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Página 1 de 57 PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TELEFÓNICO DE ASISTENCIA PSICOLÓGICA, PARA EL PERSONAL DEL GRUPO RENFE Expediente nº 2019-01408 Fecha: OCTUBRE 2019

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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL

SERVICIO TELEFÓNICO DE ASISTENCIA PSICOLÓGICA, PARA EL PERSONAL DEL GRUPO RENFE

Expediente nº 2019-01408 Fecha: OCTUBRE 2019

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ÍNDICE

1. OBJETO 3

2. DOCUMENTACIÓN APLICABLE Y ACCESO AL PERFIL DEL CONTRATANTE 4

3. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO 5

4. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS LICITADORES 5

5. PRESENTACIÓN DE OFERTAS 6

6. APERTURA DE OFERTAS 12

7. VALIDEZ DE LA OFERTA 12

8. ADJUDICACIÓN 12

9. CONSIDERACIONES SOBRE LA ADJUDICACION Y ACREDITACIÓN DE LOS REQUISITOS ADMINISTRATIVOS.15

9. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 20

10. VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO 20

11. FACTURACIÓN 21

12. FORMA DE PAGO 21

13. GARANTÍAS: PROVISIONAL Y DEFINITIVA 22

14. SEGUROS 22

15. PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y PERSONAL ASIGNADO 22

16. INTEGRIDAD Y LUCHA CONTRA EL FRAUDE 23

17. USO DE LA PLATAFORMA DE GESTIÓN Y VALIDACIÓN DOCUMENTAL 24

18. CONFIDENCIALIDAD 24

19. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL 25

20. INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES 28

21. RESOLUCIÓN 30

22. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN 31

23. SOMETIMIENTO AL FUERO 31

24. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO 31 ANEXOS

ANEXO I ESPECIFICACIÓN TÉCNICA ANEXO II MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ACREDITACIÓN DE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

ANEXO III IMPRESO PARA LA OFERTA ECONÓMICA ANEXO IV MODELOS DE GARANTÍA DEFINITIVA ANEXO V REQUISITOS DE SEGURIDAD A IMPLANTAR POR PARTE DEL ADJUDICATARIO EN MATERIA DE

PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

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1. OBJETO

1.1 OBJETO

El presente Pliego de Condiciones Particulares y sus Anexos determinan las condiciones por las que se rige el Procedimiento ABIERTO de selección de proveedores para la contratación de del “SERVICIO TELEFÓNICO DE ASISTENCIA PSICOLÓGICA PARA EL PERSONAL DEL GRUPO RENFE”, con el alcance que se describe, de forma resumida en la condición particular 1.2 “ALCANCE”.

El servicio se prestará en base a lo descrito en el documento “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS” incluidas en el ANEXO I a este Pliego de Condiciones Particulares (en adelante PCP).

1.2 ALCANCE La Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora, en adelante RENFE-Operadora, es la empresa matriz de un grupo empresarial, formado por RENFE-Operadora y por las cuatro sociedades del Grupo (en adelante Grupo RENFE): RENFE VIAJEROS SOCIEDAD MERCANTIL ESTATAL, S.A.; RENFE MERCANCÍAS SOCIEDAD MERCANTIL ESTATAL, S.A.; RENFE FABRICACIÓN Y MANTENIMIENTO SOCIEDAD MERCANTIL ESTATAL, S.A.; y RENFE ALQUILER DE MATERIAL FERROVIARIO SOCIEDAD MERCANTIL ESTATAL, S.A., constituidas en virtud del Real Decreto-Ley 22/2012, de 20 de julio. Ninguna de las entidades citadas anteriormente ostenta la condición de poder adjudicador. El objeto de esta licitación es la contratación de la prestación del servicio telefónico de asistencia psicológica para el personal con funciones de comercial que sufra una agresión, física o verbal y para el personal de conducción que en su desempeño profesional arrolle a personas y/o vehículo.

El servicio a prestar es proporcionar apoyo psicológico específico y atención individualizada a los trabajadores que lo soliciten y sean objeto del mismo.

La prestación que se requiere de la empresa adjudicataria es:

- Asistencia psicológica telefónica 12 horas diarias en horario de 9 a 21 horas, los 365 días/año.

En estos servicios estarán incluidos la elaboración de informes periódicos que incluirán estadísticas del uso del servicio y análisis sobre temas relevantes, así como un informe anual que aporten una visión global del servicio.

Los licitadores deberán presentar oferta para la totalidad de los apartados contemplados en el impreso para la oferta económica (ANEXO III), no admitiéndose ofertas parciales.

1.3 CÓDIGO CPV

Código CPV: 85121270-6 Servicios psiquiátricos o psicológicos.

1.4 CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

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El correspondiente contrato resultante de este expediente de contratación será adjudicado por parte de RENFE-Operadora, comenzando su vigencia según lo establecido en la condición particular 10 de este PCP. El Contrato se establecerá con un único Adjudicatario. En el caso de que fuera preciso realizar alguna modificación relativa a la gestión del Contrato objeto de la presente licitación, la unidad encarga del seguimiento del Contrato lo notificará en su momento al adjudicatario.

1.5 UNIDAD ENCARGADA DEL SEGUIMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO La unidad encargada del seguimiento de Contrato objeto de la presente licitación es la Jefatura de Psicología Laboral y Ergonomía de la Gerencia de Área de Prevención de Riesgos de la Dirección de Seguridad, Autoprotección y Prevención de Riesgos de RENFE-Operadora.

La persona responsable del seguimiento del Contrato facilitará al adjudicatario el nombre y apellidos, así como los datos de contacto del responsable de prevención de riesgos laborales por parte de RENFE-Operadora en relación con el Contrato.

2. DOCUMENTACIÓN APLICABLE Y ACCESO AL PERFIL DEL CONTRATANTE

2.1. DOCUMENTACIÓN APLICABLE

Para todo aquello no establecido en el presente PCP se estará a lo dispuesto en las “INSTRUCCIONES POR LAS QUE SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE RENFE-OPERADORA”, de fecha 27 de junio de 2018, en adelante “Instrucción”.

Asimismo, en todo lo que no esté en contradicción con lo anterior, serán de aplicación las prescripciones contenidas en los siguientes documentos:

x PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES PARA LOS CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE

SERVICIOS (DCC-CG-CC-07-REV.03).

x P.O.P. 12- “OBLIGACIONES PREVENTIVAS DE LAS EMPRESAS CONTRATISTAS”.

Estos documentos están a disposición de los licitadores en el Perfil de Contratante de RENFE-Operadora y forman parte integrante del presente PCP.

2.2. ACCESO AL PERFIL DE CONTRATANTE

RENFE-Operadora difunde su Perfil de Contratante en la Plataforma de Contratación del Sector Público, en la siguiente dirección de internet:

https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink%3AperfilContratante&idBp=TsK3PKG7wqQ%3D

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3. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Para la determinación del importe del valor estimado del contrato, RENFE-Operadora ha tenido en cuenta su carácter recurrente y, entre otros aspectos, los importes por los que se ha licitado este servicio en anteriores ocasiones, cuyo alcance ha sido del mismo tipo o naturaleza al del presente procedimiento de contratación, siendo relevante indicar que las principales magnitudes del servicio a contratar: perfiles profesionales; horario y días de prestación del servicio, etc. son idénticos a la licitación anterior. El valor estimado del contrato, para la totalidad de su vigencia, 24 meses, es 45.000 � (cuarenta y cinco mil euros) impuestos excluidos. El presupuesto base de licitación no incluye opciones ni prórrogas.

4. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS LICITADORES Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar en relación con el objeto de esta contratación.

4.1. Disponer de personal especializado para la realización de los diferentes tratamientos, en al menos, las localidades indicadas en el apartado 3 de las Especificaciones Técnicas.

4.2. Disponer de centros sanitarios autorizados (propios o concertados), centros de

tratamiento y otros medios susceptibles de ser utilizados para la prestación de los servicios objeto del presente Acuerdo Marco para el Programa que corresponda, en al menos, las localidades indicadas en el apartado 3 de las Especificaciones Técnicas. Dichos contratos deberán disponer de la correspondiente autorización sanitaria para la realización de los servicios objeto del Acuerdo Marco, en al menos, las localidades indicadas en el apartado 3 de las Especificaciones Técnicas.

4.3. No hallarse incurso en las causas de prohibición o incompatibilidad para contratar con RENFE-Operadora, establecidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

4.4. Aceptar expresamente todas las condiciones de esta licitación.

4.5. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

4.6. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.

4.7. Acreditar suficiente solvencia técnica en relación con los servicios objeto de la presente licitación.

4.8. Acreditar suficiente solvencia económica y financiera.

4.9. Constituir la Garantía Provisional por un importe y en la forma que se indican en la condición particular 13.1 de este PCP.

4.10. Sometimiento expreso a las leyes españolas y a los Juzgados y tribunales de Madrid Capital.

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4.11. Disponer de una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil, o compromiso de suscribirla en caso de resultar adjudicatario, vigente durante todo el periodo de vigencia del Acuerdo Marco.

4.12. Informar sobre si el licitador puede ser calificado como microempresa, pequeña empresa y mediana empresa.

4.13. Declaración responsable sobre el grupo empresarial al que, en su caso, pertenece el licitador, con indicación de las empresas que lo componen.

La acreditación de estos requisitos se aportará en el sobre “A” de la oferta, en las condiciones que, en la condición particular, punto 6 (APERTURA DE OFERTAS) se especifican.

5. PRESENTACIÓN DE OFERTAS

El licitador es el único responsable de la veracidad de los datos suministrados y de la información facilitada a RENFE-Operadora, a lo largo del proceso de licitación. En el supuesto de que los datos aportados no resulten ser veraces, se podría incurrir en la correspondiente causa de prohibición de contratar. Los candidatos que concurran agrupados quedarán obligados solidariamente frente a RENFE-Operadora y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión, con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de la Unión Temporal de Empresas será coincidente con la duración del Contrato hasta su extinción. En caso de presentación en forma de Agrupación de Empresas, éstas sólo serán admitidas si presentan un compromiso de que, caso de resultar adjudicatarias, se constituirán en U.T.E., firmado por los representantes de todas las empresas que componen la Agrupación.

Cada licitador no podrá figurar en más de una agrupación ni presentarse individualmente y de forma agrupada a la vez, el incumplimiento de esta prohibición llevará aparejada la nulidad de todas las ofertas en las que concurra. Toda la documentación presentada con la oferta quedará en poder de RENFE-Operadora a excepción de la garantía provisional, la cual se devolverá de acuerdo con lo establecido en el Capítulo I del Título III de la “Instrucción”. Las garantías provisionales de los licitadores no serán devueltas hasta que el licitador que resulte adjudicatario haya formalizado el correspondiente contrato.

5.1 IDIOMA

La documentación deberá ser presentada en español. En caso de estar redactada en otro idioma, habrá de ir acompañada de su correspondiente traducción jurada al idioma español, prevaleciendo esta última en caso de duda o discrepancia.

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5.2 OPCIONES Y VARIANTES

No se solicitan opciones ni se admiten variantes.

5.3 FORMA DE PRESENTACIÓN Las ofertas se presentarán en sobre cerrado y sellado o lacrado, de forma que quede garantizada su integridad e inviolabilidad. En la cubierta del sobre se harán constar:

� El número de expediente y el objeto de la licitación que aparecen en la portada de este PCP.

� La identificación clara de la empresa licitadora. � La siguiente dirección en la que deben entregarse:

Podrán entregarse "en mano" en la dirección antes indicada, antes de la fecha y hora límites de recepción de ofertas que figuran en el anuncio de licitación. Las ofertas que se envíen por correo sólo se admitirán si se anuncia su presentación mediante correo electrónico acompañado del justificante de entrega en correos en dicho plazo, y se recibe el sobre de la oferta dentro de los 7 días naturales siguientes. Será responsabilidad exclusiva del licitador que las ofertas se presenten en el lugar indicado en el anuncio, y antes de la expiración de la hora y fecha límite establecidos en el mismo. Para anunciar la presentación de la oferta por correo, deberá utilizarse la dirección de correo electrónico que se indica a continuación, teniendo en cuenta que dicho anuncio deberá realizarlo el licitador antes de expirar el plazo límite establecido para la presentación de ofertas y acompañando justificante de entrega en correos en dicho plazo. Al presentar la oferta se hará entrega (fuera del sobre) del modelo cumplimentado “Datos de contacto a efectos de comunicaciones” que se encuentra en el Perfil de Contratante de RENFE-Operadora, en la pestaña “Documentos”- “Modelos de declaración responsable” y en el que constarán los datos de la empresa, que servirán, a todos los efectos, para mantener o realizar las comunicaciones y notificaciones entre RENFE-Operadora y el licitador.

5.4 CONTENIDO DE LOS SOBRES El sobre de la oferta contendrá a su vez otros tres señalados con las letras "A", "B" y "C", igualmente cerrados y sellados, figurando en cada uno de ellos, el nombre del licitador, el nº del expediente y el título de este procedimiento, conteniendo cada uno de ellos la documentación que se indica más adelante. SOBRE “A”: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA A los solos efectos de presentación de ofertas, todos los requisitos exigidos en la condición particular nº 4 este PCP, a excepción del requisito 4.10 Constituir la garantía provisional y el Compromiso de constitución en U.T.E. (sólo si fuera el caso). se acreditarán mediante una

Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora Dirección de Seguridad, Autoprotección y Prevención de Riesgos. Avda. Ciudad de Barcelona, 8 entreplanta 28007- Madrid

Correo electrónico: [email protected]

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declaración responsable, firmada por persona con poder suficiente para ello, que deberá ajustarse al “Modelo de Declaración Responsable para acreditación de documentación administrativa” que se adjunta al presente PCP, como ANEXO II. Esta declaración responsable se incluirá en el Sobre “A” de la oferta.

Dicha declaración deberá haber sido emitida en un plazo no superior a 30 días a la fecha de finalización de presentación de ofertas y deberá estar suscrita por persona con capacidad y poder suficiente.

RENFE-Operadora podrá exigir la acreditación de dichos requisitos en la forma prevista en la condición particular 9.2 (acreditación de los requisitos administrativos) de este PCP siempre que lo considere necesario para el buen fin del procedimiento, y, en todo caso, al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa, o sea, el licitador cuya oferta resulte ser la de mejor calidad/precio de conformidad con lo establecido en el presente PCP, como trámite previo a la adjudicación.

No se admitirán las ofertas que en el sobre “A” incluyan precios o tarifas, quedando excluidos los correspondientes licitadores del procedimiento de contratación. Igualmente quedarán excluidos los licitadores que en el sobre “A” incluyan información relativa al sobre “B1” y/o sobre “B2”. El cumplimiento y acreditación de los requisitos enumerados en la condición Particular nº 4 se exigirá a cada partícipe, tanto si se presenta a título individual como en agrupación con compromiso de constitución en UTE, con la salvedad del requisito 4.10, en el que se estará a lo dispuesto en el correspondiente apartado.

