Jurisp. garantías procesales. regla exclusión

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GARANTIAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES EN EL CONSTITUCIONALES EN EL PROCESO PENAL PROCESO PENAL

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Sin fines de lucro-

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GARANTIAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES EN EL CONSTITUCIONALES EN EL

PROCESO PENALPROCESO PENAL

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““ La casa de cada hombre es su La casa de cada hombre es su fortaleza, no porque la defienda un fortaleza, no porque la defienda un

foso o una muralla, pues bien foso o una muralla, pues bien puede ser una cabaña de paja, el puede ser una cabaña de paja, el viento rugir alrededor y la l luvia viento rugir alrededor y la l luvia penetrar en ella, pero el rey no”penetrar en ella, pero el rey no”

Lord ChattamLord Chattam

Cit. por Linares QuintanaCit. por Linares QuintanaGil Lavedra en “Monticelli de Prozillo”Gil Lavedra en “Monticelli de Prozillo”

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Surgen de:Surgen de: la CONSTITUCION NACIONALla CONSTITUCION NACIONAL

Art. 18.: Art. 18.: inviolabilidad del domicilioinviolabilidad del domicilio prohibición de autoincriminación.prohibición de autoincriminación. Cláusula genérica: “es inviolable la defensa Cláusula genérica: “es inviolable la defensa

en juicio”, da lugar a otras implícitas.en juicio”, da lugar a otras implícitas.

Convenciones de Derechos Convenciones de Derechos Humanos.Humanos. Defensor pagado por el estado. (8.2.e Defensor pagado por el estado. (8.2.e

Convención Americana sobre DDHH.)Convención Americana sobre DDHH.)

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Exclusión de la prueba obtenida Exclusión de la prueba obtenida ilegalmenteilegalmente

Los medios de prueba obtenidos en Los medios de prueba obtenidos en violación a las garantías constitucionales violación a las garantías constitucionales no son admisibles como prueba de cargono son admisibles como prueba de cargo

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Regla de exclusiónRegla de exclusión

““¿qué debe hacerse con la prueba obtenida a través de ¿qué debe hacerse con la prueba obtenida a través de dicho procedimiento? Repárese que en el caso se dicho procedimiento? Repárese que en el caso se cuenta con un acta de secuestro que cumple con todos cuenta con un acta de secuestro que cumple con todos los requisitos legales, y con los dichos de dos testigos los requisitos legales, y con los dichos de dos testigos hábiles que afirman haber presenciado como la policía hábiles que afirman haber presenciado como la policía encontró un arma de guerra en la vivienda de la encontró un arma de guerra en la vivienda de la Monticelli.Monticelli.

En los Estados Unidos se denomina "exclusionary rule" En los Estados Unidos se denomina "exclusionary rule" (regla de exclusión) al principio según el cual no resulta (regla de exclusión) al principio según el cual no resulta judicialmente válida la evidencia obtenida ilegalmente, judicialmente válida la evidencia obtenida ilegalmente, habiéndose generado un profuso debate sobre el acierto habiéndose generado un profuso debate sobre el acierto y alcances de esta doctrina.”y alcances de esta doctrina.”

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REGLA DE EXCLUSIÓN:REGLA DE EXCLUSIÓN:

Fundamentos que sustentan la doctrina:Fundamentos que sustentan la doctrina:

utilitarioutilitario: erradicar prácticas ilegales de la : erradicar prácticas ilegales de la policíapolicía

moralmoral: la justicia no puede servirse de : la justicia no puede servirse de prueba mal habida. prueba mal habida.

