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GACETA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO ADMINISTRACIÓN 2019 2021 PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL. PLAZA ZARAGOZA S/N, CABECERA MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN, MÉXICO AÑO I NÚMERO 71 VOLUMEN 1/1 SE IMPRIMEN DEL PRESENTE 50 EJEMPLARES Chimalhuacán, Estado de México, a 27 de Septiembre de 2019 SUMARIO: MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN JURÍDICA Y CONSULTIVA DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO.

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GACETA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE CHIMALHUACÁN,

ESTADO DE MÉXICO

ADMINISTRACIÓN 2019 – 2021

PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL.

PLAZA ZARAGOZA S/N, CABECERA MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN, MÉXICO

AÑO I NÚMERO 71 VOLUMEN 1/1

SE IMPRIMEN DEL PRESENTE 50 EJEMPLARES

Chimalhuacán, Estado de México, a 27 de Septiembre de 2019

SUMARIO: MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN JURÍDICA Y CONSULTIVA DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO.

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ÍNDICE.

42.ª SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO…………………...……………… 3

I. PRESENTACIÓN……………………………………………………………….. 4

II. ANTECEDENTES………………………………………………………………. 5

III. OBJETIVO DEL MANUAL…………………………………………………….. 6

IV. MARCO JURÍDICO…………………………………………………………….. 7

V. ESTRUCTURA ORGÁNICA…………………………………………………… 8

VI. DE LA DIRECCIÓN JURÍDICA Y CONSULTIVA ………….………………. . . 9

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN…………………………………………….. 9

B) ATRIBUCIONES……………………………………………………………. 10

C) FUNCIONES………………………………………………………………… 12

D) ORGANIGRAMA……………………………………………………………. 14

VII. DIRECTORIO…………………………………………………………………… 15

VIII. VALIDACIÓN……………………………………………………………………. 16

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EN EL MUNICIPIO DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO SIENDO LAS OCHO HORAS, DEL DÍA VEINTIUNO DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, SE LLEVÓ A CABO LA 42.ª SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO, EN LAS INSTALACIONES QUE OCUPA LA SALA DE CABILDO DEL PALACIO MUNICIPAL, UBICADO EN PLAZA ZARAGOZA, SIN NÚMERO, CABECERA MUNICIPAL, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 112, 113, 128 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO; 15, 16 FRACCIÓN III, 19, 27, 28, 29, 30 Y 48 FRACCIONES I Y IV, ARTÍCULO 91 FRACCIÓN I DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO. ESTANDO PRESENTES LOS INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO: EL C. JESÚS TOLENTINO ROMÁN BOJÓRQUEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL. RÚBRICA.- KARINA SALGADO ALCÁNTARA, PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL. RÚBRICA.- EDUARDO MORALES GÓMEZ, SEGUNDO SÍNDICO MUNICIPAL. RÚBRICA.- ANDREA BECERRIL VÁZQUEZ, TERCER SÍNDICO MUNICIPAL. RÚBRICA.- ARACELI HINOJOSA JAIMES, PRIMERA REGIDORA. RÚBRICA.- ALEJANDRO CRUZ GALLARDO, SEGUNDO REGIDOR. RÚBRICA.- JOAQUINA TORRES CARMONA, TERCERA REGIDORA. RÚBRICA.- LUIS JORGE HERMENEGILDO GONZÁLEZ MARTÍNEZ, CUARTO REGIDOR. RÚBRICA.- ISMAEL MOTA GONZÁLEZ, SEXTO REGIDOR. RÚBRICA.- MARÍA ANGÉLICA OLIVARES PÁEZ, SÉPTIMA REGIDORA. RÚBRICA.- PABLO ARAM CASTRO ESCALONA, OCTAVO REGIDOR. RÚBRICA.- SOCORRO PÉREZ SÁNCHEZ, NOVENA REGIDORA. RÚBRICA.- ALEJANDRA GARCÍA GARCÍA, DECIMA REGIDORA. RUBRICA - CARLOS RAMÍREZ BOBADILLA, DÉCIMO PRIMER REGIDOR. RÚBRICA.- MARÍA DEL ROSARIO CANO SILVA, DÉCIMO SEGUNDA REGIDORA. RÚBRICA.- JOSÉ LUIS VALVERDE GUTIÉRREZ, DÉCIMO TERCER REGIDOR. RÚBRICA.- LAURA CONTRERAS VELÁZQUEZ, DÉCIMO CUARTA REGIDORA. RÚBRICA.- PATRICIA LOYOLA CALDERÓN, DÉCIMO QUINTA REGIDORA. RÚBRICA.- ALEJANDRO TOLENTINO SAN AGUSTÍN, DÉCIMO SEXTO REGIDOR. RÚBRICA.- CONTANDO CON LA ASISTENCIA DE 19/20. HACIENDO NOTAR QUE LA C. ZAYRA LIZETH HUERTA PALMA, QUINTA REGIDORA MUNICIPAL NO ASISTE A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO. APROBÁNDOSE POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS ASISTENTES 19/19. DOY FÉ: ROSALBA PINEDA RAMÍREZ, SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO. RÚBRICA.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

