NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

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ARMADA ESPAÑOLA JEFATURA DE PERSONAL DIRECCIÓN DE ASISTENCIA AL PERSONAL C.D.S.C.A. “EL MONTÓN” DE FERROL NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

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ARMADA ESPAÑOLA

JEFATURA DE PERSONAL

DIRECCIÓN DE ASISTENCIA AL PERSONAL

C.D.S.C.A. “EL MONTÓN” DE FERROL

NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

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PREÁMBULO

La Orden del Ministerio de Defensa (OM) 792/2003, de 25 de marzo, establece el

Régimen Jurídico y de Funcionamiento de los Centros Deportivos y Socioculturales Militares.

Consecuencia de la OM anterior el Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada

(AJEMA) en su escrito 4410/0/05 de fecha 7 de octubre de 2005 deroga el Reglamento

General de los Clubs Navales de la Armada de 19 de septiembre de 1984 y autoriza al

Almirante Jefe de Personal (ALPER) a dictar nuevas “Normas” para asegurar el

funcionamiento Centros Deportivos Socioculturales Militares de la Armada (CDSCA).

El ALPER en fecha 4 de noviembre de 2015, aprueba las Normas que Regulan el

Régimen Jurídico y el Funcionamiento de los Centros Deportivos Socioculturales Militares de

la Armada.

Este Reglamento del Centro Deportivo Sociocultural Militar de la Armada “El Montón”

de Ferrol se elabora en virtud del punto 5 de las Normas referidas en el párrafo anterior y

tienen como objeto poner al alcance de los Usuarios las normas generales que regulan el

funcionamiento del Centro.

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ÍNDICE

Título Página

1. GENERALIDADES

1.1. RESEÑA HISTÓRICA ................................................................................ 8

1.2. LOCALIZACIÓN ......................................................................................... 8

1.3. EDIFICACIONES ....................................................................................... 9

1.4. INSTALACIONES DEPORTIVAS Y ZONAS RECREATIVAS Y DE

ESPARCIMIENTO .................................................................................... 12

2. FINALIDAD ........................................................................................................ 13

3. ORGANIZACIÓN

3.1. DEPENDENCIA Y ORGANIGRAMA ........................................................ 13

3.2. DIRECTOR GERENTE ............................................................................ 14

3.3. JUNTA DIRECTIVA .................................................................................. 15

3.4. JUNTA DE ACTIVIDADES ....................................................................... 15

3.5. SECRETARIA .......................................................................................... 15

3.6. SERVICIOS GENERALES ....................................................................... 16

3.7. ADMINISTRACIÓN .................................................................................. 16

4. USUARIOS

4.1. ADMISIÓN ................................................................................................ 16

4.2. CLASIFICIACIÓN ..................................................................................... 17

4.2.1. USUARIOS DE HONOR ................................................................ 17

4.2.2. USUARIOS DE NÚMERO .............................................................. 17

4.2.3. USUARIOS FAMILIARES .............................................................. 17

4.2.4. USUARIOS TRANSEÚNTES ......................................................... 18

4.2.5. USUARIOS EVENTUALES ............................................................ 19

4.3. BAJAS ...................................................................................................... 19

4.4. PERDIDA DE LA CONDICIÓN DE USUARIO ......................................... 20

4.5. DERECHOS ............................................................................................ 20

4.6. OBLIGACIONES GENERALES ............................................................... 21

5. INVITADOS ....................................................................................................... 21

6. NORMAS GENERALES

6.1. ACCESO AL CENTRO ............................................................................. 23

6.2. HORARIO ................................................................................................. 24

6.3. COMPORTAMIENTO DE LOS USUARIOS ............................................. 24

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7. INSTALACIONES DEPORTIVAS

7.1. PISICINAS ................................................................................................ 24

7.2. PISTAS DE TENIS ................................................................................... 26

7.3. PISTAS DE PADEL .................................................................................. 27

7.4. PISTAS DE BALONCESTO ..................................................................... 28

7.5. PISTA DE FUTBITO ................................................................................. 28

7.6. PISTAS DE LLAVE Y PETANCA ............................................................. 29

7.7. CAMPOS DE FUTBOL ............................................................................. 29

7.8. CAMPO DE MINI GOLF ........................................................................... 29

7.9. PABELLÓN POLIDEPORTIVO ................................................................ 29

7.10. GIMNASIOS ............................................................................................. 30

7.11. SAUNAS ................................................................................................... 30

7.12. SALA DEPORTIVA MULTIUSOS ............................................................. 30

7.13. CANCHA DE SQUASH ............................................................................ 31

7.14. SECCIÓN DE VELA ................................................................................. 31

8. INSTALACIONES SOCIALES

8.1. EDIFICIO LOS PORCHES ....................................................................... 32

8.1.1. COMEDOR PRINCIPAL................................................................. 32

8.1.2. COMEDOR DE PROTOCOLO ....................................................... 32

8.1.3. SALÓN COMEDOR ELCANO ........................................................ 32

8.1.4. NAVE ACRISTALDA ...................................................................... 33

8.1.5. CASA DE LA PRADERA ................................................................ 33

8.2. MESÓN GALATEA ................................................................................... 33

8.3. EDIFICIO COLÓN .................................................................................... 33

8.3.1. SALA DE CELEBRACIONES ......................................................... 33

8.3.2. SALA DE BAILE ............................................................................. 34

8.3.3. SALA DE LA CORAL ..................................................................... 34

8.4. EDIFICIO PRINCIPAL .............................................................................. 34

8.4.1. CAFETERÍA ................................................................................... 34

8.4.2. DISCOTECA “SALÓN AZUL” ......................................................... 34

8.4.3. DISCOTECA JUVENIL................................................................... 35

8.4.4. SALA DE JUEGOS DE MESA ....................................................... 35

8.4.5. SALÓN MULTIUSOS ..................................................................... 35

8.5. MESÓN DE LEVANTE ............................................................................. 35

9. ZONAS RECREATIVAS Y DE ESPARCIMIENTO

9.1. BARBACOAS ........................................................................................... 35

9.2. MERENDEROS ........................................................................................ 36

9.3. PLAYA Y SU SOLARIUM ......................................................................... 36

9.4. SALA DE JUEGOS JUVENIL ................................................................... 36

9.5. PARQUES INFANTILES .......................................................................... 37

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10. SERVICIOS

10.1. RESTAURACIÓN ..................................................................................... 37

10.2. PELUQUERÍA, BELLEZA Y ESTÉTICA ................................................... 37

10.3. LAVADO DE AUTOS ............................................................................... 38

10.3.1. TREN DE LAVADO ..................................................................... 38

10.3.2. LAVADERO MANUAL .................................................................. 38

11. OTROS

11.1. INSTALACIONES ADMINISTRATIVAS ................................................... 38

11.2. PROTECCIÓN DE DATOS ...................................................................... 38

11.3. PERFIL DEL CENTRO EN FACEBOOK .................................................. 39

12. ENTRADA EN VIGOR ....................................................................................... 39

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1. GENERALIDADES

1.1. RESEÑA HISTÓRICA

El 17 de Mayo de 1950 se crea la Comisión Naval de Regatas (CNR), con sede

en las instalaciones anexas al Arsenal Militar de Ferrol, conocidas como “La Cortina”.

Comisión en la que tiene sus antecedentes el Club Naval de Oficiales (CNO) el cual

se crea en febrero de 1974, independizándose financiera y burocráticamente de

aquella.

A finales de los años 70 se agregaron al CNO, unas instalaciones de

aproximadamente 46.000 metros cuadrados situadas en “El Montón”. Las referidas

instalaciones, en 1775 eran polvorines que contaban con un cuartel para la

compañía encargada de su custodia, en la actualidad es el edificio “Los Porches”.

Los locales originales de estilo neoclásico y gran valor histórico-artístico fueron

rehabilitados entre 1979 y 1983. En Mayo de 2001 el CNO abandona sus

instalaciones en “La Cortina” y concentra todas sus pertenencias en las existentes

en el “El Montón”.

En otra parte del referido “El Montón” se dedican 42.000 metros cuadrados para

la construcción del Club Naval de Suboficiales (CNS), lo que se hizo en dos fases.

La 1ª fase se inauguró en agosto de 1975, estaba compuesta por dos piscinas y un

pequeño edificio social, actual terraza de verano. En la 2ª fase se construyeron los

edificios Principal y Modular. En el primero se incluye una Residencia de

Suboficiales. El CNS fue inaugurado el 17 de noviembre de 1.980.

El 25 de Mayo de 2003 en cumplimiento de lo dispuesto en la O.M.DEF 792/2003

los dos Clubs pasaron a denominarse Centros Deportivos Socioculturales de la

Armada (CDSCA), organizándose administrativamente como una dependencia más

de la Armada.

El 1 de junio de 2016 según lo ordenado por el Almirante Jefe de Personal de la

Armada en su escrito 4005/21-99, de 12 de junio de 2015 los CDSCA de Oficiales y

Suboficiales se integran en un único CDSCA de Oficiales, Suboficiales y Marinería

y Tropa Permanente.

1.2. LOCALIZACIÓN

El CDSCA “EL Montón” de Ferrol está situado en la zona denominada “Punta

del Montón” en el Barrio de Caranza, en el término municipal de Ferrol, provincia de

La Coruña, encontrándose a 2 kilómetros del centro de la ciudad, en zona urbana.

Ocupa una extensión de 104.385 m2 resultantes de la unión de dos (2) parcelas, una

de 87.195 m2 en la que se encuentran los edificios e instalaciones del propio Centro,

la Residencia del AJEMA y una Residencia de Suboficiales y una segunda parcela

de 17.190 m2 sin edificar y separada de la anterior por un muro.

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Sus límites geográficos son:

Al Norte y al Oeste: Con fincas particulares y la Avenida del Mar.

Al Sur y al Este: Con la ría de Ferrol.

