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1 Estrategia Nacional para la Prevención del Consumo de Bebidas Alcohólicas en Menores de Edad

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Estrategia Nacional para la Prevención

del Consumo de Bebidas Alcohólicas en

Menores de Edad

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Justificación

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Prevalencia de consumo en Nivel Secundaria y Bachillerato

Acorde con datos de la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas en Estudiantes,

ENCODE, 2014:

• 5, 562,493 alumnos de secundaria y bachillerato han bebido alcohol alguna vez en su

vida (53.2%).

• 1, 516,093 estudiantes de secundaria y bachillerato han abusado del alcohol el mes

previo (14.5%).

• La Ciudad de México, Durango, Jalisco y Michoacán son las entidades con las

prevalencias más altas de consumo excesivo de alcohol.

Fuente: Encuesta Nacional de Consumo de Drogas en Estudiantes 2014.

Estados con % más altos

Estados con % más bajos

Estados con % en el promedio

• La prevalencia nacional de consumo

excesivo de alcohol: 14.5%.

• Estados por encima de la prevalencia

nacional: Ciudad de México, Durango,

Jalisco y Michoacán

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Consumo Excesivo de Alcohol en Primaria

Fuente: Encuesta Nacional de Consumo de Drogas en Estudiantes 2014.

Estados con % más altos

Estados con % más bajos

Estados con % en el promedio

• La prevalencia nacional de consumo

excesivo de alcohol en primaria: 2.4%.

• Estados por encima de la prevalencia

nacional:

Querétaro (4.8%)

Tlaxcala (4.2%)

• 110,677 estudiantes de 5° y 6° de primaria han abusado del alcohol (2.4%).

• Los estados de Tlaxcala y Querétaro presentan las prevalencias de consumo

excesivo de alcohol más altas en primaria (4.2% y 4.8% respectivamente).

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• El exceso en el consumo de alcohol provoca graves efectos secundarios a la salud de la

población en cualquier edad, siendo los menores los más propensos a padecer:

Accidentes automovilísticos

Caídas, ahogamiento y otros accidentes

Suicidio

Violencia y homicidio

Ser víctima de delitos violentos

Infecciones de transmisión sexual

Embarazo no deseado

Agresión sexual o violación

Efectos por el Exceso en el Consumo de Alcohol

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Antecedentes

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En el marco de la Décima Tercera Reunión CONASA celebrada en marzo de 2016 se

acordó que:

• La Secretaría de Salud, a través de la COFEPRIS, la CONADIC y con el apoyo de las

Secretarías de Salud Estatales, diseñará una “Estrategia Nacional para la

Prevención del Consumo de Bebidas Alcohólicas en Menores de Edad”.

• El propósito es implementar acciones de regulación, fomento y control sanitario en

establecimientos que expendan este tipo de bebidas en el territorio nacional.

• La Estrategia Nacional tiene su fundamento jurídico en:

- El acuerdo emitido por el Consejo de Salubridad y las facultades de la COFEPRIS

en vigilar y verificar el cumplimiento de lo establecido en los artículos 17 bis

fracción VI y;

- 220 de la Ley General de Salud, que a la letra dice:

Antecedentes

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“En ningún caso y de ninguna forma se podrán expender o suministrar bebidas alcohólicas

a menores de edad.

La violación a esta disposición será equiparable con el delito de Corrupción de Personas

Menores de Dieciocho Años de Edad o de Personas que no tienen Capacidad para

comprender el Significado del Hecho o de Personas que no tienen Capacidad para

Resistirlo.”

• La estrategia conjunta entre la CONADIC y la COFEPRIS, con apoyo del Sistema

Federal Sanitario, tiene el objetivo de evitar la venta de bebidas alcohólicas a

menores de edad.

• Para lograrlo instrumentará acciones de regulación, fomento y control sanitario en

centros de consumo y puntos de venta de bebidas alcohólicas.

