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89 MOMENTO IV HALLAZGOS DE LA INVESTIGACIÓN 1. Análisis e interpretación de los resultados Con respecto al presente momento, se exponen a continuación una serie de hallazgos producto del análisis y discusión de los resultados obtenidos a través de un proceso de recolección de información y datos necesarios sobre el problema planteado, los cuales serán expuestos siguiendo un orden cronológico en función de los propósitos específicos formulados. Es necesario indicar, que para la recolección de información fue aplicada como técnica la observación en sus diferentes manifestaciones, a través del análisis y revisión documental y la entrevista, sirviendocomo instrumentos de los mimos los documentos, registros, estadísticas, entre otras, así como la guía de entrevista semiestructurada realizada a los informantes claves. El propósito general del estudio, consistió en analizar la actuación de la Contraloría Municipal de Maracaibo en la recaudación de impuestos municipales, para lo cual se construyeron cuatro (4) propósitos específicos, los cuales tuvieron sustentación teórica de Reyes (2015), Münch y García (2014), Reding (2013), Zambrano (2013), Rivero (2012) y legal como la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2000); Ley Orgánica de la Contraloría General de laRepública y del Sistema Nacional de Control Fiscal (2010), Ley Orgánica del Poder Público Municipal (2010); Ordenanza de la Contraloría Municipal de Maracaibo (2013)..

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MOMENTO IV

HALLAZGOS DE LA INVESTIGACIÓN

1. Análisis e interpretación de los resultados

Con respecto al presente momento, se exponen a continuación una

serie de hallazgos producto del análisis y discusión de los resultados

obtenidos a través de un proceso de recolección de información y datos

necesarios sobre el problema planteado, los cuales serán expuestos

siguiendo un orden cronológico en función de los propósitos específicos

formulados.

Es necesario indicar, que para la recolección de información fue

aplicada como técnica la observación en sus diferentes manifestaciones, a

través del análisis y revisión documental y la entrevista, sirviendocomo

instrumentos de los mimos los documentos, registros, estadísticas, entre

otras, así como la guía de entrevista semiestructurada realizada a los

informantes claves.

El propósito general del estudio, consistió en analizar la actuación de la

Contraloría Municipal de Maracaibo en la recaudación de impuestos

municipales, para lo cual se construyeron cuatro (4) propósitos específicos,

los cuales tuvieron sustentación teórica de Reyes (2015), Münch y García

(2014), Reding (2013), Zambrano (2013), Rivero (2012) y legal como la

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2000); Ley Orgánica

de la Contraloría General de laRepública y del Sistema Nacional de Control

Fiscal (2010), Ley Orgánica del Poder Público Municipal (2010); Ordenanza

de la Contraloría Municipal de Maracaibo (2013)..

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1.1. Figura de la Contraloría Municipal de Maracaibo

A continuación se logra identificar la figura de las Contraloría Municipal de Maracaibo, recurriendo a un basamento jurídico o marco regulatorio y

definiciones de algunos autores; para ello fue necesario la fundamentación jurídica, definiciones, los principios que rigen la actividad contralora municipal, sus características y competencias para sus funcionamiento, las

cuales forman parte de las unidades de análisis. Desde el punto de vista jurídico, la figura de las contralorías en el país

se encuentran tipificadas en diferentes textos legales, comenzando por la

Constitucional Nacional (2000), donde se contempla el control, la vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes a la Contraloría General de la

República, otorgándole la función de órgano rector del control fiscal sobre los integrantes del Sistema Nacional de Control Fiscal.

El texto en cuestión (2000), se refiere por igual a las Contraloría

Generales de los Estados y Contralorías Municipales; sin embargo, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y Sistema Nacional de Control Fiscal (2010), viene a ampliar y a especificar las competencias de

cada una de ellas dentro de sus jurisdicciones. Asimismo, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (2010), en

concordancia con los textos jurídicos antes mencionados, refuerza en los

municipios la figura de las contralorías, y al igual que las anteriores le otorgan una autonomía funcional, orgánica y administrativa, dándose la

independencia del cual esta revestida con respecto a la no subordinación ante ningún poder constituido.

Por último, la Ordenanza de la Contraloría Municipal de Maracaibo

(2013) tipifica que éstas forma parte del Sistema Nacional de Control Fiscal

creado por el Estado venezolano, correspondiéndole el control, la vigilancia y

fiscalización tanto de los ingresos, como de los gastos y bienes del

municipio, ejerciéndola a través de sus actuaciones con auditorías,

inspecciones, exámenes, investigaciones, revisiones, entre otras.

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Como puede observarse, existe un marco regulatorio en el estamento

jurídico venezolano otorgándoles a las contralorías municipales una serie de

funciones como el control fiscal, la vigilancia y fiscalización de los ingresos

percibidos por el municipio y la forma como estos son administrados para

sufragar sus gastos de funcionamientos. Igualmente, todo lo referido a los

bienes públicos muebles o inmuebles de la municipalidad.

Las contralorías municipales son definidas como órganos de control

fiscal los cuales velan por la observancia de normas por parte de quienes

manejan los recursos del Estado, en ese sentido, la Ordenanza de la

Contraloría Municipal de Maracaibo establece que la misma forma parte del

Sistema Nacional de Control Fiscal y le compete el control, vigilancia y

fiscalización tanto de los ingresos, gastos y bienes públicos, sustentándose

sus actuaciones en auditorías, inspecciones, exámenes, investigaciones y

cualquier tipo de revisiones en las dependencias sujetas a rendición de

cuentas.

Por otra parte, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (2010),

tipifica en sus articulados que los municipios contarán con un Contralor o

Contralora, donde sus actos administrativos estarán regidos por las leyes y

su ordenanza de creación, con la finalidad de velar por el control, vigilancia y

fiscalización de los ingresos, gastos y bienes municipales, teniendo a su vez

para ello autonomía orgánica, funcional y administrativa.

Siguiendo en este contexto, los autores Mendoza y Osorio (2011)

definen a las contralorías municipales como órganos exógenos de la

administración propiamente dicha, teniendo como finalidad el verificar la

legalidad y sinceridad de las operaciones realizadas con cargo a los ingresos

del Municipio y consecuencialmente con los gastos. Aplicará los métodos y

procedimientos reservados por Ley para sus actuaciones.

Para Moya (2006), las contralorías municipales le corresponden la

vigilancia, el control y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes del

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municipio según las leyes y ordenanza respectiva de creación, teniendo para

ello autonomía orgánica, administrativa y funcional, mientras Sanmiguel

(2006), exponen lasContralorías Municipales estarán bajo la responsabilidad

y dirección de un contralor o contralora, revestido de autonomía orgánica y

funcional que le otorga una independencia con respecto al poder legislativo y

ejecutivo, ejercerá el control fiscal, vigilancia y fiscalización de los ingresos,

gastos y bienes públicos municipales.

De lo antes expuesto, se desprende que las Contralorías

Municipalesforman parte del Sistema Nacional de Control Fiscal,

caracterizadas por una autonomía orgánica, administrativa y funcional, lo

cual le permite tener una independencia de los poderes legislativo (Concejo

Municipal) y ejecutivo (Alcaldía), realizando sus actuaciones a través de

auditorías, exámenes, inspecciones, investigaciones, entre otras, de allí la

importancia de ser incluida como unidad de análisis en la presente

investigación.

La función de la actividad contralora en los municipios representa la

tercera unidad de análisis, tal como se dijo, no es más que velar por la

observancia del cumplimiento del marco legal o sublegal regulatorio de la

administración pública municipal, para ello se basará a través de una serie

de tipos de actuaciones para el fin perseguido como auditorías, revisiones,

examen, investigaciones, entre otras.

Es bueno señalar, la potestad de aperturar investigaciones

administrativas, siempre y cuando haya indicios de actos, hechos u

omisiones, contraviniendo norma alguna a fin de aplicar las sanciones de

lugar, para ello deberá revisar la legalidad, sinceridad y exactitud de las

transacciones efectuadas por la Administración Activa.

La función contralora en materia del erario municipal, no depende

únicamente de las contralorías municipales, éstas deben fomentar la

participación de los ciudadanos y comunidades organizadas en la función de

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control, tal como se encuentra tipificado en la Ordenanza de creación, más

aún, siendo un principio con rango constitucional.