El requisito 4.10 (Constituir la garantía provisional), se acreditará, -junto con el correspondiente compromiso de constitución en U.T.E. (sólo si fuera el caso)-, del siguiente modo:

x Requisito 4.10. (Constituir la garantía provisional) El licitador incluirá en el sobre A, la garantía provisional original en soporte papel según alguno de los modelos que se incluyen como ANEXO IV y en la cuantía que se establece en la condición particular nº 13.1 de este PCP. En el caso de que se presenten agrupaciones de empresas, dicha garantía podrá ser constituida por una o varias de las empresas (con compromiso de constitución en UTE) que constituyan la agrupación, siempre y cuando quede claro que se ha constituido por el total requerido y en garantía de la oferta presentada por dicha agrupación (con compromiso de constitución en UTE), y por tanto suponga una garantía que cubra la responsabilidad conjunta y solidaria de todas y cada una de las empresas integrantes de dicha agrupación (con compromiso de constitución en UTE). x En el caso de presentarse en Agrupación de Empresas, deberá aportar:

- Compromiso de constitución en U.T.E.

- “Modelo de Declaración Responsable de acreditación de Documentación Administrativa” cumplimentado por cada una de las empresas que formen parte de la mencionada Agrupación.

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Se incluirá en este sobre “A” una copia de toda la documentación presentada en formato digitalizado (memoria USB o CD- Rom).

SOBRE “B”: OFERTA TÉCNICA Se presentará un Sobre “B”, que incluirá a su vez dos sobres cerrados e identificados en la parte exterior como Sobre B1 y Sobre B2, en cada uno de los cuales se incluirá en soporte papel dos ejemplares (ORIGINAL Y COPIA con las mismas calidades que el original), además de una copia en formato digital (CD-ROM o memoria USB), de la parte de la oferta técnica correspondiente a cada Sobre, de acuerdo con lo indicado posteriormente. No se admitirán las ofertas que en el Sobre “B1” o en Sobre “B2” incluyan precios o tarifas, quedando excluidos los correspondientes licitadores del procedimiento de contratación. También quedarán excluidas del procedimiento las oferta que en Sobre “B1” incluyan información del Sobre “B2”. Es obligatorio para los licitadores presentar oferta para todos los trabajos requeridos en las ET. SOBRE B1: OFERTA TÉCNICA. - INFORMACIÓN EVALUABLE DE MODO SUBJETIVO B.1.1. Descripción del centro de que disponga el licitador (ya sea en propiedad o concertados)

debidamente autorizado y acreditado que permita realizar el servicio objeto de la presente licitación.

B.1.2. Descripción detallada del servicio a prestar, así como el horario del mismo, teniendo en

cuenta lo requerido en el apartado 4 de las Especificaciones Técnicas. B.1.3. Descripción del equipo humano que se destinará para la ejecución del servicio solicitado

en las Especificaciones Técnicas, indicando perfiles profesionales, su dedicación, currículum y experiencia de los mismos en trabajos similares, antigüedad en la categoría profesional y en la empresa. El licitador deberá disponen de al menos un psicólogo sanitario y/o clínico.

La capacidad técnica de este personal se acreditará aportando una declaración

responsable, firmada por persona con capacidad y poder suficiente, donde se haga constar la titulación, así como el nivel de formación alcanzado en los últimos 3 años para el equipo humano destinado a la prestación de estos servicios, limitando su extensión a un máximo de una página (formato DIN A-4) por componente del equipo humano.

En la medida de lo posible, en la información facilitada en este apartado, se procurará presentar los perfiles profesionales de las personas de forma agregada, sin facilitar datos de carácter personal. En caso de facilitar datos de carácter personal, será responsabilidad del licitador el haberlos recabado y suministrado a Renfe Operadora con arreglo a las disposiciones de la normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal.

B.1.4 Descripción detallada del contenido de los informes: individual y de seguimiento, teniendo en cuenta lo requerido en el apartado 8 de las Especificaciones Técnicas a los que hace referencia, diferenciando:

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B.1.4.1. Informe individual, conforme a lo establecido en el apartado 8.1. de las ET (Anexo I de este PCP)

B.1.4.2. Informe de seguimiento, conforme a lo establecido en el apartado 8.2 y 8.3.

de las ET (Anexo I de este PCP)

El licitador en este apartado no debe indicar los plazos de entrega de los citados informes. SOBRE B2. OFERTA TÉCNICA. - INFORMACIÓN EVALUABLE DE MODO AUTOMÁTICO O MEDIANTE FÓRMULAS

B.2.1 Plazos de entrega de informes, teniendo en cuenta los plazos máximos establecidos para

cada tipo de informe en el apartado 8 de las Especificaciones Técnicas a los que hace referencia, diferenciando:

B.2.1.1. Informe individual, conforme a lo establecido al respecto en el apartado 8.1.

de las ET (Anexo I de este PCP) B.2.1.2. Informe de seguimiento mensual, conforme a lo establecido al respecto en el

apartado 8.3. de las ET (Anexo I de este PCP)

SOBRE “C”: OFERTA ECONÓMICA Contendrá la oferta económica que se presentará obligatoriamente en el impreso que se adjunta en el ANEXO V de este PCP. La oferta económica deberá estar sellada, fechada y firmada por representante acreditado del licitador. Así mismo, se incluirá en este sobre también la Oferta Económica (copia fiel de la presentada en papel) en soporte CD-ROM o memoria USB.

REQUISITOS Y ACLARACIONES COMUNES A LOS TRES SOBRES: Toda la documentación solicitada en los diferentes sobres deberá ser presentada en el orden que figura, precedida del título y debidamente agrupada. En cada uno de los sobres (“A”, “B.1”, “B.2” y “C”) se incluirá la documentación citada, en papel y en CD-ROM o memoria USB teniendo en cuenta que en estos soportes digitales los documentos serán copia fiel de los presentados en papel. Se prestará especial atención en incluir un CD-ROM o memoria USB individualizado por cada uno de los sobres (A, “B.1”, “B.2” y C) de forma que cada CD-ROM o memoria USB contenga exclusivamente la información incluida en papel y que corresponda al sobre de que se trate.

En caso de que los documentos contengan firmas, deberán incluirse con las mismas. Cada documento del CD-ROM o memoria USB (declaración responsable, garantía provisional, oferta técnica, oferta económica) deberá incluirse en un único fichero en formato PDF, digitalizando las imágenes a una resolución mínima de 150 p.p.p. tamaño real y denominado con la siguiente tipología: � “nombre de empresa-declaración responsable.pdf” � “nombre de empresa-garantía provisional.pdf” � “nombre de empresa-oferta técnica.pdf” � “nombre de empresa-oferta económica.pdf”

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� etc. En caso de discrepancia entre la información en formato papel y su versión digitalizada, prevalecerá el contenido del formato papel. Toda la documentación presentada con la oferta quedará en poder de RENFE-Operadora, a excepción de la garantía provisional, que se devolverá conforme a lo indicado en el Título III, Capítulo I de la “Instrucción”. Las garantías provisionales de los licitadores no serán devueltas hasta que el licitador que resulte adjudicatario haya formalizado el correspondiente contrato.

5.5 LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS

Las ofertas se presentarán en la siguiente dirección:

El plazo de presentación finaliza el día y hora indicados en el Anuncio de licitación publicado, no siendo admitidas ofertas presentadas una vez expirado dicho plazo establecido ni en lugar diferente al expresado, conforme a lo indicado en el Título V, Capítulo Único, Apartado 4 de la “Instrucción”.

En todo caso, será responsabilidad exclusiva del licitador que las Ofertas se presenten en el lugar, y antes de la fecha y hora límites establecidos.

Cuando las ofertas sean enviadas por Correos, sólo se admitirá si se anuncia su presentación mediante el envío de correo electrónico: [email protected], teniendo en cuenta que dicho anuncio deberá realizarlo el licitador antes de expirar el plazo límite establecido, acompañando justificante de entrega en Correos en dicho plazo y, recibiéndose posteriormente la oferta en los términos exigidos dentro de los 7 días naturales siguientes. En caso de incumplimiento de cualquiera de los requisitos señalados, la oferta será rechazada.

5.6 CONSULTAS Y ACLARACIONES El licitador, antes de la presentación de la oferta, podrá solicitar aclaración sobre cuantas dudas surjan en la interpretación de las condiciones exigidas en el presente PCP y en el resto de la documentación aplicable a esta contratación. Las consultas sobre la licitación se realizarán exclusivamente a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, accediendo como usuario registrado y utilizando la opción “Solicitar información”. Para obtener más información sobre esta herramienta se puede consultar la Guía de Utilización de la Plataforma de Contratación del Sector Público para Empresas (Guía del Operador Económico), que está publicada en el siguiente enlace: https://contrataciondelestado.es/wps/portal/guiasAyuda RENFE-Operadora contestará las consultas por el mismo medio, siempre que se hayan formulado con una antelación mínima de seis (6) días naturales respecto de la fecha límite de presentación de ofertas.

Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora Dirección de Seguridad, Autoprotección y Prevención de Riesgos. Avda. Ciudad de Barcelona, 8 entreplanta 28007- Madrid

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Las consultas que no se realicen a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público no serán contestadas

6. APERTURA DE OFERTAS

La Mesa de Apertura constituida al efecto, conforme se regula en el Título II Capítulo I apartado 2 de la “Instrucción”, procederá a realizar la apertura de las ofertas en cuatro fases: 1ª FASE

Se procederá a la apertura de los SOBRES A que contienen la documentación administrativa y al análisis de la documentación contenida en dichos sobres.

2ª FASE Sólo se realizará la apertura de los SOBRES “B1” de aquellas ofertas que cumplan los requisitos exigidos en los SOBRES “A”. 3ª FASE Sólo se realizará la apertura de los SOBRES “B2” de aquellas ofertas que cumplan los requisitos exigidos en los SOBRES “B1”. 4ª FASE Sólo se realizará la apertura de los SOBRES “C” (oferta económica) únicamente de aquellas ofertas que hubieran superado las fases anteriores.

7. VALIDEZ DE LA OFERTA La oferta será válida por un período mínimo de seis (6) meses a partir de la fecha límite de recepción de ofertas.

8. ADJUDICACIÓN 8.1 CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

La adjudicación se apoyará en criterios técnicos y económicos y recaerá en la oferta económicamente más ventajosa, es decir, sobre la oferta que presente la mejor calidad/precio de conformidad con lo establecido en el presente PCP.

Las valoraciones técnica y económica ponderarán en la valoración total según los siguientes porcentajes:

OFERTA TÉCNICA

OFERTA ECONÓMICA SOBRE B1 SOBRE B2

42% 9% 49% Los criterios de adjudicación serán los siguientes:

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8.1.1. Criterios técnicos de adjudicación. Valoración del sobre “B1”. Información evaluable de modo subjetivo.

La puntuación de la valoración técnica del SOBRE “B1”: PVT (B1) = Puntuación VALORACIÓN TÉCNICA SOBRE “B1”, será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados del Sobre “B1”, cuya puntuación máxima para cada concepto es la siguiente:

Apartado Oferta Técnica

SOBRE B1 Descripción Valoración

máxima

B.1.1 Descripción del centro 8

B.1.2 Descripción detallada del servicio 7 B.1.3 Descripción del equipo humano 12 B.1.4 Descripción detallada de los informes 15

TOTAL, B1. ……………….………...……………………… 42

A continuación, se detallan los criterios de valoración y asignación de la puntuación de los apartados B.1.1, B.1.2 y B.1.3 en base al grado de definición detallado por cada licitador y para cada aspecto, los criterios determinados, junto con las puntuaciones a asignar para cada uno de los subapartados, son los que se mencionan a continuación:

- 100% de la puntuación de cada aspecto valorado, cuando se describa suficiente y adecuadamente en la oferta y cumpla lo recogido en la ET.

- Superior al 70% e inferior al 100% de la puntuación de cada aspecto valorado,

cuando se describa suficiente y adecuadamente, pero sea incompleta en algún sentido.

- Superior al 30% e igual o inferior al 70% de la puntuación de cada aspecto valorado, cuando este se complete, pero con una descripción escasamente desarrollada.

- Superior al 0% e igual o inferior al 30% de la puntuación de cada aspecto valorado, cuando su descripción se incluya, pero sin desarrollo explicativo.

- 0% de la puntuación del aspecto valorado, cuando no se haga mención explícita en la oferta presentada.

El apartado B.1.4. (Descripción detallada de los informes) se valorará de la siguiente forma:

DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LOS INFORMES Máximo 15 puntos

INFORMES INDIVIDUALES – Datos y grado de detalle de los informes Máximo 8 puntos

El licitador describe el contenido de los informes con detalle y explica todos los datos mínimos requeridos en el apartado 8.1 de la ET (Anexo I).

8 puntos

El licitador no describe con suficiente detalle los datos mínimos requeridos en el apartado 8.1

4 puntos

El licitador no incluye alguno de los datos mínimos requerido en el citado punto 8.1. 0 puntos

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INFORMES DE SEGUIMIENTO – Datos y grado de detalle de los informes Máximo 7 puntos

El licitador describe el contenido de los informes con detalle y explica todos los datos mínimos requeridos en el apartado 8.2 y 8.3 de la ET (Anexo I).

7 puntos

El licitador no describe con suficiente detalle los datos mínimos requeridos en el apartado 8.2 y 8.3

3,5 puntos

El licitador no incluye alguno de los datos mínimos requerido en el citado apartado 8.2 y 8.3 0 puntos

8.1.2. Criterio técnico de adjudicación. Valoración del sobre “B2”. Información

evaluable de modo automático o mediante fórmulas.

La puntuación de la valoración técnica del SOBRE “B2”: PVT (B2) = Puntuación VALORACIÓN TÉCNICA SOBRE “B2”, será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los sub-apartados en los que se divide el apartado B.2.1 del Sobre “B2”, cuya puntuación máxima es de 9 puntos.

Sub-Apartados Oferta Técnica

SOBRE B2 Descripción

Valoración máxima

B.2.1.1 Plazo de entrega de los informes individuales 4,5 B.2.1.2 Plazo de entrega de los informes de seguimiento mensual 4,5

TOTAL, B2. ……………….………...……………………… 9

A continuación, se desglosa de forma pormenorizada los criterios de puntuación de cada uno de los subapartados del apartado B.2.1 del SOBRE B2. de la oferta técnica: B.2.1.1 Plazos de entrega de informes individuales.

Periodo desde la finalización de la asistencia: 4,5 PUNTOS Tiempo máximo de entrega del informe individual desde la finalización de la asistencia: Hasta 2 días naturales: 4,5 puntos. Tiempo máximo de entrega del informe individual desde la finalización de la asistencia Entre 3-4 días naturales: 2,5 puntos. Tiempo máximo de entrega del informe individual desde la finalización de la asistencia: Hasta 5 días naturales: 0 puntos.

