18. Pasillos.

1. Se consideran espacios de tránsito que facilitan el acceso a los miembros

de la Comunidad Educativa a las distintas instalaciones del Centro.

2. En ningún caso los alumnos permanecerán en los pasillos más del tiempo

necesario para efectuar los desplazamientos.

3. Los alumnos permanecerán en sus aulas en los intervalos entre clase y

clase siempre que no sea necesario un cambio de espacio para recibir las

enseñanzas.

4. Los alumnos, de forma colectiva, serán responsables de la limpieza de los

mismos, teniendo que contribuir individualmente a la misma.

5. En horario de clase para poder transitar por los pasillos deberá portar el

alumno una autorización del profesor correspondiente.

Artículo 19. Servicios.

Su uso está permitido:

a. Durante los recreos.

b. En los períodos lectivos, con autorización por escrito del profesor/a del aula.

Artículo 20. Cafetería.

Podrán acceder a este recinto:

a) El alumnado, durante los recreos. En horario lectivo, con permiso de

Dirección, Jefatura de Estudios o de un profesor.

b) El resto de la comunidad educativa.

Artículo 21. Parking.

Se autoriza su uso para el personal del Centro y/o cualquier personal

autorizado por el equipo directivo. Se autorizará su uso para:

a) La carga y descarga de suministros para el Centro.

b) El estacionamiento de vehículos de empresas o instituciones para prestar

sus servicios al Centro.

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1.3.2. POR PERSONAS AJENAS A LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Artículo 22. Acceso.

1. Podrán acceder a las instalaciones del Centro todas aquellas personas

ajenas a la comunidad educativa que cuenten con la autorización del

Equipo Directivo.

2. En el caso de que alguna persona acceda de forma no autorizada, la

Dirección podrá recurrir a las fuerzas del orden público para proceder a su

desalojo.

Artículo 23. Uso sistemático de las instalaciones del Centro.

El Director es el órgano competente para la determinación del uso de

espacios en el centro.

Artículo 24. Uso puntual de las instalaciones del Centro

1. Requerirá la autorización del Equipo Directivo.

2. Se exigirá, en todo caso:

a. Una persona adulta, docente y no docente, que se responsabilice del

uso.

b. Un adecuado comportamiento por parte de los usuarios.

c. La asunción por parte de los usuarios de los gastos derivados de

desperfectos, reposiciones y limpieza.

1.4. NORMAS DE AULA

1. Los alumnos deben asistir a todas las clases deben y ser puntuales en la

entrada a clase. Los alumnos impuntuales deben ser conscientes que

interrumpen el normal desarrollo de las clases en perjuicio del derecho a

la educación que sus compañeros tienen, y el derecho del profesor, que

en ese momento imparte clase, a llevar a cabo su tarea educativa. La

puntualidad se aplica también a cualquier acto programado por el Centro,

no sólo a las clases.

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2. Los alumnos esperarán a los profesores en el aula (no en los pasillos o

los vestíbulos), salvo cuando el aula esté cerrada porque vengan de otra

aula distinta (música, tecnología, Gimnasio, etc.)

3. Los alumnos no pueden permanecer sin motivo alguno en pasillos, patios,

cafetería y otras dependencias del Centro durante, o entre, las horas de

clase y en cualquier otro lugar no autorizado durante las horas de recreo

o destinadas a otras actividades. Entre clases, sólo podrán salir del aula

los alumnos que deban recibir la siguiente clase en otro lugar. El resto de

alumno, permanecerá en el aula. Cuando haya que desplazarse de un

aula a otra, se hará rápidamente, en orden y sin originar ruidos molestos.

4. El alumno para justificar sus faltas de asistencia presentará el justificante

escrito de sus padres o tutores en el momento o día de incorporación a

clase. Si se considerase que la falta no estuviera justificada la sanción

correspondiente será impuesta por el profesor, por el tutor o por el Jefe de

Estudios.

5. Los alumnos a la llegada del profesor al aula deben estar sentados y

sobre la mesa sólo deben estar los materiales necesarios para la

asignatura (no la mochila ni otras pertenencias ajenas a la asignatura).

6. En caso de que falte un profesor, se esperará dentro del aula la llegada

de un profesor de guardia. El delegado de curso deberá avisar en jefatura

de estudios o en dirección si no acude ningún profesor en un periodo de

tiempo razonable.

7. Los alumnos deben mantener una actitud correcta. No está permitido el

uso de gorras, viseras, móviles, aparatos de música y otros dispositivos

electrónicos o no, ni objetos que puedan distraer al propio alumno o a sus

compañeros o interrumpir al profesor. Los profesores podrán retirar hasta

la finalización de la jornada escolar los objetos, aparatos o dispositivos

mencionados. Podrán llevarlos a Secretaría donde se guardará metido en

un sobre con el nombre del alumno el cual lo podrá recoger cuando

finalice su jornada escolar. El procedimiento sancionador es el referido en

el Plan de Convivencia.

8. Los alumnos deben asistir a clase con prendas de vestir adecuadas,

excepto en caso de prescripción médica o autorización expresa del

profesor y el conocimiento de Jefatura de Estudios.

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9. No está permitido pintar en las mesas y paredes ni ensuciar el aula. La

clase debe estar limpia y ordenada en todo momento. La conservación en

buen estado del aula es responsabilidad del grupo de alumnos/as.

Cualquier desperfecto deben comunicarlo al tutor para que éste informe

de ello en Conserjería, o al Secretario del Centro, con el fin de que se

pueda reparar lo antes posible.

10. No está permitido realizar actos o acciones inapropiadas que dificulten el

aprendizaje y las relaciones personales y perjudiquen un clima adecuado

de trabajo y estudio. Por ello, el alumno procurará en todo momento

mostrar respeto hacia profesores y compañeros, respeto en relación al

trabajo que se realiza en el aula, y respecto a los materiales y espacios

comunes. Así pues , no está permitido :

Hablar con los compañeros durante el desarrollo de la clase, salvo

que el profesor haya autorizado a ello. En ese caso, no se podrá

hablar en un tono alto que dificulte la escucha;

Hacer ruidos extraños o impropios de la actividad que se

desarrolla;

Hacer comentarios vejatorios sobre la tarea encomendada o el

contenido del aprendizaje que se esté realizando en ese momento;

Comer, masticar chicle;

Tirar papeles u otros objetos al suelo o a los compañeros;

Cambiarse del sitio adjudicado por el Profesor, o levantarse sin

permiso;

Levantarse sin permiso y andar o correr por el aula.

Sentarse incorrectamente en las silla, o encima de la mesa;

Salir del aula sin permiso;

Cualquier otra acción, no enumerada anteriormente, que pueda ser

entendida como perturbación, por mal comportamiento, del normal

desarrollo de las clases.

11. Es necesario pedir permiso para hablar (levantando la mano), para

garantizar un orden de intervención que facilite la escucha. Respetar el

turno de palabra, manifiesta respeto y esfuerzo de cooperación para con

el resto de compañeros.

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12. Cuando el profesor explique el alumno debe atender, a pesar de que le

parezca poco interesante, por respeto al trabajo y a la persona del

profesor, al interés y derecho de los compañeros a la explicación y en

provecho propio.

13. Hay diferentes ritmos de trabajo: unos alumnos acaban rápidamente las

tareas y otros tardan más. Los que primero terminen deben respetar, en

silencio, el trabajo y la concentración de los demás. En el caso de

realización de pruebas o exámenes, los alumnos que terminen antes no

podrán abandonar el aula hasta que finalice el periodo lectivo, con la

única excepción de alumnos de 2º de Bachillerato a los que se les

permitirá ir a estudiar a la Biblioteca o abandonar el recinto escolar

cuando cursen asignaturas parciales o si la prueba tiene lugar durante el

último periodo lectivo de la jornada escolar.

14. Los profesores no deben dejar salir del aula a los alumnos hasta la

finalización de la clase, excepto cuando sancionen a un alumno con una

expulsión de clase. En este caso, el profesor y el alumno expulsado

deberán seguir las normas sobre expulsión del aula, en cualquier caso,

todo ello se hará por escrito con un permiso del profesor.

15. Los alumnos tienen la obligación de hacer los trabajos que los Profesores

les manden para ser realizados fuera del horario de clase. Los ejercicios

y trabajos encomendados deberán ser entregados a su debido tiempo.

Asimismo, los alumnos deberán traer todo el material necesario para la

clase.

16. Cada alumno debe realizar sus propios ejercicios y exámenes sin copiar

los de sus compañeros, aunque si podrá pedir ayuda para las tareas de

casa y de clase (salvo en los exámenes) Los ejercicios deben presentarse

de forma cuidada y limpia y con las debidas correcciones (señaladas

previamente por el profesor) resueltas.

17. En los niveles y materias en donde exista el Cuaderno del Alumno, los

alumnos tienen el deber de traerlo todos los días y presentarlo a los

profesores siempre que lo soliciten. Existen unas normas para la

realización de los cuadernos que deben ser seguidas por los alumnos

cuando el profesor de la materia así lo requiera.

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18. El profesor tiene la responsabilidad de la organización de la clase, aunque

al alumno no le guste o apetezca. Siempre se debe respetar su autoridad.

Es algo incuestionable cuando el profesor actúa u ordena algo dentro del

marco de sus competencias laborales.

19. El alumno está obligado a cumplir las correcciones determinadas por el

profesor derivadas del incumplimiento de las normas.

1.5. FALTAS DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

A. FALTAS DE ASISTENCIA: JUSTIFICACIÓN Y SANCIÓN.

Normas Generales

1. Es un objetivo del Centro combatir y disminuir el absentismo escolar.

2. La asistencia a clase es una obligación de todos los alumnos.

3. Según el procedimiento establecido por el Centro, los padres o tutores de

los alumnos, cuando éstos son menores de edad o mayores de edad pero

dependientes de los padres, deberán justificar a los profesores la causa

de las faltas de sus hijos.

4. Se considerará falta injustificada toda falta que no haya sido justificada en

tiempo y forma, o cuando la naturaleza de la misma no sea adecuada,

según el procedimiento establecido por el Centro.

5. Cuando sea detectado el hecho de que un alumno falte a clase de forma

reiterada y justificada por su familia se investigará para determinar la

veracidad de tales justificantes. Si de la actitud de los padres, tutores o

representantes legales se desprende una permisividad que intenta

justificar lo injustificable, se iniciará el protocolo de absentismo (parte de

este reglamento) por parte del tutor, con conocimiento del/la PTSC y del

Jefe de Estudios. Si persistiesen las faltas de los alumnos sin causa

justificada el Director del Centro informará de tales circunstancias a las

autoridades competentes en materia de absentismo.

6. En el caso de huelga autorizada, los alumnos que puedan realizarla, tal y

como marca la ley solo desde 3º ESO en adelante, deberán de informar

por escrito, de quién hace la huelga, a Jefatura de Estudios y traer

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posteriormente un nota de los padres como que están conformes con la

decisión del hijo.

Procedimiento para la Justificación de Faltas de Asistencia

1. Los padres cumplimentarán y firmarán la solicitud de justificación de faltas

(una solicitud por cada día de ausencia) siempre que consideren que sus

hijos (menores de edad o mayores de edad pero dependientes de ellos)

hayan faltado al Centro de forma justificada. El modelo de solicitud se

encuentra en la o en conserjería del Alumno, en los niveles donde no hay

Agenda bastará con una nota escrita de la familia. Los padres informan

de la ausencia de su hijo pero no justifican la misma.

2. Los alumnos mostrarán la justificación de faltas a cada uno de los

profesores de las asignaturas a las que faltó a clase para que éstos

valoren si justifican la falta.

Si los profesores no justifican la falta, comunicarán tal decisión al

tutor/a.

No se justificarán las faltas de los alumnos que no estén firmadas

por los padres.

El profesor deberá introducir dichas faltas en el sistema informático,

WAFD, como muy tarde lo hará al final de la semana.

Sanciones por Faltas de Asistencia

1. Toda falta injustificada de asistencia a una determinada asignatura podrá ser

corregida por el Profesor de la asignatura, por el Tutor o por el Jefe de

Estudios con las siguientes sanciones:

a) La privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar.

b) Permanencia en el Centro después del fin de la jornada escolar.

c) Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las

actividades del Centro o dirigidas a mejorar el entorno ambiental del

mismo.

2. La reiteración de faltas de asistencia en una cierta asignatura podrá ser

corregida por el Jefe de Estudios con las siguientes sanciones:

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a) Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o

complementarias del Centro por un período máximo de un mes (que

podrá ser cualquiera de los 6 meses siguientes a la fecha en que la

sanción es comunicada al interesado)

b) La pérdida del derecho del alumno a la aplicación de los criterios

normales de evaluación y de evaluación continua previstos en una

cierta asignatura cuando, en un mismo curso escolar, el alumno

acumule un número de faltas injustificadas equivalente a 3 veces de las

horas semanales de una materia por evaluación. Por ejemplo, si una

materia tiene 2 horas semanales, serían de 6 horas o si tiene 3 sería 9.

3. La reiteración de faltas de asistencia en el total de las asignaturas podrá

ser corregida por el Jefe de Estudios (letras “a” y “d”) o por el Director

(letras “a”, “b”, y “d”) con las siguientes sanciones:

Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o

complementarias del Centro por un período máximo de un mes (que

podrá ser cualquiera de los 6 meses siguientes a la fecha en que la

sanción es comunicada al interesado) cuando el alumno acumule 20

faltas injustificadas en un mismo trimestre y en el total de las

asignaturas. (letra “a”)

Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o

complementarias del Centro por un período máximo de tres meses

(que podrán ser cualesquiera de los 12 meses siguientes a la fecha en

que la sanción es comunicada al interesado siempre que los meses de

sanción sean consecutivos) cuando el alumno acumule 30 faltas

injustificadas en un mismo trimestre y en el total de las asignaturas.

