Modulo 5. Forma Juridica

17
INDICE 1. FORMA JURÍDICA 1.1. ELECCIÓN. JUSTIFICACIÓN. CARACTERÍSTICAS. 1.2. TRAMITES DE CONSTITUCIÓN 1. FORMA JURÍDICA. En esta quinta fase de nuestro proyecto vamos a analizar cada una de las formas jurídicas existentes en la actualidad para encontrar aquella que más nos interese darle a nuestra empresa. Para ello analizaremos cada una de las características hasta encontrar aquella que más nos beneficie y que figurará en nuestra denominación social. Concretamente: en esta fase vamos a decidir la forma jurídica que más nos conviene para nuestra empresa de conservas caseras. En primer lugar, hemos sintetizado la información obtenida sobre las principales formas jurídicas con el cuadro síntesis siguiente: MODULO V: Forma Jurídica

description

modulo 5

Transcript of Modulo 5. Forma Juridica

MODULO V:Forma Jurdica

INDICE1. FORMA JURDICA1.1. ELECCIN. JUSTIFICACIN. CARACTERSTICAS.1.2. TRAMITES DE CONSTITUCIN

1. FORMA JURDICA.En esta quinta fase de nuestro proyecto vamos a analizar cada una de las formas jurdicas existentes en la actualidad para encontrar aquella que ms nos interese darle a nuestra empresa. Para ello analizaremos cada una de las caractersticas hasta encontrar aquella que ms nos beneficie y que figurar en nuestra denominacin social.Concretamente: en esta fase vamos a decidir la forma jurdica que ms nos conviene para nuestra empresa de conservas caseras.En primer lugar, hemos sintetizado la informacin obtenida sobre las principales formas jurdicas con el cuadro sntesis siguiente:

AutnomoIndividualComunidad de bienesSociedad limitadaS.L.N.ESociedad annimaSociedad laboralSociedad cooperativa

DescripcinPersonafsica que ennombrepropio ejercesu actividadSon variaspersonas quecon ciertosporcentajesponen encomn bienes yderechos deuna actividadSociedadmercantildividido enparticipaciones ysociosSociedadmercantildividido enparticipacionesy sociosSociedad mercantilcuyo capital estdividido en accionesSociedad mercantildonde al menos el51% del capitalpertenece a lostrabajadoresSociedad nomercantil queasocia personascon interesescomunes

Personalidad jurdicaLa del titulardel negocioNo tienePropiaPropiaPropiaPropiaPropia

Aportacin socialCapital ytrabajo porel titularCapital, bienesy trabajoMnimo 3.000totalmentedesembolsadosMnimo 3.000,mximo120.000Mnimo 60.000,desembolsndose el25% inicialMnimo 60.000,desembolsndose el25% en S.A. y3.000 en S.L.Capital ytrabajo, mnimo3.000desembolsandoel 50%

Normativa legalCdigo deComercioCdigo deComercio yCdigo CivilLey 2/1995Ley 7/2003RD legislativo1564/1989Ley 4/1997Ley 27/99

Nmero de socios1Mnimo 2Mnimo 1Mximo 5Mnimo 1Mnimo 4 (3trabajadores)Mnimo 1

Derecho de los sociosControl delnegociotitularParticipa enproporcin a suaportacinParticipar enproporcin a suaportacinParticipar enproporcin a suaportacinDerecho desuscripcinpreferenteParticipacin enproporcin alcapital aportadoParticipacinsegn losestatutossociales

ResponsabilidadIlimitada ypersonalIlimitada ypersonalLimitada alcapitalLimitada alcapitalLimitada al capitalaportadoLimitada al capitalaportadoLimitada al capitalaportado

Rgimen fiscalIRPF, IVAIRPF, IVAImpuestos desociedades, IVAImpuesto desociedades, IVAImpuesto desociedades, IVAImpuesto desociedades, IVAImpuesto desociedades, IVA

Seguridad SocialAutnomosAutnomosRgimen Generalo AutnomosRgimenGeneral oAutnomosRgimen GeneralRgimen GeneralRgimen Generalo Autnomos