B.2.1.3 Plazos de entrega de informes de seguimiento mensual. 4,5 PUNTOS Tiempo máximo para la entrega del informe de seguimiento mensual de las asistencias efectuadas: Hasta el día 2 del mes siguiente a su realización: 4,5 puntos. Tiempo máximo para la entrega del informe de seguimiento mensual de las asistencias efectuadas: Entre el 3-4 día del mes siguiente a su realización: 2,5 puntos. Tiempo máximo para la entrega del informe de seguimiento mensual de las asistencias efectuadas: Hasta el día 5 del mes siguiente a su realización: 0 puntos.

8.1.3 Criterio económico de adjudicación

El 49 % restante corresponde a la oferta económica. La valoración de las ofertas económicas se realizará asignando 49 puntos a la oferta más baja y valorando las restantes con criterios de proporcionalidad inversa. Para los cálculos de la valoración de este criterio económico se utilizará la siguiente fórmula matemática:

PVEx = (Pm /Px) x 49

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Donde: Pm = Precio de la oferta ECONÓMICA más baja.

Px = Precio de la oferta ECONÓMICA x a valorar. PVEx = Puntuación VALORACIÓN ECONÓMICA de la oferta x a valorar

8.2. EMPATE EN LA VALORACIÓN DE DOS O MÁS OFERTAS. En el caso de que dos o más licitadores obtengan la misma puntuación total, produciéndose empate entre ellos, dicho empate se resolverá a favor de la proposición del licitador que a la fecha límite de presentación de ofertas incluya medidas de carácter social y laboral mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales:

1. Mayor porcentaje del género subrepresentado en la plantilla de cada una de las

empresas.

2. Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas.

3. Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla.

La documentación acreditativa de estos criterios de desempate será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate a solicitud de RENFE-Operadora y no con carácter previo, RENFE-Operadora indicará el plazo pertinente a tal efecto.

En caso de que de la aplicación de dichos criterios no dé lugar al desempate éste se realizará por sorteo, mediante insaculación. RENFE-Operadora invitará a todos los licitadores que se encuentren en dicho supuesto para que puedan estar presentes en el sorteo por insaculación.

9. CONSIDERACIONES SOBRE LA ADJUDICACION Y ACREDITACIÓN DE LOS REQUISITOS ADMINISTRATIVOS.

9.1. CONSIDERACIONES SOBRE LA ADJUDICACIÓN

Una vez analizadas las ofertas recibidas, RENFE-Operadora, tomando en consideración los criterios de adjudicación contenidos en la condición particular 8.1, adjudicará el correspondiente contrato al licitador cuya oferta haya resultado ser la oferta económicamente más ventajosa, es decir, sobre la oferta que presente la mejor calidad/precio de conformidad con lo establecido en el presente PCP. RENFE-Operadora se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente, o incluso anular o declarar desierto el presente procedimiento, todo ello de conformidad con lo establecido al respecto en la normativa aplicable a la presente licitación. RENFE-Operadora se reserva, asimismo, el derecho de efectuar cuantas comprobaciones considere necesarias antes de la adjudicación, así como, caso de resultar incompleta o no válida la información facilitada, desestimar la oferta presentada.

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El importe del valor estimado, para la vigencia del contrato, dos (2) años, 45.000 � (cuarenta y cinco mil euros) IVA excluido, será el importe máximo estimado adjudicado conforme a lo recogido en la condición particular 3.

9.2. ACREDITACIÓN DE LOS REQUISITOS ADMINISTRATIVOS

En todo caso, antes de proceder a la adjudicación del contrato, RENFE-Operadora requerirá al licitador que vaya a ser propuesto como adjudicatario, es decir, el licitador cuya oferta resulte ser la económicamente más ventajosa, es decir la de mejor relación calidad precio, teniendo en cuenta sus aspectos técnicos y económicos, para que acredite los requisitos exigidos en la condición particular nº 4 de este PCP, mediante la presentación de los siguientes documentos, indicándosele el plazo pertinente a tal efecto, que en ningún caso será inferior a 3 días hábiles:

x Acreditación del requisito 4.1. Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar.1

Este requisito se acreditará conforme se indica en el Título II, Capítulo II, apartado 2 a 4 de la “Instrucción”. Deberán acreditar este requisito mediante la aportación del original o copia legitimada notarialmente de la Escritura o documento de constitución, los estatutos o el acta fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. La capacidad de obrar de las personas físicas se acreditará mediante copia legitimada notarialmente del DNI o documento oficial de identificación equivalente vigente del firmante o firmantes de la Oferta.

En acreditación de este requisito también se admitirá certificado emitido por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, de acuerdo con lo estipulado al efecto por la normativa vigente, siempre y cuando en él consten los datos relativos a la acreditación de personalidad jurídica y capacidad de obrar del licitador, así como su objeto social, caso de que el licitador sea una empresa. Caso de aportar el citado Certificado del ROLECE, también deberán aportar, conjuntamente, una declaración responsable, debidamente sellada, firmada y cumplimentada por persona con poder bastante para representar al licitador, certificando que los datos que figuran en dicho Certificado no han sufrido ninguna modificación respecto a lo acreditado, conforme al modelo denominado “Declaración Responsable Empresas Inscritas en el ROLECE” que puede consultarse en el “perfil de contratante” de RENFE-Operadora.

1 1 En el caso de las empresas a las que RENFE-Operadora haya comunicado el usuario y contraseña de acceso al Espacio de Licitadores, no resultará necesario que aporten la documentación que ya está incluida en Espacio de Licitadores siempre que ésta se encuentre debidamente actualizada y vigente (caso contrario, deberán aportar la documentación correspondiente, de acuerdo con lo que se indica en cada apartado). No obstante, deberán aportar declaración responsable firmada por persona con capacidad y poder suficiente donde manifiesten que las circunstancias reflejadas en la documentación que obra en el Espacio de Licitadores no han experimentado variación, conforme al modelo de declaración responsable expresa: Documentación Registro Proveedores. Dicho modelo se encuentra disponible en el Perfil de Contratante. En todo caso, será responsabilidad de los licitadores el comprobar, antes de preparar la documentación para presentarse a la presente licitación, los documentos que figuran en dicho Espacio de Licitadores, y la vigencia de los mismos.

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x Acreditación del requisito 4.6 (estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias).

Se deberá acreditar este requisito mediante la aportación de los siguientes documentos: ¾ Empresarios españoles:

o Certificación administrativa vigente de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias a los efectos de lo establecido en el art. 71.1, letra d) de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.

¾ Empresarios extranjeros:

Se podrá acreditar por cualquiera de los siguientes medios:

o Certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, expedido por la autoridad competente del Estado miembro de la Unión Europea de que se trate.

o Declaración jurada por parte de persona con poder suficiente para representar al licitador, indicando que éste se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias.

o Declaración solemne que el interesado efectúe ante la autoridad judicial o administrativa competente (notario u organismo profesional cualificado del país de origen o de procedencia) de que el licitador se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias.

En cualquiera de los casos, la documentación presentada habrá de ir acompañada de su correspondiente traducción jurada al idioma español.

x Acreditación del requisito 4.7. (estar al corriente en el cumplimiento de las

obligaciones con la Seguridad Social). Se deberá acreditar este requisito mediante la aportación de los siguientes documentos:

¾ Empresarios españoles:

Certificación administrativa expedida por el Órgano competente a los efectos del artículo 71.1, letra d) de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, de que la empresa está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social. Para su admisión, dicha certificación deberá haber sido emitida dentro de los 30 días anteriores desde su requerimiento por parte de RENFE-Operadora.

¾ Empresarios extranjeros:

Se podrá acreditar por cualquiera de los siguientes medios:

o Certificado de que la empresa está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, expedido por la autoridad competente del Estado miembro de la Unión Europea de que se trate.

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o Declaración jurada por parte de persona con poder suficiente para representar al licitador, indicando que éste se encuentra al corriente de las obligaciones de la Seguridad Social.

o Declaración solemne que el interesado efectúe ante la autoridad judicial o administrativa competente (notario u organismo profesional cualificado del país de origen o de procedencia) de que el licitador se encuentra al corriente de sus obligaciones de Seguridad Social.

En cualquiera de los casos, la documentación presentada habrá de ir acompañada de su correspondiente traducción oficial al idioma español.

Para la acreditación de las certificaciones referidas a la acreditación de los requisitos 4.6 y 4.7 para empresarios españoles, se aceptarán las certificaciones electrónicas administrativas emitidas a los efectos de la Ley de Contratos del Sector Público.

x Acreditación del requisito 4.8. (Solvencia Técnica).

De acuerdo con lo establecido en el Título II, Capítulo II, apartado 4 de la “Instrucción”, si el licitador se basa en la solvencia y medios de otras entidades, deberá aportar escrito legitimado notarialmente de manifestación de voluntad y compromiso según se indica en el referido apartado 4 de la “Instrucción” conforme al modelo “Puesta a disposición de medios” que a tal efecto se encuentra en el ”Perfil de contratante”, detallando la relación de los medios que corresponda. En lo que respecta a la solvencia técnica de las agrupaciones de empresarios con compromiso de constitución en UTE será de aplicación lo establecido al respecto en la normativa estatal aplicable.

La solvencia técnica del licitador -o, en su caso, de la agrupación de empresas con compromiso de constitución en UTE- se acreditará aportando los siguientes documentos, por duplicado (ORIGINAL Y COPIA con la misma calidad que el original, en papel):

1. Declaración, firmada por persona con capacidad y poder suficiente que contenga

la relación de trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, realizados en los últimos 3 años, donde figuren al menos los siguientes datos: importes, beneficiarios de los trabajos, lugar de ejecución, fecha de inicio y terminación de los servicios y breve descripción técnica de los mismos. Asimismo, el licitador deberá indicar en dicha declaración, respecto a los trabajos relacionados, que cumple el requisito mínimo de haber realizado trabajos en los últimos 3 años por un importe total acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del valor estimado del contrato, establecido en la condición particular 3 de este PCP, es decir, 15.750� (quince mil setecientos cincuenta euros).

En el caso de trabajos cuyas fechas de inicio y fecha de fin no se correspondan al mismo año, a efectos del cumplimiento del requisito anterior, se computará el importe total del servicio, al año en el que se hayan finalizado los servicios.

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2. Relación del personal técnico/profesional con que cuenta el licitador para la realización de su actividad, asimismo incluirá detalle de los profesionales en psicología sanitario y/o clínica y profesionales en psiquiatría con los que cuenta el licitador para realizar su actividad. En la medida de lo posible, en la información facilitada en este apartado, se procurará presentar los perfiles profesionales de las personas de forma agregada, sin facilitar datos de carácter personal. En caso de facilitar datos de carácter personal, será responsabilidad del licitador el haberlos recabado y suministrado a RENFE-Operadora con arreglo a las disposiciones de la normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal.

x Acreditación del requisito 4.9. (Solvencia económico-financiera).

Será de aplicación lo establecido en el Título II, Capítulo II, apartado 4 de la "Instrucción". Si el licitador se basa en la solvencia y medios de otras entidades, deberá aportar escrito legitimado notarialmente de manifestación de voluntad y compromiso según se indica en el referido apartado 4 de la Instrucción, conforme al modelo "Puesta a disposición de medios" que a tal efecto se encuentra en el "Perfil del contratante", detallando la relación de los medios que corresponda.

En lo que respecta a la solvencia económico-financiera de las agrupaciones de empresarios con compromiso de constitución en UTE será de aplicación lo establecido al respecto en la normativa estatal aplicable. La solvencia económico-financiera se acreditará aportando declaración, firmada por persona con capacidad y poder suficiente, sobre el volumen global de negocios del licitador que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos, disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de la presentación de las ofertas, deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del valor estimado del Contrato, establecido en la condición particular 3 del presente PCP, es decir 33.750� (treinta y tres mil setecientos cincuenta euros). RENFE-Operadora se reserva la facultad de verificar los datos aportados, mediante la solicitud a los licitadores para que aporten las cuentas a los que aquellos se refieran. En el supuesto de que los datos aportados no concuerden con los figurados en las mismas, se podría incurrir en la correspondiente causa de prohibición de contratar.

Todas las declaraciones antedichas deberán estar suscritas por los representantes del licitador, y haber sido emitidas con una antelación máxima de 30 días a la fecha límite de solicitud de las mismas. Además de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en esta licitación, relacionados anteriormente, se aportará del/os firmante/s de la oferta copia legitimada notarialmente de la escritura de poder. 2 que deberá figurar en el Registro Mercantil

2 2 En el caso de las empresas a las que RENFE-Operadora haya comunicado el usuario y contraseña de acceso al Espacio de Licitadores, no resultará necesario que aporten la documentación que ya está incluida en Espacio de Licitadores siempre que ésta se encuentre debidamente actualizada y vigente (caso contrario, deberán aportar la documentación correspondiente, de acuerdo con lo que se indica en cada apartado). No obstante, deberán aportar declaración responsable firmada por persona con capacidad y poder suficiente donde manifiesten que las circunstancias reflejadas en la documentación que obra en el Espacio de Licitadores no han experimentado variación, conforme al modelo de declaración responsable expresa: Documentación Registro Proveedores. Dicho modelo se encuentra disponible en el Perfil de Contratante. En todo caso, será responsabilidad de los

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en los casos en que dicha inscripción sea exigida por la legislación vigente, y copia legitimada notarialmente del D.N.I. o documento oficial de identificación equivalente vigente del o de los firmantes2, (a excepción de los licitadores que aporten el certificado emitidos por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del estado, siempre y cuando, consten expresamente los datos del D.N.I. y poderes para contratar del firmante de la oferta).

Será obligación del licitador facilitar la documentación requerida, en tiempo y forma. En caso de no presentar la documentación requerida en tiempo y forma RENFE-Operadora podrá considerar que se ha producido una retirada injustificada de la oferta del licitador, en cuyo caso se recabará la documentación pertinente al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas (todo ello sin perjuicio de las consecuencias jurídicas correspondientes que se produzcan en relación con el licitador cuya oferta se entienda retirada, de acuerdo con lo previsto en el presente PCP y en la normativa vigente aplicable, entre las cuales se encuentra la posibilidad de que la empresa quede incursa en prohibición para contratar con el sector público).

9. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

RENFE-Operadora notificará al adjudicatario correspondiente la adjudicación por medio de la correspondiente carta de adjudicación, en la que se le requerirá, asimismo, para presentar la documentación exigible adicional que resulte pertinente de acuerdo con lo establecido en el presente PCP (como, por ejemplo, la presentación de la correspondiente garantía definitiva, constitución de la Agrupación Conjunta y Solidaria de Compromiso de Constitución en UTE, en su caso).

Con posterioridad, el adjudicatario será requerido para formalizar el Contrato correspondiente a la citada adjudicación, indicándosele el plazo pertinente a tal efecto. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en dicho plazo, en atención a las circunstancias concurrentes, se podrá entender por parte de RENFE-Operadora que el licitador ha renunciado a la adjudicación, en cuyo caso se adjudicará el Contrato al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, todo ello sin perjuicio de las consecuencias jurídicas correspondientes que se produzcan en relación con el licitador ha renunciado a la adjudicación, de acuerdo con lo previsto en el presente pliego y en la normativa vigente aplicable.

10. VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO RENFE-Operadora notificará por escrito la adjudicación del contrato objeto del presente procedimiento abierto. En dicha notificación, la carta de adjudicación, se indicará la fecha de inicio de la vigencia del contrato. La vigencia del contrato se extenderá por un periodo de veinte y cuatro (24) meses desde la fecha indicada en la comunicación de adjudicación como fecha de inicio de vigencia del contrato.

licitadores el comprobar, antes de preparar la documentación para presentarse a la presente licitación, los documentos que figuran en dicho Espacio de Licitadores, y la vigencia de los mismos.

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11. FACTURACIÓN 11.1. FACTURACIÓN

Toda factura comercial deberá contener los datos fiscales, tanto del Contratista como de RENFE-Operadora, es decir: CIF, (CIF de RENFE-Operadora Q-2801659-J), razón y dirección fiscal, así como la fecha de emisión, el número de Contrato y el Código Departamento. El Código Departamento correspondiente es: DP10005083

No será de aplicación la obligación de enviar copia de toda factura cuyo importe exceda de 1.800 Euros al Centro de Seguimiento de Facturas de RENFE-Operadora, recogida en el apartado “Facturación” del Pliego de Condiciones Generales para los Contratos de Servicios inferiores a 50.000 EUROS DCC-CG-CC-09 REV 01.

Las facturas deberán remitirse a:

Jefatura de Psicología Laboral y Ergonomía Dirección de Seguridad, Autoprotección y Prevención de Riesgos. Avda. Ciudad de Barcelona, 8 entreplanta. 28007- Madrid

11.2 PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS

Las facturas correspondientes se podrán emitir en formato papel o electrónico mediante el Sistema de Facturación Electrónica puesto a disposición de los adjudicatarios por RENFE-Operadora en el Perfil del Contratante, en el enlace siguiente encontrarán la información necesaria para emitir su factura en formato electrónico. http://www.renfe.com/empresa/perfilcontratante/facturacionElectronica.html

En el supuesto de emitir las facturas en formato papel, se enviarán a: Entidad Pública Empresarial Renfe Operadora Apartado de correos nº61315 Madrid 28036 Por email: [email protected] También tendrá disponible esta información en la página Web de Renfe: http://www.renfe.com/empresa/index.html El Adjudicatario presentará la factura, en las condiciones establecidas en los apartados 4.1 y 4.2 del Pliego de Condiciones Generales para los Contratos de Prestación de Servicios DCC-CG-CC-07 REV. 03 de julio de 2003.

Será de aplicación lo dispuesto en la Ley 15/2010, de modificación de la Ley 3/2004 por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

12. FORMA DE PAGO RENFE-Operadora abonará las facturas a los 60 días desde la aceptación o recepción efectiva de los trabajos realizados, de acuerdo con lo establecido en el presente PCP.

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13. GARANTÍAS: PROVISIONAL Y DEFINITIVA 13.1. GARANTÍA PROVISIONAL

No se requiere garantía provisional.

13.2. GARANTÍA DEFINITIVA.

El Adjudicatario deberá constituir, antes de la firma del contrato, una garantía definitiva por un importe equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del importe máximo estimado anual adjudicado para la vigencia del contrato, ajustada a uno de los modelos establecidos por RENFE-Operadora y en soporte papel (ANEXO V), y por plazo hasta el buen fin de la operación. Una vez finalizados los trabajos objeto del presente contrato y presentada la última factura, sin que existan obligaciones del contratista pendientes de cumplimiento, el Adjudicatario podrá solicitar la devolución de la Garantía Definitiva establecida

14. SEGUROS

El adjudicatario, antes del inicio de la prestación de los servicios objeto del contrato, deberá tener suscrita y mantener durante el tiempo que fuere necesario, nunca inferior al periodo de vigencia del contrato, sin perjuicio de renovación anual, una póliza de Responsabilidad Civil y cobertura de daños personales y materiales, por un importe mínimo de 45.000 �, para garantizar cualquier daño derivado de las operaciones que realicen en relación al objeto del contrato. A tal fin, entregará copia de la citada póliza ante la Jefatura de Psicología Laboral y Ergonomía de la Gerencia de Área de Prevención de Riesgos de RENFE-Operadora (Avenida Ciudad de Barcelona, nº 8, 28007, Madrid), responsable del seguimiento del contrato, así como copia del recibo justificante del pago de cada anualidad, hasta la finalización del contrato. Las posibles responsabilidades de toda índole, así como la obligación de indemnizar de cuantos daños o perjuicios puedan producirse como consecuencia de las operaciones ejecutadas en el desarrollo del contrato, serán de la exclusiva cuenta y cargo del Contratista.

15. PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y PERSONAL ASIGNADO El adjudicatario estará obligado a: � Lo dispuesto en el apartado 5 de las Especificaciones Técnicas (ANEXO I) de este PCP.

� Poner a disposición de RENFE-Operadora el equipo necesario para la prestación del

servicio contratado. Además, será obligación del adjudicatario disponer en todo momento de personal suficiente, debidamente formado y capacitado técnicamente para asegurar la eficacia de las actividades contratadas para el caso de que fuera necesario sustituir a algún miembro del equipo de trabajo. El adjudicatario, deberá mantener dichos recursos al efecto del cumplimiento del Contrato sin que la aplicación que el adjudicatario haga de sus propios recursos afecte a la prestación del servicio, perjudique el cumplimiento de los procesos en curso ni pueda oponerse a RENFE-Operadora para justificar el incumplimiento del Contrato o su cumplimiento defectuoso. El adjudicatario

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deberá asumir que cuenta con capacidad de reacción inmediata para cubrir cualquier necesidad con el fin de cumplir sus obligaciones de prestar los servicios.

� Se establece las siguientes condiciones especiales de ejecución:

El adjudicatario se compromete a cumplir durante la ejecución del Contrato las siguientes condiciones de legalidad ordinaria:

o El adjudicatario, así como en su caso, las empresas subcontratistas del mismo-

garantiza que, en relación con el personal adscrito a la prestación del servicio contratado, se cumplirá la correspondiente normativa en materia laboral contenida en el Convenio colectivo aplicable, Estatuto de los Trabajadores y normativa vigente en materia de Seguridad Social.

o Prevención de riesgos laborales: El adjudicatario -así como en su caso, las empresas subcontratistas del mismo- tiene la obligación de integrar la prevención de riesgos laborales en toda la cadena de mando y cumplir con las obligaciones que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y su normativa de desarrollo impongan a tal efecto en materia de seguridad y salud, con especial atención a la existencia del Plan de Prevención de Riesgos Laborales y la formación adecuada al puesto de trabajo, asumiendo además las obligaciones dimanantes de la siguiente documentación: P.O.P./12 “OBLIGACIONES PREVENTIVAS DE LAS EMPRESAS CONTRATISTAS”.

Estas condiciones especiales de ejecución tienen carácter de obligaciones esenciales a los efectos del artículo 71.2 c) de Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

16. INTEGRIDAD Y LUCHA CONTRA EL FRAUDE Obligaciones de los licitadores y del adjudicatario. La participación en la presente licitación implica la aceptación del presente PCP y, además, la asunción por parte de los licitadores -y del ulterior adjudicatario del Contrato- de las siguientes obligaciones:

1. Obligación de no tener conflicto de intereses con la entidad contratante en el ámbito del proceso de licitación.

2. Obligación de respetar los principios rectores de la licitación, y en particular, los

principios de libre mercado y de concurrencia competitiva, absteniéndose de realizar conducta alguna que tenga por objeto o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia, como por ejemplo los comportamientos colusorios o de competencia fraudulenta (ofertas de resguardo, eliminación de ofertas, asignación de mercados, rotación de ofertas, etc.).

3. Obligación de abstenerse de solicitar -directa o indirectamente- a empleado alguno de la

entidad contratante su influencia en la adjudicación del Contrato, absteniéndose asimismo de ofrecer o facilitar ventaja personal o material alguna tanto a los empleados de la entidad contratante como a sus cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva, ascendientes y descendientes (así como a parientes en segundo grado por consanguineidad o afinidad de las personas a que se refieren los

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párrafos anteriores). Estas obligaciones son extensibles a cualquier subcontratista que esté relacionado con cada uno de los licitadores, y especialmente con el licitador que resulte adjudicatario.

4. Conocer y respetar el Código Ético de RENFE/Grupo RENFE/ (cuyo contenido puede

consultarse en la página Web de RENFE: http:www.renfe.com). 5. Garantizar el principio de indemnidad y la confidencialidad a las personas que

notifiquen irregularidades. 6. Ejecutar el Contrato con criterios de equidad y transparencia fiscal, por lo que los

ingresos o beneficios procedentes del Contrato resultante de la presente licitación serán íntegramente declarados y tributados conforme a legislación fiscal vigente.

Las obligaciones citadas en los párrafos precedentes serán exigibles tanto al licitador como al personal del licitador que gestione su participación en la presente licitación, al adjudicatario, al personal del adjudicatario que contribuya al cumplimiento del Contrato adjudicado, así como a cualquier subcontratista que participe en el desarrollo y cumplimiento del Contrato adjudicado, y al personal empleado al efecto.

El incumplimiento de estas obligaciones tiene carácter de obligaciones esenciales a los efectos del artículo 71.2 c) de Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

17. USO DE LA PLATAFORMA DE GESTIÓN Y VALIDACIÓN DOCUMENTAL En el caso de que RENFE-Operadora utilizara a lo largo de la vigencia de este Contrato, directamente o a través de un tercero que ésta designe, una plataforma de gestión y validación documental, con el objetivo de garantizar el cumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones en materia jurídico-laboral o de seguridad y salud, el adjudicatario estará obligado a incorporar en tiempo y forma, a la plataforma que RENFE-Operadora le indique, la documentación justificativa del cumplimiento de sus obligaciones.

18. CONFIDENCIALIDAD

En el caso de que los licitadores presenten información o documentación que éstos designen como confidencial (en particular, secretos técnicos o comerciales y aspectos confidenciales de las ofertas) RENFE-Operadora tratará dicha documentación/información bajo criterios de confidencialidad de conformidad con lo establecido al respecto en el Título I, Capítulo II, punto 4 de la “Instrucción”. En este sentido los licitadores deberán tener en cuenta que no será admisible una declaración de confidencialidad que afecte a la totalidad de la oferta presentada, debiendo ceñirse dicha declaración de confidencialidad únicamente a los documentos y datos presentados por el licitador en los que concurran circunstancias que justifiquen dicha calificación, como por ejemplo las siguientes: cuando su difusión a terceros pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos por afectar a secretos técnicos/secretos comerciales[3] o por

[3] A los efectos de su consideración se tendrá en cuenta lo establecido al respecto en el Derecho comunitario en materia de información confidencial y secretos comerciales, y en especial, lo establecido al respecto en la Comunicación de la Comisión Europea de 22/12/2005, que establece que cuando la divulgación de información sobre la actividad económica de una empresa

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estar protegidos por derechos de propiedad industrial/intelectual, o porque sea consecuencia de inversiones en investigación; cuando su difusión a terceros pueda perjudicar la leal competencia entre las empresas del sector o tenga un valor estratégico especial frente al resto de candidatos o licitadores o bien cuando su difusión a terceros esté prohibida por alguna norma en concreto, y en especial, por la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

Asimismo, RENFE-Operadora indicará, en su caso, qué documentación y/o información facilitada a los licitadores tiene carácter confidencial, debiendo ser tratada por éstos como tal.

Una vez adjudicado el Contrato objeto de la licitación, RENFE-Operadora indica que, dado el objeto de esta licitación, toda la información facilitada al adjudicatario en relación con el objeto de la misma, así como cualquier otra información a la que el adjudicatario pudiera tener acceso es información calificada como de carácter “confidencial”. Por ello el adjudicatario estará obligado a tratarla como tal, tanto él como cualquiera de sus trabajadores, estén o no relacionados con la ejecución del Contrato, debiendo devolverla a RENFE-Operadora en el momento de finalización del Contrato. El adjudicatario no podrá utilizar la información confidencial relacionada con RENFE-Operadora con otros fines distintos a los indicados, excepto si previamente hubiera obtenido la correspondiente autorización expresa y por escrito de RENFE-Operadora.

Quedará excluida de la condición de “confidencial” toda aquella información o documentación:

a) Que haya sido conocida por el adjudicatario antes de serle suministrada por RENFE-Operadora;

b) Que haya sido suministrada al adjudicatario por terceros de forma lícita y sin incumplir ningún acuerdo de confidencialidad;

c) Que sea o devenga de dominio público y;

d) Que sea requerida por las Autoridades competentes en materia de protección de datos,

así como por Autoridades fiscales o judiciales.

19. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

En relación con los datos de carácter personal a los que acceda el contratista (en adelante, el encargado del tratamiento o el encargado) como consecuencia de la realización de los trabajos objeto de la presente licitación, se hace constar expresamente, en aplicación de la normativa de protección de datos de carácter personal, que el encargado del tratamiento tratará los datos cumpliendo con las siguientes obligaciones:

a) Tratará los datos personales únicamente siguiendo instrucciones documentadas del responsable.

pueda causarle un perjuicio grave, dicha información tendrá carácter de secreto comercial. Como ejemplos de información que puede considerarse secreto comercial cabe citar la información técnica y/o financiera relativa a los conocimientos técnicos de una empresa, los métodos de evaluación de costes, los secretos y procesos de producción, las fuentes de suministro, las cantidades producidas y vendidas, las cuotas de mercado, los ficheros de clientes y distribuidores, la estrategia comercial, la estructura de costes y precios y la estrategia de ventas

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Dicho compromiso será extensivo a las transferencias de datos personales a un tercer país o una organización internacional, salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al encargado; en tal caso, el encargado informará al responsable de esa exigencia legal previa al tratamiento, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público. El encargado del tratamiento no podrá utilizar los datos accedidos ni para fines propios ni para una finalidad distinta de la ejecución del Contrato. El encargado del tratamiento no podrá comunicar los datos a terceros sin la previa autorización por escrito del responsable. En el caso de que el encargado del tratamiento utilice los datos para otra finalidad, los comunique a un tercero o los utilice infringiendo las instrucciones facilitadas por el responsable, se considerará responsable del tratamiento.

b) Garantizará que las personas autorizadas para tratar datos personales se hayan comprometido a respetar la confidencialidad de dichos datos. A este respecto, el encargado se compromete a que sus empleados y colaboradores mantengan el secreto y la confidencialidad respecto de los datos a los que accedan, y que dicha obligación persistirá incluso después de finalizada la relación contractual entre el Grupo RENFE y el encargado del tratamiento. Asimismo, el encargado se obliga a que sus empleados y colaboradores sean debidamente informados de dicho deber de secreto y confidencialidad, comprometiéndose a suscribir con ellos las cláusulas o documentos que fueran precisos para asegurar el cumplimiento de dichas obligaciones.

c) Tomará todas las medidas de seguridad que sean necesarias para garantizar la

seguridad de los datos.

