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Miércoles, 01 de Octubre de 2014 REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 1 de 97 FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO FONADE MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL CONVENIO N° 197060 OFERTA PÚBLICA OPC 134-2014 ESTUDIOS, DISEÑOS, VERIFICACIÓN TÉCNICA Y EJECUCIÓN DE OBRAS COMPLEMENTARIAS EN INFRAESTRUCTURAS EDUCATIVAS (MEGACOLEGIOS), EN EL GRUPO I Y EN EL GRUPO II REGLAS DE PARTICIPACIÓN BOGOTÁ D.C., OCTUBRE DE 2014

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Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 1 de 97

FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

CONVENIO N° 197060

OFERTA PÚBLICA OPC 134-2014

ESTUDIOS, DISEÑOS, VERIFICACIÓN TÉCNICA Y EJECUCIÓN DE OBRAS COMPLEMENTARIAS EN INFRAESTRUCTURAS EDUCATIVAS

(MEGACOLEGIOS), EN EL GRUPO I Y EN EL GRUPO II

REGLAS DE PARTICIPACIÓN

BOGOTÁ D.C., OCTUBRE DE 2014

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

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TABLA DE CONTENIDO

CAPÍTULO PRIMERO 5

1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN 5

1.2. OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN 5

1.3. DESCRIPCIÓN GENERAL - LUGAR Y CONDICIONES DE EJECUCION DE LA OBRA 6

1.3.1 DESCRIPCIÓN GENERAL 6

1.3.2 LUGAR DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO 6

1.4. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO 7

1.5. PLAZO DE EJECUCIÓN 8

1.6. FUENTES DE FINANCIACIÓN 13

1.7. RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNDAMENTOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN 13

1.8. PROGRAMA PRESIDENCIAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN 14

1.9. DEFINICIONES GENERALES DE TÉRMINOS APLICABLES A LOS PROCESOS DE

FONADE. 14

1.10. ACREDITACIÓN DE PERSONAL CON LIMITACIONES - LEY 361 DE 1997 (APLICA COMO

CRITERIO DE DESEMPATE) 15

1.11. CERTIFICACIÓN DE MIPYME -LEY 905 DE 2004 (APLICA COMO CRITERIO DE DESEMPATE) 15

2. DEL TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN 17

2.1. CRONOGRAMA GENERAL 17

2.2. DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 18

2.3. COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y OFERENTES 18

2.4. PROCESO DE SELECCIÓN 18

2.4.1. Publicación de las reglas de participación 19

2.4.2. Retiro de las reglas de participación 19

2.4.3. Plazo del proceso de selección 19

2.4.3.1. Inicio y finalización del término para presentar ofertas 19

2.4.4. Audiencias 20

2.4.4.1. Audiencia de precisión del contenido y alcance de las reglas de participación. 20

2.4.4.2. Audiencia de Cierre 20

2.4.5. Observaciones a las reglas de participación 21

2.4.6. Modificación de las reglas de participación 21

2.4.7. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 21

2.4.7.1. Verificación de los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero, y término para

subsanar 22

2.4.7.2. Apertura de sobres económicos 23

2.4.7.3. Asignación de puntaje y Determinación del Orden 27

2.4.7.4. Publicación del informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta -

Observaciones al informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta. 30

2.4.8. CAUSALES DE RECHAZO 31

2.4.9. DESEMPATE DE OFERTAS 33

2.4.10.1. Declaratoria de fallido 35

2.4.10.2. Aceptación de la oferta de contrato 35

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2.5. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 35

3. DEL OFERENTE Y SU OFERTA 37

3.1. CONDICIONES GENERALES 37

3.1.1. MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN 37

3.1.2. RESPONSABILIDAD EN LA ELABORACIÓN DE LA OFERTA 37

3.1.3. VIGENCIA DE LA OFERTA 37

3.1.4. IDIOMA Y MONEDA DE LA OFERTA 38

3.1.5. OFERTAS ALTERNATIVAS O PARCIALES 38

3.1.6. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTRANJERO 38

3.1.6.1. Consularización 38

3.1.6.2. Apostille 39

3.1.6.3. Títulos obtenidos en el exterior 39

3.1.6.4. Autorización para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia 39

3.1.7. FORMA, IDENTIFICACIÓN, ESTRUCTURA DE LA OFERTA Y RESPONSABILIDAD EN LA PRESENTACIÓN DE LA

MISMA 39

3.2. REQUISITOS MINIMOS 40

3.2.1. REQUISITOS DE CARÁCTER JURÍDICO 41

3.2.1.1. Carta de presentación de la oferta 41

3.2.1.2. Acreditación de la existencia y la representación legal 41

3.2.1.3. Documento de constitución del consorcio o unión temporal. 42

3.2.1.4. Registro Único de Proponentes - RUP 43

3.2.1.5. Garantía de seriedad de la oferta 43

3.2.1.6. Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes parafiscales 44

3.2.1.7. Reciprocidad 45

3.2.1.8. Acreditación del Pago de los Derechos de Participación. 45

3.2.1.9. Otros Documentos: 46

3.2.2. REQUISITOS DE CARÁCTER FINANCIERO 47

3.2.3. REQUISITOS DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL OFERENTE 53

3.2.3.1. Acreditación y Verificación de la Experiencia Específica del oferente. 54

3.2.3.2. Requisitos de Experiencia Específica del Personal principal requerido 57

3.2.3.3. Capacidad de contratación (K) y capacidad residual (Kr) – Formato 06 57

3.2.4. OFERTA ECONÓMICA 59

3.2.5. CONDICIONES Y DOCUMENTOS EXIGIDOS A LOS OFERENTES QUE SEAN PERSONAS

NATURALES EXTRANJERAS SIN DOMICILIO EN EL PAÍS, O PERSONAS JURÍDICAS

EXTRANJERAS QUE NO TENGAN ESTABLECIDA SUCURSAL EN COLOMBIA CON LA

FINALIDAD DE VERIFICAR LA CAPACIDAD JURÍDICA, Y LA CAPACIDAD FINANCIERA. 61

CAPÍTULO CUARTO 66

4. CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES 66

4.1.1. PRECIO UNITARIO FIJO SIN FÓRMULA DE REAJUSTE 66

4.1.2. PRECIO GLOBAL FIJO SIN FÓRMULA DE REAJUSTE 66

4.1.3. MODIFICACIÓN DEL VALOR DEL CONTRATO 66

4.1.4. CANTIDADES DE OBRA 67

4.1.5. MAYORES CANTIDADES DE OBRA 67

4.1.6. ÍTEMS O ACTIVIDADES NO PREVISTAS 67

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4.1.7. REQUISITOS DE PAGO 68

4.1.8. ANTICIPO 68

4.1.9. AMORTIZACIÓN 68

4.1.10. REQUISITOS PARA EL DESEMBOLSO DEL ANTICIPO 68

4.1.11. REGLAS PARA EL MANEJO E INVERSIÓN DEL ANTICIPO 69

4.2. ACTAS PARCIALES DE OBRA Y RECIBO DE LA OBRA 70

4.3. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 70

4.3.1. OBLIGACIONES DE CARÁCTER GENERAL 70

4.3.2. OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO

CONTRACTUAL 71

4.3.3. OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA ADECUACIÓN DEL LUGAR DE LA OBRA 81

4.3.4. OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS EQUIPOS, HERRAMIENTAS, MAQUINARIA Y MATERIALES DE

CONSTRUCCIÓN. 82

4.3.5. OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA EJECUCIÓN DE LA OBRA 83

4.3.6. OBLIGACIONES DE CARÁCTER PARTICULAR 83

4.3.7. OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN 84

4.3.8. OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS DISEÑOS, PLANOS, ESTUDIOS TÉCNICOS Y ESPECIFICACIONES

DE CONSTRUCCIÓN 86

4.3.9. OBLIGACIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO 87

4.4 USO DE PARTES DE LA OBRA 94

4.5 PROPIEDAD DE LOS INFORMES, PRODUCTOS O BIENES 94

4.6 CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN

DEL CONTRATO 94

4.7 OMISIONES. 95

4.8 PREVENCIÓN DE RIESGOS: 95

4.9 DAÑOS A PERSONAS, OBRAS, BIENES, EQUIPOS, DATOS, PROGRAMAS Y SERVICIOS,

ACTIVIDADES U OBLIGACIONES MAL EJECUTADOS: 95

4.10 CONTROL DE LA OBRA. 96

4.11 PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO 96

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REGLAS DE PARTICIPACION

CAPÍTULO PRIMERO

1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN 1.1. INTRODUCCIÓN Fonade suscribió el 20 de diciembre de 2007 con el Ministerio de Educación Nacional, el convenio interadministrativo de gerencia de proyectos No. 197060, con el objeto de prestar “asesoría, asistencia, gerencia y ejecución administrativa, técnica, jurídica y financiera por parte de Fonade de los proyectos de inversión destinados a la construcción y dotación de una nueva infraestructura educativa (treinta y ocho establecimientos educativos) para ser entregada en concesión en zonas rurales y urbano marginales, determinadas y aprobadas por el Ministerio” El convenio antes mencionado se encuentra vigente hasta el 31 de diciembre de 2015 En desarrollo de las obligaciones de Fonade, es necesario adelantar el presente proceso de selección por las siguientes razones: FONADE pretende salvaguardar las áreas con nuevas adecuaciones y apoyar la prestación de

un servicio más eficiente, se requiere la ejecución de las obras complementarias identificadas

en el alcance del presente proyecto; a fin de garantizar una mayor funcionalidad de las

dieciocho (18) Infraestructuras Educativas Tipo A y una (1) Infraestructuras Educativas Tipo B

priorizadas y que están en operación. Se estima que estas obras beneficiarán alrededor de

37.440 niños, niñas y jóvenes en condición de vulnerabilidad de 15 Municipios del País.

1.2. OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN El Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - FONADE, está interesado en: ESTUDIOS,

DISEÑOS, VERIFICACIÓN TÉCNICA Y EJECUCIÓN DE OBRAS COMPLEMENTARIAS EN

INFRAESTRUCTURAS EDUCATIVAS (MEGACOLEGIOS), EN EL GRUPO I Y EN EL

GRUPO II, de acuerdo a la siguiente distribución:

GRUPO DEPARTAMENTO CIUDAD INFRAEST. EDUCATIVA

GRUPO I

Atlántico

Barranquilla I.E 20 DE JULIO

Barranquilla I.E LIPAYÁ

Bolívar Cartagena I.E ROSEDAL

Córdoba

Montería I.E LOS NOGALES

Montería I.E LOS ARAUJOS

Montería I.E LOS COLORES

Cesar Valledupar I.E LA NEVADA

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GRUPO DEPARTAMENTO CIUDAD INFRAEST. EDUCATIVA

Magdalena Santa Marta I.E LA PAZ

GRUPO II

Santander

Girón I.E CIUDADELA NUEVO

GIRÓN

Bucaramanga I.E LOS COLORADOS

Norte de Santander Cúcuta I.E TORCOROMA

Cundinamarca Soacha I.E EL ALTICO

Meta

Villavicencio I.E CIUDAD PORFIA

Villavicencio I.E LA RELIQUIA

Caquetá Florencia I.E CIUDADELA HACIENDA

Tolima Ibagué I.E MIRADOR DE AMBALÁ

Cauca Popayán I.E MATAMOROS

Valle del Cauca Cali I.E ISAIAS DUARTE

Risaralda Pereira I.E SAMARIA

1.3. DESCRIPCIÓN GENERAL - LUGAR Y CONDICIONES DE EJECUCION DE LA OBRA

1.3.1 DESCRIPCIÓN GENERAL La descripción técnica detallada del proyecto y el alcance de las obligaciones a realizar, se encuentran debidamente discriminados en el Numeral 2.2 del Anexo 01 - Documento de Estudios Previos, el cual hace parte integral de las presentes reglas de participación. 1.3.2 LUGAR DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO

Las obras a ejecutarse se realizaran en las siguientes locaciones:

GRUPO I

DEPARTAMENTO CIUDAD INFRAEST. EDUCATIVA DIRECCIÓN

Atlántico

Barranquilla I.E 20 DE JULIO Cra 4 # 45-165

Barranquilla I.E LIPAYÁ Cra. 9J Entre Calles. 78 y

Diagonal 70C Barrio Lipayá

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DEPARTAMENTO CIUDAD INFRAEST. EDUCATIVA DIRECCIÓN

Bolívar Cartagena I.E ROSEDAL Calle 5 No. 78-40 entre La

Consolata y María Caro

Córdoba

Montería I.E LOS NOGALES Cra 29 No. 3 F-219

Montería I.E LOS ARAUJOS Carrera 9 Nº 2-120, Barrio Los

Araujos

Montería I.E LOS COLORES Calle 2da Nº 9-40W, Barrio Los

Colores

Cesar Valledupar I.E LA NEVADA

Cerca de la Urbanización Ciudad

Tayrona, entre las Diagonales 10

y 11 y las carreras 46 y 48. Barrio

La Nevada.

Magdalena Santa Marta I.E LA PAZ Calle 108 No. 11 - 02

GRUPO II

DEPARTAMENTO CIUDAD INFRAEST. EDUCATIVA DIRECCIÓN

Santander

Giron I.E CIUDADELA NUEVO GIRÓN Kilometro 6 de la Vía Girón Zapatoca, IE.

Mario Morales Delgado

Bucaramanga I.E LOS COLORADOS Lote B Vereda Santa Rita

Norte de Santander Cúcuta I.E TORCOROMA Avenida 47 Calle 8A-16

Cundinamarca Soacha I.E EL ALTICO Calle 7 No.2-63 Soacha

Meta

Villavicencio I.E CIUDAD PORFIA Calle 67 Sur con Carrera 47 Barrio Ciudad

Porfía

Villavicencio I.E LA RELIQUIA Lote 2 - La unión Sector de La Reliquia

Caqueta Florencia I.E CIUDADELA HACIENDA Antigua Hacienda el Puerto - Urbanización

la Gloria vía Morelia

Tolima Ibagué I.E MIRADOR DE AMBALÁ Carrera 24 N° 61 C - 55 Barrio Mirador

Ambalá, Sector El Triunfo

Cauca Popayán I.E MATAMOROS Cra 2A No.69N-52

Valle del Cauca Cali I.E ISAIAS DUARTE Calle 96 No. 28 E 3 - 02 Barrio Mojica

Risaralda Pereira I.E SAMARIA Cra 34 No. 32 Casa 35 - Samaria

1.4. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO

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Se ha estimado, para el cumplimiento del objeto del contrato derivado del presente proceso de selección, un presupuesto de: GRUPO 1

ETAPA 1. ESTUDIOS, DISEÑOS Y VERIFICACIÓN TÉCNICA

DE LAS ACTIVIDADES A EJECUTAR. (A) 53.368.140,00

ETAPA 2. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS (B) 513.489.996,00

VALOR TOTAL PROYECTO (C )= (A) + (B) 566.858.136,00

QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL

CIENTO TREINTA Y SEIS PESOS ($ 566.858.136,00) M/L, incluidos sueldos del personal

utilizado para la realización del trabajo, afectados por el factor multiplicador, gastos

administrativos, costos directos (arriendo oficina principal, computadores, muebles, papelería,

ploteo de planos, servicios públicos, copias, fotografías, entre otros), así como el valor del IVA,

el AIU, el valor del IVA sobre la utilidad y los, costos, gastos, impuestos, tasas y contribuciones

a que hubiere lugar por el hecho de su celebración ejecución y liquidación..

GRUPO 2

ETAPA 1. ESTUDIOS, DISEÑOS Y VERIFICACIÓN TÉCNICA

DE LAS ACTIVIDADES A EJECUTAR. (A) 57.375.360,00

ETAPA 2. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS (B) 424.158.960,00

VALOR TOTAL PROYECTO (C )= (A) + (B) 481.534.320,00

CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL

TRESCIENTOS VEINTE PESOS ($ 481.534.320,00) M/L, incluidos sueldos del personal

utilizado para la realización del trabajo, afectados por el factor multiplicador, gastos

administrativos, costos directos (arriendo oficina principal, computadores, muebles, papelería,

ploteo de planos, servicios públicos, copias, fotografías, entre otros), así como el valor del IVA,

el AIU, el valor del IVA sobre la utilidad y los costos, gastos, impuestos, tasas y contribuciones

a que hubiere lugar por el hecho de su celebración ejecución y liquidación.

1.5. PLAZO DE EJECUCIÓN

GRUPO I

El plazo previsto para la ejecución del contrato es de CINCO (5.0) MESES, contados a partir

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de la aprobación de las garantías y la suscripción del acta de inicio, y sobre el cual se

presentan las siguientes consideraciones de acuerdo a las características técnicas del

proyecto:

Etapa Actividad Plazo

Actividad

Plazo de

etapa

A. ETAPA 1. ESTUDIOS,

DISEÑOS Y

VERIFICACIÓN

TÉCNICA DE LAS

ACTIVIDADES A

EJECUTAR.

Elaborar y Verificar Estudios Técnicos y Diseños 1.5 MESES

2.5 MESES

Tramitar y aprobar los requisitos para dar inicio a

la ejecución de las obras (*)

1.0 MES

B. ETAPA 2. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 2.5 MESES

PLAZO DEL CONTRATO 5.0 MESES

(*) Éste plazo corresponde al requerido para la aprobación de cualquier requisito que permite

dar inicio a la Etapa 2. Ejecución de las Obras, de acuerdo con las características propias del

proyecto.

Todo costo en los que incurra el contratista en el plazo definido para la aprobación de cualquier

requisito para dar inicio a las obras será a su cargo y en ningún caso implicará costos

adicionales a asumir por parte de FONADE. Una vez se cuente con la aprobación de la

totalidad de los requisitos requeridos, podrá darse inicio a la Etapa 2. Ejecución de las obras.

Cada etapa tendrá un acta de inicio independiente, sin embargo, la sumatoria del plazo de

cada una de las etapas NO podrá superar el plazo establecido para el plazo del Contrato.

CLAUSULAS ESPECIALES A TENER EN CUENTA

CONDICIÓN RESULTORIA 1

Una vez finalizada la actividad correspondiente a la Elaboración y Verificación de Estudios

Técnicos y Diseños de la Etapa 1, EL CONTRATISTA, deberá presentar a la interventoría y/o

supervisión del contrato, la constancia de la solicitud del trámite, así como el informe semanal

de avance de los trámites requeridos para la aprobación de todos los requisitos necesarios

para dar inicio a la ejecución de las obras, como licencias, permisos u autorizaciones

aplicables.

Todo sobrecosto en el que incurra EL CONTRATISTA durante el plazo definido para el

Trámite y Aprobación de requisitos para dar inicio a la ejecución de las obras será a su

cargo y en ningún caso implicará costos adicionales a asumir por parte de FONADE.

Una vez se cuente con la Aprobación de requisitos para dar inicio a la ejecución de las

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obras, la Interventoría y Supervisión de Fonade suscribirán acta de inicio de la Etapa 2.

Ejecución de las obras.

En caso de que el plazo estimado para el Trámite y Aprobación de requisitos para dar inicio

a la ejecución de las obras, no sea suficiente para la obtención de aprobación de licencias,

permisos u autorizaciones aplicables, por caso fortuito, fuerza mayor o terceros, podrá

suspenderse el contrato mediante acta hasta que se cuente con la aprobación de los requisitos.

En el evento que una vez suspendido el contrato, se evidencie que no es posible la obtención

de licencias, permisos u autorizaciones o NO es viable la ejecución de las obras, Fonade

tomará la decisión de NO continuar con la ejecución del contrato. En este caso, Fonade pagará

a EL CONTRATISTA únicamente el valor establecido para la Etapa 1. ESTUDIOS, DISEÑOS

Y VERIFICACIÓN TÉCNICA DE LAS ACTIVIDADES A EJECUTAR. Por ningún motivo

FONADE pagará a EL CONTRATISTA un valor superior al pactado para los ESTUDIOS,

DISEÑOS Y VERIFICACIÓN TÉCNICA DE LAS ACTIVIDADES A EJECUTAR.

Finalmente si como resultado de la Etapa 1. ESTUDIOS, DISEÑOS Y VERIFICACIÓN

TÉCNICA DE LAS ACTIVIDADES A EJECUTAR, se identifica que existen actividades

adicionales, que impliquen costos o plazos superiores a los inicialmente establecidos por

Fonade, se definirá la necesidad de adición y/o prorroga o terminación del contrato.

CONDICIÓN RESULTORIA 2

EL CONTRATISTA al terminar la etapa de verificación técnica deberá entregar el presupuesto

detallado para la ejecución de la obra, respaldados por los respectivos APUs y cotizaciones así

como los demás productos que hacen parte de la Consultoría. En caso de que el presupuesto

para la construcción de la obra resulte mayor a los valores ofertados, por causas plenamente

justificadas, no previsibles y no imputables a EL CONTRATISTA, la Entidad a través de la

Subgerencia Técnica, determinará la posibilidad de continuar o no con el proyecto y tomará la

decisión de:

a) Definir si adiciona el valor del contrato y continúa con la construcción de la obra hasta la

terminación del proyecto.

b) Ejecutar el proyecto hasta donde los recursos lo permitan.

c) No ejecutar el proyecto

Para el efecto la Interventoría y FONADE realizarán un análisis del presupuesto presentado por

EL CONTRATISTA con el fin de verificar su correspondencia con las condiciones y precios del

mercado.

Si por cualquier circunstancia no se presenta acuerdo entre las partes y se opta por la NO

ejecución del proyecto, Fonade pagará a EL CONTRATISTA únicamente el valor establecido

para la Etapa 1 y se entenderá que el contrato se resuelve por mutuo acuerdo sin que por tal

motivo las partes puedan reclamar indemnización de perjuicios, compensación o valor alguno.

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 11 de 97

GRUPO II

El plazo previsto para la ejecución del contrato es de CUATRO (4.0) MESES Y QUINCE (15)

DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la aprobación de las garantías y la suscripción del

acta de inicio, y sobre el cual se presentan las siguientes consideraciones de acuerdo a las

características técnicas del proyecto:

Etapa Actividad Plazo

Actividad

Plazo de

etapa

A. ETAPA 1. ESTUDIOS,

DISEÑOS Y

VERIFICACIÓN

TÉCNICA DE LAS

ACTIVIDADES A

EJECUTAR.

Elaborar y Verificar Estudios Técnicos y Diseños 1.5 MESES

2.5 MESES

Tramitar y aprobar los requisitos para dar inicio a

la ejecución de las obras (*)

1.0 MES

B. ETAPA 2. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 2.0 MESES

PLAZO DEL CONTRATO 4.5 MESES

(*) Éste plazo corresponde al requerido para la aprobación de cualquier requisito que permite

dar inicio a la Etapa 2. Ejecución de las Obras, de acuerdo con las características propias del

proyecto.

Todo costo en los que incurra el contratista en el plazo definido para la aprobación de cualquier

requisito para dar inicio a las obras será a su cargo y en ningún caso implicará costos

adicionales a asumir por parte de FOANDE. Una vez se cuente con la aprobación de la

totalidad de los requisitos requeridos, podrá darse inicio a la Etapa 2. Ejecución de las obras.

Cada etapa tendrá un acta de inicio independiente, sin embargo, la sumatoria del plazo de

cada una de las etapas NO podrá superar el plazo establecido para el plazo del Contrato.

En caso de no requerirse ningún tipo de licencia, permiso u autorización, el plazo de la Etapa I

será únicamente de UN (1) MES Y QUINCE (15) DÍAS CALENDARIO y se podrá dar inicio a la

Etapa II, previo cumplimiento de lo estipulado.

CLAUSULAS ESPECIALES A TENER EN CUENTA

CONDICIÓN RESULTORIA 1

Una vez finalizada la actividad correspondiente a la Elaboración y Verificación de Estudios

Técnicos y Diseños de la Etapa 1, EL CONTRATISTA, deberá presentar a la interventoría y/o

supervisión del contrato, la constancia de la solicitud del trámite, así como el informe semanal

de avance de los trámites requeridos para la aprobación de todos los requisitos necesarios

para dar inicio a la ejecución de las obras, como licencias, permisos u autorizaciones

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 12 de 97

aplicables.

Todo sobrecosto en el que incurra EL CONTRATISTA durante el plazo definido para el

Trámite y Aprobación de requisitos para dar inicio a la ejecución de las obras será a su

cargo y en ningún caso implicará costos adicionales a asumir por parte de FONADE.

Una vez se cuente con la Aprobación de requisitos para dar inicio a la ejecución de las

obras, la Interventoría y Supervisión de Fonade suscribirán acata de inicio de la Etapa 2.

Ejecución de las obras.

En caso de que el plazo estimado para el Trámite y Aprobación de requisitos para dar inicio

a la ejecución de las obras, no sea suficiente para la obtención de aprobación de licencias,

permisos u autorizaciones aplicables, por caso fortuito, fuerza mayor o terceros, podrá

suspenderse el contrato mediante acta hasta que se cuente con la aprobación de los requisitos.

En el evento que una vez suspendido el contrato, se evidencie que no es posible la obtención

de licencias, permisos u autorizaciones o NO es viable la ejecución de las obras, Fonade

tomará la decisión de NO continuar con la ejecución del contrato. En este caso, Fonade pagará

a EL CONTRATISTA únicamente el valor establecido para la Etapa 1. ESTUDIOS, DISEÑOS

Y VERIFICACIÓN TÉCNICA DE LAS ACTIVIDADES A EJECUTAR. Por ningún motivo

FONADE pagará a EL CONTRATISTA un valor superior al pactado para los ESTUDIOS,

DISEÑOS Y VERIFICACIÓN TÉCNICA DE LAS ACTIVIDADES A EJECUTAR.

Finalmente si como resultado de la Etapa 1. ESTUDIOS, DISEÑOS Y VERIFICACIÓN

TÉCNICA DE LAS ACTIVIDADES A EJECUTAR, se identifica que existen actividades

adicionales, que impliquen costos o plazos superiores a los inicialmente establecidos por

Fonade, se definirá la necesidad de adición y/o prorroga o terminación del contrato.

CONDICIÓN RESULTORIA 2

EL CONTRATISTA al terminar la etapa de verificación técnica deberá entregar el presupuesto

detallado para la ejecución de la obra, respaldados por los respectivos APUs y cotizaciones así

como los demás productos que hacen parte de la Consultoría. En caso de que el presupuesto

para la construcción de la obra resulte mayor a los valores ofertados, por causas plenamente

justificadas, no previsibles y no imputables a EL CONTRATISTA, la Entidad a través de la

Subgerencia Técnica, determinará la posibilidad de continuar o no con el proyecto y tomará la

decisión de:

a) Definir si adiciona el valor del contrato y continúa con la construcción de la obra hasta la

terminación del proyecto.

b) Ejecutar el proyecto hasta donde los recursos lo permitan.

c) No ejecutar el proyecto

Para el efecto la Interventoría y FONADE realizarán un análisis del presupuesto presentado por

EL CONTRATISTA con el fin de verificar su correspondencia con las condiciones y precios del

mercado.

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Si por cualquier circunstancia no se presenta acuerdo entre las partes y se opta por la NO

ejecución del proyecto, Fonade pagará a EL CONTRATISTA únicamente el valor establecido

para la Etapa 1 y se entenderá que el contrato se resuelve por mutuo acuerdo sin que por tal

motivo las partes puedan reclamar indemnización de perjuicios, compensación o valor alguno.

