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SegurosNociones Generales

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Seguros

• Riesgo– Específicos (especulativos)

– Puros

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Riesgos

– Específicos (especulativos)• Empresarial: dependen del accionar del

empresario y su resultado es incierto e impredecible

• De factores sociales y personales: Son combinaciones de factores volitivos y aleatorios. Cambios de tareas, juegos de azar etc.

• No asegurables

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Riesgos

• Puros– Son comunes a la población y a las empresas

en general.• Robos • Incendios• Accidentes• Etc.

– Son asegurables

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Riesgo PuroMétodos de Tratarlo

• Directo: Prevención• No siempre es posible evitarlo• Indirecto:

– Seguros• Cesión del resultado patrimonial negativo

– Patrimoniales: carácter indemnizatorio

– De personas: carácter de previsión

• El asegurado no deja de soportar los efectos físicos y jurídicos del hecho

• El asegurador no asume el riesgo en sí. Solo asume el efecto patrimonial del mismo

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Juego y SeguroSimilitudes

El hecho aleatorio implícito en ellos, que los caracteriza

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Juego y SeguroDiferencias

• Riesgo– Juego: Riesgo Artificial => buscado– Seguro : Riesgo Natural => No deseado y temido

• Patrimoniales– Juego: Ocurre evento previsto => beneficio– Seguro : Ocurre evento previsto => perjuicio

• Fines– Juego: búsqueda de lucro– Seguro: espíritu indemnizatorio (no se puede obtener

lucro)

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ConceptoArt. 1º Ley 17418

“ Hay contrato de seguro cuando el asegurador se obliga mediante una prima o cotización, a resarcir un daño o cumplir

la prestación convenida si ocurre el evento previsto”

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Características del Contrato

• Bilateral (asegurado y asegurador) o trilateral (asegurado, tomador y asegurador)

• Oneroso• Comercial• Formal• De adhesión• Consensual (perfecciona con consentimiento)• Buena Fé• Aleatorio• Nominado• Típico (estructura y características propias)• De ejecución continuada

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Sujetos

• Asegurador: empresa que asume la cobertura del riesgo. NO confundir con Productor-Asesor

• Asegurado: Persona con quien se desenvuelve la relación jurídica trabada con el asegurador (es el titular del interés asegurado)

• Tomador: Proponente del aseguramiento, es el responsable del pago de la prima y del cumplimiento de las obligaciones al momento de celebrar el contrato

• Beneficiario: Persona que recibe la indemnización

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Forma de contratar

• A nombre propio por su cuenta– Asegurado = Tomador = Beneficiario

• Seguro de accidentes personales

• A nombre propio y a beneficio de un 3º– Asegurado = Tomador = Beneficiario

• Seguro de Vida

• A beneficio propio pero a nombre de un 3º– Asegurado = Tomador = Beneficiario

• Seguro de garantía de deuda

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Elementos específicos

• Objeto: Cualquier riesgo si existe interés asegurable

• Riesgo:– Existencia: debe existir al momento del

contrato– Inexistencia: por haberse producido o

desparecido la posibilidad de producirse: Hace NULO el seguro

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Elementos específicos

• Interés Asegurable:– Interés que el asegurado debe tener en la

conservación de los bienes o personas expuestas a riesgo

– Requisito indispensable para su validez– Debe existir al momento del contrato o tener

posibilidad de existir (en este caso esta condicionado a esa existencia)

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Elementos específicos

• Interés Asegurable– Quienes lo tienen:

• El Propietario• Los titulares de Derechos Reales• El titular de Derechos Crediticios• Titulares de obligaciones que suponen

responsabilidad personal sobre las cosas (depositarios, comodatarios, locatarios, etc)

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Elementos específicos

• Interés Asegurable – Elementos– Patrimonial

• Debe causar un perjuicio patrimonial• Debe poder ser cuantificado económicamente

