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OTROS MANUAL DE INDUCCION Y REINDUCCION Código: GH-OT-03 Versión: 1 Fecha: 26/03/2014 GENERALIDADES La formación y capacitación de los empleados del Estado ocupa sitio de preferencia dentro de los procesos de gestión del talento humano, por las incidencias positivas que las mismas tienen para el servidor y para la administración pública. Para el servidor, pues contribuye a realizar su proceso de personalización y a satisfacer sus necesidades de saber, permitiéndole ser exitoso en sus proyectos existenciales y laborales, cualquiera sea el sitio y las circunstancias en los que le corresponda actuar. Para la Gestión Pública, toda vez que los logros que han de garantizar la legitimidad de sus entidades, sólo serán posibles si cuenta con empleados capacitados y competentes que den respuesta satisfactoria a las necesidades de los ciudadanos. La Formación y Capacitación del Servidor Público, busca como propósito principal, precisamente, compartir algunos elementos conceptuales y metodológicos indispensables para darles a los procesos de formación y capacitación todo el alcance y proyección que por naturaleza ellos tienen.

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GENERALIDADES

La formación y capacitación de los empleados del Estado ocupa sitio de

preferencia dentro de los procesos de gestión del talento humano, por las

incidencias positivas que las mismas tienen para el servidor y para la

administración pública.

Para el servidor, pues contribuye a realizar su proceso de personalización y a

satisfacer sus necesidades de saber, permitiéndole ser exitoso en sus

proyectos existenciales y laborales, cualquiera sea el sitio y las circunstancias

en los que le corresponda actuar.

Para la Gestión Pública, toda vez que los logros que han de garantizar la

legitimidad de sus entidades, sólo serán posibles si cuenta con empleados

capacitados y competentes que den respuesta satisfactoria a las necesidades

de los ciudadanos.

La Formación y Capacitación del Servidor Público, busca como propósito

principal, precisamente, compartir algunos elementos conceptuales y

metodológicos indispensables para darles a los procesos de formación y

capacitación todo el alcance y proyección que por naturaleza ellos tienen.

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FUNCIONES DE LA CORPORACION

FUNCIONES. La Corporación Autónoma Regional del Atlántico –CRA- tendrá

las funciones que le asignan la ley 99 de 1993, las normas que la

complementen, adicionen o sustituyan y las demás normas que le asignen

otras funciones y en especial, las siguientes:

DE PLANEACIÓN

1. Coordinar el proceso de preparación de los planes, programas y proyectos

de desarrollo medio ambiental que deban formular los diferentes organismos

y entidades integrantes del Sistema Nacional Ambiental -SINA- en el área de

su jurisdicción y en especial, asesorar a los departamentos, distritos y

municipios de su comprensión territorial en la definición de los planes de

desarrollo ambiental y en sus programas y proyectos en materia de

protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, de

manera que se asegure la armonía y coherencia de las políticas y acciones

adoptadas por las distintas entidades territoriales;

2. Participar con los demás organismos y entes competentes, en el ámbito de

su jurisdicción, en los procesos de planificación y ordenamiento territorial a

fin de que el factor ambiental sea tenido en cuenta en las decisiones que se

adopten;

3. Implantar y operar el Sistema de Información Ambiental, en el área de su

jurisdicción, de acuerdo con las directrices trazadas por el Ministerio de

Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;

4. Apoyar a las asambleas departamentales, concejos municipales, y a los

consejos de las entidades territoriales indígenas en las funciones de

planificación que les otorga la Constitución Nacional;

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5. Coordinar y establecer los instrumentos de medición y monitoreo del

impacto y resultados de gestión territorial ambiental, territorial y sectorial,

adelantados en su jurisdicción;

6. Dar el visto bueno al componente ambiental en los planes de desarrollo

departamental y municipal;

7. Elaborar planes de gestión ambiental regional, en armonía con la

planificación de la gestión ambiental del Departamento del Atlántico, el

distrito y los municipios que lo integran, para los períodos que establezcan

las normas vigentes, y serán aprobados por el consejo directivo.

La armonización de los planes tendrá lugar en la forma dispuesta en el

artículo 3º del Decreto 1865 de 1994, Decreto 1200 de 2004 o en las normas

que lo modifiquen y/o sustituyan.

Para el desarrollo de la planificación ambiental regional en el largo, mediano

y corto plazo, la corporación contará con los siguientes instrumentos: El Plan

de Gestión Ambiental (PGAR), el Plan de Acción y el Presupuesto Anual de

Rentas y Gastos y los demás que establezcan las normas vigentes.

B. DE NORMATIZACIÓN

1. Fijar en el área de su jurisdicción, los límites permisibles de emisión,

descarga, transporte o depósito de sustancias, productos, compuestos o

cualquier otra materia que pueda afectar el medio ambiente o los recursos

naturales renovables y prohibir, restringir o regular la fabricación,

degulaciones en ningún caso podrán ser menos estrictos que los definidos

por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;

2. Ordenar y establecer las normas y directrices para el manejo de las

cuencas hidrográficas ubicadas dentro del área de su jurisdicción, conforme a

las disposiciones superiores y a las políticas nacionales;

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3. Sin perjuicio de las atribuciones de los municipios y distritos en relación

con la zonificación y el uso del suelo, de conformidad con lo establecido en el

artículo 313 numeral 7o. de la Constitución Nacional, la Corporación

establecerá las normas generales y las densidades máximas a las que se

sujetarán los propietarios de vivienda en áreas suburbanas y en cerros y

montañas, de manera que se protejan el medio ambiente y los recursos

naturales. No menos del 70% del área a desarrollar en dichos proyectos, se

destinará a la conservación de la vegetación nativa existente;

C. DE ASESORÍA, COORDINACIÓN Y APOYO.

1. Asesorar a las entidades territoriales en la formulación de planes de

educación ambiental formal conforme a las directrices de la política nacional;

2. Asesorar a las entidades territoriales en la elaboración de proyectos en

materia ambiental que deban desarrollarse con recursos provenientes del

Fondo Nacional de Regalías o con otros de destinación semejante;

3. Prestar asistencia técnica a entidades públicas y privadas y a los

particulares, acerca del adecuado manejo de los recursos naturales

renovables y la preservación del medio ambiente, en la forma que lo

establezcan los reglamentos y de acuerdo con los lineamientos fijados por el

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;

4. Adelantar con las administraciones distrital y/o municipales programas de

adecuación de áreas urbanas en zonas de alto riesgo, tales como control de

erosión, manejo de cauces y reforestación;

5. Asesorar y promover a los entes territoriales de su jurisdicción, en su

función de planificación para que adopten políticas ambientales

gubernamentales que tengan como objetivo orientar hacia un desarrollo

sostenible que se refleje en equilibrio entre el medio ambiente y el

crecimiento económico de las áreas urbanas, rurales y suburbanas, conforme

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a las directrices trazadas por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo

territorial.

D. DE ADMINISTRACIÓN.

1. Otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales

requeridas por la ley para el uso, aprovechamiento o movilización de los

recursos naturales renovables o para el desarrollo de actividades que afecten

o puedan afectar el medio ambiente;

2. Otorgar permisos y concesiones para aprovechamientos forestales,

concesiones para el uso de aguas superficiales y subterráneas y establecer

vedas para la caza y pesca deportiva;

3. Recaudar, conforme a la ley, las contribuciones, tasas, derechos, tarifas y

multas por concepto del uso y aprovechamiento de los recursos naturales

renovables, fijar su monto en el territorio de su jurisdicción con base en las

tarifas mínimas establecidas por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y

Desarrollo Territorial; distribución, uso, disposición o vertimiento de

sustancias causantes de degradación ambiental.

FUNCIONES DE LA CORPORACION

4. Administrar, bajo la tutela del Ministerio de Ambiente, Vivienda y

Desarrollo Territorial, las áreas del Sistema de Parques Nacionales que ese

Ministerio les delegue. Esta administración, podrá hacerse con la

participación de las entidades territoriales y de la sociedad civil;

5. Reservar, alinderar, administrar o sustraer, en los términos y condiciones

que fijen la ley y los reglamentos, los distritos de manejo integrado, los

distritos de conservación de suelos, las reservas forestales y parques

naturales de carácter regional, y reglamentar su uso y funcionamiento;

6. Administrar las reservas forestales nacionales en el área de su jurisdicción;

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7. Adquirir bienes de propiedad privada y los patrimoniales de las entidades

de derecho público y adelantar ante el juez competente la expropiación de

bienes, una vez surtida la etapa de negociación directa, cuando ello sea

necesario para el cumplimiento de sus funciones o para la ejecución de obras

o proyectos requeridos para el cumplimiento de las mismas, e imponer las

servidumbres a que haya lugar, conforme a la ley;

8. Las demás que estaban distribuidas a otras autoridades de medio

ambiente, en materia de medio ambiente y recursos naturales renovables,

dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, en cuanto no pugnen con

las atribuidas por la Constitución Nacional a las entidades territoriales o sean

contrarias a la ley 99 de 1993, o a las facultades que ella inviste al Ministerio

de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial.

E. DE EJECUCIÓN.

1. Ejecutar las políticas, planes y programas nacionales en materia ambiental

definidos por la ley aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo y del Plan

Nacional de Inversiones, o por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y

Desarrollo Territorial; así como los del orden regional que le hayan sido

confiados conforme a la ley, dentro del ámbito de su jurisdicción

2. Ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su

jurisdicción, de acuerdo con las normas de carácter superior y conforme a los

criterios y directrices trazados por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y

Desarrollo Territorial;

3. Promover y desarrollar la participación comunitaria en actividades y

programas de protección ambiental, de desarrollo sostenible y de manejo

adecuado de los recursos naturales renovables;

4. Celebrar contratos y convenios con las entidades territoriales, otras

entidades públicas y privadas y con las entidades sin ánimo de lucro cuyo

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objeto sea la defensa y protección del medio ambiente y los recursos

naturales renovables, con el fin de ejecutar de mejor manera alguna o

algunas de sus funciones cuando no correspondan al ejercicio de funciones

administrativas;

5. Promover y ejecutar obras de irrigación, avenamiento, defensa contra las

inundaciones, regulación de cauces y corrientes de agua, y de recuperación

de tierras que sean necesarias para la defensa, protección y adecuado

manejo de las cuencas hidrográficas del territorio de su jurisdicción, en

coordinación con los organismos directores y ejecutores del Sistema Nacional

de Adecuación de Tierras, conforme a las disposiciones legales y a las

previsiones técnicas correspondientes.

