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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021 GACETA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO ADMINISTRACIÓN 2019 2021 PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL. PLAZA ZARAGOZA S/N, CABECERA MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN, MÉXICO AÑO I NÚMERO 18 VOLUMEN 1/1 SE IMPRIMEN DEL PRESENTE 30 EJEMPLARES Chimalhuacán, Estado de México, a 30 de Agosto de 2019 SUMARIO: MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCION DE SALUD MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

GACETA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE CHIMALHUACÁN,

ESTADO DE MÉXICO

ADMINISTRACIÓN 2019 – 2021

PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL.

PLAZA ZARAGOZA S/N, CABECERA MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN, MÉXICO

AÑO I NÚMERO 18 VOLUMEN 1/1

SE IMPRIMEN DEL PRESENTE 30 EJEMPLARES

Chimalhuacán, Estado de México, a 30 de Agosto de 2019

SUMARIO: MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCION DE SALUD

MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO.

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ÍNDICE

38.ª SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO.………………..…………………………….…….... 4 I. INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................... 5

II. ANTECEDENTES. ................................................................................................................... 6

III. OBJETIVO DEL MANUAL. ................................................................................................. 7

IV. ESTRUCTURA ORGÁNICA. .............................................................................................. 8

V. MARCO JURÍDICO. ................................................................................................................. 9

VI. DE LA DIRECCIÓN DE SALUD MUNICIPAL. ............................................................... 12

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN. ................................................................................... 12

B) ATRIBUCIONES ............................................................................................................. 13

C) FUNCIONES ................................................................................................................... 18

D) ORGANIGRAMA ............................................................................................................ 21

VII. DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL DE ZOONOSIS Y EL BIENESTAR

ANIMAL. ........................................................................................................................................... 22

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN. ................................................................................... 22

B) ATRIBUCIONES ............................................................................................................. 23

C) FUNCIONES ................................................................................................................... 24

D) ORGANIGRAMA ............................................................................................................ 26

VIII. DEL DEPARTAMENTO DE NORMATIVIDAD SANITARIA. ....................................... 27

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN. ................................................................................... 27

B) ATRIBUCIONES ............................................................................................................. 28

C) FUNCIONES ................................................................................................................... 29

D) ORGANIGRAMA ............................................................................................................ 31

IX. DEL DEPARTAMENTO DE EPIDEMIOLOGÍA. ............................................................ 32

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN. ................................................................................... 32

B) ATRIBUCIONES ............................................................................................................. 33

C) FUNCIONES ................................................................................................................... 34

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D) ORGANIGRAMA ............................................................................................................ 36

X. DEL DEPARTAMENTO DE MEDICINA PREVENTIVA Y ATENCIÓN A LA

COMUNIDAD .................................................................................................................................. 37

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN. ................................................................................... 37

B) ATRIBUCIONES ............................................................................................................. 38

C) FUNCIONES ................................................................................................................... 39

D) ORGANIGRAMA ............................................................................................................ 42

XI. DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS DE EMERGENCIA ..................................... 43

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN. ................................................................................... 43

B) ATRIBUCIONES ............................................................................................................. 44

C) FUNCIONES ................................................................................................................... 45

D) ORGANIGRAMA ............................................................................................................ 47

XII. DEL DEPARTAMENTO DE PROYECTOS PARA LA SALUD.................................... 48

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN. ................................................................................... 48

B) ATRIBUCIONES ............................................................................................................. 49

C) FUNCIONES ................................................................................................................... 50

D) ORGANIGRAMA ............................................................................................................ 51

XIII. DEL DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA ................................................................. 52

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN. ................................................................................... 52

B) ATRIBUCIONES ............................................................................................................. 53

C) FUNCIONES ................................................................................................................... 53

D) ORGANIGRAMA ............................................................................................................ 55

XIV. DIRECTORIO ...................................................................................................................... 56

XV. VALIDACIÓN ....................................................................................................................... 57

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EN EL MUNICIPIO DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO SIENDO LAS ONCE HORAS, DEL DÍA VEINTITRÉS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, SE LLEVÓ A CABO LA 38.ª SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, EN LAS INSTALACIONES QUE OCUPA LA SALA DE CABILDO DEL PALACIO MUNICIPAL, UBICADO EN PLAZA ZARAGOZA, SIN NÚMERO, CABECERA MUNICIPAL, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 112, 113, 128 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO; 15, 16 FRACCIÓN III, 19, 27, 28, 29, 30 Y 48 FRACCIONES I Y IV, ARTÍCULO 91 FRACCIÓN I DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO. ESTANDO PRESENTES LOS INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO: EL C. JESÚS TOLENTINO ROMÁN BOJÓRQUEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL. RÚBRICA.- KARINA SALGADO ALCANTARA, PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL. RÚBRICA.- EDUARDO MORALES GÓMEZ, SEGUNDO SÍNDICO MUNICIPAL. RÚBRICA.- ANDREA BECERRIL VÁZQUEZ, TERCER SÍNDICO MUNICIPAL. RÚBRICA.- ARACELI HINOJOSA JAIMES, PRIMERA REGIDORA. RÚBRICA.- ALEJANDRO CRUZ GALLARDO, SEGUNDO REGIDOR. RÚBRICA.- JOAQUINA TORRES CARMONA, TERCERA REGIDORA. RÚBRICA.- LUIS JORGE HERMENEGILDO GONZÁLEZ MARTÍNEZ, CUARTO REGIDOR. RÚBRICA.- ZAYRA LIZETH HUERTA PALMA. QUINTA REGIDORA. RUBRICA -

ISMAEL MOTA GONZÁLEZ, SEXTO REGIDOR. RÚBRICA.- MARÍA ANGÉLICA OLIVARES PAEZ, SÉPTIMA REGIDORA. RÚBRICA.- PABLO ARAM CASTRO ESCALONA, OCTAVO REGIDOR. RÚBRICA.- SOCORRO PÉREZ SÁNCHEZ, NOVENA REGIDORA. RÚBRICA.- ALEJANDRA GARCÍA GARCÍA, DECIMA REGIDORA. RUBRICA - CARLOS RAMÍREZ BOBADILLA, DÉCIMO PRIMER REGIDOR. RÚBRICA.- MARÍA DEL ROSARIO CANO SILVA, DÉCIMO SEGUNDA REGIDORA. RÚBRICA.- JOSÉ LUIS VALVERDE GUTIÉRREZ, DÉCIMO TERCER REGIDOR. RÚBRICA.- LAURA CONTRERAS VELAZQUEZ, DÉCIMO CUARTA REGIDORA. RÚBRICA.- PATRICIA LOYOLA CALDERON, DÉCIMO QUINTA REGIDORA. RÚBRICA.- ALEJANDRO TOLENTINO SAN AGUSTÍN, DÉCIMO SEXTO REGIDOR. RÚBRICA.- CONTANDO CON LA ASISTENCIA DE 20/20. APROBÁNDOSE POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS ASISTENTES 20/20. DOY FÉ: ROSALBA PINEDA RAMÍREZ, SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO. RÚBRICA.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

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I. INTRODUCCIÓN

La Dirección de Salud municipal es la unidad administrativa encargada de proporcionar

servicios de salud preventiva en el municipio de Chimalhuacán, atendiendo a las

necesidades y requerimientos sanitarios de la población, tomando acciones concretas

para prevenir y disminuir los factores de riesgo que causan daños a la salud, promoviendo

la colaboración de la ciudadanía en coordinación con los sectores públicos, social y

privado.

Por lo anterior, se formula el presente manual de organización de la Dirección de Salud

Municipal de Chimalhuacán como un instrumento administrativo, que tiene el objetivo de

alcanzar una mayor efectividad en el desempeño de las funciones propias para mejores

resultados, por tanto en el presente documento se precisan las atribuciones legales y

funciones que deberá ejercer cada servidor público adscrito a esta institución,

conduciendo sus actividades de manera programada y con base en las políticas

establecidas.

Así el desempeño eficaz de la administración pública, toma como base la revisión y

actualización permanente de sus estructuras organizacionales y sistemas de trabajo, así

como el diseño e instrumentación de políticas y procesos administrativos innovadores,

que atienda de forma oportuna, ágil y con calidez las solicitudes y necesidades en materia

de salud preventiva que presenta la sociedad de este municipio.

