Legislacion ambiental

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ARQUITECTURA HABITACIONAL Y MEDIO AMBIENTE NORMATIVA HABITACIONAL Y LEGISLACION AMBIENTAL AUTORES. Maya Alejandra Núñez Vivas Roberto Ruiz Salvatierra DOCENTE. Arq. Francisco Mendoza. Managua, 20 de Julio 2011 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA UNI PROGRAMA DE ESTUDIOS AMBIENTALES URBANISTICOS TERRITORIALES 1

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ARQUITECTURA HABITACIONAL Y MEDIO AMBIENTE

NORMATIVA HABITACIONAL Y LEGISLACION

AMBIENTAL

AUTORES.

Maya Alejandra Núñez Vivas

Roberto Ruiz Salvatierra

DOCENTE.

Arq. Francisco Mendoza.

Managua, 20 de Julio 2011

UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA UNI PROGRAMA DE ESTUDIOS AMBIENTALES URBANISTICOS TERRITORIALES

1

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INDI

CE D

E CO

NTE

NID

O

INDICE

INTRODUCCION Y OBJETIVOS 3

CAPITULO 1 CONDICIONANTES PARA LA REGULACION AMBIENTAL 7

CARACTERIZACION 8

MARCO REFERENCIAL 9

GENERALIDADES 11

CARACTERIZACION AMBIENTAL 12

DIAGNOSTICO DE GESTION 18

CAPITULO II DETERMINACION DE ESTADOS DE IRREGULARIDAD 23

CAPITULO III PROPUESTA DE REGULACION AMBIENTAL 28

PROPUESTA 29

CONCLUSIONES 32

ANEXOS 33

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INTRODUCCIÓN RESIDENCIAL LOMAS DEL VALLE

3

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RESIDENCIAL LOMAS DEL VALLE

INTR

ODU

CCIÓ

N

El presente documento tiene como objeto hacer un análisis de los componentes que

determinan el equilibrio del hábitat de estudio para poder determinar las irregularidades

existentes en el sitio por medio del estudio de las leyes que rigen los diferentes aspectos del

mismo.

Se hace un estudio de la relación entre los factores (biótico, abiótico, social, cultural,

estético y económico) que influyen en el residencial Lomas del valle y las diferentes leyes

reguladoras de las actividades que en el sitio se desarrollan a fin de determinar las

debilidades existentes en el mismo y el nivel de afectación producida por ellas.

De esta forma, se elabora la propuesta de mejoramiento del residencial Lomas del Valle

tomando en cuenta todos los factores que influyen en el mismo y los entes reguladores de

estos.

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OBJETIVOS RESIDENCIAL LOMAS DEL VALLE

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RESIDENCIAL LOMAS DEL VALLE

OBJ

ETIV

OS

OBJETIVO GENERAL

•Realizar una propuesta de regulación ambiental para el Residencial Lomas del

Valle tomando en cuenta las normativas y legislación que a esto se refieren.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

•Describir el estado actual del sitio de estudio tomando en cuenta la incidencia de

las leyes y normas sobre el hábitat.

•Determinar el estado de irregularidades del Residencial, a partir de las normas y

leyes reguladoras de los diferentes factores que en él inciden.

•Realizar una propuesta de regulación ambiental para el sitio de estudio.

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CAPITULO I: CONDICIONANTES PARA LA REGULACIÓN

AMBIENTAL RESIDENCIAL LOMAS DEL VALLE

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CARA

CTER

IZAC

IÓN

Se pretende mostrar el estado actual del Residencial Lomas del Valle según los entes

reguladores.

Se analizan todos los elementos que intervienen en el estudio de calidad ambiental del sitio de

emplazamiento del residencial, tomando en cuenta las relaciones que existen entre cada uno de

ellos y las normativas y leyes reguladoras de los mismos.

Posteriormente, se determinan las limitantes del residencial evaluando el grado de afectación

que estos provocan al sitio. Todo esto, con el fin de determinar el estado en que se encuentra el

sitio.

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RESI

DENC

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ENCI

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UBICACIÓN Y LOCALIZACIÓN

El departamento de Managua se encuentra situado entre las coordenadas 12° 09´ de latitud

norte y 86° 16´ de longitud oeste. Este departamento está formado por nueve municipios que

son San Francisco Libre, Tipitapa, Mateare, Ciudad Sandino, Managua, Villa Carlos Fonseca, El

crucero, Ticuantepe y San Rafael del Sur. El Asentamiento a Estudiar se encuentra localizado en

el municipio de Managua que se sitúa en el Centro del departamento.