Es de considerar, los Informes Definitivos emitidos por las contralorías

municipales, pues en ellos se plasman una serie de hallazgos, conclusiones

y recomendaciones, teniendo esta última como característica ser de

obligatorio cumplimiento para el ente fiscalizado; sin embargo, éste podrá

según escrito razonado pedir la reconsideración de tal medida.

Sin lugar a dudas, la función contralora es amplia y de suma

importancia en la vida de los municipios, pues debe garantizar ante el

Estado, la observancia del cumplimiento de los preceptos constituciones por

parte de los administradores, con pleno sometimiento a las leyes,

incorporando a los ciudadanos en el deber del resguardo de los recursos del

Estado.

En cuanto a los principios, cuarta unidad de análisis de la investigación,

y por lo cual se rige la función contralora, se encuentran consagrados en la

ordenanza de su creación (2013), los mismos tienen rango constitucional,

entre otros economía, celeridad, rendición de cuentas, eficacia, eficiencia,

proporcionalidad, oportunidad, imparcialidad, participación, honestidad y

transparencia.

El principio de economía está referido a trabajar con una asignación de

recursos ajustada a los requerimientos operacionales, celeridad a la

respuesta oportuna a las peticiones de los ciudadanos, sin condicionar a la

administración activa de complacer pedimentos, excepto cuando las leyes

asistan al particular y la rendición de cuentas es mostrar la gestión realizada

poniendo a mano de las comunidades toda la información necesaria.

Los principios de eficiencia y eficacia giran en torno a la consecución de

objetivos y metas uno en torno al logro y el otro por igual pero en función de

reducción de costos de producción respectivamente. La proporcionalidad

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consiste en dar sanciones de acuerdo a la falta cometida, la oportunidad en

el sentido de que en el tiempo la respuesta dada no haya perdido vigencia.

La imparcialidad, referida a que los funcionarios al servicio de la nación,

solo a él se deben, sin atender intereses de particulares o tendencias

políticas, la participación es involucrar a todos en la toma de decisiones con

miras a ser colectivo la gestión gubernamental.La honestidad donde los

trabajadores deben tener como requisito la probidad y honradez y la

transparencia es la conjunción de la rendición de cuentas, oportunidad,

honestidad, celeridad, entre otros.

Como de se evidencia, las contralorías municipales cuentan con una

serie de principios consagrados en diversas leyes, inclusive con rango

constitucional, arropando de esa forma la Administración Pública y exigiendo

de sus representantes un comportamiento tanto personal como institucional

de conducta intachable y ejemplo para el resto de los ciudadanos.

La quinta unidad de análisis, es las características de las contralorías

municipales, es de señalar la principal pues cuentan con una autonomía

orgánica, funcional y administrativa, consagradas en el texto constitucional

(2000) y diferentes normas de rango legal, por lo cual pueden de manera

directa formular su propio presupuesto y administrarlo, crear su estructura de

funcionamiento y plan operativo.

Otra de sus características, se revisten de una independencia con

respecto al resto de los poderes constituidos, el Ejecutivo representado por la

Alcaldía y Legislativo el Concejo Municipal, dicho de otra forma, no hay

subordinación alguna, hacia estos, por lo cual tienen una libertad para la

realización de actividades tendentes a sanciones a quienes hayan

transgredido la norma, tal como lo tipifica la Ley Orgánica de la Contraloría

General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (2010), Ley

Orgánica del Poder Público Municipal (2010) y Ordenanza de la Contraloría

Municipal de Maracaibo (2013).

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Las particularidades del funcionamiento de las contralorías municipales

se ven reflejadas en la autonomía de la cual han sido revestidas, funcional,

orgánica y administrativa, generándose una independencia con el resto de

los poderes municipales y poder aplicar las sanciones resarcitorias producto

de faltas cometidas.

Las competencias de las contralorías municipales, sexta unidad de

análisis, se encuentran claramente establecidas en la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela (2000), Ley Orgánica de la Contraloría

General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (2010), Ley

Orgánica del Poder Público Municipal (2010) y Ordenanza de la Contraloría

Municipal de Maracaibo (2013), otorgando el control fiscal, fiscalización,

inspección del tesoro municipal.

El control fiscal, para el Servicio Nacional Integrado de Administración

Aduanera y Tributaria (SENIAT 2017), considera que está conformado por

todos los dispositivostanto legal y técnico, como administrativo establecidos

por el Estado en función de evitar la evasión, elusión y prescripción de los

tributos, así como las demás obligaciones generadas en virtud de la relación

jurídica tributaria.

Para Rivero (2012),el control fiscal tomando como base el concepto

emitido por la doctrina, explica que se trata del establecimiento de

dispositivos de recolección de datos einformación tendientes a ser utilizadas

a través de acciones capaces de evitar o corregir desviaciones del proceso

administrativo, evitando por consiguiente el apartarse de los objetivos y fines

perseguidos, en función de salvaguardar el recurso económico público a fin

de satisfacer las necesidades de los ciudadanos.

Ahora bien, el Instituto de Altos Estudios de Control Fiscal y Auditoría

de Estado (2017), es de la idea que al Control Fiscal le corresponde la

vigilancia, fiscalización y auditoría de los organismos e instituciones del

estado, con el propósito de constatarla observancia de las normas legales,

las políticas y los planes de acción diseñados, así como los principios de

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eficacia, eficiencia, economía, calidad e impacto en la administración de los

ingresos, gastos y bienes públicos y las operaciones relativas a los mismos.

De lo anterior se desprende, la importancia en la presente investigación

del control fiscal como competencia, pues es allí donde las contralorías

municipales tienen su desenvolvimiento por ser parte integral del Sistema

Nacional de Control Fiscal como lo definen el autor (2012), la Administración

Tributaria (2017) y el Instituto de Estudios (2017), de tal manera que en el

ejercicio de sus funciones la Contraloría Municipal de Maracaibo o cualquiera

de ellas, podrá ayudar a corregir las desviaciones existentes en cualquier

órgano sujeto a su control a través de sus actuaciones.

Por otra parte, la fiscalización otra competencia de las contralorías

municipales, para el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera

y Tributaria (SENIAT 2017), quienes consideran que es constatar el

cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes,

en cuanto a los tributos de su incumbencia, a través de una revisión y

análisis de las operaciones financieras realizadas.

Igualmente, Alvarado y Cruz (2008), son de la idea que el término

fiscalizar implica diversas acciones a realizar por parte del Estado, en función

de verificar el cumplimiento de las normativas legales y sublegales en

materia fiscal de los contribuyentes, responsables o terceros, por lo tanto es

necesario indagar sobre los hechos y datos declarado y dejados de declarar.

En cuanto al punto, el Manual de Normas y Procedimientos en Materia

de Auditoría de Estado (2015) considera a la Fiscalización como una

actuación de control llevada a cabo por instituciones públicas, en diversos

lugares, bien sea en establecimientos, edificios o vehículos, libros y

documentos de personas naturales o jurídicas las cuales poseen la condición

de contribuyentes o responsables.

Igualmente, este instrumento normativo jurídico (2015) establece que

cualquier persona natural o jurídica al iniciar una relación con el estado bien

sea contratando, negociando o celebrando operaciones con las entidades

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sometidas a control; o administren, manejen o custodien bienes o fondos de

esas entidades, serán objeto de fiscalizaciones cuando así lo considere el

Estado.

Es criterio del investigador, que la fiscalización es una función medular

en los órganos de control fiscal tanto interno como externo, en función de

salvaguardar los intereses del municipio o institución a través de sus

actuaciones. Asimismo, vela por el cumplimiento de las obligaciones legales

y sublegales de los entes sujetos a su supervisión, de allí la importancia de

ser incluida como unidad de análisis en la presente investigación.

Otracompetencia dada por Ley a las contralorías municipales, es el de

la inspección, siendo ésta una función medular de los órganos de control

fiscal externo. Rivero (2012), quien explica que son actividades desarrolladas

por la Administración Tributaria a través de sus departamentos para

asegurarse del cumplimiento de las normativas legales.

