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EXCM. AJUNTAMENT DE SANT JOSEP DE SA TALAIA EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DE LAS NNSS DE SANT JOSEP DE SA TALAIA Sant Josep de sa Talaia (Eivissa) Abril, 2014 C/ Can Dusai, 3 07001 – PALMA (Mallorca, Illes Balears) 971 425 675 / [email protected]

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EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL

DE

LAS NNSS DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Sant Josep de sa Talaia (Eivissa) Abril, 2014

C/ Can Dusai, 3

07001 – PALMA (Mallorca, Illes Balears) 971 425 675 / [email protected]

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL. EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE SANT JOSEP DE SA TALAIA. EIVISSA.

Memoria - 2 -

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Tabla de contenido 0.- SÍNTESIS. ............................................................................................................. 5

Alcance de las Normas Subsidiarias ........................................................................... 5 a).- Antecedentes. ................................................................................................................................ 5 b).- Justificación de la revisión.............................................................................................................. 5

Síntesis de las modificaciones introducidas y de sus posibles efectos ambientales 8 Caracterización básica del municipio ....................................................................... 13 Descripción de las unidades territoriales afectas .................................................... 15 Síntesis de los principales efectos relativos a la adaptación al Plan Territorial y a la

distinta normativa sobrevenida. .......................................................................... 21 Síntesis de los posibles efectos relativos a las modificaciones introducidas por las

NNSS ...................................................................................................................... 23 CONCLUSIONES ...................................................................................................... 26 1.- INTRODUCCIÓN ................................................................................................. 28

Necesidades del presente informe. Normativa aplicable ....................................... 28 Objeto ........................................................................................................................ 30 Contenidos exigidos por la ley 11/2006 y el Decreto Ley 3/2009. .......................... 30 Informe técnico, Documento de Referencia, del 17 de Noviembre de 2006 de la

Comisión de Medio ambiente sobre los contenidos del informe previo de Sostenibilidad Ambiental, “Análisis de sostenibilidad de la orientación inicial de las nuevas Normas subsidiarias del municipio de Sant Josep de sa Talaia, Eivissa” de Julio de 2006. ..................................................................................... 32

Indicaciones Comisión de Medio Ambiente mediante Informe Técnico del 30 de abril de 2010 sobre los contenidos del informe de Sostenibilidad Ambiental presentado en Noviembre de 2009. .................................................................... 34

2.- DESCRIPCIÓN DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS .................................................... 40 Caracterización básica. Introducción ........................................................................ 40 Antecedentes ............................................................................................................ 40 Vinculaciones con otros planes y programas conexos ............................................ 44 Caracterización de las Normas Subsidiarias al PTI y legislación sobrevenida,

Modificaciones introducidas, nuevas ocupaciones ............................................. 44 Descripción de la revisión ......................................................................................... 56 Adaptaciones a planes directores sectoriales .......................................................... 58 Adaptación a otros instrumentos urbanísticos y legales ......................................... 59 Variaciones introducidas en la ordenación del suelo rústico .................................. 61 Disponibilidad de Recursos ....................................................................................... 62 Estudio económico y financiero................................................................................ 63 Otros aspectos potencialmente relevantes ............................................................. 64 Aspectos relevantes de la situación actual del medio ambiente y su probable

evolución en caso de no aplicar el plan o programa ........................................... 79 Problemas ambientales existentes relacionados con el Plan ................................. 80 Objetivos de protección ambiental e indicadores ................................................... 80 Indicadores de los objetivos medio ambientales .................................................... 89 Descripción de la manera en que se realizó la evaluación ...................................... 90

3.- ANÁLISIS AMBIENTAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS ....................................... 91

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Identificación de los cambios introducidos por las Normas Subsidiarias respecto al planeamiento vigente. Análisis ambiental .......................................................... 91

4.- INVENTARIO AMBIENTAL: CARACTERÍSTICAS DEL MUNICIPIO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA ............................................................................................................ 101

Introducción ............................................................................................................ 101 Geografía y reseña histórica. .................................................................................. 101 Climatología ............................................................................................................. 102 Geología ................................................................................................................... 104 Hidrología ................................................................................................................ 105 Vegetación ............................................................................................................... 107 Fauna potencial ....................................................................................................... 114 Población ................................................................................................................. 140 Economía ................................................................................................................. 140 Valores de interés ................................................................................................... 141 Historia y patrimonio cultural. ............................................................................... 141 Red Natura 2000 ...................................................................................................... 144 Áreas de Prevención de Riesgos (APR) ................................................................... 145

5.- INVENTARIO AMBIENTAL. ESPACIOS DIRECTAMENTE AFECTADOS POR LAS NORMAS SUBSIDIARIAS ........................................................................................ 146 6.- IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS EFECTOS ............................................ 164

Síntesis de los impactos generados ........................................................................ 194 7.- MEDIDAS CORRECTORAS ................................................................................. 197 8.- PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL .................................................................... 201

Plan de vigilancia en relación a las actuaciones que emanan de las Normas Subsidiarias ......................................................................................................... 202

Vigilancia en relación a los nuevos desarrollos urbanísticos ................................ 203 Contenidos de referencia para los Planes de Vigilancia Ambiental. ..................... 204

9.- INFORME SOBRE LA VIABILIDAD ECONÓMICA DE LAS MEDIDAS DIRIGIDAS A PREVENIR, REDUCIR O PALIAR LOS EFECTOS NEGATIVOS DEL PLAN O PROGRAMA 206 10.- MAPA DE RIESGOS NATURALES ...................................................................... 207 11.- CUMPLIMIENTO DOCUMENTO DE REFERENCIA DE LA CBMA DE 17 NOVIEMBRE DE 2006. CUMPLIMIENTO INFORME TÉCNICO DEL 30 DE ABRIL DE 2010 SOBRE LOS CONTENIDOS DEL ISA. .......................................................................................... 208

Indicaciones Comisión de Medio Ambiente mediante Informe Técnico del 30 de abril de 2010 sobre los contenidos del informe de Sostenibilidad Ambiental presentado en Noviembre de 2009. .................................................................. 208

Además las indicaciones Comisión de Medio Ambiente mediante Informe Técnico del 30 de abril de 2010 sobre los contenidos del informe de Sostenibilidad Ambiental presentado en Noviembre de 2009 señalaba: ................................ 211

12.- ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE LAS REPERCUSIONES AMBIENTALES SOBRE UN LUGAR DE LA RED NATURA 2000 .......................................................................... 219

Necesidad de los estudios de evaluación de las repercusiones ambientales sobre un lugar de la Red Natura 2000 ......................................................................... 219

Identificación de lugares de la Red Natura 2000 potencialmente afectados ....... 219 Identificación de los efectos ................................................................................... 267 Medidas correctoras y protectoras ........................................................................ 267

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13.- CONCLUSIONES ............................................................................................. 269 ANEJO Nº 0.- ESCRITO DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP SOLICITANDO LA CONTINUACIÓN DEL EXPEDIENTE EN LA CBMA ANEJO Nº 1.- ESTUDIO COMPARATIVO DE LOS AMR Y URBANIZABLES DE LAS NNSS DE SANT JOSEP DE SA TALAIA ANEJO Nº 2.- ESTUDIO ACUSTICO ANEJO Nº 3.- ESTUDIO DE INCIDENCIA PAISAJÍSTICA ANEJO Nº 4.- ANALISIS TERRITORIAL

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0.- SÍNTESIS. Se sintetizan los aspectos más importantes de las Normas Subsidiarias del Planeamiento y sus efectos: Alcance de las Normas Subsidiarias a).- Antecedentes. Las vigentes Normas Subsidiarias de planeamiento del municipio de Sant Josep de Sa Talaia fueron aprobadas definitivamente con prescripciones por acuerdo de la Sección Insular de Eivissa y Formentera de la Comisión Provincial de Urbanismo de Baleares en fecha de 22 de abril de 1.986 (BOCAIB de 30.05.86). Posteriormente, fue tramitada una modificación puntual con el objeto de reclasificar como suelo rústico un total de veintisiete sectores de suelo apto para urbanizar, aprobada definitivamente con prescripciones por acuerdo de la Comisión Insular de Urbanismo (CIU) de Eivissa y Formentera de fecha 3 de marzo de 1.995 (BOCAIB de 29.04.95). El 23 de noviembre de 2.009 (BOIB n. 174, de 28.11.09) se aprobó una modificación de las NN.SS. que afectó determinadas normas urbanísticas. El texto refundido de las normas urbanísticas de las Normas Subsidiarias, juntamente con el cuadro de características y las fichas de las unidades de actuación en suelo urbano, como consecuencia del acuerdo adoptado por la CIU de fecha 19 de diciembre de 2.003, se publicó en el BOIB núm. 182 Ext. de 31.12.03 (corrección de errores BOIB de 03.02.04). La adaptación al Plan territorial insular de Eivissa y Formentera y modificaciones de las Normas Subsidiarias tuvo la aprobación de su avance el 17 de julio de 2.006 (BOIB n. 105, de 27.07.06) y la aprobación inicial el 6 de febrero de 2.008 (BOIB n. 23, de 16.02.08) y el 12 de marzo de 2.008 (BOIB n. 46, de 05.04.08). Como consecuencia de las modificaciones sustanciales introducidas a raiz de las alegaciones estimadas se aprobó y sometieron las NN.SS. a una nueva exposición publica el 3 de diciembre de 2.009 (BOIB n. 179, de 10.12.09). Dicha exposición pública, así como la aprobación de la Ley 7/2012, de 29 de mayo, ha originado nuevos cambios sustanciales que deberán ser objeto de otra aprobación y nueva exposición pública. b).- Justificación de la revisión. Justifica la formulación de las presentes Normas Subsidiarias tanto la temporalidad del planeamiento vigente como el tiempo transcurrido y, además, la aprobación de una abundante normativa estatal y, especialmente, autonómica. En su consecuencia, la aplicación del planeamiento vigente, simultáneamente con la citada normativa sobrevenida, requiere la aprobación de un planeamiento adaptado. Justifica la formulación de la presente revisión y su sustitución por Normas Subsidiarias el tiempo transcurrido y, sobretodo, la aprobación desde entonces de una abundante normativa estatal y, especialmente, autonómica. En su consecuencia, la aplicación del

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planeamiento vigente, simultáneamente con la citada normativa sobrevenida y el Plan Territorial Insular, ha derivado en la necesidad de disponer de un planeamiento adaptado. La finalidad de las Normas Subsidiarias es la planificación de un desarrollo sostenible del territorio con el objetivo general y básico de la mejora de las condiciones de vida de sus ciudadanos. Además, de forma específica, en orden a la definición de las directrices generales por las que quieren se rija la definición y ejecución de la ordenación urbanística del término, es criterio de los órganos municipales responsables de su planificación que deban tenerse en cuenta los siguientes aspectos: - El término municipal de Sant Josep de sa Talaia presenta una realidad territorial muy compleja que deriva de la existencia de una multiplicidad de asentamientos urbanos -resultado de desarrollos sectoriales aislados planteados sin una concepción global de la ordenación del término- lo que dificulta la posibilidad de establecimiento, de forma simultánea y para la totalidad de los mismos, de su modelo futuro de ordenación. - La dificultad que de lo anterior deriva se agrava por el hecho de que la inicial especialización funcional de los diversos asentamientos se ha ido difuminando por la implantación de usos alternativos a los inicialmente previstos, básicamente de carácter residencial permanente, dando origen a un proceso disperso de demanda de infraestructuras y equipamientos que, salvo un estudio pormenorizado de la realidad de cada uno de ellos del que derive una solución ajustada a las reales necesidades que para su funcionalidad futura se determinen, puede resultar inasumible para las capacidades municipales. - La actividad turística, esencial en la actividad económica del municipio, presenta escenarios muy cambiantes, que impiden la definición de modelos tradicionales a largo plazo y exigen una agilidad en las propuestas en materia de ordenación territorial que el modelo tradicional de planeamiento, en el marco de las limitaciones territoriales que las DOT y el PTI imponen, no puede dar. - La ordenación urbanística debe ir encaminada a la consecución de un modelo turístico diferenciado, atento a aspectos de mercado emergentes que contribuyan a elevar la calidad de la actividad turística del término y que precisan de edificaciones e instalaciones cuya previsión territorial anticipada por la ordenación urbanística, puede conllevar procesos de revalorización de los terrenos a ellos destinados que dificulten en gran manera su efectiva concreción. - Desde la ordenación debe darse adecuada respuesta al derecho constitucional a una vivienda digna, primando en la definición de los desarrollos la consecución de suelos públicos que permitan poner en el mercado y para los residentes permanentes del término, viviendas sometidas a regímenes de protección pública que las hagan asequibles para las economías familiares ordinarias. - Resulta preciso incrementar el patrimonio municipal de suelo, muy escaso como consecuencia de que la actividad urbanística del término se ha basado en la aplicación de normativas y sistemas de gestión obsoletos o que superan la capacidad de gestión municipal, por lo que debe primarse la definición de aquellas ordenaciones que, resultando de posible gestión para las capacidades municipales, supongan el mayor grado de incremento de dicho patrimonio público.

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- Resulta principio básico en la gestión de la ordenación que se quiere definir, el que los beneficios que de la actividad urbanística deriven, deben obligatoriamente redundar en beneficio de la total comunidad, aportando a la misma las plusvalías que legalmente correspondan mediante la correcta definición de procedimientos de gestión urbanística que sean lo suficientemente concretos y elaborados para garantizar la consecución de dicha finalidad básica. El planeamiento general, de acuerdo con las DOT, deberá dar soporte a los siguientes objetivos generales: - Un desarrollo socio-económico equilibrado y compatible con la protección y mejora del medioambiente. - Una mejora de la calidad de vida de los ciudadanos y ambiental de los espacios urbanos del municipio. - Garantizar el acceso de los ciudadanos del municipio a una vivienda digna y adecuada. - Protección de los espacios abiertos del municipio de cualquier uso que pueda alterar sus valores ecológicos y paisajísticos. Las Normas Subsidiarias de planeamiento, para lograr los anteriores objetivos generales, se han basado en los siguientes criterios: 1. De redacción. - Cumplimiento al marco legislativo estatal, autonómico e insular vigente. - Seguimiento de un proceso urbanístico participativo y claro. - Ordenación territorial racional y coherente con la realidad actual del municipio. 2. De planificación. - El establecimiento de un desarrollo urbanístico de los núcleos urbanos adecuado a sus capacidades reales y razonables de crecimiento, mediante la delimitación del suelo urbano y la determinación de los índices de capacidad de población. - La ordenación racional de los núcleos turísticos manteniendo la oferta turística en los umbrales adecuados para constituir un destino viable. - La conservación y la protección del suelo rústico, de la actividad agropecuaria y del paisaje. - La implantación de nuevos equipamientos en suelo urbano y sistemas generales de uso comunitario. - La mejora de las redes de comunicación. - La continuación de las infraestructuras públicas. - La protección, conservación y recuperación de los recursos naturales, del paisaje natural, rural y urbano y del patrimonio histórico artístico. - Una racional utilización de los recursos (agua potable, energía eléctrica, residuos, etc.). - La mejora de la calidad urbana y residencial priorizando la implantación de zonas peatonales y la rehabilitación de las edificaciones tradicionales. - La calificación de suelo de reserva para vivienda sujeta a algún régimen de protección pública.

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- La ordenación de la implantación de las actividades comerciales y la mejora de la oferta de servicios en los núcleos turísticos. - La prohibición de las actividades molestas y el control de los ruidos de acorde con las características de los núcleos. - La constitución de patrimonio público de suelo para actuaciones públicas que faciliten la ejecución del planeamiento. A falta de una Ley del paisaje, se han tenido también en cuenta los criterios del Convenio europeo del paisaje (CEP), ratificado el 26 de noviembre de 2.007 y que entró en vigor el 1 de marzo de 2.008. A estos efectos, en la planificación urbanística han incorporado los siguientes criterios: - Se han definido los elementos fundamentales de la estructura general y orgánica del territorio y, en particular, los sistemas generales de comunicación y sus zonas de protección, así como los equipamientos comunitarios, infraestructuras y sistema de espacios libres públicos destinados a parques y zonas verdes. - Se han establecido los niveles de protección y la ordenación del suelo rústico de acuerdo con el PTI y el planeamiento vigente con la finalidad de no reducir su protección. - Se ha incorporado el plano y normas relativas a los niveles y valores de protección del paisaje del municipio. - Se han establecido medidas para la protección del patrimonio, tanto de edificios, espacios, paisajes y elementos o conjuntos de interés sobre los que concurren valores históricos, culturales o ambientales. - No se ha planteado nuevo suelo de crecimiento residencial o turístico sino sólo aquel destinado a incrementar las dotaciones y servicios, adoptando para ello medidas de protección del territorio y del paisaje. Por otra parte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1.c del Real decreto legislativo 2/2008, de 20 de junio, la ordenación también ha atendido los principios de: - Accesibilidad universal. - Igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. - Movilidad. - Eficiencia energética. - Garantía de suministro de agua. - Prevención de riesgos naturales y de accidentes graves. - Prevención y protección contra la contaminación y limitación de sus consecuencias para la salud o el medio ambiente. Síntesis de las modificaciones introducidas y de sus posibles efectos ambientales

IDENTIFICACIÓN DE LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS POR LA ADAPTACIÓN DEL PLAN RESPECTO AL PLANEAMIENTO VIGENTE. ANÁLISIS PRELIMINAR

cambios introducidos posibles efectos / comentarios Formulación de la presente revisión de las Normas Subsidiarias y su sustitución por las nuevas Normas Subsidiarias

Se justifica por el tiempo transcurrido y, sobretodo, la aprobación desde entonces de una abundante normativa estatal y,

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IDENTIFICACIÓN DE LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS POR LA ADAPTACIÓN DEL PLAN RESPECTO AL PLANEAMIENTO VIGENTE. ANÁLISIS PRELIMINAR

cambios introducidos posibles efectos / comentarios Se entiende por revisión la adopción de nuevos criterios respeto de la estructura general y orgánica del territorio o de la clasificación del suelo, motivada por la elección de un modelo territorial diferente o por la aparición de circunstancias sobrevenidas, de carácter demográfico o económico, que incidan sustancialmente sobre la ordenación o por agotamiento de su capacidad. Serán causas objetivas que motiven y justifiquen su revisión cualquiera de las siguientes: a).- Que sobrevengan mayores exigencias de equipamientos de ámbito general derivadas de la propia evolución social o de disposiciones de rango superior, excepto que la corporación municipal acuerde no tramitarla mediante una revisión al no afectar a la estructura general y orgánica del planeamiento. b).- Que se llegue a la población teórica prevista en la memoria de las NN.SS. c).- Que hayan transcurrido doce años desde su entrada en vigor. d).- Que el Ayuntamiento así lo decida para haber sobrevenido otras circunstancias que exijan la alteración sustancial de la estructura general y orgánica del territorio.

especialmente, autonómica. En su consecuencia, la aplicación del planeamiento vigente, simultáneamente con la citada normativa sobrevenida y el Plan territorial insular, ha derivado en la necesidad de disponer de un planeamiento adaptado. Se dan las causas objetivas que motivan y justifican la revisión. Con el fin de incorporar a la ordenación los núcleos urbanos de hecho y núcleos rurales, y permitir el desarrollo sostenible de los núcleos tradicionales Siendo las NNSS el marco con el que poder desarrollar el futuro del municipio, dentro del cumplimiento del Plan Territorial Insular. a).-Fines. La finalidad de las Normas Subsidiarias es la planificación de un desarrollo sostenible del territorio con el objetivo general y básico de la mejora de las condiciones de vida de sus ciudadanos. b).- Objetivos. El planeamiento general, de acuerdo con las DOT, deberá dar soporte a los siguientes objetivos generales: - Un desarrollo socio-económico equilibrado y compatible con la protección y mejora del medioambiente. - Una mejora de la calidad de vida de los ciudadanos y ambiental de los espacios urbanos del municipio. - Garantizar el acceso de los ciudadanos del municipio a una vivienda digna y adecuada. - Protección de los espacios abiertos del municipio de cualquier uso que pueda alterar sus valores ecológicos y paisajísticos.

SUELO URBANO. a).- Uso residencial: Zona intensiva (I) y zona extensiva (E). Cada una de las anteriores calificaciones urbanísticas subdivididas en subzonas, es decir: - I-1: Zona intensiva 1 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: MC-1). - E-P1: Zona extensiva plurifamiliar 1 (en el texto

El objetivo de estas actuaciones dotar al entorno urbano de espacios públicos, garantizando su accesibilidad, esto proporcionara un factor de confortabilidad que mejora de forma positiva la percepción del entorno que generan sinergias de conservación, de

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cambios introducidos posibles efectos / comentarios refundido de las NN.SS. del 95: UAA-1). - E-P2: Zona extensiva plurifamiliar 2 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UAA-2). - E-P3 y E-P3a: Zona extensiva plurifamiliar 3 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UAA-3). - E-U1: Zona extensiva unifamiliar 1 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UA-1). - E-U2: Zona extensiva unifamiliar 2 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UA-2). - E-U3 y E-U3a: Zona extensiva unifamiliar 3 y 3a (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UA-3). - E-U4: Zona extensiva unifamiliar 4 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UA-4). - E-U5: Zona extensiva unifamiliar 5 (extensiva unifamiliar especial). b).- Terciario: Comercial (C), administrativo privado (AD), turístico (T) y establecimientos públicos (EP). Las anteriores calificaciones urbanísticas, excepto la turística (T) cuando no concurra en una zona delimitada como apta para hoteles de ciudad, se han incorporado como usos y actividades compatibles. La correspondencia de la calificación turística respecto de la correspondiente en las NNSS vigentes es la siguiente: - T-1: Zona extensiva turística 1 (en el text refós de les NN.SS. del 95: TH). c).- Industrial: Industrial (ID). - ID-1: Zona industrial y de servicios 1 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: IJ). d).- Equipamiento comunitario: Socio-cultural (EQ-SC), docente (EQ-D), asistencial (EQ-A), administrativo-institucional (EQ-AI), deportivo (EQ-E), seguridad (EQ-SG), sanitario (EQ-S), religioso (EQ-RL), cementerio (EQ-CM), abastecimiento (EQ-AB), recreativo (EQ-R) y municipal diverso (EQ-MD). Según las necesidades que se han demandado, las necesidades técnicas y el uso, han determinado la diferente disposición de los equipamientos. - SG-EQ-E: 11.200 m2 - SG-EQ-S: 2.000 m2 - SG-EQ-MD: 11.600 m2 - EQ-CM: 13.300 m2 e).- Comunicaciones e infraestructuras: Instalaciones y servicios (IS), transporte (TR), telecomunicaciones (TC) y aparcamiento de vehículos (AP). Las anteriores calificaciones urbanísticas,

creación de zonas estanciales de alto valor social, cuidado y mejora estética y generación económica consolidada. Mejora las condiciones ambientales de la ciudad y se crean espacios para el esparcimiento de la población. Optimizando y ordenando el entorno urbano añadiendo factores sociales, de movilidad, de rehabilitación, recuperación, mantenimiento y estéticos que no estaban considerados conforme al peso que en la actualidad se ha visto que tienen. Creándose entornos urbanos atractivos que en la actualidad no tienen ningún interés social siendo de paso y ningún interés natural urbano siendo lugares en los que cualquier desarrollo o interrelación urbano-natural resulta prácticamente imposible. Todo esto contribuye a la mejora y conservación del entorno urbano que repercute positivamente en el no urbanizable y por lo tanto en las aéreas naturales

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cambios introducidos posibles efectos / comentarios excepto la de instalaciones y servicios (IS), se han incorporado como usos y actividades compatibles. f).- Espacios libres: Espacio libre público (ELP) y espacio libre privado (ELPR). 1. Espacios libres públicos. Comprende los terrenos así calificados en los planos de ordenación correspondientes a los núcleos urbanos, sean o no de titularidad pública, destinados al esparcimiento de la población y a dotar de mejores condiciones ambientales a la ciudad. Su ordenación estará condicionada a los fines para los que se han creado, con la posibilidad de contener los servicios propios para su uso, así como los correspondientes caminos, rampas y el resto de elementos y de instalaciones precisas para su correcta utilización. La superficie de los espacios libres públicos existentes y previstos en el municipio, situados en suelo urbano, ascienden a: 571.605 m2, repartido en los diferentes núcleos urbanos. Sistemas generales de espacios libres públicos en suelo rústico: 153.600 m2 2. Espacios libres privados. Son las áreas ajardinadas de dominio privado y de uso público o privado, calificadas específicamente por el planeamiento o resultante del cumplimiento de las determinaciones sobre ocupación del suelo en cada ordenanza de edificación. g).- Unidades de actuación en suelo urbano. Se ha previsto, con la finalidad de reordenar ámbitos interiores del núcleo, obtener equipamientos, espacios libres públicos, viales o aparcamientos, el desarrollo de unidades de actuación. Dichas unidades de actuación son las siguientes: 1. Cala de Bou: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-01CB, UA-02CB, UA-07CB, UA-08CB, UA-09CB, UA-10CB, UA-11CB, UA-14CB, UA-15CB, UA-16CB, UA-17CB, UA-18CB y UA-19CB. - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-03CB, UA-04CB, UA-05CB, UA-06CB, UA-12CB y UA-13CB. 2. Cala Tarida: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-04CT. - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-01CT, UA-02CT, UA-

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IDENTIFICACIÓN DE LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS POR LA ADAPTACIÓN DEL PLAN RESPECTO AL PLANEAMIENTO VIGENTE. ANÁLISIS PRELIMINAR

cambios introducidos posibles efectos / comentarios 03CT y UA-05CT. 3. Es Cubells. - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-01ES y UA-02ES. 4. Port des Torrent: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-01PT y UA-05PT. - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-02PT, UA-03PT y UA-04PT 5. Sant Josep: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-01SJ, UA-02SJ, UA-03SJ y UA-04SJ. 6. Cala Vadella: - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-01CV, UA-02CV y UA-03CV. 7. Sant Jordi: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-10JO, UA-12JO, UA- 13JO, UA-14JO, UA-16JO. - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-01JO, UA-02JO, UA-03JO, UA-04JO, UA-05JO, UA-06JO, UA-07JO, UA-08JO, UA-09JO, UA-11JO, UA-12JO, UA-13JO, UA-15JO, UA-17JO y UA-18JO 8. Caló den Real: - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-01CR. SUELO URBANIZABLE. a).- Sectores urbanizables directamente ordenados por el planeamiento general: - Port des Torrent: SUDO-01PT y SUDO-02PT. - Sant Jordi: SUDO-08JO, SUDO-15JO y SUDO-18JO. b).- Sectores urbanizables no ordenados por el planeamiento general: - Cala de Bou: SUB-01CB. - Cala Tarida-Corral: SUB-01CT (sectores S-4.23 y S-4.24), SUB-02CT (sector S-4.16) y SUB-03CT (sector S-4.16). - Plana de Mar: SUB-01PM (sector S-4.14). - Port des Torrent: SUB-03PT. - Sant Jordi: SUB-01JO, SUB-02JO (sector S-1.4), SUB-03JO (sector S-1.11), SUB-04JO, SUB-05JO, SUB-06J, SUB-07JO, SUB-09J, SUB-10JO, SUB-11JO (sector S-1.17), SUB-12JO, SUB-13JO, SUB-14JO, SUB-16JO y SUB-17JO.

Se regulariza y optimiza los núcleos rurales y edificaciones existentes a fin de incorporarlos a la ordenación, y permitir de este modo el desarrollo sostenible regularizado de los núcleos tradicionales. Se marcan unos criterios de actuación, recuperación y acondicionamiento con forme a la normativa actual la cual presta mayor sensibilidad y es más proteccionista del entorno natural. Estableciéndose hitos y fronteras claras que determinan la viabilidad de las actuaciones previstas y las existentes. Se efectúa una planificación de actuaciones destinadas a la, obtención de suelo residencial y/o turístico, comercial, Industrial, servicios-industrial y de

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IDENTIFICACIÓN DE LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS POR LA ADAPTACIÓN DEL PLAN RESPECTO AL PLANEAMIENTO VIGENTE. ANÁLISIS PRELIMINAR

cambios introducidos posibles efectos / comentarios c).- Se desclasifican los siguientes sectores de suelo urbanizable de uso turístico o residencial: S-1.1, S-1.18, S-4.6, S-4.22 y S-5.5. La superficie de suelo urbanizable clasificado y desclasificado resulta: NNSS de 1987: 1.904.792 m2 NNSS de 2007 (aprobación inicial): 699.077 m2 NNSS 2014 1.741.672 m2 Diferencia entre NNSS de 1987 y 2014: -163.120 m2 d).- Los sectores urbanizables de tipo residencial y/o turístico de nueva implantación suponen 569.817,44 m2 (56,98 ha).

Servicios, el crecimiento propuesto en el planeamiento no supera el máximo establecido por el PTI Por lo tanto se pueden dar posibles efectos negativos del entorno natural, que deben ser considerados al realizar alguna nueva ocupación de terrenos que en el planeamiento anterior no estaba considerados, si bien también con el nuevo planeamiento se desafectan otras actuaciones dando como resultado final con las nuevas NNSS de 2014 la desafección de 163.120 m2 de suelo. Los efectos más negativos a estudiar se producirán por lo tanto en los urbanizables determinados como uso residencial y/o turístico, Industrial, servicios-industrial y de Terciario. Habrá que analizar en cada caso particular su relación con el entorno. Aunque con respecto al planeamiento actual los efectos que se observan son positivos. Habrá que tener en cuenta los posibles efectos transfronterizos

SUELO RUSTICO. La ordenación del suelo rústico en las Normas Subsidiarias ha seguido la regulación establecidas por la Ley de suelo, Ley del suelo rústico, Directrices de ordenación del territorio, PTI, Condiciones de las actividades vinculadas con el destino y naturaleza de las fincas y régimen de unidades mínimas de cultivo, Criterios para las áreas de prevención de riesgo (APR), Plan director sectorial de energía.

La aplicación de toda la normativa indicada hace que sea posible una aplicación efectiva, y con la suficiente protección jurídica que permite una sostenibilidad, y una mejora del medioambiente.

Caracterización básica del municipio El término municipal de Sant Josep de sa Talaia se extiende por toda la zona SW de la isla de Eivissa, limitando al este con la de la Ciudad de Eivissa y al nordeste con la de Sant Antoni de Portmany. Su superficie es de 158 km2., en los que se incluyen varios islotes de la costa: en la zona des los Freus, en Caragoler, es Penjats y las islas Negres; en el extremo suroeste, es Vedrà y es Vedranell; y a poniente, sa Conillera, la isla del Bosc, es Espartar y ses Bledes.

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El relieve es diverso, con áreas montañosas de diferentes tipologías, ámbitos de transición, llanuras sedimentarias y formas litorales diversas, así como una red hidrográfica definida por numerosos cursos espasmódicos. Desde el extremo suroeste y extendiéndose hacia parte central y nororiental del municipio nos encontramos las principales elevaciones, una carena de elevado valor natural y cultural que alcanza la máxima altitud de la isla en sa Talaia de Sant Josep, con 486 metros. Los tres puntos siguientes más elevados de la isla también se encuentran en el municipio, y son el puig de Serra (436 m), el puig Gros (419 m.) y el puig de Cala Llentrisca (414 m. en la cima del acantilado conocido como es cap des Jueu). Otros puntos destacables son el puig de sa Pega (400 m.), las Roques Altes (387 m.) o la propia cima del islote del Vedrà (381 m.). Hacia el noroeste se extienden las elevaciones por el puig de s’Avenc, de más de 300 m. y la sierra de sa Barda. Y hacia el sur también encontramos la sierra de sa Cova Santa y el puig d’en Palleu, de cerca de 250 m. Hacia el norte las tierras son bajas, ya que en realidad se trata de una prolongación hacia el oeste del extenso plano de Portmany, que encontramos por toda la banda sur de la bahía del mismo nombre y hasta las playas de Comte. En el extremo sur también hay las tierras llanas del plano de Ses Salines o de Sant Jordi, que acaba a los estanques de ses Salines, y algunas llanuras menores, como la de es Jondal. La línea de costa es muy extensa, dando ocasión a gran cantidad de accidentes geomorfológicos. Hay zonas de acantilados (cap des Falcó, Cap Llentrisca, puig des Savinar...), zonas de costa baja (las playas alrededor de Ses Salines y de la bahía de Portmany), costa de escalón (Comte) y una gran cantidad de calas formadas por el desagüe de cursos torrenciales en medio de zonas montañosas (especialmente en la costa de poniente: cala d’Hort, cala Carbó, cala Vedella, cala Molí, cala Tarida, etc.). Algunas de estas áreas tienen un gran valor natural, destacando especialmente los dos parques naturales de la isla de Eivissa: Ses Salines y Cala d’Hort y los islotes de poniente. El municipio es el resultado de la agrupación de cinco pueblos o parroquias: Sant Agustí des Vedrà, Sant Josep de sa Talaia, es Cubells, Sant Jordi de Ses Salines y Sant Francesc de s’Estany, cada una con su personalidad e identidad. Esta estructura territorial proviene de la división parroquial que realizó el primero obispo de Eivissa, Manuel Abad y La sierra, el año 1.785, para toda la isla. Al crearse los ayuntamientos, a inicios del siglo XIX, aparece uno para cada parroquia (cuatro para este municipio, ya que es Cubells no se creó hasta 1.933), pero el año 1.833, coincidiendo con la reestructuración provincial del Estado, desaparecen los ayuntamientos de cada pueblo y se crea la delimitación actual. Cada parroquia tradicionalmente se divide en ventas. El concepto de venta (muy antiguo en las Pitiüses, anterior a la estructuración territorial actual) aparece por la necesidad de organizar un espacio donde la característica básica de la distribución

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poblacional es la dispersión. Cada familia se identifica con una casa, y un conjunto de casas próximas constituyen una venta (término que probablemente tiene como origen un turno de faena). Este conjunto de casas acaba teniendo una traducción en el territorio, de tal forma que una comarca determinada se conoce con un nombre que a la identifica, que se puede corresponder con un nombre antiguo (Benimussa), con un elemento geográfico importante (sa Talaia) o con una casa de especial relevancia (Cas Costes). Su función era importante tanto para tareas públicas (vigilancia, defensa, construcción de iglesias) como sociales (intercambios de trabajo, organización de fiestas y encuentros...). La organización en ventas ha sido dinámica en el tiempo, y probablemente ahora también lo debería ser por adaptarse a las transformaciones recientes del territorio. Con todo, las ventas tradicionales de cada pueblo son: - Sant Agustí des Vedrà: Deçà Torrent y Dellà Torrent. - Es Cubells: Cala d’Hort, la Flota, Davall sa Serra y es Cubells. - Sant Francesc de s’Estany: es Racó des Jondal, Can Llaudis, sa Torre de sa Sal Rossa, la Revista y sa Canal. - Sant Josep de sa Talaia: Benimussa, sa Talaia, Cas Marins y Cas Serres. - Sant Jordi de Ses Salines: l’Horta, Cas Costes y es Racó. La posición central de Sant Josep de sa Talaia entre los pueblos que forman el municipio sirvió para escogerla como sede del consistorio. Además, su núcleo central, construido alrededor de la iglesia parroquial del siglo XVIII, se encuentra sobre el eje viario básico que atraviesa todo el término desde Eivissa hasta Sant Antoni de Portmany. Los pueblos de Sant Jordi de Ses Salines y Sant Francesc de s’Estany conformaban el antiguo quartó de Ses Salines (los quartons eran la división tradicional de la isla en cuatro partes, fruto de la conquista catalana de 1.235 y que se mantuvo hasta después de la derrota a manos de los borbónicos el año 1.715). Por su proximidad a la capital insular dependen funcionalmente, en muchos aspectos, de este municipio. El núcleo de Sant Jordi es el más poblado, y su iglesia, de aspecto fortificado y que podría remontarse al siglo XIV, está hoy en medio de edificios. La zona urbana se extiende hasta la zona turística de Playa d’en Bossa y, hacia el norte, por los barrios de sa Carroca y Can Fita. En Sant Francesc de s’Estany, en cambio, no hay ningún casco urbano de importancia, a pesar de que hay dos templos (Sant Francesc y la Revista); buena parte de su territorio está ocupado por el Parque Natural de Ses Salines y por el aeropuerto de la isla. El pueblo de Sant Agustí des Vedrà concentra buena parte de su población en los núcleos costeros de Cala de Bou y Port des Torrent, ligados funcionalmente a Sant Antoni de Portmany, mientras que el núcleo tradicional se conserva aún sin grandes cambios, alrededor de la iglesia del siglo XVIII. También se han desarrollado varios núcleos inicialmente turísticos y ahora también residenciales en las calas del Oeste, especialmente Cala Tarida. Descripción de las unidades territoriales afectas Suelo Urbano y Urbanizable

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Aspecto ambiental Caracterización

Suelo urbano. Suelo urbanizable.

Unidad Se realizan unas actuaciones de transformación urbanística y de transformación de dotación, con el objeto de ordenación del suelo urbano por los instrumentos del planeamiento general. Siendo de gran relevancia la ordenación de las zonas turísticas, industrial y de servicios. Mayor aprovechamiento y optimización del suelo urbano eliminado zonas de ocupación, volúmenes y alturas desproporcionadas y poco adaptadas a la trama urbana existente aplicando criterios estéticos y paisajísticos más restrictivos y encaminados a la obtención de espacios urbanos de calidad estética, visual y paisajística. Ordenación y clasificación del suelo urbanizable Ordenación y protección del suelo rural.

Relieve y carácter topográfico

El relieve del paisaje urbano está lleno de contrastes, desde las zonas llanas en las que se aprovecho para la implantación de los núcleos urbanos, junto con las zonas costeras de carácter llano en las zonas de grandes playas, a las zonas adaptadas a una orografía montañosa y de grandes desniveles con salidas al mar en zonas de acantilados. Estos contrastes de alturas en el terreno son de gran importancia ya que es necesario tener siempre presente el relieve propio del entramado urbano y del entorno a la hora de definir su trama.

Hidrología: torrentes

Entre los principales por su superficie ocupada, conviene destacar el torrente de Cas Berris (18,35 km2), es Torrent (15,35 km2), el de Ca na Parra (11,50 km2) y el torrente de en Salla o de es Codolar (10,72 km2)

Hidrología: Zonas de Posible Riesgo de Inundación, APR

Los torrentes de mayor importancia y que coinciden con Áreas de Prevención de Riesgos (APR) de inundación :

1. San Jordi. Torrent de Ca na Parra junto a AMR17 Sa Carraca.

2. Junto a AMR 14 Platja des Jondal 3. Torrent de Ses Blanquetes, canal de ses Coves 4. Torrent de Cala Molí 5. Torrent desembocadura en cala Tarida 6. Es torrent Font d´en Racó. Junto SUB 02 PT y SUB

01 PT Port des Torrent. Se deberán extremar las precauciones obteniendo los permisos y siguiendo las indicaciones de la Consejería de Medio Ambiente debiendo obtener la preceptiva autorización de la Dirección General de Recursos Hídricos.

Vegetación

Entre las plantas, destacan endemismos presentes en el lugar, como Allium antoni-bolosii, Silene cambessedesii y Helianthemum marifolium origanifolium, endémicas de Ibiza y Formentera; Chaenorrhinum formenterae y Micromeria inodora, endémica de Ibiza y Mallorca y Aetheorhiza bulbosa willkommi, Micromeria filiformis, Micromeria microphylla, Ophrys balearica y Ranunculus barceloi, endémicas del conjunto de las Baleares. Otros endemismos que destacan son: - Teucrium cossoni punicum, endemismo de Ibiza muy

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localizado. - Galium crespianum, endémico de Mallorca y Pitiusas. - Thymus richardi ebusitanus, endémico de Ibiza y muy localizado. - Allium antoni-bolosii eivissanuma, endémico de Ibiza y Formentera. - Allium sphaerocephalon ebusitanum, endémico de Ibiza, muy localizado. Otras especies son endemismos balearo-levantinos de interés nacional, como: - Saxifraga corsica, restringida a dos localidades en Ibiza y una en Formentera. - Asperula paui - Lamottea dianae - Silene hifacensis - Stachys brachyclada - Micromeria filiformis es una especie propia de las Baleares, sur y sureste de Iberia y norte de África, siendo, por tanto, de interés internacional. Por lo que se debe consultar por su extensión el punto 12 del presente informe donde se identifican y describen los todas las areas LIC y ZEPA mas importantes de Sant Josep.

Especies protegidas

Presencia de hábitats del Anexo I de la Directiva 92/43/CEE., y un elevado número de taxones endémicos, que seguramente se incrementarán al mejorarse la prospección, destacando endemismos exclusivamente ibicencos, otros de ámbito balear y algunos balearo-levantinos. Es un lugar importante para la avifauna con tres espacios ZEPA siendo calificadas, además, como Área de Especial Importancia para las Aves (IBA) por la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife). Presencia de una importante colonia de halcón de Eleonor (Falco eleonorae), de un grupo colonias de la endémica Pardela Balear (Puffinus mauretanicus), de un pequeño grupo de Cormorán Moñudo (Phalacrocorax aristotelis desmarestii) y por la presencia ocasional de una pequeña colonia de Gaviota de Audouin (Larus audouinii). Posible recuperación de Águila Pescadora (Pandion haliaetus). Solo en ses Salines nos encontramos con la presencia de 18 hábitats del Anexo I de la Directiva 92/43/CEE y de dos especies del Anexo II de dicha directiva.

Hábitats faunísticos de interés Presencia de hábitats del anexo I. Indicados en la descripción de Xarxa Natura 2000 (ver punto 12).

Especies y hábitats directiva Hábitats

Nos encontramos con gran variedad de especies de del Anexo I de la Directiva 79/409/CEE. Especies del Anexo II de la Directiva Hábitats. Especie que figura en el Anexo II de la Directiva 92/43/CEE. Ver punto 12 del presente informe.

Actividades económicas existentes

Actividades turísticas y todas las actividades relacionadas con el turismo, siendo de gran impacto socio-económico el sector del ocio costero y de locales musicales. Sector agrícola y pesca. Sector artesanía y cultural.

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Población

Padrón (cifras oficiales de población). Datos a 1 de enero 2012 la población es de 22.446 habitantes. La memoria de las normas subsidiarias dedica un apartado a la justificación de la capacidad de población. De acuerdo con el mismo, la previsión de las normas es la siguiente: La máxima población residencial teórica prevista en el planeamiento es de 42.102 habitantes y las plazas turísticas de 13.294, por lo que la total población teórica del planeamiento es de: 55.396 habitantes.

Usos actuales del territorio

Usos urbanos. Zonas turísticas, comercial, ocio y servicios. Uso industrial, Zonas agrícolas en explotación, Zonas agrícolas abandonadas o zona natural antropizada, parcelas.

Paisaje. Focos visuales

Zonas visibles desde los espacios urbanos inmediatos y desde zonas colindantes o visuales generales alejadas desde puntos elevados. Afectando a la visual particular y general de cada uno de los entornos urbanos de las poblaciones existentes dentro del término municipal. Generando y mejorando focos visuales de calidad que suman al entorno urbano. Que tienen en cuenta las zonas llanas en la que convergen la visibilidad de los espacios urbanos inmediatos y focos visuales generales de las zonas elevadas geográficas o de edificios.

Aspecto ambiental

- Adaptación al Plan territorial insular de Eivissa y Formentera y a la normativa sobrevenida desde la vigencia de las NN.SS. - Mantenimiento de la configuración básica de los núcleos consolidados, sin plantear ningún nuevo suelo urbanizable de crecimiento residencial en el municipio y ampliando, de acuerdo con el Plan territorial insular de Eivissa y Formentera, la protección sobre el suelo rústico. - Ordenar y mejorar la oferta turística del municipio mediante medidas específicas destinadas a posibilitar las reformas de los edificios hoteleros existentes. - La delimitación de los asentamientos urbanos existentes en suelo rústico se delimitan y clasifican como asentamientos en medio rural (AMR). - Vincular las nuevas dotaciones de zonas verdes públicas e infraestructuras a sectores de gestión sistemática para su obtención pública y gratuita. - Regular específicamente el impacto de las nuevas edificaciones en las zonas turísticas definiendo parámetros de integración en el terreno, volumen y tamaño máximo de las edificaciones, así como de la obligación del ajardinamiento de los espacios remanentes. - Se definen características arquitectónicas y estéticas para las edificaciones propias de la Isla. - Se incorporan los nuevos equipamientos señalados por el Plan territorial insular de Eivissa y Formentera, como los de tipo sanitario y asistencial (centros de salud y creación de una nueva zona sanitaria), mejora y ampliación de los centros docentes, creación de nuevos centros sociales y culturales, etc., así como las actuaciones encaminadas a eliminar el tránsito a través de los núcleos de población.

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- Se difiere la ordenación de detalle de Caló d’en Real y de sa Canal a un plan especial. - Se difiere a un plan especial la mejora e implantación de las infraestructuras pendientes de ejecutar de los núcleos de Cala Molí y Cala Vadella. - Se incorpora al planeamiento como urbano, aunque pendiente de recepción y cesión, el sector de Sa Caixota (Vista Alegre). Se ha previsto, con la finalidad de reordenar ámbitos interiores del núcleo, obtener equipamientos, espacios libres públicos, viales o aparcamientos, el desarrollo de unidades de actuación: - De renovación o reforma integral de la urbanización. - De dotación. - Sin transformación urbanística. Se desclasifican los siguientes sectores de suelo urbanizable de uso turístico o residencial: S-1.1, S-1.18, S-4.6, S-4.22 y S-5.5, recupera como suelo rustico 163.120 m2 que estaban clasificados como urbanizable. La superficie de suelo urbanizable residencial y/o turístico asciende a: 1.741.672 m2 (174,17 ha), Siendo la superficie de nueva urbanización 569.817,44 m2 (56,98 ha) situados en Cala Bou, Cala Tarida-Corral, Plana de Mar, Port des Torrent y Sant Jordi

Paisaje. Capacidad de absorción visual

Se considera elevada, atendiendo a la ubicación de las actuaciones junto al núcleo urbano del cual formarán parte, fuera parte de que las medidas adoptadas aportan calidad al paisaje a realizar y mejoran el existente. Por lo tanto al absorción visual será muy elevada al actuar sobre todo el conjunto pudiéndose generar posibles discontinuidades. Como actuaciones más importantes y más sensibles absorción visual que necesitará de actuaciones correctoras y de un estudio paisajístico específico serán las generadas por los polígonos industriales.

Paisaje. Calidad paisajística Intrínseca

Espacios urbanos muy consolidados y transformados con discontinuidades notables, con visuales cerradas y escasos espacios libres, que rompen o aportan efectos negativos al paisaje. Urbanizables en general son espacios agrícolas o zonas naturales ubicados en un entorno muy transformado o zonas antropizadas por la cercanía o la presión del suelo urbano.

Elementos de interés cultural

El municipio no cuenta con un Catálogo de protección del patrimonio histórico aprobado, Catálogo que se tramitará conjunta y simultáneamente o con posterioridad y previamente a la aprobación definitiva del presente planeamiento general.

Zonas Húmedas

Parque Natural de Ses Salines d’Eivissa i Formentera, que pertenece a la Red Natura 2000 como LIC y ZEPA ES0000084 y ostenta además otras figuras de protección como Humedal Ramsar o Patrimonio de la Humanidad.

Puntos de Interés Científico Como puntos de interés científico medioambiental nos encontramos con los 7 espacios protegidos.

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ANEIs Sant Josep de sa Talaia tiene 4.863,42 has de zona ANEI. Total de Suelo rústico protegido: 8.000,56 has: 3.137,14 has AANP + 4.863,42 has ANEI + 0 has ARIP.

Encinares. No se localizan encinares.

LIC, ZEPA

Se localizan 7 espacios: 1. ES5310023. Illots de Ponent (LIC, ZEPA) 2. ES0000078. Es Vedrà – es Vedranell (LIC, ZEPA). 3. ES0000084. Ses Salines d´Eivissa i Formentera (LIC,

ZEPA). 4. ES5310104. Costa de l´oest d´Eivissa (LIC). 5. ES5310032. Cap Llentrisca – sa Talaia (LIC). 6. ES5310031. Purroig (LIC). 7. ES5310034. Serra Grossa (LIC).

APR de Incendio Incorporados al planeamiento en las normas subsidiarias.

APR de Deslizamiento Incorporados al planeamiento en las normas subsidiarias.

APR de Inundación Incorporados al planeamiento en las normas subsidiarias.

APR de Erosión Incorporados al planeamiento en las normas subsidiarias.

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Síntesis de los principales efectos relativos a la adaptación al Plan Territorial y a la distinta normativa sobrevenida.

Efecto impacto Protección de los espacios abiertos del municipio de cualquier uso que pueda alterar sus valores ecológicos y paisajísticos. La adaptación de las NNSS al PTI y la normativa sobrevenida implica un incremento del grado de protección del territorio, lo que puede traducirse en efectos genéricos positivos sobre el paisaje. Se produce un efecto de incremento del grado de protección supone una mayor probabilidad de la conservación de los actuales usos del territorio. También implica una mejora potencial de la calidad de los espacios protegidos. La contribución se considera moderada y básicamente imputable al PTI y otra normativa sobrevenida que son de cumplimiento, pero las NNSS se establecen como una herramienta sintetizadora de la normativa que facilita su aplicación y por la tanto mejora notablemente la efectividad, generando los efectos positivos esperados.

+2

Accesibilidad universal. La planificación pretende resolver los problemas para que todos los ciudadanos puedan llegar a sus centros de destino, es decir: maximizar la accesibilidad de todos los usuarios independientemente de su capacidad de movilidad en cuanto: - Utilización de las vías de comunicación. - Espacios libres públicos. - Equipamientos públicos. - Edificios residenciales y de uso público.

+2

Igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. El planeamiento cumple con dichos objetivos según lo establecido en el artículo 3 de la Ley orgánica3/2007, de 22 de marzo, sin perjuicio de que las políticas públicas, de acuerdo con el artículo 2 del RDL 2/2008, de 20 de junio, en virtud del principio de desarrollo sostenible, deban propiciar la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres.

+1

Movilidad. En coordinación con los criterios de accesibilidad, el planeamiento ha estudiado la movilidad en el municipio desde los siguientes aspectos: - La red viaria de conexiones exteriores con otros municipios del entorno. - La redes viarias interiores de carácter municipal (básicas o principales y de segundo o tercer nivel). - La red de caminos públicos. - El transporte (tren, autobuses, transportes, vehículos, bicicleta, etc.). - Los estacionamientos y aparcamientos públicos. Los objetivos urbanísticos de movilidad sostenible para el municipio se han basado en los siguientes criterios básicos: - Planificar las reservas para nuevas vías rodadas de comunicación o ampliación de las existentes, intersecciones, rotondas o nuevas alineaciones en suelo urbano según figuran en los planos de ordenación. - Incorporación, desde la actuación pública, de medidas de ordenación del tráfico, zonas peatonales y de acceso restringido a vehículos. - La planificación de las zonas de aparcamiento público de vehículos privados y motos en función de las necesidades de la población. - La planificación de las zonas y plataformas de carga y descarga de mercancías en función de los usos admitidos. - Potenciar, desde la actuación pública, los desplazamientos en transporte público, en grupos de usuarios del coche compartido, bicicleta o a pie. - Planificar un diseño urbano viario con incorporación de carriles bici e itinerarios peatonales. - Instalación de señalización y paneles informativos sobre los tipos de vías, rutas y servicios de transporte público. Lo cual producirá efectos muy positivos con respecto a la movilidad del municipio.

+1

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Eficiencia energética. Se incorpora la normativa del Real decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el cual se aprueba el código técnico de la edificación, así como de la normativa relativa a las instalaciones térmicas y certificación energética de los edificios. Lo que contribuye a producir un efecto muy positivo al respecto si bien en si mismo viene obligado por el cumplimiento de la propia normativa su aplicación y criterios son de aplicación en las NNSS

+2

Garantía de suministro de agua. La normativa urbanística ha incorporado medidas tendentes al almacenamiento de agua para consumo y al ahorro, así como a la recogida de agua de lluvia para riego. Las medidas de protección de los acuíferos, y de eficiencia energética, contribuyen a evitar la sobreexplotación, optimizar el uso de este recurso y produce un efecto positivo al a minimizar el consumo, la contaminación y perdidas de agua. si bien el efecto positivo no sería imputable únicamente a las NNSS sino a los propios instrumentos que ya son de obligado cumplimiento, pero se convierten las NNSS en una herramienta de gran utilidad.

+0

Prevención de riesgos naturales y de accidentes graves. Se han incorporado al planeamiento las áreas de prevención de riesgos (APR) del Plan territorial insular y los usos admitidos de acuerdo con la matriz, así como los derivados del mapa de vulnerabilidad a la contaminación de acuíferos como ZPR y del atlas de zonas de inundación potencial como ZIP. Por otra parte, de acuerdo con la Ley 3/2006, de 30 de marzo, de gestión de emergencias, las situaciones de emergencia serán objeto de un plan especial de protección civil. A estos efectos se encuentra aprobado el Decreto 50/1998, de 8 de mayo, en materia de protección civil (PLATERBAL) y los planes especiales. Disminución de los riesgos de afección a la hidrología superficial Espacio ocupado La adaptación supone la incorporación de aspectos específicos sobre la hidrología, los cuales disminuirán los riesgos de afección. Incremento del grado de protección del territorio. Potenciales efectos genéricos positivos sobre la vegetación y la fauna y las zonas húmedas. Todo esto implica un incremento del grado de protección del territorio, lo que puede traducirse en efectos genéricos positivos sobre la vegetación, la fauna y las zonas húmedas que aparecen en los cursos de agua y que presentan hábitats de la red natura. Se considera positivo genéricamente. La protección se considera significativa, si bien no es propiamente imputable a las normas sino a los propios planes y legislación, las NNSS facilitan su aplicación y proporcionan un instrumento de gran utilidad.

+2

Prevención y protección contra la contaminación y limitación de sus consecuencias para la salud o el medio ambiente. La adaptación al PTI y a la distinta normativa implica mejoras sobre la calidad del aire y protección de la atmosfera, protección y mejora frente la contaminación acústica y de vibraciones, protección y mejora de la contaminación lumínica y control y protección de actividades contaminantes así como de suelos y gestión de residuos al introducir la normativa sectorial específica, si bien no sería imputable únicamente a las NNSS sino a los propios instrumentos que ya son de obligado cumplimiento pero se convierte en una herramienta básica y clarificadora de aplicación, propiciando, entre otros fines, la protección del medio ambiente, contribuyendo a la prevención y reducción de la contaminación.

+2

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Síntesis de los posibles efectos relativos a las modificaciones introducidas por las NNSS IMPACTOS POSITIVOS

Efecto impacto Ampliación y creación de suelo Industrial. Posibilidad de traslado de industrias o actividades existentes en suelo rústico o urbano, las cuales se podrían trasladar a una zona industrial desocupando dicho suelo o trasladando actividades generadoras de contaminación acústica, vibraciones o residuos especiales o peligrosos a lugares con infraestructuras y sistemas de prevención y control específicos que evitarían las posibles molestias, degradación del entorno y un mejor tratamiento, y control de los efectos contaminantes. La medida se considera relevante.

+3

Ampliación y creación de suelo Industrial. Permitiendo el uso comercial y de servicios, para actividades secundarias y terciarias, permitiendo el traslado de actividades de suelo rústico y traslado de actividades que pueden generar impactos molestos en suelo urbano.

+3

Unidades de actuación en suelo urbano y urbanizable. Se ha previsto, con la finalidad de reordenar ámbitos interiores del núcleo, obtener equipamientos, espacios libres públicos, viales o aparcamientos. Consecución de suelos públicos que permitan generar para los residentes permanentes viviendas sometidas a regímenes de protección pública. Optimizando las infraestructuras y equipamientos, evitando la dispersión mejorando la movilidad, obtención de espacios libres y sistemas generales públicos.

+3

Polígono Inducción directa de actividad económica de servicios e industria Término municipal El desarrollo del sector implica un desarrollo de actividades terciarias El volumen de actividad económica inducida tiene incidencia moderada a nivel de la economía local

+2

Nuevas ocupaciones. Inducción de actividad económica (construcción) en Eivissa. La construcción de las obras de urbanización, edificaciones e instalaciones, implica inducción de actividad económica La dimensión, en términos insulares, se considera reducida

+1

Se regulariza y optimiza los núcleos rurales y edificaciones existentes a fin de incorporarlos a la ordenación, y permitir de este modo el desarrollo sostenible regularizado de los núcleos tradicionales, evitando desarrollos sectoriales aislados planteados sin concepción global.

+2

Suelo Rustico. La ordenación del suelo rústico en las Normas Subsidiarias con la aplicación de toda la normativa, hace que posible una aplicación efectiva, y con la suficiente protección jurídica que permite la consecución de los objetivos indicados. La consecución de estos objetivos significa que se producirá un efecto muy positivo en la protección y que introducirá no solo una sostenibilidad, si no una mejora del medioambiente.

+3

Se realiza un incremento del patrimonio municipal de suelo, siempre que sean de posible gestión para las capacidades municipales. Redundando en el beneficio general las plusvalías que ha este suelo legalmente le correspondan y por lo tanto poder crear espacios de mayor respeto medioambiental de forma generalizada sin que esto suponga una carga que sea disuasoria.

+2

El planeamiento da herramientas para poder gestionar la actividad turística con la suficiente agilidad y poder crear modelos turísticos diferenciados que permitan establecer los estándares de calidad deseados, lo que también redunda directamente en una mayor calidad medioambiental al ser un factor en alza requerido por el turismo.

+3

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IMPACTOS NEGATIVOS

Efecto impacto E-U5: Zona extensiva unifamiliar 5 (extensiva unifamiliar especial) situado en Cala Tarida de 14.052 m2 y con un techo edificable máximo de 7.026 m2 y de 28 viviendas que por lo tanto serian 84 habitantes. No está considerado en el texto refundido de las NNSS del 95, con lo cual dentro del suelo urbano se produce una modificación que se debe de tener en cuenta de cara a los efectos que de forma particular puede tener en este punto. Puesto que se trata de suelo urbano el efecto sobre el mismo de las nuevas NNSS no será de consideración ya que se encuentra dentro de la trama urbana considerada, y dentro de unos parámetros de densidad de población y edificación bajos, hacen que el impacto sea menor, si bien se contribuye a un menor aprovechamiento del suelo. Recomendación: Considerar aspectos paisajísticos y constructivos. Realizando un desarrollo especifico del plan de vigilancia medioambiental de esta zona en cuanto al planeamiento y proyectos de urbanización y edificación. Realizar un programa de viabilidad económico específico para prever y asegurar la viabilidad de mantenimiento del entorno urbano, y que no se genere dispersiones irregulares que den lugar a un entorno urbano desagregado.

-0

De nueva urbanización los siguientes: Cala de Bou SUB-01CB 22.572 m2 Residencial, Cala Tarida-Corral SUB-01 CT (Sectores S-4.23 y S-4.24) 177.682 m2 Residencial, SUB-02CT (Sectores S-4.16) Residencial y SUB-03 CT (Sector S-4.16) 83.169 m2 Residencial. Plana de Mar SUB-01 PM (Sector S-4.14) 59.000 m2. Port des Torrent SUB-03PT 28.768 m2. Sant Jordi SUB-01JO 35.269 m2 Residencial, SUB-02JO (Sector S-1.4) 104.873 m2 Residencial, SUB-03JO (Sector S-1.11) 62.746 m2 Residencial , SUB-04JO 29.584 m2 Residencial, SUB-05JO 61.219 m2 Residencial, SUB-06 JO 19.132 m2 Residencial, SUB-07JO 12.159 m2 Residencial, SUB-09JO 91.067 m2 Residencial, SUB-10JO 105.920 m2 Servicios, SUB-11JO (Sector-1.17) 131.149 m2 Residencial, SUB-12JO 296.621 m2 Turístico-residencial-EQ, SUB-13JO 39.250 m2 Servicios-industrial, SUB-14JO 81.978 m2 Industrial, SUB-16JO 31.411 m2 Residencial, SUDO-17JO 19.551 m2 Comercial. Siendo de nueva urbanización 569.817,44 m2 de un total de 1.741.672 m2. Siendo del total los sectores urbanizables de tipo residencial y/o turístico de nueva implantación suponen 569.817,44 m2 (56,98 ha). La superficie del suelo urbano del municipio, de acuerdo con la revisión del planeamiento vigente es de 11.381.529 m2 y la superficie de suelo urbanizable con plan parcial aprobado de 424.734 m2 por lo que el crecimiento en suelo residencial turístico o mixto no puede superar el 10% de la suma de ambas, es decir 118,06 ha. Por otra parte, el planeamiento ha clasificado como nuevo suelo urbano residencial una superficie de 513.092 m2 que, en su mayor parte, recoge asentamientos ya existentes y como suelo urbanizable residencial y/o turístico de crecimiento una superficie de 569.817,44 m2, es decir 108,29 ha. En su consecuencia, el crecimiento propuesto en el planeamiento es de no supera el máximo establecido por el PTI. A pesar de esto y que además en el computo global de terreno urbanizable se produce una reducción del mismo con la introducción de las nuevas NNSS, hay que tener en cuenta como se producen inevitablemente: Nuevas emisiones de vistas de polígono y sectores residencial y/o turístico desde las vías de circunvalación y Calles inmediatas. Mediante las Normas Subsidiarias y su evaluación de impacto ya realizado podrán articularse medidas de protección paisajística. Efecto visual ya considerado al estar evaluado y considerado en el PTI, y todo su condicionado. Impermeabilización del suelo aunque este vaya a ser menor y efectos en las fases de construcción. Recomendación: Considerar los aspectos paisajísticos ya evaluados. Considerar la introducción de elementos de infiltración de agua al subsuelo localizando puntos de infiltración de pluviales siempre que sea posible, requerir en la fase en fase de obra el plan de gestión ambiental y chequear su correcto seguimiento, adoptando en cada actuación medidas de revegetación de envergadura en las que se estudie la compensación y revertir el factor de emisión CO2 de cada uno de los urbanizables. Realizar un estudio de detalle para la creación de una red de saneamiento y pluviales separativa que proporcione totales garantías de servicio en conexión con las infraestructuras existentes.

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Percepción del consumo de espacio rústico por usos no agrarios por las nuevas ocupaciones. La sociedad actual percibe como un efecto negativo la ocupación del espacio rural por los usos urbanos Se considera que la percepción social negativa será moderada.

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Disminución temporal de la calidad del aire por la ejecución de las obras en las huevas ocupaciones. Fase de Ejecución. Espacio ocupado y zona próxima La ejecución de las obras de urbanización y las edificaciones genera una disminución temporal de la calidad del aire por emisiones acústicas, de humo, y polvo, que puede afectar a la población próxima y ecosistemas sensibles. La dimensión de los efectos es reducida atendiendo a que es un tipo de molestia asumido por la población. Recomendación: Plan de vigilancia en los planes parciales y proyectos de urbanización.

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Riesgo de emisiones acústicas y de otra naturaleza desde el Polígono industrial. Fase de funcionamiento. El funcionamiento de un polígono puede generar efectos sobre la calidad del aire, dependiendo del tipo de industrias Se considera que no se han de generar efectos atendiendo a la normativa existente y especialmente a que las industrias que se implanten deberán ser objeto del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, donde podrán arbitrarse las medidas protectoras y correctoras necesarias. Recomendación: Implantación de energías renovables en los edificios.

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Nuevas ocupaciones (excepto zona verde). Disminución de la recarga del acuífero por impermeabilización del terreno. Fase de Explotación La impermeabilización del terreno por viales y edificaciones implica una reducción del agua de lluvia que se infiltra hasta el acuífero, tratándose de un efecto ambiental no deseable La superficies que pueden ser impermeabilizadas son moderadas.

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Consumo agua y generación de aguas residuales. Nuevas ocupaciones y Disminución de la edificabilidad. Incremento del consumo de agua y generación de aguas residuales por los usos previstos. Cualquier actividad requiere de consumos hídricos, contribuyéndose al agotamiento de los recursos locales y la necesidad de la disponibilidad de los recursos de potabilización. Cualquier crecimiento implica nuevos consumos y generación de agua residual, si bien son imputables a la población y no a los planeamientos. Recomendación: Fomentar sistemas de ahorro de agua y evaluar la capacidad de depuración de aguas residuales.

-1

Ampliación de polígono industrial. Consideraremos que se produce una ocupación efectiva del suelo, consumo de recursos y generación de residuos. Contrarrestan con la necesidad de creación de lugares específicos en los que desarrollar la actividad económica y de generación y elaboración de productos, adaptados mediante medidas de prevención y gestión, que los hacen óptimos y minimizan al máximo el impacto que esta actividad de desarrollo humano. Se ha señalado un impacto negativo para indicar que cualquier crecimiento implica nuevos consumos y generación de residuos. Recomendaciones: se tendrá en cuenta el seguimiento de aplicación de eficiencia energética y la no entropización de los terrenos antes de ser ocupados y urbanizados.

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CONCLUSIONES 1. El procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica se inició con la presentación

de un documento previo y la emisión, por parte de la Administración ambiental, de un documento de referencia, ademas de esto se presento un ISA el cual también fue debidamente informado, todas estas consideraciones realizadas por la CBMA han sido tenidas en cuenta en la redacción de las NNSS y en el presente Informe de Sostenibilidad Ambiental, tal como se ha justificado anteriormente.

