Bases Integradas Yarowilca

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1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAROWILCA ADS Nº 010-2015-CEP/MPY - Primera convocatoria BASES INTEGRADAS ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA 1 ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 010-2015-CEP/MPY CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORIA: ELABORACION DEL ESTUDIO DE PREINVERSION A NIVEL DE PERFIL DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DEL CAMINO VECINAL TRAMOS: LA FLORIDA- PARIANCA- HUARIHUAYIN y SIYAN- VILCABAMBA (LONG. = 34.050 KM Aprox.) DEPARTAMENTO: HUANUCO PROVINCIA: YAROWILCA 1 Estas Bases se utilizarán para la contratación de servicios de consultoría de obra. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente definición: Consultor de Obra: La persona natural o jurídica con no menos de un (1) año de experiencia especializada, que presta servicios profesionales altamente calificados consistentes en la elaboración del expediente técnico de obras. También se considera consultor de obra a la persona natural o jurídica con no menos de dos (2) años de experiencia especializada, que presta servicios altamente calificados consistentes en la supervisión de obras.

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BASES ESTNDAR DE CONCURSO PBLICO PARA LA CONTRATACIN DE SERVICIOS O PARA CONSULTORA EN GENERAL

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAROWILCA

ADS N 010-2015-CEP/MPY - Primera convocatoriaMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAROWILCA

ADS N 010-2015-CEP/MPY - Primera convocatoria

BASES INTEGRADAS

ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIN DEL SERVICIO DE CONSULTORA DE OBRA

ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 010-2015-CEP/MPYCONTRATACIN DEL SERVICIO DE CONSULTORIA:ELABORACION DEL ESTUDIO DE PREINVERSION A NIVEL DE PERFIL DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIN DEL CAMINO VECINAL TRAMOS: LA FLORIDA- PARIANCA- HUARIHUAYIN y SIYAN- VILCABAMBA (LONG. = 34.050 KM Aprox.)

DEPARTAMENTO: HUANUCO

PROVINCIA: YAROWILCASECCIN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN(ESTA SECCIN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE NULIDAD)CAPTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

1.1. BASE LEGAL

Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.

Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.

Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.

Directivas de OSCE. Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.

Cdigo Civil.

Ley 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. Decreto Supremo N 007-2008-TR - Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

Decreto Supremo N 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CONVOCATORIA

Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integrada las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento.

La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax.

Para registrarse como participante en un proceso de seleccin convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica: www.rnp.gob.pe.

1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASESLas consultas y observaciones a las Bases sern presentadas por un periodo de tres (3) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artculos 55 y 57 del Reglamento.1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASESLa decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas y observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en los Artculos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin.

El plazo para la absolucin no podr exceder de dos (2) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.

De haberse presentado observaciones, el comit especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevacin de observaciones al OSCE.

No se absolvern consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.1.6. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE

El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE.

Los participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin; y

3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observacin formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de observaciones.

La emisin y publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE

1.7. INTEGRACIN DE LAS BASES

Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisin.

Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos:

1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para formularlas.

2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.

3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones, dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artculos 59 y 60 del Reglamento.

De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.8. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIN

Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial o sin valor oficial efectuada por traductor pblico juramentado o traduccin certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.

En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos.

Las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1)

En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

1. En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, ste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.

Las Entidades someten a fiscalizacin posterior conforme a lo previsto en el artculo 32 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la documentacin, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.

1.9. PRESENTACIN DE PROPUESTAS

Los participantes presentarn sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar, el da y horario sealados en la seccin especfica de las Bases, bajo responsabilidad del Comit Especial.

Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio.

En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que pueda presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos.

De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.

1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA

La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente:

La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.

Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus propuestas econmicas en forma independiente.

1.11. EVALUACIN DE PROPUESTAS

La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica.

Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:

Propuesta Tcnica

: 100 puntos

Propuesta Econmica: 100 puntos

1.11.1. EVALUACIN TCNICA

La presentacin de propuestas ser en ACTO PRIVADO, en la evaluacin se deber tener en consideracin lo siguiente:

Se proceder a la apertura de las propuestas tcnicas presentadas y se verificar que contengan los documentos de presentacin obligatoria y cumplan con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas.En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica.

En tanto OSCE no comunique a travs de su portal institucional la implementacin del mecanismo de notificacin electrnica en el SEACE para la Entidad, el Comit Especial deber notificar al postor el requerimiento de subsanacin de la propuesta tcnica en forma personal, conforme a lo dispuesto por la Dcima Disposicin Complementaria Transitoria del Reglamento.

En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se tendr por no admitida. El Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que se publicar en el SEACE, debiendo devolver los sobres que contienen la propuesta tcnica y econmica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro.

Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80)puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

En caso de la descalificacin de la propuesta, el Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que publicar en el SEACE.

1.11.2. EVALUACIN ECONMICA

Si la propuesta econmica excede el valor referencial o es menor al noventa por ciento (90%) del mismo, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr por no admitida, en aplicacin del artculo 33 de la Ley y el artculo 39 del Reglamento.La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

Pi = Om x PMPEOi

Donde:

i

= Propuesta

Pi

= Puntaje de la propuesta econmica i

Oi

= Propuesta Econmica i

Om

= Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo

PMPE

= Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica

En caso de convocarse el proceso bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comit Especial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.

1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

EL Comit especial proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo requerido en las bases.La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento.

En el caso de contratacin de servicios ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP.

El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto se levantar un acta, la cual ser suscrita por todos los miembros del Comit Especial, as como por los veedores, de ser el caso.El otorgamiento de la Buena Pro se publicar y se entender notificado a travs del SEACE, el mismo da de su realizacin, bajo responsabilidad del Comit Especial, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo.1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los cinco (5) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse producido.En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento, y podr ser publicado en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el artculo 115 del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

CAPTULO IISOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

2.1 RECURSO DE APELACIN

A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato.

El recurso de apelacin se presenta ante la Entidad que convoc el proceso de seleccin y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien se le haya delegado dicha facultad.

Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

2.2 PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN

La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.CAPTULO IIIDEL CONTRATO

3.1 DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentacin prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanacin de la documentacin presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad.

En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 148 del Reglamento, segn corresponda.El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Cdigo de cuenta interbancario (CCI). Traduccin oficial efectuada por traductor publico juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.3.2 VIGENCIA DEL CONTRATOEn aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta el consentimiento de la liquidacin final y se efecte el pago correspondiente.3.3 DE LAS GARANTAS

3.3.1 GARANTA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

Cuando la propuesta econmica fuese inferior al valor referencial en ms del diez por ciento (10%) de ste, para la suscripcin del contrato, el postor ganador deber presentar una garanta adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta econmica. Dicha garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

3.4 REQUISITOS DE LAS GARANTAS

Las garantas que se presenten debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per.3.5 EJECUCIN DE GARANTAS

Las garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

3.6 ADELANTOSLa Entidad entregar adelantos directos, conforme a lo previsto en el artculo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la seccin especfica de las Bases.En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 172 del Reglamento.

3.7 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Las penalidades por retraso injustificado en la ejecucin del servicio de consultora y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de laconvocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.3.8 CONFORMIDAD DEL SERVICIO

La conformidad del servicio es responsabilidad del rgano de administracin o, en su caso, del rgano establecido en las Bases, sin perjuicio de lo que se disponga en las normas de organizacin interna de la Entidad.

Adicionalmente, la conformidad requiere un informe del funcionario responsable del rea usuaria, quien deber verificar el cumplimiento de las condiciones contractuales, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 176 del Reglamento.

