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Novas da xustiza CCOO de Xustiza Número 175. 26 de febreiro de 2010 http://ccooxustiza.blogspot.com/ A nova Oficina xudicial Sumario Grupo de traballo: Reunión ce- lebrada o 25 de febreiro A Dirección Xeral comprométese a dar resposta á problemática dos xulgados de garda da Coruña e Vigo Desde hai dous anos, COMISIÓNS OBREIRAS veu esixindo á Dirección Xeral que nas cidades da Coruña e Vigo sexa a totalidade do persoal quen efectúe as funcións de garda e que, no resto de localidades, amplíese no persoal que sexa necesario en función da carga de traballo. A nova Oficina xudicial ....... 1 Grupo de traballo: Reunión cele- brada o 25 de febreiro Mutualidade ........................ 3 Hipotecas Oposicións .......................... 4 Auxilio xudicial Rexistro Civil ...................... 5 Denuncia de CCOO Revistas .............................. 7 Trabajadora, nº 35 Revista de prensa ............... 9 Tradución de documentos xudi- ciais O prezo de insultar a un xuíz Taboleiro de avisos ............. 13 Escalas (ano 2003) Recoñecemento médico Boletín nova Oficina xudicial Subscricións - Delegados .... 14 Anexo NOX. Ámbito non transferido. Nota informativa de CCOO, UGT e STAJ Secretarios, promoción interna Nota informativa do CGPJ sobre o anteproxecto da nova Lei do Rexistro Civil

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Boletin informativo de CCOO de Xustiza

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Novas da xustiza

CCOO de Xustiza Número 175 . 26 de feb re i ro de 2010 http://ccooxustiza.blogspot.com/

A no va Of ic ina xudic ia l

Sumar io

Grupo de traballo: Reunión ce-lebrada o 25 de febreiro

A Dirección Xeral comprométese a dar resposta

á problemática dos xulgados de garda da Coruña

e Vigo

Desde hai dous anos, COMISIÓNS OBREIRAS veu esixindo á

Dirección Xeral que nas cidades da Coruña e Vigo sexa a

totalidade do persoal quen efectúe as funcións de garda e

que, no resto de localidades, amplíese no persoal que sexa

necesario en función da carga de traballo.

A nova Oficina xudicial ....... 1

Grupo de traballo: Reunión cele-

brada o 25 de febreiro

Mutualidade ........................ 3

Hipotecas

Oposicións .......................... 4

Auxilio xudicial

Rexistro Civil ...................... 5

Denuncia de CCOO

Revistas .............................. 7

Trabajadora, nº 35

Revista de prensa ............... 9

Tradución de documentos xudi-

ciais

O prezo de insultar a un xuíz

Taboleiro de avisos ............. 13

Escalas (ano 2003)

Recoñecemento médico

Boletín nova Oficina xudicial

Subscricións - Delegados .... 14

Anexo

NOX. Ámbito non transferido.

Nota informativa de CCOO, UGT

e STAJ

Secretarios, promoción interna

Nota informativa do CGPJ sobre

o anteproxecto da nova Lei do

Rexistro Civil

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Nestes dous anos, tamén levamos unha importante campaña para que na cidade de Vigo establé-

zanse as gardas de 24 horas que, aínda que contou nun principio co hándicap de que o número de

Dilixencias Previas non xustificaba a súa implantación, un intenso traballo comparativo e de análise

das formas de rexistro en cidades cuxo volume de traballo é equiparable á cidade de Vigo -do que

demos conta en sucesivas asembleas con traballadores e Secretarios- deu como resultado a culmi-

nación deste proceso que agora, por fin, parece que vai ver a luz e que conta co apoio activo do

actual xuíz decano e o recoñecemento de todos aqueles que o viviron desde o principio, que axuda-

ron á súa consecución co seu esforzo e que comprenden que un obxectivo como este non se pode

lograr nun par de meses, a pesar das alegacións oportunistas de quen a última hora queiran arro-

garse o mérito.

Respecto de Coruña, esiximos que estas gardas se establezan en canto entre en funcionamento o

xulgado nº 8, en decembro de 2010.

COMISIÓNS OBREIRAS mostrou total belixerancia ante a pasividade da administración para abor-

dar a problemática dos xulgados de garda, insistindo na necesidade dunha reforma normativa que

recoñeza e retribúa a penosidade deste servizo.

Por último, esiximos a creación dun complemento específico para os Xulgados de Violencia contra a

muller que responda á carga real de traballo que soportan estes xulgados.

Nova Oficina xudicial

Continúase negociando o decreto de unidades administrativas. O centro das nosas esixencias vira

ao redor de que as funcións destas unidades sexan detalladas ao máximo, corrixindo así o mal en-

démico desta administración: a indefinición e mestura das funcións.

Doutra banda, a Dirección Xeral asumiu a nosa alegación de que estas unidades se dividan en sec-

cións, sempre que o número de traballadores alí destinados alcance un mínimo, que se determina-

rá en cada caso concreto.

Outras cuestións

O Director Xeral comunicounos que se consolidaron 17 prazas de reforzo e serán ofertadas no pró-

ximo concurso de traslados. Estas prazas están, entre outros órganos, no Rexistro Civil de Santia-

go, na Sala do Contencioso-Administrativo do TSX, nos Xulgados de Paz de Muros, Negreira, Sa-

rria, Barbadás, Salceda de Caselas e en varios Xulgados de Menores.

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Mutua l idade

Desde marzo de 2009 las hipotecas firmadas por los Mutualistas y el BBVA no tienen “cláusula suelo”

La Mutualidad General Judicial nos ha informado, a requerimiento efectuado por CCOO el pasado

22 de febrero, que desde el pasado mes de marzo de 2009 en las operaciones hipotecarias suscri-

tas entre mutualistas y el BBVA no existe “clausula suelo”. En las operaciones firmadas con ante-

rioridad, a la citada fecha, depende de lo que se recogiese en las condiciones de la hipoteca (en la

mayoría sí que había cláusula suelo).

No obstante, si un mutualista tiene cualquier tipo de duda con las condiciones de su hipoteca pue-

de dirigirse al servicio, implantado por BBVA, de Asesoramiento Personal Directo, a través del telé-

fono 901 20 01 20.

A la vista de esta respuesta, CCOO estará atento al resultado de la demanda interpuesta contra el

BBVA y otras entidades bancarias sobre la anulación de la “cláusula suelo” en aquellas hipotecas en

que sí aparezcan, así como sobre los posibles acuerdos entre afectados y entidades bancarias, por

si fueran trasladables a los Mutualistas de la Mugeju.

Novas da Xustiza – Notas informativas – A nova

Oficina xudicial – Lexislación – Rexistro Civil -

Interinos - Oposicións - Prensa

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Oposic ións

Auxilio xudicial

Rectificación da relación de aprobados e notas de dereito foral e idioma auto-

nómico

Publicado na intranet xudicial

Acuerdo del Tribunal por el que se rectifica la relación de aprobados de 8 de febrero

y se hacen públicas las notas de derecho foral e idioma autonómico.

25 de febrero de 2010

AVISO: El Tribunal Delegado de Cataluña informa que en el Acuerdo que remitió al Tri-

bunal Calificador Único y que ha sido publicado el 24 de febrero de 2010, por el que se hac-

ían públicas las notas de idioma, se han omitido por error las obtenidas por los opositores

que aportaron la documentación acreditativa del conocimiento del idioma. En breve se publi-

cará la relación debidamente rectificada.

Documentos asociados

Acuerdo de 24 de febrero. (PDF. 75 KB) (versión HTML)

Relación corregida de aprobados del proceso selectivo, por orden de puntuación. (PDF. 217

KB) (versión HTML)

Relación corregida de aprobados del proceso selectivo, por orden alfabético. (PDF. 219 KB)

(versión HTML)

Secretarios, promoción interna. Ao final do boletín, solicitude presentada perante o

Ministerio de Xustiza por CCOO, UGT e STAJ

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Rexis t ro C ivi l

CCOO denuncia la opacidad y oscurantismo del Mi-nisterio de Justicia en relación a sus verdaderas in-tenciones con los Registros Civiles

La Dirección de Modernización de la Administración de Justicia sólo informa

de sus pretensiones cuando se le obliga a ello, y lo hace ocultando datos fun-

damentales

El anteproyecto de Ley de Registros civiles existe y se nos quiere ocultar, a pesar de que

el Pleno del CGPJ aprobará hoy su informe

Que la Dirección General de Modernización de la Administración de Justicia se haya comprometido

a informar de los cambios que pretende el Ministerio de Justicia en relación a los Registros Civiles

no significa un cambio de la actitud opaca e inaceptable que esta Dirección General mantiene des-

de el primer momento en que conocimos que el Ministerio pretendía aprobar un Anteproyecto que

modificará sustancialmente las funciones de los Registros Civiles.

CCOO ha exigido al Ministerio de Justicia que no pretenda introducir en la reforma de los

Registros Civiles cualquier modificación que atente a los derechos de cientos de trabaja-

dores de la Administración de Justicia destinados en ellos y que supongan disminución o

amortización de las plantillas de los Registros Civiles, pues eso supondrá la confronta-

ción con CCOO y con los trabajadores.

Si la pretensión del Ministerio de Justicia es trasladar funciones del Registro Civil a los hospitales

(comprobaciones y verificaciones de los nacimientos) y Ayuntamientos, lo que está pretendiendo

en la práctica es disminuir las plantillas de los Registros Civiles y esta pretensión es intolerable y

nos vamos a oponer con todos los medios de que dispongamos.

Además, el Director General se ha visto obligado a informar de otra de sus actuaciones, esta vez

sobre el Registro Civil Central (RCC), al margen de los trabajadores y de los sindicatos representa-

tivos, y ha tenido que comprometerse a celebrar una reunión específica sobre esta cuestión.

