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ACTA DEL PLENO DE LA SESION ORDINARIA DEL DIA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2011. En la Casa Consistorial de Huétor Vega, siendo las 12.00 horas del día 29 de septiembre de 2011 celebró sesión ordinaria el Pleno de este Ayuntamiento, bajo la presidencia del Sr. Alcalde Don Mariano Molina Del Paso, asistiendo los Sres. Concejales relacionados al margen, actuando de Secretaria la que lo es de la Corporación, Doña Elisa Laura Ramírez. Asiste también el Sr. Interventor Don Juan Ignacio De Pablo Salazar. SRES ASISTENTES PRESIDENTE DON MARIANO MOLINA DEL PASO. CONCEJALES GM PP DON CONSTANTINO JOSE MARTINEZ HERNANDEZ DOÑA SUSANA MEGIAS MOLINA DON ROBERTO MOLINA ALVAREZ DOÑA MARIA DEL PILAR PEREZ VELAZQUEZ DOÑA MARY CARMEN SERVILIA LÓPEZ NIETO DON MARIANO GIRELA JUNCO DOÑA ELISA ISABEL GONZALEZ PEDRAZA DON JOSE ANTONIO PEREZ BRAOJOS DON JOSE MANUEL PRIETO ALONSO DOÑA PATRICIA MORALES MUÑOZ DON JOSE ANTONIO MARTIN FERNANDEZ GM PSOE DOÑA ANA MARIA BARRERA MARTIN DON ANTONIO CASTRO JIMENEZ GM IULV-CA DON JESUS FERNANDEZ MARTIN DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER SECRETARIA DOÑA ELISA LAURA RAMÍREZ INTERVENTOR DON JUAN IGNACIO DE PABLO SALAZAR Plaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada) – Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail: [email protected] Página 1 de 95 AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR VEGA (Granada) AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR VEGA (Granada) C.I.F. P1810300 B

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ACTA DEL PLENO DE LA SESION ORDINARIA DEL DIA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2011.

En la Casa Consistorial de Huétor Vega, siendo las 12.00 horas del día 29 de septiembre de 2011 celebró sesión ordinaria el Pleno de este Ayuntamiento, bajo la presidencia del Sr. Alcalde Don Mariano Molina Del Paso, asistiendo los Sres. Concejales relacionados al margen, actuando de Secretaria la que lo es de la Corporación, Doña Elisa Laura Ramírez. Asiste también el Sr. Interventor Don Juan Ignacio De Pablo Salazar.

SRES ASISTENTES

PRESIDENTE

DON MARIANO MOLINA DEL PASO.

CONCEJALES

GM PPDON CONSTANTINO JOSE MARTINEZ HERNANDEZDOÑA SUSANA MEGIAS MOLINADON ROBERTO MOLINA ALVAREZDOÑA MARIA DEL PILAR PEREZ VELAZQUEZDOÑA MARY CARMEN SERVILIA LÓPEZ NIETODON MARIANO GIRELA JUNCODOÑA ELISA ISABEL GONZALEZ PEDRAZADON JOSE ANTONIO PEREZ BRAOJOSDON JOSE MANUEL PRIETO ALONSODOÑA PATRICIA MORALES MUÑOZDON JOSE ANTONIO MARTIN FERNANDEZ

GM PSOEDOÑA ANA MARIA BARRERA MARTINDON ANTONIO CASTRO JIMENEZGM IULV-CADON JESUS FERNANDEZ MARTINDON FEDERICO HERNANDEZ MEYER

SECRETARIA

DOÑA ELISA LAURA RAMÍREZ

INTERVENTOR

DON JUAN IGNACIO DE PABLO SALAZAR

Plaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada) – Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail: [email protected]

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ORDEN DEL DÍA

1. Aprobación de las actas de la sesiones plenarias anteriores de fecha 21 de julio de 2011 y de 29 de agosto de 2011.

2. Aprobación de la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2010.3. Modificación de la Ordenanza Fiscal num. 2 Reguladora del Impuesto sobre

vehículos de tracción mecánica.4. Modificación de la Ordenanza Fiscal num. 24 reguladora del Impuesto sobre

Actividades Económicas.5. Modificación de la Ordenanza Fiscal num. 14 reguladora de la Tasa por

entrada de vehículos a través de las aceras.6. Modificación de crédito, modalidad transferencia de créditos entre

aplicaciones pertenecientes a distintas áreas de gasto. Exp. Num. 3/TCD.2-2011.

7. Modificación de crédito, modalidad transferencia de créditos ente aplicaciones pertenecientes a distintas áreas de gasto. Exp. 3/TDC.1-2011

8. Reconocimiento extrajudicial de crédito 3/-20119. Aprobación definitiva de la Innovación a las NNSS de planeamiento para cambio de

uso principal residencial unifamiliar a residencial plurifamiliar y compatible terciario, antiguo sector I.

10. Aprobación inicial a la innovación a las NNSS de planeamiento para alineación de cocheras a fachada.

11. Creación de la Oficina Municipal de Información al Consumidor.12. Moción de IULV-CA sobre la Calle Mercado.13. Moción PSOE Corredor Mediterráneo.14. Moción IULV-CA Traslado de los beneficios directamente a las ciudadanas y

ciudadanos.15. Moción PSOE Medidas aprobadas en el Parlamento de Andalucía en materia

de transparencia y calidad democrática.16. Moción conjunta PSOE e IULV-CA sobre la repercusión del impuesto de

bienes inmuebles en el ejerció 2011.17. Modificación de la Ordenanza Reguladora de los Estatutos de la Agrupación

de Voluntarios de Protección Civil.18. Moción de IULV trasladar la parada del autobús de la línea 184 desde la Avd.

de Doña Juana a la Plaza Canales.19. Moción IULV-CA Apertura de la pasarela peatonal sobre la Avd. de Doña

Juana.20. Moción de PP sobre defensa y reconocimiento de las Diputaciones

Provinciales.

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21. Aprobación de los Proyectos de Obra del Programa de Fomento de Empleo Agrario.

PARTE DE CONTROL

22. Dación de cuentas de Decretos de Alcaldía.23. Dación de cuentas de resoluciones judiciales.24. Ruegos y Preguntas.

Excusa su asistencia DON JOSE MUROS CASTRO.

Antes del inicio de la sesión plenaria se guarda un minuto de silencio por las víctimas de la violencia de género.

ORDEN DEL DÍA

1. APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE LA SESIONES PLENARIAS ANTERIORES DE FECHA 21 DE JULIO DE

2011 Y DE 29 DE AGOSTO DE 2011.

Toma la palabra el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER, quien formula las siguientes rectificaciones:

En el Acta del pleno del día 21 de Julio de 2011, en la pagina 3, línea 4;donde dice: ”su compañero Jesús Fernández tuvo que dejar a su hijo con otro compañero del trabajo para poder asistir al pleno”debe decir: “su compañero Jesús Fernández tuvo que dejar a sus alumnos con otro profesor para poder asistir al pleno”.

Y en el párrafo 3, línea 4;donde dice: “que nuestra labor de oposición es comprender el contenido”debe decir: “Que para nuestra labor de oposición es importante comprender el contenido”

En el Acta del pleno del día 29 de agosto de 2011, en la pagina 3, línea 2;donde dice: “Agradece los contactos con el Grupo Municipal PSOE”debe decir: “Agradece los contactos con el Grupo Municipal PSOE y el Grupo Municipal de Izquierda Unida”

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Interviene el Sr. Concejal DON CONSTANTINO MARTINEZ HERNANDEZ quien formula las siguientes rectificaciones:

En el Acta del pleno del día 21 de Julio de 2011, en la página 113, en el sexto párrafo

Donde dice: “El Sr. Alcalde le responde que los pinos se cortaron porque no eran transplantables, en cambio algunos de los pinos si se pudieron transplantar”Debe decir: “El alcalde le responde que los pinos se cortaron porque no eran transplantables, en cambio algunos de los olivos si se pudieron transplantar”

Y en la página 118, en el segundo párrafo,Donde dice: “Interviene el Sr. Alcalde haciendo referencia aclarando el contenido del contrato del Letrado, en el cual consta una minuta de 1.500 euros al mes por llevar todos los juicios que tenga el Ayuntamiento, ya sea por vía penal, vía civil ”

Debe decir: “Interviene el Sr. Alcalde haciendo referencia aclarando el contenido del contrato del Letrado, en el cual consta una minuta de 1.500 euros al mes por llevar todos los juicios que tenga el Ayuntamiento, ya sea por vía penal, vía civil, etc…”

Tras las rectificaciones efectuadas el Sr. Presidente somete a aprobación las actas de las sesiones de 21 de julio de 2011 y del 29 de agosto de 2011, emitiéndose 16 votos a favor que constituyen la unanimidad de los miembros presentes de la Corporación proclamando aprobada el Acta de la citada sesión anterior, ordenando su transcripción al Libro de Actas según lo dispuesto por el art. 110.2 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

2. APROBACIÓN DE LA CUENTA GENERAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2010.

Por Secretaría se procede a la lectura del Dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de fecha 23 de septiembre de 2011 .

Seguidamente interviene el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien dice que aunque es lógico que el GM de Izquierda Unida Los Verdes va aprobar la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2010, cree que también es lógico que se pregunten si no sería más lógico que esto se hiciera bastantes meses antes. Cuando estamos llegando al décimo mes del 2011 se nos ocurre confirmar que las cuentas del año pasado son correctas, pero ¿y si no lo fueran? ¿No sería quizás demasiado tarde para encontrar posibles agujeros y responsables? ¿Es que las familias no son más rápidas con el control de sus economías domésticas y saben rápidamente si han gastado bien o mal el dinero?

A ver si para el próximo año, en el ayuntamiento aprendemos algo de lo que se hace en la economía privada de cada uno de nuestras casas y somos más rápidos.

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Sr. Alcalde, si es que hay que eliminar obstáculos burocráticos, pues adelante y elimínelos, y evitemos que el pueblo se compadezca de los políticos y funcionarios, pues hay quien piensa y no sin razón “yo no veo la forma de solucionar mis problemas actuales, no sé como pagar el IBI, el agua, la luz y el supermercado hoy y en el Ayuntamiento se aplauden y congratulan mutuamente de haber hecho bien las cosas del año pasado.”

Sí, Sr. Alcalde, vamos a aprobar las Cuentas del año pasado.

Por El Sr. Alcalde se le contesta que es muy eficaz desde la oposición, no lo era tanto cuando estaba en el Equipo de Gobierno, pero que se está dentro del plazo.

Por alusiones solicita la palabra el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien dice que estamos en el mandato 2011 a 2015 y no en el anterior.

Tras ello, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 16 votos a favor que constituyen la unanimidad de los miembros presentes aprobándose y proclamándose adoptado el siguiente acuerdo:

PRIMERO. Aprobar la Cuenta General del Ayuntamiento de Huétor Vega correspondiente al ejercicio 2010.

SEGUNDO. Rendir al Tribunal de Cuentas y a la Cámara de Cuentas de Andalucía, antes del 15 de octubre de 2011, la Cuenta General del Ayuntamiento de Huétor Vega correspondiente al ejercicio 2010 debidamente aprobada y remitirla a la Dirección General de Coordinación Financiera con las Entidades Locales.

3. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL NUM. 2 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE

TRACCIÓN MECÁNICA.

Por Secretaría se procede a la lectura del dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de fecha 23 de septiembre de 2011.

El Sr. Alcalde puntualiza que la modificación de esta Ordenanza se hace con objeto de clarificar su estructura y actualizar el cuadro de tarifas conforme a la tasa de variación interanual del I.P.C. existente en el mes de agosto, un 3%.

Interviene en primer lugar el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien procede a la lectura del siguiente texto :

Desde Izquierda Unida Los Verdes comprobamos que el Ayuntamiento de Huétor-Vega gobernado por el PP se está convirtiendo en una Agencia Tributaria cuya misión principal es la recaudación de impuestos. No hay Pleno sin subida impuestos.

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¿Para que le encargan Ustedes a la APAT de Diputación la recaudación de los impuestos, si Ustedes son maestros en cuestiones de tasas e impuestos.

En el primer pleno se dedicaron a aumentar tasas deportivas y si no es porque los ciudadanos de Huétor-Vega nos pusieron a los de Izquierda Unida en la oposición y nos encargaron de controlarles a Ustedes, hoy –por ejemplo- los usuarios de las pistas de pádel tendrían que pagar 3 euros más por hora, o sea 30 por ciento más.

En el segundo pleno le mienten a la ciudadanía, les cuentan que les bajan el IBI, un IBI subvencionado que nunca pagaron en la cantidad que ustedes afirman, pero lo que hacen es aumentarlo en más de un 9%. Ejemplo: Para un valor catastral de 50.000 €, en el 2010 pagábamos 330€, ahora desde que el PP gobierna en Huétor-Vega se pagarán 360 €, o sea unos 30 € más.

Y, ahora, en este tercer pleno aumentan los impuestos de vehículos de tracción mecánica.

Según el programa electoral del PP no aumentarían nunca los impuestos por encima del IPC. Y yo me pregunto. 1º. ¿por qué aumentar los impuestos? ¿Es que han aumentado los salarios? 2º. ¿se les ha ocurrido entrar en la web del Instituto Nacional de Estadística? En ella se indica que el IPC ha aumentado en los últimos 12 meses, hasta Agosto de 2011, un 3,0 %. Esto mismo es lo que afirmó en las Comisiones Informativas el Sr. Interventor. Pero a la hora de hacer cálculos vemos que a excepción de los turismos de 12 hasta 15,99 caballos fiscales, para los que el aumento es del 2,83%, para todos los demás turismos, así como autobuses, camiones, tractores, remolques, semirremolques, ciclomotores y motocicletas la subida no es del 3,0 % sino de hasta un 3,25%.

Izquierda Unida está en contra de la subida general de los impuestos en estos tiempos de crisis, pero sobretodo en contra de subidas superiores al IPC. Además, si observan la evolución del IPC, comprobarán que en estos últimos meses no está subiendo, sino bajando.

Por esta razón le rogamos al Sr. Alcalde que retire la ordenanza y deje respirar a la ciudadanía, pero en el caso de que quiera seguir con ella que la deje sobre la mesa hasta que el Sr. Interventor revise los cálculos y nos traiga una ordenanza en la que la subida del impuesto no sea superior al 3%.

No vamos a aprobar esta ordenanza. Los bandoleros asaltaban a los viajeros en los caminos peligrosos de las montañas, Ustedes no necesitan caminos peligrosos, a ustedes les basta modificar las ordenanzas a su gusto, sin respetar a la ciudadanía y sin cumplir con su programa electoral. Señor Alcalde, con nosotros no cuenten.

Seguidamente toma la palabra la Sra. Concejala DOÑA ANA BARRERA MARTIN quien es partidaria de aliviar la presión fiscal al ciudadano de “a pie” y cree que podría prescindirse de esta subida ya que no supone un incremento muy elevado y hacer un esfuerzo de creatividad presupuestaria para no incrementar la subida y por ello van a votar en contra.

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Seguidamente toma la palabra el Alcalde quien dice que DON FEDERICO miente, porque sí se ha rebajado el IBI del 1,10 al 0,72 y ello porque el Juez ha dicho que la subvención es ilegal y sin ella tendría que haber pagado 500 euros y sin embargo va a pagar 360 euros. Ayer llegó un escrito del Estado sobre la participación en los tributos del Estado y hay que devolver 180.000 euros de lo gastado en 2008, ahora además hay que devolver del 2009 otros 280.000 euros. Que digan de donde salen ahora los ingresos.

Respecto a la ordenanza el Sr. Interventor explicará ahora los porcentajes.

En cuanto a lo que dice la Sra. Barrera, tampoco es voluntad de este Equipo subir impuestos, solo se sube el IPC porque hay unos gastos que hay que asumir, y hay que buscar los ingresos.

Solicita la palabra el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien dice que nunca ha llegado a pagar más, él pagaba 330 y ahora va a pagar 360, por eso el PP ha subido los impuestos. Además todos los impuestos de tracción mecánica excepto los turismos de 12 a 15,99 caballos fiscales aumentan más del 3%. Pide que no vuelva a decir que ese aumento es solo de un euro para el ciudadano porque se va aumentando un euro más y para el Sr. Alcalde con un sueldo de cuarenta y seis mil euros al año, no es nada; pero para los ciudadanos que cobran 400 euros o menos, es mucho. Pensaba que alguien les había dicho que debajo de la plaza de la Iglesia había un tesoro donde encontraría el dinero.

El Sr. Alcalde solicita al Sr. Interventor la explicación del expediente. Por el Sr. Interventor se explica que el Alcalde por providencia solicito la iniciación del expediente para actualización de un 3% de las tarifas del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, lo que ocurre es que el redondeo al 3% no es posible en todas las categorías de vehículos, hay que respetar una serie de coeficientes de actualización que marca la Ley de Haciendas Locales y ese 3% aplicado a algunas categorías de bienes supondrá una actualización real de un poquito más del 3% y en otras un poquito menos.

El Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER contesta al Sr. Interventor que su máquina de calcular no funciona bien, solo una de las tarifas está por debajo del 3%, todos los demás están por encima del tres por ciento. Por ello solicita que deje el punto sobre la mesa.

Por el Sr. Alcalde le contesta que no se entera, el Sr. Interventor, licenciado en economía tiene una capacidad económica superior a la suya. En la plaza de la iglesia no se ha encontrado ningún tesoro pero puede que si lo encuentren los comerciantes de la zona. Le dice que cambian mucho las cosas en la oposición, cuando estaban en el Equipo de Gobierno subieron la basura.

Solicita la palabra por alusiones el Sr. Concejal Don Federico Hernández Meyer, a lo que se contesta por el Sr. Alcalde que ni le ha aludido ni tiene la palabra.

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Finalizado el debate, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 12 votos a favor correspondientes al GM PP y 4 votos en contra correspondientes a los GM PSOE ( Don Antonio Castro Jiménez y Doña Ana Barrera Martín) e IULV-CA (Don Jesús Fernández Martín y don Federico Hernández Meyer) aprobándose y proclamándose adoptado el siguiente acuerdo:

PRIMERO. Aprobar provisionalmente el expediente de modificación de la Ordenanza fiscal número 2 reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica de acuerdo con el texto elaborado por los Servicios Técnicos Municipales cuyo tenor literal es el siguiente:

ORDENANZA NÚMERO 2

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Artículo 1. Normativa aplicable

El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica se regirá en este Municipio:

a) Por las normas reguladoras del mismo, contenidas en los artículos 92 a 99 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por que el que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y por las demás disposiciones legales y reglamentarias que complementen y desarrollen dicha Ley.

b) Por la presente Ordenanza fiscal.

Artículo 2. Naturaleza, hecho imponible y supuestos de no sujeción

1. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica es un tributo directo, que grava la titularidad de los vehículos de esta naturaleza, aptos para circular por las vías públicas, cualesquiera que sean su clase y categoría.

2. Se considera vehículo apto para la circulación el que hubiera sido matriculado en los registros públicos correspondientes y mientras no haya causado baja en los mismos. A los efectos de este Impuesto también se considerarán aptos los vehículos provistos de permisos temporales y matrícula turística.

3. No están sujetos al Impuesto:

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a) Los vehículos que habiendo sido dados de baja en los registros por antigüedad de su modelo puedan ser autorizados para circular excepcionalmente con

motivo de exhibiciones, certámenes o carreras limitadas a los de esta naturaleza.

b) Los remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica cuya carga útil no sea superior a 750 kg.

Artículo 3. Exenciones

1. Estarán exentos del Impuesto:

a) Los vehículos oficiales del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades locales adscritos a la defensa nacional o a la seguridad ciudadana.

b) Los vehículos de representaciones diplomáticas, oficinas consulares, agentes diplomáticos y funcionarios consulares de carrera acreditados en España, que sean súbditos de los respectivos países, identificados externamente y a condición de reciprocidad en su extensión y grado.

Asimismo, los vehículos de los Organismos internacionales con sede u oficina en España, y de sus funcionarios o miembros con estatuto diplomático.

c) Los vehículos respecto de los cuales así se derive de lo dispuesto en tratados o convenios internacionales.

d) Las ambulancias y demás vehículos directamente destinados a la asistencia sanitaria o al traslado de heridos o enfermos.

e) Los vehículos para personas de movilidad reducida a que se refiere la letra A del Anexo II del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

Asimismo, están exentos los vehículos matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo, aplicándose la exención, mientras se mantengan dichas circunstancias, tanto a los vehículos conducidos por personas con discapacidad como a los destinados a su transporte.

Las exenciones previstas en los dos párrafos anteriores no resultarán aplicables a los sujetos pasivos beneficiarios de las mismas por más de un vehículo simultáneamente.

A efectos de lo dispuesto en esta letra, se considerarán personas con minusvalía quienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33 por 100.

f) Los autobuses, microbuses y demás vehículos destinados o adscritos al servicio de transporte público urbano, siempre que tengan una capacidad que exceda de nueve plazas, incluida la del conductor.

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g) Los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de Cartilla de Inspección Agrícola.

2. Para poder aplicar las exenciones a que se refieren las letras e) y g) del apartado anterior, los interesados deberán instar su concesión indicando las características del vehículo, su matrícula y causa del beneficio.

Asimismo, deberán presentar la siguiente documentación:

a) En el supuesto de vehículos para personas de movilidad reducida:

− Fotocopia del Permiso de Circulación.

− Fotocopia del Certificado de Características Técnicas del Vehículo.

− Fotocopia del Carnet de Conducir (anverso y reverso).

− Fotocopia compulsada de la declaración administrativa de invalidez o disminución física expedida por el organismo o autoridad competente.

b) En el supuesto de vehículos matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo o destinados a su transporte:

− Fotocopia del Permiso de Circulación.

− Fotocopia del Certificado de Características Técnicas del Vehículo.

− Fotocopia del Carnet de Conducir (anverso y reverso).

− Fotocopia compulsada del Certificado de Minusvalía emitido por el organismo o autoridad competente.

− Justificación del destino del vehículo, para lo cual se adjuntara a la solicitud una declaración jurada, firmada por el titular del vehículo, en donde se especificará si este será conducido exclusivamente por el mismo o bien se destinará a su transporte.

La falsedad o inexactitud en la declaración anterior constituirá infracción grave de conformidad con lo previsto en el artículo 194.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, razón por la que se iniciará procedimiento sancionador.

c) En el supuesto de los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria agrícolas:

− Fotocopia del Permiso de Circulación

− Fotocopia del Certificado de Características Técnicas del Vehículo.

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− Fotocopia compulsada de la Cartilla de Inspección Agrícola expedida a nombre del titular del vehículo.

3. El efecto de la concesión de las exenciones comenzará a regir a partir del ejercicio siguiente y, en ningún caso, tendrá carácter retroactivo.

Artículo 4. Sujetos pasivos

Son sujetos pasivos de este Impuesto las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a cuyo nombre conste el vehículo en el permiso de circulación.

Artículo 5. Cuota

1. De conformidad con lo previsto en el artículo 95 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 marzo, el Impuesto se exigirá con arreglo al siguiente cuadro de tarifas:

1. Potencia y

Clase de VehículoCuota(euros) Coeficiente

A) TurismosDe menos de 8 caballos fiscales 20,82 1,65De 8 hasta 11,99 caballos fiscales 56,23 1,65De 12 hasta 15,99 caballos fiscales 118,70 1,65De 16 hasta 19,99 caballos fiscales 147,86 1,65Más de 19,99 caballos fiscales 184,80 1,65

B) AutobusesDe menos de 21 plazas 137,44 1,65De 21 a 50 plazas 195,76 1,65De más de 50 plazas 244,70 1,65

C) CamionesDe menos de 1.000 kg. de carga útil 69,76 1,65De 1.000 a 2.999 kg. de carga útil 137,44 1,65De más de 2.999 kg. a 9.999 kg. de carga útil 195,76 1,65De más de 9.999 kg. de carga útil 244,70 1,65

D) TractoresDe menos de 16 caballos fiscales 29,15 1,65De 16 a 25 caballos fiscales 45,82 1,65De más de 25 caballos fiscales 137,44 1,65

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1. Potencia y

Clase de VehículoCuota(euros) Coeficiente

E) Remolques y Semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánicaDe más de 750 kg. y menos de 1.000 kg. de carga útil 29,15 1,65De 1.000 a 2.999 kg. de carga útil 45,82 1,65De más de 2.999 kg. de carga útil 137,44 1,65

F) Otros vehículosCiclomotores 7,29 1,65Motocicletas hasta 125 c.c. 7,29 1,65Motocicletas de más de 125 c.c. hasta 250 c.c. 12,49 1,65Motocicletas de más de 250 c.c. hasta 500 c.c. 25,00 1,65Motocicletas de más de 500 c.c. hasta 1.000 c.c. 49,98 1,65Motocicletas de más 1.000 c.c. 99,96 1,65

2. En el supuesto de que a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado se modifiquen las cuotas mínimas establecidas en el artículo 95.1 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el cuadro de tarifas se verá alterado proporcionalmente de acuerdo con el coeficiente establecido para cada clase de vehículo y tramo.

3. Para la aplicación del anterior cuadro de tarifas habrá de estarse a lo dispuesto en el Anexo II del Real Decreto 2.822/1998 de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, en relación a las definiciones y categorías de vehículos y teniendo en cuenta, además, las siguientes reglas:

a) Los vehículos mixtos adaptables y los derivados de turismos (clasificaciones 31 y 30 respectivamente, conforme al Anexo II del Reglamento General de Vehículos) tributarán como turismo, de acuerdo con su potencia fiscal, salvo en los siguientes casos:

1º. Si el vehículo estuviese habilitado para el transporte de más de nueve personas, incluido el conductor, tributará conforme a la letra B) del artículo 5.1 de la

presente Ordenanza fiscal.

2º. Si el vehículo estuviese autorizado para transportar más de 525 kilogramos de carga útil, tributará conforme a la letra C) del artículo 5.1 de la presente

Ordenanza fiscal.

b) Los motocarros tributarán, a los efectos de este Impuesto, por su cilindrada conforme a la letra F) del artículo 5.1 de la presente Ordenanza fiscal.

c) En el caso de los vehículos articulados tributarán simultáneamente y por separado el que lleve la potencia de arrastre y los remolques y semirremolques arrastrados.

