Introduccion Administracion Publica

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INTRODUCCION A LA ADMINISTRACION PÚBLICA Mg.Adm. JORGE HERNAN ATOCHE PACHERRES U N P R G

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Administracion publica

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INTRODUCCION A LA ADMINISTRACION PÚBLICA

Mg.Adm. JORGE HERNAN ATOCHE PACHERRES

UNPRG

¿QUÉ ES LA ADMINISTRACIÓN?

La Administración es la ciencia social y proceso encargado de la Planificación, Organización, Dirección y Control de los recursos (humanos, financieros, materiales, tecnológicos, el conocimiento, etc.) con el fin de obtener el máximo beneficio posible, éste beneficio puede ser: económico o social, dependiendo esto de los fines perseguidos por la organización.

CONCEPTO DE ADMINISTRACON COMO CIENCIA:

Es la ciencia que estudia a las empresas y las organizaciones con fines descriptivos, para comprender su funcionamiento, su evolución, su crecimiento y su conducta.

“Si a los gerentes talentosos se les acoplaran técnicos capaces, esto es gerentes profesionales, se potenciaría la posibilidad de tener una empresa exitosa”

En realidad, la Administración como una actividad práctica surge cuando los hombres primitivos se unieron y se organizaron para poder enfrentar las condiciones adversas a las que se enfrentaban (Naturaleza).

Ref. Desmand, Morris, “El Mono Desnudo: un estudio del animal humano”. Gráficas Guada, Barcelona, 1975

Sócrates 400 a.c propuso el principio de la Universalidad de la Administración, eso significa que se puede aplicar en todas las actividades sociales.

El término “Administración Pública” se identifica de modo tradicional con el Estado.

En los diccionarios de términos jurídicos, se define a la Administración Pública como: “el Poder Ejecutivo en acción con la finalidad de cumplir y hacer cumplir cuanto interesa a la sociedad en las actividades y los servicios públicos”

En la legislación peruana el concepto de “Administración Pública” ha ido variando con el transcurrir de los años, siendo pertinente hacer una evaluación de los textos referenciales y de las normas que han regulado el tema administrativo a efectos de poder apreciar el mencionado concepto.

La práctica, el ejercicio de la Administración Pública en el Perú es llevada a cabo por las entidades que conforman el Poder Ejecutivo tales como: Ministerios, Gobiernos Regionales y Locales, los Organismos Públicos Descentralizados, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, los Organismos que la Constitución Política del Perú y las leyes confieren autonomía (p.ejem: Las universidades públicas) y las personas jurídicas bajo el régimen privado que prestan servicios públicos (p.ejem: universidades privadas, transporte publico, etc.) o ejercen función administrativa, en virtud de concesión, delegación o autorización del Estado, conforme a la normativa de la materia.

La Administración Pública está regida por las siguientes leyes:

• Ley del Procedimiento Administrativo General LEY Nº 27444

• Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado LEY Nº 27658

• Ley No. 26922 Ley Marco de Descentralización

LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN LA DOCTRINA

En la doctrina se puede citar a: • MULARZ, Jordán.

Define a la “Administración Pública”, como: “Aquella organización que el Estado utiliza

para canalizar adecuadamente demandas sociales y satisfacerlas, a través de la transformación de recursos públicos en acciones modificadoras de la realidad, mediante la producción de bienes, servicios y regulaciones.

Mularz, Jordan. Asesor Municipal Argentino

COMENTARIO…

Este concepto de Administración Pública nos muestra lo diverso que es esta "organización", en el sentido de que incluye en su seno diferentes espacios y especialistas que se ocupan específicamente de una tarea, y que su interdependencia hace muy difícil establecer que se debe reformar y que no, y por ende realizar una reforma administrativa no es tarea de unos pocos, sino que abarca a todo el conjunto de ella y también a la sociedad como destino final de los "output" que ella produce.

En esta misma línea BONNIN señala que:

“La Administración Pública es la que tiene la gestión de los asuntos comunes respecto de la persona, de los bienes y de las acciones del ciudadano como miembro del Estado.

Bonnin, Charles-Jean Baptiste. Pensador político y social, autor progresista de la Revolución Francesa y de la primera mitad del siglo XIX, y padre fundador de la ciencia de la Administración Pública.

