Evasion y Elusion[1]

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ASPECTOS IMPORTANTES PARA RECORDAR1.EVASIN Y ELUSIN EN SEGURIDAD SOCIAL 2. DEBERES Y DERECHOS DE LOS TRABAJADORES 3. POLTICA EN SALUD OCUPACIONAL

EVASIN Y ELUSIN EN SEGURIDAD SOCIAL

La Circular 001 de 2003 define claramente la evasin y la elusin en Riesgos Profesionales : a) Evasin en el Sistema General de Riesgos Profesionales: Es la omisin de la obligacin legal del empleador de afiliar al trabajador al Sistema General de Riesgos Profesionales que genera a la empresa o empleador una sancin de hasta quinientos (500) Salarios Mnimos Mensuales Legales Vigentes.

b) Elusin en el Sistema General de Riesgos Profesionales: Es la prctica mediante la cual se cotiza al Sistema General de Riesgos Profesionales, sobre un valor inferior al realmente devengado por el trabajador. Ejemplo: el empleador que cotiza sobre el salario mnimo mensual legal vigente cuando en realidad el trabajador devenga una suma superior. Constituye tambin elusin, cotizar por la actividad o clase de riesgo que no corresponde, cotizando menos de lo que efectivamente debe cancelar. Estas conductas se sancionan con multa de hasta quinientos (500) Salarios Mnimos Mensuales Legales Vigentes.

La evasin y elusin restan recursos al sistema, comprometiendo la calidad y amplitud de su cobertura, afectando las condiciones de trabajo y la salud de la poblacin trabajadora. La evasin y la elusin no favorece a nadie. Por el contrario, pone en riesgo la calidad de vida de los empleados y la sobrevivencia de cualquier empresa.

Se presenta evasin cuando el empleador no cumple con la obligacin de afiliarse a una Administradora de Riesgos Profesionales o cuando estando afiliado, no reporta la totalidad de sus empleados. Y la elusin se presenta en el momento en que se hacen los reportes y pagos a la ARP por salarios inferiores a los reales, o usando una clase de riesgo inferior a la que en realidad estn expuestos los empleados .

DEBERES Y DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

Prestaciones asistencialesTodo trabajador que sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional tendr derecho, segn sea el caso a: Asistencia mdica quirrgica, teraputica y farmacutica. Servicios de hospitalizacin. Servicio Odontolgico. Suministro de medicamentos. Servicios auxiliares de diagnsticos y tratamiento. Prtesis y rtesis. Rehabilitacin fsica y profesional. Gastos de traslado en condiciones normales, que sean necesarios para la prestacin de estos servicios.

Prestaciones econmicasTodo trabajador que sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional tendr derecho al reconocimiento y pago de las siguientes prestaciones econmicas: Subsidio por incapacidad temporal. Indemnizacin por incapacidad permanente parcial. Pensin de invalidez. Pensin de Sobrevivientes. Auxilio funerario.

Todo trabajador tiene el deber de:A los trabajadores como eje central del Sistema, la Ley les establece, entre otras, las siguientes obligaciones: Procurar el cuidado integral de su salud. Suministrar informacin clara, veraz y completa sobre su estado de salud. Colaborar y velar por el cumplimiento de las obligaciones de la Empresa en materia de Riesgos Profesionales. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Programa de Salud Ocupacional de la Empresa. Participar en la prevencin de riesgos profesionales a travs de su cooperacin con el Comit Paritario de Salud Ocupacional.

POLTICA EN SALUD OCUPACIONAL

Poltica de Salud OcupacionalEl punto de partida del Programa de Salud Ocupacional es el establecimiento de la Poltica de Salud Ocupacional, que es un conjunto de directrices generales establecidas por la empresa, que permiten orientar el curso de accin de unos objetivos, para determinar las caractersticas y alcances del Programa y que en general, apunten a mejorar las condiciones de salud y de Trabajo.

La poltica de le empresa en esta materia debe contener explcita la decisin de desarrollar el Programa de Salud Ocupacional, definir su organizacin, responsables, procesos de gestin y recursos necesarios. La poltica de Salud Ocupacional de su empresa debe estar escrita y publicada.