Monografia sobre Defensa Nacional

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INTRODUCCION Los estudios sobre Inteligencia Estratégica tienen como propósito brindar un marco teórico conceptual a la actividad de recolección, procesamiento, análisis y difusión de la información, así como también dimensionar sus alcances legales y cosmovisiones, en un mundo de alta demanda de conocimiento sobre la actualidad y sobre los efectos que generarán en las decisiones futuras. La actividad de inteligencia estratégica en un Estado – legal y doctrinariamente – tiene por objetivo brindar oportunamente, al presidente de la República, conocimiento útil, obtenido a través del procesamiento de toda la información posible con respecto de los diversos escenarios de riesgos y amenazas actuales y potenciales que puedan ocurrir y afectar la seguridad nacional. Ello, para anticiparlos y estar preparado a reaccionar o para actuar en forma proactiva en el marco de una visión de futuro. El tema de Inteligencia en sus distintas variantes ha sido un campo poco explorado por la comunidad académica en el Ecuador. Durante décadas los asuntos de Inteligencia se los asociaron a los ámbitos operativos de los cuerpos policiales y militares, limitando su reflexión teórica y potencialidades disciplinarias, pero sobre todo se alejó la posibilidad que sectores civiles y cientistas sociales aporten al

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Ámbito General en el Perú

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INTRODUCCION

Los estudios sobre Inteligencia Estratégica tienen como propósito brindar un

marco teórico conceptual a la actividad de recolección, procesamiento,

análisis y difusión de la información, así como también dimensionar sus

alcances legales y cosmovisiones, en un mundo de alta demanda de

conocimiento sobre la actualidad y sobre los efectos que generarán en las

decisiones futuras.

La actividad de inteligencia estratégica en un Estado – legal y

doctrinariamente – tiene por objetivo brindar oportunamente, al presidente de

la República, conocimiento útil, obtenido a través del procesamiento de toda

la información posible con respecto de los diversos escenarios de riesgos y

amenazas actuales y potenciales que puedan ocurrir y afectar la seguridad

nacional. Ello, para anticiparlos y estar preparado a reaccionar o para actuar

en forma proactiva en el marco de una visión de futuro. El tema de

Inteligencia en sus distintas variantes ha sido un campo poco explorado por

la comunidad académica en el Ecuador. Durante décadas los asuntos de

Inteligencia se los asociaron a los ámbitos operativos de los cuerpos

policiales y militares, limitando su reflexión teórica y potencialidades

disciplinarias, pero sobre todo se alejó la posibilidad que sectores civiles y

cientistas sociales aporten al desarrollo y especialización de esta área

específica del conocimiento.

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Cautela De DD.HH En La Defensa Nacional

1.- SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL_:

La seguridad es la situación en la cual el Estado tiene garantizado su

independencia, soberanía e integridad y, la población los derechos

fundamentales establecidos en la Constitución. Esta situación contribuye a la

consolidación de la paz, al desarrollo integral y a la justicia social, basada en

los valores democráticos y en el respeto a los derechos humanos.

Las nuevas amenazas y otros desafíos a la seguridad constituyen problemas

complejos que requieren respuestas multisectoriales, complementadas por la

sociedad civil, todos ellos actuando en su ámbito de responsabilidad de

conformidad con el ordenamiento jurídico. Esta es la base de la integración

entre el Estado y la sociedad en todos los campos de la actividad nacional,

particularmente en el político, económico, social, científico-tecnológico y

ecológico.

La Defensa Nacional es el conjunto de medidas, previsiones y acciones que

el Estado genera, adopta y ejecuta en forma integral y permanente, se

desarrolla en los ámbitos externo e interno. Toda persona natural y jurídica

está obligada a participar en la Defensa Nacional. El Estado garantiza la

Seguridad de la Nación mediante el Sistema de Seguridad y Defensa

Nacional, que tiene por función preparar, ejercer y dirigir la Defensa Nacional

en todos los campos de la actividad nacional.