1.3. EDIFICACIONES

La entrada a la Dependencia queda situada en la cara norte dando acceso a

una serie de zonas ajardinadas, recreativas, deportivas, edificios socioculturales y

administrativos.

Sus instalaciones se dividen en dos zonas: Zona de Poniente y Zona de Levante

Edificio “Los Porches” (1). Construido a mediados del siglo XVIII, de estilo

neoclásico, sillería de granito y mortero, antiguo cuartel de la compañía encargada de

la custodia de los polvorines allí emplazados. Edificio de gran valor histórico-artístico-

cultural, y que consta de dos plantas, con unas dimensiones aproximadas de 35 por 15

metros, fue ampliado entre 1979 y 1983, añadiéndosele un adosado de parecida

construcción pero de una sola planta y sótano, con techo ejecutado con cerchas y

entablado de madera y unas mediadas de 24 x 15 metros. En época más reciente se

le anexó la “Nave Acristalada” (2), consistente en una estructura metálica de aluminio

de color blanco con grandes ventanales de unas dimensiones aproximadas de 25x 12

metros y encajada entre el citado edificio y la llamada “Casa de la Pradera” (3),

pequeño edificio con plantas baja y alta, a la que también tiene acceso, formando todos

estos elementos un edificio único.

En este “Edificio Los Porches”, se encuentran los siguientes servicios:

Planta Sótano: Cocina, Despensa, Lavandería y Frigoríficas.

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Planta Baja: Cafetería, Cocina, Comedor Principal, Comedor de Protocolo,

Biblioteca, Nave Acristalada, Almacén, Sala de Bebés y Casa de La Pradera

Planta Primera: Comedor Elcano.

“Mesón Galatea”(17), edificación semienterrada, aprovechando los antiguos

polvorines allí existentes, ubicado en la zona más al Sur de recinto, tiene un frente de

unos 30 metros, está orientado hacia el mar y próximo a éste. Consta de: Cafetería,

Comedor, Servicio de Línea, Aseos, Despensa y Lavaplatos.

Se le ha anexado un pequeño local con chimenea, carpintería metálica en aluminio y

cristaleras para uso como comedor para 10 personas.

En el frente del Mesón se encuentra una terraza a ambos lados de la carretera para

disfrute en la época estival.

En su interior existe todo el utillaje necesario para la utilización como cafetería y

restaurante señalado en el punto anterior y en las mismas condiciones de uso y

mantenimiento.

“Edificio Colón” (18), situado en la parte Sureste de la parcela, construido en

la década de los ochenta del pasado siglo XX para ser el cuartel de la marinería

existente en la dependencia.

Está formado por dos bloques rectangulares de planta baja y 45 metros de largo

por 12 de ancho que corren paralelos y separados por un patio descubierto de

5 metros entre ellos que sirve de organizador de los accesos y distribuidor

ZONA DE LEVANTE

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general del conjunto. Encontrándose en uno de ellos (18) la Conserjería, la sala

de Celebraciones y la Sala de la Coral. En el otro (19) están el Gimnasio Nº1 y

la Sala de Baile.

“Edificio Principal” (25), consta de planta baja, cinco plantas y bajo cubierta.

Las plantas 4ª, 5ª y la bajo cubierta pertenecen a la Residencia de Suboficiales.

Planta Baja: En la que se encuentran, un pañol de mantenimiento, las

frigoríficas, una despensa, una cocina y la Discoteca Salón Juvenil que

consta de dos plantas. Tanto la Discoteca Juvenil como la cocina tienen

su entrada principal desde el exterior en la zona donde se ubican las

piscinas.

Planta Primera: En ella se ubican la entrada a la planta alta de la

Discoteca Juvenil, la Sala Deportiva Multiusos, la Peluquería y el

Gimnasio Nº 2 con sus vestuarios, aseos y duchas.

Planta Segunda: Se corresponde con la entrada al edifico por su cara

norte, a través de unas escaleras dobles con balaustrada de piedra,

dando al Hall en el que se encuentra la recepción de la Residencia de

Suboficiales, así como a la Cafetería y al Salón Azul. Tanto desde la

Cafetería como desde el Salón Azul se accede a una terraza que se

encuentra sobre la Terraza de Levante (28) las dos piscinas (29)

adyacentes a la misma.

Planta Tercera: Donde se ubican el Salón Multiusos, la Sala de Juegos

de Mesa desde la que se accede a otra terraza sobre las piscinas, los

despachos del Director-Gerente, del Administrador y la Oficina de

Administración (Oficial de Cuenta y Razón).

“Edificio Modular” (24), Edificio con su entrada principal por la zona Norte del

edifico y unido al Edificio Principal por la tercera planta de éste, mediante una

pasarela con cristaleras. Consta de dos plantas.

Planta Baja: En la que se encuentra la Sala de Juegos Juvenil, el Pañol

de Tenis y las Saunas para señoras y caballeros.

Planta Primera: Dedicada a Zona Administrativa con el Despacho del

Director Adjunto, el Despacho del Secretario, las oficinas de Secretaría

y Mantenimiento, así como la Sala de Juntas.

“Mesón de Levante”( sin numeración). Antiguo polvorín que se encuentra

situado bajo tierra en la zona noreste, fue dedicado como Mesón de Invierno en

el CNS, actualmente se encuentra cerrado debido al mal estado de

conservación, está pendiente de restauración y en estudio de su nuevo fin para

el que será dedicado.

Cafetería y Terraza de Levante (28), se encuentra ubicada en la zona de las

piscinas de levante. Cuenta con una amplia terraza con palco para actuaciones,

linda por su parte sur a las dos piscinas de levante y por su parte norte con las

pistas de pádel ubicadas en esta zona.

Únicamente presta servicio en la temporada estival.

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1.4. INSTALACIONES DEPORTIVAS Y ZONAS RECREATIVAS Y DE

ESPARCIMIENTO

Instalaciones deportivas:

Cinco (5) pistas de tenis.

Cuatro (4) pistas de pádel (dos cubiertas).

Un (1) pabellón polideportivo.

Dos (2) pistas de baloncesto.

Una pista (1) futbito.

Dos (2) campos de futbol de hierba natural fútbol 7.

Un (1) campo de fútbol de hierba artificial.

Un (1) campo de mini golf.

Una (1) piscina para mayores de 18 años (“Titanic”).

Dos (2) piscinas para adultos (1 en “Tres Carabelas”, 1 en “Piscinas de

Levante”).

Dos (2) piscina para niños (1 en “Tres Carabelas”, 1 en “Piscinas de

Levante”).

Una (1) piscina de chapoteo para bebés (En Tres Carabelas)

Una (1) cancha de squash.

Una pista de Juego de llave y petanca.

Sección de Vela.

Zonas recreativas y de esparcimiento:

Merenderos

El Centro cuenta con dos áreas de merenderos, una en la Zona de Levante

y otra en la Zona de Poniente.

En la de levante, existe un merendero cerrado y cubierto, con capacidad

para 120 personas y una zona al aire libre con mesas de piedra, fijas y

mesas canadienses, con una capacidad aproximada para 200 personas.

En la de poniente se encuentra una zona de merendero al aire libre, entre el

Mesón Galatea y las barbacoas existentes en esta zona, con mesas

canadienses con una capacidad estimada de 210 personas.

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Barbacoas

Existen dos áreas de barbacoas.

En la zona de poniente en las proximidades de la terraza de verano del

Mesón Galatea, existe una edificación cubierta con dos barbacoas, cenicero

y parrillas.

En la zona de levante, cercana al merendero cubierto, se encuentran otra

edificación cubierta con seis barbacoas y otras dos al aire libre, con una

leñera. Para todas ellas se disponen de cenicero y parrillas.

Playa

Entre las zonas de levante y poniente existe un tramo de playa de unos 50

metros con una zona de campo para tomar el sol.

Parques infantiles

Se dispone de cuatro (4) parques infantiles, distribuidos uno (1) en la zona

de levante y tres (3) en la de poniente.

2. FINALIDAD

Facilitar a los miembros de la Armada y de los Cuerpos Comunes adscritos a ella, su

preparación física y la práctica de los distintos deportes, así como fomentar las relaciones

sociales, las actividades recreativas y culturales, y estrechar los lazos de amistad y

compañerismo entre dichos miembros y sus familiares.

Asimismo el Centro estará a disposición de las Autoridades Navales, de la localidad o

de índole nacional, para actos y celebraciones oficiales, así como para la realización de

actividades deportivas, sociales, culturales y recreativas, ordenadas por aquellas, siempre

que la capacidad de dichas instalaciones lo permitan.

Las UCO´s de la Armada que precisen la utilización de cualquiera de las instalaciones

del Centro, lo solicitarán al Director-Gerente y, dependiendo de su relevancia, éste lo

trasladará al Almirante Director de Asistencia al Personal (DIASPER).

Cualquier asociación u organismo oficial podrá solicitar la utilización del CDSCA

mediante solicitud al Director Gerente, quien elevará la misma al DIASPER.

3. ORGANIZACIÓN

3.1. DEPENDENCIA Y ORGANIGRAMA

El C.D.S.C.A. “El Montón” de Ferrol, depende a todos los efectos de la Dirección

de Asistencia al Personal (DIASPER), Dirección que a su vez depende de la

Jefatura de Personal (JEPER).

El Centro como organismo público que es se regirá por la legislación general

aplicable a los órganos de la Administración General del Estado.

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Así mismo, el Centro tiene carácter específico militar como cualquier otro

organismo de la Armada, por lo que se regirá también por la normativa general

aplicable a las UCO´S del Ministerio de Defensa y por la particular dictada

específicamente para el mismo. Carece de personalidad jurídica propia.

El Director Gerente será el Jefe de la UCO y tiene las competencias y

responsabilidad de la gestión del Centro. Para desempeñar sus funciones lo asiste

el personal militar y civil que se determine en las plantillas correspondientes y cuenta

con la Junta Directiva y la Junta de actividades como órgano asesor y de apoyo

respectivamente.