El Distrito Cinco se encuentra localizado en el extremo sureste de la ciudad de Managua, es el

distrito que presenta mayores características para crecimiento urbano debido a su

zonificación y uso del suelo, un poco provocado por la lotificación y venta de propiedades

pertenecientes a las cooperativas agrícolas objeto de Reforma Agraria en los años 80 y

ubicadas en la parte este del distrito. Tiene una extensión territorial de 102 kilómetros

cuadrados, convirtiéndolo en el segundo distrito más grande del municipio.

El Residencial Lomas del Valle forma parte del distrito V del Municipio de Managua; Debido a su

posición geográfica este distrito es importante, ya que está rodeado de zonas residenciales,

extensas áreas de cultivo agrícola, industrias, escuelas, universidades, hoteles, entre otros.

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MAR

CO R

EFER

ENCI

AL

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GEN

ERAL

IDAD

ES

GENERALIDADES

El residencial Lomas del Valle es un proyecto urbanístico que fue diseñado por una oficina de ingenieros y arquitectos, por

lo tanto presenta una delimitación ordenada de sus lotes y sus manzanas. De igual manera se desarrolla una trama

ordenada y regular en sus calles.

La topografía es irregular, ya que el residencial se emplaza en un Valle. La mayoría de los lotes no presenta gran

diferencia en las pendientes de su terreno, exceptuando el 30% de los mismos que se ubican en el costado oeste del

territorio y poseen pendientes hasta del 15%. El sitio de estudio ocupa la mayor parte de suelo en el que se emplaza,

ocasionando daño al ambiente y dejando escasas áreas verdes que deben aprovecharse.

El 65% de las viviendas construidas está orientada de norte a sur o de sur a norte, aprovechando la iluminación natural de

la mayoría de los ambientes de las viviendas. El otro 30% está orientado de este a oeste y de oeste a este, lo que dificulta

la explotación de la iluminación y ventilación natural.

Se presenta riesgo de inundación en la calle principal del residencial, debido a la topografía en la que se encuentra

emplazado, ocasionando un efecto de hamaca a lo largo de esta zona. De igual manera, en el extremo oeste del territorio

estudiado, existe riesgo por derrumbe ya que la topografía es irregular, actualmente el área afectada es tratada de forma

acertada ya que es la única zona arborizada abundantemente dentro del sitio.

Es importante mencionar que, en el extremo este de la urbanización se localiza el Cauce Las Cuarezmas-Las Colinas, el

cual se ubica en las afueras del sitio a una distancia de 7m y puede ocasionar inundaciones. Se ha intentado mitigar dicho

efecto con un muro de gaviones ubicado al norte del cauce.

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Caracterización Ambiental RESIDENCIAL LOMAS DEL VALLE

Se realiza una descripción de los componentes ambientales relacionados con el sitio de emplazamiento para una mejor

comprensión del análisis que se desarrollará en el documento.

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Componente Factor Descripción Imagen

BIO

TICO

FLORA

El Residencial presenta diferentes tipos de flora

existente en los diferentes lotes del sitio; hay tanto

árboles ornamentales y frutales como arbustos y

vegetación silvestre en las zonas baldías.

FAUNA En el sitio predominan animales domésticos, aves,

reptiles, anfibios e insectos.

ABIO

TICO

CLIMA

El clima es tropical de sabana con épocas definidas

húmedas y secas. La humedad relativa se mantiene

por encima del 40%. Las oleadas de aire tropical

usualmente son calientes y húmedas. La temperatura

oscila entre 30 y 40 grados centígrados.

SUELO

La topografía es irregular, ya que el residencial se

emplaza en un Valle. La mayoría de los lotes no

presenta gran pendiente de terreno, exceptuando el

30% que se ubican en el costado oeste del territorio y

poseen pendientes hasta del 15%. El sitio edificado

ocupa gran parte del terreno, dejando escasas áreas

verdes.

GEOMORFOLOGÍA

En el extremo este de la urbanización se localiza el

Cauce Las Cuarezmas-Las Colinas, el cual se ubica en

las afueras del sitio a una distancia de 7m y puede

ocasionar inundaciones.

HIDROLOGÍA

Se presenta riesgo de inundación en la calle principal

del residencial, debido a la topografía, ocasionando un

efecto de hamaca a lo largo de esta zona.

COM

PON

ENTE

S AM

BIEN

TALE

S

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Componente Factor Descripción Imagen

SOCI

AL

SERVICIOS BÁSICOS

Tanto el servicio de energía eléctrica como el de agua potable

cubren de manera regular todo el residencial. De igual manera, el

sitio cuenta con alcantarillado pluvial y sanitario y red de

telecomunicaciones.

ORGANIZACIÓN El sitio presenta debilidades en la organización del barrio, ya que

no posee lideres. La inseguridad existente se debe a los barrios

vecinos.

VIALIDAD Y TRANSPORTE

El acceso principal del residencial es por medio de una vía

secundaria, la carpeta asfáltica con la que se reviste no es de

muy buena calidad y en épocas de lluvia se presentan ciertas

dificultades en cuanto a accesibilidad.

VIVIENDA Las viviendas fueron diseñadas y se encuentran en buen estado

físico.

CULT

URA

L

SOCIAL La inseguridad que presenta el residencial por la tarde y noche,

compromete a los habitante a realizar actividades tales como

ciclismo y caminatas solamente por las mañanas.

DEPORTES

El asentamiento presenta un déficit de áreas de esparcimiento y

centros de recreación pública, por lo cual los jóvenes del

residencial, se ven en la necesidad de tomar las calles para

realizar actividades de recreación física.

EDUCACIÓN

La población del sector cuenta con servicios educativos en el

área de pre-escolar, posee dos centros para niños en edades de

maternal y pre-escolar; en cuanto a educación primaria y

secundaria se encuentran ubicados a menos de dos kilómetros

fuera del residencial dos centros educativos públicos.

COM

PON

ENTE

S AM

BIEN

TALE

S

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Componente Factor Descripción Imagen

ESTÉ

TICO

FORMA

En el residencial predominan las formas regulares, debido a

que la mayoría de las vivienda son idénticas con pequeñas

variantes.

TEXTURA

Dentro del asentamiento encontramos dos tipos de texturas;

Finas como detalles en las fachadas y rugosas en su

mayoría conservando las texturas naturales de materiales y

áreas verdes sin tratamiento.

PRINCIPIOS DE ORDENAMIENTO

El local esta basado en principios de repetición, esta dividido

en 3 etapas, la primera al NorOeste del sector ya finalizada,

las otras dos etapas todavía en vías de desarrollo.

ESPACIO El residencial presenta un mínimo de áreas abiertas sin

tratamiento, carece de áreas de esparcimiento.

PROPORCIÓN

ORGANIZACIÓN El residencial esta definido por una via de acceso prinicipal

de donde se disgregan vias secundarias.

PAISAJ E NATURAL

COM

PON

ENTE

S AM

BIEN

TALE

S

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Componente Factor Descripción Imagen

ECO

MIC

O

PLUSVALÍA

El sector esta estratégicamente colocado en el

casco urbano de Managua, con pequeñas

desventajas que hacen que el valor de los

terrenos se debalue un poco.

PRODUCCIÓN

El asentamiento cuenta con negocios propios

tales como Farmacias, Clínicas, micro

distribuidoras, jardín de infantes entre otros.

Negocios privados que se han ido desarrollando

por los mismos habitantes.

EGRESOS Y EMPLEO

La mayoría de los pobladores del sector son de

clase media alta, y adultos de mediana edad,

presentan un alto poder de adquisición.

COM

PON

ENTE

S AM

BIEN

TALE

S

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PLANO BASE

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2

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7

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11

1. Carpintería. 4. Policlínica. 7. Clínica Oftalmológica 10. Pre-escolar 13. Centro de Belleza.

2. Oficinas Constructora. 5. Clínica dental 8. Hotel Restaurante Spa. 11. Oficinas de Venta. 14. Botadero Ilegal.

3. Peligro por Derrumbes. 6.Clinica Cardiológica. 9. Pre-escolar. 12. Administración constructora.

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13

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DIAG

STIC

O D

E GE

STIÓ

N

Se analizan las leyes vinculadas con los asentamientos humanos para determinar su grado de relación con

los diferentes componentes y factores que afectan el sitio de emplazamiento con el fin de encontrar

debilidades existentes en el mismo.

