INTRODUCCIÓN A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL Y ...sistemas.cgever.gob.mx/11/dgda/CURSO...

30
INTRODUCCIÓN A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL Y MARCO JURÍDICO 1

Transcript of INTRODUCCIÓN A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL Y ...sistemas.cgever.gob.mx/11/dgda/CURSO...

INTRODUCCIÓN A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL

Y MARCO JURÍDICO

1

Dr. Javier Duarte de OchoaGobernador del Estado de Veracruz

de Ignacio de la Llave

C.P.C. Iván López Fernández Contralor General

2

C.P. Lorenzo Antonio Portilla Vásquez

Director General de Control y Evaluación

Lic. Miguel Ángel Gómez Malagón Director General de Responsabilidades y

Situación Patrimonial

Lic. Roberto Jaime Colorado Moreno Director de Asuntos Jurídicos

Lic. Enrique Benítez Ponce

Director de Operación Regional

L.C. Marieli Méndez Castillo Directora General de Auditoría

Gubernamental

Lic. José Antonio Flores Vargas Director General de Desarrollo

Administrativo

L.C. Héctor Eugenio Mancisidor Rebolledo Jefe de la Unidad Administrativa

ÍNDICE

Presentación.............................................................................

4

Objetivo..................................................................................

6

1. El Estado Mexicano y la Administración Pública........................... 6 2. La Administración Pública Federal............................................

10

3. La Administración Pública en el Estado de Veracruz.....................

4. La Administración Pública del Poder Ejecutivo del Estado.............

4.1 La Administración Pública Centralizada.................................... 4.2 La Administración Pública Paraestatal.....................................

4.3 Plan Veracruzano de Desarrollo………….................................... 4.4 Marco Jurídico General de la Administración Pública Estatal.......

5. Recomendaciones Bibliográficas………………………………………............

13

16

17

25

28

29

30

PRESENTACIÓN

El Plan Veracruzano de Desarrollo 2011 – 2016, en su

Capítulo VI “Gobierno y Administración Eficiente y

Transparente”, Título VI.7 relativo a una Administración

Ordenada y Transparente: una Contraloría Moderna,

plantea la necesidad de contar con un gobierno que opere

y sea efiente, una administración pública que procure

alcanzar la visión de un mejor Veracruz, estableciendo en

forma explícita el compromiso del Gobierno con la

sociedad para fortalecer los mecanismo de control social

sobre la gestión pública, identificados en la contraloría

ciudadana, el acceso a la información, la rendición de

cuentas y la evaluación pública imparcial de los

programas gubernamentales.

4

En este contexto la Contraloría General a través de la Dirección General de Desarrollo Administrativo se ha dado a la tarea de elaborar el presente material con la finalidad de puntualizar las generalidades de la Administración Pública Estatal, considerando aspectos tales como: la forma de Gobierno y conceptualización de la Administración Pública en el Estado; las competencias de las Secretarías de Despacho que integran el Ejecutivo y la Administración Pública Descentralizada; así como la revisión del los ordenamientos básicos del Marco Jurídico General de la Administración Pública Estatal.

5

OBJETIVO Proporcionar a los Servidores Públicos la información y los conocimientos básicos en el ámbito de la Administración Pública Estatal, que les permita entenderla y en consecuencia lograr un mejor desempeño en sus funciones. Asimismo se busca despertar en los servidores públicos el interés por la Administración Pública Estatal y particularmente el de su Dependencia o Entidad. 1. EL ESTADO MEXICANO Y LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. El Estado representa el órgano político-jurídico llamado a regir los destinos de la humanidad y su evolución. Su aparición ha ido aparejada con el desarrollo social, político, cultural, educativo y económico de la comunidad. El Estado puede reconocerse como la organización jurídica de la Nación1, lleva implícita la idea de un ordenamiento político y jurídico que debe culminar en un Gobierno2 propio e independiente de todo poder extraño. Manuel Amiana, afirma que el Estado supone el Gobierno y el Gobierno supone el Estado, es decir; si el Gobierno es dependiente, se trata entonces de un Estado dependiente y en caso contrario existe un Estado libre y Soberano.

