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    Derecho Ambiental.Gerson Chvez Miranda.

    SESIN N 6LA CONFERENCIA DE NACIONES UNIDAS SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DESARRO

    1. Introduccin

    La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en adelaCNUMAD - tambi!n conocida como la "C#mbre $ara la %ierra" t#vo l#&ar en '(o de )aneiro + al , de #nio de ,//0. 1sta conferencia &lobal celebrada d#rante el vi&!simo aniversario d$rimera Conferencia 2nternacional sobre el Medio 3#mano 41stocolmo ,/506 re#ni7 a $oldi$lomticos cient(ficos $eriodistas y re$resentantes de or&anizaciones no bernamentales 48,5/ $a(ses en #n esf#erzo masivo $or reconciliar el im$acto de las actividades socio-econ7mih#manas en el medio ambiente y viceversa. 9im#ltneamente se celebr7 en '(o de )aneiro el ":orGlobal de las 8NG" al ;#e asistieron #n &ran n

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    a;#ella !$oca de ;#e los $roblemas medio ambientales del $laneta estaban (ntimamente relacionadcon las condiciones econ7micas y los $roblemas de la #sticia social. Demostr7 ;#e las necesidasociales medio ambientales y econ7micas deben e;#ilibrarse #nas a otras $ara obtener res#ltadsostenibles a lar&o $lazo. %ambi!n demostr7 ;#e si la &ente es $obre y las econom(as nacionaled!biles el medio ambiente se resiente si se ab#sa del medio ambiente y se cons#men en e=cesorec#rsos la &ente s#fre y las econom(as se debilitan. La conferencia tambi!n se>al7 ;#e las acciondecisiones locales ms insi&nificantes b#enas o malas tienen re$erc#siones $otenciales a esm#ndial.

    La re#ni7n de '(o de )aneiro se>al7 ;#e los diferentes factores sociales econ7micos y medambientales son interde$endientes y cambian sim#ltneamente. %ambi!n defini7 los elementos crde cambio y demostr7 ;#e el !=ito en #na zona re;#iere acci7n en las dems zonas $ara ;#e este!=ito se $rolone en el tiem$o. 1l ob etivo $rinci$al de la C#mbre f#e introd#cir #n $ro&rama e#n $lan n#evo $ara la acci7n internacional en temas de medio ambiente y de desarrollo ;#e ay#dara iar la coo$eraci7n internacional y el desarrollo de $ro&ramas en el $r7=imo si&lo.

    CNUMAD defini7 el conce$to de desarrollo sostenible como #n ob etivo factible en todo el m#f#ese a escala local nacional re&ional o internacional. 'econoc(a ;#e la inte&raci7n y el e;#iliblos intereses econ7micos sociales y medio ambientales a la hora de satisfacer n#estras necesidades vital $ara $reservar la vida en el $laneta y ;#e dicho enfo;#e inte&rado se $#ede alcanzar si #nn#estra inteli&encia y n#estro talento. %ambi!n reconoc(a ;#e $ara conseir este ti$o de inte&rae;#ilibrio entre las dimensiones econ7mica social y medio ambiental se necesitar(an n#e$ers$ectivas de c7mo $rod#cimos c7mo cons#mimos c7mo vivimos c7mo traba amos crelacionamos y c7mo tomamos decisiones. 1l conce$to f#e revol#cionario y como toda idea or

    desencaden7 #n acalorado debate entre los &obiernos y entre !stos y s#s ci#dadanos sobre c7conseir la sostenibilidad.

    La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo 4CNUMAD6 cen '(o de )aneiro en ,//0 a$rob7 tres instr#mentosB la Declaraci7n de '(o sobre el Medio Ambientel Desarrollo 4Declaraci7n de '(o6 el ?ro&rama 0, y la declaraci7n a#torizada sin f#erza obli&atoria de $rinci$ios $ara #n consenso m#ndial res$ecto de la ordenaci7n la conservaci7desarrollo sostenible de los bos;#es de todo ti$o 4?rinci$ios relativos a los bos;#es6. Adems abrieron a la firma en la Conferencia dos tratados a saber el Convenio sobre la Diversidad *iol7la Convenci7n Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climtico.

    Unos de los lo&ros ms im$ortantes de CNUMAD f#e el ?ro&rama 0, #n $ro&rama de acmin#cioso y am$lio ;#e e=i&(a n#evas formas de invertir en n#estro f#t#ro $ara $oder alcanzdesarrollo sostenible en el si&lo 2. 9#s recomendaciones iban desde n#evos m!todos ed#cativhasta n#evas formas de $reservar los rec#rsos nat#rales $asando $or n#evos caminos $ara $articen el dise>o de #na econom(a sostenible. La $retensi7n &lobal del ?ro&rama 0, era im$resionant;#e s# ob etivo era nada menos ;#e crear #n m#ndo sero y #sto en la ;#e toda e=istencia f#di&na y $lena.

    . R!"u#t$do" d! CNUMAD.

    L$ D!c#$r$cin d! Rio.Con #nto de 05 $rinci$ios #niversalmente a$licables $ara ay#dar a

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    iar la acci7n internacional basndose en la res$onsabilidad medio ambiental y econ7micaL$ Con%!ncin M$rco "o&r! C$'&io C#i'(tico. Ac#erdo le&almente vinc#lante firmado $or,E &obiernos en la C#mbre en '(o c#yo ob etivo $rinci$al es la "estabilizaci7n deconcentraciones de &ases invernadero en la atm7sfera a #n nivel ;#e $revendr(a la $eli&rointerferencia antro$o&!nica 4ca#sada $or el hombre6 con el sistema climtico".E# Con%!nio "o&r! Di%!r"id$d Bio#)ic$. ac#erdo le&almente vinc#lante ;#e hasta la fechaha sido firmado $or ,F@ $a(ses. 'e$resenta #n $aso im$ortant(simo hacia la conservaci7n dla diversidad biol7&ica del #so sostenible de s#s com$onentes y del re$arto #sto y e;#itde los beneficios derivados del #so de rec#rsos &en!ticos.L$ D!c#$r$cin d! *rinci+io" For!"t$#!".Con #nto de ,E $rinci$ios no vinc#lantes ;#e ri&enla $ol(tica nacional e internacional $ara la $rotecci7n la administraci7n y el #so msostenibles de los rec#rsos forestales m#ndiales. 1stos $rinci$ios son m#y im$ortantes ya ;#re$resentan el $rimer y $rinci$al consenso internacional sobre #n me or #so y conservaci7todo ti$o de bos;#es.

    1. D!"$rro##o d! #o" *rinci+io" d! #$ D!c#$r$cin.

    1.1.Principio 1Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollosostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armona con la naturaleza.

    E%o#ucin int!rn$cion$#.1l $rinci$io , s#braya la convicci7n de los 1stados de ;#e los seresh#manos son el elemento central del medio ambiente y del desarrollo y $or tanto refle a #n enfo;#e antro$oc!ntrico. 1l $rinci$io , reco&e el derecho h#mano f#ndamen#na vida di&na. Los dems $rinci$ios de la Declaraci7n de '(o se desarrollan $ara a$licar es

    $rinci$io. 1l $rinci$io , trata tambi!n de la sal#d de los seres h#manos #n as$ecto al ;#e se refiel ca$(t#lo F del ?ro&rama 0, c#yo $rimer $rrafo diceB la sal#d y el desarrollo tienen #na directa ... HLos temas de acci7n delI ?ro&rama 0, deben abordar las necesidades de atenci$rimaria de la sal#d de la $oblaci7n m#ndial ya ;#e se inte&ran con el lo&ro de los ob etivdesarrollo sostenible y de la atenci7n $rimaria de la sal#d . ?or s# $arte el $rrafo F. J diceBob etivo &eneral consiste en red#cir al m(nimo los ries&os y mantener el medio ambiente en #tal ;#e no se afecten ni se $on&an en $eli&ro la sal#d y la seridad h#manas y ;#e se sifomentando el desarrollo .

    Con frec#encia se ha hecho referencia al derecho a vivir en #n medio ambiente sal#dable a#na men#do en instr#mentos ;#e no son #r(dicamente vinc#lantes y a men#do se $roclam

    &arantiza de forma e=$l(cita ese derecho en los tratados sobre derechos h#manos. Desde ,//0$rinci$io , se ha reconocido en los tratados a veces haciendo referencia a mbitos concretos.

    1 em$los de ello son el $rrafo , del $remb#lo de la Convenci7n sobre la Desertificaci7nC#arta Convenci7n de Lom! ;#e esti$#la ;#e la coo$eraci7n tendr como fin el desarrollo centraen el ser h#mano $rinci$al $rota&onista y beneficiario del desarrollo, .

    1l ?ro&rama de Acci7n de la Conferencia 2nternacional sobre la ?oblaci7n y el Desarrollo de ,0 contiene , $rinci$ios llamados en adelante ?rinci$ios de 1l Cairo de ,// . 1n el $rinci$io 0 establece ;#e Los seres h#manos son el elemento central del desarrollo sostenible. %ienderecho a #na vida sana y $rod#ctiva en armon(a con la nat#raleza. La $oblaci7n es el rec#rso m

    1 'evisada en virt#d del Ac#erdo firmado en Ma#ricio el de noviembrede ,//E. K!ase %he AC?-1U Co#rier No. ,EE 4enero y febrero de ,//F6.2 K!ase A C8N:.,5, ,+ 'ev., ca$. 2 resol#ci7n , ane=o ca$. 22.

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    im$ortante y ms valioso de toda naci7n. Los $a(ses deber(an cerciorarse de ;#e se d! a todos o$ort#nidad de a$rovechar al m=imo s# $otencial. %oda $ersona tiene derecho a #n nivel de adec#ado $ara s( y s# familia incl#so alimentaci7n vestido vivienda aa y saneaadec#ados . K!ase tambi!n el $rrafo 5 de la Declaraci7n de 1stamb#l sobre los Asentamient3#manos+ llamada en adelante la Declaraci7n de 1stamb#l de ,//F.

    E,!'+#o" d! $+#ic$cin n$cion$#.1l derecho a #na vida sal#dable y $rod#ctiva en armon(a con la nat#raleza se enc#entra reco&idmen#do en las constit#ciones y en la le&islaci7n 4ambiental6 bsica form#lado como #n $r&eneral del derecho ambientalnacional. Casi todas las constit#ciones a$robadas o revisadas en los os hacereferencia a los temas ambientales. 1n n#merosos $a(ses e=isten dis$osiciones constit#cionales;#e reco&en de forma e=$l(cita el derecho a #n ambiente sal#dableE. Al mismo tiem$o casi todasestas constit#ciones establecen tanto la obli&aci7n del 1stado de $reservar el medio ambiencomo el deber de los ci#dadanos de $rote&erlo. La obli&aci7n constit#cional ;#e tiene el 1stadconservar el medio ambiente refrenda el derecho a #n medio ambiente sal#dable ;#e en alcasos se form#la como #n derecho de la $ersona a #n medio ambiente sal#dable.

    La Corte 9#$rema de :ili$inas estableci7 ;#e si bien el derecho a #na ecolo&(a e;#ilibrada sal#dable a$arec(a reco&ido en la Declaraci7n de $rinci$ios y $ol(ticas del 1stado y no eDeclaraci7n de derechos y &arant(as f#ndamentales ello no im$licaba ;#e f#ese menos im$or;#e c#al;#iera de los derechos civiles y $ol(ticos reco&idos en esta os al medio ambiente de otros 1stadoszonas ;#e est!n f#era de los l(mites de la #risdicci7n nacional. 1s #na $rctica establecidace$tada en el derecho ;#e dentro de los l(mites ;#e fi a el derecho internacional todo 1tiene derecho a $roceder a la ordenaci7n y el #so de los rec#rsos nat#rales ;#e est!n dentro de s #risdicci7n y a form#lar y a$licar s# $ro$ia $ol(tica ambiental y de desarrollo. No obstan1stados tienen la obli&aci7n de conformidad con el derecho internacional 4$or e em$lo la ?

    3 K!ase A C8N:.,FE , ca$. 2 resol#ci7n , ane=o 2.4 K!ase 1 CN. 9#b.0 ,// / de F de #lio de ,// .5 1ntre otros e em$los recientes cabe citar la Constit#ci7n de Ucrania a$robada el 0@ de #nio de ,//F la Constit#ci7n de 9#dfrica a$robamayo de ,//F la Constit#ci7n de 1tio$(a a$robada el @ de diciembre de ,// la Constit#ci7n de la Ar&entina a$robada el 0+ de a&osto de ,// .

