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AYUNTAMIENTO de LOS LLANOS DE ARIDANE N.R.E.L. 01380244 _________ LA PALMA Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane. Plaza de España S/N • C.P. 38760 • LOS LLANOS DE ARIDANE- LA PALMA• Tfno.: 922 460 111• Fax.: 922 461 264 www.aridane.org e-mail: [email protected] 1 AYUNTAMIENTO PLENO Minuta del Acta de la sesión ordinaria celebrada por este Ayuntamiento Pleno, (Nº 13/2016), el día 29 de junio de 2016. PRESIDE: Dª María Noelia García Leal ASISTEN: D. Mariano Hernández Zapata D. Jesús Manuel Perera Carreras Dª Lorena Hernández Labrador Dª Mónica González Rodríguez D. José María Rivera Carrillo D. Francisco Alberto Leal Cruz Dª María Elena Pais Fuentes D. Pío Manuel Lorenzo Guerra D. José Manuel González Afonso D. Onán Cruz Díaz Dª Jezabel Hernández Rocha D. Adelto Carlos Concepción Hernández Dª Vanesa Pérez Domínguez D. José Juan Hernández Acosta Dª Amparo María Martín Martín D. Mauricio José Pérez Viña D. Felipe Ramos Pérez Dª Mariela Rodríguez Calero FALTAS DE ASISTENCIA: Dª María del Rosario González Palmero D. Armando Jesús Acosta Bethencourt SECRETARIA GENERAL: Dª Miriam Pérez Afonso En la Casa Consistorial de Los Llanos de Aridane, el día 29 de junio de 2016, previa convocatoria y citaciones hechas en forma legal, se reúne el Pleno de esta Corporación, al objeto de celebrar sesión pública ordinaria.

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1

AYUNTAMIENTO PLENO

Minuta del Acta de la sesión ordinaria celebrada por este

Ayuntamiento Pleno, (Nº 13/2016), el día 29 de junio de 2016.

PRESIDE:

Dª María Noelia García Leal

ASISTEN:

D. Mariano Hernández Zapata

D. Jesús Manuel Perera Carreras

Dª Lorena Hernández Labrador

Dª Mónica González Rodríguez

D. José María Rivera Carrillo

D. Francisco Alberto Leal Cruz

Dª María Elena Pais Fuentes

D. Pío Manuel Lorenzo Guerra

D. José Manuel González Afonso

D. Onán Cruz Díaz

Dª Jezabel Hernández Rocha

D. Adelto Carlos Concepción Hernández

Dª Vanesa Pérez Domínguez

D. José Juan Hernández Acosta

Dª Amparo María Martín Martín

D. Mauricio José Pérez Viña

D. Felipe Ramos Pérez

Dª Mariela Rodríguez Calero

FALTAS DE ASISTENCIA:

Dª María del Rosario González Palmero

D. Armando Jesús Acosta Bethencourt

SECRETARIA GENERAL:

Dª Miriam Pérez Afonso

En la Casa Consistorial de Los Llanos de Aridane, el día

29 de junio de 2016, previa convocatoria y citaciones hechas

en forma legal, se reúne el Pleno de esta Corporación, al

objeto de celebrar sesión pública ordinaria.

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Preside la Sra. Alcaldesa Presidenta Dña. María Noelia

García Leal, y asisten los Sres. Concejales arriba

mencionados.

Está presente la Secretaria General Dña. Miriam Pérez

Afonso, quien da fe del acto, y la Interventora de Fondos

Dña. María Candelaria Rodríguez Rodríguez.

Convocada la sesión para las diecinueve horas y treinta

minutos, por la Presidencia se declara abierta la sesión

siendo la misma hora, y de conformidad con el Orden del Día se

adoptan los siguientes acuerdos:

Toma la palabra la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

Dña. María Noelia García Leal, diciendo: Muy buenas tardes

Sras. y Sres. Concejales y al público asistente en este Salón

de Plenos.

Antes de dar comienzo a esta convocatoria del Pleno

ordinario del mes de junio, prevista para hoy día 29 de junio

a las 19:30 horas de la tarde, y por acuerdo de los

Portavoces de los diferentes grupos, vamos a llevar a cabo 1

minuto de silencio como repulsa a los atentados terroristas

cometidos en la noche de ayer, justamente para manifestar

nuestro rechazo a esa forma de terrorismo indiscriminado que

golpea a muchos ciudadanos de todo el mundo.

Procedemos al minuto de silencio.

Muchas gracias a todos y a todas.

1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES

ANTERIORES DE FECHAS 05 DE MAYO, 26 DE MAYO, 01 DE JUNIO Y 03

DE JUNIO DE 2016.

Teniendo conocimiento por traslado personal del borrador

de las Actas de las sesiones anteriores de fechas 05 de mayo,

26 de mayo, 01 de junio y 03 de junio de 2016, son aprobadas

por unanimidad de los miembros corporativos presentes.

2.- MOCIÓN QUE PRESENTAN DÑA. AMPARO Mª MARTÍN Y D. MAURICIO

J. PÉREZ, CONCEJALES DEL GRUPO MIXTO, SOBRE LA CELEBRACIÓN

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DE UN CONCURSO DE VINOS Y UNA LUCHADA INSTITUCIONAL DE MANERA

PERMANENTE DURANTE LAS FIESTAS DE LA PATRONA.

Se da cuenta por Secretaria de orden de la Alcaldía, de

la moción, cuyo tenor literal es el siguiente:

MOCIÓN SOBRE LA CELEBRACIÓN DE UN CONCURSO DE VINOS Y UNA

LUCHADA INSTITUCIONAL DE MANERA PERMANENTE DURANTE LAS

FIESTAS DE LA PATRONA

De acuerdo con lo previsto en el Reglamento de Organización,

Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Los Llanos

de Aridane representado por Dª Amparo Martín y Dº Mauricio

Pérez, desean someter a la consideración del Pleno la

siguiente Moción.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Desde hace muchas décadas se vienen celebrando las Fiestas de

La Patrona, unas celebraciones que como todo, han tenido

épocas florecientes y épocas de reducción de gastos, pero

siempre marcaron el transcurrir de los días de nuestros

vecinos, de sus barrios y siendo el punto de encuentro de

nuestras familias. Antiguamente el tiempo en Los Llanos de

Aridane se dividía en ―antes y después de La Patrona‖, un

antes dedicado en nuestro ancestral agrario a la preparación

de los campos y en el cuidado de las cosechas, para a partir

de las celebraciones de lo cosechado comenzar un nuevo ciclo

agrario, sobre todo pensando en los cultivos de secano que

aseguraban el sustento hasta la llegada de las lluvias del

otoño.

La Patrona, además de celebración, era reconocimiento de

nuestra cultura, de nuestra herencia y de nuestras raíces, y

como tal se organizaban unos festejos que dignificaban la

tradición agrícola, ganadera, cultural y deportiva de Los

Llanos de Aridane. Con el paso de los años algunos actos se

han mantenido y otros han ido desapareciendo, pero no por

ello podemos intentar como administración pública, que

organiza y financia los distintos eventos a realizar en la

festividad, consentir que nuestra tradición desfallezca. Por

lo menos, debemos intentar recuperar parte de nuestras

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tradiciones y en ello motivamos esta moción en la que

presentamos dos propuestas, una de la creación de un Concurso

de Vinos y otra destinada a recuperar la tradicional luchada

de La Patrona.

- En un primer punto, queremos exponer como la cultura

agraria de nuestro municipio es incuestionable, por este

lugar se han introducido y aclimatado diferentes productos

agrícolas, que algunos en épocas históricas y otros más

recientemente han dado lugar a un Valle de Aridane que es

sinónimo de agricultura y buenas cosechas. La viña y su

cultivo están aparejada a nuestra historia, pues desde el

comienzo de la llegada de los Castellanos a nuestras costas

fue uno de los primeros productos que introdujeron para su

manutención y comercialización. La viña ha disfrutado de

diferentes ciclos de intensificación o decadencia de su

cultivo a lo largo de nuestra historia y han sido muchas las

familias que han asegurado su supervivencia gracias a su

aprovechamiento.

En fechas recientes hemos tenido la triste desaparición de

una de esas personas que gracias a su perseverancia, a su

sacrificio, al amor por el producto, a la búsqueda de la

excelencia, a la búsqueda de tierras y varietales acordes, a

las mejoras que introducía en las cepas, al traslado de sus

capacidades y conocimientos a quien se lo pedía y a la

calidad en el trato, un pionero que forjó gran parte del

nuevo ciclo que está experimentado el cultivo de la viña y la

comercialización de sus vinos en la última década. Don

Federico Simón Cruz no solo ha sido un ejemplo como

emprendedor y empresario, ha sido un referente en el mundo

del vino y a conseguido hacer de un cultivo secundario y de

tierras difíciles, un referente de la nueva agricultura y

apostando por dedicarle parcelas de mejores condiciones para

su cultivo. D. Federico Simón, fue, mejor que nadie en

nuestro municipio, quien consiguió en fechas poco propicias

hacer de un cultivo residual un cultivo que generara riqueza

y hoy da valor añadido a nuestro terruño. Hoy en nuestra isla

y en nuestro municipio no se entendería el mantenimiento y

resurgir del cultivo de la viña y sus productos sin la labor

constante y sacrificada de Don Federico.

Podrán hacerse mejores homenajes y dedicarse calles, plazas y

monumentos a su memoria y a su buen hacer, que serán siempre

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merecidos por su trayectoria. Pero entendemos que podemos

realzar su labor en la agricultura insular si acogemos un

nuevo acto a celebrar de manera obligatoria dentro de las

futuras ediciones de las fiestas de La Patrona. Pues tratamos

por un lado de recordar a perpetuidad la importante labor de

D. Federico, y por otro lado conseguimos incorporar un nuevo

acto que nos sirva para visibilizar la importante tradición

agrícola de nuestro municipio, y crear una fecha señala donde

el sector del vino insular o regional tenga reconocimiento,

homenaje y proyección de su importancia.

- En segundo lugar, dentro de esta moción enmarcada en la

propuesta de incorporación de actos a la futura programación

de las Fiestas de La Patrona, nos gustaría resaltar el hecho

de que nadie duda que Los Llanos de Aridane ha sido cuna de

algunos de los mejores luchadores que ha dado nuestra isla y

que han sido referente en nuestra Comunidad Autónoma y que se

perpetúan en el imaginario colectivo sus gestas y agarradas.

La Lucha Canaria para los canarios, es algo más que un

deporte. Es por ello que hasta no hace muchos años no existía

barrio o pueblo que contara con una luchada entre solteros y

casados o con los equipos más representativos del lugar en su

programa de fiestas. Por suerte, en algunos lugares esa

tradición se mantiene, existiendo el caso de lugares de

nuestra isla donde a pesar de no contar con equipos de lucha

representativos de su municipio, si contemplan la celebración

de luchadas en sus fiestas patronales.

Los Llanos de Aridane hasta fechas recientes celebraba un

torneo vinculado a La Patrona y hasta algunos recordamos la

celebración de luchadas tanto de las categorías inferiores

como de los equipos seniors en la Plaza de España, pero por

motivos que desconocemos, ese acto fue menguando hasta su

total desaparición del programa de festejos.

Entendemos que la Lucha Canaria necesita mayores apoyos y

pensamos que un buen inicio puede ser el devolverle su papel

central en los eventos deportivos que celebramos dentro de

las fiestas de La Patrona. Pues además de buscar la fórmula

de celebrar un torneo o una única luchada, sería bueno

recuperar el celebrar dicho evento en nuestra Plaza de España

para darle aquel lugar institucional y de promoción de una

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cultura deportiva que es seña de nuestra más grande

identidad.

Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento

de Los Llanos de Aridane presenta para su consideración y

aceptación por el Pleno Municipal la siguiente MOCIÓN en la

que se insta al Grupo de Gobierno de esta Institución a:

1- Celebración de un Concurso Anual de Vinos con el nombre de

Dº Federico Simón Cruz a realizar en el marco de los festejos

de La Patrona para perpetuar la imborrable labor en uno de

nuestros sectores socioeconómicos más importantes y que

embellece nuestros paisajes, pues Don Federico Simón Cruz,

que fue, mejor que nadie en nuestro municipio, quien

consiguió en fechas poco propicias hacer de un cultivo

residual un cultivo que generara riqueza y hoy da valor

añadido a nuestro terruño.

2- Celebración de una Lucha Institucional a realizar en el

marco de los festejos de La Patrona para perpetuar la

imborrable tradición luchística que ha tenido nuestro

municipio. La Lucha Canaria figuraba hasta hace pocos años

como uno de los actos importantes de las fiestas de La

Patrona y como institución debemos tratar de impulsar su

incorporación como fiel reflejo de la tradición deportiva de

nuestro municipio y como homenaje a tantos luchadores que ha

dado nuestro municipio.

En Los Llanos de Aridane a de junio de 2016. La

Portavoz, Fdo. Amparo Mª Martín Martín.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Mauricio José Pérez Viña, en representación del Partido

Socialista e integrante del Grupo Mixto, diciendo: Muchas

gracias Sra. Alcaldesa, buenas tardes a todos y a todas.

Intentaré ser muy breve, por estos días desde hace

décadas, en nuestro municipio se respiraba y se sentía un

sentimiento diferente que nos hace a todos los vecinos

recordar nuestro origen y nuestros recuerdos, teniendo la

sensación que las fiestas nos hace ahuyentar los problemas

cotidianos, estamos en fechas de Patrona, donde además de

celebración era reconocimiento de nuestra cultura, de

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nuestra herencia y de nuestras raíces, y como tal se

organizaban unos festejos que dignificaban la tradición

agrícola, ganadera, cultural y deportiva de Los Llanos de

Aridane.

Con el paso de los años algunos actos se han mantenido y

otros han ido desapareciendo, pero no por ello podemos como

administración pública, que organiza y financia los distintos

eventos a realizar en la festividad, consentir que nuestra

tradición desfallezca.

Por lo menos, debemos intentar recuperar parte de

nuestras tradiciones y en ello motivamos esta moción, en la

que presentamos las 2 iniciativas, una la creación de un

concurso de vinos y otra destinada a recuperar la tradicional

luchada de la Patrona.

Resaltamos lo de permanente por la necesidad de que la

festividad sea imagen del municipio y no solo de su

Ayuntamiento, por lo que la propuesta busca que se añada a

los actos fijos, la recuperación de un acto y la creación de

uno nuevo como son, la celebración del concurso anual de

vinos y la celebración de una luchada institucional. Nada más

muchas gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación, Dña.

María Noelia García Leal, diciendo: Muchas gracias Sr. Pérez.

Por parte del grupo de Izquierda Unida Canaria, tiene la

palabra el Sr. Ramos.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Felipe Ramos Pérez, en representación de Izquierda Unida

Canaria e integrante del Grupo Mixto, diciendo: Gracias Sra.

Alcaldesa, buenas tardes a todos y a todas.

En primer lugar, valoramos desde Izquierda Unida

positivamente la propuesta de incorporar nuevos actos a la

festividad de la Patrona, creemos que estas propuestas deben

partir no solo de los Concejales sino también de los vecinos

y vecinas del municipio y de otros colectivos, nos parece

importante recuperar la participación ciudadana en la

organización de las fiestas, sin la existencia de ningún tipo

de mecanismo que lo regulara durante décadas, los vecinos y

vecinas de este municipio colaboraban activamente en la

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organización de las mismas y creemos que habría que trabajar

en esa línea de cara a futuras ediciones.

Nos parece también interesante, reflexionar sobre la

necesidad de incorporar algún otro tipo de actos que tuvieron

un carácter permanente, un pregón, como tienen otras

festividades de nuestra Isla y del conjunto del Estado, o

también que podría ser interesante y es un planteamiento que

podemos hacer desde aquí, institucionalizar actos que se

celebran bajo el marco de la Patrona pero que no están por

así decirlo, de forma permanente en nuestro programa, como

por ejemplo el Premio de Música ―Domingo Ferrer‖.

Respecto a los acuerdos en sí que plantea el Partido

Socialista, solo tenemos quizás una puntualización o alguna

cuestión respecto a denominar específicamente con el nombre

concreto de Federico Simón, porque nos consta de alguna otra

reunión de Portavoces y en alguna otra Comisión el interés

que tiene el Grupo de Gobierno por llevar a cabo una serie de

reconocimientos de varios personajes ilustres del municipio,

y bueno, por saber si encajaba esta propuesta, por lo que leo

en la exposición de motivos no sería incompatible con otro

tipo de reconocimiento que se plantease, y ahí bueno… pues

nosotros igual podemos complementar la posibilidad de que no

fuera a lo mejor única y exclusivamente un concurso de vinos,

sino también hay posibilidades de ampliarlo a otro tipo de

actividades vinculadas con el sector agrícola, ya fuera

relacionado con el queso, con la repostería, etc., etc.

En ese sentido con estas matizaciones y estos

comentarios, pues nuestro voto en principio va a ser

favorable a la moción que presenta el Partido Socialista.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Muchas gracias

Sr. Ramos.

Por parte del grupo de Coalición Canaria, tiene la

palabra el Sr. Lorenzo.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Pío Manuel Lorenzo Guerra, portavoz del Grupo Municipal de

Coalición Canaria, diciendo: Buenas tardes, muchas gracias

Sra. Alcaldesa.

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En primer lugar, me gustaría manifestar y felicitar,

mejor dicho, a D. Mariano Hernández compañero de esta

Corporación, por haber ganado el Senado y desearle mucha

suerte y acierto de esa labor que va a tener que hacer de

representar a todos palmero.

En cuanto a la moción que presenta el Sr. Pérez, tenemos

que decir que aprovechar las fiestas de nuestra Patrona para

poner en valor la cultura del vino, fomentar el sector

vitivinícola que también tiene mucho que ver con nuestras

tradiciones y ahora es un sector económico importante, no

solo en el municipio sino en la Isla de La Palma, pues nos

parece muy adecuado.

Ha sido habitual la celebración de concursos de vinos en

nuestro municipio por la Asociación de Vecinos del Retamar,

por las fiestas del Barrio y también por la celebración del

San Martín, pero en este caso pues, creo que estamos hablando

de un concurso de más nivel donde puedan participar las

Bodegas registradas en la Denominación de Origen y donde

contemos con unos catadores de suficiente prestigio, y habría

que definir concretamente qué vinos podrían participar en

estos concursos, qué ámbito geográfico le damos al concurso,

y quién se encargaría de organizar la cata.

Entonces nosotros tenemos algunas propuestas que hacerle

al proponente y es que bueno, que la cata se desarrolle para

los vinos de la Denominación de Origen, porque ya

consideramos que la Asociación de vecinos del Retamar celebra

una cata que va dirigida a aquellas Bodegas más

tradicionales, aficionados que no tienen que ver tanto con

Bodegas de la Denominación de Origen.

Y bueno, que se desarrolle para blancos, tintos, rosados

e incluso alguna mención especial para los malvasías.

Proponemos que la organización corra a cargo por la

Asociación de Catadores Malvasía, que es la única Asociación

que tenemos aquí en el Valle relacionada con el tema del

vino, las catas. Yo creo que ellos estarían dispuestos a

hacerse cargo de un evento de este tipo, les vendría muy bien

para la Asociación una actividad como esta, además ellos

utilizan instalaciones municipales para sus reuniones y para

sus catas, y yo creo que sería un acierto que fueran ellos

los que se encargaran de organizar el evento y buscaran las

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formas, claro con la debida financiación de dicho evento,

porque habría que hacerse cargo de algunas costas, supongo.

Con respecto al nombre del concurso Federico Simón Cruz,

estamos de acuerdo también con dicha denominación porque D.

Federico ha sido un ejemplo de lucha y constancia para que la

viña y el vino se haya mantenido en nuestra Isla, en nuestra

Comarca, pues para que el sector se haya consolidado y sobre

todo porque fue una persona que amaba todo lo que tiene que

ver con la viña y el vino, y además ha sido capaz de

trasladarlo a sus descendientes, a las nuevas generaciones

que seguirán fomentando dicho sector por el bien de todos y

por el bien del sector vitivinícola.

Con respecto a la segunda parte de la moción, de

recuperar la celebración de la luchada institucional de la

Patrona, pues también estamos de acuerdo, creemos en la lucha

canaria, es nuestro deporte y para los canarios es más que un

deporte, es un sentimiento, una manifestación de nobleza, de

fuerza, de inteligencia, de maña, es nuestra cultura también.

Y un gran error el haber permitido que dicho torneo de

la Patrona se dejara de desarrollar, no sé cuándo ni por

quién.

Somos concientes de los altibajos que tiene y ha tenido

la lucha canaria y que hace falta meterle dinero para que la

misma se pueda seguir manteniendo, igual que muchas otras

modalidades deportivas, pero bueno los canarios siempre

tenemos que priorizar la lucha como nuestro deporte vernáculo

por encima de todos los demás.

Y bueno… se tiene que incluir en el programa de la

Patrona del próximo año porque son nuestras tradiciones

culturales y es nuestro deporte y al fin y al cabo, es una

tradición cultural que debemos potenciar y mantener, y las

fiestas son tradiciones también.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Muchas gracias Sr. Lorenzo.

Por parte del Grupo Popular tiene la palabra el Sr.

Hernández.

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Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Mariano Hernández Zapata, portavoz del Grupo Popular,

diciendo: Muchas gracias Sra. Alcaldesa, muy buenas tardes.

Muchas gracias por las felicitaciones.

Respecto a la moción que presenta hoy el Partido

Socialista, nosotros queremos hacer una serie de

apreciaciones que pues la mayor parte de ellas ya las han

hecho, tanto el Grupo de Izquierda Unida como el Grupo del

Partido Socialista.

Inicialmente, por supuesto que consideramos el

desarrollo de la actividad profesional de D. Federico Simón,

su amor por el cultivo de la vid y por los caldos de nuestra

Isla, aunque entendemos también que como bien aportó el

Portavoz de Izquierda Unida hace a penas un mes, se trató en

algunas de las Comisiones celebradas en este Ayuntamiento que

existía la intención por parte del Grupo de Gobierno de la

Corporación Municipal, de realizar una distinción con la

Medalla del Municipio a D. Federico Simón, aunque como

también aportaba el Portavoz de Izquierda Unida, entendemos

que puede ser absolutamente compatible, no nos queremos

olvidar por supuesto de las diferentes Ferias que se celebran

en nuestro municipio durante el año como es el caso de

Fivipal, como es el caso de la Feria del Queso, y como es el

caso también de la Feria Agrícola, Ganadera y Artesana que se

celebra y se desarrolla durante las fiestas de nuestra

Patrona.

Me refiero a todos estos asuntos para recordar que el

sector agrícola siempre está y ha estado muy presente para

nuestro municipio, por lo que entendemos y que apoyaremos por

supuesto este concurso de vinos, y entendemos que el

desarrollo del mismo y las características del mismo pues las

podremos trabajar en las Comisiones de trabajo que así se

estimen para establecer unas bases, reglamento o lo que sea

necesario para este concurso, incluso entendemos también que

se podría celebrar en el entorno del Museo del Vino en Las

Manchas.

Respecto a la luchada institucional, si nos gustaría

poner en conocimiento de todos que existía interés por parte

del Ayuntamiento de que en esta edición de las Fiestas

Patronales pues se recuperara la luchada institucional, por

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problemas de calendario de los Clubes de Lucha ha resultado

imposible, como bien saben se encuentran ahora mismo

disputando la Copa Cabildo Insular de Lucha Canaria, lo que

por supuesto que nos ponemos manos a la obra para intentar de

alguna manera pues recuperar, de alguna manera no…, para

intentar recuperar esa luchada institucional que se venía

celebrando históricamente en este municipio, y que no sabemos

nosotros tampoco ni quién ni cuándo se dejó de celebrar.

Yo creo que poco más que aportar, teniendo en cuenta

esas apreciaciones que se han hecho, pues contarán con el

voto a favor del Grupo Popular.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Muchas gracias Sr. Hernández Zapata.

Aprovecho para disculpar a los Sres. Concejales D.

Armando Acosta y Dña. María del Rosario, que por cuestiones

justamente laborales no pueden estar hoy asistiendo a este

Pleno.

¿Alguna cuestión?, tiene la palabra el proponente.

Interviene D. Mauricio José Pérez Viña, en

representación del Partido Socialista e integrante del Grupo

Mixto, diciendo: Muchas gracias Sra. Alcaldesa.

En cuanto a lo que nombraban de los Honores y

Distinciones, todos estamos de acuerdo en que es hora de

poner las pilas en ese asunto y nombraban que en una Comisión

de Portavoces ya lo habían tratado, pero bueno, en la

exposición de motivos se explica que podrán hacerse mejores

homenajes y dedicarse calles, plazas y monumentos a su

memoria y a su buen hacer que serán siempre bien merecidos,

entonces la idea inicial era celebrar el concurso, por

cuestiones de historia surgió el nombre de D. Federico.

La proposición inicial era la de la realización del

concurso, el marco entiendo que es mejor el entorno de la

Feria, más que nada por estar aconsejado.

Y luego algo que comentaba el Portavoz de Coalición

Canaria de la Asociación de Catadores o la organización por

parte de una Asociación, entiendo que eso sería cuestión de

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tratarlo posteriormente, y nosotros lo que presentamos es,

presentar una iniciativa y una vez aprobada, ya es el

Ayuntamiento quien se encargaría de buscar el formato y las

características que tenga el mismo. Evidentemente es

preferible que sea con vinos de Denominación de Origen, si es

de carácter insular o regional pues ya es cuestión de coste,

pero bueno la historia es mantener el nombre, la valía de D.

Federico en este sector y probablemente seguir con todos los

homenajes que se le hagan que probablemente sean más que

merecidos, nada más.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación, Dña.

María Noelia García Lea, diciendo: Muchas gracias Sr. Pérez.

Básicamente con el tema de Honores y Distinciones lo que

ha propuesto el Ayuntamiento, es que no lo lidere ningún

Grupo Político sino que justamente se lleve a Comisión y sea

un acuerdo institucional, puestos encima de la mesa todos los

méritos que concurren en diferentes personas del municipio, y

con todos encima de la mesa se pueda tomar la decisión más

ajustada posible a las circunstancias concretas, entendemos

que todo aquello que no sea por consenso y en la búsqueda de

dar a los ciudadanos de este municipio que por diversos

motivos entendemos que pueden y deben ser reconocidas sus

trayectorias, no estaría en la línea desde luego de lo que

propone y lo que ha propuesto no solo en portavoces sino

recuerdo en un Pleno, en el que también usted estaba

presente, donde manifestamos justamente la intención de que

fuese en esa Comisión dónde se valorasen todos los méritos,

la verdad que en ese sentido nos sorprende su iniciativa.

A efectos Sr. Lorenzo…, un minuto, gracias.

Interviene D. Pío Manuel Lorenzo Guerra, Portavoz del

Grupo Municipal de Coalición Canaria, diciendo: Menos…

Que el ámbito a la Isla lo hemos puesto por salir del

ámbito local, si podemos llegar al regional pues mucho mejor,

vale.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Suficientemente debatida la moción, pasamos a

votar.

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No suscitándose más debate sobre dicho asunto, el Pleno

de la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros

corporativos presentes, la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO: Celebración de un Concurso Anual de Vinos con

el nombre de Dº Federico Simón Cruz a realizar en el marco de

los festejos de La Patrona para perpetuar la imborrable labor

en uno de nuestros sectores socioeconómicos más importantes y

que embellece nuestros paisajes, pues Don Federico Simón

Cruz, que fue, mejor que nadie en nuestro municipio, quien

consiguió en fechas poco propicias hacer de un cultivo

residual un cultivo que generara riqueza y hoy da valor

añadido a nuestro terruño.

SEGUNDO: Celebración de una Lucha Institucional a

realizar en el marco de los festejos de La Patrona para

perpetuar la imborrable tradición luchística que ha tenido

nuestro municipio. La Lucha Canaria figuraba hasta hace pocos

años como uno de los actos importantes de las fiestas de La

Patrona y como institución debemos tratar de impulsar su

incorporación como fiel reflejo de la tradición deportiva de

nuestro municipio y como homenaje a tantos luchadores que ha

dado nuestro municipio.

3.- MOCIÓN QUE PRESENTAN DÑA. AMPARO Mª MARTÍN Y D. MAURICIO

J. PÉREZ, CONCEJALES DEL GRUPO MIXTO, RELATIVO AL APOYO A LA

EMPRENDEDURÍA EN LOS LLANOS DE ARIDANE.

Se da cuenta por Secretaria de orden de la Alcaldía, de

la moción, cuyo tenor literal es el siguiente:

MOCIÓN DE APOYO A LA EMPRENDEDURÍA EN LOS LLANOS DE ARIDANE.

De acuerdo con lo previsto en el Reglamento de Organización,

Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

los Concejales Socialistas del Ayuntamiento de Los Llanos Dª

Amparo Martín Martín y Dº Mauricio Pérez Viña, desean someter

a la consideración del Pleno la siguiente Moción.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

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Los Llanos de Aridane con una población de más de 20.000

habitantes, no solo es el municipio más poblado sino también

el principal centro económico y comercial de La Palma.

En pleno siglo XXI, emprender es una de las salidas que las

personas encuentran para trabajar, para autoemplearse en la

mayoría de los casos.

La creación de empleo y de riqueza empresarial en nuestra

sociedad se basa, principalmente, en el empuje que ejercen

las personas que emprenden por su cuenta y riesgo, siendo las

Administraciones Públicas las que pueden ofrecer mejores

condiciones, colaboraciones y asesoramiento para la

instalación de emprendedores-as en nuestro municipio.

Nosotros, tenemos la obligación de incentivar la creación de

empleo y apoyar a aquellas personas que se deciden a

emprender y autoemplearse.

En la actualidad, existen diferentes líneas de ayuda para

emprender que desarrollan diferentes instituciones como

pueden ser Gobierno del Estado, Gobierno de Canarias y el

propio Cabildo Insular de La Palma. Desde la Agrupación

Socialista de Los Llanos de Aridane, creemos que le

Ayuntamiento debe seguir apoyando a aquellas personas que

deciden emprender y, por ello presentamos esta Moción, máxime

cuando era uno de los puntos de nuestro programa electoral.

Vemos necesario, poner a disposición de la emprendeduría,

actividades de apoyo, formación, como afrontar retos y

reducir los riesgos que supone el emprender.

En nuestro municipio, y desde hacer varios años, tienen

presencia CEPYME, la Cámara de Comercio, ADER, la Zona

Comercial Abierta,… fundamentales para pedir su colaboración

y, crear unas bases con vistas al próximo ejercicio

presupuestario 2017. Unas bases, dirigidas a emprendedores-as

que deciden comenzar su actividad en Los Llanos de Aridane y,

donde se verá el apoyo decidido del Excelentísimo

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane.

Por todo ello, los Concejales Socialistas del Ayuntamiento de

Los Llanos de Aridane presentan para su consideración y

aceptación por el Pleno Municipal la siguiente MOCIÓN:

Crear para el año 2017, una línea de ayudas o microcréditos

para emprendedores que se quieran instalar en Los Llanos de

Aridane, contando con el asesoramiento tanto de instituciones

como de organismos relacionados con el emprendimiento donde

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se prime la formación, la innovación en sentido amplio y la

generación, análisis y puesta en marcha de una idea o nuevos

proyectos.

En Los Llanos de Aridane a de junio de 2016. La

Portavoz, Fdo. Amparo Mª Martín Martín.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, Dña.

Amparo María Martín Martín, en representación del Partido

Socialista e integrante del Grupo Mixto, diciendo: Gracias

Sra. Alcaldesa.

Con esta moción lo que pretendemos es que el Excmo.

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane aporte su grano de

arena en colaboración con organismos públicos y privados con

representación en nuestra Isla, en la creación, apoyo y

potenciación de la emprendeduría de aquellas personas que

deciden optar por el autoempleo en la ciudad con más

población y mayor desarrollo económico y comercial de La

Palma.

Creemos que podemos seguir el ejemplo de municipios como

Breña Baja, que lleva desde hace años con su propia línea de

apoyo a los emprendedores, o como ha salido en estos días el

ejemplo en Tenerife de Santiago del Teide que también ha

sacado su línea de apoyo a la emprendeduría.

Además, queremos que se cuente con organismos como Ader,

Sodepal, Cámara de Comercio, Reserva de la Biosfera, etc.,

que contemos con un incentivo más a la hora de hacer

atractivo Los Llanos de Aridane, para aquellas personas que

desean instalarse entre nosotros.

Nos gustaría que dichas ayudas o subvenciones sean una

realidad en 2017 y que sea fruto del trabajo de todos los

grupos políticos y los técnicos, tanto municipales como

aquellos con los que se quiera contar.

Queremos que en el seno de las Comisiones que se lleven

a cabo, se fijen tanto las baremaciones como el tipo de ayuda

si son económicas, si son exenciones en licencias de

aperturas o licencias de obras, del tiempo mínimo que el

emprendedor o emprendedora debe estar afincado en el

municipio, etc.

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Creemos desde la Agrupación Socialista de Los Llanos de

Aridane, que la creación de empleo, de autoempleo, de riqueza

en general se basa en un porcentaje bastante elevado del

empuje que las administraciones públicas prestan en

formación, ayudas, celebración de encuentros, actividades de

apoyo, etc., y creemos que es nuestra obligación comenzar a

trabajar para crear las líneas para ello. Gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación, Dña.

María Noelia García Leal, diciendo: Muchas gracias Sra.

Martín.

Por parte de Izquierda Unida Canaria, tiene la palabra

la Sra. Rodríguez.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, Dña.

Mariela Rodríguez Calero, en representación de Izquierda

Unida Canaria e integrante del Grupo Mixto, diciendo: Muchas

gracias Sra. Alcaldesa, buenas tardes a todos y todas, seré

breve en la exposición de nuestro posicionamiento.

La moción tal y como está planteada, sin entrar a

cuestionar el fondo, creemos que necesitaría un poco más de

debate ya que nos genera alguna duda.

No sabemos si el Ayuntamiento puede por competencias

crear esa línea de financiación que se propone, y de así ser

posible, no se habla de una cuantía ni siquiera estimada que

se destinaría, igual que tampoco se esbozan las cláusulas o

requisitos para acceder.

Luego hay aspectos del acuerdo demasiado genéricos,

aunque ya bastante genérico es el concepto emprendimiento en

sí mismo, igual sería conveniente ver qué se hace desde otras

Instituciones y ver cómo se puede adaptar a nivel municipal.

Es por ello que proponemos que se modifiquen los

acuerdos en el sentido de crear un programa de ayuda a

emprendedores, una vez estudiadas las posibilidades de

implantación y que en los próximos presupuestos cuente con la

partida presupuestaria que se acuerde.

Tras las explicaciones por parte de la Concejala

proponente, decidiremos el sentido del voto.

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Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Muchas gracias Sra. Rodríguez.

Por parte de Coalición Canaria, tiene la palabra el Sr.

Lorenzo.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Pío Manuel Lorenzo Guerra, portavoz del Grupo Municipal de

Coalición Canaria, diciendo: Bien, antes que nada nos

gustaría exponer un poco para darle un poco más de

información referente a la moción, qué políticas insulares se

están llevando a cabo en materia de emprendimiento, y yo creo

que hay que mencionar lo que hacen las diferentes entidades

como los AEDL del Ayuntamiento, lo que hace Sodepal, Cámara

de Comercio, Servicios de asesoría, apoyo y de ayuda para la

creación de empresas, también existen herramientas para la

formación, para la generación y análisis de la viabilidad de

ideas de los distintos proyectos empresariales de

emprendedores, con la Escuela de Emprendedores, se ponen

infraestructuras al servicio de las empresas, los famosos

viveros de empresas de la Cámara de Comercio y desde el Área

de Empleo del Cabildo las subvenciones para la puesta en

marcha de proyectos empresariales, donde se recoge que los

proyectos con actividades novedosas a nivel municipal, tienen

una subvención adicional si presentan el certificado

correspondiente del Ayuntamiento y se les dará unos 1.000

euros de subvención.

Pero bueno, no está mal, que para acompañar estas

políticas insulares de emprendeduría pues los Ayuntamientos

puedan poner a disposición de estos emprendedores algunas

ayudas, y nosotros proponemos que sean ayudas relacionas con

la excepción de tasas y de licencias, al menos en el primer

año que desarrollen esa actividad y además que cuenten con

una bonificación para el segundo año, o ver la posibilidad

que le devuelvan el importe correspondiente a un año de los

tributos municipales, de las tasas y las licencias

municipales a estos emprendedores.

Y otra propuesta que queremos trasladar, tiene que ver

con la acción de la Escuela de Emprendedores del Cabildo, que

se podría trasladar a Los Llanos de Aridane, se podría…,

proponemos que se haga un Convenio con el Cabildo y con Ader

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La Palma, para que esta Escuela de Emprendedores trabaje este

tema también aquí en Los Llanos de Aridane al igual que se

hace en Santa Cruz de La Palma con ámbito insular.

Esas son las 2 propuestas que tenemos que hacer a la

moción, y una cosa que sí queríamos quizás corregir o

proponer su corrección, es lo de los microcréditos, no me

gusta nombrar lo de los microcréditos relacionado con estas

subvenciones porque lo de los microcréditos está más bien

relacionado con los préstamos de entidades bancarias. Muchas

gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Muchas gracias Sr. Lorenzo.

Por parte del Grupo Popular, tiene la palabra el Sr.

Hernández.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Mariano Hernández Zapata, portavoz del Grupo Popular,

diciendo: Muy buenas tardes, muchas gracias Sra. Alcaldesa.

Nosotros, la posición desde el Grupo Popular, aplaudimos

pues este tipo de mociones, por supuesto, entendemos que hay

que incentivar la actividad emprendedora, la creación de

empresas, pero también observamos y hemos podido palpar, en

las responsabilidades que he tenido la ocasión de llevar, que

en muchas de las ocasiones se puede llegar a duplicar o a

triplicar ayudas, asesoramientos… y lo que tenemos es que

intentar, dentro de nuestras posibilidades, llegar a campos

donde no lleguen otras administraciones, es una de las

propuestas que queremos hacer.

Como bien indicaba el portavoz de Coalición Canaria,

pues el Cabildo Insular de La Palma lleva adelante diferentes

medidas, como esas subvenciones a emprendedores con una

cuantía importante en todos los ejercicios que habitualmente

es cubierta por todos los emprendedores que inician su

actividad cada año, también tiene el Cabildo subvenciones

para la contratación laboral de empleados, de todas esas

empresas que no sean… no tienen por qué ser solo

emprendedores sino empresas que ya tengan unos años de vida,

también tuvo el Cabildo subvenciones a la innovación y a la

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modernización de los comercios o de las empresas de nuestra

Isla, como bien apuntaba también los viveros de empresas.

Sacamos a colación todas estas medidas porque en muchas

ocasiones los empresarios, los comerciantes y las Pymes de

nuestra Isla y de nuestro municipio, por supuesto que hoy nos

toca hablar de nuestro municipio, lo que nos dicen es que

habitualmente solamente hay ayudas para emprendedores,

solamente hay ayudas para los que inician, y para los que

llevamos trabajando, sacando adelante esta empresa durante

tantos años, no hay ningún tipo de incentivo ni mejora.

En este sentido el Partido Popular también, teniendo en

cuenta y coincidiendo con el Portavoz de Coalición en lo que

se refiere que, consideramos que es una opción optar por el

incentivo en lo que se refiere a bajada de tasas, reducción

de impuestos, como llevaba el Grupo Popular en su programa

electoral con una propuesta que tenía que ver con

bonificación a las licencias de apertura, que les anuncio que

estamos ya trabajando en la Ordenanza para llevar una

modificación y poderla tratar en Pleno, es una modificación

que lleve una bonificación a las licencias de aperturas de

nuevos establecimientos comerciales en nuestro municipio.

Aplaudimos, como decía inicialmente la propuesta,

considero como también aportó la Portavoz de Izquierda Unid

que probablemente esté muy verde, que tengamos que trabajarla

y desarrollarla más ampliamente para de esta manera intentar

llegar a campos que no llegan otras administraciones, y

también que no dupliquemos ni tripliquemos ayudas,

asesoramientos que, como también indicaba el Portavoz de

Coalición Canaria, ya se dan por parte de Sodepal, Cepyme,

los AEDL de todos los Ayuntamientos de la Isla, la Cámara de

Comercio, etc., etc.

En principio nosotros, asumiendo y adhiriéndonos a la

propuesta de la Portavoz de Izquierda Unida, también

votaríamos a favor de la moción.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación, Dña.

María Noelia García Leal, diciendo: Entiendo Sr. Zapata y

Sra. Rodríguez que ustedes lo que plantean es una enmienda a

la moción planteada, en el sentido de que se estudie en la

Comisión correspondiente la creación de esa… la creación en

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el año 2017 de una línea de ayudas, eliminamos también lo de

microcréditos, una línea de ayudas para emprendedores y el

texto tal cual aparece, pero que se estudie en la Comisión

los términos exactos, manifestando este Pleno la voluntad de

aceptar la propuesta que plantea el Partido Socialista.

¿Los Portavoces…?

Si, Sr. Lorenzo…

Interviene D. Pío Manuel Lorenzo Guerra, Portavoz del

Grupo de Coalición Canaria, diciendo: Nosotros hacíamos

también 2 propuestas, lo de los incentivos…

Interviene la Sra. Alcaldesa, señalando: Pero esos

términos concretos entendemos, recogiendo la voluntad del

Partido Socialista de crear esa línea de subvención, que en

la Comisión correspondiente se exploren todo ese tipo de

aspectos que usted ha mencionado, que también ha mencionado

el Portavoz del Grupo Popular, que son detalles concretos.

Interviene el Sr. Lorenzo Guerra, diciendo: Pero la

segunda parte, que tiene que ver con un Convenio con el

Cabildo para atraer, eso si se podría ya aprobar y

trasladarlo al Cabildo.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Como ustedes

saben la propuesta la hace el Partido Socialista, las

enmiendas que hacen los diferentes grupos, que estoy haciendo

una recopilación que podría ser en los términos expresados en

el primer punto.

Y un segundo punto, otra enmienda de adición que este

caso hace el Grupo de Coalición Canaria, respecto a que se

lleve a cabo un Convenio con el Cabildo Insular de La Palma,

para que la Escuela de Emprendedores pues pueda desarrollar

su labor en el municipio de Los Llanos.

De todas formas, es el Partido Socialista quien acepta o

no, las enmiendas propuestas.

Tiene la palabra la Sra. Martín.

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Interviene Dña. Amparo María Martín Martín, en

representación del Partido Socialista e integrante del Grupo

Mixto, diciendo: Gracias Sra. Alcaldesa, en primer lugar sí,

sacar lo del microcrédito porque fue una equivocación mía, no

tendría que estar esa palabra ahí es verdad, y puede llevar a

equivocación.

Creo que la moción está lo suficientemente amplia y si

queremos decir ambigua también para poderla debatir entre

todos los grupos políticos en Comisión, como no queda de otra

manera, junto a los técnicos municipales y contando eso sí,

con Ader, con la Cámara de Comercio, con las líneas que ya

existen en otros municipios, y en eso sí comparto con el

Portavoz del Partido Popular, en ningún caso duplicar ayudas.

Por eso hablaba de la exención de tasas una vez ya

hayamos estudiado todas las posibilidades y hayamos visto

todo lo que tengamos que ver en este tema, se trata de

aportar algo más desde el municipio, desde lo que nos toca a

nosotros, me parece interesante lo de la emprendeduría pero

creo que dicho Convenio deberíamos de verlo y estudiarlo

detenidamente en la Comisión correspondiente cuando se lleve

a cabo, creemos que hay que estudiarlo en Comisión como no

puede ser de otra manera, y quitar la palabra microcréditos.

Empezar a trabajar ya en Comisión para esta línea de

ayudas y sobre todo también, pues es verdad… habrá que buscar

también en esas bases, incentivar ya a aquellos empresarios o

empresarias que ya estén instalados en nuestro municipio.

Nada más.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Por lo tanto Sra. Martín entiendo que la propuesta

final de la moción, es que se estudie crear para el año 2017

la línea de ayudas en los términos que usted expuso.

Segundo punto, que se estudie también la posibilidad de

suscribir un Convenio con la Escuela de Emprendedores, y que

se elimine del primer párrafo la palabra microcréditos.

Muy bien, pues pasamos a votar la moción en los términos

expuestos.

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No suscitándose más debate sobre dicho asunto, el Pleno

de la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros

corporativos presentes, la adopción del siguiente acuerdo:

Que se estudie en comisión la creación, para el año

2017, de una línea de ayudas para emprendedores que se

quieran instalar en Los Llanos de Aridane, contando con el

asesoramiento tanto de instituciones como de organismos

relacionados con el emprendimiento donde se prime la

formación, la innovación en sentido amplio y la generación,

análisis y puesta en marcha de una idea o nuevos proyectos;

instando la celebración con el Cabildo Insular de La Palma de

un convenio de colaboración para que la Escuela de

Emprendedores actúe en Los Llanos de Aridane. Colaborar con

ADER La Palma en esta materia a fin de no duplicar las

ayudas. Se acuerda concretar en comisión los puntos de

actuación y las ayudas, a fin de favorecer e incentivar a

empresarios del municipio.

4.- MOCIÓN QUE PRESENTA DÑA. MARIELA RODRÍGUEZ CALERO,

CONCEJALA DEL GRUPO MIXTO, REFERENTE A OPOSICIÓN A LA

APLICACIÓN DEL TRATADO TRANSATLÁNTICO DE COMERCIO E INVERSIÓN

(TTIP).

Se da cuenta por Secretaria de orden de la Alcaldía, de

la moción, cuyo tenor literal es el siguiente:

Mariela Rodríguez Calero, concejala de Izquierda Unida

Canaria, Los Verdes, Unidad del Pueblo, Alternativa

Republicana del Grupo Mixto del Ayuntamiento de Los Llanos de

Aridane, al amparo de lo dispuesto en el artículo 97.3 del

Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico

de las Entidades Locales, presenta para su inclusión en el

Orden del Día del próximo Pleno la siguiente

MOCIÓN

Oposición a la aplicación del Tratado Transatlántico de

Comercio e Inversión (TTIP)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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Desde 2013 la UE y EEUU están negociando, con un

intolerable déficit de transparencia y control por parte de

la ciudadanía y de sus representantes políticos, un amplio

acuerdo de liberalización del comercio y las inversiones que

representa un serio peligro para la democracia y la debida

protección de los derechos laborales, medioambientales y de

salud, anteponiendo el interés comercial de los inversores y

empresas transnacionales al interés general.

En el caso de presentarse conflictos por parte de los

inversores con los Estados, un tribunal especial de arbitraje

se encargaría de resolverlos de acuerdo con el ―Mecanismo de

Resolución de Conflictos Inversor-Estado‖. Este tribunal

tendría competencias para imponer compensaciones económicas

de los Estados a los inversores extranjeros, siempre que

estos demuestren que aquellos aplican ciertas medidas (por

ejemplo el aumento de estándares medioambientales o

sanitarios) que reduzcan sus beneficios presentes o futuros.

El Estado no podría en este caso recurrir la sentencia, ya

que las decisiones de los órganos de arbitraje son firmes y

no pueden ser cuestionadas.

Esto significa, de hecho, limitar la capacidad de las

Administraciones Públicas de cualquier nivel (estatal,

autonómico o municipal), para adoptar políticas en las áreas

de salud pública, medio ambiente o protección social y

laboral por temor a las posibles indemnizaciones a las que

tendrían que hacer frente al ser demandados por las empresas

multinacionales.

Asimismo, el TTIP instaura la creación de un ente

permanente llamado Organismo de Cooperación Reguladora que

supervisará todas las regulaciones y actos normativos de la

UE y sus Estados miembros, incluidos los gobiernos a nivel

central y local, concernientes a lo estipulado en cualquiera

de los capítulos del TTIP, dando acceso directo a los

lobbies empresariales para influir y modificar en su

beneficio la legislación actual y futura. La cooperación

reguladora, tal como se pretende establecer en el TTIP

tendría como consecuencia que cualquier iniciativa

reglamentaria municipal (por ejemplo elaboración de las

ordenanzas reguladoras de los polígonos industriales que

incluyan criterios de sostenibilidad en el marco de las

Agendas 21 Locales) podría cuestionarse por las empresas

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transnacionales, debiendo pasar un filtro coste-beneficio y

una evaluación de impacto comercial para poder aprobarse, lo

que en la práctica llevaría a su bloqueo en la mayoría de los

casos.

El TTIP, al perseguir la liberalización total de los

servicios públicos y la apertura de prestación de los mismos

a las empresas multinacionales, así como a las compras y

licitaciones de bienes y servicios de las Administraciones

Públicas, pone en peligro todos los servicios públicos y las

compras públicas en todos los niveles, comprometiendo la

facultad de los representantes elegidos para administrar

libremente sus comunidades locales y promocionar la actividad

industrial, el empleo y las iniciativas locales.

Esta mayor liberalización de las relaciones comerciales

EEUU-UE, tal como está concebida, implicaría una rebaja de

los estándares europeos y estadounidenses, es decir, de las

regulaciones que protegen al consumidor, a los trabajadores y

al medioambiente, ya que dichas regulaciones se enfrentan a

los beneficios de las corporaciones. De esta manera se

pondría fin al ―principio de precaución‖ vigente en Europa,

el cual regula la legislación sobre alimentación y derechos

de los consumidores europeos.

Para los municipios europeos la competitividad y el

desarrollo económico no deberían ser los únicos criterios

para determinar los acuerdos comerciales tales como el TTIP y

similares (CETA, TISA). Asimismo, los aspectos ecológicos y

sociales tienen que tenerse en cuenta en cualquier

negociación comercial bilateral o multilateral. También es

importante que se realice un análisis comparativo sobre los

costes que se generarían en estos ámbitos con la aplicación

del tratado respecto a las supuestas ventajas que reportaría

el mismo. Este análisis no sólo debe abarcar sus efectos

económicos potenciales, sino también los impactos que el TTIP

podría tener en ámbitos como el social, el económico, el

sanitario, el cultural y el medioambiental, tanto en la UE

como en EEUU.

Las corporaciones locales tenemos el derecho a ser

informados sobre la legislación que va a ser acordada a

escala europea y que nos puede afectar, para que de esta

manera podamos expresar nuestras opiniones. Ese derecho no

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se ha facilitado hasta ahora a las distintas regiones y

corporaciones locales europeas respecto a las negociaciones

que se vienen produciendo con relación al TTIP.

En el caso de Canarias, las consecuencias de la

aprobación del TTIP serían desastrosas para la agricultura y

el medio ambiente de las islas, viéndose afectados, por

ejemplo, cultivos como el del plátano, con la eliminación de

aranceles, o las propias denominaciones de origen,

inexistentes en Estados Unidos, y que terminarían

asimilándose a simples marcas comerciales.

Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración del

Pleno la aprobación de los siguientes

ACUERDOS

Primero.- Rechazar la aplicación en el municipio de Los

Llanos de Aridane del Tratado Transatlántico de Comercio e

Inversión (TTIP), no aceptando ni sus principios, ni sus

objetivos.

Segundo.- Organizar por parte del Ayuntamiento de Los Llanos

de Aridane un debate público sobre el TTIP y otros acuerdos

comerciales con la mayor transparencia y participación

ciudadana posibles.

Tercero.- Instar al Gobierno de España a que haga pública

toda la información sobre las negociaciones realizadas y a

que informe a las Administraciones Públicas del proceso de

elaboración de dicho Tratado, en tanto en cuanto su contenido

afecta a materias de nuestra competencia o de específico

interés para nuestro Ayuntamiento.

Cuarto.- Solicitar al Gobierno de España la suspensión de las

negociaciones del TTIP y de otros acuerdos comerciales

similares.

Quinto.- Solicitar al Gobierno de España su apoyo a todas las

iniciativas dirigidas a defender la total exclusión de los

servicios públicos de interés general (la salud, la

educación, el agua, y los servicios sociales), así como los

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servicios económicos de interés general (redes de transporte,

energía, comunicación y los servicios postales) de cualquier

acuerdo comercial.

Sexto.- Dar traslado de este acuerdo al Gobierno de España y

a todos los Grupos Parlamentarios del Congreso de los

Diputados y del Parlamento Europeo, para que se registre y

quede constancia del mismo.

En Los Llanos de Aridane, a 24 de junio de 2016. MARIELA

RODRÍGUEZ CALERO, Concejala de Izquierda Unida Canaria, Los

Verdes, Unidad del Pueblo, Alternativa Republicana.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, Dña.

Mariela Rodríguez Calero, en representación de Izquierda

Unida Canaria e integrante del Grupo Mixto, diciendo: Muchas

gracias Sra. Alcaldesa.

Primero hacer referencia a la redacción del primer punto

de los acuerdos, en el que faltó una parte donde pone,

―…rechazar la aplicación en el municipio de Los Llanos de

Aridane, en caso de aprobarse…‖, porque da por sentado que se

rechaza y todavía están en negociaciones y demás.

Paso a exponer la defensa de la moción.

La moción que defiendo esta tarde, viene motivada por la

preocupación de un sector de la población europea y

norteamericana ante la negociación de este acuerdo de

liberalización del comercio y que representa un serio riesgo

para la democracia, el medioambiente, los derechos laborales

y las relaciones comerciales tal y como la conocemos.

Es un Tratado que beneficiará a unos pocos y que por el

contrario puede tener consecuencias devastadoras a nivel

local, un Tratado que está siendo negociado con una falta de

transparencia alarmante y del cual muy poco se sabe, eso sí,

lo poco que se sabe ha hecho que algunos Países cuestionasen

su conveniencia y reclamaran mayor información sobre su

contenido.

Un Tratado que motiva esta moción, no como genérica,

para plantear las inquietudes de parte de la Izquierda sino

que trata de defender a nuestro municipio.

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Existe un movimiento que cada vez va cogiendo más fuerza

a nivel nacional y es el de los municipios contra el Tratado

de TTIP, ya que las implicaciones a nivel de regulación y

medioambiente serían catastróficas, por ejemplo no se podría

regular a nivel local las actividades a desarrollar en el

municipio o la protección de determinadas zonas, ni tampoco

fomentar un desarrollo sostenible o políticas

medioambientales tal y como las conocemos, porque al firmar

el tratado y rebajar los estándares a niveles de Estados

Unidos en regulación, podría darse el caso por ejemplo de que

se introduzca una empresa que use pesticidas que estén

prohibidos aquí.

Uno de los sectores que se vería perjudicado sería el

plátano al eliminarse los aranceles o los productos con

denominación de origen, ya que estos desaparecen y se

asemejarían a la marca comercial.

Creemos que es hora de posicionarse, de votar en contra

de este Tratado tal y como se está negociando, que se informe

a la ciudadanía de las implicaciones del mismo y por ello que

invitamos a todos los grupos aquí representados a apoyar esta

moción.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación, Dña.

María Noelia García Lea, diciendo: Muchas gracias Sra.

Rodríguez.

Por parte del Partido Socialista, tiene la palabra la

Sra. Martín.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, Dña.

Amparo María Martín Martín, en representación del Partido

Socialista e integrante del Grupo Mixto, diciendo: Gracias

Sra. Alcaldesa.

Como bien decía la proponente de la moción, tenemos que

tener claro que desde junio de 2015, lo que se está

intentando es marcar una negociación, las condiciones a

aquellas personas que están negociando.

El texto que presenta en la actualidad más de 200

enmiendas, está en la Comisión de Comercio Internacional,

donde se tiene que seguir trabajando con él y evitar que sea

un desastre para Europa.

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Desde el Partido Socialista se han defendido desde el

primer momento, que se respeten los estándares laborales,

sociales, de bienestar social y medioambientales de la Unión

Europea, en este sentido uno de los logros ha sido, exigir a

los negociadores que sea de obligado cumplimiento la

ratificación y aplicación por parte de los Estados Unidos, de

las 8 convenciones fundamentales de la Organización

Internacional del Trabajo, así como de la agenda del trabajo

decente de la propia Organización Internacional y los

acuerdos internacionales fundamentales en materia de

medioambiente.

Con respecto al arbitraje privado, nuestra posición es

contraria, creemos que debe existir un tribunal internacional

público sometido a los principios y controles democráticos,

con Jueces y Juezas de carreras elegidos públicamente y en

procesos transparentes.

También se ha conseguido dentro de esas enmiendas, que

quede perfectamente recogida la exclusión de servicios

públicos como la sanidad, los servicios sociales, la

educación o el agua.

Desde el Partido Socialista queremos que el TTIP sea

participativo, transparente, que potencie la economía, que

sea socialmente justo, medioambientalmente responsable y sin

arbitraje privado, y aunque compartimos casi la totalidad de

los acuerdos, el 4º desde el Gobierno Español no podemos

pedirle a la Unión Europea la suspensión de las negociaciones

que se están llevando a cabo y de otros acuerdos comerciales

similares, para eso tendríamos que estar fuera de la Unión

Europea, para no estar en esas negociaciones.

Y a parte ya de lo dicho con el punto 4 del acuerdo,

nuestro voto será a favor.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Muchas gracias

Sra. Martín.

Por parte del Grupo de Coalición Canaria tiene la

palabra el Sr. Lorenzo.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

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Pío Manuel Lorenzo Guerra, portavoz del Grupo Municipal de

Coalición Canaria, diciendo: Muchas gracias.

Ya el 14 de octubre de 2015 se debatió este tema en el

Parlamento de Canarias y el Grupo Nacionalista se manifestó a

favor de esta propuesta, que se aprobó como una PNL.

Está claro que Estados Unidos y Europa persiguen

controlar la economía mundial y contrarrestar el poder que

últimamente están teniendo los asiáticos, la unión comercial

daría un nuevo orden mundial y se controlaría el 60% del

producto interior bruto mundial, estas negociaciones se están

produciendo además con el mayor de los secretismos y con la

falta de transparencia, intentan organizar nuestra economía,

nuestros temas laborales, sociales, sanitarios, educativos,

agrícolas, intentan diseñarlo todo.

Decir que los Países del Pacífico, no hace mucho ya

firmaron su documento, el acuerdo comercial pretende eliminar

todos los obstáculos reglamentarios que ya tenemos

instaurados en Europa, quitar todas las barreras

arancelarias, liberalizar los mercados…

Y bueno, dicen que intentan fomentar el empleo, el

crecimiento económico y mejorar la competitividad, pero

tenemos muchas dudas si realmente lo hacen pensando en las

personas, los ciudadanos o por intereses de más arriba y

comerciales.

Tenemos dudas de qué va a pasar con el empleo, con la

seguridad alimentaria, por ejemplo con el tema de los

transgénicos que en Europa los tenemos prohibidos y que en

Estados Unidos no, qué va a pasar con todo lo que tiene que

ver con la seguridad alimentaria, la protección del

medioambiente, tenemos muchas dudas, qué va a ocurrir con el

sector agrícola y especialmente con el plátano si se quitan

los aranceles.

En definitiva, consideramos que las regiones

ultraperiféricas como Canarias vamos a salir perjudicados con

este Tratado, pero es verdad que todavía se está negociando y

desconocemos muchas cosas, por tanto, consideramos que lo que

propone Izquierda Unida de que se de a conocer, que haya un

debate, y que bueno… que en Los Llanos pues se den charlas y

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tengan lugar debates con respecto a este tema, pues lo

consideramos muy adecuado y creo que por eso vamos a apoyar

la moción.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Muchas gracias

Sr. Lorenzo.

Por parte del Grupo Popular, tiene la palabra el Sr.

Hernández.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Mariano Hernández Zapata, portavoz del Grupo Popular,

diciendo: Muchas gracias Sra. Alcaldesa.

La verdad que un tema de este tipo, que ya se ha

debatido en el Parlamento, se ha debatido también en el

Cabildo Insular de La Palma el pasado 28 de septiembre,

curiosamente con los votos en contra del Grupo de Coalición

Canaria y también con voto en contra de los 7 Consejeros del

Grupo Socialista, pues yo creo que va a estar suficientemente

bien debatido en la Isla de La Palma.

Si anuncio de entrada que, el Grupo Popular va a votar

en contra del texto de la moción presentada por Izquierda

Unida, ya que no coincidimos con las conclusiones que hace

del Tratado el Grupo de Izquierda Unida porque contempla una

serie de suposiciones que para nada son ciertas.

Para empezar, establece en la moción, que se está

negociando de espaldas a la ciudadanía y a sus representantes

políticos, Parlamentos Nacionales y Europeos dan a entender,

yo quiero recordarle que por ejemplo el representante del

Parlamento Europeo de su grupo políticos pues si que han

podido debatir sobre este Tratado Internacional, a no ser que

no reconozcan la legitimidad de sus representantes y la

legitimidad también de la Cámara del Parlamento Europeo.

Bien, pues para empezar, esto de que se está a espaldas

de la ciudadanía pues no es cierto, además este Tratado se

comenzó a tratar en marzo de 2013 y ahora mismo está en

tramitación, todavía no está finalizado por lo que lleva a la

confusión el texto de la moción.

Ahora mismo se encuentra en una fase en la que la propia

Comisión Europea ha hecho incluso un texto alternativo, como

bien ha indicado la Portavoz del Partido Socialista,

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incluyendo diferentes aspectos por parte de los diferentes

parlamentarios que han considerado modificar algunos

aspectos.

Se trata de una nueva propuesta de texto, haciendo pues

del texto suyas manifestaciones como decía de diferentes

colectivos y grupos de la sociedad.

El siguiente paso que lleva este texto será consultar a

los Estados miembros de la Unión Europea que tienen

representación en el Consejo Europeo, además se debatirá

posteriormente la propuesta en el propio Parlamento Europeo

antes de presentar un texto formal a los Estados Unidos.

Y luego por otro lado, como todo Convenio o Tratado

Internacional, tiene que pasar por los Parlamentos

Nacionales, en este caso en España pasa por lo que se llama

la Comisión Mixta para la Unión Europea, que está formado por

miembros tanto del Congreso como del Senado, y por tanto,

después de pasar por todo esto, si que se va a negociar.

Pero es que es más, tengo que decirle que incluso además

de todos los acuerdos, se llevan a cabo estudios de impacto

de evaluación económica y que incluso se ha consultado ya con

técnicos de nuestra Comunidad para ver la incidencia

económica que podría tener en la Comunidad Autónoma Canaria.

No estamos tampoco en absoluto de acuerdo, con esas

notas adivinatorias de lo que va a suponer para La Palma y

para Canarias, un texto que ya digo, va a pasar por

diferentes representantes legítimamente elegidos, pero además

que se van a pronunciar los Estados miembros.

Al encontrarse en tramitación este Tratado que se debate

hoy en esta moción, pues sería adelantarnos muchísimo a los

acontecimientos y entendemos que es una irresponsabilidad

desde nuestro punto de vista, el votar y el preveer unas

circunstancias que seguirá negociando por lo menos, hasta

finales de este año.

Lo que nosotros proponemos es que para tratar estos

temas, debemos poner sobre la mesa informes técnicos y

estudios de impacto económico, como se hace en el propio

Parlamento Europeo por nuestros representantes, para que no

perjudique en ningún caso a los intereses de los sectores

económicos, y además que este acuerdo cumpla la finalidad de

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abrir el comercio, abrirlo para pequeñas, medianas y grandes

empresas, abrirnos a las inversiones e incrementar, como se

estima, un 5% de Producto Interior Bruto, que es lo que se

presume que puede suponer la aplicación de este Tratado, si

es que se llega a aprobar.

En lo que si vamos a coincidir, es que no podemos

permitir que cauce un perjuicio económico ni a las pequeñas,

ni a las medianas, ni a ningún sector, por supuesto tampoco

de la Isla de La Palma.

Por otro lado tengo que aclararle que en este Tratado,

los servicios públicos están excluidos del marco de

negociaciones y por tanto del Acuerdo, porque no supone

ningún riesgo que comprometa ni la libertad de los municipios

europeos de liberalizar o no, los servicios públicos.

Y por tanto, ahí no habría riesgo, como usted si que

manifiesta en su moción.

Y respecto a los pesticidas, también indicarle que se

recalca que el nivel de protección de los consumidores o de

sanidad alimenticia, no va a ser en ningún caso rebajado,

nuestras leyes sobre protección medioambiental o sobre

alimentos genéticamente modificados, no van a ser alterados y

los niveles de protección se podrán siempre aumentar pero

nunca reducir.

Hay un claro mandato de negociación por parte de los

Gobiernos, estableciendo las líneas rojas a este respecto,

tan famosas que son estas líneas rojas en la actualidad.

Además de esto, los resultados finales de las

negociaciones han de ser aprobados tanto por el Consejo

Europeo como por el Parlamento Europeo.

Yo creo que lo hemos dejado lo suficientemente claro,

que no solo con charlas se consigue entender un Tratado, se

puede debatir un Tratado sino que hay que seguir el

procedimiento habitual y normal de los Tratados Europeos, y

en este caso, pues se está en él y ni mucho menos ha

finalizado para oponernos tan radicalmente, como indican en

la moción.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación, Dña.

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María Noelia García Leal, diciendo: Muchas gracias Sr.

Hernández.

Para posicionarse, el Portavoz del grupo proponente

tiene la palabra.

Interviene Dña. Mariela Rodríguez Calero, en

representación de Izquierda Unida Canaria e integrante del

Grupo Mixto, diciendo: Muchas gracias Sra. Alcaldesa.

Solo voy a matizar un par de puntos que ha comentado el

Portavoz del Partido Popular.

Hablaba de la crítica que hacemos a la transparencia y

que sí que ha sido transparente, me hace gracia que diga eso

cuando es conocido por todos, que para consultar la

información del Tratado hay que entrar en un cuarto, donde no

puedes entrar sino con un lápiz, te dejan por tiempo limitado

y no puedes reproducir nada de lo que se pida de adentro.

Para consultar los anexos, hay veces que se solicitan y

no sabes qué anexo tienes que solicitar porque en el propio

documento no hace referencia explícita.

Luego sobre la posición de la legitimidad para la

negociación, yo creo que una de las principales cuestiones

que nos atemorizan es la legitimidad que se pueda dar a los

Tribunales de arbitraje, porque van a ser privado y no

públicos, en el que la posición de las grandes empresas

tendrá un peso bastante importante.

Luego, habla de transparencia y de que tiene que pasar

por los órganos democráticos y demás, por ejemplo el Gobierno

de España se le ha preguntado si ha pasado un listado de

marcas protegidas, como han hecho otros Países, para que sean

consideradas y no se ha respondido.

Habla de mis predicciones, usted también ha hecho

predicciones sobre los porcentajes de beneficio que puede

sacar el Tratado, y yo sí que pongo en duda los porcentajes

que ha expuesto usted hoy en el Salón de Plenos.

Y luego sobre otros Tratados que han sido beneficiosos,

hay más ejemplos de Tratados que no han sido beneficiosos,

que se esperaba incluso, han generado problemas de empleo

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como el Tratado de Libre Comercio con México o el NAFTA, que

lo que usted me está diciendo que puede pasar con el TTIP.

Y luego, en cuanto a las charlas y demás, es acercar un

debate a la ciudadanía, que va a tener repercusiones en la

ciudadanía, deberíamos de perder la costumbre de que los

debates se hagan solo en las Instituciones y que la gente

puede conocer qué es lo que se está debatiendo, para que se

puedan posicionar. Muchas gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Muchas gracias.

¿Acepta la propuesta que le hizo el Partido Socialista?

Interviene la Sra. Rodríguez Calero, diciendo: Ah…, el

punto 4 lo entendió mal, no se trata que desde España

instemos a Europa a que no participe, sino que sea el

Gobierno Español el que suspenda su participación en las

negociaciones.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: ¿A efectos Sr.

Hernández?, tiene un minuto, por favor.

Interviene D. Mariano Hernández Zapata, portavoz del

Grupo Popular, diciendo: No, menos de un minuto, segundos…

Solo decir que en absoluto somos Eurodiputados,

seguramente le encantaría para poder debatir más ampliamente

este tema, pero entendemos que debe seguir los procedimientos

normales que lleva un acuerdo comercial de estas

características.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Muchas gracias.

Pasamos a votar la moción en los términos expuestos.

No suscitándose más debate sobre dicho asunto, el Pleno

de la Corporación acuerda por 8 votos en contra (Grupo

Popular) y 11 votos a favor (Grupos de Coalición Canaria y

Mixto), la adopción del siguiente acuerdo:

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PRIMERO: Rechazar la aplicación en el municipio de Los

Llanos de Aridane del Tratado Transatlántico de Comercio e

Inversión (TTIP), no aceptando ni sus principios, ni sus

objetivos.

SEGUNDO: Organizar por parte del Ayuntamiento de Los

Llanos de Aridane un debate público sobre el TTIP y otros

acuerdos comerciales con la mayor transparencia y

participación ciudadana posibles.

TERCERO: Instar al Gobierno de España a que haga pública

toda la información sobre las negociaciones realizadas y a

que informe a las Administraciones Públicas del proceso de

elaboración de dicho Tratado, en tanto en cuanto su contenido

afecta a materias de nuestra competencia o de específico

interés para nuestro Ayuntamiento.

CUARTO: Que el Gobierno de España suspenda su

participación en las negociaciones del TTIP y de otros

acuerdos comerciales similares.

QUINTO: Solicitar al Gobierno de España su apoyo a todas

las iniciativas dirigidas a defender la total exclusión de

los servicios públicos de interés general (la salud, la

educación, el agua, y los servicios sociales), así como los

servicios económicos de interés general (redes de transporte,

energía, comunicación y los servicios postales) de cualquier

acuerdo comercial.

SEXTO: Dar traslado de este acuerdo al Gobierno de

España y a todos los Grupos Parlamentarios del Congreso de

los Diputados y del Parlamento Europeo, para que se registre

y quede constancia del mismo.

5.- MOCIÓN QUE PRESENTA D. FELIPE RAMOS PÉREZ, CONCEJAL DEL

GRUPO MIXTO, REFERENTE A ROTACIÓN DE LICENCIAS DE AUTOTAXI

DEL MUNICIPIO.

Se da cuenta por Secretaria de orden de la Alcaldía, de

la moción, cuyo tenor literal es el siguiente:

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Felipe Ramos Pérez, concejal de Izquierda Unida Canaria, Los

Verdes, Unidad del Pueblo, Alternativa Republicana del Grupo

Mixto del Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, al amparo de

lo dispuesto en el artículo 97.3 del Reglamento de

Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las

Entidades Locales, presenta para su inclusión en el Orden del

Día del próximo Pleno la siguiente

MOCIÓN

Rotación de licencias de autotaxi del municipio

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El pasado 22 de enero de 2016, en la Comisión

Informativa Especial de Cuentas: Hacienda, Aguas, Seguridad

Ciudadana, Recursos Humanos y Deportes, Izquierda Unida

Canaria (IUC) presentó al resto de concejales una propuesta

de rotación de las licencias de autotaxi en las diversas

paradas del municipio. Como recoge el acta de la mencionada

comisión, ―la propuesta consiste básicamente en que las

paradas de bajo rendimiento, como pueden ser la de La Laguna

o de Todoque tengan derecho a utilizar también la parada de

la Avda. Dr. Fleming, ya que la última adjudicación de

licencias de taxi fue en el año 2004 y hay paradas con

demanda minoritaria y que sin embargo pagan igual que el

resto‖. Se planteaba ―establecer igualdad entre todas las

licencias de las diferentes paradas del municipio para

amortizar el coste económico de la licencia‖.

Posteriormente, en el Pleno Ordinario del 31 de marzo de

2016, en el apartado de ruegos y preguntas, señalábamos que

―no encontramos a día de hoy ningún aspecto en la normativa

que impida que la propuesta que nosotros hemos hecho de

rotación, que impida la propuesta de rotación, es decir,

nosotros leyendo la normativa autonómica estatal y la propia

Ordenanza, no encontramos qué es lo que impide que no se

pueda rotar‖. Para la Señora Alcaldesa la rotación se trata

de‖ un tema más de criterios dentro de la organización

interna de los taxis. Pero puede ser una opinión subjetiva

mía, no obstante lo veremos en las siguientes reuniones de

trabajo que tengamos‖.

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En la Comisión Informativa Especial de Cuentas del 11 de

abril de 2016, volvimos a insistir en que nuestro ―grupo no

ha encontrado ningún artículo que limite la rotación de los

taxistas en las distintas paradas‖, teniendo como respuesta

de la Señora Alcaldesa que ―respecto a los taxis, es un

colectivo que se autoorganiza y que el Ayuntamiento legitima

esa autoorganización‖.

Durante los últimos meses los diferentes partidos con

representación en el Ayuntamiento hemos sido invitados a

participar en dos reuniones con el sector del taxi en el

municipio en las que hemos expuesto nuestra propuesta de

rotación de las paradas. Una propuesta que siguiendo la

Disposición adicional primera de la ―Ordenanza municipal

reguladora del servicio de autotaxi en el municipio de Los

Llanos de Aridane‖ traemos al Pleno, ya que la mencionada

disposición señala que ―las competencias en materia regulada

por esta Ordenanza y que no estén atribuidas expresamente a

la Alcaldía Presidencia o Concejal Delegado, corresponderán

al Pleno de la Corporación.‖

Por otra parte, hay que recordar como en el año 1982 y

sin ningún tipo de acuerdo plenario o Decreto de Alcaldía, el

Ayuntamiento unificó las diferentes paradas del municipio en

una sola (Avenida Doctor Fleming), autorizando a 7 licencias

que hasta entonces habían sido adscritas a otras paradas a

rotar en ella. Más recientemente, en diciembre de 2011, el

Concejal Delegado de Comercio y Transporte en un escrito

enviado a los propietarios/as de licencias de autotaxi

afirmaba sobre la liberalización de las paradas ―que no hay

ninguna disposición municipal que asigne los números de

licencia a una u otra‖.

Entendemos que, más allá de costumbre, no hay ninguna

norma que asigne los números de licencia a una parada u otra

y que esto, al no ser una norma administrativa, no puede

limitar el derecho de todos los titulares de licencias de

autotaxi a ejercer esta actividad en igualdad de derechos y

obligaciones. En este sentido, la Ordenanza municipal indica

en su Artículo 17.1 que ―el Ayuntamiento será competente para

ordenar el servicio en materia de paradas, horarios,

descansos, vacaciones, guardias y uniformidad‖.

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Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración del

Pleno la aprobación de los siguientes

ACUERDOS

Primero.- Declarar que las diferentes licencias de autotaxi

del municipio puedan rotar libremente en cualquiera de las

paradas habilitadas al respecto en el municipio tal y como la

normativa estatal, autonómica y local establecen.

En Los Llanos de Aridane, a 24 de junio de 2016. FELIPE

RAMOS PÉREZ, Concejal de Izquierda Unida Canaria, Los Verdes,

Unidad del Pueblo, Alternativa Republicana.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Felipe Ramos Pérez, en representación de Izquierda Unida

Canaria e integrante del Grupo Mixto, diciendo: Gracias.

Bueno, la propuesta que planteamos hoy al Pleno no es

nueva en esta Institución, desde hace al menos 6 meses hemos

planteado la necesidad de que sea estudiada.

Como se recoge en la exposición de motivos de la moción

que presentamos, lo hicimos por primera vez en el mes de

enero en Comisión Informativa, en este caso en la de Cuentas,

y lo que proponíamos sucintamente era que las paradas

consideradas de bajo rendimiento tuvieran también el derecho

a poder estacionar en la que se considera la parada más

rentable, la parada de la Avenida Doctor Fleming.

Lo que se recogía entonces, y hoy se recoge en esos

argumentos, era establecer una igualdad entre todas las

licencias de las diferentes paradas del municipio para

amortizar el coste económico de la misma.

Hemos formulado esta propuesta como moción tras

comprobar que no había receptividad en este caso por parte

del Grupo de Gobierno en asumir el planteamiento, se trata de

una moción, que en primer lugar me gustaría dejar claro, no

va contra nadie, es una moción que lo único que pretende es

regular un servicio de competencia municipal, mejorar las

condiciones de su explotación, en este caso de las licencias

y sobre todo en condiciones de igualdad.

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Nosotros conocemos evidentemente la opinión de una parte

del sector, hemos asistido a 2 reuniones, en la última se

encontraban, si no tengo mal apuntado, 13 de las 32 licencias

que cuenta actualmente de autotaxis el municipio.

Nosotros lo que planteamos hoy al resto de la

Corporación es, conocer su posicionamiento sobre esta

propuesta, porque de una u otra forma, pues no lo hemos

tenido a lo largo de estos meses.

Simplemente por no extenderme, porque como realmente ha

sido una cuestión que ya hemos traído, como decía en la

exposición de motivos, mediante algunas preguntas y algún

planteamiento.

Creemos y así la legislación nos lo hace ver, que no hay

ninguna disposición municipal que asigne los números de

licencia a una y otra parada, esto lo llegó a afirmar incluso

en el año 2011 por escrito, el entonces Concejal delegado de

Comercio y Transportes de este Ayuntamiento, y que

evidentemente la competencia como así lo regula el Real

Decreto 74/2012, que aprueba el Reglamento de Servicio de

Taxis, establece que serán las Corporaciones Locales las

competentes para regular mediante norma reglamentaria, los

diferentes aspectos del servicio. En este caso contamos con

una Ordenanza municipal que en su artículo 17.1 señala que el

Ayuntamiento será competente por ordenar el servicio en

materia de paradas, horarios, descansos, vacaciones, guardias

y uniformidad.

Por todas estas cuestiones que traemos hoy a la

consideración del resto de los Concejales del Pleno esta

propuesta, que como digo, simplemente busca favorecer que

haya unas condiciones de mayor igualdad en la explotación de

las actuales licencias de autotaxis. Gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación, Dña.

María Noelia García Leal, diciendo: Muchas gracias Sr. Ramos.

Por parte del Partido Socialista, tiene la palabra el

Sr. Pérez.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Mauricio José Pérez Viña, en representación del Partido

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Socialista e integrante del Grupo Mixto, diciendo: Gracias

Sra. Alcaldesa, buenas tardes de nuevo.

En alguna ocasión todos hemos conocido la falta de unión

de los sectores económicos que se establecen en la sociedad,

y estamos ante un manifiesto de ejemplo de un sector que no

luchan en igualdad y que entendemos, que bajo un criterio

unificado pues saldrían todos con mayores beneficios.

En la reunión que se celebró en este Salón de Plenos con

representantes del sector el 15 de marzo, se nos manifestó a

todos que el mayor problema que tenían por parte de los

taxistas, era el incumplimiento de las normas por parte de

algunos de los mismos y la formación de los conductores,

además de que a muchos no les salía rentable en muchos días

su jornada de trabajo.

En la última reunión conjunta que se celebró con los

taxistas del municipio el 18 de mayo, en el que acudieron 13,

les manifesté la necesidad de que buscaran la fórmula para

unificar su voz y así tener mejor disposición para defender

sus objetivos laborales, como es el de este caso de hoy.

De aquellas reuniones sacamos en claro que el sector

necesita una reestructuración profunda y se anunciaron

propuestas por parte del Grupo de Gobierno, en la última

reunión, se evidenció también la división del sector y que

los que tienen una parada rentable no quieren mayor

competencia ni quieren rotar de parada, pero la

Administración no puede permitir una competencia desleal ni

permitir la desigualdad.

Es por ello que como Administración debemos tomar

decisiones e iniciativas que ayuden al conjunto del sector,

por lo tanto me gustaría plantear que, el Ayuntamiento

proceda a la recuperación de aquellas licencias que en la

actualidad, es manifiesto que no se explotan o su utilización

no es toda la adecuada para hacerlas rentables, y sancionar

el incumplimiento de las normativas de referencia, como han

manifestado en alguna ocasión que ya están tramitando desde

el Grupo de Gobierno.

El Ayuntamiento debe evitar la venta de licencias y en

su caso, sancionarlo y proceder al tanteo y retracto.

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El Ayuntamiento debe establecer, tal y como también

manifestamos, un programa de formación de manera inminente y

dirigido al sector en campos de atención al cliente, gestión

de empresas, o de Pymes y similar, que faciliten por un lado

la prestación del servicio, y por otro le sirva a los

taxistas a buscar fórmulas de diversificar la captación de

clientes.

Además de poner en marcha todas aquellas medidas

anunciadas en las reuniones mantenidas con el sector, a la

mayor brevedad, todas las de uniformidad, equipación de las

paradas, nuevas paradas, ver la posibilidad de las paradas

que no están en uso darles un planteamiento nuevo.

Entendemos por tanto, que si fuéramos capaces de poner

todas estas cuestiones en marcha y la implicación máxima de

los taxistas, creo que estaremos en disposición, de aquí a un

año, de ver si es necesaria o no la liberalización de las

paradas del municipio.

Creo que en este sector, los representantes políticos

que hoy estamos aquí, hemos trabajado en desbloquear el

asunto y proponer algunas soluciones conjuntas, antes de

incrementar la división y el conflicto por la imposición de

una norma, que la mayoría no ve con buenos ojos, pues

preferiríamos iniciar lo anunciado anteriormente.

Es por ello, que proponemos en continuar trabajando en

este asunto y no limitarlo a un acuerdo plenario, pues salga

favorable o no, entendemos que no solucionará los problemas

estructurales del sector del taxi en nuestro municipio.

Por lo que solicitamos aplazar la votación de la moción,

para una vez puesto en desarrollo todas las iniciativas

indicadas, ver si sirve como remedio al problema o en este

caso, el Pleno tomar una decisión de ordenación del sector.

Muchas gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Muchas gracias Sr. Pérez.

Por parte del Grupo de Coalición Canaria, tiene la

palabra el Sr. Lorenzo.

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Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Pío Manuel Lorenzo Guerra, portavoz del Grupo Municipal de

Coalición Canaria, diciendo: Muchas gracias.

Sr. Ramos, estamos ante una propuesta que usted hace en

representación de algunos taxistas del municipio y que

entendemos que no representan al colectivo de taxistas de Los

Llanos de Aridane.

Entendemos que estas paradas no son rentables en estos

momentos y comprendemos la situación y que estos

profesionales intenten buscar la manera de que lo sean.

Nosotros nos reunimos, hace ya unos meses, con

representantes del colectivo, y parece que el problema es el

número de taxis que tenemos en estos momentos,

aproximadamente unas 30 licencias, que parecen excesivas para

el municipio y no consideran que la solución sea liberalizar

las plazas para que todos puedan acceder a la parada de la

Díaz Pimienta.

Entendemos que a pesar de que el Ayuntamiento es el

competente en ordenar el servicio a lo que se refiere a

paradas, horarios, descanso, guardias, etc., no se puede

hacer sin el debido consenso del sector.

No podemos hablar de participación y luego imponer el

deseo de unos pocos.

Consideramos que el Grupo de Gobierno debe encargar un

estudio económico de viabilidad, de las ubicaciones y de las

necesidades de las paradas en el municipio, y por consenso

con el colectivo, hacer una propuesta de reordenación con

criterios objetivos que tengan que ver también con la mejora

del servicio a los ciudadanos.

Lo que se hizo antes del 2002 y con las circunstancias

de aquel momento, y lo que se hizo en el 2003, responde a

situaciones socioeconómicas de aquellos momentos y ahora

debemos corregir, adaptar y reordenar teniendo en cuenta la

situación actual y se debe hacer con objetividad, con

estudios serios y con la debida participación del sector.

Entendemos que no ha habido suficiente participación,

que el estudio no se ha hecho y que no hay consenso

suficiente, por tanto, nosotros también proponemos aplazar

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esta decisión hasta que se produzcan al menos las condiciones

anteriores.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Muchas gracias

Sr. Lorenzo.

Por parte del Grupo Popular, tiene la palabra el Sr.

Hernández.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Mariano Hernández Zapata, portavoz del Grupo Popular,

diciendo: Muchas gracias Sra. Alcaldesa, buenas tardes de

nuevo.

Saludar a los taxistas que hoy nos acompañan en el Salón

de Pleno y también al público en general, porque no lo hice

con anterioridad.

La verdad que en el cuerpo de la moción pues, echamos de

menos las valoraciones del colectivo de los taxistas que

puedan haber hecho durante las reuniones que se han

mantenido, las reuniones de trabajo que se han mantenido y

que han indicado, por lo menos Izquierda Unida y Partido

Socialista.

En ese sentido, no sé cómo valorar el que siempre… pues

desde el Grupo de Izquierda Unida pues… estamos llenándonos

la boca con la participación ciudadana, mayor participación

ciudadana que las aportaciones que puedan hacer los taxistas

en las diferentes reuniones y en este caso, la mayoría del

colectivo en las diferentes reuniones que han indicado que

quizás ahora mismo no sea el momento para la liberalización

de las paradas pues… ya nos lo explicará en su intervención.

Nosotros lo que consideramos que los más oportuno es

seguir yendo de la mano del sector, seguir yendo de la mano

pues de la mayoría del sector de los taxistas y seguir

trabajando como se ha venido trabajando hasta el momento con,

principalmente un ambiente donde prime la comunicación, prime

ir implementando medidas como ya se ha venido haciendo con el

sector del taxistas, como puede ser a mayor brevedad, pues la

equipación con el vestuario de los taxistas, estudiar

posibles nuevos emplazamientos para nuevas paradas y nuevas

reubicaciones, seguir buscando soluciones alternativas que

puedan beneficiar el mal momento por el que está atravesando

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el sector del taxi, como nos han hecho saber en las

diferentes reuniones los propios taxistas.

Y una vez más, estamos aquí en el Salón de Plenos

intentando buscar soluciones pues de manera unilaterales, sin

contar con el sector y por supuesto a golpe de moción.

Nosotros entendemos que no son las formas y por lo menos

no son las formas de este Grupo Popular, pudiendo estar de

acuerdo con el fondo de la moción, consideramos que una vez

más nos repetimos, que se tiene que ir de la mano y contar

con el apoyo mayoritario del sector, ir aplicando soluciones

alternativas, buscando mejoras, valorar las diferentes

propuestas que se han hecho en las diferentes reuniones y que

también hoy han hecho tanto el Grupo Socialista como el grupo

de Coalición Canaria, e intentar mejorar la situación real

del sector de los taxistas.

Cuando alguno de los grupos políticos en este Salón de

Plenos nos negamos al desarrollo del turismo en la Isla, pues

también vamos en contra del desarrollo del sector del taxis.

Yo lo que si, para finalizar mi intervención, pues

recordar que las prisas no son buenas consejeras, tenemos que

tener paciencia para tomar las decisiones que beneficien al

mayor número de personas posibles, y en este caso estamos

hablando de un sector con 32 licencias, y ni mucho menos la

mayoría está de acuerdo de sacar adelante esta propuesta que,

como bien dije, podemos estar de acuerdo en el fondo pero los

verdaderos que trabajan, sufren y viven la realidad día a

día, son el propio colectivo del que tenemos que ir de la

mano. Muchas gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Muchas gracias

Sr. Hernández.

Por parte del grupo proponente, tiene la palabra el Sr.

Ramos.

Interviene D. Felipe Ramos Pérez, en representación del

Grupo de Izquierda Unida Canaria e integrante del Grupo

Mixto, diciendo: Gracias Sra. Alcaldesa.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Disculpe Sr.

Ramos.

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¿A efectos Sr. Lorenzo…?

Interviene D. Pío Manuel Lorenzo Guerra, portavoz del

Grupo Municipal de Coalición Canaria, diciendo: De una

palabra que intercambié por otra.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Tiene la

palabra.

Continúa el Sr. Lorenzo Guerra, señalando: Es que el

nombre de la calle dije Díaz Pimienta en la Doctor Fleming.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Díaz Pimienta en

vez de la Doctor Fleming, lo entendimos, lo entendimos

perfectamente.

Continúa el Sr. Lorenzo Guerra, señalando: Que me

disculpen y que en el Acta conste Doctor Fleming.

Interviene la Sra. Alcaldesa, señalando: La

rectificación.

Tiene la palabra el Sr. Ramos, disculpe la interrupción.

Interviene D. Felipe Ramos Pérez, en representación del

Grupo de Izquierda Unida Canaria e integrante del Grupo

Mixto, diciendo: Vale, iré por partes.

Comparto o compartimos la práctica totalidad de la

intervención del Partido Socialista, que ha hecho un

diagnóstico creemos que bastante ajustado a la realidad de la

situación del sector, nos consta por las reuniones que hemos

asistido y también por las respuestas a preguntas nuestras

planteadas a la Concejala delegada, de que algunas de las

cuestiones están en vías de solución, sobre todo una parte

destina al incumplimiento de las normas y nos felicitamos de

ello, pero que evidentemente queda mucho por trabajar en este

sentido.

Nosotros pensamos que ha habido más que tiempo

suficiente para poder valorar esta propuesta, es decir, no es

una propuesta que sale de una moción que se presenta hace una

semana, todos los grupos conocían la posición que ha

mantenido Izquierda Unida que la hemos defendido también ante

el colectivo de taxistas en las 2 reuniones en las que hemos

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asistido, es decir, nosotros no tenemos que dar un

pronunciamiento o un posicionamiento político en el Pleno y

otro diferente según el interlocutor o interlocutora con el

que nos reunamos, no tenemos ese problema, nos equivocaremos

pero evidentemente, pero en la cuestión de decir una cosa en

un sitio y otra en otro, no nos encontrarán nunca.

Al Sr. Lorenzo si que le tengo que decir, D. Pío, que

esta moción no viene en representación de ninguna parte del

colectivo, es una moción que presentan los Concejales, en

este caso, este Concejal de Izquierda Unida Canaria en la que

se considera que hay una serie de cuestiones de la normativa

que no se ajustan a ningún tipo de Ordenanza, Reglamento o

Disposición Autonómica y se plantea una propuesta de

corrección, no se hace en representación de nadie en

particular sino del interés general.

Y luego, pues me resulta curiosa la apelación a la

participación ciudadana, porque de hecho nosotros hemos

echado en falta que Coalición Canaria haya asistido a esas

reuniones en las que hemos estado todos los partidos con los

representantes de los taxistas menos Coalición Canaria, es

decir, bueno parece que la participación va por Barrios.

Y en esa misma línea pues también responderle al Sr.

Hernández Zapata, que nosotros entendemos que la

participación ciudadana es necesaria, es imprescindible, no

nos llenamos la boca de manera retórica, pero cuando choca

con la legalidad o la legislación pues creemos que es

necesario actuar, hemos citado profusamente la normativa que

así le da la competencia a este Pleno para determinar en un

sentido o en otro la regulación del sector, y de lo que sí

nos podemos felicitar porque vemos que las intervenciones de

los Portavoces pues hacen preveer que el voto vaya a ser

negativo, lo que sí nos podemos felicitar es de que esta

propuesta ha servido para que tanto el Grupo de Gobierno como

otros Grupos, pues hayan recuperado un sector que estaba

olvidado en este municipio, entonces si ha servido para ello

pues bienvenida sea y que sirva para mejorar y seguir

trabajando en todas estas cuestiones que han quedado

expuestas en las reuniones anteriores y en el Pleno de esta

tarde.

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48

En este sentido, pues vamos a mantener la moción y

solicitamos que se proceda a votación. Gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación, Dña.

María Noelia García Leal, diciendo: Muchas gracias Sr. Ramos.

Me va a disculpar pero…, no acostumbro a intervenir en

las mociones pero ya que usted me cita textualmente en la

exposición de motivos, algo que… no, la verdad que no es

usual, pues si quería pronunciarme, además como representante

del Grupo Popular y como Alcaldesa cuando he tenido

responsabilidades para ello.

Desde siempre he asumido que la competencia de regular

la organización de los taxis corresponde al Ayuntamiento, y

en ese sentido esta propuesta que usted hace no es novedosa

de hace 6 meses, ya es conocida y desde siempre, siendo

Alcaldesa y en la Oposición he manifestado la voluntad de

cumplir lo acordado con la mayoría de los taxistas, con la

reivindicación de la mayoría de los taxistas.

Por cierto usted habla de que se parta en condiciones de

igualdad, es que no se parte en condiciones de igualdad,

cuando hace más de 10 años se conceden una serie de

licencias… se conceden una serie de licencias para unos

ámbitos determinados porque era necesario que estuviesen

ocupadas esas plazas, y esas personas acceden a esas plazas

de forma voluntaria sabiendo donde iban, y como usted bien

sabe porque ha asistido a las reuniones, la forma de explotar

esas plazas ha sido diferente, por lo tanto cuando el

esfuerzo ha sido diferente no podemos pretender que los

resultados sean los mismos, y hay bastantes diferencias en

las plazas asignadas.

Y también es ingerente por parte del Ayuntamiento,

hablar de la rentabilidad de cada una de las licencias de los

taxis, por lo tanto, desde luego la voluntad mía, en este

caso y de mi Grupo, ha sido absolutamente clara desde el

inicio, es decir, nosotros vamos a hacer y estaremos siempre

de la mano del sector, de la mayoría del sector de los taxis,

y regularemos lo que la mayoría del sector del taxi, que es

quien conoce verdaderamente los problemas que tienen en el

día a día, nos van diciendo, en ese camino estamos.

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49

Y no es que hayamos retomado el sector del taxi a partir

de la propuesta que usted hace de mantener una reunión, hace

algunos meses.

La primera reunión que mantuvimos con la Sra. Concejala

del ramo y la mantuvimos con el sector de los taxis, y hemos

ido dando pasos que esperamos que a la mayor brevedad se

vayan consumando.

Pero mire es más, es decir, cuando Izquierda Unida

muchas veces se opone al desarrollo turístico del turismo

convencional de Puerto Naos, eso también repercute en el

sector del taxi, por eso el Grupo Popular desde siempre ha

apostado por el desarrollo del turismo convencional en el

litoral, porque eso va a beneficiar no solo a las licencias

que están en Puerto Naos sino a todas las licencias de taxis

del municipio.

Que son 32 licencia, si; que ahora mismo el problema

fundamental que tienen es la falta de trabajo, si; que

tenemos que propiciar las condiciones para que esas licencias

tengan trabajo, si; pero desde luego lo que no puede se en

modo alguno, es desvestir a un santo para vestir a otro.

Por lo tanto, repito, la posición nuestra ha sido

siempre de ir siempre de la mano del sector, esas licencias

fueron concedidas para unas determinadas plazas por la

necesidad que tenía el municipio, estamos trabajando una

serie de medidas paralelas para reorganizar y para mejorar, y

ahí tengo que agradecer la predisposición que desde siempre

se ha tenido por parte de los taxistas de aportar aquellas

condiciones que entienden son positivas para nuestro

municipio, por eso hemos intensificado los controles de la

Policía respecto al cumplimiento de la Ordenanza, por eso

estamos a punto ya de tener a los taxistas uniformados, por

eso tenemos que seguir trabajando sin lugar a dudas y ahí

compartimos absolutamente lo que propone tanto Coalición

Canaria como el Partido Socialista.

Una duda me surge, cuando el Portavoz del Partido

Socialista dice que recuperemos las licencias ¿qué quiere

decir?, ¿que iniciemos los expedientes sancionadores de

aquellas paradas que no están siendo explotadas y que las

recupere el Ayuntamiento?, es una duda que me surge.

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50

Pero en definitiva yo creo que… y además agradezco

también la participación que han tenido, excepto Coalición

Canaria en la última reunión porque en la anterior si que

estuvieron, la participación de los Grupos, yo creo que entre

el colectivo de taxistas y los grupos políticos, siempre

cuatro pares de ojos ven más que dos, y lo que unos no vemos

otros lo pueden ver, pero desde luego creo que estamos en el

camino de seguir trabajando y de seguir mejorando la

situación que tiene el colectivo de taxistas en nuestro

municipio.

Sr. Lorenzo a efectos…

Un minuto, tiene la palabra Sr. Lorenzo.

Interviene D. Pío Manuel Lorenzo Guerra, portavoz del

Grupo Municipal de Coalición Canaria, diciendo: Cuando usted

Sr. Ramos dice que no lo hace en representación de ningún

colectivo, yo creo que cualquiera que lea la moción tiene

claro que están representando al pequeño colectivo de las

paradas no rentables, a su juicio ¿no? de La Laguna, de

Todoque y no me acuerdo que otra era…, o por lo menos eso es

lo que suponemos.

Además recuerdo, en la primera Comisión cuando usted

planteó el tema, recuerdo que usted exactamente dijo que

habían hablado con usted estos taxistas, y bueno yo creo que

no está mal tampoco el poderlos representar y que usted

traiga el decir de ellos aquí ¿no?

Pero bueno, que sí debemos de tener en cuenta el

colectivo de forma global.

Nos adherimos también a la propuesta que hace el Partido

Socialista, de que por parte del Gobierno se tiene que poner

más hincapié en el cumplimiento de las normas, de las

ordenanza y que hay que trabajar ese tema, y sobre todo pues

corregirle, nosotros nos hemos reunido con los taxistas,

fuimos los primeros después de conocer su intervención en

dicha Comisión, que los llamamos y nos reunimos con ello,

Coalición Canaria, y tuvimos la ocasión de conocer todos los

problemas, todas sus propuestas y bueno no se puedo ir a la

reunión…

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Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Sr. Lorenzo… termine…

Continúa el Sr. Lorenzo Guerra, diciendo: No… que

simplemente no pudimos ir a la última reunión que ustedes

mantuvieron con el colectivo de taxistas, pero que ya

nosotros conocemos suficientemente sus propuestas y sus

problemas.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Muchas gracias.

El Sr. Ramos tiene la palabra.

Interviene D. Felipe Ramos Pérez, en representación de

Izquierda Unida Canaria e integrante del Grupo Mixto,

diciendo: Gracias, seré breve.

En general hay un problema en este Ayuntamiento con todo

lo que tenga que ver con las concesiones administrativas, no

se trata de una ingerencia del Ayuntamiento sobre el sector,

es un sector que está regulado, es decir, cuando se habla de

reducir el número de licencias porque se supone que hay poca

rentabilidad, estamos hablando de regular por parte de la

administración que tiene la competencia, en este caso el

Ayuntamiento.

Y no nos intenten enfrentar al sector, nosotros no

tenemos ninguna voluntad de enfrentarnos con el sector del

taxi ni mucho menos, no lo intenten porque no lo van a

conseguir, y además el que ha estado en este Salón de Plenos

y me alegro que hayan estado representantes del sector del

taxi, ha comprobado el tono y el motivo de la intervención,

es decir, nada más alejada de lo que algunos y algunas han

querido transmitir, porque cuando se vincula el desarrollo

turístico de Puerto Naos con una supuesta animadversión

nuestra con los taxistas… yo Sra. García Leal la verdad es

que me quedo atónito, pero bueno son apreciaciones, son

interpretaciones de la realidad completamente diferentes y no

voy a seguir prolongando un debate que está más que

posicionado por los diferentes grupos.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación, Dña.

María Noelia García Leal, diciendo: Muchas gracias Sr. Ramos.

Solo rectificarle una cuestión, yo no quiero provocar

animadversión ninguna del Grupo de Izquierda Unida con

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respecto al grupo de taxistas, lo que sí hago es una

apreciación personal y política de nuestro grupo político, es

decir, cuando estamos debatiendo este tema es porque los

taxistas no tienen trabajo en general, deberían de tener más

trabajo, y lo que el Grupo Popular ha defendido en todo

momento es que el desarrollo turístico de nuestro municipio

va a repercutir en muchos otros sectores, no solo

exclusivamente en el hostelero, por lo tanto los taxistas,

evidentemente y obviamente, porque se cae… es de cajón,

porque así, cuando tienen temporada alta tienen mejores

beneficios que cuando hay temporada baja.

Por lo tanto, el desarrollo turístico del municipio

repercutiría de forma favorable, inexcusablemente, en la

mejora del sector de la rentabilidad que tienen los taxistas.

Y yo cuando hablo de ingerencia por parte del

Ayuntamiento es porque usted habla de la desigualdad en la

que se encuentran unos taxistas o unas licencias respecto a

otras.

Y cuando usted habla de esa rentabilidad, yo lo que

pongo en cuestión es que la rentabilidad no depende

exclusivamente de dónde estén ubicadas las paradas de taxis,

porque repito, hay paradas y licencias que están ubicadas en

determinados sitios que… no por su ubicación sino por la

gestión que tienen de esa licencia, tienen mejores

rentabilidades que otras, por lo tanto, en ese aspecto me

refiero a la rentabilidad.

Suficientemente debatida esta moción pasamos a votar.

Entiendo Sr. Ramos que no acepta las propuestas que le

han hecho Coalición Canaria y el Partido Socialista, de

dejarla encima de la mesa.

No suscitándose más debate sobre dicho asunto, el Pleno

de la Corporación acuerda por los votos en contra de los

Grupos Popular y Nacionalista (15 votos), la abstención de

los Socialistas (2 votos) y los votos a favor de Izquierda

Unida (2 votos), rechazar la moción.

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6.- RESOLUCIÓN ALEGACIÓN PRESENTADA A LA MODIFICACIÓN DE LA

ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE PROTECCIÓN Y TENENCIA DE ANIMALES

DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, del

dictamen de la Comisión Informativa Especial de Cuentas:

Hacienda, Aguas, Seguridad Ciudadana, Recursos Humanos y

Deportes, celebrada el día 23 de junio de 2016, y cuyo tenor

literal es el siguiente:

―2.- RESOLUCIÓN ALEGACIÓN PRESENTADA A LA MODIFICACIÓN DE LA

ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE PROTECCIÓN Y TENENCIA DE ANIMALES

DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE.

Se da cuenta por la Alcaldía, de la alegación presentada

por Don Felipe Ramos Pérez, en representación de Izquierda

Unida Canaria (IUC), el 17 de mayo de 2016, con Nº de Asiento

9.726 contra la aprobación inicial de la modificación de la

Ordenanza Municipal sobre Protección y Tenencia de Animales

del Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, en el

período de treinta días hábiles desde la publicación en el

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife

núm. 47, de fecha 18 de abril, por considerar que se debería

incluir una limitación del número máximo de animales que

pueden tenerse en domicilios particulares sin necesidad de

autorización.

Visto el informe emitido por el Técnico competente, cuyo

tenor literal es el siguiente:

―INFORME ALEGACIONES ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE PROTECCIÓN Y

TENENCIA DE ANIMALES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE

ARIDANE.

Visto el escrito presentado por Izquierda Unida Canarias

(IUC) de alegaciones a la Ordenanza Municipal sobre

Protección y Tenencia de Animales del Excmo. Ayuntamiento de

Los Llanos de Aridane, aprobada inicialmente por el

Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 31/03/2016,

acuerdo publicado en el B.O.P. de S/C de Tenerife núm. 47, de

18 de abril de 2016, la Técnico que suscribe,

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INFORMA:

I) La fundamentación jurídica de la Ordenanza, viene

determinada por el contenido de la Ley 8/1991, de

30 de abril, así como el Decreto 117/1995, de 11 de

mayo, de desarrollo de la anterior.

II) Las disposiciones anteriormente mencionadas no

establecen limitación alguna sobre el número de

animales de compañía que pueden tenerse en

domicilios particulares, por lo que no es

necesario, desde el punto de vista legal,

establecer un número máximo, siempre y cuando se

observen las medidas higiénico sanitarias y no se

causen molestias al vecindario, criterio que ha

primado a la hora de regulación de la tenencia de

animales, recogiéndose en el artículo 20 del

borrador de la Ordenanza las actuaciones a realizar

en caso de tales molestias o riesgos sanitarios.

Asimismo, hemos de tener en cuenta que se propone

la inclusión de un número determinado en domicilios

particulares, pudiendo referirse tanto a pisos

ubicados en edificios como a viviendas

unifamiliares sin vecindario en los alrededores.

III) A juicio de quien suscribe, donde la ley no

distingue, no se debe distinguir, y si ésta no

establece limitación, no debe hacerlo la Entidad

Local.

Por lo expuesto y a juicio de quien suscribe,

PROCEDE,

Proponer al Pleno de la Corporación la confirmación del texto

de Ordenanza municipal reguladora de la tenencia y protección

de animales de compañía, entendiendo que queda

suficientemente cubierta las condiciones de dicha tenencia,

disponiendo para su aprobación definitiva, la inserción del

texto íntegro que figura en el expediente de su razón, en el

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife,

conforme dispone el artículo 49 de la ley 7/1985, de 2 de

abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Los Llanos de Aridane, a 18 de mayo de 2014.- La Técnico,

Fdo. Mª Remedios Barreto Martín.

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El Concejal que propone la modificación manifiesta que

hay otros municipios en los que ya se recogen las

limitaciones. El Concejal Socialista, Don Mauricio Pérez

señala que se podrían revisar esas limitaciones por si fueren

aplicables al municipio.

El Concejal Delegado de Área, Don José María Rivera

señala que se optó por no incluir modificaciones por la

casuística tan amplia que podría darse en la materia, y por

lo tanto, no se estima oportuno desde el Grupo de Gobierno

aceptar la alegación.

No suscitándose más debate sobre dicho asunto, la

Comisión Informativa acuerda por los votos a favor del Grupo

Popular (4 votos), las abstenciones del Concejal Socialista y

Coalición Canaria (3 votos) y el voto en contra del Concejal

de Izquierda Unida (1 voto), elevar el siguiente dictamen al

Pleno de la Corporación:

Primero: Desestimar la alegación presentada por Don

Felipe Ramos Pérez, en representación de Izquierda Unida

Canaria, el 17 de mayo de 2016, con Nº de Asiento 9.726

contra la aprobación inicial de la modificación de la

Ordenanza Municipal sobre Protección y Tenencia de Animales

del Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane y confirmar

el texto de Ordenanza municipal reguladora de la tenencia y

protección de animales de compañía, entendiendo que queda

suficientemente cubierta las condiciones de dicha tenencia,

disponiendo para su aprobación definitiva, la inserción del

texto íntegro que figura en el expediente de su razón, en el

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife,

conforme dispone el artículo 49 de la ley 7/1985, de 2 de

abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.‖

No suscitándose debate sobre dicho asunto, el Pleno de

la Corporación acuerda por 17 votos a favor (grupos popular,

coalición canaria y socialista) y dos votos en contra

(izquierda unida), la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO: Desestimar la alegación presentada por Don

Felipe Ramos Pérez, en representación de Izquierda Unida

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Canaria, el 17 de mayo de 2016, con Nº de Asiento 9.726

contra la aprobación inicial de la modificación de la

Ordenanza Municipal sobre Protección y Tenencia de Animales

del Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane y confirmar

el texto de Ordenanza municipal reguladora de la tenencia y

protección de animales de compañía, entendiendo que queda

suficientemente cubierta las condiciones de dicha tenencia.

SEGUNDO: Aprobar la MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA

MUNICIPAL SOBRE PROTECCIÓN Y TENENCIA DE ANIMALES DEL EXCMO.

AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE, en los términos

expuestos, cuyo tenor literal es el siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE PROTECCIÓN Y TENENCIA DE ANIMALES

DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE.-

INDICE:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Artículo 1.- Objeto

Artículo 2.- Ámbito de aplicación

Artículo 3.- Disposiciones Generales

Artículo 4.- Definiciones

Artículo 5.- Obligaciones de las personas propietarias de los

animales

Artículo 6.- Prohibiciones

Artículo 7.- Incumplimientos

Artículo 8.- Censo e identificación

Artículo 9.- Extravío de los animales

Artículo 10.- Convenios con sociedades protectoras de

animales

Artículo 11.- Normas sanitarias y de prevención antirrábica

Artículo 12.- Tenencia y circulación de animales de compañía

Artículo 13.- Utilización de espacios públicos y

establecimientos abiertos al público

Artículo 14.- Deposiciones en la vía pública

Artículo 15.- Responsables de las infracciones

Artículo 16.- Dotación de espacios

Artículo 17.- Prohibición de alimentación en la vía pública

Artículo 18.- Obligación de información

Artículo 19.- Muerte de los animales

Artículo 20.- Molestias al vecindario

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Artículo 21.- Celebración de exposiciones, concursos,

exhibiciones y ferias

Artículo 22.- Asociaciones de protección y defensa de los

animales de compañía

Artículo 23.- Establecimientos de venta de animales de

compañía

Artículo 24.- Documentación a entregar por el establecimiento

en caso de venta de animales

Artículo 25.- Especies amenazadas o en peligro de extinción

Artículo 26.- Condiciones de venta

Artículo 27.- Centros para el fomento y cuidado de los

animales de compañía

Artículo 28.- Establecimientos ecuestres

Artículo 29.- Condiciones de los consultorios, clínicas y

hospitales veterinarios

Artículo 30.- Funcionamiento de los centros y

establecimientos veterinarios

Artículo 31.- De los animales silvestres y exóticos

Artículo 32.- Infracciones y Sanciones

Artículo 33.- Procedimiento sancionador

Artículo 34.- Prescripción

Artículo 35.- Normativa complementaria de aplicación

Disposición Adicional

Disposición Final

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La creciente preocupación de las sociedades desarrolladas por

la protección de los animales, sumada a la progresiva

tendencia de los habitantes de núcleos urbanos a poseer

animales y convivir con ellos en sus domicilios, genera la

necesidad de una cada vez mayor intervención de las distintas

administraciones públicas en el ámbi9to del control de la

cría y reproducción, comercio y traslado, así como en el

establecimiento de normas que regulen su tenencia en

condiciones higiénico-sanitarias y de trato adecuado, acordes

a los principios de respeto, defensa y protección, y sin

perjuicio de las consideraciones de seguridad y salud pública

de los ciudadanos.

Todos estos aspectos son los que hacen necesaria la

elaboración de una ordenanza que regule la tenencia y

protección de los animales de compañía, de acuerdo con la

normativa vigente.

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58

La presente ordenanza se dicta en virtud de las competencias

atribuidas a las Administraciones Locales por la Ley 7/1985,

de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y la

Ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 8/1991, de 30 de

abril, de Protección de los Animales.

Asimismo, se ha tenido en cuenta para su elaboración la

normativa vigente que, con carácter general o específico,

trata aspectos relacionados con las materias que se abordan,

especialmente las siguientes;

- Ley de Epizootias de 20 de diciembre de 1952 y su

reglamento de 4 de febrero de 1955.

- Decreto de 24 de abril de 1975 y Orden Ministerial de 28

de julio de 1980 sobre Autorización y Registro de

Núcleos Zoológicos.

- Decreto 117/1995, de 11 de mayo por el que se aprueba el

Reglamento de la Ley de Protección de los Animales de la

Comunidad Autónoma de Canarias.

- Normativas autonómicas y nacionales, así como acuerdos

internacionales suscritos por el Estado español, en lo

concerniente a la protección y el comercio de especies

amenazadas o en extinción de fauna y flora silvestre.

- Resolución del Parlamento Europeo sobre el bienestar y

el estatuto de los Animales de 21 de enero de 1994, la

Directiva 95/29/CE, por la que se modifica la Directiva

91/628/CEE, sobre protección de los animales durante el

transporte, la Declaración Universal de los Derechos de

los Animales aprobada por la UNESCO el 27 de octubre de

1978 y ratificada posteriormente por las Naciones

Unidas, que recoge los derechos fundamentales de los

animales.

Artículo 1. Objeto.

La presente ordenanza tiene por objeto fijar la normativa

que regula la tenencia, protección y control administrativo

de los animales de compañía, así como los dedicados a

cualquier actividad deportiva, recreativa o lúdica, que

habiten o transiten dentro del término municipal de Los

Llanos de Aridane.

Asimismo, se pretende armonizar la convivencia de estos

animales con las personas, aplicándose en el marco de la

normativa europea, estatal y autonómica de protección y

tenencia de animales.

Es también objeto de la presente ordenanza establecer el

régimen de infracciones y sanciones aplicables.

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59

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

El ámbito de aplicación de esta Ordenanza es el municipio

de Los Llanos de Aridane, con independencia de que los

animales estén o no censados o registrados en él, y sea

cual fuere el lugar de residencia de las personas

propietarias o poseedoras.

Artículo 3. Sujeción a licencia municipal.

Están sujetas a la obtención de Licencia Municipal y en el

caso de que les sea aplicable, en los términos que

determinan el Reglamento de Actividades Molestas, Nocivas y

Peligrosas, el Decreto 1117/1975 de 24 de abril, y la Orden

del Ministerio de Agricultura de 28 de julio de 1980, las

siguientes actividades:

- Centros de cría de animales de compañía.

- Guardería de los mismos.

- Comercios dedicados a su compra/venta.

- Establecimientos de acicalamiento en general.

- Consultorios, clínicas y hospitales veterinarios.

- Canódromos.

- Establecimientos para la práctica de la equitación.

- Cualesquiera otras actividades análogas o que

simultaneen el ejercicio de alguna de las anteriormente

señaladas.

Artículo 4. Definiciones.

a) Animal doméstico: es aquél que depende de la mano del hombre para su subsistencia.

b) Animal de compañía: es todo aquel animal doméstico

mantenido por el hombre, principalmente en su hogar, por

placer o compañía, sin que exista actividad lucrativa

alguna.

c) Animal abandonado: se considera aquél que no tenga dueño ni domicilio conocido, o no vaya acompañado de persona

alguna que pueda acreditar su propiedad.

d) Persona propietaria: quien así conste en el Registro

General de Identificación Animal de la Comunidad

Autónoma de Canarias o de otro registro de Comunidades

Autónomas.

e) Persona poseedora: aquélla persona que posea un animal circunstancialmente, sin ostentar el carácter de dueño o

dueña, sino a los solos efectos de cuidar al animal o

para su guardia y custodia.

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f) Núcleos zoológicos: - Zoozafaris

- Parques o jardines zoológicos

- Zoos de circos radicados en Canarias

- Reservas zoológicas

- Colecciones zoológicas privadas

- Granjas cinegéticas

- Otras agrupaciones zoológicas.

g) Centros para el fomento y cuidados de los animales de compañía:

- Centros de cría

- Residencias y refugios

- Escuelas de adiestramiento

- Centros de recogida de animales

- Perreras deportivas

- Centros de importación de animales

- Laboratorios y centros de experimentación de animales

- Establecimientos para atenciones sanitarias de animales

- Galleras

- Otros establecimientos para el mantenimiento temporal de

animales domésticos de especies no productivas.

h) Establecimientos para la venta de animales de compañía: tiendas de animales y otros establecimientos similares.

i) Vía pública: comprende tanto los elementos viales en

sentido estricto como las plazas, jardines y otros

espacios públicos de titularidad municipal.

j) Deyecciones: a los efectos de esta ordenanza se incluyen heces y orina.

k) Envoltorio hermético: el que se cierra de modo que no permite pasar el aire ni los fluidos.

l) Abandono: se entiende por tal la renuncia voluntaria sin beneficiario determinado de los deberes como titular del

animal. También cuando portando el animal la

identificación correspondiente, no haya sido denunciado

su extravío por su propietario o por persona autorizada

en el plazo establecido.

Artículo 5. Obligaciones de las personas propietarias de

los animales.

1. La persona propietaria o poseedora de un animal deberá mantenerlo en buenas condiciones higiénico-sanitarias,

procurándole instalaciones adecuadas para su objeto,

proporcionándole alimentación y bebida, prestándole

asistencia veterinaria, dándole la oportunidad de

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ejercicio físico, atendiéndole de acuerdo con sus

necesidades fisiológicas y etológicas en función de su

especie y raza, y manteniéndolos en condiciones de

seguridad adecuadas a fin de que no se produzca ninguna

situación de peligro o molestia para las personas y para

el propio animal.

2. En particular, se establecen las siguientes condiciones mínimas para el mantenimiento de los animales:

a) Proveerles de agua potable y alimentación suficiente y equilibrada para mantener unos buenos niveles de

nutrición y salud.

b) Disponer de espacio, ventilación, humedad, temperatura, luz y cobijo adecuados y necesarios para evitarles

sufrimientos, procurar su bienestar y satisfacer sus

necesidades vitales.

c) Mantener los alojamientos limpios, desinfectados y

desinsectados retirando periódicamente los excrementos.

d) No se podrá tener como alojamiento habitual o de

estabulación, los balcones, terrazas, azoteas, garajes,

pabellones, sótanos o cualquier otro local o terreno

urbano cuando se ocasionen molestias al vecindario o

transeúntes o sea inadecuado para los animales desde el

punto de vista higiénico-sanitario y de bienestar, o

cuando no pueda ejercerse sobre ellos una vigilancia

adecuada.

e) Los animales deberán disponer de un espacio mínimo

adecuado a sus condiciones etológicas, de conformidad

con la normativa vigente.

f) El transporte de animales en vehículos particulares se efectuará en un espacio suficiente, protegido de la

intemperie y de las condiciones climáticas extremas y de

forma que no se perturbe la acción de la persona

conductora, ni se comprometa la seguridad del tráfico o

suponga condiciones inadecuadas para los animales.

g) Los animales de la especie canina no podrán permanecer atados durante más de 8 horas consecutivas, debiendo

dispensar los titulares del animal un período de

ejercicio físico. Tampoco podrán quedarse solos en

locales y domicilios durante más de tres días.

h) La persona propietaria de un animal sujeto a censo y/o registro, o persona por ella autorizada, deberá

denunciar, en su caso, su pérdida o extravío.

Artículo 6. Prohibiciones.

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Queda prohibido:

a) Abandonar a los animales. b) Maltratar, causar daños, cometer actos de crueldad, o

cualquier otra práctica que les pueda crear sufrimiento

injustificado, incluyendo la dejación de ofrecerles la

atención adecuada.

c) Realizar venta o cualquier tipo de transacción económica fuera de los establecimientos legalmente autorizados.

d) Efectuarles mutilaciones, excepto las que se realicen

bajo intervención veterinaria en caso de necesidad o por

exigencia funcional o estética con el fin de darles la

presentación habitual de su raza.

e) La utilización de animales de compañía en espectáculos, peleas, fiestas populares y cualquier otra actividad que

pueda derivar en crueldad y malos tratos, excepto lo

contemplado en el artículo 5, apartado 2 de la Ley

8/1991, de 30 de abril, de Protección de los Animales.

f) El uso de animales en la vía pública o establecimientos públicos como elementos esenciales o complementarios de

reclamos publicitarios u otras actividades lucrativas,

así como hacer donación de los mismos como premio o

recompensa por otras adquisiciones de materia distinta a

la transacción onerosa de animales.

Artículo 7. Incumplimientos.

En los casos de incumplimiento grave o reiterado por parte

de los propietarios de las obligaciones o prohibiciones

establecidas en los artículos anteriores, la Autoridad

Municipal podrá proceder al traslado de los animales a un

centro adecuado con cargo a aquéllos, incluida la

manutención, o adoptar las medidas adicionales que se

consideren necesarias, incluyendo la eutanasia, sin

indemnización. Todo ello sin perjuicio de la aplicación de

lo establecido en el capítulo de infracciones y sanciones.

Artículo 8. Censo e identificación.

1. Los propietarios de perros están obligados a

inscribirlos en el Censo de Animales de Compañía

del Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane,

al cumplir el animal los tres meses de edad, o en

el plazo de un mes contado a partir de la fecha de

su adquisición.

El Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane

podrá gestionar la actualización o mantenimiento del

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Censo de Animales de compañía con entidades

colaboradoras.

La inscripción censal podrá ser realizada por el

veterinario del animal, documentando debidamente los

datos censales establecidos por el Gobierno de

Canarias.

El titular del animal será siempre una persona con la

mayoría de edad cumplida.

2. Todos los perros, de manera obligatoria, estarán

identificados de forma permanente, mediante

cualquiera de los siguientes métodos:

- Implante electrónico homologado (microchip)

- Tatuaje en la piel por dermógrafo y bajo anestesia

Ambos sistemas de identificación serán realizados

exclusivamente por un veterinario colegiado en ejercicio

legal.

Los gastos que conlleve la identificación serán a cargo del

propietario.

Podrán censarse e identificarse de forma voluntaria el

resto de animales de compañía, considerando también como

obligatoria la identificación, por los métodos anteriores,

de los gatos que de forma habitual transiten fuera de su

domicilio.

3. Las bajas por muerte de los animales serán

comunicadas por los propietarios, a la oficina del

Censo de Animales de Compañía del Excmo.

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane o a su

veterinario, en el plazo máximo de un mes, a contar

desde la fecha en que se produjera, acompañando a

tal efecto la cartilla sanitaria de vacunación y

declaración jurada.

4. Las bajas por desaparición o robo de los animales serán comunicadas por su propietario a la oficina

del Censo de Animales de Compañía del Excmo.

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane o a su

veterinario habitual en el plazo máximo de diez

días, a contar desde la fecha en que se produjese,

acompañando a tal efecto la cartilla sanitaria de

vacunación y copia de la denuncia si la hubiera.

5. Los cambios de domicilio o propietario serán

notificados a la Oficina del Censo de Animales de

Compañía del Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de

Aridane o a su veterinario habitual en el plazo

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máximo de un mes, a contar desde la fecha del

cambio.

6. Cualquier modificación de datos notificada a través del veterinario habitual obligará a éste a

comunicarlo al Ayuntamiento en el plazo de una

semana.

7. Los animales no censados, o no identificados según lo anterior, podrán ser intervenidos por el

servicio municipal correspondiente.

Artículo 9. Extravío de los animales.

1. Los animales extraviados serán recogidos por el Servicio Municipal de Recogida de Animales y retenidos, en las

instalaciones que determine el Ayuntamiento para tal

fin, durante al menos diez días, para tratar de

localizar a su dueño.

2. si el animal está censado y el propietario es

localizado, éste tendrá diez días de plazo máximo, a

partir de su aviso, para proceder a su recuperación,

previo abono de los gastos de recogida y alojamiento,

sin menoscabo del cumplimiento de lo establecido en el

punto 2 del artículo 8.

3. En caso de no localización del propietario o de no

realizar éste su recogida en los períodos establecidos,

el animal se considerará abandonado y el Ayuntamiento

procederá a su apropiación, cesión a un tercero o

sacrificio humanitario bajo control veterinario, dentro

del plazo legalmente establecido.

4. Cuando las condiciones sanitarias o de peligrosidad del animal lo aconsejen, a juicio de los Servicios

Municipales, se reducirán los plazos mínimos a 24 horas.

Artículo 10. Convenios con sociedades protectoras.

El Ayuntamiento podrá convenir con sociedades protectoras

legalmente constituídas y registradas en el Registro de

Asociaciones para la Defensa y Protección de Animales de

Compañía de Canarias, los servicios de recogida de animales y

de alojamiento, si garantizan capacidad suficiente en las

debidas condiciones higiénico-sanitarias, dirección técnica

por un veterinario y atención por personal capacitado y

formado sobre el derecho de los animales a ser bien tratados,

respetados y protegidos.

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Artículo 11. Normas sanitarias y de prevención antirrábica.

1. Los propietarios o poseedores de animales de compañía

se responsabilizarán del cumplimiento del calendario de

vacunaciones obligatorias, así como de desparasitar al

animal periódicamente y de someterlo a observación

veterinaria cuando manifieste signos de enfermedad o

sufrimiento.

2. Todos los perros serán vacunados contra la rabia al

cumplir los tres meses de edad. Las revacunaciones se

realizarán de acuerdo con las normas establecidas por

los órganos competentes del Gobierno de Canarias

referentes a Campaña Antirrábica.

3. La vacunación antirrábica de los gatos tendrá un

carácter voluntario, siempre y cuando las condiciones

epizoóticas no requieran su obligatoriedad. Esta medida

será determinada por los órganos competentes del

Gobierno de Canarias.

4. Los animales de compañía que hayan producido lesiones a

personas serán retenidos y sometidos a vigilancia

sanitaria por los Servicios Veterinarios Municipales,

en las instalaciones que el Ayuntamiento determine a

tal fin, durante catorce días con el fin de posibilitar

la determinación médica del tratamiento ulterior de las

personas afectadas.

5. Siempre que las circunstancias epizoóticas lo permitan,

que el animal esté censado y tenga la cartilla de

vacunación antirrábica en regla, el propietario podrá

optar, bajo su propia responsabilidad, a realizar

período de vigilancia en su domicilio, por parte de un

veterinario colegiado, quien comunicará a los Servicios

Municipales, mediante certificado oficial veterinario,

el inicio y resultado de éste.

6. Los propietarios de animales causantes de lesiones

están obligados a facilitar sus datos personales y los

correspondientes al animal agresor, tanto a la persona

agredida, o a sus representantes legales, como a las

Autoridades Sanitarias que lo soliciten, al objeto de

facilitar el control sanitario del mismo.

7. Asimismo, las personas agredidas darán cuenta

inmediatamente de ello en el centro sanitario donde

sean atendidas, desde donde será notificado a la

concejalía competente en materia de Salud pública del

Ayuntamiento para su puesta en observación, sin

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perjuicio de otras denuncias que se formulen ante las

Autoridades.

Artículo 12. Tenencia y circulación de animales de compañía.

1. Los perros que circulen por las vías y espacios libres públicos o privados de concurrencia pública irán sujetos

por correa o cadena con collar. La persona que conduzca

al perro deberá ser capaz de ejercer un control efectivo

sobre el mismo. Será obligatorio el uso de bozal en

todos aquellos animales cuya previsible agresividad lo

requiera, dada su naturaleza y carácter, y en todo caso

cuando hayan agredido a personas en alguna ocasión.

2. No podrán trasladarse animales en los medios de

transporte colectivo en los lugares destinados a los

pasajeros.

3. Los animales de compañía podrán viajar en los taxis si el conductor del mismo lo permite, siempre y cuando se

cumplan las condiciones de higiene y seguridad.

4. Quedan excluidos a estos efectos los perros guías para deficientes visuales, siempre que vayan acompañados de

sus propietarios o poseedores y cumplan con las normas

establecidas en la Orden de 18 de junio de 1985, de

Presidencia del Gobierno, para este tipo de perros.

5. El transporte de animales en vehículos particulares se efectuará de forma que no pueda ser perturbada la acción

del conductor, ni se comprometa la seguridad viaria.

6. La permanencia de animales de compañía en vehículos

estacionados nunca excederá de un tiempo prudencial,

adoptándose siempre las medidas pertinentes para que la

aireación y la temperatura sean adecuadas.

Artículo 13. Utilización de espacios públicos y

establecimientos abiertos al público.

1. Queda expresamente prohibida la entrada y permanencia de animales en locales destinados a la fabricación, venta,

almacenamiento, transporte o manipulación de alimentos o

productos relacionados con la salud humana.

2. Los propietarios de los establecimientos públicos no

incluidos en el apartado anterior podrán limitar, a su

criterio, la entrada y permanencia de animales

domésticos en éstos, señalizándolo visiblemente en caso

de prohibición. En el caso de permitir el acceso de

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animales, éstos deberán cumplir las normas de censado e

identificación y las condiciones de higiene y seguridad.

3. En cuanto a las playas, la circulación o permanencia de los animales domésticos, se atendrá a lo expresamente

estipulado por la concejalía competente.

4. A los efectos de este artículo, será de aplicación lo expresado en el punto 3 del artículo 12, referente a

perros guía.

Artículo 14. Deposiciones en la vía pública.

1. En los espacios públicos están prohibidas las siguientes conductas:

a) Asear animales b) Dejar los restos resultantes del aseo de los animales. c) Permitir a los animales orinar en la acera sin adoptar

las medidas higiénicas y de limpieza adecuadas.

d) Permitir a los animales orinar contra la fachada de

inmuebles, así como de mobiliario urbano y vehículos.

e) Dejar las deyecciones de los animales. 2. Si es inevitable que el animal ejecute sus deyecciones

en los espacios públicos, la persona que lo conduce lo

llevará a la calzada, junto al bordillo y lo más próximo

a los sumideros del alcantarillado.

3. La persona que conduzca al animal llevará siempre

envoltorios de cierre hermético para las heces y líquido

para aclarar la orina.

4. Los residuos orgánicos se depositarán en papeleras y en los contenedores de residuos domésticos, envueltos

herméticamente.

Artículo 15. Responsables de las infracciones.

Del incumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, y

a los efectos de las sanciones establecidas en la presente

ordenanza, será responsable la persona que conduzca el

animal, y subsidiariamente, el propietario del mismo.

El personal municipal destinado a la función de inspección

llevará la credencial que le identifique para el ejercicio de

la función inspectora.

Los inspectores quedan facultados para pedir a los poseedores

y propietarios de animales que se identifiquen en caso de

estimar que han cometido alguna de las infracciones antes

tipificadas. Si el ciudadano requerido se niega a

identificarse, el inspector solicitará el apoyo de los

agentes del orden público para lograr la identificación, sin

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perjuicio de la facultad de retirar el animal objeto de la

consulta.

El Servicio de Inspección formulará las denuncias

correspondientes cuando estime que se ha cometido cualquiera

de las infracciones antes tipificadas.

Artículo 16. Dotación de espacios.

El Ayuntamiento, conforme a sus posibilidades presupuestarias

y las necesidades, dotará a la ciudad de zonas específicas y

señalizadas, estratégicamente distribuidas, para el uso y

disfrute por los animales de compañía.

Artículo 17. Prohibición de alimentación en la vía pública.

Se prohíbe la alimentación en la vía pública de animales que

puedan constituirse en plagas, jaurías o gaterías, evitándose

la reproducción incontrolada y los problemas de salud pública

que puedan derivar de ello. Ello salvo la dispensación

automática que a efectos de alimentar a los animales disponga

el Ayuntamiento sin menoscabo de la higiene pública.

Artículo 18. Obligación de información.

Los propietarios o poseedores de perros deberán facilitar a

las autoridades competentes o a sus agentes cuantos datos o

información sean requeridos y colaborar en los procedimientos

de comprobación de datos identificativos y censales que les

puedan ser solicitados.

Artículo 19. Muerte de los animales.

Cuando se produzca la muerte de un animal doméstico se

realizará la eliminación higiénica del cadáver mediante

enterramiento, incineración en establecimiento autorizado, o

bien el propietario podrá solicitar la retirada del mismo por

el Servicio Municipal de Recogida que existiera a tal efecto.

Queda expresamente prohibido abandonar los cadáveres de

animales de compañía o depositarlos en contenedores de

basura.

Artículo 20. Molestias al vecindario.

En caso de animales de compañía que manifestaran signos de

comportamiento agresivo y peligroso para las personas u otros

animales, que perturben de forma reiterada la tranquilidad y

descanso de los vecinos, o supongan riesgo sanitario para la

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salud humana, podrán ser confiscados previo informe de los

Servicios Municipales correspondientes.

Artículo 21. Celebración de exposiciones, concursos,

exhibiciones y ferias.

1. Se considerarán incluidas en este artículo

aquellas actividades, permanentes o temporales,

ejercitadas tanto en recintos cerrados como

espacios abiertos, cuyo objeto sea la

participación de animales en exposiciones,

muestras, exhibiciones, concursos morfológicos o

funcionales, subastas y ferias.

2. Para la celebración de las actividades

contempladas en el artículo anterior, será

preceptiva la previa autorización del órgano

competente del Gobierno de Canarias en materia de

Sanidad Animal. La solicitud para dicha

autorización se presentará con una antelación

mínima de un mes a la fecha prevista para su

celebración, debiendo ir acompañada de una memoria

que comprenda los aspectos detallados en el

artículo 48 del Decreto 117/1995, que desarrolla

la Ley 8/1991, de Protección de los Animales.

3. Con independencia de lo establecido en el apartado anterior, y sin perjuicio de los permisos o

licencias de ocupación, en el supuesto de que las

actividades contempladas anteriormente se realicen

en vías o espacios libres municipales, los

organizadores deberán ponerlo en conocimiento de

la Autoridad Municipal con un plazo mínimo de 15

días de antelación, con detalle del lugar, objeto

o finalidad, fechas y horarios, así como asegurar

el conocimiento y cumplimiento de lo dispuesto en

este artículo.

4. La celebración de estas actividades deberá reunir las siguientes condiciones:

a) Se dispondrá de un servicio asistencial sanitario a cargo de un facultativo veterinario colegiado, que

se hará responsable del cumplimiento del programa

de medidas sanitarias presentado y contará con los

medios mínimos necesarios para una asistencia

primaria.

b) Las entidades organizadoras dispondrán los

servicios de limpieza para el mantenimiento

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higiénico de las instalaciones y espacios ocupados

durante el desarrollo de la actividad, siendo

responsables directos del estado en que queden al

finalizar ésta.

c) Para la concurrencia de las actividades objeto de regulación por el presente artículo, los

propietarios o poseedores de los animales

participantes deberán estar en disposición de

acreditar el cumplimiento de las normas sanitarias

y legales exigidas para cada especie.

d) En el caso específico de perros, deberán también acreditar el estar identificados e incluidos en el

Registro Censal del Ayuntamiento donde tengan

establecido su domicilio o establecimiento.

e) La entidad organizadora asumirá por escrito las

responsabilidades dimanantes del artículo 1.905 del

Código civil para con las personas asistentes, el

personal participante y los bienes que se expongan.

Este requisito podrá ser asumido igualmente por

medio de la contratación de una póliza con una

entidad aseguradora que cubra la totalidad de

dichas responsabilidades.

5. Cuando se trate de participación o concurrencia de

animales en romerías, cabalgatas, desfiles o similares,

la entidad organizadora presentará, ante el órgano

competente del Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de

Aridane en materia de Sanidad Animal, la solicitud de

autorización, en la que ha de incluirse una previsión de

participación de animales, indicando especie y cantidad,

con una antelación mínima de un mes a la fecha prevista

de celebración.

6. En todo caso, los propietarios o poseedores de los

animales participantes deberán estar en disposición de

acreditar que proceden de explotaciones Ganaderas de

Canarias, así como que los animales están dados de alta

en el correspondiente libro de explotación y no están

sujetos a limitaciones o restricciones al movimiento por

razones de sanidad animal. Cuando dichos animales

procederán de fuera del municipio, deberán estar

amparados en documento sanitario oficial para el

traslado de animales.

7. Los circos con animales que deseen desarrollan su

actividad en el término municipal deberán obtener el

permiso del órgano competente del Ayuntamiento y estar

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en posesión de la autorización del Ssrvicio de Sanidad

Animal del Gobierno de Canarias.

Artículo 22. Asociaciones de protección y defensa de los

animales de compañía.

1. El Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane sólo

reconocerá como entidades colaboradoras a aquellas

sociedades de protección y defensa de los animales

registradas en la Consejería de Presidencia y Turismo

del Gobierno de Canarias, cumpliendo para ello los

requisitos especificados en el artículo 21 del capítulo

I del Título III del Decreto 117/1995, que aprueba el

Reglamento de la Ley 8/1991.

2. En caso de que las asociaciones de protección y defensa de los animales dispongan de locales destinados al

depósito de animales, los Servicios Veterinarios

Municipales serán los encargados de supervisar y

controlar las condiciones técnico-sanitarias de los

mismos. Dichas asociaciones deberán disponer de un

servicio veterinario propio para el control higiénico-

sanitario de los animales albergados.

Artículo 23. Establecimientos de venta de animales de

compañía.

1. Se incluyen en este capítulo los establecimientos que realicen como actividad la compraventa de animales de

compañía, pudiendo simultanearla con la comercialización

de complementos y productos para su acicalamiento y

alimentación.

2. Este tipo de establecimientos deberán cumplir, sin

perjuicio de las demás disposiciones legales que les

sean de aplicación, las siguientes normas:

a) Estar inscritas en la Sección Quinta del Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias.

b) Estar en posesión de la Licencia Municipal de

Apertura.

c) Dispondrán de las condiciones de insonorización e higiénico-sanitarias adecuadas, en función de las

necesidades de las especies de los animales que

alberguen.

d) Contarán con medios para la limpieza y desinfección de locales, materiales y utensilios que puedan

estar en contacto con los animales, sin que ello

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les suponga peligro alguno. Se deberán efectuar

desinsectaciones y desratizaciones de las

instalaciones al menos semestralmente y siempre que

sea necesario.

e) Tendrán instalaciones adecuadas para el alojamiento y contención de los animales, de manera que en

ningún momento se puedan producir agresiones entre

los mismos, y quede asegurado que no se escapen.

f) Dispondrán de un libro registro donde consten la fecha de entrada y salida del animal, y como

mínimo, especie, raza, edad y sexo del mismo, así

como los datos de identificación y documentos

justificativos de su procedencia.

3. Los animales objeto de venta deberán estar en perfecto estado de salud, no presentando ningún síntoma de

enfermedad infecciosa o parasitaria.

Artículo 24. Documentación a entregar por el establecimiento

en caso de venta de animales.

El vendedor deberá entregar al comprador un documento en el

que conste:

1. Especie claramente descrita, con su nombre común y

científico, sexo, raza, número de ejemplares y marcas o

señales de identificación de los mismos.

2. Autocertificación del vendedor que acredite que los

animales no presentan ningún síntoma aparente de

enfermedad y que la explotación no está sometida a

medidas de restricción de policía sanitaria.

3. Compromiso asumido de forma clara y explícita por el

vendedor de resolver la compraventa cuando se aprecien

defectos o vicios que den lugar a la evicción o al

saneamiento, en el supuesto de que el animal, en el

plazo de quince días siguientes al de su entrega al

comprador, muestre evidencia clínica de padecer algún

defecto o enfermedad cuyo inicio o período de incubación

hubiera sido anterior a aquella fecha, según se acredite

mediante certificado oficial suscrito por un facultativo

veterinario.

4. En el caso de perros y gatos se entregará siempre: a) Certificado oficial veterinario acreditativo de estar

desparasitados, libres de enfermedad y correctamente

vacunados, acompañándose de la correspondiente

cartilla donde consten dichas vacunaciones.

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b) Compromiso formal de entrega, en su caso, del

documento de inscripción del animal en el Libro de

Orígenes de la Raza y el Pedigrí.

c) El texto de este artículo estará expuesto a la vista

del público en lugar preferente y con tipología de

fácil lectura.

Artículo 25. Especies amenazadas o en peligro de extinción.

1. En caso de que la especie animal a vender se encuentre

incluida en alguno de los listados de los apéndices I, II o

III del Convenio sobre el Comercio Internacional de

Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Tratado de

Washington, (CITES), el vendedor deberá aportar al

comprador en el momento de venta fotocopia del certificado

CITES de la partida original a la que pertenecía el

ejemplar.

2. No podrán ser objeto de comercialización especies que

puedan suponer un daño para los ecosistemas de Canarias. En

todo caso, solo se comercializarán especies incluidas en

los listados presentados y aprobados para esa actividad por

la Viceconsejería de Medioambiente.

3. El vendedor deberá conocer las características

principales, hábitos alimenticios y de manejo de los

animales que venda, y tendrá que ponerlos en

conocimiento del comprador de manera que se asegure de

que el animal objeto de venta va a recibir un trato

acorde con sus necesidades.

4. En cumplimiento del Decreto 2.402/1985, de 18 de

diciembre, por el que se regula el deber de expedir y

entregar factura que incumbe a empresarios y

profesionales, el vendedor deberá expedir y entregar

factura por la operación realizada.

Artículo 26. Condiciones de venta.

Todos los establecimientos de compraventa de animales de

compañía deberán tener suscritas mediante contrato las

prestaciones de asesoramiento de un profesional veterinario

autorizado, a fin de establecer las pautas higiénico-

sanitarias, velar por su cumplimiento y supervisar el estado

sanitario de los animales desde su adquisición hasta su

venta. La existencia de éste no eximirá al vendedor de su

responsabilidad ante enfermedades en incubación no detectadas

en el momento de la venta.

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No se permitirá la actividad de compraventa de animales fuera

de establecimientos autorizados, ni en las vías y espacios

públicos o privados de concurrencia pública.

Artículo 27. Centros para fomento y cuidado de los animales

de compañía.

1. Lo contenido en este capítulo se aplicará en los

siguientes establecimientos: guarderías, canódromos,

criaderos, escuelas de adiestramiento, establecimientos

hípicos, centros de acicalamiento y, en general, en

todo establecimiento donde los animales de compañía

permanezcan durante espacios de tiempo prolongado.

2. Se considerarán criaderos de animales de compañía los

establecimientos que alberguen al menos cinco hembras

de la misma especie y cuya finalidad sea la

reproducción y ulterior comercialización de las crías.

3. Se consideran guarderías, a efectos de esta ordenanza,

establecimientos que presten, con carácter primordial,

el servicio de recepción, alojamiento, manutención y

cuidado de animales de compañía, por período de tiempo

determinado y por cuenta y a cargo de sus propietarios

o poseedores. De todos estos animales, deberá tenerse

la cartilla oficial de vacunación, así como la

documentación acreditativa de estar debidamente

identificados, según la normativa vigente.

4. Se consideran centros para el acicalamiento, a efectos

de esta ordenanza, aquellos establecimientos en los que

se lleven a cabo las siguientes prácticas con animales

domésticos: baño, corte de pelo, cepillado, peinado y

cualquier otra acción con fines higiénicos o estéticos.

5. Queda totalmente prohibida la administración de

medicamentos en estos establecimientos, en especial de

productos de acción calmante, en caso de que no estén

prescritos y bajo la atenta supervisión por un

facultativo veterinario.

6. El manejo con los animales será siempre el adecuado,

sin someterlos nunca a malos tratos o prácticas que les

supongan un sufrimiento innecesario, cumpliendo en todo

momento con lo establecido en la Ley 8/1991 de

Protección de los Animales y en el Decreto 117/1995 que

la desarrolla.

7. Los centros regulados en este artículo reunirán las

siguientes condiciones:

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a) Contarán con instalaciones y equipos que faciliten y

proporcionen un ambiente higiénico y las necesarias

acciones zoosanitarias.

b) Tendrán facilidad para la eliminación de excretas y

aguas residuales de manera que no comporten peligro para

la salud pública, ni ninguna clase de molestias.

c) Estarán provistos de locales o jaulas para aislamiento, secuestro y observación de animales enfermos o

sospechosos de enfermedad, y que se puedan desinfectar

fácilmente.

d) Contarán con medios para la limpieza y desinfección de locales, materiales y utensilios que puedan estar en

contacto con los animales, sin que ello les suponga

peligro alguno. Se deberán efectuar desinsectaciones y

desratizaciones de las instalaciones periódicamente y

siempre que sea necesario.

e) Tendrán instalaciones adecuadas para el alojamiento y

contención de los animales, de manera que en ningún

momento se puedan producir agresiones entre los mismos,

y quede asegurado que no se escapen.

f) Dispondrán de servicio veterinario responsable del

asesoramiento técnico-sanitario.

g) Deberán tener registros de entrada de animales en el que se detallarán la especie, raza, sexo, edad, y, en su

caso, identificación censal.

h) Los centros de acicalamiento quedan exceptuados del

cumplimiento de los apartados c), f) y g).

Artículo 28. Establecimientos ecuestres.

Los picaderos, cuadras deportivas o de alquiler y otros

establecimientos ecuestres deberán cumplir en todo momento

con las medidas de sanidad, de bienestar de los animales,

medioambientales y de seguridad de las personas.

Todos estos establecimientos tendrán que estar dados de alta

en la Sección Quinta del Registro de Explotaciones Ganaderas

de Canarias, y contarán con la debida licencia municipal,

según la legislación vigente.

Artículo 29. Condiciones de los consultorios, clínicas y

hospitales veterinarios.

1. Los establecimientos dedicados a consultas, y

aplicaciones de tratamientos sanitarios a pequeños animales

con carácter ambulatorio, se clasificarán en:

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- Consultorio Veterinario: Conjunto de dependencias que

comprenden, como mínimo, una sala de recepción y una

sala para consulta y pequeñas intervenciones de cura y

cirugía.

- Clínica Veterinaria: Es el conjunto de locales que

constan, como mínimo, de una salad de espera, una sala

de consulta, una sala reservada para intervenciones

quirúrgicas, instalación radiológica, laboratorio y

posibilidades de reanimación.

- Hospital Veterinario: Además de las condiciones

requeridas para la Clínica Veterinaria, cuenta con sala

de hospitalización con vigilancia y atención continuada

durante las 24 horas del día.

2. En los casos de clínicas u hospitales, contarán con la debida acreditación, según las Normas del Consejo de

Seguridad Nuclear (CSN), en lo referente a instalaciones

radiológicas, a saber, la acreditación del personal que

manipule estos equipos, la homologación de éstos y su

instalación, así como la contratación del seguro

pertinente, con el fin de cumplir con las normas de

protección radiológicas.

3. Estos establecimientos podrán ubicarse en edificios

aislados o en locales con acceso directo a la vía

pública, quedando prohibido el ejercicio de esta

actividad en pisos de edificios dedicados a viviendas o

en cualquier otra ubicación cuya entrada sea común. Los

hospitales contarán con un emplazamiento separado de

toda vivienda, en edificio dedicado a tal efecto y

acondicionado a los fines a que se destine.

4. Los equipamientos e instalaciones cumplirán las normas sectoriales que los regulan, y además:

- Los suelos serán impermeables, resistentes y lavables.

- Los paramentos verticales del quirófano, laboratorio,

sala de curas, zonas de hospitalización y aseos serán de

color claro, liso no absorbente y de fácil limpieza y

desinfección, siendo en el resto y los techos de

materiales que permitan su conservación, limpieza y

desinfección.

- Dispondrán de agua fría y caliente.

- Adopción de medidas correctoras para impedir la

contaminación sonora ambiental, así como la

contaminación producida por rayos X, o cualesquiera

otros procedentes de aparatos de electro-medicina.

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- Equipamientos de sistemas de desodorización,

desinfección y desinsectación.

- La eliminación de residuos orgánicos, material de cura y

desechos patológicos se efectuará en recipientes

cerrados y estancos, y en cualquier caso serán

eliminados de conformidad con lo establecido en la

ordenanza municipal de limpieza.

- Disposición de salas de espera de la amplitud suficiente

para impedir la permanencia de los propietarios o

poseedores de los animales y de estos mismos en la vía

pública o elementos comunes de fincas o inmuebles.

- En caso de efectuarse actividades de peluquería, éstas

requerirán una sala aparte.

Artículo 30. Funcionamiento de los centros y establecimientos

veterinarios.

1. La apertura y funcionamiento de una clínica, consulta u hospital veterinario requerirá necesariamente que la

dirección técnica la desempeñe un profesional

veterinario colegiado y que todas las actividades

veterinarias que se desarrollen en el establecimiento

sean realizadas por colegiados veterinarios. Las

clínicas, consultorios y hospitales autorizados

llevarán un archivo con la ficha clínica de los

animales objeto de vacunación o tratamiento sanitario

obligatorio, donde constará su número de

identificación.

2. Se prohíbe tener ocasional, accesoria o periódicamente consultas veterinarias en establecimientos no

expresamente autorizados para tal fin según lo

preceptuado en el artículo anterior.

3. Para la concesión de la Licencia Municipal de

Apertura, las clínicas, consultorios y hospitales

tendrán que estar dados de alta en la Sección Quinta

del Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias,

así como incluidas en el registro que para este fin

dispone el Colegio Oficial de Veterinarios de

Tenerife.

Artículo 31. De los animales silvestres y exóticos.

1. Queda prohibido dar muerte o causar daño a las

especies de fauna protegida. La captura de ejemplares

queda regulada por la normativa específica en

materia de protección y conservación del

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medioambiente establecida por la consejería competente

del Gobierno de Canarias.

2. Queda prohibida la posesión, exhibición, compraventa, cesión, donación o cualquier otra forma de transmisión

de animales, sus partes o derivados cuyas especies

estén incluidas en cualquiera de los anexos de las

Reglamentaciones Comunitarias, que desarrollan el

Convenio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna

y Flora Silvestres (CITES), sin los correspondientes

permisos de importación y cuantos otros sean

necesarios.

3. La tenencia de animales exóticos y peligrosos, así

considerados por su potencial comportamiento agresivo

o por pertenecer a especies cuya tenencia en

cautividad no es común, queda condicionada a la

autorización por parte del Ayuntamiento de Los Llanos

de Aridane, ante el que se debe acreditar: disponer de

capacidad de alojamiento y medios suficientes que

aseguren su bienestar, imposibilidad de fuga y la

seguridad de personas, otros animales y bienes.

4. Queda prohibida la circulación y tenencia de este tipo de animales en vías y espacios de dominio público. Su

transporte queda condicionado a la obtención del

pertinente permiso municipal.

Artículo 32. Infracciones y Sanciones.

El Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, será competente

para la instrucción de los expedientes sancionadores e

imposición de sanciones, en los términos establecidos en los

artículos 67, 69 y 71 del Decreto 117/1995 del Gobierno de

Canarias, en lo referente a infracciones tipificadas en la

Ley 8/1991 y demás disposiciones que resulten de aplicación.

A) Infracciones: Se considerarán infracciones las acciones y

omisiones tipificadas en esta ordenanza y que

vulneren sus prescripciones o las normas de general

aplicación, cuya comisión estará sujeta a sanción

administrativa, sin perjuicio de cualesquiera otras

medidas que pudieran imponerse.

Las infracciones se tipificarán como muy graves,

graves y leves, según el grado de vulneración de

las normas de aplicación, la trascendencia social y

sanitaria, el perjuicio causado, el ánimo de lucro

y la cuantía del beneficio obtenido en la comisión

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de la infracción, así como la reiteración o

reincidencia:

a) Serán infracciones leves:

1. El incumplimiento de la obligatoriedad de

censar e identificar a los animales, en los

casos establecidos en la presente ordenanza.

2. La donación de animales de compañía como

reclamo publicitario o recompensa por otras

adquisiciones distintas a la transacción

onerosa de éstos.

3. La vulneración de las normas establecidas para

el transporte y permanencia de animales en

vehículos.

4. La venta de animales sin facilitar la

documentación exigida.

5. La tenencia de animales en solares abandonados

o en cualquier otra ubicación que genere

molestias, o donde no pueda ejercerse sobre

ellos la adecuada vigilancia y cuidado.

6. La no tenencia, o tenencia incompleta, de un

archivo con las fichas clínicas de los animales

objeto de vacunación o tratamiento sanitario

obligatorio.

7. Circular por las vías públicas sin ir sujetos

por correa o cadena y collar y, len caso de

previsible agresividad, bozal.

8. Las simples irregularidades en la observancia

de esta ordenanza que no tengan trascendencia

directa para la higiene, la seguridad

ciudadana, el bienestar de los animales y no

estén tipificadas como graves o muy graves.

b) Serán infracciones graves: 1. La reiteración de dos o más faltas leves en el

plazo de seis meses.

2. El incumplimiento de los tratamientos preventivos que, con carácter periódico u ocasional, sean

establecidos como obligatorios por las

Autoridades Sanitarias, y en especial la

vacunación antirrábica.

3. La negativa o resistencia a permitir la

identificación o facilitar la información

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requerida por las autoridades competentes o sus

agentes, así como el suministro de información, y

documentación inexacta o falsa.

4. El incumplimiento de la obligación de la puesta en vigilancia sanitaria de los animales agresores

a personas, en los plazos indicados en esta

ordenanza.

5. Aquellas situaciones en las que, por incitación o negligencia de los propietarios o poseedores de

animales, éstos den lugar a lesiones en personas,

animales o bienes públicos o privados.

6. La venta de animales de compañía en forma no

autorizada, así como el incumplimiento, por parte

de los establecimientos de fomento, cuidado o

venta de animales de compañía, de las condiciones

higiénico-sanitarias, de registro y autorización.

7. La desatención, tanto alimenticia como higiénico-sanitaria, de animales sin control veterinario, o

en contra de lo establecido en el punto d) del

artículo 6 de esta ordenanza.

8. La esterilización, la práctica de mutilaciones o el sacrificio de animales sin control

veterinario, o en contra de lo establecido en el

punto d) del artículo 6 de esta ordenanza.

9. Suministrar a los animales alimentos que puedan producirles sufrimientos o daños innecesarios,

así como sustancias calmantes y otras drogas para

conseguir su docilidad o fines contrarios a su

comportamiento natural.

10. La filmación de escenas con animales que

muestren crueldad, maltrato o sufrimiento, sin

comunicación previa al organismo competente de la

Comunidad Autónoma.

11. El incumplimiento de las disposiciones del

artículo 16.

c) Serán infracciones muy graves: 1. La reiteración de dos o más faltas graves en el

plazo de seis meses.

2. La organización, celebración y fomento de

actividades prohibidas expresamente en la Ley

8/1991, de Protección de los Animales y en esta

ordenanza, que conlleven maltrato, crueldad o

sufrimiento de los animales.

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3. La utilización de animales en aquellos

espectáculos, fiestas populares o privadas, así

como otras actividades que sean contrarias a lo

dispuesto en la Ley 8/1991 de Protección de los

Animales y en esta Ordenanza.

4. Los malos tratos, agresiones físicas, así como los actos que supongan crueldad o sufrimiento

para los animales.

5. El abandono de animales. 6. La venta o cesión de animales a laboratorios,

clínicas o centros de experimentación sin el

cumplimiento de las garantías previstas por la

Ley 8/1991 de Protección de los Animales y esta

ordenanza.

7. El incumplimiento por parte de los

establecimientos de venta de animales, de las

obligaciones sanitarias que pesan sobre ellos,

de acuerdo con la legislación vigente y esta

ordenanza.

8. El mantenimiento y ocultación a la Autoridad

Sanitaria de animales con enfermedades

consideradas zoonosis y de especial

trascendencia para la salud de la población.

B) Sanciones. 1. Los límites de las sanciones serán los

siguientes:

a) Serán sancionados con multas de 30,60 a 150,25 €

los responsables de infracciones leves.

b) Serán sancionados con multas de 150,26 a 1.500 €

los responsables de las sanciones graves.

c) Serán sancionados con multas de 1.500,01 a 3.000

€ los responsables de infracciones muy graves.

2. Otras sanciones: La resolución sancionadora podrá comportar la confiscación de los animales objeto

de la infracción.

3. Rebaja de la sanción por pronto pago: a) Las personas denunciadas podrán asumir su

responsabilidad mediante el pago de las

sanciones de multa, con una reducción del 50 por

ciento del importe de la sanción consistente en

el grado mínimo de la escala correspondiente al

tipo de infracción de que se trate, siempre que

el pago se haga efectivo dentro del plazo

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concedido por el instructor para formular

alegaciones a la resolución de inicio del

expediente sancionador.

b) El pago del importe de la sanción de multa

implicará la terminación del procedimiento.

4. La imposición ce cualquier sanción prevista en

esta ordenanza no excluye la responsabilidad

civil y la eventual indemnización de daños y

perjuicios que pudiera corresponder al

sancionado.

Artículo 33. Procedimiento sancionador.

1. El procedimiento sancionador se iniciará por Decreto

de la Alcaldía, en el que se designará también Instructor y

Secretario del expediente, los cuales podrán ser recusados

por el supuesto infractor por las causas, en los casos y por

los cauces previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

El decreto citado deberá ser notificado a los

interesados en el expediente, observándose al respecto lo

previsto en el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4

de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de

Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora

(RPPS).

2. Cursada la notificación a que se refiere el apartado

anterior, el instructor del procedimiento realizará, de

oficio, cuantas actuaciones resulten necesarias para el

examen y esclarecimiento de los hechos y la determinación de

las responsabilidades susceptibles de sanción, según lo

dispuesto en los artículo 16 y 17 del R.D. 1398/1993, de 4 de

agosto (RPPS).

A la vista de las actuaciones practicadas, se formulará

por el instructor propuesta de resolución en la que se

fijarán de forma motivada los hechos, calificación jurídica,

infracción que constituya, persona o personas responsables,

sanción que propone que se imponga y las medidas

provisionales que se hubieran adoptado, en su caso, o en caso

contrario, propondrá la no existencia de infracción o de

responsabilidad.

3. La propuesta de resolución se notificará a los

interesados, concediéndoseles un plazo de 15 días para

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formular alegaciones. Podrá prescindirse, no obstante, de

este trámite de audiencia, cuando no figuren en el

procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras

alegaciones y pruebas que las aducidas, en su caso, por el

interesado, de conformidad con lo previsto en el artículo 3

punto 1 del artículo 16 del R.D. 1398/1993, de 4 de Agosto

(RPPS).

4. El órgano competente para resolver, de acuerdo al

artículo 29 de la Ley 8/1991, de Protección de los Animales,

dictará la resolución que proceda. Esta se notificará a los

interesados en el expediente, con información de los recursos

que contra la misma puedan interponerse y los plazos en los

que deberán ser presentados.

Artículo 34. Prescripción.

Las faltas administrativas contempladas en este

reglamento prescribirán en el plazo de seis meses, en la

forma dispuesta en el artículo 132 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 35. Normativa complementaria de aplicación.

En todo lo no previsto en la presente ordenanza en

cuanto a las normas de procedimiento, se estará a lo

dispuesto en la legislación de Régimen Local y especialmente

en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y el R.D. 1398/1993,

de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el

Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

Se faculta expresamente a la Alcaldía Presidencia para

la interpretación, aclaración y desarrollo de los preceptos

de esta ordenanza y suplir los vacíos normativos que pudieran

observarse, así como para dictar las disposiciones necesarias

y consecuentes para su mejor aplicación.

Disposición adicional.

Los preceptos de esta Ordenanza que, por sistemática

legislativa, incorporan aspectos de la legislación básica del

Estado o de la legislación autonómica, y aquellos en los que

se hacen remisiones a preceptos de éstas, se entienden

automáticamente modificados y sustituidos en el momento en

que se produzca la revisión o modificación de esta

legislación, salvo que resulten compatibles o permitan una

interpretación armónica con las nuevas previsiones

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legislativas. De la adaptación del texto de esta ordenanza

originada por dichas modificaciones se dará cuenta al Pleno.

Disposición final.

La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente

de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de

Santa Cruz de Tenerife.

TERCERO: Someter el expediente a información pública y

audiencia a los interesados por el plazo de treinta días,

para la presentación de reclamaciones, alegaciones y

sugerencias, mediante la inserción de un anuncio en el Tablón

Municipal de Edictos y en el B.O.P. de S/C de Tenerife.

En el caso de que no se presenten reclamaciones o

sugerencias, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo

hasta entonces provisional.

7.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA

POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CEMENTERIO MUNICIPAL DE LOS

LLANOS DE ARIDANE.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, del

dictamen de la Comisión Informativa Especial de Cuentas:

Hacienda, Aguas, Seguridad Ciudadana, Recursos Humanos y

Deportes, celebrada el día 23 de junio de 2016, y cuyo tenor

literal es el siguiente:

―3.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA

TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CEMENTERIO MUNICIPAL DE

LOS LLANOS DE ARIDANE.

Toma la palabra la Interventora Municipal para explicar

que se ha tratado de actualizar los importes y añadir nuevos

conceptos.

El Concejal Popular, Don José María Rivera hace constar

que se ha dado una actualización también por todo lo que

afecta a los nichos de restos que se ponen en funcionamiento.

La Interventora manifiesta que se ―bonifica‖ el coste de

los servicios en aproximadamente un 90%.

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No suscitándose más debate sobre dicho asunto, la

Comisión Informativa acuerda por los votos a favor del Grupo

Popular (4 votos) y la abstención del resto de grupos (4

votos), elevar el siguiente dictamen al Pleno de la

Corporación:

Primero: Aprobar inicialmente en Pleno el texto de

modificación de la Ordenanza.

Segundo: Abrir un período de información pública, por un

plazo mínimo de treinta días, para que los interesados puedan

presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen

oportunas. El Acuerdo de aprobación inicial se publicará en

el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios

del Ayuntamiento.

Tercero: Concluido el período de información pública, si

se han presentado reclamaciones y/o sugerencias, deberán

resolverse estas, incorporándose al texto de la modificación

de la Ordenanza las alteraciones derivadas de la resolución

de las alegaciones. La aprobación definitiva corresponde al

Pleno, de conformidad con lo dispuesto por los artículos

22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de

las Bases del Régimen Local, previo Dictamen de la Comisión

Informativa.

Cuarto: En el supuesto de que no se presenten

reclamaciones en relación con la aprobación inicial de la

modificación de la Ordenanza en el plazo de información

pública, se entenderá definitivamente adoptado el Acuerdo

hasta entonces provisional, extendiéndose por esta Secretaría

la certificación que acredite la elevación a definitiva de la

aprobación inicial.

Quinto: El Acuerdo de aprobación definitiva de la

modificación de la Ordenanza, con el texto íntegro de la

misma, debe publicarse para su general conocimiento en el

tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial

de la Provincia.‖

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No suscitándose debate sobre dicho asunto, el Pleno de

la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros

corporativos presentes, la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar la MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL

REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE

CEMENTERIO MUNICIPAL DE LOS LLANOS DE ARIDANE, en los

términos expuestos, cuyo tenor literal es el siguiente:

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL

SERVICIO DE CEMENTERIOS MUNICIPALES, CONDUCCIÓN DE CADÁVERES

Y OTROS SERVICIOS FÚNEBRES DE CARÁCTER LOCAL.-

“TASA POR PRESTACION DEL SERVICIO DE CEMENTERIOS MUNICIPALES,

CONDUCCION DE CADAVERES Y OTROS SERVICIOS FUNEBRES DE CARACTER

LOCAL

FUNDAMENTO Y REGIMEN

Artículo 1.

Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el artículo 106

de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de

Régimen Local y de acuerdo con lo previsto en el artículo 17

del R.D. legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se

aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las

Haciendas Locales, establece la Tasa por prestación del

servicio de Cementerios Municipales, conducción de cadáveres y

otros servicios fúnebres de carácter local, que se regulará

por la presente Ordenanza, redactada conforme a lo dispuesto

en el artículo 17 citado.

HECHO IMPONIBLE

Artículo 2.

1. Constituye el hecho imponible de este tributo, la prestación

de los servicios establecidos en el Cementerio Municipal,

tales como colocación e inscripción de lápidas, apertura de

sepulturas y nichos, conservación de dichos elementos o

espacios y cualquier otro que se autorice conforme a la

normativa aplicable, así como la conducción de cadáveres y

otros servicios fúnebres de carácter local.

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2.1 El servicio es de solicitud obligatoria cuando se

pretenda obtener alguno de aquellos a que se refiere el

apartado 1 anterior, debiendo proveerse de la correspondiente

licencia municipal, y adecuarse en todo caso a las condiciones

que vienen reflejadas en el título de la concesión.

DEVENGO

Artículo 3.

1. La obligación de contribuir nacerá desde que tenga lugar la

prestación de los servicios cuyo expediente no se iniciará sin

el previo depósito de la tasa.

2. Junto con la solicitud deberá ingresarse el importe de la

tasa. Cuando el servicio se extienda a años sucesivos, su

devengo tendrá lugar el 1 de enero de cada año y el período

impositivo comprenderá el año natural, salvo en los supuestos

de inicio y cese del servicio, en cuyo caso se prorrateará la

cuota por trimestres naturales.

SUJETOS PASIVOS

Artículo 4.

Tendrán la consideración de sujetos pasivos contribuyentes,

las personas físicas o jurídicas que utilicen alguno de los

servicios del Cementerio Municipal para las personas que

designen o requieran la realización de cualquiera de las

actividades ejercidas en el Cementerio, así como para la

conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter

local.

RESPONSABLES

Artículo 5.

1. Serán responsables solidariamente de las obligaciones

tributarias establecidas en esta Ordenanza toda persona

causante o colaboradora en la realización de una infracción

tributaria. En los supuestos de declaración consolidada, todas

las sociedades integrantes del grupo serán responsables

solidarias de las infracciones cometidas en este régimen de

tributación.

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2. Los copartícipes o cotitulares de las herencias yacentes,

comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de

personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un

patrimonio separado, susceptible de imposición, responderán

solidariamente y en proporción a sus respectivas

participaciones de las obligaciones tributarias de dichas

entidades.

3. Serán responsables subsidiarios de las infracciones simples

y de la totalidad de la deuda tributaria en caso de

infracciones graves cometidas por las personas jurídicas, los

administradores de aquellas que no realicen los actos

necesarios de su incumbencia, para el cumplimiento de las

obligaciones tributarias infringidas, consintieran en el

incumplimiento por quienes dependan de ellos o adopten

acuerdos que hicieran posible las infracciones. Asimismo,

tales administradores responderán subsidiariamente de las

obligaciones tributarias que estén pendientes de cumplimentar

por las personas jurídicas que hayan cesado en sus

actividades.

4. Serán responsables subsidiarios los síndicos, interventores

o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades

en general, cuando por negligencia o mala fe no realicen las

gestiones necesarias para el total cumplimiento de las

obligaciones tributarias devengadas con anterioridad a dichas

situaciones y que sean imputables a los respectivos sujetos

pasivos.

BASE IMPONIBLE Y LIQUIDABLE

Artículo 6.

Las bases imponible y liquidable viene determinada por la

clase o naturaleza de los distintos servicios solicitados.

CUOTA TRIBUTARIA

Artículo 7. CUOTA TRIBUTARIA

Epígrafe primero. Nichos:

- Concesión de nicho de ocupación temporal

+ nicho de restos ………………………………………………………………………… 896,85 €

- Concesión de nicho de ocupación temporal ……… 450,77 €

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- Concesión de nicho de restos ……………………………………… 855,71 €

Epígrafe segundo.

A) Inhumaciones:

a.- inhumaciones de primer uso …………………………………………… 167,50 €

b.- inhumación en nichos usados

(con reducción a restos) ………………………………………………… 170,38 €

B) Exhumaciones:

a) exhumación de cadáveres……………………………………………………. 170,38 €

b) otras exhumaciones (restos o cenizas)………………… 167,50 €

Epígrafe tercero. Lápidas:

Colocación o modificación de lápidas …………………………… 49,60 €

Epígrafe cuarto.

Conservación: …………………………………………………………………………………… 25,14€/año

Epígrafe quinto.

Expedición, canje de títulos……………………………………………… 14,00 €

Duplicados de títulos ……………………………………………………………… 40,00 €

Epígrafe sexto.

Modificación del derecho funerario:

Traspasos inter vivos o mortis causa ………………………………. 7,00 €

Epígrafe séptimo: Utilización del horno crematorio.

a) Por cada cremación o incineración de cadáveres…………………………………………………………………………………………345,85 €

b) Por cada cremación o incineración de restos cadavéricos……………………………………………………………………………………172,25 €

c) Por cada cremación o incineración de niños o de órganos………………………………………………………………………………………………172,25 €

NORMAS DE GESTION

Artículo 8.

No se tramitará ninguna nueva solicitud mientras se hallen

pendientes de pago los derechos de otras anteriores

Artículo 9.

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Se entenderá caducada toda concesión o licencia temporal cuya

renovación no se pidiera dentro de los quince días siguientes

a la fecha de su terminación.

Artículo 10.

Las cuotas exigibles por los servicios regulados en esta

Ordenanza se liquidarán por acto o servicio prestado. Las

cuotas anuales por conservación, tendrán carácter periódico y

una vez notificada individualmente la liquidación

correspondiente al alta inicial, se notificará colectivamente

mediante la exposición pública del padrón o matrícula,

debiendo abonarse en las fechas indicadas en el Reglamento

General de Recaudación para esta clase de tributos periódicos.

EXENCIONES, REDUCCIONES Y DEMAS BENEFICIOS LEGALMENTE

APLICABLES

Artículo 11.

En atención a la capacidad económica de las personas se

aplicará cuota cero a los siguientes servicios: Los

enterramientos de los pobres de solemnidad, los que no

teniendo bienes conocidos ni personas que demanden el

servicio, tengan que ser inhumados en fosa común.

Salvo lo dispuesto anteriormente y de conformidad con el

artículo 9 de la Ley 39/88 de 28 de diciembre, no se reconoce

beneficio tributario alguno, salvo los que sean consecuencia

de lo establecido en los Tratados o Acuerdos Internacionales o

vengan previstos en normas con rango de Ley.

INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS

Artículo 12.

En todo lo relativo a la calificación de infracciones

tributarias y sanciones, además de lo previsto en esta

Ordenanza, se estará a lo dispuesto en los artículos 77 y

siguientes de la Ley General Tributaria y demás normativa

aplicable.

DISPOSICION FINAL

Una vez se efectúe la publicación del texto íntegro de la

presente Ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia

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entrará en vigor, continuando su vigencia hasta que se acuerde

su modificación o derogación.

SEGUNDO: Someter el expediente a información pública y

audiencia a los interesados por el plazo de treinta días,

para la presentación de reclamaciones, alegaciones y

sugerencias, mediante la inserción de un anuncio en el Tablón

Municipal de Edictos y en el B.O.P. de S/C de Tenerife.

En el caso de que no se presenten reclamaciones o

sugerencias, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo

hasta entonces provisional.

8.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CENTRO DE FORMACIÓN

PECRISER Y LA EMPRESA EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE

ARIDANE PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS PROFESIONALES NO

LABORALES DE ALUMNOS/AS PARTICIPANTES EN LOS CERTIFICADOS DE

PROFESIONALIDAD DE LA PROGRAMACIÓN DE FORMACIÓN OFERTA 2015,

EN LA ESPECIALIDAD DE DINAMIZACIÓN, PROGRAMACIÓN Y DESARROLLO

DE ACCIONES CULTURALES.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, del

dictamen de la Comisión Informativa de Desarrollo Económico,

Turismo, Agricultura, Comercio, Empleo, Cultura y Fiestas,

celebrada el día 23 de junio de 2016, y cuyo tenor literal es

el siguiente:

―2.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CENTRO DE FORMACIÓN

PECRISER Y LA EMPRESA EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE

ARIDANE PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS PROFESIONALES NO

LABORALES DE ALUMNOS/AS PARTICIPANTES EN LOS CERTIFICADOS DE

PROFESIONALIDAD DE LA PROGRAMACIÓN DE FORMACIÓN OFERTA 2015,

EN LA ESPECIALIDAD DE DINAMIZACIÓN, PROGRAMACIÓN Y DESARROLLO

DE ACCIONES CULTURALES.

Se pone en conocimiento que se trata de prácticas para

la obtención del certificado de profesionalidad.

Visto el informe jurídico emitido, cuyo tenor literal es

el siguiente:

INFORME-PROPUESTA DE SECRETARÍA

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92

En relación con el expediente relativo a la aprobación

del convenio de colaboración a celebrar entre el Centro de

Formación Pecriser y la Empresa Excelentísimo Ayuntamiento de

Los Llanos de Aridane para la realización de prácticas

profesionales no laborales de alumnos/as participantes en los

certificados de profesionalidad de la programación de la

oferta 2015, emito el siguiente informe-propuesta de

resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo

175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el

que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento

y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, con base a los

siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO. Con fecha de 16 de junio de 2016 se recibe en

secretaría providencia a los efectos de que se emita informe

en relación a ―convenio de colaboración entre el Centro de

Formación Pecriser y la Empresa Excelentísimo Ayuntamiento de

Los Llanos de Aridane para la realización de prácticas

profesionales no laborales de alumnos/as participantes en los

certificados de profesionalidad de la programación de la

oferta 2015‖.

LEGISLACIÓN APLICABLE

La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:

- Los artículos 22.2.p), 47.2.h) y 57 de la Ley 7/1985,

de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen

Local.

- Los artículos 6, 8, y 9 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de

Canarias, artículos 31, 40, 55

- Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de

la Comunidad Autónoma de Canarias, en su artículos 13,

14 y 24.

- Ley 1/1997, de 7 de febrero, de atención integral a

los menores, artículos 12, 14, 15.

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93

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha

seguido la tramitación establecida en la Legislación

aplicable procediendo su aprobación al Pleno.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el

artículo 175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

por el que se aprueba el Reglamento de Organización,

Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución:

INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

PRIMERO. Aprobar el “convenio de colaboración entre el

Centro de Formación Pecriser y la Empresa Excelentísimo

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane para la realización de

prácticas profesionales no laborales de alumnos/as

participantes en los certificados de profesionalidad de la

programación de la oferta 2015”

SEGUNDO. Notificar el Acuerdo de aprobación al Centro de

Formación Pecriser y emplazar a su representante para la

firma del mismo.

TERCERO. Facultar a la Alcaldesa, como representante de

la Corporación, para la firma del convenio y de cuantos

actos y documentos de su competencia se deriven en ejecución

del mismo.

No obstante, la Corporación en Pleno acordará lo que

estime pertinente, con criterio mejor fundado en derecho.

En Los Llanos de Aridane, a 16 de junio de 2016. La

Secretaria General, Fdo. Miriam Pérez Afonso.

No suscitándose debate sobre dicho asunto, la Comisión

Informativa acuerda por 4 votos a favor (Grupo Popular y

concejal socialista) y 3 abstenciones (Grupo de Coalición

Canaria y Concejal de Izquierda Unida), elevar el siguiente

dictamen al Pleno de la Corporación:

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94

Primero: Aprobar el “convenio de colaboración entre el

Centro de Formación Pecriser y la Empresa Excelentísimo

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane para la realización de

prácticas profesionales no laborales de alumnos/as

participantes en los certificados de profesionalidad de la

programación de la oferta 2015”.

Segundo: Notificar el Acuerdo de aprobación al Centro de

Formación Pecriser y emplazar a su representante para la

firma del mismo.

Tercero: Facultar a la Alcaldesa, como representante de

la Corporación, para la firma del convenio y de cuantos

actos y documentos de su competencia se deriven en ejecución

del mismo.‖

No suscitándose debate sobre dicho asunto, el Pleno de

la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros

corporativos presentes, adoptar el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar el “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL

CENTRO DE FORMACIÓN PECRISER Y LA EMPRESA EXCMO. AYUNTAMIENTO

DE LOS LLANOS DE ARIDANE PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS

PROFESIONALES NO LABORALES DE ALUMNOS/AS PARTICIPANTES EN LOS

CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE LA PROGRAMACIÓN DE LA

OFERTA 2015, EN LA ESPECIALIDAD DE DINAMIZACIÓN, PROGRAMACIÓN

Y DESARROLLO DE ACCIONES CULTURALES”, cuyo tenor literal es

el siguiente:

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CENTRO DE

FORMACIÓN PECRSIER Y LA EMPRESA EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS

LLANOS DE ARIDANE PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS

PROFESIONALES NO LABORALES DE ALUMNOS/AS PARTICIPANTES EN LOS

CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE LA PROGRAMACIÓN DE

FORMACIÓN DE OFERTA 2015

En Los Llanos de Aridane a --------------------- de ---------

de 2016

REUNIDOS

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_________ LA PALMA

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95

De una parte:

D., Pedro Pérez Camacho con DNI nº42163225Q, en nombre y

representación del centro de formación Pecriser, con CIF/NIF

nº B38450045, y domicilio social en Calle retamar No. 11, Los

Llanos de Aridane

Y de otra:

D María Noelia García Leal, con DNI nº 42176951B, en nombre y

representación de la entidad pública Excmo. Ayuntamiento de

Los Llanos de Aridane, con CIF/NIF nº P-3802400F , y

domicilio social en Plaza de España S/N.

EXPONEN

PRIMERO.- Que se reconocen recíprocamente capacidad y

legitimación para la negociación y firma del presente

convenio.

SEGUNDO.- Que el objeto del presente convenio es facilitar a

los alumnos/as del módulo de formación práctica en centros de

trabajo de Certificado de Profesionalidad, código SSCB0110 de

la acción formativa nº 15-38/001185, especialidad

Dinamización, Programación y Desarrollo de Acciones

Culturales, del Subsistema de Formación Profesional para el

Empleo, impartido en el Centro Formación PECRISER, la

realización de prácticas Profesionales en la entidad Excmo.

Ayuntamiento de los Llanos de Aridane.

ACUERDAN

Suscribir el presente convenio de colaboración para la

realización del módulo de formación práctica en centros de

trabajo, de conformidad con lo establecido en el Real

Decreto 395/2007, de 23 de marzo (BOE 11-4-2007), que regula

el Subsistema de Formación Profesional para el Empleo, la

Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo (BOE nº 67 de 18-03-2008),

el RD 34/2008 de 18 de enero, que regula los Certificados de

Profesionalidad , el RD 1697/2011, correspondiente a esta

acción formativa y la Resolución de 21 de diciembre de 2015

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96

de la Presidenta del SCE (BOC Nº 249 de 24 de diciembre de

2015), así como las cláusulas que establece este Convenio y

todas aquellas normas que sean de aplicación y que ambas

partes conocen y acatan.

Por todo ello se firma el presente Convenio con las

siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA.- Objeto.-

El objetivo del presente convenio es facilitar a los

alumnos/as del módulo de formación práctica en centros de

trabajo de los certificados de profesionalidad que figuran en

el cuadro adjunto, del Subsistema de Formación para el

Empleo, impartidos en el centro de formación que suscribe el

presente convenio, la realización de prácticas profesionales

no laborales en la entidad suscriptora.

Nº Curso Especialidad Horas de

prácticas

15-

38/001185

SSCB0110 Dinamización, Programación y

Desarrollo de Acciones Culturales

80

SEGUNDA.- Relación entre el alumno/a en prácticas y la

entidad

La relación entre alumno/a y la empresa en la que realiza las

prácticas profesionales, que en ningún caso será de carácter

laboral, se efectuará dentro del marco previsto por el RD

395/2007 y su normativa de desarrollo, sin perjuicio de

cualquier otra que fuera de aplicación.

La entidad no podrá cubrir ni siquiera con carácter interino,

ningún puesto de trabajo con un alumno/a en prácticas, salvo

que se establezca al efecto una relación laboral retribuida.

En este caso, se considerarán extinguidas las prácticas con

respecto a este alumno/a, debiendo la empresa comunicar este

hecho al Centro de formación para formalizar su baja.

TERCERA.- Inicio de las prácticas y póliza de accidentes.

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97

Las prácticas se iniciarán en la fecha que se comunique en el

documento establecido al efecto.

Con carácter previo, el centro de formación y la entidad

presentarán la siguiente documentación al Servicio Canario de

Empleo:

- Original del presente Convenio, rubricada en todas las

páginas.

- Declaración sobre las condiciones de idoneidad de las

empresas para acoger alumnos en prácticas.

- Fotocopia del CIF de la empresa.

- Fotocopia del Representante de la empresa.

- Declaración responsable de que la empresa está

debidamente constituida y de quien actúa en nombre de la

empresa tenga poder bastante para representarla.

- Relación de alumnos iniciales.

- Comunicación de inicio de prácticas no laborales.

- Programa formativo del módulo de prácticas en que

incluirá criterios de evaluación, observables y

medibles.

- Fotocopia del Seguro de Accidentes de los alumnos/as que

realicen las prácticas.

- Autorización del padre o tutor de cada alumno/a, en el

supuesto de que estos sean menores de 18 años.

- Comunicación de los tutores/as designados por la empresa

y del tutor/a del módulo de formación práctica designada

por el centro de formación

- Documento de comunicación al comité de empresa o

representantes legales de los trabajadores sobre la

realización de las prácticas en la entidad.

El centro de formación formalizará, antes del inicio de las

prácticas, una póliza de accidentes de los alumno/as,

facilitando copia de la misma a la empresa, que deberá tener

contratadas las siguientes coberturas:

- Fallecimiento por accidente: importe asegurado de

veintidós mil euros (36.000 Euros).

- Invalidez absoluta y permanente por accidente: importe

asegurado de cuarenta y tres mil euros (40.000 Euros).

- Invalidez permanente parcial por accidente: importe que

corresponda según baremo.

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98

- Asistencia ilimitada sanitaria por accidente, más el

riesgo ―in itinere‖.

En todo caso, el alumno/a quedará exento de la

responsabilidad civil por daños frente a terceros producidos

durante la realización de prácticas en entidad, siendo

responsable el centro de formación, para lo que podrá

concertar una póliza.

CUARTA. Contenido del módulo de prácticas.

Con el fin de garantizar que las actividades a desarrollar

por los alumnos/as en las prácticas profesionales se ajusten

al certificado realizado, se tendrá en cuenta el contenido de

las mismas establecido en el correspondiente Real Decreto que

regule dicho certificado; sin perjuicio de que dichas

actividades puedan ser supervisadas por parte del Servicio

Canario de Empleo a través del personal que tenga asignado

para esta tarea.

El centro de formación y la entidad elaborarán conjuntamente

el programa formativo de acuerdo con lo que establezca cada

certificado de profesionalidad. Dicho programa formativo, que

se adjuntará al convenio, incluirá criterios de evaluación

observables y medibles, debiendo constar los departamentos de

trabajo por los que rotará el alumno/a y las tareas a

desarrollar, con sus horas correspondientes, así como el

seguimiento y evaluación de los alumnos/as y su evaluación

final de acuerdo con los criterios de evaluación del

mencionado módulo de prácticas.

QUINTA.- Desarrollo de las prácticas

El módulo de formación práctica se desarrollará en los

centros de trabajo que tengan actividad suficiente para

acoger alumnos/as en prácticas, siempre que dispongan de

espacio y mobiliario necesario para el desarrollo de las

mismas.

CENTRO DE TRABAJO DIRECCIÓN

Excmo. Ayuntamiento de Los

Llanos de Aridane

Plaza de España S/N, 38760 Los

Llanos de Aridane

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99

Con carácter general, las prácticas no superarán las 40 horas

semanales. El número de horas diarias de las prácticas no

podrá ser superior a 8, ni inferior a 4, salvo cuando exista

simultaneidad con el curso, en cuyo caso sí podrá ser

inferior a 4 horas, sin que la suma total de horas del curso

y horas de prácticas supere las 8 horas diarias.

En el desarrollo de las prácticas, se tendrá en cuenta el

horario de los centros de trabajo. El horario fijado deberá

estar comprendido entre las 8:00 y las 22:00 horas, salvo

para aquellos certificados que por su naturaleza impidan que

se desarrollen dentro de este horario, en cuyo caso se

acordará con el centro de formación, aportando al SCE informe

motivado que se refleje en el programa formativo de las

prácticas.

SEXTA.- Sistema de tutoría para el seguimiento y evaluación

de la realización de las prácticas

En el seguimiento y valoración de las prácticas realizadas,

de acuerdo con la programación establecida, intervendrá, de

una parte personal del centro de formación y, de otra,

personal de la empresa donde se realizan las prácticas.

El tutor/a del centro de formación realizará funciones de

seguimiento y de evaluación de las prácticas formativas.

Específicamente se encargará de:

- Comprobar la existencia de conexión entre la formación

recibida en el aula y las prácticas profesionales

realizadas, de acuerdo con el programa formativo de

actividades pactado en el presente convenio.

- Hacer controles periódicos de la realización de las

prácticas para el seguimiento de las mismas.

- Visitar las instalaciones de las entidades, en el caso

de que lo consideren conveniente, y comprobar la

idoneidad de éstas para el desarrollo de las prácticas

de los certificados solicitados.

La entidad donde se desarrollen las prácticas designará un

tutor/a que desempeñe una actividad igual o afín a la

especialidad en la que haya sido formado el alumno/a que

tendrá las siguientes funciones:

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100

- Integrar al alumno/a en la entidad.

- Dirigir y orientar las actividades que realice el

alumno/a.

- Realizar el seguimiento y evaluación del alumno/a.

En cualquier momento del desarrollo de las prácticas, el SCE

podrá visitar las instalaciones de la empresa para supervisar

las condiciones de realización de las prácticas que figuran

en el presente convenio y verificar el cumplimiento de los

requisitos establecidos para ello.

SÉPTIMA.- Baja e incidencias del alumno/a en prácticas.

La entidad, previa comunicación al centro de formación, podrá

excluir de la participación en las prácticas a aquellos

alumnos/as que:

a) Incurran en más de tres faltas de asistencia no

justificadas en un mes.

b) Incurran en faltas de puntualidad, incorrecto

comportamiento, o falta de aprovechamiento, a criterio

del responsable del seguimiento de las mismas, previa

audiencia al interesado/a.

c) Lo soliciten motivadamente.

En todos los citados casos, así como cuando se produzcan

variaciones en las fechas de ejecución de las prácticas,

horario, suspensión etc.…, la entidad está obligada a

comunicar de forma inmediata al centro de formación esta

circunstancia.

OCTAVA.- Derechos y obligaciones.

- La entidad deberá comunicar a los representantes legales

de los trabajadores/as los convenios de prácticas que se

suscriban.

- El centro de formación y la entidad elaborarán

conjuntamente el seguimiento y evaluación final de los

alumnos/as de acuerdo con los criterios de evaluación

del mencionado módulo de prácticas.

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101

- El centro de formación deberán presentar al SCE dentro

de los 30 días siguientes a la finalización de las

prácticas la siguiente documentación elaborada

conjuntamente con la entidad consistente en:

1. Relación nominal de alumnos/as y evaluación final, con indicación del número de días de asistencia, horas

realizadas, y evaluación final de los mismos.

2. Controles de asistencia.

3. Relación de Bajas de alumnos/as, si las hubiera.

4. Memoria, que recoja las actividades desarrolladas por

los alumnos/as, y su valoración.

NOVENA.- Vigencia.

Este convenio entrará en vigor desde la fecha de la firma del

mismo y finalizará una vez que el alumno/a haya completado el

nº de horas de prácticas establecido en la cláusula, PRIMERA

del presente convenio.

DÉCIMA.- Causas de extinción.

Serán causas de extinción del convenio:

a) El cese de la actividad de la entidad. b) Fuerza mayor que imposibilite el desarrollo de las

actividades programadas.

c) El mutuo acuerdo entre las partes firmantes del mismo. d) El incumplimiento de alguna de las cláusulas

establecidas en el convenio.

e) La modificación por alguna de las partes de las

cláusulas del presente convenio.

f) La denuncia del convenio por cualquiera de las partes, siempre que se hubiese realizado con una antelación

suficiente a la fecha de finalización.

UNDÉCIMA.- Se autoriza al Centro de formación y al SCE, al

tratamiento informático de sus datos y la tramitación

documental de todos los procesos que lleva la tramitación de

prácticas en empresas, a los efectos dispuestos en la Ley

Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de

Carácter Personal y demás normativa de desarrollo.

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102

Y en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio

de Colaboración por triplicado, en el lugar y fecha arriba

indicados.

POR EL CENTRO DE FORMACIÓN

POR LA ENTIDAD

Fdo.: Pedro Pérez Camacho Fdo.: María Noelia García Leal

SEGUNDO: Notificar el presente acuerdo al Centro de

Formación Pecriser, S.L.

TERCERO: Facultar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta para la

firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución

de este acuerdo.

9.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CENTRO DE FORMACIÓN

PECRISER Y LA EMPRESA EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE

ARIDANE PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS PROFESIONALES NO

LABORALES DE ALUMNOS/AS PARTICIPANTES EN LOS CERTIFICADOS DE

PROFESIONALIDAD DE LA PROGRAMACIÓN DE FORMACIÓN OFERTA 2015,

EN LA ESPECIALIDAD OPERACIONES DE FONTANERÍA Y CALEFACCIÓN –

CLIMATIZACIÓN DOMÉSTICA.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, del

dictamen de la Comisión Informativa de Desarrollo Económico,

Turismo, Agricultura, Comercio, Empleo, Cultura y Fiestas,

celebrada el día 23 de junio de 2016, y cuyo tenor literal es

el siguiente:

―3.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CENTRO DE FORMACIÓN

PECRISER Y LA EMPRESA EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE

ARIDANE PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS PROFESIONALES NO

LABORALES DE ALUMNOS/AS PARTICIPANTES EN LOS CERTIFICADOS DE

PROFESIONALIDAD DE LA PROGRAMACIÓN DE FORMACIÓN OFERTA 2015,

EN LA ESPECIALIDAD OPERACIONES DE FONTANERÍA Y CALEFACCIÓN –

CLIMATIZACIÓN DOMÉSTICA.

Se pone en conocimiento que se trata de prácticas para

la obtención del certificado de profesionalidad.

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103

Visto el informe jurídico emitido, cuyo tenor literal es

el siguiente:

INFORME-PROPUESTA DE SECRETARÍA

En relación con el expediente relativo a la aprobación

del convenio de colaboración a celebrar entre el Centro de

Formación Pecriser y la Empresa Excelentísimo Ayuntamiento de

Los Llanos de Aridane para la realización de prácticas

profesionales no laborales de alumnos/as participantes en los

certificados de profesionalidad de la programación de la

oferta 2015, emito el siguiente informe-propuesta de

resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo

175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el

que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento

y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, con base a los

siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO. Con fecha de 17 de junio de 2016 se recibe en

secretaría providencia a los efectos de que se emita informe

en relación a ―convenio de colaboración entre el Centro de

Formación Pecriser y la Empresa Excelentísimo Ayuntamiento de

Los Llanos de Aridane para la realización de prácticas

profesionales no laborales de alumnos/as participantes en los

certificados de profesionalidad de la programación de la

oferta 2015‖.

LEGISLACIÓN APLICABLE

La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:

- Los artículos 22.2.p), 47.2.h) y 57 de la Ley 7/1985,

de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen

Local.

- Los artículos 6, 8, y 9 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de

Canarias, artículos 31, 40, 55

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104

- Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de

la Comunidad Autónoma de Canarias, en su artículos 13,

14 y 24.

- Ley 1/1997, de 7 de febrero, de atención integral a

los menores, artículos 12, 14, 15.

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha

seguido la tramitación establecida en la Legislación

aplicable procediendo su aprobación al Pleno.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el

artículo 175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

por el que se aprueba el Reglamento de Organización,

Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución:

INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

PRIMERO. Aprobar el “convenio de colaboración entre el

Centro de Formación Pecriser y la Empresa Excelentísimo

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane para la realización de

prácticas profesionales no laborales de alumnos/as

participantes en los certificados de profesionalidad de la

programación de la oferta 2015”

SEGUNDO. Notificar el Acuerdo de aprobación al Centro de

Formación Pecriser y emplazar a su representante para la

firma del mismo.

TERCERO. Facultar a la Alcaldesa, como representante de

la Corporación, para la firma del convenio y de cuantos

actos y documentos de su competencia se deriven en ejecución

del mismo.

No obstante, la Corporación en Pleno acordará lo que

estime pertinente, con criterio mejor fundado en derecho.

En Los Llanos de Aridane, a 17 de junio de 2016. La

Secretaria General, Fdo. Miriam Pérez Afonso

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105

No suscitándose debate sobre dicho asunto, la Comisión

Informativa acuerda por 4 votos a favor (Grupo Popular y

concejal socialista) y 3 abstenciones (Grupo de Coalición

Canaria y Concejal de Izquierda Unida), elevar el siguiente

dictamen al Pleno de la Corporación:

Primero: Aprobar el “convenio de colaboración entre el

Centro de Formación Pecriser y la Empresa Excelentísimo

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane para la realización de

prácticas profesionales no laborales de alumnos/as

participantes en los certificados de profesionalidad de la

programación de la oferta 2015”.

Segundo: Notificar el Acuerdo de aprobación al Centro de

Formación Pecriser y emplazar a su representante para la

firma del mismo.

Tercero: Facultar a la Alcaldesa, como representante de

la Corporación, para la firma del convenio y de cuantos

actos y documentos de su competencia se deriven en ejecución

del mismo.‖

No suscitándose debate sobre dicho asunto, el Pleno de

la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros

corporativos presentes, adoptar el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar el “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL

CENTRO DE FORMACIÓN PECRISER Y LA EMPRESA EXCMO. AYUNTAMIENTO

DE LOS LLANOS DE ARIDANE PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS

PROFESIONALES NO LABORALES DE ALUMNOS/AS PARTICIPANTES EN LOS

CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE LA PROGRAMACIÓN DE

FORMACIÓN OFERTA 2015, EN LA ESPECIALIDAD OPERACIONES DE

FONTANERÍA Y CALEFACCIÓN – CLIMATIZACIÓN DOMÉSTICA”, cuyo

tenor literal es el siguiente:

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CENTRO DE

FORMACIÓN CENTRO FORMACION PECRISER Y LA EMPRESA AYUNTAMIENTO

DE LOS LLANOS DE ARIDANE PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS

PROFESIONALES NO LABORALES DE ALUMNOS/AS PARTICIPANTES EN LOS

CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE LA PROGRAMACIÓN DE

FORMACIÓN DE OFERTA 2015

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106

En Los Llanos de Aridane a ----------- de -------- de 2016

REUNIDOS

De una parte:

D Pedro Pérez Camacho, con DNI nº 42.163.225-Q , en nombre y

representación del centro de formación PECRISER, con CIF/NIF

nº B-38450045, y domicilio social en C/ Rematar Nº11, Los

Llanos de Aridane.

Y de otra:

Doña. María Noelia García Leal, con DNI nº 42176951-B, en

nombre y representación de la entidad pública El Excmo.

Ayuntamiento de los Llanos de Aridane, con CIF/NIF nº P-

3802400F , y domicilio social en Plaza de España S/N, Los

Llanos de Aridane.

EXPONEN

PRIMERO.- Que se reconocen recíprocamente capacidad y

legitimación para la negociación y firma del presente

convenio.

SEGUNDO.- Que el objeto del presente convenio es facilitar a

los alumnos/as del módulo de formación práctica en centros de

trabajo de Certificado de Profesionalidad, código IMA10108 de

la acción formativa nº 15-38/001192, especialidad IMAI0108

Operaciones de Fontanería y Calefacción - Climatización

Domestica, del Subsistema de Formación Profesional para el

Empleo, impartido en el Centro Formación PECRISER, la

realización de prácticas Profesionales en la entidad pública

Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane.

ACUERDAN

Suscribir el presente convenio de colaboración para la

realización del módulo de formación práctica en centros de

trabajo, de conformidad con lo establecido en el Real

Decreto 395/2007, de 23 de marzo (BOE 11-4-2007), que

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107

regula el Subsistema de Formación Profesional para el Empleo,

la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo (BOE nº 67 de 18-03-

2008), el RD 34/2008 de 18 de enero, que regula los

Certificados de Profesionalidad , el RD 1375/2009,

correspondiente a esta acción formativa y la Resolución de 21

de diciembre de 2015 de la Presidenta del SCE (BOC Nº 249 de

24 de diciembre de 2015), así como las cláusulas que

establece este Convenio y todas aquellas normas que sean de

aplicación y que ambas partes conocen y acatan.

Por todo ello se firma el presente Convenio con las

siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA.- Objeto.-

El objetivo del presente convenio es facilitar a los

alumnos/as del módulo de formación práctica en centros de

trabajo de los certificados de profesionalidad que figuran en

el cuadro adjunto, del Subsistema de Formación para el

Empleo, impartidos en el centro de formación que suscribe el

presente convenio, la realización de prácticas profesionales

no laborales en la entidad suscriptora.

Nº Curso Especialidad Horas de

prácticas

15-

38/001192

IMAI0108 Operaciones de Fontanería y

Calefacción - Climatización Domestica

160

SEGUNDA.- Relación entre el alumno/a en prácticas y la

entidad

La relación entre alumno/a y la entidad en la que realiza las

prácticas profesionales, que en ningún caso será de carácter

laboral, se efectuará dentro del marco previsto por el RD

395/2007 y su normativa de desarrollo, sin perjuicio de

cualquier otra que fuera de aplicación.

La entidad no podrá cubrir ni siquiera con carácter interino,

ningún puesto de trabajo con un alumno/a en prácticas, salvo

que se establezca al efecto una relación laboral

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108

retribuida. En este caso, se considerarán extinguidas las

prácticas con respecto a este alumno/a, debiendo la entidad

comunicar este hecho al Centro de formación para formalizar

su baja.

TERCERA.- Inicio de las prácticas y póliza de accidentes.

Las prácticas se iniciarán en la fecha que se comunique en el

documento establecido al efecto.

Con carácter previo, el centro de formación y la entidad

presentarán la siguiente documentación al Servicio Canario de

Empleo:

- Original del presente Convenio, rubricada en todas las

páginas.

- Declaración sobre las condiciones de idoneidad de las

empresas para acoger alumnos en prácticas.

- Fotocopia del CIF de la empresa.

- Fotocopia del Representante de la empresa.

- Declaración responsable de que la empresa está

debidamente constituida y de quien actúa en nombre de la

empresa tenga poder bastante para representarla.

- Relación de alumnos iniciales.

- Comunicación de inicio de prácticas no laborales.

- Programa formativo del módulo de prácticas en que

incluirá criterios de evaluación, observables y

medibles.

- Fotocopia del Seguro de Accidentes de los alumnos/as que

realicen las prácticas.

- Autorización del padre o tutor de cada alumno/a, en el

supuesto de que estos sean menores de 18 años.

- Comunicación de los tutores/as designados por la empresa

y del tutor/a del módulo de formación práctica designada

por el centro de formación

- Documento de comunicación al comité de empresa o

representantes legales de los trabajadores sobre la

realización de las prácticas en la entidad.

El centro de formación formalizará, antes del inicio de las

prácticas, una póliza de accidentes de los alumno/as,

facilitando copia de la misma a la empresa, que deberá tener

contratadas las siguientes coberturas:

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109

- Fallecimiento por accidente: importe asegurado de

veintidós mil euros (36.000 Euros).

- Invalidez absoluta y permanente por accidente: importe

asegurado de cuarenta y tres mil euros (40.000 Euros).

- Invalidez permanente parcial por accidente: importe que

corresponda según baremo.

- Asistencia ilimitada sanitaria por accidente, más el

riesgo ―in itinere‖.

En todo caso, el alumno/a quedará exento de la

responsabilidad civil por daños frente a terceros producidos

durante la realización de prácticas en la entidad, siendo

responsable el centro de formación, para lo que podrá

concertar una póliza.

CUARTA. Contenido del módulo de prácticas.

Con el fin de garantizar que las actividades a desarrollar

por los alumnos/as en las prácticas profesionales se ajusten

al certificado realizado, se tendrá en cuenta el contenido de

las mismas establecido en el correspondiente Real Decreto que

regule dicho certificado; sin perjuicio de que dichas

actividades puedan ser supervisadas por parte del Servicio

Canario de Empleo a través del personal que tenga asignado

para esta tarea.

El centro de formación y la entidad elaborarán conjuntamente

el programa formativo de acuerdo con lo que establezca cada

certificado de profesionalidad. Dicho programa formativo, que

se adjuntará al convenio, incluirá criterios de evaluación

observables y medibles, debiendo constar los departamentos de

trabajo por los que rotará el alumno/a y las tareas a

desarrollar, con sus horas correspondientes, así como el

seguimiento y evaluación de los alumnos/as y su evaluación

final de acuerdo con los criterios de evaluación del

mencionado módulo de prácticas.

QUINTA.- Desarrollo de las prácticas

El módulo de formación práctica se desarrollará en los

centros de trabajo que tengan actividad suficiente para

acoger alumnos/as en prácticas, siempre que dispongan de

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110

espacio y mobiliario necesario para el desarrollo de las

mismas.

CENTRO DE TRABAJO DIRECCIÓN

Ayuntamiento de Los Llanos de

Aridane

Plaza de España S/N, Los Llanos

de Aridane

Con carácter general, las prácticas no superarán las 40 horas

semanales. El número de horas diarias de las prácticas no

podrá ser superior a 8, ni inferior a 4, salvo cuando exista

simultaneidad con el curso, en cuyo caso sí podrá ser

inferior a 4 horas, sin que la suma total de horas del curso

y horas de prácticas supere las 8 horas diarias.

En el desarrollo de las prácticas, se tendrá en cuenta el

horario de los centros de trabajo. El horario fijado deberá

estar comprendido entre las 8:00 y las 22:00 horas, salvo

para aquellos certificados que por su naturaleza impidan que

se desarrollen dentro de este horario, en cuyo caso se

acordará con el centro de formación, aportando al SCE informe

motivado que se refleje en el programa formativo de las

prácticas.

SEXTA.- Sistema de tutoría para el seguimiento y evaluación

de la realización de las prácticas

En el seguimiento y valoración de las prácticas realizadas,

de acuerdo con la programación establecida, intervendrá, de

una parte personal del centro de formación y, de otra,

personal de la empresa donde se realizan las prácticas.

El tutor/a del centro de formación realizará funciones de

seguimiento y de evaluación de las prácticas formativas.

Específicamente se encargará de:

- Comprobar la existencia de conexión entre la formación

recibida en el aula y las prácticas profesionales

realizadas, de acuerdo con el programa formativo de

actividades pactado en el presente convenio.

- Hacer controles periódicos de la realización de las

prácticas para el seguimiento de las mismas.

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- Visitar las instalaciones de la entidad, en el caso de

que lo consideren conveniente, y comprobar la idoneidad

de éstas para el desarrollo de las prácticas de los

certificados solicitados.

La entidad donde se desarrollen las prácticas designará un

tutor/a que desempeñe una actividad igual o afín a la

especialidad en la que haya sido formado el alumno/a que

tendrá las siguientes funciones:

- Integrar al alumno/a en la empresa.

- Dirigir y orientar las actividades que realice el

alumno/a.

- Realizar el seguimiento y evaluación del alumno/a.

En cualquier momento del desarrollo de las prácticas, el SCE

podrá visitar las instalaciones de la entidad para supervisar

las condiciones de realización de las prácticas que figuran

en el presente convenio y verificar el cumplimiento de los

requisitos establecidos para ello.

SÉPTIMA.- Baja e incidencias del alumno/a en prácticas.

La entidad, previa comunicación al centro de formación, podrá

excluir de la participación en las prácticas a aquellos

alumnos/as que:

d) Incurran en más de tres faltas de asistencia no

justificadas en un mes.

e) Incurran en faltas de puntualidad, incorrecto

comportamiento, o falta de aprovechamiento, a criterio

del responsable del seguimiento de las mismas, previa

audiencia al interesado/a.

f) Lo soliciten motivadamente.

En todos los citados casos, así como cuando se produzcan

variaciones en las fechas de ejecución de las prácticas,

horario, suspensión etc.…, la entidad está obligada a

comunicar de forma inmediata al centro de formación esta

circunstancia.

OCTAVA.- Derechos y obligaciones.

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- La entidad deberá comunicar a los representantes legales

de los trabajadores/as los convenios de prácticas que se

suscriban.

- El centro de formación y la entidad elaborarán

conjuntamente el seguimiento y evaluación final de los

alumnos/as de acuerdo con los criterios de evaluación

del mencionado módulo de prácticas.

- El centro de formación deberán presentar al SCE dentro

de los 30 días siguientes a la finalización de las

prácticas la siguiente documentación elaborada

conjuntamente con la entidad consistente en:

5. Relación nominal de alumnos/as y evaluación final, con indicación del número de días de asistencia, horas

realizadas, y evaluación final de los mismos.

6. Controles de asistencia. 7. Relación de Bajas de alumnos/as, si las hubiera. 8. Memoria, que recoja las actividades desarrolladas por

los alumnos/as, y su valoración.

NOVENA.- Vigencia.

Este convenio entrará en vigor desde la fecha de la firma del

mismo y finalizará una vez que el alumno/a haya completado el

nº de horas de prácticas establecido en la cláusula, PRIMERA

del presente convenio.

DÉCIMA.- Causas de extinción.

Serán causas de extinción del convenio:

g) El cese de la actividad de la entidad. h) Fuerza mayor que imposibilite el desarrollo de las

actividades programadas.

i) El mutuo acuerdo entre las partes firmantes del mismo. j) El incumplimiento de alguna de las cláusulas

establecidas en el convenio.

k) La modificación por alguna de las partes de las

cláusulas del presente convenio.

l) La denuncia del convenio por cualquiera de las partes, siempre que se hubiese realizado con una antelación

suficiente a la fecha de finalización.

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UNDÉCIMA.- Se autoriza al Centro de formación y al SCE, al

tratamiento informático de sus datos y la tramitación

documental de todos los procesos que lleva la tramitación de

prácticas en empresas, a los efectos dispuestos en la Ley

Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de

Carácter Personal y demás normativa de desarrollo.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio

de Colaboración por triplicado, en el lugar y fecha arriba

indicados.

POR EL CENTRO DE FORMACIÓN

POR LA ENTIDAD

Fdo.: Pedro Pérez Camacho Fdo.: María Noelia García Leal.

SEGUNDO: Notificar el presente acuerdo al Centro de

Formación Pecriser, S.L.

TERCERO: Facultar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta para la

firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución

de este acuerdo.

10.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR

DE LA PALMA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE

PARA LA EJECUCIÓN DEL RPOYECTO: “BOPPIN AND ROCKIN”.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, del

dictamen de la Comisión Informativa de Desarrollo Económico,

Turismo, Agricultura, Comercio, Empleo, Cultura y Fiestas,

celebrada el día 23 de junio de 2016, y cuyo tenor literal es

el siguiente:

―4.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR

DE LA PALMA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE

PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO: ―BOPPIN AND ROCKIN‖.

Visto el informe jurídico emitido, cuyo tenor literal es

el siguiente:

INFORME DE SECRETARÍA-PROPUESTA DE SECRETARÍA

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Visto borrador de convenio de colaboración entre el

excelentísimo Cabildo Insular de La Palmas y el Excelentísimo

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane para la ejecución del

proyecto ―Boppin‖ and ―Rockin‖, en cumplimiento de la

Providencia de Alcaldía de fecha de 13 de junio de 2016,

emito el siguiente informe-propuesta de resolución, de

conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Real

Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba

el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen

Jurídico de las Entidades Locales, con base a los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO. Con fecha de 23 de mayo de 2016 se recibe en esta

Corporación oficio del Excelentísimo Cabildo Insular de la

Palma por el que se da traslado de convenio de colaboración

entre el excelentísimo Cabildo Insular de La Palmas y el

Excelentísimo Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane para la

ejecución del proyecto ―Boppin‖ and ―Rockin‖.

La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:

- Los artículos 22.2.p), 47.2.h) y 57 de la Ley 7/1985,

de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen

Local.

- Los artículos 6, 8, y 9 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de

Canarias, artículos 31, 40, 55

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha

seguido la tramitación establecida en la Legislación

aplicable procediendo su aprobación al Pleno.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el

artículo 175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

por el que se aprueba el Reglamento de Organización,

Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución:

INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

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115

PRIMERO. Aprobar el “convenio de colaboración entre el

excelentísimo Cabildo Insular de La Palmas y el Excelentísimo

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane para la ejecución del

proyecto ―Boppin‖ and ―Rockin‖.

SEGUNDO. Notificar el Acuerdo de aprobación al

Excelentísimo Cabildo Insular de La Palma y emplazar a su

representante para la firma del mismo.

TERCERO. Facultar a la Alcaldesa, como representante de

la Corporación, para la firma del convenio y de cuantos

actos y documentos de su competencia se deriven en ejecución

del mismo.

No obstante, la Corporación en Pleno acordará lo que

estime pertinente, con criterio mejor fundado en derecho.

En Los Llanos de Aridane, a 13 de junio de 2016. La

Secretaria General, Fdo. Miriam Pérez Afonso.

Manifiesta la Concejal Doña Amparo Martín que fue un

acto que se celebró en mayo y que el convenio que lo ampara

se trae a comisión en junio. Manifiesta la Secretaria que se

celebraron los conciertos entre 19 y 22 de mayo y tuvo

entrada en el Registro General de este Ayuntamiento el texto

el 23 de mayo. La Alcaldesa señala que se instará al Cabildo

para que no ocurra en un futuro.

No suscitándose debate sobre dicho asunto, la Comisión

Informativa acuerda por unanimidad elevar el siguiente

dictamen al Pleno de la Corporación:

Primero: Aprobar el “convenio de colaboración entre el

excelentísimo Cabildo Insular de La Palmas y el Excelentísimo

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane para la ejecución del

proyecto ―Boppin‖ and ―Rockin‖.

Segundo: Notificar el Acuerdo de aprobación al

Excelentísimo Cabildo Insular de La Palma y emplazar a su

representante para la firma del mismo.

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116

Tercero: Facultar a la Alcaldesa, como representante de

la Corporación, para la firma del convenio y de cuantos

actos y documentos de su competencia se deriven en ejecución

del mismo.‖

No suscitándose más debate sobre dicho asunto, el Pleno

de la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros

corporativos presentes, la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar el “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL

EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO

DE LOS LLANOS DE ARIDANE PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO

“BOPPIN” AND “ROCKIN”, cuyo tenor literal es el siguiente:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR

DE LA PALMA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE

PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “BOPPIN” AND “ROCKIN” A

CELEBRAR EN PUERTO NAOS, EL MUNICIPIO DE LOS LLANOS DE

ARIDANE DEL 19 AL 22 DE MAYO DE 2016.

En Santa Cruz de La Palma, a trece de mayo de 2016.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. Anselmo Francisco Pestana

Padrón, en su calidad de Presidente del Excmo. Cabildo

Insular de La Palma, en representación legal de esta

institución que le confiere la Ley 7/1985, de 2 de abril,

facultado para este acto mediante Acuerdo del Consejo de

Gobierno Insular de fecha veintinueve de ABRIL de 2016.

De otra parte, Dª María Noelia García Leal, con D.N.I.

42.176.951-B en su calidad de Alcaldesa-Presidenta del Excmo.

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, con C.I.F. P3802400F,

actuando en nombre y representación del mismo.

Las partes firmantes se reconocen recíprocamente

capacidad legal suficiente para formalizar el presente

Convenio y al efecto

EXPONEN

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117

Primero.- Que el Excmo. Cabildo Insular de La Palma, ha

tenido desde su creación como una de sus preocupaciones y

tareas prioritarias, la del fomento de la cultura, por lo

cual está interesado en fomentar todo tipo de actividades

educativas y culturales, que contribuyan al cercamiento a la

sociedad palmera de todo tipo de conciertos, representaciones

teatrales y demás manifestaciones culturales.

Segundo.- Que el Excmo. Cabildo Insular de La Palma

podrá celebrar convenios con otras Entidades o Instituciones

en los que se establezcan libremente los instrumentos de

colaboración previstos para la consecución de los fines

comunes de interés público. El Cabildo, como máxima

institución insular y en aras de contribuir al desarrollo

cultural de la isla, emprende aquellas actuaciones que

propicien un marco de aprovechamiento de todos los recursos

que contribuyan a dicho fin.

Tercero.- Que el Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de

Aridane, tiene la intención de celebrar, el evento Boopin’

and Rockin’, iniciativa cultural que trata de contribuir a

promover y la zona comercial de Puerto Naos, así como a los

establecimientos de hostelería y restauración, y al mismo

tiempo fomentar el disfrute de ocio y tiempo libre con una

oferta cultural de calidad.

Cuarto.- Que en virtud de lo expuesto anteriormente se

considera como un evento que fomenta la cultura entre los

habitantes de La Palma, la celebración en Los Llanos de

Aridane de Boopin’ and Rockin’, que contará con la actuación

de varios de rock and roll clásico de rockabilly de Canarias,

de la Península y del Extranjero.

Por tanto, y a los citados efectos, ambas partes

acuerdan celebrar el presente convenio de acuerdo con las

siguientes:

ESTIPULACIONES

1.- OBJETIVO.- Es objeto del presente convenio la

regulación de las condiciones en que se concretará la

colaboración entre el Cabildo Insular de La Palma y el

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Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, para la celebración de

Boopin’ and Rockin’ que tendrá lugar en Puerto de Naos del 19

al 22 de mayo de 2016.

2.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES INTERVINIENTES

A) EL AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE, organizará,

conjuntamente con el CABILDO INSULAR DE LA PALMA, los

conciertos, que tendrá lugar del 19 al 22 de mayo de 2016 en

Puerto Naos, financiando todos aquellos gastos distintos de

los asumidos por el Cabildo para la celebración del

mencionado evento.

B) EL AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE, se

compromete a incluir al Cabildo de La Palma como entidad

financiadora, incluyendo su logotipo, en todo tipo de

anuncios, cartelería, cuñas, comparecencias y en general en

toda la publicidad que del evento se realice tanto en la Isla

de La Palma como en el exterior.

C) Para el desarrollo de la actividad programada, el

Cabildo asumirá la contratación y pago de los gastos

siguientes: Medios técnicos, escenario y techo, seguridad del

evento, cartelería y pegada de carteles, por importe máximo

de SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE EUROS CON SETENTA Y

SIETE CÉNTIMOS (6.869,77 €), con cargo a la aplicación

presupuestaria 334.226.17 del vigente presupuesto, RC Nº Op.

120160000160002 y 12016000046446. Las contrataciones citadas

se realizarán de conformidad con las características técnicas

que, en su caso, se determinen por el Ayuntamiento de Los

Llanos de Aridane. El importe máximo estimado de los gastos,

impuestos incluidos, que asume este Cabildo en la co-

organización del citado evento, es el siguiente:

*Billetes aéreos: 2.225,97 €

*Sonido e iluminación: 2.942,50 €

*Cartelería: 417,30 €

*Gastos de Producción: 1.284,00 €

3.- DURACIÓN.- El presente Convenio entrará en vigor el

mismo día de su formalización y finalizará una vez haya

concluido el evento que se organiza de manera conjunta, y en

todo caso, el 30 de julio de 2016.

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4.- RÉGIMEN JURÍDICO.- El Convenio de Colaboración en un

instrumento de cooperación de naturaleza bilateral y en pie

de igualdad que se firma entre las partes para el desarrollo

de temas de interés común, regulándose por los pactos y

estipulaciones que en el mismo se establecen, y en lo no

regulado específicamente en él, por lo establecido en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, y supletoriamente se aplicarán los principios del

Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de

conformidad con los dispuesto en el artículo 4.2. del citado

texto legal.

5.- RESOLUCIÓN DEL CONVENIO.- El presente convenio se

extinguirá por resolución o por cumplimiento del mismo. A

tales efectos serán de resolución del mismo:

o Mutuo acuerdo de las partes

o Incumplimiento de alguna de las partes de los

compromisos asumidos.

6.- RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO DEL CONVENIO.- Se nombra

como técnico responsable del seguimiento de este Convenio,

por parte del Cabildo Insular a Dª Mónica Vaquero Díaz de

Espada, Gestora Cultural del Servicio de Cultura y Patrimonio

Histórico del Cabildo Insular de La Palma.

7.- JURISDICCIÓN.- Las cuestiones litigiosas que

pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento del

presente Convenio serán del conocimiento y competencia del

orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Así lo convienen, pactan y otorgan en el lugar y fecha

al comienzo indicados, por duplicado ejemplar, firmándolo en

prueba de conformidad.

El Presidente del Excmo. Cabildo La Alcaldesa-Presidenta del Excmo.

Insular de La Palma Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane

D. Anselmo Fco. Pestana Padrón Dª. María Noelia García Leal

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SEGUNDO: Notificar el Acuerdo de aprobación al

Excelentísimo Cabildo Insular de La Palma y emplazar a su

representante para la firma del mismo.

TERCERO: Facultar a la Alcaldesa, como representante de

la Corporación, para la firma del convenio y de cuantos

actos y documentos de su competencia se deriven en ejecución

del mismo.

11.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE

LOS LLANOS DE ARIDANE Y LA ASOCIACIÓN CULTURAL TAGOROR 2 DE

JULIO PARA LA PROMOCIÓN DE LA CIUDAD EN EL MUSEO COMO DESTINO

DE INTERÉS TURÍSTICO.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, del

dictamen de la Comisión Informativa de Desarrollo Económico,

Turismo, Agricultura, Comercio, Empleo, Cultura y Fiestas,

celebrada el día 23 de junio de 2016, y cuyo tenor literal es

el siguiente:

―5.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE

LOS LLANOS DE ARIDANE Y LA ASOCIACIÓN CULTURAL TAGOROR 2 DE

JULIO PARA LA PROMOCIÓN DE LA CIUDAD EN EL MUSEO COMO DESTINO

DE INTERÉS TURÍSTICO.

Visto el informe jurídico emitido, cuyo tenor literal es

el siguiente:

INFORME-PROPUESTA DE SECRETARÍA

En relación con el expediente relativo a la aprobación

del CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCELENTÍSIMO

AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE Y LA ASOCIACIÓN

CULTURAL TAGOROR 2 DE JULIO PARA LA PROMOCIÓN DE LA CIUDAD EN

EL MUSEO COMO DESTINO DE INTERÉS TURÍSTICO, emito el

siguiente informe-propuesta de resolución, de conformidad con

lo establecido en el artículo 175 del Real Decreto 2568/1986,

de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de

Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las

Entidades Locales, con base a los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO

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PRIMERO. Con fecha de 17 de junio de 2016 se recibe en

secretaría providencia a los efectos de que se emita informe

en relación a ―CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL

EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE Y LA

ASOCIACIÓN CULTURAL TAGOROR 2 DE JULIO PARA LA PROMOCIÓN DE

LA CIUDAD EN EL MUSEO COMO DESTINO DE INTERÉS TURÍSTICO‖.

SEGUNDO. El convenio no supone coste para este

ayuntamiento.

LEGISLACIÓN APLICABLE

La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:

- Los artículos 22.2.p), 47.2.h) y 57 de la Ley 7/1985,

de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen

Local.

- Los artículos 6, 8, y 9 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de

Canarias, artículos 31, 40, 55

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha

seguido la tramitación establecida en la Legislación

aplicable procediendo su aprobación al Pleno.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el

artículo 175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

por el que se aprueba el Reglamento de Organización,

Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución:

INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

PRIMERO. Aprobar el “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL

EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE Y LA

ASOCIACIÓN CULTURAL TAGOROR 2 DE JULIO PARA LA PROMOCIÓN DE

LA CIUDAD EN EL MUSEO COMO DESTINO DE INTERÉS TURÍSTICO.”

SEGUNDO. Notificar el Acuerdo de aprobación a la

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Asociación Cultural Tagoror 2 de julio y emplazar a su

representante para la firma del mismo.

TERCERO. Facultar a la Alcaldesa, como representante de

la Corporación, para la firma del convenio y de cuantos

actos y documentos de su competencia se deriven en ejecución

del mismo.

No obstante, la Corporación en Pleno acordará lo que

estime pertinente, con criterio mejor fundado en derecho.

En Los Llanos de Aridane, a 17 de junio de 2016. La

Secretaria General, Fdo. Miriam Pérez Afonso

Manifiesta la Concejal Socialista Amparo Martín que no

se incluye cantidad económica para folletos.

La Secretaria hace constar que se lleva a Pleno para

iniciar la formación, que es gratuita a cargo del Técnico de

Cultura. Si hay costes será para 2017, cuando se inicien las

actividades.

Pregunta si no se puede ampliar la colaboración a otros

colectivos de mayores, la Secretaria contesta que eso es una

cuestión política, que trabajó en base a la providencia de la

Concejal que planteaba colaborar con Maestros jubilados.

No suscitándose debate sobre dicho asunto, la Comisión

Informativa acuerda por 3 votos a favor (Grupo Popular) y 4

abstenciones (Grupo de Coalición Canaria y Grupo Mixto),

elevar el siguiente dictamen al Pleno de la Corporación:

Primero: Aprobar el “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL

EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE Y LA

ASOCIACIÓN CULTURAL TAGOROR 2 DE JULIO PARA LA PROMOCIÓN DE

LA CIUDAD EN EL MUSEO COMO DESTINO DE INTERÉS TURÍSTICO.”

Segundo: Notificar el Acuerdo de aprobación a la

Asociación Cultural Tagoror 2 de julio y emplazar a su

representante para la firma del mismo.

Tercero Facultar a la Alcaldesa, como representante de

la Corporación, para la firma del convenio y de cuantos

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actos y documentos de su competencia se deriven en ejecución

del mismo.‖

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, Dña.

Amparo María Martín Martín, en representación del Partido

Socialista en integrante del Grupo Mixto, diciendo: Gracias

Sra. Alcaldesa.

En Comisión cuando estuvimos hablando de este Convenio

se nos presentaban algunas dudas, sobre todo porque hablaba

de jubilados de una asociación y nos parecía un agravio

comparativo con las otras 2 asociaciones de personas mayores,

ya máxime cuando algunos se nos habían acercado hasta

nosotros para decirnos que también les gustaría a ellos

formar parte de esa actividad y de esa formación.

Y sobre todo, aunque nos había contestado la Sra.

Secretaria en cuanto a las condiciones económicas, pues

aparece en el mismo punto que el Ayuntamiento asumirá los

costes del seguro que cubre la actividad, los cursos de

formación, cuando teníamos entendido que los cursos de

formación serían llevados a cabo por el Técnico municipal de

Cultura, y que no sabíamos tampoco a cuánto ascendería el

material promocional de esta actividad.

Por lo que solicitamos que, hasta que no tengamos claro

las diferentes cuestiones y las debatamos en Comisión, pues

dejar este Convenio sobre la mesa. Gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación, Dña.

María Noelia García Leal, diciendo: Tiene la palabra la Sra.

Secretaria.

Interviene Dña. Miriam Pérez Afonso, Secretaria del

Ayuntamiento, diciendo: Repetir lo que se dijo en Comisión,

que lo que se pretendía firmando este Convenio, o sea

aprobando este Convenio ahora, era poder empezar la formación

con la Asociación en septiembre para iniciar la actividad de

cara al año que viene, y ya el año que viene traer una

renovación de este convenio ya incluyendo las cantidades

porque el material promocional cuando se va a empezar a

repartir es de cara a 2017, fue lo que me comentaba la

Concejal.

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Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Y en el sentido del agravio comparativo, no hay

agravio comparativo, es decir, el Convenio es con una

Asociación Cultural no con una Asociación de Mayores, es

decir, en todo caso habrá posibilidades siempre de ampliar el

Convenio, como manifiesta la Sra. Secretaria.

Tiene la palabra la Sra. Martín.

Interviene la Sra. Martín Martín, diciendo: Gracias Sra.

Alcaldesa, es que hasta donde yo llego, la Asociación

Sociocultural Las Camelias recibe ese nombre, Asociación

Sociocultural, y sobre todo porque en el Convenio se habla

sobre todo de miembros de la Asociación Cultural 2 de Julio

jubilados.

Entonces por eso era por lo que lo planteábamos, porque

en estas asociaciones al tener también los mismos términos de

sociocultural pues también estaban interesados en recibir

eso.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

señalando: Siempre se puede hacer un nuevo Convenio con las

otras entidades y no hay problema, es decir, aceptamos la

propuesta y no hay problema ninguno en añadirla.

Por parte del Grupo de Coalición Canaria, la Sra.

Domínguez.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, Dña.

Vanesa Pérez Domínguez, portavoz del Grupo Municipal de

Coalición Canaria, diciendo: Como decía la compañera del

Partido Socialista, nosotros si queríamos incluir en el

Convenio a las Asociaciones de Mayores puesto que en el

primer párrafo de la moción o en el segundo párrafo, dice que

este Convenio se hace para… según la II Asamblea Mundial

sobre el Envejecimiento para dinamizar las Asociaciones de

Personas Jubiladas y de Mayores, por lo tanto nos gustaría

que en el Convenio se añadiese al resto de Asociaciones de

Mayores.

También… no entendemos por qué no se pone aportación

económica, se nombra material puesto que ya el Museo el

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CEMFAC ya posee material informativo en libros, en folletos,

en varias publicaciones, incluso se nombra en la moción que

no hay ni siquiera información de la ubicación del Museo en

la Calle, si la hay, debajo de cada cuadro está la

información del autor, se explica sobre el cuadro, y a parte

de eso, antes estaba en la Oficina de Turismo y en el Área de

Cultura y también en la Biblioteca los distintos libros y

materiales que se han editado sobre el Museo en la Calle.

Por eso es nuestra duda, de por qué se nombra que hay

que volver a editar material sobre el Museo en la Calle.

Y también tenemos la duda, de si se nombra que la

formación la va a dar el personal de Cultura, después hay en

otro párrafo en el que nombra que hay que ver qué dotación

económica se necesita para la formación, nos queda esa duda.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Muchas gracias Sra. Pérez.

La verdad es que lamento que hoy no esté aquí la

Concejal de Cultura, ya les digo que por motivo de ensayo de

la Fiesta de Arte pues se ausenta de este Pleno y por motivos

de enfermedad también, yo lo que propongo es que mantengamos

este Convenio en los términos expuestos y siempre será

mejorable y siempre será bien recibido el tema de hacer otro

tipo de Convenio exactamente en los mismos términos con otras

entidades y asociaciones.

Por lo tanto, mantenemos este Convenio y como digo,

rectificaremos y mejoraremos el Convenio suscrito.

¿Sra. Pérez a efectos?

Interviene la Sra. Pérez Domínguez, diciendo: A efectos

simplemente de posicionarnos, a nosotros si nos gustaría

porque lo dice la moción que es para dinamización…

Interviene la Sra. Alcaldesa, señalando: No es una

moción Sra. Pérez.

Continúa la Sra. Pérez Domínguez, señalando: Bueno o el

Convenio, que el Convenio se extendiese como dice el Convenio

que es para dinamizar a las Asociaciones de Mayores del

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municipio, que se extienda el Convenio al resto de

Asociaciones de Mayores y nos gustaría por lo menos, que se

deje sobre la mesa hasta que sepamos cuánto va a costar y

hasta que se vuelva a estudiar, porque como le comento, el

Convenio se contradice en un par de párrafos y queremos

hacerlo extensivo.

Por lo tanto, solicitamos que se deje sobre la mesa o si

no lo vamos a votar en contra.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Vale, aceptamos

la sugerencia y yo creo que la Concejal de Cultura también

estaba de acuerdo en ampliar, pero el no aprobarlo ahora

significaría retrazarlo, por lo tanto nosotros lo vamos a

mantener. Pasamos a votar.

Aceptamos la propuesta no de dejarlo encima de la mesa

sino de ampliarlo al resto de las Asociaciones.

Tal cual aparece recogido en el Convenio, tal cual

aparece recogido en el Convenio, si es necesario hacer otro

Convenio con el resto de entidades, lo vamos a hacer, es

decir, pero el Convenio se aprueba en los términos expuestos

como usted bien dice y además viene contemplado dentro del

Convenio.

Votos a favor del Convenio propuesto…

De todas formas repito, recogeremos las sugerencias y

llevaremos a efecto cualquier tipo de mejora respecto a este

Convenio.

Parece que… y disculpen, parece que es que la Asociación

Tagoror 2 de Julio cada vez que traemos una propuesta de la

Asociación Tagoror 2 de Julio, este Pleno nunca le da el

visto bueno.

No suscitándose más debate sobre dicho asunto, el Pleno

de la Corporación acuerda por 10 votos a favor (Grupos

popular e Izquierda Unida), 2 abstenciones (socialista) y 7

votos en contra (nacionalistas) de los miembros corporativos

presentes, la adopción del siguiente acuerdo:

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PRIMERO: Aprobar el “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL

EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE Y LA

ASOCIACIÓN CULTURAL TAGOROR 2 DE JULIO PARA LA PROMOCIÓN DE

LA CIUDAD EN EL MUSEO COMO DESTINO DE INTERÉS TURÍSTICO”,

cuyo tenor literal es el siguiente:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO

DE LOS LLANOS DE ARIDANE Y LA ASOCIACIÓN CULTURAL TAGOROR 2

DE JULIO PARA LA PROMOCIÓN DE LA CIUDAD EN EL MUSEO COMO

DESTINO DE INTERÉS TURÍSTICO

REUNIDOS

En Los Llanos de Aridane, a ______________________.

De una parte, Doña María Noelia García Leal, con DNI

________ en calidad de Alcaldesa-Presidenta del Excelentísimo

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, con CIF __________,

facultada para la firma del presente por acuerdo del Pleno

del Ayuntamiento de fecha _____.

De otra parte, Don Hugo Castro Bethencourt, con DNI en

calidad de Presidente de la Asociación Cultural 2 de julio,

con CIF ______________, facultado por __________.

INTERVIENEN

Doña María Noelia García Leal, en representación del

Excelentísimo Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, con

domicilio en Plaza de España s/n, Los Llanos de Aridane.

Don Hugo Castro Bethencourt, en representación de la

Asociación Cultural Tagoror 2 de julio, con domicilio a

efectos de este convenio en _________.

EXPONEN

Que la Asociación Cultural Tagoror 2 de julio se

constituye en Los Llanos de Aridane como Asociación Cultural

no lucrativa el 16 de Febrero de 2.009, con la finalidad de

propagar la instrucción y la cultura en todas sus

manifestaciones. Se autoriza su inscripción en el Registro de

Asociaciones de Canarias con el número G1/S1/13353-09/P,

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128

mediante Resolución del Gobierno de Canarias de fecha 16 de

Marzo de 2.009.

Que el Excelentísimo Ayuntamiento de Los Llanos de

Aridane, en el marco de la normativa vigente, cuenta con

competencias en materia de información y promoción de la

actividad turística de interés y ámbito local, fomentando,

asimismo, la cultura y equipamientos culturales.

Que desde los años 80 hasta la actualidad se han

sucedido una serie de hitos significativos que han

contribuido, en mayor o menor grado, a fomentar la

participación de las personas mayores. La II Asamblea

Mundial sobre Envejecimiento hace constar entre sus

conclusiones que ―Una sociedad para todas las edades incluye

el objetivo de que las personas de edad tengan la oportunidad

de seguir contribuyendo a la sociedad‖ Señala que ―La

contribución social y económica de las personas de edad va

más allá de sus actividades económicas, ya que con frecuencia

esas personas desempeñan funciones cruciales en la familia y

en la comunidad. Muchos de sus valiosos aportes no se miden

en términos económicos, como en el caso de los cuidados

prestados a los miembros de la familia, el trabajo productivo

de subsistencia, el mantenimiento de los hogares y la

realización de actividades voluntarias en la comunidad‖. Así,

―La participación en actividades sociales, económicas,

culturales, deportivas, recreativas y de voluntariado

contribuye también a aumentar y mantener el bienestar

personal. Las organizaciones de personas de edad constituyen

un medio importante para facilitar la participación mediante

la realización de actividades de promoción y el fomento de la

interacción entre las generaciones‖.

Que es interés concurrente de ambas entidades la

promoción del voluntariado de mayores y el fomento del

conocimiento de la cultura municipal, fundamentalmente de las

obras que constituyen “La Ciudad en el Museo‖.

Que este innovador museo en la calle, pionero en Europa

y único en Canarias, se puso en marcha entre 1999 y 2000,

coincidiendo con el centenario de Los Llanos de Aridane y, a

día de la fecha, se es consciente de que se necesita quien

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129

pueda proporcionar información sobre la ubicación exacta de

las piezas que componen este museo, de su autoría y

significado.

Que fomentando la combinación de esfuerzos entre ambas

partes, este Museo puede convertirse en visita obligada en el

municipio y en La Palma, para turistas y naturales de la

isla.

En consecuencia, coincidiendo las partes en los

objetivos expuestos, acuerdan formalizar el presente Convenio

de Colaboración, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO

El presente Convenio tiene por objeto establecer las

condiciones en las que El Excelentísimo Ayuntamiento de Los

Llanos de Aridane y La Asociación Cultural Tagoror 2 de julio

colaborarán para la promoción de ―La Ciudad en el Museo‖.

Para este fin, ambas partes consensuarán planes de

acción de carácter bimensual en los que se incluirá el

detalle y desglose de las acciones que se pretenden realizar.

SEGUNDA.- COMPROMISOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES

La Asociación Cultural 2 de julio, a través de sus

miembros jubilados llevará acciones de visitas guiadas a las

obras que componen ―La Ciudad en el Museo‖.

A través de ello colaborarán culturalmente con centros

educativos, asociaciones y cualesquiera otras entidades de

derecho público interesadas en conocer las obras expuestas en

Los Llanos de Aridane.

El Excelentísimo Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane

facilitará a los miembros de la asociación voluntarios la

formación necesaria para el correcto desarrollo de las

visitas guiadas a través de los técnicos del Área de Cultura.

Se impartirán cursos de aprendizaje y reciclaje según las

necesidades detectadas y en virtud de las disponibilidades

presupuestarias de la Corporación.

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TERCERA.- COMPROMISOS Y OBLIGACIONES EN RELACIÓN CON LA

PROMOCIÓN DE LA CIUDAD EN EL MUSEO.

Las acciones llevadas a cabo a través de este convenio

lo serán de carácter gratuito.

Las visitas llevadas a cabo se realizarán sin que se

actúe en detrimento de los profesionales del sector del

turismo. Por lo tanto, no podrán beneficiarse las excursiones

organizadas por entidades privadas ni por particulares, si la

oferta del sector privado lo cubriera.

Para el mejor fin de este acuerdo, si se estimare

necesario, el Ayuntamiento elaborará y facilitará el material

promocional que se estimare necesario.

CUARTA.- CONDICIONES ECONÓMICAS

La celebración de este convenio no supondrá coste alguno

para la Asociación Cultural Tagoror 2 de julio. El

Ayuntamiento asumirá los costes del seguro que cubra la

actividad, los cursos de formación y, en su caso, el material

promocional hasta un límite anual de ________€.

La celebración de este convenio y las actividades a su

amparo no generarán ningún tipo de relación laboral ni

contractual entre el Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane y

las Asociación Cultural 2 de julio, ni sus miembros y/o

socios.

El desarrollo de las actuaciones será compatible con la

solicitud y reconocimiento, en su caso, del derecho a

subvenciones de este Ayuntamiento.

QUINTA.- COORDINACIÓN DE ACTUACIONES

El Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, a través del

Área de Cultura, recibirá las solicitudes de visitas guiadas

de los interesados. Estas solicitudes se formularán por

escrito y en las mismas se hará constar la fecha y hora en la

que se desea realizar la visita y el número de participantes.

Las solicitudes habrán de formularse con una antelación

mínima de 15 días.

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131

El Ayuntamiento lo pondrá en conocimiento de la

Asociación Cultural que no podrá negar su colaboración salvo

por causa de fuerza mayor apreciada por el Ayuntamiento.

El otorgamiento de visita guiada se notificará por

escrito al solicitante con una antelación mínima de 5 días a

la fecha de realización de la actividad.

SEXTA.- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.

Las partes constituirán una Comisión Mixta de Seguimiento

que asegure el buen fin de los compromisos asumidos en este

Convenio. Dicha Comisión estará constituida por, al menos,

dos representantes de cada una de las partes, que serán:

- Por parte del Excelentísimo Ayuntamiento de Los Llanos

de Aridane:

o El/ la Concejal del Área de Cultura.

o El/la técnico de Cultura.

- Por parte de la Asociación Cultural Tagoror 2 de julio:

o El Presidente o persona en la que éste delegue.

o El Vicepresidente o persona en la que éste delegue.

SÉPTIMA.- INCUMPLIMIENTO

El incumplimiento de las obligaciones a las que se

refieren los apartados anteriores, podrá dar lugar a la

suspensión parcial, temporal o definitiva de la vigencia del

Convenio, previo expediente en cuya instrucción se

garantizará la audiencia de las partes.

OCTAVA.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN

Son causas de resolución del presente convenio:

a) El transcurso del período de vigencia del convenio. b) El incumplimiento por cualquiera de las partes de las

obligaciones asumidas en virtud del presente convenio.

c) El mutuo acuerdo.

NOVENA.- DURACIÓN

El plazo de duración del presente Acuerdo será de un año

a contar desde la fecha de la firma del mismo, pudiendo

prorrogarse por otros períodos siempre que concurra la

voluntad de las partes mediante acuerdo expreso que habrá de

formalizarse por escrito.

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132

DÉCIMA.- LEY APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Para la solución de cualquier discrepancia, litigio o

conflicto derivados de la interpretación, ejecución,

resolución y efectos del presente Acuerdo, las partes

consienten en aplicar la legislación española y en acudir, en

caso de conflicto, a la jurisdicción ordinaria, renunciando

expresamente a su propio fuero, si lo tuvieran, o al que en

su caso pudiera corresponderles, y se someten de manera

expresa e irrevocable a la competencia de los Juzgados y

Tribunales de Santa Cruz de Tenerife.

En prueba de conformidad de todo cuanto antecede, firman

las partes el presente documento por duplicado, extendido a

un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el

encabezado.

En Los Llanos de Aridane, a 17 de junio de 2016. La Concejal,

María del Rosario González Palmero.

SEGUNDO: Notificar el Acuerdo de aprobación a la

Asociación Cultural Tagoror 2 de julio y emplazar a su

representante para la firma del mismo.

TERCERO: Facultar a la Alcaldesa, como representante de

la Corporación, para la firma del convenio y de cuantos

actos y documentos de su competencia se deriven en ejecución

del mismo.

12.- DESIGNAR REPRESENTANTE MUNICIPAL EN EL CONSEJO SECTORIAL

DE TURISMO DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, del

dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Planificación, Obras Públicas, Medio Ambiente y Patrimonio,

celebrada el día 10 de junio de 2016, y cuyo tenor literal es

el siguiente:

―4.- DESIGNAR REPRESENTANTE MUNICIPAL EN EL CONSEJO SECTORIAL

DE TURISMO DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA.

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133

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Presidencia

de la siguiente propuesta, cuyo tenor literal es el

siguiente:

PROPUESTA DE LA ALCALDÍA

Visto oficio del Excelentísimo Cabildo Insular de La

Palma, con entrada en esta Corporación el día 13 de mayo de

2016 y Nº de Asiento 9528 por el que se solicita a este

Ayuntamiento que designe un representante municipal en el

Consejo Sectorial de Turismo del Excelentísimo Cabildo

Insular de La Palma a los efectos de su participación como

vocal, debiendo tratarse del Alcalde/a o Concejal/a de

Turismo.

Por la presente se eleva a Pleno propuesta en términos

de nombrar vocal titular a la Alcaldesa, Doña María Noelia

García Leal y suplente a Doña Mónica González Rodríguez,

Concejal del Área de Desarrollo Económico, Turismo,

Agricultura, Comercio, Empleo, Cultura y Fiestas.

En Los Llanos de Aridane, a 16 de mayo de 2016. La

Alcaldesa, Fdo. María Noelia García Leal.

No suscitándose debate sobre dicho asunto, la Comisión

Informativa acuerda por unanimidad de los miembros

corporativos presentes, elevar al Pleno de la Corporación la

propuesta anteriormente transcrita.‖

No suscitándose más debate sobre dicho asunto, el Pleno

de la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros

corporativos presentes, aprobar la propuesta anteriormente

transcrita.

13.- DESIGNAR REPRESENTANTE MUNICIPAL PARA EL CONSEJO ESCOLAR

DEL COLECTIVO DE ESCUELAS RURALES “VALLE DE ARIDANE” (CER).

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía de

la siguiente propuesta, cuyo tenor literal es el siguiente:

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134

PROPUETA DE LA ALCALDÍA

Propuesta que formula la Sra. Alcaldesa – Presidenta de

esta Corporación, Doña María Noelia García Leal, sobre el

nombramiento de representante municipal para el Consejo

Escolar del Colectivo de Escuelas Rurales ―Valle de Aridane‖

(CER).

Por la presente se eleva a Pleno propuesta en términos

de nombrar representante municipal para el Consejo Escolar

del CER, Don Armando Jesús Acosta Bethencourt, Concejal de

Juventud.

En Los Llanos de Aridane, a 03 de junio de 2016. La

Alcaldesa, Fdo. María Noelia García Leal.

No suscitándose debate sobre este asunto, el Pleno de la

Corporación acuerda por unanimidad de los miembros

corporativos presentes, aprobar la propuesta anteriormente

transcrita.

14.- PROPUESTA PREMIOS ESPECIALES GALA DEL DEPORTE 2016 LOS

LLANOS DE ARIDANE.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, del

dictamen de la Comisión Informativa Especial de Cuentas:

Hacienda, Aguas, Seguridad Ciudadana, Recursos Humanos y

Deportes, celebrada el día 23 de junio de 2016, y cuyo tenor

literal es el siguiente:

“PUNTO DE URGENCIA PRIMERO: GALA DEL DEPORTE 2016 LOS LLANOS DE ARIDANE.

Se plantea por la Alcaldía que se pretende la inclusión

como punto de urgencia de las propuestas de la Concejal

Delegada de Deportes, Doña Lorena Hernández, en relación a la

Gala del Deporte que se celebrará el día 30 de junio.

Por unanimidad los miembros de la Comisión aprueban

incluir la Gala del Deporte como punto de urgencia en la

Comisión.

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135

Toma la palabra la Señora Concejal para pronunciarse en

los términos de manifestar que se procederá al reconocimiento

de los siguientes premiados:

- Club de Ajedrez Isla Bonita por acercar el ajedrez a la

tercera edad y los discapacitados.

- Raquel Padrón, premio a la integración, por ser una mujer

al frente de un banquillo de baloncesto.

- José Luis González, por su labor en la radio vinculada a la

actividad deportiva.

- Alfonso Montesdeoca por su documental ―Isla Azul‖.

- Amodo 5, asociación sin ánimo de lucro con importante labor

deportiva.

Toma la palabra Don Adelto Concepción, Concejal

Nacionalista, para exponer que se van a abstener ya que,

seguramente, hay más personas y entidades que lo merecen.

El Concejal de Izquierda Unida, Felipe Ramos, también

anuncia su abstención en cuanto miembro del Club de Ajedrez

Isla Bonita.

La Alcaldesa manifiesta que el año próximo se podrán

celebrar reuniones a fin de acordar, entre todos los grupos,

quienes van a ser los premiados.‖

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, Dña.

Mariela Rodríguez Calero, en representación de Grupo de

Izquierda Unida Canaria e integrante del Grupo Mixto,

diciendo: Solo dos observaciones de cara a próximas

ediciones.

Se nos ocurre que igual sería procedente establecer las

categorías de manera más genérica, por ejemplo, a la

integración en el deporte, un premio de igualdad en el

deporte porque por ejemplo, la mención que se hace a Raquel

Padrón de premio a la integración, no sabemos hasta qué punto

la finalidad del premio, que entendemos que es la primera

mujer que entrena a un equipo de primera división, está en la

Federación Canaria de Baloncesto y demás.

Igual me encajaría más dentro de una categoría en la que

se premiara el trabajo por la igualdad de género en el

deporte, y así con las otras categorías, creemos que sería

para otras ediciones tal vez valorable.

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136

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Muchas gracias Sra. Rodríguez, aceptamos la

sugerencia y además yo creo que la propuesta que hacíamos en

Comisión de que con antelación, también el resto de grupos

haga propuestas de posibles entidades o personas a premiar.

Pasamos a votar la propuesta de los Premios Especiales.

No suscitándose más debate sobre dicho asunto, el Pleno

de la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros

corporativos presentes, la adopción del siguiente acuerdo:

Conceder los siguientes premios:

- Club de Ajedrez Isla Bonita por acercar el ajedrez a la

tercera edad y los discapacitados.

- Raquel Padrón, premio a la integración, por ser una mujer

al frente de un banquillo de baloncesto.

- José Luis González, por su labor en la radio vinculada a la

actividad deportiva.

- Alfonso Montesdeoca por su documental ―Isla Azul‖.

- Amodo 5, asociación sin ánimo de lucro con importante labor

deportiva.

15.- PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL NÚMERO Y DENOMINACIÓN DE

LAS COMISIONES INFORMATIVAS.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía de

la siguiente propuesta, cuyo tenor literal es el siguiente:

“PROPUESTA DE LA ALCALDÍA

En la Junta de Portavoces de 23 de mayo de 2016 se

trató, entre otros, el siguiente punto:

4.- PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL NÚMERO Y DENOMINACIÓN

DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS.

Se eleva a los Señores Portavoces propuesta de unificar

y reducir el número de comisiones aglutinando en tres:

- COMISIÓN INFORMATIVA ESPECIAL DE CUENTAS: HACIENDA,

AGUAS, SEGURIDAD CIUDADANA, RECURSOS HUMANOS Y DEPORTES.

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137

- COMISIÓN INFORMATIVA DE URBANISMO, PLANIFICACIÓN,

OBRAS PÚBLICAS, MEDIO AMBIENTE Y PATRIMONIO.

- COMISIÓN INFORMATIVA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD,

SANIDAD, JUVENTUD, EDUCACIÓN Y ARTESANÍA.

Se valorará por los distintos portavoces. La Alcaldesa

manifiesta que se trata de dar continuidad a las comisiones

amén de evitar la convocatoria de sesiones con un solo punto

del orden del día, con lo que ello conlleva de dedicación de

tiempo y, por ende, de recursos de todo tipo.

Se pretende que las áreas correspondientes a desarrollo

económico, turismo, agricultura, comercio, empleo, cultura y

fiestas se traten por la comisión de Bienestar Social,

Igualdad, Sanidad, Vivienda, Juventud, Educación y Artesanía.

Asimismo, se pretende que las materias de nuevas tecnologías

y servicios de atención a la ciudadanía pasen a la Comisión

Especial de Cuentas.

En orden a elevar al órgano competente propuesta de

modificación del número de comisiones informativas, se

solicita se emita por Secretaría informe comprensivo de la

normativa a aplicar y procedimiento a seguir.

En Los Llanos de Aridane, a 16 de junio de 2016. La

Alcaldesa, Fdo. María Noelia García Leal.‖

Visto el informe jurídico emitido, cuyo tenor literal es

el siguiente:

INFORMA DE SECRETARÍA

De acuerdo con lo ordenado por la Alcaldía mediante

Providencia de fecha 16 de junio de 2016, y en cumplimiento

de lo establecido en el artículo 3.a) del Real Decreto

1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el

régimen jurídico de los funcionarios de administración local

con habilitación de carácter nacional emito el siguiente,

INFORME

ANTECEDENTES:

En el día de la fecha se recibe providencia de la

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138

Alcaldía en orden a la emisión de informe sobre la propuesta

que se transcribe:

En La Junta de Portavoces de 23 de mayo de 2016 se

trató, entre otros, el siguiente punto:

4.- PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL NÚMERO Y DENOMINACIÓN

DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS.

Se eleva a los Señores Portavoces propuesta de unificar

y reducir el número de comisiones aglutinando en tres:

- COMISIÓN INFORMATIVA ESPECIAL DE CUENTAS: HACIENDA,

AGUAS, SEGURIDAD CIUDADANA, RECURSOS HUMANOS Y DEPORTES.

- COMISIÓN INFORMATIVA DE URBANISMO, PLANIFICACIÓN, OBRAS

PÚBLICAS, MEDIO AMBIENTE Y PATRIMONIO.

- COMISIÓN INFORMATIVA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD,

SANIDAD, JUVENTUD, EDUCACIÓN Y ARTESANÍA.

Se valorará por los distintos portavoces. La Alcaldesa

manifiesta que se trata de dar continuidad a las comisiones

amén de evitar la convocatoria de sesiones con un solo punto

del orden del día, con lo que ello conlleva de dedicación de

tiempo y, por ende, de recursos de todo tipo.

Se pretende que las áreas correspondientes a desarrollo

económico, turismo, agricultura, comercio, empleo, cultura y

fiestas se traten por la comisión de Bienestar Social,

Igualdad, Sanidad, Vivienda, Juventud, Educación y Artesanía.

Asimismo, se pretende que las materias de nuevas tecnologías

y servicios de atención a la ciudadanía pasen a la Comisión

Especial de Cuentas.

En orden a elevar al órgano competente propuesta de

modificación del número de comisiones informativas, se

solicita se emita por Secretaría informe comprensivo de la

normativa a aplicar y procedimiento a seguir.

En Los Llanos de Aridane, a 16 de junio de 2016.

La Alcaldesa.- María Noelia García Leal.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS:

PRIMERO. Las Comisiones Informativas, integradas

exclusivamente por miembros de la Corporación, son órganos

sin atribuciones resolutorias que tienen por función el

estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser

sometidos a la decisión del Pleno y de la Junta de Gobierno

Local cuando esta actúe con competencias delegadas por el

Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse Acuerdos declarados

urgentes. Igualmente, informarán aquellos asuntos de la

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139

competencia propia de la Junta de Gobierno Local, y del

Alcalde o Presidente, que les sean sometidos a su

conocimiento por expresa decisión de aquellos, y, efectuarán

el seguimiento de la gestión del Alcalde, la Junta de

Gobierno y los Concejales que ostenten delegaciones, sin

perjuicio de las competencias de control que corresponden al

Pleno.

En su composición se respetará la proporcionalidad

política del Pleno, garantizándose que todo grupo municipal

tenga al menos un concejal en cada comisión.

SEGUNDO. La Legislación aplicable es la siguiente:

— Los artículos 37.b) y 41 a 43 de la Ley 7/2015, de 1 de

abril, de Municipios de Canarias.

— El artículo 20.1.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases del Régimen Local.

— Los artículos 123 a 126 y 134 a 138 del Reglamento de

Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las

Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28

de noviembre.

TERCERO. Son Comisiones Informativas permanentes las que se

constituyen con carácter general, distribuyendo entre ellas

las materias que han de someterse al Pleno. Su modificación

durante el mandato corporativo, se decidirá mediante Acuerdo

adoptado por el Pleno a propuesta del Alcalde o Presidente.

El procedimiento a seguir es el siguiente:

A. De conformidad con el artículo 124.2 del Reglamento

de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las

Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28

de noviembre, la modificación del número de comisiones habrá

de acordarse mediante Acuerdo del Pleno de la Corporación.

En Los Llanos de Aridane, a 16 de junio de 2016. La

Secretaria, Fdo. Miriam Pérez Afonso.

Toma la palabra la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

Dña. María Noelia García Leal, diciendo: Es en los términos

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140

que habíamos adelantado de unificar el número de Comisiones

en 3 Comisiones, para darle mayor agilidad y que de forma

mensual pudiesen desarrollarse, había ocasiones en las que

teníamos que convocar una Comisión por un asunto exclusivo y

concreto.

Por lo tanto la propuesta es:

- Comisión Informativa Especial de Cuentas: Hacienda,

Aguas, Seguridad Ciudadana, Recursos Humanos y Deportes.

- Comisión Informativa de Urbanismo, Planificación, Obras

Públicas, Medioambiente y Patrimonio.

- Comisión Informativa de Bienestar Social, Igualdad,

Sanidad, Juventud, Educación y Artesanía.

¿Cuestiones al respecto?

Sr. Ramos tiene la palabra

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Felipe Ramos Pérez, en representación de Izquierda Unida

Canaria e integrante del Grupo Mixto, diciendo: Gracias Sra.

Alcaldesa.

En primer lugar y aunque no es costumbre de este

portavoz pedirle a otros grupos que dejen sobre la mesa

alguna propuesta, me voy a atrever hoy a hacerlo porque

consideramos que hay varias cuestiones que quizás deberíamos

debatir en el órgano creo que competente, que es la Junta de

Portavoces.

En primer lugar, la propuesta que se hace desde

Alcaldía, se señala en la Propuesta, en el último párrafo,

que se emita por Secretaría un informe comprensivo de la

normativa a aplicar y el procedimiento a seguir, informe que

no tenemos, es decir, solo contamos con la parte del Acta de

la Junta de Portavoces en la que se especificaba o

explicitaba la Propuesta de la Alcaldía.

Luego nos parece que hay una omisión de una Comisión,

que lamentablemente a nosotros nos hubiera gustado que

tuviera un recorrido que no ha tenido, y que esperamos

plantear alguna serie de propuestas para reformularla en su

composición y funciones y que tenga realmente sentido, no

simplemente sea una Comisión decorativa como es la de

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Control de la Contratación que no se recoge en ninguna de las

3 grandes Comisiones que se plantean.

Y luego, tendría que… hablo de memoria, pero creo que no

se ha convocado prácticamente ninguna Comisión por convocar

en este periodo, es decir, creo que en general ha funcionado

bastante bien la planificación, algunas veces evidentemente

han venido asuntos de urgencia y no ha habido más obligación

que convocar una Comisión a última hora, pero creo que en

general no se ha dado esa situación porque algunas de las

Comisiones que se plantea eliminar lamentablemente no se han

convocado, por ejemplo la de Nuevas Tecnologías y

Participación Ciudadana o la de Control de la Contratación

solo se ha convocado en una ocasión.

Por otra parte, si de lo que se trata es de una cuestión

económica en el sentido de las asignaciones, se puede llegar

también al acuerdo que no todas las Comisiones Informativas

tengan que ser remuneradas, es decir, es una propuesta que

dejamos sobre de la mesa para que otros partidos la valoren,

y por eso yo creo que en Junta de Portavoces podemos

adelantar el trabajo y venir con una propuesta no solo de la

Alcaldía sino con el respaldo del resto de formaciones

políticas. Muchas Gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Muchas gracias Sr. Ramos.

Hombre, yo le hubiese agradecido que esta sugerencia que

nos hace hoy, nos la hubiese hecho en el momento en el que le

manifestábamos la voluntad del Gobierno y además ya lo

hicimos en una Comisión de Portavoces, es decir, no hay

ningún problema por parte del Gobierno de sentarnos y verlo y

que sea una propuesta consensuada obviamente, no hay ninguna

voluntad de imponer absolutamente nada.

Repito, fue una propuesta que se hizo en Junta de

Portavoces, no en la última sino en la anterior incluso, no

había necesidad de llegar al momento del Pleno, es decir, por

parte de esta Alcaldía se deja encima de la mesa sin problema

ninguno y lo vemos en Portavoces, en la siguiente Junta de

Portavoces que tengamos o en reuniones previas que tengamos

para adelantarlo y que se dictamine un Junta de Portavoces y

venga una propuesta.

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142

Por lo tanto, dejamos encima de la mesa la propuesta.

En este momento, y como consecuencia de la urgencia de

los asuntos a tratar, el Pleno de la Corporación acuerda por

unanimidad de los miembros corporativos presentes, la

inclusión en el Orden del Día de los siguientes puntos de

urgencia:

PUNTO DE URGENCIA PRIMERO: SOLICITUD DE ADHESIÓN AL ACUERDO

MARCO PARA LA CONTINUIDAD DE LOS PROGRAMAS DE LOS SERVICIOS

SOCIALES COMUNITARIOS (PLAN CONCERTADO Y LA PCI).

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, del

dictamen de la Comisión Informativa de Bienestar Social,

Igualdad, Sanidad, Vivienda, Juventud, Educación y Artesanía,

celebrada el día 28 de junio de 2016, y cuyo tenor literal es

el siguiente:

“2.- SOLICITUD DE ADHESIÓN AL ACUERDO MARCO PARA LA

CONTINUIDAD DE LOS PROGRAMAS DE LOS SERVICIOS SOCIALES

COMUNITARIOS (PLAN CONCERTADO Y LA PCI).

Toma la palabra el Sr. Alcalde Accidental, D. Mariano

Hernández Zapata para explicar que se trata del Plan

Concertado que se trae cada año a comisión y pleno en materia

de Servicios Sociales.

El Concejal del Grupo Mixto, Felipe Ramos solicita se

explique a los concejales que se encuentran en su primera

legislatura en qué consiste el Plan Concertado.

Toma la palabra Dña. Nieves Valcárcel para expresar que

se trata del acuerdo marco entre los Ayuntamiento y la

Comunidad Autónoma de Canarias para el mantenimiento de los

servicios sociales básicos. La cantidad de dinero se mantiene

invariable con respecto a años anteriores y lo que se trata

es de cubrir las labores de valoración y orientación,

servicios comunitarios. Incluyen las tareas que se llevan a

cabo en el citado Plan Concertado, el tema de ayuda a

domicilio y Prestación Canaria de Inserción (PCI). La mayor

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143

parte de lo recursos económicos se destinan a la financiación

de salarios de los técnicos del área social y también para

ayudas de emergencia social.

El Concejal, Felipe Ramos pregunta si sigue la

problemática en torno a la PCI.

Contesta Don Mariano Hernández que han sido notables los

retrasos en la resolución por parte del Gobierno de Canarias,

pero que se ha mejorado mucho en el último año.

Pregunta el Concejal Socialista, Don Mauricio Pérez en

qué consisten los informes de prioridad laboral.

La Trabajadora Social señala que son informes que se

emiten a los efectos de contratación de un porcentaje de

beneficiarios de convenios con el servicio de empleo.

El Concejal Mariano Hernández matiza que, cuando se

celebran convenios, un cupo queda reservado a quienes

proponga el Ayuntamiento en virtud de las necesidades que se

detecten por las trabajadoras sociales y esos son esos

informes de empleo.

El Concejal pregunta si le pueden indicar cuántas

personas tienen este informe. La técnico del área social

señala que cada trabajador tiene determinados casos, en

función de los que va detectando en el ejercicio de sus

funciones.

No suscitándose debate sobre dicho asunto, la Comisión

Informativa acuerda por unanimidad de los miembros

corporativos presentes, elevar dictamen favorable al Pleno de

la Corporación para la ADHESIÓN AL ACUERDO MARCO PARA LA

CONTINUIDAD DE LOS PROGRAMAS DE LOS SERVICIOS SOCIALES

COMUNITARIOS (PLAN CONCERTADO Y LA PCI), facultando a la

Alcaldesa para la firma de cuantos actos y documentos sean

necesarios y en los términos de acuerdo marco.‖

No suscitándose debate sobre dicho asunto, el Pleno de

la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros

corporativos presentes, la adopción del siguiente acuerdo:

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144

PRIMERO: Solicitar a la Consejería de Empleo, Políticas

Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias, mediante

protocolo adicional, de fecha 30 de diciembre de 2015,

adherirse al Acuerdo Marco para la continuidad de los

programas de los Servicios Sociales Comunitarios formalizado

entre ésta y la Federación Canaria de Municipios (FECAM) el

pasado 10 de enero de 2014.

SEGUNDO: Solicitar a la Consejería de Empleo, Políticas

Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias, a través de la

Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración, la

concesión de fondos públicos por importe total de 140.234,66

€, para el desarrollo en el ámbito de los Servicios Sociales

Comunitarios que se indican, si bien condicionado, en todo

caso, a las disponibilidades de las líneas presupuestaria de

la Comunidad Autónoma y del Estado para el presente

ejercicio:

ACTUACIONES SOLICITA Aportación

Municipal

COSTE TOTAL

PRESTACIONES

BÁSICAS

PLAN

CONCERTADO

Plan

Concertado

63.858,67 €

250.406,21 €

352.296,95 € Prestaciones

Básicas CCAA

26.245,12 €

Prestaciones

Básicas Estado

11.786,95 €

PRESTACIÓN CANARIA DE INSERCIÓN

38.343,92 €

22.938,52 €

61.282,44 €

TOTAL

140.234,66 €

273.344,73 €

413.579,39 €

TERCERO: Que el Ayuntamiento asumirá con cargo a su

presupuesto municipal y para el desarrollo del programa la

cantidad de 273.344,73 €.

CUARTO: Facultar a la Sra. Alcaldesa para la firma de

cuantos actos y documentos sean necesarios y en los términos

del acuerdo marco.

PUNTO DE URGENCIA SEGUNDO: ORDENANZA REGULADORA DE LOS

HUERTOS MUNICIPALES EN EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS

DE ARIDANE.

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145

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, del

dictamen de la Comisión Informativa de Bienestar Social,

Igualdad, Sanidad, Vivienda, Juventud, Educación y Artesanía,

celebrada el día 28 de junio de 2016, y cuyo tenor literal es

el siguiente:

―3.- ORDENANZA REGULADORA DE LOS HUERTOS MUNICIPALES EN EL

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE.

Se da cuenta por el Alcalde Accidental, Don Mariano

Hernández Zapata, de la Ordenanza Reguladora de los Huertos

Municipales del Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane.

Visto el informe jurídico emitido, cuyo tenor literal es

el siguiente:

INFORME DE SECRETARÍA

De acuerdo con lo ordenado por la Alcaldía mediante

Providencia de fecha 22 de junio de 2016 en orden a la

aprobación de la Ordenanza Municipal Reguladora de los

huertos municipales del Excelentísimo Ayuntamiento de Los

Llanos de Aridane, y en cumplimiento de lo establecido en el

artículo 3.a) del Real Decreto 1174/1987, de 18 de

septiembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de los

funcionarios de Administración Local con habilitación de

carácter nacional, emito el siguiente,

INFORME

PRIMERO. El Municipio, según dispone el artículo 25 de la

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del

Régimen Local, para la gestión de sus intereses y en el

ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de

actividades y prestar cuantos servicios contribuyan a

satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad

vecinal.

Asimismo, en su calidad de Administración Pública de

carácter territorial, y siempre dentro de la esfera de sus

competencias, corresponde a este Ayuntamiento la potestad

reglamentaria y de autoorganización.

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El instrumento adecuado para regular el banco de tierras

es la aprobación de una Ordenanza municipal, disposición

administrativa de rango inferior a la Ley, de exclusiva y

mejor aplicación en este Municipio.

SEGUNDO. La Legislación aplicable viene determinada por:

— Los artículos 4, 22.2.d), 25, 49 y 70.2 de la Ley

7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen

Local.

— El artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986,

de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de

las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen

Local.

TERCERO. La aprobación de las Ordenanzas locales se

ajustará al siguiente procedimiento:

A. Por Providencia de Alcaldía se ha de iniciar el

expediente y se solicitará a los Servicios Municipales

competentes, en razón de la materia, la elaboración de la

Ordenanza municipal.

B. Elaborado y recibido el proyecto de Ordenanza,

corresponderá la aprobación inicial de la misma por el Pleno

(artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de

las Bases del Régimen Local), previo Dictamen de la Comisión

Informativa, y se abrirá período de información pública, por

un plazo mínimo de treinta días, para que los interesados

puedan presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen

oportunas. El Acuerdo de aprobación inicial se publicará en

el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios

del Ayuntamiento.

C. Concluido el período de información pública, si se

han presentado reclamaciones y/o sugerencias, deberán

resolverse estas, incorporándose al texto de la Ordenanza las

modificaciones derivadas de la resolución de las alegaciones.

La aprobación definitiva corresponde al Pleno, de conformidad

con lo dispuesto por los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley

7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen

Local, previo Dictamen de la Comisión Informativa.

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147

D. En el supuesto de que no se presenten reclamaciones

en relación con la aprobación inicial de la Ordenanza en el

plazo de información pública, se entenderá definitivamente

adoptado el Acuerdo hasta entonces provisional, extendiéndose

por esta Secretaría la certificación que acredite la

elevación a definitiva de la aprobación inicial.

E. El Acuerdo de aprobación definitiva de la Ordenanza,

con el texto íntegro de la misma, debe publicarse para su

general conocimiento en el tablón de anuncios del

Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, tal y

como dispone el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de

abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

El Concejal del Grupo Mixto, Don Felipe Ramos señala que

no tiene aportaciones desde su grupo. Simplemente pregunta si

se han llevado dos textos porque uno regula lo relativo a las

tierras de particulares, donde el Ayuntamiento opera como

intermediario y otra en relación a los terrenos de propiedad

municipal.

La Concejal Delegada señala que si.

El Concejal también del Grupo Mixto, Don Mauricio Pérez,

señala que quiere hacer las siguientes aportaciones:

1º.- En el punto 10, cuando señala que si se produce una

extinción, la siguiente será por el tiempo restante. No le

parece justo siendo el tiempo de partida de todas las

autorizaciones 2 años.

El Alcalde Accidental señala que se hace así para tener

un orden y evitar tener que revisar mensualmente las

autorizaciones.

2º.- Propone que se incentive el cultivo ecológico y, en

este sentido, en el artículo 11 cambiar ―se evite‖ por ―se

prohíben‖, eliminando también del punto 13 ―no autorizados‖.

3º.- Respecto al artículo 12 del gasto en agua, el

apartado b señala que habrán de abonar al Ayuntamiento el

gasto de agua.

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La Concejal de Desarrollo, Doña Mónica González expone

que se plantean dos opciones: montar contadores individuales

y que cada adjudicatario abone su agua o instalar uno general

y que sea a cargo del Ayuntamiento.

La Concejal Nacionalista, Doña Jezabel Hernández expone

la necesidad de establecer algún límite al consumo de agua y

a su financiación por el Ayuntamiento.

El Alcalde Accidental señala que hay también que

considerar que la decisión que se adopte puede aparejar algún

tipo de ordenanza para proceder a la correspondiente

imposición de costes.

El Concejal del Grupo Mixto, Mauricio Pérez señala que

se debe priorizar a personas sin recursos y con un techo de

gasto.

El Alcalde Accidental ve como ideal un contador en cada

parcela a fin de llevar el control.

No suscitándose más debate sobre dicho asunto, la

Comisión Informativa acuerda por unanimidad, elevar el

siguiente dictamen al Pleno de la Corporación:

Primero: Aprobar la ORDENANZA REGULADORA DE LOS HUERTOS

MUNICIPALES EN EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE

ARIDANE, en los términos de aceptar las propuestas 1º y 2º y

la tercera optándose por la solución de contadores

individuales, quedando la materia objeto de ordenanzas de

tipo económico a la oportuna regulación.

Segundo: Someter el expediente a información pública y

audiencia a los interesados por el plazo de treinta días,

para la presentación de reclamaciones, alegaciones y

sugerencias, mediante la inserción de un anuncio en el Tablón

Municipal de Edictos y en el B.O.P. de S/C de Tenerife.

En el caso de que no se presenten reclamaciones o

sugerencias, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo

hasta entonces provisional.‖

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Felipe Ramos Pérez, en representación de Izquierda Unida

Canaria en integrante del Grupo Mixto, diciendo:

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Gracias, simplemente es una cuestión porque como solo nos ha

llegado el dictamen y no tenemos la ordenanza, si se

incluyeron al final todas las modificaciones…

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación, Dña.

María Noelia García Leal, diciendo: Aparecen en el dictamen

las modificaciones que se incluyen.

Interviene el Sr. Ramos Pérez, señalando: Ah vale, vale,

vale…

Continúa la Sra. Alcaldesa, diciendo: Entiendo que el

dictamen recoge las modificaciones que se aprobaron.

No suscitándose más debate sobre dicho asunto, el Pleno

de la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros

corporativos presentes, la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar la ORDENANZA REGULADORA DE LOS HUERTOS

MUNICIPALES EN EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE

ARIDANE, en los términos de aceptar las propuestas 1º y 2º y

la tercera optándose por la solución de contadores

individuales, quedando la materia objeto de ordenanzas de

tipo económico a la oportuna regulación, y cuyo tenor literal

es el siguiente:

ORDENANZA REGULADORA DE LOS HUERTOS MUNICIPALES EN EL EXCMO.

AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE

Artículo 1. Objeto de la Ordenanza

La presente Ordenanza tiene por objeto establecer las

condiciones técnicas y jurídicas que deben regular las

autorizaciones de uso y disfrute de los huertos municipales.

La principal finalidad de estos huertos municipales es

mejorar la situación económica de sus usuarios, al mismo

tiempo que se crea para la población una alternativa de ocio

saludable que contribuya a retomar el contacto con la

naturaleza, produciendo alimentos sanos y frescos, acercando

a la ciudadanía a los métodos sostenibles de producción de

alimentos y fomentando la conservación del medio ambiente,

además de la revitalización e integración de los huertos en

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150

nuestro vivir cotidiano, evitando su olvido, abandono y

finalmente su desaparición.

Artículo 2. De los huertos municipales

Los huertos municipales son parcelas de terrenos

pertenecientes al Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane,

actualmente en desuso, que se cedería a particulares para su

explotación agrícola, permitiéndoles de esta forma mejorar su

situación económica.

Los huertos municipales de Los Llanos de Aridane tienen

carácter temporal y en ellos únicamente se permite el cultivo

de frutas, verduras y hortalizas, destinadas al autoconsumo.

Artículo 3. Emplazamiento

El emplazamiento de los huertos municipales de Los

Llanos de Aridane, inicialmente, es el terreno de 7.311,00

metros cuadrados situado en el Camino de Los Choriceros de

este término municipal, catalogado dentro del Inventario de

Bienes y Derechos del Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de

Aridane, Epígrafe 1A – bienes inmuebles, numero de inventario

240. Este Ayuntamiento podrá incluir, suprimir y/o modificar

las ubicación de los emplazamientos mediante acuerdo plenario

a propuesta de la Alcaldía.

El Ayuntamiento podrá establecer esta regulación como

válida, no sólo para esta finca, sino para cualquier otro

terreno de propiedad municipal que estime oportuno para este

mismo uso.

Artículo 4. Número máximo de huertos municipales

El número máximo de huertos en que se dividiría el suelo

inicialmente previsto municipales que cedería el Ayuntamiento

sería de treinta. No obstante, el Ayuntamiento se reserva la

posibilidad de ampliar o disminuir el número de huertos, en

la medida en la que se habiliten o acondicionen nuevos

terrenos municipales.

Artículo 5. Destinatarios.

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Los destinatarios del proyecto serán los que cumplan los

siguientes requisitos:

a) Ser persona física, mayor de edad. b) Ser vecino de Los Llanos de Aridane, figurando inscrito

en el Padrón Municipal de Habitantes con una antigüedad

de al menos seis meses.

c) Encontrarse, según declaración responsable, con

capacidad física y psíquica, para la realización de las

labores agrícolas a desarrollar en el huerto municipal.

d) No estar en posesión, solicitante, cónyuge o cualquier otro miembro de la unidad familiar, de otra parcela

comprendida en los huertos municipales.

e) No ejercer la actividad agraria, ni poseer parcelas

agrícolas o terrenos de naturaleza rústica, que sean

aptas para actividades agrícolas.

Artículo 6. Solicitudes.

La autorización para la explotación de los huertos

municipales se solicitará por los interesados, mediante

escrito presentado en el Registro General de Entrada de

Documentos del Ayuntamiento, presentando al efecto los

siguientes documentos:

Fotocopia del D.N.I. o documento que legalmente lo

sustituya.

Certificado de empadronamiento.

Declaración responsable de que se encuentra capacitado

para realizar tareas agrícolas.

Cualquier otro documento que permita justificar alguno

de los criterios de adjudicación.

Los solicitantes que no presenten la documentación que

esta Ordenanza exige, serán requeridos para que en el plazo

de diez días completen de forma correcta la documentación

presentada. El incumplimiento del plazo anterior o la

presentación insuficiente de documentos, supondrá la

inadmisión de las solicitudes al otorgamiento de las

autorizaciones municipales y el archivo de la documentación

presentada o la devolución de la misma a los titulares.

Artículo 7. Criterios de concesión de la autorización

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El procedimiento, que se iniciará mediante convocatoria

pública a la que se dará publicidad en la sede electrónica y

en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, a seguir será el

siguiente:

1º.- La convocatoria se aprobará mediante Decreto de la

Alcaldía, abriendo un período de 15 días hábiles para que los

interesados puedan presentar sus solicitudes, según modelos

normalizados.

2º.- Las solicitudes presentadas en el Registro General

serán remitidas al área de servicios sociales.

3º.- Los técnicos designados del área social elevarán

informe priorizando las solicitudes presentadas de acuerdo

con los siguientes criterios que serán de sucesiva

aplicación:

1º Personas sin ningún tipo de ingreso.

2º Personas en situación de desempleo y vulnerabilidad

social.

3º Familias monoparentales.

4º Miembros de familias numerosas.

5º Pensionistas, con preferencia a los jubilados mayores de

65 años, que no lleve a cabo ninguna otra actividad

remunerada.

6º Resto de solicitantes.

4.- El anterior informe se elevará a la Concejalía de

Servicios Sociales a los efectos de que suscribe la oportuna

propuesta.

Artículo 8. Tramitación de las solicitudes

La propuesta de la Concejalía será sometida a dictamen

de la Comisión Informativa competente en materia de bienestar

social.

La Junta de Gobierno de Local será el órgano competente

para resolver, de lo que se dará traslado al interesado.

Artículo 9. Naturaleza de la autorización y causas de

revocación

Al tratarse de un uso común especial normal de los

bienes de dominio público se sujetará a licencia,

ajustada a la naturaleza del dominio, a los actos de su

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153

afectación y apertura al uso público y a los preceptos de

carácter general.

Las licencias se otorgarán directamente, salvo si

por cualquier circunstancia se limitare el número de las

mismas, en cuyo caso lo serán por licitación y, si no

fuere posible, porque todos los autorizados hubieren de

reunir las mismas condiciones, mediante sorteo.

La autorización municipal que se otorgue por la

Administración Municipal para el uso del huerto municipal

estará sometida a la comprobación previa por el Ayuntamiento

del cumplimiento por el peticionario de los requisitos

legales en vigor establecidos en esta Ordenanza.

Las autorizaciones solo podrán otorgarse a personas

físicas, será personal e intransferible y tendrá carácter

discrecional. Además deberán contener:

a) Medida, localización y número de parcela asignada. b) Duración concreta de la autorización.

Queda contemplada la posibilidad de que por causa de

enfermedad o fallecimiento del titular, sea transferida la

autorización a su cónyuge o al familiar más próximo que

cumpla los requisitos exigidos en esta Ordenanza para el

otorgamiento de la autorización.

La autorización del uso del huerto para su cultivo no

supone en ningún caso la transmisión de la propiedad del

terreno, que seguirá siendo siempre de titularidad municipal.

Los huertos serán cedidos por un plazo inicial de dos

años no prorrogables.

Artículo 10. Extinción de las autorizaciones concedidas.

10º.1- Serán causas de extinción de las autorizaciones las

siguientes:

a) Muerte o incapacidad sobrevenida del usuario.

c) Caducidad por vencimiento del plazo.

d) Revocación unilateral de la autorización.

e) Mutuo acuerdo.

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154

f) Cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones

del titular de la concesión, declarado por el órgano que

otorgó la concesión o autorización.

g) Desaparición del bien o agotamiento del aprovechamiento.

h) Desafectación del bien, en cuyo caso se procederá a su

liquidación conforme a lo previsto en el artículo 102 de esta

ley.

En el expediente que se tramite al efecto, en todo caso,

habrá de dejarse constancia de la audiencia al interesado.

Artículo 11. Lista de espera

Con las solicitudes que no hayan podido ser atendidas por

falta de huertos municipales, se creará una lista de espera

para ir ocupando los huertos disponibles, en el supuesto de

que alguno de los usuarios cause baja. En el momento que se

produzca la baja, se valorarán todas las solicitudes que se

han presentado hasta el momento, siguiendo los criterios

establecidos en el Artículo 7 de esta Ordenanza. El

seleccionado pasará a ser adjudicatario de la parcela durante

el periodo que reste hasta la finalización del plazo de uso

de la parcela por el cesante.

Artículo 12. Obligaciones del Ayuntamiento

Corresponde al Ayuntamiento el control de todos los

requisitos establecidos en esta Ordenanza.

Además el Ayuntamiento se encargará de:

1. Acondicionar inicialmente los huertos municipales,

dotándoles del agua necesaria para poder desarrollar la

actividad agrícola.

2. Contratar un seguro de responsabilidad civil, en previsión

de posibles accidentes que puedan ocurrir en el desarrollo

de las tareas de cultivo y de la estancia en el recinto.

3. Incentivar a los adjudicatarios de los huertos a que, en

la medida de lo posible, apliquen criterios de agricultura

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155

ecológica en los cultivos y eviten la utilización de

productos químicos como fertilizantes, plaguicidas, etc.

4. Tratar de llegar a acuerdos con personas físicas o

jurídicas con conocimientos en la materia que,

voluntariamente y de modo gratuito, presten asesoramiento

en materia de cultivos.

El Ayuntamiento no asumirá responsabilidades por daños,

sustracciones o deterioro de los cultivos y herramientas o

sucesos relacionados o derivados de la actividad, conducta o

negligencia de los usuarios de los huertos.

Artículo 13. Obligaciones de los usuarios de los huertos

municipales.

Los titulares de las autorizaciones que con arreglo a esta

Ordenanza utilicen los huertos municipales deberán:

a) Aportar las semillas, las plantas y las herramientas

necesarias para realizar la actividad agrícola.

b) Abonar al Ayuntamiento el agua utilizada para los cultivos, instalando contadores individuales.

c) Ejecutar su trabajo personalmente. En el caso de que sea ayudado por los miembros de su unidad familiar o por otra

persona, mientras se ejecutan dichos trabajos debe estar

presente siempre el adjudicatario de la parcela.

d) Mantener la parcela cultivada y en perfecto estado de

decoro, respetando todos los elementos que forman parte de

la misma o la delimitan.

e) Respetar las reglas que el Ayuntamiento establezca en

relación con el uso del agua, los abonos, las herramientas

y en general cualquier elemento que se les facilite.

f) No emplear trampas u otros métodos de captura para la fauna con sustancias venenosas.

g) Dejar los huertos limpios y vacíos al finalizar el período de autorización.

h) Identificarse mediante el D.N.I., carnet de conducir o

pasaporte en vigor, si así les es solicitado por la policía

local o por cualquier funcionario del Ayuntamiento en el

ejercicio de su función inspectora.

i) Los usuarios de los huertos, serán responsables de una

correcta gestión y/o tratamiento de los residuos que se

produzcan en su parcela, debiendo cumplir las Ordenanzas

Municipales que regule o pueda regular la actividad

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156

propia directa o indirectamente, o cualquier otra normativa

aplicable en materia ambiental y de residuos.

j) Serán asimismo responsables de obtener y mantener

actualizados cuantos permisos a autorizaciones sean

necesarios para el ejercicio de las actividades. Del mismo

modo serán a su cargo las obligaciones tributarias y frente

a la seguridad social u otras administraciones que se

derivaren de las autorizaciones y actividades ejecutadas

bajo esta disposición.

Artículo 14. Prohibiciones establecidas

Los huertos municipales se dedicarán única y

exclusivamente a huerto familiar, cultivándose sólo especies

para el autoconsumo humano, admitiéndose como única excepción

el cultivo de plantas aromáticas.

En consecuencia, no podrán ser destinadas a otras

finalidades, quedando expresamente prohibido:

a) El traspaso de la parcela a otro particular. b) El cultivo de plantas degradantes del suelo. c) El cultivo de plantas psicotrópicas y/o prohibidas por

la ley.

d) Modificar la estructura de la parcela. e) Dejar las herramientas y otros instrumentos utilizados

para el cultivo fuera de los límites de la parcela de

cultivo asignada, para evitar que interfieran en la

actividad del resto de usuarios y en el paso hacia las

mismas.

f) La realización de cualquier tipo de obra y, en concreto, la instalación de algún tipo de invernadero o

cerramiento o separación, tablas fijas o bancos; ni

levantar o instalar casetas, cobertizos, chabolas,

porches o edificaciones de cualquier tipo, sean con

materiales artificiales o naturales (emparrados...,

etc.). Además se prohíbe la modificación de los

elementos existentes, sin autorización del Ayuntamiento.

g) Utilizar una parte del huerto como depósito o almacén de materiales, mobiliario, etc., o cualquier otro material

ajeno a la función del huerto.

h) Delimitar los huertos con muros, cañas, maderas, vallas, plásticos, etc.

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i) Instalar jaulas para la cría o tenencia de cualquier

animal, así como la presencia de animales en el huerto.

j) Quemar los restos generados en el huerto o realizar

ningún tipo de fuego.

k) Lanzar los restos generados en el huerto o restos de

desbroces y limpiezas a otros huertos o solares.

l) Malgastar el agua. m) Se prohíbe utilizar productos químicos como

fertilizantes, plaguicidas, etc.

n) Dejar el huerto sin trabajar. En caso de imposibilidad temporal, el usuario habrá de comunicar esta

circunstancia al Ayuntamiento.

o) Cualquier otro uso que no estando previsto

anteriormente, produzca molestias, malos olores, limite

el uso y satisfacción del resto de usuarios de los

huertos o afecten al entorno del lugar.

Artículo 14. Prohibición de comercialización de los productos

obtenidos.

Estará prohibida la comercialización de los productos

obtenidos en el cultivo del huerto con criterios

estrictamente económicos.

Será factible:

a) El intercambio y/o trueque entre los mismos usuarios de los huertos.

b) El intercambio de los productos sobrantes o excedentes, con actividades externas relacionadas con los objetivos

especificados en estas normas.

Artículo 15. Comisión Técnica.

El Ayuntamiento creará una Comisión Técnica de

Seguimiento integrada por:

a) El Concejal responsable de Agricultura, que actuará de Presidente.

b) Un técnico del Ayuntamiento adscrito a la mencionada

concejalía.

c) Un representante de los usuarios adjudicatarios de cada Huerto Municipal.

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d) Ocasionalmente, con autorización del Sr. Presidente,

podrán asistir con voz pero sin voto técnicos expertos,

que pueda aportar sus conocimientos y experiencias.

La Comisión Técnica se reunirá cuatrimestralmente con

carácter ordinario, y con carácter extraordinario a

iniciativa del Presidente o cuando lo solicite alguno de sus

miembros y será la encargada de:

a) El seguimiento del funcionamiento de los huertos b) Recoger las sugerencias de los usuarios y hacer

propuestas de mejora.

c) Informar en los conflictos e incidencias relativos al

uso de los huertos.

d) Cualesquiera otras que en lo sucesivo se le atribuya.

Artículo 16. Infracciones.

La infracción de las obligaciones y demás normas de

obligado cumplimiento establecidas en esta Ordenanza podrán

ser objeto de procedimiento sancionador que será tramitado de

conformidad con la normativa vigente.

Artículo 17. Tipificación de las sanciones.

Las faltas se tipifican como leves y graves.

a) Tendrán la consideración de leves:

Dejar fuera de los límites de la parcela las

herramientas utilizadas interfiriendo en la actividad

del resto de usuarios o en el paso hacia las mismas.

El trabajo en los huertos municipales cuando no se

encuentre presente el usuario del mismo.

La inobservancia de las instrucciones dimanantes de la

Administración municipal impartidas a través de los

Agentes de la Policía Local u otros funcionarios

competentes en el ejercicio de su función inspectora.

El comportamiento, no reiterado, contrario a las

buenas costumbres y normas de convivencia.

Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones

impuestas por esta Ordenanza, cuando no sea

constitutivo de falta grave.

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b) Tendrán la consideración de graves:

La venta de los productos obtenidos en el huerto

municipal.

No mantener la parcela cultivada y en perfecto estado

de decoro, respetando todos los elementos que forman

parte de la misma o la delimitan.

No respetar las reglas que el Ayuntamiento establezca

en relación con el uso del agua, los abonos, las

herramientas y, en general, cualquier elemento que se

les facilite.

Emplear trampas u otros métodos de captura para la

fauna con sustancias venenosas.

El no cumplimiento de las Ordenanzas Municipales o

cualquier otra normativa aplicable a la gestión y/o

tratamiento de los residuos que se produzcan en su

parcela.

El cultivo de plantas degradantes del suelo.

El cultivo de plantas psicotrópicas y/o prohibidas por

la ley.

Modificar la estructura de la parcela.

La realización de cualquier tipo de obra y en concreto

la instalación de algún tipo de invernadero o nuevo

cerramiento o separación, tablas fijas o bancos;

levantamiento o instalación de casetas, cobertizos,

chabolas, porches o edificaciones de cualquier tipo,

sean con materiales artificiales o naturales

La modificación de los elementos existentes sin

autorización del Ayuntamiento.

Utilizar una parte del huerto como depósito o almacén

de materiales, mobiliario, etc., o cualquier material

ajeno a la función del huerto susceptible de alterar

la estética del lugar.

Delimitar los huertos con muros, cañas, maderas,

vallas, plásticos, etc.

Instalar jaulas para la cría o tenencia de cualquier

animal, así como la presencia de animales en el

huerto.

Quemar los restos generados en el huerto o realizar

ningún tipo de fuego.

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Lanzar los restos generados en el huerto o restos de

desbroces y limpiezas a otros huertos o solares, y no

separar correctamente los residuos generados para su

posterior reciclaje.

Malgastar el agua.

La utilización de productos químicos como

fertilizantes, plaguicidas, etc., no autorizados.

Impedir el uso de los huertos otra u otras personas

con derecho a su utilización.

Impedir u obstruir el normal funcionamiento de los

huertos.

La agresión física hacia las personas que están

haciendo uso de los huertos así como al personal que

trabaja en los mismos.

El falsear intencionadamente los datos relativos a la

identidad, edad o cualquier otro relevante y la

suplantación de la identidad, así como la manipulación

o falsificación de carnés.

Usar productos expresamente prohibidos como

herbicidas, plaguicidas y abonos químicos.

Cualquier otro uso que no estando previsto

anteriormente produzca molestias, malos olores, limite

el uso y satisfacción del resto de usuarios de los

huertos o afecten al entorno del lugar.

La reiteración en dos ocasiones de una misma falta

leve, o la reincidencia en tres ocasiones en la

comisión de faltas leves de distinta índole.

Artículo 18. Cuantificación de las sanciones.

1) Los incumplimientos leves serán castigados con

apercibimiento por escrito.

2) Los incumplimientos graves serán castigados con:

La pérdida de la condición de usuario por un plazo de

3 meses.

La pérdida de la condición de usuario por un plazo de

1 año.

La revocación de la autorización concedida.

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Artículo 19. Obligación de reposición y reparación.

La imposición de sanciones será compatible con la

exigencia al infractor de la reposición de la situación

alterada por el mismo a su estado originario así como con la

indemnización de los daños y perjuicios causados.

Cuando se causen daños en bienes de titularidad

municipal, los servicios técnicos municipales determinarán el

importe de la reparación, que será comunicado al infractor o

a quien deba responder por él para su pago en el plazo que se

establezca.

Artículo 20. Responsables solidarios.

De las actuaciones constitutivas de infracción

cometidas por familiares u otras personas que ayudan al

usuario del huerto municipal a la realización de sus tareas

agrícolas será responsable el titular de dicho huerto.

Artículo 21. Competencia para la imposición de sanciones.

La imposición de las sanciones que procedan es

competencia de la Junta de Gobierno Local. Para la graduación

de la sanción a aplicar se tendrán en cuenta las siguientes

circunstancias:

1. La reiteración de infracciones o reincidencia. 2. La existencia de intencionalidad del infractor. 3. La trascendencia social de los hechos. 4. La gravedad y naturaleza de los daños ocasionados.

De las actuaciones de que puedan derivarse otras

responsabilidades administrativas se dará traslado a la

autoridad en cada caso competente, a los efectos que

procedan.

Artículo 22. Creación del fichero de carácter personal

22.1.En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13

de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, se

procederá a la creación de un fichero de datos de carácter

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162

personal que será notificado a la Agencia Española de

Protección de Datos a los efectos de su inscripción en el

Registro General de Protección de Datos.

22.2. El Ayuntamiento de los Llanos de Aridane, está

incluido respecto a los ficheros de datos de carácter

personal en el ámbito de aplicación de la mencionada Ley.

22.3 De conformidad con los preceptos de las mencionadas

normas, se adjunta como anexo a la presente Ordenanza, la

creación del fichero de datos de carácter personal del Banco

de tierras Agrícolas de Los Llanos de Aridane.

ANEXO, FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CORRESPONDIENTE

A LOS HUERTOS MUNICIPALES DE LOS LLANOS DE ARIDANE

- Identificación del fichero o tratamiento.

Denominación: Huertos municipales de Los Llanos de Aridane.

Finalidad y usos previstos: Finalidad: Gestión de los huertos

municipales del Municipio de Los Llanos de Aridane como

mecanismo a promover el uso racional de las parcelas rústicas

con vocación agraria ubicadas en Los Llanos de Aridane, en la

búsqueda de su conservación para evitar el abandono de las

mismas. Usos previstos: Agricultura.

- Origen de los datos

Colectivo de personas sobre los que se pretende obtener

datos:

Procedimiento de recogida de datos: Interesados en concurrir

a la licitación de huertos municipales, quienes autorizaran

expresamente al Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane a ceder

sus datos personales básicos a terceros interesados en su

cultivo y que soliciten por escrito su consulta.

- Estructura básica del Fichero.

Descripción detallada de los datos; nombre y apellidos, DNI,

dirección, teléfono y correo electrónico.

- Orgáno responsable del Fichero.

Nombre del Órgano responsable del fichero:

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane.

Denominación del ente: Ayuntamiento de Los llanos de

Aridane.

Administración a la que pertenece: Administración

Local.

CiF:

Domicilio:

Provincia: Santa Cruz de Tenerife.

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País: España

Telefono:

Fax:

Email:

- Servicio o unidad ante el que se pueden ejercitar los

derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición: Secretaria General del Excmo. Ayuntamiento de

Los Llanos de Aridane, Plaza de España s/n Los Llanos de

Aridane

- Nivel de seguridad: básico

- Encargado del Tratamiento: Ayuntamiento de los Llanos de

Aridane

- Sistema de tratamiento: Mixto.

DISPOSICIONES FINALES

Primera: esta Ordenanza entrara en vigor a los 15 días de su

publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo

70.2 de la Ley de Bases de Régimen Local 7/85 de 2 de abril.

Segunda: la promulgación de futuras normas con rango superior

al de esta Ordenanza que afecten a las materias reguladas en

la misma determinará la aplicación automática de aquellas y

la posterior adaptación de la Ordenanza en los que fuera

necesario.

SEGUNDO: Someter el expediente a información pública y

audiencia a los interesados por el plazo de treinta días,

para la presentación de reclamaciones, alegaciones y

sugerencias, mediante la inserción de un anuncio en el Tablón

Municipal de Edictos y en el B.O.P. de S/C de Tenerife.

En el caso de que no se presenten reclamaciones o

sugerencias, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo

hasta entonces provisional.

PUNTO DE URGENCIA TERCERO: ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL

BANCO DE TIERRAS AGRÍCOLAS DE LOS LLANOS DE ARIDANE Y DE

CREACIÓN DEL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

CORRESPONDIENTE.

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Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, del

dictamen de la Comisión Informativa de Bienestar Social,

Igualdad, Sanidad, Vivienda, Juventud, Educación y Artesanía,

celebrada el día 28 de junio de 2016, y cuyo tenor literal es

el siguiente:

―4.- ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL BANCO DE TIERRAS

AGRÍCOLAS DE LOS LLANOS DE ARIDANE Y DE CREACIÓN DEL FICHERO

DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CORRESPONDIENTE.

Se da cuenta por la Concejal de Desarrollo, Doña Mónica

González, de la Ordenanza Reguladora de los Huertos

Municipales del Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane.

Visto el informe jurídico emitido, cuyo tenor literal es

el siguiente:

INFORME DE SECRETARÍA

De acuerdo con lo ordenado por la Alcaldía mediante

Providencia de fecha 22 de junio de 2016 en orden a la

aprobación de la Ordenanza Municipal Reguladora del Banco de

Tierras Agrícolas de Los Llanos de Aridane y de creación del

fichero de datos de carácter personal correspondiente, y en

cumplimiento de lo establecido en el artículo 3.a) del Real

Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula

el Régimen Jurídico de los funcionarios de Administración

Local con habilitación de carácter nacional, emito el

siguiente,

INFORME

PRIMERO. El Municipio, según dispone el artículo 25 de la

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del

Régimen Local, para la gestión de sus intereses y en el

ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de

actividades y prestar cuantos servicios contribuyan a

satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad

vecinal.

Asimismo, en su calidad de Administración Pública de

carácter territorial, y siempre dentro de la esfera de sus

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165

competencias, corresponde a este Ayuntamiento la potestad

reglamentaria y de autoorganización.

El instrumento adecuado para regular el banco de tierras

es la aprobación de una Ordenanza municipal, disposición

administrativa de rango inferior a la Ley, de exclusiva y

mejor aplicación en este Municipio.

SEGUNDO. La Legislación aplicable viene determinada por:

— Los artículos 4, 22.2.d), 25, 49 y 70.2 de la Ley

7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen

Local.

— El artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986,

de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de

las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen

Local.

TERCERO. La aprobación de las Ordenanzas locales se

ajustará al siguiente procedimiento:

A. Por Providencia de Alcaldía se ha de iniciar el

expediente y se solicitará a los Servicios Municipales

competentes, en razón de la materia, la elaboración de la

Ordenanza municipal.

B. Elaborado y recibido el proyecto de Ordenanza,

corresponderá la aprobación inicial de la misma por el Pleno

(artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de

las Bases del Régimen Local), previo Dictamen de la Comisión

Informativa, y se abrirá período de información pública, por

un plazo mínimo de treinta días, para que los interesados

puedan presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen

oportunas. El Acuerdo de aprobación inicial se publicará en

el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios

del Ayuntamiento.

C. Concluido el período de información pública, si se

han presentado reclamaciones y/o sugerencias, deberán

resolverse estas, incorporándose al texto de la Ordenanza las

modificaciones derivadas de la resolución de las

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alegaciones. La aprobación definitiva corresponde al Pleno,

de conformidad con lo dispuesto por los artículos 22.2.d) y

49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases

del Régimen Local, previo Dictamen de la Comisión

Informativa.

D. En el supuesto de que no se presenten reclamaciones

en relación con la aprobación inicial de la Ordenanza en el

plazo de información pública, se entenderá definitivamente

adoptado el Acuerdo hasta entonces provisional, extendiéndose

por esta Secretaría la certificación que acredite la

elevación a definitiva de la aprobación inicial.

E. El Acuerdo de aprobación definitiva de la Ordenanza,

con el texto íntegro de la misma, debe publicarse para su

general conocimiento en el tablón de anuncios del

Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, tal y

como dispone el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de

abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

El Concejal del Grupo Mixto, Don Mauricio Pérez señala

que considera necesario introducir una serie de

modificaciones en el artículo 3 de la finalidad del banco de

tierras.

Ve necesario que se incluyan puntos relativos a la

incorporación de un nuevo recurso que favorezca la creación

de puestos de trabajo, facilitar el acceso a una nueva

actividad económica, fomentar los intercambios bajo el

paraguas de legalidad del Ayuntamiento y vincular las tierras

al mercado y mercadillo municipal.

Entiende el Grupo de Gobierno que es dificultoso

vincular la explotación al Mercadillo y que el Ayuntamiento

actúa como mero intermediario, que la cobertura legal de los

intercambios compete a los interesados.

No suscitándose más debate sobre dicho asunto, la

Comisión Informativa acuerda por unanimidad incluir dos

nuevos apartados en el punto 3, a saber, 5: Posibilitar la

incorporación de un nuevo recurso que favorezca la generación

de puestos de trabajo en el sector agrícola y 6: Facilitar

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167

el acceso a tierras cultivables a personas que estén ocupadas

en el sector o que quieran incorporarse como nueva actividad

económica, elevar el siguiente dictamen al Pleno de la

Corporación:

Primero: Aprobar la ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL

BANCO DE TIERRAS AGRÍCOLAS DE LOS LLANOS DE ARIDANE Y DE

CREACIÓN DEL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

CORRESPONDIENTE, en los términos expuestos.

Segundo: Someter el expediente a información pública y

audiencia a los interesados por el plazo de treinta días,

para la presentación de reclamaciones, alegaciones y

sugerencias, mediante la inserción de un anuncio en el Tablón

Municipal de Edictos y en el B.O.P. de S/C de Tenerife.

En el caso de que no se presenten reclamaciones o

sugerencias, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo

hasta entonces provisional.‖

No suscitándose más debate sobre dicho asunto, el Pleno

de la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros

corporativos presentes, la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO: Incluir dos nuevos apartados en el punto 3, a

saber, 5: Posibilitar la incorporación de un nuevo recurso

que favorezca la generación de puestos de trabajo en el

sector agrícola y 6: Facilitar el acceso a tierras

cultivables a personas que estén ocupadas en el sector o que

quieran incorporarse como nueva actividad económica.

SEGUNDO: Aprobar la ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL

BANCO DE TIERRAS AGRÍCOLAS DE LOS LLANOS DE ARIDANE Y DE

CREACIÓN DEL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

CORRESPONDIENTE, en los términos expuestos, y cuyo tenor

literal es el siguiente:

BORRADOR DE ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL BANCO DE

TIERRAS AGRICOLAS DE LOS LLANOS DE ARIDANE Y DE CREACION DEL

FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CORRESPONDIENTE.

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168

Artículo 1. Objeto.

Constituye el objeto de la presente ordenanza municipal la

creación y regulación del banco de tierras agrícolas del

término municipal de los llanos de Aridane, como herramienta

encaminada a promover el uso racional de las parcelas

rusticas con vocación agraria, en la búsqueda de su

conservación a fin de evitar su abandono poniendo en valor

las mismas, con el firme propósito de frenar la pérdida de

sus valores agrarios, medioambientales u otros valores

vinculados a la utilización racional de los recursos rurales

dentro de los límites que establezca esta ordenanza y la

legislación sectorial de aplicación.

Artículo 2 . Naturaleza jurídica

2.1 El Banco de Tierras Agrícola de los Llanos de Aridane, es

un registro administrativo de carácter público, integrado por

parcelas aptas para la explotación agrícola, cuyos

propietarios hayan solicitado voluntariamente su inscripción

en el banco de tierras. El registro funcionará como

instrumento de contacto entre la oferta y la demanda de

parcelas rústicas cultivadas o cultivables en el término

municipal de Los Llanos de Aridane.

2.2 Para ser incluidas las parcelas en el Banco de Tierras

Agrícolas de Los Llanos de Aridane, los propietarios deberán

autorizar expresamente en la solicitud de alta en el Fichero

del banco de tierras al Ayuntamiento de Los Llanos para ceder

los datos incluidos en el citado fichero a terceros

cultivadores interesados. Los datos personales incluidos en

el registro del Banco de Tierras Agrícolas de los Llanos de

Aridane, tendrá finalidad únicamente administrativa y estarán

sometidos al régimen jurídico establecido por la Ley Orgánica

15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de

Carácter Personal y su normativa de desarrollo.

2.3 El Registro del Banco de Tierras Agrícolas de Los Llanos

de Aridane tendrá carácter exclusivamente informativo, sin

que produzca efecto alguno sobre el régimen jurídico de las

parcelas incluidas, ni sobre el derecho de la propiedad ni

demás derechos reales o gravámenes sobre las mismas y sin que

constituya prueba del derecho de propiedad u otros derechos

sobre las parcelas.

2.4 La incorporación de una parcela en el banco de Tierras

Agrícolas de Los Llanos de Aridane, no reconoce la

disponibilidad de recursos hídricos. Igualmente, la

idoneidad para su cultivo vendrá determinada por la

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169

normativa urbanística, territorial, ambiental y sectorial de

aplicación, así cualquier actuación sobre la parcela

encaminada a su puesta en cultivo que conlleve desmontes,

explanaciones, abancalamientos o movimientos de tierra que

excedan de lo imprescindible para la práctica ordinaria de

labores agrícolas, también las instalaciones o construcciones

auxiliares de explotación, quedaran sujetas a licencia

urbanística o régimen de intervención administrativa de

conformidad con la normativa aplicable.

Artículo 3. Finalidad

Con la creación del Banco de Tierras Agrícolas, el

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, por medio de la

Concejalía competente por razón de materia, pretende informar

y facilitar el contacto entre propietarios de parcelas

ubicadas en el término municipal de Los Llanos de Aridane y

futuros cultivadores. Sin embargo, serán únicamente las

partes interesadas quienes determinen los términos de un

posible acuerdo, sin que el Ayuntamiento de Los Llanos de

Aridane pueda preceder, valorar ni condicionar el negocio

jurídico que, celebren libremente las partes bajo su

responsabilidad y que se regirá por la legislación aplicable.

El Banco de Tierras Agrícolas de Los Llanos de Aridane

pretende fomentar el uso de parcelas agrícolas de la

localidad para su cultivo efectivo por personas que ya se

dediquen o que pretendan dedicarse a la actividad agraria,

favoreciendo la continuidad de la actividad agraria en el

municipio a través del cultivo racional, directo y personal

de la tierra.

La creación del Banco de Tierras Agrícolas de Los Llanos de

Aridane tiene como finalidad:

1. Poner en valor las tierras agrícolas abandonadas o en

previsión de abandono.

2. Posibilitar la ampliación de la superficie de las

explotaciones.

3. Frenar la pérdida de superficie agraria útil.

4. Prevenir situaciones de abandono de cultivos paliando,

en la medida de lo posible, los problemas

agroambientales que genera.

5. Posibilitar la incorporación de un nuevo recurso que

favorezca la generación de puestos de trabajo en el

sector agrícola.

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6. Facilitar el acceso a tierras cultivables a personas que

estén ocupadas en el sector o que quieran incorporarse

como nueva actividad económica.

Artículo 4. Funcionamiento del Banco de Tierras Agrícola

4.1 El Banco de Tierras Agrícolas de Los Llanos de Aridane

tendrá su sede en la Agencia de empleo y Desarrollo Local del

Excmo. Ayuntamiento de Los llanos de Aridane.

El Registro del Banco de Tierras Agrícolas de los Llanos de

Aridane contendrá exclusivamente los datos siguientes

Los números de polígonos y parcelas establecidos en el

articulo siguiente

Nombre y apellidos, DNI, dirección, teléfono y correo

electrónico del titular que ha solicitado la inclusión

de una o varias parcelas en el Banco de Tierras

Agrícolas de Los Llanos de Aridane.

La consulta de los datos del Registro del Banco de Tierras

Agrícolas de Los Llanos de Aridane, podrá ser solicitada por

aquellas personas interesadas en el cultivo de parcelas y

tendrá como única finalidad el contacto entre el/la

propietario/a y futuro cultivador/ra y tendrá carácter

privado.

El Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, se abstendrá de

intervenir, orientar o asesorar acerca de los negocios

jurídicos que en su caso puedan llegar a celebrar los/las

interesados/as que se hayan puesto en contacto a través del

Banco de Tierras Agrícolas de Los Llanos de Aridane.

Articulo 5. Solicitud de alta de parcelas en el Banco de

Tierras Agrícolas.

5.1 Las personas que soliciten el alta de parcelas en el

Registro del Banco de tierras Agrícolas, declararan bajo su

exclusiva responsabilidad, que son sus legítimos

propietarios.

5.2 Las personas propietarias de parcelas agrícolas ubicadas

en el término municipal de Los Llanos de Aridane que quieran

la inclusión en el banco de tierras agrícolas, podrán

solicitar el alta en el registro del banco de tierras

agrícolas, mediante modelo establecido para tal efecto y que

contendrá en todo caso:

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Autorización expresa del propietario a favor del

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane para la inclusión

de la parcela o parcelas en el Banco de tierras

Agrícolas.

Autorización expresa del propietario a favor del

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane para ceder sus

datos personales básicos (nombre y apellidos, dirección,

teléfono y correo electrónico) a los/las terceros

interesados en el cultivo cuando soliciten expresamente

su consulta a través del modelo establecido al efecto.

5.3 Datos de identificación del Titular : Nombre y

apellidos, NIF, domicilio, Teléfono de contacto y Correo

electrónico.

5.4 Datos identificativos de la parcela o parcelas: número

de polígono y parcela – ubicación – características de la

parcela (superficie, dedicada al cultivo de, variedad,

modalidad de cultivo practicada) estado de la finca

(Producción,semi-abandono, abandonada, tierra campa)

recursos hídricos.

Articulo 6. Solicitud de baja de parcelas en el Banco de

Tierras Agrícolas

El/la propietario/a que haya celebrado cualquier negocio

jurídico conforme a derecho cuyo objeto sea una parcela

incluida en el Banco de tierras Agrícolas de los Llanos de

Aridane, deberá de comunicarlo en el plazo de 30 días

naturales desde la celebración del mismo al ayuntamiento de

Los llanos de Aridane, mediante el modelo establecido a tal

efecto, con la finalidad de dar de baja a la parcela en el

Banco de tierra Agrícolas de Los Llanos de Aridane.

De igual manera, deberá solicitar la baja de la parcela o

parcelas si, por cualquier motivo o circunstancia, no desea

ofrecer su parcela o parcelas a terceras personas.

Artículo 7. Solicitud de consulta del Banco de Tierras

Agrícolas

Cualquier persona interesada podrá consultar el listado de

parcelas que hayan sido dadas de alta en el Banco de Tierras

Agrícolas de Los Llanos de Aridane. Este listado contendrá

únicamente los números de las parcelas y de los polígonos

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donde están ubicadas, sin incluir en ningún caso datos de

carácter personal.

Las personas que estén interesadas en contactar con los/as

titulares de una o varias parcelas incluidas en el Banco de

Tierras Agrícolas de los Llanos de Aridane, deberán presentar

en el registro general del ayuntamiento de los Llanos de

Aridane, en el modelo establecido al efecto, solicitud de

consulta en la que constara lo siguiente: Nombre y apellidos,

NIF, domicilio, Teléfono de contacto y Correo electrónico.

Así como los datos identificativos de la parcela (numero de

polígono y parcela, ubicación).

La presentación de esta solicitud exclusivamente dará derecho

a la consulta de los datos básicos de los/as propietarios/as

de las parcelas.

La solicitud de consulta del Banco de Tierras Agrícolas de

los Llanos de Aridane, en ningún caso dará derecho a la

abstención de certificados y/o copias de los datos del

registro, solo exclusivamente a la consulta en la sede del

mismo.

Artículo 8. Creación del fichero de carácter personal

8.1 El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de

diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal,

establece que la creación, modificación o supresión de los

ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse

por medio de disposición general publicada en el Boletín

Oficial del estado o diario Oficial correspondiente.

8.2 El Ayuntamiento de los Llanos de Aridane, está incluido

respecto a los ficheros de datos de carácter personal en el

ámbito de aplicación de la mencionada Ley.

8.3 De conformidad con los preceptos de las mencionadas

normas, se adjunta como anexo a la presente Ordenanza, la

creación del fichero de datos de carácter personal del Banco

de tierras Agrícolas de Los Llanos de Aridane.

Artículo 9. El Ayuntamiento de los Llanos de Aridane, como

órgano gestor, de seguimiento y control técnico de las

propiedades inscritas en el Banco de Tierras Agrícolas

9.1 El Ayuntamiento ofrecerá de manera gratuita una

comprobación inicial de las propiedades inscritas en el banco

de tierras Agrícolas de los Llanos de Aridane, a los efectos

de recogida de datos relativos a la parcela.

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9.2 El Ayuntamiento nombrara a un equipo que se encargue del

seguimiento técnico y evaluación de la iniciativa propuesta

en esta Ordenanza Reguladora del Banco de Tierras Agrícolas

de Los Llanos de Aridane. Dicho equipo de trabajo lo

compondrán al menos:

El /la titular de la Alcaldía-Presidencia u órgano en

quien delegue.

Técnico Agrícola

Un Representante los diferentes partidos políticos, con

presencia en el consistorio.

Cuyas funciones serán: Seguimiento y control técnico de las

parcelas inscritas en el Banco de Tierras Agrícolas de los

Llanos de Aridane con carácter semestral.

Disposición Final Única. La presente Ordenanza entrara en

vigor a los quince días hábiles de su publicación del texto

integro en el Boletín Oficial de la Provincia de santa Cruz

de Tenerife, en cumplimiento de lo previsto en los artículos

70.2 y 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Bases de Régimen

Local.

ANEXO, FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL AL

CORRESPONDIENTE BANCO DE TIERRAS AGRICOLAS DE LOS LLANOS DE

ARIDANE

- Identificación del fichero o tratamiento.

Denominación: Banco de tierras Agrícolas del Municipio de Los

Llanos de Aridane.

Finalidad y usos previstos: Finalidad: Gestión del Registro

del Banco de Tierras del Municipio de Los Llanos de Aridane

como mecanismo a promover el uso racional de las parcelas

rústicas con vocación agraria ubicadas en Los Llanos de

Aridane, en la búsqueda de su conservación para evitar el

abandono de las mismas. Usos previstos: Agricultura.

- Origen de los datos

Colectivo de personas sobre los que se pretende obtener

datos: Propietarios/as de parcelas rústicas, adecuadas para

el uso agrícola ubicadas en el municipio de Los Llanos de

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Aridane y que estén interesados en incluir sus parcelas en el

Banco de tierras Agrícolas de los Llanos de Aridane

Procedimiento de recogida de datos: Serán facilitados por los

propietarios que estén interesados en que sus parcelas formen

parte del Banco de tierras Agrícolas de Los Llanos de

Aridane, quienes autorizaran expresamente al Ayuntamiento de

Los Llanos de Aridane a ceder sus datos personales básicos a

terceros interesados en su cultivo y que soliciten por

escrito su consulta.

- Estructura básica del Fichero.

Descripción detallada de los datos; nombre y apellidos, DNI,

dirección, teléfono y correo electrónico.

Cesiones previstas: personas interesadas en el cultivo de

parcelas rústicas incluidas en el Banco de tierras Agrícolas

de Los Llanos de Aridane y que soliciten, mediante instancia,

la consulta del citado Banco de Tierras Agrícolas.

- Orgáno responsable del Fichero.

Nombre del Órgano responsable del fichero:

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane.

Denominación del ente: Ayuntamiento de Los llanos de

Aridane.

Administración a la que pertenece: Administración

Local.

CiF:

Domicilio:

Provincia: Santa Cruz de Tenerife.

País: España

Telefono:

Fax:

Email:

- Servicio o unidad ante el que se pueden ejercitar los

derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición: Secretaria General del Excmo. Ayuntamiento de

Los Llanos de Aridane, Plaza de España s/n Los Llanos de

Aridane

- Nivel de seguridad: básico

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- Encargado del Tratamiento: Ayuntamiento de los Llanos de

Aridane

- Sistema de tratamiento: Mixto.

TERCERO: Someter el expediente a información pública y

audiencia a los interesados por el plazo de treinta días,

para la presentación de reclamaciones, alegaciones y

sugerencias, mediante la inserción de un anuncio en el Tablón

Municipal de Edictos y en el B.O.P. de S/C de Tenerife.

En el caso de que no se presenten reclamaciones o

sugerencias, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo

hasta entonces provisional.

PUNTO DE URGENCIA CUARTO: DAR CUENTA DE LOS INFORMES DE LAS

INVERSIONES FINANCIERAMENTE SOSTENIBLES, SEGÚN DISPOSICIÓN

ADICIONAL 16 DEL TRLRHL.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, del

dictamen de la Comisión Informativa Especial de Cuentas:

Hacienda, Aguas, Seguridad Ciudadana, Recursos Humanos y

Deportes, celebrada el día 28 de junio de 2016, y cuyo tenor

literal es el siguiente:

―1.- DAR CUENTA DE LOS INFORMES DE LAS INVERSIONES

FINANCIERAMENTE SOSTENIBLES, SEGÚN DISPOSICIÓN ADICIONAL 16

DEL TRLRHL.

Vistos los informes emitidos por la Intervención de

Fondos, cuyo tenor literal es el siguiente:

Se ha recibido en esta Intervención, para su

fiscalización previa, el expediente relativo a la aprobación

del Proyecto denominado ―PAVIMENTACIONES VARIAS EN VÍAS

PÚBLICAS DEL MUNICIPIO‖ con el objeto de determinar si sobre

el mismo concurren los requisitos necesarios para poder ser

declarado como Inversión Financieramente Sostenible a los

efectos de lo previsto en la Disposición Adicional 16ª del

texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

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aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,

y por el que se tiene a bien emitir el siguiente

INFORME

En base a los siguientes antecedentes de hecho:

I.- En fecha 26 de febrero de 2016 se evacuó informe de

Intervención en relación con la aprobación de la liquidación

del Presupuesto General del ejercicio económico 2015.

Como conclusión a dicho informe se determinó ―Proceder a

destinar el superávit de la liquidación a los destinos

establecidos en la Disposición Adicional Sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, conforme a las

prioridades establecidas en la misma.‖

En la misma fecha 26 de febrero se evacuó informe de

Intervención de evaluación del cumplimiento del objetivo de

Estabilidad Presupuestaria en el que se detallan los datos

definitivos de la Corporación después de ajustes, señalando

una capacidad de financiación de un importe total de

1.837.468,65 €.

El Pleno del Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, en

sesión ordinaria celebrada el día de 31 de marzo de 2016,

acordó la aprobación inicial, del expediente de modificación

de presupuestaria número 3/2016 en la modalidad de Suplemento

de Crédito por importe de 72.494,15 €, destinado a financiar

las obligaciones devengadas en ejercicios pretéritos y que se

habrán de reconocerse con cargo al Presupuesto vigente.

Posteriormente el Pleno, en sesión extraordinaria urgente

celebrada el día 3 de junio, acordó la aprobación inicial del

expediente de modificación de presupuestaria número 13/2016

en la modalidad de Suplemento de Crédito y Crédito

Extraordinario por importe de 1.214.770,60 €, destinado a

financiar Inversiones Financieramente Sostenibles por un

importe de 466.547,00 € y a la amortización anticipada de

deuda por el importe restante de 748.223,60 €, por lo que,

tras las mismas, el importe que se podría destinar a

Inversiones Financieramente Sostenibles ascendería a

550.203,90 €, estando, en todo caso, dicho importe

condicionado al estricto cumplimiento del principio de

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estabilidad presupuestaria en la ejecución del Presupuesto

2016.

El apartado 6º de la disposición adicional 16ª del Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,

aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de

marzo, hace referencia a que ―El expediente de gasto que se

tramite incorporará una memoria económica específica,

suscrita por el presidente de la Corporación Local, o la

persona de la Corporación Local en quien delegue, en la que

se contendrá la proyección de los efectos presupuestarios y

económicos que podrían derivarse de la inversión en el

horizonte de su vida útil (…).‖

En virtud de dicho precepto, la Alcaldesa de esta

Corporación, emitió Memoria Económica con fecha de 20 de

junio, en relación con la consideración de financieramente

sostenible de la inversión denominada ―PAVIMENTACIONES VARIAS

EN VÍAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO‖, con una vida útil estimada

de 15 años y un importe total de la inversión de 30.498,84 €,

de los cuales corresponde la cantidad de 29.161,34 € al

presupuesto base de licitación y la cantidad 1.337,50 € a los

costes de honorarios por redacción del proyecto, siendo el

programa 1532. Pavimentación de vías públicas, dentro del

grupo de programa 153. Vías Públicas, de acuerdo a lo

previsto en el Anexo I de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de

diciembre, por la que se aprueba la estructura de los

presupuestos de las Entidades Locales, modificada por la

Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo.

Con objeto de proceder a la ejecución presupuestaria de

los gastos que se pretenden considerar como Inversión

Financieramente Sostenible es que se somete el presente

expediente a la fiscalización previa a esta Intervención de

Fondos.

A estos efectos son de aplicación las siguientes

consideraciones jurídicas:

Primero.- La normativa aplicable viene contenida,

esencialmente, por la Disposición Adicional 16ª del texto

refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,

donde se procede a la definición y regulación del concepto

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de Inversión Financieramente Sostenible en los siguientes

términos:

―A los efectos de lo dispuesto en la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de

abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera, se entenderá por inversión financieramente

sostenible la que cumpla todos los requisitos siguientes:

1. Que la inversión se realice, en todo caso, por

entidades locales que se encuentren al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social. Además, deberá tener reflejo presupuestario

en los siguientes grupos de programas recogidos en el anexo I

de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se

aprueba la estructura de los presupuestos de la Entidades

Locales:

161. Saneamiento, abastecimiento y distribución de

aguas.

162. Recogida, eliminación y tratamiento de residuos.

165. Alumbrado público.

172. Protección y mejora del medio ambiente.

412. Mejora de las estructuras agropecuarias y de los

sistemas productivos.

422. Industria.

425. Energía.

431. Comercio.

432. Ordenación y promoción turística.

441. Promoción, mantenimiento y desarrollo del

transporte.

442. Infraestructuras del transporte.

452. Recursos hidráulicos.

463. Investigación científica, técnica y aplicada.

491. Sociedad de la información.

492. Gestión del conocimiento.

La inversión podrá tener reflejo presupuestario en

alguno de los grupos de programas siguientes:

133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.

155. Vías públicas.

171. Parques y jardines.

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179

336. Protección del Patrimonio Histórico-Artístico.

453. Carreteras.

454. Caminos vecinales.

933. Gestión del patrimonio: aplicadas a la

rehabilitación y reparación de infraestructuras e

inmuebles propiedad de la entidad local afectos al

servicio público.

Cuando el gasto de inversión en estos grupos de

programas, considerados en conjunto, sea superior a 10

millones de euros y suponga incremento de los capítulos 1

o 2 del estado de gastos vinculado a los proyectos de

inversión requerirá autorización previa de la Secretaría

General de Coordinación Autonómica y Local, del

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

2. Quedan excluidas tanto las inversiones que tengan una

vida útil inferior a cinco años como las que se refieran a la

adquisición de mobiliario, enseres y vehículos, salvo que se

destinen a la prestación del servicio público de transporte.

3. El gasto que se realice deberá ser imputable al

capítulo 6 del estado de gastos del presupuesto general de

la Corporación Local.

De forma excepcional podrán incluirse también

indemnizaciones o compensaciones por rescisión de relaciones

contractuales, imputables en otros capítulos del presupuesto

de la Corporación Local, siempre que las mismas tengan

carácter complementario y se deriven directamente de

actuaciones de reorganización de medios o procesos asociados

a la inversión acometida.

En el caso de las Diputaciones Provinciales, Consejos y

Cabildos insulares podrán incluir gasto imputable también en

el capítulo 6 y 7 del estado de gastos de sus presupuestos

generales destinadas a financiar inversiones que cumplan lo

previsto en esta disposición. Y se asignen a municipios que:

a) Cumplan con lo previsto en la disposición adicional

sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,

b) o bien, no cumpliendo lo previsto en la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, la

inversión no conlleve gastos de mantenimiento y así quede

acreditado en su Plan económico-financiero convenientemente

aprobado.

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180

4. Que la inversión permita durante su ejecución,

mantenimiento y liquidación, dar cumplimiento a los objetivos

de estabilidad presupuestaria, y deuda pública por parte de

la Corporación Local. A tal fin se valorará, el gasto de

mantenimiento, los posibles ingresos o la reducción de gastos

que genere la inversión durante su vida útil.

5. La iniciación del correspondiente expediente de gasto

y el reconocimiento de la totalidad de las obligaciones

económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá

realizar por parte de la Corporación Local antes de la

finalización del ejercicio de aplicación de la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.

No obstante, en el supuesto de que un proyecto de

inversión no pueda ejecutarse íntegramente en 2014, la

parte restante del gasto comprometido en 2014 se podrá

reconocer en el ejercicio 2015 financiándose con cargo al

remanente de tesorería de 2014 que quedará afectado a ese

fin por ese importe restante y la entidad local no podrá

incurrir en déficit al final del ejercicio 2015.

[Las referencias a los años 2014 y 2015 contenidas en

el apartado 5 de la disposición adicional decimosexta,

deberán entenderse a 2016 y 2017, respectivamente,

conforme establece la disposición adicional octogésima

segunda de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de

Presupuestos Generales del Estado para el año 2016

(«B.O.E.» 30 octubre), que establece que En relación

con el destino del superávit presupuestario de las

entidades locales correspondiente al año 2015 se

prorroga para 2016 la aplicación de las reglas

contenidas en la disposición adicional sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para lo que

se deberá tener en cuenta la disposición adicional

decimosexta del texto refundido de la Ley Reguladora de

las Haciendas Locales.]

6. El expediente de gasto que se tramite incorporará una

memoria económica específica, suscrita por el presidente de

la Corporación Local, o la persona de la Corporación Local en

quien delegue, en la que se contendrá la proyección de los

efectos presupuestarios y económicos que podrían derivarse de

la inversión en el horizonte de su vida útil. El órgano

interventor de la Corporación Local informará acerca de la

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181

consistencia y soporte de las proyecciones presupuestarias

que contenga la memoria económica de la inversión en relación

con los criterios establecidos en los apartados anteriores.

Anualmente, junto con la liquidación del presupuesto,

se dará cuenta al pleno de la Corporación Local del grado

de cumplimiento de los criterios previstos en los

apartados anteriores y se hará público en su portal web.

7. Sin perjuicio de los efectos que puedan derivarse de la

aplicación de la normativa de estabilidad presupuestaria y

sostenibilidad financiera, si el informe del interventor de la

Corporación Local al que se refiere el apartado anterior fuera

desfavorable, el interventor lo remitirá al órgano competente

de la Administración pública que tenga atribuida la tutela

financiera de la Corporación Local.

8. El interventor de la Corporación Local informará al

Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas de las

inversiones ejecutadas en aplicación de lo previsto en esta

disposición.‖

Si bien, tras la modificación de la Orden EHA/3565/2008,

de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los

presupuestos de las Entidades Locales, por la Orden

HAP/419/2014, de 14 de marzo, los grupos de programas y

programas recogidos en el anexo I de dicha Orden

EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, son los siguientes:

161. Abastecimiento domiciliario de agua potable.

162. Recogida, gestión y tratamiento de residuos.

1621. Recogida de residuos.

1622. Gestión de residuos sólidos urbanos.

1623. Tratamiento de residuos.

165. Alumbrado público.

172. Protección y mejora del medio ambiente.

1721. Protección contra la contaminación acústica,

lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.

412. Mejoras de las estructuras agropecuarias y de los

sistemas productivos.

422. Industria.

425. Energía.

431. Comercio.

432. Información y promoción turística.

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182

4311. Ferias.

4312. Mercados, abastos y lonjas.

4313. Comercio ambulante.

441. Transporte de viajeros.

4411. Transporte colectivo urbano de viajeros.

4412. Otro transporte de viajeros.

442. Infraestructuras del transporte.

452. Recursos hidráulicos.

463. Investigación científica, técnica y aplicada.

491. Sociedad de la información.

492. Gestión del conocimiento.

La inversión podrá tener reflejo presupuestario en

alguno de los grupos de programas siguientes:

133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.

153. Vías públicas.

1531. Acceso a los núcleos de población.

1532. Pavimentación de vías públicas.

171. Parques y jardines.

336. Protección y gestión del Patrimonio Histórico-

Artístico.

453. Carreteras.

454. Caminos vecinales.

933. Gestión del patrimonio.

SEGUNDO.- Considerando el marco jurídico descrito se ha

de informar los siguientes aspectos:

a) Esta Entidad Local se encuentra al corriente del

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social.

b) El gasto que se propone, de acuerdo a su

naturaleza, se ha de codificar presupuestariamente dentro de

la aplicación presupuestaria 1532.61115, por lo que se cumple

tanto con el requisito de estar destinado a alguna de las

finalidades a las que se refiere el apartado número 1 de la

Disp. Adic. 16ª del TRLRHL como a la obligación de ser

imputado al Capítulo 6 del Presupuesto de Gastos, tal y como

exige el apartado número 3 de la citada Disposición.

c) El importe de las Inversiones Financieramente

Sostenibles, en su conjunto, no alcanzan la cifra de los 10

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183

millones de euros, por lo que no es requisito necesario la

autorización previa de la Secretaría General de Coordinación

Autonómica y Local, del Ministerio de Hacienda y

Administraciones Públicas.

d) De acuerdo a la Memoria del Proyecto no se trata de

una inversión cuya vida útil es menor a cinco años y no se

trata en ningún caso de adquisición de mobiliario, enseres ni

vehículos.

e) Se emite Informe de viabilidad del Proyecto por el

Ingeniero Técnico de Obras Públicas Municipal D. Rafael

García Ramos.

f) El Proyecto se acompaña de una Memoria Económica

suscrita por la Alcaldesa de esta Corporación, en

concordancia el citado Informe de viabilidad, debidamente

justificada donde se procede a la proyección de los efectos

presupuestarios y económicos que podrían derivarse de la

inversión en el horizonte de su vida útil y los cuales

resultan ser los siguientes:

VIDA ÚTIL 15 AÑOS

ESTIMACIÓN de los GASTOS (€)

CONCEPTO del GASTO

2016 0,00

Mantenimiento y Conservación

2017 0,00

2018 200

2019 0,00

2020 0,00

2021 200

2022 0,00

2023 500

2024 0,00

2025 500

2026 0,00

2027 500

2027 0,00

2028 2.000

2029 0,00

2030 600

2031 0,00

SUMAN 4.500 €

A estos efectos se ha de concluir que, a priori, las

proyecciones resultan ser consistentes y de las mismas no se

puede deducir como consecuencia inmediata ni causa directa

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184

el incumplimiento en ejercicios futuros de los objetivos de

estabilidad presupuestaria y deuda pública.

g) La iniciación del correspondiente expediente de

gasto y el reconocimiento de la totalidad de las obligaciones

económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá

realizar por parte de la Corporación Local antes de la

finalización del ejercicio 2016. No obstante, en el supuesto

de que un proyecto de inversión no pueda ejecutarse

íntegramente en 2016, la parte restante del gasto

comprometido en 2016 se podrá reconocer en el ejercicio 2017

financiándose con cargo al remanente de tesorería de 2016,

que quedará afectado a ese fin por ese importe restante sin

que la entidad local pueda incurrir en déficit al final del

ejercicio 2017.

h) La interventora de la Corporación Local informará

al Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas de las

inversiones ejecutadas en aplicación de lo previsto en esta

disposición.

Visto todo lo anterior se informa de manera favorable la

propuesta de declarar el gasto referido como Inversión

Financieramente Sostenible.

Es todo lo que he de informar en la ciudad de Los Llanos

de Aridane, a 21 de junio de 2016. La Interventora. Fdo.

María Candelaria Rodríguez Rodríguez

Se ha recibido en esta Intervención, para su

fiscalización previa, el expediente relativo a la aprobación

del Proyecto denominado ―MODIFICACIÓN DEL TRAZADO DE LA ACERA

EN LA CALLE VIZCONDE DEL BUEN PASO, A LA ALTURA DEL NÚMERO 4‖

con el objeto de determinar si sobre el mismo concurren los

requisitos necesarios para poder ser declarado como Inversión

Financieramente Sostenible a los efectos de lo previsto en la

Disposición Adicional 16ª del texto refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto

Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y por el que se tiene a

bien emitir el siguiente

INFORME

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En base a los siguientes antecedentes de hecho:

I.- En fecha 26 de febrero de 2016 se evacuó informe de

Intervención en relación con la aprobación de la liquidación

del Presupuesto General del ejercicio económico 2015.

Como conclusión a dicho informe se determinó ―Proceder a

destinar el superávit de la liquidación a los destinos

establecidos en la Disposición Adicional Sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, conforme a las

prioridades establecidas en la misma.‖

En la misma fecha 26 de febrero se evacuó informe de

Intervención de evaluación del cumplimiento del objetivo de

Estabilidad Presupuestaria en el que se detallan los datos

definitivos de la Corporación después de ajustes, señalando

una capacidad de financiación de un importe total de

1.837.468,65 €.

El Pleno del Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, en

sesión ordinaria celebrada el día de 31 de marzo de 2016,

acordó la aprobación inicial, del expediente de modificación

de presupuestaria número 3/2016 en la modalidad de Suplemento

de Crédito por importe de 72.494,15 €, destinado a financiar

las obligaciones devengadas en ejercicios pretéritos y que se

habrán de reconocerse con cargo al Presupuesto vigente.

Posteriormente el Pleno, en sesión extraordinaria urgente

celebrada el día 3 de junio, acordó la aprobación inicial del

expediente de modificación de presupuestaria número 13/2016

en la modalidad de Suplemento de Crédito y Crédito

Extraordinario por importe de 1.214.770,60 €, destinado a

financiar Inversiones Financieramente Sostenibles por un

importe de 466.547,00 € y a la amortización anticipada de

deuda por el importe restante de 748.223,60 €, por lo que,

tras las mismas, el importe que se podría destinar a

Inversiones Financieramente Sostenibles ascendería a

550.203,90 €, estando, en todo caso, dicho importe

condicionado al estricto cumplimiento del principio de

estabilidad presupuestaria en la ejecución del Presupuesto

2016.

El apartado 6º de la disposición adicional 16ª del Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,

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186

aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de

marzo, hace referencia a que ―El expediente de gasto que se

tramite incorporará una memoria económica específica,

suscrita por el presidente de la Corporación Local, o la

persona de la Corporación Local en quien delegue, en la que

se contendrá la proyección de los efectos presupuestarios y

económicos que podrían derivarse de la inversión en el

horizonte de su vida útil (…).‖

En virtud de dicho precepto, la Alcaldesa de esta

Corporación, emitió Memoria Económica con fecha de 20 de

junio, en relación con la consideración de financieramente

sostenible de la inversión denominada ―MODIFICACIÓN DEL

TRAZADO DE LA ACERA EN LA CALLE VIZCONDE DEL BUEN PASO, A LA

ALTURA DEL NÚMERO 4‖, con una vida útil estimada de 20 años y

un importe total de la inversión de 24.545,01 €, de los

cuales corresponde la cantidad de 23.756,43 € al presupuesto

base de licitación y la cantidad 788,58 € a los costes de

honorarios por redacción del proyecto, siendo el programa

1532. Pavimentación de vías públicas, dentro del grupo de

programa 153. Vías Públicas, de acuerdo a lo previsto en el

Anexo I de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la

que se aprueba la estructura de los presupuestos de las

Entidades Locales, modificada por la Orden HAP/419/2014, de

14 de marzo.

Con objeto de proceder a la ejecución presupuestaria de

los gastos que se pretenden considerar como Inversión

Financieramente Sostenible es que se somete el presente

expediente a la fiscalización previa a esta Intervención de

Fondos.

A estos efectos son de aplicación las siguientes

consideraciones jurídicas:

Primero.- La normativa aplicable viene contenida,

esencialmente, por la Disposición Adicional 16ª del texto

refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,

donde se procede a la definición y regulación del concepto de

Inversión Financieramente Sostenible en los siguientes

términos:

―A los efectos de lo dispuesto en la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de

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187

abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera, se entenderá por inversión financieramente

sostenible la que cumpla todos los requisitos siguientes:

1. Que la inversión se realice, en todo caso, por

entidades locales que se encuentren al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social. Además, deberá tener reflejo presupuestario

en los siguientes grupos de programas recogidos en el anexo I

de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se

aprueba la estructura de los presupuestos de la Entidades

Locales:

161. Saneamiento, abastecimiento y distribución de

aguas.

162. Recogida, eliminación y tratamiento de residuos.

165. Alumbrado público.

172. Protección y mejora del medio ambiente.

412. Mejora de las estructuras agropecuarias y de los

sistemas productivos.

422. Industria.

425. Energía.

431. Comercio.

432. Ordenación y promoción turística.

441. Promoción, mantenimiento y desarrollo del

transporte.

442. Infraestructuras del transporte.

452. Recursos hidráulicos.

463. Investigación científica, técnica y aplicada.

491. Sociedad de la información.

492. Gestión del conocimiento.

La inversión podrá tener reflejo presupuestario en

alguno de los grupos de programas siguientes:

133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.

155. Vías públicas.

171. Parques y jardines.

336. Protección del Patrimonio Histórico-Artístico.

453. Carreteras.

454. Caminos vecinales.

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188

933. Gestión del patrimonio: aplicadas a la

rehabilitación y reparación de infraestructuras e

inmuebles propiedad de la entidad local afectos al

servicio público.

Cuando el gasto de inversión en estos grupos de

programas, considerados en conjunto, sea superior a 10

millones de euros y suponga incremento de los capítulos 1

o 2 del estado de gastos vinculado a los proyectos de

inversión requerirá autorización previa de la Secretaría

General de Coordinación Autonómica y Local, del

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

2. Quedan excluidas tanto las inversiones que tengan una

vida útil inferior a cinco años como las que se refieran a la

adquisición de mobiliario, enseres y vehículos, salvo que se

destinen a la prestación del servicio público de transporte.

3. El gasto que se realice deberá ser imputable al

capítulo 6 del estado de gastos del presupuesto general de

la Corporación Local.

De forma excepcional podrán incluirse también

indemnizaciones o compensaciones por rescisión de relaciones

contractuales, imputables en otros capítulos del presupuesto

de la Corporación Local, siempre que las mismas tengan

carácter complementario y se deriven directamente de

actuaciones de reorganización de medios o procesos asociados

a la inversión acometida.

En el caso de las Diputaciones Provinciales, Consejos y

Cabildos insulares podrán incluir gasto imputable también en

el capítulo 6 y 7 del estado de gastos de sus presupuestos

generales destinadas a financiar inversiones que cumplan lo

previsto en esta disposición. Y se asignen a municipios que:

a) Cumplan con lo previsto en la disposición adicional

sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,

b) o bien, no cumpliendo lo previsto en la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, la

inversión no conlleve gastos de mantenimiento y así quede

acreditado en su Plan económico-financiero convenientemente

aprobado.

4. Que la inversión permita durante su ejecución,

mantenimiento y liquidación, dar cumplimiento a los objetivos

de estabilidad presupuestaria, y deuda pública por parte de

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189

la Corporación Local. A tal fin se valorará, el gasto de

mantenimiento, los posibles ingresos o la reducción de gastos

que genere la inversión durante su vida útil.

5. La iniciación del correspondiente expediente de gasto

y el reconocimiento de la totalidad de las obligaciones

económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá

realizar por parte de la Corporación Local antes de la

finalización del ejercicio de aplicación de la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.

No obstante, en el supuesto de que un proyecto de

inversión no pueda ejecutarse íntegramente en 2014, la

parte restante del gasto comprometido en 2014 se podrá

reconocer en el ejercicio 2015 financiándose con cargo al

remanente de tesorería de 2014 que quedará afectado a ese

fin por ese importe restante y la entidad local no podrá

incurrir en déficit al final del ejercicio 2015.

[Las referencias a los años 2014 y 2015 contenidas en

el apartado 5 de la disposición adicional decimosexta,

deberán entenderse a 2016 y 2017, respectivamente,

conforme establece la disposición adicional octogésima

segunda de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de

Presupuestos Generales del Estado para el año 2016

(«B.O.E.» 30 octubre), que establece que En relación

con el destino del superávit presupuestario de las

entidades locales correspondiente al año 2015 se

prorroga para 2016 la aplicación de las reglas

contenidas en la disposición adicional sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para lo que

se deberá tener en cuenta la disposición adicional

decimosexta del texto refundido de la Ley Reguladora de

las Haciendas Locales.]

6. El expediente de gasto que se tramite incorporará una

memoria económica específica, suscrita por el presidente de

la Corporación Local, o la persona de la Corporación Local en

quien delegue, en la que se contendrá la proyección de los

efectos presupuestarios y económicos que podrían derivarse de

la inversión en el horizonte de su vida útil. El órgano

interventor de la Corporación Local informará acerca de la

consistencia y soporte de las proyecciones presupuestarias

que contenga la memoria económica de la inversión en relación

con los criterios establecidos en los apartados anteriores.

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190

Anualmente, junto con la liquidación del presupuesto,

se dará cuenta al pleno de la Corporación Local del grado

de cumplimiento de los criterios previstos en los

apartados anteriores y se hará público en su portal web.

7. Sin perjuicio de los efectos que puedan derivarse de la

aplicación de la normativa de estabilidad presupuestaria y

sostenibilidad financiera, si el informe del interventor de la

Corporación Local al que se refiere el apartado anterior fuera

desfavorable, el interventor lo remitirá al órgano competente

de la Administración pública que tenga atribuida la tutela

financiera de la Corporación Local.

8. El interventor de la Corporación Local informará al

Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas de las

inversiones ejecutadas en aplicación de lo previsto en esta

disposición.‖

Si bien, tras la modificación de la Orden EHA/3565/2008,

de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los

presupuestos de las Entidades Locales, por la Orden

HAP/419/2014, de 14 de marzo, los grupos de programas y

programas recogidos en el anexo I de dicha Orden

EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, son los siguientes:

161. Abastecimiento domiciliario de agua potable.

162. Recogida, gestión y tratamiento de residuos.

1621. Recogida de residuos.

1622. Gestión de residuos sólidos urbanos.

1623. Tratamiento de residuos.

165. Alumbrado público.

172. Protección y mejora del medio ambiente.

1721. Protección contra la contaminación acústica,

lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.

412. Mejoras de las estructuras agropecuarias y de los

sistemas productivos.

422. Industria.

425. Energía.

431. Comercio.

432. Información y promoción turística.

4311. Ferias.

4312. Mercados, abastos y lonjas.

4313. Comercio ambulante.

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191

441. Transporte de viajeros.

4411. Transporte colectivo urbano de viajeros.

4412. Otro transporte de viajeros.

442. Infraestructuras del transporte.

452. Recursos hidráulicos.

463. Investigación científica, técnica y aplicada.

491. Sociedad de la información.

492. Gestión del conocimiento.

La inversión podrá tener reflejo presupuestario en

alguno de los grupos de programas siguientes:

133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.

153. Vías públicas.

1531. Acceso a los núcleos de población.

1532. Pavimentación de vías públicas.

171. Parques y jardines.

336. Protección y gestión del Patrimonio Histórico-

Artístico.

453. Carreteras.

454. Caminos vecinales.

933. Gestión del patrimonio.

SEGUNDO.- Considerando el marco jurídico descrito se ha

de informar los siguientes aspectos:

i) Esta Entidad Local se encuentra al corriente del

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social.

j) El gasto que se propone, de acuerdo a su

naturaleza, se ha de codificar presupuestariamente dentro de

la aplicación presupuestaria 1532.61116, por lo que se cumple

tanto con el requisito de estar destinado a alguna de las

finalidades a las que se refiere el apartado número 1 de la

Disp. Adic. 16ª del TRLRHL como a la obligación de ser

imputado al Capítulo 6 del Presupuesto de Gastos, tal y como

exige el apartado número 3 de la citada Disposición.

k) El importe de las Inversiones Financieramente

Sostenibles, en su conjunto, no alcanzan la cifra de los 10

millones de euros, por lo que no es requisito necesario la

autorización previa de la Secretaría General de Coordinación

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192

Autonómica y Local, del Ministerio de Hacienda y

Administraciones Públicas.

l) De acuerdo a la Memoria del Proyecto no se trata de

una inversión cuya vida útil es menor a cinco años y no se

trata en ningún caso de adquisición de mobiliario, enseres ni

vehículos.

m) Se emite Informe de viabilidad del Proyecto por el

Ingeniero Técnico de Obras Públicas Municipal D. Rafael

García Ramos.

n) El Proyecto se acompaña de una Memoria Económica

suscrita por la Alcaldesa de esta Corporación, en

concordancia el citado Informe de viabilidad, debidamente

justificada donde se procede a la proyección de los efectos

presupuestarios y económicos que podrían derivarse de la

inversión en el horizonte de su vida útil y los cuales

resultan ser los siguientes:

VIDA ÚTIL 20 AÑOS

ESTIMACIÓN de los GASTOS (€)

CONCEPTO del GASTO

2016 0,00

Mantenimiento y conservación

2017 0,00

2018 0,00

2019 0,00

2020 0,00

2021 100,00

2022 0,00

2023 0,00

2024 0,00

2025 0,00

2026 0,00

2027 200,00

2028 0,00

2029 0,00

2030 0,00

2031 0,00

2032 0,00

2033 700,00

2034 0,00

2035 0,00

2036 0,00

SUMA 1.000,00 €

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193

A estos efectos se ha de concluir que, a priori, las

proyecciones resultan ser consistentes y de las mismas no se

puede deducir como consecuencia inmediata ni causa directa el

incumplimiento en ejercicios futuros de los objetivos de

estabilidad presupuestaria y deuda pública.

o) La iniciación del correspondiente expediente de

gasto y el reconocimiento de la totalidad de las obligaciones

económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá

realizar por parte de la Corporación Local antes de la

finalización del ejercicio 2016. No obstante, en el supuesto

de que un proyecto de inversión no pueda ejecutarse

íntegramente en 2016, la parte restante del gasto

comprometido en 2016 se podrá reconocer en el ejercicio 2017

financiándose con cargo al remanente de tesorería de 2016,

que quedará afectado a ese fin por ese importe restante sin

que la entidad local pueda incurrir en déficit al final del

ejercicio 2017.

p) La interventora de la Corporación Local informará

al Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas de las

inversiones ejecutadas en aplicación de lo previsto en esta

disposición.

Visto todo lo anterior se informa de manera favorable la

propuesta de declarar el gasto referido como Inversión

Financieramente Sostenible.

Es todo lo que he de informar en la ciudad de Los Llanos

de Aridane, a 23 de junio de 2016. La Interventora. Fdo.

María Candelaria Rodríguez Rodríguez

Se ha recibido en esta Intervención, para su

fiscalización previa, el expediente relativo a la aprobación

del Proyecto denominado ―MEJORA Y ACONDICIONAMIENTO DEL

CAMINO LOS BARROS. TRAMO: LOS MATIAS – CANTADORES‖ con el

objeto de determinar si sobre el mismo concurren los

requisitos necesarios para poder ser declarado como Inversión

Financieramente Sostenible a los efectos de lo previsto en la

Disposición Adicional 16ª del texto refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto

Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y por el que se tiene a

bien emitir el siguiente

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194

INFORME

En base a los siguientes antecedentes de hecho:

I.- En fecha 26 de febrero de 2016 se evacuó informe de

Intervención en relación con la aprobación de la liquidación

del Presupuesto General del ejercicio económico 2015.

Como conclusión a dicho informe se determinó ―Proceder a

destinar el superávit de la liquidación a los destinos

establecidos en la Disposición Adicional Sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, conforme a las

prioridades establecidas en la misma.‖

En la misma fecha 26 de febrero se evacuó informe de

Intervención de evaluación del cumplimiento del objetivo de

Estabilidad Presupuestaria en el que se detallan los datos

definitivos de la Corporación después de ajustes, señalando

una capacidad de financiación de un importe total de

1.837.468,65 €.

El Pleno del Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, en

sesión ordinaria celebrada el día de 31 de marzo de 2016,

acordó la aprobación inicial, del expediente de modificación

de presupuestaria número 3/2016 en la modalidad de Suplemento

de Crédito por importe de 72.494,15 €, destinado a financiar

las obligaciones devengadas en ejercicios pretéritos y que se

habrán de reconocerse con cargo al Presupuesto vigente.

Posteriormente el Pleno, en sesión extraordinaria urgente

celebrada el día 3 de junio, acordó la aprobación inicial del

expediente de modificación de presupuestaria número 13/2016

en la modalidad de Suplemento de Crédito y Crédito

Extraordinario por importe de 1.214.770,60 €, destinado a

financiar Inversiones Financieramente Sostenibles por un

importe de 466.547,00 € y a la amortización anticipada de

deuda por el importe restante de 748.223,60 €, por lo que,

tras las mismas, el importe que se podría destinar a

Inversiones Financieramente Sostenibles ascendería a

550.203,90 €, estando, en todo caso, dicho importe

condicionado al estricto cumplimiento del principio de

estabilidad presupuestaria en la ejecución del Presupuesto

2016.

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195

El apartado 6º de la disposición adicional 16ª del Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,

aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de

marzo, hace referencia a que ―El expediente de gasto que se

tramite incorporará una memoria económica específica,

suscrita por el presidente de la Corporación Local, o la

persona de la Corporación Local en quien delegue, en la que

se contendrá la proyección de los efectos presupuestarios y

económicos que podrían derivarse de la inversión en el

horizonte de su vida útil (…).‖

En virtud de dicho precepto, la Alcaldesa de esta

Corporación, emitió Memoria Económica con fecha de 20 de

junio, en relación con la consideración de financieramente

sostenible de la inversión denominada ―MEJORA Y

ACONDICIONAMIENTO DEL CAMINO LOS BARROS. TRAMO: LOS MATIAS –

CANTADORES‖, con una vida útil estimada de 15 años y un

importe total de la inversión de 181.163,45 €, de los cuales

corresponde la cantidad de 178.916,45 € al presupuesto base

de licitación y la cantidad 2.247,00 € a los costes de

honorarios por redacción del proyecto, siendo el grupo de

programa 454. Caminos Vecinales, de acuerdo a lo previsto en

el Anexo I de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por

la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las

Entidades Locales, modificada por la Orden HAP/419/2014, de

14 de marzo.

Con objeto de proceder a la ejecución presupuestaria de

los gastos que se pretenden considerar como Inversión

Financieramente Sostenible es que se somete el presente

expediente a la fiscalización previa a esta Intervención de

Fondos.

A estos efectos son de aplicación las siguientes

consideraciones jurídicas:

Primero.- La normativa aplicable viene contenida,

esencialmente, por la Disposición Adicional 16ª del texto

refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,

donde se procede a la definición y regulación del concepto de

Inversión Financieramente Sostenible en los siguientes

términos:

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196

―A los efectos de lo dispuesto en la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de

abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera, se entenderá por inversión financieramente

sostenible la que cumpla todos los requisitos siguientes:

1. Que la inversión se realice, en todo caso, por

entidades locales que se encuentren al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social. Además, deberá tener reflejo presupuestario

en los siguientes grupos de programas recogidos en el anexo I

de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se

aprueba la estructura de los presupuestos de la Entidades

Locales:

161. Saneamiento, abastecimiento y distribución de

aguas.

162. Recogida, eliminación y tratamiento de residuos.

165. Alumbrado público.

172. Protección y mejora del medio ambiente.

412. Mejora de las estructuras agropecuarias y de los

sistemas productivos.

422. Industria.

425. Energía.

431. Comercio.

432. Ordenación y promoción turística.

441. Promoción, mantenimiento y desarrollo del

transporte.

442. Infraestructuras del transporte.

452. Recursos hidráulicos.

463. Investigación científica, técnica y aplicada.

491. Sociedad de la información.

492. Gestión del conocimiento.

La inversión podrá tener reflejo presupuestario en

alguno de los grupos de programas siguientes:

133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.

155. Vías públicas.

171. Parques y jardines.

336. Protección del Patrimonio Histórico-Artístico.

453. Carreteras.

454. Caminos vecinales.

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197

933. Gestión del patrimonio: aplicadas a la

rehabilitación y reparación de infraestructuras e

inmuebles propiedad de la entidad local afectos al

servicio público.

Cuando el gasto de inversión en estos grupos de

programas, considerados en conjunto, sea superior a 10

millones de euros y suponga incremento de los capítulos 1

o 2 del estado de gastos vinculado a los proyectos de

inversión requerirá autorización previa de la Secretaría

General de Coordinación Autonómica y Local, del

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

2. Quedan excluidas tanto las inversiones que tengan una

vida útil inferior a cinco años como las que se refieran a la

adquisición de mobiliario, enseres y vehículos, salvo que se

destinen a la prestación del servicio público de transporte.

3. El gasto que se realice deberá ser imputable al

capítulo 6 del estado de gastos del presupuesto general de

la Corporación Local.

De forma excepcional podrán incluirse también

indemnizaciones o compensaciones por rescisión de relaciones

contractuales, imputables en otros capítulos del presupuesto

de la Corporación Local, siempre que las mismas tengan

carácter complementario y se deriven directamente de

actuaciones de reorganización de medios o procesos asociados

a la inversión acometida.

En el caso de las Diputaciones Provinciales, Consejos y

Cabildos insulares podrán incluir gasto imputable también en

el capítulo 6 y 7 del estado de gastos de sus presupuestos

generales destinadas a financiar inversiones que cumplan lo

previsto en esta disposición. Y se asignen a municipios que:

a) Cumplan con lo previsto en la disposición adicional

sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,

b) o bien, no cumpliendo lo previsto en la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, la

inversión no conlleve gastos de mantenimiento y así quede

acreditado en su Plan económico-financiero convenientemente

aprobado.

4. Que la inversión permita durante su ejecución,

mantenimiento y liquidación, dar cumplimiento a los objetivos

de estabilidad presupuestaria, y deuda pública por parte de

la Corporación Local. A tal fin se valorará, el gasto de

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198

mantenimiento, los posibles ingresos o la reducción de gastos

que genere la inversión durante su vida útil.

5. La iniciación del correspondiente expediente de gasto

y el reconocimiento de la totalidad de las obligaciones

económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá

realizar por parte de la Corporación Local antes de la

finalización del ejercicio de aplicación de la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.

No obstante, en el supuesto de que un proyecto de

inversión no pueda ejecutarse íntegramente en 2014, la

parte restante del gasto comprometido en 2014 se podrá

reconocer en el ejercicio 2015 financiándose con cargo al

remanente de tesorería de 2014 que quedará afectado a ese

fin por ese importe restante y la entidad local no podrá

incurrir en déficit al final del ejercicio 2015.

[Las referencias a los años 2014 y 2015 contenidas en

el apartado 5 de la disposición adicional decimosexta,

deberán entenderse a 2016 y 2017, respectivamente,

conforme establece la disposición adicional octogésima

segunda de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de

Presupuestos Generales del Estado para el año 2016

(«B.O.E.» 30 octubre), que establece que En relación

con el destino del superávit presupuestario de las

entidades locales correspondiente al año 2015 se

prorroga para 2016 la aplicación de las reglas

contenidas en la disposición adicional sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para lo que

se deberá tener en cuenta la disposición adicional

decimosexta del texto refundido de la Ley Reguladora de

las Haciendas Locales.]

6. El expediente de gasto que se tramite incorporará una

memoria económica específica, suscrita por el presidente de

la Corporación Local, o la persona de la Corporación Local en

quien delegue, en la que se contendrá la proyección de los

efectos presupuestarios y económicos que podrían derivarse de

la inversión en el horizonte de su vida útil. El órgano

interventor de la Corporación Local informará acerca de la

consistencia y soporte de las proyecciones presupuestarias

que contenga la memoria económica de la inversión en relación

con los criterios establecidos en los apartados anteriores.

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199

Anualmente, junto con la liquidación del presupuesto,

se dará cuenta al pleno de la Corporación Local del grado

de cumplimiento de los criterios previstos en los

apartados anteriores y se hará público en su portal web.

7. Sin perjuicio de los efectos que puedan derivarse de la

aplicación de la normativa de estabilidad presupuestaria y

sostenibilidad financiera, si el informe del interventor de la

Corporación Local al que se refiere el apartado anterior fuera

desfavorable, el interventor lo remitirá al órgano competente

de la Administración pública que tenga atribuida la tutela

financiera de la Corporación Local.

8. El interventor de la Corporación Local informará al

Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas de las

inversiones ejecutadas en aplicación de lo previsto en esta

disposición.‖

Si bien, tras la modificación de la Orden EHA/3565/2008, de

3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los

presupuestos de las Entidades Locales, por la Orden

HAP/419/2014, de 14 de marzo, los grupos de programas y

programas recogidos en el anexo I de dicha Orden

EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, son los siguientes:

161. Abastecimiento domiciliario de agua potable.

162. Recogida, gestión y tratamiento de residuos.

1621. Recogida de residuos.

1622. Gestión de residuos sólidos urbanos.

1623. Tratamiento de residuos.

165. Alumbrado público.

172. Protección y mejora del medio ambiente.

1721. Protección contra la contaminación acústica,

lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.

412. Mejoras de las estructuras agropecuarias y de los

sistemas productivos.

422. Industria.

425. Energía.

431. Comercio.

432. Información y promoción turística.

4311. Ferias.

4312. Mercados, abastos y lonjas.

4313. Comercio ambulante.

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200

441. Transporte de viajeros.

4411. Transporte colectivo urbano de viajeros.

4412. Otro transporte de viajeros.

442. Infraestructuras del transporte.

452. Recursos hidráulicos.

463. Investigación científica, técnica y aplicada.

491. Sociedad de la información.

492. Gestión del conocimiento.

La inversión podrá tener reflejo presupuestario en

alguno de los grupos de programas siguientes:

133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.

153. Vías públicas.

1531. Acceso a los núcleos de población.

1532. Pavimentación de vías públicas.

171. Parques y jardines.

336. Protección y gestión del Patrimonio Histórico-

Artístico.

453. Carreteras.

454. Caminos vecinales.

933. Gestión del patrimonio.

SEGUNDO.- Considerando el marco jurídico descrito se ha

de informar los siguientes aspectos:

q) Esta Entidad Local se encuentra al corriente del

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social.

r) El gasto que se propone, de acuerdo a su

naturaleza, se ha de codificar presupuestariamente dentro de

la aplicación presupuestaria 4540.61117, por lo que se cumple

tanto con el requisito de estar destinado a alguna de las

finalidades a las que se refiere el apartado número 1 de la

Disp. Adic. 16ª del TRLRHL como a la obligación de ser

imputado al Capítulo 6 del Presupuesto de Gastos, tal y como

exige el apartado número 3 de la citada Disposición.

s) El importe de las Inversiones Financieramente

Sostenibles, en su conjunto, no alcanzan la cifra de los 10

millones de euros, por lo que no es requisito necesario la

autorización previa de la Secretaría General de Coordinación

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201

Autonómica y Local, del Ministerio de Hacienda y

Administraciones Públicas.

t) De acuerdo a la Memoria del Proyecto no se trata de

una inversión cuya vida útil es menor a cinco años y no se

trata en ningún caso de adquisición de mobiliario, enseres ni

vehículos.

u) Se emite Informe de viabilidad del Proyecto por el

Ingeniero Técnico de Obras Públicas Municipal D. Rafael

García Ramos.

v) El Proyecto se acompaña de una Memoria Económica

suscrita por la Alcaldesa de esta Corporación, en

concordancia el citado Informe de viabilidad, debidamente

justificada donde se procede a la proyección de los efectos

presupuestarios y económicos que podrían derivarse de la

inversión en el horizonte de su vida útil y los cuales

resultan ser los siguientes:

VIDA ÚTIL 15 AÑOS

ESTIMACIÓN de los GASTOS (€)

CONCEPTO del GASTO

2016 0,00

Mantenimiento y conservación

2017 0,00

2018 0,00

2019 0,00

2020 1.000

2021 0,00

2022 0,00

2023 0,00

2024 1.500

2025 0,00

2026 0,00

2027 0.00

2028 3,000

2029 0,00

2030 0,00

2031 0,00

SUMA 5.500 €

A estos efectos se ha de concluir que, a priori, las

proyecciones resultan ser consistentes y de las mismas no se

puede deducir como consecuencia inmediata ni causa directa el

incumplimiento en ejercicios futuros de los objetivos de

estabilidad presupuestaria y deuda pública.

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202

w) La iniciación del correspondiente expediente de

gasto y el reconocimiento de la totalidad de las obligaciones

económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá

realizar por parte de la Corporación Local antes de la

finalización del ejercicio 2016. No obstante, en el supuesto

de que un proyecto de inversión no pueda ejecutarse

íntegramente en 2016, la parte restante del gasto

comprometido en 2016 se podrá reconocer en el ejercicio 2017

financiándose con cargo al remanente de tesorería de 2016,

que quedará afectado a ese fin por ese importe restante sin

que la entidad local pueda incurrir en déficit al final del

ejercicio 2017.

x) La interventora de la Corporación Local informará

al Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas de las

inversiones ejecutadas en aplicación de lo previsto en esta

disposición.

Visto todo lo anterior se informa de manera favorable la

propuesta de declarar el gasto referido como Inversión

Financieramente Sostenible.

Es todo lo que he de informar en la ciudad de Los Llanos

de Aridane, a 21 de junio de 2016. La Interventora. Fdo.

María Candelaria Rodríguez Rodríguez

Se ha recibido en esta Intervención, para su

fiscalización previa, el expediente relativo a la aprobación

del Proyecto denominado ―ALUMBRADO EXTERIOR EN CALLEJÓN DE LA

GATA‖ con el objeto de determinar si sobre el mismo concurren

los requisitos necesarios para poder ser declarado como

Inversión Financieramente Sostenible a los efectos de lo

previsto en la Disposición Adicional 16ª del texto refundido

de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por

Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y por el que

se tiene a bien emitir el siguiente

INFORME

En base a los siguientes antecedentes de hecho:

I.- En fecha 26 de febrero de 2016 se evacuó informe de

Intervención en relación con la aprobación de la liquidación

del Presupuesto General del ejercicio económico 2015.

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203

Como conclusión a dicho informe se determinó ―Proceder a

destinar el superávit de la liquidación a los destinos

establecidos en la Disposición Adicional Sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, conforme a las

prioridades establecidas en la misma.‖

En la misma fecha 26 de febrero se evacuó informe de

Intervención de evaluación del cumplimiento del objetivo de

Estabilidad Presupuestaria en el que se detallan los datos

definitivos de la Corporación después de ajustes, señalando

una capacidad de financiación de un importe total de

1.837.468,65 €.

El Pleno del Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, en

sesión ordinaria celebrada el día de 31 de marzo de 2016,

acordó la aprobación inicial, del expediente de modificación

de presupuestaria número 3/2016 en la modalidad de Suplemento

de Crédito por importe de 72.494,15 €, destinado a financiar

las obligaciones devengadas en ejercicios pretéritos y que se

habrán de reconocerse con cargo al Presupuesto vigente.

Posteriormente el Pleno, en sesión extraordinaria urgente

celebrada el día 3 de junio, acordó la aprobación inicial del

expediente de modificación de presupuestaria número 13/2016

en la modalidad de Suplemento de Crédito y Crédito

Extraordinario por importe de 1.214.770,60 €, destinado a

financiar Inversiones Financieramente Sostenibles por un

importe de 466.547,00 € y a la amortización anticipada de

deuda por el importe restante de 748.223,60 €, por lo que,

tras las mismas, el importe que se podría destinar a

Inversiones Financieramente Sostenibles ascendería a

550.203,90 €, estando, en todo caso, dicho importe

condicionado al estricto cumplimiento del principio de

estabilidad presupuestaria en la ejecución del Presupuesto

2016.

El apartado 6º de la disposición adicional 16ª del Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,

aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de

marzo, hace referencia a que ―El expediente de gasto que se

tramite incorporará una memoria económica específica,

suscrita por el presidente de la Corporación Local, o la

persona de la Corporación Local en quien delegue, en la que

se contendrá la proyección de los efectos presupuestarios y

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204

económicos que podrían derivarse de la inversión en el

horizonte de su vida útil (…).‖

En virtud de dicho precepto, la Alcaldesa de esta

Corporación, emitió Memoria Económica con fecha de 20 de

junio, en relación con la consideración de financieramente

sostenible de la inversión denominada ―ALUMBRADO EXTERIOR EN

CALLEJÓN DE LA GATA‖, con una vida útil estimada de 15 años y

un importe total de la inversión de 111.147,77 €, de los

cuales corresponde la cantidad de 98.307,77 € al presupuesto

base de licitación, la cantidad 10.700,00 € a los costes de

honorarios por redacción del proyecto y la cantidad de

2.140,00 € a los costes de honorarios de dirección de obra,

siendo el grupo de programa 165. Alumbrado Público, de

acuerdo a lo previsto en el Anexo I de la Orden

EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la

estructura de los presupuestos de las Entidades Locales,

modificada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo.

Con objeto de proceder a la ejecución presupuestaria de

los gastos que se pretenden considerar como Inversión

Financieramente Sostenible es que se somete el presente

expediente a la fiscalización previa a esta Intervención de

Fondos.

A estos efectos son de aplicación las siguientes

consideraciones jurídicas:

Primero.- La normativa aplicable viene contenida,

esencialmente, por la Disposición Adicional 16ª del texto

refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,

donde se procede a la definición y regulación del concepto de

Inversión Financieramente Sostenible en los siguientes

términos:

―A los efectos de lo dispuesto en la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de

abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera, se entenderá por inversión financieramente

sostenible la que cumpla todos los requisitos siguientes:

1. Que la inversión se realice, en todo caso, por

entidades locales que se encuentren al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la

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205

Seguridad Social. Además, deberá tener reflejo presupuestario

en los siguientes grupos de programas recogidos en el anexo I

de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se

aprueba la estructura de los presupuestos de la Entidades

Locales:

161. Saneamiento, abastecimiento y distribución de

aguas.

162. Recogida, eliminación y tratamiento de residuos.

165. Alumbrado público.

172. Protección y mejora del medio ambiente.

412. Mejora de las estructuras agropecuarias y de los

sistemas productivos.

422. Industria.

425. Energía.

431. Comercio.

432. Ordenación y promoción turística.

441. Promoción, mantenimiento y desarrollo del

transporte.

442. Infraestructuras del transporte.

452. Recursos hidráulicos.

463. Investigación científica, técnica y aplicada.

491. Sociedad de la información.

492. Gestión del conocimiento.

La inversión podrá tener reflejo presupuestario en

alguno de los grupos de programas siguientes:

133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.

155. Vías públicas.

171. Parques y jardines.

336. Protección del Patrimonio Histórico-Artístico.

453. Carreteras.

454. Caminos vecinales.

933. Gestión del patrimonio: aplicadas a la

rehabilitación y reparación de infraestructuras e

inmuebles propiedad de la entidad local afectos al

servicio público.

Cuando el gasto de inversión en estos grupos de

programas, considerados en conjunto, sea superior a 10

millones de euros y suponga incremento de los capítulos 1

o 2 del estado de gastos vinculado a los proyectos de

inversión requerirá autorización previa de la

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206

Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local,

del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

2. Quedan excluidas tanto las inversiones que tengan una

vida útil inferior a cinco años como las que se refieran a la

adquisición de mobiliario, enseres y vehículos, salvo que se

destinen a la prestación del servicio público de transporte.

3. El gasto que se realice deberá ser imputable al

capítulo 6 del estado de gastos del presupuesto general de

la Corporación Local.

De forma excepcional podrán incluirse también

indemnizaciones o compensaciones por rescisión de relaciones

contractuales, imputables en otros capítulos del presupuesto

de la Corporación Local, siempre que las mismas tengan

carácter complementario y se deriven directamente de

actuaciones de reorganización de medios o procesos asociados

a la inversión acometida.

En el caso de las Diputaciones Provinciales, Consejos y

Cabildos insulares podrán incluir gasto imputable también en

el capítulo 6 y 7 del estado de gastos de sus presupuestos

generales destinadas a financiar inversiones que cumplan lo

previsto en esta disposición. Y se asignen a municipios que:

a) Cumplan con lo previsto en la disposición adicional

sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,

b) o bien, no cumpliendo lo previsto en la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, la

inversión no conlleve gastos de mantenimiento y así quede

acreditado en su Plan económico-financiero convenientemente

aprobado.

4. Que la inversión permita durante su ejecución,

mantenimiento y liquidación, dar cumplimiento a los objetivos

de estabilidad presupuestaria, y deuda pública por parte de

la Corporación Local. A tal fin se valorará, el gasto de

mantenimiento, los posibles ingresos o la reducción de gastos

que genere la inversión durante su vida útil.

5. La iniciación del correspondiente expediente de gasto

y el reconocimiento de la totalidad de las obligaciones

económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá

realizar por parte de la Corporación Local antes de la

finalización del ejercicio de aplicación de la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.

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207

No obstante, en el supuesto de que un proyecto de

inversión no pueda ejecutarse íntegramente en 2014, la

parte restante del gasto comprometido en 2014 se podrá

reconocer en el ejercicio 2015 financiándose con cargo al

remanente de tesorería de 2014 que quedará afectado a ese

fin por ese importe restante y la entidad local no podrá

incurrir en déficit al final del ejercicio 2015.

[Las referencias a los años 2014 y 2015 contenidas en

el apartado 5 de la disposición adicional decimosexta,

deberán entenderse a 2016 y 2017, respectivamente,

conforme establece la disposición adicional octogésima

segunda de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de

Presupuestos Generales del Estado para el año 2016

(«B.O.E.» 30 octubre), que establece que En relación

con el destino del superávit presupuestario de las

entidades locales correspondiente al año 2015 se

prorroga para 2016 la aplicación de las reglas

contenidas en la disposición adicional sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para lo que

se deberá tener en cuenta la disposición adicional

decimosexta del texto refundido de la Ley Reguladora de

las Haciendas Locales.]

6. El expediente de gasto que se tramite incorporará una

memoria económica específica, suscrita por el presidente de

la Corporación Local, o la persona de la Corporación Local en

quien delegue, en la que se contendrá la proyección de los

efectos presupuestarios y económicos que podrían derivarse de

la inversión en el horizonte de su vida útil. El órgano

interventor de la Corporación Local informará acerca de la

consistencia y soporte de las proyecciones presupuestarias

que contenga la memoria económica de la inversión en relación

con los criterios establecidos en los apartados anteriores.

Anualmente, junto con la liquidación del presupuesto,

se dará cuenta al pleno de la Corporación Local del grado

de cumplimiento de los criterios previstos en los

apartados anteriores y se hará público en su portal web.

7. Sin perjuicio de los efectos que puedan derivarse de la

aplicación de la normativa de estabilidad presupuestaria y

sostenibilidad financiera, si el informe del interventor de la

Corporación Local al que se refiere el apartado anterior fuera

desfavorable, el interventor lo remitirá al órgano

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208

competente de la Administración pública que tenga atribuida la

tutela financiera de la Corporación Local.

8. El interventor de la Corporación Local informará al

Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas de las

inversiones ejecutadas en aplicación de lo previsto en esta

disposición.‖

Si bien, tras la modificación de la Orden EHA/3565/2008, de

3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los

presupuestos de las Entidades Locales, por la Orden

HAP/419/2014, de 14 de marzo, los grupos de programas y

programas recogidos en el anexo I de dicha Orden

EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, son los siguientes:

161. Abastecimiento domiciliario de agua potable.

162. Recogida, gestión y tratamiento de residuos.

1621. Recogida de residuos.

1622. Gestión de residuos sólidos urbanos.

1623. Tratamiento de residuos.

165. Alumbrado público.

172. Protección y mejora del medio ambiente.

1721. Protección contra la contaminación acústica,

lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.

412. Mejoras de las estructuras agropecuarias y de los

sistemas productivos.

422. Industria.

425. Energía.

431. Comercio.

432. Información y promoción turística.

4311. Ferias.

4312. Mercados, abastos y lonjas.

4313. Comercio ambulante.

441. Transporte de viajeros.

4411. Transporte colectivo urbano de viajeros.

4412. Otro transporte de viajeros.

442. Infraestructuras del transporte.

452. Recursos hidráulicos.

463. Investigación científica, técnica y aplicada.

491. Sociedad de la información.

492. Gestión del conocimiento.

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209

La inversión podrá tener reflejo presupuestario en

alguno de los grupos de programas siguientes:

133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.

153. Vías públicas.

1531. Acceso a los núcleos de población.

1532. Pavimentación de vías públicas.

171. Parques y jardines.

336. Protección y gestión del Patrimonio Histórico-

Artístico.

453. Carreteras.

454. Caminos vecinales.

933. Gestión del patrimonio.

SEGUNDO.- Considerando el marco jurídico descrito se ha

de informar los siguientes aspectos:

y) Esta Entidad Local se encuentra al corriente del

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social.

z) El gasto que se propone, de acuerdo a su

naturaleza, se ha de codificar presupuestariamente dentro de

la aplicación presupuestaria 1650.60103, por lo que se cumple

tanto con el requisito de estar destinado a alguna de las

finalidades a las que se refiere el apartado número 1 de la

Disp. Adic. 16ª del TRLRHL como a la obligación de ser

imputado al Capítulo 6 del Presupuesto de Gastos, tal y como

exige el apartado número 3 de la citada Disposición.

aa) El importe de las Inversiones Financieramente

Sostenibles, en su conjunto, no alcanzan la cifra de los 10

millones de euros, por lo que no es requisito necesario la

autorización previa de la Secretaría General de Coordinación

Autonómica y Local, del Ministerio de Hacienda y

Administraciones Públicas.

bb) De acuerdo a la Memoria del Proyecto no se trata de

una inversión cuya vida útil es menor a cinco años y no se

trata en ningún caso de adquisición de mobiliario, enseres ni

vehículos.

cc) Se emite Informe de viabilidad del Proyecto por el

Arquitecto Técnico Municipal D. David Pérez Hernández.

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210

dd) El Proyecto se acompaña de una Memoria Económica

suscrita por la Alcaldesa de esta Corporación, en

concordancia el citado Informe de viabilidad, debidamente

justificada donde se procede a la proyección de los efectos

presupuestarios y económicos que podrían derivarse de la

inversión en el horizonte de su vida útil y los cuales

resultan ser los siguientes:

VIDA ÚTIL AÑOS

ESTIMACIÓN DE LOS GASTOS

CONCEPTO DEL GASTO

2016 0,00 €

2017 0,00 €

2018 0,00 €

2019 0,00 €

2020 0,00 €

2021 0,00 €

2022 2.200,00 €

2023 0,00 € Conservación y mantenimiento

2024 2.200,00 €

2025 0,00 €

2026 2.200,00 €

2027 0,00 €

2028 0,00 €

2029 0,00 €

2030 0,00 €

2031 0,00 €

SUMA 6.600,00 €

A estos efectos se ha de concluir que, a priori, las

proyecciones resultan ser consistentes y de las mismas no se

puede deducir como consecuencia inmediata ni causa directa el

incumplimiento en ejercicios futuros de los objetivos de

estabilidad presupuestaria y deuda pública.

ee) La iniciación del correspondiente expediente de

gasto y el reconocimiento de la totalidad de las obligaciones

económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá

realizar por parte de la Corporación Local antes de la

finalización del ejercicio 2016. No obstante, en el supuesto

de que un proyecto de inversión no pueda ejecutarse

íntegramente en 2016, la parte restante del gasto

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211

comprometido en 2016 se podrá reconocer en el ejercicio 2017

financiándose con cargo al remanente de tesorería de 2016,

que quedará afectado a ese fin por ese importe restante sin

que la entidad local pueda incurrir en déficit al final del

ejercicio 2017.

ff) La interventora de la Corporación Local informará

al Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas de las

inversiones ejecutadas en aplicación de lo previsto en esta

disposición.

Visto todo lo anterior se informa de manera favorable la

propuesta de declarar el gasto referido como Inversión

Financieramente Sostenible.

Es todo lo que he de informar en la ciudad de Los Llanos

de Aridane, a 21 de junio de 2016. La Interventora. Fdo.

María Candelaria Rodríguez Rodríguez

Se ha recibido en esta Intervención, para su

fiscalización previa, el expediente relativo a la aprobación

del Proyecto denominado ―ALUMBRADO EXTERIOR EN LP-213 (LA

LAGUNA-TODOQUE) Y ALREDEDORES‖ con el objeto de determinar si

sobre el mismo concurren los requisitos necesarios para poder

ser declarado como Inversión Financieramente Sostenible a los

efectos de lo previsto en la Disposición Adicional 16ª del

texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,

y por el que se tiene a bien emitir el siguiente

INFORME

En base a los siguientes antecedentes de hecho:

I.- En fecha 26 de febrero de 2016 se evacuó informe de

Intervención en relación con la aprobación de la liquidación

del Presupuesto General del ejercicio económico 2015.

Como conclusión a dicho informe se determinó ―Proceder a

destinar el superávit de la liquidación a los destinos

establecidos en la Disposición Adicional Sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

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212

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, conforme a las

prioridades establecidas en la misma.‖

En la misma fecha 26 de febrero se evacuó informe de

Intervención de evaluación del cumplimiento del objetivo de

Estabilidad Presupuestaria en el que se detallan los datos

definitivos de la Corporación después de ajustes, señalando

una capacidad de financiación de un importe total de

1.837.468,65 €.

El Pleno del Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, en

sesión ordinaria celebrada el día de 31 de marzo de 2016,

acordó la aprobación inicial, del expediente de modificación

de presupuestaria número 3/2016 en la modalidad de Suplemento

de Crédito por importe de 72.494,15 €, destinado a financiar

las obligaciones devengadas en ejercicios pretéritos y que se

habrán de reconocerse con cargo al Presupuesto vigente.

Posteriormente el Pleno, en sesión extraordinaria urgente

celebrada el día 3 de junio, acordó la aprobación inicial del

expediente de modificación de presupuestaria número 13/2016

en la modalidad de Suplemento de Crédito y Crédito

Extraordinario por importe de 1.214.770,60 €, destinado a

financiar Inversiones Financieramente Sostenibles por un

importe de 466.547,00 € y a la amortización anticipada de

deuda por el importe restante de 748.223,60 €, por lo que,

tras las mismas, el importe que se podría destinar a

Inversiones Financieramente Sostenibles ascendería a

550.203,90 €, estando, en todo caso, dicho importe

condicionado al estricto cumplimiento del principio de

estabilidad presupuestaria en la ejecución del Presupuesto

2016.

El apartado 6º de la disposición adicional 16ª del Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,

aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de

marzo, hace referencia a que ―El expediente de gasto que se

tramite incorporará una memoria económica específica,

suscrita por el presidente de la Corporación Local, o la

persona de la Corporación Local en quien delegue, en la que

se contendrá la proyección de los efectos presupuestarios y

económicos que podrían derivarse de la inversión en el

horizonte de su vida útil (…).‖

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213

En virtud de dicho precepto, la Alcaldesa de esta

Corporación, emitió Memoria Económica con fecha de 20 de

junio, en relación con la consideración de financieramente

sostenible de la inversión denominada ―ALUMBRADO EXTERIOR EN

LP-213 (LA LAGUNA-TODOQUE) Y ALREDEDORES‖, con una vida útil

estimada de 15 años y un importe total de la inversión de

142.826,71 €, de los cuales corresponde la cantidad de

137.476,71 € al presupuesto base de licitación, la cantidad

2.140,00 € a los costes de honorarios por redacción del

proyecto y la cantidad de 3.210,00 € a los costes de

honorarios de dirección de obra, siendo el grupo de programa

165. Alumbrado Público, de acuerdo a lo previsto en el Anexo

I de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se

aprueba la estructura de los presupuestos de las Entidades

Locales, modificada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de

marzo.

Con objeto de proceder a la ejecución presupuestaria de

los gastos que se pretenden considerar como Inversión

Financieramente Sostenible es que se somete el presente

expediente a la fiscalización previa a esta Intervención de

Fondos.

A estos efectos son de aplicación las siguientes

consideraciones jurídicas:

Primero.- La normativa aplicable viene contenida,

esencialmente, por la Disposición Adicional 16ª del texto

refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,

donde se procede a la definición y regulación del concepto de

Inversión Financieramente Sostenible en los siguientes

términos:

―A los efectos de lo dispuesto en la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de

abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera, se entenderá por inversión financieramente

sostenible la que cumpla todos los requisitos siguientes:

1. Que la inversión se realice, en todo caso, por

entidades locales que se encuentren al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social. Además, deberá tener reflejo presupuestario

en los siguientes grupos de programas recogidos en el anexo

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214

I de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se

aprueba la estructura de los presupuestos de la Entidades

Locales:

161. Saneamiento, abastecimiento y distribución de

aguas.

162. Recogida, eliminación y tratamiento de residuos.

165. Alumbrado público.

172. Protección y mejora del medio ambiente.

412. Mejora de las estructuras agropecuarias y de los

sistemas productivos.

422. Industria.

425. Energía.

431. Comercio.

432. Ordenación y promoción turística.

441. Promoción, mantenimiento y desarrollo del

transporte.

442. Infraestructuras del transporte.

452. Recursos hidráulicos.

463. Investigación científica, técnica y aplicada.

491. Sociedad de la información.

492. Gestión del conocimiento.

La inversión podrá tener reflejo presupuestario en

alguno de los grupos de programas siguientes:

133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.

155. Vías públicas.

171. Parques y jardines.

336. Protección del Patrimonio Histórico-Artístico.

453. Carreteras.

454. Caminos vecinales.

933. Gestión del patrimonio: aplicadas a la

rehabilitación y reparación de infraestructuras e

inmuebles propiedad de la entidad local afectos al

servicio público.

Cuando el gasto de inversión en estos grupos de

programas, considerados en conjunto, sea superior a 10

millones de euros y suponga incremento de los capítulos 1

o 2 del estado de gastos vinculado a los proyectos de

inversión requerirá autorización previa de la Secretaría

General de Coordinación Autonómica y Local, del

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

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215

2. Quedan excluidas tanto las inversiones que tengan una

vida útil inferior a cinco años como las que se refieran a la

adquisición de mobiliario, enseres y vehículos, salvo que se

destinen a la prestación del servicio público de transporte.

3. El gasto que se realice deberá ser imputable al

capítulo 6 del estado de gastos del presupuesto general de

la Corporación Local.

De forma excepcional podrán incluirse también

indemnizaciones o compensaciones por rescisión de relaciones

contractuales, imputables en otros capítulos del presupuesto

de la Corporación Local, siempre que las mismas tengan

carácter complementario y se deriven directamente de

actuaciones de reorganización de medios o procesos asociados

a la inversión acometida.

En el caso de las Diputaciones Provinciales, Consejos y

Cabildos insulares podrán incluir gasto imputable también en

el capítulo 6 y 7 del estado de gastos de sus presupuestos

generales destinadas a financiar inversiones que cumplan lo

previsto en esta disposición. Y se asignen a municipios que:

a) Cumplan con lo previsto en la disposición adicional

sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,

b) o bien, no cumpliendo lo previsto en la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, la

inversión no conlleve gastos de mantenimiento y así quede

acreditado en su Plan económico-financiero convenientemente

aprobado.

4. Que la inversión permita durante su ejecución,

mantenimiento y liquidación, dar cumplimiento a los objetivos

de estabilidad presupuestaria, y deuda pública por parte de

la Corporación Local. A tal fin se valorará, el gasto de

mantenimiento, los posibles ingresos o la reducción de gastos

que genere la inversión durante su vida útil.

5. La iniciación del correspondiente expediente de gasto

y el reconocimiento de la totalidad de las obligaciones

económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá

realizar por parte de la Corporación Local antes de la

finalización del ejercicio de aplicación de la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.

No obstante, en el supuesto de que un proyecto de

inversión no pueda ejecutarse íntegramente en 2014, la

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216

parte restante del gasto comprometido en 2014 se podrá

reconocer en el ejercicio 2015 financiándose con cargo al

remanente de tesorería de 2014 que quedará afectado a ese

fin por ese importe restante y la entidad local no podrá

incurrir en déficit al final del ejercicio 2015.

[Las referencias a los años 2014 y 2015 contenidas en

el apartado 5 de la disposición adicional decimosexta,

deberán entenderse a 2016 y 2017, respectivamente,

conforme establece la disposición adicional octogésima

segunda de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de

Presupuestos Generales del Estado para el año 2016

(«B.O.E.» 30 octubre), que establece que En relación

con el destino del superávit presupuestario de las

entidades locales correspondiente al año 2015 se

prorroga para 2016 la aplicación de las reglas

contenidas en la disposición adicional sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para lo que

se deberá tener en cuenta la disposición adicional

decimosexta del texto refundido de la Ley Reguladora de

las Haciendas Locales.]

6. El expediente de gasto que se tramite incorporará una

memoria económica específica, suscrita por el presidente de

la Corporación Local, o la persona de la Corporación Local en

quien delegue, en la que se contendrá la proyección de los

efectos presupuestarios y económicos que podrían derivarse de

la inversión en el horizonte de su vida útil. El órgano

interventor de la Corporación Local informará acerca de la

consistencia y soporte de las proyecciones presupuestarias

que contenga la memoria económica de la inversión en relación

con los criterios establecidos en los apartados anteriores.

Anualmente, junto con la liquidación del presupuesto,

se dará cuenta al pleno de la Corporación Local del grado

de cumplimiento de los criterios previstos en los

apartados anteriores y se hará público en su portal web.

7. Sin perjuicio de los efectos que puedan derivarse de la

aplicación de la normativa de estabilidad presupuestaria y

sostenibilidad financiera, si el informe del interventor de la

Corporación Local al que se refiere el apartado anterior fuera

desfavorable, el interventor lo remitirá al órgano competente

de la Administración pública que tenga atribuida la tutela

financiera de la Corporación Local.

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217

8. El interventor de la Corporación Local informará al

Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas de las

inversiones ejecutadas en aplicación de lo previsto en esta

disposición.‖

Si bien, tras la modificación de la Orden EHA/3565/2008, de

3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los

presupuestos de las Entidades Locales, por la Orden

HAP/419/2014, de 14 de marzo, los grupos de programas y

programas recogidos en el anexo I de dicha Orden

EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, son los siguientes:

161. Abastecimiento domiciliario de agua potable.

162. Recogida, gestión y tratamiento de residuos.

1621. Recogida de residuos.

1622. Gestión de residuos sólidos urbanos.

1623. Tratamiento de residuos.

165. Alumbrado público.

172. Protección y mejora del medio ambiente.

1721. Protección contra la contaminación acústica,

lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.

412. Mejoras de las estructuras agropecuarias y de los

sistemas productivos.

422. Industria.

425. Energía.

431. Comercio.

432. Información y promoción turística.

4311. Ferias.

4312. Mercados, abastos y lonjas.

4313. Comercio ambulante.

441. Transporte de viajeros.

4411. Transporte colectivo urbano de viajeros.

4412. Otro transporte de viajeros.

442. Infraestructuras del transporte.

452. Recursos hidráulicos.

463. Investigación científica, técnica y aplicada.

491. Sociedad de la información.

492. Gestión del conocimiento.

La inversión podrá tener reflejo presupuestario en

alguno de los grupos de programas siguientes:

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218

133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.

153. Vías públicas.

1531. Acceso a los núcleos de población.

1532. Pavimentación de vías públicas.

171. Parques y jardines.

336. Protección y gestión del Patrimonio Histórico-

Artístico.

453. Carreteras.

454. Caminos vecinales.

933. Gestión del patrimonio.

SEGUNDO.- Considerando el marco jurídico descrito se ha

de informar los siguientes aspectos:

gg) Esta Entidad Local se encuentra al corriente del

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social.

hh) El gasto que se propone, de acuerdo a su

naturaleza, se ha de codificar presupuestariamente dentro de

la aplicación presupuestaria 1650.60104, por lo que se cumple

tanto con el requisito de estar destinado a alguna de las

finalidades a las que se refiere el apartado número 1 de la

Disp. Adic. 16ª del TRLRHL como a la obligación de ser

imputado al Capítulo 6 del Presupuesto de Gastos, tal y como

exige el apartado número 3 de la citada Disposición.

ii) El importe de las Inversiones Financieramente

Sostenibles, en su conjunto, no alcanzan la cifra de los 10

millones de euros, por lo que no es requisito necesario la

autorización previa de la Secretaría General de Coordinación

Autonómica y Local, del Ministerio de Hacienda y

Administraciones Públicas.

jj) De acuerdo a la Memoria del Proyecto no se trata de

una inversión cuya vida útil es menor a cinco años y no se

trata en ningún caso de adquisición de mobiliario, enseres ni

vehículos.

kk) Se emite Informe de viabilidad del Proyecto por el

Arquitecto Técnico Municipal D. David Pérez Hernández.

ll) El Proyecto se acompaña de una Memoria Económica

suscrita por la Alcaldesa de esta Corporación, en

concordancia el citado Informe de viabilidad, debidamente

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219

justificada donde se procede a la proyección de los efectos

presupuestarios y económicos que podrían derivarse de la

inversión en el horizonte de su vida útil y los cuales

resultan ser los siguientes:

VIDA ÚTIL AÑOS

ESTIMACIÓN DE LOS GASTOS

CONCEPTO DEL GASTO

2016 0,00 €

2017 0,00 €

2018 0,00 €

2019 0,00 €

2020 0,00 €

2021 0,00 €

2022 2.300,00 €

2023 0,00 € Conservación y mantenimiento

2024 2.300,00 €

2025 0,00 €

2026 2.300,00 €

2027 0,00 €

2028 0,00 €

2029 0,00 €

2030 0,00 €

2031 0,00 €

SUMA 6.900,00 €

A estos efectos se ha de concluir que, a priori, las

proyecciones resultan ser consistentes y de las mismas no se

puede deducir como consecuencia inmediata ni causa directa el

incumplimiento en ejercicios futuros de los objetivos de

estabilidad presupuestaria y deuda pública.

mm) La iniciación del correspondiente expediente de

gasto y el reconocimiento de la totalidad de las obligaciones

económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá

realizar por parte de la Corporación Local antes de la

finalización del ejercicio 2016. No obstante, en el supuesto

de que un proyecto de inversión no pueda ejecutarse

íntegramente en 2016, la parte restante del gasto

comprometido en 2016 se podrá reconocer en el ejercicio 2017

financiándose con cargo al remanente de tesorería de 2016,

que quedará afectado a ese fin por ese importe restante sin

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220

que la entidad local pueda incurrir en déficit al final del

ejercicio 2017.

nn) La interventora de la Corporación Local informará

al Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas de las

inversiones ejecutadas en aplicación de lo previsto en esta

disposición.

Visto todo lo anterior se informa de manera favorable la

propuesta de declarar el gasto referido como Inversión

Financieramente Sostenible.

Es todo lo que he de informar en la ciudad de Los Llanos

de Aridane, a 21 de junio de 2016. La Interventora. Fdo.

María Candelaria Rodríguez Rodríguez

Se ha recibido en esta Intervención, para su

fiscalización previa, el expediente relativo a la aprobación

del Proyecto denominado ―RENOVACIÓN Y MEJORA DEL ALUMBRADO

PÚBLICO DE LA CALLE CAMILO JOSÉ CELA‖ con el objeto de

determinar si sobre el mismo concurren los requisitos

necesarios para poder ser declarado como Inversión

Financieramente Sostenible a los efectos de lo previsto en la

Disposición Adicional 16ª del texto refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto

Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y por el que se tiene a

bien emitir el siguiente

INFORME

En base a los siguientes antecedentes de hecho:

I.- En fecha 26 de febrero de 2016 se evacuó informe de

Intervención en relación con la aprobación de la liquidación

del Presupuesto General del ejercicio económico 2015.

Como conclusión a dicho informe se determinó ―Proceder a

destinar el superávit de la liquidación a los destinos

establecidos en la Disposición Adicional Sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, conforme a las

prioridades establecidas en la misma.‖

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221

En la misma fecha 26 de febrero se evacuó informe de

Intervención de evaluación del cumplimiento del objetivo de

Estabilidad Presupuestaria en el que se detallan los datos

definitivos de la Corporación después de ajustes, señalando

una capacidad de financiación de un importe total de

1.837.468,65 €.

El Pleno del Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, en

sesión ordinaria celebrada el día de 31 de marzo de 2016,

acordó la aprobación inicial, del expediente de modificación

de presupuestaria número 3/2016 en la modalidad de Suplemento

de Crédito por importe de 72.494,15 €, destinado a financiar

las obligaciones devengadas en ejercicios pretéritos y que se

habrán de reconocerse con cargo al Presupuesto vigente.

Posteriormente el Pleno, en sesión extraordinaria urgente

celebrada el día 3 de junio, acordó la aprobación inicial del

expediente de modificación de presupuestaria número 13/2016

en la modalidad de Suplemento de Crédito y Crédito

Extraordinario por importe de 1.214.770,60 €, destinado a

financiar Inversiones Financieramente Sostenibles por un

importe de 466.547,00 € y a la amortización anticipada de

deuda por el importe restante de 748.223,60 €, por lo que,

tras las mismas, el importe que se podría destinar a

Inversiones Financieramente Sostenibles ascendería a

550.203,90 €, estando, en todo caso, dicho importe

condicionado al estricto cumplimiento del principio de

estabilidad presupuestaria en la ejecución del Presupuesto

2016.

El apartado 6º de la disposición adicional 16ª del Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,

aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de

marzo, hace referencia a que ―El expediente de gasto que se

tramite incorporará una memoria económica específica,

suscrita por el presidente de la Corporación Local, o la

persona de la Corporación Local en quien delegue, en la que

se contendrá la proyección de los efectos presupuestarios y

económicos que podrían derivarse de la inversión en el

horizonte de su vida útil (…).‖

En virtud de dicho precepto, la Alcaldesa de esta

Corporación, emitió Memoria Económica con fecha de 20 de

junio, en relación con la consideración de financieramente

sostenible de la inversión denominada ―RENOVACIÓN Y MEJORA

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222

DEL ALUMBRADO PÚBLICO DE LA CALLE CAMILO JOSÉ CELA‖, con una

vida útil estimada de 15 años y un importe total de la

inversión de 18.629,16 €, que coincide con el presupuesto

base de licitación, siendo el grupo de programa 165.

Alumbrado Público, de acuerdo a lo previsto en el Anexo I de

la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se

aprueba la estructura de los presupuestos de las Entidades

Locales, modificada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de

marzo.

Con objeto de proceder a la ejecución presupuestaria de

los gastos que se pretenden considerar como Inversión

Financieramente Sostenible es que se somete el presente

expediente a la fiscalización previa a esta Intervención de

Fondos.

A estos efectos son de aplicación las siguientes

consideraciones jurídicas:

Primero.- La normativa aplicable viene contenida,

esencialmente, por la Disposición Adicional 16ª del texto

refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,

donde se procede a la definición y regulación del concepto de

Inversión Financieramente Sostenible en los siguientes

términos:

―A los efectos de lo dispuesto en la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de

abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera, se entenderá por inversión financieramente

sostenible la que cumpla todos los requisitos siguientes:

1. Que la inversión se realice, en todo caso, por

entidades locales que se encuentren al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social. Además, deberá tener reflejo presupuestario

en los siguientes grupos de programas recogidos en el anexo I

de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se

aprueba la estructura de los presupuestos de la Entidades

Locales:

161. Saneamiento, abastecimiento y distribución de

aguas.

162. Recogida, eliminación y tratamiento de residuos.

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223

165. Alumbrado público.

172. Protección y mejora del medio ambiente.

412. Mejora de las estructuras agropecuarias y de los

sistemas productivos.

422. Industria.

425. Energía.

431. Comercio.

432. Ordenación y promoción turística.

441. Promoción, mantenimiento y desarrollo del

transporte.

442. Infraestructuras del transporte.

452. Recursos hidráulicos.

463. Investigación científica, técnica y aplicada.

491. Sociedad de la información.

492. Gestión del conocimiento.

La inversión podrá tener reflejo presupuestario en

alguno de los grupos de programas siguientes:

133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.

155. Vías públicas.

171. Parques y jardines.

336. Protección del Patrimonio Histórico-Artístico.

453. Carreteras.

454. Caminos vecinales.

933. Gestión del patrimonio: aplicadas a la

rehabilitación y reparación de infraestructuras e

inmuebles propiedad de la entidad local afectos al

servicio público.

Cuando el gasto de inversión en estos grupos de

programas, considerados en conjunto, sea superior a 10

millones de euros y suponga incremento de los capítulos 1

o 2 del estado de gastos vinculado a los proyectos de

inversión requerirá autorización previa de la Secretaría

General de Coordinación Autonómica y Local, del

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

2. Quedan excluidas tanto las inversiones que tengan una

vida útil inferior a cinco años como las que se refieran a la

adquisición de mobiliario, enseres y vehículos, salvo que se

destinen a la prestación del servicio público de transporte.

3. El gasto que se realice deberá ser imputable al

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224

capítulo 6 del estado de gastos del presupuesto general de

la Corporación Local.

De forma excepcional podrán incluirse también

indemnizaciones o compensaciones por rescisión de relaciones

contractuales, imputables en otros capítulos del presupuesto

de la Corporación Local, siempre que las mismas tengan

carácter complementario y se deriven directamente de

actuaciones de reorganización de medios o procesos asociados

a la inversión acometida.

En el caso de las Diputaciones Provinciales, Consejos y

Cabildos insulares podrán incluir gasto imputable también en

el capítulo 6 y 7 del estado de gastos de sus presupuestos

generales destinadas a financiar inversiones que cumplan lo

previsto en esta disposición. Y se asignen a municipios que:

a) Cumplan con lo previsto en la disposición adicional

sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,

b) o bien, no cumpliendo lo previsto en la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, la

inversión no conlleve gastos de mantenimiento y así quede

acreditado en su Plan económico-financiero convenientemente

aprobado.

4. Que la inversión permita durante su ejecución,

mantenimiento y liquidación, dar cumplimiento a los objetivos

de estabilidad presupuestaria, y deuda pública por parte de

la Corporación Local. A tal fin se valorará, el gasto de

mantenimiento, los posibles ingresos o la reducción de gastos

que genere la inversión durante su vida útil.

5. La iniciación del correspondiente expediente de gasto

y el reconocimiento de la totalidad de las obligaciones

económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá

realizar por parte de la Corporación Local antes de la

finalización del ejercicio de aplicación de la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.

No obstante, en el supuesto de que un proyecto de

inversión no pueda ejecutarse íntegramente en 2014, la

parte restante del gasto comprometido en 2014 se podrá

reconocer en el ejercicio 2015 financiándose con cargo al

remanente de tesorería de 2014 que quedará afectado a ese

fin por ese importe restante y la entidad local no podrá

incurrir en déficit al final del ejercicio 2015.

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225

[Las referencias a los años 2014 y 2015 contenidas en

el apartado 5 de la disposición adicional decimosexta,

deberán entenderse a 2016 y 2017, respectivamente,

conforme establece la disposición adicional octogésima

segunda de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de

Presupuestos Generales del Estado para el año 2016

(«B.O.E.» 30 octubre), que establece que En relación

con el destino del superávit presupuestario de las

entidades locales correspondiente al año 2015 se

prorroga para 2016 la aplicación de las reglas

contenidas en la disposición adicional sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para lo que

se deberá tener en cuenta la disposición adicional

decimosexta del texto refundido de la Ley Reguladora de

las Haciendas Locales.]

6. El expediente de gasto que se tramite incorporará una

memoria económica específica, suscrita por el presidente de

la Corporación Local, o la persona de la Corporación Local en

quien delegue, en la que se contendrá la proyección de los

efectos presupuestarios y económicos que podrían derivarse de

la inversión en el horizonte de su vida útil. El órgano

interventor de la Corporación Local informará acerca de la

consistencia y soporte de las proyecciones presupuestarias

que contenga la memoria económica de la inversión en relación

con los criterios establecidos en los apartados anteriores.

Anualmente, junto con la liquidación del presupuesto,

se dará cuenta al pleno de la Corporación Local del grado

de cumplimiento de los criterios previstos en los

apartados anteriores y se hará público en su portal web.

7. Sin perjuicio de los efectos que puedan derivarse de la

aplicación de la normativa de estabilidad presupuestaria y

sostenibilidad financiera, si el informe del interventor de la

Corporación Local al que se refiere el apartado anterior fuera

desfavorable, el interventor lo remitirá al órgano competente

de la Administración pública que tenga atribuida la tutela

financiera de la Corporación Local.

8. El interventor de la Corporación Local informará al

Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas de las

inversiones ejecutadas en aplicación de lo previsto en esta

disposición.‖

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226

Si bien, tras la modificación de la Orden EHA/3565/2008, de

3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los

presupuestos de las Entidades Locales, por la Orden

HAP/419/2014, de 14 de marzo, los grupos de programas y

programas recogidos en el anexo I de dicha Orden

EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, son los siguientes:

161. Abastecimiento domiciliario de agua potable.

162. Recogida, gestión y tratamiento de residuos.

1621. Recogida de residuos.

1622. Gestión de residuos sólidos urbanos.

1623. Tratamiento de residuos.

165. Alumbrado público.

172. Protección y mejora del medio ambiente.

1721. Protección contra la contaminación acústica,

lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.

412. Mejoras de las estructuras agropecuarias y de los

sistemas productivos.

422. Industria.

425. Energía.

431. Comercio.

432. Información y promoción turística.

4311. Ferias.

4312. Mercados, abastos y lonjas.

4313. Comercio ambulante.

441. Transporte de viajeros.

4411. Transporte colectivo urbano de viajeros.

4412. Otro transporte de viajeros.

442. Infraestructuras del transporte.

452. Recursos hidráulicos.

463. Investigación científica, técnica y aplicada.

491. Sociedad de la información.

492. Gestión del conocimiento.

La inversión podrá tener reflejo presupuestario en

alguno de los grupos de programas siguientes:

133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.

153. Vías públicas.

1531. Acceso a los núcleos de población.

1532. Pavimentación de vías públicas.

171. Parques y jardines.

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227

336. Protección y gestión del Patrimonio Histórico-

Artístico.

453. Carreteras.

454. Caminos vecinales.

933. Gestión del patrimonio.

SEGUNDO.- Considerando el marco jurídico descrito se ha

de informar los siguientes aspectos:

oo) Esta Entidad Local se encuentra al corriente del

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social.

pp) El gasto que se propone, de acuerdo a su

naturaleza, se ha de codificar presupuestariamente dentro de

la aplicación presupuestaria 1650. 61118, por lo que se

cumple tanto con el requisito de estar destinado a alguna de

las finalidades a las que se refiere el apartado número 1 de

la Disp. Adic. 16ª del TRLRHL como a la obligación de ser

imputado al Capítulo 6 del Presupuesto de Gastos, tal y como

exige el apartado número 3 de la citada Disposición.

qq) El importe de las Inversiones Financieramente

Sostenibles, en su conjunto, no alcanzan la cifra de los 10

millones de euros, por lo que no es requisito necesario la

autorización previa de la Secretaría General de Coordinación

Autonómica y Local, del Ministerio de Hacienda y

Administraciones Públicas.

rr) De acuerdo a la Memoria del Proyecto no se trata de

una inversión cuya vida útil es menor a cinco años y no se

trata en ningún caso de adquisición de mobiliario, enseres ni

vehículos.

ss) Se emite Informe de viabilidad del Proyecto por el

Arquitecto Técnico Municipal D. David Pérez Hernández.

tt) El Proyecto se acompaña de una Memoria Económica

suscrita por la Alcaldesa de esta Corporación, en

concordancia el citado Informe de viabilidad, debidamente

justificada donde se procede a la proyección de los efectos

presupuestarios y económicos que podrían derivarse de la

inversión en el horizonte de su vida útil y los cuales

resultan ser los siguientes:

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228

VIDA ÚTIL AÑOS

ESTIMACIÓN DE LOS GASTOS

CONCEPTO DEL GASTO

2016 0,00 €

2017 0,00 €

2018 0,00 €

2019 0,00 €

2020 0,00 €

2021 0,00 €

2022 1.500,00 €

2023 0,00 € Conservación y mantenimiento

2024 1.500,00 €

2025 0,00 €

2026 1.500,00 €

2027 0,00 €

2028 0,00 €

2029 0,00 €

2030 0,00 €

2031 0,00 €

SUMA 4.500,00 €

A estos efectos se ha de concluir que, a priori, las

proyecciones resultan ser consistentes y de las mismas no se

puede deducir como consecuencia inmediata ni causa directa el

incumplimiento en ejercicios futuros de los objetivos de

estabilidad presupuestaria y deuda pública.

uu) La iniciación del correspondiente expediente de

gasto y el reconocimiento de la totalidad de las obligaciones

económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá

realizar por parte de la Corporación Local antes de la

finalización del ejercicio 2016. No obstante, en el supuesto

de que un proyecto de inversión no pueda ejecutarse

íntegramente en 2016, la parte restante del gasto

comprometido en 2016 se podrá reconocer en el ejercicio 2017

financiándose con cargo al remanente de tesorería de 2016,

que quedará afectado a ese fin por ese importe restante sin

que la entidad local pueda incurrir en déficit al final del

ejercicio 2017.

vv) La interventora de la Corporación Local informará

al Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas de las

inversiones ejecutadas en aplicación de lo previsto en esta

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229

disposición.

Visto todo lo anterior se informa de manera favorable la

propuesta de declarar el gasto referido como Inversión

Financieramente Sostenible.

Es todo lo que he de informar en la ciudad de Los Llanos

de Aridane, a 21 de junio de 2016. La Interventora. Fdo.

María Candelaria Rodríguez Rodríguez

Se ha recibido en esta Intervención, para su

fiscalización previa, el expediente relativo a la aprobación

del Proyecto denominado ―REPOSICIÓN DE VARIOS PUNTOS DE

ALUMBRADO PÚBLICO EN EL MUNICIPIO‖ con el objeto de

determinar si sobre el mismo concurren los requisitos

necesarios para poder ser declarado como Inversión

Financieramente Sostenible a los efectos de lo previsto en la

Disposición Adicional 16ª del texto refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto

Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y por el que se tiene a

bien emitir el siguiente

INFORME

En base a los siguientes antecedentes de hecho:

I.- En fecha 26 de febrero de 2016 se evacuó informe de

Intervención en relación con la aprobación de la liquidación

del Presupuesto General del ejercicio económico 2015.

Como conclusión a dicho informe se determinó ―Proceder a

destinar el superávit de la liquidación a los destinos

establecidos en la Disposición Adicional Sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, conforme a las

prioridades establecidas en la misma.‖

En la misma fecha 26 de febrero se evacuó informe de

Intervención de evaluación del cumplimiento del objetivo de

Estabilidad Presupuestaria en el que se detallan los datos

definitivos de la Corporación después de ajustes, señalando

una capacidad de financiación de un importe total de

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230

1.837.468,65 €.

El Pleno del Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, en

sesión ordinaria celebrada el día de 31 de marzo de 2016,

acordó la aprobación inicial, del expediente de modificación

de presupuestaria número 3/2016 en la modalidad de Suplemento

de Crédito por importe de 72.494,15 €, destinado a financiar

las obligaciones devengadas en ejercicios pretéritos y que se

habrán de reconocerse con cargo al Presupuesto vigente.

Posteriormente el Pleno, en sesión extraordinaria urgente

celebrada el día 3 de junio, acordó la aprobación inicial del

expediente de modificación de presupuestaria número 13/2016

en la modalidad de Suplemento de Crédito y Crédito

Extraordinario por importe de 1.214.770,60 €, destinado a

financiar Inversiones Financieramente Sostenibles por un

importe de 466.547,00 € y a la amortización anticipada de

deuda por el importe restante de 748.223,60 €, por lo que,

tras las mismas, el importe que se podría destinar a

Inversiones Financieramente Sostenibles ascendería a

550.203,90 €, estando, en todo caso, dicho importe

condicionado al estricto cumplimiento del principio de

estabilidad presupuestaria en la ejecución del Presupuesto

2016.

El apartado 6º de la disposición adicional 16ª del Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,

aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de

marzo, hace referencia a que ―El expediente de gasto que se

tramite incorporará una memoria económica específica,

suscrita por el presidente de la Corporación Local, o la

persona de la Corporación Local en quien delegue, en la que

se contendrá la proyección de los efectos presupuestarios y

económicos que podrían derivarse de la inversión en el

horizonte de su vida útil (…).‖

En virtud de dicho precepto, la Alcaldesa de esta

Corporación, emitió Memoria Económica con fecha de 20 de

junio, en relación con la consideración de financieramente

sostenible de la inversión denominada ―REPOSICIÓN DE VARIOS

PUNTOS DE ALUMBRADO PÚBLICO EN EL MUNICIPIO‖, con una vida

útil estimada de 15 años y un importe total de la inversión

de 31.762,28 €, que coincide con el presupuesto base de

licitación, siendo el grupo de programa 165. Alumbrado

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231

Público, de acuerdo a lo previsto en el Anexo I de la Orden

EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la

estructura de los presupuestos de las Entidades Locales,

modificada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo.

Con objeto de proceder a la ejecución presupuestaria de

los gastos que se pretenden considerar como Inversión

Financieramente Sostenible es que se somete el presente

expediente a la fiscalización previa a esta Intervención de

Fondos.

A estos efectos son de aplicación las siguientes

consideraciones jurídicas:

Primero.- La normativa aplicable viene contenida,

esencialmente, por la Disposición Adicional 16ª del texto

refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,

donde se procede a la definición y regulación del concepto de

Inversión Financieramente Sostenible en los siguientes

términos:

―A los efectos de lo dispuesto en la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de

abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera, se entenderá por inversión financieramente

sostenible la que cumpla todos los requisitos siguientes:

1. Que la inversión se realice, en todo caso, por

entidades locales que se encuentren al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social. Además, deberá tener reflejo presupuestario

en los siguientes grupos de programas recogidos en el anexo I

de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se

aprueba la estructura de los presupuestos de la Entidades

Locales:

161. Saneamiento, abastecimiento y distribución de

aguas.

162. Recogida, eliminación y tratamiento de residuos.

165. Alumbrado público.

172. Protección y mejora del medio ambiente.

412. Mejora de las estructuras agropecuarias y de los

sistemas productivos.

422. Industria.

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232

425. Energía.

431. Comercio.

432. Ordenación y promoción turística.

441. Promoción, mantenimiento y desarrollo del

transporte.

442. Infraestructuras del transporte.

452. Recursos hidráulicos.

463. Investigación científica, técnica y aplicada.

491. Sociedad de la información.

492. Gestión del conocimiento.

La inversión podrá tener reflejo presupuestario en

alguno de los grupos de programas siguientes:

133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.

155. Vías públicas.

171. Parques y jardines.

336. Protección del Patrimonio Histórico-Artístico.

453. Carreteras.

454. Caminos vecinales.

933. Gestión del patrimonio: aplicadas a la

rehabilitación y reparación de infraestructuras e

inmuebles propiedad de la entidad local afectos al

servicio público.

Cuando el gasto de inversión en estos grupos de

programas, considerados en conjunto, sea superior a 10

millones de euros y suponga incremento de los capítulos 1

o 2 del estado de gastos vinculado a los proyectos de

inversión requerirá autorización previa de la Secretaría

General de Coordinación Autonómica y Local, del

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

2. Quedan excluidas tanto las inversiones que tengan una

vida útil inferior a cinco años como las que se refieran a la

adquisición de mobiliario, enseres y vehículos, salvo que se

destinen a la prestación del servicio público de transporte.

3. El gasto que se realice deberá ser imputable al

capítulo 6 del estado de gastos del presupuesto general de

la Corporación Local.

De forma excepcional podrán incluirse también

indemnizaciones o compensaciones por rescisión de relaciones

contractuales, imputables en otros capítulos del presupuesto

de la Corporación Local, siempre que las mismas tengan

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233

carácter complementario y se deriven directamente de

actuaciones de reorganización de medios o procesos asociados

a la inversión acometida.

En el caso de las Diputaciones Provinciales, Consejos y

Cabildos insulares podrán incluir gasto imputable también en

el capítulo 6 y 7 del estado de gastos de sus presupuestos

generales destinadas a financiar inversiones que cumplan lo

previsto en esta disposición. Y se asignen a municipios que:

a) Cumplan con lo previsto en la disposición adicional

sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,

b) o bien, no cumpliendo lo previsto en la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, la

inversión no conlleve gastos de mantenimiento y así quede

acreditado en su Plan económico-financiero convenientemente

aprobado.

4. Que la inversión permita durante su ejecución,

mantenimiento y liquidación, dar cumplimiento a los objetivos

de estabilidad presupuestaria, y deuda pública por parte de

la Corporación Local. A tal fin se valorará, el gasto de

mantenimiento, los posibles ingresos o la reducción de gastos

que genere la inversión durante su vida útil.

5. La iniciación del correspondiente expediente de gasto

y el reconocimiento de la totalidad de las obligaciones

económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá

realizar por parte de la Corporación Local antes de la

finalización del ejercicio de aplicación de la disposición

adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.

No obstante, en el supuesto de que un proyecto de

inversión no pueda ejecutarse íntegramente en 2014, la

parte restante del gasto comprometido en 2014 se podrá

reconocer en el ejercicio 2015 financiándose con cargo al

remanente de tesorería de 2014 que quedará afectado a ese

fin por ese importe restante y la entidad local no podrá

incurrir en déficit al final del ejercicio 2015.

[Las referencias a los años 2014 y 2015 contenidas en

el apartado 5 de la disposición adicional decimosexta,

deberán entenderse a 2016 y 2017, respectivamente,

conforme establece la disposición adicional octogésima

segunda de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de

Presupuestos Generales del Estado para el año 2016

(«B.O.E.» 30 octubre), que establece que En relación

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234

con el destino del superávit presupuestario de las

entidades locales correspondiente al año 2015 se

prorroga para 2016 la aplicación de las reglas

contenidas en la disposición adicional sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para lo que

se deberá tener en cuenta la disposición adicional

decimosexta del texto refundido de la Ley Reguladora de

las Haciendas Locales.]

6. El expediente de gasto que se tramite incorporará una

memoria económica específica, suscrita por el presidente de

la Corporación Local, o la persona de la Corporación Local en

quien delegue, en la que se contendrá la proyección de los

efectos presupuestarios y económicos que podrían derivarse de

la inversión en el horizonte de su vida útil. El órgano

interventor de la Corporación Local informará acerca de la

consistencia y soporte de las proyecciones presupuestarias

que contenga la memoria económica de la inversión en relación

con los criterios establecidos en los apartados anteriores.

Anualmente, junto con la liquidación del presupuesto,

se dará cuenta al pleno de la Corporación Local del grado

de cumplimiento de los criterios previstos en los

apartados anteriores y se hará público en su portal web.

7. Sin perjuicio de los efectos que puedan derivarse de la

aplicación de la normativa de estabilidad presupuestaria y

sostenibilidad financiera, si el informe del interventor de la

Corporación Local al que se refiere el apartado anterior fuera

desfavorable, el interventor lo remitirá al órgano competente

de la Administración pública que tenga atribuida la tutela

financiera de la Corporación Local.

8. El interventor de la Corporación Local informará al

Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas de las

inversiones ejecutadas en aplicación de lo previsto en esta

disposición.‖

Si bien, tras la modificación de la Orden EHA/3565/2008, de

3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los

presupuestos de las Entidades Locales, por la Orden

HAP/419/2014, de 14 de marzo, los grupos de programas y

programas recogidos en el anexo I de dicha Orden

EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, son los siguientes:

161. Abastecimiento domiciliario de agua potable.

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235

162. Recogida, gestión y tratamiento de residuos.

1621. Recogida de residuos.

1622. Gestión de residuos sólidos urbanos.

1623. Tratamiento de residuos.

165. Alumbrado público.

172. Protección y mejora del medio ambiente.

1721. Protección contra la contaminación acústica,

lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.

412. Mejoras de las estructuras agropecuarias y de los

sistemas productivos.

422. Industria.

425. Energía.

431. Comercio.

432. Información y promoción turística.

4311. Ferias.

4312. Mercados, abastos y lonjas.

4313. Comercio ambulante.

441. Transporte de viajeros.

4411. Transporte colectivo urbano de viajeros.

4412. Otro transporte de viajeros.

442. Infraestructuras del transporte.

452. Recursos hidráulicos.

463. Investigación científica, técnica y aplicada.

491. Sociedad de la información.

492. Gestión del conocimiento.

La inversión podrá tener reflejo presupuestario en

alguno de los grupos de programas siguientes:

133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.

153. Vías públicas.

1531. Acceso a los núcleos de población.

1532. Pavimentación de vías públicas.

171. Parques y jardines.

336. Protección y gestión del Patrimonio Histórico-

Artístico.

453. Carreteras.

454. Caminos vecinales.

933. Gestión del patrimonio.

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236

SEGUNDO.- Considerando el marco jurídico descrito se ha

de informar los siguientes aspectos:

ww) Esta Entidad Local se encuentra al corriente del

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social.

xx) El gasto que se propone, de acuerdo a su

naturaleza, se ha de codificar presupuestariamente dentro de

la aplicación presupuestaria 1650.61119, por lo que se cumple

tanto con el requisito de estar destinado a alguna de las

finalidades a las que se refiere el apartado número 1 de la

Disp. Adic. 16ª del TRLRHL como a la obligación de ser

imputado al Capítulo 6 del Presupuesto de Gastos, tal y como

exige el apartado número 3 de la citada Disposición.

yy) El importe de las Inversiones Financieramente

Sostenibles, en su conjunto, no alcanzan la cifra de los 10

millones de euros, por lo que no es requisito necesario la

autorización previa de la Secretaría General de Coordinación

Autonómica y Local, del Ministerio de Hacienda y

Administraciones Públicas.

zz) De acuerdo a la Memoria del Proyecto no se trata de

una inversión cuya vida útil es menor a cinco años y no se

trata en ningún caso de adquisición de mobiliario, enseres ni

vehículos.

aaa) Se emite Informe de viabilidad del Proyecto por el

Arquitecto Técnico Municipal D. David Pérez Hernández.

bbb) El Proyecto se acompaña de una Memoria Económica

suscrita por la Alcaldesa de esta Corporación, en

concordancia el citado Informe de viabilidad, debidamente

justificada donde se procede a la proyección de los efectos

presupuestarios y económicos que podrían derivarse de la

inversión en el horizonte de su vida útil y los cuales

resultan ser los siguientes:

VIDA ÚTIL

AÑOS

ESTIMACIÓN DE

LOS GASTOS CONCEPTO DEL GASTO

2016 0,00 €

2017 0,00 €

2018 0,00 €

2019 0,00 €

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237

2020 650,00 €

2021 650,00 €

2022 650,00 €

2023 0,00 € Conservación y mantenimiento

2024 0,00 €

2025 0,00 €

2026 650,00 €

2027 650,00 €

2028 650,00 €

2029 0,00 €

2030 0,00 €

2031 0,00 €

SUMA 3.900,00 €

A estos efectos se ha de concluir que, a priori, las

proyecciones resultan ser consistentes y de las mismas no se

puede deducir como consecuencia inmediata ni causa directa el

incumplimiento en ejercicios futuros de los objetivos de

estabilidad presupuestaria y deuda pública.

ccc) La iniciación del correspondiente expediente de

gasto y el reconocimiento de la totalidad de las obligaciones

económicas derivadas de la inversión ejecutada se deberá

realizar por parte de la Corporación Local antes de la

finalización del ejercicio 2016. No obstante, en el supuesto

de que un proyecto de inversión no pueda ejecutarse

íntegramente en 2016, la parte restante del gasto

comprometido en 2016 se podrá reconocer en el ejercicio 2017

financiándose con cargo al remanente de tesorería de 2016,

que quedará afectado a ese fin por ese importe restante sin

que la entidad local pueda incurrir en déficit al final del

ejercicio 2017.

ddd) La interventora de la Corporación Local informará

al Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas de las

inversiones ejecutadas en aplicación de lo previsto en esta

disposición.

Visto todo lo anterior se informa de manera favorable la

propuesta de declarar el gasto referido como Inversión

Financieramente Sostenible.

Es todo lo que he de informar en la ciudad de Los Llanos

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238

de Aridane, a 21 de junio de 2016.La Interventora. Fdo. María

Candelaria Rodríguez Rodríguez.

El Concejal del Grupo Mixto, Don Felipe Ramos, señala que

ya se había tratado el tema de dedicar parte de los fondos a

obras en centros educativos e instalaciones deportivas. Que

otros municipios ya lo hacían.

El Alcalde Accidental, Mariano Hernández Zapata, expone

que se han traído los proyectos sobre los que se venía

trabajando.

Planteada con anterioridad la duda de poder acometer

inversiones en centros educativos, la Interventora aclara que

efectuada la consulta, si cabe actuar sobre estos centros.

Don Felipe Ramos pregunta si no es posible dejar algún

proyecto para actuar sobre los centros educativos. Plantea

que, por ejemplo, se dejen con cargo al presupuesto las

actuaciones puntuales en materia de alumbrado.

El Concejal de Obras, Don Francisco Leal, señala que son

actuaciones puntuales de reposición de puntos de luz por

causas de accidentes u otras circunstancias, que no pueden

asumirse con el presupuesto de la Corporación sin contar con

las inversiones financieramente sostenibles.

A su vez expone el Concejal de Obras, que los Centros

Educativos Mayantigo y El Roque, por su antigüedad ya

necesitan obras de envergadura que no pueden ser acometidas

con cargo al RAM, obras de simple conservación y

mantenimiento.

Plantea Don Mariano Hernández que estas obras del RAM

están dotadas para esta anualidad con 30.000 €, que puede

trabajar con los servicios económicos a fin de que con una

modificación presupuestaria se dote la partida de 10.000 €

más en atención a las demandas del Concejal Ramos.

Respecto a los asfaltados, se incide en que el que se

pretende de la C/ Martelas es en respuesta a un escrito de

demanda de los vecinos.

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239

El Concejal del Grupo Mixto, Don Mauricio Pérez pregunta

qué se pretende hacer en la acera de la C/ Vizconde Buen

Paso.

Don Mariano Hernández, Alcalde Accidental señala que como

consecuencia de obras municipales, un sótano en esta calle se

ha visto afectado. Son múltiples las filtraciones cuando

llueve y que afectan a la seguridad del inmueble. El

Ayuntamiento asume la ampliación de la acera y, a través de

un reconocimiento de responsabilidad patrimonial, el

interesado procederá a corregir los desperfectos que originan

las humedades.

Continuando el tema del cambio en los proyectos, y dado

que Don Mariano Hernández insiste en la premura para poder

acometer las actuaciones, Don Felipe Ramos señala que no es

necesario eliminar proyectos, pero que sin conocerlos más en

profundidad no puede formular propuestas alternativas. Señala

que tal vez se puede trabajar sobre el alumbrado del Callejón

de La Gata, si se estima de menos premura que lo demás.

El Concejal de Obras señala que se va a actuar desde el

Bar Las Tejas hasta el cruce, que es una actuación demandada

y de importancia.

Insiste Don Felipe Ramos que ellos ya desde marzo

formularon propuestas para las obras del remanente a invertir

en colegios e instalaciones deportivas y que, por lo visto,

no se han atendido.

El Alcalde Accidental señala que, al tratarse de obras

de esta envergadura, se necesita la colaboración de la

Consejería. Insiste en estudiar la posibilidad de incrementar

la partida del RAM y no eliminar actuaciones de las que se

traen a la comisión.

Don Mauricio Pérez señala que las obras no le gustan a lo

que Don Mariano Hernández pregunta si no le gustan a él o al

Partido Socialista. Don Mauricio insiste en que a él. Se

propuso no gastarlo todo en asfalto y alumbrado y en eso nos

encontramos.

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240

No suscitándose más debate sobre dicho asunto, la

Comisión Informativa queda enterada.‖

El Pleno de la Corporación queda enterado.

PUNTO DE URGENCIA QUINTO: APROBACIÓN INICIAL DE LA

MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº 17/2016, SUPLEMENTO DE CRÉDITO

Y CRÉDITO EXTRAORDINARIO.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, del

dictamen de la Comisión Informativa Especial de Cuentas:

Hacienda, Aguas, Seguridad Ciudadana, Recursos Humanos y

Deportes, celebrada el día 28 de junio de 2016, y cuyo tenor

literal es el siguiente:

“2.- APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

Nº17/2016, SUPLEMENTO DE CRÉDITO Y CRÉDITO EXTRAORDINARIO.

Visto el informe emitido por la Intervención de Fondos,

cuyo tenor literal es el siguiente:

INFORME DE INTERVENCIÓN

Mediante Providencia de Alcaldía de fecha 21 de junio de

2016, se solicitó informe de esta Intervención en relación

con el expediente de modificación de créditos n.º 17/2016 del

Presupuesto en vigor, en las modalidades de suplemento de

crédito y crédito extraordinario, para la aplicación de parte

del superávit presupuestario de la liquidación del ejercicio

2015 a los destinos previstos en los apartados 2.b) y 2.c) de

la Disposición Adicional Sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de

27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 32 y la

Disposición Adicional Sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27

de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera, prorrogada para 2016 por la Disposición Adicional

Octogésima Segunda de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de

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241

Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, emito el

siguiente

INFORME

PRIMERO. Visto el informe de Secretaría y en virtud del

artículo 32 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de

Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para

la aplicación del superávit presupuestario, se pone de

manifiesto el cumplimiento de los siguientes requisitos:

Visto el Informe de Intervención para la Evaluación del cumplimiento del objetivo de Estabilidad Presupuestaria

en la liquidación de 2015 de fecha 26 de febrero de 2016,

entendida en los términos del artículo 3 de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y a los

efectos de este procedimiento, el dato de Estabilidad

presupuestaria arroja un saldo en términos consolidados

de 1.837.468,65 euros, por lo que cumple el requisito de

estabilidad presupuestaria positiva.

Siendo el dato del importe del Remanente de Tesorería

para Gastos Generales a 31 de diciembre de 2015 de

3.122.782,15 €, cumple el requisito de Remanente de

Tesorería para Gastos Generales positivo.

Siendo el importe de la deuda viva existente de la

entidad a 31 de diciembre de 2015 de 3.246.589,62 euros.

Visto lo anterior y en virtud del artículo 32 de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el importe del

superávit aplicable será el menor entre el superávit

presupuestario calculado según los criterios de contabilidad

nacional o, si fuera menor, el Remanente de Tesorería para

Gastos Generales, siempre con el límite del volumen de

endeudamiento si éste fuera inferior al importe del

superávit, lo que supone la posibilidad de aplicar

1.837.468,65 euros.

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242

SEGUNDO. Tal y como se establece en la Disposición

Adicional Sexta, de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,

de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera

para la aplicación de las reglas especiales para el destino

del superávit presupuestario, prorrogada para 2016 por la

Disposición Adicional Octogésima Segunda de la Ley 48/2015,

de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para

el año 2016, se deberá cumplir además que,

I.) El Remanente de Tesorería para Gastos Generales

ajustado, descontado el efecto de las medidas especiales de

financiación instrumentadas en el marco del Plan de Pago a

Proveedores sea positivo en la liquidación del ejercicio

2015.

Siendo el importe de las obligaciones reconocidas

financiadas por el FFPP de 0,00 €, el Remanente de Tesorería

para Gastos Generales ajustado asciende a 3.122.782,15 €, por

lo que se cumple el requisito de Remanente de Tesorería para

Gastos Generales ajustado positivo.

II.) La Deuda Viva sea inferior al límite legal de

conformidad con el régimen de autorización del artículo 53

del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el

que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las

Haciendas Locales, esto es inferior al 110 % sobre los

ingresos corrientes liquidados en el ejercicio 2015,

arrojando la entidad un dato de 24,92 % sobre los ingresos

corrientes liquidados, por lo que cumple el requisito de

deuda viva.

III.) El período medio de pago a proveedores que no

supere el límite legal previsto en la normativa de morosidad,

30 días, siendo el dato de la entidad a 31 de diciembre de

2015, de 14,32 días, por lo que cumple el requisito de

período medio de pago a proveedores.

Visto lo anterior y en virtud de la Disposición Adicional

Sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de

Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, es

posible aplicar el superávit presupuestario a los destinos

alternativos.

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243

TERCERO. En cuanto a las reglas especiales para el

destino del superávit presupuestario, en el año 2016 y a los

efectos de la aplicación del artículo 32, relativo al destino

del superávit presupuestario, el orden de aplicación del

superávit presupuestario para los destinos alternativos

propuestos por la Disposición Adicional Sexta será el

siguiente:

a) Deberán destinar, en primer lugar, el superávit en

contabilidad nacional a atender las obligaciones pendientes

de aplicar a presupuesto contabilizadas a 31 de diciembre del

ejercicio anterior en la cuenta de «Acreedores por

operaciones pendientes de aplicar a presupuesto», o

equivalentes y a cancelar, con posterioridad, el resto de

obligaciones pendientes de pago con proveedores,

contabilizadas y aplicadas a cierre del ejercicio anterior.

b) Si cumplido lo previsto en el apartado anterior se

tuviera un saldo positivo, éste se podrá destinar a financiar

inversiones siempre que a lo largo de la vida útil de la

inversión ésta sea financieramente sostenible.

Actuará como límite el importe del objetivo de

estabilidad presupuestaria para la previsión de la

liquidación del ejercicio 20161.

c) En el caso de que, atendidas las obligaciones

anteriores, el importe señalado anteriormente se mantuviese

con signo positivo, este se destinará a amortizar operaciones

de endeudamiento que estén vigentes.

CUARTO. Visto que se cumplen los requisitos establecidos

en el apartado 1º de la Disposición Adicional Sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria

y Sostenibilidad Financiera para la aplicación de las reglas

especiales para el destino del superávit presupuestario,

considerando que mediante el expediente de modificación

presupuestaria número 3/2016, se incorporó a través del

Remanente de Tesorería para gastos generales parte del

superávit presupuestario por valor de 72.494,15 €, para el

destino previsto en el apartado 2.a) de dicha Disposición, es

1 Se deberá calcular el objetivo de estabilidad presupuestaria conforme a la previsión de la liquidación de

2016, para obtener dicho límite máximo para la realización de inversiones financieramente sostenibles.

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244

posible aplicar el saldo restante a los destinos recogidos en

los apartados 2.b) y 2.c) de dicha Disposición.

QUINTO. Considerando que el apartado 2º de la Disposición

Adicional Sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de

Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera para

la aplicación de las reglas especiales para el destino del

superávit presupuestario, establece que: ―(…) b) En el caso

de que, atendidas las obligaciones citadas en la letra a)

anterior, el importe señalado en la letra a) anterior se

mantuviese con signo positivo y la Corporación Local optase a

la aplicación de lo dispuesto en la letra c) siguiente, se

deberá destinar, como mínimo, el porcentaje de este saldo

para amortizar operaciones de endeudamiento que estén

vigentes que sea necesario para que la Corporación Local no

incurra en déficit en términos de contabilidad nacional en

dicho ejercicio 2014 [Debe entenderse la referencia a 2015]

c) Si cumplido lo previsto en las letras a) y b)

anteriores la Corporación Local tuviera un saldo positivo del

importe señalado en la letra a), éste se podrá destinar a

financiar inversiones siempre que a lo largo de la vida útil

de la inversión ésta sea financieramente sostenible. A estos

efectos la ley determinará tanto los requisitos formales como

los parámetros que permitan calificar una inversión como

financieramente sostenible, para lo que se valorará

especialmente su contribución al crecimiento económico a

largo plazo.

Para aplicar lo previsto en el párrafo anterior, además

será necesario que el período medio de pago a los proveedores

de la Corporación Local, de acuerdo con los datos publicados,

no supere el plazo máximo de pago previsto en la normativa

sobre morosidad (…).‖

A la vista de los resultados arrojados por este Informe

de intervención, se concluye:

- El cumplimiento de los requisitos establecidos en el

apartado 1º de la Disposición Adicional Sexta.

- Al día de hoy, mediante el expediente de modificación

presupuestaria número 3/2016, aprobado inicialmente por

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245

acuerdo Plenario, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de

marzo de 2016, ya se han aplicado al destino previsto en el

apartado 2.a) de la Disposición Adicional Sexta, que ha de

ser preceptivamente el primero de los destinos a los que se

asigne el saldo de la capacidad de financiación, por un

importe total de 72.494,15 euros.

- Así mismo, mediante el expediente de modificación

presupuestaria número 13/2016, aprobado inicialmente por

acuerdo Plenario, en sesión extraordinaria urgente celebrada

el día 3 de junio de 2016, se han aplicado a los destinos

previstos en los apartados 2.b y c) de la Disposición

Adicional Sexta, por un importe total de 1.214.770,60 euros,

según el siguiente detalle:

Concepto Importe

Amortización de endeudamiento

vigentes 748.223,60 €

Inversiones financieramente

sostenibles 466.547,00 €

Total 1.214.770,60 €

- El importe total a aplicar, según memoria, se

corresponde con el saldo de la capacidad de financiación

pendiente, después de que se hayan aplicado a los destinos

previstos en el apartado 2 de la Disposición Adicional Sexta,

por un importe total de 1.287.264,75 euros, esto es, de dicha

capacidad deducida de la liquidación del Presupuesto 2015,

según el siguiente desglose:

Concepto Importe

Amortización de endeudamiento

vigentes 9.630,68 €

Inversiones financieramente

sostenibles 540.573,22 €

Total 550.203,90 €

CUARTO. El resumen de las aplicaciones presupuestarias a

las que se destinará el superávit presupuestario según

memoria de la Alcaldía será el siguiente:

Créditos extraordinarios

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246

Aplicación

Presupuestaria Inversión financieramente sostenible

Importe

Bruto

1532.61115 PAVIMENTACIONES VARIAS EN VÍAS PÚBLICAS DEL

MUNICIPIO

30.498,84

1532.61116

MODIFICACION DEL TRAZADO DE LA ACERA EN LA

CALLE VIZCONDE DEL BUEN PASO, A LA ALTURA DEL

NÚMERO 4

24.545,01

4540.61117 MEJORA Y ACONDICIONAMIENTO DEL CAMINO LOS

BARROS. TRAMO: Los Matías - Cantadores.

181.163,45

1650.60103 ALUMBRADO EXTERIOR CALLEJÓN DE LA GATA 111.147,77

1650.60104 ALUMBRADO EXTERIOR EN LP 213 (LA LAGUNA -

TODOQUE) Y ALREDEDORES

142.826,71

1650.61118 RENÓVACION Y MEJORA DEL ALUMBRADO PÚBLICO CALLE

CAMILO JOSÉ CELA

18.629,16

1650.61119 REPOSICIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO EN VARIOS

PUNTOS DEL MUNICIPIO

31.762,28

TOTAL 540.573,22

Suplementos de créditos

Aplicación

Presupuestaria

Amortización operaciones de

endeudamiento vigentes

Importe

Bruto

0110.90000 Amortización anticipada de

deuda 9.630,68 €

TOTAL 9.630,68 €

Aumento en partidas de ingreso

Aplicación

Presupuestaria Importe Bruto

87000 550.203,90 €

Total 550.203,90 €

En la ciudad de Los Llanos de Aridane, a 23 de junio de

2016. La Interventora, Fdo.: María Candelaria Rodríguez

Rodríguez.

Visto el informe jurídico emitido, cuyo tenor literal es

el siguiente:

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247

INFORME-PROPUESTA DE LA INTERVENCIÓN DE FONDOS

En relación con el expediente relativo a la aprobación

del expediente de modificación de créditos n.º 17/2016 del

Presupuesto en vigor, en las modalidades de suplemento de

crédito y crédito extraordinario para la aplicación del

superávit presupuestario con cargo al Remanente de Tesorería

para Gastos Generales, resultantes de la liquidación del

presupuesto 2015, a los destinos establecidos en los

apartados 2.b) y 2.c) de la Disposición Adicional Sexta de la

Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, LEPSF, y de conformidad

con lo establecido en el artículo 175 del Real Decreto

2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el

Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico

de las Entidades Locales, emito el siguiente informe-

propuesta, con base a los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO. Vista la posibilidad de aplicar parte del

superávit presupuestario resultante de la liquidación del

ejercicio 2015, a la ejecución de inversiones financieramente

sostenibles y a la amortización de operaciones de

endeudamiento financiero de la entidad vigentes, se inició

expediente para la articulación de modificación

presupuestaria en las modalidades de suplemento de crédito y

crédito extraordinario.

SEGUNDO. Con fecha 22 de junio, se emitió informe de la

Secretaría General sobre la Legislación aplicable y el

procedimiento a seguir.

TERCERO. Con fecha 22 de junio se emitió Informe de

Intervención, en el que se pone de manifiesto el cumplimiento

de los requisitos del apartado primero de la Disposición

Adicional Sexta.

LEGISLACIÓN APLICABLE

La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:

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248

— Los artículos 169, 170, 172, 177, 182 y Disposición

Adicional Decimosexta del Real Decreto Legislativo 2/2004, de

5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la

Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

— Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de

abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI,

de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las

Haciendas Locales, en materia de presupuestos.

— Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21, 23, 32 y Disposición

Adicional Sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de

Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

— DA 9ª del Real Decreto Ley 17/2014, de 26 de diciembre, de

medidas de sostenibilidad financieras de las Comunidades

Autónomas y Entidades Locales y otras de carácter económico.

— El artículo 16 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de

noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo

de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad

Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales.

— El Reglamento de la Unión Europea nº 549/2013 Del

Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo, relativo al

Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC-10).

— El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases del Régimen Local.

— La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se

aprueba la estructura de presupuestos de las entidades

locales, modificada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de

marzo, por la que se modifica la Orden EHA/3565/2008, de 3 de

diciembre, por la que se aprueba la estructura de los

presupuestos de las entidades locales.

— Disposición Adicional Octogésima Segunda de la Ley 48/2015,

de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para

el año 2016

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha

seguido la tramitación establecida en la Legislación

aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno,

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249

de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Real

Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en

el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el

artículo 175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

por el que se aprueba el Reglamento de Organización,

Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución:

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de

modificación de créditos n.º 17/2016 del Presupuesto en

vigor, en las modalidades de suplemento de crédito y crédito

extraordinario, para la aplicación de parte del superávit

presupuestario, puesto de manifiesto con la liquidación del

ejercicio 2015, a los destinos establecidos en los apartados

2.b) y 2.c) de la Disposición Adicional Sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en las cantidades

de 9.630,68 euros y 540.573,22 euros respectivamente

El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que

se destinará el superávit presupuestario según lo establecido

en el apartado anterior será el siguiente:

Créditos extraordinarios

Aplicación

Presupuestaria Inversión financieramente sostenible

Importe

Bruto

1532.61115 PAVIMENTACIONES VARIAS EN VÍAS PÚBLICAS DEL

MUNICIPIO

30.498,84

1532.61116 MODIFICACION DEL TRAZADO DE LA ACERA EN LA CALLE

VIZCONDE DEL BUEN PASO, A LA ALTURA DEL NÚMERO 4

24.545,01

4540.61117 MEJORA Y ACONDICIONAMIENTO DEL CAMINO LOS BARROS.

TRAMO: Los Matías - Cantadores.

181.163,45

1650.60103 ALUMBRADO EXTERIOR CALLEJÓN DE LA GATA 111.147,77

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250

1650.60104 ALUMBRADO EXTERIOR EN LP 213 (LA LAGUNA - TODOQUE) Y

ALREDEDORES

142.826,71

1650.61118 RENOVACIÓN Y MEJORA DEL ALUMBRADO PÚBLICO CALLE

CAMILO JOSÉ CELA

18.629,16

1650.61119 REPOSICIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO EN VARIOS PUNTOS DEL

MUNICIPIO

31.762,28

TOTAL 540.573,22

Suplementos de créditos

Aplicación

Presupuestaria

Amortización operaciones de

endeudamiento vigentes Importe Bruto

0110.90000 Amortización anticipada de

deuda 9.630,68 €

TOTAL 9.630,68 €

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante

anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por

el plazo de quince días, durante los cuales los interesados

pondrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno.

El expediente se considerará definitivamente aprobado si

durante el citado plazo no se hubiesen presentado

reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un

plazo de un mes para resolverlas.

En la ciudad de Los Llanos de Aridane, a 23 de junio de

2016. LA INTERVENTORA, Fdo.: María Candelaria Rodríguez

Rodríguez

No suscitándose más debate sobre dicho asunto, la

Comisión Informativa acuerda por cuatro votos a favor (Grupo

Popular) y cuatro abstenciones (Grupos Mixto y Coalición

Canaria), elevar el siguiente dictamen al Pleno de la

Corporación:

PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de

modificación de créditos n.º 17/2016 del Presupuesto en

vigor, en las modalidades de suplemento de crédito y crédito

extraordinario, para la aplicación de parte del superávit

presupuestario, puesto de manifiesto con la liquidación del

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251

ejercicio 2015, a los destinos establecidos en los apartados

2.b) y 2.c) de la Disposición Adicional Sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en las cantidades

de 9.630,68 euros y 540.573,22 euros respectivamente

El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que

se destinará el superávit presupuestario según lo establecido

en el apartado anterior será el siguiente:

Créditos extraordinarios

Aplicación

Presupuestaria Inversión financieramente sostenible

Importe

Bruto

1532.61115 PAVIMENTACIONES VARIAS EN VÍAS PÚBLICAS DEL

MUNICIPIO

30.498,84

1532.61116 MODIFICACION DEL TRAZADO DE LA ACERA EN LA CALLE

VIZCONDE DEL BUEN PASO, A LA ALTURA DEL NÚMERO 4

24.545,01

4540.61117 MEJORA Y ACONDICIONAMIENTO DEL CAMINO LOS BARROS.

TRAMO: Los Matías - Cantadores.

181.163,45

1650.60103 ALUMBRADO EXTERIOR CALLEJÓN DE LA GATA 111.147,77

1650.60104 ALUMBRADO EXTERIOR EN LP 213 (LA LAGUNA - TODOQUE) Y

ALREDEDORES

142.826,71

1650.61118 RENOVACIÓN Y MEJORA DEL ALUMBRADO PÚBLICO CALLE

CAMILO JOSÉ CELA

18.629,16

1650.61119 REPOSICIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO EN VARIOS PUNTOS DEL

MUNICIPIO

31.762,28

TOTAL 540.573,22

Suplementos de créditos

Aplicación

Presupuestaria

Amortización operaciones de

endeudamiento vigentes Importe Bruto

0110.90000 Amortización anticipada de

deuda 9.630,68 €

TOTAL 9.630,68 €

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante

anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por

el plazo de quince días, durante los cuales los interesados

pondrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno.

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252

El expediente se considerará definitivamente aprobado si

durante el citado plazo no se hubiesen presentado

reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un

plazo de un mes para resolverlas.‖

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, Dña.

Mariela Rodríguez Calero, en representación de Izquierda

Unida Canaria e integrante del Grupo Mixto, diciendo: Muchas

gracias Sra. Alcaldesa, buenas tardes noches a todos y a

todas otra vez.

Después de un año en el Ayuntamiento pensamos que algo

podía haber cambiado, pero se ve que esa sensación va por

momentos y cada vez son menos.

En el Pleno extraordinario del mes pasado, se trajo para

su debate, la primera parte del remanente, apoyamos

destinarlos a las obras propuestas porque algunas obedecían

acuerdo plenario de más de 2 décadas y otras porque eran

acuerdos propuestas que habían quedado apartadas desde el año

pasado.

Al formular nuestro posicionamiento, hicimos hincapié en

que las propuestas que habíamos hecho y en que el destino de

la segunda parte del remanente, no podía ser solo para

alumbrados y asfalto, habiendo otras posibilidades y

necesidades en el municipio.

En Comisión en el mes de marzo, propusimos 3

alternativas para su estudio.

Primero rehabilitar la cárcel para que fuera Casa de la

Juventud, no se trató más, vino a Pleno y se rechazó porque

no se había tratado el destinar dicho inmueble a eso

directamente sin debate previo y no lo veían, etc., pero ni

se ha vuelto a hablar de la rehabilitación, ni tampoco de la

casa de la juventud.

Propusimos a dedicar parte a pequeñas obras en Colegios,

pusimos ejemplos de sitios donde se ha hecho, se nos dijo que

se llamaría a uno de esos Ayuntamientos y a día de hoy no

sabemos qué fue de esa llamada, lo que sí sabemos es que no

se puede destinar el remanente porque no son de titularidad

municipal sino de la Consejería.

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253

Ante lo cual, y ahí lo dejo, deberíamos pedir como

Institución la mayor inversión de infraestructuras existentes

porque algunas hay con mucha falta de inversión, y aunque sea

poca bienvenida será.

Esperamos que sea tenida en cuenta de cara al próximo

Consejo Escolar Municipal esta propuesta, y que desde ahí

salga una posición conjunta para solicitar esta inversión a

la Consejería.

También solicitamos que se elaborara un Plan de

actuación para mejoras en instalaciones municipales, pensando

además de en los Colegios en las instalaciones deportivas,

una propuesta en la que no se ha trabajado, que buscaba el

consenso de todos y que salieran obras más allá de asfalto y

farolas.

Les invito a los asistentes y a los que nos ven en

streaming, que vean los huecos en el falso techo del Servero

Rodríguez, los aseos del Camilo León y las humedades o falta

de rehabilitación de los vestuarios de los Estadios

Municipales, actuaciones todas ellas que podían tener salida

con parte del remanente que debatimos hoy.

Propusimos que los vecinos decidieran parte del destino

del remanente y tampoco se contempló la posibilidad por falta

de tiempo.

Hoy traigo una propuesta cerrada, en la que sin ser el

acondicionamiento del Camino La Caldera, las demás obras

podrían haberse planteado más adelante, es más, lanzo una

pregunta, ¿tiene el Ayuntamiento un inventario de Calles con

deficiencias y necesidades de luz y asfaltado, para poder

tener una planificación en las obras, o como casi todo, lo

van decidiendo según les cuadre?

Créame que hay más alternativas y más cosas que se

pueden hacer, más allá de cumplir con Bancos o lo poco que

quede dedicarlo a lo de siempre, lo que hay es que pensar y

hacer propuestas de frente, que nos olvidamos que estamos

aquí para trabajar por el municipio, dar explicaciones a los

vecinos sobre lo que decidimos en el Ayuntamiento, por

desgracia este Grupo de Gobierno creo que prima más el seguir

las viejas prácticas y mirar al pasado, que escuchar a la

Oposición, que aunque nos tachan de muchas cosas y nos

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254

digan que no les dejemos trabajar, nosotros vamos de frente

proponiendo y haciendo aportaciones constructivas.

Es por todo ello, por la falta de interés en las demás

aportaciones que hemos hecho, por no salirse de lo fácil y

por solo cumplir el ratio que destinar 60% a inversión y 40%

a deuda, que vamos a votar que no a la propuesta planteada.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación, Dña.

María Noelia García Leal, diciendo: Muchas gracias Sra.

Rodríguez.

Por parte del Partido Socialista, tiene la palabra el

Sr. Pérez.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Mauricio José Pérez Viña, en representación del Partido

Socialista e integrante del Grupo Mixto, diciendo: Muchas

gracias Sra. Alcaldesa, buenas noches a todos de nuevo.

Voy a repetir algo que creo que dije hace

aproximadamente un mes, para empezar nos parecería más

conveniente que se realizaran otro tipo de obras o

iniciativas de inversión, a pesar de existir una norma que

regula el destino de esos dineros, creemos que se pueden

realizar otra serie de obras y no solo destinarlos a asfaltos

e iluminación.

Para el Psoe es importante finalizar actuaciones como la

remodelación del XXV Años de Paz o el Plan Municipal de

Accesibilidad que tiene partida en el presupuesto, que

esperábamos en encontrar financiación en el segundo paquete

de inversión del remanente de Tesorería.

Así mismo nos parece prioritario, y nos parecía en ese

momento, establecer partidas y proyectos para la Red

Municipal de Aguas y avanzar de forma decidida en su mejora,

por estas razones y por el trabajo desarrollado, en el Pleno

extraordinario celebrado para aprobar el primer tramo del

remanente de Tesorería no nos opusimos, pero el actual no lo

vamos a apoyar por el criterio que se ha establecido desde el

Grupo de Gobierno y en escudarse en que no hay proyectos o en

que no hemos presentado propuestas.

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255

Decía el que les habla en el Pleno de aprobación del

Presupuesto municipal el 23 de febrero pasado, ―que el

presupuesto en la máxima expresión o la voluntad del

ejercicio de la política de aquellos que lo aprueban o lo

ejecutan, y ejemplo hemos tenido ya en este tiempo de

legislatura, para ver que aquellas mociones planteadas o

aprobadas por los grupos de la Oposición, no se ejecutan

porque en vez de tener esa obligación y maneja los recursos

cotidianos al dirigir la administración local.

Para nosotros es importante la puesta en uso de

propiedades e infraestructuras municipales y por ello, hemos

insistido en la rehabilitación del XXV Años de Paz, en la

rehabilitación de las viviendas de maestros en la Avenida

Enrique Mederos, en la necesidad de mejorar nuestro Mercado

municipal, más recientemente en crear un municipio

cardioprotegido y con una alta concienciación en cuanto a la

accesibilidad universal por medio de un Plan de

accesibilidad, de finalizar la adecuación de la Piscina

Municipal, de mejorar la red de abastecimiento de agua

municipal y de establecer una campaña anual de limpieza

municipal‖

Por suerte, todo o mucho de lo que aquí hablamos, queda

recogido en Acta y ahí en donde se demuestra que una mentira

repetida mil veces no se vuelve realidad.

Ustedes ya ha dicho varias veces, que este grupo no

propone iniciativas a realizar, pues ahí queda nuestro

retrato y aportaciones. Muchas gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Por el Grupo de

Coalición Canaria, tiene la palabra el Sr. Lorenzo.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Pío Manuel Lorenzo Guerra, portavoz del Grupo Municipal de

Coalición Canaria, diciendo: Muchas gracias.

Nosotros como hicimos en el Pleno anterior, nos vamos a

abstener en el tema del remanente porque ya lo habíamos

dicho, no queremos que se paralicen las obras que ahora se

pretenden ejecutar, queremos que se ejecuten cuanto antes y

que se empiecen ya.

Pero sí queremos manifestar, como ya lo hicimos en aquel

momento, que no estamos de acuerdo con lo de priorizar el

pago de deuda bancaria ante las inversiones, nosotros en

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256

aquel momento habíamos propuesto que se aumentaran el número

de proyectos, que se contrataran si fuera necesario a

estudios privados para poder realizar antes de final de año,

la mayor parte de obras posibles, la mayor parte de

inversiones y dejar en el último momento lo que no se pueda

ejecutar, el dinero que no se pueda gastar que sea para pago

a las entidades bancarias.

No se consideró esta propuesta, y en aquel momento

optamos por la abstención, pero pensando en que las obras que

ya contaban con proyecto y que se habían determinado, se

tendrían que ejecutar.

En estos momento estamos ante la misma situación,

queremos que se ejecuten esas obras que están relacionadas y

bueno, nuestra abstención es básicamente una llamada de

atención para que en las próximas determinaciones que se

tengan que tomar con respecto al remanente, se priorice la

inversión antes que el pago a de deuda bancaria.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Muchas gracias

Sr. Lorenzo.

Tiene la palabra el portavoz del Grupo Popular, el Sr.

Hernández.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Mariano Hernández Zapata, portavoz del Grupo Popular y

Concejal de Hacienda, diciendo: Muchas gracias Sra.

Alcaldesa, buenas noches ya a todos.

La verdad que nosotros no salimos de nuestro asombro,

parece que no han conocido cuál ha sido la situación de la

disposición y redacción de los proyectos, cuando incluso en

las diferentes Comisiones han estado presentes los Técnicos

municipales explicando las situaciones a las que nos hemos

tenido que enfrentar, bien es cierto que hace escasas 3

semanas en cuando hemos podido confirmar que existía la

posibilidad de destinar a mantenimiento del Patrimonio

Municipal la parte del remanente, en escasas 3 semanas para

nosotros es imposible, yo entiendo que para ustedes si es

posible redactar proyectos y traerlos para la aprobación con

el remanente.

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257

Y no estamos en absoluto de acuerdo con que no se

cumplen las mociones que se traen al Salón de Plenos, la

moción que se trajo sobre la cárcel es que se rechazó por la

mayoría de los grupos políticos, y es que la moción que se

trajo sobre la cárcel indicaba que existía un proyecto para

otra actuación que no coincidía con la que traída el Grupo de

Izquierda Unida, se le indicó por parte de todos los grupos

que modificaran su moción, pero como uso y costumbre no

fueron capaces de cambiar ni una sola coma.

Respecto a las obras de los Colegios, usted mismo pues

ha dado la solución, no se puede porque no son de titularidad

municipal y coincidimos en absoluto con vuestra aportación.

Y en el Plan de actuación de mejoras municipales

proponiéndolo en el mes de marzo, pues pedimos disculpas pero

tampoco hemos sido capaces de sacarlo adelante.

Lo que si entendemos es que votando en contra, pues

ustedes se ponen en contra de la pavimentación en varias vías

del municipio, en este caso de varias vías del municipio se

refiere a las vías en Argual y Triana, se ponen en contra de

la modificación de la acera en la Calle Vizconde del Buen

Paso, la mejora del acondicionamiento en el Camino Los

Barros, tramo Los Matías, Cantadores, el alumbrado exterior

del Callejón de La Gata, alumbrado exterior del LP-213 La

Laguna Todoque, renovación y mejora de alumbrado pública

Calle Camilo José Cela y reposición de alumbrado público en

varios puntos del municipio, todo ello a propuesta de

solicitudes vecinales.

Y respecto al portavoz del Partido Socialista, o no

viene a los Plenos o no viene a las Comisiones o cuando viene

no se entera, porque dice que no se ejecutan las mociones… y

después dice rehabilitación del XXV Años de Paz, Sr. Pérez,

es que lo vamos a llevar a cabo con el canon rústico, es que

lo permitimos y estamos finalizando el proyecto y lo hemos

hablado en diferentes Comisiones, que la rehabilitación de

cada una de las viviendas de los maestros cuesta 36.000

euros, y estamos a la espera de finalizar los últimos

detalles del proyecto para poder ejecutarla, respecto a las

viviendas de los maestros.

La rehabilitación del XXV Años de Paz, como dice usted

que el Presupuesto es el documento más importante del año,

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258

es que viene una partida reflejada en el presupuesto y ya se

está ejecutando la obra con la instalación de una escalera en

el XXV Años de Paz para seguir mejorando en esa

infraestructura.

En lo que se refiere también, hablando del Plan de

accesibilidad se escuchó sus propuestas y también fue

incluida dentro del Presupuesto municipal de este ejercicio.

Respecto a la Piscina municipal, nos podría ayudar a ver

si el Cabildo de una vez por todas, pues nos informa sobre el

Plan de cooperación, que como bien saben entre todos hemos

acordado que ese Plan de cooperación del Cabildo con los

Ayuntamientos vaya destinado a la Piscina municipal 420.000

euros, y aún no podemos contratar las obras porque no nos ha

llegado esa certificación del acuerdo por parte del Cabildo

Insular de La Palma.

Y en lo que se refiere al Plan de limpieza, yo creo que

no vamos a ahondar en cómo esta el municipio hace algunos

años y cómo está ahora en lo que se refiere a limpieza.

Yo solo, respecto al portavoz de Coalición Canaria, la

disposición respecto al remanente indica que la prioridad

debe ser para deuda, luego salió una disposición adicional

que decía que se podría utilizar para obras financieramente

sostenibles. Yo creo que se prioriza las obras en este caso,

porque el porcentaje destinado a obras es superior que el

porcentaje destinado a deudas, y consideramos que en ese

sentido si estamos cumpliendo. Muchas gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación, Dña.

María Noelia García Leal, diciendo: Muchas gracias Sr.

Hernández.

Yo también quiero… dado la importancia de este punto,

aclarar algunas cuestiones.

Con menos personal en la Oficina Técnica y en este

Ayuntamiento, hemos hecho más, yo entiendo que desde fuera se

hace todo fácil, desde luego sin lugar a dudas, con palabra y

como decía el Sr. Pérez, por escrito, todo se hace muy fácil,

y yo desde Izquierda Unida lo entiendo porque nunca ha tenido

la posibilidad de gobernar, pero desde luego del Partido

Socialista me sorprende bastante, me sorprende bastante

cuando ha tenido la oportunidad de formar parte de gobierno

en este Ayuntamiento durante 4 años y ojalá, ojalá hubiese

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259

hecho las inversiones que hemos hecho en un año de gobierno.

Porque este Ayuntamiento nunca ha ejecutado el 100% del

Capítulo VI, de esos 600.000 euros que tenía el Capítulo VI,

y el año pasado y este año vamos a aumentar y a duplicar la

inversión.

Relacionaba la Sra. Rodríguez todas las situaciones

anómalas y de desperfectos que tienen las instalaciones

deportivas, Sra. Rodríguez usted de verdad cree que este

Grupo de Gobierno no aprovecharía cualquier oportunidad para

arreglar lo antes posible las instalaciones deportivas, que

desde hace muchos años, no desde hace un año, desde hace

muchos años han necesitado remodelaciones, de verdad que

usted cree que este Grupo de Gobierno no tiene interés en

remodelar las instalaciones deportivas…, pero evidentemente

tenemos los recursos que tenemos, tenemos los recursos que

tenemos por lo tanto, es una sugerencia que hemos aceptado y

que trabajaremos en la línea de seguir trabajando para que

pueda utilizar también remanente para las instalaciones

deportivas, somos los primeros interesados sin lugar a dudas,

por lo tanto, no lo entiendo, es decir, yo sigo sin

entenderle.

El año pasado en la aprobación del remanente nos decía,

ustedes quieren pagar deuda y no quieren invertir, y ahora

están votando en contra de propuestas que han hecho los

diferentes grupos políticos y que además han sido propuestas

que han hecho los vecinos.

Asfalto, si mire, y es que seguimos teniendo falta de

asfaltar más vías de este municipio, o es que ustedes no

están de acuerdo en asfaltar el Camino de Los Dos Pinos, o es

que ustedes no están de acuerdo en asfaltar otras vías que

los vecinos nos están reclamando de forma continua que las

asfaltemos, o es que ustedes no están de acuerdo en todas

esas luminarias que faltan en determinados tramos del

municipio y que ustedes hoy están votando que no en este

remanente, claro que nos gustaría tener posibilidades de

ejecutar más inversión, somos los primeros interesados, somos

los primeros interesados, por lo tanto no les entiendo.

Repito, hace un año decían que no invertíamos y que no

generábamos inversión y empleo, y hoy están votando en contra

de la inversión que hace este municipio.

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260

¿Viejas prácticas?, mire no, viejas prácticas ningunas,

ojalá, ojalá, no le hablo de más atrás, le hablo de la pasada

legislatura, la Oposición política en este Ayuntamiento

hubiese tenido tan en cuenta como lo ha tenido en todas las

reuniones que hemos mantenido, en todas las reuniones que

hemos mantenido y han estado al detalle, sabiendo en qué

circunstancias se encuentran todos y cada uno de los

proyectos, como decía el Concejal de Hacienda, ustedes han

oído de los propios Técnicos las dificultades técnicas que

existen en los diferentes proyectos, es que no se levanta uno

por la mañana y dice… voy a hacer este proyecto, es que en

marzo no se dice… oye vamos a arreglar las instalaciones

deportivas y lo hacemos sobre la marcha…, no, no, es que no

se hace tan fácil.

Y repito, entiendo que quienes no gobiernas desde fuera

es fácil soplar y hacer botellas, pero yo les invito, y

además se los vuelvo a reiterar, invito a los grupos

políticos a formar parte del Gobierno, si lo hacen mejor,

formen parte del Gobierno, formen Gobierno si tan mal lo

hacemos, por lo tanto, repito, ¿lo podemos hacer mejor?, sin

lugar a dudas, somos los primeros que reconocemos que falta

personal de este Ayuntamiento y que no podemos llegar a donde

nos gustaría llegar, pero lo que no le voy a permitir Sra.

Rodríguez y a todos los grupos, es que digan que este Grupo

de Gobierno no tiene interés en sacar adelante inversiones

que son necesarias y urgente para este municipio, pero

tenemos la obligación de establecer prioridades, prioridades

que venimos estableciendo de forma paulatina con ustedes.

Por lo tanto, suficientemente debatido este punto…

Sra. Rodríguez a efectos…

Interviene Dña. Mariela Rodríguez Calero, en

representación de Izquierda Unida Canaria e integrante del

Grupo Mixto, diciendo: Por alusiones.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

señalando: Tiene un minuto.

Continúa la Sra. Rodríguez Calero, diciendo: A ver si me

da tiempo de todo.

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Interviene la Sra. Alcaldesa, señalando: ¿Alusiones por

parte mía?

Continúa la Sra. Rodríguez Calero, diciendo: Por parte

suya y del Concejal portavoz del Partido Popular.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Tiene la

palabra.

Continúa la Sra. Rodríguez Calero, diciendo: Se ve que

nos explicamos muy mal, yo cada vez me explico peor, mira que

lo redacto, lo reviso y al final se me entiende por donde no

es, porque en ningún momento hemos ni impuesto nada, ni

puesto en duda la viabilidad o no de los asfaltados o las

farolas, ya va una gran partida de asfaltados y farolas en la

primera parte del remanente, cuando aprobamos la primera

parte del remanente insistimos en la posibilidad de que se

incluyeran otras obras, que no fuera todo asfaltado y…, la

posibilidad no la imposición de que por lo menos se

estudiara, y acaba de reconocer que hace 3 semanas que saben

que se puede invertir en la rehabilitación del Patrimonio

Municipal donde por ejemplo cabría el Museo en la Calle, que

es una propuesta que también planteó Coalición Canaria.

Proponíamos que en el Plan de rehabilitación de las

instalaciones deportivas y colegios se hiciera en un trabajo

conjunto, lo propusimos en una Comisión, no se trataba de que

llegáramos nosotros imponiendo nada, y además recalcábamos

que no fuera remodelaciones que implicaran un gran proyecto,

porque sabemos la carga de trabajo que tienen.

Respecto a la de la Casa de la Juventud y la

rehabilitación de la cárcel, claro que soy conciente de que

rechazaron la moción, pero en el mismo Pleno en el que se

rechazó la moción se habló de que debería hablar de la

posibilidad de rehabilitar la cárcel, aunque fuera para

destinarla a otra cosa y de la posibilidad de que si

contáramos en este municipio con la Casa de la Juventud, y es

algo que quería poner de relieve en este momento porque me

parecía pertinente.

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262

El argumento de que las obras de asfaltado y alumbrado

son a propuesta de los vecinos, hay vecinos que han propuesto

y han puesto de manifiesto que las instalaciones deportivas

municipales donde juegan al fútbol y entrenan y demás, están

en muy malas condiciones y es verdad.

O sea que no entiendo por qué ahora hacen tanto énfasis

en que unas cosas las proponen los vecinos y nosotros nos

oponemos a lo que proponen los vecinos, no, igual que somos

conocedores de la imposibilidad de la ejecución de toda la

inversión que hay en el Ayuntamiento, y durante la

negociación de los Presupuestos reducimos partidas con el

compromiso y con la coherencia, que sabíamos que los

proyectos igual no salían, por ejemplo los parques, reducimos

la cuantía porque se estaba trabajando en 2 según nos dijeron

y existía la posibilidad de tal vez traerlos en remanente,

tampoco se estudió esa posibilidad.

Y la sensación que me queda, es que solo se va a

asfaltados y farolas, no se piensa en otra cosa, no sé si es

porque lo proponen los demás o porque no se les ocurre y era

lo que quería poner de manifiesto. Votamos que no, porque no

se nos tiene en cuenta y se nos ningunea.

Y lo de que si queremos hacer las cosas mejor y

gobernar… y demás, otra vez el posicionamiento a la

posibilidad de la moción de censura, no hace falta que me la

recuerde… perfectamente conciente de lo que suma cada parte.

Gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Sra. Rodríguez ha sido usted quien ha mencionado

una moción de censura yo a lo que le he invitado es a

gobernar este Ayuntamiento, le he invitado a gobernar este

Ayuntamiento, entre a formar parte del Grupo de Gobierno, le

he tendido la mano, ¿usted tiene opciones?, si, entre a

formar parte del Grupo de Gobierno.

No he hablado en modo alguno de moción de censura,

evidentemente las figuras que existen en el panorama

democrático contempla la moción de censura, no lo voy a

saber, es usted quien la ha nombrado, yo le he invitado a

formar parte de este Grupo de Gobierno si usted hace mejor

las cosas que este Grupo de Gobierno.

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263

Ahora, lo que no le voy a permitir en modo alguno, es

que usted diga que se ningunea a la Oposición, porque de esos

proyectos que se han aprobado en el primer remanente y de los

de ahora, una gran parte son propuestas hechas por vecinos y

por los grupos de la Oposición, igual que ya se han propuesto

otra serie de proyectos para el siguiente remanente, por lo

tanto, no me diga que se ningunea a la Oposición porque no es

cierto.

Usted me habla que hace 3 semanas propusimos el tema de

los Colegios, mire, ¿es que sabe cuánto lleva…? no hacer un

proyecto, ni un gran proyecto ni un pequeño proyecto, desde

luego yo no soy técnica pero sí sé cuánto tardan los

técnicos, y que usted me diga a mí que un proyecto se hace en

3 semanas cuando hace 3 semanas que propuso el tema de los

Centros, los propuso hace 3 semanas, usted mismo lo acaba de

decir y solo…, Sra. Rodríguez no le he dado la palabra…, y

que solo los informes técnicos y jurídicos de dentro del

Ayuntamiento independientemente del proyecto, necesitan 2

semanas para hacerlos, me parece que es evidentemente

desconocer la gestión política, si, es que tengo que

decírselo, claro que tengo que decírselo.

Y yo no he hablado en modo alguno de imposición por

parte de los grupos, en modo alguno, ha sido usted quién ha

mencionado que nosotros…, la que no se ha explicado en este

caso entonces soy yo, o la que no ha sabido explicarle para

que usted me entienda, yo no he hablado de imposición en

ningún momento, en ningún momento, ni suya ni de ningún grupo

político porque encima de mi mesa hemos puesto todos los

proyectos, todos los proyectos y se han valorado.

Y respecto a que no se cuenta y que hemos rechazado la

participación ciudadana, falso, porque en este Salón de

Plenos o en una Comisión lo que se acordó en ese momento, era

para no generar falsas expectativas, en septiembre cuando se

hiciera la ronda de contacto con las Asociaciones de vecinos,

plantearles las opciones para tener tiempo para desarrollar

esos proyectos de cara al remanente del año siguiente,

¿cierto Sr. Ramos, recuerda esa propuesta que usted mismo

hacía?, y desde el Grupo de Gobierno lo que le planteábamos

era justamente esperar a septiembre sobre todo para no

generar falsas expectativas a los vecinos, y que pudiese

contemplarse esas aportaciones en el siguiente remanente.

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264

Por lo tanto, no me gusta que…, nos podemos entender

mal, pero desde luego que se hagan afirmaciones que no son

ciertas, desde luego no lo puedo tolerar.

Suficientemente debatido este asunto.

¿Sr. Pérez a efectos…?, tiene un minuto.

Interviene D. Mauricio José Pérez Viña, en

representación del Partido Socialista e integrante del Grupo

Mixto, diciendo: Seré breve, muchas gracias.

En lo que lleva de año creo que jamás he pedido la

palabra por alusiones, entonces me parece de muy mal gusto la

insinuación, no sé lo que quiso decir sobre mi ausencia en

los Plenos…, entonces me gustaría que lo retirara.

Interviene D. Mariano Hernández Zapata, portavoz del

Grupo Popular, diciendo: Yo he dicho que quizás… no he

dicho…, dije la ausencia a los Plenos porque quizás no se ha

enterado que la rehabilitación del XXV Años de Paz que usted

nombró está reflejada en el Presupuesto, que las viviendas de

los maestros se van a ejecutar con el canon rústico, que el

Plan de accesibilidad está también reflejado en los

presupuestos, que la Piscina municipal se va a ejecutar con

el Plan de cooperación y respecto también al Plan de limpieza

hablé.

Y eso fueron todas las cosas que usted indicó en su

intervención, que el Ayuntamiento o que el Grupo de Gobierno

no iba a sacar adelante y además de eso, es que son todas

propuestas de los grupos políticos, no del Grupo de Gobierno,

que se tuvieron en cuenta a la hora de incluirlas en el

Presupuesto o de no incluirlas, porque en el caso de la

vivienda de los maestros se iban a llevar a cabo con el canon

rústico.

Si a usted le parece que yo le he faltado al respeto al

decir que parece que en ocasiones no está en los Plenos, pues

lo retiro, le pido disculpas, pero me refería en el sentido

de todas las inversiones que dice que no tenemos en cuenta.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Muchas gracias

Sr. Hernández Zapata.

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265

¿Sra. Rodríguez a efectos?

Interviene Dña. Mariela Rodríguez Calero, en

representación de Izquierda Unida Canaria e integrante del

Grupo Mixto, diciendo: De corregir en una afirmación que ha

hecho.

Interviene la Sra. Alcaldesa, señalando: Tiene la

palabra.

Interviene la Sra. Rodríguez Calero, diciendo: La

propuesta del Plan de actuaciones de los Colegios no se

presentó hace 3 semanas, se presentó en abril, hace 3 semanas

que ustedes se enteraron formalmente de que se podía destinar

a la rehabilitación del Patrimonio Municipal.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Vale, pues hace

3 semanas desde Intervención se tiene conocimiento de esa

posibilidad, pero en modo alguno es una falta de voluntad

política, pero como usted comprenderá, lo que no podemos es

dar pasos en falso cuando las consultas técnicas tienen los

tiempos que tienen.

Suficientemente debatido este asunto pasamos a votar.

No suscitándose más debate sobre dicho asunto, el Pleno

de la Corporación acuerda por los votos a favor del Grupo

Popular (8, los votos en c9ontra del Grupo Mixto (4 votos) y

la abstención de los nacionalistas (7 votos)), la adopción

del siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar inicialmente el expediente de

modificación de créditos n.º 17/2016 del Presupuesto en

vigor, en las modalidades de suplemento de crédito y crédito

extraordinario, para la aplicación de parte del superávit

presupuestario, puesto de manifiesto con la liquidación del

ejercicio 2015, a los destinos establecidos en los apartados

2.b) y 2.c) de la Disposición Adicional Sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad

Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en las cantidades

de 9.630,68 euros y 540.573,22 euros respectivamente

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266

El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que

se destinará el superávit presupuestario según lo establecido

en el apartado anterior será el siguiente:

Créditos extraordinarios

Aplicación

Presupuestaria Inversión financieramente sostenible Importe Bruto

1532.61115 PAVIMENTACIONES VARIAS EN VÍAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO 30.498,84 €

1532.61116 MODIFICACION DEL TRAZADO DE LA ACERA EN LA CALLE VIZCONDE

DEL BUEN PASO, A LA ALTURA DEL NÚMERO 4 24.545,01 €

4540.61117 MEJORA Y ACONDICIONAMIENTO DEL CAMINO LOS BARROS. TRAMO:

Los Matías - Cantadores. 181.163,45 €

1650.60103 ALUMBRADO EXTERIOR CALLEJÓN DE LA GATA 111.147,77 €

1650.60104 ALUMBRADO EXTERIOR EN LP 213 (LA LAGUNA - TODOQUE) Y

ALREDEDORES 142.826,71 €

1650.61118 RENOVACIÓN Y MEJORA DEL ALUMBRADO PÚBLICO CALLE CAMILO

JOSÉ CELA 18.629,16 €

1650.61119 REPOSICIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO EN VARIOS PUNTOS DEL

MUNICIPIO 31.762,28 €

TOTAL 540.573,22 €

Suplementos de créditos

Aplicación

Presupuestaria

Amortización operaciones de

endeudamiento vigentes Importe Bruto

0110.90000 Amortización anticipada de deuda 9.630,68 €

TOTAL 9.630,68 €

SEGUNDO: Exponer este expediente al público mediante

anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por

el plazo de quince días, durante los cuales los interesados

pondrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno.

El expediente se considerará definitivamente aprobado si

durante el citado plazo no se hubiesen presentado

reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un

plazo de un mes para resolverlas.

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PUNTO DE URGENCIA SEXTO: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL

EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO

DE LOS LLANOS DE ARIDANE PARA LA CELEBRACIÓN DEL “XXV

FESTIVAL INTERNACIONAL CANARIAS JAZZ & MÁS HEINEKEN 2016” EN

EL MUNICIPIO DE LOS LLANOS DE ARIDANE EL 8 DE JULIO DE 2016.

Visto el informe de la Intervención de Fondos, cuyo

tenor literal es el siguiente:

Remitido a esta Intervención de Fondos borrador del

Convenio de colaboración a suscribir entre esta Corporación y

el Excmo. Cabildo Insular de La Palma para la celebración del

―XXV FESTIVAL INTERNACIONAL CANARIAS JAZZ & MÁS HEINEKEN

2016‖ en el municipio de Los Llanos de Aridane el 8 de julio

de 2016, la funcionaria que suscribe, Interventora de Fondos

del Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, con arreglo

a lo establecido en el artículo 4.1.h) del Real Decreto

1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el

régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local

con habilitación de carácter nacional, y del art. 214 del

Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se

aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las

Haciendas Locales, en relación el deber de practicar la

intervención crítica o previa de todo acto, documento o

expediente susceptible de producir derechos u obligaciones de

contenido económico o movimiento de fondos de valores, con

carácter previo a la adopción del correspondiente acuerdo

plenario y a la suscripción del convenio, tengo a bien emitir

el siguiente:

INFORME

PRIMERO.- De conformidad con el art. 88 LRJAP-PAC ― (…)

las Administraciones Públicas podrán celebrar acuerdos,

pactos, convenios o contratos con personas tanto de derecho

público como privado, siempre que no sean contrarios al

Ordenamiento Jurídico ni versen sobre materias no

susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el

interés público que tienen encomendado, con el alcance,

efectos y régimen jurídico específico que en cada caso prevea

la disposición que lo regule, pudiendo tales actos tener la

consideración de finalizadores de los procedimientos

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administrativos o insertarse en los mismos con carácter

previo, vinculante o no, a la resolución que les ponga fin.

Los citados instrumentos deberán establecer como

contenido mínimo la identificación de las partes

intervinientes, el ámbito personal, funcional y territorial,

y el plazo de vigencia, debiendo publicarse o no según su

naturaleza y las personas a las que estuvieran destinados.‖

Queda acreditada la personalidad jurídica de la entidad

con la que esta Corporación ha de suscribir, en su caso el

Convenio, así como también del representante de la misma. Se

deduce también de forma inequívoca el ámbito funcional y

territorial de la colaboración, así como la vigencia del

acuerdo, entrará en vigor el mismo día de su formalización y

finalizará una vez haya concluido el evento que se organiza

de manera conjunta, y en todo caso, el 8 de julio de 2016.

SEGUNDO.- El artículo 4.1.c) del Real Decreto Legislativo

3/2011, de 14 de noviembre, TRLCSP, establece que: ―Están

excluidos del ámbito de la presente Ley los siguientes

negocios y relaciones jurídicas:

- (…) Los convenios de colaboración que celebre la

Administración General del Estado con las entidades gestoras

y servicios comunes de la Seguridad Social, las Universidades

Públicas, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales,

organismos autónomos y restantes entidades públicas, o los

que celebren estos organismos y entidades entre sí, salvo

que, por su naturaleza, tengan la consideración de contratos

sujetos a esta Ley.‖

Por otro lado, el artículo 2 de la Ley 38/2003 define el

concepto de subvención en los siguientes términos: ―Se

entiende por subvención, a los efectos de esta ley, toda

disposición dineraria realizada por cualesquiera de los

sujetos contemplados en el artículo 3 de esta ley, a favor de

personas públicas o privadas, y que cumpla los siguientes

requisitos:

a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa

de los beneficiarios.

b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un

determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la

realización de una actividad, la adopción de un

comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar,

o la concurrencia de una situación, debiendo el

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beneficiario cumplir las obligaciones materiales y

formales que se hubieran establecido.

c) Que el proyecto, la acción, conducta o situación

financiada tenga por objeto el fomento de una actividad

de utilidad pública o interés social o de promoción de

una finalidad pública.‖

Se entiende, que el objeto de este Convenio no puede

enclavarse en ninguna de las tipologías de contratos

regulados en la norma básica, al tiempo que se aprecia la

concurrencia de competencias e interés común, condición que

faculta a articular esta colaboración a través de la figura

del Convenio.

TERCERO.- En relación a la existencia de crédito adecuado

y suficiente para la ejecución del convenio, habrá que

remitirse a lo dispuesto en la cláusula 2ª del mismo ―(…) el

Ayuntamiento de Los Llanos se hará cargo de:

- Gastos de organización del Festival en la cuantía de

3.500 euros. (…)‖

Consta Informe de esta Intervención de Fondos, de fecha

de 28 de junio de 2016, en relación con la consignación

adecuada y suficiente, dentro de la bolsa de vinculación

jurídica de los créditos de la aplicación presupuestaria

334.22609 del Presupuesto para 2016.

CUARTO.- Con arreglo a lo establecido en la legislación

aplicable y al régimen de delegaciones competenciales

aplicable corresponderá al Pleno municipal aprobar el

contenido del Convenio, mientras que la suscripción del mismo

corresponderá a la Alcaldía Presidencia.

QUINTO.- Consta propuesta motivada de la conveniencia y

la oportunidad de formalizar el Convenio formulada por la

responsable Administrativa, Concejal con delegaciones

especiales en el Área de Cultura.

SEXTO.- Consta informe jurídico sobre el texto del

Convenio y su adecuación a la normativa de aplicación.

SÉPTIMO.- El documento determina de forma clara el objeto

del convenio, de conformidad con lo señalado por la IGAE en

su informe de 9 de marzo de 2000.

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270

Visto todo lo anterior, la propuesta de convenio, SE

INFORMA DE MANERA FAVORABLE, procediendo la continuación en

la tramitación del expediente, no obstante el Pleno de la

Corporación acordará lo que estime pertinente.

En la Ciudad de Los Llanos de Aridane a 29 de junio de

2016. La Interventora, Fdo: Mª Candelaria Rodríguez

Rodríguez.

Visto el informe jurídico emitido, cuyo tenor literal es

el siguiente:

INFORME DE SECRETARÍA-PROPUESTA DE SECRETARÍA

Visto borrador de convenio de colaboración entre esta

Corporación y el Excelentísimo Cabildo Insular de La Palma

para la celebración del ―XXV Festival Internacional Canarias

jazz & más Heineken 2016‖, en cumplimiento de la Providencia

de Alcaldía de fecha de 29 de junio de 2016, emito el

siguiente informe-propuesta de resolución, de conformidad con

lo establecido en el artículo 175 del Real Decreto 2568/1986,

de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de

Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las

Entidades Locales, con base a los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO. Con fecha de 28 de junio de 2016 se recibe en esta

Corporación oficio del Excelentísimo Cabildo Insular de la

Palma por el que se da traslado de convenio de colaboración

entre esta Corporación y el Excelentísimo Cabildo Insular de

La Palma para la celebración del ―XXV Festival Internacional

Canarias jazz & más Heineken 2016‖.

La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:

- Los artículos 22.2.p), 47.2.h) y 57 de la Ley 7/1985,

de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen

Local.

- Los artículos 6, 8, 9, 88 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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271

- Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de

Canarias, artículos 31, 40, 55.

En virtud de la normativa estatal de régimen local, el

Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de

sus competencias, puede promover actividades y prestar los

servicios públicos que contribuyan a satisfacer las

necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en los

términos previstos en la misma norma, de conformidad con los

principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad

financiera. El Municipio ejercerá en todo caso como

competencias propias, en los términos de la legislación del

Estado y de las Comunidades Autónomas, en materia de

promoción de la cultura y equipamientos culturales. Si bien

es cierto que estas competencias han de ser concretadas, no

menos cierto es que las entidades locales vienen ejerciendo

facultades en la materia.

En otro orden de cosas, el convenio de colaboración es

instrumento de articulación de cooperación y colaboración

entre distintas administraciones públicas para el ejercicio

de acciones en beneficio del interés común y del bien

general.

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha

seguido la tramitación establecida en la Legislación

aplicable procediendo su aprobación al Pleno.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el

artículo 175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

por el que se aprueba el Reglamento de Organización,

Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución:

INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

PRIMERO. Aprobar el convenio de colaboración entre esta

Corporación y el Excelentísimo Cabildo Insular de La Palma

para la celebración del ―XXV Festival Internacional Canarias

jazz & más Heineken 2016‖.

SEGUNDO. Notificar el Acuerdo de aprobación al

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Excelentísimo Cabildo Insular de La Palma y emplazar a su

representante para la firma del mismo.

TERCERO. Facultar a la Alcaldesa, como representante de

la Corporación, para la firma del convenio y de cuantos

actos y documentos de su competencia se deriven en ejecución

del mismo.

No obstante, la Corporación en Pleno acordará lo que

estime pertinente, con criterio mejor fundado en derecho.

En Los Llanos de Aridane, a 29 de junio de 2016. La

Secretaria General, Miriam Pérez Afonso.

No suscitándose debate sobre dicho asunto, el Pleno de

la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros

corporativos presentes, la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar el CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL

EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO

DE LOS LLANOS DE ARIDANE PARA LA CELEBRACIÓN DEL “XXV

FESTIVAL INTERNACIONAL CANARIAS JAZZ & MÁS HEINEKEN 2016” EN

EL MUNICIPIO DE LOS LLANOS DE ARIDANE EL 8 DE JULIO DE 2016.,

cuyo tenor literal es el siguiente:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE

LA PALMA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE

PARA LA CELEBRACIÓN DEL “XXV FESTIVAL INTERNACIONAL CANARIAS

JAZZ & MÁS HEINEKEN 2016” EN EL MUNICIPIO DE LOS LLANOS DE

ARIDANE EL 8 DE JULIO DE 2016.

En Santa Cruz de La Palma, a... de... de 2016.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. Anselmo Francisco Pestana

Padrón, en su calidad de Presidente del Excmo. Cabildo

Insular de La Palma, con CIF nº P-3800002B, en la

representación legal de esta institución que le confiere la

Ley 7/1985, de 2 de abril, facultado para este acto mediante

Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular de fecha ... de ...

de 2016.

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De otra parte, Dª. María Noelia García Leal, con D.N.I.

42.176.951-B, en su calidad de Alcaldesa-Presidenta del

Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, con C.I.F.

P3802400F, actuando en nombre y representación del mismo.

Las partes firmantes se reconocen recíprocamente

capacidad legal suficiente para formalizar el presente

Convenio y al efecto

EXPONEN

Primero.- Que el Excmo. Cabildo Insular de La Palma, ha

tenido desde su creación como una de sus preocupaciones y

tareas prioritarias, la del fomento de la cultura, por lo

cual está interesado en fomentar aquellos eventos o

actividades que contribuyan al acercamiento a la sociedad

palmera de todo tipo conciertos, representaciones teatrales y

demás manifestaciones culturales.

Segundo.- Que el Excmo. Cabildo Insular de La Palma

podrá celebrar convenios con otras Entidades o Instituciones

en los que se establezcan libremente los instrumentos de

colaboración previstos para la consecución de fines comunes

de interés público.

Por ello, este Cabildo, como máxima institución insular y en

aras a contribuir al desarrollo cultural de la isla, emprende

aquellas actuaciones que propicien un marco de

aprovechamiento de todos los recursos que contribuyan a dicho

fin.

Tercero.- Que el Excmo. Cabildo Insular de La Palma y el

Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, considerando

que el municipio de Los Llanos de Aridane, por sus

características representa una sede idónea para la ubicación

de este proyectos, pretenden llevar a cabo el evento “XXI

FESTIVAL INTERNACIONAL CANARIAS JAZZ & MÁS HEINEKEN 2016”,

que tendrá lugar el día 8 de julio de 2016 en la Plaza de

España de Los Llanos de Aridane y, que este año contará con

la actuación de ―Nick West‖ y ―Patax‖.

Cuarto.- Que ambas partes, entendiendo que el evento

fomenta la cultura entre los habitantes de La Palma, están

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274

de acuerdo en llevar a cabo una mutua colaboración y

establecer la participación en este proyecto conjunto,

coordinando esfuerzos que supongan la realización en Los

Llanos de Aridane del “XXI FESTIVAL INTERNACIONAL CANARIAS

JAZZ & MÁS HEINEKEN 2016”.

Por tanto, y a los citados efectos, ambas partes

acuerdan celebrar el presente convenio de acuerdo con las

siguientes:

ESTIPULACIONES

1.- OBJETO.- Es objeto del presente convenio la

regulación de las condiciones en que se concretará la

colaboración entre el Cabildo Insular de La Palma y el

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, para la celebración

del “XXI FESTIVAL INTERNACIONAL CANARIAS JAZZ & MÁS HEINEKEN

2016”, que tendrá lugar en Los Llanos de Aridane el día 8 de

julio de 2016.

2.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES INTERVINIENTES

A) EL AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARDIANE, organizará,

conjuntamente con el CABILDO INSULAR DE LA PALMA, el “XXI

FESTIVAL INTERNACIONAL CANARIAS JAZZ & MÁS HEINEKEN 2016”,

que tendrá lugar el día 8 de julio de 2016, en la Plaza de

España de Los Llanos de Aridane.

B) Para el desarrollo de la actividad programada el

Cabildo Insular de La Palma se compromete a:

- Abonar al Excmo. Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane

la cantidad de OCHO MIL QUINIENTOS EUROS (8.500,00 €) con

cargo a la aplicación presupuestaria 334.226.17 del vigente

presupuesto, RC Nº Op. 12016000016441, para afrontar gastos

derivados de la contratación de grupos musicales

participantes en el Festival.

- Dar apoyo institucional en ruedas de prensa y demás

actos de difusión del Festival.

- Difundir el evento en redes sociales.

- A la presencia del evento en la web institucional.

- Aportar el personal necesario para la colocación de

soportes publicitarios.

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Y el Ayuntamiento de Los Llanos se hará cargo de:

- Gastos de organización del Festival en la cuantía de

3.500 euros.

- Facilitar la infraestructura y equipos necesarios para

la realización de los conciertos en la Plaza de España.

- Cumplir con la reglamentación vigente en materia de

espectáculos, derechos de autor y actos públicos que se

corresponda como propietario del recinto de celebración de

los conciertos objeto de este evento, negociando los permisos

que resulten oportunos para que se permita la instalación del

material publicitario.

- A incluir al Excmo. Cabildo Insular de La Palma como

entidad coorganizadora, incluyendo su logotipo, en todo tipo

de anuncios, cartelería, cuñas, comparecencias y en general

en todo la publicidad que del evento realice tanto en la Isla

de La Palma como en el exterior.

- A presentar ante el Excmo. Cabildo Insular de La Palma

certificado en el que se acredite la celebración del Festival

y los gastos efectuados con ocasión del mismo, así como

memoria de las actuaciones realizadas.

3.- DURACIÓN.- El presente Convenio entrará en vigor el

mismo día de su formalización y finalizará una vez haya

concluido el evento que se organiza de manera conjunta, y en

todo caso, el 8 de julio de 2016.

4.- RÉGIMEN JURÍDICO. El Convenio de Colaboración en un

instrumento de cooperación de naturaleza bilateral y en pie

de igualdad que se firma entre las partes para el desarrollo

de temas de interés común, regulándose por los pactos y

estipulaciones que en el mismo se establece, y en lo no

regulado específicamente en él, por lo establecido en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, y supletoriamente se aplicarán los principios del

Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2. del citado

texto legal.

5.- RESOLUCIÓN DEL CONVENIO.- El presente convenio se

extinguirá por resolución o por cumplimiento del mismo. A

tales efectos serán causa de resolución del mismo:

o Mutua acuerdo de las partes

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276

o Incumplimiento de alguna de las partes de los

compromisos asumidos

6.- RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO DEL CONVENIO.- Se nombra

como técnico responsable del seguimiento de este Convenio,

por parte del Cabildo Insular a Dª Carmen J. Acosta Gil, Jefa

de Sección de Cultura del Servicio de Cultura y Patrimonio

Histórico del Excmo. Cabildo Insular de La Palma.

7.- JURISDICCIÓN.- Las cuestiones litigiosas que

pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento del

presente Convenio serán del conocimiento y competencia del

orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Así lo convienen, pactan y otorgan en el lugar y fecha

al comienzo indicados, por duplicado ejemplar, firmándolo en

prueba de conformidad.

El Presidente del Excmo. Cabildo La Alcaldesa-Presidenta del Excmo.

Insular de La Palma Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane

D. Anselmo Fco. Pestana Padrón Dª Mª Noelia García Leal

SEGUNDO: Notificar el Acuerdo de aprobación al

Excelentísimo Cabildo Insular de La Palma y emplazar a su

representante para la firma del mismo.

TERCERO: Facultar a la Alcaldesa, como representante de

la Corporación, para la firma del convenio y de cuantos

actos y documentos de su competencia se deriven en ejecución

del mismo.

PUNTO DE URGENCIA SÉPTIMO: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA

FUNDACIÓN CAJACANARIAS Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS

DE ARIDANE PARA LA REALIZACIÓN DEL “VII CAMPUS DE LUCHA

CANARIA FUNDACIÓN CAJACANARIAS”.

Visto el informe de la Intervención de Fondos, cuyo

tenor literal es el siguiente:

Remitido a esta Intervención de Fondos borrador del

Convenio de colaboración a suscribir entre esta Corporación

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277

y la Fundación Bancaria Canaria Caja General de Ahorros de

Canarias, que tiene por objeto el desarrollo de la actividad

denominada ―VII CAMPUS DE LUCHA CANARIA FUNDACIÓN

CAJACANARIAS‖, que se celebrará del 17 al 24 de julio de 2016

en el término municipal de Los Llanos de Aridane, la

funcionaria que suscribe, Interventora de Fondos del Excmo.

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, con arreglo a lo

establecido en el artículo 4.1.h) del Real Decreto 1174/1987,

de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico

de los funcionarios de Administración Local con habilitación

de carácter nacional, y del art. 214 del Real Decreto

Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el

Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas

Locales, en relación el deber de practicar la intervención

crítica o previa de todo acto, documento o expediente

susceptible de producir derechos u obligaciones de contenido

económico o movimiento de fondos de valores, con carácter

previo a la adopción del correspondiente acuerdo plenario y a

la suscripción del convenio, tengo a bien emitir el

siguiente:

INFORME:

PRIMERO.- De conformidad con el art. 88 LRJAP-PAC ― (…)

las Administraciones Públicas podrán celebrar acuerdos,

pactos, convenios o contratos con personas tanto de derecho

público como privado, siempre que no sean contrarios al

Ordenamiento Jurídico ni versen sobre materias no

susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el

interés público que tienen encomendado, con el alcance,

efectos y régimen jurídico específico que en cada caso prevea

la disposición que lo regule, pudiendo tales actos tener la

consideración de finalizadores de los procedimientos

administrativos o insertarse en los mismos con carácter

previo, vinculante o no, a la resolución que les ponga fin.

Los citados instrumentos deberán establecer como

contenido mínimo la identificación de las partes

intervinientes, el ámbito personal, funcional y territorial,

y el plazo de vigencia, debiendo publicarse o no según su

naturaleza y las personas a las que estuvieran destinados.‖

Queda acreditada la personalidad jurídica de la entidad

con la que esta Corporación ha de suscribir, en su caso el

Convenio, así como también del representante de la misma.

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278

Se deduce también de forma inequívoca el ámbito funcional y

territorial de la colaboración, así como la vigencia del

acuerdo, que será desde el día siguiente a su firma hasta la

finalización del ―VI Campus de Lucha Canaria Fundación

CajaCanarias La Palma.‖

SEGUNDO.- De conformidad con el art. 4.1.d) del Real

Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, TRLCSP,

quedan excluidos del ámbito de aplicación de la citada Ley

―Los convenios que, con arreglo a las normas específicas que

los regulan, celebre la Administración con personas físicas o

jurídicas sujetas al derecho privado, siempre que su objeto

no esté comprendido en el de los contratos regulados en esta

Ley o en normas administrativas especiales.‖

Se entiende, que el objeto de este Convenio no puede

enclavarse en ninguna de las tipologías de contratos

regulados en la norma básica, al tiempo que se aprecia la

concurrencia de competencias e interés común, condición que

faculta a articular esta colaboración a través de la figura

del Convenio.

TERCERO.- En relación a la existencia de crédito

adecuado y suficiente para hacer frente a las obligaciones

económicas que se devengarían para esta Corporación como

consecuencia de la suscripción de este Convenio, hay que

remitirse a lo dispuesto en la cláusula 3ª del documento, que

establece las prestaciones en las debe colaborar el

Ayuntamiento de Los Llanos, a través de su concejalía de

deportes, sin que se especifique de forma cierta la cuantía

exacta o máxima del importe de dichos gastos, motivo por el

cual esta Intervención no puede más que estimar que en el

nivel de vinculación jurídica de los créditos de las

aplicaciones presupuestarias adecuadas a tal fin, existirá

consignación suficiente para hacer frente a la estimación de

gastos que previsiblemente se devengarán por este motivo, en

caso de no ser así la Corporación vendrá obligada a la

articulación de la correspondiente modificación

presupuestaria, sin perjuicio de tener en consideración el

importe máximo de 1.000,00 € de aportación municipal

establecido en la propuesta de Alcaldía.

Dada la vigencia del Convenio el gasto propuesto no

tendrá en ningún caso la consideración de plurianual,

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279

motivo por el cual no es necesario que respete las

especificaciones del art. 174 del TRLRHL.

CUARTO.- Con arreglo a lo establecido en la legislación

aplicable y al régimen de delegaciones competenciales

aplicable corresponderá al Pleno municipal aprobar el

contenido del Convenio, mientras que la suscripción del mismo

corresponderá a la Alcaldía Presidencia.

QUINTO.- Consta propuesta motivada de la conveniencia y

la oportunidad de formalizar el Convenio formulada por la

Alcaldesa de esta Corporación.

SEXTO.- Consta informe jurídico sobre el texto del

Convenio y su adecuación a la normativa de aplicación

SÉPTIMO.- El documento determina de forma clara el

objeto del convenio, de conformidad con le señalado por la

IGAE en su informe de 9 de marzo de 2000

Visto todo lo anterior, la propuesta de convenio, se

informa de manera favorable, con las observaciones comentadas

en el apartado 3º de este informe, procediendo la

continuación en la tramitación del expediente, no obstante el

Pleno de la Corporación acordará lo que estime pertinente.

En la Ciudad de Los Llanos de Aridane a 29 de junio de

2016. La Interventora, Fdo. María Candelaria Rodríguez

Rodríguez

Visto el informe jurídico emitido, cuyo tenor literal es

el siguiente:

INFORME DE SECRETARÍA-PROPUESTA DE SECRETARÍA

Visto borrador de convenio de colaboración entre la

Fundación CajaCanarias y el Excelentísimo Ayuntamiento de

Los Llanos de Aridane, emito el siguiente informe-propuesta

de resolución, de conformidad con lo establecido en el

artículo 175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

por el que se aprueba el Reglamento de Organización,

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280

Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

con base a los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO. Con fecha de 29 de junio de 2016 se recibe en esta

Secretaría borrador de convenio de colaboración entre la

Fundación CajaCanarias y el Excelentísimo Ayuntamiento de Los

Llanos de Aridane.

La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:

- Los artículos 22.2.p), 25, 47.2.h) y 57 de la Ley

7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del

Régimen Local.

- Los artículos 6, 8, 9, 88 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de

Canarias, artículos 31, 40, 55.

En virtud de la normativa estatal de régimen local, el

Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de

sus competencias, puede promover actividades y prestar los

servicios públicos que contribuyan a satisfacer las

necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en los

términos previstos en la misma norma, de conformidad con los

principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad

financiera. El Municipio ejercerá en todo caso como

competencias propias, en los términos de la legislación del

Estado y de las Comunidades Autónomas, en materia

de promoción del deporte e instalaciones deportivas y de

ocupación del tiempo libre. Si bien es cierto que estas

competencias han de ser concretadas, no menos cierto es que

las entidades locales vienen ejerciendo facultades en la

materia.

En otro orden de cosas, el convenio de colaboración es

instrumento de articulación de cooperación y colaboración

entre distintas administraciones públicas para el ejercicio

de acciones en beneficio del interés común y del bien

general.

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281

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha

seguido la tramitación establecida en la Legislación

aplicable procediendo su aprobación al Pleno.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el

artículo 175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

por el que se aprueba el Reglamento de Organización,

Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución:

INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

PRIMERO. Aprobar el convenio de colaboración convenio de

colaboración entre la Fundación CajaCanarias y el

Excelentísimo Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane.

SEGUNDO. Notificar el Acuerdo de aprobación a la

Fundación Caja Canarias y emplazar a su representante para

la firma del mismo.

TERCERO. Facultar a la Alcaldesa, como representante de

la Corporación, para la firma del convenio y de cuantos

actos y documentos de su competencia se deriven en ejecución

del mismo.

No obstante, la Corporación en Pleno acordará lo que

estime pertinente, con criterio mejor fundado en derecho.

En Los Llanos de Aridane, a 29 de junio de 2016. La

Secretaria General, Miriam Pérez Afonso.

No suscitándose debate sobre dicho asunto, el Pleno de

la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros

corporativos presentes, la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar el CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA

FUNDACIÓN CAJACANARIAS Y EL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE LOS

LLANOS DE ARIDANE, cuyo tenor literal es el siguiente:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN CAJACANARIAS

Y EL ILUSTRE AYUNTAMIENTO LOS LLANOS DE ARIDANE

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282

En Los Llanos de Aridane, a uno de julio de dos mil dieciséis

REUNIDOS

De una parte, D. Alfredo Manuel Luaces Fariña, en calidad de

Director de Relaciones Institucionales y Planificación de la

Fundación Bancaria Canaria Caja General de Ahorros de Canarias

– Fundación CajaCanarias (en adelante, Fundación

CajaCanarias), con CIF G38001749 y domicilio a los efectos del

presente convenio en Santa Cruz de Tenerife, Plaza del

Patriotismo, 1 – 2ª planta

De otra, Dña. Noelia García Leal, en su calidad de Alcaldesa-

Presidenta del Ilustre Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane

(en adelante, Ayuntamiento de Los Llanos), con CIF P3802400F

y domicilio en la Plaza de España, s/n, de Los Llanos de

Aridane.

Los comparecientes, según intervienen, se reconocen capacidad

jurídica y de obrar suficientes para otorgar el presente

documento, a cuyo efecto

EXPONEN

Primero.- Que la Fundación CajaCanarias tiene como fines la

mejora del bienestar social, asistencial y sanitario, el

fomento de la educación, la formación y la investigación, la

promoción y difusión de la cultura, la divulgación y

protección del medio ambiente, el fomento de la actividad

deportiva, el desarrollo y la innovación empresarial, y, en

general, el progreso de la sociedad canaria.

Segundo.- Que la Fundación CajaCanarias se encuentra

interesada en realizar, del 17 al 24 de julio del presente

ejercicio, la actividad denominada ―VII Campus de Lucha

Canaria Fundación CajaCanarias‖, en la isla de La Palma, para

lo que pretende recabar la colaboración del Ayuntamiento de

Los Llanos como entidad colaboradora de esta iniciativa de

fomento de la lucha canaria, que se celebrará en el

mencionado municipio.

Tercero.- El Ayuntamiento de Los Llanos, a través de su

concejalía de deportes, tiene entre sus fines el fomento e

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283

impulso del deporte de base y formación entre sus ciudadanos,

manteniendo una especial sensibilidad en lo que respecta a la

protección de nuestras tradiciones vernáculas.

En virtud de lo indicado anteriormente, las partes suscriben

el presente Convenio de Colaboración, con sujeción a las

siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA.-

El objeto de este convenio es establecer el marco de

colaboración, por parte del Ayuntamiento de Los Llanos, para

la celebración en dicho municipio del ―VII Campus de Lucha

Canaria Fundación CajaCanarias‖.

SEGUNDA.-

La Fundación CajaCanarias ha acordado la dirección técnica y

organización del ―VII Campus de Lucha Canaria Fundación

CajaCanarias‖ a la Federación Insular de Lucha Canaria de La

Palma, a través del respectivo contrato de prestación de

servicios, así como recaba, a través del presente convenio,

la colaboración del Ayuntamiento de Los Llanos, que se

compromete a disponer, con cargo a su presupuesto, de las

necesidades establecidas en la Cláusula Tercera.

La Fundación CajaCanarias, en su caso, se compromete a cubrir

las siguientes prestaciones:

- Partida de alimentación, en régimen de pensión completa,

y de cocina, del alumnado y equipo técnico.

- Honorarios dirección del campus y equipo técnico.

- Honorarios de coordinación, a favor de la Federación

Insular de Lucha Canaria de Tenerife

- Material deportivo y ropa de brega para alumnado y

equipo técnico.

- Costes de lavandería y botiquín.

- Honorarios de invitados y charlas, a celebrar durante el

desarrollo del Campus.

- Gastos de transporte del equipo técnico.

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284

Asimismo, la Fundación CajaCanarias se compromete a cubrir la

actividad comprendida en la planificación del Campus, con la

suscripción de la correspondiente póliza de seguros. En ese

sentido, aquellas actividades organizadas por el Ayuntamiento

de Los Llanos, consistentes en excursiones o salidas de los

alumnos de las instalaciones donde se desarrolle la actividad

ordinaria del Campus, deberá recabar el visto bueno previo y

expreso de la Fundación CajaCanarias, con objeto de

garantizar la oportuna cobertura aseguradora.

TERCERA.-

El Ayuntamiento de Los Llanos, a través de su concejalía de

deportes, establece su colaboración a través de las

siguientes prestaciones:

- Cesión de residencia de hospedaje para los alumnos/as

participantes.

- Limpieza y ropa de cama en la residencia de hospedaje.

- Celebración de dos excursiones a enclaves de interés

cultural, histórico o natural del municipio, incluyendo

el desplazamiento del alumnado.

- Organización de acto de clausura, en las instalaciones

del Polideportivo Camilo León, o instalación deportiva

municipal adecuada al evento.

- Adquisición de diplomas y recordatorios para los

participantes.

- Organización de dos actividades lúdico-deportivas en las

instalaciones deportivas municipales.

- Colaboración con la Fundación CajaCanarias y la

Federación Insular de Lucha Canaria de La Palma en todas

aquellas cuestiones que, a lo largo de la celebración de

la actividad, se considere necesario para proteger la

salud e integridad física de los participantes.

CUARTA.-

El presente convenio entrará en vigor desde el día siguiente

al de su firma y tendrá una vigencia hasta la finalización

del ―VII Campus de Lucha Canaria Fundación CajaCanarias La

Palma‖.

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285

QUINTA.-

Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula segunda, el

presente convenio se extinguirá cuando concurra alguna de las

siguientes causas:

El incumplimiento por cualquiera de las partes,

apreciado por la comisión de seguimiento, de los

compromisos convenidos.

El mutuo acuerdo entre las partes, siempre que no

concurra otra causa de resolución.

Cualesquiera otras establecidas en el presente

convenio.

SEXTA.-

El Ayuntamiento de Los Llanos, como colaborador del ―VII

Campus de Lucha Canaria Fundación CajaCanarias‖:

- Será incluido, a través de los logotipos oficiales o de

carácter promocional que establezca, en los soportes

publicitarios, así como en todas aquellas comunicaciones

de carácter informativo, estableciendo su condición de

colaborador principal. En ese sentido, la Fundación

CajaCanarias se reserva la exclusividad a efectos de

servicio de gabinete de prensa en lo referente a la

información generada durante el ―VII Campus de Lucha

Canaria Fundación CajaCanarias La Palma‖.

- Estará representado, a través de las autoridades que así

lo dispongan, en los actos de presentación y clausura

del ―VII Campus de Lucha Canaria Fundación

CajaCanarias‖.

- Acogerá, en fecha consensuada con la Fundación

CajaCanarias, la rueda de prensa oficial de presentación

del ―VII Campus de Lucha Canaria Fundación

CajaCanarias‖.

SÉPTIMA.-

Las instituciones firmantes de este Convenio deberán respetar

las prescripciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de

diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

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286

(LOPD), y del Reglamento de Desarrollo de la LOPD, aprobado

por Real Decreto 1720/2007, en relación con los datos que

obtengan con motivo de la ejecución del presente Convenio.

Asimismo, queda expresamente convenido que cualesquiera datos

o información que las partes se comuniquen serán datos

disociados, es decir, aquéllos que no permiten la

identificación de persona física alguna y, por lo tanto,

estarán excluidos de la aplicación de la normativa de

protección de datos.

OCTAVA.-

El presente Convenio queda excluido del ámbito de aplicación

del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público

aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de

noviembre de acuerdo con lo previsto en su artículo 4.1

apartado c), el presente Convenio es de naturaleza privada y

se regirá, para las estipulaciones previstas en el presente

Convenio y por el artículo 22 y concordantes de la Ley

34/1988, de 11 de noviembre General de Publicidad.

Las partes firmantes, con renuncia a cualquier otro fuero que

pudiera corresponderles, se someten expresamente a los

Juzgados y Tribunales civiles de la ciudad de Santa Cruz de

Tenerife para dirimir cualquier cuestión o controversia que

pueda surgir como consecuencia de la interpretación y

cumplimiento del presente contrato.

En prueba de conformidad y, en los precedentes términos,

queda formalizado el presente documento, de 5 folios a un

solo efecto y un documento anexo, el cual se suscribe por

duplicado en el lugar y fecha al principio consignado.

POR LA FUNDACIÓN CAJACANARIAS POR EL AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS

D. Alfredo M. Luaces Fariña Dña. Noelia García Leal

SEGUNDO. Notificar el Acuerdo de aprobación a la

Fundación Caja Canarias y emplazar a su representante para

la firma del mismo.

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TERCERO. Facultar a la Alcaldesa, como representante de

la Corporación, para la firma del convenio y de cuantos

actos y documentos de su competencia se deriven en ejecución

del mismo.

16.- DAR CUENTA DEL DECRETO DE LA ALCALDÍA NÚM. 1792/2016, DE

APROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CABILDO

INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE

ARIDANE PARA LA ORGANIZACIÓN CONJUNTA DE LA “XXII EDICIÓN DE

LA FERIA AGRÍCOLA”, DENTRO DEL PROGRAMA DE ACTOS DE LA

PATRONA NTRA. SRA. DE LOS REMEDIOS.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, de

la resolución núm. 1792/2016, de fecha 15 de junio de 2016,

cuyo tenor literal es el siguiente:

―DECRETO DE LA ALCALDIA

1792/2016.- CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL CABILDO INSULAR

DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE PARA

LA ORGANIZACIÓN CONJUNTA DE LA “XXII EDICION DE LA FERIA

AGRICOLA”.-

Vista la Resolución remitida por el área de

Infraestructuras, Nuevas Tecnologías, Agricultura, Ganadería

y Pesca del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, con entrada

en este Ayuntamiento el día 15 de Junio de 2016 (R.E. nº

12080), aprobando el texto del Convenio de Colaboración

entre el Cabildo Insular de La Palma y el Ayuntamiento de Los

Llanos de Aridane para la organización conjunta de la “XXII

EDICIÓN DE LA FERIA AGRÍCOLA” a celebrar en este Municipio

los días 16, 17 y 18 de Junio, dentro de las Fiestas en honor

de Ntra. Sra. de Los Remedios, y cuyo tenor literal es el

siguiente:

Vistas las atribuciones que me confiere la legislación

vigente y en concreto el artículo 21.1 de la Ley 7/85 de 2 de

Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 30 de la

Ley 7/2015 de 1 de Abril de los Municipios de Canarias, y en

virtud de la facultad otorgada para ello por acuerdo de Pleno

de nombramiento como Alcaldesa/Presidenta de fecha 13 de

Junio de 2015, con esta fecha HE RESUELTO:

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PRIMERO: Aprobar el Convenio de Colaboración entre el

Cabildo Insular de La Palma y el Ayuntamiento de Los Llanos

de Aridane para la organización conjunta de la “XXII EDICIÓN

DE LA FERIA AGRÍCOLA”, a celebrar en este Municipio los días

16, 17 y 18 de Junio dentro de las Fiestas en honor de Ntra.

Sra. de Los Remedios, cuyo tenor literal es el siguiente:

“CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE

LA PALMA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LOS LLANOS DE ARIDANE

PARA LA ORGANIZACIÓN CONJUNTA DE LA XXII FERIA AGRÍCOLA”.

En Santa Cruz de La Palma, a __ de ______ de 2016.

COMPARECEN

De una parte, D. Jorge Tomás González Cabrera, con

D.N.I. nº 42.171.790-W, Consejero Insular del Área de

Infraestructuras, Nuevas Tecnologías, Agricultura, Ganadería

y Pesca del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, con CIF P-

3800002-B, y domicilio en Avenida Marítima nº 3, de Santa

Cruz de La Palma.

De otra, Dª. María Noelia García Leal, con D.N.I. nº

42.176.951-B., Alcaldesa Presidenta del Excmo. Ayuntamiento

de Los Llanos de Aridane, con CIF P3802400F, y domicilio en

Plaza de España s/n, Los Llanos de Aridane.

INTERVIENEN

D. Jorge Tomás González Cabrera por razón de su

expresado cargo, en nombre y representación del Excmo.

Cabildo Insular de La Palma, en virtud de las competencias

que le atribuye el Título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases de Régimen Local y los artículos

57.b) de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares

y 19 del Reglamento Orgánico, de Gobierno, Administración y

Funcionamiento del Cabildo Insular, y facultado para la firma

del presente acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular

de fecha 17 de marzo de 2014.

Dª. María Noelia García Leal, actuando en calidad de

su cargo, en nombre y representación del Excmo.

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289

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane en virtud de las

competencias que le atribuyen los artículo 21 de la Ley

7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen

Local, y 30 de la Ley 7/2015, de 1 de abril de los Municipios

de Canarias y en virtud de la facultad otorgada para ello por

acuerdo de Pleno de nombramiento como Alcaldesa/Presidenta,

de fecha 13 de Junio de 2015.

Las partes firmantes se reconocen recíprocamente

capacidad legal suficiente para formalizar el presente

Convenio y al efecto,

EXPONEN

Primero.- Que el Excmo. Cabildo Insular de La Palma

tiene como una de sus principales preocupaciones el fomento y

la promoción de los productos agrarios, agroindustriales y

ganaderos producidos en la Isla, con el fin de incrementar su

consumo, no sólo entre la población insular, sino también en

los sectores hostelero y turístico, haciéndolos más

competitivos en el mercado y atractivos al consumidor como

medida de reactivación económica del sector primario en

particular y de la economía insular en general.

Segundo.- Que en el municipio de los Llanos de Aridane

se celebra en el marco de las Fiestas de La Patrona, en las

que se venera a Nuestra Señora de Los Remedios, una Feria

Agrícola que se ha convertido en un referente para el sector.

Tercero.- Que esta feria, de carácter bianual y que en

2016 celebrará su XXII edición, pretende ser el escenario al

que acudan los sectores agrícola y ganadero no sólo a exponer

sus productos sino también para conocer las últimas novedades

en cuanto a maquinaria, productos, tratamientos, alternativas

ecológicas, aprovechamiento o en su caso destrucción

controlada de los restos del cultivo, etc. que ayuden a

mejorar el rendimiento de estas actividades.

Cuarto.- Que con esta feria se dinamiza la economía

insular pues constituye conjuntamente, un escaparate para la

promoción de las empresas cuya actividad se circunscribe a

este ámbito y una forma de proporcionar un conocimiento

directo a los agricultores de los últimos avances en esta

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materia, contribuyendo asimismo a la tecnificación y

modernización del sector agrícola.

Quinto.- Que es competencia del Cabildo Insular, a tenor

de los artículos 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases del Régimen Local y 8.1 b) y d) de la

Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares la

cooperación en el fomento del desarrollo económico y social,

de acuerdo con las competencias de las demás administraciones

públicas, así como la asistencia y cooperación jurídica,

económica y técnica a los municipios.

Sexto.- Que los municipios, a tenor de los dispuesto en

el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de

las Bases del Régimen Local y 10 de la Ley 7/2015 de 1 de

abril, de Municipios de Canarias, para la gestión de sus

intereses y en el ámbito de sus competencias, pueden promover

actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan

a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad

vecinal.

Séptimo.- Que las Administraciones Públicas en sus

relaciones, se rigen por el principio de cooperación y

colaboración, y en su actuación por los criterios de

eficiencia y servicio a los ciudadanos.

Octavo.- Que el artículo 88.1 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece

que las Administraciones Públicas podrán celebrar acuerdos,

pactos, convenios o contratos con personas tanto de Derecho

Público como Privado, sobre materias no susceptibles de

transacción, y tengan por objeto satisfacer el interés

público que tienen encomendado, con el alcance, efectos y

régimen jurídico específico que en cada caso prevea la

disposición que lo regule.

Noveno.- Que el convenio de colaboración es un

instrumento de cooperación de naturaleza bilateral y en pie

de igualdad que se firma entre las partes para el desarrollo

de temas de interés común, regulándose por los pactos y

estipulaciones que en el mismo se establecen, y en lo no

regulado específicamente en él por lo establecido en la Ley

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30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las

Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, y supletoriamente se aplicarán los principios del

Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2 del citado

texto legal.

Los convenios de colaboración que celebren las entidades

locales entre sí están excluidos de la legislación de

contratos, a tenor de lo dispuesto en el artículo 4.1 del

TRLCSP, salvo que por su naturaleza tengan la consideración

de contratos sujetos a la misma.

Décimo.- Que a la vista del interés coincidente, ambas

administraciones quieren sentar las bases para una

colaboración para la organización conjunta del ―XXII Feria

agrícola de Los Llanos de Aridane‖ , a celebrar los días 16,

17 y 18 de junio ,considerando que la forma más adecuada para

satisfacer los intereses comunes de ambas partes es concertar

un convenio de colaboración, y a tal efecto establecen las

siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.- Objeto del convenio

Es objeto del presente Convenio establecer la

colaboración entre el Cabildo Insular de La Palma y el

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane para la organización

conjunta de la “XXII Feria Agrícola” en el marco de las

fiestas que en honor de La Patrona se celebrará los días 16,

17 y 18 de junio de 2016.

Segunda.- Obligaciones de las partes

A) Son obligaciones del Cabildo: 1. La organización de la ―XXII Feria Agrícola‖, en el

marco de las fiestas en honor de La Patrona 2016, a

celebrar los días 16, 17 y 18 de junio de 2016.

2. Aportar a través del Área de Agricultura, Ganadería y Pesca, la cantidad de MIL TRESCIENTOS EUROS

(1.300 €) para la organización de la Feria objeto

de este Convenio.

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292

3. Colaborar con el personal técnico del Servicio de Agricultura, Ganadería y Pesca que dará

asesoramiento y asistencia técnica en la

Organización de la Feria.

4. Divulgar la Feria entre los agricultores de la Isla y público en general mediante la difusión del

cartel en las dependencias del Cabildo así como en

las páginas web en las que el Área de Agricultura,

Ganadería y Pesca promociona y difunde los temas

agrícolas y ganaderos de la Isla.

5. Coordinación de la Feria.

B) Son obligaciones del Ayuntamiento de Los Llanos

de Aridane.

1. La organización de la ―XXII Feria Agrícola‖, en el marco de las fiestas en honor de La Patrona, a

celebrar los días 16, 17 y 18 de junio de 2016.

2. Aportar para la organización del evento objeto de este Convenio como mínimo la cantidad de MIL

TRESCIENTOS EUROS (1.300€).

3. Colaborar con personal propio del Ayuntamiento en los actos de la Feria.

4. Hacer constar el logo del Cabildo Insular y su

colaboración en todos los carteles y documentación

de divulgación de los concursos.

5. Coordinación de la Feria.

Tercera.- Financiación

Para la cobertura de los gastos de la organización de la

Feria, el Cabildo Insular de La Palma, aportará la cantidad

de MIL TRESCIENTOS EUROS (1.300€) con cargo a la aplicación

presupuestaria 410.226.11 ―Ferias Agrarias, Pesqueras y

Ganaderas‖ (RC nº 12016000021836) del Presupuesto de la

Corporación para 2016.

El Cabildo Insular abonará esta cantidad al Ayuntamiento

de Los Llanos de Aridane previa justificación comprensiva de

Relación de gastos ocasionados por la celebración de la

Feria, además de certificación expedida por el

Secretario/Interventor de la Corporación municipal en la que

se indicará que la cantidad aportada por el Cabildo ha sido

aplicada para satisfacer los gastos generados por la

organización conjunta de los la Feria regulada en este

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convenio. En dicho certificado se reseñará asimismo el coste

total de la misma.

Cuarta.- Vigencia

El presente convenio entrará en vigor desde su firma y

finalizará una vez cumplidos por ambas partes los compromisos

adquiridos y en todo caso el 31 de diciembre de 2016.

Quinta.- Publicidad y difusión

En cuantos medios se utilicen para la promoción y

difusión de la Feria se destacará la coorganización del

Cabildo Insular de La Palma, respetando en todo caso las

directrices de imagen externa que el Cabildo facilite para

este fin.

Sexta.- Causas de Resolución

Será causa de resolución del presente convenio, además

del transcurso del plazo, el incumplimiento de las

obligaciones establecidas en las Cláusulas Segunda.

En todo caso, serán causas de extinción del mismo, con

anterioridad a las fechas indicadas en la cláusula cuarta,

las siguientes:

a) El acuerdo mutuo de las partes, expresado formalmente. b) Resolución, previa denuncia de alguna de las partes, si

se apreciase la imposibilidad del cumplimiento de los

objetivos.

c) Incumplimiento grave de las obligaciones asumidas por

alguna de las partes

d) Por causa de interés público, cuando las circunstancias así lo aconsejen.

Séptima.- Régimen jurídico

El presente convenio tiene naturaleza jurídico-

administrativa, quedando fuera del ámbito de aplicación del

R.D. Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se

aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector

Público, resultando de aplicación la misma con carácter

supletorio en virtud de lo dispuesto en su artículo. 4.2, y

el artículo. 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

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294

Octava.- Jurisdicción

Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la

interpretación y cumplimiento del presente Convenio serán

resueltas de común acuerdo por las partes firmantes, siendo

éstas de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional

contencioso-administrativo en caso de discrepancia.

Para la debida constancia de todo lo convenido y en

prueba de conformidad, se firma este Convenio de

Colaboración, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha al

arriba indicados.‖

Por el Cabildo Insular Por el Ayuntamiento de

De La Palma Los Llanos de Aridane

El Consejero Insular del Área de La Alcaldesa-Presidenta

Infraestructuras, Nuevas Tecnologías,

Agricultura, Ganadería y Pesca

D. Jorge Tomás González Cabrera María Noelia García Leal

SEGUNDO: Que se remita el Convenio una vez firmado, al

Excmo. Cabildo Insular de La Palma.

TERCERO.- Que se dé cuenta al Pleno en la primera sesión

ordinaria que se celebre.

Los Llanos de Aridane, a 15 de Junio de 2016. LA

ALCALDESA, Fdo. Dª MARIA NOELIA GARCIA LEAL”

El Pleno de la Corporación queda enterado.

17.- DAR CUENTA DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

Nº 9/2016.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, de

la Resolución núm. 1252/2016, de fecha 28 de abril, cuyo

tenor literal es el siguiente:

“NÚM. 1252/2016 APROBACION DE EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE

CRÉDITOS NÚMERO 9/2016 EN LA MODALIDAD DE GENERACIÓN DE

CRÉDITOS POR INGRESOS POR LA CONCESIÓN A ESTA CORPORACIÓN DE

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295

UNA SUBVENCIÓN DESTINADA A LA COFINANCIACIÓN DEL PROYECTO

DENOMINADO: “X ANIVERSARIO CONTIGO ALMEDIODÍA”.

Visto el estado de tramitación del Expediente de

Generación de Créditos en el Estado de Gastos del Presupuesto

de esta Entidad para el ejercicio de 2016, informado

favorablemente por la Intervención de Fondos, y cuyo importe

asciende a la cantidad total de 5.000,00 €, correspondientes

al compromiso firme de aportación de ingresos efectuado por

el Departamento de Programación de proyectos en la empresa

pública Canarias Cultura en Red, S.A, para la financiación

del proyecto denominado: ―X Aniversario Contigo Almediodía‖.

Considerando que el expediente cumple con los requisitos

exigidos por los artículos 43.1, a) y 44 del R.D. 500/1.990,

de 20 de Abril, y que para la tramitación del expediente se

han seguido los trámites establecidos en dicho Real Decreto y

en las Bases de Ejecución del Presupuesto prorrogado para

2014 de esta Entidad.

Por el presente, en virtud de las atribuciones que me

confiere el ordenamiento jurídico vigente, en esta fecha, HE

RESUELTO:

PRIMERO.- Aprobar el Expediente de modificación de

créditos número 9/2016, en la modalidad de Generación de

Créditos por ingresos, por un importe total de 5.000,00 €, en

el Presupuesto prorrogado de esta Entidad para el ejercicio

de 2016 conforme a la codificación que a continuación se

detalla:

CREDITOS GENERADOS

PARTIDAS A

GENERAR

PARTIDA DESCRIPCIÓN IMPORTE

3340.22609 ACTIVIDADES CULTURALES 5.000,00 €

TOTAL A GENERAR 5.000,00 €

RECURSOS APORTADOS

INGRESO

PARTIDA DESCRIPCIÓN IMPORTE

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296

45060 OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES CCAA 5.000,00 €

TOTAL INGRESO 5.000,00 €

SEGUNDO.- Dar cuenta de esta Resolución a la

Intervención de Fondos, a fin de que se efectúen las

operaciones contables que se deriven de la misma.

TERCERO.- Dar cuenta de esta Resolución, en la primera

Sesión Ordinaria que se celebre, al Pleno de la Corporación.

En Los Llanos de Aridane, a 28 de abril de 2016.- LA

ALCALDESA, Fdo. María Noelia García Leal‖

El Pleno de la Corporación queda enterado.

18.- DAR CUENTA DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

Nº 10/2016.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, de

la Resolución núm. 1298/2016, de fecha 03 de mayo, cuyo tenor

literal es el siguiente:

―1.298/2016 APROBACIÓN EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN

PRESUPUESTARIA Nº 10/2016 EN LA MODALIDAD DE TRANSFERENCIA DE

CRÉDITO ENTRE PARTIDAS DEL ÁREA DE GASTOS I.

Visto el informe de Secretaría de fecha 3 de mayo sobre

la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir, la

propuesta de la Concejalía, la Memoria de la Alcaldía, el

Informe de Intervención y el certificado de disponibilidad de

créditos a minorar, y de conformidad con lo establecido en

los artículos 179.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5

de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales, y 40.3 del Real Decreto

500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el

Capítulo I, del Título VI, del Real Decreto Legislativo

2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en

materia de Presupuestos,

RESUELVO

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297

PRIMERO. Aprobar el Expediente de modificación de

créditos nº 10/2016, en la modalidad de transferencia de

créditos entre partidas pertenecientes al Área de Gastos I

del Presupuesto de Gastos, de acuerdo con el siguiente

detalle:

Altas en partidas de gastos

A SUPLEMENTAR

APLICACIÓN DESCRIPCIÓN IMPORTE

1521.48069

Promoción vivienda: Convenio

Asociación Provivienda 28.000,00 €

TOTAL A SUPLEMENTAR 28.000,00 €

Bajas en partida de gastos

A DETRAER

APLICACIÓN DESCRIPCIÓN IMPORTE

1521.25005 Promoción vivienda: Provivienda 28.000,00 €

TOTAL A DETRAER 28.000,00 €

SEGUNDO. Dar cuenta de esta Resolución a la Intervención

de Fondos, a fin de que se efectúen las operaciones contables

que se deriven de la misma.

TERCERO.- Dar cuenta de esta Resolución, en la primera

Sesión Ordinaria que se celebre, al Pleno de la Corporación.

En Los Llanos de Aridane, a 3 de mayo de 2016. LA

ALCALDESA, Fdo. María Noelia García Leal‖

El Pleno de la Corporación queda enterado.

19.- DAR CUENTA DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

Nº 11/2016.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, de

la Resolución núm. 1330/2016, de fecha 05 de mayo, cuyo tenor

literal es el siguiente:

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298

―1330/2016 APROBACIÓN EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN

PRESUPUESTARIA Nº 11/2016 EN LA MODALIDAD DE TRANSFERENCIA DE

CRÉDITO ENTRE PARTIDAS DEL ÁREA DE GASTOS III.

Visto el informe de Secretaría de fecha 5 de mayo, sobre

la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir, la

propuesta de la Concejalía, la Memoria de la Alcaldía, el

Informe de Intervención y el certificado de disponibilidad de

créditos a minorar, y de conformidad con lo establecido en

los artículos 179.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5

de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales, y 40.3 del Real Decreto

500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el

Capítulo I, del Título VI, del Real Decreto Legislativo

2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en

materia de Presupuestos,

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar el Expediente de modificación de

créditos nº 11/2016, en la modalidad de transferencia de

créditos entre partidas pertenecientes al Área de Gastos III

del Presupuesto de Gastos, de acuerdo con el siguiente

detalle:

Altas en partidas de gastos

A SUPLEMENTAR

APLICACIÓN DESCRIPCIÓN IMPORTE

3420.21200

Instalaciones deportivas: Edificios y

otras construcciones 17.029,20 €

TOTAL A SUPLEMENTAR 17.029,20 €

Bajas en partida de gastos

A DETRAER

APLICACIÓN DESCRIPCIÓN IMPORTE

3420.63205

Reforma y acondicionamiento de la

piscina municipal fase II 17.029,20 €

TOTAL A DETRAER 17.029,20 €

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299

SEGUNDO. Dar cuenta de esta Resolución a la Intervención

de Fondos, a fin de que se efectúen las operaciones contables

que se deriven de la misma.

TERCERO.- Dar cuenta de esta Resolución, en la primera

Sesión Ordinaria que se celebre, al Pleno de la Corporación.

En Los Llanos de Aridane, a 5 de mayo de 2016. LA

ALCALDESA, Fdo. María Noelia García Leal‖

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Felipe Ramos Pérez, en representación de Izquierda Unida

Canaria e integrante del Grupo Mixto, diciendo: Simplemente

si nos podían aclarar la partida que se suplementa, la de

instalaciones deportivas: edificios y otras construcciones de

17.029,20 euros, ¿a qué son destinadas estas…?

Interviene D. Mariano Hernández Zapata, Concejal de

Hacienda, diciendo: Pues bien, como hemos hablado tanto antes

de instalaciones deportivas en los puntos, pues se va a

destinar a las mejoras de instalaciones deportivas.

Específicamente yo creo que la Concejal de Deportes pues

podrá decir en qué se está trabajando para… y en qué

instalación específica se va a trabajar o se va a utilizar

esta partida que se está implementando.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Tiene la palabra la Sra. Hernández.

Interviene Dña. Lorena Hernández Labrador, Concejal de

Deportes, diciendo: Gracias Sra. Alcaldesa, buenas noches.

Bueno, como bien redactó la Sra. Rodríguez, son

muchísimas las instalaciones y las cosas a mejorar en las

instalaciones deportivas, además de unas cantidades bastante

elevadas.

Uno piensa en cambiar en pavimento de la Pista de

atletismo y piensa en 20.000 euros o en 30.000 y resulta que

son 90.000, uno piensa en cambiar el césped del Aceró y son

220.000, entonces como todos los presupuestos de las cosas

que tenemos que cambiar son muy grandes y el presupuesto que

tenemos de los techados por ejemplo, que son de las cosas

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300

que más prisa corren, hemos decidido hacer unos pequeños

remiendos, por decirlo de alguna forma, que escaparán durante

algunos años.

Y el proyecto que hemos contratado es la pavimentación

de las Canchas del Camilo León, cambiarle el suelo, como

tenemos la cancha de La Laguna, no sé si lo habrán visto,

pues una mejora ahí en esas canchas que yo creo que es muy

necesaria, más el nuevo signado.

Y tenemos sobre la mesa también, los proyectos de las

canchas del Usos Múltiples de tenis y de fútbol sala y las

canchas de cemento pulido del Conrado Hernández.

Valoraremos de esas cuáles se pueden también ejecutar

para acabar con la partida que tenemos, que además pues está

ampliada, muchas gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Muchas gracias

Sra. Hernández.

Sr. Pérez.

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Mauricio José Pérez Viña, en representación del Partido

Socialista e integrante del Grupo Mixto, diciendo: Gracias

Sra. Alcaldesa.

En el último Pleno al que pude asistir lo pregunté y no

se respondió, entonces me gustaría preguntarlo, es decir, es

sobre los dar cuenta, ha existido una modificación de

criterio en base a que todos estos dar cuenta antes venían

informados de Comisión y ahora vienen directamente a Pleno.

Interviene D. Mariano Hernández Zapata, Concejal de

Hacienda, diciendo: Es que no son necesarios informarlos en

Comisión y pueden venir directamente a Pleno y hemos tomado

esa decisión, es una decisión política pero avalada

técnicamente porque no es necesario dar cuenta, y como se

hacen en muchísimas Administraciones más, Ayuntamientos y el

Cabildo de la Isla, pues no se llevan los dar cuenta a las

Comisiones sino se llevan directamente a Pleno, pero aquí

también podemos resolver las dudas como hemos hecho hoy.

El Pleno de la Corporación queda enterado.

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301

20.- DAR CUENTA DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

Nº 12/2016.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, de

la Resolución núm. 1418/2016, de fecha 12 de mayo, cuyo tenor

literal es el siguiente:

―1.418/2016 APROBACIÓN EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN

PRESUPUESTARIA Nº 12/2016 EN LA MODALIDAD DE TRANSFERENCIA DE

CRÉDITO ENTRE PARTIDAS DEL ÁREA DE GASTOS I.

Visto el informe de Secretaría de fecha 12 de mayo sobre

la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir, la

propuesta de la Concejalía, la Memoria de la Alcaldía, el

Informe de Intervención y el certificado de disponibilidad de

créditos a minorar, y de conformidad con lo establecido en

los artículos 179.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5

de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales, y 40.3 del Real Decreto

500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el

Capítulo I, del Título VI, del Real Decreto Legislativo

2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en

materia de Presupuestos,

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar el Expediente de modificación de

créditos nº 12/2016, en la modalidad de transferencia de

créditos entre partidas pertenecientes al Área de Gastos I

del Presupuesto de Gastos, de acuerdo con el siguiente

detalle:

Altas en partidas de gastos

A SUPLEMENTAR

APLICACIÓN DESCRIPCIÓN IMPORTE

1510.22706

Urbanismo: Estudios y trabajos

Técnicos 17.480,00 €

TOTAL A SUPLEMENTAR 17.480,00 €

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302

Bajas en partida de gastos

A DETRAER

APLICACIÓN DESCRIPCIÓN IMPORTE

1610.22706

Abastecimiento de agua: Estudios y

trabajos técnicos 17.480,00 €

TOTAL A DETRAER 17.480,00 €

SEGUNDO. Dar cuenta de esta Resolución a la Intervención

de Fondos, a fin de que se efectúen las operaciones contables

que se deriven de la misma.

TERCERO.- Dar cuenta de esta Resolución, en la primera

Sesión Ordinaria que se celebre, al Pleno de la Corporación.

En Los Llanos de Aridane, a 12 de mayo de 2016. LA

ALCALDESA, Fdo. María Noelia García Leal‖

Toma la palabra, con la venia de la Sra. Alcaldesa, D.

Felipe Ramos Pérez, en representación de Izquierda Unida

Canaria e integrante del Grupo Mixto, diciendo: Gracias Sra.

Alcaldesa.

En lo que se refiere al alta en la partida de

urbanismos: estudios y trabajos técnicos, y se baja de la

partida de abastecimiento de agua: estudios y trabajos

técnicos. Si no recuerdo mal, durante las reuniones previas a

la aprobación del Presupuesto, en esta partida se pretendía

incorporar una cantidad económica para en un momento dado

proceder a la contratación de un Técnico, entiendo que si se

detrae esta cantidad pues la hipotética contratación de este

Técnico para lo que queda de año y por así decirlo, seguir lo

marcado por el plan director que se proponía con el informe

del Consejo Insular de Aguas, queda eliminada…

No sé si nos podrían explicar un poco más esta

modificación.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación, Dña.

María Noelia García Leal, diciendo: Si, tiene la palabra el

Concejal de Hacienda.

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303

Interviene D. Mariano Hernández Zapata, Concejal de

Hacienda, diciendo: Se detrae una cuantía, no se elimina en

su totalidad la partida.

En la próxima Mesa del Agua que queríamos celebrar este

viernes pero es día de fiesta, la celebraremos al principio

de la semana próxima, traeremos incluso ya algunos curriculum

de posibles, lo que hemos hablado, de posibles o hipotéticos

Directores del servicio según hemos hablado en diferentes

Mesas del Agua, pero como han pasado los meses y ya nos

encontramos en el mes de julio pues, si entendemos y

entendíamos que no era la necesidad de la totalidad de la

partida para la contratación de ese servicio.

El Pleno de la Corporación queda enterado.

21.- DAR CUENTA DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

Nº 14/2016.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, de

la Resolución núm. 1704/2016, de fecha 7 de junio, cuyo tenor

literal es el siguiente:

“NÚM. 1704/2016 APROBACION DE EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN

PRESUPUESTARIA NÚMERO 14/2016 EN LA MODALIDAD DE GENERACION

DE CREDITOS POR SUBVENCIÓN OTORGADA POR EL EXCMO. CABILDO

INSULAR DE LA PALMA PARA FINANCIAR GASTOS CORRIENTES

DEVENGADOS CON OCASIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO

DENOMINADO “FORMACIÓN TEATRAL 2016”.

Visto el estado de tramitación del Expediente de

Generación de Créditos del Presupuesto de esta Entidad para

el ejercicio de 2016, informado favorablemente por la

Intervención de Fondos, y cuyo importe asciende a la cantidad

de 4.000,00 €, correspondientes a la aportación comprometida

por el Excmo. Cabildo Insular de la Palma a favor del

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, que tiene por objeto

colaborar financieramente en la ejecución del programa

denominado ―Formación Teatral‖ a desarrollar entre los meses

de enero a diciembre de 2016.

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304

Considerando que el expediente cumple con los requisitos

exigidos por los artículos 43.1, a) y 44 del R.D. 500/1.990,

de 20 de Abril, y que para la tramitación del expediente se

han seguido los trámites establecidos en dicho Real Decreto y

en las Bases de Ejecución del Presupuesto de esta Entidad.

Por el presente, en virtud de las atribuciones que me

confiere el ordenamiento jurídico vigente, en esta fecha, HE

RESUELTO:

PRIMERO.- Aprobar el Expediente de modificación

presupuestaria número 14/2016, en la modalidad de Generación

de Créditos, por un importe de 4.000,00 €, en el Presupuesto

de esta Entidad para el ejercicio de 2016 conforme a la

codificación que a continuación se detalla:

CREDITOS GENERADOS

Partidas de Denominación Importe

Gastos

3340.22638 Formación Teatral 2016 4.000,00

Total créditos generados....... 4.000,00 €

RECURSOS APORTADOS

Partida de Denominación Importe

Ingreso

46112 Cabildo: Formación Teatral 4.000,00 euros

Total ingresos generados………….4.000,00 euros.

SEGUNDO.- Dar cuenta de esta Resolución, a la

Intervención de Fondos, y en la primera Sesión Ordinaria que

se celebre, al Pleno de la Corporación.

En Los Llanos de Aridane, a 7 de junio de 2016.- LA

ALCALDESA-PRESIDENTA, Fdo. María Noelia García Leal‖

Interviene D. Felipe Ramos Pérez, en representación de

Izquierda Unida Canaria e integrante del Grupo Mixto,

diciendo: Bueno la modificación presupuestaria nº13 no

aparece, bueno esa es una pregunta.

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305

Y luego en la 14 vamos a ver…, se recibe la subvención,

que son los créditos que se generan para la formación

teatral, pero claro después en el punto nº22 se da un alta de

una partida porque se había dado una subvención nominativa y

se modifica, es decir, al final quién está desempeñando la

actividad, es la empresa que estaba en principio o no, la

subvención sirve también para pagar a los monitores…, si que

nos gustaría que se nos aclarara, gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Tiene la palabra el Concejal de Hacienda.

Interviene D. Mariano Hernández Zapata, Concejal de

Hacienda, diciendo: La 13 no sé por qué falta, no se si… no

le puedo decir, no sé si habrá sido un error al saltárnosla o

demás…, lo estudiaremos y lo veremos.

Pues la subvención, es la subvención que viene, para lo

que es y se generan los créditos, no creo que haya mayor

duda.

Inicialmente había un acuerdo en lo que se refiere a

detraer de Amynetwork producciones Formación Teatral y

destinar a la Cultura monitores de Escuela Municipal,

inicialmente era Amynetwork quien facturaba los trabajos del

monitor de la Escuela de Teatro o el profesor de la Escuela

de Teatro, y pues por aportación o por valoración desde

Intervención se ha considerado que lo más idóneo es que esa

partida esté dentro de la de Cultura, monitores y demás, para

que esté verdaderamente donde le corresponde y se ha llevado

a cabo por indicaciones técnicas.

El mismo monitor, tengo entendido que seguirá dando las

clases de Formación Teatral.

El Pleno de la Corporación queda enterado.

22.- DAR CUENTA DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

Nº 15/2016.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, de

la Resolución núm. 1717/2016, de fecha 8 de junio, cuyo tenor

literal es el siguiente:

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306

―1717/2016 APROBACIÓN EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN

PRESUPUESTARIA Nº 15/2016 EN LA MODALIDAD DE TRANSFERENCIA DE

CRÉDITO ENTRE PARTIDAS DEL ÁREA DE GASTOS III.

Visto el informe de Secretaría de fecha 8 de junio,

sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir,

la propuesta de la Concejalía, la Memoria de la Alcaldía, el

Informe de Intervención y el certificado de disponibilidad de

créditos a minorar, y de conformidad con lo establecido en

los artículos 179.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5

de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales, y 40.3 del Real Decreto

500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el

Capítulo I, del Título VI, del Real Decreto Legislativo

2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en

materia de Presupuestos,

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar el Expediente de modificación de

créditos nº 15/2016, en la modalidad de transferencia de

créditos entre partidas pertenecientes al Área de Gastos III

del Presupuesto de Gastos, de acuerdo con el siguiente

detalle:

Altas en partidas de gastos

A SUPLEMENTAR

APLICACIÓN DESCRIPCIÓN IMPORTE

3340.22726

Cultura: Monitores Escuela Munic

danza, teatro y folclore 17.445,23 €

TOTAL A SUPLEMENTAR 17.445,23 €

Los créditos que se estiman reducibles sin perturbación

de los respectivos servicios:

Bajas en partida de gastos

A DETRAER

APLICACIÓN DESCRIPCIÓN IMPORTE

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307

3340.48067

Amynetwork producciones: formación

teatral 17.445,23 €

TOTAL A DETRAER 17.445,23 €

SEGUNDO. Dar cuenta de esta Resolución a la Intervención

de Fondos, a fin de que se efectúen las operaciones contables

que se deriven de la misma.

TERCERO.- Dar cuenta de esta Resolución, en la primera

Sesión Ordinaria que se celebre, al Pleno de la Corporación.

En Los Llanos de Aridane, a 8 de junio de 2016. LA

ALCALDESA, Fdo. María Noelia García Leal‖

El Pleno de la Corporación queda enterado.

23.- DAR CUENTA DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

Nº 16/2016.

Se da cuenta por Secretaría de orden de la Alcaldía, de

la Resolución núm. 1816/2016, de fecha 16 de junio, cuyo

tenor literal es el siguiente:

―1816/2016 APROBACIÓN EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN

PRESUPUESTARIA Nº 16/2016 EN LA MODALIDAD DE TRANSFERENCIA DE

CRÉDITO ENTRE PARTIDAS DEL ÁREA DE GASTOS IV.

Visto el informe de Secretaría de fecha 14 de junio,

sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir,

la propuesta de la Concejalía, la Memoria de la Alcaldía, el

Informe de Intervención y el certificado de disponibilidad de

créditos a minorar, y de conformidad con lo establecido en

los artículos 179.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5

de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales, y 40.3 del Real Decreto

500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el

Capítulo I, del Título VI, del Real Decreto Legislativo

2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en

materia de Presupuestos,

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308

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar el Expediente de modificación de

créditos nº 16/2016, en la modalidad de transferencia de

créditos entre partidas pertenecientes al Área de Gastos IV

del Presupuesto de Gastos, de acuerdo con el siguiente

detalle:

Altas en partidas de gastos

A SUPLEMENTAR

APLICACIÓN DESCRIPCIÓN IMPORTE

4311.48007

Subvención para la participación en la

Feria Ganadera 2016 18.480,00 €

TOTAL A SUPLEMENTAR 18.480,00 €

Bajas en partida de gastos

A DETRAER

APLICACIÓN DESCRIPCIÓN IMPORTE

4311.22619 Feria ganadera y agrícola 18.480,00 €

TOTAL A DETRAER 18.480,00 €

SEGUNDO.- Dar cuenta de esta Resolución a la

Intervención de Fondos, a fin de que se efectúen las

operaciones contables que se deriven de la misma.

TERCERO.- Dar cuenta de esta Resolución, en la primera

Sesión Ordinaria que se celebre, al Pleno de la Corporación.

En Los Llanos de Aridane, a 16 de junio de 2016.

La Alcaldesa, Ante mí,

la Secretaria General,

Fdo.: María Noelia García Leal Fdo. Miriam Pérez Afonso‖

El Pleno de la Corporación queda enterado.

24.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

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309

1.- D. Felipe Ramos Pérez, en representación de Izquierda

Unida Canaria e integrante del Grupo Mixto, formula varias

preguntas: Nuestra primera pregunta es un poco extensa, no

van a ser muchas tampoco.

Solicitábamos la semana pasada por escrito los ingresos

realizados al Ayuntamiento desde el año 2015, por el

concesionario del aparcamiento subterráneo de la Plaza Juan

Pablo II derivado del canon anual establecido. Sobre esto si

tenemos una pregunta muy concreta, ante la ausencia por el

momento de respuesta, si tiene constancia la Alcaldesa de que

anualmente el Ayuntamiento está cobrando este canon, porque

según hemos podido leer en el pliego de las cláusulas

económicas administrativas, en su artículo 34 habla de que el

concesionario queda obligado a abonar a la administración

municipal un canon concesional de carácter anual que se

determinará en la oferta de adjudicación.

Finalmente en el contrato que se firmó en el año 2003,

ese canon hace en día a la cantidad de 120,20 euros por

plaza, que tendrá efectos en este caso, desde el 01 de enero

de 2005 y deberá ser satisfecho por el concesionario dentro

del primer trimestre siguiente a cada vencimiento, siendo

revisable desde el 01 de enero de 2006 en función del IPC.

Teniendo en cuenta todo esto y teniendo también en

cuenta que el aparcamiento tiene 322 plazas, como así consta

en los informes técnicos que hemos consultado y sin tener en

cuenta la actualización, pues nos sale un cálculo de al menos

38.700 euros en esta anualidad, y como hemos revisado la

previsión de ingresos del presupuesto y no hemos visto

consignado en ninguna partida este supuesto de cobro del

canon, queríamos saber por qué no está y cómo se está

cobrando y cómo se ha cobrado.

Luego las preguntas son más cortas, una es referida a la

red de wifi, que lleva sin funcionamiento durante el último

medio año, si hay previsto llevar a cabo alguna actuación.

Luego es reiterarnos, y realmente aquí si que lamentamos

tener que hacerlo por 4º Pleno ordinario, volvemos a

preguntar por el presupuesto que destinó el Ayuntamiento a la

Carrera Urban Run Night, además queremos que conste en Acta

que hemos solicitado la documentación por escrito 2 veces,

una a mediados del mes de abril y otra a finales del mes de

mayo, y creemos que ha transcurrido un tiempo más que

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310

suficiente para podernos dar una respuesta, es decir, no

pedimos nada más.

Luego también quería saber, si el Club Deportivo

Tanqueta recibió algún tipo de apoyo económico para su

desplazamiento a jugar su Playoff de ascenso a preferente a

Tenerife.

La situación en qué se encuentran, a raíz de la denuncia

que ha salido en prensa por las instalaciones del Cabildo,

pues me gustaría saber en qué situación se encuentran los

contratos de mantenimiento de las instalaciones térmicas que

tiene el Ayuntamiento, las propias.

Y luego también, reiterar una pregunta del anterior

Pleno, sobre si se tiene previsto analizar el informe del

Cabildo sobre la incidencia de la pobreza y la exclusión en

la Isla de La Palma.

Y como ya hemos hecho con otras fiestas, pues les

pedimos que cuándo lo tengan nos faciliten el presupuesto que

ha destinado a las de La Patrona. Gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación, Dña.

María Noelia García Leal, diciendo: Muchas gracia Sr. Ramos.

Antes de pasarles la palabra a los distintos Concejales,

al de Hacienda, al de Nuevas Tecnologías, a la Concejal de

Deportes y al Concejal de Obras, decirle que le pido

disculpas porque tengo en mi poder el informe de la pobreza,

mañana mismo se los envío e irá a la próxima Comisión, ha

sido un olvido por mi parte.

Tiene la palabra el Concejal de Hacienda.

Interviene D. Mariano Hernández Zapata, Concejal de

Hacienda, diciendo: Muy buenas noches de nuevo, respecto a

los aparcamientos subterráneos, pues estamos recabando toda

la información con la Interventora municipal y esperemos a la

mayor brevedad posible podérsela pasar.

En lo que se refiere al…, que no lo ha nombrado pero si

se lo digo yo, también existía un problema con lo que se

refiere a la licencia de apertura, en su momento pues se

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311

liquidó una licencia de apertura que fue recurrida por el

concesionario y pues no se había respondido y los servicios

técnicos municipales están en proceso de responderle, va a

ser inminente.

Respecto a los ingresos desde el año 2005, la verdad que

la historia del parking es que en el año 2005 se produce esa

concesión a una empresa denominada Fuente Olen, esa empresa

pues abandona las obras o desiste de ese contrato y se

realiza una nueva adjudicación a la empresa Constructora 2

Tumbos, y es lo que hemos podido ir viendo pero esperemos que

a la mayor brevedad posible podamos decirle pues toda la

situación en que se encuentra y si se han producido ingresos

o no hasta la fecha, porque yo he tenido conocimiento hoy a

última hora de esa propuesta y que usted ha estado, ha

solicitado ver el expediente y demás, y no he tenido ocasión

de ver esa información, y la Interventora la verdad que ha

estado ocupada como le ha hecho saber y esperemos a la mayor

brevedad posible hacérselo saber.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Gracias Sr.

Hernández.

El Concejal de Nuevas Tecnologías tiene la palabra.

Interviene D. José María Rivera Carrillo, Concejal de

Nuevas Tecnologías, diciendo: La wifi lleva más de 3 meses

funcionando, pues desde que se reparó, una nota de prensa que

salió y usted mismo me llamó para preguntarme un tema de la

wifi, que era lo de la explotación, y esa nota de prensa

salió porque ya se había solucionado el problema, creo

recordar hace al menos 3 meses.

Otra de las cosas en las que estamos trabajando es en el

punto de wifi de Puerto Naos, una empresa vino y estuvo

estudiando la localización y la instalación para pasarnos

presupuesto. Muchas gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: El Concejal de

Obras tiene la palabra.

Interviene D. Francisco Alberto Leal Cruz, Concejal de

Obras, diciendo: En cuanto a lo que comenta de las

instalaciones térmicas, pues está en contratación. Ha

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312

preocupado normalmente la Guardería en Infantil, pero es que

ahora al visitar las instalaciones pues con las empresas, hay

más instalaciones térmicas y se ha complicado el contrato

porque estamos intentando sacar todas esas instalaciones

términos y los Técnicos están buscando la manera de sacar ese

contrato de las instalaciones térmicas, yo no quiero ser

agorero pero a ver si a finales de la semana que viene, ya

podemos tener la contratación.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Muchas gracias.

La Concejal de Deportes.

Interviene Dña. Lorena Hernández Labrador, Concejal de

Deportes, diciendo: Gracias Sra. Alcaldesa.

Pedirle perdón Sr. Ramos si no tiene la información, yo

la verdad es que el escrito que he visto es el de la Sra.

Pérez de la Urban, el de usted la verdad es que no lo he

visto, a lo mejor error mío o está… no sé si debajo,

disculpe.

La aportación de la factura tardó mucho en venir porque

la mandaron por el sistema informático y tardó porque

tuvieron unos problemas, llegó hace como un mes o un mes y

algo, no sé si se ha pagado ya pero…, si vale, la aportación

fue 4.000 euros, fue la aportación de los chips, que fue lo

que adelanté desde el primer momento y esa fue la única

aportación económica del Ayuntamiento a la Urban.

Con respecto a la Tanqueta, por segundo año consecutivo

afortunadamente quedó campeón de la Liga Insular un equipo de

Los Llanos, el año pasado fue la U.D. Los Llanos este año la

Tanqueta, sabe que desde el año pasado es cuando se ha

unificado el fútbol y por tanto antes, con anterioridad no

había hecho falta ese dinero para ese Playoff, el año pasado

el Cabildo Insular de La Palma le dio al campeón 1.500 euros

o 2.500, no recuerdo exactamente cuánto, yo lo hablé con

Aarón el otro día, el Directivo de la Tanqueta, pero no me

acuerdo cuánto fue la cantidad. Y este año cuando quedó

campeona la Tanqueta, pues ese mismo día me puse en contacto

con la Consejera de Deportes para la ayuda a la Tanqueta, la

Consejera no me respondió, pero al día siguiente cuando hablé

con Aarón, que hablé también ese día, me dijo que la

Consejera se había puesto en contacto directamente con él y

que les había hecho la misma aportación que el año pasado

al campeón.

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313

Él me dijo que no necesitaban más dinero realmente para

ese viaje, porque era ida y vuelta el mismo día porque era a

Tenerife, y que por tanto con la cantidad que le daba pues

les daba suficiente para los billetes y desplazamientos.

Quedé con él, como este año también la Liguilla fue

diferente a la del año pasado, que si la superaban iban a

Gran Canaria, pues que el Ayuntamiento se comprometía con esa

segunda parte de la Liguilla.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Muchas gracias

Sra. Hernández.

Sr. Ramos.

2.- D. Felipe Ramos Pérez, en representación de Izquierda

Unida Canaria e integrante del Grupo Mixto, formula una

pregunta: Sabe que no me gusta repreguntar en los Ruegos y

Preguntas, pero si que me quedo con la duda, respecto de la

respuesta del Concejal de Hacienda sobre el canon, ¿entonces

no hay constancia de que se esté cobrando actualmente el

canon Sr. Hernández?

Interviene D. Mariano Hernández Zapata, Concejal de

Hacienda, diciendo: Buenas noches de nuevo.

Cuando podamos revisar la…, a día de hoy no tengo

constancia pero quiero ver la información para poderle

responder con el cien por cien de la certeza.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Muchas gracias.

¿Más ruegos, más preguntas?, Sra. Rodríguez.

3.- Dña. Mariela Rodríguez Calero, en representación de

Izquierda Unida Canaria e integrante del Grupo Mixto, formula

varios ruegos: Rogamos que todos los grupos políticos

publiquen a qué dedican las asignaciones a grupos que

ingresan del Ayuntamiento, para así dar un mayor cumplimiento

a las recomendaciones de transparencia.

Rogamos también que se nos facilite la programación de

las actividades organizadas por las Áreas de Juventud e

Igualdad.

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Que tengan en cuenta en el Plan de accesibilidad que

está…

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

señalando: Sra. Rodríguez le pido… un poco de tranquilidad,

gracias.

Continúa la Sra. Rodríguez Calero, diciendo: Vale.

Que tengan en cuenta en el Plan de accesibilidad que

está pendiente de ejecución, la imposibilidad de acceder a la

Plaza de Los Barros en silla de ruedas.

Que anclen a la mayor brevedad posible, el contenedor de

basura situado en el Camino Nicolás Brito de La Laguna,

parece que cuando hay viento rueda y es un peligro para los

coches.

Y que cuando se proceda a la limpieza de la Plaza Chica

y alrededores, se tenga en cuenta la existencia de pendiente

al final de la Calle Conrado Hernández, con el fin de que no

se estanque el agua con basuras delante de las viviendas.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Muchas gracias.

¿Más ruegos, más preguntas?, Sr. Pérez.

4.- D. Mauricio José Pérez Viña, en representación del

Partido Socialista e integrante del Grupo Mixto, formula

varias preguntas: Muchas gracias Sra. Alcaldesa.

En el Pleno de mayo, pregunté si se había acogido el

Ayuntamiento a la Convocatoria 2016 de subvenciones para la

aplicación de medidas de ahorro energético, realización de

auditorías energéticas en Corporaciones Locales, en su

momento no me respondieron, si es posible hoy.

En qué estado se encuentra la obra del local de los

bajos de la Plaza del Retamar.

En tercer lugar, en el Pleno anterior de mayo, nosotros,

y en el último, los compañeros de Izquierda Unida solicitaron

el arreglo de las losetas de la Plaza Juan Pablo II, en qué

estado se encuentran.

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Lo siguiente es, por qué los avisos de desinsectación no

llevan la imagen o referencia del Ayuntamiento en los

carteles, sino de la empresa que lo realiza, y si se les

puede solicitar que mejoren la redacción porque tienen algún

error ortográfico.

Y un ruego, con los laureles ahora mismo en la zona de

la Tanqueta está un poco perjudicada, si pueden proceder a su

limpieza, gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Muchas gracias.

Tiene la palabra el Concejal de Obras.

Interviene D. Francisco Alberto Leal Cruz, Concejal de

Obras, diciendo: En cuanto a lo que comenta de la subvención,

si se pidió la subvención, se pidió una subvención para hacer

una auditoría energética, fue concedida y ya se mandó la

aceptación, el AEDL mandó ya la aceptación y estamos

esperando a que nos contesten.

En cuanto a la Plaza Juan Pablo II, lo comentó también

Mariela en el Pleno anterior, pero hay 8…, los trabajadores

que hay son los que hay, hay 8 de obras y 3 están de baja,

entonces con La Patrona y tal… no ha dado tiempo. Ya las de

la Plaza que comentaron en el otro Pleno se arreglaron y

estas se arreglarán pues cuando se pueda.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Gracias Sr.

Leal.

¿Más ruegos, más preguntas?, Sra. Martín.

5.- Dña. Amparo María Martín Martín, en representación del

Partido Socialista e integrante del Grupo Mixto, formula

varias preguntas: Gracias Sra. Alcaldesa.

En primer lugar me gustaría hacerle una aclaración en

relación con la moción que presentábamos sobre el concurso de

vinos y lo de la luchada institucional.

Usted dice que le había sorprendido cuando no le…, en la

Junta de Portavoces que se había dicho lo que se iba a…,

dentro de Honores y Distinciones a qué persona se quería

distinguir, pero es que la Junta de Portavoces fue el día 24

y las mociones las presentamos el día 23, y hasta ahora

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cuando aparecen Comunicaciones de Alcaldía, no sabemos qué

comunicaciones se van a hacer.

Si hay que pedir algún tipo de disculpa se la pido, pero

no tenemos…, hasta ahora no es costumbre de esta que le habla

ni de este Partido actuar de espaldas, lo que pasa que la

moción si fue presentada el día 23 y no el 24 en la Junta de

Portavoces, ni posterior.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Sra. Martín, me

refiero a que en el anterior Pleno…, no hablo de mala fe ni

mucho menos, sino simplemente, justamente en el anterior

Pleno, donde el portavoz del Partido Socialista el Sr. Pérez,

también hacía alusiones a este tema, se le manifestó la

intención de que en una Comisión se valorasen, podía ser ese

como podían ser otros, es decir ya se adelantó, no me refiero

exclusivamente a la Junta de Portavoces.

Tiene la palabra la Sra. Martín.

Continúa la Sra. Martín Martín, diciendo: Gracias Sra.

Alcaldesa, mi única intención era que constara en Acta que se

había presentado con antelación a esa Junta de Portavoces la

moción.

En relación a la Maestra de la Escuela Infantil, me

imagino que ahora será para el próximo curso, después del

Convenio que está publicado.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Tiene la

palabra, no sé si Secretaría o la Concejal de Recursos

Humanos, respecto a la Maestra de la Escuela Infantil,

respecto a la contratación de la Directora de la Escuela

Infantil. Mejor Secretaría, tiene la palabra.

Interviene Dña. Miriam Pérez Afonso, Secretaria del

Ayuntamiento, diciendo: Creo que ya si se les comunicó, que

se había solicitado un informe a Función Pública. El mismo

que con el tema de Bolsas a ver cómo se podía aportar esa

contratación, Función Pública en lo que insiste es que en los

contratos temporales que puede hacer el Ayuntamiento, no

están al margen de la legislación laboral, permite 3 tipos de

contratación laborales, esta ya pasaría a indefinida con lo

cual es un contrato en fraude de la normativa vigente.

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Se le giró otra consulta a Función Pública, a ver si

aclaran alguna vía de poder contratar.

Interviene la Sra. Martín Martín, señalando: Entonces

hasta el momento, después de más de un año, no hay Maestra en

la Escuela Infantil.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: No hay Maestra en la Escuela Infantil básicamente

por las limitaciones, es decir, ya teníamos la línea que le

habíamos expuesto con anterioridad, de tirar de la Bolsa de

Empleo de Puntallana, pero justamente las indicaciones de

Función Pública, lo que no nos permiten es hacer un contrato

en fraude de ley, entendiendo que esa plaza vacante no es

fruto ni de una acumulación de tareas, ni es fruto de una

baja, ni es fruto de una ITE, sino que es una renuncia

voluntaria y por lo tanto, si que entraría en oferta de

empleo público, en caso de que los Presupuestos Generales del

Estado lo permitan para convocarla de forma fija, al ser

sector prioritario en la convocatoria de oferta de empleo

público.

Tiene la palabra la Concejal de Recursos Humanos.

Interviene Dña. Lorena Hernández Labrador, Concejal de

Recursos Humanos, diciendo: Solo por apostillar un poco lo

que ha dicho la Secretaria, también la consulta que le hemos

hecho el Gobierno es, como en la misma línea que nos han

exigido tener una Directora para poder tener la Escuela

Infantil abierta en ese ciclo y del mismo modo nos prohíben

su contratación, también lo que le hemos dicho es que es

nuestra intención, desde que nos permita el Gobierno, es

sacar la oposición y ocupar esa plaza, por lo tanto, nosotros

casi entendíamos que era una contratación temporal porque lo

que queremos es tenerla, porque es una necesidad prioritaria

como dice la Alcaldesa por el sector que representa, y porque

nos urge tenerla.

Entonces estamos esperando a que nos diga, si realmente

nos permiten la contratación, por lo menos hasta que podamos

sacar…, con el compromiso de que sacaremos la oposición desde

que nos den permiso.

Saben ustedes que fue de las primeras cosas que movimos

con respecto a las Bolsas, un Convenio con el Ayuntamiento

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de Puntallana y demás, casi teníamos todo cuando nos dicen

que, tampoco la Bolsa nos valdría para esta contratación

porque había sido una baja voluntaria de la anterior

Directora.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: ¿Más ruegos, más

preguntas?

6.- Dña. Amparo María Martín Martín, formula una regunta:

Gracias Sra. Alcaldesa.

Nos gustaría saber, en esta legislatura se han

presentado 2 mociones creo recordar, una de Coalición Canaria

y otra del Partido Socialista sobre campañas de

concienciación sobre la limpieza, nos gustaría saber si se

han encargado, en qué estado están y si sería posible que se

convocara una Comisión para que se nos informara de este

tema.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Evidentemente no hay problema ninguno en la

Comisión pertinente, en la siguiente que tengamos este mes,

informar por parte del Concejal las cuestiones relativas a

ese aspecto.

¿Más ruegos, más preguntas?

7.- Dña. Amparo María Martín Martín, formula una pregunta:

Si, en relación a los Convenios firmados, bueno donde ha

estado la Fecam, etc., cuándo se tiene previsto que comiencen

porque hay otros municipios donde ya han comenzado.

Interviene la Sra. Alcaldesa, señalando: Cuando el

Gobierno de Canarias nos de el visto bueno, es decir, el

Gobierno de Canarias sigue sin darle el visto bueno al

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, es verdad que

estábamos a la cola porque éramos uno de los Ayuntamientos…,

Ayuntamiento que aportaba más de 150.000 euros, ayer

justamente le preguntábamos al Presidente del Gobierno en una

reunión que manteníamos, no lo sabía…, sabemos que está en

Intervención.

Hay Ayuntamientos que efectivamente han comenzado, por

ejemplo Puntagorda lleva más de 2 semanas los contratos, por

lo menos el Ayuntamiento de Los Llanos ya está en

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Intervención, hay Ayuntamientos en Canarias que ni siquiera

el control por parte del Gobierno ha pasado a Intervención.

Nosotros hemos manifestado nuestro malestar, es la primera

vez que los Convenios tardan tanto y hemos expresado

justamente ayer, pues los Ayuntamientos que estábamos allí

representados y que no han dado comienzo los Convenios,

nuestra preocupación y nuestra queja al Presidente del

Gobierno.

Interviene la Sra. Martín Martín, preguntando: En ese

sentido la queja que se presenta tiene que ver con lo de la

fragmentación en los 2 años o algo de esto, que se presentó

aquí el Pleno pasado.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: No, no, no,

porque pone…, los informes internos al que tenemos acceso a

través de la Fecam, habla de Ayuntamientos… nosotros además

incluso fuimos uno de los de la primera tanda que entra en la

Consejería el 22 de abril, hay Ayuntamientos que entraron en

el Gobierno el 6 de mayo y sin embargo ya están resueltos,

por lo tanto, no tiene nada que ver.

Repito, hay Ayuntamientos que ni siquiera esos

expedientes están en contratación.

8.- Dña. Amparo María Martín Martín, formula una pregunta: En

la Calle Velázquez se comenzó una obra hace un par de meses y

ahora lleva por lo menos un mes parada para hacer las aceras,

nos gustaría saber qué problemas hay para que esa obra se

encuentre parada.

Interviene D. Mariano Hernández Zapata, Concejal de

Hacienda, diciendo: Yo me preocupé por la obra y llamé al que

se le adjudicó la obra, y es que se le rompió la pala y no se

la han dado para continuar la obra, si, lleva un mes con la

pala rota, me lo dijo así tal cual, y que a la mayor brevedad

continúa.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Muchas gracias.

¿Más ruegos, más preguntas?

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9.- Dña. Jezabel Hernández Rocha, portavoz de Coalición

Canaria, formula un ruego pregunta: Hola, buenas noches a

todos.

Yo quisiera hacerle recordar alguno de los numerosos

ruegos, que me consta que ha anotado, pero nada más. Por

ejemplo ya hace casi un año, en el Pleno del 30 de julio le

pedía que por favor comprobase el estado de los parques de

los Barrios de El Remo y Puerto Naos, que dicho sea de paso,

hoy en día están en peor estado y no se han mirado.

Ya no se trata de que hayan presentado el proyecto de

parques, y ya no hablo solo de estos dos Barrios sino de que

revisen todos los parques del municipio, y si es necesario

retirar aquello que no esté en buen estado, y lo ideal sería

reponerlo, pero entiendo que esto ya no es tan fácil y para

eso está el proyecto y tal…

Además son muchos los padres, de la zona de abajo de

Puerto Naos que vienen a mí casi a diario quejándose, ya no

solo del estado del parque sino de que se ponga un parque

móvil decente, y es una pena que en un Barrio tan turístico

como Puerto Naos no se cuente con un parque infantil a la

altura, sé que me han explicado que esto es complicado y que

no hay sitio para él, pero yo creo que se debe de buscar una

fórmula, un sitio, un lugar donde poner un parque adecuado

para los niños.

Además de esto, voy a seguir en orden en los ruegos que

nos han ido pidiendo.

En noviembre se pidió también, que se arreglaran las

fisuras de la Plaza de la Glorieta de Las Manchas, se

hicieron arreglos solo parcialmente pero es importante que se

haga un mantenimiento de la Plaza, y sería una pena que se

dejara estropear, entonces pues que se siga un mantenimiento.

Luego también queríamos preguntar, cuál es la situación

de las negociaciones para adecuar el acceso al aparcamiento

de la Avenida Venezuela por la Díaz Pimienta.

Es que este aparcamiento que hicieron nuevo es realmente

peligroso, yo les explico mi caso porque es que fue así, yo

iba con unos tacones y el carro de mi niño, me tropecé y casi

sale el carro volando por la cuesta para abajo, entonces…

sinceramente es peligroso…

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Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

señalando: Disculpe Sra. Hernández.

Le ruego por favor a los Sres. y Sras. Concejales que

mantengan silencio mientras está interviniendo la Sra.

Concejala, muchas gracias, disculpe la interrupción.

Continúa la Sra. Hernández Rocha, diciendo: Entonces

eso, que me parece muy importante intentar arreglar este

tema, es que sinceramente esa bajada es peligrosa y puede

tener uno un accidente algún día.

Respecto a los acuerdos que se tomaron en la moción que

presentamos de las aceras y los solares para aparcamientos de

Todoque, me gustaría saber si se ha hecho ya alguna gestión

al respecto, para intentar empezar con esto, si ya se ha

empezado a negociar de los terrenos para posibles

aparcamientos y demás, y si se ha visto con el Cabildo algo.

También iba a decirles de la moción del reciclaje, pero

ya Amparo lo ha comentado, queríamos saber el listado.

Y también, sabemos que ya se ha acondicionado el acceso

a la parada de Tendiña, los huecos que habían y demás, pero

queríamos saber si había pedido la marquesina que comentamos

ya también en otro Pleno, si se le pidió la marquesina al

Cabildo.

También estaba pendiente, en la moción que se presentó

de Los Lajones, la puesta en valor de esa zona de los .... y

el muellito, si se ha avanzado ya algo en el proyecto o si se

ha visto la posible financiación con el Cabildo.

También está ahí, que lo hemos nombrado en varios

Plenos, el tema de los vados para los camiones en el

aparcamiento de la Tanqueta o en otro lugar, si se ha visto

ya una solución para esto.

Luego, en el Pleno de febrero, pedimos por favor que se

pusiera una baranda en la acera que hay enfrente del Colegio

de Puerto Naos, porque la verdad es que los niños van

corriendo por ahí y es peligroso y tampoco lo hemos visto.

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También recordarle, que en ese Pleno de febrero, yo le

decía al Concejal de Limpieza que no bastaba con que la cuba

fuera a El Remo una vez cada tantos meses, que de hecho desde

febrero no ha vuelto a ir a El Remo a regar las plantas, ya

están secas, estamos en verano, no llueve nunca.

Y también que es importante que se atiendan las calles y

se miren, porque la verdad es que pasan meses y nada, yo

entiendo que no hay personal pero es que estamos abandonados

abajo.

También recordarle el ruego que se hizo respecto a la

farola que tenía una vecina detrás de la Ermita de El Remo.

Y también en esa misma subida, que qué pasaba con el

requerimiento que se le hizo al vecino con esa pared de

piedras, tampoco sabemos nada de eso y la señora es que me

para y me pregunta qué pasa con esto. Entonces yo se lo

recuerdo.

Y ya de paso, le recuerdo también, aunque lo dije en el

Pleno pasado, que la bajada norte de El Remo sigue con unos

huecos increíbles que hay que ir ya con un 4x4, yo nunca la

he visto en tan mal estado.

Y…, ahora ya entro en ruegos nuevos…

Los jóvenes de Puerto Naos, como usted bien sabe, y

también de El Remo, están aficionados a skate park y no

tienen un lugar para ello abajo, ya están recogiendo firmas

y…, yo entiendo que es complicado poner las cosas, pero son

chicos jóvenes que están dispuestos a hacer un deporte, no

están en sus casas jugando a la Play todo el día, dedicados a

fumar y a las drogas, y solo piden un sitio para…, perdón que

lo diga así pero es que es la realidad, o sea, es que abajo

realmente no hay nada para la juventud y para los niños.

Ellos decían ¿y delante del Colegio…?, yo no sé dónde,

pero hay que buscar algún sitio para hacer este skate park,

el parque, algo…

Y también los padres me dicen, ¿no suelen hacer

actividades para los niños en Puerto Naos, solo el campus en

Los Llanos?, yo sé que los campus son más bien de empresas y

demás, pero no sé… intentar hacer algún taller desde el

Ayuntamiento o hablar con empresas para que se hagan

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actividades para los niños, pequeños talleres, en verano en

que no hay colegio, y además de los niños que ya hay en

invierno, que son bastantes, pues tenemos tanta gente que

veranea abajo y no hay nada para ellos.

Los vecinos de El Remo me han dicho también que les haga

el ruego de una ducha, para la Playa la Charquita, y ya

puestos para La Lajita, hombre yo lo digo y ahí queda…, una

duchita que no vendría mal para que la gente no se lleve la

arena a la casa.

Y por último, ya que estoy hablando de La Lajita, les

recuerdo que hay una zona rodeada con vallas, bastante

peligrosa, donde también se debería de actuar por seguridad.

Y ya con esto acabo, sé que ha sido una lista

interminable, pero es que… yo creo que de vez en cuando hace

falta recordar todos estos ruegos que no se les ha hecho

nada.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Muchas gracias Sra. Hernández.

Yo simplemente, tomamos nota de todos los ruegos y las

preguntas son tantas que la verdad que…, permítanos que le

contestemos en el próximo Pleno con toda la relación.

Solo le voy a contestar la última, como usted sabe

porque habla perfectamente con los vecinos, las duchas están

al ponerse a lo largo de esta semana, por lo tanto digo…,

como habla con los vecinos y conoce perfectamente El Remo

sabe perfectamente…, igual que sabe también que la bajada

norte, llevamos en conversaciones con los diferentes

propietarios y han venido incluso citados por este

Ayuntamiento porque la forma de proceder…, yo sé que hay

otras formas de proceder pero desde luego las de este

Gobierno…, sobre todo por el malestar que tienen algunos

propietarios de que siempre los arreglos en la pista se han

hecho sin su consentimiento y cualquier modificación en la

pista se ha hecho sin su consentimiento, hay voluntad por

parte de este Grupo de Gobierno y así se le ha manifestado

también a los vecinos de acondicionar la pista, no con

parches sino de forma definitiva, por lo tanto hemos citado a

todos los propietarios, están acudiendo…

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Sra. Martín y Sr. Pérez… les ruego por favor que

mantengan… porque el murmullo molesta a la hora de

intervenir…

… están acudiendo a la Oficina Técnica, la idea es que

cuando tengamos esas autorizaciones pues llevemos a cabo un

proyecto de mejora y acondicionamiento definitivo de esa

entrada, tan fundamental para el Barrio de El Remo.

Le repito, si nos lo permite y así también lo permite la

legislación, pues tomamos nota de todos esos ruegos, de todas

las preguntas y bien se las hacemos llegar a usted de forma

particular o en el siguiente Pleno le contestamos. Muchas

gracias.

¿Más ruegos, más preguntas?

Sra. Pérez

10.- Dña. Vanesa Pérez Domínguez, portavoz de Coalición

Canaria, formula varias preguntas: 2 preguntas y 3 ruegos.

Por 4º vez consecutiva, si me gustaría saber y espero

que ahora si tengan el presupuesto de la Fiesta del Agua que

es dentro de 3 semanas, puesto que ya he visto en el Facebook

anunciado el nombre de algunas personas que vienen a actuar.

Y también, si nos podrían informar de la reunión que

hubo con las personas que optaban a… o que estaban en la

Bolsa de Empleo que optaban al trabajo en lo de la limpieza,

reunión o como se denomine lo… el día de la Comisión.

Y 3 ruegos, el primero, que se tenga un poquito más de…

no de cariño sino que si se ponga en el lugar que antes se

exigía, si antes cuando gobernaba aquí Coalición Canaria… las

autoridades tanto de Cabildo, de Gobierno, exigían su puesto

protocolario en los diferentes actos que organiza este

Ayuntamiento, pues si me gustaría que ahora a la inversa,

pues se respete los cargos y el protocolo en los actos que

organiza este Ayuntamiento.

Segundo, también el otro día en la Comisión, tanto por

parte de la compañera portavoz del Psoe como por mí, se

hicieron algunas preguntas que no pertenecían a la Comisión y

se les negó la respuesta porque no pertenecían a la

Comisión, yo creo que aquí en el año que se lleva de

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legislatura en distintos Plenos, Comisiones y reuniones se

han hecho preguntas de distintos aspectos que no estaban en

el Orden del Día y siempre se ha dejado preguntar, ese día no

se dejó, si nos gustaría que se actuase siempre igual en

todos los aspectos.

Y tercero, ya que ese día el Concejal de Hacienda me

llamó mentirosa y me faltó al respeto en la Comisión,

diciendo que yo había dicho mentiras sobre la reunión de la

zona azul, en la que yo dije que se había dicho aquí que

habría una Comisión de Tráfico, en la que se hablaría junto

con la empresa y la zona comercial, de ese aspecto me llamó

mentirosa, me dijo que no había sido así…, pues está el Acta

del Pleno anterior que recoge todo lo que yo había dicho, y

sí me gustaría que si me pidiese disculpas.

Y no me gustaría porque yo creo que aquí, pocas veces se

ha insultado en una Comisión a otro miembro, por lo menos por

parte de mi partido yo no lo he visto nunca y menos que luego

no se quiera pedir disculpas, cuando incluso la Sra.

Alcaldesa se lo pidió.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Sra. Pérez yo le invito…, parece que usted tiene

amnesia, le invito a que revise las Actas de la pasada

legislatura del último tramo, mientras usted formaba parte

del Gobierno y nosotros formábamos parte de la Oposición,

pero yo no voy a jugar al ―y tú más‖, no voy a jugar al ―y tú

más‖.

Mire respecto al protocolo, no sé a qué acto concreto se

refiere, desde luego lo que nunca ha hecho este Grupo de

Gobierno, como sí hizo usted en una procesión, es colocar al

lado de la Alcaldesa a un Consejero del Cabildo en la

Oposición y dejar detrás a dos Consejeros del Cabildo en el

Gobierno, eso nunca lo verá por mi parte, es más, en todo

momento usted no puede decir que esta Alcaldesa nunca, nunca

a faltado el respeto institucional, desde luego

deliberadamente, a ningún miembro de ninguna institución, de

ninguna institución, de ninguna institución.

Entre otras cosas, porque afortunadamente el protocolo

existe para que no se utilice a antojo de cada cual, ni es mi

voluntad, ni es mi forma de ser desde luego, y usted

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326

posiblemente ya me debería de conocer…, yo sé que tiene sus

expectativas creadas sobre mí y no la voy a convencer de

nada.

Pero no es mi forma de proceder, al contrario, en muchas

ocasiones he cedido la Presidencia en determinados actos a

miembros de otras instituciones, a pesar de que no sean de mi

partido político, porque entiendo que por encima de los

partidos políticos está el respeto institucional, respeto que

siendo Alcaldesa de este municipio no he obtenido por parte

de miembros de su partido políticos, entonces le agradezco en

este momento que no tire la piedra sin referirse al hecho

concreto, y diga en qué acto usted considera que no se ha

respetado el protocolo.

Interviene la Sra. Pérez Domínguez, diciendo: Primero

también me gustaría saber, que me diga usted, en qué acto yo

coloqué a una persona de la Oposición delante, sobre todo

porque yo jamás, jamás me he encargado de eso, hay personal

del Ayuntamiento…

Interviene la Sra. Alcaldesa, señalando: Usted siendo

miembro del Grupo de Gobierno, en una procesión en la que iba

la Sra. Alcaldesa, su Alcaldesa, Alcaldesa de la pasada

legislatura y llevaba al lado al Sr. Luis Viña, que era

Consejero del Cabildo en la Oposición, y detrás iban el Sr.

Hernández Zapata y la Sra. Nieves Rosa Arroyo, Consejeros del

Cabildo.

Pero mire… no voy a entrar… ya le he dicho…

Interviene la Sra. Pérez Domínguez, diciendo: No, pero

yo solo quiero decirle que yo nunca me he encargado de eso,

incluso dentro del Salón de Plenos está la persona con la que

yo siempre contaba para eso…

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Sra. Pérez, Sra.

Pérez, Sra. Pérez… usted sabe que este Ayuntamiento no tiene

una persona de protocolo, y por encima de eso… y además lo he

dicho y además lo reconoció el otro día su compañera y ex

Alcaldesa de este municipio, siempre he intentado ser

absolutamente escrupulosa en los temas de protocolo y lo

reconocía ella cuando se dirigía a mí.

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327

Por lo tanto, repito, por equivocación… porque ni soy

experta en protocolo ni en este Ayuntamiento hay nadie

experto en protocolo, de acuerdo, pero siempre por educación

y por respeto hay cosas que se caen de maduro.

Por lo tanto, le repito, es decir, antes de cuestionarme

le ruego que me explique exactamente a qué viene su ruego, es

decir, porque es que sigo sin entenderlo…

Interviene la Sra. Pérez Domínguez, señalando: Mi ruego

fue, en la Gala de la Elección de la Reina donde se sentó

detrás de la Corporación a miembros del Gobierno y a

Consejeros del Cabildo en grupo de gobierno.

Eso nunca se hace en…, nunca, nunca se coloca…

Interviene la Sra. Alcaldesa, señalando: Sra. Pérez le

explico, no llevé el protocolo de la Gala de Elección de la

Reina pero lo que sí he entendido siempre, he intentado

aplicar siempre, es que por encima…, a no ser que venga el

Presidente del Cabildo, y en muchos actos, siempre que hay un

miembro del Cabildo de Gobierno se intenta colocar, si viene

una persona sola, no me diga que no Sra. Pérez… porque es así

y usted lo sabe perfectamente, además su compañero Luis

siempre ha tenido mi respeto y su consideración cuando viene

solo, cuando vienen varias personas del Cabildo siempre se

ha…, desde luego es el criterio, yo no sé si estaré más

equivocada o menos equivocada, repito no soy experta en

protocolo, pero desde luego lo que siempre se tiene prioridad

es sobre la Corporación Municipal.

Y el protocolo que se aplicó en la Gala de Elección de

la Reina fue, que la prioridad era la Corporación, justamente

porque no estaba presente el Presidente del Cabildo y porque

venían varios miembros de la Corporación Insular y varios

miembros del Gobierno.

Yo no conozco el Decreto de Precedencia, desde luego no

sé si un Director General o un Viceconsejero tienen que ir al

lado de la Alcaldesa, pero desde luego lo que sí se primó en

la Gala de Elección de la Reina es que la Corporación

Municipal iba delante.

Como en procesión, y usted lo sabe perfectamente, si no

vienen en Corporación y si no viene el Presidente del

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Cabildo, la Corporación Insular y los miembros del Gobierno

se colocan detrás teniendo preferencia siempre la Corporación

Municipal.

Y se lo digo… pero además se lo digo con absoluta

sinceridad Sra. Pérez, nunca va a encontrar en mí una

discriminación hacia ningún representante público porque sea

de otro partido político, me da exactamente igual que los

miembros del Gobierno que hubiesen venido fuesen afines o no

afines, es decir, los criterios siempre intentan ser lo más

justo o los más equitativos, me puedo equivocar o nos podemos

equivocar, pero desde luego nunca se hace de forma

deliberada.

Por lo tanto, acepto su ruego, pero le garantizo, le

garantizo que en ese momento entiendo que la Corporación

Municipal tiene prioridad antes que otros miembros del

Gobierno que…, miembros del Gobierno y además Consejeros del

Cabildo, que vienen varios, no es que venga uno en

representación, si hubiese venido uno en representación…, yo

no sé si va antes o va después, pero por respeto, como lo he

hecho en multitud de ocasiones en las que ha estado presente

su compañero, el Consejero del Cabildo Luis Camacho, siempre

se le ha dado el lugar que…, desde luego yo no sé si

protocolariamente se lleva o no, pero desde luego el que

personalmente entiendo que debe llevar.

Interviene la Sra. Pérez Domínguez, diciendo: Yo solo le

hice un ruego de que se cuide más eso…, si conozco, yo sí lo

conozco porque lo he estudiado y me he preocupado… no…, es

que me he preocupado, y aquí siempre, siempre se ha delegado

en personal del Ayuntamiento no político, para que se

encargase de eso, fuera expertos o no fuesen expertos, yo

como Concejal después si me interesaba con ellos de que se

hiciese así…

Si no es…, y hablo del caso de la Gala, si no es su

intención… aquí en este Ayuntamiento siempre los Alcaldes

cuando ven llegar a un Consejero o a un miembro de otro

Gobierno, siempre se le ha preguntado ¿viene usted en

representación del Presidente?, siempre se ha hecho así,

siempre se ha hecho así…

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Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Sra. Pérez, si

usted tanto conoce de protocolo, sabe que la Presidencia, la

Presidencia no se sustituye nunca, ¿sabe quién único

sustituye en todo caso?, el Jefe del Estado, por lo tanto, no

diga cosas que no son.

Pero mire, tanto que sabe de protocolo le pongo otro

ejemplo, ¿le hablo de la Gala del Deporte del año pasado?, en

la que el Consejero del Cabildo de Deportes no tuvo el lugar

que se merecía en la Gala del Deporte, no solo no tuvo el

lugar sino que además, es la primera vez, es la primera vez

que yo recuerde en los últimos años, que el Consejero de

Deportes porque pertenecía a otro grupo político diferente,

ni siquiera intervino en la Gala del Deporte.

Por lo tanto, si usted tanto conoce de protocolo, yo no

que no conozco y me puedo equivocar, y le garantizo que

tendré más cuidado, como es su ruego, pero usted que además

ha manifestado públicamente que conoce perfectamente el

protocolo y siendo miembro del Grupo de Gobierno, pues la

verdad es que el año pasado en la Gala del Deporte podía

haberse esperado más…, a mí no se me ocurriría en la vida,

que la Consejera del Cabildo de Deportes asista a la Gala del

Deporte, ni se le nombre y desde luego, ni intervenga en una

Gala Municipal del Deporte.

Interviene la Sra. Pérez Domínguez, diciendo: Pues

entonces como los dos hemos tenido, se supone, todos esos

fallos, lo que vamos a hacer de aquí en adelante, es

interesarnos todos por el bien y el respeto a otras

instituciones y buscamos a una persona o lo buscamos, nos lo

pasamos todos a todos los Concejales, nos lo miramos y así

todos nos respetamos unos a otros, es por el bien de la

institución.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Yo creo Sra. Pérez, que el bien de la institución y

el respeto institucional va más allá de dónde colocamos a una

persona u otra.

Y repito, nadie nunca podrá decir, jamás podrá decir

porque no es cierto, que yo he postergado a un lugar que no

le corresponde a alguien de forma deliberada, jamás, porque

siempre he reivindicado que el protocolo existe para algo,

nos guste más o nos guste menos, y hasta el día de hoy

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quien tiene más antecedentes de errores, como usted dice, y

de errores bastante más manifiestos, bastante más

manifiestos…, desde luego es su grupo político cuando ha

tenido labores de gobierno.

Interviene la Sra. Pérez Domínguez, señalando: Solo un

apunte, el último apunte, el último apunte…

Interviene la Sra. Alcaldesa, señalando: Sra. Vanesa…

Continúa la Sra. Pérez Domínguez, diciendo: Pero solo el

último apunte…

En este Ayuntamiento en todos esos años del mal y de lo

negativo, había una persona que cada vez que había un acto,

el día anterior…, y usted lo sabe porque fue Concejal, y si

se hacía, y si se hacía… que era la Secretaria que había en

Alcaldía, y fuese quien fuese, de la Oposición, del Gobierno,

de donde sea…, se le llamaba el día anterior a ver si venía a

los actos, los llamaba miren tiene que traer el pin, la

medalla, etc., etc., y eso usted no me lo niegue…

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: ¿Sabe qué pasa Sra. Pérez, sabe qué pasa?, porque

en años oscuros, como los dice usted no los digo yo,

posiblemente el personal de confianza con el que ustedes

contaban era hasta 5 personas, sabe qué pasa, que ahora

tenemos una sola secretaria que su capacidad de trabajo no

abarca, desde luego a tener los condicionantes y la

precaución de atender al tema protocolario.

Repito, voluntad toda por parte de este Grupo de

Gobierno, pero posiblemente ya me gustaría a mí, ya me

gustaría a mí, contar con una persona que esté cuidando de

sobremanera el protocolo en todos los actos de este

Ayuntamiento.

Y ya me gustaría a mí, y además usted lo dice, yo lo he

vivido, yo lo he vivido, siendo Diputada Regional que ni

siquiera me invitaban a los actos de este Ayuntamiento, por

lo tanto, no me hable de cosas que yo sé perfectamente como

son.

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Y respecto a la reunión que se mantuvo con las

trabajadoras y trabajadores que formaban parte de la lista de

reserva temporal, se les explicó lo que previamente en la

Comisión se les había explicado, que Función Pública no

permite la contratación de las personas que están incluidas

en esas listas de reserva porque pone listas de reserva

temporal, para contrataciones temporales sujetas

exclusivamente a tres condicionantes que es, vacaciones,

bajas temporales y acumulación de tareas.

Esa es la razón por la que no se puede recibir los

contratos de las personas que estaban trabajando actualmente

y han de continuar, y sí se está tirando de la lista o se va

a tirar de la lista justamente para la contratación de esas

personas que están de baja.

En esos términos se desarrolló, las propuestas que

planteaban las personas que forman parte de esa lista es

que…, una de ellas por ejemplo, era que nos olvidásemos de

las oposiciones y hiciésemos nosotros una lista en función de

las puntuaciones que habían obtenido, digo de sociosanitario

que habían obtenido en los cursos correspondientes, o que nos

saltásemos la legislación y les contratásemos, rescindiésemos

los contratos de las personas que están ahora mismo

desempeñando su trabajo y contratásemos por parte de la lista

de reserva, porque para eso entendían ellas, que teníamos

potestad en este Ayuntamiento o tenía potestad yo siendo

Alcaldesa.

Se les explicó la situación lo mejor que pudimos

hacerla, yo entiendo y así se los manifesté, el malestar, la

indignación, las ansias de querer trabajar y no poder hacerlo

de forma más extensa en el tiempo, pero desde luego, como se

les explicó y ya nos gustaría a nosotros que no tuviésemos

las limitaciones respecto a la contratación laboral de las

personas que tenemos.

También se les explicó, porque preguntaban

específicamente quiénes habían hecho las Bases, y se les

explicó que las Bases… yo no voy a entrar en quién, y se los

expliqué en estas mismas palabras, yo no voy a entrar en qué

persona concreta hizo las Bases, las Bases se iniciaron y el

procedimiento para aprobar las Bases se inició en febrero del

año 2015 cuando se enviaron esas Bases a Función Pública para

el visto bueno, tras el requerimiento de Función Pública de

noviembre del año 2014 de que el Ayuntamiento de Los Llanos

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no podía seguir contratando porque eran contratos en fraude

de ley como venía contratando.

Un procedimiento que cuando entramos en junio del año

2015 retomamos y hay escritos solicitándole a Función Pública

que se pronunciase sobre esas Bases, Función Pública se

pronunció manifestando que habían dos problemas concretos

respectos a cuestiones muy concretas, se rectificaron esas

Bases en esas cuestiones que Función Pública había requerido

y se aprobaron las Bases en octubre, creo recordar.

Por lo tanto en modo alguno hay una persona concreta,

porque no nos olvidemos nunca que el trabajo lo hacer

personas y lo hacen técnicos de este Ayuntamiento, y flaco

favor les hacemos cuando señalamos con el dedo quién lo hace

y quién no lo hace.

Es un proceso que se inició en febrero de 2015, que

culminó en marzo de 2016 con la configuración de esas listas,

listas que desde un primer momento estaban previstas para

sustituciones temporales en el sector de la limpieza.

¿Más ruegos, más preguntas?

Ah perdón, la Fiesta del Agua, tiene la palabra la

Concejal de Fiestas.

Interviene Dña. Mónica González Rodríguez, Concejal de

Fiestas, diciendo: Buenas noches a todos.

El contrato con la Cadena Ser asciende a 29.900 euros,

para su tranquilidad Sra. Hernández, ya tenemos el RC hecho,

no como el año pasado que no teníamos ni RC, ni dinero,

muchas gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Muchas gracias

Sra. González.

Sr. Hernández, tiene la palabra.

Interviene D. Mariano Hernández Zapata, Concejal de

Hacienda, diciendo: Buenas noches a todos.

Como han visto en el Pleno de hoy, pues no se me suelen

caer los anillos por pedirle disculpas a nadie, como hice

anteriormente con el Sr. Pérez porque él entendía que le

había faltado al respeto, no fue mi intención.

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En este caso, pues considero que no tengo que pedirle

disculpas, porque también considero que decir medias verdades

es decir mentiras, entonces su apreciación es esa y mi

apreciación es esta y es lo que hay, muchas gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: El Sr. Cruz

tiene la palabra.

11.- D. Onán Cruz Díaz, portavoz de Coalición Canaria,

formula varias preguntas: Buenas noches a todos, gracias Sra.

Alcaldesa.

Yo voy a hacer un ruego, una pregunta y después de la

respuesta a la pregunta, una aclaración.

Mi ruego es…

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación, Dña.

María Noelia García Leal, diciendo: ¿Ya sabe lo que le vamos

a contestar y ya nos va a aclarar…?

Interviene el Sr. Cruz Díaz, diciendo: Si, espero,

espero…

El ruego es acerca de la nota de prensa referida a la

terraza de verano, mi ruego es que bueno… igual era campaña

electoral, estábamos todos nerviosos y demás…

Mi ruego va acerca de que no se acuse pues sin tener

todas las pruebas o contrarrestar la información, le explico

Sr. Concejal…, este Concejal antes de emitir esa nota de

prensa, recibió la…, no actuamos, quiero aclarar esto, no

actuamos porque haya afinidad política o no haya afinidad

política, espere…

Recibimos las quejas o las apreciaciones de muchos

vecinos referente a aquella obra, que si estaba o no estaba

en el cauce público, que si allí iba a causar molestias o no,

entonces este Concejal solicitó ver el expediente, miró el

expediente, se reunió con los servicios técnicos, que quiero

aclarar aquí que en ningún momento hemos desprestigiado ni

dudado, creo que no es la primera vez que me dirijo en este

Salón de Plenos y apoyo concretamente su labor.

Me reuní con dichos técnicos, me dijeron que habían

hecho los informes correspondientes y, que a su entender,

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no era de aplicación el tema de autorización previa del

Consejo Insular de Aguas, hice las averiguaciones pertinentes

en el Consejo Insular de Aguas y resulta que ellos entendían

que parte, no toda, parte de la obra estaba invadiendo el

cauce público, seguidamente a eso antes de emitir la nota de

prensa, pues volvía a comprobar en mi estudio personal el

planeamiento a ver si caía o no caía, y comprobé que no.

A parte de eso realicé, como bien me acusa el Concejal

de Urbanismo de no conocer la legislación, ya me había leído

la legislación y hace referencia explícitamente a que en

suelo urbano no se necesita la autorización del Consejo

Insular de Obras en suelo urbano a edificaciones.

Por lo que yo leí en el expediente, se trataba de un

acondicionamiento de parcela, movimiento de tierras y en

ningún momento en el expediente hace referencia a ninguna

edificación, por eso emití esa nota de prensa, más afortunada

o menos afortunada pero por eso se emitió.

Acto seguido ustedes la remitieron diciendo que si

íbamos al Juzgado o eso…

Y la pregunta es, que si tienen conocimiento que si se

ajustan las obras realizadas a la licencia concedida, muchas

gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Sr. Cruz, al

margen de que el Concejal le conteste.

Como bien usted ha relatado, mantuvo una reunión con los

técnicos, donde a su juicio, a juicio de los técnicos que son

los que emiten o no los informes favorables o desfavorables

respecto a una licencia, como usted bien sabe, y son los

técnicos quiénes le manifiestan que a su juicio, a juicio de

los técnicos que son los que informan la licencia, no es

necesaria esa autorización por parte del Consejo Insular de

Aguas, usted a pesar de que los técnicos le dicen eso, usted

lo que hace es vierte una información vinculando que la parte

política, el Gobierno de este Ayuntamiento, ha dado una

licencia por una afinidad política hacia un propietario,

dígame si eso no es tener mala fe, porque además usted… usted

además lo dice, porque ahora más me ratifico en que usted

claramente tenía intención, como ha tenido, de manifestar y

vincular corrupción, corrupción política con una licencia

concedida con un procedimiento, con un procedimiento y con un

informe técnico y jurídico favorable.

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335

Por lo tanto, más me ratifico en la respuesta que le dio

el Concejal, porque hubiese entendido si además usted no se

reúne con los Técnicos y no sabe y no conoce el criterio de

los Técnicos, pero es que además, a sabiendas de que los

Técnicos le dicen, le dicen que a su juicio, que son los que

informan las licencias, las licencias no las informa un

Concejal las informa un Técnico, y si usted en lugar de estar

sentado ahí estuviese sentado aquí, también hubiese concedido

esa licencia ¿sabe por qué?, porque había un informe jurídico

y técnico favorable.

A pesar de tener ese conocimiento usted lanza una nota

de prensa a los medios de comunicación, sin ni siquiera

preguntarle al Concejal oye esto lo veo así…, y sin ni

siquiera preguntarle, usted lanza y vincula, evidentemente,

claro… previo a una cita electoral…

Por lo tanto, me parece que… yo creo que es bastante

evidente, y además así se lo manifesté en el ámbito personal

cuando lo vi, así que nos sorprende…, nos sorprende primero

por sus conocimientos que no tiene por qué tenerlos, pero si

además me dice que tiene los conocimientos técnicos, que los

Técnicos de este Ayuntamiento le dicen por qué han informado

de forma favorable, porque ellos entienden desde su punto de

vista, y usted lo achaca a una decisión política el que se le

conceda o no una licencia a una persona en su legítimo

derecho de tener una licencia, porque es familiar de un

político de mi grupo político, mire me parece que es bastante

evidente…, usted me dirá que no tenía mala fe pero vamos…

permítame que lo dude.

Tiene de todas formas la palabra el Concejal de

Urbanismo.

Interviene D. Onán Cruz Díaz, portavoz de Coalición

Canaria, diciendo: Antes de que me responda el…

Continúa la Sra. Alcaldesa, diciendo: Si, si, si…

Interviene el Sr. Cruz Díaz, diciendo: Gracias Sra.

Alcaldesa.

Yo no estoy achacando la concesión o no de licencias a

afinidad política, lo que le achaqué era la prontitud en la

resolución, que había salido muy rápido y…

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Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: ¿Sr. Cruz usted

vio la nota en los medios de comunicación?

Continúa el Sr. Cruz Díaz, señala: Si, si, si, la leí.

Continúa la Sra. Alcaldesa, diciendo: ¿Qué ponía?

Interviene el Sr. Cruz Díaz, diciendo: No la recuerdo

exactamente…

Continúa la Sra. Alcaldesa, diciendo: El Grupo de

Gobierno concede una licencia de forma irregular a una

persona vinculada con su partido político, hombre por favor…

es que es…

Interviene el Sr. Cruz Díaz, señala: Me faltó una

cosilla, perdón, es que casualidades de la vida, cuando

estaba esperando para ver el expediente un ciudadano pues se

dirigió a mi, sabiendo que soy Concejal, y me preguntó que

por qué su licencia de obra menor tardaba 5 meses, cuando mi

sorpresa es que esta licencia salió en 1 mes aproximadamente.

Interviene la Sra. Alcaldesa, preguntando: ¿Y usted

conoce las circunstancias por las que no ha salido la otra?

Continúa el Sr. Cruz Díaz, diciendo: Es que pregunté y

me dijeron que no, que no han tenido tiempo y que solo hay un

Técnico, que la otra Técnica que emitía los informes de obra

menor está fuera y que tenía saturación de trabajo, solo eso.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Pero y no es más

fácil Sr. Cruz, de verdad… además se lo dije, es decir me

sorprende, me sorprende de usted, es decir, y no es más fácil

haberle preguntado al Concejal primero antes que atacar, es

decir, teniendo toda la información que tenía…, puede ser tan

sencillo como hay obras menores que salen antes o después,

independientemente de a quién pertenezcan o dejen de

pertenecer, independientemente, independientemente.

Tiene la palabra, perdone, el Concejal de Urbanismo,

para puntualizar en todo caso, muy breve por favor.

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Interviene D. Jesús Manuel Perera Carreras, Concejal de

Urbanismo, diciendo: Buenas noches a todos.

Yo creo que ahondar en esto no tiene sentido, no lo

entré en política para hacer cosas como esa, me parece de muy

mal gusto venir a pedir un informe un jueves y el viernes

sacar una nota de prensa porque el domingo hay unas

elecciones, así tal cual, se procede de esa forma simplemente

para hacer daño.

En la nota de prensa, realmente a quién se pone en tela

de juicio es a los Técnicos porque quienes otorgan esa

licencia son los Técnicos del Ayuntamiento, en ningún momento

el Concejal tiene potestad para otorgar o no otorgar una

licencia, por lo tanto, si se otorga de forma irregular quien

otorgaría, en todo caso de forma irregular, son los Técnicos.

Entonces, me resulta curioso al menos, cuando empieza su

ruego o su pregunta, no sé ya ni lo que era, que resulta que

el que se siente atacado es usted, no, no…, al que ataca es

al Ayuntamiento cuando lo acusa de corrupción prácticamente

al decir que se concede de forma irregular una licencia.

Por eso se dice, que si es así, tiene que ir al Juzgado,

pero está tardando en ir a los Juzgados, porque está hablando

de algo muy serio, no puede acusar, sobre todo digo a los

Técnicos en todo caso, a los Técnicos de este Ayuntamiento

que han concedido una licencia irregular, no al Concejal, el

Concejal no concede licencias.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Sr. Cruz, y además eché en falta también en su nota

de prensa que especificase que, a juicio de los Técnico ese

informe no se necesitaba, porque usted lo vincula

directamente a que faltaban informes, podía haber explicado

que a juicio de los Técnicos esos informes no eran necesarios

para conceder la licencia, ya que explicaba… ¿no?

Muy breve por favor, Sr. Perera.

Interviene D. Jesús Manuel Perera Carreras, Concejal de

Urbanismo, diciendo: Es que es tan sencillo como que la nota

de prensa hablaba de una concesión de una licencia irregular

por la falta de un informe, los Técnicos del Ayuntamiento

dicen que no son necesarios y me explicaron cuando les

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pregunté, por qué no era necesario. Punto, no hay nada más

que decir, es que no hay nada más que decir.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Sr. Cruz.

Interviene D. Onán Cruz Díaz, portavoz de Coalición

Canaria, diciendo: Una puntualización a eso…

Cuando me refería a contrarrestar, casualmente,

curiosamente el promotor se ha dirigido al Consejo Insular de

Aguas para pedir una autorización de ocupación de cauce

público.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Pero Sr. Cruz,

sabe también… seguramente porque el promotor nos lo hizo

llegar a nosotros a raíz de la nota de prensa, que el Consejo

Insular de Agua ese mismo lunes estuvo visitando la zona, y

además, ni le paró la obra, ni le requirió al Ayuntamiento,

que si hubiese sido necesario ese informe, lo primero que

hubiese hecho es llamarnos la atención y dirigirse al

Ayuntamiento para que paralizásemos la obra porque estamos

invadiendo dominio público, no se produjo ninguno de los

términos, por eso le digo…

Es decir, que usted lo quiera ver como lo quiere ver,

bien, pero que evidentemente usted conociendo la información

que tenía por parte de los Técnicos, le digo, es decir,

ahonda más…, en mi opinión subjetiva, usted es que lo hizo

por hacer daño, sabiendo que a juicio de los Técnicos

entendían que ese informe no era necesario, a juicio de los

Técnicos, no de políticos, de los Técnicos, y usted diga que

el Gobierno, que el Grupo de Gobierno le da una licencia a

alguien faltando el informe…, me parece, que desde luego no…,

no, no, pero oiga cada cual hace política como considere.

Más ruegos, más preguntas por favor.

12.- D. Onán Cruz Díaz, portavoz de Coalición Canaria,

formula una pregunta: La pregunta era, que si tiene

conocimiento, que si las obras se ajustan a la licencia

concedida.

Interviene D. Jesús Manuel Perera Carreras, Concejal de

Urbanismo, diciendo: No, no tengo conocimiento porque no

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suelo ir a las obras a comprobarlas realmente, no tengo

conocimiento.

Interviene el Sr. Cruz Díaz, diciendo: Gracias Sr.

Concejal.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: ¿Más ruegos, más

preguntas?

Sr. Lorenzo.

De todas formas agradezco que haga este ruego y esta

pregunta en el Salón de Plenos porque yo creo que aquí

también es importante, en los medios de comunicación también,

pero yo creo que el Salón de Plenos…, por eso le agradezco

Sr. Cruz que haya dado la oportunidad también al Gobierno de

explicarse y a usted también de explicarse.

Muchas gracias, disculpe Sr. Lorenzo.

13.- D. Pío Manuel Lorenzo Guerra, portavoz del Grupo de

Coalición Canaria, formula varias preguntas: Gracias.

Un primer ruego va dirigido a la Sra. Hernández

Labrador, recriminarle su actitud y su falta de respeto hacia

mi persona, cuando publicó un artículo en El Time el pasado

día 22, quisiera que me explicara en qué he faltado yo a la

verdad, expresión que repite constantemente en los distintos

párrafos de la nota de prensa, refiriéndose a una nota de

prensa que se mismo día mando a los medios alguien de mi

partido, pero que no es quien le habla y que en esos momentos

ni conocía la nota de prensa.

Le quisiera hacer una recomendación y es que, hay que

medir las palabras y hay que controlar las acciones, hay que

analizar y contrastar antes la información. También en esa

misma nota de prensa, hace la recomendación de que deje la

demagogia y el uso partidista, y me gustaría que aclarase en

qué he utilizado yo la demagogia y el uso partidista a lo

largo de mis meses en esta Institución.

Yo sí le recomendaría todo eso a la Sra. Hernández, que

intente respetar a nuestra… a todas las personas y que…, si,

que usted intentó dañar políticamente la imagen de quien le

habla por razones políticas porque sabía que era candidato,

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usted conocía quien había sido el autor o la autora de esa

nota de prensa, pero aún así, decidió publicarla en mi

contra.

Y bueno, nada más con respecto a eso, espero que tenga

algunas disculpas, aunque ya prácticamente no se podrá hacer

nada, pero bueno por lo menos para que no vuelva a ocurrir.

Un segundo ruego, tiene que ver con el tema de la

duplicidad o triplicidad en algún caso, de los cargos de

algunos miembros del Grupo de Gobierno de esta Institución,

sabemos que D. Mariano Hernández ha compatibilizado labores

de Concejal, con Consejero del Cabildo, con Senador, ahora

vuelve a repetir lo del Senado.

La Sra. Hernández Labrador compagina el cargo de

Concejal con el de Parlamentaria, ha sido siempre un reclamo

de este Grupo de Gobierno el tener más liberados o más cargos

de confianza para poder desarrollar las tareas que necesita

este municipio, sin embargo pues paradójicamente, pues se

comprometen con otras Instituciones, no priorizando para nada

las tareas que este Ayuntamiento requiere y de hecho, se ha

resentido, se ha resentido la labor en determinados momentos

de esta legislatura, y tenemos que decir que eso sí que se ha

notado y mucho cuando ambos Concejales no han estado en este

Ayuntamiento, y nuestros ciudadanos yo creo que se merecen

todos, que estén todos los Concejales del Grupo de Gobierno

al 100% en las tareas del municipio. Situación de nuestro

municipio y yo creo que esta situación merece dedicación

exclusiva de los Concejales.

Y bueno, sabemos que recientemente en un Pleno de Santa

Cruz de La Palma, ante una moción que presentó el Grupo de

Ciudadanos pidiendo la dimisión de nuestra compañera González

Taño precisamente por estos motivos, de que veían que no

podía compaginar los dos cargos a la vez, el Partido Popular

a través de D. Juan José Cabrera Guelmes, creo que se llama,

pidió y defendió esa postura de Ciudadanos, y se mostró a

favor porque su partido también era defensor de no duplicar

los cargos.

Por esto, yo quisiera que en este Pleno, ambos, ambos

tomaran esa iniciativa como así lo determina su partido, su

partido político en otras Instituciones y por coherencia se

aplicaran también esa misma medicina, y salieran…, y pidieran

o dimitieran de los cargos, de algunos de los cargos para

priorizar en otros, yo creo que hay en la lista personas

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que pueden defender los intereses de Los Llanos de Aridane al

100% y no tener que estar supeditados o condicionados por la

participación en otras Instituciones fuera de Los Llanos de

Aridane.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Muchas gracias Sr. Lorenzo.

Entre otras cosas, no podrán dimitir porque una de las

directrices de ustedes cuando estábamos distribuyendo las

Áreas y los salarios, era justamente, ya teníamos una

Diputada que cobraba del Parlamento, por lo tanto no era

necesario liberarla y no sabemos lo del Senador, pero también

es uno de los cargos…, por lo tanto…

Interviene el Sr. Lorenzo Guerra, diciendo: Perdona,

pero no es fácil…

Continúa la Sra. Alcaldesa de la Corporación, señalando:

Sr. Lorenzo no le he dado la palabra, por lo tanto, respete

el uso de la palabra.

Claro que supone un inconveniente para un ciudadano que

se acerque y necesite una gestión un día concreto y no esté

el Concejal de Hacienda, no le voy a negar, pero desde luego

son más las ventajas de tener a 2 personas de este

Consistorio ubicados en 2 Instituciones estratégica como es

el Senado y como es el Parlamento de Canarias, y ojalá

tuviésemos un Diputado en el Congreso de este Ayuntamiento.

No creo que sea ni más ni menos perjudicial para este

municipio que, que vengan a buscar a su Alcaldes y no está, y

le recuerdo que el Alcalde que gobernó durante 2

legislaturas, más, pero siendo Diputado desde el año 2003

hasta que finalizó su etapa, compatibilizaba el Parlamento de

Canarias con la Alcaldía, y le garantizo, sin menospreciar la

actividad de los 2 Concejales, que los vecinos normalmente

acuden al Ayuntamiento más buscando al Alcalde o Alcaldesa

que a un Concejal concreto.

Por lo tanto Sr. Lorenzo, no hagamos demagogia con este

tema, jamás hemos entrado en esas discusiones demagógicas,

jamás hemos entrado en este Salón de Plenos en esas

discusiones demagógicas, pídale rendimiento, no le pida…,

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no pida que hagamos lo que hace Santa Cruz de La Palma o lo

que no…, mire no, no, no vamos a entrar, no vamos a entrar.

Por lo tanto, si usted tiene algo que cuestionar a los

Concejales, cuestiónele, pero de lo bueno y de lo malo, y de

las ventajas y los inconvenientes, porque por ejemplo la Sra.

Concejal de Recursos Humanos hoy por ser Diputada del

Parlamento de Canarias, ha tenido la oportunidad de mantener

una conversación con el Consejero de Presidencia responsable

de la Función Pública de esta Comunidad Autónoma, que si no

hubiese sido Diputada pues mire… posiblemente estuviésemos

más de un mes esperando por una reunión con el Consejero o ni

siquiera hubiese tenido la oportunidad de contrastar

información que recibimos de Función Pública con el propio

Consejero, por lo tanto, ¿pros y contras hay?, absolutamente.

Desde luego, si en algún momento desde esta Alcaldía se

identificase que los perjuicios son más que los beneficios,

tenga usted por seguro que tomaré las decisiones

correspondientes, hasta el día de hoy le garantizo que las

responsabilidades son perfectamente compatibles, como han

sido otras en otras Instituciones de todos los grupos

políticos, y desde luego no menoscaba el trabajo que hacen en

el Ayuntamiento.

Tiene la palabra, la Sra. Labrador, Hernández Labrador.

Interviene Dña. Lorena Hernández Labrador, diciendo:

Gracias Sra. Alcaldesa.

Sr. Lorenzo, yo creo que ya durante un año ya me puede

conocer, mis formas y cómo soy, por tanto, sabe que no es mi

modus operandi faltarle el respeto a nadie, eso es verdad.

Le pido disculpas por la nota de prensa en la que me

dirigía exclusivamente a su persona, yo en la nota de prensa

leí el portavoz de Coalición Canaria, para mí el portavoz es

usted, para mí el portavoz es usted, entiendo que el portavoz

de esa nota de prensa fue su Concejal de la que además usted

no tenía ni idea que había salido con la nota de prensa, cosa

que me sorprende, pero bueno, esas son las formas de trabajar

de ustedes y…, las nuestras son las nuestras y las de ustedes

son las de ustedes.

Por tanto, le pido perdón por haber sacado esa nota de

prensa, y si en algún momento le perjudiqué en los resultados

de las elecciones, como usted me acaba de decir, también le

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pido perdón, porque para nada fue mi intención perjudicarlo.

Yo incluso le dije a la Concejal en la Comisión, cuando

me dijo que había sido ella la portavoz, que me enteré ese

día que había sido ella la portavoz, ella lo sabe

perfectamente, que debí intuir por el tono que había sido

ella y no usted, o sea, que le reitero mis disculpas por el

tono de la nota de prensa.

Interviene la Sra. Alcaldesa de la Corporación,

diciendo: Sr. Concejal…, Sr. Concepción no me gustaría

llamarle la atención…, por su risa…

Interviene D. Adelto Carlos Concepción Hernández, de

Coalición Canaria, diciendo: Pero si yo…, …compañero…

Continúa la Sra. Alcaldesa, señalando: Sr. Concepción no

le he dado el turno de palabra, Sr. Concepción no le he dado

el turno de palabra.

(El Sr. Concepción Hernández habla sin micrófono)

Segundo aviso, Sr. Concepción al tercer aviso le ruego

que abandone la sala ¿de acuerdo?

Sr. Concepción, no le he dado el turno de palabra.

Sr. Lorenzo, tiene la palabra.

Interviene D. Pío Manuel Lorenzo Guerra, portavoz de

Coalición Canaria, diciendo: …pero es que no se había puesto

como…, se puso como responsable para la nota de prensa la

Sra. Vanesa, no aparece por ningún lado lo de portavoz.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: ¿Aparece en la

nota de prensa el nombre de la Sra. Concejal?

Continúa el Sr. Lorenzo Guerra, señalando: No, no, no…,

pero no aparece lo de portavoz tampoco.

Continúa la Sra. Alcaldesa, diciendo: Vale, bien, de

acuerdo, la Sra. Concejal le ha pedido disculpas entendiendo

que una nota de prensa del Ayuntamiento de Los Llanos, del

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grupo de Coalición Canaria en el Ayuntamiento de Los Llanos

pertenecía al portavoz.

Por lo tanto, disculpe porque además yo incluso le hablé

del portavoz, que mencionaba el portavoz, no aparece el

portavoz pero desde luego quien no aparece, quien no aparece

en modo alguno es el nombre de la Sra. Concejal, que podía

haber aparecido y nos confundimos, pero yo creo que ya la

Concejal le ha pedido disculpas en ese sentido.

Interviene el Sr. Lorenzo Guerra, diciendo: No me ha

dejado terminar, pero no obstante, agradezco que haya pedido

disculpas y bueno, desear que no vuelva a ocurrir.

Por otro lado, con respecto al otro tema de la posible

renuncia de los Concejales por duplicidad de cargos, decirle

que ha sido su partido el que ha defendido en Santa Cruz de

La Palma esa postura, o ustedes se desvinculan de lo que el

partido dice en otros sitios…

Interviene la Sra. Alcaldesa, señalando: Sr. Lorenzo, no

le voy a explicar a usted la multitud de ocasiones en las que

usted toma decisiones al margen de su partido en otras

Instituciones, por lo tanto, no vamos a entrar en ese debate.

Ya le hemos dicho que la decisión o no de dimisión de

los Concejales en todo caso, primero será personal, y desde

luego corresponde también a esta Alcaldía, por lo tanto, no

vamos a aceptar el ruego.

Interviene el Sr. Lorenzo Guerra, diciendo: Déjeme

terminar…

Y con respecto al trabajo que puedan desarrollar siendo

Concejales en otras Instituciones, yo no dudo que ese trabajo

lo puedan desarrollar mucho mejor y en beneficio de Los

Llanos de Aridane no teniendo responsabilidades en esta

Institución o al revés, pero da la posibilidad de que un

nuevo Concejal trabaje al 100% por esta Institución, que es

lo que nosotros hemos defendido siempre, o sea, cuando

ustedes han planteado los temas de incluso, de cargos de

confianza, le hemos propuesto que por qué no vuelven… no usan

ustedes la lista de los que están esperando para entrar en

las distintas Concejalías.

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Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Sr. Lorenzo, es

un ruego que dimitan, no se acepta el ruego.

Tiene la palabra la Sra. Hernández Labrador. Muy breve

por favor.

Interviene Dña. Lorenza Hernández Labrador, Concejal de

Deportes, diciendo: Si, si, muy breve.

Yo le agradezco Sr. Lorenzo que usted quiera

organizarnos el Gobierno pero… vamos ni aceptamos el ruego…

Y es que tengo que decirlo, porque al final uno se va

quedando con cosas y con cosas y con cosas…, yo le recuerdo a

su grupo que la legislatura anterior, esta Concejal de

Deportes estuvo a media jornada durante la legislatura donde

gobernamos, llevando la Concejalía de Deportes y de Juventud,

que la anterior, justo, Concejal al que sustituí, estaba

liberado completo con una persona de confianza, y yo le

invito a usted que traiga a este Salón de Plenos a alguien

que diga que durante dos años y medio, porque estuve a media

jornada, se vio mermada la Concejalía de Deportes.

Por tanto, ahora que además de ser Parlamentaria soy

Concejal de Recursos Humanos y de Deportes, nada más y nada

menos, le aseguro que seré yo la primera que cuando vea que

no puedo con las cosas, dimitiré a los dos cargos.

Y también le aseguro que durante el año que llevo de

Gobierno como Concejal de Recursos Humanos, he llevado a cabo

muchísimo más trabajo que el anterior Concejal de Recursos

Humanos durante 4 años, muchas gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Sr. Hernández

Zapata, a efectos…

Interviene D. Mariano Hernández Zapata, Concejal de

Hacienda, diciendo: Por alusiones.

Continúa la Sra. Alcaldesa, diciendo: Muy breve por

favor, tiene un minuto.

Interviene el Sr. Hernández Zapata, diciendo: Yo solo

una puntualización.

Seguramente que Coalición Canaria sus resultados

electorales se vieron mermados por la nota de prensa, pero

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también le puedo recordar que los ciudadanos de Los Llanos de

Aridane con el 45% de los votos, eligieron que yo fuera

Senador, y por tanto entiendo, que eligieron que fuera

Senador y siga siendo Concejal, muchísimas gracias.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Sr. Lorenzo… yo

creo que ya está…, usted no se ha sentido aludido de forma

personal…

Interviene el Sr. Lorenzo Hernández, de Coalición

Canaria, diciendo: Yo no he hablado de que eso haya podido

repercutir en los resultados electorales…

Continúa la Sra. Alcaldesa, diciendo: Sr. Lorenzo, Sr.

Lorenzo. Sr. Lorenzo no le he dado la palabra.

Continúa el Sr. Lorenzo Guerra, diciendo: Eso lo han

dicho ustedes.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: No le he dado la

palabra, vale.

Tiene la palabra.

Interviene el Sr. Lorenzo Guerra, diciendo: Muchas

gracias.

Simplemente… bueno lo repito, que yo en ningún momento

he dicho que esa nota de prensa de la Sra. Hernández Labrador

haya podido repercutir en los resultados electorales,

simplemente que ella intentó dañar mi imagen en esos

momentos, nada más.

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Bueno yo creo

que ya la Sra. Hernández Labrador le ha manifestado las

disculpas, sin en algún momento haya podido dañar su imagen,

es decir, creo que ya está suficientemente aclarado el tema.

Lo que el Sr. Hernández Zapata le ha querido manifestar

es que, los vecinos de este municipio y de la Isla, pero los

vecinos de este municipio, conociendo la dedicación del Sr.

Hernández Zapata como Concejal de Hacienda y como Consejero

del Cabildo Insular de La Palma, han decido que quieren que

sea Senador, por lo tanto, ¿quiénes somos nosotros para que

dimita en uno de los cargos, cuando ha sido elegido

libremente?

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Sr. Lorenzo, no tiene la palabra.

¿Más ruegos, más preguntas?

Sr. Lorenzo para qué continuamos…, a efectos de que…,

explíqueme.

Interviene el Sr. Lorenzo Guerra, diciendo: Vamos a

ver…, yo empecé hoy mis alegatos…

Continúa la Sra. Alcaldesa, señalando: No, explíqueme a

efectos de que.

Interviene el Sr. Lorenzo Guerra, diciendo: Yo empecé

hoy mis alegatos felicitando al Sr. Mariano…

Continúa la Sra. Alcaldesa, diciendo: Sr. Lorenzo, Sr.

Lorenzo, explíqueme a efectos de qué pide la palabra, por

alusiones no, nadie le ha aludido, explíqueme a efectos de

qué pide la palabra.

Interviene el Sr. Lorenzo Guerra, diciendo: Que no

entiendo a qué viene el tema de los resultados electorales

con lo que estamos debatiendo.

Continúa la Sra. Alcaldesa, señalando: Vale, pues yo se

lo explico.

Los resultados vienen porque cuando se ha legitimado,

usted habla del menoscabo que supone para este Ayuntamiento

el que en este caso, el Sr. Hernández Zapata, que ha

manifestado su opinión respecto a su caso concreto, usted

está rogando que dimita de uno de los cargos por duplicidad o

por triplicidad, y el Sr. Hernández Zapata lo que le ha

manifestado es que los vecinos de este municipio han elegido

con un 45% del porcentaje de votos, que siendo Concejal y

siendo Consejero quieren que sea Senador.

Por lo tanto, desde su punto de vista, no encuentra

ningún motivo para dimitir de los cargos a los que tiene,

simplemente, no ha habido alusiones de ningún tipo.

A efectos Sr. Lorenzo…

Interviene el Sr. Lorenzo Guerra, diciendo: De aclarar

el tema.

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AYUNTAMIENTO de LOS LLANOS DE ARIDANE N.R.E.L. 01380244

_________ LA PALMA

Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane. Plaza de España S/N • C.P. 38760 • LOS LLANOS DE ARIDANE- LA PALMA• Tfno.: 922 460 111• Fax.: 922 461 264 www.aridane.org e-mail: [email protected]

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Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Tiene 30

segundos.

Continúa el Sr. Lorenzo Guerra, diciendo: Que ha sido

vuestro partido el que considera que no se pueden duplicar, y

en este caso triplicar los cargos, entonces…

Interviene la Sra. Alcaldesa, diciendo: Sr. Lorenzo,

usted ha hecho un ruego…

Continúa el Sr. Lorenzo Guerra, diciendo: Sean

coherentes, sean coherentes, si en Santa Cruz de La Palma

ustedes están pidiendo la dimisión de nuestra Concejal porque

está compatibilizando 2 cargos, pues me parece que es de

justicia que en este Ayuntamiento se mida con la misma bara.

Interviene la Sra. Alcaldesa, señalando: Sra. Hernández

Labrador, no tiene la palabra.

Sr. Lorenzo, según manifiesta la Sra. Hernández

Labrador, realmente no es así, no lo pide el Partido Popular,

lo pide otro grupo político.

De todas formas no le doy la palabra, no le doy la

palabra ya a la Sra. Hernández Labrador y no se la voy a dar

a usted.

Básicamente usted ha hecho un ruego, que es que los

Concejales dimitan y nosotros no aceptamos ese ruego, no hay

más, es que no hay más discusión.

¿Más ruegos, más preguntas?

Pues en este momento damos por finalizado el Pleno

ordinario convocado para hoy día 29 a las 7:30 de la tarde.

Y no habiendo más asuntos de que tratar, y siendo las

veintidós horas y cincuenta y nueve minutos, por la

Presidencia se levanta la sesión de todo lo cual como

Secretaria General, doy fe.

VºBº

LA ALCALDESA