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Fundamento de la CorteFundamento de la Corte

En los casos:En los casos: CHARLES HERMANOS, CHARLES HERMANOS, MONTENEGRO (considerando 5º) MONTENEGRO (considerando 5º) FIORENTINO (considerando 7º) FIORENTINO (considerando 7º)

carácter ÉTICOcarácter ÉTICO

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Necesidad de salvaguardar los derechos de la Necesidad de salvaguardar los derechos de la persona que emanan de la CN (Monticelli de persona que emanan de la CN (Monticelli de Prozillo)Prozillo)

Comparación de los valores en juego –gtías. Comparación de los valores en juego –gtías. individuales o el interés de la sociedad en la individuales o el interés de la sociedad en la investigación de los delitos -investigación de los delitos -

Gtías. de debido proceso y de juicio previo se Gtías. de debido proceso y de juicio previo se verían menoscabadas (Gil Lavedra en verían menoscabadas (Gil Lavedra en Monticelli de Prozillo)Monticelli de Prozillo)

Importaría desconocer la función ejemplar de Importaría desconocer la función ejemplar de los actos estatales para la sociedad (voto Dr. los actos estatales para la sociedad (voto Dr. Garro en causa C.J.A. de la C.Fed. La Plata, Garro en causa C.J.A. de la C.Fed. La Plata, Sala II)Sala II)

Fundamento Fundamento de la regla de la regla exclusión exclusión para otros para otros tribunales tribunales inferioresinferiores

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Veintitrés años antes que la Corte estadounidense, nuestro máximo Veintitrés años antes que la Corte estadounidense, nuestro máximo tribunal sentó la regla de exclusión de la prueba ilegalmente tribunal sentó la regla de exclusión de la prueba ilegalmente adquirida al resolver la causa adquirida al resolver la causa Charles Hermanos Charles Hermanos (Fallos 46:36), (Fallos 46:36), afirmando que la ley en el interés de la moral y de la seguridad de afirmando que la ley en el interés de la moral y de la seguridad de las relaciones sociales, declara inadmisible el resultado de un las relaciones sociales, declara inadmisible el resultado de un procedimiento condenado por la ley o de una pesquisa procedimiento condenado por la ley o de una pesquisa desautorizada y contraria a derecho, aunque se haya llevado a desautorizada y contraria a derecho, aunque se haya llevado a cabo con el propósito de descubrir y perseguir un delito.cabo con el propósito de descubrir y perseguir un delito.

No obstante ello, en un aislado pero trascendente pronunciamiento, No obstante ello, en un aislado pero trascendente pronunciamiento, la Corte Suprema descalificó una confesión prestada bajo tortura, la Corte Suprema descalificó una confesión prestada bajo tortura, expresando que el acatamiento por parte de los jueces de la expresando que el acatamiento por parte de los jueces de la prohibición contenida en el art. 18 CN. de obligar a alguien a prohibición contenida en el art. 18 CN. de obligar a alguien a declarar contra sí mismo, no puede reducirse a disponer el declarar contra sí mismo, no puede reducirse a disponer el procesamiento y castigo de los eventuales responsables de los procesamiento y castigo de los eventuales responsables de los apremios, porque otorgar valor al resultado de un delito y apoyar apremios, porque otorgar valor al resultado de un delito y apoyar sobre él una sentencia judicial, no sólo es contradictorio con el sobre él una sentencia judicial, no sólo es contradictorio con el reproche formulado, sino que compromete la buena administración reproche formulado, sino que compromete la buena administración de justicia al pretender constituirla en beneficiaria del hecho ilícito de justicia al pretender constituirla en beneficiaria del hecho ilícito ((Montenegro, Luciano Montenegro, Luciano en Fallos 303:1938, consid. 5).en Fallos 303:1938, consid. 5).

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““....existen limites en la persecución penal. El descubrimiento de la existen limites en la persecución penal. El descubrimiento de la verdad debe ser efectuado en forma lícita, no sólo porque hay de verdad debe ser efectuado en forma lícita, no sólo porque hay de por medio un principio ético en la represión del delito (dictamen del por medio un principio ético en la represión del delito (dictamen del Dr. Gauna en la citada causa Dr. Gauna en la citada causa FiorentinoFiorentino ), sino porque la tutela de ), sino porque la tutela de los derechos del individuo es un valor más importante para la los derechos del individuo es un valor más importante para la sociedad que el castigo al autor del delito. El respeto a la dignidad sociedad que el castigo al autor del delito. El respeto a la dignidad del hombre y a los derechos esenciales que derivan de esa calidad, del hombre y a los derechos esenciales que derivan de esa calidad, constituyen el vértice fundamental sobre el que reposa la existencia constituyen el vértice fundamental sobre el que reposa la existencia misma de todo Estado de Derecho.misma de todo Estado de Derecho.

