DIAGNOSTICO INSTITUCIONAL

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Unidad de servicio social / area del estudiante facultad de trabajo social

Diagnostico Para La Accin Social

Facultad de Trabajo Social

DIAGNOSTICO INSTITUCIONAL

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO SUBGERENCIA DE PROGRAMAS SOCIALES

I. CARACTERSTICAS GENERALES DE LA INSTITUCIN:MISION:La Municipalidad Provincial de Puno representa al vecindario, promueve la adecuada prestacin de los servicios pblicos locales y el desarrollo integral sostenible y armnico de su circunscripcin (Ley 27972). Planificando, ejecutando e impulsando a travs de los organismos competentes el conjunto de acciones destinadas a promover el desarrollo econmico local y proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfaccin de sus necesidades vi tales de vivienda, salud, educacin, recreacin, Transportes y comunicaciones.

VISIN PROVINCIAL:Puno, primer destino turstico nacional

Descripcin de la visin al 2021

Provincia de Puno con su lago sagrado de los incas, es lder de la integracin y capital del Turismo Nacional, promotora de potencialidades humanas y culturales; con uso sostenible de sus recursos naturales y ecolgicos; con emprendimiento de actividades econmicas competitivas para el mercado interno y externo; su ciudadana es organizada, participativa y democrtica, con localidades ordenadas, saludables y articuladas por redes viales asfaltadas.

VISIN DE LA CIUDAD:

Puno es una ciudad, ecolgica, con Identidad cultural, espacios urbanos

Ordenados y seguros, ciudadanos Solidarios comprometidos con su Desarrollo y atractiva para el turista.

VISIN INSTITUCIONAL:

Es una institucin moderna solida financieramente que brinda servicios de calidad, eficiencia y eficacia, con gestin transparente, su personal es solidario, competente, identificado con su provincia y ciudad, elevada vocacin y mstica de servicio y que ha logrado confianza de sus contribuyentesPRINCIPIOS:

Los principios bsicos que guen las acciones institucionales y la ciudadana son las siguientes:

1. Participacin, hacer uso de instancias y estrategias de participacin ciudadana en la fase de formulacin, seguimiento y fiscalizacin de la gestin provincial y en la ejecucin de planes, presupuestos y proyectos provinciales.

2. Transparencia, Los planes, presupuestos, objetivos, metas y resultados del gobierno local, sern difundidos a la poblacin en los diferentes medios de comunicacin.

3. Gestin moderna y rendicin de cuentas, se orientar a un sistema moderno de gestin sometida a una evaluacin de desempeo con adecuados mecanismos de rendicin de cuentas.

4. Inclusin econmica, poltica, social y cultural de jvenes, personas discapacitadas, grupos excluidos y organizaciones de la sociedad civil.

5. Eficacia, el gobierno local organiza su gestin en torno a los planes y proyectos de desarrollo provincial concertado.

6. Eficiencia, la poltica y la gestin provincial se rigen con criterios de eficiencia, desarrollando estrategias necesarias para la consecucin de los objetivos, mediante la utilizacin ptima de recursos.

7. Equidad, promocionar sin discriminacin la igualdad de acceso a las oportunidades y la identificacin de grupos sociales que requieren ser atendidos de manera especial.

8. Sostenibilidad, bsqueda de equilibrio intergeneracional en el uso racional de los recursos naturales, para lograr los objetivos de desarrollo, la defensa del medio ambiente y la biodiversidad.

9. Imparcialidad y neutralidad, el gobierno local garantiza la imparcialidad y neutralidad en la actuacin de la administracin pblica.

10. Subsidiariedad, el gobierno local es ms idneo para ejercer las distintas funciones que le competan al Estado.

11. Concordancia con las polticas, las polticas provinciales guardan relacin con las polticas regionales, nacionales del Estado.

12. Especializacin en las funciones del Estado, la organizacin del gobierno local integra las funciones y competencias afines, evitando la duplicidad de funciones.

13. Competitividad, basado en la competitividad provincial, mediante la innovacin, impulso de alianzas y acuerdos entre los sectores pblico y privado.

14. Integracin, la gestin provincial promueve la integracin provincial e interprovincial.

NATURALEZA Y FINES:

La Municipalidad Provincial de Puno, tiene por propsito representar al vecindario de su jurisdiccin, promover la adecuada prestacin de los servicios pblicos locales y fomentar el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armnico de su circunscripcin y conducir el desarrollo de programas orientados a la comunidad. Goza de autonoma poltica, econmica y administrativa en los asuntos de su competencia.

El Gobierno Municipal es ejercido por el Concejo Municipal y Alcalda. El Concejo Municipal ejerce funciones normativas y fiscalizadoras y Alcalda las funciones ejecutivas. La administracin municipal est integrada por los funcionarios, empleados y obreros que prestan servicios para la municipalidad y que forman parte de los rganos administrativos.

Tiene por fines:

Representar al vecindario de jurisdiccin.

Promover y conducir en desarrollo econmico y social de la Provincia sobre la base de una adecuada programacin y planificacin de sus necesidades.

Garantizar la adecuada prestacin de los servicios pblicos.

Propiciar la participacin de los vecinos en las acciones del Gobierno Local, en armona con las polticas y planes nacionales y regionales para el desarrollo.II. COBERTURA DE ACCIN DE LA INSTITUCIN:

DATOS GENERALES DE PUNO:

CUADRO N 01.FICHA TCNICADISTRITOPUNO

ProvinciaPuno

departamentoPuno

Dispositivo de creacin Decreto S/N. Del 2 de mayo de 1854

Fecha de creacin 4 de noviembre de 1668

Altura (m.s.n.m.)3827

Superficie 6, 494.76 Km2

N de Predios Urbanos42,466 (40% del distrito)

N de Contribuyentes 18,700 Contribuyentes

N de Sectores42 (40% del distrito)

N de Manzanas2390 (40% del Distrito)

Alcalde Lic. Ivan Joel Quispe Flores

Direccin de la MunicipalidadPlaza de Arma s/n

Poblacin 2007229,236 Habitantes.

Densidad de la Poblacin272,81 (hab,/Km2)

N de urbanizaciones25

N de Centros Poblados06

N de Asociaciones de vivienda04

N de Unidades Agropecuarias24

N de Barrios61

N de Parques35

N de Alamedas16

N de Distritos15

N de Caseros10

N de comunidades campesinas68

N de Islas17

N de Miradores02

N de Malecones02

N de reas Verdes33

Fuente: Municipal Provincial de Puno [Plan Estratgico Institucional] 2011 -2014.UBICACIN GEOGRFICA:

La Provincia de Puno se encuentra ubicado en la Provincia y Departamento de Puno. Puno se encuentra localizado dentro de los Limites de San Romn, El Collao y con la Regin de Moquegua, a 3827 metros sobre el nivel del mar, est dividida en 04 zonas.

En el grfico 01 se aprecia el plano del distrito el cual est delimitado por el norte con la provincia de San Romn por el sur con la provincia de Collao, por el oeste con la regin de Moquegua y por el este el Lago Titicaca.GRFICO 01: UBICACIN Y LMITES

Fuente: Municipal Provincial de Puno [Plan Estratgico Institucional] 2011 -2014.DEMOGRAFA:Segn el censo realizado en el ao 1993 por el INEI, Puno Departamental, tiene una poblacin de 1079,849 habitantes, a 2005 se incrementa a 1245,508 habitantes, a 2006 segn proyeccin es de 1260,410, a 2007 es de 1275,490 y finalmente a 2008 la poblacin crece a 1290,751, considerando una tasa de crecimiento de 1.196 % como se detalla en el cuadro N 02.CUADRO 02

NDICES DE CRECIMIENTO NTER CENSALES

III. DOCUMENTOS DE GESTION, ADMINISTRACION Y DE FUNCIONES:Los documentos de Gestin Normativos que rigen la administracin y el funcionamiento de la Municipalidad Provincial de Puno son los siguientes:

Plan de Desarrollo Provincial Concertado 2007 - 2021.

Plan de Desarrollo Urbano.

Plan de Desarrollo de Capacidades.

Plan de Gestin Ambiental.

Texto nico de Procedimientos Administrativos TUPA.

Reglamento de Organizaciones y Funciones ROF.

Reglamento Interno.

Manual de Organizaciones y Funciones.

Cuadro Analtico de Personal.

Presupuesto Analtico de Personal.FINALIDAD:La existencia y la aplicacin del Plan Operativo Institucional 2010, en la Municipalidad Provincial de Puno, permitir conocer cuando se empieza y se termina cada actividad a realizar, los resultados que pretenden lograr, quien es el responsable de su ejecucin, etc. Para que la autoridad competente de la misma tome la decisin ms adecuada y en forma oportuna.

GESTIN MUNICIPAL:

La Municipalidad Provincial de Puno, como organizacin se orienta hacia una modernizacin de Gestin, alcanzando mayores grados de eficiencia, eficacia y calidad en la gestin de los servicios pblicos locales y polticas pblicas. Cuyo objetivo es conseguir la adopcin de instrumentos de la administracin estratgica empresarial, en la Gestin Municipal.

Esta modernizacin de la Gestin Municipal, consiste en potenciar la gerencia pblica, el mejoramiento de la calidad de servicios, el involucramiento de la ciudadana en la vigilancia y evaluacin de la aplicacin de las polticas del proceso participativo y de obras, especialmente en el control del gasto pblico y aplicacin de las medidas de austeridad e informacin transparente, as como en la simplificacin de los trmites para el pblico usuario y contribuyente.

La organizacin Municipal a nivel interno, se ha reorganizado a travs de la nueva estructura orgnica que responde a los nuevos escenarios sociopolticos del estado y a la realizacin de los objetivos estratgicos del PDC (Plan de Desarrollo Concertado), Visin de Desarrollo Provincial. Esta reestructuracin implica la actualizacin de los instrumentos de gestin puesto en vigencia el sistema de gerencia, mediante los siguientes instrumentos de Gestin Municipal:

1) Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF)

2) Texto nico de Procedimientos Administrativos (TUPA)

3) Cuadro para Asignacin de Personal (CAP).