– Real• El bien debe existir

– Legitimo• Los bienes asegurado deben haber sido obtenidos

en forma legitima

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Elementos específicos

• Interés asegurado– Es el interés asegurable que es cubierto con la

contratación de un seguro

• Valor asegurable– Cuantificación económica del interés asegurable. – Valor real del bien

• Valor asegurado– Es el valor de cobertura por el cual se realiza el

contrato

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Sobreseguro

• Valor Asegurado > Valor Asegurable– No se debe realizar– No puede haber lucro por el siniestro– El asegurador paga como máximo de

indemnización el Valor Asegurable

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Infraseguro

• Valor Asegurado < Valor Asegurable– El asegurador indemniza como máximo el

valor asegurado– Ante daño parcial se indemniza en proporción

(relación entre valor asegurado y valor asegurable)

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Mecanismo de Contratación

Asegurado

Tomador

Propuesta

Condiciones del seguro que se pretende realizar

Compañía aseguradora

Póliza

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Propuesta

• No obliga ni al asegurado ni al asegurador– Excepción:

• Renovación de contrato vigente. El asegurador tiene 15 días para rechazarla.

• En seguro de personas no se aplicará esta posibilidad de rechazo

• Diferencia entre propuesta y póliza: ante silencio por parte del asegurado (plazo un mes) se considerará aceptada. Artículo 12

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Reticencia

• Artículo 5: “Toda declaración falsa o toda reticencia de circunstancias conocidas por el asegurado, aún hechas de buena fe, que a juicio de peritos hubiese impedido el contrato o modificado sus condiciones si el asegurador hubiese sido cerciorado el verdadero estado del riesgo, hace nulo el contrato”

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Impugnación

• El asegurador de impugnar dentro de los tres meses de conocida

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Tipos de reticencia

• Dolosa o de mala fe:– Hace nulo el contrato– El asegurador tiene derecho a las primas

devengadas hasta la anulación.

• De buena fe o no dolosa:– Contrato anulable– Podrá ser modificado al nuevo estado riesgo– Seguro de vida: modificación obligatoria si la

anulación perjudica al asegurado

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Siniestro en el plazo para impugnar

• El asegurador no debe prestación alguna

• Excepciones:

• Seguro de vida: indemnización ajustada si la misma es obligatoria.

• Seguro de vida: sólo valor de rescate si el reajuste no es obligatorio.

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Póliza

• Contrato de seguro propiamente dicho.

• Otra prueba escrita es admitida

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Requisitos de la póliza

• Nombre y domicilio de las partes• El interés o la persona asegurada• Riesgos asumidos• Vigencia• Prima o cotización• Suma asegurada• Condiciones generales• Condiciones particulares

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Condiciones

• Generales: aquellas que son comunes a los distintos riesgos que comprenden una rama de seguros.

• Particulares: particularizan el contrato del seguro– Por ejemplo exclusiones– Vigencia– Interés asegurable

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Modalidades

• Al portador

• A la orden

• Nominada (obligatorio seguro de vida)

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Vigencia

• Salvo pacto contrario es de un año

• Comienza a las 12 horas del día de inicio y termina a las 12 horas del último día establecido.

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Rescisión

• Debe estar convenida.

• NO es posible en los seguros de vida

• Por el asegurador. Preaviso. Plazo 15 días, reembolso de primas proporcionales por el plazo no corrido.

• Por el asegurado. El asegurador tendrá derecho a las primas devengadas

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Prórroga tácita

• Prevista en el contrato.

• Término máximo un período.– Excepción: seguro flotantes

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Por plazo indeterminado

• Cualquiera de las partes puede rescindirlo

• Renuncia al derecho de rescisión. Plazo máximo cinco años.

• No son aplicables al seguro de vida

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Liquidación y cesión de cartera

• No autoriza la rescisión de contrato.

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Contratación por cuenta ajena

• Validez: de celebrarse con o sin designación del tercer asegurado (ante duda se considera por cuenta propia)– No necesita autorización del asegurado.– Excepto seguro de vida

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Contratación por cuenta ajena

• Derechos del tomador. Si tiene posesión de la póliza

• Puede poner a nombre propio los derechos que emanan del contrato

• Cobrar la indemnización– El asegurador podrá exigir el consentimiento

del asegurado– Excepto: Tomador actúa por mandato o en

razón de una obligación legal

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Contratación por cuenta ajena

• Derechos del asegurado

• Tiene derechos si posee la póliza

• Caso contrario, ni hacerlos valer judicialmente sin el consentimiento del tomador

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Contratación por cuenta ajena

• Retención de la póliza por el tomador

• No está obligado a entregarla hasta que le hayan abonado el contrato

• Puede cobrarla con prelación al asegurado o sus acreedores.

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Prima

• Costo del seguro y representa la contraprestación del riesgo asumido.

• Tipos de prima pura

• De riesgo: seguro de daños

• De ahorro: seguro de vida

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Premio

• Prima pura: costo real del riesgo asumido. Se calcula mediante la intercesión de la frecuencia e intensidad.

• Prima bruta: Prima pura + gastos explotación, de adquisición, recargos administrativos, derechos de emisión.

• Premio: Prima Bruta + adicional financiero, impuestos y tasas

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Prima

• Obligado al pago: Tomador (el asegurador puede exigírselo al asegurado si el primero a caído en insolvencia)

• Compensación: el asegurador podrá compensar sus créditos contra la indemnización

• Pago por tercero: el asegurador debe aceptarlo salvo oposición del asegurado

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Prima

• Lugar de pago: domicilio del asegurador o convenido

• Exigibilidad: se debe desde la celebración del contrato.– Es exigible contra entrega de la póliza o

certificado de cobertura

• Crédito tácito: se presume sino se cobró al momento de la entrega de la póliza

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Franquicia

• También denominado seguro a segundo riesgo• Importe del siniestro que se encuentra a cargo

del asegurado• Limitación contractual o de ley

– A las indemnizaciones debidas– A la responsabilidad

• Imposibilidad de reclamación sino se llega a un % del valor asegurado

• Puede ser eliminada con el pago de una extraprima.

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Descubierto obligatorio

• Parte del riesgo que invariablemente estará a cargo del asegurado

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Tipos de Franquicia

• Simple: Se excluyen de la cobertura ciertos importes, pero superado éste se abona la totalidad de la indemnización.

• Deducible: Suma que se descuenta en todos los casos (suma fija o porcentaje)

• De tiempo o período de carencia

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Mora en el pago

• Mora automática• La falta de pago libera al asegurador• Podrá rescindirse el contrato (salvo pacto en

contrario) si el asegurador lo denuncia con un plazo de un mes.

• El asegurador no responsable de indemnizar dentro del plazo de denuncia luego de dos días de transcurrida la notificación

• El contrato sigue vigente pero no hay cobertura

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Cargas y obligaciones

• Del asegurado:– Antes del siniestro

• Pagar la prima• Conservar el estado riesgo• Denuncian la agravación del riesgo• Prevenir el siniestro

– Después del siniestro• No agravar el siniestro• De no ser el siniestro dentro de los tres días de producido• Aportar pruebas y documentación• Realizar todo lo necesario para reducir el daño

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Cargas y obligaciones

• Del asegurador

• Pagar la indemnización cuando ocurre el hecho previsto (asunción el riesgo)

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Caducidad

• Por disposiciones de ley• Por disposiciones contractuales• Incumplimiento de cargas y obligaciones

– Antes del siniestro• El asegurador deberá alegarla dentro del mes de conocida.

Si el siniestro ocurre dentro de este plazo, el asegurador no deberá la indemnización si la falta de incumplimiento de la carga influyó en el hecho

– Posterior al siniestro• El asegurador se libera si el incumplimiento influyo en la

extensión o agravación del hecho

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Agravación del riesgo

• Hecho que presupone un aumento del riesgo contratado.