Por ello, ha dicho la Corte Suprema que el conflicto entre dos intereses Por ello, ha dicho la Corte Suprema que el conflicto entre dos intereses fundamentales de la sociedad: su interés en una rápida y eficiente fundamentales de la sociedad: su interés en una rápida y eficiente ejecución de la ley y su interés en prevenir que los derechos de sus ejecución de la ley y su interés en prevenir que los derechos de sus miembros individuales resulten menoscabados por métodos miembros individuales resulten menoscabados por métodos inconstitucionales de ejecución de la ley, ha sido resuelto en inconstitucionales de ejecución de la ley, ha sido resuelto en nuestro país en favor de este último … En la comparación de nuestro país en favor de este último … En la comparación de valores es preferible dejar sin castigo, los delitos, que permitir que valores es preferible dejar sin castigo, los delitos, que permitir que una garantía constitucional se torne en letra muerta o a merced de una garantía constitucional se torne en letra muerta o a merced de cualquier eventual pretexto ..”cualquier eventual pretexto ..” De:De:“Monticell i de Prozil lo”, Cámara Criminal y Correccional“Monticell i de Prozil lo”, Cámara Criminal y Correccional Federal, L.L. 1984-D,373Federal, L.L. 1984-D,373

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DOCTRINA DEL FRUTO DEL ÁRBOL DOCTRINA DEL FRUTO DEL ÁRBOL VENENOSOVENENOSO

“…“…corresponde efectuar un distingo. No debe confundirse el corresponde efectuar un distingo. No debe confundirse el problema atinente a la validez de la prueba obtenida por un medio problema atinente a la validez de la prueba obtenida por un medio ilegal, que es tema de la ilegal, que es tema de la regla de exclusión regla de exclusión y que estoy tratando y que estoy tratando en este voto, con el de la admisibilidad de la prueba originada en este voto, con el de la admisibilidad de la prueba originada derivada o vinculada aún mediatamente con el primer acto ilegítimo, derivada o vinculada aún mediatamente con el primer acto ilegítimo, que se conoce en el derecho norteamericano como la que se conoce en el derecho norteamericano como la doctrina doctrina del "fruto del arbol venenosodel "fruto del arbol venenoso " " ("fruit of the poisonous tree", ("fruit of the poisonous tree", Silverthorne Lumber Co. v. United States, 251 US., 385, 1920 Silverthorne Lumber Co. v. United States, 251 US., 385, 1920 Nardone v. United States, 308 US., 338, 1939, Wong Sun v. United Nardone v. United States, 308 US., 338, 1939, Wong Sun v. United States, 371 US., 471, 1963. entre otros), y que fue también aplicada States, 371 US., 471, 1963. entre otros), y que fue también aplicada por la sala 3ª de la Cámara del Crimen de Capital al resolver el por la sala 3ª de la Cámara del Crimen de Capital al resolver el citado caso Montenegro, luego de la anulación del fallo anterior por citado caso Montenegro, luego de la anulación del fallo anterior por la Corte Suprema (publ. en LL 1982-D-256la Corte Suprema (publ. en LL 1982-D-256).”).”

De Monticelli de ProzilloDe Monticelli de Prozillo

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ejemploejemploSi la policía ingresa ilegalmente en un Si la policía ingresa ilegalmente en un

domicilio particular o interroga, por medio domicilio particular o interroga, por medio de apremios, a un sospechoso, de apremios, a un sospechoso,

¿Qué sucede con los elementos ¿Qué sucede con los elementos encontrados en el domicilio o los dichos encontrados en el domicilio o los dichos vertidos por quien ha sido coercionado? vertidos por quien ha sido coercionado?

