Evaluacion legislacion

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Preambulo

Como se recoje en la Ley 1/1999 de la Ordenacion del Turismo en la Comunidad de

Madrid, el sector de turismo representa uno de los exponentes diferenciales de la economia de

la Comunidad de Madrid tanto por su evolucion historica en las ultimas decadas como por la

expectativa.

El sector de alojamiento hotelero representa uno de los pilares fundamentales en la

economia de la Comunidad de Madrid, constituyendo en la actualidad una de las ofertas mas

solidas y diversificadas de Europa.

El Decreto 120/1985, de 5 diciembre, por el que se establecen normas por la autorizacion

y clasificacion de los establecimientos de hosteleria de la Comunidad de Madrid ,supuso una

respuensa a las necesidades y exigecias del momento.

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Hoteles

Definicion Se denominaran hoteles los establecimientos comerciales abiertos al publico que,

ofreciendo alojamiento turistico, con o sin comedor y otros servicios complementarios, ocupan la totalidad de un edificio o parte idependizada del mismo, constituyendo sus dependencias un todo homogeneo,con entradas,ascensores y escaleras de uso exclusivo y que reunen los requisitos tecnicos minimos establecidos en el presente Decreto.

Asimismo,podran ostentar la denominacion de “hotel” aquellos establecemientos constituidos por dos o mas edificios integrados en un recinto debitamente independizado.

Clasificacion De acuerdo con los requisitos minimos establecidos en el presente Decreto, los hoteles

ostentan las categorias de 5,4,3,2 y 1 estrellas. Excepcionalmente la Direcction General del Turismo podra otorgar el calificativo de “Lujo”

a aquelllos hoteles de 5 estrellas que, en atencion a sus especiales caracteristicas y calidad de instalaciones y servicios ,merezcan ostentarlo.

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Diferencias y similitudines

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Leyenda:a:climatization o aire acondicionado con mando graduable en todas sus dependenciasb:calefaccion en todas sus dependenciasc:agua caliented:telefono insonorizado de uso general en zona de clientese:telefono en dormitorio y cuarto de baño f:sevicio que permita al cliente el acceso a medios teleḿaticosg:garaje cubierto en proporcion del 30% del numero de habitaciones

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Leyenda: a¹: escalera principal para uso exclusivo de clientesa² : escalera de serviciob : accesos y salidas independientes para clientes y servicioc¹ : ascensores de subida y bajadac² : montacargasd : passilos

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Leyenda zona clientesa:vestibulo o hall de entradab:salonesc:bard:servicios sanitarios generalese:habitacionese¹:alturae²:superficief:cuartos de bañof¹:bañera y/o ducha, lavado e inodorof²:superficie

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Leyenda:a:oficio de planta,en cada piso dotado de telefono interior,fregadero,vertedero de aguas y armariosb:caja fuerte generalc:almacen de equipajed:almacen de lenceriae:cocina

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Leyenda:a:lavanderia y planchadob: servicio permanente 24 h para atender a los clientes y facilitar bebidas y alimentos de sencilla elaboracion

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Los Hoteles-Apartamentos

DefinicionLos Hoteles-Apartamentos definidos en el articulo 3.a)2 del presente decreto se regiran en materia de requisitos minimos por lo dispuesto hoteles de la correspondiente categoria.

Clasificacion4 estrellas3 estrellas2 estrellas1 estrella

CompositionCada apartamento estara compuesto de las siguentes piezas:osalon-comedor oCocinaoUno o varios dormitoriosoCuarto de baño

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Requisitos minimos obligatorios

requisitosHoteles-Apartamentos

4* 3* 2* 1*

a •12m² hab.dobles•9m² hab indiv.•12m² salon comedor•24m² en estudios

•11m² hab.dobles•8m² hab indiv.•12m² salon comedor•22m² en estudios

•10m² hab.dobles•7m² hab indiv.•11m² salon comedor•20m² en estudios

•9m² hab.dobles•6m² hab indiv.•10m² salon comedor•20m² en estudios

b 4,5 m² 4 m² 3,5 m² 3,5 m²

c √ √ √ √

Leyenda:a:superficies de las habitaciones b:superficies de cuartos de bañosc:otros servicios al cliente: lavanderia y planchado

Nota:todos los apartamentos tendran 1 cuarto de baño dotado de baño y/o ducha,inodoro y lavabo,por cada 4 plazas o fraccion.

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Pensiones y hostales

DefinicionSon pensiones y hostales los estblecimientos qui,sin alcanzar

los requisitos minimos establecidos para hoteles,reunen los senalados para cada categoria en el presente articulo.

Los pensiones podran ubicarse en uno o mas pisos correlativos y comunicarse entre si por escalera interna de uso exclusivo,dentro de un mismo edificio.Pueden autorizarse con o sin comedor.

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Requisitos minimos por categorias

Pensiones y Hostales

Criterios 3* 2* 1*

a¹ recepcion-conserjeria

Recepcion≥10 hab. Tendra vestibulo

a² √ √ ᴓ

b¹ 2,50 m 2,50 m 2,50 m

b² 12 m² hab dobles7m² hab indiv

11 m² hab dobles7m² hab indiv

11 m² hab dobles7m² hab indiv

c Todas las hab. Un cuarto de baño cada planta por 2 hab.

Un cuarto de baño cada planta por 3 hab.

Leyendaa:zona de clientesa¹:vestibuloa²:salon-sala de estarb:habitacionesb¹:alturab²:superficiec:cuartos de baño

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