Cuando se trate de obras de riego y avenamiento que, de acuerdo con las

normas y los reglamentos, requieran de licencia ambiental, ésta deberá ser

expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;

6. Realizar actividades de análisis, seguimiento, prevención y control de

desastres, en coordinación con las demás autoridades competentes, y

asistirlas en los aspectos medioambientales en la prevención y atención de

emergencias y desastres;

7. Adelantar con las administraciones distrital y/o municipales, programas de

adecuación de áreas urbanas en zonas de alto riesgo, tales como control de

erosión, manejo de cauces y reforestación;

8. Ejecutar, administrar, operar y mantener en coordinación con las

entidades territoriales, proyectos, programas de desarrollo sostenible y obras

de infraestructura cuya realización sea necesaria para la defensa y protección

o para la descontaminación o recuperación del medio ambiente y los

recursos naturales renovables;

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9. Adelantar, en coordinación con las autoridades de las comunidades

indígenas y con las autoridades de las tierras habitadas tradicionalmente por

comunidades negras, a que se refiere la Ley 70 de 1993, programas y

proyectos de desarrollo sostenible y de manejo, aprovechamiento, uso y

conservación de los recursos naturales renovables y del medio ambiente;

10. Imponer, distribuir y recaudar las contribuciones de valorización con que

haya de gravarse la propiedad inmueble, en razón de la ejecución de obras

públicas por parte de la corporación y fijar los demás derechos cuyo cobro

pueda hacer conforme a la ley;

11. Promover y ejecutar programas de abastecimiento de agua a las

comunidades indígenas y negras tradicionalmente asentadas en el área de su

jurisdicción, en coordinación con las autoridades competentes;

12. Adelantar con las administraciones distrital y/o municipales, programas

de adecuación de áreas urbanas en zonas de alto riesgo, tales como control

de erosión, manejo de cauces y reforestación;

13. Imponer y ejecutar a prevención, y sin perjuicio de las competencias

atribuidas por la ley a otras autoridades, las medidas de policía y las

sanciones previstas en la ley, en caso de violación a las normas de protección

ambiental y de manejo de recursos naturales renovables y exigir, con

sujeción a las regulaciones pertinentes, la reparación de los daños causados;

14. Ejecutar programas de educación ambiental no formal, conforme a las

directrices de la política nacional.

F. DE INVESTIGACIÓN E INFORMACIÓN.

1. Promover y realizar, conjuntamente con los organismos nacionales

adscritos y vinculados al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo

Territorial, apoyo técnico y científico del Sistema Nacional Ambiental -SINA-,

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estudios e investigaciones en materia de medio ambiente y recursos

naturales renovables

FUNCIONES DE LA CORPORACION

2. Implantar y operar el Sistema de Información Ambiental en el área de su

jurisdicción, de acuerdo con las directrices trazadas por el Ministerio de

Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;

3. Transferir la tecnología resultante de las investigaciones que adelanten las

entidades de investigación científica y de apoyo técnico del nivel nacional,

que forman parte del Sistema Nacional Ambiental -SINA-.

G. DE CONTROL Y SEGUIMIENTO.

1. Ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de las

actividades de exploración, explotación, beneficio, transporte, uso y depósito

de los recursos naturales no renovables, incluida la actividad portuaria con

exclusión de las competencias atribuidas al Ministerio de Ambiente, Vivienda

y Desarrollo Territorial; así como de otras actividades, proyectos o factores

que generen y/o puedan generar deterioro ambiental. Esta función

comprende la expedición de la respectiva licencia ambiental.

Las funciones a que se refiere este numeral, serán ejercidas de acuerdo con

lo establecido para el efecto en la ley.

2. Ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de los

usos del agua, el suelo, el aire y los demás recursos naturales renovables, lo

cual comprenderá el vertimiento, emisión o incorporación de sustancias o

residuos líquidos, sólidos y gaseosos a las aguas, en cualquiera de sus formas,

al aire o a los suelos, así como los vertimientos o emisiones que puedan

causar daño o poner en peligro el normal desarrollo sostenible de los

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recursos naturales renovables o impedir u obstaculizar su empleo para otros

usos.

Estas funciones comprenden, la expedición de las respectivas licencias

ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y salvoconductos;

3. Ejercer el control de la movilización, procesamiento y comercialización de

los recursos naturales renovables en coordinación con las demás

Corporaciones Autónomas Regionales, las entidades territoriales y otras

autoridades de policía, de conformidad con la ley y los reglamentos; y

expedir los permisos, licencias y salvoconductos para la movilización de

recursos naturales renovables.

PARAGRAFO PRIMERO. La Corporación realizará sus tareas en estrecha

coordinación con las entidades territoriales y con los organismos a las que la

corporación haya asignado responsabilidades de su competencia.

PARAGRAFO SEGUNDO. En desarrollo de su objeto y con el fin de facilitar el

cumplimiento de sus funciones, la Corporación podrá ejecutar sus obras,

programas y proyectos directamente o a través de terceros, sin restricciones

distintas a las impuestas por el régimen general de contratación de las

entidades públicas.

además de las atribuciones necesarias para el desarrollo de su objeto, la

corporación tiene en especial las que se determinan a continuación:

a . Adquirir todos los activos fijos de carácter mueble e inmueble que sean

necesarios para el desarrollo de sus fines; conservarlos, mejorarlos y

enajenarlos cuando por razones de necesidad o conveniencia fuere

aconsejable su disposición. Para tal efecto, se deben obtener previamente las

autorizaciones requeridas por la ley y/o por los estatutos;