De igual manera, se estudian las funciones de las instituciones y entes reguladores de dichas leyes para

determinar la conexión que cada una de ellas tiene con los diferentes elementos que influyen en el

Residencial Lomas del Valle, de tal manera que se determinen irregularidades presentes en dicho sitio.

De esta forma, se utilizaron matrices de relación Jurídico Institucional - Componentes Ambientales y Marco

Jurídico Normativo – Componentes Ambientales para realizar el diagnóstico expuesto anteriormente.

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Actores de Gestión Ambiental RESIDENCIAL LOMAS DEL VALLE

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Page 21: Legislacion ambiental

Legislación Base RESIDENCIAL LOMAS DEL VALLE

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CAPITULO II: DETERMINACIÓN DE ESTADOS DE

IRREGULARIDAD RESIDENCIAL LOMAS DEL VALLE

Partiendo del análisis realizado en el capítulo anterior donde se determinaron las potencialidades y debilidades existentes en el

sitio con forme a las leyes que rigen los diferentes aspectos que se vinculan con el mismo, se hace el estudio de las

irregularidades presentadas y las leyes que determinan dicha afectación a través de las matrices de nivel de irregularidad

ambiental, las cuales determinan el grado de afectación producida al asentamiento humano en estudio con el objetivo de

encontrar soluciones a dichos problemas.

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MAT

RIZ

DE N

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DE

IRRE

GULA

RIDA

D AM

BIEN

TAL Cuadro de identificacion de irregularidades ambientales

N° Irregularidad Ley Articulo

1 Debido a la falta de organización del

asentamiento en cuanto a la participacion

ciudadana, la empresa constructura se

encuentra a cargo de todas las actividades de

administracion y conservacino del medio

ambiente.

Ley 217 - Ley general

del medio ambiente y

los recursos

naturales.

Articulo. 7.- La comision esta integrada de forma permanente por los representantes de las siguientes instituciones y organismos : 1.Ministerio del medio ambiente y los recursos naturales (quien lo presidira). 2.Ministerio de

economia y desarrollo. 3.Ministerio de finanzas. 4.Ministerio de construccion y transporte. 5.Ministerio de salud. 6.Ministerio de relaciones exteriores.. 7.Instituta nicaraguense de estudios territoriales. 8.Instituto nicaraguense

de acueductos y alcantarillados. 9.Un delegado de cada uno de los consejo regionales autonomos del Atlatico Sur. 10.Un delegado de asociacion de municipios de Nicaragua. 11.Dos delegados de los organismo no gubernamentales

ambientalistas.Uno de ellos en representacion del movimiento del movimiento ambientalista nicaraguense. 12.Dos delegados de la empresa privada. Uno del sector industrial y otro del sector agropecuario. 13.Un delegado del

sector sindical. 14.Un delegado del consejo nacional de universidades. 15.Un delegado de la comision del medio el ambiente y recursos natrales de la asamblea nacional. Cuando la tematica lo amerito se invitara a participar el

representante de otras instituciones y organismos del estado o la sociedad civil.

2 El residencial carece de areas de

esparcimiento, tambien a sobrepasado la

capacidad para la que fue diseñado, utilizando

las areas previstas para otro tipo de uso,

dandole prioridad a viviendas.

Artículo 12.- La planificación del desarrollo nacional, regional y municipal del país deberá integrar elementos ambientales en sus planes, programas y proyectos económicos y sociales, respetando los principios de publicidad y

participación ciudadana. Dentro del ámbito de su competencia, todos los organismos de la administración pública, entes descentralizados y autoridades municipales deben prever y planificar la no afectación irreversible y la

protección y recuperación del ambiente y los recursos naturales para evitar su deterioro y extinción.

3 Artículo 14.- El ordenamiento ambiental del territorio tendrá como objetivo principal alcanzar la máxima armonía posible en las interrelaciones de la sociedad con su medio ambiente, tomando en cuenta: 1.Las caracteristicas

topograficas, geomorfologicas y meteorologicas de las diferentes regiones ambientales del pais.2.Las vocaciones de cada region en funcion de recursos naturales, la conservacion, recuperacin y mejoramiento de la calidad de

las fuentes de agua. 3.La distribucion y pautas culturales de la poblacion. 4.Los desequilibrios ecologicos existentes por causas humanas o naturales.