1.6. FUENTES DE FINANCIACIÓN FONADE cuenta para el presente proceso de selección con el certificado de disponibilidad presupuestal a continuación señalado:

No. CDP Fecha CDP Código

Presupuestal Centro de

Costo Descripción del Rubro Monto

13068 09-09-2014 2-1-7-1-09-01-00-01 040063 Contratos de ejecución de

obra – vigencia actual $ 388.147.923,63

13068 09-09-2014 2-1-7-1-09-01-00-01 040064 Contratos de ejecución de

obra – vigencia actual $92.478.148,45

13068 09-09-2014 2-1-7-1-09-01-00-01 041071 Contratos de ejecución de

obra – vigencia actual $306.136.649,80

13068 09-09-2014 2-1-7-1-09-01-00-01 041211 Contratos de ejecución de

obra – vigencia actual $80.354.749,00

13068 09-09-2014 2-1-7-1-09-01-00-01 041488 Contratos de ejecución de

obra – vigencia actual $181.269.928,77

13068 09-09-2014 2-1-7-1-09-01-00-01 197060 Contratos de ejecución de

obra – vigencia actual $5.056,35

Total $1.048.392.456,00

Expedido(s) por el responsable del Fondo de Ejecución de Proyectos. 1.7. RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNDAMENTOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN El presente proceso de selección se adelanta mediante la modalidad de selección que trata el numeral 6.1 del manual de la Actividad Precontractual, Contractual y Postcontractual de Derecho Privado de FONADE, adoptado mediante Resolución No. 131 del 09 de noviembre de 2012, teniendo en cuenta que se trata de una contratación cuya cuantía es superior a 250 SMMLV. El procedimiento a seguir será el previsto en el numeral 7.1 del precitado manual. De acuerdo con el Decreto 288 de 2004, FONADE es una Empresa Industrial y Comercial del Estado, de carácter financiero, dotada de personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa vinculada al Departamento Nacional de Planeación y vigilado por la Superintendencia Bancaria (hoy Superintendencia Financiera). El Parágrafo primero del Artículo 32 de la Ley 80 de 1.993 (modificado por la Ley 1150 de 2.007 Artículo 15) establece que los Contratos que celebren las entidades financieras de carácter estatal, no estarán sujetos a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a dichas actividades. En consecuencia, el régimen aplicable a la contratación de FONADE es el del derecho privado. FONADE ha abierto el presente procedimiento de Oferta Pública, el cual NO constituye oferta de negocio jurídico de parte de FONADE, por lo cual, FONADE tendrá siempre derecho a seleccionar o no alguna(s) de las Ofertas, e incluso podrá suspender o cancelar en cualquier momento la presente convocatoria, por lo que la participación de un Oferente no le otorga derecho alguno al agotamiento y finiquito del procedimiento iniciado.

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1.8. PROGRAMA PRESIDENCIAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Toda persona que llegue a conocer casos de corrupción en las entidades del Estado debe reportar el hecho a la secretaria de transparencia, a través de los teléfonos (1) 5 62 93 00 Ext. 3633, a la línea gratuita nacional 01 8000 913 040, al sitio de denuncias del programa en la página de Internet www.anticorrupcion.gov.co, por correspondencia o personalmente en la calle 7ª No. 6 – 54 de Bogotá D.C. También puede reportar el hecho a las páginas www.contratos.gov.co y/o www.fonade.gov.co y al E-mail: [email protected] 1.9. DEFINICIONES GENERALES DE TÉRMINOS APLICABLES A LOS PROCESOS DE

FONADE. 1. Edificaciones: Se consideran edificaciones aquellas construcciones fijas de carácter

permanente de uno o más pisos, públicas o privadas, cuyo uso es la ocupación por seres humanos, diferentes de bodegas de almacenaje, escenarios deportivos y parqueaderos a cielo abierto.

2. Ampliación: Todo incremento al área construida de una edificación existente entendiéndose por área construida la parte edificada que corresponde a la suma de las superficies de los pisos, excluyendo azoteas y áreas sin cubrir o techar.

3. El valor del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), a tener en cuenta para

conversiones que se requieran en el desarrollo del presente proceso, para el K, el Kr y el presupuesto oficial estimado (POE), será aquel vigente al año en que se presenta la oferta, al resultado de la operación matemática que se realice para hacer esta conversión, se debe aplicar el procedimiento de redondeo indicado en estas reglas de participación.

4. A la totalidad de los resultados de cada una de las operaciones aritméticas que se realicen en desarrollo de este proceso, se les aplicará la metodología de redondeo a continuación señalada.

- Redondeo: Para el presente proceso, es el procedimiento mediante el cual se

eliminan todos los decimales. - Reglas de redondeo: Se aplican a la unidad situada en la siguiente posición al

número entero al que se pretenda ajustar, es decir, a los dos primeros números decimales, así:

Si los dos primeros decimales son mayor o igual que 50, el número entero se

incrementará en una unidad. Ejemplo 1: 12,546891 = 13. Ejemplo 2: 12,500891 = 13.

Si los dos primeros decimales son menores que 50, el número entero no se modifica. Ejemplo 1: 12,499891 = 12. Ejemplo 2: 12,407891 = 12.

Las únicas y exclusivas excepciones a la aplicación de esta regla, se presentarán en los siguientes casos: a) durante la asignación de puntaje que establece el literal b del numeral 2.4.7.2 Procedimiento en el cual se tendrán en cuenta todos los decimales que sean necesarios para que no se presente empate; b) y en el cálculo de los factores de carácter financiero establecidos en el numeral 3.2.2. 5. En el evento en que la fecha de cierre del término para presentar oferta del presente

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proceso sea prorrogada mediante adenda, los documentos que en estas reglas de participación se requieran en términos relacionados con la fecha de cierre, se contarán a partir de la fecha de cierre señalada en la adenda respectiva.

6. En el evento de que se presenten en las ofertas correspondientes a este proceso discrepancias entre cantidades expresadas en letras y números, prevalecerán las expresadas en letras.

1.10. ACREDITACIÓN DE PERSONAL CON LIMITACIONES - LEY 361 DE 1997 (APLICA

COMO CRITERIO DE DESEMPATE)

El oferente que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 361 de 1997 tenga vinculado laboralmente personal con limitaciones, como mínimo del 10% de su nómina, deberá acreditar tal circunstancia mediante certificación expedida por la oficina de trabajo. La certificación deberá permitir verificar que el personal se encuentra contratado por lo menos con anterioridad a un año a la finalización del término para la entrega de ofertas y, en cualquier caso, el contratista debe tener presente que deberá mantener tal vinculación por un lapso igual al de la contratación, para lo cual deberá aportar carta de compromiso o certificación suscrita por el representante legal de la sociedad, que indique que mantendrá dicha circunstancia por el tiempo de ejecución, en el caso de consorcios o uniones temporales la certificación deberá ser aportada por los representantes legales de los miembros del oferente plural que acrediten este requisito. NOTA: La omisión de la información requerida en este numeral al momento de la presentación de la oferta, no será subsanable por ser criterio de desempate, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del oferente, ni es causal de rechazo de la oferta.

1.11. CERTIFICACIÓN DE MIPYME -LEY 905 DE 2004 (APLICA COMO CRITERIO DE

DESEMPATE)

El oferente que conforme lo dispuesto en el Artículo 2º de la Ley 905 del 2 de agosto de 2004, y demás normas vigentes y aplicables sobre la materia tenga la condición de MIPYME deberá acreditar tal circunstancia mediante certificación, expedida dentro de los treinta (30) días anteriores al cierre del proceso, por el revisor fiscal cuando el oferente cuente o se encuentre obligado a tenerlo o por contador público debidamente registrado en la Junta Central de Contadores, en los demás casos, o mediante certificado de Registro Único de Proponentes del oferente o de los miembros del consorcio o unión temporal en el que conste tal circunstancia. Para efectos de la acreditación de esta circunstancia por parte de oferentes individuales o integrantes de oferentes plurales, que ostenten la condición de extranjeros sin sucursal en Colombia, se dará aplicación al principio de reciprocidad, para tal efecto deberán aportar certificación, expedida dentro de los treinta (30) días anteriores al cierre del proceso, firmada por representante legal y avalada por contador público registrado en la Junta Central de Contadores de Colombia. La certificación, debe acompañarse de la fotocopia de la Cédula de Ciudadanía, de la tarjeta

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profesional de contador y de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores. Adicionalmente y con independencia a que esta condición de MIPYME pueda constatarse mediante verificación en el certificado de Registro Único de Proponentes, si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal o promesa de sociedad futura que ostente la condición de MIPYME deberá acreditar mediante certificación expedida por el representante legal de la sociedad y por el revisor fiscal cuando el oferente cuente o se encuentre obligado a tenerlo o por contador público debidamente registrado en la Junta Central de Contadores en los demás casos, que ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales son empleados, socios o accionistas de los otros miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura. NOTA: La omisión de la información requerida en este numeral al momento de la presentación de la oferta, no será subsanable por ser criterio de desempate, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del oferente, ni es causal de rechazo de la oferta.”

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CAPÍTULO SEGUNDO

2. DEL TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1. CRONOGRAMA GENERAL

ACTIVIDAD TERMINO LUGAR

A Aviso de convocatoria pública.

29 de septiembre de 2014 FONADE - Página web www.fonade.gov.co

B Publicación de las reglas de participación.

1 de octubre de 2014 FONADE - Página web www.fonade.gov.co

C Observaciones a las reglas de participación

Hasta el 6 de octubre de 2014 FONADE - Página web www.fonade.gov.co

D Respuesta a las observaciones a las reglas de participación.

Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la terminación del plazo para

formular observaciones.

FONADE - Página web www.fonade.gov.co

E Inicio del término para presentar ofertas.

Desde la publicación de las reglas de participación.

FONADE. Calle 26 No. 13-19 Sala de entrega de ofertas Auditorio

F Pago de los derechos de participación.

Desde la fecha de “inicio del término para presentar ofertas” hasta la fecha y hora

establecida para la “finalización del término para presentar ofertas”.

El pago de los derechos de participación se deberá realizar en la cuenta de ahorros del Sistema Nacional de Recaudo No.49 25 02 976 del Banco de Bogotá, a nombre de FONADE; en efectivo o cheque de gerencia o a través de PSE. Deberá indicar en la consignación o en el pago el nombre o razón social del oferente, anotando el número del proceso: OPC 134-2014. Ver Numeral 3.2.1.8 y el Anexo No. 13 (Guía para realizar adecuadamente la consignación del valor de los derechos de participación)

G Finalización del término para presentar oferta inicial de precio.

20 de octubre de 2014 a las 9:30 am

FONADE. Calle 26 No. 13-19 Sala de entrega de ofertas Auditorio

H Audiencia de Cierre. 20 de octubre de 2014

a las 10:00 a.m. FONADE. Calle 26 No. 13-19 Sala de entrega de ofertas Auditorio

EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

I

Evaluación de las ofertas y publicación del Informe de evaluación y Recomendación de aceptación de la oferta.

Dentro de los seis (6) días hábiles siguientes a la fecha prevista para el cierre del término para presentar ofertas.

FONADE - Página web www.fonade.gov.co

J

Observaciones al Informe de evaluación y Recomendación de aceptación de la oferta.

Por el término de dos (2) días hábiles contados a partir del día hábil Siguiente al término de evaluación de las ofertas.

FONADE - Página web www.fonade.gov.co y de Acuerdo con lo establecido en las reglas de participación.

K Publicación de las Observaciones realizadas al informe de evaluación.

El día hábil siguiente al vencimiento del plazo para la presentación de Observaciones.

FONADE - Página web www.fonade.gov.co

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ACTIVIDAD TERMINO LUGAR

L

Informe de respuesta a observaciones al informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta.

Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de las observaciones recibidas al informe de evaluación.

FONADE - Pagina web www.fonade.gov.co

DEFINICIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN

M

Publicación Carta de

Aceptación de la oferta A más tardar el día hábil siguiente de su

expedición. FONADE - Pagina web www.fonade.gov.co.

2.2. DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN Hacen parte del presente proceso de selección:

1) El aviso de convocatoria pública. 2) El certificado de disponibilidad presupuestal. 3) Estas reglas de participación, junto con sus anexos y adendas, incluido el anexo

documento soporte determinación presupuesto oficial estimado los cuales hacen parte integral de estas reglas de participación.

4) Especificaciones técnicas. 5) Las respuestas de aclaración emitidas por FONADE en los medios dispuestos para ello. 6) El acta de Finalización del término para presentar ofertas. 7) Las ofertas que sean presentadas. 8) Las actas de audiencia. 9) Las solicitudes de aclaración a las ofertas y sus respectivas respuestas. 10) El informe de evaluación y Recomendación de Aceptación de la oferta, y las

observaciones presentadas en relación con él. 11) Informe de Respuesta a observaciones al Informe de Evaluación y Recomendación de

aceptación de la oferta 12) Carta de aceptación o de declaratoria de fallido, según sea el caso 13) Los documentos que se expidan en desarrollo del proceso de selección. 14) El recibo de pago de los derechos de participación.

2.3. COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y OFERENTES FONADE publicará en su página web (www.fonade.gov.co) la totalidad de los documentos relacionados en el numeral anterior y a tal publicación se encontrará sujeta su obligatoriedad frente a los interesados y oferentes. Los interesados y oferentes podrán enviar comunicaciones a la dirección electrónica ([email protected]), o radicarlas en el Centro de Atención al Ciudadano de FONADE ubicado en la Calle 26 No. 13-19 (en adelante CAC), con la indicación clara del número de proceso al cual se refiere. Las horas señaladas en las presentes reglas de participación para la expedición de documentos por parte de FONADE y/o para la recepción de aquellos que deban ser presentados por los interesados u oferentes, se sujetarán a la hora legal de la República de Colombia señalada por la División de Metrología de la Superintendencia de Industria y Comercio. 2.4. PROCESO DE SELECCIÓN

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El presente proceso de selección inicia formalmente a partir de la fecha de publicación de las reglas de participación en la página web de FONADE (www.fonade.gov.co ). El proceso de selección se encuentra dividido en las siguientes fases: 2.4.1. Publicación de las reglas de participación Estas serán publicadas en la página web de FONADE, en la fecha señalada en el numeral 2.1 de estas reglas. 2.4.2. Retiro de las reglas de participación Las reglas de participación pueden ser retiradas u obtenidas del sitio web de FONADE donde se encuentran publicadas con todos sus anexos desde la fecha indicada en el numeral 2.1 de estas reglas. Para todos los efectos, las reglas de participación oficiales son las publicadas en la página web de FONADE. 2.4.3. Plazo del proceso de selección El plazo del presente proceso de selección será aquel término que transcurrirá entre la fecha de publicación del Aviso de convocatoria y la publicación de la Carta de aceptación de la oferta. 2.4.3.1. Inicio y finalización del término para presentar ofertas Dentro de las fechas y horas establecidas en el numeral 2.1 de estas reglas, en las casillas correspondientes a “inicio del término para presentar ofertas” y “finalización del término para presentar ofertas”, los interesados podrán presentar sus ofertas, de acuerdo con las siguientes reglas: a. Las ofertas deberán ser radicadas y entregadas de conformidad con las fechas

indicadas en el numeral 2.1 de estas reglas, en FONADE, ubicado en la siguiente dirección: Calle 26 No. 13-19, Sala de recepción de ofertas - Auditorio, Bogotá D.C., República de Colombia, salvo lo dispuesto en el literal f) del presente numeral.

b. Para la recepción de ofertas se deberá, diligenciar el formato de registro diseñado por FONADE para tal fin. De todas formas, el oferente es el único y exclusivo responsable de la entrega de la oferta (sobres 1 y 2). El sobre contentivo de la oferta económica permanecerá en el sitio dispuesto para su reserva y custodia, y será abierto en la audiencia de cierre y de apertura de sobres económicos de que trata el numeral 2.4.4.2.

c. Si el día y hora exactos previstos para “la finalización del término para presentar ofertas”, la oferta de que se trate se encuentra en el lugar indicado en el literal a) anterior, la misma se entenderá recibida en tiempo.

d. Una vez vencido el término para presentar ofertas, se levantará un acta suscrita por los asistentes en la cual se consignará: el nombre o razón social del oferente, fecha y hora de la presentación de la oferta, si la carta de presentación está incluida y firmada, el número de folios, el número de la garantía de seriedad de la oferta adjunta, el grupo al cual se presenta y las observaciones, si las hubiese.

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e. El Comité Evaluador verificará el número total de ofertas recibidas al momento de la finalización del término para su presentación y revisará algunos documentos de la oferta técnica (carta de presentación, GRUPO al cual se presenta, total folios y el número de garantía de seriedad de la oferta). En caso de ser póliza de cumplimiento, debe ser a favor de entidades públicas con régimen privado de contratación.

f. Las ofertas enviadas por correo sólo serán aceptadas, si tal envío se realiza utilizando servicios de mensajería especializada, de conformidad con lo establecido en la Ley 1369 de 2009 o en las normas que lo modifiquen. La fecha y hora de entrega de las ofertas así remitidas será la de su radicación en el Centro de Atención al Ciudadano. Las ofertas se entenderán recibidas oportunamente siempre que la fecha y hora de recepción no sean anteriores a la fecha y hora establecidas para el “inicio del término para presentar ofertas”, ni posteriores a la fecha y hora previstas para “la finalización del término para presentar ofertas”, de acuerdo con el numeral 2.1 de estas reglas. Las ofertas recibidas a través de este medio serán registradas en el formato de registro diseñado por FONADE en presencia de los oferentes presentes al momento del cierre, luego de verificado el cumplimiento de su entrega en el Centro de Atención al Ciudadano, antes de la fecha y hora previstas para la “finalización del término para presentar ofertas”.

Es responsabilidad del oferente que las ofertas que se entreguen en el Centro de Atención al Ciudadano vengan en sobres sellados e identificados conforme lo establece el numeral 3.1.7. de las presentes reglas de participación. En caso de que los sobres entregados en el Centro de Atención al Ciudadano no se encuentren plenamente identificados con el número del proceso, Fonade no se hará responsable por el registro de la oferta en la audiencia de cierre del proceso ni por la participación del oferente en el presente proceso

NOTA: FONADE no asumirá los riesgos que se llegaren a generar en el envío de la oferta utilizando los servicios de mensajería especializada, si dicha oferta no es presentada cumpliendo los requisitos de forma, esto es, que se encuentre en sobres sellados debidamente marcados con la información del proceso contractual para el cual se presenta, en virtud de su exclusiva responsabilidad en la entrega real y material de sus ofrecimientos, dentro de los plazos establecidos en estas Reglas de Participación.

2.4.4. Audiencias 2.4.4.1. Audiencia de precisión del contenido y alcance de las reglas de

participación. (NO APLICA PARA EL PRESENTE PROCESO) 2.4.4.2. Audiencia de Cierre FONADE en primera instancia con base en las ofertas económicas y lo previsto en las presentes reglas de participación (ver numeral 2.4.7), realizará la apertura de los sobres económicos de acuerdo con lo indicado en el numeral 2.4.7.2 y establecerá un orden de acuerdo con lo indicado en el numeral 2.4.7.3, con lo que se dará por concluida la audiencia.

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2.4.5. Observaciones a las reglas de participación De acuerdo con lo establecido en el numeral 2.1 de las presentes reglas de participación. Las respuestas de aclaración emitidas por FONADE en los medios dispuestos para ello, a las preguntas formuladas por los oferentes o interesados, son de carácter exclusivamente ilustrativo y por consiguiente, no pueden modificar, adicionar, complementar o de manera alguna alterar lo consignado en las Reglas de Participación, ya que las susodichas respuestas no forman parte del presente documento ni sustituyen estas Reglas de Participación. 2.4.6. Modificación de las reglas de participación FONADE podrá modificar las presentes reglas de participación únicamente mediante adenda que será publicada de acuerdo con lo señalado en el numeral 2.3 (Comunicación con los interesados y oferentes). En caso de que la adenda se expida dentro de los dos (2) días anteriores al día en que se tenía previsto el vencimiento del término para presentar ofertas, se preverá en ésta la ampliación de dicho término como mínimo por un (1) día hábil más. Con posteridad a la “finalización del término para presentar ofertas”, FONADE podrá modificar el Cronograma General, exclusivamente, mediante comunicación escrita que publicará de acuerdo con lo establecido en el numeral 2.3, con sujeción a las normas legales y reglamentarias pertinentes. 2.4.7. Evaluación de las ofertas El Comité Evaluador designado por FONADE para el presente proceso será el órgano responsable de la evaluación de las ofertas presentadas y de la determinación del orden de las mismas, con sujeción a lo establecido en las presentes reglas de participación. El Comité Evaluador recomendará al funcionario competente aceptar la oferta de contrato objeto del presente proceso de selección, la cual se ajustará a los resultados contenidos en el informe de la evaluación de los requisitos mínimos de carácter económico jurídico, técnico y financiero. El procedimiento de evaluación de las ofertas se resume en el siguiente cuadro general:

ORDEN FACTORES DE EVALUACIÓN CALIFICACIÓN

1. Requisitos mínimos de carácter jurídico,

técnico y financiero Cumple / No Cumple

2. Oferta económica

Cumple / No cumple

100 PUNTOS (Mecanismo de Media)

FONADE, en la audiencia de cierre procederá, en primera instancia, con base en las ofertas económicas y lo previsto en las presentes reglas de participación, a realizar la apertura de los sobres económicos de acuerdo con lo indicado en el numeral 2.4.7.2 y a establecer un orden, según lo señalado en el numeral 2.4.7.3. Con lo que se dará por concluida la audiencia de

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cierre. Posteriormente FONADE dentro del plazo de evaluación según el numeral 2.1 verificará el cumplimiento de los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero, de aquellos oferentes ubicados en los tres primeros lugares del orden antes establecido, según lo señalado en el numeral 2.4.7.3. En caso que ninguno de los tres cumpla con los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero exigidos, se verificará la oferta de quien se encuentre cuarto en el orden establecido, y en el evento que este tampoco cumpla, se verificará la de quien se encuentra en quinto lugar y así sucesivamente hasta obtener un oferente que dé cumplimiento a los requisitos jurídicos, técnicos y financieros exigidos. 2.4.7.1. Verificación de los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y

financiero, y término para subsanar El Comité Evaluador verificará el cumplimiento de las exigencias relativas a los requisitos jurídicos, financieros y técnicos, para lo cual podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración de los mismos. FONADE se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la información aportada por el oferente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades respectivas de donde provenga la información. FONADE se reserva el derecho de verificar y solicitar complementar, subsanar o aclarar la información presentada por el oferente para la acreditación de las exigencias establecidas en las presentes reglas de participación, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección. La respuesta a la solicitud de aclaraciones deberá ser presentada por el oferente dentro del plazo que dadas las condiciones particulares del requerimiento, conceda el comité evaluador. En los casos en que se solicite aclarar, subsanar o presentar documentación, por esta circunstancia, no será posible acreditar hechos ocurridos con posterioridad a la fecha establecida para la finalización del término para presentar ofertas. Tratándose de los requisitos de carácter jurídico, financiero, técnico, la experiencia específica del oferente, el Comité Evaluador podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración de la misma. Para la experiencia especifica la documentación solicitada o aquella que bajo los mismo términos aporte el oferente debe corresponder a las certificaciones relacionados en la oferta, razón por la cual, no podrá solicitarse, ni aceptarse el aporte de documentos de certificaciones diferentes a las allí aportadas. A continuación se presentan los requisitos jurídicos, técnicos y financieros que deberán cumplir los oferentes. El contenido de cada uno de tales requisitos se desarrolla en el capítulo 3 del presente documento.

1. Requisitos de carácter jurídico (ver numeral 3.2.1):

a. Carta de presentación de la oferta firmada b. Acreditación de la Existencia y Representación Legal - para personas jurídicas

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c. Documento de constitución del consorcio o unión temporal d. Garantía de seriedad de la oferta con firma del tomador en original y el recibo de

pago de la prima. e. Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación- Registro Único de

Proponentes- RUP f. Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes parafiscales g. Reciprocidad h. Pago de los derechos de participación.

2. Requisitos de carácter financiero (ver numeral 3.2.2):

a. Capital de trabajo b. Índice de Liquidez c. Nivel de endeudamiento

3. Requisitos de carácter técnico:

a. Experiencia específica del oferente (ver numeral 3.2.3) b. Capacidad de contratación (k) y capacidad residual de contratación (kr) –

Formato 06

4. Oferta Económica (Formato 07). 5. Otros documentos (ver numeral 3.2.1.9)

NOTA 1: Los documentos de que trata el numeral 5 - Otros documentos (ver numeral 3.2.1.9) deben ser aportados por todos los oferentes, no obstante su no presentación no será causal de rechazo. El oferente al que se le haya aceptado la oferta, deberá aportar la documentación necesaria

para la firma del contrato dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación de la

carta de aceptación de la oferta so pena de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.

2.4.7.2. Apertura de sobres económicos EL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO SE REALIZARA DE MANERA INDEPENDIENTE PARA LAS OFERTAS ECONÓMICAS DE CADA UNO DE LOS GRUPOS QUE COMPONEN EL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN, dando inicio con el GRUPO No. 2 con los oferentes que hayan presentado oferta para este grupo y continuando con el GRUPO No. 1 con los oferentes que hayan presentado oferta para este grupo. a. Se determinará, con la participación de los asistentes, al azar, de manera

independiente para cada uno de los grupos, cuál de los cinco (5) mecanismos establecidos en el presente numeral, se utilizará para asignar el puntaje correspondiente a las ofertas económicas de cada grupo respectivo: “oferta más baja”, “media geométrica”, “media aritmética”, “media aritmética alta” o “media aritmética baja”.

MECANISMO 1 “Oferta más baja”

El primer lugar en el orden lo ocupará la oferta con el menor valor total ofertado, en segundo lugar el oferente con el valor total ofertado inmediatamente superior, y así sucesivamente.

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MECANISMO 2 “Media geométrica”

En el evento en que el mecanismo establecido corresponda media geométrica se utilizará para establecer la asignación de puntaje y el orden el procedimiento indicado en el numeral 2.4.7.3.

MECANISMO 3 “Media aritmética”

En el evento en que el mecanismo establecido corresponda media aritmética se utilizará para establecer la asignación de puntaje y el orden el procedimiento indicado en el numeral 2.4.7.3.

MECANISMO 4 “Media aritmética alta”

En el evento en que el mecanismo establecido corresponda media aritmética alta se utilizará para establecer la asignación de puntaje y el orden el procedimiento indicado en el numeral 2.4.7.3.

MECANISMO 5 “Media aritmética baja”

En el evento en que el mecanismo establecido corresponda media aritmética baja se utilizará para establecer la asignación de puntaje y el orden el procedimiento indicado en el numeral 2.4.7.3.

Para el cálculo se tomará en consideración el VALOR TOTAL DE LA OFERTA (C), incluido el valor del A.I.U., el IVA sobre la utilidad y el IVA de la Etapa de Verificación Técnica, previamente hecha su verificación aritmética.

Se dará apertura al sobre económico de cada oferente, verificando la acreditación del pago de los derechos de participación, el cual será un requisito para incluir dicha oferta en el orden a establecer. En caso en que el oferente no acredite el pago, su oferta no será tenida en cuenta en la determinación del orden y asignación de puntaje (este último cuando el mecanismo establecido sea media geométrica, media aritmética, media aritmética alta, media aritmética baja). Se verificará que la oferta se encuentre debidamente suscrita por la persona natural o el Representante legal de la persona jurídica, unión temporal y/o consorcio.

b. Una vez seleccionado el mecanismo de acuerdo con lo indicado en el literal anterior, se

procederá a la apertura de los sobres contentivos de las ofertas económicas (sobre No. 2) y se verificará que el VALOR TOTAL DE LA OFERTA (C) impreso cumpla con lo exigido respecto al P.O.E. y el contenido de los costos indirectos del Formato 07 de cada una de ellas, de acuerdo con las siguientes reglas:

ETAPA DE VERIFICACION TÉCNICA (A)

Se verificará que se incluya el respectivo valor del IVA sobre la Etapa de Verificación técnica. En caso de no incluirse, la Entidad dará por entendido que este rubro se encuentra incluido en el VALOR TOTAL ETAPA DE VERIFICACION TÉCNICA (A) de la oferta económica.

