Manual de Políticas y Procedimientos para la ... · De ser este el caso, se deberá hacer lo...
Transcript of Manual de Políticas y Procedimientos para la ... · De ser este el caso, se deberá hacer lo...
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 1 de 50
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 2 de 50
Índice
Página
Introducción 4
Capítulo I Objetivo 6
Capítulo II Alcance, Marco legal y Principios 7
Capítulo III De las políticas 9
1. Establecimiento de metas de liquidez. 9
2. Inversión de efectivo 10
3. Compras generales y por mayoreo 12
4. Calendarización y reservación de obligaciones y
contingencias 16
5. Políticas de pago 17
6. Manejo de efectivo 21
7. Actualización y verificación de los datos del catastro y padrón
de contribuyentes 22
8. Políticas de recaudación 23
9. Eficiencia en el servicio de recaudación (atención al
contribuyente) 27
10. Transparencia en el uso de los recursos recaudados 28
11. Programas de ahorro 29
12. Contratación, registro y control de la deuda municipal y de
organismos municipales descentralizados. 31
13. Desempeño presupuestal 33
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 3 de 50
14. Padrón de proveedores 35
15. Políticas para Auditoría externa 36
16. Políticas de Planeación Financiera a Largo Plazo 37
17. Política de gasto operativo asociado con la inversión 38
18. Aplicación de normas contables 41
19. Política presupuestal 42
20. Políticas sobre control de inventario del patrimonio 44
21. Políticas de liquidación de bienes ociosos y reemplazo de
equipo obsoleto 47
22. Políticas para la contratación y adquisiciones de bienes,
obras, y servicios 48
23. Programa de mantenimiento de bienes muebles e inmuebles 49
24. Programa de inventarios y almacenamiento de consumibles 50
Capítulo IV Anexos 52
Agradecimientos. 53
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 4 de 50
Introducción.
El H. Ayuntamiento de Salvador Alvarado ha instrumentado un proceso de
modernización administrativa acorde a los retos que enfrenta el mismo, los cuales
exigen una administración pública moderna, eficiente y eficaz, con procedimientos
administrativos transparentes y apegados al ordenamiento jurídico.
En dicho contexto, la formulación del presente Manual de Políticas y
Procedimientos se sustenta en la necesidad de contar con una herramienta
administrativa que coadyuve a garantizar la correcta administración de las
finanzas pertenecientes a la Administración Pública Municipal de Salvador
Alvarado, estableciendo políticas, parámetros y/o lineamientos que servirán de
guía en los procesos referentes a:
Manejo de liquidez.
Autonomía financiera.
Planeación financiera.
Sistema y ciclo presupuestal.
Manejo y Administración del patrimonio.
Entendiendo como políticas aquellos lineamientos que norman las operaciones
que conforman los procedimientos administrativos o la actuación del personal a
cargo de la administración de las finanzas, con el fin de que tanto las operaciones
como las labores desarrolladas por el personal se realice de acuerdo a las políticas
establecidas en el presente Manual.
Por lo anterior toda modificación que se pretenda realizar al contenido del presente
manual, deberá notificarse por escrito a Dirección de Promoción Económica, para
su autorización, así como a la Comisión de Cabildo correspondiente, incluyendo al
área de transparencia y acceso a la información del municipio, con el fin de que
sea publicado y difundido por el portal de internet del municipio.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 5 de 50
Es probable que algunos temas contenidos en el presente manual requieran de
documentarse en su propio manual o guía técnica. Esto por la extensión del mismo
o por la necesidad de ir incorporando más lineamientos a un tema en específico.
De ser este el caso, se deberá hacer lo conducente y no olvidando vincular la
vinculación entre ambos documentos.
Finalmente, un tema no incluido en el presente manual es lo relativo a los
Programas Operativos Anuales (POAS). Al respecto, la regulación de los POAS
está incluida en el manual de planeación por ser un instrumento precisamente de
planeación pero, tal como se señaló en el párrafo anterior, es probable que
requiera incluirse en un documento independiente.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 6 de 50
Capítulo I.
Objetivo.
El presente Manual de Políticas y Procedimientos tiene como objetivo fundamental
la definición y documentación de las políticas que sustentan la operación del área
responsable de administrar las finanzas de la Administración Municipal de
Salvador Alvarado. Con el fin de fortalecer la institucionalidad y apoyar la mejora
continúa de sus procesos.
Además, servirá para:
Establecer mecanismos de control que permitan dirigir, supervisar y verificar
las actividades que se llevan a cabo para la correcta y optima
administración de las finanzas.
Proporcionar una herramienta para facilitar el proceso de inducción y
capacitación del personal de la Administración Municipal.
Facilitar o promover el proceso de elaboración de indicadores de
desempeño que ayuden a evaluar el desempeño presupuestal de la
Administración Municipal.
Contribuir al enriquecimiento del acervo documental y por ende al
fortalecimiento institucional de procesos operativos y administrativos
referentes a la administración de las finanzas públicas.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 7 de 50
Capítulo II
Alcance.
Las políticas y procedimientos descritos en el presente Manual de Políticas para la
Administración de las Finanzas, son aplicables para todas las áreas y/o
dependencias municipales con vinculación directa a las políticas aquí descritas.
Marco legal.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Constitución Política del Estado de Sinaloa
Ley Federal del Trabajo.
Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa.
Ley de los Trabajadores al Servicio de los Municipios del Estado de Sinaloa.
Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Sinaloa.
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Sinaloa.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Sinaloa.
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de Bienes Muebles para el Estado de Sinaloa.
Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Sinaloa.
Ley de Deuda Pública para el Estado de Sinaloa.
Ley de Hacienda Municipal del Estado de Sinaloa.
Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Sinaloa. (El título de la normatividad / leyes puede cambiar de acuerdo a la entidad federativa)
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 8 de 50
Principios.
Los principios que rigen el contenido del presente Manual son:
Honestidad: Por la que se entenderá como el alto sentido de respeto por el
correcto uso de los recursos públicos.
Espíritu de servicio: Que se entenderá como la adopción de la filosofía
relativa a que los servidores públicos deben estar siempre dispuestos a
atender expedita, comedida y eficazmente los requerimientos que realice la
ciudadanía, mientras estos sean justos y viables jurídica y
administrativamente.
Productividad: Se entiende como el resultado del esfuerzo realizado por el
servidor público para obtener resultados positivos en beneficio de la
comunidad a la que sirve.
Responsabilidad: Se entenderá como el cumplimiento de las normas y las
obligaciones de los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones.
Eficiencia Administrativa: Se entenderá como la optimización en el
aprovechamiento los medios financieros y materiales, en conjunto con el
correcto manejo del personal para lograr la optimización de los mismos en
el expedito cumplimiento de las obligaciones institucionales y las demandas
de la ciudadanía.
Eficacia Administrativa: Se entenderá como el logro de las metas y
objetivos financieros establecidos, así como la adecuada priorización y
orden en el uso de los recursos públicos.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 9 de 50
Capítulo III
De las políticas.
1. Establecimiento de metas de liquidez.
1.1 El presupuesto de egresos deberá definirse a partir de establecer las metas de
liquidez en cada uno de los rubros, tanto en los ingresos como en los egresos; las
cuales se deberán de establecer claramente en el documento del proyecto de
presupuesto, así como en el presupuesto autorizado por el Ayuntamiento, esto con
fin de poder darle seguimiento al cumplimiento de dichas metas, buscando en todo
momento mantener las finanzas sanas de la administración municipal.
1.2 Tesorería Municipal será la dependencia responsable de establecer y vigilar el
cumplimiento de las metas de liquidez.
1.2.1 Por lo que el Tesorero Municipal deberá de realizar juntas trimestrales
para revisar el cumplimiento de las metas con al menos las siguientes
áreas.
1.2.1.1 Dirección de Ingresos.
1.2.1.2 Dirección de Egresos.
1.3 De manera trimestral la Tesorería Municipal deberá de generar un reporte de
seguimiento y cumplimiento de las metas de liquidez, en donde se desglose el
comportamiento de los ingresos y egresos de manera mensual y su equilibrio
financiero de acuerdo a los ingresos y egresos programados durante el año.
1.3.1 El reporte de seguimiento de las metas de liquidez, deberá ser
turnado de manera trimestral a:
1.3.1.1 Presidente Municipal.
1.3.1.2 Comisión de Hacienda.
1.4 Tesorería Municipal deberá de mantener los indicadores de desempeño
financiero, con la finalidad de evaluar el comportamiento a través del tiempo de los
ingresos y egresos, así como la autonomía financiera, liquidez y flujo de efectivo
de las finanzas de la Administración Municipal, mismos que preferentemente
deberán de ser públicos.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 10 de 50
1.5 La Administración Municipal podrá integrar un Gabinete Financiero, con la
finalidad de analizar el cumplimiento de las metas de liquidez, así como otros
temas referentes a la administración y seguimiento de las finanzas públicas de la
misma. Dicho gabinete deberá estar integrado al menos por:
1.5.1 Presidente Municipal.
1.5.2 Tesorero Municipal.
1.5.3 Oficial Mayor.
1.6 En caso de no cumplirse las metas de liquidez establecidas, el Tesorero
Municipal deberá de citar a reunión del Gabinete Financiero con el fin de informar
dicha situación a los miembros y tomar medidas pertinentes para ajustar dicho
desequilibrio de liquidez.
2. Inversión de efectivo
2.1 La Dirección de Egresos deberá de invertir los recursos excedentes de la
operación diaria, de tal manera, que se optimice el rendimiento porcentual de las
inversiones en los diferentes instrumentos de captación bancaria disponibles,
garantizando en todo momento el flujo de efectivo según los requerimientos y
compromisos de la Administración Municipal.