6

A lo largo de la historia el Estado ha asumido distintas formas de organización (de Gobierno) pasando en sus inicios por organizaciones patriarcales, donde gobernaba el más viejo de la tribu; gobiernos representados por sabios y guerreros, gobiernos teocráticos, entre muchos otros; sin embargo el sistema que impera en las organizaciones de los Estados contemporáneos es la Democracia Representativa (Republicana o Monárquica). La forma de gobierno de nuestro país es republicana, y el sustento formal de esta afirmación lo encontramos en el contenido del artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice: “Es voluntad del Pueblo Mexicano constituirse en una República Representativa, Democrática, Federal, compuesta de Estados Libres y Soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una Federación establecida según los principios de esta Ley Fundamental.” Desglosando los términos aquí expuestos entendemos que la Nación Mexicana se constituye como una República; es decir, un gobierno de la comunidad, en el cual tienen que ver todos y cada uno de los miembros que pertenecen a esa comunidad, los problemas deben ser resueltos por el conjunto de la comunidad. 1 Nación, sociedad natural de hombres, creada por la unidad de territorio, de costumbres y de idioma, formado por una comunidad de vida y de conciencia social. Una nación requiere una continuidad y una tradición que la mantiene en el tiempo como unidad moral indisoluble. 2 Gobierno, actividad que se ejerce para realizar los fines del Estado, es el conjunto de los organismos superiores que dictan las medidas que regulan la actividad del Estado, el Gobierno es algo por el Estado y para el Estado pero no es el Estado.

7

Adquiere la naturaleza de República Representativa, dado que el pueblo por completo no puede, a la vez ejercer soberanía y en consecuencia necesita nombrar representantes que decidan por él y para él. La forma de elegir a sus representantes será de manera Democrática, que tiene su origen en la voluntad popular, es decir mediante el voto directo a través del cual sus representantes adquieren legitimidad. Finalmente el concepto Federal, tiene que ver con la distribución territorial del poder, El Estado Mexicano ha pasado a lo largo de su vida independiente por gobiernos centralistas, en los cuales todo el poder se distribuye desde la capital de la República hacia todo el territorio; y federalista retomada en nuestra constitución vigente, pero que ya había sido plasmada en la Constitución de 1824 y 1857 en la cual el territorio mexicano se integrará por 31 Estados y un D.F. libres y soberanos. Cada Estado tendrá su propia Constitución Política, sin embargo ésta deberá sujetarse a la Ley Suprema de la Nación, la Constitución Política del los Estados Unidos Mexicanos. Si bien los Estados están sujetos a las decisiones colectivas tomadas por la Federación Mexicana, tienen un margen al cual adaptar las necesidades concretas de sus comunidades. La soberanía de los Estados es un concepto real, efectivo y jurídicamente útil para fortalecer la toma de decisiones en el ámbito local.

8

El Estado está integrado por tres elementos característicos, los cuales son: Población, Territorio y Gobierno. El acto de gobernar se entiende como la forma en que se administran los recursos y necesidades del público o la sociedad, por ello y entendiendo que esos recursos son del pueblo y por lo tanto públicos, entendemos como gobierno el acto de la Administración Pública. La Administración Pública es aquella parte de la ciencia administrativa que tiene que ver con el Gobierno y por tanto se ocupa principalmente de la rama ejecutiva donde se hace el trabajo del Gobierno aunque evidentemente se complementa con las ramas legislativa y judicial donde también se presentan diversos problemas.