Por otra parte, el Servicio Nacional Integrado de Administración

Aduanera y Tributaria (SENIAT 2017), considera que la inspección es un

servicio de la Hacienda Pública Nacional, consistente en una serie de

medidas adoptadas por parte de los funcionarios de la Administración

Tributaria encargados de su ejecución para hacer cumplir las leyes y sus

reglamentos fiscales.

Dentro de este contexto, el Manual de Normas y Procedimientos en

Materia de Auditoría (2015), define a la Inspección como actuación de control

ejercida mediante visitas ordinarias o extraordinarias a un lugar donde se

materializa la acción controlada, a fin de evaluar la sinceridad del obrar de la

administración.

Tanto para el teórico (2012)) como para la Administración Tributaria (2017), la inspección está en función del cumplimiento que deben observar

los contribuyentes, responsables y terceros, de las normas legales o sublegales fiscales establecidas en el marco jurídico venezolano; no

obstante, para el instrumento normativo (2015) ésta refiere a visitas donde se

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lleva a cabo un acto administrativo y debe corroborarse la sinceridad del

mismo,de allí su importancia de ser desarrollada en el presente estudio, así como por su condición de proceso medular en los órganos de control fiscal.

Con base a los criterios expuestos y en función de las unidades de

análisis consideradas con respecto al primer propósito específico referido a la figura de la Contraloría Municipal de Maracaibo, se concluye que las mismas

se encuentran tipificadas en todoun marco jurídico regulatoriocon basamento constitucional inclusive; siendo un órgano gubernamental perteneciente al Sistema Nacional de Control Fiscal, teniendo por funciónla observancia del

cumplimiento de las normas de quien administra y maneja los recursos del Municipio, revestida de una serie de principios que configuran un desempeño transparente y sano.

Por otra parte, cuentan con autonomía funcional, orgánica y administrativa, para poder desempeñarse con amplitud y profundidad, así

como una independencia no subordinada a ningún poder constituido en el Municipio. Igualmente, gozan de un poder para imponer sanciones de tipo administrativas y dinerarias a los infractoresen el ejercicio de la

administración de los recursos de la nación; contando para ello con competencias como el control fiscal, la fiscalización e inspección para sus actuaciones en materia de ingresos, gastos y bienes.

Dado como han sido las unidades de análisis del primer propósito analizado, se abarca en su totalidad el mismo, quedando plenamente identificada la figura de las contralorías municipales en la Administración

Pública venezolana, por tanto, a criterio del investigador se considera cubierto con dicho propósito específico.

1.2. Tipos de actuaciones fiscales efectuadas por la Contraloría Municipal de Maracaibo

En el presente propósito específico, se describen los tipos de actuaciones fiscales llevadas a cabo por las contralorías municipales de

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acuerdo a sus competencias, para lo cual se basó en las definiciones

conceptuales de algunos teóricos y del marco regulatorio existente en función de las unidades de análisis que forman parte del estudio.

En cuanto a la primera unidad de análisis, referida a la definición de

auditoría, en el marco jurídico venezolano la norma de carácter sublegal Normas Generales de Auditoría de Estado (2013), exponen que la misma

consiste en un examen posterior a realizarse a las transacciones de carácter financiero, administrativas y técnicas,siguiendo un orden sistemático, objetivo y de manera profesional.

Por su parte, Reyes (2015), otroautor consultado, exponeque la auditoría consiste en un examen del sistema de contabilidad, para lo cual a de revisarse toda la documentación que soporta o se encuentra vinculada a

hechos generadores de responsabilidades tributarias, pudiendo ser confrontada con datos aportados por terceros a través de intercambio de

información con la Administración Tributaria. Igualmente considera este autor (2015), que la auditoría viene a

representar desde el enfoque legal, técnico, financiero y contable un estudio

especializado de la documentación soporte demostrativo de las

transacciones realizadas y registradas en un período de tiempo determinado

en la organización.

En relación al tema, Rivero (2012), amplía el concepto al referirse que

las auditorías la pueden realizar individuos, firmas o

corporaciones,consistente en mostrar la situación financiera a través de la

determinación de la exactitud y pureza de la contabilidad, para lo cual a de

revisarse los libros, comprobantes y registros de manera científica y

sistemática.

Como puede observarse, la auditoría es un examen especializado

aplicado a los documentos demostrativos de las operaciones legales,

técnicas, administrativas y financiera de las organizaciones, la cual debe

estar caracterizada por el profesionalismo, objetividad y sistematicidad que

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deben realizar los órganos de control fiscal en las dependencias bajo su

control, es decir se convierte en una herramienta técnica que permite valorar

las organizaciones, de allí la razón de ser incluida como unidad de análisis

en la presente investigación.

En cuanto a la auditoría tributaria; Reyes (2015), considera que la

misma se refiere al aspecto netamente tributarista, siendo un proceso

sistemático de obtención de información, evaluando de manera objetiva la

evidencia encontrada con relación a los actos y hechos mencionados,

debiendo cumplir con los Principios de Contabilidad Generalmente

Aceptados.

Aunado a ello, los autores Rivero (2012),y Alvarado y Cruz (2008), son

de la idea que a través de la auditoría tributaria se busca verificar y

comprobar el cumplimiento, así como de la determinación de las obligaciones

tributarias por los sujetos pasivos; caracterizados por ser un proceso

sistemático y objetivo.

A criterio de este investigador, la auditoría tributaria, viene a significar

una actividad medular en los órganos de control fiscal, esto debido que a

través de ella, se puede verificar y comprobar el correcto cumplimiento y

determinación de las obligaciones tributarias de los sujetos pasivos,

asimismo como herramienta técnica para la revisión áreas importantes en las

organizaciones tanto de los sectores públicos como privados, por lo cual

reviste una importancia significativa para este estudio, siendo considerada

por consiguiente.

La auditoría de personal o recursos humanos, representa otro tipo de

auditoría, para ello las autoras Münch y García (2014) quienes expresan que se busca corregirlas deficiencias a través de una evaluación sistemática y analítica de las diferentes actividades operativas realizadas por el personal.

Igualmente, son de la idea, de realizar un inventario de los trabajadores y cuantificar y registrar sus habilidades, experiencias, características y

conocimiento de cada uno de ellos.

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Para la Asociación Mexicana en Dirección de Recursos Humanos

(2015), sostienen que la auditoría de Personal evalúatoda acción de la administración del talento humano dentro de la organización, con la intención de maximizar las estrategias organizacionales, alcanzando un gran beneficio

para los trabajadores y patrono, debiendo fundamentarse en verificaciones, registros, estadísticas y seguimientos efectuados para tal fin.

Mientras tanto, para el Instituto Profesional Latinoamericano de Comercio Exterior (2017), la Auditoría de Recursos Humanos, no es más, que una herramienta en materia de control interno de las áreas críticas o

medulares que forman parte de la organización, ligado a mediciones para mantener direccionadas las metas de la institución, y así poder encontrar diferencias o desviaciones con lo esperado, lo cual va a permitir tomar

medidas inmediatas para corregirlas. Afirma este Instituto (2017), que con el pasar del tiempo se van

aplicando sistemas de monitoreo, supervisión y evaluación de manera de ser eficiente y eficaz, cumpliendo con su razón de ser, consolidándose por consiguiente, como una función del mismo nivel de áreas como finanzas,

producción, o comercial. En opinión de este investigador, la auditoría de personal o recursos

humanos, también conocida como auditoría administrativa, representa en los

órganos de control fiscal una herramienta técnica que le permite evaluar no solo al personal sino a la organización o parte de ella, clasificando y registrando una serie de datos de los individuos, entre otros estándares de

calidad y cantidad, costos, tiempo, habilidades y destrezas. Con base a lo expuesto, la auditoría de personal, recursos humanos o

administrativa, se convierte en los órganos de control fiscal en una herramienta técnica importante para la obtención de información valiosa, por lo cual el investigador consideró necesaria su inclusión para el análisis, pues

la misma permitirá evaluar al personal en funciones de fiscalización y determinación tributaria.

Por último, como otro tipo de auditorías, es la auditoría de gestión,

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también llamada desempeño, para ello el Órgano de Fiscalización Superior

del estado de Veracruz de la República de México (2011) considera que el propósito central es determinar si las organizaciones cumplen con el marco jurídico regulatorio de sus funciones, en el sentido de los presupuestos,

programas, objetivos y metas, así como medir el grado de satisfacción de los ciudadanos con base a los servicios recibidos por parte de éstos.