Con independencia de lo anterior, el Almirante Jefe del Arsenal de Ferrol

(ALARFER),como máxima autoridad de la Armada en la localidad, tiene potestad

sobre el Centro en el orden general militar, uniformidad, comisiones y otros asuntos

reseñados en la IPOR 09/2006 del AJEMA.

Con respecto a la relación con los Usuarios el Centro tiene el siguiente

organigrama:

3.2. DIRECTOR GERENTE

Es el Jefe de la Unidad y le corresponden las competencias y responsabilidad

de la gestión del Centro.

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3.3. JUNTA DIRECTIVA

La Junta Directiva es el órgano asesor del Director-Gerente para todos aquellos

asuntos que éste le encomiende y, principalmente para la gestión económica y

administrativa del Centro.

Será presidida por el Director y estará compuesta por:

Los Directores Adjuntos, en su caso.

El Secretario.

El Administrador.

Los vocales que el Director designe entre el personal destinado en la plantilla del

Centro.

3.4. JUNTA DE ACTIVIDADES

La Junta de Actividades, es el órgano de apoyo al Director Gerente en todo lo

que concierne a las actividades deportivas, recreativas, sociales y culturales del

Centro.

Estará compuesta por:

Presidente: El Director-Gerente.

Directores Adjuntos, si procede.

Secretario: El Secretario del CDSCA.

Vocales designados por el Director Gerente

Los vocales serán elegidos entre los Usuarios de Número, como mínimo

deberán ser tres. Su participación será voluntaria y desinteresada. Caso de no

existir voluntarios entre los usuarios, el nombramiento de vocales podrá recaer

sobre el personal de la dotación del Centro, que tenga la condición de Usuario

de Número. Serán nombrados por el DIASPER a propuesta del Director Gerente.

3.5. SECRETARÍA

Situada en la planta primera del Edificio Modular, es la oficina principal del

Centro en la que el usuario podrá realizar personalmente cualquier consulta o

gestión, en horario de mañana de 09,30 a 13,30 horas los días laborables.

Tiene como misiones principales la redacción de avisos y comunicaciones, el

control de bajas y altas de Usuarios, la gestión de iniciativas y quejas así como emitir

los certificados de los acuerdos de las Juntas, con el visto bueno del Director

Gerente.

Se podrán realizar consultas telefónicas en el mismo horario anterior en el

teléfono 981 33 03 55.

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Las gestiones que se puedan efectuar de forma telemática se harán a través del

correo electrónico [email protected].

3.6. SERVICIOS GENERALES

Los Servicios Generales del Centro tienen dos misiones perfectamente

diferenciadas: El mantenimiento y la restauración.

El apartado de mantenimiento tiene por objeto el planeamiento y ejecución de

los trabajos de mantenimiento, el control del buen funcionamiento de los servicios,

sistemas y equipos y el adiestramiento y control del personal encargado de estos

trabajos. Además, controla la prestación y la calidad de los servicios externos

relacionados con el funcionamiento del Centro.

El apartado de restauración tiene como objeto controlar la prestación y la calidad

del servicio de restauración contratado para el Centro. Sirve de canal de enlace entre

la Dirección del Centro y la empresa prestadora del servicio para la coordinación de

aquellos eventos oficiales, programados por el Centro o solicitados por los Usuarios.

3.7. ADMINISTRACIÓN

Área, dependiente orgánicamente del Director Gerente del Centro, es la

encargada de efectuar todas las acciones relacionadas con la recaudación de las

cuotas de los Usuarios, informar al Director de la situación económica y de cuantos

asuntos se refieran a la administración del Centro.

Tiene bajo su responsabilidad la presentación a la Junta Directiva del borrador

de la previsión anual de ingresos y gastos, los informes periódicos de los mismos y

la memoria anual correspondiente.

4. USUARIOS

4.1. ADMISIÓN

Como norma general podrán solicitar la condición de Usuario los Militares

Profesionales, sus cónyuges o parejas de hecho, legalmente reconocida, y

familiares hasta el primer grado de parentesco, en las condiciones que se

especifican en los siguientes párrafos de este capítulo.

Cuando un militar solicite ser dado de alta como Usuario de Número y pudiendo

haberlo solicitado antes, no lo haya hecho, deberá abonar las cuotas

correspondientes al periodo de carencia (si ha transcurrido más de un año deberá

abonar las cuotas de los últimos 12 meses). La cuota correspondiente al periodo de

carencia “no será aplicable a los Usuarios Familiares”.

No se podrá mantener la condición de Usuario de Número en más de un

CDSCA.

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17

El Centro fijará el número máximo de Usuarios a admitir en relación a la

capacidad de sus instalaciones. Esta limitación no afectará ni al personal militar de

la Armada ni al de los Cuerpos Comunes adscritos a la Acción Social de la misma

residentes en Ferrol, cualquiera su situación administrativa.

La admisión como Usuarios de los CDSCA se solicitará del Director-Gerente del

Centro de acuerdo con lo señalado en los apartados siguientes.

4.2. CLASIFICACIÓN

4.2.1. USUARIOS DE HONOR

Podrán ser Usuarios de Honor aquellas personalidades Civiles y Militares

que, por su cargo (mientras lo ostente), méritos relevantes o por hechos

destacados en beneficio de la Armada, sean acreedores a ello. Los Usuarios

de Honor serán nombrados expresamente por el DIASPER, tras la

aprobación del Almirante Jefe de Personal (ALPER), pudiendo ser propuestos

por el Director del Centro. Estarán exentos del abono de cuota.

4.2.2. USUARIOS DE NÚMERO

Podrán ser Usuarios de Número el personal que cumpla las siguientes

condiciones:

Personal Militar Profesional de la Armada (excepto Marinería y Tropa No

Permanente) y Cuerpos Comunes adscritos a la Acción Social de la

Armada, en cualquier situación administrativa, así como el personal militar

retirado de la Armada.

También podrá serlo, en las mismas condiciones, el personal militar de otros

Ejércitos, de los Cuerpos Comunes no adscritos a la Acción Social de la

Armada y al personal de la Guardia Civil. Todo ello estará siempre

supeditado a la capacidad de las instalaciones, sin que esta limitación afecte

ni al personal militar de la Armada ni al personal militar de los Cuerpos

Comunes adscritos a la Armada.

4.2.3. USUARIOS FAMILIARES

Podrán ser Usuarios Familiares, el personal que se contempla en los

apartados siguientes:

Los Cónyuges de los Usuarios de Número del Centro, y los hijos

reconocidos legalmente hasta que cumplan la edad de 18 años.

Entre los 18 y 28 años lo podrán ser siempre que no estén emancipados. A

partir de los 18 años, los hijos emancipados y, en cualquier caso, todos los

hijos a partir de los 28 años, causarán baja como Usuarios Familiares,

pudiendo pasar al grupo de Usuarios Eventuales.

Los hijos discapacitados (de grado superior al 33%) no perderán la condición

de Usuario Familiar al cumplir los 28 años.

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Los huérfanos del Usuario de Número, conforme a las edades indicadas en

el párrafo anterior, abonarán el 50% de la cuota específica.

También podrán ser Usuarios Familiares los hijos del cónyuge o pareja de

hecho del Usuario de Número, legalmente reconocida, que sean menores

de 28 años, mientras formen parte de la unidad familiar.

Los cónyuges que al momento de quedarse viudos de un Usuario de

Número no estuvieran separados judicialmente, conservarán la condición de

Usuario Familiar mientras no varíe su estado civil o mantengan análoga

relación de afectividad a las de un cónyuge.

Los cónyuges divorciados o separados legalmente, que mantengan la

custodia de los hijos del Usuario de Número, conservarán la condición de

Usuario Familiar, al igual que ellos, hasta que éstos se emancipen

legalmente, mientras no varíe su estado civil, o mantengan relación de

afectividad análoga de cónyuge. Abonará la cuota específica del CDSCA por

el mismo importe que el Usuario de Número.

Los Usuarios familiares menores de seis (6) años no abonarán cuota alguna.

4.2.4. USUARIOS TRANSEÚNTES

Podrán ser Usuarios Transeúntes, mientras duren las causan que

promovieron su admisión:

El personal militar profesional de la Armada (excepto el de Marinería y Tropa

No Permanente) y Cuerpos Comunes adscritos a la Acción Social de la

Armada en cualquiera de las situaciones administrativas contempladas en

el artículo 107 de la Ley 39/2007 de la Carrera Militar, así como el personal

militar profesional antes citado que haya pasado a retiro a tenor de lo

dispuesto en el artículo 114 de la mencionada Ley, y sus familiares, según

las condiciones establecidas para los Usuarios Familiares, que residan

temporalmente en la zona por encontrarse realizando cursos, en comisión

de servicio, disfrutando permiso o por cualquier motivo de índole familiar o

particular.

También podrá serlo, en las mismas condiciones del párrafo anterior, el

personal militar de otros Ejércitos y de los Cuerpos Comunes no adscritos a

la Acción Social de la Armada, si lo permite el número máximo de Usuarios

fijados para el Centro.

El personal militar extranjero destinado en España, y los Agregados

Militares, si bien para estos últimos se requerirá la autorización previa del

Estado Mayor de la Armada.

El personal Reservista Voluntario de la Armada o de los Ejércitos durante su

periodo de activación, en las mismas condiciones que el personal militar

profesional.

Page 19: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

19

Otro personal: Los familiares de Usuarios de Número del Centro hasta el 2º

grado no incluidos en apartados precedentes y que, con carácter temporal,

convivan con él en su domicilio, previa justificación de su situación por un

período de un año, renovable una sola vez.

4.2.5. USUARIOS EVENTUALES

Podrán ser Usuarios Eventuales y Usuarios Familiares Eventuales en su

caso aquellos contemplados en los apartados siguientes:

Los hijos y los huérfanos de Usuario de Número mayores de 28 años y

mayores de edad emancipados.

