Privitellio - Un Gobierno Reformado Para Una Nueva Ciudad El Debate de La Ley Municipal de 1917

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    Historiapolitica.com

    Un gobierno reformado para una nueva ciudad: el debate de la ley municipal de 1917

    Luciano de Privitellio (UNSAM, UBA, CONICET)

    A mediados de 1914 las crticas contra el gobierno municipal porteo ocupaban un lugar

    preponderante en los medios de opinin. Todava no se haban apagado el escndalo por la

    eleccin comunal fraudulenta que se haba realizado en 1913, cuando se difundieron una serie de

    acusaciones por corrupcin que involucraron a varios concejales. Una avalancha de renuncias en

    el Concejo dej al cuerpo sin qurum: durante varias semanas slo asistieron al recinto cinco

    concejales sobre los veintids miembros totales, lo que impeda discutir y aprobar instrumentos

    legales importantes, comenzando por el propio presupuesto municipal. En este clima, el diario La

    Nacin no tard en expresar la explicacin ms compartida sobre el porqu de tantos escndalos:

    el HCD era corrupto porque los que votaban a los concejales eran muy pocos.1 A dos aos de la

    aprobacin de las leyes de reforma electoral nacional, este argumento prolongaba en el mbito

    municipal aquellos esgrimidos por quienes haban impulsado dicha reforma, sin embargo unaparticularidad distingua ambos casos. Mientras que en lo referente a los comicios nacionales la

    escasa participacin poda ser imputada a las prcticas electorales violentas y fraudulentas pero

    no a una limitacin legal -la universalidad del derecho de sufragio para los varones adultos

    nativos o nacionalizados estaba garantizada desde 1853-, en cambio la legislacin municipal

    prescriba un sistema de sufragio limitado por censo.2 Cules eran los argumentos que

    sustentaban esta diferencia?

    1La Nacin, 23-7-1914.2 En octubre de 1881 se aprob la primera ley electoral del municipio federalizado que creaba un cuerpoelectoral calificado para elegir a los miembros del Concejo Deliberante, mientras que la eleccin delintendente quedaba en manos del presidente. Para constituir este cuerpo legislativo slo podan votar losciudadanos (nativos o naturalizados) mayores de edad que pagaran patente comercial o industrial, o queejercieran una profesin liberal. Los extranjeros podan votar si contribuan por un mnimo de $50 fuertesanuales. La ley fue vetada por Roca; un ao despus se aprob la ley 1260 que estableca un censo menory ms simple: $10 fuertes para los ciudadanos y $50 fuertes para los extranjeros. En 1884 Roca intervinoel municipio, suspendi las elecciones inminentes y nombr una comisin interventora. Esta situacin dehecho fue legalizada recin en noviembre de 1889, cuando, poco antes del estallido de la crisis poltica, laley 2675 suprimi el Concejo Deliberante electivo y cre una comisin de 15 miembros que deban ser

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    La Constitucin de 1853 organiz el cuerpo poltico nacional y sus autoridades siguiendo el

    modelo iusnaturalista3 segn el cual la nacin se originaba en un pacto contractual entre

    individuos naturalmente libres e iguales, quienes acordaban su sometimiento a una autoridad

    comn que deba actuar en favor de una serie de fines elementales. De esta manera, el gobierno

    era considerada una instancia artificial -no prevista en el estado de naturaleza humana-, y todo lo

    que remita a l era definido como poltico. Los individuos que conformaban este cuerpo

    nacional, cada uno de los cuales haba cedido parte de sus libertades naturales en favor de la

    nacin y su gobierno, eran los ciudadanos. El estatus de ciudadana se garantiz para todos los

    varones nativos o naturalizados mayores de edad, con lo que se consagr definitivamente la

    universalidad del sufragio. La Constitucin, en cambio, nada deca de los poderes municipales,

    salvo que corresponda a cada provincia establecer el rgimen comunal que le pareciera ms

    conveniente. Sobre esta base, el lugar que deban ocupar los municipios se discuta a partir de dos

    ideas elementales.4 Una de ellas retomaba los argumentos federalistas norteamericanos y el

    razonamiento de Tocqueville en su anlisis de la democracia de aquella nacin. El municipio se

    consideraba como una parte ms del cuerpo poltico nacional (un cuerpo poltico fragmentado

    por la imposicin del principio federal y por la autonoma de las comunidades locales) y

    constitua la base primera de las prcticas polticas que deban garantizar la supervivencia de lalibertad.5 Sin embargo, la visin que se hizo abrumadoramente mayoritaria era de origen francs

    y sostena que un municipio no era parte del entramado poltico surgido del contrato social, sino

    elegidos por el Ejecutivo nacional con acuerdo del Senado. Luego de la revolucin, la ley 2760 de octubrede 1890 repuso la ley 1260 y rehabilit el Concejo Deliberante electivo. En 1901, mediante la ley 4029,Roca volvi a decretar la intervencin e instal una Comisin de 22 vecinos elegidos por el presidente conacuerdo del Senado. En 1907 se aprob la ley n 5098 que segua vigente en 1915, cuando una nuevaintervencin presidencial inici el perodo de reforma definitiva del rgimen municipal. La norma de 1907estableci un Concejo Deliberante de veintids miembros elegibles por un cuerpo electoral limitado. Los

    potenciales electores con ciudadana deban saber leer y escribir, aportar $100 de contribucin anual o serde profesin liberal, adems de comprobar al menos un ao de residencia en el distrito. Por su parte, losextranjeros deban ser alfabetos, aportar $200 de contribucin anual o tener profesin liberal, y demostraral menos dos aos de residencia. Naturalmente, la inscripcin en el padrn y el sufragio eran actos

    puramente voluntarios.3 Un anlisis de los modelos iusnaturalitas y clsico aristotlico en Norberto Bobbio y MichelangeloBovero: Origen y fundamentos del poder poltico. Mxico, Grijalbo, 1984.4 El nico trabajo que analiza de un modo especfico la cuestin de los municipios en la segunda mitaddel siglo XIX es la tesis de Marcela Ternavasio: Municipio y poltica: un vnculo conflictivo. Anlisishistrico de la constitucin de los espacios locales en la Argentina (1859-1920). Tesis de Maestra,FLACSO, Rosario, 1991.5 Alexis de Tocqueville:La democracia en Amrica. Madrid, Sarpe, 1984.

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    que remita al estado de naturaleza y era una instancia apenas ms desarrollada que la familia.

    Siguiendo este razonamiento, la autoridad del municipio se consideraba inserta en la

    organizacin misma de la sociedad. La comuna, en tanto cuerpo, no reuna a ciudadanos sino a

    una sociedad vecinal y, en tanto autoridad, era slo una instancia administrativa, apoltica, como

    la dirigencia de cualquier otra corporacin de la sociedad civil. Es por esta razn que, en

    contraste con la categora de ciudadano, el vecino no tena por qu quedar asociado con el

    principio de la democracia y la igualdad poltica, en tanto formaba parte de un universo

    conceptual diferente.

    La concepcin divergente entre nacin y municipio tena una importante consecuencia: cuando se

    pensaba la figura del diputado o la del presidente, el problema de la representacin era unacuestin menor, en tanto se trataba de representantes del pueblo de la nacin y el colectivo nacin

    inclua y unificaba a sus miembros individuales bajo la figura de la voluntad general o la

    voluntad de la nacin; pero, cuando se defina el municipio como el lugar de la administracin de

    intereses sociales y econmicos diversos, la adecuada representacin de esos intereses se

    transformaba en una prioridad. En consecuencia, el imperativo de inclusin, que en el colectivo

    nacin prim por sobre cualquier otro valor y dio lugar a la implantacin del sufragio universal,

    en el caso de la comuna desapareci en favor de un imperativo de representacin, lo que supona

    el consiguiente debate para identificar legalmente los intereses que deban ser representados. La

    herramienta para lograr esta forma de discriminacin fue el voto limitado por censo, junto a la

    posibilidad de que extranjeros no naturalizados accedieran al sufragio comunal.

    A pesar de cierto aire de familiaridad y la constante referencia al antecedente de los cabildos, los

    argumentos utilizados para describir las prcticas polticas comunales como ajenas a la poltica

    tienen escasa relacin con las ideas jurdicas del perodo colonial. Por el contrario, esta visin

    tuvo su origen en el debate de los doctrinarios franceses ya inmerso en el mundo de la

    modernidad poltica y en la segunda mitad del siglo XIX se convirti en el modo de introducir un

    elemento de desigualdad poltica en la estructura del Estado sin tener que reconocerlo.6 Pese a

    algunas concesiones a un lenguaje tradicional, las leyes electorales municipales asociaron la

    nocin de vecino con el individuo contribuyente: lejos de aludir al miembro de un colectivo

    corporativo, describa al individuo capaz de dar prueba de su inters en la administracin

    6 Marcela Ternavasio, "La supresin del Cabildo de Buenos Aires Crnica de una muerte anunciada? enBoletn del Instituto Ravignani, n 21, 3 serie, 1 semestre de 2000.