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b . Concurrir a la constitución de otras entidades y entes sin ánimo de

lucro, cuyo objeto esté relacionado con el de la corporación, o vincularse a

las ya existentes, mediante aportes en dinero, en bienes o en servicios;

c . En general, ejecutar los actos y celebrar los contratos que guarden

relación de medio o fin, con el objeto de preservación del medio ambiente y

los recursos naturales renovables y todos aquellos que tengan como facultad,

ejercer los derechos y cumplir las obligaciones legales o convencionales

derivadas de su existencia y de las actividades desarrolladas por la

Corporación

JUSTIFICACION

El programa de orientación al servicio público, el de inducción, lo mismo que

el de reinducción, forman parte de un proceso progresivo de formación y

aprendizaje de los servidores públicos, indispensable para su desarrollo

humano en la entidad y para que ésta pueda cumplir adecuadamente su

misión. Estos tres programas pertenecen al Área Básica de Capacitación.

Dada la importancia de los programas del área básica de capacitación para la

integración armónica entre los servidores públicos y las entidades para las

cuales trabajan, de manera que cada vez se garanticen más la legitimidad de

éstas y el desarrollo integral de aquéllos, se recomienda:

- Hacer el tránsito progresivo de unos programas básicamente centrados en

lo magistral a otros esencialmente participativos, en los que se prioricen los

procesos de aprendizaje y de construcción del conocimiento sobre la realidad

del Estado, el servicio público y la administración pública.

- Para acceder a esta nueva metodología, se requiere concebir las entidades

públicas como comunidades educativas, constituidas por seres humanos

adultos, que ofrecen un servicio público y que como elementos

dinamizadores de la organización plantean problemas y necesidades

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particulares; implementar pedagogías activas, adaptables a la educación no

formal, en la que haya espacios para los aprendizajes colectivos a partir del

planteamiento de problemas que afectan al individuo y a la entidad y de la

implementación de acciones creativas conducentes a las soluciones de los

mismos; tener en cuenta que los cambios más efectivos no son aquellos que

se imponen desde afuera, sino los que son consecuencia de la reflexión y el

compromiso libremente adquirido.

- Realizar una planeación cuidadosa de los eventos a adelantar dentro del

área básica (Orientación al Servicio Público, Inducción, Reinducción), llevarlos

a cabo y evaluar su cobertura e impacto. Esto implica principalmente:

1. Tener claridad de los objetivos que se desean conseguir con el evento que

se programe.

Estos objetivos deben ser, a la vez, parámetro de evaluación del programa.

2. Determinación de los contenidos a desarrollar y de las metodologías más

apropiadas.

Deberán precisarse los contenidos a desarrollar en cada uno de los

programas, así como preverse las estrategias, dinámicas y ejercicios

correspondientes.

3. Selección de los facilitadores de contenidos (expositores) y de procesos

(dinámicas)

Para realizar un programa dentro del área básica, se deberán escoger de

entre los servidores que prestan sus servicios en la misma entidad, o en otra,

a aquellos que por su compromiso institucional, solidez conceptual,

habilidades pedagógicas y buenas relaciones interpersonales, estén en

condiciones de presentar con claridad los contenidos básicos, de coordinar

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las diferentes sesiones y dinámicas que se programen, y de garantizar, en

general, el éxito del proceso de aprendizaje.

4. Elaboración de la agenda

Deberá estar escrita y ser entregada a todos los participantes. Esto da la idea

de organización, interés y respeto por las personas que participan en el

proceso. Se sugiere que se haga en papel membretado de la entidad y que

contenga los siguientes aspectos:

· Contenidos a desarrollar y expositores

· Dinámicas a utilizar y animadores o coordinadores

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ORGANIGRAMA.

OBJETIVOS

La Corporación Autónoma Regional Del Atlántico – CRA – tiene como objeto la ejecución

da las políticas, planes, programas y proyectos sobre medio ambiente y recursos

naturales renovables, así como dar cumplida y oportuna aplicación a las disposiciones

legales vigentes sobre su disposición, administración, manejo y aprovechamiento

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conforme a las regulaciones, pautas y directrices expedidas por el ministerio del Medio

Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, dentro del área de su jurisdicción.

OBJETO

Este procedimiento tiene por objeto establecer las directrices para realizar

las actividades de inducción a todo el personal que ingresa a la entidad y a

reorientar la integración del personal antiguo a la cultura organizacional en

virtud de los cambios producidos en los procesos.

ALCANCE

Este procedimiento aplica todas las actividades de inducción y re inducción

de la Dirección de Talento Humano.

DEFINICIONES

INDUCCIÓN

Método que se utiliza para dar a conocer a los nuevos servidores públicos la

información básica de la organización y del cargo a desempeñar.

REINDUCCIÓN

Método que se utiliza para reforzar y dar a conocer a los antiguos servidores

públicos, los cambios en la información básica de la organización y del cargo

desempeñado.

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NORMATIVIDAD

- ley 93 de 1999

- Ley 443 de 1998.

- Ley 909 de 2004.

- Decreto 1567 de 1998.

- Estatuto Anticorrupción.

CONDICIONES GENERALES

PROCESO: GESTION HUMANA

REGLAS GENERALES

Es obligación de la Corporacion:

a. La inducción se hará en dos fases: Recibimiento al servidor público y

ubicación;

b. Comunicar al funcionario la filosofía institucional en sus primeros días de

estadía en la Entidad;

c. Adiestrar al servidor público en la ejecución de su labor;

d. Diseñar los programas de inducción y de reinducción a los cuales se refiere

el Decreto - Ley 1567 de 1998 e impartirlos a sus empleados, siguiendo las

orientaciones curriculares que imparta la Escuela Superior de Administración

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Pública bajo la orientación del Departamento Administrativo de la Función

Pública.