Para MUÑOZ AMATO, Pedro. La “Administración Pública” es:

“Un conjunto de ideas, actitudes, normas, procesos, instituciones y otras formas de conducta humana que determinan como se distribuye y ejerce la autoridad política y como se atiende los intereses públicos”

En resumen:

En la doctrina se precisa que “La Administración Pública es el contenido esencial de la actividad correspondiente al Poder Ejecutivo, y se refiere a las actividades de gestión, que el titular de la misma desempeña sobre los bienes del Estado para suministrarlos de forma inmediata y permanente, a la satisfacción de las necesidades públicas y lograr con ello el bien general, dicha atribución tiende a la realización de un servicio público, y se somete al marco jurídico especializado que norma su ejercicio y se concretiza mediante la emisión y realización del contenido de actos administrativos emitidos ex profeso”

LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA

En la actualidad, en materia de Derecho Administrativo, la doctrina considera que cuando la Administración Pública ejerce función administrativa, lo debe hacer a través de las formas jurídicas que le están permitidas, estas formas son:

• Reglamentos• Actos Administrativos• Contratos Administrativos• Actos de la Administración• Por último los Hechos Administrativos

Estas manifestaciones de la administración pública pueden ser efectuadas tanto por:

• Organismos• Órganos• Y personas-órgano, las mismas que

pueden ser públicas o privadas.

Reflexión…

Si bien estas explicaciones técnicas parecen ser del todo claras, en la práctica y sobre todo en lo relacionado a la legislación, podemos observar una gran confusión conceptual, tal vez producto de la “interpretación” de la propia legislación y por qué no??? … de la decisión política que toman los gobiernos en determinadas épocas.

DIFERENCIASLa Administración Pública• Tiene base social.• Su fin es el servicio y la utilidad públicos.• Pertenece al campo del Derecho Público.• Las decisiones la toman un conjunto de

personas.• La estructura es compleja.• Los programas destinados a los administrados

tienen que cumplirse, aún coercitivamente.• No hay incentivo pecuniario.

La Administración Privada

• Tiene base en el individualismo.• Su fin es el lucro.• Su régimen jurídico esta en el Derecho Privado.• Generalmente las decisiones lo toma una sola

persona, el Gerente.• Su estructura es más sencilla.• Los programas diseñados pueden cumplirlo o

no, los destinatarios.• Existen incentivos y motivaciones monetarias o

jerárquicas (ascensos)

LA FUNCION PUBLICA

Mg. Jorge Hernán Atoche Pacherres

LA FUNCION PUBLICA

Para hablar de Función Publica es necesario abordar el concepto de FUNCION SOCIAL, que es la que se ocupa del papel que desempeñan los individuos y grupos en el seno de la sociedad.

FUNCION: “Es la acción y ejercicio de un empleo”. “Facultad u Oficio”.

Continua…

LO PUBLICO. Es lo relativo a la autoridad para hacer una cosa. Es lo perteneciente a todo el pueblo.

FUNCION PUBLICA: Esta constituida por todas las acciones que desempeñan los órganos del estado y del gobierno, a través de sus funcionarios, dirigidos a la satisfacción de las necesidades nacionales.

Otra definición…

FUNCION PUBLICA:

Es la maquinaria operativa del estado, su razón de ser es servir a la colectividad, con el propósito de brindar bienestar y beneficios: culturales, materiales, económicos, sanitarios, alimenticios, vivienda, entre otros.

CARACTERISTICAS DE LA FUNCION PUBLICA

Es ejercida por el Estado. Indirecta o indirectamente.

Es Permanente. No esta sujeta al tiempo.

Se ejerce con Equidad. Trato igualitario. Evitando grupos privilegiados.

Primacía del Interés Colectivo. Todas las acciones para solucionar Necesidades nacionales

Menor Costo. Para facilitar el acceso de las grandes mayorías, su accionar no constituye negocio suntuario.

SERVICIO PUBLICO

Es la manifestación real y efectiva de la función publica.

El servicio publico se puede clasificar.

CLASIFICACION DEL SERVICIO PUBLICO

Servicios públicos puros. Aquellos que la población recibe sin costo. Tienden a desaparecer.

Servicios públicos propios. Son los que asume directa o indirectamente el estado a través de sus órganos y dependencias, pagándose algunos derechos y tarifas por el servicio recibido. Por ejemplo: Limpieza publica. Administración de justicia. Etc.