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    municipal en virtud de sus capacidades econmicas. Los comicios no buscaban promocionar a

    representantes de intereses difusos de grupos consolidados naturalmente en una sociedad

    orgnica, sino a representantes de individuos concretos a los que se atribua intereses en la

    corporacin municipal.7 El vecino construido por la legislacin se acerca ms al individuo del

    moderno liberalismo anglosajn que al miembro de una corporacin del antiguo rgimen con

    derecho a voto en virtud de su previa pertenencia a ella. Excluidas de la legislacin, de todos

    modos las referencias corporativas se mantuvieron presentes en los lenguajes polticos, tanto en

    los debates parlamentarios como en las sucesivas campaas electorales. Durante estas ltimas, los

    partidos solan apelar a la defensa de los intereses de los vecinos individuales pero mucho ms

    importantes eran las referencias a los grupos de inters de la ciudad; unos y otros, en

    contrapartida, solan expresar pblicamente su apoyo explcito y directo al partido de su

    preferencia.8

    Pero todos estos matices en las ideas se convierten en un franco defasaje en cuanto se analiza el

    funcionamiento efectivo del gobierno y la poltica comunal. Si bien las polmicas sobre el rol que

    los municipios deban desempear valoraban en casi todos los casos el principio de la

    descentralizacin y la autonoma (ya sea siguiendo el argumento tocquevilleano -

    descentralizacin como nica garanta efectiva de compatibilidad entre democracia y libertad- oel ms habitual que supone que la comuna, por ser una corporacin cuasi privada, no tiene por

    qu estar subordinada al poder eminentemente poltico del presidente o los gobernadores), el

    origen y desarrollo histrico de las instituciones municipales fue exactamente el inverso. Como lo

    ha demostrado Ternavasio, los gobiernos comunales no slo fueron creados por las autoridades

    nacionales y provinciales, quienes los subordinaron de un modo casi absoluto a sus intereses, sino

    que tambin fueron escenarios de las ms acaloradas luchas polticas por su control. 9 Luego de

    Caseros la preocupacin por establecer los parmetros conceptuales de estructuracin y

    7 Las nociones de inters difuso y de personas con intereses como dos modos diferentes de postular larepresentacin de intereses en Hanna Fenichel Pitkin: El concepto de representacin. Madrid, Centro deEstudios Constitucionales, 1985. Tambin Pierre Rosanvallon: Le peuple introuvable. Histoire de lareprsentation dmocratique en France, Paris, Gallimard, 1998.8 Emma Cibotti "Sufragio, prensa y opinin pblica: las elecciones municipales de 1883 en BuenosAires" en Antonio Annino (coordinador): Historia de las elecciones en Iberoamrica, siglo XIX.

    De la formacin del espacio poltico nacional. Buenos Aires, FCE, 1995; tambin mi Vecinos yciudadanos. Sociedad y poltica en la Buenos Aires de entreguerras, Buenos Aires, Siglo XXI,2003.9 Ternavasio,Municipio y...

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    legitimidad del Estado se vio rpidamente superada por el problema mucho ms acuciante de la

    construccin de las bases empricas de su poder.10 En este marco, se recurri a los municipios

    como uno ms de los mecanismos de control estatal de la sociedad, por lo cual no podan quedar

    ajenos a las intensas disputas facciosas que caracterizaron este proceso. En el caso de la ciudad

    de Buenos Aires, una vez que sta pas a la rbita nacional, la ausencia de cualquier autonoma

    era todava ms evidente, dado que la Constitucin aseguraba legalmente a los poderes

    nacionales el control directo de la ciudad capital. Sin embargo, la Constitucin no prohiba

    delegar el ejercicio de la administracin comunal en un gobierno local: ambos principios

    aparecan expresados en la ley orgnica de 1882. Pero las caractersticas de la delegacin del

    poder nacional eran contradictorias: mientras que el poder legislativo comunal se dejaba en

    manos de un HCD electivo a partir de un cuerpo electoral limitado a los interesados, la rama

    ejecutiva quedaba en manos de un intendente nombrado directamente por el presidente con

    acuerdo del Senado. Las sucesivas intervenciones del Concejo Deliberante que se produjeron

    entre 1880 y 1915 -incluso en aquellos casos en los que la mayora del responda al oficialismo

    nacional- muestran claramente las dificultades que enfrentaba la convivencia entre el presidente y

    un cuerpo legislativo local que encontraba su potestad en el voto y que se vinculaba demasiado

    estrechamente con las disputas de intereses y los negocios de la ciudad.

    Ante la presin pblica y la imposibilidad de funcionar sin qurum, el 21 de mayo de

    1915 lleg a la Cmara de Diputados el decreto del Ejecutivo que disolva el Concejo y lo

    suplantaba por una comisin de veintids miembros elegidos por el presidente con acuerdo del

    Senado. El inicio del debate parlamentario que culmin con la aprobacin del decreto seal la

    apertura de una discusin que, sobre el fondo de un ambiente favorable al reformismo, benefici

    a los partidarios de la modificacin de la ley electoral municipal. Las relaciones de fuerza

    polticas eran muy diferentes a las de 1907, cuando una ley electoral municipal haba sido

    discutida por ltima vez: en esta ocasin, la presencia en el Congreso de radicales y socialistas

    ampliamente mayoritarios en el distrito capital- marcaron el tono de los debates. Aunque saban

    que era imposible evitar la aprobacin del decreto presidencial, los socialistas decidieron utilizar

    la ocasin para promover el debate sobre la cuestin de fondo y publicitar su posicin desde la

    Cmara hacia la opinin pblica. Ante esta ofensiva, el Poder Ejecutivo y los defensores del

    decreto en Diputados se vieron obligados a reconocer la necesidad de discutir una nueva ley: as

    10 Tulio Halpern Donghi: Una Nacin para el desierto argentino. Buenos Aires, CEAL, 1982.

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    qued abierto un escenario que no se cerrara hasta la concrecin de la reforma del rgimen

    electoral municipal en 1917.

    Ya en 1915 el socialismo present un proyecto de ley municipal cuyo objetivo era aplicar

    a la eleccin del Concejo Deliberante de la municipalidad de la ciudad de Buenos Aires las

    disposiciones de la ley nacional de elecciones.11 Prescriba la creacin de un concejo deliberante

    de cuarenta miembros elegidos por un rgimen de sufragio universal, secreto y obligatorio y con

    distribucin de bancas mediante el sistema de representacin proporcional. El intendente deba

    ser elegido de entre los mismos concejales a simple mayora de votos. Un ao ms tarde, el

    diputado porteo por la UCR, Victor Molina, present en la sesin del 17 de julio el primer

    proyecto de este partido para reformar la ley orgnica municipal. Propona la creacin de un

    legislativo de sesenta miembros y un ejecutivo unipersonal, ambos elegidos por sufragio popular;

    las bancas del concejo se repartiran mediante el sistema de representacin proporcional.12 Poco

    ms tarde, los diputados demoprogresistas por Santa Fe, Francisco Correa y Alejandro Carrasco,

    completaron la lista de iniciativas con un proyecto de reforma que propugnaba la eleccin de los

    concejales mediante el voto universal masculino para los ciudadanos argentinos y el voto

    calificado para los extranjeros y las mujeres, mientras que el intendente sera elegido por los

    ediles.13Con la presencia de los nuevos proyectos la comisin inici los estudios para elaborar un

    despacho que pas al orden del da de la sesin del 28 de septiembre de 1916. El consenso

    logrado se manifest en un despacho que llevaba el voto afirmativo de la totalidad de sus

    miembros y en la rpida aprobacin en general. Las polmicas se produjeron en la discusin en

    particular de algunos artculos, lo cual retras la media sancin hasta el da siguiente cuando

    finalmente fue aprobada. Entre sus principales disposiciones estaban los artculos 1 y 2 que

    definan el sufragio universal, secreto y obligatorio con una especial referencia a la ley 8.871 (ley

    Senz Pea). El 3 trataba sobre los electores extranjeros, que tenan derecho (no obligacin) a

    inscribirse en el padrn y votar, siempre y cuando pudieran comprobar ms de dos aos de

    residencia en el distrito, ser alfabetos y reunir al menos una de las condiciones siguientes: estar

    casado con mujer argentina, ser padre de hijos argentinos, ejercer profesin liberal o ser

    11 Mario Bravo:La ciudad libre. Buenos Aires, Ferro & Gnoatto, 1917.12Diputados, 17-7-1916.13Diputados, 14-8-1916.

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    contribuyente por ms de cincuenta pesos moneda nacional al ao. El artculo 4 gener uno de

    los incidentes ms importantes ya que la comisin sugera que el intendente deba ser elegido por

    el presidente con acuerdo del senado, tal como vena sucediendo hasta ese momento. Pero, por

    iniciativa de los diputados socialistas y varios radicales, el artculo fue modificado en favor de un

    intendente elegido mediante sufragio popular.14 El artculo 6 estableca un sistema de

    representacin proporcional por cuociente; si esta divisin no alcanzaba para distribuir la

    totalidad de las bancas en juego entre las listas, stas se distribuiran por el sistema de mayor

    residuo slo entre aquellas listas que hubieran obtenido al menos un concejal por cuociente.

    El 30 de septiembre de 1916 lleg al Senado la media sancin de Diputados. Entre esta fecha y el

    19 de julio de 1917, cuando se iniciaron los debates, se produjeron importantes sucesos que

    precipitaron modificaciones en la futura ley. Apenas instalado en el gobierno, el presidente

    Yrigoyen advirti que el control del municipio porteo era clave para el ejercicio del poder

    poltico y la gestin administrativa de cualquier gobierno nacional. La magnitud de su

    presupuesto, la repercusin de la gestin comunal en los principales agentes de la opinin pblica

    nacional y la pronta transformacin del municipio en una excelente cantera de puestos de trabajo

    para construir clientelas explican el temprano inters del yrigoyenismo por controlar la comuna.

    Para eso, inicialmente reprodujo la estructura del partido en el estado comunal an intervenido.

    El 14 de noviembre de 1916, Yrigoyen substituy al intendente Arturo Gramajo, quien ejerca el

    cargo desde febrero de 1915, por el presidente del comit capital de la UCR, Joaqun Llambas.

    Pocos das despus, nombr a los veintids miembros de la comisin interventora: cada uno de

    ellos era un destacado dirigente de los veinte comits parroquiales (su presidente o su delegado al

    Comit Capital) que el radicalismo posea en cada circunscripcin de la ciudad. A pesar de las

    quejas de las bancadas opositoras, Yrigoyen mantuvo esta comisin hasta la reunin en 1919 del

    primer Concejo elegido mediante sufragio universal. Mientras tanto, el 5 de junio de 1917 la

    comisin del Senado anunci que dispona de un despacho. Los das 19, 21 y 26 de junio se

    discuti el proyecto que finalmente se aprob con varias revisiones y se despach nuevamente a

    Diputados. Los cambios importantes propuestos por la comisin fueron dos, al que luego se

    agreg otro propuesto y discutido en el mismo debate. El primero, justificado por razones

    tcnicas, la eliminacin de los incisos a y b del artculo 3, que habilitan a votar a los extranjeros

    14 La definicin fue muy reida ya que la eleccin popular del intendente slo gan por un voto, 39a 38.

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    arraigados (casados con mujer argentina o padre de hijos argentinos), dejando slo vigente la

    clusula censataria. El segundo, volvi a colocar la eleccin del intendente bajo la potestad del

    presidente con acuerdo del Senado. El ltimo fue la reduccin del piso mnimo para participar del

    reparto de concejales por residuo a la mitad del cuociente. El 1 de agosto de 1917, la comisin

    de Diputados recomend en pleno la aceptacin de las modificaciones para no dilatar la

    aprobacin de la ley y poder, as, llamar a elecciones en 1918. Varios diputados radicales se

    proclamaron en contra de la enmienda que quitaba al pueblo la posibilidad de elegir su

    intendente, aunque haba sido votada en bloque por sus propios correligionarios del Senado.