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II. ANTECEDENTES.

Antes del año 2000 el rezago en la dotación de servicios médicos preventivos,

odontológicos y de enfermería era un factor más que laceraba a la población, la cual tenía

que pagar costos altos por esos servicios, así como trasladarse a puntos lejanos para

poder recibir la atención, en concreto estos servicios eran casi nulos en el municipio. En el

año 1994, se crea el Departamento de Salud Municipal que brindaba servicios básicos y

escasos, para 1997 cambia de denominación a Dirección de Salud sin tener todavía el

impacto necesario en cuanto a sus servicios y funciones que realizaba.

Es hasta el año 2000 que los gobiernos Municipales a través de la Dirección de Salud

Municipal comienzan a implementar políticas y acciones de impacto tendientes a abatir el

rezago que existía en este rubro, ampliando la cobertura de servicios y mejorando los ya

existentes, tomando cada vez mayor fortaleza esta dirección introduciendo servicios tan

importantes como la atención a servicios de emergencia, la regulación sanitaria a giros y

comercio con impacto en la salud, el control de Zoonosis entre otros.

Favoreciendo así al desarrollo integral y bienestar de las familias Chimalhuacana,

contando al día de hoy con instalaciones dignas para la atención que nos permitirá estar

en condiciones de brindar servicios como consulta general, consulta dental, vacunas,

planificación familiar, servicios de urgencias, expedición de tarjetones, contenedor de

medicamento caduco, etc. Resaltando la implementación del servicio de laboratorio que

sin duda será de gran apoyo para los sectores más vulnerables.

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III. OBJETIVO DEL MANUAL.

Proporcionar de forma ordenada la información de la organización y funcionamiento de la

Dirección de Salud Municipal y sus unidades administrativas dependientes, así como ser

una referencia obligada para lograr el óptimo aprovechamiento de los recursos humanos y

financieros, atendiendo a criterios de innovación, eficiencia, productividad y calidad.

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IV. ESTRUCTURA ORGÁNICA.

16. Dirección de Salud Municipal.

16.1.- Departamento de Control de Zoonosis y el Bienestar Animal

16.2.- Departamento de Normatividad Sanitaria

16.3.- Departamento de Epidemiología

16.4.- Departamento de Medicina Preventiva y Atención a la Comunidad

16.5.- Departamento de Servicios de Emergencia

16.6.- Departamento de Proyectos para la Salud

16.7.- Departamento de Informática

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V. MARCO JURÍDICO.

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

• Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.

• Ley General de Salud.

• Ley de Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los

particulares.

• Ley general de transparencia y acceso a la informática pública.

• Legislación informática en México.

• Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México.

• Ley de asistencia Social del Estado de México.

• Ley de Responsabilidades de los servidores Públicos del Estado de México y

Municipios.

• Código Penal Federal.

• Código para la Biodiversidad del Estado de México.

• Convenio de Bienestar Animal firmado con PROPAEM, Agosto 2016.

• Reglamento de Salud del Estado de México.

• Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de prestación de Servicios de

Atención Medica.

• Reglamento de control Sanitario de productos y servicios.

• Reglamento Interior de la Dirección de Salud Municipal del H. Ayuntamiento de

Chimalhuacán, periodo constitucional 2019- 2021.

• Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal H. Ayuntamiento de

Chimalhuacán, periodo constitucional 2019- 2021.

• Manual de Procedimientos para el control sanitario del Estado de México.

• Bando Municipal H. Ayuntamiento de Chimalhuacán, periodo constitucional 2019-

2021.

• Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA2-1993, de los servicios de Planificación

Familiar.

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• Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-1993, atención de la mujer durante el

embarazo, parto y puerperio y del recién nacido Criterios y Procedimientos para la

prestación del servicio.

• Norma Oficial Mexicana NOM-009-SSA2-1993, para el fomento de la salud

escolar.

• Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-1993, para la prevención y control de la

infección por el virus de la inmunodeficiencia humana.

• Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2011, Para la prevención, diagnóstico,

tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama.

• Norma Oficial Mexicana NOM-006-SSA2-1993, Para la prevención y control de la

tuberculosis en la atención primaria a la salud.

• Norma Oficial Mexicana NOM-011-SSA2-1993, para la prevención y control de la

rabia.

• Norma Oficial Mexicana NOM-013-SSA2-1994, para la prevención y control de

enfermedades bucales.

• Norma Oficial Mexicana NOM-014-SSA2-1994, para la prevención, detección,

diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia del cáncer cervicouterino.

• Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-1994, para la prevención, tratamiento y

control de la diabetes.

• Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-1999, para la prevención, tratamiento y

control de las adicciones.

• Norma Oficial Mexicana NOM-030-SSA2-1999, para la prevención, tratamiento y

control de la hipertensión arterial.

• Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, para la atención a la salud del

niño.

• Norma Oficial Mexicana NOM-093-SSA1-1994, Bienes y servicios. prácticas de

higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en

establecimientos fijos.

• Norma Oficial Mexicana Nom-120-SSA1-1994, Bienes y servicios. prácticas de

higiene y sanidad para el proceso de alimentos, bebidas no alcohólicas y

alcohólicas.

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• Norma Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de higiene para el

proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.

• Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2005, Para la vigilancia epidemiológica,

prevención y control de las infecciones nosocomiales.

• Norma Oficial Mexicana NOM-027-SSA3-2013, Regulación de los servicios de

salud. Que establece los criterios de funcionamiento y atención en los servicios de

urgencias de los establecimientos para la atención médica.

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VI. DE LA DIRECCIÓN DE SALUD MUNICIPAL.

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN.

OBJETIVO

Planear, coordinar y dirigir las acciones de salubridad en el municipio de Chimalhuacán,

así como regular y controlar las actividades de las áreas de la Dirección de Salud con

sujeción a las leyes y normas federales, estatales y municipales vigentes en la materia.

MISIÓN

Contribuir con la población de Chimalhuacán, a un desarrollo humano, justo, incluyente y

sustentable, mediante la promoción de la salud, en su prevención, regulación sanitaria y

salud pública.

VISIÓN

Ser una Dirección de Salud equitativa, integral, sustentable, efectiva y de calidad, con

particular enfoque a los grupos de la población que viven en condición de vulnerabilidad, a

través de la consolidación de la protección y promoción de la salud y prevención de

enfermedades, así como la prestación de servicios plurales y articulados basados en la

atención primaria; la generación y gestión de recursos adecuados; la evaluación y la

investigación científica, fomentando la participación de la sociedad con

corresponsabilidad.

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B) ATRIBUCIONES

ARTÍCULO 37.- La Dirección de Salud Municipal, por conducto de su titular y mediante

delegación de funciones, a través de los titulares de las áreas que tiene adscritas, tendrá

las atribuciones siguientes:

I. Promover la prestación y vigilancia de los servicios de salud pública para elevar el nivel

de salud de la población del municipio.

II. En materia de normatividad sanitaria, se sujetará a las normas jurídicas de la materia,

además de ejecutar los acuerdos que tome el Comité Municipal de Protección contra

Riesgos Sanitarios, teniendo las atribuciones siguientes:

a) Verificar que las personas físicas o jurídicas colectivas dedicadas al comercio con

impacto en la salud, cumplan con la normatividad establecida.

b) Expedir tarjetones de salud a los propietarios de establecimientos con giros

relacionados con el manejo de alimentos y bebidas.

c) Promover, conjuntamente con las autoridades locales y las instituciones de bienestar

social, la participación ciudadana, para desempeñar en sus respectivas localidades,

tareas relacionadas con el cuidado y mejoramiento de la salud, aplicando, incluso, sus

iniciativas tendientes a estos fines, así como para proteger de cualquier riesgo sanitario a

la población.

d) Vigilar el manejo adecuado de Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos (RPBI) en

todos los giros con impacto en la salud.

e) Elaborar y mantener actualizado el censo general de giros con impacto en la salud.

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f) Vigilar la aplicación de la normatividad sanitaria, en todos los giros con impacto en la

salud.

g) Impartir, en coordinación con las dependencias locales correspondientes, cursos de

capacitación en materia de normatividad sanitaria.

h) En coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Municipal,

vigilar que todos los establecimientos de atención a la salud y lugares públicos en general

se mantengan aseados permanentemente.