(letra “b”)

La pérdida del derecho del alumno a la aplicación de los criterios

normales de evaluación y de evaluación continua previstos en todas las

asignaturas cuando, en un mismo curso escolar, el alumno acumule

140 faltas injustificadas en el total de las asignaturas.

4. Los alumnos que hayan sido sancionados con la pérdida del derecho a la

aplicación de los criterios normales de evaluación y de evaluación

continua en una o en todas las asignaturas serán evaluados y calificados

en las asignaturas correspondientes a partir de la realización de una

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prueba final y/o realización de trabajos propuestos, de acuerdo a la

naturaleza de la materia y lo establecido en las programaciones de cada

Departamento. La prueba para los alumnos de 2º de Bachillerato será en

mayo y para el resto en junio, no pudiendo realizar ningún otro examen

hasta septiembre.

5. Los padres o tutores legales de los alumnos serán informados por escrito

de las sanciones aplicadas por el Jefe de Estudios o el Director.

B. FALTAS DE PUNTUALIDAD: NORMAS YSANCIONES

Normas Generales

1. Es una obligación de los alumnos la puntualidad a clase y a todos los

actos programados por el Centro con independencia de que éstos se

realicen dentro o fuera del horario lectivo.

2. Los alumnos deben ser conscientes de que la impuntualidad de uno

afecta al resto, de forma especial cuando hay que cumplir un horario.

Cuando se producen una vez comenzada la clase interrumpe las

explicaciones del profesor y altera el ritmo de la misma

Sanciones por falta de puntualidad

1. Los profesores siempre dejarán entrar en clase a los alumnos impuntuales,

pedirán explicaciones de las causas o razones de la impuntualidad,

anotarán los retrasos de los alumnos y adoptarán la medida que crean más

oportuna dependiendo de las circunstancias del momento y de la

reiteración del alumno. Posibles medidas que pueden adoptarse son:

Avisar al alumno de que adoptarán una medida sancionadora la

próxima vez que el alumno sea impuntual.

Privación del tiempo del recreo.

Notificación de incidencia para la familia.

Sancionar al alumno según el procedimiento establecido en el punto 4

(letras: b) y c) del apartado 2.2.

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2. En todo caso, si el alumno es reincidente se debe poner en conocimiento

del tutor o tutora del grupo, para que éste proceda como crea conveniente.

3. A primera hora de la mañana, los alumnos que se retrasen en exceso

permanecerán en el vestíbulo de entrada, enfrente de conserjería, hasta

que suene el timbre para el segundo periodo lectivo. En alguno de estos

casos más graves, Jefatura o Dirección intervendrán, hablando con el

alumno en el despacho y/o se pondrán en contacto con las familias para

informarles de la conducta de su hijo/a, sus repercusiones en la vida del

Centro y, en su caso, las sanciones que se van a aplicar. El auxiliar de

control anotará a los alumnos que se retrasen en una hoja de control diaria

que entregará en Jefatura para su registro y, si procede, tome las medidas

disciplinarias adecuadas

1.6. ENTRADAS Y SALIDAS DEL AULA

Los alumnos tienen la obligación de llegar puntualmente a clase. Si los

alumnos LLEGAN TARDE se notificará en el parte diario de asistencia y a

través de WAFD.

Los alumnos permanecerán en el aula hasta la llegada del profesor o del

profesor de guardia; si éstos se retrasan, sólo el Delegado, y en su ausencia

el Subdelegado, pasarán a informar de tal circunstancia, al jefe de Estudios o

miembro del Equipo Directivo, que en ese momento se encuentre disponible.

Los alumnos no podrán permanecer en los pasillos entre clase y clase, salvo

que tengan que realizar un cambio de aula o hayan sido autorizados por el

profesor.

La salida al w.c. se realizará previa autorización por escrito del profesor en el

documento correspondiente dentro del período lectivo y NUNCA en los 5 min

de intercambio (donde el alumno no puede salir al pasillo). Se evitará

permitir la salida al w.c. a numerosos alumnos en el mismo período lectivo.

Al hacer una prueba o examen, los alumnos deberán permanecer en el aula

aunque hayan terminado de realizarla, con el fin de evitar las molestias que

puedan ocasionar a otras clases.

Los alumnos de 1º de Bachillerato sólo pueden salir del centro en los

recreos.

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No se pueden hacer cambios de horas de clase, sin previo permiso de

Jefatura de Estudios o Dirección.

Cada profesor del centro tendrá una llave para abrir y cerrar las aulas que le

correspondan, solicitándolas, los profesores nuevos, en Conserjería.

Las aulas permanecerán cerradas con llave salvo las horas de clase. El

responsable de abrir y cerrar el aula será el profesor que imparte clase en

ese período lectivo; de forma que el aula quede cerrada, con las luces

apagadas y en debido orden, cuando el grupo abandone el aula para dar

clase en otra aula diferente o para salir al recreo o la última hora del grupo.

(El profesor será el último en salir del aula).

Los delegados de cada grupo informarán del estado y los desperfectos del

aula al Secretario del centro.

Al comenzar los recreos, los alumnos deben abandonar aulas y pasillos,

siendo el profesor que impartió clase antes de dicho recreo el último en

abandonar el aula, dejando cerrada la misma.

Los alumnos que tengan clase en un aula específica a 3º hora se quedarán

con la mochila en el recreo, salvo que algún profesor le abra el aula.

1.7. EXPULSIÓN DE CLASE DE UN ALUMNO 1. El alumno expulsado comparecerá inmediatamente en Jefatura de Estudios

o Dirección, con una notificación de expulsión cumplimentada por su

profesor/a. En la notificación es imprescindible que figure el trabajo que debe

realizar el alumno expulsado.

2. El Jefe de Estudios o el Director una vez leída la notificación, la archivará en

Jefatura.

3. El alumno irá después al Aula de Estudio acompañado por un profesor de

Guardia, o por el Jefe de Estudios si todos los profesores de Guardia

estuviesen ocupados.

En el Aula de Estudio habrá un profesor de Guardia que rellenará, o mandará

rellenar al alumno bajo su supervisión, una hoja de control donde dejará

constancia de la fecha, hora, grupo y nombre del alumno.

Uno de los profesores de Guardia de cada periodo lectivo, por turno, deberá

permanecer en el Aula de Estudio.

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El orden de turno para ocuparse del aula de Estudio lo establecerán de común

acuerdo los profesores de Guardia que comparten un mismo periodo lectivo, de

no llegarse a un acuerdo será el Equipo Directivo quien decida esta cuestión.

En principio, podrá ser sancionado a ir al aula de Estudio cualquier alumno de

1º, 2º, 3º o 4º de ESO que cometa una falta leve o grave durante el desarrollo de

una clase.

La sanción que debe acompañar a la expulsión de un alumno cuando es

reiterada: “La segunda expulsión en una semana implicará una sanción de 7ª

hora, y la 3ª expulsión en 15 días implicará la expulsión del Centro 1 día”.

1.8. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES O COMPLEMENTARIAS

Obligaciones por parte de los alumnos participantes

1. Los alumnos deben cumplir todas las normas de conducta y de

convivencia del Centro mientras participan en actividades extraescolares

o complementarias.

2. Se consideran obligaciones de los alumnos relacionadas con las

actividades:

Con independencia del lugar en que se encuentren, mantener una

actitud, un comportamiento y una educación dignos de elogio.

Respetar a los profesores y monitores acompañantes, a sus

compañeros y a cuantas personas tengan relación directa o indirecta

con la actividad.

Respetar las instalaciones, los materiales y los bienes utilizados en la

actividad. Los gastos ocasionados por daños y desperfectos

causados por los alumnos de forma intencionada o por negligencia

serán sufragados por los alumnos causantes de los mismos o por sus

padres o tutores legales.

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Están obligados a informarse de los horarios establecidos o que se

establezcan durante la realización de la actividad y a cumplirlos

rigurosamente.

Las normas establecidas por los profesores y monitores responsables

de la actividad.

No se podrá consumir bebidas alcohólicas, sustancias

estupefacientes ni fumar.

El incumplimiento de las obligaciones durante la realización de actividades

extraescolares o complementarias se considerará falta grave o muy grave con la

circunstancia agravante de que tal incumplimiento deteriora y daña la imagen del

Centro porque el alumno representa públicamente al Centro cuando participa en

una actividad del mismo.

Sanciones durante la realización de actividades extraescolares o

complementarias

1. El Profesor responsable de la actividad podrá imponer, dependiendo de la

gravedad de los hechos, la sanción que crea más oportuna de entre las

previstas en el presente Plan de Convivencia, sin perjuicio de la que

pueda imponerse por el Jefe de Estudios o el Director. Si el caso lo

requiere, siempre y cuando guarde relación con el punto siguiente, el

profesor cumplimentará una notificación de amonestación que entregará

en Jefatura de Estudios en cuanto le sea posible.

2. Cuando las actividades se realizan fuera del Centro, el alumno podrá ser

sancionado con la expulsión de la actividad. En tal caso, el Profesor

responsable se pondrá en contacto con los padres o tutores legales del

alumno para estudiar la forma más apropiada de que el alumno regrese a

casa, sin que el desarrollo de la actividad se vea afectado, siendo a cargo

de los padres o tutores legales todos los gastos derivados de tal situación.

Prohibición de participar en actividades extraescolares o complementarias

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1. Con carácter general, los alumnos expedientados no podrán participar en las

actividades complementarias y extraescolares que realice el Centro. Un

Departamento concreto que organice una actividad podrá decidir, por razones

justificadas, incluir en la misma a algún alumno expedientado. Para lo cual

habrá de justificar y solicitar por escrito la autorización a la Comisión de

Convivencia.

2. Los alumnos que deban asistir a clase antes del comienzo de una actividad

complementaria o extraescolar y no lo hagan, no podrán asistir a dicha

actividad; en ese caso permanecerán en el Centro durante la jornada escolar,

realizando las tareas encomendadas por los profesores que vayan teniendo.

3. Los alumnos podrán ser sancionados por el Jefe de Estudios con la

prohibición temporal de participar en las actividades extraescolares o

complementarias por un período máximo de un mes (que podrá ser cualquiera

de los 6 meses siguientes a la fecha en que la sanción es comunicada al

interesado) por la comisión de una falta grave.

4. Los alumnos podrán ser sancionados por el Director con la prohibición

temporal de participar en las actividades extraescolares o complementarias

por un período máximo de tres meses (que podrán ser cualesquiera de los 12

meses siguientes a la fecha en que la sanción es comunicada al interesado

siempre que los meses de sanción sean consecutivos) por la comisión de una

falta muy grave.

5. Se comunicará por escrito la sanción impuesta a los padres o representante

legal del alumno/a.

6. Obligatoriedad de asistir: el alumno debe asistir a todas las actividades

programadas por cualquier departamento ya que son parte de la asignatura.

Solo podrá faltar por causas muy justificadas.

7. Un alumno que acumule tres partes de amonestación en cualquier asignatura

a lo largo del curso escolar (o su equivalencia en expulsiones de clase), podrá

ser sancionado automáticamente sin actividades extraescolares y no será

parte del porcentaje necesario para aprobar una actividad. Aun así, estos

alumnos podrán participar de la actividad siempre que el profesor responsable

de la actividad así lo decida y lo considere oportuno.

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8. Si un alumno falta el día de la actividad extraescolar, tan sólo se le devolverá

el dinero cuando sea por una causa muy justificada de enfermedad u otro

motivo muy justificado. Si la actividad se ha tenido que pagar antes de su

realización, el alumno sólo podrá recuperar la parte correspondiente al

transporte siempre y cuando no afecte al resto de sus compañeros, es decir,

que su parte no se tenga que repartir entre los demás. Si un alumno es

castigado por jefatura de estudios sin la realización de una actividad

extraescolar y ésta ya ha sido pagada por el alumno, el centro le devolverá el

dinero.

9. El profesor que realiza la actividad extraescolar, podrá proponer a un alumno

una actividad alternativa a la misma; si su comportamiento durante el curso en

dicha asignatura no ha sido el adecuado para demostrar una correcta

participación en la misma.

Obligaciones por parte de los profesores que organizan una actividad

extraescolar o complementaria

1. El profesor que organiza una actividad debe comunicarlo al dpto. de

extraescolares mediante el documento diseñado, En este documento

debe recogerse la información que se pide y presentarlo con una

antelación mínima de quince días al día de la actividad. El dpto. de

extraescolares se encargará de presentar dicho documento en jefatura y

comunicar al profesor que organiza la actividad que ha sido aprobada.

2. El departamento de extraescolares se encargará de reservar el autobús

para lo que se necesita el número de alumnos lo más aproximado posible.

3. El profesor que organiza la actividad se encargará de repartir las

autorizaciones a sus alumnos y de recoger el dinero. Una vez recogido el

dinero del transporte, se lo dará al departamento de extraescolares.

4. El departamento de extraescolares se encargará de poner el cartel en la

puerta de la sala de profesores para que todos los profesores tengan

conocimiento de las actividades extraescolares.

5. Cuando una actividad incluya pernoctar a menos una noche, el profesor

que organiza la actividad tendrá que enviar a los padres un comunicado

explicando los detalles de la actividad y dar los datos del lugar donde se

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pasará la noche, el régimen de comidas y cualquier otra información

relevante.