    Junto con los socialistas y los demcratas progresistas prometieron presentar un nuevo proyecto

    de reforma de este artculo de la ley. La promesa fue rpidamente olvidada. Sin mayoresdiscusiones, la ley fue aprobada y promulgada con el nmero 10.240.

    Tulio Halpern Donghi ha sealado que una de las caractersticas ms notables y a la vez extraas

    del debate que culmin con la aprobacin de la ley electoral nacional de 1912 fue la generalizada

    conviccin de que dicha reforma era absolutamente inevitable, una conviccin compartida

    incluso por quienes no tenan ningn entusiasmo por ella.15 Esta actitud se repiti de un modo

    igualmente notable durante los debates de la ley municipal portea: quienes se opusieron a la

    universalizacin del sufragio comunal desplegaban sus discursos con el simple propsito de dejar

    sentada su posicin, pero sin hacerse mayores ilusiones acerca del resultado final. Esto explica la

    brevedad de la discusin en general y la concentracin de los debates en la discusin en particular

    de los artculos. El diputado Mariano de Vedia, quien con mayor claridad y contundencia expres

    su oposicin a la reforma -una oposicin que no dud en extender a la naturaleza electiva del

    rgimen comunal- reconoca explcitamente la ineficacia de su postura

    "no admitir tan fcilmente como el seor diputado Justo el que haya de confundirse el

    rgimen municipal, la eleccin de las autoridades municipales, con la forma de eleccionesde las autoridades polticas; y si bien esto es, como antes lo deca, un poco ideal, convienepor lo menos salvar los principios y dejarlos sentados."16

    De Vedia estaba tan convencido de que as eran las cosas que, a pesar de las numerosas

    expresiones de oposicin al carcter electivo del municipio, su voto en la comisin se sum

    15 Tulio Halpern Donghi, Vida y muerte de la Repblica verdadera (1910-1930), Buenos Aires,Ariel, 200016Diputados, 11-8-1915

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    al de la mayora en favor del despacho, una actitud que luego fue repetida por el miembro

    informante de la comisin del Senado, el legislador por Santiago del Estero Pedro Olaechea

    y Alcorta.17 Es tentador atribuir la razn de esta conviccin generalizada al previo recuento

    de los votos en ambas cmaras, sin embargo, hay muchos casos en los cuales el resultado

    de la votacin estaba definido y no por eso se evitaban extensas discusiones y votaciones

    reidas. Adems, aunque se descontaba que finalmente sera aprobado el rgimen de

    sufragio universal al menos para la eleccin de concejales-, tanto en diputados como en

    senadores la situacin era muy confusa. Los radicales no tenan una postura comn y

    menos an la tenan los llamados conservadores que respondan a diversas agrupaciones

    provinciales cada una con sus propias ideas. Slo el socialismo, que de todos modos reuna

    un nmero escaso de legisladores, defendi una postura comn. Estas dudas contrastan con

    la presin de los medios de la opinin pblica, quienes proclamaban que esta ley vendra a

    cerrar naturalmente el proceso de reformas abierto por la ley Senz Pea. Si bien para 1916,

    a la luz de los resultados electorales, la callada desconfianza que muchos sentan por los

    cambios de 1912 ya se haba transformado en abierta crtica y oposicin, an no alcanzaba

    para generar una corriente de opinin lo suficientemente importante como para contrastar la

    mayoritaria opinin favorable. Menos an cuando el errtico funcionamiento institucional

    del municipio que se arrastraba desde los aos ochenta, encontraba su explicacin ms

    natural y sencilla en su escasa base popular y en el fraude electoral. Diputados y senadores

    porteos de la UCR y del PS, los dos partidos ampliamente mayoritarios del distrito,

    coincidan adems con este diagnstico.

    Un municipio para los ciudadanos

    La generalizada conviccin de que la reforma electoral en favor de la universalizacin del

    sufragio progresara sin dificultades explica el relativo desplazamiento de la nocin

    administrativa del gobierno municipal, y la promocin de una concepcin que reconoca

    explcitamente su naturaleza poltica. Si bien en los debates no fueron pocos los que

    utilizaron la figura administrativa, esta qued relegada a la justificacin de detalles

    17 . As lo reconoce el propio senador enSenadores, 19 de junio de 1917.

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    especficos de la ley. Slo dos legisladores radicales la utilizaron para intentar mantener un

    rgimen censatario, aunque sin mayor xito: uno fue el diputado por Santa Fe, Domingo

    Frugoni Zabala, el otro el senador por Entre Ros, Leopoldo Melo.

    "En el rgimen poltico yo me explico el sufragio universal, porque el ltimo ciudadano, elms infeliz de ellos, el ms desamparado, tiene los mismos derechos que el ms potentado

    a intervenir en la organizacin poltica del estado /.../pero, seor presidente, las comunas,los concejos municipales no dictan leyes de ninguna naturaleza que se refieran al orden

    jurdico, al orden general de toda la nacin. /.../ Luego no acta en la comuna elciudadano sino el vecino, con inters econmico y administrativo exclusivamente, dentro

    de una esfera de accin y de legislacin completamente distintas. La comuna es una

    sociedad econmica, no es una sociedad poltica; luego son los elementos econmicos los

    que deben predominar, no los polticos. Es indiscutible que en una comuna todos, menoslos transentes y los desvinculados, tienen algn inters; pero hay que distinguir entre el

    que tiene ms inters y el que tiene menos, para hacer justicia distributiva de la influencia

    que a cada cual corresponde."18

    El sistema actual es casi como si en las compaas por acciones se dejase la direccin alos clientes y empleados por razn de ser las personas mas interesadas y se desposeyese a

    los accionistas de voz y de voto en el manejo o direccin de la empresa para la que

    aportaron su capital."19

    Con gran claridad, Frugoni Zavala y Melo expusieron los aspectos centrales de la visin ya

    tradicional del municipio: la asociacin de la comuna con una empresa, sus accionistas y

    clientes haba sido ampliamente utilizada en debates anteriores. La metfora empresaria

    serva a la vez para insistir en el carcter no poltico de la comuna, a la vez que para

    clasificar a los habitantes de la ciudad a partir de criterios radicalmente ajenos a cualquier

    forma de igualdad poltica. No son ciudadanos iguales quienes tienen derechos en el

    gobierno comunal, sino los vecinos, unos vecinos definidos no slo por ser residentes de la

    ciudad, sino por sumar a esta condicin un inters econmico manifestado en una

    determinada capacidad contributiva. Esta imagen notoriamente desigualitaria del vecino,

    los dueos / accionistas de la ciudad, tal vez poda adecuarse bien con la experiencia de

    una ciudad como la de Buenos Aires al ingresar en los aos ochenta: todava resuena en su

    legislacin y en sus imaginarios la concepcin social dicotmica y escindida de la ciudad

    18 Frugoni Zavala.Diputados, 27-9-191619 Leopoldo Melo.Senadores, 19-6-1917

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    patricia de la que habla Jos Luis Romero.20 Pero desde finales del siglo XIX ya se est

    delineando una nueva sociedad urbana que se adapta poco a este sencillo esquema binario.

    De todos modos, el problema fundamental de las intervenciones de ambos legisladores no

    fue tanto su insistencia en una visin no poltica del municipio, que como veremos ser

    utilizada por muchos otros, sino la conclusin que sacaban de ella. Dado que el imperativo

    en favor de la universalizacin del sufragio era ineludible, no haba espacio para seguir

    sosteniendo un razonamiento que, de todos modos, hasta pocos aos antes haba gozado de

    un notable consenso.

    As como el sufragio universal acot el uso de la visin administrativa, paralelamente

    permiti exponer la versin poltica del municipio. Los defensores ms decididos de esta

    postura fueron los legisladores socialistas, quienes a pesar de no ser muchos, participaron

    activa y abundantemente de un debate que involucraba al distrito electoral ms importante

    para el partido. Juan B. Justo sealaba de forma contundente que

    "Esa divisin que se hace entre elecciones administrativas y elecciones polticas, nosotros

    la repudiamos; la consideramos una distincin viciosa y que no conduce sino a errores"21

    Esta idea justific la propuesta central del socialismo: la equiparacin sin excepciones del

    electorado nacional con el comunal, borrando toda distincin entre las categoras de vecino

    y ciudadano o, an mejor, eliminando todo significado poltico a la nocin de vecino para

    reemplazarla por la de ciudadano. Como lo estableca su propio proyecto de ley, para el

    socialismo se trataba de trasladar sin mayores aditamentos los principios de la reforma de

    1912 al mbito de la comuna. Fue este ltimo argumento el que permiti a muchos

    legisladores radicales, menos preocupados por la coherencia formal de sus dichos, adherir a

    la visin poltica de la comuna: la universalizacin del sufragio comunal no sera sino la

    prolongacin de la revolucin iniciada por el presidente Senz Pea que permiti poner

    20 Jos Luis Romero: Latinoamrica: las ciudades y las ideas, Mxico, Siglo Veintiuno, 1976;Jos Luis Romero y Luis Alberto Romero (dir): Buenos Aires, historia de cuatro siglos, BuenosAires, Abril, 1983.21 Diputados, 11-8-1915. Tambin el senador del Enrique del Valle Iberlucea: "en los tiemposmodernos actuales las cuestiones municipales no son meramente de carcter administrativo, siinotambin de carcter poltico, entendiendo esta palabra en su ms alto y noble concepto." Senadores,19-6-1917.

