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DERECHO Y CINE o porqué es bueno para los abogados ver películas. Estudiar en profundidad a Alexy o Dworkin es un simple ejercicio de sofisticación teórica tan útil para las verdades del mundo desastroso en el que vivimos como jugar un juego de mesa muy inteligente y desconectado del mundo.” Ricardo Sanín. Hace algunos años ya, en una de sus excelentes clases de Derecho Penal en la Universidad de Chile, el Profesor Miguel Soto Piñeiro hablándonos del robo y los elementos del tipo penal nos planteó el siguiente problema: ¿Qué pasa si un atracador llega a un banco y solicitando el dinero profiere la siguiente amenaza, “ Apúrate, dame el dinero, o ME mato” ¿Se darían o no los elementos del tipo? Este problema, nos dijo el Profesor Soto, es el que se puede ver en esa “hermosa película argentina, caballos salvajes”. Personalmente siempre me gustó el cine, y por eso, en primera instancia intuitivamente después de aquella reflexión a la que nos invitara nuestro profesor, pensé lo mucho que me gustaría que en cada catedra pudiésemos reflexionar sobre el derecho teniendo en cuenta lo que el cine nos podría mostrar. Por cierto eso no pasó, más allá de una invitación del Profesor Máximo Pacheco a ver la muy buena “Hombre muerto caminando”, pero son demasiado obvias las posibilidades didácticas para el derecho como para pasar desapercibidas para todo el mundo por mucho tiempo. Al contrario, el estudio ya sea universitario o no de las relaciones entre cine y derecho no es algo

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DERECHO Y CINE o porqu es bueno para los abogados ver pelculas.Estudiar en profundidad a Alexy o Dworkin es un simple ejercicio de sofisticacin terica tan til para las verdades del mundo desastroso en el que vivimos como jugar un juego de mesa muy inteligente y desconectado del mundo. Ricardo Sann.Hace algunos aos ya, en una de sus excelentes clases de Derecho Penal en la Universidad de Chile, el Profesor Miguel Soto Pieiro hablndonos del robo y los elementos del tipo penal nos plante el siguiente problema: Qu pasa si un atracador llega a un banco y solicitando el dinero profiere la siguiente amenaza, Aprate, dame el dinero, o ME mato Se daran o no los elementos del tipo? Este problema, nos dijo el Profesor Soto, es el que se puede ver en esa hermosa pelcula argentina, caballos salvajes. Personalmente siempre me gust el cine, y por eso, en primera instancia intuitivamente despus de aquella reflexin a la que nos invitara nuestro profesor, pens lo mucho que me gustara que en cada catedra pudisemos reflexionar sobre el derecho teniendo en cuenta lo que el cine nos podra mostrar. Por cierto eso no pas, ms all de una invitacin del Profesor Mximo Pacheco a ver la muy buena Hombre muerto caminando, pero son demasiado obvias las posibilidades didcticas para el derecho como para pasar desapercibidas para todo el mundo por mucho tiempo. Al contrario, el estudio ya sea universitario o no de las relaciones entre cine y derecho no es algo raro actualmente e incluso en los pases anglosajones se han constituido lneas investigativas acadmicas serias que pretenden indagar sobre esta relacin( Law and films). La relacin entre derecho y cine viene por supuesto desde el principio. El derecho parto como un negocio y las vistas y el bigrafo fueron un negocio lucrativo donde siempre estuvieron presentes contratos, obligaciones y documentos mercantiles. El derecho se ha ocupado del cine desde sus inicios(la censura, financiamiento, propiedad intelectual, etc.)pero ms all de eso aqu importa no el conjunto de normas que regulan el cine, sino ms bien como el cine expone, razona y devela el derecho. Ahora bien, lo que parece muy importante para muchos colegas pragmticos es la siguiente pregunta. Ms all de lo entretenido que resulta ver una pelcula en clases Porque el cine puede ser relevante para los abogados? Parece una pregunta razonable y aquella forma de pensar en el derecho que podemos llamar derecho y cine debe ser analizado para convencernos si aquello es algo que vale la pena, o no es ms que una excentricidad que no se debe tomar mucho en serio.Me atrevera a decir que vivir en una sociedad audiovisual, donde el hombre por lo tanto es cada vez ms cercano al Homo videns del que habla Sartori, hace que el cine sea un material cultural de primer orden. Se ha dicho que hablamos y pensamos flmicamente, y claro, al igual que en otras reas del saber, no es inaudito en pensar en el material audiovisual para el aprendizaje o reflexin respecto del derecho. No me parece que lo anterior se vea como un atentado a la ctedra o a la tradicin pedaggica a la que estamos acostumbrados los operadores jurdicos, aunque colegas con criterios ms o menos estructurados pensarn que el derecho se queda en lo que sealan los cdigos y sus artculos y tal vez, en buena hora , en las construcciones de algunos dogmticos. Peter Fitzpatrick escribi un libro muy interesante llamado la mitologa del derecho