04-05-2010. Novas da Xustiza nº 219

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Novas da xustiza CCOO de Xustiza Número 219. 4 de maio de 2010 http://ccooxustiza.blogspot.com/ Nova Oficina xudicial Sumario Ámbito non transferido Publicación do Acordo entre o Ministerio de Xus- tiza e CCOO, UGT e STAJ Organizaciones sindicales. Acuerdo Resolución de 8 de abril de 2010, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Acuerdo entre el Ministe- rio de Justicia y las Organizaciones Sindicales Comisiones Obreras, Unión General de Trabajadores y Sindicato de Tra- bajadores de la Administración de Justicia, integrantes de la Mesa Sectorial de la Administración de Justicia. PDF (BOE-A-2010-7016 - 5 págs. - 185 KB) Otros formatos Publicado no BOE do 3 de maio de 2010 Ao final do boletín, nota informativa do Ministerio sobre a im- plantación da nova Oficina xudicial Nova Oficina xudicial .......... 1 Publicado o Acordo entre o Mi- nisterio e CCOO, UGT e STAJ pa- ra o ámbito non transferido Mutualidade ........................ 2 Publicada a carta de servizos Oposicións .......................... 3 Auxilio. Oferta de prazas. Co- rrección de erros Visto na rede ...................... 4 Os exames tipo test 17 de maio .......................... 8 A historia do Día das Letras Taboleiro de avisos ............. 9 Semanas grandes Formación Escalas (ano 2003) Subscricións - Delegados .... 10 Páxinas web Subscricións ao boletín Delegados

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Boletin informativo de CCOO de Xustiza Nova Oficina xudicial - Mutualidade - Oposicións - Visto na rede - 17 de maio - Taboleiro de avisos - Subscricións - Delegados

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Novas da xustiza

CCOO de Xustiza Número 219 . 4 de ma io de 2010 http://ccooxustiza.blogspot.com/

Nova Of ic ina xudic ia l

Sumar io

Ámbito non transferido

Publicación do Acordo entre o Ministerio de Xus-

tiza e CCOO, UGT e STAJ

Organizaciones sindicales. Acuerdo

Resolución de 8 de abril de 2010, de la Secretaría de Estado

de Justicia, por la que se publica el Acuerdo entre el Ministe-

rio de Justicia y las Organizaciones Sindicales Comisiones

Obreras, Unión General de Trabajadores y Sindicato de Tra-

bajadores de la Administración de Justicia, integrantes de la

Mesa Sectorial de la Administración de Justicia.

PDF (BOE-A-2010-7016 - 5 págs. - 185 KB)

Otros formatos

Publicado no BOE do 3 de maio de 2010

Ao final do boletín, nota informativa do Ministerio sobre a im-

plantación da nova Oficina xudicial

Nova Oficina xudicial .......... 1

Publicado o Acordo entre o Mi-

nisterio e CCOO, UGT e STAJ pa-

ra o ámbito non transferido

Mutualidade ........................ 2

Publicada a carta de servizos

Oposicións .......................... 3

Auxilio. Oferta de prazas. Co-

rrección de erros

Visto na rede ...................... 4

Os exames tipo test

17 de maio .......................... 8

A historia do Día das Letras

Taboleiro de avisos ............. 9

Semanas grandes

Formación

Escalas (ano 2003)

Subscricións - Delegados .... 10

Páxinas web

Subscricións ao boletín

Delegados

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Mutua l idade Xera l Xudic ia l

Mutualidade Xeral Xudicial. Carta de servizos

Publicado no BOE do 3 de maio de 2010

MINISTERIO DE JUSTICIA

Cartas de servicios

Resolución de 14 de abril de 2010, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la actualiza-

ción de la Carta de servicios de la Mutualidad General Judicial.

PDF (BOE-A-2010-7015 - 1 pág. - 151 KB)

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Oposic ións

Auxilio. Oferta de prazas. Península e Baleares

Corrección de erros

O Ministerio de Xustiza acepta a reclamación de CCOO e publicará unha corrección de

erros no BOE incluíndo as prazas desertas de auxilio xudicial da nova Oficina xudicial,

que poderán solicitar tamén os aprobados da OEP 2008

Tal e CCOO demandou, o Ministerio de Xustiza publicará nos próximos días no BOE unha corrección

de erros, incluíndo as prazas de Auxilio xudicial das cidades piloto da nova Oficina xudicial que o

Ministerio de Xustiza non incluíu na orde publicada o pasado venres, 30 de abril.

Esta corrección de erros, coa ampliación destas prazas, lógrase tras a carta remitida por CCOO ao

Ministerio de Xustiza a semana pasada.

Achegamos máis abaixo o propio correo do Ministerio de Xustiza no que acepta expresamente a

nosa reclamación. Falta no correo do Ministerio de Xustiza o novo prazo que teñen que dar para so-

licitar estas prazas, que, ao parecer, será de cinco días naturais dende a publicación no BOE da co-

rrección de erros.

Os interesados, se xa presentaron solicitude, poderán presentar outra solicitude na que poderán in-

tercambiar, en orde e contido, as prazas solicitadas na primeira solicitude e as novas que agora se

van publicar como corrección de erros

Se va a realizar una corrección de errores relativa a la Orden JUS/1065/2010, de 15 de abril,

por la que se anunciaban las plazas desiertas correspondientes a Península y Baleares, del

Cuerpo de Auxilio Judicial, turno libre, que se ofrecían a los aspirantes aprobados en las

pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/3337/2008, de 10 de noviembre, por la cual

se van a incluir aquellas plazas que se excluyeron por motivo del acoplamiento de la Oficina

judicial en determinadas provincias.

En su momento se comunicarán las plazas que se incluyen y la fecha de publicación.

CONCURSOS

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Visto na rede

La noticia…

Un analfabeto aprueba la oposición respondiendo al azar en un examen tipo

'test'

La fiscalía brasileña ha pedido que no se dé un empleo público a un hombre que confesó

ser analfabeto y haberse sacado la plaza respondiendo al azar las preguntas de un exa-

men tipo 'test', informó el jueves la prensa brasileña.

José Santos debe ser excluido de la selección por no tener requisitos mínimos como la enseñanza

básica obligatoria para ejercer el cargo de agente patrimonial de la alcaldía de Ribeirao, una locali-

dad del noreste del país, señaló el Ministerio Público.

El hombre logró una de las 70 plazas disponibles al marcar aleatoriamente el cuestionario, que in-

cluía preguntas de matemáticas y conocimientos generales. Santos reconoció que apenas sabe es-

cribir su nombre, aunque identifica las letras.

…y el comentario de Sevach

Claves curiosas y útiles de las oposiciones mediante exámenes tipo test

Esta semana fue noticia que un analfabeto logró aprobar una plaza convocada

a oposición mediante cuestionario tipo test para alguacil de un Ayuntamiento

Brasileño. El hombre logró una de las 70 plazas disponibles al marcar aleato-

riamente el cuestionario, que incluía preguntas de matemáticas y conocimien-

tos generales.

1. Así, tradicionalmente en España en las

oposiciones masivas se incluía un cuestionario

tipo test, de respuestas alternativas con una

sola correcta, referido a temas generales.

Luego se puso de moda incluir exámenes psi-

cotécnicos para eludir personas cuyo perfil

psicológico (temperamento, discurso mental,

talante, etc) fuere incompatible con el concep-

to de servidor público. Al final, los exámenes

tipo-test se han universalizado (desde la

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obtención del permiso de conducir a los exá-

menes de Universidad ), así como en buena

parte de las oposiciones del mercado.

2. Tales exámenes presentan ventajas.

La gran ventaja teórica es que se produce

un alto control de la discrecionalidad de los

Tribunales y del amiguismo. O se tiene bien la

respuesta o mal. Y si el Tribunal calificador la

valora de forma errada, podrán luego en fase

de impugnación por los afectados, ser corregi-

dos por los Tribunales contencioso-

administrativos, quienes aplicarán la respues-

ta correcta, con la consiguiente alteración de

la calificación inicial.

La gran ventaja práctica radica en que lle-

va a cabo un filtro objetivo en oposiciones

masivas, con la consiguiente economía de es-

fuerzo del Tribunal (suele corregirlo mediante

el sometimiento de las plantillas y exámenes a

un lector óptico que de forma automatizada

ofrece los resultados de cada aspirante así

como visiones de conjunto con evidencia de

las desviaciones).

3. Claro que los inconvenientes no faltan.

El primero radica en que los test y cuestiona-

rios, incluso los psicotécnicos se pueden pre-

parar y no por ello reflejan una formación ge-

neral ( de igual modo que hay maestros de

crucigramas o sopas de letras y son un desas-

tre organizativo o mental). Quizás el bueno

del protagonista de la película ”Rain Man”

(Raymond Babbitt encarnado por Dustin

Hoffman), sería capaz de recordar todos los

artículos de todas las leyes y estampar la cruz

en la casilla correcta y no por eso sería un

funcionario idóneo. Y es que los exámenes por

cuestionarios tipo test, no revelan por un lado,

la capacidad de argumentación y pensamiento

lógico, ni por otro lado, garantizan que el as-

pirante domine una herramienta tan elemental

como la caligrafía, la ortografía o la sintaxis.

El segundo inconveniente radica en que no

existe un vínculo puro entre resultado del

cuestionario y capacidad a demostrar, ya que

el resultado está manipulado por las condicio-

nes fijadas por el Tribunal (ahí si hay discre-

cionalidad): el tiempo disponible; el peso es-

pecífico de unas u otras materias que refleja

mas la especialización del Tribunal que el con-

tenido del temario; el coeficiente de penaliza-

ción de respuestas incorrectas; y el umbral de

aprobados (el Tribunal suele fijarlo a posterio-

ri, en función del nivel y plazas disponibles,

amparándose en cláusulas de estilo de las

convocatorias). En ese punto, hay que recor-

dar la afirmación de la Sentencia de 6 de Abril

de 2005 (rec.127/2004) de la Sala de lo Con-

tencioso-Administrativo del Tribunal Superior

de Justicia de Galicia:

« Es práctica habitual, frecuente y de ge-

neral aplicación facultar a los tribunales en

los procesos de selección para que puedan,

con posterioridad a la celebración de los

ejercicios, atendiendo a los resultados ob-

tenidos por los aspirantes y calibrando su

nivel de conocimientos, establecer la nota

de corte. Tal sistema, que se aplica con

carácter de generalidad a todos los intervi-

nientes en el sistema selectivo, cumple,

además, la importante misión de evitar que

se produzcan más aprobados que plazas.

Sin ir más lejos es el sistema utilizado en

la corrección del primer ejercicio (tipo test)

e las oposiciones para ingreso en la Escue-

la Judicial (Carrerra Judicial y Fiscal)».

Ahora bien, la Sentencia de la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Su-

premo de 28 de Junio de 2006 (rec.7923/200)

rechazó que el Tribunal calificador usase

“fórmulas de ponderación de un ejercicio

que resulten discriminatorias o perjudicia-

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les al comportar conversiones matemáticas

con resultados alejados del orden derivado

de la calificación real».

4. De hecho, Sevach formó parte en el pa-

sado de un Tribunal de Oposiciones para auxi-

liar administrativo, tan masivo en número de

aspirantes, que el Tribunal optó por un exa-

men muy duro en el detalle (p.ej. número de

diputados del Parlamento europeo cuando Es-

paña ingresó en la Unión Europea), acompa-

ñado de unos criterios muy rígidos (penaliza-

ción descontando una respuesta correcta por

cada dos mal), de manera que aquéllas sesen-

ta preguntas a responder en una hora, arroja-

ron el resultado de que la máxima puntuación

depurada era de: ¡ 22 puntos!; se daba la pa-

radoja de que para no dejar desierta la oposi-

ción (pues quedaba un segundo ejercicio),

hubo que aprobar a los opositores con… ¡ 10

puntos!… O sea, que si alguien hubiera tenido

la picardía de responder y no arriesgarse ni un

milímetro mas allá de las que tenía seguras,

hubiera aprobado.

5. Lo cierto es que si tales pruebas de

cuestionario se establecen como criterio o

prueba complementaria y no exclusiva, y si

además se elaboran combinando a técnicos de

Psicometría con expertos en el temario a

examinar, el resultado suele ser bastante fia-

ble, con lo que el aprobado estadístico por pu-

ro azar en una anécdota o una leyenda urbana

de opositores, más que una realidad.

Así y todo, Sevach ofrece algunos trucos

prácticos sin mayor rigor científico que la

experiencia personal desde la perspectiva de

quien ha elaborado infinidad de cuestionarios

para tales fines), para aquéllos osados que

depositan su destino en la suerte, como reglas

para salir de la encrucijada cuando varias res-

puestas parecen posibles a los ojos del oposi-

tor:

1 Sáltese el semáforo en ámbar. Si la

penalización consiste en descontar una válida

por cada tres mal, es como el semáforo

ámbar: podemos saltárnoslo y entre dos res-

puestas posibles, optar sin miedo aun sin te-

ner la certeza. En cambio, si la penalización es

más fuerte (descontar una válida por cada dos

mal, por ejemplo) es como el semáforo rojo:

mejor dejarla en blanco si hay la mínima du-

da.

2º El tamaño importa. Si entre las varias

respuestas ofrecidas, una es desmesurada-

mente larga, posiblemente sea la correcta.

3º Mira quién habla…mejor. Si entre las

varias respuestas ofrecidas, una ofrece un

mayor grado de precisión, riqueza léxica o

abunda en mas tecnicismos, habrá que decan-

tarse por ella.

4º Radical, no gracias. Si una respuesta

es tajante y formulada con adverbios genera-

les (nunca, jamás, siempre, etc.), posible-

mente sea la respuesta incorrecta, pues para

dar por válida tal afirmación el Tribunal re-

quiere seguridad absoluta.

5º Bienvenido, Mister Concordia. Si una

respuesta absorbe a todas las restantes (“To-

das las demás”, o “Ninguna es correcta”,

etc.), posiblemente esa sea la correcta.

6º Desconfiar de los trabalenguas. Si

una respuesta no guarda concordancia grama-

tical con la expresión de la pregunta, hay que

considerarla incorrecta, sin forzar el lenguaje

para armonizarlas.

7º Huya de los borrones. Las erratas ti-

pográficas u ortográficas en las respuestas no

suelen darse en las correctas, que suelen ser

releídas con exquisita y reiterada atención por

el Tribunal.

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8º Intente igualar los montones. Hay

que optar por la respuesta cuyo orden (

A,B,C,D) sea la que mas sirve, en una visión

de conjunto de todas las respuestas dadas, a

mantener el equilibrio cuantitativo entre las

distintas respuestas de los ejercicios que suele

imponer el Tribunal.

9º No se fije en la oveja negra. Si hay

varias respuestas extremadamente parecidas,

entre ellas estará la correcta y debiendo des-

cartarse la “respuesta bastarda”.

10º Las corazonadas funcionan. Si sub-

sisten las dudas, hay que optar por la que en

primera lectura, y de forma intuitiva, se daba

por válida.

6. Para finalizar un ejemplo práctico con

nota de humor. Imaginemos la siguiente pre-

gunta para el examen de las oposiciones a

Técnicos del Estado:

Pregunta del cuestionario: ¿Cuál de estas

afirmaciones no es correcta?:

A) Ningún analfabeto ocupa cargo político.

B) Los funcionarios tras aprobar la oposi-

ción mantienen actualizados sus conocimien-

tos.

C) Los conocimientos demostrados en el

test son útiles y realmente aplicados en los

destinos de los funcionarios aprobados.

D) Todas las anteriores son incorrectas.

Publicado en www.contencioso.es

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17 de maio: D ía das Letras

A historia do Día das Letras Galegas

O Día das Letras Galegas é un día de exaltación da lingua de Galicia a través da súa

manifestación literaria. Comezou a celebrarse o 17 de maio do 1963, coincidindo co

centenario da primeira edición de Cantares gallegos, de Rosalía de Castro.

O 20 de marzo de 1963, tres membros da Real

Academia Galega (Manuel Gómez Román, Xesús

Ferro Couselo e Francisco Fernández del Riego)

presentaron nesta institución a proposta de celebrar o

17 de maio para recoller o "latexo material da

actividade intelectual galega". Estimaban que o

poemario de Rosalía era a primeira obra mestra da

literatura galega contemporánea, é dicir,

considerábana a primeira obra do Rexurdimento.

Realmente, descoñécese a data real de publicación do

libro, pero tomouse ese día pola dedicatoria autógrafa

de Rosalía á tamén poetisa Cecilia Böhl de Faber

(Fernán Caballero).

Para conmemorar o primeiro día das letras publicouse

unha edición crítica de Cantares gallegos, realizada por Fermín Bouza Brey. A festividade tivo un

alcance e unha significación extraordinarios, e foi moi ben acollida non só a nivel literario senón

tamén nos ambientes populares. Dende aquela dedícaselle o día de cada ano a unha figura

significativa da literatura galega, coa única condición de que no ano da súa conmemoración teña

pasado un mínimo de dez dende a data de falecemento da persoa homenaxeada.

Oficialmente, trátase dun día de carácter festivo en toda Galicia.

Publicado en http://gl.wikipedia.org/wiki/D%C3%ADa_das_Letras_Galegas

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Tabole i ro de avisos

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Formación

Convocatoria de cursos

de Linguaxe Xurídica

Galega para persoal

destinado fóra de Galicia

O prazo para presentar

a solicitude finaliza o 7

de maio e os cursos

celebraranse no mes de

agosto

Semanas de horario reducido

Padrón:

Días: 3, 4, 5 7 e 10 de maio

Ames, Brión e Santiago de

Compostela

Días: 7, 10, 11, 12 e 14 de maio

Escalas (ano 2003)

Axentes (Auxilio), preme aquí

Auxiliares (Tramitación), preme aquí

Oficiais (Xestión), preme aquí

Escala pechada a 09-03-2003

O Ministerio ten outra escala, pechada a 11-04-

2009 e contabilizada por días, pero non é publica

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Esta información puede ser usada en parte o en su integridad sin necesidad de citar fuentes

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SAN BERNARDO, 45 28071 - MADRID TEL: 91 390 22 47 FAX: 91 390 22 44

Not

a de

pre

nsa Con la entrada hoy en vigor de las reformas procesales

Comienza la implantación de la Nueva Oficina Judicial ▪ Su puesta en marcha, que será progresiva, agilizará y modernizará la Administración de Justicia y mejorará la calidad del servicio que se presta al ciudadano 3 de mayo de 2010.- Mañana, día 4 de mayo, entra en vigor la reforma de las leyes procesales (Ley 13/2009, de 3 de noviembre) para la implantación de la Nueva Oficina Judicial, que rompe con la configuración clásica de oficina o secretaría independiente y sin conexión con las demás para configurarse en dos unidades básicas de trabajo: la unidad procesal de apoyo directo y los distintos servicios comunes. “Este nuevo modelo –en palabras del ministro Francisco Caamaño- hará real una Administración de Justicia homologable, en su vertiente de servicio público esencial, a otros servicios públicos avanzados”. Se trata de una auténtica transformación funcional que, asimismo, incorporará las modernas tecnologías de la información y la comunicación. La distribución de competencias entre jueces y tribunales y los secretarios judiciales, a fin de dotar de seguridad jurídica al sistema, responde también a las recomendaciones del Consejo de Europa, que insta a descargar a los jueces del ejercicio de tareas no estrictamente jurisdiccionales. Esta nueva distribución de competencias, realizada con el máximo respeto al ejercicio de la potestad jurisdiccional de jueces y tribunales, pretende descargar a éstos de toda tarea que puedan asumir perfectamente los secretarios judiciales. No afectará a los derechos de los ciudadanos, sino que agilizará la Administración de Justicia y mejorará la calidad del servicio público que se presta.

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Como medidas concretas y más significativas figuran las siguientes:

Grabación de las vistas (sustitución de la presencia del secretario judicial en la Sala por la grabación de la vista o del juicio)

Se prevé la utilización de la firma electrónica reconocida u otro sistema de seguridad en la grabación de las vistas, audiencias y comparecencias, de forma que quede garantizada la autenticidad e integridad de lo grabado. En este sentido, se establece que el documento electrónico que contenga la grabación, siempre que incorpore la firma electrónica reconocida del Secretario judicial, constituirá el acta a todos los efectos.

Agenda programada de señalamientos

Se introduce una nueva regulación relativa a los señalamientos de toda clase de vistas. El señalamiento se verificará teniendo en cuenta siempre los criterios que el presidente de la Sala o de la Sección o el titular del órgano judicial indiquen a los secretarios judiciales en lo concerniente tanto a su organización general del trabajo como a la duración aproximada de la vista en concreto, según hayan podido determinar una vez estudiado el asunto o pleito de que se trate. Se pretende así optimizar la utilización de las Salas de vistas.

Comunicaciones tecnológicas: Nuevas tecnologías en actos de comunicación

Para continuar con el proceso de modernización tecnológica de la Administración de Justicia se introduce la posibilidad de que la publicidad en los boletines oficiales sea sustituida, en los términos que reglamentariamente se determinen, por la utilización de medios telemáticos, informáticos o electrónicos.

Subastas electrónicas

Se modifica la regulación de las subastas judiciales para permitir que bajo la dirección del secretario judicial puedan efectuarse pujas electrónicas, siempre que se cuente con los medios técnicos para ello. De esta manera, la participación en las subastas judiciales podrá realizarse a través de internet, sin requerir la presencia física obligatoria de los intervinientes en una Sala. Con ello, además, se evita la discriminación, puesto que hay más participación, se fomentan la transparencia y la publicidad, se obtienen mejores precios y se evitan las prácticas de colusión, es decir, el pacto entre dos personas para perjudicar a terceros.

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Reforzamiento del papel del secretario judicial en el procedimiento

Se concretan las competencias procesales del Cuerpo de Secretarios Judiciales, configurado como un cuerpo superior jurídico del Estado, de modo que, salvo los supuestos en que una toma de decisión procesal pudiera afectar a la función estrictamente jurisdiccional, se ha optado por atribuir la competencia del trámite de que se trate al secretario judicial. De este modo, se garantiza que el juez o tribunal pueda concentrar sus esfuerzos en la labor que le atribuyen la Constitución y las leyes como función propia y exclusiva: juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. De este modo se aligerará de carga a jueces y magistrados para que puedan dar respuesta más rápida a los conflictos. En particular, en materia de ejecución civil los secretarios judiciales llevarán a efecto la ejecución, salvo aquellas competencias que exceptúen las leyes procesales por estar reservadas a jueces y magistrados.

Ampliación del proceso monitorio

El procedimiento establecido por la Ley de Enjuiciamiento Civil para luchar contra la morosidad eleva su cuantía de 30.000 a 250.000 euros. La decisión de aumentar la cuantía de los créditos exigibles mediante el monitorio continúa la estela de prudencia iniciada por el legislador de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero, en el sentido de que no se suprime el límite cuantitativo para las pretensiones que se hacen valer por este procedimiento, aunque no se desconoce que ésta es la línea seguida a nivel europeo, como ocurre con el proceso monitorio europeo, regulado por el Reglamento (CE) 1896/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por el que se Establece un Proceso Monitorio Europeo.

Proceso técnico de adaptación El sistema informático de los órganos judiciales dependientes del Ministerio de Justicia comenzó a ser sustituido el pasado viernes por uno nuevo, mucho más completo y eficaz, llamado Minerva Noj, por lo que el Ministerio ha establecido un detallado plan ante cualquier contingencia que pudiera presentarse.