Antecedentes

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Estrategia para el Control de Bebidas

Alcohólicas en Menores

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La implementación de la estrategia, se basa en dos ejes principales:

Eje 1. Fomento Sanitario a la población

Eje 2. Operativos Conjuntos de Vigilancia Sanitaria

Estrategia para el Control de Bebidas Alcohólicas en Menores

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- Difundir e implementar la “Guía para las Buenas Prácticas que fomente no vender

alcohol a menores en puntos de venta”:

Eje 1: Fomento Sanitario a la Población

• Protocolo para garantizar la mayoría de edad de los clientes que consuman bebidas alcohólicas

• No permitir la entrada de menores de edad a “antros”

Para centros de Consumo

• Bitácora de venta con tarjeta INE o pasaporte para extranjeros

• Protocolo para garantizar mayoría de edad de los clientes que adquieran bebidas alcohólicas

Para Punto de Venta

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- Campañas de sensibilización a padres de familia y menores sobre el consumo de

alcohol en instituciones educativas.

- Que en las camisetas de menores de edad de cualquier deporte, no se permita

la utilización de logotipos o anuncios de patrocinadores de bebidas

alcohólicas, cualquiera que sea su graduación.

- Reuniones y convenios de concertación de acciones con las diferentes

asociaciones y cámaras involucradas.

Eje 1: Fomento Sanitario a la Población

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Artículo: Rótulo en

la pared.

Tipo de Material:

Impreso

plastificado

Color: por definir

Contenido: El

propuesto en la

imagen

• Entre los instrumentos propuestos en el primer eje de la estrategia destacan la

implementación de: i) rótulos en la pared de los establecimientos, ii) volante, iii)

brazaletes y iv) folleto para establecimientos

Artículo: Volante

Tipo de Material:

Impreso

Contenido: El

propuesto en la

imagen

Eje 1: Fomento Sanitario a la Población

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Artículo: brazaletes Tipo de Material: Impreso Color: Variados

En el folleto para establecimientos que expenden bebidas alcohólicas destaca el siguiente contenido:

• Recuerda que está prohibido servir, vender u ofrecer bebidas alcohólicas a menores de

edad.

• La venta de bebidas alcohólicas a menores se equipara con el delito de corrupción a menores

de edad.

• El uso nocivo del alcohol es a nivel mundial, uno de los principales factores de riesgo de muerte

prematura y discapacidad.

Eje 1: Fomento Sanitario a la Población

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• Se contemplan 5 puntos en materia de operativos conjuntos de vigilancia sanitaria:

Eje 2: Operativos Conjuntos de Vigilancia Sanitaria

1. Operativos Conjuntos CONADIC-COFEPRIS-SFS

• Se cuenta con el acta de verificación que incluye el punto para el control debebidas alcohólicas a menores.

• Se realizarán en los horarios de mayor venta de bebidas alcohólicas y de maneraaleatoria o previa denuncia.

2. En caso de evidencia de venta de alcohol a menores se impondrá:

• Medidas de seguridad como suspensión parcial o total de actividades;

• Imposición de multas administrativas hasta de $876,480.00

3. Presentación de denuncia de hechos ante el Ministerio Público competente

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Eje 2: Operativos Conjuntos de Vigilancia Sanitaria

4. Publicación en la páginas de COFEPRIS y CONADIC de los resultados y mensajes de fomento para evitar esta mala práctica

5. Protocolo de Atención a Menores de Edad por parte de la CONADIC. EL MENOR DE EDAD EN NINGÚN MOMENTO ESTÁ EN CONFLICTO CON

LA LEY

Una vez que se detecta un menor de edad consumiendo bebidas alcohólicas, comienza

la intervención de la CONADIC, la cual consiste en:

Solicitar la presencia de los padres de familia o tutores responsables del

menor; no se puede llevar a cabo la intervención preventiva con el menor sin la

autorización o presencia de los padres.

Sensibilizar al menor sobre los efectos del alcohol y orientarlo.

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• Se cuenta con un Protocolo para Atención a Menores y un Modelo de Acta de

Verificación:

Protocolo para atención a menores Acta de verificación

Eje 2: Operativos Conjuntos de Vigilancia Sanitaria

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Guía de intervención en menores de edad que

presentan consumo de alcohol en centros de

consumo

Acta de Verificación Sanitaria No._______________________________

COMISIÓN DE OPERACIÓN SANITARIA

ACTA DE VERIFICACIÓN SANITARIA DE VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS A MENORES DE EDAD

En *** siendo las *** horas del día *** del mes de *** de 20***, en cumplimiento a la orden de visita de verificación número