La Política de Seguridad y Defensa Nacional es una Política de Estado que

tiene por finalidad orientar la selección, preparación y utilización de los

medios del Estado para la obtención y mantenimiento de la Seguridad

Nacional, tanto en el frente externo como en el interno. Esta política esta

constituida por el conjunto de lineamientos generales para estructurar,

coordinar y armonizar los esfuerzos de los campos de acción del Estado:

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Defensa y Desarrollo, para hacer frente a los obstáculos, riesgos, amenazas

o desafíos contra la seguridad y los intereses del Estado.

Los Intereses Nacionales están constituidos por las necesidades y

aspiraciones, amplias y duraderas que posee la Nación y se traducen en

Objetivos Nacionales, que vienen a ser la expresión formal de los intereses y

aspiraciones nacionales.

2.-INTELIGENCIA ESTRATÉGICA Y SU ROL EN LA SEGURIDAD

NACIONAL:

La Inteligencia tiene como objetivo principal la búsqueda, registro, análisis,

evaluación, integración, comparación e interpretación de la información

disponible que concierne a una nación, zona de operaciones o área

específica; la cual es significativa inmediatamente o en el futuro para la

formulación de planes. En su acepción militar, es el conocimiento relativo a

las capacidades y vulnerabilidadesde las naciones extranjeras, amigas o

enemigas. Dicho conocimiento es requerido para la formulación de planes de

Defensa Nacional en tiempo de paz y forma la base para operaciones

militares proyectadas en tiempo de guerra. Incluye estudios completos de

cada nación y cualquier posible teatro de operaciones1

La actividad de inteligencia estratégica en un Estado – legal y

doctrinariamente – tiene por objetivo brindar oportunamente, al presidente de

la República, conocimiento útil, obtenido a través del procesamiento de toda

la información posible con respecto de los diversos escenarios de riesgos y

amenazas actuales y potenciales que puedan ocurrir y afectar la seguridad

nacional. Ello, para anticiparlos y estar preparado a reaccionar o para actuar

en forma proactiva en el marco de una visión de futuro.

1 www.intelpage.info/inteligencia

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2.1.- LA INTELIGENCIA NACIONAL Y EL ESTADO.-

Un Estado, para su seguridad, requiere de servicios de Inteligencia que

pueden tener dos funciones: la Inteligencia Estratégica, destinada al

asesoramiento de la Presidencia de la Republica o de un Primer Ministro.

Requiere la actividad de Inteligencia Estratégica de un conjunto de

profesionales (economistas, abogados, sociólogos, cientistas políticos,

historiadores, militares entre otras profesiones) que trabajando en conjunto

analizan y predicen el comportamiento de otros Estados, movimientos

económicos, flujos migratorios, el medioambiente, evolución de movimientos

terroristas entre muchos temas mas) .En nuestros país la Inteligencia

Estratégica seria función de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINI).

Ahora la Inteligencia Estratégica se define como el conocimiento de las

capacidades políticas, económicas, religiosas, culturales y militares de una

Nación, que sirven para conseguir el logro de los objetivos nacionales y

desarrollar planes políticos y militares en el ámbito nacional e internacional.2

2.2.- LA DIRECCION NACIONAL DE INTEIGENCIA (DINI).-

En nuestro país, ese rol le compete a la Dirección Nacional de Inteligencia

(DINI), por ser el Órgano Rector especializado del Sistema de Inteligencia

Nacional (SINA). Esto, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28664.

Por tanto, a dicho Órgano le corresponde, como una de sus funciones,

proveer al jefe de Estado y al Consejo de Ministros, la inteligencia y

contrainteligencia necesaria, oportuna y esencialmente predictiva que

dará el conocimiento requerido que sirve de herramienta para el

proceso de toma de decisiones en el campo de la seguridad nacional.

Eso, mediante la aplicación del análisis interméstico, evaluando de manera

simultánea amenazas y riesgos de los ámbitos interno y externo. E 2 Comando General de las Fuerzas Militares de Colombia, texto Especial Inteligencia Estratégica, Segunda Edición 2000.