4 Debido a la carencia de organización de

participacion ciudadana que presenta el

sector, l a empresa constructora supervisada

por la Alcaldia de Managua asume todas las

responsabilidades que las instituciones y

personas organizaadas deben ejercer.

Ley 462 - Ley de

conservacion,

fomento y desarrollo

sostenible del sector

forestal.

Artículo 3.- Se crea el Sistema Nacional de Administración Forestal (SNAF), el cual estará integrado por las entidades del sector público y por personas naturales o jurídicas involucradas en la actividad forestal. Estas personas

deberán ser acreditadas y registradas por el INAFOR.

5 Artículo 4.- En todo lo que esta Ley no modifique, las entidades del sector público que conformarán el Sistema Nacional de Administración Forestal serán las que por competencias y funciones lo tengan establecido en la Ley 290,

Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, publicado en la Gaceta, Diario Oficial No. 102, del 3 de Junio de 1998; en la Ley 28, Estatuto de la Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de

Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 238 del 30 de Octubre de 1987 y la Ley 40 y 261, Reformas e Incorporaciones a la Ley No. 40, Ley de Municipios publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 162 del 26 de Agosto

de 1997.

6 Artículo 7.- El Instituto Nacional Forestal (INAFOR), bajo la rectoría sectorial del Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR), tiene por objeto velar por el cumplimiento del régimen forestal en todo el territorio nacional. Al

INAFOR le corresponden las funciones siguientes: 1. Vigilar el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales de la Nación, ejerciendo facultades de inspección, disponiendo las medidas, correcciones y sanciones

pertinentes de conformidad con esta Ley y su Reglamento. 2. Ejecutar en lo que le corresponda, la política de desarrollo forestal de Nicaragua. 3. Aprobar los Permisos de Aprovechamiento y conocer, evaluar, y fiscalizar los

planes de manejo forestal. 4. Proponer al MAGFOR como ente rector las normas técnicas obligatorias para el manejo forestal diversificado, para su debida aprobación de conformidad con la ley de la materia. 5. Suscribir

convenios con los gobiernos municipales o con organismos públicos o privados delegando funciones de vigilancia y control, o fomento trasladando los recursos necesarios en el caso que el convenio se establezca con un

gobierno municipal. 6. Coadyuvar con las instancias sanitarias del MAGFOR la realización de todas las acciones necesarias para la prevención y combate de plagas y enfermedades, y vigilar el cumplimiento de las normas

sanitarias relativas a las especies forestales. 7. Ejecutar las medidas necesarias para prevenir, mitigar y combatir incendios forestales. 8. Recomendar al MAGFOR las coordinaciones con el MARENA para el establecimiento o

levantamiento, en su caso, de vedas forestales y ejercer su control. 9. Generar información estadística del sector forestal. 10. Administrar el Registro Nacional Forestal y llevar el inventario nacional de los recursos forestales.

11. Expedir el aval correspondiente para el goce de los incentivos establecidos en la presente Ley. 12. Facilitar la certificación forestal nacional e internacional. 13. Promover y ejecutar con los gobiernos locales y la sociedad civil,

programas de fomento forestal, y especialmente aquellos encaminados a la reforestación de zonas degradadas. 14. Disponer la realización de auditorías forestales externas, conocer sus resultados y resolver lo que

corresponda. 15. Conocer de los recursos que correspondan dentro del procedimiento administrativo. 16. Acreditar a los Regentes y Técnicos Forestales Municipales. El INAFOR desarrollará sus actividades en el territorio a

través de distritos forestales desconcentrados de los cuales deberán al menos participar representantes de las siguientes ins tituciones según corresponde: 1) INAFOR. 2) Alcaldías. 3) Consejos Regionales. 4) Universidades

donde existan. 5) Policía Nacional. 6) Ejército Nacional. 7) Ministerio de Educación. 8) MARENA. 9) Representante de Asociaciones Forestales.Todas las actividades mencionadas en los incisos anteriores deberán ser coordinadas

con las autoridades municipales.