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I. PRESENTACIÓN.

El H. Ayuntamiento de Chimalhuacán en el marco de un gobierno de progreso y continuidad,

elabora e implementa documentos administrativos para el desarrollo institucional, innovando en

la gestión pública, con la finalidad de contar con una administración capaz, que dé respuesta

eficaz a las demandas y necesidades de su población; convirtiéndose así, en una entidad

administrativa cuya fórmula principal sea fortalecer el vínculo entre el gobierno y la ciudadanía,

a fin de que los objetivos, planes, programas y proyectos se conviertan en acciones y

resultados concretos, que satisfagan las demandas primordiales de la población, y así elevar su

calidad de vida.

En este contexto, la Administración Pública Municipal transita hacia un nuevo modelo de

gestión orientado a la generación de resultados de valor para la ciudadanía. Dicho modelo

propone garantizar la estabilidad de las instituciones que han demostrado su eficacia, pero

también por el cambio de aquellas que es necesario modernizar.

El presente Manual de Organización de la Dirección Jurídica y Consultiva de Chimalhuacán,

Estado de México, es un documento oficial y es elaborado con la finalidad de proporcionar una

visión clara de las funciones, atribuciones y estructura organizacional de la unidad

administrativa, precisando responsabilidades que eviten duplicidad y omisiones en las

funciones desarrolladas, coadyuvando así al cumplimiento del precepto principal de este

gobierno.

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II. ANTECEDENTES.

Chimalhuacán al ser fundado en el año 1259, se considera como uno de los municipios más

longevos dentro de la demarcación territorial comprendida en el Estado de México, dicha

situación ha propiciado ser cuna de una rica y basta cultura, sumado a lo anterior, la población

de este gran municipio, ha crecido considerablemente, y por ende sus necesidades, no solo de

servicios básicos, si no económicas, de abasto, sociales, culturales, de movilidad, entre otras.

Motivo por el cual, se ha priorizado un gobierno de continuidad y progreso capaz de brindar

atención oportuna, eficaz, eficiente y con calidez humana, a las necesidades y demandas de

los Chimalhuacanos.

Por lo antes expuesto, el Ejecutivo Municipal de Chimalhuacán, dota de atribuciones y

funciones específicas a la Dirección Jurídica y Consultiva, a fin de optimizar el buen desarrollo

de todas y cada una de las actividades, y así mantener el actuar de la Administración Pública

Municipal, encaminada a la continuidad y progreso, en beneficio de la población de esta

demarcación territorial.

Dicho lo anterior, la Dirección Jurídica y Consultiva, se crea con la finalidad de dirigir acciones

implementadas para la actualización, elaboración, revisión o simplificación del marco jurídico,

en coordinación con las dependencias y organismos auxiliares municipales, así como coordinar

la función, representación y asesoramiento jurídico de la Administración Pública Municipal, y

demás actividades que en la esfera de su competencia, le confieran.

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III. OBJETIVO DEL MANUAL.

Proporcionar de forma ordenada la información de la organización y funcionamiento de la

Presidencia Municipal y sus unidades administrativas dependientes, así como ser una

referencia obligada para lograr el óptimo aprovechamiento de los recursos humanos y

financieros, atendiendo a criterios de innovación, eficiencia, productividad y calidad.