9

2. LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL. Como se mencionó, los Estados Unidos Mexicanos, se constituyen como una República Representativa, Democrática y Federal, asumiendo una división tripartita de poderes, a saber: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial. Poder Ejecutivo. El ejercicio de este supremo poder se deposita en un solo individuo denominado “Presidente de los Estados Unidos Mexicanos” cuya elección será directa y en términos de la Ley Electoral. Su cargo iniciará el 1 de Diciembre posterior al día de su elección y tendrá una duración de 6 años, sin tener derecho a la reelección. Su labor será auxiliada por los Secretarios de Estado y titulares de las diversas Entidades que conforman la Administración Pública Federal, entre las que se encuentran: Secretaría de Gobernación, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Economía, Secretaría de Desarrollo Social, Secretaría de Relaciones Exteriores, Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de Marina, Secretaría de Educación Pública, Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Secretaría de Energía,

10

Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, Secretaría de la Función Pública, Procuraduría General de la República. Poder Legislativo. Se deposita en el Congreso de la Unión; su composición será Bicameral, es decir, compuesta por dos Cámaras: una de Diputados y otra de Senadores. La Cámara de Diputados está integrada por quinientos representantes que serán electos en su totalidad cada tres años, trescientos según el principio de mayoría relativa mediante el sistema de distritos electorales uninominales y doscientos de acuerdo al principio de representación proporcional. La Cámara de Senadores se integrará por 128 representantes, 4 por cada Estado y el D.F. de los cuales tres serán electos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será designado a la primera minoría. Esta Cámara se renovará en su totalidad cada seis años.

11

Poder Judicial. Se deposita su ejercicio en una Suprema Corte de Justicia, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en Juzgados de Distrito. La Suprema Corte de Justicia de la Nación se integrará por veintiún Ministros Numerarios y funcionará en pleno o en salas. El nombramiento de los Ministros de la S.C.J. será hecho por el Presidente y sometidos a la aprobación de la Cámara de Senadores. Los Magistrados de Circuito y los jueces de Distrito serán nombrados por la S.C.J. de la Nación.

12

3. LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN EL ESTADO DE VERACRUZ. En el Caso de Veracruz, la Administración Pública Estatal es la que ejerce el Gobierno Estatal por medio del Poder Ejecutivo y en interdependencia con el Poder Legislativo y Judicial de acuerdo a las atribuciones establecidas en la Constitución Política del Estado y en las leyes correspondientes. El Estado de Veracruz, es parte de la Federación que integran los Estados Unidos Mexicanos, constituido desde 1824 como un Estado Libre y Soberano. La base de su división territorial es el Municipio (administrado por el Ayuntamiento). Veracruz está integrado por 212 Municipios. Como parte de la Federación, el Gobierno del Estado se constituye como Popular, Representativo y Democrático y para su ejercicio se divide en tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. http://www.invedem.gob.mx

13

El poder Ejecutivo. Se deposita en un solo individuo, denominado “Gobernador del Estado”, el cual durará en su cargo seis años y comenzará a ejercer sus funciones el 1 de diciembre siguiente a la fecha de su elección. Para el despacho de los asuntos de su competencia, tendrá las dependencias centralizadas y entidades paraestatales que señale la ley con las atribuciones y organizaciones que ésta determine. http://www.veracruz.gob.mx Poder Legislativo Está constituido por el Congreso del Estado y se compone por diputados elegidos por el principio de mayoría relativa en los distritos electorales uninominales y de diputados elegidos por el principio de representación proporcional conforme a las listas que presenten los partidos políticos en la circunscripción plurinominal que se constituya en el territorio del Estado. En ningún caso el Congreso se integrará por más de 60 diputados. El congreso se renovará en su totalidad cada tres años y se instalará el día 5 de noviembre inmediato posterior a la elección. http://www.legisver.gob.mx

14

Poder Judicial. Se deposita en un Tribunal Superior de Justicia, en un Tribunal de lo Contencioso Administrativo, en un Tribunal de Conciliación y Arbitraje y en los Juzgados que señale la Ley Orgánica de la materia. http://www.pjeveracruz.gob.mx