Debidamente aprobado en sesin de Concejo Municipal mediante la Ordenanza Municipal No. 191-2007-CMPP, No. 195-2008-CMPP y No. 194-2008-CMPP respectivamente.

A. ESTRATEGIA Y POLITICAS INSTITUCIONALES:

La Municipalidad viene aplicando una cultura de planificacin a travs de diferentes instrumentos estratgicos de gestin, ello con la participacin activa de los diferentes actores locales, buscando organizar y disear instrumentos de gestin realistas con la situacin que se vive.

B. CULTURA INSTITUCIONAL:

La Municipalidad contaba con una cultura organizacional tradicional, considerada as en la gestin pblica. Era una cultura burocrtica que basa su funcionamiento en aspectos de carcter normativo-jurdico como el fundamento de su actuacin, se han aprobado instrumentos de gestin que hacen de la administracin municipal una administracin menos burocrtica, producto de la nueva estructura orgnica y la concepcin de atencin al vecino.

Una muestra de este cambio es el tiempo en que se entrega la Licencia de Funcionamiento para establecimientos - TRAMIFACIL (24 horas para su otorgamiento).

C. SISTEMA DE INFORMACION Y DE TOMA DE DECISIONES:

En la Municipalidad Provincial de Puno, la informacin que se generaba, no era empleada para la toma de decisiones de ah que se ha adoptado mecanismos que han permitido sistematizar diversos procedimientos y en la actualidad la informacin, se encuentra registrado en medios informticos (pgina web), y est disponible y accesible para todos; por lo que al tomar las decisiones las personas que tienen esta competencia, lo hacen de manera discrecional; adems, stas se basan en la informacin pasada y presente de la gestin.

D. ESTRUCTURA DE ORGANIZACIN Y GESTION DE LOS PROCESOS:

La Municipalidad Provincial de Puno ha diseado una nueva estructura orgnica que responde a los nuevos escenarios y a la realizacin de los objetivos estratgicos del PDC (visin de Desarrollo Provincial). Esta nueva organizacin implica la actualizacin de sus instrumentos de gestin y la creacin de un sistema de procesos, sobre la base de la generacin de un modelo de gestin participativo y descentralizado.

E. OBJETIVOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO:

La Municipalidad Provincial de Puno tiene como objetivos lo siguiente:

Municipalidad Productiva lder y promotor de oportunidades de inversin y generacin de empleo.

Promover y liderar el plan de gestin ambiental concertado con las instituciones pblicas y privadas, gestionando con calidad los programas

de residuos slidos, reas verdes y educacin ambiental y lograr la implementacin de un sistema participativo de control de la contaminacin, que permita contar una ciudad limpia y saludable

Dirigir el desarrollo y modernizacin de la ciudad, en base a una planificacin urbana articulada a nivel Regional, orientar la accin de los ciudadanos en la gestin de las reas pblicas, mejora del ornato, la construccin de las viviendas y actividades econmicas en particular del turismo, generando un entorno urbano atractivo al turista, preservando el espritu de ciudad participativa y solidaria.

Liderar los Comits de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, trabajar conjuntamente con los sectores pblicos, privados y las organizaciones sociales, a fin de promover acciones orientadas a la prevencin ante situaciones de riesgos sociales y naturales, en el marco de una cultura de paz y de promocin de la participacin ciudadana.

Participacin activa en la formulacin y gestin del PDC y PPP 2009, en concertacin con las organizaciones sociales y gestionar con calidad los programas orientados a la mejora de la nutricin de la poblacin vulnerable y en extrema pobreza.

Promover una educacin de calidad, concertadora con el sector pblico y la sociedad civil, fortaleciendo la identidad local y la participacin, la cultura y el deporte

Contribuir al desarrollo de un sistema de salud integral para todos a travs del acceso a servicios de calidad preventivo promocional, nutricional, recuperativo y de rehabilitacin.

Formular y aplicar una poltica orientada a la construccin de ciudadana para la cogestin del desarrollo local promoviendo la identidad, igualdad de oportunidades, liderazgos y conciencia ciudadana en las nuevas generaciones y desconcentrar de manera efectiva su labor a travs de las agencias municipales de desarrollo localizados en centros poblados que plasmen una poltica de inclusin social.

Fortalecer la capacidad instalada mediante la implementacin del plan de desarrollo de capacidades que permita mejorar la organizacin municipal en la prestacin de servicios pblicos, recaudacin de ingresos, gestin financiera y mejor atencin y trato al ciudadano.

Elevar el nivel cultural de la ciudadana Punea, incentivar la identidad cultural local y nacional y preservar el patrimonio nacional.

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL (ORGANIGRAMA):Para el cumplimiento de sus funciones la Municipalidad Provincial de Puno cuenta con la siguiente estructura orgnica:

A. RGANOS DE GOBIERNO MUNICIPAL:

Concejo Municipal:Es el rgano mximo de Gobierno de la Municipalidad Provincial de Puno, est integrado por el Alcalde Provincial y los once Regidores. Ejerce funciones normativas y fiscalizadoras y se rige por su reglamento Interno de Concejo.

Alcalda

La alcalda es el rgano ejecutivo del Gobierno Municipal y est a cargo del Alcalde Provincial, es el representante legal de la Municipalidad y mxima autoridad administrativa, elegido democrticamente en elecciones Municipales.

B. RGANOS DE COORDINACIN:

Comisiones Permanentes:Las Comisiones Permanentes de Regidores, son los rganos de coordinacin, constituidas por el Acuerdo de Concejo Municipal, encargados de realizar trabajos de su competencia en reas bsicas de su servicio y de gestin municipal y en apoyo a las acciones del Concejo Municipal.

Comisiones Especiales de Regidores

Las comisiones Especiales de Regidores, Son rganos de coordinacin de carcter temporal, constituidas para cumplir las acciones especficas y/o trabajos que se desarrollen en el transcurso del ejercicio fiscal anual.

Consejo de Coordinacin Local Provincial:Es un rgano de Coordinacin Local Provincial, es un rgano de coordinacin y concertacin, integrado por el Alcalde Provincial, que lo preside, los Regidores Provinciales, los Alcaldes Distritales de la Provincia de Puno, Alcaldes de los Centros Poblados Menores y los representantes de las diferentes organizaciones sociales de base, comunales, profesionales, empresariales y otras legalmente acreditadas como representantes de la Sociedad Civil.

Comit Provincial de Defensa Civil:El Comit Provincial de Defensa Civil es un rgano consultivo y de coordinacin encargado de planificar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades de defensa civil en el mbito de la provincia. Est constituido, por el Alcalde que la preside; el comandante de la Cuarta Brigada de Montaa; el General de la Polica Nacional; el Capitn de Puerto; funcionarios de todas las dependencias del Sector Pblico; y representantes de Organismos del sector privado.

Comit Provincial de Seguridad Ciudadana:Es el rgano de coordinacin encargado de establecer polticas integrales de seguridad ciudadana a nivel provincial con participacin de las Rondas Campesinas y Urbanas o similares, Serenazgo, Polica Municipal del Per y dems organizaciones de la Sociedad Civil Organizada. Se rige por la Ley de materia y coordina la sub gerencia de Seguridad Ciudadana.

Comit Provincial del Medio Ambiente

Es el rgano de coordinacin, encargado de establecer polticas y acciones para la conservacin del suelo y recursos naturales de la provincia y contra la contaminacin del medio ambiente, muy especialmente por la descontaminacin de la Baha Interior del Lago Titicaca. Se rige por la ley de materia y coordinacin con la Sub Gerencia de Gestin Ambiental y Salud Pblica.

Comit Provincial de Administracin del PVL:Es el rgano de coordinacin y concertacin, encargado de regular polticas y acciones de llevar con transparencia y honestidad la dotacin de alimentos del programa de vaso de leche y comedores populares. Se rige por la ley de la materia y coordinacin con la Sub Gerencia de Programas Sociales.

C. RGANO DE DIRECCIN:

Gerencia Municipal:La Administracin Municipal se ejerce mediante una estructura gerencial. El mximo rgano administrativo de la Municipalidad Provincial de Puno, es la Gerencia Municipal a cargo de un funcionario de confianza de ms alto nivel jerrquico que ejerce la direccin y responsabilidad institucional a tiempo completo y dedicacin exclusiva por designacin del Alcalde.

La Gerencia Municipal es el rgano de Direccin de ms alto nivel administrativo municipal. Depende directamente de la Alcalda.

D. RGANO DE CONTROL INTERNO:

Oficina de Control Institucional:Es el rgano encargado de las acciones de Control Interno preventivo, concurrente y posterior de las actividades financieras, administrativas y operativas de la municipalidad en concordancia a lo establecido en el Art. 28 del Reglamento de los rganos de Control Institucional aprobado por Resolucin de Contralora N 114-2003-CG, dispuesto en la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Control y de la Contralora General de la Republica.

La Oficina de control Institucional est bajo la jefatura de un funcionario que depende funcional y administrativamente de la Contralora General de la Republica.

E. RGANO DE DEFENSA JUDICIAL:

Procuradura Pblica Municipal:Es el rgano de Defensa Judicial encargado de defender los intereses y derechos de la Municipalidad mediante la representacin y defensa judicial, procesos arbitrales y conciliatorios, conforme a la Ley. Est a de un Procurador Pblico Municipal designado por el Alcalde. Depende administrativamente de la Municipalidad y funcional y normativamente del concejo de Defensa Judicial del Estado. Adems extiende sus funciones a las municipalidades distritales que no cuentan con Procuradores Municipales, previo convenio sobre la materia.