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IV. MARCO JURÍDICO.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Art. 1, 8 y 115 fracción I y II;

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Art. 5, 123, 124 y 128;

Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Art 86, 88, 90, 164 y 165;

Ley de Planeación del Estado de México y Municipios;

Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios;

Código Administrativo del Estado de México;

Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México;

Código Financiero del Estado de México y Municipios;

Bando Municipal de Chimalhuacán, Estado de México. Art. 4 y 27 numeral 1.4;

Reglamento Orgánico de la Administración Municipal de Chimalhuacán, Estado de

México. Art. 16 numeral 1.4 y 21;

Plan de Desarrollo Municipal 2019 – 2021.

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V. ESTRUCTURA ORGÁNICA.

1.- PRESIDENCIA MUNICIPAL.

1.1.- Secretaría Particular.

1.2.- Secretaría Técnica del Gabinete.

1.2.1.- Departamento de Innovación de la Gestión Pública.

1.3.- Contraloría Interna Municipal.

1.3.1.- Autoridad Investigadora.

1.3.2.- Autoridad Substanciadora.

1.3.3.- Autoridad Resolutora.

1.3.4.- Departamento de Control Interno y Auditoria.

1.4.- Dirección Jurídica y Consultiva.

1.5.- Dirección de Comunicación Social.

1.6.- Dirección de Turismo.

1.6.1.- Departamento de Fomento al Turismo.

1.7.- Unidad de Transparencia.

1.8.- Departamento de Administración del Parque Ecoturístico “El Chimalhuache”.

1.9.- Departamento de Logística.

1.10.- Departamento de Línea Directa.

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VI. DE LA DIRECCIÓN JURÍDICA Y CONSULTIVA.

A) OBJETIVO, MISIÓN Y VISIÓN.

OBJETIVO.

Realizar acciones jurídicas para la efectiva defensa de los intereses del Ayuntamiento, a fin de

brindar certidumbre jurídica a los actos de las distintas Unidades Administrativas, mediante el

cumplimiento de las disposiciones vigentes, así como atender la representación del

Ayuntamiento en los asuntos comisionados por el Ejecutivo Municipal.

MISIÓN.

Brindar asesoría jurídica y representación legal al Ejecutivo Municipal, así como a la

Administración Pública en todos los actos jurídicos de su competencia, con la finalidad de

cumplir con los principios de Constitucionalidad y Legalidad, establecidos en nuestra Carta

Magna, como en la del Estado de México. Asimismo, llevar a cabo la revisión y elaboración de

proyectos de instrumentos legales que procedan en contra de actos que afecten la esfera

jurídica de este Ayuntamiento.

VISIÓN.

Ser una dependencia confiable, eficaz y eficiente, garante de la legalidad y constitucionalidad

que asegure la adecuada representación, asesoría y defensa de los intereses jurídicos del

Ayuntamiento; integrada por un equipo fortalecido de profesionales competentes,

experimentados, capacitados, responsables, con aptitud y vocación de servicio, con gran

capacidad de investigación y análisis, todo ello, con un alto sentido de dignidad humana y

estricto apego al Estado de Derecho.

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B) ATRIBUCIONES.

REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN,

ESTADO DE MÉXICO.

TÍTULO TERCERO. DE LAS ATRIBUCIONES DE LAS DEPENDENCIAS

DEL EJECUTIVO MUNICIPAL.

ARTÍCULO 21.- La Dirección Jurídica y Consultiva, por conducto de su titular y mediante

delegación de funciones, a través del personal que tiene adscrito, tendrá las atribuciones

siguientes:

I.- Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las funciones

correspondientes a la Dirección.

II.- Coadyuvar en la elaboración, revisión y sanción de los convenios, contratos y demás

instrumentos jurídicos y administrativos relativos a la coordinación con las administraciones

publicas federal y estatal.

III.- Asesorar jurídicamente al Presidente Municipal y a los integrantes del Ayuntamiento en los

asuntos que le encomienden, así como a los funcionarios de la Administración Pública

Municipal.

IV.- Emitir opinión respecto de las consultas que en materia jurídica formulen las áreas y

unidades de la Administración Pública Municipal.

V.- Intervenir en los juicios de amparo, cuando el Presidente Municipal o el Primer Síndico

Municipal o los titulares de la Administración Pública Municipal tengan el carácter de autoridad

responsable, exista solicitud de la autoridad responsable o medie instrucción de los mismos,

así como supervisar todas las etapas de su proceso y la elaboración de los informes previos y

con justificación, cuando la importancia del asunto así lo amerite.