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Se verificará que la sumatoria del “Valor de la Etapa de Verificación Técnica” y del “Valor del IVA sobre la Etapa de Verificación Técnica”, corresponda al valor consignado en el “VALOR TOTAL ETAPA DE VERIFICACION TÉCNICA (A)”, en caso contrario, se procederá a realizar la respectiva corrección aritmética. En el caso en que en el “VALOR TOTAL ETAPA DE VERIFICACION TÉCNICA (A)” no se consigne ningún valor en pesos, el mismo será el resultado de la sumatoria de los valores en pesos de las casillas correspondientes al “Valor de la Etapa de Verificación Técnica” y al “Valor del IVA sobre la Etapa de Verificación Técnica”.

Se verificará que el oferente presente en la oferta económica impresa un valor total en el “VALOR TOTAL ETAPA DE VERIFICACION TÉCNICA (A)” no superior al 100% del presupuesto oficial estimado para la Etapa de Verificación Técnica, indicado en el numeral 1.4 de estas reglas de participación, so pena de dar aplicación al numeral 2.4.8.

Se verificará que el oferente presente en la resultante de la verificación aritmética un valor total en el “VALOR TOTAL ETAPA DE VERIFICACION TÉCNICA (A)” no superior al 100% del presupuesto oficial estimado para la Etapa de Verificación Técnica, indicado en el numeral 1.4 de estas reglas de participación, so pena de dar aplicación al numeral 2.4.8.

ETAPA DE EJECUCION DE OBRA (B)

Se verificará que el porcentaje de Administración, no sea inferior al estimado como mínimo en las presentes reglas de participación (numeral 3.2.4.13) so pena de dar aplicación al numeral 2.4.8.

Se verificará que el porcentaje de Imprevistos no sea inferior al estimado como mínimo en las presentes reglas de participación (numeral 3.2.4.14) so pena de dar aplicación al numeral 2.4.8.

Se verificará que cada una de las casillas destinadas para consignar el valor de la Administración, el valor de los Imprevistos y el valor de la Utilidad se encuentre diligenciada. En caso de que no se consigne dato alguno, ni en pesos ni en porcentaje (%) para la administración, imprevistos y/o utilidad, se rechazará la respectiva oferta de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2.4.8.

Se verificará que la sumatoria de los valores de Administración, Imprevistos y Utilidad, corresponda al valor consignado en la casilla “VALOR COSTOS INDIRECTOS”; en caso contrario, se procederá a realizar las operaciones de verificación de la validez de los resultados de las operaciones aritméticas que correspondan.

En el evento en que en alguna de las casillas destinadas para consignar el valor de la Administración, Imprevistos y de la Utilidad, no se consigne un valor en pesos, pero sí un porcentaje (%), aquel valor será el resultado de aplicar la siguiente fórmula:

Donde:

X = Valor en pesos correspondiente a la administración, los imprevistos o la utilidad, según el caso

X1 = Valor porcentual consignado por el oferente en el formato 07 correspondiente a la administración, los imprevistos o la utilidad, según el caso.

VTCD = Valor total del costo directo de la oferta económica presentada.

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REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 26 de 97

En el evento en que, en alguna de las casillas destinadas para consignar el valor de la administración, imprevistos y utilidad, no se consigne un porcentaje (%), pero sí un valor en pesos, dicho porcentaje será el resultado de aplicar la siguiente fórmula:

Donde:

Y = Valor porcentual correspondiente a la administración, los imprevistos o la utilidad, según el caso.

Y1 = Valor en pesos consignado por el oferente en el formato 07 correspondiente a la administración, los imprevistos o la utilidad, según el caso.

VTCD = Valor total del costo directo de la oferta económica presentada.

Se verificará que se incluya el respectivo valor del IVA sobre la Utilidad. En caso de no incluirse, la entidad dará por entendido que este rubro se encuentra incluido en el valor de la utilidad de la Etapa de Obra (B).

Los porcentajes revisados y verificados por concepto de Administración, Imprevistos y Utilidad, serán establecidos como porcentaje fijo para la revisión total de las ofertas.

Se verificará que la sumatoria de los valores consignados en las casillas “VALOR COSTO DIRECTO”, “VALOR COSTOS INDIRECTOS” y “VALOR IVA SOBRE UTILIDAD” corresponde al “VALOR TOTAL ETAPA DE OBRA (B)”, en caso contrario, se procederá a realizar la respectiva corrección aritmética.

Se verificará que el oferente presente en la oferta económica impresa, un “VALOR TOTAL OBRA (B)” no superior al 100% o inferior al 90%, del presupuesto oficial estimado para la Obra, indicado en el numeral 1.4 de estas reglas de participación, so pena de dar aplicación al numeral 2.4.8.

Se verificará que el oferente presente en el resultante de la verificación aritmética, un “VALOR TOTAL OBRA (B)” no superior al 100% o inferior al 90%, del presupuesto oficial estimado para la Obra, indicado en el numeral 1.4 de estas reglas de participación, so pena de dar aplicación al numeral 2.4.8.

Se verificará que el oferente presente en la oferta económica impresa el “VALOR TOTAL OFERTA ECONÓMICA (C)”, y que corresponda a la sumatoria del “VALOR TOTAL ETAPA DE VERIFICACION TÉCNICA (A)” y del “VALOR TOTAL OBRA (B)”.

Se verificará que el oferente presente en la resultante de la verificación aritmética el “VALOR TOTAL OFERTA ECONÓMICA (C)”, y que corresponda a la sumatoria del “VALOR TOTAL ETAPA DE VERIFICACION TÉCNICA (A)” y del “VALOR TOTAL OBRA (B)”.

Después de la verificación aritmética y en el evento en que no haya correspondencia matemática entre los valores expresados en pesos y en porcentajes en las casillas destinadas para Administración, Imprevistos y Utilidad, primará lo expresado en porcentajes, para ello se calculará el valor de cada uno de estos, de acuerdo con el costo directo corregido.

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c. Realizadas las verificaciones y, de ser el caso, aplicados los procedimientos señalados en el literal anterior, para obtener el valor total de la oferta corregida incluyendo la aplicación del procedimiento de redondeo establecido en estas reglas de participación, será leído el VALOR TOTAL OFERTA ECONÓMICA (C) de cada una de las ofertas económicas y se verificará que el mismo no sea superior a 100% ni inferior al 90% del Presupuesto Total Oficial Estimado - POE, so pena de dar aplicación a lo dispuesto en el numeral 2.4.8. El valor verificado será el utilizado para la comparación entre los oferentes.

2.4.7.3. Asignación de puntaje y Determinación del Orden La asignación de puntaje para el mecanismo de la media, se realizará durante la audiencia de cierre, de manera independiente para cada uno de los grupos, iniciando con el GRUPO N° 2. ASIGNACIÓN DE PUNTAJE Cuando el mecanismo seleccionado al azar sea alguna de las medias, la asignación de puntaje se realizara con el siguiente procedimiento: a. El Comité Evaluador, con las ofertas económicas, según lo establecido en el numeral

2.4.7.2, aplicará el mecanismo seleccionado, con el fin de asignar el puntaje correspondiente a las ofertas económicas, salvo que, con fundamento en la verificación antes indicada en los literales anteriores, se determine que sólo una oferta continúa en el proceso de selección, caso en el cual a la misma le será otorgado el máximo puntaje previsto para la calificación de las ofertas económicas. La aplicación del mecanismo seleccionado se hará, según el caso, de acuerdo con las siguientes fórmulas:

Cuadro 1.

MECANISMO Media Geométrica

FÓRMULA

Dónde:

G = Media geométrica de los valores totales de las ofertas económicamente hábiles.

Xn = Valor de cada oferta hábil.

n = Número de ofertas hábiles.

Cuadro 2.

MECANISMO Media Aritmética

FÓRMULA

Dónde:

G = Media aritmética de los valores totales las ofertas económicamente hábiles.

Xn = Valor de cada oferta hábil.

n = Número de ofertas hábiles.

Cuadro 3.

MECANISMO Media Aritmética Alta

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FÓRMULA

Dónde:

AA = Media aritmética alta de los valores de las ofertas económicamente hábiles.

A = Media aritmética de los valores de las ofertas económicamente hábiles.

Xa = Valor de la oferta hábil más alta.

Cuadro 4.

MECANISMO Media Aritmética Baja

FÓRMULA

Dónde:

AB = Media aritmética baja de los valores de las ofertas económicamente hábiles.

A = Media aritmética de los valores de las ofertas económicamente hábiles.

Xb = Valor de la oferta hábil más baja.

b. Una vez aplicado el mecanismo seleccionado se procederá a la asignación de los puntajes

teniendo en cuenta dos rectas, cuya aplicación se realizará conforme al valor de las ofertas, las cuales podrán ser superior o inferior a la media de que se trate.

1.) Recta para valores superiores a la media: La ecuación de la recta Y2 se

construirá para asignar el puntaje a las ofertas económicas cuyo valor total sea superior al valor de la media de que se trate. Su construcción se realiza de conformidad con las siguientes condiciones:

i. Fórmula:

Donde: Po = Presupuesto oficial estimado Pi = Valor total de la oferta económica a = Valor de la media obtenida

Y2 = Porcentaje obtenido (entre 0 y 100%).

Para asignar el puntaje correspondiente para cada una de las ofertas se aplicará la siguiente fórmula:

Donde: X = Puntaje a asignar Y2 = Porcentaje obtenido PM = Puntaje máximo

2.) Recta para valores inferiores o iguales a la media: La ecuación de la recta Y1 se

construirá para asignar el puntaje a las ofertas económicas cuyo valor total sea inferior o igual a la media de que se trate. Su construcción se realiza de conformidad con las siguientes condiciones:

i. Fórmula:

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REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 29 de 97

Donde: Po = Presupuesto oficial estimado Pi = Valor total de la oferta económica a = Valor de la media obtenida

K = 2 Y1 = Porcentaje obtenido (entre 0 y 100%).

Para asignar el puntaje correspondiente para cada una de las ofertas se aplicará la siguiente fórmula:

Como resultado de la asignación de puntaje de las ofertas económicas, se determinará un orden. DETERMINACIÓN DEL ORDEN En caso que el mecanismo seleccionado sea alguna de las “Medias”, el primer lugar en el orden, lo ocupará la oferta económica que haya obtenido el mayor puntaje, y el segundo lugar la oferta económica que obtenga el puntaje inmediatamente inferior al que ocupo el primer lugar, y así sucesivamente; en los demás casos (oferta más baja) el orden será el establecido directamente al aplicar el mecanismo.

OFERENTE PUNTAJE FACTOR ECONÓMICO

Primer lugar

Segundo lugar

……

A las ofertas económicas que ocupen los primeros TRES (3) lugares en el orden, se les realizará la siguiente verificación:

1.) Se verificará que en la oferta económica, cada uno de los ítems allí relacionados cuenten con un valor mayor a cero pesos, so pena de dar aplicación al numeral 2.4.8.

2.) Se verificará que cualquiera de los valores unitarios de los ítems de la oferta económica no exceda al 110% del valor unitario del ítem correspondiente, en el presupuesto oficial. So pena de dar aplicación al numeral 2.4.8.

3.) Se verificará que el valor consignado en la casilla “total costos directos” corresponda a la sumatoria de los valores parciales de cada uno de los ítems del presupuesto. En caso contrario se procederá a realizar la respectiva corrección aritmética. Si la casilla destinada al valor total de los costos directos no incluye ningún valor en pesos o se incluye cero pesos ($0), se realizará la sumatoria de los valores parciales de todos los ítems del presupuesto.

4.) Después de la verificación aritmética y en el evento en que no haya correspondencia matemática entre los valores expresados en pesos y en porcentajes en las casillas destinadas para administración, imprevistos y utilidad, primará lo expresado en porcentajes, para ello se calculará el valor de cada uno de estos, de acuerdo con el costo directo corregido.

5.) A la totalidad de los resultados de las operaciones matemáticas realizadas se les aplicará el procedimiento de redondeo establecido en las presentes reglas de participación, si resulta necesario.

6.) En el evento en que el formato 07 presentado con la oferta existan errores y/o

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modificaciones en la descripción de los ítems, en el código respectivo, en la unidad y/o en la cantidad correspondiente, se entenderá que el oferente acoge en su integridad la descripción, codificación, unidades y/o cantidades establecidas en el formato 07 anexo a las presentes reglas de participación, en concordancia con las especificaciones técnicas de la obra.

Efectuado el procedimiento anterior y establecido el orden de las ofertas económicas, se dará por concluida la audiencia de cierre. Posteriormente, la Entidad verificará el cumplimiento de los requisitos jurídicos, técnicos y financieros de los oferentes que ocupen los TRES (3) primeros lugares del orden antes establecido para cada uno de los grupos.

En caso que el oferente ubicado en el primer lugar del orden de establecido no cumpla con los requisitos jurídicos, técnicos y financieros exigidos, se aceptará la oferta de quien se encuentre segundo en el orden, en el evento que este tampoco cumpla, se aceptará la oferta de quien se encuentra en tercer lugar. En caso de que como resultado de la evaluación efectuada el tercer oferente tampoco de cumplimiento a los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero, FONADE evaluará la oferta del siguiente oferente en el orden establecido y así sucesivamente hasta obtener un oferente que de cumplimiento a tales requisitos. En el caso en que se hubiese presentado una única oferta en la audiencia de cierre y de apertura de sobres económicos, FONADE verificará el cumplimiento de los requisitos contenidos en el numeral 2.4.7.2 y en el numeral 2.4.7.3, con lo que se da por concluida la audiencia de cierre y de apertura de sobres económicos.

Posteriormente FONADE verificará el cumplimiento de los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero del único oferente que haya presentado oferta según lo señalado en el numeral 2.4.7.1, realizado esto, FONADE pasará a lo señalado en el numeral 2.4.7.4.

NOTA

Los oferentes podrán presentar oferta y ser habilitados para cualquiera de los DOS (2)

Grupos, pero solo le será aceptada la oferta para uno de los Grupos. En caso que el

oferente al que se le sea aceptada la oferta para uno de los grupos, sea el único

habilitado para el otro Grupo, se le podrá aceptar la oferta para los DOS (2) Grupos,

siempre y cuando cumpla con los índices financieros y las condiciones de experiencia

específica respecto de la sumatoria del presupuesto oficial estimado para los dos

grupos y demás condiciones establecidas en las reglas de participación.

Primero se aceptará oferta para el Grupo con menor número de oferentes habilitados; en

caso de igualdad, primero se aceptará oferta para el Grupo II.

2.4.7.4. Publicación del informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta -

Observaciones al informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta.

PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN DE ACEPTACIÓN DE LA OFERTA

Una vez realizada la verificación de los requisitos mínimos de carácter económico, jurídico, técnico y financiero, la Entidad procederá a la publicación del informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta en su página web (www.fonade.gov.co), según lo

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establecido en el numeral 2.1 de las presentes reglas de participación.

OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN DE ACEPTACIÓN DE LA OFERTA

Dentro del término señalado en el numeral 2.1 podrán presentarse las observaciones correspondientes por los oferentes, de conformidad con el numeral 2.3. Vencido el término señalado para presentar las observaciones al informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta, estas serán publicadas como lo señala el cronograma general (numeral 2.1). El documento de respuestas a las observaciones realizadas al informe de evaluación y recomendación de aceptación de la oferta, será publicado según lo señale el numeral 2.1 (cronograma general). Devolución de Documentos: A los oferentes que tengan una calificación de “no cumple” en los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero y/o hayan incurrido en una cualquiera de las causales de rechazo, les serán devueltos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato derivado del presente proceso de selección el original de la garantía de seriedad presentada en el sobre No. 1, previa solicitud escrita, sin embargo a estos, no se les devolverá la oferta económica original, teniendo en cuenta que el sobre fue abierto en la audiencia de cierre y de apertura de sobres económicos 2.4.8. Causales de rechazo FONADE rechazará las ofertas, en los siguientes casos: a. Cuando el oferente no cumpla con alguno de los requisitos mínimos o las condiciones de

los requisitos mínimos exigidos en las presentes reglas de participación. b. Cuando el comité evaluador haya solicitado presentar algún documento o subsanar o

aclarar alguna información necesaria para el cumplimiento de los requisitos mínimos, y el oferente no aporte, subsane o aclare lo pertinente, a más tardar al tercer día hábil anterior a la publicación de la carta de aceptación.

c. Cuando FONADE en cualquier estado del proceso de selección evidencie, que alguno(s) de los documentos que conforman la oferta contiene(n) información inconsistente o contradictoria.

d. Cuando FONADE, en cualquier estado del proceso de selección, evidencie una inexactitud en la información contenida en la oferta que, de haber sido advertida al momento de la verificación de dicha información, no le hubiera permitido al oferente cumplir con uno o varios de los requisitos mínimos.

e. Cuando la oferta sea presentada luego de la fecha y hora exactas señaladas para la finalización del término para presentar ofertas o cuando sea radicada en un lugar diferente al establecido en las Reglas de Participación (Sala de Radicación de ofertas o Centro de Atención al ciudadano-CAC).

f. Cuando la oferta sea alternativa o parcial, o cuando en ella se formulen condiciones contractuales y/o técnicas diferentes a las establecidas en las presentes reglas de participación, que las contradigan o que contengan salvedades, excepciones o condicionamientos a estas.

g. Cuando presentada la oferta mediante consorcio, unión temporal, o cualquier otra modalidad de oferta conjunta, luego de la fecha señalada para la entrega de ofertas, se modifique el porcentaje de participación de uno o varios de sus integrantes, o uno o algunos de ellos desistan o sean excluidos de participar en el consorcio, unión temporal o la modalidad de asociación escogida.

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h. Cuando el oferente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuente con la capacidad jurídica suficiente para la presentación de la oferta o cuando el objeto social no le permita la ejecución del objeto del proceso de selección.

i. Cuando el oferente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal o alguno de sus representantes legales se encuentre incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las normas constitucionales y legales.

j. Cuando una persona natural o jurídica participe en más de una oferta, bien sea como oferente individual o como integrante de un consorcio o unión temporal. En este caso, se rechazarán todas las ofertas que incurran en la situación descrita.

k. Cuando no se presente la oferta económica impresa de acuerdo con los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Participación.

l. Cuando la OFERTA ECONÓMICA impresa (formato 07), no se encuentre firmada por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica o consorcio o unión temporal.

m. Cuando en la evaluación económica, el oferente presente en la oferta económica impresa o en la resultante de la verificación aritmética un valor total superior al 100% o inferior al 90%, del presupuesto oficial estimado.

n. Cuando en la evaluación económica, la oferta económica impresa o en la resultante de la verificación aritmética, el oferente presente un valor total en el “VALOR TOTAL ETAPA DE VERIFICACION TÉCNICA (A)” superior al 100% del presupuesto oficial estimado para la Etapa de Verificación Técnica indicado en el numeral 1.4 de estas reglas de participación.

o. Cuando en la evaluación económica o en la resultante de la verificación aritmética, el oferente presente en la oferta económica impresa o en la resultante de la verificación aritmética, que el “VALOR TOTAL OBRA (B)” sea superior al 100% o inferior al 90%, del presupuesto oficial estimado para la Obra, indicado en el numeral 1.4 de estas reglas de participación.

p. Cuando el porcentaje de administración presentado en la oferta económica sea inferior al mínimo estimado por FONADE en el numeral 3.2.4.13.

q. Cuando el porcentaje de imprevistos presentado en la oferta económica sea inferior al mínimo estimado por FONADE en el numeral 3.2.4.14.

r. Cuando, en la oferta económica impresa, uno cualquiera de los valores unitarios de los ítems exceda al 110% del valor unitario del correspondiente precio unitario oficial estipulado al ítem en el Anexo 01 Documento de Estudios Previos.

s. Cuando, en la oferta económica impresa, se presente algún valor en moneda extranjera. t. Cuando en la oferta económica no se consigne dato alguno, ni en pesos ni en porcentaje

(%), por concepto de administración, imprevistos y/o utilidad. u. Cuando el oferente, en la oferta económica impresa, no diligencie, o consigne cero pesos

($0), en la casilla correspondiente al valor parcial de uno o varios ítems cuya cantidad diferente de cero esté indicada en el formato 07.

v. Cuando no presente la garantía de seriedad de la oferta con las formalidades requeridas o el oferente no subsane o aclare lo pertinente, a más tardar al tercer día hábil anterior a la publicación de la carta de aceptación.

w. Cuando no se efectúe el pago de la prima de la garantía de seriedad de la oferta (Art.81 Ley 45 de 1990) y/o cuando habiéndose solicitado su acreditación, el Oferente no presente la documentación respectiva.

x. Cuando el representante legal de la sociedad tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la persona jurídica y no evidencie con el documento pertinente que contaba al vencimiento del término para presentar ofertas, con la autorización expresa del órgano competente.

y. Cuando la oferta sea presentada en la modalidad de consorcio o unión temporal y no se dé cumplimiento a lo dispuesto en el literal d) del numeral 3.2.3.1.

z. Cuando la oferta sea presentada en la modalidad de consorcio o unión temporal y no sé de cumplimiento a lo dispuesto en los literales a), b), d) y e) del numeral 3.2.1.3.

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aa. Cuando el oferente, alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal o alguno de sus representantes legales se encuentre reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.

bb. Cuando el oferente de acuerdo con la normatividad vigente se encuentre obligado a tener revisor fiscal y no cuente con este o su nombramiento no se encuentre registrado en el certificado de existencia y representación legal de la sociedad.

2.4.9. Desempate de ofertas En caso de empate, FONADE aplicará los criterios de desempate de conformidad con las siguientes reglas sucesivas y excluyentes:

1. Incumplimiento en contratos suscritos con FONADE: Si se presenta empate entre dos o más ofertas se aplicará el siguiente procedimiento: Se considerará como primero en el orden aquel oferente singular o plural (uno o más de sus integrantes), que no haya sido objeto de imposición de multas y/o cláusula penal de apremio y/o cláusula penal pecuniaria y/o declaratoria de incumplimientos en firme en el último año, contado a partir de la fecha de cierre del presente proceso.

2. Experiencia especifica del oferente: Si persiste el empate se considerará como primero en el orden aquella que haya presentado en la sumatoria de contratos aportados para el cumplimiento del requisito de que trata el numeral 3.2.3, el mayor valor de contratos que superen en SMMLV. No obstante en el evento en que dos o más oferentes para el cumplimiento del precitado requisito, acrediten contratos cuya sumatoria expresada en SMMLV supere 3.0 veces el POE, persistirá el empate entre estos y se aplicara la causal de desempate siguiente. NOTA: Para efectos de determinar el valor de los contratos aportados, en los casos en que el contrato o los contratos hayan sido celebrados en consorcio, unión temporal o bajo cualquier otra forma de participación conjunta, será tenida en cuenta el valor de acuerdo al porcentaje de participación del oferente en dicho consorcio o unión temporal.

3. De persistir el empate se preferirá la oferta de bienes y servicios nacionales frente a la

oferta de bienes y servicios extranjeros. Para el presente proceso de selección, se tendrá como servicio de origen nacional aquellos prestados por empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales colombianas o por residentes en Colombia o por aquellos oferentes extranjeros a quienes se les deba dar trato de oferente nacional de conformidad con la normatividad vigente. En caso de oferente plural, todos sus integrantes deberán cumplir con la condición de ser un servicio de origen nacional.

4. De persistir el empate, se preferirá al oferente que acredite la condición de Mipyme

nacional, sea oferente singular, o consorcio, unión temporal conformada únicamente por Mipymes nacionales. Para la aplicación de la presente causal y con independencia de que la condición de MIPYME el oferente debe acreditarlo de conformidad con el numeral 1.11

5. Si no se presenta la circunstancia antes enunciada y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme nacional, éste se preferirá.

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Para la aplicación del presente criterio de desempate se preferirá la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura. Para la aplicación de la presente causal y con independencia de que la condición de MIPYME el oferente debe acreditarlo de conformidad con el numeral 1.11

6. Si persiste el empate se dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 361 de

1997, de acuerdo con lo previsto en el numeral 1.10 de las presentes reglas de participación en los siguientes términos:

a. Se preferirá al oferente que acredite el cumplimiento de la disposición mencionada en el párrafo anterior, sea oferente singular, o consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura. Cuando se trate de consorcio o unión temporal o promesa de sociedad futura se preferirá la oferta presentada por aquel cuya totalidad de integrantes cumplan la referida condición. b. Si no se presenta la circunstancia antes enunciada y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura, se preferirá la oferta del oferente plural en la que al menos uno de sus integrantes cumpla con el criterio enunciado. En todo caso, para la aplicación del presente criterio de desempate si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.

7. Si persistiera el empate después de la verificación de los criterios anteriores, se utilizará como instrumento de desempate el orden resultante del sorteo realizado en la Audiencia Pública de determinación del orden y Apertura de sobres económicos de acuerdo con lo establecido en el numeral 2.4.7.2.

2.4.10. Suspensión o cancelación del proceso de selección El presente procedimiento de Oferta Pública NO constituye oferta de negocio jurídico de parte de FONADE, por lo cual, FONADE tendrá siempre derecho a seleccionar o no alguna(s) de las ofertas, e incluso, podrá suspender o cancelar en cualquier momento la presente convocatoria, de conformidad con lo establecido en el numeral 8.5 del Manual de Actividad Precontractual, Contractual y Postcontractual de Derecho Privado de Fonade, por lo que la participación de un oferente no le otorga derecho alguno al agotamiento y finiquito del procedimiento iniciado. Sin responsabilidad alguna.

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2.4.10.1. Declaratoria de fallido Sin perjuicio de la facultad discrecional de FONADE para cancelar el proceso de selección, el proceso podrá ser declarado fallido, entre otras, por las siguientes circunstancias cuando: a. Existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una oferta. b. No se presente ninguna oferta. c. Habiéndose presentado únicamente una oferta, ésta incurra en alguna causal de

rechazo. d. Habiéndose presentado más de una oferta, ninguna de ellas se ajuste a los

requerimientos y condiciones consignados en estas reglas de participación. e. En caso de que ninguno de los oferentes haya ampliado la vigencia de su oferta en el

evento en que el proceso de selección supere el término de vigencia inicial de las ofertas.

2.4.10.2. Aceptación de la oferta de contrato La aceptación de la oferta y consecuente decisión de contratar por parte del ordenador de gasto, se podrá efectuar a través de un mensaje de datos, fax o cualquier otro procedimiento comercial aceptado. Los oferentes podrán presentar oferta y ser habilitados para cualquiera de los DOS (2)

Grupos, pero solo le será aceptada la oferta para uno de los Grupos. En caso que el

oferente al que se le sea aceptada la oferta para uno de los grupos, sea el único

habilitado para el otro Grupo, se le podrá aceptar la oferta para los DOS (2) Grupos,

siempre y cuando cumpla con los índices financieros y las condiciones de experiencia

específica respecto de la sumatoria del presupuesto oficial estimado para los dos

grupos y demás condiciones establecidas en las reglas de participación.

Primero se aceptará oferta para el Grupo con menor número de oferentes habilitados; en

caso de igualdad, primero se aceptará oferta para el Grupo II.

2.5. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El oferente al que se le haya aceptado la oferta, deberá aportar la documentación necesaria

para la firma del contrato dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación de la

carta de aceptación de la oferta y deberá presentarse ante FONADE, con el fin de firmar el

respectivo contrato, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al aviso que, para el efecto, le

dé la Entidad.