F. ORGANO DE ASESORAMIENTO:

Gerencia de Asesora Jurdica:Es el rgano de asesoramiento responsable de proporcionar asesoramiento jurdico a los diferentes rganos de la Municipalidad orientando a la correcta interpretacin y aplicacin de la normatividad legal en los asuntos normativos, procedimientos y actos administrativos de la gestin, depende de la Gerencia Municipal. Est a cargo de un Gerente, quien coordina sus actividades con las Unidades Orgnicas de la Municipalidad.

Gerencia de Planificacin y Presupuesto:Es el rgano de asesoramiento tcnico y administrativo, encargado de asesorar a la Alta Direccin y dems rganos de la Municipalidad en el planeamiento de la gestin institucional realizando el seguimiento, monitoreo y evaluacin de los resultados de los procesos de planificacin, racionalizacin, inversiones, presupuesto, cooperacin internacional, depende de la Gerencia Municipal. Est a cargo de un Gerente, quien coordina sus actividades con las Unidades Orgnicas a su cargo y para el mejor cumplimiento de sus funciones Orgnicamente cuenta con las siguientes sub Gerencias:

Sub Gerencia de Planificacin y Programacin de Inversiones

Sub Gerencia de Presupuesto

Sub Gerencia de Desarrollo Organizacional

Sub Gerencia de Cooperacin Tcnica Internacional y Pre Inversiones

Oficina de Supervisin y Liquidacin de Inversiones:La Oficina de Supervisin y Liquidacin de Inversiones, es la unidad orgnica responsable de la revisin, aprobacin y supervisin de los proyectos de inversin y estudios de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, plantea acciones correctivas necesarias, coordina sus actividades con las dems unidades orgnicas de la Municipalidad. Est a cargo de un Director, el que depende de la Gerencia Municipal.

G. RGANO DE APOYO:

Secretaria General:La Secretaria General, es un rgano de apoyo de Gestin del Concejo

Municipal, depende del Alcalde. Est a cargo de un funcionario de confianza denominado Secretario General, con categora de Gerente, quien coordina sus actividades con las unidades orgnicas a su cargo, y dems dependencias de la institucin, para el mejor cumplimiento de sus funciones orgnicamente cuenta con las siguientes unidades:

Unidad de Imagen Institucional y Protocolo

Unidad de Registro Civil

Unidad de Archivo

Oficina de Ejecucin Coactiva:La oficina de Ejecucin Coactiva, es un rgano de apoyo, encargado de la cobranza coactiva de deudas tributarias y no tributarias municipales, est a cargo de un Director depende de la Gerencia Municipal.

Oficina de Tecnologa Informtica:Es un rgano de apoyo, encargado de organizar, disear, dirigir y mantener renovado el sistema de servicios de informacin automatizada de la Municipalidad. Est a cargo de un Director, depende de la Gerencia Municipal.

Oficina de Atencin y Orientacin al Vecino:Es el rgano de apoyo, encargado de administrar los procesos de trmite de documentos y brindar orientacin, informacin y dems actos, procedimientos y servicios generales a los administrativos. Est a cargo de un Director, depende de la Gerencia Municipal.

Gerencia de Administracin:La Gerencia de Administracin, es el rgano de apoyo responsable de la administracin de los recursos humanos, materiales econmicos, financieros y logsticos de la Municipalidad, depende de la Gerencia Municipal. Est a cargo de, quien coordina con las actividades con las unidades orgnicas a su cargo, dems dependencias de la institucin y para el mejor cumplimiento de sus funciones orgnicamente cuenta con las siguientes Sub Gerencias:

Sub Gerencia de Personal

Sub Gerencia de Logstica

Sub Gerencia de Tesorera

Sub Gerencia de Contabilidad

Gerencia de Administracin Tributaria:La Gerencia de Administracin tributaria, es el rgano de apoyo encargado de formular la poltica tributaria municipal y administrar los ingresos propios de su competencia, depende de la Gerencia Municipal. Est a cargo de un gerente, quien coordina sus actividades con las unidades orgnicas a su cargo, dems dependencias de la institucin y para el mejor cumplimiento de sus funciones orgnicamente cuenta con las siguientes sub gerencias:

Sub Gerencia de Recaudacin Tributaria

Sub Gerencia de Finanzas y Operaciones

H. RGANOS DE LNEA:

Gerencia de Desarrollo Urbano:La Gerencia de Desarrollo urbano, es el rgano de lnea, encargado del planeamiento, control y catastro urbano, as como del trnsito, viabilidad y transporte pblico urbano e interurbano, depende de la Gerencia Municipal. Est a cargo de un gerente, quien coordina sus actividades con las unidades orgnicas a su cargo, dems dependencias de la institucin y para el mejor cumplimiento de sus funciones orgnicamente cuenta con las siguientes sub gerencias:

Sub Gerencia de Planeamiento y Control Urbano

Sub Gerencia de Catastro Urbano

Gerencia de Transportes y Seguridad Vial:La Gerencia de Transportes y Seguridad vial, es el rgano de lnea encargada de normar, planificar, regular, dirigir y supervisar la administracin de los servicios de transporte y trnsito terrestre urbano e interurbano de pasajeros y de mercancas o de carga. Est a cargo de un gerente, profesional de confianza de alta especializacin, a tiempo completo y dedicacin exclusiva, que depende directamente de la Gerencia Municipal. Para el cumplimiento de sus funciones orgnicamente cuenta con las siguientes Subgerencias:

Sub Gerencia de Registro de Transporte

Sub Gerencia de Inspecciones de Trnsito

Gerencia de Turismo y Desarrollo Econmico:Es el rgano de lnea, encargado de planificar, organizar, dirigir, supervisar ye valuar los programas, acciones y proyectos en materia de promocin del desarrollo de la micro y pequea empresa urbana y rural y, el empleo con enfoque de turismo local sostenible; abastecimiento y comercializacin de productos y servicios, comercio en la va pblica (ferias y ambulantes) promocin artesanal y turstica, depende de la Gerencia Municipal. Est a cargo de un gerente, quien coordina sus actividades con las unidades orgnicas a su cargo, dems dependencias de la institucin y para el mejor cumplimiento de sus funciones orgnicamente cuenta con las siguientes Sub Gerencias.

Sub Gerencia de Turismo y Comercio Exterior

Sub Gerencia de Actividades Econmicas

Sub Gerencia de Promocin Empresarial y Desarrollo Econmico Rural

Gerencia de Medio Ambiente y Servicios:Es el rgano de lnea, encargado de ejercer funciones de saneamiento, salubridad y salud, reas verdes, seguridad ciudadana y defensa civil, depende de la Gerencia Municipal. Est a cargo de un gerente, quien coordina sus actividades con las unidades orgnicas a su cargo, dems dependencias de la institucin y para el mejor cumplimiento de sus funciones orgnicamente cuenta con las siguientes Subgerencias.

Sub Gerencia de Gestin Ambiental y Salud Pblica

Sub Gerencia de Parques y Jardines y Conservacin de reas Verdes

Sub Gerencia de Proteccin Ciudadana y Defensa Civil

Gerencia de Ingeniera Municipal:La Gerencia de Ingeniera Municipal, es el rgano de lnea, responsable de formular los estudios definitivos y ejecutar las obras Municipales de acuerdo a lo planificado en el Proceso de Presupuesto Participativo correspondiente, depende de la Gerencia Municipal. Est a cargo de un Gerente, quien coordina sus actividades con las unidades orgnicas a su cargo, dems dependencias de la institucin y para el mejor cumplimiento de sus funciones orgnicamente cuenta con las siguientes Subgerencias.

Sub Gerencia de Estudios Definitivos

Sub Gerencia de Obras Pblicas y Mantenimiento

Gerencia de Desarrollo Humano y Participacin Ciudadana:Es el rgano de lnea responsable de conducir, la participacin ciudadana, promocin educativa, cultural y deportiva, de la DEMUNA, OMAPED y programas sociales, depende de la Gerencia Municipal. Est a cargo de un gerente, quien coordina sus actividades con las unidades orgnicas a su cargo, dems dependencias de la institucin y para el mejor cumplimiento de sus funciones orgnicamente cuenta con las siguientes subgerencias:

Sub Gerencia de Promocin Social y Participacin Ciudadana

Sub Gerencia de Promocin de Educacin, Cultura y Deporte

Sub Gerencia de Desarrollo de la Mujer, Nio, Adolescente y Adulto Mayor

Sub Gerencia de Programas Sociales

IV. RGANOS DESCONCENTRADOS:

Son rganos desconcentrados de la Municipalidad Provincial de Puno, con autonoma administrativa y con dependencia directa de alcalda.

Programa Especial de Operacin y Mantenimiento de Maquinaria y Equipo Mecnico

Programa Especial Policlnico Municipal

Programa Especial Terminal Terrestre

Programa Especial de Centros Comerciales

Programa Especial de Complejos Culturales y Recreativos

Programa Especial de Proyectos Estratgicos

Programa Especial de la Baha del Lago

La Estructura Orgnica de la Municipalidad Provincial de Puno se representa de manera grfica en el organigrama, el cual se muestra a continuacin:

Fuente: Municipal Provincial de Puno [Plan Operativo Institucional] 2014.PROGRAMA DE VASO DE LECHE [PVL].MARCO LEGAL:

Ley N 24059 Ley de creacin del Programa del Vaso de Leche, 21 de Diciembre de 1984.

Ley N 26637 Normas referidas a la Administracin del Programa del Vaso de Leche. Publicado el 24 de Junio de |996.Ley N 27470 Normas complementarias para la ejecucin del Programa del Vaso de Leche. Publicado el 3 de junio del 2001.

Resolucin Ministerial N 711 2002 SA/DM valores nutricionales Mnimos de la racin de la Programa Vaso de Leche. Publicado el 25 de abril de 2002.

La Ley N 27712, que modifica la Ley N 27570 que establece las normas complementarias para la ejecucin del Programa Vaso de Leche (PVL)aprobada mediante resolucin de Alcalda con acuerdo del Consejo Municipal, indica que en cada Municipalidad se conformar un Comit de Administracin del Programa de Vaso de Leche.

OBJETIVOS: Contribuir a mejorar el nivel nutricional y la calidad de vida.

Reducir la mortalidad infantil.

Suministrar diariamente una racin complementaria a los nios, a las Madres Gestantes y Lactantes. Fomentar la lactancia materna.

Estimular el desarrollo de formas de organizacin comunal en especial de la poblacin femenina.

Fomento de la demanda de servicios de salud que se restan a la comunidad.METAS: El Programa tiene como meta elevar el nivel nutricional de los beneficiarios y mejorar la calidad de vida de los segmentos ms pobres de la poblacin.

QU ES EL PROGRAMA VASO DE LECHE?

El programa de vaso de leche (PVL) es un programa social creado en el ao 1984 segn Ley N 24059, con la finalidad de brindar asistencia alimentaria a la poblacin ms vulnerable a travs de la entrega de una racin diaria de alimentos a una poblacin considerada vulnerable, con el propsito de ayudarla a superar la inseguridad alimentaria en el que se encuentra.

Se trata de un programa ligado a la gestin Municipal que originalmente comenz operar en Lima y posteriormente a travs de la Ley 24059 se expande a todos los Municipios del pas.

COM NACE EL PROGRAMA VASO DE LECHE?

Sus inicios se gestaron por iniciativa de la Municipalidad de Lima Metropolitana, de un modo informal a partir de 1983 -84.Este programa surge de la expectativa de suplir la escasa cobertura de los Programas Materno Infantil (PRODI Y PAMI) del MINSA y la desactivacin del PAE, al mismo tiempo que se articula a la propuesta de incorporar la participacin con los Comits de PVL.

Por entonces la presencia organizada de las mujeres de los sectores populares ya se haba hecho sentir en la escena pblica desde fines de los 70, con la organizacin de los comedores populares (1979) ante las primeras manifestaciones de la crisis econmica, pudiendo involucrarse rpidamente ante la convocatoria a participar de los Comits de Vaso de Leche.

Los comits de vaso de leche se fueron multiplicando en Lima hasta constituirse en una enorme organizacin reglamentada por la Municipalidad de Lima, logrando en el transcurso de su primer ao el reparto de un milln de vaso de leches, lo cual requiri la conformacin de 7400 comits en los barrios donde el Programa Funcionaba, este nmero se fue incrementando progresivamente en los aos siguientes.COM SE ORGANIZA EL PROGRAMA VASO DE LECHE?

Instituciones que Intervienen en el Proceso de Organizacin e Implementacin del Programa Vaso de Leche: Ministerio de Economa d Finanzas [MEF]. Municipalidades Provinciales y Distritales. Contralora General de la Republica Gr. Instituto Nacional de Estadstica e Informtica [INEI].

Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social [MIMDES].Actores del Programa Vaso de Leche:

Administracin municipal.

El alcalde.

Un funcionario municipal.

Un representante del ministerio de salud.

Tres representantes de la organizacin de PVL.

Organizacin de base o comunales: Organizacin de mujeres.

Poblacin objetiva.ADMINISTRACION DEL PROGRAMA VASO DE LECHE

Este programa es administrado por los Municipios que son los que se encargan de ejecutar las labores financieras, logsticas y operativas que demanda en programa.

REGLAMENTO DE ORGANIZACIN Y FUNCIONES DEL COMIT DE ADMINISTRACIN DEL PROGRAMA DE VASO DE LECHE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO. AS COMO LOS PROCESOS DE SELECCIN DE BENEFICIARIOS, PROGRAMACIN, ALMACENAMIENTO, DISTRIBUCIN DE INSUMOS, CAPACITACIN, SUPERVISIN, CONTROL Y ORGANIZACIN DEL PROGRAMA DE VASO DE LECHE.

TTULO I

CAPITULO NICO

DISPOSICIONES GENERALES.

ARTCULO 1.- OBJETIVOS:La presente ordenanza tiene como objetivo lograr la correcta utilizacin de los recursos asignados a la Municipalidad Provincial de Puno, PVL o programa en adelante. As como establecer las disposiciones necesarias que aseguren las etapas de seleccin de beneficiarios, programacin, almacenamiento, distribucin de insumos, supervisin y evaluacin correspondientes a la implementacin del PVL. ARTCULO 2.- FINALIDAD:

Establecer procedimientos para la distribucin, supervisin, control y evaluacin de los insumos asignados al PVL.

ARTCULO 3.- ALCANCE:

La presente ordenanza es de aplicacin, para todo los beneficiarios, organizaciones que presenten el PVL, comit de administracin del PVL y las diferentes Unidades Orgnicas encargadas de la conduccin del programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Puno.

ARTCULO 4.- PROHIBICIN:

Queda terminantemente prohibido toda politizacin del programa de vaso de leche bajo cualquier modalidad. Sern responsables del cumplimiento de esta norma el responsable de pliego respectivo y solidariamente los miembros de comit.ARTCULO 5.- BASE LEGAL:

Constitucin Poltica De Per. Ley N27972 Ley Orgnica de la Municipalidades. Ley N 24059 Ley De Creacin del Programa Vaso de Leche. Ley N26617 Noemas Referidas al Programa Vaso de Leche. Ley N 27470 Normas Complementarias Para la Ejecucin del Programa Vaso de Leche. Ley N 27712 Ley Que Modifica la Ley27470. Ley N 27050 Ley N 27751 Resolucin Jefatura N 304-2001-Inei Normas Tcnicas Sabre El Empadronamiento De Beneficiarios Del Programa Vaso De Leche.

D.S. N 007-98-S.A. Reglamento Sobre Vigilancia Y Control Sanitario De Alimentos Y Bebidas.

D.S 041-2002. P.C.M Del24. May. 2002, Reglamento de la Ley N 25307.

Resolucin Ministerial N 711-2002-Sa/DM Directiva Valores Nutricional es Mnimo de la Racin del Programa Vaso de Leche. Resolucin de Contralora N 142 2008 C.G que Aprueba la Directiva N 005-2008-Cg/Psc. Precisar la Informacin Sobre la Ejecucin del Gasto del Programa Vaso de Leche que Deber Remitirse a la Contralora General de la Repblica.

Ley N 27785 Ley Orgnica del Sistema Normativo de Control a la Contralora General de la Repblica.

Decreto Supremo N 007-98-S.A.

Decreto N 07-99-CG/SDE.

Resolucin Ministerial n 451-2006-MINSA Norma Sanitaria para la fabricacin de Alimentos a base de grano y otros destinados a Programas Sociales. Resolucin N 225-2002-CG, Lineamientos Relacionados a los Programas de Lucha contra la Pobreza.

Resolucin Jefatural n 217-2006 INEI.

Decreto Supremo N 009-2006-SA.

Directiva N 005-2008-CG/PSC.

D.S. N 001-2008, de fecha 23 de Enero del 2008, coadyuvar en los programas de vaso de leche de los Gobernadores y tenientes Gobernadores.

Decreto de Urgencia N 039-2008 sobre la determinacin del presupuesto del Programa Vaso de Leche correspondiente al ao Fiscal 2009 as como la implementacin del Registro nico de beneficiarios.

ARTCULO 6.- ESTRUCTURA ORGNICA DEL PVL.

La estructura orgnica est conformada de la siguiente forma:

RGANOS DE DIRECCIN: Comit de administracin del PVL.

RGANO DE COORDINACIN: Coordinadoras de base como integrantes del comit de administracin del PVL.

Beneficiarios de los comits.

Comisin Ordinaria del consejo encargada de la fiscalizacin del Programa.

RGANO DE APOYO: rgano Ejecutor del Programa Vaso de Leche (Jefatura del PVL).

TTULO II

DE LA ORGANIZACIN

CAPTULO I

DEL COMIT DE ADMINISTRACIN

ARTCULO 7.- DEL COMIT DE ADMINISTRACIN:

El comit de administracin es el rgano de coordinacin de PVL, reconocido oficialmente por la Municipalidad, est integrado por: El Alcalde, o el Funcionario que delegue (Presidente).

Un Funcionario Municipal, quien actuara de Secretario.

Tres representantes de los beneficiarios del Programa.

Un representante del Ministerio de Salud.

Un representante de la Asociacin de Productores Agropecuarios de la Zona cuya representatividad ser acreditada por el Ministerio de Agricultura.

El comit ejerce sus funciones por un periodo mximo de 2 aos. No pudiendo ser reelegido en forma inmediata. A excepcin del presidente.

ARTCULO 8.- FUNCIONES DEL COMIT DE ADMINISTRACIN:

Son funciones de comit de administracin del vaso de leche:

a) Programar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar los procesos de adquisiciones de los productos para el PVL.b) Controlar las actividades de evaluacin y seleccin de los proveedores del Programa basndose en criterios de valores nutricionales de los alimentos a proveer, condiciones de procesamiento, porcentaje de alimentos nacionales, experiencia y preferencias de los consumidores del Programa.c) Fiscalizar la Calidad de los alimentos distribuidos entre los beneficiarios.

d) Supervisar la correcta distribucin de los alimentos entre la poblacin beneficiaria, evitando filtraciones hacia poblaciones no beneficiarias, as como perdidas de alimentos por inadecuados almacenamiento, distribucin o preparacin de las raciones.

e) Velar por el adecuado uso de los recursos destinados al PVL.

f) Proponer actividades de capacitacin y educacin nutricional para los beneficiarios del programa.

g) Es competencia del comit de administracin seleccionar los insumos alimentarios.

ARTCULO 9.- RESPONSABILIDAD:El comit de administracin de vaso de leche es responsable de la ejecucin del programa del vaso de leche, dentro de las competencias, funciones y limites establecidos en la Ley N 27470 modificada por la Ley N 27712.

