22-02-2010. Novas da Xustiza nº 171
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Novas da xustiza
CCOO de Xustiza Número 171 . 22 de feb re i ro de 2010 http://ccooxustiza.blogspot.com/
In ter inos
Sumar io
Bolsas: Reclamacións admitidas
Publicadas na web da Consellería as listas das
reclamacións admitidas
Resolución do 17 de Febreiro do 2010, pola que se modifican as listaxes provisionais de excluídos e admitidos
A Coruña
Auxilio
Tramitación
Xestión
Lugo
Auxilio
Tramitación
Xestión
Ourense
Auxilio
Tramitación
Xestión
Pontevedra
Auxilio
Tramitación
Xestión
O prazo de reclamacións comeza hoxe.
Interinos ............................ 1
Reclamacións admitidas
Mutualidade ........................ 2
CCOO solicita á MUGEJU que se
esixa ao BBVA que especifique
se existe ou non “cláusula chan”
nas hipotecas a interese variable
que oferta
Rexistro Civil ...................... 4
O CGPJ oponse a que se aparte
aos xuíces de toda actividade
rexistral
Lexislación .......................... 6
Leis de Mediación e Arbitraxe
Revista de prensa ............... 9
CCOO denuncia ante Traballo a
situación do xulgado coruñés de
violencia sexista
Taboleiro de avisos ............. 11
Secretarios. Concurso de trasla-
do
Oposicións. Forenses
Recoñecemento médico
Subscricións - Delegados .... 12
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Mutua l idade
CCOO solicita a la Mugeju que se exija al BBVA que especifique si existe o no “cláusula suelo” en las hi-potecas a interés variable que oferta
CCOO va a solicitar a la Mutualidad General Judicial que en las Condiciones de productos y servicios
que el BBVA ofrece semestralmente a los Mutualistas de la Mutualidad General Judicial se exprese
si en las hipotecas a interés variable existe o no no “cláusula suelo”, y en caso de que sí exista que
se informe claramente de dicha cláusula, para que el Mutualista pueda optar por acudir a otra enti-
dad bancaria en que no se imponga dicha cláusula.
Los medios de comunicación se ha hecho eco estos últimos días de una demanda interpuesta por la
Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) contra 22 entidades bancarias, entre
ellas el BBVA, por establecer la llamada “cláusula suelo”, que impone un tipo de interés mínimo pa-
ra que el desplome del euríbor no se trasladara de forma efectiva al pago de la hipoteca. Hace
unos años sí que aparecía esta cláusula expresamente en la oferta del BBVA; en la oferta del pri-
mer semestre del año 2010 no aparece dicha cláusula, pero ignoramos si efectivamente las hipote-
cas firmadas entre Mutualistas y el BBVA, que son del tipo “hipoteca fácil” que comercializa el
BBVA, incluye o no la citada “cláusula suelo”.
La fuerte caída que viene registrando el euribor desde octubre del 2008 no ha beneficiado a todos
los hipotecados por igual. Según la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae),
casi un millón de familias españolas ha visto con impotencia cómo bajaba el índice de referencia
para los créditos hipotecarios sin que este descenso se viera reflejado en su cuota mensual. En su
contrato con el banco aparecía la denominada cláusula suelo, que imponía un tipo de interés míni-
mo para que el desplome del euríbor no se trasladara de forma efectiva al pago de la hipoteca. Así,
aunque el tipo de interés aplicable fuera del 2% (euríbor de diciembre más el diferencial), si el
cliente tenía un suelo del 3,5% sería con este último índice con el que se le calcularía la cuota.
Las asociaciones de consumidores han denunciado en más de una ocasión esta práctica "injusta",
pero ayer Adicae quiso dar un paso más al presentar en los Juzgados de Instrucción de Madrid una
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demanda contra 22 entidades bancarias españolas por considerar "abusivas" estas cláusulas suelo,
entre ellas el BBVA. .. Con todo, y según destacaron desde la asociación, en esta lista no están to-
das las entidades que han comercializado hipotecas con cláusula suelo.
El presidente de Adicae, Manuel Pardos, expuso los detalles de la iniciativa en Madrid y, casi a la
misma hora, la vicepresidenta de la asociación, Ana Solanas, hizo lo propio en Zaragoza. Según
Solanas, la de Adicae es la primera demanda de estas características en España y en la denuncia
están representados 239 afectados. "Además apuntó que el 90% de los préstamos para vivienda
firmados en 2008 y 2009 incluían la cláusula suelo.
