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    UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓNUNJFSC

    DERECHO Y LEGISLACION AMBIENTAL

    ESCUELA PROFESIONAL: INGENIERIA AMBIENTAL

    HUARI – ANCASH – PERÚ

    2015

    Escuela: Ing. Ambiental 

    Curso: Derecho y Legislación Ambiental 

     Tema: Principio Generales Del Título Preliminar De La LeyGeneral Del Ambiente

    C!"#: VI

    D#!$%&$: Abog. Carlos Jesús A. Chumbe Muo! 

    I%&$'()%&$*:Loarte "errera #ri$a Cenina

    %lores Me&ina Jhuly 'ossnery

    "errera #spino!a (onatan (o)ani

    UNIVERSIDAD NACIONAL JOSE FAUSTINOSANCHEZ CARRIONUNIVERSIDAD NACIONAL

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    DERECHO Y LEGISLACION AMBIENTAL

    *+D,C#

    TITULO I.- Los Principios del derecho ambiental en la ley general delambiente principios del derecho ambiental

    TITULO II.- El Título preliminar de la ley general del ambiente

    TITULO III.- Derecho y deber undamental

    TITULO I!.- Derecho de acceso a la inormaci"n

    TITULO !.- Derecho a la participaci"n en la gesti"n ambiental

    TITULO !I.- Derecho de acceso a la #usticia ambiental

    TITULO !II.- Principio de sostenibilidad

    TITULO !III.- Principio de pre$enci"n

    TITULO I%.- Principio precautorio

    TITULO %.- Principio de internali&aci"n de costos

    TITULO %I.- Principio de responsabilidad ambiental

    TITULO %II.- Principio de e'uidad

    TITULO %III.- Principio de gobernan&a ambiental

    - bibliograía

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    UNIVERSIDAD NACIONAL

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    D#D,CAT-',A

    A Dios, a nuesros !a"res, #ermanas $ o"os a%uellos %ue nosconocen& A Dios !or%ue #a esa"o con nosoros a ca"a !aso%ue "amos, cui"'n"onos, (ui'n"onos $ "'n"onos )orale*a!ara coninuar, mosr'n"onos "+a a "+a %ue con #umil"a" $!aciencia o"o es !osile& A nuesros Pa"res, %uienes a lolar(o "e nuesras -i"as #an -ela"o !or nuesro ienesar $

    e"ucaci.n sien"o nuesro a!o$o en o"o momeno&De!osi'n"onos sus enera con/an*a en ca"a reo %ue se nos!resena sin "u"ar ni un solo momeno en nuesra ineli(encia$ ca!aci"a"& Es !or ellos %ue somos lo %ue somos a#ora& Losamamos con nuesra -i"a& A nuesras #ermanas %ue #an si"onuesras com!a0eras, (u+as $ e1em!lo "e su!eraci.n, $ !or2limo a nuesros Ami(os %uienes en o"o momeno nosrin"aron una Sonrisa $ ale(raron nuesra -i"a "urane esara-es+a& Para ca"a uno "e ellos -a "e"ica"o con o"o el

    cari0o $ amor "e siem!re, !or%ue sim!le $ sencillamene3 Losamamos&

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    AG'AD#C,M,#+T-

    A Dios, %uien con su in/nio amor, nos #a lle-a"o !or elcamino "el ien, a a%uellos %ue nos #a re(ala"o la -i"a $ !oren"e la salu", $ el ienesar !ara cum!lir una )acea m's "enuesra -i"a !ro)esional&A nuesros !a"res %uienes a lo lar(o "e o"a nuesra -i"a nos#an a!o$a"o $ moi-a"o en nuesra )ormaci.n aca"4mica,cre$eron en nosoros en o"o momeno $ no "u"aron "enuesras #aili"a"es& 5racias !or ense0arnos %ue con!aciencia, !erse-erancia, or"en $ res!onsaili"a" se alcan*ano"os nuesros sue0os& Son sus conse1os $ amor los %ue nos#an ense0a"o a su!erar los reos %ue se !resenaron en elcamino "el a!ren"i*a1e&A mis )amiliares, ami(os, %uienes #an si"o nuesros ami(os,

    /eles $ sinceros en los %ue #emos !o"i"o con/ar $ a!o$arnos!ara se(uir a"elane&A la Uni-ersi"a" Nacional 6os4 7ausino S'nc#e* Carri.n %ueme "a la o!oruni"a" "e ca!aciarnos $ en la cual nos esamos)or1a"o "+a a "+a&A mis esima"os !ro)esores "e la 7acula" "e In(& A(raria,In"usrias Alimenarias $ Amienal %ue saen rin"arnos susconocimienos $ com!arir sus e8!eriencias, !ero en es!ecialal Ao(a"o& 6es2s A& C#ume 9u0o*, %ue m's %ue una

    !ro)esor le consi"eramos una ami(o, con la %ue nosenconramos en "eu"a !or el 'nimo in)un"i"o $ la con/an*a"e!osia"a, !or #aernos (uia"o en el "esarrollo "e esaraa1o&

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    P'##+TAC,-+

    Ese !resene raa1o "e Princi!ios 5enerales "el T+uloPreliminar "e la Le$ 5eneral "el 9e"io Amiene; lo #emosreali*a"o con muc#o esmero, es)uer*o $ "e"icaci.n, $a %uereali*an"o esa aci-i"a" no solo nos alimenamos "econocimienos nosoros, sino ami4n ransmiimos a nuesros

    com!a0eros

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    I ULO I

    LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO AMBIENTAL EN LA LEY GENERAL DEL AMBIENTE

    ,.,/ ,+T'-D0CC,-+

    Antes de empe&ar a recorrer los senderos de los Principios del DerechoAmbiental( debemos tener conciencia del $alor del patrimonio natural del Per)('ue a ni$el mundial( ocupa el primer puesto en n)mero de especies de a$es *+,+( tercer puesto en especies de mamíeros */01 y anibios */1 así como'uinto lugar en especies de reptiles *02. Lamentablemente( tambi3n nosencontramos entre los países latinoamericanos con mayores pasi$os ambientalessin remediar( tr4ico ilegal de lora y auna( tala ilegal( culti$os de 5cortar y'uemar6( culti$os ilegales de coca y amapola( agrobiodibersidad amena&ada pormonoculti$os( minería artesanal inormal. El impacto social de ello es lamigraci"n de pobres a la ciudad( conlictos de derechos reales( in$asi"n de4reas naturales protegidas( trata de personas( traba#o or&oso( traba#o inantil y e7plotaci"n de indígenas( ni8os( ni8as( adolescentes y mu#eres en acti$idades

    inormales auríeras y madereras.El país es a'ue#ado por problemas de sostenibilidad socio ambiental comoalgunos e#emplos9a Los pasi$os ambientales al norte del país generados por la e7plotaci"n depetr"leo en las )ltimas d3cadas:b Los pasi$os ambientales de la acti$idad minera a ni$el nacional:c La contaminaci"n de las langosteras en el ;antuario

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    e La contaminaci"n de mercurio por acti$idades mineras artesanales( entreotros.: La contaminaci"n atmos3rica( de las aguas y el suelo debido al aumento no

    planiicado de la densidad demogr4ica(g el consumismo(h el inadecuado mane#o de residuos s"lidos o eluentes industriales( pesticidas y malas pr4cticas ambientales solo pueden deri$ar en la insostenibilidad ycolapso de nuestro medio ambiente.

    ?econocemos al Per) como un país minero por naturale&a( y por eso debemosbuscar una manera eiciente de reducir al m47imo los ni$eles de contaminaci"nocasionados por dicha industria( si aspiramos un país pr"spero( no sumido en laprogresi$a degradaci"n de su entorno.

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    I ULO II

    PRINCIPIOS DEL DERECHO AMBIENTAL

    Los principios del derecho ambiental son las guías o ideas uer&as 'ue recogenen orma es'uem4tica las orientaciones undamentales del derecho ambiental.Desde una "ptica sociol"gica son productos culturales( esto es respuestas 'ueda la sociedad para sal$aguardar el entorno natural y el desarrollo sostenible delas distintas regiones 'ue conorman nuestro planeta.

    En buena cuenta( son las normas primarias o b4sicas del derecho ambiental 'uepermite otorgar seguridad #urídica y protecci"n legal a las estrategias deconser$aci"n y de desarrollo sostenible de un ordenamiento #urídico. A nuestroentender( son supra normas 'ue dan undamento( direcci"n y coherencia a lasnormas del derecho ambiental. ;in duda( su origen se encuentra en la sociedadnacional y mundial( en la medida 'ue son estas organi&aciones sociales( a tra$3sde los principios del derecho ambiental e7presan sus con$icciones( posiciones(creencias o #uicios de $alor sobre c"mo enrentar la problem4tica ambiental delmundo del siglo %%I.

    Los principios del derecho ambiental constituyen los soportes primariosestructurales de la legislaci"n ambiental( permitiendo adem4s 'ue estas normas

    tengan din4mica y adaptabilidad a la siempre cambiante realidad ambiental.Los principios del derecho ambiental por ello son tambi3n criterios guías deinterpretaci"n de la legislaci"n ambiental. Interpretar una norma esdesentra8ar su sentido( a$eriguar su correcto signiicado y aplicaci"n. ;er4nentonces los principios del derecho ambientales 'uienes les dan $ida y sentido alp3treo te7to de las normas ambientales. Los principios del derecho ambientalson tambi3n criterios o bases de integraci"n del subordenamiento del derechoambiental.

    Los principios del derecho ambiental se pueden deinir como las directricesa7iol"gicas o t3cnicas( 'ue construyen( dan contenido y acilitan la aplicaci"n de

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    las normas ambientales. La Ley eneral del Ambiente ha incorporado en sutítulo preliminar una serie de principios del derecho ambiental recogidos dedi$ersas declaraciones( protocolos y tratados suscritos por el país.

    ,,., LA D#CLA'AC,2+ D# '*- -3'# #L M#D,- AM3,#+T# ( #LD#A''-LL-

    En el mes de #unio de +@( proclama una serie de principios( entre los 'uedestacan los siguientes9

    - Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadascon el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una $ida saludable y producti$aen armonía con la naturale&a.

    - El derecho al desarrollo debe e#ercerse en orma tal 'ue respondae'uitati$amente a las necesidades de desarrollo y ambientales de lasgeneraciones presentes y uturas.

    - Todos los Estados y todas las personas deber4n cooperar en la tarea esencialde erradicar la pobre&a como presupuesto indispensable para el desarrollosostenible( a in de reducir las disparidades en los ni$eles de $ida y responderadecuadamente a las necesidades de la mayoría de los pueblos del mundo.

    - Los Estados deber4n cooperar con espíritu de solidaridad mundial paraconser$ar( proteger y restablecer la salud y la integridad del ecosistema de laTierra. En $ista de 'ue han contribuido en distinta medida a la degradaci"n delmedio ambiente mundial( los Estados tienen responsabilidades comunes perodierenciadas. Los países desarrollados reconocen la responsabilidad 'ue lescabe en la b)s'ueda internacional del desarrollo sostenible( en $ista de laspresiones 'ue sus sociedades e#ercen en el medio ambiente mundial y de lastecnologías y los recursos inancieros de 'ue disponen.

    - Las autoridades nacionales deber4n procurar y omentar la internali&aci"n delos costos ambientales y el uso de instrumentos econ"micos( teniendo en cuentael criterio de 'ue el 'ue contamina debe( en principio( cargar con los costos dela contaminaci"n( priori&ando el inter3s p)blico y sin distorsionar el comercio nilas in$ersiones internacionales.

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    ,,.,, P'#4,- A LA '#4,,2+ D# L- P',+C,P,- D#L D#'#C"-AM3,#+TAL

    Pre$io a la re$isi"n de los Principios del Derecho Ambiental a ni$el nacional espreciso hacer un bre$e recorrido por los Principios del Derecho AmbientalInternacional 'ue son b4sicamente los siguientes9

    a. Principio de soberanía sobre los recursos naturales y la responsabilidad deno causar da8o al ambiente de otros Estados o en 4reas uera de la #urisdicci"nnacional: siendo sus m4s celebres concreciones el Con$enio de >asilea sobremo$imiento transronteri&o de desechos peligrosos y su eliminaci"n *+,2( laCon$enci"n del Derecho del =ar *+,@( el Con$enio de Di$ersidad >iol"gica*+@ y la Con$enci"n =arco de Cambio Clim4tico *+@.

    b. Principio de la Acci"n Pre$enti$a: 'ue se traduce en políticas de pre$enci"nen el país parte y la suscripci"n de acuerdo como la Declaraci"n de ?ío.

    C. Principio de la >uena !ecindad y Cooperaci"n Internacional: se deri$an deeste apotema la obligaci"n de pre$enir( reducir y controlar la contaminaci"n y elda8o ambiental( y la obligaci"n de cooperar en la mitigaci"n de riesgosambientales y emergencias.

    d. Principio de responsabilidades comunes pero dierenciadas: los Estados

    deber4n colaborar con la conser$aci"n del ambiente teniendo en cuenta elaporte 'ue han reali&ado al estado actual del ambiente. En otras palabras( lospaíses industriali&ados tienen una mayor obligaci"n de contribuir a larestituci"n del e'uilibrio de los ecosistemas como concretamente se puedeobser$ar en el Protocolo de yoto.

    e. Principio de Precauci"n: especialmente rele$ante a ni$el internacional en loscasos de pruebas at"micas.

    . Principio del Contaminador- Pagador o internali&aci"n de costos:

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    g. Principio del Desarrollo ;ostenible:

    C-M#+TA',-1

    Los !rinci!ios "e "erec#o amienal, lle(an #acer (u+as o i"eas, %ue sonorienaciones "el "erec#o amienal los !rinci!ios se "an en el enornonaural $ el "esarrollo sosenile "e los "isinos lu(ares %ue con)orman

    nuesro !lanea, $ "enro "e esos !rinci!ios se "a la "eclaraci.n "el rio&

    C-+CL0,2+1

    >ue los !rinci!ios "el "erec#o amienal -ienen #acer al(unos so!ores"e le(islaci.n amienal a ra-4s "e los !rinci!ios "el "erec#o amienal$a %ue a ra-4s "e ello se lle(an a e8!resar sus con-icciones, !osiciones,creencias o 1uicios "e -alor sore c.mo en)renar la !rolem'icaamienal&

    '#C-M#+DAC,2+1

    Los !rinci!ios "el "erec#o amienal %ue -ienen a ser ?? son !rinci!ios%ue nos a$u"an a re(ular, !roe(er el me"io amiene, solo ser+acuesi.n "e lle(ar a cum!lirlo $ as+ la socie"a" !ue"a sal-a(uar"ar elenorno naural $ el "esarrollo sosenile&

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    EL T+TULO PRELIMINAR DE LA LEY 

    GENERAL DEL AMBIENTE CONTIENE ,IDIRECTRICES -UE SERÁN LOS -UEILUMINEN TODA LA LEGISLACIÓN

    AMBIENTAL

      I ULO III

    DEL DERECHO Y DEBER FUNDAMENTAL

    Articulo ,.

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    Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambientesaludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y eldeber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger elambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la saludde las personas en forma individual y colectiva, la conservación de ladiversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursosnaturales y el desarrollo sostenible del país.

    El derecho a un ambiente sano y e'uilibrado le pertenece a todo indi$iduo ypueblo de la humanidad( y es a nuestro entender uno de los derechos undantesen la teoría de los derechos humanos( pues es uno de los presupuestosundamentales para el e#ercicio del resto de derechos. Este derecho es

    reconocido por primera $e& en el Principio + de la Declaraci"n de Estocolmosobre =edio Fumano seg)n el cual 5el hombre tiene el derecho undamental a lalibertad( la igualdad y el disrute de condiciones adecuadas en un medio decalidad tal 'ue le permita lle$ar una $ida digna y go&ar de bienestar y tiene lasolemne obligaci"n de proteger y me#orar el medio para las generacionesuturas.6 El derecho a un ambiente saludable( e'uilibrado y adecuado para elpleno desarrollo de la $ida( es un derecho por tanto de tercera generaci"n eintergeneracional.

    La Carta Aricana de Derechos Fumanos y de los Pueblos de +,+( en cuyoartículo @/ se indica 'ue 5todos los pueblos tienen el derecho a un satisactoriomedio ambiente a$orable a su desarrollo6. El inciso @@ del artículo @G de laConstituci"n Política del Estado reconoce( en calidad de derecho undamental(el atributo sub#eti$o de 5go&ar de un ambiente e'uilibrado y adecuado aldesarrollo6 de la $ida de la persona. En otras palabras( es el derechoundamental a la protecci"n de la calidad de nuestro entorno o ambiente parabeneicio de nosotros mismos y de manera indirecto para beneicio de otrasespecies.

    Este es un derecho de tercera generaci"n pues tiende a preser$ar la integridadde la sociedad humana( resulta oponible al Estado y e7igible a 3l( pero 'ue porsobre toda las cosas re'uiere el concurso de todos los actores sociales para sucumplimiento eecti$o. De esta manera( es posible 'ue su cumplimiento seae7igido por uno o todos los miembros de la comunidad( pues su aectaci"n leincumbe a ella y a todos.

    El derecho a un ambiente sano y e'uilibrado es una consecuencia de la dignidad

    propia del ser humano( entendida como las condiciones mínimas para eldesarrollo del hombre por sí mismo( independientemente de la conducta del

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    indi$iduo( como especie necesitamos un mínimo de recursos para imprimirnuestros $alores y no de#ar de ser hombres. En un ambiente contaminado ydegradado es imposible 'ue un ser humano pueda desarrollarse y $i$ir con

    dignidad( siendo estas circunstancias ad$ersas lo 'ue en$ilecería y degradaríasu naturale&a.

    Así como el ser de un pe& no podría concebirse sin agua( el hombre no puede sertal( sin un ambiente e'uilibrado y adecuado para la $ida( conormando ello partede su dignidad. En consecuencia( este derecho constitucional al igual 'ue elresto( orman parte de ese mínimo in$ulnerable de condiciones 'ue el Estadodebe resguardar y garanti&ar.

    Por otra parte( el Tribunal Constitucional entiende al ambiente como un sistema:es decir como un con#unto de elementos 'ue interact)an entre sí. Por ende(implica el compendio de elementos naturales H$i$ientes o inanimadosH sociales yculturales e7istentes en un lugar y tiempo determinados( 'ue inluyen en la $idamaterial y psicol"gica de los seres humanos. Por dicha ra&"n( es ob#eto deprotecci"n #urídica y orma parte del baga#e de la tutela de los derechoshumanos.Desde una perspecti$a pr4ctica el Tribunal Constitucional ha establecido 'ue unambiente puede ser aectado por alguna de estas cuatro acti$idades9

    a5 Acti)i&a&es molestas1 ;on las 'ue generan incomodidad por los ruidos o$ibraciones( así como por emanaciones de humos( gases( olores( nieblas opartículas en suspensi"n y otras sustancias.

    b5 Acti)i&a&es insalubres1 ;e generan cuando se $ierten productos alambiente 'ue pueden resultar per#udiciales para la salud humana.

    c5 Acti)i&a&es noci)as1 ;e generan cuando se $ierten productos al ambiente'ue aectan y ocasionan da8os a la ri'ue&a agrícola( orestal( pecuaria opiscícola.

    &5 Acti)i&a&es peligrosas1 ;on las 'ue ocasionan riesgos gra$es a las personaso sus bienes debido a e7plosiones( combustiones o radiaciones.

    El Tribunal Constitucional sostiene 'ue e7iste una obligaci"n concurrente delEstado y de los particulares de mantener a'uellas condiciones naturales del

    ambiente( a in de 'ue la $ida humana e7ista en condiciones ambientalmentedignas. El Estado democr4tico de derecho debe proteger a las personas contra

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    los ata'ues al medio ambiente en el 'ue se desen$uel$a su e7istencia( parapermitir 'ue el desarrollo de la $ida se realice en condiciones ambientalesaceptables.

    El Estado asume la obligaci"n de abstenerse de reali&ar cual'uier tipo de actos'ue aecten el medio ambiente e'uilibrado y adecuado para el desarrollo de la$ida humana. El papel del Estado no s"lo supone tareas de reparaci"n rente ada8os ocasionados( sino de manera especialmente rele$ante( de pre$enci"n parae$itar 'ue a'uellos no sucedan.

    El artículo I del Título Preliminar de la Ley eneral del Ambiente se8ala 'uetoda persona tiene el derecho irrenunciable a $i$ir en un ambiente saludable(e'uilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la $ida( y el deber decontribuir a una eecti$a gesti"n ambiental y de proteger el ambiente( así comosus componentes( asegurando particularmente la salud de las personas en ormaindi$idual y colecti$a( la conser$aci"n de la di$ersidad biol"gica( elapro$echamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenibledel país.

    El Tribunal Constitucional ha maniestado( en la sentencia emitida en elE7pediente

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    El derecho a un ambiente sano y e'uilibrado implica la obligaci"n de conser$ar ladi$ersidad biol"gica y mantener la continuidad de los ecosistemas( lo 'ue se$er4 traducido necesariamente en el cumplimiento de las e$aluaciones de

    impacto ambiental *instrumentos de gesti"n ambiental( el respeto a los límitesm47imos permisibles( el ordenamiento territorial( en la &oniicaci"n ecol"gica yecon"mica( las &onas de protecci"n ecol"gicas( la conser$aci"n in situ y las 4reasnaturales protegidas * nacionales( regionales( municipales y pri$adas así como laeecti$a iscali&aci"n de acti$idades producti$as 'ue impli'uen riesgos alambiente.