Por otra parte, en consideración a este punto el Manual de Normas y Procedimientos en Materia de Auditoría de Estado (2015) establece que la Auditoría de Gestión viene a ser un examen objetivo, sistemático y

profesional realizado en un sector, órgano, ente o dependencia, con la intención de medir la eficiencia, eficacia, economía, calidad e impacto de labor ejecutada y poder determinar si se cumplió con su misión, objetivos y

metas. Ahora bien, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y

del Sistema Nacional de Control Fiscal (2010), tipifica que la Auditoría de

Gestión debe evaluar los planes y programas diseñados por los organismos

públicos, verificar el cumplimiento y resultados alcanzados a través de las

políticas y decisiones implementadas, a su vez, la eficacia con que operaron

los entes y órganos sujetos a rendición de cuentas.

A juicio de este investigador, la auditoría de gestión permite determinar

el grado de cumplimiento de las organizaciones en cuanto a sus objetivos,

metas, programas, los cuales se encuentran establecidos en los planes

operativos, así como el marco legal que regula sus funciones, por

consiguiente en la presente investigación, toma vital importancia como medio

para evaluar el problema planteado, por lo tanto fue considera en la

investigación.

Una vez expuesto el concepto de auditoría y los tipos de estas y

concluyéndose que la auditoría en los órganos de control fiscal, en sus diversas manifestaciones bien sea tributaria, personal o gestión se convierte en una herramienta técnica para la obtención de datos e información valiosa,

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la cual permite la toma de decisiones en momentos o áreas críticas para la

solución o corrección de desviaciones existentes. En cuanto a las Inspecciones, segunda unidad de análisis, es otro tipo

de actuación fiscal ejercido por los órganos de control fiscal, es de apreciar lo

expuesto por Castillo (2010), al afirmar que es un examen físico y ocular para realizar un reconocimiento de una situación u operación, utilizando la

indagación, la comparación o la observación. La inspección, como procedimiento administrativo, se encuentra

tipificado en el Código Orgánico Tributario (2014), el cual en sus articulados

se refieren a las visitas realizadas por los funcionarios actuantes, plenamente identificados con credenciales y oficios de presentación en oficinas, locales dependencias, establecimientos, entre otros, donde se desarrollan las

operaciones de los contribuyentes, con la intención de verificar hechos de interés tributario.

A criterio del investigador, las contralorías municipales, indudablemente

se apoyan en este procedimiento para realizar y ejercer su competencia en

los órganos y entes sujetos de control, a través de las visitas realizadas con

miras a constatar la ocurrencia de hechos o situaciones de interés

institucional, y determinar las responsabilidades del caso de ser necesario.

Otro de los tipos de actuaciones de los integrantes del Sistema

Nacional de Control Fiscal son los exámenes, siendo la misma la tercera

unidad de análisis, los cuales representan gran importancia pues de ellos se

puede evaluar de manera integral a la institución, considerándose la

evaluación el control interno y el desempeño.

Al respecto, las Normas para la Formación, Participación, Rendición, Examen y Calificación de las Cuentas de los Órganos del Poder Público

Nacional, Estadal, Distrital, Municipal y sus Entes Descentralizados (2014), expresan que es la comprobación de la legalidad, sinceridad y exactitud de todas las operaciones efectuadas por las máximas autoridades, para lo cual

revisarán y analizarán los documentos soportes de los actos administrativos. Para Castillo (2010), es una prueba sustantiva, obtenida a través de las

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evidencias de los hallazgos del proceso de revisión o procesamiento y

verificación de datos, de tal manera es sustanciar el informe respectivo que emitirá el ente fiscalizador.

Mientras tanto, Cruz (2009), explica que las transacciones efectuadas

por los funcionarios deben ser objeto revisión en cuanto a la exactitud y veracidad de los hechos en el manejo de los recursos, bienes, financieros, y

esto se logra por medio del examen de cuentas, buscando la observancia del cumplimiento de la norma.

Es de la opinión del investigador, el examen es un tipo de actuación

compleja e interesante pues permite evaluar como un todo la organización. No solo es revisar la legalidad, exactitud y sinceridad de las transacciones efectuadas por quienes administran, custodian o disponen de los recursos

del Estado, sino que se incorpora la materia del control interno y la gestión lograda, siendo de esa forma una operación integral.

Por último, los Órganos de Control Fiscal, van más allá de una simple

revisión. En el caso de detectarse la transgresión de alguna norma, se activa

un procedimiento tipificado en el estamento legal venezolano; y es la

capacidad de la Potestad de Investigativa, al iniciarse una investigación al

funcionario para la rendición de cuenta y aclarar la situación acontecida.

Al respecto, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y

del Sistema Nacional de Control Fiscal (2010), muestra en sus articulados el

procedimiento de la Potestad Investigativa, aclarando que solo debe llevarse

a cabo cuando existan acciones, hechos u omisión generadores de

responsabilidad administrativa, para así cumplirse los extremos legales.

Para el investigador queda clara la importancia de la Potestad de Investigar por parte de los Órganos de Control Fiscal, pues solo procede

cuando haya hechos, actos u omisiones generadoras de responsabilidades administrativas, con la intención de aplicar las sanciones respectivas y resarcir el daño de ser el caso al patrimonio del Estado.

Analizadas todas las unidades de análisis del presente propósito especifico referido a los tipos de actuaciones fiscales realizados por las

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contralorías municipales, se aprecia las diversa formas de proceder del

Estado en procura de la observancia y respecto hacia la norma y la institucionalidad, pasándose por las diferentes tipos de auditorías, exámenes de cuentas, inspecciones, investigaciones, entre otras lográndose el objetivo

trazado.

1.3 Elementos del Plan Operativo de la Contraloría Municipal de Maracaibo

Con respecto al presente propósito, se busca definir los elementos que

forman parte de los planes operativos de las contralorías municipales. En ese sentido, fue estudiada como primera unidad de análisis el Plan Operativo Anual, para lo cual nos basamos en la definición que nos brinda el Decreto

con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular (2014), donde se expone que estos integran los proyectos, objetivos, metas acciones, actividades y recursos por años del

ente u organismo público, con la finalidad de concretar los resultados esperados y establecidos en los planes estratégicos, siempre apegado a la normativa jurídica existente.

En la mencionada norma, el legislador considera a los Planes

Operativos como de sustento o base para justificar los recursos a solicitar por

la institución en los presupuestos nacionales, es de allí, donde se tomará en

consideración la asignación de la cuota a otorgar a cada órgano o ente, en

otras palabras es la cuantificación dineraria a ser dada a las organizaciones

de carácter público.

Por su parte, la Secretaría de Planificación y Programación de la

Presidencia del Gobierno de Guatemala (SEGEPLAN 2013); considera que

los Planes Operativos Anual vienen a servir como instrumentos para la

planificación en las organizaciones, por medio del cual, se puede efectuar un

ordenamiento lógico a las acciones a realizar en un período no mayor a doce

Page 18: MOMENTO IV HALLAZGOS DE LA INVESTIGACIÓN 1. Análisis e ...

106

(12) meses, optimizando los recursos empleados o a emplear.

Otros autores consultados, fueron Rojas y María (2009), donde éstos afirman que los Planes Operativos Anuales, es un instrumento orientador para la administración municipal, el cual se convierte en el punto de inicio,

pues desde allí comienza la cuantificación de los programas, proyectos, acciones, actividades, consideradas enla elaboración del presupuesto.

También es bueno señalar, que como instrumento de gestión, éstos

permiten ordenar los proyectos y actividades a ejecutar por los gobernantes a cualquier nivel de gobierno; primero y segundo, hacerle un buen

seguimiento y controlar las mismas, redundando de esa forma en una correcta utilización de los recursos económicos, humanos, financieros, materiales, entre otros.

A través de los Planes Operativos, para este investigador, es un instrumento técnico de gestión y de obligatorio cumplimiento, por medio del cual se evalúa el desempeño de los organismos públicos, ya que permite

obtener una visión real de lo planificado, ejecutado, sus efectos y consecuencias de las actividades realizadas o llevadas a cabo en procura de

buscar satisfacer las necesidades de los ciudadanos para aumentar la calidad de vida.