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    fin al rgimen.22 En el proyecto presentado por el radical Victor Molina, se justificaba la

    universalizacin del sufragio asegurando que cmo el pueblo estara capacitado para

    ejercer la totalidad de la soberana y no estara para ejercitar una parte de la misma. La

    sola mencin de la comuna como una parte o fraccin de la soberana nacional reinstala a

    los municipios dentro de la matriz poltica nacional que la contiene, y descarta cualquier

    referencia a la tajante oposicin entre comuna y nacin que se deriva de la visin

    administrativa.23

    La principal razn de la difusin de la concepcin poltica del municipio es la

    concentracin de los debates en la cuestin electoral. Mientras que las discusiones

    parlamentarias del siglo XIX descriptas por Ternavasio en general tenan un tono ms

    terico, dado el carcter fundacional de la propia institucin municipal que estaba siendo

    creada integralmente, para la segunda dcada del siglo XX ya no se discuta sobre una

    institucin a ser creada sino sobre la forma de elegir a los miembros de un gobierno

    concreto que ya llevaba dcadas administrando la ciudad. No se discuta entonces sobre

    grandes modelos, sino ms bien sobre los balances que ya podan realizarse de las polticas

    comunales. En este sentido se expresaba el diputado Juan B. Justo

    "As tambin, si la administracin municipal ha de ser cientfica y honesta, tiene fatalmenteque ser de orden poltico, poltica municipal en la que las cuestiones seran, por ejemplo,

    si la municipalidad ha de permitir una vez por semana a la poblacin de cada barrio

    proveerse a precios razonables de ciertos artculos de consumo en las ferias francas o si ha

    de hacer de la ciudad entera todos los das una feria franca, ..."24

    Como puede advertirse, nada hay en estas frases que invite a pensar en grandes debates

    sobre filosofa poltica, sino una disputa por elementos concretos de la administracin que

    tendrn una consecuencia tambin concreta sobre una parte o sobre toda la poblacin de laciudad

    22 Por ejemplo, los discursos del diputado Vicente Gallo, Diputados, 28-9-1916 y el de DigenesHernndez ,Diputados, 29-9-1916.23Diputados, 17-7-1916.24Diputados, 11-8-1915.

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    "La falta de base popular del rgimen se ha traducido en una notoria desigualdad en losservicios de administracin.. /.../ Tenemos una ciudad seccionada en dos partes: la ciudaddel norte y la ciudad del sur, la ciudad de los barrios ricos y la de los barrios pobres; las

    calles bien iluminadas y las calles sin luz; la ciudad higinica y la ciudad que recibe

    tardamente los beneficios de la limpieza pblica, que se paga no obstante"25

    Para los socialistas, la equiparacin de los electorados nacional y comunal no responda

    sino al hecho de que en ambos casos se trataba de espacios de lucha poltica y que en el

    seno de esa lucha se definan el rumbo de las acciones de gobierno. De este modo,

    achacaban a la ausencia de electores populares la preocupacin del gobierno municipal por

    la zona norte y el desgano en el sur, lo cual a su vez determinaba la existencia de barrios

    ricos y pobres.

    Dado que la concepcin administrativa del municipio ya no era til para establecer una

    diferencia entre los vecinos y los ciudadanos a partir de un censo, y que la figura del

    ciudadano se impona como sujeto de imputacin de derechos electorales en la comuna,

    quienes no adheran a la universalizacin del sufragio no se privaron entonces de criticar lo

    que consideraban escasos valores cvicos de los votantes porteos. Este debate tiene una

    importancia relativa en lo referente al municipio, aunque fue uno de los principales

    argumentos de quienes votaron contra el carcter electivo del intendente. En cambio, es unexcelente ndice del clima de ideas contemporneo de la primera asuncin de Yrigoyen a la

    presidencia. Con la sola excepcin de los socialistas, la mayor parte de los legisladores

    recordaron la escasa virtud cvica de los porteos que se negaban a participar de los

    comicios municipales con o sin censo.26No se trataba de pura retrica: el temor de que a

    pesar de la obligacin establecida por la ley el nmero de votantes fuera igualmente escaso

    25 Mario Bravo,Diputados, 21-5-1915. Bravo menciona los casos de Inglaterra, Alemania y Suizacomo ejemplos de pases donde muchas comunas han intervenido para abaratar costos eliminandola intermediacin o municipalizando los servicios. Como puede observarse, nuevamente se descartatoda polmica terica a favor de la discusin de polticas municipales concretas.26 Por ejemplo, Lisandro de la Torre deca mucho de eso se podra decir al pueblo de Buenos

    Aires, que hace tan poco caso de su gobierno local." Diputados, 6-8-1915. El radical cordobsArturo Bas afirmaba que "es indudable que en la capital de la Republica y en el pas en general

    falta el control eficiente de la opinin pblica, y esa es a no dudarlo una de las causa principalesdel fracaso del rgimen municipal; y creo tambin que otra de las causas de este fracaso es la faltade inters por la cosa pblica manifestada por los ciudadanos exteriorizada entre otras formas por

    la falta de habilitacin de los mismos con su inscripcin en los padrones, que los coloquen encondiciones de sufragar en la oportunidad en que fueran citados..."Diputados, 9-8-1915.

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    alent al Senado a reducir el porcentaje de electores necesarios para considerar vlida una

    eleccin del ya bajo 50% a un 35 % del padrn. La enmienda fue aprobada, pero demostr

    ser intil: a pesar de que la proporcin de votantes sola disminuir en relacin a los

    comicios presidenciales y de diputados nacionales, siempre fue lo suficientemente alta

    como para superar la mitad del padrn.

    Tradicionalmente, el recorte del electorado municipal se haba basado en un imperativo de

    representacin, es decir, en la necesidad de identificar a aquellos que podan tener inters

    en la administracin municipal. Esto lo acercaba ms a los criterios anglosajones sobre la

    vinculacin directa entre el pago de impuestos y la representacin (cuyo slogan no tax

    without representation se haba hecho famoso desde la revolucin americana) ms que alcriterio de los doctrinarios franceses sobre un orden capacitario basado en los principios

    racionalistas ilustrados. Los debates sobre las leyes electorales municipales contenan

    muchas lneas destinadas a identificar a esos intereses legtimos a partir de su capacidad

    contributiva, en cambio, eran escasas las dedicadas a iluminar las capacidades de los

    electores. Si bien es cierto que todos los antecedentes legales incluan dentro de la

    franquicia a los profesionales liberales, se entenda que era as porque stos eran o seran

    contribuyentes dada la propia naturaleza de su profesin, y no tanto porque los estudios los

    hubieran transformado en ciudadanos ilustrados.

    Sin embargo, el antecedente de la reforma nacional y, sobre todo, la lectura que gran parte

    de los miembros del elenco poltico llamado conservador (pero no slo ellos) estaban

    haciendo de los resultados electorales registrados entre 1914 y 1916, dieron una nueva y

    ms apremiante entidad a la cuestin de las capacidades y las virtudes de los electores.

    Sorprendentemente, fueron radicales los primeros en introducir este tema, dado que el

    proyecto de ley presentado por Molina privaba del derecho de voto a los analfabetos. En el

    Senado, fue tambin el radical L. Melo quien no dud en afirmar que es necesario impedir

    que la administracin comunal sea dominada por elementos nmades de grado inferior27

    El escndalo provocado por este exabrupto no slo termin con la votacin de un cuarto

    intermedio hasta el da siguiente, sino que adems oblig a su correligionario Jos Camilo

    27Senadores, 19-6-1917.

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    Crotto a realizar una curiosa exgesis de las palabras de Melo para tratar de no importunar a

    quienes eran electores o potenciales electores del partido.28

    Por el contrario, los socialistas fueron los principales defensores de lo que consideraban una

    elevada cultura cvica de los porteos. Por un lado, sostenan no sin alguna razn, que la

    escasa participacin en los comicios anteriores tena por explicacin el censo y el fraude y

    no la apata ciudadana. Pero, adems, se jugaba en este debate un elemento fundamental

    para la propia identidad del partido. Como buena parte de los partidos de la Segunda

    Internacional, el socialismo local jugaba su identidad en al menos dos planos: por un lado,

    el ms tradicional vinculado a la visin clasista de la sociedad, en base a lo cual se

    proclamaban como el partido de los obreros y los trabajadores, pero, por otro lado, el

    socialismo se vea a si mismo como el punto ms elevado de la conciencia social de la

    humanidad. En este sentido, el socialismo argentino gustaba identificar sus propias

    victorias no slo con la presencia de electores proletarios, sino tambin con el progreso

    general de la civilizacin y la razn. Dado que la ciudad de Buenos Aires fue el nico

    distrito donde pudieron promover diputados nacionales y hasta ganar algunas elecciones, su

    visin sobre la ciudadana portea no poda ser sino altamente positiva.29

    El argumento capacitario cobr cierta relevancia en la discusin sobre el carcter elegible ono del intendente municipal: fue Mariano de Vedia quien expres el punto de vista ms

    sofisticado al respecto de este problema. Claro defensor del nombramiento presidencial del

    intendente, sus dichos no estaban vinculados con la versin tradicional ilustrada de la

    relacin entre capacidad y ciudadana, sino con las convicciones tecnocrticas que poco a

    28 Crotto intent justificar las palabras de Melo diciendo que en realidad se estaba refiriendo atrabajadores extranjeros del municipio sindicalizados por dirigentes socialistas. Senadores, 20-6-

    1917.29 "La marcha del sufragio ha ido en sentido inverso al desarrollo de la capacidad cultural ymaterial del pueblo de la capital.. /.../ Distinta evolucin ha sufrido la legislacin municipal enotros pases. Estudiando esas leyes, se observa como una manifestacin constante de treinta aos aesta parte, la tendencia a ampliar los derechos ciudadanos en el rgimen municipal, consagrando

    el sufragio amplio y universal, como Francia, incorporando a la vida electoral de las comunas alas mujeres, como en Inglaterra o Noruega, o como se proyecta, actualmente, para la provincia de

    Crdoba." Bravo enDiputados, 21-5-1915. De todos modos, es buena aclarar que los miembros delpartido Socialista vivan esta cuestin ms como una tensin que como una conviccin sin matices.Cada vez que su caudal de votos disminua hasta perder incluso la minora, como sucedi en 1928,1930 y 1938, las reacciones de perplejidad frente a la cultura cvica de los porteos semultiplicaban. Vase mi Vecinos...cit.