moderno. Paradojalmente, seala, el derecho moderno, al luchar contra los mitos jurdicos ha creado otros mitos, tal vez ms fuertes que los anteriores. La razn del derecho como mito fundacional hace que el saber jurdico sea autorreferencial reproduciendo la dinmica jurdica en un crculo cerrado de operadores que por hablar dicho lenguaje racional se segregan. El lenguaje jurdico no es entendido por la gran parte de la sociedad, y es innegable que los abogados tampoco entendemos o por lo menos nos situamos a prudente distancia de la realidad circundante. El lenguaje narrativo del cine puede ayudar a abarcar, con simpleza, el entramado de intereses y actores que supone cualquier situacin jurdica. El cine, parece que puede ayudar a reencontrar la relacin del derecho con la realidad. Es decir, que nuestro objeto de estudio y trabajo se trasforme en legible y poder ser capaz de ponerlo de forma correcta en relacin con los otros. Tal vez sea importante ser autocrtico, y posiblemente, como nos recuerda el espaol De Lucas, los malos chistes sobre los abogados dependen en buena medida de la formacin que recibimos tanto en las escuelas como en la autoformacin que nos damos nosotros mismos. Es importante cuidar la enseanza del derecho, darle contenidos, mtodos didcticos, proveerla de medios. No solo exigir la calidad, sino nutrirla con rigor, espritu crtico, conocimiento de la realidad y de las funciones que el derecho debe desarrollar en una democracia. Si se quiere una educacin jurdica integral, plural y democrtica, parece que es importante lo que dijo el profesor Capella. Que se debe aprender derecho no solo de las leyes sino tambin del material no jurdico (parece obvio lo importante que puede ser el cine para promover una cultura de los derechos humanos). Respecto al cine, segn Thury, ya Carnelutti sealo que resultara muy fcil el uso del cine para aprender derecho. En cualquier caso tratar de conectar con seriedad dos aspectos que parecen tan lejanos es algo interesante y que puede tener gran valor en el da a da.Parece entonces que el cine si nos puede servir a los abogados (as como otras manifestaciones culturales, ejemplo obvio, la literatura) para algo ms que salir el fin de semana. Las pelculas buenas ( no digo el llamado cine-arte, existen pelculas comerciales muy buenas) tiene la gran virtud de permitir que nos mezclemos con situaciones valoricamente complejas saltndonos nuestros propios mecanismos de defensa, logrando muchas veces un anlisis ms centrado, al que generalmente no podramos llegar debido a ciertos prejuicios, muchas veces construidos por la propia profesin jurdica , y que tomamos como lo ms natural del mundo, aunque en verdad como dice Valentin Thury, de la Universidad de Oviedo, son pre conceptos puramente ideolgicos. Personalmente, creo que es posible luego de ver pelculas como Mar adentro de Alejandro Amenabar, El Secreto de Vera Drake de Mike Leigh, o ladrn de bicicletas de Vittorio de Sica, acercarse a temas como la eutanasia, el aborto o el delito, desde una perspectiva completamente fresca.No obstante todo lo dicho y siguiendo a Thury, parece que la mayor utilidad que el cine puede ofrecerle a los abogados es la posibilidad de realizar ejercicios hermenuticos. Una pelcula es una elaboracin cultural que puede tener un gran nmero de significados, por lo que demuestra poseer gran complejidad formal. La teora legal tradicional ha tratado de caracterizar las decisiones jurdicas como aspticas, apolticas y avalricas. Es decir siempre orientadas a una decisin general y silogstica, a imitacin del mtodo matemtico. La hermenutica (Gadamer) por el contrario nos lleva a pensar que as como en el anlisis de una pelcula las decisiones jurdicas son sobre todo retorico argumentativas, lo cual recuperara al actor jurdico como un ser dotado de subjetividad. El acto interpretativo del derecho es un acto condicionado por la subjetividad del operador jurdico. Tal cual una pelcula puede ser catalogada como obra maestra por unos y como bodrios por otros. Ahora bien, el reconocimiento respetuoso de las posiciones a travs de las que se enfrentan los problemas jurdicos puede ser fuente de dilogos legales fecundos y productivos. Por lo tanto, parece que ver pelculas con atencin y reflexivamente no solo puede constituir un espacio de esparcimiento del trabajo, sino tambin puede dar cuenta de herramientas jurdicas escasamente apreciables en las aulas de derecho y en el cotidiano del trabajo jurdico. En este sentido es clsica la referencia a la joya del maestro japons Akira Kurosawa , Rashmon, aunque tambin podemos nombrar la excelente Cenizas del Paraso, del argentino Marcelo Pieiro. Las mencionadas son pelculas que nos hacen preguntarnos por la verdad y sus posibilidades, y son en s mismas ejercicios de anlisis del derecho, de la utopa de alcanzar la verdad judicial y el conflicto imperecedero que supone la inevitable renuncia parcial a la verdad por los agentes jurdicos, privilegindose otros valores como la certeza , seguridad jurdica o la paz de la sociedad.