7 El asentamiento no se encuentra regulado por

ningun ente ni laboratorio debidament

certificado, el acceso de cualquier plaga para

la poblacion del lugar hace que el sitio se

encuentre vulnerable.

Ley 291 - Ley basica

de salud animal y

sanidad vegetal.

Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto establecer las disposiciones fundamentales para la protección de la salud y conservación de los animales, vegetales, sus productos y subproductos, contra la acción perjudicial de las

plagas y enfermedades de importancia económica, cuarentenaria y social en armonía con la defensa de la actividad agropecuaria sostenida, de la salud humana, los recursos naturales, biodiversidad y del ambiente.

8 Artículo 9.-Diseñar y mantener en forma permanente un sistema de vigilancia epidemiológica y de alerta sanitaria, que permita ejecutar acciones preventivas para el control y erradicación de las enfermedades.

9 Artículo 54.- Toda persona, natural o jurídica, pública o privada, está obligada a permitir el libre ingreso a sus establecimientos a los funcionarios oficiales de la Dirección General de Protección y Sanidad Agropecuaria,

debidamente identificados para efectuar las supervisiones, inspecciones, así como tomar y obtener muestras que permitan verificar la presencia o ausencia de plagas y enfermedades, residuos tóxicos, u otros agentes

contaminantes, así mismo, efectuar cualquier otra acción relacionada con la presente Ley y su Reglamento, auxiliados por las fuerzas de seguridad pública en caso que fuese necesario.

10 La urbanizacion, se proyecta estar dividida por

una recolectora primaria, incumple con los

requerimientos de accesibilidad, debido a que

presenta irregularidades en las vias de acceso

son deiciente, el derecho de via establecido

para las urabnizaciones es mayor que el que

presenta el residecial.

Ley de urbanizaciones. Artículo 4.- A la solicitud se acompañará el Plano Original de Urbanización y cuatro copias del mismo, a la escala indicada por la Oficina. Dicho plano, además de ser elaborado por un Ingeniero Civil, Arquitecto o persona de

reconocida capacidad en la materia, debe estar en completa conformidad con el Plan Regulador del Gran Managua y con los Reglamentos del Desarrollo Urbano que lo pongan en vigor al tiempo de introducirse la solicitud.

11 Artículo 5.- El interesado deberá ejecutar en el terreno respectivo las obras mínimas de mejoramiento que se relacionen a continuación, de acuerdo con las diferentes áreas de lotes de la subdivisión, así: Lotes de siete mil

(700) metros cuadrados o más, camino de acceso. Los tres mil (3000) metros cuadrados o más, camino de acceso, transferible en todo tiempo. Lotes de un mil setecientos cincuenta (1750) metros cuadrados o más, servicio

de agua potable y calles mecanizadas transferibles en todo tiempo. Lotes de un mil (1000) metros cuadrados o más, camino macadamizado de acceso, transitable en todo tiempo; servicio de agua potable, alcantarillado

sanitario, calles macadamizadas transitables en todo tiempo, con aceras a un lado de las mismas y drenaje pluvial a satisfacc ión de la Oficina Nacional de Urbanismo. Cuando el frente de los lotes hacia la calle sea de treinta

metros o más puede prescindirse de la acera, según declaración que al efecto haga dicha Oficina.Lotes de menos de un mil (1000) metros cuadrados, camino pavimentado de acceso, alcantarillado sanitario y pluvial, servicio de

agua potable y calles pavimentadas con aceras a ambos lados.

12 El residencial colinda al Sur con un Cauce

natural, lo que es identificado como zona de

riesgo, sin embargo presenta lotes avitados a

menos de 10 metros de retiro del mismo.

Reglamento de

zonificacion y uso de

suelo para el area del

municipio de Managua.

Artículo 11.-Area especial de Fallas .Todas las áreas de fallas geológicas activas, mayores y menores, determinadas a la fecha por el Mapa de Fallas, serán consideradas en la zonificación como áreas especiales de fallas (AEF) y

los usos permitidos serán los que se detallan en la Tabla a, de acuerdo a lo permisible en la zona en la que se encuentre la falla. La ocupación y sub-división del suelo será la de la zona en que se encuentre la falla activa

comprobada, con excepción del F.O.S. y F.O.T. que debe ser de 0,40, la altura máxima de 4,50 metros y de una sola planta.