III. En materia epidemiológica, se sujetará a las normas jurídicas de la materia, además

de ejecutar los acuerdos que tome el Comité Municipal de Salud, teniendo las

atribuciones siguientes:

a) Al detectarse la aparición de algún brote epidemiológico, vigilar su propagación y

desarrollo, a fin de adoptar las medidas pertinentes tendientes a evitar o, al menos

minimizar el riesgo de contagio a la comunidad; asimismo, dar seguimiento al estado de

salud de los individuos infectados.

b) Impartir pláticas de orientación en instituciones de salud, así como en escuelas o

comunidades para fomentar la prevención de las enfermedades.

c) Coadyuvar con el Sistema Único de Información para la Vigilancia Epidemiológica

(SUIVE), proporcionando la información homogénea de los servicios de salud a sus

diferentes niveles técnico-administrativos, referentes a: frecuencia, distribución en tiempo,

lugar y persona, factores de riesgo y consecuencia de las enfermedades que afectan la

salud de la población de nuestro municipio.

IV. En materia de medicina preventiva y atención a la comunidad, se sujetará a las

normas jurídicas de la materia, además de ejecutar los acuerdos que tome el Comité

Municipal de Salud, teniendo las atribuciones siguientes:

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a) Coadyuvar en los programas de salud que promuevan las instituciones de salud,

federales y estatales.

b) Fomentar la prevención de enfermedades, la promoción, la planeación, la

programación sanitaria, la administración y la gestión de servicios de salud.

c) Realizar convenios con instituciones federales y estatales, para la descentralización de

los servicios de salud, conforme lo establece el Acuerdo Nacional para la

Descentralización de los Servicios de Salud publicado en el Diario Oficial de la

Federación.

d) Brindar servicios médicos a la población del municipio, como lo son: Consulta de

medicina general, certificados médicos, planificación familiar, control del embarazo y de

enfermedades crónico degenerativas, así como aplicar el esquema de vacunación gratuita

a la población en general.

e) Promover y difundir las acciones relacionadas con los programas nacionales en materia

de salud preventiva, tales como la detección oportuna de cáncer de mama, detección

oportuna de cáncer cérvico uterino y salud materna perinatal, entre otros.

f) Promover y difundir las acciones relacionadas con la prevención del consumo de

sustancias tóxicas para la salud, tales como el tabaco, drogas y alcohol, dando prioridad a

los grupos de alto riesgo, como son los de niños y adolescentes.

g) Promover la difusión de acciones relacionadas con la prevención de la discapacidad,

en coordinación con el Organismo Público Descentralizado de Asistencia Social, Sistema

Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (D.I.F).

h) Llevar a cabo jornadas médicas que beneficien a la población vulnerable del municipio,

mediante el acercamiento de servicios de salud.

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i) Brindar asesoría a la población para realizar ante la instancia correspondiente, el trámite

para la obtención de constancias de alumbramiento que procedan.

V. En materia de servicios de emergencia, se sujetará a las normas jurídicas de la

materia, y tendrá las atribuciones siguientes:

a) Atender las urgencias médicas que se presenten en el municipio, misma que obliga al

personal a trasladar a los lesionados a la institución de salud pública correspondiente. En

caso de que los lesionados cuenten con seguridad social, canalizarlos a la institución

correspondiente.

b) En los casos en que el lesionado pierda la vida, el personal del Departamento de

Servicios de Emergencia, deberá mantenerse al margen de realizar cualquier acto

médico, por tratarse de actos competencia del ministerio público local. En los casos en

que el fallecimiento ocurra dentro de un domicilio particular y se confirme muerte

secundaria a enfermedades crónicas, se apoyará al familiar con el certificado de

defunción, si así lo solicitara.

c) Realizar los traslados programados a instituciones de salud de primero, segundo y

tercer niveles de atención.

d) Cubrir, a petición de parte, eventos masivos, con la finalidad de prevenir riesgos a la

salud de los asistentes.

VI. En materia de proyectos de salud, tendrá las atribuciones siguientes:

a) Analizar las condiciones de salud de las comunidades del municipio, para identificar

sus necesidades y estar en condiciones de atacar, en la medida de lo posible, la

problemática que presenten; planeando, organizando y dirigiendo la logística adecuada.

b) Realizar proyectos estructurados para la gestión y obtención de recursos públicos y/o

privados, para ejecutar acciones en campo.

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c) Diseñar campañas gratuitas de prevención y diagnóstico oportuno de enfermedades,

para hacerlas llegar a las comunidades del municipio identificadas como polígonos de

atención, por su condición de vulnerabilidad latente.

VII. En materia de control de zoonosis y bienestar animal, tendrá las atribuciones

siguientes:

a) Promover el control y la erradicación de las enfermedades de los animales que puedan

ser transmisibles a los humanos.

b) Realizar redadas de caninos y felinos en el municipio, capturando los animales que se

encuentren en la vía pública, con la finalidad de disminuir su sobrepoblación; así como

realizar la esterilización quirúrgica de perros y gatos en las comunidades del municipio.

c) Realizar el monitoreo del virus rábico en los animales eliminados, agresores que no

fueran recuperados, reportados como sospechosos y muertos durante la observación

clínica.

d) Brindar atención a personas agredidas, mediante el registro de la denuncia y la captura

del canino agresor, sea en vía pública o domiciliada, así como la canalización de la

víctima al centro de salud correspondiente, para su tratamiento.

e) Aplicar la vacuna antirrábica intramuros de perros y gatos en sus fases intensiva y de

reforzamiento, de manera gratuita.

f) Realizar consulta veterinaria a perros y gatos que presenten problemas de salud,

siempre y cuando sean llevados al Departamento de Zoonosis y Bienestar Animal por los

propietarios interesados.

g) Ejecutar periódicamente campañas de desparasitación, en las comunidades del

municipio, para evitar la transmisión de parásitos de la mascota a los dueños.

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VIII. Las demás que se establezcan en los ordenamientos federales y estatales que sean

de aplicación municipal, las contenidas en el Reglamento de Salud Municipal y las que le

asigne el Presidente Municipal.

C) FUNCIONES

I. Programar, vigilar y coordinar Jornadas Preventivas de salud en todo el

territorio Municipal y a todos los sectores de la población.

II. Coordinar y vigilar los servicios Médicos preventivos que ofrece la Dirección

de Salud en sus instalaciones.

III. Gestionar y/o en su caso coordinar ante autoridades Federales, Estatales o

Municipales servicios y jornadas para la salud preventiva.

IV. Programar, vigilar y coordinar acciones en el ámbito de su competencia para

verificar los establecimientos en territorio Municipal con impacto en Salud, el

cumplimiento de las disposiciones de normatividad sanitaria vigente.

V. Vigilar y autorizar la expedición de tarjetones de salud que emite el

departamento de Normatividad Sanitaria a establecimientos con giros

relacionados con el manejo de alimentos y bebidas.

VI. Promover, coordinar, gestionar y proponer al ejecutivo Municipal acciones

tendientes al cuidado y mejoramiento de la Salud de la Población,

involucrando a las dependencias que integran la administración Municipal.

VII. Coordinar y vigilar en conjunto con las instancias correspondientes el

manejo, trato y traslado del material RPBI, a los giros con impacto de Salud.

VIII. Coordinar y vigilar la realización y actualización de censos a giros con

impacto en la Salud, a través del Departamento de Normatividad Sanitaria.

IX. Coordinar y vigilar las acciones que realiza el Departamento de Normatividad

Sanitaria Municipal para el cumplimiento de las disposiciones vigentes en

materia sanitaria en los giros con impacto de Salud.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

X. Gestionar y coordinar con las autoridades competentes la impartición de

cursos y talleres de capacitación en materia de Normatividad Sanitaria, así

como vigilar su desarrollo y resultados.

XI. En coordinación con las aéreas correspondientes de la administración

Municipal coordinar y vigilar el cumplimiento de los lineamientos sanitarios

vigentes a los establecimientos de atención a la Salud y lugares públicos en

general.

XII. En coordinación con las aéreas competentes vigilar y coordinar acciones

pertinentes y tendientes a detectar, evitar o, al menos minimizar la

propagación o aparición de algún brote epidemiológico, y en su caso dar

parte al estado del seguimiento y salud de los individuos infectados.

