Fuentes Materiales Del Derecho.docx

23
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO FACULTAD DE DERECHO Metodología Jurídica FUENTES MATERIALES DEL DERECHO Christian Courtis

description

Derecho, Metodología Jurídica

Transcript of Fuentes Materiales Del Derecho.docx

Presentacin de PowerPoint

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICOFACULTAD DE DERECHO Metodologa Jurdica FUENTES MATERIALES DEL DERECHO Christian Courtis

EPIGRAFES

ALGUNAS FUENTES DE LA INVESTIGACION DOGMATICA

MATERIALES HECHOS SOCIALES E HISTORICOS METODO DEL DERECHO COMPARADO PROCESO DE ELABORACION DE JURISPRUDENCIA TEORIAS JURIDICAS. DOCTRINA

METODOSANALISIS DEL LENGUAJEANALISIS LOGICOANALISIS SISTEMATICOANALISIS IDEOLOGICOANALISIS EMPIRICO

PARA VER CON MEJOR LUZ. UNA APROXIMACION A LA DOGMATICA JURIDCA CIENCIA Y DOGMATICA?UNA BUENA CAJA DE HERRAMIENTASMAS TEORIA DEL DERECHOALGUNOS EJEMPLOS

Genealoga

CHRISTIAN COURTISProfesor en la Universidad de Buenos Aires y profesor invitado del departamento de derecho del ITAM . Dirige el Programa de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales de la Comisin Internacional de Juristas, en Ginebra, y ha sido profesor invitado en diversas universidades europeas y de Amrica Latina.Experto en derechos social.

Ha escrito diversos libros como El umbral de la ciudadana. El significado de los derechos sociales en el Estado social constitucional y es el editor del libro Observar la ley

COURTIS

Nocin de FuenteMiguel Carbonell, constitucin, reforma constitucional, p 10Actos a hechos que pueden crear relaciones con efectos erga omnes Implica la innovacin de del ordenamiento a travs de su creacin, modificacin o extincin.El derecho tiene normas que permite su propia creacin o extincin.

Ningn producto jurdico apegado a la racionalidad jurdica puede prescindir a alguna fuente, o de lo contrario no ser reconocido

Fuentes materiales Historia JurisprudenciaDoctrinaDerecho Comparado

Historia No siempre cumple con la funcin de argumentacin jurdica Social o externa del derecho Normativa o interna del derecho hechos sociales Las sucesivas modificaciones y resoluciones judiciales explica el derecho en base a

Historia social o externa del derechoCorrelacionan la creacin, aplicacin y modificacin de las normas jurdicas con hechos socialesHistoria normativa o interna del derechoEs el anlisis de tipo diacrnico del sistema jurdico, destinado a dar cuenta de las sucesivas modificaciones de normas o de aplicaciones juridiciales de las normas es el registro de la disciplina jurdica

Christian Courtis, Observar la Ley, p. 136

METODO DEL DERECHO COMPARADOEstablecer un contraste en el sentido de un determinado conjunto normativo.Permite visualizar dos respuestas diversas ante un problema anlogo e identificar semejanzas y diferencias de tratamientoAdaptacin de un sistema jurdico extranjero, al propio.Comparar estructuras permite identificar paralelos equivalentes funcionales en conjuntos normativos paralelos

Christian Courtis, Observar la Ley, pp138-139

Es usado por los dogmticos cuando subrayan la semejanza entre derecho, norma o instituto aplicado por un tribunal extranjero, tambin para sustentar recomendaciones de lege sentia o de sententia lata

Christian Courtis, Observar la Ley, p. 139

John Henry Merryman, Autoridad en Derecho Comparado, es autor del libro The civil law; An Introduction to the legal Sistems of Europe and Latin America.Realizo un anlisis cualitativo y cuantitativo de las citas en las decisiones de la Suprema Corte de California En el mtodo del derecho comparado inauguro un enfoque donde englobo los sistemas jurdicos, la sociedad y la cultura .