    C-M#+TA',-1

    El ar+culo I e8!lica %ue o"as las !ersonas enemos "erec#o "e -i-ir enun amiene salu"ale $ conser-ar, !roe(er el me"io amiene "on"e#aiamos& La conser-aci.n "el me"io amiene $ el "esarrollo sosenile"e nuesro !a+s $a %ue o"os %ueremos un amiene sano $ e%uilira"o&

    C-+CL0,-+1

    En conclusi.n o"a !ersona iene sus "erec#os a un amiene e%uilira"o$ a"ecua"o !ara el !leno "esarrollo "e la -i"a& @a %ue o"os enemos"erec#o "e un -i"a "i(na $ (o*ar "el ienesar enemos la oli(aci.n "e!roe(er $ me1orar el me"io amiene&

    '#C-M#+DAC,2+1

    El ariculo I e8!lica %ue o"as las !ersonas enemos "erec#o "e -i-ir enun amiene salu"ale $ conser-ar, !roe(er el me"io amiene "on"e#aiamos& La conser-aci.n "el me"io amiene $ el "esarrollo sosenile"e nuesro !a+s $a %ue o"os %ueremos un amiene sano $ e%uilira"o&

     

    I ULO IV

    DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

    Articulo ,,.

    Toda persona tiene el derecho a acceder adecuada y oportunamente a

    la información pública sobre las políticas, normas, medidas, obras yactividades que pudieran afectar, directa o indirectamente, el ambiente, sin

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    necesidad de invocar justificación o inters que motive tal requerimiento.Toda persona est! obligada a proporcionar adecuada y oportunamente a lasautoridades la información que stas requieran para una efectiva gestiónambiental, conforme a "ey.

    El Principio +1 de la Declaraci"n de ?ío *+@ se8ala 'ue 5El me#or modo detratar las cuestiones ambientales es con la participaci"n de todos losciudadanos interesados( en el ni$el 'ue corresponda. En el plano nacional( todapersona deber4 tener acceso adecuado a la inormaci"n sobre el medioambiente de 'ue dispongan las autoridades p)blicas( incluida la inormaci"nsobre materiales y las acti$idades 'ue encierren peligro en sus comunidades*...6

    La ciudadanía( las O

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    amienales $ o"a !ersona iene el "erec#o al acceso "e la in)ormaci.namienal inclu$en"o las aci-i"a"es %ue !onen en !eli(ro el me"ioamiene, $ esa in)ormaci.n se les !e"ir' a las !ersonas 1ur+"icasinscrias en los re(isros !2licos em!resas %ue !resan ser-icios a lacomuni"a", ec

    .

    C-+CL0,-+1

    El o1ei-o !rinci!al "e la in)ormaci.n solicia"a o %ue se enre(ue "eeener "os caracer+sicas "ee ser a"ecua"a o acor"e con la soliciu" "ein)ormaci.n $ ser rin"a"a o!orunamene& @ %ue o"as las !ersonasienen el "erec#o !re-io "e conocer la siuaci.n o con"iciones "e las"enuncias %ue !resene ane cual%uier eni"a" !2lica res!eco a los"a0os o ries(os amienales&

    '#C-M#+DAC,-+1

    >ue o"as las !ersonas ineresa"as a raar las cuesiones amienalesienen el "erec#o a la in)ormaci.n "e los in)racores&

      I ULO V

    DEL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN EN LA

    GESTIÓN AMBIENTALArticulo ,,,.

    Toda persona tiene el derecho a participar responsablemente en losprocesos de toma de decisiones, así como en la definición y aplicación de laspolíticas y medidas relativas al ambiente y sus componentes, que se adoptenen cada uno de los niveles de gobierno. #l #stado concertar con la sociedadcivil las decisiones y acciones de la gestión ambiental.

    La participaci"n ciudadana en gesti"n del ambiente es un derecho y un deber'ue no es incumbe a todos( tanto sociedad ci$il como Estado y 'ue

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    acertadamente es recogida por la Ley eneral de ;ociedades. Un e#emplo deeste derecho lo podemos obser$ar en los mecanismos de participaci"n ciudadanae7istentes en la legislaci"n de 4reas naturales protegidas.

    Las reas

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    &.5 Artículo @( numeral +( inciso a( de la Con$enci"n Americana de DerechosFumanos( establece 'ue toda persona tiene derecho a participar directamentede los asuntos p)blicos( directamente o por medio de sus representantes.

    e.5 Artículo @+ de la Declaraci"n Uni$ersal de Derechos Fumanos( declara 'ueel derecho ciudadano a participar en el gobierno de su país( directamente o pormedio de sus representantes libremente escogidos.

    6.5 Artículo ( inciso c( de la Con$enci"n de Lucha contra la Desertiicaci"n(se8ala 'ue las partes deben garanti&ar 'ue las decisiones relati$as a laelaboraci"n y e#ecuci"n de programas de lucha contra la Desertiicaci"n ymitigaci"n de los eectos de la se'uía se adopten con la participaci"n de lapoblaci"n y de las comunidades locales y 'ue( a ni$eles superiores( se cree unentorno 'ue acilite la adopci"n de medidas a los ni$eles nacional u local.

    g.5 Artículo ,( inciso # del Con$enio sobre la Di$ersidad >iol"gica( se8ala 'uelas pr4cticas de $ida de comunidades locales e indígenas $inculadas a laconser$aci"n y la utili&aci"n sostenible de la di$ersidad biol"gica se dar4 con laaprobaci"n y la participaci"n de 'uienes poseen esos conocimientos(inno$aciones y pr4cticas.La legislaci"n nacional ha recogido en di$ersos dispositi$os legales el derecho ala participaci"n ciudadana así tenemos9

    a.5 El

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    h.5 Ley

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    se a6ecte el inter;s económico &el accionante. #l inter;s moral legitima laacción aun cuan&o no se re6iera &irectamente al accionante o a su 6amilia.

    Tristemente son celebres casos en los cuales la #usticia ambiental tardademasiado( un e#emplo emblem4tico9 las $ictimas de contaminaci"n ambiental enChoropampa( debido a 'ue la empresa Kanacocha contin)an sin indemni&arlasadecuadamente. El caso ha dado lugar al Primer Plenario Casatorio Ci$il del Per)(en el 'ue se desarroll" una irregular teoría seg)n la cual se asimila latransacci"n e7tra#udicial con la #udicial( aceptando por ello dicho artilugio legalcomo e7cepci"n procesal( en per#uicio de las $íctimas del derrame de mercurio.

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    )orma in"i-i"ual $ coleci-a, en el a!ro-ec#amieno sosenile "e losrecursos naurales, ec&

    C-+CL0,-+1>ue o"os enemos "erec#os a las acciones a"minisrai-as $ 1uris"iccionales con una acci.n r'!i"a, sencilla $ e)eci-a $ enemos el"eer ca"a !ersona como ciu"a"ano "e !roe(er $ cui"ar nuesraio"i-ersi"a" en )orma in"i-i"ual $ coleci-a.

    '#C-M#+DAC,2+9Deemos "e !roe(er los recursos %ue nos rin"a la naurale*a, !ara las)uuras (eneraciones $ as+ !ue"an "is)ruar, $ en las accionesa"minisrai-as $ 1uris"iccionales a ser cum!lir nuesros "erec#os conuna acci.n r'!i"a sencilla $ e)eci-a&

      I ULO VII

    DEL PRINCIPIO DE SOSTENIBILIDAD

    Articulo 4.

    La gestión &el ambiente y &e sus componentes8 así como el e9ercicio y laprotección &e los &erechos :ue establece la presente Ley8 se sustentan enla integración e:uilibra&a &e los aspectos sociales8 ambientales yeconómicos &el &esarrollo nacional8 así como en la satis6acción &e lasnecesi&a&es &e las actuales y 6uturas generaciones.

    En +,M la Comisi"n =undial sobre el =edio Ambiente y Desarrollo de las

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    recursos( la direcci"n de las in$ersiones y la orientaci"n de los cambiostecnol"gicos e institucionales acrecientan el potencial actual y uturo paraatender las necesidades y aspiraciones humanas.

