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Cusco, jueves 10 de julio de 2014 Usuarios AVISO DE CONVOCATORIA PARA PRIMER REMATE PÚBLICO En la causa Nº 404-2014-0-1010.JM-C I-01, seguido por la COOPE- RATIVA DE AHORRO Y CREDITO QUlLLABAMBA QUILLACOOP debidamente representado por su apoderado Armando Huamán Ma- mani, contra FREDY NAULA ATAPAUCAR y NOHEMI FERNANDEZ PAREDES, sobre Ejecucl6n de Garantías Reales; el señor Juez del Juzgado Mixto de la Provincia de La Convención Dr. Erasmo Waldir Urruchi Zúñiga. bajo la actuación del Secretaria Judicial Abogada Mó- nica Maccapa Asto, se ha dispuesto se venta en subasta Pública el bien inmueble: CARACTERÍSTICAS DEL BIEN PREDIO RUSTICO,- El ben inmueble Urbano lote N° 08 Manzana “I”, ubicado en el Asentamiento Humano Margínal Pavayoc, Area: 264.53 M2, Distrito de Santa Ana, provincia de La Convención, Departamento del Cusco, cuenta con una edifica- ción de de dos plantas, material adobe, techo de madera y calamina, con instalaciones de servicio básicos de agua, desagüe e instalación eléctrica, área construida de 176.00 m2, en la Partida Electrónica 11021982, de la oficina Registral sede Quillabamba. VALORIZACIÓN DEL INMUEBLE URBANO.- el inmueble se encuen- tra valorizado en la suma de s/.95,183.10 (NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA y TRES CON 10/100 NUEVOS SOLES). BASE DEL REMATE,- S/. 63,455.40 (SESENTA y YRES MIL CUATROCIEN- TOS CINCUENTA Y CINCO CON 40/100 NUEVOS SOLES) que resul- ta las dos terceras partes del valor de su tasación, GRAVAMENES y CARGAS.- El predio se encuentra hipotecado a favor de la Cooperati- va de Ahorro y Crédito Quillabamba “QUILLACOOP” Asiento 04 Parti- da electrónica Nº.11021982. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE.- El remate se llevará a cabo en el hall del local del Poder Judicial de La Convención, sito en el Jr. Espinar N°.14S de la ciudad de Quillabam- ba, el ala Viernes DIECIOCHO DE JULIO DEL PRESENTE AÑO DOS MIL CATORCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, acto que estará a cargo del Martillero Público ALDO MARTIN ZAMORA MILLONES. POSTORES: Las personas que deseen participar en el remate de- berán constituir depósito en efectivo o en cheque de gerencia gira- do su nombre una cantidad no menor al 10% del valor del bien de su preferencia, presentado este depósito ante el Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverán el integro de la suma depositada al terminar del remate. Asimismo, los postores deberán presentar el pago de la tasa judicial respectiva a la orden del Juzgado Mixto- Sede Quillabamba de la Corte Superior de Justicia de Cusco, debiendo consignarse en la misma el número de expediente (0404- 2013) y el acto procesal a realizar, suscribiéndolo y adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad respectivo. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732 del Código procesal Civil y por la ley del Martillero Publico, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV. Quillabmaba, 27 de junio del 2014. 06VZ.04.07.08.09.10.11.VII.14 B/. 26626 AVISO DE PRIMER REMATE En el proceso judicial expediente 883-2009-0-1001-JP-CI-02 sobre obligación de dar suma de dinero que sigue como demandante Dis- tribuidora Drogueria PHRYMA S.A.C. representado por Norma Torres Gutierrez en contra de PRAVAL DISTRITBUCIONES E.I.R.L. repre- sentado por Juan Carlos Prada Sota y Melchora Sota Ccayahuallpa, por ante el Segundo juzgado de Paz Letrado de Wanchaq a cargo de la Juez Dra. Tania García Quispe con intervención del especialista legal María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se ha dispuesto el primer remate de: los derechos y acciones que le corresponden a Melchora Sota Ccayahuallpa sobre LA FACCION DENOMINADA HUAMANTIA- NA BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA PROLONGACION AVENIDA DE LA CULTURA SIGNADO CON LA LETRA ‘J’ DEL DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 02029487 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LOS REGISTROS PUBLICOS DE CUSCO. Los derechos y acciones que le corresponden a Melchora Sota Ccayahuallpa equivalen a 2/3 partes o a 66.66 ... % del total del predio inscrito. VALOR DE LA TASACION DE LOS DERECHOS Y ACCIONES MATE- RIA DE REMATE : S/. 3’377,536.96 nuevos soles PRECIO BASE DEL PRIMER REMA TE DE LOS DERECHOS Y ACCIONES MATERIA DE REMATE: SI. 2’251,691.31 nuevos soles MONTO A DEPOSITAR PARA SER POSTOR: Para ser postor se requiere depositar en efec- tivo o cheque de gerencia girado a su nombre una cantidad dineraria no menor al 10% del valor de tasación del inmueble, además pagar la tasa judicial por participación en remate judicial consignando el nú- mero de expediente, juzgado y numero de documento de identidad o RUC del postor. El adjudicatario cancela los honorarios conforme al D.S. 008-2005-JUS AFECT ACIONES DEL BIEN: Embargo en forma de inscripción sobre los derechos y acciones de Melchora Sota Ccayahuallpa hasta por la suma de S/. 25,00000 nue- vos soles, dispuesto por la Juez del Segundo juzgado de Paz Letra- do de Wanchaq Patricia Yolanda Olazabal Guerra especialista legal Germán Luna Álvarez dentro del proceso 2008-868-91-1017-JP-CI-2 seguido por Química Suiza S.A. en contra de PRAVAL DISTRIBUCIO- NES EIRL sobre obligación de dar suma de dinero mediante reso- lución 2 de fecha 24/02/09 y mediante resolución 8 de variación de medida cautelar de fecha 06/08/09. Embargo en forma de inscripción sobre los derechos y acciones de propiedad de Melchora Sota Cca- yahuallpa hasta por la suma de SI. 28,982.78 nuevos soles, dispuesto por la Juez del Segundo juzgado de Paz Letrado de Wanchaq Patricia Yolanda Olazabal Guerra especialista legal German Luna Álvarez me- dida cautelar fuera de proceso 2009-00771-25-1 O 17-JP-CI-1 segui- do por Distribuidora Droguería PHRYMA S.A.C. en contra de PRAVAL DISTRIBUCIONES EIRL Y Melchora Sota Ccayahuallpa, dispuesto mediante resolución 2 de fecha 26 de noviembre del 2009. DIA, HORA Y LUGAR DEL PRIMER REMATE: 23 DE JULIO DEL 2014 A LAS 12:00 M. en el local de Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq ubicado en la Urb. La Florida C-14 Pasaje Kantus en el distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE El remate lo Realizará el Martillero Público Percy Luis Cornejo Barragán con Registro 247. Celular 957870365, 957870365, 992014422 Cusco,17 de junio del 2014. 6V-7, 8, 9, 10,11,14-VII-14 b/ 33197 EDICTO JUDICIAL En la causa N° 02901-2013, seguida por JAIME FACUNDO ARAGÓN DISOLUCION LIQUIDACION DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 412º DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES (LEY 26887) SE COMUNICA QUE LA JUNTA DE SOCIOS DE LA EMPRESA DENOMINADA CAFÉ DE PARIS SAC. CON RUC. NRO 20490061950, JUNTA REALIZADA EL DIA 09 DE JU- LIO DEL 2014, DONDE SE HA ACORDADO: 1.- LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD 2.- DESIGNAR COMO LLQUIDADOR AL SEÑOR CHRISTHOPHE MARC RENE IDENTIFICADO CON EL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD NUMERO 48431887 3.- CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA SOCIEDAD DENOMINADA: CAFÉ DE PARIS SAC A CAFÉ DE PARIS SACEN PROCESO DE LI- QUIDACIÓN LA GERENCIA 3veces-10-11-12-vii b/v 33265

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Cusco, jueves 10 de julio de 2014

Usuarios

AVISO DE CONVOCATORIA PARA PRIMER REMATE PÚBLICO

En la causa Nº 404-2014-0-1010.JM-C I-01, seguido por la COOPE-RATIVA DE AHORRO Y CREDITO QUlLLABAMBA QUILLACOOP debidamente representado por su apoderado Armando Huamán Ma-mani, contra FREDY NAULA ATAPAUCAR y NOHEMI FERNANDEZ PAREDES, sobre Ejecucl6n de Garantías Reales; el señor Juez del Juzgado Mixto de la Provincia de La Convención Dr. Erasmo Waldir Urruchi Zúñiga. bajo la actuación del Secretaria Judicial Abogada Mó-nica Maccapa Asto, se ha dispuesto se venta en subasta Pública el bien inmueble:CARACTERÍSTICAS DEL BIEN PREDIO RUSTICO,- El ben inmueble Urbano lote N° 08 Manzana “I”, ubicado en el Asentamiento Humano Margínal Pavayoc, Area: 264.53 M2, Distrito de Santa Ana, provincia de La Convención, Departamento del Cusco, cuenta con una edifica-ción de de dos plantas, material adobe, techo de madera y calamina, con instalaciones de servicio básicos de agua, desagüe e instalación eléctrica, área construida de 176.00 m2, en la Partida Electrónica 11021982, de la oficina Registral sede Quillabamba.VALORIZACIÓN DEL INMUEBLE URBANO.- el inmueble se encuen-tra valorizado en la suma de s/.95,183.10 (NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA y TRES CON 10/100 NUEVOS SOLES). BASE DEL REMATE,- S/. 63,455.40 (SESENTA y YRES MIL CUATROCIEN-TOS CINCUENTA Y CINCO CON 40/100 NUEVOS SOLES) que resul-ta las dos terceras partes del valor de su tasación, GRAVAMENES y CARGAS.- El predio se encuentra hipotecado a favor de la Cooperati-va de Ahorro y Crédito Quillabamba “QUILLACOOP” Asiento 04 Parti-da electrónica Nº.11021982. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE.- El remate se llevará a cabo en el hall del local del Poder Judicial de La Convención, sito en el Jr. Espinar N°.14S de la ciudad de Quillabam-ba, el ala Viernes DIECIOCHO DE JULIO DEL PRESENTE AÑO DOS MIL CATORCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, acto que estará a cargo del Martillero Público ALDO MARTIN ZAMORA MILLONES.POSTORES: Las personas que deseen participar en el remate de-berán constituir depósito en efectivo o en cheque de gerencia gira-do su nombre una cantidad no menor al 10% del valor del bien de su preferencia, presentado este depósito ante el Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverán el integro de la suma depositada al terminar del remate. Asimismo, los postores deberán presentar el pago de la tasa judicial respectiva a la orden del Juzgado Mixto- Sede Quillabamba de la Corte Superior de Justicia de Cusco, debiendo consignarse en la misma el número de expediente (0404-2013) y el acto procesal a realizar, suscribiéndolo y adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad respectivo. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732 del Código procesal Civil y por la ley del Martillero Publico, los honorarios del Martillero

serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV.Quillabmaba, 27 de junio del 2014.06VZ.04.07.08.09.10.11.VII.14B/. 26626

AVISO DE PRIMER REMATEEn el proceso judicial expediente 883-2009-0-1001-JP-CI-02 sobre obligación de dar suma de dinero que sigue como demandante Dis-tribuidora Drogueria PHRYMA S.A.C. representado por Norma Torres Gutierrez en contra de PRAVAL DISTRITBUCIONES E.I.R.L. repre-sentado por Juan Carlos Prada Sota y Melchora Sota Ccayahuallpa, por ante el Segundo juzgado de Paz Letrado de Wanchaq a cargo de la Juez Dra. Tania García Quispe con intervención del especialista legal María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se ha dispuesto el primer remate de: los derechos y acciones que le corresponden a Melchora Sota Ccayahuallpa sobre LA FACCION DENOMINADA HUAMANTIA-NA BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA PROLONGACION AVENIDA DE LA CULTURA SIGNADO CON LA LETRA ‘J’ DEL DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 02029487 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LOS REGISTROS PUBLICOS DE CUSCO. Los derechos y acciones que le corresponden a Melchora Sota Ccayahuallpa equivalen a 2/3 partes o a 66.66 ... % del total del predio inscrito.VALOR DE LA TASACION DE LOS DERECHOS Y ACCIONES MATE-RIA DE REMATE : S/. 3’377,536.96 nuevos soles PRECIO BASE DEL PRIMER REMA TE DE LOS DERECHOS Y ACCIONES MATERIA DE REMATE: SI. 2’251,691.31 nuevos soles MONTO A DEPOSITAR PARA SER POSTOR: Para ser postor se requiere depositar en efec-tivo o cheque de gerencia girado a su nombre una cantidad dineraria no menor al 10% del valor de tasación del inmueble, además pagar la tasa judicial por participación en remate judicial consignando el nú-mero de expediente, juzgado y numero de documento de identidad o RUC del postor. El adjudicatario cancela los honorarios conforme al D.S. 008-2005-JUSAFECT ACIONES DEL BIEN:Embargo en forma de inscripción sobre los derechos y acciones de Melchora Sota Ccayahuallpa hasta por la suma de S/. 25,00000 nue-vos soles, dispuesto por la Juez del Segundo juzgado de Paz Letra-do de Wanchaq Patricia Yolanda Olazabal Guerra especialista legal Germán Luna Álvarez dentro del proceso 2008-868-91-1017-JP-CI-2 seguido por Química Suiza S.A. en contra de PRAVAL DISTRIBUCIO-NES EIRL sobre obligación de dar suma de dinero mediante reso-lución 2 de fecha 24/02/09 y mediante resolución 8 de variación de medida cautelar de fecha 06/08/09. Embargo en forma de inscripción sobre los derechos y acciones de propiedad de Melchora Sota Cca-yahuallpa hasta por la suma de SI. 28,982.78 nuevos soles, dispuesto por la Juez del Segundo juzgado de Paz Letrado de Wanchaq Patricia Yolanda Olazabal Guerra especialista legal German Luna Álvarez me-dida cautelar fuera de proceso 2009-00771-25-1 O 17-JP-CI-1 segui-do por Distribuidora Droguería PHRYMA S.A.C. en contra de PRAVAL DISTRIBUCIONES EIRL Y Melchora Sota Ccayahuallpa, dispuesto mediante resolución 2 de fecha 26 de noviembre del 2009. DIA, HORA Y LUGAR DEL PRIMER REMATE: 23 DE JULIO DEL 2014 A LAS 12:00 M. en el local de Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq ubicado en la Urb. La Florida C-14 Pasaje Kantus en el distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE El remate lo Realizará el Martillero Público Percy Luis Cornejo Barragán con Registro 247. Celular 957870365, 957870365, 992014422Cusco,17 de junio del 2014.6V-7, 8, 9, 10,11,14-VII-14b/ 33197

EDICTO JUDICIALEn la causa N° 02901-2013, seguida por JAIME FACUNDO ARAGÓN

DISOLUCION LIQUIDACIONDE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 412º DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES (LEY 26887) SE COMUNICA QUE LA JUNTA DE SOCIOS DE LA EMPRESA DENOMINADA CAFÉ DE PARIS SAC. CON RUC. NRO 20490061950, JUNTA REALIZADA EL DIA 09 DE JU-LIO DEL 2014, DONDE SE HA ACORDADO:1.- LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD2.- DESIGNAR COMO LLQUIDADOR AL SEÑOR CHRISTHOPHE MARC RENE IDENTIFICADO CON EL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD NUMERO 484318873.- CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA SOCIEDAD DENOMINADA: CAFÉ DE PARIS SAC A CAFÉ DE PARIS SACEN PROCESO DE LI-QUIDACIÓNLA GERENCIA3veces-10-11-12-viib/v 33265

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Cusco, jueves 10 de julio de 20142NUÑEZ, contra EDY TITO VALDÉZ, DAVID TITO VALDÉZ y NURY TITO VALDÉZ, sobre DIVISION y PARTICION DE BIENES, se ha ex-pedido la “Resolución 02.- Cusco, veinte de Diciembre del año dos mil trece.----- VISTO; ( ... ); SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la VIA DE CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por JAIME FA-CUNDO ARAGÓN NUÑEZ, contra EDY TITO VALDÉZ, DAVID TITO VALDÉZ y NURY TITO VALDÉZ, sobre DIVISION y PARTICION DE BIENES; en tal virtud; córrase traslado a los demandados por el plazo de TREINTA DIAS para que contesten la demanda, bajo apercibimien-to de DECLARÁRSELES REBELDES de conformidad con el Artículo 458 del Código Procesal Civil; NOTIFIQUESE mediante edictos a los demandados, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal.- H.S.”.- Firma y sello Juez dadora Sandra Contreras Campana.- Boris Santos de la Gala Especialista Legal”.-Cusco, 03 Julio 2014.3v-8,9,10-vii-14b/v 33201

EDICTO JUDICIALQue, en el Proceso Civil Nro. 2010-00279-0-1010-JM-CI-01, seguido por Juvenal Herrera Herrera contra Ángel Herrera Herrera, Isidro He-rrera Herrera, Pascuala Herrera Herrera, Eduardo Herrera Herrera, Marina Herrera Herrera y Paulina Herrera Herrera, sobre CADUCI-DAD DE LA ESCRITURA PUBLICA de Anticipo de Herencia de fecha 28 de marzo de 1996 y en forma de acumulación objetiva originaria subordinada la NULIDAD DE LA ESCRITURA PUBLICA DE ANTICI-PO DE HERENCIA de fecha 28 de marzo de 1996, tramitado en el Juzgado Mixto de la Convención, se ha dispuesto la notificación me-diante Edictos del presente proceso, a fin de que se apersonen al presente proceso los posibles sucesores procesales de la demanda-da Q.V.F. PASCUALA HERRERA HERRERA, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal en la forma siguiente: DEMANDA: Por interpuesta la demanda, ADMÍTASE en la vía del proceso de Conoci-miento; y CÓRRASE traslado a los demandados por el término de ley. Fdo. Juez Dr. E. Waldir Urruchi Zúñiga. Fdo. Abog. Mónica Maccapa Asta. Publíquese por tres días con intervalo de tres días.-Quillabamba, 12 de mayo del 014.3V-8,9,10-VII-14B/V 33206