Se intereso por el sistema jurdico Italiano y el de Amrica Latina (Padorno; Derecho Comparado, pp.3-4)

Estudio las caractersticas del sistema jurdico italiano , y su enfoque critico, fue una expresin del realismo jurdico estadounidense Su propsito fue explicar el significado de que un sistema jurdico sea Civil Law, y que es muy distinto al Common Law(Padorno, derecho comparado, pp 22-24)

PROCESO DE ELABORACION DE JURISPRUDENCIA Dar significacin a las normas que componen el conjunto normativo Son consecuencias para casos Concretos Recomendaciones de lege lata en problemas de interpretacin.Empleo de precedentes jurisprudenciales, para argumentar a favor de modificaciones normativas para la articulacin de propuestas de lege ferenda

Es la actualizacin del derecho a travs de nociones sistemticas y Orgnicas(Bernal, Ledesma, Historia del derecho Romano y de los Derechos Neorromanistas p. 39)

Christian Courtis, Observar la Ley, pp. 139-141

HERMENEUTICAProceso de comprensin sobre los elementos correlaciones entre :Ontos- Mundo sensible.Deontos- Elaboracin normativa de la hiptesis jurdica (Deber ser aplicado al ontos)Epistemologa- Bases posturas, paradigmas, ausencias epistemolgicas, expresado fuertemente en los 20 tipos de lgica.

pistemologiaEEM+TdadicipitOntosDeontos

TEORIAS JURIDICAS. DOCTRINA Teoras, distinciones, clasificaciones y categoras de la dogmtica. Constituyen un marco de socializacin de los juristasDisciplina pronunciada por criterios de autoridad lo que hace difcil que se reinvente el andamiaje conceptual Los dogmticos acuden a formulacionesdogmticas para sustentar su propia posicinChristian Courtis, Observar la Ley, pp. 141-142

tipos de fuentes el poder normativomanifestacin del poder de creacin normativa:tipo de regulacin normativaSiglo XIX, el parlamento el nico productor jurdico (Zagrebelsky) Expresin Jurdico-formal de la distribucin del poder entre los encargados de su creacin Citado `por Carbonell, constitucin, reforma constitucional, p 15)

(M Carbonell, constitucin, reforma constitucional, p 12)

Se fundamenta la validez de la norma por medio de una relacin de supra a subordinacin, la norma hipottica o fundamental da el fundamento al resto y solo son validas si se ajustanuna norma pertenece a un orden jurdico solamente por haber sido instaurada conforme a lo que determina otra norma de ese orden (Kelsen)

Al final contrasteDentro de un orden jurdico hay normas que se refieren a otras, no solo a los tipos de conductas

(Miguel Carbonell, constitucin, reforma constitucional, p 15)

Miguel Carbonell, constitucin, reforma constitucional, p 8

CONCLUSIONES

Se requiere con urgencia una sistematizacin de las fuentes del derecho.Incluir en el ordenamiento, nuevos procedimientos de creacin normativa para atender las necesidades sociales y al desarrollo de la intervencin estatal en la sociedad. Incursionar de forma mas amplia en el derecho comparado, para una aplicacin mas eficaz del derecho.

En el problema de las fuentes del derecho no se trata de la interpretacin sino de construir Norberto BobbioMiguel Carbonell, Constitucin, reforma Constitucional p 14

FUENTES SELECTAS

Christian Courtis, Observar la ley , Madrid, Trotta, 2006, 413 pgs. Miguel Carbonell, Constitucin, Reforma Constitucional y Fuentes del derecho en Mxico, Distrito Federal, Porra, 2004, 318 pgs.Guillermo Floris Margadant, Derecho Romano, Mxico, Esfinge, 2011,Guillermo Floris Margadant, Panorama de la Historia Universal del Derecho, Distrito Federal, Porra, 2000 , 478 pgs.Eduardo Garca Mynez, Introduccin al Estudio del Derecho, Mxico, Porra, 2011, 295 pgs.Jaime Garca Crdens, Introduccin al estudio del derecho, Distrito federal, UNAM, 2010, pg. 155

Hans Kelsen, Teora Pura del Derecho, distrito federal, Porra, 2013, 364 pgs.Concepciones de las fuentes del derecho. biblioteca jurdica de la UNAM. Revisado Marzo 5, 2014, en http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/22/Ignacio Galindo Garfias, Derecho civil, Mxico, Porra, 2002, pg. 42 Perdomo, R. P. Biblioteca Jurdica UNAM.Derecho Comparado. Revisado Marzo 31, 2014, en http://biblio.juridicas.unam.mx/revista/pdBeatriz Bernal, Jos de Jess Ledesma, Historia del derecho romano y de los derechos neorromanistas, Distrito Federal, Porra, 2004, 440 pgs..