15

4. LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO Es competencia del Poder Ejecutivo del Estado, hacer cumplir las Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás leyes Federales, así como la Constitución Política del Estado de Veracruz, y las leyes que de ella emanen. Dentro de sus principales atribuciones se encuentra el planear y conducir el desarrollo integral del Estado en la esfera de su competencia, promover y fomentar por todos los medios posibles la educación pública, la protección de la salud, y procurar el progreso y el bienestar social en el Estado, vigilar la conservación y uso racional de los recursos naturales y demás atribuciones que le confiere la Constitución Política del Estado. Para el despacho de los distintos asuntos de competencia del Poder Ejecutivo, la Administración Pública Estatal, se divide en Centralizada y Entidades Paraestatales conforme lo establece la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado.

16

Los órganos de la Administración Pública Centralizada se denominan “Dependencias”, en tanto que los de la Administración Pública Descentralizada o Paraestatal se conocen como “Entidades”. 4.1. LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA. Esta vertiente de la Administración Pública la integran las siguientes dependencias:

1. Secretaría de Gobierno 2. Secretaría de Seguridad Pública 3. Secretaría de Finanzas y Planeación 4. Secretaría de Educación 5. Secretaría de Trabajo, Previsión Social y Productividad 6. Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario 7. Secretaría de Comunicaciones 8. Secretaría de Desarrollo Social 9. Secretaría de Medio Ambiente 10.Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y

Pesca 11.Secretaría de Salud 12.Secretaría de Turismo, Cultura y Cinematografía 13.Secretaría de Protección Civil 14.Contraloría General 15.Procuraduría General de Justicia 16.Dirección General de Comunicación Social.

17

Si bien ninguna de las Secretarías de Despacho tiene prioridad sobre las otras, algunas de ellas realizan funciones globalizadoras, es decir; emiten lineamientos, políticas y controles que son de observancia obligatoria para la totalidad de la Administración Pública, ellas son: La Secretaría de Finanzas y Planeación y la Contraloría General. Competencia de las Secretarías: En el Capítulo II, Sección Tercera, artículos del 17 al 37 de la vigente Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, (Reformada mediante Decreto No 5, publicado en la Gaceta Oficial No. Ext. 399, de fecha 14 de Diciembre de 2010) se define al ámbito de competencia de las distintas dependencias que componen la Administración Pública Estatal, de la cual se obtiene el siguiente resumen: Secretaría de Gobierno Es la Dependencia responsable de coordinar la Política Interna de la Entidad y tendrá la competencia que expresamente le confiere la Constitución Política del Estado, esta Ley y demás legislación aplicable.

18

Secretaría de Seguridad Pública Es la Dependencia encargada de coordinar, dirigir y vigilar la política estatal en materia de seguridad pública y privada de conformidad con las leyes de la materia. Secretaría de Finanzas y Planeación Es la Dependencia responsable de coordinar la administración financiera y tributaria de la Hacienda Pública y de proyectar, con la participación de las dependencias y entidades de la administración pública, la planeación, programación y presupuestación del Estado, en el marco del sistema de planeación democrática; así como de llevar el control administrativo de los recursos humanos y materiales, y el control del ejercicio de los recursos financieros, conforme a esta Ley y demás disposiciones aplicables. Secretaría de Educación Es la dependencia responsable de coordinar la política educativa del Estado y organizar el Sistema Educativo Estatal en todos sus niveles y modalidades, en los términos que establece la Constitución Política del Estado y la Leyes aplicables; así como desarrollar, supervisar y

19

coordinar los programas educativos, científicos y deportivos, a fin de promover, fomentar y procurar el progreso y bienestar de la población de la Entidad. Secretaría de Trabajo, Previsión Social y Productividad Es la Dependencia responsable de conducir y coordinar la política laboral en el Estado y tendrá la competencia que en la materia le otorguen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo y demás disposiciones aplicables. Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario Es la dependencia responsable de coordinar la política de desarrollo industrial, comercial y portuario de la entidad, así como de vigilar la aplicación y observancia de las disposiciones legales en estas materias. Secretaría de Comunicaciones Es la Dependencia responsable de coordinar la política del desarrollo de las vías de comunicación de jurisdicción estatal.