    El concepto de desarrollo sostenible contiene por tanto dos conceptos cla$es9o 5El concepto de necesidades( en particular las necesidades esenciales de

    los pobres del mundo a la atenci"n de las cuales debe asignarse laprioridad re'uerida: y(

    o La ideas de las limitaciones impuestas por el Estado de la tecnología y dela organi&aci"n social sobre las capacidades del ambiente para satisacerlas presentes y uturas necesidades.6

    =osset Iturraspe maniiesta 'ue la sustentabilidad se reiere a cuatro 4reas9

    o Ecol"gica( tendiente a preser$ar9 a los procesos ecol"gicos 'ueposibiliten la capacidad de reno$aci"n de plantas( animales( suelos yaguas: b mantener la di$ersidad biol"gica animal y $egetal: c mantenerlos recursos biol"gicos en un estado 'ue permita su capacidad deregeneraci"n:

    o ;ocial( 'ue permita la igualdad de oportunidades entre los miembros de lasociedad y estimule la integraci"n comunitaria( sobre la base de 9 arespeto a la di$ersidad de $alores culturales: b orecimiento deoportunidades para la inno$aci"n y reno$aci"n intelectual y social: caian&amiento del poder indi$idual para controlar sus $idas y mantener laidentidad de sus comunidades: d asegurar la satisacci"n adecuada enlas necesidades de $i$ienda( salud y alimentaci"n:

    o

    Cultural( 'ue busca preser$ar la identidad cultural b4sica y reairmarormas de relaci"n entre el hombre y el ambiente:

    o Econ"micas( consistentes en la capacidad de generar bienes y ser$icios(usando racionalmente los recursos naturales( humanos y de capital( parasatisacer las necesidades b4sicas. ;us re'uisitos son9 a eicacia( 'ueimplica la internali&aci"n de los costos ambientales: b consideraci"n detodos los $alores de los recursos9 presentes( de oportunidad ypotenciales: c e'uidad dentro de la generaci"n actual y respeto de las

    generaciones uturas.

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    En síntesis( el desarrollo sostenible es un sistema de desen$ol$er nuestrasacti$idades de manera responsable y duradera. ;e re'uiere un crecimientoecon"mico e'uitati$o ba#o los criterios de igualdad( #usticia social y adecuada

    distribuci"n de ingreso( pri$ilegiando las me#ores condiciones de $ida de lapoblaci"n( y principalmente( de una adecuada regulaci"n legal 'ue acer'ue a lasociedad a dichos ob#eti$os. De ahí( 'ue el principio de sostenibilidad tiene porob#eti$o una gesti"n ambiental sostenible en el tiempo y en armonía con eldesarrollo social y econ"mico sin aectar la regeneraci"n de los ecosistemas y elambiente en general.

    El Tribunal Constitucional en el considerando 0 de la sentencia del e7pediente1/,-@11/-PITC se8ala 'ue por 5sostenibilidad6 debe entenderse 5*... a larelaci"n 'ue e7iste entre los sistemas din4micos de la economía humana( y lossistemas ecol"gicos( asimismo din4micos pero 'ue normalmente cambian a unritmo m4s lento( y donde a la $ida humana puede continuar indeinidamente: blos indi$iduos humanos pueden prosperar: c las culturas humanas puedendesarrollarse: pero en la 'ue d los eectos de la acti$idad humana se mantienende unos límites( de orma 'ue no se destruya la di$ersidad( la comple#idad y eluncionamiento del sistema ecol"gico 'ue sir$e de sostenimiento a la $ida6. Estopone de maniiesto 'ue no se trata ya solamente de las posibles restriccionescon una inalidad solidaria o para cumplir con determinadas prestaciones propiasdel Estado ;ocial y Democr4tico de Derecho( sino incluso( como una necesidadde mantener y preser$ar nuestra propia especie.Como ha precisado Costan&a( la sostenibilidad es mera #usticia con relaci"n a lasgeneraciones nuestro inter3s principal se centre en nuestra propia especie.

    ;e busca con ello satisacer las necesidades actuales sin sacriicar las uturas(lo 'ue implicara un apro$echamiento racional y sostenible de los recursosnaturales( permitiendo su progresi$a regeneraci"n y asegurando los mismos

    bienes y ser$icios ambientales para las generaciones uturas.A menudo dicho e#ercicio es diícil de reali&ar para los actores sociales 'uedebido a e7tremas necesidades actuales( otorgan prioridad a 3stas( endetrimento de las poblaciones uturas. Así tenemos los casos de in$asiones en4reas naturales protegidas donde algunos #ueces por ra&ones 5humanitarias6 seniegan a desalo#ar( lo propio ocurre con acti$idades como la minería artesanalilegal o en la construcci"n de una carretera o un tendido el3ctrico en per#uiciode la conser$aci"n del ambiente. En estos supuestos estas acti$idadesbeneiciaran actualmente a un grupo humano( a costa de la perdida de bienestar

    de poblaciones uturas.

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    La alta de obser$ancia del principio de sostenibilidad ha ocasionado 'ueCa#amarca poseedora de la mina de oro m4s grande de ;udam3rica ocupe elsegundo lugar en el mapa de la pobre&a del país. El +11 de la poblaci"n rural de

    la ciudad de Ca#amarca se abastece de aguas usadas por la minería.@, De ahínace( el inter3s de las municipalidades locales por establecer 4reas deconser$aci"n municipal para la protecci"n de recursos hídricos y el desarrollosostenible de la regi"n.

    La escena se repite en Ancash donde el 22 de su gente sure de pobre&a(desempleo y ba#a calidad de salud( ello pese a 'ue en el @11M( el canon minerose $a triplicar de / millones a +@ millones de soles. Ancash y Ca#amarcaconcentran el /2 de la producci"n minera del Per)( la pobre&a en esasregiones es signiicati$a. ;ostenemos 'ue la e7plotaci"n de recursos naturalesdebe beneiciar realmente a las poblaciones de las regiones de las cuales see7traen en estricta obser$ancia del principio de sostenibilidad.

    C-M#+TA'-1Dar a!ores en la socie"a" !ara la soseniili"a" "e los recursosnaurales, recursos #+"ricos, ec& Por%ue si el Per2 si(ue con laconaminaci.n "e la miner+a ile(al, $ oras em!resas conamina"oras %ueenemos en nuesro !a+s el Per2 -a su)rir con las #amruna $ escases "ea(ua& Deemos "ar un uen uso a los recursos %ue nos o)rece lanaurale*a $ "e1ar ene/cios as+ !ara las )uuras (eneraciones&

    C-+CL0,-+1La creaci.n "el !rinci!io "e soseniili"a" nos !arece un uen a!ore!ara la le(islaci.n !or%ue nos !ermie !reser-ar $ "ar un uen uso a losrecursos naurales %ue enemos $ as+ !o"er "e1ar un ene/cio !ara)uuras (eneraciones $ si las "a0an las miner+as ile(ales, oras em!resas%ue conaminen, %ue "en )ormas "e soluciones !ara la reno-aci.n "ellu(ar !er1u"ica"o $ !oner conciencia a la !olaci.n en (eneral !ara el

    uen uso "e los recursos #+"ricos, $ naurales %ue enemos&

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    '#C-M#+DAC,-+1

    A!orar o"os $ concieni*ar a la !olaci.n !ara el uen uso "e losrecursos naurales %ue enemos, !reser-ar la i"eni"a" culural 'sica $rea/rmar )ormas "e relaci.n enre el #omre $ el amiene&

      I ULO VIII

    DEL PRINCIPIO DE PREVENCIÓN

    Articulo 4,.