RECIBIMIENTO AL NUEVO EMPLEADO CRA.

En esta fase se pretenden utilizar como estrategias las siguientes:

- Posesionar a los funcionarios nombrados en un acto formal con presencia

de las Directivas de la Entidad.

- Dirigir comunicación escrita al nuevo funcionario donde se manifieste la

complacencia de la Entidad con su vinculación.

- Estas estrategias permitirán significar la importancia que para la Entidad

tiene su vinculación, así como la responsabilidad que asume frente a ésta y

la sociedad en su calidad de servidor Público.

UBICACIÓN DEL FUNCIONARIO EN LA ENTIDAD:

En esta fase se pretenden utilizar como estrategias las siguientes:

- Informar acerca de la Entidad: naturaleza, misión, visión, directivos, normas

que la rigen, planta física.

- Socializar el código de ética y las funciones de su cargo consagradas en el

manual de funciones y competencias laborales.

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- Presentar a sus compañeros de trabajo.

- Con estas estrategias se pretende que el servidor Público conozca la Entidad

a la cual ingresó, facilitando su incorporación a la vida Institucional.

OBJETIVOS:

- Familiarizar al servidor Público nuevo con la estructura de la Entidad y con

su misión.

- Iniciar la integración del servidor a los valores y propósitos institucionales.

- Crear sentido de pertenencia en el nuevo Servidor Público.

- Instruir a los servidores públicos nuevos sobre los asuntos relacionados con

las dependencias, responsabilidades individuales, deberes y derechos.

- Iniciar el acercamiento a los compañeros para la integración a los equipos

de trabajo

TEMAS RELACIONADOS CON LA CORPORACION

- la entidad.

- Misión, visión, objetivos.

- Código de ética.

- Estructura de la entidad.

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- Nombres y funciones de los directivos.

- Período de prueba: Sentido del mismo, duración.

- Normas de seguridad.

- Principales servicios que presta la entidad, según su misión.

- Normas que rigen la entidad.

- Instalaciones.

ACTIVIDADES PROPIAS DEL CARGO A EJECUTAR.

- Manual de funciones y competencias laborales.

- Procedimientos y registros

- Código Disciplinario Único

PROGRAMA DE INDUCCIÓN

La inducción en las entidades públicas, en general, debe buscar, entre otros,los siguientes objetivos: 1. Familiarizar a los servidores nuevos con la estructura de la entidad y con su misión, así como motivarlos para que participen en la construcción de la visión institucional, de manera que se garantice su compromiso para lograrla; 2. Iniciar la integración de los servidores al sistema de valores de la entidad a la que pertenezcan (para lo cual es necesario que los tenga identificados claramente), crear sentido de pertenencia y comenzar a fortalecer su formación ética;

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3. Instruir a los servidores sobre todos los asuntos relacionados con sus dependencias, al igual que sobre sus responsabilidades individuales, sus deberes y sus derechos; 4. Negociar con los nuevos servidores sus expectativas, redefinir y precisar con el jefe inmediato sus conocimientos y habilidades, evaluar su potencial, e iniciar el acercamiento a los compañeros con miras a que se integren a los equipos de trabajo. 5. Informar a los nuevos servidores acerca de las normas y las decisiones tendientes a prevenir y a reprimir la corrupción, así como sobre las inhabilidades e incompatibilidades relativas a los servidores públicos.

PROGRAMA DE REINDUCCION:

Los programas de reinducción se impartirán a todos los funcionarios por lo

menos cada dos años, o antes, en el momento en que se produzcan dichos

cambios, e incluirán obligatoriamente un proceso de actualización acerca de

las normas sobre inhabilidades e incompatibilidades y de las que regulan la

moral administrativa.

Las actividades de reinducción se planifican en el Plan Institucional de

Capacitación y Formación, en el cual se pueden definir los siguientes temas:

- Actualización y avances normativos que inciden en el funcionamiento de la

entidad, del sector y de la rama a la cual pertenezcan los servidores.

- Beneficios alcanzados por las políticas vigentes dentro de la Corporación.

- Redefinición de la misión institucional, establecimiento de metas y

procedimientos, simplificación de trámites, diseño de proyectos y sistemas

de información, determinación de indicadores de gestión.

- Revisión, renovación y afianzamiento de los valores que han de sustentar la

prestación del servicio público.

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El empleado tiene la obligación de asistir a los programas de Reinducción

según lo establecido en el Plan institucional de Capacitación y Formación, la

asistencia a estas quedará consignada en el formato Control de Asistencia.

LAS DEPENDENCIAS CRA.

DIRECCION GENERAL

Dirigir, coordinar, planear, controlar y evaluar la gestión de todos los

funcionaros de la entidad, encaminado al cumplimiento de políticas, planes y

programas nacionales para logar una cultura ambiental que permita la

administración responsable y autosostenibles de los recursos naturales

renovables y no renovables en el Departamento del Atlántico.

ASESOR

Asesorar a la Dirección General con la revisión previa de los documentos para

la firma del Director y apoyar las instrucciones y directrices impartidas a los

funcionarios de la Corporación; así como la coordinación de la Oficina

Jurídica para asesoría en la contratación y la defensa judicial.

SECRETARIA GENERAL

Es la dependencia encargada de la Secretaria de la Asamblea Corporativa en

el Concejo.

Asesora la dirección General y demás dependencias en la interpretación de

normas contractuales y de administración, atender de manera oportuna y

adecuada la asignación de los recursos humanos y físicos de la entidad,

apoyando a la Dirección en el desarrollo administrativo de la entidad,

administrando los recursos humanos, físicos, el archivo y la correspondencia.

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GERENCIA DE PLANEACION

Es la responsable de formular las políticas institucionales, diseñar y formular

planes, programas y proyectos relativos al medio ambiente del área de

jurisdicción de la Corporación coherentes con las políticas, planes y

programas nacionales; así como el desarrollo y mantenimiento de los

sistemas de información y sistema de educación ambiental.

GERENCIA DE GESTIÓN AMBIENTAL

Es la responsable del ejercicio de la autoridad ambiental y la implementación

o ejecución de políticas, planes y programas ambientales, del desarrollo

forestal, de la prestación de los servicios ambientales del control y vigilancia

de aquellas actividades que afecten y/o aprovechen los recursos naturales y

el medio ambiente, dentro del área de jurisdicción de la Corporación, define

estrategias de defensa en los procesos litigiosos de carácter ambiental en

contra de la Corporación y fijación de criterios y directrices para la

interpretación y aplicación de las normas ambientales, así como para diseñar

los trámites administrativos ambientales.

GERENCIA FINANCIERA

Es la dependencia encargada de la administración de los recursos financiar

para apoyar el cumplimiento eficiente de la misión, a través de los procesos

de presupuesto, contabilidad, ingresos, tesorería y cobro persuasivo.

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GERENCIA DE CONTROL INTERNO

Es la dependencia encargada de liderar y administrar el Sistema de Control

Interno, de la implementación del Método Estándar de Control Interno -

M.E.C.I. Y del Sistema de Gestión de la Calidad.

Gestión documental

Es importante que conozcas los procedimientos en lo referente a los

procedimientos de la gestión documental.

• Cuando debas informar alguna novedad (permiso, vacaciones, licencia,

etc.) o responder alguna solicitud de otra dependencia o funcionario, deberás

elaborar un memorando (que es nuestra comunicación interna), radicarlo en

la recepción, sacarle dos copias, una para quien va dirigido, otra para

recepción y otra para archivar. Igual procedimiento deber seguir si vas

aneviar o responder oficios al exterior de la Entidad. Todos deben llevar firma

del director.

• Todo documento que requiera de la firma del Director General, debe

llevar visto bueno de su jefe inmediato y posteriormente será devuelto para

darle el trámite correspondiente.

• La Corporación cuenta con un Archivo Central donde se guarda toda la

correspondencia recibida y enviada; la dependencia de Saneamiento

Ambiental, donde reposan todos los expedientes ambientales y con el Centro

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de Documentación, que organiza, custodia y controla toda la información

documental y en medio magnética de la gestión de la entidad.

INFRAESTRUCTURA DE LA CORPORACIÓN

La Corporación tiene cuenta con la siguiente infraestructura física que sirve

de apoyo para el cumplimiento de la misión y el desempeño de la gestión

ambiental de la entidad,

SEDE PRINCIPAL: Ubicada en la calle 66 No. 54-43 (Barrio El Prado).

UNA FINCA PARA PROYECTOS PRODUCTIVOS AGRÍCOLAS: Ubicado en el

corregimiento de Sibarco en el municipio de Baranoa.

VIVERO "ARMANDO DUGAND GNECCO": Localizado en el municipio de

Repelón. Utilizado para la reproducción de plántulas para los programas de

reforestación de la Corporación

FUNCIONES DEL SERVIDOR

• El funcionario responsable de la oficina de Gestión Humana te hará

entrega de este Manual de Inducción y una copia del aparte del Manual de

Funciones y Competencias correspondiente al cargo en el que has sido

nombrado; a fin de que conozcas e! objetivo de la entidad y el perfil de tu

cargo

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• Posteriormente te llevará por un recorrido interno para presentarte a

tus nuevos compañeros de trabajo y conozcas las instalaciones físicas de la

entidad.

• Es tu responsabilidad y compromiso cumplir a cabalidad con cada una

de ellas y seguir los procesos y procedimientos establecidos por la entidad, o

El Gerente de la dependencia a la que perteneces o el jefe inmediato te

realizará la entrega del cargo y te hará una breve inducción sobre la misión

de su Gerencia y del área que representas.

• El funcionario responsable de la dependencia de Recursos Físicos te

hará la entrega oficial de los implementos y materiales de trabajo, de las

cuales serás responsable a partir de tu vinculación.

• Es obligación portar el carné de identificación dentro y fuera de la

entidad, especialmente cuando la representes en comisiones y/o eventos

externos.

• El funcionario responsable de la dependencia de Sistemas de

Información te asignará tu correo institucional y dará la inducción al Docunet.

que es un programa con el que cuenta la Entidad para digitalizar la

correspondencia.

DERECHOS Y DEBERES COMO SERVIDOR PÚBLICO

Derechos como servidor público

Todos los servidores públicos de esta Corporación, de acuerdo a ley 734 de

2002 tienen entre otros, los siguientes derechos:

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A un salario:

A recibir puntualmente la remuneración fijada o convenida para el respectivo

cargo función.