Familiares del Usuario de Número, o de su cónyuge, que dependan de él

económicamente y convivan de forma permanente en su domicilio.

El personal civil que por su especial relación con la Armada o por sus

actuaciones a favor del Centro apruebe el DIASPER, a propuesta del

Director Gerente, así como sus familiares, según las condiciones

establecidas en el párrafo 4.2.3. anterior.

El personal civil que haya sido Usuario de Honor y que al cesar en el cargo

que originó ese derecho, haya solicitado continuar perteneciendo al Centro,

previa autorización del DIASPER.

La admisión y nombramiento de Usuario Eventual tendrá los siguientes

condicionantes:

Deberá ser aprobada por la Dirección del Centro.

Se concederá por periodos bienales.

Deberá ser avalada por dos Usuarios de Número. Cada Usuario podrá

avalar, como máximo, a dos Usuarios Eventuales. Como excepción, se

podrá avalar a más de dos hijos mayores de 28 años, con la condición de

que la capacidad del Centro lo permita y siempre que sea autorizada por la

Dirección del Centro.

El número máximo de Usuarios Eventuales estará fijado por el DIASPER

a propuesta del Centro.

4.3. BAJAS

Cuando por cualquier motivo un Usuario cause baja en el Centro,

automáticamente también causarán baja los Usuarios Familiares, Transeúntes y

Eventuales que dependan de él, excepto en el caso de que la baja sea por

fallecimiento o sea posterior a la nulidad, divorcio o separación judicial, casos en los

que se aplicará lo especificado para los Usuarios Familiares.

Los Usuarios de Número podrán solicitar del Director del Centro la baja temporal

cuando por razones profesionales justificadas se ausenten de la zona por un período

mínimo de tres meses o máximo de tres años. Durante este periodo se conservará

Page 20: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

20

la antigüedad como Usuario de Número. Será preceptivo acompañar a la solicitud

de baja el carné de Usuario y los de los familiares. De no ejercer este derecho,

mantendrá la condición de Usuario de Número.

Cualquier Usuario que se dé de baja por razones exclusivamente personales y

fije su residencia en la misma localidad del Centro, para darse nuevamente de alta

deberá abonar previamente las cuotas correspondientes al periodo en el que haya

estado de baja. Si ha transcurrido más de un año desde la fecha en que ésta se

produjo, deberá abonar las cuotas correspondientes a los últimos doce (12) meses.

Este periodo no será aplicable a los Usuarios Familiares.

4.4. PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE USUARIO

La condición de usuario del Centro se perderá:

Por voluntad propia, perdiendo, a partir de ese momento, todos los beneficios.

Indefinidamente, por decisión de la Dirección del Centro, por la aplicación de una

medida administrativa como consecuencia de un incumplimiento de las

obligaciones generales de los Usuarios calificado como muy grave.

Temporalmente, por la aplicación de una medida administrativa tomada como

consecuencia de un incumplimiento calificado como leve, grave o muy grave.

Durante este periodo, el Usuario abonara exclusivamente la cuota específica

mensual correspondiente a los Usuarios familiares, en su caso.

Por demorar injustificadamente el pago de las cuotas y servicios del Centro. En

este caso, la Dirección del Centro requerirá al interesado ponerse al corriente en

el plazo de treinta días. Si transcurrido este tiempo no abonase su deuda, se

entenderá que renuncia a ser Usuario y causará baja definitiva.

Por pérdida de la condición de militar. A estos efectos el personal retirado tendrá la

consideración de “militar retirado” y podrá continuar, si así lo desea, como Usuario

de Número.

4.5. DERECHOS

Todos los Usuarios tienen derecho a utilizar las instalaciones del Centro y a

participar en cuantos actos deportivos, culturales, sociales y recreativos se

organicen en éste, de acuerdo con el presente Reglamento y las normas que dicte

la Dirección del Centro.

Los Usuarios de Número, así como, los cónyuges viudos o separados, los

cónyuges de los Usuarios ausentes por razón de destino y los cónyuges divorciados

que, conforme a la normativa en vigor, conserven sus derechos de Usuario, serán

los únicos autorizados a elevar propuestas, peticiones, consultas, quejas o recursos

a la Dirección del Centro o Autoridades Superiores, según proceda. El resto de

Usuarios que compongan una unidad familiar, ejercerán sus derechos a través de

aquellos y los Usuarios Eventuales a través de los Usuarios de Número que los

Page 21: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

21

hayan avalado. Para las Reclamaciones e Iniciativas y Quejas se cumplimentarán

los formatos existentes a tal efecto.

El Usuario Familiar cónyuge, o pareja de hecho, legalmente reconocida,

representará a aquellos cuando se encuentren en cualquier situación excepcional,

demostrable, como enfermedad, navegación, operación, comisión, guardia, etc. que

le impida pueda realizar la gestión solicitada.

4.6. OBLIGACIONES GENERALES

Todos los Usuarios están obligados a:

Conocer y cumplir las presentes Normas, las comunicaciones del Director y del

personal del Centro, las Normas de Régimen Interior del Centro y los acuerdos que

se adopten por las diferentes Juntas que lo componen.

Satisfacer las cuotas y cánones de uso en la forma y cuantía establecidas en la

normativa vigente y comunicar a la Secretaria del Centro cualquier cambio que se

produzca en relación con sus datos personales relativos a domicilio y beneficiarios.

Igualmente deberán informar, por la vía que consideren más oportuna, de cualquier

cambio que pueda producirse en relación con la domiciliación bancaria de los

recibos.

Observar en todo momento una conducta correcta, inspirada en el mutuo respeto

a las Instituciones, los demás Usuarios del Centro y al personal que trabaja en éste.

Colaborar activamente en el buen uso y conservación del mobiliario, del material y

de las instalaciones.

Respetar las normas que sobre acceso al Centro, circulación, estacionamiento de

los vehículos, salud, higiene y sanidad establezca el Centro.

Usar en cada caso un vestuario y calzado correcto y apropiado acorde con las

dependencias e instalaciones, conforme a lo dispuesto en el presente Reglamento.

No sacar fuera del recinto material o efectos que pertenezcan al Centro sin

autorización de su Director-Gerente o directivo / vocal responsable.

Responsabilizarse de que los niños a su cargo menores de diez (10) años estén

acompañados por un adulto en las instalaciones que se determinen en el Centro.

Asimismo, deberán responsabilizarse tanto de las personas dependientes, que

tendrán que estar acompañadas por un Usuario mayor de edad, como del

comportamiento de sus invitados.

5. INVITADOS

Los Usuarios de Número podrán invitar a sus familiares y amigos a las instalaciones

del Centro, previo abono de las cantidades que para esta eventualidad se determinen.

Page 22: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

22

El Usuario que invite a familiares y amigos al Centro deberá permanecer en todo

momento en sus instalaciones, siendo responsable de su comportamiento.

Cuando el invitado sea militar de categoría distinta a la que corresponde al Centro,

podrá hacer uso de las instalaciones en las mismas condiciones que otros invitados.

Si el invitado es militar, a excepción del personal de Marinería y Tropa No Permanente,

y está destinado en la zona, se le informará de la posibilidad de causar alta en el Centro. De

no producirse por su parte la solicitud para ello, sólo podrá acceder al Centro como invitado

en el caso de celebraciones solicitadas por un Usuario debidamente autorizadas por la

Dirección.

Cuando un Usuario o sus familiares causan baja en el Centro, sólo podrán acceder

como invitados en celebraciones solicitadas por otro Usuario y debidamente autorizadas por

la Dirección del mismo. En el caso de que un Usuario, que encontrándose en la situación de

“suspensión temporal de la condición de Usuario” a causa de la aplicación de una medida

administrativa por un incumplimiento calificado como leve, grave o muy grave, sea invitado

a una celebración por otro Usuario de Número, el acceso al Centro deberá ser expresamente

autorizado por su Director Gerente, de considerarlo oportuno. En ningún caso se autorizará

el acceso al Centro a un Usuario que haya perdido de forma definitiva su condición de

Usuario en cualquiera de los CDSCA’s a causa de un incumplimiento calificado como muy

grave.

La Dirección del Centro podrá limitar el número de invitados por Usuario, dependiendo

de la capacidad o tipo de actividades a realizar.

Los Alumnos de las Escuelas y Academias Militares de Formación se consideran

invitados del Centro, teniendo el acceso libre, a aquellos a los que por su categoría militar

les pudiera corresponder, mostrando, para ello, su Tarjeta de Identidad Militar.

Sin perjuicio de que el Usuario se responsabilice del comportamiento adecuado de sus

invitados, éstos están sujetos a las obligaciones generales de los Usuarios relativas al uso

de las instalaciones y a las normas de convivencia. En caso de incumplimientos leves, los

invitados podrán ser objeto de amonestación verbal a fin de que cese el comportamiento

inadecuado. De persistir éste o de revestir gravedad su conducta, atendidas las

circunstancias, el invitado podrá ser instado a abandonar el Centro por el Director del mismo

o por su responsable en ausencia de éste. Así mismo, cualquier daño originado por un

invitado y que suponga un coste para el Centro, será subsanado por el Usuario responsable

del invitado.

6. NORMAS GENERALES

Los Usuarios deberán a acreditar su condición ante cualquier miembro de la Dirección

del Centro, vocal de la Junta de Actividades y personal de Auxiliares de Control de Acceso

o Conserjería.

El personal citado en el párrafo anterior tiene la obligación y el derecho de velar por el

cumplimiento del presente Reglamento. Así pues, cuando así fuese necesario, los Usuarios

Page 23: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

23

están en la obligación de identificarse como tal y atender las indicaciones que le sean dadas

por los mismos.

Los Usuarios Familiares a partir de los seis (6) años ya podrán disponer del carné que

acredite tal condición.