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incorporando el concepto de plazo como el elemento tiempo, propio de una

visión estratégica de Estado.

Ahora veamos si dicha función, esa clase de análisis y evaluación simultanea

de tales escenarios, en ambos, se vienen cumpliendo con eficacia por la

DINI. Y luego ustedes saquen sus propias conclusiones.

En cuanto al ámbito interno, el Perú está hoy en pleno shock y conmoción

debido al retorno del fantasma terrorista de los 80, ante lo cual la ciudadanía

empieza a desmembrarse emocionalmente. A tal punto que el 72% de

entrevistados percibe que existe un rebrote del terrorismo. Ello, según la

última encuesta nacional de El Comercio elaborada por Ipsos Apoyo. SUS

FUNCIONES SON

Funciones.

Proveer al Presidente Constitucional de la República y al

Consejo de Ministros, la inteligencia y la contrainteligencia

necesaria, oportuna y predictiva.

• Dirigir, coordinar, centralizar, integrar, procesar y difundir la

inteligencia producida por los componentes del Sistema de

Inteligencia Nacional.

• Elaborar la propuesta de Plan Anual de Inteligencia.

• Articular los componentes del Sistema de Inteligencia

Nacional.

• Informar periódicamente a la Comisión de Inteligencia del

Congreso de la República sobre las actividades del SINA.

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• Establecer y fortalecer las relaciones de cooperación con

organismos similares de otros países.

• Formular, ejecutar y evaluar el pliego presupuestal.

3.- La Defensa Nacional y los Derechos Humanos.-

Para facilitar y complementar la instrucción, se han impreso y difundido

textos y folletos sobre Derechos Humanos. Entre los más importantes

podemos citar:

El Manual denominado "Derechos Humanos, Principios, Normas y

Procedimientos" de 1994, actualizado en el año 2000, que por su

contenido y alcance se constituye en la doctrina de Derechos

Humanos de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú.

La Cartilla "Decálogo sobre Derechos Humanos de las Fuerzas del

orden", distribuido a todo el personal militar y policial

El tríptico denominado: "Las Fuerzas del Orden y los Derechos

Humanos", distribuido a todo el personal militar y policial.

El Perú es firmante de otros tratados internacionales relativos a Derechos

Humanos, cuyas normas ha incorporado en la Constitución y en la

legislación vigente del país.

La Constitución del Perú de 1993, explícitamente reconoce que los Derechos

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Humanos son aplicables en todo tiempo y lugar; protegen a las personas en

todo momento en sus derechos: civiles, políticos, económicos, sociales y

culturales. La legislación peruana ha creado múltiples instituciones que velan

por su estricto cumplimiento.

Contrario a lo que se suele afirmar en algunos medios de comunicación y

organismos defensores de los Derechos Humanos, el Perú cuenta desde

hace muchos años con una política definida de Derechos Humanos, que se

demuestra con la existencia de una frondosa normatividad del Estado

dirigida expresamente a proteger y garantizar los Derechos Humanos de

todos los peruanos.

En este contexto, el comportamiento de los hombres integrantes de las

Instituciones encargadas de la Seguridad y la Defensa Nacional, siempre

han estado ajustados a la práctica y respeto de los Derechos Humanos y de

las diversas normas que regulan la vida de los peruanos.

Los casos aislados de excesos que se pudieran haber cometido en los 17

años de enfrentamiento al accionar terrorista que amenazó la vida de las

personas y de la propia institucionalidad jurídico-política del país, son

atribuibles sólo a las personas que cometieron dichos delitos, puesto que no

es política del Estado ni de los Organismos de Seguridad y de Defensa

Nacional que lo conforman, violar los Derechos Humanos.

3.1.-Política Gubernamental sobre Derechos Humanos

En cumplimiento de los tratados internacionales sobre Derechos Humanos

firmados por el Estado Peruano y dentro de la política de Derechos

Humanos del propio Estado, la Directiva Presidencial No. 003 de la

Secretaria de Defensa Nacional del 09 de Septiembre de 1991, define la

Estrategia Global para la Pacificación Nacional con normas y disposiciones

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específicas para la observancia y respeto irrestricto de los Derechos

Humanos por parte de las Fuerzas del Orden.