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    poco se estaban imponiendo dentro de algunas de las reparticiones de la burocracia

    municipal y que son fundamentales para comprender el desempeo que tendr De Vedia

    como intendente municipal entre 1932-1938.30

    "Ser que el rgimen electivo, como yo lo empiezo a sospechar, est fracasado /.../ Serque aquellas frases que tantas veces hemos odo, aplicadas al rgimen municipal electivo,

    'de cuna de la libertad' , 'escuela elemental del sufragio', estarn por s mismas indicando

    que ste es el gobierno de los pueblos en general, de los municipios pequeos, en

    formacin, o alejados, por lo menos, de los centros directivos, de los poderes polticos "31

    "...la historia del rgimen democrtico, que yo no acepto, al cual no puedo consagrar mi

    veneracin., y el sistema de la ciudad moderna. Son dos cosas completamentecontradictorias /.../ Yo no tengo la pasin del rgimen electoral electivo. Creo que el

    rgimen electoral electivo est fracasando en todas las grandes ciudades modernas /.../Losintendentes de un municipio se nombran con arreglo a circunstancias que varan y cuya

    apreciacin no corresponde en ninguna forma a la opinin pblica, a los partidos, a loscomits / / todos esos criterios deben aplicarse como emergentes de una accin deestadista, con un criterio de hombre de estado; no pueden entregarse las elecciones para

    cargos de esta naturaleza, para funciones de esta naturaleza, nunca, seor presidente, al

    pueblo"32

    En este caso, ya no se trata de discusiones doctrinarias sobre la capacidad de todos o una

    parte de los electores recortada sobre una visin abstracta de la razn ilustrada, el problema

    se ha desplazado de los electores a las dificultades tcnicas de la gestin, lo cual explica la

    importancia del contraste entre los pueblos y las ciudades pequeas y una metrpolis

    moderna. La ciudad moderna transforma los problemas de gobierno en algo tan complejo

    que su solucin excede a cualquier clase de proceso electoral, de all que slo el

    nombramiento presidencial, ajeno a cualquier especulacin poltica y atento a las virtudes

    tcnicas del postulante, puede garantizar una sana gestin municipal.

    Para los socialistas, los nicos que respondieron coherentemente a esta posicin, la relacin

    entre la ciudad moderna y el origen de los cargos de gestin comunal era exactamente la

    inversa

    30 Adrin Gorelik, La grilla y el parque. Espacio pblico y cultura urbana en Buenos Aires,1887-1936, Bernal, Universidad Nacional de Quilmes, 1998.31Diputados, 6-8-1915.32Diputados, 29-9-1916.

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    "La ciudad de Buenos Aires no es ya la vieja aldea, que poda ser gobernada por unacomisin de vecinos mas o menos honorables, ms o menos ancianos; la ciudad de Buenos

    Aires es la segunda capital latina del mundo, es una ciudad que tiene en sus

    demostraciones de progreso todos los signos ms elevados de la cultura y de lacivilizacin. No se puede considerar ya a la capital como una simple aglomeracin de

    vecinos /.../ Un milln y medio de habitantes exigen la participacin del mayor nmero

    posible de ciudadanos en el gobierno local..."33

    Slo la aldea puede ser administrada por grupos reducidos de vecinos notables, en

    cambio, la moderna metrpolis reclama naturalmente el voto universal. Es evidente que en

    este caso se propone una lectura diferente del problema, que no admite los argumentos

    tecnocrticos, sino que se basa en la visin ms habitual del socialismo que asocia

    directamente el proceso de modernizacin con la capacidad creciente de su poblacin y,

    por lo tanto, de sus electores. Por eso pueden incorporar a sus argumentos la comparacin

    entre las capacidades necesarias para votar al presidente y diputados nacionales y aquellas

    necesarias para elegir autoridades municipales, en claro desmedro de estas ltimas: la

    nacin siempre supone problemas ms complejos que aquellos vinculados con una ciudad,

    por lo cual cualquier recorte capacitario resultara absurdo.34 Esta idea retoma la

    concepcin humanista del socialismo que hace hincapi en el progreso y la civilizacin sin

    mayores distinciones de clase, sin embargo, el argumento de los intereses sociales no

    desaparece

    "Ya la cuestin municipal no se reduce solamente a la limpieza de las calles, al alumbrado,al empedrado, al cuidado de las plazas y de los jardines. A medida que una nacin

    progresa en el orden econmico y a medida que se industrializa, que se forman las grandes

    ciudades, que surge el proletariado, que las clases trabajadoras se aglomeran en diversos

    33Diputados, 21-5-1915.34 Por ejemplo, Bravo "Por que los ciudadanos de la capital de la Repblica han de tenercapacidad poltica para elegir diputados, electores de presidente y vicepresidente de la Repblica,

    para elegir convencionales que han de modificar la constitucin, y no han de tener capacidadpoltica para elegir a los ciudadanos que han de administrar sus propios intereses, sus intereses

    locales de habitante dentro del municipio?"Diputados, 21-5-1915; o Enrique Dickmann "Afirma elseor ministro que no ha existido el rgimen municipal, porque no existe la materia prima, no

    existe el elector. Esta es una afirmacin temeraria, seor ministro; porque cmo vamos a creerque para elegir concejales para legislar o dictar ordenanzas sobre la limpieza y barrido y sobrecmo se tapan los tarros de leche o sobre cualquier otra cosa de la vida diaria de la comuna, se

    necesite un elector ms capaz y ms preparado que cuando se trata de elegir diputados o electoresde presidente y vicepresidente de la repblica?"Diputados, 11-8-1915.

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    barrios, se plantea una serie de problemas que las autoridades municipales deben resolver.

    Y Cmo pretender seor presidente, que slo deben ser estudiados y resueltos esos

    problemas por un reducido nmero de personas, aquellas que muchas veces no tienen el

    mayor inters en la solucin de esos problemas, y que sean privadas de los derechos deconcurrir a la formacin de las autoridades que deben dar solucin a aquellas cuestiones,

    las numerosas vctimas de la mala situacin econmica de un pas o de una ciudad? Lasclases obreras tienen el derecho de llevar su representacin no slo a los poderes pblicos

    de las provincias y de la nacin, sino a los municipios, porque las cuestiones ms

    inmediatas, los problemas mas interesantes para las clases trabajadoras no estn, puede

    decirse, en las provincias ni en la nacin, sino en la comuna"35

    Frente al argumento tecnocrtico que escinde la solucin de los problemas urbanos de los

    intereses sociales, los socialistas sealan el carcter socialmente determinado de las

    soluciones que se da a los problemas de gestin municipal. En esa lnea, la ciudad moderna,

    es decir, una ciudad con proletarios, debe ser administrada en funcin de esos intereses.

    Para reforzar esta idea se establece una relacin directa entre determinados espacios de la

    ciudad, los barrios, y estos nuevos intereses obreros, ambos aspectos profundamente

    imbricados en su idea de modernizacin social y urbana. A medida que para los socialistas

    se haga evidente que esta vinculacin entre un inters social especficamente obrero y las

    condiciones sociales de los nuevos barrios del oeste no coincidan exactamente, el partido

    ir modificando sus discursos para enfatizar tanto su apuesta modernizadora y civilizatoria

    como la condicin genricamente popular de estas nuevas zonas habitadas de la ciudad.

    Hacia fines de los aos veinte este cambio ser consagrado en una nueva plataforma

    municipal donde los aspectos especficamente clasistas de sus propuestas se vern acotados

    a favor de una mayor atencin a los reclamos fomentistas.36 Sin embargo, en la segunda

    dcada del siglo este ltimo era todava un aspecto importante de sus argumentos, ms

    todava cuando deban discutir con uno de los principales componentes de la visin

    administrativa del municipio, es decir, la idea de la armona u homogeneidad de intereses

    dentro de una comuna.37

    35 Del Valle Iberlucea,Senadores, 19-6-1917.36 Vase mi Vecinos...37 Por ejemplo, Crotto cit parte de un debate sostenido en los aos ochenta para afirmar que "Lacomuna es una institucin de intereses armnicos y que deben ser convenientemente atendidos /.../es un conjunto homogneo, armnico, de intereses".Senadores, 21-6-1917.

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    Un municipio para los vecinos

    La aparicin de una visin eminentemente poltica de la comuna no alcanz, sin embargo,

    para desplazar la visin administrativa, que fue utilizada y defendida en mayor o menor

    medida por muchos legisladores radicales, conservadores y, por momentos, tambin por los

    socialistas. Si bien nadie sigui a Frugoni Zavala o a Melo en su intento de reimponer el

    voto censatario, en cambio, el argumento fue utilizado en ocasin del debate en particular

    sobre cuestiones tales como el voto de los extranjeros o el diseo del sistema electoral. La

    cuestin era como compatibilizar una concepcin de la comuna que siempre haba sido

    utilizada para justificar la limitacin del voto con una ley que introduca el sufragiouniversal. La solucin fue la democratizacin de la idea de vecino, una variante que defini

    el segundo camino posible para justificar la ampliacin del voto comunal sin que

    necesariamente se admitiera la naturaleza poltica del municipio. Esta variante result ser

    muy importante por varias razones: en primer lugar, porque fue fundamental para el diseo

    final de varios artculos centrales de la ley; en segunda instancia, porque es un ndice de

    cmo la concepcin administrativa estaba lejos de ser desechada tanto por los legisladores

    como por muchos medios de opinin; finalmente, porque la nocin igualitaria del vecino

    vena a empalmar naturalmente con los procesos sociales que se estaban produciendo

    contemporneamente en los nuevos barrios que se estaba construyendo en el oeste de la

    ciudad.38

    Para muchos legisladores, an estando a favor de la ampliacin del electorado comunal, era

    imposible reconocer la naturaleza poltica de la municipalidad. Esto era as, por ejemplo,

    para los diputados de la democracia progresista, que siempre haban hecho de la visin del

    municipio como un espacio ajeno a la poltica una cuestin central de las definiciones de su

    partido. El propio Lisandro de la Torre era considerado una autoridad en el tema dado que

    38 Leandro Gutirrez y Luis Alberto Romero, La cultura de los sectores populares en BuenosAires, 1920-1945. Buenos Aires, Cisea, informe final de trabajo, 1985; Sectores populares ycultura poltica. Buenos Aires en la entreguerras. Buenos Aires, Sudamericana, 1995 LeandroGutirrez y Luis Alberto Romero, La cultura de los sectores populares en Buenos Aires,1920-1945. Buenos Aires, Cisea, informe final de trabajo, 1985; Sectores populares y cultura

    poltica. Buenos Aires en la entreguerras. Buenos Aires, Sudamericana, 1995

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    su tesis doctoral haba versado sobre la cuestin municipal.39 Pero no eran ellos los nicos,

    por el contrario, algunos radicales y los socialistas tambin aceptaron esta variante para

    llegar a una conclusin finalmente similar a aquella que desprendan de la visin poltica de

    la comuna.