6. Se necesita un mínimo de asistencia del 75% de los alumnos del grupo

para que una actividad sea realizada. Este porcentaje puede variar en

alguna ocasión extraordinaria como por ejemplo el viaje de fin de curso de

4º ESO.

1.9. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO EN EL PERIODO DE RECREO

NORMA

ACCIÓN

1. Los alumnos/as no podrán permanecer

durante los recreos en el aula ni en ninguna

dependencia de la Primera o Segunda Planta,

excepto si están con un profesor o profesora.

Los auxiliares de control o cualquier persona

del centro, trascurridos los diez primeros

minutos del comienzo del recreo y en mitad del

mismo y expulsarán al recreo a todo aquel que

encuentren; en la segunda vuelta comunicarán

en Jefatura de Estudios el nombre de los

alumnos o alumnas que encuentren.

En el caso de que los alumnos estén con un

profesor o profesora, éste será responsable de

los mismos en todo momento; por ello, los

alumnos habrán de permanecer todo el tiempo

con él o ella, lo cual supone que para

abandonar el aula u otra dependencia en la

que se encuentren irán con el profesor o

profesora.

2. Los alumnos/as no podrán permanecer

durante los recreos en el vestíbulo de la

entrada principal.

Los profesores de guardia o cualquier persona

del centro expulsarán del vestíbulo a los

alumnos/as que permanezcan en él.

En el caso de que haya alguna actividad

autorizada por la dirección (por ejemplo, punto

informativo de la Concejalía de la Juventud),

los profesores de guardia permitirán en el

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vestíbulo sólo a aquellos alumnos que estén

en la actividad. En ningún momento podrá

haber alumnos sentados en las escaleras.

3. Los lugares donde los alumnos pueden

estar durante el recreo son: el patio, la

cafetería y la biblioteca.

La Dirección podrá autorizar el uso de alguna

otra dependencia si se considera necesario en

algún momento.

4. La biblioteca es un sitio de lectura, estudio y

trabajo por lo que los alumnos/as que estén en

ella deberán comportarse de acuerdo con la

función de ésta y sus normas.

El profesor de guardia de biblioteca será el

encargado de que ello se cumpla.

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5. Las puertas de las aulas quedarán cerradas

una vez que todos los alumnos/alumnas hayan

bajado al recreo.

El profesor es el responsable de dejar cerrado

el aula en el recreo y al final de la jornada

lectiva o siempre que lo abandonen los

alumnos para ir a otra aula. Se asegurará que

no ha quedado ningún alumno en el interior de

la misma.

6. Lugares que requieren de una vigilancia

especial son: el vestíbulo de entrada, los

pasillos y baños enfrente de conserjería, y el

perímetro interno del recinto.

Los profesores de Guardia vigilarán

especialmente esos lugares durante el periodo

de recreo.

7. No se puede comer en el interior de las

aulas ni cualquier otra dependencia del centro,

salvo en la cafetería y el patio.

En la primera ocasión, el profesor de Guardia

avisará al alumno o alumna, pero si fuera

reiterativo, se comunicará a Jefatura de

Estudios.

8. Los alumnos/as deben permanecer durante

la jornada escolar dentro del recinto del centro,

lo cual incluye el recreo, sólo el alumnado de

Bachillerato podrá abandonar el centro.

Los auxiliares de control, con un profesor de

guardia, al comienzo del recreo se ocupará de

que los alumnos de Bachillerato que lo deseen

puedan salir del centro durante el recreo; pero

para ello deberán hacerlo los primeros diez

minutos y no podrán regresar hasta cinco

minutos antes de que finalice el recreo. Para

ello dispondrán de un carné

9. Ninguna persona no matriculada en el centro

o ajena a la comunidad escolar, podrá entrar

en el mismo sin el permiso de la Dirección.

El personal de control vigilará esto e

informarán a la Dirección sobre cualquier

incidencia que pudiera ocurrir. En el caso de

que la persona o personas ajena al centro se

niegue a abandonar el mismo, la Dirección

recurrirá a la Policía Local o a la Guardia Civil

para que la desaloje.

10. Es imprescindible la puntualidad al

comienzo de todas las clases, incluido el

tiempo después del recreo.

El timbre que indica el final del recreo sonará

tres minutos antes para que alumnos y

profesores puedan irse preparando para el

reinicio de las clases.

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1.10. ACTUACIÓN ANTE PROBLEMAS DE SALUD

A. ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS

No se administrará ningún tipo de medicación.

En casos excepcionales estrictamente necesarios, se administrará sólo siempre

bajo prescripción médica indicando fecha, hora y modo de administración. Para

que ello se produzca, debe constar, por escrito, que los padres son los

responsables de controlar el estado de la medicación, su dosificación y su

caducidad, eximiendo a cualquier miembro del personal del Centro que se vea

en la necesidad de administrarla de cualquier responsabilidad, dado que no es

especialista en dicha actividad.

Respecto a la administración de otros medicamentos estrictamente necesarios,

se establece la posibilidad de que puedan ser administrados por los padres u

otras personas en quien deleguen, fehacientemente autorizadas, dentro del

horario de permanencia del alumno en el centro, si es imprescindible y con

informe médico que indique dicha circunstancia.

No se facilitará tampoco ningún medicamento en caso de una necesidad

“puntual”, por ejemplo, si a un alumno le duele la cabeza, en ningún caso se

facilitará ningún medicamento. Si el alumno requiere medicación deberá traerla

de casa, y en la Agenda del alumno o en el documento que proceda la familia

deberá dejar constancia por escrito del tipo de medicación y cuándo debe

tomarla. Si el alumno debe ausentarse del aula durante una clase para tomar

medicación, el profesorado sólo lo autorizará con un permiso por escrito si en la

agenda del alumno o en el documento que proceda, la familia ha dejado

constancia por escrito de esa necesidad.

B. URGENCIAS MÉDICAS

Si un alumno o alumna está enfermo y necesita ausentarse del centro, o sufriese

algún accidente, se contactará en primer lugar e inmediatamente con su familia,

de manera que ésta sea quien se encargue de los cuidados que su hijo/a

requiera. Para ello, deberán venir a recogerlo al Centro y firmar un documento

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que le darán en Conserjería, que firmará también el jefe de estudios o el

profesor de guardia, para que quede constancia que se llevan al alumno del

centro. Si no pudiese acudir al Centro ningún familiar adulto o responsable

autorizado, el alumno permanecerá en el centro, si su indisposición no es grave.

Si surge la necesidad de tener que trasladar a un alumno al Centro de Salud, no

se realizará en los vehículos de los profesores, se llamará a la Policía Local que

deberá ir acompañado por un profesor de guardia para el traslado. Sólo en el

caso en que la Policía Local no pueda realizar el servicio o en un caso de

emergencia extrema, se procederá a trasladar al alumno o alumna en el vehículo

propio (se llamará al 112).

1.11. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA EL PROFESORADO

A. PROFESOR DE GUARDIA

A los profesores de guardia les “corresponde atender a los grupos de alumnos

que se encuentren sin profesor por cualquier circunstancia”, por lo que será

necesario realizar una revisión de la situación en cada hora. Lo anterior implica

que el profesor de guardia debe recorrer todas las instalaciones del Instituto.

El profesorado de guardia empezará su tarea inmediatamente después de que

suene el timbre, a la mayor brevedad posible, poniendo especial cuidado en

vigilar que los alumnos esperen a su profesor dentro del aula y no en el pasillo.

Posteriormente irá a las clases donde tenga que sustituir a algún profesor o

estará disponible en la Sala de Profesores para atender a los alumnos

expulsados.

Si los profesores ausentes son más que los de guardia, los alumnos serán

atendidos por el profesor que tenga hora de apoyo a la guardia y/o de

biblioteca. Los otros grupos permanecerán en el aula con los profesores de

guardia.

El profesor de guardia pasará lista en aquellos grupos que se encuentren sin

profesor y anotará las ausencias de alumnos en el Parte de Faltas del grupo.

Las listas de cada grupo, su horario y los nombres de profesores y tutores se

encontrarán en la carpeta denominada “GUARDIAS”, situada en la sala de

profesores.

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Tras terminar su periodo de guardia, el profesor firmará y anotará en el parte

correspondiente las ausencias de profesores o cualquier otra incidencia que se

haya producido en su guardia.

El resto de los profesores deberá asumir el mantenimiento del orden en los

pasillos y durante los cambios de clase y hacer respetar las normas

establecidas en este Reglamento.

B. PROFESOR DE GUARDIAS DE RECREO Y BIBLIOTECA

El profesor al principio de curso podrá solicitar, de forma voluntaria, la guardia

de recreo.

Las funciones de los profesores serán:

a) Controlar que los alumnos no estén por los pasillos del centro.

b) Vigilar el hall de entrada para que los alumnos no se acumulen en la

zona.

c) Asegurar que el recreo se desarrolle acorde a las normas de

convivencia.

El profesor de guardia de Biblioteca, en el recreo, se asegurará del buen

funcionamiento de la misma durante este periodo.

C. FALTAS DE ASISTENCIA DEL PROFESORADO

Si se prevé la ausencia, ésta debe comunicarse al Jefe de Estudios con

tiempo suficiente para reorganizar la actividad académica, debiendo

dejarse preparados los trabajos oportunos para los alumnos. Deberá

solicitarse el permiso correspondiente si fuese el caso.

Si la ausencia no estaba prevista, se debe llamar a Jefatura de Estudios

(Telf. 916680143) para comunicar la ausencia y retraso y la duración

prevista, si fuese posible.

El día de la incorporación tras la ausencia, se ha de rellenar el justificante

de falta correspondiente, al que han de acompañarse los documentos

oportunos, en su caso, para acreditar la ausencia. El modelo de

justificante de faltas se encuentra en la Sala de Profesores o en Jefatura

de Estudios.

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2.- PLAN DE CONVIVENCIA

2.1. INTRODUCCIÓN

Según se regula en el DECRETO 15/2007, de 19 de abril, por el que se

establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la

Comunidad de Madrid, en su Capítulo I dentro de las Disposiciones generales,

Artículo 2.2 “deberán formar parte del Plan de Convivencia el conjunto de

Normas de Conducta que sean de obligado cumplimiento, tanto dentro como

fuera de las aulas, para que reine en el centro un buen clima de convivencia”. En

su artículo 3.3 señala que “las Normas de Conducta responderán a la necesidad

de mantener, tanto dentro de las aulas como en el resto del recinto escolar, un

clima adecuado a la tarea formativa propia del centro”. Finalmente, en el artículo

3.4 aparece que “Será el propio centro escolar quien, en el ejercicio de la

autonomía que le confiere la Ley vigente y de acuerdo con las características de

su alumnado, establezca sus Normas de Conducta propias”.

En virtud de lo anteriormente expuesto es por lo que se procede a establecer las

faltas que infringen las normas de convivencia, en su distinta naturaleza (leve,

grave y muy grave), y que figuran en el presente Reglamento de Régimen

Interior.

La interpretación de las faltas tendrá que tener en cuenta los derechos de los

alumnos, que aparecen reflejados en el Real Decreto 732/1995 de 5 de mayo,

por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de

convivencia de los centros y que se concretan en los siguientes principios:

Igualdad de derechos básicos de los alumnos sin más distinción que la

derivada de su edad y de las enseñanzas que cursan.

Desarrollo de iniciativas que eviten la discriminación, de cualquier

naturaleza.

Planes de acción positiva que garantice la plena integración de todos los

alumnos del centro.

Derecho a que la actividad académica se desarrolle en las debidas

condiciones de seguridad e higiene.

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Tienen derecho a que se respete su libertad de conciencia, convicciones

religiosas, morales o ideológicas, así como su intimidad, en lo que

respecta a tales creencias o convicciones.

Todos los alumnos tienen derecho a que se respete su integridad física y

moral y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de

tratos vejatorios o degradantes.

Guardar reserva sobre la información de que se disponga acerca de las

circunstancias personales y familiares del alumno.

Los alumnos tienen derecho a la libertad de expresión sin perjuicio de los

derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el respeto

que merecen las instituciones de acuerdo con los principios y derechos

constitucionales.

Los alumnos tienen derecho a manifestar su discrepancia, de forma

educada, respecto a las decisiones educativas que les afecten. Si es

colectiva se materializará mediante su representante.

Los alumnos tienen derecho a utilizar las instalaciones del centro con las

limitaciones derivadas de la programación de las actividades escolares y

extraescolares y con las precauciones necesarias en relación con la

seguridad de las personas, la adecuada conservación de los recursos y el

correcto destino de los mismos.

Cuando no se respeten los derechos de los alumnos, o cuando cualquier

miembro de la comunidad educativa impida el efectivo ejercicio de dichos

derechos, el órgano competente del centro adoptará las medidas que procedan

conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, previa audiencia de los

interesados y consulta, en su caso, al Consejo Escolar del centro.

2.2.-DEBERES DE LOS DISTINTOS COMPONENTES DE LA COMUNIDAD

EDUCATIVA

1. Todos los sectores de la comunidad educativa del IES Miguel Delibes

deben aceptar las normas de convivencia del presente Plan,

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comprometerse a respetarlas e involucrarse en la consecución de los

objetivos expuestos en la Introducción.

2. Los alumnos deben aprender que el respeto a las leyes e instituciones es la

base de nuestra convivencia democrática. En consecuencia, es esencial y

prioritario que respeten las normas de convivencia y de comportamiento del

Centro, que respeten a sus profesores, que respeten a cuantas personas

trabajan o se encuentran en el Centro o en sus proximidades, que se

respeten entre ellos mismos, y que respeten el mobiliario y las

instalaciones del Centro.