    6 %rib#nal 9#$remo de la 'e$

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    de la Convenci7n sobre el Derecho del Mar6 de conservar y #tilizar s#s rec#rsos nat#ralemanera sostenible y de com$artir los rec#rsos ;#e no #tiliza $lenamente con los 1stados vecinomenos favorecidos. Los 1stados tambi!n tiene la obli&aci7n de $rote&er s# medio ambiente evitar da>os al medio ambiente de los 1stados vecinos.

    1n la Declaraci7n de '(o se afirm7 el $rinci$io 0, de la Declaraci7n de 1stocolmo con #na adiciy de desarrollo . 1l $rinci$io 0 se refle a $or e em$lo en el octavo $rrafo del $remb

    Convenci7n sobre el Cambio Climtico en el decimo;#into $rrafo del $remb#lo de la Convesobre la Desertificaci7n y en el $remb#lo del Ac#erdo de Coo$eraci7n Ambiental de Am!riNorte5. A e=ce$ci7n de la e=$resi7n y de desarrollo el $rinci$io 0 se re$rod#ce en el art(c#loConvenio sobre la Diversidad *iol7&ica. 1n el $rrafo , del art(c#lo ,E del Convenio sobrDiversidad *iol7&ica se reconoce ;#e los 1stados tienen derechos soberanos sobre s#s rec#rsonat#rales y ;#e la fac#ltad de relar el acceso a los rec#rsos &en!ticos inc#mbe a los &obinacionales y est sometida a la le&islaci7n nacional . 1l $rinci$io 0, de la Declaraci7n1stocolmo tambi!n a$arece reco&ido en el a$artado a6 del $rinci$io , de los $rinci$ios relativlos bos;#es en los c#ales se esti$#la en el a$artado a6 del $rinci$io 0 ;#e los 1stados tienderecho soberano e inalienable de $roceder a la #tilizaci7n la ordenaci7n y el desarrollo debos;#es de conformidad con s#s necesidades de desarrollo y s# &rado de desarrollosocioecon7mico... .

    Aos transfronterizos res#ltantes de actividallevadas a cabo dentro del territorio de #n 1stado $#eden evitarse o son ile&ales. 1s ms hay tendencia $erce$tible a im$oner obli&aciones a los 1stados en relaci7n con la &esti7n de rec#rsos y ri;#ezas nat#rales con el fin de aserar #na $rod#cci7n y #n cons#mo sosteniblesinter!s de los nacionales de ese 1stado y de los dems 1stados as( como del &!nero h#man

    incl#idas las &eneraciones f#t#ras. 3ay #n reconocimiento creciente de ;#e se trata de $roblemde inter!s internacional si no m#ndial lo c#al se e=$res7 en el Ac#erdo sobre las $oblacion$eces de ,//E. 1n la o$ini7n cons#ltiva de la Corte 2nternacional de )#sticia sobre la le&alidadla amenaza y el #so de las armas n#cleares de @ de #lio de ,//F se ratifica ;#e el $rinci$reafirma #na norma de derecho cons#et#dinario al observar ;#e la e=istencia de la obli&ac&eneral de los 1stados de velar $or ;#e las actividades ;#e se desarrollendentro de s# #risdicci7n y s# control res$eten el medio ambiente de otros 1stados o de otras zo;#e est!n ms all del control nacional forma ya $arte del cor$#s de derecho internacional relatal medio ambiente.

    1.3. Principio 3.

    El derecho al desarrollo debe e#ercerse en forma tal "ue responda e"uitativamente a lasnecesidades de desarrollo y ambientales de las eneraciones presentes y futuras.

    E%o#ucin int!rn$cion$#.La incl#si7n del $rinci$io + en la Declaraci7n de '(o s#$one la afirmaci7n $or $rimera vezderecho al desarrollo en #n instr#mento internacional a$robado $or consenso@. La nat#raleza y elalcance de este derecho ;#edan abiertos lo mismo ;#e la c#esti7n de si tal derecho corres$ondelos 1stados a la $oblaci7n o a las $ersonas nat#rales. 9e $#ede hacer #na lect#ra del $rinci$ien con #nci7n con el $rinci$io al ;#e $recede en el sentido de ;#e el derecho al desar

    7 , K!ase *#rea# of National Affairs 2nternational 1nvironment 'e$orter 4 ashin&ton D.C.6 $&s. +BJ,J, a ++BJ,,, $rr. 0.8 No obstante cabe se>alar la declaraci7n $resentada $or escrito de los 1stados Unidos en el sentido de ;#e la adhesi7n de los 1stados Unidconsenso H...I no modifica s# o$osici7n de lar&a data al denominado "derecho al desarrollo" . ?ara los 1stados Unidos el desarrollo no es #n des #na meta ;#e todos nos hemos $ro$#esto . K!ase A C8N:.,E, 0F 'ev., 4vol. 226 ca$. 222 $rr. ,F.

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    los rec#rsos nat#rales de U&anda se #tilizarn de forma tal ;#e $ermita satisfacer las necesidadde desarrollo y ambientales de las &eneraciones $resente y f#t#ras del $#eblo de U&anda,F. 1n*!l&ica en las consideraciones introd#ctorias del 'eal Decreto de ,0 de oct#bre de ,//+ $or e;#e se creaba el Conse o Nacional $ara el Desarrollo 9ostenible se hace referencia e=$l(citaDeclaraci7n de '(o. 1n el art(c#lo , del 'eal Decreto al definir el desarrollo sostenible se decl;#e el desarrollo del $resente no $rivar a las &eneraciones f#t#ras de la $osibilidad de satisfas#s $ro$ias necesidades.

    1n alnas ca#sas de las ;#e han conocido trib#nales nacionales se ha hecho referencia aderecho de las &eneraciones f#t#ras. La Corte 9#$rema de la 'e$al de #n com$romiso $ara im$#lsaconsideraciones y ob etivos ambientales desde la $eriferia de las relaciones internacionales h

    s# centro econ7mico.Las consideraciones ambientales son cada vez ms #n as$ecto saliente de la $ol(tica econ7micel derecho internacionales. 1=isten n#merosos tratados re&ionales y m#ndiales ;#e $reconizanenfo;#e ;#e inte&re el medio ambiente y el desarrollo como el Convenio sobre la Diversi*iol7&ica y la Convenci7n de L#cha sobre la Desertificaci7n,5. 1n el $rrafo F de la Declaraci7n deCo$enhae de ,//E se establece ;#e ... el desarrollo econ7mico el desarrollo social y $rotecci7n del medio ambiente son com$onentes de desarrollo sostenible interde$endientes y ;se fortalecen m#t#amente lo c#al constit#ye el marco de n#estros esf#erzos encaminados a lo#na me or calidad de vida $ara todas las $ersonas .

    E,!'+#o" d! $+#ic$cin n$cion$#La inte&raci7n de las c#estiones ambientales en la ado$ci7n de decisiones nacionales en matede desarrollo e=i&e ;#e los com$onentes ambientales sociales y econ7micos se e=aminenmanera inte&rada en todos los niveles de la le&islaci7n y administraci7n nacionales. Alnosle&islativos nacionales contienen referencias al enfo;#e inte&ral $revisto en el $rinci$io basan en !l $or e em$lo el $royecto de ley de ordenaci7n del medio ambiente de Maa$robado en #nio de ,//F la Ley sobre el desarrollo sostenible de 1stonia $rom#l&adcomienzos de ,//E y el $royecto de ley de $rotecci7n del medio ambiente de Ne$al ;#act#almente e=amina el ?arlamento.

    1l $rinci$io de la inte&raci7n de las c#estiones ambientales en todas las esferas de $ol(tica e

    16 K!ase Constit#tions of the Co#ntries of the orld A. ?. *la#stein y G. 3. :lanz editores 4Dobbs :erry 8ceana6.17 Art. F b6 y $rrs. / y 00 del $remb#lo y art. 0.0 res$ectivamente.

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    form#lado &eneralmente como norma de $rocedimiento ;#e deben a$licar los 7r&anos le&islatadministrativos. ?or consiiente constit#ye tambi!n #n $ost#lado f#ndamental de la mayorlas estrate&ias nacionales de desarrollo sostenible y de alnos $lanes de desarrollo.

    1n la Declaraci7n de hite 8aO de 00 de febrero de ,//+ los ministros y f#ncionarios del meambiente de 0, democracias n#evas de 1#ro$a central y oriental y la e= Uni7n 9ovi!ticreconocieron ;#e los factores ambientales deben inte&rarse en el $roceso de ado$ci7n ddecisiones econ7micas en todos los niveles en a$oyo de #n $ro&rama de desarrollo sostenible,@.

    1.5. Principio 5.Todos los Estados y todas las personas deber(n cooperar en la tarea esencial de erradicar la pobreza como re"uisito indispensable del desarrollo sostenible, a fin de reducir las disparidades enlos niveles de vida y responder me#or a las necesidades de la mayora de los pueblos del mundo.

    E%o#ucin int!rn$cion$#.1n la C#mbre M#ndial sobre Desarrollo 9ocial ,,5 )efes de 1stado convinieron en ado$tar enfo;#e inte&rado de la erradicaci7n de la $obreza basado en el conce$to de la colaboracidentro de las sociedades y entre los $a(ses desarrollados y los $a(ses en desarrollo. LaDeclaraci7n y el ?ro&rama de Acci7n de Co$enhae contienen com$romisos y medidas tanel mbito nacional como en el internacional a fin de estim#lar el crecimiento el comercioem$leo $leno $rod#ctivo y libremente ele&ido me orar los sistemas de sal#d com#ned#caci7n y &arantizar ;#e la asistencia oficial $ara el desarrollo c#m$la s# f#nci7n $rimordsaber satisfacer las necesidades h#manas bsicas en los $a(ses ms $obres del m#ndo. 1n lDeclaraci7n los $artici$antes se com$rometen como im$erativo !tico social $ol(tico y ecde la h#manidad a lo&rar el ob etivo de erradicar la $obreza en el m#ndo mediante #na anacional en!r&ica y la coo$eraci7n internacional.

    1l ca$(t#lo + del ?ro&rama 0, est dedicado a la l#cha contra la $obreza. %ambi!n se hacreferencia a la eliminaci7n de la $obreza en los dems instr#mentos a$robados en la Conferenca saber en el decimonoveno $rrafo del $remb#lo y el $rrafo del art(c#lo 0J del Convsobre la Diversidad *iol7&ica en el $rrafo 5 del art(c#lo de la Convenci7n sobre el CaClimtico y en el $rinci$io 5 de los ?rinci$ios relativos a los bos;#es.

    Adems en el octavo $rrafo del $remb#lo y el inciso c6 del $rrafo 0 del art(c#lo Convenci7n sobre la Desertificaci7n se hace referencia a la $obreza. La Convenci7n $roc#combinar la miti&aci7n de la $obreza con el restablecimiento del e;#ilibrio a&roecol7&ico cde esa manera la $osibilidad de ;#e las $ersonas ;#e viven en las tierras ridas del m#ndo se

    beneficien de manera directa y a la brevedad. 8tro e em$lo es la Declaraci7n de ashin&ton sla $rotecci7n del medio marino frente a las actividades realizadas en tierra,/ llamada en adelanteDeclaraci7n de ashin&ton ;#e dice ;#e la miti&aci7n de la $obreza es #n factor esencial $hacer frente a los efectos en las zonas costeras y marinas de las actividades realizadas en tierra.

    1n la ?lataforma de Acci7n de *ei in& de ,//E se reconoce la $ersistente y creciente car&a de$obreza ;#e afecta a la m# er como esfera de es$ecial $reoc#$aci7n y se hace hinca$i! en l

    feminizaci7n de la $obreza0J en el $rrafo 0 del ?lan de Acci7n de la C#mbre M#ndial sobre laAlimentaci7n se indica ;#e la erradicaci7n de la $obreza es f#ndamental $ara me orar el acce

    18 M. *othe C. 9chmidt 2nternationalization of nat#ral reso#rce mana&ement en PearbooO of 2nternational 1nvironmental La vol. 4,//

    /F.19 A$robada el ,Q de noviembre de ,//E en la Conferencia 2nterbernamental $ara la ado$ci7n de #n ?ro&rama de Acci7n M#ndial $ara la $rotecmedio marino frente a las actividades realizadas en tierra 4A E, ,,F ane=o 2 a$!ndice 22 ;#into $rrafo del $remb#lo6.20 A C8N:.,55 0J ca$. 2 resol#ci7n 2 ane=o 22 $rrs. ,5 5 a E5 y 0 F.

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    los alimentos.

