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28 de marzo 2012 Asociación de Despachantes de Aduana del Uruguay “Gestión de residuos de envases” Ley Nº 17.849 de 2004 Decreto 260/007

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28 de marzo 2012Asociación de Despachantes de

Aduana del Uruguay

“Gestión de residuos de envases”Ley Nº 17.849 de 2004

Decreto 260/007

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Objetivo Estratégico: área residuos

Promover una gestión segura de residuos sólidos priorizando la minimización de la generación y la valorización de residuos y el desarrollo de estrategias de inclusión social.

Competencias del MVOTMA relacionadas:

Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los planes nacionales de protección del medio ambiente. Artículo 3º, Ley Nº 16.112 de 30/05/1990Dictar las providencias y aplicar las medidas necesarias para la protección del ambiente contra toda afectación derivada del manejo y disposición final de los residuos cualquiera sea su tipo, en coordinación con los Gobiernos Departamentales, respecto de los residuos sólidos urbanos. Artículo 21º de la Ley Nº 17.283 de 28/11/2000

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Grupos de residuos

Envases Ley Nº 17.849 de 2004Decreto 260/2007

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Grupos de residuos: generador vs responsabilidades

VoluntariosConsumidor

final

Calidad del producto

Responsabilidad extendida

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Orden jerárquico de la gestión de RS

Producción y consumo sostenible

Creación de mercados, inclusión social, formalización, desarrollo de tecnologías

Cambio de diseño envaseEnvases retornables

Cambio de diseño envaseEnvases retornables

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Marco normativo vigente

Domiciliarios y urbanos

Ley 9.515 de 1935: servicio público departamental de recolección, transporte y disposición final

Ley 16.466 de 1994 y reglamento (Decreto 349/005): somete a autorización y evaluación de impacto ambiental toda planta de tratamiento o sitio de disposición final que supere 10 ton/día (incluyendo plantas de reciclado y generación de energía)

Peligrosos Ley 17.220 de 1999: regula el movimiento transfronterizo y prohíbe el ingreso de los generados fuera del territorio nacional

Ley 16.466 de 1994 y reglamento (Decreto 349/005): somete a autorización y evaluación de impacto ambiental toda planta de tratamiento o sitio de disposición final

Hospitalarios o sanitarios

Decreto 586/2009 (regulados desde 1999): regula los residuos sólidos generados en los centros o servicios de atención humana o animal o relacionados a los mismos, en su manejo intragenerador, su transporte y disposición final

Baterías plomo-ácido

Decreto 373/2003, en el marco de la Ley General de Protección del Ambiente, luego también la Ley 17.774 de 2004 de prevención y control de la contaminación por plomo: regula la gestión de baterías plomo acido usadas o a ser desechadas, estableciendo la responsabilidad extendida del fabricante o importador

Envases Ley 17.849 de 2004 y reglamento (Decreto 260/007): regula los residuos de envases primarios de productos de consumo, a excepción de los envases de uso exclusivo industrial, comercial y agropecuario, estableciendo la responsabilidad extendida del fabricante o importador

Instrumento de control adicional: Decreto Nº 315/010, (control a través de compras del estado) , decreto que entro en vigencia el 20 de octubre de 2010

Plomo en pinturas

Decreto 069/010: limita contenido de plomo en pinturas, barnices, tintas y masterbatches. Las empresas fabricantes o importadoras de estos productos deben registrarse en DINAMA. Está vigente la prohibición de ingresar al país y/o fabricar alguno de estos ítem con un contenido de plomo > 600 ppm.

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RESIDUOS DE ENVASES

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ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL DECRETO 260/007

SISTEMA DE REGISTRO Y CONTROL

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Objetivo de la Ley de envases y su decreto reglamentario

Minimizar la generación de residuos de envases.

Promover la reutilización, el reciclaje y demás formas de valorización de envases,

Evitar la inclusión de residuos de envases como parte de los residuos sólidos domiciliarios, implementando circuitos de recolección limpios y formales.

Lograr la efectiva disminución de los efectos ambientales de la disposición incontrolada de estos residuos.

Lograr la efectiva inclusión social de los clasificadores en los Planes de Gestión de Envases.

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Ambito de aplicación

Ley de Envases Nº 17.849 (29 Diciembre 2004)

Artículo 2º. (Ámbito de aplicación): Quedan comprendidos dentro del ámbito de aplicación de esta ley, todos los envases puestos en el mercado y residuos, incluyendo los envases de venta o primarios, colectivos o secundarios y los de transporte o terciarios. No quedan comprendidos en la presente ley, los envases y residuos de envases industriales o comerciales, que sean de uso y consumo exclusivo en actividades industriales, comerciales o agropecuarias.

Decreto 260/07 (30 Julio 2007)

Artículo 1º. (Ámbito de aplicación): Todos los envases primarios puestos en el mercado, cualquiera sea su tipo y material, a excepción de aquellos envases que sean de uso y consumo exclusivo de productos utilizados por actividades industriales, comerciales o agropecuarias.

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Sistema de control y seguimiento de la aplicación del Decreto 260/2007

Registros y declaraciones

juradas

Denuncias De propietarios de marca e importadores

De propietarios de marca e importadores

De envasadores para terceros

De envasadores para terceros

De importadores fabricantes de envases o

preformas.

De importadores fabricantes de envases o

preformas.Controles con otras organismos

Ej: Aduanas, Intendencias, DGI, CIU, PLESEM, ARRAU, etc.

De recicladores que integran el planDe recicladores que integran el plan

•Datos empresas

•Totales de envases por material

•Clientes

•Datos empresas

•Totales de envases por material

•Clientes

Seguimiento de la operativa de los planesSeguimiento de la operativa de los planes

Cantidad de material recolectado y recuperado

Cantidad de material recolectado y recuperado

•Empresas registradas

Datos públicos

•Empresas registradas

Datos públicos

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Sistema de control y seguimiento

Inicio: 16 de abril 2012

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Registro de la DINAMA

Toda persona física o jurídica comprendida en el alcance del presente reglamento, deberá estar inscripta en el registro de la Dirección Nacional de Medio Ambiente y realizar las actualizaciones correspondientes.

El registro se formaliza cuando se:

• Completa el formulario correspondiente y es presentado en la DINAMA y además enviado a través de la página web;• Adjunta certificado notarial que acredite la personería jurídica de la empresa y la representación legal;• Se presenta una constancia de adhesión a un plan de gestión de residuos de envases que se encuentre operativo.

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Fase I: control integrado con la Dirección Nacional de Aduanas

Será un control progresivo (en lo que respecta a la inclusión de productos).

En la fase I la Dirección Nacional de Aduanas exigirá la inscripción en el registro de ENVASES a las empresas importadoras de algunos rubros de productos, pero la obligación de registro es para TODA EMPRESA QUE PONGA EN EL MERCADO UN PRODUCTO ENVASADO, cualquiera sea el material del envase y cualquiera sea la cantidad.

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DE LOS PLANES DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE ENVASES

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Plan central

Plan de Gestión de Residuos de Envases implementado con la colaboración de la Cámara de Industrias del Uruguay (CIU) en forma previa a la aprobación del decreto reglamentario.

Actualmente administra FIDEICOMISO PGE-CIU

Abierto a cualquier empresa alcanzada por el Decreto 260/007.

Tiene su propio reglamento de funcionamiento en cuanto a los aportes de las empresas adherentes.

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Otros planes para residuos particulares de envases

Plan para Residuos de Envases de Productos Farmacéuticos desarrollado por la Cámara de Especialidades Farmacéutica y Afines (CEFA) y por la Asociación de Laboratorios Nacionales (ALN). Dirigido a recolectar envases de medicamentos y residuos de medicamentos.Farmacias como centro de recepción.Convenio con Plan Central suscripto en 2011

Plan de ARRAU (Repuestos de automotores). En proceso de aprobación.Abordaje de un sector de características particulares donde una parte importante de los productos son de uso comercial.Diseño de un sistema de gestión de residuos de envases involucrando como actores claves a las actividades comerciales y de servicios, principales clientes del sector de repuestos (talleres de autos, empresas de transporte de pasajeros, representantes oficiales de marca, etc).

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Plan central : Datos básicos del sistema

Rocha: Inicio: 2010Ton/mes: 14.8Clasificadores: 12

Rocha: Inicio: 2010Ton/mes: 14.8Clasificadores: 12

Maldonado: Inicio: 2010Ton/mes: 25Clasificadores: 15

Maldonado: Inicio: 2010Ton/mes: 25Clasificadores: 15

Canelones: Inicio: 2007Ton/mes: 81Clasificadores: 63

Canelones: Inicio: 2007Ton/mes: 81Clasificadores: 63

FloresInicio: 2010Ton/mes: 9.6Clasificadores: 18

FloresInicio: 2010Ton/mes: 9.6Clasificadores: 18

RiveraInicio: 2010Ton/mes: 15.4Clasificadores:27

RiveraInicio: 2010Ton/mes: 15.4Clasificadores:27

Proximamente: Ingreso de Montevideo

Proximamente: Ingreso de Montevideo

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¿Por qué tener un plan central vs planes independientes?

Eficacia y eficiencia Economía de escala Simplicidad hacia el consumidor final Integración con los planes de gestión de

residuos urbanos de las intendencias departamentales

La existencia de planes indipendientes al central tendrán que ser fundamentados en base a: características de los residuos que ameriten una gestión independiente

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Acceso a los formularios:

www.dinama.gub.uy

Ingresar por el icono

1. ENVASES Y MARCO LEGAL 2. REGISTRO Y DECLARACIÓN JURADA 3. CONTROL DE IMPORTACIONES

4. CERTIFICADO DE REGISTRO 5. EMPRESAS REGISTRADAS

6. CONSTANCIA DE NO ALCANCE 7. PLANES DE GESTIÓN 8. CONSULTAS

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Gracias por su atención

Gerardo Rivas – Unidad de Planificación [email protected]

Tel.: 29170710 int. 4332

www.dinama.gub.uy