PRIMER REMATE JUDICIALEN EL PROCESO DE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, EXPEDIENTE N°00540-2007-0-1001-JP-CI-02, SEGUIDO POR IS-MAEL JESUS ZEGARRA CARRILLO, EN CONTRA DE LA EMPRE-SA INDUSTRIAS ALIMENTICIAS EL TREBOL EIRL; La JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO SEDE WANCHAO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO, DRA. TANIA GARCIA QUISPE, ESPECIALISTA LEGAL DR. DANIEL BARRIENTOS CAR-DENAS, HA NOMBRADO AL MARTILLERO PUBLICO DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO, CON REG. N°190. QUIEN HA SENA-LADO CON LA FACULTAD CONFERIDA, LA DILIGENCIA DEL PRI-MER REMATE, QUE SE LLEVARA A CABO, EL DIA 18 DE JULIO DEL 2014, A LAS 09:30 HORAS, ACTO QUE SE EJECUTARA EN EL LOCAL DEL JUZGADO, SITO EN EL PASAJE LOS KANTUS C-14, LA FLORIDA, WANCHAQ (ALTURA DEL PRIMER PARADERO), CUSCO, CUSCO. SOBRE EL BIEN INMUEBLE LOTE DE TERRENO NRO. 27, DE LA MZNA. “F” DEL PARQUE INDUSTRIAL PRIMERA ETAPA, DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA y DEPARTAMEN-TO DEL CUSCO, CUYA AREA, CARACTERISTICAS Y LINDEROS, SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA REGISTRAL NRO.11005980 DE LA ZONA REGISTRAL N°X SEDE CUSCO, SUNARP-CUSCO, TASACION TOTAL: US$.1’582,878.00 DOLARES AMERICANOS; PRECIO BASE US$.1’055,252.00 DO-LARES AMERICANOS, DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VALOR DE TASACION (US$.158,287.80 DOLARES AMERICANOS), EN EFECTIVO, CHEQUE DE GERENCIA A SU NOMBRE O DEPO-SITO JUDICIAL EN EL BANCO DE LA NACIÓN, MAS PAGO DEL ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POSTOR. AFECTACIONES Y CARGAS: 1).- HIPOTECA A FAVOR DE LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A., HASTA POR LA SUMA DE US$.257,800.00 DOLAR ES AMERICA-NOS TAL COMO LO DETALLA EL ASIENTO D00009 DE LA PARTIDA REGISTRAL NRO.11005980. 2).- MEDIDA CAUTELAR EN FORMA DE INSCRIPCIÓN A FAVOR DE LA SUNAT, HASTA POR LA SUMA DE S/.15,500.00 NUEVOS SOLES, SEGÚN ASIENTO D00010 DE LA PARTIDA REGISTRAL NRO.11005980. 3).- MEDIDA CAUTELAR EN FORMA DE INSCRIPCIÓN A FAVOR DE LA SUNAT, HASTA POR LA SUMA DE S/.110,500.00 NUEVOS SOLES, SEGUN ASIENTO D00011 DE LA PARTIDA REGISTRAL NRO.11005980. 4).- MEDIDA CAUTELAR EN FORMA DE IINSCRIPCIÓN A FAVOR DE ISMAEL JESUS ZEGARRA CARRILLO, HASTA POR LA SUMA DE US$.42, 000.00 DOLARES AMERICANOS, SEGUN ASIENTO D00012 DE LA PARTIDA REGISTRAL NRO.11005980, LAS QUE SON MATERIA DEL

PROCESO. 5).- ).- MEDIDA CAUTELAR EN FORMA DE INSCRIP-CIÓN A FAVOR DE LA SUNAT, AMPLIACION DE EMBARGO DEL ASIENTO DOO010, HASTA POR LA SUMA DE S/.38,000.00 NUE-VOS SOLES, SEGUN ASIENTO D00013 DE LA PARTIDA REGIS-TRAL NRO.11005980. SE DESCONOCEN OTRAS AFECTACIONES. HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJU-DICATARIO DEL ACTO DEL REMATE. ESPECIALISTA LEGAL, DA-NIEL BARRIENTOS CARDENAS, MARTILLERO PUBLICO, DR. W. ARMANDO SALAS PACHECO REG. N° 190. CEL. 959648263, RPM: #959648263 NEXTEL.981068447 Ó 106*8447CUSCO, 2014-07-0206VZ.08.09.10.11.14.15.VII.14B/. 26653

NOTIFICACION VIA EDICTO JUDICIALSEÑOR: JORGE ARTURO PACHECO FLOREZAnte el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Cusco, a cargo de la señora Juez Gilda Aurora Zea Núñez, y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Ketty Conchoy Ochoa, se viene tramitando el pro-ceso Nro. 00648- 2001, sobre Prestación de Alimentos; habiéndose emitido la resolución Nro. 63 de fecha 20 de mayo del 2014, en la que se ha resuelto: ( ... ) que el demandado JORGE ARTURO PACHECO FLOREZ, ha sido válidamente notificado con la resolución Nro. 48 de fecha 18 de mayo del 2012, la misma que lo requiere para el pago de los alimentos devengado s ascendente a la suma de CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 22/100 NUEVOS SOLES; sin embargo el demandado no ha cumplido con cancelar el monto de los alimentos devengados; y estando al apercibi-miento decretado en autos y lo dispuesto por el artículo 566-A del Có-digo Procesal Civil, SE RESUELVE: REMITIR COPIAS CERTIFICA-DAS de las piezas procesales que correspondan al Ministerio Público para que en uso de sus atribuciones proceda a formalizar denuncia penal por la comisión del delito contra la Familia en la modalidad de Incumplimiento de Obligación Alimentaria sub tipo Omisión de Asis-tencia Familiar conforme lo prevé el artículo 149 delCódigo Penal. Se efectúa la presente publicación para los fines con-siguientes de Ley.Cusco, 04 de junio del 20143v-9,10,11-vii-14B/v 33228

E D I C T O

SEÑORES: SUCESORES Y/O DERECHOHABIENTES DEL QUE EN VIDA FUE EL EX PROPIETARIO SEÑOR NERIO ESCOBAR TAPIA En el proceso signado con el No 00309-2014-0-1001-JR- CI-02, se-guido por Julián Castañeda Sánchez y Justa Sánchez Aranibar de Castañeda, en contra de Los Posibles Sucesores y/o Oerechohabien-tes del que en vida fue el Ex Propietario señor Nerio Escobar Tapia, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, seguido ante el Segundo Juzgado Civil del Cusco, bajo la actuación del señor Juez doctor Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la especialista legal Saida Chiun Manco, de conformidad a lo regulado por el artículo 165 del Código procesal Civil, se ha ordenado se publique el extracto del auto admisorio de la demanda. “Estando a los considerandos expuestos, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO ABRE-VIADO la demanda interpuesta por JULIAN CASTAÑEDA SÁNCHEZ y JUSTA SANCHEZ ARANIBAR DE CASTAÑEDA en contra de los POSIBLES SUCESORES Y/O DERECHOHABIENTES DEL QUE EN VIDA FUE EL EX PROPIETARIO SEÑOR NERIO ESCOBAR TAPIA sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMINO; con citación de los colindantes: 1.- Mario Cutimbo Hinojosa por el lado izquierdo con el Lote N° 3 de la Manzana “D” .2.- Jorge Villasante Aranibar por el Lado derecho Ira parte con el Lote N° 5 de la Manzana “D”. 3.- Carlos Abraham Álvarez Deza por el Lado Derecho 2da parte con el Lote N° 4-8 de la Manzana “D”. 4.- Cristóbal Achahui Campos Por el lado posterior con el Lote N° 37 de la Manza-na “D”. 5.- Por el Lado del Frente con la calle Intimpas de la Urb. La Planicie representado por la Municipalidad Distrital de San Sebastián. Por su merito CORRASE TRASLADO de la demanda a la partes de-mandada a efecto de que la absuelvan dentro del plazo de diez días. Estando a lo manifestado por los recurrentes que se ha agotado las gestiones para conocer el domicilio de los posibles sucesores, por tanto notifíquese mediante edictos para que se apersonen, bajo Aper-cibimiento de nombrarse curador procesal ..... - Hágase Saber”. -FIR-MA: Zamalloa Cornejo Juez, Saida Chiun Manco, Especialista legal.Cusco, 25 de Junio del 2014.-3veces-27-vi y 03-10-viib/v 33059

EDICTO JUDICIALAnte el Segundo Juzgado Paz Letrado del Módulo Básico Justicia de Santiago, que despacha el Juez BETSSY MOSTAJO PUENTE DE LA VEGA, bajo la actuación el Secretario Judicial Daniel Pereira Mogro-

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Cusco, jueves 10 de julio de 2014 3vejo, se viene tramitando expediente Nro. 0168-2014, seguido sobre prescripción Adquisitiva de vehículo, contra MARCELINO VILLASAN-TE PARO por haberse dispuesto así mediante resolución 03 de fojas 30, cuyo tenor de la demandado i el auto admisorio. A fojas 18 RAUL SABINO DURAND PATIÑO i DAMIANA HERMILA FARFÁN PAUCAR, interponen demanda contra MARCELINO VILLASANTE PARO, sobre prescripción adquisitiva de vehículo; admitiéndose mediante auto ad-misorio de fojas 30, cuya tenor literal de la parte resolutiva es como sigue: Cusco, 10 de junio 2014. VISTA: La demanda... SE RESVELVE admitir a trámite la demanda interpuesta por RAUL SABINO DURAND PATIÑO i DAMIANA HERMILA FARFÁN PAUCAR, contra MARCELI-NO VILLASANTE PARO, sobre prescripción adquisitiva de vehículo. ADMITASE, en la vía del proceso ABREVIADO: córrase traslado al de-mandado por cinco días para que conteste i publíquese el estracto por 03 veces con intervalo de días, tanto en el Diario Oficial del Peruano i el Diario Judicial de Cusco ..Lo que se publica para los fines pertinentes. Santiago Junio del 2014.3v-30-y 04-10-VIIb/v 33068

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIALNOTIFÍQUESE a las personas de ANDRÉS AVELINO CÁCERES PÓ-BLETE y SILVIA ISABEL BUENO CHÁVEZ DE DHLER; en el Expe-diente Civil Nro. 00174-2011-0- 1015-JM-CI-01, seguido ante el Juz-gado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sra. Juez Agripina Usca Caviedes, bajo la actuación del Secretario Judicial Abg. Abel Constantino Cruz Quintanilla, en el que se ha emitido la resolu-ción N° 03 de fecha 09 de abril de 2012 mediante la que se ADMÍTE la demanda interpuesta por LIDIA MISME DE CASTRO en represen-tación de SILVESTRE SONCCO PALOMINO y JUSTINA ZÚÑIGA MENDOZA sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble Urbano FRACCIÓN LOTE Nro. B UBICADO EN LA URBA-NIZACIÓN LA CANTUTA DE ESTA CUIDAD DE URUBAMBA, DE UNA EXTENSIÓN DE 1,924.45 M2; contra ANDRÉS CÁCERES POBLETE y con citación de los colindantes VILMA LUNA DE BUSTOS Y MUNI-CIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA, Debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al proceso ABREVIADO. Córra-se traslado por el plazo de ley. CUMPLAN los demandados ANDRÉS AVELINO CÁCERES PÓBLETE y SILVIA ISABEL BUENO CHÁVEZ DE DHLER, con apersonarse al presente proceso conforme a lo dis-puesto en el Art. 435 del C.P.C bajo expreso apercibimiento en caso de incumplimiento, de continuarse el trámite del proceso en el estado en que se encuentra y nombrárseles curador procesal.-Urubamba, 10 de junio de 2014.3veces-30-VI-Y-04-10-VIIb/v 32877

PROCESO CONTENCIOSOSrs. HEREDEROS DE LA QUE EN VIDA FUE JOSEFINA BACA QUISPE, hago saber a ustedes, que en el EXP. No. 2014-025, en los seguidos por SAUL VILLASANTE ESCOBAR, contra la DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA DEL CUSCO, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal del Distrito de Echarate, Despachado por el Sr. Juez Dr. Carlos Huañac, se ha resuelto lo siguiente: Echarate, doce de junio del año dos mil ca-torce.- Dado cuenta.... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por SAUL VILLASANTE ESCOBAR, sobre PRESCRIP-CION ADQUISITIVA DE DOMINIO, contra la DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA DEL CUSCO, con citación del Procurador Público para asuntos judiciales del Gobierno Regional del Cusco, así como de sus colindantes: ROBERTO ESCOBAR TERAN, y sucesión de la que en vida fuera JOSEFINA BACA QUISPE. Con conocimiento del Señor Fiscal de la Fiscalía Provincial Mixta de Echarate, por tratarse de un bien rústico. Debiendo sustanciarse el trámite de la presente en la vía del PROCESO ABREVIADO, En tal virtud córrase traslado de la demandada, al demandado a fin de que ejerza su derecho de defensa, por el plazo perentorio de diez días hábiles, bajo apercibimiento de declararse rebelde., Téngase por ofrecidos. OTROSI DIGO: Para la notificación del.... En cuanto a la sucesión de doña JOSEFINA BACA QUISPE, procédase a la notificación mediante edictos.De conformidad a lo establecido por el Artículo 506º del Código Pro-cesal Civil; EFECTUESE las publicaciones del extracto del auto ad-misorio de la demanda en el Diario Judicial del Cusco y en el Diario Oficial “El Peruano” por tres veces en días hábiles y con intervalo de tres días, en la forma prevista por los Artículos 167º y 168º de la norma legal antes acotada, sin perjuicio de publicarse en la Municipalidad Distrital de Echarate y en la tablilla del juzgado..... H. S.- Firma Sr. Juez Dr. C. Huañac.- Secretario F. Puma. Lo que notifico a Uds., para vuestro conocimiento y fines de ley.Echarate, 25 de junio del 2014.3v-01-04-10-VIIB*/v 33071

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIOANTE LA N0TARIA DEL DR. NESTOR AVENDAÑO GARCIA., SITO EN LA CALLE AYACUCHO Nº 200 DE ESTA CIUDAD DEL CUSCO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL MISMO NOMBRE, DOÑA: ELISA LIZARRAGA ALFARO, AL AMPARO DE LO PRECEPTUADO POR LAS LEYES 27157,SU AMPLIATORIA 27333, EL REGLAMEN-TO APROBADO POR D. S. 008 -2000-MTC, SOLICITA EN LA VIA DE PROCESO NO CONTENCIOSO LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE URBANO DE SU PROPIEDAD SIGNA-DO CON EL Nº “D-2” DE LA CALLE SAN JOSE DE LA ASOCIACION VILLA SAN .JOSE, DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, PREDIO URBANO QUE TIENE UN AREA DE 245. M2, Y ENCERRADO DENTRO DE LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SIGUIENTES: POR EL FRENTE: CON LA CALLE SAN JOSE CON 12.00. ML.. POR LA DERECHA: CON EL LOTE D-1 DE PROPIEDAD DE ERNESTO PALMA, C O N 20.00.ML, POR LA IZQUIERDA: CON EL LOTE D-3 DE PROPIEDAD DE YENI MARMANILLO BELLIDO, CON 12.00 .ML, Y POR EL FONDO: CON LA ASOCIACION PRO VIVIENDA SAN JUAN, CON 12.50.ML, HACIENDO UN PERIMETRO TOTAL DE 64.50. M. L. LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES DE LEY.- CUSCO, DIECISEIS DE .JUNIO DEL 2014.- NESTOR AVENDAÑO G. - NOTARIO-ABOGADO.3V-4,10,16-VII-14B/V 33173

Juzgado mixto de la convenciónCorte superior de justicia de cuscoQuillabambaEDICTO JUDICIALQue, en el Proceso Civil Nº0454-2013-0-1010-JM-CI-O1, seguido por Apolinario Alvarez Luque, sobre Cambio de Nombre de pila de “ APOLINARIO” por el de “’IVAN”, contra Eufracio Álvarez Cabrera, se víene tramitando en el Juzgado Mixto de La Convención, en la for-ma siguiente; DEMANDA: Por interpuesta la demanda, ADMITASE en la vía del proceso ABREVIADO; y CORRASE traslado de la demanda al demandado por el termino de diez días. Admítase los medios pro-batorios que se indica. Fdo. Juez Dr. Erasmo Waldir Urruchí Zúñiga. Fdo. Secretaria Judicial Abogada Monica Maccapa Asto. Publíquese por tres días con intervalo de tres días.Lo que se publica para los fines de ley.Quillabamba, 03 de marzo del 2014.03VZ.04.10.16.VII.14B/. 26626

EDICTO JUDICIALAnte el Primer Juzgado Mixto de Sicuani, a cargo de la señorita Juez titular doctora Liliam Selene Monasterio Alarcón y, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Sofía Ríos Quiroz, se viene tramitando el Proceso No Contencioso N° 00104-2014-0-1007-JM-CI-01, la solici-tud presentada por Francisca Ríos Ramos, sobre cambio de nombre, se ha dispuesto la publicación de Edictos, siendo el contenido de la resolución NÚMERO TRES, de fecha veinticinco de Junio del año dos mil catorce, en forma sumillada el siguiente SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por FRANCISCA RIOS RAMOS sobre cam-bio de nombre para que su nombre correcto quede como: GIANELA ADRIANA RÍOS RAMOS; en tal virtud se dispone su trámite en la VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO; debiendo cumplirse con la pu-blicación del extracto del auto admisorio mediante Edictos en el Diario Judicial de la localidad, en cumplimiento a lo previsto por el artículo 833º del Código Procesal Civil por el termino de Ley.Sicuani, 07 de Julio del 2014.01VZ.10.VII.14B/. 26664

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLABAMBAEDICTO MATRIMONIALEL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLA-BAMBA, PROVINCIA DE URUBAMBA, DEPARTAMENTO DEL CUSCO Hace saber que DON: LUIS ALBERTO CONDE MESCCO, identificado con DNI N° 40708788, de 34 años de edad de ocupación Licenciado en Turismo, natural del departamento de Cusco, Provincia de Urubamba, Distrito de Huayllabamba, con domicilio real comunidad de Racchi s/n, de nacionalidad Peruana Y DOÑA: RUTH MERY CUSI-HUAMAN CONDE, Identificada con DNI N° 42400560, de 30 años de edad, de ocupación Guía de turistas, Natural del distrito de Urubam-ba, provincia de Urubamba y Departamento de Cusco, con domicilio real en la comunidad de Racchi, de nacionalidad Peruana, pretenden contraer Matrimonio Civil el 26 de Julio del año 2014.Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán de-nunciarlos, como lo establece en el art. 253 del Código Civil ante la Municipalidad de Huayllabamba.

