Guia de Derecho Agrario Final

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1 1.- CONCEPTO DE DERECHO AGRARIO: Es una rama del Derecho social que se encarga de aplicar las normas jurídicas , referentes a la propiedad rustica, a las actividades agrícolas, aprovechamiento de aguas, crédito rural, seguros agrícolas, colonización y plan ific ació n agr aria y en gen eral toda actividad enfocadas al aprovechamiento y explotación del campo. 2.- FUENTES DEL DERECHO AGRARIO: eales, !ormales e "istóricas, #$a $ey, %ostum&re, 'urisprudencia, Doctrina, (rincipios )enerales del Derecho*. 3.-EN QUE CONSISTEN LAS NORMAS JURIDICAS. +on parte del con junt o normativ o, pos itiv o y vig ente , que se con cret a para alcanz ar una con vive ncia pacífica entr e indiv iduos, donde la sujec ión a las mismas es o&l iga toria y es vigilada por un órgano del Estado quien puede emplear medios coercitivos para restaurar el orden. 4.- EN QUE CONSISTEN LAS NORMAS MORALES. +on principio s axiológic os de los cuales surge un ordenamiento interior y para hacerse efectivo, el individuo se sujet a voluntar iamente, ya que no existen elemen tos coercitivos, con la inte nción de alcanzar una vida con rectitud de ac uerdo a c nones ét icos esta&lecidos. 5.- EN QUE CONSISTEN LAS NORMAS CONVENCIONALES: Estn &asados en la costum&re. +on de origen consuetudinario y de estructura unilateral #otorgan o&ligaciones y conceden facultades*. 6.- EN QUE CONSISTEN LAS CARACTERISTICAS DE LA AUTONOMIA DEL DERECHO AGRARIO:

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1.- CONCEPTO DE DERECHO AGRARIO: Es una rama del Derecho social que

se encarga de aplicar las normas jurídicas, referentes a la propiedad rustica, a las

actividades agrícolas, aprovechamiento de aguas, crédito rural, seguros agrícolas,

colonización y planificación agraria y en general toda actividad enfocadas al

aprovechamiento y explotación del campo.

2.- FUENTES DEL DERECHO AGRARIO: eales, !ormales e "istóricas, #$a $ey,

%ostum&re, 'urisprudencia, Doctrina, (rincipios )enerales del Derecho*.

3.-EN QUE CONSISTEN LAS NORMAS JURIDICAS. +on parte del conjunto

normativo, positivo y vigente, que se concreta para alcanzar una convivenciapacífica entre individuos, donde la sujeción a las mismas es o&ligatoria y es

vigilada por un órgano del Estado quien puede emplear medios coercitivos para

restaurar el orden.

4.- EN QUE CONSISTEN LAS NORMAS MORALES. +on principios axiológicos

de los cuales surge un ordenamiento interior y para hacerse efectivo, el individuo

se sujeta voluntariamente, ya que no existen elementos coercitivos, con la

intención de alcanzar una vida con rectitud de acuerdo a cnones éticos

esta&lecidos.

5.- EN QUE CONSISTEN LAS NORMAS CONVENCIONALES: Estn &asados en

la costum&re. +on de origen consuetudinario y de estructura unilateral #otorgan

o&ligaciones y conceden facultades*.

6.- EN QUE CONSISTEN LAS CARACTERISTICAS DE LA AUTONOMIA DELDERECHO AGRARIO:

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1.-Hi!"#i$%. "asta finales del siglo -- la mayor parte de la po&lación se ha

dedicado a las actividades agrícolas por esta razón encontramos actividades

instituciones agrarias a través de nuestro desenvolvimiento histórico y pro&lemas

agrarios que nos dieron peculiares características sociales. #El %alpulli, /ierras de

%om0n epartimiento, El Ejido, $as (eonias y %a&allerías, (eque1a (ropiedad

etc.*

2.-Di&%$!i$%. $a trascendencia nacional y el volumen que hicieron al derecho

agrario de la ev. De 2324. $a convivencia de que los egresados tuvieran un

conocimiento técnico jurídico del derecho agrario por ser una su&5rama creada en

nuestro derecho agrario. $a necesidad de un conocimiento y un criterio

universitario del derecho agrario para resolver los pro&lemas del campo.

3.-S"$i"'()i$%. $a mayoría de la po&lación mexicana es campesina, por lo cual

podemos considera que la materia agraria est estrictamente ligada y arraigada a

la historia de 6éxico como nación, si queremos entender la idiosincrasia del

mexicano de&emos entender tam&ién su apego y arraigo a la tierra de cultivo, es

decir el campesino es parte fundamental de la estructura social y política de

nuestra nación.