Los menores de 10 años siempre que permanezcan en el Centro deberán estar

acompañados y bajo la responsabilidad de un adulto.

Dado que existe el derecho de correspondencia entre un CDSCA y otro de igual

categoría en distinta localidad, se autoriza el acceso al Centro a aquellos Usuarios de otros

CDSCA’s con el mero trámite de identificarse con el carné de Usuario. Este derecho de

acceso, en ningún caso, superará los seis (6) meses.

6.1. ACCESO AL CENTRO

El acceso al Centro será siempre por el Control, debiendo identificarse con el

carné correspondiente al ser requerido por el Auxiliar del Servicio de Control de

Accesos (en adelante ASC). Si el carné no estuviese actualizado o en caso de olvido

del mismo, se hará constar así en el Control, donde se tomará nota del nombre,

apellidos y número de Usuario, comunicándolo posteriormente a la Secretaría, que

efectuará las comprobaciones pertinentes.

Se permitirá el acceso al Centro al Personal Militar alojado en la Residencia,

previa presentación de la Tarjeta de la Habitación de la Residencia. Esta tarjeta sólo

se admite para permitir el acceso del titular y familia a la Residencia.

Se permitirá el acceso al Centro al Personal Militar que quiera visitar las

Instalaciones por primera vez. Presentará la Tarjeta de Identificación Militar, con ella

únicamente se admite al acceso del titular y de su familia. El ASC tomará nota de

ellos, significándole que no podrán hacerlo en próximas ocasiones, salvo que pueda

identificarse como Usuario.

Los Usuarios Familiares menores de diez (10) años deberán acceder y estar

siempre acompañados de los Usuarios de Número o Familiares mayores de edad.

No está permitida la entrada y estancia de cualquier animal o mascota en los

terrenos del Centro, excepto los perros de asistencia utilizados por personal con

disminución sensorial visual, que no serán considerados mascotas.

El acceso al Centro estará controlado por un ASC, cuya misión principal es el

control de entradas y salidas de personas mediante la presentación del carné de

Usuario. Así mismo, este ASC, estará encargado de prestar información general y

orientación a las personas que visiten o accedan al Centro dando aviso por teléfono

a las personas a visitar. Controlará la recogida y entrega de llaves bajo su custodia.

Tendrá bajo su control aquellos objetos perdidos en el interior del Centro que se le

entreguen y ejercerá la autoridad que le permite la ley ante cualquier altercado o

incumplimiento grave de las normas de régimen interior del Centro auxiliado por el

Conserje de Servicio.

No podrán acceder al Centro los familiares o amigos del personal empleado del

CDSCA que no sean Usuarios.

Page 24: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

24

Los proveedores y visitas autorizadas podrán acceder al Centro el mínimo

tiempo necesario para realizar la gestión correspondiente. En el Control de acceso

se le tomará nota del lugar al que se dirigen y con el fin que lo hacen.

6.2. HORARIO

Como norma general el horario del Centro será de 08.30 a 23.00 horas, excepto

actividades programadas por la Dirección del Centro.

6.3. COMPORTAMIENTO DE LOS USUARIOS

Todos los Usuarios del Centro y, en su caso, sus invitados, están obligados a

respetar las obligaciones generales señaladas en el párrafo 4.5.3 de las “Normas

que regulan el Régimen Jurídico y el Funcionamiento de los Centros Deportivos

Socioculturales Militares de la Armada” así como lo dispuesto en el punto 4.6. del

presente Reglamento.

El incumplimiento de las normas mencionadas en el párrafo anterior podrá

acarrear la adopción de medidas administrativas dependiendo de la naturaleza de

los hechos y de la calificación que se otorgue a dicho incumplimiento por el Director-

Gerente del Centro o Autoridad Superior, en su caso, conforme al procedimiento

dispuesto en el párrafo 4.5.5 de las “Normas que regulan el Régimen Jurídico y el

funcionamiento de los Centros Deportivos Socioculturales Militares de la Armada”.

7. INSTALACIONES DEPORTIVAS

7.1. PISCINAS

El Centro cuenta con seis piscinas de diferentes tamaños y profundidades con

la siguiente denominación:

Las Tres Carabelas: Recinto que engloba tres vasos, uno para bebés (profundidad

de 0,40 metros), uno infantil (profundidades entre 0,50 y 1,30 metros) y uno de

baño general (profundidades entre 1,00 y 2,40 metros).

Titanic: Recinto de un sólo vaso (profundidades entre 1 y 2 metros) que está

reservada para ser utilizada, exclusivamente, por personas mayores de 18 años.

Piscinas de Levante: Recinto que engloba dos vasos, uno para uso infantil

(profundidades entre 0,50 y 1,20 metros) y otro de baño general (profundidades

entre 1,20 y 2,30 metros).

Estas instalaciones cuentan con socorristas, quienes cumplen instrucciones

regladas y aprobadas por la Dirección del Centro, por lo que todos los Usuarios y

sus invitados atenderán escrupulosamente sus indicaciones y les avisarán de

cualquier peligro o anomalía que observen. Disponen de un botiquín para urgencias

o pequeñas curas, no pudiendo suministrar ningún medicamento o útil de botiquín

no dispuestos en los mismos.

Page 25: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

25

Existe un servicio de hostelería que atiende las necesidades de las zonas donde

están instaladas las piscinas: la Terraza de Verano y el Mesón Galatea. Por razones

obvias y motivos de higiene y seguridad, se podrá acceder a estas instalaciones en

traje de baño, si bien, siempre con el torso cubierto y con calzado.

Los Usuarios de las piscinas disponen de distintos vestuarios adaptados, en la

medida de lo posible, al sexo y edades de los mismos. Es preceptiva la utilización

de dichos vestuarios para cambiarse.

En las zonas de las piscinas existen vestuarios para “Niños y Mayores” y sólo

para “Mayores”, diferenciando entre vestuarios femeninos y masculinos.

Por ser el baño una actividad que conlleva cierto riesgo, se hace necesario que

los Usuarios y sus invitados observen las siguientes recomendaciones para poder

disfrutar de esta actividad minimizando al máximo el peligro y los riesgos:

La piscina de bebés (situada en las Tres carabelas), podrá ser utilizada por niños

hasta los 6 años, debiendo de estar siempre acompañados por una persona mayor

de edad y, siempre, bajo su responsabilidad.

La piscina atlántica Titanic está reservada para los Usuarios y sus invitados

mayores de dieciocho (18 años), siempre que sepan nadar y bajo su propia

responsabilidad.

Las piscinas infantiles podrán ser utilizadas por los Usuarios y sus invitados

menores de doce (12) años y bajo la supervisión/responsabilidad de un adulto.

Las piscinas de baño general podrán ser utilizadas por los Usuarios y sus invitados,

siempre que sepan nadar y bajo su responsabilidad. Si se trata de menores de

doce (12) años, deberán estar acompañados y supervisados por un adulto y bajo

la responsabilidad de éste.

Las anteriores observaciones, podrán quedar sin efecto cuando se trate de

competiciones o cursos que se impartan bajo la organización y supervisión de la

Dirección del Centro.

Los Usuarios e invitados que hagan uso de estas instalaciones seguirán las

normas de uso que a continuación se detallan:

Cumplir las presentes Normas de Utilización de las Piscinas y lo dispuesto en los

carteles informativos, que para conocimiento y efecto están localizados en los

accesos a estas.

Ducharse obligatoriamente antes de entrar en el vaso de las piscinas.

Respetar las instalaciones haciendo buen uso de las mismas, utilizando las zonas

acotadas y los pasos y accesos indicados. También se respetará al personal que

atiende las instalaciones (socorristas, personal de mantenimiento y conserje).

Está prohibido el nudismo, el top-less y los trajes de baño extremadamente

pequeños o muy ajustados, dado que se trata de lugares de concurrencia familiar

con niños.

Page 26: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

26

Los cambios de ropa se harán obligatoriamente en los vestuarios.

No abandonar residuos y desperdicios, debiendo utilizarse las papeleras y los

contenedores al efecto.

No se permiten los actos que impidan el desarrollo de las actividades, perturben,

molesten o pongan en peligro tanto al Usuario como a otros (correr en zonas

húmedas, zambullirse de cabeza o violentamente, arrojar objetos...), o que

supongan daño material para las instalaciones o afecten a la higiene general.

No se introducirá en el área de la piscina elementos de vidrio y/o cortantes

(botellas, vasos, cuchillos, etc…).

No se permite comer y beber en el entorno del vaso ni de la playa excepto la

alimentación destinada a personal menor de 6 años.

En el entorno de los vasos se utilizará calzado apropiado.

No se podrán usar aletas, colchonetas, gafas de cristal o cualquier otro elemento

que pueda molestar o dañar a los usuarios. Podrán usarse gafas específicas para

natación.

Se observarán, en todo momento, las indicaciones de los socorristas.

A la hora de introducirse en el agua del vaso habrá que asegurase de que no haya

ningún bañista en las proximidades.

Se evitará el baño en caso de padecer alguna enfermedad infecciosa o micosis.

7.2. PISTAS DE TENIS

Las pistas de tenis están numeradas de la nº 1 a la nº 5 (nº 1, nº 2 y nº 3 en la

zona de poniente y nº 4 y nº 5 en la zona de levante). Existe una sexta pista de tenis

en el pabellón polideportivo.

Las reservas de pista (lista única) se harán de 09.30 a 11.00 horas en la oficina

de Secretaría los días laborables (con un máximo de dos días de antelación), por

teléfono (981 33 03 55) o a través del correo electrónico de la secretaría del Centro

([email protected]); fuera de este horario la reserva será efectuada a

través del teléfono del Conserje del Centro, siendo el Usuario que haga la reserva

el único responsable. Si hubiera alguna anulación de reserva, se comunicará para

disponibilidad de otros Usuarios.