2. El planeamiento realizado a través de las nuevas Normas Subsidiarias incluye

distintas modificaciones puntuales sobre el planeamiento vigente. 3. La formulación de la presente revisión del Planeamiento actual y su sustitución por

las nuevas Normas Subsidiarias incluye distintos aspectos cuyo ámbito es la totalidad del territorio del municipio de Sant Josep de sa Talaia y, sin perjuicio del cumplimiento de las determinaciones del Plan territorial insular de Eivissa y Formentera, tiene por objeto su ordenación urbanística.

4. En relación a las APR, se ha incorporado en todos los casos lo que prevé el PTI, sin

introducir modificaciones. Se han establecido los niveles de protección y la ordenación del suelo rústico de acuerdo con el PTI y el planeamiento vigente con la finalidad de no reducir su protección. Se han incorporado los planos y normas relativas a los niveles y valores de protección del paisaje del municipio y se han establecido medidas para la protección del patrimonio, tanto de edificios, espacios, paisajes y elementos o conjuntos de interés sobre los que concurren valores históricos, culturales o ambientales. Se realiza la conservación y la protección del suelo rústico, y de la actividad agropecuaria y del paisaje fomentando la protección, conservación y recuperación de los recursos naturales, del paisaje natural, rural y urbano y del patrimonio histórico artístico, realizando la constitución de patrimonio público de suelo para actuaciones públicas que faciliten la ejecución del planeamiento, fomentando la creación un catalogo de protección del patrimonio histórico.

5. Se tiene en cuenta e incrementa la capacidad de población regularizando la

población existente en la actualidad, y considerando los efectos que la estacionalidad que se produce en la misma, considerando y indicando los mecanismos de regularización y gestión de los recursos ambientales básicos, ya que no solo se produce una mayor demanda, si no que esta demanda, además, se produce de forma irregular, dependiendo de la afluencia turística, por lo que se introducen mecanismos para una racional utilización de los recursos (agua potable, energía eléctrica, residuos, etc.). teniendo en cuenta las previsiones y necesidades de crecimiento sostenible, de recuperación y aporte adicional futuras.

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6. Se establece un desarrollo urbanístico de los núcleos urbanos adecuado a sus capacidades reales y razonables de crecimiento, mediante la delimitación del suelo urbano y la determinación de los índices de capacidad de población.

7. Se realiza la ordenación racional de los núcleos turísticos manteniendo la oferta

turística en los umbrales adecuados para constituir un destino viable. Regulando la oferta turística dentro de unos parámetros de mayor calidad y aprovechamiento del suelo. Se realiza la ordenación de la implantación de las actividades comerciales y la mejora de la oferta de servicios en los núcleos turísticos

8. Dentro de los núcleos urbanos se realiza la implantación de nuevos equipamientos

en suelo urbano y sistemas generales de uso comunitario, mejorando las redes de comunicación y la continuación de las infraestructuras públicas. Se fomenta una mejora de la calidad urbana y residencial priorizando la implantación de zonas peatonales y la rehabilitación de las edificaciones tradicionales, creando zonas para los equipamientos comunitarios, infraestructuras y sistema de espacios libres públicos destinados a parques y zonas verdes. Se mejora la regulación de las actividades molestas y el control de los ruidos de acorde con las características de los núcleos.

9. En relación al desarrollo de los sectores urbanizables se recomienda que los Planes

Parciales, en su zonificación y definición de los parámetros edificatorios introduzca el aspecto paisajístico para garantizar una adecuada integración visual.

El resultado de las Normas Subsidiarias en líneas generales es el incremento genérico del grado de protección del término municipal, redundando en una mayor probabilidad de conservación de los recursos ambientales (especialmente por la supresión de 163.120 m2 de suelo urbanizable), no habiéndose detectado efectos ambientales negativos con respecto al planeamiento vigente.

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1.- INTRODUCCIÓN Necesidades del presente informe. Normativa aplicable La formulación de la presente revisión de las actuales Normas Subsidiarias y su sustitución por la nuevas Normas Subsidiarias para realizar su adaptación al PTI de Ibiza es un tipo de actuación que debe ser objeto de evaluación ambiental estratégica, al encontrarse incluido en el Anexo III de la Ley 11/2006 de la CAIB, de 14 de septiembre de 2006, de Evaluaciones de Impacto Ambiental y Evaluaciones Ambientales Estratégicas en las Illes Balears. Así como en las modificaciones posteriores establecidas por el Decreto Ley 3/2009 de 29 de mayo de Medidas ambientales para impulsar las inversiones y la actividad económica en las Illes Balears (BOIB 78 de 30-05-2009), que daría lugar posteriormente con el mismo contenido y con rango de ley, a la Ley 6/2009 de 17 de Noviembre (BOIB 172 de 24-11-2009). Hay que reseñar como la disposición transitoria segunda del Decreto Ley indica:

Segunda Procedimientos de evaluaciones ambientales estratégicas iniciados antes de la entrada en vigor del Decreto-Ley Los procedimientos de evaluación ambiental estratégica iniciados antes de la entrada en vigor de este Decreto-Ley se tramitarán de acuerdo con la legislación vigente en el momento de su inicio, siempre que haya finalizado la fase de consulta prevista en el artículo 89 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas de las Illes Balears. Y en su disposición Final de entrada en vigor del Decreto Ley: Entrada en vigor Este Decreto-Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears

Por lo tanto hay que señalar como:

• Ha sido redactado una primera versión del Informe de Sostenibilidad Ambiental entregado a la CBMA en formato digital el 18 de Enero de 2010 y en formato papel el 27 de Enero de 2010 sobre el cual se emitió el correspondiente Informe Técnico el 30 de Abril de 2010, en consecuencia teniendo en cuenta las observaciones realizadas y de acuerdo a toda la normativa sobrevenida, se decide revisar y corregir las nuevas Normas Subsidiarias presentadas manteniendo la misma naturaleza, objetivo de las mismas y modelo territorial, por lo que se realiza el presente Informe de Sostenibilidad Ambiental como continuación, ampliación y complemento del anterior.

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• No ha sido sometido a las consultas que señala el artículo 89 de la Ley 11/2006, por lo tanto las modificaciones posteriores de la Ley 11/2006 establecidas por el Decreto Ley 3/2009 de 29 de Mayo y en consecuencia por de la Ley 6/2009 de 17 Noviembre son de aplicación en el presente informe.

A consecuencia de todo esto la normativa de aplicación indica:

ANEXO III PLANES Y PROGRAMAS SUJETOS A EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA Grupo 1. Planes que supongan ordenación del territorio urbano o rural o utilización del suelo En todo caso, tendrán esta consideración los siguientes: 1. Planificación territorial: a) Directrices de ordenación territorial. b) Planes territoriales insulares. c) Planes directores sectoriales. 2. Planificación urbanística: a) Planes generales de ordenación urbana y normas subsidiarias de planeamiento. b) Planes parciales. c) Planes especiales. 3. La modificación, revisión y/o adaptación de los instrumentos de planificación territorial y urbanística a que se refiere este grupo, sin perjuicio de lo que establece el artículo 17 de esta ley.

Según el Decreto Ley 3/2009. Se adicionan dos nuevos puntos, con los números 4 y 5, en el Grupo 1 del Anexo III de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas de las Illes Balears, que quedarán redactados de la siguiente forma:

4. En todo caso, se considera que no tienen efectos significativos en el medio ambiente y, por tanto no se sujetan a los procedimientos de evaluación ambiental estratégica, las modificaciones menores de planes de este grupo que tengan como objeto exclusivo alguna de las finalidades expresadas a continuación: a) Disminución de coeficientes de edificabilidad o de porcentajes de ocupación de las edificaciones. b) Disminución de la altura máxima de las edificaciones. c) Cambio de usos plurifamiliares a unifamiliares. d) Aumento de la superficie, o reajuste por razones funcionales, de zonas de equipamiento, espacios libres públicos o infraestructuras, siempre que este cambio de calificación o clasificación no afecte a terrenos clasificados como suelo rústico.

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e) Aumento de la superficie de la parcela mínima para poder construir o implantar un uso urbanístico. f) Cambios de la clasificación de suelo urbano, urbanizable o apto para la urbanización con el fin de reconvertirlos en suelo rústico. g) Implementación o extensión de medidas de protección del medio ambiente, del suelo rústico o de los bienes integrantes del patrimonio histórico, incluyendo las modificaciones de los catálogos de protección del patrimonio histórico, los planes de ordenación de los recursos naturales y los planes rectores de uso y gestión. h) Establecimiento o modificación de los índices de uso turístico o residencial siempre que supongan disminución de la capacidad de población. i) Modificación de delimitación del ámbito de polígonos o unidades de actuación y cambio de sistema de actuación. 5. Los catálogos de protección del patrimonio histórico, los planes de ordenación de los recursos naturales, los planes rectores de uso y gestión, en la medida que supongan un mayor grado de protección al medio ambiente y al patrimonio histórico, no se sujetan a evaluación ambiental estratégica. El Plan Especial de la “Xarxa d’Àrees de Lleure a la Natura”, previsto en la disposición adicional única del Decreto 19/2007, de 16 de marzo, se someterá a evaluación ambiental estratégica cuando el órgano ambiental lo decida siguiendo el procedimiento que establecen los artículos 95 a 97 de esta Ley.

El presente informe de sostenibilidad ambiental se adecua al contenido establecido por la Ley 11/2006, Artículo 87, así como el alcance y profundidad ambiental establecido por la Autoridad Ambiental, de acuerdo a la documentación de referencia y acta de reunión de evacuación de consulta a las Administraciones Publicas afectadas del expediente 12630/06 de la Conselleria de Medi Ambient del 28 de noviembre de 2006, habiéndose presentado un informe previo mediante el cual se inició el procedimiento de evaluación ambiental estratégica. Objeto El objeto del presente informe, de acuerdo con lo que establece la Ley 11/2006 y sus modificaciones posteriores, es identificar, describir y evaluar los probables efectos significativos sobre el medio ambiente que pueden derivarse de la aplicación del Plan (en el presente caso de la creación y aplicación de las nuevas normas subsidiarias), así como las alternativas razonables, técnica y ambientalmente viables, incluida entre otras la alternativa cero, que tengan en cuenta los objetivos y el ámbito territorial de aplicación del plan o programa. Contenidos exigidos por la ley 11/2006 y el Decreto Ley 3/2009.

Artículo 87 Contenido del informe de sostenibilidad ambiental

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1. El informe de sostenibilidad ambiental ha de contener, como mínimo, la siguiente información:

a) Un esquema suficiente del contenido, de los objetivos principales del plan o programa y las relaciones con otros planes o programas pertinentes. b) Los aspectos relevantes de la situación actual del medio ambiente y su probable evolución en el caso de no aplicación del plan o programa. c) Las características medioambientales de las zonas que pueden resultar afectadas de manera significativa. d) Cualquier problema medioambiental existente que sea importante para el plan o programa, incluidos, en concreto, los problemas relacionados con cualquier zona de importancia medioambiental especial, como las zonas designadas de conformidad con las directivas 79/409/CEE y 92/43/CEE. e) Los objetivos de protección medioambiental fijados en los ámbitos internacional, comunitario, nacional o autonómico que tengan relación con el plan o programa y la manera en que estos objetivos y cualquier aspecto medioambiental se han tenido en cuenta durante su elaboración. f) Los probables efectos significativos en el medio ambiente, incluidos aspectos como la biodiversidad, la población, la salud humana, la fauna, la flora, la tierra, el agua, el aire, los factores climáticos, los bienes materiales, el patrimonio cultural -incluido el patrimonio arquitectónico y arqueológico-, el paisaje y la interrelación entre estos elementos. Estos efectos deberán comprender los efectos secundarios, acumulativos, sinérgicos a corto, medio y largo plazo, permanentes y temporales, positivos y negativos. g) Las medidas previstas para prevenir, reducir y, en la medida de lo posible, compensar cualquier efecto negativo importante en el medio ambiente de la aplicación del plan o programa. h) Una exposición de las principales alternativas estudiadas y un resumen de los motivos de la selección de las alternativas consideradas, así como una descripción de la manera en que se realizó la evaluación, incluidas las dificultades que se hayan podido encontrar a la hora de recabar la información requerida (por ejemplo, deficiencias técnicas o falta de conocimientos y experiencia). La selección de las alternativas, en caso de propuestas tecnológicas, incluirá un resumen del estado del arte de cada una y justificará los motivos de la elección respecto a las mejores técnicas disponibles en cada caso. i) Un informe sobre la viabilidad económica de las alternativas y de las medidas dirigidas a prevenir, reducir, paliar o compensar los efectos negativos del plan o programa. j) Una descripción de las medidas previstas para la supervisión de conformidad con el artículo 93 de esta ley.

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k) Un resumen de carácter no técnico de la información facilitada en virtud de los apartados anteriores. (Apartado eliminado por la ley 6/2009)

Según Decreto Ley 3/2009. Se modifica el punto k) y se adicionan tres nuevos puntos, con las letras l), m) y n), en el apartado 1 del artículo 87 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas de las Illes Balears, que quedan redactados de la siguiente forma:

k) Un anexo de incidencia paisajística que identifique el paisaje afectado por el plan en cuestión, prevea los efectos que el desarrollo del plan producirá y defina las medidas protectoras, correctoras o compensatorias de estos efectos. l) Un mapa de riesgos naturales del ámbito objeto de ordenación, sólo para los instrumentos de ordenación de actuaciones de urbanización. m) Un estudio acústico en su ámbito de ordenación que permita evaluar el impacto acústico y adoptar las medidas adecuadas para reducirlo, sólo para los instrumentos de planeamiento urbanístico o territorial, excepto en el caso de la existencia de planes acústicos municipales. n) Un resumen de carácter no técnico de la información facilitada en virtud de los apartados anteriores. 2. Asimismo, en el informe de sostenibilidad ambiental debe figurar la información que se considere razonablemente necesaria para asegurar la calidad del informe. A tal fin se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

a) Los conocimientos y los métodos de evaluación existentes. b) El contenido y grado de especificación del plan o programa. c) La fase de proceso de decisión en que se encuentra. d) La medida en que la evaluación de determinados aspectos es más adecuada en otras fases del proceso, a fin de evitar su repetición.

3. A los efectos previstos en los apartados 1 y 2 de este artículo, se podrá utilizar la información pertinente disponible sobre los efectos en el medio ambiente de los planes o programas que se haya obtenido en otras fases del proceso de decisión o que derive de la aplicación de la normativa vigente. 4. El informe de sostenibilidad ambiental, como parte integrante de la documentación del plan o programa, ha de ser accesible e inteligible para el público y las administraciones públicas, y contendrá un resumen no técnico de la información a que se refiere el apartado 1 de este artículo.

Informe técnico, Documento de Referencia, del 17 de Noviembre de 2006 de la Comisión de Medio ambiente sobre los contenidos del informe previo de Sostenibilidad Ambiental, “Análisis de sostenibilidad de la orientación inicial de las nuevas Normas subsidiarias del municipio de Sant Josep de sa Talaia, Eivissa” de Julio de 2006.

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Documento de referencia: La documentación presentada en estos momentos (Análisis de sostenibilidad de la orientación inicial de las Normas y análisis Territorial del municipio) es muy genérica sin entrar en detalles concretos de las nuevas Normas. A demás se ha de decir que la documentación remitida no cuenta con el avance de las Normas ni de sus planos correspondientes. Por lo cual, el presente Documento de Referencia también deberá de ser muy genérico. Por lo tanto, de acuerdo con el artículo 88 de la Ley 11/2006 sobre evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones de impacto estratégicas de las Islas Baleares, se propone que el Informe de Sostenibilidad Ambiental tenga en cuenta, además del contenido mínimo detallado en el artículo 87 de la mencionada Ley, los siguientes aspectos:

- Si las Normas proponen la ubicación de nuevos suelos urbanos o urbanizables se ha de realizar un estudio de alternativas de ubicación, estudiando la conveniencia desde el punto de vista ambiental del emplazamiento elegido, su afección a recursos naturales (flora y fauna) y elementos patrimoniales catalogados, comparando la situación actual y futura. Se ha de justificar la necesidad del crecimiento propuesto.

- Si las Normas ubican infraestructuras o equipamientos que prevean el PTI pero que no las ha ubicado, se ha de presentar un estudio de alternativas, estudiando los mismos aspectos que en el punto anterior.

- La delimitación grafica del Suelo Rustico ha de ser a escala más precisa, corrigiendo si es el caso los errores (Norma 6.4 PTI). Se ha de hacer un trabajo riguroso (trabajo de campo, comparación con fotos aéreas, etc.) con tal de hacer la delimitación de las diferentes categorías ya que la transposición automática de la escala 1:25000 a una escala más precisa puede llevar a errores.

- Si el planeamiento municipal prevé la utilización de un sistema individual de evacuación de aguas residuales de determinadas zonas del suelo urbano o urbanizable tendrá que solicitar un informe a la Dirección General de Recursos Hídricos, tal como prevé la Norma 32 del PTI.

- Respeto a los recursos ambientales básicos (agua, energía, depuración y residuos) se ha de asegurar que la capacidad de la población que se prevé en el planeamiento es asumible ambientalmente. Con tal de calcular la demanda de agua se consideraran las dotaciones máximas previstas en el artículo 11 del PHIB, no los 200 l/hab/día que va ser aprobado por la CBMA de 19/12/2001

- Respecto de las zonas inundables, hasta que la DGRRHH no disponga de los estudios previstos en los artículos 77 al 77 del PHIB, esta definición tendrá que ser realizada por los promotores del planeamiento según los criterios establecidos en los artículos citados (Disposición adicional 4.2 PTI). Se ha de hacer mención a los problemas de inundación o de cualquier otro riesgo que

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pueda existir en determinadas zonas urbanas, ya que las APR son tan solo en suelo Rustico. Es aconsejable que también se grafíen en los planos de ordenación.

- Hasta que no resulte aprobada por la DGRHH la delimitación definitiva de los parámetros de protección de las captaciones de abastecimiento, se verificara el cumplimiento de lo previsto en el articulo 67 y de acuerdo al PHIB (disposición adicional 4.3 PTI). En los planos de ordenación se tendrá que grafiar los pozos de abastecimiento y sus perímetros de protección.

- Hasta que no se apruebe por la DGRRHH la delimitación definitiva de los parámetros de protección de la zonas de riesgo de contaminación de acuíferos, se verificará el cumplimiento de lo previsto en los artículos 52,53,54 y de acuerdo al PHIB (disposición adicional 4.5 PTI).

Además, se recuerda que, tal como prevé el artículo 13 de la Revisión de PDSP (Decreto 61/99), el planeamiento ha de adaptar su clasificación del suelo a las determinaciones previstas en el Plan. Administraciones públicas afectadas:

- Consell Insular de Eivissa y Formentera - Dirección General de Recursos Hídricos (Conselleria de Medio Ambiente) - DG Biodiversidad (Conselleria de Medio Ambiente) - DG de Caza, Protección de Especies y Educación Ambiental.

La fase de consultas de la versión preliminar del nuevo planeamiento, que incluirá el informe de sostenibilidad, se comunicara mediante anuncio en el BOIB y en dos diarios locales. El periodo de exposición pública, tal como prevé el artículo 89 de la Ley 11/2006 de Evaluaciones de Impacto Ambiental y Evaluaciones Ambientales Estratégicas de las Illes Balears, ha de ser como mínimo de 45 días. Indicaciones Comisión de Medio Ambiente mediante Informe Técnico del 30 de abril de 2010 sobre los contenidos del informe de Sostenibilidad Ambiental presentado en Noviembre de 2009. PLANOS

- Se ha comprobado que a. delimitación de las zonas APR de erosión, y deslizamiento (que no hay) y incendios coinciden con los del PTI; no obstante se ha observado que la trama de las zonas APR erosión no están dibujadas.

- Planos NVA: nivel de vulnerabilidad de acuíferos (alta y media): las diferentes zonas coinciden con las grafiadas en los planos del PTI.

- En los planos CS a escala 1/5000 (del 01 al 32): o No se han grafiado los torrentes, ni sus zonas de servidumbre y policía. o Pozos del abastecimiento urbano pero no las zonas de restricción, que si

aparecen en la leyenda pero que realmente no se han grafiado. o Se han grafiado las APT Costas

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o Infraestructura viaria red primaria (25 m), local (18m) y secundaria (8 m) que equivale a la APT de Carreteras, denominada así por el PTI.

o APR de inundación que coinciden con los del PTI Lo que se ha indicado para los planos a escala 1/5000 también se ha de trasladar a los otros que sea necesario.

- En los planos APT-01 a escala 1/20000 (del 01 al 04) o Se grafían los torrentes y las zonas de servidumbre y policía con un

croquis al costado especificando desde donde se consideran estos límites.

o Se grafían las APT de Carreteras (8,18 y 25 m) con un croquis al costado detallando desde donde se consideran estas zonas.

o También se grafían las diferentes zonas correspondientes a la Ley de Costas.

- A las diferentes zonas afectas por la modificación del anexo I de la LEN se observa que aparecen en la leyenda Ley 4/2008 pero no distingue si se trata de ANEI o ARIP; de hecho en la leyenda no figura la ARIP.

INFORME TÉCNICO Este informe se emite en la fase de consulta, tal y como prevé el artículo 89 de la ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas de las Illes Balears. En el apartado de antecedentes del ISA se dice que este documento se complementa con el Análisis Territorial del Municipio de Sant Josep elaborado en enero de 2008 (hay que decir que este documento no se ha remitido a la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears y que el Análisis Territorial elaborado en el año 2005 y que se remitió el mes de agosto de 2006 para redactar el Documento de referencia no se ha encontrado en el archivo de la Comisión). En la página 57 del ISA se dice que en un futuro se podrán producir carencias en cuanto a la dotación de infraestructuras de abastecimiento energético y gestión de residuos, y en menos medida las de abastecimiento de agua y saneamiento, como consecuencia del techo de población previsto en el nuevo planeamiento; no obstante no se plantean soluciones, es decir, no se demuestra que se puede asumir ambientalmente la capacidad de la población prevista en las nuevas normas, aunque estas supongan una disminución respecto de las aprobadas actualmente (se pasa de 76.446 habitantes a 50.079 habitantes). Se ha observado que las Normas Urbanísticas aparecen los correspondientes artículos referentes a las limitaciones de los usos alrededor de los pozos de abastecimiento (articulo 8.3.02) y a las APR (articulo 8.5.04) En Anexo de la Memoria informativa y justificativa (pg. 108) hay una relación de canteras activas; en la delimitación de las canteras incluidos los anexos del PDS de Canteras tiene que constar en la leyenda como SUELO RUSTICO EXTRACTIVO.

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Observando los planos se ve que en la leyenda aparece como CANTERAS y además, una de las canteras grafiadas (la de Ca n`Orvai el plano CS-22) no parece en la lista de las canteras activas: este hecho se tendrá que revisar. La Ley 4/2008 de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible en las Illes Balears (BOIB nº 68 de 17/5/2008) va ampliar la ANEI de la zona de la Punta de sa Pedrera y va a ampliar ANEI y ARIP en la zona de Cala d`Hort. En las NNSS esta ampliación se ha tenido en cuenta pero se ha observado como en los planos estas zonas ampliadas se grafían con la leyenda Ley 4/2008 sin distinguir si se trata de ANEI o ARIP (Planos EGO-01 y EGO-03); de hecho, en la leyenda general no figuran los ARIP. Vista la documentación presentada y de acuerdo con el artículo 89 de la Ley 11/2006 de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas de las Illes Balears se realizan las siguientes observaciones al informe de sostenibilidad presentado: El contenido del ISA no cumple con lo previsto en el artículo 87 de la Ley 11/2006:

viabilidad económica, resumen de carácter no técnico, etc. No se ha tenido en cuenta la mayor parte de los aspectos contemplados en el

Documento de Referencia de 17 de Noviembre de 2006 (disponibilidad de los recursos básicos, alternativas de ubicación de los nuevos suelos urbanos o urbanizables propuestos, etc.).

Ha de quedar bien definido el crecimiento del suelo urbano o urbanizable propuesto, justificando la necesidad del crecimiento propuesto, analizando diferentes alternativas de ubicación y justificándolo, desde el punto de vista ambiental.

Se ha de analizar desde el punto de vista ambiental, cualquier nueva actuación que se lleve a termino respecto a la NNSS vigentes (Suelos Urbanos o Urbanizables, SG a Suelo Rustico, carreteras, etc). Justificando su necesidad, analizando su afección a los recursos naturales (especialmente mas su afección a XN 2000 o a los hábitats de interés comunitario de la Directiva 92/43/CE relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la flora y la fauna silvestres y de la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y la Biodiversidad) y de los elementos patrimoniales catalogados.

En cuanto al Suelo Rustico se desconoce cómo se ha hecho la planimetría de las diferentes zonas: AANP y ANEI: en el Documento de Referencia se decía que había que hacer un trabajo riguroso para hacer esta delimitación de las AANP que prevé el artículo 1 de la LEN (sistemas dunares, islotes, Ullastrales, Sabinares, etc.). Observando los planos se ve que una pequeña isla al lado de Es Vedrá (planos EGO-03 y CS-18) está clasificada como ANEI. Se ha de revisar toda la cartografía referente a las diferentes categorías de SR.

Respecto a los planos presentados cabe hacer las siguientes observaciones:

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− En los planos escala 1/5000 tan solo aparecen las APR de inundación; sería recomendable que figuren los torrentes y, si es técnicamente posible, también las zonas de servidumbre y policía.

− En los planos de APR de erosión de ha de mostrar la trama correspondiente. − Se han de delimitar los perímetros de protección de los pozos de

abastecimiento. − Las zonas ampliadas por la Ley 4/2008 se han de distinguir de en los planos de

ordenación según sea su clasificación: ANEI o ARIP (en los planos tan solo se hace constar Ley 4/2008).

− Respecto a las canteras en la leyenda a de aparecer como SUELO RUSTICO DE USO EXTRACTIVO, tal y como prevé el PDS de Canteras; además se ha de comprobar que se grafían todas las canteras incluida en el anexo del PDS.

Por otra parte, tal y como prevé el artículo 17 de la Ley 6/2009, que adiciona un nuevo apartado en el artículo 89 de la Ley 11/2206, se recuerda que si se prevén actuaciones de urbanización (definidas en el artículo 14 de la Ley 8/2007 del Suelo) se han de solicitar al menos los informes preceptivos y determinados siguientes:

a. El de la administración hidrológica sobre disponibilidad de agua potable, en cantidad y calidad, y suficiencia de la red de saneamiento y depuración, en relación con la población servida actual y con la prevista por el planeamiento que se propone; así como sobre la protección del dominio público hidráulico.

b. El de la administración de costas sobre la delimitación y la protección del dominio público marítimoterrestre.

c. El de las administraciones competentes en materia de carreteras, ferrocarriles, puertos aeropuertos, energía y otras infraestructuras afectadas, respecto a esta afección e impacto de las actuación sobre la capacidad del servicio de estas infraestructuras.

Respecto a la tramitación se ha de recordar que, con tal de dar cumplimiento al artículo 91 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas de las Illes Balears, un vez finalizado el periodo de información pública del ISA de julio de 2009 junto con las Normas y haber consultado con las diferentes administraciones publicas y personas interesadas establecido en el Documento de Referencia, el ayuntamiento ha de tramitar en la Comisión de Medio Ambiente la Memoria Ambiental para que en el periodo de 2 meses manifieste su conformidad o disconformidad. Cabe recordar que la Memoria Ambiental, tal y como prevé el mencionado artículo, ha de valorar la integración de los aspectos ambientales en la propuesta de las nuevas Normas, en la cual se analizará el proceso de evaluación, el ISA y su calidad; se evaluara el resultado de las consultas realizadas y como se han tomado en consideración y se analizará la previsión de los impactos significativos por la aplicación de las nuevas Normas.

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La Memoria Ambiental contendrá las determinaciones finales que tengan que incorporarse a la propuesta de las nuevas Normas, además de su aprobación provisional y posterior remisión al Consell para su aprobación definitiva. El 15 abril de 2013 el Ayuntamiento de San Josep de sa Talaia recibió un escrito de de la Comisión Balear de Medio Ambiente indicando lo siguiente:

Asunto: Adaptación de las NNSS de Sant Josep de Sa Talaia al PTI de Eivissa y Formentera (exp. 12630/06) Con relación al asunto de referencia, os recordamos que en la fecha 30 de abril de 2010 (acuse de recibo de 17.5.2010) les remitimos copia del informe técnico de la fase de consulta, de acuerdo con el artículo 89 de la Ley 11/2006 de AIA y AAE. A día de hoy no se ha remitido a la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares la memoria ambiental, por ese motivo, y de conformidad con el artículo 91.2 de la Ley 11/2006, antes de proceder a declrar la caducidad del procedimiento y el archivo de las actuaciones, se les otorga audiencia por un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la recepción del presente oficio.

Escrito al que el Ajuntament de Sant Josep de sa Talaia contesto el 24 de Marzo de 2014 lo siguiente:

Asunto: Adaptación de las NNSS de Sant Josep de Sa Talaia al PTI de Eivissa y Formentera (exp. 12630/06) Visto el plazo de audiencia otorgado a esta administración mediante escrito con registro de entrada en el Ayuntamiento de fecha 15/03/2013, en relación con la tramitación ambiental de la adaptación de las normas subsidiarias de este municipio al Plan Territorial Insular. Visto que a día de hoy no está tramitada la memoria ambiental requerida como consecuencia de la fase de consulta, dentro del plazo de audiencia de diez días hábiles que se han otorgado a este ayuntamiento se hacen las siguientes ALEGACIONES: Actualmente el Ayuntamiento continúa con la tramitación de la adaptación de las normas subsidiarias del planeamiento al Plan Territorial Insular. No obstante, desde que nos llego el informe de la fase de consulta, fue publicada nueva normativa urbanística que va a obligar al Ayuntamiento a hacer nuevos planeamientos de ordenación y estructura del territorio así como modificaciones para adaptar el texto a toda esta normativa.

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Todo lo anterior motivó el retraso, en dar cumplimiento al requerimiento practicado, si bien a fecha de hoy los trabajos están prácticamente concluidos, lo cual nos permitirá enviar la documentación solicitada en un breve espacio de tiempo. Que en cualquier caso no existe voluntad de abandonar la tramitación comenzada, por lo tanto se solicita que no sea declarada la caducidad del expediente y se otorgue nuevo plazo para completar el expediente.

Por lo tanto y en consecuencia de lo expuesto anteriormente se procede a la redacción del presente Informe de Sostenibilidad Ambiental como una continuidad del ISA anterior al no haber variado el modelo territorial de las NNSS tramitadas anteriormente.

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2.- DESCRIPCIÓN DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS

Caracterización básica. Introducción Las Normas Subsidiarias del municipio de Sant Josep de sa Talaia se han redactado de conformidad con el Real decreto legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo, la legislación supletoria contenida en el Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, por el cual se aprueba la Ley sobre régimen del suelo y ordenación urbana, y otra legislación urbanística de desarrollo, todo lo anterior contenido de ahora adelante bajo la denominación de legislación urbanística. Las Normas Subsidiarias (NN.SS.) son el instrumento de ordenación integral del territorio del término municipal y, de conformidad con la legislación urbanística vigente, definen los elementos básicos de la estructura general y orgánica del territorio y clasifican el suelo estableciendo los regímenes jurídicos correspondientes a cada una de sus clases y categorías. Así mismo, ya sea directamente o por medio de los instrumentos de desarrollo previstos, delimitan las facultades urbanísticas del derecho de propiedad del suelo y especifican los deberes que condicionan la efectividad y el ejercicio legítimo de estas facultades. Las nuevas Normas Subsidiarias corresponden a una revisión del texto refundido de las Normas Subsidiarias del Ayuntamiento de Sant Josep como herramienta actual y su sustitución por las mismas. El Plan objeto de análisis no corresponde a la formulación de un nuevo planeamiento general, sino a la revisión de uno existente, debido al gran periodo de tiempo transcurrido desde la aprobación del planeamiento vigente y la necesidad de de adaptarlo a la abundante normativa estatal y, especialmente, autonómica aprobada desde entonces. Teniendo en cuenta, además, algunas modificaciones puntuales que habían sido propuestas en el Documento de Referencia inicio del procedimiento de la evaluación ambiental estratégica, y en el Informe Técnico del primer ISA informado, el cual al igual que las nuevas NNSS se redacta de nuevo en el presente documento a fin de que se adapte a la nueva normativa sobrevenida y de respuesta a todas las observaciones e indicaciones realizadas por la CBMA. Antecedentes Las vigentes Normas Subsidiarias de planeamiento del municipio de Sant Josep de sa Talaia fueron aprobadas definitivamente con prescripciones por acuerdo de la Sección Insular de Eivissa y Formentera de la Comisión Provincial de Urbanismo de Baleares en fecha de 22 de abril de 1.986 (BOCAIB de 30.05.86). Posteriormente, fue tramitada una modificación puntual con el objeto de reclasificar como suelo rústico un total de veintisiete sectores de suelo apto para urbanizar, aprobada definitivamente con prescripciones por acuerdo de la Comisión Insular de Urbanismo (CIU) de Eivissa y Formentera de fecha 3 de marzo de 1.995 (BOCAIB de 29.04.95).

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El 23 de noviembre de 2.009 (BOIB n. 174, de 28.11.09) se aprobó una modificación de las NN.SS. que afectó determinadas normas urbanísticas. La adaptación al Plan territorial insular de Eivissa y Formentera y modificaciones de las Normas Subsidiarias tuvo la aprobación de su avance el 17 de julio de 2.006 (BOIB n. 105, de 27.07.06) y la aprobación inicial el 6 de febrero de 2.008 (BOIB n. 23, de 16.02.08) y el 12 de marzo de 2.008 (BOIB n. 46, de 05.04.08). Como consecuencia de las modificaciones sustanciales introducidas a raiz de las alegaciones estimadas se aprobó y sometieron las NN.SS. a una nueva exposición pública el 3 de diciembre de 2.009 (BOIB n. 179, de 10.12.09). Dicha exposición pública, así como la aprobación de la Ley 7/2012, de 29 de mayo, ha originado nuevos cambios sustanciales que deberán ser objeto de otra aprobación y nueva exposición pública. El texto refundido de las normas urbanísticas de las Normas Subsidiarias, juntamente con el cuadro de características y las fichas de las unidades de actuación en suelo urbano, como consecuencia del acuerdo adoptado por la CIU de fecha 19 de diciembre de 2.003, se publicó en el BOIB núm. 182 Ext. de 31.12.03 (corrección de errores BOIB de 03.02.04). A partir de la fecha antes mencionada de 3 de marzo de 1.995, durante la vigencia de las NN.SS. de planeamiento de Sant Josep de sa Talaia se han aprobado o se encuentran en tramitación de aprobación, entre de otras, las siguientes modificaciones puntuales: - Modificación puntual relativa a limitar el uso no residencial en las tipologías UA y UAA. - Modificación puntual relativa al sector S-3.5 Cala Jondal. - Modificación puntual en el ámbito del AA 1-23 Cas Net. - Modificación puntual en el ámbito del AA 1-8 Ctra. Eivissa-Sant Josep (pendiente de aprobación definitiva). - Modificación puntual para dotar de régimen urbanístico terrenos sin clasificación (pendiente aprobación definitiva). - Modificación puntual para reclasificar los sectores S-4.3, S-4.4 y adecuar el concepto de acantilado a la Ley de costas (pendiente de aprobación definitiva). - Modificación puntual relativa a clasificar como suelo urbano un ámbito de la finca Es Pujol de sa Cova con la calificación UA-3 (pendiente de aprobación definitiva). - Modificación puntual a la zona Cala de Bou entre calles Leganés y Sant Antoni, 21 (pendiente de aprobación definitiva). - Modificación puntual relativa a establecer nuevos parámetros para el PERI del núcleo de Sant Josep (pendiente de aprobación definitiva). El avance de la modificación y adaptación de las NN.SS. al PTI se aprobó el 17 de julio de 2.006 (BOIB n. 105, de 27.07.06) y la aprobación inicial el 6 de febrero de 2.008 (BOIB n. 23, de 16.02.08) y 12 de marzo de 2.008 (BOIB n. 46, de 05.04.08). El 3 de diciembre de 2.009 (BOIB n. 179, de 10.12.09), como consecuencia de haber

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introducido modificaciones sustanciales, tuvo lugar una nueva aprobación y exposición pública. Además durante la vigencia de las NN.SS., se han desarrollado o se encuentra en tramitación, el planeamiento parcial siguiente: - Plan parcial de ordenación del sector S-1.1 Cas Damians. - Plan parcial de ordenación del sector S-1.4 Can Burgos. - Plan parcial de ordenación del sector S-1.6 Can Nebot. - Plan parcial de ordenación del sector S-1.11 Can Burgos. - Plan parcial de ordenación del sector S-1.14 Can Raspais. - Plan parcial de ordenación del sector S-1.18 Can Bonafè. - Plan parcial de ordenación del sector S-1.23 Platja d’en Bossa. - Plan parcial de ordenación del sector S-1.24 Can Torrent. - Plan parcial de ordenación de los sectores S-2.1, 2.2 y 2.3 sa Sal Rossa. - Plan parcial de ordenación del sector S-3.2 es Codolar. - Plan parcial de ordenación del sector S-3.5 Cala Jondal. - Plan parcial de ordenación del sector S-3.6 Cala Jondal. - Plan parcial de ordenación del sector S-3.7 Torrent Fondo-sa Caixota. - Plan parcial de ordenación del sector S-3.8 Cala Jondal. - Plan parcial de ordenación del sector S-3.9.I Es Cubells. - Plan parcial de ordenación del sector S-4.2 S’Ullastre, - Plan parcial de ordenación del sector S-4.5 Cala Vadella. - Plan parcial de ordenación del sector S-4.6 Punta des Llosar. - Plan parcial de ordenación del sector S-4.11 Es Paradís. - Plan parcial de ordenación del sector S-4.13 sa Plana de Mar. - Plan parcial de ordenación del sector S-4.14 Cala Molí-sa Plana de Mar. - Plan parcial de ordenación del sector S-4.16 Es Rasus. - Plan parcial de ordenación del sector S-4.20 Portmany. - Plan parcial de ordenación del sector S-4.21 Montecarlos. - Plan parcial de ordenación del sector S-4.22 Punta Grossa. - Plan parcial de ordenación del sector S-4.23 y S-4.24 Cala Corral. - Plan parcial de ordenación del sector S-4.33 Roques Males. - Plan parcial de ordenación del sector S-5.4 Punta Pedrera. - Plan parcial de ordenación del sector S-5.5 Port des Torrent 1 - Plan parcial de ordenación del sector S-5.6 Port des Torrent 2 Por otra parte, de entre esta relación de planeamiento de desarrollo que habían iniciado la tramitación, algunos no lo han continuado, otros han visto denegada su solicitud de aprobación definitiva por parte de la Comisión de Urbanismo, otros han sido considerados como caducados y, para el resto, se acordó suspender su tramitación, sin alcanzar la aprobación definitiva por diferentes motivos. La relación de estos planes es como sigue: - Plan parcial de ordenación del sector S-1.18 Platja d’en Bossa (suspendida la tramitación el octubre de 1.999).

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- Plan parcial de ordenación del sector S-1.24 Can Torrent (aprobación inicial de febrero de 1.991). - Plan parcial de ordenación del sector S-3.1 Es Codolar (denegado el año 1.995). - Plan parcial de ordenación del sector S-3.5 Cala Jondal (suspendida la aprobación definitiva el enero de 1.998). - Plan parcial de ordenación del sector S-3.6 Cala Jondal (aprobación inicial de marzo de 1.988). - Plan parcial de ordenación del sector S-3.7 Torrent Fondo-sa Caixota (aprobación inicial de mayo de 1.988). - Plan parcial de ordenación del sector S-3.8 Cala Jondal (denegado el año 1.997). - Plan parcial de ordenación del sector S-4.1 Cala d’Hort (denegado el año 1.994). - Plan parcial de ordenación del sector S-4.5 Cala Vadella (aprobación inicial de julio de 1.995). - Plan parcial de ordenación del sector S-4.6 Punta des Llosar (denegado el año 1.996). - Plan parcial de ordenación del sector S-4.8 Caló d’en Real (aprobación inicial de mayo de 1.988). - Plan parcial de ordenación del sector S-4.10 Canal des Forn (denegado el año 1.998). - Plan parcial de ordenación del sector S-4.11 Es Paradís (aprobación inicial de julio de 1.994). - Plan parcial de ordenación del sector S-4.25 Cala Llentia (suspendida la aprobación definitiva en marzo de 1.998). - Plan parcial de ordenación del sector S-5.1 Cala Bassa (aprobación inicial de mayo de 1.988). - Plan parcial de ordenación del sector S-5.2 Es Penyal y Cala Bassa (aprobación inicial de abril de 1.988). - Plan parcial de ordenación del sector S-5.3 Es Penyal (aprobación inicial de febrero de 1.989). - Plan parcial de ordenación del sector S-6.1 can Rafaleta (caducado el año 2.001). - Plan especial de reforma interior del casco de Sant Josep (aprobación inicial de junio de 1.992). - Plan especial de reforma interior del ámbito de la AA 1.2.A (aprobación inicial de enero de 1.992). De acuerdo con el apartado 5.1.b de la memoria del Plan territorial insular de Eivissa y Formentera, en los casos en los que un planeamiento parcial ha visto denegada su aprobación definitiva y no ha vuelto a recomenzar su tramitación mediante una nueva aprobación inicial, se ha considerado que no habían iniciado la tramitación, criterio que afecta a los ámbitos de los siguientes sectores del municipio de Sant Josep de sa Talaia: - Sector 1.21 (denegado por la CIU el 19.12.95). - Sector 4.6 (denegado por la CIU el 22.04.96). - Sector 4.11 (denegado por la CIU el 18.12.98). - Sector 6.1 (denegado por la CIU el 24.01.01).

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Por lo que el actual documento de planeamiento recoge el testigo de realizar la modificación y adaptación de las NNSS al PTI, mediante una nuevas NNSS, teniendo en cuenta toda la normativa sobrevenida, y todas las indicaciones realizadas por los órganos competentes, manteniendo las mismas consideraciones y modelo urbanístico realizadas en el primer documento de inicio eliminando zonas urbanizables. (Que a nivel de tramitación medioambiental supone continuar con el expediente nº 12630/06 y la realización de un nuevo ISA que recoja todas las consideraciones indicadas). Vinculaciones con otros planes y programas conexos Unas normas subsidiarias de planeamiento de un municipio, en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se encuentran ligadas y vinculadas a distintos planes de ámbito supramunicipal, al cual debe estar adaptado. En el presente caso, como se ha señalado anteriormente, los planes y programas conexos, que guardan especial relación, por su jerarquía superior, son los siguientes, donde el planeamiento incorpora los aspectos que le son de aplicación:

• Ley del Suelo. • Directrices de Ordenación del Territorio, que si bien se trata de una Ley, actúa,

en muchos casos, como una Plan, dadas las determinaciones que estableció. • Plan Territorial de Insular de Eivissa y Formentera. • Condiciones establecidas por la Ley de medidas urgentes para un desarrollo

territorial sostenible • Ley de Patrimonio Histórico de las Illes Balears. • Condiciones de las actividades vinculadas con el destino y naturaleza de las

fincas y régimen de unidades mínimas de cultivo • PDS de Equipamientos Comerciales. • PDS de Carreteras. • PDS de Canteras. • PDS para la gestión de los residuos: PDS para la gestión de los residuos sólidos,

PDS para la gestión de los residuos de construcción y demolición. • PDS energético de las Islas Baleares • PDS de Telecomunicaciones • PDS de transporte

Caracterización de las Normas Subsidiarias al PTI y legislación sobrevenida, Modificaciones introducidas, nuevas ocupaciones ADAPTACIÓN AL PTI Y LEGISLACIÓN SOBREVENIDA Las NNSS se adaptan al Plan territorial insular de Eivissa y Formentera y la distinta legislación sobrevenida, especialmente en materia de actividades, habitabilidad, Código técnico de la edificación, turismo y PHIB A los efectos de adaptar el texto normativo al Real decreto legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley de suelo (BOE n. 154, de

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26.06.08) y a la Ley 7/2012, de 13 de junio, de medidas urgentes para la ordenación urbanística sostenible, se modifica también el contenido de las normas urbanísticas. Se incorporan al planeamiento las delimitaciones de la Xarxa Natura 2000 y las delimitaciones de las zonas de alto riesgo de incendio establecidas en el Decreto 125/2007, de 5 de octubre, por el que se dictan normas sobre el uso del fuego y se regula el ejercicio de determinadas actividades susceptibles de incrementar el riesgo de incendio forestal (BOIB n. 153, de 11.10.07). Por otra parte, de acuerdo con el artículo 7 bis de la Ley 4/2008, de 14 de mayo, de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible en las Islas Baleares (BOIB n. 68, de 17.05.08), introducido por el Decreto ley 5/2009, de 27 de noviembre, de medidas relativas al servicio regular de viajeros por carretera de las Islas Baleares y de determinadas disposiciones en materia urbanística (BOIB n. 174, de 28.11.09), con la aprobación inicial queda suspendido por el plazo de dos años, prorrogable un año más si se ha repetido el trámite de información pública, el otorgamiento de licencias en el ámbito de aquello que se ha alterado y, con la aprobación provisional, de forma automática otro año más, hasta un total de cuatro años. Ello, sin perjuicio de que puedan concederse las licencias basadas en el régimen urbanístico vigente siempre que se respeten también las determinaciones del nuevo planeamiento NUEVAS OCUPACIONES Los datos globales de los terrenos ocupados en las Normas Subsidiarias y según la clasificación de las mismas son:

NOMBRE HA

SRP-ANEI 4.863,42 SRP-AANP 3.137,14 SRC-AT 389,82 SRC-F 1.737,87 SRC-SRG 3.569,56 PEDRERES 20,54 APT CARRETERES 456,65 S.G.- EDAR 2,02 S.G.- IS 2,96 S.G.- ELP 0,64 S.G.EQ-S 0,20 S.G.EQ-C CEMENTIRI 1,99 S.G.- EQ-MD 1,16 S.G.- EQ-E 1,12 S.G.- RESIDUS 13,84 S.G.- EQ-AREOPORTUARI 205,79 S.G.- EQ-PORTUARI 1,12 URBANIZABLES 0,18 URBANO 1,14

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LLEI 17-2010 171,95 TERMINO 14.577,98

Los criterios imputables de las NNSS de Sant Josep de sa Talaia, tal como se describe más adelante, son las siguientes: EN SUELO URBANO. a).- Uso residencial: Zona intensiva (I) y zona extensiva (E). Cada una de las anteriores calificaciones urbanísticas subdivididas en subzonas, es decir: - I-1: Zona intensiva 1 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: MC-1). - E-P1: Zona extensiva plurifamiliar 1 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UAA-1). - E-P2: Zona extensiva plurifamiliar 2 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UAA-2). - E-P3 y E-P3a: Zona extensiva plurifamiliar 3 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UAA-3). - E-U1: Zona extensiva unifamiliar 1 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UA-1). - E-U2: Zona extensiva unifamiliar 2 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UA-2). - E-U3 y E-U3a: Zona extensiva unifamiliar 3 y 3a (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UA-3). - E-U4: Zona extensiva unifamiliar 4 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UA-4). - E-U5: Zona extensiva unifamiliar 5 (extensiva unifamiliar especial). b).- Terciario: Comercial (C), administrativo privado (AD), turístico (T) y establecimientos públicos (EP). Las anteriores calificaciones urbanísticas, excepto la turística (T) cuando no concurra en una zona delimitada como apta para hoteles de ciudad, se han incorporado como usos y actividades compatibles. - T-1: Zona extensiva turística 1 (en el text refós de les NN.SS. del 95: TH). c).- Uso Industrial: - ID-1: Zona industrial y de servicios 1 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: IJ). d).- Equipamiento comunitario: Socio-cultural (EQ-SC), docente (EQ-D), asistencial (EQ-A), administrativo-institucional (EQ-AI), deportivo (EQ-E), seguridad (EQ-SG), sanitario (EQ-S), religioso (EQ-RL), cementerio (EQ-CM), abastecimiento (EQ-AB), recreativo (EQ-R) y municipal diverso (EQ-MD). Equipamientos del municipio: NÚCLEOS EQ-SC EQ-D EQ-A EQ-AI EQ-E EQ-SG EQ-S EQ-RL EQ-C EQ-AB EQ-R EQ-MD Cala de Bou 2072 0 0 0 11434 0 0 0 0 0 0 30210

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Club Delfi 1937 0 0 0 9198 0 0 0 0 0 0 0 Can Gaspar 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Cala Molí 0 0 0 0 6599 0 0 0 0 0 0 0 Caló den Real 3790 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Can Salines 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Cala Tarida 925 0 0 0 27632 0 0 0 0 0 0 646 Es Cubells 691 0 0 0 0 0 0 1027 0 0 0 0 Plana de Mar 475 0 0 0 646 0 0 0 0 0 0 0 Port des Torrent 0 7031 0 0 5346 0 0 0 0 0 0 4782 Roques Males 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Sant Agustí 0 0 0 0 0 0 0 640 0 0 0 2769 Sant Francesc 0 0 0 0 0 0 0 1150 0 0 0 1650 Sant Josep 316 6615 0 0 16139 0 0 1659 0 0 0 11786 La Revista 0 0 0 0 0 0 0 682 0 0 0 0 Sa Canal 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Sa Torrasa 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Cala Vadella 0 0 0 0 9063 0 0 0 0 0 0 0 Sant Jordi 4840 50643 0 0 54448 11354 0 1803 1412 0 39272 13479 Sa Caixota 0 0 0 0 19419 0 0 0 0 0 0 0 Campo municipal 0 23718 0 0 10834 0 0 0 0 0 0 0 TOTAL 15046 88007 0 0 170758 11354 0 6961 1412 0 39272 65322

Sistemas generales de equipamiento en suelo rústico: - SG-EQ-E: 11.200 m2 - SG-EQ-S: 2.000 m2 - SG-EQ-MD: 11.600 m2 - EQ-CM: 13.300 m2 e).- Comunicaciones e infraestructuras: Instalaciones y servicios (IS), transporte (TR), telecomunicaciones (TC) y aparcamiento de vehículos (AP). Las anteriores calificaciones urbanísticas, excepto la de instalaciones y servicios (IS), se han incorporado como usos y actividades compatibles. f).- Espacios libres: Espacio libre público (ELP) y espacio libre privado (ELPR). 1. Espacios libres públicos.

Comprende los terrenos así calificados en los planos de ordenación correspondientes a los núcleos urbanos, sean o no de titularidad pública, destinados al esparcimiento de la población y a dotar de mejores condiciones ambientales a la ciudad. Su ordenación estará condicionada a los fines para los que se han creado, con la posibilidad de contener los servicios propios para su uso, así como los correspondientes caminos, rampas y el resto de elementos y de instalaciones precisas para su correcta utilización. La superficie de los espacios libres públicos existentes y previstos en el municipio, situados en suelo urbano, ascienden a:

NÚCLEOS Superficie (m2)

Cala de Bou 65705

Club Delfi 3848

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Cala Molí 0

Can Gaspar 66223

Caló den Real 21527

Can Salines 0

Cala Tarida 112318

Es Cubells 416

Plana de Mar 0

Port des Torrent 59000

Roques Males 0

Sant Agustí 990

Sant Francesc 0

Sant Josep 2999

La Revista 612

Sa Canal 0

Sa Torrasa 3001

Cala Vadella 50733

Sant Jordi 74585

Sa Caixota 109648

TOTAL 571605

Sistemas generales de espacios libres públicos en suelo rústico: 153.600 m2 2. Espacios libres privados.

Son las áreas ajardinadas de dominio privado y de uso público o privado, calificadas específicamente por el planeamiento o resultantes del cumplimiento de las determinaciones sobre ocupación del suelo en cada ordenanza de edificación. g).- Unidades de actuación en suelo urbano. Se ha previsto, con la finalidad de reordenar ámbitos interiores del núcleo, obtener equipamientos, espacios libres públicos, viales o aparcamientos, el desarrollo de unidades de actuación. Las unidades de actuación, de acuerdo con la Ley 7/2012, de 13 de junio, se califican: - De renovación o reforma integral de la urbanización. - De dotación. - Sin transformación urbanística. Dichas unidades de actuación son las siguientes: 1. Cala de Bou:

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- Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-01CB, UA-02CB, UA-07CB, UA-08CB, UA-09CB, UA-10CB, UA-11CB, UA-14CB, UA-15CB, UA-16CB, UA-17CB, UA-18CB y UA-19CB. - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-03CB, UA-04CB, UA-05CB, UA-06CB, UA-12CB y UA-13CB. 2. Cala Tarida: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-04CT. - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-01CT, UA-02CT, UA-03CT y UA-05CT. 3. Es Cubells. - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-01ES y UA-02ES. 4. Port des Torrent: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-01PT y UA-05PT. - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-02PT, UA-03PT y UA-04PT. 5. Sant Josep: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-01SJ, UA-02SJ, UA-03SJ y UA-04SJ. 6. Cala Vadella: - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-01CV, UA-02CV y UA-03CV. 7. Sant Jordi: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-10JO, UA-12JO, UA-13JO, UA-14JO, UA-16JO. - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-01JO, UA-02JO, UA-03JO, UA-04JO, UA-05JO, UA-06JO, UA-07JO, UA-08JO, UA-09JO, UA-11JO, UA-12JO, UA-13JO, UA-15JO, UA-17JO y UA-18JO 8. Caló den Real: -Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-01CR De acuerdo con el apartado 6 del artículo 5 de la Ley 7/2012, de 13 de junio, que establece, al margen del artículo 15 del Real decreto legislativo 2/2008, de 20 de junio, la obligación de justificar la viabilidad económica de las actuaciones de transformación urbanística que defina el planeamiento, todas las unidades de actuación de transformación urbanística previstas son viables económicamente.

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Ello se produce cuando en las unidades de actuación de transformación urbanística las cesiones no superan el 50% en uso lucrativos unifamiliar y el 60% en plurifamiliar de la superficie del ámbito o, en caso de superarlo, se corrige el porcentaje de cesión del aprovechamiento medio ponderado. EN SUELO URBANIZABLE. a).- Sectores urbanizables directamente ordenados por el planeamiento general: - Port des Torrent: SUDO-01PT y SUDO-02PT. - Sant Jordi: SUDO-08JO, SUDO-15JO y SUDO-18JO. b).- Sectores urbanizables no ordenados por el planeamiento general: - Cala de Bou: SUB-01CB. - Cala Tarida-Corral: SUB-01CT (sectores S-4.23 y S-4.24), SUB-02CT (sector S-4.16) y SUB-03CT (sector S-4.16). - Plana de Mar: SUB-01PM (sector S-4.14). - Port des Torrent: SUB-03PT. - Sant Jordi: SUB-01JO, SUB-02JO (sector S-1.4), SUB-03JO (sector S-1.11), SUB-04JO, SUB-05JO, SUB-06J, SUB-07JO, SUB-09J, SUB-10JO, SUB-11JO (sector S-1.17), SUB-12JO, SUB-13JO, SUB-14JO, SUB-16JO y SUB-17JO c).- Se desclasifican los siguientes sectores de suelo urbanizable de uso turístico o residencial: S-1.1, S-1.18, S-4.6, S-4.22 y S-5.5. La superficie de suelo urbanizable clasificado y desclasificado resulta: NNSS de 1987 NNSS de 2007 (aprobación inicial) NNSS 2014 Diferencias entre las NN.SS. de 1987 y 2014 1.904.792 m2 699.077 m2 1.741.672 m2 - 163.120 m2

d).- Los sectores urbanizables de tipo residencial y/o turístico de nueva implantación suponen 569.817,44 m2 (56,98 ha). Las nuevas ocupaciones y adaptación de las existentes imputables a las NNSS de Sant Josep de sa Talaia, tal como se describe más adelante, son las siguientes: a).- Suelo urbano. El suelo urbano de crecimiento a los efectos de integrarse y completar la trama urbana existente está constituido por las siguientes unidades de actuación:

SUELO URBANO Superficie (m2) Viviendas Habitantes CALA DE BOU UA-01CB 14697 18 54 UA-02CB 40342 14 41 UA-07CB 33022 32 97 UA-08CB 23429 16 49 UA-09CB 13398 9 27 UA-10CB 37221 27 82 UA-11CB 15541 17 51

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UA-14CB 24859 39 117 UA-15CB 16540 41 123 UA-16CB 18844 16 49 UA-17CB 25757 40 121 UA-18CB 5782 3 9 UA-19CB 8015 7 22 CALA TARIDA UA-04CT 35905 33 100 ES CUBELLS UA-01ES 5652 10 30 UA-02ES 4046 7 21 PORT DES TORRENT UA-01PT 36554 62 185 UA-05PT 25407 65 196 SANT JOSEP UA-01SJ 5679 10 30 UA-02SJ 10177 16 49 UA-03SJ 7303 4 11 UA-04SJ 11487 8 25 SANT JORDI UA-10JO 14893 21 62 UA-12JO 6330 7 22 UA-13JO 24815 52 155 UA-14JO 32005 74 222 UA-16JO 15392 5 16 TOTAL 513092 655 1964

b).- Suelo urbanizable. El suelo urbanizable propuesto por el planeamiento es el siguiente:

URBANIZABLES Superficie (m2) Tipo Cala de Bou SUB-01CB 22572 Residencial Cala Tarida SUB-01CT 177682 Residencial

SUB-03CT 83169 Residencial Plana de Mar SUB-01PM 59010 Residencial

Port des Torrent SUDO-01PT 123630 Residencial SUDO-02PT 174034 Residencial SUB-03PT 28768 Residencial

Sant Jordi SUB-01JO 35269 Residencial SUB-02JO 104873 Residencial SUB-03JO 63165 Residencial SUB-04JO 28577 Residencial SUB-05JO 61219 Residencial SUB-06JO 19132 Residencial SUB-07JO 12159 Residencial SUDO-08JO 47643 Residencial SUB-09JO 55015 Residencial SUB-10JO 105920 Terciario SUB-11JO 131149 Terciario-residencial SUB-12JO 149452 Terciario-residencial SUB-13JO 39250 Servicios-industrial SUB-14JO 81978 Industrial SUDO-15JO 49794 Residencial SUB-16JO 31411 Residencial SUB-17JO 19551 Terciario SUDO-18JO 37250 Residencial

TOTAL (m2) 1.724.672

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La superficie de suelo urbanizable a: 1.724.672 m2 (196,07 ha), siendo de nueva urbanización los siguientes:

URBANIZABLES Superficie (m2) Tipo Cala de Bou SUB-01CB 22572 Residencial

Cala Tarida-Corral S-4.23 y S-4.24 SUB-01CT 177682 Residencial

S-4.16 SUB-03CT 83169 Residencial Plana de Mar

S-4.14 SUB-01PM 59.010 Residencial Port des Torrent SUB-03PT 28768 Residencial

Sant Jordi SUB-01JO 35269 Residencial S-1.4 SUB-02JO 104873 Residencial

S-1.11 SUB-03JO 63165 Residencial SUB-04JO 28577 Residencial SUB-05JO 61219 Residencial SUB-06JO 19132 Residencial SUB-07JO 12159 Residencial SUB-09JO 55015 Residencial SUB-10JO 105920 Terciario

S-1.17 SUB-11JO 131149 Terciario-Residencial SUB-12JO 149452 Terciario-Residencial SUB-13JO 39250 Servicios-industrial SUB-14JO 81978 Industrial SUB-16JO 31411 Residencial SUB-17JO 19551 Terciario 569.817,44

La superficie del suelo urbano del municipio, de acuerdo con la revisión del planeamiento vigente es de 11.381.529 m2 y la superficie de suelo urbanizable con plan parcial aprobado de 424.734 m2 por lo que el crecimiento en suelo residencial turístico o mixto no puede superar el 10% de la suma de ambas, es decir 118,06 ha. Por otra parte, el planeamiento ha clasificado como nuevo suelo urbano residencial una superficie de 513.092 m2 que, en su mayor parte, recoge asentamientos ya existentes y como suelo urbanizable residencial y/o turístico de crecimiento una superficie de 569.817,44 m2, es decir 108,29 ha. En su consecuencia, el crecimiento propuesto en el planeamiento es de no supera el máximo establecido por el PTI SUELO RUSTICO Dentro de las actividades del sector secundario incluidas en las NNSS hay que destacar como dentro de Equipamientos en su apartado, resto de equipamientos y otros se incluyen una serie de actividades que son de carácter más extraordinario, de mayor sensibilidad social o con limitaciones especiales, que conviene tener en cuenta, como: - Campos de golf: Instalaciones necesarias para la práctica de este deporte. - Camping: Instalaciones fijas con dotaciones y servicios variables en función de su categoría, que exigen una fuerte adaptación y alteración directa del medio y suponen presión sobre su entorno.

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- Circuitos deportivos para la práctica de motocross, trial etc. sobre terrenos o circuitos acondicionados para ello, incluyendo el propio acondicionamiento. No incluye la adecuación del viario rural para la práctica del senderismo, cicloturismo y rutas a caballo, que se regirá por idénticas condiciones que el excursionismo y la contemplación. - Parque zoológico: Edificios e instalaciones ubicadas en un recinto cerrado, donde en condiciones adecuadas, se exhiben animales de diferentes especies para la visita del público. - Cementerios. - Otros: Cualquier otra actividad del grupo que no esté contemplada en las anteriores. Dentro de las normas particulares para el SUELO RÚSTICO PROTEGIDO y para una serie de actividades que son de carácter más extraordinario admitidas o condicionadas habrá que tener en cuenta: ÁREAS NATURALES DE ESPECIAL INTERÉS DE ALTO NIVEL DE PROTECCIÓN (SRP-AANP) d).- Otros. d.1).- Actividades extractivas: Prohibidas. d.2).- Infraestructuras. - Pequeñas infraestructuras: Prohibidas en los islotes excepto las pequeñas infraestructuras de señalización marítima. En el resto prohibidas excepto cuando se trate de la única ubicación viable, con las limitaciones que se impongan en relación con su impacto territorial. - Vías de transporte: Prohibidas excepto las existentes y su mejora con arreglo a las limitaciones que se impongan en su autorización. - Conducciones y tendidos: Prohibidas en islotes. Prohibidas en el resto excepto las definidas por el correspondiente PDS y, con arreglo a las limitaciones que se impongan en su autorización, la mejora de las existentes. - Estacionamiento de vehículos al aire libre: Prohibidas excepto las existentes y su mejora de acuerdo con las limitaciones que se impongan en su autorización - Otras: Prohibidas excepto las efectuadas en edificios e instalaciones existentes, con las limitaciones que se impongan en relación con su impacto territorial. d.3).- Vivienda unifamiliar aislada: Prohibido d.4).- Protección y educación ambiental: Condicionadas a los requisitos que establezca la Consejería de Medi Ambient. ÁREAS NATURALES DE ESPECIAL INTERÉS (SRP-ANEI) d).- Otros. d.1).- Actividades extractivas: Prohibidas excepto las contempladas en el PDS. d.2).- Infraestructuras: - Pequeñas infraestructuras, conducciones y tendidos, estacionamiento de vehículos al aire libre y otras: Condicionadas por las limitaciones que se impongan en relación con su impacto territorial. - Vías de transporte: Condicionadas con las limitaciones que se impongan en la autorización, a la mejora de las existentes.