INFORMACIÓN PRIVILEGIADA
En este sentido, el responsable del departamento hipotecario de Adicae, Santiago Pérez, que parti-
cipó en la rueda de prensa, subrayó que las entidades demandadas actuaron con "premeditación"
porque, dijo, "ya sabían que los tipos iban a bajar". Pérez destacó que el objetivo último de la de-
manda sería que se declarase la nulidad de la cláusula y que esta se eliminara "sin coste" de las
escrituras. "Si se lograra eso, los bancos deberían devolver las cantidades que han cobrado indebi-
damente", indicó.
No obstante, los responsables de Adicae saben que la demanda abre un proceso judicial demasiado
largo. "Podrían pasar ocho años hasta que hubiera una respuesta", dijo Pérez. Así, creen que la
mejor solución sería que el Gobierno dictara una disposición que suprimiera la cláusula o que las
entidades llegaran a un acuerdo colectivo con los afectados. Es por eso que Adicae va a comenzar
una campaña para concienciar a la opinión pública. "Si los afectados se agrupan y luego se movili-
zan delante de las sedes de los bancos, igual las entidades aceptan negociar", explicó Pérez.
CCOO estará atento al resultado de esta campaña y de los posibles acuerdos entre afectados y en-
tidades bancarias, a fin de pedir su aplicación a los centenares de mutualistas que han firmando
hipotecas a interés variable con el BBVA.
Publicado en http://ccooenmugeju.blogspot.com
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Rexis t ro C ivi l
La reforma del Registro Civil
El CGPJ se opone a que se aparte a los jueces de toda actividad registral
Publicado en www.larazon.es
El Consejo General del Poder Judicial avala, en líneas
generales, el proyecto del Gobierno de reforma del Re-
gistro Civil, en el que se producen importantes noveda-
des respecto al actual, principalmente en lo que afecta a
la desjudicialización, la instauración de un nuevo modelo
registral o la posibilidad que las inscripciones se puedan
realizar en cualquier lengua cooficial en todo el territorio
nacional. Uno de los pilares del cambio de modelo regis-
tral es la instauración del «registro individual», concebi-
do como una ficha personal donde se recogerán todos
los avatares de la persona, desde su nacimiento hasta el
fallecimiento. Sin embargo, se muestra crítico en aspec-
tos relevantes del Anteproyecto.
Así, en el informe aprobado en la última reunión de la Comisión de Estudios, al que ha tenido acce-
so LA RAZÓN, se destaca de forma especial todo lo relacionado con la desjudicialización de los re-
gistros civiles, ya que al frente de los mismos estarán licenciados o secretarios judiciales. Esta pre-
visión supone «un hito sin precedentes en la historia del Registro Civil», pese a reconocer que la
actividad registral no supone ningún ejercicio de ninguna actividad jurisdiccional.
En este apartado, el Consejo destaca que con esa opción se rompe «con una tradición centenaria y
prescinde de la labor altamente cualificada de los miembros de la Carrera judicial para el desempe-
ño de ese cometido. A la vez, se admite que con el nuevo sistema se producirá una descarga de
trabajo en los órganos judiciales que compatibilizan su labor estrictamente jurisdiccional con la del
Registro Civil.
La conclusión a la que llega al Consejo en este punto es considerar que sería positivo «alumbrar
una fórmula que permita asegurar la presencia judicial en materia registral».
Otro aspecto relevante es la posibilidad prevista de que los ciudadanos puedan solicitar la inscrip-
ción de un hecho o acto «en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado». El CGPJ entiende que
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esa posibilidad, tal como está redactado en el Anteproyecto «da lugar a una extensión de la coofi-
cialidad de las diferentes lenguas españolas distintas del castellano, que va más allá del espacio
jurídico que le es propio», la comunidad autónoma en cuestión. Por ello, insta a que esa posibilidad
se circunscriba a las comunidades con lengua cooficial propia.
Nacimientos
En cuanto a la inscripción de los nacimientos, se prevé el deber de los hospitales de remitir telemá-
ticamente el formulario oficial de declaración, cumplimentado y firmado por los padres. «Lo que se
hace es trasladar a los centros sanitarios la responsabilidad de efectuar las comprobaciones o veri-
ficaciones que toca realizar al encargado del Registro Civil, resultado que no cabe considerar de re-
cibo», sentencia el CGPJ
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Lexis lac ión
Mediación y arbitraje
Referencia del Consejo de Ministros celebrado el día 19 de febrero
Publicado en www.la-moncloa.es
INFORMES SOBRE LOS ANTEPROYECTOS DE LEY DE MEDIACIÓN Y DE REFORMA DE LA
LEY DE ARBITRAJE
Potenciar la solución de conflictos en el ámbito extrajudicial es uno de los objetivos cen-
trales del Ministerio de Justicia para esta Legislatura, ya que reducirá la carga de trabajo
de los Tribunales al permitir a los ciudadanos solucionar sus diferencias sin necesidad de
acudir al juez.
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de
Justicia sobre tres anteproyectos de ley: el de Mediación, el de
reforma de la Ley de Arbitraje y de Regulación del Arbitraje
institucional en la Administración General de Estado, y el de la
Ley Orgánica, complementaria de los dos anteriores, por la que
se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial para adaptar las
competencias de los juzgados y tribunales en estas materias.
Estas iniciativas, que se enmarcan en el Plan de Modernización de la Justicia 2009-2010 y en la Es-
trategia de Economía Sostenible, representan un importante impulso normativo para aliviar de car-
ga a Juzgados y Tribunales a través de la resolución de conflictos en el ámbito extrajudicial, lo que
permitirá a los ciudadanos solucionar sus diferencias y conflictos sin necesidad de acudir a un jui-
cio.
Por un lado, se modifica la Ley de Arbitraje del año 2003 para incrementar, tanto la seguridad jurí-
dica, como la eficacia de este procedimiento; por otro, se regula la mediación en asuntos civiles y
mercantiles, configurando un instrumento muy sencillo, ágil, eficaz y económico para resolver con-
flictos mediante un acuerdo al que el ordenamiento jurídico otorgará eficacia de cosa juzgada, co-
mo si de una sentencia judicial se tratase.
Circunscrita al ámbito de competencias del Estado, la Ley de Mediación articulará un marco mínimo
para el ejercicio de la mediación, sin perjuicio de las disposiciones que dicten las Comunidades
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Autónomas, algunas de las cuales tiene su propia regulación. Asimismo, incorpora al Derecho es-
pañol la Directiva comunitaria de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación
transfronteriza en asuntos civiles y mercantiles.
PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA LEY DE MEDIACIÓN
Se establece para asuntos civiles y mercantiles en conflictos nacionales o transfronteri-
zos. Se excluyen expresamente la mediación laboral, penal y en materia de consumo.
Las instituciones y servicios de mediación establecidas o reconocidas por las diversas
Administraciones podrán asumir las funciones de mediación.
Someterse a la mediación será voluntario, excepto en los procesos de reclamación de
cantidad inferiores a seis mil euros, en los que se exigirá haber iniciado el proceso a
través de una sesión informativa gratuita como requisito previo para acudir a los Tribu-
nales.
Nadie estará obligado a concluir un acuerdo ni a mantenerse en el procedimiento de me-
diación.
La solicitud de inicio de la mediación interrumpe la prescripción o caducidad de acciones
judiciales.
El procedimiento garantiza la confidencialidad y la imparcialidad del mediador entre las
partes, sin que éste pueda imponer solución o medida concreta alguna.
Se fija un plazo máximo para la mediación de dos meses, ampliable a otro más.
Estatuto de la persona mediadora
Para dar garantías de profesionalidad y calidad a la actividad, se regula un estatuto mínimo de la
persona mediadora, con las siguientes condiciones para ejercer como tal:
Tener un seguro de responsabilidad civil.
Estar inscrito en un registro público y de información gratuita para los ciudadanos.
Se regulan también los derechos y deberes de las personas mediadoras y el de los servicios e insti-
tuciones de mediación, que igualmente deberán inscribirse en el registro.
La Ley potencia, además, la mediación a través de medios electrónicos, en la medida en que se
insta a su uso y se establece como preferente.
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REFORMA DE LA LEY DE ARBITRAJE
El primer objetivo de la reforma de la Ley de Arbitraje es fortalecer la propia institución a través de
mejoras que añaden seguridad jurídica, con el fin de impulsar un mayor asentamiento de este me-
canismo de resolución de conflictos, dentro del sistema de justicia, como medio alternativo y com-
plementario al jurisdiccional.
En este sentido, se produce un cambio en la asignación de los órganos judiciales competentes en
relación con el arbitraje. Serán las Salas de lo Civil y de lo Penal de los Tribunales Superiores de
Justicia las que nombren a los árbitros judiciales. Asimismo, la competencia para conocer el "exe-
quátur" de los laudos extranjeros se atribuye a las Salas de lo Civil de los Tribunales Superiores de
Justicia.
La reforma también aborda una ampliación de este medio de resolución de conflictos a un nuevo
campo como es el de las “Controversias administrativas” de carácter jurídico que se susciten entre
organismos de la Administración General del Estado. Se crea a tal efecto una Comisión Delegada
para la Resolución de Controversias Administrativas. El objetivo es evitar que se trasladen al ámbi-
to jurisdiccional conflictos intra-administrativos que pueden ser resueltos mediante un sistema al-
ternativo de resolución de controversias específico.
De este modo, el Gobierno contribuye también a limitar la judicialización innecesaria de los conflic-
tos que pueden resolverse por otros cauces y, en definitiva, a descargar de trabajo a los juzgados
y tribunales.
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Revis ta de prensa
Denuncian ante Trabajo la situación del juzgado co-ruñés de violencia sexista
CC.OO. responsabiliza al director xeral de Xustiza de que la sala «atente contra
la normativa de riesgos laborales»
Publicado en www.lavozdegalicia.es
El director xeral de Xustiza y el delegado de esa misma consellería en A Coruña fueron
denunciados ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social porque dos de los funcio-
narios del juzgado de violencia sobre la mujer desempeñan su labor en sendas mesas
ubicadas en un pasillo, porque la sala no tiene ventanas, porque cuando se abre un ar-
mario no puede pasar la gente, porque no hay espacio para separar a agresores y vícti-
mas o porque el secretario trabaja tras una gran columna y ni se le ve.
Todas estas son algunas de las razones
que esgrime CC.OO. para afirmar que la situa-
ción de esta sala infringe, entre otras cosas, la
normativa de prevención de riesgos laborales,
y responsabilizan de ello tanto al director
xeral, Juan José Martín Álvarez, como al dele-
gado de Xustiza en A Coruña.
Esta denuncia, presentada ayer por la de-
legada de Prevención de CC.OO., Ana Belén
Rodríguez, llega después de que funcionarios
de justicia alertasen hace unos días de la
«precariedad» de es-
te juzgado, que fue
concebido cuando se
construyó el edificio
como sala de vistas y
hace dos años, ante
la escasez de espa-
cio, fue habilitada
para acoger el juzga-
do de violencia sobre
la mujer.
Los funcionarios, a través del sindicato,
afirman que el lugar que ocupa el juzgado de
violencia sexista «no fue proyectado para la
utilidad que al final ha tenido, de ahí que no
cumpla ninguna de las medidas mínimas de
ergonomía ni de protección de la seguridad y
salud de los trabajadores».
Al juzgado, ubicado en la planta baja del
edificio, se accede por una puerta que da a un
pasillo, donde trabajan dos funcionarios. Pa-
sado el corredor apa-
rece una sala de
vistas sin ventanas.
A eso le llaman ofici-
na principal. Todavía
conserva el viejo
escalón en mitad de
la sala que servía
como estrado, divi-
diendo el espacio en
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dos alturas. CC.OO. lamenta que los trabaja-
dores que ocupan esa estancia pasen su jor-
nada sin contacto visual con el exterior, «sin
contar con la carga visual y la fatiga que
den provocar disponer solo de iluminación ar-
tificial». Esa oficina desemboca en otra, que
también es un pasillo de reducidas dimensio-
nes «sin ventanas y claustrofóbica». El sindi-
cato denuncia que esta disposición «provoca
que este habitáculo no respete los ciclos de
ventilación contemplados en el código técnico
de edificación».
A su vez, ese pasillo, u oficina, desemboca
en otro corredor que cuenta con armarios a
ambos lados. El tránsito por ese pasillo impide
que circulen dos personas en paralelo.
CC.?OO. advierte de que esa vía de circulación
usada como archivo «incumple lo previsto en
el Real Decreto 486/97 que establece las dis-
posiciones mínimas de seguridad y salud en
los lugares de trabajo». En caso de una situa-
ción de emergencia, la única salida sería por
un pasillo de 64 centímetros de ancho. Eso, si
los armarios están cerrados.
Además, este juzgado, según el sindicato,
no ofrece la posibilidad de separar a las vícti-
mas de sus agresores. De hecho, ya hubo
algún episodio violento.
Novas da Xustiza – Notas informati-
vas – A nova Oficina xudicial – Lexis-
lación – Rexistro Civil - Interinos -
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Tabole i ro de avisos
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Secretarios. Concurso de traslado
MINISTERIO DE JUSTICIA
Cuerpo de Secretarios Judiciales
Orden JUS/330/2010, de 9 de febrero, por la que se
convoca concurso de traslado para la provisión de
plazas para el Cuerpo de Secretarios Judiciales.
PDF (BOE-A-2010-2700 - 11 págs. - 234 KB)
Otros formatos
RECOÑECEMENTO MÉDICO
Prazo de inscrición:
O prazo para solicitalos será
ata o vindeiro 4 de abril
Tramitación
Por vía telemática en
http://webriscos.xunta.es
Oposicións. Médicos forenses
Acuerdo del Tribunal por el que se publican las notas de los aprobados del segundo ejerci-
cio y se les convoca a la realización del tercero.
19 de febrero de 2010
Documentos asociados
Acuerdo de 19 de febrero. (PDF. 31KB) (versión HTML)
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Delegados – Subscr ic ións
Contacto
A nosa páxina web
Estamos na internet nas seguintes direccións:
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986.81.78.35
LUGO
José Antonio
982.40.21.95
En defensa del sistema público de pensiones
ACUDE A LAS MANIFESTACIONES CONTRA EL RETRASO DE LA EDAD DE JUBILACIÓNn CCOO hace un llamamiento a todos los trabajadores y trabajadoras a participar activamente en las moviliza-ciones convocadas, entre el 22 de febrero y 7 de marzo, contra el retraso de la edad de jubilación a los 67 años y en defensa de las pensiones. Como ha denunciado el secretario general de CCOO, Ignacio Fernández Toxo, las propuestas anunciadas por el Gobierno en materia de pensiones son “regresivas, insolidarias, equivocadas e imprudentes”, ya que alargan los años de cotización del trabajador para tener derecho a una pensión, carga los recortes sobre los futuros pensionistas y se centra en el gasto de la Seguridad Social y no en los ingresos. CCOO advierte que los recortes en protección social no son la solución que necesita el sistema de pensiones y recuerda al Gobierno que cualquier reforma tiene que plantearse en el marco del Pacto de Toledo, para su poste-rior negociación con los agentes sociales.
La situación financiera del sistema pú-blico de pensiones es buena y CCOO seguirá trabajando para que mejore. A
nadie más que a los trabajadores le interesa la buena salud del sistema y, en ese sentido, los sindicatos estamos dispuestos a pactar las reformas que garanticen su viabilidad en el futuro. Pero la propuesta unilateral del Gobierno de retrasar la edad legal de jubilación a los 67 años no se correspon-de con las prioridades marcadas, además de quebrar el consenso existente entre las organizaciones políticas (Pacto de Toledo) y sociales (diálogo social) en torno a las ac-tuaciones que deben llevarse a cabo.
Existe un progresivo envejecimiento de la población española que generará un núme-ro creciente de pensiones, por una cuantía media más elevada y durante un periodo más prolongado, como consecuencia del positivo aumento de nuestra esperanza de vida. En este contexto, se viene retrasando de manera efectiva la edad media de jubila-
ción (pasando en los últimos años de 62,5 a 63,8 años en el conjunto del sistema), acercándonos a la edad le-gal de acceso a la jubilación a los 65 años.
La conducta errática del Gobierno
CCOO considera que existen medidas y mar-gen de actuación su-ficiente para seguir avanzando en dicha aproximación, de ma-nera efectiva y vo-luntaria, reforzando e incrementando los incentivos hoy existentes para que las personas que lo deseen o precisen puedan retrasar su edad de jubilación. Todo ello en el marco de la jubilación gradual y flexi-ble que, con carácter general, permite el anticipo voluntario de la edad de jubilación con la aplicación de coeficientes reductores de la pensión, o su retraso voluntario con coeficientes de mejora de la prestación.
Confederación Sindical de CCOO Edición especial 10 • Febrero 2010
Las propuestas del Gobierno son:n REGRESIVAS. Cualquier
trabajador necesitaría más de
15 años de cotización para tener
derecho a una pensión.n INSOLIDARIAS. Cargan los
recortes sobre los futuros pensio-
nistas.
n EQUIVOCADAS. Se centran
en el gasto de la Seguridad Social
y no en los ingresos.n IMPRUDENTES. Amenazan
con quebrar el consenso político y
social necesario para la estabili-
dad del sistema.
CCOO ha rechazado de forma clara y contundente el retra-so de la edad de jubilación y
ha impulsado, junto a UGT, la con-vocatoria de manifestaciones en todo el país entre el 22 de febrero y el 7 de marzo
‘
Más información sobre el calendario de moviliza-ciones en www.ccoo.es
Confederación Sindical de CCOO • Gaceta Sindical • Edición Especial Febrero 2010
Frente a las medidas del GobiernoCCOO propone:
n Favorecer y mejorar la jubilación flexible, de modo que, manteniendo la edad legal de jubilación a los 65 años, los tra-bajadores puedan voluntariamente elegir entre anticipar o retrasar la edad de jubilación. La jubilación flexible, que ya existe en nuestro país, ayuda a la sostenibilidad del sistema y no supone ningún recor-te de derechos.
n Mejorar la financiación del sistema de pensiones: Culminar la separación de fuentes, de modo que la financiación pú-blica asuma íntegramente, entre otros, los complementos a mínimos (más de 4.000 millones de euros al año se pagan con cotizaciones).
Mejorar el Salario Mínimo Interpro-fesional (hasta acercarlo al 60% del salario medio) para mejorar las cotizaciones.
n Seguir mejorando las pen-siones mínimas para situarlas por encima del umbral de la pobre-za.
n La adopción de medidas que fomenten la permanen-cia de los trabajadores de más edad en el mercado de trabajo, reforzando las políticas activas dirigidas a este colectivo y contra la discriminación por razo-nes de edad.
n La mejora del modelo pro-ductivo, de modo que todos los trabajadores y trabajadoras tengan
un empleo de calidad y con derechos, con salarios suficientes, y que permita asegurar la sostenibilidad del sistema de pensiones a largo plazo.
n Mejorar la protección social de los trabajadores y mayores de 50 años que han sido expulsados del mercado de trabajo. n Debe abordarse nueva estructura de ingresos que garantice la suficiencia financiera del sistema de Se-guridad Social, en lugar de situar el objetivo únicamente en la reducción de gastos.
Por ello, no es necesario actuar a través de medidas imperativas de retraso de la edad legal de jubilación a los 67 años, tal y como ha propuesto el Gobierno.
Reforzar la estructura de ingresos
La tentación del Gobierno de recortar el gas-to para cuadrar las cuentas, y hacerlo lesio-nando derechos, es un recurso que echa por tierra la publicitada campaña del Ejecutivo de no lesionar los derechos de los trabajado-res. Imponer los 67 años para acceder a la jubilación es un claro ejemplo de lo que de-cimos. CCOO ha insistido en la necesidad de reforzar la estructura de ingresos del siste-ma de pensiones. Para ello debe culminarse el proceso de separación de fuentes en los plazos previstos; dejar de financiar con cotizaciones los gastos de personal de la Administración de la Seguridad Social; incrementar el Salario Mínimo Interprofesional, puesto que el SMI sirve para fijar la base de cotización mínima del sistema; y elevar las bases máxi-mas de cotización, con una evo-lución adecuada de la cuantía de la pensión máxima. Unas medidas necesarias que tienen un impacto directo y relevante sobre la estruc-tura de ingresos del sistema.En consecuencia, CCOO reitera su compromiso con la actuación periódica y concertada sobre el sistema público de pensiones. No está de más recordar que CCOO es la única organización que ha suscrito todos los acuerdos que el diálogo social ha producido en materia de pensiones. Y por ello, sabemos de qué hablamos cuando rechazamos el retraso de la edad legal de jubilación que propone el Gobierno. Una medida tan inoportuna como innecesaria.Por eso, CCOO ha rechazado de forma clara y contundente el retraso de la edad de jubi-lación, y ha impulsado, junto a UGT, la con-vocatoria de manifestaciones en todo el país entre el 22 de febrero y el 7 de marzo. Unas manifestaciones que tienen que ser masivas para advertir a los poderes públicos, y es-pecialmente, al Gobierno, de nuestra firme oposición. Las manifestaciones serán una pri-mera respuesta a lo que, en principio, es una propuesta del Gobierno. De seguir por ese camino, aseguramos que no será la última.