A. Política del Ministerio de Defensa :

En cumplimiento a las disposiciones sobre observancia y respeto de los

Derechos Humanos por parte de las Fuerzas Armadas, el Ministerio de

Defensa cuenta con la normatividad siguiente:

Directiva Nº 004 SGMD-G

Que dicta Normas y Procedimientos que debe observar el personal militar de

las Fuerzas del Orden, durante las operaciones en las zonas declaradas en

Estado de Emergencia, cautelando la vigencia y defensa de los DDHH.

Directiva Nº 05 SGMD-G

Que contiene disposiciones para que las Instituciones de las Fuerzas

Armadas formulen y conduzcan Programas de Instrucción de Derechos

Humanos, a todo el personal militar, para que las cumplan irrestrictamente

durante todo su quehacer.

Normatividad del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas sobre

Derechos Humanos

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El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y los respectivos Institutos

Armados han emitido las Directivas correspondientes para su observancia y

cumplimiento por las tropas involucradas en la Pacificación Nacional. Entre

otras podemos citar las siguientes:

Directiva Nº 009-CCFFAA/IG de Set 91, dicta normas y disposiciones

relacionadas con el respeto irrestricto de los Derechos Humanos en el

Frente Interno.

Directiva Nº 011 CCFFAA-D3/IE-93 de May 93, dispone se imparta

instrucción de Derechos Humanos a los Comités de Autodefensa.

Directiva Nº 025 CCFFAA-D3/IE de Nov. 93, reitera se imparta

instrucción sobre Derechos Humanos en las Fuerzas Armadas y

Policía Nacional del Perú.

Directiva Nº 001 EMFFAA/DDHH-3 de Mar 96, reitera

recomendaciones a efecto de mantener el respeto irrestricto a los

Derechos Humanos. Oficio Múltiple Nº 701 EMFFAA/DDHH-3 de Mar

96, reitera recomendaciones a efecto de mantener el respeto

irrestricto a los Derechos Humanos.

Oficio Múltiple Nº 3326 EMFFAA/DDHH de Nov 96, amplía las

recomendaciones sobre registro de detenidos y otorgamiento de

facilidades a los Delegados del Comité Internacional de la Cruz Roja.

Directiva Nº 1025/EMFFAA-F1/DDHH de Mar 98, dicta disposiciones

para difundir el DL Nº 26926, Delitos contra la Humanidad (Genocidio,

Desaparición Forzada y Tortura), Alcances e implicancias.

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3.1.-ESTRATEGIAS :

Las normas y disposiciones sobre Derechos Humanos arriba citadas, han

sido operativizadas para observancia y cumplimiento por las Fuerzas del

Orden, en las estrategias siguientes:

a) ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE DERECHOS HUMANOS DEL

SECTOR DEFENSA :

Para el accionar de las Fuerzas Armadas en la Tarea de la Pacificación

Nacional, se organizó el Sistema de Derechos Humanos, responsable de

asesorar, normar, dirigir, conducir y controlar el cumplimiento y respeto de

los Derechos Humanos por los miembros de las FFAA y recepcionar y

tramitar las denuncias sobre presuntas violaciones de los DDHH atribuibles a

las Fuerzas del Orden, así como realizar el seguimiento de las

investigaciones. Sus componentes son:

Órgano de Dirección

Constituido por el Ministro de Defensa, asesorado por la División de

Derechos Humanos, de la Secretaría de Operaciones Conjuntas del

Despacho Ministerial

Órgano de Promoción

Constituido por la División de Asuntos Civiles y Derechos Humanos del

Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

Órgano de Control

Constituido por los diferentes niveles de Inspectoría de los Institutos

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Armados.

Órganos Ejecutantes

Constituidos en situación de Emergencia, por las zonas de Seguridad

Nacional, Zona de Seguridad Nacional del Litoral y Frentes

contrasubversivos, donde actúan los destacamentos, batallones y

compañías.