Las medidas de seguridad que implante el encargado del tratamiento tendrán en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación, y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, así como riesgos de probabilidad y gravedad variables para los derechos y libertades de las personas físicas. El encargado del tratamiento aplicará las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo. A este respecto, el encargado del tratamiento se compromete a facilitar al Grupo RENFE la información derivada del análisis de riesgo realizado por el encargado y, en el caso que sea preciso, la información derivada de la evaluación de impacto que haya llevado a cabo.

A tal fin, el encargado implantará las medidas de seguridad que se relacionan en el ANEXO V.

d) Respetará las siguientes obligaciones en el caso de que recurra a otro encargado del

tratamiento:

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- El encargado del tratamiento no recurrirá a otro encargado sin la autorización previa por escrito, específica o general, del responsable. En este último caso, el encargado informará al responsable de cualquier cambio previsto en la incorporación o sustitución de otros encargados, dando así al responsable la oportunidad de oponerse a dichos cambios.

- Cuando el encargado del tratamiento recurra a otro encargado para llevar a cabo determinadas actividades de tratamiento por cuenta del Grupo Renfe, se impondrán a este otro encargado, mediante Contrato u otro acto jurídico establecido con arreglo al Derecho de la Unión o de los Estados miembros, las mismas obligaciones de protección de datos que las estipuladas en este Contrato suscrito entre el responsable y el encargado. En particular, se garantizará la prestación de garantías suficientes de aplicación de medidas técnicas y organizativas apropiadas de manera que el tratamiento sea conforme con la legislación vigente. Si ese otro encargado incumple sus obligaciones de protección de datos, el encargado inicial seguirá siendo plenamente responsable ante el responsable del tratamiento por lo que respecta al cumplimiento de las obligaciones del otro encargado.

e) Asistirá al responsable, teniendo cuenta la naturaleza del tratamiento, a través de

medidas técnicas y organizativas apropiadas, siempre que sea posible, para que este pueda cumplir con su obligación de responder a las solicitudes que tengan por objeto el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, olvido, portabilidad, limitación del tratamiento, así como el derecho a no ser objeto de una decisión individual automatizada, incluyendo la elaboración de perfiles.

A este respecto, el encargado del tratamiento se obliga a comunicar al Grupo Renfe de inmediato, a la dirección [email protected], cuantas solicitudes de derechos reciba por parte de los interesados.

f) Ayudará activamente al responsable a fin de garantizar el cumplimiento de las

siguientes obligaciones, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información a disposición del encargado:

- Implantación de las medidas de seguridad.

- En los términos previstos en la legislación vigente, notificación a la autoridad de control de las violaciones de la seguridad de los datos personales que, en su caso, tengan lugar.

- En los términos previstos en la legislación vigente, comunicación al interesado de las violaciones de la seguridad de los datos personales.

- Evaluación de impacto relativa a la protección de datos.

- Realización de la consulta previa a la autoridad de control antes de proceder al tratamiento cuando una evaluación de impacto relativa a la protección de los datos muestre que el tratamiento entrañaría un alto riesgo.

g) En el caso de que el tratamiento que realice el encargado pueda entrañar un riesgo para los derechos y libertades de los interesados, no sea ocasional, o incluya categorías especiales de datos personales o datos personales relativos a condenas e infracciones penales, y siempre y cuando sean empresas que cuenten con al menos

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250 empleados, el encargado llevará un registro de las actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable. Dicho registro contendrá:

- El nombre y los datos de contacto del encargado y del responsable por cuenta del

cual actúa, y, en su caso, del representante del responsable o del encargado, y del delegado de protección de datos.

- Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta del responsable.

- En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional, la documentación de garantías adecuadas.

- Cuando sea posible, una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad.

h) A elección del responsable, suprimirá o devolverá todos los datos personales una vez

finalice los trabajos de tratamiento, y suprimirá las copias existentes a menos que se requiera la conservación de los datos personales en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros.

i) Pondrá a disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el

cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente clausula, así como para permitir y contribuir a la realización de auditorías, incluidas inspecciones, por parte del responsable o de otro auditor autorizado por dicho responsable.

A este respecto, el encargado informará inmediatamente al responsable si, en su opinión, una instrucción de dicho responsable infringe la normativa de protección de datos.

j) Cumplirá sus obligaciones como encargado del tratamiento con sujeción y respeto a

los principios de protección de datos por diseño y protección de datos por defecto según lo establecido en la legislación vigente.

20. INCUMPLIMIENTOS Y PENALIZACIONES

Sin perjuicio de lo establecido al respecto en el apartado 6 del Capítulo I del Título VI de la “Instrucción”, podrán ser causa de penalización los siguientes incumplimientos:

a) Por falta de calidad manifiesta de los servicios realizados, o porque éstos no se

ajusten con suficiente rigor y profundidad a los diferentes aspectos recogidos en el documento "Especificaciones Técnicas” (ANEXO I), así como la no realización de los servicios solicitados, RENFE-Operadora podrá aplicar una penalización de hasta 1.000,00 Euros, en función del nivel de calidad comprobado.

b) Por la pérdida o destrucción de cualquier tipo de informe de los contemplados en el apartado 4 de las Especificaciones Técnicas (ANEXO I) de este PCP.

c) Podrá ser causa de penalización la incomparecencia a reuniones convocadas por RENFE-Operadora para el seguimiento de la prestación de los servicios. El importe al que asciende la penalización para dicho incumplimiento es de 2.000 Euros.

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d) El incumplimiento por parte del adjudicatario en la aplicación de cualquiera de las

condiciones especiales de ejecución recogidas en la condición particular nº 17 del presente PCP tendrá la consideración de muy grave, pudiéndosele aplicar una penalización que podrá llegar hasta el 20% del importe total del Contrato, o incluso ser causa de resolución del Contrato.

e) El incumplimiento por parte del adjudicatario de las reglas de conducta definidas en la condición particular nº 18 tienen la consideración de obligaciones esenciales, y su infracción se califica como un incumplimiento muy grave, quedando facultada RENFE-Operadora para, en función de las circunstancias que concurran, bien imponer una penalidad de hasta el 10% del precio del Contrato (IVA no incluido) por cada incumplimiento (sin que el total de las mismas pueda superar el 20% del precio del Contrato), bien por resolver el Contrato por causa imputable al contratista, con los efectos correspondientes. Las anteriores penalidades son independientes del deber de resarcimiento de los daños y perjuicios que las conductas contrarias a lo establecido en la citada condición particular hayan ocasionado a RENFE-Operadora.

f) Los incumplimientos de las obligaciones del Contratista recogidas en las Condiciones Particulares de 20 y 21 del presente PCP podrán tener la consideración de muy graves pudiéndoseles aplicar una penalización que podrá llegar hasta el 20% del importe total del contrato en función de la gravedad.

g) Por incumplimiento de la especificación técnica y/o oferta técnica, de aspectos no contemplados en los apartados anteriores, se podrá aplicar al adjudicatario durante el desarrollo del Contrato, una penalización de hasta 5.000,00 � por cada incumplimiento en función de su relevancia.

Las penalizaciones que se impongan en caso de incumplimiento por el Contratista de cualquiera de las obligaciones que le incumben con arreglo al correspondiente Contrato, se regirán por lo estipulado en el Título IV, Capítulo I, Apartado 6 de la citada “Instrucción” según el siguiente procedimiento:

- RENFE-Operadora comunicará por escrito al contratista la propuesta de

penalización con la enumeración de los hechos que lo motiven. - El contratista dispondrá de un plazo de 10 días naturales a partir del recibo de la

comunicación anterior, para presentar las alegaciones que estime oportunas.

- Una vez recibidas las alegaciones del Contratista (o transcurrido el plazo habilitado al efecto sin que se reciban), RENFE-Operadora analizará las circunstancias concurrentes y resolverá lo que estime procedente, ratificando, anulando o modificando la penalización, que deberá notificarse en el plazo de quince días naturales a contar desde el día en que se adopte la citada resolución.

Las penalizaciones impuestas conforme el procedimiento anterior podrán ser abonadas por el Contratista en las mismas condiciones de pago indicadas en el Contrato firmado con RENFE-Operadora, o mediante compensación de cualquier cantidad que resulte a su favor como consecuencia de sus relaciones comerciales con RENFE-Operadora o mediante la incautación de la garantía definitiva. En el plazo de diez días naturales a contar desde que RENFE-Operadora comunique al Contratista la penalización impuesta, éste podrá comunicar

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por escrito a RENFE-Operadora el modo de abono elegido. Si pasado dicho plazo RENFE-Operadora no ha recibido ninguna comunicación al respecto, procederá de acuerdo con el orden anteriormente indicado.

La imposición de penalizaciones es, en cada caso, independiente del resarcimiento de daños y perjuicios que los hechos penalizados hayan podido ocasionar a RENFE-Operadora o a terceros.

En caso de que con motivo de la penalización impuesta se haya procedido a la incautación total o parcial de la garantía definitiva, el contratista, vendrá obligado a la reposición de la misma en sus propios términos en el plazo de 15 días desde la ejecución. En defecto de dicha reposición en plazo, RENFE-Operadora tendrá derecho a retener cualquier pago pendiente al Contratista – por el mismo importe – a tal fin. Se procederá a su incautación total, para el supuesto de incurrir en causa de resolución de Contrato a él imputable.

21. RESOLUCIÓN Sin perjuicio de las causas de resolución recogidas en el Apartado 6 del Capítulo I del Título IV de la “Instrucción”, podrán ser causa específica de resolución del Contrato las siguientes:

a) El rebase del 20 % del importe total del Contrato correspondiente, en el importe de las penalizaciones incurridas en cualquiera de los supuestos contemplados en la Condición Particular anterior, bien de forma acumulativa o individualizada.

b) Si como consecuencia de una actuación negligente del contratista, en más de una

ocasión se produjese la pérdida o destrucción de los informes de los tratamientos correspondientes.

c) Si se produjera un incumplimiento de lo establecido en las Condiciones Particulares

18, 20 y/o 21 independientemente de la aplicación de lo establecido en la Condición Particular precedente, RENFE-Operadora quedará facultada para resolver el Contrato.

d) En atención a las circunstancias concurrentes, un incumplimiento de cualquiera de

las condiciones especiales de ejecución recogidas en la condición particular nº 17 del presente PCP podrá llegar a ser causa de resolución del Contrato.

En caso de que RENFE-Operadora inste a la resolución del Contrato, se seguirá el siguiente procedimiento:

x RENFE-Operadora comunicará por escrito al contratista la propuesta de resolución con

la enumeración de los hechos que lo motiven. x El contratista dispondrá de un plazo de 10 días naturales a partir del recibo de la

comunicación anterior, para presentar las alegaciones que estime oportunas.

x Una vez recibidas las alegaciones del Contratista o expirado el plazo sin que se hayan recibido, RENFE-Operadora decidirá motivadamente lo que estime procedente, ratificando o anulando la decisión correspondiente en relación con la resolución del Contrato, decisión que será notificada al contratista en el plazo de quince días naturales a contar desde el día en que se adopte la citada decisión.

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La resolución del Contrato producirá los efectos que se recogen en el Capítulo I del Título IV, punto 6.2, de la “Instrucción”. Cuando la causa de resolución sea imputable al contratista, RENFE-Operadora quedará facultada para ejecutar la garantía definitiva sin perjuicio de las indemnizaciones que por datos y perjuicios pudieran corresponderle.

22. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

22.1. CESIÓN

En esta materia será de aplicación lo establecido en el Título VI, Capítulo I de la “Instrucción”.

22.2. SUBCONTRATACIÓN

En esta materia será de aplicación lo establecido en el Título VI, Capítulo II de la “Instrucción”. En el supuesto de que el adjudicatario del Contrato subcontrate la ejecución de determinadas partes del Contrato, la condición especial de ejecución (apartado a) recogida en la condición particular nº 17 del presente PCP será también exigida a las empresas subcontratistas.

23. SOMETIMIENTO AL FUERO

Con renuncia al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderles, los licitadores se someten expresamente al Derecho español y a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid Capital de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudiesen derivar de la presente licitación o del correspondiente Contrato que, caso de resultar adjudicatarios, sea formalizado.

24. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO

El Contrato objeto de adjudicación mediante el presente PCP se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, por lo dispuesto en las Instrucciones por las que se regulan los procedimientos de contratación de RENFE-Operadora, de fecha 27 de junio de 2018 y, en cuanto a su cumplimiento, efectos, modificaciones y extinción, por el ordenamiento jurídico privado que resulte de aplicación.

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A N E X O I

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

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1. OBJETO

El objeto de esta licitación es la contratación de la prestación del servicio telefónico de asistencia psicológica para el personal del grupo Renfe que sufra una agresión, física o verbal, para personal de conducción que en su desempeño profesional arrolle a personas y/o vehículo.

2. DESTINATARIOS DEL SERVICIO

Los destinatarios de esta prestación serán: - Los trabajadores con funciones comerciales y de conducción que, cuando su trabajo se

realice en interconexión con clientes o terceros, resulten objeto de violencia (física, psíquica o verbal) por parte de personas externas a la empresa a consecuencia de su trabajo durante su jornada laboral, y dicha violencia sea considerada accidente de trabajo.

- Los trabajadores pertenecientes al colectivo de conducción que ostenten una de las siguientes categorías: Maquinista de Entrada, Maquinista y Maquinista Jefe del Tren y que realizando funciones de conducción arrollen a personas y/o vehículos.

En función de la media anual de agresiones registradas durante los últimos tres años (146) y la de arrollamientos (174), el número anual de trabajadores potencialmente objeto del servicio de la presente licitación estaría en el entorno de 320, teniendo esta cifra carácter meramente orientativo.

3. ÁMBITO GEOGRÁFICO

La cobertura de la asistencia psicológica telefónica será todo el territorio peninsular.

4. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS

El servicio a prestar por la empresa adjudicataria es proporcionar apoyo psicológico específico y atención individualizada a los trabajadores que hayan sido objeto de alguno de los hechos considerados en el apartado 2 de las presentes ET. La prestación que se requiere de la empresa adjudicataria es:

- Asistencia psicológica telefónica 12 horas diarias en horario de 9 a 21 horas, los 365 días/año.

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La prestación de este servicio se realizará por centros autorizados y acreditados (ya sea en propiedad o concertados) que permitan realizar el servicio objeto de la presente licitación. El servicio será realizado por psicólogos sanitarios y/o clínicos, colegiados con formación específica de postgrado en atención psicológica en emergencias y experiencia por un período mínimo de 2 años en la gestión de emergencias y en trabajos similares Para la activación del servicio el trabajador afectado llamará al teléfono fijado, de carácter gratuito, por la empresa adjudicataria en el horario señalado. Dicho trabajador dispondrá de asistencia psicológica telefónica permanente. En caso de sufrir una agresión o arrolle a personas y/o vehículos, transcurridas 24 horas desde la primera asistencia telefónica, la empresa adjudicataria llamará de nuevo al trabajador para hacer un seguimiento de su estado. Esta llamada se repetirá 72 horas siguientes a la primera asistencia.

5. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA

En la prestación de este servicio la empresa adjudicataria deberá, en todo momento, a través del interlocutor único elegido al efecto, seguir las directrices, instrucciones y observaciones que se realicen desde la Gerencia de Área de Prevención de Riesgos de RENFE-Operadora, respecto a la prestación de este servicio. La empresa adjudicataria estará obligada a: - Nombrar un interlocutor único que será responsable de responder de la correcta realización

del servicio y de la calidad con que se desarrolla. Dicho interlocutor estará localizado y en su ausencia la empresa adjudicataria deberá comunicar a la Jefa de Psicología Laboral y Ergonomía del grupo Renfe la persona que lo sustituirá.

- Proporcionar la relación de profesionales que prestarán el servicio objeto del contrato y que deberán mantenerse, durante la vigencia del contrato. No obstante, cualquier cambio la empresa adjudicataria lo deberá notificar fehacientemente a la citada Jefa de Psicología Laboral y Ergonomía.

- Especificar, previamente al inicio de la prestación del servicio, en qué plataforma, aplicación, o de qué modo almacenará o tratará la información relacionada con el servicio (analíticas e informes). Asimismo, el adjudicatario deberá especificar por qué medio o a través de qué plataforma procederá al envío de los informes que debe entregar a la Jefatura de Psicología Laboral y Ergonomía del Grupo Renfe.

6. TITULACIÓN PROFESIONAL Y AUTORIZACIONES

Todos los profesionales estarán en posesión del título que les habilite expresamente para el ejercicio de la actividad objeto del presente contrato y dispondrán de la formación específica de postgrado en atención psicológica en emergencias.

Así mismo, estarán colegiados en el Colegio Oficial de Psicólogos que les corresponda.

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Además, deberá disponer de, al menos, un centro con autorización sanitaria para la realización de los servicios objeto de licitación.

La documentación original o compulsada de dicha titulación, formación y colegiación podrá ser requerida por Renfe Operadora en cualquier momento.

7. COBERTURA DE RESPONSABILIDAD

Todos los profesionales asignados al presente contrato estarán cubiertos por un seguro de responsabilidad civil de acuerdo a los términos previstos en el artículo 46 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. Dicho seguro deberá estar vigente durante todo el periodo de duración del contrato y su acreditación podrá ser requerida por Renfe Operadora en cualquier momento.

8. INFORMES DE LA INTERVENCIÓN PSICOLÓGICA

8.1. Informe individual

Este documento se elaborará de manera individual por cada trabajador asistido por el adjudicatario y deberá facilitarse con un máximo de 5 días desde la finalización de la prestación de la asistencia. Contendrá, al menos, los siguientes datos:

x Número de asistencias realizadas. x Situación crítica (agresión/arrollamiento) x Fecha y hora de las asistencias prestadas.

Tras la finalización de cada una de las intervenciones realizadas, la empresa adjudicataria dirigirá informe de fin de intervención psicológica a la Jefa de Psicología Laboral y Ergonomía de la Gerencia de Área de Prevención de Riesgos de RENFE-Operadora.

8.2. Informe de seguimiento semanal En formato Excel se remitirá la relación de asistencias prestadas de manera general, y contendrá, al menos los siguientes datos por trabajador:

x Número de asistencias prestadas x Situación crítica (agresión/arrollamiento)

Este informe se entregará el lunes de la semana siguiente a su realización o el primer día hábil.

8.3. Informe de seguimiento mensual

Este documento se elaborará de manera mensual, con datos estadísticos de las asistencias prestadas.

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Contendrá, al menos, los siguientes datos:

x Registro de datos del servicio: Número de asistencias prestadas mensualmente, derivación de los acasos, franja horaria, situación crítica y territorio.

x Perfil de las personas usuarias: distribuidas por sexo y grupos de edad, categoría.

Este informe se entregará antes del día 5 del mes siguiente a su realización. El contenido y formato de los informes relacionados anteriormente, podrán ser modificados en cualquier momento por la jefatura de Psicología Laboral y Ergonomía de la Gerencia de Área de Prevención de Riesgos de RENFE-Operadora. La Jefa de Psicología Laboral y Ergonomía de la Gerencia de Área de Prevención de Riesgos de RENFE-Operadora o quien ésta determine, podrá convocar reuniones de seguimiento, para el análisis individualizado de los casos y seguimiento de la eficacia de los tratamientos, así como visitar los centros que estén prestando asistencia, siempre con aviso previo al adjudicatario, con objeto de verificar el adecuado acondicionamiento del centro.

9. PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo de ejecución para la prestación de estos servicios será de veinte y cuatro (24) meses, a partir de la fecha que figure en la comunicación de la adjudicación. Fdo.: Marta Pérez de Vargas Bonilla Jefa de Psicología Laboral y Ergonomía

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ANEXO A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Requisitos de Seguridad en Materia de Confidencialidad de la Información y Privacidad

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PARTE I

El licitador cumplirá cada uno de los requisitos expuestos a continuación y desarrollados en la PARTE II del presente ANEXO. Se acreditará mediante la cumplimentación de la declaración responsable de acreditación de documentación (ANEXO II del PCP):

x El licitador asegura que dispone de las siguientes figuras, estando debidamente recogidas y documentadas, y siendo personas distintas, conforme a lo indicado en el punto 1.4 de la PARTE II del Anexo I de las Especificaciones Técnicas:

o Responsable del Proyecto o Responsable de Seguridad

x El licitador asegura que una vez sea adjudicatario realizará un análisis de riesgos según la metodología conforme al ENS, que en particular el Grupo Renfe identifica como MAGERIT (herramienta Pilar), salvo que, por indicación contraria y expresa, del Área de Ciberseguridad y Privacidad del Grupo Renfe se especifique lo contrario. Este Análisis de Riesgos (realizado una vez sea adjudicatario del servicio), será compartido con el Área de Seguridad TIC del Grupo Renfe, conforme a lo indicado en el punto 4.2 de la PARTE II del Anexo I de las Especificaciones Técnicas.

x El licitador deberá asegurar que, en caso de una situación de crisis o de un desastre, los requisitos de seguridad se mantienen como parte del plan de continuidad del negocio y del proceso de recuperación ante desastres, de acuerdo a lo indicado en el punto 5.1 de la PARTE II del Anexo I de las Especificaciones Técnicas.

x El licitador asegura que los servicios prestados, en caso de resultar adjudicatario, así como los sistemas de información que los sustentan, se prestarán de conformidad a los requisitos de seguridad establecidos en el Esquema Nacional de Seguridad, conforme a lo indicado en el punto 6.1 de la PARTE II del Anexo I de las Especificaciones Técnicas.

x La solución para el servicio de la plataforma ofertada está certificada en el ENS nivel MEDIO. En caso de no estar certificada el licitador se comprometerá a solicitar, en caso de resultar adjudicatario, dicha certificación en los primeros 6 meses de prestación del servicio. En caso de que la solución para el servicio de la plataforma de gestión y validación documental ofertada por el licitador no esté certificada en el ENS, pero este certificada por un tercero externo, de un Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información (SGSI), basado en la 27001 o similar, el licitador se comprometerá a solicitar dicha certificación durante los 8 primeros meses de prestación del servicio, en caso de resultar adjudicatario. Todo ello, de acuerdo a lo indicado en el punto 6.2 de la PARTE II del Anexo 1 de la ET.

x El licitador asegura que, de conformidad con la Ley 12/2018, de 7 de septiembre de seguridad de las redes y sistemas de información, se satisfacen las obligaciones en relación con los incidentes de seguridad, conforme a lo indicado en el punto 6.3 de la PARTE II del Anexo I de las Especificaciones Técnicas.

x El licitador asegura que, en caso de resultar adjudicatario, aplicará las medidas técnicas y organizativas de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal (RGPD Y LOPDGDD), conforme a lo establecido en el punto 6.4 de la PARTE II del Anexo I de las Especificaciones Técnicas.

x El licitador asegura que cuando adquiera la condición de adjudicatario, formalizará un contrato de encargo de tratamiento conforme a lo dispuesto en el RGPD y en el LOPDGDD, conforme a lo establecido en el punto 6.5 de la PARTE II del Anexo I de las Especificaciones Técnicas.

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PARTE II

El adjudicatario debe de dar cumplimiento

1. Relacionados con las Políticas de Seguridad, se deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1.1. El adjudicatario, deberá cumplir con la Política de Seguridad de los Sistemas de Información del

Grupo Renfe, siempre dentro del alcance que sea de aplicación del presente servicio. Si bien la casi totalidad de la Política de Seguridad se encuentra recogida en el resto de Requisitos que se detallan a continuación, dicha Política (la que le sea de aplicación), por confidencialidad, le será entregada al adjudicatario.

1.2. El adjudicatario, deberá tener establecidas Políticas de Seguridad de los Sistemas de Información en su empresa.

1.3. El adjudicatario, deberá disponer de un programa sobre Seguridad de la Información para supervisar el establecimiento y mantenimiento de las políticas, estándares e iniciativas sobre seguridad de la Información.

1.4. El licitador deberá asegurar las siguientes figuras, estando debidamente recogidas y documentadas, y siendo personas distintas: 1.4.1. Responsable del Proyecto. 1.4.2. Responsable de Seguridad.

1.5. La gestión de la Seguridad de la Información se abordará desde un enfoque basado en el riesgo. Por lo tanto, el adjudicatario deberá implementar procesos, procedimientos o metodologías formales y documentadas para la evaluación del Riesgo de Seguridad de la Información.

1.6. En su caso, las empresas subcontratadas por el adjudicatario que sean o puedan llegar a ser procesadores de información del Grupo RENFE, deberán adoptar las mismas políticas y estándares sobre seguridad de la información que mantiene con el Grupo RENFE.

1.7. El personal del adjudicatario y el personal de las empresas subcontratadas por el adjudicatario (en caso de que aplique) deberá firmar un Acuerdo de Confidencialidad con el Grupo Renfe, así como cumplir los procedimientos de seguridad establecidos para los adjudicatarios.

2. El adjudicatario deberá cumplir con los siguientes requisitos de seguridad relativos a la Clasificación de Seguridad, confidencialidad y propiedad intelectual de la Información:

2.1. Deberá realizar un tratamiento de la Información teniendo en cuenta la clasificación de la Información del Grupo Renfe.

2.2. El adjudicatario debe establecer a qué nivel o niveles protegerá los datos sensibles para cada caso y tipo de información, así como el material criptográfico a utilizar.

2.3. Deberá contar con controles asociados a la información clasificada en virtud de esa confidencialidad.

2.4. El adjudicatario no divulgará información de proyecto a terceros no autorizados, con especial atención a otro personal del adjudicatario no autorizado en el proyecto adjudicado, así como la fuga por divulgación en redes sociales de la empresa o en los perfiles profesionales de sus trabajadores.

2.5. Relativo al acceso a la Información, el adjudicatario deberá disponer de documentación formal en la que se detallen los requisitos necesarios para garantizar una gestión eficaz del acceso a la información, incluyendo su otorgamiento, aprobación, revisión y retirada.

2.6. El adjudicatario sólo podrá disponer de la información del Grupo Renfe que el mismo le autorice o esté recogida dentro del alcance del servicio.

2.7. Toda información que sea entregada por el Grupo Renfe al adjudicatario para que salga de las instalaciones del Grupo, se realizará a través de un dispositivo cifrado proporcionado por el adjudicatario.

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3. En relación con la Notificación de Incidentes de Seguridad, el adjudicatario deberá cumplir con los siguientes requisitos:

3.1. El adjudicatario, debe conocer y cumplir las obligaciones, que, en relación con los incidentes de seguridad, el Grupo RENFE tiene con las diferentes autoridades de control y de las que por proveer el servicio asume como encargado del tratamiento y bajo el alcance del contrato.

3.2. Se han de implantar procesos o procedimiento formal y documentado para la notificación, escalado, investigación y resolución de incidentes relativos a la seguridad de la información.

3.3. En el tratamiento de los incidentes de seguridad de la información, deberá contactarse con el Responsable de Seguridad del Grupo Renfe.

3.4. Deberá ofrecer mecanismos para que: 3.4.1. El Grupo Renfe pueda informar al adjudicatario sobre eventos de seguridad que ha

detectado. 3.4.2. El adjudicatario pueda informar al Grupo Renfe sobre eventos de seguridad que ha

detectado. 3.4.3. El Grupo Renfe pueda realizar un seguimiento de la situación de un evento de

seguridad del que haya sido informado.

4. En relación con los Análisis de Riesgos, el licitador deberá cumplir con los siguientes requisitos: 4.1. El licitador deberá establecer medidas de seguridad y control para garantizar la

confidencialidad, disponibilidad e integridad de la información, como consecuencia de la realización de los Análisis de Riesgos (preferiblemente conforme a la metodología MAGERIT) que el licitador haya llevado a cabo:

El licitador deberá incluir en su oferta una enumeración, con una descripción de qué y cómo realizará la implantación, de las obligaciones de control y controles que han resultado del análisis de riesgos realizado [ENTREGABLE A INCLUIR EN LA OFERTA EN FASE DE LICITACIÓN].

4.2. Adicionalmente, el licitador que resulte adjudicatario deberá llevar a cabo un análisis de riesgos según la metodología conforme al ENS, que en particular el Grupo Renfe identifica como MAGERIT (herramienta Pilar), salvo que, por indicación contraria y expresa, del Área de Ciberseguridad y Privacidad del Grupo Renfe se especifique lo contrario. Este Análisis de Riesgos (realizado una vez sea adjudicatario del servicio), será compartido con el Área de Ciberseguridad y privacidad del Grupo Renfe.

5. Relativo a los aspectos de Continuidad de negocio de los Servicios/Trabajos objeto de esta licitación,

el licitador: 5.1. Deberá asegurar que, en caso de una situación de crisis o de un desastre, los requisitos de

seguridad se mantienen como parte del plan de continuidad del negocio y del proceso de recuperación ante desastres.

6. Relativo a los aspectos de Cumplimiento Normativo de Seguridad y Privacidad: 6.1. El licitador se asegurará de que los servicios prestados en virtud del presente PCP, así como los

sistemas de información que los sustentan, se prestan de conformidad a los requisitos de seguridad establecidos en el Esquema Nacional de Seguridad.

6.2. En el caso de que para almacenar/tratar la información relacionada con el servicio objeto de esta licitación el licitador haga uso de una aplicación/plataforma debe estar certificada en el ENS nivel MEDIO. En caso de no estar certificada el licitador se comprometerá a solicitar dicha certificación durante los 6 primeros meses de prestación del servicio, en caso de resultar adjudicatario.

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En el caso que aplicación/plataforma no esté certificada en el ENS, pero este certificada por un tercero externo, de un Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información (SGSI), basado en la 27001 ó similar, el licitador se comprometerá a solicitar dicha certificación durante los 8 primeros meses de prestación del servicio, en caso de resultar adjudicatario. El aumento temporal de 2 meses en la solicitud de la certificación en el ENS, en este caso, se debe a que el licitador se encuentra ya en cumplimiento con un Marco de Seguridad de la Información.