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Qué sucede si:Qué sucede si:

Se interrogan a testigos que se Se interrogan a testigos que se encuentran en el lugarencuentran en el lugar

O si los elementos secuestrados dirigen O si los elementos secuestrados dirigen la investigación hacia otro sospechosola investigación hacia otro sospechoso

y si a este nuevo sospechoso se le y si a este nuevo sospechoso se le secuestran elementos que incriminan al secuestran elementos que incriminan al primeroprimero

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Si el procedimiento inicial es Si el procedimiento inicial es violatorio de garantías violatorio de garantías

constitucionales la i legalidad se constitucionales la i legalidad se proyecta a todos aquellos actos que proyecta a todos aquellos actos que

son su consecuencia pues se ven son su consecuencia pues se ven teñidos de la misma ilegalidadteñidos de la misma ilegalidad

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¿Cómo saber si se debe aplicar la ¿Cómo saber si se debe aplicar la doctrina del fruto del árbol venenoso?doctrina del fruto del árbol venenoso?

Verif icar si existe unVerif icar si existe un

CAUCE DE INVESTIGACIÓN CAUCE DE INVESTIGACIÓN INDEPENDIENTEINDEPENDIENTE

Aplicar el método de laAplicar el método de laSUPRESIÓN MENTAL HIPOTÉTICASUPRESIÓN MENTAL HIPOTÉTICA

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CSJN: cauce de investigación distintoCSJN: cauce de investigación distinto

RUIZ, Roque-RUIZ, Roque- 17/09/1987 (F.310:1847).17/09/1987 (F.310:1847).

La Corte consideró que aún cuando la confesión La Corte consideró que aún cuando la confesión ilegítima de Ruiz había permitido la ilegítima de Ruiz había permitido la

individualización de las víctimas y los individualización de las víctimas y los reconocimientos que estos hicieron de Ruiz, reconocimientos que estos hicieron de Ruiz,

existían en la causa otras pruebas existían en la causa otras pruebas independientes de las manifestaciones independientes de las manifestaciones

irregularesirregulares, y que habían sido obtenidas de , y que habían sido obtenidas de manera objetiva y directamanera objetiva y directa (cons. 15º) (cons. 15º)

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““Que esta función de apreciar la proyección de la ilegitimidad Que esta función de apreciar la proyección de la ilegitimidad del procedimiento sobre cada elemento probatorio es del procedimiento sobre cada elemento probatorio es propia de los jueces, quienes en tal cometido deben propia de los jueces, quienes en tal cometido deben valorar las particularidades del caso en concreto. Para valorar las particularidades del caso en concreto. Para dicha finalidad deben analizarse la concatenación causal dicha finalidad deben analizarse la concatenación causal de los actos, de acuerdo con la sana critica racional, que de los actos, de acuerdo con la sana critica racional, que atiende a las reglas de la lógica y de la experiencia social: atiende a las reglas de la lógica y de la experiencia social: de manera que por esa vía puedan determinarse con de manera que por esa vía puedan determinarse con claridad los efectos a los que conduciría la eliminación de claridad los efectos a los que conduciría la eliminación de los eslabones viciados, teniendo en cuenta la posibilidad los eslabones viciados, teniendo en cuenta la posibilidad de adquisición de las evidencias por otras fuentes distintas de adquisición de las evidencias por otras fuentes distintas de las que se tengan por ilegítimas. De tal modo, deberá de las que se tengan por ilegítimas. De tal modo, deberá descartarse por ineficaz la prueba habida en la causa, descartarse por ineficaz la prueba habida en la causa, siempre y cuando su obtención dependa directa y siempre y cuando su obtención dependa directa y necesariamente de la violación de la garantía necesariamente de la violación de la garantía constitucional de que se trate, o bien cuando sea una constitucional de que se trate, o bien cuando sea una consecuencia inmediata de dicha violación..” consecuencia inmediata de dicha violación..” Cons. 13. Cons. 13.