4.-E$"*"+i%. 7nterés nacional en la producción agrícola prioridad del interés

social en la actividad agrícola so&re otras actividades económicas.

5.-L,)i'%!i%. Existe legislación referente a la materia, es decir se ha legislado

independientemente de otras ramas del derecho, aunque siga siendo supletoria en

algunos casos la ley civil

6.-J#i&i$%. El derecho agrario mexicano posee principios propios, normas

 jurídicas particulares y relaciones particulares que vienen de la época

prehispnica, pues el calpulli tenía sus normas para que las familias mantuvieran

el disfrute del mismo.

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/.- MENCIONA LOS ANTECEDENTES HISTORICOS DEL DERECHO AGRARIO

EN LA EPOCA PREHISPANICA O PRECOLONIAL EN ME0ICO: Existía un tipode parcela llamada %alpulli #7nstitución 8graria*.

.- MENCIONA LOS ANTECEDENTES DEL DERECHO AGRARIO EN LAEPOCA COLONIAL EN ME0ICO. 8parecieron las 7nstituciones vinculadas con la

actividad agrícola como las /ierras de %om0n repartimiento, comunidades o

parcialidades indígenas /am&ién apareció el Ejido en la 9ueva Espa1a con

finalidades ganaderas $as (eonias y las %a&allerías, relacionadas con el %ultivo.

.- MENCIONA LOS ANTECEDENTES DEL DERECHO AGRARIO EN ME0ICOEN LA EPOCA INDEPENDIENTE:

En las $eyes de eforma de 2:;< se dio lugar a otra 7nstitución denominada

$atifundio. $a mayor parte de la po&lación campesina desposeída de tierras

marcho a la evolución y a partir de 2324 hasta con la ley del < de enero de 232;

empezaron a crearse nuevas 7nstituciones p0&licas de tipo agrario= El Ejido, $a

(eque1a (ropiedad, $os /ri&unales 8grarios, $a 6agistratura 8graria.

1.- MENCIONA EL SIGNIFICADO ETIMOLOGICO DE LA PALARA EJIDO:E jido #del latín exitum* es una porción de tierra no cultivada y de uso p0&lico.

11.- MENCIONA POR QUE ME0ICO ADOPTO LA PALARA EJIDO:

+e puede considerar que es una mescla de la tradición prehispnica de la

tenencia de la tierra conocida como calpulli y la tradición espa1ola que

considera&a un conjunto de tierras de explotación com0n, que se adopta después

del movimiento revolucionario de 2324.

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12.- MENCIONA CUAL ES LA LE REGLAMENTARIA DEL ARTCULO 2/CONSTITUCIONAL: $ey 8graria

13.- MENCIONA A QUIEN CORRESPONDE LA PROPIEDAD DE LAS TIERRAS  AGUAS COMPRENDIDAS DENTRO DE LOS LMITES DEL TERRITORIONACIONAL: %orresponde originalmente a la 9ación la cual ha tenido y tiene el

derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares constituyendo la

propiedad privada.

14.- EL ARTICULO 2/ CPEUM NOS DICE QUE LA NACION TIENE ELDERECHO DE TRANSMITIR EL DOMINIO DE LA PROPIEDAD DE LAS

TIERRAS AGUAS A LOS PARTICULARES PARA CONSTITUIR: $a (ropiedad(rivada.

15.- DE ACUERDO AL ARTCULO 2/ CONSTITUCIONAL COMO PUEDENREALI7ARSE LAS E0PROPIACIONES: (or causa de utilidad (0&lica y mediante

indemnización.

16.- DE ACUERDO AL ARTCULO 2/ CONSTITUCIONAL QUIENES TIENENCAPACIDAD PARA ADQUIRIR EL DOMINIO DE LAS TIERRAS AGUAS DELA NACI8N: +olo los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las

sociedades mexicanas tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras aguas

y sus accesiones

$as 8sociaciones eligiosas.

$as instituciones de >eneficencia (0&lica.

$as +ociedades 6ercantiles por acciones podrn ser propietarias de terrenos

r0sticos pero 0nicamente en la extensión para el cumplimiento de su o&jeto.

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1/.- LMITE PARA CONSIDERAR PEQUE9A PROPIEDAD ART. 2/: +e

considera peque1a propiedad agrícola la que no exceda por individuo de cien

hectreas de riego o humedad de primera o sus equivalentes en otras clases de

tierras.