De existir observaciones se consignarn en el acta respectiva, indicndose claramente el sentido de stas, dndose al contratista un plazo prudencial para su subsanacin, en funcin a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podr ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) das calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanacin, la Entidad podr resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no ser aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las caractersticas y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuar la recepcin, debiendo considerarse como no ejecutada la prestacin, aplicndose las penalidades que correspondan.

3.9 LIQUIDACIN DEL CONTRATO

El procedimiento para la liquidacin del contrato de consultora de obra que deber observarse, es el que se encuentra descrito en el artculo 179 del Reglamento.

3.10 PAGOS

La Entidad deber efectuar el pago a favor del contratista en la forma y oportunidad establecida en las Bases o en el contrato, luego de la recepcin formal y completa de la documentacin correspondiente, segn lo establecido en el artculo 181 del Reglamento.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestacin de los servicios deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser stos ejecutados, a fin que la Entidad cumpla con la obligacin de efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizar de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

El pago comprende la cancelacin del saldo resultante de la liquidacin del contrato, de ser el caso.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debi efectuarse.

3.11 DISPOSICIONES FINALESTodos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.SECCIN ESPECFICACONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN(EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACIN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

CAPTULO IGENERALIDADES

.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre:MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAROWILCA

RUC N:20205976079

Domicilio legal:Jr. San Juan N S/N Chavinillo- Yarowilca- Hunuco

Telfono/Fax::

Correo electrnico::[email protected]

.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin del servicio CONTRATACIN DEL SERVICIO DE CONSULTORIA: ELABORACION DEL ESTUDIO DE PREINVERSION A NIVEL DE PERFIL DEL PROYECTO DE CONSTRUCCION DEL CAMINO VECINAL TRAMOS: LA FLORIDA- PARIANCA- HUARIHUAYIN y SIYAN- VILCABAMBA (Long. 34.050 KM Aprox), ubicado en los distritos de Pampamarca y Obas, provincia de Yarowilca, departamento de Hunuco..3. VALOR REFERENCIAL

CIENTO TREINTA MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 130,000.00), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de ABRIL 2015.

Valor Referencial (VR)Lmite Inferior (Incluye IGV)Lmite Superior (Incluye IGV)

S/. 130,000.00 (Incluye IGV)S/. 117,000.00S/. 130,000.00

Las propuestas econmicas que excedan el valor referencial o aquellas que fueren inferiores al noventa por ciento (90%) del mismo, sern devueltas por el Comit Especial tenindolas por no admitidas.De conformidad con lo establecido en el primer prrafo del numeral 2) de la Cuarta Disposicin Complementaria Final del Reglamento, el postor que goza de la exoneracin prevista en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, podr formular su propuesta econmica teniendo en cuenta exclusivamente el total de los conceptos que conforman el valor referencial, excluido el Impuesto General a las Ventas (IGV)..4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN

El expediente de contratacin fue aprobado mediante Resolucin de Alcalda N 039-2015- MPY/A, del 18 de Mayo del 2015.

.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

RECURSOS DETERMINADOS FONCOMUN .6. SISTEMA DE CONTRATACIN

El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El servicio de consultora de obra a contratar est definido en los Requerimiento Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente Seccin en el Captulo III.

.8. PLAZO DE PRESTACIN DEL SERVICIO

El servicio de consultora de obra materia de la presente convocatoria se prestar en el plazo de 60 das calendario. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin..9. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES

S/. 20.00 (Veinte y 00/100 Nuevos Soles

.10. BASE LEGAL Ley N 30281 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ao Fiscal 2015 Ley N 30282 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el ao Fiscal 2015. Decreto Legislativo N 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones, en adelante la Ley.

Decreto Supremo N 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N 1017 Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento,

Directivas de OSCE.

Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.

Decreto Supremo N 011-79-VC,

Ley N 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica.

Decreto Supremo N 007-2008-TR, Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

Decreto Supremo N 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.

Ley N 29873, que modifica Decreto Legislativo N 1017

Decreto Supremo N 138-2012-EF, que modifica el Decreto Supremo N 184-2008-EF. Decreto Supremo N 080-2014-EF, que modifica el Decreto Supremo N 184-2008-EF. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Cdigo CivilLas referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.CAPTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIN

2.1CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN

EtapaFecha, hora y lugar

Convocatoria:28/05/2015

Registro de participantes:Del:29/05/2015 Al 08/06/2015

Formulacin de Consultas y Observaciones a las Bases :Del: 29/05/2015 Al 03/06/2015

Absolucin de Consultas y Observaciones a las Bases:04/06/2015

Integracin de las Bases:05/06/2015

Presentacin de Propuestas:11/06/2015

:Mesa de partes de la MPY

:DE 08:00 A 16:00 HORAS

Calificacin y Evaluacin de Propuestas:11/06/2015

Otorgamiento de la Buena Pro:11/06/2015

Auditorio de la MPY.

* En acto privado (a travs del SEACE):DE 18:00 A 19 HORAS APROX.

IMPORTANTE:Debe tenerse presente que en un proceso de adjudicacin directa selectiva, entre la convocatoria y la etapa de presentacin de propuestas debe existir como mnimo diez (10) das hbiles y, entre la integracin de Bases y la etapa de presentacin de propuestas debe existir como mnimo tres (3) das hbiles.

2.2REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de los participantes es gratuito y se realizar en mesa de partes en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:00 horas a 17:00 horas.En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efecto el registro, as como el da y hora de dicha recepcin.2.3FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes (Unidad de Trmite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Jr. San Juan N S/N Chavinillo- Yarowilca- Hunuco, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 09:00 a 17:00 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 010-2015-CEP/MPY, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrnico: [email protected] DE PROPUESTAS

Los participantes presentarn sus propuestas en sobre cerrado, en la oficina de Administracin de la Municipalidad Provincial de Yarowilca sito en Jr. San Juan N 402 Chavinillo- Yarowilca- Hunuco, en la fecha y horario sealados en el cronograma, bajo responsabilidad del Comit Especial.

En ambos supuestos, las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial del ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 010-2015-CEP/MPY, conforme al siguiente detalle:SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

2.5 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

2.5.1 SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA

Se presentar en un original y dos copias.

El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos, la siguiente documentacin:

Documentacin de presentacin obligatoria:

a) Declaracin jurada de datos del postor.

Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo N 1).

b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos contenidos en el Captulo III de la presente seccin (Anexo N 2).

c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del Reglamento (Anexo N 3).

En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante legal comn del consorcio.

d) Promesa de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante comn, el domicilio comn y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio as como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo N 4)La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus integrantes.

Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades.e) Declaracin Jurada de Plazo de prestacin del servicio (Anexo N 5). f) Nmina del personal propuesto (Anexo N 9). Declaracin Jurada de compromiso del personal propuesto (Anexo N 10). Relacin de experiencias (Anexo N 11) acompaado de la documentacin que acredite el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos del personal propuesto: i) copia del Ttulo Profesional, ii) Copia simple de constancias o certificados o en su defecto acreditar con contratos de trabajo y Acta de Recepcin de Obra que acredite la experiencia mnima.Se aceptarn las constancias o certificados emitidos por el empleador del personal propuesto.g) Para la acreditacin del personal tcnico, el postor deber presentar una declaracin jurada de compromiso que contar en obra con un controlador de campo y un topgrafo a tiempo completo. No hay formato para esta declaracin jurada.h)Para la acreditacin de los recursos, el postor deber presentar una declaracin jurada de compromiso que contar en obra con equipo mnimo de topografa (teodolito, nivel, mira, jalones y wincha de 50 metros) para la realizacin de pruebas establecidas en el numeral 4.3 de los presentes Trminos de Referencia. No hay formato para esta declaracin jurada.IMPORTANTE: La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no admisin, sin perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento. Los postores que soliciten el beneficio de la exoneracin del IGV previsto en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deben presentar la Declaracin Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 15).