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d) Las máquinas autopropulsadas que puedan circular por las vías públicas sin ser transportadas o arrastradas por otro vehículo de tracción mecánica, tributarán conforme a la letra D) del artículo 5.1 de la presente Ordenanza fiscal.

e) La Potencia Fiscal del vehículo expresada en caballos fiscales se establecerá de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2.822/1998 y ello en relación a lo previsto en el Anexo V del mismo texto legal, según el tipo de motor, expresada con dos cifras decimales aproximadas por defecto.

f) La carga útil del vehículo, a efectos del impuesto, es la diferencia entre la Masa Máxima Autorizada (M.M.A.) y la Tara del vehículo, expresadas ambas magnitudes en Kilogramos.

g) Los vehículos furgones (clasificaciones 24, 25 y 26 según el Anexo II del Reglamento General de Vehículos) tributarán, a los efectos de este impuesto, por su carga útil conforme a la letra C) del artículo 5.1 de la presente Ordenanza fiscal.

Artículo 6. Bonificaciones

Tendrán una bonificación del 100% de la cuota incrementada del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, los vehículos históricos de acuerdo a lo establecido en el Capítulo I del Reglamento de Vehículos Históricos, aprobado por el Real Decreto 1.247/1995, de 14 de julio, o aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.

Para el disfrute de la citada bonificación, los titulares de los vehículos habrán de solicitar su concesión, a la que deberán adjuntar copia de la Tarjeta de Inspección Técnica cuando el vehículo no esté catalogado como histórico y no hayan transcurrido 25 años desde la fecha de la primera matriculación, pero sí desde la fecha de fabricación consignada en la precitada tarjeta. En los demás casos, no será precisa su aportación.

La bonificación, una vez declarada por la Administración municipal, tendrá efectividad en el periodo impositivo siguiente a aquel en que se hubiese formulado la correspondiente solicitud.

Artículo 7. Periodo impositivo y devengo

1. El período impositivo coincide con el año natural, salvo en el caso de primera adquisición de los vehículos. En este caso, el período impositivo comenzará el día en que se produzca dicha adquisición.

2. El Impuesto se devenga el primer día del período impositivo.

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3. El importe de la cuota del Impuesto se prorrateará por trimestres naturales en los casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo.

También procederá el prorrateo de la cuota, en los mismos términos en los supuestos de baja temporal por sustracción o robo de vehículo, y ello desde el momento en que se produzca dicha baja temporal en el Registro público correspondiente.

4. Cuando proceda el prorrateo de la cuota por alta del vehículo, el sujeto pasivo vendrá obligado a satisfacer la parte de dicha cuota correspondiente a los trimestres del año que restan por transcurrir, incluido aquel en el que tenga lugar la referida alta.

Cuando proceda el prorrateo por baja temporal o definitiva del vehículo, el sujeto pasivo vendrá obligado a satisfacer la parte de la cuota correspondiente a los trimestres del año que hayan transcurrido, incluido aquel en el que haya tenido lugar la referida baja.

Artículo 8. Gestión, liquidación, recaudación e inspección del Impuesto

1. Corresponde a este Municipio el Impuesto aplicable a los vehículos en cuyo permiso de circulación conste un domicilio de su término municipal.

2. La gestión, liquidación, recaudación e inspección del Impuesto, se llevará a cabo por el Órgano de la Administración que resulte competente, bien en virtud de competencia propia, bien en virtud de convenio o acuerdo de delegación de competencias, todo ello conforme a lo preceptuado en los artículos 7, 8 y 97 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como en las demás disposiciones que resulten de aplicación.

3. Salvo que se acuerde lo contrario el Ayuntamiento de Huétor Vega tiene delegadas sus competencias de gestión, liquidación, recaudación e inspección en periodo voluntario y ejecutivo del Impuesto en favor de la Diputación Provincial de Granada.

4. La gestión, liquidación, recaudación e inspección del impuesto se llevará a cabo conforme a lo preceptuado en los artículos 2.2, 10, 11, 12, 13, 97 y 98 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

5. En los supuestos de adquisición y primera matriculación de los vehículos, el Impuesto se exigirá en régimen de autoliquidación, a cuyo efecto se cumplimentará el impreso aprobado por este Ayuntamiento, haciendo constar los elementos tributarios determinantes de la cuota a ingresar.

La liquidación se podrá presentar por el interesado o por su representante en la Oficina de Gestión Tributaria correspondiente, donde se prestará al contribuyente toda la asistencia necesaria para la práctica de sus declaraciones.

6. En los supuestos de vehículos ya matriculados o declarados aptos para circular, el Impuesto se gestionará a partir del padrón anual del mismo.

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Las modificaciones del padrón se fundamentarán en los datos del Registro Público de Tráfico y en las Comunicaciones de la Jefatura de Tráfico relativas a altas, bajas, transferencias y cambios de domicilio. Además, se podrán incorporar otras informaciones sobre bajas y cambios de domicilio de las que disponga el Ayuntamiento.

El padrón del Impuesto se expondrá al público, durante el plazo que se determine, para que los interesados legítimos puedan examinarlo, y en su caso, formular las reclamaciones oportunas. La exposición al público del padrón se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia y producirá los efectos de notificación de la liquidación a cada uno de los sujetos pasivos.

Artículo 9. Pago e ingreso del Impuesto

1. El plazo de ingreso de las deudas de cobro por recibo notificadas colectivamente se determinará cada año y se anunciará públicamente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Por defecto, el pago en período voluntario de las deudas de notificación colectiva y periódica deberá efectuarse entre el día 1 de septiembre y el 20 de noviembre o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

2. Las liquidaciones de ingreso directo se satisfarán en los plazos fijados en el apartado 2 del artículo 62 de por la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que son:

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación, hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación, hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

3. Finalizado el plazo de pago voluntario sin que la deuda se haya satisfecho, se iniciará el periodo ejecutivo de recaudación, lo que comporta la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

4. En los supuestos de autoliquidación, el ingreso de la cuota se realizará en el momento de la presentación de la declaración-liquidación correspondiente.

Artículo 10. Justificación del pago del Impuesto

1. Quienes soliciten ante la Jefatura Provincial de Tráfico la matriculación o la certificación de aptitud para circular de un vehículo, deberán acreditar previamente el pago del

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impuesto correspondiente al ejercicio de la matriculación o rehabilitación, que deberá realizarse conforme a lo establecido en el artículo 9 de la presente Ordenanza fiscal.

2. Las Jefaturas Provinciales de Tráfico no tramitarán el cambio de titularidad administrativa de un vehículo en tanto su titular registral no haya acreditado el pago del impuesto correspondiente al período impositivo del año anterior a aquel en que se realiza el trámite.

3. A efectos de la acreditación anterior, la Administración municipal o las entidades que ejerzan las funciones de recaudación por delegación, al finalizar el período voluntario, comunicarán informáticamente al Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico el impago de la deuda correspondiente al período impositivo del año en curso. La inexistencia de anotaciones por impago en el Registro de Vehículos implicará, a los únicos efectos de realización del trámite, la acreditación anteriormente señalada.

Artículo 11. Revisión

Los actos de gestión tributaria del Impuesto, serán revisables en los términos y con arreglo a los procedimientos señalados en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Disposición Adicional Única. Modificaciones del Impuesto.

Las modificaciones que se introduzcan en la regulación del Impuesto, por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado o por cualesquiera otras leyes o disposiciones, y que resulten de aplicación directa, producirán, en su caso, la correspondiente modificación tácita de la presente Ordenanza fiscal.

Disposición Final Única. Aprobación, entrada en vigor y modificación de la Ordenanza fiscal

La presente Ordenanza fiscal comenzará a regir con efectos desde el 1 de enero de 2012, y continuará vigente en tanto no se acuerde su modificación o derogación.

En caso de modificación parcial de esta Ordenanza fiscal, los artículos no modificados continuarán vigentes.

SEGUNDO. Someter el expediente a información pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia durante treinta días, como mínimo, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

En el caso de que no se presentasen reclamaciones, el Acuerdo se entenderá definitivamente aprobado.

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4. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL NUM. 24 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES

ECONÓMICAS.

Por Secretaría se procede a la lectura del Dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de fecha 23 de septiembre de 2011.

El Sr. Alcalde puntualiza que el objeto de la modificación de esta Ordenanza es clarificar su estructura, actualizar los coeficientes de situación conforme a la tasa de variación interanual del IPC existente en el mes de agosto del 2011, el 3%, e introducir un callejero fiscal de las vías públicas del municipio.

Seguidamente toma la palabra el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien textualmente dice:

Repito que desde Izquierda Unida Los Verdes, pero también por parte de la ciudadanía, estamos comprobando que el Ayuntamiento de Huétor-Vega gobernado por el PP se está convirtiendo en una Agencia Tributaria por lo que su misión principal es la recaudación de impuestos.

Sr. Alcalde, teniendo en cuenta la situación de crisis por la que estamos pasando y que las personas que ejercen actividades empresariales, profesionales o artísticas en nuestro municipio están con el agua al cuello y que basta con darse un paseo por esas calles de Huétor-Vega, que ahora se encuentran clasificadas en su proyecto de ordenanza en vías de primera y segunda categoría, para darse cuenta de la mala situación en la que se encuentran las empresas en Huétor-Vega y de la cantidad de locales y bajos vacíos existentes.

Por estas razones, aunque podamos estar a favor de todo lo que signifique clarificar la estructura de la ordenanza e introducir un callejero fiscal de las vías públicas del municipio, estamos completamente en contra de lo que Ustedes llaman actualizar los coeficientes de situación conforme a la tasa de variación interanual del IPC existentes en el mes de agosto de 2011 (3%), Sr. Alcalde, estamos en contra de todo lo que pueda suponer una subida de este impuesto.

Por esta razón le rogamos al Sr. Alcalde que retire la ordenanza y deje respirar a las personas que ejercen actividades empresariales, profesionales o artísticas en Huétor-Vega, ya que gracias a su actividad se generan esos puestos de trabajo que tanto necesitamos en nuestro municipio.

No vamos a aprobar esta ordenanza. Señor Alcalde, con nosotros no cuenten.

Toma la palabra la Sra. Concejala DOÑA ANA BARREA MARTIN quien propone añadir unas bonificaciones para promocionar la generación de empleo en el municipio. La propuesta sería la siguiente:

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- Con un 10% de bonificación para cada contratación a media jornada o jornada más amplia, con un contrato de duración de 1 año hasta 1 máximo de 5 contrataciones y durante los 5 primeros años.

- Con un 5% por cada transformación a contrato indefinido, de cada contrato a tiempo parcial o más hasta un máximo de 5 contrataciones y durante los 2 primeros años.

- Con un 50% para los desempleados que a través del pago único inicien actividad, durante el primer año.

- Con un 50% para los desempleados que se incorporen al empleo autónomo tras 6 o más meses de desempleo durante el primer año.

Por el Sr. Alcalde le contesta que no es el momento de hacer esas bonificaciones porque habría que hacer un estudio de esa propuesta. Se compromete a estudiarlo y si hay que modificar el expediente así se hará. Por otra parte quiere explicar que no se está gravando al café-bar “la bruja” o al “mexicano”. Solo grava a empresas con un volumen de negocio superior al millón de euros, hay pocos en Huétor y si alguno hay podrá asumir esa subida del 3%. Y aclarar que dentro del Área Metropolitana la tasa más baja del Impuesto de Actividades Económicas es la de Huétor Vega.

Finalizado el debate, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 12 votos a favor correspondientes al GM PP, dos abstenciones correspondientes al GM PSOE y 2 votos en contra correspondientes al GM IULV-CA (Don Jesús Fernández Martín y Don Federico Hernández Meyer) aprobándose y proclamándose adoptado el siguiente acuerdo

PRIMERO. Aprobar provisionalmente el expediente de modificación de la Ordenanza fiscal número 24 reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas de acuerdo con el texto elaborado por los Servicios Técnicos Municipales, cuyo tenor literal es el siguiente.

ORDENANZA NÚMERO 24

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

Artículo 1. Normativa aplicable

El Impuesto sobre Actividades Económicas se regirá en este Municipio:

a) Por las normas reguladoras del mismo, contenidas en los artículos 78 a 91 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por que el que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y por las demás disposiciones legales y reglamentarias que complementen y desarrollen dicha Ley.

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b) Por las Tarifas e Instrucción del Impuesto, aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, y el Real Decreto Legislativo 1259/1991, de 2 de agosto.

c) Por la presente Ordenanza fiscal.

Artículo 2. Naturaleza, hecho imponible y supuestos de no sujeción

1. El Impuesto sobre Actividades Económicas es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible está constituido por el mero ejercicio dentro del término municipal de actividades empresariales, profesionales o artísticas, tanto si se ejercen en un local determinado como si no, y se hallen o no especificadas en las tarifas del Impuesto.

2. Se consideran, a los efectos de este Impuesto, actividades empresariales las ganaderas cuando tengan carácter independiente, las mineras, las industriales, las comerciales y las de servicios.

Tiene la consideración de ganadería independiente la definida como tal en el párrafo segundo del artículo 78.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

3. Se considera que una actividad se ejerce con carácter empresarial, profesional o artístico cuando suponga la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de éstos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.

4. El contenido de las actividades gravadas es el definido en las tarifas del Impuesto.

5. El ejercicio de las actividades gravadas se probará por cualquier medio admisible en derecho y, en particular, por los contemplados en el artículo 3 del Código de Comercio.

6. No constituye hecho imponible en este Impuesto el ejercicio de las actividades siguientes:

a) Las actividades agrícolas, las ganaderas dependientes, las forestales y las pesqueras.

b) La enajenación de bienes integrados en el activo fijo de las empresas, que hubieran figurado debidamente inventariados como tal inmovilizado con más de dos años de antelación a la fecha de transmitirse, y la venta de bienes de usoparticular y privado del vendedor siempre que los hubiese utilizado durante igualperiodo de tiempo.

c) La venta de los productos que se reciben en pago de trabajos personales o servicios profesionales.

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d) La exposición de artículos con el fin exclusivo de decoración o de adorno del establecimiento. Por el contrario, estará sujeta al Impuesto la exposición de artículos para regalo a los clientes.

e) Cuando se trate de venta al por menor, la realización de un solo acto uoperación aislada.

Artículo 3. Exenciones

1. Están exentos del Impuesto:

a) El Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades locales, así como los Organismos autónomos del Estado y las Entidades de Derecho público de análogo carácter de las Comunidades Autónomas y de las Entidades locales.

b) Los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad en territorioespañol, durante los dos primeros períodos impositivos de este Impuesto en que se desarrolle la misma.

A estos efectos no se considerará que se ha producido el inicio del ejercicio de la actividad cuando la misma se haya desarrollado anteriormente bajo otra titularidad, circunstancia que se entenderá que concurre, entre otros supuestos, en los casos de fusión, escisión o aportación de ramas de actividad.

c) Los siguientes sujetos pasivos:

– Las personas físicas.

– Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, las sociedades civiles y las entidades del artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.

– En cuanto a los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, la exención sólo alcanzará a los que operen en España mediante establecimiento permanente, siempre que tengan un importe neto de la cifra de negocios

inferior a 1.000.000 de euros.

A efectos de la aplicación de la exención prevista en este párrafo, se tendrán en cuenta las siguientes reglas:

1º) El importe neto de la cifra de negocios se determinará de acuerdo conlo previsto en el artículo 191 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre.

2º) El importe neto de la cifra de negocios será, en el caso de los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades o de los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de No

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Residentes, el del período impositivo cuyo plazo de presentación de declaración por dichos tributos hubiesen finalizado el año anterior al de devengo de este impuesto. En el caso de las sociedades civiles y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el importe neto de la cifra de negocios será el que corresponda al penúltimo año anterior al de devengo de este Impuesto. Si dicho período impositivo hubiera tenido una duración inferior al año natural, el importe neto de la cifra de negocios se elevará al año.

3º) Para el cálculo del importe de la cifra de negocios del sujeto pasivo, se tendrá en cuenta el conjunto de las actividades económicas ejercidas por el mismo.

No obstante, cuando la entidad forme parte de un grupo de sociedades en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, el importe neto de la cifra de negocios

se referirá al conjunto de entidades pertenecientes a dicho grupo.

A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, se entenderá que los casos del artículo 42 del Código de Comercio son los recogidos en la Sección 1ª del Capítulo I de las normas para formulación de las cuentas anuales consolidadas, aprobadas por Real Decreto 1815/1991, de 20 de diciembre.

4º) En el supuesto de los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, se atenderá al importe neto de la cifra de negocios imputable al conjunto de los establecimientos permanentes situados en territorio español.

d) Las Entidades gestoras de la Seguridad Social, y las Mutualidades de Previsión Social reguladas por la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y

Supervisión de los Seguros Privados.

e) Los organismos públicos de investigación, los establecimientos de enseñanza en todos sus grados costeados íntegramente con fondos del Estado, de las Comunidades Autónomas, o de las Entidades locales, o por Fundaciones declaradas benéficas o de utilidad pública, y los establecimientos de enseñanza en todos sus grados que, careciendo de ánimo de lucro, estuvieren en régimen de concierto educativo, incluso si facilitasen a sus alumnos libros o artículos de escritorio o les prestasen los servicios de media pensión o internado y aunque por excepción vendan en el mismo establecimiento los productos de los talleres dedicados a dicha enseñanza, siempre que el importe de dicha venta, sin utilidad para ningún particular o tercera persona, se destine, exclusivamente, a la adquisición de materias primas o al sostenimiento del establecimiento.

f) Las Asociaciones y Fundaciones de disminuidos físicos, psíquicos ysensoriales, sin ánimo de lucro, por las actividades de carácter pedagógico, científico, asistencial y de empleo que para la enseñanza, educación, rehabilitación y tutela de minusválidos realicen, aunque vendan los productos de los talleres dedicados a dichos fines, siempre que el importe de dicha venta, sin utilidad para ningún particular o tercera persona, se destine exclusivamente a la adquisición de materias primas o al sostenimiento del establecimiento.

g) La Cruz Roja Española.Plaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada) – Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail:

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h) Los sujetos pasivos a los que les sea de aplicación la exención en virtud de Tratados o Convenios Internacionales.

2. Los sujetos pasivos a que se refieren las letras a), d), g) y h) del apartado anterior no estarán obligados a presentar declaración de alta en la matrícula del Impuesto.

3. El Ministro de Hacienda establecerá en qué supuestos la aplicación de la exención prevista en la letra c) del apartado 1 anterior exigirá la presentación de una comunicación dirigida a la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la que se haga constar que se cumplen los requisitos establecidos en dicha letra para la aplicación de la exención. Dicha obligación no se exigirá, en ningún caso, cuando se trate de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Los sujetos pasivos que hayan aplicado la exención prevista en la letra b) del apartado 1 anterior, presentarán la comunicación, en su caso, el año siguiente al posterior al de inicio de su actividad.

A estos efectos, el Ministro de Hacienda establecerá el contenido, el plazo y la forma de presentación de dicha comunicación, así como los supuestos en que habrá de presentarse por vía telemática.

En cuanto a las variaciones que puedan afectar a la exención prevista en la letra c) del apartado 1 anterior, se estará a lo previsto en el párrafo tercero del apartado 2 del artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

4. Las exenciones previstas en las letras e) y f) del apartado 1 de éste artículo tendrán carácter rogado y se concederán, cuando proceda, a instancia de parte.

Las solicitudes a que se refiere el párrafo anterior, se deberán presentar junto con la declaración de alta en el Impuesto en la Entidad que lleve a cabo la gestión censal, y tendrán que ir acompañadas de la documentación acreditativa correspondiente. El Acuerdo por el cual se accede a la petición fijará el ejercicio desde el cual el beneficio fiscal se entiende concedido.

Artículo 4. Sujetos pasivos

Son sujetos pasivos del Impuesto sobre Actividades Económicas, las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria siempre que realicen en este Municipio cualquiera de las actividades que originan el hecho imponible, tal y como señala el artículo 2 de la presente Ordenanza fiscal.

Artículo 5. Cuota tributaria

La cuota tributaria será el resultado de aplicar a la cuota de tarifa del Impuesto a que se refiere el artículo siguiente, el coeficiente de ponderación regulado en el artículo 7 y, en su caso, el coeficiente de situación regulado en el artículo 8, ambos de la presente Ordenanza fiscal.

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Artículo 6. Cuota de tarifa

La cuota de tarifa será la resultante de aplicar las Tarifas e Instrucción del Impuesto aprobados por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas, y por el Real Decreto Legislativo 1259/1991, de 2 de agosto, por el que se aprueban las tarifas y la Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondientes a la actividad ganadera independiente.

Artículo 7. Coeficiente de ponderación

De acuerdo con lo que prevé el artículo 86 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sobre las cuotas municipales fijadas en las tarifas del impuesto se aplicará, en todo caso, un coeficiente de ponderación, determinado en función del importe neto de la cifra de negocios del sujeto pasivo, de acuerdo con el siguiente cuadro:

Importe neto de la cifra de negocios (euros) Coeficiente

Desde 1.000.000,00 hasta 5.000.000,00 1,29

Desde 5.000.000,01 hasta 10.000.000,00 1,30

Desde 10.000.000,01 hasta 50.000.000,00 1,32

Desde 50.000.000,01 hasta 100.000.000,00 1,33

Más de 100.000.000,00 1,35

Sin cifra neta de negocio 1,31

A los efectos de la aplicación del coeficiente a que se refiere este artículo, el importe neto de la cifra de negocios del sujeto pasivo será el correspondiente al conjunto de actividades económicas ejercidas por el mismo y se determinará de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.1.c) de la presente Ordenanza fiscal.

Artículo 8. Coeficiente de situación

1. Sobre las cuotas municipales de tarifa, incrementadas por aplicación del coeficiente de ponderación regulado en el artículo 7 de la presente Ordenanza fiscal, se aplicará el índice que corresponda de los señalados en el cuadro establecido en el apartado siguiente, en función de la categoría de la calle del Municipio en la que esté situado el local en el que se ejerza la actividad respectiva.

2. Se establece el siguiente cuadro de coeficientes de situación:

Categoría fiscal de las vías públicas 1ª 2ª

Coeficiente aplicable 1,13 1,03

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3. A efectos de la aplicación del cuadro de coeficientes establecido en el apartado anterior, en el Anexo a la presente Ordenanza fiscal se recoge el índice alfabético de las vías públicas de este Municipio, con expresión de la categoría fiscal que corresponde a cada una de ellas.

Las vías públicas que no aparezcan en dicho índice alfabético, serán consideradas de última categoría, y permanecerán así clasificadas hasta el 1 de enero del año siguiente a aquel en el que el Pleno de este Ayuntamiento apruebe su clasificación fiscal específica e inclusión en el mencionado índice.

4. El coeficiente aplicable a cada local viene determinado por el correspondiente a la categoría de la calle donde aquel tenga señalado el número de policía o esté situado su acceso principal.

Artículo 9. Bonificaciones

1. Sobre la cuota tributaria del Impuesto se aplicarán las siguientes bonificaciones:

a) Las cooperativas, así como las uniones, federaciones y confederaciones de las mismas y las sociedades agrarias de transformación, tendrán la bonificación prevista en la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas.

b) Una bonificación del 50 por 100 de la cuota correspondiente, para quienes inicien el ejercicio de cualquier actividad profesional, durante los cinco años de actividad siguientes a la conclusión del segundo periodo impositivo de desarrollo de la misma. El periodo de aplicación de la bonificación caducará transcurridos cinco años desde la finalización de la exención prevista en el artículo 3.1.b) de la presente Ordenanza fiscal.

2. Para el reconocimiento por el Ayuntamiento de las citadas bonificaciones se exigirá la previa solicitud del interesado, la cual deberá ir acompañada de los documentos necesarios para acreditar de manera fehaciente el cumplimiento de los requisitos exigidos, que podrán ser comprobados en cualquier momento.

Una vez reconocidas, las bonificaciones surtirán efecto a partir del ejercicio siguiente.

Artículo 10. Periodo impositivo y devengo

1. El período impositivo coincide con el año natural, excepto cuando se trate de declaraciones de alta, en cuyo caso abarcará desde la fecha de comienzo de la actividad hasta el final del año natural.

2. El Impuesto se devenga el primer día del período impositivo y las cuotas serán irreducibles, salvo cuando, en los casos de declaración de alta, el día de comienzo de la actividad no coincida con el año natural, en cuyo supuesto las cuotas se calcularán proporcionalmente al número de trimestres naturales que resten para finalizar el año, incluido el del comienzo del ejercicio de la actividad.

Plaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada) – Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail: [email protected]

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Asimismo, y en el caso de baja por cese en el ejercicio de la actividad, las cuotas serán prorrateables por trimestres naturales, excluido aquel en el que se produzca dicho cese. A tal fin los sujetos pasivos podrán solicitar la devolución de la parte de la cuota correspondiente a los trimestres naturales en los que no se hubiere ejercido la actividad.

3. Tratándose de espectáculos, cuando las cuotas estén establecidas por actuaciones aisladas, el devengo se produce por la realización de cada una de ellas, debiéndose presentar las correspondientes declaraciones en la forma que se establezca reglamentariamente.

Artículo 11. Gestión, liquidación, recaudación e inspección del Impuesto

1. La gestión, liquidación, recaudación e inspección del Impuesto se llevará a cabo por el Órgano de la Administración que resulte competente, bien en virtud de competencia propia, bien en virtud de convenio o acuerdo de delegación de competencias, todo ello conforme a lo preceptuado en los artículos 7, 8 y 90 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como en las demás disposiciones que resulten de aplicación.

2. Salvo que se acuerde lo contrario el Ayuntamiento de Huétor Vega tiene delegadas sus competencias de gestión, liquidación, recaudación e inspección en periodo voluntario y ejecutivo del Impuesto en favor de la Diputación Provincial de Granada.

3. La gestión, liquidación, recaudación e inspección del impuesto se llevará a cabo conforme a lo preceptuado en los artículos 2.2, 10, 11, 12, 13, 90 y 91 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,

Artículo 12. Pago e ingreso del Impuesto

1. El plazo de ingreso de las deudas de cobro por recibo notificadas colectivamente se determinará cada año y se anunciará públicamente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Por defecto, el pago en período voluntario de las deudas de notificación colectiva y periódica deberá efectuarse entre el día 1 de septiembre y el 20 de noviembre o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

2. Las liquidaciones de ingreso directo se satisfarán en los plazos fijados en el apartado 2 del artículo 62 de por la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que son:

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación, hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación, hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Plaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada) – Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail: [email protected]

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3. Finalizado el plazo de pago voluntario sin que la deuda se haya satisfecho, se iniciará el periodo ejecutivo de recaudación, lo que comporta la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Artículo 13. Revisión

1. Los actos de gestión censal del Impuesto, serán revisables en los términos y con arreglo a los procedimientos señalados en el artículo 91.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

2. Los actos de gestión tributaria del Impuesto, serán revisables en los términos y con arreglo a los procedimientos señalados en el artículo 91.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Disposición Adicional Única. Modificaciones del Impuesto.

Las modificaciones que se introduzcan en la regulación del Impuesto, por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado o por cualesquiera otras leyes o disposiciones, y que resulten de aplicación directa, producirán, en su caso, la correspondiente modificación tácita de la presente Ordenanza fiscal.

Disposición Final Única. Aprobación, entrada en vigor y modificación de la Ordenanza fiscal

La presente Ordenanza fiscal comenzará a regir con efectos desde el 1 de enero de 2012, y continuará vigente en tanto no se acuerde su modificación o derogación.

En caso de modificación parcial de esta Ordenanza fiscal, los artículos no modificados continuarán vigentes.

ANEXO

CALLEJERO FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

Vías de 1ª Categoría

Sigla Denominación

AV ALMENDROS

AV ANDALUCÍA

CL CAÑADILLAPlaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada) – Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail:

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CL CARMEN

CL CARRETERÍA

AV COLORADOS

AV DOÑA JUANA

CL ERMITA

CL GRANADA

PZ IGLESIA

AV INGENIERO SANTA CRUZ

PZ MENTIDERO

CL MONTE VÉLEZ

PZ MUNDO NUEVO

CL REAL

CM REAL NEVEROS

CL UMBRÍA

CM ZUTE

Vías de 2ª Categoría

El resto de las vías públicas del Municipio no incluidas en la relación anterior.

SEGUNDO. Someter el expediente a información pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia durante treinta días, como mínimo, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

En el caso de que no se presentasen reclamaciones, el Acuerdo se entenderá definitivamente aprobado.

5. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL NUM. 14 REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADA DE

VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS.

Por Secretaría se procede a la lectura del Dictamen de la Comisión Informativa de fecha 23 de septiembre de 2011.

El Sr. Alcalde puntualiza que la modificación de ésta Ordenanza es por la necesidad de aclarar la redacción del artículo 6.1 de la Ordenanza Fiscal nº 14 reguladora de la Tasa por Entrada de Vehículos a través de las aceras y las reservas de vía publica por aparcamientos carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

Plaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada) – Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail: [email protected]

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Pide la palabra el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien textualmente dice:

Este portavoz no daba crédito a lo que leía. ¿Un cambio de ordenanza por el que no se le mete la mano en el bolsillo al contribuyente? ¿Se cambia solamente la dicción? Me recuerda esto los 4 años en los que fue portavoz de la oposición y se dedicaba a poner los acentos, los puntos y las comas, y corregir los pronombres relativos y posesivos de las actas para mejorar su dicción.Sí, Sr. Alcalde, vamos a apoyar esta moción.

Tras ello, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 16 votos a favor que constituyen la unanimidad de los miembros presentes aprobándose y proclamándose adoptado el siguiente acuerdo .

PRIMERO. Aprobar provisionalmente el expediente de modificación de la Ordenanza fiscal número 14 reguladora de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras cuyo tenor literal es el siguiente:

El art. 6.1 queda redactado como sigue:

“Las tarifas a aplicar serán las siguientes:

1.- Locales destinados a garajes públicos considerados como tales en el Impuesto de Actividades Económicas así como a aparcamientos colectivos de uso particular, 5,60 € por plaza de garaje y año, independientemente de la cuota unitaria anual de entrada y salida de vehículos.

SEGUNDO. Someter el expediente a información pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia durante treinta días, como mínimo, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

En el caso de que no se presentasen reclamaciones, el Acuerdo se entenderá definitivamente aprobado.

6. MODIFICACIÓN DE CRÉDITO, MODALIDAD TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS ENTRE APLICACIONES PERTENECIENTES A DISTINTAS ÁREAS DE GASTO. EXP.

NUM. 3/TCD.2-2011.

Por Secretaria se procede a la lectura del Dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de fecha 23 de septiembre de 2011.

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El Sr. Alcalde puntualiza, que esta modificación se trata de dar de alta las partidas de reparación de edificios y de otras construcciones, reparación de maquinarias, elementos de transportes, combustibles y carburantes por importe de 20.000 euros , se retrae del Consorcio de Solidaridad 6.000 euros y de la Mancomunidad de Municipios del Río Monachil 14.000 euros.

Interviene en primer lugar el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien lee textualmente:

Muy orgullosos nos sentimos los ciudadanos de Huétor-Vega y de más de 30 municipios de nuestra provincia, desde la A de Agrón hasta la Z de Zafarraya, cuando en el BOJA 91del 8 de Mayo de 2008 se publicaron los Estatutos "Consorcio para la Solidaridad de la Provincia de Granada”. Constituyen los fines del Consorcio promover la acción de fomento dirigida a las poblaciones más desfavorecidas, la atención primaria de las necesidades de alimentación, sanidad, educación, cultura, etc. de los grupos más vulnerables de la población, y convocar "Ayudas y Subvenciones a Proyectos o Programas de Cooperación al Desarrollo.”

Y hoy, 29 de septiembre de 2011 nos sentimos muy defraudados y tristes al comprobar que el Ayuntamiento de Huétor-Vega, uno de los municipios fundadores de este consorcio, va a sustraer del Consorcio de Solidaridad con los más necesitados nada más y nada menos que 6.000 euros para gastarlos para reparación de edificios y construcciones (no sé cuáles), maquinaria y carburantes. La Justicia Social, la Solidaridad y la Carta de Derechos Humanos nos prohíbe tocar un solo euro de dicha partida.

Tampoco estamos de acuerdo en que para estos fines se recorten 16.000 euros de la Mancomunidad del Río Monachil. Lo que está haciendo el PP es contribuir a la lenta pero segura muerte de la institución mancomunitaria, a la que según parece dentro de poco dejará de pertenecer La Zubia, quedando pronto reducida a la nada. La Mancomunidad es un órgano que desde un principio no ha funcionado nunca bien; nunca se ha esforzado por lograr unificar los 4 municipios y ofrecerles servicios comunes. El órgano gestor se ha preocupado más bien por perseguir fines partidistas. La OMIC, la asistencia según la ley de dependencia, los servicios culturales y deportivos, y por qué no la educación, los servicios de seguridad y protección ciudadana, etc., son ejemplos muy claros de lo que se podría gestionar a nivel mancomunitario. Y si ahora con esta transferencia de crédito le quitan más medios, la raquitis y defunción de la Mancomunidad están más que seguras.

No obstante, si por el hecho de que servicios de la Mancomunidad ya han pasado a ser municipales, si ya sobran fondos por esta razón no estamos en contra de que se haga la transferencia de crédito, pero nunca con fondos procedentes del Consorcio de Solidaridad.

Es que Ustedes, concejalas y concejales del PP, no se dan cuenta que con su voto van a robarle 6.000 € destinados a las poblaciones más desfavorecidas, la atención primaria de las necesidades de alimentación, sanidad, educación, cultura, etc. de los grupos más vulnerables de la población?

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¡A ver si demuestran con su voto que son concejalas y concejales independientes que votan según su conciencia a favor de los necesitados y no según les quiere mandar el alcalde y el portavoz!

Si votan según su conciencia, podremos lograr, entre los que somos solidarios, salvar esos 6.000 €. Basta con que 5 de ustedes voten en contra.

Seguidamente interviene al Sra. Concejala DOÑA ANA quien entiende que hay un remanente y que se mantengan los 6.000 euros del fondo de solidaridad. Por otra parte, el Equipo de Gobierno decía que no había posibilidad presupuestaria y sin embargo se han iniciado obras. Cree que han heredado un presupuesto saneado con superávit, con el que se hicieron muchas obras. Por eso no van a apoyar un cambio de partida de la mancomunidad a obras porque no está claro y no se le ha dado información.

Por el Sr. Alcalde se contesta que parece que no se han enterado, porque es claro que la aportación del Ayuntamiento de Huétor Vega a la mancomunidad para el año 2011 era de 80.000 euros al año y hubo un compromiso de ponerse al día y en el año 2010 se presupuestaron 180.000 euros, como el presupuesto está prorrogado la partida contaba con 180.000 cuando en realidad la aportación del Ayuntamiento era de 80.000 y además el Ayuntamiento de Huétor Vega está al día, no como otros, como por ej. El de La Zubia que debe 470.000 euros. Dice que él voto a favor del Consorcio, pero nadie ha ingresado y él no es el presidente del Consorcio y también hay necesidades en nuestro pueblo. No es verdad que Mancomunidad se quede sin la aportación municipal y en las obras de la plaza de la Iglesia aun no se ha invertido nada e intentaremos que se invierta lo menos posible.

Vuelve a intervenir el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien pregunta si el personal de obras y servicios no cobran y le quiere decir al Sr. Alcalde que tampoco se entera porque no estuvieron cuatro años en el Equipo de Gobierno sino menos de tres años.

Por la Sra. Concejala DOÑA ANA MARIA BARRERA MARTÍN dice que se intentar informar en las Comisiones Informativas y no es lógico que esos 6.000 euros vayan a pagar obras y las obras de la Plaza de la Iglesia sí cuestan dinero.

Por el Sr. Alcalde se explica que la modificación no es solo para pagar obras, también es para muchas otras cosas aunque ellos hablen solo de esa plaza, cuando además esas obras no se tuvieron que hacer. Pero ese no es el punto del orden del día. En cuanto al Consorcio de Solidaridad insiste en que cuando se ponga en marcha aportará dinero.

El Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER vuelve a intervenir y dice que apoyará el punto si no se sacan los 6.000 euros del fondo de solidaridad porque Huétor Vega sigue teniendo problemas. No basta con recoger alimentos antes de las elecciones hay que ser solidario todo el año.

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Por el Sr. Alcalde se vuelve a decir que las partidas del presupuesto estaban agotadas.

Tras ello, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 12 votos a favor correspondientes al GM PP y 4 votos en contra correspondientes a los GM PSOE (Don Antonio Castro Jiménez y Doña Ana Barrera Martín) e IULV-CA (Don Jesús Fernández Martín y Don Federico Hernández Meyer) aprobándose y proclamándose adoptado el siguiente acuerdo .

PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente número 3/TCD.2-2011 de modificación del Presupuesto General 2011, prorrogado del ejercicio anterior, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones pertenecientes a distintas Áreas de Gasto, de acuerdo con el siguiente detalle:

Altas en Aplicaciones de Gastos

APLICACIÓN DENOMINACIÓN IMPORTE

150/212.00 REPARACIÓN DE EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES 15.000,00 €

150/213.00 REPARACIÓN DE MAQUINARIA 2.000,00 €

150/214.00 REPARACIÓN DE ELEMENTOS DE TRANSPORTE 1.000,00 €

150/221.03 COMBUSTIBLES Y CARBURANTES 2.000,00 €

TOTAL ALTAS 20.000,00 €

Bajas en Aplicaciones de Gastos

APLICACIÓN DENOMINACIÓN IMPORTE

231/461.00 CONSORCIO DE SOLIDARIDAD 6.000,00 €

942/463.00 MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS RIO MONACHIL 14.000,00 €

TOTAL BAJAS 20.000,00 €

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, por quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno.

El expediente se considerará definitivamente aprobado si, durante el citado plazo, no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

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7. MODIFICACIÓN DE CRÉDITO, MODALIDAD TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS ENTE APLICACIONES

PERTENECIENTES A DISTINTAS ÁREAS DE GASTO. EXP. 3/TDC.1-2011

Por Secretaría se procede a la lectura del Dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de fecha 23 de septiembre de 2011.

Por el Sr. Alcalde se explica que se mantiene una deuda con el Consorcio de Transporte correspondiente a dos años.

Solicita la palabra el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien dice que quiere señalar que en el informe de intervención se habla de la diferencia entre los ingresos y gastos no financieros del Presupuesto Prorrogado 2011 que, con la modificación de crédito propuesta, arroja un déficit no financiero o necesidad de financiación de 5.698.041,28 €, o sea que no se cumple el objetivo de estabilidad presupuestaria. Por ello sería necesaria la elaboración y aprobación por el Pleno, en un plazo máximo de tres meses de un Plan Económico-Financiero para alcanzar estabilidad en tres años.

Sin embargo, indica el Interventor, “al ser el desequilibrio únicamente formal (forma de cálculo de la estabilidad) y no real, suele esperarse al resultado de la liquidación del presupuesto para la adopción de las medidas indicadas” – algo que no comprendemos del todo.

¿Hay o no un déficit? ¿Hace falta o no ese plan económico financiero o no?

El Sr. Alcalde explica que hasta que no se liquide el presupuesto no se puede saber si es necesario hacer un plan de saneamiento financiero o no, en principio la estabilidad presupuestaria no se cumple desde que se hizo el último plan de saneamiento financiero y con las circunstancias que hay pues va a ser difícil que de momento se cumpla.

Toma la palabra la Sra. Concejala DOÑA ANA BARRERA MARTIN quien dice insiste que si se hubieran aprobado los presupuestos de 2011 ahora las partidas estarían mejor, pero no lo hicieron, de todas formas van a apoyar la modificación.

Tras ello, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 16 votos a favor que constituyen la unanimidad de los miembros presentes aprobándose y proclamándose adoptado el siguiente acuerdo:

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PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente número 3/TCD.1-2011 de modificación del Presupuesto General 2011, prorrogado del ejercicio anterior, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones pertenecientes a distintas Áreas de Gasto, de acuerdo con el siguiente detalle:

Altas en Aplicaciones de Gastos

APLICACIÓN DENOMINACIÓN IMPORTE

441/467.01 A CONSORCIOS (CORRIENTE) 39.465,80 €

441/767.00 A CONSORCIOS (CAPITAL) 16.095,59 €

TOTAL ALTAS 55.561,39 €

Bajas en Aplicaciones de Gastos

APLICACIÓN DENOMINACIÓN IMPORTE

942/463.00 MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS RIO MONACHIL 55.561,39 €

TOTAL BAJAS 55.561,39 €

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, por quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno.

El expediente se considerará definitivamente aprobado si, durante el citado plazo, no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

8. RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITO 3/-2011

Por Secretaria se procede a la lectura del Dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda de fecha 23 de septiembre de 2011 que literalmente dice:

A la vista del Informe número 137/2011 emitido por la Intervención General, con fecha 19 de

septiembre de 2011, acerca de la Operación Pendiente de Aplicar al Presupuesto (OPA) a 15-09-2011 en

concepto de actividad de mecenazgo por el Convenio de Prácticas suscrito por este Ayuntamiento con la

Universidad de Granada el 15/05/2009, del Informe explicativo emitido por el Área Municipal pertinente

el 20 de septiembre de 2011 y del Informe de fiscalización número 138/2011 emitido por la Intervención

General en la misma fecha, y con objeto de regularizar totalmente dicha situación mediante un

reconocimiento extrajudicial de créditos con cargo al presupuesto del ejercicio en curso, tal y como se

detalla a continuación:

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APLICACIÓN DENOMINACIÓN IMPORTE

320/226.23 ACTIVIDADES EDUCATIVAS 100,00 €

TOTAL ALTAS 100,00 €

Finalizado el debate visto el expediente esta Comisión Informativa, en sesión celebrada el día 23 de septiembre de 2011 acordó por 10 votos a favor correspondientes a los GM PP y PSOE y 1 abstención correspondiente al GM IULV-CA someter al Pleno el siguiente Dictamen-Propuesta de acuerdo:

PRIMERO. Aprobar, un reconocimiento extrajudicial de créditos de la actividad de mecenazgo por

el Convenio de Prácticas suscrito por este Ayuntamiento con la Universidad de Granada el 15/05/2009, con

cargo al presupuesto del ejercicio en curso por un importe total de 100,00 euros y de acuerdo con el detalle

previamente indicado.

Pide la palabra el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien textualmente dice:

Estamos de acuerdo y apoyamos que a cargo de actividades educativas se paguen los 1000 € que el ayuntamiento adeuda a la Universidad en concepto de Actividad Mecenazgo Convenio Prácticas 2009 Universidad de Granada. Izquierda Unida Los Verdes si apoya este reconocimiento extrajudicial de crédito.

Pero aprovecho esta ocasión para indicar que es deplorable que a la Alcaldía lleguen reclamaciones tipo chantaje, si no pagan, no mandamos a más estudiantes en prácticas. Espero que en el futuro la Alcaldía cumpla con los compromisos adquiridos al pie de la tabla.

Izquierda Unida Los Verdes sí apoya esta transferencia de créditos.

Por la Sra. Concejala DOÑA ANA MARIA BARRERA MARTIN también se anuncia su apoyo a cualquier actividad que tengan que ver con la promoción educativa. Es normal tener pequeños desajustes porque los presupuestos son previsiones de gasto e ingresos.

El Sr. Alcalde agradece los apoyos y manifiesta que intentará cumplir todos los compromisos que tiene este Ayuntamiento.

Tras ello se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 16 votos a favor que constituyen la unanimidad de los miembros presentes aprobándose y proclamándose adoptado el siguiente acuerdo:

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PRIMERO. Aprobar, un reconocimiento extrajudicial de créditos de la actividad de mecenazgo por el Convenio de Prácticas suscrito por este Ayuntamiento con la Universidad de Granada el 15/05/2009, con cargo al presupuesto del ejercicio en curso por un importe total de 100,00 euros y de acuerdo con el detalle previamente indicado.

9. APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA INNOVACIÓN A LAS NNSS DE PLANEAMIENTO PARA CAMBIO DE USO PRINCIPAL

RESIDENCIAL UNIFAMILIAR A RESIDENCIAL PLURIFAMILIAR Y COMPATIBLE TERCIARIO, ANTIGUO SECTOR I.

Por Secretaría se procede a la lectura del Dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo de fecha 23 de septiembre de 2011.

Toma la palabra el Sr. Concejal DON JESUS FERNANDEZ MARTÍN quien después de decir que el Alcalde le ha dado la palabra cuando antes se la negó, quien anuncia su apoyo a la innovación siempre que los beneficiarios sean las personas que vivan allí y no los promotores.

A continuación interviene la Sra. Concejala DOÑA ANA MARIA BARRERA MARTÍN quien también anuncia su apoyo a la moción.Queremos un urbanismo más humanizado con entornos donde se pueda hacer vida vecinal y donde se facilite la comunicación y el encuentro, menos extensivo y menos agresivo con el paisaje y el entorno.

Por el Sr. Alcalde se contesta, en primer lugar que el Sr. Hernández ha usado la palabra 5 veces y el Don Jesús no es el portavoz, y en cuanto al punto del orden del día dice que ahora no es el momento de introducir cambio en la Innovación porque habría que retrotraer todo el expediente.

Por Don Jesús Fernández Martín se le contesta que su compañero había intervenido dos veces y no cinco y aunque no sea portavoz se le debe dejar hablar.

Tras ello, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Urbanismo de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 16 votos a favor que constituyen la unanimidad de los miembros presentes aprobándose y proclamándose adoptado el siguiente acuerdo:

PRIMERO. Aprobar definitivamente la innovación a las NNSS de Huétor Vega para establecer porcentajes de compatibilidad entre usos; delimitar nuevas parcelas así como sus nuevas condiciones urbanísticas y nuevas condiciones particulares de zona: específicas de residencial plurifamiliar en ordenación abierta y terciario en ordenación abierta, en las parcelas 1,2,3 y 4 del antiguo Sector I delimitadas por la calle Del Romero, Avd. de Loaysa, Calle Zahareña, Calle Lavanda y Carril de Santo Domingo, elaborada por el Arquitecto Don José Ibáñez Berbel y promovida por la UTE RESIDENCIAL CENIT.

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SEGUNDO. En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 40.2 de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía remitir la documentación completa de la Innovación de las NN.SS. del Planeamiento al Registro Administrativo de Instrumentos de Planeamiento solicitando su inscripción.

TERCERO. Una vez recibida la certificación registral a que se refiere el art. 40 de la citada Ley 7/2002 de 17 de diciembre publicar este acuerdo y el texto integro de la normativa urbanística en el BOP y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

10. APROBACIÓN INICIAL A LA INNOVACIÓN A LAS NNSS DE PLANEAMIENTO PARA ALINEACIÓN DE COCHERAS A

FACHADA.

Por Secretaría se procede a la lectura del Dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo de fecha 23 de septiembre de 2011.

El Sr. Alcalde dice que esta modificación de las Normas consiste en que las viviendas que tienen una entrada a cocheras descubiertas, y que muchas en nuestro municipio ya las han cerrado sin licencia, intentar que todos los vecinos puedan realizarlas igualmente siempre que la edificabilidad de sus viviendas lo permita y sin permitir que se construya encima nada.

Tras ello, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Urbanismo de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 16 votos a favor que constituyen la unanimidad de los miembros presentes aprobándose y proclamándose adoptado el siguiente acuerdo:

PRIMERO. Aprobar inicialmente la innovación a las NNSS de Planeamiento de Huétor Vega para permitir el que las cocheras se puedan alinear a la fachada a calle de la parcela no variando el resto de los parámetros urbanísticos y que afecta a las tipologías edificatorias definidas en los art. 6.2 (Edificaciones en Hilera) y art. 6.3 (Nuevos Desarrollos) y promovida por el propio Ayuntamiento.

SEGUNDO. Someter la documentación de dicha modificación a información pública, mediante anuncios que se publicarán en el BOP, en el tablón de anuncios y en un Diario de los de mayor circulación en la misma, con el fin de que cualquier entidad o persona interesada pueda examinar dicha documentación y presente las alegaciones que estime conveniente por plazo de un mes.

TERCERO. Suspender el otorgamiento de las licencias urbanísticas contrarios a los previstos en la nueva ordenación en todos aquellos supuestos donde las determinaciones del plan modificado sean contrarias a las del plan vigente.

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11. CREACIÓN DE LA OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR.

Por Secretaría se procede a la lectura del Dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 23 de septiembre de 2011.

Toma la palabra el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien dice que en Huétor Vega somos expertos en crear y eliminar lo que creamos y volver a crear. Es realmente una pena que ahora tengamos que volver a crear lo que ya teníamos, una oficina de información al consumidor. Aunque dependiendo de la Mancomunidad, Huétor-Vega tenía dicha oficina. Los gestores de la Mancomunidad, más preocupados por sus partidos que por sus pueblos la quitaron. Hace un año Huétor-Vega se quedó sin OMIC. Y ahora volverá a tenerla otra vez para proteger e informar en materia de consumo a los particulares, a los profesionales, a las empresas y a los medios de comunicación. ¿Quién va a estar al frente de la OMIC?

Es lógico y comprensible que el Grupo Municipal Izquierda Unida Los Verdes va apoyar esta moción.

A continuación la Sra. Concejala DOÑA ANA BARERA MARTÍN, en uso de la palabra también anuncia su apoyo a la creación de la oficina.

Por el Sr. Alcalde se aclara que tuvo la suerte de crear la otra vez la oficina y no fue él quien la cerró. Volverá a funcionar al igual que antes.

Tras ello, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 16 votos a favor que constituyen la unanimidad de los miembros presentes aprobándose y proclamándose adoptado el siguiente acuerdo:

PRIMERO. Se constituye la Oficina Municipal de Información al Consumidor y Usuario en el Municipio de Huétor Vega que tiene como funciones la información, ayuda y orientación a los consumidores y usuarios para el adecuado ejercicio de sus derechos y, entre otras, podrá realizar las siguientes actividades:

• a) La información, ayuda y orientación a los consumidores para el adecuado ejercicio de sus derechos.

• b) La recepción, registro y acuse de recibo de denuncias, reclamaciones y solicitudes de arbitraje de los consumidores, y su remisión a las entidades u órganos correspondientes.

• c) Servir de cauce de mediación voluntaria en conflictos.

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• d) Elevar consulta a los Consejos Provinciales o al Consejo Andaluz de Consumo en aquellos asuntos que se consideren de interés o relevancia para los consumidores.

• e) Suministrar, a través de los órganos competentes en materia de consumo de la Administración de la Junta de Andalucía, la información requerida por las distintas Administraciones Públicas.

• f) Recibir peticiones concretas, elevando éstas a las autoridades competentes, a fin de modificar algunos de los servicios que prestan, o bien establecer otros nuevos si se consideran necesarios.

• g) Facilitar a los consumidores, así como a las organizaciones o asociaciones de éstos, los datos referentes a registro y autorización de bienes o servicios, así como de los que se encuentren suspendidos, retirados o prohibidos por su riesgo o peligrosidad, facilitar información sobre sanciones firmes, impuestas en el plazo de tres años, por infracciones contra los derechos de los consumidores y la regulación de los precios y condiciones de bienes o servicios de uso o consumo común, ordinario y generalizado.

• h) Realizar campañas informativas tendentes a conseguir un mejor conocimiento por parte de los consumidores en relación con sus derechos y obligaciones, así como desarrollar programas dirigidos a mejorar el nivel de educación específica y formación de los mismos. Para el desarrollo de las campañas y programas podrá contarse con las propuestas y colaboración de las organizaciones o asociaciones de consumidores existentes dentro del ámbito de su actuación.

• i) Asistir y apoyar a las organizaciones y asociaciones de consumidores, así como facilitar a los consumidores toda la información necesaria sobre la existencia y actividades de las mismas, potenciando así el asociacionismo de aquéllos.

• j) Disponer de documentación técnica y jurídica sobre temas de consumo, así como potenciar su investigación y estudio.

SEGUNDO. La Oficina Municipal de Información al Consumidor y Usuario se integra en el Servicio de Consumo bajo la superior dirección del Sr. Alcalde o, en su caso, del Concejal delegado en la materia.

TERCERO. Dese traslado del presente acuerdo a la Consejería de Consumo de la Junta de Andalucía.

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12. MOCIÓN DE IULV-CA SOBRE LA CALLE MERCADO.

Por Secretaria se procede a la lectura del Dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 23 de septiembre de 2011.

Por el Sr. Concejal DON JESUS FERNANDEZ MARTIN se procede a la explicación de la moción que literalmente dice:

MOCIÓN

PROYECTO CALLE MERCADO

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Para el urbanismo moderno hay cuatro funciones urbanas: en primer lugar, el habitar, la función residencial; en segundo lugar, el trabajar; en tercer lugar, la función recreativa y de esparcimiento; y en cuarto lugar, la función circular que tiene como finalidad conectar las otras tres funciones entre sí.

Dentro de la mencionada función circular, los desplazamientos al trabajo aparecen como el principal problema de la ciudad moderna, incrementado por la escala creciente y la distancia cada vez mayor entre los espacios residenciales y laborales. El problema es cómo hacer accesible desde cualquier vivienda cualquier empleo, cómo lograr la máxima accesibilidad teniendo en cuenta que las distancias crecen exponencialmente.

En las ciudades dormitorio de las periferias, categoría donde puede situarse nuestro pueblo, aquellos que tiene una actividad laboral, abandonan a lo largo del día los espacios residenciales, donde sólo permanecen aquellas personas que no tienen una actividad laboral. Nunca a lo largo de la historia ha habido zonas enteras de la ciudad que permanecieran solitarias tantas horas al día, y ello es una de las consecuencias de la ciudad zonificada. Según los datos del CIS, tres de cada cuatro desplazamientos en un día normal son con destino al trabajo, pero hay uno de cada cuatro que se dedica a otras finalidades como llevar los niños al colegios, gestiones y compras.

En cuanto al medio de transporte la pauta predominante es el transporte motorizado privado en automóvil: el 51% de los desplazamientos en un día normal se realiza en automóvil privado.

La acumulación de vehículos en las calles de nuestras ciudades hace que sea cada vez más necesaria la adopción de medidas que pacifiquen el tráfico y fomenten la movilidad. El objetivo de estas medidas debe ser eliminar riesgos y situaciones que puedan derivar en accidente.

Huétor Vega tiene varios puntos negros que soportan diariamente el paso de un número de vehículos excesivo para el tamaño de nuestras vías, lo que genera caos de tráfico y provoca una alarmante dificultad en la movilidad de los hueteños que diariamente hemos de soportar

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atascos y embotellamientos, más allá de las llamadas horas punta, y que repercuten de forma muy negativa en el buen funcionamiento y frecuencia de los autobuses urbanos.

Aunque un paisaje se conquista con las suelas del zapato, no con las ruedas del automóvil", según dijo William Faulkner (18971962), narrador y poeta estadounidense, hay en nuestros días muchísimos ciudadanos que necesitan el coche. Y los que viven en el sector desde Avd. de los Almendros hasta el Mundo Nuevo casi no tienen otra salida que la empinada y peligrosa calle del Tesorillo.

Por eso, IU propone unir mediante un paso para vehículos la calle Mercado (adyacente a la calle Jiménez) con la avenida de Doña Juana para evitar rodeos innecesarios con el coche, descongestionando así el tráfico rodado en el centro del municipio.

Desde IU hemos consultado con expertos y un arquitecto técnico que han aprobado la viabilidad del proyecto que presentamos.

Un proyecto así, como todos los que propone Izquierda Unida, va vinculado a la creación de puestos de trabajo en el municipio, circunstancia muy a considerar por los tiempos de crisis económica con escandalosas cifras de paro que vivimos.

Por todo ello, el Grupo Municipal de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Huétor Vega somete a la consideración del Pleno la siguiente:

PROPUESTA DE ACUERDO:

1. Estudiar en mayor profundidad el proyecto y realizar las actuaciones oportunas para llevarlo a cabo.

2. Que esta obra no se subaste y ofrezca a terceros, sino que sea el propio Ayuntamiento el

que se encargue de ella,

3. colocando por esta razón y para dicho proyectos las personas necesarias, desde técnicos hasta operarios.

Por la Sra. Concejala DOÑA ANA BARRERA MARTÍN se anuncia el apoyo a la moción pero solicita un estudio para la reordenación del pueblo porque entiende que las dos avenidas grandes (Doña Juana y Almendros) están saturadas y hay atascos por lo que podría estudiarse que en las dos avenidas hubiera una sola dirección.

Queremos bienestar, seguridad, y tranquilidad para trabajar, ir a comprar o para encontramos con nuestros vecinos o tomar 1 café o llevar a los niños al parque o ir al centro de salud…. sencillamente queremos vivir más tranquilos en el pueblo. Mejorar los accesos peatonales y en vehículos.

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Toma la palabra el Sr. Alcalde quien dice que el estudio ya se está realizando por la Concejalía correspondiente. Dicho esto le parece una locura meter el tráfico por un parque peatonal que se hizo hace dos años. Es imposible meter el tráfico por una zona verde, eso sería más que lo de la plaza de la Iglesia. Se está hablando de una zona verde, del pulmón de Huétor Vega como decía Don Ernesto Molina. No van a apoyar la moción porque a nivel urbanística no se puede meter un vial por una zona verde.

Solicita la palabra el Sr. Concejal DON JESUS FERNANDEZ MARTÍN quien pregunta ¿por qué no votaron en contra en la Comisión?. Si a cada proyecto que presente IU esa va a ser su respuesta después no se quejen. Además hay que mejorar la movilidad del pueblo.

Se responde por el Sr. Alcalde que en la plaza de la Iglesia se puede generar empleo, pero lo que proponen desde IU no genera empleo. El fallo es que desde el principio en este pueblo no hay una zona comercial.

Interviene a continuación el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien dice que en la pasarela si se ha hecho a lo que se contesta por el Sr. Alcalde que el paso de la pasarela es peatonal y no rodado.

Pide la palabra el Sr. Concejal DON JESUS FERNANDEZ MARTÍN quien dice que tendrían que crear aparcamientos en la plaza de la Iglesia y dice que también tendría que haber sido considerado con los comercios de calle Granada.

A ello se contesta por el Sr. Alcalde que si hubo mucha consideración porque se les pago incluso el alquiler.

Tras ello, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 4 votos a favor correspondientes a los GM PSOE e IULV-CA y 12 en contra, correspondientes al GM PP por lo que se rechaza la moción presentada por IULV-CA.

13. MOCIÓN PSOE CORREDOR MEDITERRÁNEO.

Por Secretaría se procede a la lectura del Dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 23 de septiembre de 2011.

Por DOÑA ANA BARRERA MARTIN, se procede a la explicación de la moción.

Solicita la palabra el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien dice que IULV-CA defiende todo lo que son vías y medios de comunicación, a cualquier nivel: municipal, metropolitano, provincial, estatal y europeo. Adecuar el servicio de autobuses en Huétor-Vega, recuperar el antiguo tranvía de Granada a la Zubia pasando por Huétor-Vega, ferrocarriles de cercanías, trenes rápidos a otras capitales, el AVE y, naturalmente el tan necesario corredor mediterráneo, para que entre otras cosas le podamos dar salida a los productos de nuestra vega, de nuestras sierras y de nuestras costas a los mercados europeos.

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Naturalmente que vamos apoyar esta moción, pero no sin destacar que nos llama mucho la atención la lengua bífida del PSOE y su doble moral. Precisamente el día G, G de Grande, el día en que la plana mayor de la política, economía y medios de comunicación a nivel europeo se reúne en Bruselas para estudiar la importancia y prioridad de cada uno de los diferentes posibles itinerarios, el presidente Griñán no asiste a dicha cumbre, indicando además que a él le da lo mismo el trayecto por Madrid y Sevilla que el corredor mediterráneo por Almería, Granada y Málaga. Compañeros del PSOE, ¿así defiende el presidente de la Junta y secretario general del PSOE los intereses de nuestra provincia y de sus gentes? Por lo que se ve prefiere que estas provincias andaluzas en vez de sacar la cabeza fuera del agua, sigan siendo el manantial del que se nutre la vendimia francesa.

Aunque no estemos de acuerdo con la política sevillista del PSOE y de Griñán, y con lo que últimamente ha dicho Chaves, es natural que desde Izquierda Unida Los Verdes reivindicamos ¿cómo no? esta importante infraestructura y su inclusión en la Red de Transporte Transeuropea.

Solicita la palabra la Sra. Concejala DOÑA ANA BARRERA MARTIN quien se dirige a Don Federico Hernández diciendo que hay que ser ancho de miras y hacer una valoración positiva de lo que se ha avanzado.

El Sr. Alcalde anuncia su apoyo aunque también se sorprende que el Sr. Griñan no estuviera en la cumbre.

Tras ello, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 16 votos a favor que constituyen la unanimidad de los miembros presentes aprobándose y proclamándose adoptado el siguiente acuerdo:

UNICO. Aprobación la moción presentada por el GM PSOE sobre el Corredor Mediterráneo que literalmente dice:

MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO SOCIALISTA DEL AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR VEGA AL PLENO ORDINARIO DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2011

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las comunicaciones, las redes de transportes, la creación de corredores para el flujo de mercancías y personas han sido históricamente un elemento íntimamente ligado al desarrollo y a la vertebración de los territorios. La cohesión territorial y las expectativas de desarrollo que las grandes vías de comunicación han abierto a la sociedad, nos obliga a una permanente redefinición de las mismas, a abordar su planificación como un elemento inherente a la prosperidad de las regiones, en especial vinculado a la creación de empleo, y consecuentemente al bienestar de los ciudadanos.

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Para el PSOE de Granada este compromiso de mejora, superación y diseño de estrategias de futuro para nuestra provincia ha configurado el objetivo de nuestra acción política en materia de infraestructuras.

Hoy, cuando los compromisos sustentados por el PSOE de Granada vinculado a las nuevas infraestructuras -Autovía del Mediterráneo (A-7) y la Alta Velocidad- preferentemente constituyen una realidad más que palpable por el avance en el desarrollo y la progresiva puesta en servicio de las mismas, nuestra vocación como Partido de progreso nos hace plantear nuevos horizontes y retos de los que, sin ningún género de dudas, se verá beneficiada el conjunto de la sociedad granadina.

Este compromiso permanente como Partido de progreso nos conduce inequívocamente a incentivar activamente el desarrollo del Corredor Ferroviario Mediterráneo de manera prioritaria, como una nueva palanca de transformación y de futuro para nuestra provincia. Si bien es cierto que el plazo fijado para materializar la gran red paneuropea de transporte de mercancías y personas que una las claves de producción más potentes de Europa hasta el norte de África se configura en un horizonte temporal a diez-quince años, no es menos cierto que es precisamente en estos meses cuando la planificación de la futura Red Central Trans-Europea (CORE NETWORK) va a quedar definido por parte de la Unión Europea. Por consiguiente, no podemos perder una nueva oportunidad como ya ocurrió en 2003 cuando gobernaba el Partido Popular, al no incluir este corredor entre los proyectos prioritarios de la Unión pese a representar casi el 60% de los flujos de mercancías de España.

Está fuera de toda duda el interés estratégico que este corredor propone vinculando todo el arco Mediterráneo y en especial, vertebrando Andalucía de este a oeste y sumándola a la red logística europea más importante, siendo aval más que suficiente la relevancia demográfica a la que afectará directamente y en términos de PIB (40%), el importante peso en el tejido productivo agrícola (50%), industrial (55%), de transporte de mercancías desde la red de puertos españoles (65%), así como de la capacidad exportadora nacional (60%), por no mencionar el potencial más que acreditado de la industria turística nacional (70%) que se vería fuertemente consolidada.

Con esta iniciativa el PSOE de Granada pretende sumar su esfuerzo a la iniciativa presentada por el Ministerio de Fomento el pasado 16 de marzo de 2011 para el desarrollo del Corredor Ferroviario Mediterráneo -que afectaría directamente a Cataluña, Valencia, Murcia y Andalucía (Almería, Granada, Málaga y Cádiz preferentemente)- y, reiterado por el Ministro de Fomento en sus últimas comparecencias públicas a lo largo del presente mes de Julio.

El Corredor Mediterráneo es el más importante que permitiría que la Península se pueda convertir a medio plazo en una plataforma logística intercontinental de primer nivel, al maximizar la utilización de sus puertos completando la intermodalidad de las grandes infraestructuras aéreas europeas.

Pretendemos explicitar nuestro compromiso y apoyo a las instituciones públicas (Gobierno de España, Gobierno Andaluz y Ayuntamientos), a instituciones privadas (FERRMED), a los agentes económicos y sociales pero sobre todo a poner voz a miles de ciudadanos que serán los grandes beneficiarios del desarrollo de esta futura infraestructura para su

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promoción social y para la cohesión de Europa. Estamos convencidos desde el PSOE que solo así, desde el compromiso y de la reivindicación constante estaremos construyendo la Europa de los Ciudadanos, de ahí que trabajemos de manera decidida por la inclusión de esta importante infraestructura en la Red Básica Trans-Europea de Transportes.

Por todo ello el pleno del Ayuntamiento de Huétor Vega, adopta el siguiente acuerdo:

Único: Instar al Ministerio de Fomento a desarrollar cuantas iniciativas sean necesarias ante las instituciones europeas a fin de conseguir la inclusión del Corredor Ferroviario Mediterráneo en la Red Básica TransEuropea de Transportes, de conformidad al estudio técnico presentado por el Ministerio el pasado 16 de marzo de 2011.

y dar traslado del presente acuerdo:

Al Gobierno de España, Ministerio de Fomento.Al Gobierno de Andalucía, Consejería de Obras Públicas.

A la Comisión Europea, Comisario de Transportes Slim Kallas.

Al Director de la Red Trans-Europea de Transportes, Jean Eric Paquet.

A la CGE, Cámaras de Comercio de Granada y Motril, asociaciones empresariales y sindicales.

14. MOCIÓN IULV-CA TRASLADO DE LOS BENEFICIOS DIRECTAMENTE A LAS CIUDADANAS Y CIUDADANOS.

Por Secretaría se procede a la lectura del Dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación de 23 de septiembre de 2011.

Por el Sr FEDERICO HERNANDEZ MEYER se procede a la explicación de la moción que literalmente dice:

MOCIÓN

TRASLADAR LOS BENEFICIOSDIRECTAMENTE A LAS CIUDADANAS Y CIUDADANOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. Huétor-Vega es uno de los 168 municipios de la provincia de Granada, y uno de los 158 que han delegado sus competencias de cobro de impuestos en la Agencia Provincial de Administración Tributaria (APAT).

2. La Responsable de Economía de la Diputación Provincial de Granada, Inmaculada Hernández, ha anunciado una medida por la que se reduce la tasa que han de pagar los municipios granadinos a la APAT por la gestión de sus impuestos.

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3. En la actualidad la tasa que cobra la APAT a los ayuntamientos es del 4 %. A partir del 1 de enero de 2012 la tasa se reducirá a la mitad, o sea al 2%.

4. El objetivo de esta medida de austeridad de la Diputación es aliviar la presión fiscal que están padeciendo las ciudadanas y ciudadanos, a quienes cuesta cada vez más llegar a fin de mes.

5. Según la Responsable de Economía, aunque cada alcalde es libre de gobernar según le parezca, Diputación invita a que trasladen los beneficios que así se consigan directamente a los ciudadanos mediante una rebaja de impuestos, ya que -al final- los más perjudicados por la crisis son ellos.

6. Además, Diputación recomienda a los ayuntamientos que en sus ordenanzas fiscales introduzcan bonificaciones a pensionistas, familias numerosas y parados de larga duración, indicando que los ayuntamientos que tomen estas medidas tendrán una bonificación extra cuyo porcentaje está por determinar.

Por todo ello, y considerando la enorme carga fiscal que está soportando la ciudadanía y las

dimensiones inimaginables que está adquiriendo la crisis que está azotando a nuestro país, nuestra

provincia y nuestro municipio se presenta la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO

Primero.- Que los beneficios de la reducción del 4 al 2% de la tasa que ha de pagar el Ayuntamiento de Huétor-Vega a la APAT por la gestión de sus impuestos se trasladen directamente a los ciudadanos mediante la consiguiente rebaja de cada uno de los impuestos que se pagan a través de la APAT.

Segundo.- Que por parte del Área de Intervención se proceda a reformular las ordenanzas fiscales para proceder a la rebaja del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y del Impuesto de Actividades Económicas a partir del 1 de enero de 2012.

Tercero.- Que las nuevas ordenanzas fiscales se presenten al Pleno del Ayuntamiento lo más pronto posible para que entren en vigor a partir del 1 de enero de 2012.

Cuarto.- Tan pronto como Diputación determine el porcentaje sobre bonificaciones a pensionistas, familias numerosas y parados de larga duración, y el porcentaje de bonificación extra que tendrán los ayuntamientos, se haga la adaptación correspondiente de las ordenanzas fiscales y se proceda a su aprobación e inmediatamente después a informar debidamente a la ciudadanía para que no haya pensionista, familia numerosa o parado de larga duración en nuestro pueblo que por desconocimiento no solicite dicha bonificación.

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Quinto.- Que en nombre de las ciudadanas y ciudadanos, de los Grupos Municipales y del Pleno del Ayuntamiento se envíe una carta de agradecimiento a Diputación por esta auténtica medida pensada en los más perjudicados por la crisis.

En este momento a las 14,00 horas abandona la sesión DOÑA PILAR PÉREZ VELÁZQUEZ.

Toma la palabra la Sra. Concejala DOÑA ANA BARRERA MARTIN, quien anuncia su apoyo.

A continuación interviene el Sr. Concejal DON MARIANO GIRELA DEL PASO quien explica que la rebaja es paulatina y que esa rebaja a los ciudadanos es solo de unos céntimos, pero para el Ayuntamiento, a estas alturas del presupuesto es inviable. El rebajar deuda del Ayuntamiento repercute en los ciudadanos porque si mantienen la deuda hay que pagar intereses.

Vuelve a intervenir el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien dice que en este Ayuntamiento cada uno calcula a su manera. Ahora dice que el 2% de 431 euros es 1 euro y no es así es 8,62. Pero además aunque fuera verdad, no permite que se le diga a la ciudadanía que hace con un euro, porque para el que tenga 350 ó 400 euros de sueldo es mucho. La Sr. Inmaculada Sánchez no dijo paulatinamente, dijo rebajar y desde aquí le traslada su felicitación.

Por el Sr. Alcalde se dice que el PP está gestionando en este Ayuntamiento y en la Diputación, y cuando el PSOE estaba gobernando no se hacía esta rebaja. La opción que ha dado la Diputada no es solo la rebaja a los ciudadanos sino también pagar a las empresas y negocios que está tratando de sobrevivir. Con eso ahorro se va a intentar pagar, por ej. a los monitores que se les debe desde el 2008 etc…

Se incorpora Doña Pilar Përez Velazquez a las 14.10 horas.

En este momento interviene de nuevo el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien le pide que no confunda a la ciudadanía, porque la rebaja es del 2% y por eso pide que recaiga directamente en el bolsillo de los vecinos a través de la rebaja de los impuestos.

El Sr. Alcalde vuelve a repetir que ha hablado con la Sra. Diputada y la rebaja del 2% va a ser progresiva e interviene en varios coeficientes.

Tras ello, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 4 votos a favor correspondientes a los GM PSOE e IULV-CA y 12 en contra, correspondientes al GM PP por lo que se rechaza la moción presentada por IULV-CA.

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15. MOCIÓN PSOE MEDIDAS APROBADAS EN EL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y

CALIDAD DEMOCRÁTICA.

Por Secretaria se procede a la lectura del Dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 23 de septiembre de 2011.

Por la Sra. Concejala DOÑA ANA BARRERA MARTÍN se procede a la lectura de la moción que literalmente dice:

MOCIÓN RELATIVA A LAS MEDIDAS APROBADAS EN EL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y CALIDAD DEMOCRÁTICA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En el pasado debate del estado de la Comunidad, celebrado los días 29 y 30 de junio, se ofreció por parte del Presidente de la Junta de Andalucía un gran acuerdo para prestigiar la política, para "romper clichés perversos que hacen daño a las instituciones". Este anuncio, derivó en un grupo de trabajo dentro de la Comisión de Presidencia, que ha tenido como pilares básicos los siguientes puntos:

1) La supresión de cualquier privilegio en materia de pensiones que pueda tener atribuido cualquier cargo público en Andalucía.

2) Que ningún miembro de la Cámara, como ocurre con los miembros del Gobierno, pueda percibir retribuciones distintas, sea cual sea su origen, público o privado, a las que perciba por el Parlamento andaluz.

3) Fortalecer la iniciativa legislativa popular, de manera que la ciudadanía andaluza pueda tener un cauce de participación en la institución parlamentaria, como por ejemplo, que los promotores de una iniciativa legislativa popular puedan participar directamente en la Cámara, dando presencia en el hemiciclo a sus promotores, es decir, dar vida al escaño 110. [Esta reforma, referente a la iniciativa legislativa popular,conllevará también la rebaja del número de firmas necesarias, así como su tramitación electrónica].

En el debate del Estado de la Comunidad se aprobó una propuesta de resolución el Grupo Parlamentario Socialista, que acordó la creación del grupo de trabajo mencionado anteriormente, y que en sus conclusiones propondría las modificaciones legislativas y normativas que permitan alcanzar los objetivos propuestos de transparencia, participación y calidad democrática.

El trabajo realizado por nuestra cámara autonómica se suma a todas las iniciativas registradas durante esta legislatura, que han contribuido a que el Parlamento de Andalucía, cuente con uno de los reglamentos más transparentes y que más garantías ofrece en su contenido, estableciendo un grado elevado de control al Gobierno, como, por ejemplo, la

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posibilidad de crear comisiones de investigación, presentación de interpelaciones urgentes, preguntas de máxima actualidad o preguntas al Presidente de la Junta de Andalucía.

Este reglamento fue reformado sustancialmente en la anterior legislatura con el consenso de todos los grupos parlamentarios y fue aprobado en lectura única. Además, en Andalucía existe una larga trayectoria de desarrollo legislativo que ha contribuido a mejorar la transparencia de la vida política. Pueden destacarse:

• Ley 6/2005, de 8 de abril, Reguladora de la Actividad Publicitaria de las Administraciones Públicas, estableciendo como objeto establecer los principios generales por los que debe regirse la actividad publicitaria de las Administraciones, que se llevan a cabo a través de contratos de publicidad, difusión publicitaria, creación publicitaria y patrocinio previstos en el Título III de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad. En esta ley se indica que la actividad publicitaria deberá desarrollarse con respecto a los principios de igualdad, objetividad, veracidad e imparcialidad, garantizándose en todo caso la libre concurrencia, así como la transparencia, eficacia y rentabilidad en la asignación de los recursos económicos.

• Ley 5/2005, de 8 de abril, por la que se modifica la Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía, cuyo fin es resaltar, en aras de una mayor transparencia, la regulación que se realiza en la Ley del Registro de Actividades, Bienes e Intereses de los Diputados, heredera del Registro de Intereses regulado en el Reglamento del Parlamento de Andalucía. Con este texto se completa su contenido, enfatizando su carácter público y su accesibilidad.

• Ley 4/2005, de 8 de abril, del Consejo Consultivo de Andalucía, siendo este el superior órgano consultivo del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Junta de Andalucía, incluidos los organismos y entes sujetos a derecho público de la Junta de Andalucía. Este órgano es de asesoramiento de las entidades locales y de los organismos y entes de derecho público de ellas dependientes.

* Ley 3/2005, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses de Altos Cargos y otros Cargos Públicos. Esta ley regula el régimen de incompatibilidades de altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía, así como la declaración de actividades, bienes e intereses de los altos cargos y de otros cargos públicos. Este texto enfatiza, asimismo, este carácter público y su accesibilidad.

El artículo 11 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece que los poderes públicos de Andalucía promoverán el desarrollo de una conciencia ciudadana y democrática plena, fundamentada en los valores constitucionales y en los principios y objetivos establecidos en el Estatuto como señas de identidad propias de la Comunidad Autónoma.

Los socialistas tenemos claro que es posible realizar modificaciones legislativas que profundicen en nuestro sistema democrático y trasladen, aún con mayor claridad, a la ciudadanía la honestidad de la inmensa mayoría de los que ejercen la política.

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En primer lugar, será imprescindible llevar a cabo una reforma del Reglamento del Parlamento de Andalucía. Además, las modificaciones normativas deben afectar a los siguientes textos legislativos: la Ley 2/2005, de 8 de abril, por la que se regula el estatuto de los ex presidentes de la Junta de Andalucía; la Ley 3/2005, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses de Altos Cargos y otros Cargos Públicos; y la Ley 5/1988, de 17 de octubre, de Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos, entre otras.

Respecto a la última norma mencionada, el artículo 111.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece que una ley del Parlamento de Andalucía, en el marco de la ley orgánica prevista en el artículo 87.3 de la Constitución, regulará tanto el ejercicio de la iniciativa legislativa de los ayuntamientos como la iniciativa legislativa popular. Asimismo, el artículo 113 del mismo texto legal indica que los ciudadanos, a través de las organizaciones y asociaciones en que se integran, así como las instituciones, participarán en el procedimiento legislativo en los términos que establezca el Reglamento del Parlamento. Se trata de aumentar la participación de los ciudadanos en la actividad parlamentaria con mecanismos que les permitan traer a su sede iniciativas e incluso defenderlas oralmente a través de los representantes que queden definidos.

Las 28 medidas debatidas y aprobadas en el Parlamento de Andalucía el pasado 21 de julio han sido las siguientes:

1. Impulsar una modificación de la Ley 2/2005, de 8 de abril, por la que se regula el estatuto de los ex presidentes de la Junta de Andalucía para suprimir la asignación prevista en el artículo 2 de la misma y que les pudiera corresponder.2. Impulsar una reforma normativa para limitar las retribuciones de los parlamentarios andaluces, de tal forma que un diputado o diputada únicamente podrá percibir un salario público o privado.3. Optimizar el uso de vehículos oficiales con el objetivo de conseguir mejores niveles de austeridad y sostenibilidad. 4. Impulsar una modificación del Reglamento del Parlamento de Andalucía en la que se concreten los deberes de los diputados y diputadas en materia de declaración de actividades, bienes e intereses, ampliando al núcleo familiar,definido conforme a la normativa fiscal, su relación en materia de contratación con todas las administraciones y entes participados. 5. Impulsar una modificación de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía, en la que se concretan las obligaciones de los altos cargos en materia de declaración de actividades, bienes e intereses, ampliando al núcleo familiar, definido conforme a la normativa fiscal, su relación en materia de contratación con todas las administraciones y entes participados. 6. Impulsar una modificación de las anteriores normas para que los diputados y diputadas y altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía hagan públicas sus retribuciones del IRPF desde el inicio de la presente legislatura o desde la fecha de su incorporación en el transcurso de la misma.7. Impulsar una modificación normativa que establezca la incompatibilidad del ejercicio de

cargo público como diputado o diputada con el de alcalde o presidente de diputación.

8. Determinar un compromiso político por parte de todos los grupos del Parlamento de

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Andalucía donde se extiendan todas las medidas aprobadas en este grupo de trabajo al conjunto de las administraciones de Andalucía (ayuntamientos, diputaciones y entes participados).

9. Posibilitar la retransmisión de las sesiones de control al Presidente que se celebren en sede parlamentaria, a través de la radiotelevisión pública andaluza.

10. Fortalecer, a través de un compromiso de los grupos parlamentarios, las competencias de la Mesa de Antitransfuguismo de Andalucía.

11. Impulsar una modificación del Reglamento del Parlamento de Andalucía para facilitar aquella actividad parlamentaria que resulte necesaria durante el mes de julio, así como activar posibles mecanismos de sanción por la ausencia de los diputados o diputadas a su actividad parlamentaria.

12. Impulsar una reforma de la Ley 5/1988, de 17 de octubre, de Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos, y del Reglamento del Parlamento de Andalucía, para habilitar un escaño, denominado "110", con el fin de que los promotores de una iniciativa legislativa popular puedan tener voz y presencia en el hemiciclo y en toda su tramitación parlamentaria.

13. Impulsar una modificación de la Ley 511988, de 17 de octubre, de Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos, para fortalecer la participación en vía parlamentaria consistente en reducir el número de firmas a 40.000 para la presentación de una iniciativa legislativa popular, facilitando el sistema de firma electrónica para su recogida, -así como incrementar el plazo establecido actualmente para la recogida de estas firmas de cuatro a seis meses.

14. Impulsar una modificación de la Ley 5/1988, de 17 de octubre, de Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos, que favorezca y facilite la presentación en sede parlamentaria de una iniciativa legislativa de los ayuntamientos comprendidos en el territorio de la Comunidad Autónoma andaluza, consistente en reducir de 35 a 25 el número de ayuntamientos que acuerden por mayoría absoluta, en sus plenos, la presentación de esta iniciativa ante el Parlamento de Andalucía.

15. Instar a la Junta de Andalucía a mantener y profundizar su estrategia de Gobierno Abierto, para seguir avanzando hacia una Administración más transparente y abierta, con fórmulas que mejor-en la accesibilidad de los ciudadanos a la información que les pueda resultar de interés.

16. Promover la retransmisión de las sesiones de control de los plenos del Parlamento andaluz a través de los medios de titularidad pública de Andalucía.

17. La habilitación del mes de julio como periodo para la reunión de los órganos de la Cámara

autonómica.

18. Optimizar con criterios de austeridad el uso de coches oficiales por parte de los cargos públicos.

19. Reducción de los costes de los medios materiales y personales en los procesos electorales que

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20. Medidas de austeridad de todas las administraciones públicas, así como limitación de los puestos de libre designación.

21. Serán públicos y disponibles en Internet: la Declaración de Bienes e Intereses, la declaración-liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en su caso del Impuesto sobre el Patrimonio de los diputados y diputadas. Impulsar estas medidas en las instancias competentes en relación con senadores, congresistas, alcaldes y concejales.

22. Impulso de medidas de lucha contra la corrupción y el transfuguismo y código de buenas prácticas.

23. Modificación de la Ley de Incompatibilidades de Andalucía.

24. Mayor accesibilidad de las iniciativas legislativas populares y de los ayuntamientos.

25. Promover una ley de participación ciudadana a efectos de mejorar los cauces de participación de los ciudadanos.

26. El Parlamento de Andalucía mejorará los mecanismos de evaluación y control de las leyes.

27. Dotar de más medios a la Cámara de Cuentas, el Defensor del Pueblo y el Consejo Económico y Social.

28. Se adoptarán medidas para evitar, impedir y penalizar el transfuguismo político.

En el convencimiento de que las medidas que ha anunciado el Presidente de la Junta de Andalucía en el Debate sobre el Estado dela Comunidad son altamente positivas, y contribuyen a dar respuestas a la ciudadanía y situar a Andalucía a la vanguardia en materia de transparencia, participación y calidad democrática, el Grupo Socialista del Excelentísimo/Ilustrísimo Ayuntamiento de HUÉTOR VEGA propone para su aprobación el siguiente

ACUERDO

El Excelentísimo/Ilustrísimo Ayuntamiento de HUÉTOR VEGA propone:

1. Apoyar las 28 medidas aprobadas en el Parlamento de Andalucía sobre transparencia y calidad democrática.2. Actuar coordinadamente con la administración andaluza en todas aquellas cuestiones que permitan impulsar medidas de transparencia y calidad democrática en los ayuntamientos andaluces.

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Solicita la palabra el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien hace tres preguntas:

¿Es que no es normal y decente que un diputado o diputada pueda percibir únicamente un salario público o privado? ¿Por eso hay que luchar? ¿Es que hay quien cobra varios?

¿Es que no es normal optimizar el uso de vehículos oficiales con el objetivo de conseguir mejores niveles de austeridad y sostenibilidad? ¿Es que no hacemos lo mismo en nuestras casas? ¿Es que Ustedes al ir a la ciudad no racionalizan los km que recorren y evitan desplazamientos innecesarios?

¿Es que no es normal efectuar la retransmisión de cualquier sesión de control al Presidente que se celebren en la sede parlamentaria, a través de la radiotelevisión pública andaluza? ¿O es que sólo nos interesa la retransmisión de lo que dice Belén Esteban y demás pseudofamosos y triunfitos?

Resumo: Todo lo que proponen en este papel del PSOE andaluz son verdades, pero verdades como las del Marqués de Perogrullo que solía rematar sus discursos con aseveraciones tan obvias, que causaban molestia, como cuando decía Un hombre honesto deja de ser honesto cuando pierde su honestidad. Compañera y compañero del PSOE, aunque sean verdades de Perogrullo (¿o es que no son de Perogrullo y quizás son verdades de verdad?), nosotros vamos a apoyarlas.

El Sr. Alcalde dice estar de acuerdo con muchos puntos de la moción pero hay puntos que no se han consensuado entre todos los grupos, por lo que aunque están de acuerdo en la mayoría no la pueden aprobar.

Tras ello, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 4 votos a favor correspondientes a los GM PSOE e IULV-CA y 12 en contra, correspondientes al GM PP por lo que se rechaza la moción presentada por PSOE.

16. MOCIÓN CONJUNTA PSOE E IULV-CA SOBRE LA REPERCUSIÓN DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES EN EL

EJERCIO 2011.

Por Doña ANA BARRERA MARTIN se explica la moción que literalmente dice:

MOCIÓN SOBRE LA REPERCUSION DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES EN EL EJERCICIO 2011.

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Exposición de motivos:

PRIMERO: Con fecha 6/11/2009 el Pleno del Ayto. de Húétor Vega, por mayoría simple y sin ningún voto en contra, modificó la Ordenanza Fiscal n° 1 reguladora del Impuesto Municipal de Bienes Inmuebles. El motivo de la modificación era fomentar el empadronamiento, y por ello el Sr. Alcalde, D, Plácido Hurtado, dijo en el pleno y así consta en el acta lo siguiente

".... esta Alcaldía entiende que era bueno proponer a este Pleno y así lo trae la subida del IBI para las fincas cuyos titulares no están empadronados, la forma en la que se trae la ordenanza es una subida general para todo el mundo y se recoge en el articulo 12, articulándose a través de una subvención a todas las personas empadronadas. Se sube el IBI al tipo 1,1 para todas las unidades catastrales del municipio y se le subvenciona hasta que se le quede exactamente al mismo tipo que tenemos en este momento, es decir toda la diferencia que supone esa subida, a todaslas personas empadronadas en Huétor Vega...." .

En definitiva, se introdujo un artículo, el artículo 12 denominado subvención al IBI cuyo texto dice así:

"... Artículo 12. Subvención al IBI 1.- Las personas empadronadas en Huétor Vega en el momento del devengo, disfrutarán de una subvención por importe equivalente al aumento que sufran los recibos de este impuesto, consecuencia del incremento del tipo impositivo conforme a lo estipulado en el Art. 9.3 de la presente Ordenanza Fiscal. La subvención también se aplicará a los correspondientes trastero y plaza de garaje de la propia vivienda subvencionada o trastero y plaza de garaje que aún no estando físicamente ¡unto a la vivienda sea la única propiedad destinada a este fin..."

y se modificaba el artículo 9 referido a la cuota tributaria, tipo de gravamen y recargo. En el articulado y con la justificación arriba pretendida se vinculaba la modificación del tipo de gravamen con la subvención. Así el art. 9.3 dice así:

"3. Los tipos de gravamen aplicables en este Municipio serán los siguientes: a) Bienes inmuebles de naturaleza urbana: 1,10 por ciento. b) Bienes inmuebles de naturaleza rústica 0.66 por ciento. c) Bienes inmuebles de características especiales: 0.60 por ciento.

SEGUNDO: La Junta de Andalucía en el 2010 hace un requerimiento (R.E. 423 de 2710112010) de anulación/subsanación del acuerdo de Pleno de 611112009 y de 29/1212009 al Ayto. de Huétor Vega. La Junta de Andalucía entiende que la subvención recogida en el artículo 12 para los empadronados no es tal sino una bonificación que considera improcedente. Si bien se solicita la medida cautelar de suspensión, la misma no es acordada. En el año 2010 se aplica la subvención y salvo error y/u omisión no consta que ningún vecino la haya recurrido en vía contencioso administrativa, si bien existe un recurso contencioso administrativo interpuesto por la Junta de Andalucía.

TERCERO: Con posterioridad, al objeto de dar cumplimiento al asesoramiento realizado por el Sr. Interventor en su informe de 23 de diciembre de 2009, el Pleno del Ayto. de Huétor Vega adopta el pasado día 30/11/2010 dos acuerdos bajo los ordinales 2° y 30:

a) El punto 2°, aprobado con quince votos a favor (correspondientes a los grupos políticos del PSOE. PA y PP) y 2 votos en contra (del grupo de IULV-CA). se refiere a la modificación de la ordenanza Fiscal n° 1. El acuerdo dice así:

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"... Mediante acuerdo del Pleno de fecha 29 de diciembre de 2009 se aprobó definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal Num. 1 Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles.

Entre otros preceptos se modificaba el art. 9 relativo al tipo de gravamen, elevando el mismo para los inmuebles de naturaleza urbana del 0,66 al 1,10 %. Dicha modificación iba acompañada en su art. 12 de la previsión de una subvención para los empadronados en Huétor Vega por importe equivalente al aumento que sufrieran los recibos de este impuesto como consecuencia del incremento del tipo impositivo.

Dicho artículo 12 fue objeto del correspondiente recurso contencioso administrativo interpuesto por la junta de Andalucía en atención al carácter fiscal de la bonificación, bonificación fiscal que carecería de cobertura legal pues no se prevé en el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales tal bonificación.

Por estas circunstancias, y para ajustar la actuación del Ayuntamiento al ordenamiento jurídico vigente se pretende la siguiente modificación de la Ordenanza

PRIMERO. Se modifica el texto de la Ordenanza Fiscal num. 1 Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles de la siguiente forma:

- Se suprime el art. 12 Subvención al IBI.

- Se reenumeran los art. 13 a 18 que pasa a tener la siguiente enumeración: Art. 12.

Solicitud y concurrencia de bonificaciones. Art. 13. Periodo impositivo y devengo.

Art. 14. Obligaciones formalesArt. 15. Pago del ImpuestoArt. 16. Gestión, liquidación, recaudación e inspección del Impuesto.

Art. 17. Revisión.(...)

b) En el punto 30, por unanimidad de todos los grupos políticos (PSOE, IULVCA, PA y PP) se aprueba la "Ordenanza reguladora de las bases de la concesión de ayudas municipales para el fomento de la obligación tributaria derivada del IBI. Vuelve a tener importancia la exposición de motivos de la ordenanza cuyo último párrafo dice así:

Por todo lo dispuesto anteriormente, la adopción de la medida, lejos de provocar situaciones discriminatorias, pretende favorecer el empadronamiento en el municipio y que suponga un ahorro económico legítimo, libre y voluntario para los ciudadanos que en cualquier caso podrán siempre optar por no empadronarse.

Las consecuencias que se derivan de ambos acuerdos respecto del IBI son que se deroga el art. 12 referido a la subvención, y que se aprueba una ayuda en el art. 3 destinada a los sujetos pasivos del IBI que se encuentren inscritos en el Padrón Municipal de habitantes. La modificación fue publicada en el BOP de 29/12/2010.

CUARTO: Con fecha 8 de Febrero de 2011 la Junta de Andalucía requiere ahora al Ayuntamiento la anulación del acuerdo del 3011112010, y la base sigue siendo que "no se trata de una subvención sino de bonificación. De conformidad con el art. 9.1 del TRLRHL y art. 9.2 y 3.a de la Constitución, la bonificación es improcedente”.

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La Junta vuelve a solicitar la suspensión cautelar y ahora, con fecha ocho de julio se dicta auto por parte de la Sección Segunda D de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Junta de Andalucía (recurso n° 1306.9/2011 por el que se suspende el acto administrativo impugnado, esto es la Ordenanza que regula las Bases de la concesión de ayudas municipales para el fomento de la obligación tributaria derivada del impuesto sobre bienes inmuebles, y que prevé una ayuda en el art. 3 destinada a los sujetos pasivos del IBI que se encuentren inscritos en el Padrón Municipal de habitantes.

Por lo que, son los efectos de dicho auto los que motivan la presentación de la presente Moción, ya que entendemos que se deben de buscar todas las alternativas posibles para que la consecuencia del mismo que ordena la suspensión cautelar del acuerdo del Pleno que aprobaba la ayuda en la cuota tributaría del IBI no sea que todos los vecinos del municipio paguen la totalidad de la cuota de IBI, esto es, el 1,10 %.

La exposición de motivos, que determina el objetivo y la finalidad de las normas, por lo que a los acuerdos de pleno se refiere en ambos casos, acuerdo de 6/11/2009 y acuerdo n° 3 de Pleno de 30/11/2010 establecía que la última finalidad no es incrementar el tipo impositivo del IBI, sino la de conseguir que los residentes en Huétor Vega se empadronasen para conseguir un aumento de los Ingresos del Estado y de la Junta de Andalucía, en ningún caso, que todos los vecinos pagasen más, como quedó demostrado en la campaña del IBI de 2010.

Por eso consideramos que una interpretación sistemática debe de reconducir el interés común que se pretendía haciendo coincidir la legalidad con el espíritu y finalidad teleológica de las normas y acuerdos.

Desde la oposición pudiera pensarse que es más fácil digerir la crítica segura y cotidiana de los vecinos que no puedan asumir el incremento de la cuota al 1,1%. Pero no es ese nuestro compromiso con los hueteños. Lo peor de todo es no poder entender y, por consiguiente, explicar a nuestros vecinos cómo ahora, de no hacer nada, se invierte la finalidad de lo pretendido y se convierte el incremento generalizado al 1,10%. Insistimos en que nunca ha sido ésta la pretensión ni del anterior equipo de gobierno ni, pensamos del actual, que votó a favor de la ordenanza de ayudas al IBI. Cierto es que tenemos que aceptar el varapalo que jurídicamente supone que no se pueda subvencionar el IBI por el hecho de estar empadronados, pero no aceptamos que la única consecuencia que de ello se derive sea que todos los ciudadanos paguen el IBI al 1,1 %.

Llegados a este punto, queremos ser corresponsables con el actual equipo de gobierno, en el ánimo de buscar soluciones; soluciones que entendemos de antemano podrían parecer poco ortodoxas y/o arriesgadas, pero no por ello debemos dejar de buscarlas y de forma inmediata, ya que todos los hueteños lo que quieren son soluciones, y resulta obvio que el bolsillo en esta época es un problema. En ese ánimo, entendemos que el incremento de la cuota del IBI siempre ha estado vinculado a una subvención (y/o ayuda) y consideramos que se debe de encontrar la fórmula para reconducir la finalidad y el motivo de los actos a la interpretación última del auto recientemente dictado.

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Por todo lo expuesto, los Grupos Municipales del PSOE-A y de IULVCA, aún a sabiendas de que el quórum de concejales que tienen en la actual Corporación no permite solicitar la convocatoria de un Pleno extraordinario, entienden que antes de dejar pasar el tiempo sin hacer nada, por responsabilidad proponen la siguiente Moción:

1°--. Solicitar al Sr. Alcalde que se convoque a la mayor brevedad posible la celebración de un Pleno extraordinario en el que se adopten cuantas medidas sean necesarias para que los recibos del IBI del año 2011 no tengan el incremento del tipo impositivo que se aprobó en el Pleno celebrado el 30/11/2010 (acuerdo n° 2), y demandamos que, en primer lugar, se hagan cuantas gestiones sean necesarias ante la APAT para que paralice la emisión y, en su caso, la puesta al cobro de los recibos del 1812011. Dicha suspensión se extenderá hasta tanto por el Ayuntamiento se adopte un acuerdo al respecto.

2°-. Pedir al Sr. Alcalde que se estudien todas las alternativas posibles, entre las que se proponen:

A) Que el Ayuntamiento se allane en vía judicial en el procedimiento que se sustancia en el Juzgado de lo Contencioso dando por consiguiente la razón al Letrado de la Junta de Andalucía y entendiendo que el acuerdo adoptado el pasado día 6111109 y el de 3011112010 no son ajustados a derecho. Si para el Ayuntamiento hace falta acuerdo de Pleno que así se haga, y que tenga informada a la APAT. Entendemos que se dará satisfacción vía _judicial a la Junta de Andalucía.

B) Que de forma inminente el Ayuntamiento inicie los trámites para la modificación de la Ordenanza Fiscal n° 1, rectificando el artículo 9, que es el referido a la cuota tributaria.

Que en ese caso, s i bien la solución no es pacíf ica, se analice la posibilidad de la aplicación retroactiva de la ordenanza en el ejercicio 2011 toda vez que la misma no ha surtido efectos (ya que la APAT debe de suspender la emisión de los recibos y por ende no ha desplegado efectos). Entendemos que la retroactividad no sería contraria a la Constitución, y es evidente que es favorable para los ciudadanos, que por consiguiente no la van a recurrir; consideramos que la APAT tampoco va a "oponerse" a la misma, por el principio de autonomía municipal y de confianza legítima. De hecho, no se opuso a la aplicación de la subvención en su momento.

También se deberá de analizar desde el punto de vista de la nivelación del presupuesto los efectos que tenga en el presupuesto del 2011 la modificación de la cuota del IBI (ya que se va a producir una reducción en los ingresos)

C) Que se estudie la posibilidad de revisar de oficio el acuerdo del 6/11/2009, de conformidad con los regulado en el art .102.2 de la ley 30/1.992, de 26 de noviembre, en relación con el art 62.2 del mismo precepto legal y previo los trámites oportunos se resuelva que dicho acuerdo es nulo. No obstante consideramos que la necesidad de Dictamen del Consejo Consultivo de la Junta de Andalucía puede impedir la inmediatez en la solución que el caso necesita, por lo que se considera que no es esta la vía más rápida, salvo que se pudiera solicitar, si ello procede, la suspensión cautelar vía revisión de oficio.

CI)

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D) Que se estudie la posibilidad de dejar sin efecto, y/o revocar el acuerdo adoptado el pasado día 30/11/2010 referido a la Ordenanza que regula las Bases de la concesión de ayudas municipales para el fomento de la obligación tributaria derivada del impuesto sobre bienes inmuebles, proponiendo una bonificación para todos los titulares de Bienes Inmuebles en Huétor-Vega.

E) Que en caso de que no se consideren adecuadas esas vías que se planteen y adopten cualesquiera otras.

El Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER dice estar de acuerdo con la moción y pide que se piense lo que esto podría suponer para la ciudadanía, el rebajar al tipo inicial.

Por el Sr. Alcalde se explica que hay un detrimento de ingresos del presupuesto de unos 400.000 euros. El impuesto se ha rebajado del 1.10% al 0,72% y con ello se cubre parte del déficit. El anterior Equipo de Gobierno subió un 8% y desde este Equipo se intentará rebajar para los próximos años y en cualquier caso no se va a subir. Y un problema es que si se pierde el contencioso los ciudadanos tendrían que devolver el importe de la subvención.

Tras ello, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 4 votos a favor correspondientes a los GM PSOE e IULV-CA y 12 en contra, correspondientes al GM PP por lo que se rechaza la moción presentada por PSOE y IULV-CA

17. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LOS ESTATUTOS DE LA AGRUPACIÓN DE VOLUNTARIOS DE

PROTECCIÓN CIVIL.

Por Secretaría se procede a la lectura del Dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 23 de septiembre de 2011.

Por el Sr. Concejal DON CONSTANTINO MARTINEZ HERNANDEZ se explica que estos estatutos fueron modificados en el año anterior en la que quedo clara la posición de su GM. No estaban de acuerdo en mermar los derechos de participación del Alcalde o de los propios voluntarios o ciudadanos solo por ser funcionarios de este Ayuntamiento. Se ha consultado con los voluntarios y por eso traerán esta propuesta de modificación.

El Sr. Alcalde cede la palabra al Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien entiende que la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil es un organismo muy importante porque agrupa a personas que sacrifican su tiempo libre para prestar unos servicios mínimos. Está a favor de Protección Civil, de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil, pero no está a favor de que sean otros

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los que rijan los destinos de la agrupación de voluntarios de protección civil. Mientras no sean los propios voluntarios quienes elijan a sus mandos no estarán a favor de estos estatutos porque coartan las libertades democráticas de los voluntarios.

Toma la palabra la Sra. Concejala DOÑA ANA BARRERA MARTÍN quien anuncia su voto en contra.

En un segundo turno, toma la palabra el Sr. Concejal DON CONSTANTITNO MARTINEZ HERNANDEZ quien dice que la letra “e” del Art. 51 decía que se interrumpía la relación con la Agrupación de Voluntarios si era elegido cargo público. Igualmente, con la redacción anterior la opinión de los voluntarios no era vinculante y eso ahora se ha eliminado.

Por alusiones el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER vuelve a decir que no le interesa el pasado y ahora pone que para el nombramiento de los jefes/as de los voluntarios serán consultados, no pone que los nombre. A lo que se le contesta por Don Constantino que ahora pone que serán consultados, no que se podría consultar.

Tras ello, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 12 votos a favor correspondientes al GM PP y 4 votos en contra correspondientes a los GM PSOE ( Don Antonio Castro Jiménez y Doña Ana Barrera Martín) e IULV-CA (Don Jesús Fernández Martín y Don Federico Hernández Meyer) aprobándose y proclamándose adoptado el siguiente acuerdo .

PRIMERO. Modificar los Estatutos Reguladores de la Agrupación Local de Voluntarios/as de Protección Civil del Ayuntamiento de Huétor Vega que quedan redactados de la siguiente forma:

AGRUPACIÓN LOCAL DE VOLUNTARIOS/AS DEPROTECCIÓN CIVIL DEL AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR VEGA

SECCIÓN 1ª.- DEFINICIÓN Y OBJETIVOS.

Artículo 1.-

La Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil (A.L.V.P.C.) del Ayuntamiento de Huétor Vega, es una organización de carácter humanitario y altruista constituída por personas que actúan de manera desinteresada y solidaria en beneficio de la humanidad.

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Tiene por objeto configurar una estructura en base a los recursos públicos y a la colaboración de entidades privadas y de los ciudadanos, para el estudio y prevención de situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública, así como colaborar en la protección y socorro de las personas y de los bienes cuando dichas situaciones se produzcan.

La Agrupación Local de Voluntarios/as de Protección Civil (A.L.V.P.C.) no ampara actividades que conlleve una finalidad religiosa, política o de carácter sindical.

La Agrupación Local de Voluntarios/as de Protección Civil, estará formada por todas aquellas personas físicas, mayores de edad, que de forma voluntaria y responsable deseen integrarse en la misma siempre y cuando dispongan del tiempo libre necesario para prestar los servicios mínimos que más adelante quedarán fijados.

Artículo 2.-

Corresponde al Ayuntamiento de Huétor Vega la adopción del acuerdo de creación de la Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil, así como en su caso el de su disolución.

SECCIÓN 2ª. ORGANIZACIÓN.

Artículo 3.-

La organización y funcionamiento de la Agrupación Local de Voluntarios/as de Protección Civil se regirá por lo establecido en el presente Reglamento, así como por las instrucciones y directrices que, a efectos de coordinación general, puedan dictar las Comisiones Nacional y Autónomas de Protección Civil.

Artículo 4.-

Según el actual Ordenamiento Jurídico, de la Agrupación Local de Voluntarios/as de Protección Civil depende directamente del/la Alcalde/sa como responsable máximo/a de la Protección Civil Local, ó del/la Concejal/la en quien delegue.

Artículo 5.-

La Agrupación Local de Voluntarios/as de Protección Civil queda encuadrada orgánica y funcionalmente en la Unidad Municipal de la que dependan los Servicios de Protección Civil del Ayuntamiento de Huétor Vega, sin que ello constituya vínculo laboral ó funcionarial alguno entre el voluntario/a y el Ayuntamiento.

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Artículo 6.-

La Agrupación Local de Voluntarios/as de Protección Civil se estructura funcionalmente en Grupos de Intervención Operativa, (Transmisiones, Primeros Auxilios, Contra Incendios, Rescate y Salvamento, Formación, Logística, etc.) a las cuales se adscribirán los/las Voluntarios en función de su capacidad y preparación.

Esta estructura será de carácter flexible ajustándose a las necesidades del servicio, a los medios humanos disponibles y a lo establecido en el Plan Territorial de Protección Civil y en el Plan de Emergencia Municipal, (PEM-HUÉTOR VEGA).

Artículo 7.-

El/la Jefe/a de la Agrupación será designado por el/la Alcalde/sa a propuesta del/la Concejal/la Delegado/a, a propuesta del/la Jefe/a de la Unidad Local de Protección Civil, o en su caso, por el/la Jefe/a del servicio de quien dependa.

Para el nombramiento del Jefe/a, serán consultados/as los/las Voluntarios/as en activo de la Agrupación.

Los/as Jefes/as de Grupo, serán propuestos/as de manera justificada, por el/la Jefe/a de la Agrupación y nombrados/as por el/la Jefe/a del Servicio Local.

El proceso para el cese de los cargos es el mismo que para los casos de designación y nombramiento.

Artículo 8.-

1.- Por la Concejalía correspondiente o por el Servicio Local de Protección Civil del Ayuntamiento de Huétor Vega, se elaborarán y formularán propuestas para la aprobación de las normas e instrucciones que sean necesarias para desarrollar, completar y aplicar este Reglamento.

2.- La aprobación de estas normas corresponde al Pleno a propuesta del/la Concejal/la Delegado/a de Protección Civil.

Artículo 9.-

1.- El ámbito de actuación de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil es el término municipal de este municipio, y tiene como finalidad:

La previsión y prevención de situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe extraordinaria o calamidad pública.

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La protección y socorro de personas y de los bienes, cuando dichas situaciones se produzcan.

El restablecimiento de la normalidad en el área afectada tras la aparición de dichas situaciones.

Actuar en cuantos eventos (sociales, culturales, festivos, deportivos, etc.) organice el Ayuntamiento siempre que así lo solicite dentro de los plazos establecidos por la Agrupación.

Colaborar estrechamente con los restantes organismos y entidades de prevención y seguridad ciudadana.

Fomentar la información de prevención de riesgos entre las personas y entidades.

2.- La actuación fuera del término municipal sólo podrá realizarse, previo conocimiento del Alcalde/sa ó Concejal/la Delegado de Protección Civil, en los siguientes supuestos:

a) Cuando su intervención está determinada, organizada y regularizada en un Plan de Emergencia Territorial o Especial.

b) En los supuestos establecidos por la legislación vigente de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública, siendo preceptiva la autorización expresa de la autoridad provincial competente.

c) Cuando a petición del Centro Provincial de Emergencias 112 (como canalizador de las demandas de otros máximos responsables municipales) lo requiera y siempre previa autorización del Alcalde/sa o Concejal/la Delegado/a.

d) Cuando para una mayor eficacia de actuación o dotación de medios se creen agrupaciones, de ámbito supramunicipal, por acuerdo de Ayuntamientos asociados.

Artículo 10.-

Para garantizar su eficacia se exigirá a todos/as los/as integrantes de la Agrupación un mínimo de nivel de conocimientos sobre los diferentes campos que integran la Protección Civil, debiendo felicitarse el acceso a esta formación por parte de las diferentes administraciones involucradas.

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La Corporación Municipal arbitrará los medios necesarios para procurar que la Agrupación cuente con material específico que garantice la intervención inmediata ante cualquier emergencia, especialmente en el campo del transporte, la uniformidad y las radiocomunicaciones. Así como para que la Agrupación pueda disponer de una sede digna y adecuada a las necesidades de la misma.

Artículo 12.-

La Corporación Municipal podrá suscribir Convenios de Colaboración con otras Administraciones, Organismos ó Entidades tanto públicas como privadas, encaminadas a la promoción, dotación de medios, formación y mejor funcionamiento de la Agrupación Local de Voluntarios/as de Protección Civil (A.L.V.P.C.).

SECCIÓN 3ª. FUNCIONES.

Artículo 13.-

1.- La actuación de la A.L.V.P.C. se centrará de forma permanente y regularizada en el campo preventivo y operativo de la gestión de emergencias, catástrofes y/o calamidades públicas, conforme a lo previsto en el Plan de Emergencia Municipal (PEM-HUÉTOR VEGA) y en los eventos que organice el Ayuntamiento de Huétor Vega.

2.- En casos de ausencia de servicios de emergencia Profesionales, o con tiempos de respuesta muy elevados, podrán actuar eventualmente en sustitución de éstos en tareas de intervención ante accidentes ó siniestros. Una vez hagan acto de presencia los mencionados servicios profesionales pasarán a ejercer tareas de apoyo, actuando bajo su dirección a partir de entonces.

Artículo 14.-

En coherencia con su finalidad y organización, las funciones de la Agrupación de Voluntarios/as se centrarán en:

a) Colaboración en la elaboración y mantenimiento de los Planes de Emergencia Municipal.

b) Asesoramiento y divulgación de los Planes de Autoprotección.

c) Ejecución de las directrices emanadas de los Servicios Técnicos Municipales para la prevención en locales de pública concurrencia.

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d) Diseño y realización de campañas de divulgación.

e) Actuación en dispositivos operativos de carácter preventivo.

f) Apoyo a los servicios operativos de emergencia rutinarios: bomberos, sanitarios, policías locales, etc.

g) Atención a afectados en emergencias: evacuación, albergue, etc.

h) Actuación en situaciones de emergencia: incendios forestales, inundaciones, terremotos, etc.

i) En general las misiones que le sean encomendadas por el Mando Único en la zona de operaciones y/o por el Jefe/a del Servicio Local de Protección Civil del Ayuntamiento de Huétor Vega. (Estas acciones las llevarán a cabo siempre que sean requeridos por los servicios municipales de Protección Civil).

SECCIÓN 4ª. DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 15.-

Podrán vincularse a la Agrupación Local de Voluntarios/as de Protección Civil, las personas que según lo establecido en el artículo 1º de este reglamento, manifiesten el deseo de colaborar voluntariamente en las actividades propias de los servicios básicos de Protección Civil comprometiéndose a acatar lo establecido en el presente reglamento.

Artículo 16.-

1) Todos/as los/as solicitantes que todavía no hayan superado las pruebas psicofísicas y de conocimientos serán considerados/as aspirantes a voluntarios/as, y por lo tanto en ningún caso deberán desarrollar actuación operativa alguna que entrañe un posible peligro físico.

2) Las personas que cumplan los requisitos recogidos en el artículo 1º de este reglamento, y las personas físicas que superen las pruebas de aptitud y de conocimientos relacionados con las diferentes áreas que integran la Protección Civil, deberán superar un periodo de prácticas no inferior a tres meses, ni superior a un año. Estos/as voluntarios/as en periodo de prácticas pasarán a ser miembros voluntarios/as de pleno derecho de la agrupación si las prácticas son valoradas positivamente por el Jefe de la Agrupación.

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3) Los/as voluntarios/as en periodo de prácticas podrán desarrollar actuaciones operativas de responsabilidad limitada, llevando a cabo tareas como colaborador de otros voluntarios de más amplia experiencia en emergencias. Tendrán la misma cobertura de seguros que los voluntarios/as de pleno derecho.

4) La solicitud para ser aceptado/a como voluntario/a se hará directamente por el/la interesado/a, conforme con el modelo que establezca la Agrupación de Voluntarios/as de Protección Civil del Ayuntamiento de Huétor Vega.

5) La presentación de la solicitud presupone la aceptación plena del presente reglamento, debiendo ser explicita la misma cuando se ingrese como miembro de pleno derecho.

Artículo 17.-

Podrán integrarse en la Agrupación como colaboradores/as todas aquellas personas que, estando en posesión de una determinada cualificación profesional, deseen participar eventualmente con la Agrupación, realizando tareas de asesoramiento técnico. A dichos/as colaboradores/as no le es de aplicación el presente reglamento.

Artículo 18.-

La actividad de los voluntarios es independiente de la obligación que como vecinos les corresponda, según lo establecido en el artículo 30.4 de la Constitución Española.

Artículo 19.-

La relación de los/as voluntarios/as con el municipio se entiende como una colaboración gratuita, desinteresada y voluntaria, estando basada únicamente en sentimientos humanitarios, altruistas y de solidaridad social, no manteniendo por tanto relación alguna de carácter laboral.

La permanencia de los/as voluntarios/as y colaboradores/as al servicio de la Protección Civil Municipal será de carácter gratuito y honorífico, si bien el Ayuntamiento, en determinados casos justificados y excepcionales, podrá arbitrar fórmulas de compensación para los gastos derivados del servicio o asistencia a cursos de formación relacionados con la actividad de Protección Civil.

Quedan excluidos del párrafo anterior, las indemnizaciones correspondientes por daños sufridos como consecuencia de su prestación según lo establecido por el artículo nº 30.

Artículo 20.-

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La condición de voluntario/a faculta únicamente para realizar las actividades correspondientes a la Protección Civil Municipal, tal y como aparecen reflejadas en el artículo nº 13 del presente reglamento. Teniendo presente a su vez que dicha condición de voluntario/a no ampara actividades de tipo político o sindical ni que presuponga ningún beneficio de tipo laboral o económico a entidades privadas ó con ánimo de lucro.

SECCIÓN 5ª. UNIFORMIDAD E IDENTIFICACIÓN.

Artículo 21.-

Para todas las actuaciones previstas de carácter operativo, el voluntario deberá ir debidamente uniformado.

La uniformidad de los miembros de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil será la siguiente:

● Uniforme de verano: calzado tipo bota militar, pantalón azul cobalto, camisa naranja y gorra azul.

● Uniforme de invierno: calzado tipo bota militar, pantalón azul cobalto, camisa naranja, jersey azul cobalto, gorra azul y en su caso chubasquero azul.

● Otros: se determinará en función del servicio a prestar (peto reflectante color naranja, mono de trabajo de color naranja, etc).

Todos los componentes de la A.L.V.P.C. ostentarán sobre el lado izquierdo del pecho el distintivo de Protección Civil creado por la Orden del Ministerio del Interior de 16 de agosto de 1981, al que cruzará en su parte inmediata inferior la bandera blanca y verde de la Comunidad Autónoma de Andalucía, inscribiendo el nombre de la localidad en la franja blanca. En la parte superior de la manga izquierda, el escudo de la localidad y el la manga derecha el escudo de Andalucía.

Artículo 22.-

Asimismo serán identificativos de la graduación:

● Jefe/a de la Agrupación: círculo de color azul y tres barras doradas.

● Jefe/a de Jefe/a de Grupo: círculo de color verde y cuatro barras blancas.

● Subjefe/a de Grupo: círculo de color verde y tres barras blancas.Plaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada) – Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail:

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La organización de la Agrupación queda establecida de la siguiente forma:

● Jefe/a de la Agrupación.

● Jefe/a de Jefe/a de Grupo.

● Subjefe/a de Grupo.

Artículo 23.-

La Alcaldía proporcionará un carnet acreditativo a cada voluntario/a de la Agrupación, según el modelo que se establecido desde el Ayuntamiento.

Este documento tiene la única y exclusiva finalidad de reconocer la condición de voluntario/a de Protección Civil del/la propietario/a del mismo, quedando severamente restringido su uso con otros fines.

SECCIÓN 6ª. FORMACIÓN Y PRÁCTICAS.

Artículo 24.-

Es objetivo prioritario en el ámbito de la Protección Civil Municipal la preparación de su personal a todos los niveles, desde la selección y formación inicial, hasta la continuada y permanente durante la relación voluntario/a agrupación.

Artículo 25.-

La formación inicial del/la voluntario/a tiene como finalidad informar y poner en contacto al/la voluntario/a con los conocimientos básicos y las realidades vinculadas a la Protección Civil Municipal, así como con los diferentes campos de actuación.

Junto a esta finalidad orientadora del/la futuro/a voluntario/a, dicha formación inicial contribuye a la selección de los aspirantes que proceda, al tiempo que facilita, la capacitación de los mismos para incorporarse en condiciones de eficacia a la correspondiente unidad de intervención.

Artículo 26.-

La formación permanente y continuada del/la voluntario/a, tiene como objeto no sólo la garantía de un derecho, sino sobre todo, atender a las necesidades reales de la

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prestación del servicio, obteniendo los mayores niveles de responsabilidad, eficacia y seguridad.

La agrupación podrá participar con su personal en los cursos de formación y/o adiestramiento que organice el Ministerio del Interior y/o la Escuela de Seguridad Pública de la Junta de Andalucía y en cuya convocatoria hagan mención explícita a esta posibilidad ó en los cursos que organice el Ayuntamiento de Huétor Vega donde se haga la misma mención citada anteriormente.

Artículo 27.-

La actividad formativa se articulará del siguiente modo:

a) Jornadas de Orientación: dirigidas a aspirantes a ingreso en la Agrupación de Voluntarios.

b) Curso de Ingreso (Nivel I): Será de carácter obligatorio para todos/as aquellos/as aspirantes que deseen ingresar en la Agrupación. Tendrá una duración mínima de 50 horas lectivas y sus contenidos versarán sobre las áreas fundamentales relacionadas con Protección Civil (Legislación básica, planificación de emergencias, autoprotección, primeros auxilios, contra incendios, rescate y salvamento, transmisiones y acción social).

c) Cursos de perfeccionamiento (Nivel II): Destinados a aquellos voluntarios/as que deseen profundizar en algunas de las áreas mencionadas.

d) Cursos de especialización ((Nivel III): Dirigidos fundamentalmente a los Servicios Locales de Protección Civil y responsables de la Agrupación Local de Protección Civil.

Artículo 28.-

1.- El Ayuntamiento podrá programar y ejecutar las actividades formativas que considere oportunas para la plena capacitación de los/as miembros de la Agrupación de Voluntarios.

2.- Igualmente podrá solicitar a la Dirección General de Política Interior de la Junta de Andalucía la homologación y titulación correspondiente a esos cursos, así como la organización de actividades formativas promovidas directamente por la citada Dirección General de Política Interior de la Junta de Andalucía.

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3.- Previa autorización escrita del/la Jefe/a de la Agrupación de Protección Civil, los/as voluntarios/as podrán solicitar la participación en las actividades formativas organizadas por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía.

SECCIÓN 7ª. DERECHOS DE LOS/AS VOLUNTARIOS/AS.

Artículo 29.-

1.- El/la voluntario/a de Protección Civil tiene derecho a usar emblemas, distintivos y equipos del servicio correspondientes a su categoría en todas las actuaciones en las que sean requeridos/as.

2.- A efectos de identificación, en casos de intervención especial, siniestros o calamidades, el uso de los mismos es obligatorio.

3.- Igualmente, el/la voluntario/a de Protección Civil tiene derecho a recibir una acreditación suficiente por parte del Ayuntamiento en el que presta el servicio.

Artículo 30.-

1.- El/la voluntario/a tiene derecho a ser reintegrado/a de los gastos de manutención, transporte y alojamiento sufridos en la prestación de un servicio, debiendo hacer frente a esos gastos, la administración pública de quien dependa la planificación y organización del dispositivo establecido

2.- En cualquier caso, esta compensación de los gastos no tendrá carácter de remuneración o salario.

3.- El/la voluntario/a tiene el derecho y el deber de adoptar todas las medidas necesarias para evitar situaciones que conlleven peligros innecesarios para él/ella o para terceros.

4.- El cualquier caso, el/la voluntario/a tiene derecho a estar asegurado/a contra posibles riesgos derivados de su actuación. Los percances resultantes de su actuación como miembro de la Agrupación estarán cubiertos por un seguro de accidentes, que garantizará, como mínimo, las prestaciones médicas y farmacéuticas necesarias.

5.- Igualmente quedará, aseguradas las indemnizaciones correspondientes en los casos en los que, como consecuencia del accidente, sobrevengan invalidez permanente o fallecimiento.

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Artículo 31.-

1.- Los daños y perjuicios, que como consecuencia del trabajo voluntario, pueda recibir el/la beneficiario/a del mismo, así como los/as de terceros/as, quedarán cubiertos por un seguro de responsabilidad civil.

2.- El Ayuntamiento, no obstante, será responsable civil subsidiario, conforme a la legislación vigente, en virtud de su potestad de mando sobre la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil.

3.- La modalidad de las correspondientes pólizas de seguro y cuantías de las indemnizaciones serán fijadas por el Pleno del Ayuntamiento a propuesta del Concejal Delegado, responsabilizándose el Ayuntamiento de sufragar las cuotas.

Artículo 32.-

1.- El/la voluntario/ de Protección Civil tiene derecho a obtener toda la información posible sobre el trabajo que ha de realizar.

2.- Asimismo, tiene derecho a conocer todos los aspectos referentes a la organización de la agrupación a la que pertenece.

Artículo 33.-

1.- El/la voluntario/a de Protección Civil tiene derecho a obtener el apoyo material de la Agrupación, a participar en la estructura de la misma y a opinar sobre el trabajo desarrollado.

2.- El/la voluntario/a podrá efectuar las peticiones, sugerencias y reclamaciones que considere necesarias a el/la Jefe/a de la Agrupación, de forma verbal o bien mediante escrito, previo registro en el Ayuntamiento.

3.- En el caso de hacerlo de forma escrita, si transcurridos veinte días desde la entrada en el registro de dicho escrito, no fuera contestado, se podrá elevar, por los mismos cauces directamente al/la Alcalde/sa o Concejal/la Delegado/a.

SECCIÓN 8ª. DEBERES DE LOS/LAS VOLUNTARIOS/AS.

Artículo 34.-

1.- Todo/a voluntario/a debe respetar la estructura jerárquica y funcional de la Agrupación, colaborando en la mayor eficacia de la misma.

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2.- Todo/a voluntario/a de Protección Civil se obliga a cumplir estrictamente sus deberes reglamentarios, cooperando con su mayor esfuerzo e interés en cualquier misión, ya sea ésta de prevención o de socorro, ayuda y rescate de víctimas, evacuación, asistencia, vigilancia y protección de personas y bienes con la finalidad de conseguir siempre una actuación diligente, disciplinada y solidaria en éstos y en cualesquiera otra misión que dentro de su ámbito funcional pueda serle encomendada por los mandos correspondientes.

3.- En todo caso, el/la voluntario/a siempre respetará los principios, acuerdos y normas que rigen la organización.

4.- Los/as voluntarios/as deberán acatar las directrices de otros organismos competentes en determinadas actuaciones contempladas en el Plan de Emergencia Municipal, Plan Territorial o en Planes de Actuación Especial, como en el caso de extinción de incendios forestales, urbanos o cualquier otro riesgo contemplados en los mismos y siempre previa autorización y/o visto bueno de el/la Alcalde/sa ó de el/la Concejal/a Delegado/a.

5.- Igualmente, siempre respetará los límites de actuación realizando las actividades propuestas en los lugares señalados y bajo el mando de la persona correspondiente dentro de la organización o de la autoridad de la que pudiera depender en una determinada actuación.

6.- En ningún caso, el/la voluntario/a ó el/la colaborador/a de Protección Civil actuarán como miembros de la Agrupación fuera de los actos de servicio.

7.- No obstante, podrá intervenir, con carácter estrictamente personal y sin vinculación alguna con la Agrupación, en aquellos supuestos relacionados con su deber como ciudadano/a, empleando los conocimientos y experiencias derivadas de su actividad voluntaria.

Artículo 35.-

1.- El/la voluntario/a de Protección Civil deberá cumplir un número mínimo de horas, que serán determinadas por la jefatura de la Agrupación, contando como tales la suma de las horas de formación e intervención, debiendo renovar su vínculo con la Agrupación, si así se determina con las nuevas condiciones de desempeño de su función.

2.- El tiempo comprometido no podrá ser inferior a sesenta horas anuales.

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3.- De casa tres servicios estructurados y consecutivos el/la voluntario/a estará obligado/a a realizar como mínimo uno de ellos.

4.- En situaciones de emergencia o catástrofe, el/la voluntario/a tiene la obligación de incorporarse en el menor tiempo posible a su lugar de concentración.

Artículo 36.-

1.- El/la voluntario tiene el deber de conservar y mantener en perfectas condiciones de uso, el material, equipo y vehículos que se le hayan confiado, no pudiendo hacer uso indebido y/o particular de los mismos, considerándose esto una falta muy grave sin tener que haber reincidencia en la falta.

2.- Los daños causados en los mismos como consecuencia del trato indebido o falta de cuidado serán responsabilidad del/la voluntario/a.

3.- En cualquier caso, todo el material y acreditación en poder del/la voluntario/a será devuelto a la Agrupación cuando se modificasen las circunstancias que aconsejaron o habilitaron tal depósito, o cuando se produzca rescisión o suspensión del vinculo entre el/la voluntario/a y la Agrupación, motivado por alguna de dichas partes. El material siempre será de propiedad municipal.

Artículo 37.-

Se prestarán los servicios:

● Debidamente uniformados y aseados.

● Haciendo buen uso del material encomendado.

● Obedeciendo en todo momento las instrucciones de el/la Jefe/a al frente del servicio.

● Tratando con la máxima educación y urbanidad a todos/as los/as ciudadanos/as.

● Manteniendo una buena colaboración y respeto con los restantes servicios actuantes: Policía Local, Policía Nacional, Guardia Civil, Bomberos, etc.

● Actuando siempre con cortesía.

● No alarmando innecesariamente al ciudadano.

● Respetando las normas de cada espectáculo o acto.Plaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada) – Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail:

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Los/as voluntarios/as deberán acatar la dirección de otros organismos competentes en determinadas actuaciones contempladas en el Plan Territorial ó Plan de Emergencia Municipal (PEM-Huétor Vega). No obstante éstos, y en aplicación, a nivel de la Agrupación Local de Voluntarios/as de Protección Civil, de lo establecido en la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de gestión de emergencias en Andalucía, los/as voluntarios/as, únicamente obedecerán a sus mandos naturales y sólo éstos serán los encargados de hacer acatar las normas de dicha dirección.

SECCIÓN 9ª. RECOMPENSAS Y SANCIONES.

Artículo 39.-

El/la voluntario/a tiene la obligación de poner en conocimiento de los/as Jefes/as de la Agrupación la existencia de hechos que puedan suponer riesgos para las personas o los bienes.

La actividad altruista, solidaria o no lucrativa excluye toda remuneración, pero no impide el reconocimiento de los méritos de el/la voluntario/a y por tanto, la contestación de los mismos a efectos honoríficos.

Junto a esta distinción de conductas meritorias, también serán estudiadas las posibles faltas cometidas por los/las voluntarios/as que llevarán aparejadas las correspondientes sanciones.

Tanto los méritos y los correspondientes honores concedidos, como las faltas y sus sanciones serán anotados en el expediente personal de el/la interesado/a.

Artículo 40.-

1.- La valoración de las conductas meritorias que puedan merecer una recompensa, siempre de carácter no remunerado, corresponde al/la Alcalde/sa.

2.- La iniciativa de estos reconocimientos o sanciones corresponderán a el/la Concejal/a Delegado/a a instancias de el/la Jefe/a de la Agrupación.

Artículo 41.-

La valoración de las conductas meritorias se realizará a través de reconocimientos públicos, felicitaciones en Pleno, diplomas, medallas, además de otras distinciones que pueda conceder el Ayuntamiento u otras administraciones públicas.

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Artículo 42.-

1.- La sanción será consecuencia de la comisión de una infracción a lo dispuesto en el presente reglamento.

2.- Las sanciones podrán ser consideradas leves, graves o muy graves.

Artículo 43.-

Se considerarán faltas leves:

− El descuido en la conservación y mantenimiento del equipo y material asignado a el/la voluntario/a.

− La desobediencia a los mandos del servicio cuando afecte al servicio que debe ser cumplido.

− El descuido o negligencia en el ejercicio de sus funciones cuando no suponga falta más grave.

− La incorrección con el público o con los miembros de la Agrupación, sobre todo en acto de servicio.

− El incumplimiento de los deberes y obligaciones de el/la voluntario/a, siempre que no deban ser calificados como faltas más graves.

Las faltas leves podrán sancionarse con apercibimiento o suspensión por un plazo máximo de 30 días.

Artículo 44.-

1.- Se considerarán faltas graves:

25. Negarse a cumplir las misiones que le sean encomendadas sin causa justificable.

26. La utilización injustificada, fuera de los actos propios del servicio, del equipo, material y distintivos de la A.L.V.P.C..

27. La negligencia que produzca deterioro ó perdida del equipo, material, bienes ó documentos del servicio a su cargo y custodia.

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28. El no seguir las normas orgánicas y funcionales de la Agrupación o de los Servicios de Protección Civil Municipales y otros servicios actuantes de forma manifiesta y/o no justificada.

29. La notoria desconsideración hacia ciudadanos/as, miembros de la Agrupación o del Servicio de Protección Civil Municipal y/o de otros servicios actuantes.

30. La negligencia que cause daños de consideración en los locales, material o documentos de la Agrupación, así como en el equipo que tenga asignado a su cargo.

31. El incumplimiento del horario anual, cuando las faltas superen el 40% del total de las horas fijadas.

32. La no realización de como mínimo uno de cada tres servicios estructurados.

33. La grave perturbación de la actividad de la Agrupación.

34. La acumulación de tres faltas leves.

2) Las faltas graves podrán sancionarse con la suspensión de la condición de voluntario/a por un periodo de tiempo no inferior a 30 días ni superior a 180 días.

Artículo 45.-

1.- Se considerarán faltas muy graves:

− Dejar de cumplir, sin causa justificada, las exigencias del servicio.

− La inhibición en el cumplimiento de las tareas encomendadas.

− Haber sido condenado, con sentencia firme, por cualquier delito.

− La utilización, de forma particular y/o en beneficio propio del equipo, material, vehículos y distintivos de la A.L.V.P.C.

− La agresión de cualquier miembro de la Agrupación y/o desobediencia que pueda afectar al éxito de la misión encomendada.

− El negarse al cumplimiento de las sanciones de suspensión impuestas por la Alcaldía con motivo de alguna falta.

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− El consumo y abuso de alcohol ó de cualquier otra sustancia ilegal en actos de servicio.

− La realización de las actividades indicadas en el artículo nº 20 en acto de servicio, ó amparándose en condición de voluntario.

2.- Las faltas muy graves se sancionarán con suspensión de 180 días a dos años y en su caso con la expulsión definitiva de la A.L.V.P.C. del Ayuntamiento de Huétor Vega.

Artículo 46.-

Las faltas leves prescribirán a los seis meses de la fecha de su comisión, las graves al año y las muy graves a los dos años.

Artículo 47.-

1.- El voluntario tendrá derecho a un proceso justo y ecuánime que garantice su defensa.

2.- Las infracciones contempladas en este reglamento se sancionarán por la Junta Local de Protección Civil del Ayuntamiento de Huétor Vega, que estará compuesta por los componentes de la misma más el/la Jefe/a de la Agrupación Local de Voluntarios/as de Protección Civil.

3.- El procedimiento sancionador constará de las siguientes fases:

- Iniciación, bien por denuncia o de oficio por comunicación de un/a superior/a a el/la Jefe/a de la Agrupación ó a el/la Concejal/a Delegado/a.

- Instrucción del expediente con imposición de las sanción que en caso proceda.

- Resolución del expediente con imposición de las sanción que en su caso proceda.

- La sanción se notificará a el/la interesado/a y se anotará en su expediente.

Artículo 48.-

Se garantizará en todo caso, la imparcialidad de el/la instructor/a, la audiencia de el/la interesado/a, las pruebas, la defensa y el recurso.

SECCIÓN 10ª. RESCISIÓN Y SUSPENSIÓN DEL VÍNCULO VOLUNTARIO/AGRUPACIÓN.

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Artículo 49.-

La relación voluntaria con la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil podrá ser rescindida por las siguientes causas:

a) Por la petición expresa, mediante escrito, del interesado.

− Por incumplimiento del número de horas marcadas para la prestación anual de servicios.

− Por la no realización de, al menos, uno de cada cuatro servicios consecutivos ordinarios.

− Por la declaración de incapacidad.

− Por quedar incurso en situación de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos.

− Por expulsión como consecuencia de un procedimiento sancionador, hecho que será comunicado inmediatamente al interesado.

Artículo 50.-

En todos los casos en los cuales se produzca la rescisión de la relación del voluntario/a con la Agrupación, éste devolverá, de forma inmediata, equipos, acreditaciones y/o cualquier otro material que pertenezca a la Agrupación de Voluntarios/as que obre en su poder.

Artículo 51.-

La relación voluntaria con la Agrupación de Voluntarios/as de Protección Civil será interrumpida temporalmente por las siguientes causas:

Embarazo (siempre que sea solicitada por la interesada).

Atención a recién nacidos o hijos menores (siempre que sea solicitada por el/la afectado/a).

Enfermedad (justificada mediante informe médico).

Realización de estudios ó trabajo fuera de la localidad.

Artículo 52.-Plaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada) – Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail:

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En todo caso se expedirá a petición de el/la interesado/a, certificado en el que consten los servicios prestado a la Agrupación de Voluntarios/as y causa por la que se acordó la baja, remitiéndose copia a la Dirección General de Política Interior de la Junta de Andalucía.

Disposición Final Única.-

El presente Reglamento entrará en vigor de conformidad con lo dispuesto en la normativa de Régimen Local.

SEGUNDO. Someter a información pública y audiencia de los interesados por plazo de treinta días, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, así como en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, al objeto de que puedan presentarse las reclamaciones, reparos u observaciones que se estimen oportunas.

TERCERO. Entender definitivamente aprobado el Reglamento en el supuesto de que no sean presentadas reclamaciones contra el mismo en el período de exposición pública.

18. MOCIÓN DE IULV TRASLADAR LA PARADA DEL AUTOBÚS DE LA LÍNEA 184 DESDE LA AVD. DE DOÑA JUANA A LA

PLAZA CANALES.

Por Secretaría se procede a la lectura del Dictamen de la Comisión Informativa de fecha 23 de septiembre de 2011.

Tras ello, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 16 votos a favor que constituyen la unanimidad de los miembros presentes aprobándose y proclamándose adoptado el siguiente acuerdo:

UNICO. Aprobación la moción presentada por el GM IULV-CA sobre el sobre la parada del autobús de la línea 184 desde la Avd. de doña Juana a la Plaza Canales que literalmente dice:

MOCIÓN

TRASLADAR LA PARADA DEL AUTOBÚS DE LA LÍNEA 184DESDE LA AV DOÑA JUANA A LA PLAZA CANALES

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. En esta zona el autobús no tiene señalada una parada en un lugar concreto y aparca desde siempre en la vía pública después de la Plaza Canales.

2. Son numerosos los vecinos que se quejan de esta situación irregular, ya que el autobús parado impide al paso de los demás vehículos formándose un atasco.

PROPUESTA DE ACUERDO

Primero.- Estudiar las medidas a adoptar para la instalación de una marquesina para la parada del autobús y la correspondiente señalización vertical y horizontal unos 15 metros antes de la actual parada.

Segundo.- Estudiar las medidas a adoptar para habilitar una zona de estacionamiento para dicho autobús, usando para ello un metro y medio de la acera de la Plaza Canales.

Tercero.- Caso de que en Obras y Servicios no exista una marquesina disponible, para esta parada se podría usar la marquesina existente en el Camino de los Neveros sobre la acera y que estorba al paso de padres con cochecitos de niños y a los usuarios de sillas de ruedas.

19. MOCIÓN IULV-CA APERTURA DE LA PASARELA PEATONAL SOBRE LA AVD. DE DOÑA JUANA.

Por Secretaría se procede a la lectura del Dictamen de la Comisión Informativa de 23 de septiembre de 2011.

Por el Sr Alcalde se explica que ya se han solucionado los problemas y ya se ha recepcionado la pasarela.

El Sr. Concejal DON ANTONIO CASTRO JIMENEZ agradece que se le invitara a la apertura de la pasarela. A lo que se le contesta que no se ha inaugurado porque ya están convocadas las elecciones y no se pueden hacer esta clase de actos.

El Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER pide que a pesar de ello se vote la moción.

Tras ello, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 16 votos a favor que constituyen la unanimidad de los miembros presentes aprobándose y proclamándose adoptado el siguiente acuerdo:

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UNICO. Aprobación la moción presentada por el GM IULV-CA sobre la apertura de la pasarela peatonal sobre la Adv. De Doña Juana que literalmente dice:

MOCIÓN

APERTURA DE LA PASARELA PEATONAL SOBRELA AVENIDA DOÑA JUANA

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. Aunque con retraso, las obras de la pasarela ya hace meses que se terminaron.

2. Llega la temporada de lluvias y con ello aumenta la necesidad de que las personas mayores de las Casas Nuevas tengan un camino corto al Centro de Salud, así como las madres y los padres que llevan a sus hijos a las escuelas del municipio, y los alumnos que van al Instituto de Huerta Cercada.

PROPUESTA DE ACUERDO

Primero.- Poner en funcionamiento dicho paso peatonal, revisando antes naturalmente que con el tiempo que lleva terminado no se ha deteriorado y que los accesos se encuentran en buen estado.

20. MOCIÓN DE PP SOBRE DEFENSA Y RECONOCIMIENTO DE LAS DIPUTACIONES PROVINCIALES.

Por Secretaría se procede a la lectura del Dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 23 de septiembre de 2011.

El Sr. Concejal DON CONSTANTINO HERNANDEZ MEYER procede a la explicación de la moción, cuyo tenor literal es el siguiente:

Toma la palabra el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien literalmente dice:

La historia de las diputaciones remonta al 1812 con la promulgación de la Constitución de Cádiz. Se quiso que las diputaciones tuvieran carácter territorial y que gestionaran los intereses económico-administrativos de las provincias.

Actualmente todas las provincias españolas tienen su Diputación, bueno todas excepto las que se corresponden con una comunidad autónoma uniprovincial. ¿Se han preguntado Ustedes por qué Asturias, Cantabria, Madrid, La Rioja y Murcia, regiones en las que el territorio de la Comunidad es idéntico al de la Provincia, no tienen una Diputación Provincial? La respuesta es bien sencilla: Si Asturias, Cantabria, Madrid, La Rioja y Murcia tuvieran una Diputación, los políticos y funcionarios de los gobiernos autonómicos estarían en continuo

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litigio con los políticos y funcionarios de las Diputaciones, y o sobraban los unos o sobraban los otros. De ello se dieron cuenta los padres de la constitución y dejaron a estas comunidades sin diputaciones, y así los consejeros y funcionarios de cada autonomía gobiernan la autonomía y la provincia, zonas que geográficamente son idénticas.

¿Y qué pasa, por ejemplo, en Andalucía? Como Andalucía tiene 8 provincias, los consejeros de la Junta no pueden gobernar todo el territorio desde Sevilla y tienen por ello sus delegados en cada una de las provincias para gobernar el territorio.

Y si en Granada hay delegados de la Junta, de Cultura, Deportes, Medio Ambiente, Turismo, Empleo, Salud, Educación, Igualdad, Bienestar, etc. ¿para qué necesita Granada además diputadas y diputados de Cultura, Deportes, Medio Ambiente, Turismo, Empleo, Salud, Educación, Igualdad, Bienestar, etc.?

Y si en Granada hay funcionarios en las delegaciones de la Junta, Cultura, Deportes, Medio Ambiente, Turismo, Empleo, Salud, Educación, Igualdad, Bienestar, etc. ¿para qué necesita Granada además una Diputación con funcionarios en las áreas de Cultura, Deportes, Medio Ambiente, Turismo, Empleo, Salud, Educación, Igualdad, Bienestar, etc.?

Y si en Granada hay cientos de oficinas ocupadas por las delegaciones de la Junta, Cultura, Deportes, Medio Ambiente, Turismo, Empleo, Salud, Educación, Igualdad, Bienestar, etc. ¿para qué necesita Granada además oficinas y despachos para los políticos y funcionarios de Diputación de las áreas de Cultura, Deportes, Medio Ambiente, Turismo, Empleo, Salud, Educación, Igualdad, Bienestar, etc.?

Y si en Granada hay miles, sí millares o miles de teléfonos fijos y móviles y ordenadores que paga la Junta de Andalucía para las delegaciones de la Junta, Cultura, Deportes, Medio Ambiente, Turismo, Empleo, Salud, Educación, Igualdad, Bienestar, etc. ¿para qué necesita Granada además teléfonos fijos y móviles y ordenadores para los políticos y funcionarios de las áreas de Diputación de Cultura, Deportes, Medio Ambiente, Turismo, Empleo, Salud, Educación, Igualdad, Bienestar, etc.?

¿Se dan cuenta Ustedes? Todo por partida doble: Por partida doble las áreas, por partida doble los políticos, por partida doble los funcionarios, por partida doble las oficinas y despachos, por partida doble los teléfonos, móviles y ordenadores, por partida doble la burocracia y ... por favor ¡ATENCIÓN A LO QUE VOY A DECIR AHORA! Por partida doble los cargos de confianza, por partida doble los cargos digitales (digitales viene de digitus, dedo), por partida doble los sueldos, por partida doble las dietas, por partida doble los gastos extra.

Ya no vivimos en los tiempos después de Napoleón, en los que sí tenían sentido las Diputaciones Provinciales para hacer una política que amortiguara en cierto modo la política centralista en la que España ha vivido hasta llegar a la Transición.

Actualmente, en nuestro país, el gobierno se encuentra perfectamente dividido en tres niveles: central, autonómico y municipal. Tener además un gobierno provincial, Diputaciones, es un lujo que, además de ser innecesario, no nos podemos permitir.

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Dediquémonos a fortalecer estos tres niveles de gobierno, municipal, autonómico y central, dediquémonos a conseguir la tantas veces pretendida y deseada y necesaria financiación del 33, 33 y 33 por ciento.

Dediquémonos, además, a fortalecer las mancomunidades y comarcas para aprovechar mejor los recursos tan limitados.

Termino ya: Los de Izquierda Unida Los Verdes no vamos a defender las Diputaciones. El papel que desempeñaron hace dos siglos no nos interesa ahora. Lo que tenemos que evaluar hoy es su papel actual, que es el de pura e innecesaria redundancia de funciones. Nosotros vamos a votar en contra de esta moción y comprendemos que haya políticos a los que no les gusta que Izquierda Unida se oponga a la existencia de las Diputaciones, convertidas en aparcamientos para políticos que no encontraron puesto y sueldo en sus respectivos ayuntamientos, no sólo con el PSOE sino también con el PP como es el caso de Huétor-Vega; aquí el PP presume de ahorro y austeridad en lo que se refiere a personal liberado y cargos de confianza, pero que si coloca al concejal Don Constantino y a la concejala Doña Carmen como cargos de libre designación en Diputación con sueldos de casi alcaldes (sí 42000 € sin dietas ni kilometraje frente a los 46000 € que gana el alcalde), vemos que el PP se destapa la careta y muestra que sus criterios de austeridad y ahorro son falsos. En resumen: Izquierda Unida Los Verdes va a votar en contra de esta moción formulada, no como la de IU aquí en Huétor-Vega, sino en la calle San Fernando de Sevilla, sede del PP Andaluz.

Por Doña ANA BARRERA MARTÍN se anuncia el voto en contra de la moción porque entiende que se pisan administraciones autonómicas, provinciales y locales y hay que buscar formulas como las mancomunidades para ahorrar en el coste de los servicios.

Toma la palabra el Sr. Concejal DON CONSTANTINO MARTINEZ HERNANDEZ quien resalta que PSOE e IU se han dado cuenta que las Diputaciones no sirvan cuando precisamente las han perdido. Lamenta que no se dieran cuenta antes porque les hubieran ahorrado muchos problemas, por Ej. En el área que él lleva ahora y que antes llevaba IU. La Diputación tiene su función de apoyo a los municipios sin recursos. Además, el nuevo Equipo de Gobierno de Diputación no cobra dietas. Y es curioso que la Diputada que más ha cobrado dietas era de IU, así que es curioso que se dé esos golpes de pecho. En cuanto al sueldo se lo han bajado un 10% respecto a lo que cobraban los de IU y PSOE.

Solicita la palabra el Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER quien dice que IU siempre ha estado en contra de Diputación y si entraron fue porque ya que existen vamos a hacerlo mejor. Además ahora desde la Diputación no se está haciendo ninguna actividad cultural. Se ha estado en contra siempre.

Seguidamente interviene la Sra. Concejala DOÑA ANA BARRERA MARTÍN quien dice que es la nueva coyuntura económica la que plantea la necesidad de recortar los gastos y por eso las Diputaciones.

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El Sr. Alcalde dice que antes había muchas actividades porque cobraban dietas por ellas. Ahora lo que se pretende es recortar gastos y esto lo ha hecho el PP

Tras ello, se somete a votación la propuesta de acuerdo dictaminada por la Comisión Informativa de Gobernación de fecha 23 de septiembre de 2011, emitiéndose 12 votos a favor correspondientes al GM PP y 4 votos en contra correspondientes a los GM PSOE ( Don Antonio Castro Jiménez y Doña Ana Barrera Martín) e IULV-CA (Don Jesús Fernández Martín y Don Federico Hernández Meyer) aprobándose y proclamándose adoptado el siguiente acuerdo .

UNICO. Aprobar la moción presentada por el PP sobre defensa y reconocimiento de las Diputaciones Provinciales que literalmente dice:

Defensa y reconocimiento de las Diputaciones Provinciales

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Las Diputaciones Provinciales son auténticos pilares de la Comunidad Autónoma Andaluza. Contribuyen al equilibrio territorial, prestan servicios de primera necesidad e impulsan actuaciones complementarias que mejoran la gestión local, especialmente en los municipios más pequeños, que por sí solos no podrían ofrecer un mínimo de servicios a los ciudadanos. No en vano, el Estatuto de Autonomía de Andalucía y la Constitución Española las reconocen como verdaderas administraciones territoriales con competencias propias y autonomía para la gestión de sus intereses. La actual redacción del artículo 96 del Estatuto y el 141 de la Constitución, no admiten la desaparición de la provincia, ni de las actuales diputaciones, y así lo ha manifestado en diferentes ocasiones el Tribunal Constitucional.

Las Corporaciones Locales desempeñan un papel cada vez más importante en el conjunto del sector público ya que, por su experiencia y cercanía al ciudadano, prestan mejor los servicios que éste demanda. El proceso de descentralización y la aplicación del principio de subsidiariedad están contribuyendo decididamente a acelerar este acercamiento.

En Andalucía se ha hecho uso de las Diputaciones Provinciales para otros fines muy distintos de los ya mencionados. Es habitual encontrar ocupando altos cargos y puestos de confianza a un gran número de ex alcaldes y ex alcaldesas del PSOE, militantes destacados o personal que no tienen ninguna dedicación a la Corporación Provincial ni a los municipios, y sí a su partido político. El reparto de subvenciones y ayudas no siempre responde a criterios objetivos o de solidaridad con los municipios más necesitados y con menos recursos.

A ello se añade la insuficiencia financiera cada vez más acusada con que afrontan las Diputaciones el mantenimiento de sus propios servicios y funciones. Su escasa capacidad para generar recursos, supedita su autonomía financiera a la voluntad de las otras Administraciones.

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No se puede ignorar el origen constitucional de la autonomía provincial y el reflejo en el Estatuto de Autonomía de Andalucía, así como la importancia de su papel en el ejercicio de competencias propias en la ayuda a los pequeños municipios y el fomento de los intereses provinciales.

Es, por ello, especialmente insultante que el ex Presidente de la Junta de Andalucía Manuel Chaves, y otros líderes socialistas, después de perder cotas importantes de gobierno en las Diputaciones Provinciales, especialmente en Andalucía, propongan ahora la supresión de las mismas simplemente porque no las gobiernan. Lo que exige la sociedad y el momento actual que atravesamos es un debate sereno, riguroso y profundo sobre el funcionamiento de cada administración pública y el sistema más eficiente de financiarlo.

Consideramos que nuestros esfuerzos deben ir encaminados a conseguir una racionalización de las competencias asignadas a cada nivel administrativo, acompañado de un ejercicio amplio de austeridad, eliminación de duplicidades y de órganos innecesarios, con el objetivo de aumentar la eficacia, eficiencia y economía en la gestión de los recursos públicos. Nunca hay que olvidar que cualquier acción política debe ir orientada a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos con independencia del lugar de residencia que hayan elegido. Es decir, todo lo contrario de lo que ha venido haciendo el PSOE en las últimas décadas en Andalucía. No hay más que ver la proliferación de mancomunidades, sociedades y otros órganos mixtos creados en los últimos tiempos y la duplicidad en los servicios que ofrecen.

El Partido Popular siempre ha defendido la necesidad de reformular el papel institucional y competencia) de las Diputaciones Provinciales para modernizarlas y desprenderlas de las características impropias que han desnaturalizado su función.

Por lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal Popular propone a este Pleno para su aprobación los siguientes

ACUERDOS:

1- Reconocer el valor institucional de la Diputaciones Provinciales como gobiernos que cumplen la misión de cooperar en la vertebración territorial y de velar por la igualdad y acceso de todos los ciudadanos a los servicios públicos, especialmente de aquellos que viven en los municipios pequeños y medianos.

2-Instar a los gobiernos de la Junta de Andalucía y de la Nación a que:

a- Concreten un núcleo claro de competencias propias de las Diputaciones y de atribuciones de funciones delegadas por otras administraciones, con financiación vinculada, en razón de su mayor cercanía al vecino y menor coste de prestación de los servicios.

b- Establezcan un proceso continuo de eliminación de duplicidades y de órganos innecesarios, con el objetivo de aumentar la eficacia, eficiencia y economía en la gestión de los recursos públicos.

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c- Estudien la modificación del sistema de elección de los miembros de las Diputaciones Provinciales para dotar a estos Gobiernos de mayor transparencia y cercanía con la sociedad.

d- Promuevan la reforma de la financiación local para que proporcione a estas Instituciones Provinciales los recursos económicos suficientes con los que hacer frente a sus retos de futuro, en beneficio de los ciudadanos.

21. APROBACIÓN DE LOS PROYECTOS DE OBRA DEL PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEO AGRARIO.

Por tratarse de un asunto no dictaminado por la Comisión Informativa se solicita la ratificación de la inclusión en el orden del día, lo que queda ratificado por unanimidad de los asistentes.

El Sr. Concejal DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER pregunta porque se trae otra vez.

Se explica por el Alcalde que son cosas que ahora nos están exigiendo, al mandar el proyecto nos exigen que se apruebe por el pleno. Primero se aprobó la modificación de crédito para darle consignación y ahora se aprueba el proyecto porque mientras no estuviera aprobada la consignación presupuestaria definitivamente no se podía aprobar el proyecto.

Tras ello se somete a votación la propuesta de acuerdo emitiéndose 16 votos a favor que constituyen la unanimidad de los miembros presentes, aprobándose y proclamándose adoptado el siguiente acuerdo:PRIMERO. Aprobar la memorias redactada por el Técnico Municipal así como su realización por administración directa dado el fin de estos fondos, para combatir el desempleo.

La Memoria que queda afectada al Programa de Fomento de Empleo Agrario es : “REPOSICIÓN DE FIRMES EN CALLEJON DE LOS HURTADO”.

COSTE DE LA OBRA: 15.823,07COSTES LABORALES: 10.911,25COSTES MATERIALES: 4.911,82

SEGUNDO. Solicitar al SPEE , una subvención a fondo perdido de 9.557,00 Euros, para financiar costes salariales derivados de la contratación de mano de obra.

TERCERO. Solicitar una subvención tanto a la Diputación Provincial de Granada como a la Junta de Andalucía para financiar los costes de materiales, por un importe de 3.822,80 Euros.

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PARTE DE CONTROL

22. DACIÓN DE CUENTAS DE DECRETOS DE ALCALDÍA.

Se da cuenta de los Decretos num. 738 a 940 /2011

23. DACIÓN DE CUENTAS DE RESOLUCIONES JUDICIALES.

Se da cuenta de las Resoluciones Judiciales.

- Juzgado Contencioso Administrativo num. 4 de Granada en relación al Procedimiento abreviado 86/2011. Acto recurrido: Desestimación presunta, por silencio administrativo de recurso de reposición de 9 de julio de 2010 contra Liquidación por IIVTNU. (Plusvalía)

- Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Granada en relación al Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 986 / 2011. Acto recurrido: Embargo y retención de sueldo a Rocío Vilchez Tirado.

- Juzgado Contencioso Administrativo núm. 5 de Granada en relación al Procedimiento abreviado 423/2011. Acto recurrido; Desestimatoria por silencio de solicitud de 4-10-10 que interesa abono de diferencias económicas en la valoración de las horas prestadas como servicios extraordinarios. Moisés Girela del Paso.

- Juzgado Contencioso Administrativo núm. 5 de Granada en relación al Procedimiento abreviado 422/2011. Acto recurrido; Desestimatoria por silencio de solicitud de 4/10/10 que interesa abono de diferencias económicas en la valoración de las horas prestadas como servicios extraordinarios. Julio Antonio Martínez Gil.

- Juzgado Contencioso Administrativo num. 2 de Granada en relación al Procedimiento abreviado 81/2011. Pieza de suspensión nº 19/11. Acto recurrido: contra Liquidación por IIVTNU. (Plusvalía).

- Juzgado Contencioso Administrativo núm. 2 de Granada en relación al Procedimiento

abreviado 47/2011. Pieza de suspensión 2/2011. Acto recurrido Expediente liquidación por IIVTNU (Plusvalía).

- Juzgado Contencioso Administrativo núm. 1 de Granada en relación al Procedimiento ordinario 113/2011. Acto recurrido 7/09/2010, liquidación por IIVTNU (Plusvalía).

- Juzgado Contencioso Administrativo núm 3 de Granada en relación al Procedimiento

abreviado 88/2011. Acto recurrido: Desestimatoria presunta de recurso de reposición contra liquidación por IIVTNU (Plusvalía).

- Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Solicitando informe sobre si previamente se dio publicidad necesaria a la/s vacante/s de Juez/ces de Paz titular y sustituto.

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- Juzgado Contencioso Administrativo núm. 3 de Granada en relación al Procedimiento abreviado 527/2088. Acto recurrido: Desestimatoria presunta de reclamación de 582 euros de compensación por servicios prestados en horario nocturno y festivos. Ricardo Calvo Amador.

24. RUEGOS Y PREGUNTAS.

ANA BARRERA MARTIN PSOE Ruegos y preguntas:

1º Ruego: Que hiciera una gestión económica global y avanzara un presupuesto, para dejar de ir trasladando de unas partidas a otras que no están ajustadas porque se prorrogó el presupuesto de 2010; y así facilitar la gestión, que creemos que es una obligación para gobernar, básica.

2º Ruego: Trasladar a la ciudadanía los contenidos del pliego de contratación talleres culturales.

3º Ruego: En que situación se encuentra la Subvención del proyecto Encamina2 con la que se estaba trabajando para actuaciones en el Camino del lunes y Rambla de las Chinas. Si eso se puede continuar.

4º Ruego: Ya que supone este proyecto poner en valor y el buen uso en determinadas zonas y eso repercute positivamente en el municipio.

5º Ruego: El proyecto de los Caminos Escolares Seguros, que era tan importante y que pusimos en marcha. Es muy importante para la seguridad de los niños y niñas de nuestro pueblo. En que situación está y si se puede continuar

6º Ruego: Manifestar nuestra satisfacción por la intervención de la Junta de Andalucía en el Camino Real de los Neveros que va a permitir la promoción turística, deportiva, empresarial….

7º Ruego: Que nos comenten si ha habido alguna actuación por parte de el Plan Ola en los centros escolares y en caso de que no se haya actuado, recordar que se invirtieron 300,000€ en los centros escolares por parte de El Gobierno anterior para la mejora de los mismos.

8º Manifestar que nos parece muy buena idea el traslado del Juzgado de Paz. Que la calle Real ya estaba muy saturada y que habían gran dificultad para acceder a tramites que la gente tenía que realizar

9º Queríamos saber si se mantiene para cultura y deportes un horario de tarde continuo, aunque no sea todas las tardes, para que pueda acceder la ciudadanía también en horario de tarde.

10º Les rogamos encarecidamente que cuiden las actividades juveniles. Hemos perdido el festival de B Boying 4 Wife de Brake; se ha ido a Maracena, y era una actividad juvenil que tenía mucha tradición aquí, y ellos sólo pedían el local y se comprometían a mantenerlo como venían haciendo hasta ahora.

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11º Para terminar comentar, que no entendemos lo que están haciendo en la Plaza de la Iglesia, que ya hay un movimiento ciudadano en contra, desde el Lunes, que se valló y se empezó a levantar las jardineras, venimos recibiendo numerosas quejas de los vecinos indignados y pidiéndonos que por favor traslademos el ruego de que esto no continúe.

Que costó 2180.000 euros remodelar toda la zona, crear los nuevos aparcamientos, hacer la

rotonda para facilitar la viabilidad. Que entendemos que lo que se va a provocar es un mayor atasco, que creemos que esa Plaza de la Iglesia es una plaza del pueblo para que el pueblo la disfrute y no entendemos como la levanta, creemos que desgraciadamente puede que pase usted a la historia, entre otras cosas, por quitar plazas en vez de poner plazas, cuando lo que hay que hacer es peatonalizar y creemos que nos podemos permitir una llamada de atención porque hay muchas maneras de entender la democracia. La democracia no es sólo que tengo mas votos, tengo más poder sino también que tengo más responsabilidad tengo que tener más sensatez y más sentido común y levantando la Plaza de la Iglesia no está demostrando más sensatez ni sentido común ni compromiso con la ciudadanía.

Estamos realmente impresionados por el tono político de su inicio de mandato y esperamos que por el bien de todos, reflexione usted y su grupo empezando por devolver al pueblo su plaza en un gesto de nobleza y democracia.

El Sr. Alcalde interviene diciendo en lo referente a esto último que se está demostrando responsabilidad, sensatez y sentido común, ahí se está jugando la vida de muchos empleos de las familias que trabajan en los comercios colindantes.El Sr. Alcalde recuerda que tienen 12 concejales y esto no se ha conseguido por obra y gracia del espíritu santo. La gente no sólo ha apoyado al Partido Popular sino también el programa electoral, en el cual venía la remodelación y apertura de la Calle de la Iglesia, si los comerciantes estaban de acuerdo. En lo referente al problema que hubo con la actividad juvenil de B Boying 4 Wife de Brake, se lo contestará el concejal D. Roberto Molina.Las Áreas de Cultura, Deportes y Juventud continúan con el mismo horario que tenía en Huerta Cercada.El traslado del Juzgado de Paz era otro compromiso que teníamos en nuestro programa electoral y ya está hecho.En lo referente al Plan Ola, la concejala Doña Patricia Morales, le podrá contestar.El Proyecto de los Caminos Escolares Seguros, hemos seguido con ellos.La Junta de Andalucía pidió permiso para arreglar el Camino Real de los Neveros, espero que genere todo lo que dice que va a generar.El proyecto Encamina2 nos llegó la resolución la semana pasada para que presentemos los proyectos.El Pliego de los Talleres Culturales está a disposición del público, publicado en el Boletín de la Provincia.El Presupuesto pretendemos aprobarlo en el mes de Octubre.

Interviene DON ROBERTO MOLINA, explicando que los problemas que hubo con la actividad juvenil B Boying 4 Wife de Brake. Han sido la falta de presupuesto, estudio para poder financiar dicha actividad y falta de acuerdo y coordinación con el organizador del Festival mencionado, entre otros.

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A LAS 15.10 HORAS ABANDONA LA SESIÓN ELISA ISABEL GONZALEZ PEDRAZA

Toma la palabra DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER y comienza su turno de preguntas:

1. Pregunta

¿Podemos saber, Sr. Alcalde, por qué han desmantelado la Plaza de la Iglesia para volver a pasar los coches por ella? Cuando en todo el mundo se peatonalizan calles y plazas, en nuestro pueblo sucede justamente lo contrario. ¿Por una docena de votos ponen en peligro la vida de quienes acuden a la Iglesia a bautizar a un nuevo ciudadano, a unir en matrimonio a una pareja, a celebrar una primera comunión o a despedir a un familiar antes de ser enterrado? ¿No se dan cuenta de que las personas que allí acuden tienen pleno derecho de acudir invadidos por sus sentimientos de pena o de alegría, los cuales muchas veces impiden darse cuenta de los camiones, autobuses, coches y motos que pasan por en medio de los asistentes a estos actos? ¿Cómo es posible Sr. Alcalde que echen tan de lado la seguridad de la ciudadanía?Según comunicó Usted, Sr. Alcalde, en las comisiones informativas, la situación económica del ayuntamiento es tan mala que no tienen dinero ni para comprar un bote de pintura para obras y servicios. Sr. Alcalde, así se destapan Ustedes la careta y muestran que sus criterios de austeridad son una mentira, son falsos. Destrozan jardineras, destrozan plantas, destrozan adoquines, destrozan losetas, destrozan toda una calle.

¿Quién les ha dado a Ustedes la autorización para convertirse en Atila, el rey de los Unos, perdón del PP; desde luego que donde Ustedes han echado los adoquines encima de las plantas no vuelve a crecer ninguna de ellas.

¿Qué partida presupuestaria tienen para pagar las obras? ¿Ha aprobado las obras una Junta de Gobierno, la Junta de Portavoces, el Pleno...? ¿Saben Ustedes que hace dos años se gastaron 218.000 € de una subvención?¿Saben Ustedes que obras hechas con una subvención están blindadas durante 4 años, y si se le toca a la obra antes de dichos 4 años hay que devolver la subvención?¿Saben ustedes que deberán devolver la subvención?

El Sr. Alcalde le responde que ellos quieren hacer lo mismo con otra zona del municipio, que también se hizo con una subvención y ahora proponen remodelarla y encima es zona verde. No se entiende que en un sitio estén en contra y en otro estén a favor dándose las mismas circunstancias.

El Sr. Alcalde también le responde que no hay ninguna partida presupuestaria para esas obras porque o se va a invertir nada, es más, los adoquines se van a reutilizar en otras calles que hacen mucha falta.

Continúa con el turno de preguntas de Izquierda Unida DON JESUS FERNANDEZ MARTÍN:

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- 1 PreguntaDesde principios de septiembre, las peñas deportivas que disfrutan de las pistas de

fútbol-sala del Polideportivo Municipal Las viñas ven como las porterías de dicho campo no disponen de redes de calidad sino que están agujereadas y deterioradas, por lo que rogaría que se cambiaran por unas nuevas a la mayor brevedad posible, ya que las peñas han abonado una cantidad, exigida por el ayuntamiento, para disfrutar de unas instalaciones adecuadas en todos sus aspectos.

- 2 PreguntaEn las pasadas fiestas de San Roque, hemos visto como se celebraban actividades de

diversa índole, pudimos ver como los comerciantes de la calle Jiménez llevaban a cabo una iniciativa novedosa y a la vez muy exitosa, creando la primera feria de “la tapa”, pero desgraciadamente presenciamos como varias personas iniciaban una pelea en dicho evento, ¿Qué dispositivo de seguridad había preparado el Ayuntamiento al respecto? ¿Qué medidas de evacuación tenían previstas en caso de emergencia? En caso que exista un protocolo de actuación me gustaría que me lo facilitaran.

- 3 Pregunta o ruegoUstedes van con el estandarte de la austeridad, y me gustaría comentar que en la Junta

de Gobierno Local que usted preside, está formada por una serie de concejales, reuniéndose dos veces al mes y cada reunión es retribuida económicamente a cada uno de los concejales que no cobran otro dinero del Ayuntamiento; usted como Alcalde no cobra nada, ya que dentro de su sueldo está ese dinero, pero los demás concejales que la conforman: Constantino, Elisa, Mariano Girela, José Antonio y Susana si perciben una cantidad en euros por lo que cada reunión le sale por un “pico” a las arcas municipales. Aprovechando que Don Roberto y Doña Pili ya reciben un dinero del Ayuntamiento y no cobrarían por asistir a dichas reuniones yo ruego que estos dos compañeros concejales ocupen dos plazas de otros compañeros que salgan y así al Ayuntamiento se le ahorraría una cantidad bastante considerable al mes.

-4 RuegoHace unos días se hizo entrega a los padres que tienen hijos en los colegios de la

localidad una circular procedente de la concejalía de Tráfico donde se indicaban varias medidas a tener en cuenta a la hora de llevar a los niños a la escuela, entre ellas destacaba que ·”si no es necesario , por favor, no acudir al centro en vehículo” resulta muy fácil decir eso, sobre todos a las familias que han tenido que estar todos estos días sin poder utilizar la pasarela y sin tener unos accesos adecuados. Yo rogaría que se suprimiera esta medida.

-5Sr. Alcalde, en el Pleno del pasado mes de junio, no pude acudir a mi trabajo en Murcia

porque puso el Pleno a las 12:00 horas, usted me dijo que los niños ya estaban en la calle y que su hija llevaba quince días correteando, bien, hoy celebramos el pleno de nuevo a las 12:00, ¿está su hija también correteando por la calle?, yo creo que no, a no ser que haya hecho “novillos”. Yo no pido que se celebren los plenos por la tarde por mí , yo pido que se celebren por la tarde por esa gente que está trabajando en la obra y no puede venir por el que está en una guardería y sobre todo por los veinticinco niños que he dejado y necesitan refuerzo educativo, eso no es premiar, ni fomentar una formación una educación pública de calidad. A lo mejor es que está

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usted haciendo lo que el Partido Popular quiere hacer en un futuro como en Madrid, en Murcia. Ruego que los plenos vuelvan a ser por la tarde como todos estos años han sido.

-6Hoy cuando he entrado me he alegrado al ver que no estaba el coche del Alcalde

aparcado donde le dije la otra vez que no se podía aparcar, ni el de el Concejal Don Constantino. Claro ya no lo aparcan ahí pero dejamos pilonas y quitamos dos plazas de aparcamiento, ahora resulta que los comerciantes de esta zona el negocio les va muy boyante y no necesitan aparcamientos de quince minutos porque los dejamos para las motos.

-7 RuegoReferente a lo que me han dicho que gracias a la política estoy aquí y que vivo de esto.

Yo soy funcionario y siempre he dicho que yo jamás viviría de la política y casualmente el otro día en las Comisiones Informativas, Doña Pilar Pérez Velázquez me dijo que yo vivía de la política y hoy Doña Carmen López Nieto me vuelve a decir lo mismo y casualmente me lo dicen dos personas que sí viven completamente de la política.

Doña Carmen López Nieto, interviene diciendo que ella ha estado trabajando muchos años en las empresas privadas.

El Sr. Alcalde comenta que de Izquierda Unida hay dos diputados y ha habido otros dos antes que están cobrando y que han “robado” a la diputación” porque han cobrado unas dietas tremendas.

Don Jesús Fernández Martín pide que conste en acta lo comentado por el Sr. Alcalde de que los diputados de Izquierda Unida han “robado“ de la diputación; es una acusación muy grave decir que dos compañeros míos han robado en diputación.

El Sr. Alcalde dice que no se refería a robar estrictamente sino a las dietas que han cobrado sin haberlas merecido.

Interviene Doña Pilar Pérez Velazquez, y comienza diciendo un refrán “El que dice lo que no debe escucha lo que no quiere” y no se puede presumir de una cosa que luego uno no va a ser capaz de llevar a cabo. Usted no está viviendo de la política porque usted no está cobrando un sueldo del ayuntamiento, pero usted está cobrando unas dietas por asistir a plenos y Comisiones Informativas como todos nosotros.

El Sr. Alcalde, le responde en referencia al horario del Pleno, que ese es el que se ha puesto desde el principio de este mandato y hacerlo por la mañana supone un ahorro en horas extras.

La austeridad que pide para los miembros de las Juntas de Gobierno, antes también se hacía de la misma manera y nadie decía nada, asistían los que no estaban liberados y todo estaba bien. Y ahora no lo ven bien.

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Con referencia a las fiestas celebradas en la calle Jiménez para el protocolo a seguir se contó con la Guardia Civil y la Policía Local que llegaron y evitaron el embrollo que se había liado

Con respecto a las redes del campo de Fútbol en la medida que sea posible se cambiaran sobre la marcha.

Interviene de nuevo DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER con el turno de preguntas:

Hace un ruego general, que en sucesivos plenos no se le vaya el pleno de las manos respecto a las intervenciones del algunos de los concejales que han intervenido sin que usted les de la palabra.

1. PreguntaNo me voy a poner a cuestionar la valía del concejal de Juventud de Huétor-Vega,

porque si el alcalde ha nombrado para este cargo a Roberto Molina, sus razones tendrá. Pero lo que sí es cierto es que la concejala de Juventud de Maracena es una persona que sabe luchar mejor por su pueblo y hasta consigue quitarle a Huétor-Vega la novena edición del festival 'BBoying 4Life', uno de los más reconocidos y consolidados a nivel nacional. La concejala de Maracena ha sabido luchar (más) por su pueblo que el concejal Roberto Molina y el alcalde Mariano Molina de Huétor-Vega. Mi pregunta: ¿Por qué se negaron Ustedes a poner a disposición de este Festival el Pabellón Cubierto? En las últimas negociaciones los organizadores les dijeron claramente que prescindían de la subvención, que sólo necesitaban el Pabellón. Ustedes, según el periódico IDEAL se negaron a ello. Ustedes me dijeron personalmente que IDEAL mintió. Otra pregunta: ¿Si es verdad que IDEAL mintió, qué es lo que Ustedes han hecho, si es que han hecho algo, para que IDEAL se retractara?

2. PreguntaPara nuestro trabajo como Grupo Municipal necesitamos información detallada sobre los

turnos de trabajo de la Policía Local de Huétor-Vega desde el 1 de enero de 2011 hasta el 31 de julio de 2011. Esta petición la hicimos el 7 de agosto, hace casi dos meses. ¿Cuándo se nos dará la información requerida?

3. PreguntaLe recuerdo, Sr. Alcalde, que no hemos recibido todavía respuesta a mi petición del 8 de

Julio de 2011 sobre una copia del vigente contrato con la empresa de autobuses de línea Liñán. Pronto hará 3 meses de ello. ¿Cuándo se nos dará esta información que necesitamos para nuestro trabajo como Grupo Municipal de esta Corporación?

El Sr. Alcalde le contesta diciendo que la copia de este contrato que solicita tendrá que pedirla en la Junta de Andalucía, ya que el Ayuntamiento no la tiene, porque eso es una concesión que da la Junta de Andalucía y no el Ayuntamiento de Huétor Vega.

4. PreguntaEn el Pleno del 21 de julio, si no es porque Izquierda Unida se ha tomado muy en serio

su trabajo de oposición seria y constructiva, a los usuarios de las pistas de pádel, por ejemplo, se les habría subido la tasa de 10 a 13 € sin luz y de 13 a 16 € con luz. Estas y otras subidas fueron

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calificadas por este portavoz como un intento de meterle la mano al ciudadano en su bolsillo. Usted, Sr. Alcalde, se defendió diciendo que se trataba de un error. Mi pregunta: ¿Sabe ya por qué se cometió el error? Y ¿qué medidas ha tomado para que no se vuelva a repetir este error?

El Sr. Alcalde le responde que ya se lo dijo el Sr. Interventor, que había habido un pequeño traspapeleo de tanta ordenanza y en lo sucesivo se repasará con más ahínco para que no vuelva a suceder.

Referente a la petición de información detallada sobre los turnos de trabajo de la Policía Local de Huétor-Vega interviene el concejal DON CONSTANTINO MARTINEZ HERNANDEZ, diciéndole que no se le ha facilitado antes por un error de interpretación, él se creía que querían los turnos de la Policía Local por adelantado y ahora se ha dado cuenta de que su petición es otra. Le pide disculpas y se lo hará llegar lo antes posible

A LAS 15.30 HORAS ABANDONA LA SESIÓN DON JOSE ANTONIO MARTIN

5. PreguntaEn el programa electoral del PP prometían permitir kioskos en las plazas fomentando el

empleo ¿verdad?. Entonces ¿por qué a una empresa dedicada a la venta de productos de alimentación le deniega Usted, Sr. Alcalde, el permiso de poner dos mesas delante de su negocio, para que mientras un miembro de la familia está comprando, otros se puedan quedar fuera con los niños tomando un refresco? ¿No cree que aunque no se trate de un kiosko sería conveniente reconsiderar esta decisión o reformular la ordenanza en cuestión?.

El Sr. Alcalde, le dice que legalmente no se puede dar ese permiso.

6. PreguntaPor la web del PP –no por la web del Ayuntamiento- nos hemos enterado de las dos

nuevas paradas que tendrá el bus de la línea 184 al desviarse a la calle Francia. Como esta desviación y las dos paradas fueron propuestas por el anterior concejal del anterior mandato y la empresa Liñán se opuso, le preguntamos Sr. Alcalde, ¿cuánto le cuesta esto a las arcas del Ayuntamiento? O ¿qué es lo que le ha ofrecido a cambio a la empresa Liñán? Por ejemplo ¿un trato benévolo a la hora de prolongar el contrato que está a punto de caducar? ¿Es por esto, quizás, por lo que no nos entregan el contrato al que antes me he referido?

El Sr. Alcalde le responde que esa concesión no la lleva el Ayuntamiento sino la Junta de Andalucía. Y que ese cambio no le va a costar ni un euro al Ayuntamiento.

7. PreguntaQueremos saber el estado actual en el que se encuentra el Consejo de Medios de

Comunicación. ¿Se han puesto en contacto con las Asociaciones de Huétor-Vega para saber quienes van a constituir, además de los políticos y funcionarios, la otra mitad de este Consejo? Les recuerdo que este portavoz, cuando formaba parte del equipo de gobierno, sacó adelante un Estatuto de Medios de Comunicación para garantizar la libertad de prensa, pluralidad e independencia periodística de nuestro Periódico HV y de nuestra Radio Contadero. ¿Cómo se está poniendo en práctica dicho Estatuto? ¿Cuándo entrará en funciones el Consejo de Medios de Comunicación?

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Queremos evitar que haya tentaciones para hacer lo que el PP quiso hacer con RTVE.

El Sr. Alcalde, le responde que el estuvo en aquellas negociaciones y se aprobó en pleno mucho antes de que se rompiera el pacto. Poco a poco lo retomaremos y veremos como va este tema.

Don Federico Hernández Meyer transforma la pregunta en un ruego y pide que en el siguiente pleno se le informe de cómo va este tema.

8. Pregunta¿Por qué el Teléfono de la Policía Local, cuando no hay turnos de servicio, no está

conectado como era costumbre al teléfono de la Guardia Civil, para que este cuerpo pueda cubrir cualquier emergencia? Me di cuenta de que no están conectados el viernes pasado, 23 de septiembre. A eso de las 21H30, un amigo me alertó de que salía agua a chorros del bajo de Obras y Servicios en la Cañadilla. Inmediatamente llamé a la Policía Local, tomaron nota y prometieron ir al lugar en cuestión. Al pasar por allí a eso de las 24H00 me di cuenta que seguía saliendo el agua por la ventana. Al llamar de nuevo, el teléfono de la Policía Local estaba desconectado.

DON CONSTANTINO MARTINEZ HERNANDEZ, interviene respondiendo que por que no le hace esa pregunta al anterior concejal de su partido, que fue el que se cargó el sistema que había de desvíos telefónicos. Ahora por el tipo de contrato que tenemos, nos es bastante difícil el volverlo a activar, pero estamos en ello.

9. PreguntaEn el Pleno del 29 de agosto, el Sr. Alcalde, a propuesta de este portavoz de Izquierda

Unida Los Verdes aprobó que se dejara de avisar por mensaje de móvil la convocatoria de comisiones informativas y plenos ya que eso supone un gasto para las concejalas y concejales sin móvil corporativo. El Alcalde lo aprobó pero seguimos recibiendo mensajes en el móvil. ¿Por qué? ¿Está Usted quizás tan atareado con el desmantelamiento y destrozo de la Plaza de la Iglesia que no ha tenido tiempo para pasar este acuerdo a los funcionarios y técnicos en cuestión?

1. RuegoEn la Caseta Municipal de las Fiestas de San Roque había siempre en el centro y en

primera fila una mesa reservada. Según indicaban los diferentes camareros estaba reservada POR EL AYUNTAMIENTO. Aunque soy concejal y parte de la Corporación de este Ayuntamiento la respeté. Pensé: “Quizás la ha reservado el equipo de gobierno”. A lo largo de las diferentes noches pude comprobar que tampoco era para el Equipo de Gobierno. En ella estaban algunos concejales del PP pero había muchas otras personas que solo eran militantes o afiliados del PP. Estoy seguro que la reserva se hizo desde el Ayuntamiento, por eso los camareros decían que estaba reservada por el Ayuntamiento. Por esto ruego que en el futuro diferencien bien entre Ayuntamiento y PP, y si quieren una mesa para el PP que digan que es para el PP y que no la reserven desde el Ayuntamiento y mucho menos por personal municipal.

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2. RuegoEn las fiestas, cuando por la Paella del Parque de los Pinos hubo que cerrar el primer

tramo de la calle Monte Vélez, observé al propietario del restaurante Monte Vélez poniendo cartón con una flecha y el nombre del restaurante en la rotonda de la Plaza Mundo Nuevo. ¿Sería un cartón homologado? Cuando por algún evento haya que cerrar una calle al tráfico, sería un buen servicio para la ciudadanía no limitarse a cerrarla, sino a proponer un Itinerario alternativo.

3. RuegoLa concejala de Obras y Servicios se ha tomado muy en serio su cargo y su sueldo. Para

la Procesión de San Roque había mandado curar los principales desperfectos de algunas aceras del itinerario, como en la Avenida de Doña Juana. Pero eso no indica que se conozca bien las señales de tráfico: A escasos metros de su casa para indicar “Obras, No Pasar” se puso en la acera una señal de tráfico de “Limitación a 20km”. La gente seguía pasando por encima de la acera recién arreglada (pues se decían, si yo no voy a más de 20 kmh). Así es que no nos extrañemos que los arreglos no duren y se rompan pronto de nuevo.

4. RuegoEn la web del Ayuntamiento se dice respecto al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) lo

siguiente: "La única solución, viable, aunque muy arriesgada, ha sido la rebaja del tipo impositivo del 1'10 al 0'72". ¿La única?. Mentira. ¿Por qué al 0'72 y no al 0'66%? Lo han rebajado sólo al O'72 porque Ustedes lo han querido así, por su afán recaudatorio.

5. RuegoHemos visto más de una vez a una persona ajena al grupo de concejales y de técnicos del

ayuntamiento trabajando en un ordenador en el área de Intervención. Como –según sepamos- no han liberado a nadie más, le rogamos muy encarecidamente que a los ordenadores del ayuntamiento, y especialmente en un área tan sensible como el de Intervención, no tengan acceso personas ajenas a la Corporación.

6. RuegoLe transmito, Sr. Alcalde, un ruego llegado de personas que venden en el mercadillo

semanal de La Nava. Teniendo en cuenta las obras del nuevo Centro de Salud, a las ciudadanas y ciudadanos no les resulta muy agradable ni muy fácil subir al mercado y ruegan que el mercado se traslade a la Cañadilla, centro del pueblo. Le ruego estudie este deseo y ver la posibilidad de ponerlo en práctica.

Interviene DOÑA PILAR PEREZ VELAZQUEZ, que aunque sea un ruego le quiere comunicar que La Plaza de la Cañadilla es un espacio muy saturado de tráfico y un sitio físico muy justo para que los comerciantes puedan aparcar sus camiones en la zona.La marcha tiene una ubicación nueva, se va a ubicar en la puerta del campo de Fútbol.

Interviene DON ROBERTO MOLINA ALVAREZ para puntualizar sobre lo dicho por DON FEDERICO HERNANDEZ MEYER referente a una persona ajena al Ayuntamiento que estaba utilizando un ordenador en el área de intervención, a lo cual Don Roberto le hace saber que hay

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empresas privadas que llevan el mantenimiento de algunos programas que se utilizan en el ayuntamiento y esa persona era un técnico de mantenimiento de los programas

Hace una última intervención DOÑA ANA BARRERA MARTIN, puntualizando que no le han respondido a la pregunta formulada con relación al Plan Ola.

En lo referente al arreglo del Camino Real de los Neveros no se refería a que se promocionaran los comercios, sino a la promoción de empresas turísticas y deportivas y que la mejora de los itinerarios redunda en el consumo gastronómico.

Por si alguien tiene dudas respecto a los tratamientos, ya sabe todo el mundo que no hay tratamiento de Sra. o Srta.

Interviene la concejala DOÑA PATRICIA MORALES MUÑOZ, en relación con el Plan Ola, diciendo que ya los directores de los dos Centros Escolares del municipio, tienen el proyecto y la documentación que necesitan ellos preparar. Es un proyecto que viene por parte de la Delegación de Educación y ya ellos deben de ponerse en contacto con la Delegación de Educación y ejecutarlo.

No habiendo más asuntos que tratar por la Presidencia se levanta la sesión siendo las 16:00 horas del día de la fecha para constancia de todo lo cual levanto la presente acta que firma conmigo el Alcalde, la Secretaria que doy fe.

EL ALCALDE LA SECRETARIA

DON MARIANO MOLINA DEL PASO Dª ELISA LAURA RAMÍREZ

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