2.2 Los instrumentos en los que se podrán realizar las inversiones serán de bajo
riesgo, esto con la finalidad de garantizar el capital invertido, así como el
rendimiento del mismo.
2.3 Las cuentas bancarias contratadas para llevar a cabo las inversiones deberán
de estar respaldadas por un contrato con la institución seleccionada por la
Tesorería Municipal.
2.4 Los proveedores de los servicios financieros serán evaluados y seleccionados
a través de un proceso competitivo de propuestas, en el cuál se deberá analizar
entre otros aspectos, los siguientes:
2.4.1 Institución de nacionalidad mexicana.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 11 de 50
2.4.2 Institución regulada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
(CNBV).
2.4.3 Institución con prestigio y reconocimiento en el mercado.
2.5 El personal encargado del manejo de las inversiones en la Administración
Municipal, observará en todo momento la prudencia o regla llamada “persona
prudente”, evitando con esto toda transacción especulativa, dando importancia
primaria a la preservación del capital y como importancia secundaria a la
generación de ingresos y ganancia de capital.
2.6 El personal involucrado en el proceso de inversión se abstendrán en todo
momento de involucrarse en cualquier actividad personal de negocios que pueda
tener conflicto o interés con el buen desempeño del programa de inversión de la
Administración Municipal.
2.7 El Director de Egresos tiene la responsabilidad de contar con un reporte diario
y mensual del inventario de la cartera de inversiones, el cual debe de incluir:
2.7.1 Nombre de la institución financiera.
2.7.2 Tipo de instrumento de inversión.
2.7.3 Plazo de inversión.
2.7.4 Tasa de interés.
2.7.5 Rendimientos financieros generados.
2.7.6 Comisión bancaria.
2.8 La decisión de la selección de las instituciones bancarias en donde la
administración municipal realizará inversión será de las siguientes autoridades.
2.8.1 Presidente Municipal.
2.8.2 Comisión de Hacienda.
2.8.3 Tesorero Municipal.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 12 de 50
3. Compras generales y por mayoreo
3.1 Todas las compras realizadas por la Administración Municipal deberán de
apegarse a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y
Administración de bienes muebles para el Estado de Sinaloa.
3.2 El área de Adquisiciones será responsable de establecer las políticas, guías y
formatos que se deberán de seguir para las adquisiciones o compras de las
dependencias centralizadas que integran la administración municipal.
3.3 Todas las compras realizadas por parte de las dependencias centralizadas de
la administración municipal deberán de ser solicitadas al área de Adquisiciones,
para que esta inicie el proceso de compra de los bienes o suministros solicitados
de acuerdo a la normatividad aplicable.
3.4 Las dependencias deberán de solicitar bienes o suministros por lo menos 3
días antes de la fecha en que se requiera dicho bien o suministro.
3.5 Es responsabilidad de cada Dependencia elaborar y presentar un documento
electrónico o físico de requisición de bienes y/o suministros requeridos y
solicitados, el cual deberá de ir firmado (electrónicamente o físicamente) por el
responsable del área administrativa, así como del titular de la Dependencia, en
donde se especifique al menos lo siguientes.
3.5.1 Cantidad y descripción de bienes y/o suministros requeridos.
3.5.2 Fecha límite de entrega de dichos bienes y/o suministros.
3.5.3 Partida presupuestal a la que se cargará dichos bienes y/o
suministros.
3.5.4 Garantizar suficiencia presupuestal para llevar a cabo dicha
adquisición o compra.
3.6 Todas las compras que se realicen por medio de un proceso de Licitación
Pública o bien por medio del proceso de Invitación a cuando Menos Tres
Proveedores, se deberán de realizar a través del Comité de Compras o
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 13 de 50
Adquisiciones, en el cual siempre deberá de estar representada el área de
Adquisiciones.
3.7 Las Dependencias centralizadas de la administración municipal podrán contar
con caja chica o de fondo revolvente, esto siempre y cuando la Tesorería Municipal
o Adquisiciones lo autorice.
3.8 Las compras realizadas por medio de caja chica no podrán ser superiores a
1,000 pesos y deberán de estar acompañadas por documentos fiscales (facturas)
con el fin de comprobar su gasto, para posteriormente realizar el reembolso de la
caja chica o del fondo.
3.9 El monto máximo con que podrán contar las Dependencias centralizadas de la
administración municipal por concepto de caja chica o fondo revolvente será
determinado por la Tesorería Municipal, el cual será determinado según la
necesidad y operación de cada una de las dependencias.
3.10 Los documentos de comprobación de gastos del Fondo de Caja Chica,
deberán ser originales, sin modificaciones, tachaduras o enmendaduras de
ninguna especie y contener lo siguiente:
3.10.1 Cédula de identificación fiscal impresa, expedido a nombre del
Municipio de Salvador Alvarado, con su respectivo Registro Federal de
Contribuyentes.
3.10.2 Fecha en que se efectuó la operación.
3.10.3 Los artículos comprados o el servicio recibido deberán de estar
desglosados, así como el importe de cada uno.
3.10.4 La cantidad total debe figurar con claridad y sin tachadura o
enmendaduras
3.10.5 Cuando así proceda, desglose del IVA del total facturado.
3.10.6 Fecha de impresión y caducidad de la factura o nota de consumo.
3.10.7 Firma de la persona que efectuó el gasto.
3.10.8 A las facturas de autoservicio o tiendas de conveniencia se les
deberá anexar ticket de compra.
3.10.9 Firma del responsable del fondo de caja chica.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 14 de 50
3.10.10 Especificar el motivo del gasto.
3.11 Los gastos que se podrán efectuar a través del fondo de caja chica son:
3.11.1 Material de oficina.
3.11.2 Material de limpieza.
3.11.3 Alimentación al personal, siempre y cuando laboren en horarios de
comida.
3.11.4 Servicio de mensajería postal.
3.11.5 Gastos de transportación local.
3.11.6 Gastos de peaje.
3.11.7 Gastos de combustibles y lubricantes en caso de comisiones
foráneas.
3.12 No podrán ser consideradas como erogaciones para ser tramitadas a través
del fondo de caja chica las siguientes.
3.12.1 Contratación de servicios personales por asesorías, estudios,
investigación, capacitación.
3.12.2 Arrendamiento de locales para la operación normal de las
dependencias
3.12.3 Pago de servicio telefónico ordinario y celular
3.12.4 Pago de servicios de energía eléctrica, gas y agua potable
3.12.5 Obsequios (canastas, botellas de vino, arreglos florales, cuadros,
marcos, etc.)
3.12.6 Compra de activo fijo
3.12.7 Todo gasto en artículos que pueden ser surtidos por el
Departamento de Compras
3.12.8 Adquisiciones, exceptuando urgencias
3.12.9 Mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos oficiales
3.12.10 Combustibles y lubricantes de la localidad
3.12.11 Pago de hospedaje, boletos de avión
3.12.12 Renta de equipos de sonido, sillas mesas, etc.
3.12.13 Honorarios médicos y consultas médicas
3.12.14 Trabajos de imprenta
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 15 de 50
3.13 Ningún empleado municipal tendrá la autorización de comprometerse
autónomamente y de forma exclusiva con un proveedor.
3.14 Para las compras que requieren tres cotizaciones, la dependencia municipal
solicitante podrá sugerir solo a uno de los proveedores para solicitar cotización.
Los otros dos proveedores deberán ser seleccionados por el personal del área de
Adquisiciones.
3.15 Para la compra de equipo de cómputo y comunicación, se deberá de incluir
un dictamen técnico del área de Informática o Sistemas, con el fin de obtener el
equipo apropiado para las necesidades de las dependencias de la administración
municipal.
3.16 Por ningún motivo se podrá dar trámite a aquellas requisiciones que no
cuenten con suficiencia presupuestal para realizar la adquisición o compra del
100% del valor de la misma.
3.17 Ningún empleado municipal que tenga bajo su cargo realizar cotizaciones y/o
compras de cualquier bien ya sea mueble o inmueble podrá recibir regalos,
incentivos o favores de cualquier tipo, por parte de cualquier contratista,
subcontratista o proveedor.
3.17.1 Esta política también es aplicable para aquellos empleados
municipales que tengan a su cargo, otorgar o administrar contratos de
servicios y/o obra pública, así como inspeccionar o supervisar
construcciones.
3.18 La Administración Municipal sólo podrá recibir regalos por parte de los
proveedores o contratista, siempre y cuando el Presidente Municipal o el H.
Ayuntamiento lo autorice. Cualquier regalo que reciba el gobierno municipal no
podrá exceder en su valor de quinientos pesos y deberá llevarse un registro de los
regalos recibidos. Dicho registro deberá ser hecho público en la página de Internet
del gobierno municipal.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 16 de 50
3.18.1 Todos los regalos recibidos por parte de los proveedores se
destinarán al DIF Municipal, con el fin de que este los utilice en obras de
beneficencia.
3.19 Toda orden de compra se deberá de surtir al 100%, por lo que no se tramitará
pago alguno si existen entregas parciales, con excepción de los contratos que así
lo tengan estipulado.
3.20 El Área de Adquisiciones podrá realizar compras a mayoreo con el fin de
aprovechar mejores condiciones de precio por volumen, al menos en los siguientes
productos y/o suministros:
3.20.1 Papelería.
3.20.2 Uniformes.
3.20.3 Cartuchos o tinta para impresoras.
3.20.4 Telefonía celular.
3.20.5 Aceites y refacciones automotrices.
3.20.6 Despensas.
3.20.7 Material para autoconstrucción, etc.
3.21 Es responsabilidad del área de Adquisiciones revisar cuando menos 1 vez al
año el proceso de adquisiciones o compras con la finalidad de identificar áreas de
mejora.