En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaracin jurada antes sealada.

Documentacin de presentacin facultativa:

a) Certificado de inscripcin o reinscripcin en el Registro de la Micro y Pequea Empresa REMYPE, de ser el caso.

b) En el caso de microempresas y pequeas empresas integradas por personas con discapacidad o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por stas, deber presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripcin en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad.c) Factor experiencia en la actividad: i) Copia simple de contratos y su respectiva conformidad; o ii) contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o iii) comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor en la actividad.

d) Factor experiencia en la especialidad: i) Copia simple de contratos y su respectiva conformidad; o ii) contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o iii) contratos y comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 7 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad.

e) Factor experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto: Para acreditar el factor experiencia del personal profesional propuesto, se presentar copia simple de: i) contratos de trabajo y Actas de Recepcin de Obra que acrediten la experiencia o ii) constancias o certificados.Para acreditar el factor calificaciones del personal profesional propuesto se presentar copia simple de: i) contratos de trabajo y Actas de Recepcin de Obra que acrediten la experiencia o ii) constancias o certificados.f) Factor mejora a las condiciones previstas: Para acreditar el factor mejora, se presentar una declaracin jurada en la que conste la o las mejoras ofrecidas.g) Factor cumplimiento del servicio: Para la acreditacin del factor, deber presentar: constancias de prestacin o cualquier otro documento que, independientemente de su denominacin acredite el cumplimiento del servicio sin penalidades, los que deben estar referidos a los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor En el caso de servicios de consultora de obras, prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, podr presentarse una solicitud de bonificacin por parte de los postores con domicilio en la provincia o en las provincias colindantes donde se prestar el servicio, segn el Anexo N 14.

En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la propuesta tcnica, la propuesta ser descalificada.

2.5.2 SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA

El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria:

Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo N 8).

El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales (Anexo N 12)La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento.

En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta econmica ser descalificada.

2.6 DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL

Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

PTPi = c1 PTi + c2 Pei

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor i

Pti = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i

Pei = Puntaje por evaluacin econmica del postor i

Se aplicarn las siguientes ponderaciones:

c1 =Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica 0.80

c2

=Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica 0.20.

Donde: c1 + c2 = 1.00

En el caso de contratacin de servicios ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP.

2.7REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:

a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

b) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, elevado a escritura pblica de ser el caso.

c) Cdigo de cuenta interbancario (CCI). d) Traduccin oficial efectuado por traductor publico juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificad, de ser el casoe) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin del contrato.f) Copia de DNI del Representante Legal.

g) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa con una antigedad mxima de 60 das calendario a la fecha de suscripcin del contrato.

h) Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.

i) Copia del RUC de la empresa.2.8PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo dentro del cual el postor ganador y la Entidad debern realizar las acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas en el numeral 1 del artculo 148 del Reglamento.La citada documentacin deber ser presentada en las Oficinas de la Municipalidad Provincial de Yarowilca, ubicadas en el Jr. San Juan N S/N Chavinillo- Yarowilca- Hunuco, dentro del horario de atencin establecido de 09.00 hasta las 17.00 horas. 2.9 ADELANTOS

La Entidad no otorgara adelantos.2.10FORMA DE PAGO

La Entidad deber realizar el pago de la contraprestacin pactada a favor del contratista en forma mensual previa conformidad de la Municipalidad Provincial de Yarowilca, y dentro de los 15 das de emitida la conformidad de la prestacin.De acuerdo con el artculo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deber contar con la siguiente documentacin:

Recepcin y conformidad del funcionario responsable Informe del funcionario responsable del rea usuaria emitiendo su conformidad de la prestacin efectuada.

Comprobante de pago.

2.11PLAZO PARA EL PAGO

La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las dems condiciones establecidas en el contrato.CAPTULO IIITRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

TRMINOS DE REFERENCIA PARA EL ESTUDIO DE PRE INVERSIN A NIVEL DE PERFIL DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIN DEL CAMINO VECINAL

LA FLORIDA- PARIANCA- HUARIHUAYIN y SIYAN- VILCABAMBA.

L= 34.050 km (Aprox).

DEPARTAMENTO DE HUANUCO

PROVINCIA DE YAROWILCA

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: FONCOMUN

CHAVINILLO - PER

2015

INDICE

1.0ANTECEDENTES

2.0UBICACIN

3.0DESCRIPCIN DEL PROYECTO

4.0OBJETIVO DEL SERVICIO

5.0ALCANCES DE LOS SERVICIOS

6.0ALCANCES DEL ESTUDIO

7.0REVISIN Y EVALUACIN DE ANTECEDENTES

8.0TRMINOS DE REFERENCIA DEL ESTUDIO DE PERFIL

9.0PLAZO Y EJECUCIN DEL SERVICIO

10.0INFORMES DEL PERFIL

11.0COORDINACIN Y SUPERVISIN

12.0REVISIN DE INFORMES

13.0CALENDARIO DE PAGOS

14.0CONFORMIDAD DEL SERVICIO

15.0RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR 16.0PENALIDADES Y RESOLUCIN DE CONTRATO 17.0RECURSOS MNIMOS Y OPERACIONALES QUE DEBERA PROPORCIONAR EL CONSULTOR18.0SISTEMA DE CONTRATACIN19.0GARANTAS20.0SEGUROS

21.0ESTRUCTURA DE COSTOS1. ANTECEDENTESLa Municipalidad Provincial de Yarowilca, como gobierno local, le corresponde por nivel de competencia, velar por la gestin vial en el mbito de la provincia. La Municipalidad Provincial de Yarowilca con personera jurdica, autnoma administrativa, financiera y presupuestalmente, que se rige por su estatuto y dems normas legales que le es aplicable.

Tiene como objetivo, propiciar el desarrollo de la gestin vial provincial, que corresponde al proceso de planificar y gestionar la ejecucin de obras viales que incluye la construccin, rehabilitacin y mantenimiento de caminos vecinales.

En relacin al mantenimiento de caminos vecinales, se encarga de la gestin para la elaboracin de expedientes tcnicos para el mantenimiento peridico de los caminos vecinales, cuyo objetivo es recuperar la transitabilidad confortable y segura en los caminos a intervenir.

La actividad principal que comprende la meta del proyecto es la reposicin de la capa de afirmado a lo largo de la va, considerando mantener el trazo de la vida existente.2. UBICACIN

El proyecto se encuentra ubicado en la Regin HUANUCO, Provincia de YAROWILCA y distritos de PAMPAMARCA y OBAS.3. DESCRIPCIN DEL PROYECTO

Cumpliendo la Ley del Sistema de Inversin Pblica (SNIP Anexo CME 19 de fecha 07 de julio de 2013), se elaborar el Estudio de pre inversin a nivel de perfil del proyecto de Construccin del Camino Vecinal tramos: LA FLORIDA- PARIANCA- HUARIHUAYIN y SHIYAN- VILCABAMBA (L= 34.050 Km Aprox).

En el contexto previamente descrito, el consultor deber determinar en funcin a las caractersticas topogrficas, hidrulicas y geolgicas de la zona, la solucin ms adecuada para cada una de las vas.

4. OBJETIVO DEL SERVICIO

Elaborar el estudio de Estudio de pre inversin a nivel de perfil del proyecto de Construccin del Camino Vecinal tramos: LA FLORIDA- PARIANCA- HUARIHUAYIN y SHIYAN- VILCABAMBA (L= 34.050 Km Aprox), de acuerdo a la normatividad del Sistema Nacional de Inversin Pblica - SNIP.