6.3. El licitador de conformidad con la Ley 12/2018, de 7 de septiembre, de seguridad de las redes y sistemas de información, asegurará que deberán satisfacerse las obligaciones en relación con los incidentes de seguridad.

6.4. El licitador garantizará que, en caso de resultar adjudicatario, aplicará las medidas técnicas y organizativas de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal (RGPD Y LOPDGDD).

6.5. El licitador garantizará que, en caso de resultar adjudicatario, formalizará un contrato de encargo de tratamiento conforme a lo dispuesto en los artículos 28 del RGPD y 28 y siguientes de la LOPDGDD. Dichas referencias esenciales serán las siguientes:

6.5.1. Las condiciones de subcontratación de servicios por parte del adjudicatario que deberán estar sujetos a las mismas obligaciones que dicho adjudicatario (28.2 del RGPD).

6.5.2. Establecer la posibilidad de auditar al adjudicatario, así como establecer los términos en los que las citadas auditorías se celebren (periodicidad mínima, asunción de costes, plazos de preaviso, etc) (artículo 28.3.h).

6.5.3. El compromiso de soporte y asistencia al Grupo Renfe en la aplicación de medidas de seguridad (art 28.3.e)

6.5.4. Obligaciones específicas en materia de comunicación de brechas de seguridad (art 28.3.f) 6.5.5. Soporte y comunicación ante posibles recepciones de derechos por parte de titulares de

datos al adjudicatario (art 28.3.e) 6.6. Tal y como se determina en el apartado de Riesgos, se determina la obligación del adjudicatario

de realizar el análisis de riesgos para el tratamiento de los datos de carácter personal, planteando las medidas de seguridad que estime conveniente. Las medidas de seguridad deberán ser aprobadas por el Grupo Renfe (ver requisito establecido en el punto 4- Análisis de Riesgos, del presente documento).

6.7. Obligación del adjudicatario del compromiso de confidencialidad y deber de secreto respecto a los datos de carácter personal tratados como consecuencia de la ejecución del servicio, así como el compromiso de destrucción/devolución de datos una vez finalizado el servicio.

6.8. El alcance temporal del deber de confidencialidad para el adjudicatario debe prolongarse durante el período acordado con posterioridad a la finalización del servicio.

6.9. Debe contemplarse el compromiso de devolución/destrucción (a elección del Grupo Renfe) de la información confidencial recabada durante la ejecución del servicio.

7. Medidas de seguridad de los equipos en los que el adjudicatario va a almacenar o tratar la información relacionada con el servicio objeto de esta licitación:

7.1. Los sistemas de información, como equipos personales (portátiles entre otros) que sean propiedad del adjudicatario o bien de las empresas subcontratadas por el adjudicatario (en caso de que aplique) deberán estar correctamente protegidos y configurados para que no representen una amenaza a la confidencialidad, disponibilidad e integridad de la información de Renfe. Asimismo, estos equipos deben disponer de antivirus (preferiblemente del tipo EDR).

7.2. Los sistemas del adjudicatario dentro del alcance de estos trabajos, deberán tener instaladas las últimas revisiones del software y deberá existir un programa/proceso de actualización.

7.3. El adjudicatario deberá disponer de una política de copias de seguridad (backup) específica, la cual debe incluir la identificación no sólo de los procesos identificados como relacionados con

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el proyecto, sino también aquellos procesos internos del adjudicatario que incorporan copia de información del Grupo RENFE como parte de sus datos. Deberán implantarse procesos o procedimientos formales y documentados para garantizar la realización de copias de seguridad y para la recuperación de la información.

7.4. A la hora de realizar una copia de seguridad (backup) de los equipos que contengan datos del Grupo RENFE, el adjudicatario deberá solicitar autorización expresa, indicando la información que contienen dichos equipos. En cualquier otro caso en el que la información deba salir del ámbito del Grupo RENFE, el adjudicatario deberá tomar las medidas necesarias en virtud de la clasificación de seguridad de la información.

7.5. Deberá considerar en obsolescencia tecnológica un equipo cuando no puedan instalarse nuevos parches de seguridad o no estén disponibles a pesar de existir vulnerabilidades que le afecten, ya sea por causa del fabricante, sistema operativo u otra causa relacionada con el equipo. En estos casos el adjudicatario deberá sustituir el equipo por otro que no esté obsoleto tecnológicamente.

7.6. Los equipos del adjudicatario donde se vaya a tratar o almacenar la información deberán estar provistos de métodos de autenticación como contraseñas robustas de acceso al equipo, u otros mecanismos seguros de autenticación (firmas digitales, entre otros), para proteger al propio dispositivo de modificaciones o usos no autorizados.

7.7. El adjudicatario deberá tener documentada la configuración del equipo y observar específicamente cualquier medida de seguridad asociada con el sistema (incluidos los dispositivos de cifrado y la protección por contraseña).

8. En caso de que el adjudicatario vaya a almacenar/tratar la información relacionada con el servicio objeto de esta licitación, en una Aplicación/plataforma:

8.1. Se implementarán controles de seguridad a nivel de aplicación para asegurar que la información intercambiada con las diferentes interfaces de la plataforma está convenientemente protegida.

8.2. El licitador garantizará que el servicio soporta mecanismos de federación de la identidad basado en buenas prácticas y estándares del mercado (SAML2, ADFS, etc.).

8.3. El adjudicatario debe contar con mecanismos de respaldo de la información adecuados y contrastados (backup, restauración, pruebas, etc.) para garantizar su correcta salvaguarda en caso de contingencia grave.

8.4. El adjudicatario garantizará la integridad de la información del Grupo RENFE transmitida, procesada o almacenada en sus sistemas, prestando especial atención a funcionalidades de acceso en modo offline (cuando se permite acceder a la información sin acceso a Internet.).

8.5. El adjudicatario deberá describir su estrategia para la protección de las diferentes bases de datos (Cifrado, ofuscación, pseudo-anonimización, etc.) y persistencias de la plataforma, incluyendo las funciones de auditoría y cifrado de datos sensibles. El adjudicatario debe describir las metodologías y herramientas / soluciones / activos que se plantea utilizar para lograr este objetivo.

8.6. El adjudicatario deberá establecer y desplegar mecanismos de control que garanticen el acceso restringido y adecuado (lógico y/o físico) a la información del Grupo RENFE. Cualquier acceso no explícitamente autorizado será prohibido.

8.7. El adjudicatario deberá garantizar que el servicio cuenta con mecanismos de control en la autenticación.

8.8. La plataforma deberá: 8.8.1. Validar la identidad de los usuarios cuando acceden a la plataforma. 8.8.2. Discernir las solicitudes legítimas de las ilegítimas.

8.9. El adjudicatario deberá dotar a los servicios de DNS específicos para la plataforma y servicios de, al menos, los siguientes mecanismos:

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8.9.1. Protección por reputación 8.9.2. Capacidades de generación de Sinkhole 8.9.3. Protección de exfiltración de paquetes DNS.

8.10. Cuando la naturaleza de la solución del adjudicatario incorpore servicios web, el adjudicatario deberá incorporar: Protección de aplicaciones (WAF).

8.11. De no especificarse lo contrario por parte del Grupo RENFE, el adjudicatario deberá garantizar la segregación para el tenant del Grupo RENFE, donde se van a alojar los elementos e infraestructura y la aplicación que soportan la prestación del servicio.

8.12. Ha de existir documentación formal para garantizar que los sistemas están debidamente configurados.

8.13. Se deberán implantar procesos o procedimientos formales y documentados para garantizar la seguridad de las aplicaciones mediante el escaneo de sus factores de vulnerabilidad.

9. En caso de que el adjudicatario vaya a remitir los informes al Grupo RENFE a través del correo electrónico:

9.1. Se debe cifrar el correo electrónico mediante certificado digital (PGP) para garantizar la autenticidad del remitente y del destinatario.

9.2. Se deben utilizar mecanismos IRM para proteger la información contenida en los documentos (informe individual, informe de seguimiento de costes e informe de asistencias) adjuntos al correo electrónico durante el ciclo de vida de los mismos.

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ANEXO II

MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ACREDITACIÓN DE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

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DECLARACIÓN RESPONSABLE D.1 ………………………………………………………………………………………… , con D.N.I./N.I.E/PASAPORTE Nº 2 …………………… en nombre y representación de la empresa3 ……………………...………………………………………………………….. con N.I.F.4 …………………………y domicilio social en5………………..………Teléfono nº …………………….enterado de las condiciones y requisitos para licitar en el expediente nº 2019-00000, para la contratación del “PRESTACIÓN DEL SERVICIO TELEFÓNICO DE ASISTENCIA PSICOLÓGICA PARA EL PERSONAL DEL GRUPO RENFE” promovido por la Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora. DECLARA EXPRESAMENTE BAJO SU RESPONSABILIDAD QUE: x Para actuar en nombre y representación legal de la citada empresa dispone de poder

bastante, suficiente y subsistente, otorgado ante el Notario de ………..………………… D. …………………………..………………………………………………………….. el día……………………bajo el número ………………………de su protocolo, entre cuyas facultades figura la de concurrir a licitaciones públicas.

x La citada empresa tiene personalidad, plena capacidad de obrar, cuenta con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del Acuerdo Marco, y tiene la solvencia económico-financiera y técnico-profesional que exigen el Pliego de Condiciones Particulares.

x La citada Entidad, sus Consejeros, Directivos, representantes legales, así como el firmante, no

se hallan comprendidos en ninguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. En particular, declara estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

x Conoce los Pliegos de Condiciones Particulares y Generales y toda la documentación de dicho expediente publicada en el Perfil de Contratante o puesta a su disposición por la entidad contratante, los cuales acepta incondicional y expresamente, declarando conocer todos los requisitos exigidos para participar en esta licitación y comprometiéndose a aportar la documentación acreditativa de los mismos, cuando sea requerido por la entidad contratante.

x La citada empresa se somete al Derecho Español y a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital, de cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudiesen derivar de la presente licitación o del contrato que, en caso de resultar adjudicatario, sea formalizado, con renuncia expresa al fuero jurisdiccional que le pudiera corresponder.

x Que la entidad a la que representa dispone de centros sanitarios autorizados propios o concertados (ya sea en propiedad, arrendamiento o por cualquier otro negocio jurídico que le permita disponer y utilizar los centros sanitarios requeridos para la realización de los tratamientos objeto del citado Pliego de Condiciones Particulares nº 2019- 01408, centros de tratamiento y otros medios susceptibles de ser utilizados para la prestación de los servicios objeto de la presente licitación, en al menos las localidades indicadas en el apartado 3 de las Especificaciones Técnicas que forman parte del citado PCP.

x Que, caso de resultar adjudicataria, la entidad a la que representa se compromete a poner a

disposición de RENFE-Operadora, todos y cada uno de los centros referidos en el párrafo precedente (lo que se acreditará en la fase previa a la formalización del correspondiente

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Acuerdo Marco, si así fuera requerido por RENFE-Operadora), debiendo mantener la disponibilidad de los centros requeridos en el citado PCP, en todo momento y hasta la finalización de la vigencia del Contrato adjudicado, en al menos las localidades indicadas en el apartado 3 de las Especificaciones Técnicas que forman parte del citado PCP.

x Que dispone de una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil que cubra las posibles

responsabilidades de todo tipo, y las que, como consecuencia de la prestación del servicio, hubiese incurrido el Contratista, incluyendo, asimismo, la Responsabilidad Civil General por daños causados a terceros, de acuerdo con lo indicado en el PCP, o que se compromete a suscribirla en caso de resultar adjudicatario, manteniéndose vigente durante todo el periodo del contrato.

x Cumple con los requisitos de seguridad en materia de confidencialidad de la información

requeridos en el Anexo I REQUISITOS DE SEGURIDAD EN MATERIA DE CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN de la Especificación Técnica.

x La citada entidad a la que representa forma parte de un grupo empresarial.

No Sí

En caso afirmativo, declara que el grupo tiene nacionalidad:

española. extranjera y está compuesto por las siguientes empresas6:

Nombre de la empresa Domicilio social NIF Año de constitución

Tipo de sociedad

Empresa 1

Empresa 2

…..

Empresa n

Asimismo, y en su caso, declara que la citada Entidad, de acuerdo con lo dispuesto en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DO L 124 de 20.05.2003, p.36) reúne los requisitos necesarios para ser considerada7:

Microempresa8 Pequeña empresa9 Mediana empresa10 Para que así conste, firma la presente en …….……. a …. de ………………….. de 20…. (Lugar, fecha, firma y sello de la empresa)

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1. Nombre y apellidos del firmante de la declaración 2. DNI o Pasaporte del firmante de la declaración 3. Razón social completa de la empresa licitadora 4. NIF de la empresa licitadora 5. Domicilio social y teléfono de la empresa licitadora 6. Este apartado debe rellenarse únicamente si el licitador está en alguno de los supuestos

contemplados en el artículo 42.1 del Código de Comercio. Se indicará, para cada una de las empresas que componen el grupo, el nombre de la empresa, domicilio social, NIF, año de constitución y tipo de Sociedad. Se indicará además si el grupo es nacional o extranjero.

7. Márquese, si procede, alguna de las siguientes opciones. Este dato se solicita

únicamente con fines estadísticos. En caso de no marcar ninguna de las opciones, se entenderá que no reúne los requisitos necesarios para ser considerado microempresa, pequeña empresa o mediana empresa.

8. Microempresa: empresa que cuenta con menos de 10 empleados y cuyo volumen de

negocios anual o balance total anual no excede de 2 millones de euros. 9. Pequeña empresa: empresa que cuenta con menos de 50 empleados y cuyo volumen de

negocios anual o balance total anual no excede de 10 millones de euros. 10. Mediana empresa: empresa que no es ni una microempresa ni una pequeña empresa,

que cuenta con menos de 250 empleados y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance total anual no excede de 43 millones de euros.

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A N E X O III

IMPRESO PARA LA OFERTA ECONÓMICA

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PROPOSICIÓN ECONÓMICA

D.................................................................................con D.N.I. nº ......................................, en nombre de la empresa ...................................................................................................... con C.I.F..................................., presenta la siguiente oferta económica para la adjudicación de la “PRESTACIÓN DEL SERVICIO TELEFÓNICO DE ASISTENCIA PSICOLÓGICA PARA EL PERSONAL DEL GRUPO RENFE”, de conformidad con el Pliego de Condiciones Particulares correspondiente al Expediente nº 2019-01408, que declara conocer y aceptar. La oferta tendrá un período de validez de ........................ (mínimo 6 meses) Los precios no incluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Importe Servicio telefónico de asistencia psicológica 12 horas/día, en horario de 9 a 21 horas,

los 365 días/año e informes correspondientes, durante los 24 meses de la vigencia del contrato.

El precio consignado deberá ser precio cierto y determinado, y estar expresado en euros, con un máximo de dos (2) decimales.

