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IMPORTANCIA DE LOS MECANISMOS DE
COORDINACION CON EL INSS
S. G. DE COORDINACION DE UNIDADES MEDICAS
Instituto Nacional de la
SEGURIDAD SOCIAL
VII JORNADAS TECNICAS DE INSPECCION DE SERVICIOS SANITARIOS
Almería, Octubre 2.007
Ley 42/1994, de 30 de Diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, por la que se atribuye al INSS la competencia para la declaración de la Invalidez.
Real Decreto 1300/1995, de 21 de Julio, por el que se desarrolla en materia de incapacidades laborales la Ley 42/1994 y crea los EVI.
Orden Ministerial de 16 enero 1.996 que desarrolla el Real Decreto 1300/95 de 21 julio.
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CREACIÓN DE LOS EQUIPOS DE VALORACIÓN
INCAPACIDADES
COMPETENCIAS
En materia de INCAPACIDAD TEMPORAL
En materia de INCAPACIDAD PERMANENTE
En OTRAS MATERIAS RIESGO durante EMBARAZO RIESGO durante LACTANCIA VALORACION CONTINGENCIA SEGURO ESCOLAR
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EVOLUCION NUMERO MEDICOS EVALUADORES
EN EL INSS
1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008(prev)
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DIRECCIÓN GENERAL DEL INSS
S. G. COORDINACION U. MEDICAS
COORDINADOR de EVIs
M. EVALUADOR JEFE
M. INSPECTOR DE SERVICIOS
APOYO ADMINISTRATIVO
SUBDIRECCIONES GENERALES
SUBDIRECTORES PROVINCIALES
A p oyo A d m in is tra tivo
M EDICO EVALUADOR A M EDICO EVALUADOR B
M EDICO EVALUADOR JEFE
D IRE C C IÓ N PRO V INC IA L
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2001 2002 2003 2004 2005 2006
CITADOSRECONOCIMIENTOS
ACTUACIONES EN MATERIA DE I.T.
DE LAS U. MEDICAS
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87,09
75,34
92,9 94,81 95,2 96,5
61,46 64,41 62,77 60,2963,85
69,22
2001 2002 2003 2004 2005 2006
ALTAS PREVIASINTENCIONESRESPUESTA SPSPROPUESTASRESPUESTA SPS
ACTUACIONES EN MATERIA DE I.T.
DE LAS U. MEDICAS (resultados)
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154.57
1
155.61
6 166.14
9176
.462
200.7
50 213.20
1
211.12
222
1.695
224.4
20
153.41
6155
.106
160.54
2161
.998 174
.111 194
.016 20
5.609
202.7
19 213.00
9216
.162
22.79
321.
861
13.26
014.
91414.
217 16.84
617.
720
19.317
20.48
920
.660
153.87
5
1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006
SOLICITUDESEMITIDOSPENDIENTES
ACTUACIONES EN MATERIA DE I. PERMANENTE.
DE LAS U. MEDICAS
NUEVAS COMPETENCIAS
• Ley 30/2005 de 29 de diciembre, de P.G.E. Disposición adicional 48. => Modificación de los artículos 128 y 131 bis de la LGSS.
• Proyecto de Ley de Medidas de Reforma de la Seguridad Social => Nueva reforma del Articulo 128
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Nueva redacción del Articulo 128 de la
LGSS
Tendrán la consideración de situaciones determinantes de incapacidad temporallas debidas a enfermedad común o profesional y a accidente, sea o no de trabajo,mientras el trabajador reciba asistencia sanitaria de la Seguridad Social y estéimpedido para el trabajo, con una duración máxima de doce meses,prorrogables por otros seis cuando se presuma que durante ellos pueda eltrabajador ser dado de alta médica por curación.
Agotado el plazo de duración de doce meses previsto en el párrafo anterior, elINSS, a través de los EVI, será el único competente para reconocer lasituación de prórroga expresa con un límite de seis meses más, o bien, paraemitir el alta médica a los exclusivos efectos de la prestación económica porincapacidad temporal.
El INSS será el único competente para determinar si una nueva baja médica tiene
o no efectos económicos cuando se produzca en un plazo de seis meses
posterior a la antes citada alta médica por la misma o similar patología.