4.1 FINALIDAD PBLICA

Analizar, identificar, y evaluar desde el punto de vista tcnico-econmico y de impacto ambiental la alternativa de intervencin ms conveniente para el camino vecinal LA FLORIDA- PARIANCA- HUARIHUAYIN y SHIYAN- VILCABAMBA (L= 34.050 Km Aprox), que garantizar los niveles de servicio que otorgan transitabilidad, seguridad y accesos a la red vial vecinal, departamental y nacional a los pobladores; reduciendo costos operativos vehiculares y tiempos de viaje en beneficio de las poblaciones beneficiadas.5. ALCANCES DE LOS SERVICIOS

La descripcin de los alcances de los servicios que se hacen a continuacin, no es limitativa. EL CONSULTOR, cuanto considere necesario, deber ampliarlos o profundizarlos mas no reducirlos, siendo responsable de todos los trabajos y estudios que realice.

De manera amplia, el estudio de pre inversin se elaborar teniendo en cuenta los Contenidos Mnimos Especficos de Estudios de Preinversin de Proyectos de Inversin Pblica de Mejoramiento de Caminos Vecinales, establecidos por la normatividad del SNIP, Ley N 27293, su Reglamento y Directivas vigentes para este nivel de estudio (http://www.mef.gob.pe/).

EL CONSULTOR es el responsable por un adecuado planeamiento, programacin, conduccin de estudios bsicos, diseos, y en general por la calidad tcnica de todo el estudio que deber ser ejecutado en concordancia con los estndares actuales de diseo en todas las especialidades de ingeniera relacionados con el estudio.

EL CONSULTOR es responsable de la calidad de los servicios que preste y de la idoneidad del personal a su cargo, as como del cumplimiento de la programacin, logro oportuno de las metas previstas y adopcin de las previsiones necesarias para el fiel cumplimiento del contrato.

Para fines del servicio, EL CONSULTOR dispondr de una organizacin de profesionales, tcnicos, administrativos y personal de apoyo, los cuales contarn con todas las instalaciones necesarias, medios de transporte y comunicacin para cumplir eficientemente sus obligaciones.

Los profesionales que conforman el equipo de EL CONSULTOR debern acreditar los ttulos profesionales correspondientes y la experiencia necesaria para los cargos que desempearn en el proyecto, as como los certificados de habilidad para el ejercicio profesional, en caso de obtener la buena pro; siendo responsabilidad de EL CONSULTOR mantener vigente la habilidad de sus profesionales durante el desarrollo del perfil hasta la etapa final.

Todo el personal asignado al proyecto, incluyendo el personal asesor eventual de ser el caso, deber participar por el tiempo y en la oportunidad sealada en la propuesta tcnica.

EL CONSULTOR no podr cambiar a los profesionales que acredit en su propuesta tcnica a no ser que sea bajo circunstancias excepcionales y plenamente fundamentadas que tengan que ver con verdadera imposibilidad fsica y que no dependa de la voluntad de dicho profesional, para desarrollar el trabajo.

EL CONSULTOR debe contar con el equipo ofertado en su propuesta. El cambio del personal profesional (especialistas) debe ser aprobado por LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAROWILCA, previa evaluacin de su currculo vitae, el que slo podr ser aceptado si supera o iguala al del personal titular.

EL CONSULTOR es responsable de la permanencia durante el tiempo que dure el servicio del equipo profesional considerado en su propuesta tcnica, en especial de aquellos a tiempo completo, no estando permitido que profesionales que esten considerados a dedicacin completa, formen parte simultneamente de otro equipo profesional de un proyecto elaborado por la Municipalidad.

En ese sentido, de verificarse que se produzca dicha situacin, EL CONSULTOR ante el solo requerimiento de la Municipalida Provincial de Yarowilca, proceder al cambio de profesionales involucrados, en el plazo mximo de 3 das, de ser notificado, para tal efecto se seguir el mismo procedimiento indicado anteriormente.

Una vez iniciado el plazo del servicio segn notificacin de la Municipalidad, cualquier retraso como consecuencia de no contar con Jefe de Estudio en un plazo que supere los siete (07) das calendarios, ser causal de resolucin de contrato por incumplimiento de EL CONSULTOR.

Para la etapa de diseo, EL CONSULTOR debe proponer diseos que garanticen la durabilidad de las estructuras proyectadas con menores gastos de mantenimiento y para la etapa de ejecucin, propondr mtodos constructivos de ltima generacin, que minimicen los impactos ambientales en la zona del proyecto.

6. ALCANCES DEL ESTUDIO

Cabe precisar que los alcances, ser desarrollado para cada uno de los estudios establecidos en el presente Trmino de Referencia.

El alcance de los estudios, sin ser limitativos, deber abarcar lo siguiente:

Elaborar el estudio que permita obtener la viabilidad tcnica-econmica del proyecto en el marco del SNIP.

Desarrollar los estudios bsicos de ingeniera en concordancia con lo explicitado en el numeral 8.2.4 del presente documento.

Se identificar y caracterizar los peligros que han afectado o pudieran afectar la zona donde se ubica la infraestructura existente y proyectada.

Desarrollar el estudio de impacto ambiental en concordancia con los parmetros indicados en el numeral 8.2.4 y 8.3.4 del presente documento, que permita obtener la viabilidad ambiental del proyecto.

Formular el presupuesto del proyecto propuesto.

Antecedentes y Fuentes de Informacin para llevar a cabo el Estudio de Perfil

Los principales antecedentes y fuentes de informacin a los que se puede acceder son:

7. REVISIN Y EVALUACIN DE ANTECEDENTESPara la preparacin de su propuesta, EL CONSULTOR deber revisar y evaluar todos los antecedentes que la Municipalidad Provincial de Yarowilca ponga a su disposicin y otros documentos que pueda consultar en el MTC o en otros organismos pblicos y privados que puedan ser aplicables al estudio en elaboracin, as como el resultado de la visita de inspeccin a la zona del proyecto de inversin pblica (PIP).

7.1Normas relacionadas a Obras Viales

Las normas referidas a obras viales tales como:

a. Manual de Dispositivos de Control de Trnsito Automotor para Calles y Carreteras.

b. Manual de Ensayos de Materiales para Carreteras EM-2000.

c. Manual de Diseo de Puentes del MTC (2003). Adicionalmente, se emplear las especificaciones AASHTO LRFD (2007) en lo que no se oponga la actualizacin de algunos puntos.

d. Manual de Carreteras Diseo Geomtrico (DG-2013).e. Manual de Carreteras - Especificaciones Tcnicas Generales para Construccin - EG-2013.

f. Demarcacin y sealizacin del derecho de va. Resolucin Ministerial N 404-2011-MTC/02.

g. Glosario de trminos de uso frecuente en proyectos de infraestructura vial. Resolucin Directoral N 18-2013-MTC/14.

h. Manual de Carreteras de Suelos, Geologa y Geotcnia y Pavimentos.

i. Manual de Hidrologa, Hidrulica y Drenaje del MTC.De ser necesario:

i. Glosario de partidas aplicables a obras de rehabilitacin, mejoramiento y construccin de carreteras y puentes. Resolucin Directoral N 17-2012-MTC/14 de fecha 20 de setiembre de 2012.

ii. Otras normas del MTC o de otra Entidad.EL CONSULTOR tendr en cuenta las actualizaciones que se hagan a las normas indicados, o se aprueben nuevas normas.