    E,!'+#o" d! $+#ic$cin n$cion$#.1l $rinci$io de la erradicaci7n de la $obreza $#ede a$licarse en distintos sectores de la le&islanacional $or e em$lo las leyes en c#anto a la creaci7n de em$leo y la ordenaci7n territorleyes laborales las leyes sobre la seridad social y la atenci7n de la sal#d y las re&lamentaen materia de ed#caci7n. 97lo en #nas $ocas dis$osiciones se hace #na referencia e=$l(cita $rinci$io de la erradicaci7n de la $obreza.

    Los 1stados $#eden #tilizar distintos enfo;#es $ara l#char contra la $obreza mediante s#le&islaci7n nacional. 1 em$lo de ello es la Ley de *os;#es de Myanmar de noviembre de ,//0;#e se establece ;#e la ley se a$licar de conformidad con los siientes $rinci$ios bsicosB .Desarrollar la econom(a del 1stado contrib#ir a la satisfacci7n de las necesidades alimentariavestimenta y vivienda del $

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    1n el $remb#lo de la Convenci7n sobre el Derecho del Mar se reconocen los interesesnecesidades es$eciales de los $a(ses en desarrollo . 1n la Convenci7n sobre la Desertificaci7nmenciona este tema en s# $remb#lo en el inciso d6 del art(c#lo + y en los art(c#los E y F yhinca$i! en todos s#s art(c#los en la sit#aci7n es$ecial de los $a(ses en desarrollo dada la &$ro$orci7n de esos $a(ses en $artic#lar los menos adelantados entre a;#ellos ;#e s#fren se;#(a &rave o desertificaci7n. La $arte K22 del Ac#erdo sobre las $oblaciones de $eces ededicada a las necesidades es$eciales de los 1stados en desarrollo en relaci7n con laconservaci7n y ordenaci7n de las $oblaciones de $eces a ;#e se refiere el Ac#erdo y el art(c#l$rev! la creaci7n de fondos es$eciales con ob eto de asistir a los 1stados en desarrollo en a$licaci7n del Ac#erdo.

    La Declaraci7n de ashin&ton de ,//E se refiere a los $a(ses ;#e necesitan asistencia 4$rr. &r#$o ;#e com$rende los $a(ses menos adelantados los $a(ses con econom(a en transici7n y$e;#e>os 1stados ins#lares en desarrollo. 1l $rrafo a6 del $rinci$io / de los ?rinci$ios relativolos *os;#es se refiere tambi!n a los $a(ses en desarrollo.

    1.7. Principio 7.Los Estados deber(n cooperar con espritu de solidaridad mundial para conservar, prote er yrestablecer la salud y la inte ridad del ecosistema de la Tierra. En vista de "ue han contribuido endistinta medida a la de radaci$n del medio ambiente mundial, los Estados tienenresponsabilidades comunes pero diferenciadas. Los pases desarrollados reconocen laresponsabilidad "ue les cabe en la b!s"ueda internacional del desarrollo sostenible, en vista de las presiones "ue sus sociedades e#ercen en el medio ambiente mundial y de las tecnolo as y losrecursos financieros de "ue disponen.

    E%o#ucin int!rn$cion$#.1l $rinci$io 5 $#ede dividirse en dos $artesB a6 el deber de coo$erar en #n es$(rit# de solidam#ndial y b6 las res$onsabilidades com#nes $ero diferenciadas. La $rimera est s7lidameestablecida como dem#estra el Ca$(t#lo 2 de la Carta de las Naciones Unidas y es a$licanivel m#ndial re&ional y bilateral. La meta de la Declaraci7n de '(o es de ac#erdo co$remb#lo el establecimiento de #na alianza m#ndial n#eva y e;#itativa . 1l $rinci$io de la am#ndial $#ede considerarse #na reform#laci7n ms reciente de la obli&aci7n de coo$erar im$ortancia es cada vez mayor 0 . 1l $rinci$io 5 se refiere a los 1stados $ero el $rinci$io desolidaridad m#ndial $#ede e=tenderse tambi!n a entidades ;#e no son 1stados. 1l conce$to dinter!s come #n reconocimiento o ace$taci7n $or los 1stados Unidos de c#alesobli&aciones o res$onsabilidades internacionales o c#al;#ier dismin#ci7n de las res$onsabilidades de los $a(ses en desarrollo 4A C8N:.,E,4Kol. 2266 ca$. 222 $rr. ,F.

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    ;#e controlan &randes rec#rsos tecnol7&icos y financieros tienen #n &rado de res$onsabil$ro$orcionalmente mayor en las actividades internacionales en $ro del desarrollo sostenible.

    Las res$onsabilidades diferenciadas $#eden cond#cir a distintas obli&aciones #r(dicas. 1$rctica el $rinci$io de las res$onsabilidades com#nes $ero diferenciadas se trad#ce enreconocimiento e=$l(cito de ;#e distintos &r#$os de $a(ses $#eden beneficiarse de normdiferentes $lazos de c#m$limiento diferidos o com$romisos menos estrictos a fin de alen$artici$aci7n #niversal. Los $a(ses desarrollados reconocen la res$onsabilidad ;#e les cabe $orsobree=$lotaci7n del medio ambiente y las tecnolo&(as y rec#rsos financieros de ;#e dis$onenalnos ac#erdos internacionales se conoce el deber de los $a(ses ind#strializados de contrib#las actividades de los $a(ses en desarrollo encaminadas a lo&rar el desarrollo sostenible y asistien la $rotecci7n del medio ambiente m#ndial. Dicha asistencia $#ede entra>ar adems cons#ltas y ne&ociaci7n asistencia financiera transferencia de tecnolo&(a ecol7&icamente y coo$eraci7n mediante las or&anizaciones internacionales.1n la Convenci7n sobre el Cambio Climtico se reconocen en el $rrafo , del art(c#lo circ#nstancias y necesidades es$eciales de los $a(ses en desarrollo y l#e&o se en#meran ldeberes y obli&aciones consiientes ;#e deben as#mir los 1stados. La idea de res$onsabilidacom#nes $ero diferenciadas y las ca$acidades res$ectivas est e=$resada en el art(c#lo + coel $rimer $rinci$io ;#e iar a las ?artes en la a$licaci7n de la Convenci7n. 1l art(c#lo ,0 $erdiferencias en los re;#isitos en c#anto a la elaboraci7n de informes. %ambi!n son im$ortantesdis$osiciones de la Convenci7n en c#anto a la a$licaci7n con #nta Hincisos a6 y b6 del $rrafart(c#lo I y la orientaci7n $ro$orcionada sobre el $artic#lar $or la Conferencia de las ?artes. Convenio sobre la Diversidad *iol7&ica se ha establecido ;#e el c#m$limiento de las obli&acas#midas $or los $a(ses en desarrollo de$ender de ;#e los $a(ses desarrollados se com$rometaa $ro$orcionar rec#rsos financieros n#evos y adicionales y a $ermitir acceso a la tecnolo&(transferirla en condiciones #stas y en los t!rminos ms favorables. 1l $rinci$io est incor$orad

    el $remb#lo de la Convenci7n y se refle a im$l(citamente varias otras dis$osiciones a fisalvaardar los intereses y circ#nstancias es$eciales de los $a(ses en desarrollo05.

    La Convenci7n sobre la Desertificaci7n en los $a(ses afectados $or se;#(a &rave o desertificacen $artic#lar en Rfrica contiene obli&aciones concretas $ara los $a(ses ?artes afectados 4art.reconoce las obli&aciones adicionales de los $a(ses ?artes desarrollados 4art. F6. 1l art(c#lo 0?rotocolo de ,//F relativo al Convenio sobre la ?revenci7n de la Contaminaci7n del Mar $Kertimiento de Desechos y otras Materias ,/500@ llamado en adelante ?rotocolo de ,//F delConvenio de Londres sobre Kertimiento $ermite a las ?artes ado$tar #n calendario a #stadoel c#m$limiento de alnas dis$osiciones. 1l conce$to de res$onsabilidades com#nes $ediferenciadas $#ede considerarse la idea $rinci$al sobre la ;#e se bas7 la C#arta Convenci7

    AC?-C11 de Lom!0/

    1l conce$to de res$onsabilidades com#nes $ero diferenciadas se menciona en la e ec#ci7n ?ro&rama 0,+J y tambi!n se ha afirmado en las $rinci$ales conferencias internacionalescelebradas desde la de '(o. ?or e em$lo en el $rrafo 0@ de la Declaraci7n de Co$enha,//E se reconoce ;#e en la form#laci7n y a$licaci7n de las estrate&ias $ol(ticas $ro&rammedidas en favor del desarrollo social es com$etente cada $a(s y se ha de tener en c#enta ldiversidad econ7mica social y ambiental de las condiciones en cada $a(s ... .

    27 K!anse $or e em$lo los art(c#los ,F 40 +6 ,5 4,6 ,@ 406 ,/ 4, 06 y 0J 4, 0 +6.28 A$robado el 5 de noviembre de ,//F.29

    K!anse $or e em$lo t(t#lo 2 4arts. ++ a E6 y ?rotocolo ,J sobre la ordenaci7n sostenible de los rec#rsos forestales de la C#arta Convenci7nde Lom! revisada en virt#d del Ac#erdo firmado en Ma#ricio.30 +F 1 ,//E +0 $rr. +,.

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    E,!'+#o" d! $+#ic$cin n$cion$#No se ha observado ;#e el $rinci$io de las res$onsabilidades com#nes $ero diferenciadas esincor$orado como tal en la le&islaci7n nacional. 9in embar&o a men#do se lo tiene en c#enlas $ol(ticas nacionales sobre coo$eraci7n internacional y ay#da e=terna+,.

    1.8. Principio 8.*ara alcanzar el desarrollo sostenible y una me#or calidad de vida para todas las personas, losEstados deberan reducir y eliminar las modalidades de producci$n y consumo insostenibles yfomentar polticas demo r(ficas apropiadas.

    E%o#ucin int!rn$cion$#1n el $rinci$io @ ;#edan abarcados dos re;#isitos f#ndamentales $ara alcanzar el desarrolsostenible. ?or #n lado se reafirma el $rinci$io , en la medida en ;#e se declara ;#e el ob etesencial es conseir ;#e la calidad de vida de todas las $ersonas sea me or y tambi!n e=isterelaci7n con el $rinci$io 5. 1l $rinci$io @ re$resenta #na esfera en la ;#e el conce$to res$onsabilidades com#nes $ero diferenciadas es claramente a$licable ya ;#e las modalidades$rod#cci7n y cons#mo insostenibles se observan $or lo &eneral en los $a(ses desarrolladomientras ;#e los $a(ses en desarrollo s#elen tener #na tasa mayor de crecimiento de la $oblaci7n

    1n el $rinci$io @ se refle a ese $lanteamiento e;#ilibrado. ?or lo ;#e se refiere a las modalidade cons#mo y $rod#cci7n se han lo&rado $ro&resos $rinci$almente a nivel nacional+0. A nivelinternacional esta c#esti7n $#ede relacionarse entre otras cosas con el #so de la ener&(a emisiones el aa los alimentos los $rod#ctos forestales y los desechos++. La red#cci7n yeliminaci7n de las modalidades de $rod#cci7n y cons#mo insostenibles se reafirm7 $or e een el $rrafo ,J de la Declaraci7n de 1stamb#l de ,//F.

    9e considera ;#e la ado$ci7n de $ol(ticas demo&rficas a$ro$iadas es el ob etivo ;#e ha $erseir cada 1stado. 1l ?ro&rama de Acci7n de la Conferencia 2nternacional sobre la ?oblacel Desarrollo es el doc#mento ms im$ortante donde se $lasma la evol#ci7n a nivel internaciode las $ol(ticas demo&rficas. 1n s# $rinci$io F se afirma ;#e 1l desarrollo sostenible como mde &arantizar el bienestar h#mano com$artido de forma e;#itativa $or todos hoy y en el f#re;#iere ;#e las relaciones entre $oblaci7n rec#rsos medio ambiente y desarrollo se reconozcabalmente se &estionen de forma adec#ada y se e;#ilibren de manera armoniosa y dinmi?ara alcanzar el desarrollo sostenible y #na me or calidad de vida $ara todos los 1stados debered#cir y eliminar las modalidades de $rod#cci7n y cons#mo insostenibles y $romover $ol(a$ro$iadas entre otras $ol(ticas de $oblaci7n a fin de satisfacer las necesidades de

    &eneraciones act#ales sin $oner en $eli&ro la ca$acidad de las &eneraciones f#t#ras $asatisfacer s#s $ro$ias necesidades .