13 Artículo 20.-Retiro de Cauce. Cuando un lote colinde con un cauce existente o proyectado, el dueño de dicho lote debe respetar el derecho de vía del cauce, de acuerdo al Reglamento de Drenaje Pluvial para el Area del Municipio

de Managua y debe dejar un retiro mínimo de construcción de tres metros o lo indicado para la zona cuando éste fuese mayor, medidos a partir de la línea de derecho de vía del cauce.

14 Las viviendas en un 70 % de los casos poseen

muros compartidos.

Artículo 21.-Patio Interno o Colindante. Todo patio interno o colindante, no debe ser menor de dos por tres metros (2,00 Mts. X 3,00 Mts.), pero prevaleciendo el F.O.S.

15 En el plan Maestro del municipio, se prevee una

prolongacion de la Pista Jean Paul Genie la

cual es una recolectora primaria, de la cual no

se respeta el retiro minimo de via.

Artículo 23.-Usos Frente a Vías del Sistema Primario. En cualquier zona se permite, en los lotes frontales a ciertos tramos de las vías del sistema colector y distribuidos primario, determinados en el plano ZN-02, además de los

usos según la zona, los usos y las normas indicadas para la Zona de Comercio General y Especializado (C1-2), del área central.

16 Artículo 25.-Lotes Afectados por Derechos de Vía. Cuando un lote, al ser afectado por un derecho de vía proyectado, no cumpla con las disposiciones establecidas por el presente Reglamento para la zona en que se encuentra;

se considerará como un caso especial, quedando sujeto a las disposiciones que para el caso determine el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos. 24

Page 25: Legislacion ambiental

MAT

RIZ

DE N

IVEL

DE

IRRE

GULA

RIDA

D

AMBI

ENTA

L IRREGULARIDAD SITIO DE IRREGULARIDAD LEY O DECRETO ARTICULO NIVEL DE

IRREGULARIDAD

Debido a la falta de organización del asentamiento en

cuanto a la participacion ciudadana, la empresa

constructura se encuentra a cargo de todas las

actividades de administracion y conservacino del medio

ambiente.

*Disperso, todo el residencial. Ley 217 - Ley general del

medio ambiente y los

recursos naturales.

Articulo 7.

El residencial carece de areas de esparcimiento, tambien

a sobrepasado la capacidad para la que fue diseñado,

utilizando las areas previstas para otro tipo de uso,

dandole prioridad a viviendas.

Articulos 12 y 14.

Debido a la carencia de organización de participacion

ciudadana que presenta el sector, la empresa

constructora supervisada por la Alcaldia de Managua

asume todas las responsabilidades que las instituciones y

personas organizaadas deben ejercer.

*Disperso, todo el residencial. Ley 462 - Ley de

conservacion, fomento y

desarrollo sostenible del

sector forestal.

Articulos 3, 4 y 7.

El asentamiento no se encuentra regulado por ningun ente

ni laboratorio debidament certificado, el acceso de

cualquier plaga para la poblacion del lugar hace que el

sitio se encuentre vulnerable.

*Todo el Residencial. Ley 291 - Ley basica de

salud animal y sanidad

vegetal.

Articulos 1, 9 y 54.

La urbanizacion, se proyecta estar dividida por una

recolectora primaria, incumple con los requerimientos de

accesibilidad, debido a que presenta irregularidades en

las vias de acceso son deiciente, el derecho de via

establecido para las urabnizaciones es mayor que el que

presenta el residecial.

*Via principal de acceso costado Norte.

*Tercera etapa del proyecto, Area Sur y Este del

Residencial.

Ley de urbanizaciones. Articulos 4 y 5.

El residencial colinda al Este con un Cauce natural, lo que

es identificado como zona de riesgo, sin embargo presenta

lotes habitados a menos de 10 metros de retiro del mismo.

*Area Este del Residencial. Reglamento de

zonificacion y uso de

suelo para el area del

municipio de Managua.

Articulos 11 y 20.

Las viviendas en un 70 % de los casos poseen muros

compartidos.

*Primera etapa. Area Norte del residencial. Articulo 21.

En el plan Maestro del municipio, se prevee una

prolongacion de la Pista Jean Paul Genie la cual es una

recolectora primaria, de la cual no se respeta el retiro

minimo de via.