Si el oferente con quien se decide contratar no acepta dicha decisión y no suscribe el contrato y sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, o si dentro del plazo comprendido entre la aceptación de la oferta y la suscripción del contrato sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o se evidencia que el oferente se encuentra incurso en alguna causal de rechazo prevista en las reglas de participación, o si el oferente dentro de dicho plazo, estando obligado a ello, no adelanta la renovación anual de la matricula de que trata el artículo 33 del Código de Comercio, FONADE desistirá de la aceptación de la oferta y sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de seriedad, podrá contratar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, con el oferente calificado en el siguiente lugar del orden de elegibilidad, siempre y

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cuando su oferta fuere favorable para FONADE, estuviere vigente a la fecha y no se encuentre incurso en ninguna de las situaciones descritas para el desistimiento. Si éste o alguno de estos, tampoco suscriben el contrato, dentro del plazo previsto en la comunicación respectiva, se aplicarán las mismas reglas con los siguientes oferentes en el orden, en tanto existan más oferentes favorables.

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

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CAPÍTULO TERCERO 3. DEL OFERENTE Y SU OFERTA

3.1. CONDICIONES GENERALES 3.1.1. Modalidades de participación Podrán presentar oferta personas naturales, personas jurídicas, consorcios, uniones temporales o cualquier otra modalidad de asociación prevista en la ley. Las condiciones de participación previstas en las presentes reglas de participación para los consorcios o uniones temporales, se harán extensivas a cualquier modalidad de asociación prevista en la Ley escogida por los oferentes. El oferente podrá presentar oferta para uno o los dos grupos (Grupo UNO (1), Grupo DOS (02)) que hacen parte del presente proceso. Ninguno de los miembros que integran los consorcios o uniones temporales, que hayan formulado oferta, podrá participar individualmente o a través de otras formas asociativas, o de terceras personas para presentar oferta para el mismo grupo ofertado, so pena de resultar incurso en causal de rechazo prevista en el numeral 2.4.8 de las presentes reglas de participación. 3.1.2. Responsabilidad en la elaboración de la oferta Los oferentes deberán elaborar por su cuenta y riesgo la oferta, de acuerdo con lo solicitado en estas reglas de participación, las cuales harán parte integral del contrato. Se consideran como documentos oficiales del proceso de selección las reglas de participación y sus anexos, publicados en la página web de FONADE. La presentación de la oferta lleva implícitos el conocimiento y la aceptación, por parte del oferente, de todas las condiciones conforme a las cuales se ejecutará el contrato, incluyendo las propias del sitio de trabajo, tales como la información social, cultural, técnica, hidrológica, geológica, geomorfológica y sismológica, geotécnica, topográfica y cartográfica, estudios de impacto ambiental, las leyes y normas que rigen para la región, entre otras, de tal manera que la oferta presentada deberá reflejar la totalidad de los costos en que se incurrirá para alcanzar la realización del objeto del contrato derivado de este proceso de selección. Así mismo, deberá tener en cuenta la movilización y permanencia en el sitio de los trabajos, tanto del personal como de los insumos, la situación de orden público, el factor climático y ambiental, así como los demás aspectos que puedan incidir en la ejecución del contrato. Por lo anterior es obligación del interesado, para elaborar su oferta, realizar las inspecciones necesarias al sitio donde se adelantará la construcción del proyecto, y conocer las condiciones de suministro de materiales, mano de obra, transporte de personal y materiales, condiciones técnicas del sitio especifico y sus alrededores, aspectos sociales, de orden público, climáticos, ambientales y las demás en las que se ejecutará la obra objeto del contrato derivado del presente proceso. Igualmente deberá considerar los aspectos relacionados en la Descripción y Aspectos Generales del Proyecto. 3.1.3. Vigencia de la oferta La oferta deberá permanecer vigente por un período mínimo de TRES (3) MESES) contados a

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partir de la fecha prevista para la finalización del término para presentar ofertas. FONADE podrá solicitar, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la oferta y, por ende, la ampliación de la garantía de seriedad de la misma, por el término que se requiera. En cualquier caso la ampliación del término de vigencia de la oferta será obligatoria hasta por 90 días, en el evento en que el requerimiento de FONADE exceda de este término, el oferente y su garante podrán decidir si amplían la vigencia de la oferta o si la retiran, sin que la Entidad pueda hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta. Durante el período de su vigencia, la oferta será irrevocable, de tal manera que el oferente no podrá retirarla, ni modificar los términos o condiciones de la misma, so pena de que FONADE haga efectiva la garantía de seriedad de la oferta, de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.2.1.5. Si por cualquier circunstancia se amplía el trámite del proceso de selección y el oferente presenta una ampliación a la garantía de seriedad de la oferta que comprenda tal ampliación, se entenderá que amplía su oferta y mantiene la totalidad de sus condiciones. En el evento en que el proceso de selección supere el término de vigencia de las ofertas exigido en este numeral y alguna(s) oferta(s) venza(n) sin que el(los) oferente(s) la(s) haya(n) ampliado y/o sin que haya(n) ampliado la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, se entenderá que desiste(n) de participar en el proceso de selección, so pena de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta. 3.1.4. Idioma y moneda de la oferta La oferta, todos los documentos que la integran y la totalidad de la correspondencia remitida dentro del presente proceso de selección deberán estar redactados en idioma castellano. Los documentos en idioma extranjero, por lo tanto, deberán venir acompañados de traducción simple al castellano, salvo en los casos en que la Ley exija traducción oficial o que se prevea en las presentes reglas de participación. Todos los valores que se estimen en la oferta económica, deberán presentarse en pesos colombianos, so pena de dar aplicación de lo establecido en el numeral 2.4.8. 3.1.5. Ofertas alternativas o parciales No se aceptarán ofertas alternativas ni parciales. Para efectos de la evaluación no se tendrán en cuenta presentaciones, portafolios de servicios

o similares que no hayan sido solicitados en las presentes Reglas de Participación.

3.1.6. Documentos otorgados en el extranjero Los documentos otorgados en el extranjero deberán cumplir con los requisitos previstos en los artículos 74 y 251 del Código General del Proceso Colombiano (Ley 1564 de 2012) y 480 del Código de Comercio Colombiano y en la Resolución 4300 del 24 de julio de 2012 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia o con el requisito de la apostille contemplado en la Ley 455 de 1998, según sea el caso, siempre que de conformidad con dichas disposiciones así se requiera. 3.1.6.1. Consularización

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Al tenor de lo previsto en el artículo 480 del Código de Comercio, “los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes.” En el caso de sociedades, conforme lo prevé el citado artículo del Código de Comercio “al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país”. Surtido el trámite anteriormente señalado, tales documentos deberán ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites a que haya lugar. 3.1.6.2. Apostille Tratándose de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, conforme lo prevé la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado previamente, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la Apostilla está dada en idioma distinto del castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes. Nota: Los documentos con su respectivo trámite de apostille podrán ser aportados en copia simple o copia auténtica, pero deben ser legibles y en todo caso, FONADE se reserva el derecho de solicitar aclaración o la exposición del original, cuando la copia aportada no sea clara o legible. 3.1.6.3. Títulos obtenidos en el exterior El oferente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior, deberá acreditar la convalidación y homologación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos. El Ministerio de Educación Nacional homologa los estudios de pregrado (universitarios) por disciplina y/o licenciatura y los de postgrado en los niveles de especialización, maestría y doctorado. 3.1.6.4. Autorización para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia En el evento que el oferente a quien se le hay aceptado la oferta del presente proceso de selección hubiere ofrecido personal titulado y domiciliado en el exterior en los términos señalados en las presentes reglas de participación, deberá presentar la autorización para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia expedida por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y sus Profesiones Auxiliares para el caso de ingenieros y profesionales afines, para las demás profesiones por la autoridad respectiva. 3.1.7. Forma, identificación, estructura de la oferta y responsabilidad en la presentación

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de la misma La presentación de la oferta debe cumplir con los siguientes requisitos para cada grupo: a. La oferta debe ser presentada en idioma castellano, escrita por cualquier medio mecánico,

numeradas en la parte inferior todas las hojas que contiene, cada una de ellas conformará un folio.

b. La oferta debe ser presentada en dos (2) sobres separados, cerrados y perfectamente

identificados cada uno de ellos, como se establece en el literal e. del presente numeral. c. La documentación del Sobre No. 1 y del Sobre No 2 debe estar debidamente legajada o

argollada de tal forma que no exista posibilidad de pérdida de documentos. d. Los dos (2) sobres deben tener el siguiente contenido:

SOBRE No. 1: REQUISITOS MINIMOS DE CARÁCTER JURIDICO, TECNICO, FINANCIERO DEL OFERENTE - Se debe anexar en medio magnético el contenido del Formato 03 debidamente diligenciado.

SOBRE No. 2: OFERTA ECONÓMICA IMPRESA Y EN MEDIO MAGNETICO (FORMATO 07) y Acreditación de pago de los derechos de participación.

e. Los sobres se deben identificar, cada uno de la siguiente manera:

FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE Oferta Pública OPC 134-2014

OBJETO: ESTUDIOS, DISEÑOS, VERIFICACIÓN TÉCNICA Y EJECUCIÓN DE OBRAS

COMPLEMENTARIAS EN INFRAESTRUCTURAS EDUCATIVAS (MEGACOLEGIOS), EN EL GRUPO I Y EN EL GRUPO II

GRUPO AL CUAL SE PRESENTA ___________________

Sobre No: ___

Contenido: _______________________ Oferente: ______________________________ Nit o C.C. del Oferente: _________________

Dirección, Ciudad: _____________ Teléfono: _____________

Fax: _____________ La responsabilidad de la presentación de la oferta como se indica en los literales anteriores de este numeral, así como el estricto cumplimiento de lo establecido en el numeral 2.4.3.1. en especial en cuanto se refiere al termino, modo, lugar y tiempo de presentación de la oferta; es total, rotunda y exclusiva del oferente, quien debe propender porque se haga en completa concordancia a lo ordenado en estas reglas de participación, por lo que la entidad no asume ninguna responsabilidad por la perdida, confusión o extravió de documentos que no hayan sido elaborados y entregados con el debido cuidado como lo señala las reglas de participación. 3.2. REQUISITOS MINIMOS

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3.2.1. Requisitos de carácter jurídico 3.2.1.1. Carta de presentación de la oferta De acuerdo con el modelo del Formato 01 suministrado, la carta de presentación de la oferta debe estar suscrita por la persona natural o por el representante principal legal de la persona jurídica o por el representante designado por los miembros del consorcio o de la unión temporal, y avalada por un Ingeniero civil. Se deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía de quien suscribe la oferta y de quien la avala, al igual que copia de la matrícula o tarjeta profesional y certificado de vigencia y antecedentes de este último. Cuando el oferente o su representante tengan la condición de Ingeniero civil, no será necesario el aval de otra persona con igual profesión. a. Persona jurídica: Tener la calidad de representante legal o apoderado del oferente, con

facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. En este último caso, la facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatario) y liquidarlo. Si la presentación de la oferta implica la trasgresión del deber establecido en el numeral 7º del artículo 23 de la ley 222 de 1995 reglamentado parcialmente por el Decreto Nacional 1925 de 2009 o si el representante legal tiene limitaciones derivadas de los estatutos sociales el oferente individual o el integrante de la oferta conjunta deberá, además, allegar autorización de la junta de socios o asamblea general de accionistas, según corresponda.

b. Consorcio o unión temporal: Tener la calidad de representante del consorcio o unión

temporal, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. Tal facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatarios) y liquidarlo.

3.2.1.2. Acreditación de la existencia y la representación legal Los oferentes que tengan la calidad de personas jurídicas deberán presentar el certificado de existencia y representación legal expedido dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para el finalización del término para presentar ofertas, o sus documentos equivalentes en caso de personas jurídicas extranjeras expedido por lo menos dentro de los cuatro (4) meses anteriores a la fecha de cierre, donde evidencie que el objeto social permite ejecutar el contrato objeto del presente proceso de selección. En tal documento deberá constar que la duración de la sociedad no es inferior a la duración del contrato objeto del presente proceso de selección y un (1) año más. Así mismo, la sociedad debe contar con mínimo un (1) año de constitución. Deberá adjuntarse fotocopia del documento de identificación del representante legal de la persona jurídica. Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá contar con el documento de autorización expresa del órgano competente desde el momento mismo de la presentación de la oferta. En el evento en que no se presente este documento con la oferta, el Comité Evaluador podrá solicitarlo, pero en todo caso la fecha de éste no podrá ser posterior a la de cierre del proceso. Los oferentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su documento de identificación, para el caso de comerciantes se deberá presentar el Registro Mercantil expedido dentro del mes anterior a la fecha señalada para el cierre del término para presentar ofertas. Las ofertas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente,

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expedida de conformidad con las normas de control migratorio vigentes. Los oferentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas y/o la fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas naturales que los conforman, para el caso de comerciantes se deberá presentar el Registro Mercantil expedido dentro del mes anterior a la fecha señalada para el cierre del término para presentar ofertas. Los oferentes extranjeros (personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia) o los integrantes extranjeros del oferente plural, para acreditar la existencia y representación legal deberán cumplir con lo establecido en el numeral 3.4, del presente documento. Así mismo, si el oferente se encuentra obligado a tener Revisor Fiscal conforme a lo descrito en el Artículo 203 del Código de Comercio y Artículo 13 de la Ley 43 de 1990, deberá encontrarse registrado debidamente el acto de nombramiento y posesión ante la Cámara de Comercio del domicilio Social del Oferente. 3.2.1.3. Documento de constitución del consorcio o unión temporal. El oferente, con la oferta, deberá anexar un documento suscrito por todos los integrantes de la forma asociativa escogida, o por sus representantes debidamente facultados, en el que conste la constitución de la unión temporal o el consorcio, según corresponda, en el cual se exprese lo siguiente: a. Identificación de cada uno de sus integrantes: Nombre o razón social, tipo y número del

documento de identificación y domicilio. b. Designación del representante: Deberá allegarse su identificación. c. Indicación de los términos y extensión de la participación en la oferta y en la ejecución

del contrato de cada uno de los integrantes de la forma asociativa, para el caso de unión temporal, así como las reglas básicas que regularán sus relaciones, para cualquier forma de oferente plural.

d. Deberá constar que la duración de la figura asociativa no es inferior a la duración del contrato objeto del presente proceso de selección y un (1) año más.

e. Indicación de la participación porcentual de cada uno de los integrantes en la forma asociativa correspondiente. La sumatoria de los porcentajes de participación no podrá exceder ni ser menor del 100%

Con la suscripción del documento de constitución del consorcio o unión temporal, se entenderá para todos los efectos legales y contractuales que el representante del consorcio o unión temporal tiene las siguientes facultades referentes a la etapa precontractual, contractual y postcontractual:

Presentación de la oferta y representación del consorcio o unión temporal en todas las diligencias del proceso de selección.

Suscribir el contrato y sus modificaciones. Suscribir el acta de terminación, liquidación o cierre y notificarse del acta de

liquidación unilateral

Con la suscripción del documento de constitución del consorcio o unión temporal, se entenderá, para todos los efectos legales y contractuales, que la duración de la forma de asociación escogida, no será inferior al lapso comprendido entre la fecha de entrega de la oferta y la liquidación del contrato objeto del presente proceso de selección.

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Cualquier manifestación contraria a lo previsto en los incisos precedentes o que condicione tales preceptos, se entenderá por no escrita. El documento deberá ir acompañado de aquellos otros que acrediten que quienes lo suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para dicha constitución y para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la oferta y del contrato resultante. Cualquier modificación al documento de constitución del consorcio o unión temporal deberá ser suscrita por la totalidad de integrantes del consorcio o unión temporal, y deberá tener la aprobación previa de FONADE. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente deberá tener en cuenta que después de la presentación de la oferta, no podrá modificar los literales a, b, d y e del presente numeral, ni tampoco alguno de los integrantes podrá desistir o ser excluido en la participación, so pena de aplicar el numeral 2.4.8. (Causales de rechazo). 3.2.1.4. Registro Único de Proponentes - RUP El oferente persona natural o jurídica, nacionales o extranjeras con domicilio en Colombia, o cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal deberá acreditar que se encuentra inscrito al momento de presentar la oferta, en el registro único de proponentes – RUP, el cual deberá encontrarse actualizado y vigente al momento de la finalización del registro de entrega de ofertas y cuya fecha de expedición no puede ser superior a 30 DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la fecha señalada para la finalización del término para presentar oferta. 3.2.1.5. Garantía de seriedad de la oferta El oferente deberá anexar a su oferta para cada uno de los grupos, a favor del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE, una garantía que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial total estimado, indicado en el numeral 1.4, con una vigencia igual a la señalada en el numeral 3.1.3 contada a partir de la fecha indicada en el cronograma general para la “finalización del término para presentar oferta inicial de precio”. Esta garantía podrá consistir en póliza de seguro o garantía bancaria, otorgada por una compañía de seguros o una entidad bancaria, respectivamente, la cual deberá encontrarse legalmente establecida en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera. Si se trata de una garantía bancaria, la entidad correspondiente deberá actuar por su cuenta incluso en calidad de corresponsal, sin que ello atenúe su responsabilidad o deteriore la calidad de la garantía, la cual deberá ser irrevocable y exigible a favor de FONADE a primer requerimiento, renunciando al beneficio de excusión. En caso de otorgar la garantía mediante póliza de seguros, la cual deberá corresponder a la Póliza de Cumplimiento ANTE ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN (Esta condición debe constar en la póliza o en una certificación anexa y se debe adjuntar el clausulado correspondiente al Cumplimiento ante Entidades Públicas con Régimen Privado de Contratación, de FONADE) a nombre del oferente persona natural o de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el certificado de existencia y representación legal de la cámara de comercio, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberá

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tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes y deberá indicarse su respectivo porcentaje de participación en la forma asociativa correspondiente. La garantía deberá tener la firma del tomador en original. En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la oferta, la vigencia de la garantía de seriedad deberá ser igualmente, ampliada. El oferente debe anexar el original del recibo de pago de la prima o documento equivalente, que certifique el pago de la misma so pena de dar aplicación de la causal de rechazo prevista en el numeral 2.4.8. 3.2.1.6. Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes

parafiscales Cuando el oferente sea persona natural deberá adjuntar una certificación emitida por la entidad promotora de salud, pensión y riesgos profesionales, expedida dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para la finalización del término para presentar ofertas, que demuestre estar afiliado al sistema de seguridad social en salud y en pensiones o fotocopia de las planillas de pago en donde conste que se encuentra al día por este concepto para la fecha de cierre del presente proceso, el valor cancelado, el periodo de cotización, la fecha de pago y la entidad promotora de salud y riesgos laborales a la que se encuentre afiliado cuando a ello haya lugar, en los términos del Literal a) del Artículo 2 de la Ley 1562 de 2012. En el caso de que tenga personal a su cargo, deberá acreditar la correspondiente declaración juramentada (Ley 789 de 2002). En el caso de personas jurídicas, deberán presentar una certificación, expedida por el Revisor Fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, incluida la contribución al Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción (FIC), conforme lo señalado por el Decreto 2375 de 1974 y la Resolución 2370 de 2008, cuando a ello haya lugar o en su defecto la declaración de no estar obligado al pago de dicha contribución. Dicho documento debe certificar que a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de dichos aportes correspondientes a los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberá aportar el certificado aquí exigido. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia y las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia, deberán acreditar este requisito o certificar las circunstancias que demuestren que no tiene obligaciones frente al sistema de Seguridad Social en Colombia.

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Cuando se presente certificación suscrita por Revisor Fiscal, deberá aportarse fotocopia de la Cédula de Ciudadanía, de la tarjeta profesional de contador y de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores. 3.2.1.7. Reciprocidad En los términos señalados en el Artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012 en concordancia con el artículo 150 del Decreto 1510 de 2013, se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a: a) los oferentes, bienes y servicios provenientes de estados con los cuales Colombia tenga acuerdos comerciales, en los términos establecidos en tales acuerdos comerciales; b) a los bienes y servicios provenientes de estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno Nacional haya certificado que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compras y contratación pública de dicho estado; y c) a las servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia. El Ministerio de Relaciones Exteriores deberá expedir el certificado por medio del cual se acredite la situación mencionada en el literal b) anterior en relación con un estado en particular. Tanto las certificaciones como la información sobre los acuerdos comerciales suscritos por Colombia están disponibles en la página del SECOP, www.contratos.gov.co. El oferente deberá presentar las respectivas consultas del SECOP y en una carta indicará que su oferta cumple con los requisitos para que se le otorgue tratamiento de bienes y servicios nacionales pese a ser de origen extranjero, en virtud del principio de reciprocidad, y deberá realizar la consulta en el SECOP y aportar la información consultada, la entidad verificará dicha información. Para el presente proceso, se atenderán las siguientes definiciones: se entiende como bienes nacionales, aquellos bienes totalmente obtenidos, bienes elaborados con materiales nacionales o productos que sufran una transformación sustancial de conformidad con lo previsto en el Decreto 2680 de 2009. Son servicios de origen nacional aquellos prestados por empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales colombianas o por residentes en Colombia. Para el caso de bienes de origen nacional, el proponente deberá estar inscrito en el registro de productores de bienes nacionales. Por su parte, tratándose de servicios de origen nacional la forma de acreditarlo será certificado en la Cámara de Comercio o estatutos si se trata de empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional o siguiendo lo establecido en el presente numeral sobre la reciprocidad. 3.2.1.8. Acreditación del Pago de los Derechos de Participación.

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El interesado en participar en el presente proceso de selección, GRUPO No 1, deberá cancelar el valor de los derechos de participación por un valor de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS PESOS ($ 257.200) M/L. NO REEMBOLSABLE. El interesado en participar en el presente proceso de selección, GRUPO No 2, deberá cancelar el valor de los derechos de participación por un valor de CIENTO VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS PESOS ($ 128.600) M/L. NO REEMBOLSABLE. Para la acreditación del pago de los derechos de participación deberá acompañar su oferta con

el comprobante de ingreso expedido por la Tesorería de FONADE y/o copia del recibo de

consignación o copia de la aprobación del pago realizado a través del botón de Pagos Seguros

en Línea PSE de la página Web de FONADE.

El pago de los derechos de participación podrá realizarse mediante consignación en efectivo o cheque de gerencia en el Banco de Bogotá, en la cuenta de ahorros del Sistema Nacional de Recaudo No. 49 25 02 976, a nombre del FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE. NIT 899.999.316-1. El pago de los derechos de participación deberá hacerse en el lapso comprendido entre la

fecha de “inicio del término para presentar ofertas” hasta la fecha y hora establecida para la

“finalización del término para presentar ofertas”, según lo indica el numeral 2.1. Los oferentes

que se encuentren fuera de Bogotá cumplirán este requisito acompañando la oferta sólo con la

copia del recibo de consignación. Ver Anexo No. 13 (Guía para realizar adecuadamente la

consignación del valor de los derechos de participación).

El no pago de los derechos de participación en el plazo y valor indicado en el presente numeral, será causal de la aplicación del numeral 2.4.8. NOTA: FONADE podrá suspender el proceso de selección en cualquiera de sus etapas, cuando aparezcan circunstancias técnicas, económicas, de fuerza mayor, orden de autoridad, razones de utilidad o conveniencia que puedan justificar esta decisión. La decisión de suspender el proceso será motivada e informada a los interesados y/o oferentes y en ella se establecerá el plazo de la misma, el cual podrá ser prorrogado de la misma manera. Si existen razones que así lo justifiquen, el proceso de selección podrá incluso ser cancelado. Esta decisión requiere de la respectiva justificación y será informada a los interesados y/o oferentes. En este evento, FONADE procederá a la devolución de lo pagado por las reglas de participación. De igual forma, FONADE procederá a la devolución de lo pagado por las reglas de participación a los oferentes que no presenten oferta al Proceso de Selección. 3.2.1.9. Otros Documentos: En el caso de personas naturales es necesario adjuntar los siguientes documentos:

Certificación Bancaria

El oferente deberá anexar a la oferta la certificación de la cuenta bancaria relacionada en el Formato de Vinculación FAP 801.

Registro Único Tributario – RUT actualizado.

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El oferente deberá anexar a la oferta fotocopia del Registro Único Tributario RUT, el

cual deberá tener debidamente actualizada su actividad económica de acuerdo a la

nueva clasificación de códigos CIIU y la inclusión del impuesto CREE, conforme lo

dispuesto por el Decreto 1828 del 27/08/2013, si aplica.

Formato de Vinculación FAP 801

En caso de persona jurídica, es necesario adjuntar los siguientes documentos:

Registro Único Tributario – RUT actualizado. El oferente deberá anexar a la oferta fotocopia del Registro Único Tributario RUT

actualizado. El cual deberá tener debidamente actualizada su actividad económica de acuerdo a la

nueva clasificación de códigos CIIU y la inclusión del impuesto CREE, conforme lo dispuesto por el Decreto 1828 del 27/08/2013, si aplica.

Certificación Bancaria

El oferente deberá anexar a la oferta la certificación de la cuenta bancaria relacionada en el Formato de Vinculación FAP 801.

Formato de vinculación FAP 801

Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberán aportar cada uno de los documentos señalados en el presente numeral y el RUT actualizado de cada uno de los integrantes del Consorcio, Unión Temporal o figura asociativa que se utilice. Formato de Vinculación FAP 801 Este formato se encuentra publicado anexo al presente documento y debe presentarse debidamente diligenciado con firma y huella de quien lo suscribe.

NOTA: El oferente deberá presentar con la oferta los documentos relacionados en este numeral, no obstante su NO presentación no será causal de rechazo. 3.2.2. Requisitos de carácter financiero Para efectos de la verificación de requisitos de carácter financiero, el oferente deberá acreditar mediante Certificado de Registro Único de Proponentes RUP la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2013, el Registro RUP deberá encontrarse VIGENTE a la fecha límite para presentar ofertas de conformidad con lo establecido en el numeral 2.1 de las presentes reglas de participación. Adicionalmente la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2013 deberá encontrase en FIRME a más tardar dentro del día hábil anterior a la publicación de la Aceptación de la Oferta. La capacidad financiera del oferente, como requisito mínimo, se verificará, con base en los factores financieros denominados: a) capital de trabajo, b) índice de liquidez y c) nivel de endeudamiento. La verificación señalada a continuación, se realizará de manera independiente GRUPO No 1:

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A) Capital de Trabajo si requiere de anticipo

En caso de que el oferente requiera y acepte el anticipo previsto en el numeral 4.8.2 de las presentes reglas de participación y así lo manifieste en la carta de presentación de la oferta, deberá acreditar un capital de trabajo igual o superior al 40% del POE, el cual se verificará de la siguiente forma:

Si el oferente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:

CT 40% POE

Donde, CT = AC – PC Capital de Trabajo = Activo Corriente – Pasivo Corriente

CT = Capital de trabajo. AC = Activo corriente PC = Pasivo corriente POE = Presupuesto oficial estimado.

Si CT, es mayor o igual al 40% del POE el oferente CUMPLE SI CT, es menor al 40% del POE el oferente NO CUMPLE.

Si el oferente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:

CT= CTi

CTi 40% POE

Donde,

CTi = Sumatoria de capital de trabajo de los integrantes CT = Capital de trabajo del consorcio o la unión temporal. CTi = Capital de trabajo de cada uno de los integrantes. POE = Presupuesto oficial estimado.