Continua…

Servicios públicos impropios. Son los servicios públicos que prestan los particulares. Por ejemplo: Transporte publico. Educación. Serpost, entre otros.

Art. 425 Código Penal

Se consideran Funcionarios o servidores públicos:

1. Los que están comprendidos en la carrera administrativa.

2. Los que desempeñan cargos políticos o de confianza, incluso si emanan de elección popular.

Analizar : Art. 29 y Art. 30 L.O.M.

Continua…

3. Todo aquel que independientemente del régimen laboral en que se encuentre, mantiene vinculo laboral o contractual de cualquier naturaleza con entidades u organismos del estado y que en virtud de ello ejerce funciones en dichas entidades u organismos.

Continua…

4. Los administradores y depositarios de caudales embargados o depositados por autoridad competente, aunque pertenezca a particulares.

5. Los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.

6. Los demás indicados por la Constitución Política y la Ley.

Derecho Administrativo

Se considera Funcionario Publico al ciudadano que es elegido o designado por la autoridad competente, conforme al ordenamiento legal, para desempeñar cargos del mas alto nivel en los poderes públicos y los organismos con autonomía.

Ver Art. 27 L.O.M.

LA SITUACION DE CONFIANZA

La condición de funcionario implica una situación de confianza, que no es calificativo necesariamente de cargo, sino atribuible a la persona por designar, tomando en consideración su idoneidad basada en su versación o experiencia para desempeñar las funciones del respectivo cargo.

Algunos criterios para determinar la situación de Confianza

• El desempeño de funciones de jerarquía, en relación inmediata con el mas alto nivel de la entidad.

• El desempeño de funciones de apoyo directo o asesoría a funcionarios del mas alto nivel. Y

• El desempeño de funciones que tienen acción directa sobre aspectos estratégicos declarados con anterioridad que afectan los servicios públicos o al funcionamiento global de la entidad publica.

Analizar

D.L. 276 D.S. 005-90-PCM

¿Quiénes son?

Funcionarios del Estado bajo el Régimen del Sector Publico.

LEY DE INCOMPATIBILIDADES

Esta norma utiliza en termino “Representantes del Estado” a las personas que prestan servicios a la Nación en las siguientes modalidades: directores, titulares, altos funcionarios, integrantes de consejos consultivos, integrantes de tribunales administrativos, miembros de órganos colegiados, representantes de directorios, asesores, funcionarios o servidores con encargos específicos.

El termino “Representantes del Estado” va mas allá del concepto clásico de Funcionario Publico.

DEONTOLOGIA DEL FUNCIONARIO PUBLICO

ETICA: Es el estudio sistemático de los

problemas de la conducta humana. De este modo entendemos que la ETICA es la ciencia de la moral, concluyéndose que la moral es el contenido de la ETICA.

Sigue…

Hablar de ETICA hoy en día es hablar de la “Teoría de los Valores” y la reflexión nos conduce a asumir la siguiente consideración:

¿Tienen valor las cosas o acciones porque las deseamos?.... O

¿Las deseamos porque tienen valor?

LA ETICA INCAICA

AMA SUA. No seas Ladrón. AMA QUELLA. No seas Haragán. AMA LLULLA. No seas Mentiroso.

Es una frase que data del imperio incaico, resume su imperativo moral.

A mayor ETICA, se proyecta un mayor Desarrollo y por consiguiente un mayor éxito.

Cuando desarrollamos el tema de la ETICA pasamos por los ejes fundamentales de la actuación del ser humano: INTELIGENCIA-LIBERTAD-VOLUNTAD.

Sigue…

La MORAL es la ciencia del bien. Es la confianza en el éxito de algo.

SOCRATES, al comentar la ETICA como costumbre de los hombres, señala: “ningún hombre que conoce el bien hará el mal”.

BACON, al referirse al comportamiento humano, al poder, al liderazgo y a la dicha, señala: “a la naturaleza se la domina obedeciéndola”.

FRASE

PARA QUE EL HOMBRE SEA FELIZHA DE HACER SIEMPRE LO QUE CONVIENEAUNQUE A VECES NO LE APETEZCA;LO IDEAL SERIA CONSEGUIR QUE LE APETEZCALO QUE REALMENTE LE CONVIENE;Y QUE NO LE GUSTE NADA DE LO QUE NO LE

CONVIENE.Dr. Lito Becerra