XIII. Gestionar y coordinar con las autoridades competentes la impartición de

pláticas de orientación en materia de prevención de enfermedades.

XIV. Coordinar y vigilar la actualización constante y entrega oportuna del SUIVE

que genera el Departamento de Epidemiologia.

XV. Coordinar y vigilar con las instancias correspondientes los programas que

promueven la salud.

XVI. Gestionar, coordinar, vigilar, promover y proponer políticas públicas de

fomento a la prevención de enfermedades.

XVII. Coordinar, vigilar y evaluar las funciones que realizan las dependencias de la

Dirección de Salud.

XVIII. Gestionar y realizar convenios con instituciones federales y estatales, para la

descentralización de los servicios de salud, así como vigilar su cumplimiento.

XIX. Programar, vigilar y promover los servicios que brinda el Departamento de

Medicina Preventiva dentro de las instalaciones de la Dirección de Salud.

XX. Gestionar, promover y vigilar los servicios de salud preventiva que brida los

Departamentos de Epidemiologia y Medicina Preventiva y Atención a la

Comunidad.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XXI. Promover y vigilar las acciones que realiza el Departamento de Medicina

Preventiva y Atención a la Comunidad tendientes a la prevención de las

adicciones.

XXII. En coordinación con el DIF Municipal promover y vigilar acciones

relacionadas con la prevención de la discapacidad.

XXIII. Coordinar, vigilar, promover e instrumentar jornadas y campañas de los

servicios que brinda la Dirección de Salud a los sectores más vulnerables.

XXIV. Coordinar y vigilar las asesorías y atenciones que se brindan a la población

para obtención de constancias de alumbramiento.

XXV. Coordinar, vigilar y evaluar los servicios que ofrece el Departamento de

Servicios de Emergencia, referentes a traslados programados, urgencias

médicas, apoyo para la expedición del certificado de defunción en su caso y

cobertura de eventos especiales.

XXVI. Coordinar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones aplicables en los

procedimientos que ejecuta el Departamento de Servicios de Emergencia.

XXVII. Coordinar, autorizar y solicitar los planes, programas, diagnósticos

municipales a cada una de las unidades administrativas que compone la

Dirección de Salud, así como vigilar su correcta aplicación.

XXVIII. Realizar proyectos para gestionar recursos para la salud.

XXIX. Coordinar y vigilar las acciones que realiza el Departamento de Control de

Zoonosis y el Bienestar Animal para el control y la erradicación de las

enfermedades de los animales transmisibles a los humanos, así como del

virus rábico.

XXX. Coordinar y vigilar en su caso las actividades que realiza el Departamento de

Control de Zoonosis y el Bienestar Animal tendientes a la disminución de la

sobrepoblación de los mismos y de los riesgos sanitarios y de seguridad que

conlleva.

XXXI. Coordinar y vigilar las atenciones que brinda el Departamento de Control de

Zoonosis y el Bienestar Animal a personas agredidas por caninos.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XXXII. Promover, vigilar y autorizar jornadas y campañas de los servicios que

brinda el Departamento de Control de Zoonosis y el Bienestar Animal en

territorio Municipal.

XXXIII. Vigilar y coordinar las funciones que desarrolla el Departamento de Control

de Zoonosis y el Bienestar Animal, así como de los servicios que

proporciona dentro y fuera de sus instalaciones.

XXXIV. Gestionar y promover recursos materiales utilizados en los servicios que

brinda la Dirección de Salud a través de sus dependencias

XXXV. Realizar informes en tiempo y forma, así como entregar la documentación

correspondiente para los mismos que soliciten las aéreas competentes.

XXXVI. Administrar los recursos con los que cuenta la Dirección de Salud.

D) ORGANIGRAMA

1.- Presidencia Municipal

16.- Dirección de Salud Municipal

16.1.-

Departamento

de Control de

Zoonosis y el

Bienestar

Animal

16.2.-

Departamento

de

Normatividad

Sanitaria

16.3.-

Departamento

de

Epidemiología

16.4.-

Departamento

de Medicina

Preventiva y

Atención a la

Comunidad

16.5.-

Departamento

de Servicios

de

Emergencia

16.6.-

Departamento

de Proyectos

para la Salud

16.7.-

Departamento

de

Informática

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

VII. DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL DE ZOONOSIS Y EL

BIENESTAR ANIMAL.

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN.

OBJETIVO

Control de la sobrepoblación canina y felina en el municipio de Chimalhuacán, coadyuvar

en el cuidado de la salud pública.

MISIÓN

Realizar actividades sanitarias en el centro de control canino que contribuyan a lograr la

eliminación de la rabia en el humano transmitida por el perro, realizar actividades que

fomenten las concientización, control prenatal y tenencia responsable de los animales de

compañía y que favorezcan la salud pública.

VISIÓN

Tener un control adecuado de los animales de compañía, alcanzando una etapa de

consolidación de la conciencia del cuidado de los animales en la población, favoreciendo

la prevención de enfermedades atenten contra la salud pública.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

B) ATRIBUCIONES

VII. En materia de control de zoonosis y bienestar animal, tendrá las atribuciones

siguientes:

a) Promover el control y la erradicación de las enfermedades de los animales que puedan

ser transmisibles a los humanos.

b) Realizar captura de caninos y felinos en el municipio, que se encuentren en la vía

pública, con la finalidad de disminuir su sobrepoblación; así como realizar la esterilización

quirúrgica de perros y gatos en las comunidades del municipio.

c) Realizar el monitoreo del virus rábico en los animales eliminados, agresores que no

fueran recuperados, reportados como sospechosos y muertos durante la observación

clínica.

d) Brindar atención a personas agredidas, mediante el registro de la denuncia y la captura

del canino agresor, sea en vía pública o domiciliada, así como la canalización de la

víctima al centro de salud correspondiente, para su tratamiento.

e) Aplicar la vacuna antirrábica intramuros de perros y gatos en sus fases intensiva y de

reforzamiento, de manera gratuita.

f) Realizar consulta veterinaria a perros y gatos que presenten problemas de salud,

siempre y cuando sean llevados al Departamento de Zoonosis y Bienestar Animal por los

propietarios interesados.

g) Ejecutar periódicamente campañas de desparasitación, en las comunidades del

municipio, para evitar la transmisión de parásitos de la mascota a los dueños.

VIII. Las demás que se establezcan en los ordenamientos Federarles y Estatales que

sean de aplicación Municipal, las contenidas en el reglamento de Salud Municipal y las

que le signe el presidente Municipal.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

C) FUNCIONES

I. Realizar acciones, campañas y jornadas de vacunación antirrábica y

desparasitación canina y felina en las instalaciones que ocupa el

Departamento de Control de Zoonosis y el Bienestar Animal, así como en las

diferentes colonias y barrios del territorio Municipal.

II. Realizar observación periódica a los perros y gatos agresores, así como al

10% de los animales capturados, extrayendo muestra encefálica para su

respectiva remisión para el diagnóstico de virus rábico.

III. Realzar acciones de difusión en la ciudadanía referentes a la concientización y

prevención de las enfermedades transmitirles y compartidas de animales a

humanos.

IV. Atender las demandas ciudadanas referentes a caninos y felinos agresores

que se encuentren en la vía pública.

V. Realizar Jornadas de Esterilización gratuitas en las colonias y barrios del

municipio de Chimalhuacán en coordinación con Centros de Salud y Centros

de Desarrollo Comunitario.

VI. Programar, proponer y ejecutar en su caso recorridos para el resguardo de

caninos y felinos en situación de abandono en vía pública, y a solicitud de la

ciudadana en propiedad privada.

VII. Atender y canalizar a las instancias correspondientes a personas que han

sufrido agresión canina y felina, sea en vía pública o domiciliada.

VIII. Realizar la hoja de control respectiva de los caninos y felinos agresores.

IX. Realizar la captura, resguardo y observación respectiva de los caninos y

felinos agresores en un periodo de 10 días en el interior del departamento.

X. Realizar la vacunación antirrábica canina y felina dentro de las instalaciones

que ocupa el Departamento de Control de Zoonosis y el Bienestar Animal.

XI. En coordinación con Instituto de Salud del Estado de México (ISEM), llevar a

cabo el programa preventivo e intensivo “Semana Nacional de Vacunación”, en

los meses de mayo y septiembre.

XII. Brindar el servicio de consulta veterinaria a caninos y felinos en las

instalaciones del departamento de Control de Zoonosis y el Bienestar Animal.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XIII. Fomentar la adopción responsable de caninos y felinos a familias establecidas,

siguiendo los protocolos de salud para el animal.

XIV. Realizar los diagnósticos propios para el desempeño de las funciones antes

mencionadas.

XV. Realizar los informes propios, así como entregarlos en tiempo y forma a quien

corresponda.

XVI. Coadyuvar con las aéreas que integran la Dirección de Salud Municipal y la

administración pública Municipal en casos de contingencia epidemiológica, por

desastres naturales y de riesgo sanitario en el Municipio.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

D) ORGANIGRAMA

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

VIII. DEL DEPARTAMENTO DE NORMATIVIDAD SANITARIA.

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN.

OBJETIVO

Prevenir daños a la salud de la población en general, así como fomentar las prácticas que

repercuten positivamente en la salud individual y colectiva e identificar que cumplan con la

normatividad establecida para los comercios con giro de impacto a la salud.

MISIÓN

Regular las actividades comerciales en el Municipio con giro de impacto en la salud,

coadyuvando con la Salud Pública Municipal.

VISIÓN

Contar con una regulación sanitaria adecuada, eficiente que ayude a mejorar las

actividades comerciales con impacto en salud y que favorezca la Salud Pública Municipal.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

B) ATRIBUCIONES

II. En materia de normatividad sanitaria, se sujetará a las normas jurídicas de la materia,

además de ejecutar los acuerdos que tome el Comité Municipal de Protección contra

Riesgos Sanitarios, teniendo las atribuciones siguientes:

a) Verificar que las personas físicas o jurídicas colectivas dedicadas al comercio con

impacto en la salud, cumplan con la normatividad establecida.

b) Expedir tarjetones de salud a los propietarios de establecimientos con giros

relacionados con el manejo de alimentos y bebidas.

c) Promover, conjuntamente con las autoridades locales y las instituciones de bienestar

social, la participación ciudadana, para desempeñar en sus respectivas localidades,

tareas relacionadas con el cuidado y mejoramiento de la salud, aplicando, incluso, sus

iniciativas tendientes a estos fines, así como para proteger de cualquier riesgo sanitario a

la población.

d) Vigilar el manejo adecuado de Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos (RPBI) en

todos los giros con impacto en la salud.

e) Elaborar y mantener actualizado el censo general de giros con impacto en la salud.

f) Vigilar la aplicación de la normatividad sanitaria, en todos los giros con impacto en la

salud.

g) Impartir, en coordinación con las dependencias locales correspondientes, cursos de

capacitación en materia de normatividad sanitaria.

h) En coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Municipal,

vigilar que todos los establecimientos de atención a la salud y lugares públicos en general

se mantengan aseados permanentemente.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

C) FUNCIONES

I. Programar, proponer y ejecutar actividades para verificar el cumplimiento con

la normatividad establecida Municipal a personas físicas o jurídicas colectivas

dedicadas al comercio con impacto a la Salud.

II. Realizar supervisiones constantes a los comercios con impacto en la Salud

Pública Municipal, con la finalidad de que estos cumplan con la normatividad

Municipal establecida.

III. Expedir el “Tarjetón de Salud” las personas físicas dedicadas al comercio con

impacto en salud, que hayan previamente cumplido las disposiciones

normativas Municipales para la obtención del mismo.

IV. Crear expedientes de control interno de los ciudadanos solicitantes de los

tarjetones de Salud para personas físicas o jurídicas colectivas dedicados al

comercio con impacto en la salud.

V. Realizar capacitaciones para las personas físicas dedicadas al comercio con

impacto en salud.

VI. En coordinación con las diversas aéreas que integran la Administración Pública

Municipal y la ciudadana, realizar actividades de promoción, fomento sanitario

y mejoramiento a la salud en las diversas localidades que integran el

municipio.

VII. Realizar actividades de concientización a la población de riesgos sanitarios, de

sus efectos y su prevención en las diversas localidades que integran el

Municipio.

VIII. Realizar supervisiones para verificar el cumplimiento adecuado según la

normatividad establecida en el manejo de Residuos Peligrosos Biológicos e

Infecciosos (RPBI), en todos los giros con impacto en la Salud conforme a la

clasificación I, II y III de la NORMA 087.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

IX. Realizar las denuncias correspondientes ante la jurisdicción de Regulación

Sanitaria Número 08 de los establecimientos que incumplan en el manejo de

Residuos Peligrosos Biológicos e Infecciosos (RPBI), bajo el procedimiento de

Ley.

X. Recabar la información necesaria para el banco de datos del Departamento de

Normatividad Sanitaria para contar con un censo veraz y actual de los giros

con impacto en la Salud.

XI. Coadyuvar con las aéreas competentes de la Administración Pública Municipal

para realizar acciones a efecto de vigilar que los establecimientos de atención

a la salud y lugares públicos en general se mantengan aseados

permanentemente.

XII. Realizar y entregar los reportes e informes propios en tiempo y forma a quien

corresponda.

XIII. Coadyuvar con las dependencias que integran la Dirección de Salud Municipal,

para el mejor desarrollo de sus funciones.

XIV. Las demás que se deriven de sus atribuciones.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

D) ORGANIGRAMA

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

IX. DEL DEPARTAMENTO DE EPIDEMIOLOGÍA.

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN.

OBJETIVO

Identificar oportunamente riesgos, eventos o situaciones de emergencia epidemiológica,

con el propósito de implementar las acciones de prevención y control correspondientes

(mediante jornadas y campañas de salud), a fin de reducir su impacto en la salud de la

población del municipio de Chimalhuacán.

MISIÓN

Generar información acerca de la morbi-mortalidad, incidencia y prevalencia de las

distintas enfermedades que tienen los habitantes del municipio de Chimalhuacán.

Atendiendo de manera oportuna y eficaz las problemáticas detectadas por medio de

políticas y acciones preventivas, utilizando como herramienta el Sistema Único de

información para la Vigilancia Epidemiológica (SUIVE).

VISIÓN

Ser una unidad administrativa que contribuya eficientemente a la disminución y control de

los riesgos epidemiológicos y del impacto en población de las enfermedades crónico-

degenerativas e infecto-contagiosas.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

B) ATRIBUCIONES

III. En materia epidemiológica, se sujetará a las normas jurídicas de la materia, además

de ejecutar los acuerdos que tome el Comité Municipal de Salud, teniendo las

atribuciones siguientes:

a) Al detectarse la aparición de algún brote epidemiológico, vigilar su propagación y

desarrollo, a fin de adoptar las medidas pertinentes tendientes a evitar o, al menos

minimizar el riesgo de contagio a la comunidad; asimismo, dar seguimiento al estado de

salud de los individuos infectados.

b) Impartir pláticas de orientación en instituciones de salud, así como en escuelas o

comunidades para fomentar la prevención de las enfermedades.

c) Coadyuvar con el Sistema Único de Información para la Vigilancia Epidemiológica

(SUIVE), proporcionando la información homogénea de los servicios de salud a sus

diferentes niveles técnico-administrativos, referentes a: frecuencia, distribución en tiempo,

lugar y persona, factores de riesgo y consecuencia de las enfermedades que afectan la

salud de la población de nuestro municipio.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

C) FUNCIONES

I. Atender los acuerdos que tome el Comité de Salud Municipal.

II. Realizar las pruebas correspondientes para la detección de la aparición de

brotes epidemiológicos.

III. Realizar jornadas de Salud para las detecciones oportunas de enfermedades

tanto infecto-contagiosas como crónico-degenerativas.

IV. Realizar las pesquisas correspondientes a la población en riesgo.

V. Realizar la notificación correspondiente a la Jurisdicción Sanitaria que competa

en caso de detectar brotes epidemiológicos.

VI. Implementar las medidas correspondientes para minimizar los riesgos

sanitarios de contagio y propagación de posibles brotes epidemiológicos.