La reserva diaria será por horas completas, comenzando a las 09:00 horas

finalizando a 22:00 horas.

Todos los Usuarios mayores de dieciocho (18) años tienen derecho a la reserva

de pistas, debiendo hacer la solicitud de la misma con una antelación no superior a

las cuarenta y ocho (48) horas. A la hora de realizar la reserva se identificará al resto

de jugadores. Únicamente se podrá hacer una reserva diaria de una hora.

En el caso de utilización con invitados, el usuario que haya efectuado la reserva

deberá abonar el canon correspondiente por cada invitado.

Page 27: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

27

Todo jugador que no se encuentre en las pistas a la hora que la solicitó, perderá el

derecho a la misma, así como su acompañante de solicitud.

Las pistas no solicitadas con antelación, podrán ser utilizadas por cualquier

Usuario en cualquier momento, teniendo preferencia los Usuarios titulares ante los

familiares.

Ningún usuario podrá ocupar dos veces en el mismo día las pistas, excepto en

los casos en los que el solicitante de una de las pistas no apareciese a la hora en

que la tenía solicitada o no estuviese reservada.

El Centro podrá reservar las pistas que estime conveniente para Campeonatos,

Escuela de tenis, etc., se procurará anunciar dicha reserva con una antelación

mínima de cuarenta y ocho (48) horas.

El Usuario que reserve una pista deberá utilizarla él mismo, no pudiendo ser

cedida.

Si un jugador infringe las normas establecidas o su comportamiento en las

mismas es incorrecto, la Dirección del Centro podrá suspender la partida y expulsar

de la misma a los infractores, quedando libre para otros jugadores/usuarios.

La recogida de la llave de la pista se hará en el Control de Entrada, previa

entrega de los carnés de usuario, que se devolverán una vez entregada aquella.

No se puede fumar, comer ni beber (excepto agua o bebidas isotónicas).

Es obligatorio utilizar calzado y vestimenta deportiva, no de calle.

Se recuerda a todos los Usuarios e invitados, que las pistas de tenis son

exclusivas para uso por parte de los jugadores.

7.3. PISTAS DE PÁDEL

Las pistas de pádel están numeradas de la nº1 a la nº 4, la nº 1 y la nº 2 se

encuentran en la zona de poniente y son cubiertas, las nº 3 y 4 están en la zona de

levante.

Las reservas de pista (lista única) se harán de 09.30 a 11.00 horas en la oficina

de Secretaría los días laborables (con un máximo de dos días de antelación), por

teléfono (981 33 03 55) o a través del correo electrónico de la secretaría del Centro

([email protected]); fuera de este horario la reserva será efectuada a

través del teléfono del Conserje del Centro, siendo el Usuario que haga la reserva

el único responsable. Si hubiera alguna anulación de reserva, se comunicará para

disponibilidad de otros Usuarios.

La reserva diaria será de una hora y media, comenzando a las 09:30 horas

finalizando a 21:30 horas.

Todos los Usuarios mayores de dieciocho (18) años tienen derecho a la reserva de

pistas, debiendo hacer la solicitud de la misma con una antelación no superior a las

cuarenta y ocho (48) horas. A la hora de realizar la reserva se aportará se identificará

al resto de jugadores. Únicamente se podrá hacer una reserva diaria de una hora y

media.

Page 28: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

28

En el caso de utilización con invitados, el Usuario que haya efectuado la reserva

deberá abonar el canon correspondiente por cada invitado.

Todo jugador que no se encuentre en las pistas a la hora que la solicitó, perderá el

derecho a la misma, así como su acompañante de solicitud.

Las pistas no solicitadas con antelación, podrán ser utilizadas por cualquier

Usuario en cualquier momento, teniendo preferencia los usuarios titulares.

Ningún usuario podrá ocupar dos veces en el mismo día las pistas, excepto en

los casos en los que el solicitante de una de las pistas no apareciese a la hora en

que la tenía solicitada o no hubiese reserva sobre ella.

El Centro podrá reservar las pistas que estime conveniente para Campeonatos,

Escuela de pádel, etc., se procurará anunciar dicha reserva con una antelación

mínima de cuarenta y ocho (48) horas.

El Usuario que reserve una pista deberá utilizarla él mismo, no pudiendo ser

cedida.

Si un jugador infringe las normas establecidas o su comportamiento en las

mismas es incorrecto, la Dirección del Centro podrá suspender la partida y expulsar

de la misma a los infractores, quedando libre para otros jugadores/usuarios.

La recogida de la llave de la pista se hará en el Control de Entrada, previa

entrega de los carnés de usuario, que se devolverán una vez entregada aquella.

No se puede fumar, comer ni beber (excepto agua o bebidas isotónicas)

Es obligatorio utilizar calzado y vestimenta deportiva, no de calle.

Se recuerda a todos los Usuarios e invitados, que las pistas de pádel son

exclusivas para uso por parte de los jugadores.

7.4. PISTAS BALONCESTO

El Centro dispone de dos pistas para practicar el baloncesto. Una de ellas

situada en la zona de poniente (marcada con el número 16 en el mapa) y la otra en

la zona de levante (marcada con el número 31).

Para su utilización no necesitará reserva previa.

Los balones necesarios se solicitarán al Conserje, previa entrega del carné de

Usuario, a quien habrá que devolverlos una vez finalizada la reserva y éste

reintegrará el carné.

7.5. PISTA FUTBITO

El Centro dispone de una pista para la práctica de este deporte en la zona de

poniente (marcado con el número 16 en el mapa).

La utilización de esta pista no requiere reserva previa y se encuentra abiertos al

Usuario en el horario general del Centro.

Igualmente que en el caso de las pistas de baloncesto, los balones necesarios

se solicitarán al Conserje, previa entrega del carné de Usuario, a quien habrá que

devolverlos una vez finalizada la reserva y éste reintegrará el carné.

Page 29: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

29

7.6. PISTAS DE LLAVE Y PETANCA

A disposición de los Usuarios el Centro, en la zona de levante, tiene una pista

para jugar a la llave y otra para jugar a la petanca. Aquellos que deseen utilizarlas

solicitarán al conserje, previa entrega del carné del CDSCA, las fichas y/o bolas

metálicas necesarias para el juego. Una vez devuelto el material al conserje le será

retornado el carné.

7.7. CAMPOS DE FUTBOL

El Centro cuenta con los siguientes campos de futbol:

Uno de hierba artificial: Situado en la península más a poniente del Centro

(marcado con el número 15 en el mapa).

Dos de fútbol 7: Uno en la zona de poniente (marcado con el número 16 en el

mapa) el otro en la zona de levante (número 31 del mapa)

Los balones necesarios se solicitarán al Conserje, previa entrega del carné de

Usuario, a quien habrá que devolverlos una vez finalizada la reserva y éste

reintegrará el carné.

7.8. CAMPO DE MINI GOLF

Se encuentra en la zona de poniente un campo de golf para uso y disfrute de los

más pequeños. Cuenta con doce (12) hoyos.

Este campo no necesitará reserva previa para su utilización.

Los palos necesarios se solicitarán al Conserje, previa entrega del carné de

Usuario, Al finalizar el juego, en el momento de devolver los palos, se le retornará el

carné.

7.9. PABELLÓN POLIDEPORTIVO

El Centro cuenta con un pabellón polideportivo cuya cancha está marcada para

poder practicar fútbol-sala, balonmano, baloncesto y tenis.

El uso de este pabellón será con cita previa (lista única) la cual se solicitará en

la oficina de Secretaría en horario de 09.30 a 11.00 horas los días laborables (con

un máximo de dos días de antelación), por teléfono (981 33 03 55) o a través del

correo electrónico de la secretaría del Centro ([email protected]); fuera de

este horario la reserva será efectuada a través del teléfono del Conserje del Centro,

siendo el Usuario que haga la reserva el único responsable. Si hubiera alguna

anulación de reserva, se comunicará para disponibilidad de otros Usuarios.

La reserva diaria, como norma general, será de una hora y podrá variar en

función del deporte a practicar comenzando a las 09:00 horas finalizando a 22:00

horas.

Es obligatorio utilizar calzado y vestimenta deportiva, no de calle.

Page 30: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

30

Se recuerda a todos los usuarios e invitados, que el pabellón es exclusivamente

para uso de los jugadores.

No obstante lo anterior, y cuando fuese necesario, la Dirección del Centro podrá

autorizar el uso de este pabellón para otros fines.

7.10. GIMNASIOS

Existen dos gimnasios, uno en el edificio Colón y otro en el Edificio Principal.

Ambos cuentan con aseos, vestuarios y duchas. El gimnasio del edificio Colón

dispone de aseos para personal con diversidad funcional.

Son de uso exclusivo para los Usuarios mayores de dieciséis (16) años.

Su horario es de 08,30 a 22.30 horas, permaneciendo abiertos durante los días

laborables y solicitando la llave en el control de Accesos los sábados, domingos y

festivos, entregando el carné de usuario que le será devuelto al entregar la llave al

ASC.

7.11. SAUNAS

El Centro tiene dos (2) saunas, una para personal masculino y otra para personal

femenino. Ambas están ubicadas en la planta baja del Edificio Modular. Cuentan con

vestuarios y duchas.

Son de uso exclusivo para Usuarios mayores de 18 años y para aquellos

menores que por recomendación médica necesiten su uso, en este caso la

utilización se solicitará en la Secretaría del Centro. No es recomendable su uso a

menores de 16 años.

Su horario de funcionamiento es de 08.30 a 22.30, permaneciendo disponible

su uso durante los días laborables y festivos previa recogida de la llave en el Control

de Accesos, depositando el carné de usuario que se recogerá una vez sea devuelta

la llave.

Las normas de utilización de esta instalación se encuentran expuestas en

paneles informativos en las proximidades de la entrada a la misma. Se han de

cumplir las normas y recomendaciones de uso en aras de evitar cualquier posible

accidente o incidente relacionado con la salud de los utilizadores.