Seguridad Social:

Como funcionario de la Corporación tendrás derecho a tus prestaciones

sociales por ley. La oficina de Gestión Humana tramita tu novedad de ingreso

o afiliación a la Entidad Promotora de Salud - EPS. a la Administradoras de

Fondo de Pensiones y Cesantías - AFP, a la Administradora de Riesgos

Profesionales -ARP, a la Caja de Compensación Familiar.

Prestaciones Sociales:

Tienes derecho a los siguientes beneficios:

o Prima de Servicios: es equivalente a al 50% de tu asignación básica más una

doceava parte de la bonificación por servidos, siempre y cuando tengas a 30

de junio de cada año más de 180 días de laborar en la entidad. La cual es

pagadera del 1 al 15 de Julio de cada año. Su periodo de liquidación es de

Julio t* a Junio 30 de cada año.

• Prima de Navidad: Es equivalente a un mes de asignación básica, mas

una doceava parte de la bonificación por servicios, una doceava parte de la

prima de servicios, una doceava parte de la prima de vacaciones. La cual es

pagadera del 1o al 15 de Diciembre de cada arto, siempre y cuando tengas

mas de 30 dias de laborar en la entidad, proporcional al tiempo de servicio Su

periodo de liquidación es de Diciembre 1 a Noviembre 30 de cada año.

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• Bonificación por servicios prestados Cada vez que cumplas años de

servicio en la entidad, esta te reconocerá una bonificación económica, que

puede ser del 35% al 50% de la asignación básica, dependiendo de lo

establecido en el Decreto que fija la escala salarial anual.

• Vacaciones: Al cumplir un año de servicio tendrás derecho a solicitar el

pago y disfrute de tus vacaciones.

• Cesantías: Según las normas para los empleados públicos estamos

afiliados por obligación al Fondo Nacional del Ahorro.

• Auxilios Educativos: Los funcionarios de carrera administrativa y los de

libre nombramiento y remoción, luego de tener un año de vinculado a la

entidad podrá solicitar auxilio educativo para los estudios de pregrado y

postgrado, tanto de sus hijos como suyos, los cuales son estudiados y

aprobados por el Comité de Bienestar Social.

• Capacitación La Corporación cuenta con un Programa de Capacitación

a fin de fortalecer las competencias de los funcionarios. Es deber del

funcionario capacitado hacer una réplica de la capacitación recibida a los

funcionarios de su área, cuando éstos no hayan podido asistir.

• Bienestar Social La Corporación realiza diferentes actividades para

promover la salud, la recreación, y el bienestar social e integral de los

funcionarios, de las cuales podrás disfrutar.

• ESTIMULOS EDUCATIVOS: Otorga 10 SMLV a funcionarios en carrera

administrativa o de libre nombramiento con mas de un año de

vinculacion y con una evaluacion de desempeño Sobresaliente, según

resolucion 017 de 2014.

• VIATICOS: Todos los funcionarios que se encuentren en comision

• HORAS EXTRAS: Ajustadas conforme a las disposiciones de la ley.

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DEBERES COMO SERVIDOR PÚBLICO

LAS FUNCIONES:

• El funcionario responsable de la oficina de Gestión Humana te hará

entrega de este Manual de Inducción y una copia del aparte del Manual de

nombrado: a fin de que conozcas el objetivo de la entidad y el perfil de tu

cargo.

• Posteriormente te llevará por un recorrido interno para presentarte a

tus nuevos compañeros de trabajo y conozcas las instalaciones físicas de la

entidad.

• Es tu responsabilidad y compromiso cumplir a cabalidad con cada una

de ellas y seguir los procesos y procedimientos establecidos por la entidad,

• El Gerente de la dependencia a la que perteneces o el jefe inmediato te

realizará la entrega del cargo y te hará una breve inducción sobre la misión

de su Gerencia y del área que representas.

• El funcionario responsable de la dependencia de Recursos Físicos te

hará la entrega oficial de los implementos y materiales de trabajo, de las

cuales serás responsable a partir de tu vinculación.

• Es obligación portar el carne de identificación dentro y fuera de la

entidad especialmente cuando la representes en comisiones y/o eventos

externos.

• El funcionario responsable de la dependencia de Sistemas de

Información te asignará tu correo institucional y dará la inducción al Docunet,

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que es un programa con el que cuenta la Entidad para digitalizar la

correspondencia.

DE LAS SITUACIONES ADMINISTRATIVAS

• En servicio activo: un empleado se encuentra en servicio activo,

cuando ejerce actualmente las funciones del empleo del cual ha tomado

posesión.

• En licencia: un empleado se encuentra en licencia cuando

transitoriamente se separa del ejercicio de su cargo, por solicitud propia por

enfermedad o maternidad.

• En permiso: los empleados cuando medie justa causa, pueden obtener

permisos con goce de sueldo hasta por tres días.

• En comisión: el empleado se encuentra en comisión cuando, por

disposición de autoridad competente, ejerce temporalmente las funciones

propias de su cargo en lugares diferentes a la sede habitual de su trabajo o

atiende transitoriamente actividades oficiales distintas a las inherentes al

empleo que es titular.

• En encargo: Hay encargo cuando se designa temporalmente a un

empleado para asumir, total o parcialmente, las funciones de otro empleo

vacante por falta temporal o definitiva de su titular, desvinculándose o no de

las propias de su cargo.