• Denuncia:– Por un hecho del tomador antes que se

produzca– Por un hecho ajeno apenas conocida

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Agravación del riesgoEfectos

• Provocado por el tomador– Cobertura suspendida– Asegurador: dentro de siete días debe notificar la decisión de

rescindir

• Por hecho ajeno al tomador– Asegurador debe notificar decisión de rescisión dentro del mes

de informado y otorgar un preaviso de siete días– Si la práctica comercial no hubiera asumido ese riesgo la

cobertura queda suspendida

• En caso de siniestro: no hay indemnización si el tomador omitió la denuncia, excepto:– Omisión sin culpa o negligencia– El asegurador conocía la agravación

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Efecto de la rescisión

• Derechos del asegurador:– Percibir prima proporcional si la agravación le

fue comunicada– Percibir la prima por el seguro si se omitió

informar

• Extinción del derecho rescindir: el asegurador pierde este derecho si no los ejerce dentro de los plazos de ley

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Siniestro

• Hecho fortuito o aleatorio acaecido en determinado momento y contemplado en la póliza.

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Dolo o culpa grave

• Si el hecho es provocado por el Asegurado, con dolo o culpa grave, el asegurador se libera del pago de la indemnización.

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Dolo

• Dolo: Conducta voluntaria, objetivamente reconocible, con conciencia de la antijuricidad material del acto y con intencionalidad de provocar un consentimiento mediante engaño

• Intención:– En Responsabilidad contractual: intención de no

cumplir– En lo delictual: intención de dañar– En el dolo-vicio: intención de provocar un

consentimiento mediante el engaño

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Culpa grave

• Actuación intencional probada por parte del Asegurado para que se provoque o produzca el siniestro

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Prescripción

• Pérdida de derechos por el mero transcurso del tiempo

• Situaciones de prescripción:– Acciones en el contrato de seguro: 1 año desde que la

obligación es exigible.– Prima en cuotas: computo a partir del pago de la

última cuota

• Interrupción: Por procedimiento establecido por la ley o el contrato para la liquidación del daño para el cobro de la prima y de la indemnización

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Subrogación

• Reservarse los derechos de repetición

• Los derechos del asegurado se transfieren a la aseguradora, hasta el monto de la indemnización

• El Asegurado es responsable si perjudican los derechos del Asegurador

• No es aplicable en los seguros de personas

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Denuncia del siniestro

• Plazo: tres días de ocurrido el hecho (plazo general, haya algunos seguros que tienen un plazo especial de denuncia)

• Obligación del asegurado: suministrar información para la verificación del siniestro y su extensión.

• Sanción: se pierde el derecho de indemnización– Por incumplimiento del plazo de denuncia (salvo que

haya fuerza mayor)– Por falta de información ó información maliciosa

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Pluralidad de seguro

• Concepto : aseguramiento de un mismo interés y un mismo riesgo con diversas aseguradoras.

• Consecuencias:– Si el valor asegurado es mayor al valor

asegurable, es nulo, en caso de siniestro se indemniza hasta el valor asegurable

– Seguro de vida: los beneficiarios cobran todos los seguros

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Coseguro

• Aseguramiento previsto y ordenado de un mismo interés y un mismo riesgo con diversas aseguradoras, donde cada una de ellas asume una porción del riesgo total

• Management: lidera el aseguramiento es el encargado del cobro de las primas

• No existe de solidaridad entre los aseguradores, salvo pacto en contrario

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Seguro subsidiario

• Dos supuestos

1. Dos o más compañías aseguran mismo interés asegurable pero distintos riesgo

2. Una compañía responde indemnizando cuando supera cierto monto el daño

1. La segunda compañía responde por el total cuando se supera cierto monto

2. La segunda compañía responde por el exceso del límite establecido, respondiendo la primera hasta límite establecido

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Seguro de abono o póliza flotante

• Es un contrato único y definitivo que será integrando a medida que el asegurado denunció el asegurador los bienes que se incluirán en él

• Se utiliza especialmente con empresas de transporte de bienes.