En cuanto a los Programas, segunda unidad de análisis, considerada

en el presente propósito; es de apreciar la posición asumida por Reding y otros (2013), cuando plantean, que éstos vienen a representar la enumeración de los pasos o procedimientos a seguirse en la ejecución de

una trabajo o actividad, con la finalidad u objetivo de la consecución del plan de trabajo diseñado.

Sobre este aspecto, Alfaro (2012), es de la idea que los programas

vienen a ser, donde se detallan las actividades a realizarse en un tiempo

determinado, tomando muy en cuenta los aspectos tanto cuantitativo como

los cualitativos que tienen incidencia para la consecución de los objetivos

trazados, haciéndose énfasis en la materia relacionada con el personal.

Page 19: MOMENTO IV HALLAZGOS DE LA INVESTIGACIÓN 1. Análisis e ...

107

Por su parte Alvarado y Cruz (2008), considera que es imprescindible

diseñar un programa, una vez terminado con la fase de planeamiento;

refiriéndose a éste, como una forma de establecer de manera secuencial las

actividades especificas y necesarias a realizar la organización para alcanzar

la consecución de objetivos y metas, considerando el tiempo necesario para

la realización del mismo, inclusive mencionando todos aquellos eventos o

circunstancias para la obtención de lo previamente establecido.

También considera, éste autor, que los programa pueden ser en sí

mismo un fin, pues tienen su propia estructura, por una parte y de otra

manera, pueden estar dentro de uno mucho más amplio; o pudieran ir de lo

general considerando un radio de acción mayor o a la especificidad de algo

concreto.

A criterio de este investigador, indudablemente los programas son de

gran utilidad en la vida de las organizaciones tanto públicas como las

privadas, dado que se constituyen como un instrumento técnico de gestión,

con fin de alcanzar las metas y objetivos establecidos, el tiempo necesario

para lograrlo, los recursos humanos, económicos, financieros, equipos, entre

otros, a ser utilizados; así como los indicadores por medio del cual serán

evaluados los mismos.

En cuanto a la tercera unidad de análisis en el presente propósito, es el

Proyecto, necesario en la investigación, y muy conocido en la Administración

Pública venezolana, de allí la existencia de su definición en el Decreto con

Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular

(2014), donde se indica que de manera o de forma sistemática los proyectos

orientan una series de acciones, actividades y recursos con miras a lograr el

objetivo para el cual fue concebido, en un tiempo previamente establecido;

por lo tanto, es un instrumento de planificación.

Para el Diccionario Municipal de Guatemala (2013), el Proyecto

representa un documento donde se formulande manera expresa las acciones

a realizarse con miras a solucionar un problema específico e identificado, el

Page 20: MOMENTO IV HALLAZGOS DE LA INVESTIGACIÓN 1. Análisis e ...

108

cual incluye el diagnóstico, la justificación, los objetivos, metas, indicadores,

cronograma de ejecución y el presupuesto, así ha de realizarse un

seguimiento y posterior evaluación del mismo.

Mientras tanto, lo expuesto por la Organización Internacional del

Trabajo (2012), al considerar a los Proyectos como un conjunto de

actividades o una estructura donde la existencia de diferentes o diversas

operaciones llegan a existir, con el propósito de obtener los objetivos

claramente formulados e identificados dentro de un tiempo predeterminado y

con una asignación de recursos económicos.

Como puede observarse, los proyectos constituyen a juzgar por el texto

jurídico y las instituciones consultadas, un instrumento técnico de gestión que

sirve como herramienta en la planificación que llevan a cabo las instituciones

públicas o privadas, donde de manera coherente se relacionan una serie de

actividades y acciones con miras a solventar un problema existente o a

satisfacer las necesidades, a través de la obtención de un beneficio bien sea

social, cultural, político, económico, entre otras.

En cuanto a los Objetivos considerada como cuarta unidad de análisis

en el presente propósito, y muy importante en la investigación por lo que

representa hoy día en las organizaciones, de allí la consulta a diferentes

teóricos en la materia que aportan conocimientos y elementos sustanciales al

estudio en cuestión.

En este contexto, Zambrano (2013), explica que los objetivos vienen a

ser lo deseado o lo pretendidoa conseguir en un tiempo previamente

establecido; también puede concebirse como los propósitos a perseguir por

las instituciones públicas. Refiere este autor, estos van alineados con la

misión y visión, en función de direccionar la gestión de gobierno,

convirtiéndose en un marco de de referencia o guía.

Por su parte, Reding (2013), en una conceptualización sencilla o más

bien reducida, plantea que los objetivos vienen a ser en una institución

pública o privada lo alcanzado o por alcanzar. También considera, pueden

Page 21: MOMENTO IV HALLAZGOS DE LA INVESTIGACIÓN 1. Análisis e ...

109

éstos enmarcarse o clasificarse de diferentes formas como estratégicos,

operacionales, informe y cumplimiento.

Ahora bien, el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz

de la República de México (2011), nos presenta un concepto mucho más

amplio en su profundidad, considerando que los recursos y esfuerzos de una

organización deben orientarse en función de la misión diseñada; por lo tanto,

los objetivos constituyen un elemento programático en la pretensión

institucional hacia donde quieren ir.

Igualmente, los objetivos, a decir por parte de éste órgano de control

fiscal mexicano, son expresiones cualitativas para un tiempo o período

especifico en función de los propósitos organizacionales, y deben responder

siempre a la interrogante de qué y para que, o en el caso de programación

es la expresión o resultados cualitativos alcanzados o por alcanzar a través

de acciones.

Según este investigador, los objetivos toman gran importancia en la

presente investigación, pues los mismos constituyen expresiones cualitativas

y representan la pretensión de logros o propósitos de las instituciones, para

un período o tiempo determinado, debiendo estar vinculados en función de la

misión y visión, dirigiendo todos los esfuerzos y recursos a éstos,

estableciendo una serie de acciones planificadas, de tal manera, la gestión

de gobierno tenga direccionalidad.

Otro aspecto importante en la investigación y en la vida de las

organizaciones es la Meta, representando la quinta unidad de análisis del

presente propósito específico. Al respecto, Zambrano (2013), plantea que por

medio de ésta se puede realizar la medición y evaluación del objetivo

establecido, por lo tanto es una cuantificación de sus propósitos; dicho en

otras palabras, debe existir un valor bien sea en forma cualitativa o

cuantitativa, permitiendo así, el seguimiento de las acciones planificadas en

tiempo y lugar.

Page 22: MOMENTO IV HALLAZGOS DE LA INVESTIGACIÓN 1. Análisis e ...

110

Mientras tanto, para la Comisión Económica para América Latina y el

Caribe (2010), el desempeño esperado por el indicador asociado a un

producto o el objetivo estratégico relacionado con el producto es la Meta.

Desde esta perspectiva, se puede medir el avance de los logros de sus

productos y el desempeño de estos establecidos en los objetivos

estratégicos.

Igualmente, sostiene esta Organización (2010), el resultado conseguido

al medir un indicador se genera un valor susceptible de comparación el cual

está referido a una meta asociada, considerando diferentes parámetrosen su

establecimiento tales como la posibilidad de ser logrados por la organización

con la asignación de recursos financieros, humanos, físicos y tecnológicos en

función de un tiempo estimado.

En consideración de la Universidad Interamericana para el Desarrollo

(2017), las Metas son consideraciones formuladas donde se prevee el estado

en el futuro deseado por parte de la organización, obteniendo identidad a

través de ellas, en otras palabras, es la razón de ser de la institución y por la

cual direcciona todo su esfuerzo.

A juicio de este investigador, las metas, pueden implantarse en las

organizaciones de diferentes formas; es decir, atendiendoa varias o algunas

necesidades en específico, pudiendo estar correspondidas en función de los

objetivos generales, o más bien en cuanto al tiempo para alcanzarlos, y estos

a su vez en corto, mediano o largo plazo para su ejecución.

Considera este investigador, las metas vienen a representar un aspecto

muy importante en la cotidianidad de las instituciones públicas y privadas,

pues las mismas permiten por su carácter de valor cuantitativo, evaluar la

gestión, a través de su progreso, atraso, estancamiento o desviación de los

propósitos formulados o de las áreas objeto de seguimiento, si tomamos en

cuenta la vinculación con los objetivos institucionales, de allí en la presente

investigación tiene una importancia significativa.