Si CT, es mayor o igual al 40% POE el oferente cumple SI CT, es menor al 40% POE el oferente no cumple

B) Capital de Trabajo en caso de prescindir del anticipo En caso de que el oferente NO REQUIERA o NO ACEPTE el anticipo previsto en el numeral 4.8.2. de las presentes reglas de participación y así lo manifieste en la carta de presentación de la oferta, deberá acreditar un capital de trabajo igual o superior al 40% del POE: Se verificará de la siguiente manera:

Si el oferente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:

CT = ≥ 40% POE

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 49 de 97

Donde, Capital de Trabajo = Activo Corriente – Pasivo Corriente CT = Capital de trabajo. AC = Activo corriente PC = Pasivo corriente POE = Presupuesto oficial estimado del grupo para el cual se presenta.

Si CT, es mayor o igual al 40% del POE el oferente CUMPLE SI CT, es menor al 40% del POE el oferente NO CUMPLE.

Si el oferente es un consorcio o una Unión Temporal: Debe cumplir:

> 40% POE

Donde,

CTi = Sumatoria de capital de trabajo de los integrantes CT = Capital de trabajo del consorcio o la unión temporal. CTi = Capital de trabajo de cada uno de los integrantes. POE = Presupuesto oficial estimado. Si CT, es mayor o igual al 40% POE el oferente cumple

SI CT, es menor al 40% POE el oferente no cumple b) El índice de liquidez se verificará de la siguiente manera:

Si el oferente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:

LIQ. = AC / PC 1,0

Donde, LIQ. = Índice de liquidez. AC = Activo corriente. PC = Pasivo corriente.

Si LIQ es mayor o igual a 1 el oferente cumple SI LIQ es menor a 1 el oferente no cumple

Si el oferente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:

ACi

LIQ. = ------------ 1,0

PCi Donde, LIQ. = Índice de liquidez del consorcio o la unión temporal. ACi = Activo corriente de cada uno de los integrantes. PCi = Pasivo corriente de cada uno de los integrantes.

Si LIQ es mayor o igual a 1 el oferente cumple SI LIQ es menor a 1 el oferente no cumple

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 50 de 97

c) El nivel de endeudamiento se verificará de la siguiente manera: Si el oferente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:

NE = PT / AT 0,70

Donde, NE = Nivel de endeudamiento. PT = Pasivo total. AT = Activo total.

Si NE es menor o igual a 0,70 el oferente cumple SI NE es mayor a 0,70 el oferente no cumple

Si el oferente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:

PTi

NE = ------------ 0,70

ATi Donde, NE = Nivel de endeudamiento del consorcio o la unión temporal. PTi = Pasivo total de cada uno de los integrantes. ATi = Activo total de cada uno de los integrantes.

Si NE es menor o igual a 0,70 el oferente cumple SI NE es mayor a 0,70 el oferente no cumple

Los oferentes extranjeros (personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia) o los integrantes extranjeros del oferente plural, para acreditar la CAPACIDAD FINANCIERA deberán cumplir con lo establecido en el numeral 3.2.5.3 del presente documento. GRUPO No 2:

C) Capital de Trabajo si requiere de anticipo

En caso de que el oferente requiera y acepte el anticipo previsto en el numeral 4.8.2 de las presentes reglas de participación y así lo manifieste en la carta de presentación de la oferta, deberá acreditar un capital de trabajo igual o superior al 40% del POE, el cual se verificará de la siguiente forma:

Si el oferente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:

CT 40% POE

Donde, CT = AC – PC Capital de Trabajo = Activo Corriente – Pasivo Corriente

CT = Capital de trabajo. AC = Activo corriente PC = Pasivo corriente POE = Presupuesto oficial estimado.

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 51 de 97

Si CT, es mayor o igual al 40% del POE el oferente CUMPLE SI CT, es menor al 40% del POE el oferente NO CUMPLE.

Si el oferente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:

CT= CTi

CTi 40% POE

Donde,

CTi = Sumatoria de capital de trabajo de los integrantes CT = Capital de trabajo del consorcio o la unión temporal. CTi = Capital de trabajo de cada uno de los integrantes. POE = Presupuesto oficial estimado.

Si CT, es mayor o igual al 40% POE el oferente cumple SI CT, es menor al 40% POE el oferente no cumple

D) Capital de Trabajo en caso de prescindir del anticipo En caso de que el oferente NO REQUIERA o NO ACEPTE el anticipo previsto en el numeral 4.8.2 de las presentes reglas de participación y así lo manifieste en la carta de presentación de la oferta, deberá acreditar un capital de trabajo igual o superior al 50% del POE: Se verificará de la siguiente manera:

Si el oferente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:

CT = ≥ 50% POE

Donde, Capital de Trabajo = Activo Corriente – Pasivo Corriente CT = Capital de trabajo. AC = Activo corriente PC = Pasivo corriente POE = Presupuesto oficial estimado del grupo para el cual se presenta.

Si CT, es mayor o igual al 50% del POE el oferente CUMPLE SI CT, es menor al 50% del POE el oferente NO CUMPLE.

Si el oferente es un consorcio o una Unión Temporal: Debe cumplir:

> 50% POE

Donde,

CTi = Sumatoria de capital de trabajo de los integrantes CT = Capital de trabajo del consorcio o la unión temporal.

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 52 de 97

CTi = Capital de trabajo de cada uno de los integrantes. POE = Presupuesto oficial estimado. Si CT, es mayor o igual al 50% POE el oferente cumple

SI CT, es menor al 50% POE el oferente no cumple b) El índice de liquidez se verificará de la siguiente manera:

Si el oferente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:

LIQ. = AC / PC 1,0

Donde, LIQ. = Índice de liquidez. AC = Activo corriente. PC = Pasivo corriente.

Si LIQ es mayor o igual a 1 el oferente cumple SI LIQ es menor a 1 el oferente no cumple

Si el oferente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:

ACi

LIQ. = ------------ 1,0

PCi Donde, LIQ. = Índice de liquidez del consorcio o la unión temporal. ACi = Activo corriente de cada uno de los integrantes. PCi = Pasivo corriente de cada uno de los integrantes.

Si LIQ es mayor o igual a 1 el oferente cumple SI LIQ es menor a 1 el oferente no cumple

c) El nivel de endeudamiento se verificará de la siguiente manera:

Si el oferente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:

NE = PT / AT 0,70

Donde, NE = Nivel de endeudamiento. PT = Pasivo total. AT = Activo total.

Si NE es menor o igual a 0,70 el oferente cumple SI NE es mayor a 0,70 el oferente no cumple

Si el oferente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:

PTi

NE = ------------ 0,70

ATi Donde, NE = Nivel de endeudamiento del consorcio o la unión temporal.

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 53 de 97

PTi = Pasivo total de cada uno de los integrantes. ATi = Activo total de cada uno de los integrantes.

Si NE es menor o igual a 0,70 el oferente cumple SI NE es mayor a 0,70 el oferente no cumple

Los oferentes extranjeros (personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia) o los integrantes extranjeros del oferente plural, para acreditar la CAPACIDAD FINANCIERA deberán cumplir con lo establecido en el numeral 3.2.5.3 del presente documento.

NOTA: PARA ACEPTAR LA OFERTA DEL GRUPO 1 Y DEL GRUPO 2 A UN SOLO OFERENTE, ÉSTE DEBE DAR CUMPLIMIENTO A LOS INDICES FINANCIEROS, TENIENDO EN CUENTA LA SUMATORIA DEL PRESUPUESTO OFICIAL DE LOS DOS GRUPOS. 3.2.3. Requisitos de experiencia específica del oferente El oferente debe acreditar en su oferta, que cuenta con experiencia específica en: CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE EDIFICACIONES. La experiencia deberá ser acreditada con la ejecución de MINIMO UNO (01) Y MAXIMO TRES (03) CONTRATOS terminados en los últimos DIEZ (10) años, contados estos a partir de la fecha establecida para el finalización del término para presentar ofertas y cumplir también las siguientes condiciones:

Los contratos aportados deberán sumar, en su conjunto, un valor igual o superior a DOS PUNTO CINCO (2.5) veces el valor del POE, expresado en SMMLV.

MÍNIMO uno de los contratos aportados, debe ser de valor igual o superior al POE expresado en SMMLV.

La experiencia específica podrá acreditarse con contratos de obras ejecutadas en calidad de contratista y/o con obras propias ejecutadas por el oferente individual o por cualquiera de los integrantes del oferente plural. En todo caso, el número de contratos y/o de obras propias ejecutadas con que se pretenda acreditar la experiencia NO PODRÁ SER SUPERIOR al número de contratos señalado en el inciso segundo del presente numeral. Para demostrar la experiencia específica el oferente debe presentar con su oferta el FORMATO 03 debidamente diligenciado e indicando en él toda la información allí solicitada. Así mismo, debe anexar la documentación adecuada y pertinente, que acredite clara y verazmente la realización de los contratos relacionados, cuyo número debe ser máximo el señalado en el inciso segundo del presente numeral. Los documentos de los contratos presentados y aportados con la oferta, que acrediten los relacionados en el FORMATO 03 deben permitir al Comité Evaluador realizar eficazmente la verificación y evaluación del factor técnico establecido en este numeral.

NOTA: PARA ACEPTAR LA OFERTA DEL GRUPO 1 Y DEL GRUPO 2 A UN SOLO OFERENTE, ÉSTE DEBE DAR CUMPLIMIENTO A LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA,

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 54 de 97

TENIENDO EN CUENTA LA SUMATORIA DEL PRESUPUESTO OFICIAL DE LOS DOS GRUPOS. INVOCACIÓN DE MERITOS DE EXPERIENCIA El Oferente podrá invocar méritos, es decir aportar la experiencia de que trata el presente numeral, a través de su empresa matriz y/o de su(s) filial(es). Las compañías de las cuales se invoquen méritos, asumen la responsabilidad solidaria con el Oferente, por las obligaciones derivadas de la oferta y del eventual contrato a suscribir, para tal fin el Oferente debe obtener por parte del Representante Legal de dichas compañías una manifestación expresa en la que se haga constar que en el evento en que le sea adjudicado el contrato, éste se compromete a ejecutar y a suscribir el contrato en calidad de obligadas solidarias y a constituir un apoderado en Colombia con facultades para notificarse de actuaciones administrativas y judiciales. El Oferente deberá obtener de dichas compañías manifestación expresa de que se ha proferido la autorización respectiva de su máximo órgano directivo. Para que la invocación de méritos de experiencia sea válida, además de lo anterior, el Oferente deberá demostrar que la casa matriz, cuenta con una participación accionaria en la filial de mínimo el treinta por ciento (30%). 3.2.3.1. Acreditación y Verificación de la Experiencia Específica del oferente. Los contratos con los que pretendan acreditar la experiencia específica deben cumplir o tener en cuenta lo siguiente: a. El contrato deberá estar terminado en la fecha prevista para la finalización del término

para presentar ofertas. Para el presente proceso selección, se tomará como fecha de terminación del contrato la del recibo final de las obras objeto del mismo, suscrito por el contratante o su representante.

b. Para el presente proceso no es válido acreditar la experiencia específica a través de contratos ejecutados bajo la modalidad de administración delegada.

c. En los casos en que el contrato o los contratos hayan sido celebrados en consorcio, unión temporal o bajo cualquier otra forma de participación conjunta, será tenida en cuenta la experiencia específica en su totalidad; es decir, que la entidad no entrará a diferenciar las actividades especificas ejecutadas por cada uno de los integrantes del contratista plural y el valor del respectivo contrato será tenido en cuenta de acuerdo al porcentaje de participación. Del interesado que lo pretenda acreditar.

d. En caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia será la sumatoria de las experiencias específicas de los integrantes que la tengan. Si la totalidad de la experiencia específica es acreditada por uno solo de los integrantes del consorcio, unión temporal, este deberá tener una participación igual o superior al 60% Si la experiencia específica es acreditada por más de uno de los integrantes del consorcio, unión temporal, aquel que aporte el mayor valor en contratos, respecto de los otros integrantes, deberá tener una participación igual o superior al 51% en el consorcio, unión temporal, De igual manera los demás integrantes del oferente plural que aporten la experiencia específica, deben tener un porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal MINIMO del 20% cada uno. NOTA: aquel o aquellos integrantes de la figura asociativa que no aporten experiencia, no podrán tener una participación mayor que aquellos que la acreditan.

e. No podrá acreditarse la experiencia exigida a través de subcontratos. En virtud de lo

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 55 de 97

anterior no será tenida en cuenta la experiencia que pretendan acreditar los oferentes o los integrantes de la estructura plural mediante contratos en los cuales la parte contratante, haya sido contratada a su vez por otra entidad para la ejecución de todo o parte del mismo objeto.

f. No será considerada la experiencia que se pretenda acreditar con convenios interadministrativos para cuyo desarrollo se haya subcontratado la totalidad de la ejecución de la obra.

g. El oferente deberá presentar, para la acreditación de la experiencia: Certificaciones, constancias o cualquier otro documento expedido por el contratante, su representante o por el interventor o supervisor del contrato. La documentación presentada para la acreditación de la experiencia deberá permitir en conjunto la verificación de la siguiente información:

1) Nombre del contratante. 2) Nombre del contratista. 3) Objeto del contrato. 4) Valor total del contrato o el correspondiente a las obras que se pretenden acreditar. 1) Área construida y/o intervenida. 5) Lugar de ejecución. 6) Fecha de inicio del contrato. 7) Constancia de recibo final de las obras objeto del contrato, con indicación de la

fecha correspondiente. 8) Si el contrato se ejecutó en consorcio, unión temporal u otra forma conjunta, deberá

indicar el nombre de sus integrantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos. Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse copia del documento de constitución del consorcio, la unión temporal o la forma conjunta respectiva, o copia del contrato celebrado cuando en este consten tales porcentajes de participación.

h. A los contratos de CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE EDIFICACIONES que

involucren estudios y diseños, se les tendrá en cuenta el valor correspondiente a los estudios y diseños.

i. La experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta

cuando no cuente con más de tres (3) años de constituida y se hará en proporción a su participación en el capital social. La acreditación de esta experiencia se sujetará a las exigencias en los numerales anteriores.

j. No se permite presentar auto-certificaciones, entendidas como:

Cualquier certificación expedida por el oferente para acreditar su propia experiencia.

Cualquier certificación expedida por Consorcios en los cuales el oferente o los integrantes del Consorcio o Unión Temporal hayan hecho parte.

k. En los casos en que la obra haya sido ejecutada en virtud de un contrato de fiducia mercantil, deberá presentarse certificación expedida por la sociedad fiduciaria titular del patrimonio autónomo, en la que se indique, además de la información exigida en el literal g) del presente numeral, el nombre del o los fideicomitentes y el nombre de la persona natural o jurídica que ejecutó la obra.

l. El valor total del o los contratos celebrados que se aporten para acreditar la experiencia

específica será aquel que tuvieron a la fecha del informe de recibo final o la del acta de recibo final suscrito por el contratante o su representante o a la terminación del contrato, y la conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se hará conforme al vigente en el año de recibo final o terminación. En caso de presentar el

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 56 de 97

valor en moneda extranjera, se aplicará lo siguiente:

1) Cuando el valor del contrato esté dado en dólares americanos (USD) se convertirá a pesos colombianos utilizando para esa conversión la tasa representativa del mercado (TRM) vigente para la fecha de recibo final o terminación. Cuando la fecha de recibo final o de terminación del contrato no especifique el día, pero si el mes y el año, se tomará para su conversión la tasa representativa del mercado (TRM) vigente para el último día hábil del mes en que haya terminado el contrato o se haya realizado su recibo final.

2) Cuando el valor del contrato esté dado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo con las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República, teniendo en cuenta la fecha de recibo final o de su terminación y, posteriormente, se procederá a su conversión a pesos colombianos de conformidad con la TRM vigente para la fecha de recibo final o de su terminación, según corresponda. Cuando la fecha de terminación Cuando la fecha de recibo final o de terminación del contrato no especifique el día, pero si el mes y el año, se tomará para su conversión la tasa representativa del mercado (TRM) vigente para el último día hábil del mes en que haya terminado el contrato o se haya realizado su recibo final.

m. En los casos en que la experiencia específica se pretenda acreditar con obras de

propiedad del oferente o alguno de sus integrantes, según corresponda, ejecutadas por él mismo, deberá presentar certificación suscrita por él y por su contador público o revisor fiscal, según corresponda, en la que se indique:

1) Fecha de inicio y de terminación de la construcción de la obra. La fecha de

terminación no podrá ser posterior a la fecha de cierre del término para presentar ofertas.

2) Valor total de la construcción. 3) Área construida y/ intervenida. 4) Lugar de ejecución. 5) Porcentaje de participación, en aquellos casos en que la obra se haya ejecutado con

la participación de otras personas naturales o jurídicas. En este caso, será tenida en cuenta la experiencia específica en su totalidad y el valor de acuerdo con el porcentaje de participación.

6) No se aceptará como experiencia válida para el presente proceso de selección la adquirida en la ejecución de obras propias, en las que el oferente o alguno de sus integrantes, según corresponda, haya trasladado a otra u otras personas naturales o jurídicas, en virtud de uno o varios negocios jurídicos, los riesgos derivados de la confección material de la misma y de su entrega.

7) Deberá anexarse la respectiva licencia de construcción y, de resultar necesario, los demás documentos que le permitan demostrar al oferente o al integrante de la forma conjunta que pretenda acreditar la respectiva experiencia específica, la ejecución de la obra por parte de este.

8) Si la obra propia se desarrolló en diferentes etapas y en tiempos diferentes, podrá ser contabilizada como una sola obra siempre y cuando exista una sola licencia de construcción. Si la obra se desarrolló por etapas, con diferentes licencias de construcción, cada licencia de construcción se considerará como una obra diferente.

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El comité Evaluador podrá solicitar otros documentos para acreditar la experiencia, dentro de los cuales se encuentran entre otros, las facturas cambiarias de compraventa que cumplan con los requisitos previstos en los artículos 772 y 774 del Código de Comercio. NOTA: Las certificaciones de experiencia se consideran expedidas bajo la gravedad del juramento y por tanto el contenido se desvirtúa con prueba en contrario. 3.2.3.2. Requisitos de Experiencia Específica del Personal principal requerido

NO APLICA PARA EL PRESENTE PROCESO

3.2.3.3. Capacidad de contratación (K) y capacidad residual (Kr) – Formato 06 Para efectos de este proceso, la capacidad residual de contratación, será el resultado de restar al indicador capital de trabajo del Oferente, los saldos de los contratos de obra que a la fecha de presentación de la Oferta el Oferente directamente, y a través de sociedades de propósito especial, consorcios o uniones temporales en los cuales el Oferente participe, haya suscrito y se encuentren vigentes, y el valor de aquellos que le hayan sido adjudicados, sobre el término pendiente de ejecución de cada uno de estos contratos., en los términos que se establecen a continuación. En todos los casos, el oferente deberá tener, al momento de presentación de la oferta, una capacidad residual de contratación (Kr) como CONSTRUCTOR igual o superior a:

Capacidad residual de contratación (Kr) (expresado en SMMLV)

0.5 veces el valor del CT calculado para el presente proceso

Para acreditar la capacidad residual del oferente y los integrantes del oferente plural, deberá diligenciarse el formato No 6. Para calcular los saldos de los contratos a que hace referencia el primer inciso, cuando el oferente sea una sociedad de propósito especial, consorcio o unión temporal en los cuales el Oferente participe, se tendrá en cuenta el porcentaje de participación del Oferente en la respectiva sociedad de propósito especial, consorcio o unión temporal. Si el oferente es un consorcio o unión temporal se verificará la capacidad residual de cada uno de sus integrantes, la cual será calculada como lo establece el presente numeral. La capacidad residual del oferente se calculará de acuerdo con las siguientes expresiones:

Kr = Ct - SCv

Dónde: Kr = Capacidad Residual de Contratación, expresado en pesos ($). Ct = Capital de Trabajo, expresado en pesos ($). SCv = Valor total saldos diferidos contratos vigentes al momento del término para presentar

ofertas. La siguiente es la fórmula que se utilizará para despejar la variable VCv, teniendo en cuenta la cantidad de contratos vigentes relacionados en el formato 06 por el oferente

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Dónde:

Capacidad Residual de Contratación, expresado en pesos ($). Capital de Trabajo, expresado en pesos ($).

Oferente o integrante individual del oferente plural. Valor en pesos ($) por ejecutar del contrato. Valor del anticipo del contrato, pendiente por amortizar.

Tiempo restante del contrato por ejecutar, expresado en meses calendario. Porcentaje de participación en el contrato.

Número de contratos vigentes al momento del término para presentar ofertas. En caso de Oferente Plural, se aplicará la anterior fórmula a cada integrante y posteriormente para determinar la capacidad residual total del oferente plural se aplicará la siguiente fórmula:

Dónde:

Capacidad Residual de Contratación del Oferente.

Capacidad Residual de los integrantes del oferente plural, expresada en pesos.

Porcentaje de participación del integrante en el oferente plural del presente proceso.

Para el desarrollo de los cálculos relacionados con la capacidad residual se debe tener en cuenta lo siguiente:

Para efectos del cálculo del plazo se tomarán los días calendario, los meses de 30 días y los años de 360 días.

Para efectos de la evaluación, los plazos serán aproximados por exceso o por defecto a la décima de mes, así: cuando la centésima de mes sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente de la décima de mes y cuando la centésima de mes sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de la décima de mes. Cuando el plazo por ejecutar del contrato sea inferior a un (1) mes, se tomará para el cálculo de la capacidad residual un (1) mes.

Ejemplo 1: 5,5 meses = 6 meses. Ejemplo 2: 5,4 meses = 5 meses. Ejemplo 3: 0,4 mes = 1 mes.

Para el efecto el oferente persona natural o el representante legal de la persona jurídica, deberá relacionar en el Formato 06, los contratos de obra en ejecución, indicando el valor pendiente por ejecutar del contrato expresado en pesos, el plazo pendiente por ejecutar, así como el valor del anticipo del contrato pendiente por amortizar y los valores de los contratos adjudicados sin iniciar y su plazo de ejecución, el valor del anticipo del contrato, con el fin de obtener la capacidad residual para la contratación de obras (Kr). Dicho formato deberá estar firmado por el oferente persona natural o por el representante legal de la persona jurídica.

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En caso de consorcios, uniones temporales, cada uno de los integrantes, deberá relacionar los contratos de obra en ejecución, indicando el valor pendiente por ejecutar en pesos, el plazo pendiente ejecutar, asi como el valor del anticipo del contrato pendiente por amortizar y los valores de los contratos adjudicados sin iniciar y su plazo de ejecución, el valor del anticipo del contrato, para lo cual deberán aportar documento firmado por cada integrante (Formato 06) (persona natural o por el representante legal de la persona jurídica). Para la determinación de la capacidad residual de contratación de obras (Kr) del oferente plural, se calculará mediante la suma de las Capacidades Residuales de Contratación de Obras (Kr) de sus integrantes afectadas por el porcentaje de participación de la respectiva sociedad de propósito especial, consorcio o unión temporal, como se estableció anteriormente.

En caso que el oferente no relacione en el correspondiente anexo o manifieste que NO tiene contratos en ejecución como constructor, FONADE entenderá para todos los efectos que no posee contratos.

Para el cálculo de la capacidad residual para la contratación de obras, se tendrán en cuenta los contratos suscritos por sociedades consorcios o uniones temporales, en los cuales el oferente tenga participación, en entidades estatales y con entidades privadas para ejecutar obras civiles, incluyendo los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios.

Los contratos de obra ejecutados y terminados a la fecha de cierre del presente proceso de selección, no se tendrán en cuenta para calcular la capacidad residual para la contratación de obras.

Los oferentes extranjeros con sucursal en Colombia, o los miembros de consorcios o uniones temporales que tengan la calidad de extranjeros con sucursal en Colombia, deberán cumplir con lo exigido en el presente numeral. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia, deben diligenciar el formato 06 y se les calculará la capacidad residual para la contratación de obra (Kr) de acuerdo con la información financiera suministrada y deberán cumplir con lo establecido en el presente numeral.

NOTA: PARA ACEPTAR LA OFERTA DEL GRUPO 1 Y DEL GRUPO 2 A UN SOLO OFERENTE, ÉSTE DEBE DAR CUMPLIMIENTO A LA CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN, TENIENDO EN CUENTA LA SUMATORIA DEL PRESUPUESTO OFICIAL DE LOS DOS GRUPOS.

3.2.4. Oferta Económica La verificación de los requerimientos señalados en esta sección (3.2.4) se realizará independiente para cada uno de los grupos que hacen parte del presente proceso. El oferente debe formular su oferta económica exclusivamente en el Formato 07 MEDIANTE UNA HOJA DE CÁLCULO DE FORMATO EXCEL, EL CUAL DEBERÁ PRESENTAR EN MEDIO FÍSICO Y MAGNÉTICO, teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos: 3.2.4.1. Todos los valores deben estar expresados en pesos colombianos.

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3.2.4.2. Todos los valores deberán estar ajustados al peso, es decir, sin decimales. Para

el efecto, se aplicará la metodología de redondeo indicada en las presentes reglas de participación.

3.2.4.3. El plazo de ejecución del contrato señalado en el numeral 1.5. 3.2.4.4. La forma y el sistema de pago señalados en el Anexo 1 - Documento de

Estudios Previos de las presentes reglas de participación. 3.2.4.5. La información contenida en la descripción general de la obra en el Anexo 1 -

Documento de Estudios Previos, de las presentes reglas de participación. 3.2.4.6. Las condiciones y especificaciones técnicas de la obra, así como la información

técnica, hidrológica, geológica, geomorfológica y sismológica, geotécnica, topográfica y cartográfica, estudios de impacto ambiental y las leyes y normas que rigen para la región y las propias del sitio donde se desarrollará el proyecto. De igual forma, todos los costos que se requieran para la correcta ejecución del objeto del contrato derivado del presente proceso de selección, entre ellos los generados por el transporte del personal, equipo, servicios públicos, herramientas y materiales. Del mismo modo, deberá considerar las condiciones, climáticas, ambientales y de orden público y las variaciones de precios por el cambio de año.

3.2.4.7. La totalidad de los tributos, independientemente de la denominación que asuman

o del nivel territorial del que provengan, que se causen o llegaren a causar por la celebración, ejecución y liquidación del contrato objeto del presente proceso de selección, los cuales serán de su cargo exclusivo.

3.2.4.8. El VALOR DE LA OFERTA ECONÓMICA ( C) debe estar entre el 90% y el

100% del valor total del Presupuesto Total Oficial Estimado, indicado en el numeral 1.4 para cada uno de los grupos.

3.2.4.8.1. El VALOR TOTAL ETAPA DE VERIFICACION TECNICA (A) no debe

ser superior al 100% del Presupuesto Oficial Estimado para la Etapa de Verificación Técnica, indicado en el numeral 1.4 para cada uno de los grupos.

3.2.4.8.2. El VALOR TOTAL OBRA (B) debe estar entre el 90% y el 100%, del Presupuesto Oficial Estimado para la Obra, indicado en el numeral 1.4 para cada uno de los grupos.

3.2.4.9. No podrá, en ningún caso, modificar los ítems (codificación y descripción), las

unidades de medida ni las cantidades. 3.2.4.10. El valor unitario de cada uno de los ítems contenidos en el Formato 07, no podrá

ser superior al 110% del valor unitario indicado para cada uno de ellos en el Presupuesto Oficial Estimado.

3.2.4.11. En caso de presentarse discrepancias entre las especificaciones técnicas de la

obra y el formato 07, primará lo señalado en las especificaciones técnicas.

3.2.4.12. Deberá diligenciar la totalidad de las casillas correspondientes para cada uno de

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

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los grupos:

- Valor Etapa de Verificación Técnica.

- Valor IVA sobre Etapa de Verificación Técnica.

- Valor total Etapa de Verificación Técnica.

- Precio unitario de cada uno de los ítems cuya cantidad este indicada en el formato 07.

- Valor parcial de cada uno de los ítems cuya cantidad este indicada en el formato 07.

- Total costo directo.

- Porcentaje y Valor por Administración (A).

- Porcentaje y Valor por Imprevistos (I).

- Porcentaje y Valor por Utilidad (U).

- Total costos indirectos (AIU).

- IVA sobre la utilidad.

- Valor total de la oferta.

3.2.4.13. FONADE ha estimado un porcentaje de administración mínima de obra del: GRUPO N°1: 24.39%. GRUPO N°2: 24.69%.

3.2.4.14. FONADE ha estimado un porcentaje de imprevistos del:

GRUPO N°1: 3%. GRUPO N°2: 3%.

3.2.4.15. A.I.U. (Formato 08) El oferente podrá presentar, adicionalmente, el Formato 08, en medio físico y magnético. Pero es obligación del oferente al que se le acepte la oferta presentarlo previo a la firma del acta de inicio, con los ajustes si fuese el caso, conservando fijos los porcentajes allí revisados de su oferta. Para ello deberá realizar su ejercicio de cálculo del A.I.U., considerando, entre otros costos, los correspondientes a: personal profesional, técnico, de administración y vigilancia; sistema de seguridad industrial, manejo ambiental y aseguramiento de calidad; servicios públicos; ensayos de control de calidad; papelería, registro fotográfico, videos e informes; elaboración de planos record; transporte y almacenamiento, gastos de legalización, impuestos y pólizas; depósitos, adecuación de vías y accesos y todos los demás costos, gastos y tributos que sean necesarios para el cabal cumplimento del objeto contractual. Así mismo deberá estimar el porcentaje correspondiente a los imprevistos y la utilidad.

3.2.5. CONDICIONES Y DOCUMENTOS EXIGIDOS A LOS OFERENTES QUE SEAN

PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS SIN DOMICILIO EN EL PAÍS, O PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS QUE NO TENGAN ESTABLECIDA SUCURSAL EN COLOMBIA CON LA FINALIDAD DE VERIFICAR LA CAPACIDAD JURÍDICA, Y LA CAPACIDAD FINANCIERA.

3.2.5.1. CAPACIDAD JURIDICA Personas Naturales: Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte, y si se encuentra residenciado en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad competente.

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Personas Jurídicas: Las personas jurídicas extranjeras deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Acreditar su existencia y representación legal, para lo cual deberá presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido por lo menos dentro de los cuatro (4) meses anteriores a la fecha de cierre, en el que conste su existencia, objeto, fecha de constitución (que en todo caso deberá ser anterior a la fecha de cierre), vigencia, nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la Capacidad Jurídica para comprometerla y sus facultades señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la Propuesta. En el evento en que conforme a la jurisdicción del Interesado extranjero no hubiese un documento que contenga la totalidad de la información, presentarán los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente literal expedidos por las respectivas autoridades competentes. Si en la jurisdicción no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la información aquí solicitada, el Oferente extranjero deberá presentar una declaración juramentada de una persona con Capacidad Jurídica para vincular y representar a la sociedad en la que conste que (1) no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente numeral; (2) la información requerida en el presente numeral; y (3) la Capacidad Jurídica para vincular y representar a la sociedad de la persona que efectúa la declaración y de las demás personas que puedan representar y vincular a la sociedad, si las hay.

b) Acreditar que su objeto social principal o complementario permite la celebración y ejecución del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el literal (a) anterior).Para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de las autorizaciones generales otorgadas para comprometer a la sociedad.

c) Acreditar la suficiencia de la capacidad jurídica de su(s) representante(s) legal(es) o de su(s) apoderado(s) especial(es) en Colombia para la suscripción del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el literal (a) anterior).

d) Acreditar que su duración es por lo menos igual al Plazo Total Estimado del Contrato y cinco (5) años más, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el literal (a) anterior).

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e) Si (el)(los)representante(s) legal(es) tuviere(n) limitaciones estatutarias para presentar la Propuesta o suscribir el Contrato y en general para efectuar cualquier acto derivado del proceso licitatorio o de su eventual condición de adjudicatario, deberá adjuntarse una autorización del órgano social competente de la sociedad en la cual se eliminen dichas limitaciones(se entenderá que se verificará la limitación respecto de la(s) persona(s) que esté(n) facultada(s) para actuar en el presente proceso y no respecto de aquellos representantes que no estén representando al oferente en la presente oferta cerrada de contrato, de manera que la limitación solamente deberá levantarse respecto de aquél (aquellos) representante(s) que suscriban documentos que sean presentados en la Propuesta, o si la duración de la sociedad no fuese suficiente en los términos de estas reglas de participación, se adjuntará un documento en el que conste que el órgano social competente ha decidido aumentar el plazo de la sociedad en caso de resultar Adjudicatario y antes de la suscripción del Contrato o de la constitución de la sociedad si se presenta bajo promesa de sociedad futura.

f) Adicionalmente a lo exigido en los literales (a) y (e) anteriores, si la Propuesta fuera suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que se encuentre abierta en Colombia y/o por el representante de ésta, deberá acreditarse la Capacidad Jurídica de la sucursal y/o de su representante, mediante la presentación del original del certificado de existencia y representación legal en una fecha de expedición máximo de un (1) mes antes de la fecha de cierre del presente proceso de selección por la Cámara de Comercio de la ciudad de la República de Colombia en la cual se encuentre establecida la sucursal.

g) Cuando el representante legal de la sucursal tenga limitaciones para presentar la Propuesta, suscribir el Contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la contratación en caso de resultar Adjudicatario, se deberá presentar en la Propuesta copia del acta en la que conste la decisión del órgano social competente correspondiente de la sociedad extranjera, que autorice la presentación de la Propuesta, la celebración del Contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación en caso de resultar Adjudicatario.

NOTA 1: En el evento en que participen oferentes cuya naturaleza corresponda a organismos internacionales de derecho público derivados de tratados o instrumentos internacionales de los que haga parte el Estado Colombiano, su acreditación se realizará mediante certificación expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores (Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores), la cual deberá contener lo siguiente: (i) Lugar y fecha de expedición de la certificación; (ii) Número y fecha del Tratado; (iii) Objeto del Tratado; (iv) Vigencia del Tratado

Adicionalmente el oferente deberá aportar copia simple del tratado o instrumento internacional respectivo. 3.2.5.2. Apoderado

Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias de la presente oferta pública de contrato, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente documento.

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Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes del Consorcio o Unión Temporal con los requisitos de autenticación, Consularización y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal. Para fines de claridad únicamente, las personas naturales y jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia podrán designar a más de una persona como su apoderado en Colombia, caso en el cual podrá indicar a su entera discreción las condiciones o las limitaciones a los apoderados. En todo caso, si no se precisan tales condiciones y/o limitaciones, FONADE presumirá que cualquiera de los apoderados podrá suscribir y vincular al oferente extranjero sin domicilio en Colombia que no sea Consorcio o Unión Temporal. 3.2.5.3. Capacidad Financiera Personas Jurídicas y Naturales Debe presentar con la propuesta el último balance, de acuerdo al cierre fiscal en cada país de origen. Las cifras que contengan dichos balances deben presentarse en moneda colombiana de conformidad con los artículos 50 y 51 del Decreto 2649 de 1993 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. Los documentos contentivos de la información financiera del Oferente (Balance General, notas a los Estados Financieros, dictamen o informe del Revisor Fiscal o Auditor Externo), deberán ser presentados en español. Cuando se encuentren en un idioma distinto del español, se aceptarán las traducciones simples al idioma español, adjuntando los documentos en el idioma de origen. La clasificación de cuentas y la conversión de los Estados Financieros a la moneda funcional Colombiana deben ser avaladas en documento debidamente suscrito por un Contador Público Colombiano y el Representante Legal o Apoderado del Oferente en Colombia. El contador público colombiano que avala la conversión de los Estados Financieros a la moneda funcional Colombiana debe allegar copia de la tarjeta profesional y de la certificación antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores, certificación la cual debe encontrarse vigente a la fecha de presentación de la oferta con vigencia no mayor a 90 días de expedición. En el evento en que por las prácticas contables del país de origen los rubros que correspondan a las cuentas de capital de trabajo, índice liquidez y nivel de endeudamiento difieran de las establecidas en los literales a, b) y c) del numeral 3.2.2 se deben aportar junto con la información financiera, certificación suscrita por la persona natural o por el representante legal (persona jurídica) y avalada por un contador público inscrito en la Junta Central de Contadores Colombiana en la que conste tal circunstancia y en la que se indique con claridad los rubros que corresponden a las cuentas ya señaladas, se debe adjuntar tarjeta profesional del contador público y certificación expedida por la junta Central de Contadores sobre su vigencia.

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

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En el evento en que cualquiera de estos requerimientos no sea aplicable en el país del domicilio de la empresa extranjera, el Representante Legal de esta última, así como el apoderado en Colombia, deberán hacerlo constar bajo la gravedad de juramento. Con base en la información suministrada de la manera indicada en este numeral, la Entidad verificará el capital de trabajo, índice de liquidez y nivel de endeudamiento del oferente, y estos deben cumplir mínimo con los valores indicados en el numeral 3.2.2.

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CAPÍTULO CUARTO 4. CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES

Las condiciones generales del contrato resultante del presente proceso de selección, podrán

verificarse en el Anexo 10 “MINUTA DEL CONTRATO”, adicional a éstas, el contratista deberá

cumplir las siguientes condiciones:

4.1.1. Precio unitario fijo sin fórmula de reajuste El presente contrato para cada uno de los grupos en la etapa 2, se pacta por el sistema de precios unitarios fijos (valor por unidad de recurso, obra, trabajo, servicio o bien, el cual remunera la totalidad de las actividades y/o suministros que sean necesarios para la ejecución de su objeto, de conformidad con lo pactado), sin fórmula de reajuste, en consecuencia, el valor real del contrato será la suma de los resultados que se obtengan al multiplicar las cantidades ejecutadas y/o entregadas a satisfacción de FONADE por los valores o precios unitarios pactados para el respectivo ítem. Cada precio unitario comprende todos los costos directos e indirectos derivados de la ejecución de la respectiva actividad y/o suministro que hacen parte del objeto del contrato. Incluye entre otros los gastos de administración, salarios y prestaciones sociales del personal, incremento salariales y prestacionales, desplazamiento, transporte, alojamiento y alimentación del equipo de trabajo, del contratista, honorarios, asesorías en actividades objeto del contrato, computadores, licencias de utilización del software, impuestos a cargo del contratista, transporte, garantías y bodegaje de equipos y materiales, las deducciones a que haya lugar y en general todo costo en que incurra el contratista para la ejecución de cada una de las actividades o suministros objeto de este contrato, por lo cual incluye el A.I.U. 4.1.2. Precio global fijo sin fórmula de reajuste El sistema de pago del contrato para cada uno de los grupos en la etapa 1, es por precio global fijo sin fórmula de ajuste. En consecuencia, el precio previsto en el numeral 1.4, incluye todos los gastos, directos e indirectos, derivados de la celebración, ejecución y liquidación del contrato. Por tanto, en el valor pactado se entienden incluidos, entre otros, los gastos de administración, salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal, incrementos salariales y prestacionales; desplazamientos, transporte, alojamiento y alimentación de la totalidad del equipo de trabajo del CONTRATISTA; desplazamiento, transporte y almacenamiento de materiales, herramientas y toda clase de equipos necesarios; honorarios y asesorías en actividades relacionadas con la ejecución del contrato; computadores, licencias de utilización de software; la totalidad de tributos originados por la celebración, ejecución y liquidación del contrato; las deducciones a que haya lugar; la remuneración para CONTRATISTA y, en general, todos los costos en los que deba incurrir el CONTRATISTA para la cumplida ejecución del contrato. FONADE no reconocerá, por consiguiente, ningún reajuste realizado por el CONTRATISTA en relación con los costos, gastos o actividades adicionales que aquel requería para la ejecución del contrato y que fueron previsibles al momento de la presentación de la oferta. EL CONTRATISTA está obligado a ejecutar todas las actividades, servicios que resulten necesarias para la ejecución del objeto contractual, incluyendo todas aquellas no contempladas en la oferta, o en el resultado de la verificación técnica de los estudios y diseños realizados, si a ello hubiere lugar. 4.1.3. Modificación del valor del contrato El valor del contrato inicialmente estimado podrá ser modificado en razón de la necesidad de ejecución de mayores cantidades de obra y/o ítems no previstos necesarios para la terminación

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del objeto del contrato, o para la realización de actividades que se consideren técnicamente convenientes u oportunas con ocasión de la ejecución del objeto inicial. Las modificaciones al valor correspondientes a mayores cantidades de obra ajustarán el valor inicialmente contratado y se denominarán adición de contrato. Las modificaciones al valor correspondientes a ítems no previstos, o para la realización de actividades que se consideren técnicamente convenientes u oportunas con ocasión de la ejecución del objeto inicial se denominarán contrato adicional, y no podrán superar el 50% del valor inicial. Para modificar el valor del contrato previamente se requiere:

a) La solicitud, justificación técnica y presupuesto correspondiente por parte de la interventoría.

b) Balance de obra actualizado determinando la necesidad de modificar el valor del contrato.

c) Determinación del precio unitario de ítems no previsto por parte de estudios previos de FONADE.

d) Aval y concepto técnico del gerente de convenio. e) Certificado de disponibilidad presupuestal.

4.1.4. Cantidades de obra Se entiende por cantidades de obra las estimadas por FONADE y presentadas en la oferta económica inicial del CONTRATISTA, las cuales son aproximadas según las necesidades estimadas de la obra objeto del presente contrato, razón por la cual se podrán aumentar, disminuir o suprimir durante la ejecución de la misma. 4.1.5. Mayores cantidades de obra EL CONTRATISTA está obligado a ejecutar las mayores cantidades de obra que resulten necesarias para la ejecución del objeto contractual, a los mismos precios contenidos en la oferta económica, previa autorización de la interventoría. En caso de presentarse mayores cantidades de obra, estas podrán compensarse mediante acta suscrita entre el interventor y EL CONTRATISTA. Cuando las mayores cantidades de obra impliquen el aumento del valor inicialmente estimado del contrato, deberá procederse de conformidad con lo establecido para la adición del contrato. 4.1.6. Ítems o Actividades No Previstas Son ítems o actividades no previstas aquellas necesarias para el cumplimiento del objeto contractual o técnicamente convenientes u oportunas, no pactadas desde el inicio del contrato. Si durante el desarrollo de la obra surge la necesidad de ejecutar ítems o actividades de obra no previstos contractualmente, EL CONTRATISTA los deberá ejecutar, previa celebración del contrato adicional correspondiente. La necesidad de ejecutar los nuevos ítems de obra será determinada por FONADE, previo concepto de la interventoría. Le está prohibido a EL CONTRATISTA ejecutar ítems o actividades de obra no previstos en el contrato, sin que, previamente, se haya suscrito el respectivo contrato adicional. Cualquier ítem que ejecute sin la celebración previa del documento contractual será asumido por cuenta y riesgo de EL CONTRATISTA, de manera que FONADE no reconocerá valores por tal concepto. Para la determinación del precio de los ítems o actividades no previstos y, por lo tanto, para la

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elaboración del análisis de precios unitarios, por parte de EL CONTRATISTA, se tendrá en cuenta el valor de los insumos, entendido como aquel que corresponde a las tarifas de los equipos, precios de los insumos y/o materiales básicos y las tarifas de personal, contenido en los respectivos análisis de precios unitarios de los ítems o actividades previstas y en la lista de precios de insumos. En el evento en que en el análisis de los precios unitarios de los ítems o actividades previstas y/o en la lista de precios de insumos se hayan consignado valores diferentes para un mismo insumo, se aplicará el menor valor. Si el precio de uno o algunos de los insumos necesarios para la determinación del valor del nuevo ítem o actividad no se encuentra en los análisis de precios unitarios, ni en la lista de precios de insumos, será acordado entre EL CONTRATISTA y el interventor previa verificación y aval de los precios por parte del Área de Estudios Previos. Los precios que se acuerden por los ítems o actividades no previstos, en ningún caso, serán superiores a los del mercado al momento en que el que se celebre el contrato adicional. 4.1.7. Requisitos de pago Los pagos y el desembolso de recursos relacionados con el contrato quedan sometidos, además de las condiciones anteriormente previstas, al cumplimiento de los siguientes requisitos: a. Deberán ser refrendados por el interventor en los formatos que FONADE suministre para

el efecto. b. La acreditación por parte de EL CONTRATISTA al interventor de que todo el personal

necesario para el inicio de la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día

c. Se realizarán dentro de los diez (10) días calendario siguientes a las fechas de radicación de las facturas o cuentas, según sea el caso, o de la fecha en que el contratista subsane las glosas que se le formulen.

d. Deberá haberse producido el ingreso efectivo de los recursos del proyecto a la Tesorería de FONADE.

e. Toda vez que los impuestos y retenciones que surjan por la celebración, ejecución y liquidación del contrato corren por cuenta de EL CONTRATISTA, FONADE hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley.

f. Todos los documentos de pago deberán ser avalados por el interventor contratado por FONADE.

4.1.8. Anticipo Para cada uno de los grupos FONADE desembolsará a EL CONTRATISTA, a título de anticipo, el VEINTE (20%) del valor del contrato de la etapa de obra. 4.1.9. Amortización El valor entregado como anticipo será amortizado con cada cuenta correspondiente a las actas parciales mensuales de obra, en un porcentaje igual al entregado a título de anticipo, pero en todo caso, su amortización total deberá realizarse en la última acta parcial mensual de obra, lo anterior significa que para el pago del acta final de obra ya debe haberse amortizado la totalidad del anticipo entregado. EL CONTRATISTA podrá amortizar en las actas parciales mensuales de obra un porcentaje mayor al acordado. 4.1.10. Requisitos para el desembolso del anticipo

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Para el desembolso del anticipo, se requiere previamente el cumplimiento de la totalidad de los requisitos de pago y adicionalmente los siguientes:

a. Aprobación de FONADE de la póliza de entregada por EL CONTRATISTA.

b. Suscripción de la totalidad de actas de inicio.

c. La acreditación por parte de EL CONTRATISTA al interventor de que todo el personal necesario para el inicio de la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos laborales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día.

d. Aprobación por parte de la interventoría del cronograma de obra.

e. Aprobación por parte de la interventoría del plan de manejo e inversión del anticipo, en el cual se contemple los tiempos e inversiones de conformidad con las cuales se ejecutará el anticipo.

f. Constitución por parte de EL CONTRATISTA, en una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, de la fiducia o del patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos que reciba a título de anticipo, previa aprobación expresa por parte del ordenador de gasto de FONADE del contrato respectivo, en el cual deberá establecerse de manera expresa que el beneficiario del mismo será FONADE.

4.1.11. Reglas para el manejo e inversión del anticipo Para el manejo e inversión del anticipo, se aplicarán las siguientes reglas:

a. EL CONTRATISTA deberá invertir, en forma directa y de manera inequívoca, el anticipo en

el objeto contractual, con sujeción al plan de manejo e inversión. FONADE, no aceptará como gasto amortizable de anticipo los relacionados con la legalización del contrato (pólizas, publicaciones, etc.).

b. El anticipo se manejará a través de una fiducia o un patrimonio autónomo irrevocable, el cual deberá establecer de forma expresa que la autorización de los desembolsos o cheques que se giren con cargo a éste, necesitan la firma o autorización de EL CONTRATISTA y la del Interventor

c. El costo de la comisión fiduciaria será cubierto totalmente por EL CONTRATISTA.

d. El anticipo debe manejarse de acuerdo con el plan de manejo e inversión del mismo aprobado por FONADE, el cual deberá ajustar a los porcentajes indicados en la oferta.

e. EL CONTRATISTA debe permitirle a la interventoría, sin ningún tipo de restricción, la revisión permanente del flujo de fondos.

f. EL CONTRATISTA deberá rendir a la interventoría un informe mensual de gastos contra la cuenta, incluyendo los soportes de los mismos (según el manual de Interventoría) y anexando copia del extracto de dicha cuenta.

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g. En todo caso, la ejecución del anticipo deberá justificarse con gastos necesarios para la ejecución de las obras.

h. Los rendimientos financieros que sean generados por los recursos del anticipo deberán ser transferidos a la cuenta en que FONADE maneja los recursos para el desarrollo de este proyecto, una vez amortizado el valor entregado por este concepto previo descuento de los gastos financieros derivados de dichos rendimientos. EL CONTRATISTA deberá remitir copia del correspondiente recibo de consignación.

4.2. ACTAS PARCIALES DE OBRA Y RECIBO DE LA OBRA Las actas parciales de obra, contienen la ejecución del avance de la misma en la periodicidad pactada en el contrato o diferentes al acta de recibo final de la obra. Las actas parciales de obra y el pago de las mismas tienen un carácter provisional en lo que se refiere a la cantidad y calidad de la obra preaprobada, estas entregas no tiene el carácter de definitivo, ni certifican a satisfacción por parte del interventor, ni de FONADE la ejecución de las actividades ejecutadas por EL CONTRATISTA, tan solo constituyen la prueba y respaldo del avance de las obras y de su pago; razón por la cual, el pago de las mismas por parte de FONADE, no significa el recibo definitivo a satisfacción. El Interventor podrá, en actas posteriores, hacer correcciones, ampliaciones, reducciones o modificaciones a cualquiera de las actas anteriores aprobadas por él y deberá indicar el valor correspondiente a la parte o partes de los trabajos que no cumplan con las especificaciones técnicas de las obras objeto del contrato, a efecto de que FONADE se abstenga de pagarlas o compensarlas con cuentas futuras a EL CONTRATISTA hasta que el Interventor dé el visto bueno. La ejecución de las actividades será aprobada y recibida en su totalidad en el acta de recibo de la obra, razón por la cual, hasta ese momento la interventoría y/o FONADE se reservan el derecho de solicitar a EL CONTRATISTA la adecuación, ajustes o correcciones de las actividades que no se encuentren en las condiciones esperadas y contratadas para ser recibidas. Ningún documento que no sea el Acta de recibo definitivo de la totalidad o parte de las obras, podrá considerarse como constitutivo de aprobación de las obras objeto del contrato. 4.3. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Sin perjuicio de las demás obligaciones que se desprendan de la Constitución Política de la República de Colombia, de las normas que regulan el ejercicio de la ingeniería y sus profesiones afines y auxiliares, de las contenidas en las normas urbanísticas, técnicas y ambientales pertinentes, de las particulares que correspondan a la naturaleza del contrato a celebrar, de aquellas contenidas en otros apartes de las presentes reglas de participación y de las consignadas específicamente en el contenido del contrato, EL CONTRATISTA contrae, entre otras, las siguientes: 4.3.1. Obligaciones de carácter general 4.3.1.1 Cumplir el objeto del contrato, ejecutando y entregando la obra contratada de acuerdo

con los criterios de calidad exigibles, los diseños, los planos y las especificaciones de construcción que hacen parte de las reglas de participación, con sujeción a los precios unitarios estipulados y dentro del plazo establecido.

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4.3.1.2 Adoptar las medidas ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas e industriales necesarias para no poner en peligro a las personas, a las cosas o al medio ambiente, y garantizar que así lo hagan, igualmente, sus subcontratistas y proveedores.

4.3.1.3 Acreditar, en las oportunidades que así se requiera, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, de todo el personal vinculado directamente a la ejecución de la obra, incluido los independientes que presten sus servicios para la ejecución de la obra.

4.3.1.4 Indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros, o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.

4.3.1.5 EL CONTRATISTA debe responder por el pago de todos los impuestos, tasas, gravámenes y contribuciones establecidas por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales y dentro de estos mismos niveles territoriales, las contribuciones, tasas, derechos, tarifas, y multas establecidos por las diferentes autoridades ambientales, que afecten la celebración, ejecución y liquidación del contrato y las actividades que de él se deriven. Estos pagos deben soportarse con las certificaciones correspondientes expedidas y/o validadas por las autoridades competentes.

4.3.1.6 EL CONTRATISTA de obra será el encargado y único responsable de entregar la obra funcionando en las condiciones contratadas.

4.3.1.7 Aquellos permisos que sean necesarios para la ejecución de los trabajos, que resulten adicionales a los que entregue FONADE, son responsabilidad del constructor.

4.3.2. Obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual

Presentar al supervisor y/o interventor del contrato, con cinco (5) días de antelación al inicio de la etapa donde desarrollará las actividades que le correspondan, los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del siguiente personal mínimo requerido, para la ejecución del contrato.

Suministrar y mantener, en las etapas que resulten pertinentes durante la ejecución de la obra y hasta la entrega de la misma, el personal ofrecido y requerido para la ejecución del objeto contractual, relacionado a continuación, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas o profesionales y la experiencia general y específica exigidas en las presentes reglas de participación. En todo caso, EL CONTRATISTA deberá contar con los profesionales o técnicos requeridos, para cumplir con el objeto contractual, que en ningún caso podrán estar comprometidos más del 100% de su tiempo incluyendo la dedicación requerida para la ejecución del contrato derivado del presente proceso y con contratos en ejecución con FONADE o con terceros. Además de lo anterior, deberá contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable. El CONTRATISTA se obliga durante el desarrollo de la obra a mantener al frente al Director del Proyecto y demás personal de especialistas aprobados por FONADE. El Director del proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del Contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales.

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GRUPO I

ETAPA 1. ESTUDIOS, DISEÑOS Y VERIFICACIÓN TÉCNICA DE LAS ACTIVIDADES A

EJECUTAR.

PERSONAL MINIMO REQUERDO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO

Cant. Cargo a

desempeñar Título

Obtenido EXPERIENCIA

GENERAL

Experiencia Específica

% de dedicación en la

duración total del

contrato Como/En:

Número

de

proyectos

Mínimos

Requerimiento

particular

1

Director de

Consultoría

Ingeniero Civil o

Arquitecto 4 Años

Director de

estudios técnicos y

diseño para

proyectos de

construcción

y/o ampliación

de edificaciones

2

La sumatoria del

valor de los

proyectos

aportados deberá

ser mínimo de 1.0

vez el POE

correspondiente

a la Etapa 1 del

Grupo I, a la

fecha de su

terminación

30% durante la ejecución de la Etapa I y deberá estar presente en las reuniones y/o comités, en la toma de decisiones y cuando FONADE lo requiera

1

Arquitecto Arquitecto 3 Años

Arquitecto con

experiencia en

diseño para

proyectos de

construcción

y/o ampliación

de edificaciones

2

N/A

50% durante la ejecución de las Etapa I y deberá estar presente en las reuniones y/o comités, en la toma de decisiones y cuando FONADE lo requiera

1

Profesional de

Costos y

Presupuesto

Ingeniero Civil o

Arquitecto 4 Años

Profesional con

experiencia en

elaboración de

presupuestos y

programación de

obra para

proyectos de

Construcción, y/o

ampliación de

Edificaciones

3

N/A

50% durante la ejecución de la Etapa I.

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1

Especialista

Eléctrico

Ingeniero

Electricista y/o

Eléctrico y/o

Electromecánico

2 Años

Diseñador

eléctrico con

experiencia en

proyectos para

construcción y/o

ampliación

de edificaciones,

que involucren

instalaciones

eléctricas en baja

Tensión y

Cableado

Estructurado

2

N/A

30% durante la ejecución

de la Etapa I.