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Nueva redacción del Articulo 128 de la
LGSS
RESUMEN
TRANSCURRIDO el PERIODO MAXIMO I. TEMPORAL (12 m):
1. Se procede a citar y reconocer a todos en el mes 11º2. Procede Alta (“por pase a control INSS”) por el S.P.S.3. Tres posibles Resoluciones del INSS:
• ALTA• PROPUESTA I. PERMANENTE• CONTINUAR EN I.T. (prorroga)
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Nueva redacción del Articulo 128 de la
LGSS
RESUMEN (Cont.)
SI RESOLUCION INSS = ALTA:
No procede nueva I.T. en 6 meses sin el VBº del INSS
• Mismo diagnostico =>
• Sin incapacidad => No prestación económica
• Con incapacidad => ?Nueva Resolución¿
• Distinto diagnostico => Nuevo proceso
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Nueva redacción del Articulo 128 de la
LGSS
• Si Resolución = Continuar en I.T. (PRORROGA)
No hay partes de confirmación
Control económico INSS => Pago directo
Control medico exclusivo por el INSS
NO PROCEDEN TRAMITES POR EL S.P.S.
Prosigue obligación de cotizar
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baja
ACTOR
HECHO
TIEMPO
Medico de A.
Primaria
1º dia
EVI EVI
12 MESES 6 MESES
CONTROLINSS
ECONOMICO => Pago Directo
MEDICO => CitarMATEPSS
S. PUBLICO SALUD
INSS
ESQUEMA DE CONTROL EN LA IT
Enero 2006 Dic. 2006 Enero 2.008
Enero 2006
Ávila; Palencia; Segovia; Soria; Teruel; Zamora; Ceuta; Melilla
Álava; Alicante; Asturias; A Coruña; Las Palmas; Castellón; Guipúzcoa; Lugo; Murcia; Ourense; Pontevedra;
S.C. Tenerife; Valencia; Vizcaya
Barcelona; Girona; LLeida; Tarragona
Albacete; Almería; Badajoz; Baleares; Burgos; Cáceres;
Cádiz; C. Real; Córdoba; Cuenca; Granada;Guadalajara; Huelva; Huesca;
Jaén; León; Rioja; Madrid; Málaga; Navarra; Salamanca; Cantabria;
Sevilla; Toledo; Valladolid; Zaragoza
Diciembre 2006
Enero 2007
Enero 2008
CRONOLOGIA IMPLANTACION MODIFICACIONES Articulo 128º
TRLGSS
Enero 2007
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RESULTADOSResoluciones A. 128Acumulado Junio 2007
37,94%
40,60%
21,46%
ALTA
PRORROGA IT
Exp. I. Permanente
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RESULTADOS(nuevas bajas 128)
Acumulado Junio 2007
48,92%
19,42%
2,16%
29,50%
SIN EFECTOECONOMICO
PRORROGA IT
PROPUESTAI.Pte.
PATOLOGIADIFERENTE
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Nueva redacción del Articulo 131 bis de la
LGSS
El derecho al subsidio (IT) se extinguirá por:
• El transcurso del plazo máximo establecido para la situación de
Incapacidad Temporal de que se trate.• Por ser dado de alta medica el trabajador, con o sin declaración de
incapacidad permanente.• Por haber sido reconocido al beneficiario el derecho al percibo de
la pensión de jubilación.• Por la incomparecencia injustificada a cualquiera de las
convocatorias para los exámenes y reconocimientos establecidos
por los medicos del INSS o de las MATEPSS.• Por fallecimiento
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Nueva redacción del Articulo 131 bis de
la LGSS (Cont.)
• Si el subsidio se extingue por ALTA sin I. Permanente:•=> Solo podrá generarse nueva baja si:
• Han transcurrido mas de seis meses• El INSS emite nueva baja
• Puede declarase la situación de INCAPACIDAD PERMANENTE NO DEFINITIVA.
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RESULTADOS(nuevas bajas 131)
TOTAL ESTATAL (Acumulado Junio 2007)
89,25%
10,75%
S.P.S. INTERESADO
47,44%
0,46%52,10%
SIN EFECTO ECONOMICOCON EFECTO ECONOMICOPROPUESTA I.Pte.