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VI.- Representar al Presidente Municipal y a la Primer Síndico Municipal en los juicios en que

sean parte, pudiendo delegar ésta en terceros o subalternos. Para la representación se

requiere que exista imposibilidad del Presidente Municipal o del Síndico Municipal para

suscribir los diversos instrumentos jurídicos; por ausencia; por exceso en su agenda de

actividades o por motivos de salud u otra causa justificada.

VII.- Representar a los titulares de las unidades administrativas de la Administración Pública

Municipal en los juicios de carácter jurisdiccional, así como en los procedimientos

administrativos ante diversas dependencias federales o estatales en que estos sean parte, en

caso de ausencia de los mismos.

VIII.- Formular las denuncias y querellas que procedan legalmente, promoviendo, por acuerdo

superior, ante los Tribunales Federales o del Fuero común y defender los asuntos legales que

correspondan a la Administración Pública Municipal.

IX.- Tramitar los recursos administrativos que legalmente procedan contra actos de las diversas

autoridades de la Administración Pública Municipal.

X.- Las demás actividades que, en la esfera de su competencia, le confieran otros

ordenamientos legales o el Ejecutivo Municipal.

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C) FUNCIONES.

I.- Representar legalmente al Ayuntamiento y a su patrimonio, así como a las Unidades

Administrativas en los términos de los poderes que se le otorguen ante los Tribunales Estatales

y Federales, Organismos Autónomos, Órganos Jurisdiccionales, Contenciosos Administrativos

y Autoridades Administrativas, en los procesos o procedimientos de su competencia;

II.- Brindar asesoría jurídica al Presidente(a) Municipal, a los munícipes y a los funcionarios de

la Administración Pública Municipal en los asuntos que le encomienden;

III.- Proporcionar asesoría jurídica para la elaboración, revisión y sanción de Resoluciones,

Contratos, Convenios y Acuerdos que sean competencia del Ayuntamiento;

IV.- Brindar asesoría y apoyo a la o el Primer Síndico Municipal, a efecto de atender los

procedimientos que por mandato de ley estén obligados a dar respuesta;

V.- Llevar el registro de Resoluciones, Contratos, Convenios y Acuerdos, así como de los

documentos y disposiciones internas que regulen la actividad administrativa del Ayuntamiento;

VI.- Asesorar en el trámite de los Recursos Administrativos, Medios de Impugnación, Juicios

Contenciosos Administrativos y Judiciales, que se interpongan en contra de los Actos y

Resoluciones del Ayuntamiento y de las Unidades Administrativas, llevando a cabo los actos

que se requieran para su trámite y resolución;

VII.- Formular demandas, contestaciones, reclamaciones, denuncias de hechos, querellas y los

desistimientos, en apego a las disposiciones normativas aplicables;

VIII.- Asesorar en el levantamiento de actas administrativas laborales y en la formulación de

dictámenes de cese y suspensión de los efectos del nombramiento de los trabajadores;

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IX.- Elaborar y proponer los escritos de demanda o contestación, según procedan, en las

controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad;

X.- Promover y desistirse, previa autorización escrita del Presidente(a) Municipal, en los casos

de Juicios de Amparo en donde el Ayuntamiento tenga el carácter de quejoso o intervenir como

tercero perjudicado en los juicios de amparo y, en general, formular todas las promociones que

a dichos juicios se refieran;

XI.- Representar legalmente al Presidente(a) Municipal y a los servidores públicos, cuando

sean parte en juicios, procedimientos judiciales o en su caso, por actos derivados del servicio;

así mismo, representar por ausencia, al Presidente(a) Municipal y a la o el Primer Síndico

Municipal, en los juicios en que sean parte, esto cuando estén imposibilitados por motivos

diversos para suscribir los mismos;

XII.- Asesorar a las Unidades Administrativas del Ayuntamiento, para que cumplan

adecuadamente las resoluciones jurisdiccionales pronunciadas o las recomendaciones emitidas

por la Comisión Estatal de Derechos Humanos, así como aquellos casos de ejecución de

disposiciones de carácter nacional que afecten al Ayuntamiento;

XIII.- Recabar la información pertinente para la integración de expedientes referentes a los

asuntos que le sean turnados para su solventación;

XIV.- Realizar las diligencias correspondientes de acuerdo a la Ley de Responsabilidades

Administrativas;

XV.- Elaborar y entregar en tiempo y forma los informes propios del Área;

XVI.- Coadyuvar con las Áreas Administrativas que integran la Administración Pública Municipal

para el mejor desempeño de sus funciones;

XVII.- Desarrollar las demás funciones inherentes al Área de su competencia.

