Dirección de Reclutamiento y DesarrolloGerencia de Recursos Humanos()
MANUAL DEL PARTICIPANTE
“GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD PARA SUPERVISORES Y EJECUTIVOS CODELCO”
Relator: Rodrigo Letelier SaavedraGerente de Sustentabilidad
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Calama, 2011
INDICE
PRESENTACION ______________________________________________03
DESCRIPCION DEL CURSO ____________________________________04
INTRODUCCION ______________________________________________05
DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD________________________________09
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PRESENTACION
El curso de Fundamentos de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional tiene por
objeto el conocer y manejar las distintas estructuras legales y normativas asociadas a
la protección de las personas, el patrimonio, el proceso y el entorno que compone una
organización y que puedan afectar la continuidad de la actividad de la empresa en
general, y las relacionadas con el mantenimiento y servicios de la división en
particular. Así mismo, se hace necesario integrar una descripción precisa respecto
del conjunto de labores asociadas al trabajo y cómo ciertas operaciones críticas
pueden causar fallas y pérdidas operacionales en la gerencia de mantenimiento.
Por otra parte, toda vez que se requiere retroalimentar al sistema con información
asociada a los riesgos presentes en las labores de mantenimiento, se presenta un
capítulo relativo a la identificación de peligros, evaluación y control de riesgos y los
problemas más comunes en el área que se relacionan con las pérdidas que se pueden
crear al mantenerse la exposición a dichos sucesos o elementos riesgosos.
Por último, se desarrolla un apartado donde se analizan incidentes y accidentes
ocurridos en los trabajos de mantenimiento y servicios prestados dentro de la división.
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DESCRIPCION DEL CURSO
El curso de Fundamentos de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional
Contingencias consta de 4 capítulos más un taller relacionado con discusión de casos
reales, relacionados con los elementos esenciales de la práctica y puesta en valor de
la seguridad y la salud de los trabajadores, así como de la preservación de las
condiciones materiales y del entorno laboral, desde un punto de vista de la actividad
de mantenimiento.
En una primera etapa se abordarán aspectos conceptuales y legales de modo que el
aprendiz pueda familiarizarse con las materias pertinentes a la gestión de la salud y
seguridad laboral. Luego, se presentan elementos para la correcta identificación de
peligros y evaluación de los riesgos y, se articula un apartado sobre la evaluación de
fallas y pérdidas operacionales.
Para ello, el curso se basará en una relatoria y en el modelo de enseñanza-
aprendizaje constructivista, de manera que el trabajador se haga cargo del proceso de
capacitación mediante la intervención del docente y la generación de análisis crítico
desde la discusión de casos y experiencias de los propios aprendices.
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INTRODUCCION
En la sesión 95 de la Conferencia Internacional del Trabajo de 2006, se adoptó un
nuevo Convenio y su Recomendación sobre un marco de promoción en el ámbito
de las seguridad y la salud en el trabajo, el cuál incorpora la promoción de los
convenios más relevantes de la OIT. En particular, pretende promover el cumplimiento
de los principios consagrados en los dos convenios marco de la OIT sobre este tema:
el Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores y su correspondiente
Recomendación y el Convenio sobre los servicios de salud en el trabajo, así como,
una serie de importantes acuerdos en la materia.
Las medidas previstas en el nuevo Convenio están basadas en la Estrategia global de
la OIT sobre seguridad y salud en el trabajo, adoptada por la Conferencia Internacional
del Trabajo de 2003, que pone énfasis en la necesidad de generar y mantener una
cultura preventiva y propone a los países abordarlo a través de un sistema nacional.
En este sentido se subraya la importancia de fomentar un compromiso político hacia la
consecución de: un medio ambiente de trabajo seguro y saludable, el principio de la
prevención primaria, y un enfoque sistemático respecto de la gestión de seguridad y
salud en el trabajo.
La estrategia de la OIT incluye: 1) la promoción de la seguridad y la salud en el trabajo
a través de actividades de concienciación y sensibilización; 2) instrumentos de la OIT
tales como normas internacionales del trabajo, repertorios de recomendaciones
prácticas y guías técnicas; 3) asistencia y cooperación técnicas en materia de
seguridad y salud en el trabajo; 4) desarrollo, gestión y difusión de los conocimientos,
y 5) colaboración internacional.
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El nuevo Convenio sobre el Marco de Promoción de la Seguridad y Salud en el
Trabajo y su recomendación se apoyan en las normas internacionales del trabajo
preexistentes en la materia. Las directrices técnicas y repertorio de recomendaciones
practican de la OIT sobre el tema complementan las normas y tienen el fin de explicitar
más los vínculos con el lugar de trabajo y de garantizar una promoción eficaz de los
instrumentos pertinentes vigentes. El nuevo convenio contribuye en gran medida a
fomentar el compromiso político de los mandantes de la OIT respecto de la seguridad
y salud en el trabajo, y a dar a este tema un lugar importante en los programas
nacionales.
Se establece el perfil nacional en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) como un
instrumento que brinde sustento y orientación a los programas nacionales, se inscribe
por lo tanto como una etapa inicial en el proceso de elaboración de los programas
nacionales en SST. Responde así al propósito de la OIT sobre el Marco, el cual busca
que los Estados establezcan o fortalezcan, políticas en materia de seguridad y salud
en el trabajo que se finquen en sistemas, programas y perfiles nacionales, de manera
que se procure coherencia y eficacia en la acción pública y en la de los sectores
productivos (OIT, 2006).
Este perfil consiste en un inventario de todas las herramientas y recursos disponibles
en el país para aplicar y gestionar la seguridad y la salud en el trabajo y está
concebido de manera que proporcione los datos necesarios con miras a el
reconocimiento de la estructura nacional y el sistema nacional y al establecimiento de
las prioridades nacionales para la acción destinada a mejorar de manera progresiva y
continua la seguridad y la salud en los lugares de trabajo. Una vez completados, estos
perfiles pueden servir no sólo como base para definir las prioridades para la acción,
sino también como herramienta para medir los progresos a lo largo del tiempo
mediante su actualización periódica. El perfil es un instrumento dinámico, que se
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enriquece con la información que se va generando por el mismo dinamismo del mundo
laboral y por las actividades paralelas que se establecen al fijarse objetivos nacionales
en materia de SST.
Los perfiles nacionales se consideran también una herramienta de gestión, a través de
la cual se pueden realizar actualizaciones o revisiones periódicas de los instrumentos
de aplicación de la política en materia de SST, especialmente cuando dichos perfiles
incorporen resultados de encuestas nacionales sobre condiciones y medio ambiente
de trabajo y otros datos cuantitativos y cualitativos que permitan tener un panorama
sobre la morbi-mortalidad de la población trabajadora. Así mismo, se prioriza sobre la
implementación de estándares sobre los procesos, procedimientos articulados para
prevenir factores de riesgo laboral y profesional y, en definitiva, adaptar los cuerpos
normativos y legales a fin de que los trabajadores estén operando lo más protegidos y
sanos que posibilite la actividad.
La Corporación no es ajena a esto. En efecto, la prioridad se relaciona de manera
directa con las personas pues, son ellas las que otorgan competitividad, productividad
y crecimiento organizacional. Por ello, se hace imprescindible el contar con recursos
humanos alineados con los objetivos y metas de salud y seguridad en el trabajo, de
modo que, tanto la división como cada uno de los trabajadores se desarrollen en un
entorno seguro y que propenda a la mejora continua, para garantizar la sostenibilidad
y sustentabilidad de las operaciones mineras.
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DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD
I. EL MARCO LEGAL Y NORMATIVO
1. ANTECEDENTES HISTÓRICOS PREVIOS A LA ACTUAL INSTITUCIONALIDAD
Los antecedentes políticos, sociales y legislativos en materia de seguridad y salud en
el trabajo se retrotraen a comienzos del siglo pasado, con la consideración en Chile, al
igual que en el resto de los países de América Latina, de la denominada “cuestión
social”. Una de las primeras leyes laborales de protección a las y los trabajadores es la
ley 3.170 (1916) sobre accidentes del trabajo. Ésta se centra fundamentalmente en el
aspecto indemnizatorio, a través del aseguramiento del riesgo, sin resolver aún
teóricamente la problemática de la responsabilidad empresarial (CNS 2004)2.
Dos normas posteriores, del año 1924 (ley 4.054, sobre seguros de enfermedad,
invalidez y accidentes del trabajo y la ley 4.055 sobre accidentes del trabajo), las que,
en conjunto con otras sobre condiciones sociales de trabajo, se refunden finalmente en
el primer Código del Trabajo del año 1931, integran las enfermedades profesionales y
asumen tanto la teoría del riesgo profesional, la del riesgo social y la dimensión
preventiva, adscribiendo a los empleadores la responsabilidad de los accidentes del
trabajo (Ibíd.). Sólo se exceptúan aquellos accidentes causados por fuerza mayor y sin
relación alguna con el trabajo así como los producidos intencionalmente por la víctima.
Las excepciones legales deben ser probadas por el empleador.
Se establece el aseguramiento obligatorio, el que operaba tanto a través de
asociaciones mutuas de empleadores como mediante la contratación de seguros
privados. En paralelo se crea una Sección de Accidentes del Trabajo dentro de la Caja
Nacional de Ahorros (después, Caja de Seguro Obligatorio, SSS e INP)), cuyas
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funciones iniciales fueron: las de percibir y administrar los capitales correspondientes a
las pensiones; las de contratar seguros por accidentes, con el fin de reducir el carácter
comercial de los seguros privados; y, las de prestar asistencia médica y hospitalaria a
los trabajadores accidentados.
Secuencialmente, la ley de medicina preventiva (ley 6.174 de 1938) junto con
asignarle a la Caja de Seguro Obligatorio funciones para detectar y prevenir el
desarrollo de enfermedades crónicas de las y los trabajadores, organiza los servicios
de medicina preventiva y obliga a las cajas de previsión a establecer tales servicios
para los exámenes de salud de sus imponentes o afiliados.
La obligatoriedad del seguro se fija para efectos indemnizatorios. Las
responsabilidades de su organización, control y formas de funcionamiento se le
asignan al entonces Departamento de Previsión Social del Ministerio de Salubridad, el
que posteriormente se transforma en la Superintendencia de Seguridad Social
(SUSESO), actualmente dependiente del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Asumiendo ya una concepción más amplia, la de la seguridad social, la ley le
determinaba la función de garantizar la subsistencia del obrero o empleado sujeto a
diversas contingencias o desgracias, tales como: las enfermedades ordinarias o
profesionales, los accidentes del trabajo, la cesantía forzosa, la invalidez prematura, la
senectud y la muerte. La atención médica y hospitalaria correspondía principalmente al
Ministerio de Salubridad, creado el año 1927.
Un cambio significativo, que disminuye el rol protagónico del Ministerio Trabajo en el
sistema de SST se produce el año 1952, producto de una reorganización estructural
del área de salud. Con la ley 10.383 se crean dos grandes entes públicos: El Servicio
de Seguro Social (SSS) que reemplaza a la antigua Caja de Seguro Obligatorio y el
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Servicio Nacional de Salud (SNS). Este último pasa a tener la responsabilidad de los
servicios de salud en el país, incluida la prevención de riesgos y enfermedades
ocupacionales, el fomento de la salud y el tratamiento de las enfermedades, fuesen
éstas de origen común o laboral.
El SSS, en cambio, si bien mantiene su dependencia institucional dentro del área
ministerial del trabajo, legalmente sólo retiene las tareas administrativas de la ex Caja
de Seguro Social, entre ellas el otorgamiento y pago de las pensiones de invalidez,
vejez, viudez, orfandad y la cuota mortuoria para los obreros. Luego el año 1980, con
la privatización del sistema de pensiones, el SSS pasa, en conjunto con las antiguas
Cajas de Previsión, a ser administrado por el Instituto Nacional Previsional (INP).
Producto de esta evolución se generan las principales características del binomio
INP/Servicios de Salud, analizadas en diversos estudios, las que se agudizan con las
reformas estructurales a la previsión social de los años ochenta.
En el ámbito constitucional, la seguridad y salud en el trabajo sólo se incorpora
expresamente en las reformas del año 1970, junto a otros conceptos básicos de
derecho social, recogiendo los lineamientos normativos previos del Código Sanitario -
DFL 725/67- y de la Ley 16.744/67, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales. La Constitución Política de la República (CPR) de la época le otorga
reconocimiento expreso dentro del Derecho a la Seguridad Social, señalando en lo
pertinente que:
“La ley debe cubrir especialmente los riesgos de pérdida, suspensión o disminución
involuntaria de la capacidad de trabajo individual, muerte del jefe de hogar o cesantía
involuntaria, así como el derecho a la atención médica preventiva, curativa o de
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rehabilitación en caso de accidente, enfermedad o maternidad y el derecho a
prestaciones de los jefes de hogar.”
Con estas reformas se estatuyen también los deberes del Estado de mantener un
seguro social de accidentes para asegurar el riesgo profesional de los trabajadores y,
de velar por la salud pública y el bienestar higiénico del país. Estos se incorporan
dentro de un compromiso estatal más amplio: el de adoptar “todas las medidas que
tiendan a la satisfacción de los derechos sociales, económicos y culturales necesarios
para el libre desenvolvimiento de la personalidad y dignidad humana, para la
protección de la colectividad y para propender a la equitativa distribución de la renta
nacional”.
La nueva CPR (1980), en paralelo a las reformas estructurales que se imponen en los
ámbitos económicos y políticos, responde a las concepciones neoclásicas sobre el rol
subsidiario del Estado en materia de derechos económicos y sociales.
Junto con la privatización de la previsión social, se suprime toda referencia a la
seguridad y salud en el trabajo. El tema se incorpora, implícitamente, en la garantía
constitucional del “derecho a la protección de la salud”. Se señala así, en el artículo 19
N° 6, que:
“El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección
y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo. Le corresponderá
asimismo, la coordinación y control de las acciones relacionadas con la salud.
Es deber preferente del Estado garantizar la ejecución de las acciones de salud, sea
que se presten a través de instituciones públicas o privadas, en la forma y condiciones
que determina la ley, la que podrá establecer cotizaciones obligatorias.
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Cada persona tendrá derecho a elegir el sistema de salud al que desee afiliarse, sea
éste estatal o privado”.
No obstante, si bien a nivel constitucional no se constata un reconocimiento expreso,
ni tampoco la existencia de normas promocionales de la seguridad y salud en el
trabajo, sí se establece la obligación del Estado de garantizar que se ejecuten las
acciones de salud (inciso 2° recién transcrito).
De ese modo, no existirían limitaciones jurídicas para la formulación de una política
nacional en la materia. Esta interpretación se refuerza si se considera que, la primera
de las garantías consagradas en el citado artículo señala que, la Constitución asegura:
“N° 1.- El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona.”
El problema de la duplicidad de funciones a partir de una multiplicidad de órganos
públicos con competencias tanto normativas como inspectivas en el sistema de
seguridad y salud nacional, como se verá más adelante, cabe resolverlo, además,
enmarcándolo en el mandato de coordinación y eficiencia de la función pública,
contenido en la ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de
Administración del Estado, que dispone textualmente al respecto:
“Artículo 5°: Las autoridades y funcionarios deberán velar por la eficiente e idónea
administración de los medios públicos y por el debido cumplimiento de la función
pública. Los órganos de la Administración del Estado deberán cumplir sus cometidos
coordinadamente y propender a la unidad de acción, evitando la duplicación o
interferencia de funciones”.
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2. EL MARCO GENERAL DEL SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO EN CHILE
Como señalan los diversos estudios disponibles, el país carece de una política
nacional de seguridad y salud en el trabajo, o de una política específica en la materia
que incluya la definición de los principios que orientan una acción nacional. (Castellá
2002). Lo que si existiría, son “subpolíticas” dentro de áreas sectoriales que, en
algunos casos, tienen carácter transversal (salud y trabajo); se trata esencialmente de
una institucionalidad dispersa y de una diversidad de órganos públicos con
competencias y atribuciones en la materia, a veces parceladas y, en otras,
superpuestas.
Tanto la carencia de una política nacional como las circunstancias de que las acciones
sobre SST formen parte de políticas transversales de carácter sectorial, con
deficiencias importantes en distintos ámbitos; con falta de eficacia y de eficiencia en
las acciones y programas, incrementada por la insuficiente coordinación de las
funciones y recursos disponibles, etc., son también resultado de la falta de una
“organización nacional de seguridad y salud en el trabajo”.
Por ello, para el mejoramiento de la SST, conjuntamente con las propuestas de
políticas que convendría formular y las estrategias que debiesen seguirse, es
importante identificar los principales “defectos organizativos” (Ibíd) que limitan o
condicionan la acción nacional, analizándolos en términos sistémicos. Desde esa
perspectiva es válido plantear este diagnóstico, como el análisis del sistema de SST
en Chile.
Para estos efectos, se analizan primeramente algunos de los componentes de una
acción nacional en seguridad y salud en el trabajo; en particular: - las normas legales
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en que se sustenta, - la acción normativa, y - las de control del cumplimiento o acción
inspectiva. Nos referimos, también, a la participación que le cabe a los actores
sociales en el sistema, a los instrumentos de prevención, y a la importancia de las
últimas disposiciones sobre gestión de riesgos en el ámbito de la externalización
productiva y de suministro de trabajadores.
2.1. El marco jurídico de la seguridad y salud en el trabajo
Las normas principales que estructuran el sistema nacional son: la ley 16.744, sobre
Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (promulgada en enero de
1968,) y sus normas complementarias; el Código Sanitario (DFL 725/67, publicado a
fines de enero del mismo año), con sus reglamentos respectivos; y, el Código del
Trabajo.
2.1.1. La ley 16.744, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales
Esta ley, la que ha sufrido muy pocas modificaciones en el transcurso de 40 años,
constituye el pilar normativo esencial del sistema de SST, y es producto de los
procesos de industrialización y de creciente participación social que se vivían en el
país en ese período histórico. Sus contenidos así como los de su reglamentación
complementaria reflejan un tipo de organización productiva y del trabajo, propios de su
época, y que hoy experimentan importantes transformaciones.
Entre sus principales características destacan:
_ el haber estatuido legalmente un seguro social obligatorio contra los riesgos de
seguridad y salud en el trabajo;
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_ el principio de universalidad en término de su cobertura: para las y los asalariados,
incluyendo a los funcionarios públicos, y abierto a los trabajadores independientes; y,
también en término de los riesgos cubiertos;
_ su especificidad, separándolo de los otros seguros sociales (principalmente, los de
salud y pensiones); y,
_ su enfoque eminentemente preventivo.
Otras características importantes de la normativa fueron la exclusión de los seguros
privados o de lucro conjuntamente con la institucionalización de un sistema
diversificado (público y privado) de administración: el INP, las mutualidades de
empleadores, y las empresas de administración delegada. Si bien, como se verá más
adelante, estas dos últimas se concibieron como complementarias de la administración
pública del sistema.
La ley mantiene el concepto de riesgo profesional atribuyendo su responsabilidad al
empleador: - en los costos de financiación del seguro así como en las acciones de
prevención que éste debe asumir frente a los riesgos.
El financiamiento del sistema se estatuye sobre un principio de solidaridad intra-
empresarial, limitado -no obstante - al conjunto de empleadores afiliados a un mismo
organismo administrador.
Se establecen tres tipos de cotizaciones: una básica general, de aplicación uniforme
para todas las empresas (0,9% de la remuneración imponible), una adicional
diferenciada según el riesgo presunto o efectivos de la actividad (oscila entre un 0 y un
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3,4% de las remuneraciones imponibles), y una adicional diferenciada según
siniestralidad efectiva.
_ El principio de solidaridad del sistema para los beneficiarios se manifiesta a través
de un régimen de reparto y en la consagración del principio de la automaticidad de las
prestaciones. Sobre este último, la ley establece que el retardo de la entidad
empleadora en el pago de las cotizaciones, así como el incumplimiento de afiliación de
parte de un empleador, no impide el nacimiento en el trabajador del derecho a las
prestaciones, ni exime al organismo administrador de otorgarle la totalidad de éstas;
resguardándose su derecho a exigir el reembolso total de los costos en que incurrió,
sin perjuicio del pago de las cotizaciones adeudadas y demás sanciones legales que
proceden.
_ El principio de automaticidad de las prestaciones reafirmó la obligatoriedad de los
organismos administradores y de los organismos de salud (públicos a privados) de
otorgar las prestaciones médicas a los trabajadores accidentados sin previo trámite.
En caso de dudas sobre el origen laboral de la afección, corresponde al Organismo
Administrador del Seguro de la Ley 16.744, o al Organismo de Salud Previsional al
que es derivado el trabajador, otorgar las prestaciones; la apelación se debe
interponer ante la SUSESO, a quien le compete resolver la controversia, incluyendo
los reembolsos si corresponden. Esta norma está direccionada hacia los afiliados a
mutualidades y que cotizan en el sistema privado de salud, en tanto en el sistema
público los problemas que éste presenta, si bien son bastante relevantes10, derivan
principalmente de las deficiencias de funcionamiento del binomio INP/Servicios de
Salud.
En virtud del Art. 4° de la ley, la afiliación de un trabajador a una Caja de Previsión
para los demás efectos de seguridad social, se entendía, por su sólo ministerio, hecha
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para el seguro contra riesgos profesionales, a no ser que el empleador estuviese
afiliado a alguna mutualidad. Ello, ha significado, desde los inicios del sistema, que si
una empresa no cumple con la obligación de afiliarse a alguno de los organismos del
seguro, al ser fiscalizada o en caso de que en ella se experimente algún accidente del
trabajo registrado como tal, automáticamente se la incorpore al sistema público y al
INP, en particular cuando se trata de empresas de menor tamaño o del sector informal.
Hoy en día, las deficiencias de identificación y registro de accidentes y enfermedades
laborales, separados de los de origen común, de parte de los servicios de salud, hace
inoperante dicha disposición, con graves efectos en la cobertura de los principales
sectores excluidos del sistema.
_ Por su parte, el principio de integralidad, que también recoge la legislación, se
expresa tanto en las contingencias cubiertas, a saber: la prevención de los riesgos, los
accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales; como en las prestaciones del
seguro: prestaciones médicas (asistencia médica y hospitalaria, incluida la
rehabilitación), y prestaciones pecuniarias: subsidios por incapacidad laboral, por
incapacidad permanente (total, parcial, gran invalidez), y por sobrevivencia.
Por accidente del trabajo se entiende toda lesión a causa o con ocasión del trabajo,
que produzca incapacidad o muerte. Constituyen también accidentes del trabajo los
ocurridos en el trayecto directo entre el lugar del domicilio y el lugar de trabajo así
como en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque los empleadores
sean diversos. Se consideran también accidentes del trabajo los sufridos por dirigentes
de organizaciones sindicales a causa o con ocasión de sus desempeños gremiales.
Están también cubiertos por el seguro los estudiantes que deben ejecutar trabajos que
constituyan una fuente de ingresos para su respectivo plantel, así como todos los
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estudiantes de establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran
con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica profesional. El seguro
escolar sin embargo, es sólo asumido por el Estado, y no así por las mutualidades de
empleadores ni por el subsistema de administración delegada.
La ley considera como enfermedad profesional la causada de una manera directa por
el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca
incapacidad y muerte. La enumeración de las enfermedades profesionales se remite a
un reglamento, de competencia de SUSESO, el que debe revisarse cada tres años.
El reconocimiento de enfermedades que realiza el DS 109 no tiene un carácter
cerrado, en tanto se prevé la posibilidad del afiliado de acreditar ante el organismo
administrador respectivo el carácter de profesional de alguna enfermedad que no se
encuentre en el listado oficial. Las controversias sobre la materia son también,
resueltas, en última instancia, por la SUSESO.
El enfoque eminentemente preventivo de la ley se refuerza en su Título VII, sobre
prevención de riesgos profesionales. En éste se determinan los organismos
responsables de la supervigilancia y la fiscalización de la prevención así como las
obligaciones de parte de los empleadores. Se definen también los instrumentos de
prevención de riesgos que deben existir en las empresas (comités paritarios,
departamentos profesionales de prevención de riesgos, reglamentos de higiene y
seguridad) y, en una modificación reciente, el sistema de gestión de la seguridad y
salud en el trabajo en relaciones de subcontratación.
La competencia general, en la ley 16.744 en materia de supervigilancia y fiscalización
de la prevención, higiene y seguridad de todos los sitios de trabajo, cualesquiera sean
las actividades que en ellos se realicen, se le asigna al Servicio Nacional de Salud
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(SNS), actuales SEREMI de Salud. Ello no obsta a que, mediante disposiciones
legales particulares, como se señala en el punto 1.4., se otorguen facultades tanto
normativas como de inspección a otros entes públicos.
El cuerpo legal en comento se complementa con otras de carácter reglamentario, en
particular, el DS 40/69, sobre prevención de riesgos profesionales; el DS 54/69, sobre
constitución y funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y seguridad; el DS
63/2005 sobre manejo manual de cargas; DS 76/2006 reglamenta art. 66 bis sobre
Sistemas de gestión en SST; y el DS 594/99, sobre condiciones sanitarias y
ambientales básicas en los lugares de trabajo. Los cuatro primeros del Ministerio del
Trabajo y el último del Ministerio de Salud.
Como se verá más adelante, la dimensión preventiva del sistema muestra falencias
importantes, algunas de orden normativo, y otras por insuficiencias de los órganos de
control.
2.1.2. Las disposiciones del Código Sanitario y las normas del sector salud.
El Libro III del Código Sanitario se destina a la “Higiene y Seguridad del Ambiente y de
los Lugares de Trabajo”. En el se contienen normas relativas a las condiciones de
higiene y seguridad que deben reunir los lugares de trabajo, los equipos, maquinarias,
instalaciones materiales y cualquier otro elemento, con el fin de proteger eficazmente
la vida, salud y bienestar de los trabajadores y de la población en general.
Los reglamentos que se derivan de este cuerpo legal son el DS 594/99 sobre
condiciones sanitarias y ambientales básicas de los lugares de trabajo así como otros
que establecen exigencias de calidad de los elementos de protección personal, de
protección radiológica, uso de pesticidas sanitarios y domésticos, de operadores de
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calderas, etc. y que se grafican en el acápite siguiente, al analizar los distintos entes
normativos y las reglamentaciones existentes.
La reforma en el área de salud (ley 19.937/04) separó las funciones de atención de
salud de las funciones de salud pública. A partir de ella, la salud ocupacional deja de
pertenecer al ámbito de los Servicios de Salud trasladándose hacia la División de
Políticas de Salud Pública, en la que se crea, para estos efectos, un Departamento de
Salud Ocupacional. Las políticas se ejecutan a través de las Secretarias Regionales
Ministeriales de Salud (SEREMIAS) en cada una de las cuales funciona una “unidad
de salud ocupacional”, integrada, según la ley, por personal profesional y técnico
especializado.
De ese modo, la atención de los problemas de salud originados en el trabajo se la
separa funcionalmente, quedando fuera del ámbito orgánico de los lineamientos de la
salud ocupacional. Con ello, adicionalmente, se agravan una serie de falencias que
afectan a la administración pública del seguro de la ley 16.474 (M. de Salud 2007),
tanto en la detección de las causas de las patologías que se atienden por los servicios
de salud, lo que afecta directamente la construcción de estadísticas y la elaboración
de información, como en las prestaciones de salud y pecuniarias que debe otorgar el
sistema, entre varias otras.
Existe, adicionalmente, el Departamento de Salud Ocupacional del Instituto de Salud
Pública (ISP) que opera como laboratorio de referencia nacional y fiscaliza el
cumplimiento de normas de calidad y de acreditación de los laboratorios de salud
ocupacional. Acredita los centros de radioterapia e imagenología. Dispone también de
competencias en la determinación de estándares y técnicas analíticas de riesgos
físicos y químicos.
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2.1.3. El Código del Trabajo y la seguridad y salud en el trabajo
El Libro II del Código del Trabajo se refiere a la protección de los trabajadores,
estableciendo disposiciones que se complementan con las de la ley 16.744 y sus
normas complementarias. Existe, además, otra serie de disposiciones laborales que
inciden directamente en la materia, tales como, las relativas al trabajo de menores, de
la mujer en estado de embarazo, sobre la extensión de la jornada laboral, etc., así
como otras, relativas a condiciones sociales de trabajo, cuyos incumplimientos,
indirectamente, agravan la eventualidad de los riesgos.
En este cuerpo legal se refuerza la obligación del empleador de tomar todas las
medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud (física, psíquica y social)
de los trabajadores, manteniendo en las faenas las condiciones adecuadas de higiene
y seguridad; disponiendo de los implementos necesarios para prevenir accidentes y
enfermedades profesionales; y, garantizando los elementos necesarios para que en
caso de accidentes o emergencias éstos puedan acceder a una oportuna y adecuada
atención médica, hospitalaria y farmacéutica.
Junto a las obligaciones anteriores se estatuyen otras de carácter claramente
preventivo, como la exigencia de exámenes médicos de aptitud para el desempeño en
industrias o trabajos peligrosos o insalubres; la prohibición de exigir y de admitir el
desempeño de un trabajador en faenas calificadas como superiores a sus fuerzas o
que puedan comprometer su seguridad o salud (obligación que genera, como
contrapartida, el derecho del trabajador a negarse a dicha orden). Se amplia,
asimismo, la acción popular de denuncia, ya consagrada en la ley 16.744.
Las facultades inspectivas de los funcionarios del trabajo se establecen en términos
amplios, incluyendo el control del cumplimiento de las medidas básicas, legalmente
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exigibles, relativas al adecuado funcionamiento de instalaciones, máquinas, equipos e
instrumentos de trabajo; así como, con atribuciones diversas, a saber:
_ desde ordenar la suspensión inmediata de las labores que a juicio del inspector
constituyan peligro inminente para la salud o vida de los trabajadores, considerándose
como efectivamente trabajado el período de suspensión para todos los efectos legales;
_ el otorgamiento de instrucciones para la corrección de la infracción; _ hasta la
sustitución de sanciones pecuniarias por medidas alternativas (de prevención y
capacitación) previstas en la norma para las pequeñas unidades económicas.
Como una interesante medida de articulación de las acciones de control, frente a la
existencia de una multiplicidad de entes fiscalizadores, se regula legalmente un
“mecanismo de radicación de competencias” en la primera entidad inspectiva que se
constituya en un centro obra o puesto de trabajo.
De ese modo, se prescribe que los demás servicios deben abstenerse de intervenir
respecto de las materias que están siendo fiscalizadas, mientras no se haya dado total
término al respectivo procedimiento.
2.1.4. Otras normas regulatorias en seguridad y salud en el trabajo
Debido a las especificidades de determinadas actividades económicas, que presentan
riesgos complejos y particulares, requiriendo conocimientos y competencias muy
especializadas, tanto en materia de seguridad productiva como de seguridad y salud
para los trabajadores, se han ido asignando -legalmente - atribuciones a ciertos entes
sectoriales en el ámbito normativo e inspectivo. Entre ellos destacan el sector minero,
el marítimo-portuario, el agrícola y de electricidad y combustible.
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De ese modo, el Reglamento de Seguridad Minera, contenido en el DS 72/8518 del
Ministerio de Minería, junto a otras normas del sector, regulan tanto la protección de
los trabajos mineros (maquinarias, equipos, herramientas e instalaciones) como la
protección de la seguridad y salud de los trabajadores. El Servicio Nacional de
Geología y Minería (SERNAGEOMIN) es el ente encargado de la seguridad de la
industria y de la seguridad y salud de los trabajadores, enfocando su acción, en este
último campo, en la accidentabilidad laboral. No obstante, las disposiciones legales
respectivas no le otorgan facultades normativas ni inspectivas en el ámbito de la
“higiene laboral”, las que se mantienen en los sectores de salud y trabajo.
La Dirección General del Territorio Marítimo y de la Marina Mercante Nacional
(DIRECTEMAR), detentan facultades normativas e inspectivas en materia de
seguridad y salud en el trabajo en todos aquellos ámbitos ligados a su jurisdicción,
tales como el transporte marítimo, (de carga o de personas, nacional o internacional,
en mares, ríos y lagos), en las actividades de pesca y de cultivos marinos, y en las
actividades de carga y descarga de los artefactos navales). Algunas pocas
atribuciones en SST le son exclusivas. Sin embargo, la gran mayoría de sus funciones
se comparten con los sectores de salud y trabajo.
Al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), dependiente del Ministerio de Agricultura, se le
asignan facultades normativas e inspectivas en materia de autorización y uso de
placidas agrícolas. Estas se estatuyen en el Decreto Ley (DL) 3557/80
La Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC), dependiente del Ministerio
de Energía, tiene como función fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales
y reglamentarias que van desde la generación hasta la distribución de combustibles
líquidos, gas y electricidad, cuidando que estas actividades no sean riesgosas para las
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personas ni para los bienes privados y públicos. El principal cuerpo normativo es el
Código Eléctrico, el que contiene disposiciones sobre SST y regula la actividad de la
construcción y la instalación de todo tipo de faenas. (Echeverría 2007).
Por las características de las acciones nacionales en SST, estas asignaciones legales
especiales de responsabilidad se han desarrollado particularmente desde la mirada
sectorial respectiva, sin considerar coordinaciones entre los diversos entes públicos
competentes; tampoco, con los de salud y trabajo, que constituyen los ejes del sistema
nacional. De ese modo, a menudo, se generan contiendas de competencia o vacíos de
actuación, evidenciando con mayor nitidez la ausencia de políticas nacionales en la
materia.
3. SISTEMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Un sistema de prevención de riesgos laborales es un mecanismo de regulación de la
gestión de las organizaciones en los siguientes aspectos:
- cumplimiento de la legislación vigente en cuanto al estado de las instalaciones en
relación con las causas de posibles riesgos
- eliminación total de riesgos laborales en las actividades de la organización
Los sistemas de prevención de riesgos laborales están basados en dos principios
fundamentales:
1.- Programar previamente las situaciones y las actividades
2.- Controlar el cumplimiento de la programación
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Lo que se busca es conseguir la protección total de la salud y la vida de los empleados
y del resto del personal interesado mediante la adecuación de las instalaciones y de
las actividades, alcanzadas, la primera de ellas, mediante un proyecto y un
mantenimiento eficiente y la segunda, mediante la definición de los procesos a realizar
por las personas y la necesidad de que se conviertan en repetibles y mejorables.
Un sistema de prevención de riesgos laborales será, por tanto, un conjunto de
procedimientos que definan la mejor forma de realizar las actividades que sean
susceptibles de producir accidentes o enfermedades profesionales. Para ello se han
establecido ciertos modelos o normas internacionales que regulan las condiciones
mínimas que deben cumplir dichos procedimientos, lo cual no significa que dichas
condiciones no puedan ser superadas por voluntad de la organización o por exigencias
concretas de sus clientes.
Existen varios modelos de gestión medioambiental entre los que podemos citar la
norma británica OHSAS 18000 y el grupo de normas UNE 81900 que, aunque se
encuentran en fase experimental desde Junio de 1996, consideramos más adecuadas
a la integración de sistemas en organizaciones de nuestro país.
3.1 La Familia de Normas OHSAS 18000-1996
Señala el daño y el sufrimiento que los accidentes y enfermedades profesionales
acarrean ya que además de los costes humanos, imponen unos elevados daños a los
trabajadores, a las empresas y a la sociedad en su conjunto. Además de razones
éticas y legales, existen importantes razones económicas de reducción de costos, de
aumento de la productividad y de la competitividad de la empresa.
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Una buena actuación en prevención de riesgos laborales implica adoptar un criterio
estructurado para la identificación, evaluación y control de los riesgos laborales. Por
otro lado, esta norma comparte los mismos principios generales de gestión que las
normas de gestión de la calidad de la serie UNE-EN-ISO 9000 y con la norma de
gestión medioambiental UNE-EN-ISO 14000, razón por la cual las complementa en
tanto en cuanto adopta un criterio paralelo para alcanzar los objetivos de gestión.
1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
Esta norma pretende, ser una guía que ayude a las organizaciones a establecer y
desarrollar un sistema de gestión para la prevención de riesgos laborales de forma que
se integre dentro de la gestión de la organización, a fin de:
- Evitar o minimizar los riesgos para los trabajadores.
- Ayudar a las organizaciones a la mejora continua de sus sistemas de gestión.
2 NORMAS PARA CONSULTA
Se dan referencia de las normas de gestión de calidad y de las de gestión
medioambiental.
3 DEFINICIONES
A los efectos de esta norma, son válidas las siguientes definiciones:
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3.1 acción correctora: Acción tomada para eliminar las causas de una no
conformidad, de un defecto o cualquier otra situación indeseable existente, para
impedir su repetición.
3.2 auditoría del sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales:
Evaluación sistemática, documentada, periódica, objetiva e independiente que evalúa
la eficacia, efectividad y fiabilidad del sistema de gestión para la prevención de riesgos
laborales, así como si el sistema es adecuado para alcanzar la política y los objetivos
de la organización en esta materia.
3.3 análisis de riesgos: Utilización sistemática de la información disponible para
identificar los peligros y estimar los riesgos a los trabajadores.
3.4 control de riesgos: Mediante la información obtenida en la evaluación de riesgos,
es el proceso de toma de decisión para tratar y/o reducir los riesgos, para implantar las
medidas correctoras, exigir su cumplimiento y la evaluación periódica de su eficacia.
3.5 criterio de actuación en prevención de riesgos laborales: Indicadores de
gestión que permiten a la organización determinar el grado de aquélla y para lograr el
nivel de cumplimiento de su política de prevención.
3.6 especificación: Conjunto de requisitos que ha de cumplir un producto, un proceso
o un sistema.
3.7 evaluación de riesgos: Proceso mediante el cual se obtiene la información
necesaria para que la organización esté en condiciones de tomar una decisión
apropiada sobre la oportunidad de adoptar acciones preventivas y, en tal caso, sobre
el tipo de acciones que deben adoptarse.
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3.8 gestión de riesgos: Aplicación sistemática de políticas, procedimientos y
prácticas de gestión para analizar, valorar y evaluar los riesgos.
3.9 identificación de peligros: El proceso mediante el cual se reconoce que existe un
peligro y se definen sus características.
3.10 informes sobre seguridad y salud: Informes que describen durante un periodo
de tiempo determinado:
- La política de prevención de riesgos laborales y las actividades de organización.
- El cumplimiento y efectividad del sistema de gestión de la prevención de riesgos.
- El conjunto de acciones de mejora de la organización.
3.11 inspección: Actividades encaminadas a la medición, examen, ensayo o
contrastación con un patrón de una o varias características del sistema de gestión de
la prevención de riesgos laborales de la organización.
3.12 manual de prevención de riesgos laborales: Documento que establece la
política de prevención y describe el sistema de gestión de la prevención de riesgos
laborales de la organización.
3.13 mejora continua: Proceso programado, sistemático y periódico con el objeto de
mejorar la gestión en materia de prevención de riesgos laborales de una organización,
de acuerdo a su política en este campo de actividad.
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3.14 metas: Conjunto de requisitos detallados de actuación, cuantificados siempre que
sea posible, aplicables a la organización o a partes de ésta, que tienen su origen en
los objetivos de prevención y que deben cumplirse para alcanzar dichos objetivos.
3.15 objetivos: Conjunto de fines que la organización se propone alcanzar en cuanto
a su actuación en materia de prevención de riesgos laborales, programados
cronológicamente y cuantificados en la medida de lo posible.
3.16 partes interesadas: Todas aquéllas, pertenecientes o no a la organización,
involucradas en materia de prevención de riesgos laborales.
3.17 plan de auditoria: Documento que establece las prácticas especificas, los
recursos y la secuencia de actividades relacionadas con las auditorias de un sistema
de gestión en la prevención de riesgos laborales.
3.18 planificación de la prevención: Actividades que establecen los objetivos y
especificaciones necesarias para desarrollar la acción preventiva y para la aplicación
de los elementos del sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales.
3.19 política de prevención: Directrices y objetivos generales de una organización
relativos a la prevención de riesgos laborales tal y como se expresan formalmente por
la dirección.
3.20 programa de gestión de la prevención de riesgos laborales: Descripción
documentada para alcanzar los objetivos y metas en materia de prevención de riesgos
laborales.
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3.21 registros de la prevención de riesgos laborales: Documentos que
proporcionan información cuya veracidad puede demostrarse, basada en hechos
obtenidos mediante observación, medición, ensayo u otros medios.
3.22 revisión por la dirección: Evaluación formal, por parte de la dirección, del
estado y de la adecuación del sistema de gestión de la prevención de riesgos
laborales en relación con la política de prevención.
3.23 sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales: Es la parte del
sistema general de gestión de la organización que define la política de prevención, y
que incluye la estructura organizativa, las responsabilidades, las prácticas, los
procedimientos, los procesos y los recursos para llevar a cabo dicha política.
3.24 verificación: Confirmación mediante examen y anotación de evidencias objetivas
de que los requisitos especificados han sido cumplimentados.
4 Requisitos del sistema de prevención de riesgos laborales
La dirección de la organización debe establecer un sistema de gestión de la
prevención de riesgos laborales que incorpore las actividades descritas en esta norma
y que, considere la legislación vigente en dicha materia y las buenas prácticas que
deban observarse. De esta forma, la organización establecerá procedimientos y
programas para fijar la política y objetivos del sistema, y desarrollar métodos para
alcanzar el cumplimiento de dichos objetivos.
4.1 Política de prevención de riesgos laborales
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La dirección debe definir y documentar su política de prevención de riesgos laborales
como parte integrante de la gestión, asegurando.
a) la adecuación a la actividad de la organización
b) el compromiso de alcanzar un alto nivel de seguridad y salud en el trabajo
c) el cumplimiento de la legislación vigente y la responsabilidad de todo el personal de
la organización
d) su conocimiento y desarrollo por todos los niveles de la organización
e) la coherencia con otras políticas de recursos humanos que garanticen el bienestar
de los trabajadores
f) la participación y la información de todos los trabajadores para conseguir la mejora
continua del sistema implantado
g) su periódica actualización y la realización de auditorías internas y externas
h) la adopción y difusión de los objetivos de la política de prevención implantada, a
toda la organización
i) la suficiente y adecuada formación teórica y práctica mediante la provisión de los
recursos necesarios que permitan el desarrollo de la política preventiva
4.2 El sistema de gestión en la prevención de riesgos laborales
La dirección de la organización debe definir, y mantener al día un sistema de
prevención de riesgos laborales que asegure la adecuación de las actividades con la
política definida en el apartado anterior.
El sistema debe:
a) definir documentalmente la estructura organizativa, responsabilidades, y
procedimientos de trabajo, de acuerdo con los requisitos de esta norma.
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b) implantar con efectividad los procedimientos definidos teniendo en cuenta la
legislación vigente en la materia.
4.3 Responsabilidades
4.3.1 Responsabilidad de la dirección y recursos. La dirección general de la
organización debe
a) definir las responsabilidades del personal
b) suministrar los recursos materiales y humanos necesarios.
c) establecer objetivos y diseñar las estrategias correspondientes.
d) coordinar los planes y programas de acción preventiva determinando prioridades.
e) establecer los planes de emergencia correspondientes.
f) tomar las acciones necesarias para garantizar que el sistema satisface sus objetivos.
g) designar un miembro del equipo directivo con autoridad suficiente para asegurar
que se cumplen y se mantienen al día los requisitos de esta norma.
4.3.2 Revisión por la dirección.
A intervalos que habrán de ser definidos en el manual, la dirección de la organización
revisará el sistema para asegurar su adecuación y su eficacia continuadas,
manteniendo registros de dichas revisiones.
4.3.3 Responsabilidad del personal, comunicación y formación.
La dirección establecerá y mantendrá al día procedimientos para garantizar que todos
los trabajadores:
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a) cumplan con la política, los objetivos y los procedimientos del sistema
b) desarrollen una actividad compatible con su seguridad y salud
c) cooperen con la organización a fin de garantizar unas condiciones de trabajo
seguras
d) sean conscientes de su responsabilidad por incumplimiento de las obligaciones en
materia de prevención de riesgos laborales
4.3.3.1 Se establecerán procedimientos para conseguir una comunicación eficaz en lo
que se refiere al cumplimiento y desarrollo de la política de prevención de riesgos
laborales, considerando:
a) la legislación vigente y sus modificaciones, información sobre identificación,
evaluación y control de riesgos y nuevas prácticas de prevención de riesgos
b) la investigación e inspección de incidentes, accidentes y enfermedades derivadas
del trabajo
d) la planificación, control, auditoría y revisión de las actuaciones
e) la información ascendente, descendente y en horizontal y las reuniones de la
dirección
f) el uso de carteles, boletines, periódicos y otros medios similares de comunicación
4.3.3.2 Se establecerán procedimientos para identificar las necesidades de formación
y ofrecer la formación adecuada en materia de prevención, considerando:
a) el puesto de trabajo o función de cada trabajador
b) la evaluación de los riesgos y a la aparición de otros nuevos
c) repetir la formación periódicamente, cuando se produzcan cambios en el puesto de
trabajo o función o se utilicen nuevos equipos o nuevas tecnologías
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Los trabajadores a los que se asignen funciones de prevención, deben tener una
calificación adecuada.
4.4 La evaluación de los riesgos
Inicialmente se realizará una evaluación inicial de los riesgos de los trabajadores para
obtener información sobre su alcance y naturaleza a fin de identificar la importancia
relativa de los riesgos inherentes a la actividad desarrollada y a los equipos de trabajo
utilizados en la misma.
4.4.1 Registro de los requisitos legales, reglamentarios y demás requisitos normativos.
Un procedimiento regulará los registros del cumplimiento de los requisitos legales y los
requeridos por el sistema.
4.4.2 Evaluación y control de los riesgos.
Se establecerán procedimientos para:
a) Identificar los peligros de daños potenciales y su evaluación
b) Implantar y mantener al día las medidas correctoras del apartado anterior
4.4.2.1 Identificar los peligros.
Para lo cual se requiere un buen conocimiento de las condiciones de trabajo de la
organización.
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4.4.2.2 Evaluar los riesgos.
Significa obtener la información necesaria para poder determinar que tipo de medidas
preventivas deben adoptarse con referencia a:
- los requisitos legales que puedan ser medidos o comprobados
- los requisitos legales de tipo cualitativo que permitan una valoración adecuada
- los códigos de buenas prácticas y procedimientos internos de evaluación
comúnmente aceptados
Los métodos o criterios de evaluación serán los recogidos en Normas UNE, normas
internacionales o guías de los órganos cientifico-técnicos especializados de las
Administraciones Públicas o de otras entidades de reconocido prestigio.
4.4.2.3 Controlar los riesgos.
Lo que significa tomar decisiones sobre las medidas de control, mediante la
comparación entre los riesgos y los requisitos que establecen los niveles mínimos de
prevención, teniendo en cuenta la secuencia siguiente:
a) eliminar los riesgos en su origen
b) reducir el nivel de peligro de la situación considerada
c) elegir adecuadamente los equipos y los métodos de trabajo y de producción,
adaptando el trabajo a la persona, con objeto de reducir la monotonía del trabajo,
reduciendo los efectos del mismo en la salud
d) adaptar las innovaciones tecnológicas
e) anteponer la protección colectiva a la individual
f) instruir debidamente a los trabajadores
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4.4.2.4 Mantener las medidas de control de riesgos.
El funcionamiento correcto de las medidas preventivas adoptadas debe asegurarse
mediante los procedimientos adecuados de vigilancia y mantenimiento con atención a
los cambios y desarrollos tecnológicos.
4.5 Planificación de la prevención
En un formato adecuado al trabajo de la organización se definirá y documentarán las
acciones necesarias para poder cumplir los requisitos del sistema de prevención,
incluyendo:
a) la identificación, establecimiento y control de objetivos
b) los procedimientos para desarrollar, mantener, controlar y mejorar una cultura
organizativa que apoye el control de riesgos
c) los controles directos sobre los riesgos generados por las actividades de la
organización
4.5.1 Los objetivos y metas en la prevención de riesgos laborales.
La organización debe establecer procedimientos para especificar los objetivos y las
metas a todos los niveles oportunos dentro de la estructura de la organización,
basados, en primer lugar en el cumplimiento de los requisitos legales y posteriormente
en la mejora de las condiciones de trabajo, en los requisitos financieros y
operacionales de la organización, así como en la opinión de los trabajadores.
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Los objetivos y metas deben ser cuantificables y atender a cada una de las siguientes
etapas:
a) política de prevención
b) sistemas organizativos
c) procedimientos y sistemas de control
Las metas son el desglose cuantitativo de los objetivos, deberán ser alcanzables e
incluirán plazos, responsables y recursos para su consecución.
4.5.2 El programa de gestión de la prevención de riesgos laborales. Para el
cumplimiento de los objetivos y metas la organización establecerá y mantendrá al día
un programa con su correspondiente calendario, que debe incluir:
a) las responsabilidades para conseguir las metas en cada función y en cada nivel de
la organización
b) los recursos para alcanzarlas
Los programas dirigidos a promover la mejora del ambiente de trabajo y el
perfeccionamiento de los niveles de protección, incluirán:
a) los objetivos de seguridad y salud que se pretenden conseguir
b) los recursos para alcanzarlos
c) los procedimientos de revisión a medida que avanzan los programas
d) un sistema de acciones correctivas caso necesario, incluyendo el control de su
cumplimiento y eficacia
4.6 El manual y la documentación de gestión de la prevención de riesgos laborales
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4.6.1 El manual.
El manual de prevención de riesgos laborales es el soporte documental, en papel o
electrónico, del sistema. Deberá incluir:
a) un documento con la política de prevención, los objetivos y metas y el programa de
gestión de la prevención
b) las funciones y responsabilidades de todos los directivos y trabajadores de la
organización involucrados en el sistema de prevención
c) las interrelaciones de los elementos del sistema
d) los elementos que forman parte de la documentación del sistema o la referencia a
los mismos
4.6.2 La documentación.
La organización debe establecer y mantener al día al menos los procedimientos para:
a) evaluar de los riesgos para la seguridad y la salud
b) planificar la acción preventiva
c) establecer las medidas de prevención y de protección y, los materiales de
protección a utilizar
d) controlar periódicamente las condiciones de trabajo y la actividad de los
trabajadores para detectar situaciones potencialmente peligrosas
e) controlar el estado de salud y las aptitudes de los trabajadores para el desempeño
del puesto de trabajo
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f) registrar los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que produzcan una
incapacidad laboral superior a un día de trabajo y su notificación a la autoridad
competente
4.6.3. El tratamiento de la documentación. La organización establecerá y mantendrá al
día procedimientos para el control de la documentación citada, los cuales incluirán:
a) la revisión y aprobación por los responsables adecuados en el inicio y en las
revisiones
b) una forma adecuada de identificación
c) la disponibilidad en los lugares de trabajo de los documentos vigentes y la
eliminación sin demora de los obsoletos
e) la retirada sin demora de la documentación obsoleta tanto desde los puntos de
edición como de los de utilización
4.7 El control de las actuaciones
4.7.1 Generalidades.
Estarán definidas las responsabilidades para el control, la medición y el ensayo de las
actuaciones.
4.7.2 El control activo.
La organización establecerá y mantendrá al día los procedimientos de control de
cumplimiento correspondientes, indicando:
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a) la documentación que define la forma de desarrollar la actividad por los trabajadores
de la organización o por otros que actúen en su lugar
b) los procedimientos que determinen el cumplimiento de la política y los objetivos
c) la inspección sistemática de locales, instalaciones, equipos y maquinaria
d) la forma de realizar los muestreos necesarios para el control
e) la evaluación de las actitudes del personal y las prácticas inseguras de los
trabajadores que puedan requerir corrección
f) la evaluación de la salud
g) el análisis de la documentación y los registros.
4.7.3 Verificación.
La organización establecerá y mantendrá al día procedimientos para verificar la
conformidad del sistema con los requisitos especificados estableciendo y manteniendo
al día un registro de los resultados.
a) Identificando y documentando los datos de la verificación
b) documentando los procedimientos de verificación
c) estableciendo los criterios de aceptación y las acciones correctivas en su caso
d) evaluando y documentando los posibles fallos en el funcionamiento de los sistemas
de verificación
4.7.4 El control reactivo.
La organización establecerá y mantendrá al día procedimientos para investigar,
analizar y registrar los siguientes elementos:
a) Incidentes
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b) Accidentes
c) Enfermedades laborales
d) Recomendaciones o requerimientos efectuados por Organismos Oficiales
4.7.5 Casos de no conformidad y acciones correctoras.
Cuando se detecte una no conformidad con los requisitos del sistema se iniciará, si
procede, la correspondiente investigación y acción correctiva concentrando los
mayores esfuerzos en aquellos sucesos que pueden implicar lesiones significativas o
enfermedades laborales importantes. Dicha acción correctiva procederá a:
a) determinar la causa
b) elaborar e implantar un plan de actuación correctora
c) controlar la eficacia de las medidas aplicadas
e) modificar, en su caso, los procedimientos afectados por las medidas
4.8 Registros de la prevención de riesgos
La organización establecerá y mantendrá al día procedimientos para la gestión de los
registros, los cuales debe ser legibles e identificables y deberán almacenarse y
mantenerse actualizados de forma que se puedan recuperar de inmediato y protegerse
contra posibles daños, deterioros o pérdidas, estableciendo su período de retención.
Se utilizarán registros para demostrar:
a) la conformidad o no conformidad con los requisitos
b) el cumplimiento de los objetivos y metas
c) los resultados de las auditorías, revisiones y actividades de formación
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4.9 Evaluación del sistema de gestión de prevención de riesgos laborales
4.9.1 Auditorías del sistema de gestión de prevención de riesgos laborales.
Se llevarán a cabo teniendo en cuenta lo establecido en la norma.
4.9.1.1 Generalidades.
La organización establecerá y mantendrá al día procedimientos para la realización de
auditorías.
Las auditorías permiten examinar la adecuada descripción e implantación de todos los
componentes del sistema de prevención y en particular:
a) la Política: Su propósito, ámbito y adecuación
b) la Organización, incluyendo la aceptación de responsabilidades por parte del
personal directivo, las disposiciones para asegurar la implicación de todos los
trabajadores en los esfuerzos de seguridad y salud, la eficacia de la comunicación y la
competencia de todos los trabajadores
c) la Planificación e Implantación de la política, incluyendo el programa de seguridad y
salud en su conjunto, el establecimiento de objetivos, la asignación de recursos, la
eficacia en el control de riesgos y la mejora de la actuación a largo plazo, con respecto
a accidentes e incidentes
d) la medición del nivel de cumplimiento de los objetivos y la capacidad de
organización para aprender de la experiencia y mejorar sus actuaciones
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4.9.1.2 Plan de auditorias.
Se ha de confeccionar un plan de auditoría que contenga:
a) las actividades y emplazamientos específicos que se deben auditar.
b) la frecuencia con que se realizan las auditorías teniendo en cuenta la importancia
de los riesgos y la naturaleza de la actividad en cuestión, así como los resultados de
las auditorías previas.
c) las responsabilidades sobre la realización de la auditoría.
d) Los requisitos del personal, procurando que quienes llevan a cabo las auditorías
sean independientes del área o de las actividades bajo auditoría, posean
conocimientos y experiencia en las disciplinas en cuestión y puedan disponer del
apoyo de un conjunto más amplio de especialistas.
e) la metodología para llevar a cabo la auditoría e informar de sus resultados.
4.9.2 Revisión del sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales.
A intervalos apropiados la dirección de la organización llevará a cabo la revisión
documentadas del sistema de gestión, para satisfacer los requisitos de esta norma,
asegurar que el sistema siga siendo apropiado y eficaz y se cumple el compromiso de
mejora continua mediante la actualización periódica de los objetivos.
Las revisiones de la dirección incluirán una valoración de los resultados de las
auditorias.
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II. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS
Tipos de Riesgos
2.1. Riesgos físicos
Los riesgos se pueden clasificar en:
2.1.1. Ruido
2.1.2. Presiones
2.1.3. Temperatura
2.1.4. Iluminación
2.1.5. Vibraciones
2.1.6. Radiación Ionizante y no Ionizante.
2.1.7. Temperaturas Extremas (Frío, Calor)
2.1.8. Radiación Infrarroja y Ultravioleta
2.1.1. Ruido
El sonido consiste en un movimiento ondulatorio producido en un medio elástico por
una fuente de vibración. La onda es de tipo longitudinal cuando el medio elástico en
que se propaga el sonido es el aire y se regenera por variaciones de la presión
atmosférica por, sobre y bajo el valor normal, originadas por la fuente de vibración. La
velocidad de propagación del sonido en el aire a 0 ºC es de 331 metros por segundo y
varía aproximadamente a razón de 0.65 metros por segundo por cada 1ºC de cambio
en la temperatura.
Su unidad de medida es el decibel (db) o décima parte del bel.
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La velocidad del sonido es aproximadamente:
En el agua: 4700 pies/s = 1433 m/s
En la madera: 13000 pies/s = 3962 m/s
En el acero: 16500 pies/s = 5029 m/s
Existe un límite de tolerancia del oído humano. Entre 100-120 db, el ruido se hace
inconfortable. A los 130 db se sienten crujidos; de 130 a 140 db, la sensación se hace
dolorosa y a los 160 db el efecto es devastador. Los efectos del ruido en el hombre se
clasifican en los siguientes:
1) Efectos sobre mecanismo auditivo.
2) Efectos generales.
Los efectos sobre el mecanismo auditivo pueden clasificarse de la siguiente forma:
a) Debidos a un ruido repentino e intenso.
b) Debidos a un ruido continuo.
2.1.2. Presiones.
Las variaciones de la presión atmosférica no tienen importancia en la mayoría de las
cosas. No existe ninguna explotación industrial a grandes alturas que produzcan
disturbios entre los trabajadores, ni minas suficientemente profundas para que la
presión del aire pueda incomodar a los obreros. Sin embargo, esta cuestión presenta
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algún interés en la construcción de puentes y perforaciones de túneles por debajo de
agua.
2.1.3. Temperatura.
Existen cargos cuyo sitio de trabajo se caracteriza por elevadas temperaturas, como
en el caso de proximidad de hornos siderúrgicos, de cerámica y forjas, donde el
ocupante del cargo debe vestir ropas adecuadas para proteger su salud. En el otro
extremo, existen cargos cuyo sitio de trabajo exige temperaturas muy bajas, como en
el caso de los frigoríficos que requieren trajes de protección adecuados.
La máquina humana funciona mejor a la temperatura normal del cuerpo la cual es
alrededor de 37 °C. Sin embargo, el trabajo muscular produce calor y éste tiene que
ser disipado para mantener, tal temperatura normal. Cuando la temperatura del
ambiente está por debajo de la del cuerpo, se pierde cierta cantidad de calor por
conducción, convección y radiación, y la parte en exceso por evaporación del sudor y
exhalación de vapor de agua. La temperatura del cuerpo permanece constante cuando
estos procesos compensan al calor producido por el metabolismo normal y por
esfuerzo muscular.
2.1.4. Iluminación.
Cantidad de luminosidad que se presenta en el sitio de trabajo del empleado. No se
trata de iluminación general sino de la cantidad de luz en el punto focal del trabajo. La
iluminación deficiente ocasiona fatiga a los ojos, perjudica el sistema nervioso, ayuda a
la deficiente calidad del trabajo y es responsable de una buena parte de los accidentes
de trabajo.
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La agudeza visual de un individuo disminuye con la edad, cuando otros factores se
mantienen iguales, y esto se puede contrabalancear, en gran parte, suministrando
iluminación adicional.
Las recomendaciones de iluminación en oficinas son de 300 a 700 luxes, para que no
reflejen se puede controlar con un reóstato. El trabajo que requiere una agudeza visual
alta y una sensibilidad al contraste necesita altos niveles de iluminación. El trabajo fino
y delicado debe tener una iluminación de 1000 a 10 000 luxes.
2.1.5. Vibraciones.
Las vibraciones se definen como el movimiento oscilante que hace una partícula
alrededor de un punto fijo. Este movimiento, puede ser regular en dirección, frecuencia
y/o intensidad, o bien aleatorio, que es lo más corriente.
Será frecuente encontrar un foco que genere, a la vez, ruido y vibraciones. Los efectos
que pueden causar son distintos, ya que el primero centra su acción en una zona
específica: El Oído, y las vibraciones afectan a zonas extensas del cuerpo, incluso a
su totalidad, originando respuestas no específicas en la mayoría los casos.
Podemos dividir la exposición a las vibraciones en dos categorías en función de la
parte del cuerpo humano que reciban directamente las vibraciones. Así tendremos:
Las partes del cuerpo más afectadas son el segmento mano-brazo, cuando se habla
de vibraciones parciales. También hay vibraciones globales de todo el cuerpo.
1. Vibraciones Mano-Brazo (vibraciones parciales).
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A menudo son el resultado del contacto de los dedos o la mano con algún elemento
vibrante (por ejemplo: una empuñadura de herramienta portátil, un objeto que se
mantenga contra una superficie móvil o un ando de una máquina).
Los efectos adversos se manifiestan normalmente en la zona de contacto con la fuente
vibración, pero también puede existir una transmisión importante al resto del cuerpo.
Una motosierra, un taladro, un martillo neumático, por producir vibraciones de lata
frecuencia, dan lugar a problemas en las articulaciones, en las extremidades y en la
circulación sanguínea.
2. Vibraciones Globales (vibraciones en todo el cuerpo).
La transmisión de vibraciones al cuerpo y los efectos sobre el mismo dependen mucho
de la postura y no todos los individuos presentan la misma sensibilidad, es decir, la
exposición a vibraciones puede no tener las mismas consecuencias en todas las
situaciones.
Los efectos más usuales son:
Traumatismos en la columna vertebral.
Dolores abdominales y digestivos.
Problemas de equilibrio.
Dolores de cabeza.
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Trastornos visuales.
2.1.6. Radiaciones Ionizantes y No Ionizantes.
Las radiaciones pueden ser definidas en general, como una forma de transmisión
espacial de la energía. Dicha transmisión se efectúa mediante ondas
electromagnéticas o partículas materiales emitidas por átomos inestables.
Una radiación es Ionizante cuando interacciona con la materia y origina partículas con
carga eléctrica (iones). Las radiaciones ionizantes pueden ser:
Electromagnéticas (rayos X y rayos Gamma).
Corpusculares (partículas componentes de los átomos que son emitidas,
partículas Alfa y Beta).
Las exposiciones a radiaciones ionizantes pueden originar daños muy graves e
irreversibles para la salud.
Respecto a las radiaciones No Ionizantes, al conjunto de todas ellas se les llama
espectro electromagnético.
Ordenado de mayor a menor energía se pueden resumir los diferentes tipos de ondas
electromagnéticas de la siguiente forma:
Campos eléctricos y magnéticos estáticos.
Ondas electromagnéticas de baja, muy baja y de radio frecuencia.
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Microondas (MO).
Infrarrojos (IR).
Luz Visible.
Ultravioleta (UV).
Los efectos de las radiaciones no ionizados sobre el organismo son de distinta
naturaleza en función de la frecuencia. Los del microondas son especialmente
peligrosos por los efectos sobre la salud derivados de la gran capacidad de calentar
que tienen.
Criterios preventivos básicos sobre las radiaciones.
El aumento de la distancia es la única medida preventiva efectiva para disminuir la
exposición a campos electromagnéticos estáticos.
1. La capacidad de una radiación para penetrar dentro de un objeto está en
función de la longitud de onda de la misma y de las características estructurales
del material.
2. Una de las técnicas de protección ante las radiaciones electromagnéticas
consiste en apantallar las radiaciones. Las pantallas han de estar conformadas
con material adecuado.
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3. El blindaje del foco emisor en el momento de su fabricación es la medida
preventiva necesaria en el caso de cierto tipo de láser.
4. La reducción del tiempo de exposición.
5. La señalización de las zonas de exposición.
6. El uso de EPI`s (pantalla facial, gafas, ropa de trabajo etc.).
7. Realización de medidas de los niveles de radiaciones y valoración por
comparación con los niveles de referencia.
2.1.7. Temperaturas Extremas (Frío, Calor).
El hombre necesita mantener una temperatura interna constante para desarrollar la
vida normal. Para ello posee mecanismos fisiológicos que hacen que ésta se
establezca a cierto nivel (37 ºC) y permanezca constante. Las variables que interviene
en la sensación de confort son:
El nivel de activación.
Las características del vestido.
La temperatura seca.
La humedad relativa.
La temperatura radiante media.
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La velocidad del aire.
Mediante la actividad física el ser humano genera calor, en función de la intensidad de
la actividad. La magnitud del calor será mayor o menor.
Para evitar que la acumulación de calor producido por el cuerpo y/o ganado del
ambiente descompense la temperatura interna hay mecanismos físicos y fisiológicos.
Los mecanismos físicos son los siguientes:
Radicación.
Conducción.
Convección.
Evaporación.
Los mecanismos fisiológicos:
Ante el frío: reducción del flujo sanguíneo e incremento de la actividad física.
Ante el calor: aumento del sudor y del flujo sanguíneo y la disminución de la
actividad física.
Los efectos a exposiciones a ambientes calurosos más importantes son:
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El golpe de calor.
Desmayo.
Deshidratación.
Agotamiento.
En cambio los efectos de los ambientes muy fríos son:
La hipotermia.
La congelación.
2.1.8. Radiación Infrarroja y Ultravioleta.
Radiaciones Infrarrojas o Térmicas: Estos rayos son visibles, pero su longitud de
onda está comprendida entre 8,000 Angstroms y 0.3 mm. Un cuerpo sometido al calor
(más de 500 ºC) emite radiaciones térmicas, las cuales se pueden hacer visibles una
vez que la temperatura del cuerpo es suficientemente alta. Debemos precisar que
estos rayos no son los únicos productores de efectos calóricos. Sabemos que los
cuerpos calientes, emiten un máximo de infrarrojos; sin embargo, todas las radiaciones
pueden transformarse en calor cuando son absorbidas.
Justamente a causa de su gran longitud de onda, estas radiaciones son un poco
enérgicas y, por tanto, poco penetrantes. Desde el punto de vista biológico, sólo la piel
y superficies externas del cuerpo se ven afectadas por la radiación infrarroja.
Particularmente sensible es la córnea del ojo, pudiendo llegar a producirse cataratas.
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Las personas expuestas a radiación infrarroja de alta intensidad deben proteger la
vista mediante un tipo de anteojos especialmente diseñado para esta forma de
radiación y el cuerpo mediante vestimentas que tiene la propiedad de disipar
eficazmente el calor.
Radiaciones Ultravioleta: En las escala de radiaciones, los rayos ultravioleta se
colocan inmediatamente después de las radiaciones visibles, en una longitud de onda
comprendida entre 4,000 Angstroms y unos 100 Angstroms. Las radiaciones
ultravioleta son más energéticas que la radiación infrarroja y la luz visible.
Naturalmente, recibimos luz ultravioleta del sol y artificialmente se produce tal
radiación en las lámparas germicidas, aparatos médicos y de investigación, equipos de
soldadura, etc.
Sus efectos biológicos son de mayor significación que en el caso de la luz infrarroja.
La piel y los ojos deben protegerse contra una exposición excesiva. Los obreros más
expuestos son los que trabajan al aire libre bajo el sol y en las operaciones de
soldadura de arco. La acción de las radiaciones ultravioleta sobre la piel es progresiva,
produciendo quemaduras que se conocen con el nombre de "Efecto Eritémico".
2.2. Riesgos químicos
2.2.1. Polvos
En la higiene industrial el problema del polvo es uno de los más importantes, ya que
muchos polvos ejercen un efecto, de deterioro sobre la salud de los obreros; y así
aumentar los índices de mortalidad por tuberculosis y los índices de enfermedades
respiratorias.
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Existe una clasificación simple de los polvos, que se basa en el efecto fisiopatológico
de los polvos y consta de lo siguiente:
1.- Polvos, como el plomo, que producen intoxicaciones.
2.- Polvos que pueden producir alergias, tales como la fiebre de heno, asma y
dermatitis.
3.- Polvos de materias orgánicas, como el almidón.
4.- Polvos que pueden causar fibrosis pulmonares, como los de sílice
5.- Polvos como los cromatos que ejercen un efecto irritante sobre los pulmones
y pueden producir cáncer.
6.- Polvos que pueden producir fibrosis pulmonares mínimas, entre los que se
cuentan los polvos inorgánicos, como el carbón, el hierro y el bario.
Se puede decir que los polvos están compuestos por partículas sólidas
suficientemente finas para flotar en el aire; si analizamos la industria veremos que los
polvos se deben a trituraciones, perforaciones, molidos y dinamitaciones de roca,
como por ejemplo, las industrias cementeras ejecutan todas estas actividades.
El polvo es un contaminante particular capaz de producir enfermedades que se
agrupar bajo la denominación genérica de neumoconiosis. Si se consideran sus
efectos sobre el organismo es clásico diferenciar las partículas en cuatro grandes
categorías:
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1.-Partículas Tóxicas.
2.-Polvos Alérgicos.
3.-Polvos Inertes.
4.-Polvos Fibrógenos.
Las partículas tóxicas entre las que se pueden citar las de origen metálico, como
plomo, cadmio, mercurio, arsénico, berilio, etc., capaces de producir una intoxicación
aguda o crónica por acción específica sobre ciertos órganos o sistemas vitales. La
rapidez de la manifestación dependerá en gran parte de la toxicidad específica de las
partículas así como de su solubilidad. Como la absorción de una sustancia depende
de la vía de entrada en el organismo, muchos tóxicos pasarán rápidamente en forma
ionizada a la sangre, si su estado de división es adecuado, mientras que si se detienen
en las vías respiratorias superiores la absorción puede ser mucho más lenta. Los
polvos alérgicos, de naturaleza muy diversa capaces de producir asma, fiebre,
dermatitis, etc., preferentemente en sujetos sensibilizados mientras que otros no
manifiestan reacción alguna. Su acción depende, por tanto, más de la predisposición
del individuo, que de las características particulares del polvo. En esta categoría se
pueden citar el polen, polvo de madera, fibras vegetales o sintéticas, resina, etc. Los
polvos inertes, que al acumularse en los pulmones provocan después de una
exposición prolongada una reacción de sobrecarga pulmonar y una disminución de la
capacidad respiratoria. Su acción es consecuencia de la obstaculización de la difusión
del oxígeno a través de la membrana pulmonar. Los depósitos inertes son visibles por
los rayos X si el material es opaco y no predisponen a tuberculosis. Dentro de este
grupo se pueden mencionar: el carbón, abrasivos y compuestos de bario, calcio, hierro
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y estaño. Los polvos fibrógenos, que por un proceso de reacción biológica originan
una fibrósis pulmonar o neumoconiosis evolutiva, detectable por examen radiológico y
que desarrolla focos tuberculosos preexistentes con extensión al corazón en los
estados avanzados. A esta categoría pertenece el polvo de sílice, amianto, silicatos
con cuarzo libre (talco, coalín, feldespato, etc.) y los compuestos de berilio.
2.2.2. Vapores.
Son sustancias en forma gaseosa que normalmente se encuentran en estado líquido o
sólido y que pueden ser tornadas a su estado original mediante un aumento de presión
o disminución de la temperatura. El benceno se usa ampliamente en la industria, en
las pinturas para aviones, como disolvente de gomas, resinas, grasas y hule; en las
mezclas de combustibles para motores, en la manufactura de colores de anilina, del
cuerpo artificial y de los cementos de hule, en la extracción de aceites y grasas, en la
industria de las pinturas y barnices, y para otros muchos propósitos.
En muchos de los usos del benceno, incluyendo su manufactura, la oportunidad de un
escape como vapor sólo puede ser el resultado de un accidente, y en estos casos,
cuando la exposición es severa, se puede producir una intoxicación aguda por
benceno.
Cuando el benceno se emplea como disolvente, en líquidos para lavado en seco, o
como vehículo para pinturas, se permite que este hidrocarburo se evapore en la
atmósfera del local de trabajo. Si es inadecuada la ventilación del local, la inhalación
continua o repetida de los vapores de benceno puede conducir a una intoxicación
crónica.
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2.2.3. Líquidos.
En la industria, la exposición o el contacto con diversos materiales en estado líquido
puede producir, efecto dañino sobre los individuos; algunos líquidos penetran a través
de la piel, llegan a producir cánceres ocupacionales y causan dermatitis. A
continuación se dan los factores que influyen en la absorción a través de la piel:
Existen irritantes primarios en los cuales hay varios ácidos inorgánicos, álcalis y sales,
lo mismo que ácidos orgánicos y anhídridos que se encuentran en estado líquido,
cuando se experimenta la exposición industrial y también incluyendo diversos
disolventes.
Los irritantes primarios afectan la piel en una o más de las siguientes formas:
1.- Los ácidos inorgánicos, los anhídridos y las sustancias higroscópicas actúan
como agentes deshidratantes.
2.- Los agentes curtientes y las grasas de los metales pesados precipitan las
proteínas.
3.- Algunos ácidos orgánicos y los sulfuros son agentes reductores.
4.- Los disolventes orgánicos y los detergentes alcalinos disuelven la grasa y el
colesterol.
5.- Los álcalis, jabones y sulfuros disuelven la queratina.
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2.2.4. Disolventes.
Los disolventes orgánicos ocupan un lugar muy destacado entre las sustancias
químicas más frecuentes empleadas en la industria. Se puede decir que raras son las
actividades humanas en donde los disolventes no son utilizados de una manera o de
otra, por lo que las situaciones de exposición son extremadamente diversas.
A pesar de su naturaleza química tan diversa, la mayoría de los disolventes posee un
cierto número de propiedades comunes. Así casi todos son líquidos liposolubles, que
tienen cualidades anestesiantes y actúan sobre los centros nerviosos ricos en lípidos.
Todos actúan localmente sobre la piel. Por otra parte, algunos a causa de su
metabolismo pueden tener una acción marcada sobre los órganos hematopoyéticos,
mientras que otros pueden considerarse como tóxicos hepáticos o renales.
El diagnóstico precoz de una intoxicación completa el control del ambiente de trabajo.
En este caso se investiga directamente en el hombre una posible modificación
bioquímica o fisiológica, o se determina el grado de impregnación del organismo
determinado, ya sea el disolvente o sus metabolitos en el aire alveolar o en los líquidos
biológicos.
Absorción de los Disolventes: Los disolventes pueden penetrar en el organismo por
diferentes vías, siendo las más importantes la Absorción Pulmonar, cutánea y
gastrointestinal. Esta última, relativamente rara en el medio industrial, es la forma
clásica de intoxicación accidental. La mayoría penetran fácilmente a través de la piel.
Algunos como el benceno, tolueno, xileno, sulfuro de carbono y tricloroetileno, lo
hacen tan rápidamente que pueden originar en un tiempo relativamente corto, dosis
peligrosas para el organismo.
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En los ambientes laborales, la absorción pulmonar es la principal vía de penetración.
Por medio de la respiración el disolvente es transportado a los alvéolos, desde donde
por simple difusión pasa a la sangre atravesando la membrana alveolocapilar.
Después el disolvente se distribuye en la circulación sanguínea y se va acumulando en
los diferentes tejidos del organismo, en función de la liposolubilidad y de la perfusión
del órgano considerado. Una parte sufrirá una serie de biotransformaciones
produciendo diversos metabolitos, que serán eliminados sobre todo en la orina, la bilis
y los pulmones.
Criterios Preventivos Básicos ante los Agentes Químicos.
La prevención de posibles riesgos originados por la exposición a contaminantes
químicos se basa en la actuación, según un esquema clásico de actuación, sobre:
a) Los focos de contaminación.
b) El medio.
c) El receptor (individuo expuesto).
a) Medidas de actuación en el foco.
1) Selección de equipos adecuados.
2) Sustitución de productos, cuando las características toxicológicas del
contaminante en cuestión (cancerígenos, sensibilizantes) justifiquen la búsqueda
de alternativas a las sustancias utilizadas.
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3) Modificación del proceso, cuando técnicamente sea posible, de forma que se
eliminen operaciones especialmente contaminantes.
4) Cierre de procesos, cuando son generadores de agentes químicos y se puede
prescindir de la presencia continuada de personas en los alrededores.
5) Extracción localizada, implica la instalación de un sistema de ventilación que
elimine el contaminante al momento de la generación en el foco.
6) Mantenimiento preventivo de las instalaciones y equipos de trabajo. El
envejecimiento de la maquinaria en general aumenta el riesgo de fugas y
deficiencias en los materiales pueden favorecer la presencia de agentes
químicos en el ambiente de trabajo.
b) Medidas de actuación sobre el medio.
La actuación preventiva en el medio supone casi siempre una serie de medidas
correctoras de apoyo que por sí mismas no consiguen solucionar los problemas de
contaminación, pero unidas con las medidas preventivas aplicadas al foco y al receptor
disminuyen el riesgo. Se pueden enunciar las siguientes:
1) Limpieza de los locales y lugares de trabajo, de forma periódica, ya que la
existencia de vertidos o derrames generan nuevos focos de contaminación
adicionales y dispersos.
2) Señalización de riesgos, advertencia de peligro y precauciones a tomar.
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3) Ventilación general, con el objetivo de diluir la concentración en el ambiente,
útil como medida de complemento o cuando los operarios estén lejos o los
agentes químicos presenten poca toxicidad.
4) Sistemas de alarma, mediante sistemas de detección continuos.
5) Muestras periódicas, con la finalidad de conocer la concentración ambiental
de manera periódica por aquellas situaciones en las cuales el muestreo inicial no
permita afirmar que la concentración ambiental está claramente por debajo de
los niveles establecidos.
c) Medidas de actuación sobre el receptor.
1) Formación e información sobre los riesgos posibles generados por la
manipulación de sustancias químicas. Implica organizar las actuaciones
necesarias para que los operarios reciban:
o Formación previa a la incorporación al lugar de trabajo.
o Información toxicológica básica de las materias que manipulan.
o Etiquetaje y sensibilización de las sustancias.
2) Equipos de protección individual (EPI`S) han de ser certificados y de uso
complementario.
3) Aislamiento del trabajador.
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2.3. Riesgos biológicos
Los contaminantes biológicos son seres vivos, con un determinado ciclo de vida que,
al penetrar dentro del ser humano, ocasionan enfermedades de tipos infecciosos o
parasitarios.
La exposición laboral a estos contaminantes se puede considerar bajo dos puntos de
vista definidos por le tipo de actividad:
a) Actividades en las cuales existe la intención intencionada de manipular
contaminantes biológicos (Ej.: laboratorios biológicos o industrias).
b) Actividades en las cuales no existe la intención de manipular contaminantes
biológicos, pero si puede existir la exposición a causa de la naturaleza del
trabajo (Ej.: centros de manipulación de alimentos, trabajos agrarios, o aquellos
donde exista contacto con animales, trabajos sanitarios, eliminación de residuos
y de tratamiento de aguas residuales).
Los contaminantes biológicos son microorganismos, cultivos de células y
endoparásitos humanos susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o
toxicidad.
Grupos de Riesgo: Los contaminantes biológicos se clasifican en 4 grupos de riesgo,
según el índice de riesgo de infección:
Grupo 1: Incluye los contaminantes biológicos que son causa poco posible de
enfermedades al ser humano.
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Grupo 2: Incluye los contaminantes biológicos patógenos que pueden causar
una enfermedad al ser humano; es poco posible que se propaguen al colectivo
y, generalmente, existe una profilaxis o tratamiento eficaz. Ej.: Gripe, tétanos,
entre otros.
Grupo 3: Incluye los contaminantes biológicos patógenos que pueden causar
una enfermedad grave en el ser humano; existe el riesgo que se propague al
colectivo, pero generalmente, existe una profilaxis eficaz. Ej.: Ántrax,
tuberculosis, hepatitis…
Grupo 4: Contaminantes biológicos patógenos que causan enfermedades
graves al ser humano; existen muchas posibilidades de que se propague al
colectivo, no existe tratamiento eficaz. Ej.: Virus del Ébola y de Marburg.
Anquilostomiasis. La anquilostomiasis es una enfermedad puramente profesional,
causada por un gusano. En los países tropicales la falta de higiene corporal, la falta de
uso de calzado y la alta temperatura del ambiente, que permite la salida de las larvas a
la superficie de la tierra.
Para evitar esto las minas deberán tener baños o duchas, lavados y vestuarios para
garantizar la higiene personal; el cambio del traje de trabajo a fin de evitar el transporte
de anquilostomas o sus huevos fuera de la mina. En cuanto a lo que se refiere a los
trabajadores de campo, la protección más adecuada es la construcción de letrinas y el
uso de zapatos.
Carbunco. Es el caso más frecuente de infección externa por el bacilus anthracis,
aparece primero una mácula roja como la picadura de un insecto, éste se revienta y
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empieza una pequeña escora que va del amarillo al amarillo oscuro, y al fin, al negro
carbón. Después se presenta fiebre alta, escalofrío, dolor de cabeza y fenómenos
intestinales.
El bacilus anthracis puede localizarse en el aparato broncopulmonar y en el tubo
intestinal, dando lugar al carbunco broncopulmonar e intestinal, respectivamente. La
causa de esta infección de origen profesional hay que buscarla en aquellos
trabajadores que se hallan en contacto con animales que sufren o hayan muerto de
esta enfermedad, así como en el contacto con los productos que se obtengan de estos
animales.
La Alergia. Es una reacción alterada, generalmente específica, que refleja contactos
anteriores con el mismo agente o semejante de su composición química. Hay una
alergia inmediata (urticariante) o diferida (tuberculina). Ejemplo, asma o fiebre de heno
y litre respectivamente. El agente es el alergeno: Proteínas, polipeptidos, polen,
astractos liposoluvos o muertos y sus constituyentes.
Muermo. El muermo es una enfermedad de los solípedos, pero muy contagiosa para
el hombre; el caballo y el asno infectados son muy peligrosos. El bacilo productor es
un germen conocido: el bacillus mallei. Es muy débil, y en tres días muere por
desecación.
Tétanos. Esta infección está caracterizada por contracciones musculares y crisis
convulsivas, que interesan algunos grupos musculares ose generalizan. Las
contracciones más conocidas es el llamado "Trismus Bilatéral", que hace que las dos
mandíbulas se unan como si estuvieran soldadas.
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Espiroquetosis Icterohemoragica. Esta enfermedad producida por la leptospira de
inadacido, se contagia por intermedio de la rata que infecta con sus orines las aguas o
los alimentos. Esta infección se presenta en los trabajadores de las cloacas, traperos,
obreros agrícolas dedicados a la limpieza de acequias y cultivos de arroz y en todos
aquellos que tengan contacto con el agua y terrenos adyacentes que estén plagados
de ratas. El enfermo presenta al principio escalofríos, dolor de cabeza, dolores
musculares, vómitos y alta temperatura.
Nivel de Contención.
El Nivel de Contención es el conjunto de medidas de contención física que imposibilite
el paso del contaminante biológico en el ambiente y, por tanto, puede llegar a afectar a
los trabajadores. Hay tres niveles de contención, el 2, el 3 y el 4, que corresponden a
los grupos de riesgo designados con los mismos números. Las diferencias entre los
niveles de contención están en el grado de exigencia en el cumplimiento de las
medidas propuestas.
2.4. Riesgos psicosociales
Los factores de riesgo psicosociales deben ser entendidos como toda condición que
experimenta el hombre en cuanto se relaciona con su medio circundante y con la
sociedad que le rodea, por lo tanto no se constituye en un riesgo sino hasta el
momento en que se convierte en algo nocivo para el bienestar del individuo o cuando
desequilibran su relación con el trabajo o con el entorno.
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1) Delimitación conceptual del estrés.
En 1936 Selye utiliza el término inglés stress (que significa esfuerzo, tensión) para
cualificar al conjunto de reacciones de adaptación que manifiesta el organismo, las
cuales pueden tener consecuencias positivas (como mantenernos vivos), o negativas
si nuestra reacción demasiado intensa o prolongada en tiempo, resulta nociva para
nuestra salud.
Las situaciones que se dan en cualquier sistema de trabajo, entendido éste como un
conjunto de eficacia y elementos y variables interdependientes dirigidas a alcanzar un
fin común, interactuando e influyéndose mutuamente, abarcan los siguientes
elementos:
Las personas.
El trabajo a realizar.
Los resultados esperados en términos de calidad y cantidad.
Los efectos sobre la personas, tanto positivos como negativos y en términos de
salud física, psíquica, accidentabilidad.
Las adaptaciones a los efectos y a resultados ocurridos.
2) Consecuencias del estrés en el individuo.
Los efectos y consecuencias del estrés ocupacional pueden ser muy diversos y
numerosos. Algunas consecuencias pueden ser primarias y directas; otras, la mayoría,
pueden ser indirectas y constituir efectos secundarios o terciarios; unas son, casi sin
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duda, resultados del estrés, y otras se relacionan de forma hipotética con el fenómeno;
también pueden ser positivas, como el impulso exaltado y el incremento de
automotivación. Muchas son disfuncionales, provocan desequilibrio y resultan
potencialmente peligrosas. Una taxonomía de las consecuencias del estrés sería:
a) Efectos subjetivos. Ansiedad, agresión, apatía, aburrimiento, depresión, fatiga,
frustración, culpabilidad, vergüenza, irritabilidad y mal humor, melancolía, baja
autoestima, amenaza y tensión, nerviosismo, soledad.
b) Efectos conductuales. Propensión a sufrir accidentes, drogadicción, arranques
emocionales, excesiva ingestión de alimentos o pérdida de apetito, consumo excesivo
de alcohol o tabaco, excitabilidad, conducta impulsiva, habla afectada, risa nerviosa,
inquietud, temblor.
c) Efectos cognoscitivos. Incapacidad para tomar decisiones y concentrarse, olvidos
frecuentes, hipersensibilidad a la crítica y bloqueo mental.
d) Efectos fisiológicos. Aumento de las catecolaminas y corticoides en sangre y
orina, elevación de los niveles de glucosa sanguíneos, incrementos del ritmo cardíaco
y de la presión sanguínea, sequedad de boca, exudación, dilatación de las pupilas,
dificultad para respirar, escalofríos, nudos de la garganta, entumecimiento y escozor
de las extremidades.
e) Efectos organizacionales. Absentismo, relaciones laborales pobres y baja
productividad, alto índice de accidentes y de rotación del personal, clima
organizacional pobre, antagonismo e insatisfacción en el trabajo.
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3) Estrés y condiciones de trabajo.
Por estresores se entiende un conjunto de situaciones físicas y/o psicosociales de
carácter estimular que se dan en el trabajo y que con frecuencia producen tensión y
otros resultados desagradables para la persona. Son, por tanto, elementos recurrentes
de carácter estimular (sensorial o intrapsíquico) ante las cuales las personas suelen
experimentar estrés y consecuencias negativas. En base a esta definición, cualquier
aspecto del funcionamiento organizacional relacionado con resultados conductuales
negativos o indeseables se correspondería con un estresor.
El estresor depende de:
La valoración que la persona hace de la situación.
Vulnerabilidad al mismo y características individuales.
Las estrategias de afrontamiento disponibles a nivel:
4) Estrés y características personales.
De manera complementaria, y en relación directa con los factores de riesgo
psicosocial se encuentran factores moderadores o variables asociados inherentes a
cada uno de los miembros de la empresa como persona, y que determinan el grado de
incidencia y en la salud. Por tanto se hace indispensable tener presente:
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Perfil Psicológico del trabajador: Hace referencia a todas las variables propias del
individuo y que asociadas con los factores de riesgo del trabajo generan las
enfermedades laborales, o facilitan su afrontamiento.
Sexo: Está determinado por las diferencias biológicas y físicas, muy diferentes a los
roles establecidos socialmente.
Edad: La edad en sí misma no es fuente de riesgo es una característica que modera
la experiencia de estrés. Se convierte en un factor de riesgo psicolaboral cuando se
halla acompañada de situaciones de discriminación o desventaja en el trabajo o de
actitudes sociales negativas que contribuyen al menosprecio o a la preferencia de
unas edades sobre otras.
Personalidad: Tiene relación con nuestra forma de ser (introversión, extroversión,
características cognitivas), comportarnos y de reaccionar ante los semejantes en
distintas situaciones. La vulnerabilidad ante las diversas circunstancias laborales está
determinada por como cada persona afronta o enfrenta las demandas de su entorno
así como por la (toma de control interno o externo) tolera la ambigüedad, da
importancia y valor lo que uno es, está haciendo y por tanto se implica en las
diferentes situaciones de la vida. Expectativas y metas personales.
Antecedentes Psicológicos: Está relacionada con la historia de aprendizaje del
individuo y los casos o enfermedades familiares. Por lo tanto es claro que, son
individuales y que de la misma forma pueden propiciar o no un accidente de trabajo.
Aunque se ha hecho referencia directa a los factores psicosociales relacionados con el
ambiente laboral, existen variables que potencializan el estrés ocupacional y son
externas al contexto laboral:
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Factores Exógenos: Son todas aquellas variables del entorno del ser humano que se
encuentran en asociación o relación directa con la calidad de vida del trabajador cabe
destacar:
Vida Familiar: en donde se incluyen las relaciones padres, hermanos, hijos, esposa,
etc. Y sus diferentes problemáticas.
Entorno Cultural y Social: Contexto Socioeconómico.
2.5. Riesgos ergonómicos
No existe una definición oficial de la ergonomía. Murruel la definió como "El estudio
científico de las relaciones del hombre y su medio de trabajo". Su objetivo es diseñar
el entorno de trabajo para que se adapte al hombre y así mejorar el confort en el
puesto de trabajo.
Se considera a la ergonomía una tecnología. Tecnología es la práctica, descripción y
terminología de las ciencias aplicadas, que consideran en su totalidad o en ciertos
aspectos, poseen un valor comercial.
La ergonomía es una ciencia multidisciplinaria que utiliza otras ciencias como la
medicina el trabajo, la fisiología, la sociología y la antropometría.
1) Ergonomía Aplicada
La ergonomía se define como un cuerpo de conocimientos acerca de las habilidades
humanas, sus limitaciones y características que son relevantes para el diseño. El
diseño ergonómico es la aplicación de estos conocimientos para el diseño de
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herramientas, máquinas, sistemas, tareas, trabajos y ambientes seguros, confortables
y de uso humano efectivo.
El término ergonomía se deriva de las palabras griegas ergos, trabajo; nomos leyes
naturales o conocimiento o estudio. Literalmente estudio del trabajo.
La ergonomía tiene dos grandes ramas: una se refiere a la ergonomía industrial,
biomecánica ocupacional, que se concentra en los aspectos físicos del trabajo y
capacidades humanas tales como fuerza, postura y repeticiones.
2) Descripción del puesto de trabajo.
El ambiente de trabajo se caracteriza por la interacción entre los siguientes elementos:
El trabajador con los atributos de estatura, anchuras, fuerza, rangos de
movimiento, intelecto, educación, expectativas y otras características físicas y
mentales.
El puesto de trabajo que comprende: las herramientas, mobiliario, paneles de
indicadores y controles y otros objetos de trabajo.
El ambiente de trabajo que comprende la temperatura, iluminación, ruido,
vibraciones y otras cualidades atmosféricas.
La interacción de estos aspectos determina la manera por la cual se desempeña una
tarea y de sus demandas físicas.
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Por ejemplo, una carga de 72.5 kg a 1.77 m, el trabajador masculino carga 15.9 kg
desde el piso generando 272 kg de fuerza de los músculos de la espalda baja.
3) Factores del riesgo de trabajo.
Características del ambiente de trabajo asociadas con lesiones se le llaman factores
de riesgo de trabajo e incluyen:
Características físicas de la tarea (la interacción primaria entre el trabajador y
el ambiente laboral). Posturas, Fuerza, Repeticiones, Velocidad/aceleración,
Duración, Tiempo de recuperación, Carga dinámica, Vibración por segmentos.
Características ambientales (la interacción primaria entre el trabajador y el
ambiente laboral).
Estrés por el calor, Estrés por el frío, Vibración hacia el cuerpo, Iluminación, Ruido.
4) La Postura.
Es la posición que el cuerpo adopta al desempeñar un trabajo. La postura agachado
se asocia con un aumento en el riesgo de lesiones. Generalmente se considera que
más de una articulación que se desvía de la posición neutral produce altos riesgos de
lesiones. Posturas específicas que se asocian con lesiones. Ejemplos:
En la muñeca: La posición de extensión y flexión se asocian con el síndrome del túnel
del carpo. Desviación ulnar mayor de 20 grados se asocia con un aumento del dolor y
de datos patológicos.
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En el hombro: Abducción o flexión mayor de 60 grados que se mantiene por más de
una hora/día, se relaciona con dolor agudo de cuello. Las manos arriba o a la altura
del hombro se relacionan con tendinitis y varias patologías del hombro.
En la columna cervical: Una posición de flexión de 30 grados toma 300 minutos para
producir síntomas de dolor agudo, con una flexión de 60 grados toma 120 minutos
para producir los mismos síntomas. La extensión con el brazo levantado se ha
relacionado con dolor y adormecimiento cuello-hombro, el dolor en los músculos de los
hombros disminuye el movimiento del cuello.
En la espalda baja: El ángulo sagital en el tronco se ha asociado con alteraciones
ocupacionales en la espalda baja. La postura puede ser el resultado de los métodos
de trabajo (agacharse y girar para levantar una caja, doblar la muñeca para ensamblar
una parte) o las dimensiones del puesto de trabajo (estirarse para alcanzar y obtener
una pieza en una mesa de trabajo de una localización alta; arrodillarse en el almacén
en un espacio confinado).
Estaciones de trabajo de computación: Se ha desarrollado guías de posturas para
estaciones de trabajo de computadoras. De acuerdo con la ANSI/HFS 100-1988
(American National Standards for Human Factors Engineering) de estaciones de
trabajo de computación, que entre otras cosas sugiere:
El ángulo entre el brazo y antebrazo debe estar entre 70 a 135 grados.
El ángulo entre el tronco y el muslo debe ser de al menos de 50 a 100 grados.
El ángulo entre el muslo y la pierna debe ser de 60 a 100 grados.
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El pie debe estar plano al piso.
Estación de trabajo de pie: Para trabajo de precisión, la altura de la superficie de
trabajo debe ser de 5 a 10 cm por abajo del codo, lo cual sirve de soporte reduciendo
las cargas estáticas en los hombros. Para trabajo ligero, la altura de la superficie de
trabajo debe ser de 10 a 15 cm por abajo del codo para materiales y herramientas
pequeñas. Para trabajo pesado, la altura de la superficie de trabajo debe ser de 15 a
40 cm abajo del codo para permitir un buen trabajo muscular de la extremidad
superior.
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III. EVALUACIÓN DE FALLAS Y CONTROL DE PÉRDIDAS OPERACIONALES
Fundamentos de la Evaluación de Fallas y el Control de Pérdidas
La evaluación de fallas y el control de pérdidas puede ser definida como una práctica
administrativa que tiene por objeto neutralizar los efectos destructivos de las pérdidas
potenciales o reales, que resultan de los acontecimientos no deseados relacionados
con los peligros de la operación y el trabajo cotidiano en las organizaciones.
La administración del control de pérdidas es la aplicación de los conocimientos y
técnicas de administración profesional, a aquellos métodos y procedimientos de
trabajo que tienen por objeto específico disminuir las pérdidas relacionadas con los
acontecimientos no deseados.
Los programas tradicionales de prevención orientados hacia las lesiones han
fracasado, por lo cual, ya no se puede seguir tratando la prevención como una función
independiente de un departamento y se debe buscar la integración del control de
pérdidas dentro de cada faceta del proceso productivo.
El control de pérdidas es un programa preparado para reducir o eliminar los accidentes
o incidentes, que pueden dar como resultado lesiones personales o daños a la
propiedad y al proceso, e incluye:
1.-Prevención de lesiones mediante el control de los accidentes que dan como
resultado lesiones personales.
2.-Control de accidentes que producen daño a la propiedad.
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3.-Prevención de incendios.
4.-Seguridad industrial.
5.-Higiene y salud industrial
6.-Control de la contaminación
7.-Responsabilidad sobre el producto.
ELEMENTOS ADMINISTRATIVOS DEL CONTROL DE PÉRDIDAS
1.- LIDERAZGO Y ADMINISTRACIÓN
El compromiso de la administración superior, unido a un fuerte liderazgo y una
eficiente administración son vitales para el éxito de un programa de control de
pérdidas.
Este involucramiento en el sistema, debe traducirse en una declaración por escrito de
la política de control de pérdidas que refleje una actitud positiva de la administración
sobre el control de pérdidas y su compromiso con ella.
Este elemento mide el grado de liderazgo del nivel directo superior, orientado y
motivando a la línea de mando y trabajadores hacia el cabal cumplimiento de sus de
sus respectivos roles en la gestión productiva de la empresa. Además, de la existencia
de una estructura administrativa que sirva de soporte a las acciones de control de
pérdidas identificadas como necesarias de integrar a dicha gestión.
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2.- ENTRENAMIENTO DE LA GERENCIA (DEL LIDERAZGO)
El término "líder" como se presenta en este elemento se refiere a todos aquellos
individuos que son responsables directos por las actividades de control de pérdidas. El
entrenamiento del liderazgo debe proveer al personal el conocimiento y las habilidades
necesarias para administrar el programa de control de pérdidas y la motivación para
usarlo.
El entrenamiento debe enfocarse en el liderazgo, la revisión de funciones, el control y
la aplicación del programa, etc., además de cómo motivar y lograr el involucramiento
de los trabajadores.
3.- INSPECCIONES PLANEADAS Y MANTENIMIENTO
Las inspecciones planeadas de la organización involucran exámenes sistemáticos de
las instalaciones, equipos, herramientas, materiales y el uso de ellos por los
empleados. Estas inspecciones son un elemento básico del sistema de control de
pérdidas. Ellas son una fuente de retroalimentación para la administración sobre la
efectividad de las compras, ingeniería, métodos y procedimientos, comunicaciones, y
otros aspectos de control de pérdidas. Los expertos indican que las inspecciones
planeadas no sólo son una parte importante del sistema de control de pérdidas, sino
también tienen un tremendo potencial para incrementar el cumplimiento con los
requisitos legislativos, mejorar la moral de los empleados, y aumentar la eficiencia del
trabajo.
Este elemento busca posibilitar que cada jefatura pueda realizar la detección, análisis
y corrección sistemática de las deficiencias que, por estar afectando la correcta y
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armónica interacción entre equipos, materiales y ambiente, impiden el normal
desarrollo de las operaciones en sus respectivas áreas.
4.- ANÁLISIS Y PROCEDIMIENTOS DE TAREAS CRÍTICAS
El análisis de tareas es el examen objetivo y sistemático de las tareas y labores que se
realizan en la empresa. Permite en primer término identificar todas las tareas crÍticas
ejecutadas en la planta, para luego con dicha información desarrollar los
procedimientos específicos para efectuar cada tarea.
Este elemento mide la existencia y funcionamiento de un sistema que permita
identificar y analizar las tareas críticas (incluyendo los riesgos para la salud y la
seguridad) que se desarrollan al interior de la organización, para luego, elaborar
procedimientos más eficientes y seguros.
5.- INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES/ INCIDENTES
La investigación de accidentes involucra el examen metódico de un evento indeseado
que resultó o pudo haber resultado en daño físico a la gente, daño a la propiedad,
pérdidas en el proceso o daños al medio ambiente. Las actividades de investigación se
dirigen hacia la definición de hechos y circunstancias relacionadas con el evento, a la
determinación de las causas, y al desarrollo de las acciones para controlar los riesgos.
Los análisis de accidentes revelan que existen factores causales similares para todo
tipo de pérdidas como lesiones, accidente con daños, incendios, derrames... La
investigación de todos los accidentes /incidentes contribuyen a la identificación de las
causas básicas, acciones correctivas y controles preventivos.
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Este elemento busca proporcionar a la línea de mando un medio para obtener, de
manera sistemática, información sobre los accidentes y cuasi-accidentes ocurridos en
su área de gestión y poder así corregir eficazmente la falta o falla de control
administrativo que permitió la generación de esos hechos no deseados.
La organización debe implementar un procedimiento para realizar la investigación de
accidentes, con sus respectivos registros, además de un sistema que asegure la
implementación de las acciones correctivas propuestas.
6.- OBSERVACIÓN DE TAREAS
Ver, percibir, y entender lo que está ocurriendo, son características de un buen
gerente. La observación de tareas es una técnica que permite al gerente asegurar que
las tareas se realizan efectivamente y en cumplimiento con los estándares. Mientras
se efectúa una observación, el superior de grupo puede validar el entrenamiento del
empleado, los procedimientos de tareas, la eficiencia del grupo, y el uso de los
materiales adecuados. La observación de un desempeño subestándar puede
identificar el entrenamiento, la motivación, el equipo, los procedimientos, los
materiales, o los problemas de mantenimiento, de manera que se puedan tomar las
medidas para controlar los riesgos. Una observación de desempeño superior puede
también identificar mejoramientos potenciales o prácticas que pueden ser usados por
otros. Un programa de observación coordinado adecuadamente puede servir para
actualizar los procedimientos y prácticas evaluadas en el análisis y procedimientos de
tareas críticas.
Existen dos tipos de observaciones de tareas: completa y parcial/selectiva. En la
completa el supervisor observa al empleado desempeñar una tarea desde el principio
hasta el final. Y la parcial/selectiva para ver el desempeño en una parte de la tarea
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Este elemento busca proporcionar a la línea de supervisión una herramienta de retro-
alimentación acerca de la efectividad de su gestión directiva, mediante la detección y
el análisis de los "errores" en que incurre el nivel operativo durante la realización de
las tareas críticas, y habilitarla para tomar decisiones tendientes a corregir acertada y
oportunamente la actuación subestándar del personal.
7.- PREPARACIÓN PARA EMERGENCIAS
Un sistema efectivo de control de pérdidas asegurará primero la existencia de un plan
general de emergencias basado en las necesidades identificadas por la organización,
la cual establece procedimientos de evacuación , asigna responsabilidades individuos
específicos, provee la notificación a agencias externas, establece los medios de
comunicación, provee reacción interna a emergencias y prepara la instalación para
otras acciones efectivas. El siguiente paso es adaptar el plan general de emergencias
a situaciones especificas de emergencias que pueden ocurrir, se debe diseñar planes
para aquellas situaciones de emergencias con alta probabilidad de ocurrencia y /o
posean el mayor potencial de pérdidas.
Este elemento evalúa la existencia de un sistema operativo debidamente organizado y
materialmente bien implementado, manejado por personal con un adecuado nivel de
entrenamiento, para actuar eficazmente ante situaciones de emergencia que
probablemente deba enfrentar la planta.
8.- REGLAS Y PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO
La lógica y el sentido común nos dicen que ciertas pérdidas accidentales que están
conectadas con un número relativamente pequeño de actividades críticas se podrían
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reducir al mínimo mediante el cumplimiento de las reglas y prácticas relacionadas. Las
reglas eficientes sirven de guía al comportamiento del empleado sobre una actividad
que frecuentemente presenta un riesgo supercrítico. Aquí se consideran las reglas
generales del control de pérdidas, las reglas y permisos especiales de trabajo.
Este elemento busca un sistema que permita establecer las principales guías para el
comportamiento que se espera de los trabajadores frente a situaciones y actividades
críticas que involucren una alta exposición a riesgos. Cualquiera sea la magnitud
probable de las pérdidas, independientemente de cual sea la exposición.
9.- ANÁLISIS DE ACCIDENTES/ INCIDENTES
El análisis de accidentes/incidentes implica una revisión metódica de las causas y
consecuencias reales o potenciales de los accidentes e incidentes ocurridos en la
empresa en un cierto período.
Mediante la revisión y análisis de los informes de accidentes e incidentes y sus
causas, (debidamente elaborados y documentados), los gerentes de la organización
pueden identificar las tendencias repetitivas de las exposiciones a pérdidas, de los
riesgos evaluados indebidamente y de los controles inadecuados.
Este tipo de información es importante porque provee retroalimentación que es útil
para efectuar los ajustes necesarios al sistema de control de pérdidas.
Este elemento evalúa como el sistema utiliza y aprovecha la información obtenida de
la investigación de accidentes/ incidentes, en el control de los accidentes,
enfermedades profesionales y daños a equipos e instalaciones.
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10.- ENTRENAMIENTO DE CONOCIMIENTOS Y HABILIDADES
Este elemento mide los esfuerzos formales de la organización para proveer a los
empleados la competencia y la capacidad para desempeñar su trabajo de acuerdo con
los estándares de seguridad, calidad, y producción establecidos. Para lograr esto
debidamente, se debe:
- Contar con un procedimiento que identifique las necesidades de entrenamiento para
cada puesto de trabajo.
- Contar con un programa formal de entrenamiento de habilidades.
- Contar con un sistema de evaluación del programa de entrenamiento de habilidades,
tanto en cumplimiento como en efectividad.
11.- EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL
Proveer a la línea de mando con un efectivo sistema de control administrativo sobre
las enfermedades ocupacionales y lesiones traumáticas, por la vía de la protección
personal de los trabajadores, cuando no es factible controlar los riesgos en su fuente
de origen.
12.- CONTROL DE SALUD E HIGIENE INDUSTRIAL
Un programa exitoso de salud ocupacional asegura que todos los peligros potenciales
contra la salud en el ambiente laboral sean reconocidos, evaluados y controlados.
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Los esfuerzos para lograr esto deben ser eficientes y minuciosos, ya que los peligros
contra la salud como agentes químicos, físicos, biológicos y ergonómicos están
constantemente presentes y, sin embargo, son a menudo difíciles de detectar.
Este elemento evalúa los esfuerzos de la organización para proteger a sus
trabajadores contra lesiones y enfermedades resultantes por agentes físicos, químicos
o biológicos.
13.- EVALUACION DEL SISTEMA
Las auditorías completas son necesarias para verificar que el sistema de control de
pérdidas satisface los estándares y expectativas de la organización. Estas
evaluaciones miden el desempeño del sistema de control de pérdidas al controlar
lesiones, enfermedades, daños a la propiedad, pérdidas en procesos y eventos
ambientales no deseados.
La evaluación del Sistema, se basa en la medición periódica de los indicadores de
control de pérdidas, tales como: evaluación del cumplimiento de los estándares del
sistema de control de pérdidas, evaluación periódica completa del sistema general de
control de pérdidas; y encuestas de percepción, la cual evalúa el impacto del sistema
de control de pérdidas visto por aquellos a quienes el sistema intenta beneficiar.
Una vez que el plan a largo plazo ha sido desarrollado y las decisiones tomadas con
relación a la implementación de actividades y sistemas específicos, es importante
controlar periódicamente el nivel y efectividad de la implementación contra el plan a
largo plazo. Esto se debe hacer para asegurar que el sistema de control de pérdidas
está siendo implementado al ritmo deseado, y que las actividades y sistemas
implementados están obteniendo el efecto intencionado.
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Este elemento busca disponer de un sistema capaz de proveer suficiente información
y retroalimentación para facilitar la toma de decisiones en relación con la mantención y
desarrollo evolutivo del programa de control de pérdidas.
14.- INGENIERÍA y ADMINISTRACIÓN DEL CAMBIO
Lo controles de ingeniería y la administración del cambio son un excelente método de
pre-contacto para el control de accidentes, ya que, elimina los peligros antes de que
los trabajadores sean expuestos reduciendo al mínimo la posibilidad de lesión,
enfermedad o daño a la propiedad. Los esfuerzos para controlar los peligros antes de
desarrollar o cambiar procesos y construir edificios es más costo-efectivo que el
rediseñar los procesos, equipos, instalaciones, o maquinarias después de que éstos
se encuentren en operación. Además, para los procesos, equipos, maquinarías,
instalaciones y métodos de trabajo existentes es importante establecer el nivel de
riesgos asociado con ellos, y asegurar también que los controles apropiados se
encuentran en operación.
Existe al momento de la compra una excelente oportunidad para controlar las pérdidas
que resultan del equipo, materiales y servicios subestándares en el lugar de trabajo.
Este elemento está diseñado para evaluar los programas y procedimientos formales
que existen y funcionan para asegurar que las exposiciones a pérdidas relacionadas
con las compras se controlan con anterioridad a la entrega de los bienes y servicios
del lugar de trabajo.
15.- COMUNICACIONES PERSONALES
Comunicaciones personales son intercambios de información de persona a persona.
En este elemento, el intercambio podría ser entre un supervisor/líder de grupo y un
empleado o entre dos empleados, uno de los cuales tiene más conocimiento de una
tarea particular y motivación para comunicarla.
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Las comunicaciones personales pueden asistir a personas a desarrollar altos grados
de conocimientos y habilidades mediante la asimilación del conocimiento adquirido de
otras personas
16.- COMUNICACIONES GRUPALES
Las comunicaciones en grupos son un método importante para asegurar el éxito en las
comunicaciones entre el supervisor/líder de grupo y empleados, haciendo uso efectivo
del tiempo invertido en la comunicación, permitiendo la participación del empleado y
proporcionando igual exposición a la información vital.
También, estas reuniones pueden ayudar a fomentar un clima cooperativo de
comunicación, alentar el espíritu de equipo, y promover la imagen del supervisor/líder
de grupo como un líder idóneo.
Se ha descubierto que la mayoría de las reuniones efectivas se conducen
regularmente, frecuentemente, y al preciso momento cuando las personas están
atentas (por ejemplo, en la media mañana, primera mitad del turno laboral, etc.). Las
reuniones de este tipo comúnmente son llamadas "reuniones de improviso,"
"reuniones instantáneas" o reuniones de grupo.
Este elemento mide la frecuencia, contenido, calidad, y efectividad del sistema de
reuniones de grupo de la organización. Para satisfacer la intención de este elemento,
estas reuniones deben asegurar la presentación formal de temas de control de
pérdidas a los empleados.
En la mayoría de las organizaciones, las reuniones evaluadas deben ser aquellas
conducidas por supervisores/líderes de grupo a sus grupos de trabajo; sin embargo,
en compañías pequeñas, las reuniones regulares de todos los empleados con
propósitos de control de pérdidas pueden ser apropiadas. Se reconoce generalmente
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que reuniones cortas y frecuentes son más productivas que las reuniones largas y
ocasionales.
Este elemento no evalúa las reuniones del comité de seguridad o las reuniones
administrativas que incluyen control de pérdidas; y no están fundamentadas solamente
en el cumplimiento de un requisito de la organización para reuniones, sino también en
el funcionamiento del programa.
17.- PROMOCIÓN GENERAL
La publicidad ha demostrado que el conocimiento de un tópico y las actitudes que
afectan el comportamiento pueden ser influenciadas con actividades efectivas de
promoción.
La Promoción del control de pérdidas puede llevarse a cabo mediante el uso de una
gran variedad de actividades. Indiferente a la forma o método usado, el objetivo debe
permanecer el mismo: fortalecer y/o reforzar el conocimiento de control de pérdidas y
las actitudes que lo sustentan. El éxito en el logro de este objetivo depende de una
variedad de actividades consideradas en este elemento.
Este elemento busca Mantener y/o desarrollar un sistema efectivo de información y
comunicaciones internas, con capacidad para generar un clima organizacional
favorable al logro de los objetivos de la planta en materia de control de pérdidas y que
coadyuve a la satisfacción laboral y elevación de la calidad de vida en el trabajo.
18.- CONTRATACIÓN Y COLOCACIÓN
Si una persona es contratada o colocada en un trabajo que no es físicamente capaz
de realizar, ninguna cantidad de entrenamiento o motivación transformará a esa
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persona en un trabajador seguro y productivo. Las ventajas de buenas prácticas de
contratación y colocación incluyen:
1. Reducir al mínimo las oportunidades de colocar a individuos en trabajos que
son incapaces de realizar.
2. Identificar condiciones preexistentes que podrían agravarse con la colocación
en trabajos particulares.
3. Proveer una base de datos para uso futuro en caso de reclamaciones de
indemnización.
4. Proveer evidencia en caso de litigio.
5. Reducir los índices de ausentismo y rotación de personal.
6. Mejorar la calidad, eficiencia, seguridad y moral de los empleados.
Este elemento mide la existencia de un sistema administrativo que permita a la planta
disponer y conservar una dotación de recursos humanos suficiente y eficiente para
manejar las operaciones productivas dentro de lo presupuestado.
19.- REGISTROS E INFORMES
Este elemento mide la existencia de un sistema de archivos que resguarde
debidamente los registros e informes de inspecciones, capacitaciones, reuniones y
cualquier otra actividad relacionada con el sistema.
20.- SEGURIDAD FUERA DEL TRABAJO
Los programas de seguridad fuera del trabajo están dirigidos a controlar las
exposiciones peligrosas de los empleados fuera del ambiente laboral. Frecuentemente
se dividen en tres categorías: Doméstica, recreacional y vehicular.
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Aproximadamente por cada empleado que muere en el trabajo, tres mueren a causa
de accidentes fuera del trabajo; y por cada tres lesionados en el trabajo, cuatro se
lesionan fuera del trabajo.
Independiente del lugar donde ocurre el accidente, se producen interrupciones
comerciales, días laborales perdidos y la disminución de la productividad y eficiencia
de la organización.
Este elemento busca la existencia de un programa que fomente la seguridad de los
trabajadores fuera del lugar de trabajo, es decir en sus actividades cotidianas junto a
su grupo familiar.
21.- BIBLIOTECA DE REFERENCIA
Este elemento mide la existencia de manuales, leyes, reglamentos, libros técnicos y
material de apoyo para desarrollar reuniones, labores de capacitación, etc. y que estos
estén disponibles para todos los miembros de la organización.
EVALUACIÓN DE LOS SISTEMAS
La evaluación internacional de seguridad es un sistema moderno para evaluar
sistemas de seguridad. Provee los medios para un análisis sistemático de cada
elemento del programa de seguridad con el fin de determinar la calidad y el alcance
del control administrativo.
El sistema de evaluación de programas de seguridad es un instrumento que puede
ayudar rápidamente a la gerencia en el control de los costos innecesarios que resultan
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cuando se producen incendios, lesiones y enfermedades profesionales, y cuan4° se
produce el abuso o el mal uso de maquinarias, equipos y materiales. Es una
herramienta útil para ayudar a diagnosticar los problemas de seguridad, tanto para
guiar sistemáticamente a mejorar las deficiencias que causaron los problemas de
pérdidas anteriores.
Este sistema de reconocimiento estimulará tanto dentro de, como entre las
organizaciones. Además traerá nuevos incentivos para mejorar los programas de
seguridad. Entrega una herramienta práctica y útil a cualquier tipo y tamaño de
organización para medir y evaluar su programa de seguridad y al mismo tiempo ganar
un reconocimiento apreciado en todo el mundo.
El objetivo de la evaluación internacional de seguridad es determinar la efectividad de
las actividades de seguridad de la organización para el control de pérdidas y para ello
se requiere:
Llevar a cabo una evaluación sistemática y crítica de todos los elementos del
programa de seguridad. Analizar y apreciar críticamente los esfuerzos de la empresa
para identificar, evaluar y controlar todas las pérdidas potenciales por accidentes.
Evaluar críticamente el nivel de cumplimiento de los estándares de seguridad y salud,
tanto de los exigidos legalmente como de aquellos establecidos por la propia empresa.
Se ha establecido estándares para cada uno de los veintiún elementos del programa,
basados en lo realizado por organizaciones líderes de la industria. Se ha comprobado
que estos estándares son razonables, efectivos y prácticos y que pueden ser
alcanzados por cualquier empresa que desee lograr resultados máximos de seguridad.
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El programa de evaluación compara estos estándares con las prácticas de la
organización en el momento de efectuarse la auditoria.
La gerencia tiene ahora un buen indicador del desempeño que puede ser usado para
mejorar las actividades deficientes antes que ocurran las pérdidas por accidentes.
Puede también reforzarse las actividades que alcancen o excedan los estándares.
Puede resultar que los estándares de un área de la organización son inadecuados. En
este caso, la decisión de subirlos dependerá del nivel de seguridad deseado.
IV. MAYORES RIESGOA ASOCIADOS AL MANTENIMIENTO
La mayoría de los riesgos generados en las labores desempeñadas en los
trabajos mineros provienen del uso de herramientas manuales, uso de
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máquinas-herramientas, utilización de herramientas de corte, utilización de
soldaduras y productos empleados en los tratamientos de superficies y
mantenimiento.
Se podrían clasificar los riesgos generados como los siguientes:
a) Riesgos en la manipulación mecánica de objetos y materiales.
b) Riesgos en el manejo de herramientas y máquinas.
c) Riesgos en la soldadura eléctrica, oxigas y oxicorte.
d) Riesgos producidos por proyección de partículas.
e) Riesgos producidos por el uso y manejo de pinturas.
f) Riesgos por incendios y explosiones.
g) Riesgos por vibraciones, ruidos y situación de los equipos.
h) Riesgo eléctrico.
i) Riesgos producidos por trabajos en altura.
j) Riesgos o lesiones producidas por la posición incorrecta del cuerpo.
k) Riesgos o lesiones en ojos.
l) Riesgos de quemaduras.
m) Riesgos a la exposición excesiva de sustancias dañinas, entre otros.
Muchos de los accidentes pueden evitarse si se introducen una serie de
recomendaciones preventivas, una motivación correcta en la manipulación de
los equipos y materiales, y sobre todo tener una conciencia de la importancia
de la utilización de las protecciones de seguridad personal.
Riesgos producidos en la manipulación mecánica.
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La manipulación mecánica lleva por esencia riesgos especiales que se derivan
del uso de los diferentes tipos de grúas, de ellos el mas común es la caída de
objetos suspendidos, debido a que normalmente se manejan cargas muy
pesadas.
Los riesgos más comunes asociados a este tipo de labor son:
a) Caída de objetos suspendidos.
b) Atrapamiento y aplastamientos.
c) Choques y golpes.
Riesgos producidos en la colocación de cargas y apilamiento.
El apilamiento de los materiales puede constituir una fuente de accidentes. Los
riesgos asociados a este tipo de trabajo pueden clasificarse en:
a) Caída de personas al mismo nivel.
b) Caída de personas a distinto nivel.
c) Caída de objetos.
Riesgos producidos por el empleo de herramientas manuales.
Toda herramienta manual esta diseñada para utilizarse eficientemente con la
ayuda de fuerza humana. Cuando agregamos elementos adicionales como;
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tubos, golpes con martillos o hacemos palanca con otras llaves, esto se
transforma en un acto incorrecto y peligroso, que puede originar un accidente.
Los riesgos más comunes en este tipo de labor son:
a) Golpes producidos por las herramientas.
b) Proyecciones de fragmentos o partículas.
c) Contactos eléctricos.
d) Sobreesfuerzos y esguinces.
Riesgos producidos por el empleo de máquinas-herramientas fijas.
En los trabajos desarrollados dentro de las instalaciones industriales, se utiliza
una serie de maquinaria fija que sirve para conformar, cortar, realizar funciones
de mecanizado, acabado y mantenimiento de equipos.
Los riesgos derivados de las operaciones realizadas en las máquinas-
herramientas se derivan de la ejecución, operación o supervisión de los
trabajos, así como de su manipulación.
Dentro de estos cabe destacar como los más importantes los siguientes:
a) Choques y golpes por máquinas.
b) Caídas de objetos y materiales en manipulación.
c) Atrapamientos y aplastamientos.
d) Cortes y heridas en las manos.
e) Proyecciones de partículas o fragmentos.
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f) Proyecciones de fluidos.
g) Contactos térmicos.
h) Contactos eléctricos.
i) Contactos químicos.
j) Ruido y vibraciones.
k) Incendios y explosiones.
l) Sobreesfuerzo y fatiga postural.
m) Exposición a sustancias nocivas y tóxicas.
Riesgos producidos por el empleo de máquinas de soldadura al arco.
Muchos de los trabajos desempeñados en el área minera son producto de la
soldadura, debido a que normalmente se debe construir o reparar maquinarias
o equipos y todo tipo de estructuras metálicas.
Este tipo de soldadura consiste, en la producción de un arco eléctrico entre un
electrodo metálico y el metal base que se desea unir, produciéndose una
elevada temperatura y una fusión localizada.
Todo el personal debe estar debidamente calificado para realizar este tipo de
trabajo, cumpliendo con los estándares requeridos.
Los riesgos asociados a este tipo de trabajo son los siguientes:
a) Riesgos de incendios y explosiones.
b) Radiaciones no ionizantes.
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c) Exposición, en algunos casos a sustancias tóxicas o asfixiantes.
d) Contactos térmicos.
e) Contactos eléctricos.
f) Proyección de partículas.
g) Sobreesfuerzos y fatigas de tipo postural.
Riesgos producidos por el empleo de máquinas de soldadura al arco en
atmósfera gaseosa.
Existen varias clases de soldeo en atmósfera gaseosa que son las siguientes:
a) Soldadura y corte al arco en atmósfera inerte con electrodo de tungsteno,
soldadura tipo TIG.
b) Soldadura y corte al arco con alambre-electrodo en atmósfera inerte,
soldadura tipo MIG.
c) Soldadura con alambre y electrodo en atmósfera activa o semiactiva,
soldadura tipo MAG.
El tipo de riesgos producidos por este tipo de soldaduras son los mismos o muy
parecidos a los de procedimientos clásicos, por gas y por arco con electrodo
revestido.
Los gases utilizados para conseguir la atmósfera requerida son: Argón, Helio,
mezclas de Argón-Helio y Anhídrido carbónico. Así como los gases producidos
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por la temperatura del arco y la atmósfera son el ozono, óxidos de nitrógeno y
monóxido de carbono.
Existen algunas diferencias técnicas que hacen necesario un estudio especial
de estos nuevos procedimientos. Su empleo se extiende no sólo a las
aleaciones ferrosas tales como; aceros ordinarios, débilmente aleados e
inoxidables, sino también en los metales o aleaciones no ferrosas tales como;
el aluminio y aleaciones ligeras, cobre y sus aleaciones en particular.
Es así como los riesgos asociados a este tipo de labor son:
a) Proyección de partículas.
b) Contactos eléctricos.
c) Contactos térmicos.
d) Incendios y explosiones.
e) Radiaciones no ionizantes.
f) Exposición en algunos casos a sustancias tóxicas o asfixiantes.
g) Sobreesfuerzo y fatigas de tipo postural.
Riesgos producidos en las soldaduras por el empleo de oxigás.
Es un método donde la soldadura se produce por fusión. Se denomina así
porque la unión de los materiales se realiza a una temperatura superior a la del
punto de fusión del metal base y del metal de aporte.
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Se produce este proceso o reacción mediante la utilización de un combustible
(acetileno o propano) y un comburente (oxígeno).
El sistema que se utiliza esta compuesto por:
_ Botellas o instalaciones fijas; donde se presentan el oxígeno, acetileno o
propano a presión. Estas botellas tienen que ir marcadas y pintadas según
corresponda.
_ Mano reductores; los gases almacenados están comprimidos a una gran
presión, para trabajar con ellos debemos reducir esta presión y mantenerla
constante, siendo esta la función que cumple este dispositivo.
_ Mangueras y conexiones; la unión entre los sopletes y el oxígeno,
concretamente sus válvulas de reducción y el combustible se produce por
medio de tubos de goma o mangueras.
_ Soplete; se utiliza para establecer la unión entre el oxígeno y el acetileno o
propano. Esta mezcla se realiza a presiones y proporciones adecuadas para la
obtención de una llama correcta.
Los riesgos producidos dentro de esta actividad son los mismos que se
producen en los sistemas de soldeo que se mencionaron anteriormente.
Riesgos producidos por proyección de partículas.
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Las causas de accidentes por proyecciones de partículas, a los ojos u otra
parte del cuerpo, esencialmente se presentan en trabajos con piedras
esmeriles, tornos, galleteado de piezas metálicas, golpes de soldadura
calientes, picasales y cinceles.
También se origina proyecciones de partículas a través del sistema de
ventilación forzada, procesos de arenado, limpieza, entre otros.
Riesgos producidos por el uso y manejo de pinturas.
Las pinturas en general son productos combustibles e inflamables, por eso se
deben adoptar medidas de seguridad necesarias para disminuir los daños de
accidentes durante su manejo y aplicación, como también durante su
almacenamiento, debido a que contienen una proporción importante de
solventes orgánicos volátiles y que son capaces de inflamarse repentinamente
o bien provocar intoxicaciones o daños a la piel.
Esto último se hace más latente cuando los trabajos se realizan en espacios
cerrados o confinados y sin la ventilación adecuada.
Riesgos producidos por trabajos en espacios cerrados.
Estos espacios en su mayoría no cuentan con un sistema de ventilación propio,
por lo que se hace necesario introducir aire forzado, en especial considerando
que pueden experimentar un déficit de oxigeno, o bien, emanaciones de gases,
vapores tóxicos o explosivos.
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Riesgos producidos por trabajos en altura.
Todo trabajo en altura tiene riesgos, en especial caídas a distinto nivel, lo que
hace necesario extremar las medidas de seguridad para la ejecución de los
trabajos en estas condiciones.
Es por ello que cuando se trabaje en altura se debe utilizar siempre el cinturón
de seguridad y/o cabo de vida, amarrando el extremo a una estructura sólida y
segura.
Otra medida es cuando realice trabajos de pintado de buques en altura, no
deba inclinarse sobre la grúa, torre o andamio instalados para alcanzar una
mayor distancia, es la estructura la que debe cambiar de posición.
Mantenerse seguro en la altura es una actitud que todo trabajador debe
adoptar, será el mejor respaldo de seguridad y tranquilidad.
Riesgos producidos por trabajos nocturnos y/o sectores con iluminación
artificial.
Los problemas de iluminación se presentan en sectores en donde no existe
suficiente fuente de luz natural, por lo que se requiere trabajar con luz artificial
la que no siempre es la óptima para afrontar determinados trabajos.
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Esto hace que en los sectores donde existen problemas de iluminación se
presenten condiciones inseguras, debido a la falta de visibilidad lo que da
origen a golpes por choques o colisiones con partes estructurales
sobresalientes como cañerías, válvulas, o bien pueden producirse caídas al no
detectar a tiempo desniveles de la superficie de trabajo.
Por lo tanto se debe trabajar con linternas o lámparas guías, cuando se trabaje
en el sector que lo requiera durante la noche o en espacios oscuros, además
de utilizar los elementos de protección personal.
Riesgos producidos por trabajos con equipos eléctricos.
El riesgo de accidentes en todo trabajo con herramientas y equipos eléctricos
se acrecienta producto de la humedad o contacto con algún tipo de fluido,
como también por goteo o fugas de agua, que se filtran de los circuitos.
Se debe agregar a esto, la sobrecarga de energía eléctrica en determinados
momentos, producto del funcionamiento simultáneo de los distintos equipos
eléctricos.
Como medida se debe evitar que los trabajadores realicen ningún trabajo de
reparación o mantención eléctrica a dichos equipos, también se debe mantener
cables eléctricos por vías libres de aguas apozadas y humedad para evitar
cortocircuitos.
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Los choques eléctricos pueden resultar cuando piezas de trabajo o
ensamblados no son correctamente armados. Estas piezas de trabajo pueden
ser energizadas y el trabajador toma contacto con estos riesgos. Así mismo,
los cables a tierra deben ser conectados a una estructura que sea apropiada
para este uso, ambos cables deben ser continuos y con capacidad necesaria
para su transporte. El estar en agua, trabajar con ropa húmeda o guantes
mojados aumenta el riesgo de choques eléctricos.
Riesgos producidos en bodegas o pañoles.
Las actividades que se desarrollan en los pañoles y bodegas de
almacenamiento de materiales y herramientas, consisten en mover, transportar
y almacenar objetos, por medios mecánicos o manuales, es por ello, que suele
ocurrir accidentes que afectan a diferentes partes del cuerpo, como lesiones
por aprisionamiento de manos y pies, contusiones, entre otras. Es así como
tanto en bodegas y pañoles, se deben mantener permanentemente limpios y
ordenados.
Riesgos o lesiones producidas por la posición incorrecta del cuerpo.
Se han identificado los potenciales peligros asociados al trabajo en caliente. De
estos peligros, la posición incorrecta del cuerpo ha sido identificada como la
más frecuente.
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Las posturas estáticas prolongadas, la flexión frecuente, el inclinarse, trabajos
en rodillas y en posiciones que crean posturas torpes, son algunas causas que
conducen a lesiones en los trabajadores.
Riesgos o lesiones producidas por vibraciones y ruidos.
Lesiones y traumas repetidos en las labores de la industria, son a menudo el
resultado de la vibración de la mano y brazo, fuerza excesiva y tiempo
inadecuado de recuperación, producidos por el uso de herramientas
neumáticas asociadas con las tareas de soldadura. Estas herramientas son
frecuentemente usadas para remover pintura o corrosión, en preparación a la
soldadura o pulido de ella.
En un cierto plazo provocan desórdenes como; tendinitis, el fenómeno de
Raynaud (dedos blancos) o el síndrome del túnel del Carpio. Estas condiciones
reducen la capacidad de las manos de sentir y regular la temperatura,
producen entumecimiento y ardor, pueden provocar trastornos nerviosos y
circulatorios, así como necrosis de los tejidos.
Todas estas lesiones pueden desarrollarse a menos que los trabajadores sean
concientes de sus causas y tempranos síntomas. Para ello existen guantes
antivibración, que están disponibles para ayudar a reducir los problemas
asociados principalmente con la fuerza estática y la vibración.
Las herramientas defectuosas que vibran excesivamente deben ser quitadas
del servicio.
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CONCLUSIONES
Las actividades de mantenimiento industrial son especialmente riesgosas. Dado que
el uso de equipos de gran tamaño, la reparación y mantención de maquinarias críticas
y la naturaleza manual de las labores, los trabajadores y operadores están en
constante exposición a diversos agentes peligrosos y potencialmente causantes de
lesiones o enfermedades. Debido a que cualquier trabajo humano no está exento de
fallas, incidentes, dificultades de operación o de gestión y, por supuesto, de
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contingencias, se hace imprescindible el contar con conocimientos particulares de
administración, identificación y evaluación de riesgos para su mitigación y tratamiento
preventivo.
Puesto que la prevención es crucial para evitar problemas de operación y en el
proceso en general, es necesario que, a partir del establecimiento de líneas claras
orientadas al control de riesgos, los operadores puedan cumplir con su cometido sin
errores y, por tanto, aplicando procedimientos precisos para así evitar contacto o
exposiciones innecesarias o prolongadas a elementos dañinos para el estado de
bienestar o que involucren pérdidas a la operación, al entorno o al patrimonio
organizacional.
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