Organo RectorNo hayReuninComunerosJunta General,ConsejoAdministracinJunta General,ConsejoAdministracinJunta General,ConsejoAdministracinJunta General,ConsejoAdministracinAsambleaGeneral, ConsejoRector,Interventor

3.1 ELECCIN. JUSTIFICACIN. CARACTERSTICAS.Es fundamental decidir la forma jurdica que ms conviene a nuestra empresa, conel fin de evitar posibles cambios de la misma en el futuro. Aunque la forma jurdicaes susceptible de cambio, lleva consigo un coste importante que podemos evitar sila decisin ahora es correcta.En primer lugar, vamos a analizar los distintos factores que condicionan la eleccinde la forma de la empresa. Para ello hemos cumplimentado la siguiente tabla:

En segundo lugar hemos realizado un estudio especial de fiscalidad y para ello hemos consultado la pgina web de AEAT, para localizar la normativa que regula los impuestos sobre la renta de las empresas: IRPF e Impuesto de Sociedades, y hemos elaborado un cuadro resumen que recoge la forma de tributar de una empresa en IRPF e Impuesto de Sociedades. En el cuadro resumen figuraban unas cantidades de capital social que aumentaban progresivamente de 5.000 en 5.000 euros, partiendo de 0 hasta un capital social 400.000 euros. A continuacin pusimos tres formas jurdicas que tienen distinta forma de tributar como son las Sociedades que tributan en el Impuesto de Sociedades y las Cooperativas, que tributan en el IRPF. A partir de aqu elaboramos una tabla para calcular cada una tributando en su respectivo impuesto, al que aplicbamos el tipo impositivo a cada cantidad de capital social para calcular cul era la cantidad que perdamos dependiendo del capital social. Por ltimo hicimos una tercera tabla a especie de cuadro resumen de las otras dos y las comparbamos para comprobar cul era la que dependiendo del capital social se termina pagando ms impuestos o menos. Para terminar hemos elaborado una grfica en la que recogemos las cantidades totales de impuestos de cada una de las dos primeras tablas, para demostrar visualmente que tipo de forma jurdica interesa ms partiendo de distintas cantidades de capital social. Como podemos observar en la grfica, la Cooperativa (lnea roja) que tributa por el IRPF, paga menos impuestos con un capital partiendo desde el mnimo hasta la cantidad de 345.000 euros, cantidad desde la que a partir de sta y en aumento observamos como la Sociedad (lnea azul) que tributa por elimpuesto de Sociedades, es cuando empieza a pagar menos impuestos de laCooperativa.Lo que podemos deducir de todo esto, es que al la hora de elegir una forma jurdica por sus caractersticas fiscales, tendremos que tener en cuenta el capital social del que vamos a disponer y a partir de esto elaborar que forma nos interesa fiscalmente.Una vez que hemos comparada la forma de tributar de una Sociedad en el Impuesto de Sociedades y de una Comunidad en el IRPF, estudiamos las diferencias y tomamos una de las decisiones ms importantes de todo el proyecto como es la forma jurdica que adquirir nuestra empresa.Nuestra empresa ser una Sociedad Limitada Laboral, por varias razones:

N DE PROMOTORES: El nmero de personas que intervendrn en la actividad es un condicionante, ya que al ser dos socios hemos decidido constituir una Sociedad Limitada Laboral, porque si las comparamos con las dems formas jurdicas, la sociedad limitada no tiene un nmero mximo de socios y el mnimo es de uno. Y junto con la sociedad laboral, que incluye que el 60 % deben ser trabajadores, y si en un futuro nuestra empresa tuviera xito y se requiriera contratar trabajadores, estos podran superar el tanto por ciento mnimo requerido.