3. Los padres o tutores legales de los alumnos deberán aceptar y asumir su

responsabilidad en la educación de sus hijos y deben conocer, aceptar y

respetar el Plan de Convivencia y las Normas de Conducta del Centro y

comprometerse a colaborar decisivamente en la aceptación y en el

cumplimiento de las mismas por parte de sus hijos.

4. Todos los profesores del Centro deben involucrarse en el mantenimiento de

un buen clima de convivencia y en el cumplimiento de las Normas de

Conducta establecidas, tanto dentro del aula como fuera de la misma, ya

sea dentro o fuera del horario lectivo cuando se trate de una actividad

complementaria o extraescolar. Ello supone que cualquier profesor testigo

de una infracción a las Normas de Conducta está capacitado para imponer

la correspondiente sanción de acuerdo con el Reglamento de Régimen

Interior.

5. El personal de administración y servicios también deberán colaborar para

lograr y mejorar la convivencia, la paz y la seguridad del Centro. Siempre

que sean testigos de una infracción a las Normas de Conducta

establecidas informarán a los profesores de guardia o miembros del equipo

directivo o, si ello es necesario, como adultos responsables y trabajadores

de un Centro educativo en el que hay menores de edad, intervendrán de la

forma en que crean más oportuna e informarán de ello, en cuanto les sea

posible, al equipo directivo.

2.3. TIPO DE FALTAS Y SU CORRECCIÓN DISCIPLINARIA

2.3.1. FALTAS LEVES

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Se calificará como falta leve cualquier infracción a las normas de conducta

establecidas en el Plan de Convivencia, cuando, por su entidad, no llegara a

tener la consideración de falta grave ni de muy grave.

Las conductas reflejadas en el presente apartado tendrán la consideración de

faltas leves:

a) Ausentarse de clase sin permiso del profesor responsable del aula en ese

momento.

b) No respetar la puntualidad en el comienzo de cada una de las clases.

c) Usar teléfonos móviles o cualquier otro aparato electrónico, dentro de las

instalaciones del centro, salvo para uso pedagógico, siempre con

autorización expresa del profesor correspondiente.

d) No respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.

e) No mantener la limpieza existente en el centro, tanto en el aula como en

los espacios comunes del centro.

f) No realizar las tareas que los profesores planteen en el desarrollo de las

actividades docentes.

g) Negarse a la realización de cualquier prueba o examen en el periodo

establecido por el profesorado.

h) No realizar las tareas que los profesores planteen para desarrollarlas en

el domicilio y su corrección en clase en días posteriores.

i) Permanecer en el pasillo, durante las horas de clase, sin permiso del

profesor.

j) Permanencia en los pasillos del centro, en el período entre clase y clase,

cuando no se corresponda con un traslado necesario a otra aula.

k) Desobedecer las instrucciones dadas por los Auxiliares de Control del

centro.

l) Alteración del buen orden y desarrollo de conductas inadecuadas entre

clase y clase hasta la llegada del profesor correspondiente.

m) Uso inadecuado de los materiales didácticos que pongan en riesgo la

salud o la integridad física de cualquier miembro de la comunidad

educativa.

n) Uso inadecuado de los servicios higiénicos en horario de recreo o en el

periodo de clase.

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Realizar afirmaciones, falsas, inadecuadas o malintencionadas, sobre

las acciones realizadas por cualquier miembro de la comunidad

educativa en el desempeño de sus tareas profesionales.

Está prohibido saltar la valla para acceder o salir del Centro.

o) Uso de gorras, sombreros u otras prendas que, al tapar la cabeza,

impiden la nítida identificación de un alumno.

Las faltas leves se corregirán de forma inmediata. Cualquier Profesor testigo de

una infracción a dichas Normas, cuando tenga la consideración de leve, está

facultado para imponer la sanción correspondiente y velar por su cumplimiento.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 15/2007, artículo 16.1.

Para determinar la aplicación de sanciones correspondientes a la comisión de

una falta leve serán competentes:

a. Los Profesores del alumno, dando cuenta de ello al tutor y al Jefe de

Estudios.

b. El tutor del grupo, dando cuenta al Jefe de Estudios.

c. Cualquier Profesor del centro dando cuenta al tutor del grupo y al Jefe

de Estudios. y el Reglamento de Régimen Interior del centro.

Las sanciones que se corresponden con este tipo de falta serán las siguientes:

Amonestación verbal o por escrito.

Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el

Jefe de Estudios, el Director o el profesor de guardia (no podrán ser

expulsados por sesión y aula más de 2 alumnos).

La privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de

aplicación inmediata.

Permanencia en el centro fuera de sus horas lectivas y dentro del

horario del centro.

La retirada del teléfono móvil o del aparato o dispositivo electrónico

utilizado hasta la finalización de la jornada. Su reiteración conllevará la

aplicación del procedimiento sancionador que se adjunta al presente

Reglamento.

La realización de tareas o actividades de carácter académico.

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La realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las

actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado

a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa.

Los alumnos que causen daños, de forma intencionada o por

negligencia, a las instalaciones del centro quedan obligados a reparar el

daño causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación.

Los alumnos que sustrajeran bienes del centro o de propiedad de

cualquier alumno deberán restituir lo sustraído, o, en su caso, su valor

económico equivalente.

Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un

plazo máximo de 3 días, durante el cual deberá realizar las tareas

académicas de esa asignatura.

2.3.1. FALTAS GRAVES

Según se regula en el DECRETO 15/2007, de 19 de abril, por el que se

establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la

Comunidad de Madrid, en su artículo 13.1. Se califican como faltas graves las

siguientes:

a) Las faltas reiteradas de puntualidad o de asistencia a clase que, a juicio del

tutor, no estén justificadas.

b) Las conductas que impidan o dificulten a otros compañeros el ejercicio del

derecho el cumplimiento del deber del estudio.

c) Los actos de incorrección o desconsideración con compañeros u otros

miembros de la comunidad escolar.

d) Los actos de indisciplina y los que perturben el desarrollo normal de las

actividades del centro.

e) Los daños causados en las instalaciones o el material del centro.

f) Los daños causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la

comunidad educativa.

g) La incitación o estímulo a la comisión de una falta contraria a las Normas

de Conducta.

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h) Cualquier otra incorrección de igual gravedad que altere el normal

desarrollo de la actividad escolar que no constituya falta muy grave, según

el presente Decreto.

i) La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas leves.

j) El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta

leve.

k) Utilización de violencia verbal frente a compañeros.

l) Poner en riesgo la integridad física de un compañero por acciones

irresponsables.

m) Ejercicio de un trato inadecuado a la dignidad e integridad moral de un

compañero, a la libertad de conciencia y a las convicciones religiosas, así

como a la intimidad de cualquier miembro de la comunidad educativa.

n) Discriminar, por alguna circunstancia, a un compañero o cualquier

miembro de la comunidad educativa.

o) Falta de cuidado en el uso de los materiales del centro.

p) Uso inadecuado de las instalaciones y del conjunto del edificio.

q) Rotura de materiales del centro por acciones irresponsables o

inadecuadas.

r) Desconsideración en la expresión dirigida a un profesor, sea cual sea el

espacio en el que se produce.

s) Negarse a obedecer las instrucciones dadas por un profesor en el

ejercicio de sus funciones.

t) No cumplir las sanciones impuestas por un profesor en la corrección de

las faltas reflejadas en el presente reglamento.

u) Expresiones inadecuadas que falten al decoro y las buenas costumbres,

así como que hagan referencia a cualquier miembro de la comunidad

educativa.

v) Sustracción de cualquier material didáctico o de cualquier objeto

propiedad de un compañero o miembro de la comunidad educativa.

w) No entregar el teléfono móvil al profesor cuando éste lo requiere al

alumno.

Las faltas graves se corregirán con las siguientes sanciones:

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Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe

de Estudios o el Director, la privación del tiempo de recreo o cualquier otra

medida similar de aplicación inmediata.

Permanencia en el centro después del fin de la jornada escolar.

Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las

actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños

causados, o dirigidas a mejorar el entorno ambiental del centro.

Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o

complementarias del centro, por un período máximo de un mes.

Expulsión de determinadas clases por un plazo máximo de seis días

lectivos.

Expulsión del centro por un plazo máximo de seis días lectivos.

Expulsión del centro por un día, en el caso de incurrir en la falta grave w

descrita en el punto 2.3.1. de este Reglamento.

Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las

sanciones previstas en las letras d), e) y f) del apartado anterior, durante el

tiempo que dure la sanción, el alumno realizará las tareas o actividades que

determine el profesorado que le imparte clase.

2.3.2. FALTAS MUY GRAVES

Según se regula en el DECRETO 15/2007, de 19 de abril, por el que se

establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la

Comunidad de Madrid, en su artículo 14.1, se califican como faltas graves las

siguientes:

Son faltas muy graves las siguientes:

a. Los actos graves de indisciplina, desconsideración, insultos, falta de

respeto o actitudes desafiantes, cometidos hacia los Profesores y demás

personal del centro.

b. El acoso físico o moral a los compañeros.

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c. El uso de la violencia, las agresiones, las ofensas graves y los actos que

atenten gravemente contra la intimidad o las buenas costumbres sociales

contra los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa.

d. La discriminación, las vejaciones o las humillaciones a cualquier miembro

de la comunidad educativa, ya sean por razón de nacimiento, raza, sexo,

religión, orientación sexual, opinión o cualquier otra condición o

circunstancia personal o social.

e. La grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte,

de agresiones o humillaciones cometidas.

f. Los daños graves causados intencionadamente o por uso indebido en las

instalaciones, materiales y documentos del centro o en las pertenencias

de otros miembros de la comunidad educativa.

g. La suplantación de personalidad y la falsificación o sustracción de

documentos académicos.

h. El uso, la incitación al mismo o la introducción en el centro de objetos o

sustancias perjudiciales para la salud o peligrosas para la integridad

personal de los miembros de la comunidad educativa.

i. La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades del centro

y, en general, cualquier incumplimiento grave de las normas de conducta.

j. La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas graves.

k. El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta

grave.

En la aplicación de las sanciones previstas para las faltas graves serán

competentes:

Los Profesores del alumno, para las sanciones establecidas en las letras

a), b) y c) del artículo 13.2.

El tutor del alumno, para las sanciones establecidas en las letras b) y c)

del artículo 13.2.

El Jefe de Estudios y el Director, oído el tutor, las previstas para la letra d)

del artículo 13.1.

El Director del centro, oído el tutor, podrá establecer las sanciones de las

letras e) y f) del artículo 13.2.

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La sanción de las faltas muy graves corresponde al Director del centro.

Las faltas muy graves se corregirán con las siguientes sanciones:

Realización de tareas en el centro fuera del horario lectivo, que podrán

contribuir al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede,

dirigidas a reparar los daños causados.

Prohibición temporal de participar en las actividades extraescolares o

complementarias del centro, por un período máximo de tres meses.

Cambio de grupo del alumno.

Expulsión de determinadas clases por un período superior a seis días e

inferior a dos semanas.

Expulsión del centro por un período superior a seis días lectivos e inferior a

un mes.

Cambio de centro, cuando no proceda la expulsión definitiva por tratarse de

un alumno de enseñanza obligatoria.

Expulsión definitiva del centro.

Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las

sanciones previstas en las letras b), d) y e) del apartado anterior, el alumno

realizará las tareas y actividades que determine el profesorado que le imparte

clase.

La aplicación de las sanciones previstas en las letras f) y g) del apartado 2 se

producirá cuando la gravedad de los hechos cometidos y la presencia del

alumno que los cometa en el centro supongan menoscabo de los derechos o de

la dignidad para otros miembros de la comunidad educativa. Asimismo, se

adoptará esta sanción en caso de agresión física, amenazas o insultos graves a

un Profesor.

De las faltas cometidas, sea cual sea la naturaleza, quedará constancia escrita

en Jefatura de Estudios mediante una notificación de amonestación que, de

forma preferente, será cumplimentados por los profesores testigos de la

infracción. Una de las copias de la amonestación se entregará al alumno que

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tendrá que devolverla firmada por su familia en el plazo de 2 días en Jefatura de

Estudios. Una tercera copia la dejará el profesor que ha puesto la amonestación

al tutor del alumno”.

2.3.3. EXPEDIENTE DISCIPLINARIO: PROCEDIMIENTO ESPECIAL

El expediente disciplinario se hará según lo previsto en la normativa vigente.

Instrucción del expediente. Fases

1. Iniciación del expediente ( el Director tiene un plazo de 2 días desde que

se tuvo conocimiento de la falta, puede adoptar ciertas medidas

provisionales comunicándoselas al Consejo Escolar) Nombramiento de

Instructor (comunicación a las familias)

2. Actuaciones conducentes al esclarecimiento de los hechos por parte del

Instructor. Pliego de cargos Trámite de audiencia y vista del expediente

(en un plazo no superior a cuatro días, se le comunicará a la familia, ésta

tiene dos días lectivos para hacer alegaciones, y aportar pruebas)

3. Propuesta de resolución. Trámite de audiencia (plazo de 2 días lectivos)

4. Comunicación de la propuesta de resolución ( plazo de 2 días para hacer

alegaciones por parte del alumno y su familia, en caso de renuncia a

dicho plazo se deberá formalizar por escrito)

Resolución. Fases

1. El instructor entrega al Director el Expediente completo. El Director

adoptará una resolución y la notificará al alumno o a su familia, así como

al Consejo Escolar, al Claustro de Profesores y a la Inspección.

2. Plazo de resolución 14 días máximo. La familia debe comparecer en

persona para la notificación de la resolución, dejando constancia por

escrito.