ARTCULO 10.- FACULTAD DE LOS COMITS:El comit de administracin coordina con la Municipalidad a travs del rgano Ejecutor del Programa Vaso de Leche la elaboracin del reempadronamiento, empadronamiento o encuesta para determinar la poblacin objetiva del Programa e informar dentro de los plazos establecidos a los rganos autorizados.Asimismo, el comit est en la facultad de solicitar al rgano ejecutor del Programa del Vaso de Leche, la informacin necesaria referente a la marcha del programa en las oportunidades que se requiera. Lo mismo que el comit especial la informacin necesaria sobre los procesos de licitacin pblica, desabastecimiento inminente u otras relacionadas con la adquisicin de los insumos.ARTCULO 11.- FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL COMIT:

Son funciones del presidente del comit:

a) Ser el responsable de dirigir, coordinar, gestionar y controlar las acciones tendientes a la ejecucin de los acuerdos del comit en el rea y mbito que seala la ley.

b) Velar por la aplicacin de la ley N 24059 que crea el PVL y otros normas conexas y complementarias referidas al Programa Vaso de Leche.c) Convocar a sesiones de comit y disponer la agenda correspondiente.

d) Ordenar el cumplimiento de los Acuerdos del Comit e informacin a este acerca de la marcha del PVL.

e) Fiscalizar y controlar la distribucin de los insumos, as como la calidad de los mismos.

ARTCULO 12.- LAS SESIONES ORDINARIAS:Las sesiones ordinarias del comit se realizaran una vez al mes como mnimo. Las sesiones extraordinarias, cuando se requiera a iniciativa del presidente o a peticin de por lo menos 4 de sus miembros, las mismas que se desarrollaran con agenda especfica.

ARTCULO 13.- CONVOCATORIA:

Las sesiones son convocadas por el presidente del comit con una anticipacin de por lo menos 3 das hbiles para el caso de las ordinarias y un da hbil para el caso de las extraordinarias .la secretara del comit es la encargada de cursar las correspondientes citaciones.ARTCULO 14.- INSTALACIN:

La sesin se instala con la asistencia de ms de la mitad de los miembros hbiles. Todos los miembros tienen derecho a voz y voto. Los acuerdos se toman por mayora simple de los asistentes y en caso de empate en la votacin dirime el presidente. Pueden participar como invitados los servidores del rgano ejecutor del PVL, SIN DERECHO voto.

ARTCULO 15.- ACTA DE SESIN:

El comit est obligado a llevar un libro de Acta. Corresponde al secretario del comit levantar el acta de todas las sesiones donde constara un resumen de las intervenciones y los acuerdos que se han tomado. Las actas debern ser suscritas por el Presidente, el Secretario y los miembros Asistentes. En hojas debidamente legalizadas por Notario Pblico.ARTCULO 16.- INCONCURRENCIA INJUSTIFICADA:La inconcurrencia injustificado a 3 sesiones consecutivas y 6 no consecutivas acarea la separacin de los miembros. En el caso de las representantes de los beneficiarios, dicha falta ser comunicada a su Organizacin para los efectos de su reemplazo, quienes asumirn el periodo que falta completar.

CAPTULO II

DE LA ORGANIZACIN DE BASE (OSB)ARTCULO 17.- LA ORGANIZACIN DE BASO DE LECHE:La organizacin de vaso de leche correspondiente al Distrito de Puno son Organizaciones de carcter autnomo, que funcionan de acuerdo a sus propios estatutos, compuesta por comits de base reconocidos por la municipalidad. El rgano ejecutor del PVL desarrolla sus actividades con pleno respeto a dicha autonoma evitando en todo momento su intervencin directa o indirecta en temas ajenos a la marcha del Programa.ARTCULO 18.- DERECHO DE FISCALIZACIN:

Las OBS a travs de su representante tienen derecho a participar en los procesos de fiscalizacin, seleccin, distribucin y optimizacin del PVL, en su calidad de fiscalizadores.

ARTCULO 19.- COMITS:

Los beneficiarios se agrupan en comits y estn representados por su junta directiva. Los comits y su directiva son reconocidos oficialmente por la Municipalidad mediante Resolucin de la Gerencia de Desarrollo Humano y Participacin Ciudadana conforme a los requisitos sealados en el TUPA y la normatividad vigente.

ARTCULO 20.- CONFORMACIN DE UN COMIT:

Para conformar un comit se necesita un mnimo de 30 beneficiarios calificados y como mximo 100. Sus representantes son elegidas democrticamente por sus bases, conforme a las normas sealadas en los estatutos de su organizacin.

ARTCULO 21.- JUNTA DIRECTIVA:La junta directiva est conformado por una presidenta, una secretaria, una tesorera y una vocal, todas ellas sern elegidas democrticamente por un periodo de 2 aos, no pudiendo ser relectas en forma inmediata. Debe tener residencia en el mbito geogrfico (barrio o comunidad) a la que representan.

ARTCULO 22.- LIBRO DE ACTA:

Los comits de vaso de leche estn obligados a llevar un libro de acta debidamente legalizado por notario o fedatario Municipal.

ARTCULO 23.- FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA:

Son funciones de la junta Directiva del Comit del vaso de leche:

a) Cumplir y hacer cumplir las normas inherentes al programa de vaso de leche de acuerdo a los dispositivos de la Ley N 27470, D.S. 041-2002/PCM y al Reglamento Interno del Programa de vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Puno.b) Convocar a asambleas ordinarias una vez al mes y asambleas extraordinarias, cuando su presidenta lo convoque o cuando la mitad ms uno de sus miembros lo soliciten.

c) Convocar a elecciones para elegir y renovar sus juntas directivas.

d) Coordinar con el rgano ejecutor del Programa vaso de leche, para empadronar y depurar a los beneficiarios.

e) Recoger por medio de su presidente o representante, las raciones alimentarias de la Municipalidad, conforme al nmero de beneficiarios admitidos.

f) Ejecutar el reparto de las raciones alimentarias en un periodo mximo de 8 das calendario, de haber recibido la dotacin de la Municipalidad; para tal efecto, deber colocar avisos de convocatoria sobre el reparto.g) Hacer formar el informe de distribucin de Raciones Alimentarias a cada beneficiario; en caso de ser menores de edad, lo harn las personas que ejerzan la patria potestad. La mencionada documentacin ser entregada a la responsable del rgano ejecutor del PVL de la Municipalidad, a ms tardar el dcimo 10 da de haber recibido las raciones alimentarias.

h) Brindar informacin y facilitar al personal del Programa a efectos de realizar la supervisin.

i) Captar los fondos o aportes voluntarios de los comits previo acuerdo en asamblea.

j) Otras funciones que se le asigne.

ARTCULO 24.- PRESIDENTA DEL COMIT DEL VASO DE LECHE:La presidenta del comit del vaso de leche, deber coordinar peridicamente con el rgano ejecutor del PVL de la Municipalidad, la admisin de nuevos beneficiarios y/o aquellos que por mandato de la Ley, perdieron dicha condicin; asimismo deber informar para su depuracin a aquellos beneficiarios que en forma reiterativa no tienen inters en recibir sus raciones alimentarias.ARTCULO 25.- CAUSALES DE SANCIN:Son causales de sancin a las presidentas de los comits del vaso de leche:

a) No atender a los beneficiarios inscritos en los padrones oficiales.

b) Distribuir a los beneficiarios las raciones alimentarias fuera del plazo y en forma inadecuada (falto de higiene, deteriorado por el sol o humedad, semi-abierto, etc.)

c) Adulterar datos de los beneficiarios en los padrones e informes de distribucin de raciones alimentarias.

d) Falsificar firmas y/o adulterar datos de los documentos personales.

e) Apropiarse en forma ilcita de las raciones alimentarias.

ARTCULO 26.- APLICACIN DE SANCIONES:

Las sanciones se aplicaran segn la gravedad de la falta y sern:

Amonestacin verbal o por escrito.Suspensin temporal por 30 das.

Separacin definitiva, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que corresponda.

Para la aplicacin de las sanciones se debe tener en cuenta la gravedad de la falta, la reincidencia los cuales incidirn en el tipo de sancin. Dejndose claramente establecido que las sanciones se aplicaran sin atender necesariamente el orden correlativo sealado.

ARTCULO 27.- RESOLUCION DE CONFLICTOS:

En caso de conflictos entre directivas y los beneficiarios, sern resueltos conforme a su reglamento, actuando como veedor el rgano ejecutor del programa vaso de leche, cuando la organizacin de base as lo requiera.

ARTCULO 28.- DE LAS DESCALIFICACIONES:

Las descalificaciones a las Directivas o Coordinadores estn referidos a los siguientes hechos:a) De comprobarse que a los beneficiarios a las fichas de supervisin o control no reciben los insumos de Programas de Vaso de Leche en forma real y efectiva pese a estar inscritos en el padrn y cuya ausencia no haya sido comunicado al Programa.b) Distribucin de los insumos en forma extempornea e incompleta a los beneficiarios por parte de la coordinadoras.

c) Efectuar el reparto de los insumos en forma distinta a las especificaciones tcnicas y sanitarias sealadas por el programa de vaso de leche.

d) La adulteracin de datos de beneficiarios en las fichas de los padrones y en las planillas de Distribucin.

e) Falsificacin de firma de los beneficiarios en las planillas de Distribucin.

f) Realizar eventos y actividades polticas dentro del Comit.g) Cobrar por ingresos de socias o multar por inasistencia o tardanzas.

ARTCULO 29.- COORDINADORA PROVISIONAL:

En caso de afectar la suspensin o separacin temporal de la coordinadora o miembros de la junta Directiva de comit, se designara provisionalmente una coordinadora teniendo la prioridad un miembro de junta directiva; si ellos no pudieran aceptar por diferentes motivos se nombrara a uno de los beneficiarios titulares para el cargo de Coordinadora, mientras se convoque a elecciones la designacin estar a cargo del rgano ejecutor del PVL en coordinacin con los coordinadores de base.CAPTULO III

DE LOS BENEFICIARIOS

ARTCULO 30.- INSCRIPCIN:Son beneficiarios todas las personas que han sido inscritas en el Padrn de Beneficiarios considerando los procedimientos establecidos en la Ley N 27470 y las normas establecidas por la Municipalidad Provincial de Puno.

El beneficiario debe residir dentro de la jurisdiccin del Distrito de Puno y de su Comit.

ARTCULO 31.- ORDEN DE PRIORIDAD:El programa admitir como Beneficiario con todos los derechos, deberes y obligaciones de acuerdo a las siguientes prioridades que especifica la Ley N 27470.

PRIMERA PRIORIDAD:a) Nios de 0 a 6 aos.

b) Madres Gestantes.

c) Madres Lactantes hasta que el nio cumpla 1 (un ao) de edad.SEGUNDA PRIORIDAD:

a) Nios de7 a 13 aos cumplidos, en estado de desnutricin.

b) Ancianos a partir de 60 aos siempre que amerite situacin de extrema pobreza.

c) Enfermos con TBC durante su tratamiento (acreditados constancia de la enfermedad).

d) Discapacitados (acreditados con constancia de discapacidad).

e) Casos sociales (sustentado con informe socio-econmico firmado por el profesional de la rama).

PRIORIDAD REFERENTE A LA SITUACIN SOCIO ECONMICA DE LOS MORADORES:

a) Asentamientos humanos, pueblos jvenes, barriadas, reas marginales de reciente formacin.

b) Urbanizacin popular, cooperativa de vivienda.

c) Otras zonas de la localidad donde se acrediten poblacin en pobreza y extrema pobreza.

ARTCULO 32.- DENUNCIAS:

Los beneficiarios podrn establecer denuncias directamente ante el despacho de alcalda o a la Comisin de Regidores del Consejo Provincial de Puno, o en su defecto al rgano de Ejecucin del PVL, contra los miembros del comit de administracin del PVL. Funcionarios y/o servidores o terceras personas cuando incurran en faltas consideradas en el presente Reglamento o mal manejo de los recursos de Programa.

ARTCULO 33.- PERDIDA DE LA CONDICIN DE BENEFICIARIO:La condicin de beneficiario se pierde:

a) Por cambio de domicilio.

b) Por exceder el lmite de edad en caso de nios.

c) Por cumplir el lmite de 9 meses en el caso de madres gestantes y 12 meses en el caso de madres lactantes.

d) Por culminacin de tratamiento, previa certificacin Medica en caso de enfermedades de TBC.

e) Por retiro voluntario.

f) Por fallecimiento.

g) Por no recoger los insumos en el mes correspondiente.

ARTCULO 34.- MADRES LACTANTES:

Las madres lactantes sern consideradas como beneficiarias a partir de su inscripcin e incorporacin al programa, en el caso de las madres que aparecen en el padrn como Gestantes, su incorporacin y continuidad como beneficiaria ser en forma automtica hasta el trmino de 1 ao de edad que cumpla su hijo. Debiendo adjuntar la partida de nacimiento del menor.ARTCULO 35.- INCORPORACIN COMO BENEFICIARIO:

La incorporacin de beneficiarios al programa de vaso de leche se realiza mediante:

A solicitud de los propios beneficiarios agrupados en un comit, con un mnimo de 30 beneficiarios y como mximo de 100, indicado su junta directiva.

A solicitud del o coordinador de Comit.

Por empadronamiento general.

Por reemplazos de beneficiarios retirados en los Comits.

ARTCULO 36.- REQUISITOS:Para ser admitidos al programa los beneficiarios debern presentar la siguiente documentacin:

a) Copia fotosttica de la partida de nacimiento del Nio.

b) Copia fotosttica del carn de vacunas del nio, expedido por el rea de salud, autenticada por el fedatario Municipal.

c) Copia fotosttica de Documento Nacional de Identidad (DNI) del padre o la madre o de la persona que ejerza la patria protestad del nio.

d) Para las madres gestantes, copia fotosttica del carn de atencin expedida por el rea de salud, autenticada por el fedatario Municipal.

e) La poblacin en estado de desnutricin y tuberculosis (TBC), acreditara la constancia la Constancia de Evaluacin Nutricional, expedido por el rea de salud.

f) Para los ancianos en situacin de abandono moral e indigencia, acreditaran el DNI en el momento del reparto por la encargada de Programa del Vaso de Leche.

ARTCULO 37.- DOCUMENTO DE CONFORMIDAD:Verificada a solicitud de incorporacin de beneficiarios, si estos cumplen con los requisitos, el programa remitir el documento de conformidad dirigido a la Responsable del comit respectivo.TTULO III

PROCEDIMIENTO EN GENERAL.

CAPTULO I

EMPADRONAMIENTO Y/O REEMPADRONAMIENTOARTCULO 38.- EMPADRONAMIENTO Y/O REEMPADRONAMIENTO:El proceso de empadronamiento y/o reempadronamiento ser llevada a cabo por la Municipalidad Provincial de Puno a travs del rgano Ejecutor del Programa Vaso de Leche en coordinacin con las Organizaciones de base y con la aprobacin del Comit de Administracin. La comisin de Regidores del Vaso de Leche, participan de este proceso cumpliendo su rol fiscalizador.

ARTCULO 39.- PERIOCIDAD DEL EMPADRONAMIENTO Y/O REEMPADRONAMIENTO:El proceso de empadronamiento y/o reempadronamiento se llevar a cabo dos (2) veces al ao, preferentemente con el apoyo de alumnos de la especialidad de Trabajo Social o afines que cursen los ltimos aos de nivel universitario y que preferentemente vivan en el distrito con la capacitacin previa del personal operativo de Programa del Vaso de Leche. Las representantes y/o coordinadoras del comit del vaso de leche, actuaran como veedoras debidamente acreditadas.ARTCULO 40.- RESPONSABLE DEL EMPADRONAMIENTO:El proceso de empadronamiento y/o reempadronamiento ser llevado a cabo por la Municipalidad Provincial de Puno a travs del Programa Vaso de Leche en Coordinacin con las Organizaciones de Base y con personal debidamente acreditada.ARTCULO 41.- FORMATO:

El proceso de empadronamiento y/o reempadronamiento se utilizara el formato denominado ficha de inscripcin para el Programa del Vaso de Leche en la que se consignan los datos del beneficiario titular, informacin que requiere el programa para su atencin.ARTCULO 42.- MODIFICACIONES:

La modificacin de cualquier dato de la ficha una vez incorporada al sistema del Programa del Vaso de Leche deber realizarlo la Junta directiva de la OSB e informar por escrito al rgano Ejecutor de Programa Vaso de Leche.

CAPTULO IIDEL PROCESO DE PROGRAMACIN

ARTCULO 43.- FUENTE DE FINANCIAMIENTO:

La fuente de financiamiento de Programa Vaso de Leche est constituido por las transferencias realizadas por el Ministerio de Economa y Finanzas, Recursos Propios de la Municipalidad y donaciones locales e internacionales de existir.ARTCULO 44.- PREVISIN DE ADQUISICION DE INSUMO:

El rgano Ejecutor del Programa Vaso de Leche es el responsable de comunicar oportunamente al Comit de Administracin del PVL, los acuerdos adoptados por la OSB respecto a la adquisicin de los insumos del Vaso de Leche. La no oportuna previsin de insumos generada por el incumplimiento del rgano Ejecutor del PVL o del Comit de Administracin del PVL, acarea responsabilidad.

ARTCULO 45.-COMIT ESPECIAL:

Los proceso de seleccin sern conducidos por un comit especial , quien se encargara de su organizacin y ejecucin, desde la preparacin de las bases, absolucin de consultas, evaluacin de observaciones, recepcin de ofertas, calificacin de postores, evaluacin de propuestas y, en general, todo acto necesario o conveniente, conforme lo dispone la Ley de la materia.

ARTCULO 46.- CANTIDAD ADICIONAL PARA ANLISIS:

En el contrato de adquisicin de los productos alimentarios para el Programa Vaso de Leche, se deber establecer que es responsabilidad de proveedor considerar dentro del volumen contratado, una cantidad adicional para realizar los anlisis que permitan determinar si el producto es apto para el consumo humano, de conformidad con lo establecido por las normas de Contratacin y Adquisicin vigente. La cantidad de la muestra debe corresponder a lo establecido en las Normas Tcnicas Peruanas.

ARTCULO 47.- ENTREGA DE DOTACIN:La distribucin de raciones alimentarias ser realizada por el rgano ejecutor de PVL, corresponde al mismo mes de transferido los recursos econmicos por el Ministerio de Economa y Finanzas; en consecuencia, la entrega de las dotaciones a los comits de vaso de leches se efectuara los ltimos Jueves y viernes de cada mes, en horas de oficina, salvo situaciones de emergencia.

ARTCULO 48.- CRONOGRAMA DE DISTRIBUCIN:

Corresponde al comit de administracin en coordinacin con el rgano ejecutor de PVL, elaborar el cronograma de distribucin mensual que ser remetido oportunamente a los Centros de acopio para su distribucin entre los beneficiarios.

ARTCULO 49.- PROGRAMACIN:La programacin se realizara de acuerdo a los beneficiarios empadronados, tomando como base la documentacin sustentatoria debidamente firmada y decepcionada en el plazo oportuno, de la semana anterior a la programacin.ARTCULO 50.- INCUMPLIMIENTO DE REMITIR DOCUMENTACIN SUSTENTATORIA:

No se programara en la distribucin semanal a los comits que no hayan cumplido con firmar o devolver al Programa de Vaso de Leche la documentacin sustentatoria de su distribucin del mes anterior, debiendo pasar al almacn para las acciones del caso de acuerdo a la normatividad sobre la materia.