*Tercera etapa. Are Sur y Este del residencial. Articulos 23 y 25.

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Page 26: Legislacion ambiental

PLANO DE IRREGULARIDADES

1. LOS BLOQUES DE VIVIENDAS SEÑALADAS COMO 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, Y 8 NO RESPETAN EL DERECHO DE VIA DE UNA RECOLECTORA PRIMARI PROYECTADA EN EL PLAN MAESTRO DE

MANAGUA, POR LO CUAL EL RESIDENCIAL EN UN FUTURO PRESENTRA PROBLEMAS DE CONTAMINACION SONORA, ADEMAS DE SER DIVIDIDO POR LA MISMA PISTA, LO QUE LE QUITARA

LA CONFIGURACION COMO RESIDENCIAL.

2. LAS VIVIENDAS PROYECTADAS EN EL COSTADO ESTE DEL RESIDENCIAL NO RESPETAN EL RETIRO MINIMO DE PRECAUCION.

1

2

3

4 5 6

7

8

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Page 27: Legislacion ambiental

ESTA

DOS

DE

IRRE

GULA

RIDA

D

CONCLUSIÓN DEL CAPÍTULO:

Los principales problemas identificados son los siguientes:

•Prolongación de la Pista Jean Paul Genie: será una colectora primaria que dividirá el Residencial en 2

partes, además de que existen viviendas construidas sobre el derecho de vía de la misma.

•La existencia del cauce Los Cuarezmas en el costado este del residencial: representa riesgo de inundación

para el sitio.

•El 70% de las viviendas poseen muro compartido.

•El sitio carece de áreas de esparcimiento.

27

Page 28: Legislacion ambiental

CAPITULO III: PROPUESTA DE REGULACIÓN AMBIENTAL

RESIDENCIAL LOMAS DEL VALLE

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Page 29: Legislacion ambiental

PROPUESTA

Se presentaran las propuestas adecuadas para el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes

del residencial estudiado:

•Habilitación de Áreas verdes, Parque y plaza: La falta de equipamiento recreativo fue de las mayores

limitantes encontradas, por este motivo se propone un Parque Central con zona de picnic, zona para la

tercera edad, cancha y jardines para responder a la necesidad de todo el residencial. Además, de la

ubicación de parques infantiles en diferentes zonas del residencial. De igual manera, se propone la

habilitación de áreas verdes con jardines, andenes y plazas incluyendo el equipamiento urbano. Todo

esto, integrando los elementos de la cultura nacional que puedan ser resaltados.

•Creación de un Paseo como prolongación de la Pista Jean Paul Genie: la construcción de esta vía es

la mas grande debilidad encontrada en el sitio. Se propone reubicar las viviendas localizadas en el

derecho de vía de esta pista y trasladarlas al costado este del sitio.

•Tanto el área que colinda con el cauce como la zona de derecho de vía serán reforestadas, esto

creará un ambiente mas agradable en el sitio y mitigará el problema del cauce mediante una barrera

natural.

PRO

PUES

TA D

E RE

GULA

CIÓ

N A

MBI

ENTA

L

29

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PLANO REGULARIZACION

1. PROLONGACION PISTA JEAN PAUL GENIE. 4. BARRERA DE ARBOLES PROPUESTA.

2. RETIRO DERECHO DE VIA. 5. CAUCE NATURA.

3. AREA DE REUBICAION VIVIENDAS, 30

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CONCLUSIONES RESIDENCIAL LOMAS DEL VALLE

31

Page 32: Legislacion ambiental

En la elaboración de este trabajo se llego a la conclusión, que no existe la necesidad de exigir mas

leyes de las ya establecidas como politicas a cumplir para los asentamientos humanos, basta con

buscar en la ley las pautas a aplicar al lugar para que este obtenga una funcionalidad optima:

Mediante una revision a la ley, nos damos cuentas de todas las irregularidades que el local presenta.

Las propuestas se adecuaron al equilibrio ambiental que debe existir, aprovechando al máximo las

características naturales existentes con criterios de sustentabilidad, también se acopla a la identidad

cultural de los habitantes del asentamiento.

CON

CLU

SIO

NES

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Page 33: Legislacion ambiental

ANEXOS RESIDENCIAL LOMAS DEL VALLE

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