RESPONSABILIDAD: Este aspecto es muy importante. La responsabilidad por las deudas contradas est limitada al capital aportado por los socios (responsabilidad limitada) y para nosotros es muy importante ya que empezaremos de cero en un mundo hasta ahora nuevo para nosotros como es el empresarial y si no furamos capaces de responder antes las deudas de la empresa podramos sufrir graves consecuencias. La Sociedad Limitada, Sociedad Limitada Nueva Empresa, Sociedad Annima y Sociedad Cooperativa tienes las mismas caractersticas en cuanto al aspecto de la responsabilidad y por ello no podemos comentar de forma negativa de ellas. En la Comunidad de Bienes, la Sociedad Civil y la Sociedad Colectiva la responsabilidad es ilimitada, lo que quiere decir, que en caso de que algo fuera mal en la empresa los socios deberan responder a las deudas con su patrimonio personal.

NECESIDADES DEL PROYECTO: este aspecto tiene un punto negativo y otro positivo.-Negativo: las Sociedades Limitadas Laborales son ms caras en su constitucin ya que es necesario inscripcin en el Registro Mercantil y por ello existen otros gastos como el de notaria. Otros aspectos negativos son la difcil transmisin de las participaciones y el desembolso ntegro del capital social. En cuanto al capital aportado por los socios en el momento de su constitucin, este tipo de sociedades exige un capital mnimo de 3.005,06 y un mximo de 60.101,21 lo que no es ningn inconveniente ya que nuestra inversin pretende ser mayor al mnimo exigido.-Positivo: para este tipo de empresas estn obligadas a constituir un Fondo Especial de Reserva de un 10% del beneficio lquido de cada ejercicio que podra destinarse a la compensacin de prdidas en el caso de que no existan otras reservas disponibles suficientes para este fin. Adems estn exentas de las operaciones societarias, de constitucin y de aumento de capital, a parte de contar con bonificaciones en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y en el Impuesto sobre Actos Jurdicos Documentados.

IMAGEN ANTE LOS CLIENTES: Muchos clientes y proveedores se fijarn en la forma jurdica de la empresa para determinar la mayor o menos permanencia de la misma, y, por tanto, la mayor o menor fiabilidad. As mismo los clientes potenciales exigen que los emprendedores proyectemos sobre ellos una imagen de solidez como organizacin. Las formas jurdicas irregulares o personalistas no cumplen este requisito. La Sociedad Limitada est obligada a depositar sus datos en el Registro Mercantil, con lo que cualquier persona puede conocer nuestro patrimonio y de esta forma ofrecer mayores garantas a clientes y proveedores. La Sociedad Limitada nos dar una mayor sensacin de permanencia en el mbito empresarial y esto nos puede ayudar, ya que como ya dijimos antes empezamos de cero en este mundo y no disponemos de cartera de clientes y de ningn prestigio en el mundo empresarial y nos har falta obtener la mayor confianza de nuestros proveedores y clientes.

ASPESCTOS FISCALES: La diferencia entre unas formas jurdicas y otras se encuentra en la tributacin a travs del IRPF en el caso de autnomos, sociedades civiles y comunidades de bienes, o bien a travs del Impuesto de Sociedades en el reto de sociedades. En el IRPF se aplica un tipo impositivo progresivo que va elevndose segn van incrementndose los beneficios. En el Impuesto de Sociedades se aplica un tipo fijo, que con carcter general es del 25% hasta un capital social de 120.202 para empresas generalmente de reducida dimensin y del 30% a partir de dicha cantidad. En las sociedades a medida que aumenta el capital social, nos resulta ms interesante constituir una sociedad antes que una comunidad de bienes, sociedad civil o empresario autnomo. A partir de un capital social de345.000 , se pagara ms impuesto por IRPF que por impuesto de Sociedades, pudiendo entonces sacar la conclusin que si tenemos pensado un capital social de estas cantidades o mayor, nos conviene ms constituir una sociedad que una comunidad y es por ello a efectos fiscales lo que nos allevado a tal decisin. A partir de 345.000 de base imponible, la cantidad a pagar por el IRPF comienza a ser mayor que la del Impuesto de Sociedades.