Como sexta unidad de análisis, del presente objetivo específico, está

Page 23: MOMENTO IV HALLAZGOS DE LA INVESTIGACIÓN 1. Análisis e ...

111

referido a los indicadores, elemento fundamental en las organizaciones

modernas a la hora de realizar la evaluación de su gestión, en ese sentido, Zambrano (2013), aclara que es una comparación de un aspecto tomando en cuenta un valor presente con uno previamente establecido o se espera

obtener considerado en el plan operativo y presupuesto de la organización, en cuanto a los objetivos, metas, productos, entre otras.

Zambrano (2013), también considera que las instituciones deben contar con una sistema de información, compuestas por datos necesarios, permitiendo de esa manera una constante evaluación y seguimiento de

aéreas vitales o procesos medulares, para posteriormente controlar las desviaciones existente a través de la aplicación de medidas correctivas.

Sobre este aspecto, Arias (2012), sostiene que los Indicadores son un

indicio, una señal o unidad de medida, por medio del cual los individuos pueden estudiar las variables o dimensiones, y a su vez cuantificarla. Para

este autor, es unaexpresión del fenómeno estudiado de manera cuantitativa o cualitativa.

En el mismo orden de ideas, el Diccionario Municipal de Guatemala

(2013), es partidario de la idea que los Indicadores son especificaciones o datos de tipos cuantitativos y cualitativos, donde el primero es la cantidad y el segundo es la calidad. Éstos permiten hacer mediciones o evaluaciones del

logro de sus objetivos y metas de un proyecto, así como su impacto. Para este investigador, los indicadores toman una importancia relevante

en las organizaciones del mundo actual, si tomamos en cuenta su

representatividad de valor numérico que permite comparar o reflejar una

situación en momento dado, pudiendo ser aplicado en un proceso medular o

área en específico, permitiendo su evaluación, seguimiento y por

consiguiente el control y corrección de las desviaciones existentes.

Sin embargo, es necesario contar con un sistema de información que

sirva a la institución como fuente de datos necesarios de las diversas

variables a considerar, midiendo el éxito o fracaso, eficiencia, eficacia o

efectividad de lo estudiado con miras a imponer los correctivos de ser el caso

Page 24: MOMENTO IV HALLAZGOS DE LA INVESTIGACIÓN 1. Análisis e ...

112

o reforzarlos para la consecución de las metas establecidas.

Hecha la valoración, de las diversas unidades de análisis integrantes

del tercer propósito específico, arroja como resultado concluyente la

importancia de los planes operativos realizados por las instituciones públicas

y privadas, incluyéndose dentro de éstos los programas, proyectos, objetivos,

metas e indicadores, pues en sí mismo, cada una de ellas representan una

herramienta técnica de gestión para la detección de debilidades o

desviaciones existentes en las organizaciones, en función de aplicar los

correctivos necesarios y base para la toma de decisiones asertivas.

1.4 Opinión de Informantes Claves del Servicio Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria y de la Contraloría Municipal de Maracaibo

Con respecto al presente propósito, es importante señalar el aporte

dado por tres (3) informantes claves, a través de la aplicación de un

cuestionario de preguntas abiertas semiestructurada a dos funcionarios (2)

de la Contraloría Municipal de Maracaibo y uno (1) del Servicio

Desconcentrado Municipal de Administración Tributaria.

Con respecto a la primera pregunta, referida a las limitantes jurídicas

que pudiera tener o tiene la institución contralora municipal, en el ámbito de

sus competencias y de sus actuaciones fiscales, el primer informante

clave,signado con la letraA, al ser consultado explica lo siguiente:

Las contralorías municipales, cuentan con marco jurídico en el país que

le otorga suficientes facultades y competencias en sus funciones de

vigilancia, inspección y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes

públicos, consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela y en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.

Refiere la informante, la Contraloría Municipal de Maracaibo forma parte

del Sistema Nacional de Control Fiscal, como un órgano contralor fiscal

Page 25: MOMENTO IV HALLAZGOS DE LA INVESTIGACIÓN 1. Análisis e ...

113

externo, gozando de una autonomía funcional, administrativa y organizativa,

la cual debe velar por el control, vigilancia y fiscalización de los ingresos,

gastos y bienes públicos de los órganos y entidades centralizadas y

descentralizados sujetos a su control. Es de señalar, la informarte recurrió a

al texto jurídico en físico y leyó el artículo 44 de la prenombrada norma.

Posteriormente, la informante en su exposición, vuelve a citar y leer la

comentada Ley, al hacer referencia al artículo 46, donde se tipifica y hace

énfasis en que las contralorías municipales pueden realizar en el ámbito de

sus competencias una diversidad de actuaciones fiscales, tales como

auditorías, exámenes, fiscalizaciones, inspecciones, estudios y análisis de

cualquier tipo, en los órganos y entes sujetos a su control.

Finalmente, la funcionaria de manera concluyente, afirma el no existir

impedimento alguno desde el punto de vista jurídico, en las actuaciones de la

Contraloría Municipal de Maracaibo, debido a la existencia de tres (3) normas

de carácter legal, donde se le facultad y otorga competencias para efectuar

en la jurisdicción del Municipio, todas los actuación necesarias y pertinentes

en los órganos y entes centralizados y descentralizados bajo su control y

fiscalización.

En cuanto al segundo informante clave, identificado con la letra B, al ser

abordado sobre las limitaciones jurídicas en las actuaciones de esta

institución, manifestó desconocer la existencia de limitantes a la hora de

actuar los órganos de control fiscal externos municipales, por el contrario,

afirmóla existencia de todo un marco regulatorio que le otorga competencias

para realizar fiscalizaciones, inspecciones, auditorías, revisiones, estudios,

exámenes de cuentas, entre otras.

Adicionalmente, la informante clave B, asegura que “tenemos la norma que nos da competencia”, refiriéndose a la Ley de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal; sin embargo, hace

énfasis en la materia tributaria, pues ésta se otorga en los términos establecidos en el Código Orgánico Tributario.

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114

En el mismo orden de ideas, la informante clave B, manifiesta que

dentro de las competencias asignadas a la contralorías municipales, hay actuaciones reguladas por algún “precepto jurídico especifico”, tal es el caso de los Exámenes de la Cuenta, el cual por resolución de la Contraloría

General de la República le fue conferido realizarlo a las de los municipios y posteriormente fueron autorizadas las Unidades de Auditoría Interna de los

entes descentralizados, todo bajo el establecimiento de unas normas impartidas para tal fin.

Cabe considerar por otra parte, según lo dicho por la informante clave

B, en cuanto a las fiscalizaciones, las mismas se realizan bajo los parámetros establecidos en el Código Orgánico Tributario y las limitaciones jurídicas, en todo caso, serían las establecidas según los diferentes niveles políticos

territoriales existentes nacional, estadal y municipal, pero aún así, las competencias son las mismas, manifestó de manera conclusiva.

Con respecto al Informante Clave C, en cuanto a las limitantes jurídicas

en las actuaciones fiscales del órgano control, manifestó no encontrar

ninguna limitante, pues sin ser abogado ni experto en la materia, considera

que hay suficiente competencia otorgada por unabase legal para fiscalizar a

todos los entes de la Alcaldía de Maracaibo sin restricciones algunas,

excepto las mismas establecidas en las leyes. Considera el informante clave

C, que la Contraloría Municipal de Maracaibo, puede en todo momento

realizar todo tipo de auditorías no solamente en el SEDEMAT, sino en los

diferentes institutos adscriptos a la Alcaldía de Maracaibo.

De la información aportadas por los diferentes informantes claves, es de

resaltar la plena coincidencia, al afirmar todos el no existir limitantes jurídicas

en cuanto a las actuaciones fiscales llevadas a cabo por la Contraloría

Municipal de Maracaibo, en ese sentido, la norma rectora en materia de

control fiscal, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del

Sistema Nacional de Control Fiscal, otorga una serie de competencias como

la fiscalización, vigilancia e inspección de los ingresos, gastos y bienes

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115

públicos, y todo lo relativo a las transacciones de las mismas con el fin de

salvaguardar el patrimonio del Estado.