1.- REALI7AR UN MAPA CONCEPTUAL DE LA FRACCION VII DELARTCULO 2/ CONSTITUCIONAL:

D?6797?

DE $8 98%7?9

Las normas legales relativasregularan la explotación deminerales y sustancias y la

ejecución de lo que se efectué y El dominio de la

ación es!naliena"le eimprescripti"le y laexplotación# el usoy aprovec$amientode los recursosser% &nicamentepor concesiones

 

El 'o"ierno (ederal tiene lafacultad de esta"lecer reservasnacionales y suprimirlas#trat%ndose del petróleo#car"uros de $idrogeno sólidosl)quidos y gases no se otorgaranconcesiones ni contratos* Lanación aprovec$ara los "ienes y

 

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,

1.- MENCIONA QUE INSTITUCI8N ANCARIA FUE CREADA

ESPECIALMENTE PARA DAR CREDITOS AL CAMPO: 9acional !inanciera,+ociedad 9acional de %rédito, 7nstitución de >anca de Desarrollo #98!79+8). !ue

creada por el )o&ierno !ederal mexicano mediante el Decreto que autoriza a la

+ecretaría de "acienda y %rédito (0&lico  para la fundación de una +ociedad

!inanciera con carcter de 7nstitución 9acional de %rédito.

2.- DENTRO DE LA LE DEL SEGURO SOCIAL E0ISTE UN APARTADOPARA LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRAAJADORES DEL CAMPOREALI7A UN MAPA CONCEPTUAL:

CAPITULO 0

-./0L 234 e extiende alcampo mexicano en lostérminos que marca la 6resenteLey* 7 reglamentos respectivos

-cceden a la eguridad ocial lasmujeres y $om"res del campo queno tengan una relación desu"ordinación la"oral# ejidatarios#comuneros# colonos y peque8os

 

-quellos productores delcampo que estuvieranincorporados por la v)a de9ecreto 6residencial a laseguridad social# podr%n

 

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:

21.- ESTUDIAR LOS ARTICULOS DEL 1 AL 42 DE LA LE AGRARIA:

A#!$'" 1. $a presente ley es reglamentaria del artículo @A %onstitucional en materiaagraria #propiedad, ejidal y comunal*.

A#!$'" 2.+upletoriedad a la $ey 8graria la legislación civil federal y, en su caso, mercantil,%ódigo de (rocedimientos %iviles !ederales seg0n la materia de que se trate.

A#!$'" .(ersonalidad 'urídica y (atrimonio (ropio #n0cleos de po&lación*.

En el caso de los ca8eros#ta"acaleros y otras ramas deproducción especiali;adas seincorporar%n con las modalidades

 

Los ind)genas# campesinostemporales de ;onas de altamarginalidad y todas aquellas

familias campesinas# cuya condicióneconómica se u"ique en po"re;aextrema# tendr%n acceso a las

 

Los tra"ajadores asalariados#eventuales y permanentes enactividades del campo# -rticulo

 

El acceso a la seguridad social de los sujetos a que se re+ere el presentecap)tulo# podr% ser apoyado por el tercer aportante esta"lecido en el art)culo

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A#!$'" 1. $os ejidos operan de acuerdo con su reglamento interno, sin ms limitacionesen sus actividades que las que dispone la ley. +u reglamento se inscri&ir en el egistro

 8grario 9acional, y de&er contener las &ases generales para la organización económica ysocial del ejido que se adopten li&remente, los requisitos para admitir nuevos ejidatarios,las yreglas para el aprovechamiento de las tierras de uso com0n.

A#!$'" 12. +on ejidatarios los hom&res y las mujeres titulares de derechos ejidales.

A#!$'" 13.  $os avecindados del ejido, para los efectos de esta ley, son aquellosmexicanos mayores de edad que han residido por un a1o o ms en las tierras del n0cleode po&lación ejidal y que han sido reconocidos como tales por la asam&lea ejidal o eltri&unal agrario competente. $os avecindados gozan de los derechos que esta ley lesconfiere. #D*7'

A#!$'" 15. (ara poder adquirir la calidad de ejidatario se requiere=7. +er mexicano mayor de edad o de cualquier edad si tiene familia a su cargo o se trate deheredero de ejidatario y77. +er avecindado del ejido correspondiente, excepto cuando se trate de un heredero, ocumplir con los requisitos que esta&lezca cada ejido en su reglamento interno.