    "si el municipio es un hecho preexistente, como lo saben todos lo seores senadores,anterior a la organizacin poltica de la nacin, si es la comuna una asociacin de

    familias, cmo negar a todos los miembros de esas familias con suficiente discernimiento,

    con capacidad legal, el derecho de concurrir a los nombramientos de las autoridades que

    deben regir esos intereses?"40

    La pregunta no era original: tal como haba sucedido en tantos debates anteriores, el uso de

    la versin administrativa del municipio deriv en el debate para identificar quines eran

    aquellos con inters en el municipio y, nuevamente siguiendo esos precedentes, la respuesta

    se vincul con el problema impositivo. En este sentido, y an cuando haban sido los

    principales defensores de la visin poltica de la municipalidad y de la imputacin de

    derechos electorales comunales a los ciudadanos, los socialistas tambin tenan un slido

    argumento para extraer de la visin administrativa el derecho de todos los hombres

    mayores nativos a votar

    "Contribuyentes son en la capital de la Repblica, todos los habitantes si excepcin."41

    "Pero cules son los impuestos que existen dentro de la comuna? Los impuestosmunicipales, seor presidente, no son directos por regla general; son impuestos indirectos;

    quiere decir, entonces, seores senadores, que las contribuciones municipales no recaen,

    en realidad, sobre los propietarios /.../ sino que repercuten al fin sobre la enorme masatrabajadora de la ciudad. /se trata entonces de llevar a la comuna/ no slo el inters del

    39 La insistencia del partido Demcrata Progresista en el carcter administrativo y no poltco delmunicipio tiene su explicacin no slo en convicciones doctrinarias, sino en la fuerte defensa queese partido haca de la autonoma de Rosario frente al gobierno de Santa Fe y en la importancia quelos grandes empresarios y comerciantes extranjeros tenan entre la burguesa rosarina. Vase alrespecto Ternavasio, Municipio... cit; Alicia Megas, La formacin de una elite de notables-dirigentes. Rosario, 1860-1890. Buenos Aires, Editorial Biblos y Fundacin Simn Rodrguez,1996 y Carlos Malamud Rikles:, Partidos polticos y elecciones en la Argentina: la Liga del Sur(1908-1916) Madrid, Universidad Nacional de Educacin a Distancia, 1997.La tesis de Lisandro dela Torre en Obras de Lisandro de la Torre, Tomo IV. Buenos Aires, Hemisferio, 1954.40 Del Valle Iberlucea enSenadores, 19-6-1917.41 Justo, 11-8-1915.

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    contribuyente, del que paga la contribucin, sino el inters del consumidor, sobre el cual

    recae en realidad el pago del impuesto."42

    A su vez, el autor del proyecto radical argument en un sentido muy similar

    "Es que es falso el concepto de que el comerciante y el propietario que pagan losimpuestos sean los nicos que tengan inters en poseer un buen gobierno comunal; lo

    tienen y mucho los trabajadores, los consumidores y todas aquellas personas que deben

    arreglar su vida a un modesto presupuesto. El rico apenas si siente el peso del impuesto a

    los artculos de consumo; mientras que para el pobre trabajador el encarecimiento de los

    consumos lo somete a l y a su familia a restricciones que afectan su propia salud y el

    desarrollo y vitalidad de su prole."43

    Se trata, sin matices, de una verdadera apuesta por la democratizacin de la categora de

    contribuyente municipal: si se acepta que quienes contribuyen a mantener la comuna son

    los nicos que pueden alegar el derecho a ser representados, el universo de los

    contribuyentes es al menos similar al de los ciudadanos. Se trata de la versin sustentada

    por el radicalismo poltico anglosajn del ya mencionado principio que vincula el pago de

    impuestos con la representacin, versin que convierte a todos los hombres mayores con

    radicacin en el distrito en interesados y establece que slo cada uno de los contribuyentes,en trminos individuales, es capaz de conocer sus propios intereses.44 De esta manera, la

    concepcin igualitaria que se asociaba naturalmente con la categora de ciudadano, puede

    ser vinculada tambin con la del vecino a la vez consumidor y contribuyente. No se trata de

    una cuestin menor, toda vez que los impuestos al consumo, es decir, las imposiciones

    indirectas, ocupaban un lugar fundamental en las fuentes de financiamiento del estado. En

    ese marco, para socialistas y radicales -los partidos ms preocupados en ganar adhesiones

    entre los potenciales nuevos electores- la defensa de los derechos de los habitantes en tanto

    consumidores constituy un factor de enorme importancia. Para los radicales, esta defensa

    no represent mayores problemas; para los socialistas, en cambio, esta posicin vena a

    contradecir en parte las visiones clasistas de la representacin, pero tampoco represent un

    42. Del Valle Iberlucea, senadores, ver43 Victor Molina,Diputados, 17-7-1916.44 Edmund Morgan, Inventing the people. The rise of popular sovereingnty in England an

    America.New York, W. W. Norton & Company, 1988.

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    problema: por el contrario, a medida que el socialismo consolid su lugar como una de las

    dos fuerzas mayoritarias del distrito, los argumentos en defensa de los consumidores fueron

    ganando cada vez ms espacio en detrimento de aquellos orientados a la defensa de la clase

    obrera. No necesariamente eran apelaciones incompatibles, el giro ms habitual era

    trabajadores y consumidores, pero es sintomtico que el segundo apelativo fuera

    opacando al primero.

    El uso de la visin administrativa de la comuna, que en el caso de los socialistas slo serva

    para equiparar el universo de los ciudadanos con el de los vecinos electores, para otros era

    el punto de partida para seguir sosteniendo la necesidad de diferenciar claramente ambos

    electorados sin que, necesariamente, la clave de esa distincin fuera la limitacin

    "el electorado municipal debe ser un electorado especial, distinto del electorado nacional y

    del electorado provincial, precisamente para evitar la confusin".45

    La mayor parte de las intervenciones de los diputados segua apareciendo este imperativo,

    que tena dos consecuencias fundamentales: por un lado, y dado que todos aquellos que

    gozaban de derechos ciudadanos deban ser incorporados a la franquicia municipal, la

    ampliacin del cuerpo electoral mediante la incorporacin de electores extranjeros; porotro, la necesidad de tener en la comuna partidos especiales que no se confundieran con

    aquellos partidos de carcter y objetivos nacionales. Ambos eran componente tradicionales

    de la poltica comunal. Los extranjeros haban tenido derecho a votar en la comuna,

    siempre y cuando cumplieran diversas condiciones de residencia y contributivas. Los

    partidos que se presentaban en los comicios municipales siempre se haban definido como

    partidos exclusivamente comunales (incluso utilizaban nombres especficos) aunque nadie

    poda ignorar que detrs de ellos funcionaban las mquinas electorales de los principales

    partidos que se presentaban a los comicios nacionales.

    Sin embargo, la discusin no fue sencilla, toda vez que el socialismo estaba dispuesto a

    romper con ambas tradiciones

    "qu es preferible para el gobierno municipal? Qu voten los extranjeros con plata,desvinculados del pas, o que voten los extranjeros vinculados al pas por su ciudadana,

    45 Bas,Diputados, 9-8-1915.

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    aunque sean pobres? El seor diputado Castillo anticipa su juicio. El quiere que voten los

    extranjeros con plata, aunque no tengan carta de ciudadana; la diputacin socialista, por

    hoy, quiere que voten los extranjeros con carta de ciudadana, es decir, los extranjeros

    que estn en condiciones de elegir electores de presidente y vice de la Repblica,

    convencionales y diputados al congreso."46

    Para los socialistas, toda vez que en ltima instancia repudiaban la diferencia entre el

    sufragio administrativo y el nacional, el tema de la participacin de los extranjeros en los

    comicios no difera de lo que siempre haban sostenido: los extranjeros deban

    nacionalizarse (de hecho el partido promocionaba ampliamente la nacionalizacin aunque,

    como sabemos, sin demasiado xito) como una muestra de su compromiso poltico con el

    destino de la nacin. Por eso, slo admitan que gozaran de derechos electorales en la

    comuna aquellos extranjeros que por ser nacionalizados ya estaban habilitados para votar

    en los comicios nacionales: en otras palabras, nuevamente los ciudadanos. Sin embargo,

    como saban perfectamente que esa posicin no sera seguida por la mayora en la cmara,

    el diputado Bravo impuls en la comisin la ampliacin de los requisitos necesarios para

    inscribirse. De esto, resultaron los incisos a y b del artculo 3: el primero estableca que

    poda inscribirse en el padrn cualquier extranjero casado con mujer argentina y el segundo

    aquellos que fueran padres de uno o ms hijos argentinos, en ambos casos siempre ycuando cumplieran con los dos aos mnimos de residencia.47 El criterio de inclusin en

    estos incisos se acercaba ms a los principios de los socialistas, que valoraban ms el

    sentido de arraigo que la disposicin de riquezas. Adems, de esta manera esperaban

    bloquear lo que entendan sera un desbalance del cuerpo electoral en favor de los ms

    ricos, algo que era aceptado como un factor positivo por otras bancadas. As, por ejemplo,

    los demoprogresistas decan

    "La calificacin del extranjero, tiene sin duda a aumentar el nmero de contribuyentes enel electorado; hay lgica, pues, en quienes por suponer que la lucha poltica es lucha de

    clases, encuentran injusta esta ventaja en beneficio de una clase. Pero, para los que no

    participamos de esas ideas, que sera ahora inoportuno discutir, es justo y legtimo dar una

    representacin prudente a los intereses. /.../ Cmo privar de toda influencia directa a tanenorme suma de intereses en el gobierno municipal que es, en definitiva, gobierno

    46 Bravo,Diputados, 9-8-1915.47 El inciso c estableca la condicin censal (impuestos directos nacionales o municipales por msde 50 $ m/n anuales o el ejercicio de una profesin liberal).