El Art. 26, punto 2. Establece “...la incomparecencia sin causa justificada del

padre o representante legal, si el alumno es menor de edad, o bien la negativa a

recibir comunicaciones o notificaciones, no impedirá la continuación del

procedimiento y la adopción de la sanción”

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El nombramiento de instructores se hará por orden alfabético, para ello se

realizará un sorteo todos los cursos para ver por qué letra se empieza.

Los profesores miembros del Consejo Escolar, la orientadora, la Profesora

Técnico de Servicios a la Comunidad quedarán excluidos de la tramitación de

expedientes disciplinarios.

Los profesores del alumno implicado en el expediente no podrán tampoco ser

instructores del mismo.

2.3.4. PRINCIPIOS Y VALORACIÓN DE LAS CORRECCIONES

En cualquier tipo de falta la valoración de las sanciones tendrá que tener en

cuenta los siguientes principios:

Deberán ser valoradas considerando la situación y las condiciones

personales, familiares y sociales del alumnado.

Las correcciones tendrán que tener un carácter educativo y recuperador,

que deberán garantizar el respeto a los derechos del resto de los

alumnos y procurarán la mejora en las relaciones de todos los miembros

de la comunidad educativa.

No se podrán imponer correcciones contrarias a la integridad física y a la

dignidad personal del alumno.

La imposición de las correcciones respetará la proporcionalidad con la

conducta del alumno y deberá contribuir a la mejora de su proceso

educativo.

Se corregirán los actos contrarios a las normas de convivencia del

centro realizados por los alumnos en el recinto escolar o durante la

realización de actividades complementarias y extraescolares.

Igualmente, podrán corregirse las actuaciones del alumnado que,

aunque realizadas fuera del recinto escolar, estén motivadas o

directamente relacionadas con la vida escolar y afecten a sus

compañeros o a otros miembros de la comunidad educativa.

A efectos de la gradación de las sanciones, se considerarán circunstancias:

a.-Atenuantes:

El arrepentimiento espontáneo de su conducta incorrecta.

La falta de intencionalidad.

Reparación inmediata del daño causado.

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Pedir disculpas a la/s persona/s dañadas.

b. -Agravantes:

La premeditación y la reiteración.

Causar daño, injuria u ofensa a los compañeros de menor edad o a los

recién incorporados al centro.

Cualquier acto que atente contra los derechos del resto de

compañeros.

Negación de hechos demostrables contrarios a las Normas de

Conducta.

Actitudes desafiantes a la autoridad del profesor.

2.4. PROTOCOLOS

2.4.1. PROTOCOLO DE ABSENTISMO.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ABSENTISMO ESCOLAR

“Programa de Prevención y Control de Absentismo Escolar de los Municipios de la Dirección del Área

Territorial Madrid-Este”

Elaboración PTSC/Equipo Directivo

PROCEMIENTO Y ACTUACIONES RESPONSABLE SOPORTE

Fase 1

Ante 18 períodos lectivos de faltas de asistencia no justificadas (o

justificadas inadecuadamente).

(1 sesión= 1 falta)

Inicio procedimiento de absentismo escolar desde el centro con

citación por escrito (carta certificada con registro de salida y acuse

de recibo) y por teléfono a los padres o tutores legales del alumno.

Posibilidad de 2 citaciones en función de la problemática detectada.

Tutor /a

Modelo de citación de

tutores

(Anexo I)

Adjuntar comunicación

de listado de faltas por

parte del centro.

Fase 2

Celebración de entrevista entre el Tutor y la familia, con registro de

la misma y firma de los asistentes.

Tutor/a

Modelo de registro de

entrevista

Copia de la citación a los

padres y del registro de

la entrevista

Fase 3

Traslado de la información anterior a Jefatura de Estudios, que

Tutor

Jefe Estudios

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reportará la información al PTSC. PTSC

Fase 4

Citación por parte de Jefatura de Estudios, junto a PTSC, ante:

- la falta de asistencia familiar a la entrevista y /o - ante la acumulación de otras 15/ 20 horas de faltas de

asistencia.

Jefe Estudios

PTSC

Copia de la citación a los

padres y del registro de

entrevista

(Anexo II)

Modelo de citación de

Jefatura de Estudios

Fase 5

Traslado del expediente desde Jefatura de Estudios al Dpto. de

Orientación (PTSC) para elaboración de informe.

Jefatura de Estudios /

PTSC

Documento interno

Fase 6

Carta informativa a la familia sobre la apertura del expediente de

absentismo y su derivación a la Mesa Local de Absentismo.

PTSC Carta informativa del

centro Anexo IV

Fase 7

Comunicación del caso a la Mesa Local de Absentismo

Dirección/Jefatura/PTSC

Anexo V

Nota: En las expulsiones deberán ponerse las faltas, aunque no se contabilicen a efectos de

absentismo.

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ANEXO I

MODELO DE CARTA DE LOS/AS TUTORES/AS DIRIGIDO A LOS PADRES

Estimados padres:

Me dirijo a Uds. como profesor / a tutor /a de su hijo /a

_____________________________________, a efecto de comunicarles que

El/la mismo/a no ha asistido a clase los días:

_______________________________________, sin que hasta el momento sus

faltas me haya sido justificadas.

A efecto de poder aclarar este asunto, ruego a Uds. se personen el próximo día ____

de _______________a las ________ horas en el centro.

En caso de no poder asistir, les agradecería me lo hiciesen saber, personal o

telefónicamente, y así poder quedar en la fecha u hora que sea más propicia para ambos.

Sin otro particular, reciban un atento saludo.

Mejorada del Campo, a de de 201

Fdo.: _____________________________

Tutor/a curso:

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ANEXO II

MODELO DE CARTA DE LOS/AS JEFES/AS DE ESTUDIO DIRIGIDO A LOS PADRES

Estimados padres:

El pasado día __ de _________ de 20__, el/la tutor/a de su hijo/a

___________________________________________________mantuvo una

entrevista con Uds. al efecto de aclarar sus faltas de asistencia a clase.

A pesar de la entrevista mantenida, las faltas de asistencia de su hijo/a no se

han reducido, por lo que les rogaría se pasasen por esta Jefatura de Estudios el

próximo día ___de ___________ a las _____horas, para justificar dichas ausencias.

En caso de no poder asistir, le agradecería me lo hiciese saber, personal o

telefónicamente, y así poder quedar en la fecha u hora que sea más propicia para

ambos.

Tengo la obligación de comunicarle que, si en la fecha anteriormente

mencionada no acude a la reunión solicitada, sin que tenga constancia de las razones

de su no asistencia y por tanto de la justificación de las faltas de su hijo/a, el Centro está

obligado a poner en conocimiento de las autoridades educativas municipales y de la

Comunidad de Madrid este asunto, por lo que se iniciaría el expediente de absentismo

del/la alumno/a por parte de la Comisión de Absentismo del Centro.

Mejorada del Campo, a __ de __________de 20__

Fdo.: ____________________________

Jefe de Estudios

ANEXO V

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INFORME INDIVIDUALIZADO DE ABSENTISMO ESCOLAR

MESA LOCAL DE ABSENTISMO ESCOLAR

DEL AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO

A.T.T.

Mejorada del Campo (Madrid)

CENTRO EDUCATIVO: I.E.S. Miguel Delibes

DIRECCIÓN: Avenida Juan Gris, nº 44

TELÉFONO: 91 668 01 43

FECHA:

1. DATOS DEL ALUMNO/A

NOMBRE Y APELLIDOS:

EDAD:

DOMICILIO:

TELÉFONO:

2. DATOS FAMILIARES

NOMBRE Y APELLIDOS

CONVIVE

CON EL/LA

ALUMNO/A

PROFESIÓN/OCUPACIÓN (ADULTOS)

CENTRO/CURSO (MENORES)

SI NO

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PADRE O TUTOR

MADRE O TUTORA

Otros datos de interés familiar:

1. DATOS ESCOLARES

Nivel/ Ciclo y etapa que cursa el/la alumno/a:

Rendimiento escolar:

Datos significativos de la escolaridad anterior, que consten en el

expediente del/la alumno/a:

2. DATOS SOBRE ABSENTISMO ESCOLAR DEL ALUMNO/A

2.1 CURSOS ANTERIORES (Observaciones):

2.2. CURSO ACTUAL. NÚMERO DE FALTAS AL CENTRO DOCENTE (en horas lectivas)

SEPT. OCT. NOV. DIC. ENERO FEB. MARZ ABRIL MAYO JUNIO

3. ACTUACIONES REALIZADAS POR EL CENTRO

3.1 POR EL TUTOR/A:

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CON LA FAMILIA

FECHAS

OBSERVACIONES (Pautas

acordadas, respuesta y actitud

familiar, resultados, estrategias

de acogida, flexibilización

organizativa, etc)

1ª Citación

Llamadas telefónicas

Entrevista con la familia

Carta certificada

Otras actuaciones

CON EL/LA ALUMNO/A

SI

NO

OBSERVACIONES

(Modalidades, pautas, resultados,

etc.)

Orientación Personal

Adaptación Curricular

Estrategias de acogida

Flexibilización

organizativa

3.2 POR EL/LA JEFE/A DE ESTUDIOS:

CON LA FAMILIA FECHAS OBSERVACIONES

Entrevista

Llamadas telefónicas

3.3 POR LA PROFESORA TÉCNICO DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD:

CON EL/LA ALUMNO/A

SI

NO

OBSERVACIONES

Estrategias de acogida

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Orientación Personal

Entrevistas

CON LA FAMILIA FECHAS OBSERVACIONES

Entrevistas con la familia

3.4. COMUNICACIÓN A LOS SERVICIOS SOCIALES:

FECHAS OBSERVACIONES

En Mejorada del Campo ,a de de 201_

EL/LA TUTOR/A: EL/LA JEFE/A DE ESTUDIOS

Fdo.:__________________ Fdo.: _________________

LA P.T.S.C Vº Bº

EL/LA DIRECTOR/A DEL CENTRO

Fdo.: _____________________ Fdo.: ____________________

2.4.2. PROTOCOLO DE MEDIACIÓN

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A. Introducción

La mediación escolar es una vía para prevenir y solucionar conflictos entre

iguales. En el IES Miguel Delibes se llevaron a cabo tareas de mediación en

cursos anteriores. A pesar de que se trata de una medida que cabe recomendar

a cualquier centro educativo, las condiciones sociales y de convivencia en

nuestro IES hacen especialmente indicada la iniciativa de retomar aquellas

acciones llevadas a cabo en su día.

El curso 2012/13 ya sirvió como introducción práctica para llevar a cabo

acciones de mediación, tanto por parte del Departamento de Orientación como

por parte de Jefatura de Estudios y del que fue designado como profesor

mediador. Un año más tarde pusimos en marcha el presente plan para intentar

confeccionar, con el paso del tiempo, el protocolo y el grupo de mediación que

mejor encaje en las características del IES Miguel Delibes.

A lo largo del curso 2013/14 se dieron los siguientes pasos:

Fases previas:

Teniendo en cuenta que desde septiembre de 2013 el profesor encargado

de la mediación estuvo trabajando teórica y prácticamente el presente

documento, se propuso, una vez realizado un curso de formación en Mediación

de conflictos, un plan de desarrollo temporal que tuvo su arranque en febrero de

2014. Las fases para el desarrollo del proyecto fueron las siguientes:

I. Octubre 2013-Febrero 2014: Formación del Profesor Mediador. Borrador

del proyecto para la implantación a medio plazo de un Equipo de Mediación

II. Febrero-Marzo de 2014: Captación de alumnos que puedan formar parte

del proyecto a medio plazo. Inicio de la confección de un Protocolo de

Mediación que sirva como base sobre la que empezar a trabajar.

III. Abril 2014-Mayo 2014: Formación inicial de alumnos y redacción de un plan

de acción para el curso 2014/15, basado en el Protocolo de Mediación.

Fases a desarrollar:

I. Marzo-abril de 2015: Revisión y presentación para su posible aprobación

del Proyecto en la CCP y en su caso en el Claustro, el Consejo Escolar y la

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Comisión de Convivencia, para la inclusión en el Plan de Convivencia del

curso 2015-2016.

II. Marzo-abril de 2015: Campaña de sensibilización en tutorías.

III. 1ª Quincena de abril: Captación de dos o tres profesores que deseen

formar parte del Equipo de Mediación además del profesor mediador

actual.

IV. 2ª Quincena de abril: Creación del Equipo de Mediación. Inicio de la

actividad del Equipo de Mediación y sesiones de refuerzo en la formación

de los alumnos.

V. Abril-mayo de 2015: Puesta en funcionamiento de las mediaciones a través

del Equipo de Mediación.

B. Justificación

Se trata de ir desarrollando algo que podría denominarse una “cultura de

mediación” como una gran estrategia de prevención de conflictos negativos, a fin

de poder lograr algunas de estas características:

- Asumir una concepción positiva del conflicto.

- El diálogo como alternativa a otras posibles respuestas como son la

agresión y violencia o las de huida y sumisión.

- Apostar por la potenciación de contextos cooperativos en las relaciones

interpersonales: Yo gano/tú ganas.

- Desarrollar habilidades de autorregulación y autocontrol, que son

recursos clave

para favorecer en los individuos la toma de decisiones de forma

autónoma y ajustada al entorno social donde viven.

- La práctica de la participación democrática: a través de esta se

experimenta la importancia de las opiniones, sentimientos, deseos y

necesidades, tanto propias como de los otros y su contribución a la

mejora de situaciones injustas o desagradables.

- El desarrollo de actitudes de apertura, comprensión y empatía que implica

un compromiso de atención al otro.

