Post on 20-Jun-2015
description
Moneda y Valores
MONEDA Y VALORES Regulaciones del Banco Central de Cuba para la importación yexportación de moneda por PERSONAS NATURALES
Resolución 17-2012 del BCC
-
La importación de moneda libremente convertible, en lo adelante MLC, por personasnaturales es libre, en efectivo, cheques u otros medios de pago utilizados en la prácticabancaria internacional
-
Las personas naturales que a su entrada al territorio nacional porten una cantidad superior alos cinco mil dólares estadounidenses (USD 5 000) o su equivalente en otras MLC en efectivo,quedan obligados a declararlo ante los funcionarios de la Aduana General de la República.
-
Las personas naturales a su salida del país pueden exportar libremente hasta cinco mildólares estadounidenses (USD 5 000)o su equivalente en otras MLC en efectivo o mediante cheques u otros medios de pagoutilizados en la práctica bancaria internacional.
-
El Presidente del Banco Central de Cuba podrá autorizar a las personas naturales quesoliciten exportar sumas superiores a la establecida en el Apartado anterior, previapresentación por el interesado de documentos que acrediten su lícita adquisición
1 / 2
Moneda y Valores
-
Las personas naturales que exporten a su salida del país sumas superiores a los cinco mildólares estadounidenses (USD 5 000),deben proceder a declararlo ante los funcionarios de la Aduana General de la República,mediante la presentación del documento que confirme su lícita importación, o la autorizacióndel Banco Central de Cuba emitida a tales efectos, según proceda
Resolución 18-2012 del BCC
-
Los ciudadanos cubanos domiciliados en el país y los ciudadanos extranjeros residentespermanentes en Cuba pueden exportar e importar a su salida o entrada al país, sumas que noexcedan los dos mil pesos cubanos (CUP 2 000) de curso legal, en efectivo y en cualquierdenominación.
-
Queda prohibida la exportación del medio de pago denominado peso convertible de cursolegal, en cualquier denominación, así como la exportación de pesos cubanos mediante envíossin carácter comercial.
-
La exportación e importación de piezas desmonetizadas y especímenes de pesos cubanoso pesos convertibles, con carácter numismático o patrimonial, están sometidas a lasregulaciones específicas dictadas al efecto.
2 / 2