7.2Normas, Manuales y/o Directivas del Sistema Nacional de Inversin Pblica

Los documentos emitidos que son de uso obligatorio son:

a. Ley N 27293: Ley del Sistema Nacional de Inversin Pblica (Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de junio de 2000; modificada por las Leyes N 28522 y 28802, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 25 de mayo de 2005 y el 21 de julio de 2006, respectivamente; y los D. Leg. N 1005 del 3.may.2008 y 1091 del 21.jun.2008).

b. Reglamento del Sistema Nacional de Inversin Pblica aprobada por el Decreto Supremo N 102-2007-EF (Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 19 de julio de 2007, en vigencia desde el 02 de agosto de 2007), modificada por el Decreto Supremo N 038-2009-EF (Publicada el 15 de Febrero 2,009).

c. Directiva General del Sistema Nacional Directiva N 001 2011 EF/68.01, aprobada con Resolucin Directoral N 003-2011-EF/68.01 (Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 09 de abril de 2011).

d. Resoluciones Jefaturales o Directivas de la Direccin General de Poltica de Inversiones, emitidas con la finalidad de proporcionar pautas relacionadas al SNIP y normas complementarias aplicables.

EL CONSULTOR tendr en cuenta las actualizaciones que se hagan a las normas, manuales y/o Directivas indicados, o se aprueben nuevas.

7.3TrficoDatos de conteos y encuestas origen destino realizadas por el MTC en los ltimos aos, tanto como los Estudios de Trfico especficos, como tambin producidos por otras consultoras y que han sido recopilados a nivel nacional y se encuentran en la Gerencia de Infraestructura de la Municipalidad y/o Instituto Vial Provincial de Yarowilca.

Informacin del Estudio de Trfico (Conteos de Trfico y de clasificacin vehicular) y encuestas Origen-Destino (Ver Anexo N 03).

7.4Sistema de Actividades

Seleccionar las actividades econmicas que el consultor considere puedan ser afectadas, a causa de la decisin de invertir o no en el proyecto. Para tal efecto abordar los siguientes aspectos:

a. Demografa: Instituto Nacional de Estadstica (INEI), Empresas Privadas.

b. Economa: Ministerio de Economa y Finanzas, Banco Central de Reserva, INEI.

c. Produccin.

Agrcola y Ganadera:reas de cultivo y produccin ms importante, rendimientos, comportamiento estacional de la produccin agropecuaria (Ministerio de Agricultura).

Minera

: Estadsticas Anuales de Produccin de minerales metlicos y no metlicos (Ministerio de Energa y Minas).

Forestal

: Estadsticas Anuales (Servicios Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado SERNANP ex INRENA).

Pesquera

: Se cuenta con Estadsticas Mensuales con la informacin de embarques, procesamiento y desembarques de productos hidrobiolgicos (Ministerio de la Produccin).

Construccin

: PBI del Sector, Produccin Anual de principales insumos del Sector, (Ministerio de Vivienda y Construccin y Cmara Peruana de la Construccin).

Industrial

: Se cuenta con ndice de Volumen Fsico de la produccin manufacturera por aos (1990 2011); Tasa de utilizacin de la capacidad instalada por CIIU (1994 - 2011); Relacin de principales productos y empresas que participan en la muestra del IVF (1990 2011) (Ministerio de Produccin).

Turismo

: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR.

Servicios

: INEI.

7.5Red VialInformacin acerca de las caractersticas fsicas y operacionales de la red vial donde se ubican el PIP y que se refiere a:

Cartografa: Informacin cartogrfica, geolgica y fotogrfica (area y satelital) disponible de fuentes gubernamentales como el Instituto Geogrfico Nacional o privadas.

Catastro: Referidas a informacin de las caractersticas y estado de las vas existentes y que puede ser obtenida de Inventarios de Carreteras y Puentes con que cuente el Provas Nacional o Descentralizado del MTC y las Direcciones Regionales de Transportes; Estudios anteriores que existan en las planotecas de las instituciones del MTC (Provas Nacional y PROVIAS DESCENTRALIZADO) y/o Gobiernos subnacionales.

7.6Medio Ambiente

Informacin respecto a zonas protegidas en la zona de los proyectos (Ministerio del Ambiente y el Servicio Nacional de reas Naturales Protegidas -SERNANP), zonas arqueolgicas (Ministerio de Cultura), zonas de riesgo frente a desastres en la zona del proyecto (Sistema Nacional de Defensa Civil).

7.7Informacin existente en el MTCInventarios Viales, Conteos de trfico, Costos Operativos Vehiculares caractersticos, Costos Modulares de Inversiones y Mantenimiento de Carreteras y Puentes, entre otros, que se encuentran en los archivos de la Oficina General de Presupuesto y Planificacin del MTC (Oficina de Programacin de Inversiones del Sector). Esta informacin ser utilizada como referencial.

8. TRMINOS DE REFERENCIA DEL ESTUDIO DE PERFILLos aspectos considerados en el presente Numeral, sern desarrollados para cada uno de los proyectos contemplado en el presente Trmino de Referencia.

8.1IDENTIFICACIN DE LA PROBLEMTICA

EL CONSULTOR deber definir claramente el problema central que se intenta resolver con el proyecto, determinar el objetivo central y los especficos del mismo y plantear las posibles alternativas para alcanzar dichos objetivos. Para este propsito deber realizar:

8.1.1Diagnstico de la Situacin Actual

Desarrollar un diagnstico de las condiciones actuales relevantes en las que se encuentren los usuarios del proyecto que contenga:

DIAGNSTICO DEL REA DE INFLUENCIA

Se debe definir el rea de influencia del proyecto en base a la divisin poltica, geogrfica y de accidentes fsico territoriales del rea (o reas) afectada(s), plantear el rea de influencia del proyecto, considerando el espacio fsico en el cual se emplaza (r) la infraestructura actual existente objeto del estudio, y las nuevas obras que involucrar la situacin con proyecto.

Tambin determinar el rea de anlisis de impactos que corresponder al rea geogrfica que ser servida, influenciada o modificada por el proyecto. Es decir, corresponder a aquella rea donde se espera que se produzcan los impactos asociados al proyecto.

Se debe analizar las caractersticas del rea donde se ubica la actual infraestructura vial y donde se podra localizar, as como el rea donde se ubica la poblacin que ser beneficiada con el proyecto (rea de influencia). Deben considerarse los aspectos geogrficos, fsicos, climticos, econmicos, sociales, etc.

Asimismo el diagnostico, nos debe permitir el conocimiento de los peligros existentes; en particular aquellas que pudiesen impactar en la infraestructura vial existente o en la proyectada.

DIAGNSTICO DE LA POBLACIN Y LOS INVOLUCRADOS

Es importante determinar los diferentes grupos sociales afectados por la situacin negativa que se quiere resolver (segn sexo, edad, ocupacin, nivel de pobreza, necesidades bsicas y disponibilidad de servicios, nivel socioeconmico, entre otros).

EL CONSULTOR debe identificar si la poblacin del rea geogrfica relevante es afectada con diferente intensidad por la situacin negativa que se quiere resolver, y si esto ocurre sealar sus causas y las caractersticas socio demogrficos de la poblacin ms vulnerable, Para lo cual utilizara informacin de campo.

Recopilar la estadstica socioeconmica referida al rea de estudio, esto con el fin de servir de base al desarrollo de modelos de proyeccin de demanda.

Dicha informacin a recopilarse comprende en forma general los siguientes datos:

a) Demografa.

Se recurrir como fuente principal a los resultados de los censos de poblacin realizados por el INEI y a las proyecciones oficiales para los perodos intercensales. La caracterizacin se realizar considerando la divisin poltico administrativa y/o la zonificacin que se plantee para el rea de influencia del proyecto e incluir: nmero de habitantes, poblacin urbana y rural, y proyecciones demogrficas oficiales. b) Aspectos econmicos:

Se contar con la informacin relativa a la caracterizacin de las principales actividades econmicas y productivas que permitan conocer y establecer una adecuada relacin con los volmenes y estructura espacial de los flujos de personas y carga que se registran entre las distintas zonas que el rea de influencia involucra. La data mnima para este anlisis es el Producto Bruto Interno y el empleo por actividad y zona.

c) Aspectos Sociales:

Se debe elaborar el diagnstico social del rea de influencia teniendo en cuenta los aspectos de educacin, salud, servicios bsicos, asimismo analizar los indicadores de pobreza e ndice de desarrollo humano IDH, ingreso familiar medio por zona, tasa de motorizacin.

d) Uso de Suelo:

Con la finalidad de caracterizar los usos del suelo actuales y potenciales del rea de influencia del proyecto, se recopilar informacin relativa a: superficie clasificada segn su uso (agrcola de diversos tipos, forestal, etc.) y segn su posible explotacin con estimacin de sus rendimientos.

e) Equipamiento:

Se identificarn las posible diferencias de equipamiento (en servicios pblicos, comercio, servicios privados, establecimientos de educacin y salud, administracin de justicia, etc.) que pudieran estar motivando viajes entre zonas al interior y exterior del rea de influencia.

f) Tendencias:

Se deber obtener una apreciacin del potencial de crecimiento de las actividades de mayor relevancia en trminos de generacin y atraccin de flujos (tanto de personas como de carga), motivado por la evolucin del nivel de ingresos de la poblacin y/o a la materializacin de proyectos productivos o industriales cuya ejecucin se encuentre en marcha o con decisin de inversin o que podran ser realizadas si el proyecto vial es construido.

La informacin antes mencionada ser obtenida de fuentes secundarias, teniendo como principal fuente los censos oficiales realizados por el INEI; adems, esta informacin deber corresponder a sus propias fuentes de informacin: Gobierno Distrital, Gobierno Regional, Ministerio de Salud, Organismos Descentralizados, Misterio de Educacin, etc. hasta el ao 2012.

Respecto a los grupos involucrados se debe identificar, organizaciones y entidades, que se beneficiarn o perjudicarn con el PIP, asimismo, que participarn en la ejecucin, operacin y mantenimiento.

DIAGNSTICO DEL SERVICIO

Analizar la situacin actual de la va a intervenirse tanto en sus aspectos tcnicos como funcionales. Para ello ser necesario efectuar una visita de campo y realizar un inventario vial de la va.

Sobre la base del inventario vial, identificar y analizar los problemas que existen en la va, as como los efectos de estos sobre los usuarios, operadores, poblacin y actividades socioeconmicas del rea de influencia.

INTENTO DE SOLUCIONES ANTERIORES

En caso que hubiera habido algn intento anterior de solucin, es necesario indicar de qu tipo fue, el grado de xito o fracaso alcanzado, quienes lo gestionaron, as como las causas a las que se atribuyen los mismos. Por otro lado, si no lo hubiera habido es necesario indicar el porqu.

8.1.2Definicin del Problema y sus CausasDeterminar y definir la situacin negativa (problema central) que se intenta solucionar, as como sus causas y efectos, de forma detallada, porque ello ser el punto de partida para identificar las alternativas de solucin.

En base a herramientas de diagnstico (rboles de causas efectos) se esquematizar la forma como se relacionan desde las causas de segundo nivel que generan las causas directas o de primer nivel y que derivan en el problema central. As mismo, se plantearn los efectos directos de primer nivel (consecuencias inmediatas del problema principal) y efectos indirectos de niveles mayores (consecuencias de otros efectos del problema). Asimismo, debe existir un efecto final, relacionado con el nivel de satisfaccin de las necesidades humanas y/o el desarrollo de sus capacidades, es decir, con un incremento del bienestar de la sociedad.

Todas las relaciones causas efectos que se planteen dentro de este anlisis se basarn cuidadosamente en la informacin cualitativa y cuantitativa que las sustentan como tales.

8.1.3Objetivos del proyectoIdentificado el problema y sus causas, se plantear el objetivo principal asociado a la solucin del problema central y los medios fundamentales de cmo alcanzarlo que se encuentran asociados a la intervencin sobre las causas.

8.1.4Alternativas de solucinSe plantearn las alternativas con las cuales se pueden alcanzar los objetivos del proyecto, teniendo cuidado de realizar la bsqueda con la mayor amplitud posible, evitando descartar alternativas antes de someterlas a un anlisis formal. Cuando proceda, bastar presentar estas alternativas en la forma de esquemas o bosquejos.

Las alternativas de solucin planteadas para el Proyecto debern cumplir con las siguientes exigencias mnimas:

a. Producir beneficios econmicos netos para el pas

b. Ser de competencia tcnica y financieramente ejecutable por la Unidad Ejecutora que se plantee.

c. Ser sostenible en lo financiero y socio ambiental

8.2FORMULACIN8.2.1Anlisis de la demanda

Estudio de Trfico

Despus de analizar la informacin disponible de trfico, EL CONSULTOR plantear el programa complementario de Estudios de Trfico que pretende realizar para el desarrollo del presente estudio, donde incluir la forma en que realizar el censo volumtrico y las encuestas de origen y de destino, las estaciones a considerar justificndolas debidamente, as como toda informacin de otros datos a considerar para el estudio, incluyendo lo que respecta a la informacin necesaria para las proyecciones como para el estudio econmico. Para definir la (s) estacin (es) de conteo de trfico, EL CONSULTOR deber haber efectuado un anlisis preliminar del comportamiento del trfico sobre la va.

Plano de ubicacin respectivo de la va con sus poblaciones beneficiadas y su conexin a la red vial

Identificacin de tramos homogneos de la va en evaluacin segn la demanda.

La ubicacin de las estaciones de trfico (as como de cobertura, en caso de ser necesario), deber ser acordada con LA MUNICIPALIDAD. Los conteos de trfico en estaciones cuyo nmero mnimo por cada tramo homogneo ser de uno. El conteo se realizar durante un mnimo de 7 das consecutivos en las estaciones principales y 5 das en las estaciones de cobertura durante 24 horas por cada estacin, los que sern volumtricos y clasificados por tipo de vehculo, segn horas, das, perodo; complementariamente, de ser el caso, se analizar y evaluar la informacin existente en otras estaciones de conteo que se encuentren dentro del rea del proyecto.

Con los correspondientes factores de correccin (horario, diario, estacional), se obtendr el ndice Medio Diario Anual (IMDA) de trfico que corresponda a cada tramo homogneo de demanda por tipo de vehculo y total.

Encuestas de origen y destino (O/D), como mnimo 3 das y durante 12 horas por da (incluyendo un da no laborable). La encuesta incluir tipo de carga transportada, nmero de pasajeros, combustible utilizado, detalles sobre el vehculo (tipo, marca, modelo, ao, nmero de asientos, nmero de ocupantes, tipo de combustible, peso vaco, peso seco, carga til); y configuracin de matrices de viaje por origen y destino y por tipo de vehculo.

Velocidad promedio de circulacin por tipo de vehculo; anlisis del impacto que diversas velocidades de diseo tendran sobre la demanda, por tipo de vehculo.

Se analizar la posibilidad de cambios cualitativos en la composicin de la demanda vehicular, debido a la nueva velocidad proyectada (por ejemplo, aparicin de servicios de transporte de pasajeros en vehculos de mayor nmero de asientos (buses) o camiones de ms de 3 ejes o de mayor capacidad).

Tiempos de viaje entre origen-destino, por tipo de vehculo.

El estudio de trfico incluir adems, el anlisis de la demanda del transporte pblico y trnsito no motorizado (peatones, ciclistas, arreo de ganado).

Situacin existente en zonas urbanas y sus accesos.

Suficiencia y capacidad de la infraestructura vial existente y proyectada para atender la demanda esperada.

Seguridad de viaje y de la poblacin. Impacto de la condicin de viaje en zona urbana respecto de la funcionalidad de la va.

Diferenciar los flujos locales de los regionales, estableciendo tasas de crecimiento para cada categora de vehculo y para todo el periodo bajo anlisis, debidamente fundamentado segn corresponda, en tendencia histrica o proyecciones de carcter socioeconmico (PBI, tasas de motorizacin, proyeccin de la poblacin, evolucin del ingreso, etc.).

Se proyectar la demanda en base a la tasa de crecimiento poblacional para vehculos de pasajeros y tasa de crecimiento del PBI Departamental o Regional para vehculos de carga, debidamente justificadas.

Se diferenciar la demanda de trfico (y su crecimiento) entre trnsito existente, trnsito generado o inducido y trnsito derivado o desviado, en caso de presentarse.

Identificacin de otros proyectos viales.

8.2.2Anlisis de la OfertaOferta Actual:

EL CONSULTOR debe caracterizar la situacin actual de la va a intervenirse tanto en sus aspectos tcnicos como funcionales. Para ello ser necesario efectuar un inventario vial del mismo en cuanto a sus caractersticas geomtricas y estructurales.

Oferta futura:

En este paso se debe describir las caractersticas tcnicas y funcionales de la va materia del proyecto, luego de la ejecucin del mismo.

8.2.3Balance Oferta - DemandaEn base a las proyecciones de demanda establecidas se indicarn las necesidades de intervenciones requeridas a la infraestructura existente de manera que se establezcan adecuados niveles de servicio de la va en el futuro. Esta identificacin servir de informacin base para la formulacin de ingeniera de las alternativas del proyecto.

8.2.4Aspectos tcnicos de ingeniera para la elaboracin del estudio de PerfilINVENTARIO VIAL

EL CONSULTOR deber realizar una descripcin y un inventario vial detallado del camino materia de estudio, indicando todos los puntos crticos (anlisis de vulnerabilidad) como: derrumbes, baches, aguajales, curvas de volteo que no tienen el radio mnimo, zonas con erosin de taludes, cruces de agua, alcantarillas existentes, pontones y puentes existentes etc.; indicando claramente las progresivas en las que se encuentran, el estado actual y las soluciones tcnicas propuestas.

SUELOS

Los trabajos tienen la finalidad de estudiar preliminarmente las caractersticas del terreno natural o sub rasante y la estructura de pavimentos existentes en las zonas donde se plantear el mejoramiento con pavimentos a nivel de soluciones bsicas, identificndose sectores de caractersticas homogneas y sectores crticos.

Se recopilar informacin sobre las caractersticas y estado del pavimento existente, relativas a la capa de afirmado o superficie de rodadura existente y el CBR de la sub-rasante.

Se deber efectuar estudios de prospeccin por sectores y donde se presenten problemas crticos. La profundidad de las calicatas ser como mnimo de 1.50 m y 1 por kilometro. La exploracin de suelos deber determinar la presencia o no de suelos expansivos, orgnicos y nivel fretico.

Se recomienda especificar que como mnimo se realiza una calicata cada kilmetro y en el caso de zonas crticas elevar el nmero de calicatas por kilmetro.

Los ensayos de Mecnica de Suelos a las muestras seleccionadas que se obtengan, se efectuarn de acuerdo al Manual de Ensayos de Materiales para Carreteras del MTC (EM-2000), y comprender los ensayos estndar: Anlisis Granulomtrico por tamizado, Humedad Natural, Lmites de Atterberg (Limite Lquido, Limite Plstico, ndice de Plasticidad), Clasificacin de Suelos por los Mtodos SUCS y AASHTO y el Ensayo de California Bearing Ratio (CBR).A partir de estos ensayos se elaborar un perfil estratigrfico que deber incluir toda la informacin que deber explicar la condicin del suelo y actual superficie de rodadura.

Con los valores obtenidos de los estudios de suelos se deber determinar el parametro para el diseo del pavimento.

CANTERAS Y FUENTES DE AGUA

Es importante ubicar las canteras delimitando aproximadamente su rea de explotacin y sus propiedades mediante tres prospecciones de 3 m., de profundidad o espesor explotable, por hectrea, evaluando su capacidad y volumen para proporcionar los diferentes tipos de materiales a ser usados en la intervencin. Las muestras representativas de los materiales de cada cantera sern sometidas a los ensayos estndar (segn EM-2000), analizndose como mnimo clasificacin de suelos, CBR y abrasin, a fin de determinar sus caractersticas y aptitudes para los diversos usos que sean necesarios (rellenos, afirmados, tratamientos y concreto). De igual manera se deber determinar la ubicacin y distancias de las fuentes de agua.Se localizarn canteras o reas de prstamo de material para conformar los rellenos, capa del pavimento y las obras de arte.

Las canteras sern evaluadas y seleccionadas por EL CONSULTOR, por la calidad y cantidad (potencia) de los diversos materiales, adecuados y suficientes para la obra, por su menor distancia a la obra, as como por ser reas ambientalmente apropiadas.

EL CONSULTOR establecer el volumen del material utilizable y el desechable, el rendimiento, los procedimientos de explotacin y perodos de explotacin. Las muestras representativas de los materiales de cada cantera sern sometidas a los ensayos estndar (segn EM-2000), analizndose como mnimo clasificacin de suelos y CBR, a fin de demostrar que los materiales elegidos cumplen con las especificaciones tcnicas requeridas para el uso recomendado.

De igual manera se deber determinar la ubicacin de las fuentes de agua y su calidad para ser usada en la obra.

Deberan adjuntar, un diagrama de canteras y fuentes de agua, indicando las caracteristicas mas relevantes (potencia, accesos, rendimiento, etc).

PAVIMENTOS

Con los valores obtenidos de los estudios de suelos y trfico se deben determinar los parametros para el diseo del pavimento.

Se debe presentar el diseo de pavimentos de acuerdo a las metodologas recomendadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y a las condiciones presentadas en el estudio.

EL CONSULTOR indicar (mnimo 2) alternativas para el pavimento (afirmado, material estabilizado, afirmado mejorado, recubrimientos, etc.), en funcin a las caractersticas de los suelos y materiales de canteras encontradas o existentes en la zona del proyecto.

El periodo de diseo para el pavimento ser de 10 aos.

TOPOGRAFA Y TRAZO

Los trabajos de topografa se realizarn con equipos GPS sub mtricos, para lo cual se obtendr todo el trazo en formato digital, para luego ser exportada y trabajada en ambiente CAD. La informacin geogrfica recogida en campo con GPS, debe tener en cuenta a la red geodsica implementada por el Instituto Nacional Geogrfico, con la finalidad de reducir los errores geomtricos. Los trabajos deben estar georeferenciados bajo el sistema de coordenadas UTM, WGS 84, proyectado zona 17 y 18. El consultor debe sustentar la utilizacin del GPS submtrico para la aprobacin de la especialidad en topografa, diseo vial y seguridad vial.

Se debe incorporar el levantamiento de informacin de secciones transversales.

Estar orientado a definir el eje de la via para su rehabilitacin, mejoramiento y/o construccin, tratando de reducir en lo mnimo el volumen de movimiento de tierras.

De forma complementara se levantarn secciones transversales cada 200m, si la topografa es llana y ondulada, debiendo reducirse la distancia cuando la configuracin del terreno sea accidentada, vare o se requiera algn cambio en el camino, de modo que se obtengan metrados de movimiento de tierras con la suficiente aproximacin.

Asimismo deber realizar levantamientos complementarios en sectores o zonas crticas u obras que requieran soluciones impostergables para la estabilidad de la va (Para ubicacin general en escala 1:1,000 y detalles 1:200).

Las modificaciones del trazo y/o rasante debern justificarse tcnica y econmicamente.

DISEO VIAL

Debe cumplir lo establecido en las normas del MTC.

GEOLOGA Y GEOTCNIA

La inspeccin visual debe orientarse a la identificacin de los problemas especficos que presente la va.

En vista que el presente proyecto corresponde a un estudio de pre inversin a nivel de perfil y la multiplicidad y complejidad de los problemas que podra existir impide establecer a priori el tipo de estudio por realizar, deber, como mnimo, tratar los siguientes aspectos:

Determinar en base a la geologa regional (publicada por INGEMET) la geologa de la zona de estudio.

Determinar las caractersticas geomorfolgicas (publicada por el INGEMET) de la zona de estudio.

Elaboracin de la geologa y geotcnia local, por donde pasa o pasar la carretera.

Diagnstico del problema, donde se establecer, los lmites de la zona fallada y grado de compromiso para la estabilidad general de la obra.

Estimacin preliminar de alternativas de solucin: el contenido de este punto debe servir para orientar en cuanto al costo aproximado de las obras requeridas y los plazos necesarios para desarrollar los estudios de detalle y la materializacin de proyectos.

En base a la geologa local se elaborar el cuadro estimado de clasificacin de materiales de corte de acuerdo al tipo de suelo y se determinar el talud estimado a adoptar, y que debern estar concordantes a las secciones transversales propuestas.TALUDES

Se debe indicar si los posibles tratamientos a los procesos de geodinmica existentes en el tramo son de un costo tal que pueden alterar de modo significativo los montos de inversin, en tal caso indicar la necesidad de realizar un estudio especfico sobre estabilidad de taludes.

HIDROLOGA Y DRENAJE

De ser necesario se utilizar datos pluviomtricos que permitan identificar y estimar las dimensiones preliminares de las nuevas obras de arte y de drenaje. Para la infraestructura existente, el objetivo del estudio es verificar problemas en su funcionamiento y establecer soluciones pertinentes preliminares.

Asimismo, se precisa que el presente estudio consiste en recopilar datos que describan las caractersticas y el estado de las obras de arte y drenaje, como puentes, pontones, alcantarillas, cunetas, bajadas de agua, canales y zanjas de drenaje, entre otras, con el propsito de determinar su estado y proponer su intervencin.

De requerirse la construccin de nuevas obras de drenaje, deber recopilarse informacin que permita estimar la dimensin de la estructura de drenaje.

ESTRUCTURAS Y OBRAS DE ARTE

Se desarrollarn las alternativas de solucin, para la rehabilitacin, mejoramiento y/o construccin de las diferentes obras de arte (alcantarillas, tajeas, cunetas, subdrenes, badenes, muros de contencin, pontones y puentes de existir), debiendo presentar los planos de ubicacin y planos tipicos de las obras de arte propuestas.

METRADOS, ESPECIFICACIONES TCNICAS, ANLISIS DE PRECIOS UNITARIOS, PRESUPUESTO Y PROGRAMA DE EJECUCIN

Las especificaciones tcnicas sern desarrolladas por el Consultor, teniendo en cuenta el Manual de Carreteras - Especificaciones Tcnicas Generales para Construccin - EG-2013.

El Consultor deber calcular los metrados por partidas para cada actividad considerada en el presupuesto de Obra, teniendo en cuenta las unidades de medicin y base de pago indicadas en el Manual de Carreteras Diseo Geomtrico (DG-2013), y sobre la base de los planos y/o datos o soluciones tcnicas adoptadas para rehabilitar, mejorar y/o construir las caractersticas tcnicas de la va. Deber adjuntar los sustentos respectivos. (Planillas de Metrados por cada Partida, grficos y Resumen Final de metrados).

Se debern elaborar los anlisis de precios unitarios incluyendo materiales, equipo y mano de obra y/o subpartidas necesarias para cada una de las partidas que integran la obra, segn se establece en las Normas del MTC. Se dar nfasis a la maximizacin de uso de mano de obra, calificada y no calificada de la zona de estudios. Los rendimientos de las actividades proyectadas por EL CONSULTOR, debe estar acorde a las Tablas de Rendimientos de Equipo Mecnico, para las diferentes zonas geogrficas y altitudes, establecidas por RM N 001-87-TC/VMT.

Para el clculo del flete, se debe emplear el DS N 033-2006-MTC vigente, que modifica el DS N 010-2006-MTC para el clculo de los valores referenciales por kilmetro virtual para transporte de bienes y materiales.

Se debe presentar el estudio de mercado efectuado para determinar los costos de los materiales y costos de alquiler de equipo, adjuntando las cotizaciones y fuentes de informacin (3 cotizaciones como mnimo). Para el caso de la mano de obra se emplear los costos de construccin civil vigentes.

Los gastos generales deben de separarse en gastos fijos y variables, adjuntar clculo respectivo.

EL CONSULTOR debe presentar el calendario de Avance de Obra Valorizado, la programacin PERT CPM y GANTT en funcin a los metrados a ejecutar y cantidad de equipo mnimo.

EL CONSULTOR debe dejar claramente establecido, que el cronograma es aplicable para las condiciones climticas de la zona. Asimismo presentar un programa de utilizacin de equipos y materiales; as como la relacin de equipo mnimo, concordante con el Cronograma GANTT y PERT-CPM.

En la programacin se pondr especial nfasis en la evaluacin de la etapa de movilizacin e instalacin de campamentos y equipos mnimos necesarios en obra por el Contratista, y en la produccin de agregados para la obra, con indicacin de la produccin diaria relacionada con el plazo de ejecucin.

La frmula polinmica se realizar de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N 011-79-VC.

PLANOS

Anillado A3 de planos, i) Indice, ii) Plano clave y seccin tpicas, iii) Planos de planta y perfil a escalas 1:2000 (H) y 1:200 (V) para los mejoramientos puntuales, para construccin, iv) Secciones transversales para los mejoramientos puntuales, para construccin.

Las secciones transversales debern ser dibujadas en escala 1:200.

Los planos de las obras de arte y drenaje propuestas deben presentarse por cada una y en una escala 1:20, en planta, cortes respectivos y detalles.

El plano general de ubicacin (PLANO CLAVE), deber ser dibujado en escala 1:5000 u otra escala adecuada, con progresivas y ubicacin de obras de arte (existentes y proyectadas), centros poblados que atraviesa, zonas crticas, canteras de materiales y fuentes de agua u otra informacin que estime necesario EL CONSULTOR.

Debern estar identificados por una numeracin y codificacin adecuada y mostraran la fecha, sello y firma del Jefe del Estudio e Ingeniero especialista.

IMPACTO AMBIENTAL

EL CONSULTOR deber completar la informacin contenida en el Anexo 01 de Resolucin Ministerial N 052-2012-MINAM de fecha 08.03.2012 Aprueban Directiva para la Concordancia entre el Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental (SEIA) y el Sistema Nacional de Inversin Pblica (SNIP). Asimismo, deber desarrollar los aspectos sealados en la Parte I del Formato del Anexo 02 de dicha directiva; informacin que, conjuntamente con el Perfil, se presentar ante la Autoridad Competente (DGASA) para la evaluacin preliminar para la categorizacin del proyecto de acuerdo al riesgo ambiental.

ANEXO 01VERIFICACIN DE LA INCLUSIN DEL PROYECTO DE INVERSIN PBLICA (PIP) EN EL ANEXO II DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEIA O EN SUS ACTUALIZACIONES

PASOS A SEGUIR