VII. Informar al Comité de Salud Municipal de los posibles brotes epidemiológicos

detectados para su atención oportuna.

VIII. Coadyuvar con las dependencias municipales correspondientes en

contingencias a efecto de disminuir riesgos por posibles brotes

epidemiológicos y prevenir padecimientos en la población.

IX. Realizar pláticas y talleres en instituciones de salud y educativas en el territorio

municipal para la concientización y fomento en la prevención de las

enfermedades infecto-contagiosas y crónicas-degenerativas.

X. Coordinar, vigilar y promover las acciones de fomento en la prevención de las

enfermedades infecto-contagiosas y crónicas-degenerativas, así como del

impacto y deterioro en la calidad de vida, en las instituciones de salud y

educativas del territorio municipal.

XI. Recabar la información pertinente de los servicios de salud para el análisis

correspondiente y atención en los diferentes niveles técnico-administrativos

(Comité de Salud Municipal, Jurisdicción Sanitaria y Dirección de Salud

Municipal).

XII. En base a la información analizada de los servicios de salud integrar el reporte

del Sistema Único de Información para la vigilancia Epidemiológica (SUIVE),

así como realizar su entrega en tiempo y forma

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XIII. Realizar y entregar los reportes e informes propios en tiempo y forma a quien

corresponda.

XIV. Coadyuvar con las dependencias que integran la Dirección de Salud Municipal,

para el mejor desarrollo de sus funciones.

XV. Colaborar en el ámbito de su competencia, con las instancias correspondientes

en casos de contingencias.

XVI. Las demás que se deriven de sus atribuciones.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

D) ORGANIGRAMA

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

X. DEL DEPARTAMENTO DE MEDICINA PREVENTIVA Y ATENCIÓN A

LA COMUNIDAD

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN.

OBJETIVO

Preservar y promover el nivel de salud en la población.

MISIÓN

Otorgar servicios con calidad y humanismo, a fin de prevenir enfermedades crónico-

degenerativas y las prevenibles por vacunación, así como reducir el impacto que causan

en la población.

VISIÓN

Contar con una población más sana, consciente de los beneficios e impacto de los hábitos

para el cuidado de la salud con la finalidad del disfrute de una mejor calidad de vida.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

B) ATRIBUCIONES

IV. En materia de medicina preventiva y atención a la comunidad, se sujetará a las

normas jurídicas de la materia, además de ejecutar los acuerdos que tome el Comité

Municipal de Salud, teniendo las atribuciones siguientes:

a) Coadyuvar en los programas de salud que promuevan las instituciones de salud,

federales y estatales.

b) Fomentar la prevención de enfermedades, la promoción, la planeación, la

programación sanitaria, la administración y la gestión de servicios de salud.

c) Realizar convenios con instituciones federales y estatales, para la descentralización de

los servicios de salud, conforme lo establece el Acuerdo Nacional para la

Descentralización de los Servicios de Salud publicado en el Diario Oficial de la

Federación.

d) Brindar servicios médicos a la población del municipio, como lo son: Consulta de

medicina general, certificados médicos, planificación familiar, control del embarazo y de

enfermedades crónico degenerativas, así como aplicar el esquema de vacunación gratuita

a la población en general.

e) Promover y difundir las acciones relacionadas con los programas nacionales en materia

de salud preventiva, tales como la detección oportuna de cáncer de mama, detección

oportuna de cáncer cérvicouterino y salud materna perinatal, entre otros.

f) Promover y difundir las acciones relacionadas con la prevención del consumo de

sustancias tóxicas para la salud, tales como el tabaco, drogas y alcohol, dando prioridad a

los grupos de alto riesgo, como son los de niños y adolescentes.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

g) Promover la difusión de acciones relacionadas con la prevención de la discapacidad,

en coordinación con el Organismo Público Descentralizado de Asistencia Social, Sistema

Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (D.I.F).

h) Llevar a cabo jornadas médicas que beneficien a la población vulnerable del municipio,

mediante el acercamiento de servicios de salud.

i) Brindar asesoría a la población para realizar ante la instancia correspondiente, el trámite

para la obtención de constancias de alumbramiento que procedan.

C) FUNCIONES

I. Coadyuvar en el ámbito de su competencia en los programas de salud

Federal y Estatales.

II. Gestionar y coordinar con las autoridades estatales y federales la

amplificación de acciones y programas de salud.

III. Brindar platicas y talleres de prevención de enfermedades prevenibles

por vacunación y crónico degenerativas que pongan en riesgo la salud

en instituciones públicas (escuelas, centros de salud y centros

recreativos) a la población en general.

IV. Promover y realizar campañas de vacunación para cubrir a la mayor

parte de la población de acuerdo al esquema nacional de vacunación.

V. En coordinación con la Dirección de Comunicación social Municipal y el

Departamento de Informática de la Dirección de Salud, difundir

información de la prevención de enfermedades, factores de riesgo y

consecuencias en la salud, a través de trípticos, lonas informativas,

medios electrónicos y medios masivos.

VI. Administrar y supervisar el buen uso de los recursos materiales

utilizados en los servicios de salud municipal, así como proponer el

suministro de los mismos.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

VII. En coordinación con la Dirección de Salud gestionar y promover

servicios de salud ante los tres niveles de gobierno.

VIII. En coordinación con la Dirección de Salud realizar convenios con

instituciones federales y estatales para la descentralización de los

servicios de salud.

IX. Coordinar, supervisar y realizar servicios medico preventivos de salud a

la población del municipio en las instalaciones que ocupa la Dirección de

Salud.

X. Promover, programar, proponer y realizar campañas de salud preventiva

en territorio municipal.

XI. Brindar servicios médico-preventivos en instituciones públicas (escuelas,

centros de salud y centros recreativos).

XII. Promover, difundir y realizar acciones de planificación familiar e

infecciones de transmisión sexual en instituciones públicas (escuelas,

centros de salud y centros recreativos).

XIII. Promover, difundir y realizar acciones médico preventivas, ginecológicas

obstetras y perinatales.

XIV. Promover, difundir y realizar acciones para la prevención del consumo

de sustancias toxicas para la salud, así como de sus efectos e impacto,

en instituciones educativas, centros recreativos y población en general.

XV. Canalizar a los pacientes que presenten algún tipo de capacidad

diferente y que requieran una atención especializada a las instituciones

correspondientes, como Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de

la Familia (DIF) y/o Centro de Rehabilitación e Integración Social

(CRIS).

XVI. Canalizar a los pacientes que requieran alguna especialidad médica a

hospitales de segundo nivel.

XVII. Asesorar a la población de los requisitos necesarios para obtener la

constancia de alumbramiento en la instancia competente.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XVIII. Expedir los certificados médicos y prenupciales; constancias médicas, a

quien lo solicite.

XIX. Brindar servicios de odontológicos preventivos dentro y fuera de las

instalaciones de la Dirección de Salud Municipal.

XX. Bridar servicios de sonometría a quien lo solicite.

XXI. Realizar y entregar los reportes e informes propios en tiempo y forma a quien

corresponda.

XXII. Coadyuvar con las dependencias que integran la Dirección de Salud Municipal,

para el mejor desarrollo de sus funciones.

XXIII. Colaborar en el ámbito de su competencia, con las instancias correspondientes

en casos de contingencias.

XXIV. Las demás que se deriven de sus atribuciones.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

D) ORGANIGRAMA

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XI. DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS DE EMERGENCIA

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN.

OBJETIVO

Brindar acciones de primeros auxilios y atención pre-hospitalaria en casos de accidentes y

enfermedad a la población Chimalhuacana, así como a todo individuo en territorio

municipal en forma oportuna y con calidad idónea.

MISIÓN

Atender oportunamente las urgencias médicas y traslados de la población e individuos en

territorio municipal, así como coadyuvar en contingencias con las autoridades

competentes, lo anterior con la finalidad de favorecer el cuidado y la promoción de la

salud en el municipio.

