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AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR VEGA (Granada) AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR VEGA (Granada) CIF. P1810300B ACTA DEL PLENO DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DIA 29 DE JULIO DE 2016 En la Casa Consistorial de Huétor Vega, siendo las 12:00 horas del día veintinueve (29) de julio de 2016 celebró sesión ordinaria el Pleno de este Ayuntamiento, bajo la presidencia del Sr. Alcalde Don Mariano Molina Del Paso, asistiendo los Sres. Concejales relacionados al margen, actuando de Secretaria la que lo es de la Corporación, Doña Ascensión Rancaño Gila. Asiste también el Sr. Interventor D Iván Magán Ocaña. SRES ASISTENTES PRESIDENTE DON MARIANO MOLINA DEL PASO. CONCEJALES GM PARTIDO POPULAR (PP) DON JOSÉ MANUEL PRIETO ALONSO DOÑA SUSANA MEGIAS MOLINA DOÑA ANA BELÉN ARQUELLADAS VELÁZQUEZ DON ROBERTO MOLINA ÁLVAREZ DOÑA MARY CARMEN SERVILIA LÓPEZ NIETO DON MARIANO GIRELA JUNCO DOÑA ELISA ISABEL GONZÁLEZ PEDRAZA GM PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL DE ANDALUCIA (PSOE-A) DOÑA FRANCISCA CAROLINA HIGUERAS MOYANO DON NESTOR IGLESIAS RUIZ DOÑA ANA GARCIA MOLINA DON ALEJANDRO GARCIA RUIZ GM IZQUIERDA UNIDA DE HUETOR VEGA (IU) DON JESÚS FERNÁNDEZ MARTIN DON JOSE MANUEL ALONSO VARGAS DOÑA MÓNICA MORENO GÁMEZ GM AHORA SI PODEMOS DON PEDRO JOSÉ COLLADO GÓMEZ GM CIUDADANOS-PARTIDO DE LA CIUDADANIA (C's) DON JOAQUÍN LOPEZ-SIDRO GIL Plaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada). Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail: [email protected] Página 1 de 90

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ACTA DEL PLENO DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DIA 29 DE JULIO DE 2016

En la Casa Consistorial de Huétor Vega, siendo las 12:00 horas del día veintinueve (29) de julio de 2016 celebró sesión ordinaria el Pleno de este Ayuntamiento, bajo la presidencia del Sr. Alcalde Don Mariano Molina Del Paso, asistiendo los Sres. Concejales relacionados al margen, actuando de Secretaria la que lo es de la Corporación, Doña Ascensión Rancaño Gila. Asiste también el Sr. Interventor D Iván Magán Ocaña.

SRES ASISTENTES

PRESIDENTE

DON MARIANO MOLINA DEL PASO.

CONCEJALES

GM PARTIDO POPULAR (PP)DON JOSÉ MANUEL PRIETO ALONSODOÑA SUSANA MEGIAS MOLINADOÑA ANA BELÉN ARQUELLADAS VELÁZQUEZDON ROBERTO MOLINA ÁLVAREZDOÑA MARY CARMEN SERVILIA LÓPEZ NIETODON MARIANO GIRELA JUNCODOÑA ELISA ISABEL GONZÁLEZ PEDRAZA

GM PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL DE ANDALUCIA (PSOE-A)DOÑA FRANCISCA CAROLINA HIGUERAS MOYANODON NESTOR IGLESIAS RUIZDOÑA ANA GARCIA MOLINADON ALEJANDRO GARCIA RUIZ

GM IZQUIERDA UNIDA DE HUETOR VEGA (IU)DON JESÚS FERNÁNDEZ MARTINDON JOSE MANUEL ALONSO VARGASDOÑA MÓNICA MORENO GÁMEZ

GM AHORA SI PODEMOS

DON PEDRO JOSÉ COLLADO GÓMEZ

GM CIUDADANOS-PARTIDO DE LA CIUDADANIA (C's)

DON JOAQUÍN LOPEZ-SIDRO GIL

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SECRETARIA

DOÑA ASCENSIÓN RANCAÑO GILA

INTERVENTOR

DON IVÁN MAGÁN OCAÑA

ORDEN DEL DÍA

Punto 1.- Aprobación de las actas de las sesiones plenarias de fecha 30 de mayo de 2016 y de 30 de junio de 2016. Punto 2.- Dación de Cuentas del Informe de la Intervención sobre el cumplimiento de los plazos previstos en la ley 15/2010, de 5 de julio (morosidad) y del Período Medio de Pago (PMP). 2º Trimestre 2016Punto 3.-Aprobación Inicial Reglamento de Participación Ciudadana (Expte. SE 48/2016).Punto 4.-Modificación del Reglamento Orgánico Municipal ROM (Expte. SE 79/2015).Punto 5.- Moción GM IU de Huétor Vega para el aumento de plantilla del servicio de limpieza y Jardinería para tener un Huétor Vega limpio.Punto 6.- Moción GM C's CIUDADANOS sobre situación estratégica de Huétor Vega.Punto 7.- Moción GM C's CIUDADANOS sobre subvenciones a asociaciones de Huétor Vega.Punto 8.- Moción GM C's CIUDADANOS sobre tributos locales en Huétor Vega.Punto 9.- Moción GM IU de Huétor Vega para la creación de una Ordenanza Fiscal y otra Reguladora de los festejos en Huétor Vega.Punto 10.- Moción GM IU de Huétor Vega Adhesión al Plan de Inversiones Caminos Vecinales de la Red Viaria Local 2016Punto 11.- Moción GM AHORA SI PODEMOS sobre Salud y Fusión Hospitalaria.Punto 12.- Moción GM AHORA SI PODEMOS sobre condena del Golpe de Estado en Turquía.Punto 13.- Moción GM PSOE para instalación de baños públicos en Plazas del Municipio. (No dictaminada)Punto 14.- Moción GM PSOE para creación de un parque / zona de esparcimiento canino. (No dictaminada)Punto 15.- Moción GM PSOE para instar al Gobierno Local a implantar parques infantiles accesibles. (No dictaminada)

Parte de Control

Punto 16.- Dación de cuentas de decretos de alcaldía.Punto 17.- Dación de cuentas de resoluciones judiciales.Punto 18.- Ruegos y Preguntas.

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Por parte del Sr. Alcalde se da comienzo saludando y dando la bienvenida a la sesión plenaria ordinaria, que se inicia guardando un minuto de silencio por las víctimas de los atentados machistas y por las últimas víctimas de atentados terroristas.

El Sr. Alcalde a continuación se procede el desarrollo de la sesión de acuerdo con el Orden del día.

PUNTO 1.-APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES PLENARIAS DE FECHA 30 DE MAYO DE 2016 Y DE 30 DE JUNIO DE 2016.

Por LA PRESIDENCIA se pregunta a los Sres. asistentes si tienen que formular alguna observación a las actas de las sesiones anteriores, celebradas el día 30 de mayo y 30 de junio de 2016.

Toma la palabra el Portavoz de IU, DON JESÚS FERNÁNDEZ. Indica que no tiene ninguna rectificación que hacer a las actas, si bien se abstendrá tanto él como la Sra. Concejal Dña. Mónica Moreno en la votación de la sesión celebrada el día 30 de junio debido a que ambos estaban ausentes

Sin que haya más intervenciones el SR. PRESIDENTE somete a votación la

aprobación de las actas de las sesiones plenarias de fecha 30 de mayo y de 30 de junio de 2016, emitiéndose diecisiete (17) votos a favor (8 del PP, 4 del PSOE , 3 del IU, 1 de Ahora Si Podemos y 1 de Cs), de los 17 Sres/ras Concejales/as que de derecho conforman la Corporación al acta de la sesión de 30 de mayo, y quince (15) votos a favor a favor (8 del PP, 4 del PSOE , 1 del IU, 1 de Ahora Si Podemos y 1 de Cs) , de los 17 Sres/ras Concejales/as que de derecho conforman la Corporación al acta de la sesión de 30 de juniio proclamando aprobadas las actas de las citadas sesiones anteriores, ordenando su transcripción al Libro de Actas según lo dispuesto por el art. 110.2 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

PUNTO 2º.- DACIÓN DE CUENTAS DEL INFORME DE LA INTERVENCIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS PREVISTOS EN LA LEY 15/2010, DE 5 DE JULIO (MOROSIDAD) Y DEL PERÍODO MEDIO DE PAGO (PMP). 2º TRIMESTRE 2016

Por parte del Sr. Alcalde se da cuenta de la remisión del fichero correspondiente al cumplimiento de los datos del período medio de pago a proveedores correspondientes al 2º trimestre de 2016 así como del informe del Sr. Interventor de fecha 19 de julio de 2016 del que se desprende: “(...) En el segundo trimestre de 2016 el Periodo Medio de pago es de -8,55 días y por tanto se da cumplimiento a la normativa vigente. ...” .

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De la remisión del citado fichero así como del informe de la Intervención se da debida cuenta en la Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Personal en sesión ordinaria celebrada con fecha 26 de julio de 2016 con la asistencia de los Sres/ras concejales/as del PP (5), del PSOE (3), de IU (1), de Ahora Si Podemos(1), y del Sr. Concejal de Ciudadanos (Cs) (1).

El Pleno, con la asistencia de diecisiete (17) Sres/ras concejales/as: 8 del GM PP, 4 del GM del PSOE, 3 del GM de IU, 1 del GM de Ahora Si Podemos y 1 del GM de Ciudadanos, Cs-, QUEDA ENTERADO de la remisión al MHAP del citado fichero y del informe del Sr. Interventor de fecha 19 de julio de 2016, número 062/2016, correspondientes al segundo trimestre de 2016.

PUNTO 3.- APROBACIÓN INICIAL REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA (EXPTE. SE 48/2016).

Por parte del SR. ALCALDE se cede la palabra a la Sra. Secretaria que indica que la Propuesta de acuerdo de Alcaldía de fecha 23 de junio fue dictaminada favorablemente por la Comisión Informativa de Gobernación en sesión celebrada el día 26 de julio de 2016, por la unanimidad de los once(11) votos correspondientes 5 al GM PP, 3 al GM del PSOE , 1 al GM de IU, 1 al GM Ahora Si Podemos, y 1 al GM de de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía. Dicha Propuesta introdujo la rectificación respecto del dictamen anterior adoptado con fecha 27 de junio consistente en la eliminación de la letra a) del art. 12 del Texto. El Sr. Alcalde agradece el trabajo realizado por todos los grupos políticos y por las Asociaciones, y Colectivos de Huétor de Vega, e indica ,que habiéndose presentado el pasado día 30 de junio de 2016 una enmienda al Reglamento de Participación Ciudadana registrada con el número 3901 de R.E y presentada por el Portavoz del GM de Ahora Si Podemos, procede de acuerdo con el ROM su votación previamente al debate para su inclusión, si procede, en la Propuesta o proposición dictaminada. Sometida a votación la enmienda citada que introduce el apartado b) al art. 12 arroja el siguiente resultado: Diecisiete de los diecisiete miembros que integran el pleno municipal estuvieron presentes en el momento de emitir el voto, votando nueve (9) votos en contra de la enmienda-, 8 del GM del PP, y 1 del GM Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía , cuatro (4) abstenciones del GM Socialista, y cuatro(4) votos a favor-3 del GM de IU, y, 1 del GM Ahora Si Podemos, por lo que el Sr. Presidente declara rechazada la enmienda.

Seguidamente se abre el turno de intervenciones.

Toma la palabra el Portavoz del GM AHORA SI PODEMOS, DON PEDRO JOSE COLLADO que agradece la forma de trabajo de la Corporación para conseguir un Reglamento de Participación, del que espera sea verdaderamente un instrumento útil para los ciudadanos de nuestro municipio en un asunto como el de la participación de gran trascendencia.

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Por parte del Portavoz de IU, DON JESÚS FERNÁNDEZ se propone una aclaración y matización el art. 8 del reglamento que dice así:”.. Artículo 8. Publicidad del Pleno del Ayuntamiento. Para información de los vecinos y vecinas en general se dará publicidad de las convocatorias y orden del día del pleno, a través de los medios de comunicación local, tablones de anuncios y página web. También se dará publicidad resumida de los acuerdos adoptados..”. Se solicita que cuando se difunda la convocatoria se incluya el orden del día de la misma.

Se acepta esa aclaración al citado art. 8 del Reglamento.

Sin que se promueva más debate el asunto se somete a votación.

Parte Dispositiva

Conocido el informe de Secretaría de fecha 23 de mayo de 2016 en el Expediente 48/2016 que tiene por objeto la modificación del reglamento de participación aprobado por el pleno con fecha 27 de mayo de 2008, al que añade el aclaratorio de fecha 26 de julio de 2016,

Conocido el Borrador de Reglamento de participación Ciudadana suscrito por esta Alcaldía con fecha 23 de mayo de 2016 que fue remitido a los Portavoces de los distintos Grupos políticos Municipales para su conocimiento y dictaminado por la Comisión Informativa de Gobernación celebrada con fecha 26 de mayo de 2016,

Conocidas las enmiendas verbales y por escrito presentadas en el seno de la Comisión Informativa de Gobernación celebrada con fecha 26 de junio que en síntesis se resumen en lo siguiente: El Sr. Portavoz del GM de Ahora Si Podemos, D. PEDRO J. COLLADO, hace entrega de copia a los Portavoces presentes y a la Secretaria de un folio en el que se trascribe la propuesta de enmiendas al Borrador de Participación Ciudadana de fecha 23 de mayo de 2016. Dichas enmiendas se circunscriben a cuatro artículos: al artículo 11, al artículo 11 bis, al artículo 12 y, al artículo 14.

Conocida la Propuesta de acuerdo de Alcaldía de fecha 30 de mayo de 2016,

Conocido que con fecha 30 de mayo de 2016 se registran con los números 3172 y 3173 dos enmiendas presentadas por el Portavoz del GM de Ahora Si Podemos, D. PEDRO J COLLADO ,

Conocido que en el Pleno ordinario celebrado con fecha 30 de mayo fue retirado del orden del día el expediente sobre este asunto para un mayor estudio y una mayor participación por parte de las distintas Asociaciones y colectivos municipales a las que se convocó a una reunión ,

Conocida la Propuesta de Reglamento suscrita por el Sr. Alcalde con fecha 23 de junio de 2016 que incluye algunas de las aportaciones de las Asociaciones y colectivos municipales ,

Conocido que en el seno de la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 27 de junio de 2016 se da traslado a los distintos Portavoces de los Grupos municipales de copia de un folio

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sin fecha ni firma que distribuye el Sr. Pedro J Collado ( y que se adjunta al expediente). Se trata de tres (3) enmiendas que se plantean a los artículos 12, ( que incluye dos apartados, el a) y el b), al art. 20 , al art. 25 y una verbal introducida en relación con el art. 9 ( que se incluirán en rojo en esta Propuesta para mayor identificación ),

Conocido que en el Pleno ordinario celebrado con fecha 30 de junio fue retirado del orden del día el expediente sobre este asunto para un mayor estudio a la vista de la presentación de una enmienda de adición al art. 12 que incluye la letra b) al mismo y que fue registrada en esa misma fecha 30 de junio con el número 3901 de Registro de entrada,

Conocido el dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 26 de julio de 2016, que no incorpora la enmienda propuesta al art. 12 b) presentada por el el GM de Ahora Si Podemos , por lo que se elimina el apartado a) del art. 12,

Sometida a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 26 de julio de 2016, se obtuvo el siguiente resultado: Diecisiete de los diecisiete miembros que integran el pleno municipal estuvieron presentes en el momento de emitir el voto, votando diecisiete (17) votos a favor de la propuesta-, 8 del GM del PP, 4 del GM Socialista, 3 del GM de IU, y, 1 del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, y 1 del GM de Ahora Si Podemos, por lo que el Sr. Presidente declara aprobado el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar inicialmente el Reglamento de participación ciudadana cuyo Texto incorpora las enmiendas consensuadas en la Comisión Información de Gobernación de fecha 27 de junio de 2016 y la eliminación del apartado a) del art. 12 de acuerdo con el nuevo dictamen adoptado por la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 26 de julio. El Texto es el que a continuación se inserta:

REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE HUÉTOR VEGA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

El presente Reglamento tiene por objeto la regulación de los medios, formas y procedimientos de participación de los vecinos del municipio de Huétor Vega en la gestión municipal como instrumento esencial para el desarrollo de políticas de proximidad y participación, así como la regulación del funcionamiento de las Entidades Ciudadanas del mismo, conforme a lo previsto en la Constitución y las Leyes.

La Participación Ciudadana es uno de los puntos fundamentales de la política democrática de un país y de cada uno de sus Municipios. La misma ha sido consagrada en la Constitución Española de 1978, y desarrollada por la Carta Europea de Autonomía Local, la Ley 7/1985, de 2 de abril, y las Recomendaciones del Consejo de Ministros del Consejo de Europa.

El Reglamento de Participación Ciudadana revela el compromiso del Ayuntamiento de Huétor Vega ante la ciudadanía para fomentar la participación democrática y la transparencia en

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los asuntos públicos locales, de acuerdo con el ordenamiento constitucional y conforme a los principios de la Carta Europea de Salvaguarda de los Derechos Humanos en la ciudad. Este sistema de participación pretende extenderse a todos los aspectos de la gestión pública local e impulsar y favorecer por todos los medios a su alcance la potenciación de la participación ciudadana en la gestión municipal.

Entendemos la democracia como un sistema de convivencia que va más allá de la mera delegación que del poder hace la ciudadanía mediante las elecciones. La democracia local es, además, la aportación cotidiana que cada persona, individualmente o por medio de sus legítimas asociaciones, hace a la ciudad.

Para ello el Ayuntamiento de Huétor Vega mantendrá un diálogo abierto, transparente y regular con las asociaciones representativas y la sociedad civil, que refuerce los derechos de la ciudadanía y contribuya a la eliminación de desigualdades. Así, el Ayuntamiento de Huétor Vega se compromete con la profundización de la democracia en el sentido de complementar la democracia representativa con la democracia participativa. De esa manera, se entiende la Participación Ciudadana no sólo como un fin, sino también como una herramienta que facilite una mayor eficacia y eficiencia de la gestión municipal. Se pretende, a través de la aportación de todos, una mayor calidad de sus servicios y una mayor calidad de vida en el conjunto de la ciudad.

Por esto, y en cumplimiento del mandato del artículo 70 bis apartado 1 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Ayuntamiento de Huétor Vega pone a disposición de la ciudadanía todos los instrumentos normativos y materiales, a su alcance.

TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 1. Ámbito objetivo de aplicación.

El Ayuntamiento de Huétor Vega (Granada), ejerciendo la potestad reglamentaria y de autoorganización que otorgan los artículos 4 y 20.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 24.b) del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y el artículo 4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, regula la organización y el régimen de funcionamiento de participación ciudadana en su Municipio.

El objeto de este Reglamento es regular las formas, medios y procedimientos de participación de los vecinos y las vecinas en la gestión municipal, tanto individualmente como a través de asociaciones ciudadanas.

El Ayuntamiento de Huétor Vega se compromete a potenciar con especial atención intereses universales como la erradicación de la pobreza, la solidaridad, la integración de los colectivos en desventaja social y la cooperación para el desarrollo.

Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación.

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El ámbito de aplicación de esta normativa incluye a todos los vecinos y vecinas que estén inscritos en el Padrón Municipal y a las asociaciones ciudadanas con presencia en el término municipal inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.

Artículo 3. Finalidad del Reglamento.

Este Reglamento tiene como finalidad la consecución de los siguientes objetivos:

− Desarrollar la participación ciudadana en el municipio con arreglo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Constitución.

− Impulsar la participación de los vecinos y vecinas en los asuntos públicos municipales, de acuerdo al artículo 18 de la Ley de Bases de Régimen Local.

− Aproximar la gestión municipal a los vecinos y vecinas.− Proporcionar la más amplia información sobre las actividades y servicios municipales.− Impulsar las asociaciones municipales, así como garantizar su acceso a los recursos que el

Ayuntamiento pone a su disposición.

TÍTULO SEGUNDO. DERECHOS DE LA CIUDADANÍA.

CAPÍTULO PRIMERO. DERECHO DE INFORMACIÓN.

Artículo 4. Derecho general de información.

Todas las personas, y todas las asociaciones municipales inscritas en el registro municipal de asociaciones, tienen derecho a recibir información sobre las actuaciones municipales. Para acceder a esta información deberán solicitarlo por escrito y de manera razonada. Estas peticiones deberán ser contestadas en el plazo máximo de 30 días, en caso de que no sea posible el órgano receptor estará obligado a explicar los motivos de la demora.

El Ayuntamiento facilitará el ejercicio de este derecho poniendo a disposición de la ciudadanía canales de información general que permitan atender a las solicitudes de información que puedan realizarse, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y con los límites previstos en el artículo 105 de la Constitución y la normativa específica del Régimen Local.

Cuando las circunstancias de interés público lo aconsejen y previa conformidad del órgano municipal competente, se remitirán a todas las asociaciones ciudadanas del municipio los acuerdos y disposiciones municipales sin perjuicio de la preceptiva publicación en los Boletines Oficiales.

Artículo 5. Oficinas de Atención Ciudadana, Información y Registro.

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La Oficina de Atención Ciudadana, Información y Registro es concebida como un nivel primario de la información municipal que atiende las peticiones y consultas de la ciudadanía y de las asociaciones, desde el punto de vista de atención presencial, atención telefónica o telemática. Para garantizar una respuesta ágil y eficaz debe dotarse de los medios tecnológicos, de organización, de coordinación interna y de formación adecuados.

Esta Oficina se encargará de:

− Suministrar información administrativa, orientación sobre la organización municipal, sobre el funcionamiento, los fines y competencias de los órganos y servicios municipales.

− Recoger las quejas, reclamaciones, sugerencias e iniciativas de la ciudadanía, trasladarlas a los departamentos municipales implicados y hacer un seguimiento de dichas solicitudes para responder al solicitante. La presentación de quejas, reclamaciones y sugerencias podrá realizarse tanto a través de esta Oficina, como a través de la página Web del Ayuntamiento, siempre y cuando se reúnan los requisitos establecidos.

− Facilitar la distribución de copias y certificaciones acreditativas de acuerdos adoptados por los órganos municipales o de los antecedentes de los mismos a aquellos vecinos y vecinas que lo soliciten de manera razonada, por escrito y abonando la tasa correspondiente.

− Permitir a la ciudadanía el acceso a los archivos y registros municipales, mediante su solicitud por escrito en ejercicio de la acción pública o acreditando un interés directo sobre los mismos.

− Recopilar y suministrar información sobre las diferentes actividades, servicios y programas que gestionan los departamentos municipales.

Artículo 6. Información en la Página Web municipal y correo electrónico del ciudadano.

El Ayuntamiento fomentará el uso de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación mediante una página web que permita:

-Publicar información de carácter general, sobre acuerdos de los órganos de gobierno y del Pleno municipal, sobre proyectos relevantes para el municipio, así como dar a conocer la red asociativa local.-Difundir la agenda de actividades que se desarrolla en el municipio.-Mejorar la transparencia de la Administración, incorporando a la red toda la información de carácter público que se genere en el municipio.-Facilitar al máximo las gestiones con el Ayuntamiento, posibilitando la realización de trámites administrativos mediante su Oficina Virtual.-Impulsar el uso de la firma electrónica, teniendo en cuenta la normativa que la desarrolle, lo que agilizará y facilitará de manera progresiva y continua la relación de la ciudadanía con el Ayuntamiento.-Presentar quejas, reclamaciones y sugerencias de la ciudadanía, sin perjuicio de su derecho a interponer los recursos administrativos o jurisdiccionales pertinentes. La presentación de estas

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quejas, reclamaciones y sugerencias podrá realizarse a través del correo electrónico del ciudadano.-En la medida en que se generalice el uso de los recursos tecnológicos, el Ayuntamiento de Huétor Vega desarrollará progresivamente un forum o red informática cívica, abierta a todas las personas, y a las asociaciones ciudadanas, residentes en la ciudad.

Artículo 7. Guía de Trámites.

El Ayuntamiento elaborará y mantendrá actualizada una guía básica de trámites municipales que se publicará en la página web municipal y será accesible a toda la ciudadanía, para mejorar la información ciudadana y la realización de cualquier actuación administrativa.

El Ayuntamiento promoverá la realización de cartas de servicios u otros instrumentos de control de calidad, donde se recojan los compromisos municipales respecto a los servicios que presta. Su contenido mínimo indicará los medios de evaluación y seguimiento de estos compromisos. Se facilitarán instrumentos específicos de participación ciudadana en los procesos de su evaluación.

Artículo 8. Publicidad del Pleno del Ayuntamiento.

Para información de los vecinos y vecinas en general se dará publicidad de las convocatorias y orden del día del pleno, a través de los medios de comunicación local, tablones de anuncios y página web. También se dará publicidad resumida de los acuerdos adoptados.

Artículo 9. Audiencia pública.

Los vecinos y vecinas tienen el derecho de audiencia pública, la cual consiste en hacer sesiones específicas abiertas a todos los vecinos y vecinas que lo deseen, con los responsables municipales para ser informados y escuchados respecto a temas de competencia municipal, y de especial relevancia para el municipio.

La audiencia pública será convocada por el Alcalde o Alcaldesa, o por cualquiera de los Concejales o Concejalas, ya sea a iniciativa propia o a petición de la ciudadanía.

Pueden solicitar audiencia las entidades, individual o colectivamente, que acrediten que representen al menos un 0,5% de las personas inscritas en el padrón municipal que sean mayores de dieciséis años. También podrá convocarse a petición individual de los vecinos y vecinas de Huétor Vega, siempre que presenten el apoyo del 3% de la población empadronada en el municipio, mayor de dieciséis años, mediante firmas verificables.

Las audiencias públicas solicitadas por la ciudadanía de Huétor Vega se celebrarán en un plazo no superior a 30 días tras la presentación de las firmas en el Registro Municipal.

El funcionamiento de las sesiones será el siguiente:

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1. Intervención de la ponencia del tema a tratar.

2. Intervención y posicionamiento del responsable político municipal.3. Intervención de las personas o Asociaciones solicitantes durante un máximo de 10 minutos. Este tiempo podrá verse reducido en función del número de personas que hayan solicitad intervenir, teniendo en cuenta una duración máxima de dos horas para toda la sesión.4. Réplica del responsable político, si procede.5. Conclusiones, si procede.

CAPÍTULO SEGUNDO. DERECHO DE PETICIÓN.

Artículo 10. Derecho de petición.

Todas las personas y todas las asociaciones inscritas en el registro municipal de asociaciones tienen derecho a hacer peticiones o solicitudes al gobierno municipal o pedir aclaraciones sobre las actuaciones municipales, sin más limitaciones que las establecidas por las leyes. Este derecho se ejerce utilizando cualquier medio válido en derecho que permita dejar constancia fehaciente de la identidad del peticionario y el objeto de la petición y que permita acreditar su autenticidad.

Las peticiones pueden incorporar sugerencias o iniciativas y se presentarán en cualquier oficina de atención ciudadana o registro municipal. También se podrán utilizar los medios electrónicos o telemáticos establecidos por el Ayuntamiento. Las peticiones realizadas colectivamente deberán permitir la acreditación de la identificación de los peticionarios.

El Ayuntamiento acusará recibo de la petición en el plazo máximo de 10 días y la admitirá a trámite, a no ser que concurra alguna de las causas siguientes:

a) Insuficiencia de la acreditación del peticionario o peticionariosb) El objeto de petición no sea competencia del Ayuntamiento.c) La petición tenga un trámite administrativo específico.

En el primer caso, se dará un plazo de 10 días para subsanar la carencia de acreditación, transcurrido el cual se entenderá desistido el procedimiento. La inadmisión por cualquier otra causa será objeto de resolución motivada en el plazo de 10 días, a contar a partir del siguiente a la fecha de presentación de la petición.

En caso de que la petición sea admitida a trámite el Ayuntamiento de Huétor Vega deberá responder al peticionario en el menor tiempo posible, con un máximo de tres meses informando si procede de las medidas que se han tomado al efecto o de las actuaciones que se han previsto adoptar.

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CAPÍTULO TERCERO. DERECHO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

Artículo 11. Derecho a la participación.

Todas las personas y todas las asociaciones tienen derecho a intervenir en la gestión de los asuntos públicos locales a través de los órganos y canales de participación establecidos en las leyes y en este Reglamento.

Artículo 12. Derecho de intervención en los Plenos municipales.

Tienen derecho a intervenir en las sesiones públicas del Pleno siempre y cuando no tengan carácter urgente:

1) Los/as representantes de las entidades y asociaciones cívicas legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de asociaciones,

2) Como cualquier persona empadronada en el municipio de Huétor Vega, con el apoyo de un número de firmas suscritas al menos por un 0,5 % de las personas inscritas en el padrón municipal que sean mayores a dieciséis años

Para ejercer este derecho se seguirán las siguientes prescripciones:

a. El asunto objeto de la intervención habrá de estar directamente relacionado con otro u otros incluidos en el orden del día de la sesión.b. La intervención se tendrá que solicitar a la Alcaldía por escrito con al menos 24 horas de antelación a la realización de la sesión.c. En la solicitud de intervención en el pleno figurará el nombre de la persona que tomará la palabra.d. La Alcaldía podrá denegar la intervención, especialmente si es un asunto sobre el cual el ayuntamiento no tiene competencias, si no figura en el orden del día o si ya se ha presentado en otra sesión en un periodo anterior a tres meses.e. No se admitirán intervenciones en las sesiones extraordinarias convocadas por el trámite de urgencia.

Una vez planteadas todas las cuestiones por los grupos municipales, y, antes de terminar el punto de ruegos y preguntas, la Presidencia podrá conceder la palabra a representantes de colectivos ciudadanos o a personas empadronadas en el municipio a título individual, previa solicitud formulada de acuerdo con lo previsto en los apartados anteriores. Dicha intervención tendrá una duración máxima de 10 minutos, donde no estarán permitidas expresiones descalificatorias, ofensivas o injuriosas hacia personas o entidades, además dicha intervención deberá ajustarse a lo solicitado previamente por escrito.

Una vez realizada la intervención el o los portavoces de los diferentes grupos municipales podrán solicitar aclaraciones al interviniente, que la matizará durante el tiempo máximo de 5 minutos y después se pasará a la fijación de posiciones por parte de los grupos municipales. Terminando con una respuesta directa del Alcalde y/o equipo de Gobierno a cada intervención. Esta podrá

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ser sucinta, o remitiéndose a una posterior extensión detallada. En todo caso, el ruego o pregunta no contestada en el Pleno, será respondida por escrito en el plazo de treinta días.

La denegación de las peticiones para intervenir habrá de ser siempre motivada, con expresa indicación de las razones que impiden acceder a lo solicitado.

CAPÍTULO CUARTO. DERECHO DE INICIATIVA Y CONSULTA POPULAR.

Artículo 13. Iniciativa ciudadana.

Mediante la iniciativa ciudadana cualquier persona empadronada en el municipio y que goce del derecho de sufragio activo en las elecciones municipales, así como las asociaciones inscritas en el Registro Municipal podrán solicitar al Ayuntamiento que realice actividades de interés público y de competencia municipal, aportando para ello medios económicos o trabajo personal.

La solicitud de esta iniciativa se hará mediante un escrito en el que se identifique a la persona o asociación solicitante, donde se indique además la actuación a realizar, argumentándola de manera razonada.

La iniciativa ciudadana permite a cualquier persona y a las asociaciones ciudadanas, promover acciones o actividades municipales tales como:

1. El derecho a proponer la aprobación de proyectos o Reglamento en los ámbitos competenciales propios.2. El derecho a proponer asuntos para su inclusión en el orden del día del Pleno Municipal. Para ello será de aplicación el artículo 70 bis, apartado 2 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril Reguladora de las bases de Régimen Local.3. El derecho a solicitar al Ayuntamiento que haga determinada actividad del interés público municipal. Esta solicitud se realizará mediante escrito que indique qué actuación se pide y los datos de la persona o asociación solicitante, argumentando dicha petición.

Dichas iniciativas deberán ir suscritas al menos por el porcentaje de la población que legalmente se indique respecto de la población empadronada en el municipio mayor de dieciséis años. Las iniciativas podrán, en su caso, llevar incorporada una propuesta de consulta popular local, que será tramitada por el procedimiento y con los requisitos del artículo 15 de este reglamento.

Artículo 14. Tramitación de las iniciativas ciudadanas.

Cualquier asociación inscrita en el Registro Municipal de asociaciones de Huétor Vega podrá plantear una iniciativa ciudadana.

Una vez recibida y registrada dicha iniciativa en la forma correcta, el Ayuntamiento la someterá a información pública durante quince días. Esta iniciativa se someterá a debate y

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votación en el Pleno, que deberá resolver en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la terminación del periodo de información pública. En el punto del Pleno en que se trate la iniciativa, los proponentes de la iniciativa, tomarán la palabra en primer lugar, para presentarla. Una vez realizada la intervención los portavoces de los diferentes grupos municipales podrán solicitar aclaraciones al defensor o defensora de la propuesta, que la matizará durante el tiempo máximo de 5 minutos y después se pasara al debate por parte de los grupos municipales.

La concesión o no de dicha iniciativa, atenderá principalmente a razones de interés público y a las aportaciones realizadas por los ciudadanos.

Artículo 15. Consulta popular.

El Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 y 70 bis de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local y a la Ley 2/2001 de 3 de Mayo de Regulación de las Consultas Populares Locales de Andalucía, o norma autonómica que la desarrolle podrá someter a consulta popular aquellos asuntos de competencia municipal propia y de carácter local, que sean de especial importancia para los intereses de la ciudadanía, a excepción de los relativos a la Hacienda Local.

Para que se acuerde la realización de la consulta será necesario que el Pleno acuerde por mayoría absoluta el planteamiento de dicha consulta, que podrá contener varias preguntas.

No se podrán hacer más de dos consultas al año, ni reiterar la misma consulta dentro de un mandato.

TÍTULO TERCERO. REGISTRO DE ASOCIACIONES VECINALES.

Artículo 16. Objetivo del registro.

Las asociaciones municipales para poder ejercer los derechos contenidos en este Reglamento deberán estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales. Este Registro tiene dos objetivos fundamentales:

-Reconocimiento ante el Ayuntamiento de las entidades inscritas para así poder garantizar el ejercicio de los derechos reconocidos en este Reglamento, en la forma que se especifica en cada caso.-Permitir al Ayuntamiento, y a cualquier ciudadano/a, conocer en todo momento los datos más importantes de la vida asociativa del municipio, la representatividad sus asociaciones, fines y objetivos de las mismas el grado de interés o la utilidad ciudadana de sus actividades, su autonomía funcional y las ayudas recibidas.

Artículo 17. Asociaciones que pueden inscribirse.

Pueden inscribirse en este registro las entidades que cumplan los siguientes requisitos:

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1. Carecer de ánimo de lucro.2. Estar legalmente constituidas.3. Que tengan su sede o ámbito de actuación en el municipio.4. Que su objeto fundamental, de acuerdo con sus estatutos, sea la representación y promoción de los intereses generales o sectoriales de la ciudadanía del municipio.5. Que vengan realizando programas y actividades que redunden en beneficio de la ciudadanía.

Artículo 18. Solicitud y documentación a presentar para su registro.

El Registro de asociaciones municipales tiene carácter público y puede ser consultado por cualquier persona interesada.

La inscripción en el Registro Municipal será inmediata a partir del momento en que se presente un escrito solicitándolo, siempre y cuando en dicho escrito aparezca la siguiente documentación:

-Acta fundacional.-Copia de los estatutos.-Número de inscripción en el Registro General de Asociaciones de Andalucía.-Código de identificación fiscal.-Domicilio social.-Teléfono de contacto y correo electrónico.-Datos de las personas que ocupen cargos de responsabilidad.-Certificación acreditativa del número de socios.

Artículo 19. Modificación de la documentación y renovación anual de la inscripción.

Las asociaciones inscritas en este Registro están obligadas a notificar al mismo toda modificación que se produzca en los datos inscritos, dentro del mes siguiente a la modificación.Las entidades inscritas en el Registro deberán presentar al Ayuntamiento cada año, antes del último día del mes de marzo, memoria de las actividades realizadas en el año anterior. El incumplimiento de este requisito significará que el Ayuntamiento considera a la entidad inscrita como inactiva y la dará de baja en el Registro de oficio.

TÍTULO CUARTO. FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO.

Artículo 20. Medidas de fomento del asociacionismo.

Con la finalidad de impulsar el desarrollo de las asociaciones municipales el Ayuntamiento colaborará con ellas mediante las siguientes actuaciones:

1. Facilitará en la medida de lo posible el uso de los medios de propiedad municipal.

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2. Promoverá campañas de participación.3. Aportará ayudas económicas para la realización de sus actividades.4. Impartirá y patrocinará cursos de formación y asesoramiento.

Se creará un Consejo de participación Ciudadana , con representantes de todas las Asociaciones inscritas en el Registro Municipal, que se reunirá al menos semestralmente.

Artículo 21. Derecho de reunión.

Todas las asociaciones ciudadanas inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y los colectivos constituidos de forma temporal tienen derecho a usar los locales, equipamientos y espacios públicos municipales puestos a disposición para ejercer el derecho de reunión, sin más condicionantes que los derivados de las características del espacio y las ordenanzas municipales, así como del cumplimiento de los requisitos exigidos cuando se trate de reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones, de acuerdo con la Ley Orgánica 9/1983 reguladora del derecho de reunión.

TÍTULO QUINTO.AYUDAS, SUBVENCIONES Y CONVENIOS DE COLABORACIÓN.

Artículo 22. Partida presupuestaria.

En el Presupuesto municipal se incluirán partidas presupuestarias destinadas a las ayudas y subvenciones destinadas a favor de aquellas entidades y asociaciones que fomenten actividades de utilidad o interés social, que promuevan la consecución de un fin público o que en general contribuyan a los intereses del municipio.

Artículo 23. Criterios generales de distribución.

El Ayuntamiento de Huétor Vega realizará una convocatoria anual para la concesión de subvenciones a las asociaciones inscritas en el Registro Municipal.

Los criterios generales de distribución estarán en función de la representatividad de cada entidad, el grado de interés o utilidad ciudadana de sus fines, su capacidad económica autónoma y las ayudas que reciban de otras entidades públicas o privadas.

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con ayudas de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, supere el 80% presupuesto del proyecto para el que se solicita.

Artículo 24. Obligaciones de los preceptores de las ayudas o subvenciones.

Las entidades que reciban subvenciones están obligadas a:

1. Realizar la actividad para la que le fue concedida la subvención, ajustándose para ello a los

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términos del proyecto presentado.2. Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar el Ayuntamiento, así como a facilitar los datos que se le requieran.3. Comunicar al Ayuntamiento la obtención de subvenciones y ayudas para la misma finalidad procedentes de otras administraciones y entidades públicas o privadas.4. Justificar adecuadamente la subvención, de acuerdo con la convocatoria que anualmente se aprobará en Pleno municipal.

TÍTULO SEXTO. ORGANIZACIÓN MUNICIPAL.

Artículo 25. Concejalía de Participación ciudadana.

Existirá en el organigrama municipal una Concejalía de Participación Ciudadana que se incluirá dentro de un área con la suficiente influencia en el resto de la Corporación como para ejercer su función y responder al concepto de transversalidad que le corresponde a dicha Concejalía y que velará por el correcto funcionamiento de los cauces de participación establecidos en este Reglamento y por las adecuadas relaciones entre los órganos de participación ciudadana y el Ayuntamiento, adoptando al efecto las medidas que estime oportunas.

La Concejalía de Participación Ciudadana se encargará de que se difunda con suficiente antelación la información sobre las sesiones plenarias, órdenes del día y acuerdos de los distintos órganos y entidades municipales. Haciendo llegar por correo electrónico a todas las asociaciones la convocatoria y orden del día, en cuanto se realice. También facilitará aquella información que soliciten los órganos de participación.

La Concejalía de Participación Ciudadana asegurará el apoyo material, económico, técnico y de equipamiento que permita el funcionamiento de los órganos de participación. Para ello el Ayuntamiento promoverá una planificación de usos de los equipamientos cívicos, sociales, culturales y deportivos para facilitar el mejor ejercicio de los derechos de reunión, asociación y participación.

Artículo 26. Medios de comunicación locales.

El Ayuntamiento de Huétor Vega promoverá publicaciones escritas y/o digitales y propiciará el acceso a los mismos de los ciudadanos y ciudadanas y de las asociaciones inscritas en el Registro Municipal de asociaciones.

Para facilitar el uso de los medios de comunicación municipal se establecerán cauces y plazos, según las características del medio y el interés manifestado. Se procurará dar a conocer los proyectos y actuaciones de interés municipal, los periodos de información pública y la agenda de actividades, teniendo presente la demanda vecinal al respecto.

En la medida que lo permita su capacidad económica y técnica, el Ayuntamiento impulsará la difusión de espacios en los que además de la información municipal, se puedan hacer debates consultas a los responsables políticos respecto de las cuestiones de competencia municipal y de

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interés local, se recabará opinión de los diferentes agentes sociales y se hará difusión de los actos y procesos de participación ciudadana que se produzcan.

El Ayuntamiento promoverá la creación de espacios en la ciudad para la instalación de carteleras, paneles, banderines y similares que, de acuerdo con las ordenanzas municipales reguladoras de esta actividad, permitan la publicidad de las actividades de interés local que realizan los diferentes agentes sociales del municipio.

TÍTULO SÉPTIMO. SENSIBILIZACIÓN SOCIAL.

Artículo 27. Sensibilización social.

El Ayuntamiento promoverá y realizará campañas informativas para el desarrollo de los valores solidarios, democráticos y de participación en la vida pública. Las campañas irán dirigidas al conjunto de la ciudadanía y en especial a la infancia, la adolescencia, los discapacitados y a la población inmigrante, mediante la realización de cursos, jornadas y seminarios.

TÍTULO OCTAVO. PROCESO PARTICIPATIVO.

Artículo 28. Proceso participativo.

El Ayuntamiento de Huétor Vega promoverá procesos participativos de la ciudadanía y Asociaciones en cuestiones municipales o proyectos importantes con la siguiente metodología:

-Fase de información, mediante la cual se difundirá a la ciudadanía afectada la materia o proyecto sobre el cual se pretende la participación, indicando la metodología que se va a utilizar para dicha participación.-Fase de debate, mediante la cual, utilizando la metodología elegida, se promueve el diagnóstico, debate y propuestas con la ciudadanía.-Fase de devolución, mediante la cual se traslada a las personas participantes y al conjunto de la ciudadanía el resultado del proceso.

El programa de actuación municipal preverá cada año, a propuesta del Alcalde, qué actuación o proyecto se impulsará de acuerdo al presente modelo participativo. Al acabar el proyecto, se realiza una memoria de evaluación con los resultados.

DISPOSICION ADICIONAL.

En lo no previsto por el presente Reglamento se estará a lo dispuesto en las siguientes normas:1-. Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.2- Texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de Abril.3-. Ley Orgánica 4/2001 Reguladora del Derecho de Petición.4-. Ley Orgánica 1/2002 Reguladora del Derecho de Asociación.

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5-. Normas autonómicas en Andalucía que regulen la materia

DISPOSICIÓN DEROGATORIA.

Desde la entrada en vigor de este Reglamento quedan derogadas todas las disposiciones contenidas en Ordenanzas y Reglamentos Municipales que se opongan a lo dispuesto en el mismo. DISPOSICIÓN FINAL.

Este Reglamento entrará en vigor una vez haya sido aprobado por el Pleno del Ayuntamiento, publicado íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y transcurrido el plazo legal establecido.

SEGUNDO: Someter el expediente del Reglamento de participación ciudadana a información Pública y Audiencia a los interesados por el plazo de 30 días mediante inserción de edicto en el BOP, en el Tablón de anuncios, y, en el Portal de la Transparencia para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

TERCERO: Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por el Pleno. En el caso de que no se hubiera producido ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

CUARTO: Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia íntegramente y no entrará en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el art. 65.2 (quince días hábiles, a partir de la comunicación del acuerdo).

PUNTO 4.- MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL ROM (EXPTE. SE 79/2015).

Por parte del SR. ALCALDE se cede la palabra a la Sra. Secretaria que indica que la Propuesta de acuerdo fue dictaminada favorablemente por la Comisión Informativa de Gobernación en sesión celebrada el día 26 de julio de 2016, por la unanimidad de los once(11) votos correspondientes 5 al GM PP, 3 al GM del PSOE , 1 al GM de IU, 1 al GM Ahora Si Podemos, y 1 al GM de de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía-. Se introducen modificaciones de cuatro (4) artículos: art. 49, art, art. 53, art. 62.7 y art. 71.2. El Sr. Alcalde indica ,que habiéndose presentado en esta misma fecha 29 de julio unas enmiendas (3) al Reglamento Orgánico Municipal registrada con el número 4485 de R.E y presentadas por el Portavoz del GM de Ahora Si Podemos, procede de acuerdo con el ROM su votación previamente al debate para su inclusión, si procede, en la Propuesta o proposición dictaminada. Sometidas a votación las enmiendas citadas al art. 53.2 El Pleno ordinario se convocará , ni antes de las 15.00 horas, ni después de las 20.00 horas).Al art. 61 .1: Modificar el Artículo 61 - Principio de unidad de acto. Punto 1. Así 1. Toda sesión, sea ordinaria o extraordinaria, habrá de respetar el principio de unidad de

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acto y se procurará que termine en el mismo día de su comienzo. Si éste terminare sin que se hubiesen debatido y resuelto todos los asuntos incluidos en el orden del día, la Presidencia podrá levantar la sesión. Convocándose automáticamente para continuar, al siguiente día hábil, a la misma hora de la convocatoria original, y de ser sábado a las 12: 00. Está hora podrá variarse por acuerdo de la Junta de Portavoces de los grupos. Y, añadir un punto 3 al art. 61. Así: Si por la duración del pleno, se prevé que no puedan ser tratados todos los temas incluidos en el orden del día. El equipo de Gobierno y el grupo proponente podrá solicitar a las 23:50 la interrupción del debate y la votación del de los puntos pendientes. Sin más debate. Debiendo realizarse antes de las 24:00.Celebradas las votaciones podrá darse u turno de explicación de voto. Seguidamente, por parte del Sr. Alcalde se solicita verbalmente que por parte de la Sra Secretaria, a la vista de la duda de la enmienda al art. 61. del ROM que informe, indicando que observa contradicción entre los puntos 2 y 3s. Se indica por parte de la Sra Secretaría la necesidad de quórum de la mayoría absoluta del número legal de miembros para la modificación del ROM y la falta de tiempo para informar verbalmente a la vista de que las enmiendas presentadas y registradas lo han sido justo antes del inicio de este Pleno. Esta forma tan precipitada de trabajar, no permite un análisis con el tiempo mínimo que requieren las cuestiones que se plantean. Manifiesta que debiera concretarse hora y día para facilitar el conocimiento público y dar contenido a la periodicidad preestablecida que exige la norma. Además indica que si bien la convocatoria pudiera ser automática, lo cierto es que se levanta otro acta, y en consecuencia habrá que dar traslado a la Intervención al objeto de conocer o no la existencia de crédito. Expone que dado que existe frecuencia mensual en la celebración de los plenos, lo más adecuado sería, en caso de ser necesario, adelantar la hora de los plenos a las 19.00. Considera que cumpliéndose los términos del ROM en lo que a las intervenciones se refiere debe de haber tiempo suficiente para abordar los asuntos de orden del día, que además ya han sido dictaminados previamente.

El Sr. DON. PEDRO COLLADO, PORTAVOZ DEL GM DE AHORA SI PODEMOS,considera ajustadas las enmiendas presentadas y defiende que la flexibilidad en el horario sea buena mediante una franja amplia, y califica como “una opinión” lo vertido por la Sra. Secretaria. Indica que en el Congreso de Diputados es una sesión que se reanuda, y una misma acta.

Por su parte el Portavoz de IU, DON JESÚS FERNÁNDEZ interviene indicando que quede claro cuando se cambia la hora ( horario de verano e invierno), y también para manifestar que no votaría a favor si la enmienda significa incremento en las indemnizaciones de los Sres Concejales tal y como ha explicado la Sra. Secretaria. Solicita esta última la palabra e indica que estando presente el Sr. Interventor , éste avala su criterio de que se cobraría una nueva indemnización al tratarse de una nueva sesión y una nueva acta.

Prosigue las intervenciones con DON JOAQUIN LÓPEZ-SIDRO, Portavoz de CIUDADANOS PARTIDO DE LA CIUDADANÍA, C’s Considera que tal y como ha indicado la Sra. Secretaria debe fijarse un ahora concreta de celebración para que el

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público pueda conocer cuando se celebran las sesiones ordinarias, y en aras de una mayor organización de todos.

Por su parte el Sr. ALCALDE quiere hacer constar que su grupo político mantiene que los plenos debieran celebrase por la mañana , y que no están de acuerdo con que se celebren por la tarde , aunque lo van a apoyar. Reconoce que se va a incrementar el gasto al celebrase por la tarde. Además , quiere dejar claro que se debiera de empezar a funcionar con el horario de propuesto, y si se viese insuficiente se cambiaría adelantándolo.

Tras suficiente debate la votación arroja el siguiente resultado: Diecisiete de los diecisiete miembros que integran el pleno municipal estuvieron presentes en el momento de emitir el voto, votando doce (12) votos en contra de la enmienda-, 8 del GM del PP, 3 del GM de IU, y, 1 del GM Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía , y cinco(5) abstenciones -, 4 del GM del PSOE , y 1 del GM Ahora Si Podemos, por lo que el Sr. Presidente declara rechazadas las enmiendas . Seguidamente se abre el turno de intervenciones

sin que se promueva más debate el asunto se somete a votación.

Parte Dispositiva

Conocido que en el Pleno ordinario celebrado con fecha 30 de mayo fue retirado del orden del día el expediente sobre este asunto para un mayor estudio,

Conocido el dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 27 de junio de 2016,

Conocido que en el Pleno ordinario celebrado con fecha 30 de junio fue retirado del orden del día el expediente sobre este asunto,

Conocido el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 26 de julio de 2016,

El Sr. Alcalde quiere que conste en acta que su formación no está de acuerdo con el cambio de hora de los Plenos ,y, ello porque se elevará el coste del gasto. No obstante, dado que se modifican más artículos van a votar a favor de las modificaciones del ROM,

Sometida a votación la propuesta de acuerdo de modificación del Reglamento Orgánico Municipal dictaminada por la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 26 de julio de 2016, se obtuvo el siguiente resultado: Diecisiete de los diecisiete miembros que integran el pleno municipal estuvieron presentes en el momento de

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emitir el voto, votando diecisiete (17) votos a favor de la propuesta-, 8 del GM del PP, 4 del GM Socialista, 3 del GM de IU, y, 1 del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, y 1 del GM de Ahora Si Podemos, por lo que el Sr. Presidente declara aprobado el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar inicialmente la modificación de los siguientes artículos del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 186 el pasado día 28 de septiembre de 2015 y el BOP núm 22 de fecha 3 de febrero de 2016:

1-. Modificación del artículo 49 del R.O.M -. Mociones.

El Texto dice así:Los miembros del Gobierno Municipal o los Grupos Políticos, podrán presentar mociones con carácter de urgencia, correspondiendo a los Grupos Políticos un máximo de siete, distribuidas por Grupo político en proporción al número de integrantes.

Y, deberá decir:artículo 49-. Mociones1-. Los miembros del Gobierno Municipal o los Grupos Políticos, podrán presentar mociones con carácter de urgencia, correspondiendo a los Grupos Políticos un máximo de siete, distribuidas por Grupo político en proporción al número de integrantes.2-. Las Mociones, que no requieran informe alguno, habrán de presentarse ante la Secretaria General antes de las 12.00 horas del día anterior a la convocatoria de la Comisión Informativa correspondiente para su inclusión en el orden del día.

2º-. Modificación del artículo 53. del R.O.M p ublicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 22 el pasado día 3 de febrero de 2016 en los términos que a continuación se relacionan:

Artículo 53. Sesiones ordinarias

1. El Pleno se reunirá en sesión ordinaria mensualmente dentro de los últimos siete días hábiles. El Alcalde, por propia iniciativa o a instancia de los Portavoces de los Grupos Políticos, por causa justificada, podrá adelantar dicha fecha o retrasarla, incluso en el supuesto en que el nuevo día fijado no estuviera comprendido en el mes correspondiente a aquel.

2. El Pleno ordinario se convocara, a las 12:00 horas.

3. En el orden del día se priorizarán los asuntos de competencia municipal , incluyendo en primer lugar las Propuestas del Gobierno y las Proposiciones de los Grupos .Postergando las mociones presentadas a debate. Garantizando que en todos los plenos quede tiempo suficiente par Ruegos y Preguntas, de los miembros de la Corporación, y , en su caso, de los ciudadanos.

quedará así:

art. 53 (...)2 .El Pleno ordinario se convocara, a las 20.00 horas en invierno y a las 20.30 horas en verano.

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3º-. Modificación del artículo 62.7 en los términos que a continuación se relacionan:

Artículo. 62. Sesiones públicas.

7. Una vez terminada la sesión, la Presidencia podrá conceder la palabra a representantes de colectivos ciudadanos, previa solicitud de dichos colectivos formulada por escrito y presentadas al menos un día antes de la celebración de la Junta de Portavoces, para el conocimiento de todos los Grupos Políticos. Dicha intervención no podrá exceder de cinco minutos.

quedará así:

Artículo. 62. Sesiones públicas.7. Una vez planteadas todas las cuestiones por los grupos municipales, y , antes de

terminar el punto de Ruegos y Preguntas ,la Presidencia podrá conceder la palabra a representantes de colectivos ciudadanos o a personas a título individual, previa solicitud formulada de acuerdo con lo previsto en los apartados a), b) c), d) y e) del art. 12 del Reglamento de Participación Ciudadana. Dicha intervención tendrá una duración máxima de 10 minutos, donde no estarán permitidas expresiones descalificatorias, ofensivas o injuriosas hacia personas o entidades, además dicha intervención deberá ajustarse a lo solicitado previamente por escrito.

Una vez realizada la intervención el o los portavoces de los diferentes grupos municipales podrán solicitar aclaraciones al defensor o defensora de la propuesta, que la matizará durante el tiempo máximo de 10 minutos y después se pasará al debate por parte de los grupos municipales. Terminando con una respuesta directa del Alcalde y/o equipo de Gobierno a cada intervención. Esta podrá ser sucinta, o remitiéndose a una posterior extensión detallada. En todo caso, el ruego o pregunta no contestada en el Pleno, será respondida por escrito en el plazo de treinta días..

4º-. Modificación del artículo 71 . 2

Que dice así:

2. Enmienda es la propuesta de modificación de la Propuesta o Proposición dictaminada, formulada por uno o varios Grupos Políticos mediante escrito presentado antes de iniciarse la sesión del Pleno.

Y, que quedará así:

2. Enmienda es la propuesta de modificación de la Propuesta o Proposición dictaminada, formulada por uno o varios Grupos Políticos mediante escrito presentado ante la Secretaria General antes de las 12.00 horas del día anterior a la celebración del Pleno.

SEGUNDO: Someter el expediente del Reglamento de participación ciudadana a información Pública y Audiencia a los interesados por el plazo de 30 días mediante inserción de edicto en el BOP, en el Tablón de anuncios, y, en el Portal de la Transparencia para la presentación de

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reclamaciones y sugerencias.

TERCERO: Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por el Pleno. En el caso de que no se hubiera producido ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

CUARTO: Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia íntegramente y no entrará en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el art. 65.2 (quince días hábiles, a partir de la comunicación del acuerdo).

PUNTO 5.- MOCIÓN GM IU DE HUÉTOR VEGA PARA EL AUMENTO DE PLANTILLA DEL SERVICIO DE LIMPIEZA Y JARDINERÍA PARA TENER UN HUÉTOR VEGA LIMPIO.

Por parte del SR. ALCALDE se cede la palabra a la Sra. Secretaria que indica que la Propuesta de acuerdo para el aumento de plantilla del servicio de limpieza y jardinería fue dictaminada favorablemente por la Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Personal en sesión celebrada el día 26 de julio de 2016, por la unanimidad de los once(11) votos correspondientes 5 al GM PP, 3 al GM del PSOE , 1 al GM de IU, 1 al GM Ahora Si Podemos, y 1 al GM de de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía.

Seguidamente se abre el turno de intervenciones cediéndose el uso de la palabra a la Sra. Concejala del GM de IU, DOÑA MONICA MORENO, quien da lectura de la parte expositiva del Texto de la moción presentada y Anexo por su grupo municipal con las modificaciones introducidas y consensuadas en la Comisión Informativa que ya dictaminó el asunto. Sin que se promueva debate el asunto se somete a votación.

Parte Dispositiva

Conocidos los Textos de la MOCION Y ANEXO DEL GM IU DE HUÉTOR VEGA PARA EL AUMENTO DE PLANTILLA DEL SERVICIO DE LIMPIEZA Y JARDINERÍA

EXPONE

Antes de argumentar nuestra moción queremos dejar claro que felicitamos la labor desarrollada por las y los trabajadores de limpieza y jardinería que con personal insuficiente realizan un trabajo encomiable, a los cuales transmitimos nuestra enhorabuena. Con la presentación de esta propuesta queremos aumentar la plantilla del servicio de limpieza y jardinería para tener un pueblo limpio tal y como se merecen nuestros vecinos.

Durante el mandato anterior, el gobierno del PP de Huétor Vega redujo alrededor del 257o el contrato con la empresa concesionaria del servicio de limpieza y jardinería justificándose en el déficit de las cuentas municipales. Esa reducción significó un recorte de plantilla proporcional al porcentaje especificado con anterioridad perdiéndose varios puestos de barrenderos (reducción de 10 horas semanales con la reducción del sueldo correspondiente) y jardinería (una jubilación y otra plaza que no se renovó el contrato).

Desde hace un tiempo y siempre que se aproxima la campaña electoral, el equipo de gobierno del PP de nuestro pueblo saca pecho con el superávit que presentan sus cuentas municipales pero la realidad es que

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nos encontramos con unas calles y unos jardines muy dejados.Son muchas las quejas ciudadanas que se dejan oír del estado de las calles, parques y jardines debido

al insuficiente número de trabajadores. No entendemos como existiendo "superávit" no se refuerce este servicio a niveles, como mínimo, de años anteriores al recorte anteriormente mencionado.

Por todo lo anterior,SOLICITA

1.- La creación, como mínimo, de una cuadrilla más en el servicio de jardinería para recuperar la pérdida.2- Recuperar todas las horas perdidas del servicio de limpieza.3.- Actualización del servicio a razón del crecimiento del municipio desde la firma del contrato que sirvió de referente para el contrato que se recortó contratándose al personal cualif icado necesario para ello.

Y ANEXO para la moción: PARA EL AUMENTO DE PLANTILLA DEL SERVICIO DE LIMPIEZA Y JARDINERÍA PARA TENER UN HUÉTOR VEGA LIMPIO.

EXPONE

El pasado 14 de julio registramos una moción para el aumento de la plantilla del servicio de limpieza y jardinería para tener un Huétor Vega limpio.

Hemos hecho un pequeño estudio con los pocos datos de los que hemos dispuesto para ver la cantidad del coste aproximado. Para ello hemos analizado el pliego del contrato que se firmó en julio de 2013 con una duración de 4 años, prorrogables 2 más y un estudio del informe técnico emitido por el ayuntamiento. En dichos documentos no venían especificados los sueldos de los trabajadores, el beneficio industrial y el IVA, a pesar de que analizamos el pliego administrativo y técnico.

Teniendo como referente que los gastos que suponen por trabajador es sueldo, seguridad social, beneficio industrial e IVA y que se constituirían 1 cuadrilla (para jardinería) y la ampliación de las horas (10 horas por cada trabajador) de las personas del servicio de limpieza llegando, finalmente, a 40 horas de trabajo semanales por trabajador.

Por todo lo anterior,SOLICITA

1.- Ampliar los puntos de acuerdo 1 y 2 de dicha moción para clarificarla:

1.1. La creación de una cuadrilla más, en el servicio de jardinería (1 jardinero y 1 auxiliar de jardinería)

1.2. Recuperar todas las horas perdidas del servicio de limpieza respecto al contrato anterior (10 horas por trabajador) llegando, finalmente, a 40 horas de trabajo semanales por trabajador.

1.3. Modificar el contrato de licitación con la empresa que presta el servicio de limpieza y jardinería de 1 de julio de 2013.

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2.- La ampliación de los puntos de acuerdo de dicha moción con los siguientes apartados:

2.1. Comenzar a redactar de forma inmediata el nuevo pliego de licitación del contrato del servicio de limpieza viaria y de jardinería.

2.2. Incluir en el pliego las peticiones que hemos realizado tanto en la moción como en el presente anexo....”

Seguidamente se abre el turno de intervenciones.

Conocido la parte dispositiva del dictamen de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Personal de fecha 26 de julio de 2016 consensuado por todos los integrantes de los distintos grupos políticos municipales y, remitido a sus portavoces,

Sometida a votación la propuesta de acuerdo dictaminada favorablemente por la Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Personal de fecha 26 de julio de 2016, se obtuvo el siguiente resultado: Diecisiete de los diecisiete miembros que integran el pleno municipal estuvieron presentes en el momento de emitir el voto, votando diecisiete (17) votos a favor de la propuesta-, 8 del GM del PP, 4 del GM Socialista, 3 del GM de IU, y, 1 del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, y 1 del GM de Ahora Si Podemos, por lo que el Sr. Presidente declara aprobado el siguiente acuerdo : PRIMERO: Que se realice un estudio por parte del Área de Mantenimiento acerca del cumplimiento y de las deficiencias detectadas en la prestación de los servicio de recogida , transporte , tratamiento y eliminación de residuos urbanos , limpieza viaria y conservación y mantenimiento de parques , zonas verdes y ajardinadas y arbolado urbano en el municipio de Huétor Vega con la mercantil CESPA S.A en virtud del contrato suscrito con fecha 1 de julio de 2013, contrato que no se va a prorrogar. En dicho estudio se analizarán las posibles alternativas a la prestación de los citados servicios, incluida la prestación directa por el Ayuntamiento de los mismos. Dicho estudio debe realizarse antes del inicio del último trimestre del año.

SEGUNDO: Que se estudien y evalúen económicamente las necesidades de los servicios por las Áreas municipales de Intervención y Mantenimiento para que se incorpore el crédito suficiente y adecuado en el presupuesto municipal del ejercicio 2017.

TERCERO: Que dadas las carencias del servicio de limpieza se refuerce la limpieza viaria y de jardines con la contratación de las personas incluidas en la Bolsa de exclusión social, en número y tiempo necesarios para asegurar la óptima prestación del servicio.

CUARTO: Que una vez se disponga de la información requerida se den las instrucciones oportunas, bien para la licitación de los servicios ,bien para la gestión directa, con antelación suficiente a la finalización del contrato que tendrá lugar el próximo día 30 de junio de 2017.

PUNTO 6.- MOCIÓN GM C'S CIUDADANOS SOBRE SITUACIÓN ESTRATÉGICA DE HUÉTOR VEGA.

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Por parte del SR. ALCALDE se cede la palabra a la Sra. Secretaria que indica que la Propuesta de acuerdo sobre la situación estratégica de Huétor Vega contenida en la Moción de este punto del orden del día fue dictaminada favorablemente por la Comisión Informativa de Gobernación en sesión celebrada el día 26 de julio de 2016 por la unanimidad(11) votos a favor correspondientes 5 al GM PP, 3 al GM del PSOE, 1 del GM de IU, y 1 del GM Ahora Si Podemos, y 1 al GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, con la introducción de unas modificaciones que se hacen a propuesta del GM de IU en relación con la difusión y publicidad del estudio a las Asociaciones y Colectivos municipales. Manifiesta el Sr. Alcalde que para dar cumplimiento de esta Moción la Junta de Portavoces se reunirá el próximo viernes día 5 de agosto, a las 17:00 horas en el Ayuntamiento. Seguidamente cede la palabra al Proponente de la Moción, el Sr. Portavoz del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, D. JOAQUÍN LÓPEZ-SIDRO, que pasa a defendería (…) tras lo que se abre el turno de intervenciones. Interviene el Portavoz de IU, DON JESÚS FERNÁNDEZ agradece que se incorpore la sugerencia de que el Plan Estratégico pueda ser completado con las aportaciones de Colectivos, de Asociaciones.

Sin que se promueva más debate el asunto se somete a votación.

Parte Dispositiva

Conocido el Texto de la Moción presentada por el GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, que a continuación se trascribe:

“... EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

PRIMERO - Este grupo municipal presentó una moción para la reactivación económica de nuestro Municipio. A raíz de la misma y de conformidad con los demás grupos municipales se aprobó la redacción de un estudio estratégico del Municipio de Huétor Vega. El último data del año 2002.

SEGUNDO.- A fecha de hoy, hemos tenido una reunión con los responsables de la redacción del referido estudio, pero entendemos que es insuficiente por un lado y por otro , queremos que se nos informe para dar nuestra opinión, con el único fin de que el mismo se eficiente y desarrolle la función que todos queremos, que se nos de traslado del esquema, índice que se va a seguir en la confección del mismo, así como del trabajo que se esta desarrollando.No es suficiente , en consecuencia, que se redacte un estudio estratégico sino que es necesario que el mismo revierta en beneficio del Municipio".

TERCERO.-Damos aquí por reproducido de forma integra la moción que presentamos a finales del año 2015, en relación a este asunto:

"La crisis económica y la falta de previsión de los diferentes gobiernos del país han elevado las cotas de desempleo hasta niveles desconocidos en nuestra historia reciente. Como sociedad nos encontramos ante uno de los problemas más graves que pueden sufrirlos ciudadanos: la falta de empleo y el estado tan precario en el que se encuentran los autónomos que sin tenerse en cuenta sus ingresos tienen que pagar mes tras mes un importe por trabajar, aunque no lo hagan a lo que además hay que añadir los gastos inherentes a la actividad que desempeñen o tratan de desempeñar. Por ello, y para paliarla situación actual, corrigiendo la

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tendencia de destrucción sistemática de puestos de trabajo, así como para planificar un mercado laboral que sea capaz de superar más eficientemente las situaciones de crisis económica sin lanzara millones de trabajadores al desempleo, nos encontramos con el reto de definir unas políticas que creen suficiente empleo para sus ciudadanos y que este sea de calidad y suficientemente retribuido. Para ello, es necesario una economía dinámica y un mercado laboral flexible que sea capaz de adaptarse eficientemente a la realidad económica del momento.El empleo lo crean fundamentalmente las empresas y autónomos; por eso hay que apoyarlas mediante una adecuada política económica y social.C's Huétor Vega quiere mejorar las condiciones laborales y de empleo de nuestro municipio. Por eso somos partidarios de iniciar nuevas políticas en nuestro Municipio y de desarrollar de forma continua un plan de trabajo y seguimiento con el Ayuntamiento de Huétor Vega.

Para impulsarla actividad necesitamos,--Disminuir los costes de la energía.--Facilitar el acceso al crédito.--Reducirla burocracia.--Promover recursos financieros pava el impulso de las empresas en las primeras fases de crecimiento, poniendo al alcance de las PYA ÍES información y servicios para la mejora de su competitividad.-- Desplegar un Plan Integral de Apoyo a Autónomos, fomentando el autoempleo y alentando un entorno favorable a su desarrollo a través de un programa específico de inversión destinado a líneas de financiación para renovación de maquinaria, equipamiento específico y vehículos, e incorporación de tecnología.-- Disminuir los trámites necesarios para la creación de empresas tanto en coste como en duración. Impulsaremos la centralización de los trámites y gestiones a realizar para el establecimiento o mantenimiento de una actividad económica en una única oficina que relacione al empresario o autónomo con las distintas Administraciones.7-. Incrementarlas políticas activas de empleo dedicando más fondos para la fonación de los trabajadores.8.- Estableceremos la creación de un fondo para formación con cotizaciones que se destinaría a la formación del trabajador que pierde su empleo. Igualmente es necesario que, mediante la aportación de fondos públicos y de fondos derivados de la responsabilidad social de las empresas, se fomente la formación de los trabajadores.9-Incrementaremos los programas destinados a 1a inserción laboral de desempleados de larga duración y de aquellos trabajadores procedentes de sectores especialmente afectados por la crisis.Dichos programas incluirán cursos de formación y calificación profesional, orientación laboral técnicas de búsqueda de empleo y planes específicos de ayudas económicas para incentivar el autoempleo.10-lmpulsaremos programas que combinen políticas educativas y laborales que reduzcan el número de jóvenes parados y sin formación. Aplicaremos el programa de garantía juvenil y lo ampliaríamos hasta jóvenes de 30 años para disminuir el paro. Igualmente velar por el cumplimiento de la nueva iniciativa sobre empleo juvenil (2014-2020), creada por el Consejo Europeo para regiones donde la tasa de desempleo juvenil supera el 2596.11-.- Revisar el marco general de las prestaciones por desempleo asegurando que proporcionaran condiciones de dignidad personal y sostenibilidad familiar, persiguiendo la utilización fraudulenta de sus recursos.12.- Ampliarla duración de la renta activa de inserción cuando la situación de emergencia personal y/o familiar de los desemplcados que pueden acogerse a esta figura perdure.

ACUERDOS

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PRIMERO.- El Ayuntamiento de Huétor Vega, manifiesta su firme intención y propósito de crear una Comisión de Trabajo que estará integrada por un miembro de todos los grupos municipales y con la presencia rotativa de representantes de todos los ámbitos sociales, económicos, educativos, deportivos, etc... de Huétor Vega con el objetivo de analizar cada una de las cuestiones recogidas en el presente escrito (o aquellas otras que se consideren beneficiosas para el fin que se persigue )y además delimitar las competencias del Ayuntamiento de Huétor Vega, para en base a ello, poder también dirigimos a las demás Administraciones Públicas y poder exigir prestaciones a las que estén obligados o bien llegar a la firma de Convenios con el fin de dinamizarla economía del Municipio.

SEGUNDO. - Una vez que estén fijadas las líneas de trabajo y se vayan desarrollando y ejecutando las mismas. la Junta de Porta voces del Ayuntamiento de Huétor Vega será 1a obligada y responsable de hacer seguimiento al programa de trabajo acordado con anterioridad.

TERCERO. - La intención de todos los grupos municipales de Huétor Vega es lograr acuerdos y consensos por unanimidad en todos los asuntos relacionados con esta Moción, con el único fin que esta línea de trabajo perdure en el tiempo.

CUARTO.-En el pleno extraordinario del mes de octubre se presentarán los contenidos y competencias de esta Moción por todos los grupos municipales...

En virtud a todo lo anterior, ACUERDOS

PRIMERO.-Se nos informe del estado en el que se encuentra la redacción y estudio estratégico del Municipio de Huétor Vega.

SEGUNDO.- Se nos de traslado y se nos informe del contenido del mismo tanto a los distintos grupos políticos , por si a nuestro criterio, consensuado con los demás grupos municipales es necesario incorporar o suprimir algún punto.

TERCERO: Se nos comunique la fecha en la que está prevista su finalización.

Conocido el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Gobernación e n sesión celebrada el día 26 de julio de 2016 a la Propuesta de acuerdos,

Sometida a votación la propuesta de acuerdo dictaminada favorablemente por la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 26 de julio de 2016 , se obtuvo el siguiente resultado: Diecisiete de los diecisiete miembros que integran el pleno municipal estuvieron presentes en el momento de emitir el votando diecisiete (17) votos a favor de la propuesta-, 8 del GM del PP, 4 del GM Socialista, 3 del GM de IU, y, 1 del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, y 1 del GM de Ahora Si Podemos, por lo que el Sr. Presidente declara aprobado el siguiente acuerdo a la Moción del GM de Ciudadanos , Partido de la Ciudadanía en relación con la situación estratégica de Huétor Vega

PRIMERO.-Se nos informe del estado en el que se encuentra la redacción y estudio estratégico del

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Municipio de Huétor Vega.

SEGUNDO.- Se nos de traslado y se nos informe del contenido del mismo tanto a los distintos grupos políticos como a las Asociaciones y a los Colectivos municipales , por si a nuestro criterio, consensuado con los demás grupos municipales es necesario incorporar o suprimir algún punto.

TERCERO: Se nos comunique la fecha en la que está prevista su finalización y una vez esté finalizado se de la mayor difusión del mismo.

PUNTO 7.- MOCIÓN GM C'S CIUDADANOS SOBRE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE HUÉTOR VEGA.

Por parte del SR. ALCALDE se cede la palabra a la Sra. Secretaria que indica que la Propuesta de acuerdo sobre las subvenciones contenida en la Moción de este punto del orden del día fue dictaminada favorablemente por la Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Personal en sesión celebrada el día 26 de julio de 2016 por seis(6) votos a favor correspondientes 5 al GM PP, y 1 al GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, cuatro(4) abstenciones correspondientes 3 al GM del PSOE, y 1 del GM de IU, y, un voto en contra del GM Ahora Si Podemos ampliando el plazo para la presentación de la información solicitada, que pasará de dos(2) a seis(6) meses como máximo. Seguidamente cede la palabra al Proponente de la Moción, el Sr. Portavoz del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, DON JOAQUÍN LÓPEZ-SIDRO, que pasa a defendería (…) tras lo que se abre el turno de intervenciones.

DON. PEDRO COLLADO, PORTAVOZ DEL GM DE AHORA SI PODEMOS , considera que tal y cómo argumento en la Comisión Informativa este tipo de Mociones forman parte del derecho de información y no es la vía de la Moción en pleno la adecuada.

En el turno de réplica DON JOAQUÍN LÓPEZ-SIDRO, cita jurisprudencia del Tribunal Constitucional de 1988 que avala su criterio y considera adecuado el cauce de petición a través del Pleno.

Por su parte el Portavoz de IU, DON JESÚS FERNÁNDEZ comparte el criterio esgrimido por el SR. LÓPEZ-SIDRO, indicando que se puede solicitar la información de varias formas.

Suficientemente debatido el asunto se somete a votación.

Parte Dispositiva

Conocido el texto de la Moción sobre subvenciones a asociaciones de Huétor Vega presentada por el Portavoz del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, que a continuación se trascribe:

“...EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Entendiendo que en los últimos Plenos ha sido un punto controvertido el de las Asociaciones de Huétor Vega, en relación a subvenciones que se les asignan a unas y a otras, en relación a si las mismas

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están inscritas en el registro correspondiente o no, es por lo que , presentamos esta Moción en la que solicitamos la siguiente información, por años, desde el año 2007 a 2015:

-- Número de asociaciones inscritas en el Municipio por año y nombre.-- El importe por concepto de subvenciones que se ha concedido anualmente y cuáles han sido las beneficiarías de las mismas.-- Asociaciones que hayan solicitado subvención , no se les haya concedido y hayan

ACUERDOS

PRIMERO.- El Ayuntamiento de Huétor Vega. se compromete a:

-Facilitar esta información en el plazo de dos meses a los grupos municipales del Consistorio.

Conocido el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Personal en sesión celebrada el día 26 de julio de 2016 a la Propuesta de acuerdo,

Sometida a votación la propuesta de acuerdo dictaminada favorablemente por la Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Personal de fecha 26 de julio de 2016, se obtuvo el siguiente resultado: Diecisiete de los diecisiete miembros que integran el pleno municipal estuvieron presentes en el momento de emitir el voto, votando trece( 13) votos a favor de la propuesta-, 8 del GM del PP, 4 del GM Socialista, y 1 del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, tres(3) abstenciones del GM de IU y sin que por el Sr. Portavoz del GM de Ahora Si Podemos se pronuncie al respecto( votando a favor, en contra o absteniéndose), por lo que el Sr. Presidente declara aprobado el siguiente acuerdo a la Moción del GM de Ciudadanos , Partido de la Ciudadanía en relación con las subvenciones a las Asociaciones :

PRIMERO: Facilitar la información a que se refiere la Moción sobre subvenciones a asociaciones de Huétor Vega presentada por el GM de CIUDADANOS, en el plazo máximo de seis (6) meses a los grupos municipales del Consistorio dando traslado al Área de Intervención para su conocimiento y efectos oportunos.

PUNTO 8.- MOCIÓN GM C'S CIUDADANOS SOBRE TRIBUTOS LOCALES EN HUÉTOR VEGA.

Por parte del SR. ALCALDE se cede la palabra a la Sra. Secretaria que indica que la Propuesta de acuerdo sobre tributos locales contenida en la Moción incluída en este punto del orden del día fue dictaminada favorablemente por la Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Personal en sesión celebrada el día 26 de julio de 2016 por seis(6) votos a favor correspondientes 5 al GM PP, y 1 al GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, y cinco (5) correspondientes 3 al GM del PSOE, 1 del GM de IU, y, una

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al GM Ahora Si Podemos . En el seno de la citada Comisión se amplia el plazo para la presentación de la información solicitada de dos(2) a seis(6) meses como máximo. Seguidamente cede la palabra al Proponente de la Moción, el Sr. Portavoz del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía,D. JOAQUÍN LÓPEZ-SIDRO, que pasa a defendería (…) tras lo que se abre el turno de intervenciones, y sin que se promuevan el asunto se somete a votación.

Parte Dispositiva

Conocido el texto de la Moción sobre tributos locales en Huétor Vega presentada por el Portavoz del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, que a continuación se trascribe:

“... EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Dada la importancia que tienen en la gestión de cualquier Municipio los tributos locales.Dado que la Constitución Española recoge en su artículo 142 que las Haciendas Locales deberán

disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la Ley atribuye a las Corporaciones locales y que fundamentalmente se nutrirán de tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades autónomas , es por lo que presentamos esta moción con el fin de que se nos de traslado desde el año 2007 hasta el 2015 inclusive (la información tiene que ser entregada por años), de lo siguiente:

--Ingresos procedentes del Patrimonio del Ayuntamiento de Huétor Vega y demás de derecho privado.--Los ingresos de los tributos propios clasificados en tasas , contribuciones especiales e impuestos y los recargos exigibles sobre los impuestos de las Comunidades Autónomas o de otras entidades locales.--Las participaciones en los tributos del Estado y de las Comunidades Autónomas .--Las subvenciones concedidas.--Los ingresos percibidos en concepto de precios públicos.-- Operaciones de créditos, detallar los mismos, el concepto y la finalidad. --Los ingresos por multas y sanciones en el ámbito de las competencias del Ayuntamiento de Huétor Vega. 8.- Las demás prestaciones de derecho público.

Todo ello de conformidad con el artículo 2.1. del TRLRHL.

ACUERDOS

PRIMERO.- El Ayuntamiento de Huétor Vega, se compromete a:

-Facilitar esta información en el plazo de dos meses a los grupos municipales del Consistorio...”

Conocido el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Personal en sesión celebrada el día 26 de julio de 2016 a la Propuesta de acuerdo,

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Sometida a votación la propuesta de acuerdo dictaminada favorablemente por la Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Personal de fecha 26 de julio de 2016, se obtuvo el siguiente resultado: Diecisiete de los diecisiete miembros que integran el pleno municipal estuvieron presentes en el momento de emitir el voto, votando trece( 13) votos a favor de la propuesta-, 8 del GM del PP, 4 del GM Socialista, y 1 del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, y cuatro abstenciones-, 3 del GM de IU y 1 del GM de Ahora Si Podemos por lo que el Sr. Presidente declara aprobado el siguiente acuerdo a la Moción del GM de Ciudadanos , Partido de la Ciudadanía en relación con los tributos locales :

PRIMERO: Facilitar la información a que se refiere la Moción sobre tributos locales presentada por el GM de CIUDADANOS, en el plazo máximo de seis (6) meses a los grupos municipales del Consistorio dando traslado a las Áreas de Intervención y de Tesorería municipales para su conocimiento y efectos oportunos.

PUNTO 9.- MOCIÓN GM IU DE HUÉTOR VEGA PARA LA CREACIÓN DE UNA ORDENANZA FISCAL Y OTRA REGULADORA DE LOS FESTEJOS EN HUÉTOR VEGA.

Por parte del SR. ALCALDE se cede la palabra a la Sra. Secretaria que indica que la moción objeto de este acuerdo fue dictaminada favorablemente por la Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Personal en sesión celebrada el día 26 de julio de 2016, y, por la unanimidad (11) votos a favor correspondientes 5 al GM PP, 3 al GM del PSOE, 1 del GM de IU, 1 del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía,y 1 del GM Ahora Si Podemos. Seguidamente cede la palabra al Proponente de la Moción, D. JESÚS FERNÁNDEZ (...).Tras los distintos agradecimientos a la labor de la Comisión de Fiestas( realizados por todos los grupos ..) se somete el asunto a votación. Parte Dispositiva

Conocido el Texto de la Moción del GM de IU PARA LA CREACIÓN DE UNA ORDENANZA FISCAL Y OTRA REGULADORA DE LOS FESTEJOS EN HUÉTOR VEGA que dice así:

“...EXPONE

Nuestro pueblo goza de festividades en continuo crecimiento y una comisión de fiestas creada para llevar a cabo la coordinación de los distintos festejos cuya labor se realiza de forma altruista y desinteresada. Son muchos años y han sido muchas las personas que han dejado su tiempo para que todas las personas del pueblo disfrutaran de unos días de fiesta y diversión sin pedir nada a cambio.

El Ayuntamiento está presente en todas y cada una de las actividades y como tal debe ser este ente, respaldado con la comisión, la que regule y organice las actividades y, a la vez, la que gestione de forma directa los recursos económicos tanto propios como externos (casetas, donaciones de comercios...) todo ello sujeto a una ordenanza fiscal y que no dependa del concejal o del partido de turno que gobierne en el ayuntamiento.

No podemos pretender ser líderes en transparencia si sus vecinos y vecinas no saben año tras año

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cuánto nos cuestan las fiestas de nuestro pueblo y cuánto ingresa tanto por donaciones como por cobros a caseteros u otros.

Muchos vecinos y vecinas se preguntan dónde va el dinero que los caseteros con tanto esfuerzo tienen que pagar y en función de qué criterio se le cobra esa cantidad.

No dudan de la honestidad de los miembros de la Comisión, lo que desean es que esas cantidades estén reguladas con una ordenanza, sea dinero declarado a través de entidades bancarias y que no varíe cada año en función de criterios cambiantes.

Otra cuestión es la regulación de la propia Comisión de Fiestas, órgano que gestiona gastos e ingresos de dinero público al realizar su labor.

Por todo lo anterior,SOLICITA

-1-. Crear una ordenanza fiscal que regule el impuesto y las tasas por:-Instalación de casetas.-Instalación de barras.-Instalación de atracciones.-Instalación de puestos de venta ambulante.-Pago de donaciones a las fiestas de los diferentes comercios del municipio.2.- Crear una ordenanza reguladora de la instalación de casetas, barras y atracciones en las fiestas de Huétor Vega, así como las funciones de cada uno de los participantes en la organización de eventos, fiestas o actividades (Ayuntamiento, Comisión de fiestas, caseteros, patrocinadores, colaboradores...).

3.- Realización de un balance anual de los ingresos y gastos de las diferentes fiestas del pueblo y que se publiquen tanto en la web municipal como en el tablón de anuncios del ayuntamiento.

Conocido el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Personal en sesión de fecha 26 de julio,

Sometida a votación la propuesta de acuerdos PARA LA CREACIÓN DE UNA ORDENANZA FISCAL Y OTRA REGULADORA DE LOS FESTEJOS EN HUÉTOR VEGA dictaminada por la Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Personal en sesión de fecha 26 de julio, se obtuvo el siguiente resultado: Diecisiete de los diecisiete miembros que integran el pleno municipal estuvieron presentes en el momento de emitir el voto, votando diecisiete (17) votos a favor de la propuesta-, 8 del GM del PP, 4 del GM Socialista, 3 del GM de IU, y, 1 del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, y 1 del GM de Ahora Si Podemos, por lo que el Sr. Presidente declara aprobado el siguiente acuerdo:

− PRIMERO: Crear una ordenanza fiscal que regule el impuesto y las tasas por:-Instalación de casetas.-Instalación de barras.-Instalación de atracciones.

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-Instalación de puestos de venta ambulante.

SEGUNDO: Crear una ordenanza reguladora de la instalación de casetas, barras y atracciones en las fiestas de Huétor Vega, así como las funciones de cada uno de los participantes en la organización de eventos, fiestas o actividades (Ayuntamiento, Comisión de fiestas, caseteros, patrocinadores, colaboradores, otras aportaciones de los diferentes comercios, donaciones, etc...).TERCERO: Realización de un balance anual de los ingresos y gastos de las diferentes fiestas del pueblo y que se publiquen tanto en la web municipal como en el tablón de anuncios del ayuntamiento.

PUNTO 10.- MOCIÓN GM IU DE HUÉTOR VEGA ADHESIÓN AL PLAN DE INVERSIONES CAMINOS VECINALES DE LA RED VIARIA LOCAL 2016.

Por parte del SR. ALCALDE se cede la palabra a la Sra. Secretaria que indica que la moción objeto de este acuerdo fue dictaminada favorablemente por la Comisión Informativa de Gobernación en sesión celebrada el día 26 de julio de 2016 solicitando que con carácter previo a la celebración del Pleno se solicitase la emisión de un informe por parte del Técnico Municipal indicativo de si se cumplían los requisitos para solicitar la subvención. Por parte del Sr. Alcalde se informa de que dicho informe ya ha sido emitido por el Técnico Municipal y facilitado a los Sres/ras Portavoces de los distintos grupos políticos municipales. Del citado informe se desprende que : (..) “. A petición de la alcaldía de este Ayuntamiento se emite el presente Informe relativo al Plan de Caminos Vecinales recogido en la documentación que se entrega a este Área haciendo constar: “Que no existen en este municipio caminos vecinales que discurran por el Suelo No Urbanizable del mismo y que cumplan las condiciones que se indican en la documentación entregada para su inclusión en el Plan de reparación de caminos vecinales”. Lo que se pone en conocimiento a los efectos oportunos en Huétor Vega a 27 de Julio de 2016.. En consonancia con dicho informe el Sr, Alcalde solicita que se deje el asunto sobre la mesa. Seguidamente cede la palabra al Proponente de la Moción , D. JESÚS FERNÁNDEZ que manifiesta que no existe inconveniente alguno para dejar el asunto sobre la mesa, solicitando que se incorpore al acta el citado informe Técnico que justifica que no se someta a votación la citada Moción. Agradece la rapidez y eficacia del Técnico Municipal, en la emisión del informe.

Sin que se promueva debate alguno se solicita dejar el asunto sobre la mesa.

Parte Dispositiva

Conocido el Texto de la MOCIÓN DE ADHESIÓN AL PLAN DE INVERSIONES CAMINOS VECINALES DE LA RED VIARIA LOCAL 2016 presentada por el GM de IU que

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dice así:.EXPONE

El pasado 30 de junio se acordó, en el pleno de Diputación de Granada, la aprobación de la convocatoria del plan de inversiones en caminos vecinales de la red viaria local 2016.

Como dice esta convocatoria el objeto del presente plan de inversiones es la mejora de los caminos vecinales de la red viaria local de titularidad municipal hoy existente en la provincia de Granada, correspondiente a municipios y entidades locales autónomas.

La presente convocatoria tiene como objeto recavar las propuestas municipales para elaborar un plan de inversiones de la diputación de Granada para aquellos caminos que inciden directamente en la accesibilidad de los núcleos de población de aquellos municipios inferiores a 20.000 habitantes.

Serán susceptibles de inclusión en el Plan la reparación de caminos vecinales preexistentes que transcurran por suelo no urbanizable, en los que concurran algunas de las siguientes tipologías con carácter excluyente:

1.- Vías de comunicación que o bien sean la única conexión que dé acceso a la población residente en el núcleo a servicios básicos sanitarios, educativos u otros de competencia municipal, o bien sean la única conexión entre un núcleo de población y la red de carreteras Provinciales, Autonómicas o Nacionales.2.- Vías de comunicación que supongan una disminución del recorrido para el acceso de la población residente en el núcleo a servicios básicos sanitarios, educativos u otros de competencia municipal.3.- Vías de comunicación entre núcleos de población que supongan una disminución del recorrido sin utilizar las carreteras Provinciales, Autonómicas o Nacionales.

Por todo lo anterior,SOLICITA

1.- Adhesión al plan de inversiones: Caminos vecinales de la red viaria local 2016.2.- Convocar junta de portavoces local, para valorar que zonas del municipio forman parte de este plan y cuales necesitan con más premura incidir en ellas.

Conocido el informe emitido con fecha 27 de julio por parte del Sr. Arquitecto Técnico Municipal cuyo tenor dice así: “ Que no existen en este municipio caminos vecinales que discurran por el Suelo No Urbanizable del mismo y que cumplan las condiciones que se indican en la documentación entregada para su inclusión en el Plan de reparación de caminos vecinales”

El Pleno a propuesta del Sr. Alcalde y con la anuencia de todos los Sres/ras concejales /as acuerda dejar el asunto sobre la mesa.

PUNTO 11.- MOCIÓN GM AHORA SI PODEMOS SOBRE SALUD Y FUSIÓN HOSPITALARIA.

Por parte del SR. ALCALDE se cede la palabra a la Sra. Secretaria que indica que

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la moción objeto de este acuerdo fue dictaminada favorablemente por la Comisión Informativa de Gobernación en sesión celebrada el día 26 de julio de 2016, por siete (7) votos a favor correspondientes 5 al GM PP, 1 del GM de IU, y 1 del GM Ahora Si Podemos, y cuatro(4) abstenciones-, 3 del GM del PSOE y 1 del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía . Seguidamente cede la palabra al Proponente de la Moción, el Sr. Portavoz del GM de Ahora Si Podemos,D. PEDRO J COLLADO, que pasa a defendería (…) manifestando en síntesis que la calidad del servicio ha empeorado cualitativa y cuantitativamente por lo que reitera su pronunciamiento en contra tras lo que se abre el turno de intervenciones.

El Portavoz de IU, DON JESÚS FERNÁNDEZ indica que la va a votar a favor su formación, ya que cómo se dijo en el mes de mayo está ocurriendo todo aquello que se dijo. Cuenta que ha tenido conocimiento de que incluso un menor de edad ha estado a punto de morir.

Por su parte DOÑA CAROLINA HIGUERAS, Portavoz del GM del PSOE manifiesta que su grupo municipal va a votar en contra. Indica que si bien la Sanidad Pública es mejorable, no deben los representantes políticos alarmar ni creerse sin mas “los bulos”. Indica que afirmar “que va a morir gente” es muy fuerte.

En el turno de réplica el SR. FERNANDEZ indica que su fuente ha sido un médico.

En el segundo turno de intervenciones el Ponente de la Moción D. PEDRO J COLLADO, abunda en el deterioro del servicio publico ofreciendo datos como el de reducción en el número de camas ( dice que se han cerrado 507) para reafirmar que la fusión no es la vía.

Suficientemente debatido el asunto se somete a votación.

Parte Dispositiva

Conocido el Texto íntegro de la MOCIÓN SOBRE SALUD Y FUSION HOSPITALARIA presentada por el GM de Ahora Si Podemos, cuyo tenor dice así:

“... EXPOSICION DE MOTIVOSHabiendo pasado un mes desde la apertura del nuevo hospital del PTS "Alejandro Otero" Es

momento de valorar la situación de los servicios de salud de Granada, al menos en este momento inicial.En especial por estar nuestro municipio incluido en el área cercana de referencia y ser nuestros

ciudadanos usuarios, al ser el centro mas cercano a nuestro municipio Ya que aún carecemos, tanto de servicio local de Urgencias, como de una Zona Básica de Salud, que nos correspondería, por la población servida.

Los temores iniciales, han sido superados, por las deficiencias de funcionamiento conocidas hasta ahora La situación de la atención hospitalaria ha empeorado. La atención de urgencias ha sido poco menos que caótica, tanto en el nuevo hospital, como en los demás centros que permanecen abiertos en la comarca. La falta de camas ha provocado el cierre, disfunción o no funcionamiento de varios servicios, incluyendo el de

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operaciones programadas. En todos los centros hospitalarios.La falta de personal, por las reducciones por la fusión de servicios, ha provocado la falta de calidad

asistencial. El aumento de la ratio de usuarios con trabajadores, la saturación de los servicios y el estrés de trabajadores y pacientes. Siendo Granada la ciudad española con mayor cierre de camas, 507 camas menos en este mes, partiendo de ser la ciudad con menoscamas por población de España.

Todo ello sin contar, deficiencias de construcción, o de servicios, o mantenimiento, que pueden ser normales en cualquier edificio nuevo. Como faltas de adecuación pequeñas roturas de cañerías o inundaciones parciales, duplicidad de algunos equipamientos y falta de otros Que el nuevo mobiliario al servicio de los usuarios y pacientes sea menos ergonómico y resistente qué el usado anteriormente .

Todo ello sin contar con efectos en el entorno y tejido urbano y de comunicaciones, como la falta de aparcamientos, las autovías, calles y los enlaces mal dimensionados con su carga actual y previsible. La falta de conexiones por transportes públicos Ademas de la incidencia en la formación universitaria, por la falta de servicios en el hospital junto a las facultades de Ciencias de la Salud y de Medicina.

Sumando las múltiples deficiencias, sufridas por pacientes, usuarios, personal, y las informaciones y opiniones emitidas por los sindicatos, usuarios, y plataformas de profesionales y ciudadanos, es momento de expresar, de nuevo, nuestra opinión, de la calidad del servicio, que se presta por la Consejería de Salud a nuestros ciudadanos.

Aunque la idea inicial de construcción de un nuevo Hospital Clínico Universitario, no solo es correcta, sino incluso es buena. El modo que se ha llevado a la práctica no solo no es buena, sino que ha resultado un perjuicio para los ciudadanos. Al producirse inconvenientes inesperados al unirse el efecto del traslado, con el efecto de la fusión hospitalaria en el distrito de Granada. Frente a la existencia anterior de dos hospitales completos. El diseño de futuro es que solo haya un hospital, y este esté repartido en tres edificios a lo largo de varios kilómetros. Es la fusión la que está creando los conflictos y las carencias. No tanto la apertura del hospital nuevo del PTS, qué podría haber sido en principio una buena noticia, y una inversión rentable y productiva para la sociedad.

Por los antecedentes descritos, presentamos al Pleno del Ayuntamiento de Huétor Vega los siguientes ACUERDOS:1-. Constatamos el empeoramiento de la calidad del servicio hospitalario. Tanto en el servicio de urgencias, como en los demás Servicios/Unidades de hospitalización. Provocado por el efecto del traslado, mas el efecto de la fusión hospitalaria. Rechazamos que sean los usuarios los que tengan que sufrir estas decisiones. Por ello llamamos a los implicados a la corrección de las deficiencias, de los servicios públicos.2- Rechazamos que por causa de la fusión hospitalaria se hayan reducido personal, plazas y camas de hospitalización. Llamamos al SAS a corregir este hecho con la ampliación de la atención, hasta tener, al menos, los mismos números que antes de iniciar la fusión hospitalaria. En defensa de una Sanidad Publica y de Calidad.3-.Reclamamos que el nuevo hospital del PTS "Alejandro Otero" sea un hospital completo. Con la presencia de todas las especialidades y servicios de un hospital de referencia de la red andaluza. Esto significa qué debe recuperar la integridad como hospital, con todos los servicios. Evitando la dispersión por varios edificios y zonas de la ciudad. Reclamamos que en este hospital nuevo, se integren todos los trabajadores del antiguo Hospital Clínico San Cecilio.4-. Rechazamos la reducción de plazas de profesionales sanitarios, y la reducción de camas de atención y hospitalización, en la comarca de la Vega de Granada. La creación de un hospital nuevo, no puede servir de excusa para la reducción de los servicios prestados. Creemos que por volumen de población, siguiendo la ley, la comarca de Granada, debe de tener el equipamiento, al menos de dos hospitales completos. Por ello

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proponemos la reversión de la fusión hospitalaria, para volver al modelo, de un hospital en el sur de la ciudad central, y otro hospital en la zona norte de la ciudad capital. Que puedan dar servicios a las 2 áreas geográficas de la comarca de la Vega o de la Aglomeración urbana de la zona de Granada.5-. Comunicar este acuerdo todos los municipios de la aglomeración urbana de Granada, a la Universidad, a la Escuela Andaluza de Salud Publica, al Servicio Andaluz de Salud, y a la Consejería de Salud, en Sevilla, al Parlamento de Andalucía y sus grupos parlamentarios...”

Conocido el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Gobernación en sesión celebrada el día 26 de julio de 2016 a la Propuesta de acuerdos,

Sometida a votación la MÓCIÓN SOBRE SALUD Y FUSION HOSPITALARIA presentada por el GM de Ahora Si Podemos, dictaminada por la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 26 de julio de 2016, se obtuvo el siguiente resultado: Diecisiete de los diecisiete miembros que integran el pleno municipal estuvieron presentes en el momento de emitir el voto, votando doce (12) votos a favor de la propuesta-, 8 del GM del PP, 3 del GM de IU, y, 1 del GM de Ahora Si Podemos, cuatro (4) votos en contra del GM del PSOE y una (1) abstención del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, por lo que el Sr. Presidente declara aprobado el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Constatamos el empeoramiento de la calidad del servicio hospitalario. Tanto en el servicio de urgencias, como en los demás Servicios/Unidades de hospitalización. Provocado por el efecto del traslado, mas el efecto de la fusión hospitalaria. Rechazamos que sean los usuarios los que tengan que sufrir estas decisiones. Por ello llamamos a los implicados a la corrección de las deficiencias, de los servicios públicos.

SEGUNDO: Rechazamos que por causa de la fusión hospitalaria se hayan reducido personal, plazas y camas de hospitalización. Llamamos al SAS a corregir este hecho con la ampliación de la atención, hasta tener, al menos, los mismos números que antes de iniciar la fusión hospitalaria. En defensa de una Sanidad Publica y de Calidad.

TERCERO: Reclamamos que el nuevo hospital del PTS "Alejandro Otero" sea un hospital completo. Con la presencia de todas las especialidades y servicios de un hospital de referencia de la red andaluza. Esto significa qué debe recuperar la integridad como hospital, con todos los servicios. Evitando la dispersión por varios edificios y zonas de la ciudad. Reclamamos que en este hospital nuevo, se integren todos los trabajadores del antiguo Hospital Clínico San Cecilio.

CUARTO:Rechazamos la reducción de plazas de profesionales sanitarios, y la reducción de camas de atención y hospitalización, en la comarca de la Vega de Granada. La creación de un hospital nuevo, no puede servir de excusa para la reducción de los servicios prestados. Creemos que por volumen de población, siguiendo la ley, la comarca de Granada, debe de tener el equipamiento, al menos de dos hospitales completos. Por ello proponemos la reversión de la fusión hospitalaria, para volver al modelo, de un hospital en el sur de la ciudad central, y otro hospital en la zona norte de la ciudad capital. Que puedan dar servicios a las 2 áreas geográficas de la comarca de la Vega o de la Aglomeración urbana de la zona de Granada.

QUINTO: Comunicar este acuerdo a todos los municipios de la aglomeración urbana de

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Granada, a la Universidad, a la Escuela Andaluza de Salud Publica, al Servicio Andaluz de Salud, y a la Consejería de Salud, en Sevilla, al Parlamento de Andalucía y sus grupos parlamentarios.

PUNTO 12.- MOCIÓN GM AHORA SI PODEMOS SOBRE CONDENA DEL GOLPE DE ESTADO EN TURQUÍA.

Por parte del SR. ALCALDE se cede la palabra a la Sra. Secretaria que indica que la fue dictaminada favorablemente por la Comisión Informativa de Gobernación en sesión celebrada el día 26 de julio de 2016 acordó por diez (10) votos correspondientes 5 al GM PP, 3 al GM del PSOE , 1 al GM de IU, 1 al GM Ahora Si Podemos, y una(1) abstención del GM de de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, dictaminar favorablemente los acuerdos incluidos en la Moción. Cede la palabra el Sr. Alcalde al Proponente de la Moción, el Sr. Portavoz del GM de Ahora Si Podemos, D. PEDRO J COLLADO, que pasa a defenderla justificando la adopción de acuerdo en el Pleno en la necesaria defensa de los derechos humanos por la que tienen que velar todas las Administraciones Públicas, incluido este Ayuntamiento ( …) tras lo que se abre el turno de intervenciones. En el debate el el Sr. Portavoz del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, D. JOAQUÍN LÓPEZ-SIDRO indica que no considera adecuado el título de la Moción y anuncia su voto en contra. A esta postura se une la Sra. Concejal del PP DÑA.CARMEN LOPEZ NIETO.

En el turno de réplica el Proponente SR. COLLADO reitera que la defensa de los derechos humanos y el principio de la legitima defensa son derechos universales y lee el titulo completo de la Moción para justificar y contraargumentar al Sr. López Sidro -Gil.

El Portavoz de IU, DON JESÚS FERNÁNDEZ indica que la va a votar a favor su formación.

Por su parte DOÑA CAROLINA HIGUERAS, Portavoz del GM del PSOE manifiesta que su grupo municipal va a votar a favor.

Finaliza las intervenciones el SR. ALCALDE que anuncia el voto a favor de la Moción a la vista de las manifestaciones vertidas

Suficientemente debatido el asunto se somete a votación.

Parte Dispositiva

Conocido el Texto íntegro de la Moción presentada por el GM de Ahora Si podemos SOBRE SOBRE CONDENA DEL GOLPE DE ESTADO EN TURQUÍA Y LA CRECIENTE

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DERIVA AUTORITARIA Y DE VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS y ANIQUILACIÓN DE LAS LIBERTADES DEMOCRÁTICAS POR EL GOBIERNO DE ERDOGAN.

“...EXPOSICIÓN DE MOTIVOSEl intento de golpe de Estado que lideró un grupo de oficiales medios del ejército turco la noche del

15 de Julio, que tuvo su epicentro en Estambul y Ankara, y que fue fácilmente derrotado por sectores leales al presidente Recep Tayyip Erdogan, liderados por las fuerzas policiales, representa una nueva muestra de la profundidad de la crisis que recorre al Estado turco, país miembro de la OTAN y pieza clave en la disputa por la hegemonía en el Medio Oriente.

Mientras que los aliados de Erdogan en EEUU y la Unión Europea llaman a defender la democracia turca en contra de la aventura golpista, lo cierto es que la militarización del país es un hecho desde hace meses, particularmente desde la intensificación de la campaña militar en contra del pueblo kurdo, destruyendo miles de vidas y pueblos enteros en la región del sureste del Estado turco.

Lo cierto es que queda poca democracia que defender en Turquía, ya que Erdogan ha venido ampliando de forma galopante cada vez más su poder y control sobre el aparato estatal, apartando a sus adversarios opositores en el Estado y el ejército, en el sistema educativo y cultural, amordazando a la prensa, así como persiguiendo y encarcelando a todo el espectro de la oposición política. La acelerada deriva totalitaria es evidente y verificable.

Todo esto, mientras el miedo se apodera de la ciudadanía turca en medio de un incremento de los atentados que se han cobrado cientos de víctimas (el más reciente apenas hace una semana, en el aeropuerto internacional de Estambul), muchos de ellos por la proliferación de yihadistas y de una crisis económica sin precedentes, agudizada a partir del enfrentamiento con Rusia en Noviembre del pasado año.

Erdogan y su partido, el AKP, fomentan un ambiente de terror y violencia, sobre todo desde que se impusieron en las elecciones del 2015, en segunda vuelta. La campaña electoral, lejos de ser democrática, estuvo marcada por la persecución a la oposición, en particular Erdogan al partido opositor HDP, y por la polarización promovida mediante el recurso al terror y al miedo. Ha sido ignorado el voto de 6 millones de votantes mediante el levantamiento de la inmunidad a los parlamentarios del partido HDP, partido que aglutina a las fuerzas plurales, democráticas y progresistas del país. Así como las múltiples zonas del país que se mantienen en toque de queda y bajo estado de sitio y ley marcial, en especial en donde hay mayoría de poblaciones kurdas. Ademas del peligro de su implicación, y el distinto trato a algunos de las partes en la guerra de su vecina Siria.

Hay quienes han dicho que el presidente turco por fin ha tenido en este acto golpista la excusa perfecta para seguir imponiendo su proyecto autoritario y silenciar las voces críticas tanto en lo doméstico como en el exterior. Mientras su actitud errática y agresiva, está ganando creciente hostilidad en la comunidad internacional, que temen que sus acciones sigan desestabilizando la región y puedan llevar la crisis del Medio Oriente a las puertas mismas de Europa.

Pero si la "comunidad internacional" guarda silencio, los pueblos del mundo tenemos el deber moral de solidarizarnos con el pueblo turco y alzar la voz ante el autoritarismo que recorre al Estado turco y que reprime, encarcela, asesina y amordaza a quien se le oponga.

Para colmo, desde el día 21 de Julio de 2016, el Gobierno Turco, ha anunciado la "suspensión temporal" de la aplicación de la Convención de Derechos Humanos de la Unión Europea, dando vía libre ya, abiertamente ante la Comunidad Internacional a la violación sistemática de los Derechos Humanos en ese país, en un auténtico genocidio de baja intensidad.

Teniendo en cuenta, que por la pertenencia mutua a la OTAN nuestro país tiene la 'obligación de defensa mutua' se convierte en un asunto propio y que influye en nuestros ciudadanos.

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Por los antecedentes descritos, presentamos al Pleno del Ayuntamiento de Huétor Vega los siguientes ACUERDOS;

1.- El Pleno Municipal condena el intento militar de golpe de estado del 15 de julio de 2016 en Turquía, así como las posteriores actuaciones totalitarias del gobierno de Erdogan que se concretan en persecuciones a quienes no integran su proyecto político, mucho más allá de quienes abiertamente son sus opositores políticos de diversas fuerzas y violaciones sistemáticas y generalizadas de derechos humanos que se vienen cometiendo por el gobierno de Erdogan.

2.- Instar al Equipo de Gobierno a hacer pública una declaración de condena de los hechos descritos en el punto anterior.

3.- Requerir a las autoridades e instancias competentes a los diversos niveles a que se tomen las medidas necesarias (sanciones económicas, embargo de material armamentístico, replanteamiento de acuerdos con la Unión Europea, ruptura de relaciones diplomáticas), tanto en el ámbito comunitario (Unión Europea), así como en el internacional (ONU), al objeto de ejercer una presión adecuada para la salvaguarda de los Derechos Humanos y las Libertades Democráticas, que están siendo aniquiladas en Turquía.

4.- Proponer a la Unión Europea y a sus países miembros, la suspensión de negociaciones de adhesión a la UE. La suspensión de cuantos acuerdos, privilegios o tratos preferentes tiene actualmente. Mientras se restablecen y aplican el Conjunto de los Derechos Humanos. En especial, debe de dejar de aplicarse el acuerdo de devolución de refugiados, al no poder considerarse a Turquía como "un país seguro" para devolverlos.

5.- Reafirmar que el compromiso de defensa mutua de los países de la OTAN, solo puede aplicarse a países democráticos y con plena aplicación de los derechos humanos...”

Sometida a votación la Moción dictaminada por la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 27 de julio de 2016, se obtuvo el siguiente resultado: Diecisiete de los diecisiete miembros que integran el pleno municipal estuvieron presentes en el momento de emitir el voto, votando dieciséis (16) votos a favor de la propuesta-, 8 del GM del PP, 4 del GM Socialista, 3 del GM de IU, y, 1 del GM de Ahora Si Podemos , y una(1) abstención del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, por lo que el Sr. Presidente declara aprobado el siguiente acuerdo:

PRIMERO: El Pleno Municipal condena el intento militar de golpe de estado del 15 de julio de 2016 en Turquía, así como las posteriores actuaciones totalitarias del gobierno de Erdogan que se concretan en persecuciones a quienes no integran su proyecto político, mucho más allá de quienes abiertamente son sus opositores políticos de diversas fuerzas y violaciones sistemáticas y generalizadas de derechos humanos que se vienen cometiendo por el gobierno de Erdogan.

SEGUNDO: Instar al Equipo de Gobierno a hacer pública una declaración de condena de los hechos descritos en el punto anterior.

TERCERO: Requerir a las autoridades e instancias competentes a los diversos niveles a que se

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tomen las medidas necesarias (sanciones económicas, embargo de material armamentístico, replanteamiento de acuerdos con la Unión Europea, ruptura de relaciones diplomáticas), tanto en el ámbito comunitario (Unión Europea), así como en el internacional (ONU), al objeto de ejercer una presión adecuada para la salvaguarda de los Derechos Humanos y las Libertades Democráticas, que están siendo aniquiladas en Turquía.

CUARTO: Proponer a la Unión Europea y a sus países miembros, la suspensión de negociaciones de adhesión a la UE. La suspensión de cuantos acuerdos, privilegios o tratos preferentes tiene actualmente. Mientras se restablecen y aplican el Conjunto de los Derechos Humanos. En especial, debe de dejar de aplicarse el acuerdo de devolución de refugiados, al no poder considerarse a Turquía como "un país seguro" para devolverlos.

QUINTO: Reafirmar que el compromiso de defensa mutua de los países de la OTAN, solo puede aplicarse a países democráticos y con plena aplicación de los derechos humanos..

PUNTO 13.- MOCIÓN GM PSOE PARA INSTALACIÓN DE BAÑOS PÚBLICOS EN PLAZAS DEL MUNICIPIO. (NO DICTAMINADA)

Por parte del SR. ALCALDE se cede la palabra a la Portavoz del PSOE, DÑA. CAROLINA HIGUERAS que pasa a dar lectura de la Exposición de Motivos de la Moción objeto de acuerdo que no ha sido dictaminada por la Comisión Informativa correspondiente tras la que procede a su defensa(..). Indica que aunque el equipo de gobierno diga que se esté haciendo lo van a reivindicar porque es una petición hecha a su formación por parte de los vecinos/as

Seguidamente se abre el turno de intervenciones interviniendo la Sra. Concejal del GM del PP DÑA. SUSANA MEGÍAS. Que da lectura de un escrito que justifica el voto en contra de su formación política vaya a votar en contra.

Seguidamente interviene el SR. ALCALDE que justifica que el voto en contra de su formación está motivado, ya que la Plaza de la Cañadilla cuenta con servicios hasta las 22.00 y en la Plaza de las Naciones que no están si los vecinos nos lo piden se analizará.

Por parte de DÑA. CAROLINA HIGUERAS se argumenta que si bien a partir de las 22.00 horas no hay pequeños si hay mayores algunos de los que llevan andadores y a los que no se les va a dar solución. Además, muestra su extrañeza porque a su juicio parece que cuando algún otro partido de la oposición solicita algo , justo el equipo de gobierno ya lo está estudiando

Suficientemente debatido el asunto se somete a votación.

Parte Dispositiva

Conocido el Texto íntegro de la MOCIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE BAÑOS

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PÚBLICOS EN PLAZAS DEL MUNICIPIO DE EN HUÉTOR VEGA

EXPOSICION DE MOTIVOS

Desde el Grupo Socialista venimos observando un asunto que consideramos olvidado en nuestro pueblo que puede calificarse como de servicio esencial y tras la recogida de sugerencias vecinales llegamos a la conclusión que a pesar de la reciente remodelación de la plaza de la Cañadilla adolece de un servicio importante: Unos baños públicos. Esta carencia se detectó, sobre todo, en las fiestas de las cruces cuando se montó por parte de una asociación una cruz en el mencionado recinto y el público que asistía, normalmente familias locales con hijos/as preguntaban insistentemente por la localización de unos baños.

Se trataría de un valor añadido que comporta un servicio más al pueblo y a nuestros vecinos/as, mayores y pequeños, que disfrutan de la plaza durante todo el año, evitando así, en gran medida, que se produzcan otras situaciones no deseables que trasladan una imagen no demasiado buena cuando los usuarios/as de la plaza, normalmente los más pequeños, hacen sus necesidades en cualquier esquina o en las escaleras que conectan con la Calle Tesorillo.

Del mismo modo entendemos que esta necesidad también es trasladable a aquellas plazas donde se carezca de baños públicos en nuestro municipio, como la plaza de Las Naciones, entre otras. Entendiendo este servicio como una inversión financieramente sostenible que tiene cabida dentro de la ayuda que Diputación ha dado a nuestro municipio con un importe total de 90.000€.

Por todo lo anteriormente expuesto, El Grupo Municipal Socialista de Huétor Vega presenta para su aprobación en pleno las siguientes

PROPUESTA DE ACUERDOS

1.- Que se instale en la plaza de La Cañadilla y plaza de Las Naciones unos baños adaptados arquitectónicamente y con lavabo.

2.- Que se estudie la posibilidad de poner este mismo servicio en plazas del municipio que adolezcan de baños públicos.

3.- Que se publique la moción en la página web municipal...”

Sometida a votación la Moción y propuestas de acuerdo arriba trascritos, se obtuvo el siguiente resultado: Diecisiete de los diecisiete miembros que integran el pleno municipal estuvieron presentes en el momento de emitir el voto , votando ocho (8)votos votos a favor de la propuesta-, 4 del GM Socialista, 3 del GM de IU, y, 1 del GM de Ahora Si Podemos, ocho(8) votos en contra del GM del PP y una abstención del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, por lo que el Sr. Presidente indica que, a la vista del empate, se va a someter a una nueva votación. Sometida la Moción a una 2º votación, se obtiene el siguiente resultado: Diecisiete de los diecisiete miembros que integran el pleno municipal estuvieron presentes en el momento de emitir el voto , votando ocho (8)votos votos a favor de la propuesta-, 4 del GM Socialista, 3 del GM de IU, y, 1 del GM de Ahora Si Podemos, ocho(8) votos en contra del GM del PP y una

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abstención del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, por lo que el Sr. Presidente, por el voto de calidad del Presidente declarada rechazada la MOCION PARA LA INSTALACIÓN DE BAÑOS PÚBLICOS EN PLAZAS DEL MUNICIPIO DE EN HUÉTOR VEGA.

PUNTO 14.- MOCIÓN GM PSOE PARA CREACIÓN DE UN PARQUE / ZONA DE ESPARCIMIENTO CANINO. (NO DICTAMINADA)

Por parte del SR. ALCALDE se cede la palabra a la Portavoz del PSOE, DÑA. CAROLINA HIGUERAS que pasa a dar lectura de la Exposición de Motivos de la Moción objeto de acuerdo que no ha sido dictaminada por la Comisión Informativa correspondiente tras la que procede a su defensa(..). Seguidamente se abre el turno de intervenciones interviniendo en primer lugar el Sr. Alcalde para indicar que lo solicitado en la Moción ya se está haciendo y cede la palabra a la Sra. Concejal del GM del PP DÑA. SUSANA MEGÍAS. Que da lectura de un escrito:

“Gracias Señor presidente.

Buenas tardes.Respecto al primer punto de acuerdo he de decirles que desde la Concejalía de Medioambiente, ya se viene realizando él envió de una circular en la que se pone en conocimiento la legislación vigente en materia de tenencia de animales (a nivel estatal, autonómico y local). Dicha circular se hace llegar a aquellas calles o zonas de las que se reciben quejas vecinales (ya que estos vecinos no quieren identificar a los infractores que les son conocidos) E igualmente se realizan comprobaciones de "señalización visible" en inmuebles con presencia de perro potencialmente peligroso. Aquí tienen a su disposición copia de dicha circular.

Respecto a la campaña de concienciación, les informo que en una reunión, grupo de trabajo de educación ambiental de la A21, RED GRAMAS, nos comentaron que han iniciado una campaña llamada "Estas a menos de un metro de tener un pueblo más limpio", campaña que en la fase inicial solo va a realizarse en 7 municipios de la provincia, ya adjudicados. Yo misma les traslade mi interés por dicha campaña y esperemos que en Noviembre podamos disponer de estas jornadas, bastante interesantes, en nuestro municipio.

En tercer lugar en cuanto a habilitar parques y jardines con zonas debidamente señalizadas para esparcimiento de perros, he de decirles que según normativa en aquellos parques infantiles que están dentro de las plazas y por su ubicación (menos de 30 metros de la calzada (no necesitan de vallado delimitador, se prohíbe el acceso a toda la plaza, sin embargo en aquellos parques que están dentro de las plazas pero están delimitados con vallado solo se prohíbe el acceso a perros en la zona del parque infantil por ello desde este ayuntamiento se esta llevando a cabo una intervención en todos los parques infantiles que existen en plazas y que no tienen vallado, en cuanto a dotarlos de vallado que haga posible la entrada de los perros a dichas plazas, no así a la zona de columpios. Igualmente les informó de los nuevos carteles de que vamos a instalar en todas las plazas y parques con unas recomendaciones de comportamiento, en las que se incluye unas sobre perros. MUESTRA UN CARTEL

Y por último sinceramente me sorprende que a día de hoy presenten ustedes este punto en la proposición......no porque sea una mala idea, que no lo es!!!!...........simplemente que llega unos meses tarde.

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¿Han pasado ustedes desde enero por la zona de la Plaza de la Nava?,¿no se han preguntado antes que obra estábamos haciendo allí? Pienso que si lo saben.

Ya en el pasado pleno de Enero en la proposición del grupo IU sobre Rehabilitación y Mejora de los espacios recreativos del municipio, en mi intervención ya adelanto la existencia de una memoria de remodelación de la Plaza de las Naciones en la que se incluye una zona de pipican.

En el periódico local de Febrero y Abril de 2016 hacen mención a la actuación "obras de acondicionamiento de la Plaza de la Nava, con una redistribución integral de espacio con caminos peatonales, zona para mercadillo, una zona dotada de mobiliario urbano y otra con el primer parque canino de la historia de Huétor Vega, que dispondrá de dos zonas de pipican y circuito deportivo"

El 31 de Marzo de 2016, ahoragranada.com, igualmente hace mención en un artículo "el área de mantenimiento esta trabajando en la creación de una nueva zona que ocupaba el antiguo recinto ferial, en donde se construirá un parque canino para esparcimiento exclusivo de estos animales de compañía"

La memoria, proyecto, de remodelación de La Plaza de La Nava se realizó desde el área de urbanismo en Junio de 2015, aproximadamente en enero de 2016 iniciamos las obras, las cuales se han tenido que interrumpir por causas ajenas a nuestra voluntad y por ejecución de otras prioridades en el municipio. Si les informo que en nuestro plannig del área de mantenimiento está el reiniciar y terminar dicha actuación una vez terminadas las fiestas municipales.

Aquí como pueden comprobar y tienen a su disposición planos y facturas del equipamiento (balancín, dos pipican, papeleras, fuente.......) que ya disponemos en nuestro almacén.

Y por último les comento que estamos realizando un plan de actuaciones, de conservación y mantenimiento, que se realiza periódicamente, para parques infantiles el cual se ampliara una vez abierto el parque canino.”

Abierto el turno de intervenciones la Sra. Portavoz del PSOE, DÑA. CAROLINA HIGUERAS agradece la existencia de esa memoria que ha indicado la Sra. Concejal, Dña. Susana Megías.

El Portavoz de IU, DON JESÚS FERNÁNDEZ, indica que los animales y las personas tienen que convivir , y que por tanto les parece muy bien lo del cartel y de la campaña que ha indicado la Sra. Concejal que se está ha La eliminación de los carteles era nuestra propuesta a incluir en la moción, pero cómo ya se ha indicado que se está haciendo, carece de sentido su inclusión. Manifiesta que su formación política va a votar a favor su formación, aun cuando tal y cómo ya ha dicho la Sra. Concejal de Medio Ambiente ya se esté haciendo y pide que se aplique.

Por su parte el Sr. Portavoz del GM de Ahora Si Podemos, DON. PEDRO J COLLADO, anuncia su voto a favor de la Moción, e indica que tal y cómo bien ha dicho la Sra, Portavoz del PSOE Dña. Carolina Higueras existe un cartel contradictorio en la plaza de la Nava que habrá de retirar.

Finaliza el turno de intervenciones el Alcalde que justifica el voto en contra de la Moción

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sencillamente porque ya se está realizando lo que en ella se solicita tal y cómo ha explicado la Sra, Concejal DÑA. SUSANA MEGÍAS.

Suficientemente debatido el asunto se somete a votación.

Parte Dispositiva

Conocido el Texto íntegro de la PROPOSICIÓN DE CREACIÓN DE UN PARQUE/ZONA DE ESPARCIMIENTO CANINO presentada por el GM del PSOE, y que dice así:

“... EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En las últimas décadas ha proliferado, en las sociedades más civilizadas, un sentimiento sin precedentes de protección, respeto y defensa de la naturaleza en general y de los animales en particular, convirtiéndose en un asunto de índole cultural que importa al conjunto de la ciudadanía.

Tratando el tema de los animales de compañía, cada vez son más las familias que adoptan estos animales y los introducen como miembros de la familia, cada vez son más las personas concienciadas con la protección y respeto de los que al fin y al cabo son fieles compañeros y amigos.

Una de las funciones de las administraciones locales es regular aquellos aspectos que afecten a la convivencia de sus administrados, y entre los aspectos más relevantes y visibles de esa convivencia están el disfrute y la ocupación de los espacios públicos por los vecinos y vecinas de cada población.

Es una realidad indiscutible que, dada la tendencia mayoritaria a poseer uno o varios animales de compañía, fundamentalmente caninos, prácticamente la totalidad de espacios utilizados y transitados por los vecinos, son además compartidos por la población canina, demandándose necesidades y servicios específicos, y generando más allá de las obligaciones y comportamientos regulados por las leyes y el civismo colectivo, puntos de vista muy personales, sentimientos y subjetividades que van desde el amor a las mascotas, hasta sensaciones de seguridad o inseguridad derivadas de su compañía.

La concentración de personas en un determinado espacio físico da lugar a una serie de necesidades y servicios que han de ser compartidos por el resto de la población, en las debidas garantías de seguridad, limpieza e higiene. En el caso que nos ocupa, estos espacios públicos, desde la puerta de nuestra casa o la acera, hasta nuestros parques y jardines, suelen utilizarse por vecinos/as que, en muchos casos, comparten paseo con sus animales de compañía. Este hecho genera, como todos sabemos, una abundancia en nuestras calles de restos de excrementos de perros que, amén de afectar a la higiene y salubridad públicas, causan incomodidades y perjuicios a la población.

Lamentablemente, un porcentaje cada vez más pequeño de dueños de estos animales no respeta las mínimas normas de convivencia y respeto hacia los demás, que se les exigen y se les suponen, tanto en lo que hace a su obligación de conducir atados a sus animales por las vías y espacios públicos, como a la también obligatoriedad de impedir sus deyecciones en cualquier lugar destinado al tránsito de peatones, como a la de que, caso de depositarse esas deyecciones, limpiarlas de manera inmediata.

No se trata tanto de responder desde el Ayuntamiento a esta situación desde el punto de vista normativo o sancionador, es decir, limitándose a colocar carteles de "prohibido perros" en nuestros parques

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que al cabo de pocos días desaparecen fruto del vandalismo, o a sancionar a los propietarios de estas mascotas cuando no cumplan la normativa establecida al efecto.

En vista del incumplimiento de las obligaciones anteriormente citadas y en la prohibición de la presencia de perros en zonas de recreo infantil y zonas ajardinadas del municipio, cuestión por todos conocida, se hace imprescindible, por ser deseo de todos tener un pueblo y unas calles en las mejores condiciones posibles, habilitar espacios comunes de esparcimiento para mascotas en algún enclave estratégicamente ubicado para dar servicio a la mayor cantidad de vecinos/as. Su existencia en otros pueblos y ciudades ha demostrado que, junto con la concienciación colectiva, se consigue el ingrediente básico para solucionar en buena medida este problema.

En base a todo lo anterior, se propone la creación de varias Zonas de Esparcimiento Canino. Esto es un espacio público compartido por personas y animales, con un recinto acotado en el cual las mascotas puedan hacer ejercicio y jugar bajo la supervisión y control de sus dueños. Técnicamente se precisan pocos requisitos, y en pueblos como el nuestro, no se requiere de la construcción específica de ningún parque distinto a los que ya pueden existir; basta con acotar una zona con una valla apropiada, accesos organizados mediante puertas dobles o separadas, una fuente adaptada para perros y los sistemas de recogida y limpieza de excrementos, a lo cual estarían obligados los propietarios que lleven a sus animales a dicha infraestructura. También, aunque esto no es fundamental, pueden dotarse de elementos como pequeñas rampas, puentes o tubos, para que los perros puedan ejercitarse acompañados o en solitario. La dotación básica de dicho espacio sería, pues, algún punto de iluminación para hacer posible su uso también durante las tardes-noches de invierno, contenedores para excrementos, algunos bancos cercanos y un vallado adecuado para que los animales puedan deambular libremente sin tener opción de escapar del sitio y molestar a los demás usuarios que pudiera haber en el parque.

Además, un parque canino bien diseñado y administrado ofrece varios beneficios comunitarios e individuales, incluso a las personas que no tienen perros o no les gustan: Las personas que salen a caminar con un perro hasta el parque y luego de regreso, está poniendo ojos y oídos adicionales en la calle, lo cual puede ser un factor disuasivo para el delito y fomenta el ejercicio del dueño. Los que sacan perros a pasear entablan conversaciones y así los vecinos empiezan a conocerse. Se mejora la seguridad en la zona ya que un parque canino bien frecuentado no favorece el uso de la zona para actividades ¡lícitas. La oportunidad de más trato social mejora el bienestar de todos. Los perros que no tienen la oportunidad de ejercitarse y tener más contacto social frecuentemente son agresivos si se escapan de la casa.

Por todo lo anteriormente expuesto, El Grupo Municipal Socialista de Huétor Vega presenta para su aprobación en pleno las siguientes

PROPUESTA DE ACUERDOS

1. Se ejerza un control y se tomen medidas cuando se identifiquen casos de animales en situaciones de espacio, higiene y comodidad que no cumplan con los mínimos establecidos por la ley sobre bienestar de los perros.2. Poner en marcha una campaña de concienciación ciudadana por un municipio más limpio dirigido a las personas propietarias de mascotas.

3. En virtud de las peticiones de los vecinos y vecinas, habilitar en parques y jardines zonas debidamente

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señalizadas para el esparcimiento de perros, con el instrumental necesario para la recogida de excrementos de los mismos.

4. Crear, a la mayor brevedad posible, un parque/zona de esparcimiento canino, un recinto acondicionado especialmente para que los perros y las personas propietarias puedan disfrutar tanto del esparcimiento necesario con seguridad, como de las mejores condiciones higiénico-sanitarias en nuestras calles y espacios públicos por el común de los vecinos/as.

5. Igualmente, el Ayuntamiento cuidará de que los citados espacios se mantengan en perfectas condiciones de seguridad e higiénico-sanitarias...”

Sometida a votación la propuesta de acuerdo arriba trascrita, se obtuvo el siguiente resultado: Diecisiete de los diecisiete miembros que integran el pleno municipal estuvieron presentes en el momento de emitir el voto , votando ocho (8)votos votos a favor de la propuesta-, 4 del GM Socialista, 3 del GM de IU, y, 1 del GM de Ahora Si Podemos, ocho(8) votos en contra del GM del PP y una abstención del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, por lo que el Sr. Presidente indica que, a la vista del empate, se va a someter a una nueva votación. Sometida la proposición de acuerdo a una 2º votación , se obtiene el siguiente resultado: Diecisiete de los diecisiete miembros que integran el pleno municipal estuvieron presentes en el momento de emitir el voto , votando ocho (8)votos votos a favor de la propuesta-, 4 del GM Socialista, 3 del GM de IU, y, 1 del GM de Ahora Si Podemos, ocho(8) votos en contra del GM del PP y una abstención del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, por lo que el Sr. Presidente, por el voto de calidad del Presidente declarada rechazada la PROPOSICIÓN DE CREACIÓN DE UN PARQUE/ZONA DE ESPARCIMIENTO CANINO presentada por el GM del PSOE.

PUNTO 15.- MOCIÓN GM PSOE PARA INSTAR AL GOBIERNO LOCAL A IMPLANTAR PARQUES INFANTILES ACCESIBLES. (NO DICTAMINADA).

Por parte del SR. ALCALDE se cede la palabra a la Portavoz del PSOE, DÑA. CAROLINA HIGUERAS que pasa a dar lectura de la Exposición de Motivos de la Moción objeto de acuerdo que no ha sido dictaminada por la Comisión Informativa correspondiente tras la que procede a su defensa(..). Seguidamente se abre el turno de intervenciones interviniendo la Sra. Concejal del GM del PP DÑA. SUSANA MEGÍASPor parte del SR. ALCALDE se cede la palabra a la Portavoz del PSOE, DÑA. CAROLINA HIGUERAS que pasa a dar lectura de la Exposición de Motivos de la Moción objeto de acuerdo que no ha sido dictaminada por la Comisión Informativa correspondiente tras la que procede a su defensa(..). Seguidamente se abre el turno de intervenciones interviniendo la Sra. Concejal del GM del PP DÑA. SUSANA MEGÍAS, que da lectura de un escrito

“Gracias Señor presidente.Buenas tardes.

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En Huétor Vega disponemos de 17 parques infantiles, y 8 de ellos (los más concurridos) en este último año quedaran reformados completamente.

Las últimas rehabilitaciones de este año se han ejecutado en los dos del parque de La Nava, que a propósito no es el Parque de Doña Juana, Plaza de Abd Al Malik que se está ejecutando y en breve comenzamos la Plaza de la Prina y la Plaza de las Viñas.

La generosa superficie de los dos del parque de la nava, nos ha permitido dotarlos, además de la zona específica y cercada para menores de 5 años, la inclusión de nuevos columpios los cuales son adaptados para minusválidos, grado 2.

En la Plaza de Abd Al Malik como podéis comprobarse ha realizado una rampa en la zona donde existían unas escaleras con lo que hemos suprimido barreras arquitectónicas, se le va a dotar de barandilla tanto en la zona del arriate para evitar cualquier accidente con los bordillos existentes como en las dos zonas laterales de la rampa, y se ha contratado a una empresa experta en rehabilitación de columpios que va a proceder a la reparación del columpio existente y todo ello de acuerdo con los vecinos

Y en la Plaza de la Prina y de las Viñas continuaremos con el mismo criterio que en las zonas infantiles del Parque de la Nava.

Ningún vecino del municipio nos ha trasladado la necesidad de la ejecución de parques infantiles de Grado 3, sin embargo cuando exista esta necesidad sin duda se hará en la zona en la que viva el demandante, no sería lógico hacer la inversión en La Nava cuando el usuario, por ejemplo viviese en Las Naciones. Por lo que de momento vamos a continuar con nuestra hoja de ruta:

* Obras de acondicionamiento integral en los parques que así lo ' requieran.* Dotación de columpios que sean necesarios y de grado 2 (como estamos haciendo)• Mantenimiento y conservación periódico de mobiliario de los 17 parques.”•

Suficientemente debatido el asunto se somete a votación.

Parte Dispositiva

Conocido el Texto íntegro de la MOCIÓN GM PSOE PARA INSTAR AL GOBIERNO LOCAL A IMPLANTAR PARQUES INFANTILES ACCESIBLES.

INSTAR AL GOBIERNO LOCAL A IMPLANTAR PARQUES INFANTILES ACCESIBLES.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Vivimos en sociedad desde el origen de la humanidad. La sociedad se constituye como un conjunto de personas, relaciones, cultura, hábitos, costumbres y normas que rigen nuestra forma de vida. La solidaridad y la igualdad entre los ciudadanos/as constituyen una forma de mejorar nuestra calidad de vida. Nuestro Estado del Bienestar es la garantía de igualdad de oportunidades

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para las personas más desfavorecidas. Las personas en riesgo de exclusión social, los niños/as, los ancianos/as y las personas más desfavorecidas deben ser objeto de protección por parte de la Política Social de las Administraciones Públicas Españolas.

El objeto de esta Moción es reivindicar y pone en práctica el derecho a la igualdad para los niños y niñas con capacidades diferentes y necesidades especiales.

La Declaración de la Convención sobre los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas de 1989 establece en el principio 7 lo siguiente:

"El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación, la sociedad y las Administraciones Públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho".En este sentido, debemos tener presentes lo establecido en nuestra Constitución, la cual determina en el artículo 9.2 que serán los poderes públicos los encargados de promover y velar por la igualdad de todos los ciudadanos:"Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social."

Y por último, es preceptivo teniendo en cuenta el ámbito de la presente moción, mencionar el artículo 49 de nuestra Carta Magna, el cual establece que:"Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos."

A nivel de desarrollo normativo, el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, define su objeto en el artículo primero:"Garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, así como el ejercicio real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones respecto del resto de ciudadanos y ciudadanas, a través de la promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, del acceso al empleo, de la inclusión en la comunidad y la vida independiente y de la erradicación de toda forma de discriminación, conforme a los artículos 9.2, 10, 14 y 49 de la Constitución Española y a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y los tratados y acuerdos internacionales ratificados por España.

Por otro lado encontramos la Orden Ministerial del Ministerio de la Vivienda VIV/561/201 O por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados se especifica lo siguiente en su artículo 8, relativo a sectores de juegos:"Los elementos del juego, ya sean fijos o móviles, de carácter temporal o permanente, permitirán la participación, interacción y desarrollo de habilidades por parte de todas las personas,

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considerándose las franjas de edades a que estén destinados.Este derecho debería ser extensible a todos los niños y niñas. Sin embargo, hoy en día, muchos espacios siguen sin prestar atención a la exclusión que pueden generar elementos tan básicos como nuestros parques o jardines. Aunque en este momento hay todo un desarrollo normativo sobre la seguridad en los elementos del juego y en los parques infantiles, no hay ninguna indicación sobre su accesibilidad como dotaciones que son en el espacio público.

El pavimento más común es la arena, que si bien cumple las medidas de seguridad recomendadas en las normas UNE, hace imposible el acceso y el juego para niños que utilizan ayudas técnicas tales como sillas de ruedas, andadores, etc.

Un parque infantil está integrado por dos partes principales: 1. El acceso2. Las zonas de estancia asociadas

El problema es que no existen unos criterios comunes que ayuden a programar su instalación y en muchas ocasiones, se depende de la sensibilidad de los servicios técnicos municipales lo que decide su resultado. En dichos estudios, se incluyen las encuestas realizadas, a padres y madres de niños con discapacidad, para conocer las necesidades reales.Hasta ahora el acceso a los parques está recomendado su uso por edades, pero entendemos que puede ser necesario regularlo por criterios pedagógicos y de seguridad; como es el peso o el tamaño, y que sean estos criterios los que condiciones, sus posibilidades de juego. Lo que queda claro es que sin juegos adecuados para niños con discapacidad, estos no acudirán a los parques; y no sólo serán marginados de la sociedad, sino que los otros niños no sabrán de su existencia, creando una incomprensión futura sobre un tema tan sensible como es la aceptación de la diversidad funcional.

El estudio sobre parques infantiles accesibles de la organización La Ciudad Accesible ha elaborado una clasificación de directrices para crear parques infantiles seguros y adaptados a las necesidades de todos los niños. El estudio se basa en encuestas realizadas a los niños y familiares así como en recomendaciones de la normativa en vigor en países avanzados en esta materia como son Alemania y Estados Unidos.

A continuación detallamos la clasificación y las directrices que debencumplir los parques infantiles accesibles en función de tres grados deaccesibilidad:Grado 1. Sin accesibilidad.Grado 2: Adaptaciones o parámetros mínimos que los diferentes juegos deben cumplir.

− En relación a balancines:

1. Contar con respaldo y asideros laterales y frontales.2. Arneses.3. Elementos con plataforma que permitan la realización de la transferencia y la posibilidad de utilizar el juego tumbado.

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− En relación a Juegos de muelles:

1. Contar con protecciones laterales y posteriores, para asegurar la estabilidad.2. Elementos con mayor capacidad, para permitir el uso por niños con mayor tamaño.

* En relación a Juegos de Rotación:1. Elementos poro una buena estabilidad en su uso como asientos que permitan la transferencia.2. Juegos con acceso a nivel, compatible con su movimiento de rotación.3. Juegos y elementos con forma de cuenco para niños de menor tamaño.

* En relación a columpios:

1. Sillas seguras con respaldo con arnés.2. Sillas de tipo nido, que permite el juego de niños mayores.3. Señalizar e indicar el ámbito del columpio, mediante el diseño del pavimento.

* En relación a toboganes:

1. Escaleras sin tabica, que cuenten con el ancho suficiente y altura de escalón moderada.2. Zona de transferencia en la base de la escalera, con barandilla en ambos lados, que no sea escalable y con pasamanos.3. El tobogán debe contar con el ancho adecuado para deslizamiento con adulto acompañante o que cuente con varias calles juntas.4. El tobogán no debería ser metálico, para poder ser utilizado en días de mayor insolación.5. Zona de salida con un pavimento diferenciado mediante contraste o color.

* En relación a los juegos de arenero:

1. Arenero al mismo nivel del pavimento: Debe contar con una superficie de acercamiento y otra de transferencia.2. Arenero elevado: Debe existir un arenero elevado, para que jueguen niños en sillas de ruedas y aquellos niños en bipedestación.

* En relación a paneles interactivos:

1. Deberán estar a una altura adecuada y proponer actividades para diferentes capacidades de manipulación, incluyendo texto en Braille, con unas medidas entre 50 cm-100 cm.2. Incluir juegos sensoriales, sonoros, táctiles y visuales.3. Deberán contar con asientos.

* En relación a juegos combinados:

1. Se debería acceder por rampa, al menos, al 25% de los elementos de juego.2. Se debe acceder por escaleras accesibles y transferencia, al menos, al 50% de los elementos de

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juego.

A continuación se detallan las medidas necesarias de estos elementos:

i) Rampas con un ancho mínimo 1,20 m, zonas de decisión: 1,50 m, pendiente longitudinal máxima: 6%, pendiente transversal máxima: 2% y longitud máxima: 6m.

ii) Escaleras seguras y con transferencia: escaleras con tabica y huella, barandillas no escalables, ancho mínimo: 60 cm, superficie de transferencia mínima de 600x600 mm, escalones de dimensiones mínimas de 600x350x200 mm y soportes de transferencia.

iii) Las áreas con más de 20 componentes elevados que deben contar con rampas que conecten, al menos, el 25% de los elementos de juego.

iv) En áreas con menos de 20 juegos elevados, debe haber un sistema de trasferencia, para conectar, al menos, el 50% de los elementos de juego.

Grado 3: Elementos específicos para la discapacidad.

* En relación a los juegos de rotación:1. Elementos preparados para el uso con silla de ruedas.

* En relación a columpios:1. Columpios que llegan a permitir la subida de una silla de ruedas.

-En relación a toboganes:1. Acceso a nivel de la parte superior, ya sea por la topografía del parque (natural o artificial) o por la existencia de rampa.

Desde el PSOE de Huétor Vega creemos que los parques infantiles deben ser un lugar accesible en el que todos los niños y niñas puedan entrar y desplazarse de forma segura.Consideramos que los Parques Infantiles Accesibles deben tener un objetivo social, para que los niños y las niñas se diviertan juntos, conociendo las diferencias, fomentando los valores sociales como la amistad y el compañerismo y en definitiva crear un espacio solidario. Y por último, la creación de Parques Infantiles Accesibles es un acto de responsabilidad e integración de nuestra sociedad.

MARCO JURÍDICO Y BIBLIOGRAFÍA DE REFERENCIA-Constitución Española de 1978, artículos 9.2, 1 O, 14, 43 y 49.-Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.-Decreto 13/2007, de 15 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de Desarrollo en Materia de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas.

-Accesibilidad en los espacios públicos urbanizados. Ministerio de la Vivienda. Secretaría

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General Técnica. 201 O.-Colección Democratizando la accesibilidad. Volumen 5, Parques Infantiles Accesibles, de Jorge Palomero Ferrer. La Ciudad Accesible. 2015.-Norma UNE-EN 1176: 2008 Equipamiento de las áreas de juego.-Norma UNE-EN 1177: 2009 sobre Revestimiento de las superficies de las áreas de juego absorbentes de impactos. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.-Norma UNE-EN 147101 IN: 2000 sobre Equipamiento de las áreas de juego, Guía de aplicación de la norma UNE-EN 1176-1.-Norma UNE-EN 147103 sobre Seguridad y mantenimiento de las áreas de juegos al aire libre.

Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal Socialista de Huétor Vega presenta para su aprobación en pleno las siguientes

PROPUESTAS DE ACUERDOS

1. Instar al Gobierno Municipal a la elaboración de un manual de parques y jardines accesibles para Huétor Vega, que cumpla con los requisitos de grado 3 de accesibilidad.2. Instar al Gobierno Municipal al estudio económico para la adaptación progresivamente de los parques del municipio y empezar por las zonas infantiles del parque Doña Juana.3. Instar al Gobierno Municipal a la toma en consideración de las dificultades de movilidad de los menores discapacitados, mediante la eliminación de barreras arquitectónicas en las nuevas construcciones y la adaptación de las antiguas, según la legislación vigente.

Sometida a votación la propuesta de acuerdo arriba trascrita con la incorporación de las dos enmiendas verbales a propuesta del GM de IU y GM del PP, se obtuvo el siguiente resultado: Diecisiete de los diecisiete miembros que integran el pleno municipal estuvieron presentes en el momento de emitir el voto, votando diecisiete (17) votos a favor de la propuesta-, 8 del GM del PP, 4 del GM Socialista, 3 del GM de IU, y, 1 del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía, y 1 del GM de Ahora Si Podemos, por lo que el Sr. Presidente declara aprobado el siguiente acuerdo PARA IMPLANTAR PARQUES INFANTILES ACCESIBLES.

PRIMERO: Instar al Gobierno Municipal a la elaboración de un manual de parques y jardines accesibles para Huétor Vega, que cumpla con los requisitos de grado 3 de accesibilidad.

SEGUNDO: Instar al Gobierno Municipal al estudio económico para la adaptación progresivamente de los parques del municipio y empezar por las zonas infantiles del parque Doña Juana.

TERCERO: Instar al Gobierno Municipal a la toma en consideración de las dificultades de movilidad de los menores discapacitados, mediante la eliminación de barreras arquitectónicas en las nuevas construcciones y la adaptación de las antiguas, según la legislación vigente.

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Se produce un receso de cinco minutos , tras lo que se reanuda la sesión siendo las 14:38 minutos. Se ausenta de la sesión D. ROBERTO MOLINA, concejal del GM del PP por lo que el número de Sres/ras Concejales/las es dieciséis (16).

Por parte del Sr. Alcalde se solicita la introducción de un asunto por vía de urgencia. Se trata de aprobar la modificación de los Estatutos del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Granada para su adaptación a la normativa vigente, Ley 27/2013, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, y la Ley 15/2014, de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa" Justifica la urgencia tal y cómo indicó en la Comisión Informativa en que este asunto debía ser consultado previamente con la dirección del PP provincial y esto no se ha había hecho. Manifiesta que la Propuesta de modificación fue enviada a los Portavoces de los Grupos Políticos, que no puede ser modificada por el Ayuntamiento, y, que la adopción de acuerdo requiere el quorum de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación( artículos 22. 2 b) y 47.2 g) de la LRBRL)

Se somete a la previa declaración de urgencia que fue aprobada por quince(15) votos a favor – 8 del GM del PP, 4 del GM del PSOE, 3 del GM de IU, y 1 del GM de Ahora Si Podemos, y una(1) abstención del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía -, de los dieciséis (16) miembros de la Corporación presentes en la sesión y, por tanto, aprobada la urgencia por mayoría absoluta se incluye en el orden del día, el Pleno del Ayuntamiento pasando a debate y votación del siguiente asunto:

PUNTO Nº 16. ASUNTO DE URGENCIA . PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL CONSORCIO PARA SU ADAPTACIÓN A LA NORMATIVA VIGENTE, LEY 27/2013, DE RACIONALIZACIÓN Y SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL, Y LA LEY 15/2014, DE RACIONALIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO Y OTRAS MEDIDAS DE REFORMA ADMINISTRATIVA.

(..) Sin que se promueva debate el asunto se somete a votación.Parte Dispositiva

Conocido el Texto con la Modificación de los Estatutos del Consorcio para su adaptación a la normativa vigente, Ley 27/2013, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, y la Ley 15/2014, de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa,

Considerando que la reforma de los Estatutos del Consorcio se realiza conforme al procedimiento que señala el artículo 43 de los actuales Estatutos. Asimismo se señala que tras someterse a aprobación del Consejo, ésta deberá someterse al Pleno de cada una de los Ayuntamientos que componen el Consorcio, así como al Pleno de la

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Diputación Provincial, insistiendo especialmente en que las respectivas Corporaciones Locales deben aprobar los nuevos Estatutos sin modificación alguna ya que en caso contrario habría que iniciar desde el principio el procedimiento en todos los ayuntamientos del Consorcio, en la Diputación y en el propio Consejo de Administración del Consorcio.

Sometida a votación la citada Propuesta de modificación en los términos del Consejo de Administración del Consorcio de Transporte Metropolitano Área de Granada en sesión celebrada el 28 de junio de 2016, en el punto 3º del Orden del día, se obtuvo el siguiente resultado: Dieciséis de los diecisiete miembros que integran el pleno municipal estuvieron presentes en el momento de emitir el voto, votando doce (12) votos favor de la propuesta- 7 del GM del PP, 4 del GM Socialista, y 1 del GM de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía , cuatro(4) abstenciones- 3 del GM de IU,y 1 del GM de Ahora Si Podemos, por lo que el SR. PRESIDENTE DECLARA APROBADO EL SIGUIENTE ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL CONSORCIO PARA SU ADAPTACIÓN A LA NORMATIVA VIGENTE, LEY 27/2013, DE RACIONALIZACIÓN Y SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL, Y LA LEY 15/2014, DE RACIONALIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO Y OTRAS MEDIDAS DE REFORMA ADMINISTRATIVA:

PRIMERO: Aprobar inicialmente la modificación de los Estatutos del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Granada en los términos redactados en el documento que se inserta a continuación:

“... ESTATUTOS DEL CONSORCIO DE TRANSPORTE METROPOLITANO.

ÁREA DE GRANADA

TÍTULO I

NATURALEZA, OBJETO Y DOMICILIO.

Art I.º Constitución.

Los Municipios de Albolote, Alfacar, Alhendín, Armilla, Atarfe, Cájar, Cenes de la Vega, Chauchina, Churriana de la Vega, Cijuela, Cúllar Vega, Dilar, Fuente Vaqueros, Gójar, Granada, Güevéjar, Huétor Vega, Jun, La Zubia, Lachar, Las Gabias, Maracena, Monachil, Ogíjares, Otura, Peligros, Pinos Genil, Pinos Puente, Pulianas, Santa Fe, Valderrubio, Vegas del Genil y Viznar, la Provincia de Granada y la Comunidad Autónoma de Andalucía, conforman el Consorcio de Transporte Metropolitano. Area de Granada, al amparo de lo establecido en el Decreto Legislativo 112010 , de 2 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases del Régimen Local, la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía, la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 15/2014 de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y otras medidas de

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reforma administrativas y demás normativa de general aplicación.

Art. 2° Naturaleza.

El Consorcio regulado en estos Estatutos constituye una entidad de Derecho Público de carácter asociativo, adscrito a la Comunidad Autónoma de Andalucía, sometido al Derecho Administrativo, dotada de personalidad jurídica independiente de la de sus miembros, patrimonio y tesorería propios, administración autónoma y tan amplia capacidad jurídica como requiera la realización de sus fines.

El Consorcio forma parte de la Red de Consorcios de Transporte Metropolitano de Andalucía en virtud del Convenio de colaboración suscrito entre los Consorcios de Transporte Metropolitano de Andalucía, para la creación del Consejo de Dirección de la Red de Consorcios de Transporte de Andalucía, de 2 de junio de 2010.

Art 3.° Objeto y ámbito.

El Consorcio se constituye con el objeto de articular la cooperación económica, técnica y administrativa entre las Administraciones consorciados a fin de ejercer de forma conjunta y coordinada las competencias que les corresponden en materia de creación y gestión de infraestructuras y servicios de transporte en el ámbito territorial de las Entidades Locales Consorciados, con independencia de su participación en proyectos comunes desarrollados en el marco de la Red de Consorcios de Transporte Metropolitano de Andalucía.

Art 4° Competencias y actuaciones.

I. El Consorcio de Transporte Metropolitano. Área de Granada, tiene competencia en las siguientesmaterias:

a)Las que le atribuyan expresamente las leyes y los instrumentos de planificación que le sean aplicables.

b)La ordenación, gestión incluida licitación, coordinación, control, inspección y sanción, respecto de los servicios, tráficos, infraestructuras e instalaciones que se declaren de interés metropolitano y/o que le hayan sido atribuidos, todo ello en coordinación con la Consejería competente.

c)Coordinación y gestión del resto de transportes de personas usuarias no incluidas en el apartado anterior que se desarrollen en el ámbito de los entes locales que lo integran, en los términos que establezca el Plan Movilidad del ámbito territorial del Consorcio que determine la normativa vigente.

d)La Coordinación y gestión del Plan de Movilidad Sostenible de su ámbito territorial.

e)El establecimiento del Sistema Marco tarifario geográfico para la prestación de los servicios en el ámbito territorial del Consorcio.

f)Fijar y revisar las tarifas de los servicios en el ámbito territorial del Consorcio, en coordinación con la Consejería competente.

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g)Promoción de la imagen unificada del sistema de transportes.

h)Promoción del Transporte Público y de las políticas que impulsen una movilidad sostenible en su ámbito.

i)Fijar las cantidades a recibir por las empresas operadoras de transporte con arreglo a los criterios que se establezcan en el Plan de Movilidad del ámbito territorial del Consorcio que determine la normativa vigente y/o en el Sistema Marco Tarifario geográfico y tarifas que establezca.

j) Distribuir las aportaciones o subvenciones recibidas de las distintas Administraciones, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Movilidad del ámbito territorial del Consorcio que determine la normativa vigente y/o en el Sistema Marco Tarifario geográfico y las tarifas que establezca y en los contratos programa que a estos efectos pudieran suscribirse con las empresas operadoras de transporte, conforme a las competencias que le hayan sido atribuidas por las Administraciones consorciados.

k) Participación y gestión en su caso del desarrollo de contrataciones, actuaciones y proyectos comunes de la Red de Consorcios de Transporte de Andalucía cuya financiación será en exclusiva por la Junta de Andalucía.

l) Las que le encomienden las administraciones mediante convenio interadministrativo dentro del ámbito y objeto del Consorcio.

2. El Consorcio de Transporte Metropolitano. Área de Granada para la ejecución de sus competencias podrá desarrollar las siguientes actuaciones:

a)Establecer los mecanismos necesarios para llevar a cabo la integración tarifaria de los servicios regulares de transporte público de personas en su ámbito, así como el funcionamiento equitativo del sistema marco tarifario geográfico y de las tarifas adoptadas.

b)Suscribir los convenios y contratos programa con las empresas operadoras de servicios de transporte público regular de viajeros en su ámbito.

c)Canalizar las competencias entre empresas explotadoras derivadas del sistema marco tarifario geográfico y de las tarifas adoptados.

d)Establecer normas de contabilidad a las empresas operadoras para el asiento de los ingresos obtenidos por la utilización de los títulos.

e)Determinar los criterios para el reparto de ingresos obtenidos y posibles subvenciones.

f)Promover y aprobar la creación de los instrumentos de gestión adecuados para llevar a cabo las actuaciones que se acuerden, asegurando la necesaria coordinación de los mismos, previa aprobación de las Administraciones consorciadas.

g)Proponer actuaciones de inspección y sanción respecto de los servicios, tráficos, infraestructuras e instalaciones que se declaren de interés metropolitano y/o que le hayan atribuidos, todo ello en coordinación con la Consejería competente.

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h)Concertar con entidades públicas y privadas, conforme a la legislación vigente, las actuaciones y las fórmulas de gestión de los servicios que convinieran al interés público.

i)Celebrar cuantos contratos o convenios con personas físicas o jurídicas sean precisos para el desarrollo de sus fines.

j) Percibir los ingresos derivados de las tasas, precios públicos y contribuciones especiales que, en su caso, se establezcan.

k) Cualesquiera otras que, con sujeción a la legislación vigente, puedan garantizar el cumplimiento de sus fines.

3. El Consorcio, en cumplimiento de los fines que se le asignan, y sin perjuicio de las facultades que legalmente se reservan a las Administraciones consorciadas, podrá realizar toda clase de actos de gestión y disposición: adquirir, enajenar, poseer, reivindicar, permutar, gravar e hipotecar todo tipo de bienes; aceptar legados y donaciones; obligarse y celebrar contratos de cualquier naturaleza; concertar créditos; establecer y explotar obras y servicios; ejercitar acciones y excepciones e interponer recursos de toda clase; todo ello dentro de los límites y con sujeción a los presentes Estatutos y al ordenamiento jurídico vigente.

Art. 5.° Duración.

El Consorcio se constituye por tiempo indefinido, sin perjuicio de lo dispuesto en estos Estatutos sobre su disolución.

Art 6.º Domicilio.

El Consorcio fija su sede en la ciudad de Granada, sin perjuicio de lo cual, el Consejo de Administración queda facultado para establecer, modificar o suprimir dependencias, oficinas y delegaciones en cualquier lugar dentro del ámbito geográfico del Consorcio, con el cometido, facultades y modalidades de funcionamiento que el propio Consejo determine.

Art. 7° Miembros.

1. Como Entidad de Derecho Público de carácter asociativo, el Consorcio lo constituyen las Administraciones que suscribieron el Convenio de creación, y aquellas incorporadas con posterioridad, conforme a los acuerdos pertinentes de integración.

2. Podrán integrarse en el Consorcio nuevos municipios.

Asimismo, podrá integrarse la Administración del Estado, directamente o a través de alguna de sus entidades dependientes.

3. En el supuesto del apartado anterior deberá realizarse, previo a la adopción de los acuerdos pertinentes, un estudio técnico y económico-financiero de la repercusión que supondría la incorporación de nuevos miembros.

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4. La solicitud de separación de alguna de las entidades consorciados obligará a la tramitación del procedimiento y a la adopción de los acuerdos establecidos en el artículo 44 sin que este hecho afecte a la coordinación con los servicios urbanos de transportes ni al cumplimiento del Plan de Movilidad Sostenible de la Aglomeración Urbana en la ordenación, planificación y gestión de los servicios de transporte de interés metropolitano.

Art 8° Gestión de servicios.

1. Para mejor desarrollo de su objeto el Consorcio podrá concertar con entidades públicas, Corporaciones locales, empresas y particulares, los programas y las actuaciones adecuadas al desarrollo de sus objetivos, utilizando las formas y técnicas de cooperación, asociación o gestión de los servicios que se muestren más eficaces para la satisfacción de los intereses públicos.

2. Para la gestión de los servicios de su competencia, el Consorcio podrá utilizar cualquiera de las formas previstas en el Derecho Administrativo.

Art 9° Coordinación interadministrativa.

En el ejercicio de sus funciones, el Consorcio procurará en todo momento la coordinación de sus actuaciones con la Administración General del Estado, con otros órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma, con las demás Corporaciones locales y otras entidades públicas dependientes o vinculadas a tales Administraciones, a fin de lograr la mayor coherencia de la actuación de las Administraciones públicas y mejorar la eficiencia de los servicios.

ORGANIZACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO

CAPÍTULO PRIMERO

OrganizaciónArt 10.º Órganos.

La estructura organizativa del Consorcio la constituyen los siguientes órganos, con la naturaleza que se especifica:

1. Órganos de decisión:a)Presidencia del Consorcio.b)Vicepresidencias del Consorcio.c)Consejo de Administración.d)Comité Ejecutivo, en caso de su creación.e)Gerencia.

2. Órganos de consulta:

a) Comisión Técnica.b) Comisión de Participación Social.

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Sección Primera: Presidencia y Vicepresidencia del Consorcio.

Art 11.º Titulares.

1. La Presidencia corresponde al titular de la Consejería de la Junta de Andalucía competente en materia de movilidad y transportes. Será suplida por personal integrante de la Junta de Andalucía en el Consejo de Administración, que la Presidencia determine.

2. Corresponde ejercer la Vicepresidencia a una persona representante del Ayuntamiento de Granada. Podrá designar suplencias con carácter permanente o para cada sesión de los órganos de gobierno.

Art. 12.º Atribuciones de la Presidencia.

Le corresponde ejercer las siguientes atribuciones:

a) Convocar y presidir las reuniones del Consejo de Administración y cualesquiera otros órganos del Consorcio de carácter colegiado que pudieran crearse en función de las necesidades de gestión de éste.b) Representar legalmente al Consorcio en los actos, convenios y contratos en que éste intervenga, así como ante toda clase de entidades, personas públicas o privadas, autoridades, juzgados y tribunales, confiriendo los mandatos y apoderamientos que sean necesarios.c)Velar por el exacto cumplimiento de los preceptos de los Estatutos, de los acuerdos adoptados por el Consejo de Administración y, en general, de las normas legales aplicables en cada caso.d) Ejercer, en los casos de urgencia, las acciones judiciales y administrativas precisas para la defensa de los derechos del Consorcio, dando cuenta al Consejo de Administración en la primera sesión que se celebre.e) Autorizar y disponer los gastos corrientes incluidos en el Presupuesto hasta el límite máximo que se determine en las Bases de Ejecución del Presupuesto en cada ejercicio. Aceptar las subvenciones, dando cuenta al Consejo de Administración.f) Reconocer y liquidar obligaciones y ordenar pagos.g) Aprobar transferencias y las generaciones de créditos en las cuantías que determine el Consejo de Administración.h) Aprobar la liquidación del Presupuesto y la incorporación de remanentes.i) Ordenar la convocatoria de las sesiones del Consejo de Administración, fijar el orden del día, presidirlas y dirigir las deliberaciones.j) Inspeccionar los servicios del Consorcio y ejercer la alta jefatura administrativa y de personal, k) Resolver las reclamaciones previas a la vía judicial civil o laboral.I) Además de las enunciadas, asumirá las competencias que no que estén atribuidas a otros órganos por los presentes Estatutos.

Art 13." Atribuciones de la Vicepresidencia.

Sustituirá al Presidente o Presidenta, o a su suplente, en la totalidad de sus funciones en los casos de ausencia, enfermedad o situación que le imposibilite a éste para el ejercicio de sus funciones. Así mismo, la Vicepresidencia asumirá las atribuciones de la Presidencia que, con carácter temporal o permanente, le

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delegue expresamente.

Sección Segunda:

Consejo de Administración.

Art. 14° Función y composición.

1. El Consejo de Administración es el órgano colegiado superior que gobierna y dirige el Consorcio yestablece las directrices de actuación del mismo, de conformidad con la voluntad común de las entidades consorciadas.

2. El Consejo de Administración estará compuesto por representantes de todas las entidades consorciadas, con arreglo a la siguiente distribución:

a)Tres representantes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, incluida la Presidencia, quien ejercerá el derecho al voto.b)Tres representantes del Ayuntamiento de Granada, incluida la Vicepresidencia, o los suplentes que tendrán que ser concejales del Ayuntamiento.c)Dos representantes por cada uno de los municipios mayores de 10.000 habitantes o los suplentes que tendrán que ser concejales del Ayuntamiento.d)Un representante por cada uno de los demás municipios o un suplente que tendrá que ser concejal del Ayuntamiento.e)Tres representantes de la Diputación Provincial de Granada o los suplentes que tendrán que ser Diputado o Diputada provincial.f)Cada miembro del Consejo ejercerá individualmente su voto en proporción al voto ponderado que ostente la institución que representa.

Las entidades consorciadas designarán suplentes de las personas que les representen en el Consejo de Administración con carácter permanente, quienes sustituirán a los titulares en caso de inasistencia. No podrán designarse suplencias para sesiones determinadas de los órganos de gobierno dado el carácter permanente de las mismas.

3. Actuarán como Presidencia y Vicepresidencia del Consejo de Administración quienes ostenten la Presidencia y Vicepresidencia del Consorcio.

4. Actuará como Secretario o Secretaria quien ostentara la Secretaria General del Consorcio, con voz pero sin voto.

5. Asistirán con voz pero sin voto a las sesiones del Consejo de Administración, el Interventor o Interventora del Consorcio y el Director o la Directora Gerente del Consorcio, así como las personas o representantes de otras instituciones públicas o privadas que, a juicio de la Presidencia, convenga oír en algún asunto concreto. Podrá convocarse a las sesiones del Consejo de Administración, una persona representante de la Administración del Estado que actuará con voz pero sin voto.

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6. El cargo de consejero y/o consejera no será retribuido.

Art. 15° Competencias del Consejo de Administración.

I. Corresponde al Consejo de Administración de acuerdo con lo previsto en el Artículo 4.1 anterior, ejercer las siguientes competencias:

a) Ejercer el gobierno y la dirección superior de todos los servicios del Consorcio. b) Aprobar inicia/mente y proponer a las Administraciones consorciados las modificaciones de losEstatutos del Consorcio y de las aportaciones de sus miembros. En todo caso, cuando la modificaciónde ¡os Estatutos afecte a las competencias de alguna de las Administraciones consorciados, será necesaria la conformidad expresa de ésta.)c Aprobar la incorporación de nuevos miembros al Consorcio así como la separación, y la fijación de sus

aportaciones, estableciendo las condiciones en que deberá llevarse a cabo dicha incorporación y separación.d)Aprobar la ampliación de las facultades del Consorcio dentro del objeto definido para el mismo con arreglo al Artículo 3 de los presentes Estatutos, previa aprobación de las Administraciones consorciados, cuando tengan competencias al respecto sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 43.1 de los presentes Estatutos.e)Aprobar la propuesta dirigida a las Administraciones consorciados para la disolución del Consorcio.f)Aprobar la cuenta de liquidación definitiva del Consorcio.g)Aprobar el Presupuesto anual del Consorcio y los planes y programas de actuación, inversión y financiación, así como los planes de ordenación de transportes o creación de infraestructuras.h)Aprobar las cuentas anuales previstas en la legislación vigente.i)Aprobar la estructura organizativa de los servicios del Consorcio en razón de las necesidades de la gestión derivadas de los objetivos establecidos para la consecución de los fines del Consorcio.j) Contratar y cesar a la persona que ostentara la Dirección Gerencia, así como determinar las condiciones para la prestación de sus servicios, a propuesta de la Presidencia.k) Aprobar la plantilla de personal y la relación de puestos de trabajo, y los procedimientos de provisión de puestos de trabajo de conformidad con la legislación vigente.I) Otorgar las concesiones y autorizaciones de utilización privativa o el aprovechamiento especial de los bienes de titularidad pública que tenga adscritos, así como las cesiones de uso de dichos bienes que sean necesarios para la prestación de los servicios públicos que gestione.m) Acordar la gestión directa o indirecta de los servicios que ha de prestar, incluida la concesión de los mismos.n) Aprobar los Contratos Programa con las empresas prestadoras de servicios de transporte de personas y cuantos Convenios sean precisos para el cumplimiento de sus fines, o) Actuar como órgano de contratación en los supuestos que se determinan en el art. 29. p) Autorizar y disponer gastos y pagos dentro de los límites presupuestarios determinados en las Bases de Ejecución del Presupuesto anual.q) Aprobar los reglamentos de funcionamiento de los diferentes servicios del Consorcio.r) Proponer el establecimiento de tasas, precios públicos y contribuciones especiales.s) Aprobación, modificación o revisión del sistema marco tarifario geográfico así como las tarifasaplicables y las de aquellos cuya gestión se encomiende al Consorcio o se gestione indirectamente por el mismo.t) Fijar, modificar y revisar las tarifas de los servicios públicos gestionados indirectamente.u) Recibir, hacerse cargo y administrar, con las limitaciones que la legislación vigente establezca, los bienes del Consorcio, así como los procedentes de legados o donaciones.

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v) Adquirir y enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles.w) Aprobar el ejercicio de toda clase de acciones administrativas y judiciales.x) Fijar el domicilio social así como establecer, modificar, o suprimir dependencias, oficinas y delegaciones.

2. Para mayor agilidad en la gestión, el Consejo de Administración podrá crear en su seno un Comité Ejecutivo, a quien podrá delegar, de entre las que tiene atribuidas, las facultades que determine, debiendo concretar en el acuerdo de creación su composición y régimen de organización y funcionamiento.

3. El Consejo de Administración, podrá conferir apoderamientos especiales y para casos concretos sin limitación de personas.

Sección Tercera:

Gerencia del Consorcio

Art. 16º. Director o Directora Gerente.

1. Corresponde al Consejo de Administración, a propuesta de la Presidencia, contratar y cesar al Director o Directora Gerente del Consorcio así como aprobar el contrato de trabajo de alta dirección que especificará el régimen jurídico al que queda sometido.

2. El cargo de Director o Directora Gerente del Consorcio como personal directivo profesional deberá recaer sobre persona técnicamente cualificada, debiendo observarse en su selección lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público con los requisitos y méritos que la Presidencia determine en la convocatoria respectiva.

3. La retribución del Director o Directora Gerente del Consorcio será establecida por el Consejo de Administración al aprobar el contrato de trabajo correspondiente, diferenciándose las retribuciones básicas y las complementarias.

4. El cargo de la Gerencia no podrá recaer en ninguna persona integrante de los órganos del Consorcio.

5. Si recayera en alguna persona del funcionariado o personal laboral de cualquier administración pública, quedará en la situación administrativa que proceda conforme a la normativa aplicable.

Art. 17º. Funciones y atribuciones.

1. El Director o Directora Gerente dirige la gestión y administración del Consorcio sobre la base de las directrices establecidas por el Consejo de Administración y por su Presidencia en ejecución de aquellas.

2. Corresponde al Director o Directora Gerente ejercer las siguientes atribuciones:

a)Elaborar la propuesta de estructura organizativa del Consorcio, de conformidad con las necesidades que se deriven de los objetivos establecidos por el Consejo de Administración y la Presidencia del mismo.

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b)Elaborar las propuestas de Plantilla del Consorcio, la relación de puestos de trabajo, las bases de provisión de los puestos de trabajo y las que le sean delegadas por la Presidencia en materia de personal.c)Elaborar la propuesta de Reglamento de funcionamiento de los servicios del Consorcio.d)Elaborar, previa negociación con la representación de las y los trabajadores, los documentos que sirvan de base para establecer las condiciones de trabajo mediante acuerdos y convenios colectivos, de conformidad con lo que establezcan las leyes presupuestarias para cada año, así como lo prevenido en la legislación administrativa y laboral aplicable debiendo someterse a aprobación del Consejo de Administración. \e)Elaborar, el proyecto de Presupuesto anual del Consorcio, con en las instrucciones recibidas por la administración a la que se adscribe el mismo.f)Elaborar, de acuerdo con las instrucciones recibidas por la Administración a la que se adscribe el Consorcio, los planes y propuestas de actuación, inversión y financiación.g)Formar las cuentas anuales.h)Formular propuestas de acuerdos al Consejo de Administración y de resoluciones a la Presidencia en relación a las funciones atribuidas.i)Organizar y dirigir al personal de los diferentes servicios y unidades del Consorcio.j) Velar por el cumplimiento de las normas legales aplicables en cada caso a la actividad del Consorcio.k) Autorizar aquellos pagos y cobros que se encuentren dentro de su ámbito competencial según las Bases de ejecución del Presupuesto de cada ejercicio.l) Representar al Consorcio ante entidades públicas y privadas a los exclusivos efectos de dar curso a la tramitación administrativa ordinaria, estando facultado para la realización de envíos y retirada de correspondencia y mensajería, para solicitar inscripciones ante registros públicos y privados, para obtener y retirar documentos, certificados y autorizaciones, así como:

1. Tramitar expedientes, presentar, obtener y retirar documentos, certificados, autorizaciones, licencias, etc.

2. Resolver los expedientes tramitados por cambio de paradas, horarios, solicitudes de información al amparo de la legislación en materia de transparencia pública y de atención a las personas usuarias que no resulten competencia de la administración de consumo o de transportes, así como de cuantos otros asuntos no atribuidos a otros órganos del Consorcio.

3. Autorizar el pago de contribuciones e impuestos dentro de los límites fijados en el epígrafe k) del apartado 2 del presente artículo.

4. Solicitar liquidaciones, reclamar contra valoraciones, liquidaciones, repartos, multas, exacciones, arbitrios e impuestos de toda clase, por delegación de la Presidencia.

m) Adquirir primeras materias, maquinaria, productos o mercancías, fijando sus precios, condiciones y forma de pago, siempre dentro de los límites fijados en las Bases de Ejecución del Presupuesto.n) Celebrar, prorrogar, renovar, denunciar y rescindir contratos mercantiles, civiles y administrativos (obras, suministros, servicios, mandato, seguros, transportes, depósito, comisión y otros) de acuerdo con las Bases de Ejecución del Presupuesto y las decisiones del Consejo de Administración o de la Presidencia en materia de inversión.o)Con el Banco de España, con cualquier otro banco oficial o privado, o Caja de Ahorros y con particulares, asistido de la Intervención y Tesorería, siempre dentro de los límites fijados en las Bases de Ejecución Presupuestaria:

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1) Abrir y disponer de cuentas corrientes, firmando recibos y cheques hasta el valor fijado en las Bases de Ejecución Presupuestaria, siendo necesaria para valores superiores la firma conjunta de la Presidencia del Consorcio y de las personas o administración que ejerzan las funciones de intervención y tesorería en el Consorcio.

2) Autorizar la constitución y retirada de depósitos en metálicos, en efectos o en valores, cobrando los dividendos e incluso el capital de los que resulten amortizados.

3) Transferir créditos no endosables.

4) Rendir, exigir y aprobar cuentas, firmando ajustes, finiquitos y cartas de pago; pedir extractos y dar conformidad a los saldos.

5) Autorizar el cobro y pago de cantidades en metálico o en especie y hacer ofrecimiento, consignaciones y compensaciones.

p) Elaborar la propuesta de Memoria de gestión económica y del balance de actividad anual,q) Todas aquellas atribuciones que le confieran o deleguen el Consejo de Administración o su Presidencia.

Sección Cuarta:

Organos de consulta: Comisión Técnica y Comisión de Participación Social

Art. 18° Funciones de la Comisión Técnica y de la Comisión de Participación Social.

Para la colaboración y consulta en cuestiones de carácter técnico y económico se constituirán en el seno de la Gerencia las siguientes Comisiones:

-Comisión Técnica.

-Comisión de Participación Social.

Estas Comisiones actuarán como órganos consultivos correspondiéndole las siguientes atribuciones:

a)Informar los planes de transporte/planes de movilidad sostenible e infraestructuras que se sometan a la consideración del Consorcio.b)Informar las propuestas de marco tarifario geográfico y de establecimiento y revisión de tarifas.c)Informar los convenios y contratos-programa que vayan a suscribirse.d)Informar los planes anuales de actuación, presupuestos y rendición de cuentas del Consorcio.e)Informar previamente de las medidas que la Gerencia vaya a someter como propuestas de la Gerencia al Consejo de Administración en relación con la aplicación de los planes de transportes/planes de movilidad sostenible y la efectividad de las decisiones del Consorcio.f)Emitir su informe sobre cualesquiera otras materias que le someta la Gerencia.

Art 19º. Composición de la Comisión Técnica y de la Comisión de Participación Social.

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El número, composición y régimen de funcionamiento de esta Comisión Técnica y de Participación Social se determinará en acuerdo adoptado para su creación por el Consejo de Administración, a propuesta del Director o Directora Gerente y previo informe favorable ,en su caso, del Comité Ejecutivo, y recogerán al menos la siguiente composición:

- Comisión Técnica: Participarán empresas operadoras y organizaciones sindicales más representativas, designadas por el Consejo de Administración a propuesta de las organizaciones o Administraciones que representen.

- Comisión de Participación Social: Participarán asociaciones de personas consumidoras y usuarias, entidades vecinales, entidades representativas de las personas con discapacidad, de ciclistas, de peatones y de conservación del medio ambiente y aquellas otras entidades o instituciones representativas que el Consejo de Administración determine.

Sección Quinta:

Otros Órganos y medios personales.

Artículo 20.° De la Secretaria General, Intervención General y de la Tesorería.

I. Con el fin de asegurar una correcta gestión jurídico-administrativa y económico financiera, el Consorcio contará con una Secretaría General, y una Intervención General, correspondiendo a la primera, las funciones de asistencia y asesoramiento a los órganos del Consorcio así como las previstas para los Secretarios o Secretarias de órganos colegiados, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; y a la segunda, la función interventora y auditoría contable conforme al Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Existirá además un Tesorero o Tesorera, cuyas funciones serán conforme al Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2. Los puestos de Secretaría, Intervención y Tesorería del Consorcio podrán ser desempeñados por Funcionarios o Funcionarías de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional de las entidades locales consorciados o por los Funcionarios o Funcionarías de carrera del grupo Al de la Administración de la Junta de Andalucía, con el régimen económico y de provisión que acuerde el Consejo de Administración. Las funciones de Tesorería podrán ser desempeñadas así mismo por personal de la propia Entidad conforme a lo establecido en la normativa vigente.

Art 21° Personal.

1. El personal laboral propio del Consorcio no procedente de una reasignación de puestos de trabajo de alguna de las Administraciones consorciados, se regirá por ¡a legislación laboral vigente.

2. No obstante, las nuevas necesidades de personal del Consorcio en el ejercicio de sus competencias, así como la provisión de las vacantes que se vayan produciendo, se realizarán de conformidad con la normativa vigente.

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3. Para el personal propio y el procedente de reasignación de puestos de trabajo de alguna de las administraciones consorciadas, sus retribuciones en ningún caso podrán superar las establecidas para puestos de trabajo equivalentes en la Administración Pública de adscripción.

4. Las Administraciones consorciadas, en supuestos excepcionales debidamente motivados, podrán comisionar o adscribir temporalmente personal funcionario o laboral al Consorcio, sin que esta adscripción puede tener duración superior a un año, prorrogable únicamente por otro año.

CAPÍTULO SEGUNDO

Funcionamiento y Régimen Jurídico.

Sección Primera:

Régimen de funcionamiento.

Art 22.º Régimen de sesiones.

1. Las sesiones del Consejo de Administración del Consorcio podrán tener carácter ordinario o extraordinario, tendrán lugar en el domicilio del Consorcio, salvo que expresamente se indique otro, y no tendrán carácter público.

2. Son sesiones ordinarias aquellas cuya periodicidad está preestablecida, fijándose la misma mediante acuerdo del Consejo de Administración adoptado en la sesión constitutiva de éste, y, sin perjuicio, de sus posibles modificaciones. En defecto del mismo, se celebrarán sesión ordinaria, al menos dos veces al año, con motivo de la aprobación de los Presupuestos anuales y de la Memoria de gestión económica y del balance de actividad. Las sesiones ordinarias se convocarán, al menos, con dos días hábiles de antelación.

3. Son sesiones extraordinarias las que se convocan por la Presidencia, con tal carácter, a iniciativa propia o de un tercio de las personas miembros del Consejo de Administración. Las sesiones extraordinarias se convocarán, al menos, con dos días hábiles de antelación.

4. Son sesiones extraordinarias de carácter urgente las convocadas por la Presidencia cuando la urgencia del asunto o asuntos a tratar no permitan convocar sesión extraordinaria con la antelación citada en el párrafo anterior. En este caso, como primer punto del Orden del Día, se incluirá la ratificación por el Consejo de Administración de la urgencia de la convocatoria. Si ésta no resultase apreciada por la mayoría legal de las personas miembros del Consejo de Administración, se levantará acto seguido la sesión.

Art 23.º Convocatoria.

I. Las convocatorias correspondientes a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo de Administración del Consorcio, se cursarán de orden de la Presidencia del mismo, irán acompañadas del Orden del Día y señalarán el día y la hora de la primera y segunda convocatorias, debiendo mediar, entre ésta y aquélla, un plazo mínimo de media hora.

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2. Podrán convocarse sesiones tanto ordinarias como extraordinarias para una misma fecha.

Art 24.º Quorum.

1. El Consejo de Administración quedará válidamente constituido, en primera convocatoria, cuando concurran al mismo la Presidencia, la Vicepresidencia y el Secretario o Secretaria, o quienes legalmente les sustituyan y, al menos, la mitad de los miembros del Consejo de Administración con derecho a voto.

2. En segunda convocatoria, quedará válidamente constituido cuando asistan la Presidencia y el Secretario o Secretaria, o quienes legalmente les sustituyan y, además, un tercio de los vocales con derecho a

3. El Consejo de Administración podrá reunirse válidamente sin necesidad de previa convocatoria cuando se hallen presentes la totalidad de sus miembros y así lo acuerden expresamente, requiriéndose, asimismo, la presencia del Secretario.

4. En las sesiones ordinarias podrán adoptarse acuerdos sobre asuntos no incluidos en el Orden del Día cuando así lo solicite algún miembro por razones de urgencia, y, se apruebe la urgencia por la mayoría absoluta del número legal de votos del Consejo de Administración.

Art. 25." Actas.

1. Se llevará un Libro de Actas de las sesiones, donde se consignará, en cada acta, el lugar, día y hora en que comience la sesión, los nombres y apellidos de la Presidencia y de las personas asistentes, los asuntos sometidos a deliberación, las opiniones emitidas, cuando así lo requiera la persona, y los acuerdos adoptados, así como el sentido de las votaciones.

2 Las actas serán autorizadas con la firma del Secretario o Secretaria y el Visto Bueno de la Presidencia del órgano colegiado correspondiente.

3. Además del libro de actas del Consejo de Administración, existirá un libro de actas por cada órgano colegiado, así como un libro de resoluciones de la Presidencia y del Director o Directora Gerente, cuya responsabilidad en su llevanza corresponderá al Secretario o Secretaria General.

Art 26°Adopción de acuerdos.

1. El Consejo de Administración adoptará sus acuerdos como regla general por mayoría simple del total de votos ponderados, dirimiendo los empates la Presidencia con voto de calidad. Cuando asista más de un representante por cada Administración local, cada miembro ejercerá su voto en proporción al voto ponderado que ostente la entidad que representa.

2. Es necesario el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de los votos ponderados para la adopción de acuerdo en las siguientes materias:

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a) Cualquier propuesta de modificación de los Estatutos.b) Integración o separación de miembros en el Consorcio y determinación de las condiciones en que debe realizarse.c) Ampliación de las facultades del Consorcio dentro del objeto previsto en el artículo 3 de estos Estatutos.d) Proponer el establecimiento de tasas o precios públicos, y contribuciones especiales, excluido el establecimiento y la revisión de tarifas de los servicios públicos de transporte, de acuerdo con la legislación vigente.e) Propuesta de disolución del Consorcio.f)Enajenación de bienes pertenecientes al Consorcio cuando su cuantía exceda del 10% de los recursos ordinarios de su presupuesto anual.g)El establecimiento y revisión en su caso del Sistema marco tarifario geográfico.h)Actualizaciones del voto ponderado, fuera del supuesto general contemplado en el párrafo final del apartado 5 de este Artículo.i)Propuesta de elaboración y de aprobación inicial del Plan de Movilidad correspondiente al ámbito territorial del Consorcio conforme a la legislación vigente.j) Propuesta de modificaciones que no supongan la revisión del Plan de Movilidad correspondiente al ámbito territorial del Consorcio conforme a la legislación vigente.k) Cesión global de activos y pasivos del art. 45.3

3. La ponderación de votos en el Consejo de Administración se realizará con arreglo al siguientebaremo:

a)Ayuntamientos: 50%b)Junta de Andalucía: 45%c)Diputación Provincial: 5%

4. La asignación de votos ponderados correspondiente a los Ayuntamientos se distribuirá atendiendo a su respectiva población de derecho.

5. La modificación de la composición del Consorcio en cuanto a las Administraciones que la integran, implicará la revisión del voto ponderado resultante para cada una de ellas, por acuerdo del Consejo de Administración, sin que ello suponga modificación de estos Estatutos.

Igualmente, el Consejo de Administración, actualizará los votos ponderados, como regla general cada 3 años, de acuerdo con los últimos resultados del Padrón Municipal de habitantes aprobado por el Órgano competente.

Todo ello respetando lo establecido en los puntos 3 y 4 anteriores.

Art. 27° Eficacia de los acuerdos.

Los acuerdos del Consorcio obligan a todas las Administraciones consorciadas.

Los acuerdos y Resoluciones del Consorcio deben publicarse y notificarse en la forma prevista en la legislación aplicable en la materia, sin perjuicio de darles, en su caso, la máxima difusión a través de los medios de comunicación.

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Sección Segunda:

Régimen Jurídico.

Art. 28.° Actos del Consorcio.

El régimen jurídico de los actos del Consorcio será el establecido con carácter general por las disposiciones que regulan el procedimiento administrativo de las Administraciones Públicas.

Art 29° Contratación.

1. El Consorcio podrá contratar obras, servicios, adquisiciones y enajenaciones siguiendo los procedimientos establecidos en la legislación vigente, cuyos preceptos le serán aplicables.

2. El Consejo de Administración será el órgano de contratación respecto de aquellos contratos que por su cuantía o duración, excedan del ámbito competencia! asignado a la Presidencia y al Director o Directora Gerente en esta materia. Será igualmente el órgano competente para la concertación de operaciones de crédito a medio y largo plazo, así como de las operaciones de tesorería.

Art 30.° Recursos y reclamaciones.1. Los actos de todos los Órganos del Consorcio agotan la vía administrativa, excepto los dictados por el Director o Directora Gerente en el ejercicio de sus competencias que podrán ser objeto de recurso de alzada ante la Presidencia.

2. La reclamación previa a la vía judicial civil o a la laboral, se dirigirá a la Presidencia del Consorcio, a quien corresponderá la resolución de la misma.

3. La representación y defensa en juicio corresponderá a los profesionales designados por el Consorcio o por aquellos que se determinen mediante Convenio que se suscriba con alguna de las administraciones consorciadas.

Art. 31° Legislación supletoria.

I. En lo no previsto en los presentes Estatutos regirá con carácter supletorio la normativa de Derecho Administrativo General y la normativa aplicable a la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, especialmente en materia económico-presupuestaria , contabilidad y control financiero

Para las convocatorias, régimen de sesiones y adopción de acuerdos se estará supletoriamente a lo dispuesto en la legislación de régimen local.

2. Si sobre alguna de las materias tratadas en alguno de los artículos anteriores del presente Título se

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suscitase alguna duda o problema interpretativo, resolverá la Presidencia, oído el Secretario o Secretaria.

TÍTULO III

PATRIMONIO Y RÉGIMEN ECONÓMICO-FINANCIERO

CAPÍTULO PRIMERO

Patrimonio

Art. 32° Patrimonio.

1. El Patrimonio del Consorcio estará constituido por el conjunto de bienes, derechos y acciones que le pertenezcan.

2. Este patrimonio podrá ser incrementado por los bienes y derechos que pueden ser adquiridos por las entidades consorciados, afectándolos a los fines del Consorcio, y por los adquiridos por el propio Consorcio de cualquier otra persona o entidad pública o privada.

3. Quedarán adscritos a los fines del Consorcio los bienes que se designen por las Administraciones y Entidades consorciados con arreglo a lo previsto en el Convenio Fundacional y posteriormente los que designen los nuevos miembros en el momento de su adhesión, así como cualesquiera otros que puedan ponerse a disposición del Consorcio con posterioridad.

CAPÍTULO SEGUNDO

Hacienda.

Art 33.° Composición.

1. La Hacienda del Consorcio estará constituida por:

a)La aportación inicial de las Administraciones consorciados en la proporción y las cuantías recogidas en el Convenio Fundacional.b)Las transferencias y aportaciones anuales realizadas por las Administraciones Públicas con destino a inversiones y explotación del sistema de transportes y a la atención de los gastos corrientes del Consorcio que tendrán la consideración, ambas, de transferencias de financiación.c)Las aportaciones realizadas por la Junta de Andalucía tendrán la naturaleza de transferencias de financiación y se abonarán en función del calendario de pagos que apruebe la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía.d)Las aportaciones de los miembros que se incorporen al Consorcio como miembros de pleno derecho del mismo.e)Las aportaciones de las empresas operadoras que actúen en el ámbito del Consorcio.

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f)El producto de las tasas, precios públicos o contribuciones especiales, que perciba por la prestación de servicios o la realización de actividades que gestione o desarrolle el Consorcio.g) El rendimiento que pueda obtener de la gestión directa o indirecta de los servicios.h) Las aportaciones y subvenciones, auxilios y donaciones de otras entidades públicas o privadas y las transmisiones a título gratuito que a su favor hagan los particulares.i)Las rentas, productos de intereses de los bienes muebles, inmuebles, derechos reales, créditos y demás derechos integrantes del Patrimonio del Consorcio.j) Cualesquiera otros rendimientos que le corresponda percibir.

2. La Hacienda del Consorcio responderá de las obligaciones y deudas contraídas por el mismo. La liquidación o compensación de pérdidas se efectuará con cargo a las aportaciones de los miembros del Consorcio, en función de los votos ponderados.

3. Las aportaciones anuales de las administraciones consorciados a los presupuestos del Consorcio se realizarán, salvo lo dispuesto en la Disposición transitoria, conforme a las siguientes reglas:

-La financiación que sea necesaria de los gastos e inversiones asociados a cada servicio de transporte que se produzcan, será aportada en exclusiva por la Administración Pública que ha cedido las competencias de cada servicio de transporte, salvo actuaciones de mejoras de servicio, intensificación de servicios, nuevos servicios y/o infraestructuras que se acuerden mediante convenio interadministrativo.

-La financiación que sea necesaria de los gastos e inversiones de estructura, excluidos los señalados en el párrafo anterior, será asumida por las administraciones consorciados con idéntico porcentaje al de su participación en los órganos de gobierno.

-La financiación de los gastos e inversiones de proyectos comunes de la Red de Consorcios será financiada en exclusiva por la Junta de Andalucía.

4. Las aportaciones de las Corporaciones Locales que integran el Consorcio se realizarán dentro del ejercicio presupuestario corriente. Una vez finalizado el ejercicio presupuestario sin que éstas se hayan producido, la Junta de Andalucía procederá a la retención de las mismas detrayéndolas de la participación de los tributos del Estado de cada una de las Administraciones locales, incrementado en el interés legal del dinero vigente en el ejercicio transcurrido, para su posterior transferencia al Consorcio de Transportes.

Aprobado el presupuesto, /o Dirección Gerencia, asistida de la Intervención General, comunicará a la Administración autonómica la cantidad anual y mensual que deberá retenerse a cada uno de los Entes Locales que componen el Consorcio, para su posterior transferencia. Hasta tanto no se aprueben los Presupuestos, la v cantidad retenida seguirá siendo la última aprobada y comunicada.

5. No obstante, con anterioridad a la aprobación definitiva del Presupuesto anual, las Corporaciones Locales podrán solicitar realizar las aportaciones que le correspondan en doceavas partes, mediante retenciones realizadas por parte de la Junta de Andalucía de la correspondiente participación en los tributos del Estado a cada una de las Administraciones Locales, y su posterior transferencia al Consorcio.

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6. Para el cobro de las aportaciones impagadas de ejercicios vencidos el Director o Directora Gerente comunicará a la Junta de Andalucía la cantidad anual y mensual que deberá retenerse a cada una de los Entes Locales de su correspondiente participación en los tributos del Estado para su posterior transferencia al Consorcio.

Art 34° Remanentes.

Los remanentes positivos que produzca el Consorcio, una vez cubiertos los gastos, se destinarán, a través del procedimiento pertinente, a la finalidad que determine el Consejo de Administración, conforme a las disposiciones vigentes.

Art 35.° Contabilidad.

El Consorcio llevará el mismo sistema de contabilidad que rige para la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía con independencia de que el Consejo de Administración pudiera establecer otras formas complementarias para el estudio de rendimiento y productividad.

Art 36.° Rendición de Cuentas.

La liquidación del Presupuesto y la Cuenta General serán elaboradas por la Intervención y aprobadas por la Presidencia y el Consejo de Administración respectivamente, siguiendo los procedimientos y plazos establecidos en la normativa de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Cuenta General aprobada se rendirá ante la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Art 37. ° Depósito de fondos.

Los fondos del Consorcio se someterán en cuanto a su depósito a lo dispuesto en el título IV del Decreto Legislativo I f2010 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Art 38.° Exenciones fiscales.

El presente Consorcio tiene la naturaleza jurídica de Entidad de derecho público, promovida y participada por la Comunidad Autónoma de Andalucía, siendo de aplicación las exenciones fiscales previstas en la legislación de haciendas locales para las entidades de tal naturaleza.

CAPÍTULO TERCERO

Presupuesto.

Art 39.° Aprobación anual.

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1. El Consorcio dispondrá anualmente de un Presupuesto propio, cuyo proyecto será elaborado por la Gerencia, asistido del Interventor o Interventora del Consorcio, que será aprobado por el Consejo de Administración.

2. El régimen de tramitación del Presupuesto, su contenido y modificaciones, así como las demás obligaciones formales procedentes, seguirá la normativa en cada momento vigente sobre los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin perjuicio de la elaboración de la documentación complementaria a que se refiere el art. 27.2 de la Ley 212003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros de Andalucía.

3. En base a las aportaciones realizadas por la Junta de Andalucía, el Director o Directora Gerente, asistido o asistida por el Interventor o Interventora, deberá elaborar anualmente un Presupuesto de Explotación y Capital, así como un Programa de Actuación, Inversión y Financiación correspondiente a cada ejercicio, para su integración en el correspondiente Anteproyecto de Presupuesto, debiéndose tener en cuenta, para la determinación de su contenido, estructura, tramitación y reajuste, el régimen previsto en el Texto Refundido de la Ley de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

4. El Consorcio tendrá la consideración de interesado, reconociéndosele legitimación para alegar e impugnar los Presupuestos de las Entidades Locales consorciados, en caso de ausencia o insufciencia de créditos en éstos en relación con las aportaciones que cada Entidad Local deba satisfacer al Consorcio de conformidad con su Presupuesto anual.

TÍTULO IV

FISCALIZACIÓN Y CONTROL

Art 40° Competencia.

A las Administraciones Consorciados, les corresponde, en el ejercicio de sus propias competencias, el control de la gestión desarrollada por el Consorcio en los términos que acuerde el Consejo de Administración.

Art. 41° Memoria.

I. La Presidencia del Consorcio presentará anualmente, en el primer trimestre del año, al Consejo de Administración la Memoria de Gestión Económica y del Balance de Actividad, así como Balance del Desarrollo de cada uno de los Programas de Actividades.

2. Aprobada la Memoria de la Gestión Económica y el Balance de Actividad por el Consejo de Administración, se remitirán a las Administraciones consorciadas.

Art 42° Fiscalización.

La actividad económico-financiera del Consorcio está sujeta a las actuaciones de control interno y externo en los términos establecidos en el Decreto Legislativo 112010 por el que se aprueba el Texto

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Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía

El control financiero será ejercido por la Intervención General de la Junta de Andalucía conforme a lo previsto en el Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Lo anterior se entiende sin perjuicio del control externo que realicen el Tribunal de Cuentas y la Cámara de Cuentas de Andalucía.

TÍTULO V

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS, SEPARACION, DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION DEL CONSORCIO

Art 43° Modificación.

1 .Las modificaciones de los Estatutos que afecten a los artículos 3, 4 y 26 precisarán la previa propuesta del Consejo de Administración.La propuesta se someterá a aprobación inicial por las Entidades Locales consorciadas, se someterá a información pública durante al menos treinta días, tras los cuales se aprobará definitivamente por las entidades locales con resolución de las reclamaciones, en su caso. De no producirse reclamaciones, el acuerdo inicial devendrá definitivo, todo ello sin perjuicio de la aprobación posterior por la Junta de Andalucía.

Se entenderán modificados los estatutos si lo aprueban la mayoría absoluta de las entidades que componen el Consorcio y los estatutos modificados serán vinculantes para todos sus integrantes, aunque no se hubiesen aprobado por alguno de ellos, sin perjuicio del derecho a separación que pudieran ejercer.

2. Las modificaciones que afecten al resto de artículos sólo precisarán la aprobación inicial por el Consejo de Administración, información pública durante al menos treinta días y posterior aprobación definitiva con resolución de las reclamaciones presentadas, en su caso.De no producirse reclamaciones, el acuerdo inicial devendrá definitivo, sin perjuicio de su comunicación a las Administraciones consorciadas.

3. Toda modificación de los Estatutos deberá publicarse en el BOJA y en el BOP.

Art. 44° Separación de miembros.

1. La separación unilateral de algún miembro del Consorcio solo podrá realizarse cuando se encuentre al corriente en el cumplimiento de las obligaciones y compromisos anteriores y garantice el cumplimiento de las obligaciones pendientes y mediante el acuerdo previo del Pleno en el caso de las entidades locales consorciados.

2. Manifestada la voluntad de separación por la Entidad Consorciada, la Presidencia convocará Consejo de Administración para que el resto de miembros manifiesten su voluntad sobre el mantenimiento o disolución del Consorcio, siempre que la separación anunciada no impida que sigan permaneciendo en el

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consorcio, al menos, dos Administraciones. A estos efectos cada entidad local se entiende como una Administración distinta.

3. El acuerdo de continuidad deberá adoptarse por mayoría simple del total de votos ponderados presentes en la sesión.

4. Con el acuerdo de continuidad el Consejo de Administración designará una Comisión Liquidadora que aprobará la cuota de separación que le corresponda a quien ejercite su derecho de separación, en proporción al importe de sus aportaciones.

5. El acuerdo de separación, que deberá incluir la liquidación aprobada por la Comisión liquidadora, surtirá efectos desde la determinación de la cuota de separación en el supuesto en que ésta resultara positiva o, una vez se haya pagado la deuda, si la cuota fuere negativa. En este caso el Consejo podrá determinar un calendario de pagos.

Hasta tanto el ente consorciado no abone íntegramente su deuda con el Consorcio en el ejercicio de su derecho de separación no se considera separado del mismo, pudiendo asistir a las sesiones de los órganos de gobierno con voz pero sin voto.

Art 45° Disolución.

1. El Consorcio se disolverá por alguna de las causas siguientes:

a)Por la transformación del Consorcio en otra entidad, por acuerdo del Consejo de Administración, asimismo aprobado por las Administraciones públicas consorciados.b)Por el ejercicio del derecho de separación de uno de sus miembros, cuando el resto de los mismos no acuerden su continuidad.c)Por cualquier otra causa y justificado interés público siempre que lo acuerden las Administraciones Públicas consorciados.

2. El acuerdo de disolución deberá incluir el nombramiento de una comisión liquidadora. Esta calculará la cuota de liquidación que corresponda a cada miembro del consorcio y la reversión, en caso de que fuera posible, de las obras e instalaciones existentes a las entidades consorciados que las aportaron o pusieron a disposición, debiendo repartirse el haber resultante entre los miembros del Consorcio en proporción al importe de sus aportaciones con destino a inversiones.

3. Las entidades consorciadas podrán acordar, con el quorum del art. 26.2 de los estatutos, la cesión global de activos y pasivos a otra entidad jurídicamente adecuada con la finalidad de mantener la continuidad de la actividad y alcanzar los objetivos del consorcio.

Art 46.- Liquidación.

La Comisión liquidadora presentará al Consejo de Administración la cuenta de liquidación. Una vez aprobada se someterá a información pública por quince días hábiles, tras lo cual el Consejo la aprobará definitivamente con la resolución de las alegaciones que en su caso se hubiesen presentado.

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La liquidación aprobada por el Consorcio será obligatoria para todas las entidades consorciadas, sin perjuicio de su derecho a recurrirías conforme al ordenamiento jurídico vigente.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera.- El Consorcio aplicará la técnica de la retención a las Entidades Locales consorciadas, establecida en el art. 33.4 de los presentes Estatutos, para asegurar el ingreso de las aportaciones pendientes de ejercicios presupuestarios anteriores.La iniciación por parte de la Comunidad Autónoma de dicho procedimiento de retención a alguna de las entidades locales consorciadas equivaldrá a no considerarla como deudora a los efectos de los derechos de separación de cualquier otra entidad consorciada.

Segunda.- En el caso de que el Consorcio asumiera efectivamente las funciones de inspección y sanción, éstas deberán ser desempeñadas por funcionarios o funcionarios de carrera.

Tercera - Tras las elecciones municipales y hasta la constitución de un nuevo Consejo de Administración de conformidad a sus resultados, las personas integrantes de los órganos de gobierno del Consorcio permanecerán en funciones, sin que puedan adoptar acuerdos que exijan mayoría cualificadas.

DISPOSICIONES TRANSITORIASPrimera.- Hasta tanto se acuerde el nombramiento de las personas que vayan a estar al frente de la

Secretaría General, Intervención y Tesorería continuarán en sus funciones quienes estuvieran desempeñándolas en la actualidad con el mismo régimen.

Segunda.- Para el ejercicio presupuestario 2016, las aportaciones económicas de las entidades locales consorciadas en ningún caso serán superiores a las aprobadas en los presupuestos del Consorcio para 2015, asumiendo la Junta de Andalucía la aportación que sea necesaria para suplir la financiación prevista en el citado ejercicio 2016.

Tercera.- Se considera personal propio del Consorcio el que estuviese contratado por el mismo a 31 de diciembre de 2014.

Cuarta.- Aquellos procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de los presentes estatutos relativos a contratación, patrimonio, presupuestos, cuentas anuales, convenios, planes de actuación y demás actos jurídicos continuarán su tramitación y desarrollo de acuerdo a la normativa local hasta su finalización y en tanto no se adopten actos expresos para su modificación.

De igual modo, el Consorcio continuará desarrollando su sistema de información contable acorde a la normativa local hasta tanto se adopten, en su caso, acuerdos expresos para la modificación.

DISPOSICIÓN FINAL

Los presentes Estatutos entrarán en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía."

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SEGUNDO: Remitir Certificación del presente al Director Gerente del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Granada para que de cumplimiento del procedimiento establecido en el artículo 43, según el cual se precisa:

− Acuerdo del Pleno de todos y cada uno de los Entes Locales consorciados de aprobación inicial de la modificación propuesta.

− Sometimiento a información pública durante un mes que se centralizará a través de un único anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

− Aprobación definitiva con resolución de alegaciones, en caso que las hubiere. De no producirse alegaciones, el acuerdo de aprobación inicial devendrá definitivo.

− Autorización y aprobación final del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y publicación den el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

PUNTO 17.- D ACIÓN DE CUENTAS DE DECRETOS DE ALCALDÍA.

El Sr. Alcalde, en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 42 del ROF, da sucinta cuenta de las resoluciones adoptadas desde el día 24/06/2016 al 22/07/2016 correspondiendo a los Decretos números 678 al 809 ambos inclusive.

El Sr Alcalde seguidamente concede la palabra a D JESÚS FERNÁNDEZ Portavoz del Grupo Municipal de IU , que a continuación interviene:

- En los Decretos 704 y 705 se avocan puntualmente por razones de urgencia las competencias delegadas en favor de la Junta de Gobierno Local para el reconocimiento de obligaciones y de ordenaciones de pago, queríamos saber por qué ha ocurrido así.

El Alcalde le contesta que es porque se pasa el plazo de los treinta días que tenemos para el pago y si se llevase a la Junta de Gobierno estaríamos fuera de plazo . Se avocan las competencias en un momento determinado para que no ocurra esto.

- El Decreto 725 se refiere al pleito que hay con García Arrabal, queríamos saber como se avecina el pleito de aquí a un tiempo y que en el apartado segundo dice: “notificar el presente acuerdo a los interesados que ostentan la representación suficiente de las mercantiles que integran la UTE para que procedan a presentar un nuevo Plan Parcial para su tramitación hasta su aprobación definitiva debiendo de modificarse la anterior unicamente en cuanto a la ubicación de la zonas verdes en cumplimiento a lo ordenado por la secretaria de la sala de lo contencioso… ) ¿Que quiere decir cuando habla de resolver por parte del Ayuntamiento?

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El Sr. Alcalde le contesta que quiere decir que seguimos teniendo la voluntad de cumplir el convenio y que si fue impugnado este Plan Parcial perfectamente podrían reconducirlo de nuevo y llevarlo adelante. Pero que no creo que sea idea de esta UTE hacer esto y ahora solo cabe la vía Contenciosa que tienen dos meses desde la contestación nuestra para ponerla en marcha.

Continua D. Jesús manifestando que en el Decreto 775 se refiere a la aprobación de pago por sanción por infracción ambiental de 900 €. Saber de que se trata.

Le responde el Sr. Alcalde que se refiere a la retirada de escombros que había cerca del Pabellón Municipal.

En el Decreto 799 con el concepto de “consumiciones varias” hay una cantidad de 32 €, saber a que se refiere.

Le contesta el Sr Alcalde que puede que sea por la compra de agua para los voluntarios de Protección Civil.

Interviene a continuación DOÑA CAROLINA HIGUERAS MOYANO, Portavoz del Grupo Municipal del PSOE:

En el Decreto 691 en la relación de obligaciones y ordenaciones de pago se refiere a la factura en el Día Cash de un detector de billetes falsos pregunto ¿para que área va?.

Le contesta el Sr. Alcalde que es para el área de la Policía.

En el Decreto 683 que es un reconocimiento de obligaciones y ordenación de pago, saber porque una factura que tiene una trayectoria social que es el transporte de ayuda humanitaria, porque esta factura hay que llevarla a reconocimiento de obligación y no se ha tramitado?.

Le contesta Doña Carmen López Nieto que es el pago se hizo a la empresa que llevaba la ayuda solidaria desde Barcelona hasta donde estaban los refugiados.

PUNTO 18.- DACIÓN DE CUENTAS DE RESOLUCIONES JUDICIALES.

Se da cuenta de las Resoluciones Judiciales.

-- Juzgado de lo Contencioso Administrativo num. 3 de Granada, DESESTIMADA LA SENTENCIA NUMERO 309/16, en relación al Procedimiento abreviado 933 / 2015, cuyo

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recurrente es: DOÑA INMACULADA RODRIGUEZ MORENO, Acto recurrido: 18-9-15, DESESTIMATORIA DE RECLAMACION PATRIMONIAL DE 8.658,08 EUROS POR LESIONES Y DAÑOS EN ACCICENTE EN EXPTE 13/2014.

-- Sala de Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, SENTENCIA NUM 1837 DE 2016, - FALLO: DECLARO INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR EL AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR VEGA (GRANADA) CONTRA LA SENTENCIA DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NÚMERO 3 DE GRANADA DE 3 DE ENRO DE 2013 (SENTENCIA Nº 1/2013), en relación al Procedimiento ordinario 132 / 2011, cuyo recurrente es: CESPA CIA ESPAÑOLA DE SERVICIOS PÚBLICOS AUXILIARES, S.A. Acto recurrido: DESESTIMATORIA PRESUNTA DE SOLICITUD DE ABONO DE 1.460.433,02 EUROS POR IMPAGO DE FACTURAS.

PUNTO 19.- R UEGOS Y PREGUNTAS. El Sr. Alcalde hace entrega de los ruegos y preguntas del Pleno de la sesión

anterior.

Toma la palabra en primer lugar el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de AHORA SI PODEMOS D. PEDRO JOSÉ COLLADO para formular los siguientes ruegos:

Ruego n.º 1.- Teniendo en cuenta que tenemos todavía pendiente de discusión una resolución sobre el tema del agua y sobre la aplicación de tasas o precios públicos para el agua creo que el Ayuntamiento debe de aplicarse para evitar que en lo sucesivo se produzcan cortes de usuarios del servicio de aguas en nuestro municipio, teniendo en cuenta que existen medios de apremio en las Administraciones Públicas para el cobro de los recibos del agua y no pueden ejecutarse con un cobro directo a la primera falta de pago. Creo que es un asunto en el que los vecinos son bastantes sensibles y repercute en un “gasto innecesario para los mismos”, tanto sea por falta de ingresos económicos, que pueden ser atendidos por bienestar social, como por los motivos de falta de domiciliacion o algún retraso. Es un tema que el Ayuntamiento debe de gestionar con la empresa para evitar que se siga produciendo en lo sucesivo.

Ruego n.º 2.- Creo que el Ayuntamiento por parte de los servicios correspondientes debe de tomar carta acerca del “incumplimiento de la normativa legal” sobre consumo de tabaco en los locales públicos del municipio. Hay varios locales donde en el interior hay consumo de tabaco, bajo la excusa de que es un patio o de “aquí se puede”.

Ruego n.º 3.- El Ayuntamiento debería de tener especial cuidado de la normativa

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de vados, es decir aquellos lugares donde los vecinos tienen un privilegio por el cual pagan a las arcas municipales de que no se aparque delante de sus viviendas o portones de acceso a garajes, en la medida que he podido comprobar que no son ni uno ni dos, sino en varios lugares donde se ha señalado de manera irregular vados particulares, es decir, alguien se va a una tienda se compra una chapa, la coloca en su puerta y a partir de ese momento, eso es un vado, creando conflictos entre vecinos al no ser una señal habilitada, y el Ayuntamiento debería de tener cuidado, primero de avisar al vecino de que no puede hacerlo y segundo retirar la placa y tercero sancionarle.

Ruego n.º 4.- Me gustaría que se arreglara el asunto de la circulación en la Calle Montes, entre la Avda de Doña Juana y la Avda Ingeniero Santa Cruz. Las regulaciones que se han hecho hasta ahora son insuficientes; se aparca donde no se debe, hay problemas de colapso circulatorio porque queda solamente un carril libre y hay dos carriles de doble sentido. El Concejal encargado no nos hizo caso, ni tampoco hizo caso de la modificación que le propusieron los vecinos. A día de hoy sigue estando igual de mal.

Ruego n.º 5.- Pediría que por parte del Equipo Municipal se nos de a todos los grupos una relación de las actuaciones que se han hecho para la eliminación de los resaltos en nuestro municipio con indicación concreta de las Avdas donde se han eliminado, fechas y cantidad de resaltos que se eliminan al mes. A día de hoy sigue sin estar cambiada la parada de autobuses de la Avda de los Almendros en el nuevo Centro de Salud, entre otras cosas, porque aún no se ha eliminado el resalto que estaba en ese lugar. Son cosas que pedimos hace meses porque son para mejorar la vida de los ciudadanos, pero, a esto se añade que hubo un acuerdo plenario y un compromiso por parte del Equipo de Gobierno que a día de hoy no se ha cumplido.

Interviene a continuación la Sra Portavoz del Grupo Municipal del PSOE DOÑA CAROLINA HIGUERAS , haciendo los siguientes Ruegos y Preguntas:

Pregunta 1ª.- Sr. Alcalde, me gustaría saber por qué se ha cesado a un voluntario de Protección Civil que lleva más de veinte años de servicio incondicional al pueblo de Huétor Vega con una muy desagradable carta en la que se le exige que devuelva de forma inmediata todo el material y acreditación que obran en su poder y donde se dice que los hechos podrían ser constitutivo de una falta muy grave que conlleva la expulsión de la Agrupación de Voluntarios. ¿Esta es la forma de agradecer esos veinte años de trabajo desinteresado por su pueblo?. Dicho voluntario ha estado mañanas tardes y noches en las fiestas, ha colaborado en la extinción de incendios, colaborado en graves inundaciones como las de Almuñécar. El motivo del incumplimiento se resume

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en que ahora mismo no le dedica las mismas horas que antes, porque sencillamente esta persona ha pasado a trabajar, y, por tanto no tiene el mismo tiempo libre. Es lamentable expulsar a estos voluntarios dotados de una magnifica formación y experiencia de un servicio del que se sienten orgullosos.

Interviene el Sr. Alcalde para responderle que se han seguido los pasos que nos ha transmitido el Jefe de Protección Civil y simplemente nos hemos ceñido a lo que él nos ha pedido, porque no cumplía con los estatutos, y había que expulsarlo.

Le replica Doña Carolina Higueras que es muy triste que una persona que lleva veinte años dedicada con ejemplaridad desarrollando su trabajo de voluntario y que ha trabajado tanto por este municipio se le expulse porque unos Estatutos dicen que tienes que cumplir con un mínimo de horas, yo le digo que seria mejor crear un servicio de reten, porque esta persona no se quiere ir de Protección Civil pues quiere seguir siendo Voluntario.

Pregunta 2ª.- ¿Sr. Alcalde ha pedido ya el informe que nos dijo que pediría a la Policía Local o a los Técnicos pertinentes sobre las letras que hay colocadas en las dos rotondas de la entrada al municipio?. Seguro que le resulto cansina con este tema pues es la tercera vez que lo pregunto, pero igual el grave accidente que hubo en la rotonda de la Avda de Andalucía, cruce Avda de Loaysa, le podría dar que pensar cuando una moto fue envestida por un coche arrastrada hasta la acera de enfrente, ya que si en vez de haber sido arrastrada el motorista hubiese volado por el impacto habría caído encima de las mencionadas letras habiendo sufrido heridas y amputaciones muy graves. Espero que tenga muy pronto ese informe antes de que pase alguna desgracia, y si no lo hace usted, lo solicitará mi grupo directamente.

Ruego 1º.- Le solicitamos que como Ayuntamiento intervenga directamente, o bien negociando con los propietarios para reducir la esquina del muro de la Avda de Loaysa con Avda de Andalucía, pues impide la visión total de la carretera provocando que los coches que bajan por la Avda de Loaysa tengan que meter el frontal invadiendo la carretera y provocando serios accidentes como el del otro día. Sería interesante pedir a la Diputación que actúe pues esa carretera es de su titularidad, colocando un resalto antes de la rotonda para evitar que los vehículos lleguen a la misma con una velocidad exagerada que les impida frenar a tiempo ante un percance como el pasado y así mismo le ruego también solicite a Diputación el repintado de la señalización horizontal de la calzada en la carretera de su titularidad sobre todo respecto a los pasos de peatones que no se ven nada y pueden provocar situaciones de atropello a los viandantes.

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Pregunta 3ª.- : ¿Ha consultado Vd con los negocios de Calle Ermita para pintar la línea amarilla que impide aparcar en el tramo que antes estaba permitido hacerlo?.

Pregunta 4ª.- Sabemos que se ha abierto el parking del Tesorillo, pero justo ese tramo se utilizaba para que los camiones que traen mercancía a estos negocios puedan descargarla allí, pues no entran las furgonetas en el parking por el tema de la altura.Hablando del parking nos gustaría saber cuando se va a poner en marcha algún método de control para que los coches aparcados en el parking del Tesorillo y del Centro de Salud lo estén por un tiempo limitado. Creo que dijimos que se les permitiera estar dos horas y gratuito porque se pretende fomentar las compras en los negocios de la zona, facilitando el acceso al Centro de Salud y evitando que los coches aparquen indefinidamente, esta fue una propuesta que se hizo el año pasado y que aun no se ha visto implantada.

Responde el Sr. Concejal de Tráfico D Mariano Girela : Con respecto al tema de la descarga de los camiones hay que decir se han suprimido tres plazas de aparcamiento, que no había aparcamiento de carga y descarga, es decir, que lo mismo que descargaban antes los camiones para los negocios lo van a seguir haciendo, y si antes no se hacia ,ahora tampoco.

Ruego 2º.- En la Calle Tomas y Valiente hay un contenedor de basura situado justo encima de una plaza de aparcamiento para personas discapacitadas le rogaría que o bien cambie de sitio la zona de aparcamiento o bien el contenedor.

Pregunta 5ª.- Me gustaría preguntarle que si a Vd Sr Alcalde o a la Sra. Concejala de Educación le han informado algún padre o madre de un caso de acoso escolar en los colegios de Huetor Vega.

El Sr Alcalde le contesta que no y en igual sentido lo hace la Sra. Concejal de Educación, Dña. Elisa Isabel González.

Interviene la Sra. Higueras. Como sabe el acoso escolar se caracteriza por el transcurso en el tiempo de actos concretos que pueden ser agresiones físicas amenazas vejaciones; una serie de conductas que persiguen atemorizar en este caso a victimas menores, lo digo porque ambos son miembros del consejo escolar y nos ha llegado la queja de dos padres y madres que han tenido que cambiar de colegio a sus hijos debido a este grave problema. He consultado en la Junta de Andalucía, naturalmente sin datos, y constan varios casos de acoso en el municipio. Sabemos que no es una competencia propiamente municipal pero creemos que la familia y los centros escolares no pueden

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actuar por separado para atajar un problema tan grave como es el acoso escolar y se ha de hacer de forma conjunta.

Ruego 3º.- A raíz de la celebración de la tercera carrera solidaria del día de la Rosa contra el Cáncer a favor de la pequeña Lucia de cuatro años le traslado que recibimos los servicios del parque de los pinos totalmente sucios. Le ruego que cuando se solicite un espacio publico se compruebe por parte de quien competa el estado de limpieza de los aseos.

Ruego 4º.- Hemos visto que Diputación de Granada nos ha concedido 90.000 € de subvención destinada a inversiones financieramente sostenibles ¿a qué ha pensado destinar esta subvención ? Y hacerle un ruego que antes de definir a que se va a destinar que se consensúe con el resto de grupos políticos.

Ruego 5ª.- Nos gustaría saber para que es el anuncio de licitación de contrato de servicios de Web informativas y Publicación impresa del Ayuntamiento que aparece en el Boletín de la Provincia con fecha 12 de Julio de 2016.

El Alcalde le responde que es la licitación del periódico.

Pregunta 6ª.- Nos podría explicar porque el Ayuntamiento nos ha negado la petición de un espacio para poner nuestra caseta solidaria en el Recinto Ferial al Partido Socialista? Desde que Vds están gobernando en Huétor Vega han vetado la iniciativa de los partidos políticos para montar su caseta y ahí se demuestra la falta de pluralidad de su Grupo. Creo que Huétor Vega es el único municipio del Área Metropolitana y de la provincia donde los grupos políticos se les prohíbe que pongan su caseta tradicional y no nos vale la excusa que es para que la pongan las personas necesitadas del municipio, puesto que nuestra caseta siempre ha sido solidaria, hemos pagado lo que vale el coste del terreno y se la cedemos a familias del pueblo para que trabajen.

El Alcalde le contesta que la intención del equipo de gobierno es que se puedan aprovechar familias del pueblo para que puedan explotar las casetas sin que tenga que tener connotaciones políticas.

Pregunta 7ª- Nos gustaría saber cuantas familias se han beneficiado ya de la fibra óptica en Huetor Vega, si no lo sabe se lo digo yo: han sido 998 altas de FTTH contratadas (La tecnología de telecomunicaciones FTTH . Ahora Telefónica y Mas Móvil están trabajando en el soterramiento de la linea que va desde el Puente del Rio hasta la

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Iglesia, que para eso si hay dinero, y pregunto ¿porque no se han soterrado el resto de las lineas y se ha utilizado la vía aérea? Creo que como Ayuntamiento se debería de exigir que se soterren todas las zonas.

Le contesta el Sr Alcalde que lo que se presento aquí no era soterramiento sino utilizar el soterramiento que ya existía, e incluso se ha abierto algún trozo de soterramiento cuando no había posibilidad, pero que ya le digo la petición era de utilización de las vías de soterramiento que ya existen.

Ruego 8ª.- Por último trasladarle la pena que supone que talen el gran Pino del Carmen de San Rafael con más de 100 años, un pino emblemático del Carmen que le daba identidad al recinto… y , que finalmente ha muerto por falta del riego y de los cuidados necesarios para su supervivencia… Ahora que vienen las fiestas y el pregón se realiza en el Carmen es cuando se acuerdan de adecentarlo y podan los árboles que se han asilvestrado por no mantenerlos para que lo gente lo vea medio en condiciones después de estar abandonado todo el año. Esta situación nos la han trasladado varias vecinas del entorno que son unas enamoradas de nuestro Carmen. Ustedes van a pasar a la historia de Huétor como los mayores “arboricidas” del gobierno municipal que además talaron un símbolo de nuestro Carmen. Le sugiero que cuide más los pinos del Parque los Pinos que están en un estado lamentable cercano a secarse por falta de todo.

El Sr Alcalde se dirige a la Sra Carolina contestándole que el pino de Carmen de San Rafael había que cortarlo, pues teníamos el problema de que el aire lo podía tirar provocando entonces una desgracia y, que ha sido eso lo que ha provocado su poda. Decirle asimismo que ese árbol lleva enfermo desde hace ya bastantes años y ha ido degenerando hasta que no ha habido mas remedio que cortarlo.

A continuación interviene DOÑA MÓNICA MORENO en representación del Grupo de IU, realizando las siguientes preguntas y ruegos:

Ruego 1º.- Es cierto que los servicios de limpieza los vamos a ampliar pero se nos dice que el Parque de La Nava como el de Los Pinos que se encuentran en un estado un poco lamentable pues parece ser que se están secando por las altas temperaturas. Con respecto al Carmen de San Rafael que parece que se está adecentando por el tema de las Fiestas, pues solicitamos que se siga igual durante todo el año, pues ocurrió que en el mes de Junio en una fiesta del Colegio pues se vio una rata. Que esto puede ocurrir pero que solicitamos que se adecente con más asiduidad.

Ruego 2º.- Con respecto al parking decir que pudimos ver que estaba bastante

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bien, pero que le faltaban esas medidas de seguridad, así como que las puertas de seguridad de emergencia estaban cerradas con llave. Y queríamos comentarlo pues seria lamentable que pasase alguna desgracia.

Interviene a continuación D JESÚS FERNÁNDEZ Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, trasladando los siguientes Ruegos y Preguntas:

Pregunta 1º.- La pregunta número 3 que le hicimos en el Pleno de Mayo en donde queríamos saber sobre una Moción que presentamos sobre la ruptura del contrato que tiene este Ayuntamiento con los gestores de los postes de publicidad ya que buscamos que fuera de gestión publica y que fuese el Ayuntamiento quien lo gestionara de forma directa para que a los usuarios les costase menos dinero. Queríamos saber como iba el proceso. Vds contestaron como sigue: “Que dadas las dificultades para contactar con la empresa se había solicitado al Concejal Sr Girela que facilite algunos contratos con las empresas privadas”, me gustaría saber: ¿que quieren Vds decir con eso?.

Contesta el Concejal Sr Girela .- El contrato con esa empresa ya se ha renovado tácitamente, hay que decir que esta empresa se ha renovado en varias ocasiones absorbiendo una a la otra, cosas que al Ayuntamiento no se le ha comunicado y desde Secretaria se han hecho gestiones que no han fructificado.

Le replica D Jesús Fernández que una forma muy fácil de contactar con la empresa es mediante el teléfono que viene, yo me he puesto en contacto con ellos y ellos lo han hecho conmigo, entonces no es tan dificultoso.

Continua el Concejal Sr. Girela argumentando que según le informan desde el Área de Secretaria de este Ayuntamiento no es tan fácil rescindir ese contrato a pesar de estar más que cumplido el plazo.

Interviene la Sra Secretaria para manifestar que el contrato a día de hoy no existe, está en precario, pero al no tener claro que la titularidad de los postes es nuestra y al argumentar que es de ellos, es esa la controvertía jurídica y donde está el problema.

Continua el Sr Portavoz diciendo que no entiende la complejidad, si la titularidad de los postes es del Ayuntamiento pues que se arranquen y se les comunica que se los lleven y si el contrato ha expirado, pues fuera.

La Sra Secretaria le traslada que existen relaciones con privados que están pagando esta publicidad, y habría que saber la fecha en la que finalizan todos.

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Continua D Jesús Fernández diciendo que por eso se dijo que si esta empresa tenia contratada publicidad con un anunciante por ejemplo hasta el año 2017, pues que el Ayuntamiento se comprometía a darle publicidad gratuita, eso se aprobó en la moción. Por eso le digo que no veo la dificultad por ningún lado.

El Sr Alcalde le dice que nosotros le transmitimos a la Sra Secretaria la voluntad de hacerlo y es el Área de Secretaria la que tiene que decir como se hace.

En la Junta de Gobierno Local de fecha 20 de Mayo, aparecen facturas sin ningún concepto y quisiera saber en que consisten.

Ruego 1º.- Le pido que se instalen protección para que los vehículos que vayan al parking superior del consultorio medico, se ponga una protección para los vehículos pues hace unos días se subió un coche en el muro que allí hay.

Ruego 2º.- La papelera que hay en Avda de Andalucía a la altura del numero 55 esta desaparecida rogamos que se reponga.

Ruego 3º.- En el Pueblo Andaluz, en la Calle Ermita, en la Cañadilla…, sobre todo en las zonas céntricas del municipio que también lo necesitan hay arquetas obstruidas, rogamos se limpien antes de que empiecen las tormentas.

Le contesta el Sr. Alcalde que se va a iniciar la campaña de limpieza de arquetas próximamente.

Ruego 4º.- Con respecto a la eliminación de los aparcamientos en el centro de municipio, yo le digo que han sido cinco las plazas de aparcamiento que se han suprimido.

Ruego 5º.- Hay una gran cantidad de basura desde el Hotel Mundo Nuevo hasta el deposito de agua, esta lleno de suciedad, y rogaríamos que se limpiara y se colocaran papeleras.

Ruego 6º.- En la Calle Balcón de la Vega donde se ha hecho una rampa para personas con movilidad reducida a determinadas horas al día imposibilita que cuando entras con vehículo no se pueda maniobrar provocando mas de un llantazo. Rogamos que le den solución tal vez redondeando los bordes o como vean mejor.

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Ruego 7º.- Me parece una vergüenza que se expulse a un voluntario de Protección Civil. Y es una pena que se base en algo como es el cumplir o no las horas para expulsarlo. Pues conozco a este voluntario y se que ha habido años que ha duplicado las horas mínimas que había que estar como voluntario de Protección Civil y ahora que por circunstancias de trabajo no puede acudir se le expulse. Creemos que hay que ser mas flexibles a la hora de aplicar los estatutos y se van a aplicar de forma tan estricta igual deberíamos de modificarlos entre todos los grupos políticos para evitar que cosas como estas se vuelvan a producir.

No habiendo más asuntos que tratar por la Presidencia se levanta la sesión siendo las quince horas y cincuenta minutos del día de la fecha para constancia de todo lo cual levanto la presente acta que firma conmigo el Alcalde, la Secretaria que doy fe. EL ALCALDE LA SECRETARIA

DON MARIANO MOLINA DEL PASO ASCENSION RANCAÑO GILA

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