- El protagonismo de las partes en la resolución de sus conflictos: las

partes implicadas en un conflicto son capaces de identificar sus

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necesidades e intereses frente al otro y de colaborar conjuntamente en la

búsqueda de soluciones satisfactorias para ambos.

El profesorado del siglo XXI ha de ser sensible a la idea de que no puede

limitarse a enseñar matemáticas, lengua o historia, porque al mismo tiempo que

enseñamos esas materias, estamos manteniendo una relación interpersonal con

los alumnos, en los ámbitos emocional, afectivo e intelectual, así como también

esa relación se establece entre los propios alumnos/as.

El profesorado ha de considerar el conflicto como un hecho cotidiano de la vida y

una oportunidad constante de aprender. El conflicto se produce ante una

situación de incompatibilidad, real o percibida como tal, que interfiere en la

realización de una intención. En sí no es negativo ni positivo. Debe ser

entendido como una oportunidad y no un obstáculo en la tarea educativa.

La introducción de las técnicas de resolución de conflictos en los centros

educativos es una forma de educar en valores y se relacionan con la Educación

para la Convivencia y la Paz. Por otra parte una de las previsiones más

acertadas que puede hacer la escuela es la de preparar a todas las personas

para afrontar constructivamente los conflictos que se les presentarán en el curso

de sus vidas. Tener capacidades para interrelacionarse con los otros es una

cualidad cada vez más necesaria para la evolución democrática de nuestras

sociedades.

Los Programas de Mediación Escolar llenan de contenido una de las bases

sobre las que se sustenta la educación integral de las personas: la formación y

construcción de actitudes y valores. La mediación puede entenderse como un

proceso transformador que encierra una experiencia de aprendizaje para

quienes participan en ella, conectando a las personas con sus valores,

sentimientos, respeto por el otro, generación y evaluación de sus opciones,

dando así ocasión de adquirir nuevas herramientas para enfrentar futuros

conflictos. A través de la Mediación los estudiantes pueden abordar las

situaciones de conflicto escolar de una manera nueva y más efectiva,

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responsabilizándose en una participación comprometida con los cambios

consensuados, a partir de sus propias demandas.

La existencia de un Programa/Servicio de mediación en las instituciones

escolares es una instancia de prevención por sí misma, ya que abre una vía

pedagógica para afrontar los conflictos de manera positiva.

Inicialmente se parte de una definición muy escueta de la mediación: un

procedimiento en el cual un tercero neutral ayuda a las partes a resolver sus

conflictos. El mediador es aquella persona que contribuye a disminuir las

hostilidades, a mejorar la comunicación, a renovar las relaciones interpersonales

y a fomentar el pensamiento creativo. La idea de que los alumnos/as pueden

afrontar sus propios conflictos y asumir su responsabilidad, es un principio

básico en los programas de mediación y de resolución de conflictos.

Propiciar en el centro escolar espacios y estructuras que dejen lugar a procesos

de Mediación, de negociación y fomentar las actitudes que hacen del conflicto

una oportunidad de desarrollo más que de violencia, representa una nueva

visión positiva del conflicto, que puede trasladarse a los diferentes ámbitos en

los que se mueven los alumnos. Sirve también para sentar las bases de un tipo

de relaciones que se reflejarán en sus vidas futuras.

Los conflictos que surgen en los centros y que no son abordados, pueden

permanecer latentes durante mucho tiempo, por lo tanto, la intervención a través

de procedimientos de Resolución de Conflictos basados en la Mediación, se

revela como una de las técnicas más eficaces.

Desde el equipo directivo surge la idea de crear y formar un grupo de Alumnos

Mediadores, que sea capaz de escuchar y acompañar a otros compañeros en

sus necesidades, ayudándoles a llegar a soluciones equitativas y realistas para

sus conflictos;

con todo ello se pretende introducir una filosofía de gestión de convivencia

basada en las capacidades de negociación y respeto mutuo, fomentando la

empatía y la mejora de las relaciones interpersonales, que sin lugar a dudas

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hará que en nuestro centro se respire un clima positivo donde la comunidad

educativa se sienta a gusto en el desempeño de sus roles.

Cuándo es recomendable que la mediación no se lleve a cabo

- No son mediables aquellos conflictos en los que una o más de una de las

partes se nieguen o resistan a aceptar al mediador o el mismo proceso de

mediación en sí mismo. Así como aquellos otros en los cuales el

establecimiento de un punto neutro de acuerdo pudiera significar una

injusticia manifiesta.

- Los casos en los que las partes no puedan asistir y no participen

directamente en el proceso de mediación.

- Todos los casos en que los trastornos mentales o psicológicos, leves o

graves, hagan necesaria la intervención previa de un terapeuta

capacitado, médico especializado, orientador de referencia, etc.

- Los casos en los que exista violencia explícita (agresiones físicas, abusos

de diferente índole) o se produzcan delitos (drogas, armas...).

C. Objetivos

a) Prevenir la violencia y los conflictos entre los distintos miembros de la

comunidad educativa.

b) Aprender estrategias para la resolución de problemas.

c) Restaurar relaciones interpersonales deterioradas.

d) Desarrollar habilidades de comunicación, reflexión y auto-control en la

toma de decisiones.

e) Colaborar en los procesos de evaluación de posibles casos de acoso

escolar.

f) Favorecer un buen clima de aula y de centro.

Ventajas de la mediación en el centro

a) Fomenta la autonomía personal.

b) Favorece el autoconocimiento y el control de las emociones.

c) Educa en la tolerancia y en el respeto.

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d) Implica al alumnado en la regulación de la convivencia.

e) Desarrolla una cultura de centro abierta y participativa.

D. El equipo de mediación en la regulación de la convivencia

Composición:

Profesores, alumnos, Departamento de Orientación y Jefatura de Estudios.

Coordinación:

El papel de coordinación puede ser desarrollado por el profesor nombrado a

estos efectos. Las vías para coordinar las diferentes actuaciones serán:

- Reuniones periódicas del equipo de mediación.

- Reuniones periódicas con la Comisión de Convivencia.

Principios de la mediación

Entre los valores de la medición podemos mencionar su simplicidad y fácil

aplicación, el retorno de la capacidad de gestión de los propios conflictos a las

partes que los protagonizan. Entre los principios fundamentales de la mediación

se destacan: la voluntariedad de las partes, la imparcialidad de los mediadores y

la confidencialidad del proceso. Yendo un poco más allá, los principios que

regirán la mediación pueden listarse del siguiente modo:

- Voluntariedad

- Imparcialidad

- Confidencialidad

- Privacidad

- Igualdad

- Seguridad

- Libertad

- Equidad comunicativa

Funciones del Equipo de Mediación:

- Llevar a cabo las mediaciones y su registro.

- Elaborar un horario de disponibilidad de alumnos y profesores mediadores.

- Establecer un protocolo de actuación en caso de conflicto.

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- Elaborar los materiales de difusión e información sobre el funcionamiento del

equipo de mediación:

a) Folleto informativo para tutores

b) Carteles en partes visibles del centro

c) Cartas sobre el equipo mediador a todas las familias del centro

d) Información sobre mediación en las sesiones de tutoría del centro

e) Dípticos informativos para los alumnos.

f) Preparación de la hoja de solicitud de mediación (disponibilidad en

conserjería).

- Los alumnos mediadores por pares asistirán a una reunión de tutoría del

alumnado nuevo.

- Favorecer la formación del equipo de mediación y promover nuevos cursos.

- Evaluar el funcionamiento de la mediación en el centro.

a) Encuesta a los mediados.

b) Análisis del tipo de incidencias y seguimiento de los acuerdos.

c) Valoración y propuestas de los mediadores

Perfil del alumnado mediador

No hay un perfil exacto del alumno que puede ejercer tareas de mediación, pero

sí que pueden concretarse algunos indicadores que pueden facilitar la búsqueda

de alumnos que voluntariamente se presten a formar parte del Equipo de

Mediación.

Sería idóneo que en cada grupo, de 1º de ESO a 1º de Bachillerato hubiese al

menos dos alumnos mediadores. Ello facilita el clima de convivencia además de

hacer presente de modo explícito la solidez del programa, lo que sin duda ha de

contribuir a que dicho vigor sea realmente un hecho en la práctica.

La implicación de los delegados en el plan también será un factor que facilite el

desarrollo de la propia estrategia de mediación.

Orientativamente el perfil del alumno mediador ha de ser:

- Imparcial, Neutral.

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- Objetivo/a en sus apreciaciones y expresiones.

- Con aceptación de la diversidad (sin prejuicios).

- Con capacidad para motivar la toma de acuerdos.

- Con capacidad para adaptarse a las distintas características individuales de

las personas en conflicto. Flexible.

- Persona propositiva y creativa para llegar a acuerdos.

- Persona perseverante y persuasivo/a.

- Respetuoso/a y honesto/a.

- Con sentido del humor, como factor protector fundamental.

Actitudes necesarias en el proceso de mediación:

El mediador debe:

- No emitir juicios de valor.

- Ser neutral.

- Mostrar empatía.

- No profundizar más de lo necesario.

- Aceptar el acuerdo desde el punto de vista de las partes.

- Realizar un seguimiento del acuerdo.

- Inspirar confianza.

- Saber y querer escuchar.

- Poseer criterio propio ante los problemas.

- Saber relacionarse con los demás: alumnos y profesorado.

- Tener capacidad para recibir críticas.

- Estar dispuesto y motivado para resolver conflictos.

La partes en conflicto deben:

- Aceptar solucionar el conflicto de forma cooperativa.

- Utilizar mensajes en primera persona.

- Ponerse en el lugar del otro (comprender las necesidades y los

sentimientos del otro).

- Manifestar su responsabilidad en el conflicto.

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- Colaborar para buscar una solución.

- Aceptar un acuerdo satisfactorio para ambos (ceder los dos).

Formación del alumnado mediador

La formación, tanto de los profesores como de los alumnos que formarán parte

del equipo de mediación ha de ser gradual. Como alternativa a lo que presentan

otros planes de puesta en marcha de un equipo de mediación, aquí se propone

empezar a trabajar de manera práctica y activa para que el presente plan vaya

perfeccionándose gradualmente desde la realidad de nuestro centro.

La formación del alumnado mediador consta de unas sesiones iniciales que

pretenden lograr su implicación en el plan y unas primeras bases sobre las que

actuar, para posteriormente, en el inicio del curso 2015-2016, continuar y ampliar

esa formación, bien externalizándola, bien realizándose desde el propio centro,

pero con una mayor carga horaria. Ello sólo es posible en el contexto del nuevo

curso en el que se tengan en cuenta, por poner un ejemplo, la coincidencia de

las horas de tutoría en todos los grupos de ESO, para que ello contribuya, por

una parte a promover el plan en las tutorías y, por otra, a la posibilidad de

encontrar horas suficientes para llevar a cabo el desarrollo de la formación de

alumnos.

Tanto para la formación inicial como para la formación a medio plazo se utilizan

diversos materiales que pretenden hacer máximamente dinámicas las sesiones

de formación. En el mes de Mayo de 2014 se llevó a cabo un taller de formación

de alumnos al que asistieron con regularidad un grupo de unos 12 alumnos,

todos ellos muy ilusionados y comprometidos con el proyecto.

E. Protocolo de Mediación

1.1 SOLICITUD DE MEDIACIÓN

El proceso de mediación se puede comenzar a través de 3 vías:

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- Las partes en conflicto la solicitan rellenando una solicitud en Conserjería y

entregándola en el Buzón de Mediación. El coordinador designa o invita a los

solicitantes a designar (si no lo han hecho) una pareja de alumnos

mediadores y organiza el encuentro según el punto 5.3. En la mediación

podrá estar presente como espectador alguno de los profesores del equipo

de mediación, algo especialmente indicado en los comienzos del periplo de

este proyecto.

- Los profesores detectan un conflicto en el que es necesario mediar y lo

comunican al coordinador del Equipo de Mediación. El coordinador designa

una pareja de alumnos mediadores para que entren en contacto con los

interesados y les expliquen los pasos a seguir en el caso de decidir tener una

reunión de mediación.

- El conflicto puede llegar a Jefatura de Estudios por medio de alumnos

mediadores u otros alumnos. La Jefatura de Estudios derivará en el

coordinador del Equipo de Mediación esta circunstancia para que se actúe

según el punto anterior. Y ello con independencia de que se haya aplicado

una sanción por parte de la Jefatura de Estudios.

1.2 DESTINATARIOS

Cualquier persona del centro que se vea afectada por un conflicto entre

iguales.

(ANEXO III)

1.3 FASES EN LA MEDIACIÓN

1.- ACTUACIONES PREVIAS

- Recepción de los requerimientos de mediación, verbalmente o mediante el

buzón de mediación.

- El coordinador del equipo de mediación propondrá las actuaciones previas.

- Elección de los mediadores (si los alumnos no han pedido voluntariamente a

alguno).

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- Resumir el conflicto a los mediadores que intervendrán lo antes posible a

menos que la situación aconseje dejar pasar algo de tiempo para evitar

crispación. Este resumen podrá realizarse por parte de cualquiera de los

miembros adultos del Equipo (profesores, Orientación, Jefatura de Estudios).

2.-DESARROLLO DE LA MEDIACIÓN

1. Premediación

(Debe tener lugar en el recreo, sin interrupciones y sin perder clases). La pre-

mediación tiene los siguientes objetivos:

Principios de la mediación

a) Rebajar la tensión.

b) Ayudar a los implicados a descubrir las necesidades e intereses que han

llevado al conflicto para que el mediador pueda hacerse cargo.

c) Conocer si las partes están dispuestas a colaborar.