    La gestión ambiental tiene como ob9eti)os prioritarios pre)enir8 )igilar ye)itar la &egra&ación ambiental. Cuan&o no sea posible eliminar las causas:ue la generan8 se a&optan las me&i&as &e mitigación8 recuperación8restauración o e)entual compensación8 :ue correspon&an.

    El Derecho Internacional impone a los Estados un deber de pre$enci"n deda8os( cuando en su territorio( o ba#o su #urisdicci"n o control( se reali&a unaacti$idad de esta índole. El deber de pre$enir es distinto al deber de reparar(remediar o compensar y adem4s comprende $arios aspectos. En primer lugar(sostiene Dupuy( la política preerida debe ser la pre$enci"n( ya 'ue lacompensaci"n en el caso de da8o( generalmente( no restablece la situaci"npre$aleciente antes del suceso o accidente. Por otro lado( el cumplimiento deldeber de pre$enir( 'ue consiste en actuar con la debida diligencia( ad'uieremayor pertinencia a medida 'ue aumenta( constantemente( los conocimientossobre las operaciones peligrosas( los materiales utili&ados y los procesos parareali&arlos. En conclusi"n( la política de pre$enci"n es me#or 'ue la curaci"n.

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    Este principio de pre$enci"n ha sido incorporado( en di$ersos tratadosinternacionales relati$os a la protecci"n del ambiente( accidentes nucleares(ob#etos espaciales( cursos de agua internacionales( ordenaci"n de residuos

    peligrosos y pre$enci"n de contaminaci"n de marina.Así( lo podemos apreciar en el Principio @+ de la Declaraci"n de Estocolmo( en elPrincipio @ de la Declaraci"n de ?ío y( anteriormente( en la ?esoluci"n @*%%!II de la Asamblea eneral de las

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    La iscali&aci"n y control posterior a la producci"n de un da8o ambientaldeberían tener en cuenta las obligaciones antes citadas independientemente dela responsabilidad ci$il y pena 'ue pudiera e7istir.

    El principio de pre$enci"n es la base #urídica para el desarrollo de tecnologíaslimpias conorme lo precisa el artículo ,/N del ?eglamento de la Ley del ;istemade

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    I ULO IX

    DEL PRINCIPIO PRECAUTORIO

    Articulo 4,,.

    Cuando haya peligro de da8o gra$e o irre$ersible( la alta de certe&a absolutano debe utili&arse como ra&"n para postergar la adopci"n de medidas eicaces yeicientes para impedir la degradaci"n del ambiente.

    Este es el principio m4s diundido en la legislaci"n ambiental nacional( y tienepor ob#eti$o e$itar 'ue la alta de certe&a absoluta sobre la ocurrencia de ungra$e e irre$ersible da8o ambiental impida 'ue se adopten las medidas eicaces y eicientes 'ue impidan la degradaci"n del ambiente. En otras palabras( ante laduda de 'ue se pueda producir un da8o ambiental( se opta por adoptar medidaspre$enti$as a in de e$itar un potencial da8o ambiental. Ante incertidumbrecientíica o tecnol"gica para adoptar o no medidas de protecci"n al ambiente( seopta por protegerlo.

    El Tribunal Constitucional en el E7p.

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    causas y eectos. Es #ustamente en esos casos en 'ue el principio de precauci"npuede #ustiicar una acci"n para pre$enir el da8o( tomando medidas antes detener pruebas de este.

    El Tribunal Contitucional establece 'ue como elemento esencial del principio deprecauci"n( la alta de certe&a cientíica para aplicarlo( aun cuando no seaimprescindible demostrar plenamente la gra$edad y realidad del riesgo( síresulta e7igible 'ue haya indicios ra&onables y suicientes de su e7istencia y'ue su entidad #ustii'ue la necesidad de adoptar medidas urgentes(proporcionales y ra&onables.El principio +2 de la Declaraci"n de ?ío sobre =edio Ambiente y Desarrollo*+@ deine al principio precautorio de la siguiente manera9 5Con el in deproteger el medio ambiente( los Estados deben aplicar ampliamente el criteriode precauci"n conorme a sus capacidades. Cuando haya peligro de da8o gra$e oirre$ersible( la alta de certe&a cientíica absoluta no deber4 utili&arse comora&"n para postergar la adopci"n de medidas eicaces en unci"n de los costospara impedir la degradaci"n del medio ambiente6.De esta deinici"n se pueden apreciar 'ue el principio precautorio impide 'ue seuse como prete7to para no adoptar medidas de protecci"n al ambiente( la altade certe&a cientíica absoluta( nue$amente en caso de duda( la presunci"n #uegaa a$or de la protecci"n al ambiente.Este principio se encuentra enunciado tambi3n en el inciso del artículo delCon$enio =arco de

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    C-M#+TA',-1Las iner-enciones #umanas en el amiene, enra0an una com!le1i"a"al %ue, en muc#os casos, no resula !osile ener cere*a cien+/caacerca "e los ries(os o !roales "a0os al amiene %ue las "i)erenesaci-i"a"es %ue reali*an !ro-ocan, los "a0os al me"io amiene&

    C-+CL0,-+1 Tiene !or o1ei-o e-iar %ue la )ala "e cere*a asolua sore la

    ocurrencia "e un (ra-e e irre-ersile "a0o amienal im!i"a %ue sea"o!en las me"i"as e/caces $ e/cienes %ue im!i"an la "e(ra"aci.n "elamiene& Deemos "e ener me"i"as "e !roecci.n anes %ue se!ro"u*ca el "eerioro al me"io amiene.

    '#C-M#+DAC,-+1Unirnos !ara la !roecci.n "el me"io amiene, anes "e %ue sea"emasia"o ar"e !or%ue si coninuamos con la irres!onsaili"a" "e ca"a

    uno "e nosoros se -a ir aleran"o ca"a "ia mas el me"io amiene"on"e #aiamos&

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    I ULO X

    DEL PRINCIPIO DE INTERNALIZACIÓN DE COSTOS

    Articulo 4,,,.

    To&a persona natural o 9urí&ica8 pública o pri)a&a8 &ebe asumir el costo &elos riesgos o &aos :ue genere sobre el ambiente. #l costo &e las acciones

    &e pre)ención8 )igilancia8 restauración8 rehabilitación8 reparación y lae)entual compensación8 relaciona&as con la protección &el ambiente y &e suscomponentes &e los impactos negati)os &e las acti)i&a&es humanas &ebe serasumi&o por los causantes &e &ichos impactos..

    El ob#eti$o prioritario de este principio no es contemplar el resarcimiento porun da8o ambiental sino 'ue el agente contaminador o depredador incorpore ensu estructura de producci"n( los costos 'ue demandar49a. La pre$enci"n(

    b. La $igilancia(c. La restauraci"n(d. La rehabilitaci"n(e. La reparaci"n y la e$entual compensaci"n por un da8o ambiental.

    Esto es( no se est4 pagando por contaminar sino internali&ando los costos de lospotenciales da8os al ambiente en el proceso de producci"n del agentecontaminador. Ello en ra&"n a 'ue se entiende 'ue el creador de un riesgo es'uien debe garanti&ar y hacerse cargo de las consecuencias 'ue su acti$idadpuede ocasionar a la sociedad.

    El Principio +0 de la Declaraci"n de ?ío se8ala 'ue 5las autoridades nacionalesdeberían procurar omentar la internali&aci"n de los costos ambientales y el usode instrumentos econ"micos( teniendo en cuenta el criterio de 'ue el 'uecontamina debe( en principio( cargar con los costos de la contaminaci"n(teniendo debidamente en cuenta el inter3s p)blico y sin distorsionar elcomercio ni las in$ersiones internacional6

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    Así por e#emplo el principio de internali&aci"n de costos sería aplicable a lacuarta y 'uinta rotura de tuberías de la Transportadora de as del Per) *TPproducida el @/[email protected] 'ue ocasion" la contaminaci"n del ?ío Urubamba( la

    muerte de auna y lora así como la aectaci"n de la salud y calidad de $ida decomunidades indígenas tales como =achiguenga( Achuar( Amahuca( rineri(Ash4ninQa( Ash3ninQa( Cacataibo entre otras. Dicho hecho a la lu& del principioba#o comentario debio signiicar el nacimiento de las obligaciones derestauraci"n( rehabilitaci"n( reparaci"n y la e$entual compensaci"n por un da8oambiental causado de parte de Transportadora de as del Per) *TP( ello almargen de las responsabilidades ci$iles( administrati$as y penales 'ue hubierelugar.

    C-M#+TA',-1Los cosos %ue "eman"a la inernali*aci.n "e coso son: La !re-enci.n,La -i(ilancia, La resauraci.n, La re#ailiaci.n, La re!araci.n $ lae-enual com!ensaci.n !or un "a0o amienal& las auori"a"esnacionales "eer+an !rocurar )omenar la inernali*aci.n "e los cososamienales $ el uso "e insrumenos econ.micos, enien"o en cuena elcrierio "e %ue el %ue conamina "ee, en !rinci!io, car(ar con los cosos"e la conaminaci.n&

    C-+CL0,-+1Ese !rinci!io no iene como /n !rinci!al, !erse(uir la re!araci.n "e los"a0os amienales !or el a(ene conamina"or o "e!re"a"or, sino %ue seincor!ore a la esrucura "e cosos "el ien o ser-icio, lo necesario !arala !re-enci.n "e los !osiles "a0os %ue en el !roceso "e !ro"ucci.n!u"ieran acaecer, es "ecir, e-iar las e8ernali"a"es "e los cosos "e!re-enci.n&

    '#C-M#+DAC,-+1

    >ue es esa"o #a(a cum!lir a To"a !ersona naural o 1ur+"ica, !2lica o!ri-a"a, %ue asuma el coso "e los ries(os o "a0os %ue (enere sore alme"io amiene& En ra*.n a %ue se enien"e %ue el crea"or "e un ries(oes %uien "ee (arani*ar $ #acerse car(o "e las consecuencias %ue suaci-i"a" !ue"e ocasionar a la socie"a"&

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    I ULO XI

    DEL PRINCIPIO DE RESPONSABILIDADAMBIENTAL

    Articulo ,

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    Así por e#emplo podrían incurrir en responsabilidad ambiental los gobiernosregionales 'ue construyen carreteras o captaciones de agua sin estudiost3cnicos ambientales o sin contar con la opini"n pre$ia a$orable al interior de

    un 4rea natural protegida( o la municipalidad pro$incial 'ue al'uila una motoni$eladora a pri$ados para 'ue degraden una &ona de protecci"n y conser$aci"necol"gica( o la municipalidad distrital 'ue autori&a la construcci"n de una$i$ienda al interior de un 4rea de conser$aci"n regional sin contar con la opini"nt3cnica respecti$a( etc.

    C-M#+TA',-1Los causanes "e la "e(ra"aci.n o "eerioro amienal $a sea !ersonanaural o 1ur+"ica, o"as a%uellas eni"a"es !2licas $ !ri-a"as %ue

    reali*an aci-i"a"es %ue !onen en ries(o al me"io amiene como !ore1em!lo consrucci.n "e carreeras, ca!aciones, consrucci.n "e-i-ien"as sin nin(2n !re-io esu"io $o e-aluaci.n "el im!aco amienal&Es'n oli(a"os a omar me"i"as "e resauraci.n, re#ailiaci.n, $re!araci.n "e amienes conamina"os& Un a(ra-ane al momeno "e"eerminar la res!onsaili"a" a"minisrai-a, ci-il o !enal %ue #uierelu(ar, $ su a"o!ci.n inme"iaa e i".nea, un crierio !ara aenuar lasanci.n %ue se im!on(a&

    C-+CL0,-+1Una !ersona naural o 1ur+"ica, !2lica o !ri-a"a como los (oiernoslocales, re(ionales %ue consru$en carreeras o ca!aciones "e a(ua sinesu"ios 4cnicos %ue re!ercuen el "eerioro "el me"io amiene ienenla res!onsaili"a" necesariamene "e im!lemenar me"i"as %ue a$u"ena recu!erar, resaura amienes conamina"os !ara su reuili*aci.n&

    '#C-M#+DAC,-+1Las !ersonas %ue #acen "a0o al me"io amiene, iene %ue esar

    oli(a"o a a"o!ar ine8cusalemene las me"i"as !ara su resauraci.n,re#ailiaci.n o re!araci.n, "e acuer"o al "a0o ocasiona"o& Hacerseres!onsale "e nuesros acos.

    I ULO XII

    DEL PRINCIPIO DE E-UIDAD

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    #l &iseo y la aplicación &e las políticas públicas ambientales &ebencontribuir a erra&icar la pobre!a y re&ucir las ine:ui&a&es sociales yeconómicas e=istentes8 y al &esarrollo económico sostenible &e las

    poblaciones menos 6a)oreci&as. #n tal senti&o8 el #sta&o po&r7 a&optar8entre otras8 políticas o programas &e acción a6irmati)a8 enten&i&a como elcon9unto coherente &e me&i&as &e car7cter temporal &irigi&as a corregir lasituación &e los miembros &el grupo al :ue est7n &estina&as8 en un aspectoo )arios &e su )i&a social o económica8 a 6in &e alcan!ar la e:ui&a&e6ecti)a.

    OsRaldo de ?i$ero( en su destacada obra 5El mito del desarrollo6 nos ad$ierte losiguiente9 5;i la poblaci"n urbana de >oli$ia( India( =arruecos o Per) siguecreciendo y la producci"n de alimentos( energía y agua no le siguen el paso( elresultado ser4 m4s pobre&a como consecuencia de un tremenda presi"ndemogr4ica sobre estos tres recursos cruciales. La e7plosi"n demogr4ico-urbana depredar4 las tierras agrícolas e7pandi3ndose sobre ellas y agudi&andoa)n m4s la alta de seguridad alimentaria. Las ciudades con poca agua y aguascontaminadas har4n 'ue muchas epidemias se $uel$an end3micas. La poblaci"n enbusca de energía har4 le8a los bos'ues( causando la erosi"n de los suelos yba#ando a)n m4s la producci"n de alimentos. Con e7plosi"n demogr4ica urbana y sin seguridad alimentaria( energ3tica e hídrica no e7istir4 e7pectati$a dedesarrollo. ;in agua( la naci"n no tendr4 alimentos: ninguna escuela ser$ir4 conni8os desnutridos: ninguna 4brica podr4 tener alta producti$idad sin suicienteenergía y agua: en in( ninguna amilia podr4 tener una $ida saludable sinsuicientes alimentos( agua y energía.6 En otras palabras( e$idencia 'ue nuestraspolíticas p)blicas en materia ambiental est4n ine7orablemente usionadas connuestras políticas p)blicas socio-econ"micas( siendo el resultado de ambosinstrumentos( el desarrollo sostenible del país.