4. Calendarización y reservación de obligaciones y contingencias
4.1 La Tesorería Municipal será responsable, en conjunto con las dependencias
centralizadas que integran la administración municipal, de llevar un reporte de
todas las obligaciones financieras, en donde se deberá de registrar como mínimo:
4.1.1 Número de contrato y/o convenio.
4.1.2 Nombre de la persona y/o institución con la que se contrae la
obligación.
4.1.3 Vigencia del contrato y/o convenio.
4.1.4 Fecha en la que se celebra el contrato y/o convenio.
4.1.5 Naturaleza de la obligación contraída.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 17 de 50
4.1.6 Importe total del contrato.
4.1.7 Plazos y condiciones de pago.
4.1.8 Saldo pendiente de cubrir.
4.2 Cada dependencia que cuente con un contrato y/o convenio, será responsable
de asegurar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por el proveedor
contratado en la prestación de los servicios y/o productos estipulados en el
contrato o convenio.
4.2.1 En caso de incumplimiento por parte del proveedor, se procederá a
rescindir el contrato de acuerdo la normativa aplicable. Así mismo, de
realizar el cobro de las garantías derivadas del incumplimiento y demás
acciones legales correspondientes en caso de ser aplicables.
4.3 La Tesorería Municipal deberá de garantizar o provisionar el pago de al menos
los siguientes conceptos de gasto.
4.3.1 Pagos de servicio de deuda.
4.3.2 Sueldos y salarios.
4.3.3 Aguinaldos.
4.3.4 Combustibles.
4.3.5 Mantenimiento de vehículos.
4.3.6 Mantenimiento de bienes inmuebles.
4.3.7 Liquidaciones de personal.
4.3.8 Energía eléctrica.
4.3.9 Telefonía fija y celular.
4.3.10 Agua potable.
4.4 La Tesorería Municipal podrá canalizar un porcentaje del presupuesto
operativo a una cuenta de “Reserva de Fondo de Contingencias”, con el fin de
tener la capacidad de enfrentar o atender posibles contingencias que afecten a la
población y/o al patrimonio municipal.
4.4.1 Se considerarán contingencias todos aquellos eventos que se
presenten de forma fortuita a causa de fenómenos naturales, tales como:
tormentas, lluvias, inundaciones, terremotos, sequías, etc.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 18 de 50
5. Políticas de pago
5.1 Tesorería Municipal deberá de asegurarse que todas las compras y gastos que
se realizan en cada una de las dependencias municipales cuenten con una partida
presupuestal autorizada en el presupuesto de egresos, así como con suficiencia
presupuestal.
5.2 Toda compra deberá de cumplir con los requisitos contables y fiscales para su
pago, los cuales son:
5.2.1 Requisitos contables.
5.2.1.1 Existencia de cuenta asignada por parte de la Tesorería
Municipal.
5.2.1.2 Existencia de suficiencia presupuestal en la cuenta o partida
presupuestal a la que se hará el cargo de la compra.
5.2.2 Requisitos fiscales.
5.2.2.1 Factura a nombre del Municipio de Salvador Alvarado
5.2.2.2 Domicilio: Blvd. Antonio Rosales S/N Col. Centro Guamúchil,
Sinaloa.
5.2.2.3 Registro Federal de Contribuyentes: MSA-970825-J64
5.2.2.4 Fecha de facturación.
5.2.2.5 Descripción de mercancías o servicios que amparen la
factura.
5.2.2.6 Valor unitario consignado en número, así como el monto de
los impuestos que en los términos de las disposiciones fiscales
deban trasladarse.
5.2.2.7 Importe total en número y letra.
5.2.2.8 Fecha de impresión y datos de identificación del impresor
autorizado o proveedor autorizado certificado (PAC).
5.2.2.9 Contener impreso el número de folio.
5.2.2.10 Vigencia impresa de la factura.
5.3 Los gastos por concepto de consumos, solo se podrán reembolsar aquellos
que no sean por concepto de bebidas alcohólicas.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 19 de 50
5.4 La Tesorería Municipal, a través del área de egresos tendrá a su cargo la
programación, elaboración y emisión de cheques de pago a empleados
municipales, proveedores y contratistas.
5.5 Las erogaciones efectuadas en ningún momento podrán superar el
presupuesto aprobado para el ejercicio fiscal en turno, salvo en los siguientes
casos.
5.5.1 Ingresos extraordinarios que resulten transferencia de fondos
realizadas por los diferentes gobiernos (estatal y/o federal).
5.5.2 Ingresos extraordinarios que resulten por concepto de empréstitos y
financiamientos diversos, previamente autorizados por el Ayuntamiento.
5.5.3 Economías del presupuesto.
5.5.4 Mayor eficiencia y eficacia en la recaudación propia.
5.6 Los ingresos extraordinarios o adicionales que reciba el gobierno deberán de
ser destinados a obras de infraestructura pública y que está a su vez estará
planteada en los objetivos estratégicos del Plan Municipal de Desarrollo.
5.6.1 En ningún momento se podrán utilizar los ingresos extraordinarios o
adicionales para gasto corriente, o bien en aquellos proyectos que generen
compromisos para los siguientes años.
5.7 Tesorería Municipal deberá de realizar un calendario anual con base mensual
sobre los compromisos de pago, para esto podrá solicitar a las dependencias
centralizadas de la administración municipal la información que considere
pertinente.
5.8 Todos los pagos en donde el monto sea superior a $2,000.00 pesos, se
efectuarán con cheque nominativo a favor de quien expide el comprobante fiscal,
esto de acuerdo a lo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta.
5.9 Para la realización del pago de nómina se deberá de observar lo siguiente:
5.9.1 Reporte de nomina para cada período, en donde se tome en cuenta a
la totalidad de los empleados y los pagos que se realizarán con cargo al
presupuesto, así como las retenciones respectivas.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 20 de 50
5.9.2 Calculo con base a reporte de nómina, los pagos que correspondan
por ley o resolución judicial o administrativa a los beneficiarios de las
retenciones efectuadas y los que deban aportarse por concepto de
seguridad social.
5.9.3 Emisión de recibos, pólizas y demás documentos que demuestren la
entrega de las percepciones, retenciones a terceros y demás pagos que
sean procedentes.
5.9.4 Expedición de los nombramientos por cada ejercicio fiscal.
5.10 El pago de las becas académicas, deportivas y para personas con
capacidades diferentes se sujetará a las disposiciones existentes sobre la materia
y en su defecto a los lineamientos que fije el área correspondiente. El registro del
pago de las becas municipales deberá hacerse público en la página de Internet del
gobierno municipal.
5.11 Para el ejercicio y pago de viáticos, se deberán sujetar a lo siguiente:
5.11.1 Autorizar el pago exclusivamente a personal al servicio del municipio.
5.11.2 Oficio de consignación autorizado por el Titular del Área.
5.11.3 Comprobar la aplicación del gasto autorizado por concepto de
viáticos.
5.11.4 El funcionario deberá entregar los respectivos comprobantes de
pago por motivo de los viáticos.
5.12 Una vez concluida la vigencia del presupuesto de egresos del municipio, el
gasto corriente no pagado se aplicará con cargo a los recursos del nuevo
presupuesto, el gasto de inversión pagado total o parcialmente y no comprobado
se aplicará a la partida de adeudos de ejercicios fiscales anteriores, a la
presentación de la documentación.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 21 de 50
6. Manejo de efectivo
6.1 Los fondos y recursos con los que cuenten las cajas recaudadoras en ningún
momento deberán ser utilizados para fines distintos a aquellos que les fueron
asignados, debiéndose abstenerse en todo momento, los responsables de su
resguardo de cambiar cheques por efectivo, utilizarlo como caja chica, entre otros.
6.2 El monto del fondo con el que contaran cada una de las cajas de la Tesorería
Municipal será asignado por el jefe del área, dicho monto no deberá de exceder de
$3,000.00 pesos diarios.
6.3 El monto máximo de efectivo acumulado en cada una de las cajas receptoras
de la Tesorería Municipal será asignado por el jefe del área. Por lo que en caso
que durante la jornada de trabajo se llegase a acumular más efectivo del máximo
permitido ($10,000.00 pesos), será responsabilidad del cajero solicitar
directamente al jefe del área realizar un pre-corte y se retire el total del efectivo
excedente.
6.4 La cancelación de movimientos y recibos oficiales en el sistema deberá de
realizarse a través de una clave de acceso personalizada e individual, misma que
solo tendrá acceso el jefe del área de cajas.
6.4.1 La cancelación de movimientos y recibos oficiales solo se podrá
realizar antes de realizar el corte y cierre correspondiente de cada caja.
6.4.2 Por ningún motivo el personal de cajas (cajeras) podrá tener acceso a
la clave de acceso personalizada para hacer cancelaciones de movimientos
y recibos oficiales.
6.5 Es responsabilidad única y exclusiva del cajero, los faltantes de efectivo y la
realización de operaciones indebidas, debiéndose sujetar en este caso a las
investigaciones y sanciones que realicen las autoridades competentes.
6.6 Los pagos con cheque solo se deberán de recibir siempre y cuando el
documento cumpla con los siguientes requisitos.
6.6.1 Expedido a nombre del Municipio Salvador Alvarado.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 22 de 50
6.6.2 Expedido por la cantidad exacta al monto a pagar.
6.7 En caso de que los contribuyentes realicen pagos con cheque, tarjeta de
crédito o debido, el cajero siempre deberá de anotar al reverso del documento
(cheque o voucher) los siguientes datos.
6.7.1 Cheque: Teléfono del contribuyente y número del recibo oficial
emitido.
6.7.2 Tarjeta de crédito o debido: número telefónico de quien paga.
6.8 Los cajeros que se encuentre en distintos centros de cobro del municipio,
deberán de enviar al área de ingresos el formato de corte y cierre de caja
adjuntando la siguiente documentación:
6.8.1 Recibos oficiales.
6.8.2 Reporte de cierre completo.
6.8.3 Vouchers.
6.8.4 Cheques.
6.8.5 Recibos cancelados.
6.9 Es responsabilidad del jefe del área de ingresos revisar el desglose del formato
de corte de caja de todas las cajas disponibles de la Tesorería Municipal,
verificando que éste coincida con la cantidad que contiene el comprobante del
servicio del traslado de valores, cheques, vouchers, además un reporte de ingreso
al sistema especificando el ingreso por efectivo, cheques y tarjetas de crédito o
débito.
7. Actualización y verificación de los datos del catastro y padrón de
contribuyentes
7.1 Es responsabilidad de la Tesorería Municipal durante el mes de diciembre
solicitar al área de Catastro de Gobierno del Estado el listado de predios existentes
en el municipio, o bien si el Área de Catastro depende del Municipio revisar la
información contenida en sus bases de datos con la finalidad de realizar lo
estipulado en la política 7.2. 7.3 y 7.4 del presente manual.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 23 de 50
7.2 Tesorería Municipal, una vez recibido el listado de predios existentes en el
municipio, deberá de clasificar dicha información de la siguiente manera:
7.2.1 Predios área urbana.
7.2.2 Predios área rural.
7.3 Tesorería Municipal deberá de realizar una revisión física o de campo versus el
listado de predios enviados por el área de Catastro del Gobierno del Estado, o bien
por la información proporcionada por el Área de Catastro propia, con la finalidad de
validar que la información sea correcta.
7.3.1 Además de la revisión física o de campo, también deberá de
contemplar el cruce de información con al menos los siguientes padrones.
7.3.1.1 Padrón del Organismo Operador del Servicio de Agua en el
Municipio.
7.3.1.2 Padrón de la Comisión Federal de Electricidad.
7.4 Las revisiones físicas o de campo versus listado de predios enviados por el
área de Catastro de Gobierno del Estado, o bien el Área de Catastro propia, se
realizarán de acuerdo a los siguientes criterios o parámetros.
7.4.1 Análisis en los sectores de mayor cantidad de cuentas y que generan
mayor ingreso al Impuesto Predial.
7.4.2 Análisis de fraccionamientos nuevos.
7.4.3 Análisis de los sectores de menor cantidad de cuentas.
7.4.4 Análisis de los sectores que menor ingreso generan y se encuentran
en las zonas más vulnerables.
7.5 No se podrá procesar algún otro trámite municipal, tales como licencias y/o
permisos de construcción o remodelación, licencias de negocio, etcétera, sin antes
no estar al corriente de las obligaciones del contribuyente en materia de pago del
impuesto predial, por lo que se deberá instrumentar un mecanismo para que las
áreas operativas puedan revisar en tiempo real el estado de los predios en todo
momento.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 24 de 50
8. Políticas de recaudación
8.1 El área de Ingresos de la Tesorería Municipal, será la responsable de elaborar
el ante-proyecto de la ley de ingresos del municipio.
8.1.1 Se deberá de presentar la primera propuesta del ante-proyecto de ley
de ingresos durante la primera quincena del mes de septiembre de cada
año ante el Presidente Municipal.
8.1.2 Durante la primera quincena del mes de octubre se deberá de
presentar ante la Comisión de Hacienda del Ayuntamiento la primera
propuesta del ante-proyecto de ley de ingresos para su revisión.
8.1.3 La Comisión de Hacienda tendrá hasta la primera quincena del mes
de noviembre para revisión y ajuste del ante-proyecto de la ley de ingresos.
8.1.4 La Comisión de Hacienda deberá de presentar el dictamen sobre el
análisis del proyecto de la ley de ingresos a más tardar el 15 de diciembre
del año correspondiente ante el Pleno del Ayuntamiento para su
aprobación.
8.2 Para la elaboración del ante-proyecto de la ley de ingresos se deberán de
tomar en cuenta al menos los siguientes criterios o parámetros.
8.2.1 Datos históricos de recaudación de al menos 5 años atrás del año a
proyectar.
8.2.2 Inflación estimada para el año a proyectar.
8.2.3 Factores del comportamiento de mercado, tales como,
depreciaciones, contracción económica, recesiones, etcétera.
8.2.4 Tendencia económica actual
8.2.5 Participaciones Estatales y Federales
8.2.6 Comparativa y revisión de los presupuestos de ingresos del Estado y
de la Federación
8.3 El responsable del área de Ingresos deberá de establecer los valores mínimos
aceptables de cobranza por cuenta recaudadora, los cuales no podrán ser
menores del 90% del total proyectado por rubro en la ley de ingresos.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 25 de 50
8.4 Es responsabilidad del encargado del área de Ingresos llevar un registro del
desempeño de la recaudación de manera mensual, el cual se debe de basar en
indicadores de desempeño.
8.5 La Tesorería Municipal deberá de emitir un reporte mensual del
comportamiento de los ingresos recibidos (reales) versus los ingresos proyectados
en la Ley de Ingresos y el porcentaje de avance por rubro o cuenta recaudadora.
8.5.1 Dicho reporte deberá de ser turnado de manera mensual a:
8.5.1.1 Presidente Municipal.
8.5.1.2 Comisión de Hacienda.
8.5.1.3 Sindico Procurador.
8.5.1.4 Contraloría Municipal.
8.6 El área de Ingresos deberá de identificar durante los primeros 15 días del año,
las cuentas en suspensión del procedimiento administrativo de ejecución,
siguiendo en todo momento lo establecido en la normatividad aplicable.
8.6.1 Se considerarán cuentas en suspensión de cobro las que pertenezcan
a las siguientes categorías.
8.6.1.1 Crédito en tramitación de recursos administrativos, juicios de
nulidad o tercerías.
8.6.1.2 Cuentas gravadas en el Registro Público de la Propiedad en
espera de ser rematadas.
8.6.1.3 Propiedades que pertenezca a organismos de gobierno
federal, estatal o municipal.
8.7 Todos los ingresos captados por medio de las cajas de la Tesorería Municipal
deberán ser enviados e ingresados diariamente en instituciones bancarias
correspondientes, quedando como responsables del resguardo de dichos valores.
8.8 El responsable del área de cajas deberá de adjuntar en todo momento a cada
corte de caja el comprobante del depósito bancario.
8.9 Durante los meses de enero a marzo de cada año, el área de Ingresos deberá
de poner en marcha un programa especial de recaudación, el cual permita
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 26 de 50
ofrecerles a los contribuyentes un mejor servicio, el cual deberá de tener como
objetivo primordial disminuir el tiempo de duración del contribuyente en las cajas
receptoras de la Tesorería para hacer pago de sus obligaciones, tales como el
Impuesto Predial, incentivando así una mayor recaudación para la administración
municipal.
8.10 En la primer semana del mes de enero del año en turno el área de Ingresos
deberá de enviar y entregar los estados de cuenta a cada uno de los
contribuyentes registrados en el padrón catastral, en los cuales se podrá
acompañar de información adicional que incentive al contribuyente el pago de sus
obligaciones.
8.11 La Administración Municipal por medio de la Tesorería Municipal podrá
realizar convenios con instituciones bancarias y tiendas de conveniencia
establecidas en el municipio con el fin de que sirvan con medio en donde el
contribuyente pueda realizar el pago de sus obligaciones.
8.12 La Tesorería Municipal podrá implementar descuentos durante el primer
trimestre del año en materia del pago del Impuesto Predial, con el fin de incentivar
el pronto pago por parte de los contribuyentes e incrementar la recaudación.
8.12.1 Dichos descuentos deberán de ser aprobador por el Ayuntamiento
para su aplicación.
8.13 El área de Ingresos deberá monitorear diariamente los pagos realizados por
vía de instituciones bancarias o bien tiendas de conveniencia, con el fin de que
conciliar los registros con el sistema de administración financiera de la
administración municipal.
8.14 En caso de que un cheque expedido por algún contribuyente sea reportado
sin fondos, se le deberá de solicitar a éste que acuda en un plazo no mayor a 24
horas hábiles a aclarar dicha situación, en caso de no recibir respuesta, el
documento deberá de ser turnado al área de ejecución para su trámite
correspondiente.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 27 de 50
8.15 En caso de que el contribuyente no esté en condiciones de liquidar sus
adeudos en una sola exhibición, el área de Ingresos podrá realizar convenios con
el fin de que éste pueda realizar pagos parciales, hasta liquidar el adeudo total.
8.15.1 Para la realización de los convenios de pago en parcialidades, el
contribuyente deberá de pagar la totalidad de su adeudo en un periodo no
mayor al año calendario en turno.
8.15.2 Cuando el contribuyente incumpla en el pago de alguna parcialidad y
haga caso omiso a los avisos enviados por el área de ingresos, se
continuará con el procedimiento administrativo de ejecución.
9. Eficiencia en el servicio de recaudación (atención al contribuyente)
9.1 El área de Ingresos, siempre deberá de analizar nuevas y diferentes formas
alternas de recaudación, con el fin de agilizar el pago de las obligaciones de los
contribuyentes, buscando siempre disminuir las molestias al contribuyente.
9.2 La Tesorería Municipal podrán establecer módulos de cobranza extraordinarios
en diferentes partes del municipio, con el fin de asegurar a los contribuyentes un
proceso de mayor facilidad para el pago de sus obligaciones, esto sobre todo en el
primer trimestre del año.
9.3 El personal de cajas deberá de estar debidamente capacitado o bien contar
con apoyo del encargado del área de ingresos, con la finalidad de poder responder
preguntas y aclaraciones que los contribuyentes tengan respecto a su pago por
concepto del impuesto predial.
9.4 Como parte del proceso de mejora continua, las áreas de atención al
contribuyente deberán de contar con mecanismos para que ofrezcan sus
comentarios y sugerencias, mismos que deberán estar instalados preferentemente
en el área de cajas.
9.4.1 Los buzones de quejas y sugerencias deberán de contar con formatos
pre-establecidos por parte de la Administración Municipal, con el fin de que
el contribuyente o ciudadanía pueda manifestar su queja o sugerencia
sobre los servicios brindados por la Administración Municipal.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 28 de 50
9.5 Diariamente el encargado del área de Ingresos deberá de recabar los formatos
de quejas y sugerencias de los buzones de quejas y sugerencias, con el fin de
generar un reporte mensual sobre las quejas y sugerencias más frecuentes
reportadas por los contribuyentes o ciudadanos, así como analizar alternativas
para disminuir dichas quejas y sugerencias, a través de la mejora de los servicios y
tramites prestados por la Administración Municipal.
9.5.1 La Administración Municipal, podrá habilitar en su página de internet
un apartado especial para recibir quejas y sugerencias por ese medio.
9.6 El proceso de cobranza o recaudación solo podrá ser terminado por las
siguientes razones:
9.6.1 El pago en efectivo, cheque o tarjeta de crédito o débito.
9.6.2 La excepción de pago con sustento legal.
9.6.3 Interposición de recurso o medio de impugnación que determine el
cese del cobro.
10. Transparencia en el uso de los recursos recaudados
10.1 Es responsabilidad del área de Ingresos informar con tiempo de anticipación
los días y horarios de las oficinas receptoras de pagos, así como sus ubicaciones,
misma información que podrá agregarse a los estados de cuenta de los
contribuyentes sobre el impuesto predial, con el fin de que puedan localizar la
ubicación más cercana a su domicilio para realizar el pago de dicho impuesto.
10.2 La información que se generé en función a los ingresos recibidos por parte
de la Administración Municipal, deberá de publicarse de acuerdo a lo establecido
en la Ley transparencia y de acceso a la Información Pública del Estado de
Sinaloa.
10.3 Adicionalmente a lo estipula en la Ley de Acceso a la Información Pública del
Estado de Sinaloa, el gobierno municipal podrá informar el destino de los montos
recaudados por rubro a través de boletines informativos hacia la ciudadanía.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 29 de 50
10.4 La Contraloría Municipal podrá realizar auditorías aleatorias a las finanzas
municipales, con el fin de comprobar los ingresos recibos por parte de la
Administración Municipal, así como el correcto manejo y destino de los recursos
públicos de acuerdo a su naturaleza de origen.
10.4.1 Los informes de la Contraloría Municipal sobre los ingresos
recaudados, así como su destino, deberán de ser de libre acceso a la
ciudadanía y deberán de estar publicados preferentemente en la página de
internet del gobierno municipal.
11. Programas de ahorro
11.1 La Tesorería Municipal, a través del área de Egresos, deberá de establecer
las partidas presupuestales en las cuales podrán llevarse a cabo acciones de
ahorro del gasto.
11.2 Las dependencias que logren realizar acciones de ahorro en su presupuesto
podrán someter a autorización de la Tesorería Municipal otros proyectos con el
objetivo de mejorar los trámites o servicios públicos de la administración municipal,
así como la renovación del equipo de cómputo, entre otros.
11.3 La Tesorería Municipal, a través del área de Egresos tiene la facultad de
retener el presupuesto no ejercido al término de cada mes, con el fin de re-
distribuirlo nuevamente, especialmente en aquellas partidas que estén
sobregiradas de acuerdo al calendario de programación del ejercicio presupuestal.
11.4 La Tesorería Municipal en conjunto con el área responsable del proceso de
coordinar la ejecución del presupuesto tendrán la responsabilidad de establecer los
topes de gasto en al menos los siguientes conceptos.
11.4.1 Consumo en gasto de comedor por parte de los funcionarios
públicos.
11.4.1.1 Solo podrán autorizarse gastos de comedor en los
siguientes casos.
11.4.1.1.1 Tiempo extraordinario de trabajo.
11.4.1.1.2 Atención de visitas oficiales de trabajo.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 30 de 50
11.4.2 Consumo en gasto de celulares asignados a los servidores públicos,
el cual deberá de tener un tope máximo de consumo de acuerdo al nivel
jerárquico de los funcionarios.
11.4.2.1 Presidente Municipal: hasta 3,000 pesos por mes.
11.4.2.2 Secretario: hasta 3,000 pesos por mes.
11.4.2.3 Tesorero: hasta 3,000 pesos por mes.
11.4.2.4 Oficial Mayor: hasta 500 pesos al mes.
11.4.2.5 Directores y Subdirectores: hasta 500 pesos al mes.
11.4.3 Gasto relacionado a agencias de viaje, en donde solamente se
podrán adquirir boletos de clase turista, sin importar el nivel jerárquico de
los funcionarios públicos o empleados municipales.
11.4.4 Gastos de viáticos, el cual se asignará de acuerdo al tabulador de
viáticos definido por la Tesorería Municipal para cada uno de los puestos y
destinos, ya sean nacionales o internacionales.
11.4.5 Gasto por infracciones, ocasionado por negligencia o a causa de un
mal uso de los vehículos, será pagado por los responsables del resguardo
de cada vehículo.
11.4.6 Gasto por consumo de combustibles, el cual al igual que el gasto de
viáticos, se asignará de acuerdo al consumo requerido semanal para
cumplir con trabajos relacionados exclusivamente con los servicios que
presta la administración municipal, según el área.
11.4.7 Las llamadas a los teléfonos celulares que se soliciten a través del
conmutador general quedan prohibidas, esto con el fin de reducir el gasto
por servicio telefónico.
11.4.8 El uso del aire acondicionado se limitará al horario de 8:00am a
15:00 hrs. de lunes a viernes solamente en horario de verano.
11.5 En materia de consumo de telefonía celular, la Administración Municipal solo
cubrirá el gasto estipulado en el tope establecido para cada uno de los puestos,
según lo establecido en la política 11.4.2, en caso de ser superado dicho tope, el
funcionario público o empleado municipal será responsable de pagar el importe
que resulte como diferencia entre la resta del tope máximo establecido y el
consumo real.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 31 de 50
11.5.1 La diferencia excedente de consumo se podrá descontar vía nómina,
quedando identificado el motivo de dicho descuento.
12. La Oficialía Mayor en conjunto con la Tesorería Municipal se reunirán cada
trimestre con las personas indicadas para verificar y analizar los alcances de los
ahorros establecidos. Para ello, esta deberá elaborar los indicadores necesarios y
darle seguimiento a los mismos. Estableciendo medidas en aquellos donde la meta
no está siendo alcanzada.
13. Se deberá de establecer comunicación y coordinación entre distintas áreas de
la administración municipal sobre las salidas a atender asuntos oficiales, para que
quien lo haga, pueda atender diversos trámites propios y por encargo de terceros,
con el propósito de ahorrar: viáticos, combustibles, desgaste de unidades, etc.
12. Contratación, registro y control de la deuda municipal y de organismos
municipales descentralizados.
12.1 La Tesorería Municipal como responsable de las finanzas de la
Administración Municipal, deberá de establecer las bases y requisitos a cumplir,
para la contratación de créditos, empréstitos y obligaciones a su cargo como
responsables directos o deudores solidarios de los organismos descentralizados,
empresas de participación municipal mayoritaria y de los respectivos fideicomisos.
12.2 La contratación, registro y control de las operaciones de deuda pública, se
deberá de realizar en todo momento por lo establecido en la Ley de Deuda Pública
para el Estado de Sinaloa.
12.3 La Tesorería Municipal deberá cuidar que en cualquier caso, los empréstitos y
créditos que contraiga y las obligaciones que emita el Municipio y sus Organismos
Descentralizados, solo se destinen a inversiones públicas productivas, por lo que
queda estrictamente prohibido la contratación de deuda pública para el
financiamiento de gasto corriente.
12.4 El ejercicio de elaboración del presupuesto de egresos tanto de la
administración central como de organismos descentralizados deberán de
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 32 de 50
contemplar en todo momento el pago de interés, comisiones, amortizaciones y
otros cargos generados por la contratación o pago de la deuda pública.
12.5 La Tesorería Municipal deberá de procurar que los créditos que se pretende
obtener, sean prioritariamente destinados a la ejecución de las acciones
contempladas en los siguientes documentos:
12.5.1 Planes Municipales de Desarrollo.
12.5.2 Programas Operativos Anuales.
12.5.3 Convenios de coordinación entre el sector público, y de concertación
con los sectores social y privado.
12.6 La Tesorería Municipal será responsable de contar con los registros contables
sobre el estado de la deuda, en donde al menos se contemplen los siguientes
parámetros.
12.6.1 Número progresivo de registro.
12.6.2 Autorización del Congreso del Estado.
12.6.3 Autorización de la Secretaría de Finanzas de Gobierno del Estado.
12.6.4 Autorización del Ayuntamiento.
12.6.5 Nombre de la institución bancaria con quién se contrató la deuda
pública.
12.6.6 Plazo de la deuda pública.
12.6.7 Tasa de interés de la deuda.
12.6.8 Tipo de garantía otorgada y su valor.
12.6.9 Nombre del programa u obra pública del destino de los recursos
contratados por vía de deuda pública.