*** de fecha *** de *** de 20***, emitida por ***, en su carácter de ***, el(los) Verificador(es) *** adscrito(s) a la Comisión de

Operación Sanitaria, quien (es) se identifica(n) con credencial(es) número(s) *** con fotografía, vigente(s) al *** expedida(s)

el ***, por el ***, en su carácter de ***, que me(nos) acredita(n) como verificador(es) sanitario(s) con fundamento en los

Artículos 4 fracción II inciso d, 11 fracciones IX, XI y XIV, y 15 fracción IV del Reglamento de la Comisión Federal para

la Protección contra Riesgos Sanitarios y 396, 399 400 y 401 fracción I de la Ley General de Salud. Constituido(s) en el

establecimiento denominado *** con giro o actividades de ***, con RFC ***, ubicado en la calle de ***, número ***, Colonia

***, Delegación o Municipio ***, Código Postal ***, correo electrónico ***, teléfono, ***, fax*** circunstancias que

constaté(amos) visualmente y solicitando la presencia del propietario o representante legal, responsable, encargado u

ocupante que atiende la visita, dijo llamarse ***, y se identifica con ***, con domicilio en *** y manifiesta ser el *** del

establecimiento, quien recibe original de la orden de visita en términos del artículo 399 de La Ley General de Salud, se le

exhorta para que corrobore que la(s) fotografía(s) que aparece(n) en dicha(s) credencial(es) concuerda(n) con los rasgos

fisonómicos del(los) que actúa(n). Acto seguido se le hace saber el derecho que tiene para nombrar a dos testigos de

asistencia, y en caso de no hacerlo, éstos serán designados por el(los) propio(s) verificador(es), quedando nombrados

como testigos por parte del C ***, quienes deberán estar presentes durante el desarrollo de la visita, el C. *** quien se

identifica con ***, con domicilio en *** y el C. *** quien se identifica con *** con domicilio en ***.

Acto seguido y habiéndose identificado plenamente los participantes en esta diligencia, en presencia de los testigos se le

hace saber el objeto y alcance de la visita que se indica en la orden de verificación descrita anteriormente, y visto el

contenido se procede a practicar la diligencia de verificación sanitaria en el establecimiento en los términos siguientes:

Objeto y alcance de la orden de visita sanitaria (Transcribir)

Instrucciones: Se deberán anotar los hechos que se detecten durante la visita de verificación sanitaria en el apartado de observaciones.

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Ruta Crítica para la Implementación de

la Estrategia

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• La COFEPRIS y la CONADIC han generado los siguientes acuerdos para la

implementación de la estrategia:

I. CONADIC y COFEPRIS realizará la convocatoria asociaciones y cámaras

involucradas para capacitación.

II. La campaña de difusión se realizará de la siguiente manera:

COFEPRIS enfocado en los establecimientos

CONADIC enfocado en instituciones educativas

III. El Sistema Federal Sanitario será el encargado de difundir la estrategia ante las

autoridades estatales y municipales, con la finalidad de replicar las acciones

federales.

IV. Se reforzarán las campañas a través de redes sociales mediante plataformas

digitales (tweeter, Facebook, Instagram, etc.).

Ruta Crítica para la Implementación de la Estrategia

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Para ello, se cuenta con el siguiente calendario de actividades:

RUTA CRÍTICA DE ACTIVIDADES 2016 y 2017

Estrategia para el Control de Bebidas Alcohólicas a Menores

ACTIVIDADES RESPONSABLE2016 2017

OBSERVACIONESJun Jul Ago Sep Oct Nov Dic Ene Feb Mar Abr May Jun

Diseño de la campaña de

difusión y guíasCOFEPRIS

CONADIC

Vinculación con

asociaciones y cámaras

para la capacitaciónCOFEPRIS

CONADIC

Lanzamiento de la

CampañaCOFEPRIS

CONADIC

Eje 1: Fomento SanitarioCOFEPRIS

CONADIC

Evaluación de la difusiónCOFEPRIS

CONADICNúmero de visitas

Eje 2: Operativos

conjuntos de vigilancia

sanitaria

COFEPRIS

CONADIC

Ruta Crítica para la Implementación de la Estrategia

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Estrategia Nacional para la Prevención

del Consumo de Bebidas Alcohólicas en

Menores de Edad