Concreción del proceso de pre-mediación

a) Se invita a presentarse y a contar lo que ha ocurrido: donde, cómo,

cuándo, si había conflictos antes…

b) Se explica que en la mediación cada uno cuenta lo que ha pasado en

primera persona, tiene que comprometerse a NO insultar y NO

interrumpir al otro.

c) Se pregunta si quiere ir a Mediación y si acepta a los mediadores.

d) Se acuerda hora, día y lugar.

2. Mediación La mediación se realizará en la sala de visitas. Los mediados se sientan enfrente de los mediadores.

A.SALUDO:

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Los mediadores y los mediados se saludan y recuerdan aspectos

importantes del proceso: es confidencial, no se puede interrumpir ni

insultar. Los mediadores no juzgan e intentan ayudar. La solución la

tienen que encontrar ellos.

B.CUÉNTAME: En esta primera fase intentaremos que:

Expresen los sentimientos y las percepciones de cada uno con

asertividad.

Escuchen al otro.

C. ACLARAR EL PROBLEMA: Trataremos de:

Que se manifieste lo que realmente ha causado el problema

Que comprendan cómo se siente el otro.

Que acepten las necesidades de la otra persona.

D. BÚSQUEDA DE SOLUCIONES: Es importante que:

Cada uno propone soluciones (lluvia de ideas)

Asegurarse de que la solución favorece a las dos partes.

No intentar que la solución vaya más lejos de lo que las partes

quieren.

E. REDACTAR EL ACUERDO

Concreto, equilibrado y evaluable.

Se les indica que lo redacten entre los dos, uno de ellos escribe.

Un mediador lo lee en voz alta.

Si están de acuerdo lo firman.

Se les facilita una copia.

Se les recuerda que es confidencial.

Se queda para seguimiento en el plazo de una semana.

Se les felicita por su colaboración.

Se archiva el acuerdo en Jefatura de Estudios (Carpeta Mediación)

Se comenta al tutor y se indica si hay algún aspecto que se deba

tratar en tutoría.

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Se determina cómo influirá la mediación en el proceso

sancionador, si es el caso, entre Jefatura de Estudios, los alumnos

mediadores y el coordinador.

(ANEXO V)

4.4.- SEGUIMIENTO por parte de los adultos docentes de mediación

(Profesores, Orientación, Jefatura) de los casos en los que se ha intervenido. El

registro de los casos en los que se ha intervenido quedará en Jefatura de

Estudios.

4.5.- EVALUACIÓN

La evaluación del plan de mediación ha de ser una constante que permita

mejorar cada día las posibilidades. Orientativamente podemos reseñar, en

primer lugar, las bases que han de indicar por dónde ha de caminar el

proceso de evaluación de forma genérica, para después concretar un poco

más en el cuadro que se representa.

La evaluación tendrá en cuenta los siguientes aspectos:

- Dinámica de las sesiones de reunión.

- Organización y funcionamiento del Equipo de Trabajo.

- Grado de cumplimiento de los objetivos y contenidos marcados

en el Proyecto.

- Materiales elaborados.

- Presupuestos.

- Formación y Asesoramiento.

- Acuerdos tomados en el Desarrollo del Grupo de Trabajo.

- Participación de los asistentes.

- Difusión de la experiencia entre la Comunidad Educativa

La evaluación del plan de mediación se realizará por parte de los adultos docentes del equipo de mediación (Profesores, Orientación, Jefatura), así como por parte de los alumnos

CÓMO EVALUAR

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mediadores.CUÁNDO EVALUAR

Inicialmente Análisis de la convivencia: cuestionarios,

análisis de los partes de conducta,

observación directa, estudio sociocultural

Procesualmente - Observación directa

- Registro de asistencia a las reuniones de

coordinación

- Estadísticos de conflictividad

- Comentarios recogidos en las actas y las

memorias de CCPs, claustros, consejos

escolares, equipos educativos

- Registros de evaluación del proceso

Finalmente - Cuestionarios

- Encuestas

- Observación directa

- Registros de evaluación

- Comentarios recogidos en las actas y las

memorias de CCPs, claustros, consejos

escolares, equipos educativos

- En la memoria final se hará constar:

Objetivos alcanzados

Dificultades encontradas

- Propuestas de mejora

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F.La Mediación y el Acoso escolar

Habida cuenta de la experiencia de estos dos últimos cursos, en los que se

considera que el papel del profesor mediador ha podido ser beneficioso en

determinados momentos de la investigación de casos de posibles casos de

acoso escolar; y considerando que en el Protocolo de Acoso del IES Miguel

Delibes se contempla la oportunidad de que existan intervenciones de los

profesores mediadores en determinados momentos de la investigación, previos

a la conclusión de que, en efecto, se da acoso escolar, se habrá de tener en

cuenta y perfeccionar cada vez más la importancia de la interrelación entre

ambas facetas, referidas a la mediación y el posible acoso.

Todo el equipo de mediación mostrará su disposición para intervenir en casos de

posible acoso escolar. Si bien es cierto que la especial discreción que este tipo

de casos requiere hace aconsejable que sean los adultos que componen el

Equipo de Mediación los que se ocupen de mediar, si es el caso, en los casos

de posible acoso escolar, puede encontrarse la oportunidad de que los alumnos

mediadores intervengan en determinados casos. No tanto en la investigación de

los casos de posible acoso escolar, cuanto en las medidas provisionales que se

adoptan en los aludidos casos y en los que la participación de los alumnos del

Equipo de Mediación puede ser verdaderamente eficaz.

La oportunidad de la intervención de alumnos en este punto habrá de decidirla el

coordinador del Equipo de Mediación o, en su defecto, el profesor de dicho

equipo que haya seguido o investigado en el caso de posible acoso escolar.

Esta decisión se tomará de manera colegiada con Jefatura de Estudios.

*Añadido al protocolo de mediación para incluir al final o antes

del protocolo: En el arranque del curso 2015/2016 se ha considerado, desde Jefatura de Estudios y

Orientación, comenzar la tarea de selección y formación de alumnos ayudantes como fase

previa al establecimiento de un equipo de mediación. En este sentido, el trabajo realizado

dentro del Plan General de Convivencia se fija, durante ese curso, en dar los pasos dirigidos a la

conformación del grupo de alumnos ayudantes.

G. Anexos

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ANEXO I

ACTA DE CONSTITUCIÓN DEL EQUIPO MEDIADOR Reunidos en el IES MIGUEL DELIBES de Mejorada del Campo, con fecha

_______________:De una parte ___________________________________________,

Coordinador del equipo de Mediación y los

profesores_______________________________________________________________

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

___________________________________________________________________. Y de

otra parte, los

alumnos: ________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

______________________________________________________________

Por la presente, queda constituido el

EQUIPO DE MEDIACIÓN ESCOLAR en el que nos comprometemos a:

1. Guardar en todo momento la confidencialidad de las partes que quieran solicitar la

mediación.

2. Respetar los sentimientos y pensamientos de las personas que tengan el conflicto,

así como asegurar el respeto a las normas básicas de la mediación.

3. Mostrar imparcialidad y no favoritismo hacia las dos partes implicadas, aunque

conozcamos a alguna de ellas.

4. Crear un ambiente positivo para la mediación, a través de la escucha activa y la

empatía.

5. Ayudar a las partes a conseguir acuerdos positivos y justos para las dos partes.

6. Consensuarlo y obtener orientación de la persona asignada a tales efectos.

Si por cualquier motivo, algún mediador quiere abandonar el equipo, podrá hacerlo de

forma voluntaria, previo consenso con su familia. Y para que así conste, firmamos este

Acta:

Firmas:

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ANEXO II

SOLICITUD DE MEDIACIÓN IES MIGUEL DELIBES

NOMBRE:

CURSO:

PERSONAS EN CONFLICTO:

MOTIVO:

FECHA:

SE SOLICITA LA MEDIACIÓN DE LOS ALUMNOS (escribir dos nombres, si se desea):

FIRMA:

ANEXO III

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PROTOCOLO BÁSICO DE ACTUACIÓN

SOLICITUD DE MEDIACIÓN

ESCOLAR

¿Quién la solicita?

¿Cómo se solicita?

Cualquier miembro de la comunidad educativa: profesores, alumnos, personal no

docente, padres y madres

1. A través de la hoja de solicitud (se recoje en Conserjería y se entrega en buzón junto a

Conserjería)

2. A través de un profesor

3. A través de Orientación

4. A través de Jefatura de Estudios

Equipo de Mediación

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ANEXO IV

GUIÓN DE LA MEDIACIÓN

FASES OBJETIVO FORMA DE DESARROLLARSE

Pre-mediación Crear condiciones que

faciliten el acceso a la

mediación

Presentaciones. Hablar con las

partes por separado, en caso de que

sea necesario. Explicarles el

proceso

Presentación Crear confianza en el

proceso.

Explicar el proceso y papel de los

mediadores. Aceptar unas normas

básicas: no interrumpirse, no

descalificar, no lenguaje ofensivo.

Recordar la confidencialidad del

proceso.

Cuéntame Qué ha pasado .Poder

exponer su versión del

conflicto y expresar sus

sentimientos. Poder

desahogarse y sentirse

escuchados.

Crear un ambiente positivo. Apoyar

el diálogo entre las partes. Generar

pensamiento sobre el conflicto:

objetivos y sentimientos de cada

una de las partes. No valorar, ni

definir que es verdad o mentira, ni

lo que es justo o injusto.

Aclarar el problema Dónde estamos. Identificar

en qué consiste el

conflicto y consensuar los

temas más importantes

para las partes.

Conseguir una versión consensuada

del conflicto. Tratar primero los

temas comunes y de más fácil

arreglo.

Proponer soluciones Cómo salimos. Tratar cada

tema y buscar posibles vías

de arreglo.

Facilitar búsqueda de ideas o

soluciones (lluvia de ideas).

Explorar lo que cada parte está

dispuesta a hacer y le pide a la otra

parte. Resaltar los comentarios

positivos. Pedirles que valoren cada

una de las posibles soluciones.

Solicitar su conformidad con la

solución.

Llegar a un acuerdo Quién hace qué, cómo,

cuándo, y dónde. Evaluar

las propuestas, ventajas y

dificultades de cada una y

llegar a un acuerdo.

Ayudar a las partes a definir el

acuerdo.

Redactarlo por escrito.

Felicitar a las partes por su

colaboración.

ANEXO V

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COMPROMISOS ADQUIRIDOS TRAS LA MEDIACIÓN

MODELO DE ACUERDO IES MIGUEL DELIBES

Nosotros,…………………………………………………………………………………………

………………………………………………………………………………………………

estamos de acuerdo en resolver el conflicto y para que estos problemas no vuelvan a repetirse en

el futuro, nos comprometemos a:

De ser necesario, volveremos a revisar los acuerdos en el plazo de ……………………

Al firmar este acuerdo nos comprometemos a llevar a cabo todo lo anteriormente

expuesto .

En Mejorada, a……………….. de …………………. de.................................

Firma mediadores Firma de alumnos

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ANEXO VI

VALORACIÓN DE LA MEDIACIÓN

CUESTIONARIO DE SATISFACCIÓN DEL ALUMNADO MEDIADO

CONTESTA A LAS SIGUIENTES PREGUNTAS 1. ¿Consideras que la mediación fue satisfactoria? muchísimo mucho

regular poco

muy poco

2. ¿Los mediadores te ayudaron o te guiaron para que tú

pudieses resolver el problema?

muchísimo mucho

regular poco

muy poco

3. ¿Cómo te sentiste a lo largo del proceso de mediación? muchísimo mucho

regular poco

muy poco

4. ¿Os resultó fácil llegar a un acuerdo con soluciones

satisfactorias para ambas partes?

muchísimo mucho

regular poco

muy poco

5. El acuerdo al que se llegó, ¿soluciona el problema

concreto que os enfrentó?

muchísimo mucho

regular poco

muy poco

6. ¿Consideras que con la solución propuesta se puede

mejorar la relación en el futuro?

muchísimo mucho

regular poco

muy poco

7. ¿Crees que en el caso de volver a tener algún problema

podrías resolverlo por ti mismo con lo aprendido en la

mediación?

Sí No

1. ¿Tienes alguna sugerencia u observación que hacer para mejorar las mediaciones? En el caso de

que así sea, ¿cuál o cuáles son?

GRACIAS POR TU COLABORACIÓN

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ANEXO VII

EVALUACIÓN DE LA FORMACIÓN EN MEDIACIÓN

VALORACIÓN DEL ALUMNADO MEDIADOR

1. ¿Qué fue lo que te llamó la atención o te motivó a participar en el programa de mediación?

2. ¿Cómo te enteraste del curso de formación de mediadores?

CONTESTA A LAS SIGUIENTES PREGUNTAS 1. En tu opinión, ¿Consideras que has recibido la

formación suficiente?

muchísimo mucho

regular poco

muy poco

2. Los formadores te han parecido buenísimo bueno

regular malo

muy malo

3. Los materiales utilizados en el curso te han

gustado

muchísimo mucho

regular poco

muy poco

4. El tiempo que ha durado el curso de formación te

ha parecido

muy adecuado normal

excesivo

5. El lugar donde se ha llevado a cabo el curso te ha

gustado

muchísimo mucho

regular poco

muy poco

6. En general, el tipo de actividades te han gustado muchísimo mucho

regular poco

muy poco

7. ¿Crees que en el caso de volver a tener algún

problema podrías resolverlo por ti mismo con lo

aprendido en la mediación?

Sí No

3. ¿Qué es lo que más y lo que menos te ha gustado del curso de formación de mediadores?