Para este investigador, la Contraloría Municipal de Maracaibo si cuenta

con limitaciones jurídicas, pues solo puede realizar las actuaciones que por

Ley les son conferidas o atribuidas, teniendo como la territorialidad o ámbito

espacial, la mayor restricción en su desempeño, limitado exclusivamente a su

Municipio.

Por otra parte, la potestad sancionatoria, también es objeto de

limitaciones, pues una vez culminada la etapa investigativa y agotada el

derecho de defensa del afectado, solo la sanción será de tipo administrativa

o dineraria, pues la disciplinaria, civil y penal corresponde a otras instancias

del Estado.

En cuanto a la segunda pregunta formulada en el cuestionario, versada

sobre el tipo de actuaciones fiscales que lleva a cabo la institución contralora,

el informante clave A, explica que la Contraloría Municipal de Maracaibo

realiza diferentes auditorías tales como financieras, de ingresos y gastos,

personal, gestión, presupuestarias, integrales, examen de la cuenta, bienes

contrataciones públicas, entre otras.

Ahora bien, la informante manifestó, que la Contraloría realiza las

actuaciones en los entes descentralizados, efectuando auditorías integrales;

es decir, revisando todas las áreas de la institución, para ello examina lo

referente a la contabilidad, bienes, presupuesto, ingresos, gasto, retenciones

tributarias, ente otras.

En la conversación sostenida, al sugerírsele ampliar la parte

correspondiente a la materia tributaria, ésta explicó que las auditorías

realizadas, solo revisan las retenciones efectuadas por concepto de

Impuesto sobre la Renta (ISLR); Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el

Impuesto a las Actividades Económicas, Comerciales, Industriales, De

Servicios e Índole Similar en elMunicipio Maracaibo del Estado Zulia

(IAECIS), por una parte y por la otra lo referido al enteramiento de dichos

Page 28: MOMENTO IV HALLAZGOS DE LA INVESTIGACIÓN 1. Análisis e ...

116

conceptos en los lapsos establecidos para tal fin.

Sobre este aspecto, el informante clave B manifestó que los tipos de

actuaciones fiscales realizadas por la Contraloría Municipal de Maracaibo

son aquellas establecidas en el Manual de Auditoría de Estado y en la Ley

Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional

de Control Fiscal. Vale la pena acotar, todas ellas tienen el carácter de

control posterior; es decir, se realizan una vez efectuado el Acto

Administrativo como tal.

Sostiene la informante, dichas actuaciones son las fiscalizaciones,

inspecciones, auditorías, examen de cuentas. Dentro de las auditorías

refiere, se encuentran las operativas, contables, financieras, de gestión, y de

cada una de ellas se derivan las de seguimiento, la cual viene a ser la cuarta

fase en el proceso de auditoría.

Para esta informante, las auditorías operativas son las que más se

realizan, dentro de las cuales y bajo un estudio previo, diagnostico o análisis

efectuado se determinan las áreas críticas o procesos medulares de la

institución y se proceden a revisar aspectos como Recursos Humanos,

Contabilidad, Presupuesto, Administración, Contrataciones y Bienes.

Mientras, las Inspecciones están referidas a actuaciones de Bienes Muebles,

Bienes Inmuebles, Obras, entre otras.

Por su parte, el informante clave C, en cuanto al tipo de actuaciones

realizadas por la Contraloría Municipal de Maracaibo, explica que en sus

años de servicios en el SEDEMAT, siempre ha visto auditorías de diferentes

ramos, en especial espectáculos públicos, pero no son enfocados desde el

punto de vista tributario, solamente se dedican a revisar cómo están

constituidos o conformados los expediente de cada espectáculo públicos

realizado. Es bueno señalar, acota el informante, que en conversaciones

sostenida, con la Gerente de Administración, ésta le informó que siempre

revisan lo relacionado con las retenciones efectuadas y el enteramiento en

función de los lapsos establecidos según la ley.

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117

En cuanto al tipo de actuaciones realizadas por la Contraloría Municipal

de Maracaibo, los tres informantes claves manifestaron haber diferentes tipos de auditorías como las financieras, ingresos y gastos, personal, presupuestaria, contrataciones, bienes, gestión, entre otras; en ese sentido,

el ordenamiento jurídico venezolano como Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal y la Ley

Orgánica del Poder Público Municipal, la facultad para realizar auditorías, fiscalizaciones, inspecciones, examen, revisiones, estudios, entre otras, en todas las áreas de la institución.

Es importante resaltar, lo referido al aspecto tributario, pues todos los informantes, manifestaron que solo revisan los cálculos aritméticos de las retenciones realizadas, así como el enteramiento del mismo en los plazos

establecidos en la norma; más aún, el informante clave C, refirió que solo se limitan a revisar la conformación de los expedientes de un ramo en

específico, como es el de Espectáculos Públicos. Para este investigador, la Contraloría Municipal de Maracaibo cuenta

con diferentes tipos de actuaciones fiscales que le permiten evaluar o

analizar los actos administrativos o el desempeño institucional de los órganos y entes sujetos de control, entre otros las auditorías, exámenes de cuentas, inspecciones e investigaciones.

Cebe destacar, para este investigador no se evidencia una actuación fiscal en materia tributaria en el pasado o el presente, sustentada en revisar y evaluar aspectos medulares de la institución como la gestión (plan

operativos, programas, proyectos, objetivos, metas); recursos humanos (capacitación, adiestramiento, perfil del cargo); morosidad del contribuyente,

procedimiento de fiscalización y determinación por mencionar solo algunos. Con respecto a la tercera interrogante, referida a las razones por la cual

se incrementa, disminuye o se mantiene el número de contribuyentes en el

Municipio por tributos, el informante A manifestó desconocer en su totalidad

el tema en cuestión; es decir, no puede hablar sobre la situación de los

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118

diferentes ramos que constituyen los ingresos, en cuanto a sí o no varían o

se estancan las estimaciones formuladas en los planes operativos.

Es bueno acotar, la informante A expone que en el tiempo de servicio

laborando en la institución nunca ha conocido del caso de actuaciones

fiscales donde sean analizadas las variaciones de los ramos por concepto de

tributos municipales, pero asume en el SEDEMAT lo deben hacer dada la

importancia de la misma para la institución.

La explicación dada por la informante clave A, nos lleva a consultarle de

manera adicional, si en el Plan Operativo Anual en función de las metas

establecidas por el órgano de fiscalización y recaudación tributaria del

Municipio Maracaibo se considera el incremento del número de contribuyente

por tributos.

Reafirma la informante A, que nunca ha sido considerado la revisión del

Plan Operativo del SEDEMAT desde ese punto de vista, en función de ver si

realmente ellos establecen como meta incrementar el número de

contribuyente en los tributos o en alguno en específico. Es de su entender, la

auditoría sería entonces de Gestión y eso no ha sido, ni está planteado.

En cuanto al tema en cuestión, la informante clave B, no supo dar

información, pues lo desconoce como tal; sin embargo, manifestó el deber de

la institución de manejar cifras al respecto. Aclaró, que por iniciativa propia y

debido al asesoramiento en Trabajos de Grado, ha podido observar, el Ramo

de Lenta y Difícil Recaudación cada año aumenta, por lo menos en los

últimos cuatro (4), pero se desconocen las razones expresó.

Continúa la exposición la informante clave B, existe la presunción que

los nuevos contribuyentes del Municipio, son captados sin realizar ninguna

acción administrativa, es decir, éstos van por iniciativa propia, pues los

mismos se ven en la necesidad en algún momento de demandar los servicios

públicos como aseo urbano, gas domiciliario, permiso de habitabilidad, entre

otros.

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119

Sobre el tema en cuestión, la informante clave C, en lo referido al ramo

de Lenta y Difícil Recaudación en función de si se incrementa, disminuye o

se mantiene el número de contribuyente, manifestó desconocer su

comportamiento, pues necesitaría de una serie datos, estadísticas y reportes,

lo cual no posee, como para poder identificarlos por años fiscales y hacer

comparaciones.