3.2.-INSTRUCCIÓN SOBRE DERECHOS HUMANOS :

1. Se da especial énfasis a todo lo vinculado con la educación en

materia de DDHH, entre los miembros de las Fuerzas Armadas

mediante las siguientes acciones:

2. Participación anual de Oficiales en cursos de DDHH y Cursos de

Derecho Internacional Humanitario en la Escuela de Leyes del Ejército

de EEUU de NA.

3. Establecimiento de Programas de Instrucción sobre Derechos

Humanos en las Escuelas de instrucción y formación de Oficiales y de

Personal subalterno, en las escuelas de capacitación y

perfeccionamiento de los Institutos Armados en las escuelas para

Personal de tropa, sobre aspectos básicos y legislación nacional e

internacional de Derechos Humanos.

4. Programación de Seminarios y Conferencias sobre Derechos

Humanos en las Zonas que son declaradas en Emergencia y en los

Frentes Contrasubversivos.

5. Cursillos de actualización sobre Derechos Humanos a todo el

personal militar que es designado para prestar servicios en zonas

declaradas en Estado de Emergencia.

6. Cursos de Derechos Humanos dictados a los Comités de

Autodefensa.

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3.3.-FACILIDADES A ORGANISMOS DEFENSORES DE LOS DERECHOS

HUMANOS :

A fin de garantizar el irrestricto cumplimiento de los Derechos Humanos, se

autoriza el ingreso a Bases, Cuarteles, Centros de reclusión, Instalaciones

disciplinarias y Enfermerías de los mismos, tanto a representantes del

Ministerio Público, como del Comité Internacional de la Cruz Roja, y Comité

Internacional de Derechos Humanos.

COORDINACIÓ SOBRE DERECHOS HUMANOS :

1. Registro Nacional de Detenidos a Pena Privativa de la Libertad

Efectiva órgano dependiente del Ministerio Publico, a quien el Sector

Defensa le proporciona información de los detenidos por miembros de

las Fuerzas Armadas, en el ámbito nacional. Asimismo participa en

las reuniones de coordinación que convoca la Comisión

Coordinadora.

2. Asamblea Nacional Representativa de la Sociedad Peruana de la

Cruz Roja, como organismo encargado de desarrollar la observancia

del derecho de los conflictos armados en el país.

3. Comisión de Derechos Humanos del Consejo Nacional de Derechos

Humanos del Ministerio de Justicia, órgano consultivo del Poder

Ejecutivo, al que el Ministerio de Defensa le proporciona información

sobre los casos internacionales en los que se ha denunciado presunta

violación a los derechos humanos y se aduce responsabilidad del

personal militar del sector defensa

4. Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional

Humanitario del Ministerio de Justicia, órgano consultivo del Poder

Ejecutivo.

4.-OBJETIVOS DELA CAUTELA DE DDHHEN LA DEFENSA NACIONAL.

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Cautela De DD.HH En La Defensa Nacional

4.1.-OBJETIVO GENERAL.-

Es lograr mayores niveles de confianza en la ciudadanía y eficiencia

en la producción de inteligencia en material de seguridad nacional.

Procurando la protección de los derechos humanos.

4.2.-OBJETIVO ESPECIFICOS.-

A. Producir el conocimiento útil para el proceso de toma de

decisiones en materia de seguridad nacional. 

B. Proteger las capacidades nacionales y evitar acciones de

inteligencia de actores que representen amenazas a la

seguridad nacional

5.-Definiciones

Inteligencia:

Actividad que comprende un proceso sistemático de

búsqueda, evaluación y análisis de información, cuya

finalidad es producir conocimiento útil para la toma de

decisiones.

Contrainteligencia:

Parte de la actividad de inteligencia que protege las

capacidades propias y evita acciones de inteligencia de

actores que representen amenazas para la seguridad.