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Cusco, jueves 10 de julio de 20144Huayllabamba, 07 de julio del 2014.01VZ.10.VII.14B/. 26665

MUNICIPALIDAD DE PISAC – CALCA- CUSCOEDICTO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA Ante la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distri-tal de Pisac-Calca- Cusco, Justina Hermoza de Rojas, mediante Exp. No. 1947-2014, solicita la Rectificación Administrativa del Acta de NA-CIMIENTO, No. 68, del año 1947, a Nombre de: JUSTINA HERMO-ZA ACHANCCARAY, respecto a la Omisión y Error en el NOMBRE (PRENOMBRES y APELLIDOS) DEL PADRE:Dice: GERMAN HERMOSA, Debe decir: MARIANO DEL PILAR GERMAN HERMOZA BECERRA.Se efectúa esta publicación de acuerdo a lo previsto en el artículo 73 del D.S. No.015-98-PCM.Pisac, 08 de julio del 2014.AGRIPINA QUINTO QUISPEJEFE DE REGISTRO CIVIL01VZ.10.VII.14B/. 26666

MUNICIPALIDAD DE PISAC – CALCA- CUSCOEDICTO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVAAnte la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Dis-trital de Pisac-Calca- Cusco, Justo Hermoza Achanccaray, mediante Exp. No. 1949- 2014, solicita la Rectificación Administrativa del Acta de NACIMIENTO, No. 18, del año 1975, a Nombre de: JUSTO HER-MOZA ACHANCCARAY, respecto a la Omisión de los APELLIDOS DEL PADRE en la Rectificación del Acta de Nacimiento del titular:Dice: MARIANO DEL PILAR GERMAN,Debe decir: MARIANO DEL PILAR GERMAN HERMOZA BECERRA.Se efectúa esta publicación de acuerdo a lo previsto en el artículo 73 del D.S. No.015-98-PCM.Pisac, 08 de Julio del 2014.AGRIPINA QUINTO QUISPEJEFE DE REGISTRO CIVIL01VZ.10.VII.14B/. 26666

RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO

Ante la Oficina del Registro Civil de la Municipalidad Distrital de San Sebastián, se presentó Eduarda Luz Marina Quisiyupanqui Quispe, conforme establece la directiva 263- GRC/017 solicitando la rectifi-cación administrativa del acta de su nacimiento, debido a que se ha omitido consignar el apellido materno de la progenitora,. debiendo ser este “CUSI”, en consecuencia el nombre correcto y completo de la progenitora de la titular de la partida a rectificar FIDELIA QUISPE CUSI; se hace esta publicación, conforme a lo establecido en el Artí-culo 73 y 74 del D.S. N° 015-98-PCM.San Sebastián, 9 de Julio del 201401VZ.10.VII.14B/. 26670

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIÁNDIVISIÓN DE REGISTRO CIVILEDICTO MATRIMONIALAnte la Municipalidad Distrital de San Sebastián se presentaron:EL Señor: PRIMITIVO PALOMINO SALAS de 45 años de edad, de es-tado civil SOLTERO ocupación ARTESANO de nacionalidad PERUA-NO, con domicilio en el URB. SANTA ROSA APV. TRES CRUSES G-8 del Distrito de SAN SEBASTIAN, provincia y Departamento del Cusco y Doña: BONIFACIA SENCIA TTITO de 46 años de edad, de estado civil soltera ocupación AMA DE CASA de nacionalidad PERUANA, con domicilio en la URB. SANTA ROSA APV. TRES CRUSES G-8 del Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco. Quienes pretenden contraer Matrimonio Civil, en esta Municipalidad, el día: 01 de Agosto del 2014 a horas 03: 00 pm, Las personas que conozcan causales de impedimento Legal, podrán denunciarlos den-tro del plazo de Ley de conformidad con lo establecido en el arto 253 del CC. Ante esta Municipalidad.San Sebastián , 08 de Julio DEL 2014.01VZ.10.VII.14B/. 26668

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIÁNDIVISIÓN DE REGISTRO CIVILEDICTO MATRIMONIALAnte la Municipalidad Distrital de San Sebastián se presentaron:EL Señor: EFRAIN LOAYZA ROCA de 37 años de edad, de estado civil SOLTERO ocupación BACH. EN ING de nacionalidad PERUA-NO, con domicilio en el CALLE BOLVAR N° 519 del Distrito de SAN SEBASTIAN, provincia y Departamento del cusca Cusco y Doña:

CARMEN ROSA MENDOZA ROMERO de 33 años de edad, de es-tado civil soltera ocupación EMPRESARIA de nacionalidad PERUA-NA, con domicilio en la CALLE BOLVAR N° 519 del Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco. Quienes pretenden contraer Matrimonio Civil, en esta Municipalidad, el día: 12 DE JULIO DEL 2014 a horas 13: 00 pm, Las personas que conozcan causales de impedimento Legal, podrán denunciarlos dentro del plazo de Ley de conformidad con lo establecido en el arto 253 del CC. Ante esta Municipalidad.San Sebastian, 04 de Julio del 2014.01VZ.10.VII.14B/. 26663

MUNICIPALIDAD DE PISAC – CALCA - CUSCOEDICTO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVAAnte la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distri-tal de Pisac-Calca- Cusco, Felicitas Hermoza Achanccaray de Sego-via, mediante Exp. No. 1948-2014, solicita la Rectificación Administra-tiva del Acta de NACIMIENTO, No. 80, del año 1949, a Nombre de: FELICITAS HERMOZA ACHANCCARA Y, respecto a la Omisión y Error en el NOMBRE (PRENOMBRES y APELLIDOS) DEL PADRE:dice: MARIANO DEL PILAR G. HERMOZA,Debe decir: MARIANO DEL PILAR GERMAN HERMOZA BECERRA. Se efectúa esta publicación de acuerdo a lo previsto en el artícu-lo 73 del D.S. No.015-98-PCM.Pisac, 08 de Julio del 2014.AGRIPINA QUINTO QUISPEJEFE DE REGISTRO CIVIL01VZ.10.VII.14B/. 26666

EDICTO JUDICIALAnte el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Wanchaq, a cargo de la señora Juez doctora: TANIA GARCIA QUISPE, y bajo la actuación del Secretario Judicial Dr. Daniel Barrientos Cárdenas, se viene tramitando el Proceso Civil Nro. 1288-2014, sobre RECTIFI-CACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO solicitado por DELIA SE-GUNDA YEPEZ MORALES, representado por su apoderado legal: Martha Nelly Yépez Morales, se rectifique en el rubro correspondien-te a sus nombres de pila de su progenitora estando omitido el nombre de AGUEDA, así también inscrito erróneamente el segundo nombre de ALBINA, debiendo ser en forma correcta como “AGUEDA ALVINA MORALES DE YEPEZ”,Publicación que se realiza para los fines de Ley.Wanchaq, 03 de Julio del 2014.Daniel Barrientos CárdenasSecretario Judicial01VZ.10.VII.14B/. 26669

EDICTO JUDICIAL.- Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Tinta a cargo del Señor Juez Supernumerario Daniel Banda Laucata, en el proceso Civil Nro. 2014-052-0-1007-JP-CI-CI-01.- Andrea Chacón de Espinoza viene solicitando la rectificación de su partida de nacimiento asentada en la Municipalidad Distrital de Tinta, Provincia de Canchis y Departamento del Cusco, respecto de: La rectificación del apelli-do materno de la inscrita, consignado en el cuerpo de la partida de nacimiento materia de rectificación como Huancachoque, siendo lo correcto Chuquitapa. -La rectificación del apellido materno de la inscri-ta, consignado en la margen izquierdo consignado como Chuquitapa Huancachoque, siendo lo correcto Chuquitapa.- Se emite el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Secretario Judicial Amador Tinta Chaiña.- Cusco, Canchis, Tinta, Martes, 01 de Julio 2014.-1v 11 JULB/V 33282

EDICTO JUDICIAL.- Por ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Espinar, que despa-cha el señor Juez Elmer Manuel Ochoa Galloso, bajo la actuación del Secretario Judicial Donny Sam Alvaro Roca, se viene tramitando el Proceso Judicial N° 00002-2013-0-1009-JM-FC-01, habiéndose re-suelto: Admitir a trámite la demanda interpuesta por Teresa Agustina Sanca Larico, sobre Declaración Judicial de Unión de Hecho, con el QVF “Florencio Ramírez Choquehuanca”; en contra de la sucesión intestada del fallecido Florencio Ramírez Choquehuanca, en la vía del Proceso Abreviado; corregido por Resolución N° 05 que se dispone “la notificación vía edicto judicial por el plazo de veinte días, en contra de la sucesión intestada del fallecido Florencio Ramírez Choquehuan-ca, a fin de que contesten la demanda, bajo apercibimiento de nom-brárseles Curador Procesal”. Juez Dr. Ochoa, Secretario Judicial D. Alvaro.- Lo que se publica para los fines de Ley. Espinar; 02 de Julio de 2014.- Donny Sam Alvaro Roca.- Secretario Judicial.-

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Cusco, jueves 10 de julio de 2014 51v 11 JULB/V 33282

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGOEDICTO MATRIMONIALHago saber que don LUCHO ESPEJO MOLINA con DNI Nro. 44115947 de 27 años de edad, soltero de Nacionalidad perua-no Natural del Distrito de Santa Ana Provincia La Convención y De-partamento de Cusco de ocupación Independiente con Domicilio en Av. Industrial 251 Huancaro del Distrito de Santiago -Cusco y la Srta. ISABEL ESPINOZA BORDA con DNI Nro. 42654843 de 29 años de edad, Soltera, de Nacionalidad Peruana, Natural del Distrito de Cusco Provincia y Departamento de Cusco de Ocupación Independiente con domicilio en Av. Industrial Nro. 251 del Distrito de Santiago PRETEN-DEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipalidad el día Viernes 25 de Julio del 2014.Las Personas que conozcan causales de impedimento, podrán denun-ciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil.Santiago, 09 de Julio del 2014Lic. Nilda Cupi ZunigaJefe1v-10-vii-14b/v 33250

AVISO JUDICIALAnte el Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián se viene tramitan-do el Proceso Civil Nro. 2014- 136, por Resolución No. 01 del 16 de junio del año dos mil catorce, la señora juez titular Marianella Car-denas Villanueva, ha dispuesto la publicación del extracto de la so-licitud admitida e interpuesta por HILDA SANCHEZ HUAMAN sobre INSCRIPCION DE PARTIDA DE DEFUNCION e quien en vida fue don TIMOTEO SANCHEZ HUAMANTUPA; Proceso que se tramita en la vía del Proceso NO CONTENCIOSO. Lo que se publica por una sola vez, para los fines consiguientes de Ley.- Firma completa del señor juez y media firma del Secretario.San Sebastián, 02 de julio del 20141v-10-vii-14b/v 33251

AVISO JUDICIALEn Proceso Nro. 115-2014- Ante el juzgado de paz letrado de San SebastiánDespachado por la Sra. Juez Dra. MARIANELLA CARDENAS bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León, YOLANDA PAREDES VAL VERDE solicita RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO por habérsele considerado a sus progenitores como Lucio y Celestina debiendo ser Bruno Paredes Gutiérrez y Celestina Valverde Bustamante lo que se publica para los fines de ley. S. S. 04- 07 -14.1V- 10-VII-14B/V 33251

EDICTO JUDICIALEn el expediente N° 01165-2014-0-1001-JP-CI-04 seguido por Ha-ydee Vargas Oviedo sobre Rectificación de Partida el señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco, Dr. Mario Castilla Huar-co, bajo la actuación de la secretaría judicial Juana Paula Huanca Ccapcha; de conformidad al artículo 828 del Código Procesal Civil ha dispuesto se publique los edictos. Auto Admisorio Resolución N° 02 Cusco dos de julio del dos mil catorce; VISTA: LA SOLICITUD... SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud presentada por HA-YDEE VARGAS OVIEDO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO inscrito en el Registro de Estado Civil de la Municipa-lidad Provincial del Cusco, con número 1016, por haberse omitido el segundo apellido de su padre e inscrito como Antonio Vargas siendo lo correcto ANTONIO VARGAS GUZMAN, por haberse sobre puesto la letra “la” encima de la palabra doña, y omitir el nombre de la madre y demás datos siendo lo correcto: y de doña:RICARDINA BENEDICTA OVIEDO DE VARGAS DE VEINTIDOS AÑOS,CASADA, NATURAL DE PARURO, en la vía del proceso NO CON-TENCIOSO, lo que se publica para los fines de ley.Cusco, 02 de julio del 2014.1v-10-vii-14b/v 33252

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA - CUSCODIVISION DE REGISTRO CIVILAVISORECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE MATRIMONIOPor Expediente Administrativo Nº 5797 de fecha 04 de Julio del 2014, el recurrente Juan Bautista Palomino Sagategui, solicita la Rectifica-ción Administrativa del Acta de Matrimonio Nº 82 de fecha, 23 de Junio

de 1988, titular del acta de matrimonio. El rubro correspondiente al registro erróneo del apellido pre nombre del contrayente se ha consig-nado como Juan en el cuerpo y marginal del acta error no atribuible al Registrador Civil, siendo lo correcto el nombre y apellido del contra-yente como JUAN BAUTISTA PALOMINO SAGASTEGUI, Lo que se hace de conocimiento Público a fin de que las personas resulten per-judicados por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación, conforme establecen los Artículos 71 al 75 del Decreto Supremo Nº 015-98- PCM, DI-263-GRC/017 del 10 de Mayo del 2010. Ante la Municipalidad Provincial de Anta.Anta, 07 de Julio del 2014.Walter Ricra VasquezRegistro civil

EDICTO JUDICIALSE NOTIFICA:A LOS SUCESORES LEGALES DE LA QUE EN VIDA FUE VALEN-TINA ARMEJOVARGAS, FALLECIDA EN FECHA 15 DE FEBRERO DEL 2012:Lizbeth Huillca Armejo, Diana Huillca Armejo, Sandro Huillca Armejo, y Lisset Maritza Huillca Armejo. Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cusco, que despacha la Señora Juez Dra. GILDA A. ZEA NUÑEZ, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Solazar Miranda, se tramita el Expediente Nro, 00146-2014-0-100 1-JP-FC-0 1, seguida por NESTOR HUILLCA COSIO, sobre EXTINCION DE PENSION DE ALIMENTOS contra de la que en vida fue VALENTINA ARMEJO VARGAS (cónyuge), y ACUMULATIVAMENTE LA DEVOLU-CIÓN DE LAS PENSIONES CONSISTENTES EN EL 5% (CINCO POR CIENTO) del total de sus remuneraciones a partir del fallecimiento de VALENTINA ARMEJO VARGAS (cónyuge - QEVF) el 15 de febrero del año 2012, correspondiente a un año y once meses, contra de la que en vida fue VALENTINA ARMEJO VARGAS (cónyuge), Se notifica de conformidad a lo establecido por los Artículos 108°, 165°, 167° Y 168° del Código Procesal Civil, por tres días hábiles, en el Diario Judicial de esta ciudad y en el Diario Oficial el peruano, a fin de que se apersonen en el presente proceso dentro del término de ley, bajo apercibimiento de designárseles CURADOR PROCESAL. .Cusco, 23 de mayo del 2014.3v-10-11-14-vii-14b/v 33254

EDICTO JUDICIALAnte el Primer Juzgado Mixto de Sicuani, a cargo de la señorita Juez titular doctora Liliam Selene Monasterio Alarcón y, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Sofía Ríos Quiroz, se viene tramitando el Proceso No Contencioso N° 00089-2014-0-1007 -JM-CI-01, la solici-tud presentada por Eduardo Cancio Cayllahua Callasaca sobre cam-bio de nombre, se ha dispuesto la publicación de Edictos, siendo el contenido de la resolución NÚMERO UNO, de fecha seis de Junio del año dos mil catorce, en forma sumillada el siguiente SE RESUELVE: 1).- ADMITIR la demanda interpuesta por EDUARDO CANCIO CAY-LLAHUA CALLASACA en representación de su menor hijo JUSSIATO JEESON CAYLLAHUA CACERES, sobre cambio de nombre para que su nombre correcto quede como: JHERSON JHOSEP CAYLLAHUA CACERES; en tal virtud se dispone su trámite en la VIA DEL PROCE-SO NO CONTENCIOSO; debiendo cumplirse con la publicación del extracto del auto admisorio mediante Edictos en el Diario Judicial de la localidad, en cumplimiento a lo previsto por el artículo 8330 del Código Procesal Civil por el término de ley. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios del recurrente, reser-vándose su admisión y actuación para la etapa correspondiente. A LOS ANEXOS: Agréguese a sus antecedentes los anexos que acom-paña.-Sicuani, 08 de Julio del 2014.1v-10-vii-14b/v 33255

EDICTO JUDICIALPor ante el Primer Juzgado de paz Letrado de Cusco, bajo el Des-pacho de la Señora Juez Doctora GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Solazar Miranda, se trami-ta el expediente Nro. 01677-2013-0-1001-JP-CI-01, seguido por ALE-JANDRINA GUEVARA MORALES, solicita en la Vía del Proceso No Contencioso la rectificación de su Partida de Nacimiento, por haber-se omitido en consignar el apellido materno de sus señores padres, consignado erróneamente como “MANUEL GUEVARA”, y “AGUSTINA MORALES” siendo lo correcto “MANUEL GUEVARA GONZALES”, y “AGUSTINA MORALES VENERO” se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley.-------Cusco, 03 de julio del 2014.1v-10-vii-14b/v 33256