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    administrativo, gobierno de intereses?"48

    Finalmente, la Cmara de Diputados incorpor los incisos propuestos por el socialismo, sin

    embargo, ambos fueron rechazados por el Senado por lo cual la ley slo permiti

    inscribirse y votar (en ambos casos voluntariamente) a los extranjeros que cumplieran las

    condiciones censatarias del inciso c. De todos modos, se trat de un debate que permiti

    develar posiciones ideolgicas pero que tuvo escasas consecuencias: durante las siguientes

    dos dcadas el padrn de extranjeros result ser nfimo y sin mayor significacin electoral.

    Bastante ms rico y a la vez ms confuso fue el debate relacionado con el problema de las

    formas y medios concretos de representacin, en parte porque se cruzaban intereses

    diversos y enfrentados, en parte porque stos se apoyaban en modelos muy diferentes sobre

    cmo resolver este problema.

    La discusin del artculo que prescriba el sistema electoral que se aplicara en la comuna

    habilit un debate acerca de cules eran aquellos partidos que deban actuar en la poltica

    comunal. Casi todos aquellos que respaldaron la visin administrativa crean que en la

    comuna deban actuar partidos especiales cuyos postulados e intereses slo abarcaran el

    espacio municipal.

    "Soy hombre de partido y creo en la necesidad del gobierno de partido, como expresin desolidaridad y de responsabilidad para la realizacin de determinadas ideas y programas.

    De otro modo, el ejercicio de la democracia degenera en conflictos de hombres o disputa

    de facciones. Pero los partidos deben ser adecuados a sus fines; un partido nacional, si sustendencias no se han adaptado a las necesidades locales, es muy peligroso en la

    administracin de la ciudad. Las municipalidades se convierten entonces en medios

    puestos al servicio de los partidos para ms altas conquistas. Esto no quiere decir quehayan de excluirse los partidos nacionales de la actividad municipal, no, y mucho menos

    cuando esos partidos pueden perseguir, entre sus propsitos generales, determinadas

    reformas en la administracin local. Pero hay que infundirles un nuevo espritu, y hastadarles las preocupaciones minuciosas y de detalle de la vida municipal./.../ Para que elgobierno loca sea lo que debe ser, es necesario el espritu de ciudad, el espritu cvico, -

    dando a esta palabra su acepcin ms propia y restringida- espritu que no tienen, que no

    pueden tener, los partidos nacionales, ya que sus fines estn en un orden de actividad

    poltica ms extenso. Las agrupaciones municipales de la capital han sido generalmente

    distintas de los partidos nacionales, por la diferente composicin del cuerpo electoral. Esuna diferencia que conviene mantener, aunque en trminos ms moderados que en la ley

    48 Proyecto del partido Demcrata Progresista, 14-8-1916.

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    vigente, porque diferenciar no es contraponer; y, sobre todo, buscndola con criterio ms

    liberal, no por la restriccin, sino por la ampliacin del derecho de sufragio. "49

    La voluntad de distincin entre los partidos se haba apoyado, tradicionalmente, en la

    distincin de los sufragantes, sin embargo, en esta ocasin el debate reapareci en ocasin

    de una cuestin tcnica: la representacin proporcional y el nivel mnimo de votos

    necesarios para alcanzar concejales por residuo. Por otra parte, nadie esperaba realmente

    que los partidos nacionales, en particular el socialismo y la UCR, se abstuvieran de

    presentarse a los comicios que se realizaran una vez aprobada la ley.

    Es habitual suponer que un sistema de representacin proporcional con distrito

    nico alienta la participacin de pequeos partidos o agrupaciones, en tanto stos pueden

    aspirar a acceder al Legislativo obteniendo al menos una o dos bancas. Frente a los

    mecanismos prescritos para la eleccin de diputados nacionales (el sistema de mayora y

    minora, que en principio slo otorga representacin a dos partidos) o a la alternativa de

    dividir la ciudad en distritos y promover la eleccin de uno o dos candidatos por cada uno

    de ellos (que si bien ofrece la posibilidad de triunfo a algn notable barrial, no alienta la

    presencia de partidos que, ms all de su escaso tamao, se proyecten hacia toda la ciudad),

    la representacin proporcional posibilitara el acceso al recinto con slo alcanzar una ciframnima. En tanto se propuso este sistema para el municipio, podra concluirse que se

    trataba de favorecer la participacin de pequeas agrupaciones vecinales, sin embargo, en

    palabras de Bravo -que en este caso habla en nombre de la comisin de Diputados- no era

    este el objetivo

    El sistema propuesto por la comisin es exacto y es simple, y tiene por objeto principal dar

    preeminencia en los escrutinios a la lista de los partidos que tengan un cuociente electoral

    sobre la lista de aquellos partidos que no tengan ninguno. Ha tendido, en consecuencia, lacomisin a facilitar la organizacin y el desenvolvimiento de los partidos orgnicos,definitivos, con programa, y de actuacin ms o menos permanente dentro del terreno de

    las luchas municipales, desdeando las agrupaciones que se forman en ocasin de las

    luchas electorales y que no hacen otra cosa que desquiciar o desnaturalizar la alta funcin

    de la municipalidad electiva.50

    49 Ibidem.50Diputados, 29-9-1916.

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    La comisin, segn Bravo, sostena explcitamente su apoyo a los partidos orgnicos en

    contra de las agrupaciones ocasionales, identificadas con las agrupaciones que

    tradicionalmente se haban presentados en las contiendas electorales de la municipalidad

    portea. La clave era el cuociente. Un sistema de representacin proporcional con

    renovacin bianual de quince bancas sobre treinta totales, supondra un cuociente muy alto,

    pues se divida el total de votos por una cifra muy baja. Esto impondra un umbral muy

    difcil de alcanzar para los pequeos partidos. Adems, aquellas bancas que no pudieran ser

    otorgadas por cuociente, se repartiran por mayor residuo slo entre los partidos que

    hubieran alcanzado dicho cuociente, es decir, que al menos ya dispusieran de una banca, lo

    cual tambin exclua a los pequeos partidos ocasionales.51 Finalmente, la lucha por los

    votos en la ciudad, que funcionaba como distrito nico (las veinte circunscripciones, al

    igual que en los comicios nacionales, funcionaban slo como recortes organizativos, pero

    no implicaban ningn tipo de estructuracin espacial de la representacin), obligaba a los

    partidos a construir una estructura institucional en toda la ciudad. Del mismo modo,

    obligaba a esos mismos partidos a no limitarse a simples debates o representaciones

    barriales o locales y les impona la obligacin de hablar en nombre de toda la ciudad. Este

    punto fue una preocupacin constante del socialismo, dado que a lo largo de los aos

    siguientes no fueron pocos los partidos que se organizaron alrededor de una parte especfica

    de la ciudad. Esto no sera una empresa sencilla para los partidos pequeos, que no

    disponan de suficientes recursos humanos o materiales. Se impuso, de esta manera, la

    postura reformista que favoreca a los partidos mejor organizados (los partidos orgnicos y

    de ideas) como canales de mediacin de la representacin, por sobre la voluntad de

    diferenciar a los grupos especficamente municipalistas o de favorecer una posible

    51. En agosto de 1917, mientras se discuta en Diputados la modificacin del Senado que permitira elacceso al reparto por residuo de quienes alcanzaran la mitad del cuociente, Bravo deca: Por estadisposicin, la comisin entenda eliminar, y as lo dijo, la representacin de los simples residuoselectorales en listas que no tuvieran por lo menos un cuociente. /.../es decir , tuviera derecho por lomenos a un candidato. La representacin de los residuos, o ms bien dicho la representacin de las listasque no llegan a tener votos suficientes para alcanzar ni siquiera un puesto, propende al fraccionamiento

    del cuerpo electoral en pequeos ncleos, generalmente transitorios u ocasionales, formados pocas vecessobre un inters pblico, aunque sea de parroquia o seccin, y casi siempre sobre un inters o propsitoelectoral desvinculado de los propsitos edilicios locales. Contribuye a formar cuerpos colegiados, donde

    las fracciones que se incorporan por esos residuos, no actan, como lo ha demostrado la experienciageneral, dentro y fuera del pas, con saludable eficacia.Diputados, 1-8-1917.