 8rtículo 2<. $a calidad de ejidatario se acredita=7. %on el certificado de derechos agrarios expedido por autoridad competente77. %on el certificado parcelario o de derechos comunes o777. %on la sentencia o resolución relativa del tri&unal agrario.

A#!$'" 1/. El ejidatario tiene la facultad de designar a quien de&a sucederle en susderechos so&re la parcela y en los dems inherentes a su calidad de ejidatario, para lo cual&astar que el ejidatario formule una lista de sucesión en la que consten los nom&res delas personas y el orden de preferencia conforme al cual de&a hacerse la adjudicación dederechos a su fallecimiento. (ara ello podr designar al cónyuge, a la concu&ina oconcu&inario en su caso, a uno de los hijos, a uno de los ascendientes o a cualquier otrapersona.

$a lista de sucesión de&er ser depositada en el egistro 8grario 9acional o formalizadaante fedatario p0&lico. %on las mismas formalidades podr ser modificada por el propioejidatario, en cuyo caso ser vlida la de fecha posterior.

A#!$'" 1. %uando el ejidatario no haya hecho designación de sucesores, o cuandoninguno de los se1alados en la lista de herederos pueda heredar por imposi&ilidad materialo legal, los derechos agrarios se transmitirn de acuerdo con el siguiente orden depreferencia=7. 8l cónyuge77. 8 la concu&ina o concu&inario777. 8 uno de los hijos del ejidatario7B. 8 uno de sus ascendientes yB. 8 cualquier otra persona de las que dependan económicamente de él.

En los casos a que se refieren las fracciones 777, 7B y B, si al fallecimiento del ejidatarioresultan dos o ms personas con derecho a heredar, los herederos gozarn de tres mesesa partir de la muerte del ejidatario para decidir quién, de entre ellos, conservar losderechos ejidales. En caso de que no se pusieran de acuerdo, el /ri&unal 8grario proveerla venta de dichos derechos ejidales en su&asta p0&lica y repartir el producto, por partesiguales, entre las personas con derecho a heredar. En caso de igualdad de posturas en lasu&asta tendr preferencia cualquiera de los herederos.

A#!$'" 1. %uando no existan sucesores, el tri&unal agrario proveer lo necesario paraque se vendan los derechos correspondientes al mejor postor, de entre los ejidatarios y

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avecindados del n0cleo de po&lación de que se trate. El importe de la venta corresponderal n0cleo de po&lación ejidal.

A#!$'" 2. $a calidad de ejidatario se pierde=7. (or la cesión legal de sus derechos parcelarios y comunes77. (or renuncia a sus derechos, en cuyo caso se entendern cedidos en favor del n0cleo

de po&lación777. (or prescripción negativa, en su caso, cuando otra persona adquiera sus derechos enlos términos del artículo C: de esta ley. #D

7'

A#!$'" 21. +on órganos de los ejidos=7. $a asam&lea77. El comisariado ejidal y777. El consejo de vigilancia.

A#!$'" 22. El órgano supremo del ejido es la asam&lea, en la que participan todos losejidatarios.

El comisariado ejidal llevar un li&ro de registro en el que asentar los nom&res y datos&sicos de identificación de los ejidatarios que integran el n0cleo de po&lación ejidalcorrespondiente. $a asam&lea revisar los asientos que el comisariado realice conforme alo que dispone este prrafo.

A#!$'" 23. $a asam&lea se reunir por lo menos una vez cada seis meses o con mayor frecuencia cuando así lo determine su reglamento o su costum&re. +ern de lacompetencia exclusiva de la asam&lea los siguientes asuntos=7. !ormulación y modificación del reglamento interno del ejido77. 8ceptación y separación de ejidatarios, así como sus aportaciones777. 7nformes del comisariado ejidal y del consejo de vigilancia, así como la elección yremoción de sus miem&ros7B. %uentas o &alances, aplicación de los recursos económicos del ejidos y otorgamientode poderes y mandatosB. 8pro&ación de los contratos y convenios que tengan por o&jeto el uso o disfrute por terceros de las tierras de uso com0nB7. Distri&ución de ganancias que arrojen las actividades del ejidoB77. +e1alamiento y delimitación de las reas necesarias para el asentamiento humano,fundo legal y parcelas con destino específico, así como la localización y relocalización delrea de ur&anizaciónB777. econocimiento del parcelamiento económico o de hecho y regularización de tenenciade posesionarios7-. 8utorización a los ejidatarios para que adopten el dominio pleno so&re sus parcelas y laaportación de las tierras de uso com0n a una sociedad, en los términos del artículo A; deesta ley-. Delimitación, asignación y destino de las tierras de uso com0n así como su régimen deexplotación-7. División del ejido o su fusión con otros ejidos

-77. /erminación del régimen ejidal cuando, previo dictamen de la (rocuraduría 8grariasolicitado por el n0cleo de po&lación, se determine que ya no existen las condiciones parasu permanencia-777. %onversión del régimen ejidal al régimen comunal-7B. 7nstauración, modificación y cancelación del régimen de explotación colectiva y-B. $os dems que esta&lezca la ley y el reglamento interno del ejido.