Inteligencia Nacional:

Conocimiento útil para la formulación y ejecución de la

política general de gobierno, proporcionado al Presidente

Constitucional de la República y al Consejo de Ministros,

 

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con el objeto de garantizar la vigencia de los derechos humanos, proteger a

la población de las amenazas contra su seguridad, defender la soberanía

nacional, y promover el bienestar general y el desarrollo integral de la

Nación.

6.-RECOMENDACIONES

1. En lo referente a la legislación antiterrorista el gobierno peruano aún

no ha adecuado el conjunto de la legislación y sus normas

concordantes a la Convención Americana de Derechos Humanos;

persiste el juzgamiento por parte de tribunales militares de civiles en

los casos de traición a la patria -figura agravada del delito de

terrorismo-; y aún no se establece el control judicial de las medidas de

incomunicación y traslado de detenidos.

2. En cuanto al tema de violaciones de derechos humanos, leyes de

amnistía e impunidad, el gobierno peruano persiste en el juzgamiento

Además, comprende a la Inteligencia Militar e Inteligencia Policial.

Inteligencia Militar:

Conocimiento útil sobre las capacidades y vulnerabilidades

del poder y potencial militar de actores de interés, para

garantizar la independencia, soberanía, integridad territorial

y el orden constitucional de la República.

Inteligencia Policial:

Conocimiento útil sobre las capacidades y vulnerabilidades

de actores de interés, nacionales y extranjeros, para

garantizar, mantener y restablecer el orden interno, orden

público y la seguridad ciudadana, con la finalidad de

preservar la gobernabilidad y el estado de derecho.

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en los tribunales militares de aquellos efectivos de las Fuerzas

Armadas que han incurrido en violaciones de derechos humanos; se

mantiene la práctica de la tortura; no se han dejado sin efecto la ley de

amnistía 26479 y su ley interpretativa 26492; no se investigan,

enjuician, ni sancionan a los responsables de violaciones de derechos

humanos.

3. En lo referente a los defensores de derechos humanos no se han

tomado adecuadas medidas de protección para los mismos, y las que

se han adoptado no han sido efectivas. De esta manera se incumple

la recomendación hecha por la Comisión Interamericana en su

Informe Anual de 1996 sobre la situación general en el Perú.

4. En cuanto al Tribunal Constitucional no se ha restablecido el

funcionamiento regular del mismo -sólo cuenta con cuatro magistrados

de siete que establece la Constitución Política del perú, lo que le

imposibilita cumplir su principal función de control de la Constitución-,

persistiendo la medida de destitución de tres de sus magistrados. Así,

el gobierno peruano no atiende la recomendación hecha por la

Comisión Interamericana durante el desarrollo del vigésimo séptimo

período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA,

realizado en Lima en junio de 1997.

7.-CONCLUSIONES

1. La inteligencia estratégica se orienta hacia los objetivos nacionales;

ayuda a definir nuevas metas factibles y proporciona una base para

los métodos de planeamiento para lograr los objetivos.

2. La inteligencia estratégica tiene una naturaleza preactiva, es

producida en el marco de la visión de futuro, de lo posible y lo

deseable (construcción de escenarios). Busca descubrir

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oportunidades en las dificultades, crea valor agregado, calcula riesgos

y reconoce que la tecnología es un elemento que no siempre

garantiza el éxito.

3. La Inteligencia Estratégica debe producir conocimiento vital para la

supervivencia nacional, respondiendo a los grandes interrogantes

relacionados con la fuerza de otros Estados, sus intenciones y la

estimación de las probables respuestas a los actos que se disponen

realizar. Lo mismo en el ámbito de la seguridad interna para con las

amenazas emergentes: capacidades, intenciones, probables acciones,

probables respuestas etc.

8.-BIBLIOGRAFIA

1.   www.intelpage.info/inteligencia

2. Comando General de las Fuerzas Militares de Colombia, texto

Especial Inteligencia Estratégica,   Segunda Edición 2000.

3. Agencia andes (2010). “Estado ecuatoriano protestará oficialmente por informe del

GAFI en torno al lavado de activos