Actualmente, no se cuenta con un plan o programa de captación de

nuevos contribuyentes que ayuden a mejorar los ingresos del Municipio,

acotó el informante clave C.Asimismo, refiere, no saber el tipo de metas u

objetivos en la materia impositiva establecidos en el Plan Operativo Anual del

SEDEMAT, pues no hay instrucciones al respecto por parte de sus

superiores.

Con respecto a lo expuesto por los informantes claves, es necesario

señalar lo planteado por la informante A, cuando manifestó desconocer el

caso, por lo cual no puede hablar sobre las variaciones de los ramos o

impuestos, más aun, no conoce actuación alguna de la Contraloría Municipal

de Maracaibo, donde se haya hecho un análisis del tema en cuestión.

Por otra parte, explica la informante clave A que no ha sido considerado

en el Plan Operativo Anual, una actuación fiscal para la revisión de las

variaciones del número de contribuyentes por ramos o impuestos,

pudiéndose efectuar a través de una Auditoría de Gestión, y tampoco ese

aspecto ha sido planteado acotó.

Por su parte, el informante clave B, expreso que no maneja información

al respecto, pero la institución debería manejarla, sin embargo, el Ramo de

Lenta y Difícil Recaudación, ha observado con suma preocupación el ver los

últimos años se ha incrementado el número de contribuyentes con morosidad

o atraso en el pago de sus obligaciones tributarias.

Manifiesta, asimismo, mediante interrogante que se formula, como si

existe una empresa recaudadora de tributos para el Municipio, dicho ramo

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120

tenga ese comportamiento, inclusive afirma, los contribuyentes no son

captados, van por iniciativa propia debido a la necesidad de algún servicio

público, y es en ese momento es cuando se ponen a derecho. Considera a

su vez una subestimación las cifras presentadas por la Alcaldía de

Maracaibo en cuanto a las metas de recaudación.

Ahora bien, el informante clave C, argumentó desconocer el tema y no

poder dar información, pues no posee datos, estadísticas o reportes que

sirvan de base cierta para su opinión; sin embargo, agregó el SEDEMAT no

cuenta en los actuales momentos con un plan o programa de captación de

nuevos contribuyentes en ningunos de los tributos.

En este orden de ideas, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley

de Reforma de la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular (2014),

expresa que los planes operativos anuales de los organismos públicos son

aquellos que integran los proyectos, objetivos, metas, acciones, actividades y

recursos considerados por años, con el propósito de asegurarunos

resultados todo conforme a la norma legal.

Para este investigador, la Contraloría Municipal de Maracaibo órgano

fiscalizador externo del Municipio, no se ha abocado a la revisión de los

diferentes tributos en cuanto al comportamiento del número de

contribuyentes, por lo cual se desconoce en su totalidad el tema; más aún,

tampoco ha detectado a través de sus actuaciones que el ente recaudador

no ha considerado el incremento por ramos como meta, en el plan operativo,

así como, algún programao proyecto de captación de sujetos pasivos, con el

fin de recaudar un volumen mayor de recursos dinerarios.

La cuarta pregunta formulada a los informantes estuvo referida a la

capacitación que reciben los funcionarios,en funciones de auditores fiscales,

para lo cual la informante A, manifestó la existencia de una política

institucional de la Contraloría Municipal de Maracaibo de adiestramiento y

capacitación de su personal en diferentes áreas, tales como Contrataciones

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121

Públicas, Presupuesto, Bienes, Potestad Investigativa, Determinación de

Responsabilidades Administrativas, entre otras.

Para el investigador, con el fin de indagar más en el aspecto tributario,

fue necesario preguntar sobre la capacitación de los funcionarios con

respecto a ésta, todo ello con base a la información suministrada por la

informante A, pues la misma no fue mencionada en su exposición,

aseverando que en materia de impuestos tanto nacionales como

municipales, el personal no ha recibido formación, bien sea cursos o talleres

desde hace bastante tiempo. Al respecto, el informante clave B, expuso que durante mucho tiempo la

Contraloría Municipal de Maracaibo ha destinado una gran cantidad de

recursos en la formación de sus funcionarios, incluyendo estudios de cuarto y

quinto nivel; sin embargo, reconoce en materia tributaria, “no ha sido así”, ha

existido un descuido, mientras áreas como Contrataciones Públicas,

Presupuesto, Bienes, y Potestad Investigativa es lo contrario.

En el mismo orden de ideas, el informante clave C, en cuanto a la

capacitación de los funcionarios o auditores fiscales actuantes en materia

tributaria, éste manifestó que tal adiestramiento no existe, pues desde

hace bastante tiempo no reciben formación; más aún, la inducción a

recibir los nuevos ingresos de personal, los dan los funcionarios con más

años de servicios en la Institución, cuando en sus comisiones de trabajo

reciben al funcionario.

Dentro del marco de la conversación, el informante clave C, mencionó

la existencia de un personal sin el perfil para desempeñar funciones de

fiscales en el área de determinación tributaria, pues sus carreras de pregrado

no cuentan con materia afines a sus labores; es decir, su formación

académica no se corresponde con el rol asignado, llegando a existir inclusive

ingenieros.

En función de lo expuestos por los tres (3) informantes claves, se puede

apreciar que tanto el órgano fiscalizador como el recaudador, llámese

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122

Contraloría Municipal de Maracaibo y el SEDEMAT, presentan debilidades en

cuanto a la capacitación y adiestramiento de su personal, al no recibir éstos

formación en materia impositiva, imprescindible para el funcionamiento de

ambas instituciones.

Igualmente, se puede observar que la Contraloría Municipal de

Maracaibo al no tener un personal capacitado en el área tributaria, más aún,

no contar con una auditoría en la que se revisen o evalúen aspectos o

procesos medulares en la referida materia, no puede detectar las debilidades

existentes en el órgano fiscalizado, y por consiguiente ayudar a corregir tal

situación.

Para este investigador, es de vital importancia el adiestramiento y la capacitacióndel personal en la materia tributaria en elorganismo de control

fiscalcomo del órgano recaudador, debido a su importancia por ser procesos medulares y vitales para ambas instituciones; recayendo en ellos la obtención de los recursos dinerarios para el Municipio, y coadyuvar en la

soluciones de los problemas de las comunidades o ciudadanos. Asimismo, contar con un recurso humano con un perfil acorde al puesto a desempeñar.

Una vez aplicado el instrumento de recolección de información,

analizado e interpretado sus resultados con respecto al cuarto propósito específico, se concluye que la Contraloría Municipal de Maracaibo cuenta con todo un marco jurídico que le otorga amplias facultades para el ejercicio

de funciones de control, fiscalización e inspección, contando para ello con una autonomía funcional, orgánica y administrativa.

Ahora bien, en el ámbito de sus competencias encuentran una serie de limitaciones, pues solo puede efectuar las que por Ley le son conferidas, limitándose al espacio de su Municipio. Asimismo, el poder sancionatorio es

reservado a la materia administrativa y dineraria, dejando el disciplinario, civil y penal a otros niveles del poder público de la nación.

Por otra parte, la Contraloría Municipal de Maracaibo no cuenta con una

Auditoría Tributaria en sus Planes Operativos donde se revise o analice aspectos relevantes como el Recurso Humano que participa en la

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fiscalización y determinación del tributo, en cuanto a su perfil para ejercer sus

funciones, así como su conocimiento en atención a la capacitación y adiestramiento, por lo cual no puede detectar debilidades existentes en los órganos sujetos a rendición.

Igualmente, la revisión de la gestión en el aspecto tributario, según lo

plasmado en sus planes operativos, afin de constatar la formulación y

cumplimiento de metas y objetivos en materia impositiva, o la revisión de

ramos importantes para observar su comportamiento con el transcurso de los

años, efectuando una valoración comparativa.

En el mismo orden de ideas,se observa que el Servicio Desconcentrado

Municipal de Administración Tributaria, no cuenta en su Plan Operativo Anual

con Programas de captación de nuevos contribuyentes por ramos o tributos;

o meta alguna referida a tal aspecto, con miras a incrementar los ingresos

dinerarios del Municipio.

Por último, el Servicio Desconcentrado Municipal de Administración

Tributaria no cuenta con programas de adiestramiento y capacitación de los

funcionarios actuantes en los procedimientos de fiscalización y determinación

tributaria, así como un personal el cual no reúne los requisitos o perfil para

desempeñar tal función.