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    http://www.apap.org.pe/docs/legales/tuo716.pdf

    http://www.indecopi.gob.pe/repositorioaps/0/8/jer/legislacion_lineamientos/C

    odigo!roteccion"efensaelConsumidor#1$.pdf

    https://www.google.com.pe/%

    gfe_rd&cr'ei&C()*661+e,d8gf6n)C-C&2)323!452CC+5323

    C5*9+54

    http://www.proinersion.gob.pe/ibro4eclamos/docs/4eglamento_e"_!rotec

    cion_Consumidor.pdf

    http://www.gacetajuridica.com.pe/boletin;nnet/img_bol08/C5digo+(bou?*94@+C+5

    https://www."outube.com/watch%&!*>+(bou?*9!*5AA1

    http://www.apap.org.pe/docs/legales/tuo716.pdfhttp://www.indecopi.gob.pe/repositorioaps/0/8/jer/legislacion_lineamientos/CodigoDProteccionyDefensaDelConsumidor(1).pdfhttp://www.indecopi.gob.pe/repositorioaps/0/8/jer/legislacion_lineamientos/CodigoDProteccionyDefensaDelConsumidor(1).pdfhttps://www.google.com.pe/?gfe_rd=cr&ei=CDVYU661Iezd8gf6nYC4CQ#q=LEY+DE+PROTECCION+DEL+CONSUMIDORhttps://www.google.com.pe/?gfe_rd=cr&ei=CDVYU661Iezd8gf6nYC4CQ#q=LEY+DE+PROTECCION+DEL+CONSUMIDORhttps://www.google.com.pe/?gfe_rd=cr&ei=CDVYU661Iezd8gf6nYC4CQ#q=LEY+DE+PROTECCION+DEL+CONSUMIDORhttp://www.proinversion.gob.pe/LibroReclamos/docs/Reglamento_Ley_Proteccion_Consumidor.pdfhttp://www.proinversion.gob.pe/LibroReclamos/docs/Reglamento_Ley_Proteccion_Consumidor.pdfhttp://www.gacetajuridica.com.pe/boletin-nvnet/img_bol08/COdigo%20de%20protecciOn%20y%20defensa%20del%20consumidor.pdfhttp://www.gacetajuridica.com.pe/boletin-nvnet/img_bol08/COdigo%20de%20protecciOn%20y%20defensa%20del%20consumidor.pdfhttps://www.youtube.com/watch?v=PUxIVbou5UMhttps://www.youtube.com/watch?v=PUxIVbou5UMhttp://www.indecopi.gob.pe/repositorioaps/0/8/jer/legislacion_lineamientos/CodigoDProteccionyDefensaDelConsumidor(1).pdfhttp://www.indecopi.gob.pe/repositorioaps/0/8/jer/legislacion_lineamientos/CodigoDProteccionyDefensaDelConsumidor(1).pdfhttps://www.google.com.pe/?gfe_rd=cr&ei=CDVYU661Iezd8gf6nYC4CQ#q=LEY+DE+PROTECCION+DEL+CONSUMIDORhttps://www.google.com.pe/?gfe_rd=cr&ei=CDVYU661Iezd8gf6nYC4CQ#q=LEY+DE+PROTECCION+DEL+CONSUMIDORhttps://www.google.com.pe/?gfe_rd=cr&ei=CDVYU661Iezd8gf6nYC4CQ#q=LEY+DE+PROTECCION+DEL+CONSUMIDORhttp://www.proinversion.gob.pe/LibroReclamos/docs/Reglamento_Ley_Proteccion_Consumidor.pdfhttp://www.proinversion.gob.pe/LibroReclamos/docs/Reglamento_Ley_Proteccion_Consumidor.pdfhttp://www.gacetajuridica.com.pe/boletin-nvnet/img_bol08/COdigo%20de%20protecciOn%20y%20defensa%20del%20consumidor.pdfhttp://www.gacetajuridica.com.pe/boletin-nvnet/img_bol08/COdigo%20de%20protecciOn%20y%20defensa%20del%20consumidor.pdfhttps://www.youtube.com/watch?v=PUxIVbou5UMhttps://www.youtube.com/watch?v=PUxIVbou5UMhttp://www.apap.org.pe/docs/legales/tuo716.pdf
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    Ttulo preliminar

    Artculo II.- Finalidad

    El presente Cdigo tiene la finalidad de que los consumidores accedan a productosyserviciosidneos yque gocen de los derechos y los mecanismos efectivos para su proteccin, reduciendo la asimetrainformativa, corrigiendo, previniendo o eliminando las conductas y prcticas que afecten sus legtimosintereses. En el rgimen de economa social de mercado establecido por la Constitucin, la proteccin seinterpreta en el sentido ms favorable al consumidor,de acuerdo alo establecido en el presente Cdigo.

    Artculo III.- mbito de aplicacin

    1. El presente Cdigo protege al consumidor, se encuentre directa o indirectamente epuesto o

    comprendido por una relacin deconsumoo en una etapa preliminar a sta.

    !. "as disposiciones del presente Cdigo se aplican a las relaciones de consumo que se

    celebran en el territorio nacional o cuando sus efectos se producen en ste.

    #. Estn tambin comprendidas en el presente Cdigo las operacionesa ttulo gratuito cuando

    tengan un propsito comercial dirigido a motivar o fomentar el consumo

    Artculo IV.- Definiciones

    $ara los efectos del presente Cdigo, se entiende por%

    1. Consumidores o usuarios

    1.1"as personas naturales o &urdicas que adquieren, utili'an o disfrutan como destinatarios finalesproductos o serviciosmaterialese inmateriales, en beneficio propio o de su grupofamiliar o social,actuando as en un mbito a&eno a una actividad empresarial

    2. Proeedores.- "as personas naturales o &urdicas, dederecho p(blicoo privado, que de manera

    habitual fabrican, elaboran, manipulan, acondicionan, me'clan, envasan, almacenan, preparan,ependen, suministran productos o prestan servicios de cualquiernaturale'aa los consumidores. Enforma enunciativa y no limitativa se considera proveedores a%

    a. )istribuidores o comerciantes.* "as personas naturales o &urdicas que venden o proveen de

    otra forma al por mayor, al por menor, productos o servicios destinados finalmente a los consumidores,aun cuando ello no se desarrolle en establecimientos abiertos al p(blico.

    b. $roductores o fabricantes.* "as personas naturales o &urdicas que producen, etraen,

    industriali'an o transformanbienesintermedios o finales para su provisin a los consumidores.

    c. +mportadores.* "as personas naturales o &urdicas que importan productos para su ventao

    provisin en otra forma en el territorio nacional.

    http://www.monografias.com/trabajos12/elproduc/elproduc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elproduc/elproduc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/comco/comco.shtml#aspehttp://www.monografias.com/trabajos5/comco/comco.shtml#aspehttp://www.monografias.com/trabajos35/consumo-inversion/consumo-inversion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/consumo-inversion/consumo-inversion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/diop/diop.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/propiedadmateriales/propiedadmateriales.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/propiedadmateriales/propiedadmateriales.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/dinamica-grupos/dinamica-grupos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/lacali/lacali.shtml#influenciahttp://www.monografias.com/trabajos6/lacali/lacali.shtml#influenciahttp://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/naturaleza/naturaleza.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/naturaleza/naturaleza.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/naturaleza/naturaleza.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/curclin/curclin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elproduc/elproduc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/comco/comco.shtml#aspehttp://www.monografias.com/trabajos35/consumo-inversion/consumo-inversion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/diop/diop.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/propiedadmateriales/propiedadmateriales.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/dinamica-grupos/dinamica-grupos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/lacali/lacali.shtml#influenciahttp://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/naturaleza/naturaleza.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/curclin/curclin.shtml
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    d. $restadores.* "as personas naturales o &urdicas que prestan servicios a los consumidores.

    !. Producto.- Es cualquier bien mueble o inmueble, material o inmaterial, de origen nacional o no.

    ". #ericio.- Es cualquier actividad de prestacin de servicios que se ofrece en el mercado, inclusive lasde naturale'a bancaria, financiera, decrdito,de seguros, previsionales y los servicios tcnicos yprofesionales. o estn incluidos los servicios que prestan las personas ba&o relacin de dependencia.

    $. %elacin de consumo.- Es la relacin por la cual unconsumidoradquiere unproductoo contrataunserviciocon un proveedor a cambiode una contraprestacin econmica. Esto sin per&uicio de lossupuestos contemplados en el artculo +++.

    &. Asociaciones de consumidores.- -on organi'aciones que se constituyen de conformidad conlas normasestablecidas para tal efecto en el Cdigo Civil. -u finalidad es proteger, defender, informar yrepresentar a los consumidores y usuarios, pudiendo interponer antelas autoridades competentesreclamos y denuncias a nombre de sus asociados y de las personas que hayan otorgado podera su favor,as como en defensa de intereses difusos o colectivos de los consumidores, con su&ecin a lo previsto enel presente Cdigo.

    '. Asimetra informatia.- Caracterstica de la transaccin comercial por la cual uno de los agentes, elproveedor, suele tener mayor y me&or informacinsobre los productosy serviciosque ofrece enelmercadoa los consumidores.

    (. )abitualidad.--e considera habitual aquella actividad que se reali'a de manera com(n y reiterada detal forma que pueda presumirse que se desarrolla para continuar en el mercado. ste conceptono estaligado a un n(mero predeterminado de transacciones que deban reali'arse. "as actividades de ventadeproductos o contratacin de servicios que se realicen en locales abiertos son consideradas habituales porse simple hecho.

    Artculo V.- Principios

    El presente cdigo se su&eta a los siguientesprincipios%

    1. Principio de soberanadel consumidor.-"as normas de proteccin al consumidor fomentan

    las decisiones libres e informadas de los consumidores, a fin de que con sus decisiones orienten elmercado en la me&ora de las condiciones de los productos o servicios ofrecidos.

    2. Principio Pro consumidor.-En cualquier campo de su actuacin, el Estadoe&erce

    unaaccintuitiva a favor de los consumidores. En proyeccin de ste principio, en caso de dudainsalvable en el sentido de las normas o cuando eista dudas en los alcances de los contratosporadhesin y los celebrados en base a clusulas generales de contratacin, debe interpretarse en sentido

    mas favorable al consumidor.

    !. Principio de transparencia.* En la actuacin en el mercado los proveedoresgeneran una

    plena accesibilidad a la informacin a los consumidores acerca de los productos o servicios que ofrecen."a informacin brindada debe ser vera' y apropiada conforme al presente cdigo.

    Artculo VI.- Polticap*blicas

    1. El Estado protege la saluda y seguridadde los consumidores a travs de una normativa

    apropiada y actuali'ada, fomentando la participacin de todos los estamentos p(blicos o privados. $ara

    tal efecto, promueve el establecimiento de las normas reglamentarias paralaproducciny comerciali'acinde productos y servicios/ y, fiscali'a su cumplimiento a travs de losorganismos competentes.

    http://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/segu/segu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/consumo-inversion/consumo-inversion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/comco/comco.shtml#aspehttp://www.monografias.com/trabajos5/comco/comco.shtml#aspehttp://www.monografias.com/trabajos12/elproduc/elproduc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elproduc/elproduc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elproduc/elproduc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/mercambiario/mercambiario.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/civil/civil.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eticaplic/eticaplic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sisinf/sisinf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sisinf/sisinf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elproduc/elproduc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elproduc/elproduc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mercado/mercado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mercado/mercado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mercado/mercado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/teca/teca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/teca/teca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/curclin/curclin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/etic/etic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/etic/etic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/etic/etic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/sobeydcho/sobeydcho.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/sobeydcho/sobeydcho.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/cont/cont.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/lacali/lacali.shtml#influenciahttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/produccion-sistema-economico/produccion-sistema-economico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/produccion-sistema-economico/produccion-sistema-economico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/produccion-sistema-economico/produccion-sistema-economico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/comercializa/comercializa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/segu/segu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/consumo-inversion/consumo-inversion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/comco/comco.shtml#aspehttp://www.monografias.com/trabajos12/elproduc/elproduc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/mercambiario/mercambiario.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/civil/civil.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eticaplic/eticaplic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sisinf/sisinf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elproduc/elproduc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mercado/mercado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/teca/teca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/curclin/curclin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/etic/etic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/sobeydcho/sobeydcho.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/cont/cont.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/lacali/lacali.shtml#influenciahttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/produccion-sistema-economico/produccion-sistema-economico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/comercializa/comercializa.shtml
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    !. El Estado garanti'a el derecho a la informacin de los consumidores promoviendo que

    elsector p(blicorespectivo y el sector privado faciliten mayores y me&ores espacios e instrumentos deinformacin a los consumidores a fin de hacer mas transparente el mercado/ y, vela porque la informacinsea vera' y apropiada para que los consumidores tomen decisiones de consumo de acuerdo a sus

    epectativas.

    #. El Estado orienta susaccionesa defender los intereses de los consumidores contra aquellas

    practicas que afectan sus legtimos intereses y que en su per&uicio distorsionan el mercado/ y, busca queellos tengan un rol activo en eldesarrollodel mercado, informndose, comparando y premiando con sueleccin al proveedor leal y honesto, haciendo valer susderechosdirectamente ante los proveedores oante las entidades correspondientes.

    0. El Estado reconoce la vulnerabilidad de los consumidores en el mercado y en las relaciones

    de consumo, orientando su labor de proteccin y defensa del consumidor con especial nfasis en quienesresulten mas propensos a ser vctimas de prcticas contrarias a sus derechos por sus condicionesespeciales, como es el caso de las gestantes, nias,nios, adultos mayores y personas

    condiscapacidadas como los consumidores de las 'onas rurales o de etrema pobre'a.

    2. El Estado formulaprogramasde educacinescolar y capacitacinpara los consumidores, a fin

    de que cono'can sus derechos y puedan discernir sobre los efectos de sus decisiones de consumo,debiendo formar ello parte delcurrculoescolar. $ara tal efecto, brinda asesora al consumidor y capacitaa losdocentes, implementando lossistemasque sean necesarios. 3simismo, puede reali'ar convenioscon institucionesp(blicas o privadas con el fin de coordinar actividades a favor del desarrollo de losderechos de los consumidores.

    4. El Estado garanti'a mecanismos eficaces y epeditivos para la situacin de conflictosentre

    proveedores y consumidores. $ara tal efecto, promueve que los proveedores atiendan y solucionen yrpidamente los reclamos de los consumidores, el uso de mecanismos alternativos de solucin como la

    mediacin, la conciliacin y elarbitra&ede consumo voluntario/ y, sistemas de autorregulacin/ asimismo,garanti'a el acceso a procedimientos administrativosy &udiciales giles, epeditivos y eficaces paralaresolucin de conflictosy la reparacin de daos. +gualmente, facilita el acceso a las acciones porintereses colectivos y difusos.

    5. El Estado promueve la participacin ciudadana yla organi'acinde los consumidores en la

    proteccin y defensa de sus derechos. En tal sentido, estimulan la labor que desarrollan las asociacionesde consumidores, a fin de que contribuyan al me&or funcionamiento y a la conformacin de relacionesequilibradas de consumo.

    6. El Estado procura y promueve unaculturadeproteccin al

    consumidory comportamientoacorde con la buena fe de los proveedores, consumidores, asociaciones de

    consumidores, sus representantes y la funcinprotectora de los poderes p(blicos para asegurarelrespetoy pleno e&ercicio de los derechos reconocidos en el presente Cdigo, privilegiando el acceso ala educacin, la divulgacin de los derechos del consumidor y las medidas en defensa del consumidor.

    7. El Estado promueve el consumo libre y sostenible de productos y servicios, mediante el

    incentivo de la utili'acin de las me&ores prcticas de comerciali'acin y de la adecuacin de la normativaque favore'ca sudiseo, produccin ydistribucin, con su&ecin a la normativa ambiental.

    18. El Estado promueve lacalidaden la produccin debienesy en la prestacin de servicios a

    fin de que stos sean idneos y competitivos. Con sta finalidad, impulsa y apoya el desarrollo delanormali'acina efectos de obtener los me&ores estndares en beneficio y bienestar del consumidor.

    11. El Estado orienta sus acciones para que la proteccin al consumidor sea una polticatransversal que involucre a todos los poderes p(blicos, as como a la sociedad/ y, tenga una cobertura

    http://www.monografias.com/trabajos14/concep-organizar/concep-organizar.shtml#SECTORhttp://www.monografias.com/trabajos14/concep-organizar/concep-organizar.shtml#SECTORhttp://www.monografias.com/trabajos4/acciones/acciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/acciones/acciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/desorgan/desorgan.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/desorgan/desorgan.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/espacio-tiempo/espacio-tiempo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/espacio-tiempo/espacio-tiempo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/autoes/autoes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/podes/podes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/podes/podes.shtmlhttp://www.monografias.com/Computacion/Programacion/http://www.monografias.com/Computacion/Programacion/http://www.monografias.com/Educacion/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/adpreclu/adpreclu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/curriculum/curriculum.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/curriculum/curriculum.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/docentes-evaluacion/docentes-evaluacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/docentes-evaluacion/docentes-evaluacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/trainsti/trainsti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/trainsti/trainsti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos55/conflictos/conflictos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos55/conflictos/conflictos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/derec/derec.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/derec/derec.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos37/procedimientos-administrativos/procedimientos-administrativos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos37/procedimientos-administrativos/procedimientos-administrativos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/resolucion-conflictos/resolucion-conflictos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/resolucion-conflictos/resolucion-conflictos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/resolucion-conflictos/resolucion-conflictos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/quentend/quentend.shtml#INTROhttp://www.monografias.com/trabajos13/quentend/quentend.shtml#INTROhttp://www.monografias.com/trabajos13/quentend/quentend.shtml#INTROhttp://www.monografias.com/trabajos29/proteccion-consumidor/proteccion-consumidor.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos29/proteccion-consumidor/proteccion-consumidor.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos29/proteccion-consumidor/proteccion-consumidor.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos29/proteccion-consumidor/proteccion-consumidor.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/comportamiento-humano/comportamiento-humano.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos13/diseprod/diseprod.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/diseprod/diseprod.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/travent/travent.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/travent/travent.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conge/conge.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conge/conge.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/norbad/norbad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/norbad/norbad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/concep-organizar/concep-organizar.shtml#SECTORhttp://www.monografias.com/trabajos4/acciones/acciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/desorgan/desorgan.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/espacio-tiempo/espacio-tiempo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/autoes/autoes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/podes/podes.shtmlhttp://www.monografias.com/Computacion/Programacion/http://www.monografias.com/Educacion/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/adpreclu/adpreclu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/curriculum/curriculum.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/docentes-evaluacion/docentes-evaluacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/trainsti/trainsti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos55/conflictos/conflictos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/derec/derec.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos37/procedimientos-administrativos/procedimientos-administrativos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/resolucion-conflictos/resolucion-conflictos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/quentend/quentend.shtml#INTROhttp://www.monografias.com/trabajos29/proteccion-consumidor/proteccion-consumidor.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos29/proteccion-consumidor/proteccion-consumidor.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/comportamiento-humano/comportamiento-humano.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos13/diseprod/diseprod.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/travent/travent.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conge/conge.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/norbad/norbad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/sociedad/sociedad.shtml
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    nacional que asegure a todapersonael acceso a los mecanismos de proteccin de sus derechos en elmarco del -istemaacional +ntegrado de $roteccin al Consumidor.

    1!. Enmateriade productor de salud,el Estado promueve el acceso universal a los productos de

    salud p(blica, con especial incidencia en las poblaciones menos favorecidas econmicamente. )icta yadopta medidas que garanticen el acceso a los medicamentos y dispositivos mdicos esenciales

    9:9;"< +

    Derechos de los consumidores y relacin consumidor-proveedor

    Captulo I

    Derec+os de los consumidores

    Artculo 1.- Derec+os de los consumidores

    1.1En los trminos establecidos por el presente Cdigo, los consumidores tienen los siguientes derechos%

    a. )erecho a una proteccin efica' respecto de los productos y servicios que, en condiciones

    normales o previsibles, representenriesgopara la vida, salud e integridadfsica.

    b. )erecho a acceder a informacin oportuna, suficiente, vera' y fcilmente accesible, relevante

    para tomar una decisin de consumo que se a&uste a sus intereses, as como para efectuar un uso oconsumo adecuado de los productos o servicios.

    c. )erecho a la proteccin de sus intereses econmicos y en particular contra las clusulas

    abusivas,mtodoscomerciales coercitivos, cualquier otra prctica anloga e informacin interesadamenteequvoca sobre los productos o servicios.

    d. )erecho a un trato &usto y equitativo en toda transaccin comercial y a no ser discriminados

    por motivos de origen, ra'a,seo,idioma, religin, opinin, condicin econmica o de cualquier otrandole.

    e. )erecho a la reparacin o reposicin del producto, a una nueva reposicin del servicio/ o, en

    los casaos previstos en el presente Cdigo, a la devolucin de la cantidad pagada, seg(n lascircunstancias.

    f. )erecho a elegir libremente entre productos y servicios idneos y de calidad, conforme a la

    normativa pertinente, que se ofre'can en el mercado y a ser informados por el proveedor con los quecuenta.

    g. 3 la proteccin de sus derechos mediante procedimientoseficaces, cleres, o giles con

    formalidades mnimas, gratuitos o no costosos, seg(n sea el caso, para la atencinde sus reclamos odenuncias ante las autoridades competentes.

    h. )erecho a ser escuchados de manera individual o colectiva a fin de defender sus intereses por

    intermedio de entidades p(blicas o privadas de defensa del consumidor, empleando los mediosque elordenamiento &urdico permita.

    i. )erecho a la reparacin y a la indemni'acin por daos y per&uicios conforme a las

    disposiciones del presente Cdigo y a la normativa civil sobre la materia.

    &. )erecho a asociarse con el fin de proteger sus derechos o intereses de manera colectiva en el

    marco de las relaciones de consumo.

    http://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/Salud/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Salud/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/Fisica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Fisica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/Fisica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/sexo-sensualidad/sexo-sensualidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/sexo-sensualidad/sexo-sensualidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/sexo-sensualidad/sexo-sensualidad.shtmlhttp://www.monografias.com/Religion/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/deficitsuperavit/deficitsuperavit.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/deficitsuperavit/deficitsuperavit.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/deficitsuperavit/deficitsuperavit.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/medios-comunicacion/medios-comunicacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/Salud/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/ripa/ripa.shtmlhttp://www.monografias.com/Fisica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/sexo-sensualidad/sexo-sensualidad.shtmlhttp://www.monografias.com/Religion/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/deficitsuperavit/deficitsuperavit.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/medios-comunicacion/medios-comunicacion.shtml
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    =. )erecho al pago anticipado o prepago de los saldos de toda operacin de crdito, en forma

    total o parcial, con la consiguiente reduccin de los intereses compensatorios generados al da de pago yliquidacin de comisiones ygastosderivados de las clusulas contractuales pactadas entre las partes, sinque les sean aplicables penalidades de alg(n tipo o cobros de naturale'a o efecto similar.

    1.2"a enumeracin de los derechos establecidos no ecluye los dems que ste Cdigo garanti'a ni los

    reconocidos enleyesespeciales.

    1.!Es nula la renuncia a los derechos reconocidos por la presente norma, siendo nulo todo pacto encontrario.

    Captulo ++

    Informacin a los consumidores

    Sub captulo I

    Informacin en ,eneral

    Artculo 2.- Informacin releante

    2.1El proveedor tiene la obligacin de ofrecer al consumidor toda la informacin relevante para tomar unadecisin o reali'ar una eleccin adecuada de consumo, as para efectuar un uso de consumo o adecuadode los productos o servicios.

    2.2"a informacin debe ser vera', suficiente, de fcil comprensin, apropiada, oportuna y fcilmenteaccesible, debiendo ser brindada en idiomacastellano.

    2.!-in per&uicio de las eigencias concretas de las normas sectoriales correspondientes, para anali'ar la

    informacin relevante se tiene en consideracin a toda aquella sin la cual no se hubiera adoptado ladecisin de consumo o se hubiera efectuado en trminos substancialmente distintos. $ara ello se debeeaminar si la informacin omitida desnaturali'a las condiciones en que se reali' laofertaal consumidor.

    2."3l evaluarse la informacin, debe considerarse los problemasde confusin que generaran alconsumidor el suministro de informacin ecesiva o sumamente comple&a, atendiendo a la naturale'a delproducto adquirido o al servicio contratado.

    Artculo !.- Pro+ibicin de Informacin falsa ue induca a error al consumidor

    Esta prohibida toda informacin o presentacin u omisin de informacin que indu'ca al consumidor aerror, respecto a la naturale'a, origen, modo de fabricacin, componentes, usos, volumen, peso,

    medidas, precios, forma deempleo, caractersticas, propiedades, idoneidad, cantidad, calidad o cualquierotro dato de los productos o servicios ofrecidos

    Artculo ".- Informacin sobre la inte,ridad del precio

    ".1Cuando el proveedor ehiba precios de los productos o servicios o los consigne en sus listas deprecios, rtulos, letreros, etiquetas, envases u otros, debe indicar en forma destacada el preciototal de losmismos, el cual debe incluir lostributos, comisiones y cargos aplicables

    ".2"os consumidores no pueden ser obligados al pago de sumas o recargos adicionales al precio fi&ado,salvo que se trate de servicios distintos o adicionales, tales como transporte,instalacin o similares cuyaretribucin no se encuentre incluida en el precio.

    http://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/rega/rega.shtml#gahttp://www.monografias.com/trabajos10/rega/rega.shtml#gahttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/oriespa/oriespa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/oriespa/oriespa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/ofertaydemanda/ofertaydemanda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/ofertaydemanda/ofertaydemanda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/ofertaydemanda/ofertaydemanda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/calidad-serv/calidad-serv.shtml#PLANThttp://www.monografias.com/trabajos5/volfi/volfi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/fijacion-precios/fijacion-precios.shtml#ANTECEDhttp://www.monografias.com/trabajos36/teoria-empleo/teoria-empleo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/teoria-empleo/teoria-empleo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/fijacion-precios/fijacion-precios.shtml#ANTECEDhttp://www.monografias.com/trabajos16/fijacion-precios/fijacion-precios.shtml#ANTECEDhttp://www.monografias.com/trabajos14/contabilgest/contabilgest.shtml#TRIBUThttp://www.monografias.com/trabajos14/contabilgest/contabilgest.shtml#TRIBUThttp://www.monografias.com/trabajos/transporte/transporte.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/transporte/transporte.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/rega/rega.shtml#gahttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/oriespa/oriespa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/ofertaydemanda/ofertaydemanda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/calidad-serv/calidad-serv.shtml#PLANThttp://www.monografias.com/trabajos5/volfi/volfi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/fijacion-precios/fijacion-precios.shtml#ANTECEDhttp://www.monografias.com/trabajos36/teoria-empleo/teoria-empleo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/fijacion-precios/fijacion-precios.shtml#ANTECEDhttp://www.monografias.com/trabajos14/contabilgest/contabilgest.shtml#TRIBUThttp://www.monografias.com/trabajos/transporte/transporte.shtml
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    Esta posibilidad debe ser informada de manera previa, adecuada y oportuna al consumidor, incluyendo elprecio correspondiente a los recargos adicionales que puedan ser determinables por el proveedor yaceptada epresamente por el consumidor. "a carga de probar ello corresponde al proveedor.

    Artculo $.- /0+ibicin de precios o de listas de precios

    $.1"os establecimientos comerciales estn obligados a consignar de manera fcilmente perceptible parael consumidor los precios de los productos en los espacios destinados para su ehibicin, igualmente,debe contar con una lista de precios de fcil acceso a los consumidores. En el caso de losestablecimientos que ependen una gran cantidad de productos o servicios, stas listas pueden sercomplementadas por terminales de cmputo debidamente organi'ados y de fcil mane&o para losconsumidores.

    $.2$ara el caso de productos farmacuticos, dispositivos mdicos y productos sanitarios, losestablecimientos farmacuticos deben poner a disposicin del consumidor el listado de precios de stosproductos. "a relacin de precios de los productos farmacuticos est ordenada alfabticamente deacuerdo a su )enominacin Com(n +nternacional >)C+?.

    $.!"os establecimientos que ependen comidas y bebidas/ y, los servicios de hospeda&e y hosteleraestn obligados a colocar sus listas de precios en el eterior, de forma accesible y visible para consultadel consumidor. En stos servicios esta prohibido el cobro de montos adicionales por cualquier tipo deconcepto o recargo de manera disgregada al precio final, con ecepcin del recargo al consumo porconcepto de servicio de los traba&adores, previsto en norma especial, en cuyo caso debe informarse alconsumidor de manera oportuna, accesible y visible.

    Artculo &.- Informacin de precios en moneda nacional e0tranera

    &.1En caso de que los precios de los productos o servicios se difundan o publiciten en monedaetran&era, los mismos se consignan tambin en moneda nacional, en caracteres y condiciones iguales ycon la indicacin del tipo de cambioaceptado para efectos de pago. sta norma no es de aplicacin para

    aquellos proveedores que ofre'can directamente al p(blico productos y servicios desde y hacia el eterior.

    &.2-i el precio se anuncia en moneda etran&era, el proveedor esta obligado a aceptar el pago en dichamoneda o en su precio equivalente en moneda nacional a eleccin del consumidor.

    &.!En estos casos, se debe ubicar en lugares visibles del local, carteles, avisos o similares, coninformacin sobre el tipo de cambio aceptado para efecto de pago.

    Artculo '.- 3edio de Pa,o

    '.1En caso de que el proveedor diferencie el precio del producto o servicio en funcin del medio de pago,

    comotar&etasdecrditosu otros, dicha informacin debe ser puesta enconocimientodel consumidor, demanera destacada, en forma visible y accesible en el local o establecimiento comercial, a travs decarteles, avisos u otros similares. En caso de incumplimiento del proveedor, los consumidores no puedenser obligados al pago de sumas adicionales, debiendo respetarse el precio fi&ado por el producto oservicio.

    '.2En caso de ofertas, promociones, reba&as o descuentos, el consumidor puede utili'ar indistintamentecualquier medio de pago, salvo que el proveedor ponga en su conocimiento, de manera previa ydestacada, las condiciones, restricciones y forma de pago.

    Artculo (.- Informacin sobre productos manufacturados

    9oda informacin sobre productos de manufacturanacional proporcionada a los consumidores debeefectuarse en trminos comprensibles en idioma castellano y de conformidad con el -istema "egal de;nidades de @edida. 9ratndose de productos de manufactura etran&era, debe brindarse en idioma

    http://www.monografias.com/trabajos2/mercambiario/mercambiario.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/mercambiario/mercambiario.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/tarin/tarin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/tarin/tarin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/manufact-esbelta/manufact-esbelta.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/mercambiario/mercambiario.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/tarin/tarin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/manufact-esbelta/manufact-esbelta.shtml
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    castellano la informacin relacionada con los ingredientes, los componentes, las condiciones de lasgarantas, losmanualesde uso, las advertencias y los riesgosprevisibles, as como los cuidados a seguiren caso de que se produ'ca undao.

    Artculo 4.- Informacin acerca de las limitaciones en el suministro de partes accesorios

    En el caso de la produccin, fabricacin, ensamble,importacin, distribucin o comerciali'acin deproductos respecto de los que no se brinde el suministro oportuno de partes y accesorios o servicios dereparacin y mantenimientoo en los que dichos suministros o servicios se brinden con limitaciones, losproveedores deben informar de tales circunstancias de manera clara e inequvoca al consumidor. )e nobrindar dicha informacin, quedan obligados y son responsables por el oportuno suministro de partes yaccesorios, servicios de reparacin y de mantenimiento de los bienes que produ'can, fabriquen,ensamblen, importen o distribuyan, durante el lapso en que los comercialicen en el mercado nacional y,posteriormente, durante un lapso ra'onable en funcin de la durabilidad de los productos.

    "aresponsabilidadde probarla comunicacinprevia a la configuracin de la relacin de consumo sobrelas limitaciones en el suministro de partes y accesorios, corresponde al proveedor.

    El cumplimiento de la obligacin de informar a cargo del proveedor no debe implicar una afectacin a susderechos protegidos ba&o las normas de propiedadindustrial.

    Artculo 15.- Informacin acerca de los productos enasados

    15.1-in per&uicio de lo sealado en el artculo !, los productos envasados ofrecidos al consumidor debentener de manera visible y legible la informacin establecida en la norma sectorial de rotuladocorrespondiente. En el caso de productos destinados a la alimentaciny la salud de las personas, estaobligacin se etiende a informar sobre sus ingredientes y componentes.

    15.2Es competenciadel +ndecopi fiscali'ar el cumplimiento de los artculos 6 y 18, as como sancionar lasinfracciones, (nicamente si el producto se encuentra a disposicin del consumidor o epedito para sudistribucin en los puntos finales de venta, sin per&uicio de las competenciassectoriales quecorrespondan. -u competencia no se restringe a las listas de productos que pudieran contemplar normassectoriales de rotulado, resultando aplicables las eigencias establecidas en la presente norma a todoslos productos destinados a los consumidores.

    Artculo 11.- Informacin sobre productos no ori,inales o con defectos

    Cuando se epende al p(blico productos con alguna deficiencia o defecto, usados, reconstruidos oremanufacturados, debe informarse notoriamente esta circunstancia al consumidor, mediantemecanismos directos de informacin, hacindolo constar indistintamente en los propios artculos,etiquetas, envolturas o empaques, y en los comprobantes de pago correspondientes, siendo suresponsabilidad acreditar el cumplimiento de dicha obligacin. El incumplimiento de esta eigencia esconsiderado contrario a la buena fe en el comportamiento eigible al proveedor.

    -ub captulo ++

    Proteccin del consumidor frente a la publicidad

    Artculo 12.- 3arco le,al

    "apublicidadcomercial de productos y servicios se rige por las normas contenidas en el )ecreto"egislativo n(m. 1800, "eyde Aepresin de la Competencia )esleal,o por aquellas normas que lassustituyan o modifiquen, y por las normas especficas del presente sub captulo y las de publicidad de

    determinados productos y servicios contenidas en el presente Cdigo.

    Artculo 1!.- Finalidad

    http://www.monografias.com/trabajos6/maca/maca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/maca/maca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/tipos-riesgos/tipos-riesgos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/dano-derecho/dano-derecho.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/dano-derecho/dano-derecho.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/dano-derecho/dano-derecho.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/comercioexterior/comercioexterior.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/comercioexterior/comercioexterior.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/mantenimiento-industrial/mantenimiento-industrial.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/mantenimiento-industrial/mantenimiento-industrial.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos33/responsabilidad/responsabilidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos33/responsabilidad/responsabilidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/lacomunica/lacomunica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/lacomunica/lacomunica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/romano-limitaciones/romano-limitaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/Salud/Nutricion/http://www.monografias.com/Salud/Nutricion/http://www.monografias.com/trabajos7/compro/compro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/mocom/mocom.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/mocom/mocom.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teopub/teopub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teopub/teopub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/competencia-desleal/competencia-desleal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/competencia-desleal/competencia-desleal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/maca/maca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/tipos-riesgos/tipos-riesgos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/dano-derecho/dano-derecho.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/comercioexterior/comercioexterior.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/mantenimiento-industrial/mantenimiento-industrial.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos33/responsabilidad/responsabilidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/lacomunica/lacomunica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/romano-limitaciones/romano-limitaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/Salud/Nutricion/http://www.monografias.com/trabajos7/compro/compro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/mocom/mocom.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teopub/teopub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/competencia-desleal/competencia-desleal.shtml
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    "a proteccin del consumidor frente a la publicidad tiene por finalidad proteger a los consumidores de laasimetra informativa en la que se encuentran y de la publicidad engaosa o falsa que de cualquiermanera, incluida la presentacin o en su caso por omisin de informacin relevante, indu'can o puedaninducirlos a error sobre el origen, la naturale'a, modo de fabricacin o distribucin, caractersticas, aptitudpara el uso, calidad, cantidad, precio, condiciones de venta o adquisicin y, en general, sobre losatributos, beneficios, limitaciones o condiciones que corresponden a los productos, servicios,

    establecimientos o transacciones que el agente econmico que desarrolla tales actos pone a disposicinen el mercado/ o que los indu'can a error sobre los atributos que posee dicho agente, incluido todoaquello que representa su actividad empresarial.

    3simismo, atendiendo al impacto que la publicidad puede generar en las conductas sociales, la proteccindel consumidor frente a la publicidad persigue que los anuncios no afecten el principio de adecuacinsocial, evitando que indu'can a cometer actos ilegales o antisociales o dediscriminacinu otros desimilar ndole.

    Artculo 1".- Publicidad de promociones

    1".1"a publicidad de promociones de ventasdebe consignar, en cada uno de los anuncios que la

    conforman, la indicacin clara de su duracin y la cantidad mnima de unidades disponibles de productosofrecidos. En caso contrario, el proveedor est obligado a proporcionar a los consumidores que losoliciten los productos o servicios ofertados, en las condiciones sealadas. Corresponde al proveedorprobar ante las autoridades el cumplimiento del n(mero y calidad de los productos ofrecidos y vendidosen la promocin.

    1".2Cuando eistan condiciones y restricciones de acceso a las promociones de ventas, stas deben serinformadas en forma clara, destacada y de manera que sea fcilmente advertible por el consumidor encada uno de los anuncios que las publiciten o en una fuente de informacin distinta, siempre que en cadauno de los anuncios se informeclara y epresamente sobre la eistencia de dichas restricciones, ascomo de las referencias de locali'acin de dicha fuente de informacin.

    1".!"a fuente de informacin indicada en el prrafoanterior debe ser un servicio gratuito de fcil accesopara los consumidores e idneo en relacin con el producto o servicio y el p(blico al que van dirigidos losanuncios, que les permita informarse, de manera pronta y suficiente sobre las condiciones y restriccionesaplicables a la promocin anunciada. )icho servicio de informacin puede ser prestado a travsdepginas Bebo servicios de llamada de parte del consumidor sin costo, entre otros medios.

    1".""a informacin complementaria no consignada en los anuncios y puesta a disposicin a travs deuna fuente de informacin distinta debe ser consistente y no contradictoria con el mensa&e publicitario. "acarga de la prueba de la idoneidad de dicho servicio y de la informacin proporcionada por ste recaesobre el anunciante.

    Artculo 1$.- #orteos6 canes o concursos

    En el caso de sorteos, can&es o concursos se procede de acuerdo con el Aeglamento de $romocionesComerciales y Aifas con ines -ociales, aprobado mediante )ecreto -upremo n(m.884*!888*+, o conlas normas que lo sustituyan.

    Artculo 1&.- Publicidad diri,ida a menores de edad

    "a publicidad dirigida a los menores de edad no debe inducirlos a conclusiones equvocas sobre lascaractersticas reales de los productos anunciados o sobre las posibilidades de los mismos, debiendorespetar la ingenuidad, la credulidad, la ineperiencia y el sentimiento de lealtad de los menores.3simismo, dicha publicidad no debe generar sentimientos de inferioridad al menor que no consume elproducto ofrecido.

    Artculo 1'.- Competencia

    http://www.monografias.com/trabajos28/nociones-fundamentales-discriminacion/nociones-fundamentales-discriminacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/nociones-fundamentales-discriminacion/nociones-fundamentales-discriminacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/nociones-fundamentales-discriminacion/nociones-fundamentales-discriminacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/evintven/evintven.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/evintven/evintven.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/promoproductos/promoproductos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/guiainf/guiainf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/libapren/libapren.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/libapren/libapren.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/laweb/laweb.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/laweb/laweb.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/coad/coad.shtml#costohttp://www.monografias.com/trabajos7/coad/coad.shtml#costohttp://www.monografias.com/trabajos28/nociones-fundamentales-discriminacion/nociones-fundamentales-discriminacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/evintven/evintven.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/promoproductos/promoproductos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/guiainf/guiainf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/libapren/libapren.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/laweb/laweb.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/coad/coad.shtml#costo
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    "a Comisin de iscali'acin de la Competencia )esleal del +ndecopi es la autoridad encargada en formaeclusiva y ecluyente para conocer en primera instancia la verificacin del cumplimiento de las normasque regulan la publicidad en proteccin del consumidor. -in per&uicio de ello, las afectaciones concretas yespecficas a los derechos de los consumidores a consecuencia de la publicidad comercial constituyeninfracciones al presente Cdigo y son de competencia de la Comisin de $roteccin al Consumidor del+ndecopi.

    Captulo +++

    Idoneidad de los productos sericios

    Artculo 1(.- Idoneidad

    -e entiende por idoneidad la correspondencia entre lo que un consumidor espera y lo que efectivamenterecibe, en funcin a lo que se le hubiera ofrecido, la publicidad e informacin transmitida, las condicionesy circunstancias de la transaccin, las caractersticas y naturale'a del producto o servicio, el precio, entreotros factores, atendiendo a las circunstancias del caso.

    "a idoneidad es evaluada en funcin a la propia naturale'a del producto o servicio y a su aptitud parasatisfacer la finalidad para la cual ha sido puesto en el mercado.

    "as autori'aciones por parte de los organismos del Estado para la fabricacin de un producto o laprestacin de un servicio, en los casos que sea necesario, no eimen de responsabilidad al proveedorfrente al consumidor.

    Artculo 14.- 7bli,acin de los proeedores

    El proveedor responde por la idoneidad y calidad de los productos y servicios ofrecidos/ por laautenticidad de las marcasy leyendasque ehiben sus productos o del signo que respalda al prestador

    del servicio, por la falta de conformidad entre la publicidad comercial de los productos y servicios y stos,as como por el contenido y la vida (til del producto indicado en el envase, en lo que corresponda.

    Artculo 25.- 8arantas

    $ara determinar la idoneidad de un producto o servicio, debe compararse el mismo con las garantas queel proveedor est brindando y a las que est obligado. "as garantas son las caractersticas, condicioneso trminos con los que cuenta el producto o servicio.

    "as garantas pueden ser legales, eplcitas o implcitas%

    a. ;na garanta es legal cuando por mandato de la ley o de las regulaciones vigentes no se

    permite la comerciali'acin de un producto o de la prestacin de un servicio sin cumplir con la referidagaranta. o se puede pactar en contrario respecto de una garanta legal y la misma se entiende incluidaen los contratos de consumo, as no se seale epresamente. ;na garanta legal no puede serdespla'ada por una garanta eplicita ni por una implcita.

    b. ;na garanta es eplicita cuando se deriva de los trminos y condiciones epresamente

    ofrecido por el proveedor al consumidor en elcontrato, en el etiquetado del producto, en la publicidad, enel comprobante de pago o en cualquier otro medio por en el que se pruebe especficamente lo ofrecido alconsumidor. ;na garanta eplicita no puede ser despla'ada por una garanta implcita.

    c. ;na garanta es implcita cuando, ante el silencio del proveedor o del contrato, se entiende

    que el producto o servicio cumplen con los fines y usos previsibles para los que han sido adquiridos por el

    consumidor, considerando, entre otros aspectos, los usos y costumbres del mercado.

    http://www.monografias.com/trabajos16/marca/marca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/marca/marca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/leyendas-coloniales/leyendas-coloniales.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/cont/cont.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/cont/cont.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/marca/marca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/leyendas-coloniales/leyendas-coloniales.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/cont/cont.shtml
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    Artculo 21.- 8arantas

    21.13 falta de garanta eplcita, la garanta implcita vincula al proveedor.

    21.2$ara determinar que prestacionesy caractersticas se incorporan a los trminos y condiciones deuna operacin en caso de silencio de las partes o en caso de que no eistan otros elementos de pruebaque demuestren que es lo que las partes acordaron realmente, se acude a las costumbres y usoscomerciales, a las circunstancias que rodean la adquisicin y a otros elementos que se considerenrelevantes.

    En lo no previsto, se considera que las partes acordaron que el producto o servicio resulta idneo para losfines ordinarios para los cuales stos suelen ser adquiridos o contratados, seg(n lo previsto en el artculo16D

    21.!"a acreditacin de la eistencia de una condicin distinta a la normalmente previsible, dada lascircunstancias, corresponde al beneficiado por dicha condicin en la relacin de consumo.

    Artculo 22.- 8aranta de uso o de buen funcionamiento

    El proveedor que consigne la leyenda 98A%A:;I#8? das contados a partir de la recepcin del producto, a que se le repare nuevamente sin costoadicional.

    Cuando por deficiencia del servicio que otorgue el prestador, el producto ob&eto de la reparacin,

    limpie'a, mantenimiento u otro se pierde o sufre menoscabo, deterioro o modificacin que disminuyasu valoro lo haga total o parcialmente inapropiado para el uso normal al que esta destinado o lo conviertaen peligroso, el prestador del servicio debe indemni'ar al consumidor por los daos y per&uiciosocasionados.

    El incumplimiento de la obligacin a que se refiere el prrafo !#.1 da lugar a la obligacin delprestador del servicio de sustituir, sin cargo alguno, los componentes o repuestos de que se trate.

    http://www.monografias.com/trabajos15/cumplimiento-defectuoso/cumplimiento-defectuoso.shtml#INCUMPLhttp://www.monografias.com/trabajos901/evolucion-historica-concepciones-tiempo/evolucion-historica-concepciones-tiempo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/evolucion-historica-concepciones-tiempo/evolucion-historica-concepciones-tiempo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/evolucion-historica-concepciones-tiempo/evolucion-historica-concepciones-tiempo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/derjuic/derjuic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/derjuic/derjuic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metcien/metcien.shtml#OBSERVhttp://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/cumplimiento-defectuoso/cumplimiento-defectuoso.shtml#INCUMPLhttp://www.monografias.com/trabajos901/evolucion-historica-concepciones-tiempo/evolucion-historica-concepciones-tiempo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/derjuic/derjuic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metcien/metcien.shtml#OBSERVhttp://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtml
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    Artculo 2".- #ericio de atencin de reclamos

    -in per&uicio del derecho de los consumidores de iniciar las acciones correspondientes ante las

    3utoridades competentes, los proveedores estn obligados a atender los reclamos presentados por susconsumidores y dar respuesta a los mismos en un pla'o no mayor de treinta >#8? das calendarios. )ichopla'o puede ser etendido por otro igual cuando la naturale'a del reclamo lo &ustifique, situacin que es

    puesta en conocimiento del consumidor antes de la culminacin del pla'o inicial.

    En caso de que el proveedor cuente con una lnea de atencin de reclamos o con alg(n medio

    electrnico u otros similares para dicha finalidad, debe asegurarse que la atencin sea oportuna y que nose convierta en un obstculo al reclamo antela Empresa.

    o puede condicionarse la atencin de reclamos de consumidores o usuarios al pago previo del

    producto o servicio materia de dicho reclamo o del monto que hubiera motivado ello/ o, de cualquier otropago.

    Captulo +

    #alud se,uridad de los consumidores

    Sub captulo I

    Proteccin a la salud se,uridad de los consumidores

    Artculo 2$.- Deber ,eneral de se,uridad

    "os productos o servicios ofertados en el mercado no deben conllevar, en condiciones de uso normal oprevisible, riesgo in&ustificado o no advertido para la salud o seguridad de los consumidores o sus bienes.

    Artculo 2&.- 3edidas de los proeedores frente a los ries,os preistos

    En caso de que, por la naturale'a o componentes del producto o del servicio que se comercialice, elriesgo sea previsible para el proveedor, ste debe tomar las medidas necesarias para su adecuadaconservacin, manipulacin y transporte, advirtiendo al consumidor de dicho riesgo, as como del modocorrecto de la utili'acin del producto o la prestacin del servicio y las acciones a tomar en caso deproducido un dao. "as acciones del proveedor no deben incrementar el riesgo previsible.

    Artculo 2'.- Informacin de productos o sustancias peli,rosas

    "a comerciali'acin de productos qumicos y de todos aquellos que en su composicin lleven sustanciaso elementos peligrosos debe efectuarse cumpliendo con las normas sectoriales pertinentes, empleando

    envases que garanticen la salud y seguridad de los consumidores, consignando de forma visible ydestacada las indicaciones sobre su uso y las advertencias sobre su manipulacin.

    Artculo 2(.- 3edidas de los proeedores para eliminar o reducir los peli,ros no preistos

    En caso de que se coloquen productos o servicios en el mercado, en los que posteriormente se detecte laeistencia de riesgos no previstos con anterioridad o imprevisibles, el proveedor esta obligado a adoptarlas medidas ra'onables para eliminar o reducir el peligro en el pla'o inmediato/ entre ellas, notificar a las3utoridades competentes sta circunstancia, retirar los productos o servicios, disponer su sustitucin oreparacin, e informar a los consumidores, a la brevedad, de las advertencias del caso. "a prueba de lasmedidas adoptadas corresponde al proveedor.

    9ratndose de riesgos previsibles con anterioridad a suintroduccinal mercado, la responsabilidad porlaadopcinde las medidas anteriores se entiende sin per&uicio de la responsabilidad administrativa.

    http://www.monografias.com/trabajos11/empre/empre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/empre/empre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/discurso/discurso.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/discurso/discurso.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/adopca/adopca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/adopca/adopca.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/empre/empre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/discurso/discurso.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/adopca/adopca.shtml
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    Artculo 24.- Criterios aplicables a la informacin adertencia sobre el ries,o la peli,rosidad

    "a advertencia a los riesgos y peligros que normalmente tienen ciertos productos o servicios, o de losriesgos y peligros no previstos o imprevisibles que se detecten con posterioridad a la colocacin de losproductos o a la prestacin de los servicios en el mercado, deben reali'arse cumpliendo con lossiguientes criterios%

    a. "a advertencia debe ser difundida con la debida celeridad. -e deben difundir las advertencias

    en un pla'o prudencial de acuerdo con la gravedad del riesgo o peligro involucrados. 9etndose de undao grave a la vida o a la salud de los consumidores, las advertencias deben ser difundidas deinmediato, apenas eistan indicios para suponer la eistencia del peligro.

    b. )ebe usarse un encabe'amiento o seal de advertencia adecuados al riesgo o peligro que se

    advierte. El titulo con el que se pretenda llamar la atencin de consumidor debe ser adecuado para que,sin alarmar innecesariamente, llame la atencin lo suficiente con relacin a la magnitud del riesgo alsegmento de lapoblacinafectada y permita a los interesados identificar la importancia de la advertenciapara ello.

    c. El tamao y frecuencia de la advertencia deben ser adecuados. "as dimensiones de laadvertencia y la frecuencia con la que se hace, en el caso de que la advertencia se haga pormedios decomunicacin, deben permitir que se llegue a los consumidores afectados o potencialmente afectados.

    d. -e debe especificar la naturale'a del riesgo o peligro que se advierte sealando si dicho

    riesgo afecta la vida o la salud del consumidor, su propiedad o la prdida o afectacin del productoadquirido.

    e. )ebe utili'arse lengua&eaccesible y entendible por un consumidor que act(a con la diligencia

    ordinaria seg(n las circunstancias del caso. )ebe, por tanto, descartarse el uso del lengua&eecesivamente tcnico o cientfico, utili'ndose, por el contrario, trminos que permitan al consumidorentender cuales son los riesgos o peligros que se le advierten.

    f. -e debe describir el nivel de certidumbre que rodea al riesgo o peligro previsible. -i el riesgo

    es slo potencial o no se tiene certe'a absoluta del mismo, debe indicarse ello en el aviso o advertencia,pudiendo en sos casos usarse epresiones condicionales. $or el contrario, si se trata de un riesgo ciertoy preciso, debe utili'arse un lengua&e que de a entender ello al consumidor.

    g. )eben eplicarse las medidas que se adoptan para evitar el riesgo o dao/ o, para mitigar los

    efectos que pueda producirse. "a advertencia debe, de ser posible, sealar como corregir stosproblemas de una manera clara y sencilla.

    h. -e debe incluir una fuente de informacin alternativa, que sea gratuita y de fcil acceso para

    los consumidores, con la finalidad de poder contar con mayor informacin sobre las advertencias de losriesgos y peligros del producto, indicando el n(mero gratuito de contacto o su locali'acin. )ichainformacin debe ser, adems, comunicada de inmediato al +)EC

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    "os proveedores que alegan alg(n aspecto de la calidad de sus productos, sea mediante el uso de frases,epresiones oimgenes, debe estar en condiciones de probarlo, de conformidad con lo dispuesto en elpresente Cdigo y la normativa vigente.

    $ara los efectos de aplicacin del presente artculo, se entiende por calidad al con&unto de caractersticasde un producto que le confiere la aptitud para satisfacer las necesidades establecidas y las implcitas.

    Artculo !2.- /tiuetado denominacin de los alimentos

    El etiquetado de los alimentos se rige de conformidad con la legislacin sobre la materia o en su defecto alo establecido en el Code 3limentarius.

    "os alimentos deben llevar en su etiquetado de manera destacada la denominacin que refle&e suverdadera naturale'a, sin generar confusin ni engao al consumidor.

    "as alegaciones saludables deben sustentarse de acuerdo con la legislacin sobre la materia o en sudefecto a lo establecido en el Code 3limentarius.

    Artculo !!.- Alimentos modificados

    "os alimentos modificados por sustraccin, sustitucin o adicin de ingredientes slo pueden utili'ar ladenominacin de los productos originales cuando lo permita la legislacin sobre la materia o en su defectoel Code 3limentarius.

    Artculo !".- Informacin complementaria

    En todos los casos en que el proveedor brinde informacin complementaria mediante sitios en +nternetuotras formas de difusin, la misma debe ser clara, comprensible, vera' y fcilmente accesible, observandolo dispuesto en el presente Cdigo y la "egislacin de la materia. "a remisin de esta fuente de

    informacin distinta debe ser clara y epresa..

    Artculo !$.- Alimentos or,=nicos

    "os proveedores que ofre'can alimentos orgnicos deben ser debidamente certificados y debenidentificarlos claramente en las etiquetas, envases y los medios de informacin directos o indirectos.

    Artculo !&.- /tiuetado de,rasastrans

    Cuando un alimento contenga un tipo de grasa considerada trans debe advertirlo en su etiqueta, as comosu porcenta&e.

    Artculo !'.- /tiuetado de alimentos ,en>ticamente modificados

    "os alimentos que incorporen componentes genticamente modificados deben indicarlos en susetiquetas.

    Captulo

    Proteccin de los intereses sociales econmicos

    Artculo !(.- Pro+ibicin dediscriminacinde consumidores

    "os proveedores no pueden establecer discriminacin alguna por motivo de origen, ra'a, seo,idioma, religin, opinin, condicin econmica o de cualquier otra ndole, respecto de los consumidores,se encuentren estos dentro o epuestos a una relacin de consumo.

    http://www.monografias.com/trabajos3/color/color.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos3/color/color.shtmlhttp://www.monografias.com/Computacion/Internet/http://www.monografias.com/Computacion/Internet/http://www.monografias.com/trabajos28/grasas-en-la-alimentaciom/grasas-en-la-alimentaciom.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/grasas-en-la-alimentaciom/grasas-en-la-alimentaciom.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/discriminacion/discriminacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/discriminacion/discriminacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos3/color/color.shtmlhttp://www.monografias.com/Computacion/Internet/http://www.monografias.com/trabajos28/grasas-en-la-alimentaciom/grasas-en-la-alimentaciom.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/discriminacion/discriminacion.shtml
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    Esta prohibida la eclusin de personas sin que medien causas de seguridad del establecimiento

    o tranquilidad de sus clientesu otros motivos similares.

    El trato diferente de los consumidores debe obedecer a causas ob&etivas y ra'onables. "a

    atencin preferente en una establecimiento debe responder a situacin de hecho distintas que &ustifiquenun trato diferente y eistir una proporcionalidad entre el fin perseguido y el trato diferente que se otorga.

    Artculo !4.- Car,a de la prueba

    "a carga de la prueba sobre la eistencia de un trato desigual corresponde al consumidor afectadocuando elprocedimientose inicia por denuncia de este o a la administracincuando se inicia a iniciativade ella. $ara acreditar tal circunstancia, no es necesario que el afectado pertene'ca aungrupodeterminado. Corresponde al proveedor del producto o servicio acreditar la eistencia de unacausa ob&etiva y &ustificada. -i el proveedor demuestra una causa ob&etiva y ra'onable, le corresponde ala otra parte probar que esta es en realidad un preteto o una simulacinpara incurrir en prcticasdiscriminatorias. $ara estos efectos, es vlida la utili'acin de indicios y otros sucedneos de los mediosprobatorios.

    Artculo "5.- 7bli,acin de informar sobre restricciones de acceso a establecimientos

    "os establecimientos abiertos al p(blico que estable'can restricciones ob&etivas y &ustificadas de acceso asus instalaciones tienen la obligacin de informar dichas restricciones a los consumidores de maneradirecta, clara y oportuna, en forma previa al acto de consumo, mediante la ubicacin de carteles o avisos,de manera visible y accesible en el eterior del establecimiento/ y, complementariamente, a travs deotros medios de informacin. "as restricciones no pueden ser redactadas de manera genrica o ambigua.

    Artculo "1.- ;rato preferente de ,estantes6 ni?as6 ni?os6 adultos maores personas condiscapacidad

    El proveedor esta en la obligacin de garanti'ar la gestinpreferente de gestantes, nias, nios,

    adultos mayores y personas con discapacidad, en todos los sistemas de atencin con que cuentedebiendo facilitar al consumidos todos los mecanismos necesarios para denunciar el incumplimiento desta norma ba&o responsabilidad.

    Aespecto de los beneficiarios de trato preferente, el proveedor debe%

    a. Consignar en un lugar visible, de fcil acceso y con caracteres legibles su derecho a la

    atencin preferente.

    b. 3decuar su infraestructura en lo que corresponda e implementar medidas garanti'ado su

    acceso y seguridad.

    c. Eonerarlos de turnos o cualquier otro mecanismo de espera.

    d. +mplementar un mecanismo de presentacin de que&as contra quienes incumplan con esta

    disposicin.

    El proveedor que incumple con lo establecido con esta norma y otras disposiciones sobre la

    materia es sancionado conforme a los procedimientos establecidos en las leyes, normas y reglamentosespeciales.

    Artculo "2.- Informacin sobre consumidores en centrales priadas de ries,o

    http://www.monografias.com/trabajos11/sercli/sercli.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/sercli/sercli.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/administracion-y-gerencia/administracion-y-gerencia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/dinamica-grupos/dinamica-grupos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/dinamica-grupos/dinamica-grupos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/dinamica-grupos/dinamica-grupos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/sipro/sipro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/sipro/sipro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/sistemas-control/sistemas-control.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/sercli/sercli.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/administracion-y-gerencia/administracion-y-gerencia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/dinamica-grupos/dinamica-grupos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/sipro/sipro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/sistemas-control/sistemas-control.shtml
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    9odo consumidor tiene derecho a conocer losdatos,el contenido y las anotaciones de su

    historial crediticio registrado en las centrales de riesgo en forma gratuita mediante la visuali'acin enpantalla y cuando lo considere necesario.

    9odo consumidor tiene derecho, a su solicitud, a obtener gratuita y semestralmente de cualquier

    central de riesgo o cuando la informacin contenida en sus bancosde datos haya sido ob&eto de

    rectificacin, un reporte escrito sobre la informacin sobre su historial crediticio que conste en dicha basede datos.

    El consumidor tiene derecho a la actuali'acin de su registroen una central de riesgo, dentro de

    un pla'o no mayor de cinco >2? das hbiles contados desde que la central de riesgo recibe la informacinpertinente que le permita efectuar la actuali'acin. El acreedor tiene la obligacin de informaroportunamente en los pla'os previstos en la normativa correspondiente a las centrales de riesgo a las quereport de un deudor moroso, en el momento que ste haya cancelado su obligacin, para el registrorespectivo.

    "a informacin que haya originado una anotacin errnea debe ser retirada inmediatamente,

    ba&o responsabilidad y costo de la misma central de riesgo.

    "as centrales de riego estn en la obligacin de salvaguardar la informacin personalde los

    consumidores ba&o responsabilidad y a que la informacin que sea p(blica responda a la situacin real deltitular de la informacin en determinado momento, conforme a la normativa correspondiente.

    "as disposiciones del presente artculo se aplican en concordancia con la legislacin especial

    sobre la materia

    Artculo "!.- Constancia de cancelacin de cr>ditos

    Cuando los consumidores cancelan ntegramente una obligacin en cualquier entidad financiera o decrdito, tiene derecho a obtener, a su solicitud, una constancia de cancelacin en forma gratuita otorgadapor dicha entidad.

    Artculo "".- %edondeo de precios

    -e encuentra prohibido que los proveedores redondeen los precios en per&uicio del consumidor, salvo queste manifieste epresamente su aceptacin al momento de efectuar el pago del producto o servicio. $aralos efectos de los donativos que se realicen, los establecimientos deben contra con carteles que informeen forma destacada el destino de sos donativos o la institucin beneficiaria, sin el per&uicio delcumplimiento de las dems obligacionesque estable'ca el +ndecopi.

    9:9;"< ++

    Contratos

    Captulo I

    Disposiciones ,enerales

    Artculo "$.- Contrato de consumo

    El contrato de consumo tiene como ob&eto una relacin &urdica patrimonial en la cual intervienen unconsumidor y un proveedor para la adquisicin de productos o servicios a cambio de una contraprestacineconmica.

    http://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/bancs/bancs.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/base-de-datos/base-de-datos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/base-de-datos/base-de-datos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/base-de-datos/base-de-datos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/base-de-datos/base-de-datos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/regi/regi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/obligaciones/obligaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/bancs/bancs.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/base-de-datos/base-de-datos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/base-de-datos/base-de-datos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/regi/regi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fuper/fuper.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/obligaciones/obligaciones.shtml
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    "as disposiciones del presente capitulo son aplicables a todos los contratos de consumo, sean celebradospor cualquier modalidad o forma, seg(n la naturale'a y alcances correspondientes.

    En todo lo no previsto por el presente Cdigo o en las leyes especiales, son de aplicacin las normas deCdigo Civil en cuanto resulten compatibles con la naturales de estos contrato.

    Artculo "&.-Inte,racin inculacin de la oferta6 promocin publicidad

    "a +ntegracin y vinculacin de la oferta, promocin y publicidad de los productos o servicios se a&usta asu naturale'a, caracterstica, condiciones,utilidado finalidad sin per&uicio de lo establecido en lasdisposiciones sobre publicidad.

    El contenido de la oferta, promocin o publicidad, las caractersticas y funcionespropias del producto oservicio/ y, las condiciones y garantas ofrecidas obligan a los proveedores y son eigibles por losconsumidores, aun cuando no figuren en el contrato celebrado o en el documento o comprobanterecibido.

    Artculo "'.- Proteccin mnima del contrato de consumo

    En los contratos de consumo se observa lo siguiente%

    a. En los contratos cuyas condiciones consten por escrito o en alg(n otro tipo de soporte, debe

    constar en forma inequvoca la voluntad de contratar del consumidor. Es responsabilidad de losproveedores establecer en los contratos las restricciones o condiciones especiales del producto o serviciopuesto a disposicin del consumidor.

    b. o pueden incluirse clusulas o e&ercerse prcticas que impongan obstculos onerosos o

    desproporcionados para el e&ercicio de los derechos reconocidos al consumidor en los contratos.

    c. "os consumidores tienen derecho a emplear los mismos mecanismos de forma, lugar ymedios utili'ados para la celebracin de los contratos para desvincularse de stos, como por e&emplo lava telefnica, cualquier medio electrnico u otro anlogo. Esta facultad comprende la contratacin deprestaciones adicionales o complementarias.

    d. En el caso de formularioscontractuales, los caracteres de stos deben ser adecuadamente

    legibles para los consumidores, no debiendo ser inferiores a tres >#? milmetros. "a redacciny trminosutili'ados deben facilitar su comprensin por los consumidores.

    e. "os proveedores deben entregar a los usuarios copia de los contratos y

    demsdocumentacinrelacionada con dichos actos &urdicos cuando stos hayan sido celebrados porescrito, incluidas las condiciones generales de la contratacin. "os proveedores son responsables de

    de&ar constancia de la entrega de los documentosal consumidor. En el caso de contratacinelectrnica,el proveedor es responsable de acreditar que la informacin fue puesta oportunamente a disposicin delconsumidor.

    o son eigibles las clusulas, condiciones, estipulaciones y prcticas que infrin&an el presente artculo.

    Artculo "(.- %euisitos de las cl=usulas contenidas en un contrato de consumo por ad+esin

    En los contratos de consumo celebrados por adhesin o con clusulas generales de contratacin, debecumplirse con los siguientes requisitos%

    a. Concrecin, claridad y sencille' en la redaccin, con posibilidad de comprensin directa, sin

    reenvos a tetos o documentos que no se faciliten previa o simultneamente a la conclusin del contrato,y a los que, en todo caso, debe hacerse referencia epresa en el documento contractual.

    http://www.monografias.com/trabajos11/funpro/funpro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/funpro/funpro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/costo/costo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/costo/costo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/disfo/disfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/ortografia/ortografia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/ladocont/ladocont.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/ladocont/ladocont.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/electro/electro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/electro/electro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/funpro/funpro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/costo/costo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/disfo/disfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/ortografia/ortografia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/ladocont/ladocont.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/electro/electro.shtml
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    b. 3ccesibilidad y legibilidad, de forma que permita al consumidor y usuario el

    conocimientoprevio del contenido del contrato antes de su suscripcin.

    c. Fuena fe y equilibrionecesario en los derechos y obligaciones de las partes, lo que en todo

    caso ecluye la utili'acin de clusulas abusivas.

    "o dispuesto en el presente artculo resulta de aplicacin a los contratos celebrados en base a clusulasgenerales de contratacin, se encuentren o no sometidas a aprobacin administrativa.

    Captulo ++

    Cl=usulas abusias

    Artculo "4.- Definicin de cl=usulas abusias

    "4.1En los contratos por adhesin y en las clusulas generales de contratacin no aprobadasadministrativamente, se consideran clusulas abusivas y, por tanto, ineigibles todas aquellas

    estipulaciones no negociadas individualmente que, en contra de las eigencias de la buena fe, coloquenal consumidor, en su per&uicio, en una situacin de desventa&a o desigualdad o anulen sus derechos.

    "4.2$ara laevaluacinde las clusulas abusivas, se tiene en cuenta la naturale'a de los productos oservicios ob&eto del contrato, todas las circunstancias que concurren en el momento de su celebracin,incluida la informacin que se haya brindado, as como todas las dems clusulas del contrato o de otrodel que este dependa.

    "4.!El hecho de que ciertos elementos de una clusula o que una clusula aislada se haya negociadoindividualmente no ecluye la aplicacin de las normas sobre clusulas abusivas al resto del contrato. Elproveedor que afirme que una determinada clusula ha sido negociada individualmente asume la cargade la prueba.

    Artculo $5.- Cl=usulas abusias de ineficacia absoluta

    -on clusulas abusivas de ineficacia absoluta las siguientes%

    a. "as que ecluyan o limiten la responsabilidad del proveedor o sus dependientes por dolo o

    culpa, o las que trasladen la responsabilidad al consumidor por los hechos u omisiones del proveedor.

    b. "as que faculten al proveedor a suspender o resolver unilateralmente un contrato, salvo

    disposicin legal distinta o la aplicacin de normas prudenciales debidamente sustentadas emitidas por laautoridad correspondiente.

    c. "as que faculten al proveedor a resolver un contrato sin comunicacinprevia o a poner fin a uncontrato de duracin indeterminada sin un pla'o de antelacin ra'onable, salvo disposicin legal distinta ola aplicacin de normas prudenciales debidamente sustentadas emitidas por la autoridad correspondiente.

    d. "as que estable'can a favor del proveedor la facultad unilateral de prorrogar o renovar el

    contrato.

    e. "as que ecluyan o limiten los derechos legales reconocidos a los consumidores, como el

    derecho a efectuar pagos anticipados o prepagos, o a oponer la ecepcin de incumplimiento o a e&ercerel derecho de retencin, consignacin, entre otros.

    f. "as que estable'can respecto del consumidor limitaciones a la facultad de oponer ecepciones

    procesales, limitaciones a la presentacin de pruebas,inversina la carga de la prueba, entre otrosderechos concernientes al debidoproceso.

    http://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/tomadecisiones/tomadecisiones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conce/conce.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conce/conce.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conce/conce.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/fundteo/fundteo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/fundteo/fundteo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/fundteo/fundteo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/romandos/romandos.shtml#PRUEBAShttp://www.monografias.com/trabajos12/romandos/romandos.shtml#PRUEBAShttp://www.monografias.com/trabajos12/cntbtres/cntbtres.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/cntbtres/cntbtres.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/cntbtres/cntbtres.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCEhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/tomadecisiones/tomadecisiones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/conce/conce.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/fundteo/fundteo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/romandos/romandos.shtml#PRUEBAShttp://www.monografias.com/trabajos12/cntbtres/cntbtres.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/administ-procesos/administ-procesos.shtml#PROCE
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    g. "as que estable'can la renuncia del consumidor a formular denuncia por infraccin a las

    normas del presente Cdigo.

    h. "as que sean contrarias o violatorias a normas de orden p(blico o de carcterimperativo.

    Artculo $1.- Cl=usulas abusias de ineficacia relatia

    )e manera enunciativa, aunque no limitativa, son clusulas abusivas atendiendo al caso concreto,lassiguientes%

    a. "as que impongan obstculos onerosos o desproporcionados para el e&ercicio de los derechos

    reconocidos al consumidor en los contratos.

    b. "as que permitan al proveedor modificar unilateralmente las condiciones y trminos de un

    contrato de duracin continuada, en per&uicio del consumidor, salvo que obede'ca a motivos epresadosen l y el consumidor goce del derecho a desvincularse del mismo sin penali'acin alguna. "o dispuestoen el presente literal no afecta las clusulas de adaptacin de los precios a un ndice de a&uste legal ni lafi&acin de tarifas de los servicios p(blicos su&etos a regulacin econmica.

    c. "as que estable'can la prrroga automtica del contrato fi&ando un pla'o ecesivamente breve

    para que el consumidor manifieste su voluntad de no prorrogarlo.

    d. "as que estable'can cargas econmicas o procedimientos engorrosos para efectuar que&as

    ante el proveedor, as como las que estable'can procedimientos engorrosos par