1

Especialista

Estructural Ingeniero Civil 4 Años

Especialista en

estructuras en

la etapa de

diseños de

proyectos para la

construcción

y/o ampliación

de edificaciones

3

N/A

20% durante la ejecución de la Etapa I.

1

Profesional de

Apoyo

Ingeniero Civil

y/o Arquitecto 2 Años N/A 3

N/A

20% durante la ejecución de la Etapa I.

1

Especialista

Hidráulico o

Hidrosanitario

Ingeniero

Sanitario

o Ingeniero Civil

con estudios de

posgrados en

Hidráulica o

Recursos

Hídricos

2 años

Especialista en

diseños Hidro-

Sanitarios en

proyectos de

construcción y/o

ampliación de

edificaciones

2

N/A

30% durante la ejecución de la Etapa I.

1

Topógrafo N.A 1 Año N/A N/A N/A

20% durante la ejecución de la Etapa I.

1

Cadenero N.A 1 Año N/A N/A N/A

20% durante la ejecución de la Etapa I.

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GRUPO I

ETAPA 2. EJECUCIÓN DE LA OBRA

Los profesionales de la Etapa de Consultoría, podrán ser los mismos de la etapa de obra,

siempre y cuando cumpla con la experiencia solicitada.

PERSONAL MINIMO REQUERDO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO

Cantidad Cargo a

desempeñar Título

Obtenido EXPERIENCIA

GENERAL

Experiencia Específica

% de dedicación

en la duración

total del contrato Como/En:

Número

de

proyectos

Mínimos

Requerimiento

particular

1

Director de

Obra

Ingeniero Civil o

Arquitecto 4 Años

Director de

proyectos de

construcción

y/o ampliación

de

edificaciones

3

La sumatoria del

valor de los proyectos

aportados deberá ser

mínimo de 1.0 vez el

POE correspondiente

a la Etapa 2 del Grupo

I, a la fecha de su

terminación

30% durante la ejecución de las obras y deberá estar presente en las reuniones y/o comités, en la toma de decisiones y cuando FONADE lo requiera

1

Residente de

Obra

Ingeniero Civil o

Arquitecto 3 Años

Residente de

Obra en

proyectos de

construcción

y/o ampliación

de

edificaciones

2

N/A

100% durante la ejecución de las obras y deberá estar presente en las reuniones y/o comités, en la toma de decisiones y cuando FONADE lo requiera

1

Profesional de

Costos y

Presupuesto

Ingeniero Civil o

Arquitecto 2 Años

Profesional de

costos y

presupuestos

en proyectos

de

obra civil

1

N/A

10% durante la ejecución de las obras.

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 75 de 97

1

Especialista

Eléctrico

Ingeniero

Electricista y/o

Eléctrico y/o

Electromecánico

2 Años

Especialista en

proyectos de

construcción

y/o ampliación

de

edificaciones,

que involucren

instalaciones

eléctricas en

baja Tensión y

Cableado

Estructurado

2

N/A

10% durante la ejecución de las obras.

1

Profesional de

Seguridad

Industrial

Profesional en

ingeniería o

Administración

o

Salud

Ocupacional

N/A N/A N/A

N/A

10% durante la ejecución de las obras.

4

Maestro N/A N/A N/A N/A

N/A

100% durante la ejecución de las obras.

1

Topógrafo N.A 1 Año N/A N/A N/A

20% durante la ejecución de las obras.

1

Cadenero N.A 1 Año N/A N/A N/A

20% durante la

ejecución de las

obras.

GRUPO II

ETAPA 1. ESTUDIOS, DISEÑOS Y VERIFICACIÓN TÉCNICA DE LAS ACTIVIDADES A

EJECUTAR.

PERSONAL MINIMO REQUERDO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO

Cantidad Cargo a Título EXPERIENCIA

Experiencia Específica % de dedicación

en la duración

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 76 de 97

desempeñar Obtenido GENERAL

Como/En:

Número

de

proyectos

Mínimos

Requerimiento

particular

total del contrato

1

Director de

Consultoría

Ingeniero Civil o

Arquitecto 4 Años

Director de

estudios técnicos y

diseño para

proyectos de

construcción

y/o ampliación

de edificaciones

2

La sumatoria del

valor de los

proyectos

aportados

deberá ser

mínimo de 1.0

vez el POE

correspondiente

a la Etapa 1 del

Grupo II, a la

fecha de su

terminación

30% durante la ejecución de la Etapa I y deberá estar presente en las reuniones y/o comités, en la toma de decisiones y cuando FONADE lo requiera

1

Arquitecto Arquitecto 3 Años

Arquitecto con

experiencia en

diseño para

proyectos de

construcción

y/o ampliación

de edificaciones

2

N/A

50% durante la ejecución de las Etapa I y deberá estar presente en las reuniones y/o comités, en la toma de decisiones y cuando FONADE lo requiera

1

Profesional de

Costos y

Presupuesto

Ingeniero Civil o

Arquitecto 4 Años

Profesional con

experiencia en

elaboración de

presupuestos y

programación de

obra para

proyectos de

Construcción, y/o

ampliación de

Edificaciones

3

N/A

50% durante la ejecución de la Etapa I.

1

Especialista

Eléctrico

Ingeniero

Electricista y/o

Eléctrico y/o

Electromecánico

2 Años

Diseñador

eléctrico con

experiencia en

proyectos para

construcción y/o

ampliación

de edificaciones,

que involucren

instalaciones

eléctricas en baja

Tensión y

Cableado

Estructurado

2

N/A

30% durante la

ejecución de la Etapa I.

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 77 de 97

1

Especialista

Estructural Ingeniero Civil 4 Años

Especialista en

estructuras en

la etapa de diseños

de proyectos para

la

construcción

y/o ampliación

de edificaciones

3

N/A

20% durante la ejecución de la Etapa

I.

1

Profesional de

Apoyo

Ingeniero Civil

y/o Arquitecto 2 Años N/A 3

N/A

20% durante la ejecución de la Etapa

I.

1

Especialista

Hidráulico o

Hidrosanitario

Ingeniero

Sanitario

o Ingeniero Civil

con estudios de

posgrados en

Hidráulica o

Recursos

Hídricos

2 años

Especialista en

diseños Hidro-

Sanitarios en

proyectos de

construcción y/o

ampliación de

edificaciones

2

N/A

30% durante la ejecución de la Etapa

I.

1

Topógrafo N.A 1 Año N/A N/A N/A

20% durante la ejecución de la Etapa I.

1

Cadenero N.A 1 Año N/A N/A N/A

20% durante la ejecución de la Etapa I.

GRUPO II

ETAPA 2. EJECUCIÓN DE LA OBRA

Los profesionales de la Etapa de Consultoría, podrán ser los mismos de la etapa de obra,

siempre y cuando cumpla con la experiencia solicitada.

PERSONAL MINIMO REQUERDO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO

Cantidad Cargo a Título EXPERIENCIA

Experiencia Específica % de dedicación

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 78 de 97

desempeñar Obtenido GENERAL

Como/En:

Número

de

proyectos

Mínimos

Requerimiento

particular

en la duración

total del

contrato

1

Director de Obra Ingeniero Civil o

Arquitecto 4 Años

Director de

proyectos de

construcción

y/o

ampliación

de

edificaciones

3

La sumatoria del

valor de los

proyectos aportados

deberá ser mínimo

de 1.0 vez el POE

correspondiente a la

Etapa 2 del Grupo II,

a la fecha de su

terminación

30% durante la ejecución de las obras y deberá estar presente en las reuniones y/o comités, en la toma de decisiones y cuando FONADE lo requiera

1

Residente de

Obra

Ingeniero Civil o

Arquitecto 3 Años

Residente de

Obra en

proyectos de

construcción

y/o

ampliación

de

edificaciones

2

N/A

100% durante la ejecución de las obras y deberá estar presente en las reuniones y/o comités, en la toma de decisiones y cuando FONADE lo requiera

1

Profesional de

Costos y

Presupuesto

Ingeniero Civil o

Arquitecto 2 Años

Profesional de

costos y

presupuestos

en proyectos

de

obra civil

1

N/A

10% durante la ejecución de las obras.

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 79 de 97

1

Especialista

Eléctrico

Ingeniero

Electricista y/o

Eléctrico y/o

Electromecánico

2 Años

Especialista en

proyectos de

construcción

y/o

ampliación

de

edificaciones,

que

involucren

instalaciones

eléctricas en

baja Tensión y

Cableado

Estructurado

2

N/A

10% durante la ejecución de las obras.

1

Profesional de

Seguridad

Industrial

Profesional en

ingeniería o

Administración o

Salud

Ocupacional

N/A N/A N/A

N/A

10% durante la ejecución de las obras.

4

Maestro N/A N/A N/A N/A

N/A

100% durante la ejecución de las obras.

1

Topógrafo N.A 1 Año N/A N/A N/A

20% durante la ejecución de las obras.

1

Cadenero N.A 1 Año N/A N/A N/A

20% durante la

ejecución de las

obras.

El personal anteriormente descrito, será de carácter obligatorio, por lo cual los oferentes

lo deberán tener en cuenta y considerar en su totalidad, al momento de elaborar su

oferta económica.

Nota: Para la acreditación de la experiencia específica de los profesionales solo se

tendrán en cuenta aquellos proyectos en los que el respectivo profesional haya

participado como mínimo en un 50% de su ejecución. Para efectos de determinar el 50%

de la ejecución se tendrá en cuenta la fecha de inicio y terminación del proyecto.

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 80 de 97

4.3.2.1 Vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un setenta por ciento (70%) del personal no calificado, a individuos de la región de influencia de la misma.

4.3.2.2 Vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un diez por ciento (10%) del personal no calificado, a individuos que se hayan acogido al programa de desmovilización y reinserción impulsado por el Gobierno Nacional o a individuos en condición de desplazamiento.

4.3.2.3 Mantener al frente de las obras al profesional idóneo y aceptado por la interventoría, quien será el director de proyecto y representante del contratista para decidir, con el interventor, sobre los aspectos técnicos relacionados con la ejecución de la obra.

4.3.2.4 EL CONTRATISTA deberá presentar al interventor del contrato, con cinco (5) días de antelación al inicio de la etapa donde desarrollará las actividades que le correspondan, los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia específica del personal mínimo requerido para la ejecución del contrato.

En caso de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA en la presentación de los soportes del personal antes indicado, en el plazo señalado, se procederá a la aplicación de las sanciones contractuales correspondientes. La valoración de la documentación aportada para efectos de demostrar las condiciones requeridas para el personal requerido se sujetará a las siguientes reglas especiales:

a. Para la acreditación de la experiencia específica de cada uno de los integrantes

del personal principal requerido deberán presentar la matrícula o tarjeta profesional y certificaciones de los proyectos ejecutados o su respectiva acta de liquidación o cualquier otro documento debidamente firmado por el contratante que contenga como mínimo la siguiente información:

Nombre del contratante del profesional propuesto en el presente proceso Nombre del contratista (profesional propuesto en el presente proceso) Objeto del proyecto Valor del proyecto Fechas de inicio y terminación del proyecto Fechas de inicio y terminación de las labores del profesional en el proyecto Firma del personal competente

Nota.- En caso de que los oferentes presenten para acreditar la experiencia de los profesionales propuestos los contratos suscritos por los referidos profesionales, los mismos deben acompañarse en todo caso de las certificaciones y/o actas de recibo final y/o actas de liquidación suscritas por el contratante o su representante, lo anterior para evidenciar la ejecución efectiva del contrato o el proyecto acreditado. En el caso en que el oferente o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal sea quien certifique la experiencia de alguno de los profesionales que presenta en la oferta por haber sido su contratante, deberá adjuntarse adicionalmente el respectivo contrato y/o la debida acta de terminación y/o liquidación y/o pago de parafiscales como empleado del mismo. Así mismo, Fonade se reserva la facultad de solicitar documentación adicional para verificar los requisitos de los profesionales.

b. Las certificaciones de experiencia en idioma diferente al castellano deberán

acompañarse de la traducción correspondiente.

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 81 de 97

c. La experiencia general de los profesionales cuando se solicite, se computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior. Para el caso de los profesionales cuya tarjeta o matricula profesional no indique la fecha de su expedición, deberán aportar el documento expedido por el ente correspondiente en donde se indique la fecha de expedición de la misma o la certificación expedida por el ente de educación superior respectivo en donde conste la fecha de terminación y aprobación del pensum académico.

d. Los estudios de educación superior (pregrado y postgrado), así como los estudios técnicos se acreditarán mediante fotocopia de los diplomas respectivos o certificados de obtención del título correspondiente.

4.3.2.5 Obtener la aprobación de la interventoría con antelación al cambio de profesionales o técnicos requeridos y ofrecidos. La solicitud de sustitución deberá contener las justificaciones correspondientes y estar acompañada de los soportes que acrediten el cumplimiento de las calidades profesionales o técnicas, la experiencia general y especifica del nuevo personal, el nuevo profesional deberá tener un perfil igual o superior al profesional a ser remplazado, quien cumplió con los requisitos exigidos en las reglas de participación, sin perjuicio de la regulación específica que sobre este aspecto se establece para el personal mínimo requerido.

4.3.2.6 Asumir el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de todo el personal que ocupe en la ejecución de la obra, así como garantizar que la celebración y ejecución de los subcontratos necesarios no darán lugar al surgimiento de ningún tipo de vínculo laboral entre el personal subcontratado y FONADE.

4.3.2.7 Responder por cualquier tipo de reclamación, judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la que coadyuve el personal o los subcontratistas contra FONADE, por causa o con ocasión del contrato.

Parágrafo 1. Las obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual será objeto de especial verificación por la interventoría, y su incumplimiento, incluida la ausencia injustificada de una o varias de las personas que hacen parte del personal mínimo requerido, acarreará la imposición de las sanciones contractuales correspondientes. Parágrafo 2. EL CONTRATISTA no podrá contratar o vincular a las personas naturales o jurídicas que hayan participado en la elaboración de los estudios, diseños y proyectos que tengan relación directa con el objeto del contrato a celebrar. Por lo tanto, serán rechazadas por la interventoría o por FONADE las hojas de vida del personal que se pretenda contratar o vincular y que se encuentre incurso en la prohibición señalada. En este caso, EL CONTRATISTA tendrá que presentar un nuevo profesional o técnico, según corresponda. 4.3.3. Obligaciones relacionadas con la adecuación del lugar de la obra 4.3.3.1 Obtener, el suministro de los servicios públicos provisionales para la ejecución de la

obra y mantener su provisión durante el tiempo necesario. 4.3.3.2 Responder por el pago de los servicios públicos producto del consumo necesario para la

ejecución del objeto del contrato, así como por las adecuaciones de las redes requeridas para la obtención del servicio.

4.3.3.3 Realizar, la construcción del campamento de obra con un área mínima de 60 M2, cuya ubicación deberá contar con la aprobación de la interventoría.

Las especificaciones técnicas mínimas del campamento, serán las siguientes: EL CONTRATISTA construirá o adecuará en el sitio de la obra una caseta o edificación provisional que reúna condiciones adecuadas de higiene, comodidad,

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 82 de 97

ventilación, protección y seguridad. El campamento estará conformado por oficinas para la dirección de la obra y la interventoría, un campamento para los trabajadores, un almacén y un depósito para materiales que puedan sufrir pérdidas o deterioro por su exposición a la intemperie. La capacidad del depósito la determinará el flujo de materiales de acuerdo con la programación detallada de la obra.

El campamento se ubicará en sitios de fácil drenaje, donde no ofrezcan peligros de contaminación con aguas residuales, letrinas y demás desechos y contarán con todos los servicios higiénicos debidamente conectados a los colectores de aguas residuales existentes en cercanías del campamento. EL CONTRATISTA será responsable ante las autoridades competentes en el sitio de las obras del cumplimiento de las normas vigentes y de las sanciones a que se haga acreedor debido a su incumplimiento u omisión. Una vez terminada la obra, el campamento se retirará o demolerá y se restituirán las condiciones que existían inmediatamente antes de iniciar las construcciones, si a ello hay lugar.

4.3.3.4 Instalar una valla informativa (4.0 x 2.0 mts) de acuerdo con la información y modelo que debe ser suministrado por FONADE.

4.3.3.5 En los sitios donde se requiera, deberá realizar el cerramiento provisional de la obra y/o de las zonas por intervenir, de acuerdo con las especificaciones dadas, que proteja los sitios de construcción de la obra del acceso de personas ajenas a los trabajos, evite perturbaciones de tránsito e incomodidades a los vecinos; deberá tener como mínimo dos (2) metros de altura y la totalidad de la señalización preventiva necesaria para la segura circulación del personal de obra, vecinos y terceros; así mismo deberá instalar una valla informativa de (4x2m) para las instituciones dónde se construyan las tiendas escolares y la cancha deportiva, de acuerdo con la información y modelo que suministre Fonade.

4.3.4. Obligaciones relacionadas con los equipos, herramientas, maquinaria y materiales de construcción.

4.3.4.1 Ejecutar la obra con todos los equipos, maquinaria, herramientas, materiales y los

demás elementos necesarios. 4.3.4.2 Responder por la obtención de todo lo relacionado con las fuentes de materiales de

construcción necesarias para la ejecución de la obra contratada y a la obtención legal y oportuna de todos los materiales y suministros que se requieran para la construcción de las obra, manteniendo permanentemente una cantidad suficiente para no retrasar el avance de los trabajos.

4.3.4.3 Suministrar todos los equipos, maquinaria, herramientas, materiales e insumos en las fechas indicadas en la programación detallada de la obra, cumpliendo oportunamente, entre otros aspectos, con el envío y recepción de los mismos en el sitio de la obra.

4.3.4.4 Garantizar la buena calidad de los materiales y elementos utilizados para el cumplimiento del objeto del contrato.

4.3.4.5 Realizar, por su cuenta y riesgo, todos los ensayos de laboratorio y las demás pruebas que se requieran y/o soliciten para verificar la calidad de los materiales y los demás elementos que se instalen en la obra. En cumplimiento de esta obligación, EL CONTRATISTA deberá presentar a la interventoría los documentos que permitan acreditar que los equipos utilizados para los diferentes ensayos tengan las siguientes capacidades:

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 83 de 97

- Calibrar o verificar a intervalos especificados o antes de su utilización, comparado con patrones de medición trazables a patrones de medición nacional o internacional. Cuando no existan tales patrones debe registrarse la base utilizada para la calibración o la verificación.

- Ajustar o reajustarse, según sea necesario. - Identificarse para poder determinar el estado de calibración. - Protegerse contra los daños y el deterioro durante la manipulación, el

mantenimiento y el almacenamiento.

4.3.5. Obligaciones relacionadas con la ejecución de la obra 4.3.5.1 Adelantar todas las gestiones necesarias ante las autoridades respectivas, para la

obtención de los permisos requeridos en la ejecución de obra, diferentes a los previamente obtenidos por FONADE, tales como: cruce de vías, cierre temporal de vías, accesos a cada área, ingreso del personal, horarios de trabajo, excavaciones, o cualquier intervención del espacio público.

4.3.5.2 Solicitar y justificar con la debida antelación a la interventoría la adición de recursos, prorrogas, mayores cantidades de obra e ítems no previstos necesarios para la terminación de la obra, cuando así se requiera.

4.3.5.3 Mantener tanto el personal de vigilancia como las medidas de seguridad en las áreas de intervención en donde se ejecute la obra.

4.3.5.4 Retirar los materiales sobrantes y entregar las áreas intervenidas en perfecto estado y limpieza.

4.3.5.5 Mantener tanto el personal de vigilancia como las medidas de seguridad en las áreas de intervención en donde se ejecute la obra.

4.3.5.6 Efectuar las reparaciones necesarias a las áreas intervenidas como consecuencia de los defectos de estabilidad, y a las áreas contiguas que presenten deterioro, incluso dentro del año siguiente a la entrega de las obras.

4.3.5.7 Demoler y reemplazar, por su cuenta y riesgo, en el término indicado por el interventor o FONADE, toda actividad ejecutada que resulte defectuosa según el análisis de calidad, o que no cumpla las normas de calidad requeridas para la obra, ya sea por causa de los insumos o de la mano de obra.

4.3.5.8 Reponer, por su cuenta y riesgo, las obras de urbanismo afectadas por la construcción. 4.3.5.9 Garantizar el cumplimiento de las normas vigentes sobre seguridad industrial para la

ejecución del contrato, en especial en cuanto guarda relación con:

- Elementos de seguridad industrial necesarios para la totalidad del personal que interviene en las actividades de obra.

- Manipulación de equipos, herramientas, combustibles y todos los elementos que se utilicen para el cumplimiento del objeto contractual.

- Dotación de calzado y vestido de labor y documento de identificación para todo el personal utilizado en la ejecución de objeto contractual.

4.3.5.10 EL CONTRATISTA debe garantizar bajo su responsabilidad que para el inicio del proyecto se cuente con las redes provisionales de los servicios.

4.3.6. Obligaciones de carácter particular Para cada uno de los grupos:

4.3.6.1 Las relacionadas con los Productos a entregar de la Etapa I. 4.3.6.2 Cumplir el objeto del contrato, ejecutando y entregando la obra contratada de acuerdo

con los criterios de calidad exigibles, los diseños, los planos y las especificaciones de

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 84 de 97

construcción que hacen parte del pliego de condiciones y de la Etapa I del proceso de Interventoría, con sujeción a los precios unitarios estipulados y dentro del plazo establecido.

4.3.6.3 Adoptar las medidas ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas e industriales necesarias para no poner en peligro a las personas, a las cosas o al medio ambiente y garantizar que así lo hagan, igualmente, sus subcontratistas y proveedores.

4.3.6.4 Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y liquidación del contrato.

4.3.6.5 EL CONTRATISTA de obra será el encargado y único responsable de entregar la obra funcionando en las condiciones contratadas.

4.3.6.6 Aquellos permisos que sean necesarios para la ejecución de los trabajos, que resulten adicionales a los que entregue FONADE, son responsabilidad del constructor.

PROGRAMACION DE OBRA.

4.3.6.7 El Contratista deberá presentar la programación detallada de obra en Project o similar, en la cual se tengan en cuenta el sitio en que se va a desarrollar la obra, las condiciones naturales, geológicas, climáticas, en las pre-actividades a ejecutar deberá contemplar, el suministro de insumo y transporte de los mismos, para ejecutar cada una de las actividades contractuales.

4.3.6.8 Ejecutar las obras correspondientes de acuerdo con la programación y dentro del plazo del contrato.

4.3.6.9 Ejecutar las obras de acuerdo con las normas vigentes aplicables. 4.3.6.10 Implementar los frentes de trabajo necesarios para la ejecución de las obras

dentro del plazo contractual.

INSTALACIONES ELECTRICAS Y DE COMUNICACIONES

4.3.6.11 Todas las actividades eléctricas, deberán ser realizadas bajo las condiciones exigidas por el RETIE.

4.3.6.12 Las actividades que corresponden al cableado estructurado (salidas de voz y datos), se deben entregar certificadas y garantizar conectividad y funcionamiento en todos los puestos de trabajo.

4.3.7. OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN

Estudios y Diseños, verificación técnica: 4.3.7.1. Presentar Informes periódicos de avance de todos y cada uno de los Estudios y

Diseños contemplados, los cuales deberán ser aprobados por la interventoría. Estos Informes deben poseer y presentar características y propiedades de una labor coordinada y homogénea entre las diferentes disciplinas, ya que se trata de un Proyecto Integral y como tal debe ser concebido y ejecutado.

4.3.7.2. Todos los documentos concernientes a los diferentes Estudios y Diseños

realizados (memorias de cálculo, informes periódicos, registro fotográfico, planos definitivos de construcción, cantidades finales para la obra, presupuesto detallado definitivo, cronograma de actividades para ejecución constructiva y especificaciones técnicas detalladas en medio magnético, en Original y dos (2) copias de la totalidad de los planos de construcción.

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 85 de 97

4.3.7.3. Llevar una bitácora de la ejecución de los estudios y diseños técnicos, esto es, una memoria diaria de todos los acontecimientos ocurridos y decisiones tomadas en la ejecución de los trabajos, así como de las órdenes de interventoría, de los conceptos de los especialistas en caso de ser necesarios, de la visita de funcionarios que tengan que ver con el proyecto, etc., de manera que se logre la comprensión general de la consultoría y el desarrollo de las actividades, de acuerdo con la programación detallada para esta etapa. Debe encontrarse debidamente foliada y firmada por el director del proyecto, los profesionales que intervienen en la consultoría, así como de la interventoría. A ella tendrán acceso, cuando así lo requieran, los delegados de FONADE.

4.3.7.4. Presentar informes mensuales, los cuales deberán ser aprobados por la

interventoría y contener: a. Avance de cada una de las actividades programadas.

b. Registros fotográficos.

c. Resultados de los ensayos de materiales y demás pruebas realizadas.

d. Fotocopia de la bitácora.

e. Resumen de las actividades realizadas en el mes.

f. Relación del personal empleado en la ejecución de los diseños.

g. Actualización del programa de ejecución de los diseños.

h. Acreditación, de acuerdo con lo establecido en el inciso segundo del artículo 41 de Ley 80 de 1993, adicionado mediante el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda. 4.3.7.5. Presentar informe final, el cual deberá ser aprobado por la interventoría y

contener: a. Resumen de actividades y desarrollo de los diseños

- Documentación técnica productos entregables de la consultoría

- Bitácora

b. Acreditación, de acuerdo con lo establecido en el inciso segundo del artículo 41 de Ley 80 de 1993, adicionado mediante el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda.

c. Póliza de los estudios y diseños técnicos y actualización de las demás

d. Paz y salvo, por todo concepto, de los proveedores y subcontratistas.

e. Entrega de los productos resultado de los estudios y diseños técnicos. 4.3.7.6. Elaborar y presentar conjuntamente con el interventor, las actas de entrega

mensual de los productos de los estudios y diseños técnicos y de la entrega final de los productos y de la aprobación y recibo a satisfacción.

4.3.7.7. Presentar toda la información requerida por el Interventor o FONADE de

conformidad con el Manual de Interventoría.

Obra

4.3.7.8. Presentar informes mensuales, los cuales deberán ser aprobados por la

interventoría y contener lo definido en el Manual de Interventoría.

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

REGLAS DE PARTICIPACION OPC 134-2014 Página 86 de 97

4.3.7.9. Presentar informe final, el cual deberá ser aprobado por la interventoría.

4.3.7.10. Llevar una bitácora de obra, esto es, una memoria diaria de todos los acontecimientos ocurridos y decisiones tomadas en la ejecución de los trabajos, así como de las órdenes de interventoría, de los conceptos de los especialistas en caso de ser necesarios, de la visita de funcionarios que tengan que ver con el proyecto, etc., de manera que se logre la comprensión general de la obra y el desarrollo de las actividades, de acuerdo con la programación detallada de la obra. Debe encontrarse debidamente foliada y firmada por el director de obra, el residente y el director de la interventoría. A ella tendrán acceso, cuando así lo requieran, los delegados de FONADE.

4.3.7.11. Elaborar durante el proceso de construcción, el manual de funcionamiento y mantenimiento, en el cual se deberá especificar los materiales de obra de permanente uso (pisos, muros, cubiertas, aparatos, etc. Así como de los equipos instalados), su funcionamiento y mantenimiento. Se deberá anexar el original de las garantías de todos los equipos. Éste manual contendrá en una escala reducida, pero legible, los planos arquitectónicos, eléctricos, etc. El manual deberá contar con la aprobación de la Interventoría.

4.3.7.12. Realizar semanalmente el registro fotográfico y de video del avance de la ejecución de la obra, procurando mostrar desde un mismo punto el progreso o avance.