12.6.10 Amortización del capital.
12.6.11 Pago de intereses realizados durante el año.
12.6.12 Saldo de la deuda pública.
12.6.13 Cancelaciones de inscripciones (en su caso).
12.7 El proceso de contratación de la deuda pública deberá de garantizar en todo
momento la transparencia y claridad de dicha contratación de deuda pública, por lo
que se realizará preferentemente a través de licitación pública, o bien por un
proceso similar a esta.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 33 de 50
12.8 El estatus tanto de la deuda pública sin importar su tipo, como los pasivos de
corto plazo deberán de estar publicados en la página de internet del municipio,
describiendo al menos lo siguiente:
12.8.1 Deuda pública.
12.8.1.1 Institución bancaria con que se contrato la deuda.
12.8.1.2 Monto contratado de deuda.
12.8.1.3 Tasa de interés.
12.8.1.4 Monto realizado por pago de capital de la deuda.
12.8.1.5 Mono realizado por pago de intereses de la deuda.
12.8.1.6 Saldo de la deuda.
12.8.1.7 Nombre del programa u obras financiadas con la deuda
pública.
12.8.2 Pasivos de corto plazo.
12.8.2.1 Nombre del proveedor.
12.8.2.2 Número de factura.
12.8.2.3 Monto de la factura.
12.8.2.4 Descripción de bienes o servicios adquiridos por la
administración municipal.
13. Desempeño presupuestal
13.1 La Tesorería Municipal, a través del área de Egresos y/o Control Presupuestal
será la responsable de contar con indicadores de desempeño presupuestal, en
donde al menos se presente un análisis del avance de:
13.1.1 Ingresos.
13.1.1.1 Ingresos proyectados por mes y acumulado anual.
(Desglosado por tipo de ingreso)
13.1.1.2 Ingresos recibidos reales por mes y acumulado anual.
(Desglosado por tipo de ingreso)
13.1.2 Egresos.
13.1.2.1 Egresos proyectados por mes y acumulado anual.
13.1.2.1.1 Servicios personales.
13.1.2.1.2 Materiales y suministros.
13.1.2.1.3 Servicios generales.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 34 de 50
13.1.2.1.4 Transferencias, asignaciones, subsidios y otras
ayudas.
13.1.2.1.5 Bienes muebles, inmuebles e intangibles.
13.1.2.1.6 Inversión pública.
13.1.2.1.7 Inversiones financieras y otras provisiones.
13.1.2.1.8 Participaciones y aportaciones.
13.1.2.1.9 Deuda pública.
13.1.2.2 Egresos ejercidos reales por mes y acumulado anual.
13.1.2.2.1 Servicios personales.
13.1.2.2.2 Materiales y suministros.
13.1.2.2.3 Servicios generales.
13.1.2.2.4 Transferencias, asignaciones, subsidios y otras
ayudas.
13.1.2.2.5 Bienes muebles, inmuebles e intangibles.
13.1.2.2.6 Inversión pública.
13.1.2.2.7 Inversiones financieras y otras provisiones.
13.1.2.2.8 Participaciones y aportaciones.
13.1.2.2.9 Deuda pública.
13.2 El reporte o análisis mencionado en la política 15.1 deberá de ser elaborado y
presentado de manera mensual a:
13.2.1 Presidente Municipal.
13.2.2 Comisión de Hacienda del Ayuntamiento.
13.2.3 Sindico procurador.
13.3 En caso de existir superávit en cuentas de gasto corriente la Tesorería
Municipal podrá disponer de dicho superávit para reorientarlo a aquellas cuentas
que se encuentre deficitarias, esto de acuerdo a la política 12.3 del presente
manual.
13.4 En caso de déficit en cuentas de gasto corriente la Tesorería Municipal podrá
detener los procesos de compras y adquisiciones de materiales y suministros, con
el fin de disminuir el déficit existente.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 35 de 50
13.4.1 Si el déficit fuera en el rubro de servicios personales, se deberá de
analizar en conjunto con el Presidente Municipal y la Comisión de Hacienda,
las acciones a seguir para disminuir el déficit, pudiendo llegar a:
13.4.1.1 Realización de paros técnicos con los empleados y
funcionarios municipales, en donde queden garantizadas las
prestaciones, pero el sueldo y/o compensación pudiera disminuir de
acuerdo a los días trabajados.
13.4.1.2 Despido de personal en apego a lo establecido en la
normatividad aplicable.
14. Padrón de proveedores
14.1 El área de Adquisiciones deberá de contar con un padrón de proveedores
municipales, el cual se encuentre clasificado por tipo o giro de proveedor. Dicho
padrón deberá de contener como mínimo.
14.1.1 Nombre y/o denominación o razón social.
14.1.2 Número de folio del proveedor (asignado por Adquisiciones).
14.1.3 Giro en que opera.
14.1.4 Descripción ejecutiva de servicios o productos que ofrece.
14.1.5 Copia de identificación con foto del propietario o apoderado legal.
14.1.6 Copia de comprobante de domicilio.
14.1.7 Copia de la Cédula del Registro Federal de Contribuyentes.
14.1.8 Copia de estar al corriente de las obligaciones fiscales, federales,
estatales y municipales.
14.1.9 Copia del acta constitutiva (aplica solo para personas morales).
14.2 Es responsabilidad del área de Adquisiciones llevar un registro del
desempeño de los proveedores, y este debe ser parte de la información contenida
en el Padrón de Proveedores.
14.2.1 Al menos se deberá de evaluar a los proveedores en los siguientes
puntos:
14.2.1.1 Calidad del producto y/o servicio brindado.
14.2.1.2 Tiempo de entrega del producto.
14.2.1.3 Costo de los productos y/o servicios.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 36 de 50
14.3 El padrón de proveedores deberá de ser revisado y actualizado por lo menos
una vez por año, dicha revisión la deberá de realizar el área de Adquisiciones de la
administración municipal.
14.4 El área de Adquisiciones es la única autorizada para realizar altas, bajas o
cambios en el padrón de proveedores de la administración municipal.
15. Políticas para Auditoría externa
15.1 La Tesorería Municipal podrá contratar a través de un proceso abierto,
competitivo y transparente a despachos externos de auditoría contable,
apegándose a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos,
Servicios y Administración de bienes muebles para el Estado de Sinaloa.
15.2 En el proceso de selección de la firma independiente de contadores públicos
se solicitará que el periodo del servicio sea de cuatro a cinco años, y además que
se generen al menos los siguientes reportes o informes.
15.2.1 Reportes o Informes Anuales.
15.2.1.1 Opinión del Contador Público.
15.2.1.2 Estados financieros.
15.2.2 Reportes o informes mensuales o trimestrales.
15.2.2.1 Informes de observaciones y sugerencias.
15.3 Adicionalmente a lo estipulado en la política 18.2 del presente manual, se
deberán de considerar los siguientes aspectos para la contratación del despacho
de auditoría externo.
15.3.1 Experiencia comprobada en entidades gubernamentales.
15.3.2 Contar con recursos humanos suficientes.
15.3.3 Contar con recursos técnicos, materiales y financieros necesarios.
15.3.4 Contar con Cédula Profesional.
15.3.5 Disponibilidad inmediata.
15.3.6 Certificado de Auditoría Interna expedido por la Institución
correspondiente.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 37 de 50
15.4 La entrega de los informes de observaciones y recomendaciones por parte
del despacho de auditoría externa, deberán de ser entregados a más tardar 15
días después de finalizado el mes auditado.
15.4.1 Los informes deberán de señalar las áreas de oportunidad
susceptibles de mejora, así como las acciones recomendadas a
implementar por parte del personal que labora en la administración
municipal, con el fin de subsanar las deficiencias encontradas en la
auditoría.
15.5 La Tesorería deberá de evaluar por lo menos una vez al año el desempeño
del despacho de auditoría externa contratado por parte de la administración
municipal, evaluando al menos los siguientes aspectos.
15.5.1 Cumplimiento a los tiempos presentados en la propuesta del
programa de auditoría.
15.5.2 Capacidad de respuesta para la solución de problemas presentados
en el transcurso de la auditoría.
15.5.3 Preparación profesional de su personal e interrelación con el
personal de la administración municipal.
16. Políticas de Planeación Financiera a Largo Plazo
16.1 La Tesorería Municipal en conjunto con la Comisión de Hacienda serán las
entidades responsables de realizar la planeación financiera de largo plazo de la
administración municipal.
16.2 Se entenderá por planeación financiera aquella en donde se realicen
proyecciones tanto de ingresos como egresos mayores a 5 años.
16.3 El proceso de planeación financiera deberá de estar acompañada del análisis
del comportamiento histórico de las finanzas municipales, detallando al menos:
16.3.1 Incremento real por tipo de ingreso, en donde se deberá de tomar al
menos datos históricos de 5 años atrás.
16.3.2 Incremento real por tipo de gasto, en donde se deberá de tomar al
menos datos históricos de 5 años atrás.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 38 de 50
16.3.3 Inflación registrada, al menos datos históricos de 5 años atrás.
16.4 Del análisis anterior la Tesorería Municipal, a través de las áreas de Ingresos
y Egresos, deberán de realizar la proyecciones de ingresos y egresos de al menos
los siguientes 5 años.
16.4.1 Para las proyecciones se tomará en cuenta el incremento o
decremento promedio real de los puntos mencionados en la política 19.3 del
presente manual.
16.5 Será responsabilidad de la Tesorería Municipal, a través de las áreas de
Ingresos y Egresos, actualizar el análisis de las proyecciones financieras de largo
plazo, cuando menos una vez por año.