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    dispersin de la representacin partidaria. El socialismo y el radicalismo (que votaron a

    favor del artculo) estimaban, con razn, que ellos seran los principales beneficiarios.52

    En el seno de este debate se desplegaron otros modelos de representacin que, aunque no

    tuvieron una traduccin inmediata en la ley de 1917, en pocos aos ocuparan un lugar

    fundamental en la prctica poltica y en la propia legislacin municipal. Estos modelos

    impugnaban globalmente el criterio de la representacin electoral partidaria en nombre de

    la organizacin de los vecinos en instituciones intermedias de carcter barrial. El ejemplo

    ms habitualmente citado era el de la ciudad de Washington

    "No tiene un concejo deliberante, pero la accin que este debera realizar est sustituidacon notoria eficacia por la que ejercen las asociaciones constituidas al amparo de losderechos polticos de reunin, de asociacin y de peticin, y de libertad de la palabra

    hablada y escrita, reconocidos en la constitucin federal. Esas asociaciones, que segn el

    profesor Dodd, en su obra sobre el gobierno de la ciudad de Washington eran en 1910, en

    nmero de treinta, correspondiendo cada una a diversa partes del territorio, estn

    formadas por los vecinos y se ocupan de los intereses locales, en comunicacin con loscomisionados municipales y con las comisiones del congreso encargadas de la atencin

    ms inmediata de los intereses relativos a la ciudad de Washington. Ellas son, en realidad,

    los resortes ms eficaces del gobierno comunal. Hacen llegar al congreso y a la comisin

    municipal los pedidos, la reclamaciones y la gestin de reformas o de mejoras requeridas

    por los diversos vecindarios; son consultados en la generalidad de los casos; actanpermanente y celosamente, y as es como pueden desenvolverse con pleno acierto una vastaaccin comunal supliendo con ventajas la existencia de un rgimen electivo. /.../ Nosotros

    no conocemos ese inters por la comuna, exteriorizado en la eleccin de las autoridadesmunicipales, en el celo por su desempeo, en el control de sus actos para hacer efectivas

    las responsabilidades, ni en la organizacin de estas asociaciones locales de vecinos , que

    recin en los ltimos tiempos han comenzado a constituirse con xito para los intereses que

    quieren fomentar."53

    52 . De todos modos, como lo hemos mencionado en varias ocasiones, el socialismo oscilaba entre

    la postura favorable a la visin reformista de los partidos orgnicos como criaturas de la ley y unavisin ms tpicamente clasista. Por ejemplo, Justo afirmaba que "ese sofisma con que se ha querido

    justificar, por los que menos la han comprendido, la ltima reforma electoral nacional, al declararindispensable para el progreso del pas un nuevo rgimen electoral, porque con el sufragiouniversal de verdad, habr partidos; punto de vista fundamentalmente equivocado, directamente

    opuesto a la realidad vivida y palpitante. Queremos el sufragio universal, seores diputados, nopara que haya partido, sino porque los hay; porque hay ya en la sociedad argentina porque hay ya

    en el municipio de la Capital intereses colectivos cuantiosos, concientes y antagnicos, quenecesariamente han de concurrir cada uno, desde su punto de vista, a la elaboracin del desinocolectivo..."Diputados, 11-8-1915. Vale aclarar que esta postura de Justo no ser la predominanteen el partido en los aos siguientes.53 Gallo,Diputados, 9-11-1915.

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    En el marco de un debate tensado por el imperativo de la universalizacin del sufragio

    municipal este tipo de ideas (reiterada por ejemplo por el miembro informante de la

    comisin del Senado que, de todos modos, aport su voto al despacho de mayora), slo

    ocup un espacio limitado, sin embargo estaba dando cuenta de un fenmeno que en

    adelante sera crucial en la vida poltica del municipio. Porque tal como lo estableci Gallo,

    las sociedades de fomento ya ese estaban organizando y comenzaban a reclamar su derecho

    a ser tenidas como voceras legtimas y autorizadas de los vecinos de la ciudad. Esta forma

    de representacin se basaba en criterios totalmente diferente a aquellos de la representacin

    poltica tal como puede observarse en una carta enviada al Senado por varias asociaciones

    fomentistas en respaldo de los comisionados propuestos por el presidente Yrigoyen

    Las asociaciones de fomento no se consideran autorizadas, ni an siquieraincidentalmente, para profundizar si hay o no motivos de ndole poltica en la designacin

    de comisionados hecha por el poder ejecutivo y el desacuerdo del honorable senado; pero

    si interpretan que por encima de todo ha de haber en ambos poderes un fin patritico deconciliar sus respectivas atribuciones constitucionales con el deber de cuidar que los

    designados renan condiciones para el cargo que se les confa y representan todas las

    zonas del municipio que es lo esencial para tener la seguridad de que han de hacer obra

    distributiva.

    Sobre este punto abrigamos la ms profunda conviccin de que tanto el honorable senadocomo el poder ejecutivo han de convenir con que hace muchos aos que ni los concejosdeliberantes ni las comisiones de vecinos han tenido la representacin de los grandes

    ncleos de poblacin suburbana, y es por ello que se hace ms notable y digno de aplausoel criterio con que ha procedido el poder ejecutivo al nombrar los actuales comisionados,

    procurando que en ello estuvieran representadas todas las circunscripciones de la capital,

    pues es debido a eso que su labor realizada en pocos meses de actuacin alcanza a todas

    las zonas del municipio.54

    En primer lugar, las sociedades vecinales volvan sobre una nocin de la representacin que

    repudiaba cualquier contenido poltico partidario y realzaba nuevamente la figura delvecino. Se trataba, por cierto, de una figura vecinal profundamente igualitaria que nada

    tena que ver con aquella tpica de la segunda mitad del XIX, aunque esto no se deba tanto

    a una nueva percepcin de quienes eran los contribuyentes en la ciudad (aunque poda

    incluir esta idea) sino que era resultado del proceso social provocado por la

    54Senadores, 3-7-1917. La carta est fechada en junio de 1917.

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    suburbanizacin de la ciudad.55 Por otra parte, primaba para estas sociedades un criterio de

    representacin territorial: la legitimidad de un determinado organismo representativo se

    derivara no de un criterio de pluralismo poltico partidario, sino ms bien de un pluralismo

    espacial donde cada barrio tendra su representante. A corto plazo, este criterio terminaba

    por avalar a la comisin propuesta por Yrigoyen, toda vez que en ella se encontraban

    presentes la casi totalidad de las cabezas de comit seccional del partido. Mientras que a la

    oposicin legislativa le horrorizaba el que todos los comisionados fueran dirigentes del

    radicalismo en nombre del pluralismo poltico, a los fomentistas le importaba ms esta

    especie de pluralismo espacial que, al menos en el orden de la representacin, pona a todos

    los barrios en un pi de igualdad. Sin embargo, durante las dos dcadas siguientes laintervencin de las sociedades de fomento en la poltica municipal estar basada en este

    principio. En algunos casos, este principio ser presentado como una alternativa abierta a la

    representacin poltica del Concejo, pero en la mayor parte de los casos fue su

    complemento.

    A modo de conclusin

    La reforma poltica del municipio se produjo en funcin de dos grandes procesos que

    estaban modificando la fisonoma social y material de la ciudad de Buenos Aires. En

    primero lugar, el reformismo que haba dado a luz la ley electoral de 1912. Aunque para

    1917 ya despertaba tantas dudas como convicciones, la reforma todava no haba tenido que

    enfrentarse a la prueba de los hechos de 1919 y an era posible presentar a la ley municipal

    como la consecuencia natural de dicha reforma. En segunda instancia, el proceso de

    suburbanizacin relacionado con la conversin de todo el distrito municipal en una nica

    mancha urbana, proceso que se haba iniciado desde finales del siglo XIX y que recin

    alcanzara su culminacin a lo largo de la dcada del treinta.

    Hay tambin un clima de ideas generalizado, segn el cual le corresponde a la

    municipalidad la accin inmediata en favor de los sectores ms necesitados (una primera

    expresin de un estado interventor), postura que por entonces encontraba su mejor modelo

    en los municipios gobernados por los socialistas en Europa y los Estados Unidos y que,

    55. Gutirrez y Romero, cit.

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    contemporneamente a los debates en ambas cmaras, estaban siendo difundidos en sendas

    ctedras por Adolfo Posadas. Esta es otra razn, junto con las que hemos mencionado, por

    la cual los debates de estos aos perdieron buena parte del tono algo ms acadmico que

    haba caracterizado a aquellos del siglo XIX.

    La ley electoral, mucho ms que los propios debates, dise un rgimen electoral que

    alent las miradas polticas sobre el municipio. Jugaron a favor de esta situacin la

    equiparacin entre el cuerpo electoral municipal y nacional (en los hechos, los extranjeros

    inscriptos fueron siempre muy pocos) y la abrumadora mayora que socialistas y radicales

    (ambos partidos nacionales) obtuvieron en la totalidad de los comicios realizados hasta que

    en 1941 el municipio volvi a ser intervenido por el ejecutivo nacional. Sin embargo, laperduracin de la visin administrativa fue de crucial importancia, dado que en adelante

    todas las formas de crtica a la actuacin del Concejo que en un momento en el que la

    ciudad creci a ritmos sin parangn en cualquier otra poca no fueron pocos- se haran

    utilizando su lenguaje. Sin embargo, se manifest una diferencia esencial con la forma en

    que la mirada administrativa se utilizaba en el siglo XIX, toda vez que se basaba en una

    nocin igualitaria y no diferenciadora del vecino-contribuyente. Es esta, a mi entender, la

    clave central para explicar el aporte central de la discusin de esta ley.

    La ley de 1917 y el debate que la antecedi construy, a partir de elementos diversos y a

    veces contradictorios, una visin igualitaria de la sociedad portea: lo hizo al identificarse

    con la nocin de ciudadana; lo hizo al democratizar la figura del vecino-contribuyente; lo

    hizo, finalmente, al imponer la idea de que cada seccin de la ciudad deba gozar de una

    representacin igualitaria. Igualdad poltica, igualdad social, igualdad espacial: esa fue la

    mirada que la ley ofreci sobre la ciudad y sus habitantes. De esta forma, la ley electoral,

    como suceder luego con muchas prcticas polticas, ayud a construir esa imagen tan

    conocida de la ciudad de Buenos Aires que fue recogida por los trabajos de Leandro

    Gutirrez y Luis Alberto Romero y que en buena medida ayudar a explicar la concepcin

    igualitaria que ms tarde se desarrollar alrededor de la nocin de clase media portea...

    Ciertamente, no se trata de una visin objetiva de la sociedad portea que, como toda

    sociedad, reconoce sus diferencias y sus conflictos y, ms an, sus visiones no igualitaristas

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    de ella misma.56 Sin embargo, no hay dudas de que esta imagen, reproducida regularmente

    a lo largo de las campaas electorales y otras prcticas polticas, ocup un lugar de singular

    importancia en la ciudad y, en buena medida, explica muchas de sus caractersticas sociales

    futuras.

    56 Una muy interesante investigacin en marcha realizada por Hernn Camarero cuyo eje es laactividad social del Partido Comunista en la ciudad y en el gran Buenos Aires muestra la existenciade discursos clasistas y fuertemente conflictivos en la ciudad. Sin embargo, a diferencia del autor,

    no creo que la actividad de este partido (minoritario no slo en trminos electorales sino tambin enfuncin de su presencia societaria en los barrios porteos) alcance para poner en cuestin estavisin general