VISIÓN

Ser un departamento que garantice una atención de primer nivel médica-oportuna a las

urgencias médicas, con infraestructura, tecnología de punta y recursos humanos de

excelencia.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

B) ATRIBUCIONES

V. En materia de servicios de emergencia, se sujetará a las normas jurídicas de la

materia, y tendrá las atribuciones siguientes:

a) Atender las urgencias médicas que se presenten en el municipio, misma que obliga al

personal a trasladar a los lesionados a la institución de salud pública correspondiente. En

caso de que los lesionados cuenten con seguridad social, canalizarlos a la institución

correspondiente.

b) En los casos en que el lesionado pierda la vida, el personal del Departamento de

Servicios de Emergencia, deberá mantenerse al margen de realizar cualquier acto

médico, por tratarse de actos competencia del ministerio público local. En los casos en

que el fallecimiento ocurra dentro de un domicilio particular y se confirme muerte

secundaria a enfermedades crónicas, se apoyará al familiar con el certificado de

defunción, si así lo solicitara.

c) Realizar los traslados programados a instituciones de salud de primero, segundo y

tercer niveles de atención.

d) Cubrir, a petición de parte, eventos masivos, con la finalidad de prevenir riesgos a la

salud de los asistentes.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

C) FUNCIONES

I. Realizar, proponer e implementar estrategias que faciliten la operación del servicio

de atención a urgencias médicas.

II. Atender las llamadas de emergencia de la población del municipio, por medio de la

línea directa del departamento de acuerdo a los protocolos establecidos para ello

en los términos de la Ley de Protección de Datos.

III. Realizar las verificaciones pertinentes en consecución a la atención de las

llamadas de emergencia de la población para determinar la veracidad y tipo de

emergencia.

IV. Realizar las atenciones en caso que corresponda al “primer correspondiente”, una

vez determinado el tipo de emergencia, en territorio municipal, bajo los protocolos

establecidos.

V. Brindar los servicios de emergencia correspondientes a través de las unidades

médicas de emergencias (ambulancias) en territorio municipal, bajo los protocolos

establecidos.

VI. Realizar el seguimiento correspondiente con los Hospitales del municipio para

agilizar la recepción de pacientes que ameriten hospitalización, derivado de la

atención de los servicios de emergencia que brinda este departamento.

VII. Realizar las canalizaciones pertinentes a las instituciones de salud pública

correspondientes que deriven de la atención de los servicios de emergencia que

brinda este departamento.

VIII. Realizar las valoraciones correspondientes al paciente y/o lesionado para verificar

signos vitales a efecto mantenerse al margen de realizar actos de competencia del

ministerio público local, que se presenten de la atención de los servicios de

emergencia que brinda este departamento.

IX. Apoyar en la expedición de certificado de defunción en caso que el paciente muera

por enfermedad crónica dentro de los domicilios particulares.

X. Brindar los informes correspondientes a los familiares de los fallecidos para

solicitar el certificado de defunción.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XI. Recibir las solicitudes de la población para traslados de usuarios que requieran

unidad médica de urgencias (ambulancia) o unidad especial.

XII. Realizar el análisis de factibilidad del otorgamiento de apoyos para traslados de

usuarios que requieran unidad médica de urgencias (ambulancia) o unidad

especial.

XIII. Realizar la programación de los apoyos de traslados solicitados por la ciudadanía

a las instituciones hospitalarias correspondientes bajo los protocolos establecidos.

XIV. Realizar los traslados de usuarios que requieran unidad médica de urgencias

(ambulancia) o unidad especial, en apego a la programación y bajo los protocolos

establecidos.

XV. Recibir y analizar las solicitudes para la cobertura de eventos masivos que se

realizan en territorio municipal a efecto de prevenir riesgos a la salud de los

asistentes.

XVI. Realizar las estrategias correspondientes para la cobertura de eventos masivos

como instalación de puestos de primeros auxilios, asignación de personal pie tierra

para realizar recorridos y así tener una respuesta rápida a pacientes y/o

lesionados, colocación de módulos de hidratación cuando el evento masivo sea al

rayo del sol y las demás que amerite por su naturaleza el evento.

XVII. Programar, proponer y vigilar estrategias de acciones para la mejora y

funcionamiento de los servicios de emergencia que ofrece el departamento.

XVIII. Realizar las programaciones de las solicitudes para la obtención de recursos

materiales en atención de servicios de emergencia, asi como, del mantenimiento al

equipo y unidades utilizados en los mismos.

XIX. Realizar y entregar los reportes e informes propios en tiempo y forma a quien

corresponda.

XX. Coadyuvar con las dependencias que integran la Dirección de Salud Municipal,

para el mejor desarrollo de sus funciones.

XXI. Colaborar en el ámbito de su competencia, con las instancias correspondientes en

casos de contingencias.

XXII. Las demás que se deriven de sus atribuciones.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

D) ORGANIGRAMA

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XII. DEL DEPARTAMENTO DE PROYECTOS PARA LA SALUD

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN.

OBJETIVO

Diagnosticar, planear, instrumentar, ejecutar y evaluar Proyectos para la Salud dirigidas a

la promoción de la salud.

MISIÓN

Crear y proponer programas que busquen prevenir y revertir problemas de salud en la

población Chimalhuacana.

VISIÓN

Tener una población saludable que identifiquen los determinantes de la salud y mediante

el desarrollo de competencias logren la corresponsabilidad y la modificación de sus estilos

de vida, mediante determinantes favorables a la salud de la población, tales como:

impulsar la alimentación correcta, fomentar el consumo de agua, el incremento en la

actividad física y la adecuada higiene personal.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

B) ATRIBUCIONES

VI. En materia de proyectos de salud, tendrá las atribuciones siguientes:

a) Analizar las condiciones de salud de las comunidades del municipio, para identificar

sus necesidades y estar en condiciones de atacar, en la medida de lo posible, la

problemática que presenten; planeando, organizando y dirigiendo la logística adecuada.

b) Realizar proyectos estructurados para la gestión y obtención de recursos públicos y/o

privados, para ejecutar acciones en campo.

c) Diseñar campañas gratuitas de prevención y diagnóstico oportuno de enfermedades,

para hacerlas llegar a las comunidades del municipio identificadas como polígonos de

atención, por su condición de vulnerabilidad latente.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

C) FUNCIONES

I. Realizar los respectivos diagnósticos de las condiciones de salud de las

colonias del municipio, para identificar sus necesidades y problemáticas.

II. Recabar la información correspondiente a los diagnósticos de las condiciones

de salud de las colonias del municipio por medio de los correspondientes

instrumentos de investigación (recorridos, encuestas, test, foros de consulta e

instalación de buzones de quejas y sugerencias)

III. Planear, organizar y dirigir la logística adecuada para realizar los instrumentos

de investigación que permitan recabar la información correspondiente a los

diagnósticos de las condiciones de salud de las colonias del municipio.

IV. Analizar los recursos tangibles con los que cuenta el municipio en la rama de la

salud pública.

V. Planear y proponer programas especializados y regionalizados en las

comunidades del municipio.

VI. En coordinación con fundaciones civiles colaborar en proyectos productivos

con diagnóstico, planeación y evaluación de las acciones en pro de la salud del

municipio, tales como: jornadas médicas gratuitas, captación de comunidades

en riesgo y regionalización.

VII. Planear y proponer proyectos de innovación para la prevención de

enfermedades crónico-degenerativas, así como, para la disminución del

impacto en la población.

VIII. Apoyar en la evaluación de los servicios que ofrece la Dirección de Salud

Municipal, con la finalidad de realizar proyectos para la mejora en la dotación

de los mismos.

IX. Realizar proyectos en materia de salud que sirvan para la gestión y obtención

de recursos públicos y privados ante las instancias que correspondan.

X. Diseñar proyectos y campañas para promover la salud de los polígonos de

atención identificados en las comunidades del municipio.

XI. Realizar y entregar los reportes e informes propios en tiempo y forma a quien

corresponda.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XII. Coadyuvar con las dependencias que integran la Dirección de Salud Municipal,

para el mejor desarrollo de sus funciones.

XIII. Colaborar en el ámbito de su competencia, con las instancias correspondientes

en casos de contingencias.

XIV. Las demás que se deriven de sus atribuciones.

D) ORGANIGRAMA

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XIII. DEL DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN.

OBJETIVO

Aplicar las tecnologías de inteligencia para satisfacer los requerimientos de información

de la Dirección de Salud Municipal.

MISIÓN

Diseñar, desarrollar, implementar, supervisar, introducir, dar servicios y producir sistemas

de aplicación para los equipos y sistemas que utiliza la dirección de salud.

