Trabajo en alturas diapo 2

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TRABAJO EN ALTURAS MARYURIS VEGA OROZCO ISELLA TORRES BARRAGAN OSCAR DAVID MORA UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA SECCIONAL CARTAGENA 1

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  1. 1. TRABAJO EN ALTURAS MARYURIS VEGA OROZCO ISELLA TORRES BARRAGAN OSCAR DAVID MORA UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA SECCIONAL CARTAGENA 1
  2. 2. QUE ES EL TRABAJO EN ALTURAS? El trabajo en altura se define como cualquier actividad o desplazamiento que realice un trabajador mientras este expuesto a un riesgo de cada de distinto nivel, cuya diferencia de cota sea aproximadamente igual o mayor a 1.5 metros con respecto del plano horizontal inferior ms prximo. se considerar tambin trabajo en altura cualquier tipo de trabajo que se desarrolle bajo nivel cero, como son: pozos, ingreso a tanques enterrados, excavaciones de profundidad mayor a 1.5 metros y situaciones similares; en estos casos se comienzan a compartir conceptos de trabajo en espacios confinados. 2
  3. 3. SISTEMAS DE SOLUCION PARA TRABAJO EN ALTURAS Durante el desarrollo cotidiano de actividades al interior de las organizaciones muchos trabajadores se encuentran expuestos a cadas de distinto nivel superiores a 1.5 metros lo que implica que a diario en las empresas hacen uso de los principios de trabajo en altura. sin embargo dependiendo de la regularidad de la actividad y el nmero de empleados expuestos las polticas de trabajo en altura cambian, se podran clasificar en dos grupos. - SISTEMAS FIJO - SISTEMAS TEMPORALES 3
  4. 4. Cuando se desarrolla cotidianamente una labor con un gran grupo de trabajadores donde se realiza alguna actividad que los exponga al riesgo de cada de altura se deberan emplear sistemas fijos de prevencin. Este tipo de medidas consisten en el uso de pasarelas, barandas, tneles, escaleras fijas que se convierten en parte de las instalaciones de las empresas y que tienen como nico fin eliminar o disminuir el riesgo al que estn expuestos los trabajadores. Toda organizacin que realice este tipo de actividades en forma rutinaria debe contar con protocolos de trabajo para el desarrollo de esta labor. Sistemas Fijos Si la actividad no se desarrolla con gran frecuencia se utilizan sistemas temporales que permiten desarrollar la actividad de forma segura. Los ejemplos tpicos son andamios, plataformas y escaleras mviles que son utilizados en situaciones no cotidianas y/o con un grupo pequeo de personas. Todaorganizacin que realice este tipo de actividades de forma espordica debecontar con permisosde trabajo. Sistemas Temporales 4
  5. 5. IDENTIFICACIN DE RIESGOS En este entorno y en relacin con las circunstancias en que se realiza el trabajo, los principales riesgos a los cuales esta expuesto el trabajo son los siguientes: Atrapamiento Cada de personas u objetos Golpes o desplomes Contactos con redes elctricas 5
  6. 6. CONDICIONES DE LOS TRABAJADORES Los trabajadores que realicen trabajos en alturas no deben padecer de vrtigo o miedo a las alturas. - Se debe verificar que en el momento de realizar algn trabajo en altura los trabajadores destinados para la labor, estn en perfectas condiciones de salud, es decir que no presenten ninguna clase de indisposicin tales como: mareos, dolor de cabeza, debilidad o cualquier otra, es importante verificar antecedentes mdicos de los trabajadores. - El personal debe ser entrenado y calificado para realizar trabajos en alturas, y capacitado en el uso de los diferentes elementos de proteccin personal y/o equipos que lo requieran. 6
  7. 7. FACTORES DE RIESGO 7
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  9. 9. REQUISITOS Antes de efectuar cualquier trabajo en alturas se deben tener total y claramente identificados los factores de riesgo que involucra la realizacin de una tarea especfica, de acuerdo a la norma "NS-040 Notes Link Panorama de factores de riesgo. Requisitos mnimos para su elaboracin de la E.A.A.B-E.S.P, as como los mtodos de control para cada uno de los factores de riesgo encontrados. Se debe proteger a los trabajadores de riesgos de cadas y objetos que puedan caer cuando dichos trabajadores se encuentren a alturas de 1.20 m o ms sobre el nivel inferior. Se debe seleccionar una medida de proteccin contra cadas que sea compatible con el trabajo que se est realizando. Sistemas de barandillas, sistemas de mallas de seguridad, sistemas para atenuar cadas y otros. Por ningn motivo se debe hacer bromas o proferir gritos que puedan causar distraccin al personal que trabaja. Los gritos slo se deben utilizar para dar instrucciones cortas y precisas y advertir algn riesgo Se deben inspeccionar las estructuras como tanques, excavacin, pozo, tuberas, tneles, entre otros, para atar y asegurar de la manera ms apropiada los cables o elementos de seguridad utilizados. Estas edificaciones deben estar en buen estado y contar con la resistencia suficiente para soportar esfuerzos. Se debe prohibir el ascenso y descenso de personas por medio de gras, montacargas, u otras mquinas operativas, salvo que estn provistas de gndola, plataforma con baranda o jaulas adecuadas y habilitadas para tal efecto. Si el trabajo exige bajar materiales u otros elementos, se debe cuidar de que no haya riesgo para quienes se encuentren debajo, y en tal caso, hay que avisar en tierra o prohibir el paso de personas hasta que la misma haya cesado, se debe aislar o sealizar el rea 9
  10. 10. EQUIPOS 10
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  12. 12. NORMATIVIDAD nuevo Reglamento de Seguridad para proteccin contra cadas en trabajo en alturas: Resolucin 1409 de 2012. Por la cual se establece el Reglamento de Seguridad para proteccin contra cadas en trabajo en alturas Resolucin 2291 de 2010. expedida por el Ministerio de la Proteccin Social. Por la cual se ampla el plazo establecido en el artculo 4 de La Resolucin 000736 de 2009 y se dictan otras disposiciones Circular 070 de 2009 emanada por el Ministerio de la Proteccin Social, sobre procedimientos e instrucciones para trabajo en alturas. Resolucin 1938 de 2009 emanada por la Direccin General del SENA, por la cual se modifica el artculo 1 de la Resolucin 1486 de 2009. Resolucin 1486 de 2009 emanada por la Direccin General del SENA, donde se establecen los lineamientos para el cumplimiento de la Resolucin 736 de 2009 expedida por el Ministerio de la Proteccin Social, sobre trabajo seguro en alturas. Resolucin 736 de 2009 emanada por el Ministerio de la Proteccin Social, por la cual se modifica la Resolucin 3673 de 2008 y se dictan otras disposiciones. Resolucin 3673 de 2008 emanada por el Ministerio de la Proteccin Social, por la cual se establece el Reglamento Tcnico de Trabajo Seguro en Alturas. 12