17. Política de gasto operativo asociado con la inversión
17.1 Todo gasto de inversión (activos fijos) deberá de contemplar los gastos
inherentes de los mismos, tales como el gasto operativo y de mantenimiento, esto
dependiendo del bien mueble o inmueble a adquirir o construir, pudiéndose
destinar un porcentaje para su mantenimiento, los cuales pudieran ser:
17.1.1 Edificios 5%
17.1.2 Equipo de transporte 20%
17.1.3 Equipo de cómputo 30%
17.1.4 Equipo de oficina 10%.
17.2 La Tesorería Municipal y la Oficialía Mayor serán las áreas responsables de
garantizar que todo gasto de inversión contemple los gastos operativos y de
mantenimiento asociados a las mismas, en especial en los siguientes rubros de
inversión.
17.2.1 Vehículos.
17.2.1.1 Mantenimiento.
17.2.1.1.1 Preventivo.
17.2.1.1.2 Correctivo.
17.2.1.2 Combustibles.
17.2.1.3 Seguros.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 39 de 50
17.2.1.4 Placas.
17.2.1.5 Tenencia.
17.2.2 Maquinaria pesada.
17.2.2.1 Mantenimiento.
17.2.2.1.1 Preventivo.
17.2.2.1.2 Correctivo.
17.2.2.2 Combustibles.
17.2.2.3 Seguros.
17.2.2.4 Placas.
17.2.2.5 Tenencia.
17.2.3 Equipo de cómputo.
17.2.3.1 Consumibles.
17.2.3.1.1 Cartuchos de tinta.
17.2.3.1.2 Papelería.
17.2.3.2 Mantenimiento.
17.2.3.2.1 Preventivo.
17.2.3.2.2 Correctivo.
17.2.3.3 Adquisición de software o licencias.
17.2.3.4 Garantías.
17.3 Toda gasto referente a adquisición de vehículos o maquinaria pesada deberá
de incluir el gasto de mantenimiento preventivo y correctivo.
17.4 Toda obra pública deberá de contemplar los gastos inherentes a las mismas
como:
17.4.1 Obra pública (cuando aplique).
17.4.1.1 Red eléctrica y alumbrado.
17.4.1.2 Mantenimiento.
17.4.1.2.1 Preventivo.
17.4.1.2.2 Correctivo.
17.4.1.3 Red hidráulica y equipo preventivo y de seguridad.
17.4.1.4 Desagües y conducción de agua pluvial.
17.4.1.5 Áreas verdes o arquitectura de paisaje.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 40 de 50
17.5 La Tesorería Municipal en conjunto con la Oficialía Mayor deberán de revisar
las políticas definidas en el presente apartado por lo menos una vez por año con la
finalidad de garantizar la pertinencia de las mismas.
18. Aplicación de normas contables
18.1 La contabilidad municipal se deberá de llevar a cabo en función a lo
establecido en la Ley de Contabilidad, siendo la Tesorería Municipal responsable
de realizar los ajustes a los sistemas y/o subsistemas existentes en la
administración municipal.
18.2 La Tesorería Municipal, a través del área de Egresos con apoyo del área de
sistemas o bien el proveedor correspondiente llevarán a cabo el mantenimiento y/o
actualización del catálogo de cuentas contables.
18.3 El área de Egresos deberá de desarrollar el Manual de Catalogo de Cuentas,
mismo que deberá de ser repartido a todas las dependencias centralizadas y
descentralizadas que integran la administración municipal.
18.4 El área de Contabilidad tendrá bajo su responsabilidad:
18.4.1 El registro de la nómina, liquidaciones y compensaciones, así como
también de elaborar y mantener las cuentas bancarias y sus contratos de
inversión conciliados y depurados a la fecha de corte de la información
financiera; del registro de los ingresos previa revisión y verificación de los
registros y documentos.
18.4.2 Efectuar el cierre de la contabilidad gubernamental por año
calendario.
18.4.3 Emitir la balanza de apertura de saldos iniciales para cada año.
18.4.4 Preparar y presentar con los plazos que señalen la siguiente
información:
18.4.4.1 Estado de movimientos de ingresos y egresos.
18.4.4.2 Estado de resultados.
18.4.4.3 Estado de origen y aplicación de recursos.
18.4.4.4 Cuenta pública.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 41 de 50
18.4.4.5 Analíticos de ingresos y egresos.
18.4.5 Mantener actualizados los sistemas de operación del archivo
contable gubernamental.
18.4.6 Contar con el soporte y resguardo documental de los documentos y
operaciones contables de la administración municipal.
18.5 El sistema de administración financiera del municipio deberá de tener la
capacidad de identificar la información de ingresos y egresos por área, así como
por origen del recurso.
18.6 El Área de Contabilidad deberá de emitir su propio manual o guía técnica
interna, la cual deberá de regular a detalle su operación, esto considerando las
nuevas disposiciones de la nueva Ley de Contabilidad Pública.
19. Política presupuestal
19.1 Tesorería Municipal, a través del área de Egresos será responsable de
elaborar el presupuesto de egresos de la administración municipal.
19.2 El área de egresos deberá de emitir una guía que soporte la elaboración del
presupuesto de egresos, así como los formatos a llenar por parte de las
dependencias para integrar el presupuesto de egresos de la administración
municipal.
19.3 La Tesorería Municipal, a través del área de Egresos deberá de realizar una
reunión previa a la elaboración del presupuesto con las dependencias centrales y
descentralizadas de la administración municipal, con el fin de explicar los
lineamientos básicos y formatos a llenar para la elaboración del presupuesto.
19.3.1 La reunión deberá de realizarse en la primera semana del mes de
septiembre de cada año.
19.4 El área de Egresos de la Tesorería Municipal, deberá de informar a las
dependencias los techos presupuestales estimados para el siguiente año, con el
fin de que las mismas realicen el escenario del presupuesto correspondiente a
cada una de ellas.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 42 de 50
19.5 Las dependencias centralizadas y descentralizadas deberán de enviar el
primer escenario de presupuesto (gasto corriente e inversión) a más tardar la
primera quincena del mes octubre al área de Egresos de la Tesorería Municipal.
19.6 Durante la segunda quincena del mes de octubre la Tesorería Municipal
realizará reuniones con el Presidente Municipal para la revisión y/o modificación
del primer escenario del presupuesto de egresos pertinentes, esto en base a lo
establecido en el Plan Municipal de Desarrollo.
19.7 Durante la primera quincena del mes de noviembre la Tesorería Municipal en
conjunto con el Presidente Municipal realizarán reuniones con Gobierno del Estado
con el fin de definir los recursos concertados entre el Estado y el Municipio.
19.8 Durante la segunda quincena de noviembre la Tesorería Municipal
presentarán el proyecto ante la Comisión de Hacienda del Ayuntamiento para su
revisión.
19.9 La Comisión de Hacienda deberá de elaborar el dictamen sobre el
presupuesto de egresos y presentarlo ante el Pleno del Ayuntamiento para su
aprobación a más tardar el 15 de diciembre del año en curso.
19.10 Una vez aprobado el presupuesto de egresos las dependencias deberán de
consolidar sus Planes Operativos Anuales, esto como requisito para poder ejercer
el presupuesto correspondiente a cada una de ellas.
19.11 Los titulares de las dependencias serán los únicos autorizados para poder
solicitar a la Tesorería Municipal transferencias entre cuentas de la misma familia
de su misma área.
19.11.1 Las transferencias nunca podrán ser de cuentas del presupuesto de
inversión a cuentas de gasto corriente.
19.12 Los titulares de las dependencias serán los únicos autorizados para realizar
la re-calendarización de las partidas presupuestales de su dependencia, siempre y
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 43 de 50
cuando sean de meses posteriores al mes actual o ejercido, esto con el fin de
evitar déficit y/o superávit del ejercicio.
19.13 La Tesorería Municipal podrá realizar cada mes las transferencias de
cuentas con superávit o déficit, con el fin de mantener en orden el ejercicio
presupuestal.
19.14 Será responsabilidad de la Tesorería Municipal, a través del área de
Egresos, asegurarse que dentro del proceso de elaboración del presupuesto
participen todas las dependencias que integran la administración municipal.
19.14.1 El área de Egresos deberá de establecer los mecanismos de
participación, tales como reglas, guías, sistemas, calendarios, entre otros,
para la elaboración del presupuesto de egresos, en donde al menos se
contemple lo siguiente:
19.14.1.1 Calendario de reuniones.
19.14.1.2 Lineamientos para elaboración del presupuesto.
19.14.1.3 Formatos de presentación del presupuesto.
19.14.1.4 Tiempos de autorización del presupuesto.
19.14.1.5 Tiempos de carga del presupuesto en el sistema
financiero.
19.15 La Tesorería Municipal, a través del área de Egresos deberá de informar
mensualmente a cada una de las dependencias el avance presupuestal por
partida, con el fin de evitar superávit o déficit presupuestal.
19.16 Los adeudos de ejercicios fiscales anteriores (ADEFAS) serán atendidos
mediante una política de reducción paulatina y sistemática, destinando entre el 1%
y el 3% mensual del presupuesto anual aprobado.
20. Políticas sobre control de inventario del patrimonio
20.1 Es responsabilidad del área de Bienes Patrimoniales registrar, actualizar y
resguardar los datos y la información de todos los artículos adquiridos, esto a
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 44 de 50
través de un sistema de administración de bienes patrimoniales, o bien en una
base de datos electrónica.
20.2 La clasificación del registro de los bienes patrimoniales del municipio deberá
al menos de realizarse por tipo de bien adquirido, pudiendo ser la siguiente
clasificación.
20.2.1 Mobiliario de equipo de oficina.
20.2.2 Equipo de cómputo.
20.2.3 Material de software.
20.2.4 Vehículos y maquinaria pesada.
20.2.4.1 Vehículos ligeros.
20.2.4.2 Maquinaria.
20.2.4.3 Equipo de maquinaria.
20.2.4.4 Equipo aéreo.
20.2.4.5 Equipo acuático.
20.2.5 Artículos menos y de consumo.
20.3 Todos los artículos considerados como activo fijo mayores a 25 salarios
mínimos vigentes y con un tiempo de vida mayor a 1 año, deberán de ser
identificados con un código de barras, si no es posible por su tamaño, se tomará el
número de serie del bien.