20

Secretaría de Desarrollo Social Es la dependencia responsable de coordinar la política de desarrollo social para el combate a la pobreza, en particular en materia de asentamientos humanos, ordenamiento del desarrollo territorial regional y urbano y de vivienda, así como ejecutar obras públicas relacionadas con estas materias; y de normar y coordinar la prestación de servicios de asistencia pública y social, incluyendo el Sistema Estatal del Desarrollo Humano y Familiar, en los términos de la normatividad que lo regule. Secretaría de Medio Ambiente Es la dependencia responsable de coordinar las políticas de preservación y restauración del equilibrio ecológico, cambio climático y protección del medio ambiente en el Estado. Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesca Es la dependencia responsable de coordinar las políticas públicas de desarrollo agrícola, ganadero, forestal y pesquero en la entidad.

21

Secretaría de Salud Es la dependencia responsable de coordinar la política y programas de salud pública y seguridad social en la entidad. Secretaría de Turismo, Cultura y Cinematografía Es la dependencia responsable de coordinar y ejecutar las políticas públicas y los programas de desarrollo y promoción del sector turístico de la entidad; promover e impulsar la difusión de la Cultura y de las manifestaciones artísticas; la conservación y el incremento del patrimonio cultural, histórico y artístico de Veracruz; así como normar y conducir las políticas y programas en los procesos de sistematización, seguimiento y compilación de la Información Pública Gubernamental. Secretaría de Protección Civil Es la dependencia responsable de la organización, coordinación y operación del Sistema de Protección Civil del Estado y tendrá la competencia que expresamente le confiere la ley de protección civil y demás legislación aplicable.

22

Contraloría General

Es la dependencia responsable de la función de control y evaluación gubernamental y desarrollo administrativo, así como la inspección y vigilancia de los ingresos, gastos, recursos y obligaciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, durante el ejercicio presupuestal correspondiente.

Procuraduría General de Justicia

Es la dependencia encargada del Ministerio Público, responsable de procurar y vigilar el cumplimiento de las leyes y ejercer las acciones correspondientes en contra de los infractores de la Ley, así como las que tengan por objeto la efectiva reparación del daño causado y la protección de los derechos de la víctima del acto ilícito, en término de lo dispuesto por la Constitución Federal, la Constitución Política del Estado, la ley Orgánica del Ministerio Público y demás disposiciones aplicables. Dirección General de Comunicación Social

Es la dependencia responsable de coordinar la difusión informativa, publicitaria y promocional de las actividades, obras y servicios de la administración Pública del Estado, a través de los distintos medios de comunicación o de manera directa.

23

Órganos desconcentrados. Para la eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos de su competencia, las Secretarías de Despacho podrán contar con órganos administrativos desconcentrados que les estarán jerárquicamente subordinados y tendrán facultades específicas para resolver sobre la materia y dentro del ámbito territorial que se determine en cada caso. Ejemplos:

• Delegaciones de la Contraloría General. • Jurisdicciones Sanitarias. • Oficinas de Hacienda del Estado.

24

4.2. LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARAESTATAL. Está integrada por las siguientes Entidades: • Los Organismos Descentralizados • Las Empresas de Participación Social • Los Fideicomisos • Las Comisiones. • Los Comités. Los Consejos. • Las Juntas. • Los demás Organismos Auxiliares. Órganos Descentralizados. Son Organismos descentralizados las personas jurídicas creadas por la Ley o Decreto del Congreso del Estado, o por el decreto del titular del ejecutivo, con personalidad jurídica y patrimonios propios, cualquiera que sea la estructura legal que adopten y cuyo objeto sea: a) La realización de actividades correspondientes a las áreas estratégicas o prioritarias. b) La prestación de un servicio público o social. c) La obtención o aplicación de recursos para fines de asistencia o seguridad social.