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d.3).- Vivienda unifamiliar: Condicionado al trámite previsto al artículo 36 de la Ley 6/1997, de 8 de julio, de suelo rústico y de acuerdo con lo señalado en estas normas, excepto en zona 1 que está prohibido. d.4).- Protección y educación ambiental: Admitidas. ÁREAS NATURALES DE INTERÉS PAISAJÍSTICO (SRP-ARIP) c.2).- Resto de equipamientos: - Campos de golf: Condicionados, sin oferta complementaria, que no se sitúen en zona 2 y con las limitaciones que se impongan en relación con su impacto territorial. - Circuitos deportivos: Condicionados a las limitaciones que se impongan en relación con su impacto territorial. - Cementerios: Prohibidos excepto los existentes y sus ampliaciones. d).- Otros. d.1).- Actividades extractivas: Prohibidas excepto las contempladas en el PDS. d.2).- Infraestructuras: - Pequeñas infraestructuras, conducciones y tendidos, estacionamiento de vehículos al aire libre y otras: Condicionadas por las limitaciones que se impongan en relación con su impacto territorial. - Vías de transporte: Limitadas a la mejora de las existentes, con las limitaciones que se impongan en su autorización. - Puertos y puertos deportivos: Condicionados a que se ajusten a lo señalado en la Norma 49 del PTI d.3).- Vivienda unifamiliar: Condicionadas al trámite previsto en el artículo 36 de la Ley 6/1997, de 8 de julio, de suelo rústico y de acuerdo con lo señalado en estas normas, excepto en zona 1 en que están prohibidas. d.4).- Protección y educación ambiental: Admitidas. ÁREAS DE PROTECCIÓN TERRITORIAL (SRP-APT) d).- Otras. d.2).- Infraestructuras: - Pequeñas infraestructuras, vías de transporte y conducciones y tendidos, puertos y puertos deportivos, estacionamiento de vehículos al aire libre y otras: Según categoría subyacente. - Aeropuertos y helipuertos: Prohibidos, excepto ampliación de infraestructuras existentes y helipuertos para transporte sanitario o emergencias. - Vertederos de residuos inertes: Prohibidos, excepto para la restauración de canteras inactivas y con las limitaciones que se impongan en su autorización. d.4).- Protección y educación ambiental: Según categoría subyacente. Y dentro de las normas particulares para el SUELO RUSTICO COMUN tenemos: SUELO RÚSTICO FORESTAL (SRC-F) c.2).- Resto de equipamientos:

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- Campos de golf: Condicionados a que no se sitúen en zona 2, a los requisitos generales de la actividad y a los que se establezcan en relación con su impacto territorial. - Camping, parque zoológico y otras: Prohibidas. - Circuitos deportivos: Condicionados a las limitaciones que se impongan en relación con su impacto territorial. - Cementerios: Prohibidos excepto los existentes y sus ampliaciones. d).- Otras. d.1).- Actividades extractivas: Prohibidas excepto las contempladas en el PDS. d.2).- Infraestructuras: - Pequeñas infraestructuras: Condicionadas por las limitaciones que se impongan en relación con su impacto territorial. - Vías de transporte: Condicionadas a la mejora de las existentes con las limitaciones que se impongan en su autorización. - Conducciones y tendidos, estacionamiento de vehículos al aire libre y otras: Condicionadas por las limitaciones que se impongan en relación con su impacto territorial. - Puertos y puertos deportivos: Condicionados según el artículo 3.2.02 de las NNSS. d.3).- Vivienda unifamiliar: Condicionada al trámite previsto en el artículo 36 de la Ley 6/1997, de 8 de julio, de suelo rústico y de acuerdo con lo señalado en estas normas, excepto en zona 1 en que están prohibidas. d.4).- Protección y educación ambiental: Admitidas. ÁREAS DE TRANSICIÓN (SRC-AT) c).- Equipamientos: Condicionadas a las limitaciones que se impongan en relación con su impacto territorial. d).- Otras. d.2).- Infraestructuras: - Pequeñas infraestructuras, vías de transporte, conducciones y tendidos, estacionamiento de vehículos al aire libre, aeropuertos y helipuertos y otras: Condicionadas a las limitaciones que se impongan en relación con su impacto territorial. d.3).- Vivienda unifamiliar: Condicionada al trámite previsto en el artículo 36 de la Ley 6/1997, de 8 de julio, de suelo rústico y de acuerdo con lo señalado en estas normas, excepto en zona 1 en que está prohibida. d.4).- Protección y educación ambiental: Admitidas. SUELO RÚSTICO DE RÉGIMEN GENERAL (SRC-SRG) c).- Equipamientos: Condicionados a las limitaciones que se impongan en relación con su impacto territorial. d).- Otras.

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d.1).- Actividades extractivas: Prohibidas, excepto las contempladas en el PDS y de acuerdo con el artículo 8.2.10. d.2).- Infraestructuras: - Pequeñas infraestructuras: Admitidas. - Vías de transporte, conducciones y tendidos, estacionamiento de vehículos al aire libre, aeropuertos y helipuertos, vertederos de residuos inertes y no peligrosos y otras: Condicionadas por las limitaciones que se impongan en relación con su impacto territorial. - Puertos y puertos deportivos: Condicionados según el artículo 3.2.02 de las NNSS. d.3).- Vivienda unifamiliar: Condicionada al trámite previsto en el artículo 36 de la Ley 6/1997, de 8 de julio, de suelo rústico y de acuerdo con lo señalado en estas normas, excepto en zona 1 que está prohibido. d.4).- Protección y educación ambiental: Admitidas. Descripción de la revisión Las Normas Subsidiarias del municipio de Sant Josep de sa Talaia se han redactado de conformidad con el Real decreto legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo, la legislación supletoria contenida en el Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, por el cual se aprueba la Ley sobre régimen del suelo y ordenación urbana, y otra legislación urbanística de desarrollo, todo lo anterior contenido de ahora adelante bajo la denominación de legislación urbanística. Las Normas Subsidiarias (NN.SS.) son el instrumento de ordenación integral del territorio del término municipal y, de conformidad con la legislación urbanística vigente, definen los elementos básicos de la estructura general y orgánica del territorio y clasifican el suelo estableciendo los regímenes jurídicos correspondientes a cada una de sus clases y categorías. Así mismo, ya sea directamente o por medio de los instrumentos de desarrollo previstos, delimitan las facultades urbanísticas del derecho de propiedad del suelo y especifican los deberes que condicionan la efectividad y el ejercicio legítimo de estas facultades. Por lo tanto las normas subsidiarias serán el instrumento que marque todos los criterios para la ordenación, régimen de usos y estableciéndose el grado de protección para el suelo urbano, urbanizable, justificando su crecimiento, y en suelo rustico. Teniendo en cuenta el planeamiento vigente, justificando la capacidad de población y cumplimiento del Decreto 105/1997, de 24 de julio, normativa de policía Mortuoria, que trata entre otras cuestiones el planeamiento de cementerios, cumplimiento de la ley de Patrimonio Histórico, el Plan Hidrológico, adaptándose a la ley 11/2001 de 15 de Junio de ordenación de la actividad comercial, cumpliendo con la Ley de turismo y la legislación aeroportuaria.

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MATRIZ DE ORDENACIÓN DEL SUELO RUSTICO Condiciones establecidas por el Plan territorial insular de Eivissa y Formentera.

MATRIZ DE ORDENACIÓN DEL SUELO RÚSTICO

SUELO RÚSTICO PROTEGIDO (1) SUELO RÚSTICO COMÚN (2)

AANP ANEI ARIP APR (3) APT AIA AT SRG

SECTOR PRIMARIO

Actividades extensivas 1 1 1 1 1 1 1 1

Actividades intensivas 2 2 2 2 2 1 1 1

Actividades complementarias 2-3 2 2 2 2 2 2 2

SECTOR SECUNDARIO

Industria, transformación agraria 2-3 2-3 2 2 2 2 2 2

Industria general 3 3 3 3 3 2-3 3 2-3

EQUIPAMIENTOS

Sin construcción 2-3 2 2 2 2 2 2 2

Resto de equipamientos 3 3 2 2 3 2 2 2

OTROS

Actividades extractivas 3 2-3 2-3 2-3 2-3 2-3 3 2-3

Infraestructuras 2-3 2 2 2 2 2 2 2

Vivienda unifamiliar 3 2-3 2 2 3 2 2 2

Protección y educación ambiental

2 1 1 2 1 1 1 1

Claves: 1. Admitido sin perjuicio del cumplimiento de la normativa específica. 2. Condicionado según establece el Plan territorial insular. Transitoriamente las condiciones serán las del instrumento de planeamiento general vigente o las de la declaración de interés general (2).

2-3. Prohibido con las excepciones que establece el Plan territorial insular (3). Transitoriamente las excepciones serán las del instrumento de planeamiento general vigente o las de la declaración de interés general (2). 3. Prohibido (3). (1).- Suelo rústico protegido: Áreas naturales de especial interés de alto nivel de protección

(SRP-AANP), áreas naturales de especial interés (SRP-ANEI), áreas naturales de interés paisajístico (SRP-ARIP), áreas de prevención de riesgos (SRP-ARP) y áreas de protección territorial (SRP-APT).

(2).- Suelo rústico común: Áreas de interés agrario (SRC-AIA), áreas de transición (SRC-AT) y áreas de suelo rústico de régimen general (SRC-SRG).

(3).- En las áreas de prevención de riesgos (SRP-APR) será necesario el informe previo de la administración competente en materia de medio ambiente. En las áreas de prevención de riesgos de incendios, cuando se destinen a usos o actividades que supongan viviendas e incorporen medidas de seguridad vial para garantizar el acceso de personas y vehículos, depósitos de agua para una primera situación de emergencia, así como también actuaciones en la vegetación en un radio de 30 metros alrededor de las edificaciones para reducir la carga de combustible, se les aplicará el régimen de usos previstos en la categoría de suelo que correspondería en ausencia de este riesgo de incendio.

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(4).- A los efectos de la aplicación transitoria de esta matriz, con respecto al sector primario, se entienden incluidos los usos a los cuales se refiere la Ley 19/1995, de 4 de julio, de modernización de las explotaciones agrarias, aunque no estén previstos en los instrumentos de planeamiento general.

(5).- El uso de vivienda unifamiliar aislada dentro de SRP-ANEI sólo podrá permitirse en las Islas de Eivissa y Formentera.

Adaptaciones a planes directores sectoriales Este apartado viene desarrollado en el Anexo de la memoria informativa y justificativa de las normas subsidiarias en el que se tratan los siguientes puntos: 01.- PLAN DIRECTOR SECTORIAL DE CARRETERAS

1. Vinculación del planeamiento urbanístico municipal 2. Zonas de protección de carreteras 3. Desarrollo del plan de carreteras

02.- PLAN DIRECTOR SECTORIAL DE CANTERAS

1. Catálogo de canteras activas 2. Catálogo de canteras inactivas 3. Catálogo de canteras de interés etnológico

03.- PLANES DIRECTORES SECTORIALES PARA LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS

1. Plan director sectorial para la gestión de los residuos urbanos 2. Plan director sectorial para la gestión de los residuos de construcción y demolición

04.- PLAN DIRECTOR SECTORIAL ENERGÉTICO

1. Potenciación de la eficiencia energética y energías renovables 2. Diversificación de las fuentes de abastecimiento 3. Almacenaje y transporte de combustibles derivados del petróleo 4. Limitaciones territoriales para la generación eléctrica 5. Limitaciones territoriales para el transporte de energía eléctrica y combustible 6. Resumen de las actuaciones contempladas por el PDS 7. Afecciones al término municipal

05.- PLAN DIRECTOR SECTORIAL DE TELECOMUNICACIONES

1. Redes públicas de comunicaciones 2. Planificación de las infraestructuras 3. Vinculación, determinaciones y competencias del planeamiento urbanístico 4. Emplazamientos preferentes para la ubicación de elementos de las redes 5. Licencias de instalación, de obras, de apertura y funcionamiento 6. Instalación de redes en suelo rústico y en áreas histórico-ambientales 7. Afecciones al término municipal e incorporación al planeamiento

06.- PLAN DIRECTOR SECTORIAL DE TRANSPORTE

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1. Diagnóstico general del transporte en las Islas Baleares 2. Planes sectoriales 3. Afecciones al término municipal e incorporación al planeamiento

Adaptación a otros instrumentos urbanísticos y legales JUSTIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD DE POBLACIÓN. Decreto 2/1996, de 16 de enero, sobre regulación de las capacidades de población. El Decreto 2/1996, de 16 de enero, sobre regulación de las capacidades de población en los instrumentos de planeamiento general y sectorial, obliga, en el artículo 3, a introducir un índice de intensidad de uso residencial y turístico en las zonas de suelo urbano donde éste se permitan, así como realizar un cálculo de la capacidad residencial máxima que, en función de la diferente zonificación, resulta de la ordenación propuesta en el planeamiento general. A efectos del cumplimiento de la capacidad potencial máxima que se derive del planeamiento urbanístico se ha fijado el ratio de tres habitantes/vivienda (artículo 5). Justificación del número máximo de habitantes según la ordenación.

- Capacidad población en Cala Bou: 3.705 viviendas. Total 11.114 hbs. - Capacidad población en Club Delfi: 232 viviendas. Total 697 hbs. - Capacidad población en Can Gaspar: 49 viviendas. Total 146 hbs. - Capacidad población en Cala Molí: 149 viviendas. Total 448 hbs. - Capacidad población en Caló del Real: 106 viviendas. Total 318 hbs. - Capacidad población en Can Salines: 153 viviendas. Total 458 hbs. - Capacidad población en Cala Tarida 1315 viviendas. Total 3946 hbs. - Capacidad población en Es Cubells 79 viviendas. Total 238 hbs. - Capacidad población en Plana de Mar: 134 viviendas. Total 402 hbs. - Capacidad población en Port des Torrent: 1.125 viviendas. Total 3.375 hbs. - Capacidad población en Roques Males: 72 viviendas. Total 215 hbs. - Capacidad población en Sant Agustí: 67 viviendas. Total 200 hbs. - Capacidad población en Sant Francesc: 30 viviendas. Total 90 hbs. - Capacidad población en Sant Josep: 678 viviendas. Total 2.034 hbs. - Capacidad población en La Revista: 7 viviendas. Total 22 hbs. - Capacidad población en Sa Canal: 15 viviendas. Total 44 hbs. - Capacidad población en Sa Torrasa: 113 viviendas. Total 339 hbs. - Capacidad población en Cala Vadella: 1.490 viviendas. Total 4.471 hbs. - Capacidad población en Sant Jordi: 4.264 viviendas. Total 12.793 hbs. - Capacidad población en Sa Caixota: 251 viviendas. Total 753 hbs.

Total población residencial teorica: 42.102 hbs.

- Capacidad teórica turística de plazas de las parcelas calificadas con este uso es el siguiente: Superficie suelo (m2) 797642 m2 Techo máximo (m2/t) 558.349,40 m2 Total 13.294 Plazas turísticas

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Total capacidad teórica turística: 13.294 hbs. La máxima población residencial teórica prevista en el planeamiento es de 42.102 habitantes y las plazas turísticas de 13.294, por lo que la total población teórica del planeamiento es de: 55.396 habitantes. Justificación de estándar de zonas verdes por habitante. El municipio cumple con el estándar mínimo de 5 m2 de espacios libres públicos por habitante actual y teórico, puesto que existen 571.605 m2 de superficie de espacios libres públicos y 153.600 m2 de sistemas generales de espacios libres públicos, contra un mínimo en función de los habitantes totales previstos (55.396) de 276.980 m2, por lo cual el estándar resultante es de: 10,31 m2/hab., sin computar los sistemas generales de ELP. ADAPTACIÓN A LA NORMATIVA DE POLICÍA MORTUORIA CUMPLIMIENTO DEL DECRETO 105/1997 DE 24 DE JULIO. El artículo 44.1 del Decreto 105/1997, de 24 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de policía sanitaria mortuoria de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOCAIB n. 99, de 07.08.97) establece que los planes generales de ordenación urbana y las normas subsidiarias de planeamiento deben incluir, entre de otros documentos informativos, un estudio sobre las necesidades que en relación al servicio del cementerio se pueden prever en el ámbito del planeamiento redactado. En el caso de que la tramitación de las Normas Subsidiarias incida de forma directa o indirecta en las condiciones del emplazamiento del cementerio, una vez obtenida la aprobación inicial, se deberá solicitar informe al respeto de la Conselleria de Salut, Familia i Benestar Social. La actual superficie destinada a este uso es suficiente para cubrir las necesidades actuales y las de crecimiento previsto en las presentes NN.SS. En caso de futura ampliación de los cementerios actuales, esta deberá cumplir con lo que se ha establecido en el mencionado Decreto y con el Decreto 87/2004, de 15 de octubre (BOIB n. 148, de 21.10.04) y especialmente, en caso de un nuevo cementerio con el artículo 41, en cuanto al siguiente perímetro de protección de 25 metros que solo podrá clasificarse como dotacional del cementerio. En este caso, existe actualmente un cementerio situado en suelo urbano: Sant Jordi (1.412 m2) y tres cementerios situados en suelo rústico: Sant Agustí (1.625 m2), Sant Josep (4.991 m2), Es Cubells (9.780 m2) y Sant Jordi (3.479 m2) que suman una superficie de 13.300 m2. En total la superficie destinada en el planeamiento a este uso es de: 14.712 m2. Estos cementerios se encuentran en la situación descrita en el apartado 2º de la Disposición transitoria del Decreto 87/2004, de 15 de octubre, es decir: las prescripciones del artículo 41 del Reglamento no son de aplicación a los cementerios existentes y en funcionamiento, con anterioridad a la entrada en vigor del

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Reglamento de policía sanitaria mortuoria, aprobado por Decreto 105/1997, de 24 de julio, así como las ampliaciones realizadas en estos, cuya ubicación sea en un casco urbano o en su proximidad. LEY DE PATRIMONIO HISTÓRICO La Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares (BOCAIB n. 165, de 29.12.98) tiene por objeto la protección, la conservación, el enriquecimiento, el fomento, la búsqueda y la difusión del patrimonio histórico de las Islas Baleares, para que pueda ser disfrutado por los ciudadanos y pueda ser transmitido en las mejores condiciones a las futuras generaciones. Redacción de los catálogos municipales. De acuerdo con la disposición transitoria tercera de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares, modificada por el artículo 12 de la Ley 7/2012, de 13 de junio, de medidas urgentes para la ordenación urbanística sostenible, los Ayuntamientos que no dispongan de Catálogo de protección del patrimonio histórico aprobado definitivamente, deberán tramitarlo conjuntamente con la primera revisión del instrumento de planeamiento general que se redacte. Elementos de interés histórico artístico del municipio. El municipio no cuenta con un Catálogo de protección del patrimonio histórico aprobado, aunque, se encuentra redactado un inventario de patrimonio histórico que ha servido de base para la realización del Catálogo que, de acuerdo con el Plan territorial insular de Eivissa y Formentera, se tramitará conjunta y simultáneamente o con posterioridad y previamente a la aprobación definitiva del presente planeamiento general. Además, el contenido del Catálogo se ajustará también lo determinado en las normas 72 y 73 del Plan territorial de Eivissa y Formentera, especialmente en las normas urbanísticas en cuanto a su estructura y definiciones del grado de protección. Variaciones introducidas en la ordenación del suelo rústico La ordenación del suelo rustico en las Normas Subsidiarias se ha realizado conforme a todas las condiciones y criterios establecidos por:

- Condiciones establecidas por la Ley de suelo - Condiciones establecidas por la Ley del suelo rústico - Condiciones establecidas por las Directrices de ordenación del territorio - Condiciones establecidas por el Plan territorial insular de Eivissa y Formentera - Condiciones de las actividades vinculadas con el destino y naturaleza de las

fincas y régimen de unidades mínimas de cultivo - Criterios para las áreas de prevención de riesgo (APR) - Plan director sectorial de energía - Criterios de las Normas Subsidiarias para el suelo rústico

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Con el fin de lograr los siguientes objetivos generales:

- Definir las áreas de suelo rústico de acuerdo con las categorías determinadas el Plan territorial insular y establecer los parámetros de uso y edificación, con criterios proteccionistas, tanto para las edificaciones, como para los movimientos de tierras, apertura de caminos, etc.

- Evitar la atomización del suelo rústico, es decir la segregación y edificación de todo el suelo rústico en parcelas.

- La protección de los edificios rurales tradicionales existentes y el establecimiento de normas de integración paisajística para las nuevas edificaciones.

- En cuanto a las canteras existentes, tanto las inactivas como las que realicen actividades extractivas, establecer un régimen especial de recuperación.

- El uso turístico queda limitado a las modalidades descritas en la Ley 8/2012, de 19 de julio, es decir: Hotel rural, agroturismo y otras ofertas complementarias.

En cuanto los usos indicados para las zonas de suelo rustico protegido hay que destacar los lugares donde entre otros usos las NNSS permiten la instalación de campos de golf en Suelo Rustico Común, estas zonas son:

• SRP-ARIP Areas rural de interés paisajístico, condicionados sin oferta complementaria y no en la zona 2 de la unidad paisajística del PTI.

• SRC-Forestal, no en la zona 2 de la unidad paisajística del PTI. • SRC-AT Áreas de transición, con equipamientos condicionados a las limitaciones

que se impongan en relación con su impacto territorial. Por lo que es posible la implantación de campos de golf condicionados a la que disponga la tramitación ambiental del propio proyecto.

• SRC-SRG suelo rustico de régimen general, con equipamientos condicionados a las limitaciones que se impongan en relación con su impacto territorial. Por lo que es posible la implantación de campos de golf condicionados a la que disponga la tramitación ambiental del propio proyecto.

Por otra parte se señala que las necesidades del futuro incremento de las demandas de agua para campos de golf se atenderán mediante aguas residuales depuradas (agua regenerada) o desalación de agua de mar. Su tramitación deberá realizarse mediante declaración de interés general. Disponibilidad de Recursos SUMINISTRO DE AGUA POTABLE El suministro de agua potable lo realiza actualmente la empresa concesionaria del Servicio Municipal de Aguas de Sant Josep de sa Talaia que es AQUALIA. Las normas recogen todas las condiciones y objetivos recogidos en el Plan Hidrológico de las Islas Baleares (PHIB) para su cumplimiento y aplicación. El cual prevé la

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interconexión entre las desaladoras de Ibiza y Sant Antonio y los diferentes municipios de Ibiza lo cual cubrirá las demandadas no satisfechas mediante recursos subterráneos. Durante el trámite de consultas se efectuará específicamente la consulta de la disponibilidad de recursos de agua potable a la administración competente. TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EL tratamiento de las aguas residuales se efectúa en la depuradora de Cala Tarida, Sant Josep, Cala Bosa y Sant Antoni de titularidad del Govern de les Illes Balears que da servicio a Sant Antoni y parte de Sant Josep. En la imagen siguiente se puede observar la localización de las Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales:

Las normas recogen todas las condiciones y objetivos recogidos en el Plan Hidrológico de las Islas Baleares (PHIB) para su cumplimiento y aplicación. Durante el trámite de consultas se efectuará específicamente la consulta a la administración competente, sobre la capacidad de tratamiento de la EDAR en el tratamiento de las aguas residuales. Estudio económico y financiero Las NNSS incorporan el estudio económico y financiero. Las Normas Subsidiarias de planeamiento y adaptación al Plan territorial insular, no ha modificado sustancialmente la estructura general y orgánica del territorio, ni ha creado nuevos sistemas generales a excepción del suelo destinado a las estaciones de

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impulsión de las nueves redes de saneamiento público, o nuevos crecimientos en suelo urbano o urbanizable que comporten importantes cargas económicas para el municipio u otra administración u organismo público. En suelo urbano.

En suelo urbano se distinguen dos tipos de actuaciones, las sistemáticas que son las formadas por las unidades de actuación previstas y cuyas cargas de cesión y/o de dotación o urbanización se obtendrán cuando se apruebe el correspondiente proyecto de compensación o reparcelación y las asistemáticas que se obtendrán por cesión cuando los propietarios soliciten la correspondiente licencia o, en su caso, por adquisición, de acuerdo con las previsiones municipales anuales, en función de las disponibilidades económicas y planes de atribución de fondo o de inversiones de otras instituciones. Estas últimas se refieren a parcelas afectadas por nuevas alineaciones o que carecen de todos los servicios necesarios para cumplir con la condición de solar y que no se encuentran adscritas a un ámbito de gestión urbanística.

No se ha previsto en el planeamiento la obtención de nuevo suelo mediante el

sistema de expropiación. En suelo urbanizable. En el suelo urbanizable sectorizado las cesiones, tanto para sistemas generales

y/o locales, así como las dotaciones a obtener en despliegue del planeamiento, constituyen deberes urbanísticos de cesión libre y gratuita, por lo que se obtendrán con la aprobación del correspondiente proyecto de compensación o reparcelación.

Sistemas generales.

Los sistemas generales previstos se encuentran adscritos a ámbitos de gestión urbanística por lo que no es necesario su justificación y evaluación económica.

Otros aspectos potencialmente relevantes MODIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD DE POBLACIÓN Según la última revisión del padrón municipal según datos del Instituto Nacional de Estadística INE, fechada en 1 de enero de 2.013, la población censada en el municipio ascendía a 24.498 habitantes, de los cuales 12.841 son hombres y 11.657 mujeres.

Evolución de la población 1950 1960 1970 1981 1986 1991 1996 1998 1999 2000 6.023 5.785 8.845 11.490 11.819 13.539 14.292 14.849 15.339 15.775

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Evolución de la población

2001 2005 2006 2007 2008 2009 20010 2011 2012 2013 15.190 18.382 19.224 20.136 21.304 22.171 22.871 23.688 24.691 24.498

Por lo tanto la población prevista por las normas Subsidiarias propuestas esta actualizada y adaptada a la realidad de población existente teniendo en cuenta los últimos censos de población, la cual con 24.498 habitantes existentes en 2013 es superior a los esperados en el Plan Territorial ese mismo año. El Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, mediante certificación de 18 de noviembre de 1.999, cumplimentó el requisito establecido en la disposición transitoria decimocuarta de las DOT en el siguiente sentido: b.1).- Suelo urbano.

Área 1 (ha): 249,21 Área 2 (ha): 27,09 Área 3 (ha): 36,86 Área 4 (ha): 154,49 Área 5 (ha): 262,20 Área 6 (ha): 23,80 Total suelo urbano (ha): 753,65

b.2).- Suelo apto para urbanizar Unidades integradas n. 1, 2 i 3 Uso Superficie (ha) Habitantes

(n) Sector 1.1 Residencial 7,63 290 Sector 1.4 Residencial 10,68 373 Sector 1.6 Residencial 8,28 176 Sector 1.14 Residencial 27,17 1900 Sector 1.23 Residencial 39,46 2009 Sector 2.1, 2.2 i 2.3 Residencial 99,63 996 Sector 3.2 Residencial 11,38 113 Sector 3.5 Residencial 12,52 125 Sector 3.9.I Residencial 6,64 231 Total SAU sin plan parcial aprobado -- 223,39 6213 Unidades integradas n. 4, 5 i 6 Uso Superficie (ha) Habitantes (n) Sector 4.2 Residencial 15 430 Sector 4.13 Residencial 7,76 271 Sector 4.14 Residencial 10,07 270 Sector 4.16 Residencial 9,36 279 Sector 4.20 Residencial 28,85 864 Sector 4.21 Residencial 25,76 771 Sector 4.22 Residencial 3,55 105 Sector 4.33 Residencial 12,36 369 Sector 5.4 Residencial y turístico 10,6 477 Sector 5.5 Residencial 7,15 216

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Sector 5.6 Turístico 10,26 615 Total SAU sin plan parcial aprobado -- 140,72 4667 Unidades integradas n. 1, 2 i 3 Uso Superficie (ha) Habitantes (n) Sector 1.11 (con aprobación inicial) Residencial 6,16 215 Sector 1.18 (con aprobación inicial) Residencial 15,05 525 Sector 1.24 (con aprobación inicial) Residencial 7,15 213 Total SAU sin plan parcial aprobado -- 28,36 953 Unidades integradas n. 4, 5 i 6 Uso Superficie (ha) Habitantes (n) Sector 4.5 (con aprobación inicial) Residencial 33,2 996 Sector 4.6 (con aprobación inicial) Residencial 14,05 171 Sector 4.11 (con aprobación inicial) Residencial -- -- Sector 4.17 (con aprobación inicial) Residencial 9,66 288 Sector 4.18 (con aprobación inicial) Residencial 4,5 135 Sector 4.23 i 4.24 (1) Residencial 33,55 1008 Sector 5.7 Residencial 18,3 549 Sector 6.1 (denegado) Residencial 14,38 381 Sector 6.2 Industrial 3,3 -- Total SAU sin plan parcial aprobado -- 130,94 3528 (1).- Modificación con aprobación definitiva de 10 de julio de 2.008 (BOIB n. 150, de 23.10.08). Las Normas Subsidiarias teniendo en cuenta todos estos factores y conforme a las clasificaciones y usos, establece una capacidad máxima de población teorica de: 55.109 habitantes. La máxima población residencial teórica prevista en el planeamiento es de 41.651 habitantes y las plazas turísticas de 13.458, por lo que el total de la población teórica del planeamiento es de: 55.109 habitantes. Por lo tanto se puede observar como la capacidad de población observada en las normas subsidiarias tienen en cuenta la capacidad de población existente en la actualidad, teniendo en cuenta una previsiones y necesidades de crecimiento sostenible, de recuperación y aporte adicional futuras. INCREMENTO DE LA NECESIDAD DE CONSUMO DE RECURSOS BÁSICOS. PLAN HIDROLÓGICO Existe un incremento de las necesidades potenciales de suministro de agua y por lo tanto de depuración de aguas residuales vinculados al incremento de la población y al desarrollo de los sectores urbanos y urbanizables. En este sentido indicar como la garantía en el suministro de agua es competencia de la Administración que debe tutelar a las entidades de suministro autorizadas y controlar las extracciones. No obstante, la normativa urbanística ha incorporado medidas tendentes al almacenamiento de agua para consumo y al ahorro, así como a la

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recogida de agua de lluvia para riego. Además de esto las normas subsidiarias incorporan criterios y claridad en la aplicación de Plan Hidrológico para asegurar de este modo su cumplimiento efectivo teniendo en cuenta lo que se recoge en el mismo: Objetivos del PHIB.

- Definir los recursos disponibles para una explotación sostenible. - Asegurar la cantidad y calidad del agua suministrada en los abastecimientos

urbanos. - Evitar que se produzcan estrangulamientos en el desarrollo de cualquier

actividad sectorial por limitaciones derivadas de la insuficiencia de recursos para atender las correspondientes demandas.

- Fomentar el ahorro en los consumos de agua promoviendo medidas técnicas y políticas que incentiven y penalicen el despilfarro.

- Asegurar la protección de los recursos hídricos naturales de buena calidad, reservando zonas específicas para el abastecimiento urbano.

- Reutilizar al máximo las aguas residuales tratadas dentro de los límites derivados de la racionalidad económica y los requerimientos sanitarios.

- Ordenar y racionalizar la explotación de los sistemas hidráulicos y, en particular, definir las normas a cumplir en la explotación de las unidades hidrogeológicas.

- Mejorar la garantía de los suministros de agua incrementando los recursos disponibles dentro de una gestión adecuada de la demanda.

- Definir las normas de actuación y obras necesarias para prevenir y aminorar los daños causados en situaciones de sequía y de inundaciones.

- Definir las normas de actuación necesarias para la conservación del medio ambiente en todo lo relacionado con los regímenes hídricos.

- Definir las actuaciones para la mejora continuada del conocimiento de los recursos hídricos y de las demandas, y su evolución, con el fin de definir las infraestructuras necesarias para su mejor satisfacción y todas las acciones que garanticen la mejor preservación y utilización de los recursos.

División territorial y criterios para la compatibilidad de usos. PHIB contiene la división territorial de las cuatro islas en las distintas unidades hidrogeológicas (UH), definiendo en Eivissa y evaluando los recursos naturales disponibles de un total de 6 UH, así como la definición de los criterios para la compatibilidad de los usos en las diferentes UH según:

- El orden de prioridades para las actuaciones. - El orden de preferencias dentro de un mismo uso.

El PHIB asigna, para cada UH, excepto aquellas en que se han detectado problemas de sobreexplotación o de salinización (en la isla de Eivissa: Sant Antoni, Santa Eulària y Eivissa) los recursos necesarios para atender a los usos actuales existentes, con preferencia a nuevos aprovechamientos futuros y establece:

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- Los recursos disponibles no asignados podrán aplicarse a satisfacer las demandas de abastecimiento previstas y no satisfechas.

- Se fomentará la utilización de aguas residuales depuradas que tengan la calidad adecuada para atender usos agrícolas existentes que en la actualidad se sirven con recursos subterráneos.

- Las demandas de abastecimiento urbano que no sea posible satisfacer podrán atenderse mediante desalación de agua de mar.

- El futuro incremento de las demandas de agua para campos de golf se atenderá mediante aguas residuales depuradas o desalación de agua de mar.

- El mantenimiento de zonas verdes será atendido, en la medida de lo posible, mediante agua residual depurada

Cálculo de los usos y demandas existentes y previstas. a).- Abastecimientos urbanos, en base a dotaciones máximas entre los 214 (actual)

y los 250 l/hb día (año horizonte 2017) , estableciendo un porcentaje máximo de perdidas admisibles en la red del 30 % y previendo que solo se admitirán perdidas del 20 % máximo en las actuaciones de transformación urbanística previstas, salvo que las administraciones competentes elaboren un plan de gestión de la demanda en el que se incluyan las medidas a adoptar para reducir las pérdidas en la red y alcanzar dicho porcentaje máximo de pérdidas. Intentando establecer medidas adicionales para acercarse al 15 % de perdidas.

b).- Demanda industrial no conectada a la red urbana. c).- Dotaciones para regadío, según la división territorial y determinaciones del Plan

nacional de regadíos. En este sentido se regulan las mejoras en los regadíos y abastecimientos existentes definiendo:

- Los criterios generales sobre mejora de regadíos, encaminados a aumentar la eficiencia del uso del agua y la limitación del consumo de recursos hídricos convencionales para riego.

- Las actuaciones básicas, encaminadas a la sustitución de las aguas subterráneas por aguas residuales depuradas y a la delimitación dinámica de las superficies de regadío, distribución de cultivos, dotaciones reales, consumos, origen del agua y volúmenes y caudales suministrados.

- La regulación de las concesiones para reutilización de las aguas depuradas. - Las medidas de control de las áreas regadas con aguas depuradas. - Las medidas de ahorro de agua en los abastecimientos urbanos, mediante la

mejora de la distribución y gestión y la reducción del porcentaje de pérdidas en la red.

- El regadío de los campos de golf con aguas residuales tratadas. d).- Caudales exigibles por razones medioambientales para el mantenimiento de los

sistemas alimentados por flujos subterráneos o en superficie.

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Ordenación de los aprovechamientos y características básicas de calidad de las aguas. a).- Ordenación de los aprovechamientos.

- Señalamiento de los criterios básicos de aplicación. - Definición de las UH que presentan problemas de sobreexplotación o

salinización. - Regulación de los planes de explotación de cada una de las UH. - Regulación del otorgamiento de concesiones de aguas subterráneas.

b).- Características básicas de calidad de las aguas.

- Se definen las normas de calidad de las aguas, según los distintos usos. - Se fijan objetivos de calidad de las aguas superficiales y subterráneas. - Se señalan las zonas sensibles de acuerdo con lo señalado en la Directiva

91/271/CEE Ordenación de vertidos. Se definen los criterios básicos en materia se saneamiento y depuración de aguas residuales, en cuanto al saneamiento, la depuración y los encaminados a la garantizar el funcionamiento y el tratamiento de los lodos con preferencia para los de reutilización frente a la incineración. Por último se define la ordenación y el control de los vertidos puntuales, difusos y de residuos sólidos. Medidas de protección y ordenación de los recursos para la prevención de daños. Se establecen medidas relativas a la recarga de acuíferos y protección medioambiental de los recursos, definiendo: a).- Las zonas húmedas de las Illes Balears y las medidas para su protección. b).- Los perímetros de protección de las aguas subterráneas. c).- Los perímetros de protección de los pozos de abastecimiento, definiendo las

siguientes zonas de restricciones absolutas, máximas y moderadas: - La zona de restricción moderada se establece provisionalmente en un radio de

1 km alrededor del pozo, prohibiéndose en ella: la inyección de residuos y sustancias contaminantes en el subsuelo, y el almacenamiento, transporte y tratamiento de productos radiactivos y señalando la necesidad de informe previo para la implantación de las siguientes actividades: Obras de infraestructura (minas, canteras, extracción de áridos), actividades urbanas (fosas sépticas, cementerios, almacenamiento, transporte y tratamiento de residuos sólidos o aguas residuales), actividades agrícolas y ganaderas (depósito y distribución de fertilizantes plaguicidas, riego con aguas residuales y

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granjas), actividades industriales (almacenamiento, transporte y tratamiento de hidrocarburos líquidos, farmacéuticas y radiactivas, industrias alimentarias y mataderos) y actividades recreativas (acampada y zonas de baños).

- La zona de restricción máxima se establece provisionalmente en un radio de 250 metros alrededor del pozo. Dentro de esta área estarán prohibidos los siguientes usos y actividades: Canteras, minas y extracciones de áridos; fosas sépticas y nuevos cementerios; almacenamiento y tratamiento de residuos sólidos; depósitos y distribución de fertilizantes y plaguicidas; riego con aguas residuales; almacenamiento, transporte y tratamiento de hidrocarburos, líquidos y sólidos inflamables, productos químicos y farmacéuticos, productos radiactivos; industrias alimentarias y mataderos; acampada y zonas de baño; inyección de residuos y sustancias contaminantes; sondeos petrolíferos; enterramiento de cadáveres de animales y estaciones de servicio. No obstante, dentro de la misma, siempre que se demuestre que no producen efectos ambientales nocivos sobre el dominio público hidráulico, podrán autorizarse los siguientes usos y actividades: Almacenamiento, transporte y tratamiento de aguas residuales; granjas; pozos y sondeos; excavaciones; sondeos geotécnicos e industrias potencialmente contaminantes (curtidos, cerámicas, lavanderías, etc).

- La zona de restricción absoluta se fija provisionalmente en un radio de 10 metros alrededor del pozo, la cual deberá clausurarse mediante vallado, prohibiéndose en ella cualquier uso, excepto los relacionados con el mantenimiento y operación de la captación.

d).- Se incorporan las siguientes definiciones: - Actuaciones de protección en las UH clasificadas mediante la disminución de las

extracciones y la aportación de nuevos recursos. - Declaración de sobreexplotación y salinización de unidades o sectores de las

mismas. - Orden de prioridad de las actuaciones necesarias en cada una de las UH. - Regulación de la recarga artificial de acuíferos por referencia a la Directiva

60/668 CEE y su trasposición. - Objetivos en materia de protección frente a avenidas e inundaciones. - El inventario de zonas con riesgo de inundación. - Los criterios para la realización de estudios relacionados con situaciones de

riesgo de inundación. - Las directrices para el desarrollo de actuaciones en materia de defensa contra

avenidas. - El programa de seguridad de las presas de Cúber y Gorc Blau. - Los criterios de actuación frente a situaciones de sequía y los criterios y

actuaciones en materia de conservación de suelos y corrección hidrológico-forestal.

e).- Criterios y actuaciones en materia de conservación de suelos y corrección

hidrológico-forestal.

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- Delimitación y ordenación de las zonas potencialmente inundables,

clasificándolas en: Zonas de inundación potencial (frecuente, ocasional o excepcional), zonas de riesgo (alto, significativo y bajo).

- Diferenciando en ellas las siguientes zonas y limitaciones generales de uso: Zona de precaución, que en principio se corresponderá con la zona de inundación excepcional, en la que se prohibirán instalaciones o actividades singulares como almacenamiento de residuos de alta toxicidad o peligrosidad y determinadas industrias, zona de restricción que, en principio, se corresponderá con la zona de inundación ocasional y la que, además de las limitaciones impuestas en la zona de precaución, se reglamentarán las condiciones de proyecto y materiales de construcción de los edificios que se construyan en su interior, prohibiéndose las instalaciones destinadas a servicios públicos esenciales o que conlleven un alto nivel de riesgo en situaciones de avenida y zona de prohibición que, en principio, se corresponde con la zona de inundación frecuente y en la que, además de las limitaciones que afectan a la zona de restricción, se prohibirán edificaciones y usos que conlleven un riesgo potencial de pérdida de vidas humanas.

- Determinando las zonas inundables, es decir las cubiertas por las aguas con la avenida T: 500 años, en los núcleos y zonas de acampada autorizados, habitados estacional o permanentemente por más de 25 personas y en su entorno con el siguiente criterio, debiéndose señalar todos los cauces que atraviesen el núcleo que tengan más de 5 km2 de cuenca afluente y determinando las zonas inundables dentro de la zona urbanizable y también aguas arriba y aguas abajo 0,5 y 5 km según la población.

- Señalando que, en tanto la Administración hidráulica no disponga de la delimitación de zonas inundables, los planificadores y promotores urbanísticos en actuaciones sobre áreas potencialmente inundables deberán elaborar los estudios hidrológicos e hidráulicos correspondientes.

f).- Medidas de ordenación para la prevención de daños para adecuar la

ordenación del territorio a los riesgos existentes: - En ningún caso serán autorizadas en zonas con riesgo de inundación las

actividades clasificadas como insalubres o peligrosas, vertederos o almacenes de sustancias tóxicas para la salud humana o para los recursos naturales.

- Se prohíbe la realización de cualquier obra que interrumpa el funcionamiento hidráulico de la red de drenaje natural del territorio, o que por su localización o diseño, pueda actuar como dique.

- Las infraestructuras lineales deberán incorporar a su diseño los pasos de agua necesarios para las avenidas correspondientes al tipo de obra de que se trate, y adecuadamente dimensionadas para permitir la circulación de las aguas incluso en las mayores avenidas previsibles. Los planes de mantenimiento de dichas infraestructuras incorporarán las labores de limpieza de estos pasos que garanticen su funcionamiento y permitan mantener la circulación del caudal de diseño.

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- Se evitará la localización de usos susceptibles de ser dañados por avenidas e inundaciones en las zonas inundables estableciéndose una regulación más restrictiva cuanto menor sea el período de retorno con el que se dan estos procesos.

- La aprobación del planeamiento urbano en las zonas inundables quedará sujeto a la definición previa de la zona de inundación y el informe favorable de la DGRH, recomendándose la revisión del planeamiento urbano vigente en las zonas potencialmente inundables que no hayan tenido en cuenta este aspecto.

- Cuando se proyecten vías de comunicación que reglamentariamente requieran autorización por la DGRH, se delimitará la modificación de la zona inundable achacable a la construcción de las mismas y se calcularán los daños posibles, incluyendo, en su caso, las medidas correctoras que sean necesarias para mantener la seguridad de personas y bienes.

- Las vías de comunicación paralelas a las líneas de flujo irán sobre elevadas sobre los terrenos colindantes cuando constituyan una protección frente a la expansión de la lámina y las vías de comunicación transversales a las líneas de flujo deberán disponer los elementos de drenaje necesarios para garantizar que no se produzca un empeoramiento de las condiciones preexistentes.

- Para la ejecución de cualquier obra o trabajo localizado en zona inundable será necesaria la autorización previa de la Administración hidráulica.

g).- Finalmente, además de lo señalado anteriormente, el PHIB contiene: - Un catálogo de las actuaciones correspondientes a: Instalación y mejora de

redes de control del D.P.H., captaciones para la corrección del déficit hídrico, interconexión de infraestructuras, saneamiento y depuración, reutilización de aguas residuales, desaladoras de agua de mar, gestión de la demanda (mejora de redes, instalaciones sanitarias y contadores), defensa contra avenidas e inundaciones, restauración agrológico-forestal y corrección de cauces y mantenimiento y regeneración zonas de húmedas.

- Definición de las operaciones de mantenimiento y reposición de infraestructuras hidráulicas así como de líneas preferentes de investigación.

- Relación de los 15 programas definidos para el desarrollo del Plan: Mejora de la información hidrológica e hidrogeológica, revisión y actualización del censo de aprovechamientos, planes de explotación de aguas subterráneas, plan de reutilización de aguas depuradas, cuantificación del consumo agrícola, recuperación de acuíferos sobreexplotados y salinizados, recarga artificial de acuíferos, protección de la calidad de las aguas, mejoras en el abastecimiento de municipios, mantenimiento hídrico de los humedales, previsión y defensa de avenidas, conservación y ahorro de agua, emergencias en situación de sequía, infraestructuras, plantas desaladoras y, por último, el PHIB define las medidas para su seguimiento y revisión.

Afecciones al término municipal e incorporación al planeamiento.

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El PHIB a los efectos de consolidación de demandas satisfechas con recursos de las unidades se asigna al municipio de Sant Josep de sa Talaia un total de 0,2 hm3/año para abastecimiento y 0,2 hm3/año para regadío. El Plan incluye entre las actuaciones en materia de infraestructuras:

- La interconexión entre las EDAR de Eivissa y Sant Antoni de Portmany. - Ampliación de las desaladoras de Eivissa y de Sant Antoni de Portmany. - Arterias generadas desde la IDAM de Eivissa a Santa Eulalia y Sant Josep.

Estas afecciones, además de las de carácter genérico, se han incorporado al planeamiento. Se ha determinado la situación gráfica de los pozos de suministro y zonas de protección, así como se han señalado en la normativa las limitaciones de usos en las zonas de protección y en las zonas de riesgo de contaminación de acuíferos. También en cuanto a la regulación y prohibición de vertidos. Se han determinado gráficamente las zonas de servidumbre de aguas definida en la Ley de aguas y en su Reglamento de desarrollo, tanto para la zona de dominio público como de policía de los canales, torrentes, lagunas y zonas húmedas, así como se han establecido sus limitaciones en la normativa. Además, en relación con las áreas de prevención de riesgos de inundaciones, de acuerdo con los artículos 77 y 78 del PHIB, se han incorporado las zonas de inundación potencial (ZIP) que se corresponden con las zonas de posible riesgo de inundación no incluidas en las APR de inundaciones. Por otra parte, el Decreto 40/2005, de 22 de abril, por el que se aprueba el Plan especial para hacer frente al riesgo de inundaciones, identifica las siguientes zonas de riesgo de inundación:

- Torrent de Saya des Cadolá: en las inmediaciones de aeropuerto. De Clase 3ª,

es decir daños graves a Hacienda. En estas zonas, según el artículo 77 del PHIB, los usos y actividades del suelo estarán sujetos a las limitaciones señaladas en el anterior apartado 10.6.e de acuerdo con la siguiente relación: - En zona de inundación excepcional las correspondientes a la zona de precaución. - En zona de inundación ocasional las correspondientes a la zona de restricción. - En zona de inundación frecuente las correspondientes a la zona de prohibición. En cada zona inundable relacionada anteriormente y hasta que no se disponga de su delimitación precisa, previamente a cualquier autorización, deberán elaborarse por los promotores de las actuaciones urbanísticas o edificatorias los estudios hidrológicos e hidráulicos correspondientes para evaluar y evitar dichos riesgos, así como obtenerse el informe favorable de la Administración hidráulica.

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Como existe un incremento de las instalaciones consumidoras de agua, se tendrá que analizar esta cuestión en su procedimiento de evaluación de impacto ambiental, donde se implementarán las medidas correctoras específicas. NUEVAS INFRAESTRUCTURAS VIARIAS. TRANSPORTE Y MOVILIDAD De la red viaria del término municipal de Sant Josep destacan por su importancia: la carretera PM-803, que conecta Vila con los núcleos de Sant Jordi, Sant Josep, Sant Agustí y Sant Antoni, y desde la que salen los principales accesos a las zonas de la costa de poniente, destacando la PM-803-1 que da acceso a es Cubells, Cala Vadella, Cala Tarida, etc. También tiene importancia la carretera PM-801, que conecta Vila con el aeropuerto, con un ramal para acceder a Ses Salines y sa Canal (PM-802), de gran intensidad de vehículos durante el verano. De acuerdo con la información del Plan territorial insular de Eivissa y Formentera, la red primaria de primer orden conecta las áreas de Eivissa, Sant Antoni de Portmany y Santa Eulària des Riu entre sí, superponiéndose a este conjunto la red arterial de Eivissa y el acceso al aeropuerto. Los núcleos de Santa Eulària, Sant Carles, Sant Vicent, Sant Joan, Sant Miquel, Sant Mateu, Santa Agnès, Sant Antoni, Sant Josep y Eivissa configuran la red primaria de segundo orden. Los ejes Santa Eulària-Eivissa, Sant Rafel-Santa Agnès y PM-802-hacia la Canal constituyen la red secundaria que pertenece al Consell Insular. Los ejes Eivissa a Santa Eulària, Eivissa a Sant Jordi y Eivissa a Sant Antoni presentan las intensidades más elevadas. sus IMD están comprendidas entre el intervalo 14000<IMD<5000. Los ejes Eivissa a Sant Josep, Santa Eulària a Sant Carles presentan un tránsito relevante con unas IMD entre 5000-10000 vehículos/día. El resto de vías de Eivissa presentan unas intensidades menores a 5000 vehículos/día. En el término municipal de Sant Josep de sa Talaia se encuentra ubicado el aeropuerto de la isla, cerca de los estanques salineros de Es Codolar. Esta infraestructura aeroportuaria tiene carácter de interés general del Estado, además de ser el aeropuerto civil. Su clasificación está en función de los períodos de mayor o menor ocupación, alternando la de primera categoría con la de segunda categoría; la evolución tanto del número de pasajeros como de aeronaves por año ha experimento un incremento constante, si bien se ha estabilizado. El único puerto náutico deportivo del municipio es el puerto deportivo de Coralmar: presenta unas reducidas y limitadas características, contando con solo ocho amarres y limitados a barcos de calado superior a metro y medio. La otra infraestructura portuaria del municipio la constituye el muelle de carga de sal de sa Canal. El Plan Director sectorial de carreteras observado y de aplicación contempla para la isla de Eivissa las siguientes previsiones:

- La definición de un nuevo mapa concesional basado en las premisas de integrar los servicios más deficitarios con otros servicios que tengan una mayor rentabilidad económica y reducir el número total de concesiones, para

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racionalizar y simplificar el mencionado mapa, que contempla: 5 zonas en Mallorca, 3 zonas en Menorca e Ibiza y una zona en Formentera. - Un programa de modernización del material móvil que reduzca la edad de la flota, mejore su accesibilidad, seguridad y confort así como su eficiencia energética y ecológica. - Un programa de imagen de marca, señalización de paros e información a los usuarios. - Un programa de mejora de la velocidad comercial mediante implantación de un sistema de ayuda a la explotación e información, uno de prioridad semafórica y un programa de reserva de carriles bus.

Plan de intermodalidad: Se analiza el papel del transporte en bicicleta dentro de la cadena modal contemplando la creación de la red cicloturística y se resalta la descoordinación horaria, ausencia de intercambiadores y de política tarifaria actualmente existentes. También se analizan las disfunciones de los medios terrestres respeto de las terminales del transporte marítimo y aéreo y se proponen las líneas de actuación en materia de integración tarifaria y se reseñan las actuaciones de intermodalidad contempladas en el Plan de transporte regular de viajeros por carretera. El Plan incluye apartado específico relativo a la mejora de la accesibilidad del transporte colectivo en el que se aplicación a las estaciones de ferrocarril, paradas de autobús y vehículos. Por último el Plan establece para su gestión la creación de los Consorcios Insulares de Transporte y analiza las posibilidades de los contratos con los operadores del transporte: contratos programa y contratos de gestión interesada y contiene valoración económica de las actuaciones previstas en su período de vigencia 2.005-2.012 que se distribuyen en: - Una inversión de 82.257.895 euros para el despliegue del Plan de transporte regular de viajeros por carretera y de Plan de intermodalidad. - Una inversión 1.802.655.681 euros para el Plan de transporte ferroviario. Afección al término municipal e incorporación al planeamiento: a).- Además de las afecciones de carácter genérico que de sus determinaciones se

derivan, el PDS prevé las siguientes actuaciones en materia de servicios, infraestructuras e instalaciones que afectan al término municipal: - En materia de carreteras, el PDSC recoge como obras ya ejecutadas las correspondientes a la carretera Eivissa-Sant Josep. - En materia de transporte regular de viajeros por carretera (PTRVC): Incremento de la oferta del servicio regular Eivissa-Sant Josep-Sant Antoni. Servicio básico interurbano (concesión sur) de las entidades del municipio de Sant Josep: Servicios regulares Sant Josep/Est (A3-5) y Sant Josep/Oest (A3-6).

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- Según el Plan de transporte ferroviario (PDSTIB), las actuaciones de nueva red que afectan al municipio son las siguientes: No constan, aunque se prevé que el corredor Eivissa-Aeroport, Sant Antoni y Santa Eulària debería disponer de un medio de transporte colectivo de más capacidad que el autobús, como sucede con el servicio ferroviario. - En despliegue del Plan de intermodalidad: No constan en el municipio ya que sólo están previstas las terminales de autobuses interurbanos de Sant Antoni y Santa Eulària.

b).- El presente planeamiento incorpora la referencia al mencionado PDS y sus

previsiones para el término municipal. INCORPORACIONES DEL PLAN SECTORIAL GESTIÓN DE RESIDUOS a).- Afecciones.

De las determinaciones del Plan, resultan las siguientes afecciones de carácter genérico: - Las relativas a la obligación municipal de recogida en masa y selectiva y

al cumplimiento de los objetivos generales del PDS. - Las relativas a la incorporación a las ordenanzas municipales de las

medidas encaminadas al cumplimiento de las obligaciones que se establecen.

- Las relacionadas con la obligación de incorporar en el planeamiento especificaciones relativas a la recogida selectiva mediante su segregación previa.

b).- Incorporación al planeamiento.

- Se incluye en las ZPR de contaminación de acuíferos situadas en suelo urbano, las actividades que se autoricen, además de cumplir con la norma 5.9.05 relativa al control de vertidos, deberán garantizar la seguridad de las redes y depósitos enterrados que contengan líquidos contaminantes, así como la impermeabilidad del terreno donde se sitúen los residuos, basuras y, en su caso, su tratamiento. En cualquier caso, se cumplirá el Real decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el cual se aprueba el código técnico de la edificación y en particular el DB-HS 5.

INCORPORACIONES DEL PLAN SECTORIAL ENERGÉTICO a).- Las derivadas de la aplicación de las disposiciones del PDS relativas a los

programas de ahorro y eficiencia energética y a las medidas de limitación de la demanda energética.

b).- Las derivadas de los criterios que el PDS define en cuanto a las limitaciones territoriales de las redes de transporte y distribución de eléctrica.

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c).- En los anexos del PDS se contemplan las siguientes actuaciones en infraestructuras ubicadas o previstas en el término municipal, que suponen una afección de carácter específico: - Anexo D (Actuaciones en transporte de energía eléctrica): Nueva

subestación 132-66/15 kV situada en el municipio de Sant Josep en solar limitado por las siguientes coordenadas UTM: (361148, 4305914); (361238, 4305779); (361516, 4305936); (361356, 4306106).

- Anexo E (Actuaciones en transporte de gas natural. Red insular de

gasoductos): Gasoducto terrestre entre Punta de Cala Gració a Central Térmica de Eivissa.

El planeamiento general, según lo señalado anteriormente, incorpora en la documentación gráfica las determinaciones del PDS energético y en las normas urbanísticas: La necesidad de informe previo para las actuaciones en zona de servidumbre de líneas de AT, el cumplimiento del RITE, las condiciones del suministro eléctrico según el PDS, el fomento de las instalaciones destinadas al mejor aprovechamiento de las energías renovables y las determinaciones contenidas en el Código técnico de la edificación INCORPORACIONES DEL PLAN SECTORIAL DE COMUNICACIONES a).- Afecciones al término municipal.

- Desarrollo de los Planes especiales de instalaciones de redes y servicios. - El ajuste de las redes e instalaciones vinculadas a las redes públicas de

comunicaciones a los condicionantes que el PDS señala. - La obligatoria ejecución de las canalizaciones y galerías necesarias para

las redes de telecomunicaciones. - La incorporación del régimen de implantación de redes e instalaciones

en suelo rústico que el PDS prevé. - La regulación de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones en

los edificios por referencia a aquello que se han determinado en el Real Decreto Ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes a los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación.

b).- Incorporación a las normas urbanísticas.

- Se incluye la referencia al ajuste al PDS de las determinaciones de los Planes especiales para la instalación de redes y servicios de telecomunicaciones.

- Se incluye la regulación del uso de las redes y servicios de telecomunicaciones de acuerdo con las determinaciones que, respeto de éste, el PDS establece.

- Se incluyen las determinaciones relativas a la obligación de realización de las canalizaciones subterráneas para redes en las obras de urbanización, ajustadas a las condiciones que el PDS define.

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- Se regulan las actuaciones en suelo rústico relacionadas con el uso de las infraestructuras de telecomunicaciones en referencia a lo que el PDS determina.

- Se regulan las infraestructuras comunes de telecomunicaciones en los edificios en referencia a aquello que se ha determinado en el Real Decreto Ley 1/1998, de 27 de febrero y en el PDS.

PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS AMBIENTALES Las nuevas Normas Subsidiarias por las que se regirá el planeamiento implican una adaptación al PTI, a toda la normativa de aplicación y sin olvidar la mayor sensibilidad social en su compromiso con el medio ambiente, que necesariamente derivan un incremento del grado de protección del territorio frente a los cambios urbanísticos, al adoptar una normativa mucho más exigente que la vigente. Siendo uno de los objetivos principales y motivadores del nuevo planeamiento proporcionar una mayor protección del medio ambiente. Toda actuación que se desarrolle en el territorio tendrá en cuenta los efectos sobre la fauna y la flora e incorporará las medidas necesarias para garantizar la protección de los hábitats que alberguen endemismos y especies protegidas. CONTAMINACIÓN LUMÍNICA La normativa relativa a la contaminación lumínica la Ley 3/2005, de 20 de abril, y Real decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, así como en el Plan territorial insular en cuanto a las medidas tendentes a evitar la contaminación lumínica ha sido incorporada regulando los aspectos relacionados de los proyectos de urbanización. CONTAMINACIÓN ACÚSTICA Se han incorporado los aspectos de protección acústica previstos por la legislación. CATÁLOGO DE ELEMENTOS CON VALOR PATRIMONIAL La Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares (BOCAIB n. 165, de 29.12.98) tiene por objeto la protección, la conservación, el enriquecimiento, el fomento, la búsqueda y la difusión del patrimonio histórico de las Islas Baleares, para que pueda ser disfrutado por los ciudadanos y pueda ser transmitido en las mejores condiciones a las futuras generaciones Redacción de los catálogos municipales. De acuerdo con la disposición transitoria tercera de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares, modificada por el artículo 12 de la Ley 7/2012, de 13 de junio, de medidas urgentes para la ordenación urbanística sostenible, los Ayuntamientos que no dispongan de Catálogo de protección del patrimonio histórico aprobado definitivamente, deberán tramitarlo conjuntamente con la primera revisión del instrumento de planeamiento general que se redacte.

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Elementos de interés histórico artístico del municipio. El municipio no cuenta con un Catálogo de protección del patrimonio histórico aprobado, por lo que el mismo se tramitará simultáneamente con la presente revisión de planeamiento. El Catálogo distinguirá entre suelo urbano y rústico. En primer lugar quedarán inventariados los Bienes de Interés Cultural (BIC), entre los cuales se encuentran las edificaciones significativas, torres de defensa, escudos, emblemas, cruces de término, elementos militares y defensivos, así como elementos etnológicos. Además, se inventariarán las casas y otros elementos que ostenten algún grado de interés y requieran una protección. Por último la delimitación de los conjuntos hidráulicos, paisajísticos, etc. En suelo rústico el inventario distinguirá las posesiones de las casas de payés y de los elementos artísticos, etnológicos y/o naturales que presenten un cierto grado de interés (puentes, sistemas hidráulicos, aljibes, etc.). Todo el trabajo de búsqueda se presentará a una ficha para cada uno de los inmuebles y elementos que se deberá ajustar a las normas 72 y 73 del Plan territorial de Eivissa y Formentera. Aspectos relevantes de la situación actual del medio ambiente y su probable evolución en caso de no aplicar el plan o programa La presente revisión del Plan General y su sustitución por Normas Subsidiarias se justifica por el tiempo transcurrido y, sobretodo, por la aprobación desde entonces de una abundante normativa estatal y, especialmente, autonómica. En su consecuencia, la aplicación del planeamiento vigente, simultáneamente con la citada normativa sobrevenida y el Plan territorial insular, ha derivado en la necesidad de disponer de un planeamiento adaptado. En el caso de no ser creadas las nuevas NNSS se regularía el planeamiento mediante las NNSS vigentes y la continua extracción de la normativa de aplicación junto con planeamientos de rango superior, lo cual generaría falta de claridad y de dinamismo en la aplicación del planeamiento, produciéndose continuos errores de adaptación e interpretación, lo cual además de limitar el desarrollo sostenible del municipio generaría daños medioambientales que por medio de la nueva normativa y planeamientos se quieren corregir. Además hay que tener en cuenta que el planeamiento vigente esta desarrollado entorno a criterios medioambientales de protección que fruto de la propia experiencia y de los avances tecnológicos y sociales en base a los cuales nos proporcionan indicadores fiables de todo aquello de lo que se necesita realizar una corrección, y que es la que ha generado la aprobación de abundante normativa y planificación territorial que se incorpora de forma directa con las nuevas NNSS. Por lo tanto la no aplicación de esta planificación por medio de las NNSS llevaría a un empobrecimiento y empeoramiento de la situación del medio ambiente actual que por otro lado necesita de la introducción de medidas correctoras para evitar su degradación, garantizar su sostenibilidad y actuar sobre el mismo para su recuperación y mejora.

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Como aspectos más relevantes hay que destacar como se introduce una protección de los espacios naturales del municipio que es más restrictiva, como se generan zonas verdes y espacios públicos y se introducen medidas de recuperación y mejora del espacio urbano y urbanizable que en la actualidad presenta algunos signos de degradación y fatiga que llevan a generar sinergias negativas con el entorno. En resumen, a nivel general de protección medioambiental respecto a las NNSS vigentes, por todo lo indicado hasta ahora, las nuevas NNSS implican incrementos genéricos importantes del grado de protección. Problemas ambientales existentes relacionados con el Plan Se descarta la existencia de problemas ambientales relacionados con el planeamiento de las nuevas Normas Subsidiarias respecto a las NNSS vigentes, dado que las modificaciones introducidas son para dar cumplimiento y adaptación a lo que establecen los planeamientos y normas de rango superior. Objetivos de protección ambiental e indicadores El Informe de Sostenibilidad deberá incluir entre los objetivos de protección ambiental los fijados por los ámbitos internacional, comunitario o nacional que guardan relación con el Plan o Programa, y la manera en que dichos objetivos y cualquier otro aspecto ambiental se han tenido en cuenta durante su elaboración. Dado que el Plan Territorial presenta en sí mismo diferentes objetivos ambientales, y tratándose de NNSS que recogen dicho Plan Territorial, se considera que uno de los principales objetivos de referencia a los que deben adecuarse las NNSS son las del propio plan territorial, las cuales se sintetizan más adelante. Entendemos también que los objetivos para un municipio se concretan también a través de los compromisos de Aalborg.

OBJETIVOS AMBIENTALES DEL PTI Y SU RELACIÓN CON LAS NORMAS SUBSIDIARIAS

Objetivos Relación con Las NNSS HACIA UNA NUEVA ECONOMÍA. FOCOS DE ACTIVIDAD: Suelo para actividades industriales y de servicios

La adaptación prevé el desarrollo de suelo de servicios e industrial para favorecer el desarrollo de las actividades económicas en el término municipal para dar servicio a la propia población.

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ELEMENTOS DE SOPORTE Y COMPLEMENTARIEDAD TERRITORIAL: LOS EQUIPAMIENTOS TERRITORIALES y GESTIÓN AMBIENTAL DEL TERRITORIO. RESIDUOS Y CALIDAD AMBIENTAL: Residuos, Implantación de la Agenda 21 en las administraciones públicas, Programa sobre medidas bioclimáticas, Determinaciones sobre hidrología, Programa contra la contaminación lumínica, Programa contra la contaminación acústica.

Las NNSS incorporan dotación de equipamiento que requiere el municipio, zonas verdes, así como distintos aspectos ambientales previstos por el PTI.

CONSERVACIÓN DE LOS ESPACIOS NATURALES, LA FAUNA Y FLORA Y SU DIVERSIDAD BIOLÓGICA. CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE LAS AGUAS CONTINENTALES Y MARÍTIMAS. La adhesión y cumplimiento de la legislación ambiental reseñada por parte del Plan Territorial, es explícita en el desarrollo de su normativa y se refleja en su articulado a través de nuevas delimitaciones y zonificaciones concretas para la mayor protección de las áreas de alto valor ecológico, así como de numerosos criterios de ordenación de usos y actividades en las mismas. La protección específica de los acantilados, islotes y sistemas dunares mediante las APT y las AANP, de los parques naturales mediante la consideración de sus Planes de Gestión, de las cimas y las masas forestales incluidas en zonas ARIP, mediante su ordenación especifica incluyendo los asentamientos urbanos (AAPI) existentes; garantizan la contribución del PTI al cumplimiento de todos estos objetivos generales. No obstante, y en relación al cumplimiento de la Directiva 92/43, relativa a la conservación de los hábitat naturales y de la flora y fauna silvestres denominados Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) y que configuran la denominada Red Natura 2000, el PTI deberá hacer una especial consideración al reciente Acuerdo de Consejo de Gobierno de 23 de abril de 2004, sobre ampliación de las mencionadas zonas a efectos de que hasta tanto queden definitivamente aprobadas las listas correspondientes, las administraciones públicas competentes, asuman el régimen jurídico de protección recogido en el artículo 6 en sus apartados 2, 3 y 4 de la Directiva 92/43.

Las NNSS incorporan las distintas normas que le son de aplicación. Imponiendo todas las medidas y consideraciones de aplicación que garanticen la conservación de los espacios naturales, la flora y su diversidad biológica. Como es la aplicación de la Ley de costas, la Ley de aguas y el Plan Hidrológico de las Islas Baleares. Indicando específicamente como, cuando el plan o proyecto derivado del mismo pueda afectar un lugar de la Red Natura 2000, de acuerdo con el artículo 39 de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental, será preceptivo el informe previo de la Conselleria de Medi Ambient y de deberá incorporar un estudio de evaluación de las repercusiones ambientales en relación con los objetivos de conservación e incluir las correspondientes medidas correctoras o, en su caso, incorporar al estudio de evaluación de impacto ambiental, el estudio de evaluación de las repercusiones ambientales.

CONSERVACIÓN Y PLANIFICACIÓN DEL TERRITORIO. El PTI plantea y asume a todos los niveles, la consecución y cumplimiento de los objetivos ambientales contenidos en las Directrices de Ordenación Territorial de Islas Baleares, como marco normativo superior de ordenación territorial de la Comunidad Autónoma de las Islas y que marcan las líneas estratégicas para la definición de un modelo de desarrollo sostenible, mediante la organización de los sistemas de asentamiento, de las infraestructuras, equipamientos y actividades económicas, partiendo de un análisis exhaustivo del territorio. PROTECCIÓN DEL SUELO RÚSTICO Y DEL PATRIMONIO URBANÍSTICO Y ARQUITECTÓNICO Que se desarrolla a través de la

Las NNSS incorporan las distintas normas que le son de aplicación.

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matriz de usos, la regulación de la vivienda en suelo rústico, la regulación de los núcleos rurales, la regulación de las AAPI, la protección del patrimonio urbanístico y arquitectónico

OBJETIVOS AMBIENTALES EN RELACIÓN A LOS COMPROMISOS DE AALBORG Objetivos Relación con la Adaptación 1. FORMAS DE GOBIERNO

1. Desarrollar una visión común a largo plazo de una ciudad o pueblo sostenible.

No son propiamente de aplicación al planeamiento, si bien la tramitación ambiental actual lleva implícita la participación ciudadana en los procesos a través de las consultas que se formulan y se considera un elemento fundamental e imprescindible de la planificación.

2. Aumentar la participación y la capacidad de desarrollo sostenible en las comunidades locales y las administraciones municipales.

3. Invitar a todos los sectores locales a la participación activa.

4. Hacer que nuestras decisiones sean abiertas, responsables y transparentes. 5. Cooperar con eficacia y en acuerdo con otras ciudades y otros niveles de gobierno. 2. GESTIÓN MUNICIPAL HACIA LA SOSTENIBILIDAD

1. Consolidar la Agenda Local 21 así como otros procesos de sostenibilidad local y enraizarlos en la gestión municipal.

Estos aspectos exceden al propio planeamiento, si bien el municipio ha desarrollado y ha realizado modificaciones desarrollos de su propia agenda local 21. Teniendo en cuenta los compromisos de Aalborg.

2. Posibilitar una gestión integrada hacia la Sostenibilidad, basada en los principios preventivos y en línea con la Estrategia Temática Urbana de la UE.

3. Fijar objetivos y determinar plazos en el marco de los Compromisos de Aalborg y crear instrumentos de monitorización que faciliten su seguimiento. 4. Asegurar que los temas de sostenibilidad son parte central de los procesos de toma de decisión municipal y que la asignación de recursos está basada en criterios sólidos y amplios de sostenibilidad.

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5. Cooperar con la Campaña Europea de Ciudades Sostenibles y sus redes para que supervise y evalúe nuestro progreso hacia la consecución de nuestros objetivos de sostenibilidad. 3. BIENES NATURALES COMUNES

1. Reducir el consumo de energía primaria y aumentar el porcentaje de energías limpias y renovables.

Actualmente el nuevo Código Técnico de la Construcción, de obligado cumplimiento para las edificaciones, ha previsto numerosas medidas de ahorro energético y utilización de energías renovables.

2. Mejorar la calidad del agua, ahorrar agua y hacer un uso más eficiente de la misma.

Aplicación del Plan Hidrológico de la islas Baleares y el Código Técnico implica una protección, y racionalización de los recursos hídricos e incorporación de de medidas de ahorro y uso de gran relevancia, además de los aspectos incorporados en las ordenanzas urbanísticas.

3. Promover y aumentar la biodiversidad y aumentar y cuidar los espacios verdes y las áreas naturales.

El suelo rústico se ordena en base de las previsiones del Plan Territorial, y toda la normativa de aplicación lo que hace que se encuentren protegidos los elementos de mayor valor ambiental.

4. Mejorar la calidad del suelo, preservar la tierra de producción ecológica y promover la agricultura y la silvicultura sostenible.

Se mantiene el destino del suelo, excepto en las zonas de crecimiento urbano. Dotando al suelo de elementos claros que los definen y de un mayor índice de protección.

5. Mejorar la calidad del aire.

Las normas incorporan los aspectos relativos a la disminución de emisiones a la atmosfera, la protección lumínica y frente a ruidos, entre otros aspectos, los cuales están definidos por la legislación vigente.

4. CONSUMO Y FORMAS DE VIDA RESPONSABLES 1. Evitar y reducir los residuos y aumentar el reciclaje y la reutilización. Las NNSS recogen los aspectos de

adaptaciones a los planes directores sectoriales de residuos. 2. Gestionar y tratar los residuos de acuerdo a los

estándares de buenas prácticas.

3. Eliminar el consumo innecesario de energía y mejorar la eficiencia en el destino final de la misma.

Los aspectos energéticos relacionados con las NNSS están recogidos en el nuevo Código Técnico de la Construcción, el cual es muy exigente al respecto de medidas de ahorro y utilización de energías renovables. Además de estar adaptado a los Plan director Sectorial Energético

4. Asumir la compra sostenible. No está relacionado con las NNSS. Pero las NNSS recogen los aspectos de adaptaciones la leyes que son de aplicación como la Ley 11/2201 de 15 de Junio de Ordenación de la actividad comercial

5. Promover activamente el consumo y la producción sostenible, especialmente los productos con etiqueta ecológica, orgánicos y de comercio ético y justo. 5. PLANIFICACIÓN Y DISEÑO URBANÍSTICO

1. Regenerar y reutilizar las zonas degradadas y abandonadas.

En la adaptación analizada no se prevén aspectos relacionados con esta cuestión, abordándose lo que prevé el PTI y la normativa de aplicación. Siendo la rehabilitación uno de los objetivos prioritarios de la NNSS.

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2. Evitar el crecimiento urbano desmesurado, logrando densidades urbanas apropiadas y priorizando el desarrollo urbano en zonas ocupadas frente a zonas verdes.

Se prevén crecimientos siempre enmarcados en lo que establece el PTI y en las zonas previstas por dicho Plan.

3. Asegurar un urbanismo de usos del suelo mixtos, con un balance equilibrado entre la actividad laboral, residencial y de servicios, dando prioridad a un uso residencial en el núcleo urbano.

Se prevén desarrollos urbanos para permitir el crecimiento de la población y también para actividades económicas, especialmente se potencia el trasladando actividades que crean fricciones con los usos residenciales y la generación de espacios especializados y acondicionados para el desarrollo de actividades sin la generación de molestias.

4. Asegurar una conservación, renovación y reutilización apropiada de nuestra herencia cultural urbana.

Los sistemas generales previstos se desarrollarán justificadamente, de conformidad con los objetivos de sostenibilidad del territorio y bienestar para la población, garantizando en todo momento el respeto y mantenimiento de sus factores ambientales y de los valores histórico-culturales del término municipal. Se han establecido medidas para la protección del patrimonio, tanto de edificios, espacios, paisajes y elementos o conjuntos de interés sobre los que concurren valores históricos, culturales o ambientales

5. Aplicar requerimientos para un diseño y construcción sostenibles y promover la arquitectura de alta calidad favoreciendo las nuevas tecnologías de construcción.

Los distintos aspectos se encuentran definidos en el Código Técnico de la Construcción. Aplicando los criterios de Eficiencia Energética.

6. MEJOR MOVILIDAD Y REDUCCIÓN DEL TRAFICO 1. Reducir la dependencia del transporte privado motorizado y promover alternativas atractivas que sean accesibles para todos.

Además de las afecciones de carácter genérico que de sus determinaciones se derivan, el PDS prevén actuaciones en materia de servicios, infraestructuras e instalaciones que afectan al término municipal. Los crecimientos se disponen formando parte del núcleo, minimizándose la dependencia del vehículo para acceder

2. Aumentar el porcentaje de desplazamientos en transporte público, peatonal y en bicicleta.

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3. Promover el cambio a vehículos con bajas emisiones.

De aplicación teniendo en cuenta los planes directores sectoriales del transporte que recogen esta propuesta: - La definición de un nuevo mapa concesional basado en las premisas de integrar los servicios más deficitarios con otros servicios que tengan una mayor rentabilidad económica y reducir el número total de concesiones, para racionalizar y simplificar el mencionado mapa, que contempla: 5 zonas en Mallorca, 3 zonas en Menorca e Eivissa y una zona en Formentera. - Un programa de modernización del material móvil que reduzca la edad de la flota, mejore su accesibilidad, seguridad y confort así como su eficiencia energética y ecológica. - Un programa de imagen de marca, señalización de paros e información a los usuarios. - Un programa de mejora de la velocidad comercial mediante implantación de un sistema de ayuda a la explotación e información, uno de prioridad semafórica y un programa de reserva de carriles bus

4. Desarrollar planes integrados de movilidad urbana sostenible.

En coordinación con los criterios de accesibilidad, el planeamiento ha estudiado la movilidad en el municipio desde los siguientes aspectos: • La red viaria de conexiones exteriores

con otros municipios del entorno. • La redes viarias interiores de carácter

municipal (básicas o principales y de segundo o tercer nivel).

• La red de caminos públicos. • El transporte (tren, autobuses,

transportes, vehículos, bicicleta, etc.). • Los estacionamientos y aparcamientos

públicos

5. Reducir el impacto del transporte en el medio ambiente y en la salud pública.

Las medidas de aplicación y desarrollo de las NNSS tienen como objetivo la incidencia positiva en este aspecto. Aplicación entre otras de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.

7. ACCIÓN LOCAL PARA LA SALUD 1. Aumentar la conciencia pública y realizar actuaciones sobre un amplio conjunto de determinantes para la salud, la mayoría no relacionada directamente con el sector sanitario.

Por otra parte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1.c del Real decreto legislativo 2/2008, de 20 de junio, la ordenación también ha atiende entre otros a al principio de Prevención y protección contra la contaminación y limitación de sus consecuencias para la salud o el medio ambiente.

2. Promover el desarrollo de planes de salud municipales que proporcionen a nuestras ciudades los medios para construir y mantener alianzas estratégicas para el bienestar.

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3. Reducir desigualdades sanitarias y ocuparnos de la pobreza, lo que requiere estudios regulares del progreso realizado en la reducción de estas desigualdades.

Las NNSS se han ajustado entre otros aspectos básicos a la prevención y protección contra la contaminación y limitación de sus consecuencias para la salud o el medio ambiente. Se establece además la disposición de los diferentes equipamientos sanitarios, zonas culturales y de fomento de actividades saludables, zonas de esparcimiento y acceso al medio natural, lo cual son elementos que se han revelado de gran importancia para la salud pública.

4. Promover la evaluación de los impactos en la salud, como una vía para que todos los sectores trabajen en una mejora en la salud y la calidad de vida. 5. Movilizar a los agentes de planificación urbana para que incorporen consideraciones hacia la salud pública en sus estrategias e iniciativas de planificación. 8. ECONOMÍA LOCAL VIVA Y SOSTENIBLE 1. Adoptar medidas que estimulen y apoyen el empleo local y la creación de empresas.

No es de aplicación. Aunque se establecen espacios que de forma natural al existir una oferta local de calidad fomentaran la aparición de este tipo de economía local y viva que recoja estos factores.

2. Cooperar con las empresas locales para promover e implantar buenas prácticas corporativas. 3. Desarrollar e implantar principios de sostenibilidad en la localización de las empresas. 4. Incentivar a los mercados hacia los productos locales y regionales de alta calidad.

5. Promover el turismo local sostenible.

Se ha introducido la ordenación de establecimientos de alojamiento turístico. Cumplimiento de la Ley de Turismo y de toda normativa de aplicación. Regulando el alojamiento de turismo rural y el agroturismo. Planeamiento introducido con el fin de mejorar, renovar y promover la sostenibilidad de un turismo que establezca unos mínimos de calidad para todo tipo de oferta de turismo demandada, frente a la ocupación y la mera generación de oferta turística.

9. IGUALDAD Y JUSTICIA SOCIAL 1. Desarrollar e implementar medidas para prevenir y paliar la pobreza.

En la planificación realizada por las NNSS se han atendido los principios de Igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. Cumpliendo el planeamiento con los objetivos establecidos en el artículo 3 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, sin perjuicio de que las políticas públicas, de acuerdo con el artículo 2 del RDL 2/2008, de

2. Asegurar un acceso equitativo a los servicios públicos, educación, empleo, formación e información, así como a las actividades culturales. 3. Promover la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres. 4. Mejorar la seguridad ciudadana.

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5. Asegurar condiciones de vida y alojamiento de buena calidad y socialmente integradas.

20 de junio, en virtud del principio de desarrollo sostenible, deban propiciar la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres. Se establecen y aplican los criterios de prevención de riesgos naturales, laborales, contra incendios, de seguridad vial y área. Estableciendo criterios de creación de alojamientos de buena calidad y mejora de condiciones de vida.

10. DE LO LOCAL A LO GLOBAL 1. Desarrollar y seguir un enfoque estratégico e integrado para mitigar el cambio climático, y trabajar para conseguir un nivel sostenible de emisión de gases invernadero.

Las normas subsidiarias en su desarrollo y generación de la planificación se realizan teniendo como fin la Prevención y protección contra la contaminación y limitación de sus consecuencias para la salud o el medio ambiente. Se tienen en cuenta las políticas de protección establecidas en los PDS además de las introducidas por la normativa de aplicación. Unos de los principales objetivos del planeamiento realizado por las NNSS es el de reducir el impacto en el medio ambiente local y global dando instrumentos legales de aplicación para ello, atendiendo a planes de actuación internacionales, estatales, autonómicos y locales.

2. Integrar la política de protección medioambiental en el núcleo de nuestras políticas en el área de la energía, el transporte, el consumo, los residuos, la agricultura y la silvicultura. 3. Aumentar la concienciación sobre las causas y los impactos probables del cambio climático, e integrar acciones preventivas en nuestras políticas sobre el cambio climático. 4. Reducir nuestro impacto en el medio ambiente global, y promover el principio de justicia ambiental. 5. Fomentar la cooperación internacional de pueblos y ciudades y desarrollar respuestas locales a problemas globales, en asociación con gobiernos locales, comunidades y partes interesadas.

Como objetivos de protección ambiental fijados por los diferentes ámbitos que guardan relación con las NNSS, y tenido en cuenta otros aspectos ambientales se han considerado los Planes de conservación que tienen aplicación en el municipio, o en la isla de Ibiza: RAPACES Plan de Conservación del Àguila Peixatera (Pandionhaliaetus) se aprobó en 2007 para la conservación y recuperación de poblaciones reproductivas permanentes en las Illes Balears. Tiene una vigencia de 6 años y el plan contempla la introducción en la isla de un mínimo de 4 parejas repartidas entre los Amunts, el parque natural de de Ses Salines y d’Hort. MAMÍFEROS Plan balcells. Plan de recuperación de la ratapinyada de peusgransmyotiscapaccinii y de conservación de quirópteros cavernícolas de las islas. Tiene una vigencia 6 años, prorrogables por otro sexenio. Gestionado y desarrollado por el Govern de les Illes Balears. Las acciones que tendrán lugar en la isla de Ibiza, son las siguientes:

• Seguimiento y muestreo del estado de las poblaciones existentes, creando una red de vigilancia y control de las áreas donde se encuentran.

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• Realizar un listado de cuevas habitadas o que las hayan sido refugio en algún momento, recogiendo el estado de las cuevas, y su entorno.

• Establecer cuevas centinelas, en la isla de Ibiza han sido seleccionadas, las siguientes: Avencd’enCosmi, Cova des Regals, Santa Eulalia y Cova Mala, Sant Joan de Labritja.

• Elaborar de un censo de las poblaciones cada tres años. • Planificación de visitas científicas, a las poblaciones y al as áreas de cría.

REPTILES Medio Ambiente del Govern balear prevé desarrollar un plan de recuperación de la antigua población de tortuga mora (Testudo graeca) de la isla de Formentera, de donde se extinguió probablemente en la segunda mitad del siglo XX. Y en Ibiza elaborar un estudio sobre si fue real la existencia del citado reptil en la isla y la viabilidad, de confirmarse, de su reintroducción. VEGETACIÓN Entre las plantas destacan los siguientes endemismos: - Teucrium cossoni punicum, endemismo de Ibiza muy localizado. - Galium crespianum, endémico de Mallorca y Pitiusas. - Thymus richardi ebusitanus, endémico de Ibiza y muy localizado. - Allium antoni-bolosii eivissanuma, endémico de Ibiza y Formentera. - Allium sphaerocephalon ebusitanum, endémico de Ibiza, muy localizado. Otras especies son endemismos balearo-levantinos de interés nacional, como: - Saxifraga corsica, restringida a dos localidades en Ibiza y una en Formentera. - Asperula paui - Lamottea dianae - Silene hifacensis - Stachys brachyclada - Micromeria filiformis es una especie propia de las Baleares, sur y sureste de Iberia y norte de África, siendo, por tanto, de interés internacional. Otras especies se han incluido por su distribución particular, por su interés para la cubierta vegetal y para el mantenimiento de la biodiversidad, como: - Succowia balearica - Teucrium flavum - Whitania frutescens y Euphorbia dendroides, siendo Es Vedrà la única localidad de Ibiza en donde se ha encontrado esta especie, que es común en otras localidades baleares Crecen también en San Josep de sa Talaia: Silene hifacensis, Diplotaxis ibicensis y Genista dorycnifolia, especies que figuran en Anexo II de la Directiva 92/43/CEE,

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además se encuentran en la zona Cephalaria squamiflora, Leucanthemum paludosum, Chaenorrhinum formenterae y C. origanifolium crassifolium. Entre las plantas, destacan otros diez endemismos, como Allium antoni-bolosii, Silene cambessedesii y Helianthemum marifolium origanifolium, endémicas de Ibiza y Formentera; Chaenorrhinum formenterae y Micromeria inodora, endémica de Ibiza y Mallorca y Aetheorhiza bulbosa willkommi, Micromeria filiformis, Micromeria microphylla, Ophrys balearica y Ranunculus barceloi, endémicas del conjunto de las Baleares. Silene hifacensis Se han elaborado estudios sobre esta planta para el de refuerzo de poblaciones de en Ibiza, presente en la costa noroeste de Ibiza y algunos islotes menores. Sus hábitats

suelen ser fisuras en las rocas de los acantilados, expuestos a los vientos marinos, también se pueden encontrar tierra adentro, a distancias de más de 2000 m de la línea de costa, en un lapiaz con orientación de solana, soportando las altas temperaturas, gracias al agua que se acumula en las oquedades del lugar. Se han observado poblaciones en suelo horizontal que conviven con especies de matorral, bajo cubierta de pino halepo, sin

parecer afectarles la competencia, en zonas donde llega una abundante lluvia de semillas de poblaciones rupícolas cercanas (Ballester et al., 2011).La especie está catalogada según los diferentes como vulnerables o amenazada, a continuación se citan las diferentes figuras de protección niveles de protección que tiene la especie:

1. A nivel mundial: Categoría UICN EN (en peligro) A2ac; B1ab(ii,iv,v) +2ab(ii,iv,v); C2a(i), Convenio de Berna (I), Directiva Habitats (II,IV).

2. A nivel nacional: Catalogo Nacional de Especies Amenazadas (E,V), Categoría UICN EN (en peligro) A2ac; B1ab(ii,iv,v) +2ab(ii,iv,v); C2a(i).

3. A nivel autonómico: Islas Baleares: Vulnerable (VU)(B1ab+2ab,D2) (LlibreVermell de la Flora Vascular de les Illes Balears, 2001)

Las poblaciones que existen se encuentran en regresión y altamente fragmentadas. En S. Josep de sa Talaia encontramos poblaciones en Es Vedra y Cap Lllentrisca. Indicadores de los objetivos medio ambientales Entendemos que los objetivos medioambientales del planeamiento son una parte de los objetivos ambientales que ha de abordar un municipio, los cuales han de impregnar los distintos instrumentos.

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Las normas subsidiarias indican como obligatoriamente toda actuación que se desarrolle en el territorio tendrá en cuenta los efectos sobre la fauna y la flora e incorporará las medidas necesarias para garantizar la protección de los hábitats que alberguen endemismos y especies protegidas, debiéndose adaptar a los planes de conservación de aplicación en el municipio. Por otra parte los objetivos medio ambientales del planeamiento se agotan al ser incorporados en la normativa, y ser cumplidos en el otorgamiento de licencias. En relación al seguimiento de los sectores urbanizable y de las unidades de actuación, dicho seguimiento se preverá en los instrumentos ambientales de dichos desarrollos. Descripción de la manera en que se realizó la evaluación Un Informe de Sostenibilidad debe incluir una descripción de la manera en que se realizó la evaluación, incluidas las dificultades (como deficiencias técnicas o falta de conocimientos y experiencia) que pudieran haberse encontrado a la hora de recabar la información requerida. La evaluación ha sido realizada identificando los cambios que se introducían en el planeamiento, analizando posteriormente sus posibles efectos ambientales, donde la totalidad de estos cambios son exclusivamente imputables al Plan Territorial del cual derivan. Se han tenido en cuenta los contenidos previstos por la legislación y las prescripciones del Informe de referencia. No ha aparecido ninguna dificultad específica en la recogida de información ni evaluación de los efectos. La evaluación de los efectos se ha planteado de forma cualitativa y genérica, para los aspectos que implican una variación del grado de protección y más específica para los aspectos relacionados con las nuevas ocupaciones del territorio.

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3.- ANÁLISIS AMBIENTAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS Identificación de los cambios introducidos por las Normas Subsidiarias respecto al planeamiento vigente. Análisis ambiental

IDENTIFICACIÓN DE LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS POR LA ADAPTACIÓN DEL PLAN RESPECTO AL PLANEAMIENTO VIGENTE. ANÁLISIS PRELIMINAR

cambios introducidos posibles efectos / comentarios Formulación de la presente revisión de las Normas Subsidiarias y su sustitución por las nuevas Normas Subsidiarias Se entiende por revisión la adopción de nuevos criterios respeto de la estructura general y orgánica del territorio o de la clasificación del suelo, motivada por la elección de un modelo territorial diferente o por la aparición de circunstancias sobrevenidas, de carácter demográfico o económico, que incidan sustancialmente sobre la ordenación o por agotamiento de su capacidad. Serán causas objetivas que motiven y justifiquen su revisión cualquiera de las siguientes: a).- Que sobrevengan mayores exigencias de equipamientos de ámbito general derivadas de la propia evolución social o de disposiciones de rango superior, excepto que la corporación municipal acuerde no tramitarla mediante una revisión al no afectar a la estructura general y orgánica del planeamiento. b).- Que se llegue a la población teórica prevista en la memoria de las NN.SS. c).- Que hayan transcurrido doce años desde su entrada en vigor. d).- Que el Ayuntamiento así lo decida para haber sobrevenido otras circunstancias que exijan la alteración sustancial de la estructura general y orgánica del territorio.

Se justifica por el tiempo transcurrido y, sobretodo, la aprobación desde entonces de una abundante normativa estatal y, especialmente, autonómica. En su consecuencia, la aplicación del planeamiento vigente, simultáneamente con la citada normativa sobrevenida y el Plan territorial insular, ha derivado en la necesidad de disponer de un planeamiento adaptado. Se dan las causas objetivas que motivan y justifican la revisión. Con el fin de incorporar a la ordenación los núcleos urbanos de hecho y núcleos rurales, y permitir el desarrollo sostenible de los núcleos tradicionales Siendo las NNSS el marco con el que poder desarrollar el futuro del municipio, dentro del cumplimiento del Plan Territorial Insular. a).-Fines. La finalidad de las Normas Subsidiarias es la planificación de un desarrollo sostenible del territorio con el objetivo general y básico de la mejora de las condiciones de vida de sus ciudadanos. b).- Objetivos. El planeamiento general, de acuerdo con las DOT, deberá dar soporte a los siguientes objetivos generales: - Un desarrollo socio-económico equilibrado y compatible con la protección y mejora del medioambiente. - Una mejora de la calidad de vida de los ciudadanos y ambiental de los espacios urbanos del municipio. - Garantizar el acceso de los ciudadanos del municipio a una vivienda digna y adecuada. - Protección de los espacios abiertos del municipio de cualquier uso que pueda alterar sus valores ecológicos y paisajísticos. Por lo tanto la revisión del planeamiento y su sustitución por Normas Subsidiarias generaran una herramienta imprescindible, necesaria en la actualidad y adaptada a las nueva normativa y por lo tanto a la mayor sensibilidad de protección medioambiental que llevara a la generación de sinergias importantes de mejora en las condiciones de vida de los ciudadanos y por lo tanto como condición indispensable a la protección y mejora del Medio Ambiente en todo el Municipio de Sant Josep de sa Talaia. Generándose un impacto muy positivo.

Criterio de Redacción. - Cumplimiento al marco legislativo estatal, autonómico e

Se redacta mediante la clara intención del cumplimiento, introducción y nueva aplicación

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IDENTIFICACIÓN DE LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS POR LA ADAPTACIÓN DEL PLAN RESPECTO AL PLANEAMIENTO VIGENTE. ANÁLISIS PRELIMINAR

cambios introducidos posibles efectos / comentarios insular vigente. - Seguimiento de un proceso urbanístico participativo y claro. - Ordenación territorial racional y coherente con la realidad actual del municipio.

del marco legislativo actual existente y normas de referencia, siguiendo criterios de transparencia y participación. El criterio de redacción adoptado planteando la participación y transparencia hacen que la trazabilidad del proceso hagan de garante publico de cómo se ha realizado la redacción y la consideración de los diferentes criterios aplicación teniendo en cuenta a todas los organismos y personas afectadas por el nuevo planeamiento.

Criterio de Planificación. - El establecimiento de un desarrollo urbanístico de los núcleos urbanos adecuado a sus capacidades reales y razonables de crecimiento, mediante la delimitación del suelo urbano y la determinación de los índices de capacidad de población. - La ordenación racional de los núcleos turísticos manteniendo la oferta turística en los umbrales adecuados para constituir un destino viable. - La conservación y la protección del suelo rústico, de la actividad agropecuaria y del paisaje. - La implantación de nuevos equipamientos en suelo urbano y sistemas generales de uso comunitario. - La mejora de las redes de comunicación. - La continuación de las infraestructuras públicas. - La protección, conservación y recuperación de los recursos naturales, del paisaje natural, rural y urbano y del patrimonio histórico artístico. - Una racional utilización de los recursos (agua potable, energía eléctrica, residuos, etc.). - La mejora de la calidad urbana y residencial priorizando la implantación de zonas peatonales y la rehabilitación de las edificaciones tradicionales. - La calificación de suelo de reserva para vivienda sujeta a algún régimen de protección pública. - La ordenación de la implantación de las actividades comerciales y la mejora de la oferta de servicios en los núcleos turísticos. - La prohibición de las actividades molestas y el control de los ruidos de acorde con las características de los núcleos. - La constitución de patrimonio público de suelo para actuaciones públicas que faciliten la ejecución del planeamiento. A falta de una Ley del paisaje, se han tenido también en cuenta los criterios del Convenio europeo del paisaje (CEP), ratificado el 26 de noviembre de 2.007 y que entró en vigor el 1 de marzo de 2.008. A éstos efectos, en la planificación urbanística han incorporado los siguientes criterios: - Se han definido los elementos fundamentales de la estructura general y orgánica del territorio y, en particular, los sistemas generales de comunicación y sus zonas de protección, así como los equipamientos comunitarios, infraestructuras y sistema de espacios libres públicos destinados a parques y zonas verdes. - Se han establecido los niveles de protección y la ordenación del suelo rústico de acuerdo con el PTI y el planeamiento vigente con la finalidad de no reducir su protección.

Accesibilidad universal. La planificación pretende resolver los problemas para que todos los ciudadanos puedan llegar a sus centros de destino, es decir: maximizar la accesibilidad de todos los usuarios independientemente de su capacidad de movilidad en cuanto: - Utilización de las vías de comunicación. - Espacios libres públicos. - Equipamientos públicos. - Edificios residenciales y de uso público. Igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. El planeamiento cumple con dichos objetivos según lo establecido en el artículo 3 de la Ley orgánica3/2007, de 22 de marzo, sin perjuicio de que las políticas públicas, de acuerdo con el artículo 2 del RDL 2/2008, de 20 de junio, en virtud del principio de desarrollo sostenible, deban propiciar la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres. Movilidad. En coordinación con los criterios de accesibilidad, el planeamiento ha estudiado la movilidad en el municipio desde los siguientes aspectos: - La red viaria de conexiones exteriores con otros municipios del entorno. - La redes viarias interiores de carácter municipal (básicas o principales y de segundo o tercer nivel). - La red de caminos públicos. - El transporte (tren, autobuses, transportes, vehículos, bicicleta, etc.). - Los estacionamientos y aparcamientos públicos. Los objetivos urbanísticos de movilidad sostenible para el municipio se han basado en los siguientes criterios básicos: - Planificar las reservas para nuevas vías rodadas de comunicación o ampliación de las existentes, Intersecciones, rotondas o nuevas alineaciones en suelo urbano según figuran en los planos de ordenación. - Incorporación, desde la actuación pública, de medidas de ordenación del tráfico, zonas peatonales y de acceso restringido a vehículos. - La planificación de las zonas de aparcamiento público de vehículos privados y motos en función de las necesidades de la población.

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IDENTIFICACIÓN DE LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS POR LA ADAPTACIÓN DEL PLAN RESPECTO AL PLANEAMIENTO VIGENTE. ANÁLISIS PRELIMINAR

cambios introducidos posibles efectos / comentarios - Se ha incorporado el plano y normas relativas a los niveles y valores de protección del paisaje del municipio. - Se han establecido medidas para la protección del patrimonio, tanto de edificios, espacios, paisajes y elementos o conjuntos de interés sobre los que concurren valores históricos, culturales o ambientales. - No se ha planteado nuevo suelo de crecimiento residencial o turístico sino sólo aquel destinado a incrementar las dotaciones y servicios, adoptando para ello medidas de protección del territorio y del paisaje. Por otra parte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1.c del Real decreto legislativo 2/2008, de 20 de junio, la ordenación también ha atendido los principios de: - Accesibilidad universal. - Igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. - Movilidad. - Eficiencia energética. - Garantía de suministro de agua. - Prevención de riesgos naturales y de accidentes graves. - Prevención y protección contra la contaminación y limitación de sus consecuencias para la salud o el medio ambiente.

- La planificación de las zonas y plataformas de carga y descarga de mercancías en función de los usos admitidos. - Potenciar, desde la actuación pública, los desplazamientos en transporte público, en grupos de usuarios del coche compartido, bicicleta o a pie. - Planificar un diseño urbano viario con incorporación de carriles bici e itinerarios peatonales. - Instalación de señalización y paneles informativos sobre los tipos de vías, rutas y servicios de transporte público. Eficiencia energética. La misma se cumple, como se señala en la presente memoria, con la incorporación normativa del Real decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el cual se aprueba el código técnico de la edificación, así como de la normativa relativa a las instalaciones térmicas y certificación energética de los edificios. Garantía de suministro de agua. La garantía en el suministro de agua es competencia de la Administración que debe tutelar a las entidades de suministro autorizadas y controlar las extracciones. No obstante, la normativa urbanística ha incorporado medidas tendentes al almacenamiento de agua para consumo y al ahorro, así como a la recogida de agua de lluvia para riego. Prevención de riesgos naturales y de accidentes graves. Se han incorporado al planeamiento las áreas de prevención de riesgos (APR) del Plan territorial insular y los usos admitidos de acuerdo con la matriz, así como los derivados del mapa de vulnerabilidad a la contaminación de acuíferos como ZPR y del atlas de zonas de inundación potencial como ZIP. Por otra parte, de acuerdo con la Ley 3/2006, de 30 de marzo, de gestión de emergencias, las situaciones de emergencia serán objeto de un plan especial de protección civil. A estos efectos se encuentra aprobado el Decreto 50/1998, de 8 de mayo, en materia de protección civil (PLATERBAL) y los planes especiales Prevención y protección contra la contaminación y limitación de sus consecuencias para la salud o el medio ambiente. De acuerdo con el artículo 2 del RDL 2/2008, de 20 de junio, las políticas públicas deben propiciar, entre otros fines, la protección del medio ambiente, contribuyendo a la prevención y reducción de la contaminación. En los casos de suelo rural o vacante de edificación, el artículo 9, establece el deber del propietario a prevenir la contaminación del suelo, el agua o el aire y las inmisiones contaminantes indebidas en otros

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IDENTIFICACIÓN DE LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS POR LA ADAPTACIÓN DEL PLAN RESPECTO AL PLANEAMIENTO VIGENTE. ANÁLISIS PRELIMINAR

cambios introducidos posibles efectos / comentarios bienes y, en su caso, recuperarlos de ellas. A estos efectos, con independencia de las políticas municipales tendentes a disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero y de gases y partículas contaminantes, la normativa urbanística ha incorporado el cumplimiento de los siguientes objetivos: - El cumplimiento de lo establecido en el Decreto 20/1987, de 26 de marzo, para la protección del medio ambiente contra la contaminación por la emisión de ruidos y vibraciones, así como la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido. - El cumplimiento de lo establecido en la Ley 3/2005, de 20 de abril, y Real decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, así como en el Plan territorial insular en cuanto a las medidas tendentes a evitar la contaminación lumínica. - La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. - La legislación relativa a actividades potencialmente contaminantes (Real decreto 9/2005, de 14 de enero), así como de suelos y residuos contaminados (Ley 22/2011, de 28 de julio) y de la prevención y control integrados de la contaminación de acuerdo con la Llei 16/2002, d’1 de juliol. - Las medidas de protección acústica determinadas en la Llei 1/2007, de 16 de març, contra la contaminació acústica de les Illes Balears. La aplicación de estos criterios en la Planificación hacen que fuera a parte de los nuevos terrenos que se puedan considerar urbanizables y las nuevas vías y que requieren de la ocupación de nuevos terrenos y que por lo tanto provocan un impacto ambiental a analizar, hacen que la gestión, y la generación de la nueva normativa regularizadora de los terrenos ya ocupados sea de mayor protección desde el punto de vista medioambiental. Con independencia del desarrollo completo y cuantificación de las actuaciones públicas y privadas que a nivel municipal se difieren a la redacción futura de un plan especial de accesibilidad y movilidad que incorpore, además de actuaciones urbanísticas, también las educativas, las actuaciones urbanísticas de dotación o urbanización previstas deberán incorporar la justificación de las medidas tendentes a cumplir con los objetivos anteriormente señalados. Esta nueva normativa limita usos y obliga a optimización y adaptación de los terrenos ya ocupados. Lo que en si provoca que la nueva panificación genere efectos positivos sobre el medio ambiente.

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IDENTIFICACIÓN DE LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS POR LA ADAPTACIÓN DEL PLAN RESPECTO AL PLANEAMIENTO VIGENTE. ANÁLISIS PRELIMINAR

cambios introducidos posibles efectos / comentarios SUELO URBANO. a).- Uso residencial: Zona intensiva (I) y zona extensiva (E). Cada una de las anteriores calificaciones urbanísticas subdivididas en subzonas, es decir: - I-1: Zona intensiva 1 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: MC-1). - E-P1: Zona extensiva plurifamiliar 1 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UAA-1). - E-P2: Zona extensiva plurifamiliar 2 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UAA-2). - E-P3 y E-P3a: Zona extensiva plurifamiliar 3 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UAA-3). - E-U1: Zona extensiva unifamiliar 1 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UA-1). - E-U2: Zona extensiva unifamiliar 2 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UA-2). - E-U3 y E-U3a: Zona extensiva unifamiliar 3 y 3a (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UA-3). - E-U4: Zona extensiva unifamiliar 4 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: UA-4). - E-U5: Zona extensiva unifamiliar 5 (extensiva unifamiliar especial). b).- Terciario: Comercial (C), administrativo privado (AD), turístico (T) y establecimientos públicos (EP). Las anteriores calificaciones urbanísticas, excepto la turística (T) cuando no concurra en una zona delimitada como apta para hoteles de ciudad, se han incorporado como usos y actividades compatibles. La correspondencia de la calificación turística respecto de la correspondiente en las NNSS vigentes es la siguiente: - T-1: Zona extensiva turística 1 (en el text refós de les NN.SS. del 95: TH). c).- Industrial: Industrial (ID). - ID-1: Zona industrial y de servicios 1 (en el texto refundido de las NN.SS. del 95: IJ). d).- Equipamiento comunitario: Socio-cultural (EQ-SC), docente (EQ-D), asistencial (EQ-A), administrativo-institucional (EQ-AI), deportivo (EQ-E), seguridad (EQ-SG), sanitario (EQ-S), religioso (EQ-RL), cementerio (EQ-CM), abastecimiento (EQ-AB), recreativo (EQ-R) y municipal diverso (EQ-MD). Según las necesidades que se han demandado, las necesidades técnicas y el uso, han determinado la diferente disposición de los equipamientos. e).- Comunicaciones e infraestructuras: Instalaciones y servicios (IS), transporte (TR), telecomunicaciones (TC) y aparcamiento de vehículos (AP). Las anteriores calificaciones urbanísticas, excepto la de instalaciones y servicios (IS), se han incorporado como usos y actividades compatibles.

El objetivo de estas actuaciones dotar al entorno urbano de espacios públicos, garantizando su accesibilidad, esto proporcionara un factor de confortabilidad que mejora de forma positiva la percepción del entorno que generan sinergias de conservación, de creación de zonas estanciales de alto valor social, cuidado y mejora estética y generación económica consolidada. Mejora las condiciones ambientales de la ciudad y se crean espacios para el esparcimiento de la población. Optimizando y ordenado el entorno urbano añadiendo factores sociales, de movilidad, de rehabilitación, recuperación, mantenimiento y estéticos que no estaban considerados conforme al peso que en la actualidad se ha visto que tienen. Creándose entornos urbanos atractivos que en la actualidad no tienen ningún interés social siendo de paso y ningún interés natural urbano siendo lugares en los que cualquier desarrollo o interrelación urbano-natural resulta prácticamente imposible. Todo esto contribuye a la mejora y conservación del entorno urbano que repercute positivamente en el no urbanizable y por lo tanto en las aéreas naturales

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IDENTIFICACIÓN DE LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS POR LA ADAPTACIÓN DEL PLAN RESPECTO AL PLANEAMIENTO VIGENTE. ANÁLISIS PRELIMINAR

cambios introducidos posibles efectos / comentarios f).- Espacios libres: Espacio libre público (ELP) y espacio libre privado (ELPR). 1. Espacios libres públicos. Comprende los terrenos así calificados en los planos de ordenación correspondientes a los núcleos urbanos, sean o no de titularidad pública, destinados al esparcimiento de la población y a dotar de mejores condiciones ambientales a la ciudad. Su ordenación estará condicionada a los fines para los que se han creado, con la posibilidad de contener los servicios propios para su uso, así como los correspondientes caminos, rampas y el resto de elementos y de instalaciones precisas para su correcta utilización. La superficie de los espacios libres públicos existentes y previstos en el municipio, situados en suelo urbano, ascienden a: 571.605 m2, repartido en los diferentes núcleos urbanos. Sistemas generales de espacios libres públicos en suelo rústico: 153.600 m2 2. Espacios libres privados. Son las áreas ajardinadas de dominio privado y de uso público o privado, calificadas específicamente por el planeamiento o resultante del cumplimiento de las determinaciones sobre ocupación del suelo en cada ordenanza de edificación. g).- Unidades de actuación en suelo urbano. Se ha previsto, con la finalidad de reordenar ámbitos interiores del núcleo, obtener equipamientos, espacios libres públicos, viales o aparcamientos, el desarrollo de unidades de actuación. Dichas unidades de actuación son las siguientes: 1. Cala de Bou: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-01CB, UA-02CB, UA-07CB, UA-08CB, UA-09CB, UA-10CB, UA-11CB, UA-14CB, UA-15CB, UA-16CB, UA-17CB, UA-18CB y UA-19CB. - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-03CB, UA-04CB, UA-05CB, UA-06CB, UA-12CB y UA-13CB. 2. Cala Tarida: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-04CT. - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-01CT, UA-02CT, UA-03CT y UA-05CT. 3. Es Cubells. - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-01ES y UA-02ES. 4. Port des Torrent: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-01PT y UA-05PT. - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-02PT, UA-03PT y UA-04PT

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cambios introducidos posibles efectos / comentarios 5. Sant Josep: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-01SJ, UA-02SJ, UA-03SJ y UA-04SJ. 6. Cala Vadella: - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-01CV, UA-02CV y UA-03CV. 7. Sant Jordi: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-10JO, UA-12JO, UA- 13JO, UA-14JO, y UA-16JO. - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-01JO, UA-02JO, UA-03JO, UA-04JO, UA-05JO, UA-06JO, UA-07JO, UA-08JO, UA-09JO, UA-11JO, UA-12JO, UA-13JO, UA-15JO, UA-17JO y UA-18JO 8. Caló den Real: - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-01CR. SUELO URBANIZABLE. a).- Sectores urbanizables directamente ordenados por el planeamiento general: - Port des Torrent: SUDO-01PT y SUDO-02PT. - Sant Jordi: SUDO-08JO, SUDO-15JO y SUDO-18JO. b).- Sectores urbanizables no ordenados por el planeamiento general: - Cala de Bou: SUB-01CB. - Cala Tarida-Corral: SUB-01CT (sectores S-4.23 y S-4.24), SUB-02CT (sector S-4.16) y SUB-03CT (sector S-4.16). - Plana de Mar: SUB-01PM (sector S-4.14). - Port des Torrent: SUB-03PT. - Sant Jordi: SUB-01JO, SUB-02JO (sector S-1.4), SUB-03JO (sector S-1.11), SUB-04JO, SUB-05JO, SUB-06J, SUB-07JO, SUB-09J, SUB-10JO, SUB-11JO (sector S-1.17), SUB-12JO, SUB-13JO, SUB-14JO, SUB-16JO y SUB-17JO. c).- Se desclasifican los siguientes sectores de suelo urbanizable de uso turístico o residencial: S-1.1, S-1.18, S-4.6, S-4.22 y S-5.5. La superficie de suelo urbanizable clasificado y desclasificado resulta: NNSS de 1987: 1.904.792 m2 NNSS de 2007 (aprobación inicial): 699.077 m2 NNSS 2014 1.741.672 m2 Diferencia entre NNSS de 1987 y 2014: -163.120 m2 d).- Los sectores urbanizables de tipo residencial y/o turístico de nueva implantación suponen 569.817,44 m2 (56,98 ha).

Se regulariza y optimiza los núcleos rurales y edificaciones existentes a fin de incorporarlos a la ordenación, y permitir de este modo el desarrollo sostenible regularizado de los núcleos tradicionales. Se marcan unos criterios de actuación, recuperación y acondicionamiento con forme a la normativa actual la cual presta mayor sensibilidad y es más proteccionista del entorno natural. Estableciéndose hitos y fronteras claras que determinan la viabilidad de las actuaciones previstas y las existentes. Se efectúa una planificación de actuaciones destinadas a la, obtención de suelo residencial y/o turístico, comercial, Industrial, servicios-industrial y de Servicios. La superficie del suelo urbano del municipio, de acuerdo con la revisión del planeamiento vigente es de 11.381.529 m2 y la superficie de suelo urbanizable con plan parcial aprobado de 424.734 m2 por lo que el crecimiento en suelo residencial turístico o mixto no puede superar el 10% de la suma de ambas, es decir 118,06 ha. Por otra parte, el planeamiento ha clasificado como nuevo suelo urbano residencial una superficie de 513.092 m2 que, en su mayor parte, recoge asentamientos ya existentes y como suelo urbanizable residencial y/o turístico de crecimiento una superficie de 569.817,44 m2, es decir 108,29 ha. En su consecuencia, el crecimiento propuesto en el planeamiento es de no supera el máximo establecido por el PTI Por lo tanto se pueden dar posibles efectos negativos del entorno natural, que deben ser considerados al realizar alguna nueva ocupación de terrenos que en el planeamiento anterior no estaba considerados, si bien también con el

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IDENTIFICACIÓN DE LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS POR LA ADAPTACIÓN DEL PLAN RESPECTO AL PLANEAMIENTO VIGENTE. ANÁLISIS PRELIMINAR

cambios introducidos posibles efectos / comentarios nuevo planeamiento se desafectan otras actuaciones y se desclasifican los siguientes sectores de suelo urbanizable de uso turístico o residencial: S-1.1, S-1.18, S-4.6, S-4.22 y S-5.5., dando como resultado final con las nuevas NNSS de 2014 la desafección de 163.120 m2 de suelo. Por lo tano se concluye que el efecto ambiental de las nuevas NNSS en comparación con las NNSS actuales a nivel global es claramente positivo puesto que se disminuye el terreno urbanizable y por lo tanto se elimina el efecto que esto pudiera tener. Hay que tener en cuenta que la creación de zonas industriales siempre que en el entorno no se detecten impactos de consideración, y estar ubicadas en áreas de transición, al ser zonas que ya están consolidas o cerca de estas y destinas dentro del planeamiento al uso urbano, los efectos negativos se ven ampliamente contrarrestados por los efectos positivos generados al dotar de un espacio especifico y perfectamente equipado para recibir actividades industriales generadoras de desarrollo económico y social, dentro de un entorno controlado. Los posibles efectos negativos son el que pueden producirse si se limita para uso industrial o residencial un suelo que luego no se mantiene de forma adecuada hasta su uso efectivo para el que estaba destinado, generando espacios muy antropizados, que coartan y limitan las correcciones y adaptaciones de planificaciones futuras. Los efectos más negativos a estudiar se producirán por lo tanto en los urbanizables determinados como uso residencial y/o turístico, Industrial, servicios-industrial y de Servicios. Habrá que analizar en cada caso particular su relación con el entorno. Aunque con respecto al planeamiento actual los efectos que se observan son positivos. Habrá que tener en cuenta los posibles efectos transfronterizos

SUELO RUSTICO. La ordenación del suelo rústico en las Normas Subsidiarias ha seguido la regulación establecidas por la Ley de suelo, Ley del suelo rústico, Directrices de ordenación del territorio, PTI, Condiciones de las actividades vinculadas con el destino y naturaleza de las fincas y régimen de unidades mínimas de cultivo, Criterios para las áreas de prevención de riesgo (APR), Plan director sectorial de energía, con el fin de lograr los siguientes objetivos generales: - Definir las áreas de suelo rústico de acuerdo con las categorías determinadas el Plan territorial insular y establecer los parámetros de uso y edificación, con

La aplicación de toda la normativa indicada hace que posible una aplicación efectiva, y con la suficiente protección jurídica que permite la consecución de los objetivos indicados. La consecución de estos objetivos significa que se producirá un efecto muy positivo en la protección y que introducirá no solo una sostenibilidad, si no una mejora del medioambiente.

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IDENTIFICACIÓN DE LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS POR LA ADAPTACIÓN DEL PLAN RESPECTO AL PLANEAMIENTO VIGENTE. ANÁLISIS PRELIMINAR

cambios introducidos posibles efectos / comentarios criterios proteccionistas, tanto para las edificaciones, como para los movimientos de tierras, apertura de caminos, etc. - Evitar la atomización del suelo rústico, es decir la segregación y edificación de todo el suelo rústico en parcelas. - La protección de los edificios rurales tradicionales existentes y el establecimiento de normas de integración paisajística para las nuevas edificaciones. - En cuanto a las canteras existentes, tanto las inactivas como las que realicen actividades extractivas, establecer un régimen especial de recuperación. - El uso turístico queda limitado a las modalidades descritas en la Ley 8/2012, de 19 de julio, es decir: Hotel rural, agroturismo y otras ofertas complementarias. RESUMEN EJECUTIVO DEL PLANEAMIENTO. De acuerdo con el artículo 11.3 del Real decreto legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley de suelo, en los procedimientos de aprobación o de alteración de instrumentos de ordenación urbanística, la documentación expuesta al público deberá incluir un resumen ejecutivo expresivo de los siguientes puntos: a).- Delimitación de los ámbitos en los que la ordenación proyectada altera la vigente, con un plano de su situación, y alcance de la mencionada alteración. b).- En su caso, los ámbitos en los que se suspenda la ordenación o los procedimientos de ejecución o de intervención urbanística y la duración de la mencionada suspensión. Las presentes NN.SS. de planeamiento alteran la ordenación vigente en los siguientes supuestos: 1. Normativa. Se modifica y actualiza a la normativa sobrevenida el contenido de las normas urbanísticas en su conjunto, especialmente al Plan territorial insular de Eivissa y Formentera. Ello ha supuesto la redacción de un nuevo texto refundido de normas urbanísticas que sustituirá al vigente. 2. Gráfica. En cuanto a los planos de ordenación, por una parte han sido objeto de actualización sobre nueva cartografía digital y por otra incorporan todas sus modificaciones derivadas como consecuencia de la adaptación al PTI y a la normativa sobrevenida. Por otra parte, de acuerdo con el artículo 7 bis de la Ley 4/2008, de 14 de mayo, de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible en las Islas Baleares (BOIB n. 68, de 17.05.08), introducido por el Decreto ley 5/2009, de 27 de noviembre, de medidas relativas al servicio regular de viajeros por carretera de las Islas Baleares y de determinadas disposiciones en materia urbanística (BOIB n. 174, de 28.11.09), con la aprobación inicial queda suspendido por el plazo de dos años, prorrogable un año más si se ha repetido el trámite de

Esta mejora de la documentación grafica y normativa realizando su adaptación actual, junto con la exposición pública llevaran a la consecución de una mejor operatividad, aplicación de la planificación y adaptación a la realizad y necesidades sociales existentes siempre dentro de la premisa de priorizar el interés común frente al privado dentro del cual es de vital importancia la protección, conservación y mejora del entorno natural. Es decir en suelo urbano creación de AMR, incorporación de las zonas desarrolladas no se modifican calificaciones urbanísticas. En suelo urbanizable se desclasifican la mayor parte de los sectores no desarrollados con criterios del PTI, reduciendo el ámbito, y manteniendo la edificabilidad y densidad residencial. En suelo rustico se adapta a las determinaciones del PTI y al PORN de ses Salines de Eivissa y al PRUG. Por lo tanto los efectos son claramente positivos.

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IDENTIFICACIÓN DE LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS POR LA ADAPTACIÓN DEL PLAN RESPECTO AL PLANEAMIENTO VIGENTE. ANÁLISIS PRELIMINAR

cambios introducidos posibles efectos / comentarios información pública, el otorgamiento de licencias en el ámbito de aquello que se ha alterado y, con la aprobación provisional, de forma automática otro año más, hasta un total de cuatro años. Ello, sin perjuicio de que puedan concederse las licencias basadas en el régimen urbanístico vigente siempre que se respeten también las determinaciones del nuevo planeamiento.

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4.- INVENTARIO AMBIENTAL: CARACTERÍSTICAS DEL MUNICIPIO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA Introducción El capítulo del inventario ambiental está destinado a aportar la información necesaria para poder prever y evaluar los impactos ambientales originados por un proyecto. Los factores ambientales descritos, que componen el inventario ambiental, son los siguientes:

• Geografía • Climatología • Relieve y topografía • Geología • Hidrología • Vegetación • Fauna potencial • Economía • Población • Valores de interés • Áreas de Prevención de Riesgo (APR)

Es importante hacer referencia al Informe Previo e ISA realizado por DUNA BALEARES SL en el cual se hace referencia al Estudio Territorial del municipio de Sant Josep de sa Talaia, el cual cuenta con un inventario exhaustivo en el que se hace una descripción extensa de los factores ambientales que conviene tener en cuenta. Aunque se cuenta con un Análisis territorial de mayo de 2005, el último Análisis Territorial del que se dispone es de enero de 2008. El informe técnico de la CBMA indica como no cuentan en la actualidad con el Análisis Territorial del Municipio de Sant Josep de sa Talaia, por lo que se adjuntará a la entrega del presente ISA como documentación complementaria dicho Estudio o Análisis Territorial de Sant Josep de Enero de 2008. En el presente inventario se complementará la información del estudio territorial dando relevancia a los puntos que se consideren medioambientalmente de mayor relevancia. Geografía y reseña histórica. El término municipal de Sant Josep de sa Talaia se extiende por toda la zona SW de la isla de Eivissa, limitando al este con la de la Ciudad de Eivissa y al nordeste con la de Sant Antoni de Portmany. Su superficie es de 158 km2., en los que se incluyen varios islotes de la costa: en la zona des los Freus, en Caragoler, es Penjats y las islas Negres; en el extremo suroeste, es Vedrà y es Vedranell; y a poniente, sa Conillera, la isla del Bosc, es Espartar y ses Bledes.

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El relieve es diverso, con áreas montañosas de diferentes tipologías, ámbitos de transición, llanuras sedimentarias y formas litorales diversas, así como una red hidrográfica definida por numerosos cursos espasmódicos. Desde el extremo suroeste y extendiéndose hacia parte central y nororiental del municipio nos encontramos las principales elevaciones, una carena de elevado valor natural y cultural que alcanza la máxima altitud de la isla en sa Talaia de Sant Josep, con 486 metros. Los tres puntos siguientes más elevados de la isla también se encuentran en el municipio, y son el puig de Serra (436 m), el puig Gros (419 m.) y el puig de Cala Llentrisca (414 m. en la cima del acantilado conocido como es cap des Jueu). Otros puntos destacables son el puig de sa Pega (400 m.), las Roques Altes (387 m.) o la propia cima del islote del Vedrà (381 m.). Hacia el noroeste se extienden las elevaciones por el puig de s’Avenc, de más de 300 m. y la sierra de sa Barda. Y hacia el sur también encontramos la sierra de sa Cova Santa y el puig d’en Palleu, de cerca de 250 m. Hacia el norte las tierras son bajas, ya que en realidad se trata de una prolongación hacia el oeste del extenso plano de Portmany, que encontramos por toda la banda sur de la bahía del mismo nombre y hasta las playas de Comte. En el extremo sur también hay las tierras llanas del plano de Ses Salines o de Sant Jordi, que acaba a los estanques de ses Salines, y algunas llanuras menores, como la de es Jondal. La línea de costa es muy extensa, dando ocasión a gran cantidad de accidentes geomorfológicos. Hay zonas de acantilados (cap des Falcó, Cap Llentrisca, puig des Savinar...), zonas de costa baja (las playas alrededor de Ses Salines y de la bahía de Portmany), costa de escalón (Comte) y una gran cantidad de calas formadas por el desagüe de cursos torrenciales en medio de zonas montañosas (especialmente en la costa de poniente: cala d’Hort, cala Carbó, cala Vedella, cala Molí, cala Tarida, etc.). Algunas de estas áreas tienen un gran valor natural, destacando especialmente los dos parques naturales de la isla de Eivissa: Ses Salines y Cala d’Hort y los islotes de poniente. Climatología Las Pitiüsses son más secas y cálidas que el resto de las Baleares, presentando un clima semiàrido. La climatología de la isla de Eivissa está condicionada por su situación intermedia, entre el flujo general de poniente y la zona subtropical, a la cual se añaden aspectos orogeográficos que dan ocasión a una fuerte actividad ciclogenética, a la cual la mar ejerce de atenuador de las oscilaciones térmicas. La temperatura media anual de la isla varía entre los 16 y 18,5º y las precipitaciones medias totales superan los 400 mm. La exposición al sol del territorio es alta, con unas 3.000 horas/año y los vientos dominantes en invierno son de componente Oeste y en verano de levante. Ocasionalmente en invierno, además de los vientos de componente Oeste o Nordeste, soplan vientos de componente polar que ejercen un efecto desecante.

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El clima de Sant Josep de Sa Talaia es el característico de la área mediterránea: una sequía estival más o menos larga, una gran diferencia de lluvias interanuales y un invierno fresco o moderadamente frio; el régimen de lluvias se caracteriza por su irregularidad interanual y por las concentraciones durante el otoño y el invierno; la precipitación anual de la bahía está alrededor de los 400 mm, cosa que permite considerarla como una zona de transición entre la zona Norte de la Isla (600 mm) y la zona más al sur (300 mm). La temperatura media anual en Sant Josep de sa Talaia es de 17º; la humedad media es elevada, del 70 %, debido a la proximidad de la mar, humedad que resulta vital para la vegetación herbácea, que aprovecha el rocío para suplir la escasez de lluvias. Los vientos más frecuentes proceden del Sudoeste y Oeste sudoeste, aunque en verano predominan también los de Levante. La distribución de velocidades medias del viento es homogénea, en la del otoño-invierno un poco más elevada (18 km/h) que en el verano (14 km/h). La isla de Ibiza está bajo la influencia a escala global, de una doble circulación de aire:

• una se propaga desde el Sur provocado por altas presiones subtropicales, produciendo una compresión fruto de un descenso generalizado del aire, dando lugar a una subida de las temperaturas y disminuye la humedad relativa, características de los veranos ibicencos.

• Otra viaja desde el Norte proveniente del cinturón de depresiones

asociadas al frente polar, cuando se encuentra con masas de aire meridionales da lugar a predominantes vientos de poniente y frecuentes

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zonas de ascendencia del aire. Esto suele suceder en inviernos y en primavera y otoño desencadena las primeras lluvias.

Geología La isla es de origen continental, emergió con los movimientos orogésicos terciarios al tiempo en que constituía definitivamente la Cordillera Penibética, representa por lo tanto una continuidad de la mencionada cordillera peninsular hacia el este, al igual que el resto de las Illes Balears y exceptuando la zona norte de Menorca. Geológicamente es de naturaleza completamente calcárea (arenisca, calcáreas, conglomerados, margas, etc.). Comienza en el triásico y la mayor parte de sus materiales son secundarios. La erosión posterior ha originado un paisaje de cerros. Algunas de las zonas llanas interiores están cubiertas con materiales miocénicos y cuaternarios, pero las zonas llanas más extensas son las zonas costeras aluviales de materiales cuaternarios.

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Hidrología Eivissa es una isla globalmente montañosa pero con relieves suaves que se alinean en dos grandes cadenas montañosas, dispuestas en dirección suroeste/noreste y que dan a la isla la forma alargada. La cadena septentrional está formada por los Amunts e integrada por la desde Forn Nou (Pic de Forn Nou de 347 m.) y la de la Mola (es Fornàs de 410 m.). La cadena meridional está integrada por la Serra Grossa y de Biniferri (Peix de 400 m.) y sa Talaiassa (sa Talaia de 486,70 m.). La costa de Sant Josep está recortada y con la aparición de varios islotes. Las aguas subterráneas del municipio de Sant Josep se encuentran dentro de tres unidades hidrogeológicas: la de Sant Antoni, de un acuífero, incluye los terrenos nororientales; la de Sant Josep, con dos acuíferos, comprende los terrenos occidentales; y la de Eivissa, también con dos acuíferos, que abarca los terrenos surorientales. Las unidades hidrológicas de Sant Antoni y de Eivissa obtienen un balance negativo, atendiendo a su sobreexplotación, razón por la que el Plan Hidrológico de las Illes Balears las considera como clasificadas. Por lo que respecta a las aguas superficiales, la red hidrográfica del municipio de Sant Josep está configurada por numerosos pequeños torrentes de carácter inminente, con cuencas de reducida superficie. Debido a la escasa pluviometría de la zona y de su estacionalidad, los cauces de los torrentes son muy escasos. Entre los principales, conviene destacar el torrente de Cas Berris (18,35 km2), es Torrent (15,35 km2), la de Ca na Parra (11,50 km2) y el torrente de en Salla o de es Codolar (10,72 km2) La red hidrológica superficial: La isla no presentan hidrología superficial continuada, existiendo torrentes que funcionan intermitentemente como respuesta a la irregularidad de la pluviometría, es por ello, que durante la mayor parte del año no existe circulación superficial, ya que sólo se produce tras episodios de lluvias

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torrenciales (de escasa duración y elevada intensidad) y por lo tanto, las islas no cuentan con recursos hídricos superficiales para abastecer sus necesidades. Los acuíferos subterráneos: Los únicos recursos hídricos explotables son las aguas subterráneas de los acuíferos existentes, sin embargo el crecimiento del sector turístico ha incremento la extracción del agua del subsuelo y ha provocado una paulatina y creciente salinización de los acuíferos por efecto de la intrusión marina. Dentro del territorio municipal de Sant Josep se pueden distinguir 3 unidades hidrogeológicas distintas: U.H. 20.02 Sant Antoni. U.H. 20.05 Sant Josep, U.H. 20.06 Eivissa. Repartiéndose la mayor parte de la superficie municipal entre la U.H. 20.05 Sant Josep, y U.H. 20.06 Eivissa. Dentro de cada una de estas unidades hidrogeológicas tenemos las zonas pertenecientes a costa es decir U.H. 20.02 Costa, U.H. 20.05 Costa y U.H. 20.06 Costa.

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Vegetación La vegetación es esencialmente mediterránea, constituida por unas 941 especies. Las precipitaciones escasas, unidas a las condiciones edafoxéricas, que imponen los materiales calcáreas del subsuelo, hacen que la eficiencia de la evaporación-transpiración sea bastante baja, por lo cual la encina (Quercus ilex) no encuentra óptimas condiciones para desarrollarse y solamente se permite el crecimiento del pino Carrasco (Pinus halepensis), la sabina (Juniperus phoenicia) y la maquia termófila con lentisco (Pîstacea lentiscus), ginebrera (Juniperus oxyedrus), cistus albidus, romero (Rosmarinus officianalis), etc. Actualmente, la intensa antropización del medio natural ha hecho retroceder la extensión de la vegetación original a las zonas pedregosas o de difícil acceso y gran parte del actual montaña baja proviene de la destrucción más o menos parcial del bosque primitivo, especialmente a las zonas más costeras. Las islas de Eivissa y Formentera están ubicadas en la subregión biogeográfica del Mediterráneo Occidental, llamada también Mediterráneo-Tirrénica, en Sant Josep de sa Talaia encontramos los más importantes tipos de vegetación que observamos en la Isla de Ibiza. Entre los distintos tipos de vegetación que podemos observar, destacamos:

• La vegetación silvestre se caracteriza por la dominancia de los pinares y sabinares de Pinus halepensis y Juniperus phoenica en los hábitats forestales, acompañados de un estrato arbustivo que presenta diferentes variantes en función de las condiciones locales de microclima y suelo. Los carrascales de Quercus rotundifolia son prácticamente inexistentes y no corresponden a la vegetación climácica de las Pitiüses.

• La vegetación forestal típica presenta algunas variantes presididas por especies indicadoras de condiciones especiales de suelo o microclima como son el Quercus coccifera y el Arbutus unedo.

• los saladines aparecen en las cercanías de la costa dando un pinar sabinar de transición hacia las comunidades costeras, que Rivas Martínez describió como Cneoro – Pistacietum lentisci variante de Limonium ebusitanum.

• Los sistemas dunares que encontramos en el municipio podemos dividirlo en sistemas consolidados con dunas fósiles, y cubiertas de vegetación arbustiva y de transición arbórea que no corresponde a las comunidades de Cyperocali-Agropyretumjunceique solemos encontrar en otros sistemas

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dunares activos que existen en la isla, y las que han sido antropizadas con construcciones como viales, edificaciones de ocio y residenciales.

• Comunidades marinas, bajo el mar, cerca de la costa en fondos arenosos, encontramos la fanerógama endémica del Mediterráneo, Posidoneaoceanica Orden: Alismatales y Familia: Posidoniaceae. Posee características similares a las plantas terrestres, como raíces, tallo

rizomatoso y hojas cintiformes de hasta un metro de largo dispuestas en matas de 6 a 7. Florece en otoño y produce en primavera frutos flotantes conocidos vulgarmente como olivas de mar. Forma parte de uno de los más importantes de ecosistemas

marinos, en sus bosques desarrollan, y refugian multitud de especies de animales y vegetales, y sus hojas y restos vegetales cuando se desprenden del fondo y se depositan en las costas arenosas, a éstas les sirve de protección de los temporales en otoño e invierno.

• En las costas acantiladas que encontramos en el municipio, dominan las comunidades endémicas de fonoll marí (Crithmum maritimum) y saladines (Limonium sp) que dan lugar a la asociación Crithmo – Limonietum ebusitanum. En algunas franjas costeras de cierta altura y orientadas al norte se desarrollan comunidades endémicas de muy alta valoración ecológica como son el Scabioso creticae, Asperuletu paui, Cneoro - Pistacietum lentisci var. de Hippocrepis balearica y otras.

• Comunidades de zonas húmedas, Parque Natural de Ses Salines d’Eivissa i Formentera, que pertenece a la Red Natura 2000 como LIC y ZEPA ES0000084 y ostenta además otras figuras de protección como Humedal Ramsar o Patrimonio de la Humanidad. Entre los tipos de hábitat asociados a humedales del Anexo I de la Directiva Hábitat (92/43/CEE) cuya presencia está confirmada en este espacio, destaca la existencia de cinco hábitats considerados como prioritarios:

1120(*) Praderas de Posidonia 1510(*) Estepas salinas mediterráneas (Limonietalia) 2250(*) Dunas litorales con Juniperus spp. 1150(*) Lagunas costeras 3170(*) Estanques temporales mediterráneos

Entre las especies animales asociadas a humedales presentes en este espacio destaca el grupo de las aves. Si bien habría que destacar la presencia ocasional de la Tortuga boba (Caretta caretta) catalogado en el Libro Rojo de la UICN como Vulnerable (A1abd) y del Delfín mular (Tursiop truncatus) incluido en la categoría de Vulnerable, tanto en el Catálogo Nacional de

. FOTO 6: Posidonia oceánica en su

ecosistema

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Especies Amenazadas como en el Libro Rojo de los Mamíferos de España. Entre las aves destaca la presencia de la Pardela balear (Puffinus mauretanicus) endemismo de este archipiélago que se encuentre incluido en la categoría de máxima amenaza (Peligro crítico; CR) tanto en el listado de UICN (A4bce;B2ab(ii,iii,iv,v) como en el Libro rojo de las aves. Entre los tipos de hábitats asociados a humedales del Anexo I de la Directiva 92/43/CEE cuya presencia está confirmada en este espacio (y que son listados en el apartado 18 de esta ficha), destaca la existencia de distintos tipos valorados globalmente como A (excelentes) según los criterios del Anexo III de dicha Directiva, en función tanto de su estado de conservación como de su importancia en cuanto a superficie en el contexto de la región biogeográfica atlántica. Destacando en el conjunto de torrentes de San Josep las confluencias de recogida de agua que dan lugar al punto de confluencia de San Jordi. Torrent de Ca na Parra, Es torrent Font d´n Racó, torrent des Jondal, Torrent de Ses Blanquetes, canal de ses Coves, torrent de Cala Molí y Torrent desembocadura en cala Tarida. En cuanto a las diferentes obras hidráulicas para el almacenamiento de agua desde tiempos de los árabes el hombre ha practicado la actividad de la agricultura, creando espacios con agua permanente, en infraestructuras construidas para recoger, y canalizar el citado elemento, que brota de la fuente, y de las precipitaciones. Tanto en la vegetación (helechos, musgos, lirios,…) como en la fauna (ranas y sapos) se aprecian especímenes propios del lugar y que no aparecen en otros ecosistemas de la isla.

• La vegetación silvestre caracterizada por la dominancia de los pinares y

sabinares de Pinus halepensis y Juniperus phoenica en los hábitats forestales, acompañados de un estrato arbustivo que presenta diferentes variantes en función de las condiciones locales de microclima y suelo vegetación climácica. En el municipio encontramos la dominancia de pinares y sabinares de Pinushalepensis y Juniperusphoenica, siendo el primero dominante y está sustituyendo al segundo que se encuentra en regresión en algunos espacios donde entra en competencia y el sustrato le es más favorable para al Pinushalepensis para su rápido desarrollo. Los sabinares que encontramos de Juniperusphoenicase caracterizan por ser una especie muy plástica, pudiendo ocupar desde los sistemas dunares hasta las zonas más elevadas y rocosas de la costa, adaptándose y modelando su forma a los vientos que soplan en la costa (foto 1).

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Foto 1. de Juniperusphoenica en la costa en sustrato rocoso

• La vegetación forestal la dividimos en la típica que aparece en las islas del

archipiélago, pero, presenta algunas variantes presididas por especies indicadoras de condiciones especiales de suelo o microclima como son el Quercuscoccifera (coscollen catalán) y el Arbutusunedo. En la Foto 2 se observa dicha asociación entre la masa arbórea y la arbustiva.

Foto 2: coscoll es la vegetación arbustiva típica que aparece en las zonas forestales

del municipio.

• En las cercanías de la costa aparecen los saladines dando un pinar sabinar de transición hacia las comunidades costeras, que Rivas Martínez describió como Cneoro – Pistacietum lentisci variante de Limonium ebusitanum.

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• Las comunidades endémicas de fonoll marí (Crithmum maritimum) y saladines (Limonium sp) que dan lugar a la asociación Crithmo – Limonietum ebusitanum, las encontramos en zonas de las costas acantiladas que están en las proximidades de la zona de estudio. Como se pude ver en la foto 3.

Foto 4: ejemplar de Limoniun, típico de las asociaciones Crithmo –

Limonietumebusitanum.

Los sistemas dunares que encontramos en el municipio podemos dividirlo en las siguientes comunidades vegetales: a) Comunidades de los primeros relieves dunares: Son las que colonizan las primeras dunas embrionarias que marcan el límite posterior de las playas arenosas. Se trata de los puntos de mayor exposición a la acción directa del mar y a los vientos, lo que añadido a la movilidad del substrato integra un ambiente inhóspito. Actualmente es habitual que hayan desaparecido. Se trata de comunidades relativamente pobres en especies, aunque desempeñan un papel fundamental como estabilizadoras de todo el ecosistema. Esta acción se lleva a cabo a través de la fijación de la arena de los primeros relieves. La comunidad más frecuente se denominan Cypero cali-Agropyretum juncei. Entre sus especies características destacan el card man (Eryngium maritium), lliri blanc de marines (Pancratium mantium), lletrerea de platja (Euphorbia paralias), corretjola marina (Calystegia soldanella), jull de platja (Elymus farctus) y el esporòbol (Sporobolus pungens). En los lugares en los que se produce una importante acumulación de desechos orgánicos de origen marino, la comunidad anterior es substituida por otra de carácter más nitrófilo denominada Salsolo kali-Cakiletum maritimae. En la actualidad es muy frecuente que la mayoría de especies que hemos citado tengan una distribución que

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escapa a la que les es propia, penetrando profundamente en zonas interiores de los sistemas dunares que les estarían vedados de forma natural. b) Comunidades de las primeras crestas dunares Suelen estar poblados por una comunidad denominada Medicagini marinae- Ammophiletum arundinaceae. Dominan el borró (Ammopila arenaria). La presencia de esta especie condiciona que la altura y cobertura de la vegetación sea muy superior a la de las anteriores. Además de la mayoría de las especies características de las dos comunidades anteriores, podemos citar la presencia de lotus marí (Lotus cytisoides) y del melgó marí (Medicago marina). c) Comunidades arbustivas de dunas semifijadas En general las encontraremos formando una franja entre las comunidades anteriores y las formaciones forestales que fijan los relieves dunares internos. Se caracterizan por plantas leñosas que no sobrepasan los 50 cm de altura, entre las que destacan la crucianel·la marina (Crucianella marina), equinòfora (Echinophora spinosa), flor de tot l'any (Helichrysum stoechas) y Onosis ramosissima. Con esta comunidad arbustiva se desarrollan pastizales anuales. d) Comunidades de pastizales anuales Se trata de comunidades herbáceas que generalmente colonizan los substratos arenosos de las dunas, aunque también están presentes en los arenales interiores. Están constituidos por plantas de ciclo de vida corto. Se pueden distinguir varias comunidades, aunque todas se pueden incluir en las que se conocen como Helianthemetea annuae. e) Comunidades forestales Las comunidades forestales dunares por excelencia son los sabinares, que en las Baleares está representado por una forma endémica llamada Clematido balearicae - Juniperatum turbinatae. Estas comunidades son auténticos bosquetes (maquias), en los que domina la sabina (Juniperus turbinata), junto a las especies como la mata (Pistacia lentiscus), aladern de fulla estreta (Phillyrea angustifolia) y en las que también son frecuentes los pinos (Pinus halepensis). Las comunidades de suelos salinos alrededor de zonas húmedas y en algunas depresiones costeras pertenecen a las asociaciones Salicornietum fruticosae y Arthrocnemum macrostachyi. En las estepas salinas residen numerosos endemismos del género Limonium, (Limonietum retuso formenterae Llorens). Con la llegada del turismo, los hábitats naturales, forestales, litorales y las comunidades singulares propias de hábitats específicos (sistemas dunares, acantilados costeros, desembocaduras de torrentes y de cursos permanentes) han sufrido importantes transformaciones. A grandes rasgos, podemos enumerar las perturbaciones antrópicas más importantes ocasionadas sobre los hábitats vegetales:

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• Los hábitats litorales con elementos florísticos de interés biogeográfico han quedado relegados, por la presión del hombre, a zonas costeras más inexpugnables por su topografía. • Las acciones antrópicas, como la urbanización de sus nichos, acción agrícola,… la vegetación forestal ha sido ha sufrido una fuerte degradación. • Las actividades relacionadas con el turismo, y desarrollo urbanístico han provocado que las comunidades dunares forestales (sabinares) hayan sufrido una importante e intensa alteración de origen antrópicos. • La degradación y disminución de la biodiversidad asociados a cursos de aguas temporales o permanentes, a causa del descenso de los niveles freáticos por sobreexplotación, salinización o contaminación de los lechos de los torrentes o depósitos subterráneos de agua. • La invasión de plantas alóctonas a los sistemas citados, fruto de la actividad antrópica en jardinería, o agrarios, altera, pero crea riqueza de diversidad en los sistemas estudiados. • El abandono de actividades agrícolas tradicionales, provoca el efecto contrario al anterior citado, provocando que las poblaciones cercanas invadan los terrenos, provocando una reforestación de amplias superficies, consolidando un bosque más o menos desarrollado con presencia de especies arbóreas agrícolas. Lo mismo sucede con los pinares y sabinares dando jóvenes nuevos ecosistemas. Micología encontramos entre otros el Agrarius salvalicus, en la zonas bajas de los boques de pinus alepensis y en Juniperus phoenica. También encontramos otros especímenes de:

- Postiastiptica del Orden: PORIALES y Familia: BJERKANDERACEAE, es una especie sésil que se une al sustrato leñoso sobre el que crece por buena parte de su anchura total. Fructifica sobre madera muerta de diversas coníferas

- Suilluscollinitus del Orden: BOLETALES y Familia: BOLETACEAE, típico de zonas de pinares. Comestible y muy arraigado en la gastronomía local. Algunas especies de insectos usan sus cuerpos fructíferos como huéspedes para que sus larvas encuentren en ellos refugio y alimento mientras se desarrollan, circunstancia que conocen algunas aves como los tordos y lo aprovechan para incluirlas en sus dietas.

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- Tricholemafracticum del Orden: AGARICALES y Familia: TRICHOLOMATACEAE suele estar asociado a suelos de pinares. No tiene valor gastronómico, pero de importancia ecológica, pues es un gran descomponedor de la materia orgánica del suelo.

- Pezizasuccosella del Orden: PEZIZALE, y Familia: PEZIZAEA. Carpóforo en forma de copa más o menos regular de 1 a 2,5 cm de diámetro, más o menos

cóncavo, después abierto o aplanado; margen regular y ligeramente furfuráceo. nace en invierno hasta la primavera, aislada o formando grupos de varios individuos, rara y poco frecuente, fructifica en el suelo entre los musgo. No tiene interés alimenticio para el hombre.

- Lactariussanguifluus del Orden: RUSSULALES Familia: RUSSULACEAE nombre

vulgar en catalán esclatasan, en castellano níscalo. Viven en suelos en simbiosis con los pinos, no a demasiada altitud, su interés gastronómico es muy valorado, por su extraordinario sabor y cualidades organolépticas para la cocina.

Fauna potencial Fauna La fauna al igual que en la vegetación la fauna a pesar de ser un constituyente y es un factor ambiental muy importante para un correcto funcionamiento de las redes tróficas., la presión antrópica en estos ecosistemas provoca grandes impactos en las citadas redes... A continuación se exponen algunas generalidades de los distintos grupos: a) Peces Dentro de los seláceos, existen algunas especies comunes como la pintarroja (gatvaires) y el alitán (gató) de unos 50-80 cm, de aletas cortas y dorso pardo-amarillento con manchas y vientre blanco Es el grupo de peces más variado en cuanto a formas y modos de vida y algunos tienen un elevado interés comercial. Entre algunos

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de ellos podemos destacar, la sardina, alacha, boquerón, congrios, merluza, serrano, cabrilla, serviola, jurel, lampuga... b) Anfibios y reptiles El número de especies presentes en las Pitiüses es bastante escaso, reduciéndose a anfibios anuros, 3 saurios y 2 tortugas de tierra: Granota (rana común), calàpet (sapo verde), dragó, dragonet, pero la sargantana ( Podarcis pityusensis) se han descrito más de 42 subespecies en los islotes de las Pitusas, que gracias a que la presión del hombre en estos lugares no ha sido tan relevante han podido dar a tal polimorfismo y tortuga marinas. A continuación presentamos un listado con las especies de invertebrados y aves que podemos encontrar en el municipio y su grado de conservación según el catalogo UICN. (Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza) donde en el apéndice A se encuentran las definiciones detalladas de cada una de las categorías. A continuación citaremos las definiciones de las categorías que aparecen en el citado anexo:

EX: Especie no reencontrada en libertad los últimos 50 años (criterio adoptado por el CITES). E: En Peligro. Taxones en peligro de extinción y que su supervivencia seria improbable si los factores causales continúan actuando. V: taxones que estarían en la categoría en “Peligro” en un futuro próximo si los factores causales continúan actuando. R: Taxones con poblaciones a nivel mundial pequeñas que sin pertenecer a en la actualidad a las categorías “en Peligro” o “Vulnerable” corren riesgos. Normalmente estos taxones se encuentran en zonas o Hábitats restringidos. I: indeterminada. Taxones que se saben que pertenecen a una de las anteriores (E, V, y R), pero de los que no hay información suficiente para decidir cuál es la categoría apropiada. K: Insuficientemente conocida. Se sospecha que los taxones pertenecen a algunos de los anteriores, pero no se sabe por falta de información. NA: No amenazada. Ya sea porque la amenaza ha desaparecido. Nosotros hemos aplicado esta categoría a los taxones que no están amenazadas ni durante el pasado ni en la actualidad.

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LISTADO DE ESPECIES DE FAUNA LOCALIZADA EN LA ZONA DE ESTUDIO.

Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

ANÉLIDOS: Allolobophora fraissei. (especie no endémica) clase: OLIGOCHATEA Orden:HAPLOTAXIDA Fam:LUMBRICIDAE HABITAT: Este gusano de tierra es relativamente común en el medio epigeo y endogeo. Generalmente lo hemos encontrado en las zonas donde el suelo es arcilloso y abunda la materia orgánica, y además se localizan mayoritariamente en las zonas con orientación norte donde la humedad es más constante.

NA

GASTERÓPODOS: Se han encontrado varias especies: Clase: GASTEROPODA, Orden: STYLOMMATOPHORA, Fam:HELICIDAE. HABITAT: Les diferentes especies se encuentran ampliamente repartidas en ambientes de zona de garriga, húmedas,ruderales, bordes de caminos y boscosas de la zona de estudio.

NA

ATRÓPRODOS: Euscorpius carpathicus balearicus Clase:ARTÓPRODOS, Orden:SCORPIONES, Fam:CHACTIDAE HABITAT: es una especie lapidicola, depredadora, y a pesar de su fama su picadura no es más peligrosa y dolorosa que la de una avispa. Lo encontramos cerca de construcciones abadonadas, paredes secas, y en cúmulos de piedras.

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LISTADO DE ESPECIES DE FAUNA LOCALIZADA EN LA ZONA DE ESTUDIO.

Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

Malthonica balearica Clase: ARACHNIDA, Orden:ARANEAE, Fam:AGENELIDAE HABITAT: Lapidícola, los encontramos en las paredes de piedra seca, y en zonas boscosas. Prosthesima semirufa Clase: ARACHNIDA, Orden: ARANEAE, Fam:GNEPHOSIDAE HABITAT: es muy conocida en Menorca, es cosmopolita y la podemos encontrar en zonas con actividad antrópica. Es depredadora de pequeños artrópodos. Arctosa misella Clase: ARACHNIDA, Orden: ARANEAE, Fam:LYCOSIDAE HABITAT: es muy conocida en Menorca como araña lobo, es cosmopolita y la podemos encontrar como la anterior en zonas con actividad antrópica. Es depredadora de pequeños invertebrados.

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ARTROPODOS: Se han encontrado restos de individuos de la Clase: DIPLOPODA Orden: IULIDAE no se pueden identificar la Familia, pues aun no han salido de su estado invernal. HABITAT: los solemos encontrar entre la hojarasca, bajo piedras, o cortezas de árboles o troncos en descomposición. Phyllodromica adspersa clase:INSECTA orden:BLATOPTERA Fam: ECTOLBIIDAE HABITAT: Es una especie mesofílica que la encontramos en las zonas con pinos que existen en el lugar del estudio

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LISTADO DE ESPECIES DE FAUNA LOCALIZADA EN LA ZONA DE ESTUDIO.

Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

Phyllodromica llorentae Clase:INSECTA Orden:BLATOPTERA Fam: ECTOLBIIDAE HABITAT: Es una especie mesofílica a diferencia de la anterior, aunque la anencontramos en las zonas con pinos, es de costumbres lapídícolas. Steropleurus balearicus Clase:INSECTA Orden:ORTHOPERA Fam: EPHIPPIGERINAE HABITAT: la encontramos en las zonas de garrigas y es colonizadora también la podemos encontrar en árboles frutales que encontramos en el lugar de estudio. Su actividad es nocturna y se pueden escuchar su cantos al caer el sol.

Goneperyx cleopatra balearica Clase:INSECTA Orden:BLATOPTERA Fam: ECTOLBIIDAE HABITAT: Es una especie cosmopolita y la encontramos en todos los ambientes estudiados. Polyommatus icarus balearica Clase:INSECTA Orden:LEPIDOPTERA Fam: LYCAENIDAE

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LISTADO DE ESPECIES DE FAUNA LOCALIZADA EN LA ZONA DE ESTUDIO.

Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

HABITAT: Es una especie como la anterior la encontramos en todo el lugar del estudio.

Anhophora balearica Eucera numida balearica Clase:INSECTA Orden:HYMENOPTERA Fam: ANTHOPHORIDAE HABITAT: son especies polinizadoras y encontramos en las zonas de garrigas. Nidifican en suelos duros.

Chalicodoma sicula balearica Clase: INSECTA Orden: HYMENOPTERA Fam: MEGACHILIDAE HABITAT: son especies polinizadoras que encontramos en las zonas donde crecen Echium, Myrtus, Salvia,..., la encontramos junto con sus parientes que están extendidos por el sudeste de Europa, Canarias, Chipre, y Creta.

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LISTADO DE ESPECIES DE FAUNA LOCALIZADA EN LA ZONA DE ESTUDIO.

Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

Percus plicatus plicatus Percus plicatus clathratus, las poblaciones menorquinas tienen una fuerte escultura eliteral, pero la falta de diferenciación en la genitalia hace suponer que no es una subespecie, sino una variedad de la primera. Clase:INSECTA, Orden: COLEOPTERA, Fam: PTEROSTICHIDAE HABITAT: principalmente los encontramos en las garrigas. Se alimenta de pequeños invertebrados.

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Xantholinus balearicus Clase:INSECTA, Orden: COLEOPTERA, Fam: STAPHYLINIDAE HABITAT: principalmente los encontramos bajo piedras o detritus vegetales. También los hemos localizado en madrigueras de micromamíferos (ratones,...)

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LISTADO DE ESPECIES DE FAUNA LOCALIZADA EN LA ZONA DE ESTUDIO.

Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

Thorectes balearicus Clase:INSECTA, Orden: COLEOPTERA, Fam: GEOTRUPIDAE HABITAT: es coprófago y se ha localizado en zonas con actividad ganadera cuprina, y ovina, pues es una especie muy ligada a esta actividad antrópica. Hyles euphorbiae balearica Clase:INSECTA, Orden: LEPIDOPTERA, Fam: SPHYNGIDAE HABITAT: Conocida como borinot polit es cosmopolita aunque la solemos encontrar donde crecen Euphorbia ssp .

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AVES: Colonias reproductoras de aves marinas Phalacrocorax aristotelis. CORMORÁN MOÑUDO, CORB MARÍ Clase: AVES, Orden: PELECANIFORMES, Fam: PHALACROCORACIDAE. HÁBITAT: Común en Pitiusas, esta especie tiene colonias de cría en numerosos puntos del litoral pitiuso. Anida en acantilados o islotes, sus nidos son de ramas, y cría más temprano que en la península ya que a principios de marzo ya tiene los polluelos.

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Memoria - 122 -

C/. Can Dusai, 3. 07001 - Palma. Teléfono 971-425675

LISTADO DE ESPECIES DE FAUNA LOCALIZADA EN LA ZONA DE ESTUDIO.

Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

Los estudios indican una clara disminución de efectivos reproductores en la población balear, en los últimos diez años. Las causas están asociadas a presión humana, desaparición de hábitats, muerte en artes de pesca, que se consideraba comestible su carne y sus huevos y otras causas.

Hydrobates pelagicus. PAÍÑO COMÚN, NONETA. Clase: AVES, Subclase: PASSERAE Orden: PROCELLARIIFORMES ,Familia: HYDROBATIDAE HÁBITAT: Las islas Pitiusas concentran la mayor parte de los efectivos reproductores baleares de la especie (el 95,7 %), que se calculan en 2900 - 5200 parejas. Las colonias reproductoras de este ave marina, se localizan principalmente en los islotes de poniente, concretamente en el islote de s’Espartar.

Calonectris (Procelaria) diomedea. PARDELA CENICIENTA, BALDRITJA corresponde al de Virot en Mallorca.

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Memoria - 123 -

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LISTADO DE ESPECIES DE FAUNA LOCALIZADA EN LA ZONA DE ESTUDIO.

Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

Clase:AVES,Orden:PROCELLARIIFORMES,Fam: PROCELLARIIDAE HÁBITAT: La pardela cenicienta es una especie sedentaria que cría en algunas zonas del litoral pitiuso. Las colonias pitiusas más importantes se localizan en los acantilados de La Mola y es Cap de Barbaria, en Formentera, así como en el islote de sa Conillera. Su dieta se centra en cefalópodos y peces de superficie. Sus vuelos son larguísimos, descansan sobre las olas. Nidifican en primavera sobre las rocas de islotes con escasa vegetación, y muy erosionados. Sus periodos de incubación son de 40 días y los polluelos pasaran los meses de verano en el nido, mantenidos por los padres, los cuales al finalizar la estación estival, los abandonan, forzándoles a salir del nido para iniciar su vida como adulto.

Puffinuspiffinus. VIROT en Ibiza y BALDRITJA en Mallorca y Menorca. Clase: AVES,Orden: PROCELLARIIFORMES,Fam: ROCELLARIIDAE HÁBITAT: Es más corriente que el anterior en las Pitiuses, además existe una subespecie endémica que nidifica en las islas, la P.p. mauretanicus (pardal balear), en invierno abandona las islas y migra hacia el Atlántico, llegando hasta las islas Británicas. Tradicionalmente estas aves han sido base de la gastronomía local, y la invasión y alteración de su hábitat, por el hombre, ha repercutido que sus poblaciones estén amenazadas.

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LISTADO DE ESPECIES DE FAUNA LOCALIZADA EN LA ZONA DE ESTUDIO.

Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

Larusaudouinii. GAVINA CORSA. GAVIOTA DE AUDOUIN, GAVINA DE BEC ROIG Clase: AVES, Orden: CHARADRIIFORMES, Fam: LARIDAE HÁBITAT: Son aves solitarias que no se adaptan a nuevas circunstancias, como lo hacen otras gaviotas que se convierten así en sus competidoras, favorecidas también por la acción del hombre como lo es la gaviota de mantellblau (Larusargentatus). La mayoría de sus colonias se instalan en costas rocosas bajas con calas o puertos tranquilos, en islas o islotes poco accesibles y deshabitados con escasa cobertura vegetal. No las solemos encontrar en el interior. Los nidos los construyen sobre vegetación y sus puestas son de dos o tres huevosLas colonias reproductoras más importantes de Baleares se concentran en las islas Pitiusas (58,7%, 450 del total de 766 parejas), la población de la especie ha aumentado en los últimos años, entre otras razones por las medidas tomadas para recuperar la especie. Dentro de los límites municipales, se cita en 2004 como zona de cría la isla de Cala Salada. Las poblaciones de esta especie son nómadas, una parte de la población pasa el invierno cerca de las áreas de cría, mientras que otra, mayoritaria, migra hacia la costa atlántica de África a través del estrecho.

Larus cachinnans. GAVIOTA PATIAMARILLA, GAVINA.

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Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

Clase: AVES, Orden: Charadriiformes, Familia: Laridae, HÁBITAT: La gaviota patiamarilla ha sido objeto de sucesivas campañas de control de sus poblaciones. SE localiza en todo el litoral pitiuso.

Existen otras gaviotas que frecuentan y se observan en las islas en otoño e invierno como son:

• L. ribibundus, que está desplazando su área de cría desde el norte de Europa hacia el sur ya se han observado colonias en el Delta del Ebro y la Albufera Valenciana. Cría sobre dunas y prados.

• L. minutus, frecuenta las zonas de humedales, • L. melanocephalus, visita las islas en el invierno.

Colonias reproductoras de rapaces. Falco eleonorae. HALCÓN DE ELEONOR, FALCÓ MARÍ Clase: AVES, orden: FALCONIFORMES, Fam: FALCONIDAE HÁBITAT: La especie más relevante entre las rapaces del municipio. Llega a finales de abril todos los años todos los años desde la isla de Madagascar hasta el Mediterráneo para criar. Dentro del territorio municipal cría en la costa norte, costa des Amunts. Su época de celo comienza en el mes de julio, crían en colonias. A finales del citado mes y principios de agosto es la puesta de los huevos, dos o tres por pareja. Los huevos eclosionan a finales de agosto, coincidiendo con el tránsito de Europa a África de otras especies de aves migratorias, que pasan o se establecen por estas fechas, sirviendo de alimento para los halcones.

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Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

Falco peregrinus. HALCÓN PEREGRINO, FALCÓ REAL clase: AVES orden: FALCONIFORMES Fam: FALCONIDAE HÁBITAT: Se trata de una especie que en Pitiusas cría en acantilados marinos. De 5 a 10 parejas crían en los acantilados des Amunts, en zonas como el Cap Nunó o el Cap Negret. Uno de los riesgos que actualmente persiste, es que su territorio de caza coincide con áreas de uso agrícola, y el uso de ciertos productos fitosanitarios, afectan a la cáscara de los huevos haciéndolas frágiles y cuando la madre los va incubar, los rompe con su peso. Otro riesgo de origen antrópico es que a veces pueden consumir venenos, usados por el hombre, de forma accidental.

También se localizan el Falco tinnunculus. CERNÍCALO COMÚN, XORIGUER Rapaz sedentaria de pequeño tamaño común en las zonas rurales y en las zonas forestales abiertas. Cría en construcciones abandonadas o en uso, en paredes de roca, canteras, etc. Su puesta es de 7 u ocho huevos. En invierno la población de esta ave aumenta, pues coincide con ejemplares migratorios de Europa. No se dispone de datos acerca de la población existente.

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Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

Macho

Hembra

Otus scops mallorcae. AUTILLO, MUSSOL Clase: AVES, Orden: STRIGIFORMES, Fam: STRIGIDAE HABITAT: se han encontrado además de en espacios naturales cerca de las zonas urbanizadas, y en lugares arbolados cercanos a las mismas. Sus zonas de caza son los alrededores de la zona en la que habitan desplazándose a zonas urbanas en ocasiones. Además se localizan otras rapaces del orden: STRIGIFORMES como la lechuza común de la familia TYTONIDAE, O el Búho chico y mochuelo común de la familia STRIGIDAE de los que no se disponen datos cuantitativos de la población. Además en programas de conservación y reintroducción de especies tenemos: PandionHaliætus,ÁGUILAPEIXETERA Clase: AVES, Orden:ACCIPITRIFORMES, Fam:PANDIONIDAE En la actualidad existe un programa de reintroducción del

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Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

águila peixetera, de la cual se detallan los hábitos, costumbre y rutas de migración más adelante del informe, en el punto de programas de conservación y reintroducción de especies. Encontramos otras aves que no son endémicas o propias del Hábitat (gaviotas, gorriones, palomas,....)

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MAMÍFEROS: Encontramos diferentes clases de mamíferos no endémicos de Ibiza para el estudio del Hábitat en cuestión, los mamíferos presentes en el municipio de Sant Josep se corresponde con: Genetta genetta isabelae.GINETA DE EIVISSA. Orden: CARNÍVORA, Fam: VIVÉRRIDOS, Género: GENETTA HABITAT: La encontramos en zonas de garriga, Es un carnívoro cazador y eurífago que consume y caza principalmente roedores, aunque su dieta se caracteriza por la flexibilidad y el oportunismo, pues puede alimentarse de aves, conejos, y animales pequeños de corral. El celo comienza en enero y dura hasta septiembre teniendo sus máximos en febrero-marzo y otro pico a finales de mayo. El periodo de gestación es de 10 -11 semanas, pariendo camadas de uno a cuatro crías, pero lo más habitual son camadas de tres. Está considerada desde 1996 como vulnerable (VU B1+2c) por la IUCN por lo reducido y fragmentado de su área de distribución en la isla y el declive de sus hábitats óptimos. Su conservación está ligada a la protección y conservación de sus hábitats en la isla.

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Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

Erinaceus algirus vagans. ERIZO MORUNO. Orden: ERINACEOMORPHA, Fam: ERINACEIDAE, Subfamilia: ERINACEINAE. HABITAT: Algo más pequeño que sus parientes europeos, presentan un pelaje blanquecino en la forma adulta, y parda en las juveniles. Sus hábitats tradicionales son los espacios forestales, y garrigas, aunque también los solemos encontrar en zonas antropizadas (solares abandonados, áreas rurales y lechos de torrentes en zonas urbanas). Cría entre los meses de junio y octubre. Las camadas suelen ser de 2 a 3 crías, nacen desnudas de pelos y púas, con la piel rosada. Su alimentación se basa principalmente en pequeños invertebrados (artrópodos, babosas, caracoles), y reptiles como salamanquesas. Su instinto cosmopolita, hace que pueda colonizar nuevos espacios, pero aun así es importante mantener y conservar sus hábitats tradicionales.

Rattus rattus. RATA COMÚN DE CAMPO. Orden: RODENTIA, Fam: MURIDAE, Subfamilia: MURINAE. HABITAT: Está en incluida en las listas del catálogo español de especies exóticas invasoras, y en la lista de las 100 de las especies exóticas invasoras más dañinas del mundo, confeccionada por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza. En Ibiza ha colonizado ocho islotes. En la actualidad se realizan campañas de desratización de estas áreas, y campañas de concienciación y difusión para evitar su propagación. La encontramos en diferentes hábitats, pero principalmente en lugares habitados por el hombre. Es trepadora y a diferencia de su pariente Rattusnorvegicusle gusta vivir bajo los techos, y lugares elevados. Es un vector de transmisión de

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Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

enfermedades, por lo cual es importante su control. Rattus norvegicus. RATA DE CIUDAD Orden: RODENTIA, Fam: MURIDAE, Subfamilia: MURINAE. HABITAT: En las zonas urbanizadas las solemos encontrar en sótanos alcantarillas, lugares con animales estabulados, huye del contacto directo con NA los humanos, aunque vive en sus hábitats. También son vector de enfermedades infecciosas, por lo que es importante, su control. Apodemus sylvaticus. RATÓN DE CAMPO. Orden: RODENTIA, Suborden: MYOMORPHA, Fam: MURIDAE, Subfamilia: MURINAE. HABITAT: Especie autóctona de tamaño superior y coloración más clara a las presentes en la Península Ibérica encontramos el ratón de campo de Ibiza. Sus hábitats son zonas arbustivas con cobertura vegetal, que utiliza como protección para no ser depredado. Deforma estacional también los encontramos, en los campos de cereales, y espacios agrícolas. En las zonas boscosas homogéneas disminuye su densidad, prefiriendo zonas de transición o marginales. Su ciclo reproductor es anual, dependiendo de que las condiciones y factores como disposición de alimentos, clima, población depredadora,… les sean favorables. Su gestación es de 25-26 días, y el destete se produce a los 21 días de su nacimiento. Las camadas suelen ser de cuatro o cinco crías, pero puede darse el caso de camadas de hasta doce nacimientos. Es un importante eslabón de la base de la cadena trófica, sirviendo de alimento a rapaces diurnas y nocturnas, y a pequeños mamíferos carnívoros. Como interés económico puede provocar daños a la industria agrícola cuando, hay explosiones demográficas. Su presencia en zonas de regeneración forestal puede repercutir positivamente, por su capacidad de acumulación y dispersión de semillas. Como sus parientes descritos anteriormente pueden ser transmisores de enfermedades y parásitos (nemátodos y cestodos) al hombre. Mus musculus RATÓN CASERO.

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Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

HABITAT: En España sólo se encuentra una de las subespecies de ratón casero, M. m. domesticus. Se pueden percibir diferencias morfológicas (tamaños de las orejas, color del pelaje, formas de algunas partes del cuerpo,…) entre poblaciones separadas geográficamente, pero genéticamente son iguales. Es un animal predominantemente comensal que puede habitar cualquier lugar donde pueda encontrar comida, ya sea dentro de edificaciones humanas o áreas cercanas a éstas. También podemos encontrar formas asilvestradas cerca de caminos y zonas herbáceas, próximas a entornos antropizados. Suelen evitar zonas forestales y áridas. Essimpátrico con M. spretus en la casi totalidad de su rango de distribución. Habitualmente ambas especies no comparten hábitats debido a que M. spretus no es comensal. Por otro lado, M. spretus es una especie mejor adaptada a condiciones de estrés hídrico. El ciclo reproductivo varía entre las poblaciones comensales que es constante durante todo el año con un ligero descenso en el invierno. Las asilvestradas, tienen un ciclo estacional que comienza en marzo y termina a finales de otoño. Su gestación es de 18-19 días. La madurez sexual la alcanzan entre los cinco y séptimo mes de vida. El ratón casero se ha identificado como una posible amenaza para algunas especies, como por ejemplo, las colonias de paiño europeo (Hydrobatespelagicus). También presenta problemas a nivel económico, pues su hábitat coincide con las zonas donde el hombre almacena alimentos, los cuales utiliza el ratón para su uso propio como fuente alimenticia, contaminándolos, con sus heces, parásitos, rompiendo los envases,… Mus spretus. RATÓN CASERO Orden: RODENTIA, Suborden: MYOMORPHA, Familia: MURIDAE, Subfamilia: MURINAE HABITAT: En Ibiza encontramos una subespecie diferente a la que habita en el resto de poblaciones de esta especie, M. s. parvus, de menor tamaño y coloración dorso-lateral más pálida y clara que la especie nominal. Es de hábitos silvestres, ocupa zonas de garriga, zonas rocosas con vegetación herbácea, y espacios agrícolas de secano.

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Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

Es parte importante de la cadena trófica, siendo la base alimenticia de rapaces y mamíferos carnívoros. Su ciclo reproductivo tiene una parada en invierno. Son base alimenticia de las rapaces diurnas y nocturnas, y pequeños carnívoros. Su incidencia en la economía es casi nula, pues sus costumbres y hábitos alimenticios no coinciden con las actividades agrícolas. Crocidura russula. MUSARAÑA BALEAR Orden: SORICOMORPHA, Fam: SORICIDAE, Subfamilia: CROCIDURINAE. HABITAT: En Ibiza encontramos una especie autóctona que pertenece a un linaje C.ichnusaecon las mismas características genéticas y morfológicas, con distribución entre el Norte de África y las islas mediterráneas de Galita, Pantelleria, Ibiza y Cerdeña. Su distribución se ubica en garrigas, márgenes de bosques, y en espacios abiertos con vegetación herbácea. También algunas poblaciones presentan antrofilia, por lo cual las podemos encontrar en lugares antropizados (jardines, campos de cultivo, proximidades a núcleos urbanos,…) El período reproductor varía según las condiciones ambientales. La gestación dura entre 27 y 30 días y la lactancia entre 17 y 22 días. El número de embriones por camada oscila entre dos y seis. Es base de la alimentación de las rapaces, y algunos mamíferos. Oryctolagus cuniculus. CONEJO COMÚN. Orden: LAGOMORPHA Fam: LEPORIDAE. Los encontramos en zonas de garriga, de los campos de cultivo han retrocedido por el uso de maquinaria agrícola que con los arados rompen las madrigueras, también los podemos encontrar en zonas forestales. Son base alimenticia de rapaces y sus crías a pequeños mamíferos. Tiene gran valor cinegético, siendo un motor de la economía local, y para el desarrollo de otra especie autóctona que no está incluida en este estudio, al estar domesticada, nos referimos alcaeivissenc utilizado tradicionalmente para la caza

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Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

del conejo. Feliscatus. GATO. Orden: CARNÍVORA, Suborden: FELIFORMIA, Familia: FELIDAE, Subfamilia: FELINAELO HABITAT: encontramos en toda la zona, existen también ejemplares asilvestrados. Carnívoros, depredadores de aves, pequeños mamíferos, reptiles e invertebrados. Su distribución es cosmopolita, pero mayoritariamente se concentran en los núcleos urbanos, y zonas con presencia de humanos, presentando costumbres comensales. Pueden ser portadores de enfermedades, y transmitirlas a los humanos, pero también ocupan un papel relevante en el control de plagas, siendo depredador de roedores. No suelen entrar en conflicto aun con especies de aves y otros animales de la fauna local.

Aparte de estas especies, cabe citar algunos murciélagos (quirópteros) de probable presencia en el área, aunque se trata de un grupo poco conocido en las Pitiusas: Myotis myotis. MURCIÉLAGO RATONERO GRANDE. Extinguido hace siglos en la isla de Ibiza. Myotisescalerai. MURCIÉLAGO RATONERO GRIS Orden: CHIROPTERA, Familia: VESPERTILIONIDAE. HABITAT: Especie autóctona abundante aunque está considerado como Vulnerable en el Libro Rojo de los Vertebrados Terrestres de España (QUETGLAS, 2007) e incluido como Vulnerable en el CNEA (Catálogo Nacional de Especies Amenazadas). Categoría Mundial IUCN (1996): LR/Lc. En la Directiva de Hábitats está incluido en el anexo II. En las islas Baleares, este vespertiliónido está considerado como “En Peligro” (VIADA, 2006). Su dieta se fundamenta en presas inmóviles, dípteros diurnos

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Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

que reposan de noche, pero también puede cazar presas al vuelo. No tiene depredadores naturales, aunque se han citado enegagrópilasde lechuza común (Tyto alba). Sus problemas con el hombre son las típicas de las especies de murciélagos, invasión y alteración de sus habitas y espacios de cría y alimentación Pipistrellus pipistrellus. MURCIÉLAGO CHICO o ENANO Orden: CHIROPTERA, Fam: VESPERTILIONIDAE. HABITAT: Es esencialmente fisurícula que utilizan grietas y juntas de paredes y techos, huecos bajo tejas o contraventanas, cajas de persiana o los espacios que quedan entre paredes y carteles publicitarios u hojas de puertas poco utilizadas. En el medio natural también aprovechan fracturas de paredes rocosas, huecos de árboles y nidales para pájaros. Son animales generalistas, los podemos encontrar tanto en núcleos urbanos, como en espacios naturales como bosques, zonas rocosas con vegetación de garriga o forestal. Sus dietas se basan en moscas (Muscidae), moscas polilla y mosquitos que crían en el estiércol y vegetales podridos (Ceratopogonidae, Anisopodidae). Su ciclo reproductivo es estacional se reúnen a finales de verano, los machos juntan harenes de hasta diez hembras. A finales de mayo principios de junio se forman colonias de hembras, para dar a luz una camada de hasta dos crías, y las amamantan colectivamente todas las hembras de la colonia. Sus principales enemigos naturales son pequeños mamíferos, como gatos. Pipistrellus pygmaeus. MURCIÉLAGO DE CABRERA O PIPISTRELL. Orden: CHIROPTERA, Familia: VESPERTILIONIDAE HABITAT: Especie autóctona, probable su presencia en la isla. Son insectívoros, comen pequeños dípteros, principalmente. Sus principales amenazas son el uso indiscriminado de insecticidas, y productos sanitarios, y la invasión del hombre de sus espacios de cría, reproducción, y reposo. Rhinolophus ferrumequinum. MURCIÉLAGO GRANDE DE HERRADURA. Extinguido hace siglos.

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Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

Rhinolophus hipposideros. MURCIÉLAGO PEQUEÑO DE HERRADURA. Orden: CHIROPTERA, Familia: RHINOLOPHIDAEES HABITAT: Es una especie paleartica de una amplia distribución, que comprende desde Irlanda, longitudinalmente hasta Sudán, pero en Ibiza su presencia es poco abundante. Su alimentación está basada en por dípteros nematóceros, seguidos de lepidópteros y neurópteros, que capturan en vuelo entre 2 y 5 m sobre el suelo. La presencia de algunos insectos no voladores en la dieta señala que en ocasiones capturan presas sobre la superficie. Forman colonias de machos y hembras para aparearse y criar a las camadas. Tienen predilección por habitar oquedades y cuevas que encuentren, aunque también las podemos encontrar en zonas arboladas.

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REPTILES Y ANFIBIOS. Entre los reptiles destacar: Podarcis pityusensis. LAGARTIJA PITIUSA. Orden: SQUAMATA, Suborden: LACERTILIA, Fam: LACERTIDAE. HABITAT: Es una especie típica de las islas de Ibiza, Formentera, e islotes que rodean a estas islas. Ha sido introducida y se ha establecido en el puerto de Palma, Illetesy en Barcelona. Habitan subespecies en estas islas e islotes. Aunque está catalogada como especie rara en catálogo de especies amenazadas del Ministerio de Medioambiente sus riesgos y peligros provienen del estado de sus ambientes, del comercio de especies exóticas, introducción de carnívoros y sus usos como mascotas. Las subespecies que no están catalogadas como raras, pero sufren las mismas amenazas que la anterior y habitan en la isla

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Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

de Ibiza e islotes adyacentes son: • P.p. hortae, endémica del islote S´Hort, noroeste de

Ibiza • P.p. ratae vive en la isla sesRates, sur de Ibiza • P.p. hedwigkamerae, endémica del islote de

SesMargalides. • P.p. purroigensis, habita en la isleta Purroig, situada al

sur de Ibiza. Tarentola mauritanica. SALAMANQUESA COMÚN. Orden: SQUAMATA, Suborden: LACERTILIA, Familia: GEKKONIDAE, Subfamilia: GEKKONINAE. HABITAT: Su hábitat característico son en zonas con rocas y extensiones con pedregales, garriga, y en la actualidad también presenta antrofilia, encontrándose en zonas habitadas por el hombre. Forma parte de la cadena trófica como base de alimento de ginetas, y algunas rapaces. No presenta riesgos de conservación, el más significativo es fruto del hombre, que las atropella cuando cruzan vías transitadas por vehículos. Catalogada por Categoría Mundial IUCN (2008): Preocupación Menor LC (Vogrin et al., 2009). Y en la Categoría España IUCN (2002): Preocupación menor (LC) (Hódar, 2002).

SALAMANQUESA ROSADA: Hemidactilus turcicus. Orden: SQUAMATA, Suborden: LACERTILIA, Familia: GEKKONIDAE.

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Memoria - 137 -

C/. Can Dusai, 3. 07001 - Palma. Teléfono 971-425675

LISTADO DE ESPECIES DE FAUNA LOCALIZADA EN LA ZONA DE ESTUDIO.

Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

HABITAT: Las encontramos en zonas costeras, de clima cálido. Ocupa paredes de piedra seca, canteras, zonas rocosas. Presenta antrofilia, y se distribuye por núcleos urbanos, zonas ajardinadas, muros, ruinas, tronco de los árboles, Piedras,…, aunque en menor proporción que la Tarentolamauritanica. Cuando la encontramos en los citados espacios urbanos, prefiere situarse en las paredes verticales. Y cuando se encuentra en simpatía con la salamanquesa común, se sitúa en las zonas bajas de los muros. Y entre los individuos de la misma especie, los jóvenes ocupan la zona más baja de las edificaciones y los adultos las más elevadas. En la cadena trófica ocupa el espacio de alimento de rapaces y pequeños mamíferos. Al ocupar zonas antropizadas está sujeta a las variaciones de los hábitos y costumbres de los humanos. Los incendios, transformación y destrucción de sus hábitats. Está catalogada en la Categoría Mundial IUCN (2009): Preocupación Menor LC (Agasyan et al., 2012). Y en la Categoría España IUCN (2002): Preocupación menor LC (Geniez, 2002). Entre los anfibios: Bufo viridis balearica. CALÀPETVERD, SAPO VERDE COMÚN. Orden: URODELA, Familia: BUFONIDAE HABITAT: El sapo verde común, aunque abundante en Mallorca y Menorca, es mucho menos frecuente en Eivissa. La última localización conocida de Bufo viridis en la isla de Eivissa es una pequeña balsa situada en la parte norte del valle d’Albarca y torrentes cercanos. Propuestas planteadas por diferentes organismos de gestión medioambiental, aconsejan: • Proteger el hábitat, y puntos de agua donde pueden

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LISTADO DE ESPECIES DE FAUNA LOCALIZADA EN LA ZONA DE ESTUDIO.

Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

encontrarse individuos. •Conservar y mantener los sistemas de riego tradicionales. • Recomiendan reproducir en cautividad, ejemplares, para sostener o reintroducirlos en zonas especialmente protegidas. • Desarrollar planes de conservación, en los que se impliquen todos los diferentes niveles de la administración. • Controlar e investigar el uso de pesticidas en zonas próximas, o de influencia de los hábitats que ocupa. • Creación de pasos para anfibios en las vías transitadas por vehículos. • Controlar los pasos de vehículos por las vías donde pueden coincidir con los ejemplares de los sapos. En Libro Rojo de los Anfibios y Reptiles de España, de 2002, se encuentra en el nivel de Vulnerable (VU) (A1 ac) Los riesgos, amenazas y peligros más habituales provienen de las acciones antrópica, alteración del entorno, extracciones de aguas freáticas, uso de pesticidas y productos fitosanitarios, atropellos, abandono de las infraestructuras hidráulicas utilizadas en agricultura por regresión de la actividad,… Rana perezzi. RANA VERDE COMÚN. Clase: AMPHIBIA, Orden: ANURA, Familia:RANIDAE HABITAT: La Rana perezzi está ligada a ambientes antrópicos agrícolas con balsas de riego. fue introducida por el hombre. De hábitos antrófilos, pues suele ocupar las aguas contenidas en las infraestructuras hidráulicas, creadas para las actividades agrícolas. Su estado de conservación registrado en la Categoría UICN de España es de Preocupación menor LC. Las amenazas más significativas que tiene esta especie, en Ibiza es el abandono de las estructuras hidráulicas, la alteración del entorno, uso de productos fitosanitarios, y otras actividades producidas por el hombre que atentan contra la estabilidad de su entorno.

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LISTADO DE ESPECIES DE FAUNA LOCALIZADA EN LA ZONA DE ESTUDIO.

Estado de conservación (código IUCN, apéndice A)

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Población La evolución, crecimiento natural y emigraciones de la población, de acuerdo con los datos del Llibre blanc de l’habitatge de les Illes Balears (diciembre de 2.001), es el siguiente: Evolución de la población

Según la última revisión del padrón municipal, fechada en 1 de enero de 2.013, la población censada en el municipio ascendía a 24.498 habitantes, de los cuales 12.841 son hombres y 11.657 mujeres. Padrón (cifras oficiales de población). Datos a 1 de enero 2013 07048 Sant Josep de sa Talaia TOTAL Ambos sexos 24.498 Hombres 12.841 Mujeres 11.657 La memoria de las normas subsidiarias dedica un apartado a la justificación de la capacidad de población. De acuerdo con el mismo, la previsión de las normas es la siguiente: La máxima población residencial teórica prevista en el planeamiento es de 42.102 habitantes y las plazas turísticas de 13.294, por lo que la total población teórica del planeamiento es de: 55.396 habitantes. Economía En Eivissa, el régimen de tenencia de tierra más extendido es el de la propiedad gestionada (un 77 % del territorio) y la mayor parte de estas tierras están ocupadas por explotaciones de mediana extensión. Las zonas llanas están dedicadas a la agricultura de secano y los bosques se han explotado de manera continuada hasta verse prácticamente sustituidos por bosques secundarios. Con la llegada del turismo se han empezado a abandonar los cultivos y ha aparecido una mayor presión antrópica sobre los bosques, con mayor incidencia de los incendios forestales. El turismo y la oferta complementaria constituyen su economía desde la década de los sesenta, relegando las actividades agropecuarias y pesqueras tradicionales. La estructura económica del municipio de Sant Josep de sa Talaia, al igual que la del resto de municipios de la Comunidad Autónoma, se caracteriza por la importancia del sector servicios. El sector servicios constituye el principal sector de actividad,

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proporcionando aproximadamente el 70% de los puestos de trabajo. El segundo lugar lo ocupa el sector de la construcción, seguido del de la industria y el de la agricultura. Actividad Turística. Establecimientos turísticos: 115, habitaciones: 16.472 y plazas turísticas: 35.594 (fuente: IBAE). Valores de interés Unidad de medida: Hectáreas Periodo de referencia: Febrero 2002 Última actualización: 20120512 09:00 TOTAL Término Islotes Total ANEl* Total ARIP** Encinares ILLES BALEARS 518382 516120 10318 169124 26570 22330 EIVISSA 57104 56860 244 19502 5112 0 07048 Sant Josep de sa Talaia 15820 15657 163 7480 0 0

Notas: 1) (.) No procede / Categoría no aplicable 2) (*) Incluye la superficie de los espacios definidos en la LEN, islotes y superficie de encinares. 3) (**) Incluye la superficie de los espacios definidos en la LEN. 4) (ARIP) Área rural de interés paisajístico 5) (ANEI) Área natural de especial interés. En Eivissa y Formentera ANEI incluye los islotes. 6) Superficies de términos e islotes obtenidos a partir del MTB 1:5000. 7) Superficies de la LEN obtenidas a partir de su delimitación precisa sobre el MTB 1:5000. 8) Superficies de encinares obtenidas a partir de la delimitación oficial sobre el MTB 1:5000 (BOIB núm. 149 del 13-12-2001).

Fuente: Institut d'Estadística de les Illes Balears (IBESTAT) a partir de datos de Servei d'Informació Territorial de les Illes Balears, SA (SITIBSA). España (CC BY 3.0). Institut d'Estadística de les Illes Balears (IBESTAT) Teléfono: +34 971 784 575 Correo electrónico: [email protected] http://www.ibestat.cat Historia y patrimonio cultural. Ibiza es el resultado de un mosaico de culturas, encrucijada de civilizaciones y de distintos pueblos que, a lo largo de miles de años, dejaron su huella en este enclave paradisíaco de las Islas Baleares. Sus fundadores fueron los fenicios, quienes dieron nombre a este lugar (Ibosim) y lo convirtieron en un enclave estratégico en el siglo VI a. de C. Son muchos los rincones que recuerdan el pasado fenicio de la "isla blanca". Pero dentro de San Josep de sa Talaia, se encuentra un antiguo Poblado Fenicio enclavado en un lugar conocido como sa Mola de sa Caleta (una península plana entre la playa des Codolar y el monte des Jondal), este poblado de la época fenicia fue excavado entre los años finales de la década del ochenta y principios de los noventa. Fue fundado a mediados del siglo VII a.C. por fenicios buscadores de metales que procedían del sur de la Península Ibérica para, posteriormente, abandonarlo cincuenta años más tarde para fundar una nueva ciudad en un lugar muy adecuado: la bahía de Eivissa, ciudad que 2600 años después todavía existe. El poblado en su origen tenía una extensión aproximada de cuatro hectáreas; era un urbanismo de tipo arcaico compuesta por un gran número de unidades

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arquitectónicas, el conjunto de la cual configuraba una trama, en ocasiones irregular y, en otras, apuntando una línea de arquitectura más planificada. Uno de los varios sectores que lo componen y en el cual convencionalmente se divide el conjunto es el denominado valle sur; se compone de ocho unidades construidas que ofrecen una clara idea de la diversidad de concepciones arquitectónicas que coexistían: de una única estancia, otras tres yuxtapuestas o alineadas longitudinalmente. Otras, en cambio, presentan dos y una de ellas especialmente, tiene siete habitaciones distintas en el interior de una planta casi rectangular. Entre todas estas estructuras arquitectónicas hay callejones estrechos y pequeñas plazas irregulares; una de ellas conserva la plataforma de un horno comunal de pan. El estado de conservación del barrio central, el portuario y el noroeste se encuentra bastante deteriorado. Por otro lado se localiza un asentamiento rural punicorromano situado en Ses Paisses de Cala d´Hort. Este conjunto monumental corresponde a las ruinas de un asentamiento rural de las épocas púnica y romana que fue fundado a mediados del siglo V AC y que continuó perviviendo en el alto y bajo imperio romano, la época de bizanco, llegando hasta el principio del siglo VIII de nuestra era. Se compone de un gran edificio utilizado como vivienda (y para el desarrollo de varias industrias agrarias) que se encuentra en un aceptable estado de conservación; de otro muy deteriorado, y de dos necrópolis, una de la época púnica y otra bizantina. Durante el siglo I de nuestra época el edificio principal llegó a adquirir la estructura y dimensiones propias de una auténtica villa romana con una extensión de cerca de 900 m2, la cual estaba organizada alrededor de un amplio patio cuadrado. La puerta principal, comunicada con el patio, se orienta hacia el sur, alrededor de este último había otras dependencias: la sala del “trull” (dotada de un molino para la trituración de las olivas) orientada al norte-este; una bodega y varios almacenes alargados a la parte sur y, a las alas norte y de ponente, las cocinas, habitaciones y otras dependencias. Sobresalgo, asimismo, una cisterna de grandes proporciones excavada a la roca, apreciable al extremo noroeste de la casa. La necrópolis púnica se componía de veinte tumbas de tipo hipogeo (cuartos subterráneos tajadas a la roca con un pozo por acceder), algunas de las cuales llegaron a contener hasta dos sarcófagos de piedra de gres y numerosas piezas de ajuar de cerámica punicoebusitana, e importadas, navajas de afeitar, vasos de pasta de vidrio, escarabeus, etc. Desde la parte superior del conjunto se pueden contemplar dos fosos de la época bizantina dominadas por un espectacular paisaje con el islote des Vedrà delante. Este asentamiento fue excavado entre los años 1917 y 1982-1985. También son de gran interés las 4 torres defensivas localizadas en San Josep que siguiendo los orígenes e historia de cada una de ellas proporcionan detalles de la historia del municipio y de la isla de Ibiza, estas son:

• Torres des Carregador de sa Sal • Torre de ses Portes • Torre des Savinar • Torre de Comte (o d´en Rovira)

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Del periodo árabe de gran importancia en el municipio son pocos los restos que se pueden observar en la actualidad ya que fueron destruidos y sustituidos en la época de la reconquista, quedando algún nombre y alguna que otra obra hidráulica, como Pou Roig del que se determina su origen romano y árabe. El municipio es el resultado de la agrupación de cinco pueblos o parroquias: Sant Agustí des Vedrà, Sant Josep de sa Talaia, es Cubells, Sant Jordi de Ses Salines y Sant Francesc de s’Estany, cada una con su personalidad e identidad. Esta estructura territorial proviene de la división parroquial que realizó el primero obispo de Eivissa, Manuel Abad y La sierra, el año 1.785, para toda la isla. Al crearse los ayuntamientos, a inicios del siglo XIX, aparece uno para cada parroquia (cuatro para este municipio, ya que es Cubells no se creó hasta 1.933), pero el año 1.833, coincidiendo con la reestructuración provincial del Estado, desaparecen los ayuntamientos de cada pueblo y se crea la delimitación actual. Cada parroquia tradicionalmente se divide en ventas. El concepto de venta (muy antiguo en las Pitiüses, anterior a la estructuración territorial actual) aparece por la necesidad de organizar un espacio donde la característica básica de la distribución poblacional es la dispersión. Cada familia se identifica con una casa, y un conjunto de casas próximas constituyen una venta (término que probablemente tiene como origen un turno de faena). Este conjunto de casas acaba teniendo una traducción en el territorio, de tal forma que una comarca determinada se conoce con un nombre que la identifica, que se puede corresponder con un nombre antiguo (Benimussa), con un elemento geográfico importante (sa Talaia) o con una casa de especial relevancia (Cas Costes). Su función era importante tanto para tareas públicas (vigilancia, defensa, construcción de iglesias) como sociales (intercambios de trabajo, organización de fiestas y encuentros...). La organización en ventas ha sido dinámica en el tiempo, y probablemente ahora también lo debería ser por adaptarse a las transformaciones recientes del territorio. Con todo, las ventas tradicionales de cada pueblo son:

- Sant Agustí des Vedrà: Deçà Torrent y Dellà Torrent. - Es Cubells: Cala d’Hort, la Flota, Davall sa Serra y es Cubells. - Sant Francesc de s’Estany: es Racó des Jondal, Can Llaudis, sa Torre de sa Sal

Rossa, la Revista y sa Canal. - Sant Josep de sa Talaia: Benimussa, sa Talaia, Cas Marins y Cas Serres. - Sant Jordi de Ses Salines: l’Horta, Cas Costes y es Racó.

La posición central de Sant Josep de sa Talaia entre los pueblos que forman el municipio sirvió para escogerla como sede del consistorio. Además, su núcleo central, construido alrededor de la iglesia parroquial del siglo XVIII, se encuentra sobre el eje viario básico que atraviesa todo el término desde Eivissa hasta Sant Antoni de Portmany. Los pueblos de Sant Jordi de Ses Salines y Sant Francesc de s’Estany conformaban el antiguo quartó de Ses Salines (los quartons eran la división tradicional de la isla en cuatro partes, fruto de la conquista catalana de 1.235 y que se mantuvo hasta después de la derrota a manos de los borbónicos el año 1.715). Por su proximidad a la capital

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insular dependen funcionalmente, en muchos aspectos, de este municipio. El núcleo de Sant Jordi es el más poblado, y su iglesia, de aspecto fortificado y que podría remontarse al siglo XIV, está hoy en medio de edificios. La zona urbana se extiende hasta la zona turística de Playa d’en Bossa y, hacia el norte, por los barrios de sa Carroca y Can Fita. En Sant Francesc de s’Estany, en cambio, no hay ningún casco urbano de importancia, a pesar de que hay dos templos (Sant Francesc y la Revista); buena parte de su territorio está ocupado por el Parque Natural de Ses Salines y por el aeropuerto de la isla. El pueblo de Sant Agustí des Vedrà concentra buena parte de su población en los núcleos costeros de Cala de Bou y Port des Torrent, ligados funcionalmente a Sant Antoni de Portmany, mientras que el núcleo tradicional se conserva aún sin grandes cambios, alrededor de la iglesia del siglo XVIII. También se han desarrollado varios núcleos inicialmente turísticos y ahora también residenciales en las calas del Oeste, especialmente Cala Tarida. Red Natura 2000 De acuerdo al plano de la XARXA NATURA 2000, existen 7 espacios ubicados dentro del término municipal de Sant Josep de sa Talaia.

Se pude observar la Xarxa Natura 2000 de la Eivissa, dentro la cual nos centraremos en los espacios que se localiza en el término municipal de Sant Josep de sa Talaia. Sin duda los efectos sobre la red natura no vienen limitados por los límites municipales y los efectos que se produzcan tendrán influencia en todas las demás zonas.

Los espacios son:

1. ES5310023. Illots de Ponent (LIC, ZEPA) 2. ES0000078. Es Vedrà – es Vedranell (LIC, ZEPA). 3. ES0000084. Ses Salines d´Eivissa i Formentera (LIC, ZEPA). 4. ES5310104. Costa de l´oest d´Eivissa (LIC). 5. ES5310032. Cap Llentrisca – sa Talaia (LIC). 6. ES5310031. Purroig (LIC). 7. ES5310034. Serra Grossa (LIC).

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Se desarrolla este apartado en profundidad más adelante en el punto 12.- ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE LAS REPERCUSIONES AMBIENTALES SOBRE UN LUGAR DE LA RED NATURA 2000. Áreas de Prevención de Riesgos (APR) En el término municipal de Sant Josep de sa Talaia, de acuerdo con lo establecido por el Plan Territorial de Ibiza, aparecen Áreas de Prevención de Riesgo (APR) de incendio, inundación y erosión. Según establecen el PTI de Mallorca y el Atlas de Delimitació Geomorfològica de Xarxes de Drenatge i Planes d’Inundació de les Illes Balears, elaborado por el Govern de les Illes Balears, en Sant Josep de sa Talaia las principales zonas que se ven afectadas son zonas urbanas, o cercanas a AMR y zonas de costa que están bajo la influencia de algún torrente como son los casos que se representan en el plano de Áreas de Prevención de Riesgos (APR):

1. San Jordi. Torrent de Ca na Parra junto a AMR17 Sa Carraca. 2. Junto a AMR 14 Platja des Jondal 3. Torrent de Ses Blanquetes, canal de ses Coves 4. Torrent de Cala Molí 5. Torrent desembocadura en cala Tarida 6. Es torrent Font d´en Racó. Junto SUB 02 PT y SUB 01 PT Port des Torrent

Donde las zonas afectadas son zonas clasificadas ya como urbanas en el planeamiento actual o zonas rusticas por lo tanto lo que se hace es poner de relevancia este tipo de riesgo a fin de que se puedan adoptar las medidas oportunas. Por lo que respecta a las áreas de riesgo de incendio, son varias las que aparecen a lo largo del término municipal, siendo estas áreas de prevención de riesgos de incendios de gran sensibilidad, estando perfectamente definidas y consideradas en las nuevas Normas subsidiarias. Las nuevas NNSS entre otras medidas establecen en terreno forestal o contiguo a éste, especialmente si se trata de una APR de incendios, como se tienen que incluir las medidas adecuadas de prevención de incendios forestales establecidas en la legislación específica, los planes parciales sobre zonas o entornos forestales han de contener las medidas de autoprotección suficientes para garantizar la seguridad de las personas y de los bienes. Se establecerán franjas de protección en urbanizaciones, líneas eléctricas, viales etc. En definitiva mediante las nuevas NNSS es de aplicación toda la normativa de protección frente a incendios existente, que necesitarán de las pertinentes dotaciones económicas y generación de políticas de mantenimiento y vigilancia para la protección efectiva de dichas áreas de riesgo de incendio. Las APR de erosión y deslizamiento, vienen perfectamente definidas en las nuevas Normas Subsidiarias en las que se indica cual es toda la normativa de aplicación y medidas adoptar en cada caso.

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5.- INVENTARIO AMBIENTAL. ESPACIOS DIRECTAMENTE AFECTADOS POR LAS NORMAS SUBSIDIARIAS En el presente apartado se presentan las características ambientales de las zonas que puedan verse afectadas de manera significativa, de acuerdo con lo que prevé la Ley 11/2006. Realizando tablas que observan los espacios urbanos y urbanizables que tienen efecto sobre el suelo rustico por lo tanto queda considerado todo el espacio afectado por las NNSS. Muchos de los aspectos ambientales son los mismos en ambos casos y se encuentran relacionados de forma directa o indirecta, por lo tanto para facilitar su consideración se vuelven a describir. SUELO URBANO

Aspecto ambiental Caracterización Suelo urbano. 1. Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización. 2. Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación.

Unidad Se realizan unas actuaciones de transformación urbanística y de transformación de dotación, con el objeto de ordenación del suelo urbano por los instrumentos del planeamiento general. Siendo de gran relevancia la ordenación de las zonas turísticas, industrial y de servicios. Aplicando la Ley 7/2012 mediante la cual se ha delimitado los núcleos rurales que acrecían de ordenamiento AMRs y en renovación, reforma y dotación, cesiones del suelo libre de cargas de urbanización correspondiente al 15 % de la edificabilidad media ponderada. Mayor aprovechamiento y optimización del suelo urbano eliminado zonas de ocupación, volúmenes y alturas desproporcionadas y poco adaptadas a la trama urbana existente aplicando criterios estéticos y paisajísticos más restrictivos y encaminados a la obtención de espacios urbanos de calidad estética, visual y paisajística.

Relieve y carácter topográfico

El relieve del paisaje urbano está lleno de contrastes, desde las zonas llanas en las que se aprovecho para la implantación de los núcleos urbanos, junto con las zonas costeras de carácter llano en las zonas de grandes playas, a las zonas adaptadas a una orografía montañosa y de grandes desniveles con salidas al mar en zonas de acantilados. Estos contrastes de alturas en el terreno son de gran importancia ya que es necesario tener siempre presente el relieve propio del entramado urbano y del entorno a la hora de definir su trama. El impacto visual de los suelos urbanos debido a que la zona es predominantemente llana, cuando estos se sitúan en zonas altas o de transición de llano a montañoso son muy importantes. Para la ordenación de zonas turísticas se impone los criterios siguientes directamente relacionados con el relieve y carácter topográfico: - Preservarse de la transformación los terrenos situados en

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las cotas más altas de los terrenos, determinando su inedificabilidad o su calificación como espacio libre. - Determinarse la inedificabilidad de los terrenos con pendiente superior al 40 % y, en los terrenos con pendientes entre el 20 y el 40 %, posibilitar, adaptadas a la topografía, las construcciones de sólo 1 planta de altura, excepto cuando no sea posible, por las características del tejido delimitado o el grado de consolidación de derechos. En este caso, se habrán de establecer reglas para la ordenación de la edificación que aseguren la minimización de su impacto (limitaciones de altura, volumen y determinaciones sobre su distribución), reglas para aterrazar los espacios libres de parcela o determinaciones sobre la reforestación de los mismos, y ordenanzas que obliguen a la restitución del arbolado suprimido.

Hidrología: torrentes

Entre los principales por su superficie ocupada, conviene destacar el torrente de Cas Berris (18,35 km2), es Torrent (15,35 km2), el de Ca na Parra (11,50 km2) y el torrente de en Salla o de es Codolar (10,72 km2) Tenemos 6 Torrentes a destacar dentro del Municipio de Sant Josep de sa Talaia que afectan a las zonas urbanas: Torrent de Ca na Parra, Torrent Des Jondal, Torrent de Ses Balquetes-Canal de ses Coves, Torrent de Cala Molí, Torrent de Cala Tarida y Torrent Font d´en Raco. Entre la fauna destaca el molusco Melanopsis dufouri, endemismo ibicenco. Actualmente, los torrentes tienen graves problemas de degradación ambiental. Este hecho se acentúa cerca de las desembocaduras, debido a la ocupación del lecho del torrente, la existencia de vertidos ilegales de sustancias contaminantes y el descenso de los niveles freáticos que provocan que los pequeños embalses que se forman, se infiltren rápidamente.

Hidrología: Zonas de Posible Riesgo de Inundación, APR

Los torrentes de mayor importancia y que coinciden con Áreas de Prevención de Riesgos (APR) de inundación :

7. San Jordi. Torrent de Ca na Parra junto a AMR17 Sa Carraca.

8. Junto a AMR 14 Platja des Jondal 9. Torrent de Ses Blanquetes, canal de ses Coves 10. Torrent de Cala Molí 11. Torrent desembocadura en cala Tarida 12. Es torrent Font d´en Racó. Junto SUB 02 PT y SUB

01 PT Port des Torrent. Donde las zonas afectadas son zonas clasificadas ya como urbanas en el planeamiento actual o zonas rusticas por lo tanto lo que se hace es poner de relevancia este tipo de riesgo a fin de que se puedan adoptar las medidas oportunas. Se deberán extremar las precauciones obteniendo los permisos y siguiendo las indicaciones de la Consejería de Medio Ambiente debiendo obtener la preceptiva autorización de la Dirección General de Recursos Hídricos.

Vegetación Entre las plantas, destacan endemismos presentes en el lugar, como Allium antoni-bolosii, Silene cambessedesii y Helianthemum marifolium origanifolium, endémicas de

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Ibiza y Formentera; Chaenorrhinum formenterae y Micromeria inodora, endémica de Ibiza y Mallorca y Aetheorhiza bulbosa willkommi, Micromeria filiformis, Micromeria microphylla, Ophrys balearica y Ranunculus barceloi, endémicas del conjunto de las Baleares. Otros endemismos que destacan son: - Teucrium cossoni punicum, endemismo de Ibiza muy localizado. - Galium crespianum, endémico de Mallorca y Pitiusas. - Thymus richardi ebusitanus, endémico de Ibiza y muy localizado. - Allium antoni-bolosii eivissanuma, endémico de Ibiza y Formentera. - Allium sphaerocephalon ebusitanum, endémico de Ibiza, muy localizado. Otras especies son endemismos balearo-levantinos de interés nacional, como: - Saxifraga corsica, restringida a dos localidades en Ibiza y una en Formentera. - Asperula paui - Lamottea dianae - Silene hifacensis - Stachys brachyclada - Micromeria filiformis es una especie propia de las Baleares, sur y sureste de Iberia y norte de África, siendo, por tanto, de interés internacional. Por lo que se debe consultar por su extensión el punto 12 del presente informe donde se identifican y describen los todas las areas LIC y ZEPA mas importantes de Sant Josep. Dentro del suelo urbano el conjunto de plantas ornamentales de carácter privado existentes representan un claro riesgo de la introducción de especies vegetales externas que debe ser tenido en cuenta y controlado de forma que se eviten especies invasivas o que provoquen enfermedades sobre la vegetación autóctona. Además de controlar los espacios públicos, reforestaciones e instalaciones hoteleras y comercios se deberían controlar las especies de los jardines privados creando y aportando una normativa de buenas prácticas. La ordenación de zonas turísticas se ajustará a los criterios siguientes: - Determinaciones sobre la reforestación de los mismos, y ordenanzas que obliguen a la restitución del arbolado suprimido. - Incorporarse a la ordenación como espacio libre las masas forestales más valiosas, incorporando ordenanzas que garanticen su conservación. Se tendrá especial sensibilidad con las áreas clasificadas como suelo rustico común forestal, SRC-F, a fin de ponerlas en valor, creando planes de mantenimiento y mejora, que eviten la presión urbanística que contribuya a su degradación.

Especies protegidas

Presencia de hábitats del Anexo I de la Directiva 92/43/CEE., y un elevado número de taxones endémicos, que seguramente se incrementarán al mejorarse la prospección, destacando endemismos exclusivamente

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ibicencos, otros de ámbito balear y algunos balearo-levantinos. Es un lugar importante para la avifauna con tres espacios ZEPA siendo calificadas, además, como Área de Especial Importancia para las Aves (IBA) por la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife). Entre los vertebrados destaca la presencia de una importante colonia de halcón de Eleonor (Falco eleonorae), de un grupo colonias de la endémica Pardela Balear (Puffinus mauretanicus), de un pequeño grupo de Cormorán Moñudo (Phalacrocorax aristotelis desmarestii) y por la presencia ocasional de una pequeña colonia de Gaviota de Audouin (Larus audouinii). En Es Vedrá crió antiguamente una pareja de Águila Pescadora (Pandion haliaetus), especie aún no extinguida de Ibiza y con posibilidades de recuperación. Cabe destacar la presencia regular de Tursiops truncatus, del cada vez más raro en Ibiza Bufo viridis balearica y de la existencia de un gran número de subespecies de la endémica Podarcis Pityusensis, habiéndose detectado subespecies en casi todos los numerosos islotes de los Freus, además de las subespecies propias de Ibiza y Formentera. Concretamente solo en ses Salines nos encontramos con la presencia de 18 hábitats del Anexo I de la Directiva 92/43/CEE y de dos especies del Anexo II de dicha directiva, ambas con importantes poblaciones en el lugar. Y con la presencia de cuarenta y una especies del Anexo I de la Directiva 79/409/CEE, de las cuales 12 nidifican regularmente.

Hábitats faunísticos de interés

Presencia de hábitats del anexo I. Indicados en la descripción de Xarxa Natura 2000 (ver punto 12). Las principales vulnerabilidades vienen provocadas por la presión del suelo urbano por lo que las principales son: La construcción y apertura de de pistas, los usos recreativos no regulados, los incendios forestales, los fondeos incontrolados, el excesivo tráfico marítimo y la falta de control bien biológico por su destrucción o natural de la población de ratas, y del ganado caprino en algunas ocasiones. Que como se puede observar vienen ligadas en alto porcentaje a los desarrollos del suelo urbano.

Especies y hábitats directiva Hábitats

Nos encontramos con gran variedad de especies de del Anexo I de la Directiva 79/409/CEE. Especies del Anexo II de la Directiva Hábitats. Especie que figura en el Anexo II de la Directiva 92/43/CEE. Ver punto 12 del presente informe.

Actividades económicas existentes

Actividades turísticas y todas las actividades relacionadas con el turismo, siendo de gran impacto socio-económico el sector del ocio costero y de locales musicales. Sector agrícola y pesca. Sector artesanía y cultural.

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Población

Según la última revisión del padrón municipal, fechada en 1 de enero de 2.013, la población censada en el municipio ascendía a 24.498 habitantes, de los cuales 12.841 son hombres y 11.657 mujeres. La memoria de las normas subsidiarias dedica un apartado a la justificación de la capacidad de población. De acuerdo con el mismo, la previsión de las normas es la siguiente: La máxima población residencial teórica prevista en el planeamiento es de 42.102 habitantes y las plazas turísticas de 13.294, por lo que la total población teórica del planeamiento es de: 55.396 habitantes. Factor de gran importancia puesto que la fluctuación de la población y la necesidad de absorción y de adopción medidas concretas para la absorción y paliar o eliminar los efectos medioambientales en cada una de los momentos pasa por la consideración en el planeamiento urbanístico de una cifra ajustada a la realidad.

Usos actuales del territorio Usos urbanos. Terreno urbano. Zonas agrícolas abandonadas o zona natural antropizada, parcelas.

Paisaje. Focos visuales

Zonas visibles desde los espacios urbanos inmediatos y desde zonas colindantes o visuales generales alejadas desde puntos elevados. Afectando a la visual particular y general de cada uno de los entornos urbanos de las poblaciones existentes dentro del término municipal. Generando y mejorando focos visuales de calidad que suman al entorno urbano. Por ese motivo se definen y regulan sus características respetando, excepto en ámbitos sujetos a reforma interior, las del tejido preexistente (tipología básica continua o aislada, régimen de alturas, respetando o reduciendo el consolidado mayoritariamente, régimen de usos globales que caracterice actualmente cada zona y su intensidad que será, como máximo, la que resulte de la ordenación preexistente). Incluyendo en las normas una ordenación de las zonas turísticas con medidas especificas destinadas a la rehabilitación de las zonas existentes y limitación o prohibición en los focos visuales de referencia.

Aspecto ambiental

- Adaptación al Plan territorial insular de Eivissa y Formentera y a la normativa sobrevenida desde la vigencia de las NN.SS. - Mantenimiento de la configuración básica de los núcleos consolidado y, de acuerdo con el Plan territorial insular de Eivissa y Formentera, la protección sobre el suelo rústico. - Ordenar y mejorar la oferta turística del municipio mediante medidas específicas destinadas a posibilitar las reformas de los edificios hoteleros existentes. - La delimitación de los asentamientos urbanos existentes en suelo rústico se delimitan y clasifican como asentamientos en medio rural (AMR). - Vincular las nuevas dotaciones de zonas verdes públicas e infraestructuras a sectores de gestión sistemática para su obtención pública y gratuita. - Regular específicamente el impacto de las nuevas edificaciones en las zonas turísticas definiendo parámetros

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de integración en el terreno, volumen y tamaño máximo de las edificaciones, así como de la obligación del ajardinamiento de los espacios remanentes. - Se definen características arquitectónicas y estéticas para las edificaciones propias de la Isla. - Se incorporan los nuevos equipamientos señalados por el Plan territorial insular de Eivissa y Formentera, como los de tipo sanitario y asistencial (centros de salud y creación de una nueva zona sanitaria), mejora y ampliación de los centros docentes, creación de nuevos centros sociales y culturales, etc., así como las actuaciones encaminadas a eliminar el tránsito a través de los núcleos de población. - Se difiere la ordenación de detalle de sa Canal a un plan especial. - Se difiere a un plan especial la mejora e implantación de las infraestructuras pendientes de ejecutar de los núcleos de Cala Molí y Cala Vadella. - Dado su avanzado estado de consolidación, se incorpora al planeamiento como urbano, aunque pendiente de recepción y cesión, el sector de Sa Caixota (Vista Alegre). Por ello, se mantiene la obligación de crear e inscribir una entidad urbanística colaboradora de conservación que deberá realizar las siguientes funciones: 1. El mantenimiento y conservación de los viales del ámbito del sector, así como de sus zonas verdes y del resto de elementos ornamentales, sean estos de carácter público o privado. 2. Realizar la limpieza interior, alumbrado y servicios del ámbito del sector, sin perjuicio de la adscripción a la titularidad pública de los que correspondan al Ayuntamiento. Las anteriores obligaciones cesarán en el momento en que el Ayuntamiento reclamé para sí la gestión de los citados servicios individual o colectivamente. - Se incorpora al suelo urbano los actuales sectores de las NN.SS.: S- 4.16 y S-4.33 que se encuentran totalmente ejecutados. Se ha previsto, con la finalidad de reordenar ámbitos interiores del núcleo, obtener equipamientos, espacios libres públicos, viales o aparcamientos, el desarrollo de unidades de actuación: - De renovación o reforma integral de la urbanización. - De dotación. - Sin transformación urbanística. Dichas unidades de actuación son las siguientes: 1. Cala de Bou: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-01CB, UA-02CB, UA- 07CB, UA-08CB, UA-09CB, UA-10CB, UA-11CB, UA-14CB, UA-15CB, UA-16CB, UA-17CB, UA-18CB y UA-19CB. - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-03CB, UA-04CB, UA-05CB, UA-06CB, UA-12CB y UA-13CB. 2. Cala Tarida: - Unidades de actuación de transformación urbanística de

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urbanización: UA-04CT. - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-01CT, UA-02CT, UA-03CT y UA-05CT. 3. Es Cubells. - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-01ES y UA-02ES. 4. Port des Torrent: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-01PT y UA-05PT. - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-02PT, UA-03PT y UA-04PT. 5. Sant Josep: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-01SJ, UA-02SJ, UA-03SJ y UA-04SJ. 6. Cala Vadella: - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-01CV, UA-02CV y UA-03CV. 7. Sant Jordi: - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización: UA-10JO, UA-12JO, UA- 13JO, UA-14JO, UA-16JO. - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-01JO, UA-02JO, UA-03JO, UA-04JO, UA-05JO, UA-06JO, UA-07JO, UA-08JO, UA-09JO, UA-11JO, UA-12JO, UA-13JO, UA-15JO, UA-17JO y UA-18JO. 8. Caló den Real: - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación: UA-01CR.

Paisaje. Capacidad de absorción visual

Se considera elevada, atendiendo a la ubicación de las actuaciones junto al núcleo urbano del cual formarán parte, fuera parte de que las medidas adoptadas aportan calidad al paisaje a realizar y mejoran el existente. Por lo tanto al absorción visual será muy elevada al actuar sobre todo el conjunto pudiéndose generar posibles discontinuidades en el proceso de adaptación al encontrarse zonas adaptadas completamente a los nuevos criterios y zonas en las que no se haya podido actuar .

Paisaje. Intrínseca Calidad paisajística

Espacios urbanos muy consolidados y transformados con discontinuidades notables, con visuales cerradas y escasos espacios libres, que rompen o aportan efectos negativos al paisaje.

Elementos de interés cultural

El municipio no cuenta con un Catálogo de protección del patrimonio histórico aprobado, Catálogo que se tramitará conjunta y simultáneamente o con posterioridad y previamente a la aprobación definitiva del presente planeamiento general.

Zonas Húmedas

Parque Natural de Ses Salines d’Eivissa i Formentera, que pertenece a la Red Natura 2000 como LIC y ZEPA ES0000084 y ostenta además otras figuras de protección como Humedal Ramsar o Patrimonio de la Humanidad. Entre los tipos de hábitat asociados a humedales del Anexo I de la Directiva Hábitat (92/43/CEE) cuya presencia está confirmada en este espacio, destaca la existencia de cinco hábitats considerados como prioritarios: 1120(*) Praderas de Posidonia

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1510(*) Estepas salinas mediterráneas (Limonietalia) 2250(*) Dunas litorales con Juniperus spp. 1150(*) Lagunas costeras 3170(*) Estanques temporales mediterráneos

Puntos de Interés Científico Como puntos de interés científico medioambiental nos encontramos con los 7 espacios protegidos presentes en Sant Josep de sa Talaia.

ANEIs

Área Natural de Especial Interés, según la Ley 1/1991, de 30 de enero, de Espacios Naturales y de Régimen Urbanístico de las Áreas de Especial Protección de las Islas Baleares. Sant Josep de sa Talaia tiene: 4.863,42 has de zona ANEI. Total de Suelo rústico protegido: 8.000,56 has: 3.137,14 has AANP + 4.863,42 has ANEI + 0 has ARIP. Los terrenos de suelo urbano más cercanos a las zonas ANEI son los ubicados en Asentamientos en medio Rural

Encinares.

El término municipal de Sant Josep de sa Talaia se encuentra compuesto principalmente de bosques de pinos pero también se localizan impresionantes sabinas. No se localizan encinares.

LIC, ZEPA

Se localizan 7 espacios: 8. ES5310023. Illots de Ponent (LIC, ZEPA) 9. ES0000078. Es Vedrà – es Vedranell (LIC, ZEPA). 10. ES0000084. Ses Salines d´Eivissa i Formentera (LIC,

ZEPA). 11. ES5310104. Costa de l´oest d´Eivissa (LIC). 12. ES5310032. Cap Llentrisca – sa Talaia (LIC). 13. ES5310031. Purroig (LIC). 14. ES5310034. Serra Grossa (LIC).

APR de Incendio

Incorporados al planeamiento en las normas subsidiarias. Se pueden observar como la documentación grafica que incluye las normas subsidiarias, reflejan y tienen en cuenta las áreas de protección de incendios de Sant Josep de sa Talaia.

APR de Deslizamiento

Incorporados al planeamiento en las normas subsidiarias. Se pueden observar como la documentación grafica que incluye las normas subsidiarias, reflejan y tienen en cuenta las áreas de protección de deslizamiento de Sant Josep de sa Talaia.

APR de Inundación

Incorporados al planeamiento en las normas subsidiarias. Se pueden observar como la documentación grafica que incluye las normas subsidiarias, reflejan y tienen en cuenta las áreas de protección de Inundación de Sant Josep de sa Talaia.

APR de Erosión

Incorporados al planeamiento en las normas subsidiarias. Se pueden observar como la documentación grafica que incluye las normas subsidiarias, reflejan y tienen en cuenta las áreas de protección de erosión de Sant Josep de sa Talaia.

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SUELO URBANIZABLE

Aspecto ambiental Caracterización • Suelo urbanizable

Unidad El suelo urbanizable es el así clasificado por el planeamiento por ser adecuado para garantizar el crecimiento y las necesidades de la población y de la actividad económica del municipio, de acuerdo con los siguientes tipos: a).- Suelo urbanizable directamente ordenado. Es el integrado por los terrenos que, bien por su reducida dimensión o bien por destinarse predominantemente a usos dotacionales o de infraestructura, son ordenados de forma detallada por el planeamiento. En ellos, al menos la mitad de la superficie bruta de su ámbito, con inclusión, en su caso, de los sistemas generales adscritos, se destinan a usos dotacionales, de infraestructuras o a terrenos para patrimonio público de suelo adicionales a los resultados de las determinaciones establecidas en la Ley 7/2012, de 13 de junio. Estas reservas son de cesión obligatoria y gratuita y substituyen a las que, con carácter general, fija la normativa urbanística para los suelos urbanizables. b).- Suelo urbanizable no ordenado. Es el integrado por el resto de terrenos urbanizables delimitados por el planeamiento que deberán desarrollarse mediante la aprobación definitiva de un plan parcial de acuerdo con las condiciones que se determinan en las fichas particularizadas por sectores. a).- Sectores urbanizables directamente ordenados por el planeamiento general: - Port des Torrent: SUDO-01PT y SUDO-02PT. - Sant Jordi: SUDO-08JO, SUDO-15JO y SUDO-18JO. b).- Sectores urbanizables no ordenados por el planeamiento general: - Cala de Bou: SUB-01CB. - Cala Tarida-Corral: SUB-01CT (sectores S-4.23 y S-4.24), SUB-02CT (sector S-4.16) y SUB-03CT (sector S-4.16). - Plana de Mar: SUB-01PM (sector S-4.14). - Port des Torrent: SUB-03PT. - Sant Jordi: SUB-01JO, SUB-02JO (sector S-1.4), SUB-03JO (sector S-1.11), SUB-04JO, SUB-05JO, SUB-06J, SUB-07JO, SUB-09J, SUB-10JO, SUB-11JO (sector S-1.17), SUB-12JO, SUB-13JO, SUB-14JO, SUB-16JO y SUB-17JO. c).- Se desclasifican los siguientes sectores de suelo urbanizable de uso turístico o residencial: S-1.1, S-1.18, S-4.6, S-4.22 y S-5.5. La superficie de suelo urbanizable clasificado y desclasificado resulta: NNSS de 1987 = 1.904.792 m2 NNSS de 2007 (aprobación inicial) = 699.077 m2 NNSS 2014 = 1.741.672 m2 Diferencias entre las NN.SS. de 1987 y 2014 = -163.120 m2 d).- Los sectores urbanizables de tipo residencial y/o turístico de nueva implantación suponen 569.817,44 m2 (56,98 ha).

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Relieve y carácter topográfico

El relieve del paisaje urbano está lleno de contrastes, desde las zonas llanas en las que se aprovecho para la implantación de los núcleos urbanos, junto con las zonas costeras de carácter llano en las zonas de grandes playas, a las zonas adaptadas a una orografía montañosa y de grandes desniveles con salidas al mar en zonas de acantilados. Estos contrastes de alturas en el terreno son de gran importancia ya que es necesario tener siempre presente el relieve propio del entramado urbano y del entorno a la hora de definir su trama. El impacto visual de los suelos urbanos debido a que la zona es predominantemente llana, cuando estos se sitúan en zonas altas o de transición de llano a montañoso son muy importantes. Para la ordenación de zonas turísticas se impone los criterios siguientes directamente relacionados con el relieve y carácter topográfico: - Preservarse de la transformación los terrenos situados en las cotas más altas de los terrenos, determinando su inedificabilidad o su calificación como espacio libre. - Determinarse la inedificabilidad de los terrenos con pendiente superior al 40 % y, en los terrenos con pendientes entre el 20 y el 40 %, posibilitar, adaptadas a la topografía, las construcciones de sólo 1 planta de altura, excepto cuando no sea posible, por las características del tejido delimitado o el grado de consolidación de derechos. En este caso, se habrán de establecer reglas para la ordenación de la edificación que aseguren la minimización de su impacto (limitaciones de altura, volumen y determinaciones sobre su distribución), reglas para aterrazar los espacios libres de parcela o determinaciones sobre la reforestación de los mismos, y ordenanzas que obliguen a la restitución del arbolado suprimido.

Hidrología: Zonas de Posible Riesgo de Inundación, APR

Los torrentes de mayor importancia y que coinciden con Áreas de Prevención de Riesgos (APR) de inundación :

1. San Jordi. Torrent de Ca na Parra junto a AMR17 Sa Carraca.

2. Junto a AMR 14 Platja des Jondal 3. Torrent de Ses Blanquetes, canal de ses Coves 4. Torrent de Cala Molí 5. Torrent desembocadura en cala Tarida 6. Es torrent Font d´en Racó. Junto SUB 02 PT y SUB

01 PT Port des Torrent. Donde las zonas afectadas son zonas clasificadas ya como urbanas en el planeamiento actual o zonas rusticas por lo tanto lo que se hace es poner de relevancia este tipo de riesgo a fin de que se puedan adoptar las medidas oportunas. Se deberán extremar las precauciones obteniendo los permisos y siguiendo las indicaciones de la Consejería de Medio Ambiente debiendo obtener la preceptiva autorización de la Dirección General de Recursos Hídricos.

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Vegetación

Entre las plantas, destacan endemismos presentes en el lugar, como Allium antoni-bolosii, Silene cambessedesii y Helianthemum marifolium origanifolium, endémicas de Ibiza y Formentera; Chaenorrhinum formenterae y Micromeria inodora, endémica de Ibiza y Mallorca y Aetheorhiza bulbosa willkommi, Micromeria filiformis, Micromeria microphylla, Ophrys balearica y Ranunculus barceloi, endémicas del conjunto de las Baleares. Otros endemismos que destacan son: - Teucrium cossoni punicum, endemismo de Ibiza muy localizado. - Galium crespianum, endémico de Mallorca y Pitiusas. - Thymus richardi ebusitanus, endémico de Ibiza y muy localizado. - Allium antoni-bolosii eivissanuma, endémico de Ibiza y Formentera. - Allium sphaerocephalon ebusitanum, endémico de Ibiza, muy localizado. Otras especies son endemismos balearo-levantinos de interés nacional, como: - Saxifraga corsica, restringida a dos localidades en Ibiza y una en Formentera. - Asperula paui - Lamottea dianae - Silene hifacensis - Stachys brachyclada - Micromeria filiformis es una especie propia de las Baleares, sur y sureste de Iberia y norte de África, siendo, por tanto, de interés internacional. Por lo que se debe consultar por su extensión el punto 12 del presente informe donde se identifican y describen los todas las areas LIC y ZEPA mas importantes de Sant Josep. Dentro del suelo urbano el conjunto de plantas ornamentales de carácter privado existentes representan un claro riesgo de la introducción de especies vegetales externas que debe ser tenido en cuenta y controlado de forma que se eviten especies invasivas o que provoquen enfermedades sobre la vegetación autóctona. Además de controlar los espacios públicos, reforestaciones e instalaciones hoteleras y comercios se deberían controlar las especies de los jardines privados creando y aportando una normativa de buenas prácticas. La ordenación de zonas turísticas se ajustará a los criterios siguientes: - Determinaciones sobre la reforestación de los mismos, y ordenanzas que obliguen a la restitución del arbolado suprimido. - Incorporarse a la ordenación como espacio libre las masas forestales más valiosas, incorporando ordenanzas que garanticen su conservación. Se tendrá especial sensibilidad con las áreas clasificadas como suelo rustico común forestal, SRC-F, a fin de ponerlas en valor, creando planes de mantenimiento y mejora, que eviten la presión urbanística que contribuya a su degradación.

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Especies protegidas

Presencia de hábitats del Anexo I de la Directiva 92/43/CEE., y un elevado número de taxones endémicos, que seguramente se incrementarán al mejorarse la prospección, destacando endemismos exclusivamente ibicencos, otros de ámbito balear y algunos balearo-levantinos. Es un lugar importante para la avifauna con tres espacios ZEPA siendo calificadas, además, como Área de Especial Importancia para las Aves (IBA) por la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife). Entre los vertebrados destaca la presencia de una importante colonia de halcón de Eleonor (Falco eleonorae), de un grupo colonias de la endémica Pardela Balear (Puffinus mauretanicus), de un pequeño grupo de Cormorán Moñudo (Phalacrocorax aristotelis desmarestii) y por la presencia ocasional de una pequeña colonia de Gaviota de Audouin (Larus audouinii). En Es Vedrá crió antiguamente una pareja de Águila Pescadora (Pandion haliaetus), especie aún no extinguida de Ibiza y con posibilidades de recuperación. Cabe destacar la presencia regular de Tursiops truncatus, del cada vez más raro en Ibiza Bufo viridis balearica y de la existencia de un gran número de subespecies de la endémica Podarcis Pityusensis, habiéndose detectado subespecies en casi todos los numerosos islotes de los Freus, además de las subespecies propias de Ibiza y Formentera. Concretamente solo en ses Salines nos encontramos con la presencia de 18 hábitats del Anexo I de la Directiva 92/43/CEE y de dos especies del Anexo II de dicha directiva, ambas con importantes poblaciones en el lugar. Y con la presencia de cuarenta y una especies del Anexo I de la Directiva 79/409/CEE, de las cuales 12 nidifican regularmente.

Hábitats faunísticos de interés

Presencia de hábitats del anexo I. Indicados en la descripción de Xarxa Natura 2000 (ver punto 12). Las principales vulnerabilidades vienen provocadas por la presión del suelo urbano por lo que las principales son: La construcción y apertura de de pistas, los usos recreativos no regulados, los incendios forestales, los fondeos incontrolados, el excesivo tráfico marítimo y la falta de control bien biológico por su destrucción o natural de la población de ratas, y del ganado caprino en algunas ocasiones. Que como se puede observar vienen ligadas en alto porcentaje a los desarrollos del suelo urbano.

Especies y hábitats directiva Hábitats

Nos encontramos con gran variedad de especies de del Anexo I de la Directiva 79/409/CEE. Especies del Anexo II de la Directiva Hábitats. Especie que figura en el Anexo II de la Directiva 92/43/CEE. Ver punto 12 del presente informe.

Actividades económicas existentes

Actividades turísticas y todas las actividades relacionadas con el turismo, siendo de gran impacto socio-económico el sector del ocio costero y de locales musicales.

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Sector agrícola y pesca. Sector artesanía y cultural.

Población

Según la última revisión del padrón municipal, fechada en 1 de enero de 2.013, la población censada en el municipio ascendía a 24.498 habitantes, de los cuales 12.841 son hombres y 11.657 mujeres. La memoria de las normas subsidiarias dedica un apartado a la justificación de la capacidad de población. De acuerdo con el mismo, la previsión de las normas es la siguiente: La máxima población residencial teórica prevista en el planeamiento es de 42.102 habitantes y las plazas turísticas de 13.294, por lo que la total población teórica del planeamiento es de: 55.396 habitantes. Factor de gran importancia puesto que la fluctuación de la población y la necesidad de absorción y de adopción medidas concretas para la absorción y paliar o eliminar los efectos medioambientales en cada una de los momentos pasa por la consideración en el planeamiento urbanístico de una cifra ajustada a la realidad.

Usos actuales del territorio Se trata en su mayoría zonas de suelo urbanizable previsto en las NNSS vigentes que son en su mayoría parcelas contiguas al suelo urbano con uso agrícola y en casos en desuso por la propia cercanía y presión urbana.

Paisaje. Focos visuales En las Zonas llanas en la que convergen la visibilidad de los espacios urbanos inmediatos y focos visuales generales de las zonas elevadas geográficas o de edificios. Los focos visuales más relevantes corresponden, a las zonas de ampliación de polígono industrial que son visibles desde los viales y desde las zonas urbanas más próximas y a los sectores residenciales más elevados, cambios de rasante o localizados en puntos de alto tráfico de vehículos y/o personas produciendo por lo tanto Focos visuales importantes. Desatacar como las nuevas NNSS recogen como principio básico: Ordenación coherente de los tejidos en el aspecto formal e integrado con el entorno, cuidando especialmente la armonización con la tipología edificatoria de las áreas a las cuales se agregue y evitando la desfiguración de la perspectiva de los conjuntos urbanos existentes. En todo caso, la ubicación y ordenación de los nuevos suelos se efectuará teniendo en cuenta las condiciones siguiente: - Implantación del núcleo existente respecto del entorno. - Topográficas de los terrenos de este entorno determinándose a este efecto que, como criterio general y excepto justificación en contra aceptada por la CIOTUPHA, no podrán situarse en terrenos con pendiente superior al 20 %. - La protección de las visuales. - Las tendencias naturales de crecimiento de los núcleos

aspecto ambiental

Se desclasifican los siguientes sectores de suelo urbanizable de uso turístico o residencial: - Cala de Bou: sector urbanizable residencial no ordenado SUB-01CB. - Cala Tarida-Corral: sectores urbanizables no ordenados

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SUB-01CT y SUB-02CT. - Plana de Mar: sector urbanizable no ordenado SUB-01PM. - Port des Torrent: sector no ordenado SUB-03PT y los sectores urbanizables directamente ordenados SUDO-01PT y SUDO-02PT. - Sant Josep: sectores urbanizables no ordenados SUB-01JO, SUB-02JO, SUB-03JO, SUB-04JO, SUB-05JO, SUB-06J, SUB-07JO, SUB-09JO, SUB-10JO, SUB-11JO, SUB-12JO, SUB-13JO, SUB-14JO, SUB-16JO, SUB-17JO y SUB-19JO, así como los sectores urbanizables directamente ordenados SUDO-08JO, SUDO-15JO y SUDO-18JO. - Cala de Bou: sector urbanizable residencial no ordenado SUB-01CB. - Cala Tarida-Corral: sectores urbanizables no ordenados SUB-01CT y SUB-02CT. - Plana de Mar: sector urbanizable no ordenado SUB-01PM. - Port des Torrent: sector no ordenado SUB-03PT y los sectores urbanizables directamente ordenados SUDO-01PT y SUDO-02PT. - Sant Josep: sectores urbanizables no ordenados SUB-01JO, SUB-02JO, SUB-03JO, SUB-04JO, SUB-05JO, SUB-06J, SUB-07JO, SUB-09JO, SUB-10JO, SUB-11JO, SUB-12JO, SUB-13JO, SUB-14JO, SUB-16JO, SUB-17JO y SUB-19JO, así como los sectores urbanizables directamente ordenados SUDO-08JO, SUDO-15JO y SUDO-18JO. Se desclasifican los siguientes sectores de suelo urbanizable de uso turístico o residencial: S-1.1, S-1.18, S-4.6, S-4.22 y S-5.5. Se recupera como suelo rustico 163.120 m2 que estaban clasificados como urbanizable. La superficie de suelo urbanizable residencial y/o turístico asciende a: 1.776.933 m2 (177,69 ha), Siendo la superficie de nueva urbanización 569.817,44 m2 (56,98 ha) situados en Cala Bou, Cala Tarida-Corral, Plana de Mar, Port des Torrent y Sant Jordi Por lo que el impacto global se pude decir que es positivo ambientalmente. La superficie del suelo urbano del municipio, de acuerdo con la revisión del planeamiento vigente es de 11.381.529 m2 y la superficie de suelo urbanizable con plan parcial aprobado de 424.734 m2 por lo que el crecimiento en suelo residencial turístico o mixto no puede superar el 10% de la suma de ambas, es decir 118,06 ha. Por otra parte, el planeamiento ha clasificado como nuevo suelo urbano residencial una superficie de 513.092 m2 que, en su mayor parte, recoge asentamientos ya existentes y como suelo urbanizable residencial y/o turístico de crecimiento una superficie de 569.817,44 m2, es decir 108,29 ha. En su consecuencia, el crecimiento propuesto en el planeamiento es de no supera el máximo establecido por el PTI de Eivissa y Formentera, lo que da garantías a nivel particular. Siendo para el suelo urbanizable no ordenado directamente terrenos urbanizables delimitados por el planeamiento que deberán desarrollarse mediante la aprobación definitiva de un plan parcial.

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Paisaje. Capacidad de absorción visual

Espacios urbanos muy consolidados y transformados con discontinuidades notables, con visuales cerradas y escasos espacios libres, que rompen o aportan efectos negativos al paisaje.

Paisaje. Calidad paisajística intrínseca

Sant Josep de Sa Talaia incluye en las nuevas NNSS toda la normativa ambiental de rango superior.

Elementos de interés cultural

El municipio no cuenta con un Catálogo de protección del patrimonio histórico aprobado, Catálogo que se tramitará conjunta y simultáneamente o con posterioridad y previamente a la aprobación definitiva del presente planeamiento general.

Zonas Húmedas

Parque Natural de Ses Salines d’Eivissa i Formentera, que pertenece a la Red Natura 2000 como LIC y ZEPA ES0000084 y ostenta además otras figuras de protección como Humedal Ramsar o Patrimonio de la Humanidad. Entre los tipos de hábitat asociados a humedales del Anexo I de la Directiva Hábitat (92/43/CEE) cuya presencia está confirmada en este espacio, destaca la existencia de cinco hábitats considerados como prioritarios: 1120(*) Praderas de Posidonia 1510(*) Estepas salinas mediterráneas (Limonietalia) 2250(*) Dunas litorales con Juniperus spp. 1150(*) Lagunas costeras 3170(*) Estanques temporales mediterráneos

Puntos de Interés Científico Como puntos de interés científico medioambiental nos encontramos con los 7 espacios protegidos presentes en Sant Josep de sa Talaia.

ANEIs

Área Natural de Especial Interés, según la Ley 1/1991, de 30 de enero, de Espacios Naturales y de Régimen Urbanístico de las Áreas de Especial Protección de las Islas Baleares. Sant Josep de sa Talaia tiene: 4.863,42 has de zona ANEI. Total de Suelo rústico protegido: 8.000,56 has: 3.137,14 has AANP + 4.863,42 has ANEI + 0 has ARIP. Los terrenos de suelo urbano más cercanos a las zonas ANEI son los ubicados en Asentamientos en medio Rural

Encinares.

El término municipal de Sant Josep de sa Talaia se encuentra compuesto principalmente de bosques de pinos pero también se localizan impresionantes sabinas. No se localizan encinares.

LIC, ZEPA

Se localizan 7 espacios: 1. ES5310023. Illots de Ponent (LIC, ZEPA) 2. ES0000078. Es Vedrà – es Vedranell (LIC, ZEPA). 3. ES0000084. Ses Salines d´Eivissa i Formentera (LIC,

ZEPA). 4. ES5310104. Costa de l´oest d´Eivissa (LIC). 5. ES5310032. Cap Llentrisca – sa Talaia (LIC). 6. ES5310031. Purroig (LIC). 7. ES5310034. Serra Grossa (LIC).

APR de Incendio

Incorporados al planeamiento en las normas subsidiarias. Se pueden observar como la documentación grafica que incluye las normas subsidiarias, reflejan y tienen en cuenta las áreas de protección de incendios de Sant Josep de sa

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Talaia.

APR de Deslizamiento

Incorporados al planeamiento en las normas subsidiarias. Se pueden observar como la documentación grafica que incluye las normas subsidiarias, reflejan y tienen en cuenta las áreas de protección de deslizamiento de Sant Josep de sa Talaia.

APR de Inundación

Incorporados al planeamiento en las normas subsidiarias. Se pueden observar como la documentación grafica que incluye las normas subsidiarias, reflejan y tienen en cuenta las áreas de protección de Inundación de Sant Josep de sa Talaia.

APR de Erosión

Incorporados al planeamiento en las normas subsidiarias. Se pueden observar como la documentación grafica que incluye las normas subsidiarias, reflejan y tienen en cuenta las áreas de protección de erosión de Sant Josep de sa Talaia.

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LOS ECOSISTEMAS MÁS SIGNIFICATIVOS A la hora de analizar los ecosistemas del área de estudio, debemos tener en cuenta las alteraciones antrópicas sobre todo si partimos de la base, que Sant Josep de sa Talaia, tiene como principal fuente de ingresos y desarrollo el turismo, en cualquiera de los casos los ecosistemas se pueden clasificar en:

• Ecosistemas agrícolas • Ecosistemas forestales • Ecosistemas acuáticos • Ecosistemas costeros

Ecosistemas agrícolas Los problemas de la creciente desvinculación del sector agrícola, por parte del sector primario en Ibiza, y por ende en el municipio a estudio, derivados directamente del hecho que el motor de la principal actividad económica es el turismo. Este hecho ha provocado que se abandonen los cultivos o se hayan transformados para otros usos, dando lugar a una degradación del paisaje y del suelo. Ecosistemas forestales En el municipio a estudio destacan por crear un espacio más homogéneo y verde las formaciones forestales que se desarrollan en la vertiente norte del Puig des Jondal. Las zonas forestales se localizan principalmente en las zonas montañosas y bordes boscosos de acantilados, en lugares protegidos o de difícil accesibilidad. Como por ejemplo en los puntos donde se localizan las elevaciones principales, desde el extremo suroeste y extendiéndose hacia parte central y nororiental del municipio nos encontramos las principales elevaciones, una cadena de elevado valor natural que alcanza la máxima altitud de la isla en sa Talaia de Sant Josep, con 486 metros. Los tres puntos siguientes más elevados de la isla también se encuentran en el municipio, y son el puig de Serra (436 m), el puig Gros (419 m.) y el puig de Cala Llentrisca (414 m. en la cima del acantilado conocido como es cap des Jueu). Otros puntos destacables son el puig de sa Pega (400 m.), Hacia el noroeste se extienden las elevaciones por el puig de s’Avenc, de más de 300 m. y la sierra de sa Barda. Y hacia el sur también encontramos la sierra de sa Cova Santa y el puig d’en Palleu, de cerca de 250 m. Ecosistemas acuáticos • Aguas subterráneas y fuentes Respecto a la fauna predominan los invertebrados: poliquetos, gasterópodos, crustáceos e insectos. La flora está presente en los lugares donde hay luz, pero no lo está en los ecosistemas de aguas subterráneas. En las fuentes existe un predominio de algas microscópicas, como cianofíceas y diatomeas que viven sobre rocas formando láminas, así como presencia de musgos y vegetales superiores que necesitan unas condiciones de humedad importantes, como los juncos. Ambos ambientes son frágiles y muy sensibles a la contaminación de las aguas por sustancias orgánicas, químicas o por la intrusión de agua marina, al igual que por la disminución del nivel freático por sobreexplotación.

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• Torrentes A pesar que la orografía relativamente montañosa de la isla de Eivissa puede condicionar la existencia de torrentes, funcionan intermitentemente como respuesta a la irregularidad de la pluviometría, y por ello las especies presentes en los torrentes vienen condicionadas por presencia del agua. En el municipio de Sant Josep de sa Talaia se pueden clasificar en dos grupos diferentes: - Torrentes cortos de cabecera montañosos: son cortos, pero con una fuerte pendiente y un alto poder erosivo, ya que han de salvar un fuerte desnivel. - Torrentes largos que desembocan en el mar, con pendientes que se suavizan y que han modificado y caracterizado el entorno por el que pasan. Por lo que respecta a las aguas superficiales, la red hidrográfica del municipio de Sant Josep está configurada por numerosos pequeños torrentes de carácter inminente, con cuencas de reducida superficie. Debido a la escasa pluviometría de la zona y de su estacionalidad, los cauces de los torrentes son muy escasos. Entre los principales, conviene destacar el torrente de Cas Berris (18,35 km2), es Torrent (15,35 km2), la de Ca na Parra (11,50 km2) y el torrente de en Salla o de es Codolar (10,72 km2) Entre la fauna destaca el molusco Melanopsis dufouri, endemismo ibicenco. Actualmente, los torrentes tienen graves problemas de degradación ambiental. Este hecho se acentúa cerca de las desembocaduras, debido a la ocupación del lecho del torrente, la existencia de vertidos ilegales de sustancias contaminantes y el descenso de los niveles freáticos que provocan que los pequeños embalses que se forman, se infiltren rápidamente. Ecosistemas costeros La fuerte presión del turismo ha provocado en muchas zonas del litoral una urbanización descontrolada alterando el ecosistema natural y teniendo que recurrir a la Ley de Espacios Naturales (LEN) para proteger los ecosistemas costeros más importantes, sin embargo a pesar que el litoral arenoso constituye uno de los ecosistemas más valiosos, la presión turística que estas zona sufren ha provocado que estos ecosistemas estén degradados.

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6.- IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS EFECTOS DESCRIPCIÓN Y DIAGNOSIS AMBIENTAL DE LAS ÁREAS POTENCIALMENTE AFECTADAS POR LA IMPLANTACIÓN DE LAS NNSS El estado del modelo territorial actual, ha surgido de la identificación y análisis de los problemas inherentes a todos los sectores y que ejercen disfuncionalidades territoriales e impiden o dificultan el desarrollo armonioso y equilibrado de las áreas que, en conjunto, definen las condiciones de vida de la población y su entorno ambiental, alterando en mayor o menor grado las potencialidades de ambos en un marco de desarrollo sostenible. Se han agrupado los problemas detectados en seis grandes áreas de análisis:

• El medio físico • Demografía • Actividades económicas • Infraestructuras • Equipamientos • Planeamiento urbanístico

MATRIZ DE INTERACCIONES OBJETIVOS La construcción de una matriz de interacciones Factor/Acciones sobre el medio facilita la identificación de los impactos provocados por el cambio y desarrollo de actuaciones analizadas, sobre el medio. El método aporta información indicativa sobre los factores ambientales afectados, positiva o negativamente, por las acciones derivadas de la realización de las actividades programadas. METODOLOGIA Para la construcción de la matriz se identifican una serie de acciones derivadas de la realización del proyecto, tanto en la fase de construcción como en la fase operacional. Paralelamente se describen un conjunto de factores ambientales afectados por la implantación de las NNSS. A continuación el proceso metodológico se divide en las siguientes fases:

• elaboración de matrices donde se evalúa las acciones a estudio: consolidación de unos viales públicos conectados a la red de caminos públicos y próximos a una zona ANEI, cambio de titularidad de unas parcelas por cesión, y modificación de actividades, equipamientos hoteleros, equipamientos unifamiliares…

• asignación de una intensidad de impacto en el cruce de cada factor ambiental con cada acción sobre el medio. La intensidad estará en función del grado de impacto ocasionado:

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• Alta 3 • Moderada 2 • Leve 1 • Nula 0

Acciones: • Criterios de Planificación de las NNSS

- Accesibilidad universal. (no se ha sometido individualmente al estudio medioambiental)

- Igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. . (no se ha sometido individualmente al estudio medioambiental)

- Movilidad. - Eficiencia energética. - Garantía de suministro de agua. - Prevención de riesgos naturales y de accidentes graves. - Prevención y protección contra la contaminación y limitación de sus

consecuencias para la salud o el medio ambiente. • Definición de zonas del suelo urbano y rural y catalogación de los usos que se les

va a designar a cada parcela del municipio Utilización de los siguiente terminaciones para mejor gestión del suelo (Zonas extensivas, Terciario: Comercial (c), Turístico (t) y Establecimiento público ( EP ), Plurifamiliares...

• Estructuración del suelo urbano:

- CA, e-P, E-U - Terciario: Industrial: Adtvo Privado, Turístico, Establecimientos Públicos, - Comunicaciones e infraestructuras: Instalaciones y servicios (IS),

transporte (TR) telecomunicaciones (TC) y aparcamiento de vehículos (AP). - Espacios libres: Espacio libre público (ELP) y espacio libre privado (ELPR). - Unidades de actuación en suelo urbano. - Unidades de actuación de transformación urbanística de urbanización. - Unidades de actuación de transformación urbanística de dotación. - Suelo urbanizable.

• Suelo rústico. Se han analizado los siguientes elementos:

• Criterios de planificación de las NNSS. • Movilidad • Energía • Garantía del suministro de agua • Definición de zonas del suelo urbano y rural y catalogación de los usos que se

les va a designar a cada parcela del municipio • Estructuración del suelo urbano • Unidades de actuación en suelo urbano

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• Suelo urbanizable: • Suelo rústico

Suelo urbanizable Recoge los aspectos siguientes: Suelo urbanizable para obtención de suelo público, la mayoría de las parcelas que van a recibir esta categorización, son suelos rústicos próximos a centros urbanos, o dentro de estos. Algunos ya no tienen actividad agrícola y ha comenzado a crecer vegetación silvestre, y forestal, otros se utilizan como vertedero esporádico o almacenes. Para el sector residencial, Ampliación de los polígonos industriales creación de zona nueva. Suelo rústico Hay dos clases: "especialmente protegido" -el que tiene valores que lo hacen interesante, como flora, fauna, paisaje, proximidad a ríos, lagos, infraestructuras, y "genérico" o "RÚSTICO" (fiscalmente aún se denomina así) y es el que sirve para ciertos proyectos como granjas, almacenes agrícolas, minas, canteras, etc. Nosotros hacemos la valoración indistintamente, de los dos a la vez, y si hay que remarcar algo en particular de alguno de los dos lo hacemos constar, en el informe.

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CRITERIOS DE PLANIFICACIÓN DE LAS NNSS. FACTORES ABIÓTICOS FACTORES ABIÓTICOS

Efecto Zona de influencia impacto

• Calidad del aire:

Se consigue mayor eficiencia en los desplazamientos de los habitantes, pues las vías de comunicación, espacios públicos, organización del territorio, conlleva la menor utilización del transporte, un mejor uso de éste, aprovechamiento de las energías y recursos naturales, del que dispone el consistorio.

Todo el municipio, y sus alrededores

+3

— ruido, — polvo, — humos, y — olores.

Al conseguir que los transportes que usan carburantes de origen fósil, estén menos tiempos en circulación, pues llegan antes a su destino, y que también otros ciudadanos usen otros medios (bicicleta, a pie, servicios públicos de transporte,…) También las NNSS al regular las distribuciones de las edificaciones, y del territorio, facilitan la circulación del aire, de la luz, y las aguas, implica que se aprovechen mejor, las energías. Todo ello hace que se reduzcan estos agentes del aire.

Todo el municipio, y sus alrededores

+3

Clima. Al reducir la emisión de los gases invernadero, por lo que se ha comentado en los anteriores apartados, el clima se ve afectado.

A nivel global +3

Factor tierra–suelo:

Al conseguir una mejor gestión y estructuración del territorio, este factor se ve favorecido, aunque también se consume pues las medidas, implican nuevas construcciones en suelo que no está urbanizado.

A nivel municipal +1

relieve y carácter topográfico,

Las NNSS prevén la conservación del territorio, pero también se prevén nuevas construcciones, que alterarán el relieve.

A nivel municipal +1

recursos culturales del suelo,

La permeabilidad, textura, y estructura, donde se produzcan actuaciones, se verán alteradas, pero también se conservarán en los ligares donde las intervenciones sean rehabilitar el suelo, o se construyan zonas ajardinadas, permeables.

A nivel puntual donde se produzcan las acciones.

-1

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recursos minerales, y recursos edáficos

Se verán alteradas, pues en las zonas donde se intervengan, los recursos culturales el aporte o inmovilización de minerales se podrá ver comprometida, por un déficit de aportación, o por exceso, (ej; abono de las tierras).

A nivel puntual donde se produzcan las acciones

-1

. Agua. Tendrá un impacto positivo, pues las NNSS prevén un uso y gestión sostenible tanto de las aguas blancas, como de las negras.

A nivel global +2

CRITERIOS DE PLANIFICACIÓN DE LAS NNSS. FACTORES BIÓTICOS FACTORES BIÓTICOS

Efecto Zona de influencia Impacto

vegetación, Una mayor protección de la ya existente, por los programas de protección de espacios naturales, directrices, para el uso de vegetación autóctona en nuevas zonas ajardinadas, entre otras medidas.

Todo el municipio, y las zonas adyacentes a él, pues no se propagarán especies alóctonas Desde el municipio.

+3

fauna, Con las medidas de protección, la mejor gestión del territorio, y otras medidas que están previstas en las NNSS, la fauna estará protegida, y bien conservada.

Todo el municipio, y las zonas adyacentes a él,

+2

zonas húmedas, y

Es junto con el siguiente punto, zonas que estarán muy protegidas, tanto por las NNSS, que complementará a otras de mayor rango que ya lo hacen.

A nivel global

+3

ecosistemas especiales

A nivel global +3

CRITERIOS DE PLANIFICACIÓN DE LAS NNSS. FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS

Efecto Zona de influencia Impacto

• Economía. Todas las medidas van dirigidas a dinamizarla, crear nuevas oportunidades, nichos de trabajo, desestacionalización, y proyección.

A nivel insular +2

• Población. Conseguirá una mayor calidad de vida y bienestar, por todo lo comentado hasta ahora.

A nivel global +2

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• Usos del territorio.

Será más sostenible, y un recurso mejor gestionado, y aprovechado.

A nivel local +2

• Paisaje. Se consolidará, autogenerará, y se establecerán los patrones para su uso y desarrollo.

A nivel insular +2

• Percepción del espacio.

Con medidas de esponjamiento, de construcción de nuevos edificios, más espacios, y viales públicos, la percepción será de amplitud, luminosidad, y confort.

A nivel municipal +2

• Valores de interés:

— histórico y cultural,

Se consolidarán, catalogarán, y se establecerán medidas para su uso, gestión y conservación.

A nivel municipal +2

— puntos de interés científico (PIC), y espacios protegidos

Se promoverá su divulgación, para generar, nuevas líneas de trabajo, información, y comunicación

A nivel global +3

•Infraestructuras y equipamientos.

Se prevé la mejora de las presentes, y construcción de nuevas, que prestarán sevicios a todas las comunidades y sectores de la sociedad. Algunos serán polivalentes, lo que conlleva una mejor eficiencia en su administración, y gestión.

A nivel insular +2

•Salud humana.

Al aumentar la calidad de vida, mejoras en el entorno, mayor eficiencia en la gestión de los recursos humanos y naturales, repercute en la mejoría de la salud de los habitantes.

A nivel insular +2

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MOVILIDAD. FACTORES ABIÓTICOS FACTORES ABIÓTICOS

Efecto Zona de influencia impacto

• Calidad del aire:

Se consigue mejorar la calidad ya que la eficiencia en los desplazamientos, mayor disponibilidad de opciones de transporte, tanto público o colectivo, para desplazamientos de los habitantes, conlleva la menor utilización del transporte, un mejor uso de éste, aprovechamiento de las energías y recursos naturales, del que dispone el consistorio.

Todo el municipio, y sus alrededores

+3

— ruido, — polvo, — humos, y — olores.

Antes se comentó que al conseguir que los transportes que usan carburantes de origen fósil, estén menos tiempos en circulación, pues llegan antes a su destino, y que también otros ciudadanos usen otros medios (bicicleta, a pie, servicios públicos de transporte,…), para aprovechar las vías de comunicación, disminuye la emisión de partículas, ruidos, olores, y humos. La difusión por parte del Ayto. del uso de medios alternativos, servicios públicos, y el uso de los carriles bici, ayudarán a la reducción de estos factores. .

Todo el municipio, y sus alrededores

+3

Clima. Al reducir la emisión de los gases invernadero, por lo que se ha comentado en los anteriores apartados, el clima se ve afectado.

A nivel global +3

Factor tierra–suelo:

Al crear nuevas o ampliar las vías de comunicación existentes, se consume territorio y se inmovilizan grandes áreas de tierra.

A nivel municipal -2

relieve y carácter topográfico,

Las NNSS prevén la creación y mejora de otras, eso implicará alteración del relieve en algunos puntos.

A nivel municipal -2

recursos culturales del suelo,

La permeabilidad, textura, y estructura, donde se produzcan actuaciones, se verán alteradas, pero también se conservarán en los lugares donde las intervenciones sean crear o mejorar pistas forestales, o rurales.

A nivel puntual donde se produzcan las acciones.

-1

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C/. Can Dusai, 3. 07001 - Palma. Teléfono 971-425675

recursos minerales, y recursos edáficos

Se verán alteradas, pues en las zonas donde se intervengan y se asfalte, el aporte de minerales se verá interrumpido o alterado.

A nivel puntual donde se produzcan las acciones

-1

. Agua. Tendrá un impacto negativo, donde se asfalte, pues se generarán amplias zonas impermeables, donde el aporte de agua al subsuelo se verá interrumpido..

A nivel insular -2

MOVILIDAD. FACTORES ABIÓTICOS FACTORES BIÓTICOS

Efecto Zona de influencia Impacto

vegetación, La creación de nuevas vías, y reparación o acondicionamiento, de las existentes, alterará a las vegetaciones adyacentes a estas vías intervenidas. También tendrán menos capacidad de absorber agua, pues se impermeabilizará, grandes zonas. Y en zonas de pistas sin asfaltar puede provocar intoxicación del suelo, motivado por el lixiviado de sustancias, por parte de vehículos de explosión.

Todo el municipio, y las zonas adyacentes a él. .

-2

fauna, Se crearán barreras, a veces difíciles de atravesar por parte de la fauna, pudiendo quedar poblaciones aisladas.

Todo el municipio, y las zonas adyacentes a él,

-2

zonas húmedas, y

Es junto con el siguiente punto, zonas que estarán muy protegidas, tanto por las NNSS, que complementará a otras de mayor rango que ya lo hacen.

A nivel global

+3

ecosistemas especiales

A nivel global +3

MOVILIDAD. FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS

Efecto Zona de influencia Impacto

• Economía. Todas las medidas van dirigidas a dinamizarla, crear nuevas oportunidades, nichos de trabajo, desestacionalización, y proyección.

A nivel insular +2

• Población. Conseguirá una mayor calidad de vida y bienestar, por todo lo comentado hasta ahora.

A nivel insular +2

• Usos del Será más sostenible, y un recurso mejor A nivel local +2

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL. EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE SANT JOSEP DE SA TALAIA. EIVISSA.

Memoria - 172 -

C/. Can Dusai, 3. 07001 - Palma. Teléfono 971-425675

territorio. gestionado, y aprovechado. • Paisaje. Se verá alterado y modificado. A nivel local -2 • Percepción del espacio.

Con medidas , de construcción de nuevos viales, más espacios, y públicos, la percepción será de amplitud, dinamico, y confortable. Creando bolsas de aparcamiento y vías de comunicación que haga efectiva la planificación

A nivel municipal +2

• Valores de interés:

— histórico y cultural,

Se consolidarán, catalogarán, y se establecerán medidas para su uso, gestión y conservación.

A nivel municipal +2

— puntos de interés científico (PIC), y espacios protegidos

Se crearan, nuevas líneas de trabajo, información, y comunicación.

A nivel local +3

• Infraestructuras y equipamientos.

Se prevé la mejora de las comunicaciones de las infraestructuras, además de con las convencionales, con alternativas como los carriles bici. Prestarán sevicios a todas las comunidades y sectores de la sociedad. Algunos serán polivalentes, lo que conlleva una mejor eficiencia en su administración, y gestión.

A nivel insular +2

•Salud humana.

Incidirá a un mejor aprovechamiento del tiempo, en los desplazamientos., con lo que el usuario tendrá más tiempo para él mismo.

A nivel insular +2

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ENERGIA. FACTORES ABIÓTICOS FACTORES ABIÓTICOS

Efecto Zona de influencia impacto

• Calidad del aire:

Si las NNSS consiguen desarrollar y aplicar el uso de energías renovables, pues la isla de Ibiza ocupa el último puesto en la generación de energías renovables y, de hecho, la electricidad generada por esta vía supone un aporte residual al total de la que se consume en Ibiza, Sant Josep podría dar un paso hacia el progreso sostenible, dentro de la comunidad de insular, esto supondría un descenso de los gases invernaderos.

Todo el municipio, y sus alrededores

+2

— ruido, — polvo, — humos, y — olores.

Al conseguir el aumento de energías que usan carburantes de origen fósil, también las NNSS al regular las distribuciones de las edificaciones, y del territorio, facilitan la circulación del aire, de la luz, y las aguas, implica que se compensen mejor, las energías. Todo ello hace que se reduzcan estos agentes del aire. Así no se potencia los gases invernaderos se reducirían.

A nivel global. -1

Clima. Si no se potencian las energías limpias, la emisión de los gases invernadero no disminuirá, por lo que se ha comentado en los anteriores apartados, el clima se ve afectado.

A nivel global -3

Factor tierra–suelo:

El suelo se verá afectado en los lugares donde se soterren los cables, pues afectará a la estructura del suelo.

A nivel municipal -1

relieve y carácter topográfico,

Las NNSS prevén la conservación del territorio, pero también se prevén nuevas construcciones, que alterarán el relieve.

A nivel municipal -1

recursos culturales del suelo,

No se verán afectados. A nivel puntual donde se produzcan las acciones.

0

recursos minerales, y recursos edáficos

Se verán alteradas, pues en las zonas donde se intervengan, los recursos culturales el aporte o inmovilización de minerales se podrá ver comprometida, por un déficit de aportación, o por exceso, (ej; zanjas para el teléfono).

A nivel puntual donde se produzcan las acciones

-1

. Agua. No Tendrá impacto A nivel global +2

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ENERGIA. FACTORES BIÓTICOS FACTORES BIÓTICOS

Efecto Zona de influencia Impacto

vegetación, A la vegetación arbórea en las zonas donde se soterré el tendido no podrán crece, sobre la zanja y tampoco puede existir árboles, bajo los cables.

Todo el municipio, y las zonas adyacentes a él. .

-2

fauna, La fauna edáfica puede verse comprometida, cuando se monten los cables-

Todo el municipio, y las zonas adyacentes a él,

-2

zonas húmedas, y

Es junto con el siguiente punto, zonas que estarán muy protegidas, tanto por las NNSS, que complementará a otras de mayor rango que ya lo hacen .

A nivel global

+3

ecosistemas especiales

A nivel global +3

ENERGIA. FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS

Efecto Zona de influencia Impacto

• Economía. Todas las medidas van dirigidas a dinamizarla, crear nuevas oportunidades, nichos de trabajo, desestacionalización, y proyección.

A nivel insular +2

• Población. Conseguirá una mayor calidad de vida y bienestar, por todo lo comentado hasta ahora.

A nivel insular +2

• Usos del territorio.

Será más sostenible, y un recurso mejor gestionado, y aprovechado.

A nivel local +2

• Paisaje. Se verá alterado y modificado temporalmente, mientras se hacen las obras de acondicionamiento, impacto será negativo, pero el resultado final será positivo..

A nivel local +2

• Percepción del espacio.

Con medidas , de construcción de nuevas líneas, y soterramiento de otras, la sensación será más integradora en el paisaje, y confortable

A nivel municipal +2

• Valores de interés:

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— histórico y cultural,

Se podrá disponer de una red más sostenible y coherente con el medio

A nivel municipal +2

— puntos de interés científico (PIC), y espacios protegidos

Se crearan, nuevas líneas de trabajo, consolidación información, y comunicación.

A nivel local +3

• Infraestructuras y equipamientos.

Se prevé la mejora de las comunicaciones de las infraestructuras, además de con las convencionales, con alternativas como los carriles bici. Prestarán sevicios a todas las comunidades y sectores de la sociedad. Algunos serán polivalentes, lo que conlleva una mejor eficiencia en su administración, y gestión.

A nivel insular +2

•Salud humana.

Se verá favorecida, pues el aumento del uso de energías renovables, y una mayor eficiencia en el uso de la energía eléctrica, producirá una mejoría en la calidad del aire.

A nivel insular +2

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SUMINISTRO DE AGUA. FACTORES ABIÓTICOS FACTORES ABIÓTICOS

Efecto Zona de influencia impacto

• Calidad del aire:

El municipio dispone de una desoladora, la cual necesita un aporte de energía para producir agua potable, lo que provoca que se aporten partículas al aire. Pero con las nuevas medidas que disponen que se creen sistemas de recogida de agua y la utilización de aguas residuales depuradas para el riego eso mengua la demanda de agua para usos antrópicos

Todo el municipio, y sus alrededores

+2

— ruido, — polvo, — humos, y — olores.

Al conseguir una disminución de la demanda de agua de la desaladora que usan carburantes de origen fósil, disminuye el aporte a la atmósfera, de ruidos y olores, humo, y polvos, También las NNSS al regular las distribuciones de este recurso de manera más eficientes, sostenible entre la población las edificaciones, y del territorio, Todo ello hace que se reduzcan estos agentes en el aire.

Todo el municipio, y sus alrededores

+2

Clima. Se consigue reducir la emisión de los gases invernadero, por lo que se ha comentado en los anteriores apartados, el clima se ve afectado.

A nivel global +2

Factor tierra–suelo:

Al conseguir una mejor gestión y distribución de este recurso en el territorio, este factor se ve favorecido, aunque también se consume pues las medidas, implican nuevas construcciones en suelo que no está urbanizado.

A nivel municipal +1

relieve y carácter topográfico,

Las NNSS prevén la conservación del territorio, pero también se prevén nuevas construcciones, que alterarán el relieve.

A nivel municipal +1

recursos culturales del suelo,

La permeabilidad, textura, y estructura, donde se produzcan actuaciones, se verán alteradas, pero también se conservarán en los lugares donde las intervenciones sean para rehabilitar el suelo, o se construyan zonas ajardinadas, permeables.

A nivel puntual donde se produzcan las acciones.

-1

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recursos minerales, y recursos edáficos

Se verán alteradas, pues en las zonas donde se intervengan, los recursos culturales el aporte o inmovilización de minerales se podrá ver comprometida, por un déficit de aportación, o por exceso, de éstos al medio (ej; usar el agua depurada en cultivos).

A nivel puntual donde se produzcan las acciones

-1

Agua. Tendrá un impacto positivo, pues las NNSS prevén un uso y gestión sostenible tanto de las aguas blancas, como de las negras, disminuirán la presión sobre los acuíferos,

A nivel insular +2

SUMINISTRO DE AGUA. FACTORES BIÓTICOS FACTORES BIÓTICOS

Efecto Zona de influencia Impacto

vegetación, Sobre la vegetación arbórea en las zonas donde se soterre el sistema de distribución no podrán crecer árboles, pues las raíces podrían malograr, los sistema de distribución del recurso hídrico.

Todo el municipio,

-1

fauna, La fauna edafica puede verse comprometida, cuando se monten los sistemas de distribución y recogida

Todo el municipio, donde se produzcan las intervenciones,

-1

zonas húmedas, y

Es junto con el siguiente punto, zonas que estarán muy protegidas, tanto por las NNSS, que complementará a otras de mayor rango que ya lo hacen .

A nivel global

+3

ecosistemas especiales

A nivel global +3

SUMINISTRO DE AGUA. FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS

Efecto Zona de influencia Impacto

• Economía. Todas las medidas van dirigidas a dinamizarla, crear nuevas oportunidades, nichos de trabajo, desestacionalización, y proyección. Mejorando la red se consigue reducir el gasto de la Admón y la necesidad de desalar. Con políticas de concienciación se

A nivel municipal +2

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Memoria - 178 -

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consigue que la población se comprometa, y también ahorre en el gasto, y en el recurso.

• Población. Entiende que el uso sostenible del agua, conlleva no un bienestar, presente, sino futuro.

A nivel insular +3

• Usos del territorio.

Será más sostenible, y un recurso mejor gestionado, y aprovechado.

A nivel local +2

• Paisaje. Se verá alterado y modificado temporalmente, mientras se hacen las obras de acondicionamiento, impacto será negativo, pero el resultado final será positivo..

A nivel local +2

• Percepción del espacio.

Con medidas , de construcción y acondicionamiento de las existentes y de nuevas líneas,, la sensación será más integradora en el paisaje, y confortable

A nivel municipal +2

• Valores de interés:

— histórico y cultural,

Se ha de estar pendientes por si a la hora de acometer las obras, estuviésemos cerca o surgiesen valores de interés histórico, no alterarlos.

A nivel municipal +1

— puntos de interés científico (PIC), y espacios protegidos

Se crearan, nuevas líneas de trabajo, consolidación información, y comunicación.

A nivel local +3

• Infraestructuras y equipamientos.

Se prevé la mejora de suministro Prestarán sevicios a todas las comunidades y sectores de la sociedad. Algunos serán polivalentes, lo que conlleva una mejor eficiencia en su administración, y gestión.

A nivel local +2

•Salud humana.

Se verá favorecida, pues el aumento sostenible del recurso hídrico y una mayor eficiencia en el uso y suministro provocará una mengua de la energía eléctrica, repercutiendo en una mejoría en la calidad del aire.

A nivel municipal +2

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Memoria - 179 -

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DEFINICIÓN ZONAS DEL SUELO URBANO Y RURAL Y CATALOGACIÓN USOS. FACTORES ABIÓTICOS FACTORES ABIÓTICOS

Efecto Zona de influencia impacto

• Calidad del aire:

Las NNSS consiguen regular la organización y delimitando sus usos, eso provoca que se obtenga un crecimiento ordenado de su suelo, por consiguiente las actividades que se produzcan, y nuevas edificaciones y diseño de la ciudad serán más acordes e integrados en el entorno.

Todo el municipio, y sus alrededores

+2

— ruido, — polvo, — humos, y — olores.

La acción en si no produce efectos, si no su aplicación. Como he comentado regula la ordenación y delimita donde se pueden realizar cada actividad. intensidad, y horarios, evitando en la medida de lo posible una gestión del suelo desproporcionada, controlando la emisión de ruidos, humos, y olores.

A nivel municipal +3

Clima. Se propone un planeamiento sostenible y organizado, para que la actividad ,juntamente con el diseño, se disminuyan las partículas de gases invernaderos.

A nivel global -3

Factor tierra–suelo:

El suelo se verá afectado en los lugares donde se determine urbanizar , pero también se fijará en donde se determine proteger

A nivel municipal -1

relieve y carácter topográfico,

Las NNSS prevén la conservación del territorio, pero también se prevén nuevas construcciones, que alterarán el relieve.

A nivel municipal -1

recursos culturales del suelo,

Igual que la anterior donde se determine urbanizar, se verán alterados estos recursos aunque se determinen medidas para compensar la alteración

A nivel puntual donde se produzcan las acciones.

0

recursos minerales, y recursos edáficos

Se verán alteradas, pues en las zonas donde se intervengan, los recursos culturales el aporte o inmovilización de minerales se podrá ver comprometida, por un déficit de aportación, o por exceso,

A nivel puntual donde se produzcan las acciones

-1

Agua. Donde se decida urbanizar los aportes de agua al subsuelo disminuirán.

A nivel insular -1

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DEFINICIÓN ZONAS DEL SUELO URBANO Y RURAL Y CATALOGACIÓN USOS. FACTORES BIÓTICOS FACTORES BIÓTICOS

Efecto Zona de influencia Impacto

vegetación, Se protege a la flora autóctona, pero al definir los uso del suelo urbano no da cabida para un desarrollo de ésta en condiciones naturales si no en espacios acotados.

Todo el municipio,

-1

fauna, La fauna en general pero la edáfica en particular puede verse comprometida, cuando se incluyan parcelas que actualmente no están urbanizadas, como suelo urbanizable.

En el municipio, donde se produzcan las intervenciones,

-2

zonas húmedas, y

Es junto con el siguiente punto, zonas que estarán muy protegidas, tanto por las NNSS, que complementará a otras de mayor rango que ya lo hacen .

A nivel global

+3

ecosistemas especiales

A nivel global +3

DEFINICIÓN ZONAS DEL SUELO URBANO Y RURAL Y CATALOGACIÓN USOS. FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS

Efecto Zona de influencia Impacto

Economía. Todas las medidas van dirigidas a dinamizarla, crear nuevas oportunidades, nichos de trabajo, desestacionalización, y proyección. Definiendo y catalogando el suelo del municipio, se consigue normalizar zonas que están fuera de ordenación, entren como suelo catalogado, y se puedan acoger a los sistemas generales del municipio, y poder desarrollar actividades que hasta el momento no pueden desarrollarse.

A nivel municipal +2

Población. Entiende que con estas medidas se crea bienestar, para el presente, y futuro, al aplicar normas de sostenibilidad.

A nivel insular +2

Usos del territorio.

Se generan nuevas herramientas para que la gestión y usos del suelo sea sostenible, y un recurso mejor gestionado, y

A nivel local +2

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Memoria - 181 -

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aprovechado.

Paisaje. Se genera instrumentos que facilitarán que se altere el paisaje en según qué zonas, y donde se ha de conservar y no se puede alterar. Con unos criterios, y de forma acorde con el entorno que lo incluye , de forma sostenible, a largo plazo el resultado final será positivo..

A nivel local -1

Percepción del espacio.

Se fijan las dimensiones y el volumen de ocupación de las parcelas, consiguiendo así un mejor aprovechamiento del espacio, y ordenación.

A nivel municipal +2

Valores de interés:

— histórico y cultural,

Se delimitan y se catalogan los espacios con valores de interés histórico, para no alterarlos y conservarlos.

A nivel municipal +2

— puntos de interés científico (PIC), y espacios protegidos

Como en el anterior quedan recogidos y con esos criterios se fomenta la creación de nuevas líneas de trabajo, consolidación información, y comunicación.

A nivel local +3

Infraestructuras y equipamientos.

Se catalogan y se definen los criterios para su creación e instalación en los diferentes tipos de suelo que dispone el Consistorio, lo que conlleva a una mejor eficiencia en su administración, y gestión.

A nivel local +2

•Salud humana.

Se verá favorecida, pues se definen los modelos de la ciudad, la cual tiende a ser un espacio, ordenado, con espacios integrados a la villa y al entorno que la rodea.

A nivel municipal +2

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL. EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE SANT JOSEP DE SA TALAIA. EIVISSA.

Memoria - 182 -

C/. Can Dusai, 3. 07001 - Palma. Teléfono 971-425675

ESTRUCTURACIÓN DEL SUELO URBANO. FACTORES ABIÓTICOS FACTORES ABIÓTICOS

Efecto Zona de influencia impacto

• Calidad del aire:

Las NNSS consiguen regular la organización y delimitando sus usos, eso provoca que se obtenga un crecimiento ordenado de su suelo. Definiendo y de delimitando que y como se puede construir en cada una de las parcelas, dependiendo a que sector o uso se le dé a las parcelas donde se actuará. Por consiguiente las actividades que se produzcan, y nuevas edificaciones y diseños de la ciudad serán más acordes e integrados en el entorno.

Todo el municipio, y sus alrededores

+2

— ruido, — polvo, — humos, y — olores.

Al delimitar las zonas, según su actividad o uso, se concentran en cada una los efectos sobre los factores, por ejemplo en la zona industrial, cuando está con actividad genera impactos negativos en la zona y alrededores, pero quedan compensados, pues en las zonas residenciales no se contempla actividad industrial, no generándose impactos negativos.

A nivel municipal -1

Clima. Se propone un planeamiento sostenible y organizado, para que la actividad, juntamente con el diseño, se disminuyan las partículas de gases invernaderos.

A nivel global -2

Factor tierra–suelo:

El suelo se verá afectado en los lugares donde se determine urbanizar, pero también se fijará en donde se determine proteger.

A nivel municipal -1

relieve y carácter topográfico,

Las NNSS prevén la conservación del territorio, pero también se prevén nuevas construcciones, que alterarán el relieve.

A nivel municipal -1

recursos culturales del suelo,

Igual que la anterior donde se determine urbanizar, se verán alterados estos recursos aunque se determinen medidas para compensar la alteración

A nivel puntual donde se produzcan las acciones.

0

recursos minerales, y recursos edáficos

Se verán alteradas, pues en las zonas donde se intervengan, los recursos culturales el aporte o inmovilización de minerales se podrá ver comprometida, por un déficit de aportación, o por

A nivel puntual donde se produzcan las acciones

-1

Page 183: EXCM. AJUNTAMENT DE SANT JOSEP DE SA TALAIA · informe de sostenibilidad ambiental. evaluaciÓn ambiental estratÉgica de las normas subsidiarias de sant josep de sa talaia. eivissa.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL. EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE SANT JOSEP DE SA TALAIA. EIVISSA.

Memoria - 183 -

C/. Can Dusai, 3. 07001 - Palma. Teléfono 971-425675

exceso,

Agua. Donde se decida urbanizar los aportes de agua al subsuelo disminuirán.

A nivel insular -1

ESTRUCTURACIÓN DEL SUELO URBANO. FACTORES BIÓTICOS Factores bióticos

Efecto Zona de influencia Impacto

vegetación, La flora se verá comprometida en las zonas donde aún no está alterada, y se decida que es urbanizable. Y la que rodea los terrenos donde se generan actividades antrópicas también será afectada, por invasión de plantas alóctonas, residuos, gases,…

Todo el municipio,

-2

fauna, La fauna en general pero la edáfica en particular puede verse comprometida, igual que en el anterior punto, cuando se incluyan parcelas que actualmente no están urbanizadas, como suelo urbanizable. Y la fauna que se encuentre en los límites con estas zonas también se verán afectadas, por la actividad antrópica, por la emisión de ruidos, gases, residuos, …

En el municipio, donde se produzcan las intervenciones,

-2

zonas húmedas, y

Es junto con el siguiente punto, zonas que estarán muy protegidas, tanto por las NNSS, que complementará a otras de mayor rango que ya lo hacen.

A nivel global

+3

ecosistemas especiales

A nivel global +3

ESTRUCTURACIÓN DEL SUELO URBANO. FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS

Efecto Zona de influencia Impacto

• Economía. Con estas medidas se quiere dinamizar, regularizar, y crear nuevas oportunidades, nichos de trabajo, desestacionalización, y proyección. Cada estructura territorial tiene unos criterios que hace que sea sostenible en

A nivel municipal +2

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL. EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE SANT JOSEP DE SA TALAIA. EIVISSA.

Memoria - 184 -

C/. Can Dusai, 3. 07001 - Palma. Teléfono 971-425675

el tiempo, y con el entorno, consiguiendo así que forme parte de la riqueza del producto.

• Población. Entiende que con estas medidas son generadoras de bienestar, calidad de vida, y que son eficientes y sostenibles para el presente, y futuro, al aplicar normas de sostenibilidad.

A nivel insular +2

• Usos del territorio.

Se generan nuevas herramientas para que la gestión y usos del suelo sea sostenible, y un recurso mejor gestionado, y aprovechado.

A nivel local +2

• Paisaje. Se genera instrumentos que facilitarán que se altere el paisaje en suelo urbano, pero con unos criterios, y de forma acorde con el entorno que lo incluye , de forma sostenible, a largo plazo el resultado final será positivo.

A nivel local -1

• Percepción del espacio.

Se fijan las dimensiones y el volumen de ocupación de las parcelas, consiguiendo así un mejor aprovechamiento del espacio, y ordenación.

A nivel municipal +2

• Valores de interés:

— histórico y cultural,

Se delimitan y se catalogan los espacios con valores de interés histórico, para no alterarlos y conservarlos.

A nivel municipal +2

— puntos de interés científico (PIC), y espacios protegidos

Como en el anterior quedan recogidos y con esos criterios se fomenta la creación de nuevas líneas de trabajo, consolidación información, y comunicación.

A nivel local +2

• Infraestructuras y equipamientos.

Se catalogan y se definen los criterios para su creación e instalación en los diferentes tipos de suelo que dispone el Consistorio, lo que conlleva a una mejor eficiencia en su administración, y gestión.

A nivel local +2

•Salud humana.

Se verá favorecida, porque se delimitan los espacios y usos de cada actividad y su zona de actuación, no mezclando diferentes categorías en una misma zona.

A nivel municipal +2

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL. EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE SANT JOSEP DE SA TALAIA. EIVISSA.

Memoria - 185 -

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UNIDADES DE ACTUACIÓN EN SUELO URBANO. FACTORES ABIÓTICOS FACTORES ABIÓTICOS

Efecto Zona de influencia impacto

• Calidad del aire:

Podemos distinguir dos fases durante la ejecución que la calidad del aire se verá afectada, por la actividad de construcción, una vez que esté consolidada que ya no se generarán los impactos de la construcción.

Todo el municipio, y sus alrededores

+2

— ruido, — polvo, — humos, y — olores.

Igual que la anterior se distingue dos fases una mientras se ejecuta, y otra cuando se consolida. Valoramos en este punto una vez ejecutada. Con lo cual podrá regular con medidas la emisión de factores como el ruido, polvo, olores, y humos.

A nivel municipal +1

Clima. Se propone un planeamiento sostenible y organizado, para que la actividad, juntamente con el diseño, se disminuyan las partículas de gases invernaderos.

Donde se produzca la actuación.

-2

Factor tierra–suelo:

El suelo se verá afectado en los lugares donde se determine urbanizar , pero también se fijará en donde se creen zonas ajardinadas

A nivel municipal -1

relieve y carácter topográfico,

Las NNSS prevén la conservación del territorio, pero también se prevén nuevas construcciones, que alterarán el relieve.

A nivel municipal -1

recursos culturales del suelo,

Igual que la anterior donde se determine urbanizar, se verán alterados estos recursos aunque se determinen medidas para compensar la alteración

A nivel puntual donde se produzcan las acciones.

-1

recursos minerales, y recursos edáficos

Se verán alteradas, pues en las zonas donde se intervengan, los recursos culturales el aporte o inmovilización de minerales se podrá ver comprometida, por un déficit de aportación, o por exceso,

A nivel puntual donde se produzcan las acciones

-1

Agua. Donde se decida urbanizar los aportes de agua al subsuelo disminuirán.

A nivel insular -1

UNIDADES DE ACTUACIÓN EN SUELO URBANO. FACTORES BIÓTICOS FACTORES BIÓTICOS

Efecto Zona de influencia Impacto

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INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL. EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE SANT JOSEP DE SA TALAIA. EIVISSA.

Memoria - 186 -

C/. Can Dusai, 3. 07001 - Palma. Teléfono 971-425675

vegetación, Cuando se realiza una actividad que conlleva la modificación del terreno la flora se verá comprometida en las zonas donde aún no está alterada, y se realice la UA. Y la que rodea los terrenos donde se generan actividades antrópicas también será afectada, por, residuos, gases,…

Donde se lleve a cabo la actuación,

-2

fauna, La fauna, igual que en el anterior punto, cuando se incluyan parcelas que actualmente no están urbanizadas, o alteradas se verá afectada. Y la fauna que se encuentre en los límites con estas zonas también se verán afectadas, por la actividad antrópica, por la emisión de ruidos, gases, residuos, …

En el municipio, donde se produzcan las intervenciones,

-2

zonas húmedas, y

Es junto con el siguiente punto, zonas que estarán muy protegidas, tanto por las NNSS, que complementará a otras de mayor rango que ya lo hacen.

A nivel global

+3

ecosistemas especiales

A nivel global +3

UNIDADES DE ACTUACIÓN EN SUELO URBANO. FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS

Efecto Zona de influencia Impacto

• Economía. Se consigue suelo público y equipamientos, lo que va ligado a la creación de trabajo, generando riqueza patrimonial, para la Admón. y ofrecer mejores servicios a la comunidad, favoreciendo así al comercio y a la economía local .

A nivel municipal +2

• Población. Tiene nuevas oportunidades de servicios a su disposición .

A nivel insular +2

• Usos del territorio.

Se generan nuevas herramientas para mejorar las conexiones y servicios.

A nivel local +2

• Paisaje. Aunque se modifique, se realizan las actuaciones con criterios integradores.

A nivel local -1

• Percepción del espacio.

Aplicando las dimensiones y el volumen de ocupación de las parcelas, dictadas por las NNSS, se consigue un mejor aprovechamiento del espacio, y ordenación.

A nivel municipal +2

• Valores de

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interés: — histórico y cultural,

Se delimitan y se catalogan los espacios con valores de interés histórico, para no alterarlos y conservarlos.

A nivel municipal +2

— puntos de interés científico (PIC), y espacios protegidos

Como en el anterior quedan recogidos y con esos criterios se fomenta la creación de nuevas líneas de trabajo, consolidación información, y comunicación.

A nivel local +2

• Infraestructuras y equipamientos.

Se obtienen nuevas infraestructuras y equipamiento con las nuevas directrices en sostenibilidad, y eficiencia energética.

A nivel local +2

•Salud humana.

Se verá favorecida, porque los ciudadanos tienen a su disposición nuevos espacios y equipamientos para su esparcimiento, comunicación, entre otras opciones.

A nivel municipal +2

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SUELO URBANIZABLE PARA OBTENCIÓN DE SUELO PÚBLICO. FACTORES ABIÓTICOS FACTORES ABIÓTICOS

Efecto Zona de influencia impacto

• Calidad del aire:

Podemos distinguir dos fases durante la ejecución que la calidad del aire se verá afectada, por la actividad de construcción, una vez que esté consolidada que ya no se generarán los impactos de la construcción si no los propios de la actividad que tenga lugar, y en principio no repercutirá en gran medida a la calidad .

Todo el municipio, y sus alrededores

+2

— ruido, — polvo, — humos, y — olores.

Igual que la anterior se distingue dos fases una mientras se ejecuta, y otra cuando se consolida. Valoramos en este punto una vez ejecutada podrá regular con medidas la emisión de factores como el ruido, polvo, olores, y humos.

A nivel municipal +1

Clima. El planeamiento de las actividades a realizar en estos espacios, están enmarcados en la sostenibilidad, y organización del territorio, y juntamente con el diseño de las estructuras a crear, se intentará que no se desprendan partículas de gases invernaderos.

Donde se produzca a la actuación.

+1

Factor tierra–suelo:

El suelo se verá afectado en los lugares donde se determine urbanizar , pero también se fijará en donde se creen zonas ajardinadas

A nivel municipal -1

relieve y carácter topográfico,

Las NNSS prevén la conservación del territorio, pero también se prevén nuevas construcciones, que alterarán el relieve.

A nivel municipal -1

recursos culturales del suelo,

Igual que la anterior donde se determine urbanizar, se verán alterados estos recursos aunque se determinen medidas para compensar la alteración

A nivel puntual donde se produzcan las acciones.

-1

recursos minerales, y recursos edáficos

Se verán alteradas, pues en las zonas donde se intervengan, los recursos culturales el aporte o inmovilización de minerales se podrá ver comprometida, por un déficit de aportación, o por exceso,

A nivel puntual donde se produzcan las acciones

-1

Agua. Donde se decida urbanizar los aportes de A nivel insular -1

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agua al subsuelo disminuirán. SUELO URBANIZABLE PARA OBTENCIÓN DE SUELO PÚBLICO. FACTORES BIÓTICOS FACTORES BIÓTICOS

Efecto Zona de influencia Impacto

vegetación, En las zonas a intervenir, el impacto no es muy importante, pues no encontramos flora silvestre, o forestal, pues como se ha expuesto antes son terrenos antropizados. Con la actuación se podrán generar espacios ajardinados y servirán como reservorios de biodiversidad, en suelo urbano.

Donde se lleve a cabo la actuación,

-1

fauna, La fauna, igual que en el anterior punto, cuando se incluyan parcelas que actualmente no están urbanizadas, se verá desplazada por la actividad antrópica, y fauna alóctona. También la fauna autóctona que se encuentre en los límites con estas zonas también se verán afectadas, por la actividad antrópica, por la emisión de ruidos, gases, residuos, …

En el municipio, donde se produzcan las intervenciones,

-2

zonas húmedas, y ecosistemas especiales

No se valora pues no están en las proximidades de estos ecosistemas.

SUELO URBANIZABLE PARA OBTENCIÓN DE SUELO PÚBLICO. FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS

Efecto Zona de influencia Impacto

• Economía. Se consigue suelo público y equipamientos, lo que va ligado a la creación de trabajo, generando riqueza patrimonial, para la Admón. y ofrecer mejores servicios a la comunidad, favoreciendo así al comercio y a la economía local .

A nivel municipal +2

• Población. Se ofrecen nuevas oportunidades de servicios a su disposición.

A nivel insular +2

• Usos del territorio.

Se consolida el suelo urbano, mejorando la ordenación del territorio y sus usos.

A nivel local +2

• Paisaje. Se realizan las actuaciones con criterios A nivel local -1

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integradores en el entorno a pesar de que modifique y cree unos nuevos paisajes.

• Percepción del espacio.

Aplicando las dimensiones y el volumen de ocupación de las parcelas, dictadas por las NNSS, se consigue un mejor aprovechamiento del espacio, y ordenación.

A nivel municipal +2

• Valores de interés:

— histórico y cultural,

Se delimitan y se catalogan los espacios con valores de interés histórico, para no alterarlos y conservarlos.

A nivel municipal +2

— puntos de interés científico (PIC), y espacios protegidos

Como en el anterior quedan recogidos y con esos criterios se fomenta la creación de nuevas líneas de trabajo, consolidación información, y comunicación.

A nivel local +2

• Infraestructuras y equipamientos.

Se obtienen nuevas infraestructuras y equipamiento con las nuevas directrices en sostenibilidad, y eficiencia energética.

A nivel local +2

•Salud humana.

Se verá favorecida, porque para los ciudadanos se ofrece como una oportunidad de poder disponer nuevos espacios y equipamientos de usos públicos para su esparcimiento, comunicación, entre otras opciones.

A nivel municipal +2

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Memoria - 191 -

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SUELO RÚSTICO. FACTORES ABIÓTICOS FACTORES ABIÓTICOS

Efecto Zona de influencia impacto

• Calidad del aire:

Este tipo de categoría permite, que las actividades que se generan en estos suelos sean beneficiosas, para la calidad del aire.

Todo el municipio, y sus alrededores

+2

— ruido, — polvo, — humos, y — olores.

Dependiendo de la actividad que se lleve a cabo, pueden producirse, pero no llegan a ser nocivos, ni alteran los ecosistemas cercanos.

A nivel municipal y alrededores

+2

Clima. El desarrollo de actividades en suelo rústico, no, generará impactos negativos, pues es intrínseco a la citada actividad

Global +2

Factor tierra–suelo:

La afectación de la tierra-suelo por las actividades y el desarrollo de la actividad, no provocará perdidas de suelo, ni compactación de estratos, ni alteración de la estructura, y permeabilidad, generalmente ayudan a conservarlas y fijarlas

A nivel municipal +2

relieve y carácter topográfico,

Ayudan a conservar y modelar el relieve, y la topografía original

A nivel municipal +2

recursos culturales del suelo,

Igual que la anterior ayudan a conservarlos y con medidas para compensar la alteración, se consigue una mayor conservación de estas propiedades.

A nivel puntual donde se produzcan las acciones.

+2

recursos minerales, y recursos edáficos

Se verán reforzadas, pues en las zonas donde se intervengan, los recursos culturales, el aporte o inmovilización, fruto de la actividad antrópica. Ayuda a que exista un flujo de minerales, y generación de nuevos recursos edafológicos.

A nivel puntual donde se produzcan las acciones

+2

Agua. Los aportes de agua al subsuelo por pluviometría no serán suficientes, si no se permite su regeneración, por hacer extracciones intensivas para regar o para el funcionamiento de las actividades, llegando a la salinización del acuífero. Incluso esta actividad puede provocar la contaminación de los acuíferos subterráneos, motivado por la filtración

A nivel insular -2

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Memoria - 192 -

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de aguas fecales y otras sustancias usadas en el sector primario.

SUELO RÚSTICO. FACTORES BIÓTICOS FACTORES BIÓTICOS

Efecto Zona de influencia Impacto

vegetación, En la mayoría de las zonas a intervenir, el impacto es muy importante, pues no encontramos flora silvestre, o forestal, pues como se ha expuesto antes son terrenos antropizados.

Donde se lleve a cabo la actuación,

-1

fauna, La fauna, sí que encuentra en estos lugares cobijo para coexistir, con las actividades antrópicas, incluso se ve favorecida, pues les aporta refugio y alimento para sus ciclos vitales.

En el municipio, donde se produzcan las intervenciones,

+2

zonas húmedas, y ecosistemas especiales

Se encuentran cerca de zonas húmedas, y de las zonas ANEI, , se ha de velar que la actividad no incremente, los impactos que ya generan al medio, pero generalmente son compatibles con estas áreas..

+1

SUELO RÚSTICO. FACTORES BIÓTICOS FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS

Efecto Zona de influencia Impacto

• Economía. Con la conservación del suelo rustico, en la actualidad está aportando nuevos nichos de trabajo, con la creación nuevos modelos de explotación agraria, combinada con el sector servicios, dando réditos a terrenos que habían perdido capacidad económica., aumentar el volumen de negocios, y por parte de la Admón. puede recaudar impuestos por las citadas actividades.

A nivel insular +2

• Población. Se le presenta nuevas opciones de negocio, trabajo, y ocio.

A nivel insular +2

• Usos del territorio.

Se consolida y estructura el suelo rústico A nivel local +2

• Paisaje. Aunque se encuentran integrados en el paisaje, si se realizan las actuaciones con criterios integradores. Se puede lograr

A nivel local +2

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minimizar los impactos en el paisaje. • Percepción del espacio.

Se conserva una dimensión al espacio latente en el acervo cultural de la comunidad. Su funcionalidad se ve reforzada si el proyecto se rige por los estándares que dicten las NNSS, al respecto al medioambiente.

A nivel municipal +2

• Valores de interés:

— histórico y cultural,

Se han de delimitar y catalogar los espacios con valores de interés histórico, para no alterarlos y conservarlos, si los hubiese.

A nivel municipal +2

— puntos de interés científico (PIC), y espacios protegidos

En la zona donde se lleva la acción no encontramos PIC ni espacios protegidos, que valorar.

A nivel local -

• Infraestructuras y equipamientos.

Se conservan y obtienen nuevas infraestructuras y equipamiento de uso rural que si se aplican directrices en sostenibilidad, y eficiencia energética, pueden minimizar el impacto de la existencia de estas estructuras..

A nivel local +2

•Salud humana.

Ha sido por tradición refugio para poder recuperarse en caso de fatiga o enfermedad, si se consolidan y fomentan estos espacios, puede revertir positivamente en la sociedad.

Global +3

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Memoria - 194 -

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Síntesis de los impactos generados IMPACTOS POSITIVOS

Efecto impacto Ampliación y creación de suelo Industrial. Posibilidad de traslado de industrias o actividades existentes en suelo rústico o urbano, las cuales se podrían trasladar a una zona industrial desocupando dicho suelo o trasladando actividades generadoras de contaminación acústica, vibraciones o residuos especiales o peligrosos a lugares con infraestructuras y sistemas de prevención y control específicos que evitarían las posibles molestias, degradación del entorno y un mejor tratamiento, y control de los efectos contaminantes. La medida se considera relevante.

+3

Ampliación y creación de suelo Industrial. Permitiendo el uso comercial y de servicios, para actividades secundarias y terciarias, permitiendo el traslado de actividades de suelo rústico y traslado de actividades que pueden generar impactos molestos en suelo urbano.

+3

Unidades de actuación en suelo urbano y urbanizable. Se ha previsto, con la finalidad de reordenar ámbitos interiores del núcleo, obtener equipamientos, espacios libres públicos, viales o aparcamientos. Consecución de suelos públicos que permitan generar para los residentes permanentes viviendas sometidas a regímenes de protección pública. Optimizando las infraestructuras y equipamientos, evitando la dispersión mejorando la movilidad, obtención de espacios libres y sistemas generales públicos.

+3

Polígono Inducción directa de actividad económica de servicios e industria Término municipal El desarrollo del sector implica un desarrollo de actividades terciarias El volumen de actividad económica inducida tiene incidencia moderada a nivel de la economía local

+2

Nuevas ocupaciones. Inducción de actividad económica (construcción) en Eivissa. La construcción de las obras de urbanización, edificaciones e instalaciones, implica inducción de actividad económica La dimensión, en términos insulares, se considera reducida

+1

Se regulariza y optimiza los núcleos rurales y edificaciones existentes a fin de incorporarlos a la ordenación, y permitir de este modo el desarrollo sostenible regularizado de los núcleos tradicionales, evitando desarrollos sectoriales aislados planteados sin concepción global.

+2

Suelo Rustico. La ordenación del suelo rústico en las Normas Subsidiarias con la aplicación de toda la normativa, hace que posible una aplicación efectiva, y con la suficiente protección jurídica que permite la consecución de los objetivos indicados. La consecución de estos objetivos significa que se producirá un efecto muy positivo en la protección y que introducirá no solo una sostenibilidad, si no una mejora del medioambiente.

+3

Se realiza un incremento del patrimonio municipal de suelo, siempre que sean de posible gestión para las capacidades municipales. Redundando en el beneficio general las plusvalías que ha este suelo legalmente le correspondan y por lo tanto poder crear espacios de mayor respeto medioambiental de forma generalizada sin que esto suponga una carga que sea disuasoria.

+2

El planeamiento da herramientas para poder gestionar la actividad turística con la suficiente agilidad y poder crear modelos turísticos diferenciados que permitan establecer los estándares de calidad deseados, lo que también redunda directamente en una mayor calidad medioambiental al ser un factor en alza requerido por el turismo.

+3

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IMPACTOS NEGATIVOS

Efecto impacto E-U5: Zona extensiva unifamiliar 5 (extensiva unifamiliar especial) situado en Cala Tarida de 14.052 m2 y con un techo edificable máximo de 7.026 m2 y de 28 viviendas que por lo tanto serian 84 habitantes. No está considerado en el texto refundido de las NNSS del 95, con lo cual dentro del suelo urbano se produce una modificación que se debe de tener en cuenta de cara a los efectos que de forma particular puede tener en este punto. Puesto que se trata de suelo urbano el efecto sobre el mismo de las nuevas NNSS no será consideración ya que se encuentra dentro de la trama urbana considerada, y dentro de unos parámetros de densidad de población y edificación bajos, hacen que el impacto sea menor, si bien se contribuye a un menor aprovechamiento del suelo. Recomendación: Considerar aspectos paisajísticos y constructivos. Realizando un desarrollo especifico del plan de vigilancia medioambiental de esta zona en cuanto al planeamiento y proyectos de urbanización y edificación. Realizar un programa de viabilidad económico específico para prever y asegurar la viabilidad de mantenimiento del entorno urbano, y que no se genere dispersiones irregulares que den lugar a un entorno urbano desagregado.

-0

De nueva urbanización los siguientes: Cala de Bou SUB-01CB 22.572 m2 Residencial, Cala Tarida-Corral SUB-01 CT (Sectores S-4.23 y S-4.24) 177.682 m2 Residencial, SUB-02CT (Sectores S-4.16) Residencial y SUB-03 CT (Sector S-4.16) 83.169 m2 Residencial. Plana de Mar SUB-01 PM (Sector S-4.14) 59.000 m2. Port des Torrent SUB-03PT 28.768 m2. Sant Jordi SUB-01JO 35.269 m2 Residencial, SUB-02JO (Sector S-1.4) 104.873 m2 Residencial, SUB-03JO (Sector S-1.11) 62.746 m2 Residencial , SUB-04JO 29.584 m2 Residencial, SUB-05JO 61.219 m2 Residencial, SUB-06 JO 19.132 m2 Residencial, SUB-07JO 12.159 m2 Residencial, SUB-09JO 91.067 m2 Residencial, SUB-10JO 105.920 m2 Servicios, SUB-11JO (Sector-1.17) 131.149 m2 Residencial, SUB-12JO 296.621 m2 Turístico-residencial-EQ, SUB-13JO 39.250 m2 Servicios-industrial, SUB-14JO 81.978 m2 Industrial, SUB-16JO 31.411 m2 Residencial, SUDO-17JO 19.551 m2 Comercial. Siendo de nueva urbanización 569.817,44 m2 de un total de 1.741.672 m2. Siendo del total los sectores urbanizables de tipo residencial y/o turístico de nueva implantación suponen 569.817,44 m2 (56,98 ha). La superficie del suelo urbano del municipio, de acuerdo con la revisión del planeamiento vigente es de 11.381.529 m2 y la superficie de suelo urbanizable con plan parcial aprobado de 424.734 m2 por lo que el crecimiento en suelo residencial turístico o mixto no puede superar el 10% de la suma de ambas, es decir 118,06 ha. Por otra parte, el planeamiento ha clasificado como nuevo suelo urbano residencial una superficie de 513.092 m2 que, en su mayor parte, recoge asentamientos ya existentes y como suelo urbanizable residencial y/o turístico de crecimiento una superficie de 569.817,44 m2, es decir 108,29 ha. En su consecuencia, el crecimiento propuesto en el planeamiento es de no supera el máximo establecido por el PTI. A pesar de esto y que además en el computo global de terreno urbanizable se produce una reducción del mismo con la introducción de las nuevas NNSS, hay que tener en cuenta como se producen inevitablemente: Nuevas emisiones de vistas de polígono y sectores residencial y/o turístico desde las vías de circunvalación y Calles inmediatas. Mediante las Normas Subsidiarias y su evaluación de impacto ya realizado podrán articularse medidas de protección paisajística. Efecto visual ya considerado al estar evaluado y considerado en el PTI, y todo su condicionado. Impermeabilización del suelo aunque este vaya a ser menor en extensión y los efectos en las fases de construcción. Recomendación: Considerar los aspectos paisajísticos ya evaluados. Considerar la introducción de elementos de infiltración de agua al subsuelo localizando puntos de infiltración de pluviales siempre que sea posible, requerir en la fase en fase de obra el plan de gestión ambiental y chequear su correcto seguimiento, adoptando en cada actuación medidas de revegetación de envergadura en las que se estudie la compensación y revertir el factor de emisión CO2 de cada uno de los urbanizables. Realizar un estudio de detalle para la creación de una red de saneamiento y pluviales separativa que proporcione totales garantías de servicio en conexión con las infraestructuras existentes.

-1

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Percepción del consumo de espacio rústico por usos no agrarios por las nuevas ocupaciones. La sociedad actual percibe como un efecto negativo la ocupación del espacio rural por los usos urbanos Se considera que la percepción social negativa será moderada.

-2

Disminución temporal de la calidad del aire por la ejecución de las obras en las huevas ocupaciones. Fase de Ejecución. Espacio ocupado y zona próxima La ejecución de las obras de urbanización y las edificaciones genera una disminución temporal de la calidad del aire por emisiones acústicas, de humo, y polvo, que puede afectar a la población próxima y ecosistemas sensibles. La dimensión de los efectos es reducida atendiendo a que es un tipo de molestia asumido por la población. Recomendación: Plan de vigilancia en los planes parciales y proyectos de urbanización.

-1

Riesgo de emisiones acústicas y de otra naturaleza desde el Polígono industrial. Fase de funcionamiento. El funcionamiento de un polígono puede generar efectos sobre la calidad del aire, dependiendo del tipo de industrias Se considera que no se han de generar efectos atendiendo a la normativa existente y especialmente a que las industrias que se implanten deberán ser objeto del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, donde podrán arbitrarse las medidas protectoras y correctoras necesarias. Recomendación: Implantación de energías renovables en los edificios.

-1

Nuevas ocupaciones (excepto zona verde). Disminución de la recarga del acuífero por impermeabilización del terreno. Fase de Explotación La impermeabilización del terreno por viales y edificaciones implica una reducción del agua de lluvia que se infiltra hasta el acuífero, tratándose de un efecto ambiental no deseable La superficies que pueden ser impermeabilizadas son moderadas.

-1

Consumo agua y generación de aguas residuales. Nuevas ocupaciones y Disminución de la edificabilidad. Incremento del consumo de agua y generación de aguas residuales por los usos previstos. Cualquier actividad requiere de consumos hídricos, contribuyéndose al agotamiento de los recursos locales y la necesidad de la disponibilidad de los recursos de potabilización. Cualquier crecimiento implica nuevos consumos y generación de agua residual, si bien son imputables a la población y no a los planeamientos. Recomendación: Fomentar sistemas de ahorro de agua y evaluar la capacidad de depuración de aguas residuales.

-1

Ampliación de polígono industrial. Consideraremos que se produce una ocupación efectiva del suelo, consumo de recursos y generación de residuos. Contrarrestan con la necesidad de creación de lugares específicos en los que desarrollar la actividad económica y de generación y elaboración de productos, adaptados mediante medidas de prevención y gestión, que los hacen óptimos y minimizan al máximo el impacto que esta actividad de desarrollo humano. Se ha señalado un impacto negativo para indicar que cualquier crecimiento implica nuevos consumos y generación de residuos. Recomendaciones: se tendrá en cuenta el seguimiento de aplicación de eficiencia energética y la no entropización de los terrenos antes de ser ocupados y urbanizados.

-1

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7.- MEDIDAS CORRECTORAS Medidas correctoras • Criterios de Planificación de las NNSS

o Movilidad: Sería aconsejable que en las vías por las que la presión del tráfico

sea importante acompañarlas con árboles de hoja caduca y hoja perenne, para favorecer la circulación de los gases producidos por los vehículos, al mismo tiempo, servirían como sumideros de CO2 en la época estival.

Se deberá plantear siempre en la creación de zonas comerciales, recreativas y de alto interés turístico, la realización previa junto con el estudio de viabilidad del proyecto, la realización de un estudio de movilidad en el cual se refleje la capacidad de absorción de vehículos y las vías disponibles de acceso. Imponiendo como condición indispensable para su desarrollo la creación suficiente de zonas de aparcamiento perfectamente acondicionadas y de vías de acceso y regulación del tráfico. Lo mismo se deberá realizar si se quieren realizan cambios de uso que conlleven una mayor atracción de vehículos. Esto se deberá realizar en la fase previa de proyecto en la cual ya se tienen determinados los usos que se van a dar a las diferentes zonas y por lo tanto se pueden determinar con suficiente previsión las demandas que generarán.

En las vías que estén cerca o en las proximidades de las zonas ANEI, sembrar a modo de pantalla, visual y corredor verde a ambos lados de la vía vegetación arbustiva y arbórea autóctona.

En los carriles bici sembrar árboles de hoja caduca, para que en invierno el sol llegue hasta el suelo, evitando así que se cree humedad. En las zonas que por falta de disponibilidad de suelo para completar la red de carriles bici, se podrían utilizar vías de un solo carril destinadas para el uso de vehículos a motor, limitando la velocidad de éstos a 30km/h.

Sobre el estacionamiento al aire libre en las zonas SRC-SRG, condicionadas por las limitaciones que se impongan en relación con su impacto territorial. Se pueden plantear medidas como conceder autorización previa para acceder a éste con vehículos a motor en los lugares más sensibles y crear zonas acondicionadas de reunión de vehículos a motor alejados de los lugares de mayor sensibilidad medioambiental, y favorecer el acceso por medios más sostenibles.

Crear corredores para la fauna con pasos que posibiliten el trasiego de ésta y no se queden aisladas las poblaciones.

En las redes de tráfico de las zonas ANEI limitar el acceso a los vehículos a motor

Para la señalización de los caminos públicos usar materiales biodegradables,

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En el asfaltado se podrían utilizar materiales permeables para facilitar el paso de agua al subsuelo.

Divulgar por parte de la Admón políticas de uso sostenible de los medios de transporte, y fomentar el uso del transporte público, y otros medios de transporte más sostenibles.

o Eficiencia energética:

Fomentar políticas de usos sostenibles del uso de este recurso, por parte de la población.

Dotar al alumbrado público de luminarias de bajo consumo, igual que en los espacios ocupados por la Admón

Dotar de automatismos, que supriman el consumo eléctrico cuando no están siendo utilizados equipos eléctricos

Fomentar la implantación de generadores y el uso de energías renovables, sobre todo en suelo rústico.

o Garantía de suministro de agua:

Aplicar políticas de uso sostenible de este recurso. Colocar contadores por tramos de la red pública para gestionar y

detectar posibles fugas o roturas en el sistema. Fomentar la instalación de redes de agua depurada para el uso

agrícola, y en jardinería. Realizar campañas periódicas de concienciación de un uso

sostenible por parte de la población.

o Prevención de riesgos naturales y de accidentes graves. Realizar campañas de información a la población. Para que esta

conozca las medidas a adoptar. y realizar simulacros para detectar y prevenir posibles fallos del

sistema. o Prevención y protección contra la contaminación y limitación de sus

consecuencias para la salud o el medio ambiente: Realizar con cierta periodicidad campañas de información, dirigidas

a la población. • Estructuración del suelo urbano:

o En las actuaciones en las que la admón. tenga que generar zonas o espacios ajardinados, usar vegetación autóctona.

o En las zonas industriales usar las vegetaciones como pantalla visual y como sumidero de gases invernadero, generadas por las actividades industriales.

o En los proyectos de instalación de antenas de telefonía incentivar modelos que estén integrados en el paisaje.

o Incentivar que en zonas ajardinadas privadas, se opten por plantas autóctonas.

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o Fomentar que en las nuevas construcciones, si tienen zonas ajardinadas, dispongan de un sistema de recogida de aguas pluviales, para su uso en el riego.

o También podría la admón. distribuir aguas depuradas al sector privado para regar.

o Usar sistemas de riegos eficientes e inteligentes. Y fomentar su uso en el sector privado.

o Suelo urbanizable próximos a zonas ANEI : Han de adoptar pantallas vegetales y corredores verdes, para

integrarlos en el paisaje, y facilitar el desarrollo de la fauna y flora en estos espacios.

Las actividades generadas en estas zonas no han alterar el entorno, a nivel de contaminación acústica, y lumínica.

Han de contar con eficientes sistemas de recogidas de aguas sucias, y de residuos sólidos urbanos.

En las nuevas construcciones han de aprovechar e integrar elementos vegetales ya existentes en el medio.

Hacer cumplir las normas con inspecciones periódicas a las zonas.

En las proximidades de los polígonos si no existen, colocar estaciones de control del aire, y estudiar los vientos de la zona para, a colocar también en las zonas ANEI que estén en las proximidades de los núcleo de población.

• Suelo rústico. o Fomentar con políticas su conservación, y velar que se cumplan las

normas establecidas para este suelo. o Si se inician nuevas actividades agrícolas, con la implantación de

estructuras como invernaderos, umbráculos, sistemas de regadío, éstas han de ser integradas en el paisaje, y su gestión ha de ser acorde con el entorno donde se desarrollan.

o La gestión de residuos de estas actividades ha de estar regularizada, con gestores autorizados.

o Se ha de garantizar que en el supuesto que la actividad agrícola cese, los responsables de la explotación han de gestionar su cierre y desafección, eliminando los residuos que se generen por el cierre.

o Se aconseja instalar corredores verdes entre las diferentes parcelas, para que la fauna y flora, no se vea afectada. Además sirve como reservorio de biodiversidad, y defensa frente a posibles plagas.

o Igual que en el suelo urbano, si se realiza una construcción nueva, ésta ha de integrar los elementos vegetales existentes en ese momento en la zona.

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Medidas de implantación y seguimiento de la implantación de las NNSS Mediante grupos de trabajo se ha de crear un cronograma, con las tareas y plazos a cumplir, los responsables del proyecto han de programar los plazos y determinar las líneas de actuación, velando por que se cumpla lo establecido en el cronograma. Se han de establecer plazos de información a la población implicada y que ésta pueda realizar aportaciones.

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8.- PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL Incluye este capítulo una descripción de las medidas previstas para el seguimiento, de conformidad con el artículo 93 de la Ley 11/2006. Se considera que los desarrollos urbanísticos requerirán de vigilancia ambiental para garantizar la no generación de efectos significativos. Los instrumentos previstos para la vigilancia ambiental son los siguientes, donde los responsables del seguimiento serán los que el propio plan determine. El programa de supervisión persigue los siguientes objetivos generales: • Supervisión de la ejecución de las propuestas ambientales del Texto Refundido de las NN.SS. • Control de los documentos correspondientes al planeamiento de desarrollo de las actuaciones propuestas. • Garantizar que se adoptan de forma suficiente las medidas protectoras y correctoras establecidas en las Normativas Urbanísticas Particulares y en el Informe de Sostenibilidad Ambiental. • Comprobar que se adoptan otras medidas protectoras y correctoras necesarias no contempladas en este Informe. En relación con la ejecución de las actuaciones propuestas, el objetivo del Programa de Vigilancia Ambiental es garantizar la preservación de la calidad ambiental, sin que se vea afectada por estas actuaciones. Así, se considera necesario llevar un control ambiental del desarrollo de algunas actuaciones, de manera que se garantice el cumplimiento de lo establecido en las NN.SS. y en el Informe de Sostenibilidad Ambiental. El control ambiental se llevará preferentemente directamente por el Ayuntamiento, mediante un Técnico especialista en materia de medio ambiente. Los aspectos de mayor relevancia que deben ser supervisados por este plan se exponen a continuación:

• Ocupación de suelo: artificialización, protección de áreas de interés, suelos de alta capacidad. • Actuaciones que puedan afectar a la red de Espacios Naturales Protegidos (árboles singulares) o Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) • Actuaciones que afecten a vegetación de interés naturalístico. • Actuaciones que afectan a los sistemas fluviales. • Actuaciones que afectan a elementos del patrimonio cultural • Actuaciones en zonas inundables. • Actuaciones en áreas de especial interés faunístico • Actuaciones en zonas con alta vulnerabilidad de los acuíferos a la contaminación. •Actuaciones en zonas con emplazamientos que soportan o han soportado actividades contaminantes del suelo.

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• Actuaciones que afecten a la conectividad de los ecosistemas. • Actuaciones de desarrollo del Plan de Movilidad Sostenible. • Desarrollo de los planes de calidad acústica según zonificación acústica.

Plan de vigilancia en relación a las actuaciones que emanan de las Normas Subsidiarias El procedimiento de supervisión deberá garantizar el cumplimiento de las medidas de protección establecidas en la Normas Urbanísticas Particulares de las áreas / sectores delimitados en el área urbana, así como las medidas de protección incluidas en la Normativa General, referidas a actuaciones en suelo no urbanizable. En las sucesivas fases de planeamiento y proyecto los distintos documentos que los componen deberán velar porque se cumplan los principales enunciados contenidos en el presente Informe de Sostenibilidad Ambiental.

• Los sucesivos documentos de planeamiento integrarán las especificaciones necesarias para el desarrollo de las medidas correctoras propuestas, integrándolas en la normativa correspondiente. • Los proyectos incluirán las medidas correctoras tanto en la memoria como en los pliegos de condiciones y planos, desarrollando las partidas presupuestarias siempre que las medidas sean susceptibles de ser valoradas económicamente.

A la vista de la relevancia de cada actuación, se propone que se valore la implantación de un Plan de Vigilancia Ambiental para las fases de urbanización y construcción. De acuerdo a los objetivos establecidos para cada Programa de Vigilancia Ambiental específico, se considerarán los siguientes aspectos como objeto de seguimiento del PVA son:

• Criterios para la urbanización y ordenación espacial: - Ocupación de suelo - Vegetación de interés - Afección a espacios de interés naturalístico - Adaptación topográfica - Infiltración del terreno - Movilidad

• Minimización de riesgos: - Calidad de suelo en emplazamientos que soportan o han soportado actividades potencialmente contaminantes - Estudio hidráulico específico - Medidas protectoras de la contaminación de acuíferos - Estudio de Ruido ambiental soportado

• Restauración ambiental y paisajística - Programa de restauración ambiental y paisajística

• Criterios de sostenibilidad energética en las edificaciones

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Este control ambiental debería incluir una serie de visitas periódicas durante la fase de obras con realización de informes periódicos conforme se indica en los siguientes puntos:

• Los informes periódicos recogerán las principales incidencias, el estado de aplicación de las medidas protectoras y correctoras, los problemas observados, etc. • Se controlará la ocupación realizada por la obra, asegurando que ésta se corresponde con las previsiones establecidas en los Proyectos y verificando que no se afecta a más superficie que la que contempla el mencionado proyecto. En particular se velará por el respeto a las manchas de vegetación de interés que no deban ser eliminadas por necesidades del proyecto. • Durante la fase de construcción se realizará un control de los materiales excavados y posibles residuos, desde su caracterización y cuantificación hasta destino final, el cual deberá acreditarse mediante documento de aceptación de gestor autorizado. • En la fase de construcción de la obra se verificarán las actuaciones tendentes a remodelar la topografía alterada de modo que se ajuste lo más posible a la natural: redondeando taludes, en planta y en alzado, evitando aristas y superficies planas, etc. Se comprobará la pendiente de los taludes resultantes para garantizar la posibilidad de regeneración de la vegetación autóctona. • Se controlará la realización de las revisiones periódicas de maquinaria de obra, sobre todo en lo referido a emisiones y ruidos, para que se ajuste a la normativa vigente. • Se controlará la ejecución de las medidas para minimización de ruido ambiental y la eficacia de las mismas. • Se llevará un control de los riegos periódicos, apuntando las fases en que es necesaria la realización de los mismos. • Se controlará la realización de todas las medidas de restauración vegetal y paisajística y que las mismas se acomoden a su proyecto específico. • Por último, una vez finalizadas las obras, deberá cumplimentarse un informe final de seguimiento, como compendio y valoración final de la efectividad de las medidas preventivas y correctoras propuestas y de todas aquellas eventualidades que hayan podido producirse en el transcurso de los trabajos.

Vigilancia en relación a los nuevos desarrollos urbanísticos Se considera que los desarrollos urbanísticos requerirán de vigilancia ambiental para garantizar la no generación de efectos significativos. Los instrumentos previstos para la vigilancia ambiental son los siguientes, donde los responsables del seguimiento serán los que el propio plan determine.

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Contenidos de referencia para los Planes de Vigilancia Ambiental. A continuación se aporta un listado de contenidos para tener en cuenta en la redacción de los respectivos planes de vigilancia señalados anteriormente, además de los que se detecten en los procesos de evaluación ambiental de los mismos. No se aportan los contenidos específicos para las industrias, los cuales se deberán adaptar a las características de cada industria.

Aspecto ambiental CONTENIDOS DE REFERENCIA DE LOS PLANES DE VIGILANCIA AMBIENTAL

Afección a espacios protegidos No se afecta. Se establecen medidas de aplicación.

Ocupación del espacio por instalaciones auxiliares

Se deberá controlar la ocupación del espacio estrictamente afectado y evitar ocupaciones no previstas, y, en cualquier caso, la recuperación de los espacios afectados con las condiciones ambientales de estado pre operacional.

Origen de los materiales Si se requieren materiales de préstamos, deberán proceder de canteras adaptadas al Plan Director Sectorial de Canteras o de materiales excedentarios de otras obras y actuaciones legalmente desarrolladas.

Gestión de residuos de materiales excedentarios

Se deberán conducir a destino adecuado, como es la restauración de canteras o el aprovechamiento en otras actuaciones

Otros residuos Es necesaria la correcta gestión de los residuos, especialmente de aquellos peligrosos y que tengan capacidad contaminante

Calidad atmosférica, emisiones de polvo y ruidos. Ejecución

Vigilancia del cumplimiento de las medidas correctoras para evitar posibles efectos sobre la población.

Gestión del suelo (tierra). Ejecución

La tierra extraída deberá destinarse a mejora del suelo agrícola, de zonas verdes u otras reutilizaciones.

INSTRUMENTOS PREVISTOS PARA LA VIGILANCIA AMBIENTAL Unidades de ejecución en suelo urbano

Se prevé el desarrollo de un Programa de Vigilancia Ambiental, el cual formará parte del Documento Ambiental del Proyecto de Urbanización y, en su caso, de las respectivas evaluaciones de impacto. El Plan de Vigilancia Ambiental, al formar parte de la tramitación ambiental del proyecto, estará sometido a la supervisión de la CBMA.

Se descarta la necesidad del desarrollo del plan de vigilancia en esta fase, si bien se aportan unas directrices a tener en cuenta en la redacción de los planes de vigilancia

Sector urbanizable y de servicios

El sector urbanizable y de servicios deberá elaborar un plan de vigilancia en la redacción del Plan Parcial y en la redacción del proyecto de urbanización.

Industrias Las industrias deberán disponer de plan de vigilancia ambiental incluida en la evaluación de impacto ambiental.

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Relieve y morfología La ejecución de terraplenes y desmontes deberá hacerse de acuerdo con lo que establezcan los proyectos y con medidas adecuadas para la prevención de la erosión.

Calidad de las aguas subterráneas y superficiales. Ejecución

Se velará para evitar los vertidos de substancias contaminantes que puedan alcanzar las aguas superficiales o subterráneas.

Funcionamiento torrentes No se afecta. Se establecen y se ponen de relevancia las distancias y medidas de aplicación.

Protección de la vegetación

Se establecerán la medidas necesarias para la protección de árboles singulares, y la recuperación o renovación de especies autóctonas, eliminado aquellas de carácter invasivo

Protección del paisaje Se establecerán las medidas necesarias de acuerdo con las características de los proyectos y los resultados de las tramitaciones ambientales.

Infraestructuras y servicios afectados

Se velará para la reposición de las infraestructuras y servicios afectados

Patrimonio histórico No se afecta. Se establecen las medidas de aplicación.

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9.- INFORME SOBRE LA VIABILIDAD ECONÓMICA DE LAS MEDIDAS DIRIGIDAS A PREVENIR, REDUCIR O PALIAR LOS EFECTOS NEGATIVOS DEL PLAN O PROGRAMA Al considerarse que no son necesarias medidas dirigidas a prevenir, reducir o paliar los efectos negativos del Plan, se descarta el coste económico derivado de las mismas. Las propias Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Sant Josep de sa Talaia llevan incorporadas una memoria de sostenibilidad económica, cuyo objeto es el estudio y análisis del coste público del mantenimiento y conservación de las infraestructuras y servicios de los nuevos ámbitos de actuación una vez urbanizados y recibidos por la Administración local tal y como exige el artículo 15.4 del Real decreto legislativo 2/2008, de 20 de junio. Los costes de las medidas correctoras relacionadas con el plan parcial y los proyectos de urbanización serán analizadas en dichos instrumentos.

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10.- MAPA DE RIESGOS NATURALES En la documentación grafica de las nuevas NNSS se adjuntan los planos de las Áreas de Prevención de Riesgos que emanan del Plan Territorial.

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11.- CUMPLIMIENTO DOCUMENTO DE REFERENCIA DE LA CBMA DE 17 NOVIEMBRE DE 2006. CUMPLIMIENTO INFORME TÉCNICO DEL 30 DE ABRIL DE 2010 SOBRE LOS CONTENIDOS DEL ISA. Indicaciones Comisión de Medio Ambiente mediante Informe Técnico del 30 de abril de 2010 sobre los contenidos del informe de Sostenibilidad Ambiental presentado en Noviembre de 2009. CUMPLIMIENTO DEL DOCUMENTO DE REFERENCIA RELATIVO AL ANÁLISIS DE SOSTENIBILIDAD DE ORIENTACIÓN INICIAL DE LAS NUEVAS NORMAS SUBSIDIARIAS DEL MUNICIPIO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA (DOCUMENTO DE JULIO DE 2006)

Aspectos a implementar Descripción/justificación …..de acuerdo con el artículo 88 de la Ley 11/2006 sobre evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones de impacto estratégicas de las Islas Baleares, se propone que el Informe de Sostenibilidad Ambiental tenga en cuenta, además del contenido mínimo detallado en el artículo 87 de la mencionada Ley, los siguientes aspectos:

Tenido en cuenta de forma específica en la realización del ISA.

Si las Normas proponen la ubicación de nuevos suelos urbanos o urbanizables se ha de realizar un estudio de alternativas de ubicación, estudiando la conveniencia desde el punto de vista ambiental del emplazamiento elegido, su afección a recursos naturales (flora y fauna) y elementos patrimoniales catalogados, comparando la situación actual y futura. Se ha de justificar la necesidad del crecimiento propuesto

El presenta ISA estudia desde el punto de vista ambiental el suelo urbano y urbanizable. Analizando su impacto de cada uno de sus aspectos en comparación con el planeamiento de aplicación vigente. Se justifica la idoneidad y necesidad de los terrenos seleccionados que casi en su totalidad son los reflejados en las NNSS actuales y se adaptan al PTI.

Si las Normas ubican infraestructuras o equipamientos que prevean el PTI pero que no las ha ubicado, se ha de presentar un estudio de alternativas, estudiando los mismos aspectos que en el punto anterior.

Las infraestructuras se adaptan a lo previsto en el PTI y su ubicación cumple con los requisitos que el PTI y la normativa urbanística de aplicación exigen.

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La delimitación grafica del Suelo Rustico ha de ser a escala más precisa, corrigiendo si es el caso los errores (Norma 6.4 PTI). Se ha de hacer un trabajo riguroso (trabajo de campo, comparación con fotos aéreas, etc.) con tal de hacer la delimitación de las diferentes categorías ya que la transposición automática de la escala 1:25000 a una escala más precisa puede llevar a errores.

Los planos de las nuevas NNSS recogen con precisión y detalle la delimitación del Suelo Rustico, adaptándolo a la realidad existente en la actualidad.

Si el planeamiento municipal prevé la utilización de un sistema individual de evacuación de aguas residuales de determinadas zonas del suelo urbano o urbanizable tendrá que solicitar un informe a la Dirección General de Recursos Hídricos, tal como prevé la Norma 32 del PTI.

Durante el trámite de consultas se efectuará específicamente la consulta a la administración competente, sobre la capacidad de tratamiento de la EDAR en el tratamiento de las aguas residuales y de abastecimiento de aguas residuales.

Respeto a los recursos ambientales básicos (agua, energía, depuración y residuos) se ha de asegurar que la capacidad de la población que se prevé en el planeamiento es asumible ambientalmente. Con tal de calcular la demanda de agua se consideraran las dotaciones máximas previstas en el artículo 11 del PHIB, no los 200 l/hab/día que va ser aprobado por la CBMA de 19/12/2001

Las nuevas NNSS recogen las determinaciones de los Planes Directores Sectoriales de Energía. Recoge las consideraciones del PTI y se justifica el crecimiento de la población considerado lo cual se refleja en las nuevas NNSS y el ISA. Se realiza el cálculo de los usos y demandas existentes y previstas. Abastecimientos urbanos, en base a dotaciones máximas entre los 214 (actual) y los 250 l/hb día (año horizonte 2017)

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Respecto de las zonas inundables, hasta que la DGRRHH no disponga de los estudios previstos en los artículos 77 al 77 del PHIB, esta definición tendrá que ser realizada por los promotores del planeamiento según los criterios establecidos en los artículos citados (Disposición adicional 4.2 PTI). Se ha de hacer mención a los problemas de inundación o de cualquier otro riesgo que pueda existir en determinadas zonas urbanas, ya que las APR son tan solo en suelo Rustico. Es aconsejable que también se grafíen en los planos de ordenación.

Son tenidos en cuenta en el desarrollo de todo el ISA y se recogen en las nuevas NNSS, en las que se pueden ver identificadas en los planos que las acompañan.

Hasta que no resulte aprobada por la DGRHH la delimitación definitiva de los parámetros de protección de las captaciones de abastecimiento, se verificara el cumplimiento de lo previsto en el articulo 67 y de acuerdo al PHIB (disposición adicional 4.3 PTI). En los planos de ordenación se tendrá que grafiar los pozos de abastecimiento y sus perímetros de protección.

Se recoge en ISA y las nuevas NNSS, en cuyos planos viene detallados los pozos de abastecimiento y su perímetro de protección.

Hasta que no se apruebe por la DGRRHH la delimitación definitiva de los parámetros de protección de la zonas de riesgo de contaminación de acuíferos, se verificará el cumplimiento de lo previsto en los artículos 52,53,54 y de acuerdo al PHIB (disposición adicional 4.5 PTI).

En las nuevas NNSS se recogen los parámetros de protección de la zona de riesgo de contaminación de acuíferos. Plano APR contaminación de acuíferos, que es de aplicación directa en las nuevas NNSS.

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Además, se recuerda que, tal como prevé el artículo 13 de la Revisión de PDSP (Decreto 61/99), el planeamiento ha de adaptar su clasificación del suelo a las determinaciones previstas en el Plan. Administraciones públicas afectadas:

- Consell Insular de Eivissa y Formentera

- Dirección General de Recursos Hídricos (Conselleria de Medio Ambiente)

- DG Biodiversidad (Conselleria de Medio Ambiente)

- DG de Caza, Protección de Especies y Educación Ambiental.

Consideraciones recogidas en las nuevas NNSS y el presente ISA. En el periodo de consultas cada administración pública podrá volver a determinar lo que considere oportuno cubriendo por lo tanto este aspecto.

Además las indicaciones Comisión de Medio Ambiente mediante Informe Técnico del 30 de abril de 2010 sobre los contenidos del informe de Sostenibilidad Ambiental presentado en Noviembre de 2009 señalaba: CUMPLIMIENTO DEL INFORME TÉCNICO DE 30 DE ABRIL DE 2010 DE LA COMISIÓN BALEAR DE MEDIO AMBIENTE

Aspectos a implementar Descripción/justificación En el apartado de antecedentes del ISA se dice que este documento se complementa con el Análisis Territorial del Municipio de Sant Josep elaborado en enero de 2008 (hay que decir que este documento no se ha remitido a la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears y que el Análisis Territorial elaborado en el año 2005 y que se remitió el mes de agosto de 2006 para redactar el Documento de referencia no se ha encontrado en el archivo de la Comisión).

Con el nuevo ISA se aporta Análisis Territorial elaborado en enero de 2008.

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En la página 57 del ISA se dice que en un futuro se podrán producir carencias en cuanto a la dotación de infraestructuras de abastecimiento energético y gestión de residuos, y en menos medida las de abastecimiento de agua y saneamiento, como consecuencia del techo de población previsto en el nuevo planeamiento; no obstante no se plantean soluciones, es decir, no se demuestra que se puede asumir ambientalmente la capacidad de la población prevista en las nuevas normas, aunque estas supongan una disminución respecto de las aprobadas actualmente (se pasa de 76.446 habitantes a 50.079 habitantes).

Se realiza una descripción de la evolución y actualización de la población registrada en el municipio y se indica la justificación de la capacidad máxima adoptada en las NNSS según la capacidad residencial prevista. Indicados en la caracterización del municipio y en el apartado del punto 2. Adaptación a otros instrumentos urbanísticos y legales. Sin olvidar como todos los aspectos turísticos son recogidos y adaptados a la nueva normativa de aplicación en las NNSS.

Se ha observado que en las Normas Urbanísticas aparecen los correspondientes artículos referentes a las limitaciones de los usos alrededor de los pozos de abastecimiento (articulo 8.3.02) y a las APR (articulo 8.5.04)

Aspectos considerados en las nuevas NNSS.

En Anexo de la Memoria informativa y justificativa (pg. 108) hay una relación de canteras activas; en la delimitación de las canteras incluidos los anexos del PDS de Canteras tiene que constar en la leyenda como SUELO RUSTICO EXTRACTIVO. Observando los planos se ve que en la leyenda aparece como CANTERAS y además, una de las canteras grafiadas (la de Ca n`Orvai el plano CS-22) no parece en la lista de las canteras activas: este hecho se tendrá que revisar.

Esta circunstancia se encuentra revisada y corregida en las nuevas NNSS y así ha sido considerado en el ISA.

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La Ley 4/2008 de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible en las Illes Balears (BOIB nº 68 de 17/5/2008) va ampliar la ANEI de la zona de la Punta de sa Pedrera y va a ampliar ANEI y ARIP en la zona de Cala d`Hort. En las NNSS esta ampliación se ha tenido en cuenta pero se ha observado como en los planos estas zonas ampliadas se grafían con la leyenda Ley 4/2008 sin distinguir si se trata de ANEI o ARIP (Planos EGO-01 y EGO-03); de hecho, en la leyenda general no figuran los ARIP.

Las nuevas NNSS y el ISA recogen los cambios en las zona de Cala d´Hort y se encuentra representado en los planos. Estando la zona ARIP, ahora, incluida dentro de la ANEI y por lo tanto limitada por consideraciones más restrictivas que vienen dadas por un mayor grado de protección de las zonas ANEI.

Vista la documentación presentada y de acuerdo con el artículo 89 de la Ley 11/2006 de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas de las Illes Balears se realizan las siguientes observaciones al informe de sostenibilidad presentado: El contenido del ISA no cumple con lo previsto en el artículo 87 de la Ley 11/2006: viabilidad económica, resumen de carácter no técnico, etc.

Son indicados y recogidos de forma estricta en el nuevo ISA elaborado.

No se ha tenido en cuenta la mayor parte de los aspectos contemplados en el Documento de Referencia de 17 de Noviembre de 2006 (disponibilidad de los recursos básicos, alternativas de ubicación de los nuevos suelos urbanos o urbanizables propuestos, etc.).

Han sido tenidos en cuenta de forma específica en la elaboración del ISA y de las NNSS, así como los aspectos del presente informe técnico realizado al primer ISA presentado.

Ha de quedar bien definido el crecimiento del suelo urbano o urbanizable propuesto, justificando la necesidad del crecimiento propuesto, analizando diferentes alternativas de ubicación y justificándolo, desde el punto de vista ambiental.

En las nuevas NNSS e ISA queda perfectamente definido el suelo urbano y urbanizable, las necesidades de crecimiento y la idoneidad de las ubicaciones. Siendo estas analizadas desde el punto de vista ambiental, el cual viene considerado al realizar la adaptación al PTI y a toda la normativa sobrevenida en la cual las consideraciones ambientales se encuentran perfectamente definidas y son en ocasiones el único motivo o uno de los más importantes de su creación.

