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Luis Angel Pari Jalisto

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La postula ción del proceso es una de las instituciones más trascendentes del Proceso civil

Conjunto de actos jurídicos procesales con la finalidad de resolver

un conflicto de intereses o acabar incertidumbres con relevancia jurídica

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PRIMERA: Postulatoria, condenados presentan al órgano jurisdiccional los

temas materia de argumentación, prueba y

persuación durante el proceso

SEGUNDA: Probatoria, las

partes acreditan lo ocurrido, según lo

descrito en la parte postulatoria

TERCERA: Decisoria, el juzgador opta por una

de las proposiciones fundamentales,probada

s en el desarrollo del proceso

CUARTA: Impugnatoria, partes pueden exigir nuevo

exmanen de la decisión obtenida

QUINTA: Ejecutoria, busca en convertir en

eficaz la desición definitiva obtenida en

el proceso

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Este diseño del proceso en etapas ha determinado procedimientos largos, onerosos, complicados

La tendencia contemporáneo es procurar que las etapas sean ágiles, en el menor número de actos procesales y con mayor ahorro de esfuerzo, gasto y actividad.

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LA POSTULACIÓN AL PROCESO esta

regulada en la Cuarta Sección,

normada entre los artículos 424 al

474

La postulación esta regulada antes del

tratamiento de ada uno de los proceso, ya que ésta afecta a todos los

procesos.

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Objetivos de la postulación del proceso:

A) Proponer pretensiones y defensas:

B) Exigir cumplimiento de requisitos

para una relación

proceal válida

Momento para que las parte presentes sus proposiciones, dbatidas a lo largo del proceso.

Por lo cual el Juez debe revisar el cumplimineto por parte del demandante de los requisitos de admisibilidad y procedencia de la demanda, teniendo la facultad de devolver o rechazar la demanda cuando así lo considere.

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C) Sanear la relación

procesal por acto del juez o exigencia de

las partes

D) Provocar

la conciliació

n

El juez tiene el deber de provocar la conciliación en todo proceso

Luego de contestada la demanda y si el dte no presenta excepción, el jues debe vover a revisar la relación procesal.

Si el dte presenta excepciones el juez debe tramitarlas y resolverlas, y sanear luega la relción procesal.

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E)Precisar puntos

controvertidos

F) Juzgar anticipadame

nte el proceso

G) Crear condiciones

de desarrollo normal del

proceso

Juez ayuda a las partes a fijar los hechos que las partes van a contender, para luego identificarlos y centrar su apreciación para resolver la controversia

Cuando el proceso tenga ciertos supuestos por los que debe ser bruscamente resuelto

Se da una vez superadas todas las instituciones

reguladas en su interior, cumpliendo así su función

más importante

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Descripción exegética de la postuación del proceso:

Requisitos y anexos de la demanda

REQUISITOS: elementos intrínsecos que deben estar presente en toda demanda. Es necesario que el dte enumere correlativamente los hecho para que el juez, dentro de la postulación del

proceso, los identifpique fácilmente.

Art. 424 y 425 CPC

ANEXOS: elementos que se agregan a la demanda a fin de cumplir con lso requisitos de admisibilidad y procedencia. La demanda debe

estar acompañada de todos los medios probatorios que sustenten su posición

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Inadmisibilidad e improcedencia de la demanda

INADMISIBILIDAD: cunado la demanda presenta incumplimiento de cualquier requisito.

(lo cual determina que ele juez devuelva la demanda)

IMPORCEDENCIA: cuando el incumplimiento determina que el juez

rechace la demanda (no cabe subsanación por aprte del dte)

La ampliación de la demanda

Art. 426 y 427 CPC

Art. 428 CPC

En caso de que las obligaciones sean sucesivamente incumplidas, se permite al dte

ampliar la cuantía de lo pretendido, siempre que estén originadas en la misma relación y que se haga

antes de la expedición de la sentencia

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Efectos del emplazamiento válido

Sanción por juramento falso

Art. 438 CPC

•Fijar de manera definitiva la competencia aplicable al proceso.•La inmodificación del petitorio•La prohibición de iniciar otro porceso con el mismopttitorio.•Interrumpe la pescripción extintiva.

El emplazamiento es l acto por el cual se notifica al ddo la demanda, y se establece la relacion procesal.

Art. 441 CPC

Si el dte da un juramenteo falso el acto procesal no se va a cumplir, al conocerse el

hecho se declara nula toda actividad realizada. La sanción es una multa severa

penal y ética.

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Contestación a la demanda

Reconvención

Excepciones

Art. 442 CPC

Es necesario:·se adviertan los mismos requisitos exigidos al demandar.·Enumerar los hechos que se sustentan.·El ddo debe pronunciarse sobre cada hecho expuesto en la demanda (de lo contrario se tomará como aceptación).

la reconvención concede al demandado la facultad de interponer contra el demandante cualquier pretensión (siempre que este permitido). La contrademanda exige que la pretensión que tenga el ddo este relacionada con la pretensión del dte, de

lo contrario no será procedente.

Art. 445 CPC

Son medios a través del cual el ddo denuncia la existencia de una relación procesal inválida, ya sea por

omisión o presentación defectuosamente un presupuesto procesal de la condición de la acción.

Su interposición no suspende el proceso, el juez está facultado para resolver las excepciones de plano o de lo contrario citar a una audiencia de actuación de pruebas.Art. 446 CPC

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Efectos distintos de las excepciones

Procesos idénticos

Excepción y nulidad

Art. 451 CPC

Cada excepción tiene un efecto distinto, también se pueden declarar fundadas

Este es un hecho irregular, para establecer que es un proceso idéntico debe tener las mismas partes que litigan, que sea el mismo petitorio, y el mismo interés para obrar.

Art. 452 CPC

La excepción es una defensa de forma, lo que éstas denuncian puede ser atacado a través de un pedido de nulidad en vía impugnatoria.

Art. 454 CPC

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Defensas previas

Rebeldía

Multa por excepción infundada

Medios a través de cual el ddo solicita que se suspenda la tramitación del proceso hasta que el dte no realice una actividad previa que la ley sustantiva la tiene regulada como tal, antes de

interponer un demandaArt. 455 CPC

Art. 457 CPC

En caso de ella, el juez puede condenar al ddo a una multa no menor d e 3 ni mayor de 5

remuneraciones mínimas vitales, y de manera adicional el pago de costas y costos.

Art. 458 CPC

Se otorga rebeldía a un efecto impulsorio del proceso, al declararse la rebeldía se presume que todos los hechos

expuestos en la dda son verdaderos, con lo que el proceso podría ser sentenciado de inmediato. Se trata de una presunción relativa, no se aplica si la pretensipon se

sustenta en un derecho indisponible, en un medio pobatorio que no fue recaudado a la demanda y cuando

al juez ésta no le produce convicción.

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Saneamiento del proceso

Audiencia conciliatoria

Decurso del proceso luego de la Audiencia sin conciliación

Se da cuando la relación procesal es válida, si el inváilida o insubsanable se da por concluido el proceso,

pero si es subsanable se le concede al dte un plazo para ello.

Art. 465 CPC

Art. 468 CPC.

Declarado el saneamieto del proceso, el juez fijará día y hora para la realización de la audiencia

conciliatoria. El juez luego de escuchar la posición de las partes propone un formula conciliatoria, las

partes pueden aceptar o no lo propuesto.

La falta de aceptación de la fórmula conciliartoria propuesta deternima que la audiencia pase a otro tema trascendente, pasando a la decisión de la

admisión de los puntos controvertidos y de manera específica aquellos que van a ser materia de

prueba

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Juzgamiento anticipado del proceso

Conclusión anticipada del proceso

Cuando se discute sólo una cuestión de derecho o siendo de hecho, los medios probatorios anexados a

la demanda han sido sufiencites para posibilitar al juez una convicción sobre la ocurrencia de los hechos

discutidos en el proceso.

También se dacuando qeda consentida la declaracion de rebeldía y no se presenta ninguno de los supuestos de excepción previstos.

Esta instituión regula aquellas situaciones presentadas intempestivamente en cualquier momento del proceso, determinan que este no pueda continuar, y que en consecuencia

se interrumpa su camino a la sentencia

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• Es necesario que el juz explote todas las facultades que la por¿stulación concede.

• La postulación es una estructura procesal concretada normativamentepara hacer efectivos los fines del proceso.

Conclusión: