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    UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE

    CHIMBOTE

    FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUDESCUELA DE ENFERMERÍA

    CURSO : DEONTOLOGIA

    TEMA : CÓDIGO DE ÉTICA Y DEONTOLOGÍA 

    CICLO : V

    ALUMNA : POLO VERA DIANA

    TRUJILLO –  PERÚ

    2016

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    La ética de laenfermera(o) se basa enpreceptos de carácter

    moral que, aplicadoscon honestidad,

    aseguran la prácticalegal, la conducta

    honorable, justa, solidariay competente de la

    enfermera(o).

    La deontología dela profesión de

    Enfermería regulalos deberes de la

    enfermera(o) en elámbito de sus

    laboresprofesionales.

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    La enfermera(o) aplica en

    su ejercicio profesional

    principios bioéticos:

    Autonomía

    beneficencia

    No maleficencia

    Justicia

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    Valores irrenunciables de toda enfermera

    La disciplina

    Laresponsabili

    dad

    la

    veracidad,

    la

    solidaridad

    la

    honestidad

    la justicia

    El respeto,

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    El Código de Ética yDeontología del Colegio deEnfermeros del Perú obliga elcumplimiento de lasdisposiciones contenidas en elpresente Código a todas las

    enfermeras(os) peruanascolegiadas, sea cual fuere lamodalidad de su ejercicioprofesional; igualmente seráde aplicación a lasenfermeras(os) extranjeras

    que por convenios o tratadosinternacionales ejerzanocasionalmente en el país.

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    El Código de Ética yDeontología estáconstituido por un

    conjunto de principios,normas, directivas y

    deberes que orientany encauzan el

    ejercicio profesional

    de la enfermera(o).

    La enfermera(o)peruana está en laobligación de tener

    una visión integral dela salud, enmarcadaen principios éticos y

    valores morales

    Es esencial para el

    ejercicio de lapráctica profesionalque la enfermera(o)peruana conozca,

    aplique y difunda lospreceptos

    establecidos en elpresente Código deÉtica y Deontología

    Le corresponde a laEnfermera(o)establecer y aplicar

    las normas yestándares en lapráctica clínica,

    gestión, investigacióny docencia, dentro de

    un marco ético.

    Para ejercer laprofesión deEnfermería es

    obligatorio colegiarsey cumplir con

    responsabilidad losdispositivos legales

    vigentes del Decreto

    Legislativo N° 22315

    Falta a la ética, laEnfermera(o) queconsiderando, sucondición laboral

    acepta algúnbeneficio del paciente

    o de sus familiares

    DISPOSICIONES GENERALES 

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    La enfermera(o) al incorporarse

    al Colegio de Enfermeros delPerú

    La enfermera(o) al incorporarseal Colegio de Enfermeros delPerú.

    Prestando el juramento queorientará en adelante su actuarprofesional, de acuerdo alArtículo 13º del Reglamento delColegio de Enfermeros del Perú.

    Finalizada la juramentación, lasenfermeras(os) emitirán lasiguiente declaración decompromiso de honor.

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    - La enfermera(o)debe respetar los

    valores, usos,

    hábitos,costumbres ycreencias de la

    persona, familia ycomunidad

    Es deber de laenfermera(o)

    brindar atencióneminentemente

    humana,oportuna,

    continua y segura

    -La enfermera(o)brinda cuidados

    de Enfermeríarespetando la

    dignidad humanay la particularidadde la persona, sin

    distinción deíndole personal,política, cultural,

    económica o

    social.

    Artículo1º - 14 

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    La enfermera(o) debe interactuar en todo momentocon empatía e identificación con la persona a la quebrinda el cuidado.

    La enfermera(o) debe respetar las creencias religiosas

    y facilitar la relación de la persona.

    La enfermera(o) debe brindar información veraz, claray oportuna dentro del área de su competencia a lafamilia y/o comunidad.

    La enfermera(o) debe proteger el derecho de la

    persona a la comunicación y promover los lazosafectivos con su entorno.

    Es deber de la enfermera(o) vigilar que la tecnologíaempleada y los avances científicos aplicados seancompatibles con la seguridad, dignidad y los derechos

    de las personas.

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    La enfermera(o) debe cumplir los deberes cívicos ycooperar con la participación ciudadana en

    defensa de la salud y la vida de la persona, familia ycomunidad.

    Es deber de laenfermera(o) prestar

    sus servicios solidarios ala comunidad encircunstancias de

    emergencias ydesastres.

    Es deber de laenfermera(o) impartir

    educación referente ala salud de la

    comunidad con el finde contribuir a la

    generación de unacultura ecológica.)

    Artículo15-18 

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    La enfermera(o) tiene

    como responsabilidadprimordial el respeto alos derechos humanos

    La enfermera(o)debe evaluar con

     juicio crítico y

    técnico lacompetencia delpersonal asignado asu cargo, basándose

    en los principioséticos.

    Artículo19-43 

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    La enfermera(o) debeasegurar y garantizarla continuidad del

    cuidado deEnfermería.

    La enfermera(o) debemantener el secreto

    profesional.

    La enfermera(o) debeser objetiva y veraz en

    sus informes,declaraciones,testimonios verbales

    o escritos,relacionados con su

    desempeñoprofesional.

    La enfermera(o)

    comete falta éticacuando omite o alterala información con el

    fin de favorecer oencubrir a terceras

    personas.

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    Las faltas yviolaciones al

    presente Código de

    Ética y Deontologíason sancionadasindependientemente

    de las que sonjuzgadas y resueltasde acuerdo con las

    leyes civiles y/openales

    La enfermera(o) debe

    brindar atención aladulto mayor sanoy/o enfermo

    manteniendo suautonomía y su

    Independencia.

    La enfermera(o)comete falta grave

    contra la ética al nodenunciar las

    infracciones al Códigode Ética y Deontología

    cometidas por otraenfermera(o).

    Constituye falta éticadiscriminar por

    intereses de grupos ode personas laparticipación de

    enfermeras(os) enconcursos deprevisión y

    promoción de plazas.

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    Es deber moral de la enfermera(o) con cargo

    directivo estimular la iniciativa y la creatividadde los miembros de la Orden.

    Las enfermeras(o) deben vigilar que lasfunciones y las actividades propias de laprofesión no sean ejecutadas por otros

    profesionales o personal técnico deEnfermería o auxiliar.

    Í

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    CAPÍTULO IVLA ENFERMERA(O) Y LAS RELACIONES

    HUMANAS 

    La enfermera(o) debereconocer el valor de

    sus colegas comopersonas y como

    profesionales,propiciando su

    desarrollo en el campocientífico,

    sociocultural, personal

     y ético.

    La enfermera(o) debeaceptar y hacer

    críticas constructivas,recomendaciones y

    sugerencias quefortalezcan su

    desarrollo profesional.

    La enfermera(o) debetener un tratorespetuoso,

    comprensivo ytolerante, favoreciendocon esta conducta el

    clima laboral y la sanaconvivencia.

    La enfermera(o) queaccede a cargosdirectivos o de

    responsabilidadadministrativa

    Artículo44-53 

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    CAPÍTULO VLA ENFERMERA(O) EN DOCENCIA E

    INVESTIGACIÓN 

    Es deber de laenfermera(o)

    demostrar unasólida formación

    científica, técnica yhumanística

    Es deber de laenfermera(o)estimular elpensamiento

    analítico, crítico yreflexivo en losestudiantes de

    Enfermería

    Es deber de laenfermera(o)mantener su

    independenciaprofesional y ética.

    La enfermera(o)debe participar en

    equiposmultidisciplinarios

    que desarrolleninvestigación

    epidemiológica

    Artículo54- 61 

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    La enfermera(o) no debe participar nipermitir que su nombre sea utilizado encampañas de publicidad

    Es contraria a la ética la apropiación, enforma parcial o total, de trabajos

    científicos.

    La enfermera(o) que hace publicacionesque se relacionan con la profesión

    utilizando seudónimo debe comunicar suidentidad al Colegio de Enfermeros del

    Perú.

    Es contrario a la ética competir de maneradesleal utilizando medios ilícitos para

    beneficio personal.CAPÍTULO VILA ENFERMERA(O)EN PUBLICACIONES

    Y PUBLICIDAD 

    Artículo62- 67 

    CAP TULO VII

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    CAPÍTULO VIILA ENFERMERA(O) Y LOS DEBERES CON

    LA PROFESIÓN 

    CAP TULO VIILA ENFERMERA(O) Y LOS DEBERES CON LA PROFESIÓ

    Es deber de laenfermera(o)participar en

    actividades quecontribuyan a los

    avances científicos,tecnológicos y éticos

    de la profesión deEnfermería.

    Es deber de laenfermera(o) vestir

    el uniforme deacuerdo con las

    normasinstitucionales,manteniendo las

    reglas debioseguridad en

    salvaguarda de lasociedad.

    Es contrario a laética participar en

    actos deproselitismo

    político, religioso ypropaganda

    comercial que dañenla imagen

    profesional.

    La enfermera(o) debeobservar y mantener

    las normas deconducta personal y

    profesional quefomenten laconfianza de la

    sociedad y eleven elestatus profesional.

    Artículo

    68 ° -75º

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    Es deber de laenfermera(o)

    mantener un estadode salud que nocomprometa su

    capacidad física ymental para otorgar

    cuidados deEnfermería.

    Es contrario a laética profesional

    participar enconcursos depromoción y

    previsión

    Es deber de laenfermera(o)conservar el

    prestigio de suprofesión

    mediante elcorrecto

    desempeño de susfunciones.

    Comete faltacontra la ética, laenfermera(o) queutilice recursoseconómicos y/o

    materiales a sucargo con fines

    personales.

    Í í

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    CAPÍTULO VIIILA ENFERMERA(O) Y LOS DEBERES

    INSTITUCIONALES 

    Es deber de laenfermera(o) registrar

    en el Colegio deEnfermeros del Perú los

    grados y títulosobtenidos.

    Es deber de todaenfermera(o) cumplir yasumir con

    responsabilidad elcargo para el que hasido elegida(o) en el

    Colegio de Enfermerosdel Perú.

    Es deber de toda

    enfermera(o) aceptary cumplir con

    responsabilidad lasdesignaciones en

    comisionesencomendadas por

    el Colegio de

    Enfermeros del Perú.

    Es deber moral detoda enfermera(o)colegiada cumplir

    con las cotizacionesdel Colegio de

    Enfermeros del Perú.

    Es deber de laEnfermera(o) cumplir

    los deberes yobligaciones

    establecidos en elEstatuto y

    reglamento delColegio de

    Enfermeros del Perú.

    Es deber de laenfermera(o)

    mantenercomunicación y

    colaboración con lasorganizaciones de

    Enfermería paraimpulsar el desarrollo

    profesional.

    Artículo76 ° - 94°

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    Es deber de losComités de Ética y

    Deontología de losConsejos Regionalesdel Colegio de

    Enfermeros del Perúasesorar a los

    Comités de Ética deEnfermería de las

    diferentesinstituciones desalud.

    Es deber del ConsejoNacional coordinar,

    fomentar yasesorar las

    actividades de losComités de Ética de

    los Consejos

    Regionales del

    Colegio deEnfermeros del Perú

    Es deber del ConsejoNacional y Consejos

    Regionales delColegio deEnfermeros del Perú

    manteneractualizado y difundir

    periódicamente,entre los miembros

    de la Orden, elCódigo de Ética yDeontología del CEP.

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