    E,!'+#o" d! $+#ic$cin n$cion$#Los 1stados han tomado medidas le&islativas de diverso ti$o $ara a$licar el $rinci$io ;#e $ro$#la modificaci7n de las modalidades de $rod#cci7n y cons#mo. Alnos han ado$tado leyre&lamentaciones ;#e contienen instr#mentos normativos econ7micos 4v!ase el $rinci$io ,sociales y en los ;#e se $rev!n entre otras cosas el cobro de im$#estos $ara la $rotecci7n d

    31 K!ase $or e em$lo 1stados Unidos de Am!rica Amendment to the Clean Air Act ,//+ 4enmienda de la Ley de $rotecci7n de la calidad de,//+6.

    32 K!ase el informe del 9ecretario General sobre el ca$(t#lo del ?ro&rama 0, 41 CN.,5 ,//5 0 Add.+6.33 1 CN.,5 ,//F E Add.,.

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    medio ambiente incl#idos im$#estos diferenciados relacionados con la ener&(a el eti;#eecol7&ico los $rocedimientos de verificaci7n del medio ambiente+ los im$#estos a los $rod#ctos ylas m#ltas $or contaminaci7n las normas sobre emisiones y los mecanismos de com$raventaderechos de contaminaci7n las re&lamentaciones en materia de reciclado y la #tilizaci7nsistemas de ordenaci7n ambiental+E.

    La eval#aci7n de las consec#encias ecol7&icas de los im$#estos act#ales y los $lanes dincentivos es f#ndamental sobre todo es im$ortante e=aminar las $ol(ticas econ7micas sectores a fin de aserarse de ;#e los s#bsidios no res$alden modalidades de cons#mo $rod#cci7n insostenibles. 'ecientemente Alemania a$rob7 #na ley del ti$o denominado de cecol7&ico+F en virt#d de la c#al se inte&ra en los $rocesos de ado$ci7n de decisiones econ7micla res$onsabilidad $or los $rod#ctos y c#yo ob etivo es evitar el derroche de rec#rsos $or $ar$rod#ctores comerciantes y cons#midores.

    1.9.Principio 9Los Estados deberan cooperar en el fortalecimiento de su propia capacidad de lo rar el desarrollosostenible, aumentando el saber cientfico mediante el intercambio de conocimientos cientficos ytecnol$ icos, e intensificando el desarrollo, la adaptaci$n, la difusi$n y la transferencia detecnolo as, entre &stas, tecnolo as nuevas e innovadoras.

    E%o#ucin int!rn$cion$#1l $rinci$io / se $one en $rctica entre otras cosas mediante dis$osiciones de instr#men #r(dicos internacionales relativos al intercambio de informaci7n y conocimientos y mediatransferencia de tecnolo&(a. La obli&aci7n &eneral de intercambiar informaci7n se estableceforma # otra en m#chos ac#erdos internacionales en $artic#lar en los relacionados con el mambiente. 1l hecho de ;#e a veces las obli&aciones &enerales en materia de intercambio d

    informaci7n $ierdan eficacia se debe en &ran $arte a la ren#encia de los 1stados a com$arinformaci7n ;#e $#eda tener valor comercial y a la obli&aci7n de res$etar los derechos $ro$iedad intelect#al.

    1n los os se han establecido en diversos instr#mentos #r(dicos internacionales nodetalladas sobre el ti$o de informaci7n ;#e se ha de intercambiar. 1n el inciso h6 del $rrafo , art(c#lo de la Convenci7n sobre el Cambio Climtico y en el art(c#lo ,5 del Convenio sobDiversidad *iol7&ica se $lantean enfo;#es innovadores con res$ecto al intercambio de informa1n el ane=o 2 del Ac#erdo sobre las $oblaciones de $eces de ,//E se establecen normas#niformes $ara obtener y com$artir datos relacionados con actividades $es;#eras. Asimismo establece ;#e se debe $reservar el carcter confidencial de los datos no a&re&ados.

    ?or lo ;#e se refiere a la transferencia de tecnolo&(as+5 la trad#cci7n de los ob etivos en latransferencia efectiva y a veces el desarrollo de tecnolo&(as se dele&a en las dis$osicio

    34 K!ase $or e em$lo Uni7n 1#ro$ea 'e&lamento @@J /0 del Conse o de 0+ de marzo de ,//0 relativo a #n sistema com#nitario de coeti;#eta ecol7&ica. *olet(n de las Com#nidades 1#ro$eas ,//0 serie L // $&. ,.35 K!ase Uni7n 1#ro$ea 9istema de &esti7n y a#ditor(a medioambientales 'e&lamento ,@+F /+ del Conse o de 0/ de #nio de ,//+ $o$ermit(a ;#e las em$resas del sector ind#strial se adhirieran con carcter vol#ntario a #n sistema com#nitario de &esti7n y a#ditor(a medioambie*olet(n de las Com#nidades 1#ro$eas ,//+ serie L ,F@ $&. ,.36 0 Alemania Ley de $romoci7n de la &esti7n de los desechos mediante ciclos cerrados de #tilizaci7n de s#stancias y de fomento de la elimindesechos de forma inoc#a $ara el medio ambiente 4Sreisla#f irtschafts- #nd Abfall&esetz6 art(c#lo , de la Ley de $revenci7n rec#$eraci7n y ede desechos de 05 de se$tiembre de ,// Diario oficial de le&islaci7n federal $arte , No. FF de F de oct#bre de ,// . Com$rese con la /, ,EF 11C de ,@ de marzo de ,//, del Conse o de la Uni7n 1#ro$ea $or la ;#e se enmienda la directiva 5E 0 11C del Conse o relaresid#os. *olet(n de las Com#nidades 1#ro$eas ,//, serie L 5@ $&. +0. Directiva /, F@/ 11C del Conse o relativa a los resid#os $eli&rososlas Com#nidades 1#ro$eas ,//, serie L +55 $&. 0J.37 + K!ase el informe del 9ecretario General sobre el ca$(t#lo + del ?ro&rama 0, 41 CN.,5 ,//5 0 Add.0 6.

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    res$ecto de alnos tratados.

    K!ase $or e em$lo el art(c#lo ,+ del ?rotocolo de ,//F del Convenio de Londres sobrKertimiento relativo a la coo$eraci7n y la asistencia t!cnicas destinadas a las ?artes Contratan;#e lo soliciten en el $rrafo 0 del art(c#lo , relativo a las investi&aciones cient(ficas y t!cnestablece ;#e las ?artes Contratantes $romovern la dis$onibilidad de informaci7n $ertinente $otras ?artes Contratantes ;#e la soliciten . 1n el art(c#lo ,F del Convenio sobre la Diversid*iol7&ica se define ;#e tanto el acceso a la tecnolo&(a incl#ida la biotecnolo&(a comtrasferencia son elementos esenciales $ara el lo&ro de los ob etivos del Conveniocondiciones de la transferencia de tecnolo&(a se han definido de manera ;#e no s7lo &aranticeconservaci7n de las diversidad biol7&ica sino ;#e defiendan tambi!n los intereses del desarrsostenible en $artic#lar los de los $a(ses en desarrollo. K!ase tambi!n el $rrafo E del art(c#de la Convenci7n sobre el Cambio Climtico el $rrafo ,+ de la Declaraci7n de 1stamb#l de y el $rinci$io ,, de los ?rinci$ios relativos a los bos;#es.

    E,!'+#o" d! $+#ic$cin n$cion$#A nivel nacional la $romoci7n del desarrollo y la #tilizaci7n de t!cnicas ambientalmente raci$#ede conseirse entre otras cosas mediante re&lamentos en los ;#e se $revean sistemasincentivos y fondos $ara la innovaci7n tecnol7&ica en la esfera de las t!cnicas ambientales+@ o$ro$orcionando la informaci7n y los conocimientos necesarios $ara ello. 1n la Uni7n 1#ro$edirectiva /F F, C1 del Conse o contiene el conce$to de la $revenci7n y el control inte&radocontaminaci7n e introd#ce entre otras cosas #n sistema de $ermisos inte&rados en el ;#incl#yen valores del l(mite de emisi7n basados en las tecnolo&(as dis$onibles ms avanzadas. ?determinar c#les son esas tecnolo&(as han de tenerse en c#enta los $ro&resos y cambtecnol7&icos re&istrados en la ca$acidad y los conocimientos cient(ficos con lo ;#e se $ro$desarrollo y la dif#si7n de las n#evas tecnolo&(as+/.

    1n diversos $a(ses se han establecido fondos $ara el medio ambiente 4 1co-f#nds 6 e instit#similares $ara $romover las inversiones a favor del medio ambiente y financiar $royectos $ermitan s# me ora $or e em$lo $royectos de infraestr#ct#ra $ara el abastecimiento de aJ.

    1.10. Principio 10.El me#or modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participaci$n de todos los ciudadanosinteresados, en el nivel "ue corresponda. En el plano nacional, toda persona deber( tener accesoadecuado a la informaci$n sobre el medio ambiente de "ue dispon an las autoridades p!blicas,incluida la informaci$n sobre los materiales y las actividades "ue encierran peli ro en suscomunidades, as como la oportunidad de participar en los procesos de adopci$n de decisiones.Los Estados deber(n facilitar y fomentar la sensibilizaci$n y la participaci$n de la poblaci$n

    poniendo la informaci$n a disposici$n de todos. Deber( proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos #udiciales y administrativos, entre &stos el resarcimiento de da%os y los recursos pertinentes.

    38 Com$rense entre otros con )a$7n Ley sobre medidas $rovisionales de $romoci7n del cons#mo racional de la ener&(a y la #tilizacirec#rsos reciclados $or las em$resas Grecia Ley No. 00 / de $romoci7n mediante incentivos fiscales de la $rod#cci7n e instalaci7n e$e;#e>os sistemas de calentamiento de aa mediante ener&(a solar. 1n 2ndonesia mediante el $ro&rama de l#cha contra la contaminaci7eval#aci7n y calificaci7n de los niveles de contaminaci7n se $rev! entre otras medidas $romover el #so de tecnolo&(as menos contaminanteministerial No. S1?-+E MNL3 5 H,//EI6.39 E Directiva /F F, C1 del Conse o *olet(n de las Com#nidades 1#ro$eas,// serie L ++J art(c#lo ,J y ane=o 2K sobre la $revenci7n inte&rada de la contaminaci7n y las me ores t!cnicas y tecnolo&(as e=istentes $ro$7sito. K!anse tambi!n los e em$los anteriores de a$licaci7n de la tecnolo&(a dis$onible ms avanzada entre otros $a(ses en :rancia el 'einy Dinamarca.40

    F ?or e em$lo los fondos $ara el medio ambiente de 3#n&r(a y ?olonia cabe se>alar tambi!n diversos fondos de la Uni7n 1#ro$ea 2nstr#mento :inanciero $ara el Medio Ambiente 4L2:16 establecido $or el 'e&lamento No. ,/5+ /0 del Conse o 4*olet(n de las Com#nidades 1,//0 serie L 0JF %

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    E%o#ucin int!rn$cion$#.1n el $rinci$io ,J se combina la $artici$aci7n de la $oblaci7n con el acceso de !sta a lainformaci7n y a $rocedimientos correctivos. De ac#erdo con el ?ro&rama 0, #no de los $rincf#ndamentales $ara alcanzar #n desarrollo sostenible es la am$lia $artici$aci7n del $

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    e em$lo del Gr#$o de 2ns$ecci7n del *anco M#ndial ;#e ofrece a los &r#$os afectados$royectos s#yos la o$ort#nidad de solicitar #na investi&aci7n inde$endiente acerca de $res#nviolaciones de las $ol(ticas y $rocedimientos del *anco. 1n el $roceso de solicit#d ;#e fira enart(c#los , y ,E del Ac#erdo de Coo$eraci7n Ambiental de Am!rica del Norte se establece tamel derecho de los ci#dadanos a $artici$ar en la s#$ervisi7n del c#m$limiento a nivel nacional dleyes en materia de medio ambiente derecho n#evo y de &ran im$ortancia. Las or&anizacionbernamentales deber(an tener como m(nimo la condici7n de observadoras en las instit#cionlos tratados internacionales y se deber(a confiar en ellas c#ando se necesitan conocimientoes$ecializados o informaci7n o $ara otros finesF. La Comisi7n 1con7mica $ara 1#ro$a est$re$arando #n $royecto de convenci7n re&ional sobre la $artici$aci7n del $

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    al "ue se aplican. Las normas aplicadas por al unos pases pueden resultar inadecuadas yrepresentar un costo social y econ$mico in#ustificado para otros pases, en particular los pases endesarrollo.

    E%o#ucin int!rn$cion$#1l $rinci$io ,, es #na versi7n casi e=acta del d!cimo $rrafo del $remb#lo de la Convenci7n soel Cambio Climtico y se re$ite en la Convenci7n sobre el Derecho del Mar /. 1n &eneral las leyes$rom#l&adas a nivel nacional no deben ser menos eficaces ;#e las re&las y normas conveniinternacionalmente. 1n el $rinci$io ,, se s#braya el hecho de ;#e si bien los tratadosinternacionales son necesarios $ara abordar los $roblemas de mbito m#ndial en #n conte= #r(dico internacional $ara lo&rar s#s ob etivos es $reciso ;#e se ado$ten medidas a nivel na1n el $rinci$io se destaca el deber de los 1stados de c#m$lir a nivel nacional las obli&acioninternacionales ;#e han contra(do en materia de medio ambiente.

    E,!'+#o" d! $+#ic$cin n$cion$#Desde la celebraci7n de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente yDesarrollo casi todos los 1stados han ado$tado n#evas leyes en materia de medio ambientemodificado las re&lamentaciones en vi&or. Los e em$los son demasiado n#merosos $ara citareste informe $ero cabe se>alar ;#e la n#eva le&islaci7n se establece bien en forma de lemarco sobre el medio ambiente en las ;#e se $resenta #n enfo;#e bastante &eneral con res$ectola $rotecci7n del medio ambienteEJ o en forma de leyes sectoriales ;#e relan de forma$ormenorizada c#estiones concretas sobre el medio ambienteE, y $#eden en#nciar en t!rminos$recisos dis$osiciones de leyes &enerales sobre $rotecci7n del medio ambiente $ara alas$ectos.

    Con el fin de res$aldar el desarrollo de la le&islaci7n y las instit#ciones nacionales en $ro del m

    ambiente es ahora ms im$ortante ;#e n#nca a#mentar la ca$acidad de los $a(ses en desarrolllos $a(ses con econom(a en transici7n y $restarles a$oyo financiero. 1n los osn#merosos 1stados de todas las re&iones del m#ndo se han revisado las leyes en vi&or en matde medio ambiente o $re$arado n#evas leyes se ha formado a asesores #r(dicos y se hreforzado las instit#ciones e=istentes con el a$oyo de diversas or&anizaciones internacionales.

    1.12. Principio 12 Los Estados deberan cooperar en la promoci$n de un sistema econ$mico internacional favorable yabierto "ue llevara al crecimiento econ$mico y el desarrollo sostenible de todos los pases, yabordar en me#or forma los problemas de la de radaci$n ambiental. Las medidas de poltica

    49 1n la secci7n E de la $arte 22 4arts. 0J5 a 0,06 los 1stados se obli&an a dictar leyes y re&lamentos $ara $revenir red#cir y controlar la contdel medio marino sobre la base de las re&las y normas ;#e se hayan convenido internacionalmente.50 K!anse entre otras Croacia Ley de $rotecci7n del medio ambiente 405 de oct#bre de ,// 6 3#n&r(a Ley L222 de ,//E sobre normas &e$rotecci7n del medio ambiente )a$7n Ley bsica sobre el medio ambiente 4,0 de noviembre de ,//+6 Maldivas Ley de $rotecci7n y $reservmedio ambiente 4abril de ,//+6 9eychelles Ley de $rotecci7n del medio ambiente 4,+ de se$tiembre de ,// 6. ?ara ms e em$los de marcos le&de ordenaci7n del medio ambiente en los $a(ses en desarrollo y en los $a(ses con econom(a en transici7n v!ase ?ei&i ilson y otros 1mer&in&national environmental le&islation in develo$in& co#ntries a$!ndice 2 enB UN1?"s Ne ay :or ardB1nvironmental La and 9#stainable DLal S#r#O#las#riya editor 4Nairobi ?NUMA ,//E6.51 1ntre otros e em$los de este ti$o de le&islaci7n cabe citar las leyes de $rotecci7n forestal las leyes de conservaci7n de la fa#na las leyes sorec#rsos de aa las leyes $or las ;#e se establecen zonas $rote&idas y $ar;#es nacionales las leyes de $es;#er(as y las leyes de sal#d $

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    comercial con fines ambientales no deberan constituir un medio de discriminaci$n arbitraria oin#ustificable ni una restricci$n velada del comercio internacional. )e debera evitar tomar medidasunilaterales para solucionar los problemas ambientales "ue se producen fuera de la #urisdicci$n del pas importador. Las medidas destinadas a tratar los problemas ambientales transfronterizos omundiales deberan, en la medida de lo posible, basarse en un consenso internacional.

    E%o#ucin int!rn$cion$#1=iste #na tendencia &eneralizada a s#$rimir o evitar las medidas #nilaterales sobre el meambiente. 9in embar&o a#n;#e no estn es$ec(ficamente $rohibidas en la Declaraci7n de '(oen el ?ro&rama 0, estn restrin&idas $or diversos criterios y condiciones. ?ese a los manda;#e $ro$#&nan el libre comercioE0 a veces se han a$licado restricciones comerciales $or motivosambientales $ara restrin&ir los mercados de los $rod#ctos $eli&rosos $ara el medio ambienteart(c#los $rod#cidos de forma insostenibleE+. Adems del $rinci$io ,0 otros tres instr#mentosado$tados en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrcontienen dis$osiciones relativas a la $osible $ermisibilidad de las medidas #nilaterales en matde medio ambiente. Las ms detalladas se refle an en las frases de consenso contenidas en a$artado d6 del inciso + del $rrafo +/ del ?ro&rama 0,.

    Adems en el $rrafo E del art(c#lo + de la Convenci7n sobre el Cambio Climtico se esta;#e las medidas ado$tadas $ara combatir el cambio climtico incl#idas las #nilateralesdeber(an constit#ir #n medio de discriminaci7n arbitraria o in #stificable ni #na restricci7n encal comercio internacional. Los $rinci$ios ,+ y , de los $rinci$ios relativos a los bos;#es contiedis$osiciones anlo&as.

    La a$licaci7n e=traterritorial de las leyes nacionales en materia de medio ambiente $lantea &racontroversias $or lo ;#e se refiere a las c#estiones comerciales. 1l tema de la relaci7n entre la

    dis$osiciones del sistema de comercio m#ltilateral y las medidas comerciales $ara finambientales incl#idas las dimanantes de ac#erdos m#ltilaterales en materia de medio ambieviene e=aminndose desde hace varios a>os en $artic#lar en el marco del Ac#erdo General sAranceles Ad#aneros y Comercio 4GA%%6 y la 8r&anizaci7n M#ndial del Comercio 48Comit! de Comercio y Medio Ambiente de la 8MC ;#e act#almente se encar&a de esta c#est$re$ar7 #n informe $ara la $rimera re#ni7n bienal de la Conferencia Ministerial de la 8M49in&a$#r diciembre de ,//F6E .

    1.13. Principio 13Los Estados deber(n desarrollar la le islaci$n nacional relativa a la responsabilidad y laindemnizaci$n respecto de las vctimas de la contaminaci$n y otros da%os ambientales. Los

    Estados deber(n cooperar asimismo de manera e+pedita y m(s decidida en la elaboraci$n denuevas leyes internacionales sobre responsabilidad e indemnizaci$n por los efectos adversos de

    52 1n el inciso e6 del art(c#lo , del Ac#erdo de Coo$eraci7n Ambiental de Am!rica del Norte 4v!ase nota , 6 se establece entre los ob etivos delevitar la creaci7n de distorsiones o de n#evas barreras en el comercio.

    53 K!anse $or e em$lo la Convenci7n sobre el comercio internacional de es$ecies amenazadas de fa#na y flora silvestres 4C2%196 4,0 2LMConvenio de *asilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos $eli&rosos y s# eliminaci7n 40@ 2LM FE56 y el ?Montreal relativo a las s#stancias ;#e a&otan la ca$a de ozono 40F 2LM ,EE6.

    54 Comit! de Comercio y Medio Ambiente de la 8r&anizaci7n M#ndial del Comercio 4 % C%1 J6 5 de noviembre de ,//F. 1n el informe sla im$ortancia de varios de los $rinci$ios de la Declaraci7n de '(o.

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    los da%os ambientales causados por las actividades realizadas dentro de su #urisdicci$n, o ba#o sucontrol, en zonas situadas fuera de su #urisdicci$n.

    E%o#ucin int!rn$cion$#1l derecho internacional sie siendo ambio res$ecto del &rado de atenci7n ;#e se ha de $real c#m$limiento de las obli&aciones internacionales en materia de medio ambiente. 1l sector res$onsabilidad de los 1stados no ha evol#cionado m#cho desde ,//0. La c#esti7n de lares$onsabilidad internacional $or los efectos adversos de actividades no $rohibidas en el derecinternacional es #no de los temas ;#e estn e=aminando la Comisi7n de Derecho 2nternacionaEE yla Asamblea General. 1n esos foros se e=$res7 la o$ini7n de ;#e dado ;#e la h#manidad ese=$#esta a $eli&ros ambientales como consec#encia de actividades no $rohibidas $or el dereinternacional es necesario form#lar al res$ecto normas #r(dicas de ace$taci7n comos res#ltantes actividades $eli&rosas $ara el medio ambienteEF del Conse o de 1#ro$a instr#mento re&ional con#n nos ca#sadmedio ambiente y de los rec#rsos ante trib#nales nacionales. 1n el art(c#lo ,E del ?rotocolo ,//F del Convenio de Londres sobre Kertimiento se establece ;#eB de conformidad con l$rinci$ios del derecho internacional relativos a la res$onsabilidad de los 1stados $or los da>ca#sados al medio ambiente de otros 1stados o a c#al;#ier otra zona del medio ambiente l?artes Contratantes se com$rometen a elaborar $rocedimientos relativos a la res$onsabilidad $vertimiento o incineraci7n en el mar de desechos # otras materias . 1n el $rrafo 0 del art(c#l

    del Convenio sobre la Diversidad *iol7&ica se establece ;#e la Conferencia de las ?arte=aminar sobre la base de est#dios ;#e se llevarn a cabo la c#esti7n de la res$onsabilidare$araci7n incl#so el restablecimiento y la indemnizaci7n $or da>os ca#sados a la diversibiol7&ica salvo c#ando esa res$onsabilidad sea #na c#esti7n $#ramente interna .

    1n mayo de ,//F la Conferencia internacional sobre s#stancias nocivas y $otencialment$eli&rosas y limitaci7n de res$onsabilidad or&anizada $or la 8r&anizaci7n Mar(tima 2nterna$rob7 el Convenio 2nternacional sobre res$onsabilidad e indemnizaci7n $or da>os relativotrans$orte de s#stancias nocivas y $otencialmente $eli&rosas. 1n el Convenio de *asilea sobrecontrol de los movimientos transfronterizos de los desechos $eli&rosos y s# eliminaci7nE5 se $rev!la elaboraci7n de #n $rotocolo en materia de res$onsabilidad. Alnas c#estiones concretas ;#e

    estn e=aminando en foros internacionales estn relacionadas con la res$onsabilidad y indemnizaci7n $or da>os ambientales derivados de actividades militares 4en el marco deComisi7n de 2ndemnizaci7n de las Naciones Unidas6 y el trans$orte transfronterizo de dese$eli&rosos en condiciones de seridad.

    E,!'+#o" d! $+#ic$cin n$cion$#1l $rinci$io ,+ se $one en $rctica en dis$osiciones &enerales en materia de res$onsabilidadcomo en dis$osiciones concretas sobre res$onsabilidad en la esfera del medio ambiente. 1n lcinco os alnos $a(ses han incl#ido normas en materia de res$onsabilidad en s#s

    55 K!ase 2nforme de la Comisi7n de Derecho 2nternacional sobre la labor realizada en s# @Q $er(odo de sesiones 4A E, ,J y Corr.,6.56

    A$robado en L#&ano 0, de #nio de ,//+. +0 2LM ,[email protected] A$robado en *asilea 00 de marzo de ,/@/. 0@ 2LM FE5.

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    sobre el medio ambiente como Lit#ania en s# Ley a&raria de ,// ;#e $rev! la res$onsabilidincl#ida la res$onsabilidad $enal de los #s#arios de tierras $or los da>os ca#sados al meambienteE@. 1n Chile se ha ado$tado #n r!&imen de res$onsabilidad $res#nta $or c#al;#ier da>oca#sado al medio ambiente $or inc#m$limiento de normas de calidad en materia de medambiente normas sobre emisiones o normas &enerales en materia de $rotecci7n $reservaciconservaci7n del medio ambienteE/. La Ley sobre indemnizaciones $or da>os ca#sados al medioambiente $rom#l&ada $or :inlandia en ,// se a$lica a los da>os ocasionados entre otras cosa$or la contaminaci7n del s#elo el aa el aire $or el r#ido y $or la radiaci7nFJ.

    Los trib#nales nacionales confirman en ocasiones la res$onsabilidad con res$ecto al medambiente. No obstante en la mayor(a de los casos la decisi7n se basa en normas dres$onsabilidad &eneral $or e em$lo en a&ravios $revistos en el derecho cons#et#dinavirt#d de la Ley del trib#nal $ara el medio ambiente de la 2ndia se estableci7 #n trib#nal y$rom#l&aron leyes sobre la indemnizaci7n $or la m#erte de $ersonas o las lesiones a $ersona$or da>os ocasionados a la $ro$iedad y el medio ambienteF,.

    1.14. Principio 14Los Estados deberan cooperar efectivamente para desalentar o evitar la reubicaci$n y latransferencia a otros Estados de cuales"uiera actividades y sustancias "ue causen de radaci$nambiental rave o se consideren nocivas para la salud humana.

    E%o#ucin int!rn$cion$#1n el $rinci$io , se aborda el $eli&ro ;#e las s#stancias y actividades ;#e $#eden da>ar la salh#mana y el medio ambiente se $#edan re#bicar o transferir a otro 1stado. 1n #n conte=to en ;se $iensa ;#e los incentivos econ7micos favorecen la re#bicaci7n o transferencia a 1stados s$rotecci7n adec#ada el $rinci$io establece #na norma de coo$eraci7n internacional $

    desalentar o im$edir dicha re#bicaci7n o transferencia y $ara aserar ;#e toda re#bicaci7transferencia no $resente ries&o ecol7&ico y se ha&a con arre&lo al $rocedimiento consentimiento f#ndamentado $revio. Como m(nimo el $rinci$io e=i&e el consentimf#ndamentado $revio del 1stado im$ortador o del 1stado de re#bicaci7n e im$one #n &ravame1stado de ori&en $ara aserarse ;#e el 1stado al ;#e se ha de transferir la actividad o las#stancias $eli&rosas ten&a la ca$acidad a$ro$iada $ara red#cir al m(nimo los ries&os. Com$rinci$io de coo$eraci7n re;#iere adems ;#e si #n 1stado o$ta $or $rohibir o restrin&iim$ortaci7n de s#stancias $eli&rosas o la re#bicaci7n y la transferencia de actividades $eli&rlos dems 1stados deben res$etar la $rohibici7n o restricci7n.

    Los instr#mentos internacionales ;#e tratan sobre la no transferencia de actividades $eli&rosas

    con frec#encia c7di&os vol#ntarios de cond#cta diri&idos directamente a $artes $rivadas comem$resas m#ltinacionales y no normas de cond#cta $ara los 1stados. 9in embar&o el $rinci$est incl#ido en el art(c#lo ,,, del %ratado de Libre Comercio de Am!rica del Norte de ,//0 yobli&aci7n de no transferencia ins$ira tambi!n alnos instr#mentos anteriores a la Conferenclas Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo como el art(c#lo ,/E deConvenci7n sobre el Derecho del Mar el Convenio de *asilea y la Convenci7n sobre la $rohibde la im$ortaci7n a Rfrica la fiscalizaci7n de los movimientos transfronterizos y la &esti7n de

    58 Lit#ania arts. + y E+ de la Ley de %ierras de 0F de abril de ,// v!ase :A8 Colecci7n le&islativa - a&ric#lt#ra y alimentaci7n vol. 4,/59 Chile Ley No. ,/.+JJ $or la ;#e se a$r#eba la Ley de *ases del Medio Ambiente de ,Q de marzo de ,// Diario 8ficial de la 'e$os al medio ambiente 499S ,/ de a&osto de ,// 5+56 a$robada el @ de a&osto de ,// .61 Ley del %rib#nal Ambiental Nacional de la 2ndia ,//E ca$s. 22 y 222 4Ley 05 de ,//E6.

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    Rfrica de desechos $eli&rosos en adelante la Convenci7n de *amaOoF0.

    Adems el $rinci$io , est im$l(cito en el C7di&o 2nternacional de Cond#cta sobre distrib#tilizaci7n de $laicidas de la :A8 y en las Directrices de Londres $ara el intercambiinformaci7n sobre $rod#ctos ;#(micos ob eto de comercio internacional 4UN?1? GC., ,52K6.

    E,!'+#o" d! $+#ic$cin $ ni%!# n$cion$#1l $rinci$io de coo$eraci7n transfronterizo fira en la le&islaci7n de alnos $a(ses en $are&lamentos relativos a la transferencia de s#stancias $eli&rosas o actividades $eli&rosaF+.Alnos $a(ses tienen leyes $or las ;#e se $roh(be la im$ortaci7n de s#stancias t7=icas$eli&rosas 4$or e em$lo Nicaraa y '#mania6 en tanto ;#e otros $or e em$lo los 1stadode Am!rica $roh(ben la e=$ortaci7n de materiales t7=icos y $eli&rosos.

    ?olonia y Ucrania ado$taron otro enfo;#e y concertaron #n ac#erdo bilateral $or el ;#e se $rohitoda e=$ortaci7n e im$ortaci7n de desechos $eli&rosos desde y hacia cada #no de los res$ecti$a(sesF .

    1.15. Principio 15 Con el fin de prote er el medio ambiente, los Estados deber(n aplicar ampliamente el criterio de precauci$n conforme a sus capacidades. Cuando haya peli ro de da%o rave o irreversible, la faltade certeza cientfica absoluta no deber( utilizarse como raz$n para poster ar la adopci$n demedidas eficaces en funci$n de los costos para impedir la de radaci$n del medio ambiente.

    E%o#ucin int!rn$cion$#1n el $rinci$io ,E se codific7 $or $rimera vez a nivel m#ndial el criterio de $reca#ci7n ;#e i

    ;#e la falta de certeza cient(fica no es raz7n $ara $oster&ar la ado$ci7n de medidas a fin im$edir #n $osible da>o &rave o irreversible $ara el medio ambiente. La base del $rinci$io ,Eelemento de antici$aci7n ;#e refle a el re;#isito de ;#e las medidas ambientales eficaces debestar basadas en medidas en ;#e se ado$te #n criterio de lar&o $lazo y en ;#e se $#edan $revelos cambios sobre la base de los conocimientos cient(ficos.

    1l criterio de $reca#ci7n se ha incor$orado en diversos instr#mentos #r(dicos internacionalese em$loFE en el Ac#erdo sobre las $oblaciones de $eces de ,//E se ado$t7 el criterio d$reca#ci7n en el art(c#lo F y en el art(c#lo E c6 se se>ala ;#e la a$licaci7n del criterio de $reca#es #no de los $rinci$ios &enerales del Ac#erdo v!ase tambi!n el ane=o 22 del Ac#erdo Dir$ara a$licar niveles de referencia ;#e deben res$etarse a t(t#lo de $revenci7n en la conservaci7n

    la ordenaci7n de las $oblaciones de $eces transzonales y las $oblaciones de $eces altamentmi&ratorias . 1l criterio de $reca#ci7n est tambi!n incl#ido en el noveno $rrafo del $remb#Convenio sobre la Diversidad *iol7&ica en el art(c#lo +.+ de la Convenci7n sobre el CaClimtico y en el art(c#lo +.+ c6 del ane=o 22 del Convenio $ara la $rotecci7n del medio marAtlntico nordesteFF. 1n el art(c#lo +., del ?rotocolo del Convenio de Londres sobre vertimiento d

    62 A$robada el +J de enero de ,//, +J 2LM 55+ 4Ac#erdo6 y +, 2LM ,F+ 4ane=os6.63 ?or e em$lo el re&lamento 0E/ /+ de ,J de febrero de ,//+ relativo a la vi&ilancia y al control de los traslados de resid#os en el interior a la la salida de la Com#nidad 1#ro$ea *olet(n de las Com#nidades 1#ro$eas ,//+ serie L +J $&. ,.64 K!ase 2 ona '#mmel-*#lsOa %ransbo#ndary Movement of 3azardo#s aste PearbooO of 2nternational 1nvironmental La vol. E 4,// 6 $65 1l criterio de $reca#ci7n se ha incor$orado en m#chos otros instr#mentos #r(dicos internacionales. K!anse tambi!n $or e em$lo el $rrafDeclaraci7n de ashin&ton sobre la $rotecci7n del medio marino frente a las actividades realizadas en tierra el $rrafo 0E+ d6 de la ?lataforma dde *ei in& de ,//E el $rrafo ,J de la Declaraci7n de 1stamb#l de ,//F y los $rinci$ios estrat!&icos de la 1strate&ia ?ane#ro$ea de Diversidad *y del Medio :(sico 4,//E6.66 A$robado en ?ar(s 00 de se$tiembre de ,//0. +0 2LM ,JF/.

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    ,//F se se>ala lo siienteB Al $oner en $rctica el $resente ?rotocolo las ?artes contrataa$licarn #n criterio de $reca#ci7n res$ecto de la $rotecci7n del medio ambiente... c#ando hmotivos $ara creer ;#e los desechos # otras materias introd#cidas en el medio marino $#ede$rovocar da>os a#n c#ando no haya $r#ebas concl#yentes ;#e dem#estren #na relaci7n ca#saentre los a$ortes y s#s efectos . 1n el sendo $rrafo del $remb#lo se toma nota de la evol#en el Convenio de Londres hacia criterios basados en la $reca#ci7n y la $revenci7n.

    1l $rinci$io de $reca#ci7n es #na de las bases de la $ol(tica com#nitaria sobre el medio ambiede la Uni7n 1#ro$eaF5.

    9e han elaborado diversos c7di&os ;#e incl#yen el criterio de $reca#ci7n entre otros el C7di?rctica sobre la introd#cci7n y transferencia de or&anismos marinos de ,// $or el Cons2nternacional $ara la 1=$loraci7n del Mar las Directrices internacionales $ara im$edintrod#cci7n de or&anismos y a&entes $at7&enos indeseados ;#e $#eda haber en el aa de lay en los sedimentos descar&ados $or los b#;#es de la 8M2 y las directrices de la :A8 relativacriterio de $reca#ci7n $ara la $esca y la introd#cci7n de es$eciesF@.

    9e ha invocado el $rinci$io de $reca#ci7n ante la Corte 2nternacional de )#sticiaF/. 1l Ma&istradoeeramantry en s# voto $artic#lar disconforme del fallo de la Corte de 00 de se$tiembre de ,/

    lle&7 a la concl#si7n de ;#e el $rinci$io de $reca#ci7n recib(a cada vez mayor a$oyo como $del derecho internacional del medio ambiente.

    E,!'+#o" d! $+#ic$cin n$cion$#9e ace$ta am$liamente el criterio de $reca#ci7n como #n conce$to f#ndamental de las leyesre&lamentos ambientales a nivel nacional $ara $rote&er el medio ambiente5J. 9e detalla $ore em$lo en la Ley sobre el aa y en la Ley de $lanificaci7n de 2srael5, en la Ley sobre $rotecci7n

    del medio ambiente de la 'e$

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    han sido a$robadas5+.

    1n ,// la Corte 9#$rema del ?aOistn cit7 el $rinci$io ,E y sost#vo ;#e $arec(a razonablado$tar medidas de $reca#ci7n al comienzo en l#&ar de mantener el stat# ;#o $or;#e no habres#ltados concl#yentes sobre el efecto de los cam$os electroma&n!ticos en la vida h#mana5 .

    1.16. Principio 16 Las autoridades nacionales deberan procurar fomentar la incorporaci$n de los costos ambientalesy el uso de instrumentos econ$micos, teniendo en cuenta el criterio de "ue el "ue contamina debe,en principio, car ar con los costos de la contaminaci$n, teniendo debidamente en cuenta el inter&s p!blico y sin distorsionar el comercio ni las inversiones internacionales.

    E%o#ucin int!rn$cion$#1l $rinci$io ,F sobre la incor$oraci7n de los costos incl#ye lo ;#e se ha $asado a denominar $rinci$io de ;#ien contamina $a&a. 9e&os en l#&ar de im$onerlos a la sociedad en s# con #nto. :#e elaborado $o8r&anizaci7n de Coo$eraci7n y Desarrollo 1con7micos 48CD16 en el decenio de ,/5J5E $araaserar ;#e las em$resas $a&aran el costo com$leto de la red#cci7n de la contaminaci7n srecibir s#bvenciones del 1stado. 9e s#$on(a ;#e era a$licable dentro de #n 1stado y no entr1stados. 1l $rinci$io es #n ob etivo de $ol(tica nacional ;#e se ha lo&rado s7lo $arcialmente $rctica. Gracias al $rinci$io ,F el criterio de ;#e ;#ien contamina $a&a sale de #n conte=to estricto de desarrollado. Adems est estrechamente relacionado con el r!&imen internacional de comeDesde ,/50 el $rinci$io de ;#ien contamina $a&a ha obtenido #na ace$taci7n cada vez mayor.

    ha incl#ido recientemente en diversos instr#mentos internacionales como la 1strate&ia $ane#rode diversidad biol7&ica y del medio f(sico 4,//E6 en ;#e se afirma ;#e los costos de las medidorientadas a $revenir controlar y red#cir el da>o... corrern a car&o de la $arte res$onsablemedida de lo ;#e sea $osible y a$ro$iado y el ?rotocolo de ,//F de la Convenci7n de Londresobre vertimiento ;#e se>ala ;#e ;#ien contamina deber(a en $rinci$io s#fra&ar los costocontaminaci7n. 1l $rinci$io tambi!n ha sido reiterado $or la Comisi7n en diversas ocasiones5F.

    E,!'+#o" d! $+#ic$cin n$cion$#9e ha $restado mayor atenci7n en la le&islaci7n nacional a la #tilizaci7n de instr#menecon7micos en el conte=to de la $rotecci7n del medio ambiente.

    9i bien los $a(ses desarrollados han a$licado diversos instr#mentos econ7micos d#rante vara>os los $a(ses en desarrollo y los $a(ses con econom(as en transici7n estn comenzandoincor$orar instr#mentos econ7micos en s# le&islaci7n nacional. 1ntre los instr#mentos econ7m;#e se #tilizan en las leyes y re&lamentos nacionales firan $royectos de reembolso de de$7s

    73 K!anse entre otros A#stralia N#eva Gales del 9#r %rib#nal de %ierras y de Medio Ambiente Al#mino v. %he Minister of ?lannin& 40,//F6 N#eva elandia %rib#nal 9#$erior Green$eace v. %he Minister for :isheries and 8thers 4noviembre de ,//E6 v!ase 'eino Unido de Gran *2rlanda del Norte %rib#nal 9#$erior de )#sticia 'e&ina v. 9ecretary of 9tate for %rade and 2nd#stry e= $arte D#ddrid&e 4+ de oct#bre de ,// 6 74 ?aOistn %rib#nal 9#$remo 9ra. 9hehla ia y otros contra A?DA 4,0 de febrero de ,// 6 F ?LD 9C F/+ en 5,J 4,// 6.

    75 K!anse entre otros los doc#mentos C 4506 ,0@ y C 45 6 00+ de la 8CD1.

    76 ?or e em$lo en s# tercer $er(odo de sesiones al abordar la modificaci7n de las modalidades de cons#mo y $rod#cci7n la Comisi7n sobre el 9ostenible se>al7 ;#e las a#toridades nacionales deber(an esforzarse $or fomentar la internalizaci7n de los costos en la esfera del medio ambient#tilizaci7n de instr#mentos econ7micos c#ando $rocediera teniendo en c#enta el $rinci$io de ;#ien contamina $a&a 41 ,//E +0 $rr. +,6.

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    m#ltas $or contaminaci7n sistemas de &esti7n ecol7&ica y sistemas de eti;#etado ecol7&55.?ara com$lementar los re&lamentos ambientales se han ne&ociado en diversos $a(sdesarrollados ac#erdos vol#ntarios entre la ind#stria y el &obierno.

    1l $rinci$io de ;#ien contamina $a&a es #n conce$to (a $ara n#merosos le&isladores eelaboraci7n de leyes y re&lamentos nacionales eficaces en la esfera del medio ambiente. Des;#e se introd# o en las $ol(ticas ambientales a fines del decenio de ,/FJ se a$lica $or diversmedios ;#e van desde &ravmenes $or contaminaci7n normas sobre $rocesos y $rod#ctos hasistemas de m#ltas y res$onsabilidad. 1n la mayor(a de los 1stados el $rinci$io de ;#icontamina $a&a est establecido como #na obli&aci7n directa $ara los ci#dadanos y las em$rincl#idos en re&lamentos sobre $rotecci7n del medio ambiente de carcter &eneral ;#e es$ecifican mediante dis$osiciones en leyes sectoriales5@.

    1.17. Principio 17 Deber( emprenderse una evaluaci$n del impacto ambiental, en calidad de instrumento nacional,respecto de cual"uier actividad propuesta "ue probablemente haya de producir un impactone ativo considerable en el medio ambiente y "ue est& su#eta a la destrucci$n de una autoridadnacional competente.

    E%o#ucin n$cion$#1l $rinci$io ,5 se refiere a la eval#aci7n del im$acto ambiental 412A6 e=$resamente a nnacional. A nivel internacional han oc#rrido alnos acontecimientos di&nos de menci7ndiversos convenios internacionales se reco&e la obli&aci7n de em$render #na eval#aci7nim$acto ambiental transfronterizo. ?or e em$lo la Convenci7n de las Naciones Unidas y la sobre la eval#aci7n de los efectos en el medio ambiente en #n conte=to transfronterizo de ,//,5/se reconoce concretamente $or e em$lo en la Declaraci7n :inal de la 'e#ni7n Ministerial d

    Comisiones de 8slo y ?ar(s $ara la $revenci7n de la contaminaci7n del mar 4se$tiembre de ,//0la Declaraci7n Ministerial sobre coo$eraci7n en la re&i7n e#rortica de *arents 4enero de ,//+6Declaraci7n de N##O sobre el medio ambiente y el Desarrollo en el Rrtico 4se$tiembre de ,//@J.1n la Convenci7n se es$ecifican los deberes de las $artes con res$ecto al im$acto transfronterde las actividades $ro$#estas y los $rocedimientos $ara s# a$licaci7n y se $rev!n $rocedimienten #n conte=to transfronterizo $ara e=aminar el im$acto ambiental en los $rocedimientoado$ci7n de decisiones.

    Como instr#mento de carcter nacional el Convenio sobre la Diversidad *iol7&ica en s# art(ce=i&e ;#e las $artes en la medida de lo $osible y se&

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    1l Ma&istrado eeramantry en s# voto $artic#lar disconforme del fallo de la Corte 2nternacio)#sticia de 00 de se$tiembre de ,//E se>al7 ;#e el $rinci$io de eval#aci7n del im$acto ambieestaba ad;#iriendo f#erza y ace$taci7n internacional y hab(a lle&ado a tal nivel de reconocimi&eneral ;#e la Corte deb(a tomar nota a ese res$ecto.

    E,!'+#o" d! $+#ic$cin n$cion$#.La eval#aci7n del im$acto ambiental 412A6 ha $asado a ser $robablemente el instr#mento eficaz y $rctico $ara a$oyar la a$licaci7n del desarrollo sostenible. Desde ;#e se introd# o en1stados Unidos hace ms de 0E a>os@, ms del 5JV de los $a(ses han a$robado s#s directricesoficiosas o re&lamentos obli&atorios a$licables no s7lo a $royectos $os y miti&ar s#s efectos. Ldis$osiciones de notificaci7n de emer&encia son com$onentes im$ortantes de los m!tod

    internacionales res$ecto de entre otras cosas los vertimientos de $etr7leo los accideind#striales y los accidentes n#cleares. K!anse $or e em$lo los art(c#los ,/@ y ,// deConvenci7n sobre el Derecho del Mar el art(c#lo , c6 del Convenio sobre la Diversidad *ioel art(c#lo @ del ?rotocolo de ,//F del Convenio de Londres sobre Kertimiento en ;#e se ind;#e #na ?arte Contratante $odr e=$edir #n $ermiso en ciertos casos e=ce$cionales en casosemer&encia ;#e constit#yen #na amenaza inace$table $ara la sal#d del hombre la seridad

    81 1stados Unidos de Am!rica National 1nvironmental ?olicy Act 4N1?A6 de ,/F/.

    82 *#rOina :aso Ley No. JJ0 / AD? de ,/ de enero de ,// v!ase :A8 Colecci7n le&islativa - a&ric#lt#ra y alimentaci7n vol. 4,//E6 siientes.83

    @/ 9eychelles Ley de $rotecci7n ambiental 4,+ de se$tiembre de ,// 6 $arte 2K.84 /J :inlandia Ley sobre el $rocedimiento de eval#aci7n del im$acto ambiental Ley No. F@ de ,J de #nio de ,// .85 /, %rib#nal 9#$remo del Canad W#ebec 4Attorney General6 vs. Canada 4National 1ner&y *oard6 H,// I , 9.C.'. ,E/ v!anse tambi!n las deen materia de eval#aci7n del im$acto ambiental ado$tadas $or el %rib#nal 1#ro$eo de )#sticia $or e em$lo Commission v. Germany H,//EI 1C

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    medio marino y en los ;#e no ;#e$a otra sol#ci7n factible.

    Antes de e=$edirlo la ?arte Contratante cons#ltar con c#al;#ier otro $a(s o $a(ses ;#e $#dieraverse afectados... . 1l n

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    $royectos internacionales de notificaci7n relativos a $rod#ctos ;#(micos y $laicides$ecialmente el $rocedimiento del consentimiento f#ndamentado $revio@@. 8tros e em$los dea$licaci7n a nivel nacional del $rinci$io de cons#lta $revia estn directamente vinc#lados conre&lamentos relativos a los $rocedimientos de eval#aci7n del im$acto ambiental.

    1.20. Principio 20 Las mu#eres desempe%an un papel fundamental en la ordenaci$n del medio ambiente y en eldesarrollo. Es, por tanto, imprescindible contar con su plena participaci$n para lo rar el desarrollosostenible.

    E%o#ucin int!rn$cion$#La secci7n S de la ?lataforma de Acci7n de *ei in& de ,//E se refiere a la m# er y el mambiente. %rata de diversos $rinci$ios de la Declaraci7n de '(o 4$or e em$lo los $rinci$ios ,contiene tres ob etivos estrat!&icos res$ecto de los ;#e es $reciso ado$tar medidas incl#id$artici$aci7n activa de la m# er en el $roceso de ado$ci7n de decisiones sobre el medio ambien todos los $lanos. 1n el $rrafo 0E, se se>ala ;#e mientras la contrib#ci7n de la m# er aordenaci7n del medio ambiente no reciba reconocimiento y a$oyo el desarrollo sostenible sesiendo #n ob etivo dif(cil de alcanzar .

    Desde ,//0 el na la m# er en la conservaci7n y la #tilizaci7n sostenible ddiversidad biol7&ica y se afirma la necesidad de la $lena $artici$aci7n de la m# er en todoniveles de la form#laci7n y e ec#ci7n de $ol(ticas.

    1n el ca$(t#lo 0 del ?ro&rama 0, se detalla el $rinci$io 0J. 1n el $rrafo 0F o6 de la Declarade Co$enhae de ,//E se reconoc(a ;#e $otenciar a las $ersonas en $artic#lar a las m# e$ara ;#e fortalezcan s#s $ro$ias ca$acidades es #n im$ortante ob etivo del desarrollo y s# $rincrec#rso. ?ara ello se re;#iere la $lena $artici$aci7n de las $ersonas en la form#laci7n a$licaci

    eval#aci7n de las decisiones...@/

    y en el $rrafo ,@ de la Declaraci7n de Kiena a$robada $or laConferencia M#ndial de Derechos 3#manos se se>ala ;#e la $lena $artici$aci7n en condicide ialdad de la m# er en la vida $ol(tica civil econ7mica social y c#lt#ral son o$rioritarios de la com#nidad internacional/J .

    E,!'+#o" d! $+#ic$cin n$cion$#1l $rinci$io 0J se a$lica $rinci$almente mediante leyes sobre derechos civiles y leyes cone=as en alnos casos $rev!n #na re$araci7n le&al. 1n casi todas las constit#ciones se menciona$rinci$io.

    88 Gambia Ley de control y &esti7n de los $rod#ctos ;#(micos nocivos y $laicidas ,// de 0 de mayo de ,// . K!ase %he Gambia G

    9#$$lement Ley No. ,0 de ,// $&s. , a +.89 K!anse tambi!n el $rrafo 0F s6 y el com$romiso E.90 K!ase A C8N:.,E5 0 4?art 26 ca$. 222.

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    97lo #nos $ocos doc#mentos le&islativos en el $lano nacional contienen el $rinci$io deinte&raci7n de la m# er en los $rocesos de ado$ci7n de decisiones en materia de desarrosostenible. 9in embar&o ese $rinci$io se refle a en las dis$osiciones &enerales relativas$artici$aci7n en los $rocesos de ado$ci7n de decisiones y en m#chos $lanes de desarrollo a ninacional y s#bnacional.1.21. Principio 21.Debera movilizarse la creatividad, los ideales y el valor de los #$venes del mundo para for#ar unaalianza mundial orientada a lo rar el desarrollo sostenible y ase urar un me#or futuro para todos.

    E%o#ucin int!rn$cion$#1n la esfera #r(dica internacional las medidas relacionadas con el $rinci$io 0, estn destina$rinci$almente a la $rotecci7n de los 7venes y los ni>os y no a $ermitir la movilizaci7n $ar#na alianza m#ndial. 1n este sentido el doc#mento ms im$ortante es la Convenci7n sobreDerechos del Ni>o/, . La C#mbre M#ndial en favor de la 2nfancia se celebr7 los d(as 0/ y +J dese$tiembre de ,//J. 1l informe de ,//F del 9ecretario General sobre los $ro&resos hechos amediados del decenio en la a$licaci7n de la resol#ci7n E 0,5 de la Asamblea General sobrC#mbre M#ndial en favor de la 2nfancia 4A E, E0F6 se se>ala ;#e la Convenci7n re$resenthist7rico en el $ro&reso internacional de la ca#sa del ni>o. La C#mbre a$rob7 la DeclaraM#ndial sobre la 9#$ervivencia la ?rotecci7n y el Desarrollo del Ni>o y el ?lan de Acci7na$licarla/0 y determin7 siete ob etivos $rinci$ales relativos a la s#$ervivencia la sal#d la n#la ed#caci7n y la $rotecci7n de los ni>os ;#e deb(an alcanzarse en el a>o 0JJJ o antes y 0ob etivos a#=iliares.

    1n la Declaraci7n de Kiena se insta a la ratificaci7n #niversal y a la a$licaci7n eficaz de

    Convenci7n sobre los Derechos del Ni>o y se se>ala ;#e en todas las actividades ;#e concierna la infancia se deber tener debidamente en c#enta la o$ini7n de los $ro$ios interesados. 1n $rrafo 5 de la Declaraci7n de 1stamb#l de ,//F los 1stados ac#erdan lo&rar la $artici$acefectiva de los 7venes en la vida $ol(tica econ7mica y social.

    E,!'+#o" d! $+#ic$cin n$cion$#1l $rinci$io 0, se a$lica $rinci$almente mediante leyes sobre derechos civiles. 1n $rcticametodas las constit#ciones se menciona el $rinci$io.

    1.22. Principio 22 Las poblaciones ind enas y sus comunidades, as como otras comunidades locales, desempe%an

    un papel fundamental en la ordenaci$n del medio ambiente y en el desarrollo debido a susconocimientos y pr(cticas tradicionales. Los Estados deberan reconocer y apoyar debidamente suidentidad, cultura e intereses y hacer posible su participaci$n efectiva en el lo ro del desarrollosostenible.

    E%o#ucin int!rn$cion$#Las $oblaciones ind(&enas $oseen c#lt#ras sinlares basadas en los rec#rsos nat#rales ;#e hinte&rado diversos as$ectos de la sostenibilidad. La evol#ci7n de las normas de derecinternacional e=i&e el reconocimiento de los derechos inte&rados de las $oblaciones ind(&enae em$loB los derechos h#manos los derechos a la $osesi7n de tierras y rec#rsos los derech$ro$iedad intelect#al y c#lt#ral y los derechos a ordenar el medio ambiente y los rec#r

    91 /5 A$robada $or la Asamblea General el 0J de noviembre de ,/@/.92 /@ A E F0E ane=o.

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    nat#rales. La 8r&anizaci7n 2nternacional del %raba o ha ado$tado diversas convencionresol#ciones sobre c#estiones relativas a las $oblaciones ind(&enas. 1n el ca$(t#lo 0F d?ro&rama 0, se detalla el $rinci$io 00.

    1n el $rrafo ,0 del $remb#lo del Convenio sobre la Diversidad *iol7&ica se reconoce el $af#ndamental de las $oblaciones ind(&enas conce$to ;#e se detalla en el art(c#lo @ 6 el artc6 y en el art(c#lo ,5.0. 1n el art(c#lo @ 6 se se>ala ;#e la ?arta Contratante con arre&lole&islaci7n nacional res$etar $reservar y mantendr los conocimientos las innovacione$rcticas de las com#nidades ind(&enas y locales ;#e entra>en estilos tradicionales de vida .$romover s# a$licaci7n ms am$lia con la a$robaci7n de ;#ienes $osean esos conocimientinnovaciones y $rcticas y fomentar ;#e los beneficios derivados de la #tilizaci7n de econocimientos innovaciones y $rcticas se com$artan e;#itativamente . 1n el Ac#erdo sobr$oblaciones de $eces de ,//E se e=i&e ;#e los 1stados ten&an en c#enta al a$licar medidasconservaci7n y ordenaci7n la necesidad de facilitar el acceso a las $es;#er(as $or $arte de $oblaciones ind(&enas de los 1stados en desarrollo es$ecialmente los $e;#e>os 1stados ins#laen desarrollo.

    1n el $rinci$io 5 de la Declaraci7n de N##O sobre medio ambiente y desarrollo en el Rrticse>ala ;#e se reconoce el $a$el es$ecial ;#e les cabe a las $oblaciones ind(&enas en laordenaci7n del medio ambiente y el desarrollo en el Rrtico y la trascendencia de s#s conocimiey $rcticas tradicionales y la necesidad de $romover s# $artici$aci7n efectiva en el lo&rodesarrollo sostenible en el Rrtico. 1n los $rinci$ios relativos a los bos;#es firan diverreferencias al reconocimiento de los derechos tradicionales o ind(&enas/+.

    1l ,J de diciembre de ,//0 la Asamblea General $roclam7 ,//+ A>o 2nternacional de las?oblaciones 2nd(&enas del M#ndo. 1l Gr#$o de %raba o sobre ?oblaciones 2nd(&enas ha $re

    #n $royecto de declaraci7n #niversal de los derechos de las $oblaciones ind(&enas. 1n el $rr0J de la Declaraci7n de Kiena se reafirma la determinaci7n de la com#nidad internacional&arantizar los derechos econ7micos sociales y c#lt#rales de las $oblaciones ind(&enas y el dide los beneficios de #n desarrollo sostenible. 9e declara adems ;#e los 1stados deben &arantizs# total y libre $artici$aci7n en todos los as$ectos de la sociedad y deben reconocer s# valor ydiversidad. K!ase tambi!n el $rrafo 0Fm de la Declaraci7n de Co$enhae de ,//E.

    E,!'+#o" d! $+#ic$cin n$cion$#1l conocimiento de las com#nidades locales y la $artici$aci7n de las $oblaciones ind(&enas e$roceso de ado$ci7n de decisiones res$ecto del desarrollo sostenible es f#ndamental $ara $rotecci7n de los ecosistemas locales. Diversas leyes y normas nacionales contienen dis$osicion

    en ;#e se reconocen $or e em$lo los derechos de $ro$iedad ;#e las $oblaciones ind(&ee ercen sobre s#s tierras y v(as nave&ables o en ;#e se $ermite ;#e las $oblaciones ind(&e$artici$en en los $rocesos de ado$ci7n de decisiones/ .

    9# $artici$aci7n en los $rocedimientos de eval#aci7n del im$acto ambiental es otra forma$artici$aci7n en el $roceso de ado$ci7n de decisiones res$ecto del desarrollo sostenible.

    1l reconocimiento de la identidad la c#lt#ra y los intereses de las $oblaciones ind(&enas y el corres$ondiente se enc#entran com

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    desarrollo.

    Adems en alnas normas sectoriales nacionales se reconoce este $rinci$io. Un e em$lo dson los ?rinci$ios de la Le&islaci7n :orestal de la :ederaci7n de '#sia de ,//+ en ;#e se $ide lelaboraci7n de normas concretas sobre los bos;#es en las zonas ;#e revistan im$ortancia $ara la$oblaciones ind(&enas/E.

    1.23. Principio 23Deben prote erse el medio ambiente y los recursos naturales de los pueblos sometidos a opresi$n,dominaci$n y ocupaci$n.

    E%o#ucin int!rn$cion$#1l $rinci$io 0+ ha sido reiterado en diversas resol#ciones a$robadas $or la Asamblea Generale em$lo las resol#ciones @ F @ 5 y / J. 1n la $rimera se reafirma en el se=to$remb#lo ;#e los re c#rsos nat#rales constit#yen el $atrimonio de las $oblaciones a#t7ctonaslos territorios coloniales y no a#t7nomos . 1n la resol#ci7n EJ ,0/ se reafirma en el $rrafo $arte dis$ositiva el derecho inalienable del $#eblo $alestino y de la $oblaci7n del Goln oc#$ado a s#s rec#rsos nat#rales y a c#al;#ier otro ti$o de rec#rsos econ7micos y considera ile&toda trans&resi7n de ese derecho .

    1.24. Principio 24La uerra es, por definici$n, enemi a del desarrollo sostenible. En consecuencia, los Estadosdeber(n respetar las disposiciones de derecho internacional "ue prote en al medio ambiente en&pocas de conflicto armado, y cooperar en su ulterior desarrollo, se !n sea necesario.

    E%o#ucin int!rn$cion$#

    1l $rinci$io 0 coincide con el $rrafo F del ca$(t#lo +/ del ?ro&rama 0, en ;#e se se>alaBdeber(a considerar la $osibilidad de tomar medidas acordes con el derecho internacional $ahacer frente en !$ocas de conflicto armado a la destr#cci7n en &ran escala del medio amb;#e no $#eda #stificarse con arre&lo al derecho internacional . Los m!todos y los medios erra no son ilimitados. La $rotecci7n del medio ambiente en !$ocas de conflicto armado es dy com$le a debido a ;#e la erra es de $or si $er #dicial $ara el medio ambiente. ?or elloactividades a nivel internacional se centran en la limitaci7n ms ;#e en la eliminaci7n de los daal medio ambiente. Desde ,//0 se han ne&ociado o han entrado en vi&or diversos tratadrelacionados con la erra $rinci$almente tratados sobre control de armamentos.

    La Convenci7n sobre la ?rohibici7n del Desarrollo la ?rod#cci7n el Almacenamiento y el 1

    de Armas W#(micas y sobre s# Destr#cci7n/F

    tiene $or ob eto &arantizar ;#e los combatientes nodis$on&an de medios y m!todos de erra ;#e e=cedan el l(mite del da>o $ermisible los art(se refieren tambi!n en forma directa al medio ambiente $or e em$lo en el art(c#lo 2K.,Jse se>alaB Cada 1stado ?arte en s#s o$eraciones de trans$orte toma de m#estraalmacenamiento y destr#cci7n de armas ;#(micas asi&nar la ms alta $rioridad a &arantizseridad de las $ersonas y la $rotecci7n del medio ambiente/5. K!ase adems el ?rotocolo 22revisado en ,//E y el ?rotocolo Adicional 2K de la Convenci7n sobre $rohibiciones o restriccidel em$leo de ciertas armas convencionales ;#e $#edan considerarse e=cesivamente nocivas o defectos indiscriminados. 1n el d!cimo $rrafo del $remb#lo del %ratado de ?rohibici7n Com

    95 K!ase art(c#lo 4s6 com$rese con :A8 Colecci7n le&islativa - a&ric#lt#ra y alimentaci7n vol. 4,//E6 $&s. 0, y siientes.

    96 9e a$rob7 el ,+ de enero de ,//+ hab(a recibido FE ratificaciones al +, de oct#bre de ,//F y entrar en vi&or el 0/ de abril de ,//5. +0 2LM ,//+$&s. @J a @50.97 K!anse tambi!n los art(c#los K.,, y K22.+.

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    de los 1nsayos N#cleares a$robado $or la Asamblea General el ,J de se$tiembre de ,//F stoma nota de las o$iniones e=$resadas en el sentido de ;#e el $resente %ratado $odr(a contriba la $rotecci7n del medio ambiente... . Act#almente se enc#entran en est#dio otros tratados/@.

    1l Comit! 2nternacional de la Cr#z 'o a se ha oc#$ado d#rante a>os de la c#esti7n de loconflictos armados y el medio ambiente. 1st elaborando directrices $ara man#ales militareinstr#cciones sobre la $rotecci7n del medio ambiente en tiem$o de conflicto armado. Karias dedis$osiciones firan en el derecho internacional vi&ente cons#et#dinario o de los tratados.

    La Corte 2nternacional de )#sticia en s# o$ini7n cons#ltiva de ,//F sobre la le&alidad deamenaza o el em$leo de armas n#cleares o$in7 ;#e los 1stados deben tener en c#entaconsideraciones relativas al medio ambiente al ev