20.4 Los artículos que por su naturaleza y uso individual puedan ser susceptibles a
pérdida o robo deberán de ser resguardados en forma personal, llenando los
formatos correspondientes de responsabilidad en donde se incluya la identificación
del bien.
20.5 Todo el equipo perteneciente a la clasificación de vehículos y maquinaria
pesada deberán ser resguardados en forma personal, llenando los formatos
correspondientes.
20.6 El equipo perteneciente a la clasificación de equipo de comunicación, también
deberá de ser resguardo en forma personal, llenando los formatos
correspondientes.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 45 de 50
20.7 El área de Bienes Patrimoniales será responsable de realizar todos los
trámites de alta de placas en el padrón de tránsito para todos los vehículos y
maquinaria pesada perteneciente a la administración municipal.
20.8 Cada usuario de un bien de tipo personal, aceptará su responsabilidad por
medio de la firma del formato de resguardo, en el que garantiza el bueno uso y
cuidado de los bienes, respetando los lineamientos establecidos, tales como de
uso de vehículos oficiales, entre otros.
20.9 Es responsabilidad del área de Bienes Patrimoniales realizar un inventario
general de todas las clasificaciones y cada una de las dependencias por lo menos
una vez al año.
20.9.1 Las Dependencias serán las responsables de verificar el inventario
de bienes enviado por parte del área de Bienes Patrimoniales, así como
realizar las aclaraciones pertinentes en caso de faltante de bienes.
20.10 En caso de robo de bienes clasificados como personales, el personal
responsable del bien deberá acudir ante el Ministerio Público a levantar el acta
correspondiente y entregarla al área de Bienes Patrimoniales con el fin de tramitar
la baja de dicho bien del inventario de bienes patrimoniales de la administración
municipal.
20.11 En caso de extravío de bienes clasificados como personales, el personal
responsable del bien deberá de reponer dicho o bien o el área de Bienes
Patrimoniales podrá dar aviso al área de Recursos Humanos con el fin de que se
aplique un descuento vía nómina sobre el valor actual del bien extraviado.
21. Políticas de liquidación de bienes ociosos y reemplazo de equipo
obsoleto
21.1 El área de Bienes Patrimoniales es el único autorizado en determinar y
proponer al Ayuntamiento la baja de los bienes muebles del inventario del
patrimonio municipal.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 46 de 50
21.2 Seis meses antes del cambio de administración municipal NO se recibirán
artículos para baja, por lo que cada dependencia será la responsable de hacer la
entrega a la administración entrante en las condiciones físicas en que se
encuentren los bienes, esto mediante los formatos de entrega-recepción
correspondientes.
21.3 Todo activo a dar de baja, deberá de ser efectuado a través de un formato de
transferencias o baja de bienes muebles, esto con el fin de que las dependencias
queden amparadas sobre la ausencia del bien físicamente en sus oficinas.
21.4 Cada dependencia deberá de llevar hasta el lugar indicado por el área de
Bienes Patrimoniales todos los bienes en desuso, esto bajo su riesgo y cuidado
propio.
21.4.1 Las dependencias que no cuenten con vehículos adecuados para el
traslado de los bienes en desuso, podrán solicitar apoyo al área de Bienes
Patrimoniales, para que esta programe la recepción de los bienes.
21.5 Todo equipo de cómputo que sea sujeto de baja deberá recibirse
acompañado de un diagnóstico elaborado por el área de Sistemas de la
administración municipal, en donde se especifique la recomendación de baja de
dicho equipo.
21.6 En el caso de bajas de radios de comunicación, será necesario anexar un
diagnóstico por escrito de algún proveedor externo en equipo de comunicación, el
cual determine que ya no es factible su uso o reparación.
21.7 En caso de venta o donación, todos los bienes deberán de ser liberados de
códigos de barras, logotipos o escudos de identificación municipal, esto sin
importar en que clasificación se encuentren catalogados dichos bienes.
21.8 En caso de bajas de vehículos y maquinaria pesada se deberá de contar
siempre con un diagnóstico del Taller Municipal o un externo en donde se
determine que ya no es factible su uso o reparación.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 47 de 50
21.9 La desincorporación de bienes se deberá de realizar de acuerdo a lo
establecido en la normatividad correspondiente en la materia.
22. Políticas para la contratación y adquisiciones de bienes, obras, y
servicios
22.1 Todas las compras de las dependencias centralizadas de la administración
municipal deberán de realizarse a través del área de Adquisiciones o Compras.
22.2 El área de Adquisiciones deberá de establecer los lineamientos y formatos a
seguir para el proceso de adquisición de bienes o servicios, mismos deberán de
contener como mínimo los siguientes aspectos.
22.2.1 Metodología, procesos y actividades a realizar para integrar las
propuestas de adquisiciones o compras que deberán de seguir las
dependencias municipales.
22.2.2 Establecer los tiempos en los cuales las dependencias municipales
deberán de apegarse para realizar las propuestas de adquisiciones o
compras.
22.2.3 Establecer los tiempos en los cuales el Comité de Adquisiciones o
Compras deberá de apegarse para brindar en tiempo y forma el servicio a
las dependencias solicitantes.
22.2.4 Establecer los requisitos que deberán de cumplir las dependencias
para la integración de las propuestas de adquisiciones o compras.
22.3 El proceso de adquisición de bienes o servicios se llevará a cabo según lo
estipulado en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración
de bienes muebles para el Estado de Sinaloa.
22.4 Se podrá invitar a ciudadanos a las sesiones del comité de adquisiciones o
compras y se deberán de invitar por lo menos con 48 horas de anticipación a la
sesión del comité, esto con el fin de dar mayor transparencia a los procesos de
adquisiciones y compras de la administración municipal.
23. Programa de mantenimiento de bienes muebles e inmuebles
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 48 de 50
23.1 Referentes al mobiliario de equipo de oficina.
23.1.1 El área de Bienes Patrimoniales es responsable de dar seguimiento a las
solicitudes de reparación de dicho mobiliario, según sea requerido por las
dependencias, esto al menor tiempo posible y buscando los mejores precios de
acuerdo a la calidad del proveedor.
23.1.1.1 Las dependencias deberán de contar con suficiencia presupuestal
en la partida correspondiente para poder realizar las reparaciones al equipo
de oficina.
23.1.1.2 Toda reparación deberá ser solicitada a través de los formatos y
lineamientos establecidos por el área de Bienes Patrimoniales.
23.1.1.3 El área de Bienes Patrimoniales determinará el proveedor que
realizará la reparación del equipo, en base a los siguientes criterios:
23.1.1.3.1 Costo.
23.1.1.3.2 Calidad de servicio.
23.1.1.3.3 Tiempo de entrega.
23.1.2 El área de Bienes Patrimoniales deberá de enviar las especificaciones de
uso y cuidado de los equipos adquiridos, esto siempre y cuando se cuente con
dicha información por parte del proveedor.
23.2 Referentes al equipo de cómputo y de comunicación.
23.2.1 El área de Sistemas de la administración municipal será la responsable de
programar y realizar el mantenimiento, reparación, actualización y control del
equipo de cómputo, existente en cada una de las dependencias que integran la
administración municipal.
23.3 Referentes al parque vehicular.
23.3.1 Será responsabilidad del Taller Municipal realizar el mantenimiento
preventivo y correctivo de los vehículos oficiales del municipio.
23.3.1.1 En caso de no contar con Taller Municipal, la Oficialía Mayor será
la responsable de programar con talleres externos el mantenimiento de
dichos vehículos.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 49 de 50
23.3.2 La Oficialía Mayor es responsable de mantener vigentes las pólizas de
seguros del parque vehicular de la administración municipal.
23.4 Referentes bienes inmuebles.
23.4.1 Oficialía Mayor tendrá a su cargo la programación y realización del
mantenimiento preventivo, correctivo y/o adecuaciones y remodelaciones de los
bienes inmuebles de la administración municipal.
23.4.1.1 Además deberá de asegurarse de mantener vigentes los seguros
aplicables a los bienes inmuebles propiedad del municipio.
24. Programa de inventarios y almacenamiento de consumibles
24.1 Cada dependencia será responsable de llevar el adecuado control del
almacenamiento e inventario de los consumibles.
24.2 Las dependencias municipales deberán de contar con anaqueles de
almacenamiento plenamente identificados por área o departamento, con el fin de
que cada área pueda tener un registro de sus inventarios de consumibles de
oficina.
24.3 En el caso de insumos y/o artículos de cafetería o comestibles, las
dependencias deberán de almacenar dichos insumos o artículos en un anaquel
diferente al de los insumos o consumibles de oficina, con el fin de mantener orden
según su tipo y evitar derrames o posibles daños.
24.4 Las dependencias municipales deberán de llevar un registro de las fechas en
que se resurten a las áreas o departamentos los consumibles de mayor costo o
movimiento, tales como:
24.4.1 Papelería.
24.4.2 Cartuchos de tinta y toners.
24.4.3 Discos compactos vírgenes, etc.
Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración de las Finanzas.
Municipio de Salvador Alvarado
Página 50 de 50
Esto con el fin de contar con un programa adecuado de abastecimiento de dichos
consumibles de oficina.
• Este documento es producto del Programa de Apoyo al Fortalecimiento
Institucional (PAFI) implementado en conjunto con la International City/County
Management Association (ICMA) división Latinoamérica y por el Consejo para el
Desarrollo Económico de Sinaloa (CODESIN).