4. ¿Ha quedado algo en ti después de haber participado en el programa?

5. ¿Tienes alguna sugerencia u observación para mejorar el programa de formación?

GRACIAS POR TU COLABORACIÓN

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2.4.3. PROTOCOLO DE ACOSO

A. INTRODUCCIÓN

El fenómeno conocido como bullyingo acoso escolar, frecuente desde hace

tiempo, desbordó, en general, las normas de convivencia de los centros y

generó desconcierto y desorientación en la comunidad escolar. De unos años a

esta parte, asimismo, se ha venido trabajando en el IES Miguel Delibes en torno

a la búsqueda de la mejor manera de detectarlo y erradicarlo, para lo que se han

venido tomando medidas preventivas, en el marco de un protocolo que puede

decirse que ha funcionado de manera muy satisfactoria.

Los efectos del acoso escolar no solo resultan nocivos para quienes lo padecen,

sino también para los acosadores, pues, si no reciben un tratamiento firme y

adecuado que les conduzca a percibir los efectos negativos de su

comportamiento, que, en ningún caso, ha de resultar impune, su conducta

antisocial se verá reforzada, con lo que habrá grandes probabilidades de que

persista en su vida adulta.

Pero esta situación no solo afecta negativamente a acosado y acosador. Así, la

Fiscalía General del Estado en su Instrucción 10/2005 ya alertaba al respecto:

“La nocividad del acoso escolar alcanza incluso a los menores que como

testigos mudos sin capacidad de reacción lo presencian, pues, por un lado, se

crea un ambiente de terror en el que todos se ven afectados como víctimas en

potencia y, por otro, estos menores están expuestos al riesgo de asumir una

permanente actitud vital de pasividad, cuando no de tolerancia, hacia la violencia

y la injusticia”.

Por otra parte, estudios recientes indican que el tratamiento y erradicación del

acoso escolar mejoran el clima de convivencia en los centros; sin embargo, un

ambiente sosegado de convivencia no garantiza la desaparición de fenómenos

de acoso y maltrato que, por ello, han de abordarse de forma singularizada.

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El profesorado y los equipos directivos de los centros, por tanto, siguen

enfrentándose a la necesidad de actuar de forma rápida y adecuada, adoptando

medidas con los alumnos agredidos, los agresores y sus familias.

En el comienzo del curso 2016/7 la Comunidad de Madrid ha decidido dar un

impulso más al intento de acabar con el acoso escolar. A partir del software

Sociescuela y los buenos resultados obtenidos el curso anterior en los centros

que, como el nuestro, lo han desarrollado, se ha relanzado la difusión y la

divulgación de la lucha contra el acoso escolar. Por ello, a partir del 2 de

noviembre de 2016 entran en vigor unas nuevas Instrucciones sobre la

actuación contra el acoso. Tras su lectura y estudio se ha decidido elaborar este

nuevo Protocolo de Detección y Actuación en casos de Acoso escolar, que

empieza por definir y acotar el concepto de acoso, estableciendo a continuación

unas pautas de actuación con el agredido, el agresor, los compañeros, las

familias y los agentes externos (Fiscalía de Menores, Servicios Sociales, etc.),

cuando se consideren necesarias, como así lo dispone la Ley 6/1995, de 28 de

marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia de la

Comunidad de Madrid.

Por otra parte, el presente protocolo sigue las instrucciones de la Subdirección

General de Inspección Educativa, en su estructura y espíritu, concretamente lo

establecido en la Guía de actuación contra el acoso escolar en los centros

educativos, publicada en la web de convivencia de la Comunidad de Madrid,

http://www.educa2.madrid.org/web/convivencia, sin descuidar lo ya aportado en las

antiguas Orientaciones para la prevención, detección y corrección de las

situaciones de acoso escolar en los centros docentes no universitarios de la

Comunidad de Madrid.

B. PASOS A SEGUIR

El presente protocolo de actuación en casos de posible acoso escolar está

pensado para actuar con la mayor celeridad posible ante la sospecha o la

denuncia de un caso de posible acoso.

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PASO 1.

El protocolo se inicia con la notificación, recibida por el Director del Centro, que

figura como Anexo I.a (Notificación de hechos o indicios susceptibles de ser

considerados acoso escolar) o Anexo I.b (Hoja de Comunicación al Director)

En casos excepcionales, con el fin de garantizar la confidencialidad, será el

propio Director o el Jefe de Estudios el que cumplimente el Anexo I.a.

PASO 2.

El Director comunicará lo más rápidamente posible los hechos descritos a los

respectivos tutores y designará a uno o dos profesores del Centro como

investigadores.

Los profesores investigadores, de la manera más rápida posible, llevarán a cabo

una serie de entrevistas, en las que citarán individualmente a los implicados y, si

es el caso, darán cita también a los posibles testigos o cualquier otro alumno

que pueda aportar información relevante para el esclarecimiento de los hechos.

El contenido de dichas entrevistas quedará recogido por escrito en una hoja de

declaración y, posteriormente, los profesores investigadores rellenarán el

Documento para la recogida de datos, esto es, el Anexo II de este protocolo. El

Anexo II será entregado al Director por los profesores investigadores. Toda la

información recabada por los profesores investigadores será confidencial y los

documentos se guardarán en el despacho de dirección.

PASO 3.

Avisado por el Director, el tutor del presunto acosador así como el del presunto

acosado -en el caso de que pertenezcan a grupos diferentes- convocará lo antes

posible una reunión extraordinaria del equipo educativo. El objetivo de esta

reunión es doble: de una parte informar de los hechos al conjunto del equipo

docente; de otra, recabar información relevante para el esclarecimiento de los

hechos. El tutor levantará acta de dicha reunión en el Anexo IX (Acta de reunión

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del equipo docente), que entregará en dirección junto con el resto de

documentación del protocolo.

PASO 4.

El jefe de estudios hará llegar a los profesores responsables de la guardia de

recreo una hoja informativa para que estén alerta ante posibles conflictos y para

que observen la conducta del posible o los posibles acosadores. Dicho

documento se realizará conforme al Anexo X.

PASO 5

Sin obstar el que con anterioridad el tutor o el jefe de estudios hayan informado

a las familias de los protagonistas del estado en que se encuentra el protocolo,

antes de seguir el paso 6, los tutores o, en su defecto, el jefe de estudios,

informarán telefónicamente del estado de la investigación a las familias de los

posibles acosador y acosado. En dicha información se aclarará que en breve se

reunirá el grupo de profesionales que tomará la decisión acerca de si hay o no

acoso escolar.

PASO 6

Con toda la información recabada, el director convocará una reunión orientada a

la toma de decisiones. En ella estarán presentes el jefe de estudios, el tutor o

tutores de los presuntos acosado y acosador, el orientador del centro, los

profesores investigadores y, si es el caso el PTSC. Las conclusiones de esta

reunión de toma de decisiones se recogerán en el Anexo III, en el que se

consignará la ocurrencia de acoso escolar, la negativa de dicha ocurrencia, o la

negación de existencia de evidencias. Esta tercera alternativa vendrá dada por

la falta de acuerdo entre los miembros de la reunión de toma de decisiones. Al

no poder confirmar las evidencias de acoso escolar, el director propondrá una

nueva reunión para determinar si hay o no acoso escolar, encargando al jefe de

estudios y el departamento de orientación el establecimiento de una nueva fecha

para otra reunión de toma de decisiones, en la que se aporte documentación o

información novedosa.

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Si se detectase la posibilidad de que el alumno presuntamente acosado corre

riesgo físico inmediato se procederá a establecer las medidas preventivas que

se consideren necesarias. El equipo directivo decidirá las medidas a adoptar.

PASO 7

En el caso de que en el Anexo III se registrase que NO ha existido acoso, el

caso quedaría abierta a nuevas informaciones y se seguiría una atenta

observación por parte de toda la comunidad escolar. Pasados quince días, el

jefe de estudios revisará el estado de la relación entre los protagonistas, para

valorar la situación y dará cuenta al director de la evolución de la relación entre

los protagonistas.

En el caso de que en el Anexo III se registrase que SÍ ha existido acoso, en la

misma reunión de toma de decisiones, se activará el Plan de intervención, según

lo previsto en las distintas opciones del Anexo IV. Éstas se ajustarán a las

características propias del centro y a las circunstancias concretas del caso que

se estudia. En las diferentes modalidades del Anexo IV se contemplarán las

propuestas, medidas urgentes, medidas cautelares, destinadas a garantizar la

seguridad de la víctima y evitar males mayores.

PASO 8

El director informará al SIE de la existencia de acoso escolar.

Siguiendo el Plan de intervención, el director enviará el Anexo V a la Fiscalía de

menores y posteriormente el Anexo VI a la Dirección de Área Territorial. En

ambos casos se adjuntará copia de los Anexos II, II y IV.b.

OTRAS ACTUACIONES

Una vez valorados los hechos como correspondientes a una situación de Acoso

escolar, el Jefe de Estudios establecerá las medidas disciplinarias

correspondientes a las faltas cometidas, las más adecuadas en cada caso.

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Los agresores deberán dar cumplimiento a lo establecido en el punto 2 del

artículo 19 del mencionado Decreto 15/2007 y reparar el daño moral causado

mediante la presentación de excusas y el reconocimiento de la responsabilidad

en los actos, bien en público o en privado, según corresponda por la naturaleza

de los hechos y de acuerdo con el órgano competente para imponer la

corrección.

COMISIÓN DE CONVIVENCIA

La Comisión de Convivencia, dentro de las funciones de evaluación periódica de

la convivencia en el centro, que el artículo 9.3.d) del Decreto 15/2007 le atribuye

y con respeto a la tramitación de los procedimientos en curso y a la

confidencialidad de los datos, podrá evaluar específicamente las actuaciones

realizadas en los casos de acoso escolar, realizando un seguimiento de sus

resultados y elaborando un informe al respecto, en el que se indique:

La eficacia de las medidas adoptadas para la protección y apoyo

psicológico del acosado.

La eficacia de las medidas adoptadas para la modificación de

conductas del acosador.

El impacto del caso en la convivencia del centro.

Las propuestas de mejora.

Dicho informe se archivará, junto con toda la documentación relativa al caso y

estará a disposición de la Inspección para que pueda verificar, en sus visitas al

centro, la correcta aplicación de las propuestas de mejora.

En tal caso, la Comisión de Convivencia cumplimentará el Anexo XI,

Seguimiento del caso de acoso escolar, para que quede constancia de la

vigilancia que sobre el caso de acoso se está llevando a cabo.

Este seguimiento podrá realizarse a través de entrevistas individualizadas para

poder evaluar la situación y eficacia de las medidas adoptadas.

De forma general y dada la naturaleza de los hechos, todas las actuaciones

deberán producirse en condiciones de máxima garantía de confidencialidad.

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Desde los primeros anexos en los que se denuncia un posible caso de acoso,

pasando por las actas de las entrevistas, así como cada uno de aquellos

documentos que forman parte del conjunto de anexos de este Protocolo. De

toda la documentación de cada caso, que será de total confidencialidad, habrá

una copia en Dirección y otra en Orientación.

ANEXOS PROTOCOLO DE ACOSO

(Se adjuntan a continuación los Anexos IX, X y XI, añadidos para nuestro Centro. Los Anexos I-VIII

son los propuestos por la Comunidad de Madrid, que pueden descargarse en

https://www.educa2.madrid.org/web/convivencia/anexos)

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ANEXO IX

ACTA DE REUNIÓN DEL EQUIPO EDUCATIVO

MOTIVO DE LA REUNIÓN: Presunto caso de acoso ejercido por C.R. DE 2º A

Y que tiene como presunta víctima a R.S. DE 2º A

ASISTENTES:

DESARROLLO:

FIRMAS:

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ANEXO X

A la atención los profesores de guardia de patio del recreo:

Pongo en su conocimiento que a fecha de XXXXXXXX, la dirección de éste centro ha

recibido notificación, por parte de Jefatura de Estudios, de hechos susceptibles de ser

considerados como presunto acoso escolar. La presunta víctima es el alumno XXX. del

grupo XXX . El presunto acosador es el alumno XXXXXXX del grupo XXXXX

Si detecta cualquier situación contraria a las normas de convivencia del centro,

muy especialmente en relación con estos alumnos, actúe de inmediato y póngalo en

conocimiento del equipo directivo y del tutor XXX.

Si no conoce a los alumnos anteriormente indicados, el tutor o Jefatura de Estudios

podrá proporcionar más información.

Muchas gracias por su colaboración.

Mejorada del Campo, a de de 20

Directora

Fdo.: Milagros de Pedro Conal

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ANEXO XI

PERIODICIDAD DEL SEGUIMIENTO:

Semanal Quincenal Mensual Trimestral

SEGUIMIENTO

RESPONSABLE:……………………………………………………………

FECHAS Y CONTENIDOS DE LAS REUNIONES:

Nº de la reunión

FECHA de la reunión de

seguimiento

Asistentes

Desapareció el

maltrato y/o

acoso

Fecha de la próxima reunión

OBSERVACIONES

ACUERDOS

1

…..…/…..…/

……..

SÍ NO

…..…/…..…/

……..

2

…..…/…..…/

……..

SÍ NO

…..…/…..…/

……..

3

…..…/…..…/

……..

SÍ NO

…..…/…..…/

……..

4

…..…/…..…/

……..

SÍ NO

…..…/…..…/

……..

5

…..…/…..…/

……..

SÍ NO

…..…/…..…/

……..

6

…..…/…..…/

……..

SÍ NO

…..…/…..…/

……..

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Observaciones

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