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Hemos conocido, y así lo hemos denunciado, que por esa Dirección General se ha adjudicado a una

empresa privada de consultoría no sólo la digitalización de los documentos del Registro Civil Cen-

tral sino un estudio de las propuestas para solucionar lo que denomina “las medidas de urgencia

que sean necesarias para solventar los atrasos acumulados en el RCC y en relación con el proceso

de digitalización e introducción del expediente electrónico”

El Director General de Modernización manifestó que, una vez estudiadas las propuestas de esa em-

presa, el Ministerio de Justicia decidirá cuáles pone en marcha para solucionar los retrasos. CCOO

le ha demandado que los atrasos acumulados sólo pueden resolverse con creación de más plazas

en el RCC y la conversión de todos los refuerzos en plantillas, y hemos comunicado que no acep-

tamos que ninguna empresa privada realice funciones de los Registros Civiles, a lo que nos opon-

dremos frontalmente.

CCOO ha advertido al Director General que no toleraremos de ninguna manera la privati-

zación de un fundamental servicio público como son los Registros Civiles y que combati-

remos con todos nuestros medios cualquier decisión que afecte negativamente a las

plantillas de la Administración de Justicia y al servicio público.

Madrid, 24 de febrero de 2010

El Pleno del CGPJ aprobó ayer el informe al anteproyecto de ley del Registro Civil, en el que da luz

verde a la "desjudicialización de la figura de los encargados del Registro Civil ...pero cuestiona el

hecho de que se atribuya a los alcaldes o concejales delegados la competencia exclusiva para auto-

rizar y celebrar matrimonios civiles y que no se prevea específicamente ningún tipo de recurso con-

tra sus decisiones....se hace hincapié también en la necesidad de intervención del Ministerio fiscal

en los expedientes registrales....entre otros,.... en la tramitación de los expedientes matrimonia-

les....además entiende que debe perfilarse con mayor claridad la forma de acceso de las Adminis-

traciones Públicas a los datos del Registro Civil...."

Ver nota informativa al final del boletín

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Revis tas

Revista Trabajadora, n. 35 (marzo de 2010)

SUMARIO

página 6/ POR AQUÍ

Un plan de igualdad para CCOO de Extremadura, de

Teodora Castro.

Vidas y trabajos, de Eva Espeso.

Conciliación en las empresas andaluzas, Antonia Mar-

tos.

Curso de sensibilización, de Rosa R. Beltrán.

página 9/ EMPLEO

Desempleo femenino y crisis, de Carmen Bravo Sueskun,

Cristina Bermejo y Carlos Martín.

Distintivo Igualdad en la empresa, de Ana Herránz.

página 11/ ENTREVISTA

Entrevista a María Jesús García Gasalla, secretaria general de la Agrupación TIC‟S (tecnolog-

ías de la información y comunicación), de Carmen Briz.

página 13/ GENERACIÓN XXI

De estreno, de Javier Pueyo.

página 14/ PUBLICACIONES Y LIBROS

Colaboraciones de Eva Antón, Mayka Muñoz y Susana Brunel.

página 15/ INFORME

Jornada de trabajo reducida, de Bienvenido Jávega.

página 21/ CIBERFEMINISTAS

Asociación de Mujeres en las Artes Visuales Contemporáneas.

página 22/ EN UN MUNDO GLOBALIZADO

Comercio solidario, de Dolors Cano.

Cumbre Europea de Mujeres en el Poder, de Carmen Bravo Sueskun.

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página 24/ INVESTIGACIÓN

En las maquilas salvadoreñas, de Antonia Martos.

página 26/ SOCIEDAD

Movimiento feminista y movimiento sindical (Granada, 1979-2009: 30 años de feminismos),

de Carmen Bravo Sueskun.

página 28/ GUÍA PARA NO PERDERSE

Ensayo/La señora Rius, de moral distraída, de Maite Garabieta Bidaurrazaga.

Exposición fotográfica/ Trabajadoras del mundo, de Kirsten Lattrich.

Cine/ Mother and Child, de Montse García.

Exposición/Camí cap a la igualtat, de Cándida Barroso.

página 30/ SALUD

Visibilidad lésbica: cuestión de salud, de Esther Martínez.

página 31/ UN SINDICATO DE HOMBRES Y MUJERES

Luchando el presente, de Paula Guisande.

XOSÉ ABAD es el autor de las fotografías de portada y contraportada de este número, pertenecen

a la exposición (m)2 que se presenta en 2009 en A Coruña (Galicia): "La idea era retratar a mu-

jeres de dos generaciones, que sin estar muy distanciadas en el tiempo, reflejen una diferencia

laboral y sobre todo vital, un cambio generacional entre madres e hijas".

La exposición fotográfica se complementa con un videodocumental, producido por EAF Produ-

cións, y realizado por Sandra García, con testimonios de las participantes en el proyecto: "Hablan

de sí mismas y de „la otra‟, se reconocen y se admiran". Disponible en

http://www.estudioabad.com/documentales/ca/ocumentales.html.