    ;in desarrollo socioecon"mico de las poblaciones rurales y en e7trema pobre&ano es posible implementar políticas p)blicas ambientales( las estrategias deconser$aci"n in situ por e#emplo deben necesariamente contribuir a erradicar lapobre&a y reducir las ine'uidades sociales y econ"micas e7istentes. Elestablecimiento de un 4rea natural protegida no puede seguir siendo $isto comoun actor para el no-desarrollo social al restringir el uso de los recursosnaturales y constituir un escollo legal para eectuar obras p)blicas deelectriicaci"n rural( ductos de irrigaci"n( captaci"n de agua potable o paraconstruir un camino $ial. En otras palabras( la poblaci"n local no puede seguir

    sintiendo 'ue el 4rea natural protegida los e7cluye a)n m4s socialmente.

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    En tal sentido( el Estado debe adoptar políticas o programas de acci"n 'uepermitan distribuir los beneicios y costos de establecer un 4rea naturalprotegida( implementando estrategias de desarrollo en las &onas de

    amortiguamiento e in$istiendo al #ee del 4rea natural protegida con un rol demayor protagonismo social( 'ue le permita ser un ente coordinar y canali&adorde las necesidades de la poblaci"n local 'ue $i$e en el interior del 4rea naturalprotegida.

    C-M#+TA',-1Primeramene se "ee erra"icar la !ore*a $ re"ucir las ine%ui"a"essociales, crear conciencia en la !olaci.n $ unirnos a la causa as+ !o"erresol-er o"os los !rolemas "e manera e/ciene $ e/ca*& Tami4n

    enemos %ue ener en cuena %ue ca"a "+a nuesros recursos nosais)acen la creciene "eman"a "e la !olaci.n lo mismo %ue causa la!ore*a, "esnurici.n, en)erme"a"es& Es !or ello "eemos saera"minisrar $ "isriuir "e manera e%uiai-a $ e/ciene nuesrosrecursos $a %ue son los !ilares )un"amenales !ara el "esarrollo $crecimieno "e nuesra naci.n& En al seni"o el esa"o "ee a"o!ar!ol+icas o !ro(ramas "e acci.n %ue !ermian "isriuir los ene/cios $cosos& Las auori"a"es res!onsales "een ener ma$or !roa(onismo $concieni*ar a la !olaci.n %ue sin "esarrollo no e8ise conser-aci.n& La

    e%ui"a" en oras !alaras usca el !uno "e e%uilirio enre "esarrolloecon.mico, ienesar social $ el res!eo !or el me"io en %ue -i-imos&

    C-+CL0,-+1En el !a+s se "ee !rimeramene erra"icar la !ore*a, "isriuir "emanera e%uiai-a los recursos $o in(reso sin nin(una "iscriminaci.n "ecolor o re(i.n, ami4n se "een im!lemenar las !ol+icas amienales $crear esrae(ias "e conser-aci.n "el me"io amiene, asi erra"icar conla !ore*a e8rema $ "esnurici.n&

    '#C-M#+DAC,-+1

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    • >ue el esa"o !romue-a !ro(ramas sociales !ara las !olacionesen las *onas "e amori(uamieno, $ "e1ar "e ser in"i)erenes aneesos aconecimienos "e e8rema !ore*a&

    Se "een a"minisrar los recursos "e manera e%uiai-a&• Preser-ar nuesras )uenes "e a(ua, alimenos !ara (eneraciones

    )uuras&• Cui"emos nuesro me"io amiene, !or%ue "e ello "e!en"e

    nuesro ienesar&

    I ULO XIII

    DEL PRINCIPIO DE GOBERNANZA AMBIENTAL

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    implica el logro de los ob#eti$os de gobierno en orma transparente y sindesperdicio de recursos: la reerencia a la eicacia implica el mantenimiento dela estabilidad y credibilidad de las instituciones y del sistema político: y(

    inalmente( la reerencia a la legitimidad( 'ue se identiica con las institucionesdel Estado( supone el reconocimiento de la ciudadanía de los gobernantes y dele#ercicio del poder y la autoridad.6

    Las modalidades de gobernan&a se e7presan mediante marcos #urídicos ypolíticos( estrategias y planes de acci"n( e incluyen las modalidades deestructura para dar seguimiento a las políticas y planes( y super$isar eldesempe8o. La gobernan&a abarca las normas para la toma de decisiones( enparticular( 'ui3n tiene acceso a la inormaci"n y participa en el proceso de tomade decisiones( así como las propias decisiones.

    La gobernan&a ha sido descrita asimismo como un concepto 'ue signiicaesencialmente apoderamiento( rendici"n de cuentas y participaci"n ciudadana95'ui3n tiene inluencia( 'ui3n decide y c"mo deben rendir cuentas losencargados de adoptar las decisiones6. Craig =acJarland maniiesta 'ue lagobernabilidad se puede deinir como 5la interacci"n entre las estructuras( losprocesos y las tradiciones 'ue determina c"mo se e#erce el poder( c"mo seadoptan decisiones y c"mo participan los ciudadanos y sectores in$olucrados.6

    Elementos 'ue deben considerarse para la gobernabilidad de un 4rea naturalprotegida teniendo en cuenta la etapa de planiicaci"n y la etapa de mane#omismo del 4rea. La gobernan&a ambiental no es otra cosa 'ue la armoni&aci"n delas políticas sectoriales con los lineamientos de la gesti"n ambiental nacional. Endicha tarea contribuye el derecho de la participaci"n ciudadana( disposicionestransectoriales así como la aprobaci"n de normas transectoriales y laimplementaci"n de un r3gimen com)n de iscali&aci"n y control para las

    autoridades con competencias ambientales. Esta armoni&aci"n y coordinaci"n depolíticas ambientales sectoriales debe darse en un ranco proceso dedescentrali&aci"n y de manera participati$a.

    C-M#+TA',-1En "ic#a area "e la (oernan*a amienal, conriu$e el "erec#o "e la!arici!aci.n ciu"a"ana, en la oma "e "ecisiones, "is!osicionesransecoriales as+ como la a!roaci.n "e normas ransecoriales $ laim!lemenaci.n "e un r4(imen com2n "e /scali*aci.n $ conrol !ara lasauori"a"es con com!eencias amienales&

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    C-+CL0,-+1El !rinci!al o1ei-o "e ese !rinci!io es #acer !osile la !arici!aci.n

    e)eci-a e ine(ra"a "e los secores !2licos $ !ri-a"os, en la oma "e"ecisiones, mane1o "e conBicos $ consrucci.n "e consensos, sore laase "e res!onsaili"a"es claramene "e/ni"as, se(uri"a" 1ur+"ica $rans!arencia&

    '#C-M#+DAC,2+1• Deer+a #aer una ma$or !arici!aci.n "e los ciu"a"anos $

    secores in-olucra"os&• Se "een im!lemenar !ol+icas, !ro(ramas $o esrae(ias en la

    e"ucaci.n amienal.

    3,3L,-G'A%*A+. Cr.( >"$eda( ?en4n. ?ecursos yrne( Patricia. Principios de Derecho AmbientalInternacional y Legislaci"n

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    +1. Cr( Joy ( Pierre y otros. Derecho Internacional Ambiental. PUCP JondoEditorial. Lima- Per). @11. p.

    ++. Organi&aci"n de las