ARTCULO 51.- ALIMENTOS FALTANTES O EN MAL ESTADO:

En el caso que el personal operativo del Programa hallase recursos alimentarios faltantes o en mal estado, la Jefatura del Programa del Vaso de Leche remitir un memorando a la Sub Gerencia Logstica, a fin de que solicite al proveedor la reposicin de los faltantes o cambiar los insumos en mal estado o el lote en caso de ser necesario.

CAPTULO III

DE LA DISTRIBUCIN Y RACIN ALIMENTARIA

ARTCULO 52.- PROCEDIMIENTO:

Para llevar a cobo la distribucin de los insumos del PVL se seguirn los siguientes procesos:

a) Los miembros responsables de la distribucin en el comit de vaso de leche deben entregar al Programa de vaso de leche las planillas de distribucin firmadas por los beneficiarios titulares, donde acredite la cantidad de das y que insumos ha recibido.

b) La atencin de los alimentos del programa de vaso de leche ser en funcin del nmero de beneficiarios consignados en el padrn de beneficiarios de cada comit.

c) El rgano Ejecutor del PVL previa verificacin de la firma del beneficiario titular responsable del recojo de los alimentos en las planillas de distribucin, proceder a entregar las papeletas o planillas de distribucin mensual de los insumos del programa del vaso de Leche a las Coordinaciones o miembros de la Junta Directiva.ARTCULO 53.- PAPELETA DE DESPACHO:

El responsable de la distribucin de los insumos alimentarios del PVL a los comits, al momento de entregarlos debern hacer firmar la papeleta de despacho a la Coordinadora o miembro de la junta directiva aceptando la conformidad de la recepcin, entregando una copia a la coordinadora del Comit firmante.ARTCULO 54.- ENCARGADA DE LA DISTRIBUCIN:

La recepcin de los alimentos del PVL estar a cargo de los miembros de la junta directiva reconocidos por Resolucin expedida por la Municipalidad.

ARTCULO 55.- TRANSPORTE:

La Sub Gerencia de Logstica o la que haga sus veces, pondr a disposicin de PVL, las unidades de transporte necesarias para realizar el proceso de Distribucin del Producto.

ARTCULO 56.- ENTREGA DE PRODUCTOS:

Los responsables de los centros de acopio de acuerdo a sus horarios establecidos realizaran la entrega de productos a cada una de las Juntas Directivas de cada comit, en la fecha de recepcin, debindose firmar la documentacin sustentatoria respectiva.ARTCULO 57.- DOCUMENTACIN SUSTENTATORIA:La documentacin sustentatoria de la distribucin no debe tener borrones, ni enmendaduras, bajo responsabilidad de los que firman dichos documentos.

ARTCULO 58.-RECOJO DE INSUMO:Las Juntas Directivas recogern los insumos en las fechas establecidas segn el cronograma de distribucin, bajo responsabilidad.

ARTCULO 59.- DEVOLUCIN:

En caso que las juntas directivas de los comits no recojan los productos en los horarios establecidos, estos debern ser devueltos al PVL, los mismos que pasaran al almacn, para las acciones de caso da acuerdo a normas.

ARTCULO 60.- HOJA DE RUTA:

El encargado de almacn deber realizar la distribucin de productos en base a las hojas de ruta mensual debiendo emitir el informe mensual de distribucin al jefe del Programa.ARTCULO 61.- COMPOSICION DE LA RACION ALIMENTARIA:

La racin alimentaria debe estar constituida por alimentos nacionales pudiendo ser leche en cualquiera de sus formas, y/o enriquecidos lcteos y/o alimentos que contengan un mnimo de 90% de insumos de la regin (tales como harina de quinua, quiwicha, cebada, avena, y otros). Se debern adquirir aquellos alimentos de mayor valor nutricional adecuadamente balanceado y que tengan el menor costo. Ser el Instituto Nacional de Salud o el que haga sus veces en la Regin quien determine el valor nutricional mnimo.

ARTCULO 62.- RACIONES ALIMENTARIAS NO REPARTIDAS:

Las raciones alimentarias no repartidas a los beneficiarios, dentro del plazo indicado en el Artculo 22 del presente reglamento, sern entregadas al rgano ejecutor de PVL de la Municipalidad; el mismo que deber sealarse las razones por el que no fueron entregados a los beneficiarios.

TTULO IV

CAPACITACIN, SUPERVISIN Y EVALUACIN

CAPTULO I

DE LA CAPACITACIN

ARTCULO 62.- FINES: La capacitacin est orientada a lograr el desarrollo organizacional de los integrantes del Programa de Vaso de Leche y lograr los objetivos especficos en el servicio que brinda el Programa.

ARTCULO 62.- ASPECTOS:

El Programa de Vaso de Leche realizara capacitacin dirigida a los beneficiarios y Miembros de la junta directiva de los comits sobre los siguientes aspectos:

a) Normas Tcnicas Administrativas inherente al Programa Vaso de Leche.

b) Beneficios nutricionales de los productos alimentarios que aprovisiona el Programa del Vaso de Leche.c) Programa de difusin de los beneficiarios de otros productos sustitutorios o complementarios.

d) Capacitacin respecto a la aplicacin del registro de Beneficiarios de PVL.

e) Talleres productivos, creacin de micro y pequeas empresas, dirigidos a beneficiarios y miembros de la junta Directiva de los Comits del Programa del Vaso de Leche.

f) Otras temas relacionados al cuidado y promocin de la salud.

ARTCULO 62.- OBLIGACIN:

Todos los integrantes del Programa estn en el deber y la obligacin de participar en los programas de capacitacin organizado por la Municipalidad en forma directa o en convenio con otras instituciones en asuntos y temas inherentes al programa.

ARTCULO 62.- CERTIFICACIN:

La Municipalidad podr certificar dichos eventos de capacitacin y otorgar incentivos no pecuniarios para los participantes. Para participar en los Programas o Eventos de capacitacin y/o becas debern estar en la condicin de beneficiarios del Programa de Vaso de Leche.

CAPTULO II

DE LA SUPERVISIN Y EVALUACIN

ARTCULO 67.- ENGARFADO:

La accin de supervisin est a cargo del rgano Ejecutor del PVL a travs del personal de la oficina los que acreditan tal condicin con la credencial o carn de identificacin.

ARTCULO 68.- OPORTUNIDAD:La accin de supervisin se realizara in situ, en el domicilio o en los locales donde funcionan los comits en forma sorpresiva de acuerdo a las Polticas Institucionales preestablecidos.ARTCULO 69.- VEEDORES:

La accin de supervisin y arqueo a los responsables de la distribucin de las raciones alimentarias en los comits, podrn participar como veedores los coordinadores de base, para tal efecto se harn las coordinaciones pertinentes pudiendo ser en forma verbal o escrito teniendo como bese que el arqueo y supervisin son sorpresivas.

ARTCULO 70.-ACTA DE ARQUEO:

El momento de llevarse a cabo el arqueo se levantar el Acta correspondiente en el Lugar de los hechos por duplicado debiendo otorgar la copia del Acta a la Coordinadora del Comit que se efectu el arqueo.

El Acta ser suscrita por el responsable del Programa, los supervisores y los coordinadores de base que estuvieron presente y la coordinadora del comit supervisado.

ARTCULO 71.- FACILIDADES EN LA SUPERVISIN:

Todos los beneficiarios, coordinadores de los comits estn en la obligacin de brindar las facilidades e informaciones que el supervisor solicita, debiendo ser mencionada cualquier falta de colaboracin o falta de respeto a los supervisores.ARTCULO 72.- MEDIDAS CORRECTIVAS:Llevado a cabo la accin de arqueo y supervisin, en caso de detectarse las descalificaciones sealadas en el Artculo 27 del presente reglamento, se proceder a tomar las medidas correctivas por la va administrativa, el mismo que ser comunicado al Presidente del comit de administracin y coordinacin de base.

ARTCULO 73.- COMISIN INVESTIGADORA:

En caso de encontrarse faltas de suma gravedad por la juntas directivas responsables por el uso y/o destino inadecuado de los insumos

ARTCULO 74.- ABSOLUCIN DE OBSERVACIONES:

La junta directiva del comit supervisado, tentar un plazo mximo de 5 das hbiles para la absolucin de las observaciones realizadas por el personal del programa, de lo contrario se aplicara las siguientes sanciones:

Por primera vez: Amonestacin (regao) escrita.

Por reincidencia: suspensin por un mes.

Por falta grave: destitucin del cargo o separacin definitiva.

ARTCULO 75.- INFORME CONTRALORA:

El rgano Ejecutor del Programa Vaso de Leche en forma mensual remitir al comit de administracin del PVL la informacin sobre el uso y destino de los recursos asignados al PVL, para la consolidacin de la informacin que se enva a la contralora General de la Republica, bajo responsabilidad.ARTCULO 76|.- RESGUARDO DE DOCUMENTACIN:

El rgano Ejecutor del Programa debe adoptar medidas que salvaguarden la documentacin sustentatoria del Programa del Vaso de Leche, bajo responsabilidad.ARTCULO 77.- EVALUACIN DE LA OSB.

Los comits del programa de vaso de leche de la Municipalidad Provincial de Puno, realizarn la evaluacin correspondiente a la entrega de los alimentos en los Centros de acopio, de haber irregularidades debern comunicarlo al jefe del Programa para que tome las medidas correctivas del caso.ARTCULO 78.- RGANO DE CONTROL INTERNO:

En caso de irregularidades el rgano de Control Institucional, proceder con la accin de control que el caso amerite.CAPTULO III

DEL MANTENIMIENTO PERMANENTE Y MONITOREO DEL SOFTWARE DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE.ARTCULO 79.- RESPONSABLE TCNICO:A fin de garantizar la transparencia y eficacia del software del Programa de vaso de Leche, la Gerencia Municipal por Resolucin de Gerencia designa al Responsable Tcnico del monitoreo del sistema. Dicho funcionario debe tener obligatoriamente el nivel profesional de Especialista en Sistema Coordina con el rgano Ejecutor del PVL y responde directamente ante el Presidente del Comit de Administracin del Programa del Vaso de Leche.