3.2. TRMITES DE CONSTITUCIN

Ahora que ya tenemos elegida la forma jurdica de nuestra empresa, vamos a ir adentrndonos poco a poco en cmo llegar a conseguir que nuestra empresa adquiera esa forma jurdica. Para ello lo primero que vamos a hacer es elaborar un cuadro en el que recogeremos todos los trmites necesarios hasta que seran necesarios para que nuestra empresa pudiera funcional legalmente.En el detallaremos cada uno de los trmites a realizar y lo describiremos en concepto, lugar donde se realiza el trmite, los documentos necesarios, el plazo de solicitud del mismo, su plazo de obtencin y el coste de todo el trmite.

Una vez que nos hemos decidido por la forma jurdica de la empresa y hemos expuesto nuestros motivos que nos han declinado hacia esa eleccin, debemos constituir legalmente nuestra empresa antes de ponerla en funcionamiento. ste es el ltimo paso que debemos realizar para que por fin lo que para nosotros empez como una mera idea de un proyecto de negocio, pueda hacerse realidad y poder hablar de ella como un negocio real. Despus de haber tomado nota de todo este recorrido, nos disponemos a realizar todos los trmites que a continuacin les detallaremos uno a uno hasta que nuestro nombre sea reconocido legalmente como una empresa:El primer paso es establecer el nombre y forma jurdica de la sociedad, con el que va a ser identificada nuestra sociedad a partir de ahora como sujeto de derechos y obligaciones en todas sus relaciones jurdicas. El artculo 413 del vigente Reglamento del Registro Mercantil en su apartado primero establece que, No podr autorizarse escritura de constitucin de sociedades y dems entidades inscribibles o de modificacin de denominacin, sin que se presente al Notario la certificacin que acredite que no figura registrada la denominacin elegida.

Para ello primero tenemos que obtener esa acreditacin que confirme que nuestro nombre elegido para la sociedad est disponible, o sea, que no existe ninguna empresa con el mismo nombre. Este documento recibe el nombre de certificacin negativa del nombre y se puede obtener de varias maneras: Telemticamente mediante la pgina web del Registro Mercantil Central. Por correo ordinario, rellenando un formulario que expide el Registro Mercantil de la Provincia. Dirigindose personalmente a la oficina del Registro Mercantil Central.Nosotros vamos a realizar el trmite en persona, para ello nos dirigiremos al Registro Mercantil Central, situado en la Calle Prncipe de Vergara, 94 (Madrid).Una vez aqu nos entregan un documento a cumplimentar con los siguientes datos: Interesado o beneficiario de la certificacin: debemos incluir el nombre de uno de los fundadores o promotores en cualquier otro caso. Denominacin social: podremos consignar un mximo de tres denominaciones por orden de preferencia si la antecedente a la precedente estuviera ya asignada a otra empresa. Formacin social: Al igual que la denominacin socia, deberemos consignar hasta un mximo de tres denominaciones por orden de preferencia.Una vez rellenado el documento con los posibles nombres y formas que tendr nuestra empresa, lo entregamos y nos dicen que un tiempo estimado de 15 das podemos pasar a recoger los resultados.

Ya han transcurrido 7 das desde que hicimos entrega del documento cumplimentado en el Registro Mercantil Centra, acudimos de nuevo para conocer el que ser nuestro nombre social como empresa a partir de ahora. Recogemos el documento y afortunadamente, el primer nombre que pusimos por orden de preferencia nos confirma que est disponible. A partir de ahora nuestra empresa recibe el nombre social de AMAZING SHOT S.L.No debemos demorarnos mucho en realizar el siguiente paso ya que segn el Real Decreto 158/2008, la validez del nombre concedido es de 3 meses, pasados estos disponemos de otros 15 meses para renovar dicho certificado haciendo entrega del caducado, quedando mientras tanto nuestro nombre en reserva. Los costes de esta primera operacin han sido de 14 la certificacin, y de 6,97 si se procediera a su renovacin.El siguiente paso que debemos realizar es la apertura de una cuenta bancaria a nombre de la sociedad. Aqu aportaremos cada uno lo que ser nuestro capital inicial, creando una cuenta a nombre de nuestra sociedad en constitucin. Al tratarse de una Sociedad Limitada Laboral el capital mnimo debera de ser de 3.005,06 desembolsados ntegramente. Pero este no ser ningn problema, ya que nuestro desembolso inicial ser de 20.000 por cada una de los cinco socias de la sociedad.Una vez que ya hemos creado la cuenta, el banco nos hace entrega de lo que ser nuestro siguiente documento, un certificado de cuenta corriente bancaria que deberemos entregar en el Notario. En l aparece indicada las personas que hemos realizado la aportacin y el importe de la cuanta que hemos ingresado.