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RESULTADOS(nuevas bajas 131)
TOTAL ANDALUCIA (Acumulado Junio 2007)
ALMERIA
CADIZ
CORDOBA
GRANADA
HUELVA
JAEN
MALAGA
SEVILLA
S.P.S.
INTERESADO
Instituto Nacional de la
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RESULTADOS(nuevas bajas 131)
ANDALUCIA (acumulado Junio 2007)
87,38%
12,62%
S.P.S. INTERESADO
54,40%
0,00%45,60%
SIN EFECTO ECONOMICOCON EFECTO ECONOMICOPROPUESTA I.Pte.
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RESULTADOS(nuevas bajas 131)
ALMERIA (acumulado Junio 2007)
98,41%
1,59%
S.P.S. INTERESADO
45,10%
0,00%54,90%
SIN EFECTO ECONOMICOCON EFECTO ECONOMICOPROPUESTA I.Pte.
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RESULTADOS(nuevas bajas 131)
CADIZ (acumulado Junio 2007)
66,67%
33,33%
S.P.S. INTERESADO
83,33%
0,00%16,67%
SIN EFECTO ECONOMICOCON EFECTO ECONOMICOPROPUESTA I.Pte.
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RESULTADOS(nuevas bajas 131)
CORDOBA (acumulado Junio 2007)
93,33%
6,67%
S.P.S. INTERESADO
27,59%
0,00%72,41%
SIN EFECTO ECONOMICOCON EFECTO ECONOMICOPROPUESTA I.Pte.
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RESULTADOS(nuevas bajas 131)
GRANADA (acumulado Junio 2007)
90,38%
9,62%
S.P.S. INTERESADO
55,56%
0,00%44,44%
SIN EFECTO ECONOMICOCON EFECTO ECONOMICOPROPUESTA I.Pte.
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RESULTADOS(nuevas bajas 131)
HUELVA (acumulado Junio 2007)
100,00%
0,00%
S.P.S. INTERESADO
55,81%
0,00%44,19%
SIN EFECTO ECONOMICOCON EFECTO ECONOMICOPROPUESTA I.Pte.
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RESULTADOS(nuevas bajas 131)
JAÉN (acumulado Junio 2007)
96,97%
3,03%
S.P.S. INTERESADO
56,00%
0,00%44,00%
SIN EFECTO ECONOMICOCON EFECTO ECONOMICOPROPUESTA I.Pte.
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RESULTADOS(nuevas bajas 131)
MALAGA (acumulado Junio 2007)
30,82%
69,18%
S.P.S. INTERESADO
52,17%
0,00%47,83%
SIN EFECTO ECONOMICOCON EFECTO ECONOMICOPROPUESTA I.Pte.
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RESULTADOS(nuevas bajas 131)
SEVILLA (acumulado Junio 2007)
100,00%
0,00%
S.P.S. INTERESADO
59,68%
0,00%40,32%
SIN EFECTO ECONOMICOCON EFECTO ECONOMICOPROPUESTA I.Pte.
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PROYECTO LEYNueva modificación Art. 128
. Si en el mes 12º el EVI (INSS) resuelve ALTA
Trabajador dispone de 3 días para presentar Discrepancia ante el S.P.S. El cual puede:
Acuerdo con INSS => Confirma alta Discrepar con INSS => Emite informe en 7 días
Si se produce Discrepancia de SPS => INSS dispone de otros 7 días para:
•Reconsiderar el Alta•Confirmar Alta
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PROYECTO LEYNueva modificación Art. 128
12 meses EVI
PRORROGA I. T.PRORROGA I. T.
PROPUESTA I.P.
ALTAALTA
D.P
. INS
S
BAJA TRABAJADOR
CO
NFO
RM
EN
O
CO
NFO
RM
E
REINCORPORACION LABORAL
INSPECCION MEDICA del S.P.S.
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PROYECTO LEYNueva modificación Art. 128 (Cont.)(Actuacion Inspeccion Medica S.P.S.)
ALTAALTA TRABAJADORCONFORME con RESOLUCION INSS
NO CONFORMEcon RESOLUCION INSS(DISCREPANCIA)
REINCORPORACION LABORAL
INSPECCION MEDICA del S.P.S.
INFORMEMEDICO EVI
7 DIAS
ALTAALTA
TR
AB
AJA
DO
R
RECONSIDERA
7 DIAS
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