1. TRABAJO EN ALTURAS MARYURIS VEGA OROZCO ISELLA TORRES
BARRAGAN OSCAR DAVID MORA UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA SECCIONAL
CARTAGENA 1
2. QUE ES EL TRABAJO EN ALTURAS? El trabajo en altura se define
como cualquier actividad o desplazamiento que realice un trabajador
mientras este expuesto a un riesgo de cada de distinto nivel, cuya
diferencia de cota sea aproximadamente igual o mayor a 1.5 metros
con respecto del plano horizontal inferior ms prximo. se considerar
tambin trabajo en altura cualquier tipo de trabajo que se
desarrolle bajo nivel cero, como son: pozos, ingreso a tanques
enterrados, excavaciones de profundidad mayor a 1.5 metros y
situaciones similares; en estos casos se comienzan a compartir
conceptos de trabajo en espacios confinados. 2
3. SISTEMAS DE SOLUCION PARA TRABAJO EN ALTURAS Durante el
desarrollo cotidiano de actividades al interior de las
organizaciones muchos trabajadores se encuentran expuestos a cadas
de distinto nivel superiores a 1.5 metros lo que implica que a
diario en las empresas hacen uso de los principios de trabajo en
altura. sin embargo dependiendo de la regularidad de la actividad y
el nmero de empleados expuestos las polticas de trabajo en altura
cambian, se podran clasificar en dos grupos. - SISTEMAS FIJO -
SISTEMAS TEMPORALES 3
4. Cuando se desarrolla cotidianamente una labor con un gran
grupo de trabajadores donde se realiza alguna actividad que los
exponga al riesgo de cada de altura se deberan emplear sistemas
fijos de prevencin. Este tipo de medidas consisten en el uso de
pasarelas, barandas, tneles, escaleras fijas que se convierten en
parte de las instalaciones de las empresas y que tienen como nico
fin eliminar o disminuir el riesgo al que estn expuestos los
trabajadores. Toda organizacin que realice este tipo de actividades
en forma rutinaria debe contar con protocolos de trabajo para el
desarrollo de esta labor. Sistemas Fijos Si la actividad no se
desarrolla con gran frecuencia se utilizan sistemas temporales que
permiten desarrollar la actividad de forma segura. Los ejemplos
tpicos son andamios, plataformas y escaleras mviles que son
utilizados en situaciones no cotidianas y/o con un grupo pequeo de
personas. Todaorganizacin que realice este tipo de actividades de
forma espordica debecontar con permisosde trabajo. Sistemas
Temporales 4
5. IDENTIFICACIN DE RIESGOS En este entorno y en relacin con
las circunstancias en que se realiza el trabajo, los principales
riesgos a los cuales esta expuesto el trabajo son los siguientes:
Atrapamiento Cada de personas u objetos Golpes o desplomes
Contactos con redes elctricas 5
6. CONDICIONES DE LOS TRABAJADORES Los trabajadores que
realicen trabajos en alturas no deben padecer de vrtigo o miedo a
las alturas. - Se debe verificar que en el momento de realizar algn
trabajo en altura los trabajadores destinados para la labor, estn
en perfectas condiciones de salud, es decir que no presenten
ninguna clase de indisposicin tales como: mareos, dolor de cabeza,
debilidad o cualquier otra, es importante verificar antecedentes
mdicos de los trabajadores. - El personal debe ser entrenado y
calificado para realizar trabajos en alturas, y capacitado en el
uso de los diferentes elementos de proteccin personal y/o equipos
que lo requieran. 6
7. FACTORES DE RIESGO 7
8. 8
9. REQUISITOS Antes de efectuar cualquier trabajo en alturas se
deben tener total y claramente identificados los factores de riesgo
que involucra la realizacin de una tarea especfica, de acuerdo a la
norma "NS-040 Notes Link Panorama de factores de riesgo. Requisitos
mnimos para su elaboracin de la E.A.A.B-E.S.P, as como los mtodos
de control para cada uno de los factores de riesgo encontrados. Se
debe proteger a los trabajadores de riesgos de cadas y objetos que
puedan caer cuando dichos trabajadores se encuentren a alturas de
1.20 m o ms sobre el nivel inferior. Se debe seleccionar una medida
de proteccin contra cadas que sea compatible con el trabajo que se
est realizando. Sistemas de barandillas, sistemas de mallas de
seguridad, sistemas para atenuar cadas y otros. Por ningn motivo se
debe hacer bromas o proferir gritos que puedan causar distraccin al
personal que trabaja. Los gritos slo se deben utilizar para dar
instrucciones cortas y precisas y advertir algn riesgo Se deben
inspeccionar las estructuras como tanques, excavacin, pozo,
tuberas, tneles, entre otros, para atar y asegurar de la manera ms
apropiada los cables o elementos de seguridad utilizados. Estas
edificaciones deben estar en buen estado y contar con la
resistencia suficiente para soportar esfuerzos. Se debe prohibir el
ascenso y descenso de personas por medio de gras, montacargas, u
otras mquinas operativas, salvo que estn provistas de gndola,
plataforma con baranda o jaulas adecuadas y habilitadas para tal
efecto. Si el trabajo exige bajar materiales u otros elementos, se
debe cuidar de que no haya riesgo para quienes se encuentren
debajo, y en tal caso, hay que avisar en tierra o prohibir el paso
de personas hasta que la misma haya cesado, se debe aislar o
sealizar el rea 9
10. EQUIPOS 10
11. 11
12. NORMATIVIDAD nuevo Reglamento de Seguridad para proteccin
contra cadas en trabajo en alturas: Resolucin 1409 de 2012. Por la
cual se establece el Reglamento de Seguridad para proteccin contra
cadas en trabajo en alturas Resolucin 2291 de 2010. expedida por el
Ministerio de la Proteccin Social. Por la cual se ampla el plazo
establecido en el artculo 4 de La Resolucin 000736 de 2009 y se
dictan otras disposiciones Circular 070 de 2009 emanada por el
Ministerio de la Proteccin Social, sobre procedimientos e
instrucciones para trabajo en alturas. Resolucin 1938 de 2009
emanada por la Direccin General del SENA, por la cual se modifica
el artculo 1 de la Resolucin 1486 de 2009. Resolucin 1486 de 2009
emanada por la Direccin General del SENA, donde se establecen los
lineamientos para el cumplimiento de la Resolucin 736 de 2009
expedida por el Ministerio de la Proteccin Social, sobre trabajo
seguro en alturas. Resolucin 736 de 2009 emanada por el Ministerio
de la Proteccin Social, por la cual se modifica la Resolucin 3673
de 2008 y se dictan otras disposiciones. Resolucin 3673 de 2008
emanada por el Ministerio de la Proteccin Social, por la cual se
establece el Reglamento Tcnico de Trabajo Seguro en Alturas.
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