4.3.7.13. Elaborar, siguiendo los mismos criterios de los planos y diseños entregados por FONADE, los planos record de la totalidad del proyecto, los cuales deberán ser entregados a FONADE con la aprobación de la interventoría, en medio impreso y magnético.

4.3.7.14. Elaborar y presentar conjuntamente con el interventor, las actas de entrega mensual de obra, de entrega final de obra y de liquidación.

4.3.7.15. Presentar toda la información requerida por el Interventor o FONADE de conformidad con el Manual de Interventoría.

. 4.3.8. Obligaciones relacionadas con los diseños, planos, estudios técnicos y

especificaciones de construcción Previo a la suscripción del acta de inicio, el CONTRATISTA se obliga a revisar los estudios y diseños y presentar las observaciones a los mismos, en caso de no hacerlo se entenderá la aceptación total de los mismos. 4.3.8.1 Utilizar los diseños, planos, estudios técnicos y especificaciones de construcción

entregadas por FONADE y por la Interventoría de la ETAPA I, únicamente para el desarrollo del objeto contractual, sin que por ello se entienda conferido algún derecho de propiedad intelectual.

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

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4.3.8.2 Justificar técnicamente toda adecuación, complementación, ajuste y/o modificación de los diseños, planos, estudios técnicos y/o especificaciones de construcción necesarias para el cumplimiento del objeto contractual, con el fin de obtener el aval del Consultor o en su defecto del interventor y por FONADE, sin perjuicio de las autorizaciones que sean requeridas por parte del consultor que los haya elaborado o el MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, en cumplimiento de lo dispuesto en las normas NTCGP1000:2004 e ISO 9001:2000. La responsabilidad por las adecuaciones, complementaciones, ajustes y/o modificaciones a los diseños, planos, estudios técnicos y/o especificaciones de construcción será asumida por EL CONTRATISTA en el evento que el contrato de consultoría no se encuentre vigente.

4.3.9. Obligaciones previas a la suscripción del acta de inicio Dentro de los cinco (5) días siguientes a la suscripción del contrato, EL CONTRATISTA deberá presentar, para aprobación de la interventoría: 4.3.9.1 Programas detallados para la ejecución de la obra Los programas detallados para la ejecución de la obra, deberán ser elaborados hasta el nivel de subtítulos, teniendo en cuenta la información presentada en la oferta y, entre otros aspectos, los planos, los documentos técnicos y las condiciones del sitio de los trabajos, utilizando una software tipo Project, o similar, en un diagrama de barras discriminado por semanas. Los programas se sujetarán, en todo caso, al plazo de ejecución del objeto contractual indicado en el numeral 1.5 de las presentes reglas, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de iniciación y serán, como mínimo:

a. Programa de ejecución de los trabajos (Diagrama de Gant) con las actividades por capítulos hasta el nivel de subcapítulos, señalando:

- Secuencia y duración de cada una de las actividades (capítulos y subcapítulos) indicadas en el formato de cantidades de la oferta económica.

- Indicación de inicio y final de cada una de las actividades. - La indicación de la duración de la ejecución del proyecto objeto del presente

proceso de selección. - Ruta critica.

b. Programa detallado del recurso humano requerido para la ejecución de los trabajos. Deberá especificar la jornada de trabajo a utilizar en la ejecución de la obra, indicando días y horas laborales para cada una de las semanas.

c. Flujo de inversión del contrato: EL CONTRATISTA deberá presentar el flujo de inversión del contrato, expresado en pesos conforme a la oferta económica. La presentación del flujo de inversión de los recursos del contrato deberá realizarse utilizando una hoja de cálculo de Excel o aplicación software tipo project o similar, por cada una de las actividades (capítulos y subcapítulos) contenidas en el Oferta Económica, discriminadas por mes, de acuerdo con el siguiente modelo:

Flujo de Inversión de los recursos del contrato

cod. Descripción mes 1 mes 2 mes 3 n..

1 Capitulo 1

Actividad 1 1,00% 5,00%

Actividad 2 0,05% 5,00%

Actividad 3 1,50%

Actividad 4

2 Capitulo 2

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Actividad 1 10,00% 5,00%

Actividad 2 0,50% 3,00%

Actividad 3 0,15% 8,00%

3 Capitulo 3

Actividad 1

Actividad 2

4 Capitulo 4

Actividad 1

Actividad 2

Actividad 3

Actividad 4

..

subtotal del mes 13% 21% 5%

Acumulado 13% 34% 39% ..

d. Flujo de manejo e inversión del anticipo: EL CONTRATISTA deberá presentar el flujo de

inversión del anticipo, expresado en pesos. La presentación del flujo de inversión del anticipo deberá realizarse mediante una hoja de cálculo de Excel u otra herramienta, por capitulo contenidos en el formato de oferta económica, discriminados por mes. Para ilustración de los interesados se presenta el siguiente modelo:

Flujo de Inversión del anticipo

cod. Descripción mes 1 mes 2 mes 3 n..

1 Capitulo 1 10% 6% 6%

2 Capitulo 2

3 Capitulo 3 10% 5% 8%

4 Capitulo 4 15% 5% 10%

5 Capitulo 5 10% 5% 5%

6 Capitulo 6 3% 2%

..

subtotal del mes 48% 23% 29%

Acumulado 48% 71% 100%

Plazo de ejecución del contrato: (__ días)

Plazo de Inversión del anticipo: (__días)

Porcentaje asignado de anticipo para el presente proceso:

(__ %)

El plazo de inversión del anticipo debe ser con respecto al plazo total de ejecución del contrato, en porcentaje, igual o inferior al porcentaje asignado como anticipo.

e. Programa de suministros de insumos detallado. f. Programa de suministro equipos. g. Plan de aseguramiento de la Calidad de la Obra: EL CONTRATISTA ejecutará y

controlará los trabajos de construcción bajo el enfoque de gestión de Calidad conforme a la norma NTC-ISO 10005:2005

Miércoles, 01 de Octubre de 2014

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El plan de aseguramiento de calidad de la obra debe tener los siguientes componentes mínimos:

1. Alcance 2. Elementos de Entrada del Plan de Calidad 3. Objetivos de la Calidad 4. Responsabilidades de la Dirección 5. Control de documentos y datos 6. Control de registros 7. Recursos

a. Provisión de recursos b. Materiales c. Recursos humanos d. Infraestructura y ambiente de trabajo

8. Requisitos 9. Comunicación con el Cliente 10. Diseño y desarrollo

a. Proceso de diseño y desarrollo b. Control de cambios del diseño y desarrollo

11. Compras 12. Producción y prestación del servicio 13. Identificación y trazabilidad 14. Propiedad del cliente 15. Preservación del producto 16. Control de producto no conforme 17. Seguimiento y medición 18. Auditoria

h. Presentación del A.I.U., de conformidad con lo indicado en el factor económico de las

reglas de participación de estas reglas de participación. i. EL CONTRATISTA deberá presenta un documento con las funciones y

responsabilidades del personal mínimo requerido para la ejecución del contrato.

Los programas y planes antes indicados, luego de su aprobación por parte del Interventor y avalado por FONADE, serán obligatorios para EL CONTRATISTA quien no podrá modificarlos unilateralmente. La modificación de cualquiera de los planes y programas deberá fundarse en causas plenamente justificadas y requerirá la aprobación escrita y previa del Interventor y la verificación por parte de FONADE o del comité técnico. En caso de que EL CONTRATISTA no cumpla con alguno de ellos, el interventor podrá exigir por escrito, según el caso, el aumento en el número de turnos, en la jornada de trabajo y/o en el equipo y/o en los insumos y, en general, las acciones necesarias para el cumplimiento del programa o plan de que se trate, sin que por la realización de tales acciones se genere costo adicional alguno para FONADE. No obstante el incumplimiento de estos requisitos podrá implicar las sanciones del caso. 4.3.9.2 Programas complementarios:

a. Programa de seguridad industrial b. Programa de salud ocupacional c. Programa de manejo ambiental.

4.3.9.3 Organización de los trabajos:

a. El organigrama general del proyecto debe contener:

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Frente de trabajo mínimo requerido.

Las líneas de mando y coordinación

Los niveles de decisión

El número de los profesionales y demás recurso humano ofrecido en la oferta y requerido para la ejecución de los trabajo.

Las funciones del personal que interactuará con FONADE y el interventor durante la ejecución del contrato.

Descripción breve de las políticas de manejo de personal relacionadas con seguros de trabajo, seguridad social y seguridad industrial.

Al organigrama general deberá anexarse un documento en el que EL CONTRATISTA manifieste, de manera expresa, que cuenta con la coordinación de una oficina central que, entre otros aspectos, le presta soporte de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable.

b. Metodología para la ejecución de las actividades objeto del contrato. Corresponde a un documento en el que se realice una descripción detallada de la metodología a seguir para la ejecución de la obra, en cada una de las etapas, frentes de trabajo y actividades del proyecto. La metodología para la ejecución de la obra deberá ser presentada y ejecutada bajo el enfoque de Gerencia de Proyectos considerando los aspectos organizacionales, equipos, relación contractual, comunicaciones e interrelación con el Interventor, FONADE y su propio equipo, procesos, procedimientos, y controles técnicos y administrativos. Este documento debe incluir la estructura de acuerdo al organigrama propuesto, el método con el cual desarrollará los trabajos, incluyendo, entre otros, las obras preliminares, vías de acceso, suministros, implementación del plan de manejo ambiental, control de aguas superficiales, movimiento de tierras, obras de drenaje y protección superficial, obras estructurales, obras especiales, mampostería, acabados, obras y montajes de equipos mecánicos, montajes electromecánicos de subestaciones y construcción de redes eléctricas, pruebas y puesta en servicio del proyecto, así como el plan de manejo de seguridad industrial, salud ocupacional y la vinculación del personal no calificado de la región incluyendo las personas en condición de desplazamiento. En el documento es necesario precisar:

Características sobresalientes de la metodología oferta para desarrollar cada una de las actividades indicadas en el programa detallado de obra.

Organización y control, exponiendo la forma como organizará todas las actividades para cumplir con el contrato. Se debe tratar sobre los alistamientos, establecimiento en terreno, frentes de trabajo, cuadrillas o grupos de trabajo, sistemas de comunicación, documentación técnica, cantidad y calidad del personal y los equipos a utilizar, transportes, localización de oficinas y campamentos y, en general, todo lo concerniente con la administración del contrato.

Mecanismos para analizar, evaluar e implementar los rendimientos propuestos para ejecutar la obra en el plazo contractual, los registros e informes de obra, medidas, y obras asociadas.

Manejo de materiales (suministros), procedimientos para su adquisición y/o fabricación, ensayos, transporte hasta la obra, almacenamiento, protección y distribución.

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Procedimientos para el mantenimiento y control de cantidad, calidad y estado de equipos y herramientas requeridos para la ejecución de las actividades programas en el plazo indicado.

EL CONTRATISTA deberá utilizar un software ágil y compatible con los actuales software para el seguimiento y control de la ejecución del proyecto, el cual deberá permitir el uso compartido con la interventoría y FONADE.

4.3.9.4 Análisis de precios unitarios y listado de precios de los insumos EL CONTRATISTA deberá presentar dentro de los cinco (05) días siguientes a la suscripción del contrato los análisis de precios unitarios de todas las actividades presentadas en el formato 07, debidamente ajustados, de acuerdo con la metodología de redondeo, incluida en estas reglas de participación. Así mismo, deberá presentar el listado de precios de la totalidad de los insumos (materiales, equipo, transporte y mano de obra) utilizados para la elaboración de los análisis de precios unitarios, de conformidad con las especificaciones técnicas, cualquier insumo no registrado y que a juicio de la Interventoría es parte esencial de la ejecución de la actividad, será a sumida en su totalidad por EL CONTRATISTA, dentro del valor unitario de la actividad. Los análisis de precios unitarios deberán contener los siguientes componentes específicos: a. Equipos:

- Se debe realizar una descripción del equipo y herramienta necesaria para la realización de cada actividad.

- La tarifa/hora relacionada con la utilización del equipo y los costos de la herramienta deben incluir valor el transporte.

b. Materiales: - Se debe hacer una descripción clara del tipo de material, con sus especificaciones

técnicas. - Se debe describir la unidad de medida utilizada, relacionada con las cantidades para

cada ítem. - El costo de cada uno los insumos requeridos para la elaboración de los precios

unitarios deberá incluir el valor del transporte de los mismos al lugar de la obra. c. Transporte:

- En este componente sólo se deben incluir los costos necesarios para el transporte de equipo especial. En ningún caso se deben incluir los costos de transporte de materiales, equipo, personal y/o herramientas.

d. Mano de obra: - Estos deben estar de acuerdo a las tarifas establecidas y según el perfil necesario

para cada actividad. En el evento en que en la lista de precios de insumos se hayan consignado valores diferentes para un mismo insumo, para todos los efectos relativos a la ejecución del contrato se aplicará el de menor valor. Deberá existir plena correspondencia entre el valor total unitario de cada una de las actividades relacionadas en la oferta económica y el valor total unitario de cada uno de los análisis de precios unitarios. La interventoría no podrá aceptar la presentación de análisis de precios unitarios en los cuales no se discriminen los insumos requeridos para la ejecución de la actividad. La interventoría verificará los análisis de precios unitarios y listado de insumos conforme a lo siguiente:

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a. Existencia del listado de precios de los insumos utilizados en los análisis de precios

unitarios. En caso de no presentarse será requerido a EL CONTRATISTA, quien contará con dos (2) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al requerimiento para presentarlo ante la interventoría. En caso contrario, podrán ser impuestas las sanciones contractuales que correspondan.

b. En el evento de no presentar la totalidad de los análisis de precios unitarios, correspondientes a las actividades de la oferta económica, su presentación será requerida a EL CONTRATISTA, quien contará con dos (2) días hábiles para allegar(s) ante la interventoría. En caso contrario, podrán ser impuestas las sanciones contractuales que correspondan, hasta su presentación.

c. Inexistencia de análisis de precios unitarios en los cuales no se discriminen los insumos requeridos para la ejecución de la actividad. En caso de presentarse será requerida la corrección a EL CONTRATISTA, quien contará con dos (2) días hábiles para presentarlo ante la Entidad. En caso contrario, podrán ser impuestas las sanciones contractuales que correspondan.

d. Correspondencia entre el valor total unitario de cada una de las actividades relacionadas en la oferta económica con el valor total unitario de cada uno de los análisis de precios unitarios. En caso de presentarse algún error o inconsistencia, será requerida la corrección a EL CONTRATISTA, quien contará con dos (2) días hábiles para presentarlo ante la Entidad. En caso contrario, podrán ser impuestas las sanciones contractuales que correspondan.

4.3.9.5 NORMAS NTCGP1000: 2004 E ISO 9001:2000 FONADE, en atención a lo dispuesto en su manual de calidad y en cumplimiento a los numerales 7.3 “Diseño y Desarrollo” y 7.6. “Control de Dispositivos de Seguimiento y Medición” de las Normas NTCGP1000:2004 e ISO 9001:2000, durante la planificación del diseño y desarrollo determina: (i) Las etapas del diseño y desarrollo, (ii) La revisión, verificación y validación, apropiadas para cada etapa del diseño y desarrollo, y (iii) Las responsabilidades y autoridades para el diseño y desarrollo. FONADE gestiona las interfaces entre los diferentes grupos involucrados en el diseño y desarrollo, para asegurarse de una comunicación eficaz y una asignación de responsabilidades clara. Los resultados de la planificación deben actualizarse, según sea apropiado, a medida que progresa la ejecución del proyecto. A continuación se presenta las definiciones de los conceptos de revisión, verificación y validación:

Revisión: Actividad emprendida para asegurar la conveniencia y la adecuación del tema objeto de la revisión, para alcanzar unos objetivos establecidos. Verificación: Confirmación, mediante el aporte de evidencia objetiva, de que se han cumplido los requisitos especificados. Validación: Confirmación mediante el suministro de evidencia objetiva de que se han cumplido los requisitos para una utilización o aplicación específica prevista. En marco de la gerencia de proyectos que realiza FONADE, las tres actividades antes indicadas se cumplen así: Revisión: Realizando actividades de seguimiento conforme al Manual de Interventoría. Registro: Informes de Interventoría. Responsable: Interventor. Verificación: Verificar contra lo solicitado en las reglas de participación y la normatividad aplicable al proyecto. Registro: Informes de Interventoría. Responsable: Interventoría.

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Validación: Gestionar el trámite de la obtención, actualización o modificación de las licencias y/o permisos y/o concepto ante la Entidad competente. Registro: Licencias y/o permisos y/o conceptos de expertos (según sea el caso). Responsable: Contratista de estudios y diseños. Para el contrato objeto del presente proceso de selección las actividades antes señaladas se cumplen de la siguiente manera: Revisión: Realizando actividades de seguimiento conforme al Manual de Interventoría. Registro: Informes de Interventoría. Verificación: Verificar contra lo solicitado en las reglas de participación, la normatividad aplicable al proyecto y el requerimiento del mismo en la etapa de ejecución. Registro: Formato 10 “VERIFICACIÓN DISEÑO”, el cual deberá incluirse en los informes de Interventoría. Validación: (Aquí se debe indicar de qué manera se validarán los ajustes o modificaciones a los estudios y diseños en la etapa de ejecución, o también si existe alguna entidad en especial que realice la aprobación de unas obras construidas, de esta forma se dará el aval del proyecto (ejemplo; la construcción de la pista de atletismo, que a pesar de no haber presentado modificaciones a los diseños debe tener la aprobación del Federación Internacional), ya sea mediante la actualización de las licencias y/o permisos ante la Entidad competente, o mediante la obtención de conceptos de personas o entidades expertas. Registro: Modificación o actualización de Licencias y/o permisos y/o conceptos de Aval por expertos (según sea el caso).

Las siguientes son algunas de las normas cuyo cumplimiento será exigible a EL CONTRATISTA:

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Las siguientes son algunas de las normas cuyo cumplimiento será exigible a EL CONTRATISTA:

• Legislación ambiental municipal y/o, distrital y Nacional. • Legislación de seguridad industrial y de salud ocupacional. • Reglamento Técnico de Trabajo en Alturas – Resolución 3673 del 26 de septiembre de

2008. • Normas NFPA – NEC y Código Nacional de Incendios. • Legislación de tránsito vehicular y peatonal. • Normatividad vigente a nivel nacional para la movilización de maquinaria y equipo

pesado impuesto según el tipo de obra, por la entidad competente. • El Código NSR –10 Normas Colombianas de Diseño y Construcción Sismo

Resistentes. • Ley 400 de 1997. • El Código Eléctrico Nacional, norma ICONTEC 2050. • El Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas Resolución No. 18 1294 del 06

Agosto 2008 expedida por el Ministerio de Minas y Energía (RETIE). • Las normas vigentes de la empresa de energía encargada del suministro y control de

la energía en la localidad. • Reglamento técnico del sector de agua potable y saneamiento básico, RAS – 2000,

Resolución 1096 del 17 de noviembre de 2000, emanada del Ministerio de Desarrollo Económico de la República de Colombia.

• Reglamentación de manejo ambiental y recursos hídricos. • Legislación de tránsito vehicular y peatonal, Normatividad vigente a nivel nacional para

la movilización de maquinaria y equipo pesado impuesta en éste tipo de obras por la entidad competente.

• Ley 915 de 2004. • Disposición y reglamentación de transporte fluvial. • Las demás normas técnicas que correspondan para la debida ejecución del contrato.

Resolución número 3673 de 2008 del Ministerio de Trabajo. norma NTC 230101093. Y las demás normas pertinentes para la correcta ejecución del proyecto.

4.4 USO DE PARTES DE LA OBRA FONADE podrá tomar posesión de cualquiera de las partes de la obra, terminada o no, y usarla; de dicha posesión se levantará un acta, señalando el estado y/o inventario, las condiciones de uso y el aviso a la aseguradora. El uso de las partes de la obra por FONADE no implica el recibo de ellas, ni releva a EL CONTRATISTA de ninguna de sus obligaciones. 4.5 PROPIEDAD DE LOS INFORMES, PRODUCTOS O BIENES Todos los estudios, informes, documentos, gráficos, planos, u otros materiales preparados por el CONTRATISTA en cumplimiento del presente contrato, serán de propiedad de FONADE, y deberá hacer entrega formal de los mismos al momento de liquidación del contrato, sin perjuicio de las obligaciones contraídas en virtud del acuerdo de confidencialidad. 4.6 CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA

EJECUCIÓN DEL CONTRATO Se entiende por las partes que EL CONTRATISTA ha hecho sus propias averiguaciones,

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estudios y proyecciones, y ha analizado las condiciones técnicas, sociales, de orden público, climatológicas, ambientales y las demás circunstancias relevantes bajo las cuales se adelantará la ejecución de la obra. En consecuencia, se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente, a su riesgo, las obligaciones derivadas del contrato, tal como efectivamente lo hace con la presentación de la oferta y, posteriormente de aceptar su oferta, con la suscripción del mismo. 4.7 OMISIONES. Cualquier omisión, error o vicio en los ítems contenidos en la oferta, en las especificaciones técnicas o en los planos y demás documentos e información técnica que al momento del estudio para la presentación de la oferta económica debió advertir el oferente o que advirtiéndolo no lo informó oportunamente a FONADE antes de la presentación de la oferta, será de su responsabilidad exclusiva y, en tal virtud, los mayores costos, atrasos en el cronograma de ejecución, defectos o vicios de la construcción serán asumidos íntegramente con su patrimonio. Así mismo, las omisiones o errores en el cálculo de la mano de obra, materiales, rendimientos de maquinarias y, en general, cualquier otro componente de los precios unitarios, serán de exclusiva responsabilidad del oferente y, por tanto, FONADE no realizará ningún reconocimiento por estos conceptos. 4.8 PREVENCIÓN DE RIESGOS: El CONTRATISTA es responsable, y deberá adoptar y cumplir con todas las medidas de seguridad y preventivas que tiendan a evitar la causación de daños y perjuicios físicos, económicos, técnicos, financieros, contables, jurídicos en desarrollo y ejecución del presente contrato, para ello deberá: 1. En el lugar de ejecución del contrato y hasta los limites circundantes del mismo, el CONTRATISTA es responsable de la seguridad de cada una de las personas que se encuentren laborando, transitando o visitando el lugar de la obra o área intervenida; por tal motivo, deberá tener en cuenta todas las medidas de protección para evitar la causación de daños en la integridad física de las personas y adicionalmente a través de vallas informativas establecer e informar a todas las personas con respecto a las labores ejecutadas, riesgos de las actividades ejecutadas, medidas de prevención establecidas para prevenir los riesgos y datos identificadores del contratista en calidad de ejecutor y responsable de la obra o del consultor de los estudios y diseños. 2. La ejecución de las actividades objeto del contrato se deberá efectuar teniendo en cuenta las especificaciones técnicas y de seguridad para el personal encargado de la ejecución y teniendo en cuenta las condiciones de cada uno de los materiales empleados para el desarrollo de la misma. 4.9 DAÑOS A PERSONAS, OBRAS, BIENES, EQUIPOS, DATOS, PROGRAMAS Y

SERVICIOS, ACTIVIDADES U OBLIGACIONES MAL EJECUTADOS: 1) El CONTRATISTA será el único responsable por la calidad y cumplimiento de las actividades (servicios, trabajos, obras, informes, etc.) y productos contratados, y por los daños que su personal, trabajadores, contratistas, proveedores o propios le ocasionen a las obras, lotes, equipos, datos y/o programas, bienes de propiedad de FONADE o de la entidad beneficiaria o suscriptora del respectivo convenio interadministrativo de gerencia de proyectos del que se derive del presente contrato, y de las propiedades y bienes adyacentes. 2) El CONTRATISTA se obliga a responder y a asumir los costos de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados a cualesquier persona y/o bienes de particulares, de servicio público o de FONADE o de la entidad beneficiaria o suscriptora del respectivo convenio interadministrativo y de las propiedades y bienes adyacentes, por imprudencia, negligencia, impericia o descuido, por la inobservancia de las políticas, normas o procedimientos establecidos, dentro o fuera de las áreas donde se ha de ejecutar total o parcialmente el objeto

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del contrato, derivados de su actividad, de la de sus trabajadores, de la de sus contratistas o de la de sus proveedores. 3) El CONTRATISTA se obliga a responder y a asumir el riesgo, los daños o pérdida de las máquinas, equipos, informes y bienes de su propiedad o utilizados por este para la ejecución del presente contrato. 4) En el evento que cause algún daño a FONADE, a la entidad beneficiaria o suscriptora del convenio, a personal o contratistas de FONADE, o a terceros por acción u omisión del CONTRATISTA o del personal del CONTRATISTA o de sus proveedores o subcontratistas, el CONTRATISTA se obliga, a su costa, a: a) Responder por los daños y perjuicios que se ocasionen a las personas o bienes de FONADE, a la entidad beneficiaria o suscriptora del convenio y/o de terceros; b) Reparar o reponer las máquinas, bienes, equipos dañados o averiados por otros de iguales especificaciones técnicas; c) Recuperar los datos y/o programas dañados o averiados; d) Rehacer los servicios mal prestados y los trabajos mal ejecutados o con condiciones o especificaciones diferentes a las pactadas, y e) Realizar las acciones pertinentes para subsanar el daño causado, en forma oportuna, asumiendo todos los costos a que haya lugar. 5) El CONTRATISTA se obliga a reparar, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la fecha de su causación, los daños ocasionados a bienes de propiedad de FONADE, o de la entidad beneficiaria o suscriptora del convenio. Si los daños se causan a instalaciones, bienes o edificaciones de FONADE, o de la entidad beneficiaria o suscriptora del convenio que demanden su inmediata reparación, si el CONTRATISTA no acomete las reparaciones oportunamente de conformidad con la situación, FONADE procederá a efectuar los trabajos necesarios y descontará al CONTRATISTA la totalidad de los costos más el diez por ciento (10%) por costos de administración, los cuales serán descontados de los saldos pendientes de pago a favor del CONTRATISTA, y en el evento que no existieren dichos saldos FONADE podrá proceder, para el cobro de los valores mencionados, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato junto con los documentos en los que se consignen tales valores, prestan el mérito de título ejecutivo.

4.10 CONTROL DE LA OBRA. En caso de presentarse un retraso en el cumplimiento del programa de ejecución de obra superior a cinco (5) semanas, FONADE podrá asumir el control de la obra con el fin de garantizar su oportuna terminación. Para el efecto, el Contratista tendrá la obligación de ceder los subcontratos que FONADE determine. Igualmente FONADE podrá contratar el personal y los suministros que se requieran. FONADE informará al contratista mediante escrito el día a partir del cual asumirá el control y la ejecución de la obra. Dentro de los tres días hábiles siguientes se realizará un balance con el Contratista que permita determinar las obras ejecutadas hasta la fecha y su valor. El contratista deberá reintegrar, dentro de los dos días hábiles siguientes al vencimiento de aquéllos tres, háyase o no realizado el referido balance, el monto del anticipo no amortizado. En caso de retardo en la restitución de este dinero se causarán intereses moratorios a la tasa legal máxima vigente, sin perjuicio de la efectividad de las garantías que amparan la correcta inversión del anticipo y el cumplimiento del contrato. 4.11 PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

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EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen de lavado de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. Para efectos de lo anterior, EL CONTRATISTA autoriza expresamente a FONADE, para que consulte los listados, sistemas de información y bases de datos a los que haya lugar y, de encontrar algún reporte, FONADE procederá a adelantar las acciones contractuales y/o legales que correspondan. EL CONTRATISTA se obliga a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que todos sus socios, administradores, clientes, proveedores, empleados, etc., y los recursos de estos, no se encuentren relacionados o provengan, de actividades ilícitas, particularmente, de las anteriormente enunciadas”.