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Allanamiento sin ordenSecuestro de droga

Testimonio de un Comprador

Cauce de investigación independiente

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HALLAZGOS CAUSALES O CASUALESHALLAZGOS CAUSALES O CASUALES

El Juez Penal de Comodoro Rivadavia ordenó el allanamiento de una El Juez Penal de Comodoro Rivadavia ordenó el allanamiento de una vivienda, a efectos de proceder a la detención de Mario Guillermo vivienda, a efectos de proceder a la detención de Mario Guillermo Colt, y al secuestro, en caso de ser habido, de armas de fuego de Colt, y al secuestro, en caso de ser habido, de armas de fuego de cualquier calibre y tamaños, ello en virtud de la investigación fiscal cualquier calibre y tamaños, ello en virtud de la investigación fiscal caratulada "Antelo, Adrián Enrique s/robo agravado por el uso de caratulada "Antelo, Adrián Enrique s/robo agravado por el uso de armas (preventivo n° 413/07, legajo M.P.F. n° 9000).armas (preventivo n° 413/07, legajo M.P.F. n° 9000).

Tal cual surge del acta de fs. 4/5, en el departamento "L", al momento Tal cual surge del acta de fs. 4/5, en el departamento "L", al momento del allanamiento, sólo se encontraba Vanesa de Lourdes Capuyel, del allanamiento, sólo se encontraba Vanesa de Lourdes Capuyel, a quien se le endilgó la tenencia de la sustancia estupefaciente a quien se le endilgó la tenencia de la sustancia estupefaciente secuestrada del secuestrada del interior del tablero de conexión de luz interior del tablero de conexión de luz ubicado en el living-comedor de la vivienda.ubicado en el living-comedor de la vivienda.

Si fuera defensor de Capuyel, qué podría alegar para invalidar la prueba?Si fuera defensor de Capuyel, qué podría alegar para invalidar la prueba? Qué debía buscar la policía, en la casa?Qué debía buscar la policía, en la casa? La orden de allanamiento, le permitía a la policía revisar el interior del tablero de la La orden de allanamiento, le permitía a la policía revisar el interior del tablero de la

electricidad?electricidad? Si fuera Fiscal, cómo defendería la prosecución de la causa?Si fuera Fiscal, cómo defendería la prosecución de la causa?

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Tribunal: Cámara Nacional de Casación Penal, sala ITribunal: Cámara Nacional de Casación Penal, sala IFecha: 27/03/2009Fecha: 27/03/2009Partes: Capuyel, Vanesa de Lourdes s/rec. de casaciónPartes: Capuyel, Vanesa de Lourdes s/rec. de casaciónPublicado en: Sup. Penal 2009 (setiembre), 51 Publicado en: Sup. Penal 2009 (setiembre), 51

““En efecto, teniendo en cuenta la fotografía que obra glosada a fs. 8 el En efecto, teniendo en cuenta la fotografía que obra glosada a fs. 8 el secuestro deberá ser invalidado, toda vez que las dimensiones del tablero secuestro deberá ser invalidado, toda vez que las dimensiones del tablero no permiten siquiera suponer que allí podía encontrarse un arma de fuego. no permiten siquiera suponer que allí podía encontrarse un arma de fuego. El personal policial exorbitó, pues, la búsqueda encomendada haciéndolo El personal policial exorbitó, pues, la búsqueda encomendada haciéndolo en lugares donde no se podía presumir la existencia de elementos en lugares donde no se podía presumir la existencia de elementos relacionados con el delito investigado;…. “relacionados con el delito investigado;…. “

““Así, el caso bajo análisis no se ajusta a la doctrina del "plain view" elaborada Así, el caso bajo análisis no se ajusta a la doctrina del "plain view" elaborada por la Corte Suprema de los Estados Unidos, …..la cual autoriza al por la Corte Suprema de los Estados Unidos, …..la cual autoriza al personal policial que se topa inadvertidamente con elementos distintos o no personal policial que se topa inadvertidamente con elementos distintos o no contemplados en la orden de allanamiento, a secuestrar elementos que contemplados en la orden de allanamiento, a secuestrar elementos que constituyan evidencias respecto a la eventual comisión de otro delito.”constituyan evidencias respecto a la eventual comisión de otro delito.”

““Ello, toda vez que la sustancia no fue advertida a simple vista, sino que por el Ello, toda vez que la sustancia no fue advertida a simple vista, sino que por el contrario el personal policial se atribuyó facultades que no emanaban de la contrario el personal policial se atribuyó facultades que no emanaban de la orden de allanamiento, lo que constituye una ampliación del objeto de orden de allanamiento, lo que constituye una ampliación del objeto de pesquisa en clara violación al derecho a la intimidad.”pesquisa en clara violación al derecho a la intimidad.”

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CSJN: Fiscal c/ FernándezCSJN: Fiscal c/ Fernández

Elementos que se consideraron:Elementos que se consideraron:

Ingreso consentido por el CónsulIngreso consentido por el Cónsul Falta de ardid del policía/silencioFalta de ardid del policía/silencio No existió pesquisa/testimonio sobre No existió pesquisa/testimonio sobre

entrega de drogaentrega de droga

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CSJN: Fiscal c/ FernándezCSJN: Fiscal c/ Fernández

Ello derivó en:Ello derivó en: Considerar legítimo el ingresoConsiderar legítimo el ingreso Rechazó la aplicación de la Rechazó la aplicación de la

regla de exclusión (obtención regla de exclusión (obtención de prueba legal)de prueba legal)

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CSJN: Fiscal c/ FernándezCSJN: Fiscal c/ Fernández

Y la Corte dijo: Y la Corte dijo: “…Los jueces tienen el “…Los jueces tienen el deber de resguardar , dentro del deber de resguardar , dentro del marco constitucional estricto, la razón marco constitucional estricto, la razón de justicia que exige que el delito de justicia que exige que el delito comprobado no rinda beneficios…comprobado no rinda beneficios…

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CSJN: Fiscal c/ FernándezCSJN: Fiscal c/ Fernández

……El deber de dejar establecida la El deber de dejar establecida la verdad jurídica objetiva, en materia verdad jurídica objetiva, en materia de enjuiciamiento penal, sólo autoriza de enjuiciamiento penal, sólo autoriza a prescindir, por ilícita, de una prueba a prescindir, por ilícita, de una prueba cuando ella, en sí misma, haya sido cuando ella, en sí misma, haya sido obtenida a través de medios obtenida a través de medios inconstitucionales e ilegales”-consid. inconstitucionales e ilegales”-consid. 14-14-

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CSJN: Fiscal c/ FernándezCSJN: Fiscal c/ Fernández Sólo correspondía excluir la prueba Sólo correspondía excluir la prueba

“en sí misma” “en sí misma” cuando fuera cuando fuera obtenida inconstitucionalmente obtenida inconstitucionalmente

Entonces: ¿se desterraba la doctrina Entonces: ¿se desterraba la doctrina del del fruto del árbol venenoso fruto del árbol venenoso receptada por la Corte en Rayford y receptada por la Corte en Rayford y Ruiz?Ruiz?

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CSJN: Daray CSJN: Daray Precisó la excepción de la “fuente o cauce Precisó la excepción de la “fuente o cauce

independiente”independiente” No “…No “…es suficiente para aceptar la es suficiente para aceptar la

existencia de un curso de prueba existencia de un curso de prueba independiente que, a través de un juicio independiente que, a través de un juicio meramente hipotético o conjetural, se meramente hipotético o conjetural, se pueda imaginar la existencia de otras pueda imaginar la existencia de otras actividades de la autoridad de actividades de la autoridad de prevención que hubiesen llevado al prevención que hubiesen llevado al mismo resultado probatorio; mismo resultado probatorio;

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CSJN: Daray CSJN: Daray

……es necesario que en el es necesario que en el expediente conste en forma expediente conste en forma expresa la existencia de dicha expresa la existencia de dicha actividad independiente que actividad independiente que habría llevado inevitablemente al habría llevado inevitablemente al mismo resultado”.mismo resultado”.

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CSJN: Daray CSJN: Daray

Es decir:Es decir: el curso alternativo debe constar en la el curso alternativo debe constar en la

causacausaDebe ser un curso con suficiente entidad y Debe ser un curso con suficiente entidad y

verosimilitudverosimilitud