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Se ha de analizar desde el punto de vista ambiental, cualquier nueva actuación que se lleve a termino respecto a la NNSS vigentes (Suelos Urbanos o Urbanizables, SG a Suelo Rustico, carreteras, etc). Justificando su necesidad, analizando su afección a los recursos naturales (especialmente mas su afección a XN 2000 o a los hábitats de interés comunitario de la Directiva 92/43/CE relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la flora y la fauna silvestres y de la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y la Biodiversidad) y de los elementos patrimoniales catalogados.

Han sido analizados y considerados en el desarrollo de ISA. No solo en los espacios protegidos si no que también las NNSS recogen medidas de armonización y protección de estilos arquitectónicos, alturas, materiales y usos. Además de rehabilitación y recuperación.

En cuanto al Suelo Rustico se desconoce cómo se ha hecho la planimetría de las diferentes zonas: AANP y ANEI: en el Documento de Referencia se decía que había que hacer un trabajo riguroso para hacer esta delimitación de las AANP que prevé el artículo 1 de la LEN (sistemas dunares, islotes, Ullastrales, Sabinares, etc.). Observando los planos se ve que una pequeña isla al lado de Es Vedrá (planos EGO-03 y CS-18) está clasificada como ANEI. Se ha de revisar toda la cartografía referente a las diferentes categorías de SR.

Se recogen todas las zonas AANP y ANEI existentes realizando un trabajo riguroso en la elaboración de las nuevas NNSS. Revisando y corrigiendo la cartografía.

Cabe señalar respecto a los planos presentados: Se ha comprobado que a. delimitación de las zonas APR de erosión, y deslizamiento (que no hay) y incendios coinciden con los del PTI; no obstante se ha observado que la trama de las zonas APR erosión no están dibujadas.

Se corrige esta circunstancia y se puede observar en las nuevas NNSS.

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Planos NVA: nivel de vulnerabilidad de acuíferos (alta y media): las diferentes zonas coinciden con las grafiadas en los planos del PTI.

− En los planos escala 1/5000 tan solo aparecen las APR de inundación; sería recomendable que figuren los torrentes y, si es técnicamente posible, también las zonas de servidumbre y policía.

− En los planos de APR de erosión de ha de mostrar la trama correspondiente.

− Se han de delimitar los perímetros de protección de los pozos de abastecimiento.

En las NNSS se corrigen y desarrollan de forma específica este aspecto.

En los planos CS a escala 1/5000 (del 01 al 32):

o No se han grafiado los torrentes, ni sus zonas de servidumbre y policía.

o Pozos del abastecimiento urbano pero no las zonas de restricción, que si aparecen en la leyenda pero que realmente no se han grafiado.

o Se han grafiado las APT Costas o Infraestructura viaria red primaria

(25 m), local (18m) y secundaria (8 m) que equivale a la APT de Carreteras, denominada así por el PTI.

o APR de inundación que coinciden con los del PTI

Lo que se ha indicado para los planos a escala 1/5000 también se ha de trasladar a los otros que sea necesario.

En las NNSS se corrigen y desarrollan de forma específica este aspecto.

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A las diferentes zonas afectas por la modificación del anexo I de la LEN se observa que aparecen en la leyenda Ley 4/2008 pero no distingue si se trata de ANEI o ARIP; de hecho en la leyenda no figura la ARIP

− Las zonas ampliadas por la Ley 4/2008 se han de distinguir de en los planos de ordenación según sea su clasificación: ANEI o ARIP (en los planos tan solo se hace constar Ley 4/2008).

Las NNSS lo recogen en sus planos.

− Respecto a las canteras en la leyenda a de aparecer como SUELO RUSTICO DE USO EXTRACTIVO, tal y como prevé el PDS de Canteras; además se ha de comprobar que se grafían todas las canteras incluida en el anexo del PDS.

Las NNSS lo recogen en sus planos.

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Por otra parte, tal y como prevé el artículo 17 de la Ley 6/2009, que adiciona un nuevo apartado en el artículo 89 de la Ley 11/2206, se recuerda que si se prevén actuaciones de urbanización (definidas en el artículo 14 de la Ley 8/2007 del Suelo) se han de solicitar al menos los informes preceptivos y determinados siguientes:

a. El de la administración hidrológica sobre disponibilidad de agua potable, en cantidad y calidad, y suficiencia de la red de saneamiento y depuración, en relación con la población servida actual y con la prevista por el planeamiento que se propone; así como sobre la protección del dominio público hidráulico.

b. El de la administración de costas sobre la delimitación y la protección del dominio público marítimoterrestre.

c. El de las administraciones competentes en materia de carreteras, ferrocarriles, puertos aeropuertos, energía y otras infraestructuras afectadas, respecto a esta afección e impacto de las actuación sobre la capacidad del servicio de estas infraestructuras.

Considerado este aspecto y a realizar en el proceso de tramitación del presente ISA con cada uno de los departamentos y administraciones competentes.

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Respecto a la tramitación se ha de recordar que, con tal de dar cumplimiento al artículo 91 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas de las Illes Balears, un vez finalizado el periodo de información pública del ISA de julio de 2009 junto con las Normas y haber consultado con las diferentes administraciones publicas y personas interesadas establecido en el Documento de Referencia, el ayuntamiento ha de tramitar en la Comisión de Medio Ambiente la Memoria Ambiental para que en el periodo de 2 meses manifieste su conformidad o disconformidad. Cabe recordar que la Memoria Ambiental, tal y como prevé el mencionado artículo, ha de valorar la integración de los aspectos ambientales en la propuesta de las nuevas Normas, en la cual se analizará el proceso de evaluación, el ISA y su calidad; se evaluara el resultado de las consultas realizadas y como se han tomado en consideración y se analizará la previsión de los impactos significativos por la aplicación de las nuevas Normas. La Memoria Ambiental contendrá las determinaciones finales que tengan que incorporarse a la propuesta de las nuevas Normas, además de su aprobación provisional y posterior remisión al Consell para su aprobación definitiva.

A realizar en el proceso de tramitación una vez finalizado el periodo de información pública del presente ISA, dando cumplimiento al artículo 91 de la Ley 11/2006 de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas de las Illes Balears.

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12.- ESTUDIO DE EVALUACIÓN DE LAS REPERCUSIONES AMBIENTALES SOBRE UN LUGAR DE LA RED NATURA 2000 Necesidad de los estudios de evaluación de las repercusiones ambientales sobre un lugar de la Red Natura 2000 El artículo 39 de la LECO establece que para cualquier plan o proyecto que sin tener relación directa con la gestión de un lugar de la Red Natura 2000, o sin ser necesario para su gestión, pueda afectarlo de forma apreciable, ya sea individualmente o en combinación con otros planes o proyectos, se ha de realizar una evaluación de sus repercusiones en relación a los objetivos de conservación. Cuando se realice evaluación de impacto ambiental este estudio formará parte del estudio de evaluación de impacto ambiental o del informe de sostenibilidad ambiental. Por lo tanto en nuestro caso tendremos efectos directos sobre zonas incluidas dentro de la Red Natura 2000 y además se tendrán que tener en cuenta los hábitats afectados indirectamente que no estando dentro de la Red Natura 2000 pudieran verse afectados. Identificación de lugares de la Red Natura 2000 potencialmente afectados De acuerdo al plano de la XARXA NATURA 2000, existen 7 espacios ubicados dentro del término municipal de Sant Josep de sa Talaia.

Se pude observar la Xarxa Natura 2000 de la Eivissa, dentro la cual nos centraremos en los espacios que se localiza en el término municipal de Sant Josep de sa Talaia. Sin duda los efectos sobre la red natura no vienen limitados por los límites municipales y los efectos que se produzcan tendrán influencia en todas las demás zonas.

Los espacios son:

1. ES5310023. Illots de Ponent (LIC, ZEPA) 2. ES0000078. Es Vedrà – es Vedranell (LIC, ZEPA). 3. ES0000084. Ses Salines d´Eivissa i Formentera (LIC, ZEPA). 4. ES5310104. Costa de l´oest d´Eivissa (LIC). 5. ES5310032. Cap Llentrisca – sa Talaia (LIC).

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6. ES5310031. Purroig (LIC). 7. ES5310034. Serra Grossa (LIC).

A continuación paso a describir cada uno de los espacios identificados dentro del término municipal de San Josep de sa Talaia:

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1. ES5310023. ILLOTS DE PONENT (LIC, ZEPA)

- Superficie: 2536,95 Ha - Régimen de propiedad. Todos los islotes mayores son de propiedad

particular salvo el Arrecife Rojo de Ses Bledes que es de dominio público. La zona marítimo-terrestre, que afecta a la casi totalidad de los pequeños islotes, es de dominio público.

- Características. Este lugar está constituido por un conjunto de islotes del oeste de Ibiza y la superficie y fondos marinos que los engloban. En total son seis islotes mayores y una decena de islotes menores y arrecifes. Los islotes mayores, ordenados de mayor a menor, son: Conillera, Espartar, Bosc, Na Plana, Na Bosc y Na Gorra, estos tres últimos formando parte del grupo de Ses Bledes. Respecto a sus características geológicas, en Conillera es donde afloran más variedad de materiales, apareciendo del Cretácico inferior, del Mioceno y del Cuaternario, que pertenecen a la unidad estructural d´Aubarca. La mayor parte de la isla está formada por calizas compactas del Cretácico con Orbitolinides y rudistas y dolomías asociadas del Barremiense y del Aptiense. Son calizas bajas formadas por calcarenitas con cemento de calcita cristalina que contienen numerosos guijarros de pasta fina. Los materiales del Mioceno inferior se sitúan en la franja más al sur de esta isla. Son margas de colores ocres, blancos o beiges. Su estructura zonificada presenta pequeños cuarzos detríticos. El resto de la isla presenta costras calcáreas, limos calcificados y derrubios del Cuaternario. En el Espartar se encuentran materiales del Cretácico inferior así como del Cuaternario, pertenecientes a la unidad estructural d´Aubarca. Los materiales del Cretácico son calizas compactadas con Orbtolínids y rudistas, y dolomías asociadas del Aptiano (Barremiense - Bedulià). Son calizas masivas de color beige con vetas de calcita formadas por calcarenitas cementadas por calcita que contienen

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abundantes guijarros de caliza de pasta fina. En el extremo oriental de la isla afloran costras calcáreas, limos calcificados y derrubios del Cuaternario, todo ello al igual que en la Conillera. La isla del Bosc presenta materiales del Cuaternario y del Mioceno inferior correspondiente a la unidad estructural d´Aubarca. Formando el contorno septentrional de la isla aparecen margas y microencletxes del Mioceno inferior. Estas margas son calizas de minerales detríticos de color amarillo- ocre y blanco amarillento, que destacan por la alta proporción de foraminíferos en su composición. Las microencletxes, de tonalidades pardo- amarillentas o gris- azuladas, están cimentadas por calcita cristalina con cuarzo detrítico, escamas de moscovita y granos de glauconita, muy ricas en microorganismos. Sin embargo, la mayor parte de la isla está formada por materiales del cuaternario. Son limos calcificados, derrubios y costras calcáreas. Esta costra caliza presenta coloraciones ocres, beiges o blancas y muestra cuarzo detríticos. Finalmente, el grupo de islotes de Ses Bledes presentan materiales del Cretácico inferior de la unidad estructural d´Aubarca. Son calizas compactadas con Orbitolònids y rudistas del Aptiano (Fácias del Urgonià), y dolomías asociadas. Es una constitución que se repite en los anteriores islotes, ya que son calizas beiges masivas formadas por calcarenitas con cemento de calcita cristalina que contiene numerosos cantos rodados de pasta fina.

- Las características climatológicas de estos islotes son similares a las obtenidas en la isla de Ibiza. La temperatura media anual oscila entre los 11 º C de enero y los 26 º C del mes de agosto. Las precipitaciones presentan una gran variación interanual, tanto en los valores mensuales como en los anuales. En invierno, los vientos dominantes son del oeste y en verano los de levante, con menor incidencia en estos islotes por el efecto de pantalla que efectúa sobre ellos la isla de Ibiza. La orografía de cada islote introduce considerables variables a escala microclimática que se manifiestan, especialmente, en los acantilados orientados al norte. Según la clasificación de Emberger, el clima de estos islotes es semiárido y Mesomediterráneo. La información recogida en la estación pluviométrica de Conillera, para un período de 20 años, ofrece una precipitación máxima anual de 429 mm y una mínima de 133, con una media de 429 mm, siendo el periodo otoñal el más lluvioso. En cuanto a este islote y para este periodo, la temperatura media máxima anual fue de 29.4 º C y la temperatura media mínima anual fue de 8.9 º C , siendo valores más extremos que las medias de Ibiza . La cantidad de radiación que reciben los islotes es considerablemente mayor que la que recibe en otros lugares debido al efecto espejo del mar. Este efecto será mayor contra más pequeño sea el islote El interés y el atractivo paisajístico del lugar es muy elevado dado que estos islotes, de aspecto heterogéneo y bastante prominentes, forman

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un sub-archipiélago en el sector noroccidental de Ibiza muy visibles desde varios puntos de la costa. Tanto la calidad visual intrínseca de este conjunto como la del entorno inmediato al lugar son muy relevantes

- Calidad. La calidad e importancia de este lugar se basa, fundamentalmente, en los siguientes factores. En la presencia de cuatro hábitats del Anexo I de la Directiva 92/43/CEE, siendo especialmente importante el constituido por la pradera de Posidonia oceánica. Por la presencia de 2 especies de plantas del Anexo II de la presente Directiva, una endémica de Ibiza y otra de Ibiza y Mallorca. Por la presencia de nueve especies de aves nidificantes incluidas en el Anexo I de la Directiva 79/409/CEE. Entre estas últimas cabe destacar, por su importancia, la existencia de numerosas parejas de la única especie de ave endémica de las Baleares: Puffinus mauretanicus, por la existencia de una de las colonias más importante de Baleares de Larus audouinii, establecida en la Conillera desde principios de esta década y anteriormente situada en el Espartar, por la presencia de uno de los grupos más numerosos de Hydrobates pelagicus melitensis, por la presencia de un gran número de Phalacrocorax aristotelis desmarestii; para la presencia de dos parejas de Falco peregrinus y por la de una población, al menos en la Conillera, de Sylvia sarda balearica. También tiene interés para otras aves no incluidas en el anterior Anexo y para diversas aves migratorias. Por sus características ornitológicas este conjunto de islotes ha sido considerado como Área Importante para las Aves (IBA) por la Sociedad Española de Ornitología aplicando los criterios seguidos por BirdLife Internacional. Por otra parte, estos islotes, junto con otros de la costa ibicenca, están incluidos en el Área Natural de Especial Interés (ANEI) de los Islotes de Poniente y Sur de Ibiza. Otro aspecto faunístico importante es la presencia de la endémica Podarcis pityusensis, incluida en el Anexo II de la Directiva 92/43/CEE, con las siguientes subespecies endémicas: maluquerorum (Bledes), gorrae ( Na Gorra de ses Bledes ), frailensis ( el islote Frare d´Espartar) , krameriana (Espartar) , Zenon (escollo de Espartar) y carl - Kocki (Conillera y Bosc) . En cuanto a otros vertebrados, además de los incluidos en la anterior Directiva, se han incluido, con motivo D tres mamíferos que contribuyen a la biodiversidad y el mantenimiento de los ecosistemas y dos reptiles , incluidos los mismos motivos, destacando el existencia de Hemidactylus turcicups en algunos de los islotes del lloc. En cuanto a los invertebrados , además del interesante Rumina decollata, presente en los fondos marinos de este lugar, se han considerado dieciocho invertebrados de los cuales seis son gasterópodos terrestres endémicos de Ibiza o de Baleares, como es el caso de Limax majoricensis, Trochoidea Caroli Caroli, Trochoidea Caroli spartariensis, Trochoidea ebusitana conjuguens, Trochoidea ebusitana scopulicola y Iberellus minoricensis. Los once restantes son tenebriónidos endémicos entre los que se encuentran Messor bouivieri, Crematogaster Aubert, Plagiolepis schmitzii, Alphasida ibicensis, Cogida ludovici , Cogida mater, Blaps bedelio torres -sala, Nesotes viridicollis,

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Pachychila sublunata, Phylan mediterráneos, Pimelia elevados y Stenosis intrincados. Entre los peces se han incluido algunas especies que se encuentran en la zona y que han sido incluidas en el reciente Libro Rojo de los Peces de Baleares, entre los que se encuentran el endémico Didogobius splechnai, y otras especies con motivo D, no endémicas, como Sciaena umbra, Thorogobius sp., Labrus merula, Labrus viridis, Xyrichthys novacula, Hyppocampus hyppocampus, Hyppocampus ramulosus y Scorpaena scrofa. Entre las plantas no incluidas en el Anexo II de la Directiva 92/43/CEE, se encuentran endemismos baleares como Bellum bellidioides y Micromeria microphylla; endemismos de Ibiza, como Asperula paui, Lamotte dianae y Silene cambessedesii; endémica de Ibiza y de una localidad de Mallorca como Micromeria inodora, o endémica de Ibiza y Cabrera, como Medicago citrina. Para esta especie, estos islotes, y especialmente el del Espartar, son uno de los puntos con mayor densidad de plantas en toda su área de distribución.

- Vulnerabilidad. La zona propuesta comprende dos ambientes distintos,

el terrestre, constituido por diferentes islotes de tamaños diversos y más o menos alejados de la costa y los fondos marinos. Los islotes, por su propia condición, son un medio más vulnerable cuanto menor es su tamaño. Por este motivo se consideran menos vulnerables Conillera, Espartar y Bosc, mientras que los restantes islotes y arrecifes presentan una vulnerabilidad más elevada. Un factor que está incrementando la vulnerabilidad de estos islotes es el creciente desarrollo del turismo en Ibiza con el incremento de visitas, organizadas en Conillera, aumento de la navegación y de las prácticas pesqueras deportivas y tradicionales.

- Designación. Los islotes que se encuentran en este lugar forman parte

del Área Natural de Especial Interés (ANEI) de los islotes de Poniente y del Sur de Ibiza, según la Ley 1/1991 del Parlamento Balear.

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Información Ecológica. Tipo de hábitats presentes y evaluación de los mismos.

PF: Para los tipos de hábitats que pueden tener un no prioritarios, así como una forma prioritaria (6210, 7130, 9430) entre "X" en el PF columna para indicar la forma prioritaria. NP: en caso de que un tipo de hábitat ya no existe en el sitio escriba: x (opcional) Superficie: valores decimales se pueden introducir Cuevas: para este tipo de hábitat 8310, 8330 (cuevas), introduzca el número de cuevas si la superficie estimada no está disponible. Calidad de los datos: G = 'Good' (por ejemplo, sobre la base de encuestas), M = 'moderado' (por ejemplo, basados en datos parciales con alguna extrapolación), p = 'Poor' (por ejemplo, estimación aproximada) Las especies mencionadas en el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE y evaluación de los mimos.

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Grupo: A = anfibios, B = aves, F = Fish, I = invertebrados, M = mamíferos, P = Plantas, R = Reptiles S: En el caso de que los datos sobre las especies que son sensibles y por lo tanto tienen que ser restringido el acceso público entrar: x (opcional) NP: en caso de que una especie ya no está presente en el sitio poner: x (opcional) Tipo: p = permanente, r = reproducir, c = concentración, w = invernada (para las plantas y las especies no migratorias utilizar permanente) Unidad: i = particulares, p = pares u otras unidades de acuerdo a la lista estándar de unidades de la población y de los códigos de conformidad con el artículo 12 y 17 informes (véase el Portal de Referencia)

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Categorías de abundancia (Cat.): C = común, R = raro, V = muy rara, P = presente - para rellenar si los datos son deficientes (DD) o además de la información tamaño de la población Calidad de los datos: G = 'Good' (por ejemplo, sobre la base de encuestas), M = 'moderado' (por ejemplo, basados en datos parciales con algunos extrapolación), P = 'Poor' (por ejemplo, estimación aproximada), VP = 'Muy mala' (uso en esta categoría solo , si no disponemos de una estimación del tamaño de la población, en este caso los campos de tamaño de la población puede quedar vacíos, pero el campo "categorías de abundancia" tiene que ser completado) Otras especies de flora y fauna. (Opcional)

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Grupo: A = anfibios, B = aves, F = Fish, I = invertebrados, M = mamíferos, P = Plantas, R = Reptiles Código: para las aves, las especies del Anexo IV y V del código de conformidad con lo dispuesto en el portal de referencia deben ser utilizados, además del nombre científico. S: En el caso de que los datos sobre las especies son sensibles y por lo tanto tienen que ser bloqueados por cualquier acceso público entrar: sí NP: en caso de que una especie ya no está presente en el sitio escriba: x (opcional) Unidad: i = individuos, p = pares u otras unidades de acuerdo a la lista estándar de unidades de la población y de los códigos de acuerdo con el artículo 12 y 17 de presentación de informes, (ver portal de referencia) Categorías de abundancia (Cat.): C = común, R = raro, V = muy rara, P = presente Categorías de motivación: IV, V: Anexo Especies (Directiva Hábitats), A: Los datos de la Lista Roja Nacional B: Especies endémicas; C: Convenios Internacionales; D: otras razones

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2. ES0000078. ES VEDRÀ – ES VEDRANELL (LIC, ZEPA).

- Superficie: 635,73 Ha - Régimen de propiedad. Los islotes de es Vedrà y es Vedranell son de

propiedad particular. La zona marítimo terrestre es de dominio público. - Características. La isla de Es Vedrà es un impresionante farallón rocoso

de 388 m de altura, 413 5 m de perímetro y 71 ha de superficie. A su lado se encuentra otro islote más pequeño, Es Vedranell, con una altura de 104 m, un perímetro de 2835 m y una superficie de 17 ha. Es Vedranell está a tan solo 825 m de la costa de Ibiza y Es Vedrà, más a mar adentro, está separado 300 m del anterior islote. Es Vedrà presenta un relieve marcadamente accidentado, con fuertes pendientes rematadas por una cresta transversal en dirección suroeste-noreste que da lugar a las rocas más prominentes. El contorno del litoral es oval, con altos acantilados. Debido a su reducido perímetro, adquiere una forma piramidal de gran altura. Es Vedranell, situado en la costa oriental de Es Vedrà, tiene también un relieve fuertemente escarpado y notables pendientes rematadas por una cresta axial en dirección este-oeste y una cima de 99 m de altura. Lo que provoca la existencia de acantilados impresionantes. Al igual que con el anterior islote, destaca la desproporcionada relación entre la superficies de la base y la altura. Desde el punto de vista geológico, ambos islotes presentan materiales del Mioceno inferior y del Cretácico inferior, pertenecientes a la unidad estructural de Aubarca. Los dos islotes presentan dos sectores claramente diferenciados. El sector meridional, mayoritariamente formado por materiales del Cretácico inferior, concretamente calcáreas compactas del Titónico-Neoconiano con troncolinas y dolomias asociadas del Berriasiano y Valanginiano. Son calcareas masivas de color beige claro o amarillo parduzco. Su examen mediante microscopía muestra calcarenitas con cemento constituido por calcita cristalina y elementos envolventes de calcárea criptocristalina englobando calpionelas y algas fósiles. El sector septentrional es más estrecho. Se debió a un cabalgamiento, tratándose de materiales del Mioceno inferior. Son microbrechas de color marrón amarillento o gris azulado

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formadas por un cemento de calcita cristalina rica en microroganismos, con cuarzos detríticos con escamas de moscovita y grandes glauconitas. No hay datos meteorológicos obtenidos en estos islotes. El clima es similar al obtenido en Ibiza, con temperaturas medias que oscilan entre los 11ºC del mes de enero y los 26ºC del mes de agosto. Las precipitaciones anuales corresponden a las de la zona más seca de Ibiza, con 300-400 mm anuales, con un mínimo estival en julio y un máximo en octubre. El pronunciado relieve de estos islotes y las diferentes orientaciones de las vertientes norte y sur provocarán la existencia de microclimas. También tendrá una mayor incidencia la radiación solar debido al efecto espejo producido por el mar. Paisajísticamente el conjunto Vedrà-Vedranell tiene un gran impacto en Ibiza, ya que, debido a su altura, son visibles desde muchos puntos del interior de la isla y desde Formentera, destacando notablemente en la costa occidental de la isla.

- Calidad. La calidad e importancia de este lugar reside en los siguientes aspectos: En la importante presencia de hábitats del Anexo I de la Directiva 92/43/CEE. En la presencia de un elevado número de taxones endémicos, que seguramente se incrementarán al mejorarse la prospección, destacando endemismos exclusivamente ibicencos, otros de ámbito balear y algunos balearo-levantinos. Finalmente es un lugar importante para la avifauna y por dicho motivo fue declarado ZEPA siendo calificado, además, como Área de Especial Importancia para las Aves (IBA) por la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife). Entre los vertebrados destaca la presencia de una importante colonia de halcón de Eleonor (Falco eleonorae), de un grupo colonias de la endémica Pardela Balear (Puffinus mauretanicus), de un pequeño grupo de Cormorán Moñudo (Phalacrocorax aristotelis desmarestii) y por la presencia ocasional de una pequeña colonia de Gaviota de Audouin (Larus audouinii), que, posiblemente, no ha criado en la isla durante los últimos cinco años, por a su carácter itinerante. En Es Vedrá crió antiguamente una pareja de Águila Pescadora (Pandion haliaetus), especie aún no extinguida de Ibiza y con posibilidades de recuperación. Otra especie importante por la incidencia que tiene sobre la vegetación y también sobre la fauna en general es la Gaviota Patiamarilla, con una población cercana a las 1000 parejas reproductoras. En estos islotes se encuentra una población abundante de la Lagartija de las Pitiusas (Podarcis pityusensis) con dos subespecies exclusivas, la subespecie vedrae, de Es Vedrà, y la subespecie vedranellensis, de Vedranell. Entre los invertebrados destacan: - Oxychillus pytiusanus, babosa zonítida endémica de las Pitiusas de algunos de sus islotes.

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- Limax majoricensis, caracol limácido endémico, es el único limaco endémico de las Baleares, encontrándose en Mallorca, Ibiza, Formentera y Cabrera. - Trochoidea ebusitana vedrae, subespecie de caracol helícido confinado en Es Vedrà. - Trochoidea ebusitana vedranellensis, subespecie confinada en Es Vedranell. - Alphasida ibicensis ibicensis, tenebriónido endémico de los islotes de Ibiza. - Asidia ludovici ludovici, tenebriónido endémico de las Pitiusas y subespecie endémica de Ibiza y algunos de sus islotes. - Asidia mater, tenebriónido endémico de Ibiza. - Pimelia elevata, tenebriónido endémico de Ibiza. - Stenosis intricata, tenebriónido endémico de las Baleares. - Pachychila sublunata, tenebriónido endémico de Mallorca y Pitiusas. - Phylan maediterraneus, tenebriónido endémico de las Pitiusas. Otros invertebrados mencionados, como los formícidos presentes en Es Vedranell, Leptothorax specularis y Plagiolepis schmitzii, y el enebriónido Dendarus pectoralis, se han incluido por presentar una corología particular y por su contribución a incrementar la biodiversidad de estos islotes. Entre las plantas destacan los siguientes endemismos citados en el apartado 3.3.: - Teucrium cossoni punicum, endemismo de Ibiza muy localizado. - Galium crespianum, endémico de Mallorca y Pitiusas. - Thymus richardi ebusitanus, endémico de Ibiza y muy localizado. - Allium antoni-bolosii eivissanuma, endémico de Ibiza y Formentera. - Allium sphaerocephalon ebusitanum, endémico de Ibiza, muy localizado. Otras especies son endemismos balearo-levantinos de interés nacional, como: - Saxifraga corsica, restringida a dos localidades en Ibiza y una en Formentera. - Asperula paui - Lamottea dianae - Silene hifacensis - Stachys brachyclada - Micromeria filiformis es una especie propia de las Baleares, sur y sureste de Iberia y norte de África, siendo, por tanto, de interés internacional. Otras especies se han incluido por su distribución particular, por su interés para la cubierta vegetal del islote y para el mantenimiento de la biodiversidad, como: - Succowia balearica

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- Teucrium flavum - Whitania frutescens y Euphorbia dendroides, siendo Es Vedrà la única localidad de Ibiza en donde se ha encontrado esta especie, que es común en otras localidades baleares

- Vulnerabilidad. Al tratarse de dos islotes relativamente inaccesibles, cabía esperar que la flora y la fauna se mantuvieran bien protegidas y conservadas. Pero se han producido una serie de situaciones que han alterado notablemente los valores naturales de estos islotes, por otra parte altamente vulnerables y en unas condiciones de insularidad extrema. En primer lugar, cabe destacar que, actualmente, un importante rebaño de ganado caprino, compuesto por unos cien ejemplares, está afectando gravemente a la flora de es Vedrà. Teniendo en cuenta la presencia de gran cantidad de endemismos y de la posible existencia de otros que aún no hayan sido localizados, hay que pensar que las repercusiones que están teniendo sobre la flora endémica y la vegetación del islote son muy importantes. Por otra parte la vegetación mantiene a otras especies de vertebrados, principalmente aves, e invertebrados y evita los fenómenos erosivos del escaso suelo disponible en un lugar tan accidentado como este. También fueron introducidos en fecha desconocida conejos (Oryctolagus cuniculus), pero la incidencia que han tenido sobre la vegetación ha sido mucho menor. Mucho más perjudicial, especialmente para la fauna, es la presencia de una considerable población de rata (Rattus rattus), la incidencia de la que sobre la fauna es bien conocida, concretamente sobre las aves marinas durante el periodo reproductor y también sobre muchos invertebrados. En el caso de los tenebriónidos, las ratas son una de las causas del incremento de la tasa de extinción en los islotes ibicencos. Ambos islotes se ven afectados, aunque en mucho menor grado, por el creciente tráfico de embarcaciones deportivas, especialmente en la temporada alta, y por el incremento de los deportes náuticos en sus alrededores.

- Designación. Los dos islotes forman parte de las Reservas Naturales des

Vedrà y es Vedranell y los Illots de Ponent, declaradas por el Decreto 24/2002, de 15 de febrero (BOCAIB núm. 23, de 21/02/2002). Ambos islotes de Vedrà y Vedranell son una Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y se encuentran incluidos en el Área Natural de Especial Interés (ANEI) de Cap Llentrisca-Sa Talaia.

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Información Ecológica. Tipo de hábitats presentes y evaluación de los mismos.

PF: Para los tipos de hábitats que pueden tener un no prioritarios, así como una forma prioritaria (6210, 7130, 9430) entre "X" en el PF columna para indicar la forma prioritaria. NP: en caso de que un tipo de hábitat ya no existe en el sitio escriba: x (opcional) Superficie: valores decimales se pueden introducir Cuevas: para este tipo de hábitat 8310, 8330 (cuevas), introduzca el número de cuevas si la superficie estimada no está disponible. Calidad de los datos: G = 'Good' (por ejemplo, sobre la base de encuestas), M = 'moderado' (por ejemplo, basados en datos parciales con alguna extrapolación), p = 'Poor' (por ejemplo, estimación aproximada) Las especies mencionadas en el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE y evaluación de los mimos.

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Grupo: A = anfibios, B = aves, F = Fish, I = invertebrados, M = mamíferos, P = Plantas, R = Reptiles

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S: En el caso de que los datos sobre las especies que son sensibles y por lo tanto tienen que ser restringido el acceso público entrar: x (opcional) NP: en caso de que una especie ya no está presente en el sitio poner: x (opcional) Tipo: p = permanente, r = reproducir, c = concentración, w = invernada (para las plantas y las especies no migratorias utilizar permanente) Unidad: i = particulares, p = pares u otras unidades de acuerdo a la lista estándar de unidades de la población y de los códigos de conformidad con el artículo 12 y 17 informes (véase el Portal de Referencia) Categorías de abundancia (Cat.): C = común, R = raro, V = muy rara, P = presente - para rellenar si los datos son deficientes (DD) o además de la información tamaño de la población Calidad de los datos: G = 'Good' (por ejemplo, sobre la base de encuestas), M = 'moderado' (por ejemplo, basados en datos parciales con algunos extrapolación), P = 'Poor' (por ejemplo, estimación aproximada), VP = 'Muy mala' (uso en esta categoría solo , si no disponemos de una estimación del tamaño de la población, en este caso los campos de tamaño de la población puede quedar vacíos, pero el campo "categorías de abundancia" tiene que ser completado). Otras especies de flora y fauna. (Opcional)

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Grupo: A = anfibios, B = aves, F = Fish, I = invertebrados, M = mamíferos, P = Plantas, R = Reptiles Código: para las aves, las especies del Anexo IV y V del código de conformidad con lo dispuesto en el portal de referencia deben ser utilizados, además del nombre científico.

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S: En el caso de que los datos sobre las especies son sensibles y por lo tanto tienen que ser bloqueados por cualquier acceso público entrar: sí NP: en caso de que una especie ya no está presente en el sitio escriba: x (opcional) Unidad: i = individuos, p = pares u otras unidades de acuerdo a la lista estándar de unidades de la población y de los códigos de acuerdo con el artículo 12 y 17 de presentación de informes, (ver portal de referencia) Categorías de abundancia (Cat.): C = común, R = raro, V = muy rara, P = presente Categorías de motivación: IV, V: Anexo Especies (Directiva Hábitats), A: Los datos de la Lista Roja Nacional B: Especies endémicas; C: Convenios Internacionales; D: otras razones

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3. ES0000084. SES SALINES D´EIVISSA I FORMENTERA (LIC, ZEPA).

- Superficie: 16434,89 Ha - Régimen de propiedad. Una gran parte del sitio es de propiedad

particular pero la zona marítimo-terrestre, que es de dominio público, afecta a grandes superficies, dado que comprende también las salinas y lagos. Algunos islotes son de propiedad particular, como los de Redonda, el Espalmador y el Espardell, mientras que el resto lo son de dominio público: de Sa Sal Rossa, Arrecife de en Tierra, Caragoler, Negros Freus, de en Purroig, Gastabí, Torretas, Cerdos, Colinas y Hinojo Marino. Otros son propiedad del Estado Español, como el de los Ahorcados.

- Características. El clima de este lugar es de tipo mediterráneo mesotérmico semiárido. La ausencia de de contrastes altitudinales relevantes dentro del área, unido al carácter general poco acusado de su relieve, hacen que exista una cierta homogeneidad climática en todo el lugar. La temperatura media anual es de 17.5ºC y la pluviosidad media anual de 400 mm., con una temperatura media máxima de 25.9 ºC del mes de agosto y una media mínima de 11.7 ºC del mes de enero, lo que indica la existencia de una oscilación térmica anual poco acusada. En invierno predominan los vientos de componente oeste, seguidos de los de componente norte en Formentera y suroeste en Ibiza. En verano predominan los de componente este, seguidos de los de componente suroeste en Ibiza y sureste en Formentera. La constitución geológica del lugar es muy sencilla, apareciendo materiales mesozoicos y cuaternarios con depósitos terciarios (calizas tortonienses) en Punta Prima (Formentera). Los materiales mesozóicos (calizas jurásicas y escasas

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dolomías liásicas), aparecen en el puig del Corbmarí y Puig Falcó. En la vertiente noroeste de Puig Falcó aparece el único afloramiento cretácico (calizas arcillosas) del área. Igualmente, en la base noroeste del Corbmarí aparecen margas arenosas amarillas que se alternan con calizas arcillosas. Los depósitos cuaternarios están bien representados en ambas islas y en los islotes intermedios. Estos son de origen reciente ya que están formados exclusivamente por materiales del Cuaternario excepto un afloramiento calizo (del Jurásico y Cretácico) en s' Espalmador (Cala Torretas). Los materiales cuaternarios están formados por depósitos de marés, costra calcárea y arenas (dunas). En el caso de la isla de Espalmador -la mayor de todas- los a cúmulos de arena llegan a formar dunas bien desarrolladas. Los limos son muy comunes en las llanuras, siendo de color rojo (sedimentarios) o amarillos (loéssicos). Los Estanys de Formentera están originados, probablemente, por la invasión marina de dos poljés cársticos. El Estany des Peix es, en realidad, una pequeña bahía separa del mar por una barra litoral dunar que mantiene una abertura que permite su comunicación con el mar. Los suelos en Ibiza y Formentera son limo-arenosos con formaciones "in situ" (en Ses Portes, Punta Pedrera, etc.) por meteorización y en las depresiones con influencia directa del mar, los suelos son salinos. En los sistemas de dunas se encuentran suelos de tipo Regosoles. Los suelos constituyen un recurso limitado escaso y amenazado tanto por ocupación urbanística como por procesos, más o menos localizados, de erosión, muchas veces de carácter forzado o por mal uso humano (como los cultivos en suelos dunares en Ses Portes). El interés y atractivo paisajístico del lugar es muy elevado tanto por abarcar amplias superficies en un perfecto estado de conservación como por intercalar una gran diversidad de ambientes tales como costas acantiladas, islotes, playas, dunas, ambientes de vegetación mediterránea, salinas y lagunas litorales. Esta combinación da lugar a un paisaje litoral mediterráneo de gran belleza y originalidad.

- Calidad. La calidad e importancia del este lugar viene determinada, principalmente, por los siguientes factores. Por la presencia de 18 hábitats del Anexo I de la Directiva 92/43/CEE y de dos especies del Anexo II de dicha directiva, ambas con importantes poblaciones en el lugar. Por la presencia de cuarenta y una especies del Anexo I de la Directiva 79/409/CEE, de las cuales 12 nidifican regularmente. Entre las nidificantes destacan, por su importancia o por el volumen de sus poblaciones las siguientes aves marinas: Puffinus mauretanicus, única ave endémica de las Baleares, Calonectris diomedea, Hydrobates pelagicus melitensis, Larus audouinii y Phalacrocorax aristotelis desmaretii. Otras especie importantes de este Anexo son Himantopus himantopus, nidificante en las salinas de ambas islas, Burhinus oedivcnemus, 4 parejas establecidas de Falco peregrinus, una buena población de Sylvia sarda balearica y la presencia regular y durante todo el año de varios

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ejemplares de Pandion haliaetus que se espera vuelvan a nidificar aquí. Entre otras especies de aves no incluidas en el mencionado Anexo destaca la buena población reproductora de Charadrius alexandrinus y, en menor cantidad, de Charadrius dubius, la presencia de entre 6 y 10 parejas de Falco tinnunculus, en la nidificación en el lugar de Motacilla flava iberiae y de algunas parejas de Oenanthe hispánica, ambas especies muy raras en Ibiza. Este lugar tiene una gran importancia para la migración e invernada de aves acuáticas en general. En primer lugar destaca el interés e importancia del Estany Pudent de Formentera para la migración e invernada de la población europea de Podiceps nigricollis, ya que han llegado a invernar hasta 4.000 ejs, haciéndolo actualmente entre 1000 y 1500 aves. Otra especie que frecuenta en número creciente las salinas de Ibiza es Phoenicopterus ruber, con grupos de hasta 500 aves. Respecto a otras especies de vertebrados incluidos en el Anexo II de la Directiva 92/43/CEE, cabe destacar la presencia regular de Tursiops truncatus, del cada vez más raro en Ibiza Bufo viridis balearica y de la existencia de un gran número de subespecies de la endémica Podarcis Pityusensis, habiéndose detectado subespecies en casi todos los numerosos islotes de los Freus, además de las subespecies propias de Ibiza y Formentera. Por otra parte estas aguas son un lugar muy interesante para la invernada de Caretta caretta, especialmente para poblaciones juveniles. Respecto a otras especies importantes para la flora y fauna que no se encuentran incluidas en las mencionadas directivas, se han incluido, además de la endémica Sylvia sarda balearica, a las subespecies endémicas Genetta genetta isabelae, Crocidura russula balearica y Eliomis quercinus ophiusae, raza endémica de Formentera de gran tamaño. Con motivación D se han incluido a las abundantes Tarentola mauretanica y Hemydactylus turcicups por su interés para la biodiversidad y en el funcionamiento de los ecosistemas y a un pequeño número de peces, todos ellos considerados amenazados en el Libro Rojo de los Peces de las Baleares y uno de ellos, Didogobius splechni, endémico de Ibiza y Formentera. Entre los invertebrados marinos se han incluido dos especies con motivo D debido a su rareza y otros invertebrados terrestres endémicos como son los gasterópodos Trchoidea c. caroli, Cochicella conoidea y los tenebriónidos Alphasida ibicensis, Asida ludovici ludovici, Asida mater, Crypticus pubens balearicus, Nesotes viridicollis, Pachychyla sublunata, Phylan mediterraneus, Pimelia elevata, Stenosis intricata, Tentyria ophiusae y Heliopates balearicus. Entre las plantas, destacan otros diez endemismos presentes en el lugar, como Allium antoni-bolosii, Silene cambessedesii y Helianthemum marifolium origanifolium, endémicas de Ibiza y Formentera; Chaenorrhinum formenterae y Micromeria inodora, endémica de Ibiza y Mallorca y Aetheorhiza bulbosa willkommi, Micromeria filiformis, Micromeria microphylla, Ophrys balearica y Ranunculus barceloi, endémicas del conjunto de las Baleares.

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- Vulnerabilidad. La vulnerabilidad del sitio es elevada, teniendo en cuenta la accesibilidad de la mayoría de los ambientes que lo integran y la fuerte densidad poblacional de los núcleos urbanos próximos, especialmente los de la ciudad de Ibiza. El desarrollo del turismo en ambas islas está incrementando esta vulnerabilidad. A pesar de ello el grado de conservación de los hábitats presentes es bueno, incluidos los que se encuentran en medios humanizados como son las propias explotaciones salineras todavía vigentes en Ibiza. El nivel efectivo de protección con que cuenta el sitio permite prever que las actuales condiciones ambientales perdurarán.

- Designación. El lugar se encuentra amparado por diferentes figuras de protección, siendo la más importante la de Parque Natural de Ses Salines d'Eivissa i Formentera (Ley 17/2001, de 19 de diciembre, BOIB núm.15, de 29-12-2001). Cuenta también con un nivel de protección paisajístico y urbanístico otorgado por la Figura de dos Areas Naturales de Especial Interés (ANEI) declarada por el Parlamen Balear, una que afecta a las salinas de Ibiza, Islotes des Freus y Estany Pudent y otra que afecta al Estany des Peix. Recientemente se ha creado la Reserva Marina en los Freus entre Ibiza y Formentera que afecta, exclusivamente al medio marino.

Información Ecológica. Tipo de hábitats presentes y evaluación de los mismos.

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PF: Para los tipos de hábitats que pueden tener un no prioritarios, así como una forma prioritaria (6210, 7130, 9430) entre "X" en el PF columna para indicar la forma prioritaria. NP: en caso de que un tipo de hábitat ya no existe en el sitio escriba: x (opcional) Superficie: valores decimales se pueden introducir Cuevas: para este tipo de hábitat 8310, 8330 (cuevas), introduzca el número de cuevas si la superficie estimada no está disponible. Calidad de los datos: G = 'Good' (por ejemplo, sobre la base de encuestas), M = 'moderado' (por ejemplo, basados en datos parciales con alguna extrapolación), p = 'Poor' (por ejemplo, estimación aproximada) Las especies mencionadas en el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE y evaluación de los mimos.

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Grupo: A = anfibios, B = aves, F = Fish, I = invertebrados, M = mamíferos, P = Plantas, R = Reptiles S: En el caso de que los datos sobre las especies que son sensibles y por lo tanto tienen que ser restringido el acceso público entrar: x (opcional) NP: en caso de que una especie ya no está presente en el sitio poner: x (opcional) Tipo: p = permanente, r = reproducir, c = concentración, w = invernada (para las plantas y las especies no migratorias utilizar permanente) Unidad: i = particulares, p = pares u otras unidades de acuerdo a la lista estándar de unidades de la población y de los códigos de conformidad con el artículo 12 y 17 informes (véase el Portal de Referencia) Categorías de abundancia (Cat.): C = común, R = raro, V = muy rara, P = presente - para rellenar si los datos son deficientes (DD) o además de la información tamaño de la población Calidad de los datos: G = 'Good' (por ejemplo, sobre la base de encuestas), M = 'moderado' (por ejemplo, basados en datos parciales con algunos extrapolación), P = 'Poor' (por ejemplo, estimación aproximada), VP = 'Muy mala' (uso en esta categoría solo , si no disponemos de una estimación del tamaño de la población, en este caso los campos de tamaño de la población puede quedar vacíos, pero el campo "categorías de abundancia" tiene que ser completado) Otras especies de flora y fauna. (Opcional)

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Grupo: A = anfibios, B = aves, F = Fish, I = invertebrados, M = mamíferos, P = Plantas, R = Reptiles Código: para las aves, las especies del Anexo IV y V del código de conformidad con lo dispuesto en el portal de referencia deben ser utilizados, además del nombre científico. S: En el caso de que los datos sobre las especies son sensibles y por lo tanto tienen que ser bloqueados por cualquier acceso público entrar: sí NP: en caso de que una especie ya no está presente en el sitio escriba: x (opcional) Unidad: i = individuos, p = pares u otras unidades de acuerdo a la lista estándar de unidades de la población y de los códigos de acuerdo con el artículo 12 y 17 de presentación de informes, (ver portal de referencia) Categorías de abundancia (Cat.): C = común, R = raro, V = muy rara, P = presente Categorías de motivación: IV, V: Anexo Especies (Directiva Hábitats), A: Los datos de la Lista Roja Nacional B: Especies endémicas; C: Convenios Internacionales; D: otras razones

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4. ES5310104. COSTA DE L´OEST D´EIVISSA (LIC).

- Superficie: 1272,71 Ha - Régimen de propiedad. - Características. - Calidad. La calidad e importancia de esa zona

se basa en la presencia de hábitats del anexo I de la Directiva 92/43/CEE

- Vulnerabilidad. Las principales amenazas son los fondeos incontrolados y el excesivo tráfico marítimo.

- Designación.

Información Ecológica. Tipo de hábitats presentes y evaluación de los mismos.

PF: Para los tipos de hábitats que pueden tener un no prioritarios, así como una forma prioritaria (6210, 7130, 9430) entre "X" en el PF columna para indicar la forma prioritaria. NP: en caso de que un tipo de hábitat ya no existe en el sitio escriba: x (opcional) Superficie: valores decimales se pueden introducir Cuevas: para este tipo de hábitat 8310, 8330 (cuevas), introduzca el número de cuevas si la superficie estimada no está disponible.

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Calidad de los datos: G = 'Good' (por ejemplo, sobre la base de encuestas), M = 'moderado' (por ejemplo, basados en datos parciales con alguna extrapolación), p = 'Poor' (por ejemplo, estimación aproximada) Las especies mencionadas en el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE y evaluación de los mimos.

Grupo: A = anfibios, B = aves, F = Fish, I = invertebrados, M = mamíferos, P = Plantas, R = Reptiles S: En el caso de que los datos sobre las especies que son sensibles y por lo tanto tienen que ser restringido el acceso público entrar: x (opcional) NP: en caso de que una especie ya no está presente en el sitio poner: x (opcional) Tipo: p = permanente, r = reproducir, c = concentración, w = invernada (para las plantas y las especies no migratorias utilizar permanente) Unidad: i = particulares, p = pares u otras unidades de acuerdo a la lista estándar de unidades de la población y de los códigos de conformidad con el artículo 12 y 17 informes (véase el Portal de Referencia) Categorías de abundancia (Cat.): C = común, R = raro, V = muy rara, P = presente - para rellenar si los datos son deficientes (DD) o además de la información tamaño de la población Calidad de los datos: G = 'Good' (por ejemplo, sobre la base de encuestas), M = 'moderado' (por ejemplo, basados en datos parciales con algunos extrapolación), P = 'Poor' (por ejemplo, estimación aproximada), VP = 'Muy mala' (uso en esta categoría solo , si no disponemos de una estimación del tamaño de la población, en este caso los campos de tamaño de la población puede quedar vacíos, pero el campo "categorías de abundancia" tiene que ser completado)

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5. ES5310032. CAP LLLENTRISCA – SA TALAIA (LIC).

- Superficie: 3090,68 Ha - Régimen de propiedad. - Características. Extremo Sur de la isla de Ibiza que incluye el importante

relieve del Cap de Llentrisca y varias montañas del interior. - Calidad. En la zona crecen Silene hifacensis, Diplotaxis ibicensis y Genista

dorycnifolia, especies que figuran en Anexo II de la Directiva 92/43/CEE, además se encuentran en la zona Cephalaria squamiflora, Leucanthemum paludosum, Chaenorrhinum formenterae y C. origanifolium crassifolium. En los acantilados nidifican el Cormorán moñudo y el Halcón peregrino, especies citadas en el Anexo I de la Directiva Aves.

- Vulnerabilidad. Las principales amenazas son la construcción indiscriminada, los incendios forestales, y la abertura de pistas.

- Designación. Parte de esta zona se incluye en una Área Natural de Especial Interés, según la Ley 1/1991, de 30 de enero, de Espacios Naturales y de Régimen Urbanístico de las Áreas de Especial Protección de las Islas Baleares, así como en el ámbito del Plan de ordenación de los recursos naturales de Cala d'Hort, Cap Llentrisca, Sa Talaia Parque natural de cala d'Hort, cap Llentrisca i sa Talaia, declarado por el Decreto 24/2002, de 15 de febrero (BOCAIB núm. 23, de 21/02/2002)

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Información Ecológica. Tipo de hábitats presentes y evaluación de los mismos.

PF: Para los tipos de hábitats que pueden tener un no prioritarios, así como una forma prioritaria (6210, 7130, 9430) entre "X" en el PF columna para indicar la forma prioritaria. NP: en caso de que un tipo de hábitat ya no existe en el sitio escriba: x (opcional) Superficie: valores decimales se pueden introducir Cuevas: para este tipo de hábitat 8310, 8330 (cuevas), introduzca el número de cuevas si la superficie estimada no está disponible. Calidad de los datos: G = 'Good' (por ejemplo, sobre la base de encuestas), M = 'moderado' (por ejemplo, basados en datos parciales con alguna extrapolación), p = 'Poor' (por ejemplo, estimación aproximada)

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Las especies mencionadas en el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE y evaluación de los mimos.

Grupo: A = anfibios, B = aves, F = Fish, I = invertebrados, M = mamíferos, P = Plantas, R = Reptiles S: En el caso de que los datos sobre las especies que son sensibles y por lo tanto tienen que ser restringido el acceso público entrar: x (opcional) NP: en caso de que una especie ya no está presente en el sitio poner: x (opcional) Tipo: p = permanente, r = reproducir, c = concentración, w = invernada (para las plantas y las especies no migratorias utilizar permanente) Unidad: i = particulares, p = pares u otras unidades de acuerdo a la lista estándar de unidades de la población y de los códigos de conformidad con el artículo 12 y 17 informes (véase el Portal de Referencia) Categorías de abundancia (Cat.): C = común, R = raro, V = muy rara, P = presente - para rellenar si los datos son deficientes (DD) o además de la información tamaño de la población Calidad de los datos: G = 'Good' (por ejemplo, sobre la base de encuestas), M = 'moderado' (por ejemplo, basados en datos parciales con algunos extrapolación), P = 'Poor' (por ejemplo, estimación aproximada), VP = 'Muy mala' (uso en esta categoría solo , si no disponemos de una estimación del tamaño de la población, en este caso los campos de tamaño de la población puede quedar vacíos, pero el campo "categorías de abundancia" tiene que ser completado) Otras especies de flora y fauna. (Opcional)

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Grupo: A = anfibios, B = aves, F = Fish, I = invertebrados, M = mamíferos, P = Plantas, R = Reptiles Código: para las aves, las especies del Anexo IV y V del código de conformidad con lo dispuesto en el portal de referencia deben ser utilizados, además del nombre científico. S: En el caso de que los datos sobre las especies son sensibles y por lo tanto tienen que ser bloqueados por cualquier acceso público entrar: sí NP: en caso de que una especie ya no está presente en el sitio escriba: x (opcional) Unidad: i = individuos, p = pares u otras unidades de acuerdo a la lista estándar de unidades de la población y de los códigos de acuerdo con el artículo 12 y 17 de presentación de informes, (ver portal de referencia) Categorías de abundancia (Cat.): C = común, R = raro, V = muy rara, P = presente Categorías de motivación: IV, V: Anexo Especies (Directiva Hábitats), A: Los datos de la Lista Roja Nacional B: Especies endémicas; C: Convenios Internacionales; D: otras razones

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6. ES5310031. PURROIG (LIC).

- Superficie: 113,38 Ha - Régimen de propiedad. - Características. Pequeña zona del SW de Ibiza, que incluye un corto

tramo de costa y que se prolonga hacia el interior para abarcar la desembocadura de un torrente y el área próxima.

- Calidad. El principal interés de la zona radica en la presencia de Genista dorycnifolia, especie que figura en Anexo II de la Directiva 92/43/CEE

- Vulnerabilidad. Las principales amenazas son la construcción indiscriminada, la abertura de pistas y los incendios.

- Designación. Parte de esta zona se incluye en una Área Natural de Especial Interés, según la Ley 1/1991, de 30 de enero, de Espacios Naturales y de Régimen Urbanístico de las Áreas de Especial Protección de las Islas Baleares.

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Información Ecológica. Tipo de hábitats presentes y evaluación de los mismos.

PF: Para los tipos de hábitats que pueden tener un no prioritarios, así como una forma prioritaria (6210, 7130, 9430) entre "X" en el PF columna para indicar la forma prioritaria. NP: en caso de que un tipo de hábitat ya no existe en el sitio escriba: x (opcional) Superficie: valores decimales se pueden introducir Cuevas: para este tipo de hábitat 8310, 8330 (cuevas), introduzca el número de cuevas si la superficie estimada no está disponible. Calidad de los datos: G = 'Good' (por ejemplo, sobre la base de encuestas), M = 'moderado' (por ejemplo, basados en datos parciales con alguna extrapolación), p = 'Poor' (por ejemplo, estimación aproximada) Las especies mencionadas en el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE y evaluación de los mimos.

Grupo: A = anfibios, B = aves, F = Fish, I = invertebrados, M = mamíferos, P = Plantas, R = Reptiles S: En el caso de que los datos sobre las especies que son sensibles y por lo tanto tienen que ser restringido el acceso público entrar: x (opcional) NP: en caso de que una especie ya no está presente en el sitio poner: x (opcional) Tipo: p = permanente, r = reproducir, c = concentración, w = invernada (para las plantas y las especies no migratorias utilizar permanente) Unidad: i = particulares, p = pares u otras unidades de acuerdo a la lista estándar de unidades de la población y de los códigos de conformidad con el artículo 12 y 17 informes (véase el Portal de Referencia) Categorías de abundancia (Cat.): C = común, R = raro, V = muy rara, P = presente - para rellenar si los datos son deficientes (DD) o además de la información tamaño de la población Calidad de los datos: G = 'Good' (por ejemplo, sobre la base de encuestas), M = 'moderado' (por ejemplo, basados en datos parciales con algunos extrapolación), P = 'Poor' (por ejemplo, estimación aproximada), VP = 'Muy mala' (uso en esta categoría solo , si no disponemos de una estimación del

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tamaño de la población, en este caso los campos de tamaño de la población puede quedar vacíos, pero el campo "categorías de abundancia" tiene que ser completado) Otras especies de flora y fauna. (Opcional)

Grupo: A = anfibios, B = aves, F = Fish, I = invertebrados, M = mamíferos, P = Plantas, R = Reptiles Código: para las aves, las especies del Anexo IV y V del código de conformidad con lo dispuesto en el portal de referencia deben ser utilizados, además del nombre científico. S: En el caso de que los datos sobre las especies son sensibles y por lo tanto tienen que ser bloqueados por cualquier acceso público entrar: sí NP: en caso de que una especie ya no está presente en el sitio escriba: x (opcional) Unidad: i = individuos, p = pares u otras unidades de acuerdo a la lista estándar de unidades de la población y de los códigos de acuerdo con el artículo 12 y 17 de presentación de informes, (ver portal de referencia) Categorías de abundancia (Cat.): C = común, R = raro, V = muy rara, P = presente Categorías de motivación: IV, V: Anexo Especies (Directiva Hábitats), A: Los datos de la Lista Roja Nacional B: Especies endémicas; C: Convenios Internacionales; D: otras razones

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7. 5310034 SERRA GROSSA (LIC)

- Superficie: 1463,8 Ha - Régimen de Propiedad. - Características. Área de montaña del interior de Eivissa cubierta en la

mayor parte por pinos carrascos. - Calidad. En la zona crece Genista dorycnifolia, especie que figura en el

Anexo II de la Directiva 92/43/CEE. Además nidifican varias especies del Anexo I de la Directiva 79/409/CEE y es una de las zonas menos alteradas de la isla.

- Vulnerabilidad. Las principales amenazas son la construcción indiscriminada, los incendios forestales, y la abertura de pistas.

- Designación. Área Natural de Especial Interés, según la Ley 1/1991, de 30 de enero, de Espacios Naturales y de Régimen Urbanístico de las Áreas de Especial Protección de las Islas Baleares.

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- Información Ecológica. Tipo de hábitats presentes y evaluación de los mismos.

PF: Para los tipos de hábitats que pueden tener un no prioritarios, así como una forma prioritaria (6210, 7130, 9430) entre "X" en el PF columna para indicar la forma prioritaria. NP: en caso de que un tipo de hábitat ya no existe en el sitio escriba: x (opcional) Superficie: valores decimales se pueden introducir Cuevas: para este tipo de hábitat 8310, 8330 (cuevas), introduzca el número de cuevas si la superficie estimada no está disponible. Calidad de los datos: G = 'Good' (por ejemplo, sobre la base de encuestas), M = 'moderado' (por ejemplo, basados en datos parciales con alguna extrapolación), p = 'Poor' (por ejemplo, estimación aproximada) Las especies mencionadas en el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y que figuran en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE y evaluación de los mimos.

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Grupo: A = anfibios, B = aves, F = Fish, I = invertebrados, M = mamíferos, P = Plantas, R = Reptiles S: En el caso de que los datos sobre las especies que son sensibles y por lo tanto tienen que ser restringido el acceso público entrar: x (opcional) NP: en caso de que una especie ya no está presente en el sitio poner: x (opcional) Tipo: p = permanente, r = reproducir, c = concentración, w = invernada (para las plantas y las especies no migratorias utilizar permanente) Unidad: i = particulares, p = pares u otras unidades de acuerdo a la lista estándar de unidades de la población y de los códigos de conformidad con el artículo 12 y 17 informes (véase el Portal de Referencia) Categorías de abundancia (Cat.): C = común, R = raro, V = muy rara, P = presente - para rellenar si los datos son deficientes (DD) o además de la información tamaño de la población Calidad de los datos: G = 'Good' (por ejemplo, sobre la base de encuestas), M = 'moderado' (por ejemplo, basados en datos parciales con algunos extrapolación), P = 'Poor' (por ejemplo, estimación aproximada), VP = 'Muy mala' (uso en esta categoría solo , si no disponemos de una estimación del tamaño de la población, en este caso los campos de tamaño de la población puede quedar vacíos, pero el campo "categorías de abundancia" tiene que ser completado) Estos hábitats descritos son los que directamente se ven afectados por las NNSS. Hay otros hábitats de Ibiza que aunque de forma indirecta no estén dentro del territorio de Sant Josep de sa Talaia se verán afectados. En este caso no se considera necesaria su identificación ya que no se producen efectos negativos sobre ninguno hábitat existente sobre los que se actúa de forma directa. Por lo tanto únicamente quedaran efectos positivos que también afectaran de manera transfronteriza a la Red Natura 2000. Identificación de los efectos El resultado de las Normas Subsidiarias supone un incremento del grado de protección de la Red Natura 2000 respecto a las NNSS vigentes, por lo que no se observan efectos negativos sobre la misma. Si bien hay que destacar como las NNSS suponen una mejora general de la protección y adopción de medidas sobre todos los espacios de la Red Natura 2000 que implican que se produzcan únicamente efectos positivos. Medidas correctoras y protectoras Destacar como los efectos producidos por las normas subsidiarias serán positivos al producirse un aumento en la protección medioambiental de todo el territorio de Sant Josep de sa Talaia y ser en sí mismas una herramienta de la planificación del territorio

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que aplica toda la normativa medioambiental existente hasta la actualidad, y que por lo tanto actúa como medida corretora de las NNSS vigentes. Esto redunda qué de forma concreta las medidas de protección sobre la Red Natura 2000 se apliquen de una forma clara y efectiva. No hay medidas correctoras que reseñar ya que los efectos observados sobre la Red Natura 2000 son positivos.

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13.- CONCLUSIONES 1. El procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica se inició con la presentación

de un documento previo y la emisión, por parte de la Administración ambiental, de un documento de referencia, ademas de esto se presento un ISA el cual también fue debidamente informado, todas estas consideraciones realizadas por la CBMA han sido tenidas en cuenta en la redacción de las NNSS y en el presente Informe de Sostenibilidad Ambiental, tal como se ha justificado anteriormente.

2. El planeamiento realizado a través de las nuevas Normas Subsidiarias incluye

distintas modificaciones puntuales sobre el planeamiento vigente. 3. La formulación de la presente revisión del Planeamiento actual y su sustitución por

las nuevas Normas Subsidiarias incluye distintos aspectos cuyo ámbito es la totalidad del territorio del municipio de Sant Josep de sa Talaia y, sin perjuicio del cumplimiento de las determinaciones del Plan territorial insular de Eivissa y Formentera, tiene por objeto su ordenación urbanística.

4. En relación a las APR, se ha incorporado en todos los casos lo que prevé el PTI, sin

introducir modificaciones. Se han establecido los niveles de protección y la ordenación del suelo rústico de acuerdo con el PTI y el planeamiento vigente con la finalidad de no reducir su protección. Se han incorporado los planos y normas relativas a los niveles y valores de protección del paisaje del municipio y se han establecido medidas para la protección del patrimonio, tanto de edificios, espacios, paisajes y elementos o conjuntos de interés sobre los que concurren valores históricos, culturales o ambientales. Se realiza la conservación y la protección del suelo rústico, y de la actividad agropecuaria y del paisaje fomentando la protección, conservación y recuperación de los recursos naturales, del paisaje natural, rural y urbano y del patrimonio histórico artístico, realizando la constitución de patrimonio público de suelo para actuaciones públicas que faciliten la ejecución del planeamiento, fomentando la creación un catalogo de protección del patrimonio histórico.

5. Se tiene en cuenta e incrementa la capacidad de población regularizando la

población existente en la actualidad, y considerando los efectos que la estacionalidad que se produce en la misma, considerando y indicando los mecanismos de regularización y gestión de los recursos ambientales básicos, ya que no solo se produce una mayor demanda, si no que esta demanda, además, se produce de forma irregular, dependiendo de la afluencia turística, por lo que se introducen mecanismos para una racional utilización de los recursos (agua potable, energía eléctrica, residuos, etc.). teniendo en cuenta las previsiones y necesidades de crecimiento sostenible, de recuperación y aporte adicional futuras.

6. Se establece un desarrollo urbanístico de los núcleos urbanos adecuado a sus

capacidades reales y razonables de crecimiento, mediante la delimitación del suelo urbano y la determinación de los índices de capacidad de población.

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7. Se realiza la ordenación racional de los núcleos turísticos manteniendo la oferta

turística en los umbrales adecuados para constituir un destino viable. Regulando la oferta turística dentro de unos parámetros de mayor calidad y aprovechamiento del suelo. Se realiza la ordenación de la implantación de las actividades comerciales y la mejora de la oferta de servicios en los núcleos turísticos

8. Dentro de los núcleos urbanos se realiza la implantación de nuevos equipamientos

en suelo urbano y sistemas generales de uso comunitario, mejorando las redes de comunicación y la continuación de las infraestructuras públicas. Se fomenta una mejora de la calidad urbana y residencial priorizando la implantación de zonas peatonales y la rehabilitación de las edificaciones tradicionales, creando zonas para los equipamientos comunitarios, infraestructuras y sistema de espacios libres públicos destinados a parques y zonas verdes. Se mejora la regulación de las actividades molestas y el control de los ruidos de acorde con las características de los núcleos.

9. En relación al desarrollo de los sectores urbanizables se recomienda que los Planes

Parciales, en su zonificación y definición de los parámetros edificatorios introduzca el aspecto paisajístico para garantizar una adecuada integración visual.

El resultado de las Normas Subsidiarias en líneas generales es el incremento genérico del grado de protección del término municipal, redundando en una mayor probabilidad de conservación de los recursos ambientales (especialmente por la supresión de 163.120 m2 de suelo urbanizable), no habiéndose detectado efectos ambientales negativos con respecto al planeamiento vigente. Sant Josep de Sa Talaia, Abril de 2014. Los autores del informe,

Alberto Martínez Manso Beatriz Montes Unanue

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ANEJO Nº 0.- ESCRITO DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP SOLICITANDO LA CONTINUACIÓN DEL EXPEDIENTE EN LA CBMA

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ANEJO Nº 1.- ESTUDIO COMPARATIVO DE LOS CAMBIOS PROPUESTOS ACTUACIONES EN LAS

NORMAS SUBSIDIARIAS CON RESPECTO AL PLANEAMIENTO EN VIGOR

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ANEJO Nº 2.- ESTUDIO ACUSTICO

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ANEJO Nº 3.- ESTUDIO DE INCIDENCIA PAISAJÍSTICA

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ANEJO Nº 4.- ANALISIS TERRITORIAL