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Cusco, jueves 10 de julio de 20146EDICTO JUDICIAL

Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despa-chado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 00825·2014·0·1001·JR·CI·03, en la que mediante Resolución Nro. 02, de fecha 05/06/2014, en la que la actora solicita se le declare propietaria del Lote 0-6 de la Asociación Pro Vivienda Luzmila del Solar, ubicado en el distrito de San Sebastián, provincia y región de Cusco, por lo que SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por LUCY AUGUSTA LLANA ARAGÓN en re-presentación de la sociedad conyugal conformada por Efraín Eladio Llerena Moscos, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble signado como Lote 0- 6 de la Asociación Pro Vivien-da Luzmila del Solar, ubicado en el distrito de San Sebastián, pro-vincia y región de Cusco, contra la sociedad conyugal conformada por MERY WALTRUDIS LLANA ARAGÓN Y AURELIO FERNÁNDEZ MENDIGURI, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proce-so ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado de la demanda a los demandados por el término de DIEZ DIAS, bajo apercibimien-to de seguirse el proceso en su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal, debiendo agregarse a sus antecedentes los anexos adjuntos. AL PRIMER MAS DIGO: Téngase en cuenta. AL OTROSI DIGO: Efectúese la publicación de un extracto del presente en el diario judicial de esta ciudad y el diario oficial “El Peruano”, por el término de tres días con intervalo de tres días, conforme a lo dis-puesto por el artículo 506 del Código Procesal Civil. Y Conforme a lo establecido por el artículo 505 del Código Procesal Civil, cítese con la demanda a los colindantes Victoria Bautista de Villagra, Gabrie-la Manzanares Coila, a la Universidad San Antonio Abad del Cusco, representada por su Rector, y a la Municipalidad Distrital de San Se-bastián. Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judicial Córdova Cuellar. H.S.·Cusco, 26 de junio de 2014.3v-10,16,22-vii-14b/v 33257

PRESCRIPCION ADQUISITIVA VEHICULARAnte mi, LUIS ALBERTO LIRA APAZA, Notario Público, con oficio notarial en Prolongación Av. La Cultura P-6-3 del distrito de San Se-bastián - Cusco, JOSE ORLANDO VELA MOGROVEJO solicita se le declare propietario por prescripción adquisitiva de dominio sobre el vehículo automotor usado, de las siguientes características:TITULAR REGISTRAL: EMPRESA COMERCIALIZADORA DEL ARROZ S.A. ECASA. PLACA: RG-7798; CLASE: CAMIONETA RU-RAL; CARROCERIA: NO METROPOLITANO; MARCA: LAND RO-VER; MODELO: 88 MILITAR; AÑO DE FABRICACION: 1973; N° DE SERIE: 92402071A; COLOR: ARENA, BEIGE; N° DE MOTOR 90136037A; N° PARTIDA: 50938154.- ZONA REGISTRAL N° IX SEDE LIMA.Lo que comunico para los fines de ley.Cusco, 08 de Julio de 2014.LUIS ALBERTO LIRA APAZAABOGADO-NOTARIO1v-10-vii-14b/v 33249

EDICTOEDICTO JUDICIAL.- SUCESION INTESTADA: Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado del distrito de Santiago, bajo la dirección de la señora Juez Dra. BETSSY MOSTAJO PUENTE DE LA VEGA. Y la actuación del Secretario Judicial LEANDRO JUVENAL LAZO ZAMBRANO, en el proceso Civil Nro. 1151-2014 LUISA RUPA CAS-TILLA, viene solicitando la sucesión intestada del que en vida fuera CLEMENTE MAMANI CHOQUE, fallecido en fecha 02-02-2014 en la comunidad de Sayrichaca Miraflores del distrito de Yanatile, pro-vincia de Calca departamento del Cusco, publicación que se realiza para que los que se crean con derecho a sucesión, se aproximen al proceso a ejercer su derecho, lo que se publica para los fines de ley correspondientes. -Santiago, 26 de junio del 2014.-Leandro Juvenal Lazo Zambrano - Secretario judicial.1V-10-VII-14B/V 33258

EDICTO JUDICIALSe hace conocer que ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de San-tiago, bajo la dirección de la Juez Basiliska Dueñas Zúñiga, en el Pro-ceso Civil N° 01254-2014-0-1 018-JP-CI-01, NAZARIO PILLCO MIO, viene solicitando la sucesión intestada de la que en vida fue Nicanor Pillco Cachi fallecida en el distrito de Santiago el 29 de setiembre del 2009 y se nombre a sus herederos legales. Se emite el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Secretario

Judicial Gabriel Suárez Valencia.Santiago, 17 de junio del 2014.1V-10-VII-14B/V 33259

EDICTOEDICTO JUDICIAL.- SUCESION INTESTADA: Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado del distrito de Santiago, bajo la dirección de la señora Juez Dra. BETSSY MOSTAJO PUENTE DE LA VEGA. Y la actuación del Secretario Judicial LEANDRO JUVENAL LAZO ZAM-BRANO, en el proceso Civil Nro. 1192-2014 MERCEDES GUEVA-RA TOMAILLA DE PEREZ, viene solicitando la sucesión intestada del que en vida fuera su cónyuge PEDRO EDGARDO PEREZ TOMA YLLA, fallecido en fecha 13 de Julio del año 2013 en la ciudad del Cusco, publicación que se realiza para que los que se crean con de-recho a sucesión, se aproximen al proceso a ejercer su derecho, lo que se publica para los fines de ley correspondientes.- Santiago, 08 de Julio del 2014.-Leandro Juvenal Lazo Zambrano - Secretario judicial.1V-10-VIIB/V 33260

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIAEn el expediente Nº 419-2000 ,seguido por ESCOLASTICA GUTIE-RREZ OLARTE DE HUAMANGA y NICASIO HUAMANGA VERA con-tra SAMUEL JESUS MARTINEZ RAYO sobre ESTAFA GENERICA , tramitado ante el SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR SEDE WANCHAQ DEL cusco a cargo del Juez Dr. ANDRES ABELINO FLO-RES AGUILAR, interviniendo como Especialista Legal Dra. JANETTE GLADIS NAVINTA TACONA, ha facultado de conformidad con Ley N0 28371 al Martillero Público ELOY OCTAVIO PISFIL FLORES con Reg. 307, para realizar el Remate Público en Primera Convocatoria del bien inmueble ubicado en Predio rustico denominado Isla Papilón ,Sector de Tucsan Grande, en el Distrito de Pisac, Provincia de Calca y Departamento de Cusco ,cuyo dominio ,área ,linderos ,medidas pe-rimétricas y demás características se encuentran inscritas en la Parti-da Electrónica Nº 02128924 , del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº X Sede Cusco, Oficina Registral Inka.VALOR DE TASACION: s/. 49,400.00 (CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES).PRECIO BASE (POSTURA): s/. 32,933.33 (TREINTA Y DOS MIL NO-VESCIENTOS TREINTITRES Y 33/100 NUEVOS SOLES) equivalen-te a las dos terceras partes de la tasación.GARGAS y GRAVAMENES: 1) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIP-CION a favor de NICASIO HUAMANGA VERA y otra, ordenado por el juez del Sexto Juzgado Penal del Cusco hasta por la suma de S/. 15,000.00 nuevos soles, inscrita en el Asiento Nro. 1-D de la Partida Registral Nº02128924 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Na X Sede Cusco, Oficina Registral Inka.LUGAR. DIA Y HORA DE LA DILIGENCIA: El día VEINTICINCO DE JULIO del 2014 a horas NUEVE DE LAMAÑANA ,en el local del Se-gundo Juzgado Penal Liquidador Sede Wanchaq ubicado en Urbani-zación La Florida C-14,Pasaje Kantus Wanchaq Cusco.REQUISITOS DEL POSTOR: Para ser postor se deberá depositar ( oblar) en efectivo o en cheque de gerencia a nombre del postor ( NO consignar el término No Negociable el equivalente al 10% del valor de la tasación, es decir, la suma de s/. 4,940.00 Nuevos Soles, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. Asimismo deberán pre-sentar su DNI y el arancel judicial -Código 07153- por participación en remate, en original y copia (consignando :el nombre del Juzgado, número de expediente ,número de documento nacional de identidad del postor).FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE: Martillero Público Eloy Oc-tavio Pisfil Flores.HONORARIOS DEL MARTILLERO: Los Honorarios serán a cargo del adjudicatario, de conformidad con los montos establecidos en el Decreto Supremo Nro. 008-2005-JUS mas el IGV , debiendo ser can-celado al finalizar el acto del remate.Cusco, mayo del 20146VECES-10-11-14-15-16-17-VIIB/V 33261

EDICTO JUDICIALAnte el Primer Juzgado Mixto del Distrito de Wanchaq, que Despacha la doctora E. Lía Ccarhuarupay Béjar, tramitado ante la secretaria Judicial Crisalta Salazar Yauta se viene tramitando el proceso civil N° 623-2013-CI, seguido por EMILIANO MEZA FLORES Y FLOREN-TINA MEZA CRUZ sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA de dominio contra JULIA RODRIGUEZ DE ZUÑIGA y OTROS se ha dispuesto publicar la parte pertinente de la resolución número siete se admite a trámite la demanda en la vía del proceso abreviado sobre prescrip-ción adquisitiva del bien rustico denominado Rosaspata o Quinta Ro-saspata SIN del Distrito de Saylla con un área de 6.10 hectáreas y un

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Cusco, jueves 10 de julio de 2014 7perímetro de 1 058.00ml que tiene como límite, por el frente entrandocon la línea Ferrera Cusca Arequipa a partir del hito 3 en línea recta hacia el hito número 4 con una longitud de 205ml, por el fondo entran-do con el rió Huatanay desde el hito 01 hasta el hit02 en forma sinuo-sa con 325ml, Por la izquierda entrando con la propiedad del señor Augusto Zavaleta Jiménez desde el hito 2 hasta el hito 3 con 160 mi, Por la derecha entrando con los terrenos de la comunidad Anawarque a partir del hito 4 hasta el hito número 1 con 368ml, lo que lo que se publica a fin de emplazar a las personas que tengan derecho y hagan valer su derecho conforme a ley.- Firma de la señora Juez E. Lía Ccarhuarupay Béjar y Especialista legal Crisalta Salazar Yauta.Wanchaq, 20 de junio del 2014 .3V-10-16-22-VIIB/V 33262

EDICTO JUDICIALPor ante el Primer Juzgado de paz Letrado de Cusco, bajo el Despa-cho de la Señora Juez Doctora GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actua-ción de la Secretaria Judicial Catalina Solazar Miranda, se tramita el expediente Nro. 01343-2014-0-1 001-JP-Cl-01, seguido por ADOLFO GREGORIO BARAZORDA VEGA, solicita en la Vía del Proceso No Contencioso la rectificación de su Partida de Nacimiento, en lo que respecta al apellido materno de su señora madre de la recurrente, consignado erróneamente como “FRANCISCA VEGA” siendo lo co-rrecto “FRANCISCA VEGA QUISPE”, se efectúa la presente publica-ción para los fines consiguientes de ley.-----------CUSCO, 08 DE JULIOD EL 32014.1V-10-VIIB/V 33263

SUCESION INTESTADAAnte mi Oficio Notarial, ubicado en la Av. Grau 438 - Segundo Ni-vel del cercado y provincia de Cusco, ante mi ORLANDO PACHECO MERCADO, Abogado Notario de Cusco, se presento doña JUANA CCALLO VIUDA DE PINTO, solicitando la Sucesión Intestada de quien en vida fuera su cónyuge NICANOR AGATON PINTO HUISA, fallecido en esta ciudad, en fecha 26 de mayo del 2014, lo que se publica para los fines de Ley.Cusco, 08 de julio de 2014ORLANDO Pacheco MercadoAbogado- Notario1v-10-viib/v 33264

SUCESIÓN INTESTADAANTE MI, MERCEDES SAUZAR PUENTE DE LA VEGA, ABOGADA NOTARIA, CON OFICINA NOTARIAL EN AVENIDA HUAYNA CCA-PAC NRO. 113-A WANCHAQ- CUSCO; HEBE DELY ESPINOZA CALDERON, SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU CONYUGE SEÑOR RUBEN MIRANDA LEDESMA FALLECIDO EN EL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO EL DOS DE AGOSTO DEL DOS MIL TRECE. SE PÚBLICA PARA QUE QUIENES TENGAN DERECHOS LOS HAGAN VALER EN LA FORMA ESTABLECIDA POR LEY. CUSCO, DOS DE JULIO DEL DOS MIL CATORCE.MERCEDES SALAZAR PUENTE DE LA VEGAABOGADA NOTARIAL1v-10-viib/v 33266

AVISO DE PREVENCIONA LA OPINION PUBLICA: Que los herederos legales Miguel Ángel, América, Regina Sonia, Bertha, María Elena, Luz Marina, Erasmo Sota Zúñiga y Rosa Elizabeth Sota Sánchez. Inscrita en la Oficina de Registros Publicas del Cusco- Sicuani , en la Ficha Registral Nº 24274497 Y 24310396, son propietarios del bien inmueble ubicado en el Jirón Breña 137 del distrito de Sicuani, con la siguiente colindancia POR EL FRENTE, con el Jirón Breña ,POR EL FONDO, con la pro-piedad de la Familia Condori Quispe, ENTRANDO A LA DERECHA colinda con el Pasaje Santa Fe y ENTRANDO POR LA IZQUIERDA, con la familia Quispe y Pasaje Pachacutec con un AREA TOTAL de 2,311.21 M2; Por lo tanto, ninguna persona ajena sin autorización de los herederos universales de la familia SOTA ZUÑIGA, puede realizar actos jurídicos de traslación de dominio o tramitar Títulos supletorios u otro aparente, frente al inmueble antes indicado, en caso contrario serán nulos de puro derecho, sin perjuicio de iniciar acciones penales y civiles que pudiera dar lugar tal hecho.Sicuani, 07 de Junio del 2014.MARIA ELENA SOTA ZUÑIGADNI Nº3veces-10-14-16-viib/v 33268

EDICTO JUDICIAL.En el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Yanatile de la provincia de Calca, que despacha la Señorita Juez Alicia Vargas León, bajo la actuación de! secretario judicial Israel Villafuerte Anaya, se tramita el proceso civil Nro. 0078- 2013-0-1019-JP-CI-01, seguido por Rosa Quispe Hancco, quien peticiona la rectificación de su partida de na-cimiento y se consigne los datos de filiación de sus señores padres de la siguiente forma: 1) Padre: Justino Quispe Ñahuis, de 30 años de edad, agricultor, natural del distrito de Lares, con domicilio en el sector Sacramento de la Segunda Zona del Valle de Lacco Yavero y de nacionalidad peruano. 2) Madre: Marcelina Hancco Daza, de 30 años de edad, su casa, natural del distrito de Lares, con domicilio en el sector Sacramento de la Segunda Zona del Valle de Lacco Yavero y de nacionalidad peruana. Lo que se publica para los fines de Ley.Quebrada, 12 de diciembre del 2013.1vez-10-viib/v 33269

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo, bajo la dirección de la Juez Nelly Consuelo Yábar Villagarcia y actuación de la Secre-taria Judicial Isabel del Carmen Rojas Pino, se tramita el Proceso Civil Nro. 166-2014, seguida por LEÓNIDAS CANANEO CÉSPEDES GUTIÉRREZ sobre SUCESIÓN INTESTADA de JUAN ISAÍAS VI-LLALBA VILLAR, tramitada en la vía del proceso No Contencioso¡ se publica para los fines de ley.San Jerónimo, 08 de Julio del 2014.1v-10-viib/v 33270

AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTOPor Expediente N° 6197-2014.En la División de Registro Civil que funciona en la Municipalidad Dis-trital de San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco; el Sr. MARIA HUAMAN CUTIPA solicita la Rectificación Administrativa del Acta de su Nacimiento N0 5 del año 1981 que, en el Libro Principal y Duplicado de Nacimientos, en el rubro datos del Padre de la Titular del Acta, su Primer pre-nombre se ha omitido, consignándose como: Víctor Huamán Huamán; debiendo figurar en adelante completa y co-rrectamente como: Nicolás Víctor Huamán Huamán, tal se aprecia en el Acta de nacimiento del padre. Error no atribuible al registrador de la Época por lo que se debe tener en consideración la Vía correctiva de la salvedad (DI-263-GRC/017).Lo que se hace conocer a fin de quienes resulten perjudicados con la Rectificación, pueda formular oposición por escrito dentro de los 15 días siguientes a la publicación conforme establece el Art. 74 del D.S. 015-98-PCM ante la Dirección de Registro Civil de esta Munici-palidad.Lo que se cumple de conformidad al Art. 73 del D.S. 015-98-PCM.San Jerónimo, 09 de julio del 2014.Raúl Quispe ChuraJefe de registro civil1v-10-viib/v 33284

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGOEDICTO MATRIMONIALHago saber que don JUAN CARLOS VILLACORTA GIMENEZ con DNI Nro. 23834823 de 48 años de edad, soltero de Nacionalidad peruano Natural del Distrito de Paccarectambo Provincia Paruro y Departamento de Cusco de ocupación Comerciante con Domicilio en APV Villa Cesar C-15 del Distrito de Santiago -Cusco y la Srta. JUA-NA ANCHAYA PEREIRA con DNI Nro. 23939430 de 46 años de edad, Soltera, de Nacionalidad Peruana, Natural del Distrito de Huanoquite Provincia Paruro y Departamento de Cusco de Ocupación Comer-ciante con domicilio en APV Villa Cesar C-15 del Distrito de Santiago PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipali-dad el día Sábado 26 de Julio del 2014.Las Personas que conozcan causales de impedimento, podrán de-nunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil.Santiago, 09 de Julio del 2014Nilda Cupi ZunigaJefe1v-10-viib/v 33283

SUCESION INTESTADAEn el Proceso Civil Nro. 2014 - 0134 tramitado ante el Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián, la señora juez titular Marianella Cár-denas Villanueva por Resolución No. 01 del 16 de junio del 2014, dispuso la publicación del extracto de la solicitud admitida e inter-

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Cusco, jueves 10 de julio de 20148puesta por doña CLAUDIA PUMACHAPI DE TTITO sobre SUCESION INTESTADA de quien en vida fuera don VALENTIN TTITO QUISPE fallecido en esta ciudad el 14 de mayo del 1999 en la ciudad del Cus-co, Lo que se publica por única vez y para fines de que las personas que tengan interés sucesorio se apersonen al proceso.San Sebastián, 09 de julio del 20141v-10-viib/v 33272

EDICTO JUDICIAL.RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIOEXP. No. 071-2014-CI.Ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Livitaca Provincia de Chumbivilcas, bajo la dirección del Señor Juez Juan Carlos Alarcón Huamán y con actuación del Especialista Legal Isaac Ccopa Rivera, se viene tramitando el Proceso Civil Nro. 071-2014-Cl, seguido por BALVINA AVILES NAVEROS, sobre RECTIFICACIÓN PARTIDA DE MATRIMONIO, se ha dispuesto publicar el siguiente edicto judicial: I) En el rubro datos de la titular, su nombre ha sido inscrito errónea-mente como Valvina, lo correcto debe ser Salvina, es decir Salvina Aviles Naveros.- II) Se subsane los sellos del registrados y alcalde de la Municipalidad de Livitaca.- Se efectúa la presente publicación para los fines de ley. Livitaca, 10 de junio del 2014.1v-10-viib/v 33275

AVISO DE CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL

Expediente N” 00246 - 2012-0-1023-JP-Cl-01 en los autos seguidos por MARISA COSIO BACA, en contra de DOMINGO ARIAS QUIS-PE y ANA MARIA CHOQUE HUAMANI sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO; la señora Juez del Primer Juzgado de Paz Letra-do - Sede San Sebastián de Cusco, Dra. Marianela Cárdenas Villa-nueva, con el Especialista Legal Dr. Juan Ronald Bornás Guerra, han encargado al Martillero Público ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS Registro N° 265 Y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIME-RA CONVOCATORIA el inmueble edificado en la ubicación siguiente:Inmueble: Stand N-17 ubicado en el Primer Nivel de la Fracción “03-A” de la Fracción Nº 3 del Predio signado con el Nº 105-141 de la Calle Los Sauces, en la Urbanización de Ttio, ( Mercado Popular Ttio Segunda Etapa )Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento de Cusco; inscrito en la Partida N” 11073259 Zona Registral N” X Sede Cusca - Oficina Registral Cusco VALOR DE TASACION Del INMUE-BLE : SI. 22,172.35 (Ventidos Mil Ciento Setenta y Dos y 35/100 Nue-vos Soles ).PRECIO BASE DE REMATE DEL INMUEBLE : S/. 14,781.57 (Cator-ce Mil Setecientos Ochenta y Uno y 57/100 Nuevos Soles), equiva-lente a las 2/3 partes del valor de tasación.GRAVAMENES y CARGAS:ASIENTO D00002- EMBARGO DE PROPIEDAD INMUEBLE A FA-VOR DE TERCEROS: El Juez del Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián, Marianella Cárdenas Villa nueva con la actuación del Es-pecialista Legal Juan Ronald Bornas Guerra, dentro del proceso Nº 00216- 2012-0-1023-JO-CI-01 seguido por Marisa Cosio Baca, con-tra Domingo Quispe Arias, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero mediante Resolución Nº 02 de fecha 09/08/2012 ha ordenado trabar Embargo en forma de Inscripción, sobre el inmueble de la partida, inscrito en el asiento 01, inscrito a favor de un tercero hasta por la suma de SI. 20,000.00 (Veinte Mil con 00/100 Nuevos Soles) DIA Y HORA DE REMATE: 24 de Julio del año 2014, a las 09,00 Horas de la mañana.LUGAR DE REMATE: Sala de Remates del Juzgado de Paz Letrado, Sede San Sebastián - Corte Superior de Justicia de Cusco POSTO-RES: Oblarán el 10% del Valor de Tasación sobre S/. 22,172.35 nue-vos soles, en cheque de gerencia del Banco de la Nación a nombre del postor y presentarán, la tasa arancelaria judicial por derecho a participar en el remate, con indicación de su documento de identidad, Nº de expediente y juzgado correspondiente (todo con su respectiva fotocopia); los honorarios del Martillero Publico serán a cargo del Ad-judicatario al momento de la firma del Acta, de acuerdo al Art. Nº 18 de D.S. 008-2005 JUS a ley 27728Cusco, 03 de Julio de 2014.ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOSMartillero Publico Reg. Nº 2651v-10-viib/v 33247

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCODIRECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVILEDICTO MATRIMONIALPRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL:Don: HERBER RAMIREZ ORDOÑEZIdentificado con DNI 41407549Estado Civil: SOLTERO

Natural de: CUSCONacionalidad: PERUANAEdad: 33 años:Ocupación: QUIMICO FARMACEUTICODomicilio: A.P.V. ILLARY N-6 SAN SEBASTIANDoña: VERONICA ÑAHUINCAMASCA CONOCUICAIdentificada con DNI 45203923Estado Civil: SOLTERANatural de: WANCHAQ- CUSCONacionalidad: PERUANAEdad: 26 años:Ocupación: CONTADORADomicilio: AA. HH. El CALVARIO H-1 CUSCOFecha de Matrimonio: 24 DE JULIO Del 2014Las personas que conozcan causales de impedimento pueden de-nunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Dirección de los Registros de Estado Civil de esta Municipalidad.Cusco 03 de JULIO del 2014.Walter Carpio ChávezDIRECTOR1v-10-viib/v 33273

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGOAVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVAEn la oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago - Cusco Con Expediente 006919 de fecha 09/07/2014, ha solicitado el(la) ciudadana (o) SILVERIA ORTIZ GARCIA LA REC-TIFICACION ADMINISTRATIVA correspondiente a mi señora hija KA-RINA CASTRO ORTIZ de la partida de Nacimiento N° 2293 del año 1984 en el que existe error de consignación en el rubro nombre de la progenitora (PRENOMBRE) en la parte principal del acta, debiendo consignarse como SILVERIA en lugar de Silvia. Lo que se hace de conocimiento Público a fin de que las personas que resulten perjudi-cadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación ,conforme al Art,74 del D.S.015-98-PCM ante esta Municipalidad.Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fines.SANTIAGO LOPEZ FABRERegistrador civil1v-10-viib/v 33272

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado de Paz Letrado de Anta, que despacha el señor Juez GILBERT ARIAS PAULLO, bajo la tramitación del Especialista Legal Patricio Valenza Olivera, en el Proceso Civil N° 89-2014-0-1004-JP-CI-01, RUBEN DELGADO UREÑA, vienen solicitando la sucesión intestada de quien en vida fue su progenitor VICTOR ANTONIO DEL-GADO RODRIGUEZ, para que’ sea declarado como su legítimo y uni-versal heredero legal; publicándose el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley.Anta ,25 de Junio del 2014.1v-10-VIIb/v 33271

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Anta, que despa-cha el Dr. Gilbert Arias Paullo, bajo la actuación del Especialista Legal Elvis Renny Morales Loaiza, se viene tramitando el Proceso Civil N° 88-2014·0-1004-JP-CI·01. Seguido por RUBEN DELGADO UREÑA sobre SUCESION INTEST ADA, de quien en vida fue SOFIA UREÑA MUJICA, quien falleció en fecha 30 de Setiembre de 1992, se publica para los fines de ley.-Anta, 08 de Julio del 2014.1v-10-viib/v 33271

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAROCONDOREGISTRO DE ESTADO CIVILEDICTO MATRIMONIALEXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N° 1623 - 2014PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVILDON LUIS BELTRAN VASQUEZ CARDENAS.DNI 04064088NATURAL del Distrito de Huancarama -Andahuaylas - Apurímac.Edad 61 añosEstado Civil SolteroOcupación AgricultorNacionalidad peruanoDomiciliado Calle Progreso s/n del Distrito de Huarocondo, Provincia de Anta y Departamento del Cusco.

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Cusco, jueves 10 de julio de 2014 9DOÑA CARMEN APAZA HUAMAN.DNI 06225548NATURAL del Distrito de Huarocondo - Anta - Cusco.Edad 59 añosEstado Civil SolteraOcupación Ama de CasaNacionalidad PeruanaDomiciliado Calle Progreso s/n del Distrito de Huarocondo, Provinciade Anta y Departamento del Cusco.Quienes contraerán matrimonio civil el día 16 de Julio del 2014.A horas 09:00 a.m. Las personas que conozcan las causales de Im-pedimento pueden denunciarlos, como establece el Art. 253 del Có-digo Civil, ante la Jefatura de los Registros del Estado Civil de esta Municipalidad.Aurelio Terreros Sotomayor.Jefe de Registro Civil.1vez-10-viib/v 33282

NOTIFICACION DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO

ANTE LA NOTARIA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO N° 460 DE ESTA CIUDAD: LOS SEÑORES: MAURO MUÑOZ CASTRO, LUZMILA GEORGINA MUÑOZ CASTRO, RUTH BRIGIDA MUÑOZ CASTRO Y JULIA MUÑOZ CASTRO DE ARIAS. EN LOS QUE SI-GUEN SOBRE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO: DEL INMUEBLE UBICADO EN LA AVENIDA HUAYNA CAPAC N°158, DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA 1 DEPARTAMENTO DEL CUSCO, DEL ÁREA DE 238.25 M2 Y UN PERÍMETRO TOTAL DE 61.81 ML. , DICHO INMUEBLE URBANO TIENE LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: AREA: 238.25 M2. - PERIMETRICO: 61.81 ML.- LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS: POR EL FRENTE: COLINDA CON LA AV. HUAYNA CAPAC CON UNA LONGITUD DE 16.48 M. EN LINEA RECTA.,.- POR EL FONDO: COLINDA CON LA PROPIEDAD DE CERVESUR, CON UNA LONGITUD DE 15.50 M. EN LINEA RECTA. - POR EL LADO DERECHO ENTRANDO: COLIN-DA CON LA PROPIEDAD DEL SR. HUMBERTO TEJADA CON UNA LONGITUD DE 15.11M. EN LINEA RECTA.- POR EL LADO IZQUIER-DO ENTRANDO: COLINDA CON EL PASAJE DE PROPIEDAD DEL SEÑOR SOCRATES ARAGON GONZALES CON UNA LONGITUD DE 14.72 M. EN LINEA RECTA., CON HISTORIAL REGISTRAL EN LA P.E. N° 07004052, DE LA ZONA REGISTRAL N°X-SEDE CUSCO, CONVOCANDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SO-BRE DICHA PROPIEDAD PARA HACER VALER SUS DERECHOS DE ACUERDO A LEY.Cusco,18 de junio del 2014.3v-10-11-14-viib/v 33250

NOTIFICACION POR EDICTOANTE LA NOTARIA PÚBLICA DEL DR. JORGE OSWALDO BUS-TAMANTE ARAGON, UBICADO EN LA CALLE, PAMPA DEL CAS-TILLO N° 460 DE ESTA CIUDAD: ================================================= EN EL PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO SOBRE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, DEL INMUEBLE UBICADO EN LA AVENIDA HUAYNA CAPAC N°158 DEL DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA y DE-PARTAMENTO CUSCO, INMUEBLE QUE ACTUALMENTE CUENTA CON UNA: AREA DE: 238.25 M2.- PERIMETRO: 61.81 ML.- LINDE-ROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS: POR EL FRENTE: COLINDA CON LA AV. HUAYNA CAPAC CON UNA LONGITUD DE 16.48 M. EN LINEA RECTA.,.- POR EL FONDO: COLINDA CON LA PROPIE-DAD DE CERVESUR, CON UNA LONGITUD DE 15.50 M. EN LINEA RECTA. - POR EL LADO DERECHO ENTRANDO: COLINDA CON LA PROPIEDAD DEL SR. HUMBERTO TEJADA CON UNA LONGI-TUD DE 15. 11M. EN LINEA RECTA. - POR EL LADO IZQUIERDO ENTRANDO: COLINDA CON LA PROPIEDAD DEL SEÑOR SOCRA-TES ARAGON GONZALES CON UNA LONGITUD DE 14.72 M. EN LINEA RECTA.- PETICION FORMULADA POR LOS SEÑORES: MAURO MUÑOZ CASTRO CON DNI.24893836, LUZMILA GEORGI-NA MUÑOZ CASTRO CON DNI.23922929, RUTH BRIGIDA MUÑOZ CASTRO CON DNI. 23884591 Y JULIA MUÑOZ CASTRO DE ARIAS CON DNI.23821797, MEDIANTE LA PRESENTE “EMPLAZA”, A LA PROPIETARA ORIGINARA DEL INMUEBLE SEÑORA BRIGIDA JI-MENEZ VIUDA DE CASTRO, PARA QUE PUEDA HACER USO DE SU DERECHO SI LO CREE POR CONVENIENTE.CUSCO 18 DE JUNIO DEL 2014.3v-10-11-14-viib/v 33281

EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVAEn la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fe-

cha 17 de junio del 2014, el recurrente PAULINO PERCCA HUAM-PUTUPA, titular de la partida de matrimonio nº 1001372288 corres-pondiente a PAULINO PERCCA HUAMPUTTUPA y AGUEDA MORA ALAGON y, conforme lo establece la Directiva Nº DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa de la rectificación del apelli-do paterno del cónyuge titular del acta, consignado como PAULINO PERCCA HUAMPUTUPA, debiendo ser lo correcto como PAULINO PERCCA HUAMPUTUPA. Por lo que de conformidad a lo estipulado en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presentepublicación conforme a Ley.Cusco, 23 de junio del 2014.Silvia Karina Salas LeivaJefe de la Oficina Registral Cusco - RENIEC1V-10-VIIB/V 33278

REGISTRO DEL ESTADO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCAAVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVAPor expediente No. 5895-2014 del 08 de Julio del 2014.Don, REYNALDO ENRIQUEZ TORRES, solicita Rectificación Admi-nistrativa de su Acta de Nacimiento No.333 del año 1981, por consig-nación del pre-nombre de la progenitora en datos de madre y decla-rante como Dora; debiendo ser lo correcto: “DOLORES”, como obra en la copia certificada del Acta de nacimiento de la madre, inserto en el expediente. Por lo que de conformidad a lo estipulado en el Art.73 del Decreto Supremo 015- 98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Calca, 08 de Julio del 2014.MARIA PEZO DE MORALES JEFE DE REGISTRO CIVIL1V-10-VIIB/V 33276

REGISTRO EL ESTADO CIVIL DE LA MUNICIPAUDAD PROVINCIAL DE CALCAAVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVAPor expediente No. 5893-2014 del 08 de Julio del 2014.Doña, MARIZZA ENRIQUEZ TORRES, solicita Rectificación Admi-nistrativa de su Acta de Nacimiento Nº 302 del año 1977, por con-signación del pre-nombre de la madre como Dora; debiendo ser lo correcto: “DOLORES”, como obra en la copia certificada del Acta de nacimiento de la madre, inserto en el expediente. Por lo que de con-formidad a lo estipulado en el Art.73 del Decreto Supremo 015- 98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley. Calca, 08 de Julio del 2014.MARIA PEZO DE MORALES JEFE DE REGISTRO CIVIL1V-10-VIIB/V 33276

RK6ISTRO DEL ESTADO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCAAVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVAPor expediente No. 5892-2014 del 08 de Julio del 2014.Don, HECTOR ANIBAL ENRIQUEZ TORRES, solicita Rectificación Administrativa de su Acta de Nacimiento NO.325 del año 1979, por consignación del pre-nombre de la madre como Dora; debiendo ser lo correcto: “DOLORES”, como obra en la copia certificada del Acta de nacimiento de la madre, inserto en el expediente. Por lo que de conformidad a lo estipulado en el Art.73 del Decreto Supremo 015- 98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley.Calca, 08 de Julio del 2014.MARIA PEZO DE MORALES JEFE DE REGISTRO CIVIL1V-10-VIIB/V 33276

REGISTRO DEL ESTADO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCAAVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVAPor expediente No. 5894-2014 del 08 de Julio del 2014. Doña, BER-THA ENRIQUEZ TORRES, solicita Rectificación Administrativa de su Acta de Nacimiento No.35 del año 1976, por consignación del pre-nombre de la madre como Dora; debiendo ser lo correcto: “DOLO-RES”, como obra en la copia certificada del Acta de nacimiento de la madre, inserto en el expediente. Por lo que de conformidad a lo estipulado en el Art.73 del Decreto Supremo 015- 98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley.Calca, 08 de Julio del 2014.MARIA PEZO DE MORALES JEFE DE REGISTRO CIVIL1V-10-VIIB/V 33276

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Cusco, jueves 10 de julio de 201410EDICTO PENAL

SEÑOR: WILMAR VASQUEZ VARGASEl señor Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Cusco, Dr. ROGER JIMENEZ LUNA ha dispuesto se notifique al imputado WILMAR VASQUEZ VARGAS, en el proceso Nro 1325-2013-9-1001-JR-PE-01 seguido contra el antes indicado, por el delito Contra La Salud Pública, en la modalidad de Promoción o Favoreci-miento al Trafico Ilicito de Drogas subtipo MICROCOMERCIALIZACION, en agravio del Estado Peruano; bajo la actuación de la Especialista Judi-cial ESMERALDINA CHOQUEHUANCA HILASACA, ha resuelto notificar al imputado con las siguientes resoluciones:TRASLADO DE REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCALResolución N° 01:Cusco, veintiuno de marzoDel año dos mil catorce.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación presentado por el representante del Ministerio Publico; y, conforme a lo previsto en el artículo 350º del C.P.P.; SE DISPONE:1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, para que en forma escrita y motivada puedan: 1) Observar formalmente la acusación, 2) Deducir ex-cepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revo-cación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se esti-men probados, y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a prepa-rar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación y otros reconocidos en la ley.2. PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en las oficinas del Juzgado, para los fines que correspondan.3. PRECÍSESE que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo legal.4. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluída la parte agra-viada, en los domicilios procesales proporcionados por el representante del Ministerio Público, adjuntando copia del escrito de acusación.AL OTROSI DIGO: Téngase en cuenta para los efectos de las notificacio-nes. AL MÁS DIGO: Arrímese a la carpeta judicial para los fines de ley y téngase en cuenta.-03VZ.08.09.10.VII.14CPJ.

REQUERIMIENTO DE ACUSACION FISCAL(EXTRACTO)SENOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPA-RATORIA DE CUSCO.MARCO ANTONIO MARREROS RIOS, Fiscal Provincial del Segundo Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalia Provincial Penal Cor-porativa de Cusco, en el presente Proceso Penal seguido contra el impu-tado WILMARI VASQUEZ VARGAS por la comisión del Delito Contra la Salud Pública, en la modalidad de Promoción o Favorecimiento al Trafico llicito de Dro-gas, tipo MICROCOMERCIALIZACION, en agravio del Estado Peruano representado por la Procuraduría Especializada en Delitos de Trafico llicito de Drogas del Ministerio del Interior, a usted respetuosamente digo: De conformidad con lo dispuesto por el Art. 159.5 de la Constitución Política del Estado Peruano, en concordancia con lo preceptuado en los Arts. 1 y 90.4 ambos de la Ley Orgánica del Ministerio Publico y Arts. IV.1 del T.P. , 1 . 1, 60.1 y 344 .1 todos del nuevo Código Procesal Penal en concor-dancia con el Acuerdo Plenario Nro. 6-2009/CJ-116; el Representante del Ministerio Publico a cargo de la presente investigación, recurre por ante su autoridad con lo finalidad de FORMULAR ACUSACION PENAL contra el ciudadano WILMAR VASQUEZ VARGAS por la comisión dolosa, en grado consumado y a titulo de autor, del Delito Contra la Salud Pública, en la modalidad de Promoción o Favorecimiento al Trafico llicito de Drogas, tipo MICROCOMERCIALIZACION, tipificado en el inciso 1. del Art. 298° concordante con el ultimo párrafo del Art. 299 del Código Penal, en agravio del Estado Peruano representado por la Procuraduría Especializada en Delitos de Trafico llicito de Drogas del Ministerio del Interior; en merito a los siguientes fundamentos:PRIMERO.- IDENTIFICACION DE LAS PARTES:1. Del Imputado: Nombres y Apellidos: WILMAR VASQUEZ VARGASDNI: 47572591SEGUNDO.- HECHOS ATRIBUIDOS AL IMPUTADO: Circunstancias precedentes: En fecha 16 de agosto de 2013, el personal PNP de DEPAN-DRO Cusco realizó un operativo de intervención al tráfico ilicito de drogas en la calle Procuradores del Centro Histórico de la Ciudad, habiendo ob-servado antes las grabaciones de video vigilancia de la calle Procuradores

y la Plaza de Armas. B) Circunstancias concomitantes: A las 22:45 horas del mismo día, el personal policial, integrado por los efectivos Wilfredo Ambrocio Quispe Mejía, Washington Lovon Socola, Herberth Chalco Cár-denas y Gavino Chaucca Arias, intervinieron al imputado Wilmar Vásquez Vargas entre las calles Procuradores y Portal de Panes, así al efectuar el registro personal sobre él, se encontraron en el bolsillo lateral derecho de la casaca de color negro que vestía, dos bolsas ziploc conteniendo hierbas verduzcas, mientras que en el bolsillo izquierdo se encontraron dos ketes de papel blanco conteniendo una sustancia pulverulenta, por lo que fue conducido a la dependencia policial para efectuar las diligencias corres-pondientes. C) Circunstancias posteriores: Posteriormente, en fecha 23 de agosto de 2013, en la sede de la DEPCRI PNPREGPOL- PNP-CUSCO, se sometió al análisis el contenido de los paquetes comisados al acusado, obteniendo el siguiente resultado • Dos envoltorios, cada uno contenien-do sustancia parduzca, sometidas a prueba con el reactivo MATHER, dio resultado POSITIVO para Pasta Básica de Cocaína, con un peso neto de 0,71 gramos. • Dos bolsas de plástico ziploc, conteniendo vegetales y se-millas, sometidos al reactivo DUQUENOIS dió resultado POSITIVO para cannabis sativa-Marihuana, con un peso neto del 1.42 gramos.TERCERO.- ELEMENTOS DE CONVICCION: Los siguientes: Acta de Declaración Indagatoria de Wilmar Vásquez Vargas (fs.16-21); Acta de Intervención Policial de fecha 16 de agosto de 2013 (fs. 22); Acta de Co-miso de fecha 16 de agosto de 2013 (fs. 25); Acta de Registro Personal de fecha 16 de agosto de 2013 (fs. 26); Acta de Recepción de Prendas de Vestir correspondiente a la casaca de buzo negra entregada por el imputado, en la cual se hallaron los envoltorios de droga (fs. 28); Acta de Deslacrado, Descarte Preliminar, Pesaje y Lacrado de Droga Comisada N°127-OFICRI-QF.REGPOLS.O (fs. 30-31); Acta de Visualización de Vi-deo (fs. 34-35); Oficio N° 5006-2013-REDIJU-CSJCU-PJ (fs. 58); Oficio N° 3483-2013-INPE/22-06-AJ (fs. 59); Informe Pericial Toxicológico N°459/13 (fs. 65); Informe Pericial Físico No. 258/13 (fs. 68); Acta de Declaración Testimonial de Wilfredo Ambrocio Quispe Mejía, efectivo policial de la Comisaria PNP de Cusco (fs. 88-89); Acta de Declaración Testimonial de Washington Lovon Socola (fs. 90-91); Acta de Declaración Testimonial de Herberth Chalco Cárdenas, efectivo policial de la Comisaria PNP de Cus-co (fs. 92-93); Acta de Declaración Testimonial de Gavino Chauca Arias, efectivo policial de la Comisaria PNP de Cusco (fs. 94-95); Informe Pericial Toxicológico N°473/13 de fecha 24 de agosto de 2013 (fs. 101)…NOVENO.- DE LA CUANTIA DE LA PENA: por lo tanto, se establece como PENA CONCRETA, 1 AÑO DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD.DECIMO.- DEL MONTO DE LA REPARACION CIVIL Y OTROS:La Procuraduría Especializada en Delitos de Tráfico llicito de Drogas del Ministerio del Interior, se ha constituido como actor civil dentro del presen-te proceso, ha cesado la legitimidad del Ministerio Publico para solicitar la reparación civil correspondiente, por lo que no resulta necesario pronun-ciarse sobre este extremo…UNDECIMO.- OFRECIMIENTO DE MEDIOS DE PRUEBA PARA SU ACTUACION EN LA AUDIENCIA: TESTIMONIALES: 1) La declaración Testimonial de Washington Lovon Socola Mejía, efectivo policial de la Co-misaria PNP de Cusco. 2) La declaración testimonial de Herberth Chalco Cárdenas, efectivo policial de la Comisaria PNP de Cusco. 3) La decla-ración testimonial de Gavino Chaucca Arias, efectivo policial de la Comi-saria PNP de Cusco. PERICIALES: El Examen del Perito Criminalística Sub Oficial PNP Bautista Bejar Quispe de la Oficina de Criminalística de Cusco, 2) El Examen del Perito Ingeniero Químico SOI PNP Pedro Cesar Meche Ccolqque de la Oficina de Criminalística de Cusco.- DOCUMEN-TALES: 1) Acta de Deslacrado, Descarte Preliminar, Pesaje y Lacrado de Droga Comisada de fecha 23 de agosto de 2013. Media Firma del Señor Juez Dr. Roger Jiménez Luna; ante mí, Esmeraldina Choquehuanca Hilasaca; de que doy fe.-Firmada: Especialista Judicial. Esmeraldina Choquehuanca Hilasaca.03VZ.08.09.10.VII.14CPJ.

EDICTO PENALAL SEÑOR: PAULINO MAMANI CUPTIPALa señora Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Cusco, Dra. RINA LUCIA CABANA HERE-DIA ha dispuesto se notifique al imputado PAULINO MAMANI CUP-TIPA con DNI 40468013 en el proceso Nro 177-2014-0-1001-JR-PE-05 seguido contra el antes indicado, por el delito de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA en agravio de los menores de iniciales P.G. y R.. Mamani Aparicio, representados por su progenitora RUTH APARI-CIO VALENCIA; bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado ESMERALDINA CHOQUEHUANCA HILASACA, ha resuelto notificar al imputado con las siguiente resolución: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA5° JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede CentralEXPEDIENTE : 00177-2014-0-1001-JR-PE-05ESPECIALISTA : CHOQUEHUANCA HILASACA ESMERALDINAMINISTERIO PUBLICO : ROONNY GIBAJA ORMACHEA FISCAL PROVINCIAL ADJUNTO DEL TERCER DESPACHO DE ADECUACION EINVESTIGACION DE LA PRI-MERA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE CUSCO ,

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Cusco, jueves 10 de julio de 2014 11IMPUTADO : MAMANI CUTIPA, PAULINODELITO : OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIARAGRAVIADO : MENOR DE INICIALES PGMA Y RHMA REPRESENTADOS POR SU PROGENITORA RUTH APARICIO VALEN-CIA ,ESP. AUDIO : DANIEL MATAMOROS SUTTAACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN DIRECTAI. INTRODUCCIÓN:En la ciudad Cusco, siendo las doce horas del día veintiséis de junio del año dos mil catorce, en la Octava Sala de Audiencias de la Corte Supe-rior de Justicia del Cusco, se realiza la audiencia Pública de de Control de Acusación Directa en el Expediente N° 177-2014-0-1001-JR-PE-05, seguido contra MAMANI CUTIPA, PAULINO, por la presunta comisión del delito de Omisión De Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iníciales PGMA Y RHMA representados por su progenitora RUTH APARI-CIO VALENCIA; audiencia dirigida por la Magistrada Rina Lucia Cabana Heredia, Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria; con asis-tencia de la especialista de audiencia presente en este acto, la misma será grabada en sistema de audio. (Art. 361.2 CPP y Art. 26 REGA).II. ACREDITACIÓN:1. ROONNY GIBAJA ORMACHEA, Fiscal Provincial Adjunto del Tercer Despacho de Adecuación e Investigación de la Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa del Cusco, con domicilio Procesal en Avenida Pedro Vilca Apaza No. 313, del Distrito de Wanchaq.2. DEFENSA PÚBLICA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, DEL IMPU-TADO MAMANI CUTIPA, PAULINO, Abogado MARIO WALTER BEJAR APAZA, con C.A.C. N° 4188, con domicilio procesal en la Avenida Micaela Bastidas Nro. 657-D - Wanchaq. CEL. 942350219.JUEZ: Corre traslado a las partes indicando si tienen alguna observación.FISCAL: Ninguna observación.DEFENSA PUBLICA: Solicita se verifique en el expediente si al imputado MAMANI CUTIPA, PAULINO, se le notifico a su domicilio real.ESPECIALISTA DE AUDIO: Da cuenta de lo solicito se informa que ha sido válidamente notificado al imputado en la dirección calle los Claveles B-3 San Sebastián- Cusco, conforme queda registrado en audio.DEFENSA PUBLICA: Manifiesta que en su ficha RENIEC, y en la acu-sación fiscal tiene una nueva dirección signado como Distrito de Yahuar-huacac, Provincia de Urubamba Departamento del Cusco. Y solicita se notifique al nuevo domicilio real para de esa forma no vulnerar el derecho de defensa que le asiste al imputado; ya que se está ante una acusación directa, así como por edictos.FISCAL: Efectivamente señora juez se tiene una dirección alterna la di-rección signada en el sector de Yahuarhuacac, Provincia de Urubamba Departamento del Cusco, de modo que solicita que se notifica a esta ulti-ma dirección para de esa forma se puede instalar válidamente la presente audiencia.REPLICA Y DUPLICA: Queda registrado en audioRESOLUCIÓN Nro. 05Cusco, veintiséis de juniodel año dos mil catorce.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA. Se encuentra registrado en audio.PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe.1.- FRUSTRAR la presente audiencia por notificación errónea al domi-cilio real del procesado, PAULINO MAMANI CUTIPA, debiéndose NO-TIFICAR EN SECTOR DE YAHUARHUACAC, PROVINCIA DE URU-BAMBA DEPARTAMENTO DEL CUSCO. ASI COMO EN EL HOTEL MONASTERIO DEL DISTRITO DE MACHUPICCHU DE LA PROVINCIA DE URUBAMBA DEPARTAMENTO DEL CUSCO; SIN PERJUICIO DE NOTIFICÁRSELE VÍA EDICTOS ELLOS COMO CONSECUENCIA DEL COMPORTAMIENTO QUE VIENE DEMOSTRANDO EL PROCESADO A LAS LLAMADAS DEL JUZGADO CONFORME LO HA ASEVERADO EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO2.- REPROGRÁMESE la presente audiencia para ser verificada el DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE A HORAS CATORCE CON TREINTA MINUTOS EN LA OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS PENA-LES. Subsistiendo los apercibimientos de autos.3. Exhórtese al señor represéntate del Ministerio Publico a fin de que en lo sucesivo, otorgue información actualizada de los domicilios de los demás sujetos procesales.FISCALÍA: Conforme.DEFENSA TÉCNICA: Conforme.CONCLUSION:Siendo las doce horas con treinta y tres minutos de la tarde, se da por terminada la audiencia y por cerrada la grabación del audio, procediendo a firmarla la señora Juez y el Especialista de Audio encargado de la redac-ción del acta, como lo dispone el artículo 121º del Código Procesal Penal. Media Firma de la Señora Juez Dra Rina Lucia Cabana Heredia; ante mi, Esmeraldina Choquehuanca Hilasaca; de que doy fe.03VZ.09.10.11.VII.14CPJ.

NOTIFICACION POR EDICTOS SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR.Expediente: Nro. 2013-902.Ante el Juzgado de Familia de la Provincia de la Convención en la deman-da interpuesta por la Representante del Ministerio Público contra doña CLEOFE MESCCO ALAGON y MAXIMA MAMANI QUISPE por actos de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de doña FORTUNATA ALAGON DE MESCCO, se ha dispuesto la notificación de la parte codemandada MAXIMA MAMANI QUISPE por edictos lo siguiente:Quillabamba, veintiséis de Diciembre del 2013.- Resolución Nro.- 01: SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía del PROCESO UNICO la demanda interpuesta por el Representante del Ministerio Público sobre cese’ de actos de Violencia Familiar consistente en MALTRATO FISICO y PSICOLOGICO contra CLEOFE MESCCO ALAGON y MAXIMA MA-MANI QUISPE en agravio de FORTUNATA ALAGON DE MESCCO por su merito córrase traslado de la demanda a las demandadas por un plazo de cinco días, bajo apercibimiento de ser declarado en rebeldía debiendo notificarse en su domicilio real y por Edictos. H. S. Lo que se publica para los fines de ley. Firma de la Juez Dra. Mariliana Cornejo Sánchez. Arnaldo Bustamante Gamarra. Secretario Judicial.Quillabamba, 26 de Junio del 2014.03VZ.09.10.11.VII.14CPJ.

NOTIFICACION POR EDICTOS SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR.Expediente: Nro. 2013-213.Ante el Juzgado de Familia de la Provincia de la Convención en la de-manda interpuesta por la Representante del Ministerio Público contra DA-NIELA QUISPE QUISPE por actos de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de DAMIANA QUISPE PFUTURI, se ha dispuesto la notificación de la parte demandada por edictos lo siguiente: Quillabamba, trece de Mayo 2014. Resolución Nro.-01.-SE RESUELVE: Admitir a trámite en la vía del Proceso UNICO la demanda sobre Violencia Familiar en su modalidad de MALTRATO PSICOLOGICO interpuesta por el Señor Fiscal Provin-cial Civil, Familia y Prevención de La Convención contra CELlA QUISPE QUISPE en agravio de DAMIANA QUISPE PFUTURI; en consecuencia; SE DISPONE: Correr traslado al demandado por el término improrroga-ble de CINCO DIAS para que absuelva la demanda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. CITESE a la parte agraviada con la presente resolución. SEÑALESE fecha de la AUDIENCIA UNICA EL DÍA VEIN-TICINCO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA del Juzgado.-Resolución Nro.03.,Quillabamba, veinticin-co de Junio del año dos mil catorce.-DE OFICIO: Estando a la constancia que antecede; téngase presente y conforme al estado del proceso; fíjese nueva fecha y hora para la AUDIENCIA UNICA PENDIENTE EL VEINTE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, con citación de las partes procesales y el Representante del Ministerio Público, bajo expreso apercibimiento de llevarse la diligencia con la parte que concurra.-. H. S. Lo que se publica para los fines de ley. Firma de la Juez Dra. Mariliana Cornejo Sánchez. Arnaldo Bustamante Gamarra. Secretario Judicial.Quillabamba, 25 de Junio del 2014.03VZ.09.10.11.VII.14CPJ.

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSr. RÓMULO QUINT ANILLA SOLÓRZANO. Se pone en conocimiento lo siguiente: . .Ante el Segundo Juzgado Penal Unipersonal del Cusco bajo la dirección del señor Juez Dr. Edwin Del Pozo Condori y actuación del especialista le-gal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 1888-2013 43, seguido contra RÓMULO QUINT ANILLA SOLÓRZANO por la presunta comisión del delito contra la Familia en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar sub, tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALl-MENTARIA, en agravio de Kevin Junior Quintanilla Zevallos; donde en audiencia pública de juicio oral celebrado en fecha 2 de julio del 2014, se ha dispuesto lo siguiente:(... ..) RESOLUCIÓN N° 04.- Cusco, dos de julio del año dos mil catorce. ‘PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: Declarar REO AU-SENTE al acusado ROMULO QUINTANILLA SOLORZANO, quien con-forme a la acusación fiscal tiene los siguientes datos de identificado con DNI Nro. 23835873, de sexo Masculino, nacido el 07 de Julio de 1958, de 55 años de edad, Soltero, de ocupación desconocida, con grado de ins-trucción Superior, natural de Distrito de Echarate Provincia de la Conven-ción, Departamento del Cusco, hijo de Gregorio y Alejandrina, con estatura 1.63m, nombrar como abogado defensor del acusado reo ausente al se-ñor Defensor Público Dr. Maik Pilares Rado, quien hará valer sus derechos que le correspondan al referido procesado, debiendo comunicar tal hecho el abogado el Dr. Richard Quispe Humpire, quien esta reemplazando a su colega en esta fecha.- ORDENAR se giren los oficios para la captura y posterior conducción del procesado reo ausente, mediante la fuerza públi-ca, es decir mediante la Policía Nacional del Perú.- DISPONER que una vez sea puesto a disposición del Juzgado el acusado o éste se presente

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Cusco, jueves 10 de julio de 201412voluntariamente se fije fecha y hora para la audiencia de juicio oral, mien-tras; ello ocurra archívese provisionalmente la causa.- NOTIFIQUESE al acusado mediante edictos, que deben ser publicados por 03 días conse-cutivos hábiles, tanto en el Diario Judicial del Cusco, así como en el Diario Oficial el Peruano, asimismo se debe notificar a la parte agraviada quien debe corroborar con la ubicación exacta del acusado proporcionando la dirección domiciliaría donde éste pueda domiciliar. H.S. (...)03VZ.09.10.11.VII.14CPJ.

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSr. EDGAR GONZÁLES HUAMÁNSe pone en conocimiento lo siguiente:Ante el Segundo Juzgado Penal Unipersonal del Cusco bajo la dirección del señor Juez Dr. Edwin Del Pozo Condori y actuación del’ especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la Causa penal N° 639-2014-72, seguido contra EDGAR GONZALES HUAMAN por la presunta comisión del delito contra la ,Seguridad Pública, en la modalidad de PELI-GRO COMÚN, sub, tipo CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD representada por la PRIMERA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL DE SANTIAGO; donde se ha dispuesto lo siguiente: -..............CITAR A JUICIO ORAL para el día CINCO DE NOVIEMBRE deldos mil catorce a horas ocho de la mañana (hora exacta) en la cuarta sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, acto al cual comparecerá el imputado EDGAR GONZÁLES HUAMÁN, asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le de-signe oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declarársele REO AUSENTE Y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFÍQUESE en su domicilio real ubi-cado en la Comunidad Campesina de Ccacahuara sin número del distrito de Ancahuasi Provincia de Anta-Cusco y en la APV. G. Ruíz Caro 8-11 del distrito de Santiago-Cusco (según ficha de Reniec).- Teniendo en cuenta la carpeta fiscal y el cuaderno de acusación directa que se tienen a la vista, al imputado Edgar Gonzáles Huamán, se le ha venido notificando en los domicilios reales antes mencionados, donde al parecer no vive o radica, por que ha hecho caso omiso a los requerimientos tanto Fiscales como Judiciales, haciendo colegir que éste ignora sobre la acusación y consi-guiente juzgamiento que pesan en su contra; por lo que se DISPONE: que al imputado Edgar Gonzáles Huamán, se le emplace y notifique también mediante EDICTOS en el diario oficial El Peruano y Diario Judicial delCusco ....Cusco, 2 de julio de 2014.Firmado Especialista Judicial. Aurelio Román Villacorta,03VZ.09.10.11.VII.14CPJ.JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE URUBAM-

BA EDICTO PENALEXPEDIENTE: .00123.2013.2.1015.JR.PE.01JUEZ : CARLOS ALBERTO GUTIERREZ HUALLPAESPECIALISTA: OMAR LUIYI SUAREZ LIPAEL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE URUBAMBA - CUSCO EMITE:RESOLUCIÓN Nro. 11.PARTE RESOLUTIVA: Por estos fundamentos se resuelve declarar FRUSTRADA la presente audiencia, por la inconcurrencia del abogado defensor de la procesada Oiga Gaztañaga de Santillan; y se señala como nueva fecha para la diligencia el día VEINTIDÓS DE JULIO DEL DOS MIL CATORCE, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, diligencia que se realizara en la Sala de Audiencias sito en el Jirón Comercio s/n de esta ciudad, SUBSISTIENDO los apercibimientos decretados para la concurrencia de las partes procesales, se da por notificado en este acto al señor Fiscal y a la parte agraviada, se dispone la NOTIFICACIÓN de la procesada OLGA GAZTAÑAGA DE SANTILLAN, en su domicilio real, con el fin que el plazo de VEINTICUATRO HORAS tenga a bien indicar abogado defensor con el fin que asista a la diligencia programada en la presente resolución, al haber sido reemplazado su abogado defensor designado, BAJO APERCI-BIMIENTO de ENCOMENDAR la defensa a la Defensoria Pública de esta ciudad, para que asista a la diligencia programada en la presente resolu-ción, en caso la procesada no indique nuevo abogado defensor, debiendo de NOTIFICAR a la defensora pública; sin perjuicio de publicarse los edic-tos judiciales con el extracto de la presente resolución, para la notificación de la procesada OLGA GAZTAÑAGA DE SANTlLLAN.Urubambá, 30 de junio del 2014.JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE URUBAMBA EDICTO PENALEXPEDIENTE: .00182-2012-21-101S-JR-PE-01JUEZ : CARLOS ALBERTO GUTlERREZ HUALLPAESPECIALISTA: OMAR LUIYI SUAREZ LIPAEL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE URUBAMBA - CUSCO EMITE:RESOLUCIÓN Nro. 02

VISTO, OIDOS y CONSIDERANDO: Queda grabado en el registró en audio.PARTE RESOLUTIVA: Por estos fundamentos, se resuelve declarar FUN-DADO la solicitud de APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD peticionado por el Abogado defensor del procesado Wilfredo Álvarez Abarca y por el representante del Ministerio Publico, en consecuencia SE DISPONE el SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO a favor de WILFREDO ALVAREZ ABARCA, en el por la presunta comisión del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en su modalidad de LESIONES CULPOSAS, y por la presunta comisión del delito Contra la Administración de Justicia en su modalidad de delitos Contra la Función Jurisdiccional, sub. tipo FUGA DE LUGAR DEL ACCIDENTE DE TRANSITO, en agravio de Catherine Cordova, Karen Manyari Aquino, Rossi Tacto Perez, Lucero Junchaya Palacios, Gabriela Flores Paucar, Gabriela Stefany Coz Gama-rra, Mayra Sonia Nateros Lopez, Darling Fabian Aquino, Isabel Aliaga Ro-dríguez, Gabriela Vidal Salcedo, Rachell Leon Bruño, Flore Osores Miran-da, Harold Travesaño Dueñas, Keiko Cevallos Toribio, Silvia Torres Sueno, Kate Jáuregui Lazo, Diana Vera Veliz, Dasha Gómez Paredes y Maria Isabel Melgar Baldeon, así como del Procurador Publico del Poder Judi-cial; así mismo SE DISPONE el ARCHIVAMIENTO del presente proceso en la dependencia correspondiente y la anulación de los antecedentes que pudieron haber generado la tramitación del presente procesoUrubambá, 30 de junio del 2014.Firmado: Especialista Judicial. Omar Luiyi Suarez Lipa03VZ.09.10.11.VII.14CPJ.

EDICTO JUDICIALExp. N° 240-2013-781° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPRATORIA - Sede de ECHARA TEJUEZ: DR... SEVER SAIRE HONOREspecialista: Dra. Pilar Ovalle EscalanteSe cita, y se emplaza a: Los imputados Huaman Chipa Rodolfo, Juárez Navarro Moisés, Huaman Guipia Rodolfo, con la resolución N° 06, de fe-cha cinco de junio del año dos mil catorce.Previamente el Señor Juez que suscribe se AVOCA del conocimiento del presente proceso por disposición superior: Habiéndose recabado las publicaciones de los edictos judiciales, por lo que se le corrió traslado a los imputados Huaman Chipa Rodolfo, Juárez Navarro Moisés, Huaman Guipia Rodolfo, así como los agraviados en el requerimiento de prisión preventiva formulado por el representante del Ministerio Publico, CITESE para el día VIERNES ONCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE a horas NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 AM), para la realización de la audiencia de requerimiento de prisión preventiva, a llevarse a cabo en la sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Echarati, con la presencia del Fiscal y los demás sujetos procesales, bajo aperci-bimiento de las responsabilidades funcionales que correspondan aplicar en caso de frustración de la audiciencia por la inconcurrencia injustificada del Fiscal, siendo facultativa la presencia de los demás sujetos procesales PRESICESE que la resolución dictada oralmente en la audiencia preli-minar, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quie-nes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el articulo 16°, inciso s 1) 2) del reglamento de Notificaciones Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, PROBADO POR RESOLUCION administrativa N° 096-20o.6-CE-PJ. NOTIFIQUES E alas partes en sus respectivos domicilios procesales señalando en autos, así como por edicto judicial a los imputados.Firmada: Dra. Pilar Ovalle Escalante.03VZ.09.10.11.VII.14CPJ.

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIALExp. 01706-2013-63-1 001-IR-PE-04. SEÑOR: ERICK BARRIOS CHA-CÓNAnte el Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el se-ñor Juez Dr. Ignacio Ortega Mateo, bajo la actuación del Especialista de Causa Severino Huamán Huamanttica, se ha presentado el proceso pe-nal que ha sido signado con el N° 01706 2013-63-1001-JR-PE-04, seguido contra Erick Barrios Chacón, por la presunta de la comisión del delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de la menor de iniciales P.P.B.L. se ha dispuesto. NOTIFÍQUESE: al imputado con la Resolución N° 03 de fecha 03-JU L-2014, que dispone: -------------------- RESOLUCIÓN N° 03.Cusco, tres de julioDel año dos mil catorce.PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATlVA: Queda registrado en el siste-ma de audio.PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe.SE RESUELVE:1.-Dar por no INSTALADA LA AUDIENCIA.2.- REPROGRAMAR la presente audiencia para el DÍA VEINTICINCO DEAGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE HORAS ONCE DE LA MAÑA-NA EN LA DÉCIMA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR

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Cusco, jueves 10 de julio de 2014 13DE JUSTICIA DEL CUSCO; quedando notificados las partes concurren-tes. 3.- NOTIFIQUESE al acusado ERICK BARRIOS CHACON, en su domi-cilio real que tiene consignando dentro del proceso, así como también sea notificado mediante edictos judiciales en el Diario Judicial del Cusco, por el termino de ley. Firmado. Especialista Judicial. Severino Huamán Huamanttica03VZ.09.10.11.VII.14CPJ.

EDICTO PENALSEÑOR: HERMENEGILDO ESTRADA TORRES.El señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. EDWIN PAZ CARPIO, ha dispuesto se notifique al im-putado HERMENEGILDO ESTRADA TORRES. en el proceso Nro 1347-2014-0-1001-JR-PE-02, seguido contra el antes indicado, por el de-lito de Conducción de vehículo en estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Yuliy Mamani Pumachapi, ha resuelto notificar al imputado con la siguiente resolución:Resolución Nro. 01Cusco, cuatro de julioDel año dos mil catorce. DADO CUENTA: Con el requerimiento de Acusación fiscal Directa pre-sentado por la representante del Ministerio Publico, en contra de HER-MENEGILDO ESTRADA TORRES, por la comisión del delito contra la Seguridad Pública, en la modalidad de delitos de Peligro Común, sub. tipo CONDUCOÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIE-DAD, en agravio de la Sociedad, representada por el Ministerio Público; y de conformidad a lo establecido por los incisos 1, 2, 3 Y 4 del artículo 3490 del Código Procesal Penal, se tiene que el representante del Ministerio Público ha motivado debidamente su requerimiento, así mismo conforme a lo previsto en el artículo 3500 del Código Procesal Penal; CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar for-malmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defen-sa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Asimismo. conforme establece el fundamento trece. segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/0-116: la victima podrá solícitar su constitución en actor civil antes de que concluya el plazo otorgado por el artículo 3500 del C.P.P. PRECICESE que la carpeta fiscal se encuentra en custodia de este juzgado, para los fines que correspondan. NOTlFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios señalados en autos, así como por medio de edictos, conforme a lo solici-tado por el Representante del Ministerio Público. Firmada: Especialista Judicial. Yuliy Mamani Pumachapi03VZ.09.10.11.VII.14CPJ.

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTOEMPLAZA A: DELCY JANET PANDERO CARHUAS. La Señora Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, en el proceso N° 1870-2013-92 seguido contra DELCY JANET PANDERO CARHUAS, por la presunta comisión. del delito contra el pa-trimonio, en la Modalidad de Estafa y otras defraudaciones, sub tipo penal de ESTAFA GENÉRICA, en agravio de Dario Hernán Velasco Vivanco, bajo la actuación de la Especialista Judicial Abog. Dayma Gabriela Navia Canal, emplaza a la acusada DELCY JANET PANDERO CARHUAS con el tenor de la siguiente resolución:RESOLUCIÓN Nro.04. Cusco, dieciséis de junio del dos mil catorce. DADO CUENTA con el presente proceso y considerando que el Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial ha convocado a una huelga nacional indefinida durante los días veinticinco de marzo al nueve de mayo del pre-sente año, hecho que ha sido de conocimiento publico y que ha ocasio-nado la suspensión en las labores judiciales así como la frustración de diversas diligencias programadas entre ellas la audiencia citada en autos; en consecuencia, Se Dispone: l.-CITAR para el día VEINTIUNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE a las DIEZ HORAS (hora exacta) la rea-lización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SÉTIMA SALA DE AUDIENCIAS de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo aper-cibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. Debiendo pre-cisarse que la fecha señalada obedece a la congestión de audiencias en

el Módulo penal debido a la Huelga Indefinida convocada por el Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial. 2.- COMUNÍQUESE a las partes que la carpeta fiscal, se encuentra en la oficinas del Juzgado, y que con motivo de la audiencia podrán entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o devueltas directa-mente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. 3.- PRECÍCESE que las resoluciones dictadas oral-mente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan con-currido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° Y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-P). 4.-PRECÍCESE además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial aplique lo dispuesto por el inciso 3 del articulo 85 del CPP modificado por Ley N° 300762.- 5.-NOTIFÍQUESE VÍAEDICTO JUDICIAL a la imputada y a las demás partes en sus respecti-vos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agravia-da, a efectos de posibilitar la incoación de un criterio de oportunidad, de ser el caso.Firmada: Especialista Judicial. Dayma Gabriela Navia Canal.03VZ.09.10.11.VII.14CPJ.

EDICTO PENALAnte el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado En Delitos Ambientales de la ciudad del cusco; Juez Dr. CARLOS ADAL-BERTO ROMÁNGIL, se notifica a la imputado WILLLIAMS SANDRO IRPANOCA CU-SIMAYTA con la resolución N° 06 de fecha dos de julio del dos mil ca-torce, mediante el cual se pone en conocimiento del Proceso Penal N° 823-2014-64,;1001-JR-PE-O1,que se le viene siguiendo por los DELITOS AMBIENTALES- DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES EN LA MODALIDAD ALTERACION DE AMBIENTE O PAISAJE en agra-vio del estado peruano ante el juzgado especializado en delitos ambienta-les de la ciudad de Cusco ubicado en el cuarto piso de la Sede de la Corte Superior de Justicia de la ciudad el Cusco.Firmado: Dr. Carlos Adalberto Román Gil03VZ.09.10.11.VII.14CPJ.

NOTIFICACIÓN POR EDICTOLa Señora Juez del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Cusco, Dra. Indira Iris Acurio Palomino, en el Proceso Penal N° 865 2013-93, se-guido contra Roger Bohorquez Valle, por el delito de Abandono de Mujer Gestante en situación Crítica, en agravio de Anghela Escobar Castillo, bajo la actuación de la Especialista Legal Abog. Janet Barrios Medrano, ha resuelto comunicar al acusado ROGER BOHORQUEZ VALLE, con el te-nor de la resolución N° O 1 de fecha O 1 de Julio del dos mil Catorce (auto de Citación a Juicio Oral). SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL, en la presente causa seguida contra ROGER BOHORQUEZ VALLE, como presunto autor del delito de ABANDONO DE MUJER GESTANTE EN SITUACION CRITICA, en agravio de ANGHELA ESCOBAR CASTILLO; cuyo acto procesal se realizará el día 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2014, a horas 11:00 de la mañana (hora exacta) en el local de la QUINTO Sala de Audiencias del Palacio de Justicia de la Corte Superior de Justicia de Cusco, citándose al acusado bajo apercibimiento de ser declarado contumaz en caso de inconcurrencia, disponiéndose se realice la no-tificación a Roger Bohorquez Valle, además en el domicilio que figura en la hoja de datos de la Reniec que obra en autos, así como en su domicilio procesal igualmente se haga la publicación de edictos, de acuerdo a lo dispuesto por el arqcu19l128 del Nuevo Código Procesal Penal. Firmada: Especialista Judicial. Janet Barrios Medrano03VZ.09.10.11.VII.14CPJ.

EDICTO JUDICIALFALLO DE SENTENCIA QUE DECLARA ABANDONO MORAL Y MATERIAL DE MENORAnte el Juzgado Mixto del Módulo de Justicia de Santiago-Cusco, que se encuentra Judicado por el doctor Luis A. López Trelles y bajo la actua-ción del Secretario Judicial E. Cabana Z., se tramita el Proceso Tutelar N° 00332-2013-0-1018-JM-FT-02, instada por el Ministerio Público, a favor de la menor JACQUELINE DARLENE CASTILLO ZAVALA (14), sobre Decla-ración de Abandono moral y material, se ha expedido sentencia, contenido en la resolución N° 24, su fecha 1ro. de julio de 2014, que en la parte decisoria, resuelve: “(...) FALLO:1.- Declarando FUNDADA la DECLARACION DE ABANDONO MORAL Y MATERIAL, de la menor JACQUELINE DAR LENE CASTILLO ZA VALA (14),2.- EXTINGASE EL EJERCICIO DE LA PATRIA POTESTAD, de la menor indicada, respecto de su progenitores biológicos, Carlos Castillo Meza y Carmen Rosa Zavala Pérez, una vez que quede consentida o ejecutoriada la presente, y remítase todo lo actuado al Ministerio de la Mujer y Poblacio-

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Cusco, jueves 10 de julio de 201414nes Vulnerables, quedando en su lugar copias debidamente certificadas por el cursor.4.- CONTINUE EL MENOR albergado en el CAR Hogar El Buen Pastor3.- PUBLlQUESE la presente sentencia vía edicto. T.R. y H.S. Firma del Sr. Juez Dr. López Trelles. Secretario Judicial Cabana.”. Lo que se publica, para los fines de ley.Santiago, 03 de julio de 2014.Firmado: Secretario Judicial. Efraín Cabana Zuvileta03VZ.09.10.11.VII.14CPJ.

EDICTO JUDICIALFALLO DE SENTENCIA QUE DECLARA ABANDONOMORAL Y MATERIAL DE MENORAnte el Juzgado Mixto del Módulo de Justicia de Santiago-Cusco, que se encuentra Judicado por el doctor Luis A. López Trelles y bajo la actua-ción del Secretario Judicial E. Cabana Z., se tramita el Proceso Tutelar N° l033-2013-0-1018-JM-FT-02, instada por el Ministerio Público, a favor del menor JUAN ALDAIR TITOCONDEMAYTA RODRIGUEZ (11), sobre Declaración de Abandono moral y material, se ha expedido sentencia, contenido en la resolución N° 11, su fecha 1ro. de julio de 2014, que en la parte decisoria, resuelve: “(...) FALLO:1.- Declarando FUNDADA la DECLARACION DE ABANDONO MORAL Y MATERIAL, del menor JUAN ALDAIR TITOCONDEMAYTA RODRI-GUEZ (11),2.- EXTINGASE EL EJERCICIO DE LA PATRIA POTESTAD, del menor indicado, respecto de su progenitores biológicos, madre Mercedes Rodrí-guez y padre Mario Ttito Condemayta Farfán, una vez que quede consen-tida o ejecutoriada la presente, y remítase todo lo actuado al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, quedando en su lugar copias debida-mente certificadas por el cursor.3.- ORDENESE la inscripción del menor en el registro nacional de identi-dad y estado civil Cusco.4.- CONTINUE el menor albergado en el CAR María Salomé Ferro.5.- PUBLIQUESE mediante edicto la presente sentencia. T.R. y H.S.”. Firma del Sr. Juez Dr. López Trelles. Secretario Judicial Cabana.”. Lo que se publica, para los fines de ley.Santiago,03 de julio de 2014. Firmado Secretario Judicial. Efraín Cabana Zuvileta03VZ.09.10.11.VII.14CPJ.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOOficina Desconcentrada de Control de la Magistratura Queja Nº 027-2014EDICTOLa secretaria de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura -ODECMA- de la Corte Superior de Justicia de Cusco, pone en conoci-miento de la señora Marleni Romero Medina, parte quejosa en el proceso disciplinario derivado de la Queja Nro. 027- 2014, que se han emitido las siguientes resoluciones:Queja Nº : 027-2014Quejada : Marklaren Ascue LovónQuejoso : Marleni Romero MedinaMotivo : Inconducta funcional.AUTO DE INADMISIBILIDADResolución Nº 01Cusco, treinta de enerode dos mil catorce.-VISTA: La queja presentada por la quejosa Marleni Romero Medina, con-tra la magistrada Marklaren Ascue Lovón y,FUNDAMENTOS.1. POTESTAD INVESTIGADORA.Que, la Oficina de Control de la Magistratura, es el órgano que tiene por función investigar regularmente la conducta funcional, la idoneidad y el desempeño de los Magistrados y Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Ju-dicial, buscando alcanzar la prestación de un eficiente servicio de justicia de conformidad a lo establecido en el artículo 102° del Texto Único Orde-nado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 1 del Reglamento de Procedimiento Disciplinario de la OCMA, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 229-2012-CE-PJ, cuya competen-cia abarca todo el territorio de la República y, por las Oficinas Desconcen-tradas (ODECMAs) en cada Distrito Judicial como éste, potestad que se concreta en base al oportuno y efectivo ejercicio de la función de control.2. ANTECEDENTES.Que, de la queja presentada por la quejosa Marleni Romero Medina que obra a fojas 01, señala que tiene un proceso de prorrateo de alimentos Nro. 106-2005, cuya sentencia ordena la asignación del 40% para sus dos menores hijas en razón del 20% para cada una y que el 07 de junio del 2013 la Jueza emite un oficio ordenado a la Red de Canas Canchis Espinar retornar los haberes para una de sus hijas, pero desde octubre del 2013, la red suspende esta disposición y comunicó esta irregularidad

a la jueza mediante escrito del 05 de diciembre del 2013, peticionase gire oficio a la Red de CCE para el cumplimiento de la sentencia y que solo faltaba la firma de la Juez, sin embargo resulta que su escrito fue variado su proveido disponiéndose “estése a la resolución Nro. 68” sin importarle a la Jueza que los alimentos de su menor hija que fueron suspendidos admi-nistrativamente desde octubre del 2013 y, que el 09 de enero del 2014 fue a conversar con la Jueza y que, su renuencia por resolver una supuesta exoneración es mucho más importante que la asignación de los alimentos para su hija, etc, es decir se pone en conocimiento de esta Oficina de Control hechos genéricos que a simple lectura no se logra entender la razón de su queja y tampoco cuáles serian las presuntas irregularidades, además no se hace referencia a las partes procesales, así como tampoco al otro proceso que hace mención en la última parte de su escrito de queja.3. DE LOS REQUISITOS FORMALES DE LA QUEJA.-1.1 Que, el artículo 78° del Reglamento del Procedimiento Discipli-nario de la OCMA, establece los requisitos que debe contener una queja de hecho, entre ellos que: i) El nombre, copia del documento de iden-tidad, domicilio real y procesal del quejoso. Este último deberá de estar ubicado dentro del radio urbano (…) de la sede del Distrito Ju-dicial, cuando se trate de una ODECMA (…)” (el subrayado nos corres-ponde). ii) Nombre, cargo y dependencia jurisdiccional del magistrado y/o auxiliar judicial quejado. Iii) Dependencia jurisdiccional, número y estado procesal actual del expediente que motiva la queja; iv) La determinación clara y precisa de la irregularidad funcional que se cuestiona con indica-ción de la fecha de la comisión del acto imputado. v) Los fundamentos de hecho, sobre los cuales se basa el cuestionamiento de la conducta funcional del magistrado y/o auxiliar jurisdiccional; vi) El ofrecimiento de todos los medios probatorios de los cuales disponga el quejoso, o en su defecto la precisión de aquellos que por su naturaleza deban ser recabados por la instancia contralora, destinados a acreditar la supuesta irregularidad que cuestiona y que hagan prever al magistrado contralor, la existencia de indicios razonables de la comisión de un acto funcional irregular pasible de sanción disciplinaria.1.2 En el presente caso no se han cumplido con dichos requisitos con-forme se advierte de la queja, puesto que: a) no adjunta copia de su docu-mento nacional de identidad, no señala domicilio real ni procesal de la quejosa. Este último deberá de estar ubicado dentro del radio urbano (…) de la sede del Distrito Judicial, cuando se trate de una ODECMA (…)” (el subrayado nos corresponde). b) no señala el cargo y dependen-cia jurisdiccional de la magistrada quejada c) si bien señala el número del proceso 106-2005, sin embargo, no indica la dependencia jurisdiccio-nal, tampoco el estado actual del proceso, ni las partes procesales. c) No señala de manera clara y precisa la irregularidad funcional que viene cuestionando, tampoco la fecha de la comisión del acto imputado, d) Ade-más, respecto a los fundamentos de hecho, si bien señala en su escrito de queja, pero lo hace de manera genérica que no lleva a esta Oficina de Control a tener conocimiento claro de los hechos imputados. e) Por último, respecto a los medios probatorios, no adjunta ningún medio probatorio, no teniéndose clara la presunta irregularidad funcional atribuida, a acreditar la supuesta irregularidad o al menos la existencia de indicios razonables para ésta; requisitos que así los exigen el Reglamento del Procedimien-to Disciplinario de la OCMA, señalados precedentemente.1.3 Por tanto, no habiendo cumplido la parte quejosa con los reque-rimientos indicados en la presente resolución; en virtud a lo previsto en la parte final del artículo 78 del Reglamento de Procedimiento Dis-ciplinario de la OCMA, resulta procedente declarar inadmisible la queja interpuesta, concediéndole a la recurrente el plazo de cinco días a fin que subsane las observaciones anotadas en la presente resolución, bajo aper-cibimiento de rechazarse liminarmente la queja en caso de incumplimiento y disponerse el archivamiento de la misma.Por estos fundamentos, la Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Con-trol de la Magistratura de esta Corte Superior; RESUELVE:PRIMERO.- DECLARAR INADMISIBLE la queja interpuesta por la quejo-sa Marleni Romero Medina, contra la magistrada Marklaren Ascue Lovón, por los fundamentos antes expuestos.SEGUNDO.- CONCEDER a la quejosa Marleni Romero Medina, el plazo de cinco días a fin que cumpla con subsanar las observaciones adverti-das por este Órgano de Control en los numerales 3.1 y 3.2 de la presente resolución, bajo apercibimiento de rechazarse liminarmente la queja inter-puesta en el caso de autos.TERCERO.- Por esta única vez, para la notificación a la quejosa obtén-gase previamente su ficha del RENIEC, por cuanto como se advirtió en los considerandos expuestos, no señaló su domicilio real tampoco el procesal como así lo exige el Reglamento. Firma Dr. PEDRO ÁLVAREZ DUEÑAS.- JEFE DE LA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA.RESOLUCIÓN N° 02Cusco, treinta de juniodel dos mil catorce.-DE OFICIO.- De la revisión del proceso materia de investigación, se ad-vierte que en la última parte del auto de inadmisibilidad en el consideran-doTERCERO se dispuso que para la notificación a la quejosa, previa-

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Cusco, jueves 10 de julio de 2014 15mente se obtenga su ficha del RENIEC, por cuanto no había señalado su domicilio real tampoco el procesal y, conforme a lo dispuesto se obtuvo su domicilio real del documento antes referido, mediante la cual se con-signa como domicilio: “APV Los Rosales B-8 del distrito de San Sebas-tián”, sin embargo las cédulas de notificaciones con la resolución Nro. 01 dirigidas a la quejosa, han sido devueltas hasta en dos oportunidades por los notificadores de esta ODECMA, servidores judiciales Fredy Cáceres Joaquín y Erick Gamarra Callo con el tenor: “Se deja constancia que se fue a la Urb. Indicada y no se encontró dicho domicilio ya que sólo existe hasta la letra B - 7. Se preguntó por los alrededores y desconocen a la destinataria” , en consecuencia no habiéndose podido notificar a la quejo-sa Marleni Romero Medina porque no existe la dirección señalada, y que sólo existe hasta la numeración B - 7, en consecuencia no siendo posible la notificación en esa dirección, SE DISPONE se proceda A LA NOTIFI-CACIÓN POR EDICTOS, por el término de tres días, con la resolución Nro. 01 (auto de inadmisibilidad) y la presente resolución, para cuyo efecto gírese oficio al Administrador de esta Corte Superior de Justicia, para que haga efectiva la publicación en el diario oficial de este distrito judicial, con el extracto de las resoluciones señaladas precedentemente. Firma Dr. PEDRO ÁLVAREZ DUEÑAS.- JEFE DE LA OFICINA DESCONCEN-TRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA.03VZ.09.10.11.VII.14CPJ.

EDICTO PENALEl juzgado Penal Unipersonal de Urubamba, CITA Y EMPLAZA al acu-sado EDIAN ELDER CRUZ MAMANI, para que se ponga a derecho y se defienda de las cargos que le atribuye la Segunda Fiscalía Provin-cial Penal de Urubamba, en el cuaderno de debate N° 0126-2010-15-1 015-JR-PE-01 derivado del proceso penal que se le sigue por la comisión del delito de Homicidio Culposo, en agravio de QVF Yanet Irene Coronoa-do Condori.Firmado: Especialista Judicial. Alan Gibaja Ormachea03VZ.10.11.14.VII.14CPJ.

EDICTO JUDICIALAnte el Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, despachado por el señor Juez Ignacio Ortega Mateo, se tramita el Proceso Penal Nro. 1007-2013-77, seguida en contra de JESUS VARGAS CORNEJO por la co-misión del delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de la menor de iniciales LJVC representado por su progenitora Georgina Chacmani Quispe, se ha dictado la resolución numero dos en el acto de la audiencia de fecha 01 de julio del 2014 en el que se dispone.“(…) RESOLUCIÓN N° 02Cusco, uno de julioDel dos mil catorce.PARTE CONSIDERATIVA.- Se encuentra en el registro de audio.PARTE RESOLUTIVA.- Se transcribe:SE RESUELVE:1. Declarar FRUSTRADA la presente audiencia, por inconcurrencia injusti-ficada del imputado y dar por no instalada la presente audiencia.2. Se notifique nuevamente al _acusado en su domicilio real que se tiene en autos, así también se a notificado VIA EDICTOS, en el diario oficial de esta Corte Superior de Justicia, por el termino de ley.3. REPROGRAMAR la presente audiencia de JUICIO ORAL, para el día VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA A VERIFICARSE EN LA DECIMA SALA DE AU-DIENCIAS, dándose por notificadas las partes concurrentes a la presente, debiendo cumplirse con notificar al acusado, conforme lo dispuesto prece-dentemente (….)”Cusco, 04 de julio de 2014.03VZ.10.11.14.VII.14CPJ.

EDICTO JUDICIALAnte el Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, despachado por el señor Juez Ignacio Ortega Mateo, se tramita el Proceso Penal Nro. 1528-2012-87, seguida en contra de GENRRY MENDOZA GUTIERREZ por la comisión del delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad representado por el Ministerio Publico, se ha dicta-do la resolución numero dos en el acto de la audiencia de fecha 01 de julio del 2014 en el que se dispone “ (…)RESOLUCIÓN N° 02.Cusco, uno de julio Del año dos mil catorce. PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: Quedan debidamente regis-trados en el sistema de audio.PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe.SE RESUELVE:1. Declarar FRUSTRADA la audiencia por inconcurrencia del imputado Genrry Mendoza Gutiérrez.2. Reprogramar la audiencia para el día CATORCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE A LAS DIEZ HORAS EN LA DECIMA SALA

DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL, notificados en este acto las partes presentes. 3. NOTIFIQUESE al imputado Genrry Mendoza Gutiérrez en sus domici-lios reales, sin perjuicio de realizarlo vía edictos (…)”Firmada: Especialista Judicial. ZENAIDA GONZALES YUCRA03VZ.10.11.14.VII.14CPJ.

EDICTO PENALEXPEDIENTE No. 0067-2013-63-1014-TR-PE-O1JUZGADO MIXTO, LIQUIDADOR y UNIPERSONAL DE QUISPICANCHI. Especialista Judicial: Cleofe Huamán.Materia : CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD.El Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de Quipicanchi; Cita al acu-sado ANICETO MAMANI CONDORI, a efecto de que concurra a la AU-DIENCIE DE JUICIO ORAL programado para el día ONCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE a horas ONCE DE LA MAÑANA a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Unipersonal de Quispicanchi de la corte Superior de Justicia de Cusco, ubicado en la Urb. Tambillo, Casa de la Juventud S/N. segundo piso del Distrito de Urcos, en el proce-so N° 0067 2013-63-1014-JR-PE-O1, seguido contra el acusado Aniceto Mamani Condori, por el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de la Sociedad, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ Y/O AUSENTE Y disponer su conducción compulsiva. Urcos, 01 de julio del año 2014.Firmada: Especialista Judicial: Cleofe Huamán.03VZ.10.11.14.VII.14CPJ.

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIALExp. 00775-2013-94-1 001-IR-PE-04.SEÑOR: EDUARDO NICASIO TUCO MENDOZA.Ante el juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cusco, que despacha la Señora juez Dra. Indira Iris Acurio Palomino, bajo la actuación del Es-pecialista de Causa Severino Huamán Huamanttica, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el N° 00775-2013-94 1001-)R-PE-04, seguido contra Eduardo Nicasio Tuco Mendoza, por la presunta de la comisión del delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de las menores de iniciales D.E.T.A, se ha dispuesto. NOTIFÍQUESE: al imputa-do Eduardo Nicasio Tuco Mendoza, con el Acta de Registro de Audiencia de fecha 03-Julio-2014, que dispone: -------------------ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICADE JUICIO ORALl. INTRODUCCIÓN:En la ciudad de Cusco, siendo las diez de la mañana con treinta minutos del día tres de junio del año dos mil catorce, en la Cuarta Sala de Audien-cias del Palacio de Justicia de Cusco, se verifica audiencia de juicio oral en el proceso Nro. 00775 2013-0-1 001-JR-PE-04, seguido contra Eduar-do Nicasio Tuco Mendozo, por la presunta comisión del delito de omisión de asistencia familiar, en agravio de la menor de iníciales DET A, bajo la dirección del magistrado Jorge Paul Arce Zans, Juez del Juzgado Penal Unipersonal del Cusco, audiencia que será grabada en sistema de audio. JUEZ: Emite la resolución correspondiente.RESOLUCIÓN N°04Cusco, tres de junioDel año dos mil catorce.PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: Queda registrado en el siste-ma de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe.SE RESUELVE:1.- NOTIFÍQUESE por edictos al acusado EDUARDO NICASIO TUCO MENDOZA.2.- NOTIFÍQUESE al acusado EDUARDO NICASIO TUCO MENDOZA en la dirección que consta en su Ficha RENIEC (Ancachuro, del distrito de Zurite, Provincia de Anta y departamento del Cusco), así mismo, se debe de NOTIFICAR en Meza Redondo B- 5.3. 3.-Se REPROGRAMA la presente audiencia para el DÍA CATORCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE A HORAS CATORCE EN LA CUARTA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUS-TICIA DEL Cusco.NOTIFICACIÓN:FISCAL: Conforme.ABOGADO DEL ACUSADO EDUARDO NICASIO TUCO MENDOZA: Conforme.III CONCLUSiÓN:Siendo las ocho con cincuenta y cinco minutos, se da por terminada la audiencia y por cerrada la grabación del audio, procediendo a firmarla el señor Juez y el Especialista de Audiencias encargado de la redacción del acta, como lo dispone el artículo 120 - del Código Procesal Penal.Firmado : Especialista Judicial. Severino Huamán Huamantica.03VZ.10.11.14.VII.14CPJ.

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