Si desea contactar con el autor o saber cómo acceder a la exposición puede hacerlo a través del

siguiente correo: [email protected].

::Documentos relacionados (Para descargar la revista, pulsa en el siguiente enlace

revista Trabajadora, n. 35 (marzo de 2010)

Si desea recibir gratuitamente la revista por correo electrónico, envíe su dirección a: tra-

[email protected] (es formato pdf y ocupa alrededor de 2MB)

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Revis ta de prensa

El Consejo General del Poder Judicial valida la ac-tuación de un juez catalán que denegó la traducción gratuita al castellano de documentos judiciales

Publicado en www.europapress.es

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial archivó el pasado 8 de

febrero la investigación abierta por los Servicios de Inspección de este órgano al titular

del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vic (Barcelona), Victor Casillas, que había

recibido la queja de un abogado al que negó la traducción gratuita al castellano de de-

terminados documentos referidos a una causa tramitada en este órgano.

El órgano de gobierno de los jueces inició

la investigación después de que el Tribunal

Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) le

manifestara que este tipo de decisiones no

son habituales y que no consta instrucción al-

guna al respecto por parte del Departament

de Justicia catalán.

No obstante, con-

cluyó que no proce-

de imponer sanción

alguna al juez por-

que las traducciones

al castellano de los

documentos judicia-

les constituyen una

cuestión ajena a las

competencias del

CGPJ.

La propuesta de

la Inspección, apro-

bada por la Comisión

Disciplinaria, señala que "no cabe en el proce-

dimiento disciplinario ni está al alcance de es-

te Consejo General del Poder Judicial que, si

bien tiene por misión contribuir a salvaguardar

la independencia de los jueces y magistrados

mediante las atribuciones que la Constitución

y la Ley Orgánica del

Poder Judicial (LOPJ)

le confían, en cam-

bio, no está autori-

zado para corregir la

aplicación que aque-

llos hagan del orde-

namiento jurídico,

en el marco del pro-

ceso y en el ejercicio

de las potestades

jurisdiccionales".

El abogado, José

Luis Mazón, solicito

al juez Casillas la

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traducción al castellano del auto de admisión

a trámite de la demanda que había presenta-

do en representación de su cliente, alegando

no entender el catalán. El juez le contestó que

se podía realizar la traducción, se bien está

debería se costeada por el letrado.

CLIENTE CATALÁN

Tras recibir la notificación del TSJ de Cata-

luña, la Inspección del CGPJ examinó el auto

firmado por el juez Casillas denegando el re-

curso del abogado, en el que se señalaba que

éste parecía equivocar "el concepto de traduc-

ción de oficio con el de traducción gratuita", y

recordando que el cliente de Mazón es "de ve-

cindad catalana".

Concluía el juez de Vic que el desconoci-

miento por el letrado del idioma catalán no

debe significar que, "al menos dentro de la ju-

risdicción civil (...) la traducción no haya de

ser costeada por la parte proponente, de igual

forma que, acordada la designación de perito

(...) se haya de otorgar previamente por el

solicitante la previsión de fondos requerida".

En opinión del Consejo, la conducta del

juez Casillas no puede ser incardinada en una

falta de desatención o ignorancia inexcusable

en el cumplimiento de los deberes judiciales

(prevista en el artículo 417 LOPJ), tal y como

denunciaba el abogado.

Lo que realmente se discute en la presente

queja es el acierto de la providencia dictada

por el juez de Vic en la que se acuerda la tra-

ducción del auto, según el Consejo, "y eso no

cabe en el procedimiento disciplinario".

Mazón considera que la decisión del Conse-

jo en "insólita y de una arbitrariedad profun-

da", ya que el derecho de un ciudadano o

abogado en un pleito a obtener las traduccio-

nes gratuitas de los documentos redactados

en otra lengua co-oficial "no puede quedar al

abrigo del personal criterio de un juez", según

manifestó a Europa Press.

Añadió que la decisión del Consejo valida

"un claro abuso del juzgador, que ahora tiene

las manos libres para seguir denegando las

traducciones pese al carácter superior o impe-

rativo de la ley", por lo que ya ha recurrido

esta decisión ante la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Supremo. Además,

la denegación de las traducciones se ha de-

nunciado ante el Tribunal Constitucional.

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El precio de insultar a un juez

Un acusado de llamar "golfo consumado" a un magistrado deberá pagar 3.720

euros por un delito de injurias graves

Publicado en www.laopinioncoruna.es

"Su golfería perturba la vida ajena". Esta es una de las frases que un hombre que fue

sentenciado a pagar 3.720 euros por un delito de injurias graves dirigió a un magistrado

de la ciudad por medio de una carta remitida al Juzgado de lo Contencioso número 2. Los

insultos que motivaron la multa tuvieron su origen en el desacuerdo del procesado con

una decisión del juez acerca de una demanda

Insultar a un juez por estar en desacuerdo

con sus decisiones sale caro. El acusado de

haber enviado una carta de protesta a un ma-

gistrado del Juzgado de lo Contencioso núme-

ro 2 deberá pagar un total de 3.720 euros por

haberse permitido dudar de la profesionalidad

del juez aludido en el texto de la misiva.

El procesado aceptó esta pena y el fiscal

cedió a rebajar la cantidad que solicitaba por

el delito, lo que permitió que el litigio se re-

solviera por conformidad y que no fuera nece-

sario celebrar el juicio.

Los hechos, tal y como expone el propio

fiscal en su escrito de acusación, tuvieron su

origen en la disconformidad del acusado con

la resolución del juez acerca de una demanda

que había presentado.

El procesado, según la Fiscalía, había acu-

sado al magistrado de no haberse molestado

siquiera en leer el texto del documento que él

había presentado.

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"Después de más de tres años de interpo-

sición de la demanda, tengo la convicción de

que ni se dignó a leer el contenido", expuso el

acusado por el delito de injurias graves en la

carta remitida a la sede del Juzgado de lo

Contencioso número 2, ubicada en la calle Ca-

pitán Juan Varela, donde trabajaba el juez.

La frase en la que el condenado duda de

que el magistrado se haya molestado en leer

el texto de su demanda es, a pesar de lo

explícito de sus palabras, una de las más sua-

ves que pueden leerse en el correo remitido al

juez.

El condenado, según consta en el escrito

de acusación previo a la conformidad alcanza-

da ayer entre ambas partes, acusó al magis-

trado de perjudicar con su vagancia a perso-

nas inocentes.

"No trabajó. Es usted un golfo consumado,

cuya golfería perturba la vida ajena", expresó

el condenado en la carta, una misiva en la que

la palabra "golfo" y sus derivados se repiten

en casi una decena de ocasiones.

El escrito elaborado por la Fiscalía acerca

de los hechos que motivaron la condena úni-

camente expone la sentencia que originó el

enfado del procesado, pero no especifica cuál

es el tema del que trata, algo que sin duda

ofrecería más claves acerca de los motivacio-

nes del condenado para insultar al magistrado

y para dudar de su profesionalidad.

"Los insultos están en relación a la senten-

cia dictada por la sección tercera de la sala de

lo Contencioso del Tribunal Superior de Xusti-

za de Galicia, por la que el magistrado decidió

desestimar las pretensiones deducidas en el

citado recurso", se limita a exponer el fiscal en

su escrito de acusación, en el que se incluyen

las frases y palabras literales con las que el

condenado dudó de la profesionalidad del ma-

gistrado con cuya decisión no estaba confor-

me.

El condenado, a pesar de la cuantiosa mul-

ta que deberá pagar, ha salido mejor parado

de lo que podía esperarse en un principio,

pues la petición inicial del Ministerio Público

era la de que el procesado fuera obligado a

abonar una mayor cantidad de dinero.

La conformidad también posibilitó que el

acusado no tuviera que explicar ante un com-

pañero de profesión de la persona a la que

había enviado a los insultos los motivos por

los que decidió poner en duda la profesionali-

dad del magistrado.

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Tabole i ro de avisos

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RECOÑECEMENTO MÉDICO

Prazo de inscrición:

O prazo para solicitalos será

ata o vindeiro 4 de abril

Tramitación

Por vía telemática en

http://webriscos.xunta.es

Escalas (ano 2003)

Axentes (Auxilio), preme aquí

Auxiliares (Tramitación), preme aquí

Oficiais (Xestión), preme aquí

Escala pechada a 09-03-2003

O Ministerio ten outra escala, pechada a 11-04-

2009 e contabilizada por días, pero non é publica

El Ministerio de Justicia publica el primer número de una News-

letter dedicada a la implantación de la Nueva Oficina Judicial

Esta semana, el Ministerio de Justicia ha sacado a la luz el primer número de un boletín

electrónico sobre el proceso de implantación de la Nueva Oficina Judicial (NOJ). Este boletín

tendrá una periodicidad quincenal. Con él, se pretende explicar todos los cambios normativos,

organizativos, tecnológicos y en materia de recursos humanos que supondrá la puesta en mar-

cha de la NOJ. Se trata., además, de un producto abierto a las sugerencias y colaboración de

todos.

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LUGO

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982.40.21.95

[email protected]

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CCOO, UGT y STAJ CONVOCAN MOVILIZACIONES ANTE LA ACTITUD INMOVILISTA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA AL MANTENER SU PROPUESTA INSUFICIENTE En el día de hoy los sindicatos CCOO, UGT Y STAJ hemos contestado a la propuesta del Ministerio de Justicia presentada en la mesa del pasado martes 16 de febrero, reiterando lo manifestado en dicha reunión:

- Exigimos la adscripción de todos los trabajadores destinados en servicios comunes a una única sección de cada servicio común, y la separación de las funciones por secciones.

- Exigimos la movilidad exclusivamente voluntaria de los trabajadores mediante concurso de traslado, pudiendo optar a otra sección, incluso dentro del mismo servicio común.

- Todos los refuerzos estructurales deben convertirse en plantilla.

- Nos oponemos a que los directores de los servicios comunes puedan atribuir funciones distintas de las que corresponden a la sección donde esté adscrito el funcionario

- Nos oponemos a las libres designaciones

- Garantía de que todos los que actualmente perciben retribuciones adicionales continúen percibiéndolas tras el acoplamiento.

- Defendemos que se incluyan como puestos genéricos diferenciados los puestos a los que en la actualidad se accede por concurso de traslado y tienen mayor retribución (Guardias, SCNE, salidas a centros penitenciarios, equipos de apoyo...), porque garantiza que el acceso a los mismos, cuando quede la plaza vacante, se produzca con las mismas garantías que en la actualidad. (Nos preocupa la posición de CSIF, que ha solicitado por escrito al Ministerio convertir en singularizados todos estos puestos diferenciados, poniendo en riesgo de perderlos a quienes los desempeñan en la actualidad, pues, en ese caso, el acceso a los mismos se haría por concurso específico de méritos).

- En los procesos de acoplamiento, hemos exigido que se produzcan con criterios de voluntariedad en todos los casos, debiendo garantizar que, si eventualmente, se produce un acoplamiento forzoso, el trabajador afectado gozará del derecho de preferencia absoluta para ocupar plaza vacante de la localidad.

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El Ministerio no ha asumido ninguna de las anteriores alegaciones sindicales, y sigue sin aceptarlas, por tanto entendemos que el Ministerio no desea llegar a ningún acuerdo en la negociación de los aspectos esenciales que afectan a los derechos de los trabajadores, aunque en el resto de cuestiones la negociación no esté cerrada. CCOO, UGT Y STAJ hemos advertido al Director General del Ministerio de Justicia que será el único responsable de la convocatoria de movilizaciones para la defensa de los derechos de todos los trabajadores, por su obstinación en no llegar a acuerdos, cuando conoce perfectamente cuáles son las reivindicaciones fundamentales presentadas en la Mesa sectorial. Ante el inmovilismo del Ministerio, CCOO, UGT y STAJ, cumpliendo los compromisos adquiridos entre todas las centrales sindicales, convocan a los trabajadores a la movilización que comenzará, como ya habíamos anunciado, el día 10 de marzo, con concentraciones en todas las Ciudades piloto, a las que seguirán durante este mismo mes de marzo concentración de delegados sindicales de todo el Estado ante la sede del Ministerio de Justicia en Madrid, y concentraciones en todas las Comunidades Autónomas del ámbito no transferido. En caso de que el Ministerio persista en la vulneración de los derechos de los trabajadores, sobre todo en cuestiones tan trascendentales como la diferenciación de secciones dentro de los servicios comunes, donde los trabajadores queden adscritos desde el momento mismo del acoplamiento bajo criterios de voluntariedad, con respeto a los derechos retributivos actuales, y con garantía de movilidad voluntaria en concursos de traslado entre secciones, las movilizaciones irán incrementando su contundencia durante el mes de abril, confluyendo todos los territorios en una jornada de huelga general el día 5 de mayo (día en que entrará en vigor las reformas procesales que afectan a todos los trabajadores del Estado y previsible fecha de implantación de la Nueva Oficina Judicial en el ámbito Ministerio), además convocaremos todas aquellas actuaciones necesarias cuya trascendencia pública sea relevante en todo el proceso de implantación de la Nueva Oficina Judicial. En los próximos días comenzaremos una campaña de asambleas informativas para trasladaros los puntos básicos de la negociación y consensuar con vosotros cualquier actuación de presión que creemos conveniente convocar desde este momento si no se produce un cambio en la actuación del Ministerio. Debe hacerse un ejercicio de responsabilidad por todos, trabajadores y sindicatos para estar unidos en esta movilización conjunta.

AHORA MÁS QUE NUNCA ES NECESARIA LA UNIDAD DE TODOS LOS TRABAJADORES Y LAS ORGANIZACIONES

SINDICALES

¡MOVILIZATE Y PARTICIPA! ¡¡POR LA DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS!!

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Los sindicatos representativos en la Mesa sectorial de Justicia abajo firmantes

SOLICITAN por medio del presente escrito, que se oferten al turno de Promoción

Interna del cuerpo de Secretarios Judiciales todas las plazas desiertas existentes en la

segunda y tercera categoría del Cuerpo de Secretarios Judiciales en todo el territorio

nacional

Para una correcta interpretación de la petición se hace necesario, establecer cuál es el régimen estatutario de los funcionarios afectados, a saber; actualmente son Secretarios en prácticas y a su vez, siguen manteniendo la condición de funcionarios en activo del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, al encontrarse en licencia extraordinaria para la realización del curso teórico práctico, y en virtud del artículo 507.3 y 4 de la Ley Orgánica 1/1985 de 1 de Julio del Poder Judicial, siguen manteniendo la condición de funcionarios en servicio activo y con plenitud de derechos, prerrogativas, deberes y responsabilidades inherentes a su condición, pues el disfrute de licencias reglamentarias no altera la situación de servicio activo. Y así lo ha hecho el Ministerio de Justicia o las CCAA con transferencias asumidas otorgándonos la correspondiente licencia. En consecuencia y, a tenor de lo dispuesto por el artículo 474 de la LOPJ se

rigen por lo dispuesto por dicha ley orgánica, las disposiciones que se dicten en

su desarrollo y, con carácter supletorio, en lo no regulado expresamente en las

mismas, por la normativa del Estado sobre Función Pública. Y en cuanto al

proceso selectivo especialmente por la Orden JUS/2099/2008, de 10 de Julio,

por la que se convoca Proceso Selectivo para Ingreso por el Sistema General

de Acceso Libre y por el sistema de Promoción Interna, en el Cuerpo de

Secretarios Judiciales.

En relación a las plazas ofertadas y siendo dicha oferta un acto administrativo, le es de aplicación la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, norma que exige la motivación de los actos a la Administración, cuando aquellos se separen del criterio seguido en actuaciones precedentes, artículo 54.1-c). lo que no ha ocurrido en el caso que nos ocupa, pues es la primera vez que en el marco legal vigente, se deja de ofertar todas las plazas desiertas de la segunda categoría del Cuerpo de Secretarios Judiciales ( si que se hizo con la convocatoria de 2006). Situación que es absolutamente legal pues así lo contempla el artículo 78.2 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales prevé la posibilidad de ocupar plazas en la segunda categoría, y por tanto la posibilidad de ser éstas ofertadas.

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La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del Empleado Público, dispone en su artículo 18.4 que, las Administraciones Públicas adoptarán medidas que incentiven la participación de su personal en los procesos selectivos de promoción interna y para la progresión en la carrera profesional. Actitudes como las que pretende el Ministerio de Justicia de no ofertar todas las desiertas al turno de promoción interna, está lejos de incentivar a los funcionarios al acceso por promoción interna sino más bien todo lo contrario. No se está solicitando un trato discriminatorio positivo a favor de dicha promoción interna sino que no se discrimine a esta.

Asimismo el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, establece en su artículo 78.1, bajo el título de los derechos de los funcionarios de promoción interna que, los funcionarios que accedan a otros Cuerpos y Escalas por el turno de promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes de la respectiva convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de este turno. La claridad no ofrece duda alguna y la preferencia lo es para cubrir las vacantes de la convocatoria, y actuaciones de este tipo como las que ha llevado a cabo el Ministerio de Justicia, de no ofrecer todas las vacantes desiertas, sino que permite a la promoción libre ocupar vacantes que no han sido ofrecidos a los de la promoción interna, pese a contemplarlo la ley de un modo tan contundente.

Los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia relacionados en el

Libro VI de la LOPJ, tienen derecho a que, los puestos de trabajo que se

oferten a los funcionarios de nuevo ingreso deberán haber sido objeto de

concurso de traslado previo entre quienes ya tuvieran la condición de

funcionario, artículo 488.3 párrafo tercero, de la LOPJ. Lo que supone que una

vez ofertadas, deben ser ofrecidas todas las desiertas a los de nuevo ingreso

para su provisión, en primer lugar a la promoción interna y posteriormente al

turno libre, con base a los fundamentos y principios arriba antes reseñados.

Pues bien, disposición es igualmente aplicable a los Secretarios Judiciales por

aplicación del artículo 444.1 de la LOPJ. El Reglamento Orgánico del Cuerpo

de Secretarios Judiciales no regula tal situación, pero no deja de ser un

reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por tanto ante

el silencio deberá estarse a lo dispuesto en dicha LOPJ por remisión de la

propia Ley y el reglamento orgánico, y en consecuencia, deberán ofertarse

todas las plazas que ya han sido convocadas en concurso de traslado a los

Secretarios Judiciales. Asimismo hay que referirse a las bases 8.5 y 8.6 de la

Orden de JUS/20999/2008, de 10 de julio, de la convocatoria que es ley de

todo el proceso selectivo.

El Ministerio ofreciendo un número tan reducido de plazas de tercera categoría de unas pocas CCAA ha territorializado la convocatoria de empleo

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público para acceder al Cuerpo de Secretarios Judiciales cuando esta es de carácter nacional, infringiendo con ello no sólo las normas antes reseñadas, sino también el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba la Oferta de empleo Público.

Con esta petición de que se oferten todas las plazas desiertas tanto de segunda como de tercera categoría no se produce perjuicio al interés público, sino que en todo caso se garantiza y mejora el servicio, como consecuencia de la permanencia en el mismo, al haber optado por plazas del interés de los opositores de promoción interna. Todo ello en consonancia con reiterada jurisprudencia –destacar la sentencia de la AN 29/09/2006 y del propio TS de 23/05/1992 y sentencia del TC 49/1985 de 28/03/ EDJ1985/49 y 1/1990 de 15 de enero. Tampoco se produce un perjuicio a terceros, en cuanto que el artículo 79.2 y 3

del Real Decreto 1608/2005 que aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo

de Secretarios Judiciales, es claro al respecto, y no otorga por ello derecho

alguno aquellos que ocupen puestos del grupo superior sin haber consolidado

la categoría inferior, computándose en tal caso a ésta última categoría ni

tampoco supone un costo adicional al erario público por cuanto el coste de lo

solicitado es cero, pues son plazas desiertas cubiertas por secretarios

sustitutos.

Por todo ello SOLICITAMOS que se tenga por presentado el presente escrito y de

acuerdo con lo expuesto anteriormente se oferten al turno de promoción interna del

Cuerpo de Secretarios Judiciales todas las plazas desiertas existentes en la tercera y

segunda categoría del Cuerpo de Secretarios Judiciales

Madrid, a 23 de febrero de 2010

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El CGPJ informa

ACUERDOS DEL PLENO DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su sesión de hoy, ha ratificado en el cargo de Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria al magistrado César Tolosa Tribiño, quien ha obtenido el respaldo de los 21 miembros del Pleno.

Asimismo, el Pleno ha nombrado Presidenta de la Audiencia Provincial de Navarra a la magistrada María Esther Erice Martínez, quien ha obtenido 19 votos. Como Presidenta de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha sido designada la magistrada María Jesús Alarcón Barcos, con 11 votos. Para la Presidencia de la Audiencia Provincial de Granada el Pleno ha designado al magistrado José Requena Paredes, con 19 votos. Como Presidente de la Audiencia Provincial de Toledo ha sido designado el magistrado Manuel Gutiérrez Sánchez-Caro, quien ha obtenido 20 votos. Finalmente, el Presidente de la Audiencia Provincial de Salamanca, José Ramón González Clavijo ha sido reelegido con los votos de todos los miembros del Pleno.

Por otra parte, el Pleno del Consejo ha aprobado por amplia mayoría el Informe al Anteproyecto de ley del Registro Civil.

Este Anteproyecto supone una desjudicialización de la figura de los encargados del Registro Civil, configurándose un Registro Civil único, que supera el modelo de fragmentación y conecta claramente con la idea de Modernización de la Justicia.

- El Informe aprobado hoy por el Pleno cuestiona el hecho de que se atribuya en el texto del Anteproyecto a los Alcaldes o Concejales delegados la competencia exclusiva para autorizar y celebrar matrimonios civiles y que no se prevea específicamente ningún tipo de recurso contra sus decisiones.

- Se hace hincapié también en la necesidad de intervención del Ministerio Fiscal en los expedientes registrales, al menos en los de más relevancia. Entre otros, se propugna su intervención en la tramitación de los expedientes matrimoniales.

- El Informe considera inaplazable la tramitación y aprobación de una ley de jurisdicción voluntaria. Asimismo entiende que debe

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perfilarse con mayor claridad la forma de acceso de las Administraciones Públicas a los datos del Registro Civil.

En el Pleno se han introducido dos enmiendas al texto aprobado por la Comisión de Estudios, en relación con las funciones de los futuros encargados de las Oficinas del Registro Civil y con la limitación de la operatividad de las lenguas cooficiales.

Este Informe ha contado con los votos particulares de los vocales Dª Concepción Espejel y D. Claro José Fernández, por entender que había de mantenerse el Informe aprobado por la Comisión de Estudios, sin ninguna enmienda.

El Pleno ha aprobado asimismo la propuesta de reforma del

Reglamento de Carrera Judicial, concretamente en lo relativo al artículo 16 del citado Reglamento.

Merced a esta reforma, las entrevistas a los candidatos que opten a cargos judiciales, de carácter gubernativo, serán en audiencia pública y podrán ser seguidas por los medios de comunicación, que podrán hacer uso de medios técnicos de captación o difusión de imagen y sonido.

Es una decidida apuesta de este Consejo por dotar al proceso de selección para los nombramientos de cargos judiciales de la máxima transparencia, que se convierte en una cuestión básica para hacer visible la política de nombramientos que lleva a cabo este Consejo y que está basada, en línea con la doctrina del Tribunal Supremo, en el mérito, la capacidad y el ejercicio profesional desarrollado por los candidatos.

Finalmente, en relación con la propuesta del Vocal D. José Manuel Gómez Benítez, el Pleno no ha aceptado su renuncia a ser miembro de la Comisión de Calificación. En la votación celebrada, en la que se ha abstenido el citado vocal, 16 miembros del Pleno han rechazado la renuncia presentada frente a 4 que la han aceptado.

Madrid, 25 de febrero de 2010.