Ahora con el certificado negativo de nombre y con el recibo de cuenta corriente bancaria en nuestras manos, acudimos a un Notario para dar otorgamiento de constitucin legal mediante escritura pblica a nuestra empresa. La escritura pblica debe contener los siguientes datos: Datos personales. La voluntad de constituir la fundacin. Certificado bancario. Certificacin negativa del nombre. DNI de todos los socios. Estatutos de la fundacin. (Ver anexo III)Los estatutos son las normas que van a regir la sociedad (nombre, objeto social, capital social, domicilio social, rgimen de participacin de cada socio). Aunque sera recomendable ponernos en manos de un abogado para que los redactase o dejarlo en manos de la notara.Una vez finalizado los trmites antes citados y ya habiendo firmado cada uno de nosotros, el notario nos hace entrega de la escritura de constitucin, previo pago de 148,55 en cuestin de derechos notariales de otorgamiento de escritura, cantidad que vara dependiendo de la aportacin de capital social inicial.Salimos de la Notaria una vez retirada la escritura de constitucin de nuestra empresa y nos dirigimos a la Delegacin Provincial de Hacienda que nos corresponda, que en este caso se halla en la localidad de Toledo, c/ Alfonso X El Sabio, 1, para solicitar un CIF provisional. Es un nmero utilizado en Espaa para las personas jurdicas o entidades en general para ser identificadas a efectos fiscales. Como empresarios que vamos a desarrollar actividades empresariales en territorio espaol, estamos obligados a la obtencin de dicho nmero.Este identificador tendr carcter provisional mientras que no aportemos copia de la escritura pblica o documento de la constitucin y de los estatutos sociales o documento equivalente, as como certificacin de su inscripcin en un registro pblico.Para su obtencin precisamos: Una copia de la escritura. Fotocopia del DNI El modelo 036 cumplimentado. Transcurridos 30 das hbiles desde el otorgamiento de la Escritura Pblica de constitucin, nos ha sido asignado el nmero de identificacin provisional pero hemos quedado obligados a la aportacin de la documentacin pendiente necesaria para la asignacin del CIF definitivo tan pronto como dispongamos de ella. De forma simultnea podemos comunicar el inicio de la actividad e incluso si todava no conocemos la fecha de inicio de stas y se van a realizar gastos, cuyo IVA luego nos deduciremos, podemos realizar la declaracin previa al inicio de las operaciones. Pero de momento en nuestro caso nos conformaremos con la obtencin del cdigo.Ahora debemos acudir a la Delegacin de Hacienda de la Comunidad Autnoma correspondiente a la provincia en la que est domiciliada nuestra sociedad, en este caso iremos a la administracin de Ciudad Real en la calle Ruiz Morote, 4. Aqu liquidaremos el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurdicos Documentados en la modalidad de Operaciones Societarias. Para ello debemos presentar los siguientes documentos:

CIF de la sociedad Una copia y copia simple de la escritura de constitucin Modelo 600 cumplimentado (Ver anexo VII)En este trmite, la cuota a ingresar es el resultado de aplicar el 1% de la cuota tributaria a la base imponible, que debe coincidir con la del capital social de la empresa. En este caso, como nuestra aportacin es de 100.000 , debemos aportar 1000. Aunque nosotros estamos realizando todos los trmites lo ms rpido posible, este trmite tendra un plazo mximo de presentacin de 30 das hbiles desde el otorgamiento de la Escritura Pblica de constitucin.Una vez liquidado el impuesto y pasados dos meses del otorgamiento de la Escritura Pblica de constitucin, tenemos que llevar nuestra escritura al Registro Provincial Mercantil que hemos fijado en los estatutos, que es el Registro Mercantil de Ciudad Real situado en la calle Alarcos nmero 29; para que procedan a la inscripcin del mismo, paso necesario y a partir del cual nuestra sociedad va a adquirir personalidad jurdica y ser titular de los derechos y obligaciones.Para ello depositamos la primera copia de la escritura de constitucin que nos ser devuelta tras la inscripcin, una copia simple de la Escritura que se unir a los archivos del Registro, y el resguardo de haber liquidado el Impuesto deTransmisiones Patrimoniales y Actos Jurdicos Documentados. En nuestro caso y dependiendo del Registro, hemos dejado un telfono para que nos comuniquen cuando podemos pasar a retirarla, aunque ya previamente hemos adelantado una cantidad en concepto de depsito a cuenta de la liquidacin definitiva.El coste de la inscripcin de la sociedad y su publicacin en el Boletn Oficial del Registro Mercantil ha sido de 81,13.En este momento nuestra empresa acaba de adquirir personalidad jurdica propia.A partir de ahora debemos hacer constar en toda nuestra documentacin, correspondencia, notas de pedido y facturas, el domicilio y los datos identificadores de nuestra inscripcin en el Registro Mercantil, adems de nuestra forma jurdica. El incumplimiento de esta norma estara sancionado con una multa de entre 300 a 3.000.El siguiente paso que debemos hacer es volver a la Delegacin Provincial de Hacienda, ya que quedamos pendientes de entregar toda la documentacin que en esos momentos no poseamos, para que ahora el CIF que anteriormente nos dieron con carcter provisional pueda ya asignrselo como CIF definitivo para nuestra sociedad.Para ello debemos entregar estos documentos: Original y fotocopia de escritura pblica en la que figure la identificacin de todos nosotros, nuestra cuota de participacin y el objetivo de la comunidad, firmada por todos los socios. Fotocopia del NIF, del que vamos a firmar la declaracin censal. Liquidacin por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y ActosJurdicos Documentados.Ahora que ya somos legales, tenemos que darnos de alta en la Seguridad Social.Como somos 4 trabajadores, nos corresponde darnos de alta en el Rgimen deAutnomos. Para realizar este trmite disponemos de 30 das naturales desde elinicio de la actividad, aunque el alta causar efectos a partir del da 1 del mes en que iniciemos la actividad.Para ello nos toca es acudir a la Tesorera de la Seguridad Social para solicitar un Cdigo de Cuanta de Cotizacin (C.C.C.), en este caso acudiremos tambin a Ciudad Real, direccin Avenida Rey Santo, 2. Este es un acto administrativo por el que la Tesorera General de la Seguridad Social a solicitud nuestra realiza una inscripcin en el Sistema de la Seguridad Social, que ser vlida durante la existencia nuestra como empresarios. Esta alta nos supondr todos los meses un ingreso en la Seguridad Social de 249,18.Consecuentemente con la inscripcin de la empresa, la Tesorera General de la Seguridad Social nos asignar el Cdigo de Cuenta de Cotizacin para nuestra identificacin numrica. Aqu deberemos indicar si optamos por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o una Mutua Patronal para cubrir los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. ste cdigo de cuenta deberemos solicitarle en cada una de las provincias donde vayamos a ejercer actividad antes de las mismas.La documentacin que aqu entregamos es: Modelo oficial de solicitud TA6 Documento de Declaracin respecto a la proteccin de los Accidentes deTrabajo. Escritura de Constitucin debidamente registrada. Fotocopia del DNI del que firmaremos la solicitud de inscripcin.Realizados todos estos trmites, ya estamos dados de alta en el Rgimen de la Seguridad Social como trabajadores autnomos, y podemos empezar a ejercer nuestra actividad.