25

Ejemplos:

Instituto de Pensiones del Estado. Colegio de Bachilleres del Estado de Veracruz. Comité de Construcción de Espacios Educativos.

Empresas de Participación Estatal. Son empresas de participación Estatal aquellas que, además de lo dispuesto por la L.O.P.E. y Leyes del Estado, satisfagan alguno de los siguientes requisitos.

Que el Gobierno Estatal o uno o más organismos descentralizados u otras empresas de participación estatal considerados conjunta o separadamente aporten o sean propietarios del 51 % o más del capital social.

Que en la Constitución de su capital se hagan

figurar acciones de serie especial, que sólo puedan ser suscritas por el Gobierno del Estado.

Que al Gobierno del Estado corresponda la facultad

de nombrar a la mayoría de los miembros del Consejo de Administración, Junta Directiva u Órgano de Gobierno, así como designar al

26

Presidente, al Director, al Gerente o cuando tenga facultades para vetar los acuerdos de la Asamblea General de Accionistas del Consejo de Administración o de la Junta Directiva u Órgano de Gobierno Equivalente.

Fideicomisos Públicos. Son las Entidades creadas por la Ley o Decreto del Congreso o por Decreto del titular del Ejecutivo que se constituyan con recursos de la Administración Pública Estatal y se organicen de acuerdo a su normatividad interior, con el propósito de auxiliar al Ejecutivo en la realización de actividades prioritarias de interés público. Ejemplos: • Fideicomiso para el fondo de desastres naturales (FONDEN) • Fideicomiso Fondo del Futuro • Fideicomiso Público de Administración de Impuesto Sobre Nómina.

27

4.3. PLAN VERACRUZANO DE DESARROLLO Fundamento legal: Constitución Política del Estado (Art. 49 fracción X) y Ley de Planeación del Estado (Artículos 1,2,3,9,12 y 13). Para su formulación se tomó en consideración el resultado de la consulta electoral que se llevó a cabo durante la campaña política del ahora Gobernador Dr. Javier Duarte de Ochoa. El plan incorpora demandas que los diversos sectores de la entidad expresaron en la consulta ciudadana convocada para ese efecto en los foros temáticos realizados a lo largo y ancho del Estado, así como las propuestas que la sociedad civil externó a través de otras vertientes de ese ejercicio de participación ciudadana. El Plan Veracruzano de Desarrollo 2011-2016 es el instrumento rector que establece las políticas y acciones públicas del Gobierno, así como las líneas estratégicas y prioridades programático-presupuestales. Se parte de un diagnóstico que evidencia los retos y las debilidades que enfrenta la entidad veracruzana, al tiempo que reconoce las oportunidades, fortalezas y capacidades con las que cuenta Veracruz para superar con responsabilidad y equidad sus graves carencias.

28

Este Plan será la guía de las acciones de Gobierno para cumplir con la Ley, atender los compromisos adquiridos con la sociedad y satisfacer las propuestas y demandas de los veracruzanos. 4.4. MARCO JURÍDICO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL. • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave • Ley de Planeación • Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos • Ley del Servicio Civil • Ley de Obras Públicas • Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Administración de Bienes Muebles • Ley de catastro • Ley de Educación • Ley de Protección Civil • Ley de Salud • Ley de Seguridad Pública • Ley del Registro Público de la Propiedad • Ley de Tránsito y Transporte • Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave • Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

29

30

• Código de Procedimientos Administrativos • Código Financiero • Código Civil • Código Penal • Código de Procedimientos Civiles • Código de Procedimientos Penales 5. RECOMENDACIONES BIBLIOGRÁFICAS. • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. • Constitución Política del Estado de Veracruz. • Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. • Plan Veracruzano de Desarrollo 2011-2016. • Muñoz Amato, Pedro, “Introducción a la Administración Pública I”, Fondo de Cultura Económica, México, 1981.