A#!$'" 24. $a asam&lea podr ser convocada por el comisario ejidal o por el consejo devigilancia, ya sea a iniciativa propia o si así lo solicitan al menos veinte ejidatarios o el

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#8rtículo reformado mediante decreto pu&licado en el Diario ?ficial de la !ederación el 2Ade enero de @42@*

A#!$'" 32. El comisariado ejidal es el órgano encargado de la ejecución de los acuerdosde la asam&lea, así como de la representación y gestión administrativa del ejido. Estarconstituido por un (residente, un +ecretario y un /esorero, propietarios y sus respectivos

suplentes. 8simismo, contar en su caso con las comisiones y los secretarios auxiliaresque se1ale el reglamento interno. Este ha&r de contener la forma y extensión de lasfunciones de cada miem&ro del comisariado si nada dispone, se entender que susintegrantes funcionarn conjuntamente.

A#!$'" 33. +on facultades y o&ligaciones del comisariado=7. epresentar al n0cleo de po&lación ejidal y administrar los &ienes comunes del ejido, enlos términos que fije la asam&lea, con las facultades de un apoderado general para actosde administración y pleitos y co&ranzas77. (rocurar que se respeten estrictamente los derechos de los ejidatarios777. %onvocar a la asam&lea en los términos de la ley, así como cumplir los acuerdos quedicten las mismas7B. Dar cuenta a la asam&lea de las la&ores efectuadas y del movimiento de fondos, así

como informar a ésta so&re los tra&ajos de aprovechamiento de las tierras de uso com0n yel estado en que éstas se encuentrenB. $as dems que se1alen la ley y el reglamento interno del ejido.

A#!$'" 34. $os miem&ros del comisariado ejidal que se encuentren en funciones, estarnincapacitados para adquirir tierras u otros derechos ejidales excepto por herencia. #D*7'

A#!$'" 35. El consejo de vigilancia estar constituido por un (residente y dos+ecretarios, propietarios y sus respectivos suplentes y operar conforme a sus facultades yde acuerdo con el reglamento interno si éste nada dispone, se entender que susintegrantes funcionarn conjuntamente.

A#!$'" 36. +on facultades y o&ligaciones del consejo de vigilancia=

7. Bigilar que los actos del comisariado se ajusten a los preceptos de la ley y a lo dispuestopor el reglamento interno o la asam&lea77. evisar las cuentas y operaciones del comisariado a fin de darlas a conocer a laasam&lea y denunciar ante ésta las irregularidades en que haya incurrido el comisariado777. %onvocar a asam&lea cuando no lo haga el comisariado y7B. $as dems que se1alen la ley y el reglamento interno del ejido.

A#!$'" 3/.  $os miem&ros del comisariado y del consejo de vigilancia, así como sussuplentes, sern electos en asam&lea. El voto ser secreto y el escrutinio p0&lico einmediato. En caso de que la votación se empate, se repetir ésta y si volviere aempatarse se asignarn los puestos por sorteo entre los individuos que hu&iesen o&tenidoel mismo n0mero de votos.

A#!$'" 3. (ara ser miem&ro de un comisariado o del consejo de vigilancia se requiereser ejidatario del n0cleo de po&lación de que se trate, ha&er tra&ajado en el ejido durantelos 0ltimos seis meses, estar en pleno goce de sus derechos y no ha&er sido sentenciadopor delito intencional que amerite pena privativa de li&ertad. 8simismo, de&er tra&ajar enel ejido mientras dure su encargo.

A#!$'" 4. $a remoción de los miem&ros del comisariado y del consejo de vigilanciapodr ser acordada por voto secreto en cualquier momento por la asam&lea que al efecto

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se re0na o que sea convocada por la (rocuraduría 8graria a partir de la solicitud de por lomenos el veinticinco por ciento de los ejidatarios del n0cleo.