Apersonamiento Henry Condori Jimenez Ejecucion de Acta de Conciliacion

4
Asesoría Consultoría “EsMaCo” Jr. Puno Nº 334 Tercer Piso Oficina N° 07 Puno - Perú Cel. Nº 968298197 Especialista : Percy Arcos Mamani Expediente : 1029-2009 Escrito : 01 Sumilla : APERSONAMIENTO, NULIDAD DE NOTIFICACION Y OTROS. ------------------------------------------ ----------------------------------- SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE PUNO: HENRY VLADIMIR CONDORI JIMENEZ, identificado con DNI. Nº 40992335, con domicilio real AV. Gardenias Mz 17 Lt 34 salcedo de esta ciudad de Puno, en el Proceso de Ejecución de Acta de Conciliación, instado por PATRICIA BETTY PASTOR LOPEZ. A usted atentamente digo: APERSONAMIENTO: Que, recurro a su despacho con el fin de APERSONARME AL PRESENTE PROCESO, señalando como mi domicilio procesal en el JR. PUNO 334 TERCER PISO OFICNA 07 de esta ciudad de Puno, lugar donde solicito se me hagan llegar las ulteriores notificaciones que resulten en autos. POR TANTO:

description

ok

Transcript of Apersonamiento Henry Condori Jimenez Ejecucion de Acta de Conciliacion

Page 1: Apersonamiento Henry Condori Jimenez Ejecucion de Acta de Conciliacion

Asesoría Consultoría “EsMaCo” Jr. Puno Nº 334 Tercer Piso Oficina N° 07 Puno - Perú

Cel. Nº 968298197

Especialista : Percy Arcos Mamani

Expediente : 1029-2009

Escrito : 01

Sumilla : APERSONAMIENTO, NULIDAD DE NOTIFICACION Y OTROS.

-----------------------------------------------------------------------------

SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE PUNO:

HENRY VLADIMIR CONDORI JIMENEZ, identificado

con DNI. Nº 40992335, con domicilio real AV.

Gardenias Mz 17 Lt 34 salcedo de esta ciudad de Puno,

en el Proceso de Ejecución de Acta de Conciliación,

instado por PATRICIA BETTY PASTOR LOPEZ. A

usted atentamente digo:

APERSONAMIENTO:

Que, recurro a su despacho con el fin de

APERSONARME AL PRESENTE PROCESO, señalando como mi domicilio procesal

en el JR. PUNO 334 TERCER PISO OFICNA 07 de esta ciudad de Puno, lugar donde

solicito se me hagan llegar las ulteriores notificaciones que resulten en autos.

POR TANTO:

Pido a Ud. darme por apersonado en el domicilio

procesal indicado.

PRIMER OTROSI.- Que, se ha puesto en nuestro

conocimiento la Resolución N° 16 de fecha 25 de Junio del 2015, mediante la cual

se nos otorga un plazo de TRES DIAS para alcanzar nuestra propuesta de

liquidación. De conformidad con el Art. 171 del Código Procesal Civil, Solicito la

Nulidad de la citada resolución, por cuanto se halla, afecta de vicio que inválida y

Page 2: Apersonamiento Henry Condori Jimenez Ejecucion de Acta de Conciliacion

Asesoría Consultoría “EsMaCo” Jr. Puno Nº 334 Tercer Piso Oficina N° 07 Puno - Perú

Cel. Nº 968298197

que renovándose el acto procesal se sirva Notificar válidamente desde la

propuesta de liquidación de la demandante PATRICIA PASTOR LOPEZ, pedido

que sustento en los siguientes hechos:

PRIMERO.- Que, la resolución en mención fue erróneamente notificado en el

domicilio real de la Urb, Chanu Chanu I ETAPA MZ – M LOTE 06, teniendo en

conocimiento que mi persona ya no viene viviendo en dicho domicilio hace más de

05 años atrás y que en la actualidad vengo viviendo en la Av. GARDENIAS MZ 17

LT 34 salcedo de esta ciudad de puno.

SEGUNDO.- Que, en razón de los expuesto, el acto de la notificación al ser efectuado

de manera irregular, no cumple su objeto de poner en conocimiento del interesado

el contenido de la resolución judicial.

TERCERO.- Que, en consecuencia debe el juzgado declarar la nulidad de la

notificación por cedula correspondiente a la Resolución N° 16 de fecha 25 de Junio

del 2015, pues el referido acto procesal carece de los requisitos indispensables

para la obtención de su finalidad.

DE LOS REQUISITOS DE FORMA

INTERES PROPIO O ESPECÍFICO.- El recurrente tiene interés para pedir la

nulidad porque la notificación por cedula materia de cuestionamiento que causa

un evidente perjuicio ya que al no poder tomar conocimiento adecuado de dicha

resolución por no haber sido notificado válidamente, se afecta mi derecho a la

tutela jurisdiccional efectiva y al debido proceso sobre todo si se tiene en cuenta

que por la deficiencia anotada no he podido cumplir con el requerimiento judicial

contenida en dicha resolución.

FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA.

1.- CODIGO PROCESAL CIVIL Artículo 171 primer párrafo. La nulidad se sanciona

solo por causa establecida en la Ley. Sin embargo, puede declararse cuando el acto

Procesal careciera de los requisitos indispensables para la obtención de su

finalidad.

Page 3: Apersonamiento Henry Condori Jimenez Ejecucion de Acta de Conciliacion

Asesoría Consultoría “EsMaCo” Jr. Puno Nº 334 Tercer Piso Oficina N° 07 Puno - Perú

Cel. Nº 968298197

ANEXOS

1. Copia del DNI del recurrente.

POR TANTO:

A usted pido admitir el presente remedio procesal y

tramitarlo con arreglo a Ley.

SEGUNDO OTROSI.- Que, para un mejor resolver en la

liquidación que se me practica SOLICITO a su despacho se oficie a la

Municipalidad Provincial de Puno para que pueda remitir una copia de la partida

de nacimiento de mi menor hijo, de la mima manera al colegio donde mi menor

hijo se encuentra estudiando para que remita la información de sus datos

personales inscritos por lo mismo se oficie a la demandante para que dé a conocer

el por qué el cambio de nombre y de apellido de mi menor hijo sin mi

consentimiento.

Puno, 01 de Julio del 2015.