(Fecha, firma y sello de la empresa)

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A N E X O IV

MODELOS DE GARANTÍA DEFINITIVA

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MODELOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA

Las garantías que se deban constituir en la relación contractual que se desarrolle con la Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora como definitivas, podrán ser constituidas mediante cualquiera de las siguientes modalidades: 1.- MEDIANTE AVAL:

Serán admitidos por la Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora los avales de bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España.

Este aval deberá estar redactado ajustándose al modelo " 1 " que se acompaña en el

presente ANEXO. 2.- MEDIANTE SEGURO DE CAUCION:

La Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora acepta la constitución de garantías en materia de contratación mediante seguro de caución de Entidades Aseguradoras autorizadas para operar en el ramo de caución, debiendo aportar certificado acreditativo del contrato correspondiente.

Este aval deberá estar redactado ajustándose al modelo " 2 " que se acompaña en el

presente ANEXO.

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1.- MODELO DE AVAL CONSTITUIDO EN CONCEPTO DE GARANTÍA DEFINITIVA DE PROVEEDORES ADJUDICATARIOS DE UN CONTRATO

............. a ..... de ...... de 20.. Muy Sres. nuestros: (1) ..................... , y en su nombre (2) D. .............................., D.N.I. núm..... con representación bastante para obligarse en este acto, según resulta del poder notarial otorgado con fecha .............., ante el Notario de .............., D. ........ ..............., nº de Protocolo ........, garantizamos a RENFE-Operadora, la cantidad de (3) .......................... euros, por cuenta de (4) ........................, C.I.F., N.I.F. (o documento equivalente) número ..................., cuya cantidad es representativa de la garantía que le exige esa empresa para responder de todas las obligaciones, penalidades, gastos y demás condiciones derivadas del Contrato, núm. (5) ......................., cuyo objeto es "..........................." y pedidos concretos que se materialicen en base al mismo, por plazo hasta el buen fin de la operación. Declara esta Entidad que renuncia a toda discusión y se obliga, en caso de incumplimiento de las obligaciones que garantiza, a pagar en su lugar y derecho hasta la suma antes indicada, al primer requerimiento de RENFE-Operadora, sin que ésta deba justificar su incumplimiento, insolvencia o negativa al pago, puesto que RENFE-Operadora puede recurrir, para cubrirse de la suma de que se trata, bien contra el deudor principal, bien contra la entidad que garantiza, ya que una y otra quedan solidariamente obligadas. En todo caso, el firmante se somete a la legislación española y a los Juzgados y Tribunales de Madrid capital. Les saludamos atentamente, Firma: INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO: (1) - Se expresará la Razón Social completa de la Entidad (2) - Nombre y apellidos de o los Apoderados y D.N.I. o documento equivalente (3) - Denominación social o nombre del Proveedor. Si la adjudicación hubiere recaído en una UTE, ésta será la

que figure cono tal proveedor. Si se hubiere adjudicado en régimen de responsabilidad conjunta y solidaria, las entidades adjudicatarias deberán figurar como proveedores en este apartado.

(4) - Se expresará el importe en letras y números (5) - Se identificará el número completo del CONTRATO y la descripción exacta ajustada a su objeto. ADVERTENCIAS: - Sólo se admitirán avales de bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España. - Se redactarán en papel con membrete de la Entidad y obligatoriamente en idioma español. - No se admitirán si su redacción difiere del texto de este modelo - Debe figurar el número de aval y del registro - El aval llevará firma legible y sello de la Entidad

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2. MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN EN CONCEPTO DE GARANTÍA DEFINITIVA DE PROVEEDORES ADJUDICATARIOS DE UN CONTRATO Certificado nº........ (1) ..................... , (en adelante el asegurador), con domicilio en ..................., calle/avda. ........, nº ...... y C.I.F. ........., debidamente representado por (2) D. ...... D.N.I. núm. ......... con representación bastante para obligarle en este acto, según resulta del poder notarial otorgado con fecha ......., ante el Notario de ......., D. ........, nº de protocolo ........,

C E R T I F I C A que mediante contrato de seguro de caución de fecha ........, asegura a (3) ............, C.I.F., N.I.F. (o documento equivalente) núm. .............(en adelante el tomador del seguro), ante la RENFE-Operadora, (en adelante el asegurado), hasta el importe de euros(4) ..........., para responder de todas las obligaciones, penalidades, gastos y demás condiciones derivadas del Contrato, número (5) ......................., cuyo objeto es"..........................." y pedidos concretos que se materialicen en base al mismo, por plazo hasta el buen fin de la operación, en las siguientes condiciones: La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía. El asegurador renuncia a toda discusión, comprometiéndose a no oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro y se obliga a indemnizar hasta la suma garantizada de .............. euros, al primer requerimiento de RENFE-Operadora, sin que ésta deba justificar lo incumplido, la insolvencia o la negativa al pago del tomador del seguro. El contrato de seguro de caución estará en vigor hasta la recepción definitiva del contrato que garantiza, no pudiendo cancelarse hasta que RENFE-Operadora lo autorice emitiendo el correspondiente certificado. En todo caso, el asegurador se somete a la legislación española y a los Juzgados y Tribunales de Madrid capital. En ........, a ........ de ...... de 20... Firma Asegurador INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO: (1) - Se expresará la Razón Social completa de la Entidad (2) - Nombre y apellidos de o los Apoderados y D.N.I. o documento equivalente (3) - Denominación social o nombre del Proveedor. Si la adjudicación hubiere recaído en una UTE, ésta será la

que figure cono tal proveedor. Si se hubiere adjudicado en régimen de responsabilidad conjunta y solidaria, las entidades adjudicatarias deberán figurar como proveedores en este apartado.

(4) - Se expresará el importe en letras y números (5) - Se identificará el número completo del CONTRATO y la descripción exacta ajustada a su objeto. (*) - Se presentarán con membrete de la entidad y obligatoriamente en idioma español.

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A N E X O V

REQUISITOS DE SEGURIDAD A IMPLANTAR POR PARTE DEL ADJUDICATARIO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER

PERSONAL

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REQUISITOS DE SEGURIDAD A IMPLANTAR POR PARTE DEL ADJUDICATARIO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

Obligaciones genéricas del adjudicatario (encargado del tratamiento) 1. El Encargado del tratamiento deberá adoptar las medidas técnicas necesarias para la

protección y salvaguarda de los activos como hardware, software y aplicaciones (enumeración a título enunciativo, pero no limitativo) que proporcionan el servicio a RENFE, garantizando, en cualquier caso, la confidencialidad, disponibilidad e integridad de los datos de RENFE.

2. Deber de notificación a RENFE: (i) El Encargado del tratamiento de servicio debe de notificar inmediatamente a RENFE en

el caso de que se detecte o se tenga una sospecha fundada de que los sistemas y soportes utilizados en la provisión del servicio hayan sido comprometidos o utilizados sin autorización, proporcionando un informe de auditoría del incidente que identifique la causa del incidente e incluya revisiones forenses.

(ii) El Encargado del tratamiento de servicio deberá afrontar el coste de las investigaciones forenses necesarias realizadas en la investigación del incidente, proporcionando a RENFE total colaboración en la investigación del mismo.

3. EL Encargado del tratamiento se adhiere al Documento de Seguridad de RENFE -a la versión actualizada del mismo en cada momento y a los documentos que recojan las medidas de seguridad de RENFE, como por ejemplo el las medidas de seguridad indicadas en el Registro de Tratamientos de RENFE- y asume el compromiso de cumplir con las Políticas y procedimientos corporativos de Seguridad de la Información de RENFE, que resulten de aplicación a los proveedores de servicios que tengan acceso a datos personales. Por tanto, será de aplicación lo establecido en el Documento de Seguridad de RENFE, así como todas las medidas de seguridad incluidas en el citado documento o cualesquiera relacionadas.

4. El Encargado del tratamiento deberá garantizar que el personal está cualificado para realizar los servicios contratados y correctamente formado en materia de seguridad de la información.

Obligaciones sobre seguridad en el uso de la información 1. La información utilizada y generada durante el desempeño del servicio es propiedad de

RENFE. El Encargado del tratamiento debe abstenerse de almacenar datos de RENFE, fuera del objeto de los servicios a prestar, sin que dicho grupo, conozca, analice, autorice e indique la forma en que puedan ser almacenados, el método de archivo y transmisión, y establezca las medidas adecuadas para la auditoría de estas actuaciones. En el caso de que, en el transcurso del servicio, pudiera acceder a otro tipo de datos no contemplados en el objeto de este contrato, deberá notificar a RENFE y proceder a la eliminación de esta información.

2. El acceso a la información por parte del Encargado del tratamiento en las aplicaciones de RENFE deberá cumplir las medidas de seguridad en materia de identificación y autenticación vigentes en RENFE. De este modo, aquellos usuarios que realicen log-in para acceder a cualquier información de RENFE o información asociada a sus clientes, deberán cumplir con las medidas de seguridad en materia de identificación y autenticación que establece RENFE en su Documento de Seguridad y/o Normativa vigente.

3. El Encargado del tratamiento, se compromete a proporcionar conocimiento y documentación relacionada con el servicio al personal de RENFE para facilitar el mantenimiento y desarrollo del servicio.

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4. El Encargado del tratamiento, se compromete a realizar el traspaso de conocimiento mediante la colaboración con el personal de RENFE en la realización de las diferentes actividades y facilitar documentación del trabajo realizado.

5. El Encargado del tratamiento se compromete a mantener la disponibilidad de los servicios según las necesidades de disponibilidad del Negocio de RENFE. De este modo, se compromete a facilitar de forma periódica: (i) Informes e indicadores de disponibilidad de los servicios ofrecidos. (ii) Resultados de las pruebas de los planes de continuidad y recuperación del Encargado

del tratamiento sobre los servicios ofrecidos. (iii) Colaboración en la ejecución en los planes de continuidad y recuperación de RENFE en

los servicios que se vean afectados. 6. El Encargado del tratamiento debe mantener en todo momento los datos cifrados además

de cifrar aquellas comunicaciones que impliquen la transmisión de información propiedad de RENFE o proporcionada por clientes de RENFE.

7. El Encargado del tratamiento debe notificar, de forma previa a llevarlas a cabo, las actualizaciones y tareas de mantenimiento que realice sobre los sistemas, aplicativos, sistemas operativos, bases de datos y elementos de red sobre los que se prestan los servicios contratados con RENFE.

8. Respecto a la administración de usuarios: (i) El Encargado del tratamiento debe establecer una segregación interna de funciones

adecuada, con la finalidad de gestionar el riesgo de acceso por parte de usuarios no autorizados. El Encargado del tratamiento establecerá las medidas suficientes y necesarias para asegurar que los derechos de acceso (roles y perfiles) asignados internamente por el Encargado del tratamiento para prestar el servicio, lo son de acuerdo a las necesidades funcionales del proyecto y a la seguridad para RENFE.

(ii) El Encargado del tratamiento deberá garantizar la trazabilidad de las acciones realizadas en los sistemas/información de RENFE pudiendo identificarse en todo momento la persona concreta que las realizó. No se permitirá la existencia de usuarios genéricos salvo aquellos requeridos por las tecnologías empleadas y en este caso, su uso debe estar inventariado y controlado. Debe ser aprobado y validado por RENFE.

9. Respecto a la gestión de eventos: (i) El Encargado del tratamiento deberá mantener un registro actualizado de las actividades

de cada sistema o aplicación. El registro reflejará las actividades y sucesos acontecidos en la infraestructura tecnológica ofrecida a RENFE.

(ii) El Encargado del tratamiento deberá disponer de un procedimiento de gestión y reporte de eventos (incidencias, vulnerabilidades, incidentes, etc.), para lo cual los eventos deben ser gestionados y transmitidos a RENFE, informando del modo de resolución. (iii) El Encargado del tratamiento participará, en caso de que fuera necesario, de los Planes de Continuidad de Negocio y Planes de Recuperación de RENFE bajo el ámbito del contrato de prestación de servicios. (iv) Cualquier acción de mantenimiento y/o soporte realizada sobre los sistemas de RENFE deberá ser registrada por el Encargado del tratamiento, de forma que se mantenga un histórico de acciones. (v) El Encargado del tratamiento deberá resolver las vulnerabilidades críticas en el plazo de 1 mes desde que hayan sido detectadas y en caso de no ser críticas tendrán un plazo máximo de 4 meses para su resolución.

10. Respecto a la documentación de procesos: (i) El Encargado del tratamiento deberá formalizar los criterios de configuración en

documentación específica que estará a disposición de RENFE y alineada a los requisitos que establezca RENFE.

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11. Respecto a la documentación generada: (i) El Encargado del tratamiento deberá formalizar los criterios de configuración de

procesos en documentación específica, la cual estará a disposición de RENFE y alineada a los requisitos que establezca el mismo.

(ii) El Encargado del tratamiento deberá formalizar los criterios de funcionamiento y utilización del servicio prestado para un uso adecuado por parte del personal de RENFE.

12. Respecto a la seguridad de las comunicaciones: (i) El Encargado del tratamiento deberá garantizar el adecuado aislamiento entre los

diferentes clientes. (ii) Se deberán de reducir al mínimo necesario las conexiones entre ambas empresas. (iii) El Encargado del tratamiento deberá tomar las medidas preventivas necesarias para

evitar que un incidente potencial en cualquier elemento de su red sea propagado a RENFE.

(iv) RENFE podrá realizar auditorías técnicas para validar la adecuada segmentación de dichas redes, así como el nivel de seguridad de los elementos conectados.

13. Respecto al personal (i) El Encargado del tratamiento deberá garantizar que toda persona asignada al servicio

tiene las capacidades adecuadas para el desempeño de sus funciones. (ii) El Encargado del tratamiento deberá disponer de una política de seguridad de la

información, alineada con las mejores prácticas de seguridad, en el que se incluyan las obligaciones del personal.

(iii) El Encargado del tratamiento deberá disponer de un plan de concienciación sobre la seguridad en el que se incluya la formación respecto a la política de seguridad, las obligaciones del personal, las buenas prácticas y el uso adecuado de las credenciales.

(iv) Toda persona con acceso a los sistemas/información de RENFE deberá de haber firmado un acuerdo de confidencialidad en el que se especifique su responsabilidad respecto a la seguridad de la información, incluyendo el uso de sus credenciales.

Medidas técnicas específicas para proveedores que se conectan de forma telemática a la red del Responsable del tratamiento 1. Dado el tipo de servicio, en el que desde la infraestructura tecnológica de RENFE se conecta

a la del Encargado del tratamiento, se requiere que el mismo facilite: (i) Relación de medidas de seguridad sobre la información que recoge de los activos

tecnológicos de RENFE y el tratamiento/almacenamiento que realiza sobre los mismos. Estas medidas deben estar alineadas a los requerimientos establecidos en los ANEXOS del Documento de Seguridad.

(ii) Certificación y plan de pruebas realizados sobre la infraestructura que ofrece a RENFE. (iii) Plan de gestión de vulnerabilidades y pruebas de seguridad sobre la infraestructura

que ofrece a RENFE. (iv) Canales de comunicación seguros y documentación asociada a los mismos.