JORNADA LABORAL

El registro de entrada de los funcionarios es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a

12:00 m y de 1 00 p.m. a 5:00 p.m., la cual se verificará de acuerdo a los

controles adoptados por la entidad. Fuera del horario establecido, si algún

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funcionario requiere ingresar a la Corporación, deberá presentar solicitud de

autorización a la Oficina de Gestión humana, de lo contrario se le negará

escrita.

LOS RETARDOS.

Se entenderá como retardo, el tiempo que exceda a partir de la hora de

entrada cuando sea más de 10 minutos, de manera que más de tres retardos

en un mes se entenderá como ausencia injustificada y se reportará con el jefe

del organismo, ante el cual deberá proceder a dar las respectivas

explicaciones de sus constantes retardos y quien tomará las medidas

pertinentes

LAS FALTAS.

Se considerará como falta injustificada cuando el funcionario no se presente

a laborar y no cuente con la justificación correspondiente.

También son faltas las contempladas en artículo 23 de la Ley 734 de 2002 por

medio del cual se expide el código disciplinario. Constituye falta disciplinaria

y por lo tanto da lugar a la acción e imposición de la sanción correspondiente:

1. La incursión en cualquiera de las conductas o comportamientos

previstos en este código que conlleve incumplimiento de deberes.

2. Por la extralimitación en el ejercicio de derechos y funciones

3. Las prohibiciones y violación del régimen de inhabilidades.

4. Las incompatibilidades, impedimentos y conflicto de intereses, sin

estar amparado por cualquiera de las causales de exclusión de

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responsabilidad contempladas en el artículo 28 del presente ordenamiento

Que a continuación se relacionan:

a. Por fuerza mayor o caso fortuito.

b. En estricto cumplimiento de un deber constitucional o legal de mayor

importancia que el sacrificado.

c. En cumplimiento de orden legitima de autoridad competente emitida

con las formalidades legales.

d. Por salvar un derecho propio o ajeno al cual deba ceder el

cumplimiento del deber, en razón de la necesidad, adecuación,

proporcionalidad y razonabilidad.

e. Por insuperable coacción ajena o miedo insuperable.

f. Con la convicción errada e invencible de que su conducta no constituye

falta disciplinaria.

g. En situación de inimputabilidad En tales eventos se dará inmediata

aplicación, por el competente, a los mecanismos administrativos que

permitan el reconocimiento de las inhabilidades sobrevinientes.

h. No habrá lugar al reconocimiento de inimputabilidad cuando el sujeto

disciplinable hubiere pre ordenado su comportamiento.

LOS PERMISOS.

• Cuando el funcionario requiera permiso para ausentarse de su puesto

de trabajo para atender algún asunto personal, debe solicitarlo por escrito

mediante et diligenciando un formato establecido con e¡ visto bueno de de

su jefe inmediato y remitirlo a la secretaria general.

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• Así mismo cuando requiera ausentarse por tres días o más deberá

solicitarlo mediante memorando al Director General con el visto bueno de su

jefe inmediato y con copia a la oficina de Gestión Humana, y esperar la

respuesta mediante la expedición de la resolución que lo autorice. Cabe

anotar que se puede otorgar hasta tres días de permiso remunerado, cuando

sean más se procederá a otorgar licencia no remunerada

• Cuando se requiera ausentar un tiempo mayor a cuatro días y no

superior a 30. puede solicitar licencia no remunerada.

CARNET DE IDENTIFICACIÓN.

• A cada funcionario se le entregar el carné de identificación, el cual

deberá portar siempre en un lugar visible o El funcionario se hace

responsable del uso que éste pueda tener en caso de pérdida, y se

compromete a notificar ta situación a la Oficina de Gestión Humana.

• En caso de retiro, deberá devolver el carné a ta Oficina de Gestión

Humana y recibir su paz y salvo correspondiente.

SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD.

La entidad realizara una inducción sobre el funcionamiento del sistema de

gestión de calidad, esta incluirá una explicación sobre los siguientes

documentos.

Manual de Calidad se explicara cada una de las secciones de este documento,

deteniéndose especialmente en el mapa de proceso, la interacción de estos y

su secuencia. También se mostrara el cumplimiento que le da la corporación

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a cada uno de los numerales de la norma NTCGP 1000:2009 y la NTC ISO

9001:2008.

Caracterizaciones de Procesos Se Socializaran cada uno de los procesos

identificados en el mapa, con énfasis en los procesos donde se encuentra el

funcionario incluido

Manual de procedimientos: Se presentaran los procedimientos

pertenecientes a cada uno de los procesos, así mismo se explicara

detalladamente los procesos que deba manejar el funcionario objeto de

inducción

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NUESTRO DIRECTORIO

A continuación te presento una guía de los teléfonos de la Entidad .

Dependencia Extensión

Dirección General 235

Secretaria Dirección 124

Asesor 226

Secretario General 106

Secretaría Secretario General 227

Gestión Humana 118

Recursos Físicos 123

Recepción 101

Gerencia financiera 116

Secretaria Gerencia Financiera 115

Presupuesto e Ingresos 121

Contabilidad 131

Tesorería 114

Gerencia de Planeación 110

Secretaria Gerencia de Planeación 230

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Banco de Proyectos 126

Educación Ambiental 232

Sistemas de Información 127

Centro de Documentación 104

Gerencia de Gestión Ambiental 109

Secretaria gestión Ambiental 111

Desarrollo Forestal 112

Ordenamiento Territorial 132

Saneamiento Ambiental 102

Fauna 108

C.R.I.A. 105