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D) ORGANIGRAMA.

PR

ESID

ENC

IA M

UN

ICIP

AL

SECRETARIA PARTICULAR

SECRETARIA TÉCNICA DEL GABINETE

DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN DE LA GESTIÓN PÚBLICA

CONTRALORIA INTERNA MUNICIPAL

AUTORIDAD INVESTIGADORA

AUTORIDAD SUBSTANCIADORA

AUTORIDAD RESOLUTORIA

DEPARTAMENTO DE CONTROL INTERNO Y

AUDITORIA

DIRECCIÓN JURIDICA Y CONSULTIVA

DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

DIRECCIÓN DE TURISMO

DEPARTAMENTO DE FOMENTO AL TURISMO UNIDAD DE

TRANSPARENCIA

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL

PARQUE ECOTURISTICO "EL CHIMALHUACHE"

DEPARTAMENTO DE LOGISTICA

DEPARTAMENTO DE LINEA DIRECTA

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VII. DIRECTORIO.

JESÚS TOLENTINO ROMÁN BOJÓRQUEZ.

PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL.

C. KARINA SALGADO ALCÁNTARA.

PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL.

C. EDUARDO MORALES GÓMEZ.

SEGUNDO SÍNDICO MUNICIPAL.

C. ANDREA BECERRIL VÁZQUEZ.

TERCER SÍNDICO MUNICIPAL.

C. ARACELI HINOJOSA JAIMES.

PRIMER REGIDOR MUNICIPAL.

C. ALEJANDRO CRÚZ GALLARDO.

SEGUNDO REGIDOR MUNICIPAL.

C. JOAQUINA TORRES CARMONA.

TERCERA REGIDORA MUNICIPAL.

C. LUIS JORGE HERMENEGILDO

GONZÁLEZ MARTÍNEZ.

CUARTO REGIDOR MUNICIPAL.

C. ZAYRA LIZBETH HUERTA PALMA.

QUINTA REGIDORA MUNICIPAL.

C. ISMAEL MOTA GONZÁLEZ.

SEXTO REGIDOR MUNICIPAL.

C. MARÍA ANGÉLICA OLIVARES PÁEZ.

SÉPTIMA REGIDORA MUNICIPAL.

C. PABLO ARAM CASTRO ESCALONA.

OCTAVO REGIDOR MUNICIPAL.

C. SOCORRO PÉREZ SÁNCHEZ.

NOVENA REGIDORA MUNICIPAL.

C. ALEJANDRA GARCÍA GARCÍA.

DÉCIMA REGIDORA MUNICIPAL.

C. CARLOS RÁMIREZ BOBADILLA.

DÉCIMO PRIMER REGIDOR MUNICIPAL.

C. MARÍA DEL ROSARIO CANO SILVA.

DÉCIMA SEGUNDA REGIDORA MUNICIPAL.

C. JOSÉ LUIS VALVERDE GUTIÉRREZ.

DÉCIMO TERCER REGIDOR.

C. LAURA CONTRERAS VELÁZQUEZ.

DÉCIMA CUARTA REGIDORA.

C. PATRICIA LOYOLA CALDERÓN.

DÉCIMA QUINTA REGIDORA MUNICIPAL.

C. ALEJANDRO TOLENTINO SAN AGUSTÍN

DÉCIMO SEXTO REGIDOR MUNICIPAL.

C. ROSALBA PINEDA RAMÍREZ

SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO

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VIII. VALIDACIÓN.

_______________________________________ JESÚS TOLENTINO ROMÁN BOJÓRQUEZ.

PRESIDENTE MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO.

______________________________________ ROSALBA PINEDA RAMÍREZ.

SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO.

______________________________________ MARCO ANTONIO GONZÁLEZ SIERRA.

DIRECTOR JURÍDICO CONSULTIVO DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO.

______________________________________ INOCENCIO IBARRA PIÑA.

SECRETARIO TÉCNICO DEL GABINETE DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO.

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