ARTCULO 80.- ACTUALIZACIN DE SOFTWARE:El responsable tcnico de software del PVL actualizara permanentemente las fichas de empadronamiento, a travs de la supervisin y control del comit del vaso de leche, donde se baja a los beneficiarios que dejaron de cumplir los requisitos establecidos en el presente reglamento e incorporando en las fichas de empadronamiento a los beneficiarios reemplazantes, que cumplan los requisitos indicados.

ARTCULO 81.- PERIODICIDAD DEL INFORME:Es obligacin del responsable tcnico del software del programa, entregar cada cuatro meses un informe detallado de las bajas y nuevos empadronados del vaso de Leche al Comit de Administracin, con copia a los miembros de la comisin de Regidores del Vaso de Leche.

ARTCULO 82.- NORMAS APLICADAS:En todo lo no previsto en el presente Capitulo, se debern tomar en cuenta las directivas emitidas por la Contralora General de la Republica u otros rganos especiales en la materia.TTULO V

CAPTULO I

DEL RGANO EJECUTOR DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE

ARTCULO 83.- JEFE DEL PROGRAMA VASO DE LECHE:

El programa vaso de leche, es un rgano desconcentrado de acuerdo a la Ley N 24059, el cual se encarga de dirigir, coordinar, gestionar y controlar las acciones tendientes a su ejecucin, en concordancia con la poltica del Gobierno Municipal. Est a cargo de un Profesional Titulado Nutricionista o Asistenta social en calidad de Jefa del Programa de Vaso de Leche, quien depende estructuralmente y funcionalmente de la Alcalda y administrativamente de la Gerencia de Desarrollo Humano y Participacin Ciudadana. Su responsable ocupa el cargo estructural de feje del Programa Vaso de Leche, con categora de Sub Gerencia.ARTCULO 84.- COMPERENCIAS:

El Jefe del Programa de Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Puno, ejerce autoridad sobre las actividades administrativas y asistenciales del Vaso de Leche y otros referidos a su implementacin y supervisin acorde con las polticas de Gobierno Municipal y del comit de administracin de programa del vaso de leche.

ARTCULO 85.- LOGSTICA Y PERSONAL.

La Municipalidad Provincial de Puno a travs de la Gerencia de Administracin est obligada a dotar el personal y logstica necesaria para el funcionamiento del PVL. El personal que integra el PVL son responsables del desarrollo de sus actividades ante el Jefe del Programa vaso de leche.

ARTCULO 86.- FUNCIONES:

Son funciones del rgano Ejecutor del Programa Vaso de Leche:

a) Efectuar la inscripcin y seleccin de los beneficiarios, de conformidad con lo sealado en el Cap. III del presente reglamento.

b) Preparar el padrn de beneficiarios y los informes de distribucin de las raciones alimentarias, para la ejecucin del Programa.

c) Programar, coordinar y distribuir las raciones alimentarias a los Comit de Vaso de Leche debidamente reconocidas por la Municipalidad.

d) Supervisar a los Comits del vaso de leche durante la entrega de las raciones alimentarias a los beneficiarios.

e) Elaborar los informes mensuales de Gastos e Ingresos y Racin Mensual Distribuida por el Programa del Vaso de Leche, para ser remitidos entregados a la Contralora General de la Republica. Dicha informacin deber ser conciliada con las reas de presupuesto y contabilidad, respectivamente.f) Recepcionar aquellas raciones alimentarias no entregadas por los comits de vaso de leche, las cuales sern distribuidas a nuevos beneficiarios inscritos y a ancianos en situacin de pobreza extrema.

g) Efectuar conforme a Ley de depuracin mensual e inscribir a nuevos beneficiarios, en coordinacin con el Comit de Vaso Leche.

h) Mantener actualizado y conservar en su poder la documentacin original sustentatoria de la ejecucin del Programa de Vaso de Leche, a fin de rendir cuenta del gasto efectuado y del origen de los alimentos adquiridos.i) Informar trimestralmente al concejo provincial de puno de forma personal sobre la marcha del Programa Vaso de Leche. En sesin de concejo convocada para tal fin.j) Velar por el correcto almacenamiento e higiene de los alimentos que se depositan mensualmente en el almacn del programa.

k) Elabora manuales e instructivos y otros documentos de gestin que tenga como fin mejorar la administracin del programa de vaso de leche.l) Ejecuta acciones y actividades asistenciales, tcnicas y de investigacin que tengan como fin mejorar la situacin alimentaria de los beneficiarios.

m) Otras funciones que le asignen, como el de capacitacin a los Comits del Vaso de Leche.

ARTCULO 87.- PROHIBICIN DE RECIBIR DONANTES:El rgano Ejecutor del PVL est prohibido de recibir directamente donaciones o similares provenientes de las empresas suministradoras de insumo del PVL u otras entidades, sin autorizacin previa del Consejo. Esta prohibicin no alcanza a los Comits que en uso de su autonoma pueda percibir cualquier donacin o liberalidad establecida en su Estatuto.ARTCULO 88.- PROHIBICIN DE SOLICITAR APORTES:

El rgano Ejecutor del PVL est prohibido de solicitar o autorizar cualquier tipo de aporte monetario que condicione el empadronamiento o entrega de productos. Tampoco est autorizado a administrarlos recursos provenientes de los aportes voluntarios que acuerden los comits de Vaso de Leche.

DISPOCICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

PRIMERO: para efectos de cumplir con las sanciones sealadas en el Artculo 25 del presente Reglamento se constituir una Comisin Investigadora Permanente del PVL, que estar integrada por las coordinadoras de base, responsable de programa vaso de leche, secretario del comit de Administracin y presidente del comit de administracin quien la presidir, para la cual la comisin elaborara el Reglamento respectivo.SEGUNDO: modifquese el Artculo 89 del ROF de la Municipalidad Provincial de Puno, aprobado mediante Ordenanza Municipal N 191 en los trminos siguientes:Artculo 88.- la Sub Gerencia de Programas Sociales, es la unidad orgnica encargada de administrar los Comedores Populares y de Asistencia Social que sean transferidos por el Gobierno Central a las Municipalidades. Depende de la Gerencia de Desarrollo Humano y Participacin Ciudadana. Est a cargo de un Sub Gerente, quien es responsable de cumplir y hacer cumplir las siguientes funciones:1. Programar y ejecutar los programas sociales como son: Comedores Populares y dems programas de apoyo alimentario con participacin de la poblacin y en coordinacin con la legislacin sobre la materia.

2. Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, proteccin y apoyo a la poblacin en riesgo, de nios, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la poblacin en situaciones de discriminacin.

3. Participar de las licitaciones y/o concursos pblicos de adquisiciones de los alimentos de los programas sociales a su cargo.

4. Llevar en orden y al da los registros de los beneficiarios de los comedores populares y dems programas de asistencia alimentaria.

5. Apoyo a las organizaciones de mujeres y similares de base que atienden a los beneficiarios de los programas sociales de asistencia alimentaria y programar su desarrollo.

6. Otras que se les designe de acuerdo a su competencia.

TERCERO: derguese los Artculos 32 y 33 del Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Puno aprobada mediante Ordenanza Municipal N 191.CUARTO: las Organizaciones Sociales de Base que estn al servicio del apoyo alimentario y de servicio bsico de salud a la poblacin de menores recursos, estn exonerados del pago por los siguientes conceptos:1. Registro y reconocimiento como organizacin social de base y del consejo directivo.

2. Modificacin de consejo directivo.

3. Renovacin y/o modificacin del consejo directivo.

4. Credenciales.

5. Copia certificada de resolucin.

QUINTO: ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano y Participacin Ciudadana, ABRIR un libro de Registro nico de Organizaciones Sociales de Base, el cual est reglamentado por el dispositivo legal vigente y por los que la municipalidad emitiera en el futuro.SEXTA: encargar a la Gerencia de Planeamiento y presupuesto la previsin presupuestal para la asignacin del cuadro de asgnacion del personal del programa vaso de leche SETIMA: el comit de administracin, la gerencia de administracin a travs de la sub Gerencia de logstica y la gerencia de desarrollo humano y participacin ciudadana a travs de la jefatura del Programa de Vaso de Leche velaran por el fiel cumplimiento de la presente ordenanza as como los dems rganos competentes.OCTAVA: Queda sin electo cualquier norma que se ponga a la presente ordenanza.NOVENA: La presente ordenanza entra en vigencia al da siguiente de su publicacin en el diario oficial de la localidad. POR TANTO: Mando se registre publique y cumplaANEXO I

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL PROGRAMA VASO DE LECHE

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO

Fuente: Reglamento de Organizacin y Funciones del Comit de Administracin del Programa del Vaso de Leche de la Municipal Provincial de Puno 2015.

De las Municipalidades

De Comit de administracin

Se puede destacar que en trminos generales, los rganos municipales participantes tienen los siguientes atributos:

Organiza y determina los Clubes de Madres o Comits del vaso de leche a cargo de la atencin del Programa.

Define en tipo de alimento a utilizarse.

Compa los productos o insumos en acuerdo con los requerimientos del Comit de Administracin.

Almacena, conserva y distribuye los productos.

Supervisa la ejecucin de programa en trminos de calidad, precio y oportunidad en la entrega de la racin.

Es el responsable de la seleccin del proveedor de acuerdo a los criterios de Ley.

Elaborar el programa de distribucin de los productos y lo entrega al almacn Municipal.

Elaborar la informacin de ejecucin mensual sobre uso y destino de los fondos.

CONCEJO

Comisin Regidores

COMIT DE ADMINISTRACIN VASO DE LECHE

ALCALDA

OSB

JEFA DEL PROGRAMA VASO DE LECHE (PVL)

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