7.12. SALA DEPORTIVA MULTIUSOS

La sala deportiva multiusos está localizada en la planta segunda del Edificio

Principal. Consta de un suelo deportivo que permite la práctica de distintas

actividades como pilates, zumba, hit-trainning y otras.

Esta sala no cuenta ni con aseos, ni con duchas ni con vestuarios propios, por

lo que se utilizarán los del gimnasio contiguo.

La sala se encuentra a disposición de los Usuarios en el horario general del

Centro, no obstante, requiere de solicitud previa para su uso ya que algunas

actividades y clases deportivas organizadas por el Centro se desarrollan en ella.

Page 31: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

31

Las reservas de pista (lista única) se harán de 09.30 a 11.00 horas en la oficina de

Secretaría los días laborables (con un máximo de dos días de antelación), por

teléfono (981 33 03 55) o a través del correo electrónico de la secretaría del Centro

([email protected]); fuera de este horario la reserva será efectuada a

través del teléfono del Conserje del Centro, siendo el Usuario que haga la reserva

el único responsable. Si hubiera alguna anulación de reserva, se comunicará para

disponibilidad de otros Usuarios.

La reserva diaria será de una hora, comenzando a las 09:30 horas finalizando a

21:30 horas.

7.13. CANCHA DE SQUASH

Se cuenta con una cancha de squash situada en parte trasera del edificio Colón,

a nivel de la carretera de circunvalación del Centro.

No cuenta con aseos, ni vestuarios, ni duchas comparte estos servicios con los

del gimnasio de este edificio.

Las reservas de la cancha (lista única) se harán de 09.30 a 11.00 horas en la

oficina de Secretaría los días laborables (con un máximo de dos días de antelación),

por teléfono (981 33 03 55) o a través del correo electrónico de la secretaría del

Centro ([email protected]); fuera de este horario la reserva será efectuada

a través del teléfono del Conserje del Centro, siendo el Usuario que haga la reserva

el único responsable. Si hubiera alguna anulación de reserva, se comunicará para

disponibilidad de otros Usuarios.

La reserva diaria será de una hora, comenzando a las 09:30 horas finalizando a

21:30 horas.

7.14. SECCIÓN DE VELA

La Sección de Vela del Centro está al cargo del Vocal de Vela, miembro de la

Junta de Actividades.

Las instalaciones propias de esta sección se encuentran situadas en la parte

baja del edificio Colón, mirando al mar. Consta de un pañol cubierto y una zona

vallada al aire libre.

La Sección de Vela tiene por objeto fomentar la práctica de este deporte entre

los Usuarios más jóvenes, así como otros deportes náuticos. Por ello y siempre que

sea posible, se procurará fomentar los conocimientos necesarios, tanto teóricos

como prácticos para poder ejercitar este deporte. La capacidad de funcionamiento

esta Sección dependerá del número de monitores y embarcaciones adecuadas

existentes.

Esta Sección contará con varios tipos de embarcaciones para la práctica de la

vela y para el apoyo correspondiente. También podrá contar con otro tipo de

embarcaciones para la práctica de los deportes náuticos. .

El Centro emitirá cuantas notas sean necesarias para dar conocimiento del

funcionamiento y publicidad a las actividades de esta Sección.

Page 32: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

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8. INSTALACIONES SOCIALES

Existen en el Centro una serie de salones, comedores, cafeterías, discotecas, etc. que

forman en su conjunto las instalaciones sociales del mismo. Dichas instalaciones están a

disposición del Usuario, previa reserva de aquellas que así se especifique.

Los eventos oficiales tendrán preferencia sobre los promovidos por los Usuarios.

8.1. EDIFICIO “LOS PORCHES”

Situado en la zona de poniente, se trata de un edificio construido a mediados

del siglo XVIII, de estilo neoclásico de sillería de granito y mortero, antiguo cuartel

de la compañía encargada de la custodia de los polvorines allí emplazados. De

gran valor histórico-artístico-cultural, consta de dos plantas con las siguientes

instalaciones:

8.1.1. COMEDOR PRINCIPAL

Situado en la planta baja, cuenta con una capacidad para 130 personas.

Generalmente, se utiliza como comedor de diario aunque puede ser

reservado para celebraciones de eventos con servicio de restauración.

Se podrá acceder a este comedor con vestimenta de etiqueta formal,

informal o de sport, adecuada al momento, pero no con shorts o ropa de

deporte.

8.1.2. COMEDOR DE PROTOCOLO

También situado en la planta baja, cuenta con una capacidad para 60

personas. No tiene un uso generalizado, su utilización se reserva para

celebraciones de eventos oficiales solicitados por entidades oficiales o con

servicio de restauración.

La vestimenta para permanecer en este local podrá ser de etiqueta

formal, informal o de sport, siempre acorde con la celebración, pero no con

shorts o ropa de deporte.

8.1.3. SALÓN COMEDOR “ELCANO”

Situado en la primera planta, su capacidad asciende a 182 comensales.

No tiene uso generalizado y su utilización responde a celebraciones de

eventos oficiales o eventos solicitados por Usuarios y con servicio de

restauración.

Igualmente que en los dos puntos anteriores la vestimenta a utilizar en

este comedor será la indicada para la celebración, pero nunca podrá ser con

shorts o ropa de deporte.

Page 33: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

33

8.1.4. NAVE ACRISTALADA

Situada en la planta baja del edificio, cuenta con una zona de barra,

mesas y sillas y una zona de Salón Social. Dispone de televisores para

entretenimiento de pequeños y mayores.

Tiene una capacidad para 200 personas. Además de como cafetería, se

utiliza también para albergar, en multitud de ocasiones, eventos para el

disfrute de los niños (celebraciones de carnavales, Samaín, Navidades, etc.).

No se permite la permanencia en la Nave Acristalada en ropa de trabajo

o de práctica deportiva.

8.1.5. CASA DE LA PRADERA

Pequeña edificación adosada a la Nave Acristalada que cuenta con

plantas baja y alta, con una capacidad de 30 y 20 personas respectivamente.

Su utilización generalizada, exclusivamente en la parte baja, será como

local de celebraciones de eventos para niños (santos, cumpleaños, etc.),

normalmente, sin servicio de restauración. En ocasiones puede utilizarse

como local para custodia infantil.

Requiere de solicitud de utilización por los medios habituales en la

Secretaría del Centro (presencial, telefónica o telemática), con una antelación

mínima de dos días hábiles.

8.2. MESÓN GALATEA

Está localizado en las cercanías de las piscinas de poniente, se compone de una

cafetería, un reservado, un local para reparto de comida por el sistema de autoservicio

(línea) y dos terrazas contiguas. Su utilización es en la época estival. Los aforos de

este mesón son 56 personas en la cafetería y 27 en el reservado.

No se exigirá una vestimenta determinada, no obstante, se ha de acceder al mismo

con ropa con un mínimo decoro y en cualquier caso no se permitirá la permanencia en

ropa de trabajo, ni en ropa de baño sin cubrir el torso ni descalzo.

8.3. EDIFICIO “COLÓN”

Situado en la parte Sureste de la parcela, cuenta con las siguientes dependencias:

8.3.1. SALA DE CELEBRACIONES

Destinado a celebraciones de los Usuarios sin servicio de restauración.

Para su utilización será necesario efectuar la correspondiente solicitud en la

Secretaría, con una antelación mínima de 48 horas.

Page 34: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

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8.3.2. SALA DE BAILE

Dedicada a las clases de baile que en el Centro se puedan organizar. En las

horas en que se encuentre libre, podrán solicitarla los Usuarios para prácticas de

baile no organizado, musicales o de índole similar.

8.3.3. SALA DE LA CORAL

Local destinado para los ensayos de la Coral del Centro.

8.4. EDIFICIO PRINCIPAL

Situado en la zona de levante, en este edificio se encuentra la Residencia

Logística de la Armada para Suboficiales en sus plantas cuarta, quinta y bajo

cubierta. El resto de las plantas pertenecen al Centro y cuenta con las siguientes

instalaciones:

8.4.1. CAFETERÍA

Situada en la planta segunda del edificio, tiene una capacidad para 216

personas, cuenta con una zona de barra, una zona de mesas y sofás, y un

área central con mesas y sillas.

De uso general por los Usuarios, también está destinada a satisfacer la

necesidad de disponer de un café-espectáculo para disfrute de determinadas

actuaciones (música, magia, monólogos, etc.).

Esta cafetería no puede ser reservada para eventos particulares de los

Usuarios.

El uso de esta cafetería se reserva para Usuarios o invitados de 16 años

en adelante, si bien los menores de esta edad podrán acceder a la misma

siempre acompañados por un Usuario mayor de edad que ha de permanecer

con ellos en todo momento y será responsable de su comportamiento.

Se podrá hacer uso de esta cafetería con cualquier vestuario tanto de

etiqueta formal, informal o de sport, adecuada al momento, pero no con shorts,

bermudas, prendas deportivas o pantalones rotos.

8.4.2. DISCOTECA “SALÓN AZUL”

Situada en la segunda planta, a un nivel inferior, que la cafetería, dispone

de un escenario, una zona de mesas y sofás y una pista de baile.

Tiene una capacidad de 342 personas, su uso normal será el de discoteca

y/o salón de baile, pudiendo el Centro, puntualmente, destinarlo a otro uso.

Esta instalación, generalmente, no podrá ser reservada para eventos

particulares solicitados por los Usuarios.

Su uso está destinado a personas mayores de edad por lo que los menores

no podrán acceder a esta instalación. Se podrán hacer excepciones a la

norma en momentos puntuales para aquellos actos que en ella pudiese

organizar el Centro (celebración de la Fiesta del Arbolito, etc.).

Page 35: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

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Se podrá hacer uso de esta instalación con cualquier vestimenta de etiqueta

formal, informal o de sport, adecuada al momento, pero no con shorts o ropa

de deporte.

8.4.3. DISCOTECA JUVENIL

Situada en la planta cero del edificio, cuenta con un escenario, una zona

de sofás y mesas, una pista de baile y un aseo masculino y otro femenino.

Tiene una capacidad de 308 personas, aunque podría utilizarse como

discoteca, generalmente se utiliza como local para celebraciones, en especial

para los Usuarios infantiles y juveniles, así como para actividades dedicadas

al entretenimiento y dinamización de estos Usuarios.

Su uso se ha de ser reservado por los medios habituales en la Secretaría

del Centro (presencial, telefónica o telemática), con una antelación mínima de

dos días hábiles.

8.4.4. SALA DE JUEGOS DE MESA

Situada en la planta tercera, cuenta con una zona de Salón Social con

televisión y una zona dedicada a juegos de mesa.

Tiene una capacidad para 80 personas.

8.4.5. SALÓN MULTIUSOS

En la misma tercera planta que la sala de juegos de mesa, antiguo

comedor, dedicado a albergar distintos eventos tales como reuniones,

charlas, coloquios, etc.

Tiene una capacidad de 150 personas.

8.5. MESÓN DE LEVANTE

Situado en la zona de levante, antiguo polvorín que se encuentra bajo tierra que

antiguamente albergaba un mesón.

En la actualidad esta instalación se encuentra inutilizable dado su actual mal

estado. Una vez reparado será dedicado a un nuevo uso que aumente las

capacidades del Centro.

9. ZONAS RECREATIVAS Y DE ESPARCIMIENTO

El Centro cuenta con distintas instalaciones de este tipo, repartidas por ambas

zonas: la de poniente y la de levante.

9.1. BARBACOAS

Existen barbacoas tanto en la zona de levante como en la de poniente, con las

siguientes características:

Page 36: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

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Levante.- Existen seis barbacoas de construcción, un fregadero y una leñera en

la que, en la medida de las posibilidades, se encuentra leña a disposición de los

Usuarios. Estas barbacoas se encuentran al aire libre por lo que no se reservan.

Poniente.- Hay una construcción con dos barbacoas en su interior, con todos los

elementos necesarios para su utilización. Estas barbacoas se encuentran

cerradas con llave por lo que será necesaria su reserva en la Secretaría del

Centro por los canales habituales (presencial, telefónica o telemática), con una

antelación mínima de dos días hábiles.

No se podrán utilizar hornillos o cocinas de gas, aunque sí los eléctricos mediante

conexiones existentes al efecto.

No está autorizado el uso de las barbacoas portátiles.

Al finalizar el uso, el lugar debe quedar como lo encontraron, limpiando y

estibando las rejillas y utensilios y depositando los restos orgánicos en los

contenedores y los restos de las barbacoas (apagados) en los ceniceros.

9.2. MERENDEROS

Se encuentran en:

Zona de Poniente.- Zona ajardinada y arbolada, en las proximidades de las

barbacoas, con mesas de madera tipo canadiense.

Zona de Levante.- Zona ajardinada y arbolada, en las proximidades de las

barbacoas, cuenta con mesas de piedra, de madera tipo canadiense y metálicas

fijas en una zona cementada.

Dispone además de un merendero cubierto con una capacidad máxima para

120 personas. Este merendero tiene una distribución de mesas y asientos fijos, de

manera que no se puede alterar su composición.

Las mesas de estos merenderos no podrán ser reservadas por los Usuarios.

9.3. PLAYA Y SU SOLARIUM

En la zona de levante, cerca de las piscinas del mismo nombre, se encuentra

una playa que, en marea baja, tiene una extensión de aproximadamente 50 metros.

En horas de marea alta, prácticamente desaparece.

Próximo a esta playa, se encuentra su solarium, una zona de campo y arbolada

donde se puede tomar el sol ya que como se indicó en el párrafo anterior, la playa

es de dimensiones muy reducidas.

9.4. SALA DE JUEGOS JUVENIL

Situada en la planta baja del Edificio Modular.

Los Usuarios juveniles disponen en ella, entre otros, de un billar, una mesa de

ping-pong y una mesa de air-hockey.

Page 37: NORMAS DE RÉGIMEN INTERIOR (REGLAMENTO)

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Para utilizar esta sala, se solicitará la llave en el Control de Accesos donde,

previa entrega del carné de Usuario, se le facilitará el material necesario. Al finalizar

el juego, en el momento de devolver la llave y el material, se le retornará el carné se

solicitará la llave al conserje.

Antes de abandonar el local deberán dejar la sala recogida.

9.5. PARQUES INFANTILES

El Centro dispone de 4 parques infantiles, tres en la zona de poniente y uno en

la zona de levante.

Constan de distintos elementos como columpios, balancines, toboganes, etc.

Estos parques están a disposición de los Usuarios más jóvenes, hasta los 12

años. Los menores de seis años deberán estar, en todo momento, bajo la

supervisión de un adulto.

10. SERVICIOS

10.1. RESTAURACIÓN

Por no disponer el Centro de personal propio que pueda prestar este servicio se

hace necesaria la externalización del mismo, mediante el correspondiente contrato.

La contratación de este servicio será prestado por una empresa ajena a la

Armada.

De acuerdo con los Pliegos de Prescripciones Técnicas que forman parte del

contrato, el servicio se presta en el área del edificio “Los Porches” y el “Edificio

Principal” durante la mayor parte del año, pasando a prestar el servicio durante el

verano en las instalaciones del “Mesón Galatea” y de la terraza de verano.

La empresa de restauración podrá celebrar eventos privados, solicitados por los

Usuarios y autorizados por la Dirección del Centro.

Los horarios de cierre y apertura se comunicarán a los Usuarios por la Dirección

del Centro a través de los boletines de información y de las Notas Informativas si

hubiese lugar a ellas.

10.2. PELUQUERÍA, ESTÉTICA Y BELLEZA

Al igual que el servicio de restauración, este servicio lo prestará una empresa

externalizada.

La peluquería es mixta y está situada en la segunda planta del Edificio Principal,

a disposición exclusivamente de los Usuarios.

Dispone también de una zona de belleza y estética y de un solárium para

bronceado por rayos UVA.

Los precios y horarios serán comunicados a los Usuarios por la Dirección del

Centro a través de Notas Informativas.

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10.3. LAVADO DE AUTOS

10.3.1. TREN DE LAVADO

Servicio externalizado, situado en la zona de levante próximo a las pistas

de pádel y terraza de verano. Consta de dos túneles cubiertos, uno para el

lavado exterior del vehículo y otro para el aspirado y limpieza del interior del

mismo.

Funciona de forma automática por medio de cajetín de monedas.

10.3.2. LAVADERO MANUAL

En la zona lateral del Edificio Colón existe una zona para que los Usuarios

que lo deseen puedan lavar sus vehículos. Se tendrá en cuenta que no

podrán usarse para tal fin materiales que contaminen el medio ambiente.

11. OTROS

11.1. INSTALACIONES ADMINISTRATIVAS

Las instalaciones administrativas del Centro se encuentran localizadas en las

siguientes ubicaciones:

Edificio Principal, planta tercera: Despachos del Director-Gerente, del

Administrador y la oficina de Administración.

Edificio Modular, planta primera: Despachos del Director-Adjunto, del Secretario,

las oficinas de Secretaría y de Mantenimiento, así como la Sala de Juntas.

Edificio Colón: Despacho del Jefe de Servicios Generales y las Oficinas de

Mantenimiento y Restauración.

11.2. PROTECCIÓN DE DATOS

Para dar cumplimiento a lo estipulado en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de

diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales,

todos los Usuarios deberán entregar en la Secretaría del Centro el impreso de

Consentimiento para recogida y cesión de datos e imágenes.

Los datos personales recogidos en la “Solicitud de Usuario” de este CDSCA y

todos aquellos facilitados por los mismos se incorporarán en un fichero que este

Centro mantiene con la finalidad de gestionar la relación Centro–Usuario.

El Centro no hará uso de sus datos e imágenes para otros fines que no sean

las comunicaciones del Centro, las gestiones del cobro de cuotas mensuales y las

celebraciones de eventos particulares por solicitadas por los Usuarios. Con respecto

a las imágenes que pudieran ser tomadas durante las actividades organizadas y

realizadas por este Centro podrán ser divulgadas en documentos escritos o

audiovisuales del CDSCA “El Montón” de Ferrol o cedidas a la Armada con el mismo

fin.

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11.3. PERFIL DEL CENTRO EN FACEBOOK

El Centro dispone de un perfil propio en la red social Facebook

(www/facebook.com/grupos/elmontonferrol/).

Este perfil es de grupo cerrado y tiene por objeto compartir, desde la Dirección

del Centro, la información oportuna a fin de que sea una vía de comunicación rápida

con los Usuarios que utilizan esta red social.

Por tratarse de un grupo cerrado, los Usuarios que así lo deseen podrán solicitar

pertenecer al grupo. Por parte del administrador del perfil se le pedirá nombre y

apellidos así como el número de Usuario para comprobar que se trata de un

miembro del Centro. Una vez hechas las comprobaciones oportunas, el

administrador del grupo autorizará su pertenencia al mismo.

Este perfil de Facebook no es la vía adecuada para efectuar quejas,

reclamaciones o iniciativas. Para ello se ajustarán los Usuarios a lo dispuesto en el

punto 4.5.2. de las “Normas que regulan el Régimen Jurídico y el Funcionamiento

de los Centros Deportivos Socioculturales Militares de la Armada”.

Por la razón anteriormente expuesta es por lo que todas las publicaciones que

se suban al perfil tienen eliminada la posibilidad de hacer comentarios.

12. ENTRADA EN VIGOR

El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su firma.

Ferrol, a 1 de diciembre de 2.020.

EL CORONEL (CINA) DIRECTOR-GERENTE.

- José Manuel Bollo Mesías -