VISIÓN

Ser un departamento que garantice el valor de la información, las tecnologías de

inteligencia y la explotación de estas en toda su magnitud.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

B) ATRIBUCIONES

En materia de informática y promoción, se sujetará a las normas jurídicas y tendrá las

siguientes atribuciones:

a) Llevar el sistema de informática de la Dirección de Salud Municipal.

b) Brindar el asesoramiento e instalación de redes para el intercambio de información

c) Realizar el mantenimiento de preventivo y correctivo de los equipos de cómputo, y

proporcionar el software adecuado con el propósito de cubrir necesidades de las

áreas administrativas de la Dirección de Salud Municipal.

d) Controlar y promover la difusión de acciones de la Dirección de Salud Municipal a

través de los medios tradicionales de comunicación en coordinación de con la

dirección de Dirección de Comunicación Municipal

e) Promover la infraestructura y servicios con que cuenta la Dirección de Salud

Municipal en coordinación de con la dirección de Dirección de Comunicación

Municipal

C) FUNCIONES

I. Dar seguimiento a los procesos de reorganización, control y estandarización de las

acciones del Departamento de Informática de la dirección de Salud Municipal.

II. Mejorar y optimizar todas las acciones que implica el manejo informático y de

promoción de las áreas de la salud.

III. Brindar soporte oportuno, eficaz y veraz en la instalación de redes para el

intercambio de la información.

IV. Realizar las acciones correctivas necesarias o cambios de equipos tecnológicos

utilizados en la Dirección de Salud Municipal.

V. Proporcionar el software y soporte adecuado a las unidades administrativas que

componen la Dirección de Salud para el desarrollo de sus funciones.

VI. En coordinación con la Dirección de Comunicación Social Municipal, promover y

realizar acciones de difusión de los servicios que ofrece la Dirección de Salud.

VII. En coordinación con la Dirección de Comunicación Social Municipal promover la

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

infraestructura y acciones de impacto que realiza la Dirección de Salud.

VIII. En coordinación con la Dirección de Comunicación Social Municipal, Diseñar

volantes, trípticos, vinilonas y todo aquel material que sirva para difusión de

eventos, actividades y servicios de la Dirección de Salud.

IX. Recabar evidencia que sirva para la promoción de los eventos, servicios y

acciones que realiza y brinda la Dirección de Salud.

X. En coordinación con la Dirección de Comunicación Social Municipal, realizar el

seguimiento y actualización de las páginas oficiales de cuentas en redes sociales

de la dirección de Salud y sus dependencias.

XI. Apoyar en el diseño de formatos electrónicos que se utilizan en la Dirección de

Salud y sus dependencias.

XII. Proponer herramientas informáticas que ayuden y optimicen las labores del

personal y de su respectivo departamento.

XIII. Realizar y entregar los reportes e informes propios en tiempo y forma a quien

corresponda.

XIV. Coadyuvar con las dependencias que integran la Dirección de Salud Municipal,

para el mejor desarrollo de sus funciones.

XV. Colaborar en el ámbito de su competencia, con las instancias correspondientes en

casos de contingencias.

XVI. Las demás que se deriven de sus atribuciones.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

D) ORGANIGRAMA

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XIV. DIRECTORIO

JESÚS TOLENTINO ROMÁN BOJORQUEZ

PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

C. KARINA SALGADO ALCÁNTARA

PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL

C. EDUARDO MORALES GÓMEZ

SEGUNDO SÍNDICO MUNICIPAL

C. ANDREA BECERRIL VÁZQUEZ

TERCER SÍNDICO MUNICIPAL

C. ARACELI HINOJOSA JAIMES

PRIMER REGIDOR MUNICIPAL

C. ALEJANDRO CRUZ GALLARDO

SEGUNDO REGIDOR MUNICIPAL

C. JOAQUINA TORRES CARMONA

TERCERA REGIDORA MUNICIPAL

C. LUIS JORGE HERMENEGILDO

GONZÁLEZ MARTÍNEZ

CUARTO REGIDOR MUNICIPAL

C. ZAYRA LIZBETH HUERTA PALMA

QUINTA REGIDORA MUNICIPAL

C. ISMAEL MOTA GONZÁLEZ

SEXTO REGIDOR MUNICIPAL

C. MARÍA ANGÉLICA OLIVARES PÁEZ

SÉPTIMA REGIDORA MUNICIPAL

C. ROSALBA PINEDA RAMÍREZ

SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO

C. PABLO ARAM CASTRO ESCALONA

OCTAVO REGIDOR MUNICIPAL

C. SOCORRO PÉREZ SÁNCHEZ

NOVENA REGIDORA MUNICIPAL

C. ALEJANDRA GARCÍA GARCÍA

DÉCIMA REGIDORA MUNICIPAL

C. CARLOS RAMÍREZ BOBADILLA

DÉCIMO PRIMER REGIDOR

MUNICIPAL

C. MARÍA DEL ROSARIO CANO SILVA

DÉCIMA SEGUNDA REGIDORA

MUNICIPAL

C. JOSÉ LUIS VALVERDE GUTIÉRREZ

DÉCIMO TERCER REGIDOR

C. LAURA CONTRERAS VELÁZQUEZ

DÉCIMA CUARTA REGIDORA

C. PATRICIA LOYOLA CALDERÓN

DÉCIMA QUINTA REGIDORA

MUNICIPAL

C. ALEJANDRO TOLENTINO SAN

AGUSTÍN

DÉCIMO SEXTO REGIDOR MUNICIPAL

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XV. VALIDACIÓN

Presidente Municipal Constitucional de

Chimalhuacán, Estado de México.

Jesús Tolentino Román Bojórquez.

Secretario Técnico del Gabinete

Inocencio Ibarra Piña

Director de Salud Municipal

Dr. Juan Carlos Suárez Niño

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H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CHIMALHUACÁN ESTADO DE MÉXICO. PERIODO 2019 – 2021

C. JESÚS TOLENTINO ROMÁN BOJÓRQUEZ PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

C. KARINA SALGADO ALCÁNTARA

PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL

C. EDUARDO MORALES GÓMEZ SEGUNDO SÍNDICO MUNICIPAL

C. ANDREA BECERRIL VÁZQUEZ

TERCER SÍNDICO MUNICIPAL

C. ARACELI HINOJOSA JAIMES

PRIMERA REGIDORA MUNICIPAL

C. ALEJANDRO CRUZ GALLARDO SEGUNDO REGIDOR MUNICIPAL

C. JOAQUINA TORRES CARMONA TERCERA REGIDORA MUNICIPAL

C. LUIS JORGE HERMENEGILDO

GONZÁLEZ MARTÍNEZ CUARTO REGIDOR MUNICIPAL

C. ZAYRA LIZBETH HUERTA PALMA

QUINTA REGIDORA MUNICIPAL

C. ISMAEL MOTA GONZÁLEZ SEXTO REGIDOR MUNICIPAL

C. MARÍA ANGÉLICA OLIVARES PÁEZ

SÉPTIMA REGIDORA MUNICIPAL

C. PABLO ARAM CASTRO ESCALONA OCTAVO REGIDOR MUNICIPAL

C. SOCORRO PÉREZ SÁNCHEZ NOVENA REGIDORA MUNICIPAL

C. ALEJANDRA GARCÍA GARCÍA DÉCIMO REGIDORA MUNICIPAL

C. CARLOS RAMÍREZ BOBADILLA

DÉCIMO PRIMER REGIDOR MUNICIPAL

C. MARÍA DEL ROSARIO CANO SILVA

DÉCIMO SEGUNDA REGIDORA MUNICIPAL

C. JOSÉ LUIS VALVERDE GUTIÉRREZ

DÉCIMO TERCER REGIDOR MUNICIPAL

C. LAURA CONTRERAS VELÁZQUEZ

DÉCIMO CUARTA REGIDORA MUNICIPAL

C. PATRICIA LOYOLA CALDERÓN

DÉCIMO QUINTA REGIDORA MUNICIPAL

C. ALEJANDRO TOLENTINO SAN

AGUSTÍN DÉCIMO SEXTO